reglamento interno 2015 corregido

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Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”- Gregorio Albarracín L. “AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN” INSTITUCIÓN EDUCATIVA “Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ” Reglamento Interno 2015 Pág. 1

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Describe los deberes y derechos de todos los integrantes de la comunidad educativa sanchecina

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Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”- Gregorio Albarracín L.

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

INSTITUCIÓN EDUCATIVA“Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ”

REGLAMENTO INTERNO2015

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PRESENTACIÓN

El presente Reglamento se pone de consideración a la Comunidad Sanchecina a fin de que sea evaluado y reformulado de ser pertinente. Es el producto del análisis de la Realidad en concordancia con la normativa vigente y como soporte al funcionamiento de la Institución Educativa Dr. Luis Alberto Sánchez.

Consta de cuatro títulos y 28 capítulos destinados a esclarecer aspectos referidos a las funciones, deberes, derechos y sanciones en caso de incumplimiento de los miembros de la Comunidad Educativa sean estos Alumnos, docentes, Personal Administrativo, Docente, jerárquico y Directivo.

Para efectos de Evaluación del presente Reglamento se deberá propiciar espacios entre los Miembros de la Comunidad a fin de socializar los resultados y posibles reformulaciones para el siguiente año 2015.

Confiamos y sabemos que el reglamento Institucional contribuirá en gran manera al buen manejo de la gestión, así como al funcionamiento eficiente y coadyuvará a optimizar el Servicio educativo.

La Dirección

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INDICE

REGLAMENTO INTERNO 2015

TITULO I…………………………………………………………………………….. 04DISPOSICIONES GENERALES……………………………………………… 04CAPITULO I…………………………………………………………………….. 04BASES LEGALES……………………………………………………………… 04ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL………………………………………….. 05CAPITULO II……………………………………………………………………. 06PRINCIPIOS……………………………………………………………………. 06CAPÍTULO III…………………………………………………………………… 06DESARROLLO ACADÉMICO………………………………………………… 06

TITULO II…………………………………………………………………………….. 07GESTIÓN PEDAGÓGICA……………………………………………………… 07CAPITULO IV……………………………………………………………………. 07DE LA PROGRAMACIÓN CURRICULAR……………………………………. 07CAPÍTULO V…………………………………………………………………….. 07DEL MONITOREO Y SUPERVISIÓN EDUCATIVA………………………… 07CAPÍTULO VI……………………………………………………………………. 08RÉGIMEN EDUCATIVO………………………………………………………… 08CAPÍTULO VII…………………………………………………………………… 08DE LA MATRÍCULA, RATIFICACIÓN Y TRASLADOS……………………… 08CAPÍTULO VIII…………………………………………………………………… 09DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN………………….. 09CAPÍTULO IX…………………………………………………………………….. 11DE LAS EXONERACIONES……………………………………………………. 11CAPÍTULO X……………………………………………………………………… 11DEL CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR………………………………………. 11CAPÍTULO XI…………………………………………………………………….. 12DE LA TUTORIA Y ORIENTACIÓN EDUCACIONAL……………………….. 12

TITULO III……………………………………………………………………………… 13GESTIÓN Y RÉGIMEN ADMINISTRATIVO…………………………………… 13CAPÍTULO XII……………………………………………………………………. 13DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR Y MÓDULOS EDUCATIVOS……………… 13CAPÍTULO XIII……………………………………………………………………. 13DE LAS LICENCIAS……………………………………………………………… 13CAPITULO XIV…………………………………………………………………… 14DE LOS PERMISOS……………………………………………………………... 14CAPITULO XV……………………………………………………………………. 14DE LA ASISTENCIA Y PERMANENCIA………………………………………. 14CAPITULO XVI…………………………………………………………………… 15DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS…………………………………… 15

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CAPITULO XVII………………………………………………………………….. 16DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS……………………………………… 16CAPITULO XVIII…………………………………………………………………. 18DE LA PRESENTACION DE LOS ALUMNOS……………………………….. 18CAPITULO XIX…………………………………………………………………… 18DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS………………. 18CAPITULO XX.…………………………………………………………………… 19DE LAS ESCOLTAS…………………………………………………………….. 19CAPITULO XXI.………………………………………………………………….. 20

DE LOS ESTÍMULOS Y PREMIOS…………………………………………… 20CAPITULO XXII.………………………………………………………………… 21DE LAS PROHIBICIONES Y SANCIONES A LOS ALUMNOS……………. 21CAPITULO XXIII....……………………………………………………………… 23DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO……………………………….. 23DEL SUB DIRECTOR DE EDUCACION PRIMARIA………………………… 23DEL COORDINADOR DE ORIENTACIÓN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO ACTIVIDADES……………………………………………………………………. 30DE LOS DOCENTES DE ASIGNATURA………………………………………. 31DE LOS TUTORES DE AULA…………………………………………………… 32DEL AUXILIAR DE EDUCACION………………………………………………. 33AREA DE ADMINISTRACIÓN…………………………………………………… 33AREA DE SERVICIOS…………………………………………………………… 34

TÍTULO IV……………………………………………………………………………… 36RELACIONES Y COORDINACIÓN…………………………………………….. 36CAPITULO XXV…………………………………………………………………… 36DE LOS PADRES DE FAMILIA…………………………………………………. 36DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA………………………………….. 36DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA……………………………………. 36ACCIONES CORRECTIVAS……………………………………………………. 37CAPÍTULO XXVI…………………………………………………………………. 38DE LA ASOCIACIÓN DE EX –ALUMNOS…………………………………….. 38CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL RM. Nº 0030-2004-ED……….. 38DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS……………………………. 40

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REGLAMENTO INTERNO 2015 INSTITUCIÓN EDUCATIVA “DR. LUIS ALBERTO SANCHEZ”

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

El Reglamento Interno de la Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez” tiene por finalidad normar el funcionamiento académico-administrativo de la Institución para asegurar y facilitar el logro de los fines y objetivos educacionales en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria de menores. La Institución Educativa, fue creada por R.D.D. Nº 001849-2002 de fecha 03-05-02, R.D.R. Nº 006236 de fecha 31 de Diciembre 2003 con la denominación “Dr. Luis Alberto Sánchez”, su domicilio legal se fija en las Pampas de Viñani S/N del Distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa de la Provincia y Región Tacna.

CAPITULO I

BASES LEGALES

Art. 01.- El presente Reglamento tiene su base legal y se sustenta en:

A. Constitución Política del PerúB. Ley General de Educación Nº 28044 y su modificatoria Ley Nº 28123.C. Ley Nº 28427, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2006.D. Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su

modificatoria Ley Nº 26510.E. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.F. D.S. Nº 006-2004-ED- Lineamientos de la Política Educativa.G. Ley N°29944 de la Carrera Pública MagisterialH. D.S. Nº 004-2013-ED Reglamento de la Ley N° 29944I. D.S. Nº 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica Regular.J. D.S. Nº 009-2005-ED- Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.K. D.S. Nº 026-2003-Ed. “Década de la Educación Inclusiva 2003 -2012.L. D.S. Nº 004-2006-ED. Reglamento de la Asociación de Padres de Familia.M. R.M. Nº 556-2014—MINEDU. Normas y Orientaciones el desarrollo del año

escolar en la Educación Básica – 2015.N. Directiva Nº 018-2015-DGP-DRSET/GOB.REG.TACNA, “Orientaciones para

la orientaciones para la integración de las TICs en los procesos pedagógicos”

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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA “DR. LUIS ALBERTO SANCHEZ”

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DIRECCION

APAFA

CONEI

SUB-DIRECCIONEDUCACIONPRIMARIA

SUB-DIRECCIONDE FORMACION

GENERAL SECUNDARIA

COORDINACION EDUCACION

INICIAL

DOCENTESINICIAL

DOCENTESPRIMARIA

DOCENTESSECUNDARIA

COORDINACION OBE – TOE

ACTIVIDADES

AUXILIARESDE

EDUCACION

A L U M N O S

AUXILIARESDE

EDUCACION

ADMINISTRACION

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CAPITULO II

PRINCIPIOS

Art. 02.- La Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”, tiene los siguientes principios:

A. Brindar una educación integral al educando de acuerdo a sus intereses y necesidades, aspiraciones y potencialidades.

B. Cumplir los fines de la Educación Peruana y los objetivos de los niveles de Educación inicial, primaria y secundaria de menores y adultos.

Art. 03.- La educación integral comprende:

A. Formación Humana: Mediante el desarrollo de las condiciones físicas, morales y afectivas, artísticas e intelectuales de los educandos a fin de que adquieran un sentido más profundo de su responsabilidad como persona.

B. Formación Social: La formación humana va permitir que nuestros alumnos sean capaces de participar en la vida cívica y social, buscando el bien común.

Art. 04.- La actividad de nuestra Institución Educativa se orienta hacia los perfiles educativos que consideran que los alumnos deben:

A. Comprender y explicar diversos conocimientos en el campo de las ciencias.B. Tener capacidad y destreza para manejar y aplicar dichos conocimientos para

desarrollar habilidades no cognoscitivas

CAPÍTULO III

DESARROLLO ACADÉMICO

Art. 05.- El Plan de Trabajo Anual es el documento normativo para el desarrollo y ejecución de las actividades programadas.

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Art. 06.-El Plan de Trabajo Anual es elaborado; ejecutado y evaluado por el Director, Personal Directivo, Jerárquico y Docentes del Plantel.

Art. 07.- El Plan de Trabajo Anual debe ser aprobado mediante Resolución Directoral al inicio del año escolar.

Art. 08.- El Plan de Trabajo Anual debe contener y especificar

A. Actividades por Componentes:a. Gestión Escolarb. Procesos Pedagógicosc. Convivencia Escolard. Relación con la Familia y la Comunidad

B. Actividades del Calendario del Año Escolar por Implementación de NormasC. Actividades del Calendario Cívico EscolarD. Actividades Referidas a la Distribución de Secciones, Asignaturas, Grados de

Estudios y Horas de ClaseE. Actividades por Implementación de la Directiva de Normas y Orientaciones para

el Desarrollo del Año Escolara. Actividades para Garantizar el buen inicio del año escolarb. Actividades para garantizar la mejora de los aprendizajesc. Actividades de Prevención de riesgos y simulacrosd. Actividades de Promoción de la cultura y el deportee. Actividades de autorregulación de la calidad de gestión de la I.E.f. Actividades que Promueven la Convivencia Democrática y la Semana de

la Democraciag. Semana de la saludh. Actividades del CONEI

F. Otros que considere pertinente la I.E. por el año lectivo, o que se rijan por norma específica.

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TITULO II

GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPITULO IV

DE LA PROGRAMACIÓN CURRICULAR

Art. 09.- La Dirección de la Institución Educativa en coordinación con la Sub-Dirección Primaria y Secundaria de Formación General implementará Seminarios – Talleres de perfeccionamiento y actualización del docente.

Art. 10.- Las programaciones curriculares serán elaboradas de acuerdo al Marco Curricular vigente, Rutas de Aprendizaje en concordancia con el Diseño Curricular Nacional, por los docentes bajo la responsabilidad de la Coordinadora del nivel de Inicial, Subdirección del nivel de Primario, Subdirección de Formación General del nivel de secundaria o de los Asesores de área, cuando sea dotado de estas plazas la institución; Coordinación de TOE y Actividades.

CAPÍTULO V

DEL MONITOREO, ACOMPAÑAMIENTO Y SUPERVISIÓN EDUCATIVA

Art. 11.- La Supervisión Educativa tiene que estar orientada al mejoramiento de la calidad y eficiencia del servicio educativo impartido.

Art. 12.- La Supervisión y Monitoreo Interna se practicará de forma genérica a nivel de Dirección y/o Sub-Dirección.Art. 13.- Son objetivos del Plan de Supervisión y Monitoreo:

A. Brindar asesoramiento y orientación procurando mejorar el desempeño laboral del docente y no docente.

B. Unificar y/o coordinar criterios relativos a las técnicas y métodos, a fin de optimizar el proceso enseñanza-aprendizaje.

C. Asegurar que el servicio educativo responda en calidad y eficiencia para el logro de los objetivos educacionales.

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D. Potenciar las relaciones humanas y laborales entre los docentes y no docentes inmersos en el sistema educativo.

E. Realizar el acompañamiento y verificación del grado de cumplimiento del Plan de Mejora de los aprendizajes a nivel de área y aula, programado por la institución.

CAPÍTULO VI

RÉGIMEN EDUCATIVO

Art. 14.-El Año Escolar comprende diez meses de trabajo, debiendo dejar a fines de diciembre la planificación escolar en los aspectos Técnico-Pedagógicos y Administrativos.

Art. 15.- El Año Escolar tiene una duración de 40 semanas y se divide en cuatro bimestres, las fechas de las vacaciones intermedias se norman por las disposiciones específicas, y se especifican en la calendarización anual de trabajo.

CAPÍTULO VII

DE LA MATRÍCULA, RATIFICACIÓN Y TRASLADOS

Art. 16.- La Matrícula del educando se efectúa por primera y única vez al ingresar a la escolaridad según el nivel, conforme a los dispositivos vigentes.

Art. 17.- Son requisitos indispensables para la matrícula:

A. Partida de Nacimiento Original.B. Certificado de Estudios en caso de traslado y promoción a secundaria.C. Presencia obligatoria del Padre o Apoderado con su respectivo DNI.D. Ficha única de matrícula del alumno

Art. 18.- Es requisito indispensable para la Ratificación de Matrícula, la presentación de la Libreta Escolar del último grado cursado, la misma que debe ser confrontada con el Acta y Ficha Única de Matrícula.Reglamento Interno 2015 Pág. 10

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Art. 19.-Para efectos de matrícula y ratificación de matrícula, el director de la Institución Educativa en coordinación con la Sub-Dirección de Primaria y Secundaria y la Coordinadora del nivel de Inicial, establece el número de vacantes y en lugar visible coloca el Cronograma de Atención y requisitos indispensables.

Art. 20.- El Director de la Institución Educativa por Resolución Directoral aprueba las Nóminas de Matrícula del inicio del Año Escolar.

Art. 21.- Los traslados se darán hasta el término del 3er Bimestre académico.Art. 22.- Son requisitos para el traslado de matrícula de otra I.E. a nuestra I.E.:

A. Solicitar vacante, que haya sido aceptadaB. Solicitud dirigida al director(a) indicándose los motivos del traslado.C. Ficha Única de Matrícula. D. Certificado de Estudios.E. Certificado de Buena Conducta.

Art. 23.- En caso que un alumno de la institución busque traslado a otra institución, para que se le expida deberá:

A. Solicitar el traslado adjuntando la constancia de vacancia de la I.E. de destinoB. Remitir a la I.E. de destino su file de matrícula, adjuntando certificados de

estudios, Resolución de traslado, ficha única de matrículaC. Aprobar en el sistema SIAGIE la vacante.D. Constancia de No adeudo otorgado por Administración en el préstamo de Libros

y otros materiales de la I.E.

Art. 24.- El Área Administrativa (Oficinista del Nivel) lleva bajo responsabilidad el Archivo de las Fichas de Matrícula de los 03 niveles.

Art. 25.- La edad permisible para el ingreso a los Niveles según Normativa es: 1° En Inicial 3 años cumplidos hasta el 31 de Marzo.2° En Primaria 6 años cumplidos hasta el 31 de Marzo.3° La edad límite para el primer año de Educación Secundaria es 14 años.

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CAPÍTULO VIII

DE LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN

Art. 26.- La evaluación del Educando es integral, flexible y permanente.

Art. 27.- Son objetivos de la evaluación del educando:

A. Tener información cuantificada sobre el logro de los objetivos.B. Identificar oportunamente dificultades que impidan elevar el rendimiento

académico de los alumnos, y enmendarlas con el trabajo técnico pedagógico adecuado.

C. Elaborar y publicar el promedio por áreas y el índice porcentual de desaprobados, con la finalidad que docentes y alumnos propongan estrategias y compromisos para superar los niveles educativos alcanzados

Art. 28.- El proceso de evaluación puede realizarse de acuerdo a las siguientes normas:

A. Evaluación de Entrada al inicio del Año Escolar.B. Evaluación de Progreso durante el desarrollo de cada unidad de aprendizaje.C. Evaluación de Salida al término de cada unidad o bimestre.

Art. 29.- El control de las evaluaciones de los educandos está bajo la responsabilidad de la Sub-Dirección del nivel Primaria y de Formación General en Secundaria y la Coordinadora del nivel inicial.

Art. 30.-Cuando en las evaluaciones resultaron desaprobados más del 30% de alumnos de una sección y/o se hubieran detectado irregularidades la Sub Dirección de Formación General autorizará una nueva evaluación, anulándose la anterior.

Art. 31.- Los docentes son responsables de ingreso y vaciado de notas en el sistema SIAGIE, sustentadas en los registros auxiliares que presentarán a los responsables determinados en el art. 29 en la fecha determinada por dichos responsables al finalizar cada bimestre, señalando los indicadores y capacidades desarrolladas.Art. 32.- los docentes al finalizar cada bimestre deben presentar la relación de alumnos desaprobados, con la actualización de su plan de mejora, así como el Plan de Apoyo orientado a los alumnos en riesgo de rezagarse académicamente. Todo ello como parte de su carpeta pedagógica.

Art. 33.-Al término del año lectivo la situación del alumno de secundaria de acuerdo a sus evaluaciones es la siguiente:

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A. Es Promovido si aprueba todas las Áreas.B. Repiten el grado si tienen cuatro o más Áreas desaprobadas y pierden la

gratuidad de la enseñanza. Asimismo si en diciembre obtuvieron tres áreas desaprobadas más una de cargo.

C. Participan en el Programa de Recuperación Académica, los alumnos que hayan sido desaprobados hasta en tres áreas.

Art. 34.-Realizada la evaluación de recuperación los alumnos son:

A. Promovidos, si aprueba todas las áreas o si tiene una área desaprobada la misma que lleva como área de cargo por subsanar.

B. Repiten el grado si tienen dos o más áreas desaprobadas.

Art. 35.-El proceso de subsanación para alumnos del 5to año desaprobados hasta en tres asignaturas se programa en la primera semana de enero por única vez. Los que aún siguen desaprobados ingresan al Programa de Recuperación Académica y/o solicitan la subsanación en el periodo de treinta días a la última evaluación.

Art. 36.-Las subsanaciones de cargo para los alumnos del Plantel, son fijados por la Sub-Dirección de Formación General.

Art. 37.- Al término del año lectivo la situación del alumno de Educación Primaria de acuerdo a sus evaluaciones es la siguiente:

A. Para el 1er grado la promoción es automática.B. Para el 2do, 3ero y 4to es promovido si tiene A en las Áreas de Lógico

Matemáticas y Comunicación Integral.C. Para el 5to y 6to grado son promovidos si tienen A en las Áreas de

Comunicación Integral, Lógico Matemática, Ciencia y Ambiente y Personal Social.

D. Si en los incisos B y C obtuvieron la calificación C en todas las áreas mencionadas repiten de grado.

E. Si en los incisos B y C obtuvieron la calificación B en algunas de las áreas mencionadas pasa al Programa de Recuperación Académica en esas áreas.

Art. 38.- Realizada la evaluación de recuperación los alumnos son:

A. Promovidos si obtuvieron A en las áreas desaprobadas.B. Desaprobados si obtienen B o C en esas áreas, teniendo una última oportunidad

a ser evaluados por el docente de aula en el mes de Marzo.C. En caso de no aprobar en la evaluación con el docente repetirá de grado.

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Art. 39.- El colegio otorga el Certificado de Estudios que acredita haber terminado satisfactoriamente el nivel primario y secundario según corresponda, en forma gratuita.

CAPÍTULO IX

DE LAS EXONERACIONES

Art. 40.- Las exoneraciones de las áreas académicas, proceden previa presentación de solicitud debidamente justificada, con la carta de su pastor o Líder Religioso, en las fechas indicadas por la Dirección o Sub Dirección respectiva de la Institución Educativa.

Art. 41.- La exoneración del Área de Educación Religiosa es teórica y práctica.

Art. 42.- La exoneración en Educación Física sólo se refiere a la parte práctica más no a la teórica.

CAPÍTULO X

DEL CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR

Art. 43.- El Calendario Cívico Escolar tiene el propósito de promover y afianzar el conocimiento de los valores cívico-patrióticos de los educandos, profesores y comunidad en general, mediante la exaltación de las efemérides de mayor trascendencia y significado local, nacional, americano y mundial y está bajo responsabilidad de la Sub Dirección del nivel primario y coordinadores de los niveles Inicial y secundaria.

Art. 44.- Es objetivo del Calendario Cívico-Escolar, fomentar el amor a la patria y capacitar al estudiante para el cumplimiento de sus deberes familiares, cívicos, patrióticos y constitucionales.

Art. 45.-La Institución Educativa dará cumplimiento al Calendario Cívico Escolar aprobados por R. M. 168-2002-ED.

Art. 46.- El Calendario Cívico Escolar debe estar contenido en el Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa.

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CAPÍTULO XI

DE LA TUTORIA Y ORIENTACIÓN EDUCACIONAL

Art. 47.- La acción de Orientación y Bienestar del educando, es una labor que debe ser desarrollada por todo el personal docente de la institución educativa con horas de tutoría a cargo o no, incluyendo al personal directivo; en el nivel inicial y primaria es responsabilidad del docente de aula, y en el nivel secundario esta bajo responsabilidad del docente tutor, el mismo que brinda apoyo y acompañamiento constante a su grupo de estudiantes, en los aspectos psico-social-emocional, académico, puntualidad y asistencia, control y práctica de valores, hábitos, buenos modales como medio fundamental para la formación integral del educando.

Art. 48.- Son objetivos de la orientación y bienestar del educando:

A. Generar en el aula un ambiente óptimo, donde se favorezcan las relaciones interpersonales caracterizadas por la confianza y el respeto, que permita la participación activa, expresión sincera y libre de los estudiantes.

B. Atender las necesidades afectivas, sociales, y cognitivas de los estudiantes.C. Orientar a los estudiantes frente a riesgos y problemas psicosociales.D. Promover la práctica de los valores éticos y sociales.E. Fomentar hábitos y amor al estudio y/o trabajo.F. Orientar en el desarrollo de su proyecto de vida, contribuyendo a la elección de

una ocupación, oficio u profesión.G. Promover los servicios médico-asistenciales primarios para la conservación de la

salud.H. Fomentar la conciencia estudiantil y la identificación y gratitud con su “Alma

Mater”.

Art.49.- El comité de TOE velará por la defensa de la salud del educando, de la conservación, del ornato y el ambiente, de los derechos del educando y la prevención del consumo indebido de drogas.

Art. 50.- Las tutorías son asignadas por el Coordinador de Tutoría y Prevención Integral (TOE) y en coordinación con el Subdirector de Formación General, en la búsqueda de cumplir adecuadamente con los objetivos de la tutoría contemplados en el art. 47, considerando los siguientes criterios:

1. El docente debe impartir necesariamente clases de su área a dichos estudiantes, además de la hora de tutoría.

2. Sólo se debe asignar una tutoría a cargo a los docentes. Solamente ante la imposibilidad de asignar determinada hora de tutoría a docente alguno, se

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entiende como última posibilidad, sustentada de manera pertinente con el informe respectivo del Coordinador de TOE ante la Sub Dirección de Formación General, los docentes asignados con una pueden asumir dos tutorías. Se puede ampliar la hora de tutoría de acuerdo al Informe de TOE con previa aprobación de la Asamblea de Docentes.

2. Se debe priorizar la asignación de la tutoría: a) a docentes que tengan mayor número de horas de dictado en el salón designado, b) a docentes de áreas de Formación Ciudadana y Cívica, Persona, Familia y Relaciones Humanas. Así también a los Docentes con más de 18 horas de contrato en la Institución Educativa que impartan clases a dichos estudiantes. Parea 5to de Secundaria la Tutoría deberá ser asignada a Docentes preferentemente Nombrados y que hayan enseñado a los alumnos en años anteriores para dar continuidad a sus actividades de Promoción.

TITULO III

GESTIÓN Y RÉGIMEN ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO XII

DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR Y MÓDULOS EDUCATIVOS

Art. 51.- La Biblioteca Escolar forma parte de la Estructura Administrativa y brinda servicios internos a profesores y alumnos en los niveles de Primaria y Secundaria de Menores.

Art. 52.- La auxiliar de biblioteca es responsable de la administración de material bibliográfico además de láminas, maquetas, módulos, kits y otros de las diversas áreas; también de los recursos tecnológicos disponibles en el aula del Centro de Recursos Tecnológicos, en tanto no haya personal asignado a la institución, llevando un registro detallado del material proporcionado en calidad de préstamo a docentes y alumnos, así como el uso de sus instalaciones. El docente del área de Educación para el Trabajo en la especialidad de computación e informática será el encargado de proporcionar el soporte técnico para el funcionamiento del CRT.

Art. 53.- Debe ser política de la Biblioteca Escolar, la difusión de los servicios bibliográficos que presta, la orientación adecuada a los usuarios (sobre todo alumnos) estimulando los hábitos de consulta, lectura e investigación. El personal encargado de biblioteca tiene el deber de colocar en lugar visible su horario de atención, visado por la Sub Dirección de Administración, así como la distribución del horario de uso del ambiente del CRT.

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CAPÍTULO XIII

DE LAS LICENCIAS

Art. 55.- La licencia es el derecho que tiene el profesor para suspender temporalmente el ejercicio de sus funciones por uno (1) o más días.

Art. 56.- Las licencias se clasifican, de acuerdo al art. 71 de la ley Nº 29944 y su reglamento, en: 

a) Con goce de remuneraciones.b) Sin goce de remuneraciones.

Art.57.- El trámite de la licencia se inicia en la institución educativa y concluye en las instancias superiores correspondientes como la UGEL o DRE. El personal secretarial indicará al personal los documentos necesarios a presentar para la tramitación de la solicitud, de acuerdo a ley.

Art. 58.- En la tramitación de una licencia, se deben consignar en el formulario único de Trámite-FUT los datos requeridos en él, además de cumplir las formalidades y requisitos para cada caso, caso contrario será devuelto el expediente al interesado, no haciéndose responsable la institución de los defectos de trámite ni contingencias que ello pudiera acarrear en el personal solicitante.

Art. 59.- En el caso de licencia por citación expresa, judicial, militar o policial, previa presentación de la notificación; el requisito de notificación previa no puede ser suplido por constancias o similares emitidos por estos organismos que den cuenta de la participación o asistencia del personal a una diligencia o similares, que pudieran emitir estas instituciones posteriormente al mismo. Sin este requisito, la ausencia del docente a la institución se considera como falta injustificada. Estas consideraciones también se hacen extensivas al permiso solicitado por este motivo.

Art. 60.- La licencia sin goce de remuneración solicitada por el personal docente puede ser denegada, diferida o reducida por razón del servicio. Por tanto la sola presentación de solicitud de la licencia sin goce, no da derecho al uso de la misma, requiriendo ser aceptada expresamente en forma verbal o por escrito por la dirección. Si el docente solicitante se ausentara sin la aceptación de la misma, se considerará como falta injustificada.

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CAPITULO XIV

DE LOS PERMISOS

Art. 61.-El permiso es la autorización del Director, o en ausencia el sub Director respectivo otorga al personal para ausentarse por horas de la institución previa solicitud del interesado, durante la jornada laboral. Se concede por los mismos motivos que las licencias y se formaliza con la papeleta de permiso. Se rige por el reglamento de la Ley Nº 29944, el D.S. Nº 004-2013-ED, para el personal docente y por el D.S. Nº 05-90-PCM para el personal administrativo.

Art. 62.- En caso el personal solicitante de permiso por salud o maternidad no cumpla con presentar o regularizar su presentación posterior de la constancia de atención de ESSALUD, la primera vez se considerará como permiso sin goce de remuneraciones, la segunda vez se procederá además a hacer una llamada de atención al docente a fin de que enmiende esta situación en lo posterior, y de reiterarse el hecho se tomará con abandono de servicio con informe a la dirección.Art. 63.-En caso de permiso por lactancia el personal deberá solicitar mediante FUT de manera expresa si hará uso de la hora de lactancia al inicio o una hora antes final de su jornada diaria.Art. 64.- Todo permiso solicitado por el docente por motivos diversos, se entiende como un derecho del docente, que no debe afectar el de los alumnos de desarrollar sus clases con normalidad, por ello el docente solicitante debe prever esta situación, dejando trabajo que los alumnos puedan desarrollar en su ausencia, encargando la administración del mismo al Sub Director respectivo, auxiliar de educación u otro docente del área, salvo que esté motivada por una situación intempestiva. Sin esta condición el permiso será denegado.Art. 65.- La solicitud de permiso sin goce de haberes, por motivos particulares, solamente es atendible en casos apremiantes, de suma urgencia o emergencias que deba atender el personal, expresados claramente en la papeleta de salida, los mismos que son acumulados mensualmente y expresados en horas para su descuento. Art. 66.- Los permisos por motivos particulares o capacitación no oficializada están condicionados a las necesidades del servicio y a la autorización expresa del director o sub Director correspondiente previa evaluación de su motivación, por lo que pueden ser denegadas. Art. 67.- La asistencia de docentes a labores extracurriculares debidamente justificadas y autorizadas por la dirección, serán compensadas con permiso por un lapso de tiempo equivalente al 50% del destinado a dichas labores, solicitadas previamente mínimamente con 24 de anticipación.Art. 68.- No se concederá permisos al personal docente durante jornadas destinadas a la recuperación de clases por feriados turísticos recuperables o similares. Sólo se podrá conceder uno y en el extremo dos a personal afectado por una emergencia evaluada Reglamento Interno 2015 Pág. 18

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como tal por todo el equipo directivo de la institución, obedeciendo a una prelación en orden estricto de su presentación. Art. 69.- Para programar la recuperación de clases durante una jornada sabatina, se requiere además la opinión favorable del 80% de alumnos que garanticen y comprometan su asistencia mediante una asamblea de delegados de aula. De verificarse durante la jornada la asistencia por aula inferior a este porcentaje la Dirección dará por no válida la recuperación, sujeta a descuento correspondiente al feriado usado y no recuperado.

CAPITULO XV

DE LA ASISTENCIA Y PERMANENCIA

Art.70.- La asistencia y permanencia del personal a la Institución Educativa será controlada por el Director y Sub-Directores; para lo cual deben registrar la misma en los partes correspondientes.

Art. 71.- La asistencia y permanencia del personal docente y no docente se regirá en los horarios previamente establecidos y bajo entera responsabilidad de los encargados. De acuerdo al siguiente horario:

Horario de verano- secundaria Horario de Invierno- Secundaria

HORA DURACIÓNFORMACIÓN 12:50-1:05

1ª 1:05-1:502ª 1:50-2:353ª 2:35-3:20

RECESO 3:20-3:404ª 3:40-4:205ª 4:20-5:006ª 5:00-5:407ª 5:40-6:20

Excepcionalmente se puede reajustar las horas por actividades cívicas, de capacitación o acciones urgentes de coordinación a nivel institucional.

Art. 72.- Para efectos del control de la asistencia el personal directivo, jerárquico y docentes en todos los niveles registrará su asistencia en el Sistema Informático y en el cuaderno de asistencia, indicando la hora de ingreso y salida que figura en el sistema.

Art. 73.- El Consolidado de la Asistencia del personal de la Institución Educativa es mensual, el mismo que se publicará POR LA Sub Dirección Administrativa hasta el último día del mes, para conocimiento y conformidad del personal, otorgándoles dos día

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HORA DURACIÓNFORMACIÓN 12:50-1:05

1ª 1:05-1:452ª 1:45-2:253ª 2:25-3:05

RECESO 3:05-3:254ª 3:25-4:055ª 4:05-4:456ª 4:45-5:257ª 5:25-6:05

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a los docentes para que regularicen o aclaren sus faltas injustificadas; pasada esta fecha se informará a la Dirección Regional de Educación en cumplimiento a normas establecidas. El mismo será sustento para la contabilización de horas efectivas del personal docente y la emisión del informe correspondiente por parte de la Sub Dirección de Formación General, con visto bueno de un integrante del CONEI.

Art. 74.- En concordancia con el art. 147 del D.S. Nº 04-2013-ED y la RM 574-94-ED se considera también inasistencia el no desempeñar funciones en la institución, habiendo concurrido a la misma, por tanto, se entiende que el personal docente no puede permanecer fuera de su aula, sin autorización correspondiente. De tomarse conocimiento de tal situación la primera vez se llamará a reflexión al docente y de ser reincidente se realizará el descuento correspondiente con informe a Dirección para las medidas correctivas pertinentes, de acuerdo a ley.

CAPITULO XVI

DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Art.75.- Tener asegurada su matrícula, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Dirección. Art. 76.- Recibir una formación integral dentro de un ambiente de seguridad moral y física.Art. 77.- Ser tratado con dignidad, respeto, justicia y amor, sin discriminación alguna.Art. 78.- Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes o por una acción sobresaliente en beneficio de los demás o de la institución previo informe.Art. 79.- Tener acceso libre a las instalaciones que la Institución Educativa ha puesto al servicio del alumno, aulas, biblioteca, campo deportivo, respetando los horarios correspondientes.Art. 80.- Ser evaluado permanentemente con honestidad, justicia e imparcialidad.Art. 81.- Ser informados por profesores y autoridades del plantel, sobre el estado de sus evaluaciones así como las disposiciones que le conciernen como alumno.Art. 82.- Recibir la orientación necesaria y ser considerado en el Plan de apoyo por parte del docente que lo ayude a superar las deficiencias en su aprendizaje escolar.Art. 83.- Participar en certámenes internos y externos aprobados por la Dirección de la Institución Educativa.Art. 84.- Efectuar consultas y reclamos con la debida corrección y respeto a los profesores y autoridades de la Institución Educativa, siguiendo el conducto regular.Art. 85.- Conocer todos los deberes y derechos de los alumnos contemplados en el presente Reglamento Interno mediante campañas y/o estrategias que para ello implemente la institución, para garantizarle al alumno un trato digno como estudiante.Reglamento Interno 2015 Pág. 20

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Art. 86.- Elegir y ser elegidos como representantes de sus compañeros en las diferentes Organizaciones Estudiantiles, Concejos y/o Fiscalías Escolares. Art. 87.- Ser orientados y acompañados en sus problemas personales, familiares, espirituales, académicos y otros.Art. 88.- Ser consultado sobre temas que lo incumben tales como suspensión de clases por feriados recuperables, asimismo sobre las fechas y cronograma de recuperaciones de clases, y otros que sean susceptibles de atención de parte de la institución.

CAPITULO XVII

DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

Art. 89.- Lograr un óptimo rendimiento escolar con esfuerzo y capacidad, sin recurrir al plagio y la improvisación.Art. 90.-Cuidar y conservar los textos entregados por la I.E. y luego al finalizar el año devolverlos a la biblioteca de la I.E.Art. 91.-Ser fraternos con sus compañeros evitando la discriminación, siendo servicial colaborador y solidarios.Art. 92.-Capacitarse permanentemente para servir en forma eficiente a la sociedad.Art. 93.- No usar el nombre del colegio en actividades o acciones no autorizadas por la Dirección de la Institución Educativa.Art. 94.-Respetar a sus compañeros, a sus profesores, personal de la Institución Educativa, a otras personas y a sí mismo, en todo momento y lugar con actitudes de urbanidad, aprecio, consideración, cortesía y obediencia.Art. 95.- Estudiar con responsabilidad y convicción, asumiendo los resultados de la evaluación con honestidad y sinceridad.Art. 96.- Usar lenguaje concreto y cuidar su vocabulario absteniéndose de intervenir en actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres que atenten contra la salud física o moral dentro y fuera de la Institución Educativa.Art.97.- Participar en forma obligatoria y responsable en las actividades educativas, culturales, religiosas y deportivas de la Institución Educativa.Art. 98.-Demostrar en todo momento amor y/o respeto a la Patria y a sus símbolos, a su Institución Educativa y sus distintivos, dentro y fuera de la institución, muy especialmente en ceremonias cívicas y mientras se rinde honores a la bandera.Art. 99.-Velar por el mantenimiento de la estructura física, SS.HH y mobiliario de la Institución Educativa, responsabilizándose económicamente del deterioro cuando lo cause, sin perjuicio de la sanción aplicable de acuerdo al reglamento.Art. 100.- Respetar y acatar las indicaciones de los brigadieres en lo que respecta a orden, puntualidad, disciplina y aseo.

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Art. 101.- Abstenerse de realizar actividades de tipo económico, cuotas, colectas, venta de artículos, suntuarios y otros con fines de recaudar fondos, salvo autorización expresa del Director de la Institución Educativa y sustentada por el tutor.Art. 102.- Desde el momento que se matriculen en la Institución Educativa se comprometen a conocer y cumplir el Reglamento, Actas de Compromisos y otros dispositivos emitidos por la Dirección de la Institución Educativa.Art. 103.- Aceptar el traslado a otra Institución Educativa por motivo de repitencia reiterada; mal comportamiento; acciones graves y otros que contravengan las normas de convivencia pacífica dentro y fuera de la Institución Educativa.Art. 104.- Esperar en aula al docente, manteniendo el orden y ponerse de pie a su llegada o salida, o a la llegada de cualquier otra persona mayor.Art. 105.-Acatar las disposiciones que se impartan en el Centro Educativo con seriedad y responsabilidad, respetando las instancias superiores.Art. 106.- El alumno debe salir al finalizar la jornada escolar, en orden y acompañado de su respectivo profesor y/o auxiliar de educación.Art. 107.- Poner en conocimiento de las autoridades competentes de la Institución Educativa hechos que atenten contra la seguridad física y moral de sus compañeros, caso contrario será considerado coparticipe.Art. 108.- Hacerse responsable del mantenimiento de la a limpieza y orden del aula y todos los otros ambientes; es decir no botar los desperdicios en cualquier lugar. Art. 109.- Practicar permanente la higiene personal, manteniendo un corte de cabello escolar en los varones y recogido en las mujeres, sin adornos ni aditamentos especiales.Art. 110.- Evitar los juegos que puedan causar accidentes, así como los que puedan degenerar en burla.Art. 111.- No aceptar encargos verbales o telefónicos de loncheras, cuadernos, trabajos, etc. dentro del horario de trabajo para no entorpecer las labores escolares y administrativas.Art. 112.- Velar permanentemente por el buen prestigio de la Institución Educativa.Art. 113.- Cuidar y respetar sus propias pertenencias y las de sus compañeros. Art. 114.- Portar obligatoriamente la insignia de la Institución Educativa.Art. 115.- Toda comunicación del alumno con el personal que labore en el Centro Educativo, deberá realizarse estrictamente en los ambientes de la Institución Educativa respetando los horarios de atención.Art. 116.- Los Alumnos del Centro Educativo pre-seleccionados para integrar los equipos deportivos a nivel de liga y de la Comisión del menor, deben defender los colores de la Institución Educativa prioritariamente y a solicitud del padre de familia, previa autorización de la Dirección, podrán incorporarse a otras instituciones deportivas.Art. 117.- Los alumnos (a) están obligados de cumplir con las normas de convivencia elaborados por ello.Art. 118.- Abstenerse de realizar trabajos en grupos o en equipos fuera del plantel, salvo autorización de los Padres de Familia o docentes, bajo responsabilidad.Art. 119.- Defender con honor, coraje, dedicación la representación de la Institución Educativa en las diferentes actividades que participe.Reglamento Interno 2015 Pág. 22

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CAPITULO XVIII

DE LA PRESENTACION DE LOS ALUMNOS

Art. 120.- El uso del uniforme escolar completo es obligatorio, para asistir al colegio, limpio y llevado con corrección, siendo éste:

a) Para Damas: Yamper por debajo de la rodilla, blusa blanca, corbatín, moño amarillo, collet y chompa azul de la Institución Educativa en las damas.

b) Para Varones: Pantalón azul, Camisa blanca manga larga y corbata azul y chompa azul de la Institución.

Art. 121.- El uso del uniforme de Educación Física es obligatorio y únicamente para los días que le toca esta Área, más los sábados y actividades extracurriculares, que se le comuniquen: Buzo según modelo de la institución, así como el respectivo polo, short y zapatillas.

Art. 122.- No está permitido combinar las prendas del uniforme de la Institución con las prendas de Educación Física.

Art. 123.- El cabello para los varones es con corte escolar y las alumnas deberán asistir sin maquillaje, con uñas cortas y sin pintar, cabello limpio y recogido o trenzado con el color determinado por la institución. Esta terminantemente prohibido pintarse el cabello. Sus útiles de aseo son: peine, escobilla de zapatos, toallas y jabón.

Art. 124.- Los alumnos (as) no deberán traer al colegio alhajas, ni dinero, ni celulares, ni otros objetos innecesarios para su desempeño escolar, y en caso contrario será requisado y que constatará en su ficha para ser entregado a sus padres al culminar el año. Y en caso de pérdida la Institución Educativa no asume ninguna responsabilidad del hecho.

CAPITULO XIX

DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS

Art. 125.- Los alumnos deberán asistir de Lunes a Viernes, el horario de turno de la mañana será de 7:45 am. a 12:40 pm. y el turno de la tarde de 12:50 pm. a 6:15 pm. salvo modificaciones que tengan que ver con el clima u otros.

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Art. 126.- Los padres de familia deberán justificar por escrito las inasistencias de sus hijos diariamente (Presentación de F.U.T con documentos sustentatorios) en mesa de partes y personalmente en Coordinación de Tutoría y Prevención Integral.

Art. 127.- En caso de exámenes la inasistencia sólo se justificará por problemas de salud y con Certificado Médico y/o Constancia dentro de las 24 horas, por el padre de familia o apoderado, en la oficina de la Coordinación de Tutoría y Prevención Integral.

Art. 128.- Cuando el alumno asista a la institución fuera del horario establecido, deberá reportarse previamente con su auxiliar, quien tomará las medidas respectivas como la solicitud de justificación de dicha tardanza por el padre de familia y otras que considere pertinentes como parte de sus funciones.

Art. 129.- Los alumnos sólo pueden salir de sus aulas en horario de dictado de clases con el permiso respectivo del docente o auxiliar de educación.

Art. 130.- No se permite salir a los alumnos de la Institución Educativa, dentro del horario escolar. Por razones muy justificables los padres pueden solicitar personalmente el permiso de la Coordinación de Tutoría y Prevención Integral y retirarlos de la Institución Educativa con Autorización de salida firmada por su auxiliar justificando debidamente el hecho, refrendada por la Sub Dirección de Formación General y/o Dirección de la I.E.

Art. 131.- El alumno que llegue tarde en forma reiterada e injustificada a la tercera oportunidad será requerido para que su padre o apoderado justifique, se le comunicará al padre o apoderado, con el respectivo informe de TOE y, se procederá a la observación de la matrícula.

CAPITULO XX

DE LAS ESCOLTAS

Art. 132.- Integrar la escolta es un HONOR, la Institución Educativa tiene una Escolta del Pabellón Nacional, integrados por alumnos, seleccionados del nivel secundario.

Art. 133.- La Coordinación de Actividades y de TOE, seleccionan en el mes de Octubre a los mejores alumnos de rendimiento y comportamiento, para integrar la escolta del Pabellón Nacional, Porta Estandarte, Estado Mayor y Gallardetes para la selección se basará en los primeros Bimestres que aparecen en los registros.

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Art. 134.- Criterios de la selección:

A. Ninguno de los alumnos seleccionados son exonerados de Educación Física.B. En caso de empate decide el más alto puntaje en asistencia y puntualidad.C. Son requisitos para la selección de los miembros de la Escolta de la I.E.:

1. Buena presentación del alumno(a) de acuerdo al Reglamento Interno, además de buena coordinación y porte marcial.

2. El día de cambio de Escoltas y en ocasiones muy especiales se presentarán las Escoltas con todos los integrantes, los lunes se presentarán las Escoltas por grados y secciones, bajo responsabilidad del Coordinador de Educación Física y los respectivos Tutores.

3. Los integrantes de las Escoltas asumen sus cargos en Ceremonia Especial y lo entregan en la misma ocasión a la Nueva Escolta, del año siguiente.

4. Los estímulos para los integrantes de las escoltas:- Ser integrante de la Escolta, constituye un alto Honor porque se

representa a la Institución Educativa.- El comportamiento y la buena presentación del alumno integrante de

la Escolta, lo hará merecedor a una nota sobresaliente promedio bimestral de conducta.

5. Se pierde el derecho de integrar la escolta:- Por tener bajo rendimiento académico en el Bimestre.- Por ser acreedor de llamadas de atención que signifique

amonestación, suspensión, etc.- Por tres tardanzas los días lunes o faltas a los ensayos que determine

la coordinación de TOE y Actividades.

Art. 135.- Se desempeñará como Brigadier General del Colegio al alumno del 5to año que tenga buen rendimiento académico en los cuatro años de estudios de secundaria; además que sea apto físicamente y que esté dispuesto a cumplir con tan digna y encomiable designación.

CAPITULO XXI

DE LOS ESTÍMULOS Y PREMIOS

Art. 136.- Los alumnos se harán acreedores a estímulos por acciones extraordinarias dentro o fuera del Plantel, como felicitación Pública por parte del Director del Plantel, Felicitación Escrita, Diploma al Mérito, Viaje de Estímulo, Resolución de Felicitación.

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Art. 137.- Se consideran acciones extraordinarias dentro de la Institución Educativa tanto en el orden académico como en su comportamiento fuera del Plantel las realizadas a favor de la Comunidad y la región.

CAPITULO XXII

DE LAS PROHIBICIONES Y SANCIONES A LOS ALUMNOS

Art. 138.- Se considera prohibiciones a los alumnos las faltas que pudieran cometer tales como leves, graves y muy graves.

Art. 139.- Se consideran faltas leves cometidas:

A. Presentarse a clases sin el uniforme de la Institución, a pesar de contar con él; o usarlo de manera inapropiada.

B. Presentarse sin su uniforme de educación física a la clase respectiva.C. Evidenciar deficiente presentación personal en aspectos tales como: corte de

pelo, higiene, pirsin, aros, anillos, brazaletes, extensiones, collares, muñequeras, maquillaje, uñas pintadas, etc. Ajenos al uniforme.

D. Presentarse a clases sin sus tareas o sin sus materiales de trabajo.E. Interrumpir el normal desarrollo de la clase innecesariamente con gritos,

silbidos, groserías, hablar por celulares.F. Faltar a reuniones formativas convenida entre la IE, alumno y su apoderado a la

que será citado en forma especial.G. Contravenir las normas de comportamiento en biblioteca, laboratorio, sala de

cómputo, banda de música u otros ambientes.H. Retrasarse en el ingreso a cualquier hora de clases.I. Portar y usar en clases y en la Institución elementos como teléfonos celulares,

cámara fotográfica, mp3, mp4 y similares, por las cuales no responderá económicamente la Institución ante cualquier eventualidad como pérdida o deterioro del mismo.

J. Realizar cualquier tipo de registro fonográfico, grabación o filmación con los equipos a los que se refiere el literal anterior al interior de la I.E. o fuera de ellas relacionadas a alumnos y/o personal de la institución o algún símbolo que la identifique con ella.

K. Vender o comerciar alimentos u otros objetos sin autorización de la Dirección del Colegio.

Art. 140.- Se considera faltas graves:A. Proceder con falta de respeto durante la participación en celebraciones litúrgicas

y actos cívicos, ante imágenes religiosas, emblemas del colegio y de la Nación.Reglamento Interno 2015 Pág. 26

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B. Falta de respeto y desobediencia a la Policía Escolar de la Institución. C. Intimidar a sus compañeros (as) a través del amedrentamiento, amenazas, redes

sociales de Facebook y otros de internet y bromas reiteradas que menoscaben la dignidad de los afectados en la institución y fuera de él.

D. No ingresar a clases estando dentro de la Institución, o ausentarse de ella sin justificación alguna.

E. Faltar reiteradamente, al menos en dos oportunidades, a pruebas o no entregar trabajos personales o grupales evaluables sin justificación previa.

F. Presentarse a clases, reiteradamente, sin tarea o sin los materiales indicados por el profesor.

G. Faltar a la honestidad con acciones tales como copiar en las pruebas, presentar trabajos ajenos como propios, adulterar comunicaciones desde o hacia el hogar.

H. No asistir a clases sin conocimiento de su apoderado.I. Negarse a rendir una evaluación o a presentar un trabajo en el plazo estipulado

con antelación.J. Manifestar conductas afectivas de pareja: enamorado (a) con contacto físico

(besos), cogerse de las manos y/o abrazarse, que no corresponde al ambiente de la actividad escolar, en todas las actividades propias del colegio así como en el frontis de la Institución.

K. Presentar conductas que atentan contra el pudor propio o de otras personas. Portar revistas u otro material con contenido pornográfico.

L. Ocasionar daño intencionado a los bienes materiales de su aula y del Colegio.M.Negarse a trabajar en clases o a efectuar evaluaciones.N. Faltar, sin justificación previa, a evaluaciones (pruebas, intervenciones orales,

entrega de trabajos o informes, etc.)O. No asumir compromisos ni cumplir los acordados, en función de mejorar los

logros académicos y formativos con el profesor de área, auxiliar de educación o Director.

P. Reiteración de cualquier conducta leve.

Art. 141.- Se considera faltas muy graves:A. Agredir verbal, psicológica o físicamente o difamar, bajo cualquier circunstancia

y por cualquier medio tecnológico de la red social internet, Facebook a algún integrante de la comunidad escolar, sean ellos alumnos, padres o trabajadores de la Institución.

B. Sustraer bienes de los alumnos, profesores, o trabajadores de la Institución.C. Ocasionar daños o destruir bienes muebles y los materiales de apoyo pedagógico

o instalaciones de la Institución.D. Fumar, consumir, portar o distribuir cigarrillos, drogas, bebidas embriagantes,

material pornográfico durante el periodo de clases, en la Institución o en la vía pública o venir al Plantel en estado etílico.

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E. Causar daños o perturbar a terceros, vistiendo uniforme de la Institución o mientras participan en actividades oficiales del colegio, en la vía publica y medios de transportes colectivos.

F. Sustraer o adulterar documentos oficiales impresos o con soporte electrónico, tales como instrumentos evaluativos, los libros de clase, informe, certificados de nota, comunicaciones al hogar, página web o correo electrónico.

G. Traer o manipular, indebidamente elementos informáticos o tecnológicos atentando contra el trabajo docente, la dignidad de la Institución o de las personas.

H. Portar armas o elementos que impliquen riesgos para la actividad física propia o de cualquier integrante de la comunidad escolar.

I. Negarse a participar en las actividades definidas como obligatorias por la Institución dentro de los planes curriculares, formativos o religiosos.

J. Impedir el normal funcionamiento de las actividades propias del área e Institución.

K. Salir de la Institución sin autorización.L. Negarse reiteradamente a trabajar en clases.M. Realizar conductas de riesgo para si o para otras personas.

Art. 142.- Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus deberes por cometer una falta leve son los siguientes:

A. Dialogo personal pedagógico y correctivo: con el Auxiliar, Profesor, Coordinador, Tutor.

B. Dialogo grupal reflexivo.C. Amonestación verbal del profesor al estudiante.D. Amonestación escrita en la ficha personal, registrado por el Auxiliar de

Educación. Se deben registrar la falta, los acuerdos y la firma de ambos.E. Notificación al apoderado, en entrevista con el estudiante, su apoderado y el

Auxiliar de educación, profesor del área o Tutor, especialmente, en casos de reincidencia, en procura de lograr compromisos de superación, que se registraran, bajo firma, en la ficha personal del estudiante (Observaciones personales).

F. Decomiso de equipos electrónicos del literal I e implementos del literal C del art. 135 del presente reglamento, hasta fin de año en que se devolverán a los apoderados de los alumnos. La I.E. no asume responsabilidad por deterioro o pérdida del objeto decomisado, por falta de condiciones para su preservación y custodia ni personal encargado para su cuidado.

Art. 143.- Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus deberes por cometer una falta grave, previa reunión del Comité de Disciplina, son los siguientes:Reglamento Interno 2015 Pág. 28

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A. Separación del aula de clases determinada por el docente, inmediatamente después de cometida la falta, con orden del alumno de presentarse ante su auxiliar de Educación o Coordinador de Toe quien atenderá al estudiante y escuchara al docente, determinando, en conjunto con este, las acciones a seguir.

B. Amonestación escrita anotada en la ficha personal del estudiante, observaciones personales y notificaciones a los apoderados del alumno, quienes deberán acudir a entrevista con el Profesor, Auxiliar, Tutor, Coordinador de TOE o con el Director, consignando por escrito los acuerdos a que arriben, con firma de las partes, en la ficha personal u hoja de Seguimiento condutal.

C. Suspensión de clases por uno o más días, dependiendo de la gravedad de la falta (o por acumulación de las anotaciones en la ficha personal u hoja de Observaciones personales del alumno) Esta suspensión implica la separación de toda actividad escolar, incluyendo las extraescolares, y supone el compromiso de los apoderados de producir la necesaria reflexión para el cambio de conducta que se espera de su hijo.

Art. 144.- Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus deberes por cometer una falta muy grave son los siguientes:

A. Suspensión temporal de clases, dependiendo de la gravedad de la falta (o de la acumulación de las anotaciones en la ficha personal del estudiante. Esta suspensión implica la inhibición de toda actividad escolar, incluyendo las extraescolares.

B. Suspensión indefinida, medida que se mantendrá hasta que los antecedentes permitan aplicar la disposición disciplinaria definitiva. Mientras tanto, el alumno podrá ser autorizado para asistir solo a las evaluaciones, entrega de trabajos y obligaciones escolares notificadas al momento de comunicada la sanción al apoderado.

C. Condicionalidad de matrícula. Esta se concretara en un documento que especificara los motivos y plazos de este nuevo estado de situación del alumno y deberá ser firmado por el apoderado y el estudiante. La condicionalidad es una advertencia de que el siguiente paso, en el orden ascendente de las sanciones internas ya señaladas, será la cancelación de la matricula al termino del año en caso de no haber cambios significativos y permanentes en la conducta en general del estudiante.

D. Revocación de prestación de servicios educacionales para el año siguiente. Medida extrema que se aplicara cuando el alumno haya expresado nula intención de cambio o adaptación a las exigencias de la institución, evidenciada por la reiteración o el agravamiento de la conducta impropia.

E. Expulsión del alumno o cancelación inmediata de matrícula. Sanción de características y efectos similares a la Revocación de prestación de servicios educacionales, pero dictaminada con carácter de urgente en virtud del impacto

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que en la comunidad educativa pueda ocasionar o este ocasionando la falta cometida. Se aplica en casos de especial gravedad, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

Art. 145.- La sanción de suspensión se dará por Decreto de la Dirección de la Institución Educativa previo informe de la Coordinación de TOE y la opinión del CONEI. El periodo no será mayor de ocho días y se aplicará en caso de falta grave y/o muy grave, que dañen física y moralmente a la Institución o a sus integrantes, bajo responsabilidad del Director.

Art. 146.- La sanción de cambio de la Institución Educativa se determina observando el mismo procedimiento del artículo anterior para educandos que tuvieran como antecedentes dos suspensiones. La instancia de apelación es la Dirección Regional Educación de Tacna.

Art. 147.-Producida la separación del Plantel, el Director informará por escrito a la superioridad y fundamentando la medida tomada.

Art. 148.- Las normas de conducta consideradas en el presente Reglamento con sus correspondientes obligaciones, prohibiciones y sanciones, deben ser conocidas por los alumnos, padres de familia.

CAPITULO XXIII

DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

DEL SUB DIRECTOR DE EDUCACION PRIMARIA

Art. 149- Son Derechos del Personal Docente:

A. De aspirar a la superación Personal y Profesional, asistiendo a eventos de carácter pedagógico, Administrativo, Humanístico, Científico y cursos de Post-Grado.

B. Proponer a la superioridad sugerencias, iniciativas o recomendaciones que tiendan a la superación Técnico Pedagógico de Promoción e Investigación Científica y Educativa.

C. El Personal comprendido en el presente capítulo, puede organizarse a niveles de asociaciones y sindicatos de acuerdo a la constitución y a las Leyes de la República.

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D. Tener conocimiento del informe que la autoridad emita a la superioridad con relación a su persona, así mismo sobre cualquier queja o denuncia que se haga a nivel interno, para tener la oportunidad de hacer los descargos correspondientes.

E. Asistir y participar de las reuniones de equipo de profesores, asambleas y otras que sean convocadas por la Dirección de la Institución Educativa.

F. Los profesores que desarrollan actividades que ayuden al cumplimiento de los fines y objetivos de la Institución Educativa fuera de su jornada laboral, tiene derecho a que la Dirección le reconozca mediante un documento, oficio, Resolución Regional gestionado ante la Dirección Regional de Educación de Tacna.

Art. 150.- Estos derechos también son extensivos a todo el personal de la institución en la medida que le sean aplicables

Art. 151.- Son Deberes del Personal Docente

A. Planificar diariamente su labor pedagógica mediante la elaboración de sus sesiones de aprendizaje que deberán ser visadas por la sub dirección respectiva antes de dictar su clase, así como ejecutar lo planificado en ella; formulando sus indicadores e instrumentos de evaluación de manera clara y precisa, que ayude a orientar a los alumnos y padres de familia sobre los logros de aprendizaje requeridos.

B. Contribuir en la formación de valores de los alumnos, desarrollando acciones planificadas orientadas a ello, determinadas con claridad en instrumentos de evaluación de los mismos, como anecdotarios, escalas, fichas de observación, que constituirán parte de su carpeta pedagógica del docente.

C. Es deber del docente reunirse al menos una vez por bimestre con padres de familia de sus alumnos para informar sobre el desempeño escolar de sus hijos, explicar metodología, formas y criterios de evaluación, recomendaciones y orientaciones para mejorar la interrelación de padres- alumnos-docentes, así como la política institucional en temas de tutoría, pertinentes para orientar la formación de los estudiantes, que permita estimular compromisos con el aprendizaje de sus hijos.

D. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. Determinado por la institución.

E. Cumplir tareas encomendadas en la conformación de grupos de trabajo para la formulación del PEI, PCI y otros que determine la dirección.

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F. Emplear los materiales concretos, libros y cuadernos de trabajo distribuidos por el MINEDU, por estar orientados y alineados con políticas educativas.

G. Monitorear, controlar y retroalimentar diligentemente el logro de aprendizajes del alumno en aula durante el desarrollo de la sesión de aprendizaje, en cualquiera de sus momentos, sobre todo en la de construcción y extensión, absteniéndose de exponerlos a una suerte de abandono pedagógico estando el docente presente en aula y mucho menos abandonar la misma por cualquier motivo.

H. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa. Asimismo cuando ellos hayan sido adquiridos mediante actividades económicas internas, programas de recuperación académica, ingresos o recursos propios; con participación de miembros de la comunidad educativa bajo cualquiera de sus formas, promovidos por el docente o la institución; es su deber conservarlos e ingresarlos bajo acta para registrarlos en el inventario de la institución, y utilizarlos con fines para los que fueron adquiridos.

I. participar en reuniones de redes, interaprendizaje y otros de trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa promovidas por la institución u órganos desconcentrados como la UGEL, DRE, Gobierno Regional.

J. Participar obligatoriamente en reuniones y jornadas de capacitación, actualización y similares convocadas por dirección, sub dirección o coordinación de TOE para abordar agendas de carácter técnico pedagógico, tutoría e institucional, en horarios que no perjudiquen el normal desarrollo de las labores educativas. 

K. Cumplir con la programación, evaluación y desarrollo de su programación curricular.

L. Vigilar diariamente y en todo momento a los alumnos para que estén correctamente uniformados y debidamente presentables.

M. Orientar a los alumnos durante el recreo y demás actividades, evitando que estos realicen actos reñidos contra la moral.

N. Cumplir bajo responsabilidad las funciones que establece el Manual de Organización y Funciones y el presente Reglamento Interno.

O. Justificar tardanzas e inasistencias mediante solicitud, dentro de las 24 horas de haberse producido.

Art. 152.- Para el personal administrativo también le son aplicables deberes establecidos en los numerales D.E. H y N del artículo precedente.

Art. 153.- Prohibiciones del Personal Docente, Directivo Jerárquico y Administrativos.

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A. Abandonar el aula dejando a los alumnos transcribiendo textos que no tengan sentido para ellos ni comprendan, o sin que hayan sido explicados previamente por el docente y comprendidos por los alumnos.

B. Evitar que su labor pedagógica estando en aula se limite a hacer transcribir literalmente información, de libros de textos sin que se procese la misma por parte de los alumnos bajo dirección y orientación del docente en organizadores visuales, resúmenes y similares que garanticen su comprensión y aprendizajes de los mismos de parte de los alumnos. Los libros de texto pueden ser utilizados para investigar en aula bajo monitoreo docente, que aclare, precise o amplíe sus contenidos; así como realizar recapitulaciones y actividades de extensión dentro del aula sobre temas tratados ya por el docente, una vez que éstos han sido comprendidos por los alumnos.

C. Hacer uso de su teléfono celular en el aula, o abandonar la misma y su labor pedagógica para realizar o responder llamadas. El uso del teléfono celular solamente se permite y justifica excepcionalmente en casos de suma urgencia o frente a una emergencia del docente durante el desarrollo de sus labores pedagógicas.

D. Denigrar y vulnerar derechos de los estudiantes en todas formas, que violenten su integridad física o psicológica.

E. Recibir estipendio alguno de los alumnos, padres de familia y/o apoderados.F. Ser apoderado de los alumnos, salvo una excepción justificada.G. Incentivar a los alumnos a que firmen documentos, cualquiera que sea su índole.H. Fomentar actos de rebelión en contra del principio de autoridad de la institución.I. Dedicar horas de trabajo para asuntos particulares incumpliendo las funciones

del cargo que desempeña.J. Circular publicaciones que dañen la Imagen de la Institución.K. Practicar proselitismo político dentro de la Institución Educativa.L. Utilizar las instalaciones, implementos y equipos del colegio en beneficio

personal con fines de lucro. Los bienes de la institución solamente pueden ser usados para fines institucionales.

M. No asistir o ausentarse de la I.E. sin causa justificada.N. Faltar de palabra u obra a la Autoridad Educativa o compañeros de trabajo.O. Vender artículos u objetos de cualquier índole sin autorización correspondiente.P. Sustraer del Plantel documentación oficial, máquinas, herramientas u otros

bienes patrimoniales sin la autorización correspondiente. Asimismo hacerse de equipo que corresponda al plantel bajo cualquier modalidad, así como propiciar y/o promover el no registro en inventarios de equipo y material que corresponda a la institución que permita

Q. Abuso de autoridad y uso del cargo con fines indebidos.Reglamento Interno 2015 Pág. 33

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Art. 154.-Las prohibiciones de los literales de la E a P del art 147 también son aplicables además de los docentes a todo el personal que labora en la institución.

Art. 155.- El incumplimiento de las siguientes disposiciones que establecen el presente reglamento constituirán faltas:

A. Inobservancia y/o trasgresión del Reglamento internoB. Negligencia en el desempeño de sus funciones.C. Llegar constantemente tarde al Centro Educativo y/o al aula al dictado de clases.D. Firmar y/o marcar la asistencia de otro personal de la institución.E. Inasistir o ausentarse de la Institución Educativa sin permiso, razón o causa

justificada.F. Habiendo concurrido y no desempeñar sus funciones

Art. 156.- Estímulos al Personal Jerárquico, Docente y Administrativo.

A. Al personal que tenga récord de asistencia y puntualidad, se le reconocerá mediante un oficio.

B. El Centro Educativo organizará ceremonias de reconocimiento a los trabajadores que cumplan 25 y 30 años de servicio en el sector y por el retiro de sus trabajadores.

C. Los docentes que participan en diferentes actividades que ayuden a cumplir los objetivos de la Institución Educativa, se harán acreedores a oficios de felicitaciones otorgados por la dirección.

CAPÍTULO XXIV

DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN

Art. 157.- Funciones del Director.a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo.b) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RI, de manera

participativa.c) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,

experimentación e investigación educativa.d) Aprobar, por resolución directoral, los instrumentos de gestión de la I.E.e) Promover y presidir el CONEIf) Establecer, en coordinación con el CONEI, previo al inicio del año, la

calendarización.g) Coordinar con la APAFA el uso de fondos, de conformidad con lo establecido

en el reglamento General de la APAFA.Reglamento Interno 2015 Pág. 34

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h) Delegar funciones a los sub directores y otros integrantes de la comunidad educativa.

i) Estimular el buen desempeño docente en la I.E. mediante el reconocimiento público de ello.

j) Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la I.E., gestionando su adquisición, equipamiento y rehabilitación si fuera necesario.

k) Desarrollar acciones de capacitación del personal.l) Otras que por norma se determinen.

Art. 158.- Funciones del Sub Director de Administración.Es el encargado de garantizar que las acciones programadas por el Comité Directivo se realicen con la eficiencia que exige la calidad del servicio. Depende jerárquicamente de la Dirección de la I.E. y no tiene carga pedagógica. Es responsable ante la dirección por el cumplimiento eficiente y eficaz de las funciones asignadas al cargo.

a) Orientar, coordinar y asesorar el trabajo de las áreas a su cargo.b) Establecer en coordinación con las otras sub direcciones, los horarios y turnos de

trabajo del personal a su cargo.c) Informar periódicamente al director sobre la situación del área a su cargo.d) Garantizar la seguridad, mantenimiento y conservación de la

infraestructura, así como de los bienes patrimoniales de la I.E.e) Dirigir, coordinar y controlar actividades técnico administrativas relacionadas al

cargo en su centro educativo.f) Proporcionar normas y procedimientos que formalicen y garanticen la

puntualidad, asistencia y permanencia en la I.E.g) Regular el control de asistencia y permanencia del personal de la I.E., acorde a

la jornada laboral y horarios establecidos, emitiendo mensualmente a la dirección la relación del personal inasistente.

h) Cumplir otras funciones inherentes a su cargo emanadas de la dirección de la institución educativa.

Art. 159.- Funciones de la Coordinadora de Educación Inicial.

a. Participa en la formulación y ejecución, coordinación y evaluación de todos los documentos de Gestión Institucional.

b. La coordinación del Nivel Inicial depende directamente del Sub – Director del Nivel Primario por cumplir los objetivos de articulación.

c. El Plan de Supervisión Educativa será formulado en coordinación con el Sub – Director de Primaria, a fin de contar con su opinión, en cuanto a sus objetivos estratégicos y programación.

d. Se ejecutará por lo menos dos supervisiones especializadas al año. Copia de la misma se alcanzará a la profesora supervisada previa firma del original.

e. Promover, programar, ejecutar las acciones inherentes del nivel.Reglamento Interno 2015 Pág. 35

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f. Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel y del buen trato dentro y fuera de la Institución.

g. Promover la cooperación de Instituciones Locales para mejorar los servicios educativos que brinda el nivel Inicial.

h. Administrar los documentos del Nivel Inicial.i. Llamar la atención verbal y escrita por incumplimiento de funciones del

personal a su cargo en caso de reincidencia o gravedad informar inmediatamente a la Sub – Dirección del Nivel Primario.

j. Cumplir con las otras funciones emanadas de la superioridad.k. Presidir el Comité de Orientación y Bienestar del Educando.

Art. 160.- Son Funciones de la Docente de Aula (Nivel Inicial)

a. Participar en la formulación y ejecución, coordinación y evaluación de todos los documentos de gestión Institucional.

b. Todos los miembros del Nivel Inicial están obligados a respetar y cumplir el presente reglamento.

c. Organizar y ambientar el aula a su cargo, prepara el material educativo contando con la colaboración de los Educandos y Padres de Familia.

d. Las Profesoras son responsables de elaborar la currícula de acuerdo a la edad del niño.

e. La Educación Inicial se articula con la Educación Primaria asegurando coherencia pedagógica y curricular.

f. Desarrollar facultades cognoscitivas, volitivas y físicas del educando, consolidando las bases de de su formación integral.

g. Evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de los alumnos a su cargo, así como elaborar la documentación correspondiente.

h. Velar por el buen uso y conservación de la infraestructura educativa.i. Realizar reuniones con los padres de de familia.j. Participar en acciones programadas de investigación e experimentación de

nuevos métodos y técnicos trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la Institución o la Superioridad.

k. Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en la I.E., incluyendo las horas de juego, higiene y alimentación.

l. Detectar problemas que afecten al Desarrollo del niño y su aprendizaje tratando o derivando los que requieran atención especializada.

m. Participar en las acciones de promoción educativa comunal.

Art. 161.- Funciones de la Sub Dirección de Primaria.

a. Participar en la formulación y ejecución, coordinación y evaluación del plantel Anual de trabajo con participación de todos los docentes.

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b. Coordinar con el Presidente de la APAFA para garantizar el buen servicio educativo así como el proceso de matrícula.

c. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades Técnico-Pedagógicas del área de su competencia en coordinación con la dirección.

d. Apoyar las reuniones de coordinación de los docentes de aula.e. Promover y programar jornadas de actualización, en coordinación con la

dirección.f. Estimular y sancionar a los alumnos conforme a lo estipulado en el presente

reglamento.g. Promover y estimular, controlar la participación de los educandos en los

concursos con la participación de los Docentes y Padres de Familia.h. Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo.i. Otorgar papeletas de salida por horas al personal a su cargo en caso de

emergencia e informar a la Dirección.j. Autorizar permisos sin goce de haber o elevar opinión respecto a la pertinencia

de ellos ante la dirección del plantel.k. Llamar la atención verbal y escrita por incumplimiento de funciones del

personal a su cargo en caso de reincidencia o gravedad informar inmediatamente a la dirección.

l. Informar a la dirección sobre desempeño destacado de docentes para el reconocimiento de los mismos.

m. Tener actualizado los archivos de la subdirección en los aspectos Técnicos Pedagógicos y administrativos.

n. Delegar funciones en ausencia por comisión de servicios o motivos particulares al docente de mayor escala magisterial en el nivel.

o. Otras que encomiende el Director.p. El Subdirector asumirá encargatura de funciones de dirección en ausencia del

Director, en asuntos que no impliquen decisiones propias del cargo de ésta, dando cuenta de lo actuado al retorno del director.

q. Exigir la puntualidad al personal docente y el respeto a las reuniones.r. Llamar a reuniones periódicas (Bimestrales) a los diferentes comités para el

buen desempeño en el cumplimiento de sus funciones.

Articulo 162.- Son funciones del Docente Aula (PRIMARIA)

a. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del plan de trabajo Anual del Centro Educativo.

b. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como actividades de orientación y bienestar del educando y la promoción educativa comunal.

c. Organizar y ambientar el aula y preparar material educativo con la colaboración de los educandos y padres de familia.

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d. Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje y la elaboración de la documentación correspondiente.

e. Mantener actualizada la documentación pedagógica administrativa de su responsabilidad.

f. Participar en acciones programas de investigación experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajos educativa, así como eventos de actualización profesional organizados por el centro educativo, o por las instancias superiores.

g. Integrar las comisiones de trabajo y de colaborar con la dirección del centro educativo en las acciones permitan el logro de los objetivos de la educación primaria y los fines específicos de la institución en que laboran.

h. Coordinar las acciones necesarias con el responsable de la sección cuando se es profesor por asignatura.

i. Atender a los educandos y velar por la seguridad durante el tiempo que permanezcan en el centro educativo incluyendo las horas de recreo, higiene –alimentación.

j. Detectar problemas que afecten el desarrollo de educando y su aprendizaje, tratando o derivando los que requieren atención especializada.

k. Realizar acciones de recuperación pedagógica de sus alumnos en base a un plan de apoyo a alumnos vulnerables a la desaprobación.

l. Llevar una ficha actualizada de seguimiento de los alumnos de bajo rendimiento y conducta (anecdotario).

m. Velar el buen estado de conservación de los bienes del centro educativo.n. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia

sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos, informando de ellos a la sub dirección.

o. Registrar su asistencia en el Sistema Informático y firmar el parte de asistencia diario por estricto orden anotando la hora de ingreso o salida efectiva de la institución educativa, que figura en el sistema.

p. Tener al día el archivo pedagógico con la documentación respectiva.q. Desarrollar y dirigir el aprendizaje en forma activa con el empleo de recursos

metodológicos y material educativo para realizar el aprendizaje significativo.r. Tratar con respeto y cordialidad al educando.s. La participación del personal docente en los actos cívicos patrióticos.t. Dirigir acciones técnico-pedagógico en el aula.

Art. 163.- Son funciones del Sub Director de Formación General:Jerárquicamente depende del Director de la I.E., es el docente que le sigue en jerarquía y es responsable por el cumplimiento eficiente y eficaz de las funciones asignadas al cargo. Cumple jornada laboral de 40 horas cronológicas y no tiene sección a cargo.

a) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico- pedagógicas del área de su competencia, en coordinación con el director y los otros sub directores, asegurando el mejoramiento de acciones y servicios educativos.

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b) Participar en la formulación del PEI, PAT, MOF, RI, PCI, PCA y el Plan de Supervisión Interna de la I.E.

c) Implementar a los docentes en supervisión educativa y alcances, y ejecutar el Plan de Supervisión.

d) Ordenar la entrega oportuna de registros y tarjetas de información al personal docente.

e) Verifica el reemplazo de docentes ausentes con los auxiliares de educación.f) Verificar que docentes y auxiliares cumplan sus funciones en aula, su jornada

laboral, así como el orden dentro de la jornada de trabajo del turno.g) Elaborar el rol de pruebas bimestrales, si la institución determina como política

su aplicación.h) Elaborar consolidados bimestrales y cuadros estadísticos de rendimiento

académico para ser analizados y superar las deficiencias.i) Elaborar cuadros de eficiencia académicaj) Verificar el funcionamiento y buen uso de laboratorio, biblioteca y material

educativo de su área.k) Supervisar las acciones de tutoría y Orientación Educativa en su nivel

correspondientel) Integrar el Consejo Educativo Institucional y el Consejo Académico.m) Cumplir otras funciones que le asigne el Director dentro de su ámbito de su

competencia.

DEL COORDINADOR DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVAArticulo 164 - Jerárquicamente depende de la Dirección y trabaja de manera coordinada con la Sub Dirección de Formación General del Plantel y tiene jornada de trabajo de 40 horas pedagógicas, 05 de las cuales son de dictado en aula.

Artículo 165.- Sus funciones son:

a. Organizar, coordinar, implementar y supervisar las acciones básicas específicas de los servicios de TOE cubriendo sus diversas esferas de acción con la participación de educando, docentes, padres de familia y comunidad.

b. Promover, ejecutar, evaluar los programas y servicios de TOE, de acuerdo al desarrollo Bio psico – social del educando y según las condiciones propias del colegio.

c. Propiciar el cultivo de los valores éticos y la adquisición de hábitos y técnicas que permitan a los educando un mejor desarrollo de sus aptitudes y ordenamiento de su vida personal, familiar y social.

d. Implementar acciones de carácter vocacional, para el desarrollo de aptitudes y destrezas.

e. Orientar a los Docentes en la aplicación y desarrollo de programas y técnicas de acciones de TOE.

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f. Implementar acciones destinadas a la prevención, conservación y mejoramiento de la salud y comportamiento.

g. Confeccionar y mantener actualizada la ficha personal de los alumnos del nivel.h. Implementar la hoja de conducta, verificar su cumplimiento, consolidar los

resultados, que sean traducidos en la nota de comportamiento de los alumnos.i. Promover y estimular la armonía, cooperación y acercamiento entre la

comunidad educativa del plantel.j. Mantener comunicación permanente con los padres de familia para informarle

sobre el comportamiento. Posibles causas de bajo rendimiento de sus hijos y aplicación de medidas correctivas.

k. Coordinar con la Dirección y Sub Dirección, la designación de los tutores de aula, de acuerdo con los parámetros contemplados en el Art. N° 50 del presente Reglamento.

l. Realizar acciones con los tutores de aula y/o Auxiliares de Educación para coordinar acciones que conlleven el mejoramiento del servicio de TOE.

m. Organizar, implementar y supervisar las acciones y las tareas que deben cumplir los auxiliares de educación.

n. Promover, orientar y dirigir el desarrollo de actividades de promoción educativa culturales, artísticas, recreativas, deportivas, religiosas y cursos de capacitación en tutoría.

o. Realizar actividades de carácter cívico patrióticas orientadas a fortalecer la conciencia de soberanía y seguridad nacional.

p. Organiza, coordinar y verificar el desarrollo del calendario Cívico escolar, ejecución de periódicos murales y otros que organiza el plantel y demás instituciones con participación de profesores y alumnos bajo la responsabilidad del Comité Cívico Patriótico.

q. Cumplir cronogramas de asistencia de izamiento dominical del Pabellón Nacional y otras presentaciones con apoyos de profesores y auxiliares e educación.

r. Organizar, supervisar y apoyar el funcionamiento de las organizaciones escolares: Policía Escolar, Cruz Roja, Defensa Civil, Clubes Deportivos y otros.

s. Organizar y definir la formación general y actividades permanentes.t. Informar periódicamente sobre las acciones desarrolladas por la coordinaciones

de TOE y Actividades, incluyendo las sugerencias correspondientes.u. Cumplir con otras funciones emanadas de la Dirección del Plantel.v. Mantener el clima de confianza y respeto a los docentes, educando y padres de

familia.w. Comunicar los objetivos del PAT de la coordinación de TOE.

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DE LOS DOCENTES DE ÁREA

Art. 166.- Jerárquicamente depende de la subdirección y asesores de Formación Pedagógica y tienen jornada pedagógica por horas.

Art. 167.- Sus Funciones Son:

a. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional PAT y RI.

b. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares así como las actividades de TOE de conformidad con la normatividad vigente, el presente Reglamento y normas especificas que expida el ministerio de Educación.

c. Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje del área a su cargo y a la elaboración de los documentos pedagógicos correspondientes.

d. Participar en las acciones de programas de investigación y actualización profesional organizados por la I.E. o por las instancias superiores, planificados oportunamente.

e. Desarrollar un plan de apoyo orientado a alumnos vulnerables a desaprobar su área previa coordinación con el coordinador de la Sub Dirección de formación General.

f. Participar en reuniones convocadas por la Dirección y Sub Dirección de Formación General.

g. Integrar comisiones de trabajo y ejecutar lo planificado por y para ellas en el marco de la mejora de los aprendizajes de sus alumnos y colaborar con la Dirección de la I.E. en las acciones que permitan el logro de objetivos de la institución, es este sentido y en otros que planifique la I.E.

h. Asistir a rendir honores a la Bandera en la hora cívica fechas del calendario cívico, actuaciones y otras que organice anticipadamente el colegio de manera obligatoria.

i. Cooperar en la acciones de mantenimiento y conservación del mobiliario e infraestructura de colegio a través de la Educación de valores.

j. Promover estilos de vida saludable en sus alumnos.k. Desarrollar el calendario Cívico escolar en forma ordenada.l. Observar la actitud profesional – social, correcta y positiva que sirva de ejemplo

para los alumnos.m. Coordinar y mantener comunicación permanente con los PP.FF. sobre el

rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos de acuerdo a un cronogramas establecidos.

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DE LOS TUTORES DE AULA

Artículo 168.- Sus Funciones son:

a. El tutor de aula se responsabiliza de dar a conocer a los alumnos de sus deberes y derechos contenidos en el Reglamento Interno del colegio.

b. Detectar la problemática general como individual del estudiante y darle el tratamiento necesario y/o derivarlo si el caso lo amerita, para su tratamiento.

c. Llevar un anecdotario de los alumnos de su sección en cuanto al rendimiento y conducta.

d. En caso de méritos y deméritos de los alumnos, el tutor convocará al padre de familia para dialogar en coordinación con el auxiliar de Educación, y coordinación de TOE, a efectos de superar los problemas de conducta.

e. Participar en la entrega, de libretas donde darán las orientaciones respectivas al padre de familia en cuanto al avance, aprovechamiento y comportamiento de sus hijos; así como las políticas de la I.E. respecto a temas relativos a tutoría.

f. Informar mensualmente a los padres de familia sobre el logro de los indicadores de sus hijos, con la finalidad de mejorar sus aprendizajes.

g. Comunicar a la Dirección y/o Sub Dirección de Formación General del Colegio sobre actividades a desarrollar con su sección a cargo.

h. Presentar un informe al finalizar el año de las acciones de tutoría realizadas durante el año, indicando los problemas y alternativas de solución.

i. Contribuir al mantenimiento del orden y organización de su aula y a los alumnos.

j. Solicitar autorización de la Dirección y/o Sub dirección para desarrollo de reuniones con padres de familia.

k. Presentar el Plan Anual de Tutoría a la Coordinación de TOE. l. Organizar a los Padres de familia para la conformación del comité de aula.m. Motivar la asistencia de padres de familia a reuniones de información académica

de rendimiento de sus hijos, con empleo de estrategias que sean efectivas para tal fin.

n. Mantener la conservación y la higiene del salón a través de la Educación y práctica de valores.

o. Coordinar con el Coordinador de TOE temas relacionados a tutoría, orientación convivencia y disciplina escolar, para su mejor desarrollo con los alumnos.

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DEL AUXILIAR DE EDUCACION

Artículo 169.- Jerárquicamente dependen de la Coordinación de TOE y trabajan de manera coordinada con la Sub Dirección de Formación General. Cumplen su jornada en concordancia al funcionamiento del Plantel por turnos académicos.

Artículo 170.- Sus funciones son:

a. Efectuar rondas permanentes por los diferentes ambientes del centro educativo, velando siempre por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina, especialmente en la hora de receso.

b. Colaborar con el orden en las formaciones diarias del alumnado en el patio y/o en las actuaciones cívico- patrióticas.

c. Verificar y controlar la asistencia y puntualidad de los alumnos.d. Acompañar a las delegaciones de los alumnos en las actuaciones cívicas

patrióticas.e. Controlar la adecuada presentación personal de los alumnos en el uso correcto

del uniforme escolar, vestimenta, aseo personal.f. Informar a los decentes de áreas sobre las justificaciones e inasistencias de los

alumnos a efecto de establecer su derecho y/o impedimento de los exámenes dando cuenta de lo actuado a su jefe inmediato superior.

g. Incentivar a los educandos a mantener el aseo del aula y la conservación del instrumental del Laboratorio, talleres, capos deportivos entre otros.

h. Elaborar informes estadísticos sobre asistencia, permisos y comportamientos de los alumnos.

i. Realizar funciones afines al cargo que le asigne la Dirección del plantel.j. Realizar acciones de seguimiento a los alumnos en problemas psicosociales.k. Distribuir y recoger los partes de asistencias de profesores.l. Demostrar personalidad modales de cortesía trato con los alumnos y con

docentes.m. Controlar el adecuado desplazamiento de salida de los alumnos en la puerta

principal del plantel.n. Tocar el timbre al cambio de hora, de manera exacta.

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DEL DOCENTE DE AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y/O DEL COORDINADOR DEL CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS

DEL DOCENTE DE APOYO TECNOLÓGICO

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El director brindara las facilidades a la docente DAT un día a la semana para la visita y apoyo tecnológico para que brinde el soporte técnico a las I.E. de su responsabilidad.

AREA DE ADMINISTRACIÓN

Artículo 171.- El Personal administrativo de Oficina y de Servicio depende del Sub Director Administrativo de la I.E. y tiene una jornada laboral de 7:45 Hrs.

Art. 172.- Son las funciones de la Secretaria I.

a. Recepcionar, clasificar, registrar, Distribuir y archivar la documentación que corresponde a la Dirección del colegio.

b. Redactar documentos variados de a cuerdos a las indicaciones del Director.c. Elaborar el cuadro de necesidades así como mantener la existencia y

distribución de útiles de Oficina y escritorio.d. Velar por la seguridad y conservación de los documentos.e. Atender al público usuario y alumnos sobre trámites, gestiones y consultas que

le formulen.f. Mantener la existencia de útiles de oficina y encargatura de su distribución.g. Apoyar otras tareas afines al cargo que el Director le asigne.

Articulo 173.- Son funciones de la Oficinista Ia. Mantener la Información del SIAGIE al día.b. Elaborar certificados, constancias de Estudios y de conducta.c. Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y

de los alumnos retirados por diferentes motivos.d. Digitar las actas promocionales, de recuperación y de subsanación para informar

a los docentes.e. Registrar las notas de las actas promocionales de recuperación y de Subsanación

en las fichas de evaluación.f. Velar por el Orden y conservación de los archivos de las Actas y registros de

notas que estén a su cargo.g. Preparar bimestralmente el cuadro de méritos por grados para ser publicados en

un lugar visible.h. Informar por escrito a la Dirección sobre los errores detectados en los registros,

actas, nóminas, y fichas de evaluación para la rectificación a las acciones correspondientes.

i. Estudiar analizar e informar sobre la documentación que ingresa a la oficina.j. Otras funciones que le asigne el Director.

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Art. 174.- Son funciones de la Tesorera de la I.E.a. Llevar la contabilidad de los Ingresos y Egresos de la I.E.b. Llenar el Libro de caja de la I.E.c. Registrar los Ingresos propios captados por trámite Documentario y otros.d. Informar de manera mensual a la Dirección de la I.E. sobre el manejo de la

economía.e. Registrar las Declaraciones Juradas debidamente sustentadas por los docentes o

personas que han realizado el requerimiento.

AREA DE SERVICIOS

Articulo 175.- Esta compuesto por los trabajadores de servicio de limpieza y guardianía. Tienen una jornada laboral de 07.45 horas y depende jerárquicamente del Sub Director Administrativo.

Artículo 176.- Son funciones del Trabajador de Servicio, Trabajador de Servicio II:

a. Controlar el ingreso y la salida de los educando de acuerdo al horario establecido.

b. Controlar y custodiar el local, oficinas y equipos y materiales y/o personal que ingresa y sale de la Institución Educativa.

c. Ayudar en la confección e instalación de decorados escenográficos que programe la Institución Educativa.

d. Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que salen de la Institución Educativa cuenten con la autorización oficial del Director.

e. Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres de la Institución Educativa.

f. Realizar la limpieza de todos los ambientes y en las aulas de la Institución Educativa.

g. Velar por la seguridad de los muebles, equipo, herramientas y otros bienes de la Institución Educativa.

h. Inventariar los bienes físicos del almacén y de la Institución Educativa.i. En coordinación con la Comisión de Altas y Bajas se informará semestralmente

sobre bienes físicos del almacén y ambientes del plantel al Director de la Institución Educativa.

j. Mantener un trato adecuado y cortes con los demás trabajadores y alumnado de la Institución.

k. Solicitar las debidas papeletas y/o autorizaciones de salida al Personal Docente, administrativo e inclusive alumnos.

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l. Registrar los datos de las personas ajenas a la I.E. solicitándoles su DNI u otro documento de identificación con fotografía actualizada incluyendo a los Padres de Familia.

m. Otras Funciones que le asigne el Director.

Artículo 177.- Son Funciones del Trabajador de Servicio III

a. Realizar custodia del local a través de rondas permanentes de los ambientes y todo el local, cuya custodia en su jornada de Trabajo es de su responsabilidad. Jornada de 7:45 Hrs.

b Cumplir con los turnos programados, registrando las incidencias y casos en el cuaderno de registros y comunicando en forma inmediata, en caso necesario, al Director de la Institución.

c. Operar equipos de seguridad y/o materiales en general.d. Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos

de documentos.e. Realizar limpieza de las aulas y ambientes de la Institución en casos de

inexistencia de personal que tenga esa función.f. Realizar la limpieza de las aulas y ambientes en forma proporcional en los casos

que exista personal de limpieza.g. Apoyar en la Limpieza de Aulas y otros de Ambientes.h. Es de su exclusiva responsabilidad del cuidado de los bienes durante el turno en

que se encuentra de servicio.i. Cumplir con otras funciones que les asigne el Director.

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TÍTULO IV

RELACIONES Y COORDINACIÓN

CAPITULO XXV

DE LOS PADRES DE FAMILIA

Los Padres de familia se rigen por el Reglamento General de las Asociaciones, normado

por el D. S. Nº 018-2004-E. D.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 178.- Son derechos de los padres de familia:

A. Ser informados de la formación integral de sus hijos, periódicamente y conocer los nuevos dispositivos legales emanados del Ministerio de Educación y de las modificaciones que la Dirección estime conveniente.

B. Integrarse activamente a la Asociación de Padres de Familia.C. Hacer llegar a la Dirección del Plantel o a los órganos dependientes,

observaciones o sugerencias tendientes a mejorar el servicio educativo que ofrece la Institución Educativa.

D. Informar con pruebas ante la Dirección del Plantel toda acción negligente del personal, en el cumplimiento de sus funciones que haya en perjuicio de los alumnos o que desprestigien a la Institución.

E. Ser estimulado por acciones sobresalientes de colaboración de la Institución Educativa.

F. Ser atendido por el docente en horario establecido por éste para su atención, a fin de recibir las explicaciones claras del docente sobre los criterios e indicadores de evaluación aplicados a su menor hijo y el plan de apoyo personal orientado a él que desarrollará el maestro en caso se encuentre en riesgo de quedar rezagado académicamente.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 179.- Son deberes de los padres de familia:

A. Participar en la Asamblea de Padres de Familia.B. Educar a sus hijos y colaborar en la Institución Educativa en la Formación

Integral.

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C. Velar por el soporte afectivo, moral y material de sus hijos de manera permanente.

D. Cumplir y hacer cumplir las normas que rigen el presente Reglamento bajo responsabilidad.

E. Velar por la correcta y sencilla presentación de sus hijos, en el cabello, uniforme, zapatos y zapatillas bajo su responsabilidad.

F. Asistir a las citaciones personales y/o colectivas, participando en el día y la hora que se le indique en forma constructiva

G. Asumir cargos a los que sean propuestos por los padres de familia, desempeñándolos con responsabilidad e identificación con la institución.

H. Firmar los documentos que le solicita la I.E.: Libreta, citaciones, etc. y devolverlos en el plazo señalado.

I. En caso de exoneración de la asignatura de Educación Física y Religión, debe presentar oportunamente la solicitud acompañada de un Certificado Médico por la autoridad correspondiente.

J. Secundar al colegio en la tarea de obtener del alumno la mejor conducta y aplicación del que sea capaz.

K. Apersonarse a la Institución Educativa cuando el alumno tenga cursos desaprobados y/o cuando se requiera su presencia.

L. Contribuir con sus acciones a mantener el prestigio de la Institución Educativa.M. Incentivar a sus hijos y participar en las diferentes actividades que se organizan

en la Institución Educativa.N. Observar durante las reuniones un comportamiento digno y alturado, acorde con

el respeto que se merece la Institución y los Padres de Familia.O. Apoyar el desarrollo de metas de la Institución Educativa a través de su

participación responsable en la APAFA y en el comité de aula correspondiente.P. Identificarse en toda circunstancia con el desarrollo de las capacidades y metas

de sus hijos.Q. Abstenerse de solicitar servicios de clases particulares para sus hijos, al personal

que labora en la Institución Educativa, así como realizar transacciones comerciales que comprometan a la Institución Educativa.

R. No contravenir las especificaciones emanadas de las Autoridades de la Institución Educativa que hayan sido acordadas previamente por la APAFA y/o comunicadas a ella.

S. No interferir en actuaciones o actividades internas, en que las participaciones son exclusivas del alumno. Solamente puede acceder a dialogar con los docentes en la hora y día programado por ellos para atención a padres de familia, no pudiendo por ello interrumpir el desarrollo normal de su labor pedagógica en el aula del docente.

T. Justificar las inasistencias de sus hijos en el plazo de 24 horas.U. Asumir compromisos de acciones encaminadas a la mejora de los aprendizajes

de sus hijos y cumplirlos.

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V. Participar de los Días Familiares programados, el Día del Logro y la Jornada de Reflexión programadas desde inicios del año escolar.

W. Firmar la Agenda escolar de manera diaria y reportar cualquier irregularidad de atención del Servicio educativo a la Sub Dirección o Dirección de manera directa.

ACCIONES CORRECTIVAS

Art. 180.- En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de los Padres de Familia o Apoderados, la Dirección del Plantel aplicará la sanción que estime conveniente, de acuerdo a la gravedad de la falta.

A. Si el Padre de Familia o Apoderado no asiste a las entrevistas personales citado por la Dirección, Sub-Dirección, Coordinación de OBE, o no remite documentos exigidos; la institución educativa solicitará informe a la Coordinación de TOE sobre la situación familiar del alumno, en caso comprobarse que se encuentra en situación de abandono moral o material; o que se violenta alguno de sus derechos en su hogar como ser soportado afectivamente; se remitirá el caso a la DEMUNA para que tome las acciones correspondientes con los padres del alumno.

B. Si el Padre de Familia no cumple con el compromiso asumido frente a la I.E., será informado ante la directiva de la APAFA y los representantes de los padres ante el CONEI para la llamada de atención al padre por su incumplimiento; de estar relacionado el compromiso con enmendar conductas y faltas de carácter disciplinario de su hijo, deberá trasladar a su menor hijo de la Institución Educativa.

CAPÍTULO XXVI

DE LA ASOCIACIÓN DE EX –ALUMNOS

Art. 181.- Todos los alumnos que egresan de la Institución Educativa, son miembros natos de la Asociación de Ex-alumnos.

Art. 182.- La Institución Educativa considera a la Asociación de Ex – alumnos como uno de sus principales estamentos, pues en ella es donde deben plasmarse los principios recibidos de vocación por la comunidad y su rol en la sociedad.

Art. 183.- La Asociación de Ex – alumnos tiene su propio Estatuto, en concordancia con el ideario de la Institución, nombra y renueva a su junta directiva cada dos años.

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CAPÍTULO XXVII

CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL RM. Nº 0030-2004-ED

Art. 184.- El Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concentración y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático.Es presidido por el Director de la Institución Educativa e integrado por los Sub-directores: representantes de docentes, estudiantes, administrativos, en concordancia con el Art. 52 de la Ley 28044, ex alumnos y padres de familia. Se exceptúa la participación de estos últimos cuando las características de la institución justifiquen.Pueden integrarlo, también representantes de otras instituciones de la comunidad por invitación de sus miembros.

Son funciones del Consejo Educativo Institucional:

Art. 185.- EN ASPECTOS DE PARTICIPACIÓN.-

a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan de Trabajo, Reglamento Interno, Proyecto Curricular de Centro y demás instrumentos de gestión educativa, en el contexto de Emergencia de la Educación Nacional.

b) Promover mecanismos de modelos de participación de actores educativos de la sociedad civil, para contribuir el buen clima y liderazgo institucional, así como la evaluación de la gestión de la institución orientada a mejorar su prestigio en la comunidad.

c) Participar en la elaboración del Cuadro de distribución de secciones y horas de clase de la Institución Educativa a través de un representante en la Comisión respectiva.

d) Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de “Círculos de Mejoramiento de la Calidad de Aprendizaje de Enseñanza”, “Círculos de Investigación Innovación” y otras formas de organización de estudiantes, personal docente y administrativo conducentes a elevar la calidad de los servicios educativos”.

e) Proponer acciones concretas de sensibilización en la comunidad educativa orientadas a la conservación del local y uso adecuado del mobiliario y equipos de la Institución Educativa.

f) Proponer a la Dirección, normas de convivencia para el personal y alumnado de la institución educativa y criterios de participación en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

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Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”- Gregorio Albarracín L.

g) Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y asumir la defensa y garantía de los derechos de toda comunidad educativa.

h) Participar en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la Institución.

i) Promover eventos e tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones y la conformación de organizaciones juveniles.

j) Promover mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo, que destaquen en su desempeño en el aula y en la Institución Educativa, y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular del Centro y la misión institucional prevista en el Proyecto Educativo Institucional.

k) Promover a la Asociación de Padres de Familia por medio de su representante, mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora de los aprendizajes de sus hijos, desde la familia y en la Institución Educativa, a partir de aprender a escuchar a los hijos, del mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar. El apoyo en la ejecución de las tareas escolares y la práctica vivencial de los valores.

Art. 186.- EN ASPECTOS DE CONCERTACIÓN:

a) Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e Instituciones de la localidad que potencien el uso de los recursos existentes.

b) Brindar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la resolución de conflictos que se suscítenla interior de ella.

c) Generar acuerdos que fortalezcan a la mejora de la gestión pedagógica, institucional y administrativa de la institución educativa, en los marcos del Programa Nacional de Emergencia Educativa, priorizando los procesos de aprendizaje-enseñanza relacionados con la comprensión lectora y el pensamiento lógico matemático, promoción de comportamientos de vida organizada en función de valores, y una cultura de derechos en cada aula de la Institución Educativa.

Art. 187.- EN ASPECTOS DE VIGILANCIA.-

a) Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de los estudiantes.b) Cautelar y vigilar la ejecución del presupuesto participativo de la Institución

Educativa y de la Asociación de Padres de Familia en función del Proyecto Educativo Institucional y el Proyecto Curricular de Centro. El Plan Operativo Anual de la APAFA deberá estar articulado al Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa.

c) Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la Institución Educativa y evitar acciones externas que afecten al buen funcionamiento

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Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”- Gregorio Albarracín L.

Institucional promoviendo el trabajo digno, la gestión transparente y participar en su evaluación.

d) Supervisar el número de horas efectivas de clase que reciben los alumnos de acuerdo al número de horas programadas según el Plan de Estudios y el cuadro de distribución de secciones y horas de clase por sección, grados y turnos.

e) Verificar el uso afectivo de horas de clase por secciones, áreas curriculares según la secuencialización de contenidos/ competencias del Proyecto Curricular de Centro.

f) Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes en el horario de clases.

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

PRIMERA.- El Reglamento Interno será aprobado por Asamblea General, previa opinión favorable del Consejo Educativo Institucional. SEGUNDA.- Para reajustar el presente Reglamento, se somete a opinión favorable del Consejo Educativo Institucional integrado por el Director, los Sub Directores de cada nivel, un docente de cada nivel, un representante de los Padres de Familia y dos representantes de los alumnos de la Institución Educativa. Del mismo modo es evaluado para su reformulación para el siguiente año Lectivo en el mes de Diciembre. TERCERA.- Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán consultadas al Consejo Educativo Institucional.

CUARTA.- El presente Reglamento será publicado en la red del Aula Huascarán para conocimiento y cumplimiento del todo el personal de la Institución Educativa. QUINTA.-Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento entran en vigencia al día siguiente de su aprobación mediante Resolución Directoral.

SEXTA.- Para el presente año 2013 el presente Reglamento se pone de consulta y su aprobación por Asamblea dependerá de los tiempos y Jornadas destinadas para su efecto.

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Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”- Gregorio Albarracín L.

INSTITUCION EDUCATIVA “Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ”R.D.R. Nº 006336-2003. Av. los Molles S/N. Viñani. Fono: 786078

DISTRITO GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA-TACNA

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

RESOLUCION DIRECTORAL INSTITUCIONAL Nº 0151-2014-IE-LAS-D.GAL-T.

Tacna, 07 de Abril del 2015

Visto, el Reglamento Interno de la Institución Educativa “Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ” de la jurisdicción de la Dirección Regional Sectorial de Tacna y de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna.

CONSIDERANDO: Que, la Dirección de la Institución Educativa “Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ”, en coordinación con la Sub Dirección de Formación General del Nivel Secundario, Sub Dirección del Nivel Primario, la Coordinadora del Nivel Inicial y la Sub Dirección de Administración, se ha formulado el Reglamento Interno, en el cual normará las funciones del Personal Directivo, Jerárquico, Docentes, Administrativos, Servicio, Estudiantes y Padres de Familia de la IE. “Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ” – 2015.

De conformidad con la Ley General de Educación 28044, Ley de la Reforma Magisterial N° 29944, R.M. Nº 556-2014—MINEDU. Normas y Orientaciones el desarrollo del año escolar en la Educación Básica – 2015; D.S. Nº 007-2001-ED. Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros de Programas Educativos. D.S. Nº 013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular, D.S. Nº 015-2004-ED. Lineamientos de la política Educativa, D.S. Nº 009-2005-ED. Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, R.M. Nº 0712-2010-ED. Normas y Orientaciones Nacionales según R.M Nº 0622-2011-ED. para la Gestión de las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación Técnico – Productiva y al amparo de mis facultades conferidas por la R.D. UGEL TACNA Nº 001450 del 2015 y demás dispositivos legales vigentes.

S E R E S U E L V E:

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Institución Educativa “Dr. Luis Alberto Sánchez”- Gregorio Albarracín L.

Art.1º- APROBAR, el presente Reglamento Interno de la I.E. “Dr. LUIS ALBERTO SANCHEZ” para el año 2015, ubicado en Viñani del Distrito Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna. Art.2º- COMUNICAR, al Personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y de Servicio de la vigencia del presente Reglamento Interno

Comuníquese, Regístrese y Archívese

c.c. arch.RGCR/Dir.amca

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