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Compensaciones y Beneficios y Tributación laboral Jorge Toyama Miyagusuku Socio de Miranda & Amado, Abogados. Profesor de la PUCP, ESAN y UP Miembro de Comisión Consultiva del MINTRA

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  • Compensaciones y Beneficios y Tributacin laboral

    Jorge Toyama MiyagusukuSocio de Miranda & Amado, Abogados.Profesor de la PUCP, ESAN y UPMiembro de Comisin Consultiva del MINTRA

  • Ingresos Laborales: remuneraciones y conceptos no remunerativos

  • El contrato de trabajo

    EmpleadorTrabajadorPrestacin RemuneracinSubordinacinPersonalCONTRATO DE TRABAJOAcuerdoElementos

  • Qu recibe el trabajador?

    Salario bsico.Beneficios sociales legales: CTS, gratificaciones, asignacin familiar, vacaciones, subsidios, utilidades, seguro de vida, indemnizaciones.Conceptos convencionales: Convenio Colectivo, Costumbre, Contrato de Trabajo, acto unilateral de la empresa, Reglamentos Internos o Transnacionales.Conceptos no remunerativos: Exclusin legal: gratificacin extraordinaria.Prestaciones: seguro mdico, propinas, stock options, pago de cuotas de membresa (club), etc.

  • Ingresos Laborales:Remuneraciones, Compensaciones y Beneficios

    Precisiones:Marco Legal impreciso, difuso.Importancia: laboral (beneficios sociales), tributaria y costos empresariales.La actuacin de la SUNAT

    Bsico fijo y permanenteEstructura mixta de complementos y suplementos.Evolucin:

  • Paquete de Compensaciones y BeneficiosIngresos: Bsico + Compensaciones + Beneficios (paquete salarial)

    Fuente: Ley + Convenios colectivos + convenios individuales + actos unilaterales + costumbre + reglamentos internos.

  • RemuneracinConceptoGenricoConceptos noRemunerat.ListadoOtros No remun.No Listado

    Calificacin legal de ingresos laborales

  • Remuneracin laboralQu es Remuneracin laboral?

    Contraprestacin por servicios prestados En dinero o especie No importa la denominacin Presuncin remunerativa No excluido legalmente Libre disponibilidad Requisito ausente: Ventaja Patrimonial / Ahorro

    Marco legal: Art. 6 de D.S. 006-97-TR (LPCL)

  • Delimitacin ConceptualRemuneraciones: Concepto legal, costos laborales y tributarios-laborales.

    Compensaciones: usualmente monetarias, contraprestativas y pactadas. Tienden ser remunerativas y rentas.

    Beneficios: generalmente en servicios o especie, asistenciales y unilaterales. Debate sobre su carcter remunerativo e impositivo.

  • Remuneraciones y Conceptos no remunerativos(1) Desde el cuarto ao. Para obreros es 0,71%(2) Tributo aplicable para industrias.(3) Promedio aplicable para actividades riesgosas.(4) Promedio de las AFPs y en ONP es 13%

    ConceptoRemuneracionesNo remuneracionesAportes a ESSALUD9,00 %0%Seguro de Vida de Ley (1)0,53%0%Contribucin a SENATI (2)0,75%0%Gratificaciones Legales16,67%0%CTS9,72%0%ESSALUD sobre gratificaciones1,50%0%Vacaciones8,33%0%ESSALUD sobre vacaciones 0,75%0%Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (3)1,89%0%SUBTOTAL49,14%0%Retencin a empleados (4)12,00%0%TOTALES59,14%0%

  • Consecuencias adicionales de conceptos no remunerativosNo clculo de indemnizacin por despido

    No inclusin en pagos por horas extras, indemnizacin vacacional, trabajo en domingo o feriados, etc.

    No inclusin en utilidades laborales

    No consideracin dentro de beneficios convencionales: bonificaciones, asignaciones, compensaciones, etc.

    Slo afecto al Impuesto a la Renta de Quinta Categora

  • CONCEPTOS NO REMUNERATIVOSGratificacin extraordinaria RENTAParticipacin en las utilidades RENTACondicin de trabajo NO RENTACanastas de navidad y similares RENTATransporte del y al domicilio RENTAAsignacin por educacin RENTAAsignaciones personales y colectivas RENTABienes de propia produccin RENTAMovilidad, viticos, representacin NO RENTAAlimentacin indispensable NO RENTAGratificacin o incentivos por cese RENTAIndemnizaciones NO RENTAAsig. Constitucin de empresa NO RENTATickets de alimentos RENTA

  • BASE DE IR Y OTROS TRIBUTOSIMPUESTO A LA RENTA

    REMUNERACINCONCEPTOS NOREMUNERATIVOSESSALUDONP

  • Rentas de Quinta Categora

    Trabajo subordinado: 5ta. pura RELACIN LABORAL(excepto exceso de remuneraciones de socios y parientes sobre el valor de mercado)Servicios independientes con ciertas caractersticas: 4ta-5ta.(excepto exceso de remuneraciones de socios y parientes sobre el valor de mercado)Rentas de 4ta. pagadas por empleador

  • Altos costoslaboralesExpatriadosFlexibilidad +motivacinNo costo: utilidad voluntaria,escolaridad, seguros, ticketsde alimentos, movilidad, etc.Pacto de remuneracin integral anual, reduccin deremuneraciones y utilidadeslaboralesPacto o poltica expresa:compensacin variable +no derecho adquiridoRazonabilidadSe requiere pacto+ mnimo RMVRazonabilidadIgualdadQu tendencias existen en los planes de compensacin y motivacin?

  • ConclusionesLas compensaciones y beneficios: equilibrio adecuado entre gestin humana y costos laborales (86% de empresas lo usa: PWC)Las normas permiten entrega de beneficios con manejo eficiente de costos laboralesLGT: No cambiar las normas vigentes en forma sustantiva

  • ConclusionesLas normas y el entorno: rigidez + tendencia proteccionista + fiscalizadoraLa clave en la poltica de beneficios y compensaciones: las reglas de juego.Flexibilidad + costo laboral: poltica adecuada de compensaciones y beneficios

  • Tributacin Laboral

  • Interdisciplinario: Derecho Laboral + Derecho TributarioTributarizacin de las relaciones laborales:Contratacin directa: fiscalizacin SUNATContratacin indirecta: Detraccin IGVIngresos: Base clculo de aportes y deduccin gastosCasos de inscripcin fraudulenta

    TRIBUTACION LABORAL

  • Temas de mayor fiscalizacin laboral de SUNAT

    TemaAspectosContratacinFalsos locadores, 4-5K, informales, etc.AportesClculo de aportes, base imponible (real + oculto), devengoContratas e intermediacinDetraccin de intermediacin, empleador real, solidaridad DeduccionesGasto laboral: general, razonable, necesarioFormalidadesFormatos, plazos, planillas electrnicas

  • Diferencias entre Fiscalizaciones

  • TributacinTRABAJADORDEPENDIENTE

    EMPLEADOR

    TRABAJADORESSALUD 9% Rem

    Otros (SENATI 0.75 % Rem, SCTR)Renta 15-30% Ing. Renta.

    ONP 13% o AFP 12,5% Rem. Prom

  • Marco Regulatorio

  • Primaca de la realidad

    Hechos configurantes de laboralidad: rdenes, servicios en centro laboral, continuidad, exclusividad, jornada y horario, sanciones, beneficios, asuncin de gastos, inclusin dentro de organigrama, correos electrnicos, fotos, premiaciones, certificados de trabajo, fotocheck, etc. Anlisis casustico.

    HechosDocumentosContrato de trabajoContrato civil DiscordanciaPrefiere a los hechos

  • Las nuevas presunciones laborales de SUNATCuando un empleador omite declarar y/o registrar trabajadores, se presumir que las remuneraciones sobre las cuales se determina los aportes a ESSALUD y ONP son (aplicacin sucesiva de las reglas): a) La mayor remuneracin mensual del perodo fiscalizado; b) La remuneracin de trabajadores con funciones o cargo similar; c) La remuneracin de otras empresas del giro o sector similar con similar volumen de operaciones; d) Si no se pudiera aplicar alguna de las reglas precedentes, la remuneracin presunta ser equivalente a la Remuneracin Mnima Vital.

  • Las nuevas presunciones laborales de SUNATCuando un empleador omite declarar y/o registrar trabajadores, se presumir que los perodos de aportacin sern, como mnimo, equivalentes a seis meses, salvo que la empresa tenga menos de seis meses de antigedad (se tomar en cuenta el perodo real de operaciones) o se trate de personal a plazo fijo (en este caso el tiempo mnimo ser de 3 meses)

  • INTERMEDIACIN LABORAL Y OUTSOURCING Intermediacin Outsourcing (detraccin IGV) (Slo algunos casos detraccin IGV)

    Flexibilidad Interna Descentralizacin Externa

  • CRITERIOS DE DIFERENCIACIN:OUTSOURCING E INTERMEDIACIN LABORAL

  • PLANILLAS ELECTRNICAS

  • Planillas Electrnicas y Fiscalizacin

    SUPERVISIN FISCALIZACINMINTRA YSUNAT INSPECCINPLANILLAS ELECTRNICASMODERNIZACIN

  • Relacin directa e ntima entre las normas laborales y las tributariasMayor conocimiento en la aplicacin de normas especializadas laborales y tributarias por recaudadoresConcentracin y trabajos conjuntos de entidades estatales.Fiscalizacin laboral tributaria: mayor intensidadPlanillas electrnicas: la herramienta de gestinCada vez ms ser ms complicado incumplirA ttulo de conclusiones

  • Muchas GraciasJorge Toyama

    La nueva ley de intermediacin refiere a un conjunto de situaciones que expresan una realidad econmica compleja. Como sucede siempre, la legislacin intenta aprender dicha realidad procurando que su dinmica no lesione determinados valores cuya custodia considera fundamental para la propia marcha del sistema. Por esta razn, cualquier enfoque que busque evaluar la legislacin debe partir del conocimiento de la realidad econmica que se intenta regular.

    La nueva ley de intermediacin refiere a un conjunto de situaciones que expresan una realidad econmica compleja. Como sucede siempre, la legislacin intenta aprender dicha realidad procurando que su dinmica no lesione determinados valores cuya custodia considera fundamental para la propia marcha del sistema. Por esta razn, cualquier enfoque que busque evaluar la legislacin debe partir del conocimiento de la realidad econmica que se intenta regular. 1

    La nueva ley de intermediacin refiere a un conjunto de situaciones que expresan una realidad econmica compleja. Como sucede siempre, la legislacin intenta aprender dicha realidad procurando que su dinmica no lesione determinados valores cuya custodia considera fundamental para la propia marcha del sistema. Por esta razn, cualquier enfoque que busque evaluar la legislacin debe partir del conocimiento de la realidad econmica que se intenta regular.

    La nueva ley de intermediacin refiere a un conjunto de situaciones que expresan una realidad econmica compleja. Como sucede siempre, la legislacin intenta aprender dicha realidad procurando que su dinmica no lesione determinados valores cuya custodia considera fundamental para la propia marcha del sistema. Por esta razn, cualquier enfoque que busque evaluar la legislacin debe partir del conocimiento de la realidad econmica que se intenta regular.