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PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES LICITACION PUBLICA 001-2008 CODIGO: GJU-FR- 011 REV.1 LICITACIÓN PUBLICA No. 001-2008 La Industria Licorera de Caldas pone en consideración de los interesados por el término de diez (10) ) días calendario, a partir del 25 de enero de 2008 y hasta el 3 de febrero de 2008 el proyecto de Pliegos de Condiciones cuyo objeto es la selección del contratista que adelantará las obras civiles de construcción y montaje de las estructuras metálica, de madera y la cubierta para el Nuevo Restaurante con el propósito de que se formulen observaciones a su contenido dentro del término de publicación, las cuales deben realizarse a través de nuestro e mail: [email protected] o mediante escrito dirigido a la Subgerencia General Administrativa y/o a la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas. El día 4 e febrero de 2008se pretende tener resueltas las observaciones presentadas, con el fin de tener confeccionado en esta misma fecha los Pliego de Condiciones Definitivos. Se tiene previsto un cronograma inicial, el cual podrá ser variado de acuerdo con las necesidades de la Industria Licorera de Caldas.

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PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES LICITACION PUBLICA

001-2008

CODIGO: GJU-FR-011 REV.1

LICITACIÓN PUBLICA No. 001-2008

La Industria Licorera de Caldas pone en consideración de los interesados por el término de diez (10) ) días calendario, a partir del 25 de enero de 2008 y hasta el 3 de febrero de 2008 el proyecto de Pliegos de Condiciones cuyo objeto es la selección del contratista que adelantará las obras civiles de construcción y montaje de las estructuras metálica, de madera y la cubierta para el Nuevo Restaurante con el propósito de que se formulen observaciones a su contenido dentro del término de publicación, las cuales deben realizarse a través de nuestro e mail: [email protected] o mediante escrito dirigido a la Subgerencia General Administrativa y/o a la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas. El día 4 e febrero de 2008se pretende tener resueltas las observaciones presentadas, con el fin de tener confeccionado en esta misma fecha los Pliego de Condiciones Definitivos. Se tiene previsto un cronograma inicial, el cual podrá ser variado de acuerdo con las necesidades de la Industria Licorera de Caldas.

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CAPÍTULO I

I. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LICITACIÓN PUBLICA 1.1. INFORME DE LA LICITACION PUBLICA A LA CÁMARA DE COMERCIO Por oficios SGA 037 y SGA 038 del 9 de enero de 2008, suscritos por el Subgerente General Administrativo fue informada la apertura de la Licitación 001-2008 a la Cámara de Comercio y a Confecámaras . 1.2. PUBLICACIÓN DE PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES Desde el día 25 de enero y hasta el día 3 de febrero de 2008 será publicado el presente proyecto de términos de referencia, plazo durante el cual podrán ser consultados en la siguiente dirección de página web: www.ilc.com.co 1.3. OBSERVACIONES AL PRESENTE PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES Cualquier ciudadano o veeduria podrá presentar observaciones al presente proyecto de pliegos de condiciones, desde el día 25 de enero hasta el 3 de febrero de 2008, dirigiéndose al siguiente e-mail: [email protected]. 1.4. TRÁMITE DE LAS OBSERVACIONES La Industria Licorera de Caldas espera tener resueltas las objeciones el día 4 de febrero de 2008. 1.5. ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN La apertura de la presente Licitación Pública será ordenada mediante resolución proferida por el Gerente General de la Industria Licorera de Caldas, o su delegado, una vez se encuentren elaborados los Pliegos de Condiciones definitivos 1.6. PUBLICACIÓN DE INVITACIÓN PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Para dar cumplimiento al numeral 3 del artículo 30 de la ley 80 de 1993 se publicarán sendos avisos invitándose a la presentación de ofertas. 1.7. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PUBLICA La presente Licitación se sujeta a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes, así como al contenido de los presentes Pliegos de Condiciones . 1.8. PRESUPUESTO OFICIAL La Industria Licorera de Caldas estima como presupuesto oficial aproximado la suma de Doscientos Ochenta y Siete Millones de Pesos ($287.000.000) con IVA incluido. 1.9. PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS Podrán ser consultados en la página web de la Industria Licorera de Caldas, www.ilc.com.co desde el día de febrero del 2008, a las 8:00 horas hasta la suscripción del contrato. Los interesados en presentar ofertas deberán inscribirse en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas desde el día de febrero de 2008 De acuerdo a lo señalado en el artículo de la Ley 1150 de 2007, la inscripción no tiene ningún valor.

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1.10. VISITA A LAS INSTALACIONES DE LA INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS: Previamente a la presentación de las ofertas, los interesados en obtener información sobre aspectos generales relacionados con la presente Licitación deberán efectuar visita a las instalaciones de la Industria Licorera de Caldas. Está visita es de carácter obligatorio y se efectuará el día febrero de 2008 a las en las instalaciones de la INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS.

La coordinación será realizada por el Jefe de Oficina de Bienes y Servicios, o por algún servidor asignado por el Subgerente General Administrativo. El sitio de encuentro es el primer piso del edificio administrativo de la Industria Licorera de Caldas. Se expedirá la constancia de asistencia por el servidor que realice la coordinación. 1.11. ACLARACIÓN Y MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Los interesados que se hayan inscrito para participar en la presente Licitación, podrán formular consultas con respecto al contenido de los Pliegos de Condiciones hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de cierre o fecha límite para presentación de ofertas. Estas consultas se formularán por correo electrónico a la siguiente dirección: ilcjuridica @licoreradecaldas.com.co o a través del fax Nro. 8782219 y 8782232. Las aclaraciones o modificaciones que haga la Industria Licorera de Caldas serán realizadas mediante addendas y escritos aclaratorios dirigidos a los interesados, los cuales serán publicados en la página web y remitidas a cada uno de los interesados que se hubieren inscrito.

1.12. CIERRE DE LA LICITACIÓN Las propuestas deberán entregarse en original y copia en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, edificio administrativo, segundo piso, hasta el día del mes de de febrero de 2008 a las 14:00 horas Para la hora oficial se tendrá en cuenta la hora legal colombiana. Ninguna propuesta que llegue por fuera de la fecha y hora señalada será recibida. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, ni por fax, ni se admitirán documentos remitidos por esta vía, ni serán recibidas las propuestas entregadas en lugar diferente al expresamente señalado. La Industria Licorera de Caldas dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas en que se presenten las propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre de éste haya efectuado materialmente el acto de presentación. Para efectos de las inhabilidades de los ordinales g) y h) del Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en caso de entrega simultánea de propuestas, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya retirado los términos de referencia. Se levantará acta en la que se relacionen las propuestas presentadas con los datos generales respectivos.

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CAPÍTULO II 2.1. OBJETO. Construcción y Montaje de la Estructuras metálicas y de Madera y la cubierta del Nuevo Restaurante, con base en las especificaciones técnicas definidas en los presentes Pliegos de Condiciones

2.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

CÓDIGO CUBS SERVICIO

3.3.7. Construcción y Montaje de las Estructuras Metálicas y de Madera del Nuevo Restaurante

2.2.1. CUBIERTAS Y CIELOS

2.2.1.1. VIGUETAS DE CHANUL PARA CUBIERTA (Un: ML) Definición y procedimientos: Se refiere a unas viguetas de chanul instaladas bajo las correas de cubierta metálicas que se encuentran entre las cerchas metálicas del techo del comedor, se instalan para que la estructura metálica no se vea. Medida y pago: Se pagará por metro lineal (Ml) de vigueta de chanul instalada según los planos de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye el suministro de la vigueta, los elementos de fijación a la estructura metálica, andamios, pintura, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.1.2. CIELORASO EN GYPLAC IGUAL PEND. CUBIERTA, CIELORRASO BAÑOS (Un: M2) Definición y procedimientos: Para el armado de cielos rasos en gyplac se utilizaran placas de 12.7 mm de espesor que se atornillan a la estructura. Las especificaciones técnicas se deberán consultar al Departamento de Asistencia Técnica del fabricante para cielo rasos. La pintura del cielo raso deberá ser tipo Koraza blanco o similar. Medida y pago: Se pagará por metro cuadrado (M2) de cielorraso en gyplac instalado según los planos de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye el suministro de los perfiles omega, rieles perimetrales, tensores de alambre, placa de gyplac, tornillos autoperforantes, pintura, etc, andamios, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.1.3. PERGOLA TERRAZA COMEDOR Y TENSOR DE CABLE (Un: KG) Definición y procedimientos: Se refiere a una pergola instalada en la terraza del comedor, comprende una estructura en tubería PTS 90X90X2.5 mm cada 50 cm y un tensor de cable de diámetro ½” cada 2.5 mt de acuerdo a los planos estructurales y arquitectonicos. Medida y pago:

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Se pagará por kilogramo (KG) de pergola y tensor instalados como lo indican los planos de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye la pergola, el tensor de cable, los elementos de fijación a la estructura metálica, pintura, andamios, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.1.4. CUBIERTA EN TEJA DE POLICARBONATO TRAPEZOIDAL TRASLUCIDO (Un: M2) Definición y procedimientos: Es la cubierta que se debe instalar en la pergola, la teja debe ser de policarbonato trapezoidal traslucido, la dimension de esta es de 7.20 mt de longitud, la que se cortará a la mitad y el sobrante se considerará alero. Medida y pago: Se pagará por metro cuadrado (M2) de teja de policarbonato trapezoidal traslucido instalada según los planos de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye la teja, los elementos de fijación, andamios, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.1.5. CUBIERTA EN F. C. PINTADA DE NEGRO (Un: M2) Definición y procedimientos: Las cubiertas de la cocina y del comedor serán en teja de fibrocemento, cinco canales, pintada de color negro de acuerdo a las recomendaciones del fabricante. Esta se instalará en los sitios indicados en los planos arquitectónicos. Medida y pago: Se pagará por metro cuadrado (M2) de teja en fibrocemento de cinco canales pintada de color negro, instalada según los planos de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye la teja pintada, los elementos de fijación, andamios, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.1.6 CERCHAS EN MADERA TIPO A (Un: UN) Definición y procedimientos: Se instalarán cerchas de madera en el comedor de acuerdo a los planos arquitectónicos, el diseño de dicha cercha se encuentra en el plano estructural donde se especifica que debe ser madera tipo A Medida y pago: Se pagará por unidad (Un) de cercha en madera tipo A de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye la cercha, su acabado final, los elementos de fijación, andamios, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.2. ESTRUCTURAS MÉTALICAS 2.2.2.1. ESTRUCTURA METALICA PERFILES IPE Y HEA (Un: KG) Definición y procedimientos: El acero a utilizar en la estructura metálica es A – 36, la soldadura es AWS E- 7018. Todos los operarios y procedimientos deberán ser calificados según norma AWS D.1.1. El contratista deberá elaborar los planos de taller con los detalles de conexiones para la aprobación de la Interventoría. Esta estructura se construirá de acuerdo a los planos estructurales.

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Medida y pago: Se pagará por kilogramo (Kg) de estructura metálica en perfiles IPE y HEA. El valor incluye perfiles metálicos IPE y HEA, ensayos de resistencia de los materiales, acero de refuerzo, formaletas necesarias, andamios, herramienta menor y mano de obra producto de la instalación de la estructura, transporte horizontal y vertical dentro de la obra, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.2.2. ESTRUCTURA METALICA PERFIL PHR (Un: KG) Definición y procedimientos: El acero a utilizar en la estructura metálica es A – 36, la soldadura es AWS E- 7018. Todos los operarios y procedimientos deberán ser calificados según norma AWS D.1.1. El contratista deberá elaborar los planos de taller con los detalles de conexiones para la aprobación de la Interventoría. Esta estructura se construirá de acuerdo a los planos estructurales. Medida y pago: Se pagará por kilogramo (Kg) de estructura metálica en perfiles PHR. El valor incluye perfiles metalicos PHR, ensayos de resistencia de los materiales, acero de refuerzo, formaletas necesarias, andamios, herramienta menor y mano de obra producto de la instalación de la estructura, transporte horizontal y vertical dentro de la obra, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.2.3. LOSA DE CONCRETO SOBRE METALDECK (Un: M2) Definición o procedimiento Se construirá en el sitio donde lo indican los planos estructurales, de acuerdo al detalle estructural consignado en este. El concreto a utilizar será de 21 Mpa. Medida y pago: Se pagará por metro cuadrado (M2) de losa de concreto sobre metaldeck. El valor incluye concreto premezclado de 21 Mpa, vibrador de concreto, ensayos de resistencia a compresión del concreto vaciado, metaldeck, acero de refuerzo, formaleta para placa maciza, andamios, desmoldante, curador de concreto, herramienta menor y mano de obra producto de la instalación del concreto para el vaciado de las placas y del transporte horizontal y vertical dentro de la obra, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.2.2.4 PLATINAS Y PERNOS DE ANCLAJE (Un: juego) Definición y procedimientos: Se refiere al suministro de los juegos de platinas necesarios para el anclaje de las columnas del restaurante al contratista encargado de la construcción y losa en concreto para el montaje de la estructura metálica de acuerdo a lo estipulado en los planos estructurales. El acero a utilizar en la estructura metálica es A – 36, la soldadura es AWS E- 7018. Todos los operarios y procedimientos deberán ser calificados según norma AWS D.1.1. El contratista deberá elaborar los planos de taller con los detalles de conexiones para la aprobación de la Interventoría Medida y pago: Se pagará por juego (juego) de platina y pernos de anclaje para la instalación posterior de las columnas de la estructura según los planos, al precio unitario establecido en el contrato. El valor incluye el suministro de las platinas y pernos de anclaje, personal, con sus prestaciones sociales y demás costos laborales y todos los costos directos e indirectos necesarios para la posible ejecución de esta. 2.3. PRESUPUESTO OFICIAL APROXIMADO: La Industria Licorera de Caldas estima como presupuesto oficial aproximado la suma de Doscientos Ochenta y Siete Millones de Pesos ($ 287.000.000) incluido el IVA

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EL PRESUPUESTO OFICIAL INCLUYE:

- Costos relacionados con el (los) elementos a comprar o el servicio a prestar tales como:

COSTO APLICA/ NO APLICA

Costos de Personal APLICA

Herramientas, Equipos y Materiales APLICA

Fletes APLICA

Costos de desplazamiento, Alojamiento y manutención de Personal APLICA

Administración, Imprevistos y Utilidad (AIU) APLICA

Costos de Importación y de nacionalización NO APLICA

IVA Y AIU APLICA

Retención en la fuente APLICA

Otros Costos, Cuáles?

2.3.1. Costos legales: El oferente que resulte favorecido con la adjudicación del contrato debe tener en cuenta en el presente valor las obligaciones legales impositivas a su cargo que implique la legalización del contrato, tales como: Estampilla prouniversidad y prodesarrollo (2.5%), pólizas, impuestos aplicables (timbre, etc) y gastos de publicación en los casos que se requiera.

2.3.2. El oferente deberá tener en cuenta las características exigidas en las Especificaciones Técnicas descritas en los presentes términos de referencia.

2.3.3 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA FIJACION DEL VALOR DE LA PROPUESTA: Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que EL PROPONENTE debe tener en cuenta para establecer y señalar el valor de la propuesta: 2.3.3.1 Costos de Personal: EL CONTRATISTA deberá asumir los costos correspondientes al personal que requiera contratar durante la ejecución del contrato. EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación y desvinculación del personal, todo lo cual deberá realizar en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que LA LICORERA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de salarios , prestaciones e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución del objeto del contrato. 2.3.3.2 Equipos y Herramientas: Todos los equipos y materiales indispensables para la correcta y óptima ejecución del objeto contratado deberán ser suministrados por EL CONTRATISTA , quien asumirá los costos correspondientes. El transporte, manejo y vigilancia de los equipos , herramientas y materiales suministrados por EL CONTRATISTA son de cargo de éste, quien asume todos los riesgos por pérdida, daño , deterioro etc, de los mismos. La reparación y mantenimiento de los equipos y herramientas aportados por EL CONTRATISTA son por cuenta exclusiva del mismo. 2.3.3.3 Impuestos: EL PROPONENTE deberá tener en cuenta que todos los impuestos que se causen por cuenta y razón de la celebración y ejecución del contrato, son de cargo exclusivo del CONSTRUCTOR. Las exenciones y tratamientos preferenciales de impuestos que la ley

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establezca, deben ser considerados en la propuesta de manera que se reflejen en el valor de la misma. LA LICORERA solo pagará el valor del contrato y por lo tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos así estos fueren establecidos con posterioridad a la presentación de la propuesta y celebración del contrato. Los pagos que efectúe LA LICORERA a favor del CONTRUCTOR quedarán sujetos a las retenciones que en materia de impuestos establezca la ley. 2.3.3.4 Garantías: EL PROPONENTE deberá tener en cuenta que son a cargo del CONTRATISTA , los costos de garantías y seguros que se indican en el numeral 13 de los presentes pliegos de condiciones para amparar los riesgos derivados de la misma. La propuesta que supere este presupuesto oficial será eliminada. 2.4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN. 2.4.1. REQUISITOS LEGALES DE PARTICIPACIÓN.

2.4.1.1. REGISTRO MERCANTIL, EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL:

- Las personas naturales deberán ser ingenieros civiles lo cual deberá acreditar con tarjeta profesional o acta de grado, quienes deberán contar con un establecimiento dedicado a la construcción de estructuras metálicas con un área no inferior a 200 m2.

- Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que estén debidamente inscritas en la Cámara de Comercio de Colombia o su equivalente en el exterior de conformidad con la ley respectiva, cuya actividad mercantil u objeto comercial se refiera a construcción y montaje de estructuras metálicas.

- Los proponentes deberán acreditar su inscripción en el registro mercantil, o su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la autoridad competente de su domicilio principal, con una antigüedad no superior a sesenta días con respecto a la fecha de presentación de la propuesta; Se tendrá en cuenta que la duración de la sociedad para efectos de la contratación, debe ser al menos igual al plazo de ejecución del contrato y un año más.

- Si del certificado de existencia y representación legal se desprende que el representante legal de la persona jurídica no tiene facultades suficientes para presentar la propuesta o para contratar, se deberá anexar a la propuesta copia del acta correspondiente en la conste la decisión del órgano social competente, que autorice la presentación de la misma y la celebración del contrato.

2.4.1.2. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:

- No podrán participar en la presente contratación directa las personas que se encuentren incursas en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución Política, en el artículo 8 de la ley 80 de 1993 o en alguno de los eventos de prohibiciones especiales para poder contratar.

- El proponente presentará una manifestación escrita donde conste que el representante legal y la persona jurídica que representa no se haya incurso en ninguna causal de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado

- Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviniere durante el trámite del proceso de selección, se entiende que el proponente afectado renuncia a la participación en dicho proceso y a los derechos surgidos o que puedan surgir del mismo.

2.4.1.3. REGISTRO DE PRECIOS DE REFERENCIA SICE (LEY 598 DE 2000, DECRETO REGLAMENTARIO 3512 DE 2003) No aplica

2.4.1.4. PAGOS DE APORTES PARAFISCALES:

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Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con sucursal legalmente constituida en el país, deberán presentar con su oferta el certificado o constancia de pago de los aportes parafiscales (Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Aporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Aporte al Servicio Nacional de Aprendizaje Sena), cuando a ello hubiere lugar, y de las cotizaciones al Régimen de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales.

La certificación o constancia de pagos de aportes a los mencionados sistemas, cuando se trate de personas jurídicas deberá ser expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley o en su defecto, por el Representante Legal.

Todo esto en cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002, que prescribe que el proponente deberá encontrarse a paz y salvo por concepto de parafiscales de sus empleados en Colombia a la fecha de iniciación del plazo para la presentación de propuestas.

2.4.1.5. EMBARGOS- CONCORDATOS:

Los proponentes no podrán tener embargos judiciales , ni haber incurrido en cesación de pagos concurso de acreedores o concordatos. En caso de personas jurídicas tal circunstancia se verificará del contenido de su certificado de existencia y representación. En el caso de personas naturales el proponente deberá dejar constancia expresa de no tener embargos, ni de haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores, ni concordatos.

2.4.1.6. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:

El proponente deberá adjuntar a la propuesta una garantía de seriedad de la misma expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, por un valor mínimo equivalente al 10% del valor de la propuesta, vigente mínimo por el término de 60 días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo previsto para su presentación.

2.4.1.7. REGISTRO DE PROPONENTES:

Los oferentes nacionales, sean personas naturales o jurídicas, las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia y las sucursales en Colombia de personas jurídicas extranjeras deberán presentar certificado de inscripción en el registro único de proponentes de la Cámara de Comercio en actividad 01 Constructor Especialidad 04 Edificaciones y obras de urbanismo Grupos 02 y 08 y contar con una capacidad de contratación como constructor mínimo de 622 SMMLV. • En caso de tener contratos en ejecución su capacidad de contratación residual (kr) debe ser

igual o superior de 622 SMMLV.

• Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar certificado de inscripción en el registro de proponentes en su país de origen, en el cual se debe especificar la calidad de Constructor y en el que debe constar la capacidad de contratación del oferente, equivalente por lo menos a 622 SMLMV.

• Si el oferente tiene contratos en ejecución debe acreditar una capacidad residual o

disponible no inferior a 622 SMLMV resultante de restar el valor de los contratos vigentes de la capacidad de contratación que sea certificada.

- En defecto de este documento de inscripción en el Registro de Proponentes en el País de origen, el oferente debe anexar certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio en Colombia en actividad 01 Constructor Especialidad 04 Edificaciones y obras de urbanismo Grupos 02 y 08. la Especialidad y grupo , y contar con una capacidad de contratación como contructor mínimo de 622 SMMLV.

• En caso de tener contratos en ejecución su capacidad de contratación residual (Kr) debe ser

igual o superior de 622 SMMLV.

2.4.1.8. RELACIÓN DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN:

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El oferente deberá presentar la relación de los contratos en ejecución con toda clase de entidades, sean estatales o privadas, expresando su valor total en pesos, con el fin de poder calcular la capacidad residual de contratación que tiene el oferente. Teniendo en cuenta la relación de contratos en ejecución, se verificará que el oferente tenga la capacidad de contratación residual exigida, en la siguiente forma: El valor total de los contratos relacionados se restará de la capacidad de contratación máxima como constructor que conste en el certificado de inscripción en el Registro de Proponentes. Si el oferente no posee contratos en ejecución deberá adjuntar a la propuesta documento escrito en el que declare expresamente que no posee contratos en ejecución. En caso de presentarse certificados de inscripción en el Registro de Proponentes en el País de origen por parte del oferente extranjero, el valor de los contratos que se relacionen deberá ser en dólares y en caso de presentarse certificados de inscripción en el Registro de Proponentes en Cámara de Comercio de Colombia, el valor de los contratos que se relacionen deberá ser en moneda colombiana.

2.1.4.9. PARA EXTRANJERAS:

- La persona jurídica extranjera aunque tenga establecida sucursal en Colombia deberá acreditar además de la existencia y representación de la sucursal en Colombia, la existencia y representación de la principal expedida en el país de origen. - Las personas extranjeras que no tengan domicilio en el país deben acreditar su existencia y representación con certificado expedido por la entidad competente en su país de origen. - Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia , deberán constituir apoderado debidamente facultado para presentar la propuesta, firmar el contrato y las adiciones que sean necesarias, al igual para que lo represente judicial y extrajudicialmente. - Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deban constituir apoderado deberán protocolizar en la Notaría del respectivo circulo del domicilio del apoderado, prueba idónea de la existencia y representación de la persona que designa el apoderado y del correspondiente poder; un extracto de los documentos protocolizados se inscribirá en la Cámara de Comercio del lugar, si se tratare de una sociedad, y en los demás casos en el Ministerio de Justicia (Art 48 CPC). - El oferente extranjero que presente documentos públicos otorgados en el exterior en uno de los Estados que hagan parte de la convención suscrita en la Haya el 5 de Octubre de 1961 la cual entró en vigor en Colombia a partir del 30 de enero de 2001, deberán apostillarse en el país en el cual fue expedido. Se citan como ejemplo de Estados que adhirieron a esta Convención los siguientes: Alemania, Argentina, Austria, Australia, Bélgica, China, Colombia, España, Estados Unidos de América, Francia, Grecia, Italia, Japón, México, Noruega, Panamá; Portugal, Reino Unido, Suecia, Turquía, Venezuela, etc. - En caso de presentación de documentos otorgados en el exterior en uno de los Estados que no hagan parte de la Convención de La Haya, el oferente deberá proceder a autenticarlos en el país de origen y la firma del funcionario que realice esta diligencia, será autenticada por el Cónsul Colombiano, o a falta de este, por el de una Nación amiga sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el Régimen de Poderes; la firma del Agente Consular de la República se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y si se trata de Agente Consular de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo. Igualmente, los documentos extendidos en idioma distinto al castellano deben tener su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por un intérprete o traductor oficial debidamente autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Artículo 480 del Código de Comercio y 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil). -En el caso de los documentos extendidos en idioma distinto al castellano en país que pertenezca a la Convención, deberá anexar la traducción efectuada por intérprete oficial y la correspondiente apostilla.

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- En caso de consorcios u uniones temporales integrado totalmente por oferentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, cada uno de los integrantes extranjeros deberá constituir apoderado en Colombia. 2.4.1.10. PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES: Se admite presentación de propuestas conjuntas en Consorcios o Uniones Temporales. Los integrantes de la propuesta conjunta presentarán documento de conformación indicando si su participación es a título de consorcio o unión temporal, el cual debe contener sus integrantes , la persona que va a representar el consorcio o la unión y las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, indicando expresamente sus facultades. Una vez constituido el Consorcio o la Unión Temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el mismo, ni modificar sus integrantes o su participación en aquel, salvo en el evento que LA LICORERA lo autorice previamente y por escrito en los casos que legalmente este permitido. En el caso de las uniones temporales señalarán las condiciones, términos y extensión de la participación de cada integrante en la propuesta y en su ejecución. Los consorcios o uniones temporales podrán estar conformados hasta por dos (2) personas cada uno de sus integrantes debe acreditar por lo menos el 50% de la experiencia. En ningún caso se aceptará un porcentaje menor al requerido, aunque el otro integrante del consorcio o de la unión temporal acredite mas del porcentaje que se le requirió. Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal debe acreditar:

SI NO

La Inscripción en el registro mercantil x La existencia y representación x La experiencia en el porcentaje solicitado x El pago de aportes parafiscales x No tener embargos judiciales x No haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores y concordatos

x

El apoderado en Colombia si el proponente es extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia

x

OTROS: SI ( ) NO ( ). Cuales 2.4.2 REQUISITOS TECNICOS DE PARTICIPACION: 2.4.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: La experiencia mínima requerida para participar en este proceso de selección corresponde a un mínimo de dos (2) contratos celebrados con clientes con objeto similar a los del presente proceso, ejecutados por el proponente dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas, y cuya cuantía acumulada de ambos sea igual o superior al 100% del valor de la propuesta. La ejecución de contratos por parte del proponente, se deberá acreditar aportando los documentos soportes idóneos para proceder a su verificación. Serán aceptadas certificaciones expedidas por el cliente contratantes (En plantilla , ver Anexo No 2), y/o copias de los contratos, u órdenes de compras, y/o facturas de venta suscritas con dichas entidades, caso en el cual, las copias de los contratos, u órdenes de compra o facturas de venta deberán estar acompañadas de las certificaciones de ejecución del contrato, firmadas por el representante legal o funcionario competente, en donde conste el valor, el cumplimiento del contrato y las actividades desempeñadas por el oferente . Solo se tendrán en cuenta las certificaciones en que se incluya la calificación del cumplimiento

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como buena o excelente. No se aceptará como experiencia la de residentes o interventores. El proponente debe tener inscripción vigente en el registro único de proponentes en actividad 01 Constructor Especialidad 04 Edificaciones y obras de urbanismo Grupos 02 y 08. 2.4.2.2. EQUIPO MÍNIMO DE TRABAJO: El equipo mínimo de trabajo requerido para le ejecución del contrato es el siguiente: Cinco (5) soldadores de mas de 300 amperios. 2.4.2.3. LOCAL COMERCIAL. El proponente deberá certificar disponibilidad de un establecimiento comercial debidamente registrado dedicado a la construcción de estructuras metálicas con un área superior a 200 m2. 2. 5. INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA FORMULACIÓN DE LA OFERTA:

2.5.1. OFERENTES Y PREPARACIÓN DE LA OFERTA La propuesta debe formularse directamente por el oferente si es persona natural, o por el representante legal de la persona jurídica o por una persona debidamente autorizada para tal efecto. Si el representante legal necesita autorización de la Junta Directiva, acompañará dicho documento con fijación de las cuantías, tanto para presentar la oferta como para celebrar el contrato. La oferta debe incluir toda la información solicitada en los términos de referencia. Cualquier otra información que el oferente quiera presentar, se adjuntará mediante anexos a la correspondiente oferta. 2.5.2 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Cada oferta debe ser entregada así: 2.5.2.1 Un sobre marcado ORIGINAL que contenga el original completo de la oferta y los anexos en ella relacionados. Este sobre será abierto en la fecha límite de presentación de la oferta a la hora fijada. 2.5.2.2 Un sobre marcado COPIA que contenga copia de toda la información y documentos suministrados en el original de la propuesta y sus anexos. Si se encuentra alguna discrepancia entre el original de la oferta y la copia, prevalecerá el texto original. 2.5.2.3 Cada sobre debe estar sellado y rotulado de la siguiente manera: - Oferta para Construcción y Montaje de las Estructuras Metálicas y de Madera y la Cubierta

del Nuevo Restaurante. - Licitación Pública 001-2008 - Nombre del oferente - Identificación del contenido del sobre, según lo antes indicado (original, copia).

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2.5.2.4 La oferta, tanto su original como las copias deberán presentarse totalmente foliadas, encuadernada y traer índice de paginado que corresponda a la numeración foliar. 2.5.2.5 La oferta debe indicar el nombre completo y el domicilio comercial del oferente y debe ser refrendada por éste con su firma, o la del representante legal. 2.6. CONTENIDO DE LAS OFERTAS. La oferta debe ser elaborada teniendo en cuenta las condiciones exigidas en estos términos de referencia, adjuntando la información y documentos solicitados:

2.6.1.Carta de presentación.

Carta de presentación de la oferta, de acuerdo con el modelo adjunto, ver Anexo No. 1 firmada por el representante legal, o por el representante del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, quien debe estar facultado para participar en la presente convocatoria y suscribir el contrato que se derive de ella. En el último evento debe anexar el poder correspondiente.

La carta de presentación debe indicar claramente el valor de la propuesta, en letras y en números, la cual deberá expresarse como una cifra única. En caso de presentarse diferencias entre el valor en letras y el valor en números, prevalecerá el valor en letras.

2.6.2.Constancia de la inscripción.

El proponente anexará copia de la inscripción, el cual debe constar su nombre.

2.6.3. Registro mercantil o certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio con una antigüedad no mayor de sesenta (60) días de la fecha de la presentación de la oferta, de acuerdo con las especificaciones relacionadas en el numeral 4.1.1. de los presentes pliegos de condiciones. 2.6.4. Autorización de la Junta o Consejo Directivo para el representante legal de la persona jurídica para presentación de oferta y firma del contrato, cuando sea necesario. En caso de que la autorización sea permanente deberá estar debidamente registrada como reforma estatutaria en la respectiva Cámara de Comercio 2.6.5. Oferta Técnica, de acuerdo a las condiciones técnicas exigidas en el numeral 2 de los presentes pliegos de condiciones 2. 6.6. Oferta económica que debe contener las siguientes especificaciones: Precios: Deberá indicarse el valor total del contrato, discriminando: AIU e IVA. En dicho precio se entiende incluidos todos los costos relacionados en el numeral 3 denominado PRESUPUESTO OFICIAL APROXIMADO de los presentes pliegos de condiciones Debe indicarse el correspondiente IVA. En caso de no indicarse el valor del impuesto a las ventas, la Industria Licorera de Caldas lo entenderá incluido en los precios unitarios. Especificar descuentos (si los hay) y forma de pago. Para la valoración de la oferta el proponente deberá tener en cuenta los costos de legalización del contrato contemplados en el numeral 13 de los presentes pliegos de condiciones Para la forma de pago, el oferente deberá tener en cuenta que la Industria Licorera de Caldas, cancelará el contrato mediante un anticipo correspondiente hasta el 40% del valor del contrato, y la suma restante equivalente al 60% en actas parciales, dichos pagos se efectuaran mediante

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cheques o giros a la cuenta indicada por el Contratista. En caso de que el oferente requiera anticipo así lo deberá manifestar en la oferta económica y presentara la inversión del mismo. Igualmente deberá tener en cuenta que para el anticipo se dará cumplimiento a lo señalado en el artículo 8 del decreto 2170 de 2002. En caso de no especificarse la forma de pago o de hacerse constar un término inferior, se tendrá en cuenta, para la elaboración del contrato, lo señalado en los presentes pliegos de condiciones 2.6.7. Póliza de garantía de seriedad de la oferta, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con sucursal en la ciudad de Manizales, por un valor mínimo equivalente al diez por ciento (10%) del valor señalado en el presupuesto oficial de la presente convocatoria. La vigencia de la Póliza de seriedad será de 60 días calendario, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta. La póliza debe venir debidamente firmada por el representante legal del oferente. 2.6.8. Un mínimo de dos (2) contratos celebrados con clientes con objeto similar a los del presente proceso, ejecutados por el proponente dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas, de acuerdo con lo solicitado en el numeral 2. 4.2.1. de los presentes pliegos de condiciones. El proponente deberá diligenciar el Anexo No 2, de la presente convocatoria. Al cual deberá adjuntar los soportes correspondientes, tales como: Certificaciones expedidas por el cliente contratante y/o copias de los contratos, u órdenes de compras, y/o facturas de venta suscritas con dichas entidades, caso en el cual, las copias de los contratos, u órdenes de compra o facturas de venta deberán estar acompañadas de las certificaciones de ejecución del contrato, firmadas por el representante legal o funcionario competente, en donde conste el valor y cumplimiento del contrato, con calificación de Malo, Regular, Bueno o Excelente.

Solo se tendrán en cuenta las certificaciones en que se incluya la calificación del cumplimiento como buena o excelente.

2.6.9. Las personas naturales o jurídicas extranjeras, aportarán la documentación con la que se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Artículo 22.4 de la Ley 80 de 1993, , concordante con el numeral 4.1.7. de los presentes pliegos de condiciones. 2.6.10. En caso de ser persona jurídica deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal de la Sociedad, en la que se acredite el pago de los aportes a sus empleados por concepto la Seguridad Social, Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Sena (Dando así cumplimiento a lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002). 2.6.11. Declaración de la persona natural oferente de no encontrarse en embargos, cesación de pagos, concordatos o concurso de acreedores. En el caso de personas jurídicas oferentes este aspecto se verificará en el contenido del certificado de existencia y representación. 2.6.12. Fotocopia del Registro Único Tributario. 2.6.13. Documento de Constitución de Consorcio o Unión Temporal. 2.6.14. Registro de Proponentes 2.6.15. Relación de los contratos en ejecución con el valor total 2.6.16. Certificado de la asistencia a la visita obligatoria 2.6.17. Certificado de la Cámara de Comercio en el cual conste la propiedad del local comercial de acuerdo a lo indicado en el numeral 2.4.2.3.

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7. PROCESO DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y ESCOGENCIA DEL CONTRATISTA. El proceso de análisis y evaluación de las ofertas será realizado por la Comisión Jurídica y la Comisión Técnico Financiera que designe el Gerente General de la Industria Licorera de Caldas.

2. 7.1 EVALUACION JURIDICA: Consistirá en el análisis y estudio detallado de las ofertas, con el fin de definir cuales propuestas son legalmente válidas teniendo en cuenta lo exigido en los pliegos de condiciones.

2.7.2 EVALUACION TECNICA: Consistirá en el análisis de las ofertas para determinar si las propuestas cumplen con las condiciones técnicas exigidas, con la experiencia solicitada y con el registro de precios referencia.

La propuesta que no cumpla con la totalidad de las especificaciones o condiciones técnicas, la experiencia exigida y el registro de los precios referencia será eliminada.

2.7.3 EVALUACIÓN ECONÓMICA: Se revisarán los documentos de los proponentes que hayan pasado las dos evaluaciones anteriores.

Las propuestas por debajo del 95% del presupuesto oficial serán descartadas.

El día del cierre de la propuesta y en presencia de los proponentes se elegirá por medio de un sorteo con balotas la fórmula de la evaluación económica entre las siguientes:

Fórmula No 1: Pd 1 = ( Mg + 0.97 X Ph ) / 2

Fórmula No 2 : Pd 2 = Mg

Fórmula No 3 : Pd 3 = ( Mg + Ph ) / 2

Donde :

P1, P2, .... Pn : Valor de la oferta económica de cada proponente, antes de IVA

Pd : Promedio definitivo de evaluación

Mg: Media geométrica calculada asi: Mg = (P1XP2X...XPn)Exp(1/n)

n: número de ofertas habilitadas

Ph: Valor del presupuesto estimado antes de IVA

DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD

Una vez aplicada la fórmula se obtendrá el promedio definitivo con base en el cual se establece el orden de elegibilidad así:

Se las numera a partir del cálculo de la desviación de cada una de las propuestas con respecto al Promedio definitivo (Pd), en orden ascendente de esa desviación (en valor absoluto).

2.7.4. CAMBIOS DE LA OFERTA. Una vez entregadas las ofertas no podrán retirarse, adicionarse, modificarse o reemplazarse. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las propuestas, la Industria Licorera de

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Caldas podrá solicitar por escrito las aclaraciones que no afecten el principio de igualdad entre los oferentes. La Industria Licorera de Caldas se reservará el derecho de interpretar libremente cualquier incongruencia contenida en las ofertas. 2.7.5. CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE LAS OFERTAS La Industria Licorera de Caldas eliminará la oferta en la que encuentre uno de los siguientes casos:

2.7.5.1. El oferente no cumpla con todos los requisitos técnicos exigidos en los presentes pliegos de condiciones.

2.7.5.2. Cuando el oferente no tenga la capacidad legal para contratar o se encuentre inhabilitado o exista alguna incompatibilidad para contratar con la Industria Licorera de Caldas. 2.7.5.3. Cuando se hubiere presentado la propuesta después de la fecha y hora exactas establecidas para el cierre de la Licitación Pública.

2.7.5.4. Cuando no se aporte dentro del plazo requerido los documentos que la Industria Licorera de Caldas solicite con la finalidad de aclarar su propuesta.

2.7.5.5. Cuando existan dos o más ofertas hechas por el mismo proponente bajo el mismo nombre o nombres.

2.7.5.6. Cuando la propuesta que por su presentación o redacción resulte condicionada, confusa, indefinida, ambigua o induzca al error, siempre que impida la comparación objetiva de las propuestas.

2.7.5.7. Cuando no se presente la garantía de seriedad de la oferta.

2.7.5.8. Cuando no se presente la oferta económica.

2.7.5.9. Cuando no se adjunten a la propuesta documentos, requisitos o datos indispensables para la comparación de ofertas. 2.7.5.10 Cuando la propuesta supere el presupuesto oficial aproximado. 2.7.5.11. Cuando tratándose de persona jurídica, ésta no reúna los requisitos señalados en estos términos de referencia o su representante legal no tenga autorización suficiente para presentar la propuesta y firmar el respectivo contrato. 2.7.5.12. Cuando el oferente no cumpla con los siguientes requisitos de participación: - Constancia de inscripción en el registro mercantil en la actividad solicitada, en caso de persona natural comerciante.

- Certificado de existencia y representación de las sociedades o personas jurídicas oferentes con objeto social diferente al solicitado. - El registro de proponentes en la actividad 01 Constructor Especialidad 04 Edificaciones y obras de urbanismo Grupos 02 y 08. - Acreditar la propiedad del local comercial de acuerdo a lo señalado en el numeral 2.4.2.3. - Experiencia solicitada en los presentes pliegos de condiciones.

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- El proponente no se encuentre al día con los pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social de los trabajadores a su cargo (Salud, Pensiones, ARP) al igual que en el pago de aportes parafiscales de conformidad con lo establecido por el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002. - El proponente se encuentre reportado en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República. 2.7.6. SELECCIÓN DE LA MEJOR OFERTA Una vez realizados los procedimientos y pasos descritos anteriormente, la comisión Técnico-Financiera suscribirá acta estableciendo un orden de elegibilidad. 2.7.7. REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA COMPARACIÓN DE OFERTAS. Para la comparación de ofertas será indispensable el diligenciamiento y la presentación de los siguientes documentos: 2.7.7.1. Oferta Económica, en los términos indicados en el numeral 2.6.7 de los presentes pliegos de condiciones 2.7.7.2. Certificados de Experiencia, en los términos del numeral 2.6.11 de los presentes pliegos de condiciones. 2.7.8. ASPECTOS SUBSANABLES Son aspectos subsanables los siguientes: 2.7.8.1. La ausencia de la carta de presentación de la propuesta o la omisión de la firma en ella. 2.7.8.2. La presentación del registro mercantil o del certificado de existencia y representación con fecha de expedición superior a la solicitada. 2.7.8.3. Los defectos en la garantía de seriedad de la propuesta. 2.7.8.4. La ausencia de la documentación soporte que acredite que el proponente esta en situación de cumplimiento por concepto de pago de Aportes Parafiscales. 2.7.8.5. La ausencia de la constancia de persona natural oferente de no tener embargos, ni de haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores, ni concordatos. 2.7.8.6. El documento de constitución de consorcio o de unión temporal. 2.7.8.7. La falta de apostilla en un documento que lo requiera. 2.7.8.8. La presentación de documentos en idioma distinto del castellano. 2.7.8.9. Documento en el que conste la garantía de calidad. Siempre y cuando no sea factor de comparación. 2.7.8.10.Presentación del RUT. 2.7.8.11. Ausencia de declaración de no encontrarse en causal de inhabilidad. 2.7.8.12. Recibo de pago de la garantía de seriedad. 2.7.9. CRITERIOS DE DESEMPATE En el caso de existir empate en el orden de elegibilidad presentado por las comisiones técnico-financiera, el desempate se hará por sorteo, asignando un número a cada proponente, depositándose en un sobre o bolsa dichos números escritos y al azar, se sacará el primer número. Al oferente que le corresponda dicho número será el seleccionado para la adjudicación del contrato. Al sorteo podrán asistir los oferentes o sus delegados. 2.8. PUBLICIDAD DE LAS EVALUACIONES Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la Oficina de Asesora Jurídica por el término de cinco (5) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes, sin que sea procedente completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta, de acuerdo con el numeral 8 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993.

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Del término de publicidad no se enviará comunicación a los participantes, si se cumple dentro del cronograma previsto en anexo de los presentes pliegos de condiciones, a menos que varíen los términos establecidos para las evaluaciones jurídica y técnico financiera, en todo caso los cinco (5) días hábiles se contarán a partir de la fecha de publicación de las evaluaciones en la página Web de la Entidad. 2.9. ADJUDICACIÓN De acuerdo a lo señalado en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, se efectuará en Audiencia Pública, dentro de los treinta días hábiles siguientes contados a partir de la fecha límite para la presentación de la oferta. No se efectuarán adjudicaciones parciales La adjudicación corresponde al Representante Legal de la entidad o a su delegado, de conformidad con los Artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993. 2.10. PROCEDIMIENTO EN CASO DE NO ADJUDICARSE EL CONTRATO En caso de no ser posible efectuarse escogencia objetiva de EL CONTRATISTA, la Industria Licorera de Caldas hará esta declaración mediante acto administrativo motivado, en el mismo se ordenará continuar con el procedimiento de selección a partir del paso 9 del Manual de Contratación desde el 10% y hasta el tope de la menor cuantía GJU-DE-003. Contra el acto administrativo que no adjudica el proceso procederá el recurso de reposición. 2.11. PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN

2.11.1. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Normas de Contratación Pública a saber: Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, decretos reglamentarios y demás normas concordantes, Artículo 68 del Acuerdo 034 del 14 de agosto de 2006 (Estatutos Internos). Manual de Contratación Interno GJU-DE-003.

El contrato resultante de este proceso de selección, estará sometido a la Ley Colombiana, y, en especial se regirá por las disposiciones pertinentes a la Ley 80 de 1993, además de las normas del Código de Comercio y Código Civil en lo que éstas fueren aplicables.

2.11.2. PLAN DE COMPRAS

Según lo verificó la Jefe Oficina de Área de Compras y Contratación la presente contratación se incluye en el Plan de Compras inscrito ante el SICE CÓDIGO CUBS

2. 11.3. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA Los interesados que se hayan inscrito para participar en la presente Liitación, podrán formular consultas con respecto al contenido de los TÉRMINOS DE REFERENCIA hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de cierre o fecha límite para presentación de ofertas. Estas consultas se formularán por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] o a través del fax número 8782200, 8782260. Las aclaraciones o modificaciones que haga la Industria Licorera de Caldas serán realizadas mediante acta, addendas y/o comunicados, las cuales serán publicadas en la página Web y remitidas a cada uno de los interesados que se hubieren inscrito. 2.12. CONDICIONES INHERENTES AL CONTRATO 2.12.1. OBJETO.

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Construcción y Montaje de las Estructuras Metálicas y de Madera del Nuevo Restaurante, con base en las especificaciones técnicas definidas en los presentes pliegos de condiciones. 2.12.2. DURACION DEL CONTRATO. El plazo de duración del contrato será de 60 días calendario, contados a partir de la fecha de aprobación de la garantía única otorgada por EL CONTRATISTA. 2.12.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA AL QUE SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO. 2.12.3.1. Realizar los trabajos a la Industria Licorera de Caldas con las características técnicas descritas en los presentes términos de referencia.

2.12.3.2. Realizar las obras objeto del contrato, a disposición de la INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS, en sus instalaciones, ubicadas en la zona Industrial Juanchito, Manizales, Caldas, Colombia.

2.12.3.3. Contratar por su cuenta y riesgo el transporte de los insumos, materiales y equipos que sean necesarios para la ejecución del contrato, hasta las instalaciones de la Industria Licorera de Caldas.

2.12.3.4. Cancelar por su cuenta y riesgo todos los gastos que se generen en virtud de lo dispuesto en los numerales anteriores y además sufragar cualquier otro gasto que pueda originarse en la ejecución del contrato.

2.12.3.5. El contratista deberá corregir cualquier problema que se presente, respondiendo por partes dañadas, por su cuenta y riesgo por lo menos durante un año, el cual es el tiempo mínimo de la garantía.

2.12.3.6. Elaborar un cronograma de obra concertado por escrito con la interventoría verificará el avance de los trabajos a ejecutar.

2.12.3.7. Asumir por su cuenta el precio de la totalidad de los materiales, mano de obra, equipos, insumos, gastos de legalización, impuestos y erogaciones a su cargo con motivo de la celebración del presente contrato.

2.12.3.8. Contratar por su cuenta y riesgo al personal necesario para realizar los trabajos descritos en los presentes estudios previos, proporcionándoles las dotaciones que dispone la Ley.

2.12.3.9. Afiliar por su cuenta y riesgo al sistema de Seguridad Social Integral en Pensiones, Riesgos Profesionales y Salud al personal utilizado en la ejecución del contrato.

2.12.3.10. Realizar el pago de aportes a la seguridad social utilizado en la ejecución del contrato y presentarlos cada mes al interventor del contrato.

2,12.3.11. Responder por los daños que ocasione en desarrollo del contrato.

2.12.3.12. Contratar por su cuenta y riesgo el transporte de los insumos, materiales y equipos que sean necesario para la ejecución del contrato.

2.12.3.13. Asistir a la inducción del Sistema integrado de Gestión para contratistas.

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2.12.3.14. Entregar a la interventoría y al Coordinador de Área de Seguridad Industrial de LA LICORERA una relación de los riesgos a los que estarán expuestos sus trabajadores durante la ejecución del contrato y la forma como ejercerá el control.

2.12.3.15. Suministrar a sus trabajadores los elementos de protección requeridos para el desarrollo de su función y asegurarse de que los usen.

2.12.3.16. Cumplir con los requisitos establecidos en el Manual de Contratistas para Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

2.12.3.17. Presentar al Coordinador del Sistema de Gestión Ambiental de LA LICORERA un plan de manejo ambiental, en caso de generarse algún residuo sólido, líquido o gaseoso con ocasión de la ejecución del contrato, donde describa los residuos que generará y el aprovechamiento o la disposición final de los mismos.

2.12.3.18. Entregar los planos de obra record.

2.12.3.19. Cumplir con las demás obligaciones que se generen de la propuesta y que se deriven del objeto.

2.12.3.20. Utilizar los elementos de seguridad industrial requeridos para trabajo en alturas tales como andamios, arneses, líneas de vida, etc. 2.12.4. LUGAR DE EJECUCIÒN : Instalaciones de la Industria Licorera de Caldas, Zona Industrial Juanchito, Ciudad Manizales, Departamento de Caldas, País Colombia. 2.12.5. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DE LA OPERACIÓN El proponente acepta que la información suministrada y procesada en desarrollo del objeto del contrato es confidencial y de propiedad exclusiva de la Industria Licorera de Caldas.

2.12.6. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.

El contrato deberá suscribirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo de adjudicación. 2.12.7. VALOR DEL CONTRATO El valor del contrato será igual al valor de la oferta económica presentada por la persona natural o jurídica cuya oferta sea seleccionada. 2.12.8. FORMA DE PAGO. La Industria Licorera de Caldas cancelará el valor del contrato de la siguiente forma: a) Entregas totales 30 días fecha de factura, previa certificación de cumplimiento por parte del Interventor del contrato.

b) Al recibo a satisfacción de la totalidad del objeto del contrato.

c) Pagos parciales de acuerdo con entrega, 30 días fecha de factura, previa certificación de cumplimiento por parte del Interventor del contrato.

d) Otra forma de pago, anticipo 40% y 60% actas parciales de acuerdo al avance de obra previo visto bueno del interventor.

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2.12.9. INTERVENTORIA La interventoría del contrato la realizará la Sociedad ALFREDO GIRALDO ARISTIZABAL Y CÏA LTDA., en cumplimiento al contrato de interventoria no. -212-2007 El interventor tendrá la facultad de inspeccionar y/o vigilar en cualquier tiempo el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad de los productos ofrecidos y el servicio prestado, e igualmente velar por el estricto cumplimiento del objeto del contrato.

El interventor ejercerá funciones de supervisión y vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato, estipuladas en la Resolución 2045 del 15 de noviembre de 2004 (Manual de Interventoría)

2.12.10. VINCULO LABORAL El contratista no tendrá ninguna vinculación laboral con la Industria Licorera de Caldas, como tampoco el personal que sea utilizado por el contratista en la ejecución del mismo, por lo tanto no tendrá derecho a reclamo de prestaciones sociales.

2.12.11. DOMICILIO Para todos los efectos de este procedimiento contractual y del contrato que se derive se tendrá como domicilio la Industria Licorera de Caldas (Zona Industrial Juanchito), ciudad de Manizales, Departamento de Caldas, República de Colombia.

2.12.12. LIQUIDACIÓN El contrato deberá liquidarse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de vencimiento. Para la liquidación del contrato se dará aplicación de lo establecido en los artículos 60 y 61 de la ley 80 de 1993. 2.12.13. SANCIONES En caso de mora o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, LA LICORERA le hará efectivo el cobro de multas sucesivas por valor del cero punto dos por ciento (0,2%) diarios del valor total del contrato pendiente por ejecutar, por cada día de retardo en el cumplimiento de sus obligaciones, presentándole la cuenta de cobro respectiva, una vez cese el incumplimiento, señalándole el término para el pago. Dichas multas serán exigibles a partir de la fecha de mora del contratista, sin perjuicio de la declaratoria de caducidad. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de que LA LICORERA una vez cese el incumplimiento, presente cuenta de cobro al CONTRATISTA por incumplimiento total o parcial, y este último no hubiere realizado el pago dentro del término señalado, EL CONTRATISTA autoriza a LA LICORERA para retener las sumas de dinero que en el momento le adeude con ocasión de la ejecución del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso del no pago voluntario de las multas impuestas al contratista por sus incumplimientos parciales y/o totales, LA LICORERA presentará el cobro ejecutivo de las multas pactadas en su favor ante la jurisdicción competente 2.12.14. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones adquiridas en el contrato por parte de EL CONTRATISTA, éste deberá pagar una cláusula penal pecuniaria equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato en favor de LA LICORERA, a título de indemnización de perjuicios.

2.13. CONDICIONES DE COSTO.

El oferente a quien se le adjudique el contrato incurrirá en los siguientes gastos:

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- Pago de estampillas pro-desarrollo: Equivalente al 1% del valor del contrato exceptuando el IVA.

-Pago de estampilla pro-universidad: Equivalente al 1,5% del valor del contrato sin incluir el IVA.

-Pago publicación del contrato hasta: 58SMMLV

-Pago de la garantía única que deberá cubrir los siguientes riesgos:

POLIZA COBERTURA VIGENCIA

Cumplimiento (30%) del valor total del contrato

Igual al plazo del contrato y seis(6) meses más

Calidad (20%) del valor del contrato Igual al plazo del contrato y un año más

Salarios y Prestaciones Sociales

(10%) del valor del contrato Igual al plazo del contrato y tres años mas.

Estabilidad de la Obra (10%) del valor del contrato Igual al plazo del contrato y cinco años más.

Buen manejo e inversión del Anticipo

(100%) del valor del anticipo Igual al plazo del contrato y seis(6) meses más.

Responsabilidad civil extracontractual

(100%) del valor del contrato Igual al plazo del contrato y dos (2) meses más.

2.14. ANEXOS:

Anexo 1 Carta de presentación

Anexo 2 Certificado de experiencia

2.15. FIRMAS:

HÉCTOR JAIRTO AGUIRRE VARGAS Vo.Bo. ALVARO MONTOYA SALAZAR

Jefe Oficina Bienes y Servicios Subgerente General Administrativo

Vo.Bo. JORGE ENRIQUE VELÁSQUEZ YEPES Jefe Oficina Asesora Jurídica