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1 REGLAMENTO DE COMPETENCIA TERCERA DIVISION PROFESIONAL TEMPORADA 2016 – 2017 ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento de Competencia es aplicable para la Temporada 2016 - 2017, la cual se desarrollará a dos vueltas de conformidad con el calendario de juegos. PARTICIPANTES ARTÍCULO 2.- Participan en la Temporada Oficial, los Clubes que hayan acreditado legalmente su personalidad jurídica y cumplan con los requisitos sociales, deportivos, jurídicos y financieros del Reglamento de Afiliación, Nombre y Sede (RANS) de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C. (FMF). Se dividirán en 14 grupos de acuerdo con su zona geográfica, en los cuales se incluyen Clubes con y sin derecho de ascenso; Clubes Filiales con y sin derecho de ascenso de la LIGA MX / ASCENSO MX, Clubes Filiales con y sin derecho de ascenso de la Segunda División Profesional. Los que se incluyen sin derecho de ascenso filiales de LIGA MX / ASCENSO MX y Segunda División Profesional pueden registrar solamente un Club fuera de la sede original, pero en caso de tener más de un Club inscrito, el segundo Club deberá tener su sede exclusivamente en la ciudad o área conurbada del Club de quien dependa. Tendrán reconocimiento ante la División los Directivos, Socios y/o Apoderados legales inscritos en las actas constitutivas, protocolizaciones o poderes especiales cuando la División lo autorice y las facultades estén reflejadas en el Sistema de Integral de Información Deportiva (SIID) de la FMF. Una vez iniciada la Temporada no se permitirá la inclusión de nuevos representantes legales. Las instalaciones deben cumplir con los lineamientos que marca el RANS. Los Clubes no deberán tener adeudo en su estado de cuenta ante la FMF. SISTEMA DE COMPETENCIA ARTÍCULO 3.- La competencia de la Temporada se desarrollará de la siguiente forma: Fase de Calificación y Fase Final. ARTÍCULO 4.- Se observará en la competencia el sistema de puntos, siendo el Club local el que aparece en el lado izquierdo del Calendario de Juegos, sujeto a lo siguiente: a) POR JUEGO GANADO SE OBTENDRAN TRES PUNTOS. b) POR JUEGO EMPATADO UN PUNTO. c) POR JUEGO PERDIDO NINGUN PUNTO. d) EN CASO DE EMPATE SE DEFINIRA UN GANADOR EN SERIE DE PENALES Y SE LE OTORGARA UN PUNTO EXTRA.

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REGLAMENTO DE COMPETENCIA

TERCERA DIVISION PROFESIONAL

TEMPORADA 2016 – 2017

ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento de Competencia es aplicable para la Temporada 2016 - 2017, la cual se desarrollará a dos vueltas de conformidad con el calendario de juegos.

PARTICIPANTES

ARTÍCULO 2.- Participan en la Temporada Oficial, los Clubes que hayan acreditado legalmente su personalidad jurídica y cumplan con los requisitos sociales, deportivos, jurídicos y financieros del Reglamento de Afiliación, Nombre y Sede (RANS) de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C. (FMF).

Se dividirán en 14 grupos de acuerdo con su zona geográfica, en los cuales se incluyen Clubes con y sin derecho de ascenso; Clubes Filiales con y sin derecho de ascenso de la LIGA MX / ASCENSO MX, Clubes Filiales con y sin derecho de ascenso de la Segunda División Profesional.

Los que se incluyen sin derecho de ascenso filiales de LIGA MX / ASCENSO MX y Segunda División Profesional pueden registrar solamente un Club fuera de la sede original, pero en caso de tener más de un Club inscrito, el segundo Club deberá tener su sede exclusivamente en la ciudad o área conurbada del Club de quien dependa.

Tendrán reconocimiento ante la División los Directivos, Socios y/o Apoderados legales inscritos en las actas constitutivas, protocolizaciones o poderes especiales cuando la División lo autorice y las facultades estén reflejadas en el Sistema de Integral de Información Deportiva (SIID) de la FMF.

Una vez iniciada la Temporada no se permitirá la inclusión de nuevos representantes legales.

Las instalaciones deben cumplir con los lineamientos que marca el RANS.

Los Clubes no deberán tener adeudo en su estado de cuenta ante la FMF.

SISTEMA DE COMPETENCIA

ARTÍCULO 3.- La competencia de la Temporada se desarrollará de la siguiente forma: Fase de Calificación y Fase Final.

ARTÍCULO 4.- Se observará en la competencia el sistema de puntos, siendo el Club local el que aparece en el lado izquierdo del Calendario de Juegos, sujeto a lo siguiente:

a) POR JUEGO GANADO SE OBTENDRAN TRES PUNTOS. �

b) POR JUEGO EMPATADO UN PUNTO. �

c) POR JUEGO PERDIDO NINGUN PUNTO. �

d) EN CASO DE EMPATE SE DEFINIRA UN GANADOR EN SERIE DE PENALES Y SE �LE OTORGARA UN PUNTO EXTRA. �

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Los Clubes solamente podrán alinear Jugadores y Cuerpo Técnico con el registro original expedido por la FMF .

En cada juego oficial del presente Campeonato deberán participar en la cancha el número de Jugadores mínimos establecidos para cada categoría de acuerdo al artículo 16 de este Reglamento.

En los partidos del presente Campeonato, se permitirá la sustitución de tres Jugadores en el transcurso del partido. Estos Jugadores sustituidos no podrán bajo ninguna circunstancia regresar al campo de juego.

Cuando un encuentro termine empatado en el marcador, cada Club lanzará 5 tiros penales en un mismo marco, alternándose los Jugadores y Clubes en su ejecución, en forma rotativa, declarando vencedor al Club que anote mayor número de goles y se le acreditará un punto extra.

El Árbitro elegirá la meta en que se ejecutarán los tiros penales.

El Árbitro convocará a los Capitanes de ambos Clubes y lanzará una moneda. El Club cuyo Capitán resulte favorecido decidirá si ejecuta el primer o segundo tiro penal de la serie.

El Árbitro tomará nota de todos los tiros ejecutados.

Si antes de que ambos Clubes hayan ejecutado sus cinco tiros, uno ha marcado más goles que los que el otro pudiera anotar aún completando sus cinco tiros, la ejecución de los mismos se dará por terminada.

Si ambos Clubes han ejecutado sus cinco tiros marcando la misma cantidad de goles, la ejecución de los tiros deberá continuar en el mismo orden hasta que un Club haya marcado un gol más que el otro tras ejecutar el mismo número de tiros.

Si un Portero sufre una lesión durante la ejecución de los tiros penales y no puede seguir jugando, podrá ser sustituido por un suplente designado, siempre que su Club no haya utilizado el número máximo de sustitutos permitido por el presente Reglamento.

Cada tiro deberá ser ejecutado por un Jugador diferente y todos los Jugadores elegibles deberán lanzar un tiro antes de que un Jugador pueda ejecutar un segundo tiro.

Cualquier Jugador elegible podrá cambiar de puesto con el guardameta en todo momento durante la ejecución de los tiros.

Solamente los Jugadores elegibles y los Árbitros podrán encontrarse en el terreno de juego cuando se ejecuten los tiros desde el punto penal.

Todos los Jugadores, excepto el Jugador que ejecutará el penal y los dos guardametas, deberán permanecer en el interior del círculo central.

El guardameta compañero del ejecutor del tiro deberá permanecer en el terreno de juego, fuera del área penal en la que se lancen los tiros, en la intersección de la línea de meta con la línea que

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se extiende perpendicular a la línea de meta (línea del área penal).

Si al finalizar el partido, y antes de comenzar con la ejecución de los tiros desde el punto penal, un Club tiene más Jugadores que su contrario, deberá reducir su número para equipararse al de su adversario, y el Capitán de Club deberá comunicar al Árbitro el nombre y el número de cada Jugador excluido. Así, todo Jugador excluido no podrá participar en el lanzamiento de tiros desde el punto penal.

Antes de comenzar con el lanzamiento de tiros desde el punto penal, el Árbitro se asegurará de que dentro del círculo central permanece el mismo número de Jugadores por Club para ejecutar los tiros, y que todos se encuentran en la lista.

Si por cualquier causa un Jugador en su turno dejara de ejecutar un penal, éste se considerará como no anotado.

ARTÍCULO 5.- Durante la fase de calificación se elaborará la Tabla de Clasificación por Grupos basada en los puntos obtenidos y la Tabla General de Clasificación basada en el porcentaje que resulte de dividir los puntos obtenidos entre el número de partidos jugados.

Si al término de las jornadas de la Temporada en su fase de calificación, dos o más Clubes del mismo Grupo estuvieren empatados en la Tabla de Clasificación de su Grupo, su posición en la tabla será determinada atendiendo a los siguientes criterios de desempate:

PRIMERO.- Diferencia entre los goles anotados y recibidos

SEGUNDO.- Mayor número de goles anotados

TERCERO.- Marcadores particulares entre los Clubes empatados

CUARTO.- Mayor número de goles anotados como visitante

QUINTO.- Sorteo

FASE DE CALIFICACIÓN

ARTÍCULO 6.- En la Fase de Calificación, participarán los Clubes en Grupos en los que prevalece la zona geográfica; jugarán todos contra todos del mismo Grupo durante las jornadas que correspondan, a dos partidos a visita reciproca durante la Temporada en su Fase de Calificación, de acuerdo al presente Reglamento de Competencia y Calendario correspondiente.

ARTÍCULO 7.- La formación de los Grupos no puede cambiar durante la Temporada.

PARTIDOS DE RECALIFICACIÓN

ARTÍCULO 8.- No habrá partidos de recalificación en la Temporada.

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FASE FINAL

ARTÍCULO 9.- En la Temporada se realizarán dos fases finales, la primera para los Clubes con Derecho de Ascenso y en la segunda para los Clubes Filiales sin Derecho al Ascenso.

FASE FINAL ASCENSO

Los Clubes calificados con derecho de ascenso, jugarán de acuerdo a lo siguiente:

INTER GRUPOS

• Etapa 1 �

• Etapa 2 �

• Etapa 3 �

• Etapa 4 �

FINAL �

• Cuartos de Final

• Semifinal

• Final

INTER GRUPOS

ETAPA 1

Por cada Grupo calificará a esta Etapa el 30% de los Clubes con derecho al ascenso (es decir, no se toma en cuenta a los Clubes sin derecho al ascenso) y prevalecerá el orden de acuerdo a la

Tabla de Clasificación de cada uno, según lo siguiente:

Grupos con 17 a 20 Clubes con derecho al ascenso / 6 calificados

Grupos con 14 a 16 Clubes con derecho al ascenso / 5 calificados

Grupos con 11 a 13 Clubes con derecho al ascenso / 4 calificados

Grupos con 9 a 10 Clubes con derecho al ascenso / 3 calificados

Grupos con 8 o menos Clubes con derecho al ascenso / 2 calificados

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Todos los Clubes calificados serán con derecho a ascenso, por lo cual no serán considerados para participar en esta Fase los Clubes no afiliados sin derecho a ascenso, eligiendo para su participación sólo los Clubes con derecho a ascenso mejor ubicados.

Los partidos de cada etapa se realizarán a visita recíproca, bajo el criterio de “Marcador Global”, que consiste en la suma a cada Club de los goles que cada uno de ellos haya anotado en ambos partidos. En caso de empate en el Marcador Global se ejecutarán tiros penales para definir al Club vencedor conforme el procedimiento señalado en el Artículo 4.

Los Grupos con 6 Clubes calificados jugarán entre sí miércoles - sábado ó jueves - domingo de la siguiente manera:

1 vs. 6

2 vs. 5

3 vs.4

Los Grupos con 5 Clubes calificados jugarán entre sí miércoles - sábado ó jueves - domingo de la siguiente manera:

Descansa el Club mejor clasificado (1).

2 vs. 5

3 vs. 4

Los Grupos con 4 Clubes calificados jugarán entre sí de fin de semana a fin de semana (sábado - sábado ó domingo - domingo) de la siguiente manera:

1 vs. 4

2 vs. 3

Los Grupos con 3 Clubes calificados jugarán entre sí de fin de semana a fin de semana (sábado - sábado ó domingo - domingo) de la siguiente manera:

Descansa el Club mejor clasificado (1).

2 vs. 3

Los Grupos con 2 Clubes calificados descansan en esta Etapa.

ETAPA 2

En esta Etapa participarán los Clubes vencedores de la Etapa 1 y se continuará con el mismo sistema de eliminación de acuerdo a lo siguiente:

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Los Grupos que iniciaron con 6 Clubes calificados jugarán entre sí de la siguiente manera, descansando el Club mejor clasificado (1).

2 vs. 3

Los Grupos que iniciaron con 5 Clubes calificados jugarán entre sí de la siguiente manera:

Descansa el Club vencedor de la Etapa 1 mejor ubicado y se integra el Club que descansó en la Etapa 1.

1 vs. 2

Los Grupos con 2 Clubes calificados que descansaron en la Etapa 1 jugarán entre sí de fin de semana a fin de semana (sábado - sábado ó domingo - domingo) de la siguiente manera:

1 vs. 2

ETAPA 3

Los 2 Clubes ganadores de cada grupo de la Etapa 1 y 2 jugarán entre sí miércoles - sábado ó jueves - domingo de la siguiente manera:

1 vs. 2

ETAPA 4

Los Clubes representantes de cada Grupo jugarán entre sí miércoles - sábado ó jueves – domingo. En el caso de contar con 14 Grupos, sería de la siguiente manera:

Grupo 1 vs. Grupo 2

Grupo 3 vs. Grupo 4

Grupo 5 vs. Grupo 6

Grupo 7 vs. Grupo 8

Grupo 9 vs. Grupo 10

Grupo 11 vs. Grupo 12

Grupo 13 vs. Grupo 14

Los 7 clubes vencedores avanzarán a Cuartos de Final en Sede definida.

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CUARTOS DE FINAL

ARTÍCULO 10.- A partir de esta Etapa los encuentros por el ascenso se desarrollarán del 30 de Mayo al 3 de junio de 2017 en las instalaciones de la FMF en Toluca, Estado de México.

Los Clubes deberán presentarse el día domingo 28 de mayo de 2017 en el Hotel que le sea designado. El lunes 29 de Mayo se llevará a cabo una reunión para realizar el sorteo que definirá los encuentros de esta Etapa, cancha de juego y horario que corresponde a cada partido, en esta reunión se designarán los uniformes de juego, con base en los uniformes registrados, en el que el Club mejor ubicado tendrá la preferencia.

Los Cuartos de Final se jugarán el día martes 30 de mayo a un solo encuentro, en caso de que termine empatado en el marcador, se ejecutará serie de penales para definir al ganador de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 párrafo 5.

Los 7 Clubes calificados serán reubicados de acuerdo con el lugar que ocupen en la Tabla General de Porcentaje al término de la Fase de Calificación, correspondiéndole el puesto número uno al Club mejor clasificado, y así sucesivamente hasta el numero siete.

El Club mejor ubicado en la Tabla General de Clasificación de los siete contendientes pasará en forma directa a la Semifinal.

El sorteo de los rivales será en dos bombos, en el primero se integrarán tres esferas con los Clubes que en la Tabla General de Clasificación se ubiquen en 2do., 3ro. y 4to. lugar; en el segundo se integrarán las tres esferas restantes con los Clubes que en la Tabla General de Clasificación se ubiquen en el 5to, 6to. y 7mo.

Del bombo 1 se extraerá la primera esfera con el equipo que disputará el partido 1, su rival se extraerá inmediatamente del bombo 2, este mecanismo se aplicará para la formación del partido 2 y 3.

Bombo 1 Bombo 2 Partido 1 Club Sorteo 1 vs Club Sorteo 1 Partido 2 Club Sorteo 2 vs Club Sorteo 2 Partido 3 Club Sorteo 3 vs Club Sorteo 3

SEMIFINALES

Los partidos de semifinales se jugarán el día jueves 1 de junio a un solo encuentro, en caso de que termine empatado el marcador, se ejecutará serie de penales para definir al ganador de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.

En esta etapa se integra el Club que tuvo la mejor posición en la Tabla General de Clasificación más los tres vencedores de los Cuartos de Final y serán ordenados del 1 al 4 de acuerdo a su posición en la Tabla General de Clasificación.

1 vs. 4

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2 vs. 3

FINAL

ARTÍCULO 11.- Disputarán el título de Campeón de Ascenso a la Segunda División Profesional el día sábado 3 de junio a un solo encuentro, los dos Clubes vencedores de la fase semifinal, jugándose de la siguiente forma:

1 vs. 2

En caso de empate en el tiempo reglamentario, jugarán dos tiempos extra de 15 minutos cada uno. De persistir el empate procederán a la ejecución de tiros penales conforme lo establece el artículo 4.

FASE FINAL FILIALES

ARTÍCULO 12.- Participan en la Fase Final por el Título de Campeón de Filiales 8 Clubes sin derecho de ascenso de la LIGA MX / ASCENSO MX y sin derecho de ascenso de Segunda División Profesional.

Los 8 Clubes Filiales, serán reubicados de acuerdo a la Tabla General de Clasificación, correspondiéndole el número uno al mejor ubicado, y así sucesivamente hasta el número ocho. Los partidos correspondientes se desarrollarán a visita recíproca, en las siguientes Etapas:

• CUARTOS DE FINAL • SEMIFINAL • FINAL

Los partidos de cada etapa se realizarán a visita recíproca, los fines de semana (viernes, sábado o domingo), bajo el criterio de “Marcador Global”, que consiste en la suma a cada Club de los goles que cada uno de ellos haya anotado en ambos partidos. En caso de empate en el Marcador Global se ejecutarán tiros penales para definir al Club vencedor conforme el procedimiento señalado en el Artículo 4.

CUARTOS DE FINAL FILIALES

Los partidos de esta etapa se efectuarán de la siguiente forma:

1 vs. 8

2 vs. 7

3 vs. 6

4 vs. 5

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SEMIFINALES FILIALES

En esta etapa participarán los Clubes ganadores de la etapa de Cuartos de Final, quienes serán reordenados de acuerdo a su ubicación en la Tabla General de Clasificación, y cuyos partidos se jugarán de la siguiente forma:

1 vs. 4

2 vs. 3

FINAL FILIALES

Disputarán el título de Campeón de filiales, los dos Clubes vencedores de la etapa semifinal, reubicándolos del uno al dos, de acuerdo a su mejor posición en la Tabla General de Clasificación, y se jugará de la siguiente forma:

1 vs. 2

ASCENSO

ARTÍCULO 13.- Tanto el Club Campeón como el Subcampeón, ascenderán a la Segunda División Profesional. El Campeón participará en la Liga Premier y el Subcampeón en la Liga de Nuevos Talentos a partir de la Temporada 2017 - 2018, en el entendido de que si no reúnen el Expediente de Afiliación de acuerdo al RANS, en especial lo relativo a infraestructura, no podrán ejercer su derecho de ascender.

Si el Club Campeón, no cumple con los requisitos de infraestructura para ascender a la Liga Premier, podrá participar en la Liga de Nuevos Talentos. Si desea ejercer su derecho de participar en la Liga Premier para la siguiente Temporada (2018-2019), deberá presentar ante el Comité Ejecutivo de la Segunda División Profesional el programa de cumplimiento que comprometa al Club para que a más tardar el primer lunes hábil del mes de Diciembre siguiente al haber obtenido el Campeonato de Ascenso, cumpla en su totalidad con lo dispuesto en las normas aplicables para tal fin y pueda ser enviado al Comité Ejecutivo de la Segunda División Profesional para su revisión.

Si el Club que resulte Campeón no puede alcanzar el programa de cumplimiento, deberá permanecer en la Segunda División Profesional como integrante de la Liga de Nuevos Talentos, y de negarse a ello, la Asamblea de Clubes de dicha División someterá el particular a consideración del Comité Ejecutivo para que se determine su desafiliación.

Queda prohibido que el Club Campeón, realice la transmisión del Certificado de Afiliación a otro afiliado o a un tercero, así mismo, no estarán permitidos los Convenios entre Clubes, de cualquier División, que se celebren con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en este Articulo.

Lo anterior de conformidad con el Reglamento de Competencia de la Segunda División Profesional.

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DESCENSO

ARTÍCULO 14.- Por no existir División Profesional inferior, no habrá descensos.

INSCRIPCIÓN DE JUGADORES

ARTÍCULO 15.- Para que los Jugadores puedan participar en la Temporada, deberán estar debidamente registrados por sus Clubes en la FMF. Asimismo, los Clubes tendrán derecho al registro, siempre y cuando se encuentren al corriente en sus obligaciones económicas y administrativas, debiendo entregar el comprobante del pago de la cuota de participación por la cantidad de 556 UMA ́s, IVA incluido, la cual deberá ser cubierta antes del 30 de junio de 2016. Los Clubes que lo hagan fuera de esta fecha deberán pagar adicionalmente la cantidad 159 UMA ́s IVA incluido por concepto de pago extemporáneo.

Los Clubes deben registrar a todos sus Jugadores con clasificación Profesional.

Para que los Clubes registren a sus Jugadores y estos a su vez puedan participar en los partidos oficiales del Campeonato deberán presentar su documentación ante la Dirección General de la Tercera División Profesional, quien la tramitará ante la FMF.

La documentación presentada, así como los contratos deportivos para registro de los Jugadores y Cuerpo Técnico deberán ser llenadas en su totalidad a máquina ó en computadora sin tachaduras ni enmendaduras, además de contener todas las firmas requeridas en los formularios firmados por los Directivos, Socios o Representantes Legales que aparezcan con facultades para ello en el SIID de la FMF.

Los Jugadores deberán ser mexicanos.

Para efectos de los números de camiseta, ningún Jugador registrado podrá utilizar otro número en encuentros oficiales, en cambio si un jugador es dado de baja y no ha participado durante la Temporada, sí puede utilizarse el número liberado para otro Jugador.

Los Clubes Filiales con o sin derecho de ascenso de LIGA MX y/o ASCENSO MX deben plasmar en las camisetas de sus jugadores la numeración del 181 al 280, en el entendido de que aquellos Clubes con más de un Club filial sólo podrán tener carnet único en uno de ellos.

Los Clubes Filiales con o sin derecho de ascenso de Segunda División Profesional deben plasmar en las camisetas de sus jugadores la numeración del 51 en adelante.

ARTÍCULO 16.- Los Clubes deberán registrar obligatoriamente a un mínimo de 18 Jugadores – dado que es el mínimo requerido en la alineación del partido - de los cuales por lo menos 2 deben ser Porteros y 6 jugadores que pertenezcan a las categorías Menor y Mediano, así como a un mínimo de 2 integrantes del Cuerpo Técnico, entre los cuales forzosamente deberá haber un Director Técnico y un Médico.

En la Temporada se establecen tres categorías para el registro de Jugadores.

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a) PRIMERA CATEGORÍA MENOR: Nacidos a partir del 1ro. de enero de 2001. (Deberá participar todo el partido mínimo un Jugador)

b) SEGUNDA CATEGORÍA MEDIANO: Nacidos del 1ro. de enero al 31 de diciembre de 2000. (Podrán participar todo el partido mínimo dos Jugadores, salvo lo previsto en el párrafo siguiente al inciso c).

c) TERCERA CATEGORÍA MAYOR: Nacidos del 1ro. de enero de 1997 al 31 de diciembre de 1999. (Podrán participar todo el partido hasta ocho Jugadores).

Para los efectos del inciso b) de este Artículo, los Jugadores registrados en la primera categoría MENOR podrán alinear en forma válida para la segunda categoría MEDIANO, (ejemplo: podrán participar tres Jugadores de la primera categoría MENOR sin necesidad de incluir a los de segunda categoría MEDIANO).

No existe un número máximo de registro de menores.

Por lo que respecta a la tercera categoría MAYOR la cantidad de registros será libre.

En el caso de las sustituciones de Jugador de la primera y segunda categoría, no deberán hacer el cambio por otro Jugador de otra categoría si en el terreno de juego se encuentran los mínimos establecidos.

En el caso de expulsión de un Jugador de la primera y segunda categoría en un partido oficial, se tendrá por aplicada su participación completa. En el caso de lesión de un Jugador de estas categorías, cuando ya se hayan efectuado los tres cambios también se tendrá por aplicada su participación completa.

ARTÍCULO 17- Los Jugadores e integrantes del Cuerpo Técnico de los Clubes que participen en la competencia, deberán ser miembros afiliados a la FMF y estar debidamente registrados por sus Clubes en la Tercera División Profesional, cumpliendo para este fin con los requisitos que apliquen en cada caso.

Sólo serán elegibles para registrarse, Jugadores e integrantes del Cuerpo Técnico que no tengan adeudos registrados con la Comisión de Conciliación y Resolución de Controversias.

ARTÍCULO 18.- El registro de los Jugadores se realizará a través del Sistema Integral de Información Deportiva (SIID), mediante la sesión del usuario autorizado.

ARTÍCULO 19.- Los Clubes de Tercera División Profesional tendrán hasta el 5 de agosto de 2016, a excepción de los Clubes integrantes de los Grupos 13 y 14 los cuales tendrán hasta el 30 de agosto, para realizar los trámites de registro de Jugadores y Cuerpo Técnico. Para los Grupos 13 y 14 acceso al sistema será abierto después del 5 de agosto. Después de esa fecha, únicamente se podrán realizar registros de Jugadores que provengan de otra Asociación Nacional, previo cumplimiento de los trámites para obtener su Certificado de Transferencia Internacional, teniendo para ello hasta el 5 de septiembre de 2016.

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Para la segunda vuelta del Campeonato, los Clubes tendrán del 19 al 30 de diciembre de 2016 para realizar los trámites de registro de Jugadores y Cuerpo Técnico. Después de esa fecha, únicamente se podrán realizar registros de Jugadores que provengan de otra Asociación Nacional, previo cumplimiento de los trámites para obtener su Certificado de Transferencia Internacional, teniendo para ello hasta el 31 de enero de 2017.

ARTÍCULO 20.- Una vez completado el proceso de registro en el SIID y realizado el pago de los registros correspondientes, se programará una cita en las oficinas de la División para que el Club acuda a exhibir los documentos para su cotejo. Una vez cotejados los documentos se enviarán al área responsable de registros de la FMF quien hará entrega en su caso de los registros emitidos.

ARTÍCULO 21.- Si al momento de la recepción de los documentos de registro, la FMF encuentra inconsistencias entre la información que obra en el SIID y la documentación exhibida, tendrá la facultad de rechazar el registro y, dependiendo de la falta, solicitar se proceda conforme lo establecido en el Estatuto y Reglamentos de la FMF a través de la Presidencia de la Tercera División Profesional.

Un Jugador cuyo registro haya sido rechazado, no podrá registrarse con otro Club sino hasta el siguiente periodo de registros, siempre y cuando no se le haya encontrado responsable de una falta que amerite la intervención de la Comisión Disciplinaria y/o las instancias competentes.

ARTÍCULO 22.- Los Clubes deberán tomar en cuenta que conforme al artículo 5 apartado 2 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA durante una misma Temporada, un Jugador es elegible para jugar partidos oficiales únicamente por dos Clubes.

En caso de que se cancele la operación de transferencia de un Jugador proveniente del extranjero con el nuevo Club, este Jugador no podrá ser registrado por ningún otro Club sino hasta la siguiente Temporada.

Para las transferencias de Jugadores inscritos en la Temporada procedentes de otras Divisiones o de la misma División, será el mismo periodo que señala este reglamento, un Jugador no podrá ser transferido más de una vez por torneo.

Respecto de los Jugadores de nuevo ingreso y provenientes del extranjero o con doble nacionalidad, es importante considerar que requieren pasar por un proceso de evaluación ante las autoridades correspondientes para registrarse, dentro de los periodos ya señalados.

Los Jugadores que por cualquier causa dejen de prestar sus servicios al Club deberán rescindir su contrato y firmar el correspondiente finiquito.

SUSTITUCIÓN DE JUGADOR POR TRANSFERENCIA

ARTÍCULO 23.- Si después de la fecha límite para cargar información en el SIID, o incluso ya iniciada la temporada, un Club transfiere a un Jugador a otra Asociación, éste podrá registrar a otro Jugador en su lugar, observando para ello lo siguiente:

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El Jugador transferido a otra Asociación, que deja el lugar vacante para el nuevo registro, deberá haber estado registrado y participado en la Tercera División Profesional, al menos una vuelta del Campeonato completo inmediato anterior.

La fecha límite para registrar a un Jugador en lugar de otro que haya sido transferido a diferente Asociación, será el último día del cierre de registros ante la FIFA, según la vuelta del Campeonato de que se trate.

El periodo de registro oficial ante la FIFA para la primera vuelta de la Temporada, inicia el martes 14 de junio de 2016 a las 9:00 horas y concluye el viernes 5 de septiembre de 2016 a las 17:00 horas.

El periodo de registro oficial ante la FIFA para la segunda vuelta de la Temporada, inicia el lunes 19 de diciembre y concluye el viernes 30 de diciembre de 2016 a las 17:00 horas.

Previo a solicitar el registro de un Jugador sustituto, el Club deberá presentar ante la Comisión de Conciliación y Resolución de Controversias, el finiquito, en caso de transferencia definitiva, o la constancia de no adeudo de UMA ́s devengados, en caso de transferencia temporal, del Jugador que fue enviado a otra Asociación Nacional.

Una vez concluido el periodo de registro ante la FIFA, no se podrán realizar registros de Jugadores en sustitución de otros que hayan sido transferidos a otra Asociación.

SUSTITUCIÓN DE JUGADOR POR LESIÓN

ARTÍCULO 24.- Se podrá sustituir a un Jugador registrado, que durante el tiempo en el cual se desarrolla la vuelta del Campeonato correspondiente o que en la pretemporada, partidos oficiales, partidos amistosos o de carácter internacional, jugados dentro del periodo oficial de registro, haya sufrido una lesión que le impida seguir participando en el resto de la Temporada.

Estas sustituciones se podrán realizar sólo hasta el 5 de septiembre de 2016 para el caso de la primera vuelta y hasta el 4 de febrero de 2017 para el caso de la segunda vuelta del Campeonato.

Únicamente se podrá sustituir a un Jugador que haya sufrido una lesión que requiera tratamiento quirúrgico y/o que tarde al menos seis meses en recuperarse.

Para que proceda la sustitución, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

La lesión del Jugador deberá ser informada a la Tercera División Profesional en un plazo máximo de 5 días a partir de la fecha en que ocurrió.

La lesión del Jugador deberá ser diagnosticada y confirmada en laboratorio y gabinete. La lesión deberá impedirle al Jugador seguir participando por un periodo no menor a seis meses.

El Médico del Club afectado deberá presentar a la Tercera División Profesional la historia clínica de la lesión y los estudios realizados al Jugador para confirmar el diagnóstico de incapacidad que presente.

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La lesión deberá ser certificada por el Médico designado por la Tercera División Profesional, examinando al Jugador.

Únicamente se podrá sustituir a un Jugador lesionado por otro Jugador que provenga de otra Asociación o por Jugadores que no hayan sido registrados por otro Club en la vuelta del Campeonato de que se trate.

La sustitución del Jugador por lesión, se podrá hacer únicamente durante el periodo de registro ante la FIFA.

El Jugador lesionado que se encuentre registrado por toda la Temporada, podrá de nueva cuenta y una vez recuperado de la lesión, ser dado de alta para participar con su Club en la vuelta del Campeonato siguiente.

ARTÍCULO 25.- Los Clubes que deseen registrar a Jugadores y miembros del Cuerpo Técnico, deberán cumplir con los requisitos que al efecto señalan los artículos siguientes y realizar el registro a través del SIID.

Toda la documentación tendiente a cumplir con los requisitos de registro, se deberá presentar en original y/o copia fotostática, según se indique.

La entrega de registros se realizará únicamente a los Clubes que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos que señala el presente Reglamento.

REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE JUGADORES PROFESIONALES

ARTÍCULO 26.- A través del SIID, los Clubes deberán proporcionar la información general delJugador y adjuntar la documentación que el propio sistema solicite para proceder alcorrespondienteregistro.

Ladocumentacióne informaciónde los Jugadoresque seencuentre vigenteestarádisponible yprecargadaenelSIID,aefectodequeelClubpuedaactualizarlosdatosqueconsiderenecesarios.

TratándosedeJugadoresdenuevaafiliación,elClubdeberállenartodosloscamposrequeridosyadjuntar la documentación, que de manera enunciativa más no limitativa se menciona acontinuación:

a) Acta de Nacimiento del Jugador, y/o Cédula de Identidad en copia certificada, misma que deberá entregar en original a la Dirección de Afiliación y Registro en la cita correspondiente para recibir las credenciales de registro.

b) Solicitud de Afiliación debidamente firmada, misma que deberá entregar en original a la Dirección de Afiliación y Registro en la cita correspondiente para recibir las credenciales de registro.

c) Pasaporte vigente, y exhibir el original para su cotejo en la cita correspondiente para recibir las credenciales de registro.

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d) Fotografía y seleccionar el número de camiseta que el jugador va a utilizar, mismo que deberá llevar durante todo el Torneo. La fotografía deberá cumplir con las siguientes características: (i) toma de frente en fondo claro, (ii) tamaño 480 px de alto por 400 px de ancho, (iii) portando la camiseta del uniforme registrado como local del Club, (iv) Formato jpg.

e) Si el Jugador es menor de 18 años, deberá cargar y exhibir en original en la cita para entregar la documentación, la carta autorización firmada por cualquiera de sus padres, acompañandola con una copia de la identificación oficial del firmante (cédula profesional, credencial IFE, Credencial INE o pasaporte vigente o Certificado de matrícula consular) debiendo coincidir la firma. En el caso que la autorización sea otorgada por un tutor se deberá anexar copia certificada del Auto dictado por la autoridad judicial correspondiente en que se le otorgue el cargo de tutor. Cuando los padres radiquen en una ciudad diferente a la del Jugador, este documento se aceptará por medios electrónicos (correo electrónico).

f) Contrato de prestación de servicios celebrado entre el Club y el Jugador debidamentefirmadoporlaspartes.Asímismo,sienlacontratacióndelJugadorexistiólaintervencióndeunIntermediario,sedeberáagregaralcontratodetrabajocomounapéndiceelcontratoderepresentación celebrado con el Intermediario. La duración mínima de un contrato detrabajo es el tiempo que existe entre dos periodos oficiales de registro, y la duraciónmáxima es de 5 años para jugadores mayores de 18 años o de 3 años para jugadoresmenores de 18 años. Al momento de entregar la documentación, y para recibir lascredencialesderegistro,elClubdeberáexhibir3tantosoriginalesdeestedocumento.Sielcontratoseencuentravigente,noseránecesarioadjuntarlonuevamente,sinosimplementeactivarelregistrodelJugador,opciónqueestarádisponibleenelSIID.

g) Ensucaso,CartaPréstamodebidamentetramitadaporelClubanterioryporelnuevoClub,mismaquedeberárealizarseenelperiododesignadoparaelloyatravésdelmóduloquesehabiliteparatalesefectos.Sidichodocumentonoserealizaconformea loseñaladoenelpresente inciso,elprocesoderegistrodelJugadornopodrá llevarseacabo,por loqueesindispensablecontarconlaCartaPréstamocorrespondiente.

h) Tratándose de Jugadores que provengan de otra Asociación Nacional, deberán ingresar,obligatoriamente al TMS, la operación para solicitar el Certificado de TransferenciaInternacional.CabemencionarqueelprocesoderegistrodelJugadornopodráconcluirse,hastaentantonosehayaterminadoconestetrámiteyrecibidoelCertificadoenmención.

i) Ensucaso,cargar,elfiniquitoolaconstanciadeterminaciónanticipadadelContratoconelClubanteriorfijandolascondicionesdelfiniquitocorrespondiente,y/ocartadenoadeudoentre el Jugador y el Club anterior. De existir algún adeudo deberá señalarse el acuerdorespectivosobreelmismoyestardebidamenteregistradoenlaComisióndeConciliaciónyResolución de Controversias. Si por alguna razón las partes aún no llegan a un acuerdorespectodeladeudo,podránexhibirantelacitadaComisión,escritodebidamentefirmadoporambaspartes,queinformequeseencuentranenpláticasparaalcanzarunacuerdo.Elacuse de cualquiera de estos documentos deberá ser cargado en el SIID y presentado enoriginalantelaDireccióndeAfiliaciónyRegistroenlacitacorrespondientepararecibirlas

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credencialesderegistro.

j) En su caso, cargar Carta de Naturalización y exhibir el original para su cotejo en la citacorrespondientepararecibirlascredencialesderegistro.

k) FichaMédicadelJugador,debidamentecargadaenelSIIDporelJefedeServiciosMédicosdelClub.

l) DeclaracióndeJuegoLimpioyÉticaDeportivadebidamentefirmadaporelJugador.

LosClubesquenorespetenlascaracterísticasdelafotografíadelJugador,seránsancionadosdeconformidadconloquedisponeelReglamentodeSanciones.

Se deberá tomar en cuenta que si un Jugador de nacionalidad mexicana presenta Acta denacimiento de otro país, forzosamente se deberá realizar la consulta correspondiente a laAsociación nacional del país donde nació el Jugador, por lo que los Clubes deberán tomar enconsideración que los tiempos de trámite y respuesta no dependen de la Tercera DivisiónProfesional,ypor lotanto,noseconcederánprórrogasniseharánexcepcionesalrespectopararealizarunregistro.

RESPONSIVA MÉDICA

ARTÍCULO 27.- Se entenderá por Responsiva Médica, el documento en el formato recomendado por la FMF, mediante el cual el Club hace constar que todos los Jugadores a registrar se les ha practicado la correspondiente revisión Médica, incluyendo electrocardiograma. Dicho documento deberá estar debidamente firmado por el Responsable de los Servicios Médicos del Club.

Para que un Club pueda concluir con el proceso de registro de un Jugador o integrante del Cuerpo Técnico, el Jefe de Servicios Médicos del Club deberá llenar la ficha médica del Jugador o integrante del Cuerpo Médico y firmar la Responsiva Médica.

Para ello, el responsable médico deberá ingresar al SIID con su clave de usuario y contraseña y llenar los campos solicitados, mismos que de manera enunciativa más no limitativa se señalan a continuación:

a) Peso

b) Estatura

c) Tipo de Sangre

d) Alergias

e) Padecimientos o Enfermedades

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f) Responsiva Médica

g) Información adicional que el Club y/o Médico considere de interés

ARTÍCULO 28.- La autenticidad de los documentos y la veracidad de la información proporcionada por el Jugador al Club para su registro, es responsabilidad estricta del Jugador. �

Así mismo, los Clubes serán responsables del mal uso que se le de a los nombres de usuario y contraseñas asignadas a su personal, así como del resguardo y confidencialidad de la información que se cargue en el SIID. �

El uso indebido del SIID, de la información y de la documentación cargada en dicho sistema, dará lugar a procedimientos de investigación y sanción, en su caso, tanto para el Club como para el usuario. �

ARTÍCULO 29.- Los Clubes deberán registrar ante la FMF a sus Directores Técnicos, Auxiliares Técnicos, Preparadores Físicos, Entrenador de Porteros, Médico, Auxiliar Médico, Kinesiólogos, Utileros y Masajistas, dando cumplimiento a los siguientes requisitos: �El registro de un Director Técnico y un Médico, es obligatorio para todos los Clubes.

�A través del SIID, los Clubes deberán proporcionar la información general del integrante de Cuerpo Técnico y adjuntar la documentación que el propio sistema solicite para proceder al correspondiente registro. El primer integrante de Cuerpo Técnico que debe registrarse es el Médico, pues su intervención es necesaria en el proceso del registro de Jugadores. ��

La documentación e información de los integrantes de Cuerpo Técnico que se encuentre vigente estará disponible y precargada en el SIID, a efecto de que el Club pueda actualizar los datos que considere necesarios.

Tratándose de integrantes de Cuerpo Técnico de nueva afiliación, el Club deberá llenar todos los campos requeridos y adjuntar la documentación que se solicita al efecto.

Es importante tomar en cuenta que para registrar a los integrantes del Cuerpo Técnico, estos deberán realizar los trámites de validación correspondientes ante el SNC, pues el SIID pide datos al respecto.

ARTÍCULO 30.- Para el registro de integrantes del Cuerpo Técnico, los Clubes deberán darcumplimientoalossiguientesrequisitos:

a) Acta de Nacimiento del interesado, y/o Cédula de Identidad en copia certificada, misma que deberá entregar en original a la Dirección de Afiliación y Registro en la cita correspondiente para recibir las credenciales de registro.

b) Solicitud de Afiliación debidamente firmada por el interesado, misma que deberá entregar en original a

la Dirección de Afiliación y Registro en la cita correspondiente para recibir las credenciales de registro.

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c) Pasaporte vigente, y exhibir el original para su cotejo en la cita correspondiente para recibir las

credenciales de registro.

d) Para el caso de los Directores Técnicos, deberán entregar en el Sistema Nacional de Capacitación, el Título Profesional o Documentos Oficiales que avalen sus estudios de Director Técnico, ya sea que estén emitidos por el Sistema Nacional de Capacitación ó la Institución equivalente en el extranjero, en original y copia.

e) Para el caso de los Auxiliares Técnicos, deberán cargar el documento que avale su calidad para

ejercer esta actividad, mismo que deberá ser avalado por el Sistema Nacional de Capacitación.

f) En el caso de los Médicos y Auxiliares Médicos, deben presentar Título Oficial y Cédula Profesional respectiva, ante el Sistema Nacional de Capacitación, a efecto de ser avalados por el Sistema.

g) Los Preparadores Físicos deberán presentar en el Sistema Nacional de Capacitación el original del

Título ó comprobante de estudios de Preparación Física a nivel superior ó documento oficial expedido por la FMF. En caso de que provengan del extranjero, el título o documento deberá ser revalidado y autorizado por el Sistema Nacional de Capacitación de la FMF.

h) Fotografía, con las siguientes características: (i) toma de frente en fondo claro, (ii) tamaño 480 px de alto por 400 px de ancho, (iii) portando la playera polo del uniforme del Club, (iv) Formato jpg.

i) Contrato de prestación de servicios celebrado entre el Club y el integrante de CuerpoTécnicodebidamentefirmadoporlaspartes.Almomentodeentregarladocumentación,ypara recibir las credencialesde registro,elClubdeberáexhibir3 tantosoriginalesdeestedocumento.Sielcontratoseencuentravigente,noseránecesarioadjuntarlonuevamente,sinosimplementeactivarelregistrodelDirectorTécnico,opciónqueestarádisponibleenelSIID.

j) Para el caso de los Directores Técnicos y Auxiliares Técnicos, cargar el finiquito o laconstancia de terminación anticipada del Contrato con el Club anterior fijando lascondicionesdelfiniquitocorrespondiente,y/ocartadenoadeudoentreelDirectorTécnicooelAuxiliarTécnicoyelClubanterior.DeexistiralgúnadeudodeberáseñalarseelacuerdorespectivosobreelmismoyestardebidamenteregistradoenlaComisióndeConciliaciónyResolución de Controversias. Si por alguna razón las partes aún no llegan a un acuerdorespectodeladeudo,podránexhibirantelacitadaComisión,escritodebidamentefirmadoporambaspartes,queinformequeseencuentranenpláticasparaalcanzarunacuerdo.Elacuse de cualquiera de estos documentos deberá ser cargado en el SIID y presentado enoriginalantelaDireccióndeAfiliaciónyRegistroenlacitacorrespondientepararecibir lascredencialesderegistro.

k) Para que el Entrenador de Porteros pueda salir y permanecer en la banca durante elpartido, deberá registrarse como Auxiliar Técnico, y por lo tanto, dar cumplimiento a losrequisitosqueresultanaplicablesaeseintegrantedeCuerpoTécnico.

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l) Encasodeserextranjero,deberácargareldocumentovigentequecertifiquesucondicióndeestanciaque leautoriza trabajarenMéxico,Encasodeque lamismaseencuentreentrámite,deberácargarlasolicitudrealizadaantelasautoridadesmigratorias,debidamentesellada por laOficina oDirección del InstitutoNacional deMigración correspondiente. EsimportantetomarencuentaqueparaqueunintegrantedelCuerpoTécnicopuedaalinearen su Club, debe contar con el documento oficial expedido por el Instituto Nacional deMigración,porloquehastanocargardichodocumentoenelSIIDelregistrodelintegrantedelCuerpoTécniconopodráactivarse.

m) DeclaracióndeJuegoLimpioyÉticaDeportiva,debidamentefirmadaporelinteresado.

LosClubesfilialesconCarnetÚnicodeberáncumplirlosrequisitosderegistroestablecidosporlaDivisiónenlaqueparticipaelClubMatriz.

Todos los Clubes al realizar sus registros de Jugadores y Cuerpo Técnico ante esta División, previo cumplimiento de las disposiciones reglamentarias, deberán cubrir la cuota de $2,726.00 (Dos Mil Setescientos Veintiseis Pesos 00/100 M. N.) IVA incluido, con lo cual el jugador tendrá derecho a un balón de la marca oficial y dos etiquetas para sus uniformes de local y visita, además un seguro de reembolso de gastos Médicos por accidente relacionado con la actividad futbolística de $150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.), seguro de accidentes para perdidas orgánicas por sucesos ocurridos durante el desarrollo de partidos, entrenamientos y traslados a los mismos de hasta $150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil Pesos 00/100 M. N.) pagando un deducible de $500.00 (Quinientos Pesos 00/100 M.N.) en ambos casos, seguro de vida por accidente relacionado con la actividad futbolística por $200,000.00 (Doscientos Mil Pesos 00/100 M. N.) y un seguro de vida general por $350,000.00 (Trescientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M. N.), con las limitaciones señaladas en la póliza contratada.

Dichos seguros inician en forma automática para Jugadores y Cuerpo Técnico al expedir el registro la FMF.

Para asegurar a los directivos deberán solicitarlo mediante escrito en papel membretado de cada Club, y comprobar mediante la escritura Constitutiva o Protocolización de la Asamblea en la que conste su nombramiento, debiendo llenar el formulario correspondiente de antecedentes de enfermedades, el cual será presentado a la compañía de seguros, quien de acuerdo a sus normas otorgará o declinará su anuencia para dichos seguros, los directivos que quieran obtener estos beneficios tendrán que pagar lo establecido en el párrafo quinto del presente artículo sin contar los incisos.

La póliza contratada de ambos seguros tiene vigencia de las 12:00 horas del 21 de julio del 2016 y el término será hasta el final de la participación del Club en el que esté registrado o el propio Club solicite la baja del jugador.

ARTÍCULO 31.- Para el trámite de baja de Jugadores o miembros de Cuerpo Técnico deberá presentar el formato correspondiente debidamente llenado y firmado por el Presidente, Vicepresidente o Apoderado de la persona moral titular del Certificado de Afiliación, la recepción de trámite de bajas en la División será de lunes a jueves en horario de 9:00 a 14:00 horas, no es necesario presentar los registros de juego para este trámite pero el mal uso de los mismos

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ocasionará alineación indebida de acuerdo al articulo 39.

El trámite de baja tendrá un costo, el cual se informará en la tabla de cuotas autorizadas para la Temporada mediante circular oficial.

Las bajas que sean presentadas para efecto de realizar una transferencia o para asignar un número de camiseta se tramitarán al día siguiente hábil de su recepción, y los Jugadores y números liberados pueden ser registrados nuevamente 24 horas después de ser entregados a la FMF.

En el caso de pérdida o extravío de sus registros los Clubes pueden solicitar a la Dirección de la División la reposición y por cada Jugador o miembro del Cuerpo Técnico y tendrá un costo, el cual se informará en la tabla de cuotas autorizadas para la Temporada mediante circular oficial.

CARNET ÚNICO

ARTÍCULO 32.- Los Jugadores que sean registrados en esta División en Clubes filiales pueden participar en sus Clubes de LIGA MX / ASCENSO MX, Torneos de Fuerzas Básicas Sub 15, Sub 17, Sub 20 y Segunda División, apegándose a su Reglamento y Sistema de Competencia.

Para el caso de que un Club de LIGA MX / ASCENSO MX tenga más de un Club filial participando en esta División, deberá señalarnos antes del inicio de la Temporada y por escrito en cuál Club participaran los Jugadores con Carnet Único registrados en Divisiones superiores.

Los Jugadores registrados en otra División y Torneos de Fuerzas Básicas Sub 15, Sub 17 y Sub 20 pueden participar con sus Clubes filiales de esta División, apegándose a lo dispuesto en el artículo 16.

Los Jugadores registrados en la Segunda División Profesional en Clubes con derecho al ascenso pueden participar con sus Clubes filiales de ascenso en esta División, apegándose a lo dispuesto en el artículo 16.

Para que los Jugadores registrados en LIGA MX / ASCENSO MX, Segunda División, Torneos de Fuerzas Básicas Sub 15, Sub 17 y Sub 20 puedan participar en la Fase Final de esta División con sus filiales de ascenso, deberán cumplir con la participación cuando menos del 40% del tiempo total de las jornadas de la Fase de Calificación en su Club de esta División.

CUERPO TECNICO

ARTÍCULO 33.- Las personas que integren el Cuerpo Técnico de los Clubes que participen en la Tercera División Profesional en la Temporada, deberán estar registrados por los Clubes en la FMF, los cuales no pueden ostentar cargo Directivo en ningún Club, deberán solicitar su alta cuando presenten la planilla de sus jugadores, caso contrario no se recibirá ningún expediente de registro.

Para dar de alta al Director Técnico deberá tener la validación del Sistema Nacional de Capacitación (SNC) la cual se solicita mediante el pago de $4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos Pesos 00/100 M. N.) incluyendo IVA, mismo que debe ser depositado en el Banco y número de cuenta del SNC.

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En caso de ser extranjero, debe incluir el documento vigente que certifique su condición de estancia, además del Aval del SNC, mismo que lo emitirá una vez que sea analizado por dicha dependencia. (copia).

Cuando un Club solicite la baja de su Director Técnico en el transcurso de la presente Temporada, deberá presentar el formato de finiquito de no adeudo del Director Técnico firmado por el Presidente o Apoderado legal, debidamente autorizado por la persona moral titular del Certificado de Afiliación y la del Director Técnico.

El registro de Cuerpo Técnico quedará abierto durante toda la Temporada incluyendo Fase Final.

Se recibirán los documentos de Jugadores y Cuerpo Técnico de 9:00 horas a 15:00 horas y de lunes a viernes por medio de cita, fecha en que podrán entregarse los registros una vez cotejada la documentación con la información previamente capturada por el Club en el SIID.

ARTÍCULO 34.- Todos los Clubes deberán registrar Director Técnico, este es el único puesto que podrá ser ocupado por un extranjero si así lo decidiera el Club, además deben registrar obligatoriamente a un Médico avalado por el SNC.

Si algún otro integrante del Cuerpo Técnico es mexicano por naturalización deberá presentar el documento que acredite tal circunstancia, mismo que requerirá ser avalado por las Áreas correspondientes de la FMF, previo a su registro.

ARTÍCULO 35.- El Club que no presente el registro de su Director Técnico, impedirá que los demás miembros del Cuerpo Técnico registrados puedan salir a la banca en el desarrollo de juegos oficiales, salvo los siguientes casos:

a) Cuando el Director Técnico se encuentre suspendido por la Comisión Disciplinaria u otra instancia para sancionar. En este caso, solo será necesario presentar al Árbitro Central la notificación de la suspensión y el nombre y NUI del responsable de la banca, dentro de los integrantes del Cuerpo Técnico registrados.

b) Cuando el Director Técnico se encuentre ausente por causa de fuerza mayor o incapacitado por enfermedad. En este caso, el Club deberá tramitar por escrito un permiso ante la Dirección General de la División para sustituir al Director Técnico, a esta solicitud se acompañarán los documentos que justifiquen dicha ausencia.

c) Cuando el Director Técnico haya sido dado de baja, y aún no hayan transcurrido los 30 días naturales para registrar otro. En este caso, el Club deberá tramitar por escrito un permiso ante la Dirección General de la División para sustituir al Director Técnico en los partidos en que celebre el Club dentro del lapso previsto.

d) Cuando el Director Técnico sea convocado a cualquier Selección Nacional o Torneo Avalado por la FMF. En este caso, el Club deberá tramitar por escrito un permiso ante la Dirección General de la División, dicha solicitud se acompañará de la convocatoria o documento del torneo.

Los Clubes solicitantes de los permisos deberán enviar un escrito en hoja membretada del Club a nombre de la Dirección General de la División, mencionando la causa de la solicitud, el nombre de

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la persona que será responsable de la banca, número de afiliación, jornada, Club contrario y fecha de programación del encuentro, anexando los documentos que justifiquen la solicitud.

La solicitud será evaluada bajo la consideración de la obligación del Club de contar con un Director Técnico avalado por el SNC. En su caso, el permiso se extenderá a favor de una persona registrada dentro del Cuerpo Técnico de su Club, que será el responsable de la banca, los permisos tendrán una vigencia de una jornada y serán autorizados sin costo en tres encuentros por cada vuelta de la Temporada. Para los incisos b), c) y d) la autorización deberá ser presentada al Cuerpo Arbitral al momento de entregar la hoja de alineación antes del inicio del encuentro, y el Árbitro deberá certificar en el renglón de incidentes la presentación del permiso.

A partir del cuarto permiso se cobrará una aportación de $6,160.00 (seis mil ciento sesenta pesos 00/100 M. N.) IVA incluido por cada permiso adicional.

Las solicitudes solo se recibirán vía correo electrónico y el permiso se enviará exclusivamente al correo registrado del Club solicitante.

El Club que utilice miembros del Cuerpo Técnico y no cuenten con el permiso de la División o el Registro expedido por la FMF o que se encuentren suspendidos en esta División por el Comité Ejecutivo, Comisión Disciplinaria o cualquier autoridad de la FMF con facultad para sancionar o que este registrado en otro Club y participe en cualquier encuentro, perderá el partido de acuerdo al Artículo 40 de este Reglamento.

ARTÍCULO 36.- No podrán permanecer personas no acreditadas en la cancha y/o contracancha durante el desarrollo del encuentro, desde el inicio de la ceremonia de “Juego Limpio” hasta la salida de los Árbitros concluido el partido. Tampoco podrá ingresar persona alguna al terreno de juego, durante este período, sin la autorización del Árbitro del encuentro.

En función de la gravedad de la falta la sanción que reciba el Club infractor podrá ser de 50 UMA ́s, o de 50 UMA ́s y la pérdida del partido de acuerdo al Articulo 39.

Los miembros del Cuerpo Técnico deberán guardar un comportamiento ejemplar con los jugadores propios y rivales, además con los aficionados asistentes. En el caso de que realice alguna actividad anómala que a criterio del Comité Ejecutivo contravenga el espíritu deportivo, el Club al que pertenece el Director Técnico en cuestión, perderá el encuentro de acuerdo al Artículo 39 y recibirá una sanción económica de 30 UMA ́s, siempre y cuando el caso esté debidamente suscrito en el renglón de incidentes del Informe Arbitral o ampliación del mismo o en la protesta que alguno de los Clubes presente y fundamente a cabalidad, realizando el pago correspondiente de dicha protesta.

Los Clubes deberán identificar a los medios de comunicación (Fotógrafos, camarógrafos), baloneros y camilleros que permanezcan en las inmediaciones del terreno de juego con una casaca.

Los fotógrafos podrán permanecer únicamente detrás de la línea de meta de ambas porterías, para el caso de los camarógrafos quedará a criterio del árbitro central su lugar en caso de pretender un lugar en la contracancha del terreno de juego.

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Las personas que pueden permanecer en la contracancha y que previamente se hayan acreditado con el Cuerpo Arbitral son: Cuerpo Médico, Camilleros, Inspector Autoridad, Comisario.

ARTÍCULO 37.- Los Clubes con filial en la Tercera División Profesional, pueden utilizar los servicios de miembros del Cuerpo Técnico registrados con Carnet Único en otra División, en cualquier fase de la Temporada.

Está prohibida la presencia en el área de bancas, de personas no registradas en el plantel de los Clubes participantes en el partido que se celebra, salvo el Cuerpo Técnico referido en el párrafo anterior.

No se permitirá que ningún miembro del Cuerpo Técnico, acreditado para permanecer en la banca, porte video, cámaras fotográficas o aparatos de intercomunicación.

EXTRANJEROS

ARTÍCULO 38.- En la División, no se permite el registro de Jugadores extranjeros.

ALINEACIÓN INDEBIDA

ARTÍCULO 39.- Para efectos del presente Artículo, se considera alineación la lista de Jugadores y Cuerpo Técnico que los Clubes deberán presentar al Árbitro 45 minutos antes del inicio del encuentro para que sean anotados en el Informe Arbitral (Titulares, Suplentes y Cuerpo Técnico) aún y cuando no participen en el partido correspondiente.

Se considera alineación indebida:

a) Cuando un Jugador o miembro del Cuerpo Técnico sea registrado con documentación alterada o falsa ante la FMF, y sea alineado en un juego oficial.

b) Cuando se altere o modifique el registro expedido por la FMF, y sea alineado en un juego oficial.

c) Cuando un Jugador suspendido participe como titular, suplente o balonero, con excepción del Jugador suspendido para actuar en otra División.

Cuando un integrante del Cuerpo Técnico suspendido no acate la disposición de no permanecer en la banca y/o vestidor de su Club y/o pasillos, accesos y/o inmediaciones del terreno de juego, o dé indicaciones a sus Jugadores antes del encuentro o medio tiempo en el vestidor de su Club. Lo mismo aplica cuando el Cuerpo Técnico participe ante la ausencia del Director Técnico por alguna causa y no cuenten con el permiso correspondiente de la División.

d) Utilizar al mismo tiempo en un partido un número menor de los mínimos establecidos para la primera y segunda categoría, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 16 de este Reglamento. �

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e) La suplantación de Jugadores o Cuerpo Técnico en el terreno de juego por otros que estén o no registrados, previa certificación del Árbitro en el Informe Arbitral correspondiente, además se abrirá una investigación ante la Comisión Disciplinaría para aplicar las sanciones que sean necesarias a los responsables del hecho. �

f) Cuando un Jugador registrado con Carnet Único no cumpla con el 40% de participación establecido en el Artículo 33 y participe en la Fase Final. �

g) Cuando un Jugador o miembro del Cuerpo Técnico se encuentre inactivo, por baja, en el Sistema Deportivo de la FMF. �

h) Anotar en la hoja de alineación o ingresar a la banca un número mayor de siete Jugadores suplentes y/o más de cinco miembros del Cuerpo Técnico o cualquier persona no acreditada. �

SANCIONES POR ALINEACIÓN INDEBIDA �

ARTÍCULO 40.- Los infractores se harán acreedores de acuerdo al caso a las siguientes sanciones:

a) Si el Club infractor gana el partido, los tres puntos en disputa se acreditarán al Club contrario. En cuanto a los goles anotados, serán anulados los del Club infractor y se contabilizarán los que haya anotado el Club contrario si los hubiere arriba de tres, y de no haber anotaciones o menos de tres de este último el resultado será de tres goles a cero a su favor.

b) Si el resultado del partido es empate, el Club infractor perderá el partido adjudicándose al Club contrario los puntos correspondientes, según lo establecido en el inciso anterior. En cuanto a los goles anotados, si el empate es menor a cuatro goles, oficialmente el marcador será de tres goles a cero a favor del Club que actuó legalmente. Si el empate es a mayor a tres goles, no se contabilizarán los goles anotados por el Club infractor.

c) Si el Club infractor pierde el partido, se le anularán los goles que haya anotado en el encuentro, si el Club contrario anota menos de 4 goles el resultado será de tres goles por cero.

d) Los Clubes que participen con Jugadores o Cuerpo Técnico conforme a lo señalado en el Artículo 39 incisos c), d), f), g), h), serán sancionados además de lo estipulado en los incisos a), b) y c) de este Artículo, con multa de 25 UMA ́s por cada jugador y Cuerpo Técnico alineado.

e) Los Clubes que participen con Jugadores conforme a lo señalado en el Artículo 39 Incisos a), b) y e), serán sancionados además de lo estipulado en los incisos a), b) y c) de este Artículo, con multa de 150 UMA ́s por cada Jugador o miembro del Cuerpo Técnico alineado, además el miembro del cuerpo técnico responsable de la alineación recibirá una suspensión de tres encuentros.

f) Los Clubes que participen con Jugadores o Cuerpo Técnico conforme a lo señalado en el Artículo 39 inciso c) serán sancionados deportivamente por la Comisión Disciplinaria de la FMF.

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g) En el caso de los Jugadores registrados con documentación falsa, alterada o de otra persona se sancionará en todos los partidos en que haya participado durante la presente Temporada.

h) En los partidos de la fase final de Ascenso o Filiales, el Club que cometa algunas de las infracciones señaladas en el Artículo 39 en cualquiera de sus párrafos o incisos, perderá el derecho de seguir compitiendo por el Titulo de Campeón, en lo que corresponde a su lugar en la tabla de porcentaje no sufrirá cambios con este hecho, pero pasará a la fase siguiente el Club que le tocaba enfrentar.

i) Además de lo estipulado en el inciso f) de este Artículo, se sancionará con multa de 25 UMA ́s por cada jugador o Cuerpo Técnico alineado.

Si los dos Clubes que participen en los encuentros oficiales de la Temporada cometen las infracciones señaladas en el Artículo 38 de este Reglamento, serán sancionados ambos con el resultado adverso de tres goles por cero.

En los casos de los Jugadores que infrinjan el Artículo 39 Inciso a), b) o e) se solicitará al Comité Ejecutivo de la FMF su inhabilitación desde 2 años hasta la desafiliación de acuerdo a la gravedad del caso, y se investigará la participación del Cuerpo Técnico para su sanción.

Adicionalmente, al Club que haya realizado su primer registro, si se encuentra activo, se le sancionara económicamente con una multa de 70 UMA ́s en cada partido que dicho jugador haya participado en la presente Temporada. Por su parte, al Club en el que se encuentra registrado en esta Temporada se le sancionará solo deportivamente, como lo establece este Artículo en el inciso g).

En lo que se refiere a los goles conseguidos por un Jugador que haya sido sancionado por alguna de las causas señaladas en este Artículo, se eliminarán sus goles de la Tabla General correspondiente.

Cuando un Club tenga Jugadores con sanciones deportivas pendientes por cumplir ante la Comisión Disciplinaría de la FMF, y el encuentro en que se debiera cumplir dicha sanción, o parte de ella, se cancele oficialmente debido a una causa totalmente ajena al Club, se tomará como cumplida con un encuentro de la sanción original. Para que la Comisión Disciplinaria aplique el cumplimiento de la sanción de referencia, la División enviará copia del dictamen emitido que justifica el supuesto antes mencionado.

Para efecto de las tarjetas amarillas, únicamente se pueden cancelar por cada dos partidos en el que participe el Jugador de forma continua o no, alineando al menos 45 minutos en cada encuentro sin que reciba otra tarjeta amarilla, estos encuentros obligatoriamente deben ser jugados para que la Comisión Disciplinaria aplique la cancelación. La cancelación de una tarjeta amarilla podrá repetirse, hasta incluso cancelar todas las que el Jugador tenga acumuladas.

Los Jugadores que hagan caso omiso de una sanción de la Comisión Disciplinaria y participe en cualquier encuentro, recibirá otro castigo por desacato e incumplimiento, en el entendido de que en el partido inmediato debe cumplir la suspensión pendiente y los adicionales impuestos por la Comisión Disciplinaria por el desacato mencionado.

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PROTESTAS

ARTÍCULO 41.- En caso de que consideren que algún incidente ocurrido en el encuentro pueda acarrear una sanción en contra de algún Club y el hecho no esté debidamente certificado en el renglón de incidentes del Informe Arbitral, cualquier Club tiene derecho a realizar una protesta y el plazo para presentarla ante la División será hasta las 16:00 horas del día lunes siguiente de la fecha del partido celebrado; en caso de jornada doble o reprogramación debe presentarse al día siguiente hasta las 16:00 horas, tanto en la fase de calificación como en la fase final. Deberá hacerse por escrito y firmado por el Presidente, Vicepresidente o Apoderado Legal del Club, además de depositar en la División, la cantidad de 10 UMA ́s por cada Jugador protestado o argumento sustentado.

Para el caso de las protestas que estén debidamente presentadas, el primer paso de la investigación es certificar el hecho en el renglón de incidentes del Informe Arbitral, en caso de no estar asentado se pedirá a la Comisión de Árbitros de la FMF una ampliación por parte del Árbitro designado para que certifique el hecho.

En el caso de que el plazo para presentar la protesta (lunes, jornada doble o reprogramación) sea día festivo oficial, se correrá al día hábil siguiente a las 12:00 horas.

En caso de que ésta proceda, se reintegrará al Club la cantidad depositada y se le cargará al Club infractor, asimismo la diferencia que existiera del importe de gastos de investigación tanto al protestante de no proceder, como al infractor de ser procedente.

En todos los casos el Club que proteste deberá anexar las pruebas correspondientes para justificar su argumento teniendo como plazo un máximo de 48 horas a partir de la presentación de su protesta, las que serán verificadas. En la última jornada de la fase de calificación o en cualquier etapa de la fase final, las pruebas deberán ser necesariamente anexadas, si el Club que presenta la protesta omite anexar dichas pruebas no serán recibidas.

El Comité Ejecutivo y la Comisión Disciplinaria resolverán las protestas presentadas durante la temporada en su fase de calificación en un plazo no mayor de 10 días hábiles a partir de la presentación de las pruebas. En caso de que éstas se presenten en la última jornada de la temporada en su fase de calificación o después, las resolverá dentro de las 48 horas hábiles siguientes a su presentación de acuerdo con los elementos de juicio reunidos.

En los casos de ausencia del Comité Ejecutivo, el Presidente previa consulta a los miembros podrá resolver o tomar medidas necesarias en asuntos propios de la División, dando cuenta de sus gestiones en la siguiente junta del Comité Ejecutivo, de acuerdo a la facultad que le otorga el Artículo 31° inciso h) del Reglamento Interno de la División. El dictamen del Comité Ejecutivo es definitivo e inapelable.

La Comisión Disciplinaria hará la revisión de los informes arbitrales y todas las irregularidades se sancionarán de oficio realizando una resolución misma que será inapelable, en todos los demás casos, deberá mediar protesta del Club que se vea afectado.

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En cualquier tiempo durante el desarrollo de la presente temporada, el Comité Ejecutivo podrá recibir denuncia de algún Club por escrito y firmado por el Presidente, Vicepresidente o Apoderado legal del Club en relación con Jugadores que se presume fueron registrados irregularmente con documentación falsa, alterada o de otra persona, indistintamente del Grupo en que participe, acompañada de las pruebas respectivas, las cuales serán verificadas por la persona que designe la Dirección General de la División.

Igualmente podrá solicitar que la División efectúe revisiones a los archivos para someter a investigación a aquellos Jugadores registrados cuya documentación presente duda acerca de su edad y en su caso, proceder como corresponda.

Aquellos Clubes que por investigaciones propias detecten la existencia de Jugadores registrados irregularmente en el seno del mismo Club, deberán denunciar este hecho a la Tercera División por escrito y firmado por el Presidente, Vicepresidente o Apoderado Legal del Club y con las pruebas respectivas, además deberá darlos de baja del Club, para efectos de exentarlos de las sanciones económicas y deportivas previstas por este Reglamento en el Artículo 39, siempre y cuando no haya mediado protesta o denuncia de otro Club con anterioridad. La División solicitará al Comité Ejecutivo la inhabilitación hasta por dos años del Jugador, según el resultado de la investigación.

En la Fase Final, el Club que haya sido eliminado deportivamente y proteste alguna alineación indebida del Club contrario y se haga una resolución a su favor, tomará el lugar del Club que infrinja, retomando su lugar según la Tabla de Clasificación del Grupo o en la Tabla General de Clasificación hasta la fase siguiente.

PARTIDOS

ARTÍCULO 42.- Los Clubes celebrarán sus partidos oficiales, en los Estadios o canchas de juegos registrados en la FMF, en días y horarios establecidos previamente como se detalla:

Jornada normal: viernes, sábado o domingo

Jornada doble: miércoles o jueves.

ARTÍCULO 43.- Los Clubes deberán programar el inicio de sus partidos a partir de las 11:00 horas hasta las 16:00 horas los que no cuenten con alumbrado y hasta las 21:00 donde exista alumbrado.

Ningún Club podrá celebrar un partido si no transcurren por lo menos 48 horas de haber jugado su anterior partido.

En ningún caso un Club podrá jugar dos veces como local contra un mismo Club en la misma Temporada.

En todos los encuentros de la División en cualquiera de sus fases se celebrará una ceremonia de “Juego Limpio” previa al inicio y al final de los partidos, los detalles de la ceremonia se enviarán a los correos electrónicos registrados y los encontrarán en el sitio web oficial de la División; el Club

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que incumpla con esta disposición previa certificación del arbitro en el Informe Arbitral será sancionado con una multa de 30 UMA ́s.

Los Clubes locales además de lo señalado deberán cumplir con lo siguiente:

a) Para aquellos Clubes que programen sus partidos como preliminares de Segunda, LIGA MX o ASCENSO MX, deberán observar que los mismos finalicen por lo menos 30 minutos antes del partido estelar o en el tiempo que señalen los reglamentos de cada División. �

b) Facilitar el acceso del Cuerpo Arbitral y el Club Visitante al Estadio con dos horas de anticipación a la hora marcada en el calendario oficial de juegos, para que se puedan instalar, así como sus unidades de transporte. �

c) Reportar el Club local el marcador resultante inmediatamente y como máximo una hora después a la terminación del partido al correo electrónico de la Tercera División Profesional, además deberán enviar copia digital del Informe Arbitral por ambos lados dentro de las cuatro horas siguientes a la terminación del partido al correo electrónico [email protected] el Club que incumpla esta disposición se hará acreedor a una multa de 50 UMA ́s y en caso de acumular 2 partidos sin cumplir con esta disposición, la División no programará su siguiente partido como local, perdiendo los puntos en disputa por un marcador de tres goles a cero. �Lo anterior, en caso de que el Cuerpo Arbitral no disponga de la herramienta oficial para el envío del Informe Arbitral.

d) Cubrir los honorarios y viáticos en efectivo al Cuerpo Arbitral y visor de la Comisión de Árbitros antes del inicio del partido programado; el no efectuarlo le ocasionará que no se lleve a cabo el encuentro. El Club tendrá una tolerancia de 45 minutos después de la hora programada para el inicio del partido para efectuar el pago; tras cumplirse el tiempo de tolerancia el Cuerpo Arbitral se retirará del campo, y le ocasionará una multa extraordinaria de 50 UMA ́s perdiendo el encuentro; además se cancelará su siguiente partido como local y en ambos casos se aplicará lo establecido en el Artículo 40 de sanciones. �Si el Cuerpo Arbitral no entrega los recibos de honorarios previo al partido, el Club no estará obligado a pagarle, pero deberá depositarlo en la cuenta de la División a más tardar al día siguiente hábil antes de las 12 horas para que quede exento de la multa arriba señalada. �

e) El Club tendrá la obligación de entregar la hoja de retención que indica el SAT, debidamente firmada por el representante legal de la persona moral propietaria de los derechos de afiliación. �

f) En caso de que el Club solicite el envío por correo electrónico del recibo de honorarios del Cuerpo Arbitral, deberá realizar la solicitud al correo electrónico de la Comisión de Árbitros durante la semana previa al partido. �

g) Permitir el acceso a los Estadios a los Directivos, ofreciendo la seguridad necesaria durante su estancia en las instalaciones.

h) Además del médico de cancha, deberá contar con ambulancia y paramédico, el cual deberá atender y de ser necesario trasladar a cualquier persona participante que resultara accidentada o lesionada. Si no se contara con lo antes mencionado se aplicará una multa al Club local equivalente a 75 UMA ́s, la falta de este requisito no es motivo de suspensión o retraso del inicio del encuentro. �

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i) Los Clubes locales deberán designar al Club visitante un lugar apropiado fuera del terreno de juego para que pueda filmar su partido, las personas designadas deberán portar casacas, el Club que incumpla con esta disposición se hará acreedor a una multa económica de 100 UMA ́s. �

ARTÍCULO 44.- Los partidos deberán empezar a la hora señalada y su desarrollo estará determinado por el calendario oficial de juego, aprobado por la Tercera División Profesional y la FMF.

ARTÍCULO 45.- El Comité Ejecutivo tendrá facultad de realizar cambios de fechas y horarios de los calendarios de juegos aprobados, en causas justificadas.

Todos los partidos de la última jornada de la Fase de Calificación de cada Grupo serán programados el mismo día y hora por Grupo. En caso de que se empalmen dos o más Clubes que tengan el mismo Estadio registrado, se dará prioridad al Club que tenga mayor antigüedad y el o los demás Clubes deben presentar otro Estadio dentro de la misma sede.

Para los cambios de horario registrado se permiten tres solicitudes sin costo por Temporada, a partir de la cuarta solicitud se cobrará una aportación equivalente a 30 días de UMA ́s.

ARTÍCULO 46.- Para cualquier cambio de Estadio, fecha u hora, si el Club es local deberá avisar por escrito con una anticipación de 15 días en fase de calificación a la Dirección General de la Tercera División Profesional para que lo autorice, para la Fase Final el aviso tendrá que ser el lunes siguiente a las 11:00 horas después del momento de calificar a la siguiente etapa, no se recibirán solicitudes después del horario mencionado.

En el caso del Club visitante deberá solicitarlo por escrito con la misma anticipación del párrafo anterior a la Dirección General de la División para que se consulte al Club local su conformidad o negativa.

El Club que solicite reprogramar un encuentro en fecha posterior al plazo indicado en el párrafo anterior, deberá enviar el escrito de solicitud con el consentimiento del Club contrario, incluyendo la fecha de reprogramación acordada por ambas directivas, debe presentarlo la Dirección General de la División a más tardar a las 14:00 horas del miércoles en Jornada normal o a las 14:00 horas del lunes anterior al partido en caso de Jornada doble.

Para los Clubes que califiquen a la fase final se programarán sus encuentros, tanto de ida y vuelta, de acuerdo al horario y día registrado en la hoja de Partidos que utilizó en la Fase de Calificación que tienen registrado al inicio de la Temporada en la Dirección General de la División, salvo lo dispuesto en el apartado de Fase Final de este Reglamento, reiterando que en caso de solicitar algún cambio, deberá ser por escrito y como fecha limite el día lunes a las 11:00 horas.

La fecha de reprogramación no deberá exceder de los 15 días hábiles siguientes de la fecha original, en caso de que sea dentro de las últimas tres fechas de fase de calificación deberá ser programado de acuerdo a la disponibilidad del calendario de juegos.

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En caso de que un Club solicite el cambio de Estadio para efectuar juegos oficiales, las nuevas instalaciones deberán contar con la aprobación de la FMF, cuyos costos de revisión, correrán por cuenta del solicitante, cuando el caso lo requiera.

En ningún caso, los Clubes y/o el Árbitro tienen la facultad para cambiar fecha, hora o estadio del partido sin aprobación de la División, y de hacerlo así el Club local perderá los puntos en disputa y se reportará el hecho a la Comisión de Árbitros.

En el presente Campeonato, los Clubes para alinear a sus Jugadores en partidos oficiales, deberán presentar la hoja de alineación y los registros de Jugadores y Cuerpo Técnico, al Cuerpo Arbitral con 45 minutos de anticipación a la hora señalada como oficial para dar inicio el encuentro.

Si a la hora señalada para que el Árbitro de inicio del encuentro, alguno de los Clubes no ha presentado los registros correspondientes o, en caso de contar con la herramienta que genera el Sistema Integral de Información Deportiva de la FMF, las identificaciones oficiales actuales y vigentes, el partido no podrá iniciarse sin la autorización de la División, consignando este hecho en el Informe Arbitral, para que el Comité Ejecutivo investigue las causas de lo anterior y determine las acciones a seguir.

Los Clubes gestionarán ante los propietarios de las instalaciones en que juegan que no programen en sus estadios partidos de Fútbol amistosos ni otros espectáculos cuando en sus plazas se efectúen en la misma fecha y horario, partidos oficiales de nuestro Campeonato.

En caso de que por causas de fuerza mayor esto llegue a suceder, deberán presentar otras instalaciones que cumplan con lo establecido en el RANS o cambiar la fecha su partido conforme a lo establecido en este Artículo.

Los Clubes que deseen realizar partidos amistosos como local contra Clubes pertenecientes a este Sector u otro existiendo taquilla, deberán solicitar el permiso correspondiente a la División y cubrir a la División una aportación extraordinaria equivalente a tres días de UMA ́s, en caso contrario, se les impondrá multa de 30 UMA ́s.

Los Clubes deberán solicitar a la autoridad correspondiente, sea del gobierno municipal o estatal, la presencia de un “Inspector Autoridad” que deberá presentarse con el Árbitro hasta 1 hora antes del inicio del partido, y cuyas funciones son las siguientes:

• Las que le otorgue el Reglamento y/o la legislación de la autoridad, Municipal o Estatal, a la que pertenece. �

• Apoyar al Cuerpo Arbitral para la aplicación de las medidas de seguridad que le solicite. �

• No intervenir en apoyo de ningún Club.

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Si el Arbitro se percata de algún incumplimiento por parte del Inspector Autoridad, puede solicitar que se retire �del estadio. En caso de negarse, se suspenderá el encuentro.

De no presentarse el Inspector Autoridad, el Árbitro designará, entre el personal de seguridad pública o privada o protección civil, a quien desempeñará las funciones señaladas.

La Dirección General de la División al elaborar su calendario, dará prioridad a los calendarios oficiales de juegos de la LIGA MX, ASCENSO MX y de la Segunda División para evitar que se empalme la programación de sus partidos. �

SUSPENSIÓN DE PARTIDOS �

ARTÍCULO 47.- Los partidos solo podrán suspenderse por causas de fuerza mayor o estado de emergencia, invasión o agresión del público, incomparecencia de algunos de los contendientes o retirada de la cancha de algún Club. �

Cuando un partido no pueda iniciarse por existir causas de fuerza mayor, tales como inundaciones temporales u otros estados de emergencia originados por fenómenos naturales, corresponderá al Comité Ejecutivo de la División, fijar la fecha para la celebración del juego no efectuado, en su caso, procurando que este se realice a la brevedad posible.

�En el caso de que un Club o ambos, no acaten las disposiciones del Árbitro y con esto se suspenda temporalmente el juego, y uno o ambos Clubes se nieguen a reanudar el partido ejecutando (poner el balón en juego) lo marcado por el Árbitro, pero a la vez estos elementos (Jugadores) no abandonen el terreno de juego sino que se nieguen a jugar, el Árbitro convocará al Capitán o Capitanes de los Clubes y les indicará que deberán inmediatamente reanudar el encuentro y, de no ser así, abandonará la cancha y al Club o los Clubes se les tomará el hecho como RETIRO. �

Cuando un partido no pueda iniciarse por falta de instalaciones, corresponderá al Comité Ejecutivo de la División, resolver lo procedente de acuerdo con las razones específicas del caso, si se comprueba que el Club local no tomó medidas para efectuar el encuentro, perderá por marcador de tres goles a cero, además se aplicará una multa extraordinaria de 250 UMA ́s. �

Si un partido programado en horario nocturno no se inicia dentro del término reglamentario por desabasto de energía eléctrica imputable al Estadio, se considerará como falta de instalaciones.

ARTÍCULO 48.- Cuando un partido ya iniciado sea suspendido por causa de Fuerza mayor, estado de emergencia, falta de energía eléctrica ocasionada por cualquier motivo, el tiempo faltante si excede de siete minutos, deberá celebrarse dentro de las 24 horas siguientes, siendo responsabilidad del Árbitro señalar la hora en que deberá completarse el juego, Este se efectuará en las mismas condiciones que se encontraban los Clubes en el momento de la suspensión (Expulsiones, Cambios, Alineación, Amonestaciones, etc.).

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En este caso, el Club local proporcionará al Cuerpo Arbitral los viáticos necesarios para su permanencia en la sede, siempre y cuando sean de una plaza mayor a 150 kilómetros.

ARTÍCULO 49.- Si transcurrido el término de 24 horas el impedimento continúa o uno de los dos Clubes tiene que jugar dentro de los dos días siguientes un partido oficial o amistoso, autorizado por la FMF, el juego se suspenderá temporalmente, corresponderá al Comité Ejecutivo de la División, señalar la fecha de su celebración, procurando que se efectué dentro de las dos fechas siguientes.

Si el partido corresponde a la Fase Final, será atribución del Comité Ejecutivo de la División, determinar las medidas de solución.

ARTÍCULO 50.- Cuando un partido sea suspendido por falta de garantías, motivado por actitud antideportiva, rebeldía o cualquier situación ocasionada por Jugadores, Cuerpo Técnico o Directivos de algún Club, reportado esto en el Informe Arbitral, quien ocasione tal situación, perderá el partido tres goles a cero, y en lo relacionado a los goles anotados, se efectuará de acuerdo al Artículo 39 de este Reglamento.

En este último caso, el Árbitro turnará el Informe Arbitral con el reporte lo más amplio posible, corresponderá al Comité Ejecutivo de la División, y este ordenará la investigación correspondiente para aplicar las sanciones a que se hayan hecho acreedores, además de la pérdida del partido del Club que ocasiono la suspensión.

Si el partido es suspendido por invasión o agresión del publico al Cuerpo Arbitral, a los Jugadores o Cuerpo Técnico de los Clubes participantes, corresponderá al Comité Ejecutivo de la División, resolver sobre la base del reporte del Árbitro y demás elementos que les hayan sido presentados.

Cuando un partido sea suspendido por riña generalizada, independientemente del minuto que haya sido suspendido, se tomará como juego oficial prevaleciendo el marcador en el que estaba al momento de la suspensión, en caso de que el marcador se encuentre empatado en goles, de igual forma se decretará como oficial y se ejecutará la serie de penales para definir al ganador del punto extra en fecha en que ambos Clubes lo acuerden, en caso contrario corresponderá al Comité Ejecutivo de la División, determinar dicha fecha, teniendo derecho de tirar los penales los Jugadores que no hayan sido expulsados, con la salvedad de que si alguno de estos Jugadores se encuentre lesionado en la fecha designada para tirar los penales, deberá presentar Certificado Médico para que ambos Clubes equiparen el número de participantes, debiéndose llevar a cabo a puerta cerrada en la cancha del cuadro local, autorizándose la presencia de 5 miembros de las directivas de cada Club, las cuales deberán ser presentadas a la terna arbitral antes de que inicie el encuentro, por ningún motivo los Clubes deberán exceder el numero autorizado y en caso de hacerlo el Árbitro les pedirá retirarse de las instalaciones.

En el presente Campeonato no se suspenderán los encuentros por causas de expulsiones sin importar el número de ellas, si el Árbitro de acuerdo con su criterio decide suspenderlo, éste deberá informar a la Dirección General de la División quien resolverá sobre el partido de acuerdo a las condiciones específicas del caso.

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INCOMPARECENCIAS Y RETIROS

ARTÍCULO 51.- Los Clubes contendientes deberán presentarse obligatoriamente en el terreno de juego con 11 Jugadores.

Si los Clubes no completan el numero de 11 Jugadores el encuentro no podrá iniciar y se tomará como incomparecencia, además de que se aplicarán las mismas sanciones que señala el Artículo 40.

ARTÍCULO 52.- Es obligación de los Clubes que participan en la Temporada, estar en la plaza del Club Local, cuando menos con 2 horas de anticipación al inicio del partido.

ARTÍCULO 53.- Exactamente a la hora fijada en el calendario oficial de juegos o en modificación hecha por la División y notificada a ambos Clubes para dar principio un partido, el Árbitro dará la señal de inicio y si uno de los Clubes no hubiera comparecido o no contase con el número de Jugadores requeridos para iniciar el encuentro, procederá a esperar 45 minutos y, si transcurrido ese tiempo el o los Clubes no se presentan o no completan el número de Jugadores exigido, asentará el hecho en el renglón de incidentes para la resolución correspondiente.

En caso de reprogramación del partido, los Árbitros sólo recibirán los viáticos por su asistencia al estadio en el horario programado, y recibirán el pago completo (honorarios y viáticos) en la fecha en que se haya reprogramado el mismo, debiendo determinar el Comité Ejecutivo de la División a que Club le corresponde realizar estos pagos.

ARTÍCULO 54.- El Comité Ejecutivo realizará una investigación para verificar las causas de la ausencia o retardo y la presentará al Comité Ejecutivo a efecto de emitir la resolución que corresponda.

Si el Club infractor es el Visitante, estará obligado a pagar el reembolso de los boletos vendidos al Club Local, así como enterar la cantidad de 1,500 UMA ́s por concepto de aportación extraordinaria.

El Club Local deberá presentar los talonarios de los boletos vendidos debidamente sellados por la dependencia oficial correspondiente a la municipalidad que pertenezca, teniendo como plazo 48 horas después del decreto de incomparecencia por parte del Árbitro en referencia, para determinar la cantidad de boletos que el Club infractor reembolsará, debe coincidir el número reportado en la asistencia que señale el Informe Arbitral, si por lo contrario la culpabilidad recae en el Club Local, este deberá enterar la cantidad de 1,500 UMA ́s, y en ambos casos el Club que haya incurrido en la incomparecencia, perderá el partido tres goles a cero, además de que no se reprogramara el mismo ya sea en Fase de Calificación o Fase Final.

En caso de que el Club infractor reincida en incomparecencia durante la Fase de Calificación, se duplicará la multa, además de ser sancionado de acuerdo a lo previsto en el Estatuto de la FMF, en la inteligencia de que dos incomparecencias consecutivas o tres alternadas por Temporada motivarán la suspensión del Club, sometiendo su desafiliación a la consideración del Comité Ejecutivo de la FMF.

ARTÍCULO 55.- Al Club que se retire injustificadamente del terreno de juego una vez iniciado el partido y con ello impida que se juegue por entero, se le considerará el partido como perdido con

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un marcador de tres goles a cero y se le adjudicarán los puntos al contrario; el causante enterará la cantidad de 1,500 UMA ́s, si el culpable es el Club visitante, además de lo anterior tendrá la obligación de resarcir al Club local con el importe del reembolso de los boletos vendidos del partido.

ARTÍCULO 56.- En los partidos de la fase final, el Club que no comparezca al juego programado o se retire del campo de juego una vez iniciado el partido y con ello impida que este se juegue por entero, perderá el derecho de seguir compitiendo por él Titulo de Campeón, correspondiéndole al otro Club el que continué en las finales.

Las sanciones deportivas a las que se hace acreedor el Club infractor serán las que establece el Artículo 40.

CANCHAS DE JUEGO

ARTÍCULO 57.- Los partidos deberán jugarse en los Estadios registrados por los Clubes de la División, los cuales serán revisados y autorizados por la FMF.

ARTÍCULO 58.- El área técnica es una superficie cuyo largo equivale a la longitud de la banca de donde están los Jugadores suplentes y Cuerpo Técnico de su Club, más un metro a cada lado de la banca y cuyo ancho parte de la banca hasta la línea paralela a la línea de banda y a la distancia de un metro de esta última.

El terreno de juego debe contar con las dimensiones siguientes: 105 m. de largo y 68 m. de ancho.

Los postes y largueros de los marcos, pueden ser fabricados con materiales aprobados por el Football Asociation International Board, recomendando que los marcos de los campos de los Clubes profesionales, se uniformen tanto en material, como en la forma de los mismos, debiendo ser estos metálicos, redondos y de las medidas que ordena el Reglamento de juego y decisiones del International Board.

En todo campo, deberán existir instalaciones adecuadas tanto para los Jugadores y Cuerpo Técnico, como para Árbitros, jueces de línea y auxiliares, los vestidores, independientes para los Clubes contendientes, estar equipados con instalaciones sanitarias, con regaderas.

Las instalaciones destinadas para vestidores de Jugadores y Árbitros, deberán estar suficientemente ventilados, de tal manera que las ventanas sean inaccesibles al público, además de seguridad para evitar la entrada de personas ajenas.

El terreno de juego no deberá ser abonado con estiércol ni deberán ser accesibles a ganado de cualquier clase.

El terreno de juego debe ser debidamente demarcado con pintura no tóxica, en caso de no cumplir con la disposición, el partido deberá desarrollarse. El Club Visitante deberá solicitar al Cuerpo Arbitral la certificación del incidente en el Informe Arbitral, por lo que al Club Local se le aplicará una multa económica de 25 UMA ́s.

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En todo caso, deberá el Club apegarse a lo establecido en el Apéndice 1 del RANS.

ARTÍCULO 59.- El sonido local deberá ser usado durante el tiempo de juego exclusivamente para anuncios relacionados con:

§§ Alineaciones

§§ Amonestaciones

§§ Expulsiones

§§ Cuestiones de seguridad

§§ Protección civil

Se autoriza al Club local el uso del sistema de sonido local para publicidad comercial, exclusivamente durante las interrupciones del juego.

Se aplicara una sanción consistente en primer aviso de veto a aquel Club que ocupe el sonido local que tienda a incitar el ánimo del publico contra el Club visitante o el Cuerpo Arbitral, en caso de reincidencia se aplicara un partido de veto.

Para lo relativo a este apartado el Árbitro deberá asentarlo en el Informe Arbitral correspondiente.

Los Estadios para la Tercera División Profesional deberán brindar a sus espectadores la seguridad necesaria durante y hasta el término de cada encuentro.

Deberán contar con Seguridad Pública o Privada los cuales deben acreditarse con la terna arbitral con sus credenciales expedidas por la corporación o en su caso de la dependencia para los que pertenecen a las propias instalaciones privadas o escolares suficiente para garantizar la seguridad de los asistentes; el no contar con este requisito no será motivo de retraso o cancelación del encuentro, únicamente el hecho debe ser asentado en el renglón de incidentes del Informe Arbitral y el Club Local recibirá una multa económica de 100 UMA ́s.

ARTÍCULO 60.- Los Estadios registrados por los Clubes de la Tercera División Profesional deberán contar con un espacio para 10 (diez) personas mínimo, reservado para el Club visitante.

El Club local, será responsable de proveer la seguridad suficiente al Club visitante y al Cuerpo Arbitral, hasta que abandone el Estadio.

VETO DE PLAZAS

ARTÍCULO 61.- Al Club al que se le aplique la sanción de “veto a plaza”, para el efecto de cumplir su sanción podrá escoger de acuerdo con la Dirección General de la División:

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• Jugar en su Estadio a “puerta cerrada”, en la fecha y hora acostumbrada. Esta situación será certificada por la Dirección General de la División a través de un comisario designado al efecto, para vigilar su cumplimiento, y únicamente permitir la entrada hasta 5 directivos por cada uno de los Clubes contendientes y prensa debidamente acreditada. �

• Jugar en otro Estadio de Tercera División Profesional, que designe el Club y que se encuentre a 50 Kilómetros de distancia mínimo de la plaza sancionada. �

ARTÍCULO 62.- Si la cancha designada en caso de veto origina gastos extras para los Clubes participantes, estos gastos correrán a cargo del Club cuyo Estadio esté vetado.

UNIFORMES �

ARTÍCULO 63.- Los Clubes participantes deberán registrar ante la Tercera División Profesional, los uniformes oficiales que utilizaran durante la competencia y deberán ser: Un uniforme de local y un uniforme de visitante, cuyos colores deberán ser completamente diferentes y contrastantes (claro y obscuro). �En su caso un uniforme del Club visitante no deberá ser igual al del primer uniforme del Club local, en caso de que sea el mismo o parecido a criterio del Árbitro, el Club visitante estará obligado a presentarse con su uniforme de local. �

Los uniformes del Portero deberán ser diferentes al del resto de los Jugadores de ambos Clubes, al del portero del Club contrario y de los propios Árbitros manteniendo el criterio de colores contrastantes entre ellos.

Los Clubes con Derecho de Ascenso que registren un uniforme con diseño y logo similar a los clubes de la LIGA MX / ASCENSO MX deberán presentar la carta de autorización del Club que permite el uso.

En las camisetas de los Jugadores y Porteros será obligatorio portar en la manga derecha el logo de la Tercera División Profesional, respetando las directrices de la colocación.

ARTÍCULO 64.- Los Jugadores utilizarán obligatoriamente en la camiseta de juego un número debidamente estampado de hasta tres dígitos que los identifique midiendo entre 25 cm (veinticinco centímetros) y 35 cm (treinta y cinco centímetros) de altura, será claramente legible y estará colocado, preferentemente, en el centro del dorso de la camiseta. Además, el número deberá ser completamente visible cuando la camiseta esté metida en el pantalón en la espalda esto deberá exigirse al inicio del partido o en caso de sustitución, y en caso de no venir estampado, al Club infractor se le sancionará por cada Jugador con una multa económica de 5 UMA ́s, previa certificación del Árbitro en el Informe Arbitral.

ARTÍCULO 65.- Esta autorizado por la Tercera División Profesional de la FMF, que los Clubes podrán portar publicidad comercial en sus uniformes siempre y cuando se identifique el número del Jugador, logotipo de la División y Escudo oficial.

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BALONES

ARTÍCULO 66.- Los balones que se utilicen en los partidos oficiales de la Temporada, serán los autorizados por la División.

El Club local deberá proporcionar al Árbitro del encuentro, por lo menos tres balones en buen estado de la marca debidamente autorizada por la División y en condiciones reglamentarias para el desarrollo del partido. Quién incumpla esta disposición, se hará acreedor a una multa de 50 UMA ́s.

El Cuerpo Arbitral no podrá suspender el partido en caso que el Club Local incumpla lo señalado anteriormente, lo único que deberá hacer es reportarlo en el Informe Arbitral.

En caso de que el Club Local no presente los balones, perderá el encuentro de acuerdo al artículo 40 del presente Reglamento.

ARTÍCULO 67.- Los Árbitros deberán comprobar el peso y medidas reglamentarias de los balones que se utilicen en los partidos oficiales.

ÁRBITROS

ARTÍCULO 68.- Durante la Temporada se llevará a cabo la designación de los Árbitros de cada jornada mediante procedimiento convenido con la Comisión de Árbitros.

Los Árbitros deben aplicar las reglas de juego y las decisiones del International Board, exigiendo que todas las personas autorizadas para estar dentro del terreno de juego, absoluto respeto a su autoridad, pudiendo solicitar de inmediato, en caso de oposición el auxilio de la fuerza pública, con el objeto de evitar demoras en el desarrollo de los partidos.

El Capitán es el único que puede dirigirse al Árbitro, debiéndolo hacer en forma respetuosa y comedida.

Los Árbitros que dirijan los encuentros, tendrán obligación de identificar por medio del registro que expida la FMF, a los Jugadores que participarán en los partidos oficiales así como el número de camiseta correspondiente, esta identificación deberá efectuarse en forma personal conjuntamente con los Capitanes de ambos Clubes o cualquier miembro del Cuerpo Técnico en el terreno de juego antes de que se inicie el partido.

Para efectuar este acto, el Cuerpo Arbitral deberá solicitar la presencia de los Jugadores de ambos Clubes diez minutos antes de la hora señalada, para cotejar las identidades de los participantes y llevar a cabo la ceremonia de “Juego Limpio”, para posteriormente comenzar el encuentro.

El Árbitro por sí o a solicitud de cualquiera de los Capitanes de los Clubes participantes, cuando exista duda respecto a una posible suplantación o alteración del registro expedido por la FMF deberá permitir y utilizar los medios que estén al alcance para lograr aclarar la posible anomalía y en su caso retener el carnet correspondiente del o los involucrados y enviarlo conjuntamente con la Informe Arbitral, además de que en su informe lo certificará anexando las fotografías pertinentes. En este caso, permitirá que el Jugador participe en el partido incluyendo cuando se

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realice un cambio o sustitución.

Cuando el Cuerpo Arbitral tenga la certeza de que existe una suplantación o alteración de registro no se permitirá la participación del Jugador, consignando las pruebas en el Informe Arbitral.

En los casos de suspensiones, no celebración del partido, o no presentación de registros, el Árbitro deberá apegarse a lo establecido en los Artículos del presente Reglamento de Competencia.

Los Árbitros que dirijan partidos oficiales en la presente Temporada, deberán ser menores de 28 años y tendrán obligación de:

a) Presentarse en la cancha donde se celebrará el partido dos horas antes de la hora programada.

b) Revisar que la hoja de alineación sea llenada de forma correcta debiendo anexarla en el Informe Arbitral original para enviarse a la FMF.

El Árbitro del encuentro no deberá permitir que durante el desarrollo de un partido oficial, alguno de los Clubes participantes cambie el uniforme con el que inicio el partido por otro diferente.

Si el terreno de juego se encontrara anegado por fenómeno natural y esto provocara la ilegibilidad de los números de los uniformes de los participantes o si se encuentran mojados para iniciar el segundo tiempo, quedará a criterio del Árbitro autorizar el cambio de los uniformes presentados.

Durante la fase de calificación los Clubes no podrán solicitar arbitraje de otra División, pero pueden pedirlo de la misma División de un Colegio de Árbitros de otro Estado y correrán por su cuenta el cargo de la diferencia de viáticos pagados por esta causa.

Para el eventual caso de que 90 minutos antes de la hora programada para el inicio de un partido no se presentara la tripleta Arbitral, será obligación del Club local conseguir jueces de cualquier Colegio de Árbitros de la localidad mayores de 18 años, quedando obligados ambos Clubes a disputar el encuentro oficial programado. El incumplimiento a esta disposición de parte del Club Local implicará que pierda el encuentro tres goles a cero; el Club Local no tendrá la obligación de cubrir los viáticos y honorarios al Cuerpo Arbitral designado por la Comisión de Árbitros de la FMF.

La Comisión de Árbitros de la FMF, designará un visor para calificar el desempeño arbitral, el cual deberá presentarse antes del inicio del encuentro y se identificará con la Cuerpo Arbitral.

A partir de la Fase Final de ascenso y filiales, la Comisión de Árbitros designará la tripleta de un Estado diferente al de los Clubes contendientes con un cargo extra de $1,500.00 (mil quinientos pesos 00/100 M. N.), que cubrirán los Clubes locales.

De igual forma en la Fase Final se permitirá solicitar el Arbitraje de una División superior, con la aclaración que deben cubrir la diferencia del costo que marca el tabulador de la División de que provenga.

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En todos los casos al momento de recibir el pago por su servicio, los árbitros están obligados a presentar su recibo fiscal vigente, así como los Clubes deberán entregar constancia de retención fiscal.

SISTEMA ECONÓMICO DE LA COMPETENCIA

ARTÍCULO 69.- Para poder iniciar un Club la Fase de Calificación de la Temporada, es requisito indispensable que esté al corriente en las siguientes obligaciones económicas:

• Cuotas de Tercera División Profesional. �

• Depósito de garantía establecido. �

• Cualquier otra, aprobada por la Asamblea de Presidentes. �

• No tener adeudo registrado y reconocido ante la FMF. �Todos los pagos por concepto de adeudos o cuotas establecidas en este Reglamento deberán liquidarse mediante depósito y/o transferencia electrónica a la cuenta Banamex que tiene referenciada a cada Club, �en el entendido que no se reconocerá otra cuenta que no sea está, para las demás sanciones, los depósitos realizados en cheque se reconocerán hasta que se vea aplicada en la cuenta mencionada, por lo anterior no se aceptará efectivo ni cheque directamente en las oficinas de la División.

En el caso de los adeudos por sanciones deberán ser depositados en la cuenta de la Comisión disciplinaria.

Todas la cantidades indicadas por medio de UMA ́s es más IVA, cabe señalar que el monto varía entre un año y otro.

ARTÍCULO 70.- El sistema económico y administrativo de la competencia de la Tercera División Profesional serán denominados plazas libres, es decir, que el producto total de los ingresos por todos los conceptos, corresponde al Club Local, el cual cubrirá todos los gastos de organización del encuentro.

Los Clubes visitantes pagarán los gastos de desplazamiento, alojamiento y alimentación de su propia delegación.

TROFEOS

ARTÍCULO 71.- La Tercera División Profesional entregará los Trofeos correspondientes al Campeón de Ascenso, Campeón de Filiales, Subcampeón de Ascenso, Subcampeón de Filiales, Campeón de Grupo de la Fase de Inter Grupos, además en cada partido definitorio de las finales de Ascenso y Filiales 30 medallas al Club que resulte Campeón y 30 medallas al Club que resulte Subcampeón, 3 medallas al Cuerpo Arbitral, 1 al Asesor de los Árbitros y 1 al Comisario designado.

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La División organizará una ceremonia para la entrega de reconocimientos a lo más destacado de la Temporada en día, fecha y lugar que determine el Comité Ejecutivo, en los siguientes rubros:

• CAMPEÓN DE CLUBES CON DERECHO DE ASCENSO �

• CAMPEÓN DE CLUBES SIN DERECHO DE ASCENSO �

• CLUB MAS DISCIPLINADO �

• CLUB CAMPEÓN POR GRUPO �

• CAMPEÓN GOLEADOR GENERAL �

• CAMPEONES GOLEADORES POR GRUPOS �

Se reconocerá a un Jugador que acumule goles en un mismo Grupo con diferentes Clubes y con ello resulte Campeón de goleo del Grupo o general, si el Jugador acumula goles en diferentes Clubes que no sean del mismo Grupo solamente se le hará un reconocimiento especial a juicio del Comité Ejecutivo. �

DISPOSICIONES GENERALES � �

ARTÍCULO 72.- En la Temporada 2016 - 2017, el órgano encargado de la interpretación y ejecución de este Reglamento, será el Comité Ejecutivo de la Tercera División Profesional, siendo aplicables supletoriamente las disposiciones del Reglamento General de Competencia de la FMF y de la Federación Internacional de Fútbol Asociación.

En los casos no previstos por el presente Reglamento, el Comité Ejecutivo de la Tercera División Profesional, tendrá amplia facultad para su resolución.

La designación de los Comisarios para los juegos la Tercera División Profesional, será a criterio del Comité Ejecutivo.

En la Fase Final de ascenso y filiales, queda a criterio del Comité Ejecutivo el designar Comisarios para los encuentros de ida y vuelta, y la propia División pagará sus gastos.

Los Clubes que califiquen a la Fase Final deben tomar en cuenta que a todos los Jugadores se les borran las tarjetas amarillas que hayan acumulado al término de la Fase de Calificación, ya que la Comisión Disciplinaría les hace un cargo por cada tarjeta.

La División enviará todo tipo de comunicaciones oficiales al correo electrónico que designó la Tercera División Profesional, es obligatorio enviar y recibir la documentación por este medio.

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Los Clubes que tengan más de 2 Jugadores de la primera categoría MENOR convocados en el desarrollo del torneo selectivo o en participaciones en selecciones nacionales, puede solicitar a la División, en caso de requerirlo, la reprogramación de sus encuentros siempre y cuando los partidos se empalmen con el torneo mencionado, apegándose a lo establecido en el Artículo 43.

ARTÍCULO 73.- Es obligación de los Clubes que componen éste Sector Profesional participar en todas las competencias oficiales que organice esta División. Si algún Club no lo hiciera, esta División solicitará al Comité Ejecutivo de la FMF, de acuerdo a los Artículos 66 inciso g y 67 del RANS, realice la investigación correspondiente para que el resultado sea enviado a la Asamblea General de esta Federación y se tome la resolución respecto a su Afiliación.

ARTÍCULO 74.- Para la Fase Final, los Clubes calificados que tengan adeudos pendientes, deberán hacer su pago dentro de las 48 horas siguientes a la celebración de su último partido, realizándolo mediante depósito o transferencia electrónica, caso contrario quedarán excluidos de participar por el Titulo de Campeón.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Reglamento y Sistema de Competencia fue aprobado por la Asamblea Ordinaria de Presidentes de la Tercera División Profesional el 18 de Junio de 2016.

SEGUNDO.- El presente Reglamento y Sistema de Competencia será presentado y aprobado por el Comité Ejecutivo de la FMF, el 21 de junio de 2016.