reg01s equipamiento reglamento 2001 es

Upload: begalex1977

Post on 14-Feb-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    1/21

    EquipamientoReglamento2001

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    2/21

    2 3

    Prefacio 5

    I PRINCIPIOS BSICOS 6 Artculo 1 Finalidad 6 Artculo 2 Equipamiento deportivo 6 Artculo 3 Principio 7

    II PROCEDIMIENTO DE APROBACIN 8 Artculo 4 Competiciones preliminares 8 Artculo 5 Competiciones nales 8

    III JUGADORES DE CAMPO Y GUARDAMETAS 9 Artculo 6 Colores 9 Artculo 7 Nmeros 11 Artculo 8 Nombres de los jugadores 13

    IV RBITROS, RBITROS ASISTENTES Y CUARTO RBITRO 15 Articulo 9 Uniforme del rbitro 15 Artculo 10 Publicidad del patrocinador 15

    V DERECHO DE LAS ASOCIACIONES NACIONALES A UTILIZAR ELEMENTOS DECORATIVOS 17 Artculo 11 Emblema, smbolo ocial y nombre de la asociacin nacional 17 Artculo 12 Emblema de la bandera nacional 19 Artculo 13 Publicidad del patrocinador 19

    VI IDENTIFICACIN DEL FABRICANTE 21 Artculo 14 Disposiciones 21 Artculo 15 Equipamiento deportivo 21-25 Artculo 16 Otras marcas o insignias 25 Artculo 17 Otros objetos del equipamiento 27-29 Artculo 18 Chalecos de calentamiento 29

    VII IDENTIFICACIN DEL FABRICANTE EN LOS BALONES DE FTBOL 31 Artculo 19 Balones de ftbol 31

    VIII IDENTIFICACIN DEL FABRICANTE EN EL EQUIPAMIENTO DE CAMPO 32 Artculo 20 Equipamiento de campo 32

    IX PROCEDIMIENTO DE MEDICIN 33 Artculo 21 Mtodo de medicin 33

    X CASOS NO PREVISTOS 34 Artculo 22 Comisiones de las competiciones de la FIFA 34

    XI PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO 35 Artculo 23 Medidas disciplinarias 35

    Contenido

    XII DISPOSICIONES FINALES 36 Artculo 24 Derecho aplicable 36 Artculo 25 Entrada en vigor 36

    ANEXO A 38 Objetos y deniciones relacionados con el equipamiento 38 Trminos relacionados con la marca 39

    ANEXO B 40

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    3/21

    4 5

    El principio imperativo del Reglamento de Equipamiento de la FIFA es tratar a todaslas asociaciones nacionales de forma similar, dentro de un ESPRITU DEPORTIVO,y permitir que los fabricantes de equipamientos realcen nuestro deporte medianteuna creatividad y un diseo estticos. A cambio, se espera que las partes observenlas reglas estipuladas en las siguientes pginas.

    Deseamos llamar la atencin sobre el hecho de que existen ciertas diferencias enlas exigencias relacionadas con el equipamiento deportivo para los partidos de lascompeticiones preliminares y nales de la FIFA. Por ejemplo, no es necesario que elnombre del jugador gure en el dorso de la camiseta en partidos de la competicinpreliminar, mientras que en la competicin nal es una obligacin. Por este motivo,hemos incluido varios grcos e ilustraciones para facilitar esta diferenciacin. Las

    ilustraciones sirven asimismo como ayuda tanto a los fabricantes como a las asocia-ciones nacionales para identicar y aplicar los diferentes elementos en el equipa-miento deportivo para competiciones de la FIFA.

    El presente reglamento tiene asimismo por nalidad ofrecer un ejemplo a las asocia-ciones nacionales para que adapten el reglamento de sus competiciones de formacorrespondiente. Una poltica universal y consistente en los reglamentos de equipa-miento beneciar a todas las partes.

    El presente reglamento entra en vigor el 1 de enero de 2001y se aplica a todas las competiciones de la FIFA, incluidala Copa Mundial de la FIFA Corea/Japn 2002.

    Prefacio

    Fdration Internationale de Football Association

    Prsidente de la FIFA: Joseph S. Blatter

    Secretario General: Michel Zen-Rufnen

    Direccin: Hitzigweg 11P.O. Box 858030 ZurichSwitzerlandTelephone: 41-1/384 9595Telefax: 41-1/384 9696Internet: www.fa.com

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    4/21

    6 7

    Artculo 3 Principio

    La autorizacin de cualquier artculo del equipamiento est sujeta a las siguientesdisposiciones:

    1. La utilizacin de cualquier prenda del equipamiento en el terreno de juego estsujeta, ante todo, a la autoridad del rbitro, denida en las Reglas de Juego auto-rizadas por el International Football Association Board (en lo sucesivo Reglas deJuego).

    2. Est terminantemente prohibida la utilizacin de cualquier equipamiento que nose ajuste a las estipulaciones del presente reglamento.

    3. La autorizacin para utilizar cualquier equipamiento deportivo en una competicinnal de la FIFA deber solicitarse por escrito a la secretara general de la FIFA ( verArt. 5).

    4. Se debern consultar tambin los reglamentos de los torneos respectivos encuanto a instrucciones especcas relacionadas con el equipamiento.

    Artculo 1 Finalidad

    El Reglamento de Equipamiento de la FIFA sustituye las disposiciones pertinentesdel Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA Corea/Japn 2002 (a saber, los Arts.24 y 25)

    1. El presente reglamento se aplicar a todos los partidos de las competiciones pre-liminares y nales disputados bajo los auspicios de la Fdration Internationalede Football Association (en lo sucesivo FIFA).

    2. El presente reglamento regula la autorizacin del equipamiento utilizado por losjugadores y los funcionarios de las selecciones representativas de las asociacio-nes nacionales, as como el equipamiento utilizado por rbitros y rbitros asisten-

    tes. Las disposiciones se reeren asimismo a la publicidad de los patrocinadores,a la identicacin de los fabricantes de equipamientos y al derecho de las asocia-ciones nacionales a utilizar elementos decorativos en el equipamiento.

    3. El presente reglamento cubre igualmente la identicacin de los fabricantes enlos balones y el equipamiento de campo utilizados en los partidos mencionadosen el prrafo 1.

    Artculo 2 Equipamiento deportivo

    1. El equipamiento comprender toda la vestimenta y los accesorios (vase AnexoA) que usarn las siguientes personas que participen en un partido de unacompeticin de la FIFA: jugadores de campo guardametas sustitutos rbitro rbitros asistentes cuarto rbitro entrenadores personal mdico (mdicos, sioterapeutas, etc.) otros funcionarios ociales en el rea tcnica

    2. Las personas arriba mencionadas estarn sujetas a las disposiciones del pre-sente reglamento, siempre que se encuentren en el terreno de juego o en el reatcnica desempeando una funcin ocial para su asociacin nacional duranteun partido de una competicin de la FIFA. Esta disposicin es igualmente vlidapara los ejercicios de calentamiento en el terreno de juego.

    3. El calzado se excluye del presente reglamento.

    Principios basicos

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    5/21

    8 9

    Artculo 4 Competiciones preliminares

    1. Se ruega a las asociaciones nacionales cumplir las estipulaciones del presentereglamento cuando disputan un partido de una competicin preliminar bajo losauspicios de la FIFA (ver Anexo B).

    Artculo 5 Competiciones nales

    1. Las asociaciones nacionales debern enviar a la secretara general de la FIFA unjuego de su equipamiento deportivo para su inspeccin despus de haberse cla-sicado para una competicin nal de la FIFA (ver Anexo B). El plazo del envodel equipamiento depender de la fecha en que nalice el torneo clasicatorio,pero en todo caso- el plazo lmite deber ser, como mnimo, tres meses antes

    del comienzo de la competicin nal.2. Los siguientes artculos de equipamiento debern enviarse para su inspeccin y

    aprobacin: uniforme ocial (camiseta, pantaln, medias) uniforme de reserva (camiseta, pantaln, medias) uniforme del portero (camiseta, pantaln, medias)Los objetos arriba mencionados debern enviarse con el nmero del jugador (verArt. 7) y el nombre del jugador (ver Art. 8).

    guantes del portero gorra del portero

    3. La secretara general de la FIFA llevar a cabo el procedimiento de inspecciny aprobacin. Su decisin ser comunicada por escrito a la asociacin nacionalcorrespondiente. En caso de aprobacin, se enviar un certicado de aprobacina la asociacin nacional, en el cual se estipular el nombre de la asociacin, elfabricante del equipamiento, la descripcin del equipamiento y los colores, lafecha de inspeccin y la competicin.

    4. En caso de que la asociacin nacional o el fabricante alteren cualquier prendau objeto del equipamiento despus de la aprobacin, el certicado ser conside-

    rado nulo y sin efecto hasta que la versin modicada no sea inspeccionada yaprobada de la misma manera por la FIFA.

    5. Un equipamiento aprobado podr utilizarse en otras competiciones nales de laFIFA. En tal caso, la asociacin nacional deber comunicar por escrito su intencinde utilizacin a la secretara general de la FIFA.

    6. En caso de que la FIFA pronuncie una decisin negativa, se podr interponer unaapelacin por escrito ante la secretara general de la FIFA en el correr de los 30das siguientes a la noticacin de la decisin. La comisin de la competicincorrespondiente de la FIFA tomar una decisin denitiva sobre la aprobacin delequipamiento o de la prenda del equipamiento. Su decisin ser comunicada porescrito a la asociacin nacional correspondiente.

    I Procedimiento de aprobacin

    Artculo 6 Colores

    1. Los colores del equipamiento deportivo (es decir, uniforme ocial y de reserva)debern indicarse en el formulario ocial de inscripcin.

    2. Cada prenda del uniforme del jugador de campo (camiseta, pantaln y medias)tendr, como mximo, cuatro colores. Esta disposicin vale asimismo para loscolores utilizados para las letras y nmeros (nombre y nmero del jugador, etc.).Adems, un color predominar claramente en la camiseta, el pantaln y en lasmedias respectivamente. En caso de camisetas con rayas, verticales o de otraforma, uno de los colores deber predominar en las dems prendas del equipa-miento.

    3. El color principal (color predominante) ser visible en igual proporcin tanto en laparte anterior como posterior de la vestimenta.

    4. Los colores del uniforme ocial se diferenciarn claramente y contrastarn conlos colores del uniforme de reserva.

    5. Los colores de la vestimenta del guardameta se diferenciarn claramente de loscolores que visten sus compaeros de equipo. Adems, los colores utilizados porel guardameta para un determinado partido debern contrastar con los coloresdel equipo adversario y los del rbitro y de los rbitros asistentes (ver Reglas deJuego Regla 4 El equipamiento de los jugadores, guardametas).

    6. Cada equipo vestir sus colores ociales declarados en el formulario ocial deinscripcin en un partido de competicin preliminar (ver Anexo B). En caso deque, a juicio del rbitro o del comisario del partido, los colores de los equiposse presten a confusin o resulten inadecuados para la transmisin televisiva,el equipo local utilizar su uniforme ocial, mientras que el conjunto visitantedeber vestir su uniforme de reserva o una combinacin de ambos.

    7. La comisin correspondiente de la FIFA decidir sobre los colores que se utiliza-rn en todas las competiciones nales.

    III Jugadores de campo y guardametas

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    6/21

    10 11

    Artculo 7

    Artculo 7

    Nmeros

    Tamaos yemplazamientos

    NmerosEl nmero se colocar ya sea sobre unparche de color neutral o se podr aplicarun reborde o un contorno sombreado.

    Artculo 7 Nmeros

    1. El nmero del jugador gurar en el dorso de la camiseta. El nmero medir entre25 cm (veinticinco centmetros) y 35 cm (treinta y cinco centmetros) de altura,ser claramente legible y estar colocado en el centro del dorso de la camiseta.Adems, el nmero deber ser completamente visible cuando la camiseta estmetida en el pantaln.

    2. El nmero del jugador deber gurar igualmente en la parte frontal de la camisetaa la altura del pecho. El nmero medir entre 10 cm (diez centmetros) y 15 cm(quince centmetros) de altura y ser claramente legible y del mismo color que elnmero en el dorso de la camiseta.

    3. El nmero del jugador deber gurar tambin en la parte frontal derecha oizquierda del pantaln. El nmero medir entre 10 cm (diez centmetros) y 15 cm(quince centmetros) de altura y ser claramente legible.

    4. El color de los nmeros contrastar claramente con los colores del uniforme.Como alternativa, los nmeros podrn tener como fondo un parche de color neu-tral. En caso de camisetas a rayas, los nmeros se colocarn ya sea sobre unparche de color neutral o se podr aplicar un reborde o un contorno sombreado.

    5. Los nmeros tendrn un solo color. Para mejorar su legibilidad, se podr aplicarun reborde o un contorno sombreado. No llevarn publicidad ni diseos ni otrotipo de elementos.

    6. Los nmeros podrn ser cosidos o jados al equipamiento mediante un sistemade aplicacin trmica. Los nmeros no podrn jarse con Velcro o de otraforma provisional.

    25-35 cm

    10-15 cm

    10-15 cm

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    7/21

    12 13

    Artculo 8 Nombres de los jugadores

    Esta disposicin se aplicar slo en par tidos de competiciones nales de la FIFA. Esopcional para partidos de competiciones preliminares.

    1. Cada jugador ser identicado con su apellido o apodo en el dorso de la cami-seta. El nombre corresponder al nombre inscrito en la lista ocial de jugadores.

    2. El nombre se colocar encima del nmero dorsal de la camiseta.

    3. Las letras del nombre no debern exceder de 7,5 cm (siete centmetros y medio)de altura. Para mejorar su legibilidad, se podr aplicar un reborde o un contornosombreado. En caso de camisetas a rayas, el nombre se jar sobre un parche de

    color neutral o se podr aplicar un reborde o un contorno sombreado.

    4. El nombre del jugador tendr el mismo color que el nmero dorsal de la camiseta.No llevar publicidad ni diseos ni otro tipo de elementos.Artculo 8

    Nombres delos jugadores Competicin nal

    Competicin preliminar

    mx. 7.5 cm

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    8/21

    14 15

    IV rbitros, rbitros asistentes y cuarto rbitro

    Articulo 9 Uniforme del rbitro

    1. En virtud del Art. 15 subsiguiente y las dimensiones estipuladas en el mismo, elfabricante del uniforme del rbitro podr colocar su identicacin en la camiseta,pantaln y medias.

    2. Todos los rbitros y rbitros asistentes que guran en la Lista Internacional derbitros de la FIFA debern vestir nicamente el equipamiento del proveedor o-cial de la FIFA en todos los partidos de las competiciones de la FIFA (ver Art. 1,prr. 1). Adems, todos los colegiados de la FIFA debern vestir el equipamientodel proveedor ocial de la FIFA en partidos amistosos jugados entre seleccionesnacionales de todas las categoras (se deber utilizar la ropa de entrenamientode la FIFA).

    3. La insignia de FAIR PLAY distribuida a todos los rbitros y rbitros asistentes de laLista Internacional de rbitros de la FIFA deber jarse en la manga izquierda dela camiseta en todos los partidos de competicin de la FIFA.

    Artculo 10 Publicidad del patrocinador

    1. Est terminantemente prohibido utilizar publicidad de patrocinadores en el uni-forme de los colegiados en todas las competiciones de la FIFA (ver Art. 1, prr. 1).Esta disposicin vale igualmente para partidos jugados bajo los auspicios de lasconfederaciones y de las asociaciones nacionales.

    Artculo 9

    Uniforme del rbitro

    Deber jarseen la mangaizquierda de lacamiseta

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    9/21

    16 17

    Artculo 11 Emblema, smbolo ocial y nombre de la asociacin nacional

    1. El emblema de la asociacin nacional gurar una sola vez en la camiseta, unavez en el pantaln y una vez en cada una de las medias.

    2. El emblema deber estar inscrito en la FIFA y no llevar ninguna publicidad nidiseos ni otro tipo de elementos.

    3. El emblema de la asociacin nacional podr ser bordado, impreso o cosido comoinsignia.

    4. No existen restricciones en cuanto a la forma del emblema, pero se debernobservar los siguientes tamaos y emplazamientos en el uniforme:

    a) Camiseta: 100 cm (cien centmetros cuadrados) En la parte anterior de la camiseta a la altura del pecho

    b) Pantaln: 50 cm (cincuenta centmetros cuadrados) En la parte anterior de la pierna derecha o izquierda

    c) Medias: 25 cm (veinticinco centmetros cuadrados) por media.El lugar se puede elegir libremente

    5. El emblema o nombre de la asociacin nacional podr ser tejido con una muestrajacquard en la camiseta y/o el pantaln. El color de la muestra jacquard deberser similar al de la camiseta. Asimismo, el dibujo jacquard no deber predomi-nar en el equipamiento, contener un color contrastante o afectar la diferenciacinvisual del equipamiento.

    6. Se podr coser, bordar o imprimir un smbolo ocial de la asociacin nacional(abreviatura reconocida de la asociacin nacional o sobrenombre del equipo omascota ocial) o el nombre del pas en la camiseta. El smbolo ocial no exce-

    der de 50 cm2

    (cincuenta centmetros cuadrados). La supercie mxima delnombre del pas ser de 50 cm (cincuenta centmetros cuadrados) y la alturamxima de las letras del nombre del pas ser de 5 cm (cinco centmetros). Noexisten restricciones en cuanto al color.

    7. El smbolo ocial de la asociacin nacional o el nombre del pas no llevar nin-guna publicidad ni diseos ni otro tipo de elementos. Adems, el smbolo ocialo el nombre del pas no interferir con ningn otro componente del uniforme queidentique al jugador (es decir, su nmero).

    V Derecho de las asociaciones nacionales a utilizar elementos decorativos

    Artculo 11

    Derecho de las asociacionesnacionales a utilizar elemen-tos decorativos

    Emblema, smbolo ocialy nombre de la asociacinnacional

    Nombre de laasociacin nacional oel nombre del pas

    Emblema

    mx. 100 cm2

    mx. 50 cm2

    mx. 25 cm2

    Smbolo ocial

    mx. 50 cm2

    JAPN

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    10/21

    18 19

    Artculo 12 Emblema de la bandera nacional

    1. El emblema de la bandera nacional podr gurar una sola vez en la camiseta,

    una vez en el pantaln y una vez en cada una de las medias. (Como alternativa, elemblema de la bandera nacional podr gurar en ambas mangas de la camiseta).

    2. El emblema de la bandera nacional podr ser bordado, impreso o cosido comoinsignia.

    3. No existen restricciones en cuanto a la forma de la bandera, pero se debernobservar los siguientes tamaos y emplazamientos en el uniforme:

    a) Camiseta: 25 cm (veinticinco centmetros cuadrados) en la parte frontal de la camiseta a la altura del pecho o 12 cm2 (doce centmetros cuadrados) en la manga derecha e izquierda.

    b) Pantaln: 25 cm (veinticinco centmetros cuadrados) en la parte anterior de la pierna derecha o izquierda.

    c) Medias: 25 cm (veinticinco centmetros cuadrados) por media. El lugar se puede elegir libremente.

    4. El emblema de la bandera nacional no llevar publicidad ni diseos ni otro tipode elementos, ni interferir con ningn otro componente del uniforme que iden-tique al jugador (es decir, su nmero).

    Artculo 13 Publicidad del patrocinador

    La presente disposicin se aplicar a todos los partidos entre selecciones naciona-

    les de todas las categoras de edad, independientemente de que se trate de partidosamistosos o encuentros de una competicin nal o preliminar, jugados bajo los aus-picios de la FIFA.

    1. Est prohibido llevar cualquier forma de publicidad de patrocinadores o terceros,cualquier forma de declaraciones polticas o religiosas u otra clase de anuncios entodas las prendas o artculos del equipamiento (ver Anexo A) dentro del estadio.

    2. Los equipos que participan en el Campeonato Mundial de Clubes de la FIFApueden utilizar la publicidad del patrocinador en virtud del reglamento del torneo.Se ruega consultar el reglamento de dicha competicin respecto a informacionesespeccas relacionadas con tamaos y emplazamientos de la publicidad.

    Artculo 12

    Emblema de labandera nacional

    mx. 25 cm2

    mx. 12 cm2 mx. 12 cm2

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    11/21

    20 21

    VI Identicacin del fabricante

    Artculo 14 Disposiciones

    1. El fabricante podr colocar su identicacin en el equipamiento con los siguien-tes tipos de marca registrada:

    a) Nombre (= NOMBRE DE LA MARCA)b) Logotipo (= DISEO DE LA MARCA)c) Lnea de productos (= MARCA COMBINADA)d) Logotipo grco (= MARCA COMBINADA)e) Trazo

    2. Cualquier otra representacin en el equipamiento no cubierta por estas dispo-siciones ser considerada como elemento decorativo (ver Anexo B), el cual seconsidera igualmente una forma de identicacin y, por lo tanto, no deber pre-

    dominar en el equipamiento ni afectar su diferenciacin visual. Una marca regis-trada no podr utilizarse como elemento decorativo.

    3. La secretara general de la FIFA decidir si una representacin en el equipamientoes una identicacin del fabricante en virtud de lo estipulado en el prrafo 1 o unelemento decorativo en virtud del prrafo 2 o bien otro tipo de elemento admisi-ble. A este respecto, se podr solicitar anticipadamente la opinin del fabricantepor escrito.

    4. Los fabricantes podrn enviar a la secretara general de la FIFA muestras de sus tipos

    de identicacin, junto con una descripcin por escrito, a ttulo de inspeccin.

    Artculo 15 Equipamiento deportivo

    1. Los tipos de identicacin del fabricante arriba mencionados (ver Art. 14) podrnser bordados, impresos o cosidos en el equipamiento deportivo y no deberninterferir con ningn otro elemento que identique al jugador (es decir, el nombrey el nmero del jugador) y a la asociacin nacional (es decir, el emblema). Sedeber observar el siguiente emplazamiento y las siguientes cantidades:

    Camiseta

    Se admitir un solo diseo de la marca (ver Art. 14, 1b) que podr colocarse unao varias veces como franja en UNA de las siguientes posiciones, respetando lasdimensiones estipuladas en el prr. 2 siguiente:

    a lo largo del borde inferior de cada manga o a lo largo de la costura exterior de cada manga o a lo largo de las costuras laterales de la camiseta

    Artculo 14

    Identicacin del fabricante

    Formas de marcas registradas

    a

    b

    c

    d

    e

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    12/21

    22 23

    Artculo 15

    Identicatin del fabricnte

    Equipamiento deportivo

    Tamaos y emplazamientos

    Se podr elegir UN solo tipo de identicacin adicional (ver Art. 14, 1) quepodr colocarse en la parte frontal de la camiseta, slo a la altura del pecho.

    Se prohbe colocar identicaciones del fabricante en el cuello de la camiseta.

    Pantalones

    Se admitir un solo diseo de la marca (ver Art. 14, prr. 1b) que podr colocarseuna o varias veces como franja en UNA de las siguientes posiciones, respetandolas dimensiones estipuladas en el prr. 2 siguiente:

    a lo largo del borde inferior de las piernas del pantaln o a lo largo de las costuras laterales

    Se podr elegir UN solo tipo de identicacin adicional (ver Art. 14, 1) quepodr colocarse libremente en una de las piernas del pantaln.

    Medias

    Se admitir un solo diseo de la marca (ver Art. 14, prr. 1b) en cada media quepodr colocarse una o varias veces como franja en UNA de las siguientes posicio-nes, respetando las dimensiones estipuladas en el prr. 2 siguiente:

    horizontalmente en el borde superior de la media (ya sea en el borde mismo oen el borde del doblez tras plegarlo sobre la canillera) o

    horizontalmente encima del tobillo

    Se podr elegir UN solo tipo de identicacin adicional (ver Art. 14, 1) quepodr colocarse horizontalmente entre el tobillo y el borde superior de la media.

    Guantes de guardameta

    Se podr elegir UN solo tipo de identicacin (ver Art. 14, 1) que podr colo-carse en cualquier parte de los guantes, de acuerdo con las medidas estipuladasen el prrafo 3.

    Gorra

    Se podr elegir UN solo tipo de identicacin (ver Art. 14, 1) que se podr colo-car en cualquier parte de la gorra, de acuerdo con las medidas estipuladas en elprrafo 3.

    mx. 20 cm2

    mx. 12 cm2

    mx. 12 cm2

    mx. 25 cm2

    mx. 25 cm2

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    13/21

    24 25

    2. Si el diseo de la marca se utiliza como franja, las dimensiones no debern exce-der de las siguientes medidas:

    a) 10 cm (diez centmetros) de anchura en la camiseta y los pantalonesb) 5 cm (cinco centmetros) de anchura en las mediasc) 20cm (veinte centmetros cuadrados) de tamao en la camiseta y prendas

    superioresd) 12 cm (doce centmetros cuadrados) de tamao en los pantalones y prendas

    inferiores

    3. Los tipos de identicacin del fabricante mencionados en el Art. 14, 1 nodebern superar las siguientes dimensiones:

    a) Camiseta (y camiseta interior): 20 cm (veinte centmetros cuadrados)

    b) Pantaln (y pantalones trmicos): 12 cm (doce centmetros cuadrados)c) Medias: 12 cm (doce centmetros cuadrados) por mediad) Guantes del portero: 25 cm (veinticinco centmetros cuadrados) por guantee) Gorra: 25 cm (veinticinco centmetros cuadrados)f) Chalecos de calentamiento: 20 cm (veinte centmetros cuadrados)

    4. El fabricante podr tejer su identicacin en la camiseta o pantalones con unamuestra jacquard, cuyo color deber ser similar al de la camiseta. Asimismo, eldibujo jacquard no deber predominar en las prendas, no deber contener uncolor contrastante y no deber afectar la diferenciacin visual del equipamiento.

    5. El sello o marca de calidad del fabricante podr ser cosido o bordado en la partefrontal o dorsal de la camiseta y no superar los 25 cm2(veinticinco centmetroscuadrados) de tamao. Adems, el borde superior del sello de calidad no seencontrar a ms de 12 cm (doce centmetros) del doblez inferior de la camiseta.Asimismo, se permitir colocar un segundo sello de un mximo de 12 cm2 (docecentmetros cuadrados), de la siguiente manera:

    a) una vez a lo largo de la costura lateral de la camiseta. El borde superior de lamarca no se encontrar a ms de 25 cm (veinticinco centmetros) del bordeinferior de la camiseta

    b) una vez a lo largo d e la costura lateral del pantaln

    Artculo 16 Otras marcas o insignias

    1. Est prohibida la utilizacin en el equipamiento de cualquier otra marca o insig-nia de la asociacin nacional, fabricantes o terceros, sin la previa autorizacin porescrito de la secretara general de la FIFA.

    2. Las asociaciones nacionales que han ganado la Copa Mundial de la FIFApodrn colocar un smbolo en la camiseta que represente su logro y el nmero deveces que conquistaron el ttulo.

    Artculo 15

    Equipamiento deportivo

    Dimensiones y emplazami-entos de un diseo de lamarca cuando se utilizacomo franja

    mx. 10 cm

    mx. 10 cm mx. 10 cm

    mx. 10 cm

    mx. 5 cm

    mx. 5 cm

    Artculo 16

    Otras marcas o insignias

    Ganador de la Copa Mundial de la FIFA

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    14/21

    26 27

    Artculo 17

    Otros objetos del equipamiento

    Tamaos y emplazamientos

    Artculo 17 Otros objetos del equipamiento

    1. El fabricante de trajes de entrenamiento y chaquetas (gabanes, abrigos, etc.)podr colocar su identicacin observando las estipulaciones del Art. 14. Podrelegir TRES tipos de identicacin que no superarn los 20 cm2 (veinte centme-tros cuadrados) en las prendas superiores y los 12 cm2 (doce centmetros cua-drados) en las prendas inferiores. Adicionalmente, cada objeto puede contenerDOS franjas (= diseos de marca repetidos) que podrn colocarse en cualquierparte (excepto en la parte del cuello), observando las estipulaciones del Art. 15, 2. La longitud total de cada franja no deber superar la longitud del torso de lasprendas superiores y la longitud de las piernas de las prendas inferiores.

    2. Se autoriza la identicacin del fabricante solamente en la parte trasera del

    cuello en prendas que no forman par te del equipamiento deportivo.

    3. El fabricante podr colocar su identicacin en las prendas que se llevan debajode la vestimenta deportiva (ropa interior, pantalones trmicos, camisetas interio-res, etc.) slo en virtud de las estipulaciones del Art. 15, 3. Los pantalones tr-micos debern tener el mismo color que el color principal de los pantalones.

    4. No se permitir ningn tipo de identicacin del fabricante en cierres y botonesque se hallan en la parte del cuello (por ejemplo, cuando se abotona o se sube elcuello con el cierre).

    5. La FIFA suministrar a cada delegacin participante en partidos de competicio-nes nales todo el material que necesitan en el rea tcnica y en el terreno dejuego para su abastecimiento, nes tcnicos, refresco y cuidado mdico antes ydurante el partido. Este equipamiento es obligatorio y consiste de :

    a) bolsas (para bidones de agua y para los guantes del guardameta)b) neverasc) bidones

    d) caja de accesorios y utilerae) botiquines de primeros auxilios

    Todos estos artculos y su contenido estarn libres de toda forma de publicidaddel patrocinador y de identicacin del fabricante. Cualquier otro objeto adicio-nal requerir una autorizacin especial de la secretara general de la FIFA.

    6. Los brazales de los capitanes debern estar libres de toda forma de publicidaddel patrocinador y de identicacin del fabricante. En partidos de competicionesnales, la FIFA suministrar a los equipos dos brazales de capitn en colores con-trastantes. Se debern utilizar solamente estos brazales.

    mx. 20 cm2

    mx. 20 cm2

    mx. 12 cm2

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    15/21

    28 29

    7. Las cintas de pelo y las muequeras podrn llevar UN solo tipo de identicacindel fabricante que no exceda de 12 cm2 (doce centmetros cuadrados) y quepodr colocarse en cualquier parte.

    8. No se permitir ningn tipo de publicidad, ni diseos, ni otros elementos publici-tarios en los guantes empleados por los jugadores de campo.

    9. No se permitir ningn tipo de publicidad en vendajes y tablillas.

    Artculo 18 Chalecos de calentamiento

    1. Los chalecos de calentamiento debern ser de un solo color y debern diferen-

    ciarse claramente de los colores de las camisetas de ambos equipos.

    2. El fabricante de los chalecos podr colocar su identicacin slo en conformi-dad con las estipulaciones del Art. 15, 3f. Se podrn elegir DOS tipos deidenticacin, colocndose uno en la parte frontal y uno en la parte dorsal de laprenda.

    3. En competiciones nales, la FIFA podr restringir la utilizacin de chalecos decalentamiento. En este caso, la FIFA suministrar a cada delegacin sucienteschalecos de calentamiento en dos colores contrastantes para su utilizacindurante los partidos. Se podrn utilizar solamente estos chalecos, que nodebern llevar ninguna forma de publicidad del patrocinador e identicacin delfabricante.

    Artculo 18

    Chalecos decalentamiento

    Tamaos yemplazamientos

    mx. 20 cm2 mx. 20 cm2

    Frontal Dorsal

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    16/21

    30 31

    VII Identicacin del fabricante en los balones de ftbol

    Artculo 19 Balones de ftbol

    1. Las disposiciones estipuladas en las Reglas de Juego (ver Regla 2, El baln) seaplicarn para el empleo de los balones.

    2. Las siguientes disposiciones se aplicarn asimismo para la utilizacin de balonesen partidos de competiciones de la FIFA (ver Art. 1, 1).

    3. En conformidad con lo estipulado en el Art. 14, 1, el fabricante podr colocar unsolo tipo de identicacin en el baln, el cual no exceder de 50 cm2(cincuentacentmetros cuadrados). Tambin podr gurar el nombre del baln, y su tamaono superar los 50 cm2(cincuenta centmetros cuadrados).

    4. Los balones podrn tener un nmero ilimitado de elementos decorativos quepodrn ser colocados en cualquier parte.

    5. Se autorizan asimismo otros diseos relacionados con la competicin o garantasde calidad del fabricante.

    Artculo 19

    Balones de ftbol

    Tamaos

    mx. 50 cm2

    mx. 50 cm2

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    17/21

    32 33

    VIII Identicacin del fabricante en el equipamiento de campo

    Artculo 20 Equipamiento de campo

    1. En las Reglas de Juego, el equipamiento de campo equivale a las metas, redes delas metas, astas de banderines y los banderines. Segn la Regla 1, Decisin 3, seprohibe todo tipo de publicidad comercial en este tipo de equipamiento.

    2. Se podr elegir UN solo tipo de publicidad del fabricante, que no exceda de 12cm2 (doce centmetros cuadrados), para colocarlo en cualquier parte del equipa-miento de campo. Sin embargo, el tipo de identicacin elegido para las metaspodr colocarse solamente en la par te posterior de las redes/travesao.

    3. El nmero de registro y el ao de fabricacin del cuadro de la portera podrn gu-rar asimismo en la meta, junto con la identicacin del fabricante, para cumplir

    con las correspondientes normas regionales de calidad.

    IX Procedimiento de medicin

    Artculo 21 Mtodo de medicin

    1. Los objetos se medirn segn su forma geomtrica.

    2. Para calcular la supercie, los objetos se dividirn en diferentes formas geomtri-cas.

    3. Las formas no normalizadas se medirn como rectngulos, a menos que laasociacin nacional o el fabricante respectivos enven a la FIFA su procedimientode medicin para aprobacin.

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    18/21

    34 35

    Artculo 22 Comisiones de las competiciones de la FIFA

    1. La correspondiente comisin organizadora de una competicin de la FIFA decidirsobre todos los casos que no guran en el presente reglamento.

    2. En caso de que surja una disputa durante una competicin nal de la FIFA, lacomisin correspondiente decidir sobre las medidas apropiadas.

    3. Las decisiones de la comisin correspondiente sern denitivas.

    X Casos no previstos XI Procedimiento disciplinario

    Artculo 23 Medidas disciplinarias

    1. El comisario del partido es responsable de informar a la secretara general de laFIFA sobre cualquier contravencin al presente reglamento durante un partido dela competicin preliminar. En caso necesario, podr someter pruebas materiales,adems de un informe por escrito sobre el incidente.

    2. En caso de que una asociacin nacional contravenga alguna de las disposicionesarriba mencionadas, la FIFA podr imponer sanciones y tomar medidas conformeal Procedimiento disciplinario de la FIFA.

    3. Las asociaciones nacionales asumen la responsabilidad total de someter el equi-pamiento deportivo a la secretara general de la FIFA, en conformidad con el regla-

    mento vigente. Sern asimismo responsables de la conducta de sus jugadores,entrenadores y funcionarios, etc. en cuanto a la aplicacin correcta de estas dis-posiciones en los partidos de las competiciones de la FIFA.

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    19/21

    36 37

    Artculo 24 Derecho aplicable

    1. La interpretacin del presente reglamento est sujeta a la legislacin suiza.

    2. En caso de cualquier discrepancia en la interpretacin de la versin inglesa, fran-cesa, espaola o alemana del presente reglamento, har fe solamente el textoingls.

    Artculo 25 Entrada en vigor

    1. El presente reglamento fue aprobado por el Comit Ejecutivo de la FIFA en lasesin celebrada los das 10 de diciembre de 2000 y entra en vigor el 1 de enero

    de 2001.

    Zrich, diciembre de 2000

    Joseph S. Blatter Michel Zen-RufnenPresidente Secretario General

    XII Disposiciones nales

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    20/21

    38 39

    Los trminos del presente reglamento se denen de la siguiente manera:

    Objetos y deniciones relacionados con el equipamiento

    Equipamiento:El equipamiento comprende los siguientes objetos y vestimenta que se utilizandurante un partido de ftbol:

    a) ropa interiorb) camiseta interiorc) camisetad) pantalones (cortos para jugadores y largos para porteros)e) pantalones trmicos

    f) mediasg) muequerash) cinta de peloi) gorraj) guantes de guardametak) guantesl) traje de entrenamientom) chaquetasn) impermeables y gabaneso) b razal del capitnp) chalecos de calentamientoq) otros objetos que se llevan en el cuerpo

    Uniforme (incluyendo a los porteros):Camiseta, pantalones y medias

    Uniforme ocial:La vestimenta deportiva que una seleccin nacional utiliza generalmente.

    Uniforme de reserva:La vestimenta deportiva que una seleccin nacional utiliza cuando no puedeemplear el uniforme ocial por coincidencia de colores, etc. (ver el reglamento dela competicin correspondiente de la FIFA).

    Fabricante:Empresa que fabrica y/o distribuye el equipamiento.

    Lista de jugadores:La lista ocial de jugadores que se enva a la FIFA antes de la competicin y quecontiene el nombre de los jugadores elegibles. Los nmeros dorsales deberncorresponder con los nmeros indicados en dicha lista.

    Anexo A

    Trminos relacionados con la marca

    Marca registrada:Una marca inscrita en un registro ocial. Incluye todos los tipos de identicacinde un fabricante, tales como nombre, logotipo, lnea de productos, logotipogrco y trazo.

    Nombre:El nombre del fabricante que se utiliza para identicar el equipamiento. Corres-ponde al Nombre de la marca.

    Logotipo:Un smbolo relacionado con el fabricante, utilizado para identicar el equipa-

    miento. Corresponde al Diseo de la marca.

    Lnea de productos:Productos de una misma marca con un nombre especco. Corresponde a unaMarca combinada.

    Logotipo grco:La combinacin de un nombre y un logotipo en una nica representacin. Corres-ponde a una Marca combinada.

    Elemento decorativo:Cualquier otra representacin en el equipamiento que: no corresponde a ninguna marca registrada representa una aadidura a la calidad esttica del equipamiento

    Nombre de la marca:Una palabra de fantasa en letras maysculas.

    Diseo de la marca:

    Cualquier signo que puede representarse grcamente y que no contiene letras.

    Marca combinada:La combinacin del Nombre de la marca con el Diseo de la marca.

    Trazo:El trazo particular de una marca registrada.

    Franja:La utilizacin de un diseo de la marca (= logotipo) una o repetidas veces comouna franja en la vestimenta deportiva.

  • 7/23/2019 Reg01s Equipamiento Reglamento 2001 Es

    21/21

    Anexo B

    Competicin preliminar de la FIFA

    Copa Mundial de la FIFATorneos Olmpicos de Ftbol

    ATNGASE a las estipulaciones del Reglamento de Equipamiento de la FIFA!

    Competicin nal de la FIFA

    Copa Mundial de la FIFACopa Mundial Femenina de la FIFA

    Campeonato Mundial Juvenil de la FIFACampeonato Mundial Sub-17 de la FIFA

    Campeonato Mundial de Futsal de la FIFA

    Campeonato Mundial de Clubes de la FIFACopa FIFA/ ConfederacionesTorneos Olmpicos de Ftbol

    Equipamiento enviado a la FIFA para aprobacin

    Certicado de aprobacin para la asociacin nacional

    Clasifcacin

    3mesesantes