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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE QUIOSCOS-BARES DE PROPIEDAD MUNICIPAL INSTALADOS EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL. ============= 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO: Es objeto del presente contrato, regular la adjudicación para la explotación de los Quioscos-Bares de propiedad municipal instalados en Polideportivos Municipales de Valencia referidos en la cláusula tercera del Pliego de Prescripciones Técnicas, así como en cualquier otra Instalación Deportiva, adscrita a la Fundación Deportiva Municipal, que le encargue el Organismo Autónomo, de acuerdo con las condiciones que se especifiquen en los Pliegos, mediante Procedimiento Abierto, tramitación urgente, para la realización de una actividad comercial de hostelería. Igualmente se contempla la posibilidad de la instalación de máquinas expendedoras en los locales objeto del expediente, a excepción del Palau Velódromo Luis Puig, previa autorización por la Fundación Deportiva Municipal. La descripción, superficie y características de los inmuebles son las que se detallan en el pliego de Condiciones Técnicas. 2ª. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO: A los efectos exigidos en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, es la atención de los Quioscos-bares de propiedad municipal instalados en Polideportivos Municipales de Valencia, adscritos a la Fundación Deportiva Municipal. 3ª.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN: El contrato a que se refiere este Pliego tiene carácter administrativo especial regulado en el artículo 19.1 B del TRLCSP, de naturaleza administrativa, siendo su preparación, adjudicación, efectos y extinción conforme a lo dispuesto en estos Pliegos y en el TRLCSP. El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y ss. del mismo, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Asimismo, podrá acordar la supresión o rescate de la explotación, debiendo indemnizar, en este caso al contratista.

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QU E HA DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA E XPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE QUIOSCOS-BARES DE PROPIEDAD MUNICIP AL INSTALADOS EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL.

============= 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO:

Es objeto del presente contrato, regular la adjudicación para la explotación de los

Quioscos-Bares de propiedad municipal instalados en Polideportivos Municipales de Valencia referidos en la cláusula tercera del Pliego de Prescripciones Técnicas, así como en cualquier otra Instalación Deportiva, adscrita a la Fundación Deportiva Municipal, que le encargue el Organismo Autónomo, de acuerdo con las condiciones que se especifiquen en los Pliegos, mediante Procedimiento Abierto, tramitación urgente, para la realización de una actividad comercial de hostelería.

Igualmente se contempla la posibilidad de la instalación de máquinas expendedoras en los locales objeto del expediente, a excepción del Palau Velódromo Luis Puig, previa autorización por la Fundación Deportiva Municipal.

La descripción, superficie y características de los inmuebles son las que se detallan en el pliego de Condiciones Técnicas.

2ª. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIAN TE EL CONTRATO:

A los efectos exigidos en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, es la atención de los Quioscos-bares de propiedad municipal instalados en Polideportivos Municipales de Valencia, adscritos a la Fundación Deportiva Municipal.

3ª.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN:

El contrato a que se refiere este Pliego tiene carácter administrativo especial regulado en el artículo 19.1 B del TRLCSP, de naturaleza administrativa, siendo su preparación, adjudicación, efectos y extinción conforme a lo dispuesto en estos Pliegos y en el TRLCSP.

El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y

efectos señalados en el TRLCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 y ss. del mismo, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Asimismo, podrá acordar la supresión o rescate de la explotación, debiendo indemnizar, en este caso al contratista.

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El orden jurisdiccional contencioso administrativo será competente para resolver cuantas cuestiones litigiosas y controversias que se susciten en relación con la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato, conforme establece el artículo 21.1 del TRLCSP.

Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:

- El pliego de prescripciones técnicas. - El documento en que se formalice el contrato.

4ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:

4.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Fundación Deportiva Municipal resulta ser el Presidente Delegado del mencionado Organismo Autónomo, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos. 4.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente. 5ª.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

La licitación versará al alza sobre una cantidad inicial fija de 15.000 €/año, a la que debe añadirse el IVA del 21% (3.150,00 €), más una cantidad variable consistente en el 10% de los ingresos brutos anuales procedentes de actividades económicas derivadas de eventos no deportivos (conciertos, presentaciones,…). Este canon corresponde a la explotación de los tres quioscos-bares y zonas anexas para la realización de una actividad comercial de hostelería, previstos en la cláusula 3ª del Pliego de Prescripciones Técnicas.

También versará al alza sobre el precio unitario de 1.000€/año, más IVA (21%), que se aplicará a cada una de las máquinas expendedoras de bebidas o alimentos que se instalen fuera de los locales de quiosco-bar y zonas anexas.

Si se incorporaran al contrato otras instalaciones distintas a las anteriormente referenciadas, el canon se incrementará en la cantidad de 5.000 € por nueva instalación, más el alza porcentual que haya ofertado, más su actualización correspondiente. CANON FIJO

El canon fijo que resulte del remate será revisado anualmente, según las variaciones del IPC. El porcentaje resultante se aplicará sobre el canon correspondiente a cada uno de los ejercicios en que esté en vigor el contrato. Dicho importe deberá hacerse efectivo mediante su ingreso en la cuenta que tiene la Fundación Deportiva Municipal durante los quince primeros días a partir de la formalización del contrato.

El ingreso del canon en la cuenta de la Fundación Deportiva Municipal se producirá en el primer mes de cada anualidad. En la segunda y siguientes se determinará la cuantía del canon en función de los datos sobre I.P.C. publicados por el Instituto Nacional de Estadística y disponibles a su término y se notificará al adjudicatario, que efectuará su ingreso en plazo de un mes desde la notificación. CANON VARIABLE

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La cantidad variable que resulte de la aplicación del 10% de los ingresos brutos anuales procedentes de actividades económicas derivadas de eventos no deportivos (conciertos, presentaciones,…) deberá liquidarse semestralmente.

Para la determinación de los importes anteriores el adjudicatario deberá detallar convenientemente en su contabilidad su obtención, anotando como mínimo los ingresos mensuales diferenciados por Instalación. Aportará semestralmente declaración jurada resumen de dichas anotaciones sobre las que se calculará el importe a pagar que el adjudicatario deberá abonar durante el primer mes desde la notificación.

Todas estas cantidades deberán ingresarse en la cuenta que tiene la Fundación Deportiva

Municipal en BANKIA, número 2038/5753/17/6000850567, en los plazos establecidos. 6ª. REVISION DE PRECIOS

Transcurrido el primer año del contrato podrá revisarse, tanto el canon como los precios al público de los servicios, aplicando a ambos la variación porcentual habida en el I.P.C. publicado por el Instituto Nacional de Estadística, entre el mes en que terminó el plazo de presentación de ofertas y el que contempla la anualidad. En el caso de ejercerse la prórroga posible prevista se actuará de igual modo al inicio de cada anualidad. 7ª. DURACION DEL CONTRATO

El presente contrato tendrá una duración de dos años, contados desde su formalización y podrá ser prorrogable de año en año, hasta un máximo de dos, si así se acuerda expresamente por ambas partes con al menos tres meses de antelación sobre la fecha de terminación del contrato o su prórroga.

El presente contrato comenzará a regir desde la fecha de formalización del mismo. 8ª. GARANTÍA PROVISIONAL De acuerdo con lo establecido en el artículo 103 del TRLCSP, no será necesario que los licitadores constituyan garantía provisional. 9ª. PROCEDIMENTO DE ADJUDICACIÓN

El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto con publicidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 112, 157 y siguientes del TRLCSP, así como el resto de las normas generales de adjudicación de contratos previstas en el Título I del Libro III del TRLCSP.

10ª.-CRITERIOS DE VALORACION

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del TRLCSP, los criterios que servirán de base para la valoración de las ofertas, serán los siguientes:

CRITERIOS DE VALORACION AUTOMÁTICA 1.- El canon al alza ofertado (60 puntos). La valoración del canon vendrá determinada por la siguiente formula:

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+

+

=

OMA

OA

OMA

OA

OMA

OAP

maquinas

maquinas

bares

bares

vble

vble

%

%2,0

%

%8,09,0

(%)

(%)1,060

donde: P – Puntuación obtenida AvbleO – Porcentaje ofertado sobre los ingresos brutos anuales de eventos no deportivos MA vbleO – Mejor porcentaje ofertado sobre los ingresos brutos anuales en eventos no deportivos %AbaresO – Porcentaje de alza sobre el canon fijo establecido para los bares %MAbaresO – Mejor porcentaje de alza sobre el canon fijo establecido para los bares %AmaquinasO – Porcentaje de alza sobre el canon fijo establecido para las maquinas expendedoras %MAmaquinasO – Mejor porcentaje de alza sobre el canon fijo establecido para las maquinas expendedoras CRITERIOS QUE NO SON DE VALORACION AUTOMATICA (ELEMENTOS SUBJETIVOS) 2.- Las mejoras de inversión ofertadas, que superen los mínimos establecidos en el Pliego Técnico, necesarios para el funcionamiento del servicio y de las instalaciones (20 puntos).

Para la valoración del aparatado numero 2, mejoras de inversión, se hará entrega de una memoria descriptiva y valorada de las mejoras a realizar en cada una de las instalaciones, diferenciando las actuaciones dedicadas a la adecuación de las dependencias a la normativa vigente y las actuaciones que supongan una mejora sobre los mínimos legales establecidos. La puntuación se establecerá en base a la mayor oferta presentada que obtendrá la máxima puntuación, y determinará proporcionalmente el resto de valoraciones.

3.- La propuesta relativa al horario, funcionamiento del servicio y de las instalaciones (20 puntos).

Para valorar la propuesta relativa al apartado número 3, horario y funcionamiento del

servicio y sus instalaciones, los licitadores deberán acompañar, además de la documentación general, la consistente en una memoria en la que se haga constar la organización de los servicios con los elementos personales y materiales a utilizar, para atender las obligaciones derivadas del contrato, describiéndose el mobiliario y equipamiento industrial (10 puntos sobre 20)

Asimismo se podrá aportar baja presentada en forma de porcentaje único y global respecto a los productos objeto de venta y su precio fijados en el Anexo III (5 puntos sobre 20)

En la valoración se tendrán en cuenta las ampliaciones del horario de apertura mínimo, establecido en el Pliego Técnico, que redunden en un mejor servicio (5 puntos sobre 20) 11ª. DE LA LICITACIÓN

11.1.- ANUNCIOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 142 del TRLCSP, la licitación será anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la página web de la Fundación Deportiva Municipal de Valencia, Perfil de contratante, cuya dirección es www.deportevalencia.es, donde podrá consultar los pliegos de condiciones y demás información a que hace referencia el artículo 53 del TRLCSP.

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11.2.-EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE: Durante el plazo de presentación de

proposiciones, el expediente, con todos los documentos que lo integran, podrá ser examinado en la Secretaria Delegada de la Fundación Deportiva Municipal de Valencia, sita en Paseo de la Pextina, 42, piso 2º de Valencia, en días hábiles (de lunes a viernes) de 9 a 14 horas. 11.3.-DOCUMENTACION A PRESENTAR.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación. 1.- Las proposiciones constarán de TRES sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, ordenado numéricamente. El contenido de cada sobre, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: 2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE QUIOSCOS-BARES DE PROPIEDAD MUNICIPAL INSTALADOS EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL a.).- D.N.I. o documento que lo sustituya del firmante de la proposición. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y de trabajo. b).- En el caso de empresarios que fueran personas jurídicas, escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito (Art. 58 TRLCSP). Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe, de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los

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enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. (Art. 55 TRLCSP) d).- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Asesoría Jurídica Municipal (C/ Convento San Francisco nº 2, 4º piso), acompañado de declaración de vigencia del mismo. e).-Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en alguna de las circunstancias señaladas como causa de prohibición de contratar en el artículo 60 del TRLCSP. f).- Declaración de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos se exija antes de la adjudicación del contrato al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación para su justificación. g).-Alta en el IAE, en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja. Si se tiene la condición de exento conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas y si se trata de personas jurídicas, aportando bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. núm. 24 de 28/01/2003). h).-Escrito detallando nombre, dirección, número teléfono y número fax. i).-Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración. (Art. 59 TRLCSP). j).-Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. k) Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica, bien a través de la acreditación de una clasificación adecuada al objeto del contrato, bien a través de alguno de los medios de justificación que, que se determinan en los artículos 62, 75 y 77 del TRLCSP l).- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del TRLCSP y en el artículo 25 del Decreto 79/2000, de 30 de mayo del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Junta Superior

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de Contratación Administrativa y se regulan los Registros Oficiales de Contratos y de Contratistas de la Comunidad Valenciana y las garantías globales y en el artículo 22.6 de la Orden de 23 de mayo de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalidad Valenciana y se regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4019 de 12-06-2001), la capacidad de obrar, personalidad jurídica (apartados a) y b), representación (apartado d) y, en su caso, la clasificación de los licitadores si resultase exigible (apartado k), también se podrá acreditar mediante la presentación de los siguientes documentos, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.3 del TRLCSP.

1.- Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda o bien certificado de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas expedido por la Junta Superior de Contratación Administrativa de la Generalidad Valenciana.

2.- Declaración responsable suscrita por el licitador o por cualquiera de sus

representantes con facultades que figuren en el Registro, relativa a la vigencia de los datos que consten en cualquiera de dichos Registro, en los términos señalados en el Anexo III al presente Pliego. Esta manifestación deberá reiterarse en caso de resultar adjudicatario, en el documento en el que se formalice el contrato.

En ningún caso, la certificación registral eximirá de la presentación de

aquellos documentos preceptivos que se exijan para la firma del contrato en el caso de resultar adjudicatarios.

Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación número 2 NO evaluables automáticamente mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE QUIOSCOS-BARES DE PROPIEDAD MUNICIPAL INSTALADOS EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL

Los licitadores incluirán en este sobre aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor, en concreto la documentación relacionada con el criterio de valoración 2º y 3º establecido en la cláusula 10ª del presente pliego. 4.- Sobre número 3: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 3: Proposición económica relativa al criterio de adjudicación numero 1 evaluable mediante fórmulas para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE QUIOSCOS-BARES DE PROPIEDAD MUNICIPAL INSTALADOS EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL

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Los licitadores incluirán en este sobre la oferta económica en la que se expresarán su propuesta de canon fijo anual, canon variable anual y un monto por cada máquina expendedora, como precio cierto, al alza sobre lo planteado en la cláusula 5ª.- Presupuesto Base de Licitación. La proposición se ajustará al modelo que figura como Anexo V a este pliego de cláusulas administrativas particulares. La inclusión en el sobre Nº 1 o en el sobre Nº 2 de cualquier dato relativo a los criterios cuantificables automáticamente a los que se hace referencia en el apartado 1º de la cláusula 10 , determinará la inadmisión o exclusión de la proposición. 11.4.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS:

Las Plicas se presentarán en la Secretaría Delegada de la Fundación Deportiva Municipal, conforme a lo dispuesto en los artículos 112 y 159 del TRLCSP, durante los OCHO DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia en horas de nueve a doce. Para el caso de que el último día de presentación coincida en sábado o festivo, dicho plazo se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni presentar propuesta en régimen de agrupación temporal de empresas si lo ha hecho individualmente, con la penalización, en su caso, de la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas. Cuando las proposiciones se envían por correo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el licitador deberá justificar la hora y la fecha del envío y comunicarlo al órgano de contratación mediante fax (96-3226471), dentro de la fecha y la hora establecidos como plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es acogida con posterioridad al plazo señalado en esta fecha. 11.5.- CONFIDENCIALIDAD:

Los licitadores deberán indicar expresamente, en su caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados en sus proposiciones que tienen carácter confidencial a los efectos previstos en el artículo 140.1 del TRLCSP. La declaración se incluirá en el sobre correspondiente donde obre la documentación que se señale a dichos efectos. 12ª.- MESA DE CONTRATACIÓN Y CALIFICACION DE DOCUME NTACION

La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que se establecen en su artículo 22.1.

Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1 del TRLCSP.

La Mesa de contratación estará presidida por el Presidente Delegado de la FDM, y estará integrada por los siguientes vocales:

- El Jefe del Servicio Jurídico y RR.HH. - El Interventor Delegado. - La Secretaria Delegada de la FDM. - La Directora Gerente de la FDM. - El Jefe de la Sección de Proyectos de la FDM.

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- El Jefe de la Sección de Coordinación de Instalaciones de la FDM Actuará como Secretario la Secretaria Delegada de la FDM.

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá en acto interno que se celebrará el primer martes o el primer jueves siguientes a la fecha de finalización del plazo para la presentación de la proposiciones, a la calificación de la documentación general contenida en el sobre Nº 1 presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días para que lo subsane; para el caso de que la finalización del plazo citado coincidiera en sábado o festivo, dicha finalización tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 del TRLCSP.

Cuando conforme a lo establecido en la cláusula 11.4 del presente Pliego, se anuncie al Órgano de Contratación la presentación de proposiciones por correo, la apertura del sobre nº 2 de todas las proposiciones tendrá lugar como máximo transcurridos 7 días naturales desde la apertura de las últimas recibidas por correo, teniendo en cuenta la limitación de diez días naturales desde la terminación del plazo para su admisión

13ª.-APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN:

La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre Nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá en acto público a la apertura del sobre Nº 2 de los licitadores admitidos al objeto de su valoración, que se celebrará en la Secretaría de la Fundación Deportiva Municipal de Valencia, sita en Paseo de la Petxina 42, Piso 2º, a las 12 h, transcurridos 7 días naturales desde la celebración del acto interno de apertura de la documentación contenida en el sobre Nº1. La fecha del acto público de apertura de las proposiciones técnicas se publicará en el Perfil de Contratante. En dicho acto, previamente a la apertura del sobre Nº2 la Mesa de Contratación se pronunciará sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, quedando las ofertas de estos últimos excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato, no pudiendo ser abiertos los sobres que las contengan Realizada por la Mesa de Contratación la evaluación de las proposiciones contenidas en el sobre Nº 2 (criterios dependientes de un juicio de valor) conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado segundo de la cláusula 12ª del presente pliego, previa solicitud, en su caso, de los informes técnicos que estime oportunos, dará a conocer en acto público la ponderación asignada a los mismos y, seguidamente, procederá en el mismo acto a la apertura del sobre Nº 3 conforme a lo dispuesto en el artículo 30.3 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos de Sector Público.

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Dicho acto público se celebrará igualmente en la Secretaría de la Fundación Deportiva Municipal de Valencia, sita en Paseo de la Petxina 42, Piso 2º, a las 12 h del día que al efecto se señale, que se publicará en el Perfil de contratante y se notificará por fax al indicado por los licitadores con al menos dos días hábiles de antelación. La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime precisos, elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que oferte la proposición económicamente más ventajosa, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la cláusula 12ª del presente Pliego. 14ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y REQUERIM IENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR CUYA OFERTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA:

El Órgano de Contratación, vista la propuesta de la Mesa de Contratación, emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes, clasificará las proposiciones por orden decreciente atendiendo a los criterios señalados en la cláusula 10, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que dentro del PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento al fax indicado por el licitador a efectos de notificaciones, a fin de que constituya la garantía definitiva a que se hace referencia en la cláusula 15 del presente Pliego y acredite su constitución en la Secretaría de la FDM.

Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. También deberán presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente.

Asimismo, en dicho plazo, en su caso, deberá acreditar la efectiva disposición de los medios que se comprometió a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 TRLCSP que le reclame el órgano de contratación.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificados. 15ª. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA: El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa constituirá y acreditará en la FDM, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES desde que el organismo autónomo le requiera, una garantía definitiva equivalente al 5% del presupuesto base de licitación.. Esta garantía se constituirá en efectivo, valores de deuda pública, mediante aval bancario, o por contrato de seguro de caución, en los términos y condiciones que se contemplan en los artículos 96 y 97 del TRLCSP. El aval y el contrato de seguro de caución deberán llevar el testimonio del conocimiento de firma, suscrito por Notario. 16ª. ADJUDICACION DEL CONTRATO A requerimiento del órgano de contratación el licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación, presentará en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido tal requerimiento, la documentación

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acreditativa de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.3 del TRLCSP. La adjudicación se notificará a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización. La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP. 17ª. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de diez días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas. Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. 18ª. RIESGO Y VENTURA 18.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. 18.2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 18.3.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 19ª.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO

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a) El servicio deberá prestarse directamente por el adjudicatario, quedando

expresamente prohibido el subarriendo o cesión, tanto de las instalaciones como del servicio. b) El contrato deberá ser cumplido con estricta sujeción a los pliegos de condiciones por

los que se rige. Es responsabilidad del adjudicatario, durante la totalidad del periodo de vigencia del

contrato que los quioscos se mantengan en perfecto estado de conservación y limpieza. Corresponderá asimismo al adjudicatario, el cuidado, mantenimiento y vigilancia de los

quioscos y sus instalaciones interiores, que destinara exclusivamente al uso pactado siendo de su cargo las reparaciones y reposiciones, por deterioros o daños, que en los mismos se puedan ocasionar por el ejercicio de la actividad.

Dichas obras, requerirán la autorización previa municipal, y si se tratara de reposiciones, se realizarán con materiales idénticos a los existentes, o en su caso con aquellos que decida la F.D.M.

c) La F.D.M. se reserva el derecho a comprobar si las liquidaciones presentadas son correctas realizando una auditoria al adjudicatario en la que deberá aportar in situ cualquier documentación, justificante, libro contable o documento requerido para determinar la veracidad de las liquidaciones presentadas.

d) Queda prohibida expresamente cualquier obra que modifique, amplíe o altere las condiciones de la arquitectura existente. Cualquier actuación que sea necesaria realizar, con carácter previo, a la apertura de las instalaciones deberá obtener la correspondiente autorización de la Fundación Deportiva Municipal.

El adjudicatario de los quioscos-bares vendrá obligado a realizar, previa supervisión por los técnicos de la Fundación Deportiva Municipal, las obras de acondicionamiento necesarias para la puesta a punto de las instalaciones y servicios, debiendo comunicar a la F.D.M. que ha realizado las reparaciones previas que garanticen el normal funcionamiento de las instalaciones con anterioridad a la ocupación efectiva de cada quiosco.

El adjudicatario, con carácter previo a la apertura de las instalaciones, notificará a la F.D.M. la fecha de la misma, a los efectos de que por los Técnicos de la FDM se pueda proceder a su inspección y reconocimiento.

e) El adjudicatario también deberá acondicionar a su cargo el área de influencia directa de los quioscos, cumpliendo las directrices técnicas que por la F.D.M. se determinen.

El adjudicatario responderá asimismo de la limpieza diaria, higiene y buen orden dentro del área de influencia de cada quisco-bar, situando a su cargo los elementos específicos (contenedores), utensilios y materiales precisos de limpieza y evacuación de los residuos y basuras, colaborando con los servicios municipales en todas las operaciones inherentes a estos conceptos, así como en los servicios especiales en fechas señaladas, o actuaciones extraordinarias, que pudieran producirse, siguiendo las directrices que determine la F.D.M.

No se instalará ni colocará ningún elemento dentro de los parterres y/o zonas ajardinadas.

No se colocarán, clavarán, anclarán o tomarán elementos, cuerdas, banderas, carteles, altavoces etc., sobre planta o árbol alguno; y se velará en todo momento por el estricto respeto y conservación de los elementos vegetales.

f) Antes del inicio de la actividad se presentará un plano a escala, donde se ubiquen todos aquellos elementos que formen parte de la actividad, a cuyo efecto deberá el adjudicatario solicitar y obtener, las licencias, autorizaciones o permisos pertinentes para el ejercicio de la misma, que resulten preceptivos.

El equipamiento industrial y mobiliario que se instale será el adecuado a las funciones a desarrollar, siendo a cargo del adjudicatario. Todo el mobiliario deberá ser homogéneo.

Cualquier servicio adicional que considere necesario el adjudicatario correrá a su cargo y requerirá autorización municipal.

g) Los inmuebles no podrán ser señalizados exteriormente, debiendo mantenerse todos los elementos exteriores en las mismas condiciones originales.

h) El adjudicatario permitirá el acceso a las instalaciones adjudicadas con motivo de la realización de las oportunas inspecciones que la Fundación Deportiva o el Ayuntamiento

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considere oportuno practicar. i) No se permitirá la estancia de vehículo alguno dentro del recinto global de cada

polideportivo, pudiendo autorizarse a efectos de suministro, la carga y descarga de mercancías y enseres limitada a las horas que van desde las 8 a las 10 de la mañana.

j) El vertido de residuos se realizará en contenedores específicos que colocará el adjudicatario, siguiendo las directrices que determine la F.D.M.

k) Los quioscos-bares cuentan con acometidas de agua potable y energía eléctrica, con sus respectivos contadores, siendo de cuenta del adjudicatario los importes resultantes de la explotación de estos servicios y su conexión a las diferentes redes, así como su mantenimiento.

l) El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes laborales, de higiene y de seguridad en el trabajo, siendo responsable de los daños causados en el desarrollo de la actividad, tanto por él como por el personal a su cargo, con el que no existirá ningún tipo de relación por parte de la Fundación Deportiva Municipal. También estará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Legislación en lo referente a la prohibición de vender bebidas alcohólicas y consumo de tabaco.

Deberá cumplirse la siguiente normativa técnico-sanitaria: Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, establece las normas de higiene para la

elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. Real Decreto 50/1993, de 15 de enero, regula el control oficial de los productos

alimenticios. Real Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de

higiene relativas a los productos alimenticios. Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, establece las normas relativas a los

manipuladores de alimentos. Decreto 73/2001, de 2 de abril, normas relativas a la formación y procedimiento de

autorización de empresas y entidades de formación. Real Decreto 149/2003, de 7 de febrero, establece los criterios sanitarios de la calidad

del agua de consumo humano. ll) El adjudicatario deberá suscribir un seguro de continente, cuyo beneficiario sea este

Organismo Autónomo. A los efectos de la responsabilidad por daños a terceros, el adjudicatario deberá

suscribir la correspondiente póliza de responsabilidad civil. m) El adjudicatario deberá solicitar y obtener, antes de iniciar la explotación cuantas

licencias o permisos resulten preceptivos para el ejercicio de su actividad comercial, así como satisfacer los derechos y tasas que sean de aplicación.

n) El horario de apertura del quiosco-bar, que será como máximo el de la instalación deportiva, será propuesto por el adjudicatario y aprobado por la Fundación Deportiva Municipal.

o) Al término del contrato, quedará obligado el adjudicatario a dejar libre y a disposición de la Fundación Deportiva Municipal los quioscos que deberá ser entregados en perfectas condiciones de utilización, debiendo retirar el mobiliario y materiales aportados, a excepción de aquellos que impliquen detrimento para los quioscos.

A tal efecto, y previamente al vencimiento, la F.D.M. realizará la oportuna inspección, levantando Acta de desperfectos ocasionados, en su caso, los cuales serán reparados por el adjudicatario en el plazo máximo de 15 días a contar desde la notificación de la citada Acta.

Si la entidad de los desperfectos conlleva la necesidad de reponer, las mismas se realizarán con materiales idénticos a los existentes.

Si el adjudicatario no reparase los desperfectos en el plazo indicado, se procederá a repararlos a su costa deduciendo su importe de la fianza definitiva, y si ésta no resultare suficiente, el importe restante deberá ingresarse por el adjudicatario en el plazo máximo de 10 días desde el recibo de la oportuna notificación. Asimismo se deducirá de la fianza definitiva el importe de las reposiciones que tuvieren que realizarse.

20ª. INFRACCIONES

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Además de lo dispuesto en la legislación:

1.- Son faltas leves: a) Que el adjudicatario no inicie el ejercicio de la actividad en el plazo de diez días a

partir del día siguiente a la ocupación efectiva de cada quiosco, o finalización de las obras iniciales de mejora o acondicionamiento, o la interrumpiese, sin causa justificada, durante diez días.

b) La falta de notificación a la F.D.M. de las modificaciones o ampliaciones del mobiliario que realice el adjudicatario.

c) La defectuosa conservación de los quioscos, siempre que no suponga deterioro grave de las obras o instalaciones afectas al contrato.

d) Desobediencia del adjudicatario a los requerimientos de la Presidencia, siempre que el objeto de los mismos no constituya falta grave, muy grave o causa de resolución.

e) Cualquier otro incumplimiento leve de las condiciones contenidas en los Pliegos, o en el contrato que se formalice

Las faltas leves serán sancionadas con multas, de hasta TRESCIENTOS EUROS. (300’00.-€).

2.- Son faltas graves:

a) Reiteración por más de dos veces en la comisión de faltas leves. b) Demora en el pago del canon establecido a favor de la F.D.M., por período superior a

un mes. e) No atender con la debida diligencia y cuidado la conservación de las instalaciones,

cuando suponga deterioro grave para las mismas, o no cumplir las instrucciones dictadas por la Fundación Deportiva Municipal sobre dichos particulares.

d) Que el adjudicatario no observare las condiciones estipuladas, o hiciese dejación de responsabilidades, de forma transitoria, aún no reiterada, implicándose de tal actitud algún deterioro o uso indebido de los bienes afectos al contrato.

e) Que no inicie la actividad en el plazo máximo de veinte días, desde la ocupación efectiva de cada quiosco, o la interrumpa, sin causa justificada, una vez iniciada la misma, durante más de diez días.

f) Cualquier otro incumplimiento calificado como grave de las condiciones contenidas en los Pliegos, o en el contrato que se formalice. Las faltas graves se sancionarán con multa, hasta CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (450’00- €). 3.- Son faltas muy graves:

a) Reiteración de una falta grave. b) Demora en el pago del canon establecido a favor de la F.D.M. durante dos meses. c) Dedicación de los quioscos-bares a fines distintos de los propios objeto del contrato,

tal y como aparecen especificados en los pliegos. d) No atender con la debida diligencia y cuidado la conservación de los quioscos-bares

cuando suponga deterioro muy grave, para las mismas, o no cumplir las instrucciones dictadas por la Fundación Deportiva Municipal sobre dichos particulares.

e) Que no inicie la actividad en el plazo máximo de treinta días desde la ocupación efectiva de cada quiosco, o la interrumpa por plazo superior a veinte días.

f) Cualquier desfase entre lo comprobado en las auditorias realizadas y las liquidaciones trimestrales presentadas será motivo suficiente para la rescisión del contrato, quedando el adjudicatario obligado a permanecer dando el servicio mientras se adjudica uno nuevo pagando una cantidad estimada para dicho periodo en función de las liquidaciones presentadas, los importes auditados y la parte proporcional del canon fijo que corresponda al tiempo

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transcurrido. g) Cualquier otro incumplimiento muy grave de las condiciones contenidas en el

presente Pliego. Las faltas muy graves se sancionarán con multa de hasta SEISCIENTOS UN EUROS

(601 €). y/o con la resolución del contrato.- Las multas que se impongan al contratista se harán efectivas en el plazo de los diez (lías

siguientes a la notificación, pudiendo estimarse el incumplimiento de esta obligación como motivo de rescisión del contrato, a perjuicio del contratista.

21ª.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO:

Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razones de interés público en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.

Las modificaciones del contrato se realizarán con arreglo al procedimiento establecido en los artículos 108 y 211 del TRLCSP y en el artículo 102 del RGLCAP. Las modificaciones se formalizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del citado TRLCSP.

22ª.- SUBCONTRATACIÓN:

Se excluye la posibilidad de subcontratar. 23ª.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Fundación Deportiva Municipal. 24ª.- PLAZO DE GARANTÍA:

El presente contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Fundación Deportiva Municipal, la totalidad de la prestación. Dentro del mes siguiente a la finalización del contrato se procederá al acto formal y positivo de recepción o conformidad, fijando un plazo de garantía por defectos ocultos de los suministros realizados durante la vigencia del contrato de un año a partir de la firma del acta correspondiente.

Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados se estará a lo dispuesto en el TRLCSP. 25ª. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINI TIVA: Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla. 26ª. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO: Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 del TRLCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 del TRLCSP.

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La resolución anticipada del contrato por causas imputables al contratista llevará aparejada la incautación y pérdida de la garantía definitiva a favor del Ayuntamiento. A la extinción del contrato de servicio, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del organismo autónomo contratante. 27ª. JURISDICCIÓN: Las partes se someten a la jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato. En Valencia, a 29 de noviembre de 2013, LA SECRETARIA DELEGADA

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ANEXO I

GASTOS DE ESTABLECIMIENTO A CUENTA DEL ADJUDICATARI O QUE SE CONSIDERAN COMO MINIMOS PARA LA APERTURA DE LOS DIF ERENTES LOCALES

POLIDEPORTIVO FUENTE DE SAN LUIS UDS IMPORTE

CAMPANA extractora de humos MONOBLOCK 1000X750 2 FILTROS VENTILADOR 9/9 1/3cv O SIMILAR

1 1400 €

MESA MURAL CON ESTANTE ANCHO 600x1500 mm O SIMILAR 2 400 €

PLANCHA ELECTRICA 30 O SIMILAR 1 200 €

BOTELLERO 1000 2 PUERTAS ACERO PLASTIFICADO O SIMILAR 1 400 €

ARMARIO REFRIGERACIÓN 600 LITROS 1 PUERTA O SIMILAR 1 1100 €

LAVAVASOS-LAVAPLATOS 35ECO O SIMILAR 1 700 €

SILLA INTERIOR y EXTERIOR APILABLE BASICA O SIMILAR 25 875 €

MESA DE INTERIOR O SIMILAR 6 540 €

Total 38 5.615 €

POLIDEPORTIVO NAZARET UDS IMPORTE

CAMPANA extractora de humos MONOBLOCK 1000X750 2 FILTROS VENTILADOR 9/9 1/3cv O SIMILAR

1 900 €

MESA MURAL CON ESTANTE ANCHO 600x1500 mm O SIMILAR 2 800 €

PLANCHA ELECTRICA 30 O SIMILAR 1 200 €

BOTELLERO 1000 2 PUERTAS ACERO PLASTIFICADO O SIMILAR 2 800 €

ARMARIO REFRIGERACIÓN 600 LITROS 1 PUERTA O SIMILAR 1 1100 €

LAVAVASOS-LAVAPLATOS 35ECO O SIMILAR 1 700 €

SILLA INTERIOR y EXTERIOR APILABLE BASICA O SIMILAR 50 1750 €

MESA DE INTERIOR O SIMILAR 10 900 € Total 68 7.150 €

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ANEXO II PROPUESTA DE MEJORAS VALORADAS Polideportivo San Luis

POLIDEPORTIVO NAZARET Nota.- Cuando se opte por proponer alguna de las mejoras marcadas con un asterisco, no será necesario, incorporar el equivalente elemento fijado en el Anexo I.

Polideportivo Nazaret

Nota.- Cuando se opte por proponer alguna de las mejoras marcadas con un asterisco, no será necesario, incorporar el equivalente elemento fijado en el Anexo I.

ELEMENTO UDS IMPORTE

CAMPANA MONOBLOCK 2000X900 4 FILTROS VENTILADOR 9/9 3/4cv O SIMILAR (*)

1 1400 €

MESA MURAL CON ESTANTE ANCHO 700x2500 mm O SIMILAR (*) 2 1200 €

Plancha eléctrica - FRY TOP CROMO DURO 60 ELÉCTRICO 230 V SOBREMOSTRADOR O SIMILAR (*)

1 550 €

BOTELLERO 2500 5 PUERTAS TOTAL INOX O SIMILAR (*) 1 1100 €

LAVAVASOS-LAVAPLATOS L40D CON DESCALCIFICADOR O SIMILAR (*) 1 1400 €

LAVAVASOS-LAVAPLATOS L50TD CON DESCALCIFICADOR O SIMILAR (*) 1 2500 €

MICROONDAS 40 L. TOTAL INOXIDABLE GRILL Y CONVECCIÓN O SIMILAR

1 500 €

EXPOSITOR NEUTRO CON LUZ COLOR BRONCE O SIMILAR 2 400 €

GRANIZADOR, 2 CUERPOS DE 6 LITROS O SIMILAR 1 1400 €

SILLA INTERIOR APILABLE ASIENTO MADERA O SIMILAR (*) 50 2750 €

TABURETE DE INTERIOR DE ESPUMA INTEGRAL O SIMILAR 10 400 €

ELEMENTO UDS IMPORTE

CAMPANA MONOBLOCK 2000X900 4 FILTROS VENTILADOR 9/9 3/4cv O SIMILAR (*)

1 1400 €

MESA MURAL CON ESTANTE ANCHO 700x2500 mm O SIMILAR (*) 2 600 €

Plancha eléctrica - FRY TOP CROMO DURO 60 ELÉCTRICO 230 V SOBREMOSTRADOR O SIMILAR (*)

1 550 €

BOTELLERO 2500 5 PUERTAS TOTAL INOX O SIMILAR (*) 1 1100 €

LAVAVASOS-LAVAPLATOS L40D CON DESCALCIFICADOR O SIMILAR (*)

1 1400 €

LAVAVASOS-LAVAPLATOS L50TD CON DESCALCIFICADOR O SIMILAR (*)

1 2500 €

MICROONDAS 40 L. TOTAL INOXIDABLE GRILL Y CONVECCIÓN O SIMILAR

1 500 €

EXPOSITOR NEUTRO CON LUZ COLOR BRONCE O SIMILAR 2 400 €

GRANIZADOR, 2 CUERPOS DE 6 LITROS O SIMILAR 1 1400 €

SILLA INTERIOR APILABLE ASIENTO MADERA O SIMILAR (*) 25 1375 €

TABURETE DE INTERIOR DE ESPUMA INTEGRAL O SIMILAR 10 400 €

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ANEXO III CARACTERISTICAS TECNICAS DE LOS EQUIPAMIENTOS DEL A NEXO I Y II CAMPANA MONOBLOCK 1000X750 2 FILTROS VENTILADOR 9/9 1/3cv • Construida en acero inoxidable AISI 304 en acabado pulido fino (Todas las partes vistas). • La campana incorpora colector con filtros tipo "Europeo" con una inclinación de 45 º de máxima robustez gracias a su construcción a base de viguetas intermedias y refuerzos internos. • Incorpora sistema de drenaje de grasas con depósito de recogida y tapón metálico de vaciado. • Sistema exclusivo de montaje rápido con pletinas de prefijado. • La estudiada construcción de la campana garantiza la máxima seguridad evitando cualquier posibilidad de corte accidental al estar todas las partes accesibles en chapa doblada. • Diseñadas para incorporar sistema automático anti-incendio e iluminación antideflagrante de alta temperatura. • Las campanas están ensambladas mediante pernos soldados en su interior y ocultos por embellecedores inox. • Están dotadas de las pendientes necesarias e imprescindibles para evitar el molesto goteo de grasas. • Incorpora Electroventilador 9/9 1/3cv-230 V en su interior. • Ideal para pequeñas instalaciones... • 2 Filtros de serie. Medidas 1000X750x550 (Ancho/profundo) CAMPANA MONOBLOCK 2000X900 4 FILTROS VENTILADOR 9/9 1/3cv • Construida en acero inoxidable AISI 304 en acabado pulido fino (Todas las partes vistas). • La campana incorpora colector con filtros tipo "Europeo" con una inclinación de 45 º de máxima robustez gracias a su construcción a base de viguetas intermedias y refuerzos internos. • Incorpora sistema de drenaje de grasas con depósito de recogida y tapón metálico de vaciado. • Sistema exclusivo de montaje rápido con pletinas de prefijado. • La estudiada construcción de la campana garantiza la máxima seguridad evitando cualquier posibilidad de corte accidental al estar todas las partes accesibles en chapa doblada. • Diseñadas para incorporar sistema automático anti-incendio e iluminación antideflagrante de alta temperatura. • Las campanas están ensambladas mediante pernos soldados en su interior y ocultos por embellecedores inox. • Están dotadas de las pendientes necesarias e imprescindibles para evitar el molesto goteo de grasas. • Incorpora Electroventilador 9/9 1/3v-230 V en su interior. • Ideal para pequeñas instalaciones... • 4 Filtros de serie. (Fotografía perteneciente a los modelo 3 filtros) Medidas 2000X900x550 (Ancho/profundo) MESA MURAL CON ESTANTE ANCHO 600x1500mm • Encimeras y estantes en acero inoxidable AISI 304 18/10 con omegas de refuerzo y acabado satinado. • Frontal de 65 mm en pundo redondeado y totalmente soldado. • Peto posterior de 100 mm en punto redondo sanitario, totalmente soldado. • Patas de tubo de 40x40 con taco regulable de rosca oculta. • Estructuras desmontables para facilitar su transporte. 600X1500X850 (Ancho/profundo/Alto)

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MESA MURAL CON ESTANTE ANCHO 700 • Encimeras y estantes en acero inoxidable AISI 304 18/10 con omegas de refuerzo y acabado satinado. • Frontal de 65 mm en punto redondeado y totalmente soldado. • Peto posterior de 100 mm en punto redondo sanitario, totalmente soldado. • Patas de tubo de 40x40 con taco regulable de rosca oculta. • Estructuras desmontables para facilitar su transporte. 700X2500X850 (Ancho/profundo/Alto) PLANCHA ELECTRICA 30 • Fabricada en acero inoxidable. • Encimera de acero laminado. • Resistencia blindada. • Bandeja recoge grasas frontal. • Termostato de seguridad regulable hasta 300 ºC. • Indicador luminoso de conexión y temperatura. • Potencia 1 KW - 230V 320X240X130 (Ancho/profundo/Alto) FRY TOP CROMO DURO 60 ELÉCTRICO 230 V SOBREMOSTRADOR - Plancha rápida de alta gama 60 - Placa de cocción de cromo duro - Placa de cocción fácil de mantener - Construida en acero inoxidable - Termostato y elementos de calentamiento de alta calidad - Recipiente recoge grasas extraíble - Placa de cocción fácil de mantener - Peto lateral y trasero Medidas: 600x500x270mm • Medidas interiores: 596x400mm • Espesor de la plancha: 12mm • Espesor capa cromo: 20 micras • Resistencias: 4 • Potencia: 6 Kw. • Voltaje: 220 V - 240 V • Peso: 40 kg. BOTELLERO 1000 2 PUERTAS ACERO PLASTIFICADO • Exterior en acero plastificado. • Interior en acero galvanizado. • Aislamiento de poliuretano inyectado a alta presión libre de CFC’S con densidad 40 Kg/m3 • Puertas correderas. • Estantes interiores de alambre de acero plastificado. • Evaporador estático. • Unidad condensadora ventilada y extraíble. • Control de temperatura. Interruptor general ON/OFF luminoso. • Régimen Trabajo a (32ºc): +2/+8ºC

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• Potencia: 185 W Consumo: 253 W • Tensión Frecuencia: 220/50 V/Hz • Capacidad: 170Litros • Número de puertas: 2 • Medidas externas: 1015x550x835mm (Ancho/Profundo/Alto) BOTELLERO 2500 5 PUERTAS TOTAL INOX • Construidos totalmente en acero inoxidable. • Aislamiento de poliuretano inyectado de 35 mm de espesor sin CFC. • Refrigerante ecológico R134-A libre de CFC. • Separadores verticales en PVC. • Evaporador estático de tubo de cobre y aletas de aluminio. • Compresor hermético con condensador ventilado. • Temperatura de trabajo: +2%C/+8ºC • Capacidad: 720 Litros. • 5 Puertas • Potencia 567W - 230V 2500X550X850 (Ancho/profundo/Alto) ARMARIO REFRIGERACIÓN 600 LITROS 1 PUERTA • Construidos totalmente en acero inoxidable, excepto respaldo. • Aislamiento de poliuretano inyectado de 60 mm de espesor y 40 Kg/m3 de densidad, sin CFC. • Refrigerante ecológico R134A libre de CFC. • Luz en el interior. • Dotación: 3 Parrillas en acero plastificado, con colocación a diferentes alturas. • Evaporador forzado de tubo de cobre y aletas de aluminio. • Puertas con dispositivo automático de cierre y fijación de apertura. • Compresor hermético con condensador ventilado. • Evaporación automática del agua de descarche. • Potencia 300 W a 230 V. • Capacidad 600 litros. • 1 Puerta • Temperatura de trabajo de -2ºC a +8ºC 693X726X2067 (Ancho/profundo/Alto) LAVAVASOS-LAVAPLATOS 35ECO Estructura en acero inoxidable. • Voltaje: 220 v • Potencia total: 2770 w • Resistencia caldera: 2500 w • Resistencia cuba: 2500 w • Motor bomba: 270 w • Capacidad cuba: 8 litros • Capacidad caldera: 2,5 litros • Presión red: 2-4 ATM • Consumo de agua por ciclo: 2 litros • Ciclo de lavado: 120 segundos • Dotación: Cesta (vasos): 2

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• Cesta para 16 platos: - • Cesta cubiertos: 1 • Inserto platos: 1 • Altura máxima piezas a lavar: 22cm • Medidas cestas: • 350x350mm (Ancho/Profundo/Alto) • Medidas exteriores: • 400x500x615mm (Ancho/Profundo/Alto) LAVAVASOS-LAVAPLATOS L40D CON DESCALCIFICADOR • 2100 Piezas a la hora. • Capacidad para platos de 27 cm de diámetro. • Descalcificador Incorporado con programa de regeneración automática. • Dotación:2 Cestillos cuadrados 1 Porta-cubiertos. 1 Porta-platos • 2 Cubas. • Capacidad cuba 15 L. • Potencia 3,06 Kw - 230V Medidas cestas: 400X400X140 (Ancho/profundo/Alto) Medidas exteriores: 470X520X720 (Ancho/profundo/Alto) LAVAVASOS-LAVAPLATOS L50TD CON DESCALCIFICADOR • 720 Platos a la hora. • Capacidad para platos de 32 cm de diámetro. • Programador con ciclos fijos de lavado de 90 y 180 segundos. • Descalcificador Incorporado • Dotación: 1 Cesta base. 1 Cesta para platos. 4 Porta-cubiertos. Bandejas filtro en la cuba de lavado. • Capacidad cuba 25 L. • Potencia 6,65 Kw - 400V Medidas cestas: 500X500X110 (Ancho/profundo/Alto) Medidas exteriores: 600X600X820 (Ancho/profundo/Alto) MICROONDAS 40 L. TOTAL INOXIDABLE GRILL Y CONVECCIÓ N • Exterior e Interior construido totalmente en acero inoxidable. • Tipo de cocción mediante plato giratorio. • 40 litros de capacidad. • Funciones de Microondas, grill y convección. • Temporizador de 30 minutos. • 5 Niveles de Potencia. • Modelo profesional. • Potencia de entrada 1450 W.-230 V • Potencia de salida 900 W Potencia

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Medidas Exterior 550X535X368 (Ancho/profundo/Alto) Medidas Interior 375X395X272 (Ancho/profundo/Alto) EXPOSITOR NEUTRO CON LUZ COLOR BRONCE • Base completa construida en acero inoxidable. • Perfiles construidos en aluminio anodizado color Bronce. • Laterales transparentes de metacrilato, que permiten una mayor visualización de los alimentos desde cualquier ángulo. • Puertas correderas transparentes y desmontables. • Provisto de 2 anclajes de sujeción voladizos que nos permite ganar 9 cms de espacio adicional en la zona del mostrador de atención al público. • Pantalla de iluminación con protector translúcido, que protege de golpes el fluorescente, según normativas. 985X370X176 (Ancho/profundo/Alto) GRANIZADOR, 2 CUERPOS DE 6 LITROS Estudiado para la producción y distribución de granizado y de otras bebidas heladas. • Sistema de mezcla por transmisión magnética patentada. • Contenedor en policarbonato atóxico, anti-choque. • Cuerpo de acero inoxidable. • Compresor hermético • Condensador enfriado por aire, ventilación forzada. • Protector de sobrecarga • Switch de presión de seguridad • Filtro de condensador • Nivel de ruido menor a 70 dB (A) • Tazones transparentes removibles 2 • Dimensiones: 360x 470 x 650 mm (Ancho x Fondo x Alto) • Potencia: 1100 w. • Capacidad del depósito: 2 x 6 Lts. • Termostatos ajustables: 2 • Alimentación eléctrica: 220/1 V. MESA DE INTERIOR • Mesa de interior de tubo acerado plastificado o cromado. • Con tableros: Estratificado "COLORES GAMA COMPAC", "ACABADO MADERA" y

con canto haya, tablero SM • Forma cuadrada SILLA INTERIOR y EXTERIOR APILABLE DE POLIPROPILENO MOD. 1163 • Silla de Interior Y Exterior monoblock de polipropileno inyectado apilable. • COLORES: BEIGE, ANTRACITA, NARANJA Y BURDEOS. SILLA DE INTERIOR APILABLE MODELO 1140 ASIENTO EN M ADERA • Silla de Interior de madera de haya contrachapada y barnizada de tubo acerado apilable • Tubo acerado plastificado o cromado con asiento y respaldo en madera de haya

contrachapada y barnizada. • Asiento en madera TABURETE DE INTERIOR DE ESPUMA INTEGRAL

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• Tubo acerado plastificado y asiento en espuma integral negra

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ANEXO IV

PROPUESTA PRECIOS

BEBIDAS

Lata refresco 1,20 €

Zumo 1,00 €

Batido chocolate 1,00 €

Agua mineral peq 0,80 €

Agua mineral 1,5 l 1,20 €

Lata Te o Isotónico 1,30 €

Lata cerveza sin alcohol 1,20 €

CAFÉS

Café Solo 1,00 €

Café Cortado 1,15 €

Café con Leche 1,40 €

Descafeinado Solo 1,00 €

Descafeinado con Leche 1,40 €

Bombón 1,20 €

Café del Tiempo 1,20 €

Vaso de Leche 0,80 €

Infusiones 0,90 €

Infusiones Leche 1,00 €

Café Americano 1,20 €

GRANIZADOS

Granizado peq 1,50 €

Granizado gr 2,00 €

BOCADILLOS

Lomo 3,50 €

Tortillas 3,00 €

Sobrasada 3,00 €

Bacón y queso 3,50 €

Atún olivas 3,00 €

Jamón Serrano 3,00 €

Calamares 3,50 €

Chivito 4,00 €

Sándwich mixto 2,50 €

Embutido 3,00 €

Tostadas 1,50 €

TAPAS

Olivas 1,50 €

Almendras 1,50 €

Cacaos 1,00 €

Tortilla 2,00 €

Ensaladilla 3,00 €

SNACKS

Rosquilletas 1,50 €

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Galletas chocolate 1,00 €

Magdalenas 1,00 €

Barritas/Chocolatina 1,50 €

Palomitas 2,00 €

Patatas Fritas Chips 1,00 €

Empanadillas 1,50 €

VARIOS

Chicles 1,00 €

Chupa-chups 0,20 €

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A N E X O V MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D..................................................................................................................................................................................., con D.N.I. nº ....................................., mayor de edad, con domicilio en ................................................................................., enterado del pliego de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas que han de regir el contrato para la Prestación Servicio de Quioscos –Bares de propiedad municipal instalados en los polideportivos municipales de Valencia y espacios de actividad propias de la Fundación Deportiva Municipal, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre ......................... ............................................ (propio o de la/s persona/s o entidad/es que representa especificando en este último caso sus circunstancias), se compromete a ejecutar el contrato de referencia por el canon fijo anual de …..€ (…………euros ), canon variable anual …..€ (…………euros ), y un monto por cada máquina expendedora de …… …..€ (…………euros ), como precio cierto. (en números y letras) Lugar, fecha y firma del licitador.

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ANEXO VI

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN EL PROCE DIMIENTO DE LICITACIÓN CONVOCADO POR LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUN ICIPAL PARA CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE QUIOSC OS-BARES DE PROPIEDAD MUNICIPAL INSTALADOS EN LOS POLIDEPORT IVOS MUNICIPALES D./Dª ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de...................…………… , C.I.F., declara que: - No se halla comprendido/a o que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad. - Se encuentra dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, declarando asimismo la vigencia del alta. - Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose en caso de resultar adjudicataria provisional del contrato, a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de tales circunstancias en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP. - A los efectos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social se autoriza a la Fundación Deportiva Municipal a solicitar estos datos de forma telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.

La autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del presente contrato y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la

cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 944/1999, de 11 de junio.

Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.