reglamento de ley de transparencia
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The present work points out (in peruvian context) the details of the reglament of the transparency law. Also, some of the exceptions in which people can´t have access because of the nature of the information.TRANSCRIPT
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOSFACULTAD DE LETRAS Y CIENDIAS HUMANAS
E.A.P DE BIBLIOTECOLOGIA Y CC.II
CURSO:
Derecho a la información y Deontología
Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública
Reglamento
Promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información
consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú
Finalidad de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica
DISPOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento regula la aplicación de las normas y la ejecución de los procedimientos establecidos en la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” y su modificatoria, Ley Nº 27927; sistematizadas en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM
Ley Nº 27806 Ley Nº 27927
Modifica y agrega algunos artículos a
la Ley Nº27806
TÍTULO I
Se Complementan
Ley de Transparencia y
Acceso a la Información
Pública
Ley Nº 27927
Articulo 3Obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad
Cesar Villanueva
Arévalo
PCM
Presidente del
Jaime Saavedra Chanduvi
Titular del
Ministerio de Educación
Víctor Bazán
Rodríguez
Alcalde de
Huaral
Designar a los funcionarios responsables de entregar la
información de acceso público
Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de
Transparencia
Disponer se adopten las medidas de seguridad que permitan un adecuado
uso y control de seguridad de la información de (acceso restringido)
Información de acceso restringido
Información Secreta
Seguridad Nacional
Información de acceso restringido
Información Reservada
Seguridad Nacional de orden Interno
Información de acceso restringido
Información Confidencial
Bancario
Intimidad Personal
Tecnológico
IndustrialComercial
Tributario
Articulo 4Designación de los funcionarios responsables de entregar la
información y de elaborar el Portal de Transparencia
Las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que
se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad.
Las oficinas descentralizadas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicadas en los distritos de Ate-Vitarte y Los Olivos,
atendieron más de 26 mil consultas incluyendo el servicio de liquidaciones, desde que empezaron a funcionar a fines del año 2009
Articulo 4Designación de los funcionarios responsables de entregar la
información y de elaborar el Portal de Transparencia
La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la
elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad.
Res. N° 156-2013-J/ONPE
Articulo 4Designación de los funcionarios responsables de entregar la
información y de elaborar el Portal de Transparencia
Articulo 4Designación de los funcionarios responsables de entregar la
información y de elaborar el Portal de Transparencia
Articulo 5Obligaciones del funcionario responsable de entregar la
información
• Atender las solicitudes de acceso a la información dentro de los plazos establecidos por la Ley;
• Entregar la información al solicitante, previa verificación de la cancelación del costo de reproducción
• Recibir los recursos de apelación interpuestos contra la denegatoria total o parcial del pedido de acceso a la información y elevarlos al Superior Jerárquico, cuando hubiere lugar
TITULO IIPORTAL DE TRANSPARENCIA
El Portal de Transparencia es una estrategia de comunicación que promueve el libre acceso de la
comunidad en tiempo real y oportuno a la información pública generada por las instituciones.
Asimismo, materializa el interés de la Alta Dirección de los
ministerios de transparentar y publicitar la actuación del
Ministerio, según lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La implementación del Portal de Transparencia responde a los
Lineamientos de Política Sectorial de promover la ética, la
transparencia, la participación y el control ciudadano, y la lucha
contra la corrupción.
TITULO IIArtículo 8
Obligaciones del funcionario responsable del Portal de Transparencia
Elaborar el Portal de la Entidad, en coordinación con las dependencias correspondientes
TITULO IIArtículo 8
Obligaciones del funcionario responsable del Portal de TransparenciaRecabar la información a ser difundida en el Portal de acuerdo con lo
establecido en los artículos 5 y 25 de la Ley;
Las entidades de la Administración Pública difundirán a través de Internet de la siguiente información:
Artículo 5º
Datos generales
Organización
Organigrama
Procedimientos
Marco legal al que está sujeta
Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos
TITULO IIIPROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
Presentación y formalidades de la solicitud
Artículo 10
La solicitud de acceso a la información pública puede ser
presentada a través del Portal de Transparencia de la Entidad
De forma personal ante su unidad de recepción documentaria.
o
TÍTULO IVTransparencia sobre el Manejo de las Finanzas
Públicas
Art. 17 •Mecanismos de publicación y metodología
Art. 18 •Publicación de información sobre finanzas públicas
Art. 19 •Información que debe publicar CONSUCODE
TÍTULO VRegistro de la Información
de Acceso Restringido
Art. 20 •Desclasificación de la información reservada
Art. 21 •Registro
Art. 22 •Informe anual al Congreso de la República