registro contable de impuestos municipales · pdf fileaño 2002, para cada uno de los...

5

Click here to load reader

Upload: lyhanh

Post on 06-Feb-2018

215 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES · PDF fileaño 2002, para cada uno de los tributos municipales. - Por otro, los resultados positivos o negativos de la liquidación definitiva,

REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES GESTIONADOS

POR DIPUTACIÓN

Consulta:

El Ayuntamiento tiene delegado en la Diputación Foral de Bizkaia la gestión

de los impuestos municipales sobre bienes inmuebles (IBI) y sobre actividades

económicas (IAE). Por parte de dicha Institución, se reciben con carácter

mensual, entregas a cuenta de la liquidación definitiva de dichos recursos, que se

practica una vez cerrado el ejercicio.

¿Cómo ha de contabilizar el Ayuntamiento los ingresos procedentes de

estos tributos, tanto en la contabilidad presupuestaria, como en la contabilidad

general?

Respuesta:

Registro en contabilidad presupuestaria

Con respecto a la gestión de dichos tributos municipales, la primera

cuestión que surge es saber si el Ayuntamiento debe reconocer el derecho por el

importe de los correspondientes padrones aprobados, imputándolos al

presupuesto de ingresos del ejercicio corriente. La respuesta es no.

No procede registrar los derechos de cobro por la totalidad de las

liquidaciones practicadas o los padrones aprobados. El reconocimiento del

derecho en la contabilidad del Ayuntamiento sólo se puede producir una vez que

nace la obligación de pago en Diputación, y esta Institución sólo tiene obligación

de pagar al Ayuntamiento el importe de los tributos cobrados.

Page 2: REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES · PDF fileaño 2002, para cada uno de los tributos municipales. - Por otro, los resultados positivos o negativos de la liquidación definitiva,

2

En consecuencia, y de acuerdo con el criterio establecido por el

Documento nº 2 “Derechos a cobrar e ingresos” de Principios Contables Públicos,

el Ayuntamiento, en su calidad de entidad titular de los recursos administrados por

Diputación, reconocerá el derecho por el importe de los recursos recaudados por

Diputación, una vez que tenga conocimiento de ellos, bien por haberlos recibido,

bien porque la Institución se lo haya comunicado documentalmente.

Con respecto a las entregas mensuales a cuenta de la liquidación

definitiva, el Ayuntamiento deberá dar a estas entregas el mismo tratamiento que

el establecido para el cobro directo de las cantidades efectivamente recaudadas.

Es decir, que deberá contabilizar los derechos y los cobros de estos ingresos,

imputándolos al presupuesto de ingresos del ejercicio corriente.

Una vez finalizado el ejercicio y practicada la liquidación definitiva de los

recursos administrados por Diputación, se obtendrá un saldo a favor o en contra

de la Entidad:

- Si es a favor, el débito se cancelará en una o varias entregas de

fondos adicionales que, en el momento de su percepción, y de acuerdo con

el criterio general, darán lugar al reconocimiento de los derechos y de los

cobros correspondientes. Estos se imputarán al presupuesto de ingresos en

vigor en el momento de su recepción.

- Si es en contra, la deuda deberá saldarse, normalmente en los

importes y plazos que establezca Diputación, contabilizándose como si de

una devolución de ingresos indebidos se tratara, e imputándose con signo

negativo al presupuesto de ingresos en vigor en el momento de su

devolución.

En la práctica, esto significa que el registro contable de la liquidación

definitiva (del ingreso adicional o de la devolución del ingreso indebido), tendrá

lugar en el presupuesto del ejercicio siguiente, ya que será entonces cuando se

conozcan los resultados de la gestión recaudatoria foral.

Page 3: REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES · PDF fileaño 2002, para cada uno de los tributos municipales. - Por otro, los resultados positivos o negativos de la liquidación definitiva,

3

A modo de ejemplo, la información que debe reflejar el estado de ejecución

del presupuesto de ingresos del ejercicio 2002, con respecto a los ingresos por

los tributos municipales gestionados por Diputación, es la siguiente:

- Por un lado, las doce entregas mensuales a cuenta recibidas en el

año 2002, para cada uno de los tributos municipales.

- Por otro, los resultados positivos o negativos de la liquidación

definitiva, practicada durante el ejercicio 2002, pero referenciada a fecha de

31 de diciembre de 2001.

En función de la materialidad de los resultados de la liquidación, sería

interesante proceder a su registro en partidas diferenciadas del estado de

ingresos (que podrían tener importes positivos o negativos en función del saldo de

las respectivas liquidaciones).

Registro en contabilidad general

En lo que respecta a la contabilidad general, las entregas mensuales a

cuenta se registran de forma simultánea a su imputación presupuestaria,

produciéndose, normalmente de forma transparente al usuario de la contabilidad,

los siguientes asientos:

- Por la liquidación de los ingresos:

430 Deudores por derechos reconocidos a 7201 Impuesto sobre Bienes Inmuebles

7202 Impuesto sobre Actividades Económicas

- Por la contabilización del cobro:

572 Bancos e instituciones de crédito a 430 Deudores por derechos reconocidos

Page 4: REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES · PDF fileaño 2002, para cada uno de los tributos municipales. - Por otro, los resultados positivos o negativos de la liquidación definitiva,

4

Sin embargo, el criterio para la contabilización de los resultados de la

liquidación definitiva, será distinto del utilizado para su registro presupuestario.

Con fecha 31 de diciembre, se introducirá directamente al Sistema un asiento de

periodificación para cada tributo que, sin trascendencia presupuestaria,

modificarán los estados financieros (balance de situación y cuenta de pérdidas y

ganancias). Esto es, estos asientos no alterarán el cálculo del resultado

presupuestario, ni el del remanente de tesorería.

Los asientos serán distintos en función del signo de la liquidación definitiva:

a) En el caso de liquidación positiva:

4431 Diputación deudora por liqui- dación positiva de IBI a 7201 Impuesto sobre Bienes Inmuebles

4432 Diputación deudora por liqui- dación positiva de IAE a 7202 Impuesto sobre Actividades Económicas

b) En el caso de liquidación negativa:

7201 Impuesto sobre Bienes Inmuebles a 4161 Diputación acreedora por liquida- ción negativa de IBI

7202 Impuesto sobre Actividades Económicas a 4162 Diputación acreedora por liquida- ción negativa de IAE

De este modo, la contabilidad general reflejará los ingresos

correspondientes al ejercicio 2002 derivados de la gestión recaudatoria de dichos

tributos municipales delegada en Diputación.

Los asientos de periodificación deben anularse una vez iniciada la

contabilización del ejercicio siguiente. La forma más sencilla de proceder a dicha

Page 5: REGISTRO CONTABLE DE IMPUESTOS MUNICIPALES · PDF fileaño 2002, para cada uno de los tributos municipales. - Por otro, los resultados positivos o negativos de la liquidación definitiva,

5

anulación es la de introducir al Sistema, con fecha 2 de enero, los mismos

asientos de periodificación realizados, pero con signo contrario.

Así se evita la duplicidad de asientos contables ya que, una vez que se

apliquen al presupuesto los resultados de la liquidación definitiva, el Sistema

procederá de nuevo, a registrar estos mismos asientos de forma transparente al

usuario.