reforma procesal y que hacer del psico en trabajo con victimas de delito

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  • 7/25/2019 Reforma Procesal y Que Hacer Del Psico en Trabajo Con Victimas de Delito

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    UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO

    Carrera de Psicologa

    REFORMA PROCESAL PENAL EN CHILE:

    EL QUEHACER DEL PSICOLOGO/A EN LAATENCIN DE PERSONAS VCTIMAS DE DELITO

    Profesora Gua : Mara Elena GorosteguiMetodlogo : Elas Padilla

    Profesora Informante : Svenska Arensburg

    Alumnas : Jessica Gonzlez Mahan

    Maricel Sauterel Gajardo

    Tesis para optar al grado de Licenciada en Psicologa

    Tesis para optar al Ttulo de Psicloga

    Santiago, Abril de 2005

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    Agradecemos:

    Las conversaciones, reflexiones, grandes aportes y entusiasmo entregado por nuestra

    profesora gua Mara Elena Gorostegui, que permitieron un mejor rumbo de este

    estudio. A Svenska Arensburg, profesora informante, que nos entrego una mirada

    profunda, crtica y especial sobre el tema. Al profesor metodlogo Elas Padilla,

    quien hizo de esta tesis una investigacin de calidad.

    Esta investigacin requiri de las voluntades de otros, quienes nos permitieron

    conocer sus relatos, nos entregaron sus vivencias y nos otorgaron un espacio de

    reflexin en torno al tema, mirar las cosas diferentes; con vocacin, mucha entrega y

    amor por lo que se hace.

    Es as como las Fiscalas de la V y VI Regin, nos brindaron el apoyo para desarrollar

    nuestro trabajo y las Unidades de Atencin a Vctimas y Testigos nos abrieron sus

    puertas para compartir con nosotras sus relatos del quehacer diario, ensendonos

    mucho ms de lo analizado en este estudio.

    Gracias a los Jefes de Unidad por la gestin y por creer en nuestro trabajo, a las

    psiclogas, asistentes sociales, fiscales, secretarias y a las personas vctimas de delito;

    quienes con mucha fortaleza nos contaron sus experiencias.

    Agradecemos tambin a la psicloga y al Gerente Nacional de la Divisin de

    Atencin a Vctimas y Testigos del Ministerio Pblico, por brindarnos una importanteentrevista que nos permiti, con su experiencia y conocimientos enriquecer y ver este

    estudio desde otra perspectiva.

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    RESUMEN

    A travs de esta investigacin se desarrollo un estudio exploratorio-descriptivo que

    pretendi describir el quehacer del/a psiclogo/a, en el contexto de la Reforma

    Procesal Penal, en la atencin de personas vctimas de delito.

    Esta investigacin se aborda desde la entrega de antecedentes generales en la relacin

    Psicologa - Derecho, introducindose en el concepto de persona vctima de delito, la

    victimizacin que sufre y la Victimologa como ciencia. A su vez, se hace unrecorrido del quehacer del psiclogo/a en nuestro pas, en el mbito del Derecho

    Penal, terminando en la descripcin del trabajo que desarrollan las/os psiclogas/os

    en la Unidad de Atencin a Vctimas y Testigos del Ministerio Pblico.

    Los resultados que se entregan son producto del anlisis de entrevistas realizadas a

    psiclogos/as, asistentes sociales de las Unidades de Atencin a Vctimas y Testigos

    y a Fiscales del Ministerio Pblico, adems de personas vctimas usuarias del sistema.

    Como procedimiento de anlisis se realiz un anlisis por categora de objetivosque

    permiti conocer el quehacer del psiclogo/a en la atencin a personas vctimas;

    describir las funciones, prcticas y modo de intervencin, que actualmente realizan e

    identificar los aportes y desafos que las/os psiclogas/os y otros/as profesionales se

    plantean para potenciar y perfeccionar la atencin dirigida a personas vctimas de

    delitos, en el contexto de la Reforma Procesal Penal.

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    INDICE

    Pgina

    INDICE 3

    I. INTRODUCCIN

    1.1. Antecedentes y Planteamiento del Problema

    1.2. Formulacin del Problema

    1.3. Pregunta de Investigacin

    1.4. Aportes y Relevancia de la Investigacin

    1.5. Objetivo General

    1.6. Objetivos Especficos

    5

    5

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    11

    11

    12

    12

    II. MARCO TERICO

    2.1. Derecho y Psicologa Jurdica

    2.1.1. Antecedentes de la relacin Psicologa Derecho

    2.1.2. Psicologa Jurdica y el quehacer del psiclogo/a

    2.2. Vctima, victimizacin y Victimologa

    2.2.1. Antecedentes sobre el concepto de vctima

    2.2.2. Una definicin de vctima

    2.2.3. El impacto sufrido por la persona vctima de delito

    2.2.4. El proceso de victimizacin2.2.5. La Victimologa

    2.3. Antecedentes del quehacer del/a psiclogo/a jurdico en Chile

    2.4. La Reforma Procesal Penal en Chile

    13

    13

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    2.4.1. Antecedentes de la Reforma Procesal Penal en Chile

    2.4.2. Estructura y funcionamiento de la Reforma Procesal Penal2.4.3. La vctima en la Reforma Procesal Penal

    2.4.4. Psiclogos/as en la atencin de personas vctimas de delito

    32

    3436

    38

    III. MARCO METODOLGICO

    3.1. Metodologa de estudio

    3.2. Tipo y diseo de estudio

    3.3. Delimitacin del campo de estudio

    3.4. Mtodos y tcnicas de recopilacin de informacin

    3.5. Procedimiento de anlisis de la investigacin

    3.6. Categoras de anlisis

    43

    43

    43

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    49

    IV. ANLISIS Y RESULTADOS

    4.1. Funciones de las/os psiclogas/os

    4.2. Prctica y/o modos de intervencin

    4.3. Aportes y desafos para la Psicologa- Aportes

    - Desafos

    4.4. Aportes y desafos para la Psicologa desde otros profesionales

    - Aportes

    - Desafos

    4.5. Percepcin de usuarias/os

    V. CONCLUSIONES

    VI. DISCUSIN

    VII. BIBLIOGRAFA

    INDICE DE ANEXOS

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    51

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    I. INTRODUCCIN

    1.1.Antecedentes y Planteamiento del Problema

    Las Naciones Unidas, en la Declaracin sobre los Principios Fundamentales

    de Justicia para las Vctimas de Delitos y Abuso de Poder1 define como vctima:

    las personas que, individualmente o colectivamente, han sufrido dao, incluyendo

    lesiones fsicas o mentales, sufrimiento emocional, prdidas econmicas o

    menoscabo real de sus derechos fundamentales, a travs de actos u omisiones que

    sean violaciones de las leyes penales nacionales o de normas relacionadas a los

    derechos humanos internacionalmente reconocidas2.

    Esta declaracin considera directamente las consecuencias del acto sufrido, las

    que no se circunscriben tan slo con la prdida de bienes materiales, sino que aborda

    temticas de dao fsico y psicolgico e incorpora, adems, el concepto de

    sufrimiento emocional.Lo anterior lleva a comprender a la persona vctima desde su

    sufrimiento y el cambio que se genera a partir de la experiencia vivida; hay un

    quiebre en su cotidianeidad, con graves repercusiones en la vida personal y familiar,

    generndose un fuerte estado de crisis inicial que puede producir daos a largo plazo.

    Como consecuencia de esta experiencia, puede haber presencia de sntomas

    especficos asociados al evento, como tambin la aparicin de sentimientos de

    desproteccin y vulnerabilidad, manifestndose un quiebre de confianza que

    perjudican la adaptacin y desenvolvimiento en el medio3.

    Estudios al respecto indican que los efectos de la victimizacin afectan no

    slo a la vctima, sino tambin a su familia ms inmediata, as como, parientes,

    1VII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevencin del Delito y Tratamiento del Delincuente,Miln 1985. Declaracin aprobada ese mismo ao en la Asamblea General (Poder Judicial de laProvincia de Crdoba, s/f).2Poder Judicial de la Provincia de Crdoba, (s/f). Pp. 14.3Villalobos & otros. (2003). Un modelo de intervencin reparatoria con vctimas en el contexto de laReforma Procesal Penal en Chile. En Anales V Congreso Iberoamericano de Psicologa Jurdica.Santiago de Chile.

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    vecinos y conocidos, teniendo consecuencias emocionales y econmicas que pueden

    durar aos e incluso toda la vida. Por ejemplo, en los casos de genocidio, abuso demenores, exposicin a la violencia y abuso de poder, los efectos suelen transmitirse

    de una generacin a la otra. Si bien dichas consecuencias son esperadas para delitos

    como asesinato, tortura y violacin, tambin es posible que en delitos como asalto,

    robo y hurto, dejen sentimientos permanentes de impotencia, inseguridad, ira y

    miedo4.

    Actualmente, en muchos pases se han incorporado programas especiales de

    atencin a personas que han sido vctimas de delito, los cuales otorgan apoyo social,

    psicolgico, emocional y financiero, en busca de acciones que ayuden efectivamente

    a las vctimas dentro del proceso de la justicia penal. Dichos programas se han

    implementado a travs de la bsqueda de un reconocimiento de los derechos humanos

    de las personas vctimas de delito, contribuyendo a una disminucin de los efectos de

    la victimizacin y aportando a procesos de reparacin y mejora, por medio de

    atencin psicolgica. Es importante considerar que el cmo enfrenta la persona su

    condicin de vctima de un delito, depende en gran medida de sus experiencias

    inmediatamente posteriores al evento.

    Por ejemplo, destaca el trabajo desarrollado en el Programa de Asistencia a la

    Vctima establecido en la Provincia de Crdoba, Argentina5, el que tiene como

    misin asistir a las vctimas en enfrentar sus traumas emocionales, participar en el

    proceso de justicia penal, obtener reparacin y enfrentar problemas asociados a la

    victimizacin6. Para el logro de este fin se estableci por ley la intervencin de un

    equipo interdisciplinario de profesionales, conformado por mdicos, psiquiatras,

    psiclogos/as, asistentes social y abogados/as, los cuales cumplen funciones

    especficas en la atencin a personas vctimas de delito.

    4Poder Judicial de la Provincia de Crdoba. (s/f).5Ley 7379 de Asistencia a la Vctima del Delito, que crea el Centro de Asistencia, promulgada el ao1986 (Poder Judicial de la Provincia de Crdoba, s/f).

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    A travs de programas de este tipo, el Estado se hace cargo de una falta en lacual incurre, al ser la persona la vctima del delito. Esto significa un cambio en la

    dinmica del sistema penal, el que se haba concentrado principalmente en quien

    comete el delito7, en ese sentido, la persona vctima del delito ha sido la gran

    olvidada del proceso penal8. Esta dificultad en su reconocimiento normativo la ha

    marginado, quedando en el estatuto del olvido, sustrayndola del conflicto por una

    parte e imposibilitando el derecho a reparacin, ya que su rol se ha reducido a su

    presencia durante el proceso penal, con un fin de valoracin probatoria9.

    Nuestro pas, se hace parte de este nuevo abordaje basado en la Declaracin

    de las Naciones Unidas, sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las

    Vctimas de Delitos y Abuso de Poder, siendo una de las preocupaciones del Estado

    implementar las medidas internacionalmente recomendadas. Hay un cambio desde el

    Derecho Penal, posesionando su mirada en la vctima del delito y resituando los

    Derechos Humanos de las personas, a travs de la implementacin de programas de

    atencin. En el ao 1994, el Ministerio de Justicia incorpora un modelo de atencinque aborda las necesidades de la vctima, a travs del Programa de Asistencia Jurdica

    Acceso a la Justicia, conformndose en varias ciudades del pas los Centros de

    Atencin Integral a Vctimas de Delitos Violentos10. Los Centros tienen como

    objetivo facilitar el proceso de reparacin del dao ocasionado por el delito tanto a

    la vctima directa como a sus familiares, a travs de un servicio de atencin integral

    que cuenta con un equipo de apoyo multidisciplinario psico-socio-jurdico11.

    Tambin destaca la labor realizada por el Centro de Asistencia a Vctimas de

    6Poder Judicial de la Provincia de Crdoba (s/fecha). Pp. 37.7Gzman, K. (1995). Derechos de las vctimas: la reparacin de los daos causados a las vctimas deun ilcito. EnAnales I Congreso Iberoamericano de Psicologa Jurdica. Santiago de Chile.8 Escaff, E. (2003). Psicologa Jurdica en Chile. Apuntes del Diplomado de Psicologa Jurdica yForense. Universidad Diego Portales. Santiago, Chile.9 Acosta, J. (2004). La recomposicin de las vctimas desde una perspectiva constitucional yhumanitaria. Boletn electrnico de Psicologa Jurdica y Forense. En www.psicologiajuridica.org.10Villalobos & otros. (2003).11Ibid. Pp.146.

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    Atentados Sexuales (CAVAS), creado en 1987, dependiente de Polica de

    Investigaciones, que realiza terapia de reparacin, adems de evaluaciones de nivel dedao y veracidades de relato respecto al delito12.

    Sin embargo, el cambio sustancial, en el abordaje a personas vctimas de

    delito se inicia al implementarse la Reforma Procesal Penal13 en Chile14, en el ao

    2000. La Reforma constituye un cambio paradigmtico en la legislacin nacional,

    reemplazando normas e instituciones jurdicas, y modificando la lgica de los

    procedimientos y de sus actores15. Una de las principales transformaciones que otorga

    la Reforma, tiene que ver con el estatuto protector de la persona vctima de delito,

    asignando al Ministerio Pblico16la responsabilidad de velar por stas durante todo el

    procedimiento penal, con el fin de garantizar sus derechos.

    En su deber de garantizar los derechos de las personas vctimas de delito, el

    Ministerio Pblico crea la Divisin Nacional de Atencin a Vctimas y Testigos y las

    Unidades Regionales de Atencin a Vctimas y Testigos (URAVITES). La primera

    tiene como objetivo principal la elaboracin de polticas y programas y la ejecucin

    de acciones destinadas a procurar una debida atencin y proteccin a las vctimas de

    delitos durante todo el proceso penal17y las URAVITES, implementar en terreno

    los modelos diseados. Las unidades estn conformadas por equipos

    interdisciplinarios de profesionales; abogados/as, asistentes sociales, psiclogos/as, y

    personal administrativo y tienen presencia en todas las regiones del pas18.

    12 Gonzlez, M. (1995). La Victimologa en cincuenta aos: hallazgos, dudas, posibilidades. En:Anales I Congreso Iberoamericano de Psicologa Jurdica. Santiago de Chile.13En adelante RPP.14La RPP, Ley 19.696 que establece el Cdigo Procesal Penal (en: www.ministeriopublico.cl).15Idem16Organismo autnomo e independiente, creado mediante la Ley N19.519. Es el ente encargado dedirigir la investigacin de los hechos constitutivos de delito, ejerciendo accin penal pblica (en:www.ministeriopublico.cl).17Idem18Idem

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    A partir de este cambio paradigmtico, surge una nueva demanda a los/as

    psiclogos/as en su intervencin con las personas vctimas de delito, ya que elquehacer profesional en el campo del Derecho Penal, se haba desarrollado en dos

    grandes reas: la funcin pericial, en donde se realiza principalmente labores de

    diagnstico, evaluacin y veracidad de relato y la de reparacin, en la cual la

    intervencin es desde el trabajo teraputico. Con la creacin de la Unidad Regional

    de Atencin a Vctimas y Testigos, en el marco de la RPP, se genera una tercera gran

    rea de introduccin al ejercicio profesional del/a psiclogo/a jurdico/a.

    Esta reciente rea de intervencin del/a psiclogo/a plantea nuevos desafos

    que requieren de una adecuacin y/o actualizacin de la Psicologa, que permitan

    responder a las orientaciones y necesidades del nuevo sistema procesal penal y su

    relacin con la persona vctima de delito. Esta no es una tarea fcil, puesto que los

    nuevos planteamientos que propone la RPP, desde el punto de vista de la Psicologa,

    estn en proceso de constante transformacin, en busca de una adecuacin a la

    diversidad y realidad local a abordar.

    1.2. Formulacin del Problema

    La implementacin de la RPP en Chile, ha generado una nueva relacin con la

    Psicologa y con el quehacer que se demanda del/a psiclogo/a, en donde no se le

    solicita su ejercicio como perito ni tampoco su implicancia directa en el proceso de

    reparacin. La demanda se cruza en un nuevo mbito de intervencin, que respondea lineamientos especficos de atencin y proteccin a las personas vctimas de delito,

    ejercicio que se inicia con la puesta en marcha de la RPP en el ao 200019.

    19En el ao 2000, se da inicio a la RPP en las regiones IV y IX, implementndose en forma paulatinaen casi la totalidad de las regiones, a excepcin de la Regin Metropolitana, en donde debera decomenzar en Junio de 2005 (en www.ministeriopublico.cl).

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    En este sentido, se genera un nuevo quehacer para el/la psiclogo/a en el

    contexto de la RPP chilena, especialmente en la demanda de atencin a personasvctimas de delito. El tipo de intervencin que se solicita es distinto al que se han

    involucrado histricamente los/as psiclogos/as jurdicos/as, ya que el marco legal

    que lo demanda es otro, y la mirada que la Psicologa debe de otorgar tambin es otra.

    Este nuevo ejercicio profesional para el/la psiclogo/a jurdico/a en Chile,

    conlleva un nuevo quehacer, el que se ha estado desarrollando en estos ltimos aos a

    partir del diseo de modelos de intervencin, principalmente, desde la experiencia de

    otros pases en el mbito de la atencin a personas vctimas de delito. Entonces,

    tenemos por una parte, el aporte terico de la Psicologa Jurdica en la coconstruccin

    de modelos y por otro lado, la implementacin de stos, de acuerdo a la realidad local

    e individual en la atencin de cada caso. En este sentido, los/as psiclogos/as que

    intervienen en este nuevo campo tienen mucho que decir sobre los aportes realizados

    y los desafos que permitan perfeccionar y profundizar la atencin a personas

    vctimas de delito.

    La intervencin del/a psiclogo/a responde a una nueva relacin con el

    Derecho, que exige un trabajo interdisciplinario. En esta dinmica se involucran

    actores de otras disciplinas, como son abogados/as, asistentes sociales y tcnicos/as,

    entre otros. Estos/as profesionales conjugan nuevas estrategias de trabajo

    interdisciplinario que responden a las demandas del sistema penal y por cierto, en esta

    conjugacin se generan expectativas con respecto al quehacer del/a psiclogo/a y qu

    se espera que realice este/a profesional en la interrelacin que se establece con elDerecho Penal y sus actores.

    Por otra parte, los nuevos lineamientos de la RPP dan cuenta de una

    reivindicacin de los derechos de las personas vctimas de delito, desde la concepcin

    universal de los Derechos Humanos. Hay una suerte de (re)descubrir a la persona que

    ha sido vctima, despojarla del rol de sujeto pasivo que le fue otorgado,

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    (re)encontrarla como un sujeto activo no slo en la formulacin de la denuncia y su

    cooperacin con el proceso penal, sino tambin desde su experiencia de los sentidos ysignificados vivenciados. Es bajo esta reflexin que se desarrolla parte del quehacer

    del/a psiclogo/a, en su trabajo con la persona vctima de delito, bajo la nueva mirada

    que se otorga a ese otro. En este sentido, las personas que han sido vctimas de delito

    y han recibido atencin psicolgica bajo los lineamientos de la RPP, tienen mucho

    que decir respecto a su percepcin del nuevo sistema y el quehacer del/a psiclogo/a.

    1.3. Pregunta de investigacin

    Cul es el quehacer del psiclogo/a, en el contexto de la Reforma Procesal Penal, en

    la atencin de personas vctimas de delito?

    1.4. Aportes y relevancia de la investigacin

    El ejercicio profesional del/a psiclogo/a en esta nueva rea, que dice relacin

    con la atencin a personas vctimas de delito en el marco de la RPP, es reciente. Sin

    embargo en estos aos de trabajo se han desarrollado e implementado modelos de

    intervencin, se han definido y descrito funciones para el/la psiclogo/a, se han

    atendido cientos de casos y se han acumulado cientos de experiencias.

    Esta investigacin pretende un acercamiento al campo y ejercicio profesional

    del/a psiclogo/a bajo esta nueva demanda, con el fin de realizar una sistematizacin

    del quehacer en la prctica actual y en las futuras posibilidades de desarrollo. Es un

    pensar en qu estn los/as psiclogos/as que se han incorporado a esta rea de trabajo

    y qu nos pueden decir y transmitir sobre lo que realizan.

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    A su vez, consideramos como un aporte para la Psicologa la exploracin y

    descripcin del quehacer del/a psiclogo/a en la atencin a personas vctimas dedelito en el marco de la RPP. Quehacer que se construye a travs de las narrativas de

    los diferentes actores involucrados, como son psiclogos/as, asistentes sociales,

    abogados/as, fiscales y personas vctimas de delito.

    1.5. Objetivo General

    Describir el quehacer del/a psiclogo/a, en el contexto de la Reforma Procesal Penal,en la atencin de personas vctimas de delito.

    1.6. Objetivos Especficos

    1. Describir las funciones, que actualmente, realiza el/la psiclogo/a, en la atencin

    de personas vctimas de delitos, en el contexto de la RPP.

    2. Conocer las prcticas y modo de intervencin del/a psiclogo/a, aplicado al

    nuevo procedimiento penal, en la intervencin de personas vctimas de delito.

    3. Identificar los aportes y desafos que las/os psiclogas/os se plantean para

    potenciar y perfeccionar la atencin dirigida a personas vctimas de delitos.

    4. Identificar los aportes y desafos de la Psicologa, que para otros/as profesionales

    permitan potenciar y perfeccionar la atencin dirigida a personas vctimas de

    delitos, en el contexto de la RPP.

    5. Identificar en las personas vctimas de delito que han sido usuarias del sistema,

    su percepcin respecto al quehacer del/a psiclogo/a en el marco de la RPP.

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    II. MARCO TERICO

    2.1. Derecho y Psicologa Jurdica

    2.1.1. Antecedentes de la relacin Psicologa Derecho

    Para reflexionar desde la Psicologa en dicha relacin, el concepto de Derecho

    a utilizar hace referencia al Derecho Objetivo y Positivo, en cuanto conjunto de

    normas20. De este modo, el Derecho puede entenderse como una estructura que

    otorga los cimientos legales al Estado, cuyo objeto de estudio son las normas

    jurdicas y la coercitividad21. Para Milk Cristi, criminlogo dans, el Derecho Penal

    administra dolor al interior de las estructuras sociales, por lo que propone cambiar su

    nombre y llamarlo derecho de administracin del dolor22.

    Foucault23, al introducirse en la historia de la nocin de individuo peligroso,

    plantea el nacimiento de la psiquiatrizacin del delito, en las primeras dcadas del

    1800. Esta intervencin se produce a partir de una serie de crmenes que no serelacionaban directamente con los sntomas de la llamada locura, signos que eran

    reconocidos por los propios jueces, por lo que se requiere de la intervencin de otro

    profesional que los comprenda24. Desde esta primera relacin, con la psiquiatra, el

    vnculo que se establece est dado desde el campo del delito, y en ste, desde la

    nocin de patologa.

    20Rico, M. (1997). Psicologa Jurdica. Madrid: Editorial Pirmide.21 Galvn, M. (2003). Psicologa Social Jurdica, Derecho Penal y representaciones sociales.Aproximaciones al estatus epistemolgico de la Psicologa Social Jurdica. En Anales V Congreso

    Iberoamericano de Psicologa Jurdica. Santiago de Chile.22 En: Baeza, M. (1999). Derecho Penal: clases de la ctedra del profesor Miguel Soto Pineiro.Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.23 En: Matusevich, S. (2001). Apuntes de la ctedra: Modelos en Psicopatologa. En Seminario decriminologa. Facultad de Psicologa, UNMDP.24Idem.

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    14

    El primer elemento histrico que da cuenta de la relacin entre Psicologa y

    Derecho, segn los psiclogos Vidal y Castro25

    , aparece en 1932 cuando Mira yLpez publica elManual de Psicologa Jurdica26, donde esboza lo que l intuye que

    puede ser el futuro de la Psicologa en el Derecho.

    Mira y Lpez27 relaciona la Psicologa Jurdica con la Psicologa y la

    Psiquiatra, sealando como su objetivo bsico la prevencin de la delincuencia y la

    readaptacin social de los delincuentes, buscando ms la ayuda correctiva que la

    sancin punitiva. El propsito de Mira y Lpez es darle a conocer a los juristas los

    datos y conocimientos que la Psicologa les puede ofrecer, para hacer ms efectiva su

    tarea. Alude a una necesidad de acercamiento de la Psicologa al Derecho, la cual,

    como una suerte de alianza estratgica, traera ciertos beneficios para la Psicologa. A

    su vez, el autor reconoce en el Conductismo la rama de la Psicologa que se puede

    acercar al Derecho, por su cualidad de objetividad; es entonces, en esta relacin

    donde se busca el juzgamiento sin elementos subjetivos.

    Autores como Muoz Sabate28, establece tres tipos de vnculos entre laPsicologa y el Derecho:

    Psicologa del Derecho: el Derecho estara cruzado por mltiples componentes

    psicolgicos, por lo que se requiere de la Psicologa para su funcionamiento.

    Desde esta relacin se pretende explicar la esenciajurdica desde los presupuestos

    tericos de la Psicologa.

    25Vidal, R. & Castro, A. (2004).La Psicologa Jurdica en la legislacin chilena. Asociacin Chilenade Psicologa Jurdica. Primer Encuentro de Psicologa Jurdica. Cuadernos de Psicologa Jurdica N1.26Idem27 Mira y Lpez, E. (2004). Aportaciones en psiquiatra, psicologa, psicologa jurdica,

    psicopedagoga, etc. Biografa y Bibliografa. En www. bibliopsiquis.com/miraylopez/index.shtml.28En Clemente, M. (1997). PsicologaJurdica? A modo de introduccin. En Fundamentos de laPsicologa Jurdica. Madrid: Editorial Pirmide.

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    Psicologa en el Derecho: la Psicologa aplicada al Derecho, contribuira a explicar

    los trminos psicolgicos que son utilizados por la norma, y a su vez interpretarloscuando as se requiera. Desde esta mirada, se hace referencia a la Psicologa

    implcita en la lgica del Derecho, es decir, el Derecho es esencialmente una serie

    de estmulos que provocan o no una serie de conductas.

    Psicologa para el Derecho: desde esta perspectiva, es la Psicologa una ciencia

    auxiliardel Derecho, la que interviene para establecer la verdad de un hecho, la

    imputabilidad, interpretar conductas, etc. Bajo esta relacin, el/la psiclogo/a

    interviene como perito experto dentro del proceso judicial para recabar elementos

    de prueba.

    2.1.2. Psicologa Jurdica y el quehacer del psiclogo/a

    La prctica del/a psiclogo/a en relacin al Derecho ha sido nombrada de

    diferentes formas, segn la actividad del mbito del Derecho con que se vincule. Deeste modo, es llamada Psicologa Jurdica, Psicologa Forense, Psicologa Criminal,

    entre otras. Para el psiclogo chileno Elas Escaff29, la acepcin ms adecuada es la

    de Psicologa Jurdica, que contiene las diferentes reas de desarrollo como son:

    Psicologa Policial, Psicologa del Menor y la Familia, Psicologa Penitenciaria,

    Psicologa de la Vctima y Psicologa Forense.

    En busca de una definicin de Psicologa Jurdica

    Mira y Lpez30propone quela psicologa jurdica es la psicologa aplicada

    al mejor ejercicio del derecho31. Para este autor lo que justifica hablar de una

    29Escaff, E. (2003).30Mira y Lpez, E. (2004).

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    Psicologa Jurdica, es el hecho de que algunos conocimientos psicolgicos,

    especialmente de algunas escuelas psicolgicas como el Conductismo, laNeurorreflexologa, la Personologa y la Psicologa Social y Anormal, ofrecen sus

    conocimientos para ser usados por el Derecho. Pero, segn Pieros32a partir de esta

    definicin se pueden tomar dos caminos en el Derecho: el primero es suponer que el

    Derecho es un mal necesario porque es encargado de mediar entre los individuos

    para evitar entre ellos la guerra33 y por lo tanto el Derecho sera el camino para

    llegar a los ideales de la moral. El segundo camino es el de concebir el Derecho como

    parte de las superestructuras jurdico-polticas, cuya utilidad es dar los cimientos

    legales al Estado, que en el caso de las sociedades actuales es, en su inmensa

    mayora, capitalista. Partiendo de este presupuesto, se puede plantear que el Derecho

    es un instrumento coercitivo para mantener el sistema de produccin capitalista,

    sistema que se basa en la explotacin del trabajo del proletariado. Desde all se podra

    reinterpretar la funcin de la Psicologa Jurdica, ya no sera la garante de que un

    sistema jurdico fuera ms justo, ms equitativo, sino que sera un instrumento del

    aparato ideolgico del Estado para el control social y especialmente para el

    control del proletariado"34.

    Para Clemente la Psicologa Jurdica es el estudio del comportamiento de las

    personas y de los grupos, en cuanto que tienen la necesidad de desenvolverse dentro

    de ambientes regulados jurdicamente, as como la evolucin de dichas regulaciones

    jurdicas o leyes en cuanto que los grupos sociales se desenvuelven en ellos35

    .

    Una definicin que se centra en aspectos ms bien tericos, es la que ofreceGarzn36, quien plantea que la Psicologa Jurdica es la ciencia que trata de

    describir y explicar los supuestos psicolgicos del poder judicial, los procesos

    31Idem32Pieros, C. (2004). Sobre una definicin de Psicologa Jurdica. www.psicologiajuridica.org33Idem.34Idem.35Clemente, M. (1997). pp. 25.36En Rico, M. (1997).

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    cognitivos (representaciones, creencias, actitudes) de la justicia y los procesos y

    fenmenos psicolgicos de los actores judiciales, que cristalizan en el marcoideolgico de los sistemas judiciales37.

    Por otra parte, Miguel ngel Soria38, seala que lo fundamental para la

    Psicologa es conocer los comportamientos que determinan la ley y desde ah, la labor

    de la Psicologa es analizar la interaccin entre el sujeto y las leyes. Definiendo la

    Psicologa Jurdica como una aplicacin de la Psicologa Social que estudia los

    comportamientos psicosociales de las personas o grupos relacionados, establecidos y

    controlados por el Derecho en sus diversas vertientes, as como aquellos procesos

    psicosociales que guan o facilitan los actos y las regulaciones jurdicas39

    .

    Nuevamente, aparece el trmino mgico comportamiento, el que seala, ya

    claramente, cul es la postura psicolgica imperante en la Psicologa Jurdica: el

    Conductismo.

    Muoz40 reconoce que la Psicologa Jurdica coincide en su origen con la

    PsicologaExperimental cuyo primer campo de intervencin fue el anlisis deltestimonio o Psicologa del Testimonio.La intervencin de la Psicologa tiene lugar

    ante la dificultad para valorar objetivamente si un testimonio dado, ya sea por un

    testigo o por el delincuente, es verdaderoo no.

    Segn el psiclogo Fernando Daz41no existe consenso en las definiciones de

    Psicologa Jurdica, sin embargo, los/as psiclogos/as que se dedican a este campo la

    entienden como el escenario del conocimiento, que utiliza los hallazgos y avances dela ciencia psicolgica para intentar comprender, explicar y predecir los

    acontecimientos que se dan en el mbito legal, una vez que el ser humano entra en

    37Idem. pp. 56.38Soria, M. (1998). Psicologa y prctica jurdica. Barcelona: Editorial Ariel Derecho.39Idem. pp. 2640Muoz, L. (1980).Introduccin a la Psicologa Jurdica. Mxico: Editorial Trillas.41 Daz, F. (2003). Psicologa Jurdica Latinoamericana. Comunidad virtual de Psicologa JurdicaLatinoamericana. www.psicologiajuridica.org/psj70.html.

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    contacto con l42. A pesar de ello, se hace necesario llevar a cabo un debate sobre su

    definicin, para llegar a una comprensin adecuada e integral de esta disciplina.

    En su textoSobre una definicin de Psicologa Jurdica, Pieros43 establece

    que la Psicologa Jurdica sera el campo de investigacin de la relacin existente

    entre el Estado, el sujeto y la Ley. De acuerdo a lo anterior, la configuracin de la

    Psicologa Jurdica se fundamenta como una especialidad que desenvuelve un amplio

    y especfico mbito entre las relaciones del mundo del Derecho y la Psicologa, tanto

    en su vertiente terica, explicativa y de investigacin, como en la aplicacin,

    evaluacin y tratamiento.

    El quehacer del/a psiclogo/a jurdico/a

    El/la psiclogo/a jurdico se ha desempeado en diferentes reas del mbito

    del Derecho, variando su quehacer de acuerdo a las prcticas que demanda cada rea

    en particular. El mbito de mayor desarrollo que ha tenido el ejercicio profesional de

    la Psicologa Jurdica, es la forense, en donde el rol del/a psiclogo/a es

    principalmente, de asesoramiento pericial44. Para Koppman y otros45 los temas de

    inters de la Psicologa Forense frente al Derecho Penal, son: discernimiento,

    imputabilidad y peligrosidad; y en relacin al Derecho Civil: interdiccin (evaluacin

    de la capacidad civil) y el Derecho de la Familia.

    Para Escaff46, las principales funciones que demanda el ejercicio profesional

    en esta rea son: el estudio de discernimiento, diagnsticos de personalidad, anlisis

    de veracidad, estudio de imputabilidad, tratamiento o readaptacin social, pronstico

    42Idem43Pieros, C. (2004).44Soria, M. (2002).Manual de Psicologa Penal Forense. Barcelona: Editorial Ariel Derecho.45Koppman, A. & otros. (s/f).La actuacin del psiclogo forense en Santiago de Chile.

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    de readaptabilidad, informe presentencial, prueba testimonial (calidad de testigo),

    evaluacin del dao psicosocial, evaluacin del estado mental, estudio de madurez yestabilidad conyugal, dao psicolgico en accidentes de trabajo, invalidez laboral,

    proteccin de menores, tuicin, rgimen de visitas y mediacin. A partir del

    desarrollo de estas funciones podemos considerar la presencia en el ejercicio laboral

    de la Psicologa Penitenciaria, Psicologa Policial, Psicologa del Menor y la Familia

    y la Psicologa de la Vctima.

    Tapias y otros

    47

    , plantean una serie de funciones del/a psiclogo/a en elmbito del Derecho, a partir de la experiencia prctica del ejercicio de la profesin.

    Para fines de esta investigacin nos centraremos en la relacin del/a psiclogo/a en el

    Derecho Penal, ya que es este mbito el que concentra la atencin de personas

    vctimas de delito, definiendo como las principales funciones:

    Evaluar imputados que cometieron delitos y como defensa argumentan que

    padecen de trastorno mental.

    Evaluar las perturbaciones psicolgicas o neuropiscolgicas de una persona tras

    ser vctima de un delito o accidente.

    Elaborar perfiles psicolgicos de agresores desconocidos con base en la escena del

    crimen.

    Evaluar credibilidad del testimonio a travs de tcnicas psicolgicas como el

    anlisis de contenido basado en criterios, los indicadores conductuales de la

    mentira, uso del polgrafo.

    Asesorar y capacitar a policas judiciales en tcnicas de entrevista, recepcionardeclaraciones de vctimas y de testigos, deteccin de mentira, memoria de testigos,

    confesiones falsas, etc.

    46Escaff, E. (2003).47Tapias, A. & otros (2003). Perfil profesional del psiclogo jurdico y forense. Boletn electrnico de

    psicologa jurdica y forense. En www.psicologiajuridica.org.

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    Colaborar con tcnicas psicolgicas diseadas para coadyuvar la investigacin

    criminal. Capacitar en la conduccin de interrogatorios.

    Peritajes sobre peligrosidad y reincidencia.

    Evaluacin por el uso de sustancias psicoactivas y su relacin con la conducta

    criminal.

    Evaluacin y tratamiento de abuso sexual.

    Disear programas de prevencin para futuros transgresores.

    Asesorar en tribunales a jueces, jurados y otros, sobre posibles sesgos en

    decisiones judiciales, temas de memoria, deteccin del engao, influencia social

    en la deliberacin, testimonio infantil, confianza y exactitud del testimonio.

    Ofrecer asistencia psicolgica (prevencin y tratamiento) a vctimas y agresores,

    funcionarios, policas, en otros agentes involucrados en el proceso penal.

    Habilidad de testificar en Juicios Orales; conocimiento de tcnicas apropiadas

    para presentar los resultados de su peritaje en lenguaje psico-legal y de manera

    eficaz e inimpugnable.

    2.2. Vctima, victimizacin y Victimologa

    2.2.1. Antecedentes sobre el concepto de vctima

    En la antigedad la vctima era la encargada de administrar y dosificar la

    respuesta o accin vengativa ante la agresin o infraccin de otro individuo

    48

    . En estavenganza privada, la justicia que era ejercida por la vctima a veces sobrepasaba el

    dao original. De esta manera se daba origen a un crculo vicioso de agresiones que

    iba desencadenando nuevos victimarios y nuevas vctimas.

    48Poder Judicial de la Provincia de Crdoba. (s/f).

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    Con la Ley del Talin, si bien no se restringe el poder de la vctima, s aparece

    el concepto de ecuanimidad o uniformidad, que pretenda la proporcionalidad entre eldao y la sancin49. Generalmente, la persona que sufra una agresin poda encontrar

    el apoyo en su entorno ms cercano: la familia, aldea o tribu. El impacto de la

    victimizacin era amortiguado por la red social informal, la cual generalmente

    contribua a la resolucin del conflicto y se haca cargo de ste.

    Ms tarde, bajo la inspiracin del Derecho Penal moderno, y pese a las

    garantas que inviste como forma de reducir y contener en cierto modo al poder

    punitivo, la vctima queda indefensa. En este proceso, conocido con el nombre de

    neutralizacin, las personas renuncian a la venganza privada y ceden al Estado la

    proteccin frente a la delincuencia. El Estado asume que el acto antijurdico del

    delincuente atac en primer lugar al ordenamiento jurdico sustentador de esa

    organizacin poltica-econmica y jurdica, lo que amerita la consideracin del

    Estado como primera y principal vctima del crimen y sobre esta base, la pretensin

    punitiva slo corresponde a l50. De esta forma, la vctima es dejada a un lado, se la

    aparta de la reparacin de dao o cualquier otro tipo de resarcimiento. Con esto lafigura de la vctima, quedar sepultada durante siglos.

    Segn Sangrador51, a partir de los aos 60 los estudios victimolgicos tienen

    un gran impulso, percibindose as un creciente inters por las vctimas. Algunos de

    los factores que influyeron en este impulso fueron:

    - La Psicologa Social que crea los marcos tericos adecuados para el desarrollo de la

    Victimologa.

    -El inters por la vctima que se despierta en EEUU, a partir del asesinato de Kitty

    Genovese, atacada en la puerta de su casa por un individuo, que tard treinta

    49De La Cuesta, P. (1994). Victimologa femenina: asignaturas pendientes para una nueva ciencia.Cdiz: Universidad de Cdiz.50En: www.oav.lex.gt/victimologia51En De La Cuesta, P. (1994).

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    minutos en consumar el asesinato, sin que ningn vecino la ayudara o llamara a la

    polica.

    -Se inician, as mismo, las denominadas "Encuestas nacionales de Victimizacin" (la

    primera se realiza en EEUU en 1967).

    - El fuerte movimiento feminista de estos aos que exige una mayor atencin contra

    la violencia dirigida especficamente contra las mujeres y que dirige fuertes crticas

    al enfoque etiolgico de la Victimologa, y contra el concepto de victim

    precipitation (vctima provocadora).

    Con el surgimiento de la Criminologa, resurge la concepcin de persona

    vctima. No obstante, su acercamiento a sta se justifica en la medida que aporta

    antecedentes sobre el hecho delictual. Slo con la aparicin de la Victimologa se

    rescata a la vctima del olvido en el que se mantuvo por largo tiempo. Desde esta

    ptica el enfoque victimolgico ampla el discurso del hecho delictivo, descentrando

    el protagonismo del criminal, para ofrecer una interpretacin ms social del delito,profundizando en el conocimiento del fenmeno criminal52.

    A partir de la puesta en escena de los estudios victimolgicos, la vctima

    comienza a ser interpretada como un sujeto de derechos. A ese respecto, la Asamblea

    General de las Nacionales Unidas afirma la necesidad de que "se adopten medidas

    nacionales e internacionales a fin de garantizar el reconocimiento y respecto

    universales y efectivos de los derechos de las vctimas de delitos y del abuso del

    poder53.

    52En www.copc.org.53 Ministerio Pblico. (2003). La Vctima y el Testigo en la Reforma Procesal Penal. Santiago:Editorial Fallos del Mes. pp. 16.

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    2.2.2. Una definicin de vctima

    Qu se entiende por vctima. Segn se define en un diccionario corriente el

    concepto vctima es la persona que padece dao por culpa ajena o por causa

    fortuita54. Bajo esta definicin nos encontramos con diversos tipo de vctimas: por

    desastres naturales, guerras, terrorismo, carencias sociales, de delitos, etc. Por otra

    parte, desde la visin de la Criminologa, la vctima es la persona que individual o

    colectivamente ha sufrido dao tales como: lesiones psquicas o somticas, prdidas

    econmicas o afectacin de cualquiera de sus derechos fundamentales, comoresultado de una accin u omisin definida como delito55.

    Para la Victimologa, vctima es el ser humano que padece dao en los

    bienes jurdicamente protegidos por la normativa penal: vida, salud, propiedad,

    honor, honestidad, por el hecho de otro, por accidentes debidos a factores humanos,

    mecnicos o naturales"56. Concepciones ms amplias, provenientes de la

    Victimologa Crtica, llaman vctima a cualquier persona que se viera afectada en sus

    derechos, aunque no est protegida jurdicamente por el Estado57.

    El uso del concepto de vctimaen el contexto de esta investigacin, esta dado

    desde una lectura formal entregada por el Cdigo Procesal Penal chileno, definida

    como el ofendido por el delito; (...) es el sujeto pasivo del mismo, el titular de los

    bienes jurdico que se ven afectados por el delito o el sujeto pasivo de la accin, esto

    es, el que sufre la accin delictiva, aunque no sea titular del bien jurdico

    afectado58

    .

    54Espasa Calpe. (1995).Diccionario Enciclopdico. Pp. 140955Ibarra, V. (2001).La vctima en la audiencia de juicio oral. II Congreso de Evaluacin y DesafosFuturos de la Aplicacin de la Reforma Procesal Penal. Ponencia. Pucn, Chile.56Idem.57Idem.58Ministerio Pblico (s/f). Instruccin General N11 del Fiscal Nacional (Art. 108 inciso 1 del CPP).Pp 3.

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    Por otra parte, en esta investigacin se har uso del conceptopersona vctima,

    ya que al darle la definicin de identidad de vctima, se categoriza al individuo,aumentando de modo progresivo el riesgo de que se repita la experiencia de

    victimizacin59. Se considera el ser vctima como una condicin transitoria, de la cual

    la persona al ser sujeto activo puede superar, siendo el propio orden social el que

    determina la condicin de vctima.

    2.2.3. El impacto sufrido por la persona vctima de delito

    Al sufrir un delito la persona vivencia un fuerte impacto emocional, el que

    tiene consecuencias que pueden ser fsicas, econmicas, sociales y psicolgicas. Cada

    una de ellas pueden estar presente en diferente grado, a la vez que se condicionan

    mutuamente, as como pueden surgir en diferentes momentos, ya sea de forma

    inmediata al ocurrir el delito, o bien a corto, mediano o largo plazo.

    Las consecuencias fsicas pueden estar presentes al momento mismo del delitoy adems pueden surgir posteriormente, reacciones que pueden permanecer durante el

    tiempo. En ese sentido, se hace referencia a sntomas como trastornos del sueo y

    alimenticios, estados de hiperalerta, tensin muscular, nauseas, decrecimiento de la

    libido, dolores de cabeza, entre otros60.

    El dao psicolgico se manifiesta por una desorganizacin, que se expresa a

    travs de efectos psicolgicos, como pensamientos penosos sobre el evento,pesadillas, depresin, culpa, miedo y una prdida de confianza y estima61. Este

    perodo puede ser seguido, en ocasiones, de un proceso de reconstruccin y

    aceptacin, que lleva a la normalizacin o adaptacin, en donde es posible encontrar

    59 Benavente, M. & Retamales, A. (2003. La reaccin social y su incidencia en los procesos devictimizacin secundaria. Un estudio exploratorio realizado en hogares de menores y establecimientoseducacionales. EnAnales V Congreso Iberoamericano de Psicologa Jurdica. Santiago de Chile.60Poder Judicial de la Provincia de Crdoba. (s/f).

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    una explicacin para lo que ha ocurrido o resignificar el evento en trminos

    positivos62

    .

    Segn Arce y Faria63, al menos el 25% de las personas que sufren agresiones,

    violaciones y accidentes pueden sufrir Trastorno de Estrs Postraumtico, cifra que

    aumenta a un 50-60% en caso de mujeres agredidas sexualmente. El DSM III64,

    incorpora dicho cuadro clnico, como secundario al vivir y experimentar una

    situacin traumtica y sufrir un impacto emocional que produce una lesin psquica.

    Se define por la presencia de sntomas en torno a la ansiedad, generados tras la

    exposicin a algn acontecimiento estresante y extremadamente traumtico o

    amenazador () el sujeto ha vivido hechos que representan para l un peligro real

    para su vidao bien cuando ha sido testigo de estoso existe una amenaza para la

    vida de otras personas, generndose un estado con recuerdos intrusivos, intentos de

    olvidar lo ocurrido o reprimir los recuerdos, con retraimiento emocional y social65.

    Segn Daz66, las consecuencias psicolgicas de una vctima recogen gran

    variedad de sntomas, como:

    Alteraciones cognitivas: miedo a salir de casa, miedo e inquietud en ambientes o con

    personas desconocidas (aunque se vaya acompaado), descenso de autoestima,

    sntomas depresivos, sntomas ansiosos, conductas autolesivas, rememorizacin del

    suceso y su deficiente afrontamiento.

    Alteraciones sociales: desajuste laboral, desajuste econmico, cambios o supresindel tiempo de ocio, cambios familiares nucleares, cambios en la familia extensa.

    61Idem.62Villalobos, E. & otros. (2003).63Arce, R. & Faria, F. (1997). Estudio Psicosocial de la Vctima . En Fundamentos de la Psicologa

    Jurdica. Clemente, M. Madrid: Ediciones Pirmide.64En 1980.65Idem66Daz, M. (2001). Psicologa Jurdica y Victimologa. Publicado en Hojas Informativas del ColegioOficial de Psiclogos de Las Palmas, N37, Espaa.

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    Alteraciones conductuales: alteracin de los patrones motores, alteraciones de lospatrones higinicos, alteraciones de los patrones de sueo y alteraciones

    psicopatolgicas.

    2.2.4. El proceso devictimizacin

    La particularidad del tema de la victimizacin es que cualquier miembro de la

    comunidad podra ser, eventualmente, una vctima. Cifras del Ministerio del Interior

    INE (2003)67 indican que en el pas el 47,8% de la poblacin considera muy

    probable ser vctima de un delito y que el 45,5% ha sido vctima de un delito. Esto

    conlleva a una sensacin de inseguridad, en que un importante porcentaje de la

    poblacin presenta altos niveles de ansiedad y temor. Al menos un 80,5% de la

    poblacin tiene la percepcin de que la delincuencia ha aumentado.

    Segn un estudio sobre temor en Chile del Programa de Naciones Unidas parael Desarrollo (PNUD, 1998), los/as chilenos/as asocian la inseguridad con la

    delincuencia68. Por otra parte, el pensar que la crisis de inseguridad que manifiesta la

    poblacin no slo tiene su origen en la percepcin de riesgo de ser vctima de un

    delito, sino tambin en la sensacin generalizada que el sistema estatal no brinda

    auxilio y satisfaccin a quienes sufren un atentado en contra de su persona o

    patrimonio69. Hoy en da, llegar a ser vctima no se considera un incidente individual,

    sino un problema de poltica social, un problema de derechos fundamentales

    70

    .

    67Ministerio del Interior & INE. (2003). Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana 2003.Santiago de Chile.68Dammert, L. & Lunecke, A. (2002). Victimizacin y temor en Chile: Revisin terico-emprica endoce comunas del pas. Serie Estudios, Universidad de Chile, Instituto de Asuntos Pblicos, Santiago.69Billard, J. & Ibarra, V. (2001).El individuo en el proceso penal: la vctima.70De La Cuesta, P. (1994).

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    Al enfrentarse a un delito, la persona experimenta el proceso de victimizacin,

    a travs del cual se convierte en vctima. Derivado de este proceso, sufre a su vez lavictimizacin primaria, que es la resultante del padecimiento delictivo directo y se

    traduce en efectos psquicos, fsicos, econmicos y sociales y la victimizacin

    secundaria, que es la constituida por el dao que experimenta la vctima de un delito

    por consecuencia de su interaccin con el sistema judicial71. La victimizacin

    secundaria puede llegar incluso, a la negacin de los derechos humanos para vctimas

    de ciertos grupos sociales, clases, etnias o gnero, mediante la negativa de reconocer

    su experiencia como la de una victimizacin por el delito.

    La victimizacin secundaria se deriva de las relaciones de la vctima con el

    Sistema Jurdico Penal, con el aparato represivo del Estado y supone el frustrante

    choque entre las legtimas expectativas de la vctima y la realidad institucional. Esta

    segunda experiencia victimal resulta incluso ms negativa que la primaria, al

    incrementar el dao causado por el delito con otros de dimensin psicolgica o

    patrimonial72. Las vctimas sienten que estn perdiendo el tiempo y el dinero y que

    son incomprendidas. Hay ocasiones en que los interrogatorios de la Defensa intentantergiversar los hechos. Adems, se ha confirmado que la indumentaria, el aspecto y

    la conducta de la vctima, as como su edad, raza o sexo, influyen de forma

    importante en los jueces a la hora de dictar sentencia73.

    Por lo anterior, han surgido iniciativas como la Declaracin de Ottawa sobre

    Justicia y Asistencia para las vctimas, en 198474, cuyo propsito es proclamar los

    derechos de las vctimas y establecer formas y medios para asegurar su proteccin,tratamiento humano y compensarles por los daos sufridos

    75. Otra de las iniciativas

    fueron las recomendaciones encaminadas a mejorar la situacin de la vctima en el

    71Landrove Daz, en Ministerio Pblico y Sename (2003). Nias, Nios y Adolescentes: Vctimas deDelito en el Proceso Penal. Santiago.72Idem.73De La Cuesta, P. (1994). Pp. 874Idem.75Ibid., pp. 3

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    Derecho y en el Proceso Penal, hechas por el Comit de Ministros del Consejo de

    Europa aprobada en 198576

    .

    2.2.5. La Victimologa

    La Victimologa nace en los aos 40, con las obras de Benjamn Mendelsohn

    y Hans Von Henting77. Estos trabajos investigaron a diversos tipos de vctima, de

    distintos tipos de dao, con el tiempo se limit el estudio a las vctimas de delitos. Al

    inicio, la Victimologa estuvo circunscrita a la pareja victimal, es decir, a la

    interaccin entre delincuente y vctima. Despus, a las actitudes de la vctima sobre el

    sistema legal y sus agentes (polica, proceso, jueces, fiscales, abogados). Esta fue la

    denominada Victimologa Procesal78.

    Como se menciona, la Victimologa ha contribuido al redescubrimiento de la

    vctima, despus de un largo perodo de neutralizacin. Gracias a sus precursores se

    estableci un nuevo enfoque de la vctima como sujeto activo, dinmico, capaz de

    influir en la configuracin del hecho delictivo mismo, en su estructura y

    explicacin79.

    En el Primer Simposio de Victimologa, realizado en Jerusaln en 1973, la

    Victimologa fue definida como el estudio cientfico de las vctimas de delito"80.

    Desde ese momento mucho se ha debatido sobre la naturaleza cientfica de la

    Victimologa. Al respecto, son tres las principales posturas que la definen

    81

    .

    76Idem.77Idem.78www. oav.lex.gt/victimologia79Garca Pablos de Molina, A. (1987). Manual de Criminologa. Barcelona: Editorial Espasa Calpe.

    pp. 2080 Seguel, S. (2002). Violencia de Gnero: estudio de la Victimizacin Secundaria de la Mujer enChile. Tesis Facultad de Derecho, Universidad de Chile. pp. 1581De La Cuesta, P. (1994).

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    Fattah y Neuman: interpretan a la Victimologa como una parte o rama de la

    Criminologa, negndole autonoma cientfica.

    Mendelsohn, Drapkin y de Castro: consideran a la Victimologa como una ciencia

    autnoma, con objeto, mtodo y fin propios.

    De Aza y Lpez Rey: niegan no slo la autonoma, sino la existencia de la

    Victimologa.

    Posturas ms contemporneas definen la Victimologa como la disciplina

    que tiene por objeto el estudio de la vctima de un delito, de su personalidad, de sus

    caractersticas biolgicas, psicolgicas, morales, sociales y culturales, de sus

    relaciones con el delincuente y del papel que ha desempeado en la gnesis del

    delito82. En su definicin, Gullota no se refiere a las vctimas sociales, sino que pone

    nfasis en el vnculo entre vctima y delincuente, sin embargo en la actualidad la

    pareja penal se ve superada por los crmenes no convencionales, desde los que

    engendra el abuso del poder poltico, la corrupcin, hasta la enorme cantidad de

    delitos econmicos o el crimen organizado. La vctima en mltiples ocasiones no

    tiene buena idea de quin la victimiz. Queda inerme, sin relacin alguna con el

    victimario o el agresor. En oportunidades, todo un pueblo es victimizado. Tambin es

    difcil hallar la pareja penal en hechos cometidos con tcnicas modernas83.

    82Gullota, G. (1976).La Vctima. Italia: Giuffre Editore. pp. 30.83Neuman, E. (1994). Victimologa. Argentina: Editorial Universidad. pp. 23.

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    2.3. Antecedentes del quehacer del/a psiclogo/a jurdico/a en Chile

    En Chile el desarrollo de la Psicologa Jurdica es escaso, sin embargo, el

    inters por el rea siempre ha estado presente y ha aumentado en las ltimas dos

    dcadas, puesto que los/as psiclogos/as se han mostrado ms interesados por el

    mbito jurdico, incorporndose cada vez ms en los aspectos que comprenden al

    proceso legal de nuestro pas84.

    Segn el psiclogo chileno Francisco Maffioletti85, la Psicologa Penitenciaria

    se ha desarrollado en Chile hace ms de dos dcadas. En los aos 70 comenzaron

    los/as psiclogos/as a integrarse en las Unidades Penales del pas, dando tambin

    paso al desarrollo de los dems aspectos de la Psicologa Jurdica.

    Las/os psiclogas/os tambin han participado en diferentes tipos de ONGs

    vinculadas a la proteccin de derechos de la infancia, la proteccin de vctimas de la

    represin poltica, entre otras. Aproximadamente hace una dcada, se ha visto una

    creciente participacin de las/os psiclogas/os en el mbito de la Justicia como parteimportante en el desarrollo de equipos multidisciplinarios.

    Escaff86ha identificado diferentes reas de desarrollo de la Psicologa Jurdica

    en Chile, a lo largo estas dos ltimas dcadas:

    Psicologa Jurdica Policial: En esta rea los/as psiclogos/as han aportado al

    diagnstico, control y readaptacin de las personas que egresaban de los recintoscarcelarios y deseaban incorporarse a la sociedad. Estas acciones se desarrollaron a

    travs del Departamento de Investigaciones Criminolgicas que contemplaba en su

    estructura tres secciones: la de Rehabilitacin, de la Psicologa y Sociologa. Aquellos

    84Escaff, E. (2003).85Maffioletti, F. (2004). Entrevista realizada por la periodista Paola Jara para la Revista Escuela dePsicologa. Universidad de Santiago de Chile (sin publicar).86Escaff, E. (2003).

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    profesionales que se desempean en esta rea han aportado tambin a la seleccin del

    personal de la institucin en sus diversas plantas de trabajo, adems de contribuir enla seleccin de los aspirantes a ingresar a la Escuela de Polica de Investigaciones. Se

    destaca tambin la incorporacin de los/as psiclogos/as en la formacin de

    detectives en asignaturas propias de la especialidad, como Psicologa Social,

    Criminologa, Manejo de Situaciones Crticas, Psicologa del Testimonio,

    Psicopatologa Criminal, entre otras temticas de relevancia en el desempeo policial.

    Psicologa Jurdica del Menor y Familia:se preocupa de estudiar la personalidad de

    menores que estn expuestos a condiciones de alto riesgo social (o de menores

    infractores de la ley), mediante la elaboracin de perfiles que den cuenta de ella, con

    el fin de dilucidar si el menor est en condiciones de ser reeducado. Esta labor est a

    cargo de centros como los COD (Centro de Orientacin y Diagnstico) y los CTD

    (Centro de Transito y Derivacin), procurando velar por su bienestar en el contexto

    familiar al que pertenece.

    Tambin est a cargo de colaborar en la resolucin de la patria potestad de los

    menores en el caso que se trate de una separacin conyugal, con el objeto de asistir almenor y a sus padres a sobrellevar los efectos que esta ruptura causa en los individuos

    involucrados.

    Psicologa Penitenciaria: el desarrollo de esta rea se ha visto restringida debido a la

    reglamentacin de las instituciones carcelarias, relegando el campo de accin solo a

    programas de capacitacin y reinsercin social de los reclusos. A comienzos de los

    aos 90 se implementaron algunos programas en el medio libre, a partir de lareincorporacin de sujetos sancionados con penas alternativas a la prisin, como es la

    libertad vigilada.

    Psicologa de la Vctima: el desarrollo de la atencin a la vctima en nuestro pas

    tiene su origen en 1987 cuando se crea el primer Centro Victimolgico, el Centro de

    Atencin a Vctimas de Atentados Sexuales, CAVAS, orientado a otorgar un

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    tratamiento gratuito, integral e interdisciplinario a la vctima de algn delito sexual,

    como a su grupo familiar.En 1997 comienzan a desarrollarse proyectos de atencin para vctimas de maltrato

    infantil grave. Estos son proyectos ejecutados por SENAME y organismos

    colaboradores, los cuales renen a un grupo de profesionales calificados para la

    intervencin especializada de esta problemtica psicosocial. Las funciones de las/os

    psiclogas/os tienen como reas de trabajo comunes la evaluacin clnico pericial y la

    reparacin de los daos ocasionados en el/la nio/a y su familia producto de las

    experiencias de maltrato.

    Otro mbito de intervencin en que se ha requerido el desarrollo de profesionales del

    rea, est relacionada con la lnea programtica del Ministerio de Salud, en

    programas como el de Violencia Intrafamiliar y Maltrato Infantil, el de los Centros

    Comunitarios de Salud Mental Familiar (COSAM) y el Programa de Reparacin y

    Atencin Integral de Salud y Derechos Humanos (PRAIS).

    Psicologa Forense: en esta rea es donde ms intervenciones se han generado,

    puesto que es uno de los aspectos ms desarrollados y reconocidos en el trabajo del/apsiclogo/a. Este mbito recorre de manera transversal las distintas reas de la

    Psicologa Jurdica. En este sentido, la participacin del/a psiclogo/a constituye un

    asesoramiento pericial, que puede ser solicitado por diferentes agentes de los actores

    judiciales o a peticin de una de las partes interesadas

    .

    2.4. La Reforma Procesal Penal en Chile

    2.4.1. Antecedentes de la Reforma Procesal Penal en Chile

    Chile, en el ltimo tiempo y en especial al comenzar la dcada de los 90,

    experimenta cambios polticos y econmicos que sin duda ponen en cuestin la

    vigencia y procedimientos de los distintos rganos del Estado. Se plantean mltiples

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    exigencias a las instituciones, con el objeto de que stas se adecuen y favorezcan la

    consolidacin, por un lado, de un Estado de derecho democrtico, que exige elrespeto de los derechos humanos como un principio fundamental de legitimidad, y

    por otro, del desarrollo de un modelo de economa de mercado, abierta a la

    globalizacin y centrada en el fomento de las exportaciones. Esto supone un Estado

    descentralizado que enfatiza y fomenta el esfuerzo y la iniciativa privada87.

    Sin duda que estos cambios polticos y econmicos no dejan fuera al sistema

    de administracin de justicia en el pas, el cual ha permanecido inalterable desde sudiseo y constitucin, en el siglo XIX, transformndose en un sistema que muestra

    formas deficitarias de divisin del trabajo, obsoleto y deficiente en su gestin. Estas

    caractersticas y otras, lo obligan a modernizarse para mejorar la gestin

    jurisdiccional del Estado y adecuarse a los tiempos actuales y metas de desarrollo

    trazadas para el pas. En ese sentido, el impacto en el sistema de justicia del

    desarrollo econmico supone un creciente nmero y variedad de los litigios, que

    exigen a la vez rapidez y eficacia en su resolucin. Por su parte, los cambios

    polticos exigen una justicia accesible, imparcial, igualitaria y que maximice las

    garantas de las personas88.

    Baytelman89 seala que la Reforma Procesal Penal chilena, establecida en la

    Ley 19.696 del Cdigo Procesal Penal, ha implicado un complejo proceso de

    transformaciones legislativas y de instalacin de nuevas instituciones, como son el

    Ministerio Pblico, la Defensora Penal Pblica90, el Tribunal de Garanta91 y el

    87Frei (1995). Mensaje N 110/331 del Presidente de la Repblica con el que inicia el Proyecto de Ley

    que establece el nuevo Cdigo de Procedimiento Penal. Santiago. Chile88Idem89 Baytelman, A. & Duce, M. (2003). Evaluacin de la Reforma Procesal Penal: estado de unareforma en marcha. Centro de Estudio de Justicia de las Amricas CEJA-JSCA y Facultad de Derechode la Universidad Diego Portales. Chile.90La misin de la Defensora Penal Pblica es proporcionar defensa penal de calidad profesional a las

    personas que carezcan de abogado/a por cualquier circunstancia, velando por la igualdad ante la ley,por el debido proceso y actuando con profundo respeto por la dignidad humana de los representados(en www. defensoriapenal.cl).

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    Tribunal del Juicio Oral en lo Penal92. En ese sentido, la nueva RPP constituye un

    cambio paradigmtico en la legislacin nacional, tanto de carcter normativo como dendole organizacional, cultural e institucional.

    El principio central que inspira la RPP es, tal como se seal, la existencia de

    un procedimiento acorde con los valores del Estado de Derecho. Segn el propio

    Ministerio de Justicia, son la imparcialidad, la transparencia, la oralidad, la rapidez, la

    eficiencia, la concentracin, la atencin y proteccin de vctimas y testigos y la

    defensa letrada93. En consecuencia, la administracin de justicia, debe ser capaz de

    satisfacer las exigencias del debido proceso, cuya principal modificacin consiste en

    la separacin de las funciones de investigar y juzgar, abandonando el modelo

    inquisitivo para avanzar hacia uno acusatorio94, dotando de autntica imparcialidad al

    rgano juzgador, erradicando del mismo las funciones de investigacin y

    entregndoselas al Ministerio Pblico95.

    2.4.2. Estructura y funcionamiento de la RPP

    El objeto de la RPP es instalar una administracin de justicia moderna,

    capaz de conciliar lo ms eficientemente posible el poder punitivo del Estado, con el

    pleno respeto a las garantas individuales96.

    La RPP fue implementada en Chile a partir del ao 2000 en las regiones IV y

    IX. Posteriormente y a contar del 16 de octubre de 2001- la RPP se ampli a la II, III91Es el ente encargado de intervenir durante la etapa de investigacin, velando por el respeto de losderechos de la vctima y el imputado (en www.ministeriopublico.cl).92 Tribunal formado por tres jueces, ante los cuales se desarrolla el Juicio Oral, quienes estnencargados de dictaminar sentencia (en www.ministeriopublico.cl).93En www.minjusticia.cl/reforma/que_es/principios.htm94Frei, E. (1995).95Padilla, E. (2004). Gendarmera de Chile y Reforma Procesal Penal.Tesis para optar al ttulo deIngeniera de Ejecucin en Gestin Pblica. Universidad Academia de Humanismo Cristiano. Chile.

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    2.4.3. La vctima en la Reforma Procesal Penal

    El Estado de Chile garantiza en la Constitucin Poltica de 1981, la dignidad

    de la persona, obligando al ordenamiento jurdico constitucional a respetar al sujeto

    en su calidad de tal101, principio coherente con un Estado democrtico que asume la

    promocin y respeto de los derechos humanos, reconocidos internacionalmente.

    Con la implementacin de la RPP, se busca subsanar aquellos aspectos que el

    antiguo sistema de administracin de justicia en Chile, no permita considerar,

    desatendiendo, en parte, lo establecido en la Carta Poltica sobre dignidad y respeto

    de los derechos de las personas. Los individuos ms afectados han sido las vctimas

    de delitos, quienes, de acuerdo a los antecedentes anteriores, participaban del

    procedimiento, sin embargo sus derechos fundamentales se desdibujaban y se vean

    afectados.

    En ese sentido, la RPP reconoce a la vctima como sujeto procesal y consagra

    un amplio catlogo de derechos a su favor102, este nuevo sistema de enjuiciamientocriminal, instruye al Ministerio Pblico a adoptar medidas para proteger a las

    vctimas y a los testigos, as como tambin a otorgar al afectado por el ilcito un

    verdadero derecho constitucional al ejercicio de la accin penal103.

    Los derechos especficos que la vctima tiene en la RPP son104:

    Ser atendida

    Recibir un trato digo Denunciar el delito

    Recibir informacin sobre el proceso, de los derechos y de las actividades que

    deba realizar para ejercerlos

    101Ministerio Pblico. (2003).102Idem103Artculo 80. Ley N19.519. Idem.104En: www.minjusticia.cl/reforma/difusion/decalogos.htm

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    Solicitar proteccin

    Obtener reparacin Ser escuchada por el Fiscal o el Juez de Garanta

    Interponer una querella

    Participar en el proceso

    Reclamar ante la autoridad del Ministerio Pblico o al Juez que corresponda

    frente a las resoluciones de su caso

    Tal como se enunciaba en los principios de la RPP, tres son los derechos

    fundamentales de las vctimas. En la atencinse incluye el apoyo psicolgico, cuyo

    objetivo es acoger y apoyar psicolgicamente a la vctima durante el proceso de

    investigacin y juicio; tambin tiene la intencin de ayudar a superar el dao que ha

    sufrido la vctima y su familia. Asimismo, se considera la asistencia social, que ayuda

    a enfrentar los perjuicios que la vctima ha sufrido por el delito; la orientacin legal,

    apoya a la vctima con profesionales que conocen el proceso y que le explicarn en

    qu consiste y cules son sus derechos y obligaciones; el contacto con la red social

    que vincula a la vctima con personas y servicios que la ayuden en el largo plazo; lapreparacin para el juicio oral105.

    Cuando est en alto riesgo la vida de la vctima, del testigo y/o su familia, su

    integridad fsica, salud o cuando se encuentra expuesta a amenazas, opera el principio

    de proteccin, que incluye distintos mecanismos. La medida de proteccin puede ser

    ordenada por el/la Fiscal, reubicando a la persona en casas de acogida para proteger a

    la vctima y a su familia y/o la entrega de mecanismos de autoproteccin

    106

    .

    Toda vctima de un delito tiene, adems, derecho a la reparacinde los daos

    que le provoc el delito. Para obtener reparacin la vctima puede presentar una

    105Idem106En www.ministeriopublico.cl

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    demanda civil contra el imputado, mediante la cual puede exigir una compensacin

    econmica por los perjuicios que ha sufrido107

    .

    El mandato del Ministerio Pblico respecto a la vctima de delito es asegurar

    los derechos de sta para participar y hacer valer sus intereses al interior del proceso

    penal108. Para el cumplimiento de esta instruccin se crean la Divisin Nacional de

    Atencin a Vctimas y Testigos y la Unidad Regional de Atencin a Vctimas y

    Testigoscon expresin en cada de una de las Fiscalas Regionales.

    2.4.4. Psiclogos/as en la Atencin a personas Vctimas de Delito

    En su deber de garantizar los derechos de las personas vctimas de delito, el

    Ministerio Pblico crea la Divisin Nacional de Atencin a Vctimas y Testigos y la

    Unidad Regional de Atencin a Vctimas y Testigos109. La Divisin Nacional tiene

    como misin la elaboracin de polticas y programas y la ejecucin de acciones

    destinadas a procurar una debida atencin y proteccin a las vctimas de delitos

    durante todo el proceso penal110 y la URAVITES implementar en terreno los

    modelos diseados. La Unidad est constituida por un equipo interdisciplinario de

    profesionales: abogados/as, asistente social, psiclogos/as, adems de personal

    administrativo.

    La Unidad de Atencin a Vctimas y Testigos del Ministerio Pblico tiene

    como objetivos generales favorecer el ejercicio de los derechos de las vctimas,ayudar a la vctima a enfrentar las consecuencias emocionales del delito, facilitar la

    107En www.minjusticia.cl108Ministerio Pblico (2003).109En adelante URAVITES110En www.ministeriopublico.cl.

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    participacin de la vctima en el proceso penal y prevenir la victimizacin secundaria

    por parte de los operadores del sistema111

    .

    El modelo nacional de trabajo112 de la URAVITES, define la divisin de

    recursos profesionales en funcin del tipo de caso, considerando: psiclogo/a:

    atencin integral, asistente social: proteccin y acuerdos reparatorios, abogado/a:

    acuerdos reparatorios y suspensin condicional del procedimiento.

    Al ser derivada a la Unidad, la persona recibe una primera atencin,

    denominada primera acogida, instancia que permite establecer un vnculo de

    confianza y definir el encuadre de atencin. En este encuentro se deben cumplir con

    las siguientes tareas: otorgar informacin sobre derechos y proceso penal, definir el

    encuadre de atencin y forma de contacto, recopilar informacin para analizar el

    caso, evaluar el estado emocional de la persona y una posible situacin de peligro,

    evaluar la disposicin para participar en el proceso penal. A partir de estos

    antecedentes se planifica la intervencin necesaria para el caso113.

    En muchos casos, la atencin psicolgica que se brinda, inicialmente, a la

    vctima se centra en una intervencin en crisisque busca restablecer la estabilidad

    psicolgica de la persona y reducir riesgos, eliminando sntomas presentes, que

    permitan recuperar el control subjetivo de su vida. La intervencin que se entrega a la

    persona vctima de delito es un apoyo psicolgico con enfoque teraputico, que tiene

    como objetivo provocar la reestructuracin de la dinmica intrafamiliar en casos

    de delitos al interior de la familia crnicos y/o transgeneracionales. En particular,abordar el develamiento y la crisis familiar provocada por el mismo114. Segn

    presenta el modelo de trabajo, esta labor est a cargo de psiclogos/as, quienes

    desarrollan una intervencin familiar teraputica, la que aborda aspectos tales como

    111Idem112Ministerio Pblico. (s/f). Procesos de trabajo Unidades Regionales de Atencin a las Vctimas yTestigos.Divisin de Atencin a Vctimas y Testigos. Documento interno de trabajo.113Idem

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    deteccin y manejo de la develacin, movilizacin de la familia para el trabajo

    teraputico, desencadenamiento y gestin de la crisis familiar, proteccin de lavctima, derivacin a un equipo teraputico y posterior seguimiento de la

    derivacin115.

    Por otra parte, el modelo seala que el/la psiclogo/a dentro de sus labores

    debe realizar informes de apreciacin psicolgica, los que tienen como objetivo

    concluir la necesidad de apoyo psicolgico a partir de un informe que seale el

    estado emocional de la vctima al momento de la entrevista, estableciendo las

    secuelas o daos a raz del delito116. Este documento puede ser construido a partir

    de una entrevista psicolgica, aplicacin de test o instrumentos de medicin y los

    antecedentes del caso.

    A su vez, el/la psiclogo/a y asistentes sociales, realizan otras labores,

    orientadas a entregar proteccin a la persona vctima, como son la elaboracin de

    informes sobre situacin de peligro, implementacin y seguimiento de medidas de

    proteccin (cautelares, autnomas, personales y otras); favorecer acuerdos

    reparatorios y suspensin condicional, a travs de la preparacin de conciliacin o

    mediacin, verificar el cumplimiento de los acuerdos, elaborar informes sobre

    condiciones de la suspensin y evaluar stas. Adems, de realizar las gestiones de

    derivacin a la red psicosocial regional, accin que busca satisfacer necesidades de

    tratamientos mdicos, psicolgicos, psiquitricos, de proteccin u otros, respecto de

    las vctimas117.

    114Idem. Pp. 13.115Idem116Ibid., Pp. 15.117Ibid., Pp. 14.

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    Segn cifras del Ministerio Pblico118, obtenidas a partir de la reflexin grupal

    de los/as profesionales, las/os psiclogas/os utilizan cerca de un 30% de su tiempo detrabajo en la atencin a vctimas, entendida esta como intervencin en crisis, y

    entrega de informacin sobre el proceso penal y derechos, un 27% del tiempo es

    ocupado en la elaboracin de informes de veracidad que solicitan los/as fiscales. El

    resto de actividades que se realizan son coordinacin con fiscales para el anlisis de

    casos (8%), preparacin de vctimas y testigos para juicio oral (8%), acompaamiento

    de las vctimas y seguimiento de los casos (7%), coordinacin y derivacin de las

    vctimas a la red (7%) y reuniones de equipo (6%).

    A partir de la misma reflexin, se plantea como ideal que al menos el 45% del

    tiempo de trabajo de los/as psiclogos/as sea utilizado en la atencin y apoyo

    psicolgico a las vctimas, con especial nfasis en la intervencin en crisis. Sobre lo

    mismo, se concluye que no ms del 10% del tiempo debe ser dedicado a la

    elaboracin de informes, los cuales deben estar orientados a plasmar el dao

    psicolgico sufrido producto del delito y no sobre la veracidad del relato, ya que estos

    ltimos se enmarcan dentro de una labor pericial119.

    Por otra parte, se devela una variedad en el modelo de organizacin de los

    equipos de trabajo, en donde los/as psiclogos/as, en algunas regiones limitan su

    quehacer a ciertos casos y objetivos, a diferencia de otras regiones, en donde no

    existe especializacin entre los profesionales, y otras en que se han organizado en

    duplas psicosociales120.

    Se definen como las principales funciones de las/os psiclogas/os y asistentes

    sociales de la Unidad121:

    118Ministerio Pblico. (2002).El rol del psiclogo del Ministerio Pblico en la atencin y proteccinde las vctimas de delito. Documento de trabajo interno elaborado a partir del Primer encuentro de

    psiclogos/as de las Unidades en el ao 2002.119Idem120Idem121Idem

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    42

    Implementar en terreno los modelos de atencin psicolgica a las personas

    vctimas, especialmente el primer apoyo e intervencin en crisis.

    Acompaar a las personas vctimas en todas aquellas diligencias necesarias, con

    el fin de evitar y disminuir la victimizacin secundaria.

    Apoyar y asesorar a los/as fiscales en materias psicolgicas y a otros profesionales

    de la Unidad, favoreciendo el trabajo interdisciplinario.

    Elaborar informes de dao emocional, no de peritaje.

    Apoyar la implementacin de salidas alternativas al proceso penal.

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    III. MARCO METODOLOGICO

    3.1. Metodologa de estudio

    Segn lo expresado en el planteamiento del problema, y a partir de ste, la

    pregunta de investigacin planteada en esta tesis es cul es el quehacer del/a

    psiclogo/a, en el contexto de la Reforma Procesal Penal, en la atencin de personas

    vctimas de delito?. Para dar respuesta a esta interrogante se desarroll una

    metodologa de investigacin cualitativa. Este enfoque se orienta a captar en formaconcreta y comprehensiva y analizar e interpretar los aspectos significativos

    diferenciales de la conducta y de las representaciones de los sujetos y/o grupos

    investigados122. Se puede entender que el modo de investigar el discurso desde esta

    perspectiva est sobredeterminada por el objetivo final: son los objetivos especficos

    los que marcan el proceso de la investigacin cualitativa.

    3.2. Tipo y diseo del estudio

    Se consider como esquema de investigacin un estudio de tipo exploratorio-

    descriptivo. Este tipo de estudio se utiliza cuando el objetivo es examinar un

    problema de investigacin poco estudiado o que no ha sido abordado antes123

    .El

    estudio a realizar tiene por objeto el avance en el conocimiento de un fenmeno o

    alcanzar nuevos aspectos del mismo,() con el propsito de formular un problema

    de investigacin con mayor precisin o para poder explicitar otras hiptesis124.

    122 Ort, A. (1986). La apertura y el enfoque cualitativo o estructural: la entrevista abierta y ladiscusin de grupo. El anlisis de la realidad social. Mtodos y tcnicas de investigacin. Madrid:Alianza Editorial.123Hernndez, R., Fernndez, C. & Baptista, P. (1998).Metodologa de la Investigacin. Mxico D.F.:Editorial McGraw-Hill. pp. 58.124Selltiz, C. (1965).Mtodos de investigacin en las relaciones sociales. Madrid: Editorial Rialp. pp.65.

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    Este tipo de investigacin permite un mayor acercamiento al fenmeno de

    estudio, por medio de una investigacin ms consecuente y estructurada,

    profundizando en los conceptos planteados.

    3.3. Delimitacin del campo de estudio

    Actores: los actores involucrados en esta investigacin son: psiclogos/as,

    asistentes sociales, abogados/as (fiscales) del Ministerio Pblico y personas quehan sido vctimas de delito, usuarias del Sistema Judicial-Penal.

    Escenario: el escenario en que se desarroll parte de esta investigacin es el

    Ministerio Pblico, especialmente la Unidad de Atencin a Vctimas y Testigos. El

    Ministerio Pblico, es un organismo autnomo e independiente de cualquier otro

    poder del Estado, creado en el marco de la RPP, siendo el ente encargado de

    dirigir la investigacin de los hechos constitutivos de delito. Adems, debe adoptar

    medidas destinadas a proteger a las personas vctimas y a los testigos de delitos. El

    funcionamiento y cumplimiento de lo anterior est, principalmente, a cargo de la

    Unidad Regional de Atencin a las Vctimas y Testigos, formada por un equipo

    profesional multidisciplinario integrada por abogados/as, psiclogas/os y asistentes

    sociales, los que a su vez, apoyan y asesoran a las/os fiscales en materias

    especificas de atencin, disminucin de la victimizacin secundaria y proteccin a

    las personas vctimas y testigos de delitos, a travs del trabajo interdisciplinario.

    Universo: el universo o poblacin es el conjunto de elementos objeto de estudio125

    y constituye de donde se tom la muestra para el estudio realizado. El universo

    estudiado son psiclogos/as que trabajan en la Unidad de Atencin a Vctimas y

    125Rodrguez, J. (1986).La muestra: teora y aplicacin. El anlisis de la realidad social. Mtodos ytcnicas de investigacin. Madrid: Alianza Editorial.

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    Testigos del Ministerio Pblico, otros profesionales involucrados en el tema que

    trabajan en el Ministerio Pblico (asistentes sociales, abogados/as, fiscales) ypersonas que han sido vctimas de un delito, derivadas a la Unidad de Atencin a

    Vctimas y Testigos.

    Muestra: la muestra ser parte o fraccin representativa de un conjunto de una

    poblacin, universo o colectivo126

    . Para acceder al objeto de estudio, se realiz

    un muestreo no aleatorio. El muestreo no aleatorio tiene como base el juicio del

    investigador/a127, el investigador, segn su criterio, selecciona la muestra de

    forma que sea lo ms representativa a los efectos de la investigacin128. Este tipo

    de muestreo no considera una teora matemtica estadstica. El muestreo no

    aleatorio que se utiliz en esta investigacin es de tipo intencional u opintico, en

    que se seleccion una muestra representativa de acuerdo a la intencin u opinin

    de quien investiga129.

    Las muestras finales fueron tomadas desde las Fiscalas de la V Regin de

    Valparaso, la VI Regin del Libertador Bernardo OHiggins y la DivisinNacional de Atencin a Vctimas y Testigos del Ministerio Pblico en la Regin

    Metropolitana. Este muestreo intencional tuvo a la base los siguientes criterios:

    En las regiones V y VI se implemento la RPP desde el 16 de Diciembre de

    2003. Teniendo igual tiempo de trayectoria.

    La Divisin Nacional es la encargada de la elaboracin de los planes y

    programas, sosteniendo el manejo global de los modelos que se aplican.

    En este sentido, la muestra investigada quedo constituida del siguiente modo:

    126Ander- Egg, E. (1995). Tcnicas de investigacin social. Buenos Aires: Editorial Lumen. pp 179.127Idem128Rodrguez, J. (1986). pp. 303129Ander-Egg, E. (1995).

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    Cuadro N 1

    Muestra del estudio

    LUGAR MUESTRA

    Psiclogos/as OtrosProfesionales

    Personasvctimas

    Total

    V Regin 2 2 2 6

    VI Regin 2 3 1 6

    Nacional 2 0 0 2

    Total 6 5 3 14

    3.4. Mtodos y tcnicas de recopilacin de informacin

    La informacin necesaria se recopil de dos fuentes principales: fuentes

    documentales y entrevistas semiestructuradas.

    La recopilacin documental es una tcnica de recogida de informacin, que

    permite obtener datos a partir de escritos y no escritos130, a travs de esta tcnica se

    realiz un recorrido documental en la bsqueda de informacin que permiti

    enriquecer la investigacin.

    Se facilit la produccin de las narrativas de las personas en situaciones de

    comunicacin interpersonal ms o menos controladas, para lo cual se utiliz una

    entrevista semiestructurada (ver Anexo 1). Esta tcnica devuelve la palabra libre al

    sujeto entrevistado, permitiendo acceder a su preconsciente ideolgico, para intentar

    interpretar las claves de su conformacin, as como la expresin de deseos, valores,

    creencias y fines del sujeto hablante131.

    130Idem131Ort, A. (1986).

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    A travs del uso de la entrevista semiestructurada,se pretendi profundizar

    en las motivaciones personalizadas de un caso individual, frente a cualquierproblema social

    132. La entrevista supone una relacin asimtrica y una operacin

    irreversible e irretroactiva (quien responde no puede preguntar al que pregunta) y

    el/la entrevistador/a impone su lenguaje al entrevistado/a. De este modo, la entrevista

    pued