regionalización en el perú y piura

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HISTORIA DE LA REGIONALIZACIÓN Historia y división política de Piura Los tallanes o yungas fueron los primeros pobladores de Piura, vinieron de la sierra durante una época no precisada y vivieron en comarcas, que fueron poblaciones sin organización ni jefe único, fueron sometidos por los mochicas que les permitieron conservar su organización y su lengua. Cuando llegan los españoles a Piura encuentran en el valle de Tangarará a orillas del río Chira un lugar hermoso para descansar antes de emprender su conquista por el Sur del país. Estando en tierras piuranas Francisco Pizarro y su ejército español fundan la primera ciudad española en el Perú, a la que llamaron "San Miguel". Durante la época de la colonia, la vida de los pobladores piuranos transcurrió en paz y tranquilidad, llegando a ser paso obligado hacia Lima, ya que por aquel entonces, el Puerto de Paita ofrecía las mejores ventajas para los barcos que venían de la metrópoli. En 1820, con las incursiones de los almirantes Brown y Cochrane de la expedición libertadora de don José de San Martín, la población piurana se suma a la causa libertadora, llegando el 4 de Enero de 1821 el pueblo a proclamar la independencia en el atrio de la Iglesia San Francisco. La división Piura conformada por 1000 hombres contribuyó victoriosamente en la independencia de Ecuador, tomando parte en la Batalla de Pichincha, el 24 de Mayo de 1822. El 30 de enero de 1837 Piura fue elevada a la categoría de Provincia del Litoral peruano. En 1861 se crea el Departamento de Piura con tres provincias: Piura, Paita y Ayabaca.

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Historia de la regionalización en Piura y el Perú

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Page 1: Regionalización en el Perú y Piura

HISTORIA DE LA REGIONALIZACIÓN

Historia y división política de Piura

Los tallanes o yungas fueron los primeros pobladores de Piura, vinieron de la sierra durante una época no precisada y vivieron en comarcas, que fueron poblaciones sin organización ni jefe único, fueron sometidos por los mochicas que les permitieron conservar su organización y su lengua.

Cuando llegan los españoles a Piura encuentran en el valle de Tangarará a orillas del río Chira un lugar hermoso para descansar antes de emprender su conquista por el Sur del país.

Estando en tierras piuranas Francisco Pizarro y su ejército español fundan la primera ciudad española en el Perú, a la que llamaron "San Miguel".

Durante la época de la colonia, la vida de los pobladores piuranos transcurrió en paz y tranquilidad, llegando a ser paso obligado hacia Lima, ya que por aquel entonces, el Puerto de Paita ofrecía las mejores ventajas para los barcos que venían de la metrópoli.

En 1820, con las incursiones de los almirantes Brown y Cochrane de la expedición libertadora de don José de San Martín, la población piurana se suma a lacausa libertadora, llegando el 4 de Enero de 1821 el pueblo a proclamar la independencia en el atrio de la Iglesia San Francisco.La división Piura conformada por 1000 hombres contribuyó victoriosamente en la independencia de Ecuador, tomando parte en la Batalla de Pichincha, el 24 de Mayo de 1822.

El 30 de enero de 1837 Piura fue elevada a la categoría de Provincia del Litoral peruano.

En 1861 se crea el Departamento de Piura con tres provincias: Piura, Paita y Ayabaca.

El 14 de Enero de 1865 Huancabamba se convierte en la cuarta provincia de Piura.Actualmente Piura cuenta con 8 provincias: Ayabaca y Huancabamba están ubicadas en la zona de la sierra piurana; Morropón, que comparte su territorio entre la zona costera y andina; las provincias de Piura, Paita, Talara, Sechura y Sullana, ubicadas en la zona costera.

 

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Demarcación Republicana.

En 1821 San Martín transformo las intendencias en departamentos y los partidos en provincias. Pero solo con la constitución de 1823 cambiaron los criterios y la legislación para la demarcación territorial. En esta constitución se adaptaron al Perú las juntas departamentales, ya vigentes en Europa, que dada su inspiración liberal otorgaban atribuciones más o menos amplias a los organismos locales y Regionales.A partir de entonces la historia de la regionalización del Perú, si existe alguna, será la de intentos de demarcación territorial a priori, creando y cambiando los límites y las instituciones regionales de control administrativo y político.Hagamos una breve síntesis de los principales intentos de descentralización y de regionalización hechos por los diferentes gobiernos:

La constitución de 1828, adopto un sistemas de juntas departamentales como gérmenes de futuros parlamentos federales, otorgándoles atribuciones de orden político administrativo, eclesiástico, y judiciales; Dentro de cada territorio departamental con el objeto de limitar la influencia del poder central, especialmente en lo administrativo. El intento se truncó dado que no sé previo una descentralización económica.

Una ley de 1873 restableció los consejos departamentales y municipales, con algunas atribuciones para administrar la economía de los departamentos provincias y distritos.

Después de la guerra con Chile y bajo la forma de una ley 1880, se trató de realizar una descentralización, sobre todo fiscal de manera tal que los impuestos recaudados en cada zona fueran utilizados en provecho de la misma zona.

La constitución de 1919 crea los congresos regionales con el objeto de promover el desarrollo regional y local. Además promueve la división transversal del país aunque sin fundamentación práctica.

La constitución de 1923 establece nuevamente los consejos departamentales en los lugares que la ley señala reconociéndoles autonomía administrativa y económica.

Como se observa todos los cambios antes mencionados concuerdan con el largo debate sobre el centralismo y descentralismo, comprendido básicamente en sus aspectos administrativos. Las sucesivas transformaciones de juntas en consejos, en congresos departamentales, tuvieron como escenario territorial la demarcación y reconocimiento de los límites territoriales de cada departamento y sus respectivas sub. Divisiones como las que tenemos actualmenteLa descentralización fue una oferta política que propusieron todos los partidos políticos y movimientos que participaron en las pasadas Elecciones Generales por lo cual el actual gobierno Constitucional tiene el compromiso ineludible e impostergable de impulsar este proceso en razón de importantes fines y objetivos que representan para el desarrollo y bienestar general de la Nación.Cien años más tarde el problema no había cambiado en lo más mínimo, y, en todo caso, se había agravado. "Uno de los vicios de nuestra organización política es,

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ciertamente, su centralismo" –dijo con claridad meridiana José Carlos Mariátegui en la década del 20, en Regionalismo y Centralismo, el sexto de sus célebres 7 ensayos de interpretación de la realidad peruana.Ya en esa época el crecimiento de la capital era el centro de encendidos debates y serias preocupaciones; no obstante, el censo de 1920, había reportado una población que "apenas" llegaba a 230 000 habitantes es decir, tenía el tamaño y población de uno de los distritos más chicos de la Lima actual. En el debate de entonces, los más optimistas es decir, los más "centralistas", los más ilusos, los más equivocados, auguraban a la ciudad un fantástico porvenir. No se equivocó en cambio Mariátegui, que, apoyado en sólidos razonamientos y contrastaciones, advirtió las debilidades intrínsecas de Lima y del centralismo. Ni se equivocaron todos aquellos que en las décadas siguientes volvieron a insistir en las debilidades de la ciudad

De la constitución del 1979 a la creación de las CTAR

La constitución peruana de 1979 contuvo previsiones para la descentralización del poder mediante la creación de regiones autónomas pero éstas no fueron implementadas.

Durante los últimos años del primer gobierno de Alan García (1985–1990), el gobierno enfrentó la posibilidad de perder las elecciones presidenciales de 1990 debido a una crisis económica generalizada y a la inestable aprobación popular. Como forma de establecer una fuente de poder alternativa, el régimen estableció doce regiones autónomas el20 de enero de 1989 con la esperanza de ganar algunas elecciones a este nivel.3 Sin embargo, debido a lo apresurado de su creación, los gobiernos regionales carecieron de recursos fiscales propios, así que dependieron de la bondad del gobierno central para los fondos.

Las doce regiones creadas inicialmente fueron:

Región Amazonas Región Andrés Avelino Cáceres Región Arequipa Región Chavín Región Grau Región Inka Región José Carlos Mariátegui Región Los Libertadores-Wari Región Lima Región Nor Oriental del Marañón Región Ucayali Región Víctor Raúl Haya de la Torre

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Mediante un referéndum realizado el 24 de febrero de 1991, la población del ex Departamento de San Martín decidió separarse de la Región Víctor Raúl Haya de la Torre, derogándose su ley de creación el 17 de agosto de aquel año.

Las elecciones presidenciales de 1990 estuvieron marcadas por el descrédito al sistema partidario, evidenciado por la elección de Alberto Fujimori, un candidato independiente. Fujimori retuvo las transferencias financieras a los gobiernos regionales y luego, el 29 de diciembre de 1992, las reemplazó con los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR) creados para cada departamento. Habiendo disuelto el congreso durante la crisis constitucional de 1992, Fujimori convocó a elecciones para una Asamblea Constituyente la cual promulgó la constitución de 1993. Este nuevo texto incluyó provisiones para la creación de regiones con gobiernos elegidos y autónomos, pero no fueron llevadas a cabo. La Ley Marco de Descentralización promulgada el 30 de enero de 1998, confirmó la permanencia de los consejos transitorios, ahora bajo la supervisión del Ministerio de la Presidencia.

En noviembre de 2000, Fujimori fue forzado a renunciar debido a acusaciones de autoritarismo, corrupción y violaciones de derechos humanos.5 Después de un gobierno de transición dirigido por Valentín Paniagua, Alejandro Toledo fue elegido presidente para el periodo 2001–2006 en un contexto que incluyó la creación de gobiernos regionales.6 La nueva administración dispuso el marco legal para las nuevas divisiones administrativas en la Ley de Bases de la Descentralización, promulgada el 17 de julio de 2002, y la Ley orgánica de Gobiernos Regionales promulgada el 19 de noviembre de 2002. Flamantes Gobiernos Regionales fueron elegidos el 20 de noviembre de 2002, uno por cada departamento y uno en la Provincia Constitucional del Callao, y se le dio a la Municipalidad Metropolitana de Lima rango de Gobierno regional a fin de que la provincia de Lima, que contiene a la capital, fuera destinada a no conformar parte de ninguna de las futuras regiones.

En las elecciones de 2002, muchos de los gobiernos regionales fueron a partidos de la oposición, con doce ganadas por el APRA y sólo una por Perú Posible, el partido del presidente Alejandro Toledo. La combinación de una fuerte oposición y un gobierno deficiente llevaron a la preocupación sobre una inminente crisis política, sin embargo, este no fue el caso ya que los nuevos gobiernos regionales fueron absorbidos por problemas locales y mostraron poca iniciativa en la política nacional.

Aún quedaba por ser dado el último paso para la conformación de regiones: La fusión de departamentos – debido a que las circunscripciones territoriales que los gobiernos regionales heredaron de los departamentos son consideradas muy pequeñas, mediante referéndum con aprobación mayoritaria en todos los departamentos de una propuesta de región, de conformidad con la Ley Bases de la Descentralización prevé la

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fusión de las regiones luego de que exprese su aprobación. El primer referéndum de este tipo fue llevado a cabo el 30 de octubre de 2005 con las siguientes propuestas a ser consultadas en las urnas:

Región Cusco-Apurímac: Apurímac, Cusco Región Sur Andina: Arequipa, Puno, Tacna Región Ica-Ayacucho-Huancavelica: Ayacucho, Huancavelica, Ica Región Nor-Centro-Oriental: Ancash, Huánuco, Junín, Lima, Pasco Región Norte: Lambayeque, Piura, Tumbes

Estas propuestas fueron rechazadas por el electorado de todas las regiones involucradas con la excepción de Arequipa, por lo que ninguna fusión fue puesta en marcha.

Nuevas elecciones para los gobiernos regionales fueron celebradas el 19 de noviembre de 2006; la mayoría de los gobiernos regionales fueron a manos de movimientos políticos locales en lugar de ir a partidos nacionales. El APRA, que ganó las elecciones presidenciales del 4 de junio de 2006, sólo logró ganar en dos departamentos, todos los otros partidos nacionales ganaron aún menos.

LEY MARCO DE DESCENTRALIZACIÓN N° 26922

HE CONSIDERADO IMPORTANTE LOS SGTES PUNTOS:

Artículo 12.- De la Departamentalización

12.1. El proceso de regionalización se constituye sobre el ámbito territorial de los Departamentos. Con ese fin a partir de la vigencia de la presente Ley, créanse los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR) en cada uno de los Departamentos del país, como organismos públicos descentralizados del Ministerio de la Presidencia, con autonomía técnica, presupuestal y administrativa en el ejercicio de sus funciones, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 14º de la presente Ley.

12.2. Las provincias y distritos que a la fecha están bajo la jurisdicción administrativa de un Consejo Transitorio de Administración Regional distinto al Departamento al que pertenecen, quedarán comprendidas en el Consejo Transitorio de Administración Regional de este último, a partir de su fecha de instalación.

12.3. La sede administrativa de cada Consejo Transitorio de Administración Regional será la ciudad capital del respectivo Departamento.

12.4. Los Consejos Transitorios de Administración Regional tendrán vigencia hasta que queden constituidas las Regiones.

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Artículo 13.- De la denominación

Los organismos antes referidos, se identificarán con la denominación CTAR seguida del nombre del Departamento respectivo, en la forma siguiente: CTAR Amazonas, CTAR Ancash, CTAR Apurímac, CTAR Arequipa, CTAR Ayacucho, CTAR Cajamarca, CTAR Cusco, CTAR Huancavelica, CTAR Huánuco, CTAR Ica, CTAR Junín, CTAR La Libertad, CTAR Lambayeque, CTAR Loreto, CTAR Madre de Dios, CTAR Moquegua, CTAR Pasco, CTAR Piura, CTAR Puno, CTAR San Martín, CTAR Tacna, CTAR Tumbes y CTAR Ucayali.

Artículo 14.- De la relación con el Ministerio de la Presidencia

El Ministerio de la Presidencia aprueba las metas, estrategias y actividades de los Consejos Transitorios de Administración Regional y evalúa los resultados de su gestión.

Artículo 16.- De las funciones

Los Consejos Transitorios de Administración Regional tendrán las siguientes funciones generales: a) Conducir y ejecutar de manera coordinada la formulación, seguimiento y evaluación de las acciones de desarrollo de alcance departamental con énfasis en la programación sectorial regional de los Programas Nacionales de Inversión a toda fuente. b) Gestión y monitoreo de estudios relativos al planeamiento físico de envergadura departamental, con énfasis en los aspectos relativos a las condiciones socioeconómicas de la población y ventajas competitivas, a ser ejecutados por el sector privado. c) Promover la complementación de acciones de alcance departamental con aquellas de competencia de los Gobiernos Locales.d) Promover la ejecución de inversiones privadas de alcance departamental y su complementación con las inversiones públicas, participando en las acciones a las que hace referencia la normatividad sobre promoción de inversiones privadas (identificación de estudios, proyectos e infraestructura a ser cedidos para su ejecución y explotación al sector privado). e) Evaluar las solicitudes sobre asuntos de demarcación territorial con arreglo a la legislación de la materia, y elevar el Informe Técnico respectivo a la Presidencia del Consejo de Ministros. f) Velar por el adecuado cumplimiento de las normas sobre medio ambiente y recursos naturales, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, en coordinación con las entidades públicas responsables. g) Supervisar la prestación de los servicios públicos y administrativos, en coordinación con los Sectores del nivel central, en la forma y condiciones que determine el Reglamento. h) Apoyar a los Gobiernos Locales con asistencia técnica en los servicios de competencia de éstos. i) Actuar como última instancia administrativa en las materias que establezca el Reglamento. j) Ejercer las demás competencias y funciones generales o específicas que les corresponda por mandato legal o que les encomiende el Poder Ejecutivo.

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Composición actual

Región Ciudad CapitalAmazonas ChachapoyasAncash HuarazApurímac AbancayArequipa ArequipaAyacucho Ayacucho Cajamarca CajamarcaCallao CallaoCusco CuscoHuancavelica HuancavelicaHuánuco HuánucoIca IcaJunín HuancayoLa Libertad TrujilloLambayeque Chiclayo

Lima Metropolitana Lima  Lima Provincias HuachoLoreto IquitosMadre de Dios Puerto MaldonadoMoquegua Moquegua Pasco Cerro de PascoPiura PiuraPuno PunoSan Martín MoyobambaTacna TacnaTumbes TumbesUcayali Pucallpa