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RECURSO DE CASACIÓN El recurso de casación procederá contra las sentencias y autos que pongan fin a los procesos de conocimiento dictados por las Cortes Provinciales de Justicia y por los Tribunales Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo. Igualmente procederá respecto de las providencias expedidas por dichas cortes o tribunales en la fase de ejecución de las sentencias dictadas en procesos de conocimiento. El escrito de interposición del recurso de casación, deberá determinar fundamentada y obligatoriamente lo siguiente: WWW.ZONALEGAL.NET

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Page 1: RECURSO DE CASACIÓN - zonalegal.net INFORMATI… · El recurso de casación será de competencia de la Corte Nacional de Justicia, conforme con la ley. La Sala de la Corte Provincial

RECURSO DE CASACIÓN

El recurso de casación procederá contra las sentencias yautos que pongan fin a los procesos de conocimiento dictadospor las Cortes Provinciales de Justicia y por los TribunalesContencioso Tributario y Contencioso Administrativo.

Igualmente procederá respecto de las providencias expedidaspor dichas cortes o tribunales en la fase de ejecución de lassentencias dictadas en procesos de conocimiento.

El escrito de interposición del recurso de casación, deberádeterminar fundamentada y obligatoriamente lo siguiente:

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Page 2: RECURSO DE CASACIÓN - zonalegal.net INFORMATI… · El recurso de casación será de competencia de la Corte Nacional de Justicia, conforme con la ley. La Sala de la Corte Provincial

El recurso de casación será de competencia de laCorte Nacional de Justicia, conforme con la ley.

La Sala de la Corte Provincial de Justicia de la queprovenga la sentencia o auto recurrido, se limitaráa calificar si el recurso de casación ha sidopresentado dentro del término previsto para elefecto y remitirlo, de inmediato, a la Corte Nacionalde Justicia.

Recibido el expediente, la o el juzgador decasación convocará a audiencia en el término detreinta días, conforme con las reglas generales delas audiencias previstas en este Código.

La admisión del recurso no impedirá que lasentencia o auto se cumpla, salvo que el procesoverse sobre el estado civil de las personas o quehaya sido propuesto por los organismos oentidades del sector público.

La caución será devuelta por la o el juzgador deinstancia si el recurso es aceptado totalmente porla o el juzgador de casación. En caso deaceptación parcial, el fallo de la Corte determinaráel monto de la caución que corresponda serdevuelto al recurrente y la cantidad que seráentregada a la parte perjudicada por la demora. Siel fallo rechaza el recurso totalmente, la o eljuzgador entregará el valor total de la caución a laparte perjudicada por la demora.

FUENTE: CODIGÓ ORGÁNICO GENERAL DEPROCESO

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