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REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACIÓN (Aprobado en sesión 2713-17, 04/08/1980. Publicado como anexo 1 del acta respectiva) CAPÍTULO I OBJETIVOS Y CLASES DE OPCIONES ARTÍCULO 1. Para obtener el grado de Licenciado en la Universidad de Costa Rica será necesario cumplir con todos los requisitos que el Estatuto Orgánico y los planes de estudio correspondientes establezcan, y realizar un trabajo final de graduación. ARTÍCULO 2. Con el trabajo final de graduación se pretende lograr que el graduando sea capaz de: a) Utilizar los conocimientos adquiridos durante la carrera para plantear soluciones a problemas específicos. b) Emplear técnicas y métodos de investigación relativos a su disciplina. c) Demostrar su capacidad creativa e investigativa, su creatividad científica y su capacidad para la investigación. ARTÍCULO 3. En cada plan de estudios de Licenciatura se debe indicar cuál o cuáles de las siguientes opciones se ofrecen al estudiante: a) Tesis de Graduación b) Seminario de Graduación c) Proyecto de Graduación d) Práctica dirigida de Graduación ARTÍCULO 4. Todo trabajo final de graduación concluye en un documento escrito (Tesis de Graduación, Memoria de Seminario, Informe de Proyecto, Informe de Práctica Dirigida) para cuya redacción, presentación y defensa pública se siguen las disposiciones establecidas en el capítulo III de este Reglamento, y en el Anexo, en el que se especifican los aspectos formales. La Facultad de Bellas Artes propondrá a la Vicerrectoría de Investigación sus propias normas de graduación para aquellos casos en que el trabajo final consista en la ejecución o dirección de una obra. ARTÍCULO 5. Corresponde a la Vicerrectoría de Investigación velar por el cumplimiento de las normas que rijan todo lo relacionado con trabajos finales de graduación. ARTÍCULO 6. Las situaciones no contempladas en este Reglamento deberán tramitarse ante la Vicerrectoría de Investigación. CAPÍTULO II OPCIONES EN PARTICULAR SECCIÓN A Tesis de Graduación ARTÍCULO 7. Se entiende por Tesis de Graduación un proceso de investigación que culmina con un trabajo escrito que aporta algo original sobre el asunto investigado. ARTÍCULO 8. El estudiante que desee acogerse a esta opción y que reúna los requisitos generales establecidos en el capítulo IV de este Reglamento deberá presentar por escrito y por lo menos cuatro meses antes de graduarse, por medio de la Dirección a la Comisión de Trabajos Finales de Graduación de su unidad académica, un proyecto de tesis que incluya por lo menos los siguientes aspectos: a) Tema de la investigación, b) Objetivos que justifican la investigación, c) Marco teórico de referencia con indicación de los antecedentes y situación actual del conocimiento del tema: hipótesis a demostrar y metodología a seguir en el trabajo, d) Bibliografía, e) Plan de trabajo y cronograma aproximado con indicación del número de ciclos que tomará la ejecución del trabajo. ARTÍCULO 9. La Comisión de Trabajos Finales de Graduación analizará el proyecto para aprobarlo, solicitar modificaciones, o improbarlo. Pero una vez aprobado el proyecto, el Director de la unidad académica procederá a nombrar el Comité Asesor, oyendo las sugerencias del estudiante. Para los trámites de presentación pública se seguirá lo establecido en el capítulo III de este Reglamento, y para los aspectos formales, lo establecido en el Anexo. 1 Reglamento de trabajos finales de graduación Consejo Universitario - Unidad de Información

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REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACIÓN(Aprobado en sesión 2713-17, 04/08/1980. Publicado como anexo 1 del acta respectiva)

CAPÍTULO IOBJETIVOS Y CLASES DE OPCIONES

ARTÍCULO 1. Para obtener el grado deLicenciado en la Universidad de Costa Rica seránecesario cumplir con todos los requisitos que elEstatuto Orgánico y los planes de estudiocorrespondientes establezcan, y realizar untrabajo final de graduación.

ARTÍCULO 2. Con el trabajo final de graduaciónse pretende lograr que el graduando sea capazde:

a) Utilizar los conocimientos adquiridos durantela carrera para plantear soluciones aproblemas específicos.

b) Emplear técnicas y métodos de investigaciónrelativos a su disciplina.

c) Demostrar su capacidad creativa einvestigativa, su creatividad científica y sucapacidad para la investigación.

ARTÍCULO 3. En cada plan de estudios deLicenciatura se debe indicar cuál o cuáles de lassiguientes opciones se ofrecen al estudiante:a) Tesis de Graduaciónb) Seminario de Graduaciónc) Proyecto de Graduaciónd) Práctica dirigida de Graduación

ARTÍCULO 4. Todo trabajo final de graduaciónconcluye en un documento escrito (Tesis deGraduación, Memoria de Seminario, Informe deProyecto, Informe de Práctica Dirigida) para cuyaredacción, presentación y defensa pública sesiguen las disposiciones establecidas en elcapítulo III de este Reglamento, y en el Anexo, enel que se especifican los aspectos formales.La Facultad de Bellas Artes propondrá a laVicerrectoría de Investigación sus propias normasde graduación para aquellos casos en que eltrabajo final consista en la ejecución o direcciónde una obra.

ARTÍCULO 5. Corresponde a la Vicerrectoría deInvestigación velar por el cumplimiento de las

normas que rijan todo lo relacionado con trabajosfinales de graduación.

ARTÍCULO 6. Las situaciones no contempladasen este Reglamento deberán tramitarse ante laVicerrectoría de Investigación.

CAPÍTULO IIOPCIONES EN PARTICULAR

SECCIÓN ATesis de Graduación

ARTÍCULO 7. Se entiende por Tesis deGraduación un proceso de investigación queculmina con un trabajo escrito que aporta algooriginal sobre el asunto investigado.

ARTÍCULO 8. El estudiante que desee acogersea esta opción y que reúna los requisitos generalesestablecidos en el capítulo IV de este Reglamentodeberá presentar por escrito y por lo menos cuatromeses antes de graduarse, por medio de laDirección a la Comisión de Trabajos Finales deGraduación de su unidad académica, un proyectode tesis que incluya por lo menos los siguientesaspectos:a) Tema de la investigación,b) Objetivos que justifican la investigación,c) Marco teórico de referencia con indicación de

los antecedentes y situación actual delconocimiento del tema: hipótesis a demostrary metodología a seguir en el trabajo,

d) Bibliografía,e) Plan de trabajo y cronograma aproximado

con indicación del número de ciclos quetomará la ejecución del trabajo.

ARTÍCULO 9. La Comisión de Trabajos Finalesde Graduación analizará el proyecto paraaprobarlo, solicitar modificaciones, o improbarlo.Pero una vez aprobado el proyecto, el Director dela unidad académica procederá a nombrar elComité Asesor, oyendo las sugerencias delestudiante. Para los trámites de presentaciónpública se seguirá lo establecido en el capítulo IIIde este Reglamento, y para los aspectosformales, lo establecido en el Anexo.

1 Reglamento de trabajos finales de graduación

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ARTÍCULO 10. Como norma general, una tesisno podrá ser realizada por más de un sustentante,ni para optar a más de una licenciatura. En casosespeciales la Comisión de Trabajos Finales deGraduación podrá autorizar una tesis conjunta porun máximo de tres personas. El trabajo deberáser realizado de tal modo que se puedadeterminar la participación de cada uno de lossustentantes.

SECCIÓN BSeminario de Graduación

ARTÍCULO 11. Se entiende por Seminario deGraduación una actividad académica valorada encuatro créditos que se ofrece a lo largo de uno,dos o tres ciclos consecutivos, como máximo, aun grupo de estudiantes no menor de tres nimayor de seis quienes, mediante su participaciónreiterada alrededor de algún problema científico oprofesional, se familiarizan con las teorías ymétodos de investigación propios de la disciplina ysu aplicación a casos específicos bajo la guía deldirector del trabajo.

ARTÍCULO 12. El Seminario de Graduaciónculmina en un trabajo escrito llamado Memoria,para cuya redacción y presentación se seguiránlos procedimientos establecidos en el capítulo III ,así como en el Anexo para los aspectos formales.La Memoria podrá ser individual o colectiva, peroen tal caso se debe distinguir la participación decada uno de los estudiantes.

ARTÍCULO 13. La Comisión de Trabajos Finalesde Graduación examinará para su aprobación,modificación o improbación las propuestas delSeminario que haga la Dirección de la unidadacadémica. Estas propuestas deberán incluir porlo menos los siguientes aspectos:a) El tema de estudio, con una clara justificación

para su escogencia,b) Objetivos que se persiguen,c) Plan de trabajo y cronograma,d) Posible integración del Comité Asesor.

ARTÍCULO 14. Previa solicitud escrita de losinteresados, el Director de la unidad autorizará lamatrícula de estudiantes en el Seminario de

Graduación, e inmediatamente formalizará laintegración del Comité Asesor.

SECCIÓN CProyecto de Graduación

ARTÍCULO 15. El Proyecto de Graduación es unaactividad teórico-práctica dirigida al diagnóstico deun problema, su análisis y a la determinación delos medios válidos para resolverlo. Culmina con la presentación de un trabajo escritollamado Informe del Proyecto, para cuyaredacción y presentación se seguirán las normasdel capítulo III de este Reglamento, así como lasdel Anexo.

ARTÍCULO 16. La Comisión de Trabajos Finalesde Graduación examinará las propuestas que, pormedio de la Dirección de la Escuela, le hagan losestudiantes, que deseen acogerse a la opción deProyecto. Estas propuestas deberán incluir almenos los siguientes aspectos:a) Área de estudio en que se propone realizar el

proyecto, con una justificación para laescogencia, e indicación de los objetivos quese persiguen,

b) Marco teórico,c) Delimitación del problema,d) Descripción de la metodología que se usará,e) Mecanismos posibles para la evaluación del

proyecto,f) Bibliografía,g) Cronograma de actividades, con indicación

del número de ciclos en que se esperaconcluir el proyecto,

h) Institución o empresa interesada en elproyecto y posibilidades de ejecución,

i) Posible integración del Comité Asesor.

ARTÍCULO 17. En caso de tratarse de unaactividad compartida, el proyecto sólo podrárealizarse con candidatos de distintas disciplinas,siempre que sea posible la especificación claradel papel de cada participante. Cuando se trata deproyectos muy complejos, éstos deberán dividirseen etapas bien precisas cada una de ellasasignada a un estudiante. Dependiendo de lascaracterísticas del proyecto, la Comisión deTrabajos Finales de Graduación podrá autorizar laparticipación de un máximo de tres estudiantes.

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SECCIÓN DPráctica Dirigida de Graduación.

ARTÍCULO 18. Práctica Dirigida de Graduaciónconsiste en la aplicación por parte del estudiantedel conocimiento teórico de su especialidad eninstituciones o empresas públicas o privadas quela escuela respectiva apruebe.

ARTÍCULO 19.El estudiante que desee acogersea esta opción presentará por escrito, por medio dela Dirección, a la Comisión de Trabajos Finales deGraduación de la unidad académica, un plandonde se incluyan por lo menos los siguientesaspectos:a) Objetivos que se buscan con la práctica,

indicando los beneficios teóricos-prácticos queel candidato espera obtener de la misma,

b) Principio o teoría científica que se toma comomarco de referencia teórico para la práctica,

c) Metodología que se utilizará para su ejecucióny evaluación,

d) Aceptación formal por parte de la institución ola comunidad escogida para llevar a cabo lapráctica en ella,

e) Nombre del profesor o profesores que seharán responsables de la supervisión,

f) Mecanismos de evaluación periódica,g) Cronograma de actividades, indicando en

cuántos ciclos se espera concluir la práctica.

ARTÍCULO 20. El plan de la Práctica debe estarestructurado en términos de perfeccionamientoteórico y práctico, apoyándose ensistematizaciones y conceptualizacionessustentadas en la investigación bibliográfica, ydebe culminar en un análisis crítico y creativo dela actividades y líneas de acción en el campo dela disciplina.

ARTÍCULO 21. La Comisión aprobará, modificaráo improbará, el plan presentado. Una vezaprobado, el Director de la unidad nombrará alComité Asesor.

ARTÍCULO 22. El Director de la Práctica podrásolicitar la supervisión inmediata de algúnprofesional calificado de la entidad donde aquellase realiza. Ese profesional debe ser al menos

licenciado y se llamará Asesor Técnico, para sunombramiento se requiere la anuencia delestudiante y del Comité Asesor de Práctica.

ARTÍCULO 23. En el transcurso de la Práctica elestudiante deberá presentar a su Comité Asesorlos informes previstos en el plan. En caso de quehaya un asesor técnico, dichos informes deberáncontar con su aprobación.

ARTÍCULO 24. Una vez alcanzados los objetivosde la práctica, a criterio del Comité Asesor, elestudiante procederá a redactar el informecorrespondiente, éste deberá contener por lomenos un capítulo sobre antecedentes y objetivosde la práctica, otro sobre los procedimientos y otrosobre los resultados obtenidos y su discusión,además de las correspondientes referenciasbibliográficas. Para otros aspectos de redacción,y presentación se aplicará lo establecido en elcapítulo III, y en el Anexo.

CAPÍTULO III COMISIÓN DE TRABAJOS FINALES Y

TRIBUNAL EXAMINADORSECCIÓN A:

Comisión de Trabajos Finales deGraduación.

ARTÍCULO 25. Cada unidad académica tendrá suComisión de Trabajos Finales de Graduaciónnombrada por el Director e integrada porprofesores debidamente inscritos en el RégimenAcadémico y con el Título mínimo de Licenciado.Esta comisión se nombrará por un período de dosaños renovables y sus decisiones son apelablesante el Director de la unidad académica respectivacomo instancia inmediata y única.

ARTÍCULO 26. Toda solicitud para llevar a cabo eltrabajo final de graduación, según las opcionescontempladas en cada plan de estudio, deberáser resuelta por la Comisión de Trabajos Finalesde Graduación de la respectiva unidadacadémica. Una vez aprobado el plan, laresponsabilidad de llevarlo a cabo de modosatisfactorio será del candidato, bajo la guía ysupervisión del Comité Asesor designado alefecto.

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ARTÍCULO 27. En cada unidad académica laComisión de Trabajos Finales de Graduacióndeberá velar por el cumplimiento de las normasestablecidas en este reglamento, igualmente,deberá evaluar periódicamente el sistema degraduación.

ARTÍCULO 28. Las decisiones que debe adoptarla Comisión de Trabajos Finales de Graduación setomarán por simple mayoría.

SECCIÓN BComité Asesor y Tribunal de Trabajos

Finales de Graduación

ARTÍCULO 29. La ejecución de todo trabajo finalde graduación será supervisada por un ComitéAsesor integrado por un director del trabajo y otrosdos Miembros, todos ellos nombrados por elDirector de la unidad académica respectiva.Para la defensa pública del trabajo escritoresultante, este Comité será ampliado con dosmiembros más a saber, el Decano o el Director dela unidad o su sustituto y un profesor, seconstituirá así el Tribunal del Trabajo Final.Cuando el decano o el director sean ya miembrosdel Comité Asesor, se nombrará otro profesor dela misma especialidad o afín para integrar elTribunal.

ARTÍCULO 30. Los miembros del Comité Asesordeben ser por lo menos Licenciados y estar enRégimen Académico. El Director deberá poseer lacategoría de Adjunto o superior. En casosjustificados, el Director de Escuela, en consultacon la Comisión de Trabajos Finales deGraduación podrá levantar los requisitos de estaren Régimen Académico y de poseer la categoríade Adjunto o superior, así como también integraral Comité personas calificadas que no tengan unarelación formal con la Universidad, pero quetengan los méritos académicos necesarios paradirigir una tesis o para formar parte del Comité.

ARTÍCULO 31. El director del trabajo en primerlugar, y los otros dos miembros del comité, enforma subsidiaria, darán al candidato la ayuda yorientación requeridas para llevar a cabo el plande trabajo final de graduación previamenteaprobado por la Comisión.

Asimismo, determinará en qué momento eldocumento escrito resultante (Tesis de grado,Memoria de Seminario, Informe de Proyecto oInforme de Práctica Dirigida) pueda pasarse enlimpio para ser sometido a discusión final.

ARTÍCULO 32. Al director y los otros dosmiembros del Comité Asesor se les reconocerá sutrabajo como parte de sus respectivas cargasacadémicas de acuerdo con lo estipulado alrespecto por la Vicerrectoría de Docencia.

ARTÍCULO 33. El Comité Asesor tomará susdecisiones por simple mayoría.

SECCIÓN CPresentación de Trabajos Finales de

Graduación.

ARTÍCULO 34. Todo trabajo final de graduaciónculmina en una presentación pública que seanunciará en la cartelera de la unidad académica.

ARTÍCULO 35. Aprobado por escrito el trabajofinal por el Comité Asesor, el estudiante solicitaráal Director de la unidad académica se le fije fechay hora para la presentación pública.

ARTÍCULO 36. El estudiante deberá entregar acada uno de los miembros del tribunal un borradorfinal de su tesis, memoria o informe con no menosde ocho días hábiles de anticipación a la fecha depresentación pública.Cinco ejemplares de la versión final, incluyendolas modificaciones, sugerencias orecomendaciones formuladas en ocasión de lapresentación pública, deberán ser entregadas a laSecretaría de la Unidad Académica, a más tardartreinta días hábiles después de la presentación.La versión final podrá ser reproducida enpolígrafo, y en ambos casos, mecanografiados aespacio y medio cuando menos, impresos porambas páginas o caras, al ras de la hoja siempreque el espesor y consistencia del papel y la tintade la letra permitan una presentación claramentelegible y duradera.El Director del trabajo final de graduación seráresponsable de que se realicen las correccionespropuestas en la presentación pública y de que la

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versión final del documento quede debidamenteconfeccionada. El estudiante deberá preparar, bajo la supervisiónde su director de trabajo final, un resumen de nomenos de 200 y no más de 500 palabras,encabezado por la cita bibliográfica completa eincluyendo además el nombre del director deltrabajo y una lista de palabras claves para efectosde índice analítico. Este resumen deberá serenviado por la secretaría de cada unidadacadémica a la Biblioteca de la Universidad paralo que dispone el artículo 42 del presenteReglamento. La Vicerrectoría de Investigacióndeterminará el formato que debe seguirse, aefecto de lograr una reproducción rápida yuniforme de estos resúmenes para su publicacióny difusión oportunas.

ARTÍCULO 37. Para la presentación pública, elexpediente de graduación del estudiante deberácontener al menos los siguientes documentos:a Una copia del expediente académico

extendida por la Oficina de Registro.b Un recibo de cancelación de derechos de

graduación expedido por la Oficina deAdministración Financiera o certificación de laOficina de Registro si el estudiante tienederecho a graduación de honor.

c Una certificación del Registro de Delincuentes.

ARTÍCULO 38. El Tribunal de Trabajo Final sereunirá en el lugar, fecha y hora indicadas;presidirá el Decano, Director o quien lo sustituya.El estudiante hará una breve exposición de sutrabajo, después de la cual, los miembros deltribunal lo interrogarán sobre aspectos propios deltema tratado

ARTÍCULO 39 Terminada satisfactoriamente lapresentación del trabajo final, el Tribunaldeliberará sobre ésta, teniendo en cuenta todoslos aspectos involucrados en dicho trabajo, localificará de acuerdo con el artículo 44 de esteReglamento. En caso de trabajos sobresalientes;si así lo acuerdan por lo menos cuatro de loscinco miembros del tribunal, se podrá concederuna aprobación con distinción. Logrado elconsenso entre los miembros del Tribunal, elPresidente llamará al candidato, así se lo harásaber, lo declarará Licenciado y le advertirá de la

obligación de asistir a un Acto Público deGraduación, para ser juramentado y recibir eldiploma correspondiente.Para calificar la presentación pública del trabajofinal el Tribunal podrá utilizar escala numérica o lapalabra aprobado.

ARTÍCULO 40. De lo actuado en la presentaciónpública se levantará un acta que firmarán losmiembros del Tribunal y el graduando.

ARTÍCULO 41. Para recibir su diploma delicenciado el graduando deberá haber realizado lapresentación pública en un período no menor detreinta días naturales antes del siguiente ActoPúblico.A solicitud del interesado el Decano podráextender una certificación en la que se hagaconstar lo estipulado en el Acta a que hacereferencia el artículo 40 de este Reglamento.

ARTÍCULO 42. En la Vicerrectoría deInvestigación se llevará un registro central de losplanes de trabajo final de graduación que ademásde servirle de archivo, deberá ser consultado paraevitar duplicaciones innecesarias de investigación.La Secretaría de la Unidad Académica seencargará de distribuir los cinco ejemplares decada uno de los documentos escritos del trabajofinal de graduación (Tesis de graduación, memoriade Seminario o informe de proyectos o informe depráctica dirigida) tan pronto como los reciba,según el artículo 36 de este Reglamento, en lasiguiente forma: dos ejemplares para la BibliotecaCentral de la Universidad de Costa Rica "CarlosMonge Alfaro", uno para la Biblioteca Nacional,uno para el Director del Trabajo Final deGraduación y un ejemplar para la unidadacadémica correspondiente.La Biblioteca de la Universidad de Costa Rica seencargará de recopilar, publicar y difundir, enboletines anuales, los resúmenes de losdocumentos escritos de los trabajos finales degraduación (tesis de graduación, memoria deseminario, informe de proyecto o informe depráctica dirigida).

ARTÍCULO 43. Todo estudiante o egresado quedesee iniciar o que esté preparando su trabajofinal de graduación, deberá matricularse en la

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correspondiente actividad, para lo cual cadaunidad organizará las actividades de graduaciónen las que se matricularán los estudiantes, queidentificará como "Investigación Dirigida", paraTesis y Proyecto, Seminario de Graduación yPráctica, con las siglas que la Oficina de Registrole indique.Para efectos de pago; las actividades degraduación se computarán como cursos de cuatrocréditos.Para estos efectos se procederá de la siguientemanera:a Una vez aprobado el plan de trabajo, el

estudiante debe matricularse en lacorrespondiente actividad en el ciclo lectivosiguiente. El estudiante deberá haberaprobado al menos el 75% del total decréditos del plan de estudios de su carrera,incluyendo aquellas que tengan relaciónespecial con el tema de su trabajo.

b Todo estudiante deberá matricularse por lomenos en un ciclo y lo hará sucesivamentehasta tanto no concluya el trabajo final. Si noconcluye su trabajo en tres ciclos sucesivossolicitará autorización a la Comisión deTrabajos Finales, la cual podrá conceder unciclo más de plazo si lo juzga conveniente.

c Si el estudiante no obtiene una calificaciónsatisfactoria en un ciclo, deberá solicitarautorización a la Comisión de TrabajosFinales para continuar en su trabajo y podermatricularse en el ciclo siguiente.

ARTÍCULO 44. Para clasificar el trabajo de tesis yde proyecto en el acta enviada al Registrodespués de cada ciclo, se utilizarán las siglas S(satisfactorio) e I (incompleto); en el caso de losseminarios y prácticas de graduación se utilizaráescala numérica.

ARTÍCULO 45. El Comité Asesor podrárecomendar a la Comisión de Trabajo Final deGraduación que deje sin vigencia un plan detrabajo cuando considere que el estudiante nocumple con lo propuesto.

ARTÍCULO 46. Las unidades académicas puedenestablecer normas complementarias sobretrabajos finales de graduación, que deberán serpresentadas por la respectiva Asamblea a la

Vicerrectoría de Investigación para su aprobación.Tales normas no podrán contradecir lo establecidoen este Reglamento y en otros reglamentos de laUniversidad.

ARTÍCULO 47. Este Reglamento deja sin efectocualesquiera otras normas sobre la mismamateria.

ANEXO IELEMENTOS DE UNA TESIS

En la presentación escrita de la Tesis se incluiránlas siguientes partes:

a Parte introductoriaEsta parte comprende:

páginaAnteportada o portadillaLa portada, según ilustración. No se enumera iHoja de aprobación, con el nombre de losmiembros del Tribunal y del sustentante iiDerechos de propiedad intelectual iiiDedicatoria ivPrefacio el autor vReconocimientos viÍndice general viiFe de erratas viiiÍndice de ilustraciones ixÍndice de cuadros xÍndice de abreviaturas xiResumen xii

Se entiende que en ciertos casos pueden faltaralgunos de estos elementos a juicio delsustentante (dedicatoria y prefacio del autor, porejemplo), a juicio del sustente y de la UnidadAcadémica respectiva (derechos de propiedadintelectual) y finalmente, algunos pueden serinnecesarios (fe de erratas, índice de cuadros,índice de ilustraciones, índice de abreviaturas).Nótese que la numeración de estas páginaspreliminares debe hacerse con números romanosen minúscula.

b Cuerpo del trabajo:i. Parte introductoria que incluye:La justificación del tema elegido y la decisión deinvestigarlo a fondo por razones personales, pararesolver necesidades de carácter social enbeneficio de la comunidad o por pura curiosidadcientífica o de tipo filosófico.

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El planteamiento, en todos sus términos, delproblema que el investigador se propone dilucidaro resolver.Antecedentes sobre el tema: esto es, estadoactual de las investigaciones sobre el asunto;pistas que estas investigaciones indican yproblemas pendientes. Este apartado incluye,pues, el estudio de toda la bibliografía sobre eltema. Puede consistir en uno o varios capítulos.ii. Un marco teórico de referencia, en el que seexpresan de manera suficiente, con concisión yclaridad, los supuestos teóricos desde los cualesse enfocará el objeto de la investigación. Incluyela o las tesis o hipótesis que se pretendedemostrar, la descripción de los aparatos nuevosy la exposición y descripción de nuevas técnicas.iii. Métodos de trabajo, en el que se explicará laestrategia seguida en el trabajo, se describirán losformularios empleados en las encuestas losaparatos diseñados para el caso, las técnicas demuestreo, la preparación de las muestras, losmateriales usados y las diversas técnicas deanálisis o de construcción empleadas.iv. Desarrollo, en el que se incluyen los resultadosde las investigaciones realizadas, la descripcióndel objeto estudiado. Aquí debe señalarse laaportación del investigador.v. Conclusiones generales y recomendaciones,aporte dedicado a ofrecer una síntesis de loslogros del trabajo desde el punto de partida hastala aportación personal, y se señalan las incógnitasresueltas y otros posibles temas de investigaciónque se mencionan a título de problema pendiente.Este es el lugar también de las recomendacionesque el investigador sugiere, según los resultadosobtenidos.

Los apartados que se han señalado noconstituyen necesariamente capítulos separados,sino que el investigador organizará los capítulos ysus partes ciñéndose, en lo posible, al ordenpropuesto.

c Parte Final:La parte final del trabajo comprende los siguientesaspectos (nótese que excepto la bibliografía y elíndice, todos son optativos):

- Apéndice o suplemento, en página derechao impar.

- Notas, en página derecha o impar.

- Glosario, en página derecha o impar.- Bibliografía o bibliografías, en página

derecha o impar.- Toda sección o capítulo debe empezar en

página derecha o impar.

PAPEL Y MATERIALES EMPLEADOS:

En todo Trabajo Final de Graduación seemplearán materiales de reconocida buenacalidad en el campo profesional respectivo. Serecomienda especialmente el uso de un papel debuena calidad, nunca papel periódico. Laimpresión debe hacerse por un método queasegure perdurabilidad.El material empleado en ilustraciones especialesque deban incluirse en el trabajo, tales comoplanos, diseños, gráficos, material de fotografía,cintas magnéticas, reproducciones artísticas,mapas u otros, será de un tipo considerado debuena calidad en el ejercicio de la profesión y sepresentarán debidamente protegidos contra roces,luz, desgarraduras, y cualquier otra causa deposible deterioro.

LA PAGINACIÓN:

La paginación del cuerpo de la Tesis y de la partefinal se hace con números arábigos, impresos enel borde superior a la derecha, aproximadamentea cinco espacios del borde superior de la hoja. Sila página contiene algún título, el número secoloca centrado en el borde inferior a dosespacios del último renglón.

MÁRGENES:

Cuando el papel es de 21.40 cm. x 28 cm.(dimensión usual para los Trabajos Finales deGraduación), se exigirá el marginado que seilustra en página separada. En otros casos seguardarán las mismas proporciones.

MECANOGRAFÍA E IMPRESIÓN:

En el margen derecho se admitirán hasta dosespacios de aproximación en uno, u otro sentido.No se admitirán guiones de "relleno" ni divisiónsilábica de una a otra página.Se recomienda a los graduados que, al pasar eltrabajo en forma definitiva, recurran, en lo posible,

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a los servicios de un mecanógrafo experto en lapreparación de este tipo de trabajos.En cuanto al tipo de letra, en la mecanografía serecomienda el empleo del tipo pica; sin embargo,no se censura el uso del tipo elite. El empleo de lacursiva se recomienda sólo para la impresión denombres científicos, de títulos u otros términosque se quiera poner en relieve, en lugar delsubrayado corriente; no se admitirá para el cuerpode la tesis.En lo tocante a la información que las notas al piede página y las referencias bibliográficas debensuministrar, cada unidad académica establecerálas normas usuales en la disciplinacorrespondiente.Para la ubicación de las notas al pie de página, oal final de cada capítulo, la Vicerrectoríarecomienda una práctica metódica de cualquierade las dos modalidades, como también admitirá eluso metódico de otros sistemas de presentaciónde la información bibliográfica, siempre que seande amplio uso internacional y goce de laaprobación de la respectiva Comisión de TrabajosFinales de Graduación.

ELEMENTOS DE UNA MEMORIA DEPRÁCTICA DIRIGIDA

Se aplicarán las pautas descritas para la tesis degrado, con las siguientes modificaciones:El "marco teórico" puede ser excluido del cuerpodel trabajo.Se entiende que la Memoria puede ser másdescriptiva y menos analítica que la Tesis y susconclusiones, por lo tanto, no estánnecesariamente subordinadas a determinadasexigencias metodológicas.En la parte dedicada a los métodos de trabajo,debe figurar una referencia detallada a losobstáculos y dificultades encontradas en elejercicio de la práctica, así como los factores quefacilitaron dicha actividad.

ELEMENTOS DE UNA MEMORIA DESEMINARIO

La Memoria de Seminario seguirá lasmodalidades de la Memoria de Práctica Dirigida.Podrá ser presentada colectivamente por no másde seis personas que han hecho unainvestigación original a lo largo del períododesignado como actividad de Seminario. La

Memoria debe incluir un cronograma de lasactividades.

ELEMENTOS DEL INFORME DEPROYECTO:

En general seguirá las modalidades de laMemoria. Puede incluir o no un marco teórico dereferencia, pero debe llevar necesariamente uncapítulo relativo al método de trabajo. El desarrollopuede limitarse a una presentación gráfica.

21.5 cm.

21.5 cm.

NOTA: Este modelo corresponde al dibujo de unapágina reducida a escala con el recuadro que debetener el Trabajo Final de Graduación

Ciudad Universitaria Rodrigo Facio

NOTA DEL EDITOR: Las modificaciones a los reglamentosy normas aprobadas por el Consejo Universitario, sepublican semanalmente en la Gaceta Universitaria, órganooficial de comunicación de la Universidad de Costa Rica.

ANEXO II

Modificaciones introducidas en esta edición

ARTÍCULO SESIÓN FECHA GACETAUCR

11 4555-06 21/06/2000 16-2000,14/08/2000

30 2867-19 09/02/198236 2762-13 02/03/1981

8 Reglamento de trabajos finales de graduación

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28 cm.

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36 2867-19 09/02/198236 2938-08 20/09/198236 2951-02 02/11/198236 3561-05 10/05/1989 14-1989

07/06/198937a 3949-09 01/06/1993 16-1993,

18/06/199337d. (seelimina)

3568-12 06/06/1989 18-1989,28/06/1989

42 2956-11 22/11/1982

Interpretaciones

29 (2° párrafo) 3519-09 09-11-8817 3565-12 24-05-89

*****************************************

Nota: Ver “Disposición respecto a los trabajos finalesde graduación que involucran seres humanos”, Resolución de la Vicerrectoría de Investigación VI-3706-AL-173-2003, del 04-08-03, publicada en la Gaceta Universitaria 23-2003, 03-09-03.

9 Reglamento de trabajos finales de graduación

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