que modifica la ley 4 de 1981, la cual reglamenta la … · 2017. 3. 30. · en virtud de lo...
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Asamblea Nacional
Secretaría General
Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá
TRÁMITE LEGISLATIVO
2011
ANTEPROYECTO DE LEY: 036
PROYECTO DE LEY: 373
LEY:
GACETA OFICIAL:
TÍTULO: QUE MODIFICA LA LEY 4 DE 1981, LA CUAL
REGLAMENTA LA CARRERA DE
TECNÓLOGO EN RADIOLOGÍA E IMÁGENES.
FECHA DE PRESENTACIÓN: 3 DE AGOSTO DE 2011.
PROPONENTE: HD. PABLO VARGAS.
COMISIÓN: TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
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Panamá, 3 de agosto de 2011
Honorable Diputado HECTOR APARICIO Presidente Asamblea Nacional ., ..,,,---E. S. D.
Respetado Señor Presidente:
En ejercicio de la iniciativa legislativa que me otorga el artículo r6s:6e4ft~Constitución
y el artículo 108 del texto único de nuestro Reglamento Orgánico del Régimen Interno, por este
medio comparezco ante usted, para presentar a la consideración de la Asamblea Nacional el
Anteproyecto de Ley, Que modifica la Ley 4 de 1981, la cual reglamenta la carrera de
Tecnólogo en Radiología e Imágenes, el cual merece la siguiente:
EXPOSICIÓN MOTIVOS
Mediante la Ley 42 del 29 de octubre de 1980 y la Ley 4 del 27 de marzo de 1981 se
adopta un ordenanza que reglamentaría la profesión de los profesionales tecnólogos en
radiologías a fin de regular los aspectos relacionados con las ciencias de la salud en materia de
diagnóstico por imágenes, con miras a incorporar al recurso humano con niveles de
preparación superior, tomando en cuenta los requerimientos de la Ley 43 del 21 de julio del
2005 (Certificación y Re-certificación de los Profesionales y Técnicos de la Salud) basándose
en procedimientos de educación continua.
Es evidente el avance tecnológico de nuestros días y por ende nuestros profesionales de
la salud no deben quedar rezagados en cuanto al manejo de nuevos conocimientos e
instrumentaciones utilizadas en los diferentes hospitales, policlínicas, centros de salud y todos
aquellos establecimientos de salud que son utilizados por la población que busca una mejor
atención.
Los profesionales de la radiología e imágenes incentivados por los beneficios de las
leyes antes mencionadas y preocupados por brindar un mejor servicio requirieron actualizar y
modernizar aspectos relacionados con su profesión como la adecuación de su denominación
MvasquezTexto escrito a máquinaANTEPROYECTO DE LEY Nº036COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
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como Tecnólogos en Radiología e Imágenes en disposiciones comúnmente utilizadas, toda vez
que por los estudios alcanzados en más de 2 décadas era necesaria dicha denominación, así
como la organización de los comités evaluadores para la escogencia de jefaturas, becas y otras
prerrogativas en el cargo.
Con el objeto de la actualizar las disposiciones contenidas en la Ley de los profesionales
de la radiología e imágenes consideramos la modificación del artículo 20 la Ley 4 del 27 de
marzo de 1981 que se refiere a la integración del comité evaluador de los concursos,
conformado por el Director General de Salud y el Director de Servicios y Prestaciones Medicas
de la Caja de Seguro Social, que por los asuntos inherentes al cargo sería imposible contar con
la presencia de dicho miembros en todas las reuniones del comité, por lo que sugerimos que
tengan la posibilidad de designar a otra persona para que participe en la mismas.
Por todo lo antes expuesto y en virtud de la iniciativa legislativa, que otorga el ordenamiento
Jurídico de nuestro país, presento en mi calidad de Diputado de la República, este anteproyecto
de Ley "Que modifica la Ley 4 de 1981, la cual reglamenta la carrera de Tecnólogo en
Radiología e imágenes", por tanto solicito muy respetuosamente, someter la misma a
consideración de los Honorables Diputados.
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ANTEPROYECTO DE LEY
De de de 2011
Que modifica la Ley 4 de 1981, la cual reglamenta la carrera de Tecnólogo en Radiología e
imágenes.
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. El parágrafo del artículo 20 de la Ley 4 de 1981, queda así:
Artículo 20 •...
Parágrafo. Para este efecto se nombrará una Comisión Evaluadora de los Concursos que
estará integrada así:
1. Un representante de la Jefatura de Personal (Analista de Personal) de la institución
que somete la posición a concurso.
2. El representante de la Asociación Nacional de Tecnólogos en Radiología e
Imágenes ante el Consejo Técnico de Salud o su Suplente.
3. El Director General de Salud o el Ministerio de Salud, o quien designe, cuando
son concursos realizados por este Ministerio o patronatos.
4. El Director Nacional de los Servicios y Prestaciones Médicas de la Caja de Seguro
Social, o quien designe, cuando los concursos son para puestos de la Caja de
Seguro Social.
5. El Secretario de Fiscalización y Defensa de la Asociación Nacional de Tecnólogos
en Radiología e Imágenes, o quien designe.
6. El Secretario de Asuntos Académicos de la Asociación Nacional de Tecnólogos
en Radiología e Imágenes, o quien designe.
Artículo 2. La Asamblea Nacional elaborará un texto único de la Ley 42 de 1980, la Ley 4 de
1981 y de la Ley 53 de 2009, que contenga todas las reformas que se le han efectuado hasta la
fecha y las disposiciones de la presente Ley, con numeración corrida, comenzando por el
MvasquezTexto escrito a máquinaANTEPROYECTO DE LEY Nº036COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
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artículo 1, incluyendo los elementos de técnica legislativa y de sistematización temática, y
ordenará su publicación en la Gaceta Oficial.
Artículo 3. Esta Ley modifica el artículo 20 de la Ley 4 de 1981 sobre la carrera de Tecnólogo
en radiología e imágenes.
Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Propuesto a consideración de la Asamblea Nacional el día 3 de agosto de 2011, por el
Honorable Diputado Pablo Vargas Caballero.
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1"l";;;'l"ll..,gl.•.r;;.I"l NACIONAL Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social
H.D. Pablo Vargas Caballero Teléfono: 512-8300, en 8831/8102 Presidente
Panamá, 9 de agosto de 2011
Honorable Diputado HÉCTOR E. APARICIO ARAÚZ OíAZ Presidente Asamblea Nacional E. S. D.
Respetado señor Presidente:
Debidamente analizado y prohijado por la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social en reunión efectuada el 9 de agosto de 2011 en el salón de reuniones de la Comisión, le remitimos para los trámites correspondientes el Proyecto de Ley Que modifica la Ley 4 de 1981, la cual reglamenta la carrera de Tecnólogo en Radiología e Imágenes, que corresponde al Anteproyecto de Ley 36, originalmente presentado por el suscrito.
En virtud de lo dispuesto en el Artículo 109 del Reglamento Interno, le solicito se sirva impartir las instrucciones de rigor, con el objeto de que el citado Proyecto sea sometido próximamente a Primer Debate.
l,.'l', ' .:....( '1
Presidente e la Comisión de ,,,,,,,.,,,"q~ ~ 2) l' Trabajo, Salud y Desarrollo Social
~tfr1¡ _ ~-!..l9+" Adjunto: Lo indicado
Atentamente,
H .
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!\prohilda_____Votos
Apartado 0815-01603 Panamá, Rep. de Panamá
Palado Justo Arosemena
MvasquezTexto escrito a máquina
MvasquezTexto escrito a máquinaPROYECTO DE LEY Nº373COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
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. ASA~I!LEA NA:?!Ol\!AL SECRt:.TARIA GeN RAL
PROYECTO DE LEY No. /PresentacIón 1 (
De de de 2011 Hora_.....G__' _:-\0-ifri1~_ AOSb:¡~3
Que modifica la Ley 4 de 1981,.la c~al r~gl~menta la carre ~tJ~~nólogo en RadlOlog1a e lmagenes. f.
LA ASAMBLEA NACIONAL DEc:rul~~~b¡¡da_____ V()¡06 í ¡ :-:echa;:ad!l_.____Ve.,
Artículo 1. El parágrafo del artículo 20 de la Ley 4 de 1981, J~~d:':f!.-.. ~--~.~...~.- ...--....----. Artículo 20. ...
Parágrafo. Para este efecto se nombrará una Comisión Evaluadora de los
Concursos que estará integrada así:
1. Un representante de la Jefatura de Personal (Analista de Personal) de la
institución que somete la posición a concurso.
2. El representante de la Asociación Nacional de Tecnólogos en Radiología e
Imágenes ante el Consejo Técnico de Salud o su Suplente.
3. El Director General de Salud o el Ministerio de Salud, o quien designe,
cuando son concursos realizados por este Ministerio o patronatos.
4. El Director Nacional de los Servicios y Prestaciones Médicas de la Caja
de Seguro Social, o quien designe, cuando los concursos son para puestos
de la Caja de Seguro Social.
5. El Secretario de Fiscalización y Defensa de la Asociación Nacional de
Tecnólogos en Radiología e Imágenes, o quien designe.
6. El Secretario de Asuntos Académicos de la Asociación Nacional de
Tecnólogos en Radiología e Imágenes, o quien designe.
Artículo 2. La Asamblea Nacional elaborará un texto único de la Ley 42 de
1980, la Ley 4 de 1981 y de la Ley 53 de 2009, que contenga todas las reformas
que se le han efectuado hasta la fecha y las disposiciones de la presente Ley, con
numeración corrida, comenzando por el artículo 1, incluyendo los elementos de
técnica legislativa y de sistematización temática, y ordenará su publicación en la
Gaceta Oficial.
Artículo 3. Esta Ley modifica el artículo 20 de la Ley 4 de 1981 sobre la carrera
de Tecnólogo en radiología e imágenes.
http:1981,.laMvasquezTexto escrito a máquinaPROYECTO DE LEY Nº373COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
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Artículo 4. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNIQUESE y CUMPLASE
Propuesto a la consideración del Pleno de la Asamblea Nacional, hoy de
agosto de 2011.
POR LA COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO
SOCIAL
d-
H.D. CARLOS SANTANA Comisionado
H.D. SAL V ADOR REAL Comisionado
M c~ c.....~ L(' 'J H.D. MARIO LAZARUS .
Secretari o .c:::::=:=--~ ._•._._--'
H.D. RAÚL HERNÁNDEZ Comisionado
HD. RUBÉN FRÍAS Comisionado
H.D. CRISPIANO ADAMES Comisionado
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D.."rIC.JI"'''''L 095803 ASAB.EA IItll111. • PI.OO' • SOLO PARA SECRETARIA (NO ESCRIBIR AQUÍ)
CURSO DE LA APROBACIÓN
Fecha: """""",,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,.. ,,,.,,.,.,.
Hora: """"''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''''
República de Panamá Asamblea Nacional
Abstenciones: """." '''''''' " '" "'" ""'"'''' Votos
HONORABLES DIPUTADOS (AS): H.~.~UGO A. MORENO G9NZÁLEZ ..¡.,Q_-l-f" PROPONEN: ~\e.-\G c.f~CI ~~u-eL.. Que el Proyecto de Ley 373, "Que modifica la Ley 4 de 1981, la cual
reglamenta la carrera de Tecnólogo en Radiología e imá sea devuelto
a primer debate.
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INFORME DE PRIMER DEBATE
Que rinde la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social correspondiente al Primer Debate del Proyecto de Ley N° 373, Que reforma la Ley 42 de 1980 y la Ley 4 de 1981, relativas a la Carrera de Tecnólogo en Radiología e Imágenes.
Panamá, 26 de septiembre de 2012.
Honorable Diputado SERGIO GALVEZ E. Presidente de la Asamblea Nacional E. S. D.
Sefior Presidente:
La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 139 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la
Asamblea Nacional, rinde el informe correspondiente al Primer Debate del Proyecto de Ley
373, Que reforma la Ley 42 de 1980 y la Ley 4 de 1981, relativas a la Carrera de
Tecnólogo en Radiología e Imágenes, aprobado en Primer Debate en su sesión del martes
16 de agosto de 2011, y estando en Segundo Debate fue devuelto para su análisis y
consulta, toda vez que, podría ocasionar conflictos con otras normativas, lo cual hacemos
en los siguientes términos que se expresan a continuación:
l. LA INICIATIVA LEGISLATIVA
El Proyecto de Ley 373 fue presentado el 3 de agosto de 2011 por el Honorable
Diputado Pablo Vargas y calificado para la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social,
en virtud del artículo 59 del Texto Único del Reglamento Orgánico del Régimen Interno de
la Asamblea Nacional, aprobada en Primer Debate en la sesión del día 16 de agosto de
2011 y devuelto a Primer Debate el día 1 de agosto de 2012.
11. OBJETIVO DEL PROYECTO
Esta iniciativa propone modernizar las herramientas legales existentes para el
desarrollo de la profesión de Tecnólogo en Radiología e Imágenes, en este caso se
modificará el contenido del artículo 20 la Ley 4 del 27 de marzo de 1981 que se refiere a la
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integración del comité evaluador de los concursos, conformado por el Director General de
Salud y el Director de Servicios y Prestaciones Medicas de la Caja de Seguro Social, que
por los asuntos inherentes al cargo sería imposible contar con la presencia de dichos
miembros en todas las reuniones del comité, por lo que sugerimos que tengan la posibilidad
de designar a otra persona para que participe en la mismas.
111. PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
Existiendo el quórum el Primer Debate se efectuó el día 25 de septiembre de 2012, a la
cual asistieron representantes del Ministerio de Salud, de la Caja de Seguro Social,
representantes de la Asociación de Técnicos en Radiología e Imágenes, entre otros sectores
relacionados involucrados en la iniciativa.
Los Honorable Diputados Pablo Vargas, Hugo Moreno, manifestaron su total
acuerdo con la iniciativa y se comprometieron a elevar la solicitud al pleno de la Asamblea
Nacional, solidarizándose con las situaciones que presentan estos profesionales en el haber
institucional y las distintas actividades en defensa de los derechos y deberes de sus
agremiado permitidas por las herramientas legales que se aprobarían en la comisión.
El presidente de la comisión, el honorable diputado Mario Lázaros le concedió la
palabra a los miembros de la Asociación de Técnicos en Radiología e Imágenes, los cuales
manifestaron sentirse agradecidos por la atención brindada en la Comisión.
Los comisionados se mostraron anuentes con las exposiciones de los presentes y, en
consecuencia, luego de todas las consideraciones antes descritas, se decidió pasar al
proceso de votación.
IV. MODIFICACIONES
En el desarrollo de una extensa y nutrida discusión, se aprobaron las siguientes
modificaciones:
Se deroga el parágrafo del artículo 20 para convertirlo en un artículo nuevo, el 20
A, por hermenéutica legislativa.
Se reforma el artículo 2 de la Ley 42 de 1980, referente a las funciones de la Junta
Técnica de Radiología e Imágenes.
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Se realizan modificaciones de forma al artículo 3 para adecuarlo a la técnica
legislativa.
Finalmente se modifica el título para que sea consonó con la reforma que se realiza
al Proyecto de Ley 473.
Luego de las deliberaciones realizadas por los comisionados y culminado el proceso
de votación del articulado del proyecto No. 373, fue aprobado por unanimidad, por la
Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social,
RESUELVE
1. Aprobar en Primer Debate el Proyecto de Ley N° 373, Que reforma la Ley 42 de
1980 Y la Ley 4 de 1981, relativas a la Carrera de Tecnólogo en Radiologia e
Imágenes.
2. Solicitar al Pleno de la Asamblea Nacional le dé Segundo Debate al Proyecto de
POR LA COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
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B.D. MARIO LAZARUS Presidente
~ (J.w.: 'A-/~';)-r¡ f-Q..u{~
B.D. FERNANDO CARRILLO Vicepresidente
B.D. SALVADOR REAL Comisionado
B.D. BUGO MORENO BD. DENIS ARCE MORALES Comisionado Comisionado
BD. FRANCISCO VEGA B.D. CRISPIANO ADAMES Comisionado Comisionado
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TEXTO ÚNICO• La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, luego de haber realizado el estudio correspondiente, presenta al Pleno de la Asamblea Nacional el Texto Único del Proyecto de Ley No. 373 "Que reforma la Ley 42 de 1980 y la Ley 4 de 1981, relativas a la Carrera de Tecnólogo en Radiología e Imágenes", el cual contiene modificaciones realizadas en el Primer Debate, resaltadas en negritas, corno lo indica el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional.
PROYECTO DE LEY No.
De de de 2012
Que reforma la Ley 42 de 1980 y la Ley 4 de 1981, relativas a la Carrera de
Tecnólogo en Radiología e Imágenes
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo 1. Se adiciona el artículo 20-A a la Ley 4 de 1981, así:
Artículo 20-A. Para efecto de los concursos de jefaturas, se crea una Comisión
Evaluadora que estará integrada por:
1. Un representante de la Jefatura de Personal (Analista de Personal) de la
institución que somete la posición a concurso.
2. El representante de la Asociación Nacional de Tecnólogos en Radiología
e Imágenes ante el Consejo Técnico de Salud o su Suplente.
3. El Ministro de Salud o el director general de Salud, o quien ellos
designen, cuando son concursos realizados por este Ministerio o
patronatos.
4. El director nacional de los Servicios y Prestaciones Médicas de la Caja
de Seguro Social, o quien designe, cuando los concursos son para puestos
de la Caja de Seguro Social.
5. El secretario de Fiscalización y Defensa de la Asociación Nacional de
Tecnólogos en Radiología e Imágenes, o quien designe.
6. El secretario de Asuntos Académicos de la Asociación Nacional de
Tecnólogos en Radiología e Imágenes, o quien designe.
Artículo 2. Se deroga el Parágrafo del artículo 20 de la Ley 4 de 1981.
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Artículo 3. El artículo 2 de la Ley 42 de 1980 queda así:
Artículo 2. Son funciones de la Junta Técnica de Tecnólogos en Radiología e
Imágenes, las siguientes:
1. Revisar, evaluar y aprobar, en primera instancia, la documentación
requerida para obtener la idoneidad de los Tecnólogos en
Radiología e Imágenes, y expedir la recomendación para el
otorgamiento de la idoneidad profesional por el Consejo Técnico de
Salud del Ministerio de Salud.
2. Recomendar la revocación de la idoneidad ante el Consejo Técnico
de Salud, por una acción dolosa comprobada y sancionada en las
instancias correspondientes.
3. Promover y fomentar, en coordinación con los funcionarios y
organismos pertinentes, el desarrollo de programas de docencia y
estudio para la superación y mejoramiento del profesional en
Radiología e Imágenes.
4. Redactar y aprobar su reglamento interno.
5. Elaborar el reglamento de la Comisión Evaluadora de los Concursos.
6. Velar por el cumplimiento de esta Ley y de sus reglamentos.
Articulo 4. La Asamblea Nacional elaborará un texto único de la Ley 42 de 1980, la
Ley 4 de 1981 y de la Ley 53 de 2009, que contenga todas las reformas que se le han
efectuado hasta la fecha y las disposiciones de la presente Ley, con numeración
corrida, comenzando por el artículo 1, incluyendo los elementos de técnica legislativa
y de sistematización temática, y ordenará su publicación en la Gaceta Oficial.
Artículo 5. La presente Ley modifica el articulo 2 de la ley 42 de 29 de octubre de
1980 y adiciona el articulo 20-A y deroga el Parágrafo del 20 de la Ley 4 de 27 de
marzo de 1981.
Artículo 6. Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Propuesto a la consideración del Pleno de la Asamblea Nacional, hoy de
septiembre de 2012.
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POR LA COMISIÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
. Jvf &-~_ '-GIO?
H.D. MARIO LÁZARUS Presidente
{i,,,~~H.D. FERNANDO CARRILLO Vicepresidente Secretario
~. H.D. SALVADOR REAL
Comisionado
H.D.DENIS ARCE H.D. HUGO MORENO Comisionado Comisionado
H.D. CRISPIANO ADAMES H.D. FRANCISCO VEGA Comisionado Comisionado
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RESOLUCIÓN No.30 De 16 de enero de 2013
Que devuelve proyectos de ley a las comisiones permanentes
LA ASAMBLEA NACIONAL,
EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
CONSIDERANDO:
Que en el orden del día del Pleno aparecen los Proyectos de Ley 338, 494, 412, 293,
62, 123, 188,326, 19,21,207,48,467 Y 373, sin que hasta la fecha hayan sido aprobados
en segundo debate, a pesar de que algunos tienen por lo menos cuarenta meses de haber
ingresado;
Que los proyectos de ley mencionados requieren para su aprobación de mayor
consulta y discusión con las entidades públicas involucradas y con las personas naturales y
jurídicas relacionadas con la temática que regulan;
Que las consultas y la discusión de estos proyectos de ley solo pueden tener cabida
en el seno de las comisiones permanentes que los aprobaron en primer debate;
Que para los propósitos antes referidos, el Pleno debe devolver los proyectos de ley
señalados a las comisiones respectivas para efectos de que sean revisados, consultados y
discutidos ampliamente, en el momento que lo permitan sus agendas de trabajo;
Que según lo dispuesto en el artículo 246 del Reglamento Orgánico del Régimen
Interno, corresponde al Pleno regular las situaciones no previstas en dicho Reglamento
mediante resolución.
RESUELVE:
Primero. Devolver a las comisiones permanentes respectivas los siguientes proyectos de
ley para que amplíen las consultas con las entidades públicas y las personas naturales o
jurídicas involucradas:
1. Proyecto de Ley 338, Que modifica y adiciona disposiciones del Código Penal, sobre
hurto y peculado de equipo tecnológico y de cómputo en instituciones públicas.
2. Proyecto de Ley 494, Que modifica artículos de la Ley 49 de 1984, que adopta el
Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, relativos al
horario de sesiones.
3. Proyecto de Ley 412, Que preVIene y erradica el trabajo infantil y protege la
adolescencia trabajadora en áreas agrícolas y en otras actividades.
4. Proyecto de Ley 293, Que reforma la Ley 6 de 2002, sobre transparencia en la
gestión pública.
5. Proyecto de Ley 62, Que adiciona un numeral al artículo 5 de la Ley 13 de 24 de
enero de 2008, que adopta medidas para el control del tabaco.
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6. Proyecto de Ley 123, Que establece la entrada a las universidades oficiales sin la
realización de exámenes para las personas con discapacidad.
7. Proyecto de Ley 188, Que modifica el Texto Único de la Ley 49 de 1984, que dicta
el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea NacionaL
8. Proyecto de Ley 326, Que traspasa un globo de terreno al Ministerio de Vivienda y
Ordenamiento Territorial.
9. Proyecto de Ley 19, Que modifica el Código Judicial para fortalecer la autonomía
administrativa y presupuestaria del Órgano Judicial.
10. Proyecto de Ley 21, Que crea la jurisdicción especial de integridad y transparencia
para prevenir, detectar y sancionar actos de corrupción en e! Órgano Judicial.
11. Proyecto de Ley 207, Que reforma artículos del Código Procesal Penal, adoptado por
la Ley 63 de 2008, modificado por la Ley 48 de 2009.
12. Proyecto de Ley 48, Por el cual se declara el 9 de junio de cada año "Día Cívico y de
Conmemoración de la Lucha Civilista" y se dictan otras disposiciones.
13. Proyecto de Ley 467, Que modifica y adiciona artículos a la Ley 29 de 2005, que
reorganiza el Ministerio de Desarrollo Social.
14. Proyecto de Ley 373, Que modifica la Ley 4 de 1981, la cual reglamenta la carrera
de Tecnólogo en Radiología e Imágenes.
Segundo. Ordenar a la Secretaría General que proceda a devolver los proyectos de ley
indicados a las respectivas comisiones permanentes y a efectuar las anotaciones que
correspondan.
Tercero. Establecer que esta Resolución comenzará a regir desde su aprobación.
COMUNÍQUESE Y CiIMPLASE.
Dada en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil trece.
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Exposición de MotivosAnteproyecto de Ley N°036Carta de ProhijamientoProyecto de Ley N°373Informe de Primer DebateProyecto de Ley aprobado en Primer DebatePropuesta de Devolución a Primer Debate por el PlenoInforme de Primer DebateTexto ÚnicoDevuelto a Primer Debate mediante Resolución del Pleno Nº30 de 16 de enero de 2013