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20
R i B H R Ministerio de Obras Públicas aguas

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  • RiB HR

    Ministerio deObras Públicas

    aguas

  • Contenidos de la presentación

    l\)

    Marco Normativo y Rol de la DGA

    Recarga Artificia

    Recarga Artificia. CircularN'4/2016

    Conclusiones

  • HRoldela DGAArtículo 299 del Código de Aguas(ModificadaAtribuciones y fu nciones

    . Planificar el desarrollo del recurso en las fuentes naturales, conel fin de formular recomendaciones para su aprovechamientoy arbitrar las medidas necesarias para prevenir y evitar elagotamiento de los acuíferos;

    . Investigar y medir el recurso y monitorear tanto su calidadcomo su cantidad, en atención a la conservación y protección delas aguas.

    ' Ejercer la policía y vigilancia de las aguas en los caucesnaturales de uso público y acuíferos; impedir, denunciar osancionar la afectación a la cantidad y la calidad de estas aguas,de conformidad con el inciso primero del articulo 129 bis 2 y losartículos 171 y siguientes;

    . Entre otras.

  • HRol de la DGA en la actual norma de emisiónD.S.46/2002Determinación de lavulnerabilidad delacuífero.

    GOBIERNO DECHILEN.MINISTERIO l)E OBRAS PLIBLI(:ASDIRECCIONGENERALDEAGlIAS

    MANUAL PARA LA APLICACIONDEL CONCEPTO DE VULNEjtABILIDAD DE

    ACUIFEROS ESTABLECIDO EN LA NORA{A DEEMISION DE RESIDUOS Liquidos A AGUAS

    SUBTERRÁNEAS.DECRETO SUPREMO N' 46 DE 2002

    La DGA determinará lavulnerabilidad delacuífero.Pa ra estos efectosestablecerá la metodología

    REALIZADOPOR:

    DECONSERVACIÓNYRECURSOSHIDRICOS

    para determinar lavulnerabilidad mediante S.D.T.; N' 170

    Resolución.la cualsepublicará en el DiarioOficial .

    Santiago,2004

    huD:ZZdocu mentos.daa.clnCO N4050. Ddf

  • Rol de la DGA en la actual norma de emisiónD.S.46/2002

    m

    Establecer el contenidonaturalde un acuífero

    MiNUTe DCPRH N' 27 7

    MAT.: Actualiza procedimientos antesolicitudes de dctermitnclón decontenido natural en el marco de laNorma de Emisión de Residuos t;quidosa Aguas Subten'áreas DS. N'46/2002.

    lunes 10 de septiembre de 2012

    La DGA determinará laCohn'ENiDOS

    ]l+ tlltTlto1)UC(:ltSN p mann een neeev4P eeeh no e «PIP eeennonoaoen elP eee-P elP eao

    lpllB l)efiÍliclc)rlesns n eqnoeeqPPqe.Planean eea e eoa&eo aev qe le

    1+1Za Antecedeíitesee IPqee oo IPn 41aela elP IP e l eeüaaea

    L3. Umitadones del procedimiento actual ......---'---.'--.------------.-.' -.

    2. oumvos.2.t. Objethpo Benenl-.--..----'

    2.p2e ot)]etivosesf)ecfrlct)s q e n oueeeoeolP .Pe o IP &a no nn aoe e4Pav q

    DESARf10LL0 epipe ae++-pea'p eo aq- annnennoni nnov pnv n eo nipn enpen& n ooeanaibninaui

    3.1. Antecedentes hidrolóBkos e hidrogedóBlcos que debe pnsentar el titular--..

    3.2. DefInIcIón de puntos de monótono de alldad de aguas subterráneas -----.-

    3e3 Parámetrosamoítltot'earipeene$eeeeoia BnPB Beee+ee4eeeq aenn4 Be ee ee B+e+oBn.3.4. Definidón de frecuencia y duración de monitoreo-----.--'-------------.35. Procedimientos de toma de muestras......- ------.

    3.6. Pnsetltación de datos......-----.

    3.7. Análisis de datos......-'..''..'.''..'..''''.'''.'.

    3.8. Criterios pan defInIr contenido natunl .--...---'------.'--'---3.9. Sobr el requerimiento de adaradones o nuevos antecedentes-----

    3.10. Sobre d uso de los datos de la Red de Calidad de A8ws Subtertánteas de la DGA.

    4 CIolq(:LUS1011E.s4Bq=B.heipp ip&pe a eip a n p aeeeüeee neenipn empe e anp e ipe q

    S. REFEREl\ELAS.

    ANEXOS......'''.

    3

    6

    -......-.2

    2

    3

    -..'- '-. 4

    5

    S

    5

    ''.......5

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    S

    ''.....7

    ...7

    7

    8

    8

    ...9

    12

    ,-.....13

    13

    14

    IS

    calidad natural de las aguassubterráneas en función delos datos dela red demonitoreo de calidad,estudios afines en lascuencas y muestreoespecífico.

    huD://documentos.daa.cl/MTD5491 .Ddf

  • Contenidos dela presentación

    al\)

    Rol de la DGA en la gestión del agua

    Recarga Artificial, Aspectos Técnicos y Normativos. D.S.N'203/2013

    Recarga Artificial Criterio DGA. Circular N'4/2016

    Concli

  • Recarga(Artificial) de AcuíferosDefinición Recarga

    Es el proceso por el que se incorpora a unacuífero agua procedente del exterior delcontorno que lo limita.

    . La recarga de acuíferos puede producirsede forma natural a través de la

    precipitación, de forma accidentalmediante pérdidas en las redes(potable,riego, urbanización), o de maneraintencionada mediante la aplicación demétodos de recarga artificial.

    e

    Awifero artosietn legua dulH}

    Recarga ArtificialEs una técnica para incrementarintencionalmente los recursos hídricossubterráneos.

    ' Herramienta de gestión hídrica económicay de gran efectividad con respecto a lasgrandes obras hidráulicas(embalses,transvase de cuencas, desalinizadoras, etc.)

    Zona de sueloe

    Napa

    :ona borde de cqJ ilH'id8i

    Zona de saturación,pordebajo dela napa

    (Agua subbrránea)

  • Recarga (Artificial)de Acuíferos

    &. Gobiernode O)ilp GOBIERNO DECHILEMINISTERIO DEOBRAS PÚBLICAS:DIRECCION GENERA.LDEA.GUNSDIVISló.N DE ESTUDIOS Y PLANIFICACIÓ.N

    D.b.

    Estudio DGA

    hup 'documentos.daa.clDIAGNÓSTICO DEMETODOLOGÍA

    PARALA PRESENTACIÓN YANÁLISISDEPROYECTOSDERECARGA

    ARTIFICIALDEACUÍFEROSnforme Final Emoaste %2

    ORA vO.odfINFORMEFINAL

    REALIZADO POR:

    AMPHOS 21CONSULTING CHILELTDA

    S.l.T. No343

    Santiago, Dicieml)i'e 2014

  • H@

    U

    Recarga(Artificial) de Acuíferos

    Experienciainternacional

    La recarga artificial empezó a desarrollarse en el siglo XIX aumentandorápidamente en complejidad.

    Se han identificado experiencias de recarga artificial en gran parte de lospaíses con mayores o menores volúmenes de infiltración y enprácticamente todos los tipos de acuíferos.

    Esta técnica ha tenido su mayor desarrollo en zonas áridas y desérticasdonde la recarga natural se produce de forma intermitenteEs una actividad de primer orden en varios países como Holanda, EstadosUnidos, Australia e lsrael

    Es una actividad en desarrollo en Nueva Zelanda, Tailandia, Taiwan,Kuwait, India, España entre otros.

    Es importante en la regulación de recursos hídricos, para mantener lacontinuidad en el suministro de agua potable, mejorar la calidad lacalidad de agua subterránea, entre otros beneficios.

  • Normativa Sectorial, D.S. N' 203/2013 ma)

    Capítulo 1: La Exploración de aguassubterráneas

    1. De la exploración de aguas subterráneas eninmuebles de dominio privado.2. De la exploración en bienes nacionales.

    HtHtS TIR:O H H4 Clf HDA

    OFI(TNA Ot PARTES

    aKploracb+a v qlHple18€jdfl de 9usubtarvúneB6ÍEÑÜñ6-' -- -'

    saNTiAGo.ZQiU as

    Capítulo 11: La Explotación de aguassubterráneas

    1. Disposiciones generales2.De las áreas de protección.3. De las limitaciones a la explotación de aguassubterráneas.

    4. De las comunidades de aguas subterráneas

    5. Cambio de punto de captación y/orestitución.6. Cambio de fuente de abastecimiento.

    7. Puntos alternativos de captación y/orestitución.

    CONTRAtaRlA CE HK nXL

    TCmAQFRÑ:3N

    ?) U) diql>up ta pn l3 ñRiOilCS SH, Sq V' 177 dN Ód gn

    3) t» estüüte(iü/u n l OÜ(relo Siily'€irto Ne t220. dei93?B il+l t\it» tpo Oe CiDr»s Piñblicn , qiw ap\iehüOI n+;l+menlo dei isnt gtu h.iblWn do AOti#

    ') L# plevl?o uor io Ley NO Z0.017. 1o l.er H: 20,Q09.l4 l.Jpy IW ¿g, 41 1. IP la tpv lle ?g.4Ql;t.o íliqlHi+'«u pi« DPOiEi) Cnn Fi pIZa 0+ 1.+v ble H\a. dü lqq7. onpiln pl tpvlQ rpri+nalno. caclroiinña y \} lomp?; /t:la

  • HD=

    Normativa Sectorial D.S. 203/20138. Recarga Artificial

    e Art. 47: Cualquierpersona podrá ejecutarobras paula recargaartificial de acuíferos,previa autorización delproyecto por la DGA, enconformidad con el Art.66inciso segundo y 67inciso primero parte finaldel Código de Aguas y conlo establecido en elpresente Reglamento

    Artículos 47 - 50

    solicitar a la DGAautorización de construcciónde obra derecarga artificialysolicitudde derechosdeaprovechamiento de aguasde carácterprovisionalconcargo ala obra derecarga.

    Otorgan lineamientosestándarestécnicosoara

  • DEMI

    D.S. 203/20i3 HNormativa SectorialArt. 66 (inciso segundo): Art. 67 (inciso primero, parte final): 8

    ...»Sin perjuicio de los establecidoen el inciso primero del artículo67,ynosiendo necesario queanteriormente se haya declaradoárea de restricción, previaautorización de la DirecciónGeneral de Aguas, cualquierpersonapodrá ejecutarobrasparalarecarga artitficialdeacuíferos,teniendo porellolapreferencia para queseleconstituye un derecho deaprovechamiento provisionalsobrelasaguassubterráneasderívadasdetalesobrasymientras ellas se mantengan».

    d

  • Normativa ambiental PAS 158

    RSEIA (2013), Art. 158: Permiso paraejecutarobras paula recargaartificial de acuíferos

    m

    El permiso para ejecutar obraspara la recarga artificial deacuíferos,será el establecidoen el artículo 66 del Decreto

    con Fuerza de Ley N' 1.122 de1981, del Ministerio de Justicia,Código de Aguas.

    Elrequisito para suotorgamiento consiste enconservará proteger elacuífero .

    De acuerdo con el RSEIA el permisopara ejecutar obras para la recargaartificial de acuíferos (PAS 158) esde competencia de la DGA, siendoeste un permiso mixto, es decir, concontenidos ambientales y noambientales.

    El otorgamiento de este PAS seenmarca el proceso de EIA.

  • Contenidos de la presentaciónm.b.0

    Rol de la DGA en la gestión del agua

    Recarga Artificial, Aspectos tecnicos y normativos. D.S.N'203/2013

    .ecarga Artificial criterio DGACircular N'4/2016 (PAS 158

    .L.w ...=..i J .H. . -n bhLn"

    Conclusionesn..a

  • Circular N 4/201 PAS 158m.b.

    e Circular N' 4 DirectorGeneral de Aguas1. 0ílda DGA NP40S/201S, que adjunta

    Minute t)CPRH No23/20]S.Z. Memo DCPR]] Ness/20] 6. que

    adjunta Mlnuta DCPRll N'B/2016. actualiza aplicación deMAT. Instruye sobi la apllcabtlidod dclPerínlso .AHlbiurltul Seclorlal. PAS 15B delD.S. MMA Ne40/2D12, paro qlccutarDaras para }a recarga oRlflcial de

    ücuííetos. y actualiza las Instrtlccluncsconbenldas en los Mlttutüs DCPRHNazi/201Sy DCPRtINe8/2016.

    PAS 158 sobre recargaMiltuta DCPRtl Nasa/2016, sobre PermisoAmbiental Secborlal relativo a lüs Obrasdc Reaüga Attlllcliil de Aculferw a lasque sa mflera el Artículo 66 dcl Código deAguas.

    artificial de acuíferos.

    Adjunta Minuta técnicaSANTUGO. .t 3 SEP 2016DE: DIRECTORGENERALDEAGUAS

    SEGUNDXSTRIBUCION DCPRH N' 56/2016 quePara su conocimiento y fines pertinentes. cl susaILo informa qua, luego de h8bcírealizado una ínl,crprctadón armónica a los cuerpos QorMot;vos ütlncntcs lü matenüde esla Circular. n cumple oon lost ír acerca dc lu actualización de criterios queaplican a lü tmmltaclón del Permlsa Ambiental Sectorlal SPAS) paro ejecutar obras parala recarga artIfIcIal de acuíñetos, ello cri cl morto de! Sistema de Evaluación de Impactoambiental CSEIA}.

    aporta lineamientostécnicos para orientar

    1. Antecedentes

    criterios y requisitos para1.1. 1.a Ley No19.300/1994 sobra Haras Generales del Medio ArublcnLQ. en su atüculoIO. lista los proyectos o óctividadcs susccpübles de causar impacto ambiental encuulqu[crü dc sus reses, y qua consecuentemente deben someterse a] SC]A. D]cholistado no lnduye }as obras de rcmrqu artificial de acufíeros. proceder con tramítación].2. Do acuerdo con el Regl&ivtento dol SOIA. DS MMA No40/2012 (en adalantn,RSE[A)f e] peml]so para qlecutar obras para ]a pega artiflcla] dc üculrcros (enadelante, PAS IS8} es de campetencla de io Dlrecc16o Gericrül de Aguas (DGA). slerldaéste un pelón!$a mixto, (s dcdr. con contenidos ambientales y RO amblnltHleq. yteniendo QamQ mquislto para su otorgüínlento el qicoosoFvrzf y proteger elaali#ero

    de PAS 158.1.3. El PAS ZS8 Llene como rtarma fundante el Código dc Aguas. que en su aRlcul0 66

    amalo lo siguiente; 1 5 SFP 2011i

    !E!; J:#q---'. :É "":f';;

    l.q

    mhtt 'www. da 3:d/leq i stlacionvnorm as/n ormati

  • Circular N' PAS 158 RecargaArtificia l

    Marco Normativo: DGA.b

    Código de Aguas, art.66.Biblioteca del Congreso IJacional de Chi

    Sectorial:Instancias de tramitación

    TIPO Xc>rmaFecha Publleaci.ónFecha Ptanulg eí6aotqaalamoTítulo'Tipo vet ión!naci.o vigenciaId Nc>rm=u].Lita }oodlflcaei6a

    :29n].0n198]13-08-198]

    27-Q1-201B27-01-201Q

    recarga artificial antes de su1. Autorización de una obra de

    D.p.L. N' ]..122. v]atc>: ].= facultad que t=e otorga el3ttícul0.2e. del.Decreto t.ey Ne 2.603, d6 1979:prorrogada por el Decreto t.ay.N'. 3.33í.:.de !se0. .y IBDcr'\=d3

    FIIA Tm DRL CODIGO DK ACtJh5

    CTexto tio otJ.eial.)

    santiago. 13 de .Rgoatc> de 1981noy se'decretó ].o'que aigun:

    construcción. Previa solicitud ala DGA cumpliendo con

    DBmm CON Ft;ORZA DR LBy

    requisitos del D.SN' 2013/2014.

    MOP 'título lDn tA$ AGUAS Y DEL DaRECliO DR

    .$i i¿iñ'i' iai'3giiii' ii éiiéi iljéB' son aguas.plus'iale8 laa .que ploeeden InlndlütamcntllaB ].luviSa. lü8 cuales será:i malítlm B Q tettestre8

    Regan donde 8e precipiten

    DiSPQSiCiaNE$ GniBRALRS

    ÍQvi$iQnajcon cargo a unaobra de recarga artificialaprobada y en operación.

    2. Asignación de un dQÍQQhodetenldaa

    $on aguas eotrieriten laa que escurren por caueeatlaturaloB'o artificiales .

    son aguas detctnlda8 la! .que. están peumuLada! endepóe[ta8'aatuta]eB o art]fi¿ia]es. t;a $s Garw ].agoal .].ayunas. paatanc>8. charcaa. =gu=dai. ciénagas, estanques Q

    d

    a

    iiñi''Ü.iñi"¿¿riliñti

    Fyq an»Twpp pwu wvvu rrvvvTTwnrv=v=v= wwwwTTwwFrwvz=w==p wv

  • HCircular N' 4 - PAS 158: RecargaArtificial D

    .b.CD

    . Las obras deben tener por objetivoaumentar la disponibilidad de losrecursos hídricos subterráneos, omejorar la calidad de las aguassubterráneas.

    ' No se debe provocar colmatacióndel acuífero ni contaminación de lasaguas.

    ' Aguas a utilizar como recarga: aguassuperficiales corrientes o detenidas,aguas subterráneas previamenteextraídas delacuífero, aguastratadas(potable, de plantasdesalinizadoras, de tratamientos deaguas servidas, RILes).

    ResiduoslndustrialesLíquidos (Roles)

    Para ser una recargaartificial:

    l/' Deben estar en cumplimientocon el D.S. MINSEGPRESN'46/2002.

    l/' Debe ser una solicitud expresadeltitular.

    l/' Deben cumplirse los estándares

    consideradosparalasobras derecarga artificial.

  • Hg

    Circular N' 4 - PAS 158: RecargaArtificia l

    HH

    Queda excluido la tramitación delPAS 158 para las siguientessituaciones:

    i. Obras de infiltración de aguaslluvias.

    ii. Pérdidas de redes de conducción

    de agua(potable, servidas, canalesde riego u otras).

    iii. Aquellas obras delQcarga aueforman oarte de un proyectosometido al SEIA cuvo objetivo sedistinto al de aumentar ladisporlibilidad delrecurso omeiorar la calidad de las aguas.Deberán ser evaluadasambientalmente en términos de

    ponderar sus impactos sobre loscomponentes de competenciaDGA

    a

  • Circular N' 4 - PAS 158: RecargaArtificia l m

    .b.

    En la Actualidad...

    Else han elevado 5 so]icitudes de Recarga Artificia]de Acuíferos(DARH) en los últimos 2 años.

    LINO se han resue]to ]as so]icitudes, encontrándoseaún en trámite de revisión.

  • HConclusionesD La recarga artificial de acuíferos se presenta como una alternativa

    hídrica frente a la escasez de los recursos hídricos subterráneos en

    algunas zonas del país, gracias al desarrollo exitoso de esta técnica

    en diversos lugares del mundo.

    [] E] D.S. N' 203/2013 y ]a Circu]ar N' 4 se entre]azan con e] D.S.

    N' 46/2002 pues estos consideran a los RILes como potencialrecarga artificial de acuíferos cumpliéndose una serie decondiciones.

    D La normativa sobre recarga artificial de acuíferos en Chile esreciente(2013 - 2016), no existiendo aún casos prácticos a evaluar.

    n El escenario futuro sobre disponibilidad del agua indica escales,estimándose que la recarga artificial de acuíferos y su consecuentesolicitud de derecho de aprovechamíento se transformará en unapráctica habitual donde ya existirá una base o lineamientos aseguir.

    m.b