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1 1 I U LUUJ ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL RESOLUCIÓN N ° 069 -2004-2005-0M/CR Lima. 11 de yo de 2005 CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República es el órgano representativo de l o Nación. soberano en sus funciones y con autonomía normativa. económico. administrativo y político. de conformidad con el Artículo 94 º de lo Constitución Político y el Artículo 3 ° del Reglamento del Congreso: Que lo Dirección General de Administración ha formulado un proyeclo de Direclivo "Procedimientos de Tesorería", el cual tiene como objetivo establecer los normas y procedimientos internos poro el manejo adecuado de �" los recursos financieros públicos asignados a la institución, lo cuslodia de los fondos y \ valores y lo emisión de lo informoción financiera; ___ DO� Que es necesario formalizor la aprobación de lo mencionado Directivo mediante una Resolución de Oficialía Mayor: Que asimismo debe dejarse sin efecto l o Directivo anterior aprobado y contenida en lo Resolución N º 090-2002-0M/CR, así como lo modificación aprobada por la Resolución N º 006-2004-25-0M/CR. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38 ° del Reglamento del Congreso de la República y l o Directivo N º 04-22-GG/CR "Procedimientos poro la Elaboración y Actualización de Instrumentos Normativos de Gestión - Directivas - Procedimientos"; y Con cargo a dar cuenta a la Meso Directivo; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar como documento interno de gestión institucional, la Directivo N º 05-2005-DGA/CR. "Procedimientos poro Tesorería" del Congreso de l o República. ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efeclo lo Directivo N º 008-2002-GG/CR oprobo'da por Resolución N º 090-2002-0M/CR, así como lo Resolución N º 006-2004-2005-0M/CR. Regístrese. comuníquese y archívese. ···· ··· ···· ······· ·· ·· · ····· ....... Ja.si. . .Ei'i · NAVARRO Ofici· 1 Mayor COtK�R SO 1: U\ REPÚBLICA

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Page 1: valores y lo emisión de lo inf ormoción financiera; · boleta de pago correspondiente, a efectos de obtener la acreditación de percepción de remuneración. ... familiar, movilidad,

1 1 r»II U LUUJ

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

RESOLUCIÓN N° 069 -2004-2005-0M/CR

Lima. 11 de mayo de 2005

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República es el órgano representativo de lo Nación. soberano en sus funciones y con autonomía normativa. económico. administrativo y político. de conformidad con el Artículo 94º de lo Constitución Político y el Artículo 3° del Reglamento del Congreso:

Que lo Dirección General de Administración ha formulado un proyeclo de Direclivo "Procedimientos de Tesorería", el cual tiene como objetivo establecer los normas y procedimientos internos poro el manejo adecuado de

��'°" los recursos financieros públicos asignados a la institución, lo cuslodia de los fondos y \ valores y lo emisión de lo inf ormoción financiera;

_____ .,.

DO� Que es necesario f ormalizor la aprobación de lo

mencionado Directivo mediante una Resolución de Oficialía Mayor:

Que asimismo debe dejarse sin efecto lo Directivo anterior aprobado y contenida en lo Resolución Nº 090-2002-0M/CR, así como lo modificación aprobada por la Resolución Nº 006-2004-2005-0M/CR.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38°

del Reglamento del Congreso de la República y lo Directivo Nº 04-2002-GG/CR "Procedimientos poro la Elaboración y Actualización de Instrumentos Normativos de Gestión - Directivas - Procedimientos"; y

Con cargo a dar cuenta a la Meso Directivo;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar como documento interno de gestión institucional, la Directivo Nº 05-2005-DGA/CR. "Procedimientos poro Tesorería" del Congreso de lo República.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efeclo lo Directivo Nº 008-2002-GG/CR oprobo'da por Resolución Nº 090-2002-0M/CR, así como loResolución Nº 006-2004-2005-0M/CR.

Regístrese. comuníquese y archívese.

························

····

....... Ja.si ... Ei'i · NAVARRO

Ofici· 1 Mayor

COtK�RF-SO 1: U\ REPÚBLICA

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()irecti1'(1: "f'rn1•pi/i111ie11tu.1· tle Te.w1raf11"

DIRECTIVA Nº 05-2005-DCA/CR

"PROCEDIMIENTOS DE TESORERÍA"

1. OB.TETIVO

2.

Establecer las normas y procedimientos internos para el manejo adecuado ele los recursosfinancieros públicos asignados al Congreso de la República, la custodia ele los fondos y valoresy la emisión de la información financiera.

ALCANCE

Las disposiciones de esta Directiva son de cumplimiento obligatorio de todas las unidades orgánicas, dependencias, funcionarios y servidores del Congreso de la República, en el ámbito ele su competencia.

El Jefe del Departamento de Pagaduría es responsable de dar cumplimiento y aplicar estrictamcn1e las disposiciones de esta Directiva.

El Director de Tesorería y Contabilidad es responsable de supervisar y controlar directamente el cumplimiento de las disposiciones de esta Directiva.

MODIFlCACIONES Y ACTUALIZACIONES La presente Directiva, podrá ser modificada y actuali1.ada por efectos de la evaluación periódica de su aplicación, en concordancia con lo dispuesto en la Directiva Nº 04-2002-GG-CR "Procedimientos para la elaboración y actualización de instrumentos nomiativos de gestión Directivas-Procedimientos" . para lo cual la Dirección de Tesorería y Contabilidad y las unidades orgánicas vinculadas a los referidos procesos presentarán la correspondiente propuesta, en coordinación con Procesos y Estándares de la Dirección General dt.: Administración.

4. DJSPOSI.CJONES GENERALES

4.1 Centrali:r..ación del manejo de recursos financieros

Los recursos financieros del Congreso de la República serán cen1ralizados y manejados en su totalidad y bajo responsabilidad del Departamento de Pagaduría. Los pagos y las obligaciones de la Institución sólo podrán ser rcnlilados por t.:I Dcpa11amento de Pagaduría, siendo requisito indispensable que las obligaciones hayan sido previamente comprometidas por los órganos responsables y registradas como devengado por el Departamento de Contabilidad en el Sistema Integrado de /\dministración Financiera (SIAF -SP).

4.2 Depó itos en la cuenta de Recursos Directamente Recaudados

Los ingresos captados por indemnizaciones de seguros, ejecución de garantías a proveedores. contratistas y similares, multas y venta de bast..:s para la realiLación de los procesos d • selección y otros, debt.:rán ser depositados en la cuenta de Recursos directame t Recaudados.

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Dir11nfrf1 : "Proccdimir11ros tfe Tew1rerí11 ''

4.3 Depósitos de ingresos provenientes de Recursos directamente Recaudados

Los Recursos directamente Recaudados forman parte de la Posesión de Caja del Tesoro Público en el Banco de la Nación, por lo cual deben ser depositados por el Departamento de Pagaduría en una cuenta corriente en esa entidad financiera coordinada con la Dirección Nacional del Tesoro Publico.

4.4 Modalidades de Pago

Es obligatorio el uso de la modalidad de pago mediante abonos en cuentas bancarias individuales, a través del Banco de la Nación o de otra institución bancaria del Sistema Financiero Nacional, por los conceptos considerados en los Grupos Genéricos del Gasto autorizados por el MEF - TESORO PÚBLICO:

Personal y Obligaciones Sociales (01) Obligaciones Previsionales (02) Los pagos a los Foros Intemaci.onales, Gastos Operativos, Racionamiento de Personal y Policía Nacional, se realizan vía transferencia bancaria.

4.5 Presentación de documentos para el proceso de pago

Las unidades orgánicas encargadas de efectuar los compromisos de las obligaciones asumidas por la instih1ción, son responsables de entregar la respectiva documentación sustentatoria, en los plazos fijados en el Cronograma de Pagos, detallados en el Anexo Nro. 01 que forma parte de esta Directiva.

4.6 Acreditación de la percepción de remuneraciones, pensiones y beneficios

El personal activo de la institución, está obligado a finnar la respectiva planilla y boleta de pago, acreditando la debida percepción de remuneraciones u otros beneficios, bajo responsabilidad de los mismos.

El Director de Recursos Humanos, informará oportunamente mediante comunicados a todo el personal sujeto a plazo determinado, indeterminado y de confianza, la obligación de firmar mensualmente la respectiva planilla y boleta de pago, y que en los casos que no hayan firmado las mismas durante dos (2) meses consecutivos, el pago de su remuneración se realizará a partir del mes siguiente, al tercer día útil de la fecba indicada en el cronograma publicado en el diario oficial El Peruano, hasta que se subsane dicha omisión, por razones de control administrativo.

En el caso de personal contratado por suplencia, se le deberá realizar el pago de su remuneración mediante cheque, con la finalidad de obtener su firma en la planilla y boleta de pago correspondiente, a efectos de obtener la acreditación de percepción de remuneración.

De igual forma, los pensionistas y los apoderados en general, deberán acreditar la percepción de las pensiones y/o remuneraciones, mediante la finna en la planilla y la firma y colocación de la huella digital (índice derecho) en la boleta de pago.

El abono de pensiones cuando el titular o representante legal no suscriba una (1) planilla y boleta de pago mensual, y no se acerque a regularizar su firma hasta la fecha de pago del mes siguiente, se suspenderá hasta la regularización de firmas correspondientes.

Asimismo, el Departamento de Administración de Personal de la Dirección de Recursos Humanos, a través del Área de Planillas, realizará las coordinaciones necesarias con el fin de que en la boleta de pago de pensionistas aparezca mensualmente el siguiente comunicado: "Los señores Pe11sio11istas o sus representantes

legales, deberán firmar mensualmente las planillas y boletas de pago de su pensión. En

Ptigi11a 2 de I O

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Direc1fr11: "Prl}(-et/i111ie1111Js di! Tewwufu"

s.

los casos de no regularizarse las firmas hasta la fecha de pago del mes siguiente, esta se

suspenderá hasta la subsanación correspondiente".

4.7 Responsables del control previo y concurrente

El Director de Tesorería y Contabilidad, el Jefe del Departamento de Contabilidad y el Jefe del Departamento de Pagaduría, son responsables de efectuar fas acciones de control previo y concurrente en las funciones inherentes a su cargo.

D ISPOSJ CIONES ESPECÍFICAS

5.1 Procedimiento para la etapa del Pago

5.1. 1 El Departamento de Contabilidad, es el encargado de recibir la documentación sustentatoria de los compromisos registrados por las diversas unidades orgánicas, con la finalidad de efectuar el control previo correspondiente y verificando que: - Los bienes adquiridos que se han recibidos de acuerdo a las cantidades y

características contratadas, estén con la conformidad del Área de almacén,- Se ha realizado la prestación de los servicios contratados y sus conformidades

estén sustentadas por las áreas respectivas, o- Se han cumplido las condiciones contractuales o legales, cuando se lrate de

gastos sin contraprestación inmediata o directa.- Se ha efectuado la correcta aplicación de las pa11idas genéricas del gasto en la

fase del compromiso en el SIAF-SP.- El compromiso efectuado se encuentre conforme a la normatividad vigente

sobre la mate1ia.

5.1.2 La Dirección de Tesorería y Contabilidad a través del Departamento de Pagaduría, dispondrá el pago de Gastos Operativos y Viáticos.

5.1.3 El Departamento de Contabilidad luego de registrar el Devengado, verificará la aprobación del registro e inmediatamente remitirá al Departamento de Pagaduría, la documentación que acredita la obligación devengada, indicando la mejor fecha en el documento que formaliza el devengado contemplando los cinco (5) días útiles, la misma que deberá contar con el visto bueno de su conformidad.

5.1.4 Las unidades orgánicas encargadas de efectuar el compromiso de las obligaciones institucionales son responsables de otorgar la conformidad mencionada en el inciso 5.1.3, según se detalla:

- La Dirección de Logística otorgará conformidad a las Ordenes de Compra -Guía de Internamiento, Órdenes de Servicio y a los documentos para el pago.derefrigerio del personal de seguridad y de Servicios no Personales.

- La Dirección de Recmsos Humanos otorgará confonnidad a las planillas deremuneraciones, pensiones, beneficio vacacional, racionamiento, asignaciónfamiliar, movilidad, subvención económica de Secigristas y Practicantes,subsidios por enfennedad y maternidad, pago de beneficios sociales eindemnizaciones, compensación extraordinaria por tiempo de servicios,subsidios por fallecimiento del trabajador y sus familiares directos, subsidio porfallecimiento y gasto de sepelio de congresistas, pensionistas y sus familiaresdirectos, y pago de devengados en general.

- El Departamento de Pagaduría, otorgará conformidad a la Rendición de Cuentasde Gastos Operativos y los Departamentos de Contabilidad y Pagaduría

Procesos y E.,16111/ares/ Normas /memas del Servicio P11rf11memario Pti�ina .l de 10

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otorgarán conformidad a los Viáticos Nacionales e Internacionales, según corresponda.

5. J .5 El Jefe del Departamento de Pagaduría a través del Área ele Giros y Conciliaciones,verificará la conformidad de la documentación recibida y el registro del devengado en el Sistema ln1egrado de Administración Financiera (SJAF-SP).

5.1.6

5.1.7

5.1.8

5.1.9

De ser conforme, el Área de Giros y Conciliaciones emitirá los documentos de pago respectivos de acuerdo al orden cronológico de la obligación devengada en el SIAf7-SP y efectuará los registros correspondientes.

El Área de Giros y Conciliaciones, elaborará el Comprobame de Pago, emitirá el Cheque o la Carta - Orden y efectuará el registro de la operación en el SlAF-SP y en el Libro Auxiliar Bancos.

El proceso de la elaboración del comprobante de pago. emisión del cheque y/o carta - orden se realizará según la mejor fecha indicada, en un plazo móximo de cinco (5) días útiles, visará el Comprobante de Pago previa aprobación del SJAF y lo remitirá conjuntamente con la documentación sustentatoria y el Cheque o la Carta - Orden al Jefe del Departamento de Pagaduría .

El Jefe del Depa1tamento de Pagaduría revisará y firmará el Comprobante de Pago y el Cheque o la Carta Orden y los remitir,\ al Jefe del Departamento de Contabilidad.

El Jefe del Departamento de Contabilidad revisará y firmará el Comprobante de Pago y revisar{.1 el Cheque o la Carta Orden, y remitirá los indicados documentos a la Dirección de Tesorería y Contabilidad para la firma.

El Director de Tesorería y Contabilidad firmará los cheques y en su ausencia firmará el Director General de Administración. La documentación será remitida al fofo del Departamento de Pagaduría.

5.1.1 O El Jefe del Departamento de Pagaduría realizará las siguientes acciones: - .Entregará el Comprobante de Pago y el Cheque al Jefe del Área de Caja.

Remitirá la Carta Orden a la respectiva entidad bancaria y efectuará lasgestiones para el abono oportuno en las cuentas individuales que correspondan.

- /\bonaró vía transferencia electrónica de las entidades financieras, lasremuneraciones, vacaciom:s, racionamiento, gastos operativos.

5.1.11 El Área de Caja , recibirá el cheque y el Comprobante de Pago, firmados y efectuará el pago correspondiente, previa revisión de la cancelación de los documentos autorizados por la SLJNAT (factura, boleta de venta, etc.).

S. J .12 El pago de las retenciones consignadas en las planillas th:berá reé1lizarsc dentro dela vigencia det cheque de acuerdo al cronograma de pagos que establecen tas entidades recaudadores y/o acreedoras, teniendo en consideración el cumplimiento del Cronograma de Pagos del Departamento de Pagaduría.

Para el pago de las obligaciones de A FP's, se realizara según cronograma del mes que corresponda. El PDT de remuneraciones es efectuado por la Dirección de Recursos Humanos.

l'mceso.1 J' fat1í111l11rt•.v' N11r111u1 l11temu1 dd Sen'ÍC'ilJ P11rlnmfllfllriú

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Dir¡•ctfrrr : "Pmredi111ig11tos de Tesoreriu"

5.1.J 3 El Área de Caja, mantendrá actualizado diariamente: - Los cheques en cartera en el sistema de Tesorería y a través de INTRANET del

congreso. También informará aquellos que tengan más de treinta (30) díascalendario, contado a pariir de la fecha de giro, para proceder a la anulaciónrespectiva.La fecha de los cheques entregados al beneficiario. (SIAF-SP).

5.2 ingresos y egresos de Caja

5.2.1 Las devoluciones por menores gastos o la recuperación de pagos indebidos o en exceso provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, así como los recursos que se obtengan con cargo a la fuente de financiamiento Recursos directamente Recaudados y por el concepto referido al inciso 4.2 de esta Disectiva, constituyen ingresos de Caja.

5.2.2 La recepción de estos ingresos se efectuará registrándose en el Sistema de Tesorería y se emitirá el formato "Recibo de Ingreso a Caja", el que deberá ser .firmado por el Jefe del Área Caja , cuyo original será entregado al interesado, inmediatamente de efectuada la recepción de los fondos y una copia pasará al Jefe del Área de Giros y Conciliaciones a través del Opto. de Pagaduría para la elaboración de la papeleta de depósito a favor del Tesoro Público, si correspondiera.

5.2.3 Los formatos "Recibo de lngreso a Caja" deberán ser impresos, membreteados, numerados y su emisión se efectuará en forma correlativa y cronológica en el sistema informático.

5.2.4 Los ingresos serán depositados dentro de las 24 horas de su recepción, en la sub cuenta o cuenta corriente según corresponda, mediante la "Papeleta de Depósitos a favor del Tesoro Público (T-6)" o la "Papeleta Depósitos"; bajo responsabilidad del Jefe del Área de Caja, del Jefe del Departamento de Pagaduría y del Jefe del Área de Giros y Conciliaciones.

5.2.5 Los ingresos y egresos a Caja serán registrados en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF - SP), por el Área de Giros y Conciliaciones (Fase de Recaudado).

5.3 Custodia y control de dinero en efectivo, cheques y valores.

5.3.1 El Jefe del Área de Caja , es responsable de custodiar los cheques que pem1anecen en cartera, los que guardará en instalaciones físicas y en muebles especiales que cuenten con la protección y cerraduras adecuadas; respecto al control realizará las acciones indicadas en el inciso 5.1.11 de esta Directiva.

5.3.2 El Jefe del Área de Caja , es responsable de la custodia de los fondos ingresados a Caja, así como de su registro en el sistema. El Jefe del Departamento de Pagaduría supervisará los fondos ingresados a caja, los que se guardarán en caja fue1te. Respecto al control, realizará las acciones indicadas en el inciso 5.2.2 de esta Directiva.

5.3.3 El Jefe del Departamento de Pagaduría recibirá y deberá custodiar las garantías (cartas fianzas y/o pólizas de caución) de fiel cumplimiento de contrato, por el monto diferencial de propuesta y por adelantos, presentados por los postores, proveedores y contratistas, así como de otros valores y fondos recibidos.

Páp,inn 5 1/e I (J

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Directb·11: "Pron;dimiemqs de T,s11rqía"

5.3.4 El Departamento de Pagaduría deberá informar semanalmente al Director de Tesoreda y Contabilidad, con copia al Director de Logística , sobre las garantías que mantiene en custodia, del mismo modo, es responsable de informar a los indicados funcionarios, sobre el vencimiento de las garantías mencionadas antes de las 72 horas de producirse este hecho.

5.4 Devolución y ejecución de garantías

5.4.1 El Director de Logística, es responsable de disponer por escrito la devolución de las Garantías (cartas fianzas y/o pólizas de caución) , de Fiel Cwnplimiento de contrato, por el monto diferencial de propuestas y por los adelantos; para tal efecto, deberá contar con los informes técnicos correspondientes. Cuando se trate de ejecución de garantías por servicios y obras, el Jefe del Área de Infraestructura deberá informar inmediatamente al Director de Logística, respecto al cumplimiento o no de las condiciones contractuales pactadas.

5.4.2 Para el caso de ejecución de Garantías (cartas fianzas y/o pólizas de caución) el Director de Logística dentro de las 24 horas siguientes de recibido el informe aludido en el inciso 5.3.4 de esta Directiva, deberá requerir la opinión favorable del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y Procuraduría, para lo cual acompañará la información técnica pertinente. Inmediatamente de obtenida la opinión de la Oficina de Asesoría Jurídica y Procuraduría, el Director de Logística, solicitará al Director General de Administración la ejecución de la garantía adjuntando para tal efecto, el informe en el que indique las razones para realizar dicha acción.

REGISTROS DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

Las operaciones financieras que se realizan en el proceso de girado de cheque y carta orden de los documentos serán registradas en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SlAF -SP), los que serán Uevados por el Área de Giros y Conciliaciones, bajo la supervisión y control del Jefe del Departamento de Pagaduría .

Los Libros auxiliares de caja y bancos se elaborarán utilizando el sistema informático SIAF-SP del Departamento de Pagaduría; los que debidamente foliados, compaginados y empastados, deben ser legalizados notarialmente.

6.1 Libro Auxiliar Caja

Este libro registrará todas las operaciones de Caja en el Sistema SIAF-SP, indicando la fecha, tipo y número de docwnento de ingreso o egreso (depósito), concepto y monto.

6.2 Libro Auxiliar Bancos

Se llevará por cada wia de las sub cuentas o cuentas corrientes bancarias y deberá contener el registro de todas y cada una de las operaciones, consignando la fecha, tipo y número de documento de ingreso o egreso, concepto y monto.

CONCILIACIONES BANCARIAS

El Área de Giros y Conciliaciones, realizará mensualmente las conciliaciones de las cuentas y subcuentas bancarias en el Sistema SIAF-SP y emitirá los informes y reportes mensuales correspondientes.

PáKi11a tS (/e 10

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Direcrfrn: "Procedi111i1'11t11.,· lit' Tesorrrr11 ··

8. DISPOSICIÓN FINAL

La presente Directiva reemplaza y deja sin efecto a la Directiva Nº 08-1002-GG/CR del mismonombre y su modificación 01 aprobada mediante Resolución Nº 006-2004<!005-0M/CR.

9. ANEXO

PE/ 04.04.2005

P1íffill1t 7 tle /fl

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Direrrfra : "Pmcedimil'Jlll>S dt• 71'.)(IY(l,Í//"

ANEXO 01

CRONOGRAMA DE PAGOS DEL DEPARTAMENTO DE PAGADURÍA

CCJ.Ca1TO keas ge, eadoi as FEdu a! recep:iá1 lml FEdu en la cµiel bsuldaio cb la dcx:uT'Ena:lá, de la d:x:un:lrm:i6n ¡:llllcb red iza" el <XD'O

9..IS1enataía d!I �d!l!JISlo !JISlo fase dedewrYJD)

1.0 f'Erscres (llstacb¡, dS<ates, perillas, rem:taes Dra:x:lá1 ce Rx:usos linm:s H3Sla el 7 d3 cadl rres (•) 123'.lp.m Segí,atn:grM'B�¡xr SU3terta1as ¡xr ton 1es �os y t:decas) el 11/EF • T ESJO F\:ldkx>

20 Anueadcres Olslad:s. dsl<stes, raerdcres Oiecdéri m Rx:usos H.rrercs Hasta e1 11 ce ca:s rres (') 123Jp.m. Segí,CIO"OT<IIT'8� ¡xr Sl.Gllrt!das ¡xr ton les ccroe¡xos) el Ns=· Te!OO PJ:lloo

3.0 Vaca:kms Oista:1:$, dsl<el1es. pan llasy retm:ia'les Orexién cb Rx:usos H.rrerm H3Sla el 23 et! cadl rres 123Jp.m AJB1lrdel 27mcadlrres �¡xrtonles�)

4.0 Alfngooo cl¡j per.;er-ei CE1 CJ>P y ce cxrllanm e ·-.. � .. Orexién ce Rx:usos 1-1.rrarcs Hlsta el 21 et! cadl rres 123Jp.m. A ¡::ertir dll 25 d9 cadl rres 5.0 G3slos Q:ea!ME � de O:m::iOCBl ("') />l terta-cfa 1-Eijl d:3 cadl rres 123Jp.m. Clldsiá1 ai cfa de� ¡xr Dro::dái

Oiecdéri ci3 Lc:gstica � ylo Oidalía M3ycr 6.0 Fm:lt.dcnes 6. 1 Fm:lt.ócres Sbsidos p::I' Falednieto Drexién d:l Rnrsa: H.mrcs 1-asta el 3J ci3 cadl rrns 123:lp.m Segí,��¡xr

el NffTESJO F\:tiloo 6.2 Pesdl.d<ms ¡xr ccroe¡xo Celarg2rl:s Varios Orexién d9 Rnrsa: 1-iJren::s H3sta eJ 25 oo Céd3 rres 123:lp.m. Segí,crcngare�¡xr

el IVEFTeooro F\:tiico 6.3 !'mil.Ckres dros atsdcs:: Pte l\ata, l..a:1M::ia. 5iem,;d Orexién d9 Rnrsa: f-1.rrarcs Hlsta el 10d! cadl rres 123'.lp.m Segí,crm:gcrra � ¡xr

el IVEFTeDO PJ:lico 7.0 � ai per.;er-ei ceseg..ricki Orocóá1 d! l.qjslica 1-asta el 23 d9 cadl rres 123'.lp.m. A lllltir ai Zl d3 cail rres ªº Estip;irdos Aa::lk:a1es y Sooaistas Diecciéri d! A3a.r.;a¡ H.rnra; H3Sla el 34 d9 cadl rll3S 123Jp.m. A ¡::ertir dll Zl d9 cacil rres 9.0 � Orec:d(ri d:l Rx:usos H.mrcs f-asta el 25 w cadl l11lS 12.3'.lp.m. A ¡llrtir dll tacer <fa d!l la recq:x;lo1 10.0 OlinG oo carpa y sa-.Acia3 OreaiéJ'lde Laj'ska f-asta el 25 d! cadl rres 123:lp.m A ¡::ertirdll teroerdla d9 la� 11.0 SeMda; ro ¡:ooo:-eles (1-bl:xaios) Orexién da Logísica 1-asta el 25 di c:ai3 mis 123'.lp.m A ¡::ertir del 2B d3 arli rres 120 � CB Misa (\,laioo; ra::icreles e lrterrroa'eles) Q:m oo O::rial)11cb:! ("') 9:gJ, ieq.airrif.J'lo, 123'.lp.m A ¡::ertir del IEfw día d:l la�

c:udlo das a1ts dj Wie

N:ia: Las fectas��cfas háoles; si encm:,alg.rad3 lasfecras lrdca:135 fu3ra 111cfa rorat:x:,a;e ó:berá cx:rsooraiseel dia tti::il IX)SteritT rré>órrorasta la 1.3:lp.m Sn entargo. si al cx:rsdarar el cfa � se áecia el cro-ogarra � ¡:xx-el 11/EF, se d:má CXJ19airar a:rro recte d3 reaip:16, el cfa hi)I !Ytooor.

(') Segí'lertn:gícml � ¡xr el IVEFTel:R) Fúi.JCX> (¡ Olcisión cbdía d3 Jl9l ¡xr la Orea:i61 Gnm ylo Oldalfa rv&,q

Procesos y Esf1Í11daresl Norm11s lmema.t del Servicio Parlnn11mtorio Págilln ,y de 1 O

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Dir�cti,·11: "Pr11cl'l{i111il'11r111 ti,: Trrnrui1r"'

1 O. BASE LEGAL

Reglamento del Congreso de la República. Ley Nº 2841 1 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Resolución Directora! que aprueba la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal.

Resolución Directora! que aprueba la Directiva para la aprobación, ejecución y control del proceso Presupuestario del Sector Público para et año fiscal. Resolución de Contaduría Nº 067-97-EF/93.01, que aprueba el Compendio de Normatividad Contable. Resolución de Contraloría Guncral Nº 072-98-CG, que aprueba las Norl1las Técnicas de Control Interno. Resolución de Cont·raloría General Nº 123-2000-CG Modifican diversas Normas Técnicas de Control Interno Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SlJNA T - Reglamento de Comprobantes de Pago. Decreto Supremo Nº 195-2001-EF - Regulan cemraliL.ación de recursos directamente recaudados. Acuerdo Nº 194-2003-2004-MESA/CR, aprueba el Organigrama del Servicio Parlamentario.

El manejo y uso de los recursos financieros asignados al Congreso de la República. así como la custodia de los fondos y valores y In emisión de la respectiva información financiera, se rige por los dispositivos legales - administrativos indicados en este inciso y adicionalmente por lo dispuesto en la presente Directiva_

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Page 11: valores y lo emisión de lo inf ormoción financiera; · boleta de pago correspondiente, a efectos de obtener la acreditación de percepción de remuneración. ... familiar, movilidad,

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ll. ÍNDICE

l. OBJETIVO ................................................................................................................... 1

2. ALCANCE ................................................................................................................... 1

3. MODTFlCAClONES Y ACTUALJZAClONES ......................................................... J

4. DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................ 1 4.1 Centralización del manejo de recursos fi.nancieros .................................................... 1 4.2 Depósitos en la cuenta de Recursos Directamente Recaudados ............................. 1

4.3 Depósitos Je ingresos provenientes tle Recursos directa.mente Recaudados ......... 2 4.4 Modalidades de Pago ..................................................................................................... 2 4.5 Presentación de documentos para el proceso de pago ............................................... 2 4.6 Acreditación de la percepción de remuneraciones, pensiones y beneficios ........... 24.7 Responsables del control previo y concurrente .......................................................... 3

5. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS .............................................................................. 3 5.1 Procedimiento para la etapa del Pago ... ...................................................................... 3 5.2 Ingresos y egresos de Caja ............................................................................................ 5 5.3 Custodia y control de dinero en efectivo, cheques y valores . .................................. 5 5.4 Devolución y ejecución de garantías ........................................................................... 6

6. REGISTROS DE LAS OPERACIONES FTNANCIERAS ......................................... 6 6.1 Libro J\ uxi liar Caja ........................................................................................................ 6 6.2 Libro Auxiliar Bancos ................................................................................................... 6

7. CONCILIACIONES DANCARlAS ............................................................................ 6

8. DISPOSlClÓNFINAL ................................................................................................ 7

9. ANEXO ........................................................................................................................ 7 ANEXO 01 CRONOGRAMA DE PAGOS DEL DEPARTAMENTO DE PAGADURÍA .... 8

10. BASE LEGAL ...................................................................................................... 9

11. ÍNDICE ............................................................................................................... 10

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