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PREGUNTAS DE TRABAJO ACADÉMICO: Lea muy atentamente las notas que al final se le presenta y realice su trabajo de acuerdo a lo solicitado. 1. Siguiendo este enlace : www.edicioneslegales.com.pe del libro de la biblioteca virtual “ Derecho Procesal Civil. Lima¨: Editorial San Marcos E.I.R.L.editor. del autor Asociación Peruana de Investigación de Ciencias Jurídicas (APIJ), pag. 154 y ss. Realizar un análisis del cuestionamiento de la competencia en derecho procesal civil . ( 4 puntos ). El procedimiento civil puede ser visto como una serie de recursos para influir, castigar, premiar y explicar el comportamiento humano. El Derecho material normalmente se refiere a la conducta de los miembros humanos y artificiales de la sociedad. Derecho Procesal, en cambio, se dirige a un grupo mucho más pequeño: los abogados, como agentes de estos miembros, y los jueces. Se trata de la conducta litigio. Litigios asemeja a un juego de deportes. Los litigantes son como jugadores, el demandante inicia el juego al demandar a un acusado. Los jueces son como árbitros. El juego de los litigios en el Perú es despiadadamente competitivo y muchas veces se cree que tiene ganadores y perdedores. El Procedimiento Civil representa, en este sentido, las reglas del juego litigio. Al igual que las reglas de muchos otros juegos, el procedimiento civil es difícil de comprender en abstracto. Se toma la vida y el significado del juego en litigio. Sin embargo, lleva una mayor carga de la justificación que el deporte alegre. Existen mayorías de los

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PREGUNTAS DE TRABAJO ACADÉMICO:

Lea muy atentamente las notas que al final se le presenta y realice su trabajo de acuerdo a lo solicitado.

1. Siguiendo este enlace : www.edicioneslegales.com.pe del libro de la biblioteca virtual “ Derecho Procesal Civil. Lima¨: Editorial San Marcos E.I.R.L.editor. del autor Asociación Peruana de Investigación de Ciencias Jurídicas (APIJ), pag. 154 y ss. Realizar un análisis del cuestionamiento de la competencia en derecho procesal civil . ( 4 puntos ).

El procedimiento civil puede ser visto como una serie de recursos para influir,

castigar, premiar y explicar el comportamiento humano. El Derecho material

normalmente se refiere a la conducta de los miembros humanos y artificiales de

la sociedad. Derecho Procesal, en cambio, se dirige a un grupo mucho más

pequeño: los abogados, como agentes de estos miembros, y los jueces. Se trata

de la conducta litigio. Litigios asemeja a un juego de deportes. Los litigantes son

como jugadores, el demandante inicia el juego al demandar a un acusado. Los

jueces son como árbitros. El juego de los litigios en el Perú es despiadadamente

competitivo y muchas veces se cree que tiene ganadores y perdedores. El

Procedimiento Civil representa, en este sentido, las reglas del juego litigio. Al

igual que las reglas de muchos otros juegos, el procedimiento civil es difícil de

comprender en abstracto. Se toma la vida y el significado del juego en litigio. Sin

embargo, lleva una mayor carga de la justificación que el deporte alegre. Existen

mayorías de los juegos por el placer que le dan a los participantes o

espectadores. Mientras que son relativamente inofensivos, no son difíciles de

justificar. Por el contrario, el juego litigio es probable que impongan costos

onerosos para las partes, los tribunales y el público. A menudo tiene sólo un

jugador entusiasta, la parte demandante. A medida que la carga de la

justificación de demandas aumenta en nuestra sociedad, la idea de un litigio

como un deporte se hace más difícil de mantener, y la correspondiente

búsqueda de alternativas a los litigios civiles se intensifica formales de ahorro de

costes. Por otra parte, la finalidad del procedimiento civil es hacer real para los

miembros de la sociedad, los derechos garantizados por ellos por la ley

sustantiva. Negar oportunidades demandantes para convertirse en actores

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eficaces en el juego litigio podría hacer que esos derechos sin sentido. El

demandante inicia el juicio civil con un escrito, llamó la denuncia, y los archivos

de la copia con el tribunal. Alegatos definen la postura fáctica y jurídica de un

litigante en el caso. La denuncia se convierte en el primero de una serie de

documentos que conformarán el expediente oficial o registro en el caso. El

demandante también solicita un alguacil o entregar la denuncia al acusado. Esto

va acompañado de una citación, un aviso de la corte designe oficialmente al

destinatario como un demandado y que le obliga a comparecer y responder en el

caso en un plazo determinado. El propósito del servicio del proceso y denuncia

ha de notificar a la parte demandada de la naturaleza de la reclamación del

demandante contra. La demanda alega hechos que indican que el acusado se

ha comportado a la demandante en una forma que dé derecho a un recurso

judicial, tales como daños monetarios o una orden judicial contra el acusado. El

demandante lo intenta alegar hechos denunciados que (si son probadas en el

juicio) se establecerá una reclamación o causa de acción contra el demandado.

A causa de la acción es una fórmula jurídica creada por la ley sustantiva. La

historia del demandante dice a través de las alegaciones de la denuncia debe

ser conforme a los elementos de esa fórmula. Por ejemplo, para establecer una

reclamación de responsabilidad civil para la batería, el demandante debe alegar

que el acusado deliberadamente lo tocó sin su consentimiento.

2. Investigue sobre las condiciones de la acción . (4 puntos ).

Es necesario tener nociones claras en cuenta la distinción entre la acción

términos [1] y el derecho de acción [2] , ya que es parte de las garantías

constitucionales, propietaria del imperio de la ley, por lo que algunos autores

prefiero a él un derecho de acción llamada, mientras que otros optan por encajar

en el derecho de petición. El derecho de los resultados de la acción en la

apertura del procedimiento y, a partir de entonces, las normas de procedimiento

que rigen es todo lo que se refiere a la acción.

Aunque el derecho de acción tiene la matriz constitucional, es el procedimiento

legal que tiene infraestructura en la acción, una vez ejercido el derecho de

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acceso a los tribunales. Está claro que esta disciplina infraestructura debe estar

en conformidad con las garantías del proceso dictadas en la Constitución. El

derecho de acción se divide en dos niveles: a nivel de derecho constitucional y

términos procesales, la primera de un mayor grado de generalidad. En este

sentido, el derecho de acción es amplio, general e incondicional, a menos que

las restricciones contenidas en la propia Constitución. Su definición es en el arte.

5, XXXV: ". La ley no excluye la consideración de la lesión Poder Judicial o

amenaza a un derecho"

El derecho procesal de la acción no es incondicional y genéricos, pero

relacionada con una reclamación, con ciertos lazos con ella. El derecho de

acción no existe para verificar por sí mismo, sino para asegurarse de que se

realiza todos los derechos legales, de manera que su ejercicio está condicionado

a ciertos requisitos relacionados con la reclamación, llamados condiciones de la

acción.

Sin embargo no hay dos derechos de acción, constitucional y procesal, la acción

correcta siempre es de procedimiento, ya que es a través del proceso que lleva.

Lo que prevalece es la garantía constitucional general del derecho de acción a

fin de que la ley no obstaculiza el camino hacia el poder judicial para corregir los

derechos de las lesiones, pero su procedimiento y el ejercicio siempre está

relacionada con una reclamación. Para tener el derecho procesal de la acción

(derecho a sentencia sobre el fondo, aunque desfavorable) deben estar

presentes ciertos requisitos (condiciones de la acción), sin la cual no hay

ninguna razón por la que el desarrollo integral de la actividad judicial, CPC,

artes . 3, 6, 267, VI, y 301, la sección X.

En la composición del litigio, la jurisdicción está cumpliendo el proceso, que se

manifiesta a través de acciones coordinadas destinadas composición de la

demanda. Pero la competencia es una función causado, es decir, el estado de su

ejercicio por impulso de quien se expone una reclamación a ser protegidos por la

ley (CPC, art. 2). Esta provocación del ejercicio de la función jurisdiccional, la

presente demanda de revisión judicial del Estado, es la primera condición para

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esa función se ejerce e iniciar el proceso, es la acción misma. Por lo tanto, la

acción tiene derecho a invocar el ejercicio de la función judicial.

Acción, competencia, procedimiento , son la tríada de conflicto de intereses, ya

que la acción hace que la competencia , que se ejerce a través de una sucesión

de actos, que se llama entonces un proceso .

Se dice que la acción es un derecho. Sin embargo, la controversia en cuanto a la

naturaleza de este derecho, en cuanto a lo que se formularon varias teorías.

Antes de embarcarse en las condiciones de la acción, es importante tener en

cuenta las principales teorías que han tratado de establecer el concepto de

"demanda". Son básicamente teorías Civilista: base; Resumen de la acción

correcta y ecléctico.

3. Precisar el fundamento filosófico de la impugnación e identifique los elementos

del recurso impugnatorio. ( 5 puntos ).

Los Recursos o Medios de Impugnación, son:

Actos procesales de los que pueden hacer uso las partes cuando consideran que

una resolución del Juez o tribunal perjudica su interés en el proceso y espera que

el superior jerárquico la revoque o la anule, siguiéndose las pautas

procedimentales preestablecidas”.

CONSIDERACIONES DE LA IMPUGNACIÓN

La actividad desarrollada por el Juez, tendente de modo inmediato y directo a

definir las cuestiones de fondo y las incidencias planteadas durante el desarrollo

de un proceso, es denominada genéricamente decisoria. Esta actividad decisoria o

resolutoria, sirve para impulsar jurisdiccionalmente el proceso de oficio o a petición

de parte.

Toda resolución judicial aspira a constituir el punto final de una determinada

situación fáctica o jurídica existente en un proceso. El órgano jurisdiccional no

puede resolver esta situación arbitrariamente, sino que ha de hacerlo con arreglo a

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determinados requisitos, presupuestos y condiciones que determinen no solo la

forma de las mismas, sino su contenido.

La valoración de la forma y contenido de la resolución judicial puede estar afectada

por algún vicio o error real o hipotético. Los operadores jurisdiccionales son seres

humanos susceptibles de cometer errores en la difícil tarea de concretar la

voluntad de la ley al aplicarla a un caso específico, mas aun cuando la misma

determinación de los hechos es materia susceptible de diversas interpretaciones y

valoraciones, sin embargo es necesario tener en cuenta que la posibilidad de una

transgresión de los deberes por parte de los operadores jurisdiccionales en el

cumplimiento de sus actos resolutorios, bien puede ser por negligencia,

intencionalmente o por ignorancia.

La actividad decisoria puede ser objeto de control posterior por parte del mismo

órgano jurisdiccional que emitió la resolución o de otros órganos de jerarquía

superior.

La posibilidad de que la actividad decisoria se cumpla en forma ilegal o injusta,

posibilita el poder que la ley procesal penal acuerda a las partes intervinientes en

el proceso para dirigir su actividad en procura de la corrección o eliminación del

posible defecto o injusticia de la resolución dictada, provocando un nuevo examen

de la cuestión resuelta.

Este poder que se acuerda a las partes, se muestra, dentro de determinados

límites objetivos, subjetivos y temporales, a través de medios idóneos conocidos

generalmente en la Ley y en la doctrina con el nombre de RECURSOS.

Sin embargo el tratamiento de los recursos en el sistema procesal penal, suele

generalmente ser postergado y no se le asigna la importancia que realmente

reviste para la configuración de este sistema, porque se considera que no se trata

de una cuestión esencial, si no que constituye un accesorio a los temas centrales,

como podrían ser la instrucción o el Juicio Oral y todas las vicisitudes que cada

una de esas etapas trae consigo.

Nos parece que la desvalorización del tema constituye un error y que la cuestión

de los recursos, son decisivos para la configuración de un sistema procesal y para

determinar sus características. Para comprobarlo, basta tener en cuenta los rasgos

del régimen de recursos en el actual sistema inquisitivo, comparándolo con las

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notas que caracterizan este mismo régimen en un sistema acusatorio garantista

como el que se pretende instaurar en nuestro país a través de la reforma procesal

penal que viene siendo postergada hasta la actualidad.

El vocablo Recurso ha adquirido ubicación propia dentro del derecho procesal y

predomina en la mayoría de las codificaciones modernas, tanto en la nuestra como

en las extranjeras. Sin embargo la cuestión terminológica no está concretada de

una manera uniforme.

Igualmente el medio impugnatorio requiere la existencia de una desventaja

procesal, es decir de un agravio producido en el proceso, asimismo la existencia

de un pronunciamiento judicial que ocasiona el agravio o desventaja procesal que

puede ser sobre el fondo de la investigación (sentencia) o un aspecto del mismo

(auto) y finalmente como nota propia del recurso de impugnación señala una

decisión judicial del superior inmediato recaída sobre lo que es materia de

impugnación.

4. Elabore un cuadro sobre los medios impugnatorios, y explique sobre los

recursos impugnatorios existente en nuestra norma adjetiva civil.(5 puntos ).

La actividad impugnativa de quienes intervienen en un procedimiento para evitar las consecuencias perjudiciales de las decisiones de los órganos jurisdiccionales, conlleva una multiplicidad de elementos desde que se promueve hasta que se dicta en su caso la nueva resolución ya sea revocada, transformada en otra de sentido contrario, modificado o reformado.La clasificación de los recursos se puede efectuar en base a diferentes aspectos, tales como la finalidad que persiguen, su carácter de ordinario o excepcionalidad, por sus efectos, etc.

De aquí que la clasificación de los recursos puede llevarse a cabo atendiendo a diversos criterios:

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POR LOS SUJETOS

POR EL OBJETO

POR LOS REQUISITOS

POR LOS EFECTOS

Teniéndose en cuenta que la Impugnación es siempre un acto de parte, cuyo ejercicio corresponde a los legitimados que hayan sufrido un gravamen con la resolución que se impugna, desde el punto de vista de los sujetos, sólo puede tener importancia a los efectos clasificatorios el sujeto destinatario, esto es, el titular del órgano jurisdiccional ante quien se interpone y el que resuelve sobre los mismos.

Los recursos pueden clasificarse teniéndose en consideración la naturaleza de la resolución de que se trate, según se impugne una providencia,un auto o una sentencia.

Los requisitos que se exigen para la interposición de los recursos descartando el lugar, que es igual para todos ellos, pueden servir también de criterio para la clasificación de los mismos: POR EL

TIEMPO POR LA

FORMA POR LOS

MOTIVOS

Los recursos pueden producir diversos y variados efectos, según su naturaleza o disposición legal. Así pueden ser con efectos: evolutivos, suspensivos, extensivos y diferidos

En muchos de los casos de procedencia de impugnaciones, los legisladores no ha señalado los términos dentro de los cuales se puede impugnar válidamente, vacíos que ha ido generando ejecutorias contradictorias.

ESTIMADO ALUMNO LOS 2 PUNTOS PARA OBTENER VEINTE EN EL TRABAJO ACADÉMICO USTED LOS OBTENDRÁ CON UNA ADECUADA PRESENTACIÓN,

ORTOGRAFÍA Y REDACCIÓN.

LINK DE CONSULTA:http://www.academia.edu/227420/el_Código_Procesal_Civil_del_Perú. http://www.nmsm.edu.pe/postder/web-biblioteca/boletin6(2004-2006)/Libros /derechp%2procesal%20civil-pdf www.edicioneslegales.com.pe

NOTA: El esquema debe ser elaborado por Ud. y por tanto, no cabe la posibilidad

de que existan dos iguales, por consiguiente, SE CALIFICARÁ CON 00 si

sucediera esta situación.

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Precisiones de forma sobre el trabajo académico:

- Máximo de páginas: 10 (contando carátula y bibliografía).

- Tipo de letra: Arial número 12.

- Espaciado interlineal: 1.5

- Formato de grabado: Word 97.

- Caratula: colocar nombre completo, código y UDED de procedencia (datos

obligatorios).