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Reglamento Interno de evaluación y promoción Escuela Fernando Santiván Modificado 2017 Decreto Exento 511/08.05.1997 www.fernandosantivan.cl Página 1

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Reglamento Interno de evaluación y promoción Escuela Fernando Santiván

Modificado 2017

Decreto Exento 511/08.05.1997

www.fernandosantivan.cl Página 1

Identificación del establecimiento

Director: Juan Pablo Caro Bustamante

Dirección del establecimiento: Andrés Bello s/número

R. B. D. 6780-6

Ciudad: Valdivia

Fono: 2214717

E-mail: [email protected]

Página Web: www.escuelafernandosantivan.cl

Fundación del establecimiento:

1960

Dependencia: Municipal

Modalidad: Básica

Horario de funcionamiento: 08:00 – 19: 00 hrs.

Horario de clases: 08:30 a 13:30 – 14:30 a 16:00 hrs.

N° de docentes directivos: 4

N° de docentes: 35

N° de educadoras diferencial: 3 4 psicopedagogas

N° de asistentes de la educación:

22

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I.- INTRODUCCIÓN

La Evaluación es un proceso permanente, cuya finalidad es

proporcionar información al profesor(a) para apoyar a los estudiantes en su proceso de

aprendizaje, involucrando a ambos en el logro de los objetivos educacionales propios

de cada nivel. (Santos Guerra, 2014)

La Dirección del Establecimiento en virtud de las facultades que le han sido

otorgadas y en conformidad a lo dispuesto en la Normativa que regula la

Evaluación y Promoción escolar en Educación Básica: Decreto Ex Nº 511/1997;

Decreto Ex Nº158/1999; y Decreto Ex Nº 107/2003, Decreto 170, que incluye alumnos

con Necesidades Educativas Especiales en concordancia con el propósito de dar

mayor flexibilidad al Sistema Educacional y a su proceso de conducción, por parte de

los establecimientos educacionales poniendo énfasis en la Calidad de la Educación, sin

ningún tipo de distinción y considerando que se hace necesario aumentar la

responsabilidad pedagógica de nuestros docentes, en el proceso de enseñanza-

aprendizaje de nuestros estudiantes, en donde el fin sea asegurar y ofrecer diversas

experiencias de aprendizaje, desarrollar habilidades, que formen parte de la

base del aprendizaje significativo, expresados en este Reglamento en relación a

normas de Evaluación, Calificación, y Promoción, de las alumnas y alumnos en el

Establecimiento.

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II.- DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1°

Para las disposiciones de este Reglamento, se concibe a la evaluación como un

proceso permanente y sistemático como parte del proceso educativo global, mediante

el cual se obtiene y analiza información relevante sobre la enseñanza y sobre el

aprendizaje, permitiendo formular juicios valorativos y tomar decisiones en procura de

mejorar el proceso educativo en todas sus dimensiones, principalmente sobre los

factores o condiciones que influyen en la calidad y en el logro de aprendizajes de los

Alumnos.(Santos Guerra 2014)

Art. 2°

El presente Reglamento, establece los procedimientos de evaluación y promoción

de los alumnos/as de la Escuela Fernando Santiván de Valdivia desde NT1 a octavo

básico.

Art. 3°

La Evaluación se traduce en una calificación, nota o concepto, la cual

determina, junto al requisito de asistencia, la promoción de los alumnos (as)”.

Complementa la normativa vigente y está basado en nuestra realidad educacional y

social, como establecimiento, el que incluye orientaciones técnicas para la evaluación

de los alumnos con NEE, decreto N° 83 de 2015.

Art. 4°

Para la promoción, se considera conjuntamente el logro de objetivos y la asistencia,

siendo facultad del director el promover con menos porcentaje de asistencia. La nota

mínima para aprobar una asignatura, módulo o sector de aprendizaje es 4,0 y la

asistencia mínima es de un 85%. Se aclara que si un alumno presenta licencias médicas,

éstas no anulan las inasistencias, sólo la justifican.

Art. 5°

La promoción de 1º a 2º año básico y de 3º a 4º año básico es automática, no obstante,

el Director del colegio podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado, no

promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico, a aquellos (as) estudiantes que

presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a lo

esperado para su curso y edad.

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Art. 6°

Toda situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelto por

el Director del Establecimiento previa consulta a la Unidad Técnico Pedagógica,

Profesoras y/o Profesores Jefes, de asignatura según corresponda. Si alguna de

estas situaciones especiales, excediera las atribuciones del Director, los antecedentes

serán enviados para su resolución, a la Dirección Provincial de Educación de Valdivia.

Art. 7°

El Establecimiento utiliza los Programas de Estudio Oficiales del

Ministerio de Educación, cumpliendo con los Objetivos de los Planes y

Programas de estudio de Educación Básica expuestos en el Decreto Exento Nº

2960 del 2012.

Art. 8°

Las calificaciones o notas, son un producto significativo del proceso evaluativo,

ellas expresan aspectos cuantitativos y cualitativos del aprendizaje escolar, sin embargo,

no constituyen la única, ni principal fuente de información al respecto para los alumnos,

su familia y/o los docentes. No obstante, la nota o calificación puede asumir un rol de

estimulación en casos específicos.

Art. 9°

Los períodos de evaluación serán semestrales. El Establecimiento considera la

aplicación de diferentes tipos de evaluación: Momentos y funciones de la evaluación,

qué evaluar, cuándo evaluar, procedimientos de evaluación.

Art. 10 º

El proceso de Evaluación y Promoción escolar de nuestras alumnas y alumnos,

se enmarca en lo establecido por los Decretos Supremos de Educación Nº 511 de

1997, Nº158 de 1999 y 107 de 2003 para la Enseñanza Básica y sus respectivas

modificaciones exentas.

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III.- DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

Art. 11°

El Reglamento de evaluación será sometido a consideración de parte del

Consejo de Profesores y éste será dado a conocer a los padres y apoderados en el

mes de marzo y a los alumnos en el horario de Orientación. Estará disponible en

Dirección, Unidad Técnica Pedagógica y en formato online en nuestra página web

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Art. 12°

El Proceso de Evaluación deberá comprender y permitir a los alumnos y

apoderados, en relación a los alumnos:

1. Conocer procedimientos e instrumentos que utilizan los docentes para evaluar

el logro de los aprendizajes correspondientes al nivel en el que se encuentre el

estudiante.

2. Conocer que objetivos serán evaluados en dicho procedimiento y los

contenidos específicos que serán evaluados.

3. Conocer su propio rendimiento, comprendiendo la complejidad de las tareas

emprendidas y sus propias capacidades.

4. Ser informado de los resultados del proceso evaluativo, que se traduce en las

calificaciones y conceptos.

5. Recibir retroalimentación en base a las evaluaciones y aprendizajes.

6. Garantizar que el proceso evaluativo no será un ito dentro del proceso

enseñanza aprendizaje, sino un proceso continuo, diagnostico-evaluación de

proceso- evaluación sumativa o final.

7. Ser atendidos de acuerdo a las Necesidades Educativas Especiales, de tipo

Transitorio y Permanente, mediante adecuaciones curriculares.

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IV.- EN RELACIÓN A LOS APODERADOS:

1. Conocer los instrumentos y procedimientos evaluativas y sus correspondientes

resultados.

2. Recibir y solicitar al profesor jefe o de asignatura la entrega de las infografías

de las evaluaciones mensuales en la reuniones de apoderados.

3. Concurrir cuando sea necesario a reuniones con el profesor para conocer los

progresos y problemas que pudiera presentar el estudiante.

4. Recibir dos informes de notas al semestre.

V.- EN RELACIÓN A LOS DOCENTES:

1. Realizar en plataforma Lirmi la estrategia evaluativa para su asignatura la cual

como mínimo debe contener diagnostico-proceso-sumativa.

2. Identificar las necesidades educativas de los alumnos, a fin de proporcionar

oportunamente medidas pedagógicas remediales que favorezcan el aprendizaje

de todos los estudiantes

3. Comunicar a todos sus estudiantes los objetivos y contenidos que se evaluarán

en el procedimiento y consensuar con los estudiantes el instrumento de

evaluación.

4. Comunicar los resultados de las evaluaciones aplicadas a todos los estudiantes

en un plazo que no debe exceder los 10 días.

5. Las evaluaciones realizadas debes ser informadas en plataforma appoderado

con un plazo de 10 días.

6. Las evaluaciones samativas mensuales deben ser analizadas por la plataforma

Lirmi, es responsabilidad del docente de asignatura gestionar los resultados en

dicha plataforma, la cual debe ser entregada en la próxima reunión de

apoderados (lenguaje y matemática) de forma obligatoria y de forma opcional

Ciencias naturales e Historia y Ciencias Sociales

7. Realizar las adecuaciones en las evaluaciones junto con los equipos de aula

para poder generar evaluaciones para todos los estudiantes.

8. La planificación es un instrumento que contiene en su origen un proceso

evaluativo por lo tanto la evaluación debe estar contenida en la planificación.

9. El análisis de los resultados de las evaluaciones deben ser la base del proceso

de planificación.

10. Retroalimentar constantemente los aprendizajes de los estudiantes en relación

a los procesos evaluativos realizados en los distintos momentos de la

evaluación.

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VI.- PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS INTERNOS DEL ESTABLECIMIENTO

Art. 13 º

Es fundamental para el aprendizaje que la o él docente asuma el proceso evaluativo

con una perspectiva de mejora continua y que, de esta manera, tome decisiones

respecto a su planificación y el análisis de resultados realizados. Para cada momento

del proceso y como política interna del establecimiento, se aplicaran diferentes

instrumentos de seguimiento curricular elaboradas por el Mineduc,. Estos Miden el logro

de aprendizajes en las siguientes asignaturas Asignaturas; Lenguaje y comunicación,

Lengua y Literatura, Matemática, Historia Geografía y Cs. Sociales, Ciencias Naturales

y Formación Ciudadana.

Para el establecimiento la estrategia evaluativa será la siguiente:

Los procedimientos de evaluación, diagnóstico, intermedio y final serán realizados en

las siguientes semanas, mediante un instrumento proporcionado por el ministerio.

- Primera semana de inicio año escolar.

- Última semana de finalización primer semestre

- Última semana de finalización del año escolar.

La responsabilidad de calendarizar y organizar la corrección de estos instrumentos

aplicados, corresponderá a la Unidad Técnica, siendo los docentes de las asignaturas

quienes apliquen los instrumentos en los diferentes cursos.

La corrección de estas evaluaciones serán subidos a una plataforma digital (LIRMI),

la cual tiene como objetivo entregar los niveles de desempeño individual y grupal por eje

de habilidades en las áreas evaluadas.

El análisis de los resultados servirá como información para la toma de

decisiones por parte del equipo directivo, técnico y profesores y serán revisados

en jornadas de evaluación de cada semestre y anual.

En el caso de los padres y apoderados los resultados serán entregados y analizados

en la primera reunión correspondiente a inicio de año y semestre, la cual es

calendarizada por inspectoría general. Es responsabilidad del profesor jefe hacer

entrega de esta información, por lo menos, en la asignatura de Lenguaje y

Comunicación y matemática. Expuesto en el artículo 12°.

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ESQUEMA ESTRATEGIA EVALUATIVA DEL ESTABLECIMIENTO

EVALUACIÓN

DIAGNÓSTICA

EVALUACIÓN

INTERMEDIA

EVALUACIÓN

FINAL

PM: Prueba mensual

EC: Evaluación de clases

PM

2 PM

3

Para tomar

decisiones

pedagógicas Para tomar

decisiones

pedagógicas y

evaluar el impacto

de la estrategia en

comunidad

Para tomar

decisiones

pedagógicas

PROCESO FORMATIVO PROCESO FORMATIVO

PM

1

PM

5 PM

6

PM

4

Segundo semestre Primer semestre

EC

C EC

C

EC

C EC

C

EC

C

EC

C EC

C EC

C

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Art. 14°

Los estudiantes que no asisten a rendir las evaluaciones de tipo diagnóstico,

intermedia y final y han sido justificados, según el protocolo establecido, recibirán una

citación desde UTP que establece la fecha y horario para rendir las evaluaciones. El

encargado de distribuir estas comunicaciones será el profesor jefe. Las pruebas serán,

rendidas en horario después de las 16:00 hrs. Dicho proceso será liderado por inspectoría

general.

VII.-DE LAS FORMAS DE EVALUACIÓN

Art. 15°

Reconocemos tres tipos de evaluación relacionadas con la intencionalidad de esta y su

incidencia en el proceso de enseñanza y aprendizaje: diagnóstica, formativa y Sumativa (o

acumulativa).

Diagnóstica: Se entenderá como evaluación diagnóstica, a aquella evaluación

aplicada al inicio de cada año escolar cuya función sea determinar las habilidades y

conocimientos con que los niños (as) comienzan un proceso de aprendizaje, la cual

permitirá al Docente planificar las actividades pedagógicas en función a las necesidades

de los alumnos (as).

Formativa: Se entenderá como evaluación formativa a todo proceso de

enseñanza – aprendizaje cuya función sea monitorear el progreso del

aprendizaje de los estudiantes, cuya finalidad sea detectar debilidades en el mismo,

para la elaboración de acciones pedagógicas remediales o de refuerzo, que aseguren un

efectivo logro de los objetivos de aprendizaje establecidos.

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Los docentes deberán confeccionar los instrumentos de evaluación que consideren

pertinentes de acuerdo a los objetivos de Aprendizaje e indicadores de Logros expuestos

en su planificación de Unidad.

Retroalimentar el proceso de enseñanza-aprendizaje es fundamental para que los

estudiantes alcancen los aprendizajes esperados, considerando sus diferentes ritmos, por

eso se ha subrayado la necesidad de recuperar la evaluación de proceso en la práctica

pedagógica. El proceso de aprendizaje adquiere importancia en la medida que conduzca

efectivamente hacia los Objetivos de Aprendizaje establecidos en las Bases Curriculares,

cuya consecución representa el compromiso profesional que el profesor ha adquirido con

sus estudiantes.

En consecuencia, los resultados del proceso son muy importantes, pero también la

evaluación sumativa lo es, pues nos informa sobre la calidad de los aprendizajes

alcanzados al término del ciclo de enseñanza. No se puede evitar que la evaluación siga

cumpliendo con una función estructural de certificación. La evaluación de los resultados

finales del aprendizaje con intención sumativa es, por lo tanto, imprescindible. Tal como se

mencionó previamente, ambos procedimientos no son excluyentes, sino necesariamente

complementarios.

Técnicas para desarrollar la evaluación

Formativa

Instrumentos para el desarrollo de las

técnicas de evaluación

Ensayos libres

Encuestas

Observación directa

Revisión de cuadernos

Corrección de actividades

Elaboración de proyectos

Desarrollo de técnicas de estudio

Implementación de programas de refuerzo.

Uso de diarios del docente y el estudiante

Entrevistas a estudiantes, entre

otras.

Pautas de observación

Rúbricas

Listas de control

Pruebas o ejercicios de comprobación

Guías de laboratorio

Cuestionarios

Esquemas

Mapas conceptuales

Producciones orales, plásticas o musicales

Actividades de aplicación, entre otros.

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Sumativa e integrada: Se entenderá como evaluación sumativa a aquella diseñada y

aplicada al finalizar una unidad de aprendizaje, o ajustada al calendario de

evaluaciones anualmente determinadas por el establecimiento. Su función será medir el

nivel de logro en conocimientos, habilidades y actitudes de los estudiantes, según

objetivos de aprendizaje establecidos. Ésta será consignada como una calificación

coeficiente 1, en el leccionario correspondiente a cada curso e incidirá directamente

en la promoción o reprobación escolar. Además permitirá establecer una visión global

de los aprendizajes alcanzados por las alumnas (os) ya sea, de una parte o de todo el

proceso educativo.

Art. 16°

Se establece durante el año la aplicación de seis pruebas objetivas, tres por cada

semestre respectivamente. Este instrumento tiene como objetivo ser elaborado

rigurosamente, permitiendo evaluar conocimientos y habilidades de una determinada unidad

de aprendizaje. Al proceso se le denominará “Prueba Mensual” y la revisión de este

instrumento estará a cargo del Equipo Técnico Pedagógico.

A continuación se señalan algunas características de la prueba:

La prueba debe estar elaborada a partir de los distintos niveles de dificultad; nivel básico,

Intermedio y avanzado (habilidades cognitivas)

Las respuestas tienen que ser breves, muy concretas, que no puedan dar lugar a

cuestionarse su corrección o incorrección.

Tener una única solución correcta.

Favorecer la objetividad en la corrección.

Cada pregunta tiene que medir sólo un resultado del aprendizaje.

El contenido de la pregunta tiene que ser siempre relevante y tiene que estar de acuerdo

con los objetivos operativos que quieren alcanzarse con la prueba. Tienen que evitarse las

preguntas triviales.

Las preguntas tienen que formularse con claridad y ser muy concretas. Sólo ha de haber

una respuesta correcta.

El enunciado de la pregunta tiene que tener sentido completo, independientemente de las

alternativas.

En el enunciado de la pregunta no tiene que haber ni elementos irrelevantes ni pistas para

la respuesta. Ni dar pistas para responder en otras preguntas.

Tienen que evitarse las preguntas en forma negativa porque podrían confundir.

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VIII.- PROCEDIMIENTO PRUEBA MENSUAL, COMO PARTE DE LA ESTRATEGIA

EVALUATIVA FORMATIVA-RETROALIMENTACIÓN

Se establece el proceso de evaluación mensual en las siguientes asignaturas;

matemática, lenguaje, historia y geografía, ciencias naturales e inglés, estas son de

carácter sumativa por lo que se realizaran tres veces al semestre de la siguiente

manera:

a) A principio de año, en la primera reunión de apoderados, se entregará el

calendario de evaluación mensual del 1er semestre. De la misma manera,

en la primera reunión de apoderados del segundo semestre.

b) La semana de evaluación se llevará a cabo después de cuatro semanas de

clases.

c) Para cada asignatura, antes mencionada, se asignará un día de la

semana de evaluación estableciéndose un horario fijo desde 1° a 8° básico

para el desarrollo de cada prueba.

d) Cada evaluación será revisada por medio de una pauta de evaluación por la

unidad técnica pedagógica una semana antes de su aplicación.

e) Los resultados de la evaluación mensual deben ser entregados en un

máximo de dos semanas a contar de la realización de la prueba.

f) Los/las estudiantes que no asistan a rendir la prueba mensual en las fechas

establecidas. Deberá, el apoderado, justificar la falta a clases con licencia

médica en inspectoría general. En el caso que la causa de la inasistencia

sea otra, deberá ser informado al inspector general quien reunirá todos los

antecedentes que acrediten que el motivo fue de fuerza mayor impidiendo al

estudiante presentarse en el establecimiento.

Una vez justificada la inasistencia de manera oportuna (durante la semana de

pruebas mensuales) el estudiante podrá rendir la evaluación a la semana

siguiente en horario después de clases (16:15-17:15) y en el orden del

calendario mensual. Ej; Lunes, prueba de inglés, martes; prueba de

matemática, miércoles; prueba de cs. Naturales, etc. Inspectoría General será

la unidad responsable de este proceso.

En el caso de que el/la estudiante no asista a rendir la prueba en horario

extraordinario sin justificación alguna, se consignará la nota mínima (2,0) en

el libro de clases.

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Para la creación de pruebas mensuales, la distribución de los profesores no será la

misma de comunidades de aprendizaje. Se organizarán en grupos de trabajo liderados

por la educadora diferencial con la cual coordinan y realizan apoyo de aula o co-

docencia. El objetivo de esta estrategia es poder apoyar en la creación de un

instrumento de evaluación que se ajuste a las características y necesidades de TODOS

los educandos.

En el caso de que se arrojen bajos resultados en la evaluación de estudiantes con

NEET, en coordinación, según el diagnóstico del estudiante y acuerdo del equipo de aula

(profesor (a)-educadora diferencial), se realizará una adecuación a la calificación que se

consigna en el libro de clases pero NO así en los resultados que se suben a plataforma

LIRMI, con el fin de obtener información relevante del curso en cuanto al logro de

aprendizajes.

En relación a la prueba, se aplicará la misma evaluación a niños y niñas con NEET y

estudiantes que no pertenezcan al Programa de Integración Escolar. Sin embargo, en el

caso que alumnos con NEET no alcancen a finalizar su prueba en los tiempos

establecidos, tendrán la posibilidad de continuar desarrollando su evaluación en la sala

de recursos con la educadora correspondiente o designada para dicha tarea. Se

solicitará al profesor (a) encargado (a) de aplicar la evaluación en los cursos, registrar,

en documento entregado por UTP (Anexo 1), a los niños y niñas que se encentren en la

situación mencionada anteriormente.

Con respecto a los estudiantes con NEEP, se mantiene la modalidad de años

anteriores, es decir, los niños y niñas permanecen en la sala de clases durante el

proceso de aplicación de prueba mensual, desarrollando este instrumento de evaluación

adecuado o actividades previamente consignadas en coordinación. Recordar que la

mayoría de los estudiantes con NEEP se eximen de esta calificación de prueba en línea,

previo acuerdo en coordinación.

Se entregará a cada docente responsable de la aplicación de la prueba mensual un

documento o acta en el cual se registrará lo siguiente:

1. Nombre de estudiante (s) que no asiste (n) a rendir la evaluación mensual.

2. Nombre de estudiante (s) con NEET que no logra (n) desarrollar la evaluación en los

tiempos establecidos.

3. Observaciones u otros importantes en relación al proceso de aplicación de la prueba

mensual. Por ejemplo: situaciones de disrupción en el aula, dificultades para lograr

silencio durante el desarrollo de la prueba, problemas en pasillos que afectan el

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orden o concentración de los estudiantes, interrupciones para abordar situaciones

que no corresponden al proceso de evaluación, problemas en la construcción del

instrumento que dificultan y confunden a los estudiantes, entre otros.

El docente de asignatura es el responsable de entregar a los estudiantes la tabla de

contenidos de la prueba mensual, por lo menos una semana antes del proceso de

evaluación.

Es el coordinador de ciclo quien debe hacer entrega de las pruebas mensuales a

fotocopia las cuales deben tener el timbre de UTP para su autorización.

Las pruebas deben estar en fotocopia el día martes de la semana anterior al proceso

de evaluación mensual.

El profesor de asignatura es el responsable de revisar que sus pruebas hayan sido

fotocopiadas y compaginadas adecuadamente, además de ser quien retira las evaluaciones

en centro de fotocopiado y las reparte en los cursos que corresponda. Se solicita revisar con

anticipación las pruebas.

Las evaluaciones que se realicen para segundo básico a contar del segundo

semestre deberán tener hojas de respuesta, para que de esta forma podamos garantizar el

dominio del instrumento por parte de los estudiantes.

Finalizada la evaluación los docentes que aplicaron la prueba deben hacer entrega

de los instrumentos a los docentes de asignatura que corresponda y a los coordinadores de

ciclo entregar el acta de aplicación de prueba quienes entregarán una copia a dirección y

docentes de asignatura.

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IX.- PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE LA PRUEBA MENSUAL

Encabezado y estructura del instrumento: cualquiera

Logo del colegio: lado superior izquierdo de la hoja

Nombre del colegio: lado superior izquierdo de la hoja

Asignatura: lado superior izquierdo de la hoja

Nombre del profesor (a): lado superior izquierdo de la hoja

Fuente: Arial 12

Título: Arial 12 en negrita y mayúscula

Datos generales del alumno:

- Nombre

- Curso

- Fecha

- Ptje Ideal

- Ptje Real

Cuadrado de la nota de los estudiantes: lado superior derecho de la hoja

Fuente: Arial 12

Interlineado: sencillo

Márgenes: superior e inferior 2,5

Izquierdo y derecho 3,0

Tipo de hoja: oficio

Párrafo: justificado

Items.

Puntaje de cada pregunta

Mínimo de preguntas, item o reactivos:

- 25 Primer Ciclo

- 35 segundo Ciclo

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Niveles de dificultad de la evaluación

En función a las habilidades desarrolladas en clases:

- Nivel Básico

- Nivel Intermedio

- - Nivel avanzado

Hoja de respuesta

Contenida al final de la evaluación, para segundo básico desde el segundo

semestre es obligatoria.

Indicaciones

Antes de cada grupo de ítems se debe señalar los objetivos y aprendizajes

pasados en clase.

Tipos de items:

- Selección simple

- Selección Múltiple

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X.- PRUEBA MENSUAL ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS

ESPECIALES PERMANENTE

En relación a la prueba mensual, a los alumnos con NEE de tipo, permanentes

y con funcionamiento intelectual limítrofes, se les aplicará una evaluación que contenga

adecuaciones curriculares en las asignaturas evaluadas, siendo el profesor de educación

diferencial el encargado de adecuar el instrumento junto al profesor de la asignatura.

Además se realizará una consideración en relación a los ítems a evaluar, que será sólo el

nivel inicial e intermedio, Considerando el grado de dificultad de la prueba una vez revisada

ésta.

Finalmente, queda establecida la presencia de educadoras diferenciales o

psicopedagogas durante el desarrollo de la evaluación mensual con el fin de apoyar el

proceso en los estudiantes con NEE.

1. Se aplicarán evaluaciones diferenciadas a los alumnos con n.e.e transitorias y/o

permanentes según proceso de toma de decisiones para la implementación de

adecuaciones curriculares, con la participación de los docentes de asignatura y

docentes de apoyo PIE.

2. Los criterios para adecuar instrumentos de evaluación serán: las características de

los alumnos, características del contenido a evaluar, cobertura curricular (según

PACI).

3. Acciones de adecuación a las evaluaciones :

3.1. Modificación de los criterios de evaluación.

3.2. Modificación de la modalidad de evaluación (oral, escrita etc.).

3.3. Modificación o cambio de texto a trabajar.

3.4. Cambio o reducción de las habilidades cognitivas exigidas (conocer, comprender,

aplicar, etc.).

3.5. Uso de recursos de apoyo.

3.6. Reducción del número de ítems, actividades o ejercicios (sólo uno por habilidad).

3.7. Asignar más tiempo de lo establecido.

3.8. Bajar nivel de exigencia.

3.9. Entrega de instrucciones adicionales, ejemplificación de actividades, destacar

palabras claves etc.

3.10. Introducir dibujos o esquemas para apoyar la comprensión.

3.11. Otras acciones determinadas según n.e.e de los alumnos.

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XI.- TABLA DE ESPECIFICACIONES:

Se debe realizar la tabla de especificaciones previo a la prueba con el objetivo

de establecer los contenidos y habilidades clase a clase y así mismo crear un banco de

items para la evaluación. Material entregado por plataforma donde el docente debe

seleccionar los objetivos de aprendizajes.

XII.- PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE LA PRUEBA MENSUAL

a) La prueba será aplicada cada cuatro semanas, por medio del sistema de

evaluación mensual y en línea para todo el establecimiento. Este proceso

estará a cargo de la Unidad Técnico Pedagógica, específicamente de los

coordinadores de ciclo.

b) El calendario de pruebas y los responsables de éstas, se entregará al inicio

del año escolar 2015.

c) El profesor asignado debe velar por propiciar las mejores condiciones tanto

de convivencia como de orden para la efectiva ejecución de la evaluación en el

curso asignado.

d) Las evaluaciones serán elaboradas para un mínimo de 70 minutos de

duración.

e) Para la revisión del instrumento de evaluación, se establece que ésta debe

ser entregada con una semana de antelación a la Unidad Técnica Pedagógica,

la cual realizará la respectiva revisión de la prueba para su posterior aplicación.

f) La prueba solo será fotocopiada si ésta es autorizada por la Unidad

Técnica Pedagógica.

g) El docente responsable de la evaluación, según calendario, debe: Asegurarse

que las evaluaciones estén en los cursos en los cuales hace clases (en horario

de recreo, previo a la prueba)

h) Distribuir junto a su coordinador de ciclo las pruebas en el recreo

correspondiente, debiendo estar las evaluaciones boca abajo en cada uno de

los puestos.

i) Los estudiantes deben cumplir al menos el tiempo mínimo establecido,

70 minutos, para salir de la sala de clases.

j) Cada profesor (a), que se encontrará con el curso en la clase previa a la

evaluación, tiene la responsabilidad de dejar la sala de clases en

óptimas condiciones de aseo y limpieza, estableciéndose que la prueba NO

comenzará si lo anterior no se cumple.

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k) Los profesores que sean responsables de aplicar las evaluaciones en cada

uno de los cursos, deben:

l) asegurarse con 5 minutos de antelación que la sala de clases esté en

condiciones y con las evaluaciones correspondientes.

m) Formar a los estudiantes, afuera de sala de clases, distribuyendo los

puestos por orden de lista.

n) Asegurarse que no hayan elementos u objetos distractores para los estudiantes

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Art.17 °

Los Alumnos de Educación Parvularia serán evaluados teniendo como referente

una serie de indicadores que den cuenta de los aprendizajes esperados según las

Bases Curriculares de la Educación Parvularia y el Proyecto Educativo Institucional.

Como instrumentos de evaluación, para dar cuenta de estos aprendizajes, se

utilizarán las pruebas del programa LET y las pruebas para evaluar habilidades

metalingüísticas de tipo fonológico y semántico (PHMFS). Estas evaluaciones serán

aplicadas durante las últimas dos semanas del primer y segundo semestre académico

siendo las educadoras de párvulos en conjunto con las educadoras diferenciales las

responsables del proceso de evaluación.

El análisis de los resultados se realizará en consejo de evaluación del primer y

segundo semestre, siendo estos antecedentes determinantes para el proceso de

planificación y acciones que determine la comunidad de aprendizaje del Nivel de

Transición para la mejora de los resultados educativos.

Art.18

La serie de indicadores estarán definidos como una escala de apreciación y serán

comunicados mediante un Informe del Rendimiento Escolar, en el que se registrarán

apreciaciones en términos cualitativos. Los indicadores serán presentados a los padres

y apoderados en la primera reunión del año junto a las evaluaciones que se realizarán

a los estudiantes a finales de cada semestre, apoyados por el artículo 21 del presente

reglamento y que da cuenta del porcentaje mínimo de exigencia que se espera en

torno al logro de aprendizajes.

Art.19°

Las estrategias para evaluar a los párvulos durante una clase o actividad serán las

siguientes:

a) Escalas de Apreciación

b) Observación Directa

c) Co – evaluación

d) Lista de Cotejo

e) Rúbricas, entre otras

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PROTOCOLO DE INGRESO ALUMNOS NUEVOS NT1-NT2

1.- El alumno (a) debe rendir, a partir de una fecha consignada con inspectoría general,

una evaluación sobre Habilidades metalingüísticas de tipo fonológico y semántico, los

resultados de esta evaluación en NINGUN MOMENTO determinan la matrícula debido a

que este procedimiento tiene como objetivo obtener información relevante en relación a

sonidos iniciales y finales de palabras, segmentación silábica, inversión de sílabas,

síntesis fonémica y sonidos de las letras, todas variables esenciales para el adecuado

desarrollo de los niños.

2.- Paralelo al proceso de rendición de las evaluaciones por parte del estudiante, el

apoderado debe realizar una entrevista psicosocial para recopilar información relevante

del estudiante y su entorno. Esta información es estrictamente confidencial y puede ser

manejada por la orientadora familiar y Educadora de párvulos. El objetivo es entender el

contexto y particularidades del alumno para favorecer su proceso de aprendizaje.

3.- Finalizada las evaluaciones y entrevista al apoderado, este último procede a realizar

el proceso de matrícula en secretaria del establecimiento haciendo entrega de la

documentación requerida, según estipula la ley.

4.- Matriculado el estudiante, el apoderado (a) se entrevistará con la profesional que

aplicó la evaluación. El objetivo es dar cuenta del desempeño, las fortalezas y

debilidades desde un enfoque formativo haciendo entrega al apoderado (a) de una serie

de sugerencias para potenciar las diferentes habilidades del niño o niña.

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Art. 20°

Los criterios de evaluación aplicados en el informe Pedagógico al Hogar,

entregado a los padres y apoderados al término de semestre, serán los siguientes:

L: Logrado; S/L: Semi Logrado; C/D: Con Dificultad; N/L: No Logrado; N/E: No

Evaluado.

Art. 21°

Serán promovidos todos los Alumnos de Prekinder y Kinder al curso siguiente. No

obstante, si el Informe Anual de Rendimiento demuestra que el Alumno no ha logrado

la mayoría de los aprendizajes esperados (con a lo menos 60%), la decisión será no

promoverlo al curso siguiente, debido a que no ha desarrollado un nivel mínimo de

capacidades o competencias necesarias para adquirir aprendizajes nuevos y

superiores. Los resultados de las pruebas del programa LET y las pruebas para

evaluar habilidades metalingüísticas de tipo fonológico y semántico (PHMFS) serán

determinantes para tomar la decisión con respecto a la promoción de los estudiantes.

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XII.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN FINAL

Art. 22°

Examen: Evaluación sumativa que se aplicará al termino del año escolar a los

estudiantes que hayan obtenido en las asignaturas de; Lenguaje y Comunicación, Lengua

y Literatura, Matemática, Historia, geografía y Ciencias Sociales y Ciencias Naturales un

promedio igual o menor a 5,0. El resultado de la evaluación tendrá una ponderación de un

30% en el promedio final.

La creación del instrumento estará a cargo de UTP en acompañamiento con el

docente de asignatura, este último deberá hacer entrega de los OA que se deben abordar

en la evaluación durante el mes de octubre. La aplicación de este instrumento se realizará

durante la última semana de noviembre. La Prueba Examen tiene como objetivo medir el

nivel de logro de aprendizajes alcanzados por los alumnos, de los contenidos planificados,

seleccionados, y tratados efectivamente en cada una de las asignaturas, de acuerdo a los

indicadores y parámetros establecidos y consensuados previamente por los profesores/as

que imparten las clases en el respectivo nivel, quienes establecen los grados de exigencia

enfatizando en las categorías taxonómicos propias de cada disciplina.

Art. 23°

Evaluación Diferenciada: Deberá ser aplicada a todos los alumnos y alumnas que

presenten Necesidades Educativas Especiales Permanentes o transitorias e impedimentos

para cursar en forma regular un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje,

acreditada ante el profesor o profesora jefe, quien deberá informar a la Dirección y Unidad

Técnica Pedagógica, mediante certificados oficiales del o los respectivos especialistas.

No obstante, el director del establecimiento educacional, previa consulta al profesor Jefe

de Curso y al profesor del Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la

eximición de los alumnos (as) de un subsector o asignatura, en casos debidamente

fundamentados.

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XIV.- PROCESO TOMA DE DECISIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS

ADECUACIONES CURRICULARES:

1. Evaluación diagnóstica individual: La decisión de implementar adecuaciones

curriculares considera como punto de partida toda la información previa

recabada, durante el proceso de evaluación diagnóstica integral e

interdisciplinaria de necesidades educativas especiales, en el cual participa un

equipo multidisciplinario del área de la salud y educación respectivamente.

1.1. Definición del tipo de Adecuación Curricular:

1.2. Adecuación curricular de Acceso.

1.3. Adecuación curricular en los objetivos de aprendizaje.

2. Planificación y registro de las adecuaciones curriculares PACI (considera ajustes de

evaluación).

Las adecuaciones curriculares de acceso, aplicadas según las necesidades

educativas especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizaje, deben ser

congruentes con las utilizadas en sus procesos de evaluación, de modo que, al momento de

evaluar, sean conocidas por los estudiantes para que no constituyan una dificultad adicional.

XV.- PROTOCOLO PARA ESTUDIANTES CON IMPEDIMENTOS PARA CURSAR EN

FORMA REGULAR UN SUBSECTOR, ASIGNATURA O ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE.

1. Profesor Jefe identifica la problemática tempranamente.

2. Entrega de la información y antecedentes a la Unidad Técnica Pedagógica

3. Se comunica la situación a la dirección del establecimiento.

Se presenta un Plan de Acción, para generar estrategias de trabajo con el estudiante.

Cabe destacar que es fundamental el compromiso que asume el apoderado y el estudiante

en cuestión.

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Art. 24°

El (la) profesor(a) debe informar a los estudiantes en un plazo de una semana antes,

las pautas, criterios y/o aspectos que serán considerados en las evaluaciones ya sea de

diagnóstico, formativa (Observación), sumativa. Cualquier técnica de evaluación que se

aplique, debe indicar en forma clara, breve y precisa las instrucciones o indicadores

relacionados con los instrumentos para responder cada exigencia, el tiempo del que

dispone para ello y el puntaje pertinente asignado para su calificación. Una vez aplicado

el instrumento evaluativo y conocidos los resultados y como una instancia de

reforzamiento de aquellos aprendizajes no logrados, el profesor o la profesora debe

realizar en conjunto con sus alumnos un análisis y corrección de la prueba, dentro del

horario normal de clases, con el propósito que el alumno pueda identificar y superar sus

falencias.

Art. 25°

Las alumnas y alumnos podrán ser evaluados en cualquier hora de

clases y/o actividad de una asignatura, bajo cualquier modalidad de las antes

mencionadas, acerca de los objetivos tratados o en desarrollo, de la unidad didáctica

que se esté trabajando. Sin embargo, en el caso de las evaluaciones Sumativas o

Terminal de Proceso los objetivos y temarios, deberán ser informados oportunamente

y por escrito al hogar al menos una semana antes de su aplicación, información que

será responsabilidad del profesor de asignatura. Siendo la Unidad Técnico

Pedagógica la encargada de proporcionar las fechas en que serán realizadas

dichas evaluaciones. Es imprescindible que esta información sea registrada en el

apartado correspondiente a cada asignatura en el Libro de Clases, así como toda

fecha de evaluación.

Art. 26°

Los alumnos que al momento de representar al establecimiento en eventos

culturales diversos, (Olimpíadas, Concursos, Debates, etc.,) se ausenten de

evaluaciones previamente fijadas, deben informar anticipadamente mediante un

documento a la UTP, quien deberá informar los profesores correspondientes, los

cuales deben brindar todas las facilidades para cumplir con sus evaluaciones, dentro

de plazos consensuados.

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Art. 27°

Los profesores y profesoras procurarán que no se rinda más de una

Prueba escrita diariamente, sin embargo, si por razones de organización interna

ello no es posible, lo avisarán oportunamente a los alumnos y alumnas.

Art. 28°

La evaluación de los Objetivos de Aprendizaje, será realizada permanente y

directamente a todas las alumnas y alumnos del Establecimiento y se informará a sus

padres y/o apoderados, a través del Informe semestral o cuando así lo requieran. Se

expresará en conceptos y no tendrá incidencia alguna en la Promoción Escolar,

aunque sí constituirá un antecedente para considerar la permanencia de la alumna o

alumno en el Establecimiento, acorde al Reglamento Interno, quedando registro de

tales conceptos en un resumen que se anexará al libro de clases.

Art. 29°

Los alumnos deberán recibir toda prueba, informe, trabajo práctico, disertación

u otro, corregido de parte de sus profesores, pues aquellos constituyen un instrumento

más de aprendizaje. Se podrá calificar la revisión de cuadernos, tareas, carpetas y

otros trabajos de menor complejidad con nota acumulativa o porcentaje que se

traducirá en calificación parcial. Posterior a la entrega de las evaluaciones, tanto de

proceso, como acumulativas, los docentes deberán realizar la retroalimentación

respectiva, que será supervisada por la UTP cuando estime conveniente

Art. 30°

Ante dos evaluaciones deficientes continuas, o proyección de promedio

deficiente, el profesor o profesora de asignatura deberá informar al profesor jefe y citar

al apoderado para comunicar personalmente el rendimiento y establecer en conjunto

medidas que reviertan la situación, proporcionando al apoderado un plan de trabajo

a desarrollar por el alumno(a).

Art. 31º

Toda prueba escrita deberá indicar claramente el/los objetivo(s) así como

el puntaje específico de cada ítem, manteniendo una óptima presentación,

redacción, restricciones y/o recomendaciones para su desarrollo. Del mismo modo,

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cualquier otro tipo de evaluación deberá explicitar claramente al alumno, la pauta de

evaluación que se utilizará para su calificación.

Los instrumentos de evaluación: Los docentes deberán confeccionar los instrumentos

de evaluación que consideren pertinentes de acuerdo a los objetivos de Aprendizaje e

indicadores de Logros establecidos para éste mismo.

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XVI.- DE LA INASISTENCIA A EVALUACIONES

Art. 32º

La inasistencia a cualquier evaluación fijada con anticipación, deberá ser justificada

personalmente por el Apoderado a inspectoría general. El alumno inasistente deberá

estar preparado para rendir su evaluación una vez que se reintegre a clases.

En caso de no justificarse la inasistencia, en los plazos establecidos, a la

evaluación se procederá a calificar con la nota mínima 2.0.

XVII.-DE LAS CALIFICACIONES.

Art. 33 °

Los resultados de las evaluaciones, s e r á n expresadas como calificaciones, para

efectos de su registro el documento oficial es el Libro de Clases, se regirá por una

escala numérica de 1.0 a 7.0 de 1° a 8° Año Básico, la cual se expresará con un

decimal, siendo la calificación o nota mínima de aprobación 4.0.

Art. 34°

Los Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales rendirán la prueba

mensual establecida por el colegio con las adecuaciones correspondientes, no

obstante la calificación de este instrumento no será considerada en su proceso

evaluativo.

Art. 35°

Las calificaciones obtenidas por los alumnos en la asignatura de Religión, no

incidirá en la promoción de curso y los conceptos serán MB: Muy Bueno; B: Bueno; S:

Suficiente; I: Insuficiente. Esta asignatura es optativa para el alumno y su familia.

Art. 36°

El promedio semestral, se expresará con un decimal, sin aproximación; la

aproximación a la décima superior ocurre sólo en el promedio anual.

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Art. 37°

Las calificaciones parciales, corresponden a todas las calificaciones obtenidas

por el alumno durante el semestre escolar, en cada uno de las asignaturas del Plan de

Estudios.

Art. 38°

El número de calificaciones mínimas en el semestre, en cada asignatura del

plan de estudios, deberán ser coherentes con la cantidad de horas de clase semanales

que se impartan más uno. Como muestra el siguiente cuadro:

Art. 39°

Las calificaciones o promedios semestrales, corresponden al promedio

matemático o media aritmética de todas las calificaciones parciales obtenidas por el

alumno/a durante el semestre escolar, en cada uno de las asignaturas del Plan de

Estudios.

Art.40°

Los promedios semestrales por asignatura y general no deberán aproximarse,

ejemplo:

4,76, (cuatro coma setenta y seis) seguirá siendo 4,7 (cuatro coma siete), esto es

para cada asignatura en cada semestre.

En cambio para el promedio anual de la asignatura, donde se promedia el promedio

semestral de cada semestre se debe aproximar a la escala superior ejemplo:

1° semestre= 4.7(cuatro coma siete) asignatura de lenguaje

2° semestre= 5,0 (cinco coma cero) asignatura de lenguaje

Sy promedio final será 4,85(cuatro coma ochenta y cinco).

En este caso de debe aproximar el promedio anual de la asignatura de lenguaje a un 4,9

(cuatro coma nueve)

08 horas 9 notas

06 horas 07 notas

04 horas 05 notas

03 horas 04 notas

02 horas 03 notas

01 hora 02 notas

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Art. 41º

No existe excusa que justifique la omisión de trabajos o deberes escolares por

parte de un alumno (a), salvo que por motivos médicos o situaciones debidamente

justificadas, el alumno se hubiere visto impedido de realizarlos. La no presentación de

trabajos prácticos en la fecha previamente estipulada por el (la) profesor (a) significará

una reprogramación de la fecha y si en una nueva oportunidad sucede lo mismo,

pero no es debidamente justificada, se procederá a calificar con nota mínima de 2.0

(dos coma cero), la que deberá ser promediada con la (s) nota (s) del proceso.

Art. 42°

Es necesario que los integrantes de la comunidad educativa mantengan

discreción sobre las Necesidades Educativas Especiales y también respecto de la

evaluación diferenciada. Esto quiere decir que en la única parte que se consigna la

situación es en el ítem Calificaciones del Libro de Clases, en cada asignatura, donde

dice: Resolución Interna (Evaluación diferenciada – eximición) para no vulnerar

la integridad psicológica del alumno/a.

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XVIII.- DE LAS SITUACIONES ESPECIALES

Art. 43°

Si un estudiante es sorprendido faltando a la honradez frente a un

procedimiento evaluativo, el profesor deberá adoptar alguna de las siguientes medidas:

retirar el instrumento de evaluación debiendo ser corregido con aquello que el

alumno contestó hasta al momento de su falta, reportar dicha situación en UTP,

informar al apoderado por escrito o citándolo a una entrevista, dejar constancia en

el Libro de Clases.

Art. 44°

El profesor que reciba una prueba en blanco por un/a alumno/a deberá

conversar dicha situación para buscar un acuerdo que beneficie el aprendizaje del (de

la) alumno(a). En este sentido, es importante que el (la) alumno(a) pueda rendir

nuevamente la evaluación, aunque en esta segunda oportunidad la escala de notas

podría ser graduada de modo diferente, según lo estime el docente. Si la situación

persiste se dejará registro en el libro de clases y se evaluará con la nota mínima.

Art. 45°

Los estudiantes que participen en eventos relativos a diferentes áreas del

currículo, en representación de su curso o del establecimiento, tendrán derecho a la

reprogramación de sus evaluaciones.

XIX .- DE LA EXIMICION DE UNA ASIGNATURA

Art. 46 º

No existirá eximición del trabajo en ninguna asignatura contemplada en el

plan de estudios. No obstante el Director(a) del Establecimiento previa consulta a la

Unidad Técnica Pedagógica, al Profesor Jefe del curso y al Profesor

correspondiente, podrá autorizar la eximición de hasta un sector de Aprendizaje en

casos debidamente fundamentados. (Modificación al Decreto Supremo 511 / 97 y al

Decreto Exento 158/ 99).

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Requisitos y motivos que permitirán dicha eximición:

1. Los alumnos (as) que acrediten tener Necesidades Educativas Especiales

Permanente.

2. Los alumnos que presenten incapacidad o problemas de salud permanente. Ambos

casos deberán ser debidamente justificados y documentados por el apoderado a la

Dirección del Establecimiento.

Art. 47°

La vigencia de la eximición será como máximo un año lectivo, pudiendo ser

renovada la solicitud las veces que sea necesario y que se emplee el procedimiento

señalado en el artículo anterior.

Art. 48°

La eximición de la asignatura de Educación Física no implica necesariamente

ausencia de evaluaciones, ya que el alumno puede realizar otras actividades

relacionadas con la asignatura, que impliquen actividad física moderada o de acuerdo

a la condición del alumno/a y que estarán a cargo del profesor que adecuará el

currículum a dicha eximición.

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XX.- DE LA PROMOCION ESCOLAR.

Art. 49º

Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 8º año de Enseñanza Básica,

que hayan aprobado todas las materias del plan de estudio que incidan en la

promoción y que además, hayan asistido al 85% de las clases realizadas.

Art. 50º

Además serán promovidos, todos los alumnos de 1º a 8º año de Enseñanza

Básica, que hayan reprobado una asignatura del plan de estudios que incida en su

promoción, siempre y cuando su promedio general de calificaciones, sea igual o

superior a 4,5 incluida la asignatura reprobada.

Art. 51º

Serán promovidos además, todos los alumnos de 1º a 8º año de

Enseñanza Básica, que hayan reprobado dos asignaturas del plan de estudios, que

incidan en su promoción, siempre y cuando su promedio general de

calificaciones, sea igual o superior a 5,0 incluidas las asignaturas reprobadas.

Art. 52º

Los alumnos/as que no logren el 85% mínimo asistencia requerido para su

promoción, podrán ser promovidos cuando se respalden con certificación médica,

siendo el consejo de profesores el que resuelva dicha situación, mediante previa

solicitud escrita, por parte del apoderado/a al Consejo. Esta resolución no podrá ser

otorgada por dos años consecutivos.

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Art. 53º

Repetirán curso todos los alumnos que no cumplan con las exigencias mínimas

establecidas para la promoción expuestos en los artículos anteriores, sin apelación de

ninguna naturaleza.

Art. 54º

Todas las situaciones de evaluación y calificación de los alumnos de 1º a 8º año

de Enseñanza Básica deberán quedar resueltas dentro del período escolar

correspondiente, sin excepción alguna.

Art. 55º

Una vez finalizado el proceso, el establecimiento emitirá y entregará al apoderado

oficial del alumno un Certificado Anual de Estudios, que indique las asignaturas

cursadas, con las calificaciones obtenidas y la situación final del alumno, que

corresponda.

Art. 56°

Los alumnos provenientes del extranjero, tendrán el carácter de “alumnos

provisionales” y deberán regularizar su situación de convalidación de estudios, a través

de la solicitud de su apoderado ante el Ministerio de Educación, el que oficiará a la

Dirección del Colegio.

Art. 57º

Los alumnos o alumnas provenientes de otros establecimientos del país, que

durante el año escolar, real icen traslado de establecimiento, deberán presentar la

siguiente documentación: estado de calificaciones en todas las asignaturas, siendo el

profesor jefe el encargado de traspasar esa información al libro de clases, certificado

de traslado, de promoción del año anterior y de nacimiento.

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Art. 58 º

En caso de inasistencia a la evaluación examen que se aplica al término de año y

que eventualmente un alumno en situación de reprobado deba rendir no tendrá

justificación a menos que cuente con la certificación médica, por actividad de

representación de la escuela, fallecimiento de un cercano u otro debidamente

justificado, en caso de no contar con ello, el profesor determinará la situación final

del alumno en base a los antecedentes de los cuales disponga.

Art 59°

Los estudiantes que obtengan en una asignatura promedio inferior a la nota 4,0

(cuatro coma cero), deberán rendir por obligación un examen que se estipula en el

Artículo 22° de este reglamento

XXI.- DISPOSICIONES FINALES

Art. 58°

Para los alumnos nuevos que se integren al establecimiento se desarrollará un

protocolo de ingreso con el objetivo de recopilar información académica y psicosocial

del estudiante y de esta manera contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje. A

continuación se detallan los principales hitos del proceso de matrícula.

1.- El alumno (a) debe rendir, a partir de una fecha consignada con inspectoría general,

una evaluación diagnóstica en el área de Lenguaje y Matemática, los resultados de esta

evaluación en NINGUN MOMENTO determinan la matrícula debido a que este

procedimiento tiene como objetivo obtener información relevante acerca del desempeño

del estudiantes en los diferentes ejes de habilidades que evalúa cada una de las áreas.

2.- Paralelo al proceso de rendición de las evaluaciones por parte del estudiante, el

apoderado debe realizar una entrevista psicosocial para recopilar información relevante

del estudiante y su entorno. Esta información es estrictamente confidencial y puede ser

manejada por la orientadora familiar y profesor jefe. El objetivo es entender el contexto

y particularidades del alumno para favorecer su proceso de aprendizaje.

3.- Finalizada la rendición de pruebas y entrevista al apoderado, este último procede a

realizar el proceso de matrícula en secretaria del establecimiento haciendo entrega de

la documentación requerida, según estipula la ley.

4.- Matriculado el estudiante, el apoderado (a) se entrevista con la encargada de UTP

quien presenta los resultados de las evaluaciones rendidas por el alumno. El objetivo es

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dar cuenta del desempeño, las fortalezas y debilidades desde un enfoque formativo

haciendo entrega al apoderado (a) de una serie de sugerencias para potenciar las

diferentes habilidades del estudiante.

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