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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD

Y SALUD EN EL TRABAJO

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD

Y SALUD EN EL TRABAJO

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00 | REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

REGLAMENTO INTERNO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

SEGURIDAD: ES HACER LAS COSAS CORRECTAMENTE.

VISION: CADA PERSONA DE REGRESO A CASA SANA Y SALVA

TODO LOS DIAS.

Aprobado con RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 331-2015/MPJB, con fecha 28/12/2015

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ÍNDICE

TÍTULO PRELIMINAR

RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA, ENTIDAD PÚBLICA

O PRIVADA

CAPÍTULO I

GENERALIDADESARTÍCULO 1: OBJETIVO Pag.05ARTICULO 2: BASE LEGAL Pag.05ARTICULO 3: ALCANCE Pag.06

CAPITULO II

LIDERAZGO Y COMPROMISO; POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

ARTICULO 4: LIDERAZGO Y COMPROMISOS Pag.06ARTÍCULO 5: POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD Pag.07

CAPÍTULO III

DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

ARTÍCULO 6: DEL EMPLEADOR Pag.07ARTÍCULO 7: DE LOS TRABAJADORES Pag.08

CAPÍTULO IV

ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ARTÍCULO 8: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ Y/O DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pag.09

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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ARTÍCULO 8.1: EL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE SER EL CASO TENDRÁ LAS SIGUIENTES RESPONSABILIDADES Pag.10

ARTICULO 09: ORGANIGRAMA DEL CSST Pag.11ARTICULO 10: PROGRAMA Pag.11ARTICULO 11: INSPECCIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA DE GESTIÓN Pag.11ARTICULO 12: MAPA DE RIESGOS Pag.12ARTÍCULO 13: IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y

DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Pag.12

ARTÍCULO 14: DE LOS NIVELES DE JEFATURA Pag.12ARTÍCULO 15: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS

EMPRESAS, ENTIDADES PÚBLICAS Y TERCEROS QUE BRINDAN SERVICIOS Pag.13

CAPÍTULO V

DE LOS ESTÍMULOS, INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTÍCULO 16: DE LOS ESTÍMULOS Pag.13ARTÍCULO 17: DE LAS INFRACCIONES Pag.13ARTICULO 17.1: INFRACCIÓN LEVE Pag.13ARTICULO 17.2: INFRACCIÓN GRAVE Pag.14ARTÍCULO 17.3: INFRACCIÓN MUY GRAVE Pag.14 ARTÍCULO 18: DE LAS SANCIONES Pag.14

CAPÍTULO VI

DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO

ARTICULO 19: NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES Pag.14 ARTICULO 20: INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES Pag.15 ARTÍCULO 21: ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Pag.15

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CAPÍTULO VII

DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

ARTICULO 22: REQUISITOS DE UN E.P.P. Pag.15ARTÍCULO 23: PROTECCIÓN A LA CABEZA Pag.15ARTICULO 24: PROTECCIÓN DE OJOS Y CARA Pag.15ARTÍCULO 25: PROTECCIÓN A LOS OÍDOS Pag.16ARTÍCULO 26: PROTECCIÓN DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS Pag.16ARTÍCULO 26.1: LIMITACIONES GENERALES DE SU USO Pag.16ARTÍCULO 26.2: TIPOS DE RESPIRADORES Pag.16ARTÍCULO 27: PROTECCIÓN DE MANOS Y BRAZOS Pag.16ARTÍCULO 28: PROTECCIÓN DE PIES Pag.17ARTÍCULO 29: ARNÉS DE SEGURIDAD PARA TRABAJO EN ALTURA Pag.17ARTÍCULO 30: ROPA DE TRABAJO Pag.17ARTÍCULO 31: CONSIDERACIONES GENERALES DE LOS EPP Pag.17ARTICULO 32: EQUIPOS O SISTEMAS DE PROTECCIÓN

PERSONAL PARA TRABAJOS DE ALTURA CON RIESGOS DE CAÍDA Pag.18

ARTÍCULO 32.1: LA CAPACITACIÓN DEBERÁ CONTEMPLAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN Pag.18

ARTÍCULO 32.2: REVISIÓN DE LOS SISTEMAS O EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL CONTRA RIESGOS DE CAÍDAS EN ALTURA Pag.18

ARTÍCULO 32.3: USO DE ANDAMIOS Pag.18ARTÍCULO 32.4: USO DE ESCALERAS Pag.19ARTÍCULO 33: USO DE HERRAMIENTAS Pag.19ARTÍCULO 34: USO DE MÁQUINAS Pag.19ARTÍCULO 35: MANIPULACIÓN DE CARGAS PESADAS Pag.20

CAPÍTULO VIII

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES

ARTÍCULO 36: CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO Pag.21

ARTÍCULO 37: ILUMINACIÓN Pag.22ARTICULO 38: VENTILACIÓN Y TEMPERATURA Pag.22

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ARTICULO 39: RUIDO Pag.23ARTÍCULO 40: ERGONOMÍA Pag.23ARTICULO 41: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN OFICINAS Pag.23

CAPÍTULO IX

MEDIO AMBIENTE

ARTÍCULO 42: AMBIENTE DE TRABAJO Pag.24ARTÍCULO 43: EVALUACIÓN DE ATMÓSFERA DE TRABAJO Pag.24ARTÍCULO 44: AIRE Pag.24ARTÍCULO 45: SUELO Pag.25ARTÍCULO 46: AGUA Pag.25

CAPITULO X

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES

CONEXAS

ARTICULO 47: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD PARA PERSONAL DE OBRAS ACTIVIDAD DE MANTENIMIENTO Pag.25

ARTICULO 48: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN ALMACENES Pag.27ARTICULO 49: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS

DE LIMPIEZA Pag.27ARTICULO 50: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN PARQUES Y

JARDINES Pag.28ARTICULO 51: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD PARA EL SERVICIO

DE VIGILANCIA Pag.30ARTICULO 52: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN EQUIPO MECÁNICO Pag.30ARTICULO 52.1: TRACTOR ORUGA Y EXCAVADORA HIDRÁULICA Pag.32ARTICULO 52.2: CARGADOR Y CAMIÓN VOLQUETE Pag.32ARTÍCULO 52.3: RODILLO COMPACTADOR Pag.32ARTÍCULO 52.4: MOTONIVELADORA Pag.33ARTÍCULO 52.5: RETROEXCAVADORA Pag.33ARTÍCULO 52.6: OPERACIÓN SEGURA EN EL IZAJE DE CARGAS Pag.33ARTÍCULO 52.7: MONTACARGAS Pag.34

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ARTÍCULO 52.8: MINICARGADOR (multipropósito) Pag.34ARTÍCULO 52.9: VEHÍCULOS DE LIVIANOS DE TRANSPORTE DE

CARGA Pag.35ARTÍCULO 52.10: TRACTORES AGRÍCOLAS Pag.36ARTÍCULO 52.11: TALLERES: TRABAJO OXIACETILÉNICO Pag.36ARTÍCULO 52.12: TALLERES: TRABAJO CON SOLDADURA Pag.37

CAPITULO XI

PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS

ARTICULO 53: EVACUACIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO Pag.37ARTICULO 54: PROTECCIÓN CONTRA SISMOS Pag.38ARTÍCULO 54.1: ANTE UN SISMO Pag.38ARTICULO 55: PREVENCIÓN Pag.38ARTICULO 55.1: PASILLOS Y PASADIZOS Pag.39ARTICULO 55.2: ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS Pag.39ARTICULO 56: PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Pag.39ARTICULO 57: AGUA, ABASTECIMIENTO, USO Y EQUIPO Pag.40ARTÍCULO 58: EXTINTORES PORTÁTILES Pag.40ARTICULO 59: SIMULACROS DE INCENDIOS Pag.40ARTICULO 60: ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES Pag.40ARTICULO 61: GASES COMPRIMIDOS Pag.41ARTICULO 62: ELIMINACIÓN DE DESPERDICIOS Pag.41ARTICULO 63: SEÑALES DE SEGURIDAD Pag.42ARTICULO 63.1: DIMENSIONES DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD Pag.42ARTICULO 63.2: APLICACIÓN DE LOS COLORES Y SÍMBOLOS

EN LAS SEÑALES DE SEGURIDAD Pag.42ARTÍCULO 64: PRIMEROS AUXILIOS Pag.42ARTICULO 64.1: REGLAS GENERALES Pag.42ARTICULO 64.2: TRATAMIENTOS Pag.43ARTICULO 64.3: BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS Pag.44ARTICULO 65: BRIGADAS DE EMERGENCIA Pag.44ARTICULO 66: DISPOSICIONES FINALES Pag.44

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ANEXOS Pag.45

Anexo 1: Código de señales para movimiento de grúas Pag.46Anexo 2: Consideraciones de Uso en Trabajos con riesgo de caída. Pag.47Anexo 3: Consideración de las cintas reflectivas, chaleco de

seguridad personal obrero Pag.48Anexo 4: Definición de Términos Pag.49Anexo 5: Números Telefónicos de Emergencia

Pag.53

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TÍTULO PRELIMINAR

RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE ENTIDAD PÚBLICA

La Municipalidad Provincial de Jorge Basadre como ente dinamiza-dor del desarrollo

.La Municipalidad Provincial de Jorge Basadre cuanta con la siguien-te infraestructura y equipos: edificio Palacio Municipal, edificio Auditorio Municipal, edificio de Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura (GDTI), auditorio municipal, edificio de Seguridad Ciudadana, Almacén municipal, Vivero Municipal, Almacén Central, Taller de Equipo Mecánico, equipos, maquinaria pesada y vehículo liviano de transporte de carga y personal, así mismo cuenta con capi-tal humano, profesionales, técnicos y obreros, que brindan sus servi-cios en un horario adecuado, para el normal funcionamiento y desa-rrollo de las actividades programadas por la institución.Nuestra institución se encuentra ubicada en la plaza Bolognesi S/N – Villa Locumba, Distrito de Locumba, Provincia Jorge Basadre, región de Tacna.

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

ARTÍCULO 1: OBJETIVOS

a) Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.

b) Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regí-menes de intermediación y tercerización, modalidades forma-tivas laborales y los que prestan servicios de manera indepen-diente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o

económico y social, ejecuta y desarrolla Proyectos, Obras y Actividades de Mantenimiento de la infraestructura económi-ca, social y vías de comunicación. Brindando un servicio de calidad al agricultor y turista para el fortalecimiento y progreso de su población

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parcialmente en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, con el fin de garantizar las condi-ciones de seguridad y salud en el trabajo.

c) Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de segu-ridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y pre-venir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando la identifica-ción de los riesgos existentes, su evaluación, control y correc-ción.

d) Proteger las instalaciones y bienes de la entidad, con el objeti-vo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad.

e) Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

ARTICULO 2: BASE LEGAL

a) Ley Nº. 29783- Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. b) Decreto Supremo 005-2012 – TR, 25.04.2012c) R.M. 375-2008-TR Norma básica de ergonomía y de procedi-

miento de evaluación de riesgo disergonómicos.d) D.S. Nº 015-2005-SA, Reglamento sobre valores límites per-

misibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.e) Ley Nº. 28806 Ley General de Inspección del Trabajof) D.S. Nº. 019-2006TR, Reglamento de la ley de Inspección del

Trabajog) Ley Nº. 28518- Ley sobre Modalidades Formativas Laborales.h) Ley Nº. 28518- Ley sobre Modalidades Formativas Laborales.i) D.S. Nº. 039-93-PCM, Reglamento de Prevención y Control

de Cáncer Profesional. j) Reglamento Nacional de Edificaciones.k) Reglamento Nacional de Construcciones. l) Normas Técnicas Peruanas.

ARTICULO 3: ALCANCE

a) El presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo será de alcance a todos los niveles y dependencias de

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la Municipalidad Provincial Jorge Basadre.b) A todas las actividades, servicios y procesos que desarrolla de

la Municipalidad Provincial Jorge Basadre.c) El presente Reglamento establece las funciones y responsabi-

lidades en Seguridad y Salud en el Trabajo donde obligatoria-mente todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalida-des formativas laborales y los que prestan servicios de mane-ra independiente, siempre que éstos desarrollen sus activida-des totales o parcialmente en las instalaciones de la nuestra entidad.

CAPITULO II

LIDERAZGO Y COMPROMISO; POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

ARTICULO 4: LIDERAZGO Y COMPROMISOS

La Alta Dirección y personal directivo de la entidad se comprome-te a:

a) Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización y para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

b) Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumpli-miento de disposiciones que contiene el presente reglamento.

c) Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable.

d) Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo, defi-nidos y medir el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.

e) Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la entidad y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo.

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f) Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.

g) Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus labo-res.

h) Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.

i) Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas aplicables de seguridad y salud en el trabajo.

j) Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.

ARTÍCULO 5: POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

Nuestra organización tiene como política:

a) Garantizar la seguridad y salud en el trabajo para contribuir con el desarrollo del personal en nuestra Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, para lo cual se fomentará una cultura de prevención de riesgos laborales con un sistema de gestión que permita la protección de la seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la prevención incidentes y/o accidentes relacionados con el trabajo; así como con la prevención de los riesgos locativos, mecánicos, físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales en concordancia con la normatividad pertinente.

b) Nuestra organización está comprometida con el cumplimiento de los requisitos legales en materia de seguridad y salud en el trabajo vigente nuestro país.

c) Considera que su capital más importante es su personal y es consciente de su responsabilidad social por lo que se compro-mete a generar condiciones existencia de un ambiente de tra-bajo seguro y saludable,

d) Promover la participación de los trabajadores en los elemen-tos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, ya mejorar el desempeño del mismo.

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CAPÍTULO III

DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

ARTÍCULO 6: DEL EMPLEADOR

El empleador asume su responsabilidad en la organización del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y garanti-za el cumplimiento de todas las obligaciones que sobre el particu-lar establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, para lo cual:

a. El empleador será responsable de la prevención y conserva-ción del lugar de trabajo asegurando que esté construido, equi-pado y dirigido de manera que suministre una adecuada pro-tección a los trabajadores, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física.

b. El empleador instruirá a sus trabajadores, incluyendo al perso-nal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el pues-to o función (a efectos de que el trabajador conozca de mane-ra fehaciente los riesgosa los que está expuesto y las medidas de prevención y protección que debe adoptar o exigir al empleador), adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales.

c. El empleador se asegurara que cada uno de los trabajadores reciba el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo e imparte instrucciones precisas a sus trabajadores respecto a los riesgos a que se encuentran expuestos en las labores que realizan y adopta las medidas necesarias para prevenir e evitar los accidentes y enfermedades ocupaciona-les.

d. El empleador desarrollará acciones de sensibilización, capaci-tación y entrenamiento destinados a promover el cumpli-miento por los trabajadores de las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán dentro de

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la jornada de trabajo, sin implicar costo algún o para el traba-jador.

e. El empleador proporcionará a sus trabajador es los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen y dotará a la maquinaria de resguardos y dispositivos de control necesarios para evitar accidentes.

f. El empleador promoverá en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo.

g. Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador dará facilidades y adoptará medidas adecuadas que aseguren el funcionamiento efectivo del Comité de Seguridad en el Trabajo, y brindará la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

h. Para el caso del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador brindará al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

i. Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el tra-bajo: El empleador garantizará el cumplimiento de los acuer-dos adoptados por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

j. Para el caso del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador garantizará el cumplimiento de los acuerdos que éste haya adoptado con el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, que consten en el registro respectivo de conformidad con lo previsto en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

k. Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la seguridad y salud en el trabajo, incluido al comité de seguridad y salud en el trabajo o el super-visor de seguridad y salud en el trabajo, puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos.

l. Comunica a los trabajadores que la unidad orgánica de Seguridad y Salud en el Trabajo es el área que identifica, eva-lúa o controla los riesgos relacionados con la SST.

ARTÍCULO 7: DE LOS TRABAJADORES En aplicación del principio de prevención, todo trabajador está

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obligado a cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones complementarias, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modali-dades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de Municipalidad Provincial Jorge Basadre en lo que les resulte aplicable. En ese sentido, los trabajadores:

a. Harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y demás medios suministrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento, para su protección o la de terceros. Asimismo, cumplirán todas las instrucciones de seguridad procedente o aprobada por la autoridad competen-te, relacionadas con el trabajo.

b. Deberán informar a su jefe inmediato, y/o al encargado de seguridad y salud en el trabajo, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que estos sean.

c. Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo, no modificarán los métodos o procedimientos adoptados por la entidad.

d. Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

e. No operar o manipular equipos, maquinaria, herramientas u otros elementos para los cuales no haya sido autorizado.

f. Se someterán a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la con-fidencialidad del acto médico.

g. Estarán prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo su vida y la de otro trabajador y de terceros, los juegos brus-cos y, bajo ninguna circunstancia, trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

h. Participaran activamente en los programas de capacita-ción, exámenes médicos y vacunación.

i. Comunicar al empleador todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud o las instalacio-nes, debiendo adoptar inmediatamente las medidas correcti-vas del caso sin que genere sanción de ningún tipo.

j. Sugieren las medidas que consideren oportunas en su ámbito de trabajo para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia de la misma.

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k. Ningún trabajador debe sufrir hostigamiento por reportar acci-dentes e incidentes a los inspectores se seguridad y a los jefes inmediatos.

l. Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando, a su parecer, los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron.

m. Responder e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.

CAPÍTULO IV

ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ARTÍCULO 8: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ Y/O DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Las reuniones y actividades que realice el Comité de Seguridad y Saluden el Trabajo, debe ser asentado en un Libro de Actas lega-lizadas y será exclusivamente destinado para estos fines.

El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes funciones:

a. Conocer los documentos e informes relativos a las condicio-nes de trabajo que sea necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servi-cio de seguridad y salud en el trabajo.

b. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud del empleador.

c. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d. Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

e. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en prác-

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tica y evaluación de las políticas, planes y programas de pro-moción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

f. Aprobar el Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo.

g. Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una ade-cuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.

h. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo.

i. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, ins-trucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.

j. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los ries-gos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participa-ción de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, con-cursos, simulacros, entre otros.

k. Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.

l. Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupa-cionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitarla repetición de éstos.

m. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.

n. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar por-que se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.

o. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los inci-dentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de segu-ridad y salud en el trabajo del empleador.

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p. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.q. Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la

asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador.r. Reportar a la máxima autoridad el empleador la siguiente

información:r.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera

inmediata.r.2) La investigación de cada accidente mortal y medidas

correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocu-rrido.

r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales.

r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

s. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos.

t. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el Programa Anual, y en forma extraordinaria para analizar acci-dentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

ARTÍCULO 8.1:EL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE SER EL CASO TENDRÁ LAS SIGUIENTES RESPONSABILIDADES

a) Debe desarrollar sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguri-dad y salud.

b) Coordina y apoya las actividades del Subcomité y/o Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

c) Realiza sus actividades en coordinación con el inspector de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d) Llevará el registro de acuerdos adoptados con el emplea-dor directo.

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ARTICULO 9: O R G A N I G R A M A D E L C O M I T É D E SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El presente organigrama es la representación gráfica de la estruc-tura orgánica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. El empleador adoptará el siguiente organigrama funcional para el Comité:

ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ARTICULO 10: PROGRAMA

El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, que es el con-junto de actividades de prevención en seguridad y salud en el tra-bajo que establece la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre para ejecutar a lo largo de un año. Este programa deberá ser ela-borado por quienes tienen a su cargo la seguridad y salud en el trabajo en la entidad y forma parte de la documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir el empleador. Este programa de verá estar en rela-ciónalos objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en los centros de traba-jo. Los objetivos deben ser medibles y trazables. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos, contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el mencionado programa; asimismo, participa en la puesta en práctica y evaluación del mismo. El empleador asume el liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

PRESIDENTE

SECRETARIO

MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO

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ARTICULO 11: INSPECCIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA DE GESTIÓN

a) El inspector de seguridad y salud en el trabajo, la autoridad competente y/o fiscalizadora autorizada y el comité de seguri-dad y salud en el trabajo, están facultados para inspeccionar la totalidad de los puestos de trabajo e instalaciones de la MPJB, para lo cual los empleadores o su representante brindara las facilidades requeridas.

b) El inspector o fiscalizador tendrá facilidades para:1. Ingresar libremente en cualquier momento a un centro de

trabajo sujeto a inspección.2. Realizar toma de muestras, mediciones que considere

necesarias, examinar cuaderno de reporte de incidentes y solicitar información relacionada a seguridad y salud en el trabajo.

c) El inspector de seguridad y salud en el trabajo realizara ins-pecciones planeadas y no planeadas a las áreas operativas, proyectos, obras, actividades de mantenimiento y terceros que brinden servicios a la MPJB.

d) Las observaciones y recomendaciones del inspector de segu-ridad y salud laboral en curso de visitas de inspección a los centros de trabajo serán hechas por escrito a la persona encargada de su cumplimiento.

e) Las inspecciones permiten detectar en forma sistemática las condiciones y acciones de trabajo inseguras que puedan pro-ducir incidentes y/o accidentes.

f) Es obligación del inspector de seguridad y salud laboral y comi-té de seguridad y salud en el trabajo realizar inspecciones pla-neadas a las áreas de trabajo, equipos y partes críticas, eva-luaciones de orden y limpieza.

ARTICULO 12: MAPA DE RIESGOS

a) El Mapa de Riesgos es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y locali-zar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta.

b) Es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar, controlar, dar seguimiento

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y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo.

ARTÍCULO 13: IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Para la evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleador deberá tener los siguientes registros:

a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocu-pacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constarla investigación y las medidas correctivas.

b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos,

biológicos, psicosociales y factores de riesgo dicergonómicos.d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el

trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud.f) Registro de equipos de seguridad o emergenciag) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simula-

cros de emergencia.h) Registro de auditorías.

ARTÍCULO 14: NIVELES DE JEFATURA

Todos los niveles, Gerencias, Subgerencias, Oficinas, áreas, Residentes de Obras, Proyectos y Responsables de Actividades de Mantenimiento de acuerdo a su alcance, cumplirán y velarán por el cumplimiento del presente reglamento interno de seguridad y salud en el Trabajo (RISST) por parte de los Trabajadores, pro-veedores, Contratistas y Visitas (Personas naturales o jurídicas).Sus responsabilidades y obligaciones:

a) Participar proactivamente en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Velar que su personal esté adecuadamente capacitado en pre-vención de Riesgos Laborales, para lo cual coordinará oportu-namente con el encargado y/o inspector de Seguridad y Salud

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en el Trabajo la realización de actividades de capacitación y entrenamiento

c) Realizar inspecciones para constatar en el sitio, el cumpli-miento de las medidas preventivas de accidentes y las nue-vas condiciones de riesgo que se puedan presentar.

d) Gestionar las medidas preventivas y/o correctivas necesarias para eliminar o reducir las causas que originen accidentes, así como los riesgos para la salud.

e) Informar inmediatamente al encargado del área de seguridad y salud y/o inspector de Seguridad y Salud en el Trabajo y al CSST de la ocurrencia de incidentes, accidentes o cualquier alteración visible de seguridad y salud del personal bajo su cargo.

ARTÍCULO 15: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS, ENTIDADES PÚBLICAS Y TERCEROS QUE BRINDAN SERVICIOS

Las entidades públicas (convenios interinstitucionales), coopera-tivas de trabajadores y terceros que brindan servicios a la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, están obligados a cumplir los Estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo con las normas vigentes y del presente reglamento.Funciones y responsabilidades:a) Coordinar la gestión en prevención de riesgos laborales.b) Velar por la Seguridad y Salud de los trabajadores.c) Contratar los seguros de acuerdo a ley.d) Cumplir la normatividad en materia de Seguridad y Salud en el

Trabajo. (Otras que se deriven de la obligación estableci-da por el empleador principal en materia de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a las normas vigentes).

e) Informar en caso de accidente mortal e incidentes peligrosos que ponen en riesgo la integridad física de los trabajadores al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en los artículos 82° de la ley 29783 y 110° y 111° del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, apro-bado por Decreto Supremo N° 005-2012- TR y modificacio-nes.

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CAPÍTULO V

ESTÍMULOS, INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTÍCULO 16: ESTÍMULOS

Los trabajadores de la Municipalidad Provincial Jorge Basadre que hayan contribuido en la mejora de la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo recibirán estímulos, considerando los siguien-tes factores:

a) Cumplimiento de los Estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Número de comunicaciones de riesgos e incidentes identifica-dos y comunicados.

c) Identificación de las causas que originaron los accidentes.d) Mayor número de alternativas de soluciones presentadas.

ARTÍCULO 17: INFRACCIONES

Son infracciones al Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo los incumplimientos de las normas, dispositivos o estándares definidos en el presente Reglamento.Todas las infracciones son objeto de sanción y se clasifican de acuerdo al tipo de incumplimiento y cantidad de trabajadores afec-tados, en leve, grave y muy grave.

ARTICULO 17.1: INFRACCIÓN LEVE

a) La falta de orden y limpieza en el ambiente de trabajo de la que no derive riesgo grave para la integridad física o salud de los trabajadores.

b) No reportar oportunamente los accidentes.c) No asistir a la capacitación programada en SST.d) No adoptar las disposiciones, recomendaciones o medidas

SST

ARTICULO 17.2: INFRACCIÓN GRAVE

a) Obstaculizar o impedir el desarrollo y aplicación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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b) No asistir a los exámenes médicos programados de carác-ter obligatorio en SST.

c) No informar a los trabajadores de los riesgos a que están expuestos durante la ejecución de su labor.

d) No entregar a los trabajadores Equipos de Protección Personal (EPP).

e) Asignar trabajos al personal que no posea la calificación adecuada.

f) No supervisar, no disponer la supervisión de los trabajos asignados.

ARTÍCULO 17.3: INFRACCIÓN MUY GRAVE

Cualquier acción de imprudencia o negligencia que cause la muerte o lesión muy grave al trabajador.

a) Proporcionar información inexacta de forma de liberada durante el proceso, análisis e investigación del accidente.

b) No paralizar ni suspender en forma inmediata los trabajos con riesgo inminente o reanudarlos sin haber subsanado previamente las causas que motivaron dicha paralización.

c) No utilizar los equipos de Protección Personal o no hacerlo en forma adecuada.

ARTÍCULO 18: DE LAS SANCIONES

Los infractores del presente Reglamento serán sancionados de acuerdo a la gravedad de la falta de conformidad con lo estableci-do en el artículo 109º del referido reglamento de la Ley 29783.Las sanciones al personal de la entidad serán los siguientes:

a) Falta Leve: Recomendación verbal a más de 3 amonestacio-nes verbales, amonestación por escrito.

b) Falta grave: Amonestación escrita, a más de 3 amonestacio-nes por escrito, suspensión laboral y remunerativa de 1 a 3 días.

c) Falta Muy Grave: Suspensión laboral y remunerativa de 1 a 6 días o despido previa evaluación.

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CAPÍTULO VI

DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO

ARTICULO 19: NOTIF ICACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES

Para la notificación de accidentes se procede como sigue:

a) Aviso del incidente, accidente y/o incidente peligroso por más leve que éste sea, deberá ser reportado en un plazo máximo de 24 horas al encargado de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Investigación de los incidentes, accidente de trabajo, determi-nar las causas y recomendaciones por el encargado del ins-pector de seguridad y salud en el trabajo.

c) Llevar el registro de incidentes, accidentes e investigación de accidentes.

d) En caso de diagnosticarse una enfermedad ocupacional, un accidente mortal incidente peligroso, el encargado o inspector de seguridad y salud en el trabajo notificará a la autoridad com-petente de acuerdo a Ley 29783.

ARTICULO 20: INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

El encargado de Seguridad y Salud en el Trabajo realizara la investigación correspondiente cuando se hayan producido daños a la salud del trabajador o cuando aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, a fin de detectarlas causas y tomarlas medidas correctivas al respecto. Independientemente, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo realizará su investigación.Toda investigación de accidentes deberá comprender:

a) Descripción de lo sucedido.b) Reunión de la información pertinente (hechos, testigos).c) Determinación de las causas (actos y condiciones sub están-

dar).d) Análisis de los hechos.e) Conclusiones.f) Recomendaciones correctivas (acorto y/o largo plazo). g) Llenado del formato de investigación de accidentes.

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ARTÍCULO 21: ESTADÍSTICAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.

El encargado del área se seguridad y salud o inspector de seguri-dad y salud realizara las estadísticas de los accidentes de trabajo que ocurran en la entidad servirán para evaluarla efectividad de los programas de seguridad trazados, así como para planificarlas futuras actividades.

CAPÍTULO VII

DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Los equipos de protección personal (EPP) comprenden todos aque-llos dispositivos, accesorios y vestimentas de diversos diseños que emplea el trabajador para protegerse contra posibles lesiones.

ARTICULO 22: REQUISITOS DE UN E.P.P.

a) Proporcionar máximo confort y su peso debe ser el mínimo compatible con la eficiencia en la protección.

b) No debe restringir los movimientos del trabajador.c) Debe ser durable y de apariencia atractiva.

ARTÍCULO 23: PROTECCIÓN A LA CABEZA

a) El casco seguridad no se debe caer de la cabeza durante las actividades de trabajo, para evitar esto puede usarse una correa sujetada a la mandíbula.

b) Inspeccionar el casco periódicamente para detectar rajaduras o daño que pueden reducir el grado de protección.

ARTICULO 24: PROTECCIÓN DE OJOS Y CARA

a) Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación que pueda poner en peligro sus ojos, dispondrán de protección apropiada para estos órganos.

b) Para casos de desprendimiento de partículas deben usarse lentes con lunas resistentes a impactos.

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c) También pueden usarse caretas transparentes para proteger la cara contra proyección de partículas.

d) Las máscaras con lentes de protección (máscaras de sol-dador), están formados de una máscara provista de lentes para filtrar los rayos ultravioletas e infrarrojos.

e) Los protectores faciales, permiten la protección contra partícu-las y otros cuerpos extraños.

ARTÍCULO 25: PROTECCIÓN A LOS OÍDOS

a) Cuando el nivel del ruido exceda los 65 decibeles, limite que es considerado como superior para la audición normal, es nece-sario dotar de protección auditiva al trabajador.

b) Los protectores auditivos, pueden ser: tapones de caucho u orejeras (auriculares).?Los tapones, son elementos que se insertan en el conducto

auditivo externo y permanecen en posición sin ningún dis-positivo especial de sujeción.

?Las orejeras, son elementos semiesféricos de plástico, rellenos con absorbentes de ruido (material poroso), los cuales se sostienen por una banda de sujeción alrededor de la cabeza.

ARTÍCULO 26: PROTECCIÓN DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS

a) Ningún respirador capaz de evitar el ingreso de todos los con-taminantes del aire a la zona de respiración del usuario.

b) Los respiradores ayudan a proteger contra determinados contaminantes presentes en el aire, reduciendo las con-centraciones en la zona de respiración por debajo de los nive-les de exposición recomendados.

c) El uso inadecuado del respirador puede ocasionar una sobre exposición a los contaminantes provocando enfermedades o muerte.

ARTÍCULO 26.1:LIMITACIONES GENERALES DE SU USO

a) Los respiradores no suministran oxígeno.b) No los use cuando las concentraciones de los contami-

nantes sean peligrosas para la vida o la salud, o en atmós-feras que contengan menos de16% de oxígeno.

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c) No use respiradores de presión negativa o positiva con máscara de ajuste facial si existen barbas u otras porosida-des en el rostro que no permita el ajuste hermético.

ARTÍCULO 26.2: TIPOS DE RESPIRADORES.

a) Respiradores de filtro mecánico: polvos y neblinas.b) Respiradores de cartucho químico: vapores orgánicos y

gases.c) Máscaras de depósito: Cuando el ambiente está viciado

del mismo gas o vapor.

ARTÍCULO 27: PROTECCIÓN DE MANOS Y BRAZOS

a) Los guantes que se doten a los trabajadores, serán seleccio-nados de acuerdo a los riesgos a los cuales el usuario este expuesto y a la necesidad de movimiento libre de los dedos.

b) Los guantes deben ser de la talla apropiada y mantenerse en buenas condiciones.

c) No deben usarse guantes para trabajar con o cerca de maqui-naria en movimiento giratoria.

d) Los guantes que se encuentran rotos, rasgados o impregna-dos con materiales químicos no deben ser utilizados.

e) Para la manipulación de materiales ásperos o con bordes filosos, se recomienda el uso de guantes de cuero o lona.

f) Para realizar trabajos de soldadura donde haya el riesgo de quemaduras con material incandescente, se recomienda el uso de guantes y mangas resistentes al calor.

g) Para trabajos eléctricos se deben usar guantes de material aislante.

h) Para manipular sustancias químicas se recomienda el uso de guantes largos de hule o de neopreno.

ARTÍCULO 28: PROTECCIÓN DE PIES

a) El calzado de seguridad debe proteger el pie de los trabajado-res, contra humedad y sustancias calientes, contra superficies ásperas, contra pisadas sobre objetos filosos y agudos y con-tra caída de objetos, así mismo debe proteger contra el riesgo eléctrico.

b) Para trabajos donde haya riesgo de caída de objetos contun-

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dentes, tales como piedra, madera, herramientas, etc., debe dotarse de calzado de cuero con puntera de metal.

c) Para trabajos eléctricos, el calzado debe ser de cuero sin nin-guna parte metálica, la suela debe ser de un material aislante.

d) Para trabajos en medios húmedos, se usarán botas de goma con suela antideslizante. punta de metal si existe riesgo de caída de objetos contundentes.

ARTÍCULO 29: ARNÉS DE SEGURIDAD PARA TRABAJO EN ALTURA.

a) Son elementos de protección que se utilizan en trabajos efec-tuados en altura, para evitar caídas del trabajador.

b) Para efectuar trabajos a más de 1.8 metros de altura del nivel del piso, se debe dotar al trabajador de Cinturón o Arnés de Seguridad enganchados a una línea de vida.

ARTÍCULO 30: ROPA DE TRABAJO

a) Cuando se seleccione ropa de trabajo, se deberá tomar en consideración los riesgos a los cuales el trabajador puede estar expuesto y se seleccionará aquellos tipos de ropa de tra-bajo que reduzcan los riesgos al mínimo.

b) La ropa de trabajo no debe ofrecer peligro de engancharse o de ser atrapado, por las piezas de las máquinas en movimien-to.

c) No se debe llevar en los bolsillos objetos afilados o con pun-tas, ni materiales explosivos o inflamables.

d) Es obligación del personal el uso de la ropa de trabajo dotado por la entidad, mientras dure la jornada de trabajo.

ARTÍCULO 31: CONSIDERACIONES GENERALES DE LOS EPP

Para que los elementos de protección personal resulten eficaces se deberá considerar lo siguiente:

a) Entrega de EPP a cada trabajador en función a la actividad que va realizar.

b) La responsabilidad del jefe inmediato proporcionar los EPP adecuados; la del trabajador es usarlos.

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c) El único EPP que sirve es aquel que ha sido seleccionado téc-nicamente y que el trabajador usa durante toda la exposición al riesgo.

d) Capacitación respecto al riesgo que se está protegiendo.e) Responsabilidad del jefe inmediato, encargado de Seguridad

y Salud en el Trabajo, en el uso correcto y permanente de los EPP.

f) El jefe inmediato, supervisor de obra y encargado de Seguridad y Salud en el Trabajo debe dar el ejemplo utilizando los adecuadamente.

ARTICULO 32: EQUIPOS O SISTEMAS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA TRABAJOS DE ALTURA CON RIESGOS DE CAÍDA

Todo trabajador antes de utilizar cualquier tipo de sistema o equi-po de protección personal contra riesgo de caída en altura, debe-rá recibir una adecuada y completa capacitación y entrenamiento por parte de una persona especialmente designada para dar dichas instrucciones. Al trabajador se le deberá proporcionar toda la información necesaria y específica, de los riesgos a los que está expuesto, asociados a las operaciones o trabajos a realizar a distinto nivel, dicha capacitación y entrenamiento deberá ser soli-citada por el feje inmediato con anticipación adecuada al área y personal correspondiente de seguridad y salud en el trabajo de la MPJB.

ARTÍCULO 32.1: L A C A P A C I T A C I Ó N D E B E R Á C O N T E M P L A R L A S I G U I E N T E INFORMACIÓN

a) Riesgos de trabajo en altura. b) Uso correcto del equipo de protección personal (instruccio-

nes de uso).c) Componentes del equipo e instrucciones sobre su uso

correcto.d) Limitaciones de uso del equipo. e) Instalaciones requeridasf) Sistemas de anclaje correctosg) Técnicas correctas de conexión de los distintos com-

ponentes de los sistemas/equipos.

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h) Métodos de uso de sistemas/equipos.i) Inspección periódica del sistema/equipo que debe efectuar

el usuario.j) Mantenimiento y almacenamiento del equipo/sistema.k) Permiso de trabajo en altura.l) Otros que amerite de acuerdo a las actividades que se rea-

lice.

ARTÍCULO 32.2: REVISIÓN DE LOS SISTEMAS O EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL CONTRA RIESGOS DE CAÍDAS EN ALTURA

a) Todos los sistemas o equipos de protección contra riesgos de caídas en altura y sus componentes deberán ser some-tidos a inspecciones visuales antes de cada uso, para detectar signos de daño, deterioro o defectos.

b) Deberán además, ser sometidos a una completa revisión cada tres meses y/o según las indicaciones del fabricante.

c) El equipo o sistema de protección personal contra riesgos de caídas, están sometidos a un uso severo y riguroso con-tinuo o expuesto a ambientes de atmósferas adversas, la frecuencia de las inspecciones y revisión del equipo se deberá efectuar mensualmente, o semanalmente, o cuan-do se requiera, conforme además a las recomendaciones respecto a inspección, prescritas por el fabricante.

d) La inspección completa deberá ser realizada por personas responsables y competentes, con conocimientos y expe-riencia necesarias para revisar correctamente el equi-po/sistema.

e) La fecha de dicha inspección se deberá indicar, mediante una etiqueta autoadhesiva en el cinturón o arnés.

ARTÍCULO 32.3: USO DE ANDAMIOS

a) Los andamios que se utilicen deben garantizar la capaci-dad de carga y estabilidad.

b) Los andamios se fijarán a la edificación de tal modo que se garantice la verticalidad y se eviten movimientos de oscila-ción.

c) Antes de subir a un andamio hay que comprobar su estabi-lidad, así como que esté situado sobre una superficie firme. No apoyar sobre pilas de materiales, bidones, etc.

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d) Delimitar la zona de trabajo evitando el paso de personal por debajo.

e) Las plataformas ubicadas a más de dos metros de altura, dispondrán de barandillas perimetrales de 90cm., listón intermedio y roda pié.

f) La anchura de la plata forma de trabajo, será de 60cm. como mínimo

g) Si la plata forma de trabajo se encuentra a 3,5m. o más, se deberá utilizare quipo de protección anti caída o medidas de protección alternativas.

h) En andamios móviles se deberá contar con estabilizadores que eviten su movimiento.

i) No se moverá un andamio móvil, con personal o material sobre él.

j) No se deben realizar movimientos bruscos, depositar pesos violentamente sobre los andamios ni sobre cargar la plataforma de trabajo.

k) No se debe trabajar en andamios en el exterior con condi-ciones climatológicas adversas (viento, etc.).

ARTÍCULO 32.4: USO DE ESCALERAS

a) Antes de usar una escalera, ésta será inspeccionada visualmente.

b) Si tiene rajaduras en largueros o peldaños, o los últimos están flojos, no deberá ser usada.

c) Estará apoyada sobre el piso firme y nivelado.d) Se atará la escalera en el punto de apoyo superior.e) Sobre saldrá el apoyo superior por lo menos 60 centíme-

trosf) La altura máxima a cubrir con una escalera portátil, no exce-

derá de 5 metros.g) Antes de subir por una escalera deberá verificar la limpieza

de la suela del calzado.h) Se deberá exigir que el personal se tome con ambas

manos de los peldaños.i) Las herramientas se llevarán en bolsos especiales o serán

izadas.j) Subirá o bajará una persona a la vez. k) Estará provisto de tacos antideslizantes en la base de los

largueros.

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l) No utilizar escaleras de metal o aluminio para realizar tra-bajos de electricidad.

m) Además de estos implementos, no se debe descuidar entra bajos de altura la instalación de barandas en contornos de las edificaciones, redes de seguridad anti caídas.

ARTÍCULO 33: USO DE HERRAMIENTAS

a) Conservación de las herramientas en buenas condiciones de uso.

b) Utilización de las herramientas adecuadas a cada tipo de tra-bajo que se vaya a realizar.

c) Entrenamiento apropiado de los usuarios en el manejo de estos elementos de trabajo.

d) Retirar de uso las herramientas defectuosas.e) No llevar herramientas en los bolsillos, salvo que estén adap-

tados para ello.f) Dejar las herramientas en lugares que no puedan producir acci-

dentes, cuando no se utilicen.g) Transporte adecuado y seguro, protegiendo los filos y puntas y

manteniéndolas ordenadas, limpias y en buen estado, en el lugar destinado para tal fin.

ARTÍCULO 34: USO DE MÁQUINAS

a) No usar máquinas sin estar autorizado para ello.b) Evitar los vuelcos, caídas o desplazamientos intempestivos de

las máquinas.c) Los interruptores y demás mandos de puesta en marcha de las

máquinas, se deben asegurar para que no sean accionado sin voluntariamente.

d) La máquina debe estar provista de protección, que impida o dificulte el acceso al punto de peligro.

e) Los engranajes, correas de transmisión, poleas, cadenas, e incluso los ejes lisos que sobre salgan, deben ser protegidos por cubiertas.

f) Todas las operaciones de comprobación, medición, ajuste, etc., deben realizarse con la máquina parada.

g) Manejar la máquina sin distraerse.h) Así mismo debe cuidarse el orden y conservación de las herra-

mientas, útiles y accesorios; tener un sitio para cada cosa y cada cosa en su sitio.

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i) La zona de trabajo y las inmediaciones de la máquina deben mantenerse limpias y libres de obstáculos y manchas de acei-te. Los objetos caídos y desperdigados, pueden provocar tro-pezones y resbalones peligrosos, por lo que deben ser recogi-dos antes de que esto suceda.

j) Las virutas deben ser retiradas con regularidad, sin esperar al final de la jornada, utilizando un cepillo o brocha para las viru-tas secas y una escobilla de goma para las húmedas y aceito-sas.

k) Las herramientas deben guardarse en un armario o lugar ade-cuado. No debe dejarse ninguna herramienta u objeto suelto sobre la máquina. Tanto las piezas en bruto como las ya meca-nizadas deben apilarse de forma segura y ordenada o bien utilizar contenedores adecuados si las piezas son de pequeño tamaño.

l) Se deben dejar libres los caminos de acceso a la máquina.m) Eliminar los desperdicios, trapos sucios de aceite o grasa que

puedan arder con facilidad, acumulando los en contenedores adecuados (metálicos y con tapa).

n) Recuerde: los trapos sucios de aceite o grasas o residuos especiales no deben disponerse con la basura común.

o) Las averías de tipo eléctrico solamente pueden ser investiga-das y reparadas por un electricista profesional; a la menor ano-malía de este tipo desconecte la máquina, ponga un cartel de Máquina averiada y avise al electricista.

p) Los conductores eléctricos deben estar protegidos contra cor-tes y daños producidos por las virutas y/o herramientas. Vigile este punto e informe a su inmediato superior de cualquier ano-malía que observe.

q) Durante las reparaciones coloque en el interruptor principal un cartel de No Tocar .Peligro Hombre Trabajando. Si fuera posi-ble, ponga un candado en el interruptor principal o quite los fusibles.

ARTÍCULO 35: MANIPULACIÓN DE CARGAS PESADAS

Cuando las cargas que se van a manipular superen 25 kg (varo-nes) y 15 Kg (damas) peso y/o se encuentren en el suelo o cerca del mismo, se utilizarán las técnicas ergonómicas de cargas, que permiten utilizar los músculos de las piernas más que los del a espalda, tratando de disminuir la tensión en la zona lumbar:

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a) Se parar los pies hasta con seguir una postura estable, colo-cando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento.

b) Flexionar las rodillas, manteniendo en todo momento la espal-da recta o ligeramente inclinada hacia delante.

c) Acercar al máximo el objeto al cuerpo, a una altura comprendi-da entre los codos y los nudillos.

d) Levantar el peso gradualmente, sin sacudidas y realizando la fuerza con las piernas.

e) No girar el tronco mientras se esté levantando la carga. Es pre-ferible pivotar sobre los pies para colocarse en la posesión ade-cuada.

f) Si el levantamiento se lleva a cabo desde el suelo, hasta una altura superior a la de los hombros, apoyar la carga a medio camino para poder cambiar el agarre.

CAPÍTULO VIII

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES

ARTÍCULO 36: CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO

1. Antes de realizar cualquier actividad realice su evaluación de riesgos (ATS).

2. Cumpla con todos los procedimientos e instrucciones de segu-ridad.

3. Reporte y participe en la solución de las condiciones y/o prácti-cas subestándares.

4. Mantenga limpio y ordenado su lugar de trabajo.5. Informe inmediatamente a su supervisor todo incidente por

más leve que esta sea y de ser necesario reciba lo más pronto posible los primeros auxilios.

6. Use el equipo de protección personal en forma adecuada.7. No juegue, ni haga bromas en el trabajo. Evite distraer a sus

compañeros y concéntrese en el trabajo asignado a usted. 8. Emplee los dispositivos los de seguridad adecuadamente.

Está terminantemente prohibido alterarlos o retirarlos sin la debida autorización.

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9. No utilizar u operar máquinas o herramientas si no encuentra capacitado y debidamente autorizado.

10.No ingrese al trabajo bajo la influencia de alcohol ni drogas. 11.Está prohibido ingresar a las áreas restringidas o no autoriza-

das, a menos que el trabajador cuente con un permiso espe-cial extendido por el responsable y/o encargado del área.

12.Está prohibido utilizar dispositivos, como celulares, de música portátil, dentro de las instalaciones y vehículos mientras se realicen trabajos que impliquen desplazamiento tanto de transporte y físico del trabajador, pues limita el sentido auditivo y pueden ocasionar distracciones y provocar accidentes.

13.Mantener el orden y limpieza de los lugares de trabajo.14.Colocar los implementos de trabajo que utiliza con mayor fre-

cuencia, al alcance de las manos.15.Mantener las zonas de tránsito libres de obstáculos.16.Está prohibido fumar o realizar fuegos abiertos. 17.Almacenar los materiales de limpieza, en los lugares estable-

cidos.18.No sobrecargar los tomacorrientes, utilizando enchufes múlti-

ples u otros dispositivos eléctricos y mantener en buen estado. En caso contrario, deberán informar para su respectivo mante-nimiento.

19.Desconectar los equipos eléctricos antes de realizar manteni-miento, limpieza correspondiente.

20.Mantener libre el acceso a los equipos contra incendios (extin-tores, gabinetes contra incendios, rociadores contra incendio, estaciones de alarma, señales de seguridad, detectores de humo, equipos de luces de emergencia, etc.)

21.Cumplir con lo indicado en las señales de seguridad.22.En los lugares de los establecimientos donde se use, manipu-

le, almacene, transporte, etc., materiales o líquidos combusti-bles o inflamables, estará terminantemente prohibido fumar o usar llamas descubiertas o luces que no sean a prueba de fuego o explosión.(Ref.:Art.181delD.S.Nº42-F)

23.El trabajador está obligado a usar correctamente el respira-dor en los ambientes de trabajo señalizados para tal efecto, siempre y cuando haya sido previamente informado y capaci-tado sobre su uso.

24.Si de algún equipo eléctrico sale chispas o humo, desconec-tarlo e informar inmediatamente.

25.Solicitar ayuda antes de mover objetos, muebles y/o equipos pesados.

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26.No manipular equipos eléctricos con las manos húmedas.27.Desconectar equipos eléctricos al finalizar la jornada de traba-

jo.28.El trabajador es responsable del cuidado de los bienes y recur-

sos que le son confiados para el desarrollo de su trabajo.29.Solicitar la limpieza de los ventiladores a fin de evitar la acu-

mulación de polvo, ácaros, los mismos que son redistribuidos en la oficina si éstos no tienen el mantenimiento adecuado.

30.Vestir indumentaria adecuada.31.Evitar el encendido accidental de las máquinas y herramientas

eléctricas; antes de conectarlas asegúrese de que el interrup-tor esté en la posición de apagado.

32.Comprobar el buen estado de las herramientas y equipos antes de emplearlas.

33.Cuando se realicen trabajos de perforación, usar gafas, mas-carillas, etc.

34.Emplear los equipos de protección personal (EPP).35.No usar posturas forzadas al usar herramientas.36.Aumentar las precauciones cuando se empleen máquinas y

equipos eléctricos.37.Está prohibido cambiar la ubicación de muebles y en seres,

obstaculizando el libre acceso hacia las salidas y vías de eva-cuación.

38.Cumplir los estándares de seguridad del presente reglamento.

ARTÍCULO 37: ILUMINACIÓN

1. Cada uno de los espacios de trabajo de las instalaciones debe estar debidamente iluminado, utilizando un sistema mixto de iluminación artificial y natural, dando lugar a un trabajo cómo-do, eficaz y seguro.

2. No se debe contar con fuentes de luz deslumbrantes, para impedir que el paso de la luz solar origine molestias, se debe implementar mecanismos que permitan graduar o restringir la luz solar.

3. Se debe limpiar periódicamente las lámparas y las luminarias, así como las ventanas y mantener las libres de obstáculos

4. Se deben reparar en el menor tiempo posible las fuentes de luz parpadeante, para evitar molestias al trabajador.

5. Las luminarias deberán suministrar una distribución uniforme, llevarán rejillas ó pantallas difusoras para evitar el deslumbra-miento.

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6. En los almacenes de expedientes, lugar exclusivo como archi-vo, el tipo de iluminación a usar se es la iluminación artificial, a fin de evitar la luz natural, debido a que su intensidad puede contribuir a deteriorar los documentos en custodia.

7. Se debe realizar mediciones de luz en las áreas de trabajo, pasillos y escaleras, para verificar si se cuentan con los niveles mínimos de iluminación recomendados y adoptar las acciones de mejora.

8. Está prohibido las modificaciones o cambio de funcionalidad de ambientes de trabajo sin autorización, ya que puede modifi-car el nivel de luz.

ARTICULO 38: VENTILACIÓN Y TEMPERATURA

1. En las instalaciones, se mantendrán por medios naturales y/o artificiales, condiciones atmosféricas adecuadas para evitar el insuficiente suministro de aire, el aire viciado y las corrientes dañinas, durante el horario de trabajo.

2. En todos los casos, la cantidad de ventilación necesaria en un determinado ambiente, deberá ser proporcional al número de trabajadores existentes y debidamente distribuidos en el área de trabajo, según el esfuerzo que éstos realizan, de modo que se garantice la existencia de condiciones ambientales ade-cuadas, en lo que se refiere a suministro de aire limpio.

3. En las áreas de trabajo en que se produzcan polvos, gases y/o vapores, el personal deberá usar protección respiratoria, y colocar mecanismos que evite la disipación a otros ambientes de trabajo.

4. La temperatura en todas las instalaciones de la MPJB se man-tendrá durante las horas de labor aun nivel que no sea perjudi-cial para la salud de los trabajadores ya sea por medios natu-rales o artificiales, debiendo evitarse el estrés térmico.

ARTICULO 39: RUIDO

Dependiendo de la magnitud de éste, se debe tener en considera-ción lo siguiente:

1. Cada lugar, zona de trabajo, oficina debe mantener un ambiente calmado y poco ruidoso, evitando la música estri-dente o ruidos que pudieran generar desorden y/o caos.

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2. Si un miembro de la oficina está contrariado con algún ruido producto de algún equipo de la misma oficina, debe informarlo al encargado de la oficina para que adopte las respectivas medidas correctivas.

3. Mantener los límites máximos perdibles de acuerdo a la y tiem-pos máximos de exposición de acuerdo a las normas estable-cidas.

4. Utilizar los equipos adecuados en protección auditiva de acuerdo a la exposición al riesgo.

ARTÍCULO 40: ERGONOMÍA

1. El personal debe tener en cuenta la postura correcta: tanto sentado como de pie, con las articulaciones en posición neutra o descansada y estar cambiando de posición para disminuir la tensión muscular y lesiones osteomusculares.

2. Evitar que en el desarrollo de las tareas que utilicen flexión y torsión del cuerpo combinados, esta combinación es el origen y causa de la mayoría de las lesiones músculoesqueléticas.

3. El puesto de trabajo deberá tener las dimensiones adecuadas que permita el posicionamiento y el libre movimiento de los segmentos corporales. Se debe evitarlas restricciones de espacio, que pueden dar lugar a giros e inclinaciones del tron-co que aumentarán considerablemente el riesgo de lesión.

4. Las tareas no se deberán realizar por encima de los hombros ni por debajo de las rodillas.

5. Para las actividades en las que el trabajo debe hacerse utili-zando la postura de pie, se debe poner asientos para descan-sar durante las pausas

6. Todo personal asignado a realizar tareas en postura de pie y/o sentado debe recibir una formación e información adecuada, en cuanto a las técnicas de posicionamiento postural y mani-pulación de equipos, con el fin de salvaguardar su salud.

ARTICULO 41: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN OFICINAS

1. Usar ropa de trabajo adecuada, acorde con la naturaleza de su trabajo.

2. No colocar materiales u objetos en la parte superior de arma-rios, archivadores, muebles y equipos.

3. No ubicar cajas, papelería u otro tipo de elementos de bajo de

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escritorios, o mesa de trabajo, porque limita el acercamiento al plano de trabajo e incrementa la fatiga.

4. Mantener en el escritorio o puesto de trabajo sólo lo indispen-sable para realizar las actividades.

5. Verificar que la altura del escritorio o del tablero de la mesa permita suficiente espacio para acomodar las piernas, de modo que facilite los ajustes de la postura para el trabajador sentado, a la vez que también permite un ángulo de 90° a 100º para el codo.

6. Mantener una postura de sentado, que permita comodidad en el trabajo, regular la altura de la silla o de la superficie de traba-jo, de forma que los antebrazos queden paralelos al suelo y las muñecas no se doblen. Adoptar una posición relajada y ergui-da. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia atrás. Colocar los pies deforma plana sobre el suelo.

7. No colocar cerca de los bordes de escritorios o mesas, arte-factos como: Teléfonos, máquinas y/o equipos de oficina.

8. Mantener los cajones y puertas de escritorios, archivadores, armarios, etc. siempre cerrados a fin de evitar golpes o caídas del personal.

9. No adoptar posturas incorrectas como: sentarse sobre una pierna o sentarse con las piernas cruzadas ni sujetar el auri-cular del teléfono con el hombro.

10.No utilizar líquidos inflamables para la limpieza de equipos.11.Si de algún equipo eléctrico sale chispas o humo, desco-

nectarlo e informar inmediatamente.12.Solicitar ayuda antes de mover objetos, muebles y/o equipos

pesados.13.No se colocará cables eléctricos, ni telefónicos, sin la debida

protección.14.Guardar en gavetas los lápices, cortapapeles, tijeras, alfileres

y otros objetos punzo cortantes.

CAPÍTULO IX

MEDIO AMBIENTE

ARTÍCULO 42: AMBIENTE DE TRABAJO:

1. para obtener en el establecimiento de trabajo un medio ambiente que no perjudique la salud de los trabajadores, por

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los riesgos químicos a que están expuestos, se deberán adop-tar todas las medidas necesarias para controlar en forma efec-tiva los agentes nocivos preferentemente en su origen.

ARTÍCULO 43: E VA L U A C I Ó N D E AT M Ó S F E R A D E TRABAJO:

1. La evaluación de estos contaminantes atmosféricos se reali-zara por medio de equipos a aparatos de medida, que determi-nan las concentraciones de polvo, gases, humos, etc. en los medios de ambiente de trabajo, que se expresan en partes por millón o en miligramos por metro cubico, y sirvan para contro-lar periódicamente los niveles peligrosos, que estén por enci-ma de los límites máximos permisibles.

2. Crear conciencia a todo el personal para el cuidado del medio ambiente.

ARTÍCULO 44: AIRE

1. para evitar la contaminación del aire en el área circundante y periféricos a los vecinos, por polvo, gases, humos y otros pro-ductos nocivos, se tomaran las medidas necesarios como:

a) Ventilación general: se emplea extracción o suministro mecánico de aire.

b) Ventilación por dilución: se emplea cuando la cantidad de material es peligrosos en la atmósfera del área de trabajo, no supera el límite máximo permisible.

c) Ventilación por succión local o sistema, a de extracción localizada: se emplea mediante succión en el sitio de ori-gen para recoger las sustancias peligrosas, podrá ser late-ral o vertical.

d) Aislamiento: se emplea para controlar el escape de sustan-cias peligrosas al medio ambiente de trabajo

e) Sistemas húmedos: se aplica agua para el controlar la generación de polvo en algunos trabajos.

ARTÍCULO 45: SUELO

1. las materias primas y materiales desechos deberán ser alma-cenados y transportados en recipientes adecuados.

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2. En cada centro de trabajo habrá recipientes adecuados e iden-tificados, para los residuos sólidos.

3. Controlar el uso de fertilizantes y pesticidas en parques y jardi-nes.

4. No botar basura en lugares inapropiados

ARTÍCULO 46: AGUA

1. las materias primas y materiales desechos de líquidos debe-rán ser almacenados y transportados en recipientes adecua-dos e identificados.

2. En cada centro de trabajo habrá recipientes adecuados e iden-tificados, para los residuos líquidos y envases. para su poste-rior tratamiento y eliminación de acuerdo a la normativa vigen-te.

3. No eliminar productos químicos y conducto de desaguases de los campamentos de obras al río.

CAPITULO X

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

Todo personal que realiza actividades en Obras, Actividad de Mantenimiento, Jardinería, Limpieza, Seguridad y Vigilancia, u otro servicio, deberán cumplirlas normas dispuestas por el Ministerio de Trabajo y promoción del empleo y dependencias designadas para el control y supervisión de seguridad y salud en el trabajo y el presente reglamento interno para prevenir acciden-tes.

ARTICULO 47: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD PARA PERSONAL DE OBRAS Y ACTIVIDAD DE MANTENIMIENTO

El personal, residentes, responsables de Proyectos, Obras y Actividad de Mantenimiento debe cumplir las siguientes reco-mendaciones básicas e implementar medidas de seguridad adi-cionales de acuerdo a los trabajos a realizar y cumplir con las nor-

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mas del presente reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo (RISST).Así mismo la elaboración de plan de seguridad y salud en el traba-jo de acuerdo a la normativa de construcción (RNE), ley 29783, modificaciones y otros respecto a seguridad y salud en el trabajo.

1. Ayudar a conservar limpia y ordenada la zona de trabajo; depo-sitar los materiales adecuadamente en lugares y recipientes de acuerdo a su uso.

2. Tener presente en cada momento, la situación de los compa-ñeros que trabajan cerca y el trabajo que están haciendo, para evitar riesgos.

3. No permanecer ni circular bajo cargas suspendidas.4. Revisar antes de iniciar el trabajo que, los equipos, máquinas y

herramientas a utilizar estén en buenas condiciones de uso; informar cualquier deficiencia encontrada.

5. Consultar cualquier duda sobre la forma en que debe ser eje-cutado el trabajo, no realizar el trabajo sin saber cómo reali-zarlo correctamente.

6. No poner fuera de funcionamiento los sistemas de seguridad de máquinas y herramientas.

7. Señalizar la zona de trabajo y poner las medidas de protección colectiva para reducir riesgos.

8. Usar obligatoriamente los equipos de protección personal (EPP) que sean necesarios para protegerse de los riesgos del trabajo.

9. Está prohibido descansar en zonas de riesgo, construcciones de muros, excavaciones y otros que presente peligros.

10.Siempre que sea posible, efectuar la manipulación de cargas ayudándose de medios mecánicos.

11.En caso de que la manipulación sea manual seguir las pautas indicadas en las condiciones generales del presente regla-mento.

12.Realizar el movimiento de carga pesada preferentemente entre dos o más personas, manipulándolo coordinadamente y asegurándose de agarrar lo correctamente.

13.Se recomienda que se usen siempre las protecciones colecti-vas de las máquinas herramientas, éstas no deben estar nunca desprotegidas bajo ningún pretexto.

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14.Se recomienda uso de gafas de seguridad o protector facial que proteja específicamente contra impactos y ser compatible con el uso de otros EPP.

15.En caso de que la proyección sea de gotas de pintura, barni-ces o productos químicos en general, entonces las gafas serán de seguridad de montura integral que proteja específi-camente contra impactos, gotas y polvo.

16.Usar guantes adecuados de acuerdo con la actividad a reali-zar..

17.No se emplearán en el caso de que exista riesgo de que el guante que de atrapado en la utilización de una máquina.

18.Sustituir los productos peligrosos por otros que no lo sean o que sean menos peligrosos.

19.Leer siempre la etiqueta de todo producto y pedir al jefe inme-diato la hoja de datos de seguridad del material (MSDS).

20.Para la manipulación del producto (si fuera necesario) y si exis-te riesgo de tocarlo siendo un producto químico dañino para la piel (lo ha de indicar su etiqueta), se debe utilizar guantes de protección química. El tipo dependerá del producto que se emplee (mirar etiquetado producto químico y la del guante antes de usarlo). Se recuerda que los guantes de protección contra agentes químicos no son los más indicados para prote-ger contra agresiones mecánicas, y una vez perforados o des-garrados pierden su poder de protección contra las agresiones químicas.

21.Mantener ventilado el lugar de trabajo.22.Extremar la higiene personal después del uso de productos

químicos y no comer, ni beber, sin antes haberse lavado.23.En caso de realizar trabajos de soldadura y técnicas afines: es

necesario el uso de gafas especiales para soldadura o de pantalla especial para soldadura,

24.Preferiblemente ésta última por proteger también contra impactos o proyección es en la cara.

25.Será necesario el empleo o uso de medios y conductas ade-cuadas, a saber: Uso de andamios estos estarán bien monta-dos, con las bases estables, con el hueco hasta la pared que no permita que pueda caerse una persona y con todas las medidas de protección colectivas (barandillas y rodapiés).

26.Uso de escaleras de mano: inspección visual de las mismas para comprobar su perfecto estado de uso, fijación de bases estables o sujeción por una segunda persona en caso de nece-sidad.

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27.Los trabajos con uso de electricidad con exposición a elemen-tos en tensión deben ser realizados por electricistas especiali-zados. Estos trabajos nunca han de ser realizados sin la pre-paración y equipos necesarios.

28.En el caso de los objetos pesados, hacer lo siempre entre dos o más personas, manipulándolo coordinadamente y asegu-rándose de agarrarlo correctamente.

29.En caso de realizar trabajos de soldadura y técnicas afines y habiendo concentraciones elevadas de gases provenientes de la soldadura, y no poder reducir esa contaminación mediante ventilación y/o extracción localizada, será necesario el uso de protección respiratoria con filtro para gases.

ARTICULO 48: E S T Á N D A R E S D E S E G U R I D A D E N ALMACENES

Almacenar los diferentes materiales de forma segura es una buena forma de evitar accidentes, que pueden afectar al trabaja-dor o a otras personas. El espacio destinado a almacén y la orga-nización del mismo, deberá reunirlos siguientes requisitos bási-cos:

1. Estar adecuadamente iluminado y ventilado.2. Permitir el fácil acceso a los extintores de incendio.3. Señalización adecuada.4. Orden y limpieza.5. En trabajador debe usar equipos de protección personal

(EPP)6. La estantería debe estar fijada al piso o pared y tener diseño

acorde con las cargas o materiales a almacenar.7. Mantener permanentemente despejadas las salidas para el

personal, sin obstáculos ni obstrucciones.8. Las válvulas, interruptores, cajas de fusibles, tomas de agua,

señales de advertencia, equipos de primeros auxilios, etc., no deberán quedar ocultos por bultos, pilas, etc.

9. Los pasillos de circulación deben ser suficientemente anchos y deben mantenerse libres de obstáculos en todo momento.

10.Está estrictamente prohibido subirse por las estanterías enci-ma de las mismas.

11.En la medida del o posible, realizar las tareas evitando postu-ras incómodas, procurando mantener las manos alineadas

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con los antebrazos (sin desviaciones de muñeca), la espalda recta (sin flexionar el tronco ni inclinarla cabeza) y los hom-bros en posición de reposo.

12.Examinar la carga antes de manipularla tratando de localizar zonas que puedan resultar peligrosas en el momento de su agarre (aristas, bordes afilados, puntas de clavos, etc.).

13.Seguir todas las instrucciones de almacenamiento en la eti-queta del producto. Los requisitos de almacenamiento varían en función del peligro que un material tiene.

14.Asegurarse de guardar todos los productos volátiles en áreas bien ventiladas.

15.Asegurarse de guardar los productos inflamables en el rango de temperatura recomendada. Los contenedores se abultan si se almacenan a temperaturas que son demasiado altas. El material líquido se expande, se congela y se rompe si se alma-cenan a temperaturas que son demasiado bajas.

16.Utilizar el envase original para almacenar el material peligro-so. Si la etiqueta se desprendió, utilizar una cinta transparente para fijarla.

17.Reducir la cantidad de materiales peligrosos en almacén.18.Asegurarse de seguir el proceso adecuado para la eliminación

de materiales peligrosos.19.Leer siempre la etiqueta de todo producto y pedir al proveedor

la hoja de datos de seguridad de materiales. (MSDS) de todo producto.

ARTICULO 49: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA

Capacitar a su personal en el uso y manejo de herramientas, equi-pos y productos químicos que emplean en el desarrollo de sus actividades diarias, así como de informar los riesgos de las áreas donde realizan limpieza así mismo el cumplimiento de las normas de seguridad en el presente reglamento – RISST.

1. Los trabajadores deben emplear obligatoriamente los equipos de protección personal (EPP).

2. Usar adecuadamente, la máquina, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y en general, cualquier otro medio con los que desarrolle su actividad.

3. Realizar las tareas de limpieza con el mayor cuidado y esme-

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ro, disponiendo las medidas de seguridad en las inmediacio-nes de la zona de trabajo, colocar letreros que adviertan peli-gro.

4. Cuidar que los pisos no se encuentren inundados y se manten-gan limpios, evitando que contengan elementos que los hagan resbalosas.

5. La limpieza debe efectuarse progresivamente, desde el fondo del local hacia la puerta y en horario adecuado.

6. Trasladarlas bolsas de residuos cerradas, para evitar cortes o pinchazos, no deben apretarse ni deben acercarse al cuerpo ni a las piernas.

7. Los envases y recipientes de productos de limpieza y desin-fección, serán debidamente rotulados.

8. No meter nunca las manos en las papeleras, sino que debe volcar su contenido en bolsas de basura más grandes.

9. Tener cuidado para no golpearse la cabeza o partes del cuer-po, en zonas muy estrechas y con obstáculos, como máqui-nas, conductos, barandillas, cajones de mesa, armarios, estanterías.

10.No introducir las manos en cisternas, papeleras, recipientes que claramente no se ve a su interior.

11.Evitar sobre esfuerzo por el peso y manejo de máquinas y pro-ductos de equipos.

12.Tener especial cuidado al trabajar con productos químicos, que pueden provocar efectos sobre las vías respiratorias, irri-tación de los ojos, erupciones en la piel. Utilizar siempre los productos de limpieza, según las recomendaciones e instruc-ciones del fabricante; cuando se trate de productos concentra-dos que necesiten diluirse, se utilizarán en la dilución indicada y nunca, con la excusa de conseguir más eficacia, a mayor concentración.

13.Las sustancias inflamables y las sustancias nocivas, sobre todo si desprenden gases o vapores (como el amoníaco y el aguarrás u otros disolventes), deben manipularse siempre con ventilación adecuada. Si la ventilación no es suficiente, utili-zar mascarilla y filtro adecuados a las sustancias manipula-das.

14.Cuando se utilicen equipos de limpieza conectados a la red eléctrica, se procurará tenderlos cables de manera que no atra-viesen las zonas de trabajo o de paso. Si esto fuera imposible, se prestará la máxima atención cuando se trabaje en sus pro-ximidades.

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15.Lavarse las manos antes y después de las tareas con abun-dante agua y jabón

16.No comer o beber en el puesto de trabajo.

ARTICULO 50: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN PARQUES Y JARDINES

Capacitar a su personal en el uso y manejo de herramientas, equi-pos y productos químicos que emplean en el desarrollo de sus actividades diarias, así mismo el cumplimiento de las normas de seguridad en el presente reglamento – RISST.

1. Todos los productos químicos (combustibles, plaguicidas, abo-nos, cloro, productos de limpieza.), deben mantenerse en su envase original y estar correctamente etiquetados.

2. Para el almacenamiento de combustibles se tendrá un lugar protegido contra el fuego y siguiendo las siguientes indicacio-nes:a) Se guardará en su interior el combustible.b) Se ubicará en un lugar con ventilación y preferiblemente

alejado de puertas.c) Los combustibles deben estar debidamente etiquetados

para facilitar la identificación. No debe colocarse nada enci-ma del recipiente.

d) El lugar debe estar limpio (interior y exterior) cerrado con llave, señalizado (señal de material inflamable y prohibido fumar)

3. Los productos fitosanitarios (pesticidas, abonos, etc.)no se almacenarán con el combustible. Se guardarán en un armario de seguridad, que deberá reunirlos siguientes requisitos:a) Se ubicará en un lugar con ventilación y preferiblemente

alejado de puertas. No debe colocarse nada encima del armario.

b) Debe estar limpio (interior y exterior), cerrado con llave, señalizado (Productos fitosanitarios y prohibido fumar)

c) Debe tener una bandeja de retención para derrames.d) Los productos se agruparán dentro del armario según el

tipo de peligrosidad.4. Tener cuidado de los pesticidas y los productos químicos; leer

la hoja de datos de seguridad de materiales (MSDS)5. Bajo ninguna circunstancia se manipularán cargas que exce-

dan de 25kg (varón) y 15 kg (dama).

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6. Utilizar las máquinas de acuerdo con las instrucciones del fabricante y sólo en aquellos trabajos para los que han sido diseñados.

7. Usar máquinas y herramientas seguras. Sólo las utilizarán las personas designadas, capacitadas para utilizarlas y que estén informadas de sus peligros.

8. Cuando se riega jardines evitar caminar hacia atrás, mientras se arrastra la manguera, vaciarla manguera antes de doblar-la, evitar que las mangueras atraviesen vías de circulación.

9. Utilizar mangos de longitud adecuada al trabajador, que le permitan una postura cómoda.

10.Poner especial atención y protegerse adecuadamente, al tra-bajar con o cerca de plantas punzantes.

11.Se recomienda la vacunación contra tétanos y de la hepatitis B.

12.Proteger las partes cortantes de las máquinas, con resguar-dos que impidan a los operarios el acceso directo a las zonas peligrosas.

13.No quitar, ni retirar resguardos a los elementos de seguridad de las máquinas.

14.Mantener distancia de seguridad con terceras personas para evitar lesionarlas.

15.Para podar a alturas superiores a 2 m utilizar andamios y esca-leras, mover siempre la máquina de forma que apunte en dirección contraria al cuerpo.

16.No dejar las herramientas colgadas en árboles, escaleras, etc. ni clavadas en el suelo cuando no se utilicen.

17.Cuando se utilice la máquina de motor de cortadora de cés-ped, por donde transitan o trabajan otras personas, con la ayuda de otro operador, se procederá a cubrir el área de traba-jo con una o más pantallas fijas o movibles.

18.Inspeccionar las herramientas de trabajo cada vez que las use, para asegurar que estén en buenas condiciones de fun-cionamiento.

19.Cuando se use combustibles inflamables, deberá asegurarse que los recipientes estén aprobados para uso con combusti-bles inflamables, nunca fumar mientras se reabastece de com-bustible.

20.No arrancar la máquina en el lugar que ha recargado el com-bustible, alejarse 3 metros.

21.No arrancar las máquinas:

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a) Si se ha derramado combustible (secarlo todo antes).b) Si salpicó al cuerpo o ropa, lavarse y cambiar se de ropa. Si

hay fuga en la tapa o conductos.22.Aplicación de productos químicos, para eliminar plagas o

enfermedades que atacan a los vegetales:a) Asegurarse de que el equipo de aplicación funciona correc-

tamente. Aplicar a favor del viento.b) No limpiar la boquilla soplando con la boca.c) Evitar hacer los tratamientos en las horas de máximo calor

o en días de mucho viento.d) Cambiarse de ropa y ducharse en el puesto de trabajo.

23.Si sospechamos que una persona se ha intoxicado con algún producto químico, debemos:a) Alejar al accidentado del lugar.b) Avisara una ambulancia o trasladar al accidentado al cen-

tro médico más cercano.c) Proporcionar al personal sanitario, la ficha de seguridad del

producto utilizado, etiqueta y restos de vómito(en el caso que los hubiera)

24.Si se trabaja en zonas de circulación de vehículos, utilizar las señales de seguridad.

ARTICULO 51: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD PARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA

Capacitar a su personal en el uso y manejo de vehículos y equi-pos que emplean en el desarrollo de sus actividades diarias, así mismo el cumplimiento de las normas de seguridad en el presente reglamento – RISST.1. Las zonas de trabajo, se mantendrán siempre limpio de mate-

riales y/o desperdicios, cuidando la salud y seguridad de todos los trabajadores.

2. Al final de la jornada de trabajo, desconectar o dar aviso para el apagado de maquinaria, equipos, ventiladores, aparatos de aire acondicionado, a fin de prevenir siniestros.

3. Los trabajadores están obligados a acatar las disposiciones de la entidad sobre protección de instalaciones, propiedades y a integrar los cuadros de personal de emergencia que ella solicite.

4. El uso de vestuario y equipos es obligatorio, cada trabajador debe mantenerlos en buen estado de conservación, bajo res-ponsabilidad.

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5. Contar con la respectiva licencia, síes que porta armas de fue-go.

6. Se informará inmediatamente a su superior, sobre cualquier lugar o condición de trabajo que se considere peligroso, a fin de adoptarlos correctivos necesarios.

7. Todo accidente de trabajo será informado sin demora al supe-rior.

8. Todo vehículo de la empresa o de particulares, que ingrese o salga de las instalaciones, será inspeccionado por el personal de vigilancia.

9. Está terminantemente prohibido, el ingreso de personas que se presuman en estado etílico o bajo la influencia de drogas o sustancias alucinógenas. Todo visitante está obligado a identi-ficarse con su DNI y/o fotocheck ante el personal de vigilancia, a su solicitud, antes de ingresar a la entidad.

10.Todo trabajador está obligado a mostrar su Identificación al personal de vigilancia, antes de ingresar a las instalaciones.

11.Trate a los automovilistas o conductores con respeto y educa-ción. Evite discutir con ellos, no responderá las agresiones, comunique de inmediato a su superior.

ARTICULO 52: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN EQUIPO MECÁNICO

El área respetiva debe elaborar su plan de seguridad y salud en trabajo a las normas establecidas, codificación de la maquinaria y vehículos para su identificación adecuada.

1. Antes de subir a máquina, vehículos dar la inspección de la vuelta del gallo.

2. El operador de vehículos de traslado de personal y carga debe-rán cumplir con las norma del reglamento de tránsito vigente.

3. La maquinaria y equipos deben utilizarse de manera adecua-da y solamente para los fines a los que están destinados.

4. La maquinaria y equipos solo deben ser operados por perso-nal competente para ello (capacitación, formación, habilidad y experiencia).

5. Todo traslado de maquinaria pesada en cama baja debe ser con una unidad de guía con la señal respectiva.

6. Antes de comenzar cualquier trabajo, verifique la estabilidad del terreno, sobre el cual va a trabajar la maquinaria.

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7. El operador debe ser informado sobre el funcionamiento y seguridad.

8. Deberá conocer el funcionamiento y manejo de los mandos así como la detención de emergencia.

9. Bajo ninguna circunstancias se deben modificar las caracte-rísticas de la maquinaria y equipos.

10.El operador deberá utilizar los EPP adecuadamente.11.La maquinaria y equipos no deben abandonarse nunca con el

motor en marcha.12.El operador de maquinaria y equipos, no deben permitir que

otros trabajadores se acerquen a distancias que pueden pro-vocar riesgos de accidente por atropello, golpes, proyección, corte, etc.

13.En trabajos con maquinaria y equipos que requieran forma-ción específica, será autorizado mediante permiso de trabajo.

14.El operador debe mantener su unidad, maquinaria, equipo limpio de grasa y aceite y en especial los accesos de la mis-ma.

15. Dentro de la maquinaria deberá estar el manual de operacio-nes expedido por fabricante.

16.Los órganos de accionamiento y especialmente los de alarma y emergencia, deben ser claramente visibles e identificables.

17.Las zonas peligrosas de la maquinaria y equipos deben estar suficientemente iluminadas y señalizadas para garantizar seguridad.

18.Nunca salte de la máquina, utilice los medios instalados.19.Para subir y bajar de la maquina utilice tres puntos de contac-

to.20.Ajústese el cinturón de seguridad y acomode el asiento a su

confort de trabajo.21.En los trabajos de mantenimiento y reparación se aparcaran la

maquinaria y equipos en suelo firme.22.Siempre que detenga el motor quitando la llave de contacto.23.Mirar continuamente la dirección de la marcha para evitar atro-

pellos durante la marcha adelante a atrás.24.Antes de cada intervención en el circuito hidráulico hay que

accionar todos los mandos auxiliares en ambas direcciones con la llave en posición dinámica.

25.Permanezca separado de todas las partes giratorias o móvi-les.

26.No intente subir o bajar de la maquina si va cargado con sumi-nistro o herramientas.

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27.No realice modificaciones ampliaciones o montajes de equi-pos adicionales en la máquina que perjudique la seguridad.

28.En previsión de vuelcos la cabina debe estar siempre libre de objetos pesados.

29.Se dotara a la maquinaria y equipos de un extintor debidamen-te cargado al día.

30.Al abastecimiento de combustible hay que evitar la proximidad de focos de ignición que podrían producir inflamación del mis-mo.

31.Estacione siempre la maquinaria, vehículos en lugares nivela-dos.

32.Permanezca alejado de todas las partes giratorias o móviles.33.Cierre bien la maquinaria y vehículos quitando todas las lla-

ves.34.No deben transportar personas dentro de la maquinaria y pres-

te atención a sus límites máximos.35.Comprobar el nivel de aceite del motor, nivel e agua, nivel de

combustible antes de arrancar.36.No trabaje con maquinaria y equipos defectuosos. Ponga

conocimiento a su jefe inmediato.37.No exceda la capacidad de carga de maquinaria y/o equipo.

38.Vigile la presión de los neumáticos, trabaje a presión recomen-dada por el fabricante.

39.En presencia de líneas de eléctricas, comunicar a su feje inme-diato para establecer la distancia adecuada.

ARTICULO 52.1: TRACTOR ORUGA Y EXCAVADORA HIDRÁULICA

1. Utilizar los tres puntos de apoyo (contacto) para subir y bajar de maquinaria.

2. Mantener limpio su unidad tanto exterior e interior (cabina) de la máquina.

3. No se debe permitir el abandono de la maquina sin haber antes apoyado sobre el suelo el escarificador y la cuchilla (lampón).

4. Se prohíbe estacionar el buldócer a menos de 3m del borde barrancos, zanjas, excavaciones, pozos, etc. Para evitar riesgos de vuelco por fatiga del terreno.

5. Antes de iniciar variaciones a media ladera con vertido

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hacia la pendiente, se inspeccionara la zona, para evitar desprendimientos o aludes sobre personas o cosas

6. Como norma general se prohíbe utilizar buldócer en las zonas con pendientes que superen al 30%.

ARTICULO 52.2: CARGADOR Y CAMIÓN VOLQUETE

1. El conductor del camión volquete no debe bajarse mien-tras se realiza el carguío.

2. Mientras se realice el carguío, no debe existir personal ajeno en la zona de operación.

3. No se debe permitir el tránsito de personas ajenas a la zona de trabajo, en el sector de carguío.

4. Use el cinturón de seguridad ¡SIEMPRE!5. El operador del cargador frontal debe contar con un equipo

de comunicación en perfecto estado, que le permita recibir instrucciones y comunicar cualquier eventualidad que se le presente durante la operación.

6. Para empezar el carguío, el operador se ubicará con el lam-pón levantado, de tal modo que le permita al conductor del camión volquete retroceder para ubicarse debajo del lam-pón del cargador.

7. Para la posición correcta del camión volquete, el operador del cargador avisará mediante un bocinazo al momento que se deba detener el vehículo.

8. Para atacar el material de trabajo, se debe realizar en forma perpendicular al talud del material.

9. Cuando el camión está siendo cargado, debe estar en posi-ción perpendicular al talud del material.

10.El operador del cargador debe avisar con un bocinazo cuan-do ha terminado de cargar al camión volquete, para que este inicie el traslado del material.

11.En caso de encontrarse más de un camión en la zona de carguío, el camión que llega a esperar su turno, deberá estacionarse a una distancia mínima de 20 (veinte) metros, que permita un espacio suficiente para las respectivas maniobras del camión cargado, en el momento de salir.

ARTÍCULO 52.3: RODILLO COMPACTADOR

1. Utilizar los tres puntos de apoyo (contacto) para subir y bajar de maquinaria.

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2. Mantener limpio su unidad tanto exterior e interior (cabina) de la máquina.

3. Para transportar o dar servicio de mantenimiento a la maquina se debe conectar la traba del bastidor de la direc-ción entre los bastidores delanteros y traseros.

4. El operador debe permanecer sentado cuando arranque la máquina.

5. Use el cinturón de seguridad ¡SIEMPRE!6. Mantener limpio y en buen estado las escaleras y pasama-

nos.7. Compruebe que la zona de trabajo adelante y atrás del rodi-

llo este libre.8. La velocidad siempre debe regularse con la palanca de

avance y retroceso.9. La vibración no debe estar activada cuando el rodillo este

parado, el terreno y la maquina podrán sufrir daños.10.Desactive siempre las vibraciones antes de que se pare el

rodillo.11.Para frenar en una situación de emergencia, pulse el botón

deparada de emergencia, sujete el volante firmemente y prepárese para una parada súbita. el motor diesel se detie-ne.

12.Compruebe los instrumentos y las lámparas de adverten-cia para ver si indican algún fallo, apague todas las luces y demás funciones eléctricas.

13.Al finalizar el turno de trabajo revise su máquina y asegure todos los compartimientos del mismo.

ARTÍCULO 52.4: MOTONIVELADORA

1. Utilizar los tres puntos de apoyo (contacto) para subir y bajar de maquinaria.

2. Mantener limpio su unidad tanto exterior e interior (cabina) de la máquina.

3. Ubique las etiquetas de seguridad.4. Asegúrese que no haya personal cerca de la maquina

antes de comenzar las operaciones o ponerse en movi-miento.

5. No aproximarse a una maquina en operación hasta no haber hecho contacto visual con el operador.

6. Use el cinturón de seguridad ¡SIEMPRE!.

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7. Aplique el freno de estacionamiento antes de bajar de la máquina.

8. Mirar hacia atrás antes de retroceder.9. Mantener limpio en buen estado las escaleras y pasama-

nos.

ARTÍCULO 52.5: RETROEXCAVADORA

1. Cuando se tenga que circular por la obra o sea necesario transportar la máquina, se bloquearan los estabilizadores de los brazos del cucharon y del lampón.

2. Para empezar labores de zanjeo se debe colocar el lampón y los estabilizadores apoyados al suelo.

3. Siempre que la maquina permanezca inmovilizada, se debe apagar el motor, bajar el lampón y el cucharon y colo-carlos como apoyos, accionando también el freno.

4. No permita el derribo de elementos que sean más altos que la maquina con la cuchara extendida, para evitar volca-mientos.

5. Cuando se trabaja con pendientes en excavaciones, siem-pre se debe trabajar de cara a la pendiente.

6. Si la retroexcavadora es de oruga, verificara si correcto fre-nado en caso de trabajar en pendientes.

7. Si la maquina permanece inmovilizada, aun por espacios cortos, se extenderá el brazo hacia la parte de la pendiente tocando el suelo.

8. Guarde siempre distancia ante taludes, zanjas o toda alte-ración del terreno que pueda posibilitar el vuelco de la máquina.

9. Al circular junto a redes eléctricas, se deben tener en cuen-ta las sinuosidades del camino, los baches y demás irregu-laridades.

ARTÍCULO 52.6: OPERACIÓN SEGURA EN EL IZAJE DE CARGAS

1. Instalar seguros de protección si no los tiene en las grúas, gatos o plataformas elevadoras.

2. Se deben mantener mecanismos que garanticen la parada inmediata del sistema de elevación en caso de rotura y o descenso brusco.

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3. Comprobar la estabilidad de los gatos y demás soportes antes de iniciar el trabajo.

4. Señalización de la carga en suspensión temporal.5. Izaje de cargas con guías capacitados. ver anexo 1.

ARTÍCULO 52.7: MONTACARGAS

1. La carga debe colocarse lo más cerca del mástil. Durante el trasporte las horquillas o uñas permanecerán lo más baja posible para poder desplazarse con la máxima estabilidad.

2. No utilice montacargas para elevar personal, a no ser que este equipada al efecto convenientemente.

3. No intente nunca girar estando en pendiente existe riesgo inminente de vuelco.

4. En pendiente circule siempre en línea recta.5. Para circular por pendiente nunca se debe conducir con la

carga situada cuesta abajo.6. En las pendientes, se ira marcha adelante, para subir y mar-

cha atrás para bajar, con el mástil totalmente inclinado hacia atrás.

7. Cuando circule detrás de otro vehículo mantenga una sepa-ración aproximadamente de tres veces la longitud del mon-tacargas.

8. La manipulación decargas deberá efectuarse guardando siempre la relación dada por el fabricante entre la carga máxima y la altura a la que se transportar y descargar bajo el siguiente criterio:a) Recoger la carga y elevarla unos 15 cm sobre el suelob) Circular llevando el mástil inclinado al máximo hacia

atrás.c) Situar el montacargas frente al lugar previsto y en posi-

ción precisa para depositar la carga.d) Avanzar el montacargas hasta que la carga se encuen-

tre sobre el lugar de descarga.e) Situar la horquilla en posición horizontal y depositar la

carga, separándose lentamente.f) Elevar la carga hasta la altura necesaria manteniendo la

montacargas frenada.9. No aumente, bajo ningún pretexto, el peso del traspaso con

da cargas adicionales y mucho menos haciendo subir per-sonas.

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10.Para elevar la carga con seguridad meta la horquilla a fondo bajo la carga, elévela ligeramente e inmediatamente incline el mástil hacia atrás.

11.Maniobre la montacargas solamente desde el asiento del conductor.

12.Evite la sobrecarga debido a una excesiva distancia entre el centro de gravedad y el mástil.

13.Nunca circule con la carga levantada ya que reduce la esta-bilidad.

14.Si circula con el montacargas descargado, lleve también las horquillas bajas, a unos 15 cm del suelo.

15.No permita que nadie se situé cerca de la carga levantada y mucho menos que circule bajo ella.

ARTÍCULO 52.8: MINICARGADOR (multipropósito)

1. Mantener los tres puntos de apoyo (contacto) para subir y bajar de maquinaria.

2. Mantener limpio su unidad tanto exterior e interior (cabina) de la máquina.

3. Ubique las etiquetas de seguridad.4. Utilice el cinturón de seguridad ¡SIEMPRE!.5. No opere el minicargador si este se encuentra sin la cabina

del operador.6. No suba al minicargador cuando se encuentre suspendido.7. No intente bajarse o subir al equipo cuando este en movi-

miento ya que puede sufrir atrapamientos.

8. No utilice el cucharon para trasportar a personas.9. Utilice protección auditiva.

ARTÍCULO 52.9: V E H Í C U L O S D E L I V I A N O S D E TRANSPORTE DE CARGA Y PERSONAL

El conductor es responsable por la seguridad de todos los pasajeros y la estabilidad de los materiales transportados. Respete la siguiente guía.

1. CAMIONES:

a. Deben usar el Cinturón de Seguridad.b. Todos los Camiones deben tener alarma de retroceso.

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c. Sólo puede ir una persona por cinturón en la cabina.d. Llevar la documentación al día de la unidad (tarjeta de

propiedad, licencia de conducir de acuerdo a la unidad, SOAT, RTV y otros).

e. Conducir de acuerdo a las normas de tránsito.f. Contar con las medidas de seguridad de la unidad de

acuerdo a lo establecido por ministerio de trasporte y comunicaciones.

g. El conductor de un camión que está siendo cargado por otro equipo debe permanecer fuera del vehículo. EXCEPCION: A menos que la cabina tenga Protección contra caída de materiales adecuada.

h. Inspeccione el vehículo sólo cuando el mismo este dete-nido.

i. Contar con botiquín de primeros auxilios.j. Contar con Extintor vigente.k. Informar las averías inmediatamente al jefe inmediato.l. Reportar todo los acontecimientos ocurridos durante el

servicio.m. Llevar actualizado la bitácora.n. Tocar la bocina en una curva ciega en trochas carroza-

bles o de una sola vía. o. Contar con conos y tacos de seguridad.p. Evitar operaciones forzadas o maniobras que impliquen

daños y/o desgaste prematuro de su máquina.q. Conducir la unidad asignando a la defensiva y seguri-

dad.r. Use el equipo de protección personal en forma adecua-

da.s. Es responsabilidad del operador en mantener los nive-

les adecuados del combustible, refrigerantes, lubrican-tes entre otros según manual del operador.

t. Después del término de jornada, en especial el fin de semana, realizar la limpieza respectiva de su unidad, bajo responsabilidad.

2. CAMIONETAS

a. Use el cinturón de seguridad.b. En la cabina, sólo puede viajar una persona por cintu-

rón.

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c. Obedezca los límites de velocidad y otros letreros regu-ladores. Dé a los peatones la prioridad en el paso.

d. Verifique que la alarma de retroceso funcione.e. Detenga el motor para cargar combustible.

f. Detenga el motor y ponga el freno de mano antes de bajar del vehículo.

g. Inspeccione el vehículo sólo cuando el mismo este dete-nido.

h. Mantenga los brazos, pies y cuerpo dentro del vehículo. Todo el personal debe ir sentado.

i. Tocar la bocina en una curva ciega en trochas carroza-bles o de una sola vía.

j. Prohibido llevar personal en la tolva de la camioneta.k. Llevar la documentación al día de la unidad (tarjeta de

propiedad, licencia de conducir de acuerdo a la unidad SOAT, RTV y otros).

l. Llevar actualizado la bitácora.m. Conducir la unidad asignando a la defensiva y seguri-

dad.n. Contar con conos y tacos de seguridad.o. La cabina debe contar con la jaula de seguridad.p. Cumplir diariamente con la programación de los traba-

jos asignados, informando las anomalías detectadas.q. Use el equipo de protección personal en forma adecua-

da.

3. MOTO LINEAL

a. Use el casco de seguridad.b. Llevar la documentación al día de la unidad (tarjeta de

propiedad, licencia de conducir para la unidad, SOAT).c. Conducir a una velocidad adecuada.d. Conducir la unidad asignando a la defensiva y seguri-

dad.

ARTÍCULO 52.10: TRACTORES AGRÍCOLAS:

Los tractores y los implementos no son juguetes. Cumpla en todo momento las condiciones de uso establecidas por los fabricantes.

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1. Considerar siempre el modo en el que se va a utilizar el trac-tor y tener en cuenta el hecho de que el centro de gravedad del conjunto tractor/implemento cambia según la carga que se transporta o remolca.

2. Al conducir el tractor, preste siempre atención al entorno del conjunto del tractor y los implementos.

3. Compruebe que la velocidad de salida de la TDF corres-ponde con la velocidad de entrada de la TDF del implemen-to

4. Manipule los controles con suavidad, no tire bruscamente del volante o del resto de controles

5. No levante ninguna carga por encima de alguien6. Sujete con firmeza el volante en todas las circunstancias,

con los pulgares lejos de los radios del volante mientras se conduce

7. Cerciórese de que haya espacio suficiente en todas las direcciones para maniobrar el tractor y el implemento

8. Adapte la velocidad del tractor a la visibilidad, las condicio-nes atmosféricas y el tipo de terreno.

9. No deje que nadie se coloque o pase por delante, debajo o detrás de un implemento

10.No deje que nadie se coloque entre el tractor y el imple-mento.

11.No permita que nadie se encuentre en la zona de trabajo.12.No se debe trabajar cerca del borde de riberas o taludes,

pues puede hay riesgo de que se produzca un derrumba-miento

13.No frene de manera brusca. Aplique los frenos sin brusque-dades y de manera progresiva.

14.Los implementos instalados en el enganche de tres puntos o en el lateral del tractor requieren una mayor amplitud para los giros que cuando se trata de implementos remolcados. Asegúrese de que hay bastante espacio para maniobrar con total seguridad

15.No toque el mecanismo de un implemento, ni se incline sobre él o trate de alcanzarlo. No permita que otra persona lo haga.

16.Remolque exclusivamente empleando la barra de tiro.17.Lea siempre los libros de instrucciones al completo de los

implementos que van a emplearse con el tractor y siga las instrucciones de seguridad que en ellos se indican. Si estas

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instrucciones no se pueden tener en cuenta completamen-te, no utilice el tractor equipado con la máquina o el remol-que.

ARTÍCULO 52.11: TALLERES: TRABAJO OXIACETILÉNICO.

1. Se prohíbe los trabajos se soldadura y corte, cerca de alma-cenes de materiales inflamables.

2. Para trabajar con recipientes que hayan contenido sustan-cias explosivas o inflamables, se deben limpiar y desmasifi-car.

3. Se debe evitar que las chispas producidas por el soplete alcancen sobre las botellas, mangueras o líquidos inflama-bles.

4. No utilizar el oxígeno para limpiar o soplar piezas o tubería, pues el exceso de oxigeno incrementa el riesgo de incen-dio.

5. Las válvulas y los manorreductores de las botellas de oxí-geno deben estar siempre limpios de grasas, aceites o com-bustible de cualquier tipo.

6. Si la botella de acetileno se calienta por cualquier motivo, puede explotar. Cerrar el las válvulas y enfriar con agua, si es preciso durante horas.

7. Las botellas de acetileno llenas se deben mantener en posi-ción vertical.

8. Las botellas deben estar perfectamente identificados en todo momento.

9. Las mangueras deben estar siempre en perfectas condi-ciones de uso y conectadas a la botellas correctamente.

10.Las mangueras deben estar siempre en perfectas condi-ciones de uso y conectadas a la botellas correctamente.

11.Después de cerrar la válvula de la botella se debe descar-gar siempre el manorreductor, las mangueras y le soplete.

12.Las mangueras no deben atravesar vías de circulación de vehículos o personas.

13.No se debe trabajar con las mangueras situadas sobre los hombros o entre las piernas.

14.Las mangueras no deben dejarse enrolladas sobre las oji-vas de las botellas.

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ARTÍCULO 52.12: TALLERES: TRABAJO CON SOLDADURA

1. Compruebe que no haya personas en el entorno, delimite la zona de trabajo.

2. Utiliza los EPP, de acuerdo a su actividad.3. No suelde en lugares donde se almacenas materiales infla-

mes, combustibles, donde exista riesgo de explosión.4. Compruebe que dispone de un extintor en la zona de traba-

jo.5. No engrase ninguna parte del equipo de soldar con gas.6. Ni toque las piezas recién soldadas y señalízalas.7. Use permanentemente las gafas durante el descalificado.8. Suelde en lugares abiertos.

CAPITULO XI

PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS

La presente información está en caminada principalmente a ser una guía en el supuesto de que tenga lugar una emergencia en el centro trabajo. Si ocurriese una emergencia, podría ser necesaria la evacuación del edificio, zona de trabajo en Obra. Las salidas de emergencia de los edificios deberán señalarse de forma perma-nente en todas las zonas de trabajo del personal. Todo el personal deberá estudiar estos procedimientos atentamente.

ARTICULO 53: EVACUACIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO

1. Mantenga la calma.2. Suspenda cualquier actividad. 3. Siga las instrucciones.4. Ayude a las personas discapacitadas.5. Abandone la zona de un modo ordenado. Cierre las puertas

pero no con llave. 6. Salga por las salidas de emergencia establecidas.7. Aléjese de la estructura. Vaya directamente a la zona segura

(siga las señales).8. Preséntese ante el coordinador de evacuación para hacer un

recuento del personal.

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9. No bloquee la calle o las vías de acceso.10.Permanezca en el punto de reunión hasta que se le dé otra

indicación.

ARTICULO 54: PROTECCIÓN CONTRA SISMOS

En un terremoto, el movimiento del suelo en sí, raramente es la causa directa de muertos y heridos. La mayoría de las víctimas resultan de la caída de objetos y escombros por que los sismos pueden sacudir, dañar o demoler edificios y otras estructuras. Los terremotos también pueden provocar derrumbes.

ARTÍCULO 54.1 ANTE UN SISMO.

1. Asegurar el anclaje de muebles y electrodomésticos altos y pesados a la pared, para su vuelco durante la sacudida.

2. Mover los objetos pesados a las partes bajas de los mue-bles para evitar que caigan; si esto no es posible trate de sujetarlos mediante anillas, alambres o vuelcos a la pared o estantes.

3. Situar los objetos frágiles en zonas próximas al suelo.4. Disponer los muebles, de manera que pueda evacuarse

rápidamente tras cesar el sismo. Evite acumular objetos, que puedan entorpecer las posibles vías de escape.

5. Sustituir las puertas de vidrio crudo por otro material simi-lar, que no sea cortante en caso de romperse.

6. almacenar productos químicos de limpieza, pinturas, etc. en zona ventiladas y lejos de donde guarde objetos de emergencia.

7. Identificar edificaciones próximas a árboles, postes de luz o teléfono. Si uno de estos cae, puede derribar la pared.

8. Localizar mentalmente las ventanas, espejos o cualquier otro vidrio que pueda romperse y salir despedido.

9. Identifique las zonas más seguras en cada lugar: muros de carga, columnas, marcos de puertas (que no tengan cristal sobre ellos), etc. Las habitaciones grandes, con grandes ventanales y pocos elementos de apoyo suelen ser más las propensas a colapsar durante terremotos. Trate de eva-cuar las rápidamente en caso de terremoto.

10.Identificara los brigadistas del lugar en el que trabaja.11.Ubicar en los planos del local en el que se encuentra, las

rutas de evacuación y zonas seguras.

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12.Conocer la ubicación de la mochila o botiquín de primeros auxilios.

13.Participar en los simulacros programados.14.En caso de quedar atrapado, conserve la calma y trate de

comunicarse al exterior golpeando con algún objeto.15.Verifique si hay lesionados y busque ayuda médica de ser

necesaria.16.Aléjese de los edificios dañados.17.Verifique si hay lesionados y busque ayuda médica den ser

necesaria.

ARTICULO 55: PREVENCIÓN

1. Todos los locales deben estar provistos de suficientes equi-pos para la extinción de incendios que se adapten a los riesgos particulares que estos presentan. Las personas entrenadas en el uso correcto de estos equipos se harán presentes durante todos los periodos normales de trabajo.

2. Los equipos y las instalaciones que presenten grandes ries-gos de incendios deben ser construidos e instalados, siempre que sea factible, de manera que sea fácil aislarlos en caso de incendio.

ARTICULO 55.1: PASILLOS Y PASADIZOS

1. En los lugares de trabajo, el ancho del pasillo entre máqui-nas, instalaciones y rumas de materiales, no debe ser menor de 60cm.

2. Donde no se disponga de acceso inmediato a las salidas se debe disponer, en todo momento, de pasajes o corredores continuos y seguros, que tengan un ancho libre no menor de 1.12m. y que conduzcan directamente a la salida (Ref.:Art.121delD.S.N°42-F).

ARTICULO 55.2: ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS

1. Todos los accesos de las escaleras que puedan ser usadas como medio de escape, deben ser marcados de tal modo que la dirección de salida hacia la calle sea clara.

2. Las puertas de salida se colocan de tal manera que sean

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fácilmente visibles y no se deben permitir obstrucciones que interfieran el acceso o la visibilidad de las mismas.

3. Las salidas deben estar instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas inmediata-mente, con toda seguridad, en caso de emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de1.12mt.

4. Las puertas y pasadizo de salida, deben ser claramente marcados con señales que indiquen la vía

5. Salida y deben estar dispuestas de tal manera que sean fácilmente ubicables.

ARTICULO 56: PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

1. El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce desprendimiento de luz y calor, pudiendo iniciar-se por la interacción de 3 elementos: oxigeno, combustible y calor.

2. La ausencia de uno de los elementos mencionados evitará que se inicie el fuego.

3. Los incendios se clasifican, de acuerdo con el tipo de material combustible que arde, en:a) INCENDIO CLASE A: Son fuegos que se producen en

materiales combustibles sólidos, tales como: madera, papel, cartón, tela, etc.

b) INCENDIO CLASE B: Son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como: gasolina, aceite, pintura, solvente, etc.

c) INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos eléctricos como: motores, interruptores, reóstatos, etc.

4. Cualquier trabajador que detecte un incendio debe proceder de la forma siguiente:a) Dar la alarma interna y externa.b) Comunicar a los integrantes de la brigada contra incen-

dios. (En caso de que se cuente con la respectiva brigada).c) Seguir las indicaciones de la brigada correspondiente. (En

caso de que se cuente con dicha brigada).d) Evacuar el área de manera ordenada con dirección a la

puerta de salida más cercana.5. Consideraciones generales importantes:

a) La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan.

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b) Mantengan su área de trabajo limpio, ordenado y en lo posi-ble libre de materiales combustibles y líquidos inflamables.

c) No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan dificultar la libre circula-ción de las personas.

d) Informe a su Superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso.

e) Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los extin-tores y grifos contraincendios. (Si se cuenta con este medio).

f) En caso de incendio de equipos eléctricos, desconecte el fluido eléctrico. No use agua ni extintores que la contengan si no se ha cortado la energía eléctrica.

g) La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo. Por consiguiente, utilícelo bien, acérquese lo más que pue-da, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido.

h) Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios.

ARTICULO 57: AGUA, ABASTECIMIENTO, USO Y EQUIPO

1. El empleador que cuenta con reservorio debe garantizar un abastecimiento de agua adecuado a presión mínima de 60 libras, en caso de incendio de materiales combustibles ordina-rios (clase A).

2. Las bombas para incendios deben estar situadas y protegidas de tal modo que no interrumpa su funcionamiento cuando se produzca un incendio.

3. Los grifos contra incendios deben ser de fácil acceso, con-servados y mantenidos en buenas condiciones de funciona-miento.

4. En los incendios de tipo B y C, no se usa agua para extin-guirlos, debiendo se usar otros medios de extinción adecua-dos.

ARTICULO 58: EXTINTORES PORTÁTILES

1. El empleador debe dotar de extintores de incendios adecuado sal tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la natura-leza de los procesos y operaciones.

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2. Los aparatos portátiles contra incendios, deben ser inspeccio-nados por lo menos una vez por mes y ser recargados cuando se venza su tiempo de vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga.

3. Cuando ocurran incendios en lugares con presencia de equi-pos eléctricos, los extintores para combatirlos son de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en el centro de cómputo, laboratorios o se trate de equipos sofisticados, se deben utilizar los extintores de gas carbónico (CO2) para su extinción.

ARTICULO 59: SIMULACROS DE INCENDIOS

1. El empleador debe realizar ejercicios de modo que se simulen las condiciones de un incendio, además se debe adiestrar a las brigadas en el empleo de los extintores portátiles, evacua-ción y primeros auxilios e inundación. El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluye las instrucciones y ejercicios respectivos, se debe iniciar desde el mes de enero de cada año.

2. En caso de evacuación, el personal debe seguir la señaliza-ción indicada como SALIDA.

3. Para combatir los incendios que puedan ocurrir, el empleador debe formar la brigada contra incendios.

ARTICULO 60: A L M A C E N A J E D E S U S T A N C I A S INFLAMABLES

También hay que tomar medidas de seguridad en el caso que se almacene pólvora, anfo, dinamita u otras sustancias explosivas.El almacenaje de grandes cantidades de petróleo, aceites lubri-cantes, se debe efectuar en tanque y recipientes adecuados resistente al fuego, realizándose su distribución adecuadamen-te.1. Se deben tomar las medidas para evitar el escape de líquidos

inflamables hacia desagües y detener cualquier pérdida de líquido dentro de la zona de seguridad, así como también para evitar la formación de mezclas explosivas o inflamables de vapores y aire, especialmente durante el trasiego.

2. Queda terminantemente prohibido el empleo de líquidos infla-mables para fines de limpieza en general, excepto para aque-

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llos casos en que las condiciones técnicas del trabajo, así lo exijan, en cuyo caso estos trabajos se deben efectuar en loca-les adecuados, libres de otras materias combustibles, dotados de los sistemas preventivos contraincendios.

3. En los locales donde se use, manipule, almacene, transporte, etc., materiales o líquidos combustibles o inflamables, debe estar terminantemente prohibido fumar o usar llamas descu-biertas o luces que no sean aprueba de fuego o explosión.

ARTICULO 61: GASES COMPRIMIDOS

1. Para manipular los cilindros que contengan gases comprimi-dos, se debe observar lo siguiente:

a) Pueden ser depositados al aire libre, de pie, debidamente atados con una cadena, estando adecuadamente protegi-dos contra los cambios excesivos de temperatura y los rayos directos del sol o de la humedad permanente.

b) Los cilindros de acetileno, oxígeno u otros gases deben ser manejados con precauciones por personas experimenta-das. No se deben depositar gases comprimidos cerca de sustancias inflamables.

c) No hacer rodar los cilindros, estos deben transportar se en sus carritos respectivos.

d) Los cilindros que contengan gases licuados, se deben almacenar en posición vertical o cercana a la vertical, debi-damente sujetado con cadena o soga para evitar su caída.

e) No se deben dejar caer, ni exponer los a choques violentos los cilindros de gases.

f) Cuando se utilicen cilindros, estos se deben sujetar con correas, collares o cadenas, para evitar que se vuelquen.

g) Los cilindros de gases deben ser transportados en la planta mediante dispositivos apropiados.

h) Los casquetes de protección de las válvulas de los cilindros de gases deben estar colocados en su posición cuando los cilindros se transporten o cuando no estén en uso.

i) Los cilindros se deben mantener a distancia suficiente, desde el punto de vista de la seguridad, de todo trabajo en el que se produzcan llamas, chispazo metal fundido, que ocasionen el calentamiento excesivo en los cilindros.

j) Los cilindros de oxígeno no se deben manipular con las

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manos o guantes grasientos, ni se debe emplear grasa o aceite como lubricante en las válvulas, accesorios, manó-metros o en el equipo regulador.

ARTICULO 62: ELIMINACIÓN DE DESPERDICIOS

2. No se debe permitir que se acumulen en el piso desperdicios de material inflamable, los cuales deben ser destruidos o acu-mulados separadamente de otros desperdicios.

3. Se debe disponer de recipientes para recoger inmediatamente los trapos saturados de aceite, pintura u otros materiales com-bustibles, sujeto a combustión espontánea en los lugares de trabajo donde estos se produzcan.

4. Diariamente el encargado de limpieza debe recolectar los recipientes de basura de cada ambiente, colocándolos en un lugar determinado para ser erradicados de la entidad.

ARTICULO 63: SEÑALES DE SEGURIDAD

El objeto de las señales de seguridad es el hacer conocer con la mayor rapidez posible, la posibilidad de accidente y el tipo de acci-dente y la existencia de circunstancias particulares.

ARTICULO 63.1: DIMENSIONES DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD

1. Las señales de seguridad serán tan grandes como sea posi-ble y su tamaño será congruente con el lugar en que se colo-can o el tamaño de los objetos, dispositivos o materiales a los cuales se fijan. En todos los casos el símbolo de seguridad, debe ser identificado desde una distancia segura.

2. Las dimensiones de las señales de seguridad son las siguientes:

- Círculo: 20cm. de diámetro- Cuadrado: 20cm. de lado- Rectángulo: 20cm. de altura y 30 cm. debase- Triángulo equilátero 20cm. de lado

Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes:

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1.25, 1.75, 2, 2.25, 2.5, y 3.5, según sea necesario ampliar el tamaño.

ARTICULO 63.2: APLICACIÓN DE LOS COLORES Y SÍMBOLOS EN LAS SEÑALES DE SEGURIDAD

1. Las señales de prohibición tienen como color de fondo blan-co, la corona circular y la barra transversal son rojos, el símbolo de seguridad negro y se ubica al centro y no se superpone a la barra transversal, el color rojo cubre como mínimo el 35% del área de la señal.

2. Las señales de advertencia tienen como color de fondo el amarillo, la banda triangular negra, el símbolo de seguridad negro y ubicado en el centro, el color amarillo debe cubrir como mínimo el 50% de área de la señal.

3. Las señales de obligatoriedad tendrán un color de fondo azul, la banda circular es blanca, el símbolo de seguridad es blanco y debe estar ubicado en el centro, el color azul cubre como mínimo el 50%del área de la señal.

4. Las señales informativas se deben ubicar en equipos de seguridad en general, rutas de escape, etc. Las formas de las señales informativas deben ser cuadradas o rectangu-lares, según convengan a la ubicación del símbolo de segu-ridad o el texto. El símbolo de seguridad es blanco, el color de fondo es verde y debe cubrir como mínimo el 50% del área de la señal.

ARTÍCULO 64: PRIMEROS AUXILIOS

El principal objetivo de los primeros auxilios es evitar por todos los medios posibles la muerte o la invalidez de la persona accidenta-da.Otros de los objetivos principales es brindar un auxilio a la perso-na accidentada, mientras se espera la llegada del médico o se le traslada a un hospital.

ARTICULO 64.1: REGLAS GENERALES

Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emer-gencia, siga estas reglas básicas:

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a. Evite el nerviosismo y el pánico.b. Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (respi-

ración artificial, control de hemorragias, etc.) haga el trata-miento adecuado sin demora.

c. Haga un examen cuidadoso de la víctima.d. Nunca mueva a la persona lesionada, a menos que sea

absolutamente necesario para retirarla del peligro.e. Avise al médico inmediatamente.

ARTICULO 64.2: TRATAMIENTOS

1. SHOCKCuando ocurra un “shock” siga estas reglas básicas:

a) Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir levantando los pies de la camilla o banca, donde esté acostado el paciente, 6 pulgadas más alto que la cabeza.

b) Constatar que la boca del paciente esté libre de cuer-pos extraños y que la lengua esté hacia adelante.

c) Suministrar al paciente abundante cantidad de aire fresco u oxígeno si existe disponible.

d) Evitar el enfriamiento, por lo que se debe abrigar al paciente con una frazada y llevarlo al médico.

2. HERIDAS CON HEMORRAGIASSeguir el siguiente tratamiento:

a) Se puede parar o retardar la hemorragia colocando una venda o pañuelo limpio sobre la herida y presionando moderadamente.

b) Si la hemorragia persiste, aplique un torniquete (cintu-rón, pañuelo, etc.), en la zona inmediatamente superior a la herida y ajuste fuertemente.

c) Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado.d) Conduzca al herido al hospital. Si el viaje es largo, suel-

te el torniquete cada 15 minutos para que circule la san-gre.

3. FRACTURASSiga el siguiente tratamiento:

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a) No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado.b) Mantenga al paciente descansando y abrigado.c) Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna,

no mueva al paciente y llame al médico.d) Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al

accidentado al médico.e) Si hay duda acerca de si un hueso está o no fracturado,

trátese como fractura.

4. QUEMADURASSon lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se clasifican de acuerdo al grado de lesión que causa en los tejidos del cuerpo en 1er ,2do y 3 tercer grado.

a) Para quemaduras leves o de primer grado se puede aplicar ungüento y puede ser cubierta por una gasa este-rilizada.

b) Para que maduras de segundo y tercer grado quite la ropa suelta y aplique una gasa esterilizada, lo suficien-temente grande para cubrir la quemadura y la zona cir-cundante para evitar el contacto del aire con la quema-dura

5. RESPIRACIÓN BOCA A BOCAEs un método o efectivo mediante el cual se revive a una persona que no poder espirar por sí misma, su aplicación nunca daña a la víctima, aunque la falta de ésta puede resultar fatal ya que cualquier demora puede producir con-secuencias graves o fatales.

a) Acueste de espaldas y en su posición horizontal al lesio-nado y colóquese al lado junto a la cabeza.

b) Levante la mandíbula inferior para asegurar el paso del aire.

c) Trate de cubrir la boca, para ello introduzca el dedo, pul-gar y tire del mentón hacia delante, con la otra mano tape los orificios nasales (eso evita la pérdida del aire).

d) Respire profundamente y coloque su boca sobre la de la víctima y sople en forma suave y regular.

e) Retire su boca para permitir que la víctima exhale, vuel-

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va a soplar y repita12 veces por minuto como mínimo. Algunas veces la víctima cierra la boca fuertemente, por lo que resulta difícil abrirla, en estos casos sople el aire por la nariz, selle los labios con el índice de la mano que contiene la barbilla.

ARTICULO 64.3: BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS

La entidad pública a través de sus dependencias abastecerá de manera que haya siempre un stock permanente de los siguientes medicamentos y materiales en el Botiquín:a) Instrumentos: Tijeras, pinzas, navaja u hoja de afei-

tar, termómetro bucal, torniquetes, etc.b) Materiales: Vendas, Gasa, esterilizada, rollo de tela adhe-

siva o esparadrapo, caja de curitas, paquetes de algodón absorbente, etc.

c) Drogas: Agua oxigenada, alcohol, yodo, mercurio, cromo, picrato de butesin, jabón germicida, aspirina (o equi-valente), antibióticos, calmantes de dolor, entre otros men-cionados en la G-50

ARTICULO 65: BRIGADAS DE EMERGENCIA

Se conforman las brigadas de emergencia en cada centro de tra-bajo, capacitar a los trabajadores en temas de lucha contra incen-dios, primeros auxilios, evacuación así dar una respuesta ante una emergencia.

ARTÍCULO 66: DISPOSICIONES FINALES

1. En los casos no previstos de manera expresa en el presente reglamento, se regirán conforme a las normas legales y/o nor-mas técnicas vigentes.

2. Para asegurar el cumplimiento de las normas establecidas, es conveniente que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo difunda, oriente y controle las acciones que se estipulen en el presente Reglamento.

3. la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre através del área correspondiente de Seguridad y Salud en el Trabajo se reser-va la facultad de dictar normas administrativas, disposiciones generales y complementarias que juzgue conveniente para la

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correcta aplicación del presente Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, en las circunstancias y oportunidad que considere conveniente.

ANEXOS:

1. Anexo 1: Código de señales para movimiento de grúas.2. Anexo 2: Consideraciones de Uso en Trabajos con riesgo de

caída.3. Anexo 3: Consideración de cintas reflectiva, chaleco de segu-

ridad personal obrero.4. Anexo 4: Definición de Términos.5. Anexo 5: Números telefónicos de emergencia.

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ANEXO 1: CÓDIGO DE SEÑALES PARA MOVIMIENTO DE GRÚAS

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ANEXO 2: CONSIDERACIONES DE USO EPP, EN TRABAJOS CON RIESGO DE CAÍDA

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ANEXO 3: CONSIDERACIÓN DE CINTAS REFLECTIVA, CHALECO DE SEGURIDAD PERSONAL OBRERO

Se recomienda que los chalecos de personal de obra sean de color anaranjado con cinta reflectiva de color plata, indicando logotipo de entidad y dependencia que pertenece.

Las cintas color plata deben ser de material reflectivo de alta visibilidad y durabilidad, distribuidas en forma vertical y horizontal, las cuales deberán ser de 1” ½ con la misma distribución en ambos lados.

Parte Frontal Parte Posterior

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ANEXO 4: DEFINICIONES TÉRMINOS

Para los fines del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST) de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, se emplearán los siguientes términos:

Accidente de Trabajo (AT).- Todo suceso repentino por causa de acti-vidades laborales y que produzca en el trabajador una lesión orgáni-ca, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la eje-cución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo.Según su gravedad, los accidentes de trabajo con lesiones persona-les pueden ser:

a) Accidente leve: Cuando el resultado de la evaluación médi-ca, determina en el accidentado un descanso breve con retor-no máximo al día siguiente a sus labores habituales (DS005-2012-TR).

b) Accidente Incapacitante: El resultado de la evaluación médi-ca, da lugar a descanso, ausencia justificada al trabajo y trata-miento. Según el grado de incapacidad los accidentes de tra-bajo pueden ser:(DS005-2012-TR).

?Total Temporal: Cuando la lesión genera en el acci-dentado la imposibilidad de utilizar su organismo; se otor-gará tratamiento médico hasta su plena recuperación.

?Parcial Permanente: Si la lesión genera la pérdida parcial de un miembro u órgano o de las funciones del mismo.

?Total Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida ana-tómica o función alto tal de un miembro u órgano; o de las funciones del mismo

c) Accidente Mortal: Si las lesiones producen la muerte del tra-bajador.

Acción Correctiva: Implementación de soluciones para la reduc-ción o eliminación de problemas identificados.

Actividades, Procesos, Operaciones o Labores de Alto Riesgo:

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Aquellas que impliquen una alta probabilidad de daño a la salud del trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza.

Ambiente, centro de trabajo o centro de labores: Lugar donde los trabajadores desempeñan sus labores.

Amenaza: es un fenómeno, sustancia, actividad humana o condi-ción peligrosa que puede ocasionar la muerte, lesiones u otros impactos a la salud, al igual que daños a la propiedad.

Capacitación: Actividad que consiste en instruir conocimientos teó-ricos y prácticos a los participantes.

Causas de los Accidentes: Criterios que permiten comprender las razones por las cuales ocurre un accidente.

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Órgano paritario cons-tituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por las normas vigentes y dis-posiciones del presente Reglamento.

Contaminación del Ambiente de Trabajo: Esto da alteración del ambiente de trabajo; calidad del suelo, agua o aire aun nivel que puede afectarla salud y la integridad física de los trabajadores.

Consecuencia.- Se refiere al nivel que pueden tener las lesiones, daños o enfermedades que puede provocar la ocurrencia de un even-to o exposición peligrosa.

Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la genera-ción de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Están dentro de esta definición:

?Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles que se encuentran en el centro de labores.

?La naturaleza, intensidades, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos, químicos y biológicos pre-sente en el centro de labores.

?Los procedimientos para la utilización de los agentes ante-

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riormente indicados, que influyan en la generación de ries-gos para los trabajadores

?La organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales.

Contratista: Persona o empresa que presta servicios remunerados aun empleador con especificaciones, plazos y condiciones conveni-dos.

Control de riesgos: Es el proceso de toma de decisión, mediante la evaluación de la información de riesgos, para tratar o reducirlos ries-gos, para implantar medidas correctivas, exigir su cumplimiento y evaluación periódica de su eficacia.

Cultura de Seguridad o cultura de prevención: Conjunto de valo-res, principios y normas de comportamiento y conocimiento que com-parten los miembros de una organización, con respecto a la preven-ción de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacio-nales.

Emergencia: Accidente o suceso que acontece de manera absolu-tamente imprevista, tales como: incendios, explosiones, sismos, des-lizamientos, accidentes y otros.

Empleador: Toda persona natural o jurídica que emplea trabajado-res.

Enfermedad Ocupacional o Profesional.- Es una enfermedad con-traída como resultado de la exposición a factores de riesgo relaciona-dos al trabajo.

Equipos de Protección Personal (EPP).- Son dispositivos, mate-riales e indumentaria personal destinados a cada trabajador para protegerlo de uno o varios riesgos presentes en el trabajo y que pue-dan amenazar su seguridad y salud.

Ergonomía.- Es el conjunto de conocimientos aplicados para la adecuación de los productos, sistemas y entornos artificiales a las necesidades, limitaciones y características de sus usua-rios, optimizando la eficacia, seguridad y bienestar.La ergonomía elimina las barreras que se oponen a un trabajo huma-

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no seguro, productivo y de calidad mediante el adecuado ajuste de productos, tareas y ambientes a la persona.

Estadística de Accidentes: Sistema de registro y análisis de la información de accidentes, orientada hacia el empleo de la misma para reducir los índices de accidentabilidad.

Evaluación de riesgos: Proceso mediante el cual se establece la probabilidad y la gravedad de que los peligros identificados se mani-fiesten, obteniéndose la información necesaria para estar en con-diciones de tomar una decisión apropiada sobre la oportunidad y el tipo de acciones preventivas que debe adoptarse.

Exámenes Médicos de Pre empleo: Son evaluaciones médi-cas que se realizan al trabajador antes de que éste sea admitido en un puesto de trabajo, tiene por objeto determinar el estado de salud al momento del ingreso y su aptitud para el puesto de trabajo.

Exámenes Médicos Periódicos: Son evaluaciones médicas que se realizan al trabajador durante la vigencia del vínculo laboral; tienen por objeto la detección precoz de patologías ocupacionales y la pro-moción de la salud. Asimismo, permiten definir la eficiencia de las medidas preventivas y de control que se toman y el impacto de éstas, así como la reorientación de dichas medidas.

Exámenes de Retiro: Evaluaciones médicas realizadas al trabaja-dor una vez concluido el vínculo laboral. Mediante estos exámenes se busca detectar enfermedades ocupacionales y comunes, secue-las de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo.

Exposición: Condiciones de trabajo que implican un determinado nivel de riesgo a los trabajadores.

Gestión de la Seguridad y Salud: Aplicación de la normatividad vigente de seguridad y salud en el trabajo.

Gestión de Riesgos: Procedimiento que permite una vez identi-ficado el riesgo, la aplicación de las medidas más adecuadas para eliminar, reducir al mínimo o mitigar los efectos de los riesgos.

Identificación de peligros: Proceso mediante el cual se reconoce que existe un peligro y se definen sus características.

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Incidente: cualquier suceso no esperado ni deseado que NO dando lugar a pérdidas de la salud o lesiones a las personas puede ocasio-nar daños a la propiedad, equipos, productos o al medio ambiente, pérdidas de producción.

Incidente Peligroso: Todo suceso que puede causar lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo, o a la población.

Inspección: Proceso de verificación directa que acopia datos sobre el trabajo, sus procesos, condiciones, medidas de protección y cumplimiento de los dispositivos legales en SST.

Inspector: Funcionario público encargado de fiscalizar el cumpli-miento de una norma o reglamento.

Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso de recopila-ción y evaluación de evidencias que conducen a determinar las cau-sas de los accidentes e incidentes, y que permite tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos.

Lesión: Daño físico u orgánico que sufre una persona como conse-cuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

Mapa de Riesgos: Es un plano de las condiciones de trabajo, que puede utilizar diversas técnicas para identificar y localizar problemas y las propias acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores a nivel de una empresa o servicio.

Medidas de prevención: Acciones que se adoptan con el fin de evi-tar o disminuir los riesgos derivados del trabajo, dirigidas a proteger la salud de los trabajadores cuya implementación constituye una obligación tanto de los inmediatos superiores competentes como de los trabajadores a quienes va dirigido.

Peligro: Cualquier situación, que puede ser una acción o una condi-ción, que tiene el potencial de producir un daño sobre una determina-da persona o cosa. Ese daño puede ser físico y por ende producir alguna lesión física o una posterior enfermedad, según corres-ponda. Las situaciones peligrosas son latentes y suelen ser el pri-mer paso al desarrollo de una situación de emergencia.

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Pérdida: Es un daño en recursos personales y/o materiales; es la carencia o privación de lo que se poseía.

Plan de Emergencia: Conjunto de medidas a aplicar antes, durante y después de que se presenta una emergencia, propone una serie de procedimientos alternativos al funcionamiento normal de la organiza-ción, intenta garantizar la continuidad del funcionamiento de la orga-nización frente a cualquier eventualidad, ya sean materiales o perso-nales.

Prevención de Accidentes: Combinación de políticas, estándares, procedimientos, actividades y prácticas en el proceso y organización del trabajo, que establece una organización con el objetivo de preve-nir los riesgos en el trabajo.

Programa anual de Seguridad y Salud: Conjunto de actividades de prevención en Seguridad y Salud en el Trabajo que establece la orga-nización, servicio o empresa para ejecutar a lo largo del año.

Primeros Auxilios: técnicas y procedimientos de carácter inmedia-to, limitado, temporal, no profesional que recibe una persona, víctima de un accidente o enfermedad repentina.

Pro actividad: Actitud favorable en el cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo, con diligencia y eficacia.

Reglamento: Conjunto de normas, procedimientos, prácticas o dis-posiciones detalladas, elaborado por la empresa y que tiene carácter obligatorio.

Representante de los Trabajadores: Trabajador elegido de confor-midad con la legislación vigente, para actuar a nombre de los trabaja-dores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Riesgo: Probabilidad que en un área de trabajo, persona o bien vul-nerables, experimenten una perdida-debido a una amenaza en un espacio y durante un período de tiempo.

Riesgo Laboral: todo aquel aspecto del trabajo que ostenta la potencialidad de causarle algún daño al trabajador.

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Salud: estado de completo bienestar físico, mental, espiritual, emo-cional y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enferme-dades.

Salud Ocupacional: actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud de los trabajadores. Esta disciplina busca controlar los accidentes y las enfermedades mediante la reducción de las con-diciones de riesgo.

Seguridad: Conjunto de medidas, técnicas educacionales, médicas y psicológicas empleadas para prevenir accidentes, tendientes a eli-minar las condiciones inseguras del ambiente, ya instruir o conven-cer a las personas a cerca de la necesidad de implantación de prácti-cas preventivas.

Vulnerabilidad: son las características y las circunstancias de una persona, área de trabajo, sistema o bien que los hacen susceptibles a los efectos dañinos de una amenaza o peligro.

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ANEXO 5: NÚMEROS TELEFÓNICOS DE EMERGENCIA

Centro de Salud Locumba 052 - 475045

Centro de salud Ilabaya ………………………………..

Centro de salud Ite ………………………………..

Essalud - Locumba ………………………………..

Essalud - Ilabaya ………………………………..

Essalud - Ite ………………………………..

Bomberos Locumba 052 - 475045

Bomberos Ite ………………………………..

Seguridad Ciudadana Locumba 052 – 475002 anexo 202

Defensa Civil 052 – 475002 anexo 202

Comisaria PNP Locumba 052 – 505613

Comisaria PNP Ilabaya 957690284 / #957690284

Comisaria PNP Ite 957690359 / #957690359

¡Recuerda que en casa, alguien te espera!!!

La Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, trabajando por tu seguridad.!!

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