reglamento de convivencia escolar 2018 · 2018-06-01 · reglamento*de*convivenciaescolar* *...
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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA BÁSICA DE ADULTOS “RÍO TOLTÉN”, F – 637
CON FUNCIONAMIENTO AL INTERIOR DE CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA (CDP) DE PITRUFQUÉN.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Aprobado en Consejo Escolar 2017 y actualizado en mayo del 2018
El siguiente Reglamento tiene como objetivo regular las diferentes relaciones que se dan en la escuela en contexto de encierro, tanto entre el Profesor Encargado, Funcionarios de Gendarmería y todos los estudiantes matriculados en el Establecimiento. Por ser éste un Establecimiento que funciona en este contexto particular, todas las disposiciones y reglamentaciones están en concordancia y supeditadas a las disposiciones generales de Gendarmería de Chile. 1. FUNDAMENTOS Y DEFINICIONES
El presente reglamento se ajusta a la normativa legal actual vigente en Chile (Ley General de educación 20.370, Ley de Violencia Escolar 20.536, Ley de Inclusión 20.845, Circular nº 2 de la Superintendencia de Educación para los establecimientos particulares pagados), así como por la Convención de los Derechos humanos, el respeto pleno y el énfasis puesto en un enfoque formativo. 2. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO 2.1 El profesor encargado
La Dirección es el organismo directivo responsable de la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares y administrativas y de velar porque las actividades se desarrollen en un ambiente de buena disciplina, bienestar y de sana convivencia y está a cargo del Director o profesor encargado y tiene como funciones:
a) planificar y diseñar las respectivas clases para sus estudiantes, teniendo en cuenta las condiciones académicas y condiciones anímicas en que éstos se encuentran, debido al encierro y a otras condiciones internas que deben enfrentar a diario
b) Adecuar la Planificación del Currículo debido a las diversas circunstancias que se
viven en el Régimen Interno de la Unidad.
c) Crear un ambiente favorable y adecuado para el trabajo y aprendizaje de todos los estudiantes, permitiendo una buena convivencia con el profesor y entre compañeros de clase.
d) Informar inasistencias al Coordinador Educacional, para que éste averigüe la
situación que afecta al estudiante ausente.
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e) fomentar y facilitar el uso de los diversos textos de la Biblioteca u otro material pedagógico a todos los internos de la Unidad, tanto estudiantes como otros internos que no lo fueren.
f) Buscar y conseguir la asistencia de otras personas o instituciones que puedan
entregar charlas u otros conocimientos que vayan en beneficio de los intereses de los estudiantes
g) Asistir regularmente a reuniones de coordinación técnica y administrativa con el fin
de cumplir con necesidades de administración y gestión del establecimiento. 2.2 El coordinador educacional. Desde el punto de vista administrativo, el Coordinador Educacional dependerá técnicamente del Coordinador Regional de Educación o en su defecto del Jefe Técnico Regional, sin embargo sus funciones repercuten en la gestión escolar y por ello debemos nombrar y normar sus funciones:
a) Autorizar el ingreso de un alumno al sistema educativo
b) Participar en los consejos técnicos según la normativa al respecto, considerando siempre la opinión formal del Director o docentes del Centro Educativo.
c) Elaborar en conjunto con los docentes del Centro Educativo, los informes requeridos por el Consejo Técnico y el Tribunal de Conducta u otros solicitado tanto por el Alcaide como la de postulación a Beneficios Intrapenitenciarios, de Libertad Condicional y Ley de Rebaja de Pena etc.
d) Impulsar, coordinar y controlar la asistencia de los internos en el proceso educativo.
e) Llevar un control y registro permanente del normal funcionamiento de la actividad escolar (dificultades y aciertos), informando mensualmente al Consejo Técnico del establecimiento.
f) Llevar el registro estadístico de toda la actividad educacional (tales como Nómina de internos matriculados en todas sus modalidades y niveles, ingresos y egresos por traslados, fallecimientos etc. Así como de los resultados de los internos. Lo que deberá ser informado a nivel regional y central).
g) Mantener el sistema computacional institucional educacional permanentemente actualizado, de todos los internos ingresados al sistema escolar, según los requerimientos institucionales al efecto.
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h) Confeccionar a principios del año escolar la Nómina del personal docente, sus horas
de contrato y sus horarios. Esto debe ser actualizado cada vez que sea necesario. i) Asegurar el funcionamiento regular de la escuela, para que realice su labor sin
contratiempos y disponer que los alumnos estén en la sala de clases en el día y hora señalados ya sean diurnos o vespertinos. Así como en la evolución de los programas educativos que se realizar en el Establecimiento.
j) Gestionar con el Centro Educativo el ingreso de nuevos alumnos al sistema escolar, de acuerdo a la información que entregue la Oficina de Registro y Control Penitenciario y la Escuela o Liceo, o de la información que emane del Plan de Intervención Individual.
k) Entregar al Consejo Técnico y al Tribunal de Conducta, la nómina de los internos que no cumplan sus obligaciones escolares por motivos propios o ajenos a su voluntad, con el objeto de que se tomen las medidas administrativas correspondientes.
l) El coordinador deberá procurar que en los establecimientos que cuenten con secciones femeninas, las mujeres accedan a la escuela penal, ya sea compartiendo con varones, o en horario diferido, o bien que la escuela atienda a la sección femenina.
m) Mantener un registro actualizado de internos e internas que cursan Educación Superior. Además de los que se inscriben y rindan la Prueba de Selección Universitaria, proceso que debe ser informada al nivel regional y central.
n) Mantener a buen resguardo toda la información relacionada con el quehacer educacional y que esté bajo su responsabilidad, cautelando la debida reserva de confidencialidad, poniéndola a disposición de las autoridades competente cuando esta sea requerida.
o) Velar por la obtención de la documentación de los indocumentados (chilenos y extranjeros) a los centros educativos, de acuerdo al procedimiento señalado.
p) Participar en el Consejo Escolar y en la elaboración, evaluación del PEI, Reglamento de Convivencia y Evaluación.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
3.1 Derechos de los Estudiantes a) Derecho a recibir una educación de calidad para su formación y desarrollo integral. b) Derecho a recibir un trato digno y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. c) Derecho a expresar opiniones, ideas o pensamientos, de manera respetuosa y adecuada al contexto escolar. d) Derecho a no ser discriminado por ningún motivo, ya sea social, económico, político, cultural, religioso, físico u otros. e) Derecho a participar en actividades culturales, científicas, deportivas, artísticas y/o recreativas organizadas por el establecimiento, de acuerdo a sus intereses e inquietudes. f) Derecho de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales a ser evaluados diferenciadamente, en cada subsector de aprendizaje. g) Derecho a un trato justo y racional en la evaluación académica y la aplicación de medidas disciplinarias correspondientes al establecimiento. h) Derecho a ser escuchado por las autoridades de la escuela en todo procedimiento disciplinario que concierne al proceso educativo. i) Derecho a conocer las sanciones que se le apliquen y los registros en la hoja de vida, en el mismo momento en que se decida su aplicación. j) Derecho a conocer los objetivos y formas de evaluación de cada subsector de aprendizaje a inicios de cada semestre. k) Derecho a conocer el resultado de las evaluaciones en un plazo máximo de 10 días. l) Derecho a obtener un informe de notas al finalizar el semestre. m) Derecho a contar con útiles escolares desde el comienzo del año. ���
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3.2 Deberes de los Estudiantes �a) Respetar la integridad física y moral de cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa (Directivos, Profesores, Compañeros y demás miembros del establecimiento). b) Estudiar, esforzarse y participar activamente en las actividades impartidas por el Establecimiento Educativo. c) Comportarse de acuerdo a los valores con los que se identifica el Establecimiento Educacional. d) Colaborar y participar activamente en mejorar la Convivencia Escolar de la Institución. e) Asistir puntualmente a sus clases. f) Asistir a clases con los materiales entregados por el Establecimiento. g) Ser responsable en la realización y entrega de sus trabajos individuales o grupales. h) Mantener una actitud honesta en la realización de sus trabajos y/o pruebas. i) Asumir la responsabilidad y las consecuencias de sus conductas y actitudes. j) Cuidar la infraestructura del establecimiento (paredes, baños, cancha, mobiliario, material didáctico, computadores, otros.) k) Asumir responsablemente las normas y disposiciones del Reglamento Disciplinario y de Evaluación y Promoción Escolar.
3.3 Derechos de los(as) Docentes y / o monitores de educación �a) Derecho a recibir un trato digno y respetuoso en su integridad física y moral, por parte de todas y todos los miembros de la Comunidad Educativa. b) Derecho a expresar opiniones, ideas o pensamientos de manera respetuosa y sin perjuicio de los miembros de la Comunidad Educativa, en las instancias creadas para ello. c) Derecho a ser escuchado/a oportunamente por sus coordinadores de ciclo o autoridades directivas del Establecimiento Educativo.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR d) Derecho a utilizar sus horas no lectivas en actividades que el docente considere pertinentes para su quehacer profesional (planificación, preparación de material u otras). e) Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral seguro, grato y en condiciones de higiene y salubridad adecuadas para el desempeño profesional. f) Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del Establecimiento Educativo. g) Derecho a participar activamente en las actividades Extra programáticas organizadas por el Establecimiento Educacional. h) Derecho a recibir información que los compete de forma oportuna, adecuada y cohesionada entre los miembros del Equipo de Gestión. i) Derecho a contar oportunamente con recursos tecnológicos y/o materiales en óptimas condiciones, que permitan el buen desarrollo y ejercicio docente. j) Derecho a recibir actividades de capacitación, mejoramiento y/o autocuidado ofrecidas por el Centro Educativo, por secretaría de Educación u otras instancias que las promuevan. k) Derecho a recibir atención médica de manera oportuna, ante una situación de emergencia acontecida en el Establecimiento Educativo. Se hacen parte de este reglamento de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de los y las docentes. 51
3.4 Deberes de los(as) Docentes � a) Relacionarse de forma respetuosa y cordial con todas y todos los miembros de la Comunidad Educativa. b) Ejercer la función docente de forma idónea y responsable, siguiendo los valores de Establecimiento y contribuyendo a la formación integral de los estudiantes. c) Contribuir en la construcción de un Clima Escolar que propicie el Buen Trato y favorezca las relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa. d) Participar de manera comprometida en las iniciativas, actividades y/o jornadas organizadas por el Establecimiento Educativo. e) Informar oportunamente, las situaciones que ameriten ser comunicadas, especialmente aquellas que impliquen riesgo para algún miembro de la Comunidad Educativa.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR f) Intervenir oportunamente ante problemas académicos, disciplinarios y/o personales observados en los estudiantes. g) Cumplir con los deberes contractuales y tareas asignadas por el Establecimiento Educativo en las fechas establecidas para ello. h) Programar y orientar sistemáticamente las actividades pedagógicas de las asignaturas a su cargo, considerando el contexto donde se desempeña. i) Hacer uso responsable de los recursos materiales y/o energéticos otorgados por el Establecimiento Educacional. j) Propiciar el orden y limpieza de los espacios de uso común del Establecimiento Educativo (Salas de clases, patio, pasillos, sala de profesores, etc.)
3.5 Derechos de los miembros del Equipo Directivo: � a) Derecho a recibir un trato digno y respetuoso en su integridad física y moral, por parte de todas y todos los miembros de la Comunidad Educativa. b) Derecho a expresar opiniones, ideas o pensamientos de manera respetuosa y sin perjuicio de los miembros de la Comunidad Educativa, en las instancias creadas para ello. c) Derecho a ser escuchado/a oportunamente por los miembros de la comunidad educativa d) Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral seguro, grato y en condiciones de higiene y salubridad adecuadas para el desempeño profesional. e) Derecho a participar activamente en la toma de decisiones de la Unidad Educativa. f) Derecho a participar activamente en las actividades Extra programáticas organizadas por el Establecimiento Educacional. g) Derecho a recibir actividades de capacitación, mejoramiento y/o autocuidado ofrecidas por secretaría de Educación u otras instancias que las promuevan. h) Derecho a recibir atención médica de manera oportuna, ante una situación de emergencia acontecida en la Unidad Educativa. Se hacen parte de este reglamento de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de los y las docentes.
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3.6 Deberes de los miembros del Equipo Directivo �a) Relacionarse de forma respetuosa y cordial con todas y todos los miembros de la Comunidad Educativa. b) Ejercer la función directiva de forma idónea y responsable, siguiendo los valores del Establecimiento y contribuyendo al buen funcionamiento de todas las instancias de la Unidad Educativa. c) Contribuir en la construcción de un Clima Escolar que propicie el Buen Trato y favorezca las relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa. d) Participar de manera comprometida en las iniciativas, actividades y/o jornadas organizadas por el Establecimiento Educativo. e) Informar oportunamente, las situaciones que ameriten ser comunicadas, especialmente aquellas que impliquen riesgo para algún miembro de la Comunidad Educativa. f) Intervenir oportunamente ante problemas disciplinarios y/o personales observados en los docentes o en los profesionales no docentes. g) Cumplir con los deberes contractuales y tareas asignadas por el Establecimiento Educativo en las fechas establecidas para ello. h) Programar y orientar sistemáticamente las actividades pedagógicas o administrativas a su cargo, considerando el contexto donde se desempeña. i) Hacer uso responsable de los recursos financieros o materiales, otorgados por la DEM o Gendarmería de Chile. j) Propiciar el orden y limpieza de los espacios de uso común del Establecimiento Educativo (Salas de clases – patio – sala de profesores etc.) 4. REGLAMENTO ESPECÍFICO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
a) Para una sana convivencia e interrelación entre profesor, estudiantes y representantes de gendarmería se deberá cumplir y respetar las siguientes condiciones:
b) Todos los entes involucrados deberán cumplir sus roles y funciones, respetando las
normas generales de convivencia y relación personal y formal, con el propósito de darle funcionalidad y participación a la vida escolar.
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c) Ante situaciones de conflictos, dificultades o hechos inesperados, todas las partes involucradas deberán dialogar y sopesar la situación y buscar, de acuerdo a las circunstancias, la mejor salida y solución al problema presentado.
d) Para el caso del profesor, éste deberá crear un ambiente de respeto y moderación en
el trato y relación interpersonal, tanto con los estudiantes como cualquier persona que trabaje para Gendarmería de Chile, dentro de la unidad.
e) En caso de conflicto con algún estudiante, tales como: inasistencia y atrasos
reiterados, falta de deberes escolares, faltas de respeto de los estudiantes con el profesor o entre sí y otros que pudieren ocurrir, el profesor procurará conversar y tratar la situación con la, o las, personas involucradas y encontrar una adecuada solución.
f) En caso de que este procedimiento no fructifique, el profesor deberá informar verbalmente o, por escrito, cuando lo amerite, al Coordinador Educacional para que tome conocimiento de lo planteado y proceder éste, según las disposiciones generales de Gendarmería.
g) Para el caso de los estudiantes que presenten una dificultad o problema de carácter
personal, ya sea con el profesor u otro compañero, deberá hacerlo respetuosamente ante el Profesor o ante el Coordinador Educacional, cuando las acciones o facultades del profesor no den la solución pertinente al caso que se presente.
h) El Coordinador Educacional, deberá proceder de acuerdo las normativas y reglas
generales que rigen el cuerpo de Gendarmería y tomar las medidas respectivas que se establecen en dichas normas y aplicar los procedimientos que lleven el control y dominio de la situación producida.
i) También, antes de proceder a tomar medidas o decisiones de mayor peso, deberá
mediar y procurar dar solución adecuada a algún conflicto o situación problemática que se produjere,
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