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Asamblea Nacional Secretaría General Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá TRÁMITE LEGISLATIVO 2011 ANTEPROYECTO DE LEY: 064 PROYECTO DE LEY: LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: QUE REGULA LA ENSEÑANZA DE LA ASIGNATURA, HISTORIA DE LAS RELACIONES DE PANAMÁ CON LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, EN LOS COLEGIOS OFICIALES Y PARTICULARES Y DEROGA LA LEY 31 DE 1963. FECHA DE PRESENTACIÓN: 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011 PROPONENTE: HD. DALIA BERNAL. COMISIÓN: EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

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Asamblea Nacional

Secretaría General

Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá

TRÁMITE LEGISLATIVO

2011

ANTEPROYECTO DE LEY: 064

PROYECTO DE LEY:

LEY:

GACETA OFICIAL:

TÍTULO: QUE REGULA LA ENSEÑANZA DE LA

ASIGNATURA, HISTORIA DE LAS

RELACIONES DE PANAMÁ CON LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, EN

LOS COLEGIOS OFICIALES Y PARTICULARES

Y DEROGA LA LEY 31 DE 1963.

FECHA DE PRESENTACIÓN: 6 DE SEPTIEMBRE DE 2011

PROPONENTE: HD. DALIA BERNAL.

COMISIÓN: EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

Lhudson
Texto escrito a máquina
Lhudson
Texto escrito a máquina
407

Panamá, 29 de agosto de 2011 "'--'-",~=-~~I ~ \ , ~~:t~J'll O M¡

Honorable Diputado ~I RECTOR APARICIO DIAZ -···<-··--·-·---·-----.1Presidente

~ r---' - '"-~ Á,W1 Asamblea Nacional Ciudad.­

Señor Presidente:

En virtud de la iniciativa Legislativa a que nos otorga el artlcul6: 108 del ~~~J.Sñiento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, presentamos a la consideración de esta augusta cámara, el Anteproyecto de Ley, Que regula la enseñanza de la asignatura, Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963, el cual merece la siguiente exposición de motivos,

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la república de Panamá existen un sinnúmero de leyes que luego de su adopción y reglamentación permanecen en vigencia aún cuando la realidad y las estructuras que les dieron origen han quedado en el pasado.

Generalmente cuando las leyes vigentes pierden su efectividad, es debido a legislación o decisiones judiciales posteriores o por la evolución de la sociedad, producto de una realidad social, económica, tecnológica, académica o cultural cambiante, de tal manera que resultan inaplicables, inoperantes y desfasadas.

La Ley 31 de 29 de enero de 1963, establece la creación de la Cátedra "Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos de Norteamérica", la cual se aprobó debido a circunstancias especiales, dentro del marco de las discusiones tendientes a la sustitución del Tratado Hay-Bunau Varilla de 1903 por otro enteramente nuevo y devolver la soberanía a Panamá en todo el territorio nacional.

Los Tratados del Canal de Panamá del 7 de septiembre de 1977 establecieron el 31 de diciembre de 1999 como fecha limite para que los ciudadanos y tropas estadounidenses desocuparan todas las instalaciones militares y residenciales de la zona canalera.

Por esta razón, con el paso del tiempo nuestras relaciones con los Estados Unidos se han convertido en un capitulo más de la Historia de Panamá, que debe enseñarse y ampliarse a profundidad, ya que han sido fundamental para el fortalecimiento de la identidad y nacionalidad panameña, por 10 que, toda la población estudiantil panameña y extranjera deben conocer los hechos históricos ocurridos en el territorio istmeño que permitieron la consolidación de la nación panameña.

La historiografia panameña ha dividido la Historia de Panamá en cuatro grandes periodos: Prehispánico, Hispánico, Departamental (Unión a Colombia) y Republicano. Los contenidos de la Cátedra de "Historia de las Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos", se encuentran ubicados dentro del periodo departamental y republicano. De tal manera; que no debe verse como una asignatura independiente de la historia de Panamá.

El artículo 8 de la Ley 42 del 5 de agosto de 2002 establece que para concretar los fines constitucionales de la enseñanza de la Historia de Panamá, los planes y programas de estudios de esta asignatura deberán basarse en los enfoques modernos de estas disciplinas, sus métodos y técnicas científicas de investigación y la actualización de sus contenidos y metodologías didácticas.

Mvasquez
Texto escrito a máquina
ANTEPROYECTO DE LEY N°64 COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

Es por ello, que en la actualidad la Universidad de Panamá a través de una Comisión de reformas de los Programas de Historia de Panamá, aprobó en Junta Departamental actualizar la historia de Panamá a través de un nuevo enfoque globalizado, denominándola Historia de Panamá para un Mundo Global.

Nuestra propuesta es que la asignatura se denomine "Historia departamental y republicana de Panamá" y se imparta de manera obligatoria en duodécimo grado en todos los bachilleres con 3 horas semanales. Por estas razones solicitamos la derogación de la Ley 31 del 29 de enero de 1963 y crear una nueva ley que se ajuste a nuestra realidad.

Anteproyecto de Ley No. De 29 de agosto de 2011

Que regula la enseílanza de la asignatura Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31

de 1963

LA ASAMBLEA NACIONAL

DECRETA:

_._~--------

Artículo 1. Se adiciona el artículo 8-A a la Ley 42 de 2002, así:

Artículo S-A. La Historia de Panamá se divide en cuatro grandes périodos' prebj:m~§I

Hispánico, Departamental y Republicano. Los contenidos de la C4tc::~~de Histori~.~t1!) ¡

Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos, se encuentr~,l,~~icados dentr~ .de1 ,.. .. .. .,-----..__ .___\1 t)10

periodo departamental y republicano.

Se establece la enseñanza de la Historia Prehispánica e Hispánica de Panamá, para

el undécimo grado de la educación media en todos los colegios oficiales y particulares.

La Historia Departamental y Republicana de Panamá, para el duodécimo grado de

la educación media en los colegios oficiales y particulares, profundizando en aquellos

hechos que contribuyeron a fortalecer las bases de la nación panameña, referentes a las

relaciones entre Panamá y los Estados Unidos de Norteamérica.

Articulo 2. Se adiciona el artículo S-B a la Ley 42de 2002, así:

Articulo S-B. La enseñanza de estas asignaturas será obligatoria en los dos últimos

niveles de la educación media en los colegios oficiales y particulares durante todo el año

académico, con tres horas semanales por profesores panameños de nacimiento.

Se crea la comisión para el proyecto de modificación de la asignatura Historia de

las Relaciones entre Panamá y Los Estados Unidos de Norteamérica, que estará integrada

por:

l. Tres representantes del Ministerio de Educación.

2. Dos docentes de Educación Media

3. Dos docentes de la Universidad de Panamá.

Esta comisión será responsable de seleccionar los contenidos programáticos para

la enseñanza de la Historia Departamental y Republicana de Panamá, así como de

reformar los contenidos de esta asignatura en los programas de estudio de la educación

media, para los centros educativos oficiales y particulares. Los aspirantes a enseñar la

disciplina Historia Departamental y Republicana de Panamá deberán poseer los

siguientes requisitos:

Mvasquez
Texto escrito a máquina
ANTEPROYECTO DE LEY N°64 COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

1. Título de licenciado en Historia.

2. Título de licenciado en Filosofia e Historia

3. Título de licenciado en Geografia e Historia

Articulo 3. Se deroga la Ley 31 de 29 de enero de 1963.

Articulo 4. El Órgano Ejecutivo reglamentará esta Ley a través del Ministerio de Educación.

Articulo 5. La presente Ley adiciona los artículos 8-A y 8-B a la Ley 42 de 2002 y deroga la Ley

31 de 29 de enero de 1963.

Articulo 6. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.

COMUNíQUESE Y CÚMPLASE.

Propuesto para la consideración de la Asamblea Nacional, hoy 29 de agosto de 2011, por la

Honorable Diputada Dalia Bernal Y.

fH.~./1 Diputada de la República

Circuito 8-6

Lhudson
Texto escrito a máquina

Asamblea Nacional Comisión de Educación, Cultura y Deportes

HD. José L Blandón Figueroa TeL (507) 512-8300, Presidente ex!. 8024/8025

Panamá, 26 de octubre de 2011

Honorable Diputado HÉCTOR E. APARICIO DíAZ Presidente Asamblea Nacional E. S. D.

Respetado señor Presidente:

Debidamente analizado y prohijado por la Comisión de Educación, Cultura y Deportes en reunión efectuada el 26 de octubre de 2011, en la sede de la Comisión, le remitimos para los trámites correspondientes el Proyecto de Ley, "Que regula la enseñanza de la asignatura de Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963" que corresponde al Anteproyecto de Ley 64. presentado por la Honorable Diputada Dalia Berna!.

En virtud de lo dispuesto en el Artículo 109 del Reglamento Interno. le solicito se sirva impartir las instrucciones de rigor, con el objeto de que el citado Anteproyecto sea sometid óxima ente a Primer Debate.

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_,?r¡ Z~/1Panamá, 26 de octubre de 2011

-_.~---_._--Honorable Diputado HECTOR APARICIO DIAZ Presidente Asamblea Nacional Ciudad.­

Señor Presidente:

En virtud de la iniciativa Legislativa a que nos otorga el artículo 108 del Reglamento orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, presentamos a la consideración de esta augusta cámara, el Anteproyecto de Ley, Que regula la enseñanza de la asignatura, Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963, el cual merece la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la república de Panamá existen un sinnúmero de leyes que luego de su adopción y reglamentación permanecen en vigencia aún cuando la realidad y las estructuras que les dieron origen han quedado en el pasado.

Generalmente cuando las leyes vigentes pierden su efectividad, es debido a legislación o decisiones judiciales posteriores o por la evolución de la sociedad, producto de una realidad social, económica, tecnológica, académica o cultural cambiante, de tal manera que resultan inaplicables, inoperantes y desfasadas.

La Ley 31 de 29 de enero de 1963, establece la creación de la Cátedra "Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos de Norteamérica", la cual se aprobó debido a circunstancias especiales, dentro del marco de las discusiones tendientes a la sustitución del Tratado Hay­Bunau Varilla de 1903 por otro enteramente nuevo y devolver la soberanía a Panamá en todo el territorio nacional.

Los Tratados del Canal de Panamá del 7 de septiembre de 1977 establecieron el 31 de diciembre de 1999 como fecha límite para que los ciudadanos y tropas estadounidenses desocuparan todas las instalaciones militares y residenciales de la zona canalera.

Por esta razón, con el paso del tiempo nuestras relaciones con los Estados U nidos se han convertido en un capítulo más de la Historia de Panamá, que debe enseñarse y ampliarse a profundidad, ya que han sido fundamental para el fortalecimiento de la identidad y nacionalidad panameña, por 10 que, toda la población estudiantil panameña y extranjera deben conocer los hechos históricos ocurridos en el territorio istmeño que permitieron la consolidación de la nación panameña.

La historiografia panameña ha dividido la Historia de Panamá en cuatro grandes periodos: Prehispánico, Hispánico, Departamental (Unión a Colombia) y Republicano. Los contenidos de la Cátedra de "Historia de las Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos", se encuentran ubicados dentro del periodo departamental y republicano. De tal manera; que no debe verse como una asignatura independiente de la historia de Panamá.

El artículo 8 de la Ley 42 del 5 de agosto de 2002 establece que para concretar los fines constitucionales de la enseñanza de la Historia de Panamá, los planes y programas de estudios de esta asignatura deberán basarse en los enfoques modernos de estas disciplinas, sus métodos

Lhudson
Texto escrito a máquina
PROYECTO DE LEY Nº407 COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

y técnicas científicas de investigación y la actualización de sus contenidos y metodologías didácticas.

Es por ello, que en la actualidad la Universidad de Panamá a través de una Comisión de reformas de los Programas de Historia de Panamá, aprobó en Junta Departamental actualizar la historia de Panamá a través de un nuevo enfoque global izado, denominándola Historia de Panamá para un Mundo Global.

Nuestra propuesta es que la asignatura se denomine "Historia departamental y republicana de Panamá" y se imparta de manera obligatoria en duodécimo grado en todos los bachilleres con 3 horas semanales. Por estas razones solicitamos la derogación de la Ley 31 del 29 de enero de 1963 y crear una nueva ley que se ajuste a nuestra realidad.

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PROYECTO DE LEY No. .é2_@c:;J-()/1 De de de 2011 3 \

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Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga-la L6y JI Qe. 1963

-----y LA ASAMBLEA NACIONAL ____ '"'

DECRETA:

Artículo l. Se adiciona el artículo 8-A a la Ley 42 de 2002, así:

Artículo 8-A. La Historia de Panamá se divide en cuatro grandes periodos: Prehispánico,

Hispánico, Departamental y Republicano. Los contenidos de la Cátedra de Historia de las

Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos, se encuentran ubicados dentro del

periodo departamental y republicano.

Se establece la enseñanza de la Historia Prehispánica e Hispánica de Panamá, para

el undécimo grado de la educación media en todos los colegios oficiales y particulares.

La Historia Departamental y Republicana de Panamá, para el duodécimo grado la

educación media en los colegios oficiales y particulares, profundizando en aquellos

hechos que contribuyeron a fortalecer las bases de la nación panamefta, referentes a las

relaciones entre Panamá y los Estados Unidos de Norteamérica.

Articulo 2. Se adiciona el artículo S-B a la Ley 42de 2002, así:

Articulo 8-B. La enseftanza de estas asignaturas será obligatoria en los dos últimos

niveles de la educación media en los colegios oficiales y particulares durante todo el afio

académico, con tres horas semanales por profesores panameftos de nacimiento.

Se crea la comisión para el proyecto de modificación de la asignatura Historia de

las Relaciones entre Panamá y Los Estados Unidos de Norteamérica, que estará integrada

por:

1. Tres representantes del Ministerio de Educación.

2. Dos docentes de Educación Media

3. Dos docentes de la Universidad de Panamá.

Esta comisión será responsable de seleccionar los contenidos programáticos para

la enseftanza de la Historia Departamental y Republicana de Panamá, así como de

reformar los contenidos de esta asignatura en los programas de estudio de la educación

media, para los centros educativos oficiales y particulares. Los aspirantes a enseftar la

disciplina Historia Departamental y Republicana de Panamá deberán poseer los

siguientes requisitos:

Lhudson
Texto escrito a máquina
PROYECTO DE LEY Nº407 COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
Lhudson
Texto escrito a máquina

1. Título de licenciado en Historia.

2. Título de licenciado en Filosofia e Historia.

3. Título de licenciado en Geografia e Historia.

Articulo 3. El Órgano Ejecutivo reglamentará esta Ley a través del Ministerio de Educación.

Articulo 4. La presente Ley adiciona los artículos 8-A y 8-B a la Ley 42 de 2002 y deroga la

Ley 31 de 29 de enero de 1963.

Articulo 5. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional hoy 26 de octubre de 2011.

HD. OSMÁN GÓMEZ

HD. EDWIN ZUÑIGA Co·nm;·~ado._____

HD. FRANCISCO VEGA Comisionado

HD. VIDAL GARCÍA Comisionada Comisionado

1tb.~~EGARCIA

INFORME

De la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, correspondiente al Primer Debate del Proyecto de Ley 407, Que regula la enseñanza de la asignatura de Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963.

Panamá, 17 de enero de 2012

Honorable Diputado Héetor Aparicio Presidente Asamblea Nacional Presente

Respetado Señor Presidente:

La Comisión de Educación, Cultura y Deportes, en cumplimiento de lo estabrecído·-en el artículo

139 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, rinde informe

correspondiente al Primer Debate del Proyecto de Ley 407, Que regula la enseñanza de la

asignatura de Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los

colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963.

SOBRE LA INICIATIVA LEGISLATIVA

El Anteproyecto de Ley 64, Que regula la enseñanza de la asignatura de Historia de las Relaciones

de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y

deroga la Ley 31 de 1963, fue presentado a la Asamblea Nacional el día 6 de septiembre de 2011,

por la Honorable Diputada Dalia Bernal.

Este proyecto de Ley, fue remitido a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, el día 8 de

septiembre de 2011 y prohijado el 26 de octubre de 2011, posteriormente fue devuelto como el

proyecto de Ley 407 y sometido y aprobado en primer debate el día 17 de enero de 2012.

LAS MOTIVACIONES

Con el paso del tiempo nuestras relaciones con los Estados Unidos se han convertido en un capítulo

más de la Historia de Panamá, que debe enseñarse y ampliarse a profundidad, ya que son

fundamentales para el fortalecimiento de la identidad y nacionalidad panameña, por lo que, toda la

población estudiantil panameña y extranjera deben conocer los hechos históricos ocurridos en el

territorio istmeño que permitieron la consolidación de la nación panameña. Es por esta razón que se

sugiere que la asignatura se denomine "Historia departamental y republicana de Panamá" y se

imparta de manera obligatoria en duodécimo grado en todos los bachilleres con 3 horas semanales,

que permitirán que esta asignatura se ajuste a nuestra realidad.

DEL PRIMER DEBATE

El día 17 de enero del presente año la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, en sesión

Ordinaria, aprobó en Primer Debate el Proyecto de Ley 407 Que regula la enseñanza de la

asignatura de Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los

colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963.

En la reunión estuvieron presentes los diputados José Isabel Blandón Figueroa, Presidente; Luis

Eduardo Quiros; Francisco Eloy Vega; Dalia Bernal y los honorables diputados suplentes, Orlando

Morales y Maximino Rodríguez.

Los Honorables diputados coincidieron en la importancia de la aprobación de este proyecto, pues

inicia un proceso en que los panameños inician la lucha para lograr preservar nuestro patrimonio

histórico en aras de que las futuras generaciones puedan tener conocimiento de los eventos

históricos de nuestra nación.

DE LAS MODIFICACIONES

El Proyecto de Ley No. 407 sufrió modificaciones en los artículos 1, 2 del proyecto de Ley,

además de estas modificaciones se adicionaron dos artículos nuevos con el objeto de mejorar

cuestiones de forma y fondo, para una mayor comprensión de su ~ontenido y ajustándola a las

nuevas tendencias curriculares del Ministerio de Educación.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Asamblea

Nacional, en cumplimiento de sus facultades legales y constitucionales,

RESUELVE:

1. Aprobar en Primer Debate Proyecto de Ley No. 407, Que regula la enseñanza de la

asignatura de Historia de las Relaciones de Panamá con los Estados Unidos de

Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963.

2. Entregar un Texto Único del Proyecto de Ley No. 407 con las modificaciones y

adiciones resaltadas en negritas.

3. Solicitar al Pleno de esta Augusta Cámara se sirva someter el Proyecto de Ley 407 a

Segundo Debate.

POR LA COMISIÓN DE EDUC

~ fDJA¡~';'1Y (J~/~~ J ,B.D.VAMiÉL ~~a.g;lGARCIA Comisionada

. \ S ,".~,,)Ó ~ ~~ k~~VEGA

Secretaria

H.n. LUIS EDUARDO QUIRÓS Comisionado

B.D. IRASEMA DE DALE Comisionada

~~Au-t~ Comisionado Comisionado

TEXTO ÚNICO

Que contiene las modificaciones y adiciones, introducidas en Primer Debate por la Comisión de Educación, Cultura y Deportes al Proyecto de Ley 407, Que regula la enseñanza de la asignatura de Historia de las relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963.

PROYECTO DE LEY No. 407

De 17 de enero de 2012

Que regula la enseñanza de la asignatura de Historia de las relaciones de Panamá con los Estados Unidos de Norteamérica, en los colegios oficiales y particulares y deroga la Ley 31 de 1963

LA ASAMBLEA NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1. Se adiciona el artículo 8-A a la Ley 42 de 2002, así:

Articulo 8-A. La asignatura de Historia de Panamá, se divide en cuatro periodos:

prehispánico, Hispánico, Departamental y Republicano. Los contenidos de la Cátedra de Historia de

las Relaciones entre Panamá y los Estados Unidos, forman parte del periodo departamental y

republicano de nuestra historia.

Para lo cual se establecerán dos áreas:

1. Historia Prehispánica e Hispánica de Panamá

2. Historia Departamental y Republicana de Panamá

La enseñanza de la historia Departamental y republicana de Panamá, profundizará los

hechos que contribuyeron a fortalecer las bases de la nación panameña, sobre las relaciones

entre Panamá y los Estados Unidos de Norteamérica

Articulo 2. Se adiciona el artículo 8-B a la Ley 42 de 2002, así:

Articulo 8-B. La enseñanza de estas dos áreas será obligatoria para los estudiantes de

educación media de los centros oficiales y particulares, durante todo el año académico y será

impartida por profesores panameños de nacimiento.

Articulo 3. Se crea la comisión para el proyecto de modificación de la asignatura Historia de

las Relaciones entre Panamá y Los Estados U nidos de N orteamérica, que estará integrada

por:

l.

2.

3.

Tres representantes del Ministerio de Educación.

Dos docentes de Educación Media.

Dos docentes de la Universidad de Panamá.

Esta comisi6n será responsable de seleccionar los contenidos programáticos para la

enseíianza de la Historia Departamental y Republicana de Panamá, así como de reformar

los contenidos y los programas de estudio de la educaci6n media, para los centros

educativos oficiales y particulares.

Articulo 4. Los aspirantes a enseíiar la asignatura de Historia de Panamá deberán poseer los

siguientes requisitos:

1. Título de licenciado en Historia.

2. Titulo de licenciado en Filosofia e Historia.

3. Título de licenciado en Geografia e Historia.

Articulo 5. El órgano Ejecutivo reglamentará esta Ley a través del Ministerio de Educación.

Articulo 6. La presente Ley adiciona los artículos 8-A y 8-B a la Ley 42 de 2002 y deroga la Ley

31 de 29 de enero de 1963.

Articulo 7. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Propuesto a la consideración de la Asamblea Nacional, hoy de de 2011.

POR LA COMISIÓ

HDfIt¿¡idJSecretaria

HD. VIDAL GARCÍA Comisionado Comisionado

HD. IRACEMA DE DALE Comisionada Comisionada

<L Ú ~I>' ) Il~~ ~~EL~VEGA HD. EDWIN ZUÑIGA Comisionado Comisionado