r 715 de 2009 mod. lactosueros
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lacto suerosTRANSCRIPT
Proyecto de Reglamento Tcnico y Medida Sanitaria de Minproteccin
REPBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE LA PROTECCIN SOCIAL
RESOLUCIN NMERO 715 DE 2009
(13 de marzo de 2009)
D.O. 47.302 del 25 de marzo de 2009RESOLUCIN NMERO DE 2009 HOJA No. 2
Continuacin de la resolucin Por la cual se modifica el artculo 6 de la Resolucin 2997 de 2007
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Por la cual se modifica el artculo 6 de la Resolucin 2997 de 2007EL MINISTRO DE LA PROTECCIN SOCIAL
En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el artculo 378 de la Ley 09 de 1979, la Ley 170 de de 1994 y el pargrafo 3 del artculo 14 del Decreto 616 de 2006 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolucin 2997 de 2007 se estableci el reglamento tcnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los lactosueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumo humano.
Que se hace necesario modificar los requisitos fisicoqumicos de la lactosa y de las cenizas del lactosuero permeado, con el fin de armonizar la reglamentacin nacional con la internacional, y de esta forma, garantizar la calidad de estos productos con el fin de proteger la salud humana y prevenir posibles daos a la misma.
En mrito de lo anterior, este Despacho,
RESUELVE:
Artculo 1. Modificar el artculo 6 de la Resolucin 2997 de 2007, el cual quedar as:
Artculo 6.- Requisitos fisicoqumicos y microbiolgicos de los lactosueros en polvo. Los lactosueros en polvo deben cumplir con los siguientes requisitos fisicoqumicos y microbiolgicos: Tabla 2. Requisitos fisicoqumicos de los lactosueros dulces
Criterios fsico- qumicosLactosuero dulce normalLactosuero desproteinizadoLactosuero permeadoLactosuero deslactosadoLactosuero
DesmineralizadoLactosuero
parcialmente
desmineralizadoLactosuero de
Mantequilla
Min %Mx %Min %Mx %Min %Mx %Min %Mx %Min %Mx %Min %Mx %Min %Mx %
Protena %m/m10.015.06.08.02.010.016.024.010.024.011.015.030.033.0
Grasas %m/m0.22.01.01.3---1.01.04.01.04.01.5---4.57.0
Lactosa %m/m61757380.080.0------607080.0758246.549.0
Humedad %m/m1.08.0---5.0---5.0---5.0---5.0---5.0---5.0
Cenizas %m/m7.014.010.212.06.09.51127---3.03.17.08.38.8
Acidez expresada como cido lctico %m/m---4.0---4.0---4.0---4.0---4.0---4.0---4.0
Tabla 3. Requisitos microbiolgicos generales de los lactosueros
Criterios MicrobiolgicosnmMc
Recuento de microorganismos aerobios mesfilos/g.31.00010.0001
Coliformes/g.3Menor 10-0
Escherichia coli /g.3Menor 10-0
Staphylococcus aureus /g3Menor de 1001001
Bacillus cereus/g31001.0001
Mohos y levaduras31005001
Salmonella/25g 30-0
Siendo:n: Nmero de muestras a examinar
m: ndice mximo permisible para identificar nivel de buena calidad
M: ndice mximo permisible para identificar nivel aceptable de calidad
C: Nmero de muestras permisibles con resultados entre m y M
Artculo 2. VIGENCIA. La presente resolucin rige a partir de la fecha de su publicacin, modifica el artculo 6 de la Resolucin 2997 de 2007 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
NOTIFIQUESE, PUBLQUESE Y CMPLASE
Dada en Bogot, D. C., a los
DIEGO PALACIO BETANCOURT
Ministro de la Proteccin SocialElabor: Blanca Cristina Olarte Pinilla
Revis: Adriana Estrada
Esperaza Olmos
Edgar Bernal
Gisela Sarmiento
Nidia Pinzn Sora