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PROYECTO TÉCNICO DE LICENCIA DE APERTURA Y OBRAS DE LOCAL DESTINADO A BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA AVDA. ADOLFO SUÁREZ, Nº 48, DOS HERMANAS (SEVILLA) PROMOTOR: BLACK ENJOY S.L ARQUITECTO TÉCNICO: RAFAEL MARQUEZ TAMAYO.

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PROYECTO TÉCNICO DE LICENCIA DE APERTURA Y OBRAS DE LOCAL DESTINADO A BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA

AVDA. ADOLFO SUÁREZ, Nº 48, DOS HERMANAS (SEVILLA)

PROMOTOR: BLACK ENJOY S.L

ARQUITECTO TÉCNICO: RAFAEL MARQUEZ TAMAYO.

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I. MEMORIA

1. AGENTES 2. INFORMACIÓN PREVIA

ANTECEDENTES GENERALES EMPLAZAMIENTO Y REFERENCIA CATASTRAL OBJETO DEL PROYECTO JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD Y CLASIFICACIÓN

3. CARACTERÍSTICAS DEL LOCAL DESCRIPCIÓN GENERAL DEL EDIFICIO ALTURA SUPERFICIES ACCESOS SERVICIOS HIGIÉNICOS SISTEMAS DE ELIMINACIÓN DE RESIDUOS ILUMINACIÓN CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS INDUSTRIALES CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO TÉCNICO

4. TRABAJOS DE ADECUACIÓN ESTADO REFORMADO

5. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES FONTANERÍA SANEAMIENTO VENTILACIÓN Y RENOVACIÓN AMBIENTAL ELECTRICIDAD

6. NORMATIVA Y REGLAMENTOS 7. APLICACIÓN DEL CÓDIGO TECNICO

MINUSVÁLIDOS ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD SIN OBRAS PLIEGO DE CONDICIONES PRESUPUESTO PLANOS

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1.-AGENTES

Promotor: Empresa: Black Enjoy S.L | CIF: B-90.327.620 Domicilio: Avda. Filosofía, nº 13, Bloque 3, 1ºA, C.P 41927, Mairena del Aljarafe (Sevilla). Representantes:

• Fco. Javier Barranco Bueno | NIF: 32.028.025-L • Astrid Yurany Londoño Álvarez | NIF: 54.221.303-E • Fabio Nelson Ávila Almanza | NIF: 77.933.579-B • Ángela Mª Colorado Chica | NIF: 29.637.778-R

Arquitecto Técnico:

Rafael Márquez Tamayo Nº Colegiado: 4.194 Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla

Director de obra:

Rafael Márquez Tamayo Nº Colegiado: 4.194 Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla

Director de la ejecución de la obra:

Rafael Márquez Tamayo

Otros técnicos Instalaciones: - intervinientes Estructuras

Telecomunicaciones

Seguridad y Salud

Autor del estudio:

Rafael Márquez Tamayo

Coordinador durante la elaboración del proy.:

Rafael Márquez Tamayo

Coordinador durante la ejecución de la obra:

Rafael Márquez Tamayo

Otros agentes: Constructor: -

Entidad de Control de Calidad: -

Redactor del estudio topográfico: -

Redactor del estudio geotécnico:

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2.-INFORMACIÓN PREVIA 2.1-Antecedentes Generales Se recibe por parte del promotor el encargo de la redacción del proyecto de obras y apertura de local destinado a BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA en Avda. Adolfo Suárez, Nº 48, local, Dos Hermanas (Sevilla). 2.2.-Emplazamiento y referencia catastral El local se sitúa en el municipio de Dos Hermanas en la Avda. de Adolfo Suárez, Nº 48. La referencia catastral del mismo es 0322601TG4302S0286LP. 2.3.-Objeto del proyecto El presente proyecto pretende adecuar y actualizar el edificio objeto de estudio para poder llevar a cabo la instalación y el desarrollo de la actividad anteriormente citada. Dicho proyecto contempla el diseño y adecuación del lugar en todos los subsistemas e instalaciones necesarias. 2.4.-Justificación del proyecto El deseo de realizar la actividad mercantil por parte del solicitante del proyecto crea la necesidad de adecuar el local para que éste ejerza dicha actividad. 2.5.-Naturaleza de la actividad y clasificación La actividad a desarrollar será la de BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA, la cual, según lo preceptuado en Ley 7/2007 de Protección Ambiental, estará sometida al Reglamento de Calificación Ambiental al asimilarse dicha actividad con la de BAR y estar dicha actividad incluida en el Anexo I de la mencionada Ley. Según la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades, la presente actividad queda clasificada como:

• GRUPO E: ACTIVIDADES RECREATIVAS.

Actividades ajustadas a las definiciones contenidas en el Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 247/2011 de 19 de Julio que lo modifica o normas que lo sustituyan.

• E.9.‐ ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA | E.9.3.‐ CAFETERÍA | E.9.4.‐ BAR.

La actividad a desarrollar en el interior del local comercial que tratamos queda catalogada según Decreto 78/2002, de 26 de febrero, Nomenclátor y Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 247/2011, de 19 de julio, por el que se modifican diversos Decretos en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, como III.2.8.c). d) Cafeterías. Bares, Establecimientos de hostelería, Establecimientos de actividades recreativas, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, tratándose por definición como café‐bar con cocina, sin música y aparato de T.V.

• III.2.8. ESTABLECIMIENTO DE HOSTELERIA.

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Se denominan y tienen, a efectos de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, la consideración de establecimientos de hostelería aquellos establecimientos fijos o eventuales, sujetos a los medios de intervención municipal que correspondan conforme a lo establecido en el artículo 4, que se destinan prioritariamente con carácter permanente, de temporada u ocasional a ofrecer y procurar al público, mediante precio, la consumición en el mismo de bebidas y, en su caso, de comidas frías o cocinadas. c) Cafeterías: Establecimientos públicos fijos, independientes o agrupados a otros de actividad económica distinta que se dedican con carácter permanente a servir al público café e infusiones y otras bebidas, así como en su caso aislada o conjuntamente, helados y platos combinados para ser consumidos en mesas instaladas dentro del propio local o, previa autorización municipal, en terrazas o zonas contiguas al establecimiento que sean accesibles desde su interior. Así pues, estará prohibido a este tipo de establecimientos servir comidas y bebidas fuera de sus instalaciones. d) Bares: Establecimientos públicos fijos, independientes o agregados a otros como apoyo del desarrollo de una actividad económica o social distinta que se dedican con carácter permanente a servir al público bebidas y, en su caso, tapas frías o calientes para ser consumidas en la barra y en mesas del propio local o al aire libre, previa autorización municipal, en terrazas o zonas contiguas al establecimiento que sean accesibles desde su interior. Así pues, estará prohibido a este tipo de establecimientos servir comidas y bebidas fuera de sus instalaciones.

2.5.1 Mercaderías

Estarían formadas por alimentos preparados in situ.

2.5.2 Tratamiento y almacenamiento

El tratamiento que se sigue en este tipo de actividad es introducir en las cámaras frigoríficas las mercaderías, de donde son retiradas para su preparación, siendo suministradas a los clientes una vez realicen sus pedidos en el mostrador.

2.5.3 Proceso a realizar en la actividad El personal de servicios, que ha de contar con el correspondiente carné de manipulador de alimentos actualizado, realiza las siguientes funciones: Limpieza de barras, una vez que ha sido utilizada por el cliente. Limpieza y aseo del local al finalizar la jornada. Atomización con materias agradables al olfato y que elimine insectos en las horas de cierre, amén de aseo de la vajilla, mediante detergentes apropiados. El cliente solicita la consumición, retira la misma y abona la consumición. Tira desperdicios a las papeleras colocadas al efecto para mantener limpio el suelo.

2.5.4 Riesgos ambientales previsibles Los riesgos ambientales que pueden alterar el normal funcionamiento de la actividad son: -Ruidos y vibraciones que pueden producirse durante el desarrollo de la actividad mencionada, principalmente ruido y vibraciones provocados por el público y ruido ambiental. -Residuos sólidos y líquidos provenientes fundamentalmente de los aseos.

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La actividad no genera ningún residuo tóxico o peligroso. El material resultante será depositado en recipientes herméticos y luego introducidos en los contenedores municipales, en cualquier caso serán asimilables a Residuos Sólidos Urbanos. En la medida de lo posible se depositarán en contenedores selectivos.

2.5.5 Botiquín

En cumplimiento de la Normativa (Art. A 3 de Anexo VI del RD 486/1997), se deberá disponer de botiquín que contenga como mínimo: desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. Será revisado mensualmente y se repondrá inmediatamente lo usado.

2.5.6 Prohibición de fumar

En cumplimiento de la (Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, modificada por Ley 42/10, de 30 de diciembre), señalizada claramente de la forma determinada en el Decreto 150/2006, de 25 de julio, de desarrollo de la Ley 28/2005, en materia de señalización y zonas habilitadas para fumar (B.O.J.A.01/08/06), se deberán disponer carteles indicativos visibles con la indicación de prohibido fumar en el inmueble.

2.5.7 Aparato antiinsectos de tipo no químico

En cumplimiento de la Normativa vigente, (RD 381/1984, de 25 de enero), se deberá disponer de desinsectador de acción no química, situado en lugar según características del equipo. Deberá ser revisado y se repondrá inmediatamente cuando su uso no sea efectivo. 2.6.-Normativa Urbanística

Es de aplicación como normativa general el Plan General de Dos Hermanas. Clasificación del suelo: SUELO URBANO. RESIDENCIAL. PM (Viviendas Plurifamiliares en manzana). Según el Real Decreto 9/2005 de 14 de enero por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y de los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados , la actividad a desarrollar en el local no se encuentra incluida en el anexo I como potencialmente contaminante del suelo. 3.-CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL LOCAL 3.1.-Descripción General del Edificio El edificio que alberga el citado local está constituido por 4 plantas (Baja+3), estando la planta baja dedicada a accesos y locales, y presentando fachada principal a calle de su situación. 3.2.-Altura La altura libre del local es de 3,76 m y dispondrá de un falso techo por el que discurrirán instalaciones, lo que dejará una altura libre de uso de 3,15 m. 3.3.-Superficies

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Cuadro de Superficies: BAR ESTANCIAS SUP.ÚTIL SUP.CONST. (m²) (m²) ZONA DE PÚBLICO 88,46 MOSTRADOR 10,61 COCINA 24,52 DISTRIBUIDOR 4,87 ASEO 1 3,26 ASEO 2 3,35 ASEO 3 3,49 OFFICE 5,47 OFICINA 4,47 CAM. FRIG. 6,49 ALMACÉN 6,47 TOTAL 161,46 177,67

3.4.-Accesos El acceso al local es único y se producirá a través de puerta ubicada en fachada del mismo. 3.5.-Servicios higiénicos Como servicios higiénicos, el local contará con tres aseos, uno de ellos adaptado a minusválidos. La captación de aguas que realiza este local proviene de la red general de abastecimiento público mediante conexión en centralización de contadores del edificio. La red de suministro de agua está constituida de tubos de cobre y desagües con piezas prefabricadas de P.V.C. Dispone de contador horario ubicado en sala centralización de contadores del edificio, el cual señalará el consumo mediante lectura del mismo. 3.6.-Sistemas de eliminación de residuos Los posibles residuos generados por el desarrollo normal de la actividad los englobamos en dos tipos: -RESIDUOS LÍQUIDOS: Aquellos generados por las aguas fecales provenientes de los aseos y de la cocina y que son eliminados enviándolos a la red de alcantarillado público previo paso por arqueta separadora de grasas y arqueta sifónica. -RESIDUOS SÓLIDOS: Son aquellos que el natural desarrollo de la actividad produce, tales como cartones, plásticos, papeles, etc., que son depositados en contenedores con cierre hermético hasta la retirada por servicios públicos de limpieza. 3.7.-Iluminación La iluminación será natural y forzada. -NATURAL: Se realizará a través de las puertas de entrada al local y de los escaparates.

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-ARTIFICIAL: Será de forma general mediante los diferentes puntos de luz distribuidos por toda el local según plano de electricidad.

3.7.1 Justificación del Real Decreto 1890/2008, Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior.

Se aprueba el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA‐01 a EA‐07.El presente reglamento tiene por objeto establecer las condiciones técnicas de diseño, ejecución y mantenimiento que deben reunir las instalaciones de alumbrado exterior, con la finalidad de:

• Mejorar la eficiencia y ahorro energético, así como la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero.

• Limitar el resplandor luminoso nocturno o contaminación luminosa y reducir la luz intrusa o molesta.

No es objeto del presente reglamento establecer valores mínimos para los niveles de iluminación en los distintos tipos de vías o espacios a iluminar, que se regirán por la normativa que les sea de aplicación. Este reglamento se aplicará a las instalaciones, de más de 1 kW de potencia instalada, incluidas en las instrucciones técnicas complementarias ITC‐BT del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, siguientes:

• Las de alumbrado exterior, a las que se refiere la ITC‐BT 09 • Las de fuentes, objeto de la ITC‐BT 31 • Las de alumbrados festivos y navideños, contempladas en la ITC‐BT 34

A los efectos de este reglamento, se consideran los siguientes tipos de alumbrado:

• Vial (Funcional y ambiental) • Específico. • Ornamental • Vigilancia y seguridad nocturna • Señales y anuncios luminosos • Festivo y navideño

Este reglamento se aplicará:

• A las nuevas instalaciones, a sus modificaciones y ampliaciones. • A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor, cuando, mediante

un estudio de eficiencia energética, la Administración Pública competente lo considere necesario.

• A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor, que sean objeto de modificaciones de importancia y a sus ampliaciones, entendiendo por modificación de importancia aquella que afecte a más del 50% de la potencia o luminarias instaladas.

Se excluyen de la aplicación de este reglamento las instalaciones y equipos de uso exclusivo en minas, usos militares, regulación de tráfico, balizas, faros, señales marítimas, aeropuertos y otras instalaciones y equipos que estuvieran sujetos a reglamentación específica.

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El presente Reglamento no es de aplicación al existir circuitos para alumbrado exterior con una previsión máxima de potencia inferior al máximo. 3.8.-Ventilación Para reducir la concentración de sustancias contaminantes producidas en el interior de los recintos por la presencia y movilidad de las personas o por el desarrollo de la actividad y que puedan dañar la salud de las personas o simplemente causar molestias, se dotará al local de sistemas naturales y/o forzados de ventilación-extracción capaces de reducir dicha concentración hasta límites aceptables de calidad del aire. Cumplirán además las prescripciones del Real Decreto 486/1997 por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud de los Lugares de Trabajo y del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (R.I.T.E.) que fija una renovación mínima de 30 m3/hora por trabajador. A continuación se indicarán los elementos utilizados para estos fines. Conforme se establece en la IT 1.1.4.2.2 Categoría de calidad del aire interior en función del uso de los edificios. En función del uso del edificio o local, la categoría de calidad del aire interior (IDA) que se deberá alcanzar será, como mínimo, la siguiente:

• IDA 1 (aire de óptima calidad): hospitales, clínicas, laboratorios y guarderías.

• IDA 2 (aire de buena calidad): oficinas, residencias (locales comunes de hoteles y similares, residencias de ancianos y de estudiantes), salas de lectura, museos, salas de tribunales, aulas de enseñanza y asimilables y piscinas.

• IDA 3 (aire de calidad media): edificios comerciales, cines, teatros, salones de

actos, habitaciones de hoteles y similares, café‐bar con cocina, sin música y aparato de T.Vs, cafeterías, bares, salas de fiestas, gimnasios, locales para el deporte (salvo piscinas) y salas de ordenadores.

• IDA 4 (aire de calidad baja)

Según la IT 1.1.4.2.3 Caudal mínimo de aire exterior de ventilación: El caudal mínimo de aire exterior de ventilación, necesario para alcanzar las categorías de calidad de aire interior que se indican en el apartado 1.4.2.2, se calculará de acuerdo con alguno de los cinco métodos que se indican a continuación.

A. Método indirecto de caudal de aire exterior por persona B. Método directo por calidad del aire percibido C. Método directo por concentración de C02 D. Método indirecto de caudal de aire por unidad de superficie E. Método de dilución

Usaremos el método A. Método indirecto de caudal de aire exterior por persona: Se emplearán los valores de la tabla siguiente cuando las personas tengan una actividad metabólica de alrededor 1,2 met, cuando sea baja la producción de sustancias contaminantes por fuentes diferentes del ser humano y cuando no esté permitido fumar.

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Tabla. Caudales de aire exterior, en dm3/s por persona.

Conforme se establece en la IT 1.1.4.2.4 Filtración del aire exterior mínimo de ventilación. El aire exterior de ventilación, se introducirá debidamente filtrado en el edificio. Las clases de filtración mínimas a emplear, en función de la calidad del aire exterior (ODA) y de la calidad del aire interior requerida (IDA), serán las que se indican en la tabla 1.4.2.5. La calidad del aire exterior (ODA) se clasificará de acuerdo con los siguientes niveles:

• ODA 1: aire puro que se ensucia sólo temporalmente (por ejemplo polen).

• ODA 2: aire con concentraciones altas de partículas y, o de gases contaminantes.

• ODA 3: aire con concentraciones muy altas de gases contaminantes (ODA 3G)

y, o de partículas (ODA 3P). Las clases de filtración serán:

Se emplearán prefiltros para mantener limpios los componentes de las unidades de ventilación y tratamiento de aire, así como alargar la vida útil de los filtros finales. Los prefiltros se instalarán en la entrada del aire exterior a la unidad de tratamiento, así como en la entrada del aire de retorno. Los filtros finales se instalarán después de la sección de tratamiento y, cuando los locales servidos sean especialmente sensibles a la suciedad, después del ventilador de impulsión, procurando que la distribución de aire sobre la sección de filtros sea uniforme. En todas las secciones de filtración, salvo las situadas en tomas de aire exterior, se garantizarán las condiciones de funcionamiento en seco; la humedad relativa del aire será siempre menor que el 90 %. Las secciones de filtros de la clase G4 o menor para las categorías de aire interior IDA 1, IDA 2 e IDA 3 sólo se admitirán como secciones adicionales a las indicadas en la tabla 1.4.2.5 Los aparatos de recuperación de calor deben siempre estar protegidos con una sección de filtros de la clase F6 o más elevada.

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Conforme se establece en la IT 1.1.4.2.5 Aire de extracción. En función del uso del edificio o inmueble, el aire de extracción se clasifica en las siguientes categorías:

• AE 1 (bajo nivel de contaminación): aire que procede de los locales en los que las emisiones más importantes de contaminantes proceden de los materiales de construcción y decoración, además delas personas. Está excluido el aire que procede de locales donde se permite fumar. Están incluidos en este apartado: oficinas, aulas, salas de reuniones, locales comerciales sin emisiones específicas, espacios de uso público, escaleras y pasillos.

• AE 2 (moderado nivel de contaminación): aire de locales ocupado con más

contaminantes que la categoría anterior, en los que, además, no está prohibido fumar. Están incluidos en este apartado: café‐bar con cocina, sin música y aparato de T.Vs, habitaciones de hoteles, vestuarios, bares, almacenes.

• AE 3 (alto nivel de contaminación): aire que procede de locales con

producción de productos químicos, humedad, etc. Están incluidos en este apartado: aseos, saunas, cocinas, laboratorios químicos, imprentas, habitaciones destinadas a fumadores.

• AE 4 (muy alto nivel de contaminación): aire que contiene sustancias olorosas y

contaminantes perjudiciales para la salud en concentraciones mayores que las permitidas en el aire interior de la zona ocupada. Están incluidos en este apartado: extracción de campanas de humos, aparcamientos, locales para manejo de pinturas y solventes, locales donde se guarda lencería sucia, locales de almacenamiento de residuos de comida, locales de fumadores de uso continuo, laboratorios químicos. El caudal de aire de extracción de locales de servicio será como mínimo de 2 dm³/s por m² de superficie en planta. Sólo el aire de categoría AE 1, exento de humo de tabaco, puede ser retornado a los locales. El aire de categoría AE 2 puede ser empleado solamente como aire de transferencia de un inmueble hacia locales de servicio, aseos y garajes. El aire de las categorías AE 3 y AE 4 no puede ser empleado como aire de recirculación o de transferencia. Además, la expulsión hacia el exterior del aire de estas categorías no puede ser común a la expulsión del aire de las categorías AE 1 y AE 2, para evitar la posibilidad de contaminación cruzada.

Según IT 1.2.4.3.3 Control de la calidad de aire interior en las instalaciones de climatización. Los sistemas de ventilación y climatización, centralizados o individuales, se diseñarán para controlar el ambiente interior, desde el punto de vista de la calidad de aire interior. La calidad del aire interior será controlada por uno de los métodos enumerados en la siguiente tabla de control de la calidad del aire interior.

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El método IDA‐C1 será el utilizado con carácter general. Los métodos IDA‐C2, IDA‐C3 e IDA‐C4 se emplearán en locales no diseñados para ocupación humana permanente. Los métodos IDA‐C5 e IDA‐C6 se emplearán para locales de gran ocupación, como teatros, cines, salones de actos, recintos para el deporte y similares. Veamos pues como se cumple en las diferentes dependencias:

Aseos Para los aseos la necesidad de renovación de aire será al menos de 25 dm3/s. Así pues, para el caso que nos ocupa necesitaremos: 25,00 dm3/s = 90,00 m3/h. Estas necesidades de aire renovable podrán ser cubiertas por medio de la instalación de un sistema de ventilación artificial compuesto por un extractor de renovación ambiental marca S&P modelo SILENT 100 CZ, que proporcionará un caudal para renovación ambiental de 95 m3/h, suficientes para abastecer las necesidades de la estancia. Las características técnicas del extractor, según el catálogo del fabricante, son las que se enumeran a continuación:

Marca: S&P. Modelo: SILENT 100 CZ. Caudal en descarga: 95 m3/h. Nivel de presión sonora: 26,5 dBA. Nivel de potencia sonora: 47,04 dBA.

El extractor arrancará automáticamente al encenderse el punto de luz interior de la estancia. IDA‐C2.

Zona de público.

La instrucción técnica IT 1, y más concretamente el apartado 1.1.4.2.3, establece el caudal mínimo de aire exterior de ventilación. Para el cálculo de este caudal mínimo usaremos el método indirecto de caudal de aire exterior por persona. Teniendo en cuenta que el inmueble queda clasificado según la instrucción técnica IT 1, y en el apartado 1.1.4.2.2, como IDA 3, el caudal de aire exterior de ventilación será el siguiente: Zona de público:

Según I T 1.1.4.2.3 59 personas x 8 dm3/ (s x persona) = 472 dm3/s → 1.699,2 m3/h

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El caudal mínimo de aire exterior de ventilación sería de 1.699,2 m3/h. La instrucción técnica IT 1, y más concretamente el apartado 1.1.4.2.5, establece que el requerimiento mínimo de aire para ventilación en 2 dm³/s por m². Estas estancias quedan clasificadas como categoría AE 1 (bajo nivel de contaminación). Además, se ha de cumplir con el Anexo III del R.D. 486/97, en su apartado 3, que para el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados de humos de tabaco, la renovación de aire mínima ha de ser de 30 m³/h y persona. Así pues, el caudal de aire de renovación necesario será el siguiente: Zona de público:

Según I T 1.1.4.2.5 88,46 m2 x 2 dm3/ (s x m2) = 176,92 dm3/s → 636,91 m3/h Según R.D. 486/1997 59 personas x 30 m3/h = 1.770 m3/h El aire de extracción necesario sería de 1.770 m3/h. Se proyecta dotar al local comercial de dos cajas de ventilación impulsión / extracción capaz de garantizar un caudal para abastecer las máximas necesidades, tanto de impulsión como de extracción. Las características de los equipos se enuncian a continuación

• Unidad impulsora, dotada de cajas para filtros: prefiltro MFL‐G4 y post‐filtros MFL‐F).

Marca: S&P. Modelo: TD‐2000/315 SILENT. Potencia absorbida: 297 / 191 W. Caudal en descarga: 1770 m3/h. Nivel de presión sonora: 39,00 dBA. Nivel de potencia sonora: 59,54 dBA.

• Unidad extractora.

Marca: S&P. Modelo: TD‐2000/315 SILENT. Potencia absorbida: 297 / 191 W. Caudal en descarga: 1500 / 1770 m3/h. Nivel de presión sonora: 39,00 dBA. Nivel de potencia sonora: 59,54 dBA.

Los extractores se encuentran conectados a interruptor manual, sistema IDA‐C2. 3.9.-Características de los elementos industriales Esta circunstancia se abordará con mayor profundidad en otros apartados de este proyecto. 3.10.-Cumplimiento del código técnico

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• Requisitos básicos relativos a la funcionalidad: 1.-Utilización: Se trata de un local, estando dimensionados los espacios y la dotación de las instalaciones para facilitar la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. El local está dotado de todos los servicios básicos, así como los de telecomunicaciones. 2.-Accesibilidad: de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica, cumpliéndose el DECRETO 293/2009, DE 7 DE JULIO por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. 3.-Servicios de Telecomunicación: se ha proyectado el edificio de tal manera, que se garanticen los servicios de telecomunicación (conforme al D. Ley 1/1998, de 27 de Febrero sobre Infraestructuras Comunes de Telecomunicación), así como de telefonía y audiovisuales. 4.-Servicios Postales: Se ha dotado al local de casillero postal. • Requisitos básicos relativos a la seguridad: 1.-Seguridad estructural: La estructura del local no se ve afectada. 2.-Seguridad en caso de incendio: Condiciones urbanísticas: el edificio es de fácil acceso para los bomberos. El espacio exterior inmediatamente próximo al edificio cumple las condiciones suficientes para la intervención de los servicios de extinción de incendios. Todos los elementos estructurales son resistentes al fuego durante un tiempo superior al sector de incendio de mayor resistencia. El acceso está garantizado ya que los huecos cumplen las condiciones de separación. No se produce incompatibilidad de usos. No se colocará ningún tipo de material que por su baja resistencia al fuego, combustibilidad o toxicidad pueda perjudicar la seguridad del edificio o la de sus ocupantes. 3.-Seguridad de utilización: La configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, se proyectarán de tal manera que puedan ser usado para los fines previstos dentro de las limitaciones de uso del edificio que se describen más adelante sin que suponga riesgo de accidentes para los usuarios del mismo. • Requisitos básicos relativos a la habitabilidad: 1.- Higiene, salud y protección del medio ambiente: El local reúne los requisitos de habitabilidad, salubridad, ahorro energético y funcionalidad exigidos para este uso. El conjunto de la edificación proyectada dispone de medios que impiden la presencia de agua o humedad inadecuada procedente de precipitaciones atmosféricas, del terreno o de condensaciones, y dispone de medios para impedir su penetración o, en su caso, permiten su evacuación sin producción de daños. El edificio dispone de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida.

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El conjunto edificado dispone de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes. El local dispone de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del agua. El edificio dispone de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas. 2.-Protección contra el ruido: Todos los elementos constructivos verticales (particiones interiores, paredes separadoras de propiedades o usuarios distintos, paredes separadoras de propiedades o usuarios distintos, paredes separadoras de zonas comunes interiores, fachadas) cuentan con el aislamiento acústico requerido para los usos previstos en las dependencias que delimitan. Todos los elementos constructivos horizontales (forjados generales separadores de cada una de las plantas), cuentan con el aislamiento acústico requerido para los usos previstos en las dependencias que delimitan. 3.- Ahorro de energía y aislamiento térmico: El edificio proyectado dispone de una envolvente adecuada a la limitación de la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la ciudad de Dos Hermanas, del uso previsto y del régimen de verano y de invierno. Las características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, permiten la reducción del riesgo de aparición de humedades de condensaciones superficiales e intersticiales que puedan perjudicar las características de la envolvente. Se ha tenido en cuenta especialmente el tratamiento de los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. La edificación proyectada dispone de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. 4.-TRABAJOS DE ADECUACIÓN 4.1.-Estado reformado. La actuación en este local consistirá en la adecuación y mejoras de todas las instalaciones y elementos constructivos existentes, más las obras necesarias para adecuarlo a las necesidades de la actividad que se va a llevar a cabo así como para el cumplimiento de la normativa que sea de aplicación. La actuación consistirá: Trabajos previos.

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Taladros para la realización de canalizaciones y nuevas arquetas de saneamiento y conexión a red de arquetas enterradas existentes en el local. Para todas estas actuaciones se tomarán las medidas de precaución, de seguridad y salud necesarias, tanto en el interior como en el exterior del edificio. Estos trabajos se completarán con la acumulación de materiales y escombros y su posterior transporte a cuba exterior. Por último, se procederá a la limpieza del local para acometer las reformas descritas con anterioridad. Instalación eléctrica

Se dotarán al local de las tomas de corriente e iluminación necesarias, tal y como se indica en los planos correspondientes y en otros apartados de la memoria. La instalación se realizará con cableado no propagador de incendio y de emisión de humos y opacidad reducida, bajo tubo “no propagador de llama”, por falso techo decorativo y regolas en los paramentos perimetrales existentes o trasdosados de tabiquería interior. Se incorporan luminarias, tomas de corriente, informática, telefonía, puntos de luz en fachada, cuadro de mando y protección….( ver plano gráfico adjunto ). Saneamiento

El correspondiente a la barra del local, cocina, office y aseos, cuyos desagües van a parar a la red colgada del edificio mediante colectores de PVC. Los diámetros y pendientes de desagües y colectores son los especificados en el correspondiente apartado de esta memoria.

Fontanería y aparatos sanitarios

Los sanitarios serán marca Roca o similar, modelo Victoria o similar, adaptados en el caso de minusválidos. La correspondiente a la barra del local realizándose con canalizaciones de polietileno de diámetro nominal especificado en su correspondiente apartado de esta memoria. Se dotará a la instalación de la correspondiente llave de corte al inicio de la distribución del local, así como llave de paso al comienzo de la distribución de cada núcleo húmedo. Instalación de protección contra incendios

Ejecución de la instalación contra incendios, actuaciones para dotar y prevenir en caso de incendio, de los medios necesarios, activos y pasivos, la instalación: alumbrado y señalización, extinción y tratamiento de superficies hasta conseguir un comportamiento y resistencia necesaria ante el fuego. Tratamientos y acabados horizontales (techos). Colocación de techo acústico reverberante flotante de yeso laminar, constituido por: amortiguador de caucho ATC‐25, para fijación de falso techo a forjado, incluso parte proporcional de elementos de remate, totalmente instalado; perfilería de acero galvanizado oculta, compuesta por perfiles en distinto nivel; panel de lana de roca de

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densidad 70 Kg/m³ y 4 cm. de espesor, ROCDAN 231/40, totalmente instalado; sándwich compuesto por doble placa de yeso laminado N13 con Membrana Acústica Danosa M.A.D. 4 en su interior, fijado mecánicamente sobre la perfilería, quedando una cámara de aire entre el techo y el paramento de 25 cm. Se proyecta techo continuo de placas de cartón yeso descolgadas mediante varillas roscadas y perfilería galvanizada. Tratamientos y acabados verticales, pilares, fachadas y medianeras. Se proyecta la realización de particiones interiores por medio de tabiques autoportantes con paneles de cartón-yeso de espesor final 10 cm. y aislamiento intermedio con mantas de lana de roca 70 Kg/m³ de densidad, con tratamiento hidrófugo donde sea necesario. Se proyecta el revestimiento de zonas húmedas por medio de alicatado modelo y dimensiones a elegir por la propiedad, recibido con adhesivo adecuado o mortero según paramento cubriendo unas alturas variables desde cara superior de mostradores y mesas de trabajo hasta 0,3 m., y / o 0,50 m., según queda definido en documentación gráfica. Tratamientos y acabados horizontales (suelos). Se proyecta la colocación de suelo flotante previa interposición de plancha IMPACTODA 10, capa de nivelación y solería proyectada con un grado de resbaladicidad adecuado a la normativa. Ejecución de solería mediante baldosas de gres porcelánico a elegir por la propiedad. Carpintería y obras

• Carpintería interior: Las puertas de paso interior serán de madera, de una hoja,

ciegas abatible, normalizadas de 35 mm de espesor y con rejilla para permitir la renovación de aire en su parte inferior.

• Carpintería exterior: Se proyecta la colocación de puerta abatible de eje vertical, ejecutadas con perfiles metálicos, tipo A‐3, y acristalamiento laminar de seguridad 6 + 6 mm.

Pinturas Sobre paramentos verticales interiores se aplicará pintura plástica lisa, color a elegir por la propiedad, formada por: lijado y limpieza del soporte, mano de fondo, plastecido, nueva mano de fondo y dos manos de acabado. Sobre carpintería interior de madera se aplicará pintura al esmalte, formado por: limpieza y lijado fino del soporte, mano de fondo con tapaporos, lijado fino y dos manos de pintura. 5.-DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES 5.1.-Fontanería Para el dimensionado de la instalación de fontanería usaremos lo establecido en el CTE en el Documento Básico HS-4 (Suministro de agua). Si bien no será necesario el calculo de presión, montantes y líneas repartidoras ya que están realizadas correctamente por lo que solo dimensionaremos la red interior del local.

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• Dimensionado de las redes de distribución

El cálculo se realizará con un primer dimensionado seleccionando el tramo más desfavorable de la misma y obteniéndose unos diámetros previos que posteriormente habrá que comprobar en función de la pérdida de carga que se obtenga con los mismos.

• Documento Básico HS Salubridad HS4 – 11

Este dimensionado se hará siempre teniendo en cuenta las peculiaridades de cada instalación y los diámetros obtenidos serán los mínimos que hagan compatibles el buen funcionamiento y la economía de la misma.

• Dimensionado de los tramos

El dimensionado de la red se hará a partir del dimensionado de cada tramo, y para ello se partirá del circuito considerado como más desfavorable que será aquel que cuente con la mayor pérdida de presión debida tanto al rozamiento como a su altura geométrica. El dimensionado de los tramos se hará de acuerdo al procedimiento siguiente: a) el caudal máximo de cada tramo será igual a la suma de los caudales de los puntos de consumo alimentados por el mismo de acuerdo con la tabla 2.1. b) establecimiento de los coeficientes de simultaneidad de cada tramo de acuerdo con un criterio adecuado. c) determinación del caudal de cálculo en cada tramo como producto del caudal máximo por el coeficiente de simultaneidad correspondiente. d) elección de una velocidad de cálculo comprendida dentro de los intervalos siguientes:

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i) tuberías metálicas: entre 0,50 y 2,00 m/s

ii) tuberías termoplásticas y multicapas: entre 0,50 y 3,50 m/s

e) Obtención del diámetro correspondiente a cada tramo en función del caudal y de la velocidad.

• Dimensionado de las derivaciones a cuartos húmedos y ramales de enlace 1- Los ramales de enlace a los aparatos domésticos se dimensionarán conforme a lo que se establece en las tabla 4.2. En el resto, se tomarán en cuenta los criterios de suministro dados por las características de cada aparato y se dimensionará en consecuencia.

2- Los diámetros de los diferentes tramos de la red de suministro se dimensionarán conforme a los mínimos los valores de la tabla 4.3:

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Cálculo de tuberías.

Para tramos interiores a un suministro, aplicamos las siguientes expresiones:

Donde: kv ................ Coeficiente de simultaneidad. n ................. Número de aparatos instalados. α ................ Factor corrector que depende del uso del edificio. Qmax ........ Caudal máximo previsible (l/s). ∑Q ............. Suma del caudal instantáneo mínimo de los aparatos instalados (l/s). Para tramos que alimentan a grupos de suministros, utilizamos estas otras expresiones: Donde: ke ................ Coeficiente de simultaneidad para un grupo de suministros. N ................. Número de suministros. Qmax e ...... Caudal máximo previsible del grupo de suministros (l/s). ∑Q max...... Suma del caudal instantáneo mínimo de los suministros instalados (l/s). Cada uno de los métodos analizados en los siguientes apartados nos permite calcular el diámetro interior de la conducción. De los diámetros calculados por cada método, elegiremos el mayor, y a partir de él, seleccionaremos el diámetro comercial que más se aproxime. Cálculo por limitación de la velocidad Obtenemos el diámetro interior basándonos en la ecuación de la continuidad de un líquido, y fijando una velocidad de hipótesis comprendida entre 0,5 y 2 m/s, según las condiciones de cada tramo. De este modo, aplicamos la siguiente expresión: Donde: Q ................ Caudal máximo previsible (l/s) V ................ Velocidad de hipótesis (m/s) D ................ Diámetro interior (mm)

Cálculo por limitación de la pérdida de carga lineal.

Consiste en fijar un valor de pérdida de carga lineal, y utilizando la fórmula de pérdida de carga de HAZENWILLIAMS, determinar el diámetro interior de la conducción:

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Donde: V ................ Velocidad del agua. C ................. Coeficiente que adquiere diferentes valores en función del material. D ................ Diámetro interior. I .................. Pérdida de carga lineal. Basándonos de nuevo en la ecuación de la continuidad de un líquido, despejando la velocidad, y tomando el diámetro interior correspondiente a la conducción adoptada, determinamos la velocidad de circulación del agua: Donde: V ................ Velocidad de circulación del agua (m/s) Q ................ Caudal máximo previsible (l/s) D ................ Diámetro interior del tubo elegido (mm) Obtenemos la pérdida de carga lineal, o unitaria, basándonos de nuevo en la fórmula de HAZEN‐WILLIAMS, ya explicada en apartados anteriores. La pérdida total de carga que se produce en el tramo vendrá determinada por la siguiente ecuación: Donde: JT ............... Pérdida de carga total en el tramo, en m.c.a. JU ............... Pérdida de carga unitaria, en m.c.a./m L ................. Longitud del tramo, en metros Leq ............. Longitud equivalente de los accesorios del tramo, en metros. ΔH………… Diferencia de cotas, en metros 5.2.-Saneamiento Se tendrá presente en todo momento las medidas indicadas en el CTE DB HS ‐ 5 sobre Evacuación de Aguas, así como las normas de la compañía suministradora. Se proyecta la ejecución de red de saneamiento enterrado e independiente del resto del edificio, no afectando la inserción de elementos a la red del edificio. Las únicas instalaciones son las descritas en proyecto. En base a la tabla 4.1., del CTE DB HS 5, se cumplen correctamente las dimensiones de diámetros mínimos. Por otro lado una vez alcanzado la primera arqueta de paso, el diámetro de 125 mm., con un 2 % de pendiente y según la Tabla 4.5 Diámetro de los colectores horizontales en función del número máximo de UD y la pendiente adoptada del CTE DB HS 5, permite un total de 480 UD, un valor más que suficiente para una buena evacuación. Se canalizan los vertidos residuales provenientes de las zonas de aseo, desagües del termo, evaporadora, etc…, así como cualquier otro posible equipo susceptible de producir goteo a la red interior con la cual cuenta el local, dispuesta para vertidos,

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siendo ésta de tipo enterrada, dispuesta bajo solera, formada por albañales y arqueta, en número y dimensiones a los indicados en el plano de instalación de saneamiento. Los desagües de los aparatos instalados serán todos de PVC de 40 mm., de diámetro, con sifón individual y una pendiente no inferior al 1,5 %, excepto el manguetón de los inodoros, que es de PVC de 110 mm., de diámetro. La red de vertidos dispuesta para el uso de local que tratamos deberá quedar dotada previa a la conexión a arqueta sifónica, de arqueta separadora de grasas y/o cajón separador de grasas, previa a la arqueta sifónica con la que deberá quedar dotada el local, previa conexión con la red general de saneamiento municipal. Las características de todos los elementos y la ejecución de la red cumplirán con lo especificado en el DB HS 5 respecto a la Evacuación de Aguas y a la normativa municipal vigente. Dimensionado de la red de evacuación de aguas residuales Red de pequeña evacuación de aguas residuales Derivaciones individuales 1 La adjudicación de UD a cada tipo de aparato y los diámetros mínimos de los sifones y las derivaciones individuales correspondientes se establecen en la tabla 4.1 en función del uso. 2 Para los desagües de tipo continuo o semicontinuo, tales como los de los equipos de climatización, las bandejas de condensación, etc., debe tomarse 1 UD para 0,03 dm3/s de caudal estimado

5.3.-Instalación de ventilación y renovación ambiental.

5.3.1-Ventilación del aseo Para la ventilación de los aseos, se proyecta dotar a cada estancia de extractor conectado al punto de luz interior de cada una de las estancias, de tal forma que al encenderse éste entre en funcionamiento la renovación ambiental.

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La instalación se deberá realizar, embocada a conducto de diámetro según documentación gráfica adjunta, con salida al exterior por cubierta del local. La evacuación de efluentes al exterior por cubierta se ajustará a las determinaciones y consideraciones que se realizan en el Capítulo III “Condiciones de las Dotaciones y Servicios” del Anexo II. A. “Disposiciones Complementarias Sobre Condiciones Generales de las Edificaciones en Materia de Calidad, Higiene, Dotaciones y Seguridad”, del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla. Las características del extractor han sido indicadas en otros apartados anteriores de este proyecto.

5.3.2-Ventilación de la zona de público Para la ventilación de la zona de público, se proyecta la instalación de ventilación forzada mediante la inserción de dos equipos para renovación ambiental, los cuales proporcionarán un caudal de aire renovable, de tal forma que se garantiza sobradamente la salubridad del aire interior así como las renovaciones por hora que sean necesarias para este tipo de actividad. La instalación se encuentra colocada sobre techo decorativo, embocado a conducto, con salida por cubierta del local comercial. Las características del extractor vendrán indicadas en otros apartados de esta memoria. Todas las instalaciones serán ejecutadas de forma que no pueda repercutir en el aspecto estético del edifico, así como en la tranquilidad vecinal.

5.3.3-Cálculo de la campana extractora (Cocina)

Cálculo del sistema de filtraje de grasas y vapores acuosos.

1. CÁLCULO DEL VOLUMEN DE AIRE

El caudal de aire de la cocina será: Q = 5000× P × h × v Q = 5000 × 2,08 × 0,9 × 0,3 = 2808 donde:

P = Perímetro de la zona emisora……………….………..………………2,08 m h = Separación entre emisor y campana……………….……………....0.90 m v = Velocidad de aspiración del aire…………… ……….……………0,30 m/s

2. CÁLCULO DE LA CAMPANA

La superficie ocupada por la campana deberá ser tal que sobresalga 20 cm. del contorno de los elementos emisores. Así pues se instalará una campana de 1.09x0.75x0.7 m construida con perfiles de acero laminado. La altura de la campana desde su base hasta la parte más alta debe ser mayor que la altura total del filtro. Estará construida con material de clase A1.

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La campana se equipará con 2 módulos de filtrado. Serán del tipo metálicos anti-grasa y poseerán una bandeja de recogida de grasas que conduzca éstas hasta un recipiente cerrado cuya capacidad será menor que 3 litros.

3. CÁLCULO DEL VENTILADOR

Debe elegirse de acuerdo con el volumen de aire calculado y la presión de trabajo de los circuitos, siendo ideal el tipo de ventilador centrífugo, cuya potencia absorbida no variará de manera sensible con la presión de trabajo. Se usará una caja de ventilación con ventilador centrífugo S&P mod. CVHT-9/9, homologado para trasegar aire 400 ºC/2 horas, y con un caudal máximo de 4400 m3/h y una potencia de 1100 W. El ventilador estará homologado según norma UNE-EN 12101-3:2002 y tendrá clasificación F400. Su acometida eléctrica estará situada a una distancia superior a 1 m fuera del volumen que ocupa toda la estructura de la campana.

4. CÁLCULO DE LOS CONDUCTOS

Deben ser estancos metálicos y de chapa, inalterables a la humedad y temperatura, galvanizados o zincados. Serán construidos con material de clase M0. Se aconseja instalar un sistema de drenaje en las partes más bajas de los tramos verticales para prevenir las condensaciones de los gases de extracción. Aplicando la ecuación:

D = 2 × donde: D = Diámetro del conducto Q = Caudal a evacuar V = Velocidad de evacuación Por lo que el diámetro que se adoptará será de 200 mm. de diámetro. El conducto tendrá una clasificación EI 30.

5. CAUDAL DE AIRE DE RENOVACIÓN

La cocina contará con un sistema de ventilación de aire forzado que nos garantice 10 renovaciones/hora. El caudal a evacuar es: Q = 15,64 m2 × 3 m ×10 ren /h = 469,2 m3/h Este caudal se asegura al haber elegido para la campana una caja de ventilación cuyo caudal es de 4400 m3/h , por lo que necesitaremos un extractor que nos proporcione un caudal de extracción de 4.310 m³/h. a 18,55 mm.c.a. Caja extractora marca S&P mod. CHXT/4‐4000/355. F₄₀₀120.

‐ Marca: S&P. ‐ Modelo: CHXT/4‐3000/315. F₄₀₀120.

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‐ Velocidad: 1.430 r/min. ‐ Potencia absorbida: 0,55 W. ‐ Caudal en descarga: 2.770 m3/h. ‐ Nivel de presión sonora: 58,00 dBA. (a 1,5 metros). ‐ Nivel de potencia sonora: 72,52 dBA.

Justificación de la norma CTE

El punto 2 de la Sección SI 1 del Documento DB-SI del Código Técnico de la Edificación se establece las condiciones que deben reunir las Instalaciones para extracción de humos en cocinas industriales.

1. CAMPANA

La campana estará construida con material de clase A1 no poroso y situada a más de 50 cm. de cualquier material combustible no protegido.

2. CONDUCTOS

El sistema será independiente de toda otra extracción o ventilación y exclusivo para cada local de cocina. Los conductos estarán fabricados con material de clase A1 y dispondrán de registros para inspección y limpieza en los cambios de dirección con ángulos mayores que 30º y cada 3 m como máximo de tramo horizontal; no se dispondrán compuertas cortafuego en su interior. Cuando discurran por el interior del edificio o por fachadas, su distancia a toda zona de la misma que no sea al menos EI 30 será 1,50 m como mínimo.

3. FILTROS

Los filtros estarán fabricados con material de clase A1 y estarán separados de los focos de calor más de 1,20 m si son tipo parrilla o de gas, y más de 0,50 m si son de otros tipos. Serán fácilmente accesibles y desmontables para su limpieza, tendrán una inclinación mayor que 45º y poseerán una bandeja de recogida de grasas que conduzca éstas hasta un recipiente cerrado cuya capacidad sea menor que 3 l.

4. VENTILADORES

Los ventiladores y su acometida eléctrica serán capaces de funcionar a 400ºC durante 90 minutos como mínimo, y su unión con los conductos será estanca y estará realizada con materiales de clase A1. Con los datos y cálculos reflejados en el presente punto, queda suficientemente justificada la norma en el punto indicado. 5.4.-Electricidad ACOMETIDA. Es parte de la instalación de la red de distribución, que alimenta la caja general de protección o unidad funcional equivalente (CGP). Los conductores serán de cobre o aluminio. Esta línea está regulada por la ITC-BT-11. Atendiendo a su trazado, al sistema de instalación y a las características de la red, la acometida podrá ser:

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- Aérea, posada sobre fachada. Los cables serán aislados, de tensión asignada 0,6/1 kV, y su instalación se hará preferentemente bajo conductos cerrados o canales protectoras. Para los cruces de vías públicas y espacios sin edificar, los cables podrán instalarse amarrados directamente en ambos extremos. La altura mínima sobre calles y carreteras en ningún caso será inferior a 6 m. - Aérea, tensada sobre postes. Los cables serán aislados, de tensión asignada 0,6/1 kV, y podrán instalarse suspendidos de un cable fiador o mediante la utilización de un conductor neutro fiador. Cuando los cables crucen sobre vías públicas o zonas de posible circulación rodada, la altura mínima sobre calles y carreteras no será en ningún caso inferior a 6 m. - Subterránea. Los cables serán aislados, de tensión asignada 0,6/1 kV, y podrán instalarse directamente enterrados, enterrados bajo tubo o en galerías, atarjeas o canales revisables. - Aero-subterránea. Cumplirá las condiciones indicadas en los apartados anteriores. En el paso de acometida subterránea a aérea o viceversa, el cable irá protegido desde la profundidad establecida hasta una altura mínima de 2,5 m por encima del nivel del suelo, mediante conducto rígido de las siguientes características: - Resistencia al impacto: Fuerte (6 julios). - Temperatura mínima de instalación y servicio: - 5 ºC. - Temperatura máxima de instalación y servicio: + 60 ºC. - Propiedades eléctricas: Continuidad eléctrica/aislante. - Resistencia a la penetración de objetos sólidos: D > 1 mm. - Resistencia a la corrosión (conductos metálicos): Protección interior media, exterior alta. - Resistencia a la propagación de la llama: No propagador. Por último, cabe señalar que la acometida será parte de la instalación constituida por la Empresa Suministradora, por lo tanto su diseño debe basarse en las normas particulares de ella. INSTALACIONES DE ENLACE. CAJA DE PROTECCIÓN Y MEDIDA. Para el caso de suministros a un único usuario, al no existir línea general de alimentación, se colocará en un único elemento la caja general de protección y el equipo de medida; dicho elemento se denominará caja de protección y medida. En consecuencia, el fusible de seguridad ubicado antes del contador coincide con el fusible que incluye una CGP. Se instalarán preferentemente sobre las fachadas exteriores de los edificios, en lugares de libre y permanente acceso. Su situación se fijará de común acuerdo entre la propiedad y la empresa suministradora. Se instalará siempre en un nicho en pared, que se cerrará con una puerta preferentemente metálica, con grado de protección IK 10 según UNE-EN 50.102, revestida exteriormente de acuerdo con las características del entorno y estará protegida contra la corrosión, disponiendo de una cerradura o candado normalizado por la empresa suministradora. Los dispositivos de lectura de los equipos de medida deberán estar situados a una altura comprendida entre 0,70 y 1,80 m. En el nicho se dejarán previstos los orificios necesarios para alojar los conductos de entrada de la acometida.

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Cuando la fachada no linde con la vía pública, la caja general se situará en el límite entre las propiedades públicas y privadas. Las cajas de protección y medida a utilizar corresponderán a uno de los tipos recogidos en las especificaciones técnicas de la empresa suministradora que hayan sido aprobadas por la Administración Pública competente, en función del número y naturaleza del suministro. Dentro de las mismas se instalarán cortacircuitos fusibles en todos los conductores de fase o polares, con poder de corte al menos igual a la corriente de cortocircuito prevista en el punto de su instalación. Las cajas de protección y medida cumplirán todo lo que sobre el particular se indica en la Norma UNE-EN 60.439 -1, tendrán grado de inflamabilidad según se indica en la norma UNE-EN 60.439 -3, una vez instaladas tendrán un grado de protección IP43 según UNE 20.324 e IK 09 según UNE-EN 50.102 y serán precintables. La envolvente deberá disponer de la ventilación interna necesaria que garantice la no formación de condensaciones. El material transparente para la lectura será resistente a la acción de los rayos ultravioleta. Las disposiciones generales de este tipo de caja quedan recogidas en la ITC-BT-13. DERIVACIÓN INDIVIDUAL. Es la parte de la instalación que, partiendo de la caja de protección y medida, suministra energía eléctrica a una instalación de usuario. Comprende los fusibles de seguridad, el conjunto de medida y los dispositivos generales de mando y protección. Está regulada por la ITC-BT-15. Las derivaciones individuales estarán constituidas por: - Conductores aislados en el interior de tubos empotrados. - Conductores aislados en el interior de tubos enterrados. - Conductores aislados en el interior de tubos en montaje superficial. - Conductores aislados en el interior de canales protectoras cuya tapa sólo se pueda abrir con la ayuda de un útil. - Canalizaciones eléctricas prefabricadas que deberán cumplir la norma UNE-EN 60.439 -2. - Conductores aislados en el interior de conductos cerrados de obra de fábrica, proyectados y construidos al efecto. Los conductores a utilizar serán de cobre o aluminio, aislados y normalmente unipolares, siendo su tensión asignada 450/750 V como mínimo. Para el caso de cables multiconductores o para el caso de derivaciones individuales en el interior de tubos enterrados, el aislamiento de los conductores será de tensión asignada 0,6/1 kV. La sección mínima será de 6 mm² para los cables polares, neutro y protección y de 1,5 mm² para el hilo de mando (para aplicación de las diferentes tarifas), que será de color rojo. Los cables serán no propagadores del incendio y con emisión de humos y opacidad reducida. Los cables con características equivalentes a las de la norma UNE 21.123 parte 4 ó 5 o a la norma UNE 211002 cumplen con esta prescripción. La caída de tensión máxima admisible será, para el caso de derivaciones individuales en suministros para un único usuario en que no existe línea general de alimentación, del 1,5 %.

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DISPOSITIVOS GENERALES E INDIVIDUALES DE MANDO Y PROTRECCIÓN. Los dispositivos generales de mando y protección se situarán lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual. En establecimientos en los que proceda, se colocará una caja para el interruptor de control de potencia, inmediatamente antes de los demás dispositivos, en compartimento independiente y precintable. Dicha caja se podrá colocar en el mismo cuadro donde se coloquen los dispositivos generales de mando y protección. Los dispositivos individuales de mando y protección de cada uno de los circuitos, que son el origen de la instalación interior, podrán instalarse en cuadros separados y en otros lugares. En locales de uso común o de pública concurrencia deberán tomarse las precauciones necesarias para que los dispositivos de mando y protección no sean accesibles al público en general. La altura a la cual se situarán los dispositivos generales e individuales de mando y protección de los circuitos, medida desde el nivel del suelo, estará comprendida entre 1 y 2 m. Las envolventes de los cuadros se ajustarán a las normas UNE 20.451 y UNE-EN 60.439 -3, con un grado de protección mínimo IP 30 según UNE 20.324 e IK07 según UNE-EN 50.102. La envolvente para el interruptor de control de potencia será precintable y sus dimensiones estarán de acuerdo con el tipo de suministro y tarifa a aplicar. Sus características y tipo corresponderán a un modelo oficialmente aprobado. El instalador fijará de forma permanente sobre el cuadro de distribución una placa, impresa con caracteres indelebles, en la que conste su nombre o marca comercial, fecha en que se realizó la instalación, así como la intensidad asignada del interruptor general automático. Los dispositivos generales e individuales de mando y protección serán, como mínimo: - Un interruptor general automático de corte omnipolar, de intensidad nominal mínima 25 A, que permita su accionamiento manual y que esté dotado de elementos de protección contra sobrecarga y cortocircuitos (según ITC-BT-22). Tendrá poder de corte suficiente para la intensidad de cortocircuito que pueda producirse en el punto de su instalación, de 4,5 kA como mínimo. Este interruptor será independiente del interruptor de control de potencia. - Un interruptor diferencial general, de intensidad asignada superior o igual a la del interruptor general, destinado a la protección contra contactos indirectos de todos los circuitos (según ITC-BT-24). Se cumplirá la siguiente condición: Ra x Ia £ U donde: "Ra" es la suma de las resistencias de la toma de tierra y de los conductores de protección de masas. "Ia" es la corriente que asegura el funcionamiento del dispositivo de protección (corriente diferencial-residual asignada). "U" es la tensión de contacto límite convencional (50 V en locales secos y 24 V en locales húmedos).

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Si por el tipo o carácter de la instalación se instalase un interruptor diferencial por cada circuito o grupo de circuitos, se podría prescindir del interruptor diferencial general, siempre que queden protegidos todos los circuitos. En el caso de que se instale más de un interruptor diferencial en serie, existirá una selectividad entre ellos. Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un mismo dispositivo de protección, deben ser interconectadas y unidas por un conductor de protección a una misma toma de tierra. - Dispositivos de corte omnipolar, destinados a la protección contra sobrecargas y cortocircuitos de cada uno de los circuitos interiores (según ITC-BT-22). - Dispositivo de protección contra sobretensiones, según ITC-BT-23, si fuese necesario.

INSTALACIONES INTERIORES.

CONDUCTORES. Los conductores y cables que se empleen en las instalaciones serán de cobre o aluminio y serán siempre aislados. La tensión asignada no será inferior a 450/750 V. La sección de los conductores a utilizar se determinará de forma que la caída de tensión entre el origen de la instalación interior y cualquier punto de utilización sea menor del 3 % para alumbrado y del 5 % para los demás usos. El valor de la caída de tensión podrá compensarse entre la de la instalación interior (3-5 %) y la de la derivación individual (1,5 %), de forma que la caída de tensión total sea inferior a la suma de los valores límites especificados para ambas (4,5-6,5 %). Para instalaciones que se alimenten directamente en alta tensión, mediante un transformador propio, se considerará que la instalación interior de baja tensión tiene su origen a la salida del transformador, siendo también en este caso las caídas de tensión máximas admisibles del 4,5 % para alumbrado y del 6,5 % para los demás usos. En instalaciones interiores, para tener en cuenta las corrientes armónicas debidas a cargas no lineales y posibles desequilibrios, salvo justificación por cálculo, la sección del conductor neutro será como mínimo igual a la de las fases. No se utilizará un mismo conductor neutro para varios circuitos. Las intensidades máximas admisibles, se regirán en su totalidad por lo indicado en la Norma UNE 20.460-5-523 y su anexo Nacional. Los conductores de protección tendrán una sección mínima igual a la fijada en la tabla siguiente: Sección conductores fase (mm²) Secciónconductoresprotección (mm²) Sf ≤16 Sf 16 < S f ≤ 35 16 Sf > 35 Sf/2

IDENTIFICACIÓN DE CONDUCTORES. Los conductores de la instalación deben ser fácilmente identificables, especialmente por lo que respecta al conductor neutro y al conductor de protección. Esta identificación se realizará por los colores que presenten sus aislamientos. Cuando exista conductor neutro en la instalación o se prevea para un conductor de fase su pase posterior a conductor neutro, se identificarán éstos por el color azul claro. Al conductor de protección se le identificará por el color verde-amarillo. Todos los conductores de

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fase, o en su caso, aquellos para los que no se prevea su pase posterior a neutro, se identificarán por los colores marrón, negro o gris.

SUBDIVISIÓN DE LAS INSTALACIONES. Las instalaciones se subdividirán de forma que las perturbaciones originadas por averías que puedan producirse en un punto de ellas, afecten solamente a ciertas partes de la instalación, por ejemplo a un sector del edificio, a una planta, a un solo local, etc., para lo cual los dispositivos de protección de cada circuito estarán adecuadamente coordinados y serán selectivos con los dispositivos generales de protección que les precedan. Toda instalación se dividirá en varios circuitos, según las necesidades, a fin de: - evitar las interrupciones innecesarias de todo el circuito y limitar las consecuencias de un fallo. - facilitar las verificaciones, ensayos y mantenimientos. - evitar los riesgos que podrían resultar del fallo de un solo circuito que pudiera dividirse, como por ejemplo si solo hay un circuito de alumbrado.

EQUILIBRADO DE CARGAS. Para que se mantenga el mayor equilibrio posible en la carga de los conductores que forman parte de una instalación, se procurará que aquella quede repartida entre sus fases o conductores polares.

RESISTENCIA DE AISLAMIENTO Y RIGIDEZ DIELÉCTRICA. Las instalaciones deberán presentar una resistencia de aislamiento al menos igual a los valores indicados en la tabla siguiente: Tensión nominal instalación Tensión ensayo corriente continua (V) Resistencia de aislamiento (MΩ) MBTS o MBTP 250 ≥ 0,25 ≤ 500 V 500 ≥ 0,50 > 500 V 1000 ≥ 1,00 La rigidez dieléctrica será tal que, desconectados los aparatos de utilización (receptores), resista durante 1 minuto una prueba de tensión de 2U + 1000 V a frecuencia industrial, siendo U la tensión máxima de servicio expresada en voltios, y con un mínimo de 1.500 V. Las corrientes de fuga no serán superiores, para el conjunto de la instalación o para cada uno de los circuitos en que ésta pueda dividirse a efectos de su protección, a la sensibilidad que presenten los interruptores diferenciales instalados como protección contra los contactos indirectos.

CONEXIONES. En ningún caso se permitirá la unión de conductores mediante conexiones y/o derivaciones por simple retorcimiento o arrollamiento entre sí de los conductores, sino que deberá realizarse siempre utilizando bornes de conexión montados individualmente o constituyendo bloques o regletas de conexión; puede permitirse asimismo, la utilización de bridas de conexión. Siempre deberán realizarse en el interior de cajas de empalme y/o de derivación.

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Si se trata de conductores de varios alambres cableados, las conexiones se realizarán de forma que la corriente se reparta por todos los alambres componentes.

SISTEMAS DE INSTALACIÓN.

PRESCRIPICIONES GENERALES. Varios circuitos pueden encontrarse en el mismo tubo o en el mismo compartimento de canal si todos los conductores están aislados para la tensión asignada más elevada. En caso de proximidad de canalizaciones eléctricas con otras no eléctricas, se dispondrán de forma que entre las superficies exteriores de ambas se mantenga una distancia mínima de 3 cm. En caso de proximidad con conductos de calefacción, de aire caliente, vapor o humo, las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que no puedan alcanzar una temperatura peligrosa y, por consiguiente, se mantendrán separadas por una distancia conveniente o por medio de pantallas calorífugas. Las canalizaciones eléctricas no se situarán por debajo de otras canalizaciones que puedan dar lugar a condensaciones, tales como las destinadas a conducción de vapor, de agua, de gas, etc., a menos que se tomen las disposiciones necesarias para proteger las canalizaciones eléctricas contra los efectos de estas condensaciones. Las canalizaciones deberán estar dispuestas de forma que faciliten su maniobra, inspección y acceso a sus conexiones. Las canalizaciones eléctricas se establecerán de forma que mediante la conveniente identificación de sus circuitos y elementos, se pueda proceder en todo momento a reparaciones, transformaciones, etc. En toda la longitud de los pasos de canalizaciones a través de elementos de la construcción, tales como muros, tabiques y techos, no se dispondrán empalmes o derivaciones de cables, estando protegidas contra los deterioros mecánicos, las acciones químicas y los efectos de la humedad. Las cubiertas, tapas o envolventes, mandos y pulsadores de maniobra de aparatos tales como mecanismos, interruptores, bases, reguladores, etc, instalados en los locales húmedos o mojados, serán de material aislante.

CONDUCTORES AISLADOS BAJO TUBOS PROTECTORES. Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V. El diámetro exterior mínimo de los tubos, en función del número y la sección de los conductores a conducir, se obtendrá de las tablas indicadas en la ITC-BT-21, así como las características mínimas según el tipo de instalación. Para la ejecución de las canalizaciones bajo tubos protectores, se tendrán en cuenta las prescripciones generales siguientes: - El trazado de las canalizaciones se hará siguiendo líneas verticales y horizontales o paralelas a las aristas de las paredes que limitan el local donde se efectúa la instalación. - Los tubos se unirán entre sí mediante accesorios adecuados a su clase que aseguren la continuidad de la protección que proporcionan a los conductores. - Los tubos aislantes rígidos curvables en caliente podrán ser ensamblados entre sí en caliente, recubriendo el empalme con una cola especial cuando se precise una unión estanca.

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- Las curvas practicadas en los tubos serán continuas y no originarán reducciones de sección inadmisibles. Los radios mínimos de curvatura para cada clase de tubo serán los especificados por el fabricante conforme a UNE-EN. - Será posible la fácil introducción y retirada de los conductores en los tubos después de colocarlos y fijados éstos y sus accesorios, disponiendo para ello los registros que se consideren convenientes, que en tramos rectos no estarán separados entre sí más de 15 metros. El número de curvas en ángulo situadas entre dos registros consecutivos no será superior a 3. Los conductores se alojarán normalmente en los tubos después de colocados éstos. - Los registros podrán estar destinados únicamente a facilitar la introducción y retirada de los conductores en los tubos o servir al mismo tiempo como cajas de empalme o derivación. - Las conexiones entre conductores se realizarán en el interior de cajas apropiadas de material aislante y no propagador de la llama. Si son metálicas estarán protegidas contra la corrosión. Las dimensiones de estas cajas serán tales que permitan alojar holgadamente todos los conductores que deban contener. Su profundidad será al menos igual al diámetro del tubo mayor más un 50 % del mismo, con un mínimo de 40 mm. Su diámetro o lado interior mínimo será de 60 mm. Cuando se quieran hacer estancas las entradas de los tubos en las cajas de conexión, deberán emplearse prensaestopas o racores adecuados. - En los tubos metálicos sin aislamiento interior, se tendrá en cuenta la posibilidad de que se produzcan condensaciones de agua en su interior, para lo cual se elegirá convenientemente el trazado de su instalación, previendo la evacuación y estableciendo una ventilación apropiada en el interior de los tubos mediante el sistema adecuado, como puede ser, por ejemplo, el uso de una "T" de la que uno de los brazos no se emplea. - Los tubos metálicos que sean accesibles deben ponerse a tierra. Su continuidad eléctrica deberá quedar convenientemente asegurada. En el caso de utilizar tubos metálicos flexibles, es necesario que la distancia entre dos puestas a tierra consecutivas de los tubos no exceda de 10 metros. - No podrán utilizarse los tubos metálicos como conductores de protección o de neutro. Cuando los tubos se instalen en montaje superficial, se tendrán en cuenta, además, las siguientes prescripciones: - Los tubos se fijarán a las paredes o techos por medio de bridas o abrazaderas protegidas contra la corrosión y sólidamente sujetas. La distancia entre éstas será, como máximo, de 0,50 metros. Se dispondrán fijaciones de una y otra parte en los cambios de dirección, en los empalmes y en la proximidad inmediata de las entradas en cajas o aparatos. - Los tubos se colocarán adaptándose a la superficie sobre la que se instalan, curvándose o usando los accesorios necesarios. - En alineaciones rectas, las desviaciones del eje del tubo respecto a la línea que une los puntos extremos no serán superiores al 2 por 100. - Es conveniente disponer los tubos, siempre que sea posible, a una altura mínima de 2,50 metros sobre el suelo, con objeto de protegerlos de eventuales daños mecánicos.

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Cuando los tubos se coloquen empotrados, se tendrán en cuenta, además, las siguientes prescripciones: - En la instalación de los tubos en el interior de los elementos de la construcción, las rozas no pondrán en peligro la seguridad de las paredes o techos en que se practiquen. Las dimensiones de las rozas serán suficientes para que los tubos queden recubiertos por una capa de 1 centímetro de espesor, como mínimo. En los ángulos, el espesor de esta capa puede reducirse a 0,5 centímetros. - No se instalarán entre forjado y revestimiento tubos destinados a la instalación eléctrica de las plantas inferiores. - Para la instalación correspondiente a la propia planta, únicamente podrán instalarse, entre forjado y revestimiento, tubos que deberán quedar recubiertos por una capa de hormigón o mortero de 1 centímetro de espesor, como mínimo, además del revestimiento. - En los cambios de dirección, los tubos estarán convenientemente curvados o bien provistos de codos o "T" apropiados, pero en este último caso sólo se admitirán los provistos de tapas de registro. - Las tapas de los registros y de las cajas de conexión quedarán accesibles y desmontables una vez finalizada la obra. Los registros y cajas quedarán enrasados con la superficie exterior del revestimiento de la pared o techo cuando no se instalen en el interior de un alojamiento cerrado y practicable. - En el caso de utilizarse tubos empotrados en paredes, es conveniente disponer los recorridos horizontales a 50 centímetros como máximo, de suelo o techos y los verticales a una distancia de los ángulos de esquinas no superior a 20 centímetros.

CONDUCTORES AISLADOS FIJADOS DIRECTAMENTE SOBRE LAS PAREDES. Estas instalaciones se establecerán con cables de tensiones asignadas no inferiores a 0,6/1 kV, provistos de aislamiento y cubierta (se incluyen cables armados o con aislamiento mineral). Para la ejecución de las canalizaciones se tendrán en cuenta las siguientes prescripciones: - Se fijarán sobre las paredes por medio de bridas, abrazaderas, o collares de forma que no perjudiquen las cubiertas de los mismos. - Con el fin de que los cables no sean susceptibles de doblarse por efecto de su propio peso, los puntos de fijación de los mismos estarán suficientemente próximos. La distancia entre dos puntos de fijación sucesivos, no excederá de 0,40 metros. - Cuando los cables deban disponer de protección mecánica por el lugar y condiciones de instalación en que se efectúe la misma, se utilizarán cables armados. En caso de no utilizar estos cables, se establecerá una protección mecánica complementaria sobre los mismos. - Se evitará curvar los cables con un radio demasiado pequeño y salvo prescripción en contra fijada en la Norma UNE correspondiente al cable utilizado, este radio no será inferior a 10 veces el diámetro exterior del cable. - Los cruces de los cables con canalizaciones no eléctricas se podrán efectuar por la parte anterior o posterior a éstas, dejando una distancia mínima de 3 cm entre la

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superficie exterior de la canalización no eléctrica y la cubierta de los cables cuando el cruce se efectúe por la parte anterior de aquélla. - Los extremos de los cables serán estancos cuando las características de los locales o emplazamientos así lo exijan, utilizándose a este fin cajas u otros dispositivos adecuados. La estanqueidad podrá quedar asegurada con la ayuda de prensaestopas. - Los empalmes y conexiones se harán por medio de cajas o dispositivos equivalentes provistos de tapas desmontables que aseguren a la vez la continuidad de la protección mecánica establecida, el aislamiento y la inaccesibilidad de las conexiones y permitiendo su verificación en caso necesario.

CONDUCTORES AISLADOS ENTERRADOS. Las condiciones para estas canalizaciones, en las que los conductores aislados deberán ir bajo tubo salvo que tengan cubierta y una tensión asignada 0,6/1kV, se establecerán de acuerdo con lo señalado en la Instrucciones ITC-BT-07 e ITC-BT-21. CONDUCTORES AISLADOS DIRECTAMENTE EMPOTRADOS EN ESTRUCTURAS. Para estas canalizaciones son necesarios conductores aislados con cubierta (incluidos cables armados o con aislamiento mineral). La temperatura mínima y máxima de instalación y servicio será de -5ºC y 90ºC respectivamente (polietileno reticulado o etileno-propileno).

CONDUCTORES AISLADOS EN EL INTERIOR DE HUECOS DE LA CONSTRUCCIÓN. Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V. Los cables o tubos podrán instalarse directamente en los huecos de la construcción con la condición de que sean no propagadores de la llama. Los huecos en la construcción admisibles para estas canalizaciones podrán estar dispuestos en muros, paredes, vigas, forjados o techos, adoptando la forma de conductos continuos o bien estarán comprendidos entre dos superficies paralelas como en el caso de falsos techos o muros con cámaras de aire. La sección de los huecos será, como mínimo, igual a cuatro veces la ocupada por los cables o tubos, y su dimensión más pequeña no será inferior a dos veces el diámetro exterior de mayor sección de éstos, con un mínimo de 20 milímetros. Las paredes que separen un hueco que contenga canalizaciones eléctricas de los locales inmediatos, tendrán suficiente solidez para proteger éstas contra acciones previsibles. Se evitarán, dentro de lo posible, las asperezas en el interior de los huecos y los cambios de dirección de los mismos en un número elevado o de pequeño radio de curvatura. La canalización podrá ser reconocida y conservada sin que sea necesaria la destrucción parcial de las paredes, techos, etc., o sus guarnecidos y decoraciones. Los empalmes y derivaciones de los cables serán accesibles, disponiéndose para ellos las cajas de derivación adecuadas.

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Se evitará que puedan producirse infiltraciones, fugas o condensaciones de agua que puedan penetrar en el interior del hueco, prestando especial atención a la impermeabilidad de sus muros exteriores, así como a la proximidad de tuberías de conducción de líquidos, penetración de agua al efectuar la limpieza de suelos, posibilidad de acumulación de aquélla en partes bajas del hueco, etc.

CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORAS La canal protectora es un material de instalación constituido por un perfil de paredes perforadas o no, destinado a alojar conductores o cables y cerrado por una tapa desmontable. Los cables utilizados serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V. Las canales protectoras tendrán un grado de protección IP4X y estarán clasificadas como "canales con tapa de acceso que sólo pueden abrirse con herramientas". En su interior se podrán colocar mecanismos tales como interruptores, tomas de corriente, dispositivos de mando y control, etc, siempre que se fijen de acuerdo con las instrucciones del fabricante. También se podrán realizar empalmes de conductores en su interior y conexiones a los mecanismos. Las canales protectoras para aplicaciones no ordinarias deberán tener unas características mínimas de resistencia al impacto, de temperatura mínima y máxima de instalación y servicio, de resistencia a la penetración de objetos sólidos y de resistencia a la penetración de agua, adecuadas a las condiciones del emplazamiento al que se destina; asimismo las canales serán no propagadoras de la llama. Dichas características serán conformes a las normas de la serie UNE-EN 50.085. El trazado de las canalizaciones se hará siguiendo preferentemente líneas verticales y horizontales o paralelas a las aristas de las paredes que limitan al local donde se efectúa la instalación. Las canales con conductividad eléctrica deben conectarse a la red de tierra, su continuidad eléctrica quedará convenientemente asegurada. La tapa de las canales quedará siempre accesible.

CONDUCTORES AISLADOS BAJO MOLDURAS. Estas canalizaciones están constituidas por cables alojados en ranuras bajo molduras. Podrán utilizarse únicamente en locales o emplazamientos clasificados como secos, temporalmente húmedos o polvorientos. Los cables serán de tensión asignada no inferior a 450/750 V. Las molduras cumplirán las siguientes condiciones: - Las ranuras tendrán unas dimensiones tales que permitan instalar sin dificultad por ellas a los conductores o cables. En principio, no se colocará más de un conductor por ranura, admitiéndose, no obstante, colocar varios conductores siempre que pertenezcan al mismo circuito y la ranura presente dimensiones adecuadas para ello. - La anchura de las ranuras destinadas a recibir cables rígidos de sección igual o inferior a 6 mm2 serán, como mínimo, de 6 mm. Para la instalación de las molduras se tendrá en cuenta: - Las molduras no presentarán discontinuidad alguna en toda la longitud donde contribuyen a la protección mecánica de los conductores. En los cambios de dirección, los ángulos de las ranuras serán obtusos.

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- Las canalizaciones podrán colocarse al nivel del techo o inmediatamente encima de los rodapiés. En ausencia de éstos, la parte inferior de la moldura estará, como mínimo, a 10 cm por encima del suelo. - En el caso de utilizarse rodapiés ranurados, el conductor aislado más bajo estará, como mínimo, a 1,5 cm por encima del suelo. - Cuando no puedan evitarse cruces de estas canalizaciones con las destinadas a otro uso (agua, gas, etc.), se utilizará una moldura especialmente concebida para estos cruces o preferentemente un tubo rígido empotrado que sobresaldrá por una y otra parte del cruce. La separación entre dos canalizaciones que se crucen será, como mínimo de 1 cm en el caso de utilizar molduras especiales para el cruce y 3 cm, en el caso de utilizar tubos rígidos empotrados. - Las conexiones y derivaciones de los conductores se hará mediante dispositivos de conexión con tornillo o sistemas equivalentes. - Las molduras no estarán totalmente empotradas en la pared ni recubiertas por papeles, tapicerías o cualquier otro material, debiendo quedar su cubierta siempre al aire. - Antes de colocar las molduras de madera sobre una pared, debe asegurarse que la pared está suficientemente seca; en caso contrario, las molduras se separarán de la pared por medio de un producto hidrófugo.

CONDUCTORES AISLADOS EN BANDEJA O SOPORTE DE BANDEJAS Sólo se utilizarán conductores aislados con cubierta (incluidos cables armados o con aislamiento mineral), unipolares o multipolares según norma UNE 20.460 -5-52.

PROTECCIÓN CONTRA SOBREINTENSIDADES. Todo circuito estará protegido contra los efectos de las sobreintensidades que puedan presentarse en el mismo, para lo cual la interrupción de este circuito se realizará en un tiempo conveniente o estará dimensionado para las sobreintensidades previsibles. Las sobreintensidades pueden estar motivadas por: - Sobrecargas debidas a los aparatos de utilización o defectos de aislamiento de gran impedancia. - Cortocircuitos. - Descargas eléctricas atmosféricas. a) Protección contra sobrecargas. El límite de intensidad de corriente admisible en un conductor ha de quedar en todo caso garantizada por el dispositivo de protección utilizado. El dispositivo de protección podrá estar constituido por un interruptor automático de corte omnipolar con curva térmica de corte, o por cortacircuitos fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas. b) Protección contra cortocircuitos. En el origen de todo circuito se establecerá un dispositivo de protección contra cortocircuitos cuya capacidad de corte estará de acuerdo con la intensidad de cortocircuito que pueda presentarse en el punto de su conexión. Se admite, no obstante, que cuando se trate de circuitos derivados de uno principal, cada uno de estos circuitos derivados disponga de protección contra sobrecargas, mientras que un solo dispositivo general pueda asegurar la protección

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contra cortocircuitos para todos los circuitos derivados. Se admiten como dispositivos de protección contra cortocircuitos los fusibles calibrados de características de funcionamiento adecuadas y los interruptores automáticos con sistema de corte omnipolar. La norma UNE 20.460 -4-43 recoge todos los aspectos requeridos para los dispositivos de protección. La norma UNE 20.460 -4-473 define la aplicación de las medidas de protección expuestas en la norma UNE 20.460 -4-43 según sea por causa de sobrecargas o cortocircuito, señalando en cada caso su emplazamiento u omisión.

PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES.

CATEGORÍAS DE LAS SOBRETENSIONES. Las categorías indican los valores de tensión soportada a la onda de choque de sobretensión que deben de tener los equipos, determinando, a su vez, el valor límite máximo de tensión residual que deben permitir los diferentes dispositivos de protección de cada zona para evitar el posible daño de dichos equipos. Se distinguen 4 categorías diferentes, indicando en cada caso el nivel de tensión soportada a impulsos, en kV, según la tensión nominal de la instalación. Tensión nominal instalación Tensión soportada a impulsos 1,2/50 (kV) Sistemas III Sistemas II Categoría IV Categoría III Categoría II CategoríaI 230/400 230 6 4 2,5 1,5 400/690 8 6 4 2,5 1000 Categoría I Se aplica a los equipos muy sensibles a las sobretensiones y que están destinados a ser conectados a la instalación eléctrica fija (ordenadores, equipos electrónicos muy sensibles, etc). En este caso, las medidas de protección se toman fuera de los equipos a proteger, ya sea en la instalación fija o entre la instalación fija y los equipos, con objeto de limitar las sobretensiones a un nivel específico. Categoría II Se aplica a los equipos destinados a conectarse a una instalación eléctrica fija (electrodomésticos, herramientas portátiles y otros equipos similares). Categoría III Se aplica a los equipos y materiales que forman parte de la instalación eléctrica fija y a otros equipos para los cuales se requiere un alto nivel de fiabilidad (armarios de distribución, embarrados, aparamenta: interruptores, seccionadores, tomas de corriente, etc, canalizaciones y sus accesorios: cables, caja de derivación, etc, motores con conexión eléctrica fija: ascensores, máquinas industriales, etc. Categoría IV Se aplica a los equipos y materiales que se conectan en el origen o muy próximos al origen de la instalación, aguas arriba del cuadro de distribución (contadores de

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energía, aparatos de telemedida, equipos principales de protección contra sobreintensidades, etc).

MEDIDAS PARA EL CONTROL DE LAS SOBRETENSIONES. Se pueden presentar dos situaciones diferentes: - Situación natural: cuando no es preciso la protección contra las sobretensiones transitorias, pues se prevé un bajo riesgo de sobretensiones en la instalación (debido a que está alimentada por una red subterránea en su totalidad). En este caso se considera suficiente la resistencia a las sobretensiones de los equipos indicada en la tabla de categorías, y no se requiere ninguna protección suplementaria contra las sobretensiones transitorias. - Situación controlada: cuando es preciso la protección contra las sobretensiones transitorias en el origen de la instalación, pues la instalación se alimenta por, o incluye, una línea aérea con conductores desnudos o aislados. También se considera situación controlada aquella situación natural en que es conveniente incluir dispositivos de protección para una mayor seguridad (continuidad de servicio, valor económico de los equipos, pérdidas irreparables, etc.). Los dispositivos de protección contra sobretensiones de origen atmosférico deben seleccionarse de forma que su nivel de protección sea inferior a la tensión soportada a impulso de la categoría de los equipos y materiales que se prevé que se vayan a instalar. Los descargadores se conectarán entre cada uno de los conductores, incluyendo el neutro o compensador y la tierra de la instalación.

SELECCIÓN DE LOS MATERIALES EN LA INSTALACIÓN. Los equipos y materiales deben escogerse de manera que su tensión soportada a impulsos no sea inferior a la tensión soportada prescrita en la tabla anterior, según su categoría. Los equipos y materiales que tengan una tensión soportada a impulsos inferior a la indicada en la tabla, se pueden utilizar, no obstante: - en situación natural, cuando el riesgo sea aceptable. - en situación controlada, si la protección contra las sobretensiones es adecuada.

PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS DIRECTOS E INDIRECTOS.

PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS DIRECTOS.

Protección por aislamiento de las partes activas. Las partes activas deberán estar recubiertas de un aislamiento que no pueda ser eliminado más que destruyéndolo. Protección por medio de barreras o envolventes. Las partes activas deben estar situadas en el interior de las envolventes o detrás de barreras que posean, como mínimo, el grado de protección IP XXB, según UNE20.324. Si se necesitan aberturas mayores para la reparación de piezas o para el buen funcionamiento de los equipos, se adoptarán precauciones apropiadas para impedir que las personas o animales domésticos toquen las partes activas y se garantizará que

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las personas sean conscientes del hecho de que las partes activas no deben ser tocadas voluntariamente. Las superficies superiores de las barreras o envolventes horizontales que son fácilmente accesibles, deben responder como mínimo al grado de protección IP4X o IP XXD. Las barreras o envolventes deben fijarse de manera segura y ser de una robustez y durabilidad suficientes para mantener los grados de protección exigidos, con una separación suficiente de las partes activas en las condiciones normales de servicio, teniendo en cuenta las influencias externas. Cuando sea necesario suprimir las barreras, abrir las envolventes o quitar partes de éstas, esto no debe ser posible más que: - bien con la ayuda de una llave o de una herramienta; - o bien, después de quitar la tensión de las partes activas protegidas por estas barreras o estas envolventes, no pudiendo ser restablecida la tensión hasta después de volver a colocar las barreras o las envolventes; - o bien, si hay interpuesta una segunda barrera que posee como mínimo el grado de protección IP2X o IP XXB, que no pueda ser quitada más que con la ayuda de una llave o de una herramienta y que impida todo contacto con las partes activas. Protección complementaria por dispositivos de corriente diferencial-residual. Esta medida de protección está destinada solamente a complementar otras medidas de protección contra los contactos directos. El empleo de dispositivos de corriente diferencial-residual, cuyo valor de corriente diferencial asignada de funcionamiento sea inferior o igual a 30 mA, se reconoce como medida de protección complementaria en caso de fallo de otra medida de protección contra los contactos directos o en caso de imprudencia de los usuarios.

PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS INDIRECTOS. La protección contra contactos indirectos se conseguirá mediante "corte automático de la alimentación". Esta medida consiste en impedir, después de la aparición de un fallo, que una tensión de contacto de valor suficiente se mantenga durante un tiempo tal que pueda dar como resultado un riesgo. La tensión límite convencional es igual a 50 V, valor eficaz en corriente alterna, en condiciones normales y a 24 V en locales húmedos. Todas las masas de los equipos eléctricos protegidos por un mismo dispositivo de protección, deben ser interconectadas y unidas por un conductor de protección a una misma toma de tierra. El punto neutro de cada generador o transformador debe ponerse a tierra. Se cumplirá la siguiente condición: Ra x Ia £U donde: - Ra es la suma de las resistencias de la toma de tierra y de los conductores de protección de masas. - Ia es la corriente que asegura el funcionamiento automático del dispositivo de protección. Cuando el dispositivo de protección es un dispositivo de corriente diferencial-residual es la corriente diferencial-residual asignada.

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- U es la tensión de contacto límite convencional (50 ó 24V).

PUESTAS A TIERRA. Las puestas a tierra se establecen principalmente con objeto de limitar la tensión que, con respecto a tierra, puedan presentar en un momento dado las masas metálicas, asegurar la actuación de las protecciones y eliminar o disminuir el riesgo que supone una avería en los materiales eléctricos utilizados. La puesta o conexión a tierra es la unión eléctrica directa, sin fusibles ni protección alguna, de una parte del circuito eléctrico o de una parte conductora no perteneciente al mismo, mediante una toma de tierra con un electrodo o grupo de electrodos enterrados en el suelo. Mediante la instalación de puesta a tierra se deberá conseguir que en el conjunto de instalaciones, edificios y superficie próxima del terreno no aparezcan diferencias de potencial peligrosas y que, al mismo tiempo, permita el paso a tierra de las corrientes de defecto o las de descarga de origen atmosférico. La elección e instalación de los materiales que aseguren la puesta a tierra deben ser tales que: - El valor de la resistencia de puesta a tierra esté conforme con las normas de protección y de funcionamiento de la instalación y se mantenga de esta manera a lo largo del tiempo. - Las corrientes de defecto a tierra y las corrientes de fuga puedan circular sin peligro, particularmente desde el punto de vista de solicitaciones térmicas, mecánicas y eléctricas. - La solidez o la protección mecánica quede asegurada con independencia de las condiciones estimadas de influencias externas. - Contemplen los posibles riesgos debidos a electrólisis que pudieran afectar a otras partes metálicas.

UNIONES A TIERRA. Tomas de tierra. Para la toma de tierra se pueden utilizar electrodos formados por: - barras, tubos; - pletinas, conductores desnudos; - placas; -anillos o mallas metálicas constituidos por los elementos anteriores o sus combinaciones; - armaduras de hormigón enterradas; con excepción de las armaduras pretensadas; - otras estructuras enterradas que se demuestre que son apropiadas. Los conductores de cobre utilizados como electrodos serán de construcción y resistencia eléctrica según la clase 2 de la norma UNE 21.022. El tipo y la profundidad de enterramiento de las tomas de tierra deben ser tales que la posible pérdida de humedad del suelo, la presencia del hielo u otros efectos

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climáticos, no aumenten la resistencia de la toma de tierra por encima del valor previsto. La profundidad nunca será inferior a 0,50 m. Conductores de tierra. La sección de los conductores de tierra, cuando estén enterrados, deberán estar de acuerdo con los valores indicados en la tabla siguiente. La sección no será inferior a la mínima exigida para los conductores de protección. Tipo Protegido mecánicamente No protegido mecánicamente Protegido contra Igual a conductores 16 mm² Cu la corrosión protección apdo. 7.7.1 16 mm² Acero Galvanizado No protegido contra 25 mm² Cu 25 mm² Cu la corrosión 50 mm² Hierro 50 mm² Hierro * La protección contra la corrosión puede obtenerse mediante una envolvente. Durante la ejecución de las uniones entre conductores de tierra y electrodos de tierra debe extremarse el cuidado para que resulten eléctricamente correctas. Debe cuidarse, en especial, que las conexiones, no dañen ni a los conductores ni a los electrodos de tierra. Bornes de puesta a tierra. En toda instalación de puesta a tierra debe preverse un borne principal de tierra, al cual deben unirse los conductores siguientes: - Los conductores de tierra. - Los conductores de protección. - Los conductores de unión equipotencial principal. - Los conductores de puesta a tierra funcional, si son necesarios. Debe preverse sobre los conductores de tierra y en lugar accesible, un dispositivo que permita medir la resistencia de la toma de tierra correspondiente. Este dispositivo puede estar combinado con el borne principal de tierra, debe ser desmontable necesariamente por medio de un útil, tiene que ser mecánicamente seguro y debe asegurar la continuidad eléctrica. Conductores de protección. Los conductores de protección sirven para unir eléctricamente las masas de una instalación con el borne de tierra, con el fin de asegurar la protección contra contactos indirectos. Los conductores de protección tendrán una sección mínima igual a la fijada en la tabla siguiente: Sección conductores fase (mm²) Sección conductores protección (mm²) Sf ≤ 16 Sf 16 < S f ≤ 35 16 Sf > 35 Sf/2 En todos los casos, los conductores de protección que no forman parte de la canalización de alimentación serán de cobre con una sección, al menos de:

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- 2,5 mm2, si los conductores de protección disponen de una protección mecánica. - 4 mm2, si los conductores de protección no disponen de una protección mecánica. Como conductores de protección pueden utilizarse: - conductores en los cables multiconductores, o - conductores aislados o desnudos que posean una envolvente común con los conductores activos, o - conductores separados desnudos o aislados. Ningún aparato deberá ser intercalado en el conductor de protección. Las masas de los equipos a unir con los conductores de protección no deben ser conectadas en serie en un circuito de protección.

CONDUCTORES DE EQUIPOTENCIALIDAD. El conductor principal de equipotencialidad debe tener una sección no inferior a la mitad de la del conductor de protección de sección mayor de la instalación, con un mínimo de 6 mm². Sin embargo, su sección puede ser reducida a 2,5 mm² si es de cobre. La unión de equipotencialidad suplementaria puede estar asegurada, bien por elementos conductores no desmontables, tales como estructuras metálicas no desmontables, bien por conductores suplementarios, o por combinación de los dos. RESISTENCIA DE LAS TOMAS DE TIERRA. El valor de resistencia de tierra será tal que cualquier masa no pueda dar lugar a tensiones de contacto superiores a: - 24 V en local o emplazamiento conductor - 50 V en los demás casos. Si las condiciones de la instalación son tales que pueden dar lugar a tensiones de contacto superiores a los valores señalados anteriormente, se asegurará la rápida eliminación de la falta mediante dispositivos de corte adecuados a la corriente de servicio. La resistencia de un electrodo depende de sus dimensiones, de su forma y de la resistividad del terreno en el que se establece. Esta resistividad varía frecuentemente de un punto a otro del terreno, y varía también con la profundidad.

TOMAS DE TIERRA INDEPENDIENTES. Se considerará independiente una toma de tierra respecto a otra, cuando una de las tomas de tierra, no alcance, respecto a un punto de potencial cero, una tensión superior a 50 V cuando por la otra circula la máxima corriente de defecto a tierra prevista.

SEPARACIÓN ENTRE LAS TOMAS DE TIERRA DE LAS MASAS DE LAS INSTALACIONES DE UTILIZACIÓN Y DE LAS MASAS DE UN CENTRO DE TRANSFORMACIÓN. Se verificará que las masas puestas a tierra en una instalación de utilización, así como los conductores de protección asociados a estas masas o a los relés de protección de masa, no están unidas a la toma de tierra de las masas de un centro de

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transformación, para evitar que durante la evacuación de un defecto a tierra en el centro de transformación, las masas de la instalación de utilización puedan quedar sometidas a tensiones de contacto peligrosas. Si no se hace el control de independencia indicando anteriormente (50 V), entre la puesta a tierra de las masas de las instalaciones de utilización respecto a la puesta a tierra de protección o masas del centro de transformación, se considerará que las tomas de tierra son eléctricamente independientes cuando se cumplan todas y cada una de las condiciones siguientes: a) No exista canalización metálica conductora (cubierta metálica de cable no aislada especialmente, canalización de agua, gas, etc.) que una la zona de tierras del centro de transformación con la zona en donde se encuentran los aparatos de utilización. b) La distancia entre las tomas de tierra del centro de transformación y las tomas de tierra u otros elementos conductores enterrados en los locales de utilización es al menos igual a 15 metros para terrenos cuya resistividad no sea elevada (<100 ohmios.m). Cuando el terreno sea muy mal conductor, la distancia deberá ser calculada. c) El centro de transformación está situado en un recinto aislado de los locales de utilización o bien, si esta contiguo a los locales de utilización o en el interior.de los mismos, está establecido de tal manera que sus elementos metálicos no están unidos eléctricamente a los elementos metálicos constructivos de los locales de utilización. Sólo se podrán unir la puesta a tierra de la instalación de utilización (edificio) y la puesta a tierra de protección (masas) del centro de transformación, si el valor de la resistencia de puesta a tierra única es lo suficientemente baja para que se cumpla que en el caso de evacuar el máximo valor previsto de la corriente de defecto a tierra (Id) en el centro de transformación, el valor de la tensión de defecto (Vd = Id x Rt) sea menor que la tensión de contacto máxima aplicada.

REVISIÓN DE LAS TOMAS DE TIERRA. Por la importancia que ofrece, desde el punto de vista de la seguridad cualquier instalación de toma de tierra, deberá ser obligatoriamente comprobada por el Director de la Obra o Instalador Autorizado en el momento de dar de alta la instalación para su puesta en marcha o en funcionamiento. Personal técnicamente competente efectuará la comprobación de la instalación de puesta a tierra, al menos anualmente, en la época en la que el terreno esté mas seco. Para ello, se medirá la resistencia de tierra, y se repararán con carácter urgente los defectos que se encuentren. En los lugares en que el terreno no sea favorable a la buena conservación de los electrodos, éstos y los conductores de enlace entre ellos hasta el punto de puesta a tierra, se pondrán al descubierto para su examen, al menos una vez cada cinco años.

RECEPTORES DE ALUMBRADO. Las luminarias serán conformes a los requisitos establecidos en las normas de la serie UNE-EN 60598. La masa de las luminarias suspendidas excepcionalmente de cables flexibles no deben exceder de 5 kg. Los conductores, que deben ser capaces de soportar este peso, no deben presentar empalmes intermedios y el esfuerzo deberá realizarse sobre un elemento distinto del borne de conexión.

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Las partes metálicas accesibles de las luminarias que no sean de Clase II o Clase III, deberán tener un elemento de conexión para su puesta a tierra, que irá conectado de manera fiable y permanente al conductor de protección del circuito. El uso de lámparas de gases con descargas a alta tensión (neón, etc), se permitirá cuando su ubicación esté fuera del volumen de accesibilidad o cuando se instalen barreras o envolventes separadoras. En instalaciones de iluminación con lámparas de descarga realizadas en locales en los que funcionen máquinas con movimiento alternativo o rotatorio rápido, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar la posibilidad de accidentes causados por ilusión óptica originada por el efecto estroboscópico. Los circuitos de alimentación estarán previstos para transportar la carga debida a los propios receptores, a sus elementos asociados y a sus corrientes armónicas y de arranque. Para receptores con lámparas de descarga, la carga mínima prevista en voltiamperios será de 1,8 veces la potencia en vatios de las lámparas. En el caso de distribuciones monofásicas, el conductor neutro tendrá la misma sección que los de fase. Será aceptable un coeficiente diferente para el cálculo de la sección de los conductores, siempre y cuando el factor de potencia de cada receptor sea mayor o igual a 0,9 y si se conoce la carga que supone cada uno de los elementos asociados a las lámparas y las corrientes de arranque, que tanto éstas como aquéllos puedan producir. En este caso, el coeficiente será el que resulte. En el caso de receptores con lámparas de descarga será obligatoria la compensación del factor de potencia hasta un valor mínimo de 0,9. En instalaciones con lámparas de muy baja tensión (p.e. 12 V) debe preverse la utilización de transformadores adecuados, para asegurar una adecuada protección térmica, contra cortocircuitos y sobrecargas y contra los choques eléctricos. Para los rótulos luminosos y para instalaciones que los alimentan con tensiones asignadas de salida en vacío comprendidas entre 1 y 10 kV se aplicará lo dispuesto en la norma UNE-EN 50.107.

RECEPTORES A MOTOR. Los motores deben instalarse de manera que la aproximación a sus partes en movimiento no pueda ser causa de accidente. Los motores no deben estar en contacto con materias fácilmente combustibles y se situarán de manera que no puedan provocar la ignición de estas. Los conductores de conexión que alimentan a un solo motor deben estar dimensionados para una intensidad del 125 % de la intensidad a plena carga del motor. Los conductores de conexión que alimentan a varios motores, deben estar dimensionados para una intensidad no inferior a la suma del 125 % de la intensidad a plena carga del motor de mayor potencia, más la intensidad a plena carga de todos los demás. Los motores deben estar protegidos contra cortocircuitos y contra sobrecargas en todas sus fases, debiendo esta última protección ser de tal naturaleza que cubra, en los motores trifásicos, el riesgo de la falta de tensión en una de sus fases. En el caso de motores con arrancador estrella-triángulo, se asegurará la protección, tanto para la conexión en estrella como en triángulo.

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Los motores deben estar protegidos contra la falta de tensión por un dispositivo de corte automático de la alimentación, cuando el arranque espontáneo del motor, como consecuencia del restablecimiento de la tensión, pueda provocar accidentes, o perjudicar el motor, de acuerdo con la norma UNE 20.460 -4-45. Los motores deben tener limitada la intensidad absorbida en el arranque, cuando se pudieran producir efectos que perjudicasen a la instalación u ocasionasen perturbaciones inaceptables al funcionamiento de otros receptores o instalaciones. En general, los motores de potencia superior a 0,75 kilovatios deben estar provistos de reóstatos de arranque o dispositivos equivalentes que no permitan que la relación de corriente entre el período de arranque y el de marcha normal que corresponda a su plena carga, según las características del motor que debe indicar su placa, sea superior a la señalada en el cuadro siguiente: De 0,75 kW a 1,5 kW: 4,5 De 1,50 kW a 5 kW: 3,0 De 5 kW a 15 kW: 2 Más de 15 kW: 1,5 CUADRO GENERAL DE MANDO Y PROTECCION Fórmulas Emplearemos las siguientes: Sistema Trifásico

I = Pc / 1,732 x U x Cosϕ x R = amp (A) e = (L x Pc / k x U x n x S x R) + (L x Pc x Xu x Senϕ / 1000 x U x n x R x Cosϕ) = voltios (V)

Sistema Monofásico: I = Pc / U x Cosϕ x R = amp (A) e = (2 x L x Pc / k x U x n x S x R) + (2 x L x Pc x Xu x Senϕ / 1000 x U x n x R x Cosϕ) = voltios (V)

En donde: Pc = Potencia de Cálculo en Watios. L = Longitud de Cálculo en metros. e = Caída de tensión en Voltios. K = Conductividad. I = Intensidad en Amperios. U = Tensión de Servicio en Voltios (Trifásica ó Monofásica). S = Sección del conductor en mm². Cos ϕ = Coseno de fi. Factor de potencia. R = Rendimiento. (Para líneas motor). n = Nº de conductores por fase. Xu = Reactancia por unidad de longitud en mΩ/m.

Fórmula Conductividad Eléctrica K = 1/ρ ρ = ρ20[1+α (T-20)] T = T0 + [(Tmax-T0) (I/Imax)²] Siendo, K = Conductividad del conductor a la temperatura T. ρ = Resistividad del conductor a la temperatura T. ρ20 = Resistividad del conductor a 20ºC.

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Cu = 0.018 Al = 0.029 α = Coeficiente de temperatura: Cu = 0.00392 Al = 0.00403 T = Temperatura del conductor (ºC). T0 = Temperatura ambiente (ºC): Cables enterrados = 25ºC Cables al aire = 40ºC Tmax = Temperatura máxima admisible del conductor (ºC): XLPE, EPR = 90ºC PVC = 70ºC I = Intensidad prevista por el conductor (A). Imax = Intensidad máxima admisible del conductor (A). Fórmulas Sobrecargas Ib ≤ In ≤ Iz I2 ≤ 1,45 Iz Donde: Ib: intensidad utilizada en el circuito. Iz: intensidad admisible de la canalización según la norma UNE 20-460/5-523. In: intensidad nominal del dispositivo de protección. Para los dispositivos de protección regulables, In es la intensidad de regulación escogida. I2: intensidad que asegura efectivamente el funcionamiento del dispositivo de protección. En la práctica I2 se toma igual: - a la intensidad de funcionamiento en el tiempo convencional, para los interruptores automáticos (1,45 In como máximo). - a la intensidad de fusión en el tiempo convencional, para los fusibles (1,6 In). Fórmulas compensación energía reactiva cosØ = P/√(P²+ Q²). tgØ = Q/P. Qc = Px(tgØ1-tgØ2). C = Qcx1000/U²xω; (Monofásico - Trifásico conexión estrella). C = Qcx1000/3xU²xω; (Trifásico conexión triángulo). Siendo: P = Potencia activa instalación (kW). Q = Potencia reactiva instalación (kVAr). Qc = Potencia reactiva a compensar (kVAr). Ø1 = Angulo de desfase de la instalación sin compensar. Ø2 = Angulo de desfase que se quiere conseguir. U = Tensión compuesta (V). ω = 2xPixf ; f = 50 Hz. C = Capacidad condensadores (F); cx1000000(µF). DEMANDA DE POTENCIAS - Potencia total instalada: Cafetera 1500 W Vitrina 1000 W Varios-barra 1000 W Otros usos 1000 W Alumbrado 1 500 W Emergencias 100 W

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Varios-Encimera 1500 W Vitrina 1000 W Usos Varios 1200 W Alumbrado 2 500 W Otros usos 1000 W Aire Acondicionado 1500 W Aire acondicionado 1500 W Termo 1000 W Rótulo 300 W Alumbrado 3 500 W Cámara 2000 W Cocina 1 1000 W Cocina 2 1000 W Rótulo 300 W Otros usos 1500 W Horno 1500 W Lavavajillas 1500 W Otros usos 1000 W Alumbrado 4 500 W Otros Usos 1500 W TOTAL.... 26900 W - Potencia Instalada Alumbrado (W): 2700 - Potencia Instalada Fuerza (W): 24200 - Potencia Máxima Admisible (W): 27712 Cálculo de la ACOMETIDA - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: Enterrados Bajo Tubo (R.Subt) - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 26900 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

26900 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=26900/1,732x400x0.8=48.53 A. Se eligen conductores Unipolares 4x16mm²Al Nivel Aislamiento, Aislamiento: 0.6/1 kV, XLPE. Desig. UNE: RV-Al I.ad. a 25°C (Fc=0.8) 77.6 A. según ITC-BT-07 Diámetro exterior tubo: 63 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 50.43 e(parcial)=5x26900/30.72x400x16=0.68 V.=0.17 % e(total)=0.17% ADMIS (2% MAX.) Cálculo de la LINEA GENERAL DE ALIMENTACION - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 26900 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

24210 W.(Coef. de Simult.: 0.9 )

I=24210/1,732x400x0.8=43.68 A. Se eligen conductores Unipolares 4x16+TTx16mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 0.6/1 kV, XLPE+Pol - No propagador incendio y emisión humos y

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opacidad reducida -. Desig. UNE: RZ1-K(AS) I.ad. a 40°C (Fc=1) 73 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 75 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 57.9 e(parcial)=5x24210/48.37x400x16=0.39 V.=0.1 % e(total)=0.1% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: Fusibles Int. 50 A. Cálculo de la DERIVACION INDIVIDUAL - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 26900 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

26900 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=26900/1,732x400x0.8=48.53 A. Se eligen conductores Unipolares 4x10+TTx10mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 0.6/1 kV, XLPE+Pol - No propagador incendio y emisión humos y opacidad reducida -. Desig. UNE: RZ1-K(AS) I.ad. a 40°C (Fc=1) 54 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 50 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 80.39 e(parcial)=5x26900/44.92x400x10=0.75 V.=0.19 % e(total)=0.28% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 50 A. Cálculo de la Línea: - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: C-Unip.o Mult.sobre Pared - Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo:

1500 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 36 A. según ITC-BT-19 Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.17 e(parcial)=0.3x1500/51.48x400x6=0 V.=0 % e(total)=0.29% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA.

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Cálculo de la Línea: Cafetera - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.21 e(parcial)=5x1500/51.48x400x6=0.06 V.=0.02 % e(total)=0.3% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: C-Unip.o Mult.sobre Pared - Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 3600 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

3600 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=3600/1,732x400x0.8=6.5 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 36 A. según ITC-BT-19 Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.98 e(parcial)=0.3x3600/51.33x400x6=0.01 V.=0 % e(total)=0.29% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Vitrina - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 12 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/1,732x400x0.8=1.8 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm.

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Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.1 e(parcial)=12x1000/51.5x400x6=0.1 V.=0.02 % e(total)=0.31% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Varios-barra - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x4+TTx4mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 27 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 41.22 e(parcial)=2x5x1000/51.29x230x4=0.21 V.=0.09 % e(total)=0.38% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Otros usos - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.01 e(parcial)=2x3x1000/51.14x230x2.5=0.2 V.=0.09 % e(total)=0.38% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Alumbrado 1 - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 12 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 500 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

500x1=500 W.

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I=500/230x1=2.17 A. Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 16 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.63 e(parcial)=2x12x500/51.4x230x1.5=0.68 V.=0.29 % e(total)=0.58% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: Emergencias - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 12 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 100 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

100x1=100 W.

I=100/230x1=0.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 16 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.03 e(parcial)=2x12x100/51.51x230x1.5=0.14 V.=0.06 % e(total)=0.35% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: C-Unip.o Mult.sobre Pared - Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 5200 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

5200 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=5200/1,732x400x0.8=9.38 A. Se eligen conductores Unipolares 4x4mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 27 A. según ITC-BT-19 Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 43.62 e(parcial)=0.3x5200/50.85x400x4=0.02 V.=0 % e(total)=0.29% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial:

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Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Varios-Encimera - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 8 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x4+TTx4mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 24 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.38 e(parcial)=8x1500/51.45x400x4=0.15 V.=0.04 % e(total)=0.33% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Vitrina - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 8 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.01 e(parcial)=2x8x1000/51.14x230x2.5=0.54 V.=0.24 % e(total)=0.53% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Usos Varios - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 10 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1200 W. - Potencia de cálculo: 1200 W. I=1200/230x0.8=6.52 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm.

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Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.89 e(parcial)=2x10x1200/50.98x230x2.5=0.82 V.=0.36 % e(total)=0.65% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Alumbrado 2 - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 10 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 500 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

500x1=500 W.

I=500/230x1=2.17 A. Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 16 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.63 e(parcial)=2x10x500/51.4x230x1.5=0.56 V.=0.25 % e(total)=0.53% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: Otros usos - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.01 e(parcial)=2x5x1000/51.14x230x2.5=0.34 V.=0.15 % e(total)=0.44% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: C-Unip.o Mult.sobre Pared - Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 4800 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

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4800 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=4800/1,732x400x0.8=8.66 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 36 A. según ITC-BT-19 Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 41.74 e(parcial)=0.3x4800/51.19x400x6=0.01 V.=0 % e(total)=0.29% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Aire Acondicionado - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.21 e(parcial)=5x1500/51.48x400x6=0.06 V.=0.02 % e(total)=0.3% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Aire acondicionado - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.21 e(parcial)=5x1500/51.48x400x6=0.06 V.=0.02 % e(total)=0.3% ADMIS (6.5% MAX.)

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Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Termo - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.01 e(parcial)=2x5x1000/51.14x230x2.5=0.34 V.=0.15 % e(total)=0.44% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Rótulo - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 300 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

300x1=300 W.

I=300/230x1=1.3 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.12 e(parcial)=2x5x300/51.49x230x2.5=0.1 V.=0.04 % e(total)=0.33% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: Alumbrado 3 - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 500 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

500x1=500 W.

I=500/230x1=2.17 A.

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Se eligen conductores Unipolares 2x1.5+TTx1.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 15 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 16 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.63 e(parcial)=2x5x500/51.4x230x1.5=0.28 V.=0.12 % e(total)=0.41% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: C-Unip.o Mult.sobre Pared - Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 5800 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

5800 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=5800/1,732x400x0.8=10.46 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 36 A. según ITC-BT-19 Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.53 e(parcial)=0.3x5800/51.05x400x6=0.01 V.=0 % e(total)=0.29% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Cámara - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 2000 W. - Potencia de cálculo: 2000 W. I=2000/1,732x400x0.8=3.61 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.38 e(parcial)=5x2000/51.45x400x6=0.08 V.=0.02 % e(total)=0.31% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA.

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Cálculo de la Línea: Cocina 1 - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/1,732x400x0.8=1.8 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.1 e(parcial)=5x1000/51.5x400x6=0.04 V.=0.01 % e(total)=0.3% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Cocina 2 - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.01 e(parcial)=2x5x1000/51.14x230x2.5=0.34 V.=0.15 % e(total)=0.44% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Rótulo - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 300 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

300x1=300 W.

I=300/230x1=1.3 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm.

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Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.12 e(parcial)=2x5x300/51.49x230x2.5=0.1 V.=0.04 % e(total)=0.33% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: Otros usos - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 6 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/230x0.8=8.15 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 44.52 e(parcial)=2x6x1500/50.68x230x2.5=0.62 V.=0.27 % e(total)=0.56% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: C-Unip.o Mult.sobre Pared - Longitud: 0.3 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 6000 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

6000 W.(Coef. de Simult.: 1 )

I=6000/1,732x400x0.8=10.83 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 36 A. según ITC-BT-19 Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.71 e(parcial)=0.3x6000/51.01x400x6=0.01 V.=0 % e(total)=0.29% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Horno - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W.

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- Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.21 e(parcial)=5x1500/51.48x400x6=0.06 V.=0.02 % e(total)=0.3% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Protección diferencial: Inter. Dif. Tetrapolar Int.: 25 A. Sens. Int.: 30 mA. Cálculo de la Línea: Lavavajillas - Tensión de servicio: 400 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/1,732x400x0.8=2.71 A. Se eligen conductores Unipolares 4x6+TTx6mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 32 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 25 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.21 e(parcial)=5x1500/51.48x400x6=0.06 V.=0.02 % e(total)=0.3% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Tetrapolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Otros usos - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1000 W. - Potencia de cálculo: 1000 W. I=1000/230x0.8=5.43 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 42.01 e(parcial)=2x5x1000/51.14x230x2.5=0.34 V.=0.15 % e(total)=0.44% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica:

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I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Cálculo de la Línea: Alumbrado 4 - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 5 m; Cos ϕ: 1; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 500 W. - Potencia de cálculo: (Según ITC-BT-44):

500x1=500 W.

I=500/230x1=2.17 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 40.32 e(parcial)=2x5x500/51.46x230x2.5=0.17 V.=0.07 % e(total)=0.36% ADMIS (4.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 10 A. Cálculo de la Línea: Otros Usos - Tensión de servicio: 230 V. - Canalización: B1-Unip.Tubos Superf.o Emp.Obra - Longitud: 6 m; Cos ϕ: 0.8; Xu(mΩ/m): 0; - Potencia a instalar: 1500 W. - Potencia de cálculo: 1500 W. I=1500/230x0.8=8.15 A. Se eligen conductores Unipolares 2x2.5+TTx2.5mm²Cu Nivel Aislamiento, Aislamiento: 450/750 V, PVC. Desig. UNE: H07V-K I.ad. a 40°C (Fc=1) 21 A. según ITC-BT-19 Diámetro exterior tubo: 20 mm. Caída de tensión: Temperatura cable (ºC): 44.52 e(parcial)=2x6x1500/50.68x230x2.5=0.62 V.=0.27 % e(total)=0.56% ADMIS (6.5% MAX.) Prot. Térmica: I. Mag. Bipolar Int. 16 A. Los resultados obtenidos se reflejan en las siguientes tablas: Cuadro General de Mando y Protección Denominación P.Cálculo Dist.Cálc Sección I.Cálculo I.Adm.. C.T.Parc. C.T.Total Dimensiones(mm) (W) (m) (mm²) (A) (A) (%) (%) Tubo,Canal,Band. ACOMETIDA 26900 5 4x16Al 48.53 77.6 0.17 0.17 63 LINEA GENERAL ALIMENT. 24210 5 4x16+TTx16Cu 43.68 73 0.1 0.1 75 DERIVACION IND. 26900 5 4x10+TTx10Cu 48.53 54 0.19 0.28 50 1500 0.3 4x6Cu 2.71 36 0 0.29 Cafetera 1500 5 4x6+TTx6Cu 2.71 32 0.02 0.3 25 3600 0.3 4x6Cu 6.5 36 0 0.29 Vitrina 1000 12 4x6+TTx6Cu 1.8 32 0.02 0.31 25 Varios-barra 1000 5 2x4+TTx4Cu 5.43 27 0.09 0.38 20

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Otros usos 1000 3 2x2.5+TTx2.5Cu 5.43 21 0.09 0.38 20 Alumbrado 1 500 12 2x1.5+TTx1.5Cu 2.17 15 0.29 0.58 16 Emergencias 100 12 2x1.5+TTx1.5Cu 0.43 15 0.06 0.35 16 5200 0.3 4x4Cu 9.38 27 0 0.29 Varios-Encimera 1500 8 4x4+TTx4Cu 2.71 24 0.04 0.33 25 Vitrina 1000 8 2x2.5+TTx2.5Cu 5.43 21 0.24 0.53 20 Usos Varios 1200 10 2x2.5+TTx2.5Cu 6.52 21 0.36 0.65 20 Alumbrado 2 500 10 2x1.5+TTx1.5Cu 2.17 15 0.25 0.53 16 Otros usos 1000 5 2x2.5+TTx2.5Cu 5.43 21 0.15 0.44 20 4800 0.3 4x6Cu 8.66 36 0 0.29 Aire Acondicionado 1500 5 4x6+TTx6Cu 2.71 32 0.02 0.3 25 Aire acondicionado 1500 5 4x6+TTx6Cu 2.71 32 0.02 0.3 25 Termo 1000 5 2x2.5+TTx2.5Cu 5.43 21 0.15 0.44 20 Rótulo 300 5 2x2.5+TTx2.5Cu 1.3 21 0.04 0.33 20 Alumbrado 3 500 5 2x1.5+TTx1.5Cu 2.17 15 0.12 0.41 16 5800 0.3 4x6Cu 10.46 36 0 0.29 Cámara 2000 5 4x6+TTx6Cu 3.61 32 0.02 0.31 25 Cocina 1 1000 5 4x6+TTx6Cu 1.8 32 0.01 0.3 25 Cocina 2 1000 5 2x2.5+TTx2.5Cu 5.43 21 0.15 0.44 20 Rótulo 300 5 2x2.5+TTx2.5Cu 1.3 21 0.04 0.33 20 Otros usos 1500 6 2x2.5+TTx2.5Cu 8.15 21 0.27 0.56 20 6000 0.3 4x6Cu 10.83 36 0 0.29 Horno 1500 5 4x6+TTx6Cu 2.71 32 0.02 0.3 25 Lavavajillas 1500 5 4x6+TTx6Cu 2.71 32 0.02 0.3 25 Otros usos 1000 5 2x2.5+TTx2.5Cu 5.43 21 0.15 0.44 20 Alumbrado 4 500 5 2x2.5+TTx2.5Cu 2.17 21 0.07 0.36 20 Otros Usos 1500 6 2x2.5+TTx2.5Cu 8.15 21 0.27 0.56 20 CALCULO DE LA PUESTA A TIERRA - La resistividad del terreno es 300 ohmiosxm. - El electrodo en la puesta a tierra del edificio, se constituye con los siguientes elementos: M. conductor de Cu desnudo 35 mm² 30 m. M. conductor de Acero galvanizado 95 mm² Picas verticales de Cobre 14 mm de Acero recubierto Cu 14 mm 1 picas de 2m. de Acero galvanizado 25 mm Con lo que se obtendrá una Resistencia de tierra de 17.65 ohmios. Los conductores de protección, se calcularon adecuadamente y según la ITC-BT-18, en el apartado del cálculo de circuitos. Así mismo cabe señalar que la linea principal de tierra no será inferior a 16 mm² en Cu, y la linea de enlace con tierra, no será inferior a 25 mm² en Cu. 6.-NORMATIVA Y REGLAMENTOS Se aplicarán las siguientes Ordenanzas y Reglamentos:

• Plan General de Ordenación Urbana vigente de la ciudad de Dos Hermanas. • Decreto 6/2012, del 17 de enero, por el cual se aprueba el Reglamento de

Protección contra Contaminación Acústica en Andalucía. • Ley 7/2007, de Gestión de la calidad Ambiental y reglamento que la

desarrollan. • Normas del Ayuntamiento Municipal en materia de abastecimiento de agua

potable y vertido de aguas residuales. • Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Decreto 842/2002 de 2 de Agosto

de 2002 y sus correspondientes Normativas Complementarias Sucesivas • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las

disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo y los

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artículos del Título II de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo vigentes.

• Real Decreto 314/2006: Código Técnico de la Edificación Parte II: • Documento Básico: DB SE Seguridad Estructural. • Documento Básico: DB SI Seguridad en caso de incendios. • Documento Básico: DB SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad. • Documento Básico: DB HS Salubridad. • Documento Básico: DB HB Ahorro de Energía. • Documento Básico: DB HR Protección frente al ruido. • Real Decreto 2267/2004 de 3 de Diciembre por el que se aprueba el

Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales. • Real Decreto 486/97, de 14 de abril, de lugares de trabajo (89/654/CEE). • Real Decreto 487/97, de 14 de abril, de manejo de cargas (90/269/CEE). • Real Decreto 614/2001, de Junio, sobre disposiciones mínimas para la

protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. • Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), R.D. 1027/2007. • Otras Ordenanzas Municipales. • Normas UNE u otras que se especifiquen en cada caso. • Real Decreto 293/2009 de 7 de Julio por el que se aprueba el reglamento que

regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

• Registro CE-853/2004 • Registro CE-852/2004 • RD 3484/2000 del 29 de Diciembre, por el que se establecen las normas de

higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. • RD 640/2006 de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones

de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Decreto 141/2011 de 26 de abril, de modificación y derogación de diversos decretos en materia de salud y consumo para su adaptación a la normativa dictada para la transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

7.-APLICACIÓN DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN

CTE DB-SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOS

NORMA PROYECTO SI-1. PROPAGACIÓN INTERIOR Compartimentación. Condiciones

Uso Pública Concurrencia 1 único sector con Sup Const <

2.500m2 Un único sector de 88,46 m2

Resistencia al fuego de paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendios

EI 90 EI 90

Locales y Zonas de Riesgo Especial SEGÚN Tabla 2.1 SI-1 NO EXISTEN Reacción al Fuego de Elementos Revestimientos de techo y paredes:

C-s2, d0 C-s2, d0

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Constructivos, Decorativos y de Mobiliario. ZONAS OCUPABLES Las condiciones de reacción al fuego de los componentes de las instalaciones eléctricas se regulan por su reglamentación específica

Revestimientos de suelos: EFL

EFL

SI-2. PROPAGACIÓN EXTERIOR Medianerías EI ≥ 120 min EI 120 Fachadas Condiciones de fachada indicadas en

sección SI 2, art. 1.2. Condiciones de fachada conforme

sección SI 2, art. 1.2. Cubiertas REI ≥ 60 min - SI-3. EVACUACIÓN DE OCUPANTES Cálculo de la Ocupación

1 persona/ 1,5 m2 útiles (Pub. Conc.) 1 persona/ 40 m2 útiles (Almacén.)

1 persona (Cocina) 1 persona (Barra)

63

Evacuación ORIGEN (anejo SI A) Todo punto ocupable SALIDAS 1 si ocupación < 100 Personas 1 Salida LONGITUD DE RECORRIDO ≤ 50 m 30,93 m

SEÑALIZACIÓN SÍ SÍ Dimensionado PUERTAS Y PASOS Ancho ≥ 0,80 m CUMPLE PASILLOS Y RAMPAS Ancho ≥1,00 m ESCALERAS. No Protegida Evac. Desc. Ancho ≥1,00 m - Protección de escaleras No exigible - SI-4. DETECCIÓN, CONTROL Y EXTINCIÓN DEL INCENDIO

Extintores Portátiles Eficacia 27A-183B 1 CADA 15 M DE RECORRIDO SÍ Señalización SEÑAL UNE 23033-1 SÍ SI-5. INTERVENCIÓN DE LOS BOMBEROS Aproximación y Entorno Condiciones según Punto 1 de SI-5 CUMPLE Accesibilidad por fachada Condiciones según Punto 2 de SI-5 CUMPLE SI-6. RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA Elementos Estructurales Principales R ≥ 30 min 120 min Elementos Estructurales Secundarios R ≥ 30 min 120 min OBSERVACIONES:

CTE DB-SUA SEGURIDAD EN CASO DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD

CTE DB-SI

1.1. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAIDAS.

Las características del suelo, respecto de la resbalabilidad, discontinuidad y desniveles, cumplen con las exigencias marcadas en la sección SU-1 del documento Básico del C.T.E., ya que el tipo de suelo instalado es de clase 1, cumpliendo con lo exigido en la tabla 1.2 del punto 3 de la citada sección.

1.2. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O DE ATRAPAMIENTO.

El local cuenta con las exigencias marcadas en la Sección SU-2 del documento Básico del C.T.E., ya que en la zonas de libre circulación presenta una altura libre de 3,15 m, y

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los umbrales de las puertas tendrán una altura libre de 2,00 m, como mínimo; los paramentos verticales de las zonas de circulación carecen de elementos salientes.

1.3. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISONAMIENTO.

No procede.

1.4. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA.

El nivel de iluminación previsto para la actividad superan ampliamente los niveles de iluminación mínima fijados por la norma. El alumbrado de emergencia se situará al menos 2 metros sobre el nivel del suelo. Se dispondrá una en la puerta de salida y en posiciones que sea necesario destacar por peligro. Deberá alcanzar al menos el 50% del nivel de iluminación requerido al cabo de los 5 s, y el 100% a los 60 s. La instalación cumplirá las condiciones de servicio durante una hora. Las vías de evacuación tendrán una iluminación horizontal de 1 lux a lo largo del eje central. En los puntos que estén situados los equipos de seguridad, la iluminación mínima será de 5 lux. La relación entre la iluminancia máxima y mínima no debe ser mayor de 40:1 Este aspecto ha sido contemplado en el apartado correspondiente de iluminación

1.5. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA OCUPACIÓN.

No procede.

1.6. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE AHOGAMIENTO.

No procede.

1.7. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR VEHÍCULOS EN MOVIMIENTO.

No procede.

1.8. SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO LA ACCIÓN DEL RAYO.

No procede.

1.9. ACCESIBILIDAD. Se cumple atendiendo al Decreto 293/2009 y a la DB-SI según se refleja en la memoria y en los planos adjuntos.

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CTE DB-HS SALUBRIDAD

EXIGENCIA BÁSICA HS 1: PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD 1.1.-Muros en contacto con el terreno

Presencia de agua baja media alta Coeficiente de permeabilidad del terreno (01) KS= 10-2 cm/s Grado de impermeabilidad (02) 1

º

Tipo de muro de gravedad

(03) flexorresistente

(04) pantalla (05)

Situación de la impermeabilización

interior exterior parcialmente estanco(06)

Condiciones de las soluciones constructivas (07) I2+D1+D5

(01) este dato se obtiene del informe geotécnico

(02) este dato se obtiene de la tabla 2.1, apartado 2.1, exigencia básica HS1, CTE (03) Muro no armado que resiste esfuerzos principalmente de compresión. Este tipo de muro se construye después de realizado el vaciado del terreno del sótano. (04) Muro armado que resiste esfuerzos de compresión y de flexión. Este tipo de muro se construye después de realizado el vaciado del terreno del sótano. (05) Muro armado que resiste esfuerzos de compresión y de flexión. Este tipo de muro se construye en el terreno mediante el vaciado del terreno exclusivo del muro y el consiguiente hormigonado in situ o mediante el hincado en el terreno de piezas prefabricadas. El vaciado del terreno del sótano se realiza una vez construido el muro. (06) Muro compuesto por una hoja exterior resistente, una cámara de aire y una hoja interior. El muro no se impermeabiliza sino que se permite el paso del agua del terreno hasta la cámara donde se recoge y se evacua. (07) este dato se obtiene de la tabla 2.2, apartado 2.1, exigencia básica HS1, CTE

1.2.-Suelos

Presencia de agua baja media alta

Coeficiente de permeabilidad del terreno (01) KS = 10-2 cm/s Grado de impermeabilidad (02) 2

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tipo de muro de gravedad flexorresistente pantalla

Tipo de suelo suelo elevado

(03) solera (04) placa (05)

Tipo de intervención en el terreno

sub-base (06) inyecciones (07) sin intervención

Condiciones de las soluciones constructivas (08) V1

(01) este dato se obtiene del informe geotécnico (02) este dato se obtiene de la tabla 2.3, apartado 2.2, exigencia básica HS1, CTE (03) Suelo situado en la base del edificio en el que la relación entre la suma de la superficie de contacto con el terreno y la de apoyo,y la superficie del suelo es inferior a 1/7. (04) Capa gruesa de hormigón apoyada sobre el terreno, que se dispone como pavimento o como base para un solado. (05) Solera armada para resistir mayores esfuerzos de flexión como consecuencia, entre otros, del empuje vertical del agua freática. (06) Capa de bentonita de sodio sobre hormigón de limpieza dispuesta debajo del suelo. (07) Técnica de recalce consistente en el refuerzo o consolidación de un terreno de cimentación mediante la introducción en él a presión de un mortero de cemento fluido con el fin de que rellene los huecos existentes. (08) este dato se obtiene de la tabla 2.4, exigencia básica HS1, CTE

1.3.-Fachadas y medianeras descubiertas

Zona pluviométrica de promedios (01) III Altura de coronación del edificio sobre el terreno (02)

≤15 m 16–40 m 41–100 m >100 m

Zona eólica (03) A B C

Clase del entorno en el que está situado el edificio (04) E0 E1

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Grado de exposición al viento (05) V1 V2 V3

Grado de impermeabilidad (06)

1 2 3 4 5

Revestimiento exterior Si No

Condiciones de las soluciones constructivas (07) R1+B1+C1

(01) Este dato se obtiene de la figura 2.4, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE (02) Para edificios de más de 100 m de altura y para aquellos que están próximos a un desnivel muy pronunciado, el grado de exposición al viento debe ser estudiada según lo dispuesto en el DB-SE-AE. (03) Este dato se obtiene de la figura 2.5, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE (04) E0 para terreno tipo I, II, III E1 para los demás casos, según la clasificación establecida en el DB-SE Terreno tipo I: Borde del mar o de un lago con una zona despejada de agua (en la dirección del viento)de una extensión mínima de 5 km. Terreno tipo II: Terreno llano sin obstáculos de envergadura. Terreno tipo III: Zona rural con algunos obstáculos aislados tales como árboles o construcciones de pequeñas dimensiones. Terreno tipo IV: Zona urbana, industrial o forestal. Terreno tipo V: Centros de grandes ciudades con profusión de edificios en altura. (05) Este dato se obtiene de la tabla 2.6, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE (06) Este dato se obtiene de la tabla 2.5, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE (07) Este dato se obtiene de la tabla 2.7, apartado 2.3, exigencia básica HS1, CTE una vez obtenido el grado de impermeabilidad

1.4.-Cubiertas, terrazas y balcones El local se encuentra en la planta baja de un edificio y la cubierta del mismo no se contempla.

EXIGENCIA BÁSICA HS 2: RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS Ámbito de aplicación Esta sección se aplica a los edificios de viviendas de nueva construcción, tengan o no tengan locales destinadas a otros usos, en lo referente a la recogida de los residuos ordinarios generados en ellos. Este apartado ya se ha resuelto en el apartado correspondiente de esta memoria.

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EXIGENCIA BÁSICA HS 3: CALIDAD DEL AIRE INTERIOR

Ámbito de aplicación Esta sección se aplica a los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes. Se considera que forman parte de los aparcamientos y garajes las zonas de circulación de los vehículos. Para locales de otros tipos la demostración de la conformidad con las exigencias básicas debe verificarse mediante un tratamiento específico adoptando criterios análogos a los que caracterizan las condiciones establecidas en esta sección. Dado que nuestro local tiene el uso pública concurrencia, se deberá verificar la calidad del aire interior con un tratamiento específico que se ha reflejado en el apartado ventilación. EXIGENCIA BÁSICA HS 4: SUMINISTRO DE AGUA Este apartado ya se ha resuelto en el apartado correspondiente de esta memoria. EXIGENCIA BÁSICA HS 5: EVACUACIÓN DE AGUAS Este apartado ya se ha resuelto en el apartado correspondiente de esta memoria.

CTE DB-HE AHORRO DE ENERGÍA

EXIGENCIA BÁSICA HE 1: LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Es de aplicación al realizarse reformas en el local. EXIGENCIA BÁSICA HE 3: EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Edificio de nueva construcción

Rehabilitación de edificios existentes con una superficie útil superior a 1000 m2, donde se renueve más del 25% de la superficie iluminada.

x Reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalación de iluminación.

El edificio objeto de esta memoria no corresponde a ninguno de los usos o límites antes indicados por lo que NO ES DE APLICACIÓN el contenido de esta sección.

Marcar siempre la casilla que corresponda

Se excluyen del ámbito de aplicación:

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a) edificios y monumentos con valor histórico o arquitectónico reconocido, cuando el cumplimiento de las exigencias de esta sección pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto; b) construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años; c) instalaciones industriales, talleres y edificios agrícolas no residenciales; d) edificios independientes con una superficie útil total inferior a 50 m2: e) interiores de viviendas.

1. Procedimiento de verificación.

Para la aplicación de esta sección debe seguirse la secuencia de verificaciones que se expone a continuación: cálculo del valor de EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN VEEI en cada zona, constatando que no se superan los valores límite consignados en la Tabla 2.1 del apartado 2.1; La eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona, se determinará mediante el valor de eficiencia energética de la instalación VEEI (W/m2) por cada 100 lux mediante la siguiente expresión:

mESPVEEI

⋅⋅

=100

siendo P la potencia total instalada en lámparas más los equipos auxilares [W]; S la superficie iluminada [m2]; Em la iluminancia media horizontal mantenida [lux] Tabla (CAT_HE3)_02: Características de las lámparas y equipos más comunes. Con esta tabla obtenemos los valores de P (potencia total del conjunto: lámpara mas equipo auxiliar):

Potencia nominal de

lámpara (W)

Potencia total del conjunto (W) Lámparas de descarga

Halógenas de baja tensión Fluorescentes Vapor de

mercurio

Vapor de sodio alta

presión

Vapor halogenuros

metálicos

10 18 15/16 25 18 28 21 31 30 40 35 43 12 2x35 85 16 36 45 3x25 125 50 60 62 -- 60 58 70 2x50 120 70 -- 84 84 83 80 92 -- -- 100 -- 116 116

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125 139 -- -- 150 -- 171 171

250 270 277 270 (2,15A) 277(3A)

400 425 435 425 (3,5A) 435 (4,6A)

Con el fin de establecer los correspondientes valores de eficiencia energética límite, las instalaciones de iluminación se identificarán, según el uso de la zona, dentro de uno de los 2 grupos siguientes: a) Grupo 1: Zonas de no representación o espacios en los que el criterio de diseño, la imagen o el estado anímico que se quiere transmitir al usuario con la iluminación, queda relegado a un segundo plano frente a otros criterios como el nivel de iluminación, el confort visual, la seguridad y la eficiencia energética; b) Grupo 2: Zonas de representación o espacios donde el criterio de diseño, imagen o el estado anímico que se quiere transmitir al usuario con la iluminación, son preponderantes frente a los criterios de eficiencia energética. Tabla 2.1

grupo Zonas de actividad diferenciada VEEI límite

1 Zonas de no

representación

administrativo en general 3,5 andenes de estaciones de transporte 3,5 salas de diagnóstico (4) 3,5 pabellones de exposición o ferias 3,5 aulas y laboratorios (2) 4,0 habitaciones de hospital (3) 4,5 zonas comunes (1) 4,5 almacenes, archivos, salas técnicas y cocinas 5 aparcamientos 5 espacios deportivos (5) 5 recintos interiores asimilables a grupo 1 no descritos en la lista anterior 4,5

2 Zonas de

representación

administrativo en general 6 estaciones de transporte (6) 6 supermercados, hipermercados y grandes almacenes 6 bibliotecas, museos y galerías de arte 6 zonas comunes en edificios residenciales 7,5 centros comerciales (excluidas tiendas) (9) 8 hostelería y restauración (8) 10 religioso en general 10 salones de actos, auditorios y salas de usos múltiples y convenciones, salas de ocio o espectáculo, salas de reuniones y salas de conferencias (7)

10

tiendas y pequeño comercio 10 zonas comunes (1) 10 habitaciones de hoteles, hostales, etc. 12 recintos interiores asimilables a grupo 2 no descritos en la lista anterior 10

En negrita están señalados los casos que ocupan en nuestro proyecto. Los valores de eficiencia energética límite en recintos interiores de un edificio se establecen en la tabla 2.1. Estos valores incluyen la iluminación general y la iluminación

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de acento, pero no las instalaciones de iluminación de escaparates y zonas expositivas. Tabla (CAT_HE3)_01: En la siguiente tabla se figuran, para cada zona, los datos de proyecto según el apartado 1.3, que correspondan con los criterios de cálculo expresados en la presente memoria:

grupo Zonas de actividad diferenciada

Indice K

Nº puntos Fm Em UGR Ra

VEEI de

cada zona

VEEI límite

1

Pub. Conc 0,55 18 40 3,5

2

Pub. Conc 0,80 19 80 6

Según la norma UNE-EN 12464-1/2003 (iluminación de los lugares de trabajo), se recomiendan los siguientes valores: Tipo de zona y actividad Em UGR Ra Zonas comunes de edificios de viviendas 75 19 80 Aparcamientos en edificios de viviendas 50 25 40 Lugares pública concurrencia Halls entrada 100 22 80 Pasillos 100 25 80 Salones 200 22 80 Oficinas Escritura, lectura, tratamiento

datos 500 19 80

Puestos de CAD 500 19 80 Salas conferencias 500 19 80 Mostrador recepción 300 22 80 Archivos 200 25 80 Áreas de circulación y pasillos 100 28 40 Escaleras, rampas,… 150 25 40 Aparcamientos públicos Calles circulación 75 25 20 Áreas aparcamiento 75 - 20 En esta tabla deben tomarse los datos de la siguiente manera: Em Iluminancia mantenida en la superficie para el área, tarea o actividad. La iluminancia no debe caer de este valor. La iluminancia mantenida puede ser disminuida en circunstancias inusuales o aumentada en circunstancias críticas. UGR Valor máximo o límite permitidos de deslumbramiento según el área de trabajo en interior.

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Ra Índice de rendimiento de colores mínimos para la situación, actividad o área. En general, lámparas con Ra < 80 no deberían ser usadas en interiores en las que personas trabajen o permanezcan durante largos periodos. • Índice K del local.

( )ALHALK+⋅

⋅=

siendo L la longitud del local; A la anchura del local; H la distancia del plano de trabajo a las luminarias. El número de puntos mínimo a considerar en el cálculo de la iluminancia media (E) será: a) 4 puntos si K < 1 b) 9 puntos si 2>K ≥ 1 c) 16 puntos si 3>K ≥ 2 d) 25 puntos si K ≥ 3 • Número de puntos considerados en el proyecto. Deberán considerarse un número mínimo de puntos de iluminación en función del índice K del local. • Factor de mantenimiento (Fm) Resulta del cociente entre la iluminancia media sobre el plano de trabajo después de un cierto periodo de uso de una instalación de alumbrado y la iluminancia media obtenida bajo la misma condición para la instalación considerada como nueva. Pueden tomarse los datos siguientes u otros a determinar por el proyectista: Aparcamientos: 0,80 Zonas comunes en edificios residenciales: 0,55 • Iluminancia media horizontal mantenida (Em) Es el valor por debajo del cual no debe descender la iluminancia media en el área especificada. Es la iluminancia media en el período en el que debe ser realizado el mantenimiento. Depende del tipo de actividad que se vaya a realizar en la zona. El método del flujo será el que usaremos para el cálculo de la iluminancia a través de la siguiente expresión:

SFF

E mUm

⋅⋅=

φ

donde φ Flujo luminoso (lm)

uF Factor de utilización.

mF Factor de mantenimiento. (tomar los datos del apartado anterior) S Superficie (m2). Para cumplimentar lo ordenado en el Anexo IV del Decreto 486/1997, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, así como en el

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CTE DB HE., se deberá garantizar un nivel de iluminación que supere los niveles mínimos. Todas las zonas del local, excepto cocina, aseos y almacén, se encuentran dotadas de iluminación natural. En el caso de insuficiencia y para conseguir los niveles mínimos establecidos por la Norma, se dotará a todas las zonas de iluminación artificial. Para ello se dispone de las luminarias reflejadas en la documentación gráfica aportada.

Zona de público Zona de CocinaNº de luminarias y lúmenes 63000 21600

Superficie de la zona (m2) (Sz) 88,46 24,52Reflexión del techo (Rt) 75% 75%

Reflexión de las paredes (Rp) 50% 50%Factor de utilización (Fu) 0,76 0,76

Mantenimiento (m) 0,8 0,8E (lux)= (lum x Fu x m)/ Sz 433,01 535,60

El nivel de iluminación referida anteriormente queda garantizado sobradamente. • Índice de deslumbramiento unificado (UGR). (Unified Glare Rating – valoración unificada del deslumbramiento) Es el índice de deslumbramiento molesto procedente directamente de las luminarias de una instalación de iluminación interior, definido en la publicación CIE (Comisión Internacional de Alumbrado) nº 117. • Índice de Rendimiento de Color de las lámparas (Ra). Efecto de un iluminante sobre el aspecto cromático de los objetos que ilumina por comparación con su aspecto bajo un iluminante de referencia. La forma en que la luz de una lámpara reproduce los colores de los objetos iluminados se denomina índice de rendimiento de color (Ra). El color que presenta un objeto depende de la distribución de la energía espectral de la luz con que está iluminado y de las características reflexivas selectivas de dicho objeto.

• Valor de eficiencia energética de la instalación (VEEI) resultante del cálculo. Cálculo del valor de Eficiencia Energética de la Instalación en cada zona, constatando que no se superan los valores límite consignados en la Tabla 2.1 del apartado 2.1. Los valores obtenidos se indicarán en la Tabla CAT_HE3_01.

a) comprobación de la existencia de un sistema de control y, en su caso, de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, cumpliendo lo dispuesto en el apartado 2.2;

Las instalaciones de iluminación del edificio dispondrán, para cada zona, de un sistema de regulación y control con las siguientes condiciones: a) toda zona dispondrá al menos de un sistema de encendido y apagado manual, cuando no disponga de otro sistema de control, no aceptándose los sistemas de encendido y apagado en cuadros eléctricos como único sistema de control. Las zonas de uso esporádico dispondrán de un control de encendido y apagado por sistema de detección de presencia o sistema de temporización; b) Se instalarán sistemas de aprovechamiento de la luz natural, que regulen el nivel de iluminación en función del aporte de luz natural, en la primera línea paralela de luminarias situadas a una distancia inferior a 3 metros de la ventana, y en todas las

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situadas bajo un lucernario, en los casos que cumplan con las condiciones i) y ii) del apartado 2.2 1) b). Quedan excluidas de cumplir las exigencias de los puntos i e ii anteriores, las siguientes zonas de la tabla 2.1: • zonas comunes en edificios residenciales. • habitaciones de hospital. • habitaciones de hoteles, hostales, etc. Tabla (CAT_HE3)_02: en esta tabla se especificarán los sistemas de control y, en su caso, regulación para cada área del edificio.

grupo Zonas de actividad diferenciada Sistema de control y regulación

1 PUB. CONCURRENCIA (1) 2 PUB. CONCURRENCIA (1)

(1) sistema de encendido y apagado manual. (2) sistema de apagado con temporizador. (3) sistema de encendido por detección de presencia. (4) otro sistema de control (especificar cuál) (5) sistema de aprovechamiento de luz natural.

b) verificación de la existencia de un plan de mantenimiento, que cumpla con lo dispuesto en el apartado 5.

PLAN DE MANTENIMIENTO para garantizar en el tiempo el mantenimiento de los parámetros luminotécnicos y la eficiencia energética de la instalación, VEEI, que contempla: • Operaciones de reposición de lámparas con la frecuencia de reemplazamiento y

limpieza de las luminarias y de la zona iluminada con la metodología prevista y frecuencia

Tipo Acción a realizar Frecuencia lámparas de ciclo halógeno o cuarzo-yodo

limpieza de la ampolla de la lámpara Mensual

Lámparas de descarga limpieza de la lámpara Semestral revisión global del equipo de

encendido Anual

Lámparas fluorescentes limpieza de la lámpara semestral revisión global del equipo de

encendido anual

Lámparas incandescentes limpieza de la ampolla de la lámpara Semestral Luminarias limpieza de luminaria Semestral Luminarias de emergencia limpieza de la luminaria. Semestral • Luminarias en General. La limpieza se realizará con agua jabonosa o disolvente neutro no abrasivo, siempre con la desconexión completa del circuito. La limpieza de los posibles partes especulares se realizará con especial cuidado para evitar rayones que son irreversibles. Igualmente debe prestarse atención a la conexión de la lámpara y posibles elementos accesibles del equipo de encendido.

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Toda limpieza de las partes interiores protegidas, así como la sustitución de cualquier parte del equipo de encendido, incluso del portalámparas si fuera necesario, serán realizadas por el personal cualificado. Por el usuario: Limpieza de luminaria dependerá de la suciedad del ambiente, no obstante al menos cada una cada 6 meses. Por el personal cualificado: Aunque dependerá del ambiente en el que esté instalada, la revisión global de la luminaria y sobre todo de su equipo de encendido se realizarán al menos una vez cada 2 años. • Luminarias de emergencia. Limpieza exterior de las luminarias con una bayeta seca (o ligeramente húmeda con la desconexión previa de la corriente eléctrica). Si el fabricante lo prevé por la simplicidad de su diseño, el usuario podría sustituir las lámparas cuando éstas fundan o se agoten. En cualquier caso toda anomalía en el correcto funcionamiento debe ser objeto de llamada al instalador. La limpieza interior, la posible sustitución de lámparas o de las baterías, o la reparación de los circuitos deben ser realizadas por personal cualificado. Por el Usuario: La limpieza puede realizarse una vez cada 6 meses. Por el profesional: La revisión general de la luminaria con las reparaciones y sustituciones a que diera lugar, se realizará al menos una vez cada 3 años. • Lámparas incandescentes. Cualquier operación de mantenimiento debe comportar una desconexión previa del suministro eléctrico, bien sea del punto de luz o mucho mejor del circuito completo al que pertenezca. Cuando funde una lámpara incandescente, alrededor de las 1.000 horas de funcionamiento, no hay más que sustituirla por otra de las mismas características por simple rosca de su casquillo. La limpieza de su ampolla se realizará con agua jabonosa o disolvente suave no abrasivo, siempre con la desconexión completa del circuito. No existe mayor mantenimiento que el descrito para el usuario por lo que no existe ninguna operación exclusiva para el profesional, salvo que el acceso a la lámpara comporte dificultades añadidas por la complejidad de la luminaria. La limpieza de la ampolla de la lámpara se limpiará al menos una vez cada 6 meses. En casos de ambientes polvorientos y luminarias abiertas esta frecuencia se verá sensiblemente aumentada. • Lámparas de ciclo halógeno o cuarzo-yodo. Cualquier operación de mantenimiento debe comportar una desconexión previa del suministro eléctrico, bien sea del punto de luz o mucho mejor del circuito completo al que pertenezca. Cuando funde una lámpara de este tipo, alrededor de las 2.000 o 3.000 horas de funcionamiento según modelos, no hay más que sustituirla por otra de las mismas características.

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La operación de limpieza de su ampolla debe realizarse con un trapo seco sin la menor partícula de grasa y siempre con la desconexión completa del circuito al que pertenezca. No existe mayor mantenimiento que el descrito para el usuario por lo que no existe ninguna operación exclusiva para el profesional, salvo que el acceso a la lámpara comporte dificultades añadidas por la complejidad de la luminaria. La limpieza de la ampolla de la lámpara se limpiará al menos una vez al mes. En casos de ambientes polvorientos y luminarias abiertas esta frecuencia se verá sensiblemente aumentada. • Lámparas fluorescentes. Cualquier operación de mantenimiento debe comportar una desconexión previa del suministro eléctrico, bien sea del punto de luz o mucho mejor del circuito completo al que pertenezca. Ante el envejecimiento por el uso normal de la luminaria hay que realizar la limpieza de la lámpara según en grado de ensuciamiento al que ha estado expuesta, y hay que sustituirla cuando haya consumido su vida útil. Este período útil se supera cuando ha habido una pérdida de flujo luminoso superior al 30% del inicial, cifra a la que se llega antes de que se ennegrezcan los extremos del tubo, bastante antes de que el tubo arranque con dificultad, y mucho antes de que parpadee de modo incontrolado. La limpieza se realizará con agua jabonosa o disolvente suave no abrasivo, siempre con la desconexión completa del circuito. Cuando el tubo no está viejo y sin embargo no se mantiene el arranque, se puede sustituir el cebador si el equipo de encendido es convencional. Cualquier avería que no esté en apartado anterior deberá ser subsanada por personal especializado. Estas averías pueden ser el cambio de reactancia o balasto, el cambio del condensador, la reparación o sustitución de balastos electrónicos y en general cualquier otra que implique el acceso a las partes protegidas de la luminaria. Por el usuario: Limpieza de la lámpara, en función de la suciedad del ambiente, se realizará al menos cada una vez cada 6 meses. La sustitución de la lámpara se realizará en función de la vida útil de la misma, a su vez en función de lo que el fabricante de la misma especifica en horas. Por el personal cualificado: Revisión global del equipo de encendido al menos una vez al año. • Lámparas de descarga. Cualquier operación de mantenimiento debe comportar una desconexión previa del suministro eléctrico, bien sea del punto de luz o mucho mejor del circuito completo al que pertenezca. Ante el envejecimiento por el uso normal de la luminaria hay que realizar la limpieza de la lámpara según en grado de ensuciamiento al que ha estado expuesta, y hay que sustituirla cuando haya consumido su vida útil. Este período útil se supera cuando ha habido una pérdida de flujo luminoso superior al 30% del inicial, dato que proporcionará el fabricante. La limpieza se realizará con agua jabonosa o disolvente suave no abrasivo, siempre con la desconexión completa del circuito. Cualquier avería que no esté en apartado anterior deberá ser subsanada por personal especializado. Estas averías pueden ser el cambio de reactancia o balasto, el cambio del condensador, la reparación o sustitución de balastos electrónicos y en general cualquier otra que implique el acceso a las partes protegidas de la luminaria.

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Por el usuario: Limpieza de la lámpara se realizará al menos cada una vez cada 6 meses. La sustitución de la lámpara según la vida útil de la misma. Por el personal cualificado: Revisión global del equipo de encendido al menos una vez al año. • Luminarias de señalización. Limpieza exterior de las luminarias con una bayeta seca (o ligeramente húmeda con la desconexión previa de la corriente eléctrica). Si el fabricante lo prevé por la simplicidad de su diseño, el usuario podría sustituir las lámparas cuando éstas fundan o se agoten. En cualquier caso toda anomalía en el correcto funcionamiento debe ser objeto de llamada al instalador. La limpieza interior, la posible sustitución de lámparas o de las baterías, o la reparación de su circuitería deben ser realizadas por personal cualificado. Por el Usuario: La limpieza puede realizarse una vez cada 6 meses. Por el profesional: La revisión general de la luminaria con las reparaciones y sustituciones a que diera lugar, se realizará al menos una vez cada 3 años. En ocasiones la luminaria es conjuntamente de emergencia. En otros casos la luminaria es de diodos LED de muy amplia duración, y también existe otra variedad a modo de guirnaldas de lámparas incandescentes. Sistemas de control En las diferentes zonas que corresponda del edificio se deberán tener en cuenta los sistemas de regulación y control establecidos en la Tabla (CAT_HE3)_02.

EXIGENCIA BÁSICA HE 4: CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Edificio de nueva construcción

x Rehabilitación de edificios existentes de cualquier uso en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria y/o climatización de piscina cubierta.

El edificio objeto de esta memoria no corresponde a ninguno de los usos o límites antes indicados por lo que NO ES DE APLICACIÓN el contenido de esta sección.

Marcar siempre la casilla que corresponda

EXIGENCIA BÁSICA HE 5: CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica Los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de

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control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Los edificios de los usos indicados, a los efectos de esta sección, en la tabla 1.1 incorporarán sistemas de captación y transformación de energía solar por procedimientos fotovoltaicos cuando superen los límites de aplicación establecidos en dicha tabla.

Tabla 1.1 de aplicación Tipo de uso Límite de aplicación Hipermercado 5.000 m2construidos Multitienda y centros de ocio 3.000 m2construidos Nave de almacenamiento 10.000 m2construidos Administrativos 4.000 m2construidos Hoteles y hostales 100 plazas Hospitales y clínicas 100 camas Pabellones de recintos feriales 10.000 m2construidos Marcar siempre la casilla que corresponda

X El edificio objeto de esta memoria no corresponde a ninguno de los usos o límites antes indicados por lo que NO ES DE APLICACIÓN el contenido de esta sección.

CTE DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO

Se considera que nuestra actividad pertenece al anexo I de la Ley 7/2007 de 9 de Julio, de gestión integrada de la calidad ambiental, de todas formas se incluye a continuación el procedimiento e información necesarias para solicitarla.

• Objeto de la actividad: Bar con cocina y sin música • Emplazamiento: Se encuentra en documentación gráfica • Maquinaria, equipos y proceso productivo: No existen • Materiales empleados, almacenados y producidos: mercaderías. • Riesgos ambientales previsibles y medidas correctoras propuestas:

a. Ruidos y vibraciones: Para la realización del estudio emplearemos los

criterios y recomendaciones regidos por el “Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía y Las ordenanzas municipales de protección del medio ambiente en materia de ruido y vibraciones”.

b. El horario de funcionamiento de la actividad se encuadra entre las 8 de la mañana y las 10 de la noche, por lo que omitiremos el estudio en horario nocturno.

c. Según “Las ordenanzas municipales de protección del medio ambiente en materia de ruido y vibraciones” anexo VIII, la actividad objeto del presente proyecto tiene un nivel global de presión sonora de 83dB(A).

1.- FICHAS JUSTIFICATIVAS DE LA OPCIÓN GENERAL DE AISLAMIENTO ACÚSTICO

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Las tablas siguientes recogen las fichas justificativas del cumplimiento de los valores límite de aislamiento acústico, calculado mediante la opción general de cálculo recogida en el punto 3.1.3 (CTE DB HR), correspondiente al modelo simplificado para la transmisión acústica estructural de la UNE EN 12354, partes 1, 2 y 3. Elementos de separación verticales entre:

Recinto emisor Recinto receptor Tipo Características Aislamiento acústico

en proyecto exigido

Cualquier recinto no perteneciente

Protegido

Elemento base

No procede a la unidad de uso(1)

(si los recintos no comparten Trasdosado

puertas ni ventanas) Cualquier recinto no perteneciente

Puerta o ventana No procede

a la unidad de uso(1)

(si los recintos comparten puertas Cerramiento

No procede o ventanas) De instalaciones

Elemento base

No procede Trasdosado

De actividad

Elemento base

No procede Trasdosado

Cualquier recinto no perteneciente

Habitable

Elemento base

No procede a la unidad de uso(1)

(si los recintos no comparten Trasdosado

puertas ni ventanas) Cualquier recinto no perteneciente

Puerta o ventana No procede

a la unidad de uso(1)(2)

(si los recintos comparten puertas Cerramiento

No procede o ventanas) De instalaciones

Elemento base

No procede Trasdosado

De instalaciones

Puerta o ventana No procede

(si los recintos comparten puertas Cerramiento

No procede o ventanas) De actividad

Elemento base

No procede Trasdosado

De actividad (si

Puerta o ventana No procede

los recintos comparten puertas o ventanas) Cerramiento

No procede

(1) Siempre que no sea recinto de instalaciones o recinto de actividad (2) Sólo en edificios de uso residencial o sanitario Elementos de separación horizontales entre:

Recinto emisor Recinto receptor Tipo Características Aislamiento acústico

en proyecto exigido

Cualquier recinto

Protegido

Forjado

No procede no perteneciente a la unidad de uso(1)

Suelo flotante

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Techo suspendido

De instalaciones

Forjado

No procede

Suelo flotante Techo suspendido

De actividad

Forjado

No procede

Suelo flotante Techo suspendido

Cualquier recinto

Habitable

Forjado

No procede

no perteneciente a la unidad de uso(1)

Suelo flotante

Techo suspendido

De instalaciones

Forjado

No procede

Suelo flotante Techo suspendido

De actividad

Forjado

No procede

Suelo flotante Techo suspendido

(1) Siempre que no sea recinto de instalaciones o recinto de actividad Medianeras:

Emisor Recinto receptor Tipo Aislamiento acústico

en proyecto exigido

Exterior Protegido Medianería de una hoja con trasdosado - PYL 63/600(48) D2m,nT,Atr =

45 dBA ≥

40 dBA

Fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior:

Ruido exterior Recinto receptor Tipo Aislamiento acústico

en proyecto exigido

Ld = 70 dBA Protegido (Estancia)

Parte ciega:

D2m,nT,Atr = 46 dBA ≥

37 dBA

Fachada para revestir de dos hojas

Huecos:

Ventana de acristalamiento doble con cámara de aire (8/6/4 mm)

La tabla siguiente recoge la situación exacta en el edificio de cada recinto receptor, para los valores más desfavorables de aislamiento acústico calculados (DnT,A, L'nT,w, y D2m,nT,Atr), mostrados en las fichas justificativas del cumplimiento de los valores límite de aislamiento acústico impuestos en el Documento Básico CTE DB HR, calculados mediante la opción

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general.

Tipo de cálculo Emisor Recinto receptor

Tipo Planta Nombre del recinto

Ruido aéreo exterior en medianeras Protegido Planta baja local (Local sin climatizar)

Ruido aéreo exterior en fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior Protegido Planta baja local (Local sin climatizar)

2.- FICHAS JUSTIFICATIVAS DEL MÉTODO GENERAL DEL TIEMPO DE REVERBERACIÓN Y DE LA ABSORCIÓN ACÚSTICA Las tablas siguientes recogen las fichas justificativas del cumplimiento de los valores límite de tiempo de reverberación y de absorción acústica, calculados mediante el método de cálculo general recogido en el punto 3.2.2 (CTE DB HR), basado en los coeficientes de absorción acústica medios de cada paramento. Tipo de recinto: local, Planta baja Volumen, V (m3):

278,65

Elemento Acabado SÁrea,(m²)

αm

Absorción Coeficiente de absorción acústica

acústica medio (m²) 500 1000 2000 αm

αm · S

planta Baja Gres [2600 < d < 2800] 88.46 0.02 1.38

Fachada para revestir de dos hojas Hoja interior de fachada, de fábrica para revestir. 40.52 0.01 0.41

Medianería de una hoja con trasdosado Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 71.54 0.06 4.29

B.1.1.3. Tabique PYL 156/600(48+48) 2LM Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 22.93 0.06 1.38

Puerta exterior Puerta de madera 7.31 0.08 0.58

Ventana Ventana de acristalamiento doble con cámara de aire (8/6/4 mm)

5.47 0.04 0.10

Puerta interior Puerta de madera 2.94 0.08 0.24

Objetos(1) Tipo

Área de absorción acústica

AO,m · N

equivalente media, AO,m (m²)

500 1000 2000 AO,m

Absorción aire(2)

Coeficiente de atenuación del aire

4· ·mm V

1( )mm m−

500 1000 2000 mm No, V < 250 m3

0.003 0.005 0.01 0.006 ---

A, (m²)

, , ,1 1

· 4·n N

m i i O m j mi j

A S A mα= + +∑ ∑

1.96 Absorción acústica del recinto resultante

T, (s) 0,16 VTA

=

0.86 Tiempo de reverberación resultante

Absorción acústica resultante de la zona común Absorción acústica exigida A (m²)= ≥

= 0.2 · V

Tiempo de reverberación resultante Tiempo de reverberación T (s)= 0.86 ≤

0.90 exigido

(1) Sólo para salas de conferencias de volumen hasta 350 m3 (2) Sólo para volúmenes superiores a 250 m3

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Tipo de recinto: baño min. (Baño no calefactado), Planta baja Volumen, V (m3):

10,55

Elemento Acabado SÁrea,(m²)

αm

Absorción Coeficiente de absorción acústica

acústica medio (m²) 500 1000 2000 αm

αm · S

planta Baja Gres [2600 < d < 2800] 3.35 0.02 0.06

planta alta Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 3.35 0.06 0.21

Medianería de una hoja con trasdosado Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 4.97 0.06 0.33

B.1.1.3. Tabique PYL 156/600(48+48) 2LM Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 20.05 0.06 1.20

Puerta interior Puerta de madera 1.47 0.08 0.12

Objetos(1) Tipo

Área de absorción acústica

AO,m · N

equivalente media, AO,m (m²)

500 1000 2000 AO,m

Absorción aire(2)

Coeficiente de atenuación del aire

4· ·mm V

1( )mm m−

500 1000 2000 mm No, V < 250 m3

0.003 0.005 0.01 0.006 ---

A, (m²)

, , ,1 1

· 4·n N

m i i O m j mi j

A S A mα= + +∑ ∑

1.90 Absorción acústica del recinto resultante

T, (s) 0,16 VTA

=

0.82 Tiempo de reverberación resultante

Absorción acústica resultante de la zona común Absorción acústica exigida A (m²)= ≥

= 0.2 · V

Tiempo de reverberación resultante Tiempo de reverberación T (s)= 0.82 ≤

0.90 exigido

(1) Sólo para salas de conferencias de volumen hasta 350 m3 (2) Sólo para volúmenes superiores a 250 m3 Tipo de recinto: baño hombre (Baño no calefactado), Planta baja Volumen, V (m3):

10.26

Elemento Acabado SÁrea,(m²)

αm

Absorción Coeficiente de absorción acústica

acústica medio (m²) 500 1000 2000 αm

αm · S

planta Baja Gres [2600 < d < 2800] 3.26 0.02 0.03

planta alta Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 3.26 0.06 0.08

Medianería de una hoja con trasdosado Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 2.99 0.06 0.18

B.1.1.3. Tabique PYL 156/600(48+48) 2LM Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 11.44 0.06 0.69

Puerta interior Puerta de madera 1.47 0.08 0.12

Objetos(1) Tipo

Área de absorción acústica

AO,m · N

equivalente media, AO,m (m²)

500 1000 2000 AO,m

Absorción aire(2)

Coeficiente de atenuación del aire

4· ·mm V

1( )mm m−

500 1000 2000 mm

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No, V < 250 m3

0.003 0.005 0.01 0.006 ---

A, (m²)

, , ,1 1

· 4·n N

m i i O m j mA S A mα= + +∑ ∑

1.09 Absorción acústica del recinto resultante

T, (s) 0,16 VTA

=

0.65 Tiempo de reverberación resultante

Absorción acústica resultante de la zona común Absorción acústica exigida A (m²)= ≥

= 0.2 · V

Tiempo de reverberación resultante Tiempo de reverberación T (s)= 0.65 ≤

0.90 exigido

(1) Sólo para salas de conferencias de volumen hasta 350 m3 (2) Sólo para volúmenes superiores a 250 m3

Tipo de recinto: baño privado (Baño no calefactado), Planta baja Volumen, V (m3):

10,99

Elemento Acabado SÁrea,(m²)

αm

Absorción Coeficiente de absorción acústica

acústica medio (m²) 500 1000 2000 αm

αm · S

planta Baja Gres [2600 < d < 2800] 3.49 0.02 0.08

planta alta Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 3.49 0.06 0.22

Medianería de una hoja con trasdosado Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 4.97 0.06 0.34

B.1.1.3. Tabique PYL 156/600(48+48) 2LM Placa de yeso laminado [PYL] 750 < d < 900 20.05 0.06 1.20

Puerta interior Puerta de madera 1.47 0.08 0.12

Objetos(1) Tipo

Área de absorción acústica

AO,m · N

equivalente media, AO,m (m²)

500 1000 2000 AO,m

Absorción aire(2)

Coeficiente de atenuación del aire

4· ·mm V

1( )mm m−

500 1000 2000 mm No, V < 250 m3

0.003 0.005 0.01 0.006 ---

A, (m²)

, , ,1 1

· 4·n N

m i i O m j mi j

A S A mα= + +∑ ∑

1.87 Absorción acústica del recinto resultante

T, (s) 0,16 VTA

=

0.89 Tiempo de reverberación resultante

Absorción acústica resultante de la zona común Absorción acústica exigida A (m²)= ≥

= 0.2 · V

Tiempo de reverberación resultante Tiempo de reverberación T (s)= 0.89 ≤

0.90 exigido

1.- AISLAMIENTO ACÚSTICO El presente estudio del aislamiento acústico del edificio es el resultado del cálculo de todas las posibles combinaciones de parejas de emisores y receptores acústicos presentes en el edificio, conforme a la normativa vigente (CTE DB HR), obtenido en base a los métodos de cálculo para la estimación de aislamiento acústico a ruido aéreo entre recintos, nivel de ruido de impacto entre recintos y aislamiento a ruido aéreo proveniente del exterior, descritos en las normas UNE EN 12354-1,2,3.

1.1.- Resultados de la estimación del aislamiento acústico Se presentan aquí los resultados más desfavorables de aislamiento acústico calculados en el edificio, clasificados de acuerdo a las distintas combinaciones de recintos emisores y

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receptores presentes en la normativa vigente. En concreto, se comprueba aquí el cumplimiento de las exigencias acústicas descritas en el Apartado 2.1 (CTE DB HR), sobre los valores límite de aislamiento acústico a ruido aéreo interior y exterior, y de aislamiento acústico a ruido de impactos, para los recintos habitables y protegidos del edificio. Los resultados finales mostrados se acompañan de los valores intermedios más significativos, presentando el detalle de los resultados obtenidos en el capítulo de justificación de resultados de este mismo documento, para cada una de las entradas en las tablas de resultados. Aislamiento a ruido aéreo exterior

Id Recinto receptor % RA,Dd

R'A

SS

V Ctr,min

D2m,nT,Atr

huecos (dBA) (dBA) (m²) (m³) (dBA) exigido proyecto

1 local (BAR), Planta baja 19.4 28.0 28.0 88.46 278.6

-2 37 45 Notas:

Id: Identificador de la ficha de cálculo detallado para la entrada de resultados en la tabla % huecos: Porcentaje de área hueca respecto al área total RA,Dd: Índice ponderado de reducción acústica para la transmisión directa R'A: Índice de reducción acústica aparente SS: Área total en contacto con el exterior V: Volumen del local de recepción D2m,nT,Atr: Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A

Aislamiento a ruido en medianeras

Id Recinto receptor RA,Dd

R'A

SS

V D2m,nT,A (dBA)

(dBA) (dBA) (m²) (m³) exigido proyecto

2 local (BAR), Planta baja 55.5 44.8 88.46 278.6 40 45 Notas:

Id: Identificador de la ficha de cálculo detallado para la entrada de resultados en la tabla RA,Dd: Índice ponderado de reducción acústica para la transmisión directa R'A: Índice de reducción acústica aparente SS: Área total en contacto con el exterior V: Volumen del local de recepción D2m,nT,A: Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A

1.2.- Justificación de resultados del cálculo del aislamiento acústico 1.2.1.- Aislamiento acústico a ruido aéreo contra ruido del exterior Se presenta a continuación el cálculo detallado de la estimación de aislamiento acústico a ruido aéreo contra ruido del exterior, para los valores más desfavorables presentados en las tablas resumen del capítulo anterior, según el modelo simplificado para la transmisión estructural descrito en UNE EN 12354-3:2000, que utiliza para la predicción del índice ponderado de reducción acústica aparente global, los índices ponderados de los elementos involucrados, según los procedimientos de ponderación descritos en la norma UNE EN ISO 717-1. Para la adecuada correspondencia entre la justificación de cálculo y la presentación de resultados del capítulo anterior, se numeran las fichas siguientes conforme a la numeración de las entradas en las tablas resumen de resultados. 1 Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A, D2m,nT,Atr

Tipo de recinto receptor: local (BAR) Protegido (Estancia)

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Situación del recinto receptor: Planta baja Índice de ruido día considerado, Ld:

70 dBA Tipo de ruido exterior: Automóviles Área total en contacto con el exterior, SS:

41.2 m² Volumen del recinto receptor, V: 219.2 m³

, ,, , , ,0.1 0.10.1 0.1 0.10

1 1 1 ,

' 10log 10 10 10 10 10Ff A Df Am A Fd A n ai An n n

R RR R DA

f F f F ai ei sis

ARS

− −− − −

= = = = =

= − + + + +

∑ ∑ ∑ ∑

= 45.0 dBA

Datos de entrada para el cálculo: Fachada

Elemento estructural básico m RA

Revestimiento interior ∆Rd,A

Si (kg/m²) (dBA) (dBA) (m²)

Fachada para revestir de dos hojas 184 44.2 0 40.52 Huecos en fachada

Huecos en fachada Rv,A

Ctr

Si (dBA) (dB) (m²)

Puerta de madera 20.0 -2 3.65 Puerta de madera 20.0 -2 3.65 Ventana de acristalamiento doble con cámara de aire (8/6/4 mm) 27.0 -2 2.47 Elementos de flanco

Elemento estructural básico m RA

Revestimiento ∆RA

Lf

Si Uniones

(kg/m²) (dBA) (dBA) (m) (m²)

F1 Sin flanco emisor 3.2 50.3

f1 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 PYL 63/600(48) 16

F2 Sin flanco emisor 3.2 50.3

f2 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 PYL 63/600(48) 16

F3 Sin flanco emisor 15.8 50.3

f3 planta Baja 748 66.4 S01.M120.MW.P 15

Cálculo de aislamiento acústico a ruido aéreo en fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior: Contribución directa, RDd,A:

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Elemento separador RD,A

∆RDd,A

RDd,A

SS

Si

RDd,m,A

τDd (dBA) (dBA) (dBA) (m²) (m²) (dBA)

Fachada para revestir de dos hojas 44.2 0 44.2 50.3 40.5 45.1 3.08676e-005 Puerta de madera 20.0 20.0 50.3 3.7 31.4 0.000726469 Puerta de madera 20.0 20.0 50.3 3.7 31.4 0.000726469 Ventana de acristalamiento doble con cámara de aire (8/6/4 mm) 27.0 27.0 50.3 2.5 40.1 9.80959e-005

45.0 0.0015819 Contribución de Directo a flanco, RDf,A:

Flanco RD,A

Rf,A

∆RDf,A

KDf

Lf

Si

RDf,A

τDf (dBA) (dBA) (dBA) (dB) (m) (m²) (dBA)

1 44.2 40.0 15.5 -0.5 3.2 50.3 69.1 1.23027e-007 2 44.2 40.0 15.5 -0.5 3.2 50.3 69.1 1.23027e-007 3 44.2 66.4 15 6.1 15.8 50.3 81.4 7.24436e-009

66.0 2.53298e-007 Índice global de reducción acústica aparente, ponderado A, R'A:

R'A

τ (dBA)

RDd,A

28.0 0.0015819 RDf,A

66.0 2.53298e-007

28.0 0.00158216 Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A, D2m,nT,Atr:

R'A

∆Lfs

V T0

SS

Ctr,mi

D2m,nT,A

(dBA) (dBA) (m³) (s) (m²) (dB) (dBA)

28.0 0 219.2 0.5 50.3 -2 45 2 Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A, D2m,nT,A (Medianera)

Tipo de recinto receptor: local Protegido (Estancia) Situación del recinto receptor: Planta baja Tipo de ruido exterior: Automóviles Área total en contacto con el exterior, SS:

71.5 m² Volumen del recinto receptor, V: 135.2 m³

= 45 dBA ≥ 40 dBA

, ,, , , ,0.1 0.10.1 0.1 0.10

1 1 1 ,

' 10log 10 10 10 10 10Ff A Df Am A Fd A n ai An n n

R RR R DA

f F f F ai ei sis

ARS

− −− − −

= = = = =

= − + + + +

∑ ∑ ∑ ∑

= 4413 dBA

Datos de entrada para el cálculo:

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Medianera

Elemento estructural básico m RA

Revestimiento interior ∆Rd,A

Si (kg/m²) (dBA) (dBA) (m²)

Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 PYL 63/600(48) 16 15.16 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 PYL 63/600(48) 16 24.89 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 PYL 63/600(48) 16 16.31 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 PYL 63/600(48) 16 15.16 Elementos de flanco

Elemento estructural básico m RA

Revestimiento ∆RA

Lf

Si Uniones

(kg/m²) (dBA) (dBA) (m) (m²)

F1 Sin flanco emisor 3.2 15.2

f1 Fachada para revestir de dos hojas 184 44.2 0

F2 Sin flanco emisor 4.8 15.2

f2 planta Baja 748 66.4 S01.M120.MW.P 15 F3 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 0

3.2 24.9

f3 B.1.1.3. Tabique PYL 156/600(48+48) 2LM 65 55.1 0

F4 Sin flanco emisor 7.8 24.9

f4 planta Baja 748 66.4 S01.M120.MW.P 15 F5 Medianería de una hoja con trasdosado 125 40.0 0

3.2 16.3

f5 B.1.1.3. Tabique PYL 156/600(48+48) 2LM 53 55.1 0

F6 Sin flanco emisor 5.1 16.3

f6 planta Baja 748 66.4 S01.M120.MW.P 15

F7 Sin flanco emisor 3.2 15.2

f7 Fachada para revestir de dos hojas 184 44.2 0

F8 Sin flanco emisor 4.8 15.2

f8 planta Baja 748 66.4 S01.M120.MW.P 15

Cálculo de aislamiento acústico a ruido aéreo en medianerías: Contribución directa, RDd,A:

Elemento separador RD,A

∆RDd,A

RDd,A

SS

Si

RDd,m,A

τDd (dBA) (dBA) (dBA) (m²) (m²) (dBA)

Medianería de una hoja con trasdosado 40.0 15.5 55.5 71.5 15.2 62.2 5.97429e-007 Medianería de una hoja con trasdosado 40.0 15.5 55.5 71.5 24.9 60.1 9.80743e-007 Medianería de una hoja con trasdosado 40.0 15.5 55.5 71.5 16.3 61.9 6.42782e-007 Medianería de una hoja con trasdosado 40.0 15.5 55.5 71.5 15.2 62.2 5.97429e-007

55.5 2.81838e-006 Contribución de Flanco a flanco, RFf,A:

Flanco RF,A

Rf,A

∆RFf,A

KFf

Lf

Si

RFf,A

τFf (dBA) (dBA) (dBA) (dB) (m) (m²) (dBA)

3 40.0 55.1 0 12.9 3.2 24.9 69.4 1.14815e-007

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5 40.0 55.1 0 13.7 3.2 16.3 68.4 1.44544e-007

65.9 2.59359e-007 Contribución de Flanco a directo, RFd,A:

Flanco RF,A

Rd,A

∆RFd,A

KFd

Lf

Si

RFd,A

τFd (dBA) (dBA) (dBA) (dB) (m) (m²) (dBA)

3 40.0 40.0 15.5 2.1 3.2 24.9 66.5 2.23872e-007 5 40.0 40.0 15.5 1.7* 3.2 16.3 64.3 3.71535e-007

62.3 5.95407e-007 Contribución de Directo a flanco, RDf,A:

Flanco RD,A

Rf,A

∆RDf,A

KDf

Lf

Si

RDf,A

τDf (dBA) (dBA) (dBA) (dB) (m) (m²) (dBA)

1 40.0 44.2 0 -0.5 3.2 15.2 48.4 1.44544e-005 2 40.0 66.4 15 8.6 4.8 15.2 81.8 6.60693e-009 3 40.0 55.1 0 12.9 3.2 24.9 69.4 1.14815e-007 4 40.0 66.4 15 8.6 7.8 24.9 81.8 6.60693e-009 5 40.0 55.1 0 13.7 3.2 16.3 68.4 1.44544e-007 6 40.0 66.4 15 8.6 5.1 16.3 81.8 6.60693e-009 7 40.0 44.2 0 -0.5 3.2 15.2 48.4 1.44544e-005 8 40.0 66.4 15 8.6 4.8 15.2 81.8 6.60693e-009

45.3 2.91946e-005 (*) Valor mínimo para el índice de reducción vibracional, obtenido según relaciones de longitud y superficie en la unión entre elementos constructivos, conforme a la ecuación 23 de UNE EN 12354-1. Índice global de reducción acústica aparente, ponderado A, R'A:

R'A

τ (dBA)

RDd,A

55.5 2.81838e-006 RFf,A

65.9 2.59359e-007

RFd,A

62.3 5.95407e-007 RDf,A

45.3 2.91946e-005

44.8 3.28677e-005 Diferencia de niveles estandarizada, ponderada A, D2m,nT,A:

R'A

V T0

SS

D2m,nT, (dBA) (m³) (s) (m²) (dBA)

44.8 219.2 0.5 71.5 45

EL ARQUITECTO TÉCNICO

RAFAEL MÁRQUEZ

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PLIEGO DE CONDICIONES

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

1

PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES.-

ÍNDICE.- 1.- CONDICIONES DE TIPO GENERAL.- 1.1.- OBJETO DE ESTE PLIEGO. 1.2.- DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA. 1.3.- CONDICIONES GENERALES DE ÍNDOLE LEGAL. 1.4.- DE LOS MATERIALES Y SUS APARATOS, SU PROCEDENCIA. 1.5.- PLAZO DE COMIENZO Y DE EJECUCIÓN. 1.6.- SANCIONES POR RETRASO DE LAS OBRAS. 1.7.- OBRAS DE REFORMA Y MEJORA. 1.8.- TRABAJOS DEFECTUOSOS. 1.9.- VICIOS OCULTOS. 1.10. RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LAS OBRAS. 1.11.- MEDICIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS. 1.12.- PLAZO DE GARANTÍA. 1.13.- CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE. 1.14.- RECEPCIÓN DEFINITIVA. 1.15.- DIRECCIÓN DE OBRA. 1.16.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATA. 1.17.- RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATA. 1.18.- OBRAS OCULTAS. 1.19.- SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. 2.- CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE CUMPLIR LOS MATERIALES.- 2.1.- AGUAS. 2.2.- ARENAS. 2.3.- GRAVA PARA HORMIGONES. 2.4.- CAL GRASA. 2.5.- CEMENTOS UTILIZABLES. 2.6.- YESO. 2.7.- MORTERO DE CEMENTO PORTLAND. 2.8.- MORTERO DE YESO. 2.9.- HORMIGONES. 2.10.- ACEROS PARA ARMAR. 2.11.- ACEROS LAMINADOS. 2.12.- LADRILLOS. 2.13.- VIDRIOS. 2.14.- PINTURAS Y BARNICES. 2.15.- MATERIALES NO CONSIGNADOS EN ESTE PLIEGO. 2.16.- TUBOS PARA SANEAMIENTO. 2.17.- TERRAZOS Y BALDOSAS. 2.18.- BALDOSINES CERÁMICOS, AZULEJOS, PLAQUETAS CERÁMICAS. 2.19.- AISLAMIENTOS TÉRMICOS. 2.20.- MATERIALES PARA IMPERMEABILIZACIÓN. 2.21.- ALUMINIO. 2.22.- PANELES DE CHAPA PLEGADA PARA FACHADAS Y CUBIERTA. 2.23.- SELLANTES. 2.24.- RELACIÓN ESQUEMÁTICA DE MATERIALES CON ESPECIFICACIÓN DE LA NORMA QUE DEBEN CUMPLIR CON UN CARÁCTER NO LIMITATIVO SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTE PLIEGO.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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3.- CONDICIONES TÉCNICAS QUE HA DE CUMPLIR LA EJECUCIÓN.- 3.1.- CONDICIONES GENERALES DE LA EJECUCIÓN. 3.1.1.- Replanteo. 3.1.2.- Movimiento de tierras-agotamientos. 3.1.3.- Pocería y Saneamiento. 3.1.4.- Cimentación de zanjas y zapatas. 3.1.5.- Estructura. 3.1.5.1.- Estructuras metálicas. 3.1.6.- Albañilería. 3.1.7.- Revestimientos y pavimentos. 3.1.8.- Cantería y piedra artificial. 3.1.9.- Carpintería de armar, de taller y metálica. 3.1.10.- Fontanería y aparatos sanitarios. 3.1.11.- Electricidad. 3.1.12.- Calefacción. 3.1.13.- Instalación de gas. 3.1.14.- Telefonía e interfonía. 3.1.15.- Evacuación de humos, gases y ventilación. 3.1.16.- Trabajos de remate, decoración y varios. 3.1.17.- Ayudas. 4.- ESPECIFICACIONES SOBRE EL CONTROL DE CALIDAD.- 4.1.- CUADRO DE MATERIALES CON ESPECIFICACIÓN DE CONTROLES A REALIZAR Y SU INTENSIDAD DE MUESTREO. 5.- MEDICIÓN, VALORACIÓN Y ABONO DE LAS UNIDADES DE OBRA.- 5.1.- MOVIMIENTO DE TIERRAS. 5.1.1.- Excavaciones. 5.1.2.- Rellenos. 5.2.- SANEAMIENTO. 5.2.1.- Arquetas y pozos de registro. 5.2.2.- Tuberías en general. 5.2.3.- Sumideros. 5.3.- CIMENTACIÓN, SOLERAS Y ESTRUCTURA. 5.3.1.- Hormigones. 5.3.2.- Soleras. 5.3.3.- Armaduras. 5.3.4.- Forjados. 5.3.5.- Acero laminado y obras metálicas en general. 5.4.- ALBAÑILERÍA. 5.4.1.- Fabricas en general. 5.4.2.- Escaleras. 5.4.3.- Enfoscados, guarnecidos y revocos. 5.4.4.- Conductos, bajantes y canalones. 5.4.5.- Vierteaguas. 5.4.6.- Chapados. 5.4.7.- Recibido de contracercos y cercos. 5.4.8.- Cubiertas. 5.5.- AISLANTES E IMPERMEABILIZANTES. 5.6.- SOLADOS Y ALICATADOS. 5.6.1.- Pavimento asfáltico. 5.6.2.- Solados en general. 5.6.3.- Rodapies y albardillas. 5.6.4.- Alicatados y revestimientos.

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5.7.- CARPINTERÍA. 5.7.1.- Puertas, armarios, ventanas, postigos y vidrieras. 5.7.2.- Capialzados y tapas de registro. 5.7.3.- Persianas enrollables. 5.8.- CERRAJERÍA Y CARPINTERÍA METÁLICA. 5.8.1.- Emparrillados metálicos y barandillas. 5.8.2.- Acero laminado. 5.8.3.- Tubos y otros perfiles metálicos. 5.9.- VIDRIERÍA. 5.9.1.- Vidrios y cristal. 5.10.- PINTURAS Y BARNICES. 5.10.1.- Pinturas y barnices. 5.11.- VALORACIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS. 5.11.1.- Alcance de los precios. 5.11.2.- Relaciones valoradas. 5.11.3.- Obra que tiene derecho a percibir el constructor. 5.11.4.- Pago de las obras. ANEXO Nº 1.- PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN. (FACULTATIVAS Y ECONÓMICAS).

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Título de la Obra: Construcción de cuatro naves a dos aguas con actividad principal destinada a residencia canina en el Polígono Industrial «La Isla», polígono 9, parcela 52, del municipio de Dos Hermanas. PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES.- 1.- CONDICIONES DE TIPO GENERAL.- 1.1.- OBJETO DE ESTE PLIEGO.- El objeto de este Pliego es la enumeración de tipo general técnico de Control y de Ejecución a las que se han de ajustar las diversas unidades de la obra, para ejecución del Proyecto. Este Pliego se complementa con las especificaciones técnicas incluidas en cada anexo de la memoria descriptiva correspondiente a la estructura e instalaciones generales del Edificio. 1.2.- DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA.- Se trata cuatro naves a dos aguas con actividad principal destinada a residencia canina. 1.3.- CONDICIONES GENERALES DE ÍNDOLE LEGAL.- A continuación se recogen las características y condiciones que reunirá la obra y materiales principales en ellas empleados. Las obras a que se refiere el presente proyecto son de nueva planta en su integridad, no existiendo parte alguna de aprovechamiento de edificaciones anteriores ni en lo referente a unidades de obra ni a ninguno de los materiales que han de entrar a formar parte de la misma. Así pues serán automáticamente rechazados aquellos elementos que hayan tenido anterior uso. Del mismo modo, si en las excavaciones o movimientos de tierras apareciese algún elemento o fábrica de anteriores edificaciones, no serán aprovechadas, siendo demolidas en lo necesario para establecer las unidades de obra indicadas en los Planos, salvo que sean de carácter histórico, artístico o monumental o que puedan considerarse dentro de la vigente Legislación, en el supuesto de hallazgo de tesoros. Una vez adjudicadas las obras, el constructor instalará en el terreno una caseta de obra. En ésta habrá al menos dos departamentos independientes, destinados a oficina y botiquín. El primero deberá tener al menos un tablero donde puedan extenderse los planos y el segundo estará provisto de todos los elementos precisos para una primera cura de urgencia. El pago de impuestos o árbitros en general, municipales o de otro origen, sobre vallas, alumbrado, etc... cuyo abono debe hacerse durante el tiempo de ejecución de las obras y por conceptos inherentes a los propios trabajos que se realizan, correrán a cargo del Contratista. Los documentos de este proyecto, en su conjunto, con los particulares que pudieran establecerse y las prescripciones señaladas en el Pliego de Condiciones Técnico de la Dirección General de Arquitectura, en Madrid-1948 y actualizado por la Dirección General de Arquitectura, Economía y Técnica de la Construcción en Madrid-1960 y según publicación del Ministerio de la Vivienda, así como las Normas Tecnológicas que serán de obligado cumplimiento en su total contenido, cuanto no se oponga a las anteriores, constituyen un contrato que determina y regula las obligaciones y derechos de ambas partes contratantes, los cuales se comprometen a dirimir las divergencias que pudieran surgir hasta su total cumplimiento, por amigables componedores, preferentemente por el Arquitecto Director, a quien se considerará como única persona técnica para las dudas e interpretaciones del presente Pliego, o en su defecto, el Arquitecto designado por la Delegación del Colegio Oficial de Arquitectos de la zona y en último extremo a los tribunales competentes, a cuyo fuero se someten ambas partes. El Contrato se formalizará como documento privado o público a petición de cualquiera de las partes y con arreglo a las disposiciones vigentes. En el Contrato se reflejará las particularidades que convengan ambas partes, completando o modificando lo señalado en el presente Pliego de Condiciones, que quedará incorporado al Contrato como documento integrante del mismo. 1.4.- DE LOS MATERIALES Y SUS APARATOS, SU PROCEDENCIA.- El Contratista tiene libertad de proveerse de los materiales y aparatos de toda clases en los puntos que le parezca conveniente, siempre que reúnan las condiciones exigidas en el contrato, que estén perfectamente preparados para el objeto a que se apliquen, y sean empleados en obra conforme a las reglas del arte, a lo preceptuado en el Pliego de Condiciones y a lo ordenado por el Arquitecto Director.

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Se exceptúa el caso en que los pliegos de condiciones particulares dispongan un origen preciso y determinado, en cuyo caso, este requisito será de indispensable cumplimiento salvo orden por escrito en contrario del Arquitecto Director. Como norma general el Contratista vendrá obligado a presentar el Certificado de Garantía o Documento de Idoneidad Técnica de los diferentes materiales destinados a la ejecución de la obra. Todos los materiales y, en general, todas las unidades de obra que intervengan en la construcción del presente proyecto, habrán de reunir las condiciones exigidas por el Pliego de Condiciones varias de la Edificación, compuesto por el Centro Experimental de Arquitectura, y demás Normativa vigente que serán interpretadas en cualquier caso por el Arquitecto Director de la Obra, por lo que el Arquitecto podrá rechazar material o unidad de obra que no reúna las condiciones exigidas, sin que el Contratista pueda hacer reclamación alguna. 1.5.- PLAZO DE COMIENZO Y DE EJECUCIÓN.- El adjudicatario deberá dar comienzo a las obras dentro de los quince días siguientes a la fecha de la adjudicación definitiva a su favor, dando cuenta de oficio a la Dirección Técnica, del día que se propone inaugurar los trabajos, quien acusará recibo. Las obras deberán quedar total y absolutamente terminadas en el plazo que se fije en la adjudicación a contar desde igual fecha que en el caso anterior. No se considerará motivo de demora de las obras la posible falta de mano de obra o dificultades en la entrega de los materiales. 1.6.- SANCIONES POR RETRASO DE LAS OBRAS.- Si el Constructor, excluyendo los casos de fuerza mayor, no tuviese perfectamente concluidas las obras y en disposición de inmediata utilización o puesta en servicio, dentro del plazo previsto en el artículo correspondiente, la propiedad oyendo el parecer de la Dirección Técnica, podrá reducir de las liquidaciones, fianzas o emolumentos de todas clases que tuviese en su poder las cantidades establecidas según las cláusulas del contrato privado entre Propiedad y Contrata. 1.7.- OBRAS DE REFORMA Y MEJORA.- Si por decisión de la Dirección Técnica se introdujesen mejoras, presupuestos adicionales o reformas, el Constructor queda obligado a ejecutarlas, con la baja correspondiente conseguida en el acto de la adjudicación, siempre que el aumento no sea superior al 10% del presupuesto de la obra. 1.8.- TRABAJOS DEFECTUOSOS.- El Contratista, como es natural, debe emplear los materiales que cumplan las condiciones generales exigidas en el Pliego de Condiciones Generales de índole técnica del "Pliego de Condiciones de la Edificación" y realizará todos los trabajos contratados de acuerdo con lo especificado en dicho documento, y en los demás que se recogen en este Pliego. Por ello y hasta que tenga lugar la recepción definitiva del edificio, el Contratista es el único responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que en estos pueda existir, por su mala ejecución o por la deficiente calidad de los materiales empleados o aparatos colocados, sin que pueda servir de excusa, ni le otorgue derecho alguno, la circunstancia de que por el Arquitecto Director o su auxiliares, no se le haya llamado la atención sobre el particular, ni tampoco el hecho de que le hayan sido valoradas las certificaciones parciales de obra, que siempre se supone que se extienden y abonan a buena cuenta. Así mismo será de su responsabilidad la correcta conservación de las diferentes partes de la obra, una vez ejecutadas, hasta su entrega. Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando el Arquitecto Director o su representante en la obra adviertan vicios o defectos en los trabajos efectuados, o que los materiales empleados no reúnan las condiciones preceptuadas, ya sea en el curso de ejecución de los trabajos o finalizados éstos y antes de verificarse la recepción definitiva, podrá disponer que las partes defectuosas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo preceptuado y todo ello a expensas de la Contrata. En el supuesto de que la reparación de la obra, de acuerdo con el proyecto, o su demolición, no fuese técnicamente posible, se actuará sobre la devaluación económica de las unidades en cuestión, en cuantía proporcionada a la importancia de los defectos y en relación al grado de acabado que se pretende para la obra. En caso de reiteración en la ejecución de unidades defectuosas, o cuando estas sean de gran importancia, la Propiedad podrá optar, previo asesoramiento de la Dirección Facultativa, por la rescisión de contrato sin perjuicio de las penalizaciones que pudiera imponer a la Contrata en concepto de indemnización.

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1.9.- VICIOS OCULTOS.- Si el Arquitecto Director tuviese fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo y antes de la recepción definitiva, las demoliciones que crea necesarias para reconocer los trabajos que crea defectuosos. Los gastos de demolición y reconstrucción que se ocasionan, serán de cuenta del Contratista, siempre que los vicios existan realmente, en caso contrario, correrán a cargo del propietario. 1.10.- RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LAS OBRAS.- Una vez terminada la totalidad de las obras, se procederá a la recepción provisional, para la cual será necesaria asistencia de un representante de la Propiedad, de los Arquitectos Directores de las obras y del Contratista o su representante. Del resultado de la recepción se extenderá un acta por triplicado, firmada por los tres asistentes legales antes indicados. Si las obras se encuentran en buen estado y han sido ejecutadas con arreglo a las condiciones establecidas, se darán por recibidas provisionalmente, comenzando a correr en dicha fecha el plazo de garantía de un año. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el acta y se especificarán en la misma los defectos observados, así como las instrucciones al Contratista, que la Dirección Técnica considere necesarias para remediar los efectos observados, fijándose un plazo para subsanarlo, expirado el cual, se efectuará un nuevo reconocimiento en idénticas condiciones, a fin de proceder de nuevo a la recepción provisional de la obra. Si el Contratista no hubiese cumplido, se considerará rescindida la Contrata con pérdidas de fianza, a no ser que se estime conveniente se le conceda un nuevo e improrrogable plazo. Será condición indispensable para proceder a la recepción provisional la entrega por parte de la Contrata a la Dirección Facultativa de la totalidad de los planos de obra generales y de las instalaciones realmente ejecutadas, así como sus permisos de uso correspondientes. 1.11.- MEDICIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS.- Recibidas provisionalmente las obras, se procederá inmediatamente, por la Dirección de la obra a su medición general y definitiva, con precisa asistencia del Contratista o un representante suyo nombrado por el de oficio. 1.12.- PLAZO DE GARANTÍA.- El plazo de garantía de las obras terminadas será de UN AÑO, transcurrido el cual se efectuará la recepción definitiva de las mismas, que, de resolverse favorablemente, relevará al Constructor de toda responsabilidad de conservación, reforma o reparación. Caso de hallarse anomalías u obras defectuosas, la Dirección Técnica concederá un plazo prudencial para que sean subsanadas y si a la expiración del mismo resultase que aun el Constructor no hubiese cumplido su compromiso, se rescindirá el contrato, con pérdida de la fianza, ejecutando la Propiedad las reformas necesarias con cargo a la citada fianza. 1.13.- CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE.- Los gastos de conservación durante el plazo de garantía, comprendido entre la recepción parcial y la definitiva correrán a cargo del Contratista. En caso de duda será juez imparcial, la Dirección Técnica de la Obra, sin que contra su resolución quepa ulterior recurso. 1.14.- RECEPCIÓN DEFINITIVA.- Finalizado el plazo de garantía se procederá a la recepción definitiva, con las mismas formalidades de la provisional. Si se encontraran las obras en perfecto estado de uso y conservación, se darán por recibidas definitivamente y quedará el Contratista relevado de toda responsabilidad administrativa quedando subsistente la responsabilidad civil según establece la Ley. En caso contrario se procederá de idéntica forma que la preceptuada para la recepción provisional, sin que el Contratista tenga derecho a percepción de cantidad alguna en concepto de ampliación del plazo de garantía y siendo obligación suya hacerse cargo de los gastos de conservación hasta que la obra haya sido recibida definitivamente.

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1.15.- DIRECCIÓN DE OBRA.- Conjuntamente con la interpretación técnica del proyecto, que corresponde a la Dirección Facultativa, es misión suya la dirección y vigilancia de los trabajos que en las obras se realicen, y ello con autoridad técnica legal completa sobre las personas y cosas situadas en la obra y en relación con los trabajos que para la ejecución de las obras, e instalaciones anejas, se lleven a cabo, si considera que adoptar esta resolución es útil y necesaria para la buena marcha de las obras. El Contratista no podrá recibir otras órdenes relativas a la ejecución de la obra, que las que provengan del Director de Obra o de las personas por él delegadas. 1.16.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATA.- Toda la obra se ejecutará con estricta sujeción al proyecto que sirve de base a la Contrata, a este Pliego de Condiciones y a las órdenes e instrucciones que se dicten por el Arquitecto Director o ayudantes delegados. El orden de los trabajos será fijado por ellos, señalándose los plazos prudenciales para la buena marcha de las obras. El Contratista habilitará por su cuenta los caminos, vías de acceso, etc... así como una caseta en la obra donde figuren en las debidas condiciones los documentos esenciales del proyecto, para poder ser examinados en cualquier momento. Igualmente permanecerá en la obra bajo custodia del Contratista un "libro de ordenes", para cuando lo juzgue conveniente la Dirección dictar las que hayan de extenderse, y firmarse el "enterado" de las mismas por el Jefe de obra. El hecho de que en dicho libro no figuren redactadas las ordenes que preceptoramente tiene la obligación de cumplir el Contratista, de acuerdo con lo establecido en el "Pliego de Condiciones" de la Edificación, no supone eximente ni atenuante alguno para las responsabilidades que sean inherentes al Contratista. Por la Contrata se facilitará todos los medios auxiliares que se precisen, y locales para almacenes adecuados, pudiendo adquirir los materiales dentro de las condiciones exigidas en el lugar y sitio que tenga por conveniente, pero reservándose el propietario, siempre por sí o por intermedio de sus técnicos, el derecho de comprobar que el contratista ha cumplido sus compromisos referentes al pago de jornales y materiales invertidos en la obra, e igualmente, lo relativo a las cargas en material social, especialmente al aprobar las liquidaciones o recepciones de obras. La Dirección Técnica y con cualquier parte de la obra ejecutada que no esté de acuerdo con el presente Pliego de Condiciones o con las instrucciones dadas durante su marcha, podrá ordenar su inmediata demolición o su sustitución hasta quedar, a su juicio, en las debidas condiciones, o alternativamente, aceptar la obra con la depreciación que estime oportuna, en su valoración. Igualmente se obliga a la Contrata a demoler aquellas partes en que se aprecie la existencia de vicios ocultos, aunque se hubieran recibido provisionalmente. Son obligaciones generales del Contratista las siguientes: Verificar las operaciones de replanteo y nivelación, previa entrega de las referencias por la Dirección de la Obra. Firmar las actas de replanteo y recepciones. Presenciar las operaciones de medición y liquidaciones, haciendo las observaciones que estime justas, sin perjuicio del derecho que le asiste para examinar y comprobar dicha liquidación. Ejecutar cuanto sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras, aunque no esté expresamente estipulado en este pliego. El Contratista no podrá subcontratar la obra total o parcialmente, sin autorización escrita de la Dirección, no reconociéndose otra personalidad que la del Contratista o su apoderado. El Contratista se obliga, asimismo, a tomar a su cargo cuanto personal necesario a juicio de la Dirección Facultativa. El Contratista no podrá, sin previo aviso, y sin consentimiento de la Propiedad y Dirección Facultativa, ceder ni traspasar sus derechos y obligaciones a otra persona o entidad. 1.17.- RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATA.- Son de exclusiva responsabilidad del Contratista, además de las expresadas las de: - Todos los accidentes que por inexperiencia o descuido sucedan a los operarios, tanto en la construcción como en los andamios, debiendo atenerse a lo dispuesto en la legislación vigente sobre accidentes de trabajo y demás preceptos, relacionados con la construcción, régimen laboral, seguros, subsidiarios, etc... - El cumplimiento de las Ordenanzas y disposiciones Municipales en vigor. Y en general será responsable de la correcta ejecución de las obras que haya contratado, sin derecho a indemnización por el mayor precio que pudieran

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costarle los materiales o por erradas maniobras que cometiera, siendo de su cuenta y riesgo los perjuicios que pudieran ocasionarse. 1.18.- OBRAS OCULTAS.- De todos los trabajos y unidades de obra que hayan de quedar ocultos a la terminación del edificio, se levantarán los planos precisos e indispensables para que queden perfectamente definidos; estos documentos se extenderán por triplicado, entregándose uno al propietario, otro al Arquitecto Director y el tercero al Contratista, firmados todos ellos por estos dos últimos. Dichos planos, que deberán ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables para efectuar las mediciones. 1.19.- SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.- El Contratista estará obligado a redactar un proyecto completo de Seguridad e Higiene específico para la presente obra, conformado y que cumplan las disposiciones vigentes, no eximiéndole el incumplimiento o los defectos del mismo de las responsabilidades de todo género que se deriven. Durante las tramitaciones previas y durante la preparación, la ejecución y remate de los trabajos que estén bajo esta Dirección Facultativa, serán cumplidas y respetadas al máximo todas las disposiciones vigentes y especialmente las que se refieren a la Seguridad e Higiene en el Trabajo, en la Industria de la construcción, lo mismo en lo relacionado a los intervinientes en el tajo como con las personas ajenas a la obra. En caso de accidentes ocurridos a los operarios, en el transcurso de ejecución de los trabajos de la obra, el Contratista se atenderá a lo dispuesto a este respecto en la legislación vigente, siendo en todo caso, único responsable de su incumplimiento y sin que por ningún concepto pueda quedar afectada la Propiedad ni la Dirección Facultativa, por responsabilidad en cualquier aspecto. El Contratista será responsable de todos los accidentes que por inexperiencia o descuido sobrevinieran, tanto en la propia obra como en las edificaciones contiguas. Será por tanto de su cuenta el abono de las indemnizaciones a quien corresponda y, de todos los daños y perjuicios que puedan causarse en los trabajos de ejecución de la obra, cuando a ello hubiera lugar. 2.- CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE CUMPLIR LOS MATERIALES.- Los materiales deberán cumplir las condiciones que sobre ellos se especifiquen en los distintos documentos que componen el Proyecto. Asimismo sus calidades serán acordes con las distintas normas que sobre ellos estén publicadas y que tendrán un carácter de complementariedad a este apartado del Pliego, citándose como referencia: - CTE - Instrucción EHE 08 - Instrucción de acero estructural (EAE) Tendrán preferencia en cuanto a su aceptabilidad, aquellos materiales que estén en posesión de Documento de Idoneidad Técnica, que avalen sus cualidades, emitido por Organismos Técnicos reconocidos. Por parte del Contratista debe existir obligación de comunicar a los suministradores las cualidades que se exigen para los distintos materiales, aconsejándose que previamente al empleo de los mismos, sea solicitado informe sobre ellos a la Dirección Facultativa y al Organismo encargado del Control de Calidad. El Contratista será responsable del empleo de materiales que cumplan con las condiciones exigidas. Siendo estas condiciones independientes, con respecto al nivel de control de calidad para aceptación de los mismos que se establece en el apartado de Especificaciones de Control de Calidad. Aquellos materiales que no cumplan con las condiciones exigidas, deberán ser sustituidos, sea cual fuese la fase en que se encontrase la ejecución de la obra, corriendo el Constructor con todos los gastos que ello ocasionase. En el supuesto de que por circunstancias diversas tal sustitución resultase inconveniente, a juicio de la Dirección Facultativa, se actuará sobre la devaluación económica del material en cuestión, con el criterio que marque la Dirección Facultativa y sin que el Constructor pueda plantear reclamación alguna. 2.1.- AGUAS.- En general podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de hormigón en obra, todas las aguas mencionadas como aceptables por la práctica.

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Cuando no se posean antecedentes de su utilización o en caso de duda, deberán analizarse las aguas y, salvo justificación especial de que no alteren perjudicialmente las propiedades exigibles al hormigón, deberán rechazarse todas las que tengan un PH inferior a 5. Las que posean un total de sustancias disueltas superior a los 15 gr. por litro (15.000 PPM); aquellas cuyo contenido en sulfatos, expresado en SO4= , rebase 1 gr. por litro (1.000 PPM); las que contengan ióncloro en proporción superior a 3 gr. por litro (3.000 PPM); las aguas en las que se aprecia la presencia de hidratos de carbono y, finalmente las que contengan sustancias orgánicas solubles en éter, en cantidad igual o superior a 15 gr. por litro (15.000 PPM). La toma de muestras y los análisis anteriormente prescritos, deberán realizarse en la forma indicada en los métodos de ensayo UNE 72,36, UNE 72,34, UNE 7130, UNE 7131, UNE 7178, UNE 7132 y UNE 7235. Aquellas que se empleen para la confección de hormigones en estructura cumplirán las condiciones que se exigen en la Instrucción EHE. 2.2.- ARENAS.- La cantidad de sustancias perjudiciales que pueda presentar la arena o árido fino no excederá de los límites que se indican en la EHE. 2.3.- GRAVA PARA HORMIGONES.- La cantidad de sustancias perjudiciales que puedan presentar las gravas o árido grueso no excederá de los límites que se indican en el cuadro siguiente: Cantidad máxima de % del peso total de la muestra. ______________________________________________________ Terrones de arcilla............... 0,25 Determinados con arreglo al método de ensayo UNE 7133................ Particulares blancas.............. 5,00 Determinados con arreglo al método de ensayo UNE 7134................ Material retenido por el tamiz 0,063 UNE 7050 y que flota en un lÍquido de peso especifico 2. 1,00 Determinados con arreglo al método de ensayo UNE 7244.................... Compuesto de azufre, expresados en SO y referidos al ácido seco. Determinados con arreglo al método de ensayo indicado en la UNE 83,120.... 0,4 __________________________________________________ El árido grueso estará exento de cualquier sustancia que pueda reaccionar perjudicialmente con los álcalis que contenga el cemento. Su determinación se efectuará con arreglo al método de ensayo UNE 7137. En el caso de utilizar las escorias siderúrgicas como árido grueso, se comprobará previamente que son estables, es decir, que no contengan silicatos inestables ni compuestos ferrosos. Esta comprobación se efectuará con arreglo al método de ensayo UNE 7234. Tanto las arenas como la grava empleada en la confección de hormigones para la ejecución de estructuras deberán cumplir las condiciones que se exigen en la instrucción EHE. 2.4.- CAL GRASA.- La cal grasa procederá de la calcinación de las rocas calizas exentas de arcilla, con una proporción de materias extrañas inferior al 5%. El resultado de esta calcinación no contendrá caliches ni conglomerados especiales. Será inmediatamente desechada toda partida que ofrezca el menor indicio de apagado espontáneo. Las cales que se utilicen para la confección de morteros cumplirán lo especificado en la norma UNE correspondiente.

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2.5.- CEMENTOS UTILIZABLES.- El cemento empleado podrá ser cualquiera de los que se definen en instrucción para la recepción de cementos RC-08, con tal de que sea de una categoría no inferior a la de 32,5 y satisfaga las condiciones que en dicha instrucción se prescribe. Además el cemento deberá ser capaz de proporcionar al hormigón las cualidades que a éste se exigen en la Instrucción EHE. El empleo de cemento aluminoso deberá ser objeto en cada caso, de justificación especial, fijándose por la Dirección Facultativa los controles a los que deberá ser sometido. En los documentos de origen figurarán el tipo, clase y categoría a que pertenece el conglomerante. Conviene que en dichos documentos se incluyan, asimismo, los resultados de los ensayos que previene el citado Pliego, obtenidos en un Laboratorio Oficial. 2.6.- YESO.- El yeso negro estará bien cocido y molido, limpio de tierras y no contendrá más del 7 y medio por 100 de granzas. Absorberá al amasarlo una cantidad de agua igual a su volumen y su aumento al fraguar no excederá de una quinta parte. El coeficiente de rotura por aplastamiento de la papilla de yeso fraguado no será inferior a 80 kg. por cm2. a los veintiocho días. 2.7.- MORTERO DE CEMENTO - La preparación de los morteros de cemento puede hacerse a mano o máquina. Si el mortero va a prepararse a mano mezclarán, previamente, la arena con el cemento en seco, y añadiendo lentamente agua necesaria. El mortero batido a máquina se echará toda la mezcla junta, permaneciendo en movimiento, por lo menos cuarenta segundos. Se prohibe terminantemente el rebatido de los morteros. Los morteros de cemento de uso más corriente en albañilería son del tipo 1:3, 1:4 y 1:6, y cuyas dosificaciones son como sigue: Mortero de cemento Kg./cemento M3/arena L./agua Tipo 1:3 440 0,975 260 Tipo 1:4 350 1,030 260 Tipo 1:6 250 1,100 255 ________________________________________________________ No obstante la determinación de las cantidades o proporciones en que deben entrar los distintos componentes para formar los morteros, será fijada en cada unidad de obra por la Dirección de Obra, no pudiendo ser variadas en ningún caso por el Constructor. A este efecto deberá existir en la obra una báscula y los cajones y medidas para la arena, con los que se puedan comprobar en cualquier instante las proporciones de áridos, aglomerantes y agua empleados en su confección. 2.8.- MORTERO DE YESO.- Los morteros de yeso serán de dos tipos, según la clase de yeso: - 210 kg. de yeso blanco fino. 650 litros de agua. - 850 kg. de yeso negro. 600 litros de agua. aptos para tendidos y guarnecidos sobre paramentos interiores. Los morteros de yeso se prepararán a medida que vayan necesitándose, haciendo solamente la cantidad precisa en cada caso. 2.9.- HORMIGONES.- Los hormigones se ajustarán totalmente a las dosificaciones que se fijen en el correspondiente presupuesto y su docilidad será la necesaria para que no puedan quedar coqueras en la masa del hormigón sin perjuicio de su resistencia. Durante la ejecución de la obra se sacarán probetas de la misma masa de hormigón que se emplee de acuerdo con las condiciones del control de calidad previsto, observándose en su confección análogas

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características de apisonado y curado que en la obra. Dichas probetas se romperán a los siete y veintiocho días de su fabricación, siendo válidos los resultados de este último plazo a los efectos de aceptación de la resistencia. Si las cargas medias de rotura fueran inferiores a las previstas podrá ser rechazada la parte de obra correspondiente, salvo en el caso de que las probetas sacadas directamente de la misma obra den una resistencia superior a la de las probetas de ensayo. Si la obra viene a ser considerada defectuosa, vendrá obligado el contratista a demoler la parte de la obra que se le indique por parte de la Dirección Facultativa, rechazándola a su costa y sin que ello sea motivo para prorrogar el plazo de ejecución. Todos estos gastos de ensayos, ejecución y rotura de probetas serán por cuenta del Contratista. Durante el fraguado y primer período de endurecimiento del hormigón se precisa mantener su humedad, mediante el curado, que se realizará durante un plazo mínimo de siete días, durante los cuales se mantendrán húmedas las superficies del hormigón, regándolas directamente, o después de abrirlas con un material como arpillera, etc... que mantenga la humedad y evite la evaporación rápida. Los hormigones que se empleen en esta obra tendrán las características que se indican en la norma correspondiente. 2.10.- ACEROS PARA ARMAR.- El acero, para las armaduras de piezas de hormigón, será corrugado de primera calidad, fibroso, sin grietas ni pajas, flexibles en frío y en modo alguno agrio o quebradizo. Tendrán que llevar el sello de conformidad de CIETSID o AENOR. Y sus características y métodos de ensayo vendrán definidas por la norma UNE-36088:94. Tanto las barras y alambres como las piezas férricas, no presentarán en ningún punto de su sección estricciones superiores al 2,5%. Aquellos que sean empleados en elementos estructurales de hormigón armado deberán cumplir las condiciones que se exigen en la Instrucción EHE-08. 2.11.- ACEROS LAMINADOS.- Los perfiles laminados y todas sus piezas auxiliares de empalme o acoplamiento, se ajustarán a las prescripciones contenidas en las normas EAE. El director de la obra podrá realizar a costa del Adjudicatario todos los análisis o investigaciones que estime necesarias para comprobar su composición y condiciones de trabajo. Las condiciones de trabajo mínimas de los perfiles laminados serán: - Acero tipo: A-42b. - Límite elástico: 2.600 kg./cm2. - Tensión máxima admisible de trabajo: 1.730 kg./cm2 2.12.- LADRILLOS.- El ladrillo tendrá las dimensiones, color y forma definidos en las unidades de obra, siendo en cualquier caso bien moldeado, y deberá ajustarse en cuanto a calidad, grado de cochura, tolerancias de dimensiones, etc... a la normativa en vigor. La fractura será de grano fino, compacta y homogénea sin caliches, piedras ni cuerpos extraños, golpeados con un martillo producirán un sonido campanil agudo y su color se ofrecerá en todos ellos lo más uniforme posible. El Contratista deberá presentar a la Dirección Facultativa certificado de garantía del fabricante, para cada clase de ladrillo, de su resistencia a compresión, ajustada a uno de los valores siguientes, dados en kg./cm2. Ladrillos macizos: 100, 150, 200, 300 Ladrillos perforados: 150, 200, 300 Ladrillos huecos: 50, 70, 100, 150, 200 No se admitirán ladrillos con resistencia inferior a los siguientes: Ladrillos macizo: 100 kg./cm2. Ladrillos perforados: 150 kg./cm2. Ladrillos huecos: 50 kg./cm2. 2.13.- VIDRIOS.- Serán inalterables a la acción de los ácidos, salvo el fluorhídrico, ofreciéndose incoloros, sin aguas ni vetas así como tampoco burbujas, rayas y demás defectos.

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Sus cualidades serán las establecidas en el presupuesto, debiendo aportarse y recibirse con la máxima pulcritud y esmero. Sus condiciones y calidades se ajustarán a las normas en vigor. 2.14.- PINTURAS Y BARNICES.- Todas las sustancias de uso en pintura serán de superior calidad. Los colores preparados reunirán las condiciones siguientes: a) Facilidad de extenderse y cubrir las superficies a que se apliquen. b) Fijeza en la tinta o tono. c) Insolubilidad del agua. d) Facilidad de incorporarse y mezclarse en proporciones cuales quiera con aceites, colas, etc... e) Inalterabilidad a la acción de otros colores, esmaltes o barnices. Los aceites y barnices, a su vez, responderán a la calidad siguiente: a) Serán inalterables a la acción de los agentes atmosféricos. b) Conservarán y protegerán la fijeza de los colores. c) Acusarán transparencia y brillo perfectos, siendo rápido su secado. Los materiales de origen industrial deberán cumplir las condiciones funcionales y de calidad fijadas en la NTE-Pinturas, y las normas UNE que en ella se indican, así como otras disposiciones urgentes, relativas a la fabricación y control industrial. 2.15.- MATERIALES NO CONSIGNADOS EN ESTE PLIEGO.- Cualquier material que no se hubiese consignado o descrito en el presente Pliego y fuese necesario utilizar, reunirá las cualidades que requieran para su función a juicio de la Dirección Técnica de la Obra y de conformidad con el Pliego de Condiciones de la Edificación, compuesto por el Centro Experimental de Arquitectura y aprobado por el "Consejo Superior de Colegios de Arquitectos", bien con los Pliegos de Condiciones aprobados por R.O. de 13 de Marzo de 1.903 y R.O. de 4 de Septiembre de 1.908. 2.16.- TUBOS PARA SANEAMIENTO.- En general, los tubos empleados para la ejecución de saneamiento deberán satisfacer las condiciones mínimas siguientes: Serán perfectamente lisos, circulares, de generatriz recta y bien calibrados. No se admitirán los que tengan ondulaciones o desigualdades mayores de cinco milímetros, ni rugosidades de más de un milímetro de espesor. Deberán poder resistir como mínimo una presión hidrostática de prueba de dos atmósferas, sin presentar exudaciones, poros o quiebras de ninguna clase. En los tubos de hormigón centrifugado los distintos materiales que entran en su fabricación deberán cumplir las prescripciones que para ellos se indicaban en los apartados correspondientes. Los tubos de gres deberán ser absolutamente impermeables y su uso quedará supeditado a su facilidad o resistencia al resquebrajamiento como consecuencia de asientos y dilataciones. La cocción de tubos y piezas de gres será perfecta, sin que se produzcan deformaciones o caliches, y su sección en fractura será vítrea, homogénea, compacta y exenta de oquedades. Serán inalterables, por la acción de los ácidos, y la absorción de agua no será superior al 5% de su peso. A efectos de pruebas de ensayo, cumplirán lo especificado en las Normas UNE-41009 y 41010 a 41015 inclusive. 2.17.- TERRAZOS Y BALDOSAS.- Tanto en lo que respeta a las características de los materiales que entran en su fabricación, como a las condiciones que han de cumplir en cuanto a dimensiones, espesores, rectitud de aristas, alabeos, etc. para su aceptación serán de aplicación las consideraciones del Pliego de la Dirección General de Arquitectura y UNE-EN 13748-1 “Baldosas de terrazo para uso interior” y UNE-EN 13748-2 “Baldosas de terrazo para uso exterior”, y la publicación de los complementos nacionales a dichas normas: UNE 127748-1 y UNE 127748-2 respectivamente que establecen los requisitos del producto según los usos previstos (normal, intensivo o industrial). 2.18.- BALDOSINES CERÁMICOS, AZULEJOS, PLAQUETAS CERÁMICAS.-

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Análogamente al punto de terrazos, por lo que respeta a las características de los materiales empleados en su fabricación, como a las condiciones que han de cumplir en lo que atañe a la geometría de las piezas, serán de aplicación las consideraciones del Pliego de la Dirección General de Arquitectura, y las normas en vigor. 2.19.- AISLAMIENTOS TÉRMICOS.- Los materiales de origen industrial deberán cumplir las condiciones funcionales y de calidad fijadas en la Normativa vigente, viniendo obligado el Contratista a presentar el correspondiente Certificado de Garantía expedido por el fabricante. Serán de preferente aceptación por parte de la Dirección Facultativa aquellos productos que estén en posesión de Documento de Idoneidad Técnica. 2.20.- MATERIALES PARA IMPERMEABILIZACIÓN.- Los fabricantes cumplimentarán lo que se especifica en esta Norma en cuanto a la designación de sus productos y garantizaran que el material que suministran cumple todas las condiciones que corresponden a la clase designada. Los materiales que no sean de tipo bituminoso, cumplirán con la Normativa actual, y deberán estar en posesión de Documento de Idoneidad Técnica acreditativa de su bondad para el comportamiento que se le requiere. Asimismo el Contratista presentará Certificado de Garantía de que el producto cumple con los ensayos que amparan el Documento de Idoneidad. 2.21.- ALUMINIO.- Los perfiles de aluminio que se utilicen para la ejecución de las diferentes unidades constructivas serán de fabricación por extrusionado, y estarán sometidos a procesos de anodizado. El contratista deberá presentar Certificado de Garantía AENOR, en el que se haga constar por el fabricante el cumplimiento de estas condiciones así como del espesor de la capa anódica, y el procedimiento de coloración. 2.22.- PANELES DE CHAPA PLEGADA PARA FACHADAS Y CUBIERTAS.- El material base será acero laminado en frío y proceso continuo, y galvanizado por el procedimiento SENDZIMIR, que garantice la resistencia a la corrosión y asegure su inalterabilidad a las mas fuertes deformaciones. Los tratamientos de pintura y plastificado se realizarán por procesos tecnológicos que mantengan sus características a las mejoren. Tendrán preferencia en su aceptación aquellos que estén en posesión del Documento de Idoneidad Técnica. El Contratista deberá presentar Certificado de Garantía en el que se haga constar por el fabricante el cumplimiento de estas condiciones y los métodos de ensayo seguidos para su constatación. 2.23.- SELLANTES.- Los distintos productos para el relleno o sellado de juntas deberán poseer las propiedades siguientes: - Garantía de envejecimiento. - Impermeabilización. - Perfecta adherencia a distintos materiales. - Inalterabilidad ante el contacto permanente con el agua a presión. - Capacidad de deformación reversible. - Fluencia limitada. - Resistencia a la abrasión. - Estabilidad mecánica ante las temperaturas extremas. A tal efecto el Contratista presentará Certificado de Garantía del fabricante en el que se haga constar el cumplimiento de su producto de los puntos expuestos. 2.24.- RELACIÓN ESQUEMÁTICA DE MATERIALES CON ESPECIFICACIÓN DE LA NORMA QUE DEBEN CUMPLIR CON UN CARÁCTER NO LIMITATIVO SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTE PLIEGO.- Este apartado aparece reflejado en el correspondiente plan de control de calidad.

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3.1.- CONDICIONES GENERALES DE LA EJECUCIÓN.- 3.1.1.- REPLANTEO.- Los replanteos, trazados, nivelaciones y demás obras previas, se efectuarán por el Contratista de acuerdo con los datos del proyecto, planos, medidas, datos u ordenes que se faciliten, realizando el mismo, con el máximo cuidado, de forma que no se admitirán errores mayores de 1/500 de las dimensiones genéricas, así como de los márgenes de error indicados en las condiciones generales de ejecución del resto de las unidades de obra. La Dirección Facultativa controlará todos estos trabajos a través de Arquitecto Director, Aparejador o persona indicada al efecto, si bien, en cualquier caso, la Contrata será totalmente responsable de la exacta ejecución del replanteo, nivelación, etc... La Contrata proporcionará personal y medios auxiliares necesarios para estos operarios, siendo responsable por las modificaciones o errores que resulten por la desaparición de estacas, señales o elementos esenciales establecidos. 3.1.2.- MOVIMIENTO DE TIERRAS - AGOTAMIENTOS.- Los vaciados, terraplenados, zanjas, pozos, etc... se ejecutarán con las dimensiones, pendientes y características que se fijan así como los materiales señalados en medición. En caso de que fuera necesario apuntalar, entibar o realizar cualquier medida de precaución o protección de las obras, el Contratista vendrá obligado a realizarlas de acuerdo con las necesidades del momento y con las órdenes de la Dirección Facultativa. La profundidad de cimentación, será la necesaria hasta encontrar terreno firme, sea más o menos que la calculada en el proyecto, abonándose por unidad de obra resultante. No se procederá al mezclado sin orden expresa de la Dirección. Diariamente se comprobarán los entibados, para evitar posibles tumbos, en cuyo caso y de producirse desgracias personales o daños materiales, será de exclusiva responsabilidad de la Contrata. Si se presentasen agotamientos, se adoptarán las medidas convenientes para su ejecución por administración, salvo pacto en contrario. 3.1.3.- POCERÍA Y SANEAMIENTO.- Las obras de alcantarillado, atarjeas, pozos, registros, etc... se harán asimismo con los materiales marcados en medición y con las dimensiones y pendientes fijadas para cada caso, previos los replanteos que corresponden. El ancho de la zanja para alojar los tubos de saneamiento será el necesario para poder ejecutar los trabajos de ejecución sin entorpecimientos. Estos se apoyarán sobre el material apropiado que recogerá la unidad correspondiente en medición y se rellenarán con tierras por tongadas de 20 cm. Las arquetas y los pozos de saneamiento se bruñirán al interior con las aristas redondeadas y con pendientes hacia el tubo de salida. Antes de su ejecución se replantearán en situación y nivelación de acuerdo con la pendiente indicada. Las arquetas no se taparán herméticamente hasta que se haya procedido a su perfecta limpieza y control. Todos los materiales se protegerán perfectamente durante el transporte, uso y colocación de los mismos. 3.1.4.- CIMENTACIÓN DE ZANJAS Y ZAPATAS.- La cimentación se replanteará de acuerdo con los planos correspondientes con toda exactitud, tanto en dimensiones y alineaciones como en rasantes del plano de cimentación. Los paramentos y fondos de las zanjas y zapatas quedarán perfectamente recortados, limpios y nivelados, realizando todas las operaciones de entibación que sean necesarias para su perfecta ejecución y seguridad. En caso de haber desprendimiento de tierras, para la cubicación del vaciado solo se tendrá en cuenta las dimensiones que figuran en el plano de cimentación, debiendo retirar las tierras sobrantes. Antes de hormigonar se dejarán previstos los pasos de tuberías correspondientes, se colocarán las armaduras según los planos de estructura tanto de las zapatas como de los arranques de muros y pilares, y de los diámetros y calidad indicados en mediciones y estructura. El hormigón de limpieza tendrá un grueso mínimo de 5 cm. siendo apisonado y nivelando antes de colocar las armaduras. No se procederá al macizado de las zanjas y zapatas hasta tanto no hayan sido reconocidas por la Dirección Facultativa.

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Las soleras tendrán el grueso, dosificaciones y resistencia que se indiquen en las unidades de obra correspondientes, tanto de base como de sub-base, no permitiéndose para este último caso el empleo de escombros. Se dejarán las juntas de dilatación que se indiquen bien en planos o por la Dirección Facultativa. 3.1.5.- ESTRUCTURA.- La estructura tanto si es de hormigón como metálica cumplirá con todas las normas en vigor, en cuanto a valoración de cargas, esfuerzos, coeficientes de seguridad, colocación de elementos estructurales y ensayos y control de la misma según se especifica en las hojas adjuntas. Cumplirán las condiciones que se exigen en las Instrucciones EHE-08. No obstante, se incluyen una serie de condiciones de ejecución que habrán de verificarse en la elaboración, colocación y construcción definitiva de la misma. Los hierros tanto de redondos como de perfiles laminados serán del diámetro, clase y tamaño especificado en los planos de estructura. Se replanteará perfectamente toda la estructura de acuerdo con los planos, tanto en planta como en altura y tamaños, antes de proceder a la colocación y construcción definitiva de la misma. Los hierros tanto de redondos como de perfiles laminados serán del diámetro, clase y tamaño especificado en los planos de estructura. Se replanteará perfectamente toda la estructura de acuerdo con los planos, tanto en planta como en altura y tamaños, antes de proceder a la colocación de encofrados, apeos y demás útiles de ayuda. Todos los hierros de la estructura, su despiece y colocación se comprobarán antes y después de estar colocados en su sitio, tanto en encofrados como en apeos, no procediéndose a su hormigonado hasta que no se haya verificado por la Dirección Facultativa. Se comprobará en todos los casos las nivelaciones y verticalidad de todos los elementos tanto de encofrado como de estructura. En las obras de hormigón armado se regarán todos los encofrados antes de hormigonar, debiéndose interrumpir éste en caso de temperaturas inferiores a 5º. Durante los primeros 7 días como mínimo será obligatorio el regado diario, y no se desencofrará antes de los 7 días en caso de pilares y muros, y de 15 días en caso de vigas, losas y forjados reticulados, no permitiéndose hasta entonces la puesta en carga de ninguno de estos elementos de la estructura. En los forjados de tipo cerámico o de viguetas, se procederá al macizado de todas las uniones del mismo con vigas y muros en una dimensión no inferior a 50 cm. del eje del apoyo, así como a la colocación de los hierros de atado y de refuerzo para cada vigueta de acuerdo con los planos de estructura, y detalles, incorporándose también el mallazo de reparto. Las entregas de las viguetas tanto de forjados como de cargaderos serán como mínimo de 15 cms. En las estructuras de perfiles laminados se pintarán con minio todas las partes de la misma que no vayan cubiertas por el hormigón, y se ejecutarán con todas las condiciones estipuladas en la normativa vigente. 3.1.6.- ALBAÑILERÍA.- Las obras de fábrica de ladrillo, habrán de ejecutarse con toda perfección y esmero. Tendrán las dimensiones y espesores marcados en planos y medición. Llevarán las juntas verticales encontradas, y a nivel las horizontales, siendo su reparto como mínimo de veinte en metro. Los aparejos corresponderán a las necesidades de cada caso. Los ladrillos se sentarán a restregón, previamente humedecidos, cuidando que el mortero refluya por todas sus juntas. En los casos de discontinuidad se dejarán los muros escalonados para trabar con las fábricas siguientes. Las bóvedas, arcos, etc... se ejecutarán sobre cimbra, con la precaución de aflojarla al terminar, para su perfecto asiento. Las bóvedas tabicadas, las bovedillas y forjados, llevarán las roscas, material y mortero que se indiquen en medición. Las cornisas, repisas, impostas y voladizos, serán de la clase y fábrica que se marque, cuidando de su perfecta trabazón con el resto de las fábricas.

Las subidas de humos, conductos y registros, tendrán en general las secciones marcadas, así como las alturas y remates que al efecto se señalen. La tabiquería se ejecutará con la clase de ladrillo y material indicado, haciendo su asiento con la clase de mortero que figure en medición. Todos sus paramentos quedarán perfectamente planos, sin alabeos y sus aristas regularizadas, para poder recibir los guarnecidos y tendidos con la menor cantidad posible de material, previa colocación nivelada de los correspondientes guardavivos.

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Todos los guarnecidos y tendidos estarán perfectamente planos, procediéndose a su ejecución por medio de maestras con separaciones máximas de 2 m. Los abultados de peldaños se podrán ejecutar con fábrica de ladrillo o con recrecido de la losa de hormigón en cuyo caso estará incluido en el precio y se comprobará perfectamente su ejecución de acuerdo con los planos correspondientes. La composición de los respectivos morteros, será la señalada en medición y presupuesto para cada caso. Los distintos tipos de cubiertas se ajustarán a las diferentes Normas Tecnológicas que le son de aplicación en función del material base y de acabado. 3.1.7.- REVESTIMIENTOS Y PAVIMENTOS.- Los distintos revestimientos y pavimentos vendrán definidos en las unidades de mediciones, y en cuanto a su ejecución se regirán por las Normas Tecnológicas correspondientes. Los paramentos interiores guarnecidos de yeso negro maestreado se realizarán con maestras cada 2 metros y en los ángulos y esquinas se realizarán maestras dobles a fin de que se salgan rectos los vivos y rincones. Sobre el guarnecido se hará el tendido de llana con yeso blanco tamizado, lavándolo después perfectamente. Los enfoscados se harán con mortero de cemento en proporción indicada en la unidad de obra y de la misma forma que los tendidos. Los revocos pétreos se harán con arena de río, cemento y árido de piedra de mármol, quitando la capa de cemento superficial una vez fraguada dejando a la vista el grano de piedra. Los nevados a la cal, se harán mezclando la cal apagada con arena de grano grueso. Todos los revestimientos tanto en paredes como en techos serán resistentes a las heladas en función de sus características. Los alicatados y pavimentos serán los indicados en las definiciones y mediciones, cumpliéndose las calidades por parte de las casas suministradoras de acuerdo con las normas exigibles. Previa a su colocación se hará un replanteo para comprobar el despiece y así evitar las juntas complicadas y roturas, exigiéndose en su ejecución, uniformidad, horizontalidad o verticalidad según los casos y planeidad, desechándose las bolsas, coqueras y piezas rotas. En la colocación de los rodapiés se cuidarán de que coincidan las juntas de éstos y la de los pavimentos. En los casos de enrastrelados, enmoquetados y otros pavimentos continuos no se colocarán los pavimentos y revestimientos hasta pasados diez días de estar ejecutada la solera y capa niveladora, para evitar humedades. En todos los casos antes de la ejecución definitiva se presentará a la Dirección Facultativa una muestra con una superficie mínima de 1 m2. tanto para revestimientos como en pavimentos sin cuyo requisito no sería dada por válida la ejecución de aquellos. 3.1.8.- CANTERÍA Y PIEDRA ARTIFICIAL.- Las fábricas de mampostería se ejecutarán en forma que los muros queden perfectamente aplomados, con aristas verticales debiendo emplearse en su construcción piedras de dimensiones apropiadas y llevando además pasadores para su mejor trabazón en las fábricas. Las partes de sillería, si son lisas, aplantilladas o decoradas, así como los chapados, se ajustarán a las respectivas memorias. Su asiento se hará en cuñas de madera y el recibido con lechada de cemento muy claro, dejando orificios para salida de aire. Los morteros tendrán la proporción fijada en presupuesto. 3.1.9.- CARPINTERÍA DE ARMAR, DE TALLER Y METÁLICA.- Todos los elementos de carpintería de armar que se empleen han de tener las dimensiones y escuadrías necesarias para cumplir las condiciones de resistencia que hayan de soportar. La carpintería de taller y metálica comprenderá las diversas clases de tipos de puertas, balcones, ventanas y demás que se faciliten en la memoria. Las espigas, acopladuras, molduras, tableraje y demás elementos, cumplirán las normas precisas en grueso, dimensiones y demás aspectos. Los contracercos en

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madera serán de un mínimo de 4x7 ó 4x11, según pertenezcan a tabique o tabicón, llevando los cabeceros cogote no inferior a 7 cm. No se admitirán nudos soltadizos, resquebrajaduras, y uniones encoladas, así como golpes de obra, etc.., exigiéndose el lijado de fábrica en caso de madera y miniado en metálica y la total terminación de lijado, pintura o barnizado para su certificación como unidad ejecutada. Los herrajes de colgar y seguridad tendrán las dimensiones y características apropiadas a las superficies y peso de las hojas según las normas a aplicar. Los zócalos, jambas y tapajuntas serán de las dimensiones y características adecuadas, según los planos de detalle exigiendo las mismas condiciones que para el resto de la carpintería de taller. 3.1.10.- FONTANERÍA Y APARATOS SANITARIOS.- Los aparatos sanitarios serán los que figuren en los planos y las mediciones, exigiéndose la marca, color y calidad definidas, no permitiéndose los aparatos defectuosos de fabricación, cambios de color, defectos del baño de porcelana, burbujas, poros, pelos o grietas. Se colocarán perfectamente nivelados, sujetos al suelo. No se admitirán los alicatados que se estropeen por culpa de la colocación de los aparatos o los accesorios, siendo de cuenta del Contratista la reposición de aquellos. Toda la grifería será la especificada en mediciones presentándose perfectamente unida a los aparatos y comprobándose su puesta a punto, para certificar los aparatos sanitarios. La instalación de fontanería será la especificada en mediciones presentándose perfectamente unida a los aparatos y comprobándose su puesta a punto, para certificar los aparatos sanitarios. La instalación de fontanería se montará a la vista de los planos definitivos de obra, para lo cual presentará la casa instaladora sus correspondientes planos de montaje, exigiéndose esta premisa como condición previa. La instalación de agua fría y caliente se ejecutará con el material previsto en la documentación del proyecto, sin abolladuras, y con las secciones precisas en el cálculo. Las uniones entre tramos de tuberías, así como las de estos a los aparatos serán del tipo apropiado de acuerdo con la normativa vigente de aplicación en función del material de ejecución. La instalación de saneamiento se realizará con la tubería prevista en los desagües de los aparatos, manguetones y botes sifónicos con espesores adecuados a la normativa a aplicar, presentándose sin abolladuras ni cambio de secciones, y cuidando con la máxima exigencia las nivelaciones y recorridos horizontales que no excederán de 1,5 m. El saneamiento vertical se realizará con tuberías tipo Drena o similar según especifique las mediciones, tratando los tramos enteros con juntas Gibaut o de botella según los casos, procurando el mínimo de juntas y uniones. El Contratista está obligado a montar los aparatos necesarios para comprobar las debidas condiciones de la instalación en todos sus aspectos y como determine la Dirección Facultativa, de forma que se asegura la estanqueidad de la instalación para pruebas de carga de doble presión que la prevista para el uso normal, la libre dilatación y la protección de los materiales. Para la ejecución de la red exterior de abastecimiento se asegurará también la estanqueidad y la posibilidad de vaciado y purgado de toda ó parte de la red. Las tuberías de abastecimiento de agua deberán cumplir en toda su extensión el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimiento de agua, aprobado por Orden de 9 de Diciembre de 1.975. 3.1.11.- ELECTRICIDAD.- Los mecanismos de electricidad serán los que figuran en los planos y en las mediciones, exigiéndose la marca, color y calidad definidos en aquellos, no permitiéndose aparatos defectuosos, decolorados, con fisuras, etc... Toda la instalación cumplirá el Reglamento de Baja Tensión, y los distintos conductores tendrán las secciones mínimas que en él se prescriben. Los mecanismos se instalarán nivelados y a las distancias que indique la Dirección Facultativa.

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La instalación definitiva se montará con los planos de la casa montadora en los que se incluirán todos los pormenores de la instalación, exigiendo esta premisa como condición previa. La instalación irá empotrada bajo tubo de policloruro de vinilo, y de acuerdo con todas las normas de Baja y Alta Tensión del Ministerio de Industria, en todo lo concerniente a tomas de tierra, disyuntores automáticos, simultaneidad, etc... así como a las particulares de la Compañía Suministradora. Asimismo las canalizaciones se instalarán separadas 30 cm. como mínimo de las de agua, gas, etc... y 5 cm. como mínimo de las de teléfonos o antenas. Respecto a la instalación de conductos para teléfonos, estas se harán de acuerdo con las condiciones de la compañía suministradora C.T.N.E. teniendo en cuentas que las canalizaciones deberán ir separadas de cualquier otra un mínimo de 5 cm. En cualquier caso todos los materiales de la instalación se protegerán durante el transporte, uso y colocación de los mismos. La instalación de toma de tierra será de uso exclusivo para la puesta a tierra de toda la instalación eléctrica y del edificio completo. La tensión de contacto será inferior a 24 V. en cualquier masa, y con una resistencia del terreno menor de 20 Ohmios. 3.1.12.- CALEFACCIÓN.- La instalación se ejecutará de acuerdo con los planos de montaje de la casa instaladora que se designe al efecto, teniendo que cumplir las indicaciones de los planos y de las mediciones de tuberías y demás pormenores de la instalación. Todos los cambios con respecto al proyecto deberán estar justificados por la contrata y no se certificara ningún cambio por olvido u omisión en la presentación del presupuesto del montaje con respecto al proyecto, exigiendo en todos los casos el perfecto funcionamiento de la instalación. 3.1.13.- INSTALACIÓN DE GAS.- Las instalaciones de gas serán realizadas en tubo de cobre visto de acuerdo con las indicaciones de la casa suministradora con las canalizaciones separadas de las demás un mínimo de 30 cm. La conexión de los aparatos de quemado de gas tendrá su ventilación individual por medio de conducto apropiado y resistente al ambiente producto de la combustión, estanco y directo al conducto de evacuación; estas acometidas estarán separadas de las conducciones de gas un mínimo de 5 cm. 3.1.14.- TELEFONÍA E INTERFONÍA.- Estas instalaciones se efectuarán de acuerdo con las normas de la compañía suministradora C.T.N.E. y las conducciones se colocarán separadas de cualquier otra instalación, un mínimo de 5 cms. 3.1.15.- EVACUACIÓN DE HUMOS, GASES Y VENTILACIÓN.- La evacuación de humos y gases se proyecta por conductos distintos y con acometidas desde el aparato a la canalización correspondiente. Los conductos previstos serán de total estanqueidad, verticalidad, y sus materiales estarán protegidos en los casos necesarios; las canalizaciones estarán separadas de las instalaciones paralelas de gas un mínimo de 5 cms. Las ventilaciones artificiales estarán ejecutadas por conductos homologados, con protección de los materiales en contacto con las demás unidades de obra y en los pasos de forjados, etc. 3.1.16.- TRABAJOS DE REMATE, DECORACIÓN Y VARIOS.- Todos los trabajos de remate en sus diversas clases de pavimento, solados, alicatados, etc. se ejecutarán dentro de las calidades en los materiales que se expresan, con arreglo a las condiciones mínimas establecidas en los Pliegos Generales. Los trabajos de decoración en piedra artificial, yesos, escayolas, etc.., con las mejores calidades y con arreglo a las muestras ejecutadas y a los detalles elegidos.

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Las obras de pintura se harán con la clase de materiales que se especifiquen en medición, llevando como mínimo una mano de imprimación y dos de color que se designe, previa aprobación de las muestras que para cada caso se exijan. Cuantas obras se han mencionado y aquellas otras que fuese menester ejecutar, se ajustarán en su ejecución a las mejores prácticas, y siempre a las instrucciones que se dictan por la Dirección o sus Auxiliares Técnicos de las obras. Todas las memorias de estructura e instalaciones, conjuntamente con la de materiales, forman asimismo parte del Pliego de Condiciones, en cuanto a los oficios respectivos se refiere. 3.1.17.- AYUDAS.- El Contratista queda obligado a realizar los trabajos de ayudas contratados porcentualmente o especificados en el presupuesto de contrata, justificando en ambos casos a través de partes de trabajo los costos que han supuesto las mismas en caso de alcanzar las cifras presupuestadas, las diferencias se descontarán de las certificaciones o de la liquidación final. En caso de superarse las previsiones recogidas en contrato el contratista no tendrá derecho a reclamar cantidad adicional alguna. Se consideran ayudas las siguientes: - Apertura de cierre y de rozas. - Pasos en muros y forjados. - Andamiaje necesario, comprendiendo su montaje, desmontaje y desplazamiento. - Mano de obra y maquinaria mecánica para la descarga y desplazamiento de los materiales pesados de la obra. - Fijación de muros de madera o metálicos, bien sea en obras de fábrica o en falsos techos de escayola, etc... - Instalaciones de puntos de luz, fuerza y agua, necesarios para la ejecución de las instalaciones. Por el contrario no se consideran ayudas de albañilería aquellos trabajos que puedan ser medibles como unidades de obra y que recogemos a continuación. - Excavaciones y rellenos. - Construcción de barricadas. - Pozos, aljibes, etc... - Alineaciones de ventilación, o conductos en obras de fábrica. - Repuestos para inspección. 4.- ESPECIFICACIONES SOBRE EL CONTROL DE CALIDAD.- Por parte de la Propiedad, y con la aprobación de la Dirección Facultativa, se encargará a un Laboratorio de Control de Calidad, con homologación reconocida, la ejecución del Control de Calidad de aceptación. Independientemente el Constructor deberá llevar a su cargo y bajo su responsabilidad el Control de Calidad de producción. El Constructor deberá facilitar, a su cargo, al Laboratorio de Control designado por la Propiedad, las muestras de los distintos materiales necesarios, para la realización de los ensayos que se relacionan, así como aquellos otros que estimase oportuno ordenar la Dirección Facultativa. Con el fin de que la realización de los ensayos no suponga obstáculo alguno en la buena marcha de la obra, las distintas muestras de materiales se entregarán con antelación suficiente, y que como mínimo será de 15 días más el propio tiempo de realización del ensayo. Por lo que respecta a los controles de ejecución sobre unidades de obra, bien en período constructivo, bien terminadas, el Constructor facilitará al Laboratorio de Control todos los medios auxiliares y mano de obra no cualificada, que precise para la realización de los distintos ensayos y pruebas. En los cuadros que se acompañan, se detalla una relación de materiales con especificación de los controles a realizar, y su intensidad de muestreo, en su grado mínimo. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fijadas para los mismos conducirá al rechazo del material en la situación en que se encuentra, ya sea en almacén, bien acoplado en la obra, o colocado, siendo de cuenta del Constructor los gastos que ocasionase su sustitución. En este caso, el Constructor tendrá derecho a realizar a su cargo, un contraensayo, que designará el Director de Obra, y de acuerdo con las instrucciones que al efecto se dicten

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por el mismo. En base a los resultados de este contraensayo, la Dirección Facultativa podrá autorizar el empleo del material en cuestión, no pudiendo el Constructor plantear reclamación alguna como consecuencia de los resultados obtenidos del ensayo origen. Ante un supuesto caso de incumplimiento de las especificaciones, y en el que por circunstancias de diversa índole, no fuese recomendable la sustitución del material, y se juzgase como de posible utilización por parte de la Dirección Facultativa, previo el consentimiento de la Propiedad, el Director de Obra podrá actuar sobre la devaluación del precio del material, a su criterio, debiendo el Constructor aceptar dicha devaluación, si la considera más aceptable que proceder a su sustitución. La Dirección Facultativa decidirá si es viable la sustitución del material, en función de los condicionamientos de plazo marcados por la Propiedad. 4.1.- CUADRO DE MATERIALES CON ESPECIFICACIÓN DE CONTROLES A REALIZAR Y SU INTENSIDAD DE MUESTREO.-

MATERIAL CONTROLES A REALIZAR INTENSIDAD DE MUESTREO

**CIMENTACIÓN** Agua de cimentación. Ensayo sobre agresividad. 1 Ensayo por obra. Terreno de cimentación. De acuerdo con sus caracte-

rísticas. 1 Ensayo por obra.

Hormigón. Según EHE. Realizado por Laboratorio homologado, según las ca-racterísticas del proyecto y el nivel normal.

**SANEAMIENTO** Comprobación de las carac-

terísticas de la tubería. Ensayo de flexión longitudinal (caso de que la tubería este situada a una cota superior a -3 m.).

1 Ensayo por obra (cada ensayo consta de 3 de- terminaciones). 1 Ensayo por obra (cada ensayo consta de 3 determinaciones).

**ESTRUCTURA** Estructura de hormigón a) Cemento. Según EHE. 1 Ensayo de características

físicas, químicas y mecánicas al comienzo de la obra.1 Ensayo cada tres meses de obra, y no menos de tres ensayos durante la obra, de características físicas y mecánicas, pérdida al fuego y residuo insoluble.

b) Hormigones. Según EHE para el nivel

correspondiente. Realización por parte del Laboratorio homologado del control de hormigones para un nivel de control normal. Dos tomas de cuatro probetas por lote de 500 m2. y 4 medidas de consistencia en Cono de Abrams por lote.

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c) Barras lisas para hormigón armado.

Certificado de calidad del fa-bricante según EHE. Según UNE-36097

Para nivel normal. 2 ensayos por diámetro empleado en cada obra.

d) Barras corrugadas para hormigón armado.

Certificado de calidad del fabricante según EHE. Según UNE 36088

Para nivel normal. 2 ensayos por diámetro empleado en obra.

**ESTRUCTURA METÁLICA**

a) Acero laminado. Según UNE 36521-72, 36526-

73, 36527-73. 1 ensayo de acuerdo con normas UNE por c/20 Tn.a tracción.

b) Electrodos para soldadura.

Identificación de marcas de calidad y aptitud para baldeo. Según UNE-14001.

1 vez al comienzo de la ejecución o siempre que se plantee un cambio de electrodo.

c) Soldadura. Control de equipos instalados y

soldaduras en taller, y en obra.

En taller una vez al comienzo de la ejecución. En obra de acuerdo con el volumen a ejecutar.

**FORJADOS** Certificado de calidad del

fabricante, comprobación de módulo y tipo de forjado.

1 ensayo a cargo de ser- vicio de módulo de forja do tipo significativo empleado en obra.

**ALBAÑILERÍA** - Bloques y ladrillos. Resistencia a compresión. 3 ensayos por suministrador. Absorción. 3 ensayos por suministrador. Heladicidad. 3 ensayos por suministrador. Eflorescencias. - Yesos. Principio y fin del fraguado. 1 ensayo por obra. Finura molido. 1 ensayo por obra. - Morteros. Resistencia a compresión del

mortero. Consistencia. Aptitud de la arena para su empleo.

Uno por mes.

CHAPADOS Y SOLADOS - Azulejos. Certificado de calidad del

fabricante. Según UNE 24007.

3 ensayos por obra.

Certificado de calidad del fabricante. de densidad apa-rente. Según UNE-7007.

3 ensayos por obra

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Determinación Según UNE-7008. Determinación Del coef. Absorción del agua.

3 ensayos por obra.

Según UNE-7015. Ensayo desgaste por rozamiento.

3 ensayos por obra.

Según UNE-7033. Ensayo de heladicidad y permeabilidad.

3 ensayos por obra

Según UNE-7034. Determi-nación resistencia a flexión y al choque.

3 ensayos por obra.

PINTURAS GALVANIZADAS

(Placa cubierta) Según Normas ATEG. Espesor de Cinc.

1 ensayo por tipo.

Uniformidad. 1 ensayo por tipo.

CARPINTERÍA Control dimensional. 1 ensayo por tipo.

VIDRIERÍA Control dimensional. 1 ensayo por tipo. Planeidad. 1 ensayo por tipo.

IMPERMEABILIZANTES Verificación de certificado de

origen.

Contenido de betún. 1 ensayo cada 5.000 m2. Peso de lámina. 1 ensayo cada 5.000 m2. Resistencia a tracción. 1 ensayo cada 5.000 m2.

MATERIALES DE INSTA-LACIONES

Ensayo de tubos de conducto de instalaciones de fontanería y calefacción. Certificado de calidad del fabricante.

3 ensayos por edificio.

5.- MEDICIÓN, VALORACIÓN Y ABONO DE LAS UNIDADES DE OBRA.- Se indica a continuación el criterio adoptado para la realización de las mediciones de las distintas unidades de obra, así como la valoración de las mismas. El Constructor deberá aportar el estudio de sus precios unitarios a los criterios de medición que aquí se expresan, entendiéndose que las cantidades ofertadas se corresponden totalmente con ellas. En caso de indefinición de alguna unidad de obra, el constructor deberá acompañar a su oferta las aclaraciones precisas que permitan valorar el alcance de la cobertura del precio asignado, entendiéndose en otro caso que la cantidad ofertada, es para la unidad de obra correspondiente totalmente terminada y de acuerdo con las especificaciones. Si por omisión apareciese alguna unidad cuya forma de medición y abono no hubiese quedado especificada, o en los casos de aparición de precios contradictorios, deberá recurrirse a Pliegos de Condiciones de Carácter General, debiéndose aceptar en todo caso por el Constructor, en forma inapelable, la propuesta redactada a tal efecto por el Director de Obra. A continuación se especifican los criterios de medición y valoración de las diferentes unidades de obra. 5.1.- MOVIMIENTO DE TIERRAS.- 5.1.1.- EXCAVACIONES.-

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Se medirán y abonarán por su volumen deducido de las líneas teóricas de los planos y órdenes de la Dirección de la Obra. El precio comprende el coste de todas las operaciones necesarias para la excavación, incluso el transporte a vertedero o a depósitos de los productos sobrantes, el refinó de las superficies de la excavación, la tala y descuaje de toda clase de vegetación, las entibaciones y otros medios auxiliares, la construcción de desagües para evitar la entrada de aguas superficiales y la extracción de las mismas, el desvió o taponamiento de manantiales y los agotamientos necesarios. No serán abonables los trabajos y materiales que hayan de emplearse para evitar posibles desprendimientos, ni los excesos de excavación que por conveniencia u otras causas ajenas a la Dirección de Obra, ejecute el Constructor. No serán de abono los desprendimientos, salvo en aquellos casos que se pueda comprobar que fueron debidos a una fuerza mayor. Nunca lo serán los debidos a negligencia del constructor o a no haber cumplido las órdenes de la Dirección de Obra. Los precios fijados para la excavación serán validos para cualquier profundidad, y en cualquier clase de terreno. 5.1.2.- RELLENOS.- Se medirán y abonarán por metros cúbicos, ya compactados, sobre planos o perfiles transversales al efecto. El precio comprende el coste de todas las operaciones necesarias para la realización de la unidad, así como el aporte de los materiales acordes con las especificaciones, medio auxiliares, etc... para obtener la unidad de obra terminada totalmente, cumpliendo las exigencias marcadas en el proyecto. En el caso de que se ocasionen excesos de rellenos motivados por sobreexcavaciones sobre las líneas teóricas o marcadas por la Dirección de Obra, estará el Constructor obligado a realizar estos rellenos en exceso a su costa, pero cumpliendo las especificaciones de calidad, todo ello siempre que no exista causa de fuerza mayor que lo justifique. Los precios fijados para el relleno a distintas profundidades se aplicarán en cada caso a toda la altura del mismo. 5.2.- SANEAMIENTO.- 5.2.1.- ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO.- Se medirán y abonarán por Uds. realmente ejecutadas. El precio comprende los materiales, mano de obra, medios auxiliares, excavación de tierras, rellenos, etc... necesarios para dejar completamente terminada la unidad tal y como se encuentra definida en los documentos del proyecto. 5.2.2.- TUBERÍAS EN GENERAL.- Se medirán y abonarán por ml. realmente ejecutados sobre Ud. totalmente terminada, sin incremento alguno por empalmes o enchufes, piezas especiales, etc... que quedará incluido en el metro lineal especificado. El precio comprende los materiales, mano de obra, medios auxiliares, excavación de tierras, rellenos, etc... necesarios para dejar completamente terminada la unidad. Incluye asimismo, la base de asiento según las especificaciones del proyecto u órdenes de la Dirección de Obra, realización de corchetes de ladrillo, fijaciones, etc... 5.2.3.- SUMIDEROS.- Se medirán y abonarán por Uds. realmente ejecutadas. El precio asignado comprende la realización de la boca de desagüe y la fabricación, suministro, colocación y fijación de la rejilla, de acuerdo con las especificaciones de proyecto, para dejar la unidad totalmente terminada y limpia de acumulaciones de materiales extraños de cualquier tipo, hasta la recepción provisional de las obras.

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5.3.- CIMENTACIÓN, SOLERAS Y ESTRUCTURA.- 5.3.1.- HORMIGONES.- Se medirán y abonarán por m3. resultantes de aplicar a los distintos elementos hormigonadas las dimensiones acotadas en los planos y ordenadas por la Dirección de Obra. Quedan incluidos en el precio de los materiales, mano de obra, medios auxiliares, encofrado y desencofrado, fabricación, transporte, vertido y compactación, curado, realización de juntas y cuantas operaciones sean precisas para dejar completamente terminada la unidad de acuerdo con las especificaciones del proyecto. En particular quedan asimismo incluidas las adiciones, tales como plastificantes, acelerantes, retardantes, etc... que sean incorporadas al hormigón, bien por imposiciones de la Dirección de Obra o por aprobación de la propuesta del Constructor. No serán de abono las operaciones que sea preciso efectuar para limpiar y reparar las superficies de hormigón que acusen irregularidades de los encofrados o presenten defectos que a juicio de la Dirección Facultativa exijan tal actuación. No han sido considerados encofrados para los distintos elementos de la cimentación, debiendo el Contratista incluirlos en su precio si estimase este encofrado necesario. 5.3.2.- SOLERAS.- Se medirán y abonarán por m2. realmente ejecutados y medidos en proyección horizontal por su cara superior. En el precio quedan incluidos los materiales, mano de obra y medios auxiliares, precios para encofrado, desencofrado, fabricación, transporte, vertido y compactación del hormigón, obtención de los niveles deseados para colocación del pavimento asfáltico, curado, parte proporcional de puntas, barrera contra humedad, y cuantas operaciones sean precisas así como la parte proporcional de juntas que se señalen, para dejar completamente terminada la unidad. Quedan en particular incluidas en el precio, las adiciones que sean incorporadas al hormigón bien por imposiciones de la Dirección de Obra, o por aprobación de la propuesta del Director. No serán de abono las operaciones que sean preciso efectuar para separación de superficies que acusen defectos o irregularidades y sean ordenadas por la Dirección de Obra. 5.3.3.- ARMADURAS.- Las armaduras se medirán y abonarán por su peso teórico, obtenido de aplicar el peso del metro lineal de los diferentes diámetros a las longitudes acotadas en los planos. Quedan incluidos en el precio los excesos por tolerancia de laminación, empalmes no previstos y pérdidas por demérito de puntas de barra, lo cual deberá ser tenido en cuenta por el constructor en la formación del precio correspondiente, ya que no serán abonados estos conceptos. El precio asignado incluye los materiales, mano de obra y medios auxiliares, para la realización de las operaciones de corte, doblado y colocación de las armaduras en obra, incluso los separadores y demás medios para mantener los recubrimientos de acuerdo con las especificaciones de proyecto. No serán de abono los empalmes que por conveniencia del constructor sean realizados tras la aprobación de la Dirección de Obra y que no figuren en los planos. 5.3.4.- FORJADOS.- Se medirán y abonarán por metros cuadrados realmente ejecutados y medidos por la cara superior del forjado descontando los huecos por sus dimensiones libres en estructura sin descontar anchos de vigas y pilares. Quedan incluidos en el precio asignado al m2. los macizados en las zonas próximas a vigas de estructura, los zunchos de borde e interiores incorporados en el espesor del forjado, e incluso la armadura transversal de reparto de la capa de compresión y la de negativos sobre apoyos. El precio comprende además los medios auxiliares, mano de obra y materiales, así como las cimbras, encofrados, etc... necesarios.

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5.3.5.- ACERO LAMINADO Y OBRAS METÁLICAS EN GENERAL.- Se medirán y abonarán por su peso en kilogramos. El peso se deducirá de los pesos unitarios que dan los catálogos de perfiles y de las dimensiones correspondientes medidas en los planos de proyecto o en los facilitados por la Dirección de la Obra durante la ejecución y debidamente comprobados en la obra realizada. En la formación del precio del kilogramo se tiene ya en cuenta un tanto por ciento por despuntes y tolerancias. No será de abono el exceso de obra que por su conveniencia, errores u otras causas, ejecuta el Constructor. En este caso se encontrará el Constructor cuando sustituya algunos perfiles o secciones por otros mayores, con la aprobación de la Dirección de la obra, si ello se hace por conveniencia del constructor, bien por no disponer de otros elementos en su almacén, o por aprovechar material disponible. En las partes de las instalaciones que figuran por piezas en el presupuesto, se abonará la cantidad especialmente consignada por cada una de ellas, siempre que se ajusten a condiciones y a la forma y dimensiones detalladas en los planos y órdenes de la Dirección de Obra.

El precio comprende el coste de adquisición de los materiales, el transporte, los trabajos de taller, el montaje y colocación en obra con todos los materiales y medios auxiliares que sean necesarios, el pintado de minio y, en general, todas las operaciones necesarias para obtener una correcta colocación en obra. 5.4.- ALBAÑILERÍA.- 5.4.1.- FABRICAS EN GENERAL.- Se medirán y abonarán por su volumen o superficies con arreglo a la indicación de unidad de obra que figure en el cuadro de precios o sea, metro cúbico o metro cuadrado. Las fábricas de ladrillo en muros, así como los muretes de tabicón o ladrillo doble o sencillo, se medirán descontando los huecos. Se abonarán las fábricas de ladrillo por su volumen real, contando con los espesores correspondientes al marco de ladrillo empleado. Los precios comprenden todos los materiales, que se definan en la unidad correspondiente, transportes, mano de obra, operaciones y medios auxiliares necesarios para terminar completamente la clase de fábrica correspondiente, según las prescripciones de este Pliego. No serán de abono los excesos de obra que ejecute el Constructor sobre los correspondientes a los planos y órdenes de la Dirección de la obra, bien sea por verificar mal la excavación, por error, conveniencia o cualquier causa no imputable a la Dirección de la obra. 5.4.2.- ESCALERAS.- Se medirán y abonarán por superficies de tableros realmente construidos en metros cuadrados. El precio comprende todos los materiales, mano de obra, operaciones y medios auxiliares necesarios para terminar la obra incluido el abultado de peldaños. 5.4.3.- ENFOSCADOS, GUARNECIDOS Y REVOCOS.- Se medirán y abonarán por metros cuadrados de superficie total realmente ejecutada y medida según el paramento de la fábrica terminada, esto es, incluyendo el propio grueso del revestimiento y descontando los huecos, pero midiendo mochetas y dinteles. En fachadas se medirán y abonarán independientemente el enfoscado y revocado ejecutado sobre éste, sin que pueda admitirse otra descomposición de precios en las fachadas que la suma del precio del enfoscado base más el revoco del tipo determinado en cada caso. El precio de cada unidad de obra comprende todos los materiales, mano de obra, operaciones y medios auxiliares necesarios para ejecutarla perfectamente. 5.4.4.- CONDUCTOS, BAJANTES Y CANALONES.- La medición de las limas y canalones se efectuará por metro lineal de cada clase y tipo, aplicándose el precio asignado en el cuadro correspondiente del presupuesto. En este precio se incluye, además de los

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materiales y mano de obra, todos los medios auxiliares y elementos que sean necesarios hasta dejarlos perfectamente terminados. En los precios de los tubos y piezas que se han de fijar con grapas, se considerarán incluidas las obras oportunas para recibir las grapas, estas y la fijación definitiva de las mismas. Tanto los canalones como las bajantes se medirán por metro lineal totalmente instalado y por su desarrollo todos los elementos y piezas especiales, de tal manera, que en ningún caso sea preciso aplicar más precios que los correspondientes al metro lineal de canalón y bajante de cada tipo, incluso a las piezas especiales, bifurcaciones, codos, etc, cuya repercusión debe estudiarse incluido en el precio medio del metro lineal correspondiente. La valoración de registros y arquetas se hará por unidad, aplicando a cada tipo el precio correspondiente establecido en el cuadro del proyecto. En este precio se incluyen, además de los materiales y mano de obra los gastos de excavación y arrastre de tierras, fábricas u hormigón necesarios y todos los medios auxiliares y operaciones precisas para su total terminación. 5.4.5.- VIERTEAGUAS.- Se medirán y abonarán por metro lineal. El precio comprende todos los materiales, mano de obra, operaciones y medios auxiliares necesarios para la completa terminación de la unidad de obra. 5.4.6.- CHAPADOS.- Se medirán y abonarán por metros cuadrados de superficie realmente ejecutada, medida según la superficie exterior, al igual que los enfoscados. El precio comprende todos los materiales (incluidos piezas especiales), mano de obra, operaciones y medios auxiliares necesarios para la completa terminación de la unidad de obra con arreglo a las prescripciones de este Pliego. Cuando los zócalos se rematen mediante moldura metálica o de madera, esta se medirá y abonará por metro lineal, independientemente del metro cuadrado de chapado. 5.4.7.- RECIBIDO DE CONTRACERCO Y CERCOS.- Se medirán y abonarán por unidades realmente ejecutadas y de acuerdo con la designación del cuadro de precios. El precio incluye los materiales, mano de obra, operaciones y medios auxiliares necesarios para dejar totalmente terminada la unidad. No se incluye en el precio el contracerco, que quedará incluido en las unidades de carpintería. 5.4.8.- CUBIERTAS.- Se medirán y abonarán por metro cuadrado de superficie de cubierta realmente ejecutada en proyección horizontal. En el precio quedan incluidos los materiales, mano de obra, y operaciones y medios auxiliares necesarios para dejar totalmente terminada la unidad de acuerdo con las prescripciones del proyecto. En particular, en el precio del metro cuadrado, quedan incluidos los solapes de láminas, tanto de superficies horizontales como de verticales. 5.5.- AISLANTES E IMPERMEABILIZANTES.- Se medirán y abonarán por m2. de superficie tratada o revestida. El precio incluye todos los materiales, mano de obra, medios auxiliares y operaciones precisas para dejar totalmente terminada la unidad. No se abonarán los solapes que deberán contabilizarse dentro del precio asignado. 5.6.- SOLADOS Y ALICATADOS.- 5.6.1.- PAVIMENTO ASFALTICO.-

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Se medirá y abonará en m2. de superficie realmente ejecutada y medida en proyección horizontal. El precio incluye los materiales, mano de obra, medios auxiliares y operaciones necesarias para dejar totalmente terminada la unidad, de acuerdo con las especificaciones del proyecto, es decir, tanto la capa de imprimación como la realización del pavimento, incluso sus juntas. 5.6.2.- SOLADOS EN GENERAL.- Se medirán y abonarán por m2. de superficie de pavimento realmente ejecutada. El precio incluye el mortero de asiento, lechada, parte proporcional de juntas de latón, las capas de nivelación, y en general toda la mano de obra, materiales, medios auxiliares, y operaciones precisas, para dejar totalmente terminada la unidad, de acuerdo con las prescripciones del proyecto. En las escaleras, los peldaños se medirán por ml. y por m2. las mesetas y rellenos. 5.6.3.- RODAPIES Y ALBARDILLAS.- Se medirán y abonarán por ml. realmente ejecutados efectuándose la medición sobre el eje del elemento y en los encuentros se medirán las longitudes en ambas direcciones. El precio incluye la totalidad de la mano de obra, materiales, medios auxiliares, parte proporcional de piezas especiales, y operaciones para dejar terminada la unidad según se especifica en el proyecto. 5.6.4.- ALICATADOS Y REVESTIMIENTOS.- Se medirán y abonarán por m2. de superficie realmente ejecutada medida sobre la superficie del elemento que se chapa, es decir, descontando huecos, pero midiendo mochetas y dinteles. El precio comprende todos los materiales, incluyendo piezas romas, y otras especiales, mano de obra, operaciones y medio auxiliares necesarios para la completa terminación de la unidad con arreglo a las especificaciones del proyecto. 5.7.- CARPINTERÍA.- 5.7.1.- PUERTAS, ARMARIOS, VENTANAS, POSTIGOS Y VIDRIERAS.- Se medirán y abonarán por la superficie del hueco en m2, esto es por la superficie vista por fuera, incluyendo el cerco, pero no el contracerco. En el precio quedan incluidos los materiales, fabricación en taller, transporte, tanto de las puertas, armarios, ventanas, postigos y vidrieras, incluyendo el cerco, el contracerco, herrajes de colgar y seguridad y maniobra, tapajuntas, guías de persianas, guías de colgar con su capialzado y tapaguias, mano de obra, operaciones y medio auxiliares necesarios para dejar totalmente terminada la unidad según queda especificada. 5.7.2.- CAPIALZADOS Y TAPAS DE REGISTRO.- Se medirán y abonarán por ml. medida su longitud en superficie vista y dirección horizontal sobre la unidad de obra terminada. El precio incluye todos los materiales, mano de obra, medios auxiliares y operaciones para dejar terminada totalmente la unidad y en las tapas de registro los herrajes de colgar, maniobra y cierre. 5.7.3.- PERSIANAS ENROLLABLES.- Se medirán y abonarán por m2. de superficie de hueco medido en el mismo criterio que la carpintería. En el precio quedan incluidos todos los materiales, persiana, eje metálico, accionamiento, cinta y recogedor, soportes, mano de obra, operaciones y medios auxiliares para fijación en obra y en general todo lo que exija la completa terminación de la unidad de acuerdo con los especificaciones del proyecto. 5.8.- CERRAJERÍA Y CARPINTERÍA METÁLICA.- 5.8.1.- EMPARRILLADOS METÁLICOS Y BARANDILLAS.- Se medirán y abonarán en m2. de superficie totalmente ejecutada.

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El precio incluye los materiales, mano de obra, medios auxiliares, operaciones y parte proporcional de elementos de anclaje y fijación para dejar totalmente terminada la unidad y su protección a base de dos manos de antioxidante y dos de esmalte. 5.8.2.- ACERO LAMINADO.- La definición y formas de medición y abono de este precio es análogo al señalado anteriormente. 5.8.3.- TUBOS Y OTROS PERFILES METÁLICOS.- Se medirán y abonarán por ml. medidos sobre su eje y contando entregas y solapes. El precio incluye los materiales, mano de obra, operaciones, medio auxiliares, soldadura, parte proporcional de elementos de fijación y piezas especiales, y en general todo lo preciso para la completa terminación de la unidad de acuerdo con las especificaciones del proyecto. 5.9.- VIDRIERÍA.- 5.9.1.- VIDRIOS Y CRISTAL.- Se medirá y abonará por m2. de superficie real colocada de vidrio incluyendo el precio todos los materiales, mano de obra, operaciones y medios auxiliares, para dejar la obra totalmente terminada. 5.10.- PINTURAS Y BARNICES.- 5.10.1.- PINTURAS Y BARNICES.- Se medirá y abonará por m2. de superficie real, pintada, efectuándose la medición de acuerdo con las formas siguientes: - Pintura sobre muros, tabiques, techos: se medirá descontándose huecos. Las molduras se medirán por su superficie desarrollada. - Pintura o barnizado sobre carpintería: se medirá a dos caras incluyéndose los tapajuntas. - Pintura o barnizado sobre zócalos y rodapies: se medirá por ml. - Pintura sobre ventanales metálicos: se medirá a dos caras. - Pinturas sobre persianas metálicas: se medirán a dos caras. - Pintura sobre capialzados: se medirá por ml. indicando su desarrollo. - Pintura sobre reja y barandillas: en los casos de no estar incluida la pintura en la unidad a pintar, se medirá a una sola cara. En huecos que lleven carpintería y rejas, se medirán independientemente ambos elementos. - Pintura sobre radiadores de calefacción: se medirá por elementos si no queda incluida la pintura en la medición y abono de dicha unidad. - Pintura sobre tuberías: se medirá por ml. con la salvedad antes apuntada. En los precios unitarios respectivos, está incluido el coste de los materiales; mano de obra, operaciones y medios auxiliares que sean precisos para obtener una perfecta terminación, incluso la preparación de superficies, limpieza, lijado, plastecido, etc., previos a la aplicación de la pintura. 5.11.- VALORACIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS.- 5.11.1.- ALCANCE DE LOS PRECIOS.- El precio de cada unidad de obra afecta a obra civil y/o instalación, equipo, máquina, etc..., abarca: Todos los gastos de extracción, aprovisionamiento, transporte, montaje, pruebas en vacío y carga, muestras, ensayos, control de calidad, acabado de materiales, equipos y obras necesarios, así como las ayudas de albañilería, electricidad, fontanería y de cualquier otra índole que sean precisas. Todos los gastos a que dé lugar el personal que directa o indirectamente intervengan en su ejecución y todos los gastos relativos a medios auxiliares, ayudas, seguros, gastos generales, gravámenes fiscales o de otra clase e indemnizaciones o abonos por cualquier concepto, entendiendo que la unidad de obra quedará total y perfectamente terminada y con la calidad que se exige en el proyecto, y que, en todo caso, tiene el carácter de mínima.

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No se podrá reclamar, adicionalmente a una unidad de obra, otras en concepto de elementos o trabajos previos y/o complementarios, a menos que tales unidades figuren medidas en el presupuesto. 5.11.2.- RELACIONES VALORADAS.- Por la Dirección Técnica de la Obra se formarán mensualmente las relaciones valoradas de los trabajos ejecutados, contados preferentemente "al origen". Descontando de la relación de cada mes el total de los meses anteriores, se obtendrá el volumen mensual de la Obra Ejecutada. El Constructor podrá presenciar la toma de datos para extender dichas relaciones valoradas, disponiendo de un plazo de seis días naturales para formular las reclamaciones oportunas; transcurridos los cuales sin objeción alguna, se le reputará total y absolutamente conforme con ellas. Para el cómputo de este plazo se tomará como fecha la de la medición valorada correspondiente. Estas relaciones valoradas, por lo que a la Propiedad y Dirección Facultativa se refiere, sólo tendrán carácter provisional, no entrañando aceptación definitiva ni aprobación absoluta. 5.11.3.- OBRA QUE TIENE DERECHO A PERCIBIR EL CONSTRUCTOR.- El Constructor tiene derecho a percibir el importe a Precio de Presupuesto o Contradictorios, en su caso, de todas las unidades que realmente ejecute, sean inferiores, iguales o superiores a las consignadas en el Proyecto salvo pacto en contrario siempre que respondan a éste o lo hayan sido expresamente ordenadas por escrito por la Dirección Técnica, según ha quedado establecido en el artículo correspondiente. 5.11.4.- PAGO DE LAS OBRAS.- El pago de las obras se verificará por la Propiedad contra certificación aprobada, expedida por la Dirección Facultativa de ellas. Los pagos dimanantes de liquidaciones tendrán el carácter de anticipos "a buena cuenta", es decir, que son absolutamente independientes de la liquidación final y definitiva de las obras, quedando pues sujetas a rectificación, verificación o anulación si procedieran. En ningún caso salvo en el de rescisión, cuando así convenga a la Propiedad, serán a tener en cuenta, a efectos de liquidación, los materiales acopiados a pie de obra ni cualesquiera otros elementos auxiliares que en ella estén interviniendo. Serán de cuenta del Constructor cuantos gastos de todo orden se originen a la Administración, a la Dirección Técnica o a sus Delegados para la toma de datos y redacción de las mediciones u operaciones necesarias para abonar total o parcialmente las obras. Terminadas las obras se procederá a hacer la liquidación general que constará de las mediciones y valoraciones de todas las unidades que constituyen la totalidad de la obra.

Dos Hermanas a Julio de 2017

El Arquitecto Técnico.- La Propiedad El presente Pliego General es suscrito en prueba de conformidad por la Propiedad y el Contratista en cuadriplicado ejemplar, uno para cada una de las partes, el tercero, para el Arquitecto Director y el cuarto para el expediente del Proyecto depositado en el colegio Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla, el cual conviene que hará fé de su contenido en caso de dudas o discrepancias. Dos Hermanas a Julio de 2017

Fdo. La Propiedad Fdo. El Contratista.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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ANEXO Nº 1.- PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN. (FACULTATIVAS Y ECONÓMICAS).

CAPITULO PRELIMINAR CAPITULO I : CONDICIONES FACULTATIVAS Epígrafe 1º: DELIMITACION GENERAL DE FUNCIONES TÉCNICAS Epígrafe 2º: DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS GENERALES DEL CONSTRUCTOR O

CONTRATISTA Epígrafe 3º: PRESCRIPCIONES GENERALES RELATIVAS A LOS TRABAJOS Y A LOS MATERIALES Epígrafe 4º: DE LAS RECEPCIONES DE EDIFICIOS Y OBRAS ANEJAS. DE LAS RECEPCIONES

PROVISIONALES. CAPÍTULO II : CONDICIONES ECONÓMICAS / ADMINISTRATIVAS Epígrafe 1º: PRINCIPIO GENERAL Epígrafe 2º: FIANZAS Epígrafe 3º: DE LOS PRECIOS. COMPOSICIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS Epígrafe 4º: OBRAS POR ADMINISTRACIÓN Epígrafe 5º: DE LA VALORACIÓN Y ABONOS DE LOS TRABAJOS Epígrafe 6º: DE LAS INDEMNIZACIONES MUTUAS Epígrafe 7º: VARIOS Epígrafe 1º: NORMATIVA TÉCNICA APLICABLE CAPÍTULO PRELIMINAR NATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONESNATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONESNATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONESNATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONESNATURALEZA Y OBJETO DEL PLIEGO DE CONDICIONES Artículo 1º.− El presente Pliego General de Condiciones tiene carácter supletorio del pliego de Condiciones Particulares del Proyecto. Ambos, conjuntamente con los otros documentos requeridos en el Artículo 22 de la Ley de Contratos del Estado y Artículo 63 del Reglamento General para la Contratación del Estado, forman el Proyecto Arquitectónico, y tienen por finalidad regular la ejecución de las obras fijando los niveles técnicos y de la calidad exigibles, precisando las intervenciones que corresponden, según el contrato y con arreglo a la Legislación aplicable a la Propiedad, al Contratista o constructor de la misma, sus técnicos y encargados, así como las relaciones entre todos ellos y sus correspondientes obligaciones en orden al cumplimiento del contrato de obra. DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA Artículo 2º.− Integran el contrato los siguientes documentos relacionados por orden de prelación en cuanto al valor de sus especificaciones en caso de omisión o aparente contradicción: 1º.− Las condiciones fijadas en el propio documento de Contrato. 2º.− El Pliego de Condiciones Particulares. 3º.− El presente Pliego General de Condiciones. 4º.− El resto de la documentación de Proyecto (memoria, planos, mediciones y presupuestos). El presente proyecto se refiere a una obra de nueva construcción, siendo por tanto susceptible de ser entregada al uso a que se destina una vez finalizada la misma.

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Las órdenes e instrucciones de la Dirección Facultativa de las obras se incorporan al Proyecto como interpretación, complemento o precisión de sus determinaciones. En cada documento, las especificaciones literales prevalecen sobre las gráficas y en los planos, la cota prevalece sobre la medida a escala. CAPITULO I : CONDICIONES FACULTATIVAS

EPÍGRAFE 1º. DELIMITACIÓN GENERAL DE FUNCIONES TÉCNICAS EL ARQUITECTO DIRECTOR Artículo 3º.− Corresponde al Arquitecto Director: − Redactar los complementos o rectificaciones del proyecto que se precisen. − Asistir a las obras, cuantas veces lo requiera su naturaleza y complejidad, a fin de resolver las

contingencias que se produzcan e impartir las órdenes complementarias que sean precisas para conseguir la correcta solución arquitectónica.

− Coordinar la intervención en obra de otros técnicos que, en su caso, concurran a la dirección

con función propia en aspectos parciales de su especialidad. − Aprobar las certificaciones parciales de obra, la liquidación final y asesorar al promotor en el

acto de la recepción. EL APAREJADOR O ARQUITECTO TÉCNICO Artículo 4º.− Corresponde al Aparejador o Arquitecto Técnico: − Redactar el documento de estudios y análisis del Proyecto con arreglo a lo previsto en el

artículo 1º.4. de las Tarifas de Honorarios aprobados por R.D. 314/1979, de 19 de enero. − Planificar, a la vista del proyecto arquitectónico, del contrato y de la normativa técnica de

aplicación el control de calidad y económico de las obras. − Redactar cuando sea requerido el estudio de los sistemas adecuados a los riesgos del trabajo

en la realización de la obra y aprobar el Plan de Seguridad e Higiene para la aplicación del mismo.

− Efectuar el replanteo de la obra y preparar el acta correspondiente, suscribiéndola en unión

del Arquitecto y del Constructor. − Comprobar las instalaciones provisionales, medios auxiliares y sistemas de seguridad e

higiene en el trabajo, controlando su correcta ejecución. − Ordenar y dirigir la ejecución material con arreglo al proyecto, a las normas técnicas y a las

reglas de la buena construcción. − Realizar o disponer las pruebas o ensayos de materiales, instalaciones y demás unidades de

obra según las frecuencias de muestreo programadas en el plan de control, así como efectuar las demás comprobaciones que resulten necesarias para asegurar la calidad constructiva de acuerdo con el proyecto y la normativa técnica aplicable. De los resultados informará puntualmente al Constructor, impartiéndole, en su caso, las órdenes oportunas; de no resolverse la contingencia adoptará las medidas que corresponda dando cuenta al Arquitecto.

− Realizar las mediciones de obra ejecutada y dar conformidad, según las relaciones

establecidas, a las certificaciones valoradas y a la liquidación de la obra. − Suscribir, en unión del Arquitecto, el certificado final de la obra. EL CONSTRUCTOR

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Artículo 5º.− Corresponde al Constructor: a− Organizar los trabajos de construcción, redactando los planes de obras que se precisen y

proyectando o autorizando las instalaciones provisionales y medios auxiliares de la obra. b− Elaborar, cuando se requiera, el Plan de Seguridad e Higiene de la obra en aplicación del

estudio correspondiente y disponer en toda caso la ejecución de las medidas preventivas, velando por su cumplimiento y por la observancia de la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo, en concordancia con las previstas en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo aprobada por O.M. 9−3−71.

c− Suscribir con el Arquitecto el acta del replanteo de la obra. d− Ostentar la jefatura de todo el personal que intervenga en la obra y coordinar las

intervenciones de los subcontratistas. e− Asegurar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales y elementos constructivos que

se utilicen, comprobando los preparativos en obra y rechazando, por iniciativa propia o por prescripción del Aparejador o Arquitecto Técnico, los suministros o prefabricados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplicación.

f− Custodiar el Libro de órdenes y seguimiento de la obra, y dar el enterado a las anotaciones

que se practiquen en el mismo. g− Facilitar al Arquitecto con antelación suficiente los materiales precisos para el cumplimiento

de su cometido. h− Preparar las certificaciones parciales de obra y la propuesta de liquidación final. i− Suscribir con el Promotor las actas de recepción provisional y definitiva. j− Concertar los seguros de accidentes de trabajo y de daños a terceros durante la obra. k− Deberá tener siempre en la obra un número proporcionado de obreros a la extensión de los

trabajos que se estén ejecutando según el nº 5 del Artículo 22 de la Ley de Contratos del Estado, y el nº 5 del Artículo 63 del vigente Reglamento General de Contratación del Estado.

EPÍGRAFE 2º. DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS GENERALES DEL CONSTRUCTOR O CONTRATISTA

VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO Artículo 6º.− Antes de dar comienzo a las obras, el Constructor consignará por escrito que la documentación aportada le resulta suficiente para la comprensión de la totalidad de la obra contratada o, en caso contrario, solicitará las aclaraciones pertinentes. El Contratista se sujetará a las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas vigentes, así como a las que se dicten durante la ejecución de la obra. PLAN DE SEGURIDAD E HIGIENE Artículo 7º.− El Constructor, a la vista del Proyecto de Ejecución, conteniendo, en su caso, el Estudio de Seguridad e Higiene, presentará el Plan de Seguridad e Higiene de la obra a la aprobación del Técnico de la Dirección Facultativa. OFICINA EN LA OBRA Artículo 8º.− El Constructor habilitará en la obra una oficina en la que existirá una mesa o tablero adecuado, en el que puedan extenderse y consultarse los planos. En dicha oficina tendrá siempre el Contratista a disposición de la Dirección Facultativa: − El Proyecto de Ejecución completo, incluidos los complementos que en su caso redacte el

Arquitecto.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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− La Licencia de Obras − El Libro de Órdenes y Asistencias − El Plan de Seguridad e Higiene − El Libro de Incidencias − El Reglamento y Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo − La Documentación de los seguros mencionados en el Artículo 5º−j). Dispondrá además el Constructor de una oficina para la Dirección Facultativa, convenientemente acondicionada para que en ella se pueda trabajar con normalidad a cualquier hora de la jornada. PRESENCIA DEL CONSTRUCTOR EN LA OBRA Artículo 9º.− El Constructor viene obligado a comunicar a la propiedad la persona designada como delegado suyo en la obra, que tendrá carácter de Jefe de la misma, con dedicación plena y con facultades para representarle y adoptar en todo momento cuantas disposiciones competan a la contrata. Serán sus funciones las del Constructor según se especifica en el artículo 5º. Cuando la importancia de las obras lo requiera y así se consigne en el "Pliego de Condiciones Particulares de índole Facultativa", el delegado del Contratista será un facultativo de grado superior o grado medio, según los casos. El Pliego de Condiciones particulares determinará el personal facultativo o especialista que el Constructor se obligue a mantener en la obra como mínimo, y el tiempo de dedicación comprometido. El incumplimiento de esta obligación o, en general, la falta de cualificación suficiente por parte del personal según la naturaleza de los trabajos, facultará al Arquitecto para ordenar la paralización de las obras, sin derecho a reclamación alguna, hasta que se subsane la deficiencia. Artículo 10º.− El Jefe de la obra, por sí mismo o por medio de sus técnicos encargados, estará presente durante la jornada legal de trabajo y acompañará al Arquitecto, en las visitas que haga a las obras, poniéndose a su disposición para la práctica de los reconocimientos que se consideren necesarios y suministrándole los datos precisos para la comprobación de mediciones y liquidaciones. TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE Artículo 11º.− Es obligación de la contrata el ejecutar cuanto sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras, aún cuando no se halle expresamente determinado en los documentos de Proyecto, siempre que, sin separarse de su espíritu y recta interpretación, lo disponga el Arquitecto dentro de los límites de posibilidades que los presupuestos habiliten para cada unidad de obra y tipo de ejecución. El Contratista, de acuerdo con la Dirección Facultativa, entregará en el acto de la recepción provisional, los planos de todas las instalaciones ejecutadas en la obra, con las modificaciones o estado definitivo en que hayan quedado. El Contratista se compromete igualmente a entregar las autorizaciones que preceptivamente tienen que expedir las Delegaciones Provinciales de Industria, Sanidad, etc., y autoridades locales, para la puesta en servicio de las referidas instalaciones. Son también por cuenta del Contratista, todos los arbitrios, licencias municipales, vallas, alumbrado, multas, etc., que ocasionen las obras desde su inicio hasta su total terminación. INTERPRETACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO Artículo 12º.− Cuando se trate de aclarar, interpretar o modificar preceptos de los Pliego de Condiciones o indicaciones de los planos o croquis, las órdenes e instrucciones correspondientes se comunicarán precisamente por escrito al Constructor estando éste obligado a su vez a devolver los originales o las copias suscribiendo con su firma el enterado, que figurará al pie de todas las órdenes, avisos o instrucciones que reciba del Arquitecto. Cualquier reclamación que en contra de las disposiciones tomadas por éstos crea oportuno hacer el Constructor, habrá de dirigirla, dentro precisamente del plazo de tres días, a quien la hubiera dictado, el cual dará al Constructor, el correspondiente recibo, si este lo solicitase. Artículo 13º.− El Constructor podrá requerir del Arquitecto o del Aparejador o Arquitecto Técnico, según sus respectivos cometidos, las instrucciones o aclaraciones que se precisen para la correcta interpretación y ejecución de lo proyectado. RECLAMACIONES CONTRA LAS ÓRDENES DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA Artículo 14º.− Las reclamaciones que el Contratista quiera hacer contra las órdenes o instrucciones dimanadas de la Dirección Facultativa, sólo podrá presentarlas, a través del Arquitecto, ante la Propiedad, si son de orden económico y de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Pliegos de Condiciones correspondientes. Contra disposiciones de orden técnico del Arquitecto, no se admitirá reclamación alguna, pudiendo el Contratista salvar su responsabilidad, si lo estima oportuno, mediante exposición razonada

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dirigida al Arquitecto, el cual podrá limitar su contestación al acuse de recibo, que en todo caso será obligatoria para ese tipo de reclamaciones. RECUSACIÓN POR EL CONTRATISTA DEL PERSONAL NOMBRADO POR EL ARQUITECTO Artículo 15º.− El Constructor no podrá recusar a los Arquitectos o personal encargado por éstos de la vigilancia de las obras, ni pedir que por parte de la propiedad se designen otros facultativos para los reconocimientos y mediciones. Cuando se crea perjudicado por la labor de éstos, procederá de acuerdo con lo estipulado en el artículo precedente, pero sin que por esta causa puedan interrumpirse ni perturbarse la marcha de los trabajos. FALTAS DE PERSONAL Artículo 16º.− El Arquitecto, en supuestos de desobediencia a sus instrucciones, manifiesta incompetencia o negligencia grave que comprometan o perturben la marcha de los trabajos, podrá requerir al Contratista para que aparte de la obra a los dependientes u operarios causantes de la perturbación. Artículo 17º.− El Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra a otros contratistas e industriales, con sujeción en su caso, a lo estipulado en el Pliego de Condiciones Particulares y sin perjuicio de sus obligaciones como Contratista general de la obra.

EPÍGRAFE 3º. PRESCRIPCIONES GENERALES RELATIVAS A LOS TRABAJOS Y A LOS MATERIALES

CAMINOS Y ACCESOS Artículos 18º.− El Constructor dispondrá por su cuenta los accesos a la obra y el cerramiento o vallado de ésta. El Arquitecto podrá exigir su modificación o mejora. Así mismo el Constructor se obligará a la colocación en lugar visible, a la entrada de la obra, de un cartel exento de panel metálico sobre estructura auxiliar donde se reflejarán los datos de la obra en relación al título de la misma, entidad promotora y nombres de los técnicos competentes, cuyo diseño deberá ser aprobado previamente a su colocación por la Dirección Facultativa. REPLANTEO Artículo 19º.− El Constructor iniciará las obras con el replanteo de las mismas en el terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base de ulteriores replanteos parciales. Dichos trabajos se considerarán a cargo del Contratista e incluidos en su oferta. El Constructor someterá el replanteo a la aprobación del Arquitecto y una vez este haya dado su conformidad preparará un acta acompañada de un plano que deberá ser aprobada por el Arquitecto, siendo responsabilidad del Constructor la omisión de este trámite. COMIENZO DE LA OBRA. RITMO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Artículo 20º.− El Constructor dará comienzo a las obras en el plazo marcado en el Pliego de Condiciones Particulares, desarrollándolas en la forma necesaria para que dentro de los períodos parciales en aquél señalados queden ejecutados los trabajos correspondientes y, en consecuencia, la ejecución total se lleve a efecto dentro del plazo exigido en el Contrato. Obligatoriamente y por escrito, deberá el Contratista dar cuenta al Arquitecto del comienzo de los trabajos al menos con tres días de antelación. ORDEN DE LOS TRABAJOS Artículo 21º.− En general, la determinación del orden de los trabajos es facultad de la contrata, salvo aquellos casos en los que, por circunstancias de orden técnico, estime conveniente su variación la Dirección Facultativa. FACILIDADES PARA OTROS CONTRATISTAS Artículo 22º.− De acuerdo con lo que requiera la Dirección Facultativa, el Contratista General deberá dar todas las facilidades razonables para la realización de los trabajos que le sean encomendados a todos los demás Contratistas que intervengan en la obra. Ello sin perjuicio de las compensaciones económicas a que haya lugar entre Contratistas por utilización de medios auxiliares o suministros de energía u otros conceptos. En caso de litigio, ambos Contratistas estarán a lo que resuelva la Dirección Facultativa. AMPLIACIÓN DEL PROYECTO POR CAUSAS IMPREVISTAS O DE FUERZA MAYOR Artículo 23º.− Cuando sea preciso por motivo imprevisto o por cualquier accidente, ampliar el Proyecto, no se interrumpirán los trabajos, continuándose según las instrucciones dadas por el Arquitecto en tanto se formula o se tramita el Proyecto Reformado.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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El Constructor está obligado a realizar con su personal y sus materiales cuanto la Dirección de las obras disponga para apeos, apuntalamientos, derribos, recalzos o cualquier otra obra de carácter urgente. PRÓRROGA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Artículo 24º.− Si por causa de fuerza mayor o independiente de la voluntad del Constructor, éste no pudiese comenzar las obras, o tuviese que suspenderlas, o no le fuera posible terminarlas en los plazos prefijados, se le otorgará una prórroga proporcionada para el cumplimiento de la contrata, previo informe favorable del Arquitecto. Para ello, el Constructor expondrá, en escrito dirigido al Arquitecto, la causa que impide la ejecución o la marcha de los trabajos y el retraso que por ello se originaría en los plazos acordados, razonando debidamente la prórroga que por dicha causa solicita. RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA EN EL RETRASO DE LA OBRA Artículo 25º.− El Contratista no podrá excusarse de no haber cumplido los plazos de obra estipulados, alegando como causa la carencia de planos u órdenes de la Dirección Facultativa, a excepción del caso en que habiéndolo solicitado por escrito no se le hubiesen proporcionado. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Artículo 26º.− Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto, a las modificaciones del mismo que previamente hayan sido aprobadas y a las órdenes e instrucciones que bajo su responsabilidad y por escrito entregue el Arquitecto al Constructor, dentro de las limitaciones presupuestarias y de conformidad con lo especificado en el artículo 11º. OBRAS OCULTAS Artículo 27º.− De todos los trabajos y unidades de obra que hayan de quedar ocultos a la terminación del edificio, se levantarán los planos precisos para que queden perfectamente definidos; estos documentos se extenderán por triplicado, siendo entregados: uno, al Arquitecto; otro a la Propiedad; y el tercero, al Contratista, firmados todos ellos por los tres. Dichos planos, que deberán ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables e irrecusables para efectuar las mediciones. TRABAJOS DEFECTUOSOS Artículo 28º.− El Constructor debe emplear los materiales que cumplan las condiciones exigidas en las "Condiciones Generales y Particulares de índole Técnica "del Pliego de Condiciones y realizará todos y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con lo especificado también en dicho documento. Por ello, y hasta que tenga lugar la recepción definitiva del edificio es responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que en éstos puedan existir por su mala gestión o por la deficiente calidad de los materiales empleados o aparatos colocados, sin que le exima de responsabilidad el control que compete al Arquitecto, ni tampoco el hecho de que los trabajos hayan sido valorados en las certificaciones parciales de obra, que siempre serán extendidas y abonadas a buena cuenta. Como consecuencia de lo anteriormente expresado, cuando el Arquitecto advierta vicios o defectos en los trabajos citados, o que los materiales empleados o los aparatos colocados no reúnen las condiciones preceptuadas, ya sea en el curso de la ejecución de los trabajos, o finalizados éstos, y para verificarse la recepción definitiva de la obra, podrá disponer que las partes defectuosas demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, y todo ello a expensas de la contrata. Si ésta no estimase justa la decisión y se negase a la demolición y reconstrucción o ambas, se planteará la cuestión ante la Propiedad, quien resolverá. VICIOS OCULTOS Artículo 29º.− Si el Arquitecto tuviese fundadas razones para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará efectuar en cualquier tiempo, y antes de la recepción definitiva, los ensayos, destructivos o no, que crea necesarios para reconocer los trabajos que suponga defectuosos. Los gastos que se observen serán de cuenta del Constructor, siempre que los vicios existan realmente. DE LOS MATERIALES Y LOS APARATOS. SU PROCEDENCIA Artículo 30º.− El Constructor tiene libertad de proveerse de los materiales y aparatos de todas clases en los puntos que le parezca conveniente, excepto en los casos en que el Pliego Particular de Condiciones Técnicas preceptúe una procedencia determinada. Obligatoriamente, y para proceder a su empleo o acopio, el Constructor deberá presentar al Aparejador o Arquitecto Técnico una lista completa de los materiales y aparatos que vaya a utilizar en la que se indiquen todas las indicaciones sobre marcas, calidades, procedencia e idoneidad de cada uno de ellos. PRESENTACIÓN DE MUESTRAS

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Artículo 31º.− A petición del Arquitecto, el Constructor le presentará las muestras de los materiales siempre con la antelación prevista en el Calendario de la Obra. MATERIALES NO UTILIZABLES Artículo 32º.− El Constructor, a su costa, transportará y colocará, agrupándolos ordenadamente y en el lugar adecuado, los materiales procedentes de las excavaciones, derribos, etc., que no sean utilizables en la obra. Se retirarán de ésta o se llevarán al vertedero, cuando así estuviese establecido en el Pliego de Condiciones particulares vigente en la obra. Si no se hubiese preceptuado nada sobre el particular, se retirarán de ella cuando así lo ordene el Arquitecto. GASTOS OCASIONADOS POR PRUEBAS Y ENSAYOS Artículo 33º.− Todos los gastos originados por las pruebas y ensayos de materiales o elementos que intervengan en la ejecución de las obras, serán de cuenta de la contrata. Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio o que no ofrezca las suficientes garantías podrá comenzarse de nuevo a cargo del mismo. LIMPIEZA DE LAS OBRAS Artículo 34º.− Es obligación del Constructor mantener limpias las obras y sus alrededores, tanto de escombros como de materiales sobrantes, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y ejecutar todos los trabajos que sean necesarios para que la obra ofrezca un buen aspecto. OBRAS SIN PRESCRIPCIONES Artículo 35º.− En la ejecución de trabajos que entran en la construcción de las obras y para los cuales no existan prescripciones consignadas explícitamente en este Pliego ni en la restante documentación del Proyecto, el Constructor se atendrá, en primer término, a las instrucciones que dicte la Dirección Facultativa de las obras y, en segundo lugar, a las reglas y prácticas de la buena construcción.

EPÍGRAFE 4º. DE LAS RECEPCIONES DE EDIFICIOS Y OBRAS ANEJAS. DE LAS RECEPCIONES PROVISIONALES

Artículo 36º.− Treinta días antes de dar fin a las obras, comunicará el Arquitecto a la Propiedad la proximidad de su terminación a fin de convenir la fecha para el acto de Recepción Provisional. Esta se realizará con la intervención de un Técnico designado por la Propiedad, del Constructor y del Arquitecto. Se convocará también a los restantes técnicos que, en su caso, hubiesen intervenido en la dirección con función propia en aspectos parciales o unidades especializadas. Practicando un detenido reconocimiento de las obras, se extenderá un acta con tantos ejemplares como intervinientes y firmados por todos ellos. Desde esta fecha empezará a correr el plazo de garantía, si las obras se hallasen en estado de ser admitidas. Seguidamente, los Técnicos de la Dirección Facultativa extenderán el correspondiente Certificado Final de Obra. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el acta y se dará al Constructor las oportunas instrucciones para remediar los defectos observados, fijando un plazo para subsanarlos, expirado el cual, se efectuará un nuevo reconocimiento a fin de proceder a la recepción provisional de la obra. Si el Constructor no hubiese cumplido, podrá declararse resuelto el contrato con perdida de la fianza. Al realizarse la Recepción Provisional de las obras, deberá presentar el Contratista las pertinentes autorizaciones de los Organismos Oficiales de la Provincia, para el uso y puesta en servicio de las instalaciones que así lo requiera. No se efectuará esa Recepción Provisional, ni como es lógico la Definitiva, si no se cumple este requisito. DOCUMENTACIÓN FINAL DE LA OBRA Artículo 37º.− El Arquitecto Director facilitará a la Propiedad la documentación final de las obras, con las especificaciones y contenido dispuesto por la legislación vigente y si se trata de viviendas, con lo que se establece en los párrafos 2,3,4, y 5 del apartado 2 del artículo 4º del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril. MEDICIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS Y LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE LA OBRA Artículo 38º.− Recibidas provisionalmente las obras, se procederá inmediatamente por el Arquitecto a su medición definitiva, con precisa asistencia del Constructor o de su representante. Se extenderá la oportuna certificación por triplicado que, aprobada por el Arquitecto con su firma, servirá para el abono por la Propiedad del saldo resultante salvo la cantidad retenida en concepto de fianza.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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PLAZO DE GARANTÍA Artículo 39º.− El plazo de garantía será de doce meses, y durante este período el Contratista corregirá los defectos observados, eliminará las obras rechazadas y reparará las averías que por esta causa se produjeran, todo ello por su cuenta y sin derecho a indemnización alguna, ejecutándose en caso de resistencia dichas obras por la Propiedad con cargo a la fianza. El Contratista garantiza a la Propiedad contra toda reclamación de tercera persona, derivada del incumplimiento de sus obligaciones económicas o disposiciones legales relacionadas con la obra. Una vez aprobada la Recepción y Liquidación Definitiva de las obras, la Administración tomará acuerdo respecto a la fianza depositada por el Contratista. Tras la Recepción Definitiva de la obra, el Contratista quedará relevado de toda responsabilidad salvo en lo referente a los vicios ocultos de la construcción. CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE Artículo 40º.− Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendido entre las recepciones provisionales y definitivas, correrán a cargo del Contratista. Por lo tanto, el Contratista durante el plazo de garantía será el conservador del edificio, donde tendrá el personal suficiente para atender a todas las averías y reparaciones que puedan presentarse, aunque el establecimiento fuese ocupado o utilizado por la propiedad, antes de la Recepción Definitiva. DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA Artículo 41º.− La recepción definitiva se verificará después de transcurrido el plazo de garantía en igual forma y con las mismas formalidades que la provisional, a partir de cuya fecha cesará la obligación del Constructor de reparar a su cargo aquéllos desperfectos inherentes a la norma conservación de los edificios y quedarán sólo subsistentes todas las responsabilidades que pudieran alcanzarle por vicios de la construcción. PRÓRROGA DEL PLAZO DE GARANTÍA Artículo 42º.− Si al proceder al reconocimiento para la recepción definitiva de la obra, no se encontrase ésta en las condiciones debidas, se aplazará dicha recepción definitiva y el Arquitecto Director marcará al Constructor los plazos y formas en que deberán realizarse las obras necesarias y, de no efectuarse dentro de aquellos, podrá resolverse el contrato con pérdida de la fianza. DE LAS RECEPCIONES DE TRABAJOS CUYA CONTRATA HAYA SIDO RESCINDIDA Artículo 43º.− En el caso de resolución del contrato, el Contratista vendrá obligado a retirar, en el plazo que se fije en el Pliego de Condiciones Particulares, la maquinaría, medios auxiliares, instalaciones, etc., a resolver los subcontratos que tuviese concertados y a dejar la obra en condiciones de ser reanudadas por otra empresa. Las obras y trabajos terminados por completo se recibirán provisionalmente con los trámites establecidos en el artículo 36. Para las obras y trabajos no terminados pero aceptables a juicio del Arquitecto Director, se efectuará una sola recepción definitiva. CAPITULO II : CONDICIONES ECONOMICAS ADMINISTRATIVAS

EPÍGRAFE 1º.- PRINCIPIO GENERAL Artículo 44º.- Todos los que intervienen en el proceso de construcción tienen derecho a percibir puntualmente las cantidades devengadas por su correcta actuación con arreglo a las condiciones contractualmente establecidas. Artículo 45º.- La Propiedad, el Contratista y, en su caso, los Técnicos, pueden exigirse recíprocamente las garantías adecuadas al cumplimiento puntual de sus obligaciones de pago.

EPÍGRAFE 2º.- FIANZAS Artículo 46º.- El Contratista prestará fianza con arreglo a alguno de los siguientes procedimientos según se estipule: a) Depósito previo, en metálico o valores, o aval bancario.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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b) Mediante retención en las certificaciones parciales o pagos a cuenta en igual proporción. FIANZA PROVISIONAL Artículo 47º.- En el caso de que la obra se adjudique por subasta pública, el depósito provisional para tomar parte en ella se especificará en el anuncio de la misma. El Contratista a quien se haya adjudicado la ejecución de una obra o servicio para la misma, deberá depositar en el punto y plazo fijados en el anuncio de la subasta o el que se determine en el Pliego de condiciones Particulares del Proyecto, la fianza definitiva que se señale, fianza que puede constituirse en cualquiera de las formas especificadas en el apartado anterior. EJECUCIÓN DE TRABAJOS CON CARGO A LA FIANZA Artículo 48º.- Si el Contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para ultimar la obra en las condiciones contratadas, el Arquitecto Director en nombre y representación del Propietario, los ordenará ejecutar a un tercero, o, podrá realizarlos directamente por administración, abonando su importe con la fianza depositada, sin perjuicio de las acciones a que tenga derecho el Propietarios, en el caso de que el importe de la fianza no bastare para cubrir el importe de los gastos efectuados en las unidades de la obra que no fuesen de recibo. DE SU DEVOLUCIÓN EN GENERAL Artículo 49º.- La fianza retenida será devuelta al Contratista una vez firmada el Acta de Recepción Definitiva de la obra. La Propiedad podrá exigir que el Contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas causadas por la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros, subcontratos,... DEVOLUCION DE LA FIANZA EN EL CASO DE EFECTUARSE RECEPCIONES PARCIALES Artículo 50º.- Si la Propiedad, con la conformidad del Arquitecto Director, accediera a hacer recepciones parciales, tendrá derecho el Contratista a que se le devuelva la parte proporcional de la fianza.

EPÍGRAFE 3º.- DE LOS PRECIOS COMPOSICIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS Artículo 51º.- El cálculo de los precios de las distintas unidades de la obra es el resultado de sumar los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial. Se considerarán costes directos : a) La mano de obra, con sus pluses, cargas y seguros sociales, que intervienen directamente en

la ejecución de la unidad de obra. b) Los materiales, a los precios resultantes a pie de la obra, que queden integrados en la unidad

de que se trate o que sean necesarios para su ejecución. c) Los equipos y sistemas técnicos de la seguridad e higiene para la prevención y protección de

accidentes y enfermedades profesionales. d) Los gastos de personal, combustible, energía, etc., que tenga lugar por accionamiento o

funcionamiento de la maquinaría e instalaciones utilizadas en la ejecución de la unidad de obras.

e) Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, instalaciones, sistemas y equipos anteriormente citados.

Se considerarán costes indirectos - Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones edificación de almacenes,

talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorios, seguros, etc., los del personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos. Todos esto gastos, se cifrarán en un porcentaje de los costes directos.

Se considerarán Gastos Generales - Los Gastos Generales de empresa, gastos financieros, cargas fiscales y tasas de la administración

legalmente establecidas. Se cifrarán como un porcentaje de la suma de los costes directos e indirectos (en los contratos de obras de la Administración Pública este porcentaje se establece un 9 por 100).

Beneficio Industrial

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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- El Beneficio Industrial del Contratista se establece en el 6 por 100 sobre la suma de las anteriores partidas.

Precio de Ejecución Material - Se denominará Precio de Ejecución Material al resultado obtenido por la suma de los anteriores

conceptos a excepción del Beneficio Industrial y los gastos generales. Precio de Contrata - El precio de Contrata es la suma de los costes directos, los indirectos, los Gastos Generales y el

Beneficio Industrial. - El IVA gira sobre esta suma pero no integra el precio. PRECIO DE CONTRATA. IMPORTE DE CONTRATA Artículo 52º.- En el caso de que los trabajos a realizar en un edificio u obra aneja cualquiera se contratasen a riesgo y ventura, se entiende por Precio de Contrata el que importa el coste total de la unidad de obra, es decir, el precio de Ejecución material, más el tanto por ciento (%) sobre este último precio en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial del Contratista. Los Gastos Generales se estiman normalmente en un 9% y el beneficio se estima normalmente en 6 por 100, salvo que en las condiciones particulares se establezca otro destino. PRECIOS CONTRADICTORIOS Artículo 53º.- Se producirán precios contradictorios sólo cuando la Propiedad por medio del Arquitecto decida introducir unidades o cambios de calidad en alguna de las previstas, o cuando sea necesario afrontar alguna circunstancia imprevista. El Contratista estará obligado a efectuar los cambios. A falta de acuerdo, el precio se resolverá contradictoriamente entre el Arquitecto y el Contratista antes de comenzar la ejecución de los trabajos y en el plazo que determina el Pliego de Condiciones Particulares. Si subsistiese la diferencia se acudirá en primer lugar, al concepto más análogo dentro del cuadro de precios del proyecto, y en segundo lugar, al banco de precios de uso más frecuente en la localidad. Los contradictorios que hubiere se referirán siempre a los precios unitarios de la fecha del contrato. RECLAMACIONES DE AUMENTO DE PRECIOS POR CAUSAS DIVERSAS Artículo 54º.- Si el Contratista, antes de la firma del contrato, no hubiese hecho la reclamación u observación oportuna, no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar aumento de los precios fijados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirva de base para la ejecución de las obras (con referencia a Facultativas). FORMAS TRADICIONALES DE MEDIR O DE APLICAR LOS PRECIOS Artículo 55º.- En ningún caso podrá alegar el Contratista los usos y costumbres del país respecto de la aplicación de los precios o de forma de medir las unidades de obra ejecutadas, se estará a lo previsto en primer lugar, al Pliego General de Condiciones Técnicas, y en segundo lugar, al Pliego General de Condiciones Particulares. DE LA REVISIÓN DE LOS PRECIOS CONTRATADOS Artículo 56º.- Contratándose las obras a riesgo y ventura, no se admitirá la revisión de los precios en tanto que el incremento no alcance en la suma de las unidades que falten por realizar de acuerdo con el Calendario, un montante superior al cinco por ciento (5 por 100) del importe total del presupuesto de Contrato. Caso de producirse variaciones en alza superiores a este porcentaje, se efectuará la correspondiente revisión de acuerdo con la fórmula establecida en el Pliego de Condiciones Particulares, percibiendo el Contratista la diferencia en más que resulte por la variación del IPC superior al 5 por 100. No habrá revisión de precios de las unidades que puedan quedar fuera de los plazos fijados en el Calendario de la oferta. ACOPIO DE MATERIALES Artículo 57º.- El Contratista queda obligado a ejecutar los acopios de materiales o aparatos de obra que la Propiedad ordena por escrito. Los materiales acopiados, una vez abonados por el Propietario son, de la exclusiva propiedad de éste; de su guarda y conservación será responsable el Contratista.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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EPÍGRAFE 4º.- 0BRAS POR ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACION Artículo 58º.- Se denominan "Obras por Administración" aquellas en las que las gestiones que se precisan para su realización las lleva directamente el propietario; bien por sí mismo o por un representante suyo o bien por mediación de un constructor. Las obras por administración se clasifican en las dos modalidades siguientes: a) Obras por administración directa. b) Obras por administración delegada o indirecta. OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA Artículo 59º.- Se denominan "Obras por Administración Directa" aquellas en las que el Propietario por sí o por mediación de un representante suyo, que puede ser el propio Arquitecto-Director, expresamente autorizado a estos efectos, lleve directamente las gestiones precisas para la ejecución de la obra, adquiriendo los materiales, contratando su transporte a la obra y, en suma interviniendo directamente en todas las operaciones precisas para que al personal y los obreros contratados por él puedan realizarla; en estas obras el constructor, si lo hubiese, o el encargado de su realización, es un mero dependiente del propietario, ya sea como empleado suyo o como autónomo contratado por él, que es quien reúne en sí, por tanto, la doble personalidad de Propietario y Contratista. OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA O INDIRECTA Artículo 60º.- Se entiende por "Obra por Administración Delegada o Indirecta" la que convienen un Propietario y un Constructor para que éste, por cuenta de aquél y como delegado suyo, realice las gestiones y los trabajos que se precisen y se convengan. Son por tanto, características peculiares de la "Obra por Administración Delegada o Indirecta" las siguientes. - Por parte del Propietario, la obligación de abonar directamente o por la mediación del Constructor

todos los gastos inherentes a la realización de los trabajos convenidos, reservándose el Propietario la facultad de poder ordenar, bien por sí mismo o por medio del Arquitecto-Director en su representación, el orden y la marcha de los trabajos, la elección de los materiales y aparatos que en los trabajos han de emplearse y, en suma todos los elementos que crea preciso para regular la realización de los trabajos convenidos.

- Por parte del Constructor, la obligación de llevar la gestión práctica de los trabajos, aportando sus

conocimientos constructivos, los medios auxiliares precisos y, en suma todo lo que, en armonía con su cometido, se requiera para la ejecución de los trabajos, percibiendo con ello el Propietario un tanto por ciento (%) prefijado sobre el importe total de los gastos efectuados y abonados por el Constructor.

LIQUIDACIÓN DE OBRAS POR ADMINISTRACIÓN Artículo 61º.- Para la liquidación de los trabajos que se ejecuten por administración delegada o indirecta, regirán las normas que a tales fines se establezcan en las "Condiciones Particulares de índole Económica" vigentes en la obra; a falta de ellas, las cuentas de administración las presentará el Constructor al Propietario, en relación valorada a la que deberá acompañarse y agrupados en el orden que se expresan los documentos siguientes todos ellos conformados por el Aparejador o Arquitecto Técnico: - Las facturas originales de los materiales adquiridos para los trabajos y el documento adecuado que

justifique el depósito o el empleo de dichos materiales en la obra. - Las nóminas de los jornales abonadas a lo establecido en la legislación vigente, especificando el

número de horas trabajadas en la obra por los operarios de cada oficio y su categoría, acompañando a dichas nóminas una relación numérica de los encargados, capataces, jefes de equipo, oficiales y ayudantes de cada oficio, peones especializados y sueltos, listeros, guardas, etc., que hayan trabajado en la obra durante el plazo de tiempo a que correspondan las nóminas que se presentan.

- Las facturas originales de los transportes de materiales puestos en la obra o retirada de escombros. A la suma de todos los gastos inherentes a la propia obra en cuya gestión o pago haya intervenido el Constructor se le aplicará, a falta de convenio especial, un quince por ciento (15 por 100), entendiéndose que en este porcentaje están incluidos los medios auxiliares y los de seguridad preventivos de accidentes, los Gastos Generales que al Constructor originen los trabajos de administración que realiza y el Beneficio Industrial del mismo.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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ABONO AL CONSTRUCTOR DE LAS CUENTAS DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA Artículo 62º.- Salvo pacto distinto, los abonos al Constructor de las cuentas de Administración Delegada los realizará el Propietarios mensualmente según los partes de trabajos realizados aprobados por el propietario o por su delegado representante. Independientemente, el Aparejador o Arquitecto Técnico redactará, con igual periodicidad, la medición de la obra realizada, valorándola con arreglo al presupuesto aprobado. Estas valoraciones no tendrán efectos para los abonos al Constructor salvo que se hubiese pactado lo contrario contractualmente. NORMAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS MATERIALES Y APARATOS Artículo 63º.- No obstante las facultades que en estos trabajos por Administración delegada se reserva el Propietario para la adquisición de los materiales y aparatos, si al Constructor se le autoriza para gestionar y adquirirlos, deberá presentar al Propietario, o en su representación al Arquitecto-Director, los precios y las muestras de los materiales y aparatos ofrecidos, necesitando su previa aprobación antes de adquirirlos. RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR EN EL BAJO RENDIMIENTO DE LOS OBREROS Artículo 64º.- Si de los partes mensuales de obra ejecutada que preceptivamente debe presentar el Constructor al Arquitecto-Director, éste advirtiese que los rendimientos de la mano de obra, en todas o en algunas de las unidades de obra ejecutada, fuesen notoriamente inferiores a los rendimientos normales generalmente admitidos para unidades de obra iguales o similares, se lo notificará por escrito al Constructor, con el fin de que éste haga las gestiones precisas para aumentar la producción en la cuantía señalada por el Arquitecto-Director. Si hecha esta notificación al Constructor, en los meses sucesivos, los rendimientos no llegasen a los normales, el Propietario queda facultado para resarcirse de la diferencia, rebajando su importe del quince por ciento (15 por 100) que por los conceptos antes expresados correspondería abonarle al Constructor en las liquidaciones quincenales que preceptivamente deben efectuársele. En caso de no llegar ambas partes a un acuerdo en cuanto a los rendimientos de la mano de obra, se someterá el caso a arbitraje. RESPONSABILIDADES DEL CONSTRUCTOR Artículo 65º.- En los trabajos de "Obras por Administración Delegada", el Constructor sólo será responsable de los defectos constructivos que pudieran tener los trabajos o unidades por él ejecutadas y también de los accidentes o perjuicios que pudieran sobrevenir a los obreros o a terceras personas por no haber tomado las medidas precisas que en las disposiciones legales se establecen. En cambio, y salvo lo expresado en el artículo 63º.- precedente, no será responsable del mal resultado que pudiesen dar los materiales u aparatos elegidos con arreglo a las normas establecidas en dicho artículo. En virtud de lo anteriormente consignado, el Constructor está obligado a reparar por su cuenta los trabajos defectuosos y a responder también de los accidentes o perjuicios expresados en el párrafo anterior.

EPÍGRAFE 5º.- DE LA VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS FORMAS VARIAS DE ABONO DE LAS OBRAS Artículo 66º.- Según la modalidad elegida para la contratación de las obras y salvo que en el Pliego Particular de Condiciones Económicas se preceptúe otra cosa, el abono de los trabajos se podrá efectuar de las siguientes formas: 1º.- Tipo fijo o tanto alzado total l. Se abonará la cifra previamente fijada como base de la adjudicación,

disminuida en su caso en el importe de la baja efectuada por el adjudicatario. 2º.- Tipo fijo o tanto alzado por unidad de obra cuyo precio invariable se haya fijado de antemano,

pudiendo variar solamente el número de unidades ejecutadas. Previa mediación y aplicando al total de las diversas unidades de obra ejecutadas, del precio invariable estipulado de antemano para cada una de ellas, se abonará al Contratista el importe de las comprendidas en los trabajos ejecutados y ultimados con arreglo y sujeción a los documentos que constituyen el Proyecto, los que servirán de base para la mediación y valoración de las diversas unidades. 3º.- Tanto variable por unidad de obra, según las condiciones en que se realice y los materiales diversos

empleados en su ejecución de acuerdo con las órdenes del Arquitecto-Director. Se abonará al Contratista en idénticas condiciones el caso anterior. 4º.- Por listas de jornales y recibos de materiales , autorizados en la forma que el presente "Pliego

General de Condiciones Económicas" determina. 5º.- Por horas de trabajo, ejecutado en las condiciones determinadas en el contrato.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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RELACIONES VALORADAS Y CERTIFICACIONES Artículo 67º.- En cada una de las épocas o fechas que se fijen en el contrato o en los "Pliegos de Condiciones Particulares" que rijan en la obra, formará el Contratista una relación valorada de las obras ejecutadas durante los plazos previstos, según la medición que habrá practicado el Aparejador o Arquitecto Técnico. Lo ejecutado por el Contratista en las condiciones preestablecidas, se valorará aplicando el resultado de la medición general, cúbica, superficial, lineal, ponderal o numeral correspondiente a cada unidad de la obra y a los precios señalados en el presupuesto para cada una de ellas, teniendo presente además lo establecido en el presente "Pliego General de Condiciones Económicas", respecto a mejoras o sustituciones de material y a las obras accesorias y especiales, etc. Al Contratista, que podrá presenciar las mediciones necesarias para extender dicha relación, se le facilitarán por el Aparejador o Arquitecto los datos correspondientes de la relación valorada, acompañándolos de una nota de envío, al objeto de que, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la fecha de recibo de dicha nota, pueda el Contratista examinarlos o devolverlos firmados con su conformidad o hacer, en caso contrario, las observaciones o reclamaciones que considere oportunas. Dentro de los diez (10) días siguientes a su recibo, el Arquitecto-Director aceptará o rechazará las reclamaciones del Contratista si las hubiere, dando cuenta al mismo de su resolución, pudiendo éste, en el segundo caso, acudir ante el Propietario contra la resolución del Arquitecto-Director en la forma prevenida de los "Pliegos Generales de Condiciones Facultativas y Legales". Tomando como base la relación valorada indicada en el párrafo anterior, expedirá el Arquitecto-Director la certificación de las obras ejecutadas. De su importe se deducirá el tanto por ciento que para la constitución de la fianza se haya preestablecido. Las certificaciones se remitirán al Propietario, dentro del mes siguiente al período a que se refieren, y tendrán el carácter de documento y entregas a buena cuenta, sujetas a las rectificaciones y variaciones que se deriven de la liquidación final, no suponiendo tampoco dichas certificaciones aprobación ni recepción de las obras que comprenden. Las relaciones valoradas contendrán solamente la obra ejecutada en el plazo a que la valoración se refiere. En caso de que el Arquitecto-Director lo exigiera, las certificaciones se extenderán al origen. MEJORAS DE OBRAS LIBREMENTE EJECUTADAS Artículo 68º.- Cuando el Contratista, incluso con autorización del Arquitecto-Director, emplease materiales de más esmerada preparación o de mayor tamaño que el señalado en el Proyecto o sustituyese una clase de fábrica con otra que tuviese asignado mayor precio, o ejecutase con mayores dimensiones cualquier parte de la obra, o, en general, introdujese en ésta y sin pedírsela, cualquiera otra modificación que sea beneficiosa a juicio del Arquitecto-Director, no tendrá derecho, sin embargo, más que al abono de lo que pudiera corresponderle en el caso de que hubiese construido la obra con estricta sujeción a la proyectada y contratada o adjudicada. ABONO DE TRABAJOS PRESUPUESTADOS CON PARTIDA ALZADA Artículo 69º.- Salvo lo preceptuado en el "Pliego de Condiciones Particulares de índole económica", vigente en la obra, el abono de los trabajos presupuestados en partida alzada, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que corresponda entre los que a continuación se expresan: a) Si existen precios contratados para unidades de obra iguales, las presupuestadas mediante

partida alzada, se abonarán previa medición y aplicación del precio establecido. b) Si existen precios contratados para unidades de obra similares, se establecerán precios

contradictorios para las unidades con partida alzada, deducidos de los similares contratados. c) Si no existen precios contratados para unidades de obra iguales o similares, la partida alzada

se abonará íntegramente al Contratista, salvo el caso de que en el Presupuesto de la obra se exprese que el importe de dicha partida debe justificarse, en cuyo caso, el Arquitecto-Director indicará al Contratista y con anterioridad a su ejecución, el procedimiento que ha de seguirse para llevar dicha cuenta, que en realidad será de Administración, valorándose los materiales y jornales a los precios que figuren en el Presupuesto aprobado o, en su defecto, a los que con anterioridad a la ejecución convengan las dos partes, incrementándose su importe total con el porcentaje que se fije en el Pliego de Condiciones Particulares en concepto de Gastos Generales y Beneficio Industrial del Contratista.

ABONO DE AGOTAMIENTOS Y OTROS TRABAJOS Artículo 70º.- Cuando fuese preciso efectuar agotamientos inyecciones u otra clase de trabajos de cualquiera índole especial u ordinaria, tendrá el Contratista la obligación de realizarlos y de satisfacer los gastos de toda clase que ocasionen, siempre que la Dirección Facultativa lo considerara necesario para la seguridad y calidad de la obra.

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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PAGOS Artículo 71º.- Los pagos se efectuarán por el Propietario en los plazos previamente establecidos, y su importe, corresponderá precisamente al de las certificaciones de obra conformadas por el Arquitecto-Director, en virtud de las cuales se verifican aquéllos. ABONO DE TRABAJOS EJECUTADOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA Artículo 72º.- Efectuada la recepción provisional y si durante el plazo de garantía se hubieran ejecutado trabajos cualesquiera, para su abono se procederá así: Si los trabajos que se realicen estuvieran especificados en el Proyecto, y sin causa justificada no se

hubieran realizado por el Contratista a su debido tiempo y el Arquitecto-Director exigiera su realización durante el plazo de garantía, serán valorados a los precios que figuren en el Presupuesto y abonados de acuerdo con lo establecido en los "Pliegos Particulares" o en su defecto en los Generales, en el caso de que dichos precios fuesen inferiores a los que rijan en la época de su realización; en caso contrario, se aplicarán estos últimos.

Si han ejecutado trabajos precisos para la reparación de desperfectos ocasionados por el uso del edificio, por haber sido éste utilizado durante dicho plazo por el Propietario, se valorarán y abonarán a los precios del día, previamente acordados.

Si se han ejecutado trabajos para la reparación de desperfectos ocasionados por deficiencia de la construcción o de la calidad de los materiales, nada se abonará por ellos al Contratista.

EPÍGRAFE 6º.- DE LAS INDEMNIZACIONES MUTUAS IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN POR RETRASO NO JUSTIFICADO EN EL PLAZO DE TERMINACIÓN DE LAS OBRAS Artículo 73º.- La indemnización por retraso en la terminación se establecerá en un tanto por mil (o/oo) del importe total de los trabajos contratados, por cada día natural de retraso, contados a partir del día de terminación fijado en el Calendario de Obra. Las sumas resultantes se descontarán y retendrán con cargo a la fianza. DEMORA DE LOS PAGOS Artículo 74º.- Se rechazará toda solicitud de resolución del contrato fundada en dicha demora de Pagos, cuando el Contratista no justifique en la fecha el presupuesto correspondiente al plazo de ejecución que tenga señalado en el contrato.

EPÍGRAFE 7º.- MEJORAS DE OBRA MEJORAS Y AUMENTOS DE OBRA. CASOS CONTRARIOS Artículo 75º.- No se admitirán mejoras de obra, más que en el caso en que el Arquitecto-Director haya ordenado por escrito la ejecución de trabajos nuevos o que mejoren la calidad de los contratados, así como la de los materiales y aparatos previstos en el contrato. Tampoco se admitirán aumentos de obra en las unidades contratadas, salvo caso de error en las mediciones del Proyecto, a menos que el Arquitecto-Director ordene, también por escrito, la ampliación de las contratadas. En todos estos casos será condición indispensable que ambas partes contratantes, antes de su ejecución o empleo, convengan por escrito los importes totales de las unidades mejoradas, los precios de los nuevos materiales o aparatos ordenados emplear y los aumentos que todas estas mejoras o aumentos de obra supongan sobre el importe de las unidades contratadas. Se seguirán el mismo criterio y procedimiento, cuando el Arquitecto-Director introduzca innovaciones que supongan una reducción apreciable en los importes de las unidades de obra contratadas. UNIDADES DE OBRA DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES Artículo 76º.- Cuando por cualquier causa fuera menester valorar obra defectuosa, pero aceptable a juicio del Arquitecto-Director de las obras, éste determinará el precio o partida de abono después de oír al Contratista, el cual deberá conformarse con dicha resolución, salvo el caso en que, estando dentro del plazo de ejecución, prefiera demoler la obra y rehacerla con arreglo a condiciones, sin exceder de dicho plazo. SEGURO DE LAS OBRAS

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Pliego de condiciones técnicas, económicas y facultativas

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Artículo 77º.- El Contratista estará obligado a asegurar la obra contratada durante todo el tiempo que dure su ejecución hasta la recepción definitiva; la cuantía del seguro coincidirá en cada momento con el valor que tengan por contrata los objetos asegurados. El importe abonado por la Sociedad Aseguradora, en el caso de siniestro, se ingresará en cuenta a nombre del Propietario, para que con cargo a ella se abone la obra que se construya y a medida que ésta se vaya realizando. El reintegro de dicha cantidad al Contratista se efectuará por certificaciones, como el resto de los trabajos de la construcción. En ningún caso, salvo conformidad expresa del Contratista, hecho en documento público, el Propietario podrá disponer de dicho importe para menesteres distintos del de reconstrucción de la parte siniestrada; la infracción de lo anteriormente expuesto será motivo suficiente para que el Contratista pueda resolver el contrato, con devolución de fianza, abono completo de gastos, materiales acopiados, etc.; y una indemnización equivalente al importe de los daños causados al Contratista por el siniestro y que no se hubiesen abonado, pero sólo en proporción equivalente a lo que suponga la indemnización abonada por la Compañía Aseguradora, respecto al importe de los daños causados por el siniestro, que serán tasados a estos efectos por el Arquitecto-Director. En las obras de reforma o reparación, se fijarán previamente la porción de edificio que debe ser asegurada y su cuantía, y si nada se prevé, se entenderá que el seguro ha de comprender toda la parte del edificio afectada por la obra. Los riesgos asegurados y las condiciones que figuren en la póliza o pólizas de Seguros, los pondrá el Contratista, antes de contratarlos en conocimiento del Propietario, al objeto de recabar de éste su previa conformidad o reparos. CONSERVACIÓN DE LA OBRA Artículo 78º.- Si el Contratista, siendo su obligación, no atiende a la conservación de las obras durante el plazo de garantía, en el caso de que el edificio no haya sido ocupado por el Propietario antes de la recepción definitiva, el Arquitecto-Director en representación del Propietario, podrá disponer todo lo que sea preciso para que se atienda a la guardería, limpieza y todo lo que fuese menester para su buena conservación abonándose todo ello por cuenta de la Contrata. Al abandonar el Contratista el edificio, tanto por buena terminación de las obras, como en el caso de resolución del contrato, está obligado a dejarlo desocupado y limpio en el plazo que el Arquitecto-Director fije. Después de la recepción provisional del edificio y en el caso de que la conservación del edificio corra a cargo del Contratista, no deberá haber en él más herramientas, útiles, materiales, muebles, etc., que los indispensables para su guardería y limpieza y para los trabajos que fuese preciso ejecutar. En todo caso, ocupado o no el edificio está obligado el Contratista a revisar la obra, durante el plazo expresado, procediendo en la forma prevista en el presente "Pliego de Condiciones Económicas". USO POR EL CONTRATISTA DE EDIFICIO O BIENES DEL PROPIETARIO Artículo 79º.- Cuando durante la ejecución de las obras ocupe el Contratista, con la necesaria y previa autorización del Propietario, edificios o haga uso de materiales o útiles pertenecientes al mismo, tendrá obligación de repararlos y conservarlos para hacer entrega de ellos a la terminación del contrato, en perfecto estado de conservación reponiendo los que se hubiesen inutilizado, sin derecho a indemnización por esta reposición ni por las mejoras hechas en los edificios, propiedades o materiales que haya utilizado. En el caso de que al terminar el contrato y hacer entrega del material propiedades o edificaciones, no hubiese cumplido el Contratista con lo previsto en el párrafo anterior, lo realizará el Propietario a costa de aquél y con cargo a la fianza.

El Arquitecto Técnico.- La Propiedad

El presente Pliego General es suscrito en prueba de conformidad por la Propiedad y el Contratista en cuadriplicado ejemplar, uno para cada una de las partes, el tercero, para el Arquitecto Director y el cuarto para el expediente del Proyecto depositado en el colegio Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla, el cual conviene que hará fé de su contenido en caso de dudas o discrepancias.

Dos Hermanas Julio de 2017

Fdo. La Propiedad Fdo. El Contratista.

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MEDICIONES

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES COMIDA RÁPIDA

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE

5 de julio de 2017 Página 1

CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS 01ALH00006 m3 DEMOLICIÓN DE MURO DE L/H M. MANUALES T. CONTENEDOR Demolición de muro de ladrillo hueco con medios manuales, incluso transporte de material sobrante a contenedor colocado en obra a una distancia media de 50 m. Medido el volumen inicial deduciendo huecos. Fachada 1 6,82 3,76 25,64 25,64 51,39 1.317,64 TOTAL CAPÍTULO 01 TRABAJOS PREVIOS .......................................................................................... 1.317,64

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES COMIDA RÁPIDA

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE

5 de julio de 2017 Página 2

CAPÍTULO 02 ALBAÑILERÍA 06DPY00001 m2 TABIQUE PANELES MACIZOS YESO 66X50X7 cm Tabique con paneles macizos de yeso YF, de 66x50x7 cm machihembrado, tomadas con pasta de yeso, incluso nivelación, apertura de enjarjes, repaso de juntas y p.p. de macizado de ángulos de cercos, lámina impermeabilizante de 3 mm y pequeño material; construido según especificaciones del fabricante de las placas. Medido a cinta corrida. Medianeras 1 22,33 3,76 83,96 1 9,01 3,76 33,88 1 9,94 3,76 37,37 1 4,42 3,76 16,62 1 2,30 3,76 8,65 1 2,23 3,76 8,38 1 10,08 3,76 37,90 226,76 9,28 2.104,33 06DPC80415 m2 TABIQUE MÚLTIPLE PL. YESO LAMINADO 13+13+46+13+13 (98 mm) Tabique múltiple con dos placas de yeso laminado de 13 mm de espesor por cada cara y espesor fi- nal de 98 mm, cubriendo la altura total de suelo a techo, atornillado a entramado de acero galvaniza- do con una separación de montantes de 60 cm, incluso nivelación, ejecución de ángulos, pasos de instalaciones y recibido de cajas, encintado y repaso de juntas; construido según especificaciones del fabricante de las placas. Medido deduciendo huecos. 1 9,01 3,76 33,88 2 4,30 3,76 32,34 1 4,75 3,76 17,86 3 2,28 3,76 25,72 2 3,12 3,76 23,46 1 4,30 3,76 16,17 1 9,75 3,76 36,66 1 2,17 3,76 8,16 194,25 26,27 5.102,95 06LPC00001 m2 CITARA L/PERF. TALADRO PEQUEÑO Citara de ladrillo perforado de 24x11,5x5 cm taladro pequeño, para revestir, recibido con mortero de cemento M5 (1:6), con plastificante; construida según CTE. Medida deduciendo huecos. Mostrador 1 2,25 1,00 2,25 1 1,45 1,00 1,45 1 0,95 1,00 0,95 4,65 14,87 69,15 TOTAL CAPÍTULO 02 ALBAÑILERÍA ...................................................................................................... 7.276,43

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CAPÍTULO 03 REVESTIMIENTOS 10AAL00003 m2 ALICATADO AZULEJO BLANCO 15x15 cm ADHESIVO Alicatado con azulejo blanco de 15x15 cm recibido con adhesivo, incluso cortes, p.p. de piezas ro- mas o ingletes, rejuntado y limpieza. Medida la superficie ejecutada. Cocina 2 5,74 3,00 34,44 2 4,30 3,00 25,80 Almacén 2 1,51 3,00 9,06 2 4,30 3,00 25,80 Cámara Frigorífica 2 1,52 3,00 9,12 2 4,30 3,00 25,80 Baño 2 1,50 3,00 9,00 2 2,23 3,00 13,38 2 1,95 3,00 11,70 2 2,02 3,00 12,12 2 1,53 3,00 9,18 2 1,53 3,00 9,18 194,58 16,02 3.117,17 10SCS00002 m2 SOLADO CON BALDOSAS CERÁMICA 20x20 cm Solado con baldosas cerámicas de 20x20 cm recibidas con adhesivo sobre mortero M5 (1:6), inclu- so nivelado con capa de arena de 2 cm de espesor medio, capa de mortero, pasta de alisado, enle- chado y limpieza del pavimento; construido según CTE. Medida la superficie ejecutada. Local 1 161,46 161,46 161,46 37,39 6.036,99 10TET00005 m2 TECHO CONTINUO PLACAS DE ESCAYOLA LISA, FIJ. METÁLICA Techo de placas de escayola lisa, suspendidas de elementos metálicos, incluso p.p. de elementos de remate y accesorios de fijación. Medida la superficie ejecutada. 1 161,46 161,46 161,46 23,60 3.810,46 09ATT00120 m2 AISLAMIENTO TECHOS, PANEL FIBRA VIDRIO 40 mm Y PLACA YESO 10 mm Aislamiento de techos constituido por complejo formado por panel de fibras de vidrio aglomeradas con resinas termoendurecibles de 40 mm de espesor 70 kg/m3 de densidad pegado a una placa de cartón yeso de 10 mm colocado sobre superficies planas mediante tornillos ocultos, incluso corte, co- locación, material complementario, relleno de juntas y limpieza; según CTE. Medida la superficie eje- cutada. 1 161,46 161,46 161,46 16,06 2.593,05 09APP00130 m2 AISLAM. PAREDES, PANEL FIBRA VIDRIO 40 mm Y PLACA C-YESO 10 mm Aislamiento de paredes constituido por complejo formado por panel de fibras de vidrio aglomeradas con resinas termoendurecibles de 40 mm de espesor y 70 kg/m3 de densidad pegado a una placa de cartón de yeso de 10 mm de espesor, colocado sobre superficies planas, mediante pelladas de adhesivo de plasta de yeso con aditivos, incluso corte y colocación, material complementario, relle- no de juntas y limpieza; según CTE. Medida la superficie ejecutada. Medianeras 1 22,33 3,76 83,96 1 9,01 3,76 33,88 1 9,94 3,76 37,37 1 4,42 3,76 16,62 1 2,30 3,76 8,65 1 2,23 3,76 8,38 1 10,08 3,76 37,90 226,76 16,76 3.800,50 TOTAL CAPÍTULO 03 REVESTIMIENTOS ............................................................................................... 19.358,17

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CAPÍTULO 04 FONTANERÍA Y SANEAMIENTO 01.01.02 PA INSTALACIÓN FONTANERÍA Y SANEAMIENTO DE LOCAL De instalación fontanería y saneamiento de local, para ubicación de cocina, incluyendo instalación de arqueta separado de grasas. 1 1,00 1,00 540,00 540,00 08FSI00001 u INODORO TANQUE BAJO, PORCELANA VITRIFICADA BLANCO Inodoro de tanque bajo, de porcelana vitrificada de color blanco, formado por taza con salida vertical, tanque con tapa, juego de mecanismos, tornillos de fijación, asiento y tapa y llave de regulación, construido según CTE, e instrucciones del fabricante, incluso colocación, sellado y ayudas de alba- ñilería. Medida la unidad instalada. 3 3,00 3,00 111,72 335,16 08FSL00101 u LAVABO MURAL PORC. VITRIF. 0,70x0,50 m BLANCO Lavabo mural de porcelana vitrificada, de color blanco formado por lavabo de 0,70x0,50 m, dos so- portes articulados de hierro fundido con topes de goma, rebosadero integral y orificios insinuados para grifería, construido según CTE, e instrucciones del fabricante, incluso colocación, sellado y ayudas de albañilería. Medida la unidad instalada. 3 3,00 3,00 120,79 362,37 08FGL00002 u EQUIPO GRIFERÍA LAVABO MONOBLOC PRIMERA CALIDAD Equipo de grifería monobloc para lavabo de latón cromado de primera calidad, con crucetas croma- das, caño con aireador, válvula de desagüe, enlace, tapón, cadenilla y llaves de regulacion; cons- truido según CTE e instrucciones del fabricante. Medida la unidad instalada. 3 3,00 3,00 55,13 165,39 08FTC00651 u CALENTADOR IND. ACUMULADOR ELECTRICO 100 l Calentador individual acumulador eléctrico, de 100 l de capacidad, con 1500 W de potencia, incluso colocación, conexión y ayudas de albañilería; instalado según CTE, REBT; e instrucciones del fabri- cante. Medida la cantidad ejecutada. Presupuestos anteriores 1,00 1,00 191,88 191,88 TOTAL CAPÍTULO 04 FONTANERÍA Y SANEAMIENTO ........................................................................ 1.594,80

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CAPÍTULO 05 ELECTRICIDAD 08ELL00009 u PUNTO DE LUZ MÚLTIPLE EMPOTRADO Punto de luz multiple instalado con cable de cobre de 1,5 mm2 de sección nominal, empotrado y ais- lado con tubo de PVC flexible de 13 mm de diámetro, incluso mecanismos de primera calidad empo- trados y p.p. de cajas de derivación y ayudas de albañilería; construido según REBT. Medida la uni- dad instalada. Presupuestos anteriores 26,00 26,00 18,94 492,44 08ELL00001 u PUNTO DE LUZ SENCILLO EMPOTRADO Punto de luz sencillo instalado con cable de cobre H07V-K de 1,5 mm2 de sección nominal, empo- trado y aislado con tubo de PVC flexible de 13 mm de diámetro, incluso mecanismos de primera ca- lidad empotrados y p.p. de cajas de derivación y ayudas de albañilería; construido según REBT. Medida la unidad instalada. Presupuestos anteriores 3,00 3,00 12,04 36,12 08ELW00002 u PUNTO DE LUZ DE EMERGENCIA EN MONTAJE SUPERFICIAL Punto de luz de emergencia, en montaje superficial, instalado con cable de cobre de 1,5 mm2 de sección nominal, aislado con tubo de PVC rígido de 13 mm de diámetro, y 1 mm de pared, incluso p.p. de cajas de conexiones, grapas, ayudas de albañilería y conexiones construido según REBT. Medida la unidad instalada. Presupuestos anteriores 6,00 6,00 62,90 377,40 08ETT00003 u TOMA CORRIENTE EMPOTRADA 16 A CON 2,5 mm2 Toma de corriente empotrada de 16 A con puesta a tierra, instalada con cable de cobre de 2,5 mm2 de sección nominal, empotrado y aislado bajo tubo de PVC flexible de 13 mm de diámetro, incluso mecanismo de primera calidad y p.p. de cajas de derivación y ayudas de albañilería; construido REBT. Medida la unidad instalada. Presupuestos anteriores 34,00 34,00 13,05 443,70 05.01 u INSTALACIÓN COMPLETA DE ELECTRICIDAD De instalación completa de electricidad, conforme a las normas establecidas, consistente en la tira de las distintas líneas, conexión a cuadro, instalación de magnetotérmicos, conexión a tierra..., comple- tamente terminada. Presupuestos anteriores 1,00 1,00 1.850,00 1.850,00 TOTAL CAPÍTULO 05 ELECTRICIDAD .................................................................................................... 3.199,66

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CAPÍTULO 06 CARPINTERÍA 11MPB00151 m2 PUERTA PASO BARNIZAR 1 H. CIEGA ABAT. CERCO 70x40 mm Puerta de paso para barnizar, con hoja ciega abatible, formada por: precerco de pino flandes de70x30 mm con garras de fijación, cerco de 70x40 mm, tapajuntas de 60x15 mm y hoja prefabrica- da normalizada de 35 mm, canteada por dos cantos, en madera de sapelly, herrajes de colgar, segu- ridad y cierre, con pomo o manivela, en latón de primera calidad, incluso colgado. Medida de fuera a fuera del precerco. 6 0,72 2,03 8,77 8,77 66,44 582,68 11MPB00191 m2 PUERTA PASO BARNIZAR 1 H. CIEGA CORREDERA Puerta de paso para barnizar, con hoja ciega corredera alojada en cámara, formada por: precerco de pino flandes de 30 mm con garras de fijación, constituido por un larguero de 185 mm de ancho,dos de 70 mm y dos montajes de 70 mm sección de cuelgue de 70x30 mm en igual calidad, cerco de 40 mm para piezas de iguales anchuras, tapajuntas de 60x15 mm y hoja prefabricada normalizada de 35 mm canteada por dos cantos en madera de sapelly, herrajes de cierre y seguridad en latón de pri- mera calidad, sistema de deslizamiento con guiador y tope, incluso colgado. Medida de fuera a fuera del precerco. 1 0,85 2,03 1,73 1,73 172,53 298,48 11LPA00176 m2 PUERTA ABATIBLE ALUM. LACADO TIPO IV (> 3 m2) Puerta de hojas abatibles, ejecutada con perfiles de aleación de aluminio con espesor de 1,5 mm y y capa de lacado en color según normas GSB con espesor mínimo 60 micras, tipo IV (> 3 m2), inclu- so precerco de perfil tubular conformado en frío de acero galvanizado con patillas de fijación, junqui- llos, juntas de estanqueidad de neopreno, vierteaguas, herrajes de colgar, cierre y seguridad y p.p. de sellado de juntas con masilla elástica. La carpintería debe cumplir los parámetros de permeabili- dad, estanqueidad y resistencia al viento en las zonas A o B; construida según CTE. Medida de fue- ra a fuera del cerco. 1 1,80 2,20 3,96 3,96 157,01 621,76 11SRM00002 m2 REJA ABATIBLE EN ACERO LAMINADO EN CALIENTE Reja abatible en acero laminado en caliente, formada por: cerco en pletina de 50x6 mm hoja con bas- tidor de igual sección y embarrotado de cuadradillo de 14 mm, anclajes a paramentos, incluso p.p. de herrajes de colgar y seguridad de primera calidad, material de agarre y colocación. Medida de fuera a fuera. Ventanas traseras 2 1,56 1,50 4,68 4,68 74,47 348,52 11SPL00010 m2 PERSIANA ENROLLABLE ALUM. ANODIZADO ACC. MECÁNICO Persiana enrollable de aluminio anodizado, en su color, con lamas de 35 mm de anchura y 0,5 mm de espesor mínimo, incluso guías, sistema de accionamiento con torno de manivela abatible y placa de acero inoxidable, elementos de fijación, material de agarre y colocación. Medida según la superfi- cie del hueco. 2 1,80 2,20 7,92 7,92 114,82 909,37 11MPB00171 m2 PUERTA PASO BARNIZAR, 2 H. CIEGAS ABAT. CERCO 70x40 mm Puerta de paso para barnizar, con dos hojas ciegas abatibles, formada por: precerco de pino flandes de 70x30 mm, con garras de fijación, cerco de 70x40 mm, tapajuntas de 60x15 mm y hojas prefabri- cadas normalizadas de 35 mm canteadas por dos cantos, en madera de sapelly, pasadores embuti- dos en el canto de la hoja, herrajes de colgar, seguridad y cierre con pomo o manivela, en latón de primera calidad, incluso colgado. Medida de fuera a fuera del precerco. 2 1,00 2,03 4,06 4,06 69,39 281,72 11LVF80006 m2 VENTANA FIJA ALUM. LACADO BLANCO TIPO IV (> 3 m2) Ventana de hojas fijas, ejecutada con perfiles de aleación de aluminio con espesor de 1,5 mm y capa de lacado blanco según normas GSB, espesor mínimo 60 micras, tipo IV (> 3 m2), incluso precerco de perfil tubular conformado en frío de acero galvanizado con patillas de fijación, junquillos, junta de estanqueidad de neopreno, vierteaguas, y p.p. de sellado de juntas con masilla elástica. La carpinte- ría debe cumplir los parámetros de permeabilidad, estanqueidad y resistencia al viento en las zonas A o B; construida según CTE. Medida de fuera a fuera del cerco. V1 1 2,39 2,50 5,98 5,98 61,64 368,61 11LVF80002 m2 VENTANA FIJA ALUM. LACADO BLANCO TIPO I (<=0,50 m2) Ventana de hojas fijas, ejecutada con perfiles de aleación de aluminio con espesor de 1,5 mm y capa

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de lacado blanco según normas GSB, espesor mínimo 60 micras, tipo I (<=0,50 m2), incluso pre- cerco de perfil tubular conformado en frío de acero galvanizado con patillas de fijación, junquillos, jun- ta de estanqueidad de neopreno, vierteaguas, y p.p. de sellado de juntas con masilla elástica. La car- pintería debe cumplir los parámetros de permeabilidad, estanqueidad y resistencia al viento en las zo- nas A o B; construida según CTE. Medida de fuera a fuera del cerco. V2 1 0,38 1,40 0,53 V3 1 0,87 1,40 1,22 1,75 125,38 219,42 TOTAL CAPÍTULO 06 CARPINTERÍA ...................................................................................................... 3.630,56

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CAPÍTULO 07 CONTROL DE CALIDAD C04.01 UD PLAN DE CONTROL DE OBRA PLAN DE CONTROL PARA LA OBRA. 1 1,00 1,00 145,00 145,00 TOTAL CAPÍTULO 07 CONTROL DE CALIDAD ...................................................................................... 145,00

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CAPÍTULO 08 SEGURIDAD Y SALUD 19SIC00051 u MASCARILLA RESPIRATORIA CON 2 VALVULAS, PARA HUMOS SOLD DE MASCARILLA RESPIRATORIA CON DOS VALVULAS, FABRICADA EN MATERIAL INALERGICO Y ATOXICO, CON FILTROS INTERCAMBIABLES PARA HUMOS SOLDA- DURA. SEGUN R.D.1407/1992. MEDIDA LA UNIDAD EN OBRA. 2 2,00 2,00 14,42 28,84 19SIC00101 u GAFA ANTI-IMPACTO,ACETATO DE GAFAS DE MONTURA DE ACETATO, PATILLAS ADAPTABLES, VISORES DE VIDRIO NEUTRO, TRATADOS, TEMPLADOS E INASTILLABLES, PARA TRABAJOS CON RIES- GOS DE IMPACTOS EN OJOS. SEGUN R.D. 1407/1992. MEDIDA LA UNIDAD EN OBRA. 2 2,00 2,00 13,53 27,06 19SIC00190 u CASCO DE SEGURIDAD DE CASCO DE SEGURIDAD SEGUN R.D. 1407/1992. MEDIDA LA UNIDAD EN OBRA. 2 2,00 2,00 1,75 3,50 19SIM00010 u GUANTES DE USO GENERAL DE GUANTES DE PROTECCION DE USO GENERAL. MEDIDA LA UNIDAD EN OBRA. 2 2,00 2,00 1,37 2,74 19SIP00052 u BOTAS DE PIEL CON PUNTERA METALICA DE PAR DE BOTAS DE SEGURIDAD CONTRA RIESGOS MECANICOS FABRICADA EN PIEL, PUNTERA METALICA, PLANTILLA DE TEXON, SUELA ANTIDESLIZANTE Y PISO RESISTENTE A HIDROCARBUROS Y ACEITES, HOMOLOGADO. MEDIDA LA UNIDAD EN OBRA. 2 2,00 2,00 21,49 42,98 19SSS00301 u SEÑAL PVC. "OBLIG.,PROH.,PELI." 30 CM. SOPORTE MET DE SEÑAL DE SEGURIDAD PVC. 2 mm. TIPOS OBLIGACION, PROHIBICION Y PELI- GRO DE 30 cm., CON SOPORTE METALICO DE 50 mm. DE DIAMETRO, INCLUSO CO- LOCACION DE ACUERDO CON R.D. 485/97 Y P.P. DE DESMONTAJE, VALORADA EN FUNCION DEL NUMERO OPTIMO DE UTILIZACIONES. MEDIDA LA UNIDAD EJECUTA- DA. 1 1,00 1,00 9,05 9,05 19SSS00321 u SEÑAL PVC. "INDICACION EXTINT." 50X25 CM. SOP.MET DE SEÑAL DE SEGURIDAD PVC. 2 mm. TIPO INDICACION EXTINTOR DE 50X25 cm., CON SOPORTE METALICO DE50 mm. DE DIAMETRO, INCLUSO COLOCACION DE ACUERDO CON R.D. 485/97 Y P.P. DE DESMONTAJE, VALORADA EN FUNCION DEL NUMERO OPTIMO DE UTILIZACIONES. MEDIDA LA UNIDAD EJECUTADA. 1 1,00 1,00 10,79 10,79 C06Z0001 u REDACCIÓN DE EBSS DE REDACCIÓN DE ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD. 1 1,00 1,00 75,00 75,00 TOTAL CAPÍTULO 08 SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................................ 199,96

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CAPÍTULO 09 GESTIÓN DE RESIDUOS C05.01 UD GESTION DE RESIDUOS GESTION DE RESIDUOS PROVENIENTES DE OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN O REFOR- MA, VALORADO EN LA MEMORIA DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN. MEDIDA LA UNI- DAD TOTAL. 1 1,00 1,00 213,20 213,20 TOTAL CAPÍTULO 09 GESTIÓN DE RESIDUOS ..................................................................................... 213,20

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CAPÍTULO 10 INSTALACIONES 08PIE90023 u EXTINTOR MOVIL, DE POLVO ABC, 6 KG Extintor móvil, de polvo abc, con 6kg. de capacidad eficacia 21-a,144-b, formado por recipiente de chapa de acero electrosoldada, con presion incorporada, válvula de descarga, de asiento con palan- ca para interrupción manómetro,herrajes de cuelgue, placa de timbre, incluso pequeño material, mon- taje y ayudas de albañileria; instalado según CTE . Medida la cantidad ejecutada. 2 2,00 2,00 23,83 47,66 08PIE90033 u EXTINTOR MOVIL, DE ANHIDRIDO CARBÓNICO, CON 5KG Extintor móvil, de anhídrido carbónico, con 5 Kg. de capacidad eficacia 89-b, formado por recipiente de chapa de acero electrosoldada, con presión incorporada, válvula de descarga, de asiento con pa- lanca para interrupción, manómetro, herrajes de cuelgue, placa de timbre, incluso pequeño material, montaje y ayudas de albañilería; instalado según CTE . Medida la cantidad ejecutada. 2 2,00 2,00 70,88 141,76 08PIS90110 u ROTULO MEDIOS DE INTERVENCIÓN DIM 420X297 MM Rótulo de señalización fotoluminiscente, de identificación de medios de intervención, dimensión 420x297 mm. incluso pequeño material y montaje; según CTE. Medido la unidad instalada. 4 4,00 4,00 15,64 62,56 08PIS00022 u EQUIPO AUT. ALUMBRADO EMERG. Y SEÑAL, 60 LÚMENES Equipo autónomo de alumbrado de emergencia y señalización permanente, de 60 lúmenes en emer- gencia, con lámparas incandescentes, para tensión 220 V, una hora de autonomía y para cubrir una superficie de 12 m2, incluso accesorios, fijación y conexion; instalado según CTE, RIPCI y REBT. Medida la cantidad ejecutada. 10 10,00 10,00 51,29 512,90 TOTAL CAPÍTULO 10 INSTALACIONES ................................................................................................. 764,88 TOTAL ........................................................................................................................................................... 37.700,30

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RESUMEN DE MEDICIONES

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RESUMEN DE PRESUPUESTO COMIDA RÁPIDA

CAPITULO RESUMEN EUROS %

5 de julio de 2017 Página 1

01 TRABAJOS PREVIOS .......................................................................................................................................................... 1.317,64 3,50 02 ALBAÑILERÍA ....................................................................................................................................................................... 7.276,43 19,30 03 REVESTIMIENTOS ............................................................................................................................................................... 19.358,17 51,35 04 FONTANERÍA Y SANEAMIENTO ........................................................................................................................................ 1.594,80 4,23 05 ELECTRICIDAD .................................................................................................................................................................... 3.199,66 8,49 06 CARPINTERÍA ...................................................................................................................................................................... 3.630,56 9,63 07 CONTROL DE CALIDAD ...................................................................................................................................................... 145,00 0,38 08 SEGURIDAD Y SALUD ......................................................................................................................................................... 199,96 0,53 09 GESTIÓN DE RESIDUOS .................................................................................................................................................... 213,20 0,57 10 INSTALACIONES .................................................................................................................................................................. 764,88 2,03 TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 37.700,30

TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA 37.700,30

TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 37.700,30

Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS EUROS con TREINTA CÉNTIMOS

, a 05 Julio 2017.

LA PROPIEDAD LA DIRECCION FACULTATIVA

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PLANOS

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PLAN DE CONTROL DE

CALIDAD

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INDICE 01.-DATOS DE PARTIDA 02.-DESARROLLO DEL PLAN DE CONTROL 02.1.-PLACAS DE YESO (CONTROL DEL MATERIAL) A.-CONTROL DE MATERIAL 02.2.-ARENAS PARA MORTEROS (CONTROL DEL MATERIAL) 02.3.-MORTEROS (CONTROL DEL MATERIAL) 1.-MORTEROS PARA ELEMENTOS RESISTENTES 2.-MORTEROS PARA REVESTIDOS 02.4.- REVESTIMIENTOS DISCONTINUOS (CONTROL DEL MATERIAL) 1.-BALDOSAS DE GRÉS 2.-ALICATADO DE AZULEJO 02.5.- RED DE SANEAMIENTO 02.6.-PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD 1.-CERRAMIENTOS EXTERIORES 2.-CARPINTERÍA EXTERIOR

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01.-DATOS DE PARTIDA 1.1 DATOS DE PARTIDA Se redacta el presente plan de control para la adaptación de un local comercial en la Avda. Adolfo Suárez, nº 48, en Dos Hermanas, Sevilla, por encargo de Black Enjoy S.L, con CIF: B-90.327.620, en cuya representación actúan Fco. Javier Barranco Bueno con NIF: 32.028.025-L, Astrid Yurany Londoño Álvarez con NIF: 54.221.303-E, Fabio Nelson Ávila Almanza con NIF: 77.933.579-B y Ángela Mª Colorado Chica con NIF: 29.637.778-R. El Plan está redactado por el arquitecto técnico: D. Rafael Márquez Tamayo. 1.2 LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA Y DESCRIPCIÓN DEL SOLAR 1.2.1 Situación geográfica

El local comercial se sitúa en la Avda. Adolfo Suárez nº 48, en Dos Hermanas (Sevilla). Existen locales, con similares características a la nuestra, adaptados al entorno.

1.2.2 Topografía, superficie y linderos El local es de geometría irregular. La rasante de la calle no tiene pendiente. 1.3.-CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA EDIFICACIÓN

Se trata de la adaptación de un local destinado a BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA. 02.-DESARROLLO DEL PLAN DE CONTROL 02.2.- ARENAS PARA MORTEROS Sobre una muestra se determinará: -Contenido de finos. -Análisis granulométrico -Sulfatos solubles -Contenido en materia orgánica -Contenido en terrones de arcilla 02.3.- MORTEROS 1.-MORTEROS PARA ELEMENTOS RESISTENTES Sobre una muestra “in situ” se determinará: -Resistencia a compresión. 2.-MORTEROS PARA REVESTIDOS Sobre una muestra “in situ” se determinará: -Resistencia a compresión. -Adherencia al soporte. 02.4.- REVESTIMIENTOS DISCONTINUOS 1.- BALDOSAS DE GRÉS Sobre un lote se determinará: -Características geométricas.

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-Resistencia a flexión. -Resistencia al impacto. -Resistencia a la intemperie. -Permeabilidad.

-Índice de resbaladicidad.

2.- ALICATADO DE AZULEJOS Sobre un lote se determinará: -Características geométricas. -Resistencia a flexión. -Resistencia al impacto. -Resistencia a la intemperie. -Permeabilidad 02.5.-RED DE SANEAMIENTO

Se realizará una prueba de estanqueidad de la totalidad de la red de saneamiento

(interior y exterior) hasta la acometida da la red publica, con una duración mínima de 30 minutos. 02.6.-PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD

Se realizarán pruebas de estanqueidad en:

-Los cerramientos exteriores. -La carpintería exterior.

-La instalación de fontanería. -La cubierta plana

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ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE LOCAL

DESTINADO A BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA

EN AVDA. ADOLFO SUÁREZ Nº 48, DOS

HERMANAS (SEVILLA).

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B.1 DATOS DE LA OBRA. Tipo de obra Reforma de local comercial Emplazamiento Avda. Adolfo Suárez, nº 48, Dos Hermanas (Sevilla) Fase de proyecto Proyecto Técnico Técnico redactor Rafael Márquez Tamayo Dirección facultativa Rafael Márquez Tamayo Productor de residuos (1) La propiedad B.2 ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD DE RCDs QUE SE GENERARÁN EN OBRA. a. Estimación cantidades totales. Tipo de obra Superficie

construida (m²)Coeficiente (m³/m²) (2)

Volumen totalRCDs (m³)

Peso TotalRCDs (t) (3)

0

Demolición 0,85 0 0

Nueva construcción 0,12 0

17,05632

Total 21,3204 17,05632

Reforma 177,67 0,12 21,3204

Volumen en m³ de Tierras no reutilizadas procedentes de excavaciones y movimientos (4)

0

b. Estimación cantidades por tipo de RCDs, codificados según Listado Europeo de Residuos (LER). Introducir Peso Total de RCDs (t) de la tabla anterior 17,056

Código LER Tipo de RCD Porcentaje sobre totales(5)

Peso (t) (6)

17 01 01 Hormigón 0,000 017 01 02; 17 01 03 Ladrillos; Tejas y

materiales cerámicos 100,0001705,6

17 02 01 Madera 0,000 017 02 02 Vidrio 0,000 017 02 03 Plástico 0,000 017 04 07 Metales mezclados 0,000 017 08 02 Materiales de construcción

a base de yeso nocontaminados consustancias peligrosas

0,000

0

20 01 01 Papel y cartón 0,000 017 09 04 Otros RCDs mezclados

que no contenganmercurio, PCB osustancias peligrosas 0,000

0

RESIDUOS NO PELIGROSOS

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RESIDUOS PELIGROSOS (obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma) (7) Código LER Tipo de RCD Peso (t) o Volumen (m³)

B.3. MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE RESIDUOS EN LA OBRA OBJETO DEL PROYECTO. Marcar las que se consideren oportunas. El redactor introducirá además aquellas medidas que considere necesarias para minimizar el volumen de residuos.

X Todos los agentes intervinientes en la obra deberán conocer sus obligaciones en relación con los residuos y cumplir las órdenes y normas dictadas por la Dirección Técnica.

X Se deberá optimizar la cantidad de materiales necesarios para la ejecución de la obra. Un exceso de materiales es origen de más residuos sobrantes de ejecución.

Se preverá el acopio de materiales fuera de zonas de tránsito de la obra, de forma que permanezcan bien embalados y protegidos hasta el momento de su utilización, con el fin de evitar la rotura y sus consiguientes residuos.

Si se realiza la clasificación de los residuos, habrá que disponer de los contenedores más adecuados para cada tipo de material sobrante. La separación selectiva se deberá llevar a cabo en el momento en que se originan los residuos. Si se mezclan, la separación posterior incrementa los costes de gestión.

Los contenedores, sacos, depósitos y demás recipientes de almacenaje y transporte de los diversos residuos deberán estar debidamente etiquetados.

Se dispondrá en obra de maquinaria para el machaqueo de residuos pétreos, con el fin de fabricar áridos reciclados.

Se impedirá que los residuos líquidos y orgánicos se mezclen fácilmente con otros y los contaminen. Los residuos se deben depositar en los contenedores, sacos o depósitos adecuados.

Otras (indicar cuáles)

B.4. OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN, VALORIZACIÓN O ELIMINACIÓN A QUE SE DESTINARÁN LOS RCDs QUE SE GENERARÁN EN OBRA. (8) OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN

Marcar las operaciones que se consideren oportunas. Hay que tener en cuenta que los materiales reutilizados

Las tierras procedentes de la excavación se reutilizarán para rellenos,

ajardinamientos, etc…

No hay excavación

Las tierras procedentes de la excavación se reutilizarán para

trasdosados de muros, bases de soleras, etc…

No hay excavación

Se reutilizarán materiales como tejas, maderas, etc… No hay reutilización

Otras (indicar cuáles) No hay reutilización

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deben cumplir las características adecuadas para el fin al que se destinan y que se deberá acreditar de forma

fehaciente la reutilización y destino de los mismos.

OPERACIONES DE VALORIZACIÓN, ELIMINACIÓN.

En este apartado debemos definir qué operaciones se llevarán a cabo y cuál va a ser el destino de los RCDs que

se produzcan en obra. (9) 17 01 02; 17 01 03: Ladrillos; Tejas y materialescerámicos

Ninguna Tratamiento en vertederoautorizado

17 02 01: Madera17 02 02: Vidrio17 02 03: Plástico17 04 07: Metales mezclados17 08 02 : Materiales de construcción a base deyeso20 01 01: Papel y cartón17 09 04: Otros RCDs Ninguna Tratamiento en vertedero

autorizado

RESIDUOS PELIGROSOS (obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma) Tipo de RCD Peso (t) o

Volumen (m³)

Operación en obra (10)

Tratamiento y destino (11)

Separación Tratamiento en gestor autorizado de RPs.

B.5. MEDIDAS PARA LA SEPARACIÓN DE LOS RESIDUOS EN OBRA. Marcar lo que proceda.

El poseedor de RCDs (contratista) separará en obra los siguientes residuos, para lo cual se habilitarán los contenedores adecuados: Hormigón. Ladrillos, tejas y cerámicos. Madera. Vidrio. Plástico. Metales. Papel y cartón. Otros (indicar cuáles).

El poseedor de RCDs (contratista) no hará separación in situ por falta de espacio físico en la obra. Encargará la separación de los siguientes residuos a un agente externo: Hormigón. Ladrillos, tejas y cerámicos. Madera. Vidrio. Plástico. Metales. Papel y cartón. Otros (enfoscados y enlucidos).

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En el caso de que el poseedor de residuos encargue la gestión a un agente externo, deberá obtener del gestor la documentación acreditativa de que éste ha cumplido, en su nombre, la obligación recogida en este apartado. B.6. PLANO/S INSTALACIONES RELACIONADAS CON LA GESTIÓN DE RCDs EN OBRA. Al presente documento se le adjunta plano donde se indican las zonas de acopio de material, situación de contenedores de residuos, toberas de desescombro, máquinas de machaqueo si las hubiere, etc. B.7. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES EN RELACIÓN CON EL ALMACENAMIENTO, MANEJO Y SEPARACIÓN DE LOS RCDs DENTRO DE LA OBRA. Las siguientes prescripciones se modificarán y ampliarán con las que el técnico redactor considere oportunas. Evacuación de Residuos de Construcción y demolición (RCDs). La evacuación de escombros, se podrá realizar de las siguientes formas: - Apertura de huecos en forjados, coincidentes en vertical con el ancho de un entrevigado y longitud de 1 m. a 1,50 m., distribuidos de tal forma que permitan la rápida evacuación de los mismos. Este sistema sólo podrá emplearse en edificios o restos de edificios con un máximo de dos plantas y cuando los escombros sean de tamaño manejable por una persona. - Mediante grúa, cuando se disponga de un espacio para su instalación y zona para descarga del escombro. - Mediante canales. El último tramo del canal se inclinará de modo que se reduzca la velocidad de salida del material y de forma que el extremo quede como máximo a 2 m. por encima del suelo o de la plataforma del camión que realice el transporte. El canal no irá situado exteriormente en fachadas que den a la vía pública, salvo su tramo inclinado inferior, y su sección útil no será superior a 50 x 50 cm. Su embocadura superior estará protegida contra caídas accidentales. - Lanzando libremente el escombro desde una altura máxima de dos plantas sobre el terreno, si se dispone de un espacio libre de lados no menores de 6 x 6 m. - Por desescombrado mecanizado. La máquina se aproximará a la medianería como máximo la distancia que señale la documentación técnica, sin sobrepasar en ningún caso la distancia de 1 m. y trabajando en dirección no perpendicular a la medianería. - El espacio donde cae escombro estará acotado y vigilado. No se permitirán hogueras dentro del edificio, y las hogueras exteriores estarán protegidas del viento y vigiladas. En ningún caso se utilizará el fuego con propagación de llama como medio de demolición. - Se protegerán los huecos abiertos de los forjados para vertido de escombros. - Se señalizarán las zonas de recogida de escombros. - El conducto de evacuación de escombros será preferiblemente de material plástico, perfectamente anclado, debiendo contar en cada planta de una boca de carga dotada de faldas. - El final del conducto deberá quedar siempre por debajo de la línea de carga máxima del contenedor. - El contenedor deberá cubrirse siempre por una lona o plástico para evitar la propagación del polvo. - Durante los trabajos de carga de escombros se prohibirá el acceso y permanencia de operarios en las zonas de influencia de las máquinas (palas cargadoras, camiones, etc.) - Nunca los escombros sobrepasarán los cierres laterales del receptáculo (contenedor o caja del camión), debiéndose cubrir por una lona o toldo o, en su defecto, se regarán para evitar propagación del polvo en su desplazamiento hacia vertedero. Carga y transporte de RCDs. - Toda la maquinaria para el movimiento y transporte de tierras y escombros (camión volquete, pala cargadora, dumper, etc.), serán manejadas por personal perfectamente adiestrado y cualificado. - Nunca se utilizará esta maquinaria por encima de sus posibilidades. Se revisarán y mantendrían de forma adecuada. Con condiciones climatológicas adversas se extremará la precaución y se limitará su utilización y, en caso necesario, se prohibirá su uso. - Si existen líneas eléctricas se eliminarán o protegerán para evitar entrar en contacto con ellas. - Antes de iniciar una maniobra o movimiento imprevisto deberá avisarse con una señal acústica. - Ningún operario deberá permanecer en la zona de acción de las máquinas y de la carga. Solamente los conductores de camión podrán permanecer en el interior de la cabina si ésta dispone de visera de protección. - Nunca se sobrepasará la carga máxima de los vehículos ni los laterales de cierre.

X Al no superarse los valores límites establecidos en el RD 105/2008, no se separarán los RCDs in situ. El poseedor de residuos (contratista) o un agente externo se encargará de la recogida y transporte para su posterior tratamiento en planta.

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- La carga, en caso necesario, se asegurará para que no pueda desprenderse durante el transporte. - Se señalizarán las zonas de acceso, recorrido y vertido. - El ascenso o descenso de las cabinas se realizará utilizando los peldaños y asideros de que disponen las máquinas. Éstos se mantendrán limpios de barro, grasa u otros elementos que los hagan resbaladizos. - En el uso de palas cargadoras, además de las medidas reseñadas se tendrá en cuenta: - El desplazamiento se efectuará con la cuchara lo más baja posible. - No se transportarán ni izarán personas mediante la cuchara. - Al finalizar el trabajo la cuchara deber apoyar en el suelo. - En el caso de dumper se tendrá en cuenta:

- Estarán dotados de cabina antivuelco o, en su defecto, de barra antivuelco. El conductor usará cinturón de seguridad. - No se sobrecargará el cubilote de forma que impida la visibilidad ni que la carga sobresalga lateralmente.

- Para transporte de masas, el cubilote tendrá una señal de llenado máximo. - No se transportarán operarios en el dumper, ni mucho menos en el cubilote. - En caso de fuertes pendientes, el descenso se hará marcha atrás.

- Se organizará el tráfico determinando zonas de trabajo y vías recirculación. - Cuando en las proximidades de una excavación existan tendidos eléctricos con los hilos desnudos, se deberá tomar alguna de las siguientes medidas: - Desvío de la línea. - Corte de la corriente eléctrica.

- Protección de la zona mediante apantallados. - Se guardarán las máquinas y vehículos a una distancia de seguridad determinada en función de la carga eléctrica.

- En caso de que la operación de descarga sea para la formación de terraplenes, será necesario el auxilio de una persona experta para evitar que al acercarse el camión al borde del terraplén, éste falle o que el vehículo pueda volcar. Por ello es conveniente la colocación de topes, a una distancia igual a la altura del terraplén y, como mínimo, 2 m. - Se acotará la zona de acción de cada máquina en su tajo. Cuando sea marcha atrás o el conductor esté falto de visibilidad, estará auxiliado por otro operario en el exterior del vehículo. Se extremarán estas precauciones cuando el vehículo o máquina cambie de tajo y/o se entrecrucen itinerarios. - En la operación de vertido de materiales con camiones, un auxiliar se encargará de dirigir la maniobra con objeto de evitar atropellos a personas y colisiones con otros vehículos. - Para transportes de tierras situadas a niveles inferiores a la cota 0, el ancho mínimo de la rampa será de 4,50 m., en ensanchándose en las curvas, y sus pendientes no serán mayores del 12% o del 8%, según se trate de tramos rectos o curvos respectivamente. En cualquier caso, se tendrá en cuenta la maniobrabilidad de los vehículos utilizados. - Los vehículos de carga, antes de salir a la vía pública, contarán con un tramo horizontal de terreno consistente, de longitud no menor a vez y media la separación entre ejes, ni inferior a 6 m. - Las rampas para el movimiento de camiones y/o máquinas conservarán el talud lateral que exija el terreno. - La carga, tanto manual como mecánica, se realizará por los laterales del camión o por la parte trasera. Si se carga el camión por medios mecánicos, la pala a no pasará por encima de la cabina. Cuando sea imprescindible que un vehículo de carga, durante o después del vaciado, se acerque al borde del mismo, se dispondrán topes de seguridad, comprobándose previamente la resistencia del terreno al peso del mismo. Almacenamiento de RCDs. - Para los caballeros o depósitos de tierras en obra se tendrá en cuenta lo siguiente:

- El material vertido en caballeros no se podrá colocar de forma que represente un peligro para construcciones existentes, por presión directa o por sobrecarga sobre el terreno contiguo. - Deberán tener forma regular. - Deberán situarse en los lugares que al efecto señale la dirección facultativa, y se cuidará de evitar arrastres hacia la zona de excavación o las obras de desagüe y no obstaculizará las zonas de circulación.

- No se acumularán terrenos de excavación junto al borde del vaciado, separándose del mismo una distancia igual o mayor a dos veces la profundidad del vaciado. - Cuando el terreno excavado pueda transmitir enfermedades contagiosas, se desinfectará antes de su transporte y no podrá utilizarse, en este caso, como terreno de préstamo, debiendo el personal que lo manipula estar equipado adecuadamente. - Los acopios de cada tipo de material se formarán y explotarán de forma que se evite su segregación y contaminación, evitándose una exposición prolongada del material a la intemperie, formando los acopios sobre superficies no contaminantes y evitando las mezclas de materiales de distintos tipos. - Si se prevé la separación de residuos en obra, éstos se almacenarán, hasta su transporte a planta de valorización, en contenedores adecuados, debidamente protegidos y señalizados. -El responsable de obra adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra.

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B.8. VALORACIÓN DEL COSTE DE LA GESTIÓN DE RCDs. Tipo de Residuo Volumen (m³) (12) Coste gestión (€/m³) (13) Total (€) (14)

Residuos de Construcción y Demolición.

21,32 10 213,2

Tierras no reutilizadas. 5 0

213,2

Dos Hermanas, Julio de 2017

Fdo.: El Técnico Redactor Fdo.: El Productor de Residuos.

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NOTAS: (1) Según las definiciones del RD 105/2008, el productor de residuos es la persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción o demolición. En aquellas obras que no precisen licencia urbanística, tendrá la consideración de productor de residuos la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto de una obra de construcción o demolición. (2) Coeficientes basados en estudios realizados por el Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña. Estos coeficientes pueden variarse en función de las características del proyecto. (3) Obtenido multiplicando el volumen por 0.8 t/m³, dato correspondiente a la compactación que alcanzan los RCDs en un vertedero de media densidad. Estos coeficientes pueden variarse en función de las características del proyecto. (4) Dato obtenido directamente de proyecto. (5) Podemos variar estos porcentajes según las características de nuestra obra y los tipos de residuos que se prevean se van a producir. Su suma tendrá que dar 1. (6) Si algún valor aparece en rojo significa que ese residuo deberá separase EN OBRA para facilitar su valorización posterior. Valores límite de separación según RD 105/2008:

Obras que se inicien entre el 14 de agosto de 2008 y el 14 de febrero de 2010: (Hormigón 160t, ladrillos, tejas y cerámicos 80t, Madera 2t, Vidrio 2t, Plástico 1t, Metales 4t, Papel y cartón 1t).

Obras que se inicien a partir del 14 de febrero de 2010: (Hormigón 80t, ladrillos, tejas y cerámicos 40t, Madera 1t, Vidrio 1t, Plástico 0.5t, Metales 2t, Papel y cartón 0.5t).

(7) Para obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma se relacionarán los residuos peligrosos si los hubiere. Pondremos peso o volumen extraído directamente de las mediciones. Los tipos de residuos peligrosos son los designados con asterisco en el LER. (8) Según el Anexo I. Definiciones del Decreto 99/2004, de 9 de marzo, por el que se aprueba la revisión del Plan de Gestión de Residuos Peligrosos en Andalucía (2004-2010), se entiende por:

Reutilización: el empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente.

Valorización: todo procedimiento que permite el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

Eliminación: todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

(9) En la tabla se abre un menú desplegable en las casillas editables (casillas en blanco). (10) Podemos elegir entre Separación (obligatorio para los tipos de residuos cuyas cantidades sobrepasen lo estipulado en el RD 105/2008; véase nota (6) del apartado 1.b)), o Ninguna (los residuos que marquemos con esta opción no se separarán en obra y se gestionarán “todo en uno”). (11) Podemos elegir entre las operaciones más habituales de Valorización: el Reciclado o la Utilización como combustible. Pero si desconocemos el tipo de operación que se llevará a cabo en la instalación autorizada, elegiremos la opción genérica Valorización en instalación autorizada.

Si el residuo va ser eliminado directamente en vertedero, marcaremos la opción Tratamiento en vertedero autorizado. El RD

105/2008 prohíbe el depósito en vertedero sin tratamiento previo. Según el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre por el

que se regula la Eliminación de residuos mediante depósito en vertedero se entiende por:

Tratamiento previo: los procesos físicos, térmicos, químicos o biológicos, incluida la clasificación, que cambian las

características de los residuos para reducir su volumen o su peligrosidad, facilitar su manipulación o incrementar su

valorización.

(12) Introducir los valores totales obtenidos de la primera tabla.

(13) Valores orientativos obtenidos de datos de mercado. El poseedor de residuos será quién aplicará los precios reales en el Plan de Gestión. (14) El coste total debe aparecer como un capítulo independiente en el Presupuesto de proyecto.

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MINUSVÁLIDOS

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ANEXO I

CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL Dirección General de Personas con Discapacidad

Apartados:(Página 1 de 42)

Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

BOJA nº 140, de 21 de julio de 2009 Corrección de errores. BOJA nº 219, de 10 de noviembre de 2009

DATOS GENERALES

FICHAS Y TABLAS JUSTIFICATIVAS*

* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación. (BOJA núm. 12, de 19 de enero).

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(Página 2 de 42) ANEXO IApartados:

DATOS GENERALESDOCUMENTACIÓN

ACTUACIÓN

PROYECTO DE OBRAS Y APERTURA DE LOCAL COMERCIAL DESTINADO A BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA

ACTIVIDADES O USOS CONCURRENTES

DOTACIONES NÚMEROAforo (número de personas) 63

Número de asientosSuperficie 88,46 m2

Accesos INDEPENDIENTE

Ascensores NO

Rampas RAMPA

AlojamientosNúcleos de aseos 3

Aseos aislados 3

Núcleos de duchasDuchas aisladasNúcleos de vestuariosVestuarios aisladosProbadoresPlazas de aparcamientosPlantasPuestos de personas con discapacidad (sólo en el supuesto de centros de enseñanza reglada de educación especial)

LOCALIZACIÓN

AVDA. ADOLFO SUÁREZ 48

TITULARIDAD

BLACK ENJOY S.L

PERSONA/S PROMOTORA/S

BLACK ENJOY S.L

PROYECTISTA/S

RAFAEL MÁRQUEZ TAMAYO

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(Página 3 de 42) ANEXO IApartados:

FICHAS Y TABLAS JUSTIFICATIVAS QUE SE ACOMPAÑAN

FICHA I. INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES

FICHA III. EDIFICACIONES DE VIVIENDAS

FICHA IV. VIVIENDAS RESERVADAS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

TABLA 1. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ALOJAMIENTO

TABLA 2. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO COMERCIAL

TABLA 3. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO SANITARIO

TABLA 4. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE SERVICIOS SOCIALES

TABLA 5. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES Y SOCIALES

TABLA 6. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE RESTAURACIÓN

TABLA 7. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO ADMINISTRATIVO

TABLA 8. CENTROS DE ENSEÑANZA

TABLA 9. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE TRANSPORTES

TABLA 10. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ESPECTÁCULOS

TABLA 11. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO RELIGIOSO

TABLA 12. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ACTIVIDADES RECREATIVAS

TABLA 13. GARAJES Y APARCAMIENTOS

OBSERVACIONES

En DOS HERMANAS a 04 de JULIO de 2017

Fdo.: RAFAEL MÁRQUEZ TAMAYO

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(Página 12 de 42) ANEXO IApartados:

CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DE LOS MATERIALES Y DEL EQUIPAMIENTO

Descripción de los materiales utilizados

Pavimentos de itinerarios accesiblesMaterial: GRESColor: CREMAResbaladicidad: CLASE I

Pavimentos de rampasMaterial: Color: Resbaladicidad:

Pavimentos de escalerasMaterial: Color: Resbaladicidad:

Se cumplen todas las condiciones de la normativa aplicable relativas a las características de los materiales empleados y la construcción de los itinerarios accesibles en el edificio. Todos aquellos elementos de equipamiento e instalaciones del edificio (teléfonos, ascensores, escaleras mecánicas...) cuya fabricación no depende de las personas proyectistas, deberán cumplir las condiciones de diseño que serán comprobadas por la dirección facultativa de las obras, en su caso, y acreditadas por la empresa fabricante.

No se cumple alguna de las condiciones constructivas, de los materiales o del equipamiento, lo que se justifica en las observaciones de la presente Ficha justificativa integrada en el proyecto o documentación técnica.

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES*

* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación. (BOJA núm. 12, de 19 de enero).

Ficha II -1-

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(Página 13 de 42) ANEXO IApartados:

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES ESPACIOS INTERIORES AL MISMO NIVELESPACIOS EXTERIORES. Se deberá cumplimentar en su caso, la Ficha justificativa I. Infraestructuras y urbanismo.NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICAACCESO DESDE EL EXTERIOR (Rgto. Art. 64, DB-SUA Anejo A)Un acceso principal desde el exterior cumple alguna de las siguientes condiciones (marcar la que proceda):

No hay desnivel

Desnivel Salvado con una rampa (Ver apartado “Rampas”) Salvado por un ascensor (Ver apartado “Ascensores”)

Pasos controlados

El edificio cuenta con torniquetes, barreras o elementos de control, por lo que al menos un paso cuenta con las siguientes características: Anchura de paso sistema tipo cuchilla, guillotina o

batiente automático -- ≥ 0,90 m

Anchura de portilla alternativa para apertura por el personal de control del edificio -- ≥ 0,90 m

ESPACIOS PARA EL GIRO, VESTÍBULOS Y PASILLOS (Rgto. Art. 66, DB-SUA Anejo A)

VestíbulosCircunferencia libre no barrida por las puertas Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m CUMPLE CUMPLECircunferencia libre no barrida por las puertas frente a ascensor accesible

Ø ≥ 1,50 m -- CUMPLE CUMPLE

Pasillos

Anchura libre ≥ 1,20 m ≥ 1,20 m

Estrechamientos puntuales

Longitud del estrechamiento ≤ 0,50 m ≤ 0,50 mAncho libre resultante ≥ 1,00 m ≥ 0,90 mSeparación a puertas o cambios de dirección ≥ 0,65 m --

Espacio de giro libre al fondo de pasillos longitud > 10 m

Ø ≥ 1,50 m --

HUECOS DE PASO (Rgto. Art. 67, DB-SUA Anejo A) Anchura libre de paso de las puertas de entrada y huecos ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m CUMPLECUMPLE

En el ángulo de máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta es ≥ 0,78 mÁngulo de apertura de las puertas -- ≥ 90º CUMPLECUMPLEEspacio libre horizontal a ambas caras de las puertas Ø ≥ 1,20 m Ø ≥ 1,20 m CUMPLECUMPLE

Sistema de apertura o cierre

Altura de la manivela De 0,80 m a 1,20 m De 0,80 m a 1,00 m CUMPLECUMPLESeparación del picaporte al plano de la puerta -- 0,04 m CUMPLECUMPLEDistancia desde el mecanismo hasta el encuentro en rincón ≥ 0,30 m --

Puertas transparentes o acristaladas

Son de policarbonatos o metacrilatos, luna pulida templada de espesor mínimo 6 milímetros o acristalamientos laminares de seguridad.

Señalización horizontal en toda su longitud De 0,85 m a 1,10 mDe 1,50 m a 1,70 m

De 0,85 m a 1,10 mDe 1,50 m a 1,70 m CUMPLECUMPLE

Ancho franja señalizadora perimetral (1) -- 0,05 m(1)Puertas totalmente transparentes con apertura automática o que no disponen de mecanismo de accionamiento.

Puertas de dos hojas

Sin mecanismo de automatismo y coordinación, anchura de paso mínimo en una de ellas.

≥ 0,80 m ≥ 0,80 m

Puertas automáticas

Anchura libre de paso ≥ 0,80 m ≥ 0,80 mMecanismo de minoración de velocidad -- ≤ 0,5 m/s

VENTANAS No invaden el pasillo a una altura inferior a 2,20 m

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES ESPACIOS INTERIORES ENTRE DISTINTOS NIVELESACCESOS A LAS DISTINTAS PLANTAS O DESNIVELES (Rgto. Art.69 y 2,1d), DB-SUA 9)

El edificio, establecimiento o instalación, de titularidad de las Administraciones Públicas o sus entes instrumentales dispone, al menos, de un ascensor accesible que comunica todas las plantas de uso público o privado

El edificio, establecimiento o instalación de concurrencia pública y más de una planta dispone de un ascensor accesible que comunica las zonas de uso público.

El edificio, establecimiento o instalación, sea o no de concurrencia pública, necesita salvar más de dos plantas desde alguna entrada principal accesible al edificio hasta alguna planta que no sea de ocupación nula, y para ello dispone de ascensor accesible o rampa accesible que comunica las plantas que no sean de ocupación nula con las de entrada accesible al edificio.

Acceso a las distintas plantas

El edificio, establecimiento o instalación, sea o no de concurrencia pública, tiene más de 200 m2 de superficie útil en plantas sin entrada accesible al edificio, excluida la superficie de zonas de ocupación nula, y para ello dispone de ascensor accesible o rampa accesible que comunica las plantas que no sean de ocupación nula con las de entrada accesible al edificio

Ficha II -2-

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(Página 14 de 42) ANEXO IApartados:

NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA

ESCALERAS (Rgto. art.70, DB-SUA1)

Directriz Recta(2) Curva o mixta(3)

Recta(2) Curva o mixta(3)

Altura salvada por el tramo

Uso general ≤ 3,20 m --

Uso público (1) o sin alternativa de ascensor ≤ 2,25 m --Número mínimo de peldaños por tramo ≥ 3 Según DB-SUA

Huella ≥ 0,28 m Según DB-SUA

Contrahuella (con tabica y sin bocel)

Uso general De 0,13 m a 0,185 m Según DB-SUA

Uso público (1) o sin alternativa de ascensor De 0,13 m a 0,175 m Según DB-SUA

Relación huella / contrahuella 0,54 ≤ 2C+H≤0,70 m Según DB-SUAEn las escaleras situadas en zonas de uso público se dispondrá en el borde de las huellas un material o tira antideslizante de color contrastado, enrasada en el ángulo del peldaño y firmemente unida a éste

Ancho libre

Docente con escolarización infantil o enseñanza primaria, pública concurrencia y comercial.

Ocupación ≤ 100 ≥ 1,00 m

≥ 1,20 m ≥ 1,20 m

≤ 15º

Ocupación > 100 ≥ 1,10 m

Sanitario

Con pacientes internos o externos con recorridos que obligan a giros de 90º o mayores

≥ 1,40 m

Otras zonas ≥ 1,20 m

Resto de casos ≥ 1,00 m

Ángulo máximo de la tabica con el plano vertical ≤ 15º

Mesetas

Ancho ≥ Ancho de escalera ≥ Ancho de escalera

Fondo

Mesetas de embarque y desembarque ≥ 1,00 m ≥ 1,20 mMesetas intermedias (no invadidas por puertas o ventanas) ≥ 1,00 m Ø ≥ 1,20 m

Mesetas en áreas de hospitalización o de tratamientos intensivos, en las que el recorrido obligue a giros de 180º

≥ 1,60 m --

Franja señalizadora pavimento táctil direccional

Anchura = Anchura escalera = Anchura escaleraLongitud = 0,80 m ≥ 0,20 m

Distancia de la arista de peldaños a puertas o a pasillos de anchura inferior a 1,20 m ≥ 0,40 m ≥ 0,40 m

Iluminación a nivel del suelo -- ≥ 150 luxes

Pasamanos

Diámetro -- --

Altura De 0,90 m a 1,10 mDe 0,65 m a 0,75 m --

Separación entre pasamanos y paramentos ≥ 0,04 m ≥ 0,04 m Prolongación de pasamanos en extremos (4) ≥ 0,30 m --

En escaleras de ancho ≥ 4,00 m se disponen barandillas centrales con pasamanos. La separación entre pasamanos intermedios es de 4,00 m como máximo, en escaleras sometidas a flujos intensos de paso de ocupantes, como es el caso de accesos a auditorios, infraestructuras de transporte, recintos deportivos y otras instalaciones de gran ocupación. En los restantes casos, al menos uno.Las escaleras que salven una altura ≥ 0,55 m, disponen de barandillas o antepechos coronados por pasamanos.

El pasamanos es firme y fácil de asir, separado del paramento al menos 0,04 m y su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano. Se disponen de pasamanos continuos a ambos lados y diferenciados cromáticamente de las superficies del entorno.

Entre dos plantas consecutivas de una misma escalera, todos los peldaños tienen la misma contrahuella y todos los peldaños de los tramos rectos tienen la misma huella. Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no varía más de ±1 cm.

(1) Ver definición DB-SUA “Seguridad de utilización y accesibilidad”(2) Obligatorio en áreas de hospitalización y tratamientos intensivos, en escuelas infantiles y en centros de enseñanza primaria o secundaria.(3) En tramos curvos, la huella medirá 28 cm, como mínimo, a una distancia de 50 cm del borde interior y 44 cm, como máximo, en el borde exterior. Además, se cumplirá la relación 0,54 ≤ 2C+H≤0,70 m a 50 cm de ambos extremos. La dimensión de toda huella se medirá, en cada peldaño, según la dirección de la marcha.(4) En zonas de uso público, o que no dispongan de ascensor como alternativa, se prolondará al menos en un lado. En uso sanitario en ambos ladosRAMPAS DE ITINERARIOS ACCESIBLES (Rgto. Art. 72, DB-SUA1)

Directriz Recta o curvatura de R ≥ 30,00 m

Recta o curvatura de R ≥ 30,00 m

Anchura ≥ 1,20 m ≥ 1,20 m

Los cambios de nivel a zonas de uso y concurrencia pública o a elementos accesibles tales como plazas de aparcamientos accesibles, alojamientos accesibles, plazas reservadas, etc, cuentan con un medio accesible, rampa o ascensor, alternativo a las escaleras.

Ficha II -3-

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(Página 15 de 42) ANEXO IApartados:

Tramos de longitud ≥ 3,00 m y < 6,00 m 8,00 % 8,00 %

Tramos de longitud ≥ 6,00 m 6,00 % 6,00 %

Pendiente transversal ≤ 2 % ≤ 2 %

Longitud máxima de tramo (proyección horizontal) ≤ 9,00 m ≤ 9,00 m

Mesetas

Ancho ≥ Ancho de rampa ≥ Ancho de rampa

Fondo ≥ 1,50 m ≥ 1,50 m

Espacio libre de obstáculos -- Ø ≥ 1,20 m

Fondo rampa acceso edificio -- ≥ 1,20 m

Franja señalizadora pavimento táctil direccionalAnchura = Anchura rampa = Anchura meseta

Longitud -- = 0,60 mDistancia desde la arista de la rampa a una puerta o a pasillos de anchura inferior a 1,20 m ≥ 1,50 m --

Pasamanos

Dimensión sólido capaz -- De 0,045 m a 0,05 m

Altura De 0,90 m a 1,10 mDe 0,65 m a 0,75 m De 0,90 m a 1,10 m

Prolongación en los extremos a ambos lados (tramos ≥ 3 m) ≥ 0,30 m ≥ 0,30 m

Altura de zócalo o elemento protector lateral en bordes libres (*) ≥ 0,10 m ≥ 0,10 mEn rampas de ancho ≥ 4,00 m se disponen barandillas centrales con doble pasamanos. ( *) En desniveles ≥ 0,185 m con pendiente ≥ 6%, pasamanos a ambos lados y continuo incluyendo mesetas y un zócalo o elemento de protección lateralEl pasamanos es firme y fácil de asir, está separado del paramento al menos 0,04 m y su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano. Se disponen de pasamanos continuos a ambos lados y diferenciados cromáticamente de las superficies del entorno.Las rampas que salvan una altura ≥ 0,55 m. disponen de barandillas o antepechos coronados por pasamanos

TAPICES RODANTES Y ESCALERAS MECÁNICAS (Rgto. Art. 71, Art.73)

Tapiz rodante

Luz libre -- ≥ 1,00 m

Pendiente -- ≤ 12 %Prolongación de pasamanos en desembarques -- 0,45 m

Altura de los pasamanos. -- ≤ 0,90 m

Escaleras mecánicas

Luz libre -- ≥ 1,00 mAnchura en el embarque y en el desembarque -- ≥ 1,20 m

Número de peldaños enrasados (entrada y salida) -- ≥ 2,50

Velocidad -- ≤ 0,50 m/sProlongación de pasamanos en desembarques -- ≥ 0,45 m

ASCENSORES ACCESIBLES (art 74 y DB-SUA Anejo A)Espacio libre previo al ascensor Ø ≥ 1,50 m --

Anchura de paso puertas UNE EN 8170:2004 ≥ 0,80 m

Medidas interiores(Dimensiones mínimas)

Superficie útil en plantas distintas a las de acceso ≤ 1.000 m2

Una o dos puertas enfrentadas

1,00 X 1,25 m

1,00 X 1,25 m Dos puertas en ángulo 1,40 X 1,40 mSuperficie útil en plantas distintas a las de acceso> 1.000 m2

Una o dos puertas enfrentadas

1,00 X 1,40 m

Dos puertas en ángulo 1,40 X 1,40 mEl modelo de ascensor accesible elegido y su instalación por el instalador autorizado cumplirán las condiciones de diseño establecidas en el Reglamento, entre las que destacan:

Rellano y suelo de la cabina enrasados.

Puertas de apertura telescópica.

Situación botoneras H interior ≤ 1,20 m. H exterior ≤ 1,10 m.

Números en altorrelieve y sistema Braille. Precisión de nivelación ≤ 0,02 m. Pasamanos a una altura entre 0,80-0,90 m.En cada acceso se colocarán: indicadores luminosos y acústicos de la llegada, indicadores luminosos que señalen el sentido de desplazamiento, en las jambas el número de la planta en braille y arábigo en relieve a una altura ≤ 1,20 m. Esto último se podrá sustituir por un sintetizador de voz.

Tramos de longitud < 3,00 m 10,00 % 10,00 %

Pendiente longitudinal (proyección horizontal)

Ficha II -4-

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(Página 16 de 42) ANEXO IApartados:

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES PLAZAS Y ESPACIOS RESERVADOS EN SALAS, RECINTOS Y ESPACIOS EXTERIORES O INTERIORES NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA

ESPACIOS RESERVADOS (Rgto. Art. 76, DB-SUA 9 y Anejo A)

Dotaciones. En función del uso, actividad y aforo de la edificación deberá cumplimentarse la Tabla justificativa correspondiente, con un mínimo del 1% o de 2 espacios reservados

Espacio entre filas de butacas -- ≥ 0,50 m

Espacio para personas usuarias de silla de ruedas

Aproximación frontal ≥ (0,80 x 1,20) m ≥ (0,90 x 1,20) m

Aproximación lateral ≥ (0,80 x 1,50) m ≥ (0,90 x 1,50) mPlaza para personas con discapacidad auditiva (más de 50 asientos y actividad con componente auditivo). 1 cada 50 plazas o fracción. Disponen de sistema de mejora acústica mediante bucle de inducción magnética u otro dispositivo similar.En escenarios, estrados, etc., la diferencia de cotas entre la sala y la tarima (en su caso) se resuelve con escalera y rampa o ayuda técnica.

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DEPENDENCIAS QUE REQUIERAN CONDICIONES DE INTIMIDAD NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA

ASEO DE LOS OBLIGADOS POR NORMATIVA ESPECÍFICA (Rgto. Art. 77, DB-SUA9 y Anejo A)

Dotación mínima

Aseos aislados1 aseo accesible por cada 10 inodoros o

fracción

1 aseo accesible ( inodoro y lavabo) CUMPLECUMPLE

Núcleos de aseos1 aseo accesible por cada 10 inodoros o

fracción

1 aseo accesible ( inodoro y lavabo)

Núcleos de aseos independientes por cada sexo --1 inodoro y 1 lavabo por

cada núcleo o 1 aseo aislado compartido

Aseos aislados y núcleos de aseos --1 inodoro y 1 lavabo por

cada núcleo o 1 aseo aislado compartido

En función del uso, actividad y aforo de la edificación, deberá cumplimentarse la Tabla justificativa correspondiente.

Puertas (1) Correderas Abatibles hacia el exterior

(1) Cuenta con sistema que permite desbloquear cerraduras desde el exterior para casos de emergencia

Espacio libre no barrido por las puertas Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m CUMPLECUMPLE

Lavabo(sin pedestal)

Altura cara superior ≤ 0,85 m De 0,70 m a 0,80 m CUMPLECUMPLE

Espacio libre inferior Altura ≥ 0,70 m De 0,70 m a 0,80 m CUMPLECUMPLE

Profundidad ≥ 0,50 m -- CUMPLECUMPLE

Inodoro

Espacio de trasferencia lateral (2) ≥ 0,80 m -- CUMPLECUMPLE

Fondo desde el paramento hasta el borde frontal ≥ 0,75 m ≥ 0,70 m CUMPLECUMPLE

Altura del asiento del aparato De 0,45 m a 0,50 m De 0,45 m a 0,50 m CUMPLECUMPLE

Altura del pulsador (gran superficie o palanca) De 0,70 m a 1,20 m De 0,70 m a 1,20 m CUMPLECUMPLE

(2) En aseos de uso público, espacio de transferencia lateral a ambos lados.

Barras

Separación entre barras inodoro De 0,65 m a 0,70 m -- CUMPLECUMPLE

Diámetro sección circular De 0,03 m a 0,04 m De 0,03 m a 0,04 m CUMPLECUMPLE

Separación al paramento u otros elementos De 0,045 m a 0,055 m ≥ 0,045 m CUMPLECUMPLE

Altura de las barras De 0,70 m a 0,75 m De 0,70 m a 0,75 m CUMPLECUMPLE

Longitud de las barras ≥ 0,70 m -- CUMPLECUMPLE

Verticales para apoyo. Distancia medida desde el borde del inodoro hacia delante.

– = 0,30 m

Dispone de dos barras laterales junto al inodoro, siendo abatible la que posibilita la transferencia lateral. En aseos de uso público las dos.

Si existen más de cinco urinarios se dispone uno cuya altura del borde inferior está situada entre 0,30 y 0,40 m.Grifería (3) Alcance horizontal desde el asiento -- ≤ 60 cm

(3) Automática o monomando con palanca alargada tipo gerontológico

Accesorios Altura de accesorios y mecanismos -- De 0,70 m a 1,20 m

Espejo Altura borde inferior Orientable ≥ 10º sobre la vertical

-- ≤ 0,90 m

Nivel de iluminación. No se admite iluminación con temporización

Ficha II -5-

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(Página 17 de 42) ANEXO IApartados:

En el interior debe disponer de avisador luminoso y acústico para casos de emergencia cuando sea obligatoria la instalación de sistema de alarma. El avisador estará conectado con sistema de alarma.En zonas de uso público, debe contar con un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se pueda transmitir una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control que permita a la persona usuaria verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personas.VESTUARIOS, DUCHAS Y PROBADORES (Rgto. Art. 78, DB-SUA 9 y Anejo A)

Dotación mínima

Vestuarios 1 de cada 10 o fracción Al menos uno

Duchas (uso público) 1 de cada 10 o fracción Al menos uno

Probadores (uso público) 1 de cada 10 o fracción Al menos uno

En función del uso, actividad y aforo de la edificación deberá cumplimentarse la Tabla justificativa correspondiente

Vestuario y probador

Espacio libre de obstáculos Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m

Altura de repisas y perchas -- De 0,40 m a 1,20 m

Bancos abatibles y con respaldo o adosados a pared

Anchura = 0,40 m ≥ 0,50 m

Altura De 0,45 m a 0,50 m ≤ 0,45 m

Fondo = 0,40 m ≥ 0,40 m

Acceso lateral ≥ 0,80 m ≥ 0,70 m

Duchas

Espacio libre de obstáculos Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m

Altura de repisas y perchas -- De 0,40 m a 1,20 m Largo ≥ 1,20 m ≥ 1,80 m

Ancho ≥ 0,80 m ≥ 1,20 m

Pendiente de evacuación de aguas -- ≤ 2%

Espacio de transferencia lateral al asiento ≥ 0,80 m De 0,80 m a 1,20 m

Altura del maneral del rociador si es manipulable -- De 0,80 m a 1,20 m

Altura de barras metálicas horizontales -- 0,75 m

Banco abatible

Anchura -- ≥ 0,50 m

Altura -- ≤ 0,45 m

Fondo -- ≥ 0,40 m

Acceso lateral ≥ 0,80 m ≥ 0,70 mEn el lado del asiento existirán barras de apoyo horizontales de forma perimetral en, al menos, dos paredes que forman esquina y una barra vertical en la pared a 0,60 metros de la esquina o del respaldo del asiento

Barras

Diámetro de la sección circular De 0,03 m a 0,04 m De 0,03 m a 0,04 m

Separación al paramento De 0,045 m a 0,055 m ≥ 0,045 m

Fuerza soportable 1,00 kN --

Altura de las barras horizontales De 0,70 m a 0,75 m De 0,70 m a 0,75 mLongitud de las barras horizontales ≥ 0,70 m --

En el interior debe disponer de avisador luminoso y acústico para casos de emergencia cuando sea obligatoria la instalación de sistema de alarma. El avisador estará conectado con sistema de alarma.En zonas de uso público debe contar con un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se pueda transmitir una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control que permita a la persona usuaria verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personasDORMITORIOS Y ALOJAMIENTOS ACCESIBLES (Rgto. Art. 79, DB-SUA Anejo A)Dotación Se deberá cumplimentar la Tabla justificativa 1. Edificios, establecimientos o instalaciones de alojamiento.Anchura del hueco de paso en puertas(En ángulo máxima apertura reducida por grosor hoja ≥ 0,78 m) -- ≥ 0,80 m

Espacios de aproximación y circulación

Espacio aproximación y transferencia a un lado de la cama -- ≥ 0,90 mEspacio de paso a los pies de la cama -- ≥ 0,90 m

Frontal a armarios y mobiliario -- ≥ 0,70 mDistancia entre dos obstáculos entre los que se deba circular (elementos constructivos o mobiliario) -- ≥ 0,80 m

Armarios empotrados

Altura de las baldas, cajones y percheros -- De 0,40 a 1,20 m

Carecen de rodapié en el umbral y su pavimento está al mismo nivel que el de la habitación

Carpintería y protecciones exteriores

Sistemas de apertura

Altura -- ≤ 1,20 m

Separación con el plano de la puerta -- ≥ 0,04 mDistancia desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en rincón -- ≥ 0,30 m

Ventanas Altura de los antepechos -- ≤ 0,60 m

Mecanismos Altura Interruptores -- De 0,80 a 1,20 m

Altura tomas de corriente o señal -- De 0,40 a 1,20 m

Ficha II -6-

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(Página 18 de 42) ANEXO IApartados:

Si los alojamientos disponen de aseo, será accesible. Si no disponen de él, existirá un itinerario accesible hasta el aseo accesible exterior al alojamiento.Instalaciones complementarias:

Sistema de alarma que transmite señales visuales visibles desde todo punto interior, incluido el aseoAvisador luminoso de llamada complementario al timbreDispositivo luminoso y acústico para casos de emergencia (desde fuera)Bucle de inducción magnética

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONESEQUIPAMIENTOS Y MOBILIARIO NORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA

MOBILIARIO, COMPLEMENTOS Y ELEMENTOS EN VOLADIZO (Rgto. Art. 80, DB-SUA 9 y Anejo A)El mobiliario deberá respetar una distancia mínima entre dos obstáculos entre los que se deba circular de 0,80 mLa altura de los elementos en voladizo será ≥ 2,20 mPUNTOS DE ATENCIÓN ACCESIBLES Y PUNTOS DE LLAMADA ACCESIBLES (Rgto. Art. 81, DB-SUA Anejo A)

Puntos de atención accesible

Mostradores de atención al público

Ancho ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m CUMPLECUMPLE

Altura ≤ 0,85 m De 0,70 m a 0,80 m CUMPLECUMPLE

Hueco bajo el mostrador

Alto ≥ 0,70 m ≥ 0,70 m

Ancho ≥ 0,80 m --

Fondo ≥ 0,50 m ≥ 0,50 mVentanillas de atención al público

Altura de la ventanilla -- ≤ 1,10 m

Altura plano de trabajo ≤ 0,85 m --Posee un dispositivo de intercomunicación dotado de bucle de inducción u otro sistema adaptado a tal efecto

Puntos de llamada accesible

Dispone de un sistema de intercomunicación mediante mecanismo accesible, con rótulo indicativo de su función y permite la comunicación bidireccional con personas con discapacidad auditiva

Banda señalizadora visual y táctil de color contrastado con el pavimento y anchura de 0,40 m, que señalice el itinerario accesible desde la vía pública hasta los puntos de atención y de llamada accesibleEQUIPAMIENTO COMPLEMENTARIO (Rgto. art. 82)Se deberá cumplimentar la Ficha justificativa I. Infraestructuras y urbanismo.

MECANISMOS DE ACCIONAMIENTO Y CONTROL (Rgto. art. 83, DB-SUA Anejo A)Altura de mecanismos de mando y control De 0,80 m a 1,20 m De 0,90 m a 1,20 m

Altura de mecanismos de corriente y señal De 0,40 m a 1,20 m --Distancia a encuentros en rincón ≥ 0,35 m --

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES APARCAMIENTOS DE UTILIZACIÓN COLECTIVA EN ESPACIOS EXTERIORES O INTERIORES ADSCRITOS A LOS EDIFICIOSNORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA

APARCAMIENTOS (Rgto. art. 90, DB-SUA 9, Anejo A)

Dotación mínima En función del uso, actividad y aforo de la edificación se deberá cumplimentar la Tabla justificativa correspondiente

Zona de transferenciaBatería

Independiente Esp. libre lateral ≥ 1,20 m --

Compartida -- Esp. libre lateral ≥ 1,40 m

Línea Esp. libre trasero ≥ 3,00 m --

Ficha II -7-

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(Página 19 de 42) ANEXO IApartados:

FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES PISCINAS COLECTIVASNORMATIVA DB -SUA DEC.293/2009 (Rgto) ORDENANZA DOC. TÉCNICA

CONDICIONES GENERALESLa piscina debe disponer de los siguientes elementos para facilitar el acceso a los vasos a las personas con movilidad reducida:

- Grúa homologada o elevador hidráulico homologado - Escalera accesible

Escaleras accesibles en piscinas

Huella (antideslizante) -- ≥ 0,30 m

Tabica -- ≤ 0,16 m

Ancho -- ≥ 1,20 m

Pasamanos (a ambos lados)

Altura -- De 0,95 m a 1,05 mDimensión mayor sólido capaz -- De 0,045 m a 0,05 m

Separación hasta paramento -- ≥ 0,04 mSeparación entre pasamanos intermedios -- ≤ 4,00 m

Rampas accesibles en piscinas de titularidad pública destinadas exclusivamente a uso recreativo.

Rampas accesibles en piscinas

Pendiente (antideslizante) -- ≤ 8 %

Anchura -- ≥ 0,90 m

Pasamanos ( a ambos lados)

Altura (doble altura) -- De 0,65 m a 0,75 mDe 0,95 m a 1,05 m

Dimensión mayor sólido capaz -- De 0,045 m a 0,05 mSeparación hasta paramento -- ≥ 0,04 mSeparación entre pasamanos intermedios -- ≤ 4,00 m

Ancho de borde perimetral de la piscina con cantos redondeados ≥ 1,20 m --

CARACTERÍSTICAS SINGULARES CONSTRUCTIVAS Y DE DISEÑO

Se disponen zonas de descanso para distancias en el mismo nivel ≥ 50,00 m, o cuando pueda darse una situación de espera. Existen puertas de apertura automática con dispositivos sensibles de barrido vertical, provistas de un mecanismo de minoración de velocidad que no supere 0,50 m/s, dispositivos sensibles que abran en caso de atrapamiento y mecanismo manual de parada del sistema de apertura y cierre. Dispone de mecanismo manual de parada de sistema de apertura.

El espacio reservado para personas usuarias de silla de ruedas es horizontal y a nivel con los asientos, está integrado con el resto de asientos y señalizado.

Las condiciones de los espacios reservados:

Con asientos en graderío:- Se situarán próximas a los accesos plazas para personas usuarias de silla de ruedas- Estarán próximas a una comunicación de ancho ≥ 1,20 m.- Las gradas se señalizarán mediante diferenciación cromática y de textura en los bordes- Las butacas dispondrán de señalización numerológica en altorrelieve.

En cines, los espacios reservados se sitúan o en la parte central o en la superior.

Ficha II -8-

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(Página 20 de 42) ANEXO IApartados:

DECLARACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA

Se cumplen todas las prescripciones de la normativa aplicable.

Se trata de una actuación a realizar en un edificio, establecimiento o instalación existente y no se puede cumplir alguna prescripción específica de lanormativa aplicable debido a las condiciones físicas del terreno o de la propia construcción o cualquier otro condicionante de tipo histórico, artístico, medioambiental o normativo, que imposibilitan el total cumplimiento las disposiciones.

En el apartado “Observaciones” de la presente Ficha justificativa se indican, concretamente y de manera motivada, los artículos o apartados de cada normativa que resultan de imposible cumplimiento y, en su caso, las soluciones que se propone adoptar. Todo ello se fundamenta en la documentación gráfica pertinente que acompaña a la memoria. En dicha documentación gráfica se localizan e identifican los parámetros o prescripciones que no se pueden cumplir, mediante las especificaciones oportunas, así como las soluciones propuestas.

En cualquier caso, aún cuando resulta inviable el cumplimiento estricto de determinados preceptos, se mejoran las condiciones de accesibilidad preexistentes, para lo cual se disponen, siempre que ha resultado posible, ayudas técnicas. Al efecto, se incluye en la memoria del proyecto, la descripción detallada de las características de las ayudas técnicas adoptadas, junto con sus detalles gráficos y las certificaciones de conformidad u homologaciones necesarias que garanticen sus condiciones de seguridad. No obstante, la imposibilidad del cumplimiento de determinadas exigencias no exime del cumplimiento del resto, de cuya consideración la presente Ficha justificativa es documento acreditativo.

OBSERVACIONES

Ficha II -9-

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ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD, CON LAS MEDIDAS PREVENTIVAS MÍNIMAS, QUE EN ESTAS MATERIAS HAY QUE REALIZAR PARA EJECUTAR LAS REFORMAS E INSTALACIONES NECESARIAS QUE PERMITEN ADECUAR EL ESTADO ACTUAL DEL LOCAL A LOS EQUIPAMIENTOS EN EL PROYECTO ADJUNTO. Promotor: BLACK ENJOY S.L CIF: B-90.327.620 Autor del Proyecto: RAFAEL MÁRQUEZ TAMAYO, colegiado 4.194 del COAAT Sevilla.

LOCAL DESTINADO A BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA.

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APLICACIÓN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. El cumplimiento del RD 486/1997 requiere a las empresas las siguientes obligaciones

básicas: a) Mantener una ocupación de personal en la vigilancia y ejecución del diverso

articulado que la misma indica, mediante el nombramiento de Delegados de Prevención, según el siguiente baremo en base a la plantilla de las mismas, para aquellas empresas con menos de 100 trabajadores.

Plantilla de la

empresa Delegación de Prevención Crédito de horas mensuales para este cometido

De 1 a 5 El propio empresario Cuando realiza tal función en la empresa

De 6 a 30 1 El mismo delegado de personal

De 31 a 49 1 15 horas De 50 a 100

personas 2 15 horas cada uno

b) Disponer de un Servicio de Prevención propio o contratado, suficientes para proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgos existentes en la misma.

c) Disponer de un Plan de Prevención actualizado y evaluado

permanentemente, donde se indiquen los Riesgos Laborales existentes en el desarrollo de las distintas tareas y procesos que la empresa realiza; una relación de las medidas preventivas existentes para minimizar o evitar dichos riesgos y de aquellos otros pendientes de implantar, con indicación de la fecha de su próxima puesta en funcionamiento. Todo ello, acorde con la normativa específica que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene desarrollada hasta la fecha para la actividad a desarrollar.

d) Mantener informados y formados a los trabajadores en la prevención de

aquellos riesgos que le afectan. e) Presentación de los primeros auxilios, planes de emergencia y vigilancia

periódica de la salud de los trabajadores, acordes con los riesgos existentes en las tareas que realizan.

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ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD, CON LAS MEDIDAS PREVENTIVAS MÍNIMAS, QUE EN ESTAS MATERIAS HAY QUE REALIZAR PARA EJECUTAR LAS REFORMAS E INSTALACIONES NECESARIAS QUE PERMITEN ADECUAR EL ESTADO ACTUAL DEL LOCAL A LOS EQUIPAMIENTOS EN EL PROYECTO ADJUNTO.

Para ello, vamos a desarrollar los apartados que se relacionan en el siguiente:

ÍNDICE

1.1 -OBJETO. 1.2- CARACTERÍSTICAS Y DATOS GENERALES DE LA OBRA. 1.2.1- Autor. 1.2.2- Propietario. 1.2.3- Descripción de la obra y situación. 1.2.4- Interferencias y servicios afectados, por la situación de la obra. 1.2.5- Maquinaria y medios auxiliares previstos. 1.3.- EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS. 1.3.1.-Riesgos daños a terceros. 1.4.- PLANIFICACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA. 1.4.1.-Prevención de riesgos profesionales. 1.4.1.1.-Protecciones individuales (EPIs). 1.4.1.2.-Protecciones colectivas (SPC). 1.4.2.-Prevención de RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS. 1.4.3- Prevención de OTROS RIESGOS. 1.5- FORMACIÓN E INFORMACIÓN AL PERSONAL DE OBRA. 1.5.1- Normas Generales de Seguridad para el personal. 1.5.2- Normas de Seguridad Específicas por oficios. 1.5.3- Normas de Seguridad para medios auxiliares. 1.5.4- Riesgos inherentes en las obras. 1.5.5- Orden y limpieza. 1.6- MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS. 1.6.1- Reconocimiento médico. 1.6.2- Botiquín de obras. 1.6.3- Primeros auxilios 1.6.3.1- Formación en primeros auxilios.

1.6.3.2- Normas de actuación en caso de accidente grave (medidas asistenciales).

1.6.4- Asistencia a accidentados. 1.7-INSTALACIONES COMUNES PARA EL PERSONAL (instalaciones de higiene y

bienestar). 1.8- Anexo II Real Decreto 1627/1997.

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1.1.-OBJETO. El presente Estudio Básico de Seguridad y Salud se realiza a fin de conseguir la licencia de

obra y apertura de local destinado a BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA, se presenta el siguiente Proyecto de Reforma y Apertura en el del Departamento correspondiente del Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas, de acuerdo con la Normativa vigente.

Se elabora en obligado cumplimiento de lo dispuesto en el nuevo R.D. 1.627/1.997, de 24 de octubre, de "disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción" (Reglamento específico de construcción en desarrollo de la Ley 31/1,995, de Prevención de Riesgos Laborales, que deroga expresamente el antiguo RO. 555/1.936 en el que se inspira) que, fundamentalmente, amplía a todos los proyectos de obras la obligatoriedad de la inclusión de un documento de seguridad, Estudio o Estudio Básico de Seguridad, dependiendo de unas determinadas condiciones en relación al volumen y tipología de obra, e introduce la figura del Coordinador en materia de seguridad y salud.

Desarrolla y complementa el Estudio de Seguridad y Salud realizado para la obra objeto de este Plan, y podría ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias que puedan surgir a lo largo de la misma, pero siempre con la aprobación del coordinador de seguridad en fase de ejecución o, en su caso, de la dirección facultativa.

Conforme a lo especificado en el art. 7 del R.D. 1.627/1.997 en relación a los puestos de trabajo en la obra, el Estudio Básico constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva.

Por último, hemos de destacar que, según faculta el art. 5 (punto 4) del citado R.D., las mediciones, calidades y valoración recogidas en el presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud, podrán ser modificadas o sustituidas por alternativas propuestas por el contratista adjudicatario en el correspondiente Plan, siempre que ello no suponga disminución del importe total, ni de los niveles de protección contenidos en dicho Estudio.

1.2.- CARACTERÍSTICAS Y DATOS GENERALES DE LA OBRA. 1.2.1.- AUTOR. El autor de este proyecto es el Arquitecto Técnico RAFAEL MÁRQUEZ TAMAYO, con

N.I.F-52.664.002-M, colegiado en Sevilla con el número 4.194 y con domicilio profesional en C/ San Alberto, nº 45, en la localidad de Dos Hermanas (Sevilla), cuyo código postal es 41.701.

1.2.2.- PROPIETARIO. El encargo lo realiza Black Enjoy S.L, con CIF: B-90.327.620, en cuya representación actúan Fco. Javier Barranco Bueno con NIF: 32.028.025-L, Astrid Yurany Londoño Álvarez con NIF: 54.221.303-E, Fabio Nelson Ávila Almanza con NIF: 77.933.579-B y Ángela Mª Colorado Chica con NIF: 29.637.778-R, y que disponen de un local comercial en la Avda. Adolfo Suárez nº 48, en Dos Hermanas (Sevilla) 1.2.3.- DESCRIPCIÓN DEL ESTADO ACTUAL Y SITUACIÓN. El local en cuestión se encuentra ubicado en la Avda. Adolfo Suárez nº 48, en Dos

Hermanas (Sevilla), donde se pretende implantar un local para BAR CON COCINA Y SIN MÚSICA. La superficie útil total del local es de 161,46 m², mientras que la construida es 177,67 m2.

Dispone de acceso directo desde fachada del local y cuenta con una antigüedad estimada de doce años aproximadamente. Los locales colindantes se encuentran en su mayoría ocupados. La duración de la reforma es de 8 semanas y el presupuesto de

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ejecución material asciende a 37.700,30 € (TREINTA SIETE MIL SETECIENTOS EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS).

1.2.4.- INTERFERENCIAS Y SERVICIOS AFECTADOS POR LA SITUACIÓN DE LA REFORMA. No se prevén. 1.2.5.- MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS EN OBRA. MAQUINARIA: -Compresor. -Pequeña maquinaria. MEDIOS AUXILIARES: - Bragas de suspensión (cinchas). - Andamios. - Escaleras 1.3.-EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS. RELACIÓN DE RIESGOS LABORALES QUE NO PUEDEN ELIMINARSE. RELACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN EN:

ACTIVIDADES COMUNES A DIVERSAS FASES DE OBRA: Instalación provisional eléctrica:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Contactos eléctricos directos e indirectos originados por defecto de montaje de la instalación eléctrica provisional.

Instalación eléctrica provisional calculada por técnico especialista.

Montaje realizado por instalador autorizado (exigiendo certificado).

Contactos eléctricos directos debido a la situación, unión o degradación del cableado de alimentación.

Enterrar o proteger con canalización resistente el cableado terrestre.

Elevar fuera del alcance de personas y vehículos el cableado aéreo.

Conexiones adecuadas (clavijas de seguridad).

Contactos eléctricos directos

Aislamiento de partes activas.

Protección IP45

Interruptores diferenciales (30 mÅ)

EPI’s (Equipos de protección individual): Equipo compuesto de material aislante: guantes, mono, calzado, herramientas, banquetas, pértigas, alfombrillas,...

Respetar la distancia de seguridad impuesta (3 m).

Contactos eléctricos indirectos Puesta a tierra (<80Ω) de las masas metálicas, salvo las herramienta eléctricas que tengan doble aislamiento.

Sobre-intensidades e incendios Interruptores magneto-térmicos en cuadros eléctricos.

Andamios tubulares:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Desplome de andamios. (Deficiencias de proyecto).

Diseño y cálculo según proyecto. Montaje por personal especializado.

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Atrapamientos y aplastamientos en manos y pies durante el montaje de andamios.

Para el montaje de andamios, personal especializado

EPI: guantes y calzado de seguridad.

Desplome de andamios (falta de anclajes, arriostramientos, apoyos inestables, montaje incorrecto).

Cálculo, montaje y supervisión diaria de andamiajes.

Comprobación de anclajes, apoyos y plataformas.

Arriostramientos y barandillas.

Uso obligado de cinturón de seguridad.

Caída desde altura (andamios).

Montaje correcto de andamios, según fabricante, proyecto y cálculo. Supervisión diaria.

Barandillas resistentes 90 cms de altura y otra intermedia.

Control de carga sobre plataformas.

Uso de cinturón (Arnés) de seguridad siempre, anclado a cable independe.

Caída de materiales. Rodapiés de 20 cm.

Las cargas no deben sobrepasar la altura del rodapié.

Herramientas manuales:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS Proyección de partículas en los ojos. Gafas con oculares contra impactos y cazoleta lateral.

Inhalación de polvo. Mascarilla filtro mecánico.

Ruido Protección auditiva

Contactos eléctricos directos

Interruptor diferencial (30 mÅ).

Aislamiento de partes activas.

Cables en buen estado de aislamiento.

Terminales de conductores eléctricos con sus correspondientes clavijas de conexión.

Contactos eléctricos indirectos Puesta a tierra de las masas metálicas (<80Ω).

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Información sobre peligros de la máquina y seguimiento de las recomendaciones del fabricante.

Martillo neumático:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Contacto eléctricos directos.

Interruptor diferencial (In<30 mA).

Aislamientos de partes activas.

Cables en buen estado de aislamiento. Terminales de conductores eléctricos con sus correspondientes clavijas de conexión.

Contactos eléctricos indirectos Puesta a tierra de las masas metálicas, salvo herramientas eléctricas que tengan doble aislamiento.

Proyección de partículas en los ojos. Gafas con oculares contra impactos y cazoleta lateral.

Inhalación de polvo. Mascarilla filtro mecánico.

Sobreesfuerzos.

Información sobre riesgos de vibraciones, al personal afectado. Actuaciones ergonómicas.

Revisión medica a operarios.

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Maquinista con formación y experiencia

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Información sobre peligros de la máquina y seguimiento de las recomendaciones del fabricante.

Escalera de mano:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Riesgos de caídas de personas.

Inclinación adecuada (ángulo con horizontal aproximadamente 75º). Elementos antideslizantes en base. Fijación o atadura en punto de desembarco. Sobrepasar desembarco >1m.

Informar que ascensos y descensos se efectúen de frente.

Para trabajos >3,5m del suelo: cinturón de seguridad (arnés).

Prohibición de manejo de cargas pesadas y/o voluminosas.

Caídas de personas por rotura de escalera.

Las escaleras no tendrán más de 3,5m.

Las escaleras no serán de construcción improvisada. No se pintarán las escaleras de madera, salvo con barniz transparente.

Caídas de materiales. Prohibición de paso bajo las escaleras cuando estén en uso.

Sierra circular de mesa con disco abrasivo:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Cortes (proyección violenta). Trabajar con carcasa protectora

Sustituir discos rotos o deteriorados

Proyección de partículas en ojos. Gafas con oculares contra impactos y cazoleta lateral

Electrocución. Protección partes activas.

Interruptor diferencial (In<30 mA).

Atrapamientos. Protección de transmisiones.

Inhalación de polvo Mascarilla filtro mecánico

Uso de humidificadores.

Cortes en manos

Empujadores para piezas pequeñas

Uso de guías

No usar guantes

Operaciones de carga y descarga:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS Daños en pies en operaciones de carga y descarga. (Carga y descarga de materiales, trabajos de ferrallado,...).

Uso de botas con punteras reforzadas.

Orden y limpieza en toda la obra. Daños en manos en operaciones de cargas y descargas. (Carga y descarga de materiales, trabajos de ferrallado,...).

Uso de guantes de cuero.

Sobreesfuerzos.

Información sobre riesgos en el manejo de cargas, al personal afectado. Actuaciones ergonómicas.

Revisión medicas a operarios.

Circulación y tránsito por la obra (exterior).

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RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS Acceso a obra de personal no autorizado. Accesos a obra debidamente señalizados y vigilados.

Caídas al mismo nivel. Orden y limpieza en toda la obra.

Señalización e iluminación en su caso.

Atropello de vehículos y maquinarias. Colisión entre vehículos y personas.

Señalización de la vía pública e iluminación, en su caso. Señalización de las vías de acceso y transito en obra, para personas. Carteles de seguridad.

Maquinarias con avisador de movimiento y marcha atrás.

Personal auxiliar señalista, cuando proceda. Vías de circulación de maquinarias y camiones en obra, señalizadas y/o acordonadas. No permanecer en el radio de acción de maquinarias y camiones.

Electrocución con líneas aéreas o enterradas existentes.

Colocación de servicios públicos afectados (redes enterradas y/o aéreas). Desmontaje de las mismas o inutilización, cuando proceda. Actualización por parte de la Compañía suministradora. Protección de la vía publica y de instalaciones en acerados, si hubiese q realizar excavaciones.

Caída de objeto sobre personas.

Prohibición de suspender cargas sobre personas.

No suspender cargas sobre zonas de trabajo. Viseras de acceso a obras y delimitación perimetral (prohibición de paso). Separación de vías de acceso de áreas de descombrado.

Uso de equipo de protección individual.

Climatología y medio ambiente:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Problemas creados por inclemencias meteorológicas: (Humedades, lluvias,...).

En caso de situaciones de fuertes vientos: - Suspensión del trabajo.

De lluvias: - Equipos individuales impermeables. - Botas de gomas.

Evitar grandes exposiciones al sol en verano. Adecuar horarios de trabajos.

Ambiente pulvigeno (Operaciones de desescombrado, excavaciones,...). Regados de superficies y escombros (Sin encharcar).

Varios:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Falta de información sobre riesgos. Información especifica sobre riesgos.

Entrega de “Normas de comportamiento” por escrito. Accidentes provocados por falta de capacidad psicofísica, especifica para determinadas actividades, del personal.

Revisión medica a todos los operarios.

Caídas desde altura por incapacidad fisiológica de los trabajadores. Control medico.

Accidentes por incendio y/o siniestro. Vías de evacuación señalizadas iluminadas. Extintores portátiles.

Trabajos de Albañilería, revestimientos y acabados.

• Unidades de obra consideradas:

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• Replanteo • Tabiquería interior • Alicatado • Yeso • Escayola • Pintura • Carpintería de madera y metálica.

Circulación y tránsito por la obra (interior):

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Accidentes producidos por el desplazamiento en el interior de la obra harta el lugar de trabajo. (Vías de acceso).

Escaleras de acceso a planta peldañeadas y con barandillas rígidas. Los accesos que no se vallan a utilizar se condenaran señalizándolos. Señalización (carteles) en vías de acceso. Limpieza y orden de la obra. Acotar perímetro de obra, prohibiendo el transito.

Caídas de personal al mismo nivel.

Limpieza de escombros en las áreas de transito y trabajo.

Limpieza de clavos del desencofrado.

Señalización e iluminación.

Caídas desde alturas superiores a 2 m.

Barandillas en huecos de fachadas e interiores, de 90 cm. de altura. Para trabajos sobre plataformas, barandilla de 90 cm. por encima de ésta. Uso de cinturón de seguridad (arnés), en su caso.

Izado de cargas:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Caídas de materiales transportados, a nivel y a niveles inferiores.

Uso de palets contenedores en suministros de material a tajo.

Uso de rodapiés en huecos de nivel superiores. Acotar perímetro de obra y dejar marquesinas o viseras que protejan las entradas. Prohibición de paso por estas zonas. Plataformas auxiliares de descarga de material en plantas. En grúas:

- Gancho con pestillo de seguridad. - Cable en buen estado. - Adecuado campo de visión.

Uso de EPls: casco, calzado con puntera reforzada. Manipulación de materiales:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Dermatosis por contacto con cementos y derivados.

Uso de guantes de goma.

Ropa de trabajo.

Inhalación de sustancias tóxicas y/o corrosivas (pintura asfáltica en tableros, polvo, etc.,...)

En pinturas (etiquetado con normas de uso y protección). No manipular sustancias peligrosas sin las debidas precauciones (según etiqueta e intrusiones del fabricante). Ventilación.

Mascarilla

Sobreesfuerzos. Revisión medica del personal. Formación e información a operarios sobre manejo de cargas. Formación e información a operarios sobre manejo de cargas.

Cortes y golpes Guantes y botas con puntera reforzada

Proyección de partículas en ojos. (Esquirlas, hormigón...). Gafas de protección contra impacto con cazoleta lateral

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Trabajos de instalaciones. Unidades de obra consideradas:

• Electricidad • Telecomunicaciones. • Ascensor (Si fuera necesario).

Cualificación del personal para estas actividades:

• Oficiales 1ª electricista • Oficiales 1ª fontanero • Oficiales 1ª (telecomunicaciones) • Oficiales 1ª (Ascensor) • Ayudantes.

Instalaciones:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Accidentes producidos por el desplazamiento en el interior de la obra harta el lugar de trabajo. (Vías de acceso).

Escaleras de acceso a planta peldañeadas y con barandillas rígidas. Los accesos que no se vallan a utilizar se condenaran señalizándolos. Señalización (carteles) en vías de acceso. Limpieza y orden de la obra. Acotar perímetro de obra, prohibiendo el transito.

Caídas de personal al mismo nivel. Limpieza de escombros en las áreas de transito y trabajo.

Señalización e iluminación.

Caídas desde alturas superiores a 2 m.

Barandillas en huecos de fachadas e interiores, de 90 cm. de altura. Para trabajos sobre plataformas, barandilla de 90 cm. por encima de ésta.

Uso de cinturón de seguridad (arnés), en su caso.

Quemaduras EPI: mandil, guantes de cuero, calzado de seguridad y pantallas para protección de la cara.

Cortes en manos Uso de guantes de cuero

Pinchazos y golpes en pies Retirar clavos sueltos y doblar los que estén en las tablas. Uso de calzado de seguridad: con puntera y plantilla reforzadas

Golpes en cabeza Casco.

Contactos eléctricos directos

Interruptor diferencial (30 mÅ).

Aislamiento de partes activas.

Cables en buen estado de aislamiento.

Terminales de conductores eléctricos con sus correspondientes clavijas de conexión.

Contactos eléctricos indirectos Puesta a tierra de las masas metálicas (<80Ω). Trabajos de mantenimiento.

Unidades de obra consideradas:

• Electricidad • Telecomunicaciones. • Albañilería.

Cualificación del personal para estas actividades:

• Oficiales 1ª electricista

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• Oficiales 1ª fontanero • Oficiales 1ª (telecomunicaciones) • Oficiales 1ª (Ascensor) • Ayudantes. • Oficial 1ª albañilería.

Instalaciones:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Accidentes producidos por el desplazamiento en el interior de la obra harta el lugar de trabajo. (Vías de acceso).

Escaleras de acceso a planta peldañeadas y con barandillas rígidas. Los accesos que no se vallan a utilizar se condenaran señalizándolos. Señalización (carteles) en vías de acceso. Limpieza y orden de la obra. Acotar perímetro de obra, prohibiendo el transito.

Caídas de personal al mismo nivel. Limpieza de escombros en las áreas de transito y trabajo.

Señalización e iluminación.

Caídas desde alturas superiores a 2 m.

Barandillas en huecos de fachadas e interiores, de 90 cm. de altura. Para trabajos sobre plataformas, barandilla de 90 cm. por encima de ésta.

Uso de cinturón de seguridad (arnés), en su caso.

Quemaduras EPI: mandil, guantes de cuero, calzado de seguridad y pantallas para protección de la cara.

Cortes en manos Uso de guantes de cuero

Pinchazos y golpes en pies Retirar clavos sueltos y doblar los que estén en las tablas. Uso de calzado de seguridad: con puntera y plantilla reforzadas

Golpes en cabeza Casco.

Contactos eléctricos directos

Interruptor diferencial (30 mÅ).

Aislamiento de partes activas.

Cables en buen estado de aislamiento.

Terminales de conductores eléctricos con sus correspondientes clavijas de conexión.

Contactos eléctricos indirectos Puesta a tierra de las masas metálicas (<80Ω).

ANÁLISIS DE RIESGOS LABORALES QUE PUEDEN ELIMINARSE Y MEDIDAS TÉCNICAS CONDUCENTES A EVITARLOS:

ORDENACIÓN DEL LOCAL Y ANULACIÓN DE POSIBLES REDES EXISTENTES:

Se procederá al vallado del local y a la eliminación de posibles canalizaciones o cables

que puedan interferir en la marcha de la obra o provocar riesgos en la ejecución de los trabajos.

El acceso se realizará a través de las calles urbanizadas y adyacentes al local en cuestión, las cuales no presentan ninguna circunstancia que reflejar, señalizando con placas de STOP la salida de la obra, así como la prohibición de entrada a la misma.

Todas las fases de descarga de materiales deberán ser controladas con operarios que limiten y dirijan los movimientos de acceso a la obra de los camiones, evitando con ello riesgos a personas ajenas a la obra.

Se procederá a la anulación de cualquier red en servicio dentro de la obra. Para ello se realizará una inspección previa del solar, antes de proceder a cualquier actividad dentro del recinto.

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Las vías y salidas de emergencia deberán permanecer expeditas y desembocar lo más directamente posible en una zona de seguridad.

En caso de peligro, todos los lugares de trabajo deberán poder evacuarse rápidamente y en condiciones de máxima seguridad para los trabajadores.

ORGANIZACIÓN DE LAS OBRAS PARA ELIMINAR LAS INTERFERENCIAS EN LOS TRABAJOS:

No se realizarán trabajos en zonas con posibilidad de interferencia entre actividades. Los cerramientos de albañilería se comenzarán cuando se hayan realizado todos los

desencofrados, o en el supuesto de que estos no hubieren terminado totalmente, se suspenderán los trabajos en los andamios o guindolas mientras duren los trabajos de desencofrado.

Cuando se produzcan desplazamientos de carga por medio de la grúa, a través de la obra, se paralizarán todas las actividades afectadas por la zona de barrido, para permitir que los operarios estén protegidos ante una caída de objeto durante el transporte con la grúa.

No podrá realizarse trabajo alguno, cuando exista superposición de tajos, evitando con ello caídas de objeto del tajo superior al inferior.

Solo podrán realizarse estos trabajos cuando la protección del tajo inferior haya sido previamente aprobada por el coordinador de seguridad.

Las dimensiones del puesto de trabajo deberán calcularse de tal manera que los trabajadores dispongan de la suficiente libertad de movimientos para sus actividades, teniendo en cuenta la presencia de todo el equipo y material necesario.

SELECCIÓN DE PERSONAL PARA ADECUACIÓN A LA FUNCIÓN A REALIZAR:

Todo el personal deberá estar adecuado al trabajo a desarrollar, especialmente en

aquellos casos en que exista la posibilidad de manipulación con maquinaría o la realización de trabajos que entrañen un determinado riesgo.

Se incidirá especialmente en los trabajos en altura, tales como encofrado, ferralla y hormigonado de forjados y pilares. De igual modo en todos aquellos que requieran el uso de andamios o la recogida de materiales en planta.

Todo el personal que vaya a realizar trabajos en altura o con determinada maquinaría, deberá recibir previamente las instrucciones y formación necesaria para tal actividad y sin ello no se permitirá la realización de tarea alguna.

De igual modo ocurrirá cuando deban manipular productos tóxicos y corrosivos.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO:

Deberá realizarse periódicamente una minuciosa revisión de la maquinaría y de los medios

auxiliares a emplear, no permitiendo su utilización sin revisión de su estado y la comprobación por personal debidamente cualificado, de que el estado de conservación es adecuado y que puede ser utilizado.

Esta revisión y su consecuente mantenimiento se realizará de manera más especifica en aquellos elementos (maquinarias o medios auxiliares) que su utilización indebida pueda entramar algún riesgo. Tales como elevadores de guindolas, cables de las mismas, madera para andamios, elementos de fijación de las protecciones, redes de seguridad, etc., etc.

Las redes de seguridad deberán comenzar su uso en la obra, no siendo aceptable la utilización de redes usadas.

El uso de éstas, deberá estar de acuerdo con los periodos de utilización fijados en las amortizaciones que figuran en la descomposición de precios de las mismas.

ANÁLISIS DE LAS MEDIDAS UTILIZADAS EN LA ELIMINACIÓN DE RIESGOS:

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Con el vallado se evitará la posible intromisión de personas ajenas a la obra. La señalización evitará confusiones y riesgos de accidentes con personas o vehículos

ajenos a la obra. La anulación de redes antiguas, en la obra, evitará los riesgos de explosión o

electrificación por contacto con máquinas o personas. La eliminación de interferencias impedirá que una actividad dañe a otra y produzca

accidentes. El riguroso control durante los desplazamientos de cargas con la grúa, evitará accidentes

por caída de materiales desde la batea de ésta. La selección de personal será decisiva, procurando situar a los operarios más capaces y

adecuados en los trabajos de mayor riesgo. De igual modo la formación y conocimientos específicos de los operarios será imprescindible para evitar riesgos.

El mantenimiento de los equipos y la puesta a punto de estos evitará los riesgos producidos por la utilización de maquinaría o medios auxiliares defectuosos o en mal estado.

No obstante, a pesar de todas estas medidas, existen riesgos imposibles de eliminar, los cuales relacionamos a continuación, así como las medidas preventivas para evitarlos o reducirlos cuando estos surjan.

RIESGOS EN TRABAJOS DE MANTENIMIENTO.

Manipulación de materiales:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Dermatosis por contacto con cementos y derivados.

Uso de guantes de goma.

Ropa de trabajo.

Inhalación de sustancias tóxicas y/o corrosivas (pintura asfáltica en tableros, polvo, etc.,...)

En pinturas (etiquetado con normas de uso y protección). No manipular sustancias peligrosas sin las debidas precauciones (según etiqueta e intrusiones del fabricante). Ventilación.

Mascarilla

Sobreesfuerzos. Revisión medica del personal. Formación e información a operarios sobre manejo de cargas. Formación e información a operarios sobre manejo de cargas.

Cortes y golpes Guantes y botas con puntera reforzada

Proyección de partículas en ojos. (Esquirlas, hormigón...). Gafas de protección contra impacto con cazoleta lateral

Escalera de mano:

RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Riesgos de caídas de personas.

Inclinación adecuada (ángulo con horizontal aproximadamente 75º). Elementos antideslizantes en base. Fijación o atadura en punto de desembarco. Sobrepasar desembarco >1m.

Informar que ascensos y descensos se efectúen de frente.

Para trabajos >3,5m del suelo: cinturón de seguridad (arnés).

Prohibición de manejo de cargas pesadas y/o voluminosas.

Caídas de personas por rotura de escalera.

Las escaleras no tendrán más de 3,5m.

Las escaleras no serán de construcción improvisada. No se pintarán las escaleras de madera, salvo con barniz transparente.

Caídas de materiales. Prohibición de paso bajo las escaleras cuando estén en uso.

Instalación provisional eléctrica:

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RIESGOS MEDIDAS CORRECTORAS

Contactos eléctricos directos e indirectos originados por defecto de montaje de la instalación eléctrica provisional.

Instalación eléctrica provisional calculada por técnico especialista.

Montaje realizado por instalador autorizado (exigiendo certificado).

Contactos eléctricos directos debido a la situación, unión o degradación del cableado de alimentación.

Enterrar o proteger con canalización resistente el cableado terrestre.

Elevar fuera del alcance de personas y vehículos el cableado aéreo.

Conexiones adecuadas (clavijas de seguridad).

Contactos eléctricos directos

Aislamiento de partes activas.

Protección IP45

Interruptores diferenciales (30 mÅ)

EPI’s (Equipos de protección individual): Equipo compuesto de material aislante: guantes, mono, calzado, herramientas, banquetas, pértigas, alfombrillas,...

Respetar la distancia de seguridad impuesta (3 m).

Contactos eléctricos indirectos Puesta a tierra (<80Ω) de las masas metálicas, salvo las herramienta eléctricas que tengan doble aislamiento.

Sobre-intensidades e incendios Interruptores magneto-térmicos en cuadros eléctricos. 1.3.1.-RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS. Riesgos que afectan al posible tránsito peatonal en las inmediaciones de la obra. 1.4.-PLANIFICACIÓN DE LA ACCIÓN PREVENTIVA. 1.4.1.- PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. 1.4.1.1.-PROTECCIONES INDIVIDUALES (EPIs).

• Cascos de protección: cuando exista nesgo de golpe en la cabeza. Lo utilizarán todas las personas que participan en la obra, incluidas las visitas.

• Protectores auditivos: para trabajos con nivel de ruido elevado. • Gafas contra impactos y antipolvo: para trabajos con proyección de partículas y/o

polvo. • Mascarillas y filtros recambiables: para trabajos en ambientes contaminantes (polvo,

humos soldadura, etc.). • Manos o buzos de trabajo: para todo tipo de trabajos (se tendrá en cuenta las

reposiciones que marca el Convenio Colectivo Provincial para el sector). • Impermeables: para trabajos en presencia de humedad. • Cinturón de sujeción: para posibles trabajos (estáticos) en altura. • Guantes de uso general: para manejo/manipulación de materiales diversos, en

general contra riesgos mecánicos. • Guantes de goma: para trabajos en presencia de humedad (morteros y

hormigones). • Calzado de seguridad clase I (puntera metálica) para trabajos con riesgo solo de

aplastamiento. • Botas impermeables: para trabajos en presencia de humedad.

1.4.1.2.-PROTECCIONES COLECTIVAS (SPC).

• En ejecución de obras. • No rebasar el tope de carga máxima especificado para cada transporte, así como

disposición adecuada de la misma.

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• Señales de seguridad. • Vallas de limitación y protección. • Accesos despejados a la zona de trabajos orden y limpieza. • Establecer itinerarios de circulación, señalizando/delimitando la zona de trabajo. • Riegos de zonas pulvígenas.

1.4.2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS. Para la prevención de posibles daños a terceras personas ajenas o lo obra, se dispondrán

las siguientes medidas: Se señalizarán los distintos accesos a la obra, prohibiéndose el paso a toda persona ajena

a la misma, así como disponiendo las correspondientes señales de riesgo (prohibición, advertencia y obligación según R.D. 485/1.997-se adjunto ficha con señales en el capitulo-PLANOS Y DOCUMENTACIÓN GRÁFICA.

1.4.3.-PREVENCIÓN DE OTROS RIESGOS. EN TRABAJOS CON ELECTRICIDAD. Interruptor diferencial y automático magnetotérmico (cuadro eléctrico/grupo

electrógeno). Puesta a tierra (instalación eléctrica zona instalaciones, grupo electrógeno y masas

metálicos susceptibles de producir derivaciones eléctricos). EN INCENDIO/S. Extintores portátiles y, en caso necesario, aviso inmediato a los servicios oficiales de

extinción (bomberos) más cercanos. 1.5.-FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES. En cumplimiento de la obligación del empresario de facilitar la Formación e información

necesaria a todos sus trabajadores conforme a lo recogido en la Ley de Prevención de Riesgos laborales, en las siguientes páginas se acompaña un listado de NORMAS DE SEGURIDAD clasificados en dos grupos:

- Normas de tipo GENERAL: Para su entrega o todo el personal de la obra, ya sea personal propio o subcontratado.

Son normas básicas comunes o todos los trabajos. - Normas ESPECÍFICAS POR OFICIOS: Para su entrega al personal afecto al tipo de oficio de que se trate, además de las normas

de tipo general mencionados. En tercer lugar existe un grupo de normas (NORMAS DE SEGURIDAD PARA SUBCONTRATISTA

DE OBRAS), que resumen las obligaciones que tienen los titulares de coda una de las empresas subcontratistas, a su vez, como empresarios, con respecto a sus propios trabajadores.

1.5.1.-NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL. Normas generales para la prevención de accidentes:

• Respetará las consignas de Seguridad e Higiene. • Seguirá las instrucciones dados por los responsables de las obras. • No utilizará ninguna máquina o herramienta, ni hará ningún trabajo sin saber hacerlo

correctamente: preguntará siempre antes. • Usará las herramientas adecuadas en su trabajo, y cuando finalice las limpiará y

guardará. • Ayudará a mantener el orden y la limpieza de la obra. • Advertirá inmediatamente a sus mandos superiores, de cualquier peligro que

observe en la obra. • Observará las señalizaciones de obra y cumplirá su mensaje. • No consumirá bebidas alcohólicas en su trabajo, ni antes de incorporase a el.

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• Es obligatorio utilizar el equipo de protección individual necesario para cada trabajo, en especial el casco de seguridad y, sobre todo, el cinturón de seguridad en trabajos con riesgo de caída de altura, así como cuidar de su conservación.

• Es obligatorio observar y mantener todos los medios colectivos de protección dispuestos en la obra. Si por necesidades del trabajo tiene que retirar una protección. Antes de irse del lugar, la pondrá de nuevo en su sitio. De la misma manera se procederá en el caso de la señalización.

Normas para el manejo de materiales (manutención manual de cargas):

• Hacer el levantamiento de cargas o mono flexionando las piernas. sin doblarla columna vertebral.

• Para transportar pesos a mano (cubos de mortero, de agua, etc.) es siempre preferible ir equilibrado llevando dos.

• Al cargar o descargar materiales o máquinas por rampas, nadie debe situarse en la trayectoria de la carga.

• Al utilizar carretillos de mano para el transporte de materiales: • No tirar de la carretilla dando la espalda al camino. • Antes de bascular la carretilla al borde de una zanja o similar, colocar un tope. • Al hacer operaciones en equipo, debe haber una única voz de mando.

1.5.2.-NORMAS DE SEGURIDAD ESPECÍFICAS POR OFICIOS. 1.5.3- NORMAS DE SEGURIDAD PARA MEDIOS AUXILIARES. Herramientas Los Riesgos asociados con esta actividad serán:

• Golpes/Cortes por objetos y herramientas • Proyección de fragmentos o partículas • Atrapamientos por o entre objetos • Exposición a ruido • Exposición a ambientes pulvígenas • Contactos eléctricos

INSTRUCCIONES DE OPERATIVIDAD.

• En los equipos de oxicorte, se recomienda trabajar con la presión aconsejada por el fabricante del equipo.

• En los intervalos de no utilización, dirigir la llama del soplete al espacio libre o hacia superficies que no puedan quemarse.

• Cuando se trabaje en locales cerrados, se deberá disponer de la adecuada ventilación.

• En los equipos que desprenden llama su entorno estará libre de obstáculos. • Las máquinas-herramientas accionadas por energía térmica, o motores de

combustión, sólo pueden emplearse al aire libre o en locales perfectamente ventilados, al objeto de evitar la concentración de monóxido de carbono.

• Se deberá mantener siempre en buen estado las herramientas de combustión, limpiando periódicamente los calibres, conductos de combustión, boquillas y dispositivos de ignición o disparo, etc.

• El llenado del depósito de carburante deberá hacerse con el motor parado para evitar el riesgo de inflamación espontánea de los vapores de la gasolina.

• Dado el elevado nivel de ruido que producen los motores de explosión, es conveniente la utilización de protección auditiva cuando se manejen este tipo de máquinas.

• Para las máquinas-herramientas neumáticas, antes de la acometida deberá realizarse indefectiblemente:

• La purga de las condiciones de aire. • La verificación del estado de los tubos flexibles y de los manguitos de empalme.

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• El examen de la situación de los tubos flexibles (que no existan bucles, codos, o dobleces que obstaculicen el paso del aire).

• Las mangueras de aire comprimido se deben situar de forma que no se tropiece con ellas ni puedan ser dañadas por vehículos.

• Los gatillos de funcionamiento de las herramientas portátiles accionadas por aire comprimido deben estar colocados de manera que reduzcan al mínimo la posibilidad de hacer funcionar accidentalmente la máquina.

• Las herramientas deben estar acopladas a las mangueras por medio de resortes, pinzas de seguridad o de otros dispositivos que impidan que dichas herramientas salten.

• No se de usar la manguera de aire comprimido para limpiar el polvo de las ropas o para quitar las virutas.

• Al usar herramientas neumáticas siempre debe cerrarse la llave de aire de las mismas antes de abrir la de la manguera.

• Nunca debe doblarse la manguera para cortar el aire cuando se cambie la herramienta.

• Verificar las fugas de aire que puedan producirse por las juntas, acoplamientos defectuosos o roturas de mangueras o tubos.

• Aún cuando no trabaje la máquina neumática, no deja de tener peligro si está conectada a la manguera de aire.

• No debe apoyarse con todo el peso del cuerpo sobre la herramienta neumática, ya que puede deslizarse y caer contra la superficie que se está trabajando.

• Las condiciones a tener en cuenta después de a utilización serán: • Cerrar la válvula de alimentación del circuito de aire. • Abrir la llave de admisión de aire de la máquina. de forma que se purgue el circuito. • Desconectar la máquina. • Para las máquinas-herramientas hidráulicas, se fijará mediante una pequeña

cadena el extremo de la manguera para impedir su descompresión brusca. • Se emplazará adecuadamente la herramienta sobre la superficie nivelada y estable. • Su entorno estará libre de obstáculos. • Se utilizarán guantes de trabajo y gafas de seguridad para protegerse de las

quemaduras por sobrepresión del circuito hidráulico y de las partículas que se puedan proyectar.

• Para las máquinas-herramientas eléctricas, se comprobará periódicamente el estado de las protecciones, tales como cable de tierra no seccionado, fusibles, disyuntor, transformadores de seguridad, interruptor magnetotérmicos de alta sensibilidad, doble aislamiento, etc.

• No se utilizará nunca herramienta portátil desprovista de enchufe y se revisarán periódicamente este extremo.

• No se arrastrarán los cables eléctricos de las herramientas portátiles, ni se dejarán tirados por el suelo. Se deberán revisar y rechazar los que tengan su aislamiento deteriorado.

• Se deberá comprobar que las aberturas de ventilación de las máquinas estén perfectamente despejadas.

• La desconexión nunca se hará mediante un tirón brusco. • A pesar de la apariencia sencilla, todo operario que maneje estas herramientas

debe estar adiestrado en su uso. • Se desconectara la herramienta para cambiar de útil y se comprobará que está

parada. • No se utilizaran prendas holgadas que favorezcan los atrapamientos. • No se inclinarán las herramientas para ensanchar los agujeros o abrir luces. • Los resguardos de la sierra portátil deberán estar siempre colocados. • Si se trabaja en locales húmedos, se adoptarán las medidas necesarias, guantes

aislantes, taburetes de madera, transformador de seguridad, etc. • Se usarán gafas panorámicas de seguridad, en las tareas de corte, taladro,

desbaste, etc. con herramientas eléctricas portátiles. • En todos los trabajos en altura, es necesario el cinturón de seguridad. • Los operarios expuestos al polvo utilizarán mascarillas equipadas con filtro de

partículas.

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• Sí el nivel sonoro es superiora los 80 decibelios, deberán adoptarse las recomendaciones establecidas en el R.D. 1316/1.989, de 27 de octubre, sobre medidas de protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de su exposición al ruido.

Radial Antes de su puesta en marcha, el operador comprobará el buen estado de las

conexiones eléctricas. La eficacia del doble aislamiento de la carcasa y el disyuntor diferencial para evitar riesgos de electrocución.

Se seleccionará adecuadamente el estado de desgaste del disco y su idoneidad para el material al que se ha de aplicar.

Comprobar la velocidad máxima de utilización. Cerciorarse de que el disco gira en el sentido correcto y con la carcasa de protección

sobre el disco firmemente sujeta. El operador se colocará gafas panorámicas ajustadas o pantalla facial transparente,

guantes de trabajo, calzado de seguridad y protectores auditivos. Durante la realización de los trabajos se procurará que el cable eléctrico descanse

alejado de elementos estructurales metálicos y fuera de las zonas de paso del personal. Si durante la operación existe el riesgo de proyección de partículas a terrenos o lugares

con riesgo razonable de provocar un incendio, se apantallará con una lona ignífuga la trayectoria seguida por los materiales desprendidos.

Cuando la esmeriladora portátil radial deba emplearse en locales muy conductores no se utilizarán tensiones superiores a 24 voltios.

Taladro portátil. Antes de su puesta en marcha, el operador comprobará el buen estado de las

conexiones eléctricas y la eficacia del doble aislamiento de la carcasa y del disyuntor diferencial para evitar riesgos de electrocución.

En el caso de trabajos pequeños que puedan efectuarse convenientemente en bancos, el equipo eléctrico portátil para taladrar deberá sujetarse en soportes de banco.

El taladro de mano exige el máximo cuidado en cuanto a la selección de las brocas que han de usarse, ya que si la broca es excesivamente débil, puede partirse antes de comenzar el trabajo que se pretende realizar, si el operario comprime excesivamente o silo hace sin haberla preparado. Es preciso el emboquillado previo en el punto donde se ha de taladrar.

La posición del taladro con respecto a la superficie donde se ha de taladrar es fundamental, teniendo en cuenta que la broca es sumamente frágil y cualquier desviación de su eje con respecto al taladro produce rotura.

No poner en marcha el taladro sin comprobar previamente el adecuado y equilibrado apriete de la broca y de que la máquina dispone del asidero lateral o mango de sujeción.

La pieza a taladrar debe estar adecuadamente apoyada y sujeta. La presión del taladro sobre la pieza a perforar será uniforme pero sin excesos, para evitar que se trabe la broca y produzca un giro brusco de conjunto de la máquina-herramienta.

Durante la realización de los trabajos se procurará que el cable eléctrico esté alejado de los elementos estructurales metálicos y fuera de las zonas de paso del personal.

Es preceptivo el empleo de gafas panorámicas ajustadas con cinta elástica o pantalla facial transparente en previsión de molestias en los ojos motivadas por el material desprendido a baja velocidad, y guantes de trabajo.

Cuando se termine de ejecutar un trabajo con un taladro de mano, cuídese de retirar la broca y colocarla en la caja correspondiente, guardando además la herramienta.

Cuando el taladro portátil deba emplearse en locales muy conductores no se tensiones superiores a 24 voltios.

Taladro percusor eléctrico Antes de su puesta en marcha, el operador comprobará el buen estado de las

conexiones y la eficacia del doble aislamiento de la carcasa y el disyuntor diferencial para evitar riesgos de electrocución.

Se seleccionará adecuadamente el tipo de broca antes de su inserción en la máquina.

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El operador se colocará las gafas panorámicas ajustadas o pantalla facial transparente. Los guantes de trabajo y la preceptiva protección auditiva.

Durante la realización de los trabajos se procurará que el cable eléctrico descanse alejado de elementos estructurales metálicos y fuera de las zonas de paso del personal.

El punto a horadar deberá previamente prepararse con un emboquillado para iniciar la penetración que deberá realizarse perpendicularmente al parámetro.

Cuando se termine de ejecutar el trabajo, cuídese de retirar el puntero y colocarlo en la caja correspondiente, guardando además la herramienta.

Cuando el taladro percusor portátil deba emplearse en lugares muy conductores, no se utilizarán tensiones superiores a 24 voltios.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL RECOMENDADOS Los equipos de protección personal a utilizar por los operarios de estos trabajos serán:

• Casco de seguridad contra choques e impactos, para la protección de la caída, si se encuentran en zona de peligro de caída de objetos sobre la cabeza

• Botas de seguridad con puntera y plantilla reforzada y suela antideslizante • Guantes de trabajo • Gafas de protección de tipo panorámico, contra impactos o proyección de

fragmentos o partículas • Mascarilla de protección de las vías respiratorias contra ambientes pulvígenas

Escaleras. RIESGOS ASOCIADOS A ESTA ACTIVIDAD Los riesgos asociados a esta actividad serán:

• Caídas a distinto nivel • Caídas al mismo nivel • Golpes con la escalera en su traslado o manejo

INSTRUCCIONES DE OPERATIVIDAD Antes de utilizar una escalera manual es preciso asegurarse de su buen estado,

rechazando aquéllas que no ofrezcan garantías de seguridad. Hay que comprobar que los largueros son de una sola pieza, sin empalmes, que no falta

ningún peldaño, que no hay peldaños rotos o flojos o reemplazados por barras, ni clavos salientes.

Todas las escaleras estarán provistas en sus extremos inferiores, de zapatas antideslizantes. Se prohíbe apoyar la base de las escaleras de mano sobre lugares u objetos poco firmes

que puedan mermar la estabilidad de este medio auxiliar. El ascenso y descenso a través de la escalera de mano se efectuará frontalmente. La escalera tendrá una longitud tal, que sobrepase 1 metro por encima del punto o la

superficie a donde se pretenda llegar. La longitud máxima de las escaleras manuales no podrá sobrepasar los 5 m. sin un apoyo intermedio, en cuyo caso podrá alcanzar la longitud de 7 metros. Para alturas mayores se emplearán escaleras especiales.

No se podrán empalmar dos escaleras sencillas. No se pondrán escaleras por encima de mecanismos en movimiento o conductores

eléctricos desnudos. Si es necesario, antes se deberá haber parado el mecanismo en movimiento o haber suprimido la energía del conductor.

Las escaleras de mano simples se colocarán, en la medida de lo posible, formando un ángulo de 75º con la horizontal.

Siempre que sea posible, se amarrará la escalera por su parte superior. En caso de no serlo, habrá una persona en la base de la escalera.

Queda prohibida la utilización de la escalera por más de 1 operario a la vez. Si han de llevarse herramientas o cualquier otro objeto, deben usarse bolsas

portaherramientas o cajas colgadas del cuerpo, de forma que queden las manos libres para poder asirse a ella.

Los trabajos a más de 3,5 metros de altura desde el punto de operación al suelo, que requieran movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, solo se

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efectuarán si se utiliza cinturón de seguridad o se adoptan medidas de protección alternativas.

Se prohíbe el transporte y manipulación de cargas por o desde escaleras de mano cuando por su peso o dimensiones puedan comprometer la seguridad del trabajador

Cuando no se usen, las escaleras deben almacenarse cuidadosamente y no dejarlas abandonadas sobre el suelo, en lugares húmedos, etc.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL RECOMENDADOS Los equipos de protección personal a utilizar por los operarios de estos trabajos serán:

• Casco de seguridad contra choques e impactos, para la protección de la cabeza • Botas de seguridad antideslizantes y con la puntera reforzada de acero • Cinturón de seguridad de sujeción • Guantes de trabajo • Ropa de protección para el mal tiempo

Andamios. RIESGOS ASOCIADOS A ESTA ACTIVIDAD Los riesgos asociados a esta actividad serán:

• Caídas a distinto nivel • Caídas al mismo nivel • Golpes con objetos durante las operaciones de montaje, desmontaje o utilización

del mismo • Caída de objetos en manipulación

INSTRUCCIONES DE OPERATIVIDAD Todo andamio deberá cumplir las siguientes condiciones generales:

• Los elementos y sistemas de unión de las diferentes piezas constitutivas del andamio, asegurarán perfectamente su función de enlace, con las debidas condiciones de fijeza y permanencia.

• El andamio se organizará y armará en forma constructivamente adecuada para que quede asegurada su estabilidad y al mismo tiempo para que los operarios puedan trabajar en él con las debidas condiciones de seguridad.

• Está rigurosamente prohibido utilizar cajas, bidones, etc. como andamios provisionales.

• No se tirarán escombros, materiales o herramientas, directamente desde los andamios, debiendo utilizar para ello medios de descarga adecuados.

• Las borriquetas siempre se montarán perfectamente niveladas, para evitar riesgos por trabajar sobre superficies inclinadas.

• Las borriquetas de madera estarán sanas, perfectamente encoladas y sin oscilaciones, deformaciones y roturas, para eliminar los riesgos por fallo, rotura espontánea y cimbreo.

• Las borriquetas no estarán separadas a ejes entre sí más de 2,5 metros, para evitar las grandes flechas, indeseables para las plataformas de trabajo, ya que aumentan los riesgos de cimbrear.

• Los andamios se formarán sobre un mínimo de dos borriquetas. Se prohíbe expresamente la sustitución de éstas por bidones, pilas de material y similares. Sobre los andamios sobre borriquetas solo se mantendrá el material estrictamente necesario y repartido uniformemente por la plataforma de trabajo, para evitar las sobrecargas que mermen la resistencia de los tablones.

• Las plataformas de trabajo sobre borriquetas tendrán una anchura mínima de 60 cm. (tres tablones trabados entre sí, una plataforma metálica de estas dimensiones, etc.) y el grosor del tablón será como mínimo de 7 cm.

• Los andamios sobre borriquetas cuya plataforma de trabajo esté situada a dos o más metros de altura estarán cercados por barandillas sólidas de 100 centímetros de altura mínima y dispondrán de una protección que impida el paso o deslizamiento

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por debajo de las mismas o la caída de objetos sobre personas. Las borriquetas metálicas para sustentar plataformas de trabajo ubicadas a 2 ó más metros de altura se arriostrarán entre si mediante cruces de San Andrés para evitar los movimientos oscilatorios, que hagan al conjunto inseguro.

• Se prohíbe formar andamios sobre borriquetas metálicas simples cuyas plataformas de trabajo deben ubicarse a 6 ó más metros de altura.

• La iluminación eléctrica mediante portátiles a utilizar en trabajos sobre andamios de borriquetas estará montada a base de manguera antihumedad con portalámparas estanco de seguridad con mango aislante y rejilla protectora de la bombilla, conectados a los cuadros de distribución.

• Se prohíbe apoyar borriquetas aprisionando cables o mangueras eléctricas para evitar los riesgos de contactos eléctricos por cizalladura.

• La madera a emplear será sana y sin nudos a la vista, para evitar los riesgos de rotura de los tablones que forman una superficie de trabajo.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. Los equipos de protección personal a utilizar por los operarios de estos trabajos serán:

• Casco de seguridad contra choques e impactos, para la protección de la cabeza • Cinturón de seguridad con arnés para trabajos sobre plataformas de trabajo a 2 ó

más metros de altura • Botas de seguridad con suela antideslizante y con puntera reforzada en acero • Guantes de trabajo • Ropa de protección para el mal tiempo

1.5.4. RIESGOS INHERENTES EN LAS OBRAS. Con el mismo formato de los apartados anteriores, se incluyen las recomendaciones de seguridad para diversos riesgos cuya presencia suele resultar habitual en cualquier ejecución de obra.

A) MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

OBJETO El presente procedimiento tiene por objeto definir y establecer las recomendaciones de seguridad que deberán aplicarse durante la manipulación manual de cargas. Se entenderá por manipulación manual de cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, así como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, particular dorsolumbares, para los trabajadores. ALCANCE El presente procedimiento afecta a la manipulación manual de cargas en cualquier situación o lugar de trabajo. RIESGOS ASOCIADOS A ESTA ACTIVIDAD Los riesgos asociados a esta actividad serán:

• Caídas a distinto nivel • Caídas al mismo nivel • Caída de objetos en manipulación • Pisadas sobre objetos • Choque contra objetos inmóviles • Golpes por objetos o herramientas • Sobre esfuerzos • Exposición a ambientes pulvígenas

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INSTRUCCIONES DE OPERATIVIDAD. Para levantar una carga hay que aproximarse a ella. El centro de gravedad del hombre debe estar lo más próximo que sea posible y por encima del centro de gravedad de la carga. El equilibrio imprescindible para levantar una carga correctamente, sólo se consigue si los pies están bien situados. Para levantar una carga, el centro de gravedad del operario debe situarse siempre dentro del polígono de sustentación. Técnica segura del levantamiento:

• Sitúe el peso cerca del cuerpo. • Mantenga la espalda plana. • No doble la espalda mientras levanta la carga. • Use los músculos más fuertes, como son los de los brazos, piernas y muslos. • Asir mal un objeto para levantarlo provoca una contracción involuntaria de los

músculos de todo el cuerpo. Para mejor sentir un objeto al cogerlo. lo correcto es hacerlo con la palma de la mano y la base de los dedos. Para cumplir este principio y tratándose de objetos pesados, se puede, antes de asirlos, prepararlos sobre calzos para facilitar la tarea de meter las manos y situarlas correctamente.

• Las cargas deben levantarse manteniendo la columna vertebral recta y alineada. • El arquear la espalda entraña riesgo de lesión en la columna, aunque la carga no

sea demasiado pesada. • Antes de elevar la carga, orientarse correctamente en la dirección de marcha que

luego tomaremos, para no tener que girar el cuerpo. • Utilizaremos los músculos de las piernas para dar el primer impulso a la carga que

vamos a levantar. Para ello flexionaremos las piernas, doblando las rodillas, sin • llegar a sentarnos en los talones, pues entonces resulta difícil levantarse (el muslo y la

pantorrilla deben formar un ángulo de más de 90º) • En la medida de lo posible, los brazos deben trabajar a tracción simple, es decir,

estirados. Los brazos deben mantener suspendida la carga, pero no elevarla. • Para transportar una carga, ésta debe mantenerse pegada al cuerpo, sujetándola

con los brazos extendidos, no flexionados. • La utilización del peso de nuestro propio cuerpo para realizar tareas de manutención

manual permite reducir considerablemente el esfuerzo a realizar con las piernas y brazos.

• Para levantar una caja grande del suelo, el empuje debe aplicarse perpendicularmente a la diagonal mayor, para que la caja pivote sobre su arista.

• Si el ángulo formado por la dirección de empuje y la diagonal es mayor de 90º lo que conseguimos es hacer deslizar a la caja hacia adelante, pero nunca levantarla.

• Para depositar en un plano inferior algún objeto que se encuentre en un plano superior, aprovecharemos su peso y nos limitaremos a frenar su caída.

• Para levantar una carga que luego va a ser depositada sobre el hombro, deben encadenarse las operaciones, sin pararse, para aprovechar el impulso que hemos dado a la carga para despegaría del suelo.

Debe designarse un jefe de equipo que dirigirá el trabajo y que deberá a tender a:

• La evaluación del peso de la carga a levantar para determinar el número de porteadores precisos, el sentido del desplazamiento, el recorrido a cubrir y las dificultades que puedan surgir.

• La determinación de las fases y movimientos de que se compondrá la maniobra. • La explicación a los porteadores de los detalles de la operación (ademanes a

realizar, posición de los pies, posición de las manos, agarre, hombro a cargar, cómo pasar bajo la carga, etc.)

• La situación de los porteadores en la posición de trabajo correcta, reparto de la carga entre las personas según su talla (los más bajos delante en el sentido de la marcha).

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El transporte se debe efectuar:

• Estando el porteador de detrás ligeramente desplazado del de delante, para facilitar la visibilidad de aquél.

• A contrapié, (con el paso desfasado>, para evitar las sacudidas de la carga. • Asegurando el mando de la maniobra; será una sola persona (el jefe de la

operación), quién dé las órdenes preparatorias, de elevación y transporte. • Se mantendrán libres de obstáculos y paquetes los espacios en los que se realiza la

toma de cargas. • Los recorridos, una vez cogida la carga, serán lo más cortos posibles. • Nunca deben tomarse las cajas o paquetes estando en situación inestable o

desequilibrada. • Conviene preparar la carga antes de cogerla. • Aspirar en el momento de iniciar el esfuerzo. • El suelo se mantendrá limpio para evitar cualquier resbalón. • Si los paquetes o cargas pesan más de 50 Kg, aproximadamente, la operación de

movimiento manual se realizará por dos operarios. • Se utilizarán guantes y calzado para proteger las manos y pies de la caída de

objetos. • En cada hora de trabajo deberá tomarse algún descanso o pausa. • Cualquier malestar o dolor debe ser comunicado a efectos de la correspondiente

intervención del servicio médico.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL RECOMENDADOS Los equipos de protección personal a utilizar por los operarios de estas actividades serán:

• Casco de seguridad contra choques e impactos, para la protección de la cabeza. • Botas de seguridad con puntera reforzada y suela antideslizante • Guantes de trabajo • Gafas de protección contra ambientes pulvígenas • Cinturón de banda ancha de cuero para las vértebras dorsolumbares

1.5.5 ORDEN Y LIMPIEZA OBJETO El presente procedimiento tiene por objeto definir y establecer las recomendaciones de seguridad referentes al orden y limpieza en el puesto de trabajo. ALCANCE El presente procedimiento afecta al orden y limpieza del puesto de trabajo en cualquier situación o lugar. INSTRUCCIONES DE OPERATIVIDAD Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo y, en especial, las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en casos de emergencia, deberán permanecer libres de obstáculos de forma que sea posible utilizarlas sin dificultades en todo momento. Los lugares de trabajo, incluidos los locales de servicio, y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. A tal fin, las características de los suelos, techos y paredes serán tales que permitan dicha limpieza y mantenimiento. Las operaciones de limpieza no deberán constituir por sí mismas una fuente de riesgo para los trabajadores que las efectúen o para terceros, realizándose a tal fin en los momentos, de la forma y con los medios más adecuados.

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Los lugares de trabajo y, en particular sus instalaciones, deberán ser objeto de un mantenimiento periódico, de forma que sus condiciones de funcionamiento satisfagan siempre las especificaciones del proyecto, subsanándose con rapidez las deficiencias que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. Se deben especificar métodos para el apilamiento seguro de los materiales, debiendo tener en cuenta la altura de la pila, carga permitida por metro cuadrado, ubicación, etc. Para el apilamiento de objetos pequeños debe disponerse de recipientes que, además de facilitar el apilamiento, simplifiquen el manejo de dichos objetos. Para el manejo apilamiento de materiales deben emplearse medios mecánicos, siempre que se pueda. Cada empleado es responsable de mantener limpia y ordenada su zona de trabajo y los medios de su uso, a saber: equipo de protección individual y prendas de trabajo, armarios de ropas y prendas de trabajo, herramientas, materiales y otros, asignados específicamente a su custodia. No deben almacenarse materiales de forma que impidan el libre acceso a los extintores de incendios. Los materiales almacenados en gran cantidad sobre pisos deben disponerse de forma que el peso quede uniformemente repartido. Los empleados no pueden considerar su trabajo terminado hasta que las herramientas y medios empleados, resto de equipos y materiales utilizados y los recambios inutilizados, estén recogidos y trasladados al almacén o montón de desperdicios, dejando el lugar y área limpia y ordenada. Las herramientas, medios de trabajo, materiales, suministros y otros equipos nunca obstruirán los pasillos y vías de comunicación dejando aislada alguna zona. Se puede prever con anticipación la cantidad de desperdicios, recortes y desechos y considerar los lugares donde se reducirán, a fin de tomar las medidas necesarias para retirarlos a medida que se vayan produciendo. 1.6.- MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS 1.6.1.-RECONOCIMIENTO MÉDICO. Se realizarán los reconocimientos médicos precisos (prelaborales y anuales) a todos los trabajadores adscritos al centro de trabajo de acuerdo con lo previsto en el art. 22 de la LPRL. 1.6.2.- BOTIQUÍN DE OBRAS. Se dispondrá de un armario botiquín para primeros auxilios, que se situará en la oficina de la jefatura de obra y que se encontrará debidamente señalizado. El Delegado de Prevención o, en su defecto, el Encargado de obra será el responsable de su mantenimiento mensualmente. 1.6.3.-PRIMEROS AUXILIOS. 1.6.3.1.-FORMACIÓN EN PRIMEROS AUXILIOS. Se nombrará o persona responsable en obra, perteneciente al cuadro de mando de la empresa principal y debidamente cualificada, para garantizar la adecuada formación en materia de primeros auxilios. 1.6.3.2.-NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE (MEDIDAS ASISTENCIALES). Ante todo accidente grave, lo primero que hay que hacer es tenderla, sin maniobras bruscas, siempre en posición horizontal y decidir rápidamente si se puede socorrer en ese lugar con objeto de evitar el progreso de las lesiones o su agravamiento:

• SI NO RESPIRA: Hacer respiración de salvamento (boca a boca y boca a nariz)

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• SI ESTÁ MORIBUNDO: Aflojar las ropas y abrigarlo dejándole en reposo, simultáneamente avisar a la ambulancia.

• SI SANGRA: Combatir la hemorragia comprimiendo con vendaje en la zona sangrante, o bien, aplicar torniquete por encima de la herida.

• SI HAY FRACTURAS: Inmovilizar antes de proceder al traslado. Si se trata de una extremidad (pierna o brazo), inmovilizar mediante tablillas y un vendaje impidiendo todo movimiento.

Ante todo traumatismo violento en que se sospeche una "fractura de columna" (dolor de espalda, riñones o dificultad para mover las piernas), se extremarán los cuidados al trasladado, recogiéndolo boca a bajo, con ayuda de un mínimo de cuatro personas. NUNCA DOBLAR AL HERIDO.

• Una vez atendido al herido, ORGANIZAR SU TRASLADO EN AMBULANCIA al hospital más conveniente (por criterio de "medios" y de "cercanía").

• Al mismo tiempo que se organiza el traslado del herido al hospital, AVISAR AL SERVICIO MEDICO DE LA EMPRESA.

1.6.4.-ASISTENCIA A ACCIDENTADOS. En caso de accidentes leves la constructora dispone de Centro Asistencial en SEVILLA, con capacidad para Servicios de Asistencia primaria, lugar en el que podrán ser atendidos los posibles casos de ACCIDENTES LEVES y desde donde se llevará a cabo el control de todo lo relacionado con los reconocimientos médicos iniciales y periódicos de los trabajadores afiliados así como el seguimiento de la evolución de los posibles accidentados de cualquier nivel de gravedad. Para casos de URGENCIA (ACCIDENTES GRAVES), se trasladara al herido a un centro hospitalario de la S.S. 1.7.-INSTALACIONES PARA EL PERSONAL. Se habilitará una caseta prefabricada o se acondicionará un local de los existentes en las cercanías, para instalaciones provisionales del personal de obra (ASEOS Y VESTUARIOS), en cumplimiento de lo recogido en el Título II de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo (O.M. 9-3-71) yen el Capitulo XVI de la Ordenanza Laboral de la Construcción (O.M. 28-8-70), teniendo en cuenta la mano de obra presente en la ejecución de la obra. 1.8.-ANEXO II REAL DECRETO 1627/97. Dicho anexo no sería de aplicación, ya que ninguno de los trabajos necesarios para la adecuación del local están incluidos en el mismo.

EL ARQUITECTO TÉCNICO RAFAEL MÁRQUEZ TAMAYO

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5 - NORMAS DE SEGURIDAD APLICABLES A LA OBRA.

Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo

Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.

Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto Subcontratación. Se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción. Ley 32/2006, de 18 de octubre Construcción. Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo Protección Civil. Aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre Enfermedades profesionales. Aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y establece criterios para su notificación y registro. Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo Seguridad y Salud. Se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo

Seguridad y Salud. Se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Orden ITC/1775/2006 de 25 de mayo Petróleo-gas. Orden por la que se restablece la obligación de los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos. Resolución de 11 de abril de 2006 Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo Seguridad y Salud en el Trabajo. Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Orden TAS/4053/2005, de 27 de diciembre

Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Determina las actuaciones a desarrollar por las mutuas para su adecuación al Real Decreto 688/2005, de 10 de junio, por el que regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno.

Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre Salud laboral. Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Real Decreto 689/2005, de 10 de junio

Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, probado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales.

Decreto 166/2005, de 12 de julio

Construcción-Salud Laboral. Crea el Registro de Coordinadores y Coordinadoras en materia de seguridad y salud, conformación preventiva especializada en las obras de construcción, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Real Decreto 948/2005, de 29 de julio

Industrias en General. Modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por la que se aprueban medidas del control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Real Decreto 688/2005, de 10 de junio

Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno.

Resolución de 7 de marzo de 2005 Convenios Colectivos de Trabajo. Dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo Interconferencial para la negociación colectiva de 2005. (ANC 2005)

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Real Decreto 119/2005, de 4 de febrero

Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de Julio, que aprueba medidas de control de los riesgos inherentes a daños en accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre

Salud Laboral. Modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio de 1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

Real Decreto 2097/2004, de 22 de octubre

Aparatos a Presión. Se aplaza, para determinados equipos, la fecha de aplicación del Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo, por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva 1999/36/CE del Consejo, de 29 de abril de 1999, relativas a equipos a presión transportables.

Real Decreto 1595/2004, de 2 de julio

Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Modifica el Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, que regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Real Decreto 171/2004, de 30 de enero

Prevención de Riesgos Laborales. Empresarios y Empresas. Desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Decreto 313/2003, de 11 de noviembre Salud Laboral. Aprueba el Plan General para la Prevención de Riesgos Laborales en Andalucía. Real Decreto 836/2003, de 27 de junio

Grúas. Aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-2 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.

Resolución de 1 de diciembre de 2003 Electricidad. Aprueba el modelo de Memoria Técnica de diseño de instalaciones eléctricas de Baja Tensión. Ley 54/2003, de 12 de diciembre Salud Labora. Ley por la que se reforma el marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 837/2003, de 27 de junio

Grúas. Aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-4, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre Industrias en general. Aprueba la Directriz Básica de Protección Civil, para el Control y Planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. Real Decreto 865/2003, de 4 de julio Establecimiento de los criterios higiénicos-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Real Decreto 681/2003, de 12 de junio Salud Laboral. Protección de la Salud y la Seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. Instrucción de 9 de abril de 2003.(Nº IS-06)

Radiaciones Ionizantes. Se definen los programas de formación en materia de protección radiológica básico y específico regulados en el Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo, en el ámbito de las instalaciones nucleares e instalaciones radiactivas del ciclo del combustible.

Real Decreto 349/2003 de 21 de marzo

Salud Laboral. Modifica el Real Decreto 655/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, y por el que se amplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos.

Real Decreto 642/2002, de 5 de julio Aprueba la "Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE)". Resolución de 26 de noviembre de 2002

Accidentes de trabajo. Regula la utilización del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (DeltU) que posibilita la transmisión por procedimiento electrónico de los nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo, aprobados por la Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre.

Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre Accidentes de trabajo. Establece nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y posibilita la transmisión por procedimiento electrónico. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto.(REBT-02) Electricidad. Se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) BT 01a 51.

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Real Decreto 707/2002, de 19 de julio

Salud Laboral. Aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la Administración General del Estado.

Resolución de 27 de mayo de 2002

Salud Laboral- CE. Actualiza el Anexo IV de la Resolución de 25 de abril de 1996, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.

Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero Ruido. Comunidad Económica Europea. Regula las emisiones sonoras en el entorno, debidas a determinadas máquinas al aire libre. Instrucción de 31 de mayo de 2001.(Nº IS-01)

Seguridad e Higiene en el Trabajo. Instrucción del Consejo de Seguridad Nuclear, número IS-01 por la que se define el formato y contenido del documento individual de seguimiento radiológico (carné radiológico) regulado en el Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo.

Orden de 29 de noviembre de 2001 Frío Industrial. Modificación de las Instrucciones Técnicas Complementarias MI-IF-002, MI-IF-004 y MI-IF-009 del Reglamento de Seguridad de Plantas e Instalaciones Frigoríficas. Acuerdo de 6 de noviembre de 2001

Funcionarios y Personal Laboral de la Comunidad Autónoma. Acuerdo Plenario de la Mesa General de Negociación sobre derechos de participación, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.

Real Decreto 614/2001, de 8 de junio Salud Laboral. Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Real Decreto 909/2001, de 27 de julio Establecimiento de los criterios higiénicos-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Real Decreto 783/2001, de 6 de julio Radiaciones ionizantes. Reglamento de protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Real Decreto 815/2001, de 13 de julio Radiaciones Ionizantes. Justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas. Real Decreto 222/2001, de 2 de marzo Aparatos a Presión. Dicta disposiciones de aplicación de la Directiva 1999/36/CE, del Consejo de 29 de abril, relativa a equipos a presión transportables. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril Salud Laboral. Protección de la Salud y la Seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Decreto 25/2001, de 13 de febrero Industrias en General. Regula las actuaciones de los organismos de control en materia de seguridad de los productos e instalaciones industriales. Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto Trabajo y Seguridad Social. Aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Orden de 18 de octubre de 2000

Industrias en general. Desarrollo y aplicación del artículo 2º del Decreto 46/2000, de 7 de febrero, que determina las competencias y funciones de los órganos de la Junta de Andalucía en relación con las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Resolución de 28 de julio de 2000 Resolución de la Dirección General de Política Tecnológica, por la que se actualiza el anexo IV de la Resolución de 29 de abril de 1999, de la Dirección general de Industria y Tecnología. Orden de 10 de marzo de 2000

Electricidad. Modifica las Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT 02, MIE-RAT 06, MIE-RAT 14, MIE-RAT 15, MIE-RAT 16, MIE-RAT 17, MIE-RAT 18 y MIE-RAT 19, del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

Real Decreto 1124/2000 de 16 de mayo

Salud Laboral. Modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento. Decreto 46/2000, de 7 de febrero

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Industrias en general. Determina las competencias y funciones de los Órganos de la Junta en relación con las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en las que intervengan sustancias peligrosas.

Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio Industrias en general. Medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Resolución de 29 de abril de 1999

Resolución de la Dirección General de Industria y tecnología, por la que se actualiza el anexo IV de la Resolución de 18 de marzo de 1998, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial.

Orden de 29 de abril de 1999

Empresas y Centros de Trabajo. Modifica la Orden de 6 de mayo de 1988, de requisitos y datos de las comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades en los centros de trabajo.

Orden de 23 de diciembre de 1998.(ITC)

Frío Industrial. Se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias MI-IF-002, MI-IF-004 y MI-IF-009, del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, aprobadas por Orden de 24 de enero de 1978.

Orden de 29 de julio de 1998 Electricidad. Adapta al progreso técnico la Instrucción Complementaria MI-BT 026 del Reglamento Electrotécnico para la Baja Tensión. Ley 2/1998, de 15 de junio Salud de Andalucía. Ley por la que se aprueban las Normas Reguladoras de Salud en Andalucía. Resolución de 18 de marzo de 1998

Salud Laboral-CE. Resolución de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se actualiza el anexo IV contenido en la Resolución de 25 de abril de 1996, de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial.

Real Decreto 780/1998 de 30 de abril Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Modifica el Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, que aprueba el Reglamento. Orden de 25 de marzo de 1998

Salud Laboral. Se adapta, en función del progreso técnico, el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo de 1997, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Orden de 2 de febrero de 1998.(Minería) Minería. Se modifica la Instrucción Técnica Complementaria 04.4.01, "Labores subterráneas. Cables", aprobada por Orden de 13 de septiembre de 1985. Resolución de 18 de febrero de 1998 Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Regula el modelo y requisitos del libro de visitas. Ley 42/1997, de 14 de noviembre Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Ordenación. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre Seguridad y Salud. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio Pesca marítima. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca. Resolución de 16 de julio de 1997 Seguridad e Higiene en el Trabajo-Radiaciones Ionizantes. Se constituye el Registro de Empresas Externas regulado en el Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio Seguridad e Higiene en el Trabajo. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo Seguridad e Higiene en el Trabajo. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo Seguridad e Higiene en el Trabajo. Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo Seguridad e Higiene en el trabajo. Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril Seguridad e Higiene en el trabajo. Establece las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo. Orden de 27 de junio de 1997

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Prevención de Riesgos Laborales. Desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con las condiciones de acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas, de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoria del sistema de prevención de las empresas y de autorización de las entidades públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales.

Real Decreto 487/1997, de 14 de abril

Seguridad e Higiene en el trabajo. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgo, en particular dorso-lumbares, para los trabajadores.

Real Decreto 488/1997, de 14 de abril Seguridad e Higiene en el Trabajo. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo Seguridad Industrial. Modifica el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril Seguridad e Higiene en el Trabajo. Disposiciones mínimas de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo. Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo

Seguridad e Higiene en el trabajo. Radiaciones ionizantes. Protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada.

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 2370/1996, de 18 de noviembre.(MIE-AEM-4) Grúas. Instrucción Técnica Complementaria "MIE-AEM-4", del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a "grúas móviles autopropulsadas usadas". Orden de 26 de febrero de 1997

Frío Industrial. Rectifica la tabla I de la MI-IF-004, de la Orden de 24 de abril de 1996, por la que se modificaron las Instrucciones Técnicas Complementarias MI-IF-002. MI-IF-004, MI-IF-009 y MI-IF-010 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas.

Orden de 20 de febrero de 1997

Seguridad e Higiene en el Trabajo-CE. Modifica el anexo IV del Real Decreto 159/1995, de 3 de febrero, que modificó a su vez el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.

Resolución de 25 de abril de 1996

Seguridad e Higiene en el Trabajo-CE. Publica información complementaria establecida por el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.

Orden de 24 de abril de 1996

Frío Industrial. Modificación de las Instrucciones Técnicas Complementarias MI-IF-002, MI-IF-004, MI-IF-008, MI-IF-009 y MI-IF-010 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, aprobadas por Orden de 24 de enero de 1978.

Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo

Seguridad Industrial. Dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.

Instrucción de 26 de febrero de 1996 Seguridad e higiene en el Trabajo-Administración del Estado. Aplicación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en la Administración de Estado. Ley 31/1995, de 8 de noviembre Seguridad e Higiene en el Trabajo. Ley sobre Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre Seguridad Industrial. Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo Estatuto de los Trabajadores. Se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Real Decreto 159/1995, de 3 de febrero

Seguridad e Higiene en el Trabajo-CE. Modifica el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, que regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.

Real Decreto 154/1995, de 3 de febrero

Electricidad. Modificación del Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión.

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Real Decreto 56/1995, de 20 de enero

Máquinas-CE. Modifica el Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

Orden de 23 de noviembre de 1994

Frío Industrial. Adapta al progreso técnico las instrucciones técnicas complementarias MI-IF 002, 004, 009 y 010 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, aprobadas por Orden de 24 de enero de 1978.

Orden de 16 de mayo de 1994

Seguridad e Higiene en el Trabajo-CE. Modifica el período transitorio establecido en el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.

Orden de 26 de julio de 1993

Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden que modifica los artículos 2º, 3º y 13º del Reglamento sobre trabajos con riesgo por amianto, aprobado por Orden 31 de octubre de 1984 y el artículo 2º de la Orden 7 de enero de 1987, que dicta normas complementarias del mismo.

Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre Máquinas- CEE. Disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. Real Decreto 53/1992, de 24 de enero Radiaciones ionizantes. Reglamento de protección sanitaria frente a radiaciones ionizantes. Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre Seguridad e Higiene en el Trabajo-CEE. Regulación de las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. Real Decreto 71/1992, de 31 de enero Ruidos-CEE. Amplía el ámbito de aplicación del Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero y establece nuevas especificaciones técnicas de determinados materiales y maquinaria de obra. Real Decreto 830/1991, de 24 de mayo Máquinas. Modifica los artículos 3º, 14º y 18º del Reglamento de Seguridad en las Máquinas, aprobado por el Real Decreto 1495/1986, de 26 de mayo. Orden de 16 de abril de 1991

Electricidad. Modifica el punto 3.6 de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-RAT 06 del Reglamento sobre Condiciones y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobada por Orden de 6 de julio de 1984, sobre aparatos de maniobras de circuitos.

Orden de 8 de abril de 1991

Máquinas. Instrucción Técnica Complementaria MSG-SM-1 del Reglamento de Seguridad en las Máquinas, referente a máquinas, elementos de máquinas o sistemas de protección, usados.

Resolución de 30 de enero de 1991 Industrias en General. Directriz básica para la elaboración y homologación de los Planes Especiales del Sector Químico. Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero Amianto y Contaminación. Prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto. Real Decreto 1505/1990, de 23 de noviembre

Electricidad. Se derogan diferentes disposiciones incluidas en el ámbito del Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, relativo a las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión.

Real Decreto 88/1990, de 26 de enero Seguridad e Higiene en el Trabajo. Protección de los trabajadores mediante la prohibición de determinados agentes específicos o determinadas actividades. Real Decreto 84/1990, de 19 de enero

Seguridad e Higiene en el Trabajo. Modifica el Real Decreto 555/1986, de 21 de febrero, por el que se implanta la obligatoriedad de la inclusión de un estudio de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en los proyectos de edificación y obras públicas, y los Reales Decretos 2512/1977, de 17 de junio y 314/1979, de 19 de enero, sobre tarifas de honorarios de Arquitectos, Arquitectos Técnicos y Aparejadores.

Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre Seguridad e Higiene en el trabajo. Protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de ruidos. Orden de 28 de junio de 1988.(MIE-AEM2)

Aparatos elevadores. Se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM2, del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a grúas torre desmontables para obra.

Real Decreto 590/1989, de 19 de mayo

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Máquinas. Modifica los artículos 3º y 14º del Real Decreto 1495/1986, de 26 de mayo. Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero Ruidos-Comunidad Económica Europea. Determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria para construcción y cortadoras de césped. Resolución de 20 de febrero de 1989 Seguridad e Higiene en el Trabajo. Regula la remisión de fichas de seguimiento ambiental y médico para el control de exposición al amianto. Orden de 23 de junio de 1988

Electricidad. Modifica diversas Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT del Reglamento de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

Orden de 6 de mayo de 1988 Empresas y Centros de Trabajo. Requisitos y datos de las comunicaciones de apertura previa a reanudación de actividades. Ley 8/1988, de 7 de abril Trabajo-Seguridad Social. Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Orden de 22 de diciembre de 1987 Seguridad e Higiene en el Trabajo. Aprueba el modelo del libro de registro de datos previsto en el Reglamento sobre trabajos con riesgo por amianto. Orden de 16 de diciembre de 1987 Accidentes Laborales. Establecimiento de los nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo y se dan instrucciones para su cumplimiento y tramitación. Orden de 27 de noviembre de 1987.(MIE-RAT-13,14)

Electricidad. Actualiza las Instrucciones Técnicas Complementarias MIE-RAT 13 y MIE-RAT 14 del Reglamento sobre condiciones y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

Real Decreto 1407/1987, de 13 de noviembre Industrias en general. Regula las Entidades de inspección y control reglamentario en materia de seguridad de los productos, equipos e instalaciones industriales. Resolución de 8 de septiembre de 1987 Amianto. Tramitación de solicitudes de homologación de laboratorios especializados en la determinación de fibras de amianto. Orden de 31 de agosto de 1987 Carreteras y Caminos. Señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas fuera de poblado. Real Decreto 1495/1986, de 26 de mayo Máquinas. Aprobación del Reglamento de Seguridad en las Máquinas. Orden de 7 de enero de 1987 Seguridad e Higiene en el trabajo. Normas complementarias del Reglamento sobre trabajos con riesgos por amianto. Orden de 20 de septiembre de 1986 Seguridad e Higiene en el Trabajo. Modelo de libro de incidencias en obras en las que sea obligatorio un estudio de seguridad e higiene en el trabajo. Real Decreto 1403/1986, de 9 de mayo Seguridad e Higiene en el Trabajo. Comunidad Económica Europea. Señalización de seguridad en los centros y locales de trabajo. Real Decreto 555/1986, de 21 de febrero Seguridad e Higiene en el Trabajo. Obligatoriedad de inclusión de un Estudio de Seguridad e Higiene en el Trabajo en los proyectos de edificación y obras públicas. Orden de 20 de junio de 1986 Explosivos. Catalogación y homologación de los explosivos, productos explosivos y sus accesorios. Orden de 9 de abril de 1986 Seguridad e Higiene en el Trabajo. Reglamento para la Prevención de riesgos y Protección de la Salud por la presencia de cloruro monómero en el ambiente de trabajo. Orden de 31 de marzo de 1986

Seguridad e Higiene en el trabajo. Modifica el Art. 13º de control médico preventivo de los trabajadores, del Reglamento sobre trabajos con riesgo por amianto, aprobado por Orden 31 de octubre de 1984.

Real Decreto-Ley 1/1986, de 14 de marzo Política Económica. Medidas Urgentes Administrativas, Financieras, Fiscales y Laborales. Autorización previa de apertura de centro de trabajo o reanudación de la actividad. Orden de 29 de noviembre de 1984 Protección Civil. Se aprueba el Manual de Autoprotección. Guía para el desarrollo del Plan de Emergencia Contra Incendios y de evacuación de locales y edificios.

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Resolución de 11 de febrero de 1985 Dirección General de Trabajo. Constituye una Comisión de Seguimiento para aplicación del Reglamento sobre trabajos con riesgo por amianto. Orden de 31 de octubre de 1984 Seguridad e Higiene en el Trabajo. Reglamento sobre trabajos por amianto. Orden de 18 de octubre de 1984

Electricidad. Complementa la Orden de 6 de julio de 1984, que aprueba las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

Resolución de 19 de junio de 1984 Electricidad. Se establecen Normas sobre ventilación y acceso de ciertos centros de transformación. Real Decreto 2492/1983, de 29 de junio Armas y explosivos. Regulación de la intervención administrativa del Estado, sobre nitrato amónico de "Grado Explosivo". Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio Trabajo. Regulación de jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos. Real Decreto 2519/1982, de 12 de agosto Se aprueba el Reglamento sobre Protección Sanitaria frente a Radiaciones Ionizantes. Real Decreto 2821/1981, de 27 de noviembre

Enfermedades porfesionales. Modificación del párrafo 4º, punto tercero, del apartado d), del Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo, que aprobó el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social.

Orden de 16 de noviembre de 1981 Aparatos elevadores. Modificación de los artículos 114 a 117 del Reglamento de aparatos elevadores para obras. Real Decreto 754/1981, de 13 de marzo Frío Industrial. Modifican los artículos 28, 29 y 30 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas. Orden de 7 de marzo de 1981 Aparatos elevadores. Para obras: modifica el artículo 65 de su Reglamento: motores. Ley 8/1980, de 10 de marzo Estatuto de los Trabajadores. Texto. Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril Industrias en General. Aprobación del Reglamento de Aparatos a Presión. Orden de 4 de abril de 1979 Frío Industrial. Modifica Instrucciones Técnicas Complementarias MI-IF-007 y MI-IF-004, del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas. Real Decreto 394/1979, de 2 de febrero Frío Industrial. Se modifica el Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas. Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo Enfermedades Profesionales. Aprobación del cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social. Orden de 24 de enero de 1978

Frío Industrial. Se aprueban las Instrucciones Técnicas Complementarias denominadas Instrucciones MI IF con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas.

Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre Frío Industrial. Reglamento de Seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas. Orden de 23 de mayo de 1977 Aparatos Elevadores. Reglamento de Aparatos Elevadores para Obras. Decreto 2065/1974, de 30 de mayo Seguridad Social. Aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Orden de 17 de mayo de 1974 Seguridad e Higiene en el Trabajo. Homologación de medios de protección personal de trabajadores. Orden de 31 de octubre de 1973 Electricidad. Se aprueban Instrucciones Complementarias denominadas Instrucciones MI BT, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Decreto 2413/1973, de 20 de septiembre

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Electricidad. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Orden de 27 de julio de 1973 Construcción, Vidrio y Cerámica. Modifica la Ordenanza de Trabajo. Orden de 8 de marzo de 1973 Frío Industrial. Se dictan Instrucciones Complementarias para el desarrollo del Reglamento de Seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas. Resolución de 27 de noviembre de 1971 Gas. Condiciones de equipos para movimiento de jaulas con botellas de licuados de petróleo. Orden de 9 de marzo de 1971 Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Decreto 432/1971, de 11 de marzo Trabajo. Regulación de la constitución, composición y funciones de los Comités de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Resolución de 24 de noviembre de 1970 Ordenanza de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Vidrio y Cerámica. Capítulo XVI. Interpreta los artículos 108, 118 y 123 de la Orden de 28 de agosto de 1970 (Disposición 972). Orden de 21 de noviembre de 1970 Construcción, Vidrio y Cerámica. Interpreta varios artículos de la Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica de 28 de agosto de 1970. Orden de 28 de agosto de 1970 Construcción, Vidrio y Cerámica. Ordenanza de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Vidrio y Cerámica. Capítulo XVI. Orden de 23 de septiembre de 1966 Construcción. Modifica el artículo 16 del Reglamento de Seguridad del Trabajo en las Industrias de la Construcción y sobre trabajos en cubiertas. Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre Aprobación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Orden de 2 de junio de 1961

Orden por la que se prohíbe la utilización de sacas, fardos o cualquier utensilio para el transporte, carga y descarga de mercancías que haya de hacerse a brazo, cuyo peso en carga sea superior a 80 kilogramos de peso.

Orden de 14 de marzo de 1960 Carreteras y Caminos. Señalización de obras. Decreto de 26 de julio de 1957 Trabajo de la Mujer y de los Menores. Fijación de los trabajos prohibidos. Orden de 20 de enero de 1956 Seguridad e Higiene del Trabajo. Reglamento. Aprueba el Reglamento de Seguridad e Higiene en los trabajos realizados en cajones con aire comprimido. Orden de 10 de diciembre de 1953 Construcción. Se modifica el artículo 115 del Reglamento de Seguridad del Trabajo en la Industria de la Construcción, aprobado por Orden de 20 de mayo de 1952. Orden de 20 de mayo de 1952 Construcción. Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo en la Industria de la Construcción. Orden de 11 de abril de 1946 Construcción-Obras Públicas. Reglamentación Nacional del trabajo en estas Industrias de la Construcción y Obras Públicas. Orden de 21 de septiembre de 1944 Trabajo. Creación de Comités de Seguridad e Higiene. Orden de 31 de enero de 1940 Trabajo. Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo. Criterio Técnico 39/2004, de 16 de diciembre Criterio Técnico sobre Presencia de Recursos Preventivos a requerimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Ley 14/1998, de 1 de junio Pesca marítima. Establecimiento del Régimen de Control para la protección de los recursos pesqueros marítimos.

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GUIAS TÉCNICAS

" Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas (Real Decreto 487/1997) " Guía técnica para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de protección individual (Real Decreto 773/1997) " Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. Primera parte (Real Decreto 1215/1997). " Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos (Real Decreto 664/1997). " Guía técnica de señalización de seguridad y salud en el trabajo (Real Decreto 485/1997). " Guía técnica para la evaluación y prevención del riesgo eléctrico (Real Decreto 614/2001).

NOTAS TÉCNICAS DE PREVENCIÓN-CONSTRUCCIÓN

" NTP-77: Bateas. Paletas y plataformas para cargas unitarias. " NTP-89: Cinta transportadora de materiales a granel. " NTP-90: Plantas de hormigonado. Tipo radial. " NTP-93: Camión hormigonera. " NTP-94: Plantas de hormigonado. Tipo torre. " NTP-95: Escombros y su evacuación desde plantas de pisos. " NTP-96: Sierra circular para construcción. Dispositivos de protección. " NTP-121: Hormigonera. " NTP-122: Retroexcavadora. " NTP-123: Barandillas. " NTP-124: Redes de seguridad. " NTP-125: Grúa torre. " NTP-126: Máquinas para movimiento de tierras. " NTP-127: Estación de trituración primaria. " NTP-167: Aparejos, cabrias y garruchas. " NTP-197: Desplazamientos de personas sobre grúas-torre. " NTP-202: Sobre el riesgo de caída de personas a distinto nivel. " NTP-207: Plataformas eléctricas para trabajos en altura. " NTP-208: Grúa móvil. " NTP-214: Carretillas elevadoras. " NTP-223: Trabajos en recintos confinados. " NTP-239: Escaleras manuales. " NTP-253: Puente-grúa. " NTP-255: Características estructurales. " NTP-257: Perforación de rocas: eliminación de polvo. " NTP-258: Prevención de riesgos en demoliciones manuales. " NTP-271: Instalaciones eléctricas en obras de construcción. " NTP-278: Zanjas: prevención de desprendimiento de tierras. " NTP-301: Cinturones de seguridad: guías para la elección, uso y mantenimiento. " NTP-319: Carretillas manuales: traspaletas manuales. " NTP-391: Herramientas manuales (I): condiciones generales de seguridad. " NTP-392: Herramientas manuales (II): condiciones generales de seguridad. " NTP-393: Herramientas manuales (III): condiciones generales de seguridad. " NTP-448: Trabajos sobre cubiertas de materiales ligeros. " NTP-494: Soldadura eléctrica al arco: normas de seguridad. " NTP-495: Soldadura oxiacetilénica y oxicorte: normas de seguridad. " NTP-516: Andamios perimetrales fijos. " NTP-521: Calidad de aire interior: emisiones de materiales utilizados en la construcción, decoración y mantenimiento de edificios. " NTP-530: Andamios colgados móviles de accionamiento manual (I): normas constructivas. " NTP-531: Andamios colgados móviles de accionamiento manual (II): normas de montaje y utilización. " NTP-532: Andamios colgados móviles de accionamiento manual (III): aparatos de elevación y de maniobra. " NTP-543: Planes de trabajo con amianto: orientaciones prácticas para su realización. " NTP-573: Operaciones de demolición, retirada o mantenimiento de materiales con amianto. Ejemplos prácticos. " NTP-577: Sistema de gestión preventiva: revisiones de seguridad y mantenimiento de equipos.

El nuevo R.D. 604/2006, modifica los siguientes aspectos:

El artículo 1º contiene las modificaciones del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Dichas modificaciones consisten en:

Uno. Nueva redacción para el artículo 1. Integración de la actividad preventiva en la empresa. Donde se ahonda en la necesidad de la integración de la actividad preventiva de la empresa en todos los niveles jerárquicos de la empresa.

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Dos. Nueva redacción para el artículo 2. Plan de Prevención de riesgos Laborales. Se introduce el contenido del plan de prevención y se indica que deberá ser aprobado por la dirección de la empresa y asumido por toda la estructura organizativa de ésta en particular por todos los niveles jerárquicos y conocido por todos sus trabajadores.

Tres. Nueva redacción para el párrafo primero del artículo 7. Se produce una modificación y ampliación de la documentación de referencia del artículo 23.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Cuatro. Modificación del apartado 2 del artículo 16. Donde se introduce que de forma previa al concierto de la actividad preventiva por parte del empresario, los criterios para la selección de la entidad con la que se vaya a concertar dicho servicio, se debatirán y en su caso se acordarán, en el seno del comité se seguridad y salud de la empresa.

Cinco. Nueva redacción para el artículo 19. Funciones de las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención. Se introduce una nueva redacción para el artículo algo más amplia.

Seis. Modificación del párrafo c) del apartado 1 del artículo 20. Introduce en la modificación, la obligación de valorar la efectividad de la integración de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa a través de la implantación y aplicación del plan de prevención en relación con las actividades preventivas concertadas.

Siete. Nueva redacción del apartado 2 del artículo 21. De forma análoga al punto cuatro, se introduce que las condiciones en las que el servicio mancomunado debe desarrollarse deberán debatirse, y en su caso ser acordadas, en el seno de cada uno de los comités de seguridad y salud de las empresas afectadas.

Ocho. Introduce un nuevo artículo 22 bis. Presencia de los recursos preventivos. Se incorpora como novedad importante al R.D. 39/1997 el recurso preventivo, se hace de conformidad con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, introducido a su vez por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. No se incorporan alteraciones algunas en cuanto a las necesidades de presencia y consideraciones de asignación, respecto al 32 bis de la Ley 31/1995, aunque si se introduce, cosa que no hacía la Ley (se usaba de forma orientativa el anexo II del 1627/97), una relación de actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales.

También introduce respecto a la evaluación de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva modificaciones motivadas por la presencia de los recursos preventivos y las causas que la originan.

Nueve. Nueva redacción del apartado 2 del artículo 29. Introduce la auditoria o evaluación externa para las empresas que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios y ajenos.

Diez. Nueva redacción para el artículo 30. Concepto, contenido, metodología y plazo. Establece en la nueva redacción como bien indica el título del artículo, el concepto de auditoría, como instrumento de gestión, el contenido de la misma, la metodología de desarrollo y los plazos para su realización.

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Once. Nueva redacción para el artículo 31. Informe de auditoría. Incorpora el contenido del informe.

Doce. Introduce un nuevo artículo 31 bis. Auditoria del sistema de prevención con actividades preventivas desarrolladas con recursos propios y ajenos. Es de nueva incorporación y regula la situación planteada en el título del artículo así como se indica la adaptación que ha de sufrir el informe de auditoría para este caso específico.

Trece. Nueva redacción para el apartado 2 del artículo 32. Amplia y desarrolla las incompatibilades de las personas físicas o jurídicas que realicen audiotorías de los sistemas de prevención.

Catorce. Introduce un nuevo artículo 33 bis. Auditorías voluntarias. Sin perjuicio de las obligatorias, se contempla la realización de auditorias voluntarias.

Quince. Nueva redacción para el párrafo a) del apartado 1 del artículo 35. Redacta de nuevo las funciones de la actividad preventiva correspondientes al nivel básico, dándole un carácter de integridad a la acción preventiva.

Dieciséis. Nueva redacción para el párrafo a) del apartado 1 del artículo 36. Redacta de nuevo las funciones del nivel intermedio.

Diecisiete. Nueva redacción para el párrafo a) del apartado 2 de la disposición adicional primera. Se renueva la disposición por las modificaciones introducidas por el propio Real Decreto.

Dieciocho. Introduce una nueva disposición adicional décima. Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción. Se incorpora como novedad importante al R.D. 39/1997 la presencia del recurso preventivo, se hará de conformidad con la disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, introducida a su vez por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales y se aplicará en los términos establecidos en la disposición adicional única del R.D. 1627/97 y que introduce este R.D. 604/2006.

Diecinueve. Introduce una nueva disposición adicional undécima. Actividades peligrosas a efectos de coordinación de actividades empresariales. Fija las actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales a efectos de lo previsto en el artículo 13.1.a) del R.D. 171/2004, de 30 de enero, de desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Veinte. Introduce una nueva disposición adicional duodécima. Actividades peligrosas a efectos del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Fija las actividades peligrosas o con riesgos especiales a efectos de lo previsto en los apartados 7 y 8.a), del artículo 13 del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, lo hace de forma condicionada.

El artículo 2º contiene la modificación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Dicha modificación consiste en:

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Se introduce una disposición adicional única. Presencia de recursos preventivos en obras de construcción. Establece las especialidades en cuanto a la presencia de los recursos preventivos en las obras de construcción.

En cuanto a la disposición adicional, la disposición derogatoria y las tres disposiciones finales, estas se refieren a la guía técnica de desarrollo, el alcance de la derogación, la habilitación reglamentaria, la aplicación a las Administraciones Públicas y la entrada en vigor.

En Dos Hermanas, Julio de 2017

Fdo.: Rafael Márquez Tamayo. (Arquitecto Técnico)

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MANUAL DE USO Y

MANTENIMIENTO

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MANUAL DE USO Y MANTENIMIENTO

INTRODUCCIÓN

El presente manual pretende ser un documento que facilite el correcto uso y el adecuado mantenimiento del local comercial, con el objeto

de mantener a lo largo del tiempo las características funcionales y estéticas inherentes al local proyectado, recogiendo las

instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de conformidad con lo previsto en el Código Técnico de la Edificación

(CTE), aprobado mediante Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. Del buen uso dispensado y del cumplimiento de los requisitos de

mantenimiento a realizar, dependerá en gran medida el inevitable ritmo de envejecimiento de nuestro local.

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I

INSTALACIONES

La propiedad conservará en su poder la documentación técnica relativa al uso para el que han sido proyectadas, debiendo utilizarse únicamente para tal fin.

Es aconsejable no manipular personalmente las instalaciones y dirigirse en todo momento (avería, revisión y mantenimiento) a la empresa instaladora específica.

No se realizarán modificaciones de la instalación sin la intervención de un instalador especializado y las mismas se realizarán, en cualquier caso, dentro de las especificaciones de la reglamentación vigente y con la supervisión de un técnico competente.

Se dispondrá de los planos definitivos del montaje de todas las instalaciones, así como de diagramas esquemáticos de los circuitos existentes, con indicación de las zonas a las que prestan servicio, número y características de los mismos.

El mantenimiento y reparación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes empleados en las instalaciones, deben ser realizados por empresas o instaladores-mantenedores competentes y autorizados. Se debe disponer de un Contrato de Mantenimiento con las respectivas empresas instaladoras autorizadas antes de habitar el edificio.

Existirá un Libro de Mantenimiento, en el que la empresa instaladora encargada del mantenimiento dejará constancia de cada visita, anotando el estado general de la instalación, los defectos observados, las reparaciones efectuadas y las lecturas del potencial de protección.

El titular se responsabilizará de que esté vigente en todo momento el contrato de mantenimiento y de la custodia del Libro de Mantenimiento y del certificado de la última inspección oficial.

El usuario dispondrá del plano actualizado y definitivo de las instalaciones, aportado por el arquitecto, instalador o promotor o bien deberá proceder al levantamiento correspondiente de aquéllas, de forma que en los citados planos queden reflejados los distintos componentes de la instalación.

Igualmente, recibirá los diagramas esquemáticos de los circuitos existentes con indicación de las zonas a las que prestan servicio, número y características de todos los elementos, codificación e identificación de cada una de las líneas, códigos de especificación y

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localización de las cajas de registro y terminales e indicación de todas las características principales de la instalación.

En la documentación se incluirá razón social y domicilio de la empresa suministradora y/o instaladora. IEP

INSTALACIONES ELÉCTRICAS PUESTA A TIERRA USO PRECAUCIONES

Se procurará que cualquier nueva instalación (pararrayos, antena de TV y FM, enchufes eléctricos, masas metálicas de los aseos y baños, fontanería, gas, calefacción, depósitos, calderas, guías de aparatos elevadores) y, en general, todo elemento metálico importante, esté conectado a la red de toma de tierra del edificio. PRESCRIPCIONES

El usuario deberá disponer del plano actualizado y definitivo de la instalación de toma de tierra, en el que queden reflejados los distintos componentes de la instalación: líneas principales de tierra, arqueta de conexión y electrodos de toma de tierra, mediante un símbolo y/o número específico.

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo.

Todos los electrodomésticos y luminarias que incorporen la conexión correspondiente se conectarán a la red de tierra.

El punto de puesta a tierra y su arqueta deberán estar libres de obstáculos que impidan su accesibilidad. Ante una sequedad extraordinaria del terreno, se realizará un humedecimiento periódico de la red de tomas de tierra (siempre que la medición de la resistencia de tierra lo demande y bajo la supervisión de profesional cualificado). PROHIBICIONES

No se interrumpirán o cortarán las conexiones de la red de tierra.

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No se utilizarán las tuberías metálicas como elementos de puesta a tierra de aparatos.

MANTENIMIENTO POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO Cada año: En la época en que el terreno esté más seco y después de cada descarga eléctrica, comprobación de la continuidad eléctrica y reparación de los defectos encontrados en los siguientes puntos de puesta a tierra:

Instalación de pararrayos. Instalación de antena colectiva de TV y FM. Enchufes eléctricos y masas metálicas de los aseos. Instalaciones de fontanería, gas y calefacción, depósitos, calderas,

guías de aparatos elevadores y, en general, todo elemento metálico importante.

Estructuras metálicas y armaduras de muros y soportes de hormigón. Cada 2 años:

Comprobación de la línea principal y derivadas de tierra, mediante

inspección visual de todas las conexiones y su estado frente a la corrosión, así como la continuidad de las líneas. Reparación de los defectos encontrados.

Comprobación de que el valor de la resistencia de tierra sigue siendo inferior a 20 Ohm. En caso de que los valores obtenidos de resistencia a tierra fueran superiores al indicado, se suplementarán electrodos en contacto con el terreno hasta restablecer los valores de resistencia a tierra de proyecto. Cada 5 años:

Comprobación del aislamiento de la instalación interior (entre cada

conductor y tierra y entre cada dos conductores no deberá ser inferior a 250.000 Ohm). Reparación de los defectos encontrados.

Comprobación del conductor de protección y de la continuidad de las conexiones equipotenciales entre masas y elementos conductores, especialmente si se han realizado obras en aseos, que hubiesen podido dar lugar al corte de los conductores. Reparación de los defectos encontrados. IEC

INSTALACIONES ELÉCTRICAS CAJAS GENERALES DE PROTECCIÓN

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USO PRECAUCIONES

Se procurará no obstruir el acceso libre y permanente de la compañía suministradora a la hornacina donde se ubica la caja general de protección del edificio. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo.

Después de producirse algún incidente en la instalación eléctrica, se comprobará mediante inspección visual el estado del interruptor de corte y de los fusibles de protección. PROHIBICIONES

No se realizarán obras junto a la hornacina donde se ubica la caja general de protección, ni conexiones de ningún tipo, sin autorización de la compañía suministradora.

MANTENIMIENTO POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 2 años:

Comprobación mediante inspección visual del estado del interruptor de corte y de los fusibles de protección, reparándose los defectos encontrados.

Comprobación del estado frente a la corrosión de la puerta metálica del nicho.

Comprobación de la continuidad del conductor de puesta a tierra del marco metálico de la puerta, reparándose los defectos encontrados.

Cada 5 años: Comprobación de los dispositivos de protección contra cortocircuitos,

contactos directos e indirectos, así como sus intensidades nominales en relación a la sección de los conductores que protegen, reparándose los defectos encontrados.

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IEL

INSTALACIONES ELÉCTRICAS LÍNEAS GENERALES DE ALIMENTACIÓN

USO PRECAUCIONES

Antes de realizar un taladro en un paramento situado en zona común, se comprobará que en ese punto no existe una canalización eléctrica que pueda provocar un accidente. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo. PROHIBICIONES

No se manipulará la línea en ningún punto de su recorrido por zona común.

MANTENIMIENTO POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 2 años:

Comprobación del estado de los bornes de abroche de la línea general de alimentación en la CGP, mediante inspección visual.

Cada 5 años:

Comprobación del aislamiento entre fases y entre cada fase y neutro.

IEG

INSTALACIONES ELÉCTRICAS CENTRALIZACIÓN DE CONTADORES

USO PRECAUCIONES

Antes de realizar un taladro en un paramento del armario o cuarto de contadores sobre el que se apoyan los mismos se comprobará que en

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ese punto no existe ninguna canalización eléctrica empotrada que pueda provocar un accidente. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo. PROHIBICIONES

No se colocarán elementos no previstos en el recinto donde se ubican los contadores. MANTENIMIENTO POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 2 años:

Comprobación de las condiciones de ventilación e iluminación, así como de apertura y accesibilidad al cuarto o armario de contadores.

Cada 5 años:

Verificación del estado del interruptor de corte en carga, comprobándose su estabilidad y posición. IED

INSTALACIONES ELÉCTRICAS DERIVACIONES INDIVIDUALES

USO PRECAUCIONES

Se evitará la obstrucción de las tapas de registro. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo. PROHIBICIONES

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No se pasará ningún tipo de instalación por los huecos y canaladuras que discurren por zonas de uso común.

MANTENIMIENTO POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 5 años:

Comprobación del aislamiento entre fases y entre cada fase y neutro. IEI

INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES INTERIORES

USO PRECAUCIONES

Cada vez que se abandone el edificio por un periodo largo de tiempo, se desconectará el interruptor general, comprobando que no afecte a ningún aparato electrodoméstico.

Antes de realizar un taladro en un paramento, se asegurará de que en ese punto no existe una canalización eléctrica empotrada que pueda provocar un accidente.

Cualquier aparato o receptor que se vaya a conectar a la red llevará las clavijas adecuadas para la perfecta conexión, con su correspondiente toma de tierra.

Al utilizar o conectar algún aparato eléctrico, se tendrán siempre las manos secas y se evitará estar descalzo o con los pies húmedos. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo.

Cuando salte algún interruptor automático, se localizará la causa que lo produjo antes de proceder a su rearme. Si se originó a causa de la conexión de algún aparato defectuoso, éste se desenchufará. Si, a pesar de ello, el mecanismo no se deja rearmar o la incidencia está motivada por cualquier otra causa compleja, se avisará a un profesional cualificado.

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Después de producirse algún incidente en la instalación, se comprobará mediante inspección visual el estado del interruptor de corte y de los fusibles de protección, el estado frente a la corrosión de la puerta del armario y la continuidad del conductor de puesta a tierra del marco metálico de la misma.

El usuario deberá disponer del plano actualizado y definitivo de la instalación eléctrica interior de la vivienda, en el que queden reflejados los distintos componentes de la instalación privativa, tales como cuadro general de distribución, circuitos interiores y puntos de luz, mediante un símbolo y/o número específico.

Antes de poner en marcha un aparato eléctrico nuevo, deberá asegurarse que la tensión de alimentación coincide con la que suministra la red.

Antes de manipular cualquier aparato eléctrico, se desconectará de la red.

Si un aparato da corriente, se debe desenchufar inmediatamente y avisar a un técnico o instalador autorizado. Si la operación de desconexión puede resultar peligrosa, conviene desconectar el interruptor general antes de proceder a la desconexión del aparato.

Las clavijas que posean toma de tierra se conectarán exclusivamente a una toma de corriente con toma de tierra, para que el receptor que se conecte a través de ella quede protegido y con ello a su vez se proteja la integridad del usuario.

Es obligatoria la conexión a la red de tierra de todos los electrodomésticos y luminarias que incorporen la conexión correspondiente. Todo receptor que tenga clavija con toma de tierra deberá ser conectado exclusivamente en tomas con dicha toma de tierra.

Se mantendrán desconectados de la red durante su limpieza los aparatos eléctricos y los mecanismos.

los aparatos eléctricos se desenchufarán tirando de la clavija, nunca del cable. El buen mantenimiento debe incluir la ausencia de golpes y roturas. Ante cualquier síntoma de fogueado (quemadura por altas temperaturas a causa de conexiones defectuosas), se sustituirá la clavija (y el enchufe, si también estuviese afectado). PROHIBICIONES

No se tocará el cuadro de mando y protección con las manos mojadas o húmedas, ni se accionará ninguno de sus mecanismos.

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No se suprimirán ni puentearán, bajo ningún motivo, los fusibles e

interruptores diferenciales.

No se suprimirán ni se aumentará unilateralmente la intensidad de los interruptores magnetotérmicos.

No se permitirá la prolongación incontrolada de una línea eléctrica mediante manguera sujeta a la pared o tirada al suelo.

No se manipularán los cables de los circuitos ni sus cajas de conexión o derivación.

No se tocará nunca ningún aparato eléctrico estando dentro de la bañera o la ducha y, en general, dentro del volumen de prohibición de cuartos de baño.

No se enchufará una clavija cuyas espigas no estén perfectamente afianzadas a los alvéolos de la toma de corriente, ya que este hecho origina averías que pueden llegar a ser muy graves.

No se forzará la introducción de una clavija en una toma inadecuada de menores dimensiones.

No se conectarán clavijas con tomas múltiples o ladrones, salvo que incorporen sus protecciones específicas.

No se tocarán ni las clavijas ni los receptores eléctricos con las manos mojadas o húmedas.

El usuario no manipulará los hilos de los cables, por lo que nunca conectará ningún aparato que no posea la clavija correspondiente.

No se pulsará repetida e innecesariamente los mecanismos interiores, ya que con independencia de los perjuicios que pudiera ocasionar al receptor al que se alimente, se está fatigando prematuramente el mecanismo.

No se conectarán aparatos de luz o cualquier otro receptor que alcance los 220 vatios de potencia, ya que la consecuencia inmediata es posibilitar el inicio de un incendio en el mecanismo.

El usuario no retirará ni manipulará los mecanismos de la instalación.

No se manipularán los alvéolos de las tomas de corriente con ningún objeto ni se tocarán con líquidos o humedades.

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No se conectarán receptores que superen la potencia de la propia toma ni se conectarán enchufes múltiples o "ladrones" cuya potencia total supere a la de la propia toma.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada 3 meses:

Inspección visual de mecanismos interiores para posible detección de anomalías visibles y dar aviso al profesional.

Cada año:

Comprobación del correcto funcionamiento del interruptor diferencial del cuadro general de distribución de la vivienda, mediante el siguiente procedimiento:

Acción manual sobre el botón de prueba que incluye el propio interruptor diferencial.

Desconexión automática del paso de la corriente eléctrica mediante la recuperación de la posición de reposo (0) de mando de conexión-desconexión.

Acción manual sobre el mismo mando para colocarlo en su posición de conexión (1) para recuperar el suministro eléctrico.

Comprobación del correcto funcionamiento de los interruptores magnetotérmicos. Cuando por sobreintensidad o cortocircuito saltara un interruptor magnetotérmico habría que actuar de la siguiente manera:

Desconexión de aquel receptor eléctrico con el que se produjo la avería o, en su caso, desconectar el correspondiente interruptor.

Rearme (o activado) del magnetotérmico del fallo para recuperar el suministro habitual.

Revisión del receptor eléctrico que ha originado el problema o, en su caso, comprobación de que su potencia es menor que la que soporta el magnetotérmico.

Inspección visual para comprobar el buen estado de los enchufes a través del buen contacto con las espigas de las clavijas que soporte y de la ausencia de posibles fogueados de sus alvéolos.

Limpieza superficial de los enchufes con un trapo seco.

Cada 5 años:

Limpieza superficial de las clavijas y receptores eléctricos, siempre con bayetas secas y en estado de desconexión.

Limpieza superficial de los mecanismos, siempre con bayetas secas y preferiblemente con desconexión previa de la corriente eléctrica. POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

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Cada año:

Comprobación del funcionamiento de todos los interruptores del cuadro de mando y protección, verificando que son estables en sus posiciones de abierto y cerrado.

Revisión de las instalaciones de garajes por instaladores autorizados libremente elegidos por los propietarios o usuarios de la instalación. El instalador extenderá un boletín de reconocimiento de la indicada revisión, que será entregado al propietario de la instalación.

Cada 2 años:

Revisión general, comprobando el estado del cuadro de mando y protección, los mecanismos alojados y conexiones.

Comprobación mediante inspección visual del estado del interruptor de corte y de los fusibles de protección, el estado frente a la corrosión de la puerta del armario y la continuidad del conductor de puesta a tierra del marco metálico de la misma.

Verificación del estado de conservación de las cubiertas aislantes de los interruptores y bases de enchufe de la instalación, reparándose los defectos encontrados.

Cada 5 años:

Comprobación de los dispositivos de protección contra cortocircuitos, contactos directos e indirectos, así como sus intensidades nominales en relación a la sección de los conductores que protegen, reparándose los defectos encontrados.

Revisión de la rigidez dieléctrica entre los conductores.

Cada 10 años:

Revisión general de la instalación. Todos los temas de cableado son exclusivos de la empresa autorizada. IEQ

INSTALACIONES ELÉCTRICAS EQUIPOS PARA CORREGIR EL FACTOR DE POTENCIA

USO PRESCRIPCIONES

Antes de efectuar cualquier manipulación de los elementos de la batería, deberá quitarse la alimentación del equipo y dejar transcurrir 5 minutos para dejar descargar los condensadores. MANTENIMIENTO

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POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada mes:

Inspección visual de los condensadores. Comprobación de que las protecciones están en buen estado. Control de la temperatura. Control de la tensión de servicio. Revisión de los bornes y conexiones.

Cada año:

Revisión del estado de los contactos de los contactores. Verificación de la intensidad nominal de los condensadores. Verificación del apriete de las conexiones de los bornes. Limpieza de los bornes y aisladores de los condensadores.

IOA

INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS

ALUMBRADO DE EMERGENCIA

USO PRECAUCIONES

Se mantendrán desconectados los interruptores automáticos correspondientes a los circuitos de la instalación de alumbrado, durante las fases de realización del mantenimiento, tanto en la reposición de las lámparas como durante la limpieza de los equipos. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo y certificar la idoneidad de la misma de acuerdo con la normativa vigente.

El papel del usuario deberá limitarse a la observación de la instalación y sus prestaciones.

Cualquier anomalía observada deberá ser comunicada a la compañía suministradora.

Todas las lámparas repuestas serán de las mismas características que las reemplazadas.

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Siempre que se revisen las instalaciones, un instalador autorizado reparará los defectos encontrados y repondrá las piezas que sean necesarias.

La reposición de las lámparas de los equipos deberá efectuarse antes de que agoten su vida útil. Dicha reposición se efectuará preferentemente por grupos de equipos completos y áreas de iluminación.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada año:

Limpieza de las lámparas, preferentemente en seco. Limpieza de las luminarias, mediante paño humedecido en agua

jabonosa, secándose posteriormente con paño de gamuza o similar. POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 3 meses:

Verificación de los acumuladores (limpieza de válvulas y reposición de agua tratada).

Cada 3 años:

Revisión de las luminarias y reposición de las lámparas por grupos de equipos completos y áreas de iluminación. IOS

INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS

SEÑALIZACIÓN

USO PRESCRIPCIONES

Si se observara el deterioro de los rótulos y placas de señalización, deberán sustituirse por otros de análogas características.

El papel del usuario deberá limitarse a la limpieza periódica de los rótulos y placas, eliminando la suciedad y residuos de polución, preferentemente en seco, con trapos o esponjas que no rayen la superficie.

Siempre que se revisen los elementos de señalización, deberán repararse los defectos encontrados y, en caso de que sea necesario,

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se repondrán las piezas que lo precisen. Todos los elementos serán de las mismas características que los reemplazados. PROHIBICIONES

No se utilizarán productos abrasivos en su limpieza.

No se colgarán elementos sobre los elementos de señalización ni se impedirá su perfecta visualización. IOX

INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS

EXTINTORES

USO PRECAUCIONES

En caso de utilizar un extintor, se recargará inmediatamente. PRESCRIPCIONES

Ante cualquier modificación en la instalación o en sus condiciones de uso (ampliación de la instalación o cambio de destino del edificio) un técnico competente especialista en la materia deberá realizar un estudio previo.

El usuario deberá consultar y seguir siempre las instrucciones de uso entregadas en la compra de los aparatos y equipos.

En esta revisión anual no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan observado anomalías que lo justifiquen. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la revisión interior del aparato. Como ejemplo de sistema indicativo de que se ha realizado la apertura y revisión interior del extintor, se puede utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo que se coloca en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no puede ser retirada sin que se produzca la destrucción o deterioro de la misma. PROHIBICIONES

No se retirará el elemento de seguridad o precinto del extintor si no es para usarlo acto seguido.

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No se cambiará el emplazamiento de los extintores, puesto que responde a criterios normativos.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada 3 meses:

Comprobación de su accesibilidad, el buen estado de conservación, seguros, precintos, inscripciones y manguera.

Comprobación del estado de carga (peso y presión) del extintor y del botellín de gas impulsor (si existe) y el estado de las partes mecánicas (boquilla, válvulas y manguera), reponiéndolas en caso necesario. POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 3 meses:

Comprobación de la accesibilidad, señalización y buen estado aparente de conservación.

Inspección ocular de seguros, precintos e inscripciones. Comprobación del peso y presión, en su caso. Inspección ocular del estado externo de las partes mecánicas

(boquilla, válvula y manguera).

Cada año:

Comprobación del peso y presión, en su caso. En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión,

comprobación del buen estado del agente extintor y del peso y aspecto externo del botellín.

Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas.

Cada 5 años:

Retimbrado del extintor, a partir de la fecha de timbrado, y por tres veces. ISD

INSTALACIONES SALUBRIDAD DERIVACIONES INDIVIDUALES

USO PRECAUCIONES

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Se evitará verter a la red productos que contengan aceites que engrasen las tuberías, ácidos fuertes, agentes no biodegradables, colorantes permanentes o sustancias tóxicas que puedan dañar u obstruir algún tramo de la red, así como objetos que puedan obstruir las bajantes.

Se mantendrá agua permanentemente en los sumideros, botes sifónicos y sifones individuales para evitar malos olores y se limpiarán los de las terrazas y azoteas. PRESCRIPCIONES

El usuario deberá disponer del plano actualizado y definitivo de la instalación, en el que queden reflejados los distintos sectores de la red, sumideros y puntos de evacuación y señalizados los equipos y componentes principales, mediante un símbolo y/o número específico. La documentación incluirá razón social y domicilio de la empresa instaladora.

Las obras que se realicen en los locales por los que atraviesen las derivaciones individuales, deberán respetar éstas sin que sean dañadas, movidas o puestas en contacto con materiales incompatibles.

En caso de tener que hacer el vertido de residuos muy agresivos, deberá diluirse al máximo con agua para evitar deterioros en la red o cerciorarse de que el material de la misma lo admite.

Cada vez que haya obstrucciones o se produzca una disminución apreciable del caudal de evacuación, se deberá revisar y desatascar los sifones y válvulas.

En caso de apreciarse alguna anomalía por parte del usuario, deberá avisarse a un instalador autorizado para que proceda a reparar los defectos encontrados y adopte las medidas oportunas.

Siempre que se revisen las derivaciones individuales, un instalador acreditado se hará cargo de las reparaciones en caso de aparición de fugas, así como de la modificación de las mismas si fuera necesario, previa consulta con un técnico competente. Se repararán los defectos encontrados y, en caso de que sea necesario, se repondrán las piezas que lo precisen. PROHIBICIONES

No se arrojarán al inodoro objetos que puedan obstruir la instalación.

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En ningún caso se utilizarán las tuberías metálicas como elementos de puesta a tierra de aparatos o instalación eléctrica.

No se modificarán ni ampliarán las condiciones de uso ni el trazado de la instalación existente sin consultar a un técnico competente.

No se utilizará la red de saneamiento como basurero, vertiendo pañales, compresas o bolsas de plástico.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada mes:

Vertido de agua caliente, sola o con sosa cáustica (con suma precaución, pues puede producir salpicaduras) por los desagües de los aparatos sanitarios para desengrasar las paredes de las canalizaciones de la red y conseguir un mejor funcionamiento de la misma.

Cada 6 meses:

Limpieza de los botes sifónicos.

Cada año:

Comprobación de la estanqueidad general de la red y de la ausencia de olores, prestando especial atención a las posibles fugas. RAG

REVESTIMIENTOS

ALICATADOS

CERÁMICOS/GRES

USO PRECAUCIONES

Se prestará especial atención y cuidado al rejuntado de los alicatados utilizados en el revestimiento de cocinas y cuartos de baño, ya que su buen estado garantiza que el agua y la humedad no penetren en el material de agarre, evitando de esta manera el deterioro del revestimiento.

Se evitarán golpes con objetos contundentes que puedan dañar el revestimiento, así como roces y punzonamiento. PRESCRIPCIONES

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Al concluir la obra, la propiedad deberá conservar una reserva de materiales utilizados en el revestimiento, equivalente al 1% del material colocado, en previsión de reformas y corrección de desperfectos.

Deberán eliminarse inmediatamente las manchas que pudiesen penetrar en las piezas por absorción debida a la porosidad de las mismas.

Deberán identificarse y eliminarse las causas de la humedad lo antes posible, ante la aparición de manchas negras o verduscas en el revestimiento.

Para eliminar las manchas negras por existencia de humedad en el recubrimiento, deberá usarse lejía doméstica, comprobando previamente su efecto sobre la baldosa.

La limpieza ordinaria deberá realizarse con bayeta húmeda, agua jabonosa y detergentes no agresivos.

La limpieza en cocinas deberá realizarse frecuentemente con detergentes amoniacados o con bioalcohol.

Para eliminar restos de cemento deberá utilizarse un producto específico o una solución de un vaso de vinagre en un cubo de agua.

Las colas, lacas y pinturas deberán eliminarse con un poco de gasolina o alcohol en baja concentración.

Las reparaciones del revestimiento o de los materiales que lo componen, ya sea por deterioro o por otras causas, deberán realizarse con los mismos materiales utilizados originalmente.

Cuando se aprecie alguna anomalía no imputable al uso, se estudiará por un técnico competente, que dictaminará su importancia y, en su caso, las reparaciones que deban efectuarse.

En caso de desprendimiento de piezas, deberá comprobarse el estado del soporte de mortero. PROHIBICIONES

No se admitirá la sujeción de elementos pesados sobre el alicatado, que pueden dañar las piezas o provocar la entrada de agua. Se recibirán al soporte resistente o elemento estructural apropiado.

No se limpiarán con productos químicos que afecten a las características del material o mediante espátulas o estropajos

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abrasivos que deterioren o rayen la superficie o provoquen su decoloración.

No se utilizarán ácidos de ningún tipo ni productos abrasivos que puedan manchar o rayar la superficie pulida del material.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada año:

Sellado de las juntas sometidas a humedad constante (entrega de bañeras o fregaderos) con silicona que garantice la impermeabilización de las juntas.

Inspección de los alicatados para detectar en las piezas cerámicas anomalías o desperfectos, como roturas, pérdida de plaquetas o manchas diversas. POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 2 años:

Comprobación de la ausencia de procesos patológicos tales como erosión mecánica, erosión química, grietas y fisuras, desprendimientos, humedades capilares y humedades accidentales.

Cada 3 años:

Inspección del estado de las juntas entre piezas y de las juntas de dilatación, comprobando su estanqueidad al agua y reponiendo, cuando sea necesario, los correspondientes sellados.

Cada 5 años:

Revisión de los distintos revestimientos, con reposición cuando sea necesario.

Comprobación del estado de los cubrejuntas, rodapiés y cantoneras con material de relleno y sellado. RIP

REVESTIMIENTOS PINTURAS EN PARAMENTOS INTERIORES

PLÁSTICAS

USO PRECAUCIONES

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Se evitará el vertido sobre el revestimiento de productos químicos, disolventes o aguas procedentes de las jardineras o de la limpieza de otros elementos, así como la humedad que pudiera afectar a las propiedades de la pintura.

Se evitarán golpes y rozaduras. PRESCRIPCIONES

Si se observara la aparición de humedades sobre la superficie, se determinará lo antes posible el origen de dicha humedad, ya que su presencia produce un deterioro del revestimiento.

Si con anterioridad a los periodos de reposición marcados se apreciasen anomalías o desperfectos en el revestimiento, deberá efectuarse su reparación según los criterios de reposición. PROHIBICIONES

No se permitirá rozar, rayar ni golpear los paramentos pintados, teniendo precaución con el uso de puertas, sillas y demás mobiliario.

No se permitirá la limpieza o contacto del revestimiento con productos químicos o cáusticos capaces de alterar las condiciones del mismo.

No se permitirá la colocación de elementos, como tacos o escarpias, que deterioren la pintura, por su difícil reposición.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada año:

Limpieza con esponjas o trapos humedecidos con agua jabonosa.

Cada 5 años:

Revisión del estado de conservación de los revestimientos sobre hormigón, mortero de cemento, yeso o escayola. POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada 5 años:

Reposición, rascando el revestimiento con cepillos de púas, rasquetas o lijadores mecánicos hasta su total eliminación.

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RSG

REVESTIMIENTOS

SUELOS Y PAVIMENTOS

CERÁMICOS/GRES

USO PRECAUCIONES

Se evitarán los productos abrasivos y objetos punzantes que puedan rayar, romper o deteriorar el pavimento.

Se evitará la caída de objetos punzantes o de peso que puedan dañar o incluso romper el pavimento.

Se evitarán las rayaduras producidas por el giro de las puertas o el movimiento del mobiliario que carezca de protección en los apoyos.

Se evitará la permanencia en el suelo de los agentes agresivos admisibles y la caída de los no admisibles.

Se podrá realizar un tratamiento de impermeabilización superficial para evitar la retención de manchas y/o aparición de eflorescencias procedentes del mortero de cemento sobre algunos productos porosos no esmaltados (baldosas de barro cocido y baldosín catalán). PRESCRIPCIONES

El tipo de uso deberá ser el adecuado al material colocado (grado de dureza), para que no sufra pérdida de color ni deterioro de la textura exterior.

Al concluir la obra, la propiedad deberá conservar una reserva de materiales utilizados en el revestimiento, equivalente al 1% del material colocado, en previsión de reformas y corrección de desperfectos.

Deberán eliminarse inmediatamente las manchas que pudiesen penetrar en las piezas por absorción debida a la porosidad de las mismas.

Ante la aparición de manchas negras o verduscas en el revestimiento, deberán identificarse y eliminarse las causas de la humedad lo antes posible.

Deberá utilizarse un producto específico o una solución de un vaso de vinagre en un cubo de agua para eliminar restos de cemento.

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Deberá utilizarse gasolina o alcohol en baja concentración para eliminar las colas, lacas y pinturas.

Deberá utilizarse quitamanchas o lejía para eliminar la tinta o rotulador.

Deberá repararse el revestimiento con los mismos materiales utilizados originalmente y en la forma indicada para su colocación por personal especializado.

Deberán estudiarse por un técnico competente las anomalías no imputables al uso, quien dictaminará su importancia y, en su caso, las reparaciones que deban efectuarse.

Deberá comprobarse el estado del soporte de mortero, en caso de desprendimiento de piezas.

Deberán limpiarse periódicamente mediante lavado con agua jabonosa y detergentes no abrasivos.

Para eliminar las manchas negras por existencia de humedad en el recubrimiento, deberá usarse lejía doméstica, comprobando previamente su efecto sobre la baldosa.

La limpieza en cocinas debe realizarse con detergentes amoniacados o con bioalcohol. PROHIBICIONES

No se admitirá el encharcamiento de agua que, por filtración, puede afectar al forjado y a las armaduras del mismo o manifestarse en el techo de la vivienda inferior y afectar a los acabados e instalaciones.

No se superarán las cargas máximas previstas.

No se utilizarán espátulas metálicas ni estropajos abrasivos en su limpieza. No es aconsejable usar productos químicos muy concentrados.

No se utilizarán productos químicos sin consultar en la tabla de características técnicas de la baldosa, la resistencia al ataque de estos productos.

MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

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Cada 2 años:

Sellado de las juntas sometidas a humedad constante (entrega de aparatos sanitarios) con silicona que garantice la impermeabilización de las juntas.

Cada 3 años:

Revisión de los distintos revestimientos, con reposición cuando sea necesario.

Cada 5 años:

Comprobación del estado y relleno de juntas, cubrejuntas, rodapiés y cantoneras que requieran material de relleno y sellado. POR EL PROFESIONAL CUALIFICADO

Cada año:

Inspección del estado de las juntas entre piezas y de las juntas de dilatación, comprobando su estanqueidad al agua y reponiendo, cuando sea necesario, los correspondientes sellados.

Cada 2 años:

Comprobación de la ausencia de procesos patológicos tales como erosión mecánica, erosión química, grietas y fisuras, desprendimientos, humedades capilares y humedades accidentales.

Cada 5 años:

Inspección general del pavimento, procediéndose a las reparaciones necesarias bajo dirección de técnico competente. RTB

REVESTIMIENTOS FALSOS TECHOS

REGISTRABLES, DE PLACAS DE ESCAYOLA

USO PRECAUCIONES

Se evitará someter a los techos con revestimiento de placas de escayola a una humedad relativa habitual superior al 70% o al salpicado frecuente de agua.

Se evitarán golpes y rozaduras con elementos pesados o rígidos. PRESCRIPCIONES

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Si se observara alguna anomalía en las placas o perfiles de sujeción, será estudiada por un técnico competente, que determinará su importancia y dictaminará si son o no reflejo de fallos de la estructura resistente o de las instalaciones del edificio.

En caso de revestirse la placa con pintura, ésta deberá ser compatible con las características de las placas.

Las reparaciones del revestimiento deberán realizarse con materiales análogos a los utilizados en el revestimiento original. PROHIBICIONES

No se colgarán elementos pesados de las placas ni de los perfiles de sujeción al techo sino en el soporte resistente. MANTENIMIENTO POR EL USUARIO

Cada año:

Revisión del estado de conservación para detectar anomalías o desperfectos como agrietamientos, deterioro de los perfiles de sujeción y estado de las juntas perimetrales de dilatación.

Limpieza en seco de las placas de escayola.