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Page 1: Rawls

Indice

1. La Teoría De La Justicia En Rawls

2. La prioridad de la justicia como imparcialidad

3. La "posición original" , el "velo de la ignorancia", la "sociedad bien ordenada", el "equilibrio

reflexivo".

4. Los principios de la justicia

1. La Teoría De La Justicia En Rawls

El autor presenta una teoría de la justicia que lleva a un alto nivel de abstracción

el concepto del contrato social en el que se reemplaza el pacto de la sociedad a un esquema en

que una sociedad justa no esta sometida a la negociación política ni al calculo de interés social.

Rawls se opone a la teoría utilitarista clásica e institucionalista de la justicia en la que la moral es

contractual y afirma que al ser las primeras virtudes humanas ;la verdad y la justicia no pueden ser

transables.

Es un filosofo basado en la moral de kant, rousseau y looke.

La justicia hemos afirmado se la considera como la primera de las virtudes de la sociedad; cada

uno tiene el derecho de inviolabilidad basado en el principio de la justicia que, ni siquiera el

bienestar de la sociedad puede oponerse.

Respecto a los principios de la justicia social estos proveen de un mecanismo que

establece derechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad y definen el reparto

equitativo entre beneficios y cargas de la cooperación social.

El rol de los principios de la justicia social ayudan a determinar los deberes y derechos de los

individuos que, al tener concepciones diferentes de justicia , reconocen un denominador comun

en ellos. Pero no solo este denominar común es el único requisito para una comunidad viable,

existen otros problemas sociales como los de coordinación, eficacia y estabilidad que se deben

analizar en torno a la justicia y no solamente su papel distributivo dentro de la sociedad.

Para determinar el objeto de la justicia analizaremos los principios de la justicia social que están

esencialmente dirigidos a las desigualdades de la sociedad a través de sus diferentes instituciones

como la propiedad privada, la familia, la competencia mercantil, etc.; que contiene varias

posiciones sociales con diferentes expectativas de vida, determinadas en parte por las

circunstancias económico sociales y por el sistemapolítico

Estos principios se basan en la justa asignación de deberes y derechos fundamentales así como de

las oportunidades económicas y las condiciones sociales en la diferentes gamas de la sociedad.

La investigación del autor enfoca el problema de la justicia tratando de formular una concepción

de justicia para la estructura básica de la sociedad concebida como un sistema bien ordenado y

aislado a otras sociedades ; y evalúa los aspectos distributivos de esa estructura básica y de

cooperación social. El autor concibe también a la justicia como un ideal social.

Aristóteles ya concebía a la justicia como la acción de abstenerse de la pleonexia, es decir de

obtener ventaja apoderarse de lo que le pertenece a otro ,sus propiedades, su empleo ,etc.; o

negarle a una persona lo que le es debido; son estos derechos que derivan de instituciones

sociales.

2. La prioridad de la justicia como imparcialidad

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El autor, considera la justicia como imparcialidad, en donde los principios fundamentales se pactan

en una situación inicial que es justa y de igualdad como condición de la asociación de los

individuos.

Esta posición inicial de igualdad corresponde al estado de naturaleza en la teoría tradicional

del contrato social, por ello se afirma que rawls llevo a un nivel de abstracción la teoría del

contrato social encontrada en locke, rousseau y kant.

Este estado de naturaleza es hipotético en donde nadie sabe cual es su lugar en la sociedad ni

su distribución de ventajas y capacidades naturales, estas se escogen tras el velo de la ignorancia;

y al ser todos iguales los principios de la justicia se pactaran de manera justa, y las instituciones

sociales actuarían con leyes equitativas.

El aceptar este hecho proporcionaría la base para una aceptación publica de los correspondientes

principios de la justicia.

La justicia como imparcialidad es un ejemplo de la teoría contractual en donde ciertos principios

serian aceptados de manera racional en una situación inicial bien definida en donde la división

correcta de ventajas tiene que hacerse conforme a principios aceptables para todas las partes.

Sin embargo la teoría de la justicia no es una teoría contractual completa, por que no incluye

principios para todas las virtudes solo se ocupa de la justicia.

3. La "posición original" , el "velo de la ignorancia", la "sociedad bien ordenada", el "equilibrio

reflexivo".

La posición original es el status quo inicial que asegura que los acuerdos fundamentales sean

imparciales.

Surge la interrogante de que principios seria racional adoptarlos dada la situación contractual. El

ejemplo que ilustra mejor el tema es el de un hombre rico que pediría se declare injusto algo que

afecte sus intereses, y en sentido contrario el hombre pobre; para evitar la escojencia de cual

principio primaria la teoría imagina una situación en la que todos están desprovistos de

esta información.

De esta manera se llega al velo de la ignorancia de un modo natural, que se concibe como la

capacidad de colocarse en la posición original en donde los grupos son iguales en tanto son

personas morales, de acuerdo a cierto procedimiento argumentando en favor de los principios de

la justicia .

Como afirma rawls, el equilibrio reflexivo se da entre los principios y juicios que coinciden;

ajustatandolos mediante juicios reflexivos.

El utilitarismo clásico

El autor tiene como propósito elaborar una teoría que represente una opción frente al utilitarismo

clásico.

El bienestar de la sociedad se formaría a partir de la satisfacción de los sistemas de deseos de los

muchos individuos que la conforman, es decir realizar en la mayor medida el sistema general de

deseos al que se llega a partir de los deseos de sus diferentes miembros. Llegamos así al concepto

del principio de utilidad en que una sociedad esta ordenada cuando sus instituciones maximizan el

equilibrio neto de satisfacción.

La justicia social es el principio de prudencia racional aplicado a una concepción colectiva del

bienestar del grupo.

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El autor interpreta el principio de utilidad en su forma clásica, concebida como la satisfacción del

deseo racional. Para el utilitarismo la distribución correcta en cada caso es la que produce la

máxima satisfacción.

El utilitarismo por tanto no considera la distinción entre personas, el concepto de cooperación

social es consecuencia de extender a la sociedad el principio de elección del individuo esta

extensión es valida para todas las personas que se funden en una sola; por medio de hechos

imaginativos del espectador imparcial.

La justicia como imparcialidad demuestra que los principios que se escogen son originados en la

posición original

Algunos contrastes relacionados

Se concluye que en una sociedad justa las libertades son un hecho y la justicia asegura los

derechos ,y estos no están sujetos a los intereses políticos.

La doctrina contractual acepta la prioridad de la justicia sin embargo para el utilitarismo las

convicciones de la prioridad de la justicia , se explican como una ilusión socialmente útil.

El autor afirma que para el utilitarismo la sociedad hace extensivo el principio de elección por cada

hombre , la justicia como imparcialidad por ser una visión contractual supone que los principios de

justicia son el resultado del acuerdo original.

Por que habría de pensarse que los principios que regulan una asociación de hombres sean una

extensión del principio de elección por un solo hombre.

El utilitarismo es una teoria teologica y la justcia como imparcialidad no, es una teoria

deontologica.

4. Los principios de la justicia

La teoría de la justicia puede dividirse en dos partes: la interpretación de la situación inicial y los

principios formulados; y el razonamiento para determinar cual de estos principios se adoptara.

Para las instituciones hay dos principios y para los individuos hay varios.

Instituciones y justicia formal

El objeto primario de la los principios de la justicia social es la estructura básica de la sociedad, en

donde las instituciones

sociales se rigen por un esquema de cooperación.

Existe una clara diferencia entre instituciones e individuos con respecto a los principios de cada

uno, las instituciones son un sistema publico de reglas que definen cargos y posiciones con sus

derechos y deberes, poderes e inmunidades, etc. ejemplo de ello son el mercado, parlamento,

sistemas de propiedad, etc. una institución requiere de un acuerdo publico con reglas que la

defienden y que son conocidas por todos o se supone que todos las aceptan, por ello que los

principios de la justicia son escogidos a condición de que han de ser públicos como condición

natural en la teoría contractual.

Existe una diferenciación entre las reglas constitutivas de una institución y las estrategias de las

mismas para propósitos particulares. idealmente las reglas deben ser establecidas para que los

hombres sean guiados por sus intereses predominantes , de manera que promuevan fines

socialmente deseables, la conducta de los individuos al ser guiada hacia la justicia social aun no

prevista por ellos , es una coordinación a la que smith llamo obra de la mano invisible.

La justicia formal es la administración imparcial de las leyes e instituciones que se aplican de forma

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igualitaria, es decir la obediencia al sistema, es el imperio del derecho que apoya las expectativas

legitimas.

Dos principios de la justicia (en los que existe relación directa con la posición original)

Primero: cada persona ha de tener un derecho igual al esquema mas extenso de libertades básicas

que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás.

Segundo: las desigualdades sociales y económicas habrán de ser conformadas de modo tal que a la

vez se espere razonablemente que sean ventajosas para todos y se vinculen a empleos y cargos

asequibles para todos.

Ambos principios se aplican a la estructura básica de la sociedad y rigen a la asignación de

derechos y deberes regulando la distribución de las ventajas económicas y sociales.

Para su formulación el autor explica que la estructura social se puede dividir en dos partes en

donde el primer principio se aplica a la parte social que define y asegura las libertades básicas

(libertad política, de expresión y reunión, de conciencia y pensamiento, de persona que

comprende la libertad frente a la opresión psicológica, agresión física; el derecho a la

propiedad personal y a la libertad respecto al arresto arbitrario).

El segundo principio se aplica a los aspectos que establecen desigualdades económicas y sociales

como la distribución de ingreso y riqueza que no tiene que ser igual para todos pero si ventajosa, y

de las instituciones que usan su autoridad y responsabilidad para definirlas, en donde estos

mandos deben ser accesibles a todos, y el beneficio sea igual a pesar de las desigualdades

planteadas.

El primer principio tiene prioridad sobre el segundo, por que al ser transgredidas las libertades

básicas no pueden justificarse ni compensarse con mayores beneficios sociales y económicos,

tampoco son absolutas por que pueden entran en conflicto entre si, forman un sistema que es

para todos.

El primer principio requiere que las reglas que definen las libertades básicas se apliquen

equitativamente y que permitan la mayor extensión de libertad compatible con la de todos.

Estos principios al referirse a las personas las considera como representativas de la sociedad con

diversas posiciones sociales dentro de la estructura básica. ambos principios no se aplican a

individuos particulares o a la distribución de bienes particulares.

Los principios llevan al planteamiento del concepto de la justicia como:

Todos los valores sociales-libertades y oportunidad, ingreso y riqueza, así como las bases

del respeto a sí mismo –habrán de ser distribuidos igualitariamente a menos que una distribución

desigual de alguno o de todos estos valores redunde en una ventaja para todos.

En donde la injusticia seria aquellas desigualdades que no benefician a todos.

La justicia no impone restricciones al tipo de desigualdades que son permisibles , simplemente

exige que se mejore la posición de cada uno.

El principio de la diferencia

El autor ilustra el tema planteando que existen 2 hombres, uno que inicia su vida como miembro

de la clase empresarial y el otro en la clase de obrero no calificado, el que tendrá mejores

perspectivas será el primero. Que es lo que justifica ello? Para el principio de la diferencia solo es

justificable si la diferencia de expectativas funciona en beneficio del de peores expectativas, es

decir el segundo. dado el principio de libertad y de asequibilidad de puestos, las mayores

perspectivas otorgadas a los empresarios actúan como estímulos para mejorar las expectativas de

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la clase laboral, originándose un esquema perfectamente justo.

Pero al descender las expectativas de los primeros ocasionaría que desciendan también la de los

menos aventajados, por ello se afirma que el esquema es injusto cuando una o mas de las

mayores expectativas son excesivas y se violan otros principios como el de la justa igualdad de

oportunidades.

Existe una relación estrecha entre el principio de la diferencia y de la eficiencia en un esquema

perfectamente justo.

La suposición que las desigualdades están encadenadas esto es si una ventaja aumenta las

expectativas de la posición mas baja, entonces aumenta la de todas las posiciones intermedias. Es

decir ningún eslabón se mueve libremente sin la conexión en cadena con respecto a las

expectativas que deben maximizarse de los menos aventajados.

El autor desarrolla el segundo principio de justicia enfatizando que pueden servir de base para la

doctrina de economía política. además estos principios tienen valores de la comunidad inmersos

en si. en el análisis de tema de las porciones distributivas explica los preceptos comunes de la

justicia tema del segundo principio y finalmente en este capitulo, se analiza el perfeccionismo e

intuicionismo como teorías de la justicia distributiva.

El concepto de justicia en la economía política

Los principios de la justicia son conceptos de economía política como el bienestar económico, sin

embargo este termino de "bienestar" hace referencia a un concepto moral implícito utilitario; por

tanto el autor escoge el termino "elección social" e incluye el de bien publico.

La relación es estrecha entre la legislación económico –social que determina la estructura de la

sociedad. por lo que la elección del sistema económico debe ser hecha sobre bases

morales, políticas y económicas, y la economía política debe investigar este problema.

La teoría de la justicia presupone una teoría del bien, sin embargo la doctrina contractual

establece limites al concepto del bien, derivados de la prioridad de la justicia sobre la eficiencia, y

de la prioridad de la libertad sobre las ventajas económicas y sociales. La justicia como

imparcialidad no depende de estos deseos e intereses presentes en la teoría contractual. el ideal

de la justicia se basa en fomentar tal virtud y combatir los deseos y aspiraciones incompatibles con

ella. Es perfeccionista por que establece un idéala de la persona que limita la búsqueda de los

deseos existentes.

Por tanto esta teoría, se opone al utilitarismo conjuntamente con el perfeccionismo y es

anticontractual.

La posición original hace posible la unanimidad; la decisión de uno es de todos y sirve para los

juicios de los ciudadanos de una sociedad bien ordenada y regulada por los principios de la

justicia; esto llevaría a pensar que esa unanimidad conduce al idealismo propio del

contractualismo pero no, ese consenso es parte de la posición original y representa un limite a

tales argumentos, tiene afinidad con en idealismo por su relación con kant.

Consideraciones acerca de sistemas económicos

Se analizan los problemas morales de economía política como el tema del ahorro, la tributación .

La propiedad, etc.el problema ético presupone estas consideraciones sobre estos hechos por que

el ciudadano intenta organizar sus juicios referentes a la justicia de las instituciones económicas.

Tanto e sistema de libre mercado como el socialista tienen sus diferencias respecto a

la función de precios, distribución, propiedad de los medios de producción entre otros, lo que

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analiza la teoría de la justicia no es si un sistema es mas optimo que otro, ella da los lineamientos

de un sistema económico justo que admita variaciones. Sin embargo el esquema general descrito

utiliza el mercado, obtiene las ventajas de la eficiencia y protege la libertad de elección de

ocupación con las implicancias de las injusticias que se presentan y desde luego lo mismo ocurre

en el socialismo.

Las instituciones básicas para una justicia distributiva

El principal problema de esta justicia es elegir el sistema social en el cual la distribución sea justa.

esta estructuración ha de componerse de instituciones políticas legales que

establezcan procesos económicos sociales justos.

Existen varias instituciones de apoyo que al respecto trata el autor, como el de la renta total de los

menos favorecidos sea tal que maximice sus expectativas a largo plazo . Otra rama es la

distribución (todo esto bajo una óptica de un estado democrático en donde se permite la

propiedad privada del capital y de los recursos naturales), su tarea es conservar una justicia

aproximada de las porciones distributivas mediante la tributación y los ajustes necesarios de la

propiedad con el fin de corregir gradualmente la distribución de riqueza y prevenir las

concentraciones de poder que se oponen a la equidad de la libertad política y de la justa igualdad

de oportunidades.

El objeto de la función distributiva no es maximizar el balance neto de la satisfacción, sino de

establecer instituciones básicas juntases problema de los utilitarios es la utilidad individual, y no

del a teoría contractual.

La teoría del a justicia no favorece por si misma a cualquiera de los regímenes sea de mercado o

socialista sin embargo el régimen liberal socialista se adapta faciliten a los dos principios de la

justicia enunciados con anterioridad, que suponen un limite a la fuerza de la motivación social y

altruista. el autor deja en claro que una sociedad en que todos pueden obtener un máximo de

bienestar , donde no surgen demandas conflictivas va mas allá de la justicia, esta sociedad ideal no

es de interés para el estudio.

El problema de la justicia entre generaciones

Surge del contexto de que si el sistema social global, la economía competitiva junto con las

instituciones básicas, puede estructurarse a fin de que satisfaga los principios de la justicia.

La respuesta depende del mínimo social que se fije. y esto se conecta con el custionamiento de

que, si la generación presente esta obligada a respetar las demandas de sus antepasados.

Este mínimo social ha de aplicar el principio de diferencia en la que las perspectivas de los menos

favorecidos se extienda a las generaciones futuras.

Cada generación debe a parte de mantener sus instituciones justas que se han establecido, realizar

una acumulación de capital real definido por un principio de ahorro justo que se realiza como

retribución a lo que se recibe de las anteriores y aporta a las venideras para que disfruten una

sociedad mas justa.

Ahora bien, esta afirmación tiene sus limitantes por que el principio del ahorro justo no puede ser

adoptado democráticamente en su totalidad; como nadie sabe a que generación pertenece, el

problema es considerado de manera individual para la teoría contractual y surge la posición

original que representa todas las generaciones, respecto a que lo que le toca a todos concierne a

todos. Así una sociedad cumple con su obligación de justicia al mantener instituciones justas y

conservar su base material., Los principios justos de ahorro como afirma el autor; se aplican a lo

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que una sociedad debe ahorrar como principio de justicia.

Ninguna generación tiene mayores derechos que otra. Las personas que la conforman tienen un

esquema de cooperación en un momento dado en donde el principio de justicia regula la

cooperación de ellos.

Se exige el ahorro como condición de conseguir instituciones justas .la relación del principio del

ahorro justo con los dos principios de la justicia radica en los menos aventajados de cada

generación. Limitando así el principio de diferencia. Las personas en diferentes generaciones

tienen diversas obligaciones y deberes sujetas a la posición original.

La preferencia en el tiempo

Para la teoría contractual la preferencia en el tiempo es irracional por que la posición original

rechaza tratar a la justicia en beneficio de las generaciones presentes o pasadas; de esta manera al

elegir un principio económico no se prefiere un tiempo preciso.

De esta manera el principio de ahorro (concebido el ahorro justo como capital,

maquinaria, conocimiento, cultura, tecnologías y practicas que hacen posible las instituciones

justas y la libertad); no debe estar afectado por la preferencia del tiempo , el fundamento es la

posición original que con el velo de la ignorancia no consideraran ventajas frente al tiempo como

base para la elección social.

A diferencia del principio de igualdad, la preferencia en el tiempo no tiene una

referencia ética intrinsica, se expone para expresar las consecuencias del criterio de utilidad.

Otros casos de prioridad

El principio del ahorro justo impone un limite sobre la proporción de acumulación, cada

generación logra conseguir instituciones justas y un valor justo de libertad; pero tiene un limite

con respecto a otorgar a las generaciones futuras estos logros.

La prioridad de la igualdad de oportunidades como en el caso de la prioridad de la libertad,

significa que debemos recurrir a las oportunidades dadas a aquellos con menores probabilidades.

Principios de la justicia para las instituciones

Primer principio

Cada persona ha de tener un derecho igual al mas extenso sistema total de libertades básicas

compatibles con un sistema similar de libertad para todos.

Segundo principio

Las desigualdades económicas y sociales han de ser estructuradas de manera que sean para:

A)mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un principio de ahorro justo, y

B)unidos a los cargos y las funciones asequibles a todos, en condiciones de justa igualdad de

oportunidades.

Primera norma de prioridad (la prioridad de la libertad)

Los principios de la justicia han de ser clasificados en un orden lexicografico, y por tanto, las

libertades básicas solo pueden ser restringidas en favor de la libertad. Hay dos casos:

A)una libertad menos extensa debe reforzar el sistema total de libertades compartido por todos;

B)una libertad menor que la libertad igual debe ser aceptable para los que tiene una libertad

menor.

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Segunda norma de prioridad (la prioridad de la justicia sobre la eficiencia y el bienestar)

El segundo principio de la justicia lexicograficamente anterior al principio de la eficiencia,y al de

maximizar la suma de ventajas la igualdad de oportunidades es anterior al principio de la

diferencia. hay dos casos:

A)la desigualdad de oportunidades debe aumentar las oportunidades de aquellos que tengan

menos;

B)una cantidad excesiva de ahorro debe, de acuerdo con un examen previo, mitigar el peso de

aquellos que soportan esta carga.

Nota: los puntos 3 y 5 pueden ser leídos in extensu en el trabajo enviado por María Elena Cabrera

quien hace un explicación preliminar de tema asignado.

Leer más: http://www.monografias.com/trabajos7/teju/teju.shtml#ixzz33cxU384A