raza y derechos humanos en colombia - dejusticia.org · este trabajo pone en tela de juicio el mito...

333
Informe sobre discriminación racial y derechos de la población afrocolombiana Raza y derechos humanos en Colombia César Rodríguez Garavito Tatiana Alfonso Sierra Isabel Cavelier Adarve OBSERVATORIO DE DISCRIMINACIÓN RACIAL 2 Serie Justicia Global

Upload: nguyencong

Post on 03-Oct-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 2Serie Justicia Global

    Informe sobre discriminacin racial y derechos de la poblacin afrocolombiana

    Raza y derechos humanos en Colombia

    Csar Rodrguez GaravitoTatiana Alfonso SierraIsabel Cavelier Adarve

    OBSERVATORIO DE DISCRIMINACIN RACIAL

    Este trabajo pone en tela de juicio el mito de la democracia racial colombiana. Segn este mito, en Colombia no hay racismo porque, a diferencia de Surfrica o Estados Unidos, todas las razas y culturas se fundieron para siempre en una sntesis igualitaria. Esta creencia fundacional de la identidad colombiana est detrs de la negacin de la discriminacin racial por parte del Estado y la sociedad, y reproduce a diario la invisibilidad y marginalidad de la poblacin afrocolombiana.

    Este libro es la versin completa del Informe sobre Discriminacin Racial y Derechos de la Poblacin Afrocolombiana. El informe es el resultado de dos aos de investigacin sistemtica del Observatorio de Discriminacin Racial, que incluy trabajo de campo a lo largo y ancho de Colombia, anlisis documental y estadstico, y cerca de dos centenares de solicitudes de informacin a entidades estatales de los niveles nacional, departamental y municipal.

    Este trabajo, sin precedentes en el pas por su tema y envergadura, tiene una doble finalidad. Primero, ofrece un diagnstico slido y certero de la situacin de la poblacin afrocolombiana y del grado de realizacin y violacin de sus derechos. Segundo, hace propuestas y recomendaciones concretas de poltica pblica que ayuden a realizar el derecho a la igualdad y a superar el mito de la democracia racial.

    2Serie Justicia Global

    El Observatorio de Discriminacin Racial es un espacio de investigacin y discusin para documentar las prcticas de racismo en Colombia y Amrica Latina, y desarrollar acciones en contra de ellas.

    Es un proyecto permanente realizado conjuntamente por el Programa de Justicia Global y Derechos Humanos y el CIJUS de la Universidad de los Andes, el Proceso de Comunidades Negras (PCN) y el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia).

    http://odr.uniandes.edu.co

    Serie Justicia Global

    Esta coleccin del Programa de Justicia Glo-bal y Derechos Humanos publica estudios, documentos e informes rigurosos, novedo-sos y accesibles que promueven el derecho nacional e internacional de los derechos humanos.

    Adems de la coleccin, el Programa de Justicia Global y Derechos Humanos persigue este objetivo mediante acciones jurdicas, investigaciones, cursos, proyectos e intervenciones pblicas. El Programa est conformado por profesores y estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y trabaja en red con universidades, movimientos sociales, ONG, entidades estatales y organismos internacionales de Amrica Latina y otras partes del mundo.

    http://justiciaglobal.uniandes.edu.co

    Ra

    za y

    de

    rech

    os

    hu

    ma

    no

    s e

    n C

    olo

    mb

    iaIn

    form

    e s

    ob

    re d

    iscr

    imin

    aci

    n

    ra

    cia

    l y d

    ere

    cho

    s d

    e la

    po

    bla

    ci

    n a

    fro

    colo

    mb

    ian

    a

    C

    sar

    Ro

    dr

    gu

    ez

    Ga

    ravi

    to

    Tati

    an

    a A

    lfo

    nso

    Sie

    rra

    Isa

    be

    l Ca

    veli

    er

    Ad

    arv

    e

    Csar Rodrguez Garavito es Director del Programa de Justicia Global y Derechos Humanos de la Universidad de los Andes y Coordinador del Observatorio de Discriminacin Racial.

    Tatiana Alfonso Sierra es Investigadora del Centro de Investigaciones Sociojurdicas (CIJUS) de la Universidad de los Andes y del Observatorio de Discriminacin Racial.

    Isabel Cavelier Adarve es Coordinadora del Programa de Justicia Global y Derechos Humanos de la Universidad de los Andes e Investigadora del Observatorio de Discriminacin Racial.

  • Csar Rodrguez GaravitoTatiana Alfonso SierraIsabel Cavelier Adarve

    Investigadores:

    Eliana Fernanda Antonio Rosero

    Juan Pablo Mosquera Fernndez

    Natalia Orduz Salinas

    Maria Laura Rojas Vallejo

    Nelson Camilo Snchez Len

    Raza y derechos humanos en Colombia

    Informe sobre discriminacin racial y derechos de la poblacin afrocolombiana

    OBSERVATORIO DE DISCRIMINACIN RACIAL

    Programa de Justicia Global y Derechos Humanos y CIJUS, Universidad de Los Andes

    Proceso de Comunidades Negras (PCN)

    Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia)

    2Serie Justicia Global

  • Delegacin de la Comisin Europea para Colombia y Ecuador

    Este documento se ha realizado con la ayuda

    financiera de la Iniciativa Europea Derechos

    Humanos y Democracia de la Comunidad Eu-

    ropea, en el marco del proyecto Observatorio

    permanente sobre Discriminacin Racial y

    Derechos de la Poblacin Afrocolombiana. El

    contenido de este documento es responsabi-

    lidad exclusiva del Centro de Investigaciones

    Sociojurdicas (CIJUS) de la Universidad de Los

    Andes y en modo alguno debe considerarse

    que refleja la posicin de la Unin Europea.

    Rodrguez Garavito, Csar Augusto Raza y derechos humanos en Colombia: informe sobre discriminacin racial y derechos

    de la poblacin afrocolombiana / Csar Rodrguez Garavito, Tatiana Alfonso Sierra, Isa-bel Cavelier Adarve; investigadores: Eliana Fernanda Antonio Rosero [et al.]. -- Bogot: Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, Centro de Investigaciones Sociojurdicas, CIJUS, Ediciones Uniandes, 2009.

    336 p. ; 19.5 x 28 cm. (Serie Justicia global ; 2)

    ISBN: 978-958-695-439-6

    Otros autores: Juan Pablo Mosquera Fernndez, Natalia Orduz Salinas, Mara Laura Rojas Vallejo, Nelson Camilo Snchez Len.

    1. Discriminacin racial -- Colombia -- Informes 2. Afrocolombianos -- Situacin legal -- Colombia Informes 3. Afrocolombianos -- Condiciones sociales -- Colombia -- Informes 4. De-rechos humanos -- Colombia -- Informes I. Alfonso Sierra, Tatiana Andrea II. Cavelier Adarve, Isabel III. Antonio Rosero, Eliana Fernanda IV. Universidad de los Andes (Colombia). Facultad de Derecho. CIJUS V. Tt.

    CDD 341.481 SBUA

    Primera edicin: julio de 2009

    Csar Augusto Rodrguez Garavito, Tatiana Andrea Alfonso Sierra,

    Isabel Cavelier Adarve

    Universidad de los Andes

    Facultad de derecho

    Centro de Investigaciones Sociojurdicas - CIJUS

    Direccin: Carrera 1 N 18A 10. Edificio RGC.

    Telfonos: 3324949 3394999. Ext: 3370

    Bogot D.C., Colombia

    [email protected]

    Ediciones Uniandes

    Carrera 1 N 19-27. Edificio AU 6

    Bogot D.C., Colombia

    Telfono: 3394949- 3394999. Ext: 2133. Fax: Ext. 2158

    http//:ediciones.uniandes.edu.co

    [email protected]

    ISBN: 978-958-695-439-6

    Maqueta: John Naranjo

    Diagramacin y produccin: Marta Rojas

    Revisin de textos: Emma Ariza

    Fotografa de cubierta: Jaime Prez Munevar

    Impresin: Nomos Impresores

    Cra. 39B N 17 - 85, Tel.: 2086500, Bogot D.C.

    Impreso en Colombia Printed in Colombia

    Todos los derechos reservados. Esta publica-

    cin no puede ser reproducida ni en su todo

    ni en sus partes, ni registrada en o trasmitida

    por un sistema de recuperacin de informa-

    cin, en ninguna forma ni por ningn medio

    sea mecnico, fotoqumico, electrnico, mag-

    ntico, electro-ptico, por fotocopia o cual-

    quier otro, sin el permiso previo por escrito

    de la editorial.

    Este libro es publicado gracias al apoyo finan-

    ciero de la Fundacin Ford.

  • Contenido

    .5. Presentacin:

    El mito de la democracia racial colombiana y el propsito del libro

    .11. 1. El punto de partida:

    el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    .41. 2. Las cifras de la discriminacin racial

    y la situacin de la poblacin afrocolombiana

    .69. 3.Tierras, violencia y discriminacin:

    la incidencia del desplazamiento y el conflicto armado en las comunidades negras

    .139. 4.Sin derecho a enfermarse:

    la difcil situacin del derecho a la salud de los afrocolombianos

    .187. 5.Viviendo la discriminacin:

    el derecho a la vivienda de los afrocolombianos

    .235. 6.La discriminacin en el sistema educativo

    y la reproduccin de la desigualdad

    .277. 7. Excluidos del sistema: los afrocolombianos y la justicia

    .307. 8. El derecho ausente:

    ni legislacin ni polticas contra la discriminacin

  • ( 5 )

    Presentacin: El mito de la democracia racial colombiana y el propsito del libroCsar Rodrguez Garavito1

    Del mito de la democracia racial al reconocimiento de la discriminacin

    Al bajarnos de la lancha que nos trajo desde Tumaco a este casero sobre el ro Mira, en el Pacfico colombiano, notamos que hay algo extrao en el vientre de Dayerli, la nia negra que sale desnuda a recibirnos. Una colega del Observatorio de Discrimi-nacin Racial (ODR) me dice que la pelota que sale del estmago de la nia es una hernia provocada por una partera inexperta. Y que es tan comn entre la poblacin negra del Pacfico que se ha vuelto un smbolo del abandono del sistema de salud, que castiga con especial fuerza a los nios.

    Las cifras duras producidas en Bogot y recogidas en el captulo 2 de este in-forme le dan razn. El censo de 2005 muestra que la mortalidad infantil entre los afrocolombianos es casi el doble de la del resto de la poblacin. Entre las menores como Dayerli es ms del doble: 44 de cada 1.000 nias negras mueren antes de cumplir su primer ao de vida. La brecha se mantiene a lo largo de la vida. Segn el mismo censo, las afrocolombianas viven, en promedio, 11 aos menos que las dems mujeres, y entre los hombres la diferencia es de 5 aos, lo cual no sorprende si se miran los nmeros sobre el acceso a servicios de salud como los que habran evitado la hernia de Dayerli.

    El vientre tenso de la nia trae a la memoria las barrigas de las pelotas de ftbol de los nios desnutridos que abundan en los pueblos y barriadas negras que hemos visitado con el ODR a lo largo del pas, desde Aguablanca en Cali hasta el barrio Nelson Mandela en Cartagena. Recuerdo las de los nios de La Bocana que juegan con la basura que les trae el mar desde la cercana Buenaventura. Y las de los nios del Choc que invadieron los medios de comunicacin en 2007 cuando explot el escndalo de la muerte de 49 de ellos por fsica hambre.

    1 Director del Programa de Justicia Global y Derechos Humanos de la Universidad de los Andes;

    coordinador del Observatorio de Discriminacin Racial de Uniandes, el Proceso de Comunidades Negras

    (PCN) y el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia). Este texto es una adaptacin del

    artculo Colombia racista?, publicado por el autor en El Espectador el 22 de mayo de 2008.

  • ( 6 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    De nuevo la ancdota encaja con las cifras: el 14% de los afrocolombianos pasaron por lo menos un da entero sin comer en la semana del censo de 2005. Es decir, ms de dos veces la cifra, tambin preocupante, de los mestizos que aguantan hambre.

    Todo esto pone en entredicho el mito de la democracia racial: la idea segn la cual en Colombia no hay racismo porque, a diferencia de Surfrica o Estados Unidos, todas las razas y culturas se fundieron para siempre en una sntesis feliz. Al fin y al cabo, todos bailamos salsa, merengue o champeta e idolatramos a la negra seleccin Colombia. Se trata, de hecho, de una de las creencias fundacionales de la identidad colombiana, como lo dice el conocido historiador cartagenero Alfonso Mnera en su libro Fronteras imaginadas: el viejo y exitoso mito de la nacin mes-tiza, segn el cual Colombia ha sido siempre, desde finales del siglo XVIII, un pas de mestizos, cuya historia est exenta de conflictos y tensiones raciales.

    Es el mismo mito que han reproducido altos funcionarios de diferentes go-biernos al sostener que en Colombia no hay discriminacin racial. Y lo confirma el hecho de que el Estado colombiano hubiera incumplido durante una dcada (1998-2008) su obligacin de reportar ante el Comit de la ONU para la Eliminacin de la Discriminacin Racial si ha hecho algo para combatirla.

    El mito sera curioso si no fuera trgico. Porque la realidad de la exclusin en un pas en guerra incluye violencia y desplazamiento masivo contra las comu-nidades negras. Aqu, de nuevo, las cifras oficiales del censo hablan por s mismas. Como se ver en los captulos 2 y 3 de este informe, entre los afrocolombianos, la probabilidad de ser desplazado es 84% ms alta que para la poblacin mayoritaria mestiza. Como tambin lo ha documentado el ODR, detrs de estas cifras est la lucha por los territorios habitados por las comunidades negras, incluyendo las tie-rras del Pacfico que el Estado les ha titulado debidamente en virtud de la Ley 70 de 1993. Territorios que se han vuelto estratgicos para el negocio del narcotrfico y, por tanto, ambicionan guerrillas, paramilitares y narcos rasos por igual. Y que hoy son la frontera de expansin de los grandes monocultivos que alimentan la fiebre de los biocombustibles.

    Es precisamente en esas zonas donde las comunidades negras estn en medio del fuego cruzado y son desplazadas a diario. Basta visitar el polvorn en que se han convertido los barrios populares de Buenaventura, esa Medelln del siglo XXI donde las fuerzas armadas y los grupos ilegales se disputan cuadra a cuadra el territorio. O los desplazamientos masivos de la gente negra de Tumaco, Jiguamiand, Curvarad, Guapi o el ro Naya, que ahora pide limosna en los semforos de Bogot o Medelln, con la timidez de quien estaba acostumbrado a tener una tierra y vivir de su trabajo.

    Si, finalmente, pasamos del Choc al Chic, de la exclusin rural a la urbana, se completa el cuadro de la discriminacin. Es el racismo cotidiano de los porteros de las discotecas de Bogot o Cartagena que siguen dejando por fuera a clientes negros, ante la mirada pasiva de las autoridades locales y nacionales. O el de ms de un empleador en Cali que, como lo ha documentado el ODR en mltiples entre-vistas, tiene la poltica NN (no negros) al momento de contratar. Y el que sufren incluso afrocolombianos prestantes que hemos entrevistado (desde actrices hasta locutores y profesores universitarios) cuando intentan tomar un taxi o son detenidos por la polica en las calles de Pasto o Bogot.

  • ( 7 )

    Presentacin

    Como en los juegos infantiles de los cuadernos de dibujo, basta trazar las l-neas entre los puntos de estas realidades dispersas para ver emerger la imagen clara de la discriminacin racial en Colombia.

    La naturaleza y el propsito de este libro

    En vista del arraigo del mito de la democracia racial y las graves violaciones de los derechos de la poblacin afrocolombiana, el ODR fue constituido en 2007 como un espacio de investigacin y discusin para documentar las prcticas de discri-minacin racial y racismo en Colombia y desarrollar acciones en contra de ellas. Desde un inicio, el ODR combin el trabajo acadmico con las labores de defensa de derechos humanos, a travs de la colaboracin entre las organizaciones que lo integran: el Programa de Justicia Global y Derechos Humanos de la Universidad de los Andes, el Proceso de Comunidades Negras (PCN) y el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia).

    Este libro es la versin extensa del primer informe de derechos humanos del ODR.2 Como se explica ms adelante, el informe es el resultado de dos aos de in-vestigacin que incluy trabajo de campo a lo largo y ancho de Colombia, anlisis documental y estadstico, y 174 solicitudes de informacin a 145 entidades estatales de los niveles nacional, departamental y municipal.

    El informe tiene una doble finalidad. En primer lugar, busca ofrecer un diag-nstico slido y certero de la situacin de la poblacin afrocolombiana y del grado de realizacin y violacin de sus derechos. Para ello, compara la realidad de los derechos de los afrocolombianos, de un lado, con los compromisos jurdicos, nacio-nales e internacionales, que el Estado ha adquirido en relacin con la realizacin de esos derechos y la lucha contra la discriminacin, del otro. El diagnstico consiste, entonces, en constatar los avances, los retrocesos, los vacos y las tareas pendientes en la lucha contra la discriminacin racial por parte del Estado colombiano.

    En segundo lugar, con base en ese diagnstico, el informe intenta hacer propues-tas y recomendaciones concretas de poltica pblica que ayuden a realizar el derecho a la igualdad y a la no discriminacin. En ese sentido, la crtica del ODR a la negacin de la discriminacin por parte del Estado y a sus esfuerzos limitados por combatirla, no son un fin en s mismo. Antes que condenar al Estado colombiano, el objetivo del informe es sealar desafos y propuestas concretas para que los organismos estatales avancen decididamente en la realizacin de los derechos de los afrocolombianos.

    Como se ver en las prximas pginas, el Estado (y la sociedad civil) tienen un largo camino por recorrer para lograr este objetivo. El primer paso es que el Estado d ejemplo y reconozca el problema de la discriminacin racial. Ya ha hecho algu-nos intentos (como el Documento Conpes 2004 y el Plan Integral de 2007) que van en la direccin adecuada, pero se han quedado en promesas incumplidas por falta de voluntad poltica y presupuesto.

    2 La versin resumida del informe fue publicada (en espaol y en ingls) bajo el ttulo El dere-

    cho a no ser discriminado (Bogot, Uniandes, 2008) y puede ser consultada en la pgina virtual del ODR

    (http://odr.uniandes.edu.co).

  • ( 8 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    El siguiente paso es que tanto el Gobierno como el sector privado (desde las empresas hasta los centros educativos) adopten polticas de acceso real de los afro-colombianos al empleo, la educacin de calidad y los dems beneficios de la ciuda-dana. Y que todo esto sea parte de un compromiso sincero de largo plazo, y no de los afanes coyunturales ni presiones externas. As lo ordena, entre otros, el reciente informe de la Comisin Interamericana de Derechos Humanos sobre discriminacin racial en el pas (CIDH 2009).

    Agradecimientos

    Un esfuerzo de investigacin como el de este informe se enfrenta a mltiples desa-fos. Primero, el trabajo de campo tiene lugar, con frecuencia, en circunstancias y zonas complejas. Como se ver en el captulo sobre territorio y violencia, algunas de las comunidades que participaron en los talleres y entrevistas del estudio estn ubicadas en medio del conflicto armado y estn en constante riesgo de ser atacadas o desplazadas. Segundo, dado que el ODR incluye, adems de centros de investiga-cin y de derechos humanos, organizaciones sociales de base (aglutinadas alrededor del PCN), su metodologa intenta ser participativa y descentralizada. Por ello, como se describe ms adelante, la investigacin incluy numerosos talleres, grupos focales y conversaciones alrededor del pas con lderes, activistas, docentes, funcionarios, estudiantes y otras personas involucradas en la causa contra la discriminacin ra-cial. Finalmente, por motivos acadmicos y sociales que sera muy largo explicar aqu, el tema del racismo no ha recibido la atencin que han tenido otros tpicos dentro de la academia y el debate pblico colombianos. Por ello, a diferencia de lo que sucede en otros pases como Brasil, los analistas que se aproximan a l encuen-tran menos camino recorrido.

    Por todas estas razones, el trabajo del ODR no habra podido avanzar rpi-damente sin el apoyo de las personas que lo han ayudado de muy distintas formas a superar, al menos en parte, estos obstculos. A riesgo de omitir, por puras fallas de la memoria, los nombres de personas y organizaciones que merecen ser men-cionadas, queremos agradecer a las siguientes: en primer lugar, a los miembros de comunidades y organizaciones negras que sacrificaron un sbado o un domingo para compartir con el ODR, en largos talleres, sus vivencias, opiniones y propues-tas sobre la discriminacin racial. Entre ellas se encuentran las de Buenaventura, Cali, Tumaco, Quibd, Bogot, Medelln, Palenque y Cartagena, que hacen parte del ODR desde un comienzo, gracias a la organizacin de la Coordinacin Nacio-nal del PCN.

    En segundo lugar, agradecemos a los estudiosos del tema que compartieron generosamente con el ODR sus conocimientos. Por esto, reconocemos con especial gratitud el apoyo de Claudia Mosquera Rosero-Labb de la Universidad Nacional de Colombia y de Fernando Urrea y Carlos Vifara de la Universidad del Valle.

    En tercer lugar, fue fundamental el apoyo de algunos miembros de las orga-nizaciones del ODR que, sin estar involucrados directamente en la elaboracin de este informe, impulsaron el proceso que condujo a l. En el PCN, agradecemos a los miembros de su Coordinacin Nacional, as como a los integrantes de la oficina de Bogot. Entre estos ltimos fue esencial la contribucin de Carlos Rosero, Libia

  • ( 9 )

    Presentacin

    Grueso y Jos Santos, quienes participaron en el ODR desde su concepcin y aporta-ron a l su experiencia excepcional en el activismo y los estudios afrocolombianos.

    En la Universidad de los Andes fue invaluable el aliento generoso y permanente de Eduardo Cifuentes Muoz, decano de la Facultad de Derecho. Sin el compromiso personal y el profesionalismo excepcional de Carolina Reyes Rey, coordinadora ad-ministrativa del Prtograma d eJusticia Global de la Universidad de Los Andes y del ODR, habra sido simplemente imposible llevar a cabo este proyecto y elaborar este informe. El trabajo de Edna Martnez y Magnolia Prada, investigadoras del ODR, fue clave para impulsar el trabajo de campo, las acciones legales y la estrategia de comunicaciones del proyecto. La colaboracin de Julin Berro, Hctor Herrera, Ana Mara Snchez y Juan Pablo Wills, como asistentes de investigacin en diferen-tes momentos de la produccin de este informe, tambin fue fundamental.

    En cuarto lugar, la Fundacin Ford y la Delegacin de la Comisin Europea para Colombia y Ecuador proporcionaron la mayor parte de los fondos que hicieron posibles las actividades del ODR, incluyendo este libro. En especial, agradecemos a Martn Abreg y a Felipe Agero en la Fundacin Ford y a Marcela Salazar en la De-legacin de la Comisin Europea, por haber credo en el ODR desde un comienzo.

    Finalmente, expresamos nuestra gratitud a las muchas personas que desde otros pases ofrecieron su apoyo al ODR con la sola recompensa de sentir que con-tribuan a la causa contra la discriminacin. El apoyo de Ariel Dulitzky y Gastn Chillier fue clave para la proyeccin internacional del ODR. La versin en ingls del resumen del informe se debi al trabajo cuidadoso y solidario de Fatimah Williams y a la juiciosa revisin de Tianna Paschel.

    Referencias bibliogrficas

    Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) 2009. Observacio-nes preliminares de la Comisin Interamericana de Derechos Humanos tras la visita del Relator sobre los Derechos de los Afrodescendientes y contra la Discriminacin Racial a la Repblica de Colombia. OEA/Ser.L/V/II.134 Doc.66

  • ( 11 )

    Derecho a la salud

    1.El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

  • Fotografa: Realidad en dos dimensiones, 2008

    Camilo Mosquera Meja

    Concurso de fotografa Justicia a Contraluz,

    Universidad de los Andes, 2008

  • ( 13 )

    Introduccin: la negacin de la discriminacin y la invisibilidad de sus vctimas

    El Estado colombiano ratific la Convencin Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial (CIEDR) en 1981, mediante la Ley 22 de ese ao. Ms de un cuarto de siglo despus, la implementacin de las acciones a las que se oblig el Estado es una tarea pendiente. En efecto, como se ver a lo largo de este libro, las polticas y acciones del Estado contra la discriminacin racial han sido tmidas e intermitentes y han respondido ms a las presiones de la sociedad civil y los organismos internacionales de derechos humanos que a una voluntad poltica firme de reconocer y combatir las arraigadas prcticas de discriminacin racial en el pas.

    Este informe se concentra en la discriminacin contra la poblacin afrocolom-biana, negra, palenquera y raizal.1 Se trata del primer estudio sobre discriminacin que aborda el tema desde una perspectiva integral de derechos humanos en Colom-bia.2 La ausencia de informes de derechos humanos sobre el tema es, en s misma, un

    1 Esta afirmacin requiere dos aclaraciones. Primero, el nfasis en este sector de la poblacin

    nacional no implica el desconocimiento de las mltiples formas de discriminacin racial de las que son

    vctimas otros grupos y comunidades, incluyendo los pueblos indgenas y la poblacin rom o gitana.

    Segundo, existe un debate acadmico y social sobre el trmino que debe ser utilizado para referirse a

    la poblacin cuyos derechos son el objeto de este informe: negra, afrodescendiente o afrocolombiana.

    A estos trminos se suman los referidos a las personas originarias de centros demogrficos y culturales

    prominentes: palenqueros (de Palenque, Bolvar) y raizales (del archipilago de San Andrs y Providencia).

    Dado que este informe no pretende mediar en estas discusiones, sino ceirse a la documentacin de vio-

    laciones de derechos humanos, no se toma partido por ninguna de estas denominaciones. Utilizamos,

    por razones prcticas, la terminologa ms incluyente que adopt el censo de 2005 como resultado de la

    presin del movimiento afrocolombiano: poblacin negra, afrodescendiente, palenquera y raizal. Tam-

    bin por razones prcticas y brevedad de exposicin, a lo largo del informe acudimos con frecuencia a las

    formas resumidas que distintos actores sociales y estatales utilizan, esto es, poblacin afrodescendiente,

    poblacin afrocolombiana o poblacin negra. Siempre que se usan estas versiones abreviadas se est

    haciendo alusin a la expresin ms extensa e incluyente.

    2 Los informes que se han elaborado sobre la situacin de los derechos humanos de la pobla-

  • ( 14 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    primer sntoma de dos fenmenos que aparecen documentados con detalle a lo largo de este informe: la negacin de la existencia del racismo en Colombia y la invisibili-dad de la poblacin afrocolombiana para el Estado (y la sociedad) colombianos.

    La negacin de la discriminacin racial ha sido la posicin tradicional del Es-tado colombiano. Ha sido reiterada con frecuencia por altos funcionarios pblicos y recogida en informes oficiales ante organismos internacionales.3 Esta tesis ha sido defendida por gobiernos sucesivos con el argumento de que no existe discriminacin institucional o legal en Colombia y que los procesos de mestizaje de la poblacin han generado condiciones equivalentes para todas las personas y colectividades. Adicionalmente, el Estado ha sostenido que, dados los altos niveles de mestizaje, en Colombia la poblacin afrodescendiente es relativamente pequea (CEDR 1999). Como veremos, sin embargo, el tamao de este sector de la poblacin es objeto de intenso debate entre el Estado y las organizaciones afrodescendientes.

    Sin embargo, el Decimocuarto Informe Peridico presentado en 2008 por el Estado colombiano ante el Comit de la ONU para la Eliminacin de todas las For-mas de Discriminacin Racial, parece apuntar hacia un positivo cambio de posicin frente al tema. Aunque este informe estuvo precedido de 10 aos de incumplimien-to de la obligacin del Estado de enviar reportes peridicos a este Comit, resulta saludable la declaracin que hace en el sentido de que es necesario reconocer que las comunidades afrocolombiana e indgena an son vctimas de distintas formas de discriminacin racial en el pas (Repblica de Colombia 2008: 13-14).

    La invisibilidad de la poblacin negra para el Estado es el segundo hilo que atraviesa todos los temas tratados en este infor-me. En efecto, la investigacin emprica que sir-ve de base a este libro documenta el silencio y el desconocimiento elocuentes del Estado sobre la situacin de los afrocolombianos. Muestra de ello es que la respuesta ms comn de las entidades estatales a las peticiones de informacin hechas por el Observatorio de Discriminacin Racial (ODR) para este informe consisti en afirmar que ellas no cuentan con datos especficos sobre la composicin racial de su planta de empleados, su comunidad de usuarios, su gru-po de beneficiarios u otros grupos sociales con los que interactan. Como se ver

    cin afrocolombiana han examinado violaciones de derechos humanos en trminos generales o con en-

    foques distintos a la discriminacin racial y tnica. La Comisin Interamericana de Derechos Humanos ha

    elaborado varios informes de derechos humanos sobre Colombia en los que ha destacado la afectacin

    diferencial y ms gravosa de los derechos de la poblacin afrodescendiente. El informe ms reciente de

    la Comisin sobre la Poblacin Afrocolombiana fue elaborado en 1999 (CIDH 1999). En marzo de 2004, el

    Centro de Justicia de las Amricas (CEJA) public un informe sobre sistema judicial y racismo contra afro-

    descendientes en Brasil, Colombia, Per y Repblica Dominicana (Gonzlez y Contesse 2004). Reciente-

    mente, la Asociacin de Afrodescendientes Desplazados (Afrodes) y la ONG internacional Global Rights

    presentaron su informe sobre este sector de la poblacin negra (Afrodes y Global Rights 2007).

    3 Vanse, por ejemplo, los comentarios sobre esta posicin hechos por el Comit de la ONU

    para la Eliminacin de la Discriminacin Racial en sus observaciones sobre los informes peridicos oc-

    tavo y noveno presentados por el Estado colombiano ante dicho Comit (CEDR 1999). Sin embargo, como

    se ver enseguida, en el ltimo informe presentado por el Estado ante el Comit, el Estado parece estar

    dando un giro positivo hacia el reconocimiento de la discriminacin racial en Colombia (Repblica de Co-

    lombia 2008).

    En Colombia, el racismo comienza por la negacin de la existencia de discriminacin por parte del Estado y la sociedad.

  • ( 15 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    en los siguientes captulos, muchas agencias del Estado afirman desconocer qu porcentaje de su personal es afrodescendiente, los centros educativos sostienen no tener informacin sobre el tamao del estudiantado afro y las entidades prestadoras

    de servicios pblicos o garantes de derechos hu-manos dicen no saber si deben disear polticas de atencin diferencial a la poblacin negra por no conocer la composicin tnico-racial de sus usuarios o beneficiarios.

    Desde el punto de vista sociolgico, la combinacin de negacin e invisibilidad subyace en lo que estudiosos del tema han denominado el mito de la democracia racial. Como se vio en la presentacin a este libro, esta es la idea segn la cual el mestizaje colombiano dio lugar a relaciones sociales igualitarias entre grupos tni-cos-raciales. Dado que este libro tiene el carcter de informe de derechos humanos, no se busca aqu hacer un sondeo sistemtico de sta y otras discusiones acadmicas relevantes ni intervenir en ellas. Desde el punto de vista de los derechos humanos, lo que resulta relevante de la dupla negacin-invisibilidad es que ella ubica a Colombia en lo que se puede denominar como el nivel cero de la realizacin del derecho a no ser discriminado: aquel en el cual la lucha contra la discriminacin racial implica comenzar por documentar y reconocer la existencia del problema.

    En el contexto colombiano, marcado por el conflicto armado interno ms lar-go del mundo, la discriminacin est entrelazada con la violencia. El informe docu-menta el impacto diferencial que el conflicto ha tenido sobre la poblacin afrodes-cendiente por ejemplo, la incidencia desproporcionada del desplazamiento forzado sobre los afrocolombianos en comparacin con otros grupos tnico-raciales (vase captulo 3).

    Por todo ello, los captulos temticos de este informe documentan y defienden la necesidad de producir informacin de calidad sobre las categoras y las relaciones raciales en el pas. Paradjicamente, la razn que con mayor frecuencia aducen las entidades estatales para ignorar la variable racial al recoger cifras, disear polticas o prestar servicios es precisamente la prohibicin de discriminar por razones de raza. Como lo respondieron muchas entidades estatales a cerca de dos centenares de derechos de peticin presentados por el ODR para la elaboracin de este in-forme, desde este punto de vista la sola recoleccin de informacin racial violara la prohibicin de distinguir entre personas por este motivo. El nivel cero de la discriminacin racial, por tanto, conduce a un crculo vicioso: Colombia no cuenta con polticas pblicas que contrarresten la desigualdad histrica que ha sufrido la poblacin afrodescendiente, en parte, porque no existen cifras sobre sta. Y el argu-mento central con el que las entidades del Estado (y del sector privado) se niegan a producir esta informacin necesaria es un malentendido y paralizante deber de no indagar sobre asuntos raciales.

    Segn se explicar a lo largo del libro, esta justificacin parte de una interpre-tacin errnea de las obligaciones derivadas del derecho a la igualdad. Esta inter-pretacin hace eco de crticas acadmicas (por ejemplo, dentro de algunos sectores de la antropologa) que objetan la recoleccin de datos sobre categoras raciales que surgieron histricamente para clasificar a la poblacin de tal forma que se reforzara la dominacin de unos grupos raciales sobre otros.

    La invisibilidad de la poblacin afrocolombiana en las cifras y polticas oficiales

    refuerza el mito de la igualdad racial.

  • ( 16 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    El punto de vista del derecho internacional de los derechos humanos: la definicin de discriminacin racial y la evidencia ofrecida en este informe

    El punto de vista del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH), que se adopta aqu, es diferente al de las interpretaciones jurdicas y acadmicas que critican el uso de categoras basadas en el concepto de raza. A pesar de reconocer la artificialidad y los orgenes histricos y polticos de las clasificaciones raciales, el DIDH tambin reconoce la persistencia de la discriminacin basada en el color de la piel y los rasgos fsicos de las personas. En vista de ello, el DIDH exige que exista in-formacin confiable sobre esta variable social y que, con su ayuda, los Estados y las sociedades tomen medidas que eviten la discriminacin y promuevan los derechos de la poblacin afrodescendiente. As tambin lo han recomendado diversas ciencias sociales (p .ej., la sociologa) al responder a la mencionada crtica antropolgica.4

    Como se explica ms adelante, el DIDH contra la discriminacin racial com-prende una rica gama de instrumentos jurdicos y organismos internacionales de aplicacin. De hecho, esta rama del DIDH fue pionera en la expedicin de con-venciones temticas y mecanismos de aplicacin (comits) especializados (lva-rez 2003: 228). La evidencia de la violacin masiva de los derechos humanos de miembros de minoras tnicas y raciales durante la Segunda Guerra Mundial (Smith 2007: 182) llev a la comunidad internacional a expedir en 1965, a travs del sis-tema de la ONU, la mencionada Convencin Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial (CIEDR). Este instrumento entr en vigor en 1969 y constituye la principal fuente de obligaciones jurdicas contra la discriminacin racial para los Estados que, como Colombia, lo han incorporado a su ordenamiento jurdico interno.

    Para hacer efectivas sus normas, la Convencin estableci el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial (en adelante, el Comit), con sede en Gi-nebra, ante el cual los Estados deben reportar cada dos aos las acciones que han tomado para combatir la discriminacin racial en su territorio (CIEDR, art. 9, lit. a). La Convencin establece un mecanismo adicional de aplicacin: las quejas por casos de discriminacin que los individuos pueden presentar directamente ante el Comit. Sin embargo, este mecanismo puede operar en un Estado slo si ste hace una declaracin expresa en la que lo acepte (CIEDR, art. 14). Despus de 27 aos de haber incorporado la Convencin a su derecho interno, Colombia sigue en mora de hacer esta declaracin para ofrecer una va adecuada de acceso de sus ciudadanos al Comit.

    Por tanto, el nico mecanismo de monitoreo del Comit sobre Colombia son las observaciones que hace a los informes peridicos presentados por el Estado. Como se vio, el Estado colombiano ha incumplido su deber de enviar informes al Comit cada dos aos. As lo muestra el hecho de que el ltimo informe, presentado en 2008, haya sido precedido de 10 aos de silencio del Estado colombiano frente

    4 Sobre las posiciones divergentes de la antropologa y la sociologa sobre el tema, vase, por

    ejemplo, el debate entre la Asociacin de Antropologa de Estados Unidos (http://www.aaanet.org/stmts/

    racepp.htm) y la Asociacin de Sociologa de ese pas (http://www2.asanet.org/media/race.html).

  • ( 17 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    al Comit. Por ello, este informe (el decimocuarto del Estado colombiano) comienza por afirmar expresamente que contiene los informes peridicos combinados dci-mo, decimoprimero, decimosegundo, decimotercero y decimocuarto, que deban presentarse en los aos 2000, 2002, 2004, 2006 y 2008 (Repblica de Colombia 2008: 1).

    A lo largo de los siguientes captulos se examinan con detenimiento los com-promisos asumidos por el Estado colombiano en virtud de la CIEDR y otras nor-mas, as como su nivel de cumplimiento en la prctica. Para efectos de este captulo introductorio, conviene concentrarse en un asunto preliminar fundamental que ayu-da a entender el contenido y la naturaleza de este informe: la definicin de discrimi-nacin racial adoptada por el DIDH a travs de la CIEDR.

    El artculo 1 de la Convencin comienza con la siguiente definicin:En la presente Convencin la expresin discriminacin racial denotar toda

    distincin, exclusin, restriccin o preferencia basada en motivos de raza, color,

    linaje u origen nacional o tnico que tenga por objeto o por resultado anular o

    menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de

    los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas poltica, econ-

    mica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pblica.

    Como lo han destacado numerosos analistas y el propio Comit, esta defi-nicin adopta una concepcin amplia de las acciones u omisiones que pueden ser consideradas como discriminacin racial y de los medios para probar su existencia (International Council on Human Rights Policy 2000). Esta conclusin se sigue de tres elementos que son particularmente importantes para los efectos de este informe. En primer lugar, la definicin adopta una lista amplia de factores de discrimina-cin que incluye tanto rasgos raciales (fsicos) como identidad tnica (cultural). Esto implica que el DIDH cobija las dos reivindicaciones que ha hecho el movimiento afrodescendiente en Colombia y en otras partes del mundo, esto es, la lucha contra la discriminacin racial, de un lado, y la defensa de las prcticas culturales de las comunidades negras, del otro. Por ello, en adelante combinamos estos dos factores en el adjetivo tnico-racial para calificar a los grupos poblacionales, las prcticas y polticas involucrados.

    En segundo lugar, la CIEDR acoge una gama variada de actos potencialmente discriminadores. En efecto, al hablar de cualquier distincin, exclusin, restriccin o preferencia, deja abierta la puerta a que actos de muy diversa naturaleza puedan

    ser calificados como discriminatorios desde las exclusiones generales e institucionales de una po-blacin, como las del antiguo apartheid sudafri-cano, hasta las preferencias ms sutiles mediante las cuales opera el racismo hoy en da.

    En tercer lugar, un elemento especialmente importante de la definicin es que, para que exista discriminacin racial, no se re-quiere que haya intencin discriminadora ni que se pruebe que la nica causa de la situacin de un grupo desaventajado es su identidad tnico-racial. Dado que una ac-cin, una omisin, una poltica o un patrn social puede ser discriminatorio si tiene como resultado limitar o anular algn derecho de los miembros de un grupo tnico-racial, incluso aquellos que no tienen un objetivo excluyente pueden ser considerados

    En el contexto del conflicto armado, la discriminacin est entrelazada con la violencia,

    el desplazamiento y la vulneracin de derechos individuales y colectivos de los afrocolombianos.

  • ( 18 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    como discriminatorios. Como lo sostiene Lerner, esta definicin es suficientemente amplia como para incluir todos los actos discriminatorios, independientemente de que sean o no intencionales, o de que sean o no eficaces, siempre que exista el pro-psito o el efecto (Lerner 1991: 26).

    Esta definicin comprensiva ha llevado al Comit a expandir gradualmente sus observaciones y su doctrina para incluir como casos de discriminacin racial la desventaja sistemtica sufrida por grupos como los migrantes y los pueblos indge-nas, incluso cuando no hay evidencia tajante de actos intencionales o polticas di-rectamente encaminadas a excluir a dichos grupos por razones raciales. En ltimas, entonces, el foco de atencin del DIDH es la existencia de situaciones en las que el nivel de goce de los derechos humanos de un grupo tnico-racial (como los afro-descendientes) es claramente inferior al nivel de proteccin de los derechos de otros grupos tnico-raciales (como los mestizos). Es esta desigualdad emprica en relacin con los derechos la que constituye evidencia de discriminacin.

    Con base en esta concepcin, en este informe se documenta la desventaja sistemtica de la poblacin afrocolombiana frente a la poblacin mayoritaria mestiza en relacin con el goce de derechos bsicos. Tambin de acuerdo con esa definicin, la evidencia y el estndar de prueba de las afirmaciones hechas en el informe no dependen de la comprobacin de una intencin discriminadora por parte del Estado o la sociedad colombianas. Tampoco dependen, en trminos de las ciencias sociales, de aislar el efecto de la discriminacin racial de los efectos de otros factores como la pobreza o la ubicacin geogrfica de los afrocolombianos. Los anlisis de las ciencias sociales son esenciales y nos apoyamos en ellos a lo largo del texto (especialmente en el captulo 2). De hecho, uno de los pasos centrales en la documentacin y el tratamiento del problema de la discriminacin es la multiplica-cin de estudios de este tipo, que siguen siendo escasos en Colombia. Sin embargo, es fundamental aclarar desde ahora que, conforme con la naturaleza de este informe de derechos humanos, el concepto y estndar de evidencia que se adopta son los que han sido decantados por el DIDH y esbozados en esta seccin. Esta misma perspec-tiva explica la lgica y la estructura del informe y de los captulos, que se describe a continuacin.

    Los compromisos del Estado colombiano en relacin con la lucha contra la discriminacin racial

    Adems de definir la discriminacin racial, el derecho internacional de los dere-chos humanos establece las obligaciones que tienen los Estados para combatirla. En esta seccin se ofrece un rpido recuento de las fuentes de esas obligaciones, que incluyen no slo la CIEDR sino diversas normas y declaraciones, tanto en la escala internacional como en la nacional.

    En efecto, los compromisos estatales en esta materia resultan de la combina-cin de instrumentos jurdicos (normas nacionales y tratados internacionales ratifi-cados por Colombia) y polticos (documentos de polticas pblicas y declaraciones

    El concepto y estndar de evidencia de discriminacin racial que se usan en este informe son los del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH). De acuerdo con ellos, una accin u omisin puede ser discriminadora incluso si no tiene una intencin racista.

  • ( 19 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    internacionales firmadas por el Estado colombiano). Como lo muestra el grfico 1, los primeros comprenden la Constitucin Poltica de Colombia (CP), las leyes que consagran derechos y garantas para los grupos tnicos, la mencionada Convencin Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial, las recomendaciones del mencionado Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial y las recomendaciones de los relatores temticos sobre discriminacin racial tanto del sistema interamericano (de la Organizacin de Estados Americanos, OEA) como del sistema universal de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU).

    Entre los segundos destacan, en la escala nacional, los documentos de polticas pblicas (Conpes) que se refieren especficamente a la poblacin afrodescendiente y, en la escala internacional, la Declaracin y el Programa de Accin de la Tercera Conferencia Mundial sobre la Discriminacin Racial, el Racismo, la Xenofobia y otras Formas Conexas de Intolerancia de 2001 (en adelante, la Declaracin y Pro-grama de Accin de Durban).

    La combinacin de estos instrumentos da lugar a un rico entramado jurdico y poltico que no puede ser captado con claridad en un solo cuadro. Por ello, en el anexo 1 se ofrece un panorama de los tipos de derechos de la poblacin afrocolom-biana y de las fuentes principales de las obligaciones correspondientes en cabeza del

    Grfico 1. fuentes de las obligaciones jurdicas y polticas del Estado colombiano

    en materia de discriminacin racial

  • ( 20 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    Estado. Adems, al comienzo de cada uno de los captulos de este libro se ofrece una lista detallada de los compromisos del Estado en relacin con el derecho que se trate en el respectivo captulo. Para aclarar este panorama normativo, y dados los propsitos introductorios de esta seccin, conviene aqu destacar los principales tipos de derechos y obligaciones.

    En trminos generales, el derecho nacional e internacional de los derechos hu-manos establece tres tipos de derechos a favor de la poblacin afrocolombiana: 1) el derecho a la igualdad y a la no discriminacin, 2) el derecho a ser beneficiaria de medidas especiales para que dicha igualdad sea real y efectiva y 3) el derecho a ejercer su identidad tnica y cultural. Veamos brevemente en qu consiste cada una de estas categoras de derechos.

    El derecho a la igualdad y a la no discrimi-nacin fue examinado en la seccin anterior, a propsito de la definicin de discriminacin de la Convencin de la ONU. Se trata, en general, de la dimensin negativa de los derechos de la poblacin afrodescendiente, en tanto implica la obligacin del Estado de abstenerse de utilizar la raza o la identidad tnica como criterios para tratar de forma diferente a sus ciudadanos afrodescendientes en comparacin con el resto de la poblacin. En el derecho nacional, esta dimensin es recogida por el primer pargrafo del artculo 13 de la Constitucin Poltica, que establece que:

    Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirn la misma proteccin

    y trato de las autoridades y gozarn de los mismos derechos, libertades y oportu-

    nidades sin ninguna discriminacin por razones de sexo, raza, origen nacional o

    familiar, lengua, religin, opinin poltica o filosfica.

    Por su parte, el derecho a la igualdad real implica la obligacin del Estado de tomar medidas especiales para contrarrestar los efectos histricos de la discrimina-cin racial. Como lo establece la Declaracin de Durban,5 la trayectoria histrica del racismo ha producido una brecha entre las condiciones de vida de los afrodes-cendientes y las de la poblacin mestiza mayoritaria que puede ser mitigada o cerra-da slo mediante acciones positivas de los Estados que promuevan el acceso real de los primeros a los beneficios de toda la ciudadana. La misma obligacin se deriva de las disposiciones de la Convencin (CIEDR, art. 2, num. 2).

    En el derecho nacional, esta obligacin est consagrada en los pargrafos dos y tres del artculo 13 de la CP, que establecen que:

    El Estado promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y

    adoptar medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

    El Estado proteger especialmente a aquellas personas que por su condicin eco-

    nmica, fsica o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y

    sancionar los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

    Esta norma reitera que, para cumplir con sus obligaciones constitucionales, no basta con que el Estado se abstenga de tratar de forma diferente a la poblacin afro, sino que debe disear acciones especficas para garantizar que en la prctica pueda

    5 Vase Declaracin de Durban, pars., 9, 18 y 19.

    Las entidades estatales y privadas no recogen informacin sobre los afrocolombianos, aduciendo, errneamente, que ello violara el derecho a la igualdad.

  • ( 21 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    acceder a los mismos derechos, bienes y servicios que otras poblaciones que no han sido histricamente marginadas.

    Finalmente, el derecho nacional e internacional establece el derecho a la diver-sidad tnica y cultural. La Constitucin reconoce la diversidad tnica y cultural de la nacin (CP, art. 7) y da especial proteccin y derechos especficos y diferenciales a los grupos tnicos. La poblacin afrocolombiana es reconocida por la Constitucin y la legislacin colombiana como un grupo culturalmente diverso. Por esa razn, el Estado ha adquirido tambin obligaciones frente a la proteccin de la diversidad cultural de las comunidades afrodescendientes. En efecto, el Estado colombiano ha reconocido oficialmente que la poblacin afrocolombiana es un grupo tnico cuya diversidad cultural debe ser protegida. En desarrollo de este reconocimiento oficial, la Constitucin Poltica de 1991 incluy un artculo transitorio en el que ordenaba al Congreso expedir una ley que garantizara y protegiera los derechos de esta pobla-cin. En cumplimiento de este mandato, el Congreso de la Repblica expidi la Ley 70 de 1993, en la que reconoci los derechos territoriales, el derecho al desarrollo propio y el principio de no discriminacin entre otros a las comunidades negras, justamente en virtud de su diversidad cultural.

    Igualmente, al firmar la Declaracin de Durban en 2001, el Estado colom-biano asumi el compromiso de garantizar que las minoras tnicas puedan ejercer plena y efectivamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminacin alguna y en condiciones de plena igualdad ante la ley.6 Asumi tam-bin la obligacin de garantizar el derecho a disfrutar y practicar su propia cultura libremente y sin injerencia externa.7

    La lgica del informe: el contraste entre las obligaciones estatales y la situacin de la poblacin afrocolombiana

    Conforme con lo anterior, este informe adopta la lgica de los derechos humanos para acercarse al tema del racismo en Colombia en las tres dimensiones analizadas en la seccin anterior. Esto tiene dos implicaciones argumentativas y estilsticas que atraviesan todo el libro. En primer lugar, el hilo lgico consiste en contrastar el con-tenido de las obligaciones jurdicas nacionales e internacionales que ha asumido el Estado colombiano para realizar los derechos de la poblacin negra, de un lado, y la situacin real del cumplimiento de esas obligaciones y del goce de esos derechos, del otro. Por ello, cada captulo del libro se ocupa de un derecho y comienza por resumir y exponer las obligaciones estatales en relacin con el derecho respectivo. Contra este teln de fondo, el resto de cada captulo est dedicado a documentar la realidad del goce de ese derecho por parte de la poblacin afrocolombiana.

    Dicha documentacin est fundada en datos cuantitativos y cualitativos recogidos en el estudio emprico cuya metodologa se expone ms adelante. La brecha entre las obligaciones jurdicas y la realidad social es ilustrada con base en evidencia de dos tipos. De un lado, se usa evidencia directa que contrasta el nivel de goce de un derecho por parte de la poblacin afro y del resto de la po-

    6 Vase Declaracin de Durban, par. 46.

    7 Declaracin de Durban, par 47. Vase tambin Programa de Accin de Durban, pars. 32, 34 y 66.

  • ( 22 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    blacin. As, por ejemplo, en el captulo 2 se utiliza informacin del censo 2005 para documentar la brecha entre la poblacin negra y la poblacin mestiza en el acceso al sistema educativo, y se utilizan datos de entrevistas sobre situaciones individuales que ilustran esa brecha. De otro lado, se usa evidencia indirecta al contrastar la situacin del goce de derechos en departamentos y municipios de poblacin mayoritariamente afrodescendiente con la situacin del resto de depar-tamentos y municipios del pas. Dado que, como veremos en el siguiente captulo, la poblacin negra sigue estando relativamente concentrada en ciertas regiones de la geografa nacional a pesar del profundo impacto del desplazamiento forzado, el anlisis de los datos de los lugares donde se ubica ofrece informacin til para conocer su situacin.

    En segundo lugar, la lgica del informe implica extraer recomendaciones de polticas pblicas y medidas administrativas y legislativas para que el Estado cierre la brecha documentada entre obligaciones y prctica social. Por ello, cada captulo concluye con propuestas realizables que conduzcan a la garanta del derecho a la igualdad de la poblacin afrocolombiana. Por ello, tambin, el libro concluye con un breve captulo de recomendaciones generales que sintetiza lo propuesto a lo largo de los captulos.

    Metodologa del estudio

    Este informe est basado en un trabajo de dos aos en el que fueron utilizadas estra-tegias de investigacin social y documentacin jurdica a lo largo de dos fases:

    Elaboracin participativa de un diagnstico preliminar

    En vista de la inexistencia de informes de este tipo en Colombia y del silencio elo-cuente sobre el tema en la mayor parte de los crculos estatales y de la sociedad civil, el primer paso consisti en hacer un balance preliminar en dos frentes comple-mentarios. De un lado, se hizo un diagnstico jurdico de las normas y estndares aplicables al tema en el pas. Con este fin, fueron sistematizados los estndares y normas relevantes y, con base en ello, se elabor un mapa de las obligaciones nacio-nales e internacionales del Estado colombiano en materia de discriminacin racial y derechos de la poblacin afrodescendiente.

    De otro lado, se elabor un diagnstico social de las situaciones y patrones de discriminacin ms apremiantes para la poblacin afrocolombiana. La metodolo-ga utilizada para este diagnstico combin tcnicas cualitativas y cuantitativas. El estudio cualitativo estuvo basado en trabajo de campo realizado en Bogot, Cali, Cartagena, Medelln, Buenaventura, Tumaco y Quibd. Este trabajo incluy:

    Ciento quince entrevistas semiestructuradas, de una duracin tpica de una hora, con lderes sociales y polticos, docentes, profesionales, estudiantes universitarios, personas en situacin de desplazamiento, comerciantes informales y otros afrocolombianos de diverso perfil so-cioeconmico, edad, sexo y origen regional.Dieciocho entrevistas semiestructuradas, de una duracin tpica de una hora, con funcionarios pblicos encargados de decidir o imple-mentar polticas sobre el tema.

  • ( 23 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    Diez grupos focales con lderes sociales, docentes y estudiantes uni- versitarios en las ciudades mencionadas.Cinco grupos focales en Bogot con poblacin mestiza para explorar sus percepciones y actitudes sobre la discriminacin racial.

    El estudio cuantitativo consisti en una exploracin sistemtica de las bases de datos pblicas que incluyen variables tnico-raciales. Entre ellas destacan el Censo Nacional de 2005, la Gran Encuesta Integrada de Hogares de 2007, la Encuesta de Calidad de Vida de 2003 y los datos sobre Colombia recogidos por el Latinoba-rmetro de 2001. La informacin y los resultados ofrecidos por estas fuentes son analizados en detalle en el siguiente captulo.

    La combinacin de estas tcnicas de investigacin jurdica y social arroj un inventario de problemas sociales y derechos vulnerados que se convirtieron en el objeto del seguimiento hecho por el ODR en las fases posteriores del estudio.

    Documentacin del nivel de cumplimiento de las obligaciones estatales

    Con base en este diagnstico, el ODR dise un programa de seguimiento al cum-plimiento de las obligaciones del Estado colombiano en relacin con los derechos seleccionados. El seguimiento combin cuatro estrategias: 1) la solicitud y revisin de los informes oficiales sobre la situacin de la poblacin afrodescendiente; 2) la recoleccin de informacin sobre las polticas y programas diseados por las entidades estatales centrales y regionales para la poblacin afrocolombiana; 3) la recoleccin de informacin emprica sobre violaciones de los derechos de la pobla-cin afrocolombiana, a travs de investigacin documental (incluyendo archivos de prensa y archivos de organizaciones sociales) y de las entrevistas y los grupos focales mencionados, que fueron realizados en diferentes lugares de Colombia.

    Para recabar informacin oficial, en ejercicio del derecho de peticin, fueron enviadas solicitudes de informacin con preguntas especficas sobre las condiciones de vida de la poblacin y sobre la existencia e implementacin de polticas y progra-mas dirigidos a ella. Las entidades a las que se requiri la informacin fueron de-terminadas con base en el anlisis de las obligaciones del Estado y las facultades de

    cada entidad, en el nivel nacional, departamental y municipal. La lista de las entidades consultadas se encuentra en el anexo 2 de este captulo.

    Como se ver a lo largo de los captulos ve-nideros, las respuestas recibidas de las entidades estatales arrojan informacin til tanto por lo que dicen como por lo que no dicen. En particu-lar, el hecho de que la gran mayora de respuestas

    afirme que el Estado colombiano no tiene cifras sobre la poblacin afrodescendiente confirma la mencionada invisibilidad de este sector de la poblacin nacional.

    La informacin proveniente de la respuesta a los derechos de peticin fue cru-zada y conciliada con la obtenida mediante investigacin documental y los datos cuantitativos y cualitativos recogidos con la metodologa descrita en la seccin an-terior. La combinacin de estas fuentes de informacin constituye el sustento emp-rico de las conclusiones sobre la situacin de la poblacin negra y la realidad de los derechos de los que es titular.

    Los derechos de la poblacin afrocolombiana son de tres tipos: el derecho a no ser

    discriminada, el derecho a ser beneficiaria de medidas estatales especiales que promuevan

    la igualdad real y el derecho a ejercer su identidad tnica y cultural.

  • ( 24 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    Temas y estructura del libro

    Siguiendo la lgica del informe de derechos humanos explicada anteriormente, en los siguientes captulos se contrastan las obligaciones estatales con la realidad del goce de los derechos de los afrocolombianos. Para ello, por razones de claridad expositiva y de simetra con el presente captulo, el captulo 2 ofrece una visin panormica de la situacin de la poblacin negra, con base en los datos del censo de 2005, la Gran Encuesta Integrada de Hogares de 2007 y el Latinobarmetro de 2001. Los captulos 3 a 8 pasan a ocuparse de los derechos seleccionados: el derecho al territorio y otros derechos vulnerados por el conflicto armado y el desplazamien-to forzado (captulo 3), el derecho a la salud (captulo 4), el derecho a la vivienda (captulo 5), el derecho a la educacin (captulo 6), el derecho al acceso a la justicia (captulo 7) y finalmente el derecho a una legislacin eficaz contra la discriminacin racial (captulo 8).

    Antes de pasar a examinar la situacin general de los afrodescendientes en Colombia, es necesario hacer una aclaracin en relacin con la lista de los derechos escogidos. La lista result de la combinacin de dos criterios. De un lado, se escogie-ron derechos cuya vulneracin fue evocada con mayor frecuencia en las entrevistas y grupos focales que sirvieron de base para el diagnstico preliminar participativo. De otro lado, se indag cules derechos estn claramente demarcados en los instrumen-tos jurdicos y polticos mencionados y, por tanto, generan obligaciones ntidas que pueden ser contrastadas con la prctica social. El resultado de este doble filtro no es una lista exhaustiva de derechos exigibles por la poblacin afrocolombiana. Se trata de una lista inicial de derechos cuya vulneracin es sentida con especial fuerza por los afrocolombianos y en relacin con los cuales existen compromisos indiscutibles en cabeza del Estado colombiano.

    Referencias bibliogrficas

    lvarez, Natalia. 2003. La Convencin para la Eliminacin de todas las For-mas de Discriminacin Racial. En Felipe Gmez Isa y Jos Manuel Pu-reza, eds. La proteccin internacional de los derechos humanos en los albores del siglo XXI. Bilbao: Universidad de Deusto.

    Asociacin de Afrocolombianos Desplazados (Afrodes) y Global Rights. 2007. Luces y contraluces sobre la exclusin. Bogot: Afrodes y Global Rights.

    Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial de la ONU (CEDR). 1999. Observaciones sobre los informes peridicos octavo y noveno de Colombia. CERD/C/304/Add.76.

    Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 1999. Tercer In-forme sobre la situacin de los derechos humanos en Colombia. Disponi-ble en: http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm.

    Gonzlez, Felipe y Jorge Contesse. 2004. Sistema Judicial y Racismo contra Afrodescendientes. Brasil, Colombia, Per y Repblica Dominicana. Centro de Estudios de Justicia de las Amricas (CEJA). Disponible en: http://www.cejamericas.org/doc/proyectos/raz-sistema-jud-racismo2.pdf.

  • ( 25 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    International Council on Human Rights Policy. 2000. The Persistence and Mutation of Racism. Ginebra: ICHRP.

    Lerner, Natan. 1999. Group Rights and Discrimination in International Law. La Haya: Martinus Nijhoff.

    Repblica de Colombia. 2008. Decimocuarto informe peridico presentado por el Estado colombiano ante el Comit de las Naciones Unidas para la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial (mimeo).

    Smith, Rhona. 2007. Textbook on International Human Rights. Oxford: Oxford University Press.

  • ( 26 )

    Raza y derechos humanos en Colombia

    An

    Ex

    o 1

    :

    ob

    lig

    acio

    nes

    pr

    inci

    pale

    s d

    el E

    stad

    o c

    olo

    mb

    ian

    o

    en m

    ater

    ia d

    e d

    iscr

    imin

    aci

    n r

    acia

    l

    Der

    ech

    o a

    la

    igu

    ald

    ad

    Ob

    lig

    aci

    n

    Fue

    nte

    s in

    tern

    aci

    on

    ale

    sFu

    en

    tes

    na

    cio

    na

    les

    pri

    nci

    pa

    les

    Dim

    ensi

    n

    fo

    rma

    l del

    der

    ech

    o a

    la ig

    ua

    lda

    d

    Ga

    ran

    tiza

    r la

    igu

    ald

    ad

    an

    te la

    ley.

    Co

    nve

    nci

    n

    Inte

    rna

    cio

    na

    l so

    bre

    la

    Eli

    min

    aci

    n

    de

    la D

    iscr

    imin

    aci

    n

    Ra

    cia

    l

    (CIE

    DR

    ), a

    rt. 5

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 13

    Dim

    ensi

    n

    ma

    teri

    al d

    el

    der

    ech

    o a

    la ig

    ua

    lda

    d

    Tom

    ar

    me

    did

    as

    esp

    eci

    ale

    s y

    con

    cret

    as

    en la

    s e

    sfer

    as

    soci

    al,

    eco

    n

    mic

    a y

    cult

    ura

    l, en

    tre

    otr

    as,

    pa

    ra g

    ara

    nti

    zar

    el p

    len

    o d

    isfr

    ute

    de

    los

    der

    ech

    os

    en c

    on

    dic

    ion

    es

    de

    igu

    ald

    ad

    .

    CIE

    DR

    , art

    . 2, n

    um

    . 2

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 13

    Der

    ech

    o a

    la ig

    ua

    lda

    d -

    Div

    ersi

    da

    d c

    ult

    ura

    l

    Co

    mb

    ati

    r la

    dis

    crim

    ina

    ci

    n r

    aci

    al,

    pro

    mo

    vien

    do

    la

    div

    ersi

    da

    d, l

    a ig

    ua

    lda

    d, l

    a e

    qu

    ida

    d, l

    a ju

    stic

    ia s

    oci

    al y

    la

    igu

    ald

    ad

    de

    op

    ort

    un

    ida

    de

    s y

    pa

    rtic

    ipa

    ci

    n.

    De

    cla

    raci

    n

    de

    Du

    rba

    n, p

    ar.

    47

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 32,

    34, 6

    6

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 7

    Ley

    70 d

    e 19

    93

    Ter

    rit

    or

    io, v

    iole

    nci

    a y

    des

    pla

    zam

    ien

    tow

    Ob

    lig

    aci

    n

    Fue

    nte

    s in

    tern

    aci

    on

    ale

    sFu

    en

    tes

    na

    cio

    na

    les

    pri

    nci

    pa

    les

    Pro

    hib

    ici

    n d

    e

    dis

    crim

    ina

    ci

    n y

    pri

    nci

    pio

    de

    igu

    ald

    ad

    Pro

    hib

    ir y

    eli

    min

    ar

    la d

    iscr

    imin

    aci

    n

    ra

    cia

    l en

    to

    da

    s su

    s

    form

    as

    y g

    ara

    nti

    zar

    el d

    ere

    cho

    de

    tod

    a p

    erso

    na

    qu

    e h

    aya

    sid

    o d

    esp

    laza

    da

    a la

    igu

    ald

    ad

    an

    te la

    ley,

    sin

    dis

    tin

    ci

    n d

    e

    raza

    , co

    lor

    y o

    rig

    en n

    aci

    on

    al o

    tn

    ico

    , en

    el g

    oce

    de

    tod

    os

    sus

    der

    ech

    os

    fun

    da

    men

    tale

    s.

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 1

    y 4

    De

    cla

    raci

    n

    de

    Du

    rba

    n, p

    ar.

    20

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 13

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    . 2.3

    Tom

    ar

    me

    did

    as

    de

    pro

    teci

    n

    co

    ntr

    a lo

    s d

    esp

    laza

    mie

    nto

    s

    de

    gru

    po

    s t

    nic

    os

    com

    o la

    po

    bla

    ci

    n a

    fro

    colo

    mb

    ian

    a,

    qu

    e e

    xper

    imen

    ten

    un

    a d

    epen

    den

    cia

    esp

    eci

    al d

    e su

    tie

    rra

    o u

    n a

    peg

    o p

    art

    icu

    lar

    a el

    la.

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 5

    , 6 y

    9

    Ley

    70 d

    e 19

    93, a

    rts.

    1, 2

    y 3

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    s. 2

    .7, 3

    y 1

    0.2

    Ga

    ran

    tiza

    r la

    ate

    nci

    n

    esp

    eci

    al a

    las

    com

    un

    ida

    de

    s n

    egra

    s

    som

    etid

    as

    al d

    esp

    laza

    mie

    nto

    en

    co

    rre

    spo

    nd

    enci

    a co

    n

    sus

    uso

    s y

    cost

    um

    bre

    s, y

    pro

    pic

    ian

    do

    el r

    eto

    rno

    a s

    us

    terr

    ito

    rio

    s.

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    . 10.

    8

    Ga

    ran

    ta

    mn

    ima

    de

    los

    der

    ech

    os

    pa

    ra la

    po

    bla

    ci

    n

    de

    spla

    zad

    a en

    las

    dif

    eren

    tes

    fase

    s d

    el d

    esp

    laza

    mie

    nto

    forz

    ad

    o

    Ga

    ran

    tiza

    r lo

    s d

    ere

    cho

    s fu

    nd

    am

    enta

    les

    reco

    no

    cid

    os

    inte

    rna

    cio

    na

    l y n

    aci

    on

    alm

    ente

    .

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 3

    , 4, 9

    , 10

    a 1

    2, 1

    8 a

    23

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 34

    a

    36, 5

    4 y

    172

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    s. 2

    .3 y

    14

    .3

    Co

    rte

    Co

    nst

    itu

    cio

    na

    l, S

    ente

    nci

    a T-

    025

    de

    2004

    Der

    ech

    o a

    l ter

    rito

    rio

    y a

    la

    pro

    pie

    da

    d c

    ole

    ctiv

    a so

    bre

    l

    Pro

    teg

    er la

    pro

    pie

    da

    d d

    e lo

    s te

    rrit

    ori

    os

    an

    cest

    rale

    s d

    e

    las

    com

    un

    ida

    de

    s a

    fro

    colo

    mb

    ian

    as,

    su

    s fo

    rma

    s co

    lect

    iva

    s

    de

    pro

    pie

    da

    d, p

    rct

    ica

    s tr

    ad

    icio

    na

    les

    de

    pro

    du

    cci

    n y

    org

    an

    iza

    ci

    n in

    tern

    a.

    Co

    nve

    nio

    169

    de

    la O

    IT, a

    rts.

    13-

    19

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 9

    , 21

    y 29

    De

    cla

    raci

    n

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 34

    , 52,

    54

    , 65

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 13

    y

    172

    Ley

    70 d

    e 19

    93

    Der

    ech

    o a

    la c

    on

    sult

    a p

    revi

    aG

    ara

    nti

    zar

    el d

    ere

    cho

    a la

    co

    nsu

    lta

    pre

    via

    , qu

    e e

    s el

    der

    ech

    o f

    un

    da

    men

    tal d

    e lo

    s g

    rup

    os

    tn

    ico

    s a

    pa

    rtic

    ipa

    r

    en la

    s d

    eci

    sio

    ne

    s q

    ue

    les

    afe

    cta

    n, d

    e m

    an

    era

    lib

    re, p

    revi

    a

    e in

    form

    ad

    a, c

    on

    mir

    as

    a o

    bte

    ner

    su

    co

    nse

    nti

    mie

    nto

    .

    El o

    bje

    tivo

    ese

    nci

    al d

    el d

    ere

    cho

    a la

    co

    nsu

    lta

    pre

    via

    es

    ga

    ran

    tiza

    r el

    re

    spet

    o a

    la in

    teg

    rid

    ad

    cu

    ltu

    ral d

    e lo

    s

    pu

    eblo

    s y

    com

    un

    ida

    de

    s.

    Co

    nve

    nio

    169

    de

    la O

    IT

    De

    cla

    raci

    n

    so

    bre

    los

    der

    ech

    os

    de

    las

    per

    son

    as

    per

    ten

    eci

    ente

    s a

    min

    or

    as

    na

    cio

    na

    les

    o

    tnic

    as,

    rel

    igio

    sas,

    y

    lin

    g

    sti

    cas,

    art

    . 2, n

    um

    . 2

    Ley

    70 d

    e 19

    93

    Ley

    99

    de

    1993

    Co

    rte

    Co

    nst

    itu

    cio

    na

    l, S

    ente

    nci

    a C-

    030

    de

    200

    8

    Est

    ad

    sti

    cas

    e in

    form

    aci

    n

    sob

    re la

    po

    bla

    ci

    n

    de

    spla

    zad

    a

    Pro

    du

    cir

    info

    rma

    ci

    n s

    ob

    re e

    l de

    spla

    zam

    ien

    to c

    on

    incl

    usi

    n

    de

    la v

    ari

    ab

    le

    tnic

    o-r

    aci

    al,

    as

    co

    mo

    re

    cog

    er,

    reco

    pil

    ar,

    an

    ali

    zar,

    dif

    un

    dir

    y p

    ub

    lica

    r d

    ato

    s e

    sta

    ds

    tico

    s

    fid

    ed

    ign

    os

    a n

    ivel

    na

    cio

    na

    l y lo

    cal q

    ue

    incl

    uya

    n la

    vari

    ab

    le

    tnic

    o-r

    aci

    al,

    y t

    om

    ar

    to

    da

    s la

    s m

    ed

    ida

    s

    ne

    cesa

    ria

    s p

    ara

    eva

    lua

    r p

    eri

    dic

    am

    ente

    la s

    itu

    aci

    n

    de

    los

    ind

    ivid

    uo

    s y

    los

    gru

    po

    s q

    ue

    son

    vc

    tim

    as

    de

    raci

    smo

    y

    dis

    crim

    ina

    ci

    n r

    aci

    al q

    ue

    se e

    ncu

    entr

    an

    en

    sit

    ua

    ci

    n d

    e

    de

    spla

    zam

    ien

    to.

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 92

    a

    98

    y 10

    0

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    s. 1

    1 a

    13

    Co

    np

    es

    292

    4 d

    e 19

    97

    Co

    np

    es

    3037

    de

    199

    9

    Co

    np

    es

    340

    0 d

    e 20

    05

    Co

    rte

    Co

    nst

    itu

    cio

    na

    l, S

    ente

    nci

    a T-

    025

    de

    2004

    Co

    nst

    ruir

    ind

    ica

    do

    res

    aco

    rde

    s co

    n la

    s n

    ece

    sid

    ad

    es

    y

    cara

    cter

    sti

    cas

    de

    la p

    ob

    laci

    n

    afr

    oco

    lom

    bia

    na

    vct

    ima

    del

    de

    spla

    zam

    ien

    to q

    ue

    per

    mit

    an

    ela

    bo

    rar

    dia

    gn

    st

    ico

    s

    y d

    ise

    ar

    me

    did

    as

    de

    po

    lti

    ca p

    b

    lica

    pa

    ra m

    ejo

    rar

    la

    situ

    ac

    n d

    e d

    ich

    a p

    ob

    laci

    n

    en

    to

    do

    s lo

    s a

    spe

    cto

    s.

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 92

    a

    98

    y 10

    0

    Co

    np

    es

    3037

    de

    199

    9

    Co

    np

    es

    340

    0 d

    e 20

    05

    Co

    rte

    Co

    nst

    itu

    cio

    na

    l, S

    ente

    nci

    aT-0

    25 d

    e

    2004

  • ( 27 )

    El punto de partida: el reconocimiento de la discriminacin racial y el contenido del libro

    ob

    lig

    acio

    nes

    pr

    inci

    pale

    s d

    el E

    stad

    o c

    olo

    mb

    ian

    o

    en m

    ater

    ia d

    e d

    iscr

    imin

    aci

    n r

    acia

    l

    Der

    ech

    o a

    la

    igu

    ald

    ad

    Ob

    lig

    aci

    n

    Fue

    nte

    s in

    tern

    aci

    on

    ale

    sFu

    en

    tes

    na

    cio

    na

    les

    pri

    nci

    pa

    les

    Dim

    ensi

    n

    fo

    rma

    l del

    der

    ech

    o a

    la ig

    ua

    lda

    d

    Ga

    ran

    tiza

    r la

    igu

    ald

    ad

    an

    te la

    ley.

    Co

    nve

    nci

    n

    Inte

    rna

    cio

    na

    l so

    bre

    la

    Eli

    min

    aci

    n

    de

    la D

    iscr

    imin

    aci

    n

    Ra

    cia

    l

    (CIE

    DR

    ), a

    rt. 5

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 13

    Dim

    ensi

    n

    ma

    teri

    al d

    el

    der

    ech

    o a

    la ig

    ua

    lda

    d

    Tom

    ar

    me

    did

    as

    esp

    eci

    ale

    s y

    con

    cret

    as

    en la

    s e

    sfer

    as

    soci

    al,

    eco

    n

    mic

    a y

    cult

    ura

    l, en

    tre

    otr

    as,

    pa

    ra g

    ara

    nti

    zar

    el p

    len

    o d

    isfr

    ute

    de

    los

    der

    ech

    os

    en c

    on

    dic

    ion

    es

    de

    igu

    ald

    ad

    .

    CIE

    DR

    , art

    . 2, n

    um

    . 2

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 13

    Der

    ech

    o a

    la ig

    ua

    lda

    d -

    Div

    ersi

    da

    d c

    ult

    ura

    l

    Co

    mb

    ati

    r la

    dis

    crim

    ina

    ci

    n r

    aci

    al,

    pro

    mo

    vien

    do

    la

    div

    ersi

    da

    d, l

    a ig

    ua

    lda

    d, l

    a e

    qu

    ida

    d, l

    a ju

    stic

    ia s

    oci

    al y

    la

    igu

    ald

    ad

    de

    op

    ort

    un

    ida

    de

    s y

    pa

    rtic

    ipa

    ci

    n.

    De

    cla

    raci

    n

    de

    Du

    rba

    n, p

    ar.

    47

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 32,

    34, 6

    6

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 7

    Ley

    70 d

    e 19

    93

    Ter

    rit

    or

    io, v

    iole

    nci

    a y

    des

    pla

    zam

    ien

    tow

    Ob

    lig

    aci

    n

    Fue

    nte

    s in

    tern

    aci

    on

    ale

    sFu

    en

    tes

    na

    cio

    na

    les

    pri

    nci

    pa

    les

    Pro

    hib

    ici

    n d

    e

    dis

    crim

    ina

    ci

    n y

    pri

    nci

    pio

    de

    igu

    ald

    ad

    Pro

    hib

    ir y

    eli

    min

    ar

    la d

    iscr

    imin

    aci

    n

    ra

    cia

    l en

    to

    da

    s su

    s

    form

    as

    y g

    ara

    nti

    zar

    el d

    ere

    cho

    de

    tod

    a p

    erso

    na

    qu

    e h

    aya

    sid

    o d

    esp

    laza

    da

    a la

    igu

    ald

    ad

    an

    te la

    ley,

    sin

    dis

    tin

    ci

    n d

    e

    raza

    , co

    lor

    y o

    rig

    en n

    aci

    on

    al o

    tn

    ico

    , en

    el g

    oce

    de

    tod

    os

    sus

    der

    ech

    os

    fun

    da

    men

    tale

    s.

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 1

    y 4

    De

    cla

    raci

    n

    de

    Du

    rba

    n, p

    ar.

    20

    Co

    nst

    itu

    ci

    n P

    ol

    tica

    , art

    . 13

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    . 2.3

    Tom

    ar

    me

    did

    as

    de

    pro

    teci

    n

    co

    ntr

    a lo

    s d

    esp

    laza

    mie

    nto

    s

    de

    gru

    po

    s t

    nic

    os

    com

    o la

    po

    bla

    ci

    n a

    fro

    colo

    mb

    ian

    a,

    qu

    e e

    xper

    imen

    ten

    un

    a d

    epen

    den

    cia

    esp

    eci

    al d

    e su

    tie

    rra

    o u

    n a

    peg

    o p

    art

    icu

    lar

    a el

    la.

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 5

    , 6 y

    9

    Ley

    70 d

    e 19

    93, a

    rts.

    1, 2

    y 3

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    s. 2

    .7, 3

    y 1

    0.2

    Ga

    ran

    tiza

    r la

    ate

    nci

    n

    esp

    eci

    al a

    las

    com

    un

    ida

    de

    s n

    egra

    s

    som

    etid

    as

    al d

    esp

    laza

    mie

    nto

    en

    co

    rre

    spo

    nd

    enci

    a co

    n

    sus

    uso

    s y

    cost

    um

    bre

    s, y

    pro

    pic

    ian

    do

    el r

    eto

    rno

    a s

    us

    terr

    ito

    rio

    s.

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    . 10.

    8

    Ga

    ran

    ta

    mn

    ima

    de

    los

    der

    ech

    os

    pa

    ra la

    po

    bla

    ci

    n

    de

    spla

    zad

    a en

    las

    dif

    eren

    tes

    fase

    s d

    el d

    esp

    laza

    mie

    nto

    forz

    ad

    o

    Ga

    ran

    tiza

    r lo

    s d

    ere

    cho

    s fu

    nd

    am

    enta

    les

    reco

    no

    cid

    os

    inte

    rna

    cio

    na

    l y n

    aci

    on

    alm

    ente

    .

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 3

    , 4, 9

    , 10

    a 1

    2, 1

    8 a

    23

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 34

    a

    36, 5

    4 y

    172

    Ley

    387

    de

    1997

    , art

    s. 2

    .3 y

    14

    .3

    Co

    rte

    Co

    nst

    itu

    cio

    na

    l, S

    ente

    nci

    a T-

    025

    de

    2004

    Der

    ech

    o a

    l ter

    rito

    rio

    y a

    la

    pro

    pie

    da

    d c

    ole

    ctiv

    a so

    bre

    l

    Pro

    teg

    er la

    pro

    pie

    da

    d d

    e lo

    s te

    rrit

    ori

    os

    an

    cest

    rale

    s d

    e

    las

    com

    un

    ida

    de

    s a

    fro

    colo

    mb

    ian

    as,

    su

    s fo

    rma

    s co

    lect

    iva

    s

    de

    pro

    pie

    da

    d, p

    rct

    ica

    s tr

    ad

    icio

    na

    les

    de

    pro

    du

    cci

    n y

    org

    an

    iza

    ci

    n in

    tern

    a.

    Co

    nve

    nio

    169

    de

    la O

    IT, a

    rts.

    13-

    19

    Pri

    nci

    pio

    s re

    cto

    res

    de

    los

    de

    spla

    zam

    ien

    tos

    inte

    rno

    s N

    o. 9

    , 21

    y 29

    De

    cla

    raci

    n

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 34

    , 52,

    54

    , 65

    Pro

    gra

    ma

    de

    Acc

    in

    de

    Du

    rba

    n, p

    ars

    . 13

    y

    172

    Ley

    70 d

    e 19

    93

    Der

    ech

    o a

    la c

    on

    sult

    a p

    revi

    aG

    ara

    nti

    zar

    el d

    ere

    cho

    a la

    co

    nsu

    lta

    pre

    via

    , qu

    e e

    s el

    der

    ech

    o f

    un

    da

    men

    tal d

    e lo

    s g

    rup

    os

    tn

    ico

    s a

    pa

    rtic

    ipa

    r

    en la

    s d

    eci

    sio

    ne

    s q

    ue

    les

    afe

    cta

    n, d

    e m

    an

    era

    lib

    re, p

    revi

    a

    e in

    form

    ad

    a, c

    on

    mir

    as

    a o

    bte

    ner

    su

    co

    nse

    nti

    mie

    nto

    .

    El o

    bje

    tivo

    ese

    nci

    al d

    el d

    ere

    cho

    a la

    co

    nsu

    lta

    pre

    via

    es

    ga

    ran

    tiza

    r el

    re

    spet

    o a

    la in

    teg

    rid

    ad

    cu

    ltu

    ral d

    e lo

    s

    pu

    eblo

    s y

    com

    un

    ida

    de

    s.

    Co

    nve

    nio

    169

    de

    la O

    IT

    De

    cla

    raci

    n

    so

    bre

    los

    der

    ech

    os

    de

    las

    per

    son

    as

    per

    ten

    eci

    ente

    s a

    min

    or

    as

    na

    cio

    na

    les

    o

    tnic

    as,

    rel

    igio

    sas,

    y

    lin

    g

    sti

    cas,

    art

    . 2, n

    um

    . 2

    Ley

    70 d

    e 19

    93

    Ley

    99

    de

    1993

    Co

    rte

    Co

    nst

    itu

    cio

    na

    l, S

    ente

    nci

    a C-

    030

    de

    200

    8