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REGLAMENTO INTERNO 2021 NORMAS DE CONVIVENCIA MODALIDAD DE EDUCACION A DISTANCIA, SEMIPRESENCIAL Y/O PRESENCIAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA “SANTO DOMINGO SAVIO

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REGLAMENTO INTERNO 2021

NORMAS DE CONVIVENCIA

MODALIDAD DE EDUCACION A DISTANCIA,

SEMIPRESENCIAL Y/O PRESENCIAL

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA “SANTO DOMINGO SAVIO”

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PRESENTACIÓN

La Promotoría, la Dirección, Personal Jerárquico, Docente,

Administrativo de la Institución Educativa Privada “SANTO

DOMINGO SAVIO” de la jurisdicción de la UGEL- 05 como

Institución Educativa tiene como propósito el de aportar a la mejora

de una educación de calidad, promoviendo la convivencia sin

violencia democrática entre los miembros de protección y atención

integral ante casos de violencia y acoso entre estudiantes y teniendo

en cuenta los diversos contextos culturales, para que esta se

objetivice, nuestra I.E.P. conformará un equipo responsable de la

promoción e implementación de la convivencia democrática.

Nuestra I.EP. “Santo Domingo Savio” dentro del marco de la Directiva

N°019-2012-MINEDU/VMGI – OET “Lineamiento para la prevención y

protección de las y los estudiantes contra la violencia”, RM N° 613-

MINEDU- Reglamento de Instituciones Educativas Privadas,

consideramos a nuestros niños y adolescentes en su calidad de

centro del proceso y del sistema educativo y los corresponde contar

con un sistema educativo eficiente, con profesores responsables de

su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada

orientación practicar la tolerancia, la solidaridad, el dialogo y la

convivencia armónica en la relación con sus compañeros, profesores

y comunidad, así como los demás derechos y deberes que otorgue

el presente Reglamento Interno.

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CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Art.1° CONCEPTO: El presente Reglamento Interno de

Organización y Funciones es un documento e instrumento de

Gestión de la IEP “SANTO DOMINGO SAVIO”, que tiene por

finalidad normar el funcionamiento del Colegio, así como orientar a

todos los agentes educativos sus funciones, deberes, derechos,

estímulos, prohibiciones y sanciones de acuerdo a las Normas

vigentes del MED.

Art. 2° LINEA AXIOLOGICA: La Institución Educativa Privada

SANTO DOMINGO SAVIO, como comunidad del aprendizaje tiene

como norte el logro de los aprendizajes y la formación integral de las

y los estudiantes, en el que nuestro proyecto Educativo Institucional

orienta su Gestión.

Además nuestras acciones en el año lectivo 2021 se centrará en los

cinco compromisos de Gestión Escolar, buscando la retención de los

estudiantes y el progreso en sus aprendizajes, garantizando un uso

efectivo del tiempo en la I.E.P. y en cada aula, así como un clima

Institucional favorable y un plan de trabajo efectivo y participativo.

Nos constituimos y definimos el régimen legal de acuerdo a las

normas vigentes.

ALCANCES

Art. 3° Los artículos contenidos en el presente Reglamento Interno

de organización y funciones de la I.E.P. “Santo Domingo Savio”

deben ser cumplidos por los diferentes agentes de la educación de

nuestra comunidad, yo que estipula los deberes, derechos,

obligaciones, o medidas correctivas dirigidas a los estudiantes,

sanciones estímulos, etc.

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Art. 4° El presente Reglamento Interno de Organización y Funciones

se sustenta en las siguientes bases legales:

a) Constitución Política del Perú

b) Ley General de Educación N° 28044.

c) RVM N° 079 - 2020 – MINEDU, ACTUALIZACIÓN DE LA

NORMA TÉCNICA APROBADA POR LA RVM N°220 – 2019 –

MINEDU

d) Decreto de Urgencia N° 026 – 2020

e) RVM N° 093 – 2020 – MINEDU, denominado “Orientaciones

pedagógicas para el Servicio Educativo de Educación Básica

durante el año 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por

el Coronavirus COVID – 19”

f) RVM N° 094 – 2020 – MINEDU, Derogar la Norma Técnica

denominada “Disposiciones que orientan el proceso de

evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de las

instituciones y programas educativos de la Educación Básica.

g) R.V.M. N°0022-2007-ED “Nomas para el fortalecimiento de la

Convivencia y Disciplina Escolar”.

h) RM N° 0184 – 2020, Dispone que el inicio de la Prestación

Presencial del Servicio Educativo a Nivel Nacional en las II.EE

Publicas y Privadas de Educación Básica, se encuentra

suspendido mientras esté vigente en el estado de emergencia

nacional y emergencia sanitaria para la Prevención y control del

COVID – 19.

i) RVM N° 133 – 2020 – MINEDU, que denomina “Orientaciones

para el Año Escolar 2020 en Instituciones Educativas y

Programas Educativos de la Educación Basica”.

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CAPITULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

DEL FUNCIONAMIENTO:

Art. 5° Según Resolución Directoral Zonal Nº 1284 con fecha 1° de

marzo de 1986, se autorizó la apertura y funcionamiento de la Escuela

Primaria No Estatal “Dominguito Savio”, para brindar servicio educativo

en los niveles de Educación Inicial y Primaria de menores del 1ero. Al

3ro. Grado. Reconociéndosele como Promotora – Directora a doña

Angela Betzabeth, Villegas Velando de Monge con título de Normalista

Urbano.

Con fecha 01 de marzo del 1989, con Resolución Directoral USE -03

N° 1903, se autoriza la ampliación de Servicios Educativos al 4to., 5to.

Y 6to grados de Ecuación Primaria de Menores.

Posteriormente con Resolución Directoral -USE 03 – NC 0576 en la

parte Resolutiva se autoriza a partir del 22 de junio de 1992, el cambio

de nombre del centro educativo de Gestión No Estatal (CEGNE)

“Dominguito Savio” por el de “Santo Domingo Savio”.

Y finalmente, gracias a la perseverancia y vocación de servicios a la

niñez y juventud estudiosa por parte de la promotoria, hechas las

gestiones pertinentes con Resolución Directoral USE 03 – N° 0992 se

autoriza a partir del 1° de marzo de 1993 la ampliación de Servicios del

Centro Educativo de Gestión No Estatal para brindar servicios del

centro educativos en el nivel y modalidad de Educación Secundaria de

Menores (del 1ero. Al 5to. Grado).

Art. 6º Según RD N° 06043-2017-UGEL 05-SJL/EA con fecha 11 de

Julio del 2017, se RECONOCE, al colegio Santo Domingo Savio de

Canto Grande S.A.C, representada por su Gerente General Doña

LUZ ROSSANA MONGE VILLEGAS, identificada con DNI N°

10314500, como nueva Promotora de la Institución Educativa Privada

Santo Domingo Savio.

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Art. 7° UBICACIÓN.-La Institución Educativa Privada “SANTO

DOMINGO SAVIO” se encuentra ubicado en la Av. Las Dalias Nº 218

– Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y

Departamento de Lima; perteneciente a la Jurisdicción de la Unidad

de Gestión Educativa Local N° 05.

Art. 8º AMBITO GEOGRÁFICO La Institución Educativa Privada

“SANTO DOMINGO SAVIO” brinda una educación integral a los

alumnos del sector de Lima Metropolitana, ubicado en la

Urbanización los Jazmines Canto Grande, distrito de San Juan de

Lurigancho-Provincia de Lima Departamento de Lima.

Art. 9° OBJETIVOS:

A) OBJETIVOS GENERALES.-Son objetivos generales de la

Institución Educativa Privada:

Considerando que la Educación es un proceso de aprendizaje y

enseñanza que se desarrolló a lo largo de toda la vida y que

contribuye a la formación integral de las personas, al pleno

desarrollo de sus potencialidades, a la creación de cultura, y al

desarrollo de la familia y de la comunidad nacional (Ley N°28044-

título I-Art.2°), SEÑALAREMOS A Nivel de nuestra I.E.P. los

siguientes:

a) Formar integralmente a las y los estudiantes en el aspecto físico,

afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y

social.

b) Enseñarles a ejercer la ciudadanía y desarrollar capacidades,

valores y actitudes que permitan al educando aprender a lo

largo de toda su vida.

c) Desarrollar aprendizajes en los campos de las ciencias, las

humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la Educación Física.

Y los deportes, así como aquellos que permitan a los y las

estudiantes un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologías.

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B) OBJETIVOS ESPECIFICOS.-Son objetivos de la Institución

Educativa Privada “SANTO DOMINGO SAVIO”:

a) Lograr que la acción educativa cumpla con sus elevados fines

de educar e instruir mediante la conciencia moral, cívico-

patriótica y valores éticos y cívicos.

b) Inculcar en los educandos responsabilidad por el estudio,

valorar y cuidar nuestro patrimonio cultural.

c) Promover la comunicación en todas las áreas.

d) El desarrollo personal, espiritual, físico, afectivo, social,

vocacional y artístico.

e) Desarrollar su pensamiento lógico, la creatividad, la

adquisición de las habilidades necesarias para el despliegue

de sus potencialidades.

f) Afianzar su identidad personal y social (Nivel Secundario)

g) En las y los estudiantes de secundaria profundizar el

aprendizaje hecho en el Nivel de Educación Primaria

h) Que los estudiantes tomen conciencia y se empoderen con

ciertas situaciones relacionadas, como las siguientes:

- Cuidado de la salud, el ambiente y la sobrevivencia,

convivencia en el hogar, en la escuela, ejercer plenamente

con su ciudadanía y el bien común.

CAPITULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 10° DISEÑO ORGANIZACIONAL

La organización de la IEP “SANTO DOMINGO SAVIO”, está en

función a la siguiente estructura orgánica:

1.- ORGANO DE DIRECCION:

▪ Director

▪ Sub Directora de Administración

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2.- ORGANO CONSULTIVO:

▪ Comité de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia

Escolar – 2019

▪ Comité de Ciudadanía Ambiental, Gestión de Riesgos y

desastres- 2019 – Decreto Supremo N° 016-2016-

MINEDU.

▪ Psicóloga Escolar de la Institución Educativa Particular

“Santo Domingo Savio”.

▪ Comisión de Gestión de Riesgos de la I.E.P. “Santo

Domingo Savio”

▪ Profesional de Psicología en la I.E.P. “Santo Domingo

Savio”

3.- ORGANO TÉCNICO - PEDAGÓGICO:

▪ Director General del Plantel

▪ Sub Director de Educación Secundaria

▪ Los Profesores de turno.

▪ Personal docente de Inicial, Primaria y Secundaria.

▪ Docentes especiales (Educa. Física- Religión – Ingles -

Educación Para El Trabajo)

4.- ORGANO DE APOYO

▪ Secretaría

▪ Tesorería

5.- PROMOTORIA

▪ Promotora.

6.- COMITES DE AULAS.

• Padres de Familia

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Art. 11º FUNCIONES GENERALES.-

En esta coyuntura, de la pandemia y el marco de la RVM N° 079 – 2020

– MINEDU, que aprueba la actualización de la norma técnica

denominada “ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO

ESCOLAR 2020, RVM N° 093 – 2020” y otras disposiciones, la IEP

“Santo Domingo Savio” ofrece:

a) Brindar a los actores educativos, orientaciones pedagógicas

para la reprogramación curricular del servicio educativo durante

el año 2021, en el contexto de la emergencia sanitaria generada

por el coronavirus COVID – 19.

b) Fomentar que los estudiantes, en un proceso gradual de la

autonomía en la gestión de sus aprendizajes a distancia o

virtual, y/o presencial, puedan ir aportando en la formulación

de criterios, garantizando así que estos sean comprendidos.

c) Información a los usuarios sobre las prestaciones que

brindaremos de manera presencial y/o de manera virtual

(transparencia de la información).

d) Información a los usuarios sobre el costo de la matrícula y de

las pensiones, y el desagradado de los costos fijos y variables.

Art. 12º FUNCIONES ESPECÍFICAS

I.- ORGANO DE DIRECCION :

EL DIRECTOR, es la primera autoridad de la IEP. “Santo Domingo

Savio”, depende directamente de Director de la UGEL Nº 05, es

responsable de la programación, organización, conducción,

desarrollo, supervisión- monitoreo, evaluación y control de todas las

acciones técnico-pedagógicas y administrativas y de los diferentes

servicios que brinda el I.E.

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Son funciones del Director:

En el aspecto pedagógico:

a) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño

docente, desarrollando estrategias de estimulación de

talentos, promoviendo permanentemente la innovación

pedagógica.

b) Conducir la I.E. de conformidad con lo establecido en el Art.

N°68 de la ley N°28044 LGE.

c) Presidir el equipo responsable de la Promoción e

Implementación de la Convivencia y disciplina escolar, del uso

adecuado del tiempo y del fortalecimiento de la formación

ciudadana, cívica y patriótica de los estudiantes en todas las

actividades que se realicen en la I.E.

d) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás

actividades pedagógicas.

e) Suscribir a nombre de la I.E., convenios o contratos en

coordinación con la promotoria, con fines educativos y organizar

eventos de capacitación y actualización docente.

f) Impulsar jornadas pedagógicas como por ejemplo de

reflexión “evaluando nuestros resultados” , para la mejorar de

los aprendizajes.

En al aspecto Administrativo:

a) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en

coordinación con la Promotoria de la IEP.

b) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de

matrículas, y expedir Certificados de Estudios. Dentro de lo

normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y

apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar

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áreas y/o asignaturas, autorizar convalidaciones, pruebas de

revalidación y de ubicación en cualquier momento del año.

c) Evaluar, Incentivar y Reconocer el esfuerzo y mérito individual

y colectivo del personal. En caso de un resultado negativo,

adoptar medidas correctivas según lo dispuesto en las Leyes y

Normas.

d) Elaborar el cuadro de necesidades del Plantel.

e) En cuanto al control de asistencia de todo el personal que

labora, es responsabilidad del director, en caso de ausencia de

él, será responsable la Sub Directora Administrativa.

f) Agilizar el buen funcionamiento administrativo de la IEP,

dando facilidades pertinentes a los responsables de las

comisiones de trabajo y a sus integrantes (Áreas, comisiones,

etc.).

EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA:

a) Coordinar con los Comités de Aula, asuntos de interés común.

b) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando

condiciones que favorezcan las relaciones humanas positivas

al interior de la IEP.

c) Convocar y presidir las reuniones con el personal en

coordinación con la Promotoria y asentándose en el

Cuaderno de Actas de IEP.

d) En el acto de la clausura escolar el Director del Plantel

procederá con la RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO

LECTIVO DE MANERA SUSTENTADA.

FUNCIONES DEL O LOS PROPIETARIOS

El (los) propietarios(s) es (son) responsable (s) de la

administración y el funcionamiento integral de la IEP, lo cual

incluye lo siguiente:

a) Determinar la línea axiológica e institucional.

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b) Determinar la gestión pedagógica, institucional, administrativa

y económica financiera, estableciendo sus regímenes

económicos, de selección, de ingresos, disciplinario, y de

becas.

c) Determinar la duración del año lectivo o periodo promocional,

la propuesta pedagógica, el sistema de evaluación, y el control

de asistencia de los estudiantes, en coordinación con el

Director o Director General, garantizando el cumplimiento del

número de horas lectivas mínimas establecidas por el Sector.

d) Determinar la administración de los recursos humanos, el

régimen del personal directivo jerárquico, docente y

administrativo.

e) Garantizar el bienestar físico y emocional de los estudiantes y

del personal docente, administrativo y/o de servicios

complementarios de la IEP, a través de planes y programas

para la promoción de la convivencia escolar.

f) Garantizar la formación de los docentes, personal

administrativo y/o de servicios complementarios de la IEP en

temas relacionados a la promoción de la convivencia escolar, y

a la prevención y atención de la violencia escolar.

g) Establecer las relaciones con los padres de familia y los ex

estudiantes.

h) Decidir la fusión, transformación, escisión, apertura de

establecimientos educativos, disolución y liquidación de

acuerdo con la Ley.

i) Garantizar la existencia de los instrumentos de gestión,

monitoreo y evaluación que deben ser aplicados en el proceso

educativo.

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j) Garantizar la implementación, mejoramiento y ampliación de

la infraestructura y equipamiento educativo.

k) Garantizar que se registre, a través de los medios y/o sistemas

informáticos que se establezca para estos fines, únicamente a

los estudiantes que reciben el servicio educativo en una IEP

autorizada.

l) Garantizar el cumplimiento de la normatividad laboral,

tributaria, municipal, y cualquier otra normatividad

administrativa vigente que establezca obligaciones para la IEP.

m) Proponer el nombre de la IEP, el cual debe respetar la honra y

las buenas costumbres, y bajo ningún motivo debe hacer

alusión a apología y al terrorismo.

II. ORGANOS CONSULTIVOS COMITÉ DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y

CONVIVENCIA ESCOLAR.

FUNCIONES DEL EQUIPO RESPONSABLE DE LA PROMOCIÓN

E IMPLANTACIÓN DE LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA.

a) Planificar, implementar, ejecutar y evaluar el Plan de

convivencia Democrática con la participación de los PP.FF, el

mismo que debe incluir acciones formativas, preventivas y de

atención integral.

b) Incentivar la participación de los integrantes de la comunidad

educativa en la promoción de la convivencia democrática.

c) Promover el desarrollo de capacidades y actitudes de las y los

docentes, así como del personal Directivos, administrativo y de

servicio, que permitan la implementación de acciones para la

convivencia democrática en la I.E.

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d) Registrar los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el

libro de registro de incidencias de la Institución Educativa así

como consolidar información existente en las anécdotas de

clases de los docentes; a fin de que se tomen las medidas

pertinentes y permitan la elaboración de las estadísticas

correspondientes.

e) Adoptar medidas de protección y corrección frente a los casos

de violencia y acoso entre estudiantes, en coordinación con el

Director o Directora.

f) Informar periódicamente por escrito, al Director de la I.E.

acerca de los casos de violencia y acoso entre estudiantes,

anotado en el libro de registro de incidencias y de las medidas

adoptadas.

g) Informar al Director o Directora sobre las y los estudiantes que

requieran derivación para para una atención especializada en

entidades públicas o privadas.

Art. 13° NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

PARTICULAR “SANTO DOMINGO SAVIO DE CANTO GRANDE “

Desde la IEP “Santo Domingo Savio” planteamos la educación para la

CONVIVENCIA, teniendo como referentes, principios que sustentan

nuestro PEI.

Nuestras normas de Convivencia tienen como finalidad contribuir a

mejorar el clima o ambiente escolar, y mejorar el nivel de calidad de

aprendizaje.

Además toda la comunidad educativa, alumnos, profesores, personal

directivo, de servicios y padres y/o madres de familia, tienen que

conocer nuestras NORMAS y el DECÁLOGO de nuestra IEP “Santo

Domingo Savio”.

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Las normas de convivencia son un elemento más dentro de la

formación integral de la persona y un medio eficaz para crear un

ambiente educativo adecuado.

1. En el espacio de la Institución educativa tener actitudes que

favorezcan la convivencia: la irrestricta tolerancia; y el dialogo

como camino para llegar a acuerdos y al entendimiento.

2. El cuidado en el aseo personal y de la vestimenta para

favorecer la convivencia en las aulas fuera de ellas.

3. Cumplir estrictamente el horario de clases: la entrada y salida,

con responsabilidad.

4. La cooperación en las actividades académicas, religiosas,

culturales o de convivencia.

5. El colegio es de todos y para todos, y todos debemos cuidarlo

y no dañarlos, cualquier quebranto de lo común

6. Los Señores Padres y/o madres de Familia serán atendidos (as),

por la Promotora, el Director y los (as) profesores (as) de

acuerdo al horario de atención establecido y publicado en la

entrada del colegio (con la Promotoría y la decisión en casos

excepcionales).

7. La atención en secretaria es permanente en el horario de

oficina.

8. Los profesores deben permanecer en su centro de trabajo

durante el horario de trabajo. En ninguna circunstancia los

estudiantes deben encontrarse solos en el aula.

9. Coadyuvar en el desarrollo de acciones de prevención y la

atención oportuna de los casos de violencia escolar y otras

situaciones y vulneración de derechos.

10. Prohibido terminantemente a nivel de los actores de la

Educación de la IEP “Santo Domingo Savio” hechos de

violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación,

difamación aun aquellos que comentan por medios

telefónicos, electrónicos e informáticos.

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Art. 14° DECÁLOGO DE NUESTRO COLEGIO:

1. Cumplir estrictamente las normas para frenar el avance del

Coronavirus.

2. Seremos puntuales

3. Seremos respetuosos

4. Ser celoso con nuestra imagen dentro y fuera del plantel.

5. Solidaridad

6. Disciplina

7. Amor

8. Sabiduría

9. Lealtad a la Institución Educativa

10. Ser ejemplos de Nuestros Estudiantes con nuestras

acciones

11. Fortalecer la convivencia democrática.

Art. 15° Funciones de la profesional de psicología:

En estas circunstancias de la pandemia del Coronavirus COVID – 19,

nuestra Psicóloga, tendría como función específica muy importante, el

de prestar el soporte emocional permanentemente a nuestros

estudiantes, docentes y padres de familia, cuya atención será de lunes

a viernes de 4:00 pm a 6:00 pm, previo requerimiento de los profesores,

tutores y padres de familia.

III. ORGANO TECNICO PEDAGOGICOS

LA SECRETARÍA

Art. 16° El personal de secretariado depende directamente de la

Dirección de la IEP.

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Art. 17° La secretaria cumple las siguientes funciones:

a) Planifica, organiza y ejecuta todas las actividades

administrativas en forma virtual en la IEP, en coordinación con

la Promotoria, la Dirección.

b) Registra de forma virtual la matrícula y da trámite máximo en

72 horas los traslados de matrícula de los estudiantes cuando

lo soliciten los padres y/o apoderados.

c) Envía virtualmente a la UGEL – 05, los documentos que solicitan.

d) Solicita y recepciona virtualmente la asistencia diaria de los

estudiantes.

e) Y, otras funciones inherentes a su cargo.

FUNCIONES DEL DIRECTOR

a) Es responsable de la planificación, organización y monitoreo

de las clases VIRTUALES Y/O PRESENCIALES dentro del

marco de la RVM N° 079 – 2020 – MINEDU, RVM N° 160 – 2020

– MINEDU y resoluciones viceministeriales N° 093 – 094 – 2020

– MINEDU.

b) Elabora el Plan de clases en el marco de la emergencia sanitaria

y La RVM N° 093 – 2020 – MINEDU.

c) Garantiza la recuperación efectiva de las labores académicas al

100 %.

d) Establecer los lineamientos técnicos pedagógicos para

garantizar los aprendizajes de los estudiantes en las diferentes

áreas.

e) Involucrar a los padres de familia en el acompañamiento a sus

hijos, para que contribuyan fundamentalmente en las clases

virtuales y/o presenciales.

f) Otras funciones inherentes a su cargo.

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FUNCIONES DE LOS PROFESORES

a) Capacitarse permanentemente en el uso de la plataforma

Microsoft Teams, implementada por la promotoría para las

clases virtuales.

b) Reprogramar sus actividades para alcanzar las competencias y

los estándares establecidos en el Currículo Nacional.

c) Garantizar que, durante este periodo, los estudiantes reciban

RETROALIMENTACIÓN, para que reflexionen sobre sus

avances y dificultades.

d) Cumplir estrictamente el horario de clases establecidos.

e) Aportar el bienestar de los estudiantes y favorecer su

aprendizaje y el desarrollo de las competencias a través de la

RETROALIMENTACIÓN.

f) Preparar y enviar oportunamente por el correo de la

plataforma sus sesiones de clases de la semana para

conocimiento de la Promotoría, Dirección y la Sub Dirección.

g) Ejecutar la EVALUACIÓN FORMATIVA permanentemente.

h) Fortalecer permanentemente el involucramiento de los PP.FF

en las clases virtuales de sus hijos.

i) Reportar oportunamente a nuestra Psicóloga escolar sobre los

niños que requieren el sostén emocional y aun de los PP.FF.

j) Entregar oportunamente la entrega del reporte de notas a

Secretaría.

FUNCIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA

a) En este contexto de la pandemia por el Coronavirus COVID – 19

y fuera del mismo, los padres de familia cumplen un rol muy

importante en el desarrollo de las clases VIRTUALES Y/O

PRESENCIALES, siendo entre ellas :

- Contribuir en el fortalecimiento emocional de sus hijos

mediante la convivencia democrática en el hogar, trayendo

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consigo el bienestar de padres e hijos.

b) Contribuir con la asistencia puntual de los niños para las clases

programadas según el horario de las clases establecidos.

c) Acompañamiento a sus hijos en las clases virtuales, dando

margen a su independencia e interactuando con sus

compañeros y profesores (as).

d) Ser puntuales en el pago de las pensiones de enseñanza para

que la Promotoría cumpla con el pago de los servicios de sus

profesores.

e) Diálogo permanentemente con los docentes.

f) Solicitar oportunamente el apoyo de la Psicóloga Escolar del

plantel, cuando así lo requieran para cualquier miembro de la

familia, por intermedio del docente tutor y de la Secretaria.

DE LOS ESTUDIANTES:

a) Ser estrictamente puntuales en la asistencia con las clases

virtuales, según nuestro horario de clases.

b) Guardar el orden y la disciplina durante las clases virtuales, ser

respetuosos con sus profesores y compañeros.

c) Seguir estrictamente las indicaciones y consejos de los

profesores.

d) Cumplir con las actividades que les envían sus profesores.

e) Estar atentos durante las clases.

f) Cumplir con las normas de seguridad que establece el

gobierno para frenar el Coronavirus.

DEL PROFESOR TUTOR

a) Acompañamiento permanente de los estudiantes del grado y

sección de tutoría.

b) Fortalecer la autoestima y el estado emocional de los alumnos y

de los PP.FF, requerir la atención de la Psicóloga cuando las

circunstancias lo ameritan.

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c) Comunicación permanente con sus PP.FF, la Dirección y

Promotoría y la Srta. Secretaria.

d) Estar pendiente de las inquietudes, necesidades y

requerimientos de los PP.FF y alumnos.

e) Cumplir puntualmente de las reuniones con los PP.FF, según el

horario de atención establecido.

f) Inculcar valores, cumplimiento de las normas y de las

actividades enviadas por los docentes de área.

g) Otros.

CAPITULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN

A.- DE LA ORGANIZACIÓN ACADEMICA

Art. 18º PLAN ANUAL DE TRABAJO

- El Plan Anual de Trabajo de la IEP, es elaborado, ejecutado

y evaluado por el personal Directivo, Docente, Administrativo

y de Servicio, en el mes de Diciembre, y aprobado por

Resolución Directoral y elevado a la Instancia superior.

La ejecución del Plan de Anual de Trabajo de la IEP, es

evaluado semestralmente planteando los correctivos

necesarios para su cumplimiento. Para la elaboración del Plan

de Trabajo se tendrá en cuenta la Directiva Nº 0294-2008-

UGEL Nº 05.

B.- DEL PLANEAMIENTO EDUCATIVO

Art. 19° El planeamiento educativo se realiza en el mes de

Diciembre

Art. 20º El responsable del planeamiento y organización es el

Director en coordinación con la promotoría

Art. 21º El proceso de planeamiento y organización comprende:

a) Formulación del PAT

b) Formulación del RI

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c) Formulación del PEI

d) Formulación del PCI

e) Matricula

f) Elaboración de horarios

g) Programación curricular por áreas y grados

h) Formulación del Calendario Cívico escolar

i) Preparación de Nominas por sectores y grados

j) Elaboración de material educativo

k) Calendarización del año escolar 2020 y fechas de entrega de

la Libreta de información del rendimiento académico de los

alumnos.

Art. 22º En la primera plenaria del año escolar se establece las

siguientes comisiones:

En el mes de diciembre se establecen las siguientes comisiones :

a) De horarios y distribución del tiempo.

b) Elaboración del PAT

c) Elaboración del Reglamento Interno

Art. 23º CALENDARIZACIÓN – AÑO ACADEMICO 2021.

MONITOREO VIRTUAL Y/O PRESENCIAL

Art. 24º Fundamentalmente realiza el Director y el Sub – Director

mediante acciones coordinador con los docentes con la

finalidad de responder a las necesidades de aprendizaje de los

estudiantes.

- Previamente serán revisadas las sesiones de clases,

programación curricular y las pruebas de evaluación.

- El Director y Sub – Director orientaran a los docentes sobre

la elaboración de las acciones mencionadas y el registro

auxiliar de evaluación.

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CAPITULO V: DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN,

PROMOCIÓN REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN.

Art. 25° ACCESO A LA IEP

Art. 25.1 La institución Educativa Privada no podrá realizar

evaluaciones a los estudiantes como parte de su proceso de admisión

en el nivel de Inicial y en el 1er grado de primaria.

Art. 25.2 La IEP no podrá matricular y/o aceptar al estudiante que

no reúne los requisitos establecidos para la modalidad, el nivel y/o

el ciclo previsto por la normativa expedida por el MINEDU.

Art. 23.3 La matrícula en la Institución Santo Domingo Savio es a

partir del ciclo II del nivel Inicial, se efectúa de acuerdo con la edad

que acredite cumplir el estudiante al 31 de marzo del año escolar al

que es matriculado.

MATRICULA

El proceso de matrícula, se llevó a cabo, en forma virtual y/o presencial

los meses de Enero, Febrero, Marzo hasta el 13 del 2021, cumpliendo

estrictamente con los requisitos y procedimientos que establece la RM

N° 0494 – 2007 – RM N° 556 – 2014 – ED – MINEDU que textualiza esta

ultima la RVM N° 220 – MINEDU y otras normas como la RVM N° 079

– 2020 – MINEDU y posteriormente en forma virtual.

EVALUACIÓN

En el marco de la RVM N° 094 – 2020 – MINEDU, Art. N° 3 documento

normativo denominado “Norma que regula la Evaluación de las

competencias de los estudiantes de Educación Básica” en esa línea de

evaluación se tiene que realizar teniendo como centro al estudiante y

por tanto, contribuye a su bienestar reforzando su autoestima; todas

las competencias planteadas para el año o grado serán abordados y

evaluados a lo largo del periodo lectivo, además ya se ha especificado

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en el aspecto ya mencionado “Sistema de Evaluación (calificación

literal, numérico, promoción, repitencia)

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CAPITULO VI: DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL.

DEL PERSONAL DIRECTIVO:

Art. 26° Son derechos del personal directivo:

-Son propias e inherentes a lo que estipula la Ley del Profesorado

Art. 27° Son deberes el Personal Directivo

a) Planificar, Organizar , dirigir, ejecutar , supervisar, y evaluar el

servicio educativo

b) Conducir la elaboración con ejecución y evaluación del PEI , PCI, PAT y RI

c) Diseñar , ejecutar y evaluar proyectos de innovación

pedagógica y de gestión

d) Desarrollar acciones de capacitación del personal Otras que se le

asigne por norma específica del sector.

Art. 28º Son Faltas del personal Directivo

a) Permitir a los docentes hacer clases sin la planificación

correspondiente.

b) Permitir que el docente no tenga su carpeta de trabajo

pedagógico, debidamente organizado y cronogramado.

c) Ejercer influencia para alterar la evaluación del educando

d) Permitir la alteración de notas en los Registros de Evaluación.

e) Dar mal trato al docente, administrativo y auxiliar, así como a

los alumnos y padres de familia.

Art. 29º Estimulo del personal Directivo

En base a su destacada labor en beneficio de la institución

educativa el personal directivo se hacen acreedores a los

siguientes estímulos:

a) Reconocimiento verbal y público por la promotoría de la

institución educativa. b) Reconocimiento escrito mediante

una Resolución Directoral

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Art. 30° SANCIONES. -Las sanciones del personal directivo están

señaladas en las disposiciones legales vigentes

DEL PERSONAL DOCENTE:

Art. 31º Son derechos del personal docente:

▪ Percibir remuneraciones justas y adecuadas y también las

bonificaciones por ley similar al de las I.E. públicas.

▪ A la implementación y actualización técnico - pedagógica de

acuerdo al grado y edad.

▪ Ser compensado con un día libre, por haber participado en

una misión fuera del horario de trabajo.

▪ A un buen trato por parte de la dirección y/o promotoría.

▪ A gozar de un día libre por el día del Maestro.

Art. 32º Son Deberes del personal docente:

a) El Docente es el responsable de llevar a cabo las actividades

permanentes durante la semana y coordinar acciones de

trabajo con la Dirección y los Sub Directores. Los docentes

de turno dependen directamente de la dirección.

b) Dar cuenta a la Dirección o Promotoría de los problemas u

ocurrencias que se presenten en la IEP, durante su turno.

c) Formular el Programa para la celebración de fechas cívica

escolar en Coordinación con la docente responsable de esa

fecha.

d) Asistir puntualmente a la IEP de acuerdo al horario

establecido, según la carga del docente y el nivel que le

corresponde.

e) Participa en la planificación, coordinación, ejecución y evaluación

de las diversas acciones técnico-pedagógicas de la IEP.

f) Inculcar a los alumnos el respeto mutuo dentro y fuera del plantel. g) Los docentes de los niveles, deberán coordinar y colaborar

velando por la integridad física, moral y psicológica del alumno dentro

del plantel, en horas de clases y hora de recreación y recreo.

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h) Llevar bajo responsabilidad Registro de Asistencia, y

evaluación así como otros documentos pedagógicos en la

Carpeta Pedagógica según nivel.

i) Cumplir con la entrega de los documentos técnico

pedagógicos conforme la Dirección disponga.

j) Participar en eventos, actualizaciones y capacitaciones que

organice la IEP o las instancias superiores.

k) Presentar un informe de las acciones realizadas por el Comité de

aula, después de cada actividad y el consolidado y balance al

finalizar el año escolar.

l) Realizar reuniones con padres de familia en cada

bimestre y cuando se requiera en forma extraordinaria, con el

fin de comunicar el proceso de enseñanza –aprendizaje de sus

hijos, dichas reuniones deben ser solicitadas e informadas para

la autorización respectiva de la Dirección y Promotoría. (Las

reuniones con los padres de familia no debe perjudicar el

normal desarrollo de las clases).

m) Organizar, ambientar el aula y preparar el material educativo de

sus aulas,

n) Organizar y redactar un Acta de elección del Comité de Aula,

durante los 30 primeros días de iniciado el año escolar.

o) Detectar problemas que afecten el desarrollo del educando, y

su aprendizaje, derivando a los alumnos que requieran

atención especial al Psicólogo y coordinar con el Departamento

de Psicología.

p) Informar por escrito en el cuaderno de control todas las

acciones que requieran un informe, llamada de atención o

solicitud para los padres de familia, por parte del docente y

viceversa

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Art. 33º Son faltas del personal docente:

▪ Imponer castigos físicos y/o psicológicos a los alumnos.

▪ Vender o cobrar sin haber comunicado y autorizado la

dirección y Promotoria, láminas, copias, textos, etc.

▪ Abandonar en horas de clase, asambleas, reuniones antes de su

finalización, sin motivo justificado.

▪ Dedicarse en horas de clase, a actividades distintas a la labor

educativa, tales como: atención a sus hijos, refrigerio, lectura

periodística, diálogos, uso de celular, laptop, etc.

▪ Faltar el respeto de palabra y obra al personal de la IEP.

▪ Fomentar el uso de apelativos, palabras o frases de doble

sentido, promoviendo así la indisciplina y el faltamiento de

respeto

▪ Encargar a otras personas el cumplimiento de sus funciones.

▪ Disponer a los alumnos a realizar servicios personales.

▪ Faltar a Implementaciones, Capacitaciones, organizados por la

Dirección o la UGEL 05.

▪ Usurpar funciones.

▪ Hacer modificaciones o alteraciones en los documentos

oficiales.

▪ Solicitar, recibir o cobrar dinero a los alumnos, padres de

familia sin consentimiento y/o permiso de la dirección o

Promotoría.

▪ Está terminantemente prohibido que los docentes hagan uso

de sus celulares en el aula durante las horas de clases, y se

considerará falta grave el intercambio de mensajes agraviantes

entre profesores y/o textos que desprestigien al plantel.

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Art. 34º Las sanciones del personal docente son de acuerdo a las

Normas Vigentes y aplicadas del R.M. Nº 0574-ED, y determinación

de la Dirección, Consejo Educativo Institucional y Promotoría de la

IEP, siendo las más resaltantes los siguientes de acuerdo a la

gravedad de las faltas:

a) Recomendación verbal

b) Recomendación escrita vía memorándum

c) Amonestación vía memorándum

d) En caso de reincidencia se prescindirá de su servicio

CAPITULO VII: DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS,

ESTIMULOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS SEGÚN LAS

OCURRENCIAS

Art. 35º Los estudiantes son el fin supremo de nuestra Misión, por

consiguiente merecen el respeto, la consideración y la

atención, para hacer de ellos, personas que la sociedad

necesita y transformar la persona en personalidades y que

reciban una formación integral.

TENEMOS QUE SEÑALAR LOS TIPOS DE VIOLENCIA

GENERALMENTE SE SUSCITAN EN LAS II.EE TANTO

PRIVADAS COMO PÚBLICAS:

1. VIOLENCIA PSICOLOGICA Y/O FÍSICA (SIN LESIONES) ENTRE

ESTUDIANTES

• Entrevista a los o las estudiantes por separado (evitar la

revictimazión)

• Convocar a los PP.FF o apoderados de las o los estudiantes

involucrados para informarles sobre la situación de violencia

presentada las medidas que se adoptarán y los acuerdos para

la mejora de la convivencia.

• Recomendación y llamada de atención verbal a las y los

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estudiantes involucrados en el incidente.

2. VIOLENCIA SEXUAL Y/O FÍSICA (CON LESIONES Y/O ARMAS

ENTRE ESTUDIANTES.

• En caso de violencia sexual orientar y acompañar a los padres

de familia de la o el estudiante agredido para la presentación

de la denuncia ante la PN o el MP

• En caso de violencia física orientar y acompañar a los PP.FF de

la o el estudiante agredido y según la gravedad a un servicio de

salud y acudir a la PM o al MP.

• Informar el hecho y las acciones desarrolladas a la UGEL-05.

3. VIOLENCIA PSICOLOGICA DEL PERSONAL DE LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA A ESTUDIANTES:

• Los padres de familia y los apoderados de los estudiantes

• Víctimas de violencia, hostigamiento, intimidación o de

cualquier conducta que sea considerada acoso de parte de

otro estudiante y/o profesores, auxiliares etc. Deben

denunciarlo ante la dirección de la Institución Educativa o ante

el Comité de tutoría, orientación vocacional y convivencia

escolar.

4. VIOLENCIA FISICA DEL PERSONAL DE LA IE A ESTUDIANTES

• Cuando se trate de casos de poca gravedad los docentes

deben sancionar directamente a los estudiantes agresores sin

perjuicio de la obligación de informar dicho incidente.

5. VIOLENCIA SEXUAL DEL PERSONAL DE LA IE A ESTUDIANTES

• El Director, tomada la denuncia del familiar de el o la

estudiante agredido (a), levanta el acta escrita, y le manifestará

al familiar previa investigación, retirará del plantel al profesor o

profesora en forma preventiva y se pondrá a disposición de la

UGEL 05.

• Se le recomienda a la familia que él o la estudiante sea

atendido por un Psicólogo.

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• Se registrara en el libro de ocurrencias y se mantendrá el

hecho CONFIDENCIALMENTE.

6. VIOLENCIA FÍSICA, PSICOLÓGICA O SEXUAL POR UN

FAMILIAR U OTRA PERSONA.

• Los estudiantes víctimas de violencia o de acoso reiterado o

sistemático y el agresor deben recibir la asistencia especializada.

• Reportado del hecho al director, se denunciara ante la Fiscalía,

y luego a la UGEL 05

• Coordinar con el Centro Emergencia mayor de la localidad

para el apoyo indisciplinado.

• La IEP “SDS brindara apoyo Psicológico.

Art. 36º Son derechos de los alumnos: “Las sociedades actuales son muy diversas, pues están

conformadas por individuos diferentes en cuanto a edad, sexo,

raza, religión, etc. Esta diversidad enriquece la convivencia. Sin

embargo a veces es difícil aceptarlas diferencia y no siempre se

convive con armonía”. Un ejemplo de esto es la discriminación que

vulnera los derechos de las personas.

En julio del 2000, se promulgo un nuevo código del niño y del

adolescente, en la que en su Art. II. Sujeto a derecho dice: el Niño

y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de

protección.

La ley N°27337 que aprueba el nuevo Código de los niños y

adolescentes ene le Artículo I dice: “Se considera niño a todo

humano desde su concepción hasta cumplir los doce (12) años de

edad y adolescente desde los doce (12) hasta cumplir los

dieciocho (18) años de edad Art. II.- Sujeto de derechos.- El niño y

el adolescente son sujetos de derechos, libertades y protección

específica.

Partiendo de estas premisas la Dirección y la Comisión de

Reglamento Interno (RI) establecemos LOS Siguiente Derechos de

nuestros estudiantes:

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A) Recibir un servicio educativo der calidad en aulas sanas,

saludables y con espacio suficiente.

B) Ningún estudiante debe ser discriminado en la I.E.P. “SDS” por

su condición de discapacidades ni causas del estado civil de sus

padres.

C) Tienen el derecho los estudiantes a ser respetados por sus

profesores, auxiliares y todo el personal.

D) Tienen derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y

física y a su libertad de expresión en sus distintas

manifestaciones.

E) Tiene derechos a premios y estimulaciones de carácter

ejemplificados, destacándolos compromisos y actitudes

positivas de los estudiantes.

F) Si se presentara una situación de embarazo de alguna

estudiante, se le garantiza la permanencia del Servicio

Educativo.

G) Recibir protección y cuidado oportuno durante su permanencia

en el Plantel.

H) No se utilizará métodos intimidatorios que afecten la dignidad

del estudiante ante la falta de pago de pensiones, como

retirados de las aulas durante los exámenes o no dejarlos

ingresar a clases.

I) El estudiante con discapacidad tiene derecho a recibir

educación de calidad con enfoque inclusivo que responda a

sus necesidades y potencialidades, en el marco de una

efectiva igualdad de oportunidades (Ley N° 29973).

El plantel como institución formadora de nuestros estudiantes en

valores, tenemos muy en presente lo siguiente:

Este prohibido, que las medidas correctivas constituyan actos de

violencia, trato cruel, inhumano o degradante, incluso los castigos

físicos y humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda

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poner en peligro la salud y el desarrollo integral de las y los

estudiantes.

Art. 37º Son obligaciones de los alumnos:

a) Respetar a sus compañeros de aula y de la Institución Educativa.

b) Manifestar respeto permanente, por los Profesores, Padres de

Familia, Personal Auxiliar del Servicio y a toda persona con la

que interactúan.

c) Respetar las diversas creencias religiosas, condición

económica, social y étnica cultural de los miembros de la

comunidad educativa.

d) Cumplir puntualmente el horario de ingreso y salida.

e) A la hora de salida, culminada las labores escolares, los

estudiantes se desplazarán desde sus aulas hasta la puerta de

salida en estricta formación y en orden.

f) Acudir al plantel debidamente uniformado: corte de cabello

escolar (varones), con el cabello recogido y moñera (mujeres).

g) Apoyar el proceso de inclusión de sus compañeros con

necesidades educativas especiales o también llamado niño

con habilidades especiales.

h) Velar por el cuidado y limpieza de las instalaciones y

patrimonio de la Institución de convivencia en el aula.

i) Participar en la elaboración de normas de convivencia en el

aula.

j) Presentar al ingresar a la Institución Educativa la libreta de

control debidamente firmada por los Padres de Familia.

k) El uso de la libreta de control es de carácter obligatorio.

l) Están en la obligación de presentar el cuaderno de control,

cuando lo requiera algún profesor o personal de la Institución.

m) Cumplir puntualmente con la elaboración de tareas y trabajos.

n) Participar en las actuaciones programadas para año escolar.

o) En forma inopinada el auxiliar, el Profesor o el Director

solicitará al alumno que muestre el contenido de su mochila,

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para detectar supuestos artículos peligrosos para la Salud o la

integridad física.

Art. 38º De las Faltas de los alumnos:

a) Dedicarse dentro del plantel a otras actividades distintas a la

de su formación.

b) Causar deterioro en el local escolar, instalaciones, mobiliario y

demás enseres de la IEP.

c) Maltratar de palabra y obra a sus compañeros de clases o de la

IEP.

d) Valerse de recomendaciones para obtener ventajas y

privilegios.

e) Portar dinero, alhajas u otros objetos de valor, por lo que la IEP

no se responsabiliza en caso de pérdida.

f) Permanecer en el patio o pasadizos durante el horario de clases.

g) Traer a la IEP Celulares, radios, Mp3, Mp4, Cámara

fotográficas y Otros.

h) Hacer inscripciones en las mesas de trabajo, en las paredes de

las aulas, patios, baños, etc.

i) Acoso y hostilización agravios a cualquier agente de la

educación de nuestra I.E.P. “SDS” en forma virtual.

Art. 39º De los estímulos de los alumnos:

▪ Diploma de Honor para los primeros puestos en

aprovechamiento.

▪ Diploma de Honor por buen comportamiento en la sección

▪ Mención honrosa por acciones distinguidas.

▪ La Promotoría financiará los estímulos para los alumnos.

Art. 40º Criterios aplicables a las medidas correctivas:

Para los fines de Reglamento Interno todas las medidas correctivas

dirigidas a los estudiantes serán:

a) Claras y oportunas

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b) Reparadoras y formativas.

c) Respetuosas de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.

d) Pertinentes de desarrollo pedagógico.

e) Respetuosos de la integridad física, jerárquica y moral de las y

los estudiantes.

f) Proporcionales a la falta cometida.

g) Proporcionales de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes y lo Derechos humanos.

h) Consistentes, equitativas e imparciales que no dependan del

estado anímico de quienes apliquen las medidas correctivas.

Art. 41º Otras medidas correctivas a tener en cuenta en caso de

inconductas de los alumnos

a) Cualquier integrante de la Comunidad Educativa debe

informar oportunamente bajo responsabilidad a la Dirección,

o quien haga sus veces, de los casos de violencia y acoso entre

estudiante, la presente acción no exime de recurrir a otras

autoridades de ser necesario.

Art. 42º Procedimiento para la aplicación de sanciones

Sanciones de las faltas consideradas leves o de primer

orden.

a) Se invitará al estudiante al dialogo, consejo en el que

participarán: el estudiante, docente y tutor.

b) Todo incidencia se anotará en el libro de incidencias

respectiva.

c) En caso de reincidencia, se envía por escrito del caso al Padre

de Familia con cargo para el archivo personal.

d) Si persiste en falta, se le comunicará por escrito al Padre de

Familia en la que se firmará un acta de compromiso.

e) Finalmente de seguir con la misma conducta se le separará

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temporalmente del Plantel al estudiante hasta con 05 (cinco

días) hábiles.

Se considera faltas graves:

a) Agresión física a un estudiante o personas de nuestro entorno.

b) Consumo dentro y fuera del plantel de estupefacientes o

drogas.

c) Poseer armas punzo cortantes con fines de agresión

premeditadas.

d) Reincidencia en hurto de objetos dentro del plantel.

Sanciones de las faltas graves

Cuando él o la estudiante infracciona en forma reincidente, el

procedimiento para la sanción será como textualiza:

a) Se suspenderá temporalmente al estudiante de dos a quince

días útiles (Ref. Art. 3° Proyecto de Ley N°4406-2010) Al

estudiante que después de haber realizado alguna conducta

constitutiva de violencia física o Psicológica con lesiones a

otros estudiante.

b) Sugerencia al padre y/o madre de Familia el traslado a otra I.E.

de su hijo, tomándolo no como discriminación mi acción

sancionadora.

CAPITULO XI: DISPOSICIONES FINALES.

Art. 43º El presente Reglamento tendrá vigencia desde el día

siguiente de su aprobación con Resolución Directoral del Director de

la IEP, hasta que se apruebe otro Reglamento.

Art. 44º La Dirección y la Promotoría de la IEP “SANTO DOMINGO

SAVIO”, velarán por el estricto cumplimiento del presente

Reglamento Interno.

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