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#RECUPEREMMARTORELL BORRADOR DE PRICIPIOS ORGANIZATIVOS

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Documento Politico Organizativo.

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Page 1: Recuperem Martorell Propuesta Organizativa

#RECUPEREMMARTORELLBORRADOR DE PRICIPIOS

ORGANIZATIVOS

Page 2: Recuperem Martorell Propuesta Organizativa

ÍNDICE Página 0

PREÁMBULO 1

1. PARTICIPACIÓN 2

2. TRANSPARENCIA INDEPENDENCIA Y CUENTAS CLARAS 3

3. CONTROL DEMOCRÁTICO 4

TÍTULO I: PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS I 4

TÍTULO II: ESTRUCTURA MUNICIPAL 6CAPÍTULO 1. LA ASAMBLEA CIUDADANA 6

CAPÍTULO 2. EL CONSEJO CIUDADANO 11

CAPÍTULO 3. EL/LA EDIL 15

CAPÍTULO 4. LA COMISIÓN DE GARANTÍAS DEMOCRÁTICAS 16

TÍTULO III: PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS II 18

TÍTULO IV: ADMINISTRACIÓN Y CONTROL 22DEMORÁTICO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS 23

ANEXO I: PROCEDIMIENTOS DE LA ASAMBLEA 24CIUDADANA

ANEXO II: CÓDIGO ÉTICO 28

ANEXO III: FINANCIACIÓN 34

ANEXO IV: REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE 43ÓRGANOS INTERNOS

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PREÁMBULORecuperem Martorell, como Plataforma de empoderamiento popular y asociativo

(Pepa), pretende ser la palanca del cambio político, que desde el municipio sea elinstrumento para la recuperación de nuestra soberanía.

La falta de transparencia en la gestión municipal, así como la perdida del contactopolítico con la ciudadanía, son los ejes vertabradores del actual sistemapseudodemocrático, que tanto le gusta defender a la casta política y a los oligarcas, queponen a esta casta en su nómina.

La utilización de los recursos municipales con criterios de eficiencia y eficacia, esuna demanda que por demasiado tiempo a sido desoída, por una institución cuya principalfunción es la de administrar los recursos municipales de forma eficaz y eficiente. Noconsideramos tampoco, que sea pedir demasiado que además lo haga bajo criteriosobjetivos y transparentes.

Es necesario abrir las puertas y las ventanas del ayuntamiento para que laciudadanía pueda empezar a hacer política de forma efectiva. No basta con elegir a losmejores representantes, es necesario crear los mecanismos de control y transparenciaque permitan dotar a Martorell, de un instrumento que haga posible la participación activade la ciudadanía en la política municipal.

No pretendemos construir una sopa de siglas al servicio de ningún partido político,sino dotar a la ciudadanía de Martorell de una herramienta que permita poner a losmejores al servicio de la ciudadanía. Recuperem Martorell no ha nacido para ser unafuerza testimonial más o menos influyente, sino para que los ciudadanos y las ciudadanasrecuperemos de un modo efectivo el control democrático sobre nuestras instituciones ynuestros destinos.

Para ello es imprescindible que nos dotemos de un proyecto integral en el que losprincipios éticos, políticos y organizativos se articulen de un modo coherente. Solo asílograremos una verdadera alternativa de país; recuperando los municipios.

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1.- PARTICIPACIÓN

La participación ciudadana constituye una de las principales señas de identidad deRECUPEREM MARTORELL. La apuesta por la participación y la Democracia (sinparticipación es difícil hablar de verdadera democracia) implica necesariamente unaredefinición real del rol del político y de las organizaciones políticas, a saber: el político seconvierte, desde esta concepción, en un agente de la participación de la ciudadanía en unproceso permanente de empoderamiento progresivo. No cabe así pensar en unadistinción entre militantes y ciudadanos, entre un adentro y un afuera de la política,aspirando así, cada vez más, a sumar a un mayor número de ciudadanos al análisis, ladecisión y la gestión de lo público.

Desde hace pocos meses nos estamos enfrentando a un reto inédito en la historiapolítica de nuestro municipio (y de nuestro país): desarrollar formas de participacióncapaces de articular la participación de cientos de personas, y que esos espaciosparticipativos se conviertan en el núcleo fundamental de la toma de decisiones de laplataforma. Que la participación sea real tanto en su desarrollo como en sus efectos, yque lo haga incluyendo a cualquier ciudadano, sin ninguna barrera, sin ninguna distancia.

Para facilitar la participación ciudadana apostamos por la creación de una comisiónde contenidos, organizada en áreas de trabajo, que tendrá como principal tarea ladetección de las necesidades del municipio y plantear soluciones viables y racionalesdentro de las limitaciones presupuestarias.

La comisión de contenidos dispondrá de 11 grupos de trabajo específicos. Uno paracada una de las regidurias del ayuntamiento. Se nombrará una portavocía temporal paracada una de estas comisiones hasta la finalización del proceso de primarias el día 15 demarzo1. Cada portavoz asumirá el compromiso de coordinar a su equipo técnico, para laejecución de las tareas acordadas en proceso asambleario de su comisión especifica.

La plataforma se dotará de una herramienta online, donde todos los ciudadanosregistrados podrán votar y conformar un mapa de necesidades asignando valoracionescuantitativas de valores positivos y negativos (-2,-1,0,+1,+2), que permitan definir libre deintereses particulares y matices ideológicos, cual es la ordenación de preferencias quepermita dotar a la plataforma, de una propuesta programática que consiga maximizar elbien común.

Es la voluntad de la Pepa, consolidarse como un proceso constituyente dentro delmarco institucional. Por este motivo, los candidatos a las primarias expresan su firmevoluntad de impulsar el proceso asambleario participativo desde el ayuntamiento y el

1.- En el Anexo IV queda reflejado en detalle el proceso de elección de órganos internos de laplataforma y en la disposición transitoria 3ª se expone la hoja de ruta de la plataforma.

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compromiso de convertirlo en vinculante en el caso de gobernar en mayoría absoluta.

Con el fin de institucionalizar este proceso, impulsaremos de forma la creación deuna oficina de detección de necesidades, donde los habitantes de Martorell podránpresentar sus demandas tanto online como presencialmente. Será competencia de estaoficina, la priorización de estas necesidades mediante un mapa de necesidades online delmunicipio. También realizará la tramitación de las nuevas necesidades para su evaluacióny notificará al solicitante la resolución del estudio.

2.- TRANSPARENCIA Y CUENTAS CLARAS:

“NOS DEBEMOS A LA GENTE”

Soñamos con un Martorell transparente y participativo, donde los cargos electos seponen al servicio del ciudadano y centran su empeño en encontrar la mejor solución a losproblemas que le plantea una ciudadanía viva. Por esto pensamos que en un ejercicio detransparencia y voluntad democrática, desde las instituciones gubernamentales y enconcreto desde los ayuntamientos, resulta necesario impulsar ferias de transparencia,donde cada regiduria en un ambiente festivo, montará un stand con toda ladocumentación, el equipo técnico y el regidor, que deberán rendir cuentas de su gestión ala ciudadanía.

La transparencia constituye una demanda transversal de la sociedad hacia lospartidos políticos y la administración pública. Creemos en la transparencia, la rendición decuentas y los mecanismos de control para acabar con la opacidad y el secretismo que hancaracterizado la financiación de los partidos y los cargos del régimen del 78, y que hanamparado sus prácticas corruptas.

Desde nuestro nacimiento hemos asumido el compromiso de que nuestras cuentassean públicas y fácilmente accesibles. La transparencia, la rendición de cuentas y elescrutinio público de nuestra actividad como iniciativa política son el reflejo de losmecanismos que deben definir en el futuro inmediato a las administraciones públicas y alas distintas instituciones del Estado.

Por otro lado, consideramos que las dependencias financieras generandependencias políticas. Por eso no solo es necesario garantizar la transparencia de lascuentas, también debemos garantizar nuestra independencia financiera como plataforma.No vamos a aceptar el endeudamiento con la banca ni con grandes donaciones depersonas y empresas que puedan condicionar nuestro discurso e hipotecar nuestraspropuestas. Confiamos en que con el respaldo de muchos RECUPEREM MARTORELLpueda acabar con el saqueo de unos pocos.

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3.- CONTROL DEMOCRÁTICO

Los representantes políticos son servidores públicos que asumen un contrato consus electores y la ciudadanía para trabajar por el bien común. En la medida en queconcentran mayor poder que las personas representadas, han de ser fiscalizados ycontrolados constantemente por sus electores mediante mecanismos operativos derendición de cuentas, de evaluación, de revocación de cargos, etc. garantizando así queno se forman estratos privilegiados e inamovibles en la organización, y que la voluntadmayoritaria de los participantes en RECUPEREM MARTORELL este fielmenterepresentada en todos y cada uno de sus órganos.

Creemos que la actividad municipal de cualquier cargo público debe ser de fácilacceso y visualización para toda la ciudadanía, así como su retribución económica y supatrimonio. Por ello, impulsaremos la creación una Auditoria Ciudadana desde la Webdel ayuntamiento, donde aparte de las intervenciones o las votaciones, se incluirá elsalario y el destino de la parte que done si es el caso, el uso de las asignaciones públicas,la declaración de bienes y la situación de cuentas bancarias, para garantizar que nuestrosrepresentantes no utilizan los cargos públicos para lograr un lucro privado.

Una correcta y completa exposición de nuestra actividad pública es, aparte de unapromesa electoral, una condición necesaria para asegurar que los representantes electostrabajan para y por la ciudadanía.

TÍTULO I: PRINCIPIOS ORGANIZATIVOSArtículo 1. RECUPEREM MARTORELL es una organización política orientada a

promover y defender la democracia y los Derechos Humanos en todos los ámbitos de lasociedad. RECUPEREM MARTORELL se organiza de manera democrática y fomenta eldebate y la participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en la tomade decisiones de la organización.

Artículo 2. RECUPEREM MARTORELL utiliza todas las herramientas presenciales ytelemáticas a su alcance para promover el empoderamiento ciudadano dentro y fuera dela organización, y la participación directa de la gente en la toma de decisiones públicas ypolíticas.

Artículo 3. Todas las personas que sean miembros de RECUPEREM MARTORELLtienen voz y voto, sin que quepa discriminación alguna por razones de nacionalidad, lugaro país de procedencia, apariencia física, linaje, origen étnico, idioma, discapacidad, edad,opinión política o de cualquier otra índole, creencias religiosas, sexo, preferenciassexuales, formación, estado civil y familiar, condición o situación económica. Al objeto degarantizar el ejercicio de este derecho RECUPEREM MARTORELL propiciará el uso de

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todas las lenguas del Estado, impulsará la accesibilidad de todos sus espacios ydocumentos, estimulará la formación, facilitará la conciliación con la vida familiar y laboral,y promoverá la diversidad. El voto de todos los integrantes de RECUPEREMMARTORELL tiene el mismo valor cuantitativo (una persona, un voto) y cualitativo (noexisten votos cualificados), sin que pueda sufrir ninguna alteración el principio de igualdadpolítica.

Artículo 4. En RECUPEREM MARTORELL todo el mundo tiene derecho al ejerciciodel sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido/a, con el único requisito de la mayoría deedad) en todos los niveles de la organización, con las limitaciones definidas por nuestrocódigo ético y los reglamentos que en este sentido se establezcan.

Artículo 5. RECUPEREM MARTORELL promueve el género como único correctivoal ejercicio del derecho al sufragio pasivo (ser elegido/a). Los órganos colegiados deRECUPEREM MARTORELL tendrán una representación de mujeres y hombres que nodebe situarse fuera de la ratio 40/60 para cada género. Al objeto de garantizar el ejerciciodel derecho de igualdad, se propiciará la remoción de obstáculos que pudieran limitar laparticipación activa de ambos géneros.

Artículo 6. La unidad básica de organización de RECUPEREM MARTORELL sonlas áreas o grupos de trabajo. El grupo de trabajo es la herramienta con la queRECUPEREM MARTORELL promueve la participación, el debate y la relación activa conla sociedad. Para la constitución, organización, desarrollo y funcionamiento interno de losdiferentes grupos de trabajo se seguirán criterios de operatividad, pluralidad ytransparencia. Será tarea de cada grupo de trabajo, bajo ratificación de la asambleaciudadana municipal, el definir su modelo organizativo propio.

Artículo 7. La elaboración de los programas electorales, la confección de las listasde candidatos y candidatas a los órganos de representación institucional, la elección deportavoces o de miembros de los Consejos Ciudadanos de RECUPEREM MARTORELLse llevará a cabo, de acuerdo a estos Estatutos, al Documento de elección de órganosinterno y los Reglamentos de Principios Éticos establecidos y siempre de manera abiertaa todas las personas que componen RECUPEREM MARTORELL. Se abrirán siempreprocesos de debate ciudadano sobre los contenidos de los programas.

Artículo 8. RECUPEREM MARTORELL es una organización municipal que actúacon criterios de universalidad, coherencia y responsabilidad. Corresponde a la AsambleaCiudadana Municipal (es decir, a todos los miembros de RECUPEREM MARTORELL) o alos órganos en que delegue, la toma de decisiones que afecten al conjunto deRECUPEREM MARTORELL, cualquiera que sea el nivel sectorial en el que se originenesas cuestiones. Corresponde a la Asamblea Ciudadana Municipal, o los órganos en losque delegue, todas las decisiones relativas a las líneas básicas de acción política general,los objetivos organizativos, las vías de financiación, la representación y las acciones

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jurídicas, la planificación de las estrategias electorales generales con vistas a lasmunicipales, la definición de las políticas de acuerdos o eventuales alianzas con otrosgrupos sociales o políticos, etc. La participación y decisión de todos los miembros deRECUPEREM MARTORELL será la que, en última instancia, garantizará siempre laacción coordinada, coherente y responsable de la organización en todos los ámbitossectoriales.

Artículo 9. RECUPEREM MARTORELL promueve la participación directa de todossus miembros en los procesos de toma de decisiones que afecten de manera relevante ala organización, recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas quepuedan ampliar y garantizar la participación política democrática. RECUPEREMMARTORELL fomentará todos los espacios presenciales de participación al tiempo que seapoyará en distintas herramientas informáticas para facilitar la deliberación y la toma dedecisiones entre todos y todas. A través de las acciones impulsadas desde todos losniveles de la organización y, muy especialmente, desde los grupos de trabajo de lasregidurias, se habilitarán los mecanismos para facilitar la participación en igualdad decondiciones a quienes puedan tener mayores dificultades de acceso a internet.

TÍTULO II: ESTRUCTURA MUNICIPAL

CAPÍTULO 1. LA ASAMBLEA CIUDADANA

Artículo 10. Definición.

La Asamblea Ciudadana, o Asamblea Ciudadana Municipal, es el máximo órgano dedecisión de Recuperem Martorell y ejerce sus funciones de manera continua. Todas laspersonas que forman parte de Recuperem Martorell tienen derecho a participar con voz yvoto en todo momento en la Asamblea Ciudadana Municipal. En este sentido, la AsambleaCiudadana arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio delderecho a voz y voto de todos los inscritos, utilizando para ello todas las herramientaspresenciales (Asambleas, espacios de encuentro, puntos de votación en plazas yparques, etc.) y telemáticas.

Artículo 11. Objeto.

La Asamblea Ciudadana, como máximo órgano de decisión de Recuperem Martorell,deberá ser consultada con carácter preceptivo para todas las decisiones de relevancia(fijar líneas estratégicas, componer listas electorales, elaborar programas, elegir o revocara los miembros de los órganos, aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto pre o postelectoral, modificar estatutos, etc). La Asamblea Ciudadana también podrá convocar supropia legitimidad (convocarse a sí misma) para cuestiones que estime de especialtrascendencia, incluida la convocatoria completa de una Asamblea Ciudadana

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Extraordinaria en la que sería posible replantear la estructura de la organización en suconjunto.

Artículo 12. Composición de la Asamblea Ciudadana.

- La Asamblea Ciudadana es compuesta por el conjunto de las personas inscritasen Recuperem Martorell.

- Para inscribirse en Recuperem Martorell basta ser un ciudadano de Martorell(estar empadronado), ser mayor de 14 años y mostrar la disposición a participar en laconstrucción de este proyecto y obtener un código permanente de votación.

- La inscripción en Recuperem Martorell se realizará a través del enlace: (aun pordeterminar)

- La inscripción en Recuperem Martorell y, con ella, la adquisición de derechos departicipación y sufragio (activo y pasivo) NO implica “afiliación” a PODEMOS o a cualquierotra agrupación política.

- Del “Libro de afiliados” (que como exigencia legal debe registrarse en el Ministeriodel Interior) formarán parte solo aquellos inscritos que, con posterioridad a la Asamblea,

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manifiesten que son mayores de edad y que dan su consentimiento expreso a quedarregistrados en el “Libro de Afiliados”, sin que ello les proporcione ningún tipo de derecho odeber privilegiado de participación respecto al resto de los inscritos.

Artículo 13. Competencias de la Asamblea Ciudadana.

La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión en Recuperem Martorell y,por lo tanto, le corresponde plena soberanía respecto a todas las cuestiones de especialrelevancia para el conjunto de la organización.

Las decisiones de cualquier Asamblea serán vinculantes y no podrán ser revocadasmás que por la misma Asamblea.

a) Serán competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana:

1. Determinar la línea política general de Recuperem Martorell.

2. Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas y ciudadanas, las listaselectorales para optar a cargos públicos (desde el primer hasta el último candidato de lalista) para las instituciones de representación de carácter municipal.

3. Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza pre o post electoral para lasinstituciones de representación de carácter municipal.

4. Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboraciónparticipativa y el preceptivo informe de viabilidad económica).

5. Elegir y revocar al/a Edil.

6. Elegir y revocar al Consejo Ciudadano o a cualquiera de los miembros que locomponen (20 concejales) .

7. Elegir y revocar al Comité de Garantías Democráticas o a cualquiera de susmiembros.

8. Aprobar los estatutos y sus modificaciones.

b) Otras competencias:

Además de las cuestiones recogidas en el punto anterior, respecto a las que, porimperativo estatutario, no se podrá en ningún caso dejar de consultar con caráctervinculante, la Asamblea Ciudadana podrá ser convocada con carácter permanente yvinculante respecto a cualquier asunto que se considere de especial relevancia

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Artículo 14. Procedimientos para convocar la Asamblea Ciudadana.

La Asamblea Ciudadana será convocada:

a) De forma automática:

Para cualquiera de los asuntos referentes a las competencias exclusivas eintransferibles de la Asamblea Ciudadana. La organización técnica del proceso lecorresponde al Consejo Ciudadano. La Comisión de Garantías Democráticas velará por elcumplimiento de esta exigencia.

b) Además podrá ser convocada de forma permanente, respecto a cualquier otroasunto que se considere relevante:

Podrá convocar una Consulta Ciudadana con carácter vinculante (a todos losinscritos):

1. El/la Edil.

2. Mayoría simple del Consejo Ciudadano Municipal.

3. Un 10% de los inscritos en Recuperem Martorell.

Podrá convocar una Consulta Revocatoria con carácter vinculante (a todos losinscritos):

1. El/la Edil.

2. Mayoría absoluta del Consejo Ciudadano Municipal.

3. Un 20% de los inscritos en Recuperem Martorell.

Las consultas revocatorias sólo podrán convocarse una vez transcurrido la mitaddel mandato del cargo sobre el que se instruye el procedimiento.

No podrá convocarse más de un procedimiento revocatorio en cada mandato de uncargo orgánico.

Podrá ser convocada una Asamblea Ciudadana Extraordinaria (presencial):

1. El/la Edil.

2. Mayoría cualificada de 3/5 del Consejo Ciudadano Municipal.

3. Un 25% de los inscritos en Recuperem Martorell.

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En caso de inicio de un procedimiento de consulta por parte del cuerpo de electores,se elegirá a una ponencia de la consulta/Asamblea Extraordinaria que deberá garantizarque la propuesta de debate esté avalada por, al menos, dos técnicos cualificados en lamateria.

Artículo 15. Asamblea Ciudadana (Ordinaria o Extraordinaria).

Para la modificación sustancial de los principios políticos, organizativos o éticos ypara la elección completa de los órganos de dirección, será necesario la convocatoria deuna Asamblea Ciudadana Municipal Ordinaria o Extraordinaria que incluiránecesariamente momentos de deliberación presencial.

En ningún caso podrán transcurrir más de un año entre Asambleas CiudadanasMunicipales. Una vez transcurrido este plazo, la Asamblea Ciudadana se convocará concarácter automático. La organización técnica del proceso le corresponderá al ConsejoCiudadano. La Comisión de Garantías Democráticas velará por el cumplimiento de estaexigencia. La Asamblea convocada por este procedimiento se denominará AsambleaCiudadana Ordinaria.

En cualquier momento, según los mecanismos establecidos en el artículo anterior,

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podrá convocarse una Asamblea Ciudadana Extraordinaria con las mismas competencias.En ningún caso podrá transcurrir menos de 3 meses entre Asambleas CiudadanasExtraordinarias.

Artículo 16. Portavocías.

Todos y cada uno de los miembros de Recuperem Martorell podrán ejercer dePortavoces en virtud de la posición que ocupen en cada caso en la estructura de laorganización con las siguientes condiciones:

a) Hacer constar expresamente la condición en virtud de la cual se ejerce la tarea deportavocía y sin exceder el ámbito concreto de sus competencias.

b) Ejercerla, como miembro de Recuperem Martorell, en sintonía con los principioséticos, políticos y organizativos establecidos entre todos y todas y de un modo coordinadocon las Áreas de Comunicación responsables en cada caso.

CAPÍTULO 2. EL CONSEJO CIUDADANOArtículo 17. Composición del Consejo Ciudadano.

El Consejo Ciudadano, o Consejo Ciudadano Municipal, es el órgano de direcciónpolítica de Recuperem Martorell con funciones ejecutivas. Las tareas ejecutivas cotidianasserán desarrolladas, en el marco de sus respectivas responsabilidades, por las distintasáreas de las que se componga el Consejo Ciudadano. Es responsabilidad del/la Edilgarantizar, en el desarrollo cotidiano, la coordinación entre las distintas áreas ejecutivas(tarea para la cual se apoyará en el Consejo de Coordinación).

El Consejo Ciudadano estará compuesto por 21 miembros:

- El/la Edil será miembro nato del Consejo Ciudadano y presidirá sus reuniones.

- 20 concejales elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana con un criterio decorrección de género.

Artículo 18. Competencias del Consejo Ciudadano.

- Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la AsambleaCiudadana y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Recuperem Martorell.

- Convocar a la Asamblea Ciudadana tanto para todas las cuestiones que resultenpreceptivas como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado“Asamblea Ciudadana”.

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- Convocar para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno,cualquier Asamblea de nivel sectorial inferior (grupos de trabajo).

- Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio deque la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, suratificación).

- Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las campañasespecíficas a nivel municipal (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir,según los procedimientos previstos, su ratificación).

- Elaborar y actualizar periódicamente el “Libro de Afiliados” y garantizar elcumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley de Protección de Datos.

- Elaborar, debatir y aprobar una memoria de gestión y análisis político a presentar,de manera pública, cada año.

Artículo 19. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano

El Consejo Ciudadano podrá ser convocado en cualquier momento:

a) A propuesta del/la Edil.

b) A petición del 25% del Consejo Ciudadano.

c) A petición de 10 % de los inscritos en Recuperem Martorell.

En ningún caso podrán transcurrir más de 3 meses entre 2 reuniones plenarias delConsejo Ciudadano. El/la Edil tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadanoantes de que transcurra ese plazo.

La Comisión de Garantías Democráticas velará por el cumplimiento de estaexigencia.

Artículo 20. Funcionamiento del Consejo Ciudadano

El Consejo se organizará por Áreas cada una de las cuales contará con unResponsable de Área.

El Consejo Ciudadano contará, como mínimo, con las siguientes Áreas:

Consejo de coordinación:

- Organizazión.

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- Comunicación.

- Finanzas.

Comisión de contenidos (Áreas de trabajo):

- Planificación Urbanística y Servicios Urbanos.

- Medio ambiente y Vivienda.

- Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Movilidad.

- Hacienda y Régimen Interior.

- Promoción Económica, Comercio.

- Turismo y Patrimonio Histórico.

- Área de servicio a las personas.

- Educación.

- Bienestar Social.

- Salud.

- Cultura, Juventud y Deportes.

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Los Responsables de Área tendrán la tarea de componer equipos que garanticen laeficacia ejecutiva de su trabajo.

El Consejo Ciudadano elaborará, por mayoría simple, su propio reglamento defuncionamiento interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, segúnlos procedimientos previstos, su ratificación).

El Consejo Ciudadano nombrará, a propuesta del/la Edil, un Consejo deCoordinación de entre 11 a 15 personas, encargado de coordinar el trabajo de lasdistintas Áreas y asumir las tareas ejecutivas mientras no esté reunido el ConsejoCiudadano.

Una vez finalizadas las elecciones municipales, el Consejo Ciudadano nombrará, apropuesta del/la Edil, a los miembros del consejo que ocuparan las diferentes regiduriasdel ayuntamiento. Los concejales que ocuparan las regidurias, serán los que en elproceso de primarias obtuvieron un mayor número de votos, en ordenación decrecientede votos, con la única corrección de genero.

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Artículo 21. Elección del Consejo Ciudadano.

Los veintiun (21) miembros del consejo ciudadano se elegirán por un sistema delistas abiertas (no necesariamente completas). Cada elector/a podrá mostrar comomáximo tantas preferencias (no ordenadas) como puestos a elegir presente la lista conmás candidatos, mas uno. Cada elector podrá emitir como máximo un voto por candidato.Serán miembros del Consejo Ciudadano las 21 personas más votadas, introduciendo uncriterio de paridad de género. Su mandato tendrá una duración de tres años. El/la Edil,será el miembro más votado en el proceso de primarias abiertas de elección del ConsejoCiudadano. En caso de empate a votos, se elegirá al candidato que encabece la lista másvotada.

Artículo 22. Revocación del Consejo Ciudadano.

Los veintiun miembros del Consejo Ciudadano podrán ser revocados mediante unreferéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de unintegrante del Consejo Ciudadano será necesario aportar el aval de un 20% de losinscritos en Recuperem Martorell. El Consejo Ciudadano, actuando de manera colegiada,será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarsea cabo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendosrevocatorios siempre serán de carácter individual.

CAPÍTULO 3. EL/LA EDILArtículo 23. Competencias.

Serán competencias del/la Edil:

- Ejercer la representación política e institucional de la plataforma.

- Asegurar la coherencia estratégica, la unidad organizativa interna y la coordinaciónde las áreas ejecutivas del Consejo Ciudadano.

- Presidir el Consejo Ciudadano y el Consejo de Coordinación.

- Convocar a la Asamblea Ciudadana tanto para las cuestiones que resultenpreceptivas como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado de“Asamblea Ciudadana”.

- Convocar para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, unaAsamblea de cualquier nivel sectorial.

Artículo 24. Elección del/de la Edil.

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El/la Edil será elegido/a por la Asamblea Ciudadana de Recuperem Martorell (elconjunto de los inscritos) mediante sufragio libre y directo. El/la Edil, será el miembro másvotado en el proceso de primarias abiertas de elección del Consejo Ciudadano. En casode empate a votos, se elegirá al candidato que encabece la lista más votada.

El/la Edil podrá ser revocado/a mediante un referéndum convocado a tales efectos.Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar su mandato será necesarioaportar el aval de un 25% de los inscritos en Recuperem Martorell.

El Consejo Ciudadano actuando de manera colegiada será el encargado deorganizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse acabo sobre elmismo cuerpo electoral que eligió al/a Edil.

Artículo 25. Consejo de Coordinación.

El Consejo de Coordinación es el equipo en el que se apoya el/la Edil para realizarsus tareas, tanto de carácter público como de coordinación interna.

Estará compuesto por un número mínimo de tres personas, elegidas por el ConsejoCiudadano a propuesta del/de la Edil.

El Consejo de Coordinación se organizará internamente en Comisiones establecidaspor el Consejo Ciudadano a propuesta del/de la Edil, teniendo que contar como mínimocon las comisiones de organización, comunicación y finanzas.

Los miembros del Consejo de Coordinación podrán ser revocados por el/la Edil, porla mayoría absoluta del Consejo Ciudadano o por la Asamblea Ciudadana mediante unreferéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de unintegrante del Consejo de Coordinación será necesario aportar el aval de un 25% de losinscritos en Recuperem Martorell. El Consejo Ciudadano actuando de manera colegiadaserá el encargado de organizar el proceso electoral de revocación. Los referendosrevocatorios siempre serán de carácter individual.

CAPÍTULO 4. LA COMISIÓN DE GARANTÍAS DEMOCRÁTICAS

Artículo 26. Definición.

La Comisión de Garantías Democráticas es el órgano encargado de velar por elrespeto a los derechos de los inscritos en Recuperem Martorell y los principiosfundamentales y normas de funcionamiento de la organización.

Artículo 27. Composición y elección de miembros.

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La Comisión de Garantías Democráticas está compuesta por 3 miembros titulares y3 suplentes elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana mediante voto directo conun sistema de listas abiertas (no necesariamente completas). Cada elector/a podrámostrar tantas preferencias (no ordenadas) como puestos a elegir a la titularidad de lacomisión. Serán miembros de la Comisión de Garantías Democráticas las 6 personas másvotadas (3 como titulares y 3 como suplentes). Al menos la mitad de los miembros de laComisión de Garantías Democráticas (entre titulares y suplentes) deberán ser juristas. Enlas reuniones plenarias, un mínimo de 1 sobre el total de sus 3 miembros deberán serjuristas. Esto deberá de tenerse en consideración en el momento de definir la comisión degarantías y en caso de no cumplirse, se deberá realizarse una corrección en losresultados de la votación, para adecuase a este requisito.

Artículo 28. Funciones de la Comisión de Garantías Democráticas.

La Comisión de Garantías Democráticas velará por el cumplimiento del documentode principios éticos así como de las funciones de oficio en las que se le refiere en losartículos 14, 15 y 19.

Artículo 29. Funcionamiento.

La Comisión de Garantías Democráticas actuará de oficio o a petición de cualquiermiembro inscrito u órgano de la plataforma a través de un procedimiento ágil y flexible delque siempre constará expediente escrito.

Resolverá de forma motivada y acorde con estos Estatutos, el documento deprincipios éticos, los reglamentos y acuerdos previamente establecidos así como con losprincipios de democracia, transparencia y demás elementos esenciales a RecuperemMartorell y siempre de acuerdo a los principios generales del Derecho. Sus acciones sematerializarán aceptando, denegando o proponiendo una resolución, según suscompetencias, al Consejo de Coordinación o a la Asamblea Ciudadana.

Las resoluciones de la Comisión de Garantías Democráticas no son apelables y losefectos derivados de las mismas tendrán las aplicaciones en ellas descritas desde elmomento que en ellas se establezca.

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La Comisión de Garantías Democráticas podrá establecer otros procedimientos yreglamentos, públicos y previos, acordes con los principios reseñados, para resolver de laforma más reglada posible aspectos concretos de su actividad.

TÍTULO III: PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS II

Artículo 30. Requisitos para participar en Recuperem Martorell.

a) Las asambleas de Recuperem Martorell están permanentemente abiertas a laparticipación ciudadana. No es preciso estar afiliado o ser inscrito de Recuperem Martorellpara participar en una asamblea.

b) Sin perjuicio de lo anterior, no se permitirán en las asambleas de RecuperemMartorell actitudes sexistas, xenófobas, autoritarias, homófobas, denigrantes, insultantes,acusaciones o caricaturas, difamaciones ni violencia verbal o física, así como ningunaactividad contraria a la defensa de los derechos humanos por parte de ninguno de susmiembros.

c) Cualquier persona inscrita en Recuperem Martorell podrá solicitar la asistencia dela Comisión de Garantías Democráticas, para defender en un procedimiento escrito ycontradictorio, la prevalencia de este Estatuto y los principios fundamentales en élexpresados.

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Artículo 31. Sobre el proceso de toma de decisiones en Recuperem Martorell.

Las diversas asambleas sectoriales de Recuperem Martorell, son soberanas paratomar decisiones en su ámbito sectorial, siempre que no contravengan, y sean por ellocoherentes con la política general de la organización. Los acuerdos alcanzados por estasasambleas deberán ser ratificados por la Asamblea Ciudadana.

Recuperem Martorell tiene entre sus obligaciones la tarea de mantener un contactofluido y permanente con los distintos actores de la sociedad civil, así como la de creartejido social, y participar e impulsar los distintos movimientos que, en el ámbito deactuación correspondiente, estén en sintonía con los planteamientos de RecuperemMartorell. Al objeto de garantizar este contacto y enriquecimiento mutuo, RecuperemMartorell tratará de convocar, al menos una vez al año, una Asamblea Social con losactores de movimientos sociales del Municipio.

Recuperem Martorell hará públicas las convocatorias de sus asambleaspresenciales y los órdenes del día con antelación suficiente, así como las actasaprobadas por la asamblea. Cuando se produzcan votaciones habrá que consignar en elacta al menos los votos a favor, los votos en contra y las abstenciones. La elección de losórganos, espacios de trabajo y Responsables de Áreas o tareas en Recuperem Martorell,se realizará siempre en Asambleas presenciales, y existirán siempre mecanismos derevocabilidad.

Artículo 32. Sobre el ejercicio de competencias de los órganos de RecuperemMartorell.

a) Los órganos electos de Recuperem Martorell validados en el ejercicio de suscompetencias deberán someterse a los mecanismos de control y transparencia recogidosen estos Estatutos además de aquellos que se aprueben por la propia AsambleaCiudadana.

b) La Asamblea Ciudadana de Recuperem Martorell, reconocida como órganoconstituyente, es la única que puede apadrinar una iniciativa en nombre de RecuperemMartorell, o vetar que ésta se lleve a cabo en su nombre. Esto no excluye que losmiembros de Recuperem Martorell a título individual, y sin representar a la plataforma,puedan participar de las iniciativas o colectivos que consideren necesarias.

c) Los grupos de trabajo y comisiones de l Recuperem Martorell, funcionaránsiguiendo el principio de máxima apertura, participación y transparencia. En este sentidose respetarán las siguientes normas mínimas:

1. Ninguna comisión, portavocía o responsable de tareas puede bloquear lainiciativa de otros compañeros o compañeras, siempre y cuando estas estén acordes a

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los principios y Estatutos de Recuperem Martorell.

2. Ningún compañero o compañera puede desempeñar las responsabilidadesasignadas por Recuperem Martorell, de forma tal que limite la participación de otros, quese reserve información, etc. De suceder esto, la asamblea puede revocar a esa personade su responsabilidad.

3. Los grupos de trabajo son abiertos y participativos. Comunican el día, hora ylugar de sus reuniones para que cualquier persona pueda participar. Así mismo,comunican sus iniciativas para que cualquiera pueda sumarse a ellas.

4. Cuando algún miembro de Recuperem Martorell sea interpelado por un tercero(otra organización, colectivo, etc.), debe comunicar la propuesta que le hacen al resto decompañeros y compañeras, en Asamblea presencial siempre que sea posible, invitando aque otros puedan sumarse a la misma.

d) Cualquier miembro de Recuperem Martorell podrá recabar la asistencia de laComisión de Garantías Democráticas, para defender en un procedimiento escrito (ycontradictorio), el cumplimiento de los procedimientos establecidos.

Artículo 33. Financiación y transparencia en Recuperem Martorell.

a) Recuperem Martorell está obligado a hacer públicas sus cuentas, medios definanciación y uso de recursos económicos, a través de mecanismos accesibles a laciudadanía, y con una periodicidad mínima de seis meses. Esto sin perjuicio de lasobligaciones adicionales que pudieran aprobarse por la Asamblea, en particular en loreferente a obligaciones de transparencia.

b) Los procesos de contratación que excedan un 5% de su presupuesto anualdeberán ser publicitados y la asamblea sectorial arbitrará los medios para elegir, entre almenos tres presupuestos, el que más se adecúe a sus necesidades.

c) El patrimonio de Recuperem Martorell es inembargable e intransferible porcualquiera de sus miembros, pertenece al colectivo de Recuperem Martorell y estacircunstancia sólo puede alterarse por la disolución de Recuperem Martorell.

d) Cualquier miembro de Recuperem Martorell podrá recabar la asistencia de laComisión de Garantías Democráticas, para defender en un procedimiento escrito (ycontradictorio), el cumplimiento de los principios de transparencia e incompatibilidadesestablecidos en estos Estatutos, así como la fidelidad contable y el cumplimiento de lasobligaciones de las personas responsables.

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Artículo 34. Sobre la superación de la pérdida de confianza entre miembros deRecuperem Martorell .

a) En caso de que se haya producido la pérdida de confianza sobre uno o variosmiembros de Recuperem Martorell, o existan sospechas fundadas sobre elcomportamiento de un compañero o compañera, se deberá poner en marcha unprocedimiento garantista, en el que al tiempo que se exponen con transparencia losmotivos que llevan a la pérdida de confianza, se privilegie y garantice el derecho a ladefensa de la persona cuestionada.

b) Si algún compañero o compañera, en lugar de seguir este procedimientogarantista, opta por difamar y generar desconfianza sobre otro compañero sin garantizarsu derecho a defenderse, estará incurriendo en una falta grave en la medida en que secompromete gravemente la cohesión interna de la organización.

c) Para la resolución de conflictos de pérdida de confianza el Círculo deberá poneren marcha el procedimiento de “Moción de confianza/revocatorio”:

1. Recoger firmas para iniciar el proceso de moción de confianza. En caso de que lamoción de confianza sea un proceso revocatorio de las tareas de un miembro deRecuperem Martorell, las firmas deberán superar el 20% de los apoyos que recibió elmiembro del Círculo cuando se le asignó la tarea.

2. Convocar una asamblea específica para tratar el tema, con antelación mínima de7 días, con una hora y lugar de convocatoria claros, y con un orden del día en el que seespecifique claramente el tema a tratar y en el que se eviten otros temas propios deRecuperem Martorell.

3. Garantizar la presencia de un moderador/a aceptado por ambas partes, parafacilitar el debate.

4. Dar un tiempo limitado (20 minutos aproxidamente) a las partes en conflicto paraexponer sus posiciones. Tras las exposiciones, la asamblea podrá hacer preguntas a laspartes. No se trata de un debate, sino de aclarar dudas sobre las exposiciones.

5. Tras ello, se abrirá un proceso de votación de los miembros de la asamblea sobresi, efectivamente, la Asamblea ha perdido confianza sobre ese compañero o compañera,o por el contrario la renueva.

En caso de que la Asamblea haya perdido la confianza en ese compañero/a, seabrirá un turno de debate para acordar las medidas que se adoptarán, que en ningún casoimplicarán la expulsión de un miembro de Recuperem Martorell, pero que sí podrán incluirla suspensión temporal de su derecho al voto o al ejercicio de determinadas funciones en

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Recuperem Martorell, y/o la revocación de sus funciones, si las tuviera. El objetivo de lasmedidas debe ser siempre el de restituir las condiciones de confianza interna enRecuperem Martorell, a la vez que se respetan los derechos de todo miembro deRecuperem Martorell de recuperar la confianza perdida y seguir participando de laplataforma en cualquiera de las otras formas posibles no recogidas en dichas medidas.

d) Si tras este proceso alguna de las partes encontrara vulnerados los derechosrecogidos en estos Estatutos en su calidad de inscrito o afiliado de Recuperem Martorellpodrá recurrir el procedimiento a la Comisión de Garantías Democráticas, que encualquier caso podrá actuar también de oficio.

TÍTULO IV: ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DEMORÁTICO

Artículo 35. El ejercicio económico de la plataforma coincidirá con el añonatural.

El Consejo de Coordinación elaborará, con periodicidad anual, el presupuesto delsiguiente ejercicio. Dicho presupuesto deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano conanterioridad al inicio del ejercicio económico.

Finalizado el Ejercicio Económico, el Consejo de Coordinación elevará un informesobre la ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano, el cual aprobará o denegarádicha ejecución.

Artículo 36. El Interventor.

El Consejo Ciudadano elegirá cada año entre sus miembros a un interventor decuentas, que no podrá ser miembro del Consejo de Coordinación. Su función serámantener un control permanente sobre la gestión económica de la plataforma.

Artículo 37. Acceso a los documentos económicos.

Cualquier miembro de Recuperem Martorell tendrá derecho a acceder acualesquiera documentos económicos en posesión de la plataforma, con la únicalimitación de lo contenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Artículo 38. Régimen documental. Obligaciones contables.

Recuperem Martorell llevará, además del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, deContabilidad, de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo momentoconocer su situación financiera. Se realizarán informes de transparencia detallados conuna periodicidad trimestral.

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Disposición Transitoria 1ª. La comisión electoral transitoria, tendrá como tareaprioritaria y urgente el impulso de los procesos constituyentes de las estructurasmunicipales. Para ello destinará los recursos disponibles, en la organización deasambleas sectoriales con los diferentes actores sociales tanto civiles como políticos deMartorell, para confeccionar un mapa de necesidades que se expresará en el programaelectoral de la plataforma con vistas a las municipales y invitarles a presentar sucandidatura al proceso de primarias de Recuperem Martorell.

Disposición Transitoria 2ª. Hasta la finalización del proceso de primarias el día 15de marzo, se nombrará en la asamblea unas portavocias temporales, para dotar a laplataforma de las estructuras operativas necesarias para llevar a cabo sus funciones.

Disposición transitoria 3ª. La plataforma seguirá la siguiente hoja de ruta convistas a las municipales:

• 1 enero. Presentación de la plataforma a los diferentes colectivossociales de Martorell

• 1 de febrero. Inicio de la elaboración del programa municipal

• 15 de febrero. Inicio del proceso de primarias para conformar lacandidatura

• 15 de marzo. Fin del proceso de primarias

• 16 de marzo. Designación de un comité de campaña encargado delos trámites legales, finanzas y campaña electoral.

• 31 de marzo. Publicación en el BOE de la convocatoria de elecciones

• 1 de abril. Inicio de la recogida de avales

• 21 de abril. Fecha límite para presentación de candidatura junto conlos avales necesarios

• 8 de mayo. Inicio de la campaña electoral

• 22 de mayo. Finaliza la campaña electoral

• 24 de mayo. Elecciones municipales

Disposición Transitoria 4ª. Recuperem Martorell no pretende ser una sopa de

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siglas, ni una fuerza política testimonial que se conforme con poner voz a la ciudadanía deMartorell, pretende ser la palanca de cambio que permita recuperar a la ciudadanía deMartorell, la soberanía de su municipio. Y además, queremos hacerlo bien. Para ello esimprescindible contar con una buena candidatura.

Recuperem Martorell nace de la frustración de años de mal gobierno, de una castapolítica de aparador, que gobierna para ellos y para los suyos. Esto no es nada nuevo yya hace mucho tiempo que esta situación a sido detectada por asociaciones tantopolíticas como civiles de Martorell. Es la voluntad de Recuperem Martorell disponer de losmejores candidatos y candidatas para formar la mejor candidatura. Por este motivo, nosolo queremos contar en nuestra candidatura al proceso de primarias con ciudadanos dea pie críticos y implicados socialmente, queremos también contar con representantes deasociaciones tanto políticas como civiles que quieran sumar su experiencia yconocimiento a este proyecto colectivo de recuperación democrática.

Para ello se definirá un reglamento para la elección de órganos internos de laplataforma, que permitirá participar en igualdad de oportunidades tanto a asociacionespolíticas y civiles, como a ciudadanos de a pie en el proceso de primarias de laRecuperem Martorell . El resultado de este proceso de primarias es de vital importanciapara la plataforma, ya que definirá la candidatura con la que se presentará a laselecciones municipales.

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ANEXO I: PROCEDIMIENTOS DE LA ASAMBLEACIUDADANA

El objeto de este anexo es establecer el mecanismo concreto para que cualquierpersona o grupo de personas, estando o no inscrito en la plataforma, pueda lanzarpropuestas y que éstas se concreten en una iniciativa política si son apoyadas por lamayoría; una correa de transmisión que permita el flujo a través de la plataforma devoluntades políticas concretas. La existencia de un mecanismo de democracia directacomo éste, marca una de las diferencias entre una estructura tradicional de partido y unanueva forma de hacer política, y materializa nuestra apuesta de que el poder lo tenga laciudadanía. Este reglamento detalla las fases que se habrán de seguir para llevar a lapráctica cualquier propuesta surgida a iniciativa ciudadana.

Planteamiento general del mecanismo de participación y decisión:

Debe haber debate e información clara sobre lo que se decide. Se debe contar contoda la información necesaria para poder opinar, sin que la información esté sesgada osea parcial.

La gente inscrita en Recuperem Martorell decide directamente a través de lasvotaciones. Ningún grupo pequeño (aunque sean representantes) puede bloquear lo quequiera una mayoría de integrantes de Recuperem Martorell. En el proceso de debate esfundamental escuchar las posiciones minoritarias, para poder así alcanzar resultados demáximo consenso.

Agilidad y eficacia en la práctica. El mecanismo debe conseguir que regularmentehaya propuestas que alcancen una votación definitiva. Es importante que no pase muchotiempo desde que se lanza una propuesta hasta que se apruebe.

Todos los detalles del proceso, incluyendo los plazos temporales, los porcentajes yumbrales mínimos de cada fase, así como las herramientas concretas utilizadas en elproceso, son modificables, pero dichas modificaciones se deben hacer a través del propioproceso, para que no haya posibilidad de manipulación que pervierta el proceso en ningúnmomento. Los detalles deben ser tales que siempre se cumpla el que regularmente hayapropuestas que lleguen a someterse a votación final.

Explicación detallada de las fases del mecanismo de participación y decisión:

A) CONSULTA CIUDADANA:

Fase 1. Deliberación, debate y recogida de propuestas.

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Cualquier persona, asociación o grupo de trabajo, puede lanzar con carácterpermanente cuantas propuestas estime oportunas en cualquier asamblea que realice laplataforma, considerándose asambleas tanto las generales como las sectoriales, unespacio de deliberación totalmente libre y abierto donde cualquiera puede proponerfácilmente, desde dentro o fuera de la plataforma.

Fase 2. Recogida de avales.

Las propuestas que sean avaladas por el 20% del censo (a través de los formularioshabilitados al efecto) o un número equivalente de votos positivos en la asamblea general,pasarán a la fase de búsqueda de consenso.

Fase 3. Búsqueda de consenso y elaboración de la propuesta definitiva queserá sometida a votación.

La organización crea un grupo de trabajo involucrando a los impulsores de lapropuestas y otras personas como juristas, expertos, afectados, etc.

En el plazo máximo de un mes, el grupo de trabajo propone una formulaciónconcreta final. Si no hubiera consenso para la formulación final, el grupo promotorpresentará su propuesta, y desde el grupo de trabajo se podrá presentar otra propuestaalternativa.

Fase 4. Votación final: el paso a la acción.

Concluida la fase 3, se harán públicas las propuestas ya desarrolladas en susformulaciones finales y se abrirá el proceso de votación a través de la plataforma segurade voto. Es tarea del Consejo Ciudadano garantizar la difusión pública suficiente paraasegurar la máxima participación posible así como habilitar todos los medios técnicospara asegurar el correcto desarrollo de las votaciones.

Si en la votación se aprueba por mayoría simple, la propuesta pasará a ejecutarseexactamente de la forma en la que está formulada. La votación se realizará por votodirecto. Sólo otra decisión votada directamente por la gente a través de las mismas fasespodrá modificar en una ocasión posterior lo aprobado (asegurando que mecanismosindirectos no modifiquen estas decisiones). Las propuestas de carácter programáticoserán subidas al mapa de necesidades y cada inscrito en Recuperem Martorell, en sucuenta personal podrá ordenar esta nueva necesidad en su ordenación de preferenciaspersonal.

La confección de un buen mapa de necesidades, ordenado siguiendo criterios demaximización del bien común, es fundamental. Ya que este proceso de consulta, tienecomo objetivo la priorización de las políticas municipales y el objetivo de los presupuestos

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municipales disponibles.

B) ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA:

Fase 1. Solicitud de Asamblea General Extraordinaria.

Cualquier persona, asociación o grupo de trabajo puede solicitar la convocatoria deuna Asamblea General Extraordinaria.

Las propuestas deberán ser promovidas al menos por el 25% de los inscritos enRecuperem Martorell además de por los mecanismos recogidos en el artículo 14.

En ningún caso podrá transcurrir menos de 3 meses entre Asambleas CiudadanasGenerales Extraordinarias.

Fase 2. Recogida de apoyos

Todas las propuestas que consigan un 10% de los apoyos de su asamblea, seincluirán en la página web de la plataforma. Una vez subidas a la web quedarán listadaspara que cualquier persona inscrita en Recuperem Martorell pueda apoyarlas de un modoseguro a través de su código estable de votación.

Las propuestas que, en el plazo de 3 meses, obtengan el apoyo de un 25% de losinscritos serán sometidas a votación, las que no lo obtengan serán descartadas.

Fase 3. Votación.

El Consejo Ciudadano se encargará de poner en marcha el proceso de votacióncorrespondiente garantizando la difusión pública suficiente para asegurar la máximaparticipación posible así como habilitar todos los medios técnicos para asegurar elcorrecto desarrollo de las votaciones.

La votación se realizará por voto directo y de un modo seguro a través del códigoestable de votación.

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ANEXO II: CÓDIGO ÉTICO

PREÁMBULO

La pertenencia a RECUPEREM MARTORELL implica un compromiso ético con losvalores centrales de la iniciativa que deberá ser suscrito por todas las personas quequieran participar en ella.

RECUPEREM MARTORELL nace como herramienta para la participación ciudadanay la unidad popular. Aspiramos a recuperar la política para ponerla al servicio de laspersonas. RECUPEREM MARTORELL es un método: la democracia. Promovemos laparticipación democrática directa de todas las personas en los ámbitos de la decisiónpolítica, así como en la ejecución de las políticas públicas.

Es por esto que ponemos el acento en el método y lo hacemos inspirados en unmodelo de éxito, la democracia participativa Ateniense. Fueron los Atenienses los quesupieron ver y demostrar al mundo, antes que ningún otro pueblo, la estabilidad yeficiencia en la gestión de los recursos que proporciona la gestión de estos por parte de laciudadanía, bajo criterios de transparencia y control.

Esta eficiencia y eficacia que reside en el poder de la ciudadanía gobernando para elbien común, dotaron al pueblo ateniense de la estabilidad suficiente para florecer durantecasi tres siglos. Fue la voluntad de conservar sus instituciones democráticas, la que lesllevo a librar junto con esparta y otras ciudades estado helénicas, las guerras médicascontra el imperio persa. Guerras popularizadas por la batalla de las Termópilas y enconcreto, por la película 300.

Por suerte para el turismo y las gentes de Martorell, entre los problemas importantesa solucionar en Martorell, no se encuentra el defender la Vila del avance del imperioPersa, pero si existe un gran número de necesidades que satisfacer con unos recursoscada vez más menguantes. Es por esto, que de entre todas las necesidades que presentaMartorell, la más urgente es la de disponer de unos mecanismos que permitan a laciudadanía recuperar su soberanía y contar con unos representantes públicos al serviciode la mayoría. De este germen nace RECUPEREM MARTORELL.

Los demócratas ilustrados, provenientes de la aristocracia y temerosos de que elpueblo les expropiase de sus posesiones, utilizaron el ideal democrático para canalizar laira y frustración de la población, ante la creciente desigualdad social que caracterizo elsiglo XVIII. Fue por este motivo que crearon a la casta política y estos se encargaron dehacer creer a las personas humildes, que solo hombres como el legendario Leonidas erancapaces de liderar a las masas hacia buen puerto, mutilando la democracia participativa yreduciéndola a una democracia representativa donde la opinión de la mayoría cuenta muy

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poco a la hora de decidir sobre las políticas que nos afectan a todos.

Los atenienses comprendieron hace 2.500 años, que solo puede existir democraciacuando existen las condiciones de control y transparencia que permitan garantizar que lasdecisiones alcanzadas por la asamblea y que emanan de la inteligencia colectiva de esta,se ejecuten libres de influencias partidistas o intereses ocultos. En esto reside laeficiencia, eficacia y la auténtica fuerza de la democracia directa.

Tan seguros estaban los Atenienses de sus sistemas de control y transparenciademocrático, que elegían a sus representantes por sorteo. No es que los atenienses noles preocupase que pudiese resultar elegida una persona incompetente, sabían que si sedaba este caso, la asamblea lo detectaría y lo revocaría su cargo.

Las gentes de Atenas comprendieron para poder hablar de democracia, las políticasdebían ser decididas por la ciudadanía después de un proceso de debate y deliberación.Entendieron que una vez hecha esta tarea, lo importante no era elegir al responsable deejecutarla. Lo realmente importante era establecer los mecanismos de control, rendiciónde cuentas y revocación, para garantizar que los representantes elegidos por laasamblea, ejecuten las tareas que esta les ha encomendado.

RECUPEREM MARTORELL implementa los mecanismos de control, rendición decuentas y revocación necesarios para garantizar que sus representantes estén sujetos alas decisiones de la asamblea, además de un código ético que garantice un correctofuncionamiento de las asambleas, órganos ejecutivos y de representación, libre deelementos disruptivos que en su motivación, poco o nada tengan que ver con el ADN deRecuperem Martorell.

Como persona integrante de RECUPEREM MARTORELL me comprometo a:

I. Defender la aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos enlos ámbitos social, político e institucional de nuestra sociedad, avanzando hacia laresolución pacífica de los conflictos.

II. Promover la participación directa e igual de toda la ciudadanía en los espaciosde adopción de decisiones y en los ámbitos de ejecución de las políticas públicas.

III. Trabajar a favor de la recuperación de la soberanía popular y democrática.

IV. Promover la igualdad tanto en la sociedad como dentro de Recuperem Martorell,luchando contra toda forma de racismo, de xenofobia, de machismo o de exclusión poridentidad de género u orientación sexual. Además se deberá promover la participaciónpolítica de las mujeres en Recuperem Martorell y comprometerse con incluir en losreglamentos de cada espacio la necesidad de habilitar guarderías en los actos y

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asambleas de la organización.

V. Velar para que la participación en Recuperem Martorell sea siempre libre,voluntaria y abierta a todas las personas que, sin distinción de su estatus civil o social,comparten la defensa de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el métododemocrático de participación ciudadana y directa.

VI. Debatir con honestidad todas las opiniones y respetar a todas las personas conindependencia de cuáles sean sus pareceres, fomentando el diálogo y la búsqueda deconsenso.

VII. Exigir y respetar que la elección de candidatos o candidatas a cualquierinstitución de representación política (Edil, Concejales) se lleve a cabo medianteelecciones primarias abiertas a toda la ciudadanía, con listas abiertas sólo corregiblesmediante criterios de género y lo dispuesto en el punto 3.1 del Anexo IV. Rechazar eltransfuguismo y velar para que ningún cargo electo pueda formar parte de RecuperemMartorell si previamente no ha sido elegido para desempeñar tal función en un proceso deprimarias abiertas y participadas por toda la ciudadanía.

VIII. Exigir y respetar que cualquier pacto previo o posterior a las elecciones concualquier otra formación política sea sometido a la aprobación democrática mediante laconsulta abierta a toda la ciudadanía.

IX. Exigir y respetar que cualquier cargo electo sea un mero representante obligadoa vincular sus decisiones al método abierto y democrático de participación a lo largo detodo su mandato.

X. Impedir que Recuperem Martorell en su gestión económica participe de productosbancarios de financiación de instituciones basadas en el lucro. Se excluye expresamentela posibilidad, por tanto, de financiación bancaria en este sentido.

XI. Construir Recuperem Martorell como plataforma para garantizar que la políticadeja de ser un espacio al servicio de intereses privados, para lo cual TODOS LOS

CARGOS ELECTOS Y CARGOS INTERNOS DE RECUPEREM MARTORELL ACEPTARÁN:

a) La limitación salarial que se establezca con carácter general para cada nivel derepresentación, asumiendo la total transparencia de sus ingresos por cualquier concepto yla obligación de rendir cuentas públicas y asumir la gestión transparente de su patrimonio.

b) La limitación que se establezca con carácter general sobre el número defunciones públicas que pueda desempeñar una única persona y a recibir un único salariopor las mismas, salvo que sumen menos de tres salarios mínimos.

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c) La renuncia a cualquier privilegio jurídico o material derivado de forma directa dela condición de representante, proveyendo desde la responsabilidad del cargo públicoevitar el acogimiento a cualquier figura de aforamiento judicial.

d) El compromiso de transparencia y la rendición de cuentas a lo largo y al final desu actividad como representante.

e) El compromiso de inhibirse en la toma de decisiones y de abstenerse de optar acargos electos con el objetivo de representar intereses personales, económicos o políticosajenos a los que correspondan en cada caso al cargo electo en cuestión.

f) Asumir la imposibilidad de ocupar el acceso después de asumir cargos públicos ala empresa privada cuya actividad haya o hubiera tenido conexión de intereses en sustareas como representante, con prohibición expresa de asumir durante 10 añosresponsabilidades ejecutivas en empresas conexas con sus responsabilidades, y nuncacomo miembros en Consejos de Administración de empresas que actúen en sectoresestratégicos o de relevancia económica nacional, así como proveer efectivamente noacogerse a ningún beneficio fiscal que pudiera derivarse de la actuación de cargo público.

g) El compromiso de renuncia al cargo público, interno del partido o a cualquiercandidatura a los mismos en caso de ser procesado o condenado por las faltas y delitosque se determinarán en el Reglamento al efecto que habrá de publicar la Comisión deDerechos y Garantías, y que en cualquier caso incluirán siempre los delitos de corrupción,económicos, acoso sexual, violencia de género, pederastia y maltrato infantil, contra losderechos de los trabajadores, ecológicos y urbanísticos.

h) Evitar la contratación pública con empresas en las que el miembro de RecuperemMartorell o sus familiares puedan tener algún tipo de interés económico.

i) Limitación de mandatos asumiendo la limitación de cargos públicos a una duraciónde ocho años, que pudiera prorrogarse excepcionalmente a un máximo de 12 años.

j) Impulsar el laicismo, promoviendo un sistema democrático fundado en la libertadde conciencia, sin apoyar ningún culto o religión.

XII. Además, todas las personas titulares de CARGOS DESIGNADOS PORRECUPEREM MARTORELL en cualquier órgano de las ADMINISTRACIONESPÚBLICAS o de cualesquiera de sus ENTES INSTRUMENTALES deberán aceptar:

a) Desempeñar con lealtad a la ciudadanía, sencillez, moralidad y transparencia lospuestos para los que hayan sido designados, velando por el buen uso de los bienespúblicos y por una gestión de los recursos públicos basada en principios de eficiencia,equidad y eficacia.

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b) A no tener ningún privilegio jurídico o material derivado de forma directa de lacondición de representantes proveyendo desde la responsabilidad del cargo público evitarel acogimiento a cualquier figura de aforamiento judicial.

c) La limitación salarial que se establezca con carácter general para cada nivel deresponsabilidad, sin que pueda superarse en ningún caso el sueldo más alto establecidopara el nivel del grupo funcionarial o laboral para el que estén capacitados en función deltítulo exigido para el ingreso (A1, A2, B, C1 y C2) en cada Administración Pública, salvoen lo concerniente a las cotizaciones por desempleo

d) A renunciar en las Administraciones y Empresas Públicas a percibir un salariosuperior a los recogidos en el convenio colectivo o en el régimen retributivo del resto depersonas empleadas sin percepción de complementos o conceptos retributivos diferentes.No habrá privilegios de ningún tipo, solamente los derechos

derivados el Convenio Colectivo que les será íntegramente de aplicación.

e) A no cobrar sueldos o remuneraciones, cualquiera que sea su denominación, porla pertenencia a los Consejos de Administración de ningún Ente u Organismo Público,derivada del ejercicio de sus funciones públicas.

f) A renunciar a cualquier plan o fondo de pensión que la Administración Públicarespectiva pudiese haber contratado al margen de los que tengan derechos losempleados públicos. No habrá más derechos en materia de jubilación con cargo a losfondos públicos que los establecidos en la Seguridad Social, en Clases Pasivas delEstado o aquellos que la Administración Pública tenga contratados para sus empleadospúblicos.

g) A no realizar gastos superfluos de los fondos públicos, moderar los costes detransporte y alojamiento ajustándose a las dietas e indemnizaciones establecidas para elpersonal funcionario o laboral. En caso de necesitar indemnizaciones por razón dedesplazamiento, alojamiento o manutención, no podrán superar las establecidasnormativamente para el personal funcionario o laboral ni, en el caso de empresas públicasy organismos asimilados, las que cobra el personal de los mismos por ConvenioColectivo. Renunciarán a las dietas de altos cargos de la Administración.

h) A no percibir ninguna remuneración ni cesantías de ningún tipo una vez finalizadasu designación en el cargo. Quienes con anterioridad al cargo fueran titulares de unempleo público serán repuestas con carácter definitivo en el último puesto del que fuerantitulares definitivos u otro puesto equivalente en términos de salario, dedicación, área deactividad y localidad, debiendo incorporarse a ellos en los plazos previstos para la tomade posesión en los procesos de provisión de puestos de trabajo. Quienes no fuerantitulares de un empleo público cobrarán la prestación por desempleo que les corresponda.

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i) Las personas titulares de altos cargos renunciarán a la asignación de vehículooficial de carácter permanente excepto cuando los cuerpos de seguridad del Estado así lorecomienden expresamente por razones de protección personal. En cualquier otro caso,el uso de vehículos oficiales sólo podrá hacerse cuando sea imprescindible para elservicio público, en la forma y condiciones similares a las del resto del personal y enningún caso se utilizarán para desplazarse al domicilio propio o familiar u otros usos novinculados con lo estrictamente necesario para el ejercicio de las funciones públicas. En loposible darán ejemplo con el uso de medios de transporte colectivo u otros medios detransporte respetuosos con el medio ambiente.

j) A no percibir cobro en especie de ningún tipo y en especial a la percepción deayudas al alquiler cuando estos tengan residencia continuada-bien por alquiler o compra-en la localidad o alrededores donde se encuentre la sede en la que ejerzan sus funcionespúblicas. En el caso de que no tuvieran residencia en la localidad del centro de trabajo ytuvieran que percibir ayuda, el montante será justificado y la vivienda será digna yadecuada a las necesidades de su familia.

k) Respetar el deber de abstención previsto en la legislación vigente.

l) Los cargos públicos designados por RECUPEREM MARTORELL se comprometena la democratización del ejercicio de sus funciones, a dar un trato humano y digno a laciudadanía, especialmente con quienes tengan menos recursos económicos, sociales oculturales y a escuchar a todas las personas que lo soliciten, sin que tal obligación puedaser delegada al personal bajo su dependencia.

m) Las personas titulares de cargos públicos procurarán la participación del personalen el desempeño de su misión, su empoderamiento y la mejora de la organización públicaa su cargo, fomentando la asunción de responsabilidades y proporcionandoreconocimiento público al personal a su cargo por el buen desarrollo de sus funciones. Secomprometen a evaluar de forma objetiva el desempeño del personal a su cargo, acombatir cualquier forma de discriminación y a perseguir el acoso laboral. Promoverán lamejora del clima laboral, la prevención de riesgos laborales en su ámbito, la mejora de lascondiciones de trabajo y el respeto medioambiental.

Promoverán la cultura de mejora de la gestión pública orientada a la ciudadanía,fijarán la misión de la organización a su cargo de acuerdo con los planes y programasprevistos y difundirán los valores éticos y democráticos para su logro, persiguiendo confirmeza cualquier signo o indicio de fraude o corrupción. Periódicamente se someterán aevaluaciones de gestión y liderazgo.

n) A crear y facilitar en la áreas de trabajo que tengan bajo su responsabilidad unclima y una cultura administrativa de transparencia, rendición de cuentas y puertasabiertas a la ciudadanía rechazando comportamientos autoritarios y no democráticos.

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SUSCRIBO este compromiso en libertad, entendiendo todos y cada uno de lospuntos que aquí se señalan y asumiendo sus defensa como mejor garantía para laconstrucción de una sociedad más justa en la que todas las personas seamos más libres.

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ANEXO III: FINANCIACIÓN

1. INTRODUCCIÓN

Nuestro objetivo es el de ser capaz de publicar las cuentas claras, distribuyendo lagestión solidariamente y cumpliendo todas las obligaciones legales y los compromisosque ha adquirido RECUPEREM MARTORELL sobre transparencia e independenciafinanciera.

Somos conscientes de la altura del desafío y de que es inadmisible cometer ningúnerror que nos haga perder la confianza de la gente. El compromiso de tener una gestiónlimpia y transparente es un objetivo irrenunciable y tenemos la responsabilidad históricade demostrar que sí se puede gestionar una organización de forma limpia, responsable ytransparente.

Nos parece importante señalar no solo los principios de la gestión financiera, sinotambién una hoja de ruta para alcanzar nuestros objetivos, orientada a asegurar elmáximo rigor en el cumplimiento de las obligaciones legales y la implementación demecanismos efectivos de control interno.

La comisión de finanzas desarrollará en colaboración con los responsables definanzas de las diferentes asociaciones o colectivos integrantes de Recuperem Martorelllos reglamentos internos y protocolos necesarios para cumplir el mandato resultante de laAsamblea Ciudadana.

2. PROTOCOLO

2.1. OBJETIVOS POLÍTICOS: TRANSPARENCIA, INDEPENDENCIA Y PARTICIPACIÓN

Transparencia y gestión responsable

La corrupción estructural se ha enquistado en las instituciones y empresas públicas.La ciudadanía anhela no un rejuvenecimiento superficial sino una nueva forma de hacerlas cosas. La lógica de desconfianza existente hacia la clase política exige uncomportamiento ejemplar.

La publicación de nuestras cuentas con todo detalle y el derecho de cualquiermiembro de RECUPEREM MARTORELL a acceder a cualquier documento económicopermite un control continuo y compartido por la ciudadanía. Estos mecanismos inhibenposibles comportamientos impropios y nos ayuda a optimizar los recursos, situándonoscomo punta de lanza en la reivindicación de transparencia financiera y aplicando de formadidáctica fórmulas de auditoría ciudadana. Tenemos la obligación de empezar a construir

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alternativas viables que prefiguren las reglas del futuro.

Para convertir RECUPEREM MARTORELL en una fuerza transformadora es crucialque trascendamos el discurso vacuo de la transparencia y la convirtamos en unarealidad tangible con un potencial pedagógico hacia dentro y hacia fuera. Latransparencia y la participación son las condiciones necesarias para construir unaorganización informada y empoderada. De esta forma las personas que lleguen a ejercercargos y funciones dentro de RECUPEREM MARTORELL deberán interiorizar que asumirresponsabilidades políticas conlleva la obligación de rendir cuentas a todos los niveles.

Independencia financiera

Jugamos en campo contrario. Las reglas de juego son a la vez la causa y elresultado de la perpetuación de una oligarquía de partidos cuya principal preocupación esproteger sus intereses. Cuando renunciamos a financiarnos mediante créditos bancariosimpugnamos un sistema de financiación de partidos que empuja al endeudamiento de lospartidos con la banca. Por otro lado, la excesiva dependencia de fondos públicos hallevado a los partidos del régimen del 78 al alejamiento de sus bases, y ha facilitado lafosilización de extensas burocracias y redes clientelares. Igualmente, la sociedad siguesin conocer quienes son los principales donantes de los partidos políticos y las posiblesrelaciones de dependencia de los partidos hacia ellos.

En este sentido, proponemos ir más allá de la próxima reforma de la ley definanciación de partidos para reivindicar un mayor control sobre la gestión financiera delos partidos políticos y convertirnos en punta de lanza de esta reivindicación.

Se operará bajo el principio de responsabilidad, comprometiéndonos con laausteridad en el gasto de recursos colectivos. La gestión de RECUPEREM MARTORELLha de ser sobria y equilibrada. Los gastos se presupuestarán en función de los ingresos

Para cumplir con los principios reflejados en los párrafos anteriores planteamos laimplementación de las siguientes medidas.

RECUPEREM MARTORELL no se financiará mediante créditos bancarios.Estudiaremos la posibilidad de habilitar fórmulas de financiación no bancaria a través demicrocréditos personales o bonos para financiar campañas electorales siempre que seancompatibles con el compromiso de ser financiado exclusivamente por la gente. En ningúncaso RECUPEREM MARTORELL contraerá deudas por un valor superior al 20% de supresupuesto anual.

RECUPEREM MARTORELL evitará, en la medida de lo posible, depender de lassubvenciones públicas para su funcionamiento y hará un uso responsable de aquellas delas que pudiera ser perceptor, pudiendo donar parte de las mismas a proyectos sociales

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externos.

Apostamos decididamente por ampliar la base de colaboradores económicos ydonantes para asegurar un flujo constante de ingresos, evitando la dependencia degrandes donantes. Limitaremos las donaciones máximas a 10.000€ por año y persona, aexcepción de las de los cargos electos de RECUPEREM MARTORELL, y publicaremoslos nombres de todos los donantes de más de 5.000 € respetando la LOPD.

Participación y apertura a la sociedad

RECUPEREM MARTORELL debe estar abierto a la sociedad y contribuir a latransformación social más allá de las instituciones.

Desarrollaremos un tejido económico local que fomente el anclaje al territoriomultiplicando los espacios de encuentro y permitiendo la diversificación de las fuentes deingresos. Así mismo, RECUPEREM MARTORELL contribuirá a la financiación deproyectos con valor social aplicando sistemas de presupuestación participativa.

RECUPEREM MARTORELL apoyará la economía social y colaborativa y promoveráel respeto al medio ambiente en su política de compras. RECUPEREM MARTORELLfavorecerá el uso de código libre y los sistemas open data en la gestión financiera.

2.2. ESTRUCTURA FINANCIERA MUNICIPAL

El Consejo Ciudadano elegirá a un responsable financiero y se coordinará con laComisión de Finanzas y los diferentes responsables financieros de las organizacionesintegrantes de RECUPEREM MARTORELL.

La comisión de finanzas o en su defecto el responsable electo por la asambleaciudadana, se encargarán de velar por el cumplimiento de los principios y requisitos detransparencia. Las comisión de finanzas podrá contar con una estructura administrativaque le permita apoyar en las labores contables a las organizaciones de la plataforma.

El responsable financiero se encargará de la canalización y control financiero de laparte del presupuesto asignado a las actividades de las organizaciones que formanRECUPEREM MARTORELL.

También será función de los responsable de finanzas:

• Gestionar presupuestos participativos para proyectos sociales si se asignan fondosa tal efecto.

• Garantizar el apoyo necesario a las estructuras internas de RECUPEREMMARTORELL en el desarrollo de sus actividades.

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• Las comisiones de finanzas realizará la función de fiscalización económica de losrepresentantes y cargos electos de RECUPEREM MARTORELL, encargándose dela publicación de su patrimonio, ingresos y gastos.

Los ingresos de RECUPEREM MARTORELL provendrá de las aportaciones de lossimpatizantes y las diversas organizaciones que componen RECUPEREM MARTORELL.Quedan abiertas otras vías de financiación siempre y cuando no contravengan loexpresado en este documento y sean aprobadas por la asamblea.

RECUPEREM MARTORELL podrá gestionar espacios abiertos a la ciudadanía enlos que se desarrolle actividad económica, cuyo funcionamiento se establecerá en unprotocolo específico.

3. PERSONAL AL SERVICIO DE RECUPEREM MARTORELL

En función de los recursos económicos, para el desarrollo de tareas o funciones querequieran una dedicación especial se contratará a personal específico.

Las contrataciones de personas para realizar determinadas tareas o funciones y losasistentes de los cargos públicos electos se realizarán siguiendo los principios generalesde RECUPEREM MARTORELL. Las contrataciones las aprobará el respectivo ConsejoCiudadano.

Las personas contratadas por RECUPEREM MARTORELL para realizar trabajosdeterminados en función de proyectos o programas específicos se regirán por las leyeslaborales y los Convenios Colectivos que en su caso les sean aplicables.

El personal contratado y los asistentes de los cargos públicos electos estaránsujetos a los compromisos éticos aprobados en los estatutos de RECUPEREMMARTORELL. Se establecerá un tope salarial en el triple del salario mínimointerprofesional y un tiempo máximo que una persona podrá estar contratada. Asimismo,anualmente la comisión de finanzas presentará una declaración de patrimonio personal yactividades económicas no relacionadas con RECUPEREM MARTORELL.

El Consejo Ciudadano elaborará un reglamento que regulará, en el marco de estosprincipios, las contrataciones de personas. En el mismo se definirán y clasificarán los tiposde contratación, las categorías y tablas salariales, así como los derechos y obligacionesde las partes, garantizando una escala salarial igualitaria. Este Reglamento desarrollarálos procesos públicos de selección en los que se tengan en cuenta los principios deigualdad, mérito y capacidad, siendo abiertas a cualquier ciudadano independientementede su participación o no en RECUPEREM MARTORELL.

2.4. POLÍTICA DE COMPRA A PROVEEDORES

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RECUPEREM MARTORELL llevará un registro de proveedores, sean personasfísicas o jurídicas, que hayan suministrado bienes o servicios a RECUPEREMMARTORELL. Los proveedores deberán remitir las facturas, y/o la documentaciónmercantil exigida por la normativa vigente en cada momento, pero en ningún caso mástarde de los 30 días siguientes a la confirmación de la entrega del bien o servicioprestado.

Todas las cantidades pendientes de cobro deberán satisfacerse en un plazo máximode 30 días desde la recepción de la factura o solicitud de pago equivalente, salvo cuandodichos documentos se hayan recibido antes de la entrega de los productos o de laprestación del servicio, en cuyo caso el plazo de 30 días se computará desde la fechaefectiva de la entrega.

3. ARTICULADO

Artículo 1. Transparencia e independencia financiera

• Los principios regidores de las finanzas de RECUPEREM MARTORELL serán latransparencia y la independencia.

• RECUPEREM MARTORELL funcionará con criterios de transparencia financiera yrendimiento de cuentas, respetando los siguientes preceptos en todos los niveles deorganizativos:

• RECUPEREM MARTORELL hará pública la información económica buscando lamayor accesibilidad, difusión y regularidad, haciendo uso de las nuevas tecnologías.

• La Plataforma llevará, además del Libro de Afiliados, de Actas, de Contabilidad,de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo momento conocer susituación financiera. Se realizarán informes de transparencia detallados con unaperiodicidad trimestral y se publicará memoria anual.

• RECUPEREM MARTORELL asume que la información económica es pública ypublicable, a excepción de aquellos datos de carácter personal que por motivos delegislación relativa a la protección de datos no se puedan hacer públicos.

• RECUPEREM MARTORELL consolidará las cuentas de todos los ámbitosterritoriales y de las entidades vinculadas que sean validadas administrativamente porparte de los consejos ciudadanos competentes.

• RECUPEREM MARTORELL aplicará los criterios de independencia financierarespetando los siguientes elementos:

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• RECUPEREM MARTORELL no contraerá deudas con entidadesbancarias y para sus cuentas corrientes primará siempre el uso debanca ética y/o cooperativa.

• Las donaciones estarán limitadas a un máximo de 10.000€ por año ypersona, a excepción de las de los cargos electos de RECUPEREMMARTORELL. Se publicarán los nombres de todos los donantes demás de 5.000€ respetando la LOPD.

Articulo 2. Transparencia interna

Cualquier miembro de RECUPEREM MARTORELL tendrá derecho a acceder atodos los documentos económicos en posesión del partido, con la única limitación de locontenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Artículo 3. Presupuesto para cada ejercicio económico.

El órgano ejecutivo emanado del consejo ciudadano presentará con periodicidadanual, a propuesta de la Comisión de Finanzas el presupuesto del próximo ejercicio, queincluirá al menos las siguientes partidas:

- Asignación estatal y autonómica.

- Fondo destinado a la actividad de RECUPEREM MARTORELL

- Fondo electoral

- Fondo participativo social y de solidaridad.

Dicho presupuesto deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano con anterioridadal inicio del ejercicio económico.

Finalizado el Ejercicio Económico, el organismo ejecutivo emanado del consejociudadano elevará un informe sobre la ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano,el cual aprobará o denegará dicha ejecución.

Artículo 4. La Comisión de Finanzas

El Consejo Ciudadano municipal, elegirá al menos a un responsable financiero y uninterventor que formarán parte de la Comisión de Finanzas correspondiente. La Comisiónde Finanzas se coordinará con los diferentes colectivos que integran RECUPEREMMARTORELL para garantizar la participación de todos los niveles en las decisiones queles incumben.

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Artículo 5. El Responsable Financiero

El responsable financiero será el encargado de coordinar la comisión de finanzas. Elresponsable financiero se responsabilizará de la gestión diaria de las finanzas de formadiligente y de acuerdo a los principios, regulaciones y protocolos.

El responsable financiero presentará el informe anual ante la Asamblea Ciudadana yel Consejo Ciudadano. Las Cuentas Anuales serán firmadas por el responsable financierojunto con al menos un responsable político. El responsable financiero será responsable decualquier obligación legal atribuida al tesorero recogida en la L.O. 8/2007 o sus revisionesposteriores.

Artículo 6. El Interventor.

El interventor deberá mantener un control permanente sobre la gestión económica yasegurará el sistema de controles internos y externos de las estructuras, pudiendo actuarde oficio sobre cualquiera de los órganos con capacidad económica bajo su supervisión.

El interventor podrá retirar las competencias financieras de oficio a los órganos concapacidad económica o a sus responsables financieros por medio de una comunicaciónescrita y razonada a la Comisión de Garantías Democráticas, que arbitrará cualquierprocedimiento abierto de sanción o expulsión.

Artículo 7. Fuentes de Financiación

Los recursos económicos de RECUPEREM MARTORELL estarán constituidos por:

Recursos procedentes de la financiación privada:

• Las colaboraciones y aportaciones de colaboradores/as de RECUPEREMMARTORELL.

• Los recursos procedentes de las actividades propias de RECUPEREMMARTORELL y de sus actividades promocionales.

• Las donaciones en dinero, en particular los sistemas de crowdfunding.

• Las donaciones en especie que serán contabilizadas por su precio real estimado ode mercado y que estarán sujetas a los mismo límites que las donacionesdinerarias.

• Los rendimientos procedentes de la gestión del patrimonio si los hubiera y lasherencias o legados que reciban.

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Recursos procedentes de la financiación pública (pendiente de revisión):

• Las subvenciones públicas para gastos electorales, en los términos previstos en laLey Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General y en la legislación reguladorade los procesos electorales de las Asambleas Legislativas de las ComunidadesAutónomas y de las Juntas Generales de los Territorios Históricos vascos.

• Las subvenciones estatales anuales para gastos de funcionamiento, reguladas endicha Ley.

• Las subvenciones anuales que las Comunidades Autónomas establezcan paragastos de funcionamiento en el ámbito autonómico correspondiente, así como lasotorgadas por los Territorios Históricos vascos y, en su caso, por las CorporacionesLocales.

• Las subvenciones extraordinarias para realizar campañas de propaganda quepuedan establecerse en la Ley Orgánica reguladora de las distintas modalidadesde referéndum.

• Las aportaciones que en su caso los partidos políticos puedan recibir de los GruposParlamentarios de las Cámaras de las Cortes Generales, de las AsambleasLegislativas de las Comunidades Autónomas, de las Juntas Generales de losTerritorios Históricos vascos y de los grupos de representantes en los órganos delas Administraciones Locales.

Financiación crediticia:

RECUPEREM MARTORELL no se financiará mediante créditos bancarios

Artículo 8. Organización y control

Para formalizar y operar económicamente como RECUPEREM MARTORELL, senecesitará la autorización del Consejo Ciudadano Municipal. Esta decisión se basaráexclusivamente en la capacidad de tener una estructura suficiente para operar, de talmanera que se garantice el cumplimiento con las obligaciones contables, fiscales y derendición de cuentas.

RECUPEREM MARTORELL podrá realizar actividad económica mediante laapertura de asociaciones validadas por el Consejo Ciudadano Municipal siguiendo loscriterios establecidos por la Comisión de Finanzas. Las actividades económicas de lasasociaciones cumplirán los principios de transparencia e independencia económica querigen RECUPEREM MARTORELL y estarán sujetas a una supervisión autonómica y alcumplimiento de todas las obligaciones legales y contables.

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ANEXO IV: REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEÓRGANOS INTERNOS

1. COMPOSICIÓN DE LAS LISTAS

1.1 PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Los candidatos y candidatas a los órganos internos de RECUPEREM MARTORELLserán elegidos por los/as ciudadanos/as inscritos en RECUPEREM MARTORELL, deforma directa y libre con su voto.

Los ciudadanos y ciudadanas inscritos que decidan agruparse en listas podránhacerlo. No obstante, éstas serán abiertas, es decir, los electores podrán desmarcar omarcar nominalmente cada candidato/a libremente. Los ciudadanos y ciudadanas podránoptar también por presentarse individualmente.

1.2 SUFRAGIO PASIVO

Para ser elegible cualquier persona o lista avalada por RECUPEREM MARTORELLdeberá cumplir con lo establecido en los documentos organizativos de la Plataforma. Estaobligación se define especialmente en lo relativo a los Principios Éticos.

No podrá ser proclamado ningún candidato que incumpla alguna de lasdisposiciones del documento de Principios Éticos ni de sus reglamentos de desarrollo,siempre que hayan sido aprobados con fecha anterior al inicio del proceso de votaciones.

En caso de que posteriormente a la proclamación la Comisión de Garantíascompruebe el incumplimiento de algunas de las disposiciones del Documento dePrincipios Éticos el miembro electo será removido de su cargo y se procederá a unanueva elección.

Se considerarán en particular motivos de exclusión inmediata cualquier tipo decomportamiento orientado a menoscabar infundadamente la reputación de un/acandidato/a así como cualquier comportamiento xenófobo, homófobo, insultante o violentoacreditado en entornos de deliberación o debate de RECUPEREM MARTORELL.

Corresponderá a la Comisión de Garantías Democráticas la tarea de garantizar laobservancia de lo dispuesto en este artículo.

1.3 EQUILIBRIO DE GÉNERO

La proporción de personas electas de forma directa para los órganos internos deRecuperem Martorell debe mantener un equilibrio de género entre hombres y mujeres,

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siendo éste el único criterio de corrección que se aplicará a los resultados.

2. ÓRGANO DE CONTROL Y ARBITRAJE DEL PROCESO

Para garantizar el buen funcionamiento del proceso, la comisión electoral será laencargada de velar por el cumplimiento de este Reglamento y por su concordancia conlos principios políticos y organizativos establecidos por la Asamblea.

Las votaciones, serán auditadas por autoridades independientes que velarán por latransparencia del proceso.

Será la comisión electoral quien actuará como árbitro en la resolución de conflictos.

3. LISTAS DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS

3.1 QUIÉN PUEDE SER CANDIDATO/A

Toda persona inscrita en Recuperem Martorell puede presentarse siempre quecumpla, a fecha 31 de enero y en adelante, con el Código Ético aprobado en la AsambleaCiudadana.

Las asociaciones políticas o civiles con representación en el ayuntamiento, podránpresentar un número máximo de candidatos/as al proceso de primarias superior enuno, al número de regidores con los que actualmente cuenta en el ayuntamiento.

Las asociaciones políticas o civiles sin representación en el ayuntamiento, podránpresentar tantos candidatos/as como deseen al proceso de primarias, quedando limitadoel número de candidatos que pueden presentar a la candidatura municipalista en unnúmero máximo de uno.

3.2 TIPOS DE CANDIDATURAS

La forma de presentarse puede ser individualmente o en forma de lista que no seránecesariamente completa. Las listas serán abiertas.

Para el Consejo Ciudadano, las listas pueden comprender desde 1 hasta 21candidatos, que es el número total de personas correspondiente al consejo ciudadano.Todos los candidatos, en el caso de ser elegidos, deberán asumir el compromiso de velarpor la ejecución de los acuerdos alcanzados en la asamblea ciudadana, así como elprograma político que emane de ella.

3.3 OBTENCIÓN DE AVALES

Los equipos/listas o candidaturas individuales han de solicitar el aval de Recuperem

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Martorell. Recuperem Martorell puede avalar tantos candidatos/as como desee.

La asamblea convocada a tal efecto ha de ser anunciada con antelación, siguiendoel procedimiento habitual.

Recuperem Martorell es el garante de la superación de los requisitos mínimos delos/las candidatas y las listas.

En este sentido sólo podrán denegar el aval a una lista en los casos en los que:

a) Alguno/a de sus miembros incumpla con el Código Ético de Recuperem Martorell

b) No se garantice que al menos un 10% de los/las miembros de la lista hayanparticipado en las asambleas de Recuperem Martorell.

En caso de denegación, los miembros de la lista a los que se le denegó el avalpodrán recurrir a la Comisión de Garantías Democráticas para la resolución del diferendo.Será esta quien tratará de urgencia el caso resolviendo restituir el aval de la candidaturasi esta demuestra no incumplir ninguno de los puntos reseñados en el párrafo anterior.

En el caso de denegaciones abiertamente arbitrarias o avales a listas abiertamenteincumplidoras, la Comisión de Garantías podrá actuar de oficio y incorporar esteexpediente para su consideración en el proceso de validación de avales de RecuperemMartorell.

La Comisión de Garantías podrá actuar de oficio en cualquier momento anterior oposterior al proceso de elección de órganos, especialmente en lo tocante alincumplimiento del Código Ético y coherencia de los documentos programáticosaprobados en la Asamblea Ciudadana de Recuperem Martorell. Este último caso podrádar lugar a la suspensión de los órganos municipales y la convocatoria de un nuevoproceso de elección de estos.

3.4 PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

La presentación formal de las candidaturas se hará por medio de un formulario queel comisión electoral transigtoria habilitará en la página web de Reuperem Martorell. Dichoformulario, que deberá ser cumplimentado debidamente, requerirá adjuntar el acta de lareunión en la que se avala la candidatura (formato PDF). En caso de que se produjeraalgún problema informático a la hora de enviar el formulario, se deberá comunicar porcorreo, adjuntando pantallazo del error, en la siguiente dirección de [email protected] siempre dentro del plazo establecido para la presentaciónde candidaturas En caso de no realizarse esta comunicación dentro de plazo, lacandidatura no quedará registrada sin que quepa subsanación al respecto.

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Para la utilización del nombre de un candidato en una o mas listas será necesarioautorización expresa de esta. La listas que utilicen nombres para los que no esténautorizados decaerán automáticamente.

3.5 PLAZO DE PRESENTACIÓN

Todos los candidatos o candidatas, vayan en listas o no, deberán registrarse del 2 defebrero al 8 de febrero en el formulario habilitado por la comisión electoral transitoria.Aquellos candidatos y candidatas que quieran agruparse en lista, habiendo completado elpaso anterior, deberán además registrarla en otro formulario del 9 de febrero al 14 defebrero.

3.6 PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS/AS

Una vez revisado el cumplimiento de todos los requisitos por parte de la comisiónelectoral transitoria y la Comisión de Garantías Democráticas (en especial los relativos alos principios éticos), se proclamará la lista de candidatos/as.

Cualquier solicitud de subsanación de errores deberá comunicarse en el plazomáximo de 24 horas a la comisión electoral trasitoria. Pasado este plazo los datosintroducidos directamente por los candidatos y candidatas a través del formulariohabilitado no serán susceptibles de ser subsanados

La Comisión electoral transitoria designada por la asamblea ciudadana para esteproceso, resolverá todas las solicitudes de subsanación antes de la apertura de lasvotaciones.

4. EL PROCESO DE ELECCIÓN

4.1 CAMPAÑA ELECTORAL DE LAS LISTAS

Cada lista organizará las actividades que considere adecuadas para difundir lascandidaturas y sus contenidos ideológicos y programáticos. La comisión electoraltransitoria velará para que se habilite un espacio en la web de Recuperem Martorell paradar a conocer las candidaturas.

La comisión electoral transitoria impulsará espacios y dinámicas de participaciónpara visibilizar a los diferentes candidatos/as y para fomentar la interlocución de estos/ascon la ciudadanía. La concreción de éstos dependerá de lo que técnicamente seconsidere más adecuado en función del número de candidaturas y la disponibilidad demedios de la organización.

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4.2 QUIÉN PUEDE VOTAR

Puede votar en las primarias para la elección de los órganos internos cualquierciudadano/a inscrito/a en Recuperem Martorell.

4.3 PROCEDIMIENTO DE VOTO

El voto se podrá realizar telemáticamente a través de internet. Podrán habilitarsemesas presenciales para facilitar el voto telemático a la ciudadanía.

La elección al Consejo Ciudadano se realizará por listas abiertas, en las que cadaelector/a podrá mostrar su preferencia tanto por candidatos/as de listas distintas como porcandidatos que no se hayan presentado agrupados por listas.

Cada elector/a podrá emitir un máximo de 11 votos para la elección del consejociudadano.

Con el fin de facilitar el proceso de votación, se considerarán "listas" lasagrupaciones de candidatos/as compuestas al menos por el 15% de los miembros aelegir en el órgano correspondiente. El orden de aparición en la tarjeta de votación seráaleatorio entre las listas. Los/as candidatos/as que no se presenten agrupados/as en listasserán por defecto agrupados en una única lista en la que sus nombres se mostrarántambién de modo aleatorio para cada elector.

4.4 PERÍODO DE VOTACIÓN

La votación se podrá realizar entre las 9:00 horas del día 9 de marzo y las 24:00horas del día 15 de marzo.

4.5 PROCLAMACIÓN DE LOS ÓRGANOS INTERNOS

La comisión electoral transitoria, proclamará y publicará la lista de resultados el día16 de marzo y en este momento quedará oficialmente disuelta.

Saldrán electos los/as candidatos/as más votados, independientemente de la lista ala que pertenezcan, con la única corrección del género. Junto con la elección del consejociudadano, se elegirá también al Edil, que será el miembro del consejo ciudadano másvotado.

4.6 En caso de falta permanente del Edil

En caso de falta permanente del Secretario/a General, ya sea por dimisión,fallecimiento o cualquier otra causa sobrevenida así confirmada por la Comisión deGarantías, se deberá repetir el proceso de elección.

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4.7 EN CASO DE BAJAS DE MIEMBROS DEL CONSEJO CIUDADANO

En caso de bajas permanentes de miembros del Consejo Ciudadano se procederáconforme a lo dispuesto en el punto 4.6 para el Edil.

ANEXO. DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL DOCUMENTO ORGANIZATIVO

Disposición Transitoria 1ª. De forma transitoria y hasta que sean elegidos losórganos internos de Recuperem Martorell, se elegirá por asamblea, una comisión degarantías democráticas y una comisión electoral. La función de la comisión electoral, serála de velar por el cumplimiento del reglamento de elección de órganos internos de laplataforma, además de ser la responsable de coordinar los actos de campaña con vistas alas primarias.

Disposición Transitoria 2ª. La comisión electoral transitoria tendrá como tareaprioritaria y urgente el impulso de los procesos constituyentes de las estructurasmunicipales. Para ello destinará recursos disponibles por la organización a facilitar elproceso de primarias de la plataforma. En este sentido y salvo que motivos técnicos así loimpidan, se cumplirá el siguiente calendario constituyente municipal:

• Del 1 de enero al 1 de febrero se dedicarán los recursos disponibles de laorganización para dar a conocer el proyecto político organizativo de la plataforma alos diferentes actores sociales del municipio y se pondrá especial interés en laimplicación y participación de estos en el proceso de primarias de la plataforma.

• Del 2 de febrero al 8 febrero, todos los candidatos o candidatas, vayan en listas ono, deberán registrarse de en el formulario habilitado por la comisión electoraltransitoria.

• Del 9 de febrero al 14 de febrero, aquellos candidatos y candidatas que quieranagruparse en lista, habiendo completado el paso anterior, deberán ademásregistrarla en otro formulario facilitado por la comisión electoral.

• Del 15 de febrero al 15 de marzo se realizará la campaña electoral de primarias dela plataforma.

• Entre las 9:00 horas del día 9 de marzo y las 24:00 horas del día 15 de marzo, sellevará a cabo la votación para la elección de órganos internos de la plataforma. Lavotación se podrá realizar tanto telemáticamente como presencialmente en losespacios habilitados a tal efecto.

• 16 de marzo, proclamación de candidatos y disolución de las comisiones

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transitorias (electoral y de garantías democráticas).

• 16 de marzo, designación de un comité de campaña electoral con vistas a laselecciones municipales y la elección de la comisión de garantías democráticas.

• Una vez finalizado el proceso de primarias, se procederá según la hoja de rutadispuesta en la disposición transitoria 3ª del documento político-organizativo.

Disposición Transitoria 3ª. De oficio, o a instancia de parte, la Comisión deGarantías Democráticas podrá actuar con carácter inmediato en aquellos casos deincumplimiento manifiesto de este protocolo.

Disposición Transitoria 4ª. Desde Recuperem Martorell, consideramos que laactual ley electoral, definida por el régimen del 78, así como las instituciones que de ellasemanan, son fruto de los intereses de una casta política, alejada de la ciudadanía y conintereses partidistas y personales. Esto a dado lugar a unas instituciones políticas pocotransparentes y participativas a la ciudadanía.

Es un ejercicio de coherencia política, elegir la formula legal con vistas a laselecciones municipales, que menos apoye este paradigma político. Las candidaturas deunidad popular no pueden ser sumas de siglas y por tanto su expresión formal deberá serpreferentemente la de Agrupación de Electores. Si compañeros o compañeras de otrasorganizaciones políticas nos piden sumarse, tendrán que hacerlo como ciudadanos, sinrenunciar a su acervo, en especial en el proceso de primarias de la plataforma, pero sinimponerse en base a unas siglas.

Recuperem Martorell nace en un contexto estatal, donde la ciudadanía harta de unpanorama político caracterizado por la falta de transparencia y mecanismos departicipación ciudadana, exige un proceso constituyente que redefina el rol del político yde las instituciones desde las que opera.

Desde Recuperem Martorell, somos conscientes de que la formula legal deAgrupación de Electores, presenta limitaciones en los órganos de representación territorial(diputaciones y consejos comarcales), pero consideramos que se trata de la formula quemás se adecua a la estructura municipalista que defendemos desde la plataforma y queen última instancia es el ámbito de trabajo de Recuperem Martorell.

Disposición Transitoria 5ª. La candidatura con la que Recuperem Martorell sepresentará a las elecciones municipales, emanará de los resultados del proceso deprimarias de la plataforma, con la única corrección de genero y lo recogido en el punto 3.1del Anexo IV.

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