radiactividad y radón rn-01

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1 Radiactividad y radón Rn-01 existen 3 cadenas radiactivas naturales, 238 U, 235 U y 232 Th 220 Rn, de la familia del 232 Th, llamado torón . T = 55,6 s. 219 Rn, de la familia del 235 U, llamado actinón. T = 4 s. 222 Rn, de la cadena del 238 U, llamado radón . T = 3,823 d 222 Rn, procede del 226 Ra.

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Radiactividad y radón Rn-01. existen 3 cadenas radiactivas naturales, 238 U, 235 U y 232 Th 220 Rn, de la familia del 232 Th, llamado torón . T = 55,6 s. 219 Rn, de la familia del 235 U, llamado actinón. T = 4 s. 222 Rn, de la cadena del 238 U, llamado radón . T = 3,823 d - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Radiactividad y radón Rn-01

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Radiactividad y radón Rn-01

• existen 3 cadenas radiactivas naturales, 238U, 235U y 232Th

• 220Rn, de la familia del 232Th, llamado torón. T = 55,6 s.

• 219Rn, de la familia del 235U, llamado actinón. T = 4 s.

• 222Rn, de la cadena del 238U, llamado radón. T = 3,823 d

• 222Rn, procede del 226 Ra.

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Radiactividad y radón Rn-02

• T, 238U = 4,47 miles de millones de años (4,47. 109 años)

• T, 226Ra = 1602 años

• T, 222Rn = 3,823 días

• edad del planeta tierra aproximadamente 4,5. 109 años

• para que un elemento radiactivo desaparezca en su totalidad, se necesita un tiempo equivalente a 10 T (0,1 % del elemento)

• el 238U, necesitaría 45. 109 años para desaparecer del planeta

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Desintegración del 238-U Rn-03

radiación nucleido T---------------------------------------------------------------------------------------------------- uranio- 238 4,47. 10 9 añosalfa torio- 234 24,1 díasbeta protactinio- 234 1,17 minutosbeta uranio- 234 2,45. 105 añosalfa torio- 230 8.103 añosalfa radio- 226 1,6. 103 añosalfa radón- 222 3,823 díasalfa polonio- 218 3,05 minutosalfa plomo- 214 26,08 minutosbeta bismuto- 214 19,7 minutosbeta polonio- 214 0,000164 segundosalfa plomo- 210 22,3 añosbeta bismuto- 210 5,01 díasbeta polonio- 210 138,4 díasalfa plomo- 206 ----------------------------

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Actividad (A)• nº transformaciones nucleares por unidad de tiempo.

• sistema internacional, unidad, el Bequerelio (Bq = 1 dps),

• sistema cegesimal, unidad, el Curio (Ci = 3,7. 10 10 dps )

• 1 Bq (SI) = 2,7. 10-11 Ci

• actividad decreciendo con el tiempo, se expresa mediante el periodo de semidesintegración (T) del radionucléido (tiempo al cabo del cual la actividad se reduce a la mitad).

Magnitudes y unidades Rn-03

Actividad Radiaciones ionizantes

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Radón, comisión europea Rn- 10

• Recomendación relativa a la protección de la población contra los peligros de una exposición al Radón en el interior de edificios(90/143/ Euratom), publicada el 27/2/1990.

1.- adecuada información al público

2.- principios de optimización

3.- autoridades velaran por la autenticidad de las mediciones

4.- establecer criterios para identificar características de regiones lugares, edificios, permeabilidad de suelos …

5.- edificios ya existentes; E = 20 mSv/año 400 Bq/m3

6.- futuras construcciones; E = 10 mSv/año 200 Bq/m3

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Radón, valores de referencia Rn-17

* EPA (Environmental Protection Agency):- iniciar investigación > 150 Bq/ m3 (4 pCi/l)

* OMS (Organización Mundial de la Salud):- nivel de acción en edificios, 100 Bq/ m3

* ICRP (Comisión Int. Prot. Rad.):- edificios existentes, 20 mSv/ año ~ 400 Bq/ m3

- futuras construcciones, 10 mSv/ año ~ 200 Bq/ m3

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Radón, exposición interna I Rn-18

* Anexo III, estimación de dosis por exposición interna (RD.783/2001)- la dosis eficaz E, a que se hubiera expuesto un individuo perteneciente al grupo de edad g, se determinará:

E = E externa + Σ h (g) j ing . J j ing +Σ h (g) j inh . J j inh -----------------------------------------------------------------------------------

- E externa = dosis eficaz derivada de la exposición externa

- h (g) j ing = dosis eficaz x unidad de incorporación x radionucleido j ( Sv/Bq) ingerido x un individuo perteneciente al grupo de edad g- h(g) j inh = idem inhalado - J j ing = incorporación por ingestión del radionucleido j (Bq)- J j inh = idem por inhalación

-

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Radón, exposición interna II Rn-19

• Anexo III, estimación de dosis por exposición interna,

- (c) referente a progenie del radón y torón, aplicar los siguientes factores de conversión convencionales de dosis efectiva por unidad

de exposición potencial de energía alfa (Sv x Jh/ m3)- Radón en el hogar ------------ 1,1- Radón en el trabajo ---------- 1,4- Torón en el trabajo ----------- 0,5

• energía alfa potencial ( progenie del radón y torón)• energía α total emitida durante la desintegración del Rn y torón

• la unidad es el julio• caso de exposición a una determinada concentración durante un

tiempo determinado, la unidad es Jh/ m3

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Radón, exposición interna III Rn-19

Anexo III, estimación de dosis por exposición interna,(d) tablas:a) coeficientes dosis ingestión (Sv/ Bq), público en general

b) coeficientes dosis inhalación (Sv/ Bq), público

c) coeficientes dosis ingestión e inhalación, trabajadores

d) valores f1, cálculo coeficientes dosis de ingestión

e) tipos de absorción pulmonar y valores f1, inhalación

f) dosis efectiva comprometida x unidad de incorporación por inhalación (Sv/ Bq) de gases y vapores solubles o reactivos

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Normativa• LEY 25/1964. Ley reguladora de la energía nuclear • D 2177/1967. Reglamento de cobertura de riesgos nucleares • D 2869/1972. Reglamento sobre IN/R.• LEY 15/1980. Creación del Consejo de Seguridad Nuclear • RD 2519/1982. Reglamento sobre protección sanitaria contra RI,

modificado por RD 1753/1987 • RD 1891/1991,instalación y utilización de aparatos de rayos X con finos

de diagnóstico médico• RD 53/1992. Reglamento sobre Protección Sanitaria contra RI • RD 413/1997, sobre protección operacional de los trabajadores

externos con riesgo de exposición a RI, en zona controlada.• RD 1566/1998, relativo a la protección de la salud frente a los riesgos

derivados de las RI en exposiciones médicas.• RD 783/2001. Reglamento sobre protección sanitaria contra RI

Radiaciones ionizantes

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Radiaciones ionizantes I Rn-22

* Comisión de TLV´s para agentes físicos, la radiación ionizante incluye las radiaciones electromagnéticas con una energía superior a 12,4 electrón- voltio

1 eV = 1,6. 10 -19 julios

** Directiva 96/29 Euratom del Consejo de 13 de Mayo de 1996, RI, es la transferencia de energía en forma de partículas u ondas electromagnéticas de una longitud de onda ( λ) igual o inferior a 100 nm, o una frecuencia (δ) igual o superior a 3.10 15 Hz, capaces de producir iones directa o indirectamente

E = h. δ = h. c /λ .- E > 12,4 eV…

λ < 100 nm ( 10 -7 m ) .- δ > 3. 10 15 Hz

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Dosis absorbida (D)• cantidad de E cedida/absorbida por la radiación a la materia.

• sistema internacional, unidad, el Gray (Gy).

• sistema cegesimal, unidad, el Rad. 1 Gy = 100 rads

Magnitudes y unidades

Dosis equivalente (H)Dosis equivalente (H) • H = D x Q (D) dosis absorbida … ( Q) factor de calidad

• sistema internacional, unidad, el Sievert (Sv)

• sistema cegesimal, unidad, el Rem. 1 Sv = 100 rem • el valor de Q es 10 para la radiaciones y 1 para el resto.

Radiaciones ionizantes

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Proteción contra RI

• Medidas– de tipo general que afectan a cualquier instalación radiactiva

– específicas de acuerdo con el tipo de radiación presente en cada caso.

• Principios básicos– el número de personas expuestas a radiaciones ionizantes debe ser el

menor posible

– la actividad que implique dicha exposición debe estar plenamente justificada de acuerdo con las ventajas que proporciona

– todas las exposiciones se mantendrán al nivel más bajo que sea posible, sin sobrepasarse en ningún caso los límites anuales de dosis legalmente establecidos.

La dosis de radiación recibida depende de :

- distancia entre la fuente y la persona expuesta, (distancia máxima).

- tiempo de permanencia, (tiempo mínimo).

- materia interpuesta entre la fuente y la persona, (blindaje adecuado).

Proteción contra RI• Medidas

– de tipo general que afectan a cualquier instalación radiactiva

– específicas de acuerdo con el tipo de radiación presente en cada caso.

• Principios básicos– el número de personas expuestas a radiaciones ionizantes debe ser el

menor posible

– la actividad que implique dicha exposición debe estar plenamente justificada de acuerdo con las ventajas que proporciona

– todas las exposiciones se mantendrán al nivel más bajo que sea posible, sin sobrepasarse en ningún caso los límites anuales de dosis legalmente establecidos.

Radiaciones ionizantes

La dosis de radiación recibida depende de :

- distancia entre la fuente y la persona expuesta, ( distancia máxima ).

- tiempo de permanencia, ( tiempo mínimo ).

- materia interpuesta entre la fuente y la persona, ( blindaje adecuado).

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Normas generales de protección contra RI

• Formación e información previa

– riesgos de las radiaciones ionizantes y sus efectos biológicos. – normas generales de protección y precauciones a tomar durante el

régimen normal de trabajo y en caso de accidente. – normas específicas, medios y métodos de trabajo para su

protección en las operaciones a efectuar. – conocimiento y utilización de los instrumentos de detección y

medida de radiaciones y de los equipos y medios de protección personal.

– necesidad de efectuar reconocimientos médicos periódicos. – actuación en caso de emergencia. – importancia del cumplimiento de las medidas técnicas y médicas. – responsabilidades derivadas de su puesto de trabajo con respecto

a la protección radiológica.

Radiaciones ionizantes

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Límites de dosis

• España están recogidos en el "Reglamento de Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes, RD. 783/2001”

• límites de dosis se aplican a la suma de las dosis recibidas por exposición externa durante el periodo considerado y de la dosis interna integrada durante el mismo periodo

• determinación de las dosis totales considera las dosis debidas tanto a fuentes internas como a externas de RI

• límites de dosis distinguen entre personas profesional mente expuestas y público en general, además de ciertos casos especiales y operaciones especiales planificadas

Radiaciones ionizantes

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Normas específicas de protección contra RI

• irradiación externa– utilización de pantallas o blindajes– distancia a la fuente radiactiva– limitación del tiempo de exposición

• contaminación radiactiva– plan de trabajo– protección de las instalaciones– zonas de trabajo– controles periódicos– protecciones personales

• gestión de residuos

Radiaciones ionizantes

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Reglamento obre protección sanitaria contra RI RD. 783/2001

• Título I .- disposiciones generales

• Título II .- justificación, optimación y limitación de dosis

• Titulo III .- dosis efectivas y equivalentes

• Título IV .- principios fundamentales de protección operacional de los trabajadores expuestos, personal en formación y estudiantes en prácticas

• Título V .- protección radiológica de la población en circunstancias normales

• Título VI .- intervenciones

• Título VII .- fuentes naturales de radiación

• Título VIII .- inspección

• Titulo IX .- régimen sancionador

• Anexo I .- definiciones

• Anexo II .- estimación de dosis por exposición externa

• Anexo III .- estimación de dosis por exposición interna

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RD 783/2001, articulo 1 Rn-29

* articulo 1.- objeto

1.- este Reglamento tiene por objeto establecer las normas relativas a la protección de los trabajadores y de los miembros del público contra los riesgos que resultan de las radiaciones ionizantes, de acuerdo con la Ley 25/1964, de 29 Abril, de Energía Nuclear

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RD 783/2001, articulo 2 Rn-30

• Artículo 2.- ámbito de aplicación

• 1.- este reglamento se aplicará a todas las prácticas que impliquen un riesgo derivado de las RI que procedan de una fuente artificial o bien de una fuente natural de radiación

• 4.- el presente reglamento no se aplicará a la exposición al radón en las viviendas o a los niveles naturales de radiación, es decir, a los radionucleidos contenidos en el cuerpo humano, a los rayos cósmicos a nivel del suelo o a la exposición por encima del nivel del suelo debida a los radionucleidos presentes en la corteza terrestre no alterada.

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RD 783/2001, artículo 4 Rn-31

* Artículo 4.- principios generales

• 1.- toda práctica deberá ser justificada por el promotor de la misma ante la autoridad competente, la cual previo informe del CSN, decidirá si procede su adopción

• 2.- las dosis individuales, el número de personas expuestas y la probabilidad de que se produzcan exposiciones potenciales, deberán mantenerse en el valor más bajo que sea razonablemente posible, teniendo en cuenta factores económicos y sociales

• 3.- la suma de las dosis recibidas procedentes de todas las prácticas pertinentes, no sobrepasará los límites de dosis establecidos en el presente título, para los TPE, personas en formación, estudiantes y miembros del público

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Capítulo II .- Limitación de dosis* art. 9.- límites de dosis para TPE.

- 1.- el límite de dosis efectiva (E) para TPE, será de 100 mSv, durante todo período de 5 años oficiales consecutivos y una E máxima de 50 mSv en cualquier año oficial.

- 2.- límites de dosis equivalentes (Ht), por año oficial

cristalino --- ------------------------------- 150 mSv

piel ------------------------------------------ 500 mSv

manos, antebrazos, pies, tobillos.--- 500 mSv

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Articulo 10 .- protección especial, embarazo y lactancia

* 1 .- mujer embarazada - dosis equivalente (Ht) al feto, tan baja como sea posible.

- imposible Ht > 1 mSv, desde comunicación a final

embarazo.

* 2 .- período de lactancia.

- el titular no asignará trabajos que supongan un riesgo

de CR.

CR = contaminación radiactiva

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articulo 13.- límites para miembros del público

• 1.- límite de dosis (E) para miembros del público será de 1 mSv por año oficial.

• 2.- límite de dosis equivalente (Ht) por año oficial

cristalino -------- 15 mSv

piel ----------------- 50 mSv

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Articulo 15.- principios de protección de trabajadores

• evaluación previa de las condiciones de trabajo.

• clasificación de lugares de trabajo en diferentes zonas

• clasificación de los trabajadores

• aplicación de las normas y medidas de vigilancia

• vigilancia sanitaria

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artículo 21.- información y formación.

* 1.- el titular deberá informar, al iniciar su actividad, sobre:

- riesgos radiológicos asociados.

- normas y procedimientos de PR y precauciones.

- mujeres, declaración de embarazo y notificación de lactancia.

* 2.- el titular, deberá proporcionar a los TPE, formación, en

- materia de PR, adecuado a su responsabilidad.

- riesgo de exposición a RI, en su trabajo.

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Interacción con el organismo

• Irradiación externa

el individuo está expuesto a una FR no dispersa, externa, no hay contacto directo con la fuente, puede ser global o parcial.

• Contaminación radiactiva

el organismo entra en contacto directo con la FR, puede estar dispersa en el ambiente (gases, vapores o aerosoles) o depositada en una superficie, puede ser interna o externa.

FR .- fuente radiactiva/de radiación

Radiaciones ionizantes