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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL ÁREA MINERA BELÉN CÓDIGO 600946 1 Sistema Único de Información Ambiental FORMATO DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL CATEGORÍA IV PROYECTO: OPERACIÓN Y CIERRE DEL ÁREA BELÉN CÓDIGO 600946, EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA. ELABORADO: Ing. José Alonso Fierro Cabrera CONSULTOR AMBIENTAL MAE-162-CI LOJA-ECUADOR 2015

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

DEL ÁREA MINERA BELÉN CÓDIGO 600946

1

Sistema Único de Información Ambiental

FORMATO DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

CATEGORÍA IV

PROYECTO:

OPERACIÓN Y CIERRE DEL ÁREA BELÉN CÓDIGO 600946, EXPLOTACIÓN DE

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, CANTÓN MACARÁ, PROVINCIA DE LOJA.

ELABORADO:

Ing. José Alonso Fierro Cabrera CONSULTOR AMBIENTAL

MAE-162-CI

LOJA-ECUADOR

2015

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1. FICHA TÉCNICA

1.1. Información del promotor del proyecto obra o actividad.

Razón social Área Belén Código 600946.

Representante legal: Regina del Pilar Galván Jaramillo Víctor Salomón Torres Guerrero Daniel Alfonzo Ocampo Muñoz

Dirección: Parroquia y cantón Macará

Teléfono: 0997313815 Correo electrónico [email protected]

1.2. Información del consultor del proyecto, obra o actividad.

Consultor: Ing. José Alonso Fierro Cabrera

Registros MAE-162-CI Dirección: Cdla. La Rivera, calle Cenepa 12-63 y Yacuambi

Teléfono: 072575947/099784230/099301441 Correo electrónico [email protected]

1.3. Equipo técnico.

NOMBRE RESPONSABILIDAD EN EL ESTUDIO

FIRMA

Ing. José Alonso Fierro Cabrera

Coordinación del Proceso Evaluación de Impactos Ambientales. Plan de Manejo Ambiental

Ing. Dickson Regalado Jaramillo

Componente Geológico. Plan de Manejo Ambiental.

Ing. Celso Aníbal Yaguana Puglla

Componente Florístico. Plan de Manejo Ambiental.

Blgo. Marlon Orlando Flores Santos

Componente Faunístico. Plan de Manejo Ambiental.

Ing. Daniel Sotomayor Bastidas

Componente Socioeconómico. Plan de Manejo Ambiental. Monitoreo ambiental

Ing. Fabián Augusto Sotomayor

Geomática Ambiental. Línea Base.

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2. RESUMEN EJECUTIVO El aprovechamiento con fines comerciales, del material para construcción que proveen los ríos, se constituye en una de las alternativas económico-productivas, con que cuentan las poblaciones asentadas en las áreas rurales del país. La constitución de la república del Ecuador y las leyes inherentes, garantizan el desarrollo de la actividad referida y regulan los procedimientos para que se realice de manera adecuada respetando la equidad social, económica y ambiental. Sobre la base de lo establecido en la normativa legal vigente, para el uso formal de los recursos naturales no renovables, que incluye las labores de pequeña minería; el establecimiento del área de minería Belén Código 600946, que establece como principal y única actividad la explotación de materiales de construcción, incluye una serie de disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, que la Titular del área de minería, deberá observar para mantener este derecho. Para efecto del presente documento, se recoge la disposición d).- OBSERVANCIA DE NORMAS AMBIENTALES, SOCIALES y PATRIMONIALES, mismas que incluyen entre los principales puntos: El titular del derecho minero durante la vigencia del presente permiso, está obligado a la estricta observancia de las normas de carácter ambiental social y patrimonial contempladas en la Ley de Minería, Ley de Gestión Ambiental, Reglamento General de la Ley de Minería, Reglamento Ambiental para Actividades Mineras y en general del ordenamiento jurídico ecuatoriano en materia ambiental además del cumplimiento de todo acto normativo sobre la materia. Según lo determina el acuerdo ministerial 028 el proceso de Licenciamiento ambiental para actividades de pequeña minería serán regulados bajo la Categoría IV del Catálogo Nacional de Categorización, por lo que con todo lo mencionado, el presente documento constituye el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Área Belén Código 600946.

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3. SIGLAS Y ABREVIATURAS INEC: Instituto Nacional de Estadística y Censos. IGM: Instituto Geográfico Militar OAE: Organismo de Acreditación Ecuatoriano TULSMA: Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del

Ambiente. DAP: Diámetro a la altura del pecho GAD: Gobierno Autónomo Descentralizado IEOS: Instituto Ecuatorianas de Obras Sanitarias AID: Área de Influencia Directa AII: Área de Influencia Indirecta INEN: Instituto Ecuatoriano de Normalización PMA: Plan de Manejo Ambiental PEA: Población Económicamente Activa INPC: Instituto Nacional de Patrimonio Cultural. CITES: Convención sobre el Comercio Internacional de Especies

Amenazadas para la fauna y la flora silvestres OMS: Organización Mundial de la Salud PNUD: Programa de Naciones Unidas para el desarrollo PNUMA: Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente TDS: Sólidos Disueltos Totales UICN. Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. ISO: (IOS) Organización Internacional para la Estandarización. OSHA: Seguridad y Salud Ocupacional Ley-EE.UU. dB: Decibel EA: Evaluación Ambiental

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4. DEFINICIONES AGUA BLANDA.- Agua libre de sales de calcio y magnesio. AGUA CONTAMINADA.- Agua cuyos usos previstos se han comprometido como resultado del deterioro de su calidad original, producto de la incorporación de elementos contaminantes AGUA ESTACIONAL.- Agua que fluye o corre sólo en una estación del año. AGUAS PLUVIALES.-Aguas que proceden inmediatamente de las lluvias. AGUAS RESIDUALES.- Aguas resultantes de un proceso o actividad productiva cuya calidad se ha degradado, debido a la incorporación de elementos contaminantes AGUAS SERVIDAS.- Residuos acuosos resultantes del desecho o utilización del agua en cualquier actividad que puede causar contaminación AGUAS SUPERFICIALES.- Aguas situadas sobre el nivel freático, tales como ríos, lagos, embalses y otros depósitos naturales o artificiales. ANTRÓPICO.- Referido al efecto ambiental provocado por la acción del hombre. BIOACUMULACIÓN: Proceso por el cual organismos que viven en un medio que contiene una concentración baja de una sustancia química pueden llegar a acumular en sus tejidos, alcanzando concentraciones más altas que las existentes en el medio, con el consiguiente perjuicio para la salud del organismo. CALIDAD AMBIENTAL.- Indicador del grado de adecuación del medio ambiente con las necesidades de vida de los organismos vivos, en especial del hombre. CALIDAD DE VIDA.- Criterio de bienestar humano considerado integralmente. CALIDAD DEL AIRE.- Indicador del grado de adecuación del aire con las necesidades de vida de los organismos vivos. CLIMA.- Conjunto de condiciones atmosféricas (temperatura, humedad, nubosidad, lluvia, sol, dirección y velocidad de los vientos) que dominan y alternan continuamente en una localidad determinada.

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COMPACTACIÓN.- Proceso de compresión que reduce las dimensiones de un determinado objeto; en el caso del suelo provoca, con la disminución de su porosidad, la pérdida de sus propiedades físicas. CONTAMINACIÓN.- Cambio indeseable de las propiedades físicas, químicas y biológicas que puede provocar efectos negativos en los diferentes componentes del medio ambiente. CONFLICTO AMBIENTAL.- Situación de origen antrópico y/o natural que provoca un daño ambiental que se refleja en la sociedad y los ecosistemas, con la afectación de su existencia y desarrollo. CONSERVACIÓN.- Manejo del uso, por parte de los seres humanos de organismos o ecosistemas con el propósito de garantizar su sostenibilidad. Incluye, además, el uso controlado sostenible, la protección, el mantenimiento, el restablecimiento y el incremento de las poblaciones, los ecosistemas y todos los recursos DESCARGA- Disposición o adición de desechos o residuales a un medio receptor DESECHOS.- Materiales resultantes de un proceso productivo o investigativo que no es posible modificar en función de los objetivos de producción, transformación o consumo y que se desean eliminar. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.- Recopilación y valoración de informes sobre las características físicas, ecológicas, económicas y sociales de un área o región específica, así como de los planes y proyectos que se pretende ejecutar en la misma, de forma tal que se minimicen los impactos negativos sobre el medio ambiente EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL.- Proceso multidisciplinario mediante el cual se evalúa el estudio de impacto ambiental realizado a un programa, obra o proyecto. IMPACTO AMBIENTAL.- Repercusión en el medio ambiente provocada por la acción antrópica o un elemento ajeno a dicho medio, que genera consecuencias notables en él LEGISLACIÓN AMBIENTAL.- Conjunto de leyes, normas y disposiciones jurídicas que permiten ejercer una acción legal para la protección del medio ambiente. LICENCIA AMBIENTAL.- Documento oficial que contiene la autorización para acometer una obra o proyecto, y en la cual se establecen los requisitos y

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condiciones bajo los cuales se otorga, así como el período para el cual es válida, sin perjuicio de otras licencias, permisos o autorizaciones emitidos por los organismos competentes. PLAN DE MANEJO.- Instrumento rector para el ordenamiento, que regula y establece el manejo de los recursos de un área determinada o de una especie, y el desarrollo de las actividades requeridas para su conservación y uso sostenible RIESGO AMBIENTAL.- Grado de probabilidad de ocurrencia de daño ambiental como resultado de un manejo específico. ACCIDENTE DE TRABAJO.- Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. También, es aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

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5. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD ESPACIAL DE ANALISIS. La determinación de las Unidades Ambientales es una forma de clasificar el territorio siguiendo determinados criterios. Se trata aquí de definir y delimitar unas unidades homogéneas cuyos rasgos determinantes sean los de sus cualidades naturales o ambientales. Se busca una división espacial de la totalidad del territorio en unidades ambientales irregulares extensas buscando la homogeneidad de los elementos definitorios mediante la combinación de indicadores ambientales como la homogeneidad fisiográfica (topografía y pendientes), la vegetación, los usos del suelo o el paisaje. En la definición de las unidades ambientales homogéneas se busca también que reaccionen con comportamientos similares en lo relativo a aptitudes y limitaciones de uso. La delimitación de las unidades está basada en diferentes criterios: para algunas de ellas han prevalecido factores naturales, para otras los usos del suelo o el grado de ocupación humana. El interés de las unidades ambientales, se comprende a la vista del cúmulo de información temática que constituye el territorio, que hace imposible su consideración en la elaboración de un diagnóstico si no hay un proceso previo de síntesis. Estas unidades constituyen la expresión de los elementos y procesos del territorio en términos comprensibles y sobre todo, en términos operativos. En función de las unidades ambientales se valorarán los méritos de conservación de cada punto del territorio, las amenazas de éste por actividades expectantes incompatibles con el mantenimiento de la calidad ambiental, la vocación natural del suelo, las degradaciones e impactos existentes, la capacidad de acogida, etc. En este sentido la unidad espacial se definirá en base a la formación vegetal, cobertura vegetal, cruzada con el Shape de las zonas de influencia directa e indirecta, y, sobre la base de esto desarrollar los siguientes objetivos: 5.1. Objetivo General Realizar el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para el

“Área Minera Belén Código 600946”, cantón Macará, provincia de Loja. 5.2. Objetivos Específicos Describir y caracterizar la Línea Base Ambiental del área del proyecto. Identificar y Evaluar los Impactos Ambientales generados en la fase de

explotación y cierre del proyecto mediante la aplicación matrices para identificación y ponderación de impactos y matriz de relación causa – efecto.

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Diseñar el Plan de Manejo Ambiental a fin de proponer medidas para prevenir, controlar, corregir, mitigar, restaurar y compensar los impactos ambientales identificados, por la ejecución de la obra en sus diferentes fases.

Establecer el proceso de Participación Social del proyecto.

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6. CARACTERIZACIÓN, DIAGNÓSTICO Y EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA ZONA DE ESTUDIO (LINEA BASE).

6.1. Caracterización ambiental Para la descripción o caracterización de los componentes ambientales: Medio Biótico y Abiótico; descripción Económico – Social; se utilizó la metodología de Evaluación Ecológica Rápida, lo que nos dio una idea pormenorizada de las condiciones ambientales y sociales del área de influencia del proyecto; por lo que se hizo necesario realizar una serie de pasos metodológicos, en función de las características y necesidades del mismo. Los métodos y técnicas de investigación que se utilizaron para caracterizar los distintos componentes ambientales: físico – químico (clima, suelo, hidrología, paisaje), biótico (flora y fauna) y socio – económicos (asentamientos humanos, indicadores socio ambientales), consistieron en técnicas de investigación indirectas y directas. 1. Las técnicas de investigación indirectas, son de tipo bibliográficas, tales como: Archivos constantes en el Municipio del cantón Macará; planes de desarrollo cantonal; Instituto de Estadísticas y Censos (INEC); normas, legislación vigente; Estaciones Meteorológicas, etc. 2. Las técnicas directas de investigación, fueron estudios ambientales de proyectos similares; observaciones de campo del entorno existente; fotografías; muestreos físicos, químicos y biológicos; entrevistas abiertas o dirigidas; guías de observación, etc. Los Componentes para la caracterización ambiental se aplicaron para describir y caracterizar el área, lo cual sirvió de parámetro para la identificación de las áreas sensibles y la definición del plan de manejo ambiental. La caracterización ambiental es de carácter general y una vez establecida es única para todas las fases del proyecto, sin perjuicio que se replantee o profundice en otras fases. Sus componentes deberán estudiarse y profundizarse de acuerdo a las condiciones de cada fase tomando en cuenta las características del área en el cual se desarrolla el proyecto, conforme a lo establecido en este reglamento, de manera que permita avanzar en la comprensión del ecosistema y su funcionamiento los cuales podrían ser afectados por las actividades a desarrollar. En el componente socio-económico y cultural se realizará una caracterización social local, su dinámica y especialmente las formas de utilización de los recursos naturales, la incidencia del proyecto y los aspectos de relación comunitaria y de responsabilidad social de la empresa de la institución local.

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A continuación se establece la metodología para la caracterización ambiental detallada de la situación actual de los siguientes componentes ambientales:

MEDIO FÍSICO. 1. Climatología.- Se interpolo la información secundaria, registros sobre clima que se obtuvieron de la estación Meteorológica del INAMHI (temperatura, precipitación y evapotranspiración), y se recurrió a la información del Mapa Ecológico del Ecuador de Cañadas (1983), para determinar la zona de vida; complementando con los datos registrados en el proyecto. 2. Geología y Geomorfología.- Descripción de las unidades lito-estratigráficas aflorantes en el área de influencia del proyecto, presentando las columnas respectivas a escala apropiada. Determinación de las propiedades hidrogeológicas de los suelos superficiales en base a pruebas de campo y laboratorios (porosidad y permeabilidad). Se ejecutaron las siguientes actividades: a) Recorridos del área del proyecto para observar las condiciones geológicas y hacer el examen respectivo de la geomorfología del área de influencia del proyecto. b) La caracterización de las unidades geomorfológicas, estará sustentada en la revisión e interpretación de la información secundaria topográfica de los mapas del Instituto Geográfico Militar, que permitirá identificar las principales formas de relieve, y unidades geomorfológicas, basados en sus formas y disecciones de relieves presentes. c) Elaboración del mapa geológico y geomorfológico. 3. Suelos.- Para el análisis físico, químico y contenido orgánico de este componente se puso especial énfasis en los siguientes aspectos: 1. Se identificaron los tipos de suelos (órdenes), usos actuales y potenciales. 2. Características del suelo del sitio, estableciendo un muestreo en el área del Proyecto (permeabilidad, porosidad, densidad, contenidos orgánicos, perfiles estratigráficos). 3. Pendientes, posibilidad de deslizamientos o movimientos de tierra. 4. Para realizar la caracterización de los suelos de área de influencia directa que corresponden al proyecto, se realizó una calicata con la finalidad de proceder a definir la estructura de los perfiles del suelo, profundidad de raíces, para en base a ello proponer medidas de prevención y mitigación de los posibles impactos que ocasionará la obra en toda su magnitud. 5. Finalmente para contrastar los resultados obtenidos, con el fin de establecer criterios de calidad del recurso suelo, se contempló la norma de calidad ambiental

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y criterios de remediación para los suelos contaminados del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente del Libro VI, Anexo 2. Tabla 2. Criterios de Calidad del Suelo. Los parámetros considerados para realizar el análisis en laboratorio fueron: materia orgánica, pH, textura, nitrógeno, fosforo, potasio, cobre, azufre, mercurio, plomo y conductividad. Se tomó una muestra ya que toda el área minera pertenece al suborden Fluvent. Las coordenadas de ubicación de la muestra son las siguientes:

COORDENADAS 617598 - 9514118 ALTITUD 409 m s.n.m.

UBICACIÓN GEOGRAFICA Provincia: Loja Cantón: Macará Parroquia: Macará Sector: Las Mallas

PROCEDENCIA DE LA MUESTRA Suelo márgenes del río macará

CODIGO DE MUESTRA MS 2 RECIPIENTES Funda ziploc (1.5 kg)

OBSERVACIONES Cultivo de arroz cercano

4. Uso Actual del Suelo, uso potencial y pendientes.- Se detalla tanto el medio construido como el área ocupada por la comunidad misma, su planificación urbana; proyecciones de evolución de los distintos usos de suelo, proyecciones del límite urbano, conflictos de uso de suelo y sus posibles interacciones con los propósitos de uso de suelo del proyecto; toda esta información será verificada por medio de un mapa de uso de suelo. Para la respectiva representación se elaborará mapas con ayuda de la herramienta de sistemas de información geográfica formato ARC GIS ArcMap Versión 9.2. 5. Hidrología y Calidad de agua.- Para caracterizar la red hídrica ubicada en el área de estudio, se efectuó un análisis de las cartas topográficas editadas en el Instituto Geográfico Militar, en las cuales se identificará las cuencas, microcuencas y quebradas que puedan verse influenciadas por la ejecución del proyecto. La caracterización ambiental del agua se centró en los siguientes:

Se tomó la muestra de agua de acuerdo a la red hídrica de la zona (río Macará) y su grado de importancia, (debido a la integralidad del proyecto una muestra se

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tomó al inicio de la concesión y la otra muestra donde termina el área minera concesionada). Las coordenadas de ubicación de las muestras son las siguientes:

COORDENADAS 617392 – 9514498 ALTITUD 418 m s.n.m.

UBICACIÓN GEOGRAFICA Provincia: Loja Cantón: Macará Parroquia: Macará Sector: Las Mallas

PROCEDENCIA DE LA MUESTRA Río Macará

UBICACIÓN DE LA MUESTRA Inicio de la concesión CODIGO DE MUESTRA MA1

RECIPIENTES 1 Envase plástico estéril de 4 litros 1 Envase vidrio ámbar de 1 litro 4 Envase plástico (muestra orina)

OBSERVACIONES Aspecto turbio

COORDENADAS 618413 – 9514545

ALTITUD 415 m s.n.m. UBICACIÓN GEOGRAFICA Provincia: Loja

Cantón: Macará Parroquia: Macará Sector: Las Mallas

PROCEDENCIA DE LA MUESTRA Río Macará UBICACIÓN DE LA MUESTRA Fin de la concesión

CODIGO DE MUESTRA MA2 RECIPIENTES 1 Envase plástico estéril de 4 litros

1 Envase vidrio ámbar de 1 litro 4 Envase plástico (muestra orina)

OBSERVACIONES Aspecto turbio

Los parámetros que se analizaron son los que establece el Texto Unificado de Legislación Ambiental, del libro VI, Anexo 1. Tabla 3. Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas; los parámetros que se analizaran son: Potencial de hidrógeno, grasas y aceites, hidrocarburos totales de Petróleo, materia flotante, coliformes Fecales, DBO5, DQO y solidos totales. Para determinar los puntos fijos de muestreo se realizó observación directa de todo el cauce principal, para luego georeferenciarlos y ubicarlos en el mapa

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tomando en cuenta la zona de importancia hídrica, la finalidad de hacer un análisis comparativo de cómo se encuentra la calidad del agua en este sector. Los análisis físicos, químicos y microbiológicos se los realizó en el laboratorio CORPLABEC acreditado ante la Organismo de Acreditación Ecuatoriana OAE. 6. Calidad del Aire Ambiente.- Se identificó y se describió las fuentes de emisiones atmosféricas en la zona del proyecto. Para Presión Sonora se evaluaron los principales sitios de posible presencia de presión sonora en las instalaciones a partir de la información existente, así como los niveles existentes en el entorno próximo de los mismos. Se realizaron mediciones de presión sonora, en el centro poblado así como el sitio donde se realizará la actividad, dando un total de tres puntos de muestreo. El muestreo se realizó conforme a los protocolos establecidos en la normativa ambiental. Los puntos de muestreo fueron los señalados anteriormente, el muestreo en cada punto se lo realizó con una duración de 10 minutos por tres repeticiones con un descanso de 5 minutos. El sonómetro estuvo calibrado, con sus selectores en el filtro de ponderación A y en respuesta rápida (fast), se lo ubicó a 3m de la fuente emisora del ruido y a una altura de un 1,5m y se procedió a tomar las mediciones. Los resultados obtenidos se los comparó con el Anexo 5, Libro VI del TULSMA. Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas, fuentes móviles y vibraciones. 7. Paisaje Urbano y Natural.- La caracterización del paisaje natural estuvo basada en la información colectada en el campo, en cuenta a la estructuración básica de los componentes físicos y biológicos presentes en el área. Se aplicó una caracterización subjetiva para determinar la calidad del paisaje natural, basándose en el siguiente criterio: o Estado Natural: medida que evalúa la cercanía de cada componente al

estado natural, sin cambios antropogénicos. Media, significará que han habido algunos cambios significativos. Baja, significará que este componente ha estado radicalmente alterado.

o Escasez: medida que evalúa la rareza de un componente dentro del contexto del ambiente donde ocurra.

o Estética: medida subjetiva del valor visual humano para cada componente. Específicamente, la información de campo estuvo dirigida a describir la interacción entre los componentes básicos de geología, geomorfología, suelos, hidrología, vegetación y fauna.

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MEDIO BIÓTICO Identificación de ecosistemas terrestres, cobertura vegetal, fauna y flora, ecosistemas acuáticos de ser el caso. Identificación de zonas sensibles, especies de fauna y flora únicas raras o en peligro de extinción y potenciales amenazas de los ecosistemas. 1. Flora.- Para determinar la flora, se realizó una descripción la flora existente en el sector, estableciendo si alguna especie es endémica o de importancia ecológica que a va a verse afectada por la ejecución de la obra. Para determinar la composición florística en el caso de existir cobertura boscosa se realizará transectos de 50x10 m (500m2) y se medirá árboles mayores o iguales a 10 cm de DAP para árboles. Dentro de estas 5x5 m (25m2) para arbustos y hierbas 1x1 m (1m2). Estos transectos se ubicarán en áreas representativas en la zona de influencia del proyecto. Los individuos que no se puedan identificar en el campo, serán llevados al Herbario Reinaldo Espinosa de la Universidad Nacional de Loja para su determinación botánica. Para el análisis de los parámetros ecológicos se utilizarán las formulas planteadas por Aguirre y Aguirre (1999). Análisis de los parámetros ecológicos Con la información obtenida en las hojas de campo se procederá a realizar el respectivo análisis de los siguientes parámetros ecológicos: Densidad, dominancia, diversidad relativa e Índice de Valor de Importancia (IVI). Densidad Para determinar la densidad se utilizó las fórmulas planteadas por Aguirre y Aguirre (1999).

Para tener una idea de la abundancia o densidad relativa (número de individuos de una especie con relación al total de individuos de la población), se utilizó la siguiente fórmula:

Densidad = No. Total de individuos de todas las especies x 100 Total área muestreada

Densidad Relativa = Número de especies de la familia x 100 Total de individuos

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Dominancia La dominancia se define como el porcentaje de biomasa que aporta una especie. Se calculó utilizando la siguiente fórmula:

Índice de Valor de Importancia (IVI) Este valor indica que tan importante es una especie dentro de la comunidad. Para lo cual se aplicó la siguiente fórmula:

IVI = Densidad relativa + Dominancia relativa

Diversidad Relativa Para el cálculo de la diversidad relativa se utilizó la siguiente fórmula:

Diversidad Relativa= No. de especies por familia x 100 No total de especies

Índices de diversidad de shanon y de simpson

Los índices de diversidad describen precisamente lo diverso que puede ser un determinado lugar, considerando el número de especies vegetales (riqueza) y el número de individuos de cada especie, se utilizó las siguientes formulas:

Índice de Shannon-Wiener: H = - Pi ln Pi

Índice de Simpson: S = Pi 2

Endemismo y categorías de amenaza Para determinar el endemismo, así como su categoría de amenaza, se realizó la respectiva revisión bibliográfica en el Libro Rojo de las Especies Endémicas del Ecuador (Valencia et al, 2000). En vista de que los proyectos han sido ejecutados, y lo que faltaría por construir es la planta de tratamiento del centro poblado El Topo, y puesto que son áreas abiertas e intervenidas donde no habrá desbroce de cobertura vegetal no aplicará el Acuerdo Ministerial 076 y 134.

Dominancia (Dm)= Área basal de la especie x 100 Área basal de todas las especies

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2. Fauna.- Para su determinación se realizará con la ayuda de cuatro métodos: captura, encuentro visual, revisión de fuentes secundarias y aplicación de encuestas socio – ambientales a la totalidad de la población. 1. Muestreo de Mastofauna: Para la determinación de la mastofauna, se procedió a la recopilación de información secundaria, la misma que se la verificó a través de entrevistas a pobladores de la zona y demás informantes. Dicha información fue comparada con publicaciones realizadas en el Libro Rojo de Mamíferos del Ecuador. Se utilizaron trampas Tomahawk Live Trap colocadas cada 20 metros a lo largo del margen del río (zona de influencia del Proyecto), las trampas fueron colocadas durante la noche. En cada trampa se colocó dos tipos de cebo, para mamíferos herbívoros (mezcla de maní con plátano) y mamíferos carnívoros (mezcla de aceite de bacalao, maní y sardina), para obtener un mayor resultado se cubrió las trampas con hojarasca. Las especies capturadas, fueron identificadas y luego liberadas en los sitios de captura. 2. Muestreo de Avifauna: Para la identificación de aves se realizaron transectos de acuerdo a la topografía y cobertura vegetal existente a lo largo del Proyecto, esta identificación se realizó mediante observación directa de campo con la ayuda de binoculares y el Volumen I y II (Guía de Campo) del Libro Rojo de las Aves del Ecuador (Ridgely & Greenfield 2006) y con el apoyo de los moradores y conocedores las principales especies existentes en la zona. El uso de transectos de observación está destinado al registro de especies de dosel y subdosel de los bosques (Loaiza 2003). En esta técnica el investigador camina por un transecto establecido previamente, deteniéndose en sitios estratégicos para realizar observaciones, tomando de esta forma nota de todas las aves que logra identificar a simple vista o con el uso de binoculares, también por medio de éste método, se puede identificar las vocalizaciones de ciertas aves (registros auditivos), estos van a enriquecer los listados finales de especies. El horario de muestreo y registro de especies, estuvo considerado desde las 6:00 a 10 am., en la mañana y en la tarde de 4:30 pm. a 18:00 pm., se considera este espacio de tiempo debido a que las aves en este periodo son más activas, (Ralph, 1996) 3. Herpetofauna. Se utilizó el método estandarizado para el monitoreo de anfibios y réptiles denominado Relevamiento por encuentros visuales propuesto por Heyer et al (1994), el cual consiste en caminar libremente buscado todos los individuos que se encuentren en el camino y removiendo las hojas, plantas, troncos, palos, etc.

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ASPECTOS SOCIOECONOMICOS Y CULTURALES DE LA POBLACIÓN Se realizaron encuestas con la finalidad de obtener información básica de su estructura socioeconómica de la población. Se incluirá la población total y afectada por el proyecto, su distribución, densidad y características (niveles educativos, sexos, edad, etc.), PEA “Población Económicamente Activa”, datos de salud, morbilidad y mortalidad, tendencia de crecimiento y proyecciones poblacionales, caracterización de la familia señalando tamaño y tipo, descripción de los modos de vida, necesidades y problemas, vivienda en cuanto al número, tipos, materiales predominantes, servicios fundamentales, además la cobertura e infraestructura de servicios públicos, actividades y empleo; así como la caracterización económica local y regional, transportes (acceso y tipo de transporte en la zona del proyecto), vías de comunicación y condiciones de tránsito, estratificación para analizar los grupos socioeconómicos, organización (formas de asociación, formas de relación, liderazgo) y participación social así como caracterización de valores y costumbres. Para ello se utilizó la siguiente información:

Para la elaboración del diagnóstico socioeconómico se aplicaron encuestas socioeconómicas a la población asentada en el área de influencia del Proyecto. Las preguntas formuladas en las encuestas corresponderán a indagar sobre información general, actividad económica, servicios y necesidades. 6.2. Diagnóstico ambiental. 6.2.1. Diagnóstico Físico Climatología1 Los presentes datos han sido definidos, tomando en consideración algunos factores y elementos tales como: características orográficas, régimen pluviométrico, influencia sobre el área, período de registro y confiabilidad de la información meteorológicas existente, mismos que son determinantes en la caracterización del clima de la zona.

1 Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Macará, 2011.

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Para conocer la distribución de la precipitación atmosférica de la zona de influencia del Proyecto se ha utilizado datos de tres estaciones meteorológicas: Macará, Zapotillo y Célica. Como estación representativa del área, fue seleccionada la estación meteorológica de Macará por encontrarse muy cerca del área de estudio. El período de análisis de la serie estadística de esta información meteorológica, corresponde a 10 años, desde 2000-2010. Los valores promedios anuales, tanto de temperatura como de precipitación fueron utilizados para el trazado de las respectivas isolíneas correspondientes a isotermas e isoyetas. En su mayoría, las estaciones pertenecen a la red instalada por el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología INAMHI, y, la Dirección de Aviación Civil-DAC. Los elementos climáticos fundamentales considerados para el presente estudio fueron: temperatura y precipitación, y otros como: humedad atmosférica, radiación solar, nubosidad, evaporación, dirección y velocidad del viento, los mismos que serán analizados a continuación. Temperatura La temperatura media anual es de 25.5°c, la misma que presenta un comportamiento isotérmico a nivel mensual. El mes más frío es julio con 24.0 ºC, mientras que los meses más cálidos son: diciembre y enero con 26.3 °C. Por su parte las series de temperaturas máximas y mínimas absolutas mensuales, arrojó una variación muy significativa que va desde 37.1°C en Abril de 2000 a 10.4°C en octubre de 2006, presentando una oscilación de 26.7°C . Precipitación La zona presenta un valor medio anual de 664.1mm, siendo el mes de marzo el de mayor valor de (252.0 mm). Los meses con menor precipitación son julio y agosto con 0.5 mm este elemento tiene un comportamiento bimodal con dos picos lluviosos en el año, el primero de enero - abril y el segundo de mayo – diciembre; la precipitación máxima en 24 horas registrada en esta serie es 199.2 mm. (16/IV/03). Humedad Atmosférica.

El área de estudio presenta una media anual de 67 %, con mínimas variaciones tanto mensual como anual que van desde el 74 % que corresponde a los meses de marzo-abril (meses más húmedos del año) a 60 % que corresponde al mes de

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noviembre (mes más seco del año). Viento

Del análisis de los registros del viento de la zona, se concluye que la zona de estudio está afectado por vientos que van de velocidades moderadas a débiles; así lo ratifica el valor 2.6 m/s que corresponde a la velocidad media normal anual. Los meses más ventosos del año son: julio con 2.9 m/s y octubre con 3.0 m/s. Durante todos los meses del año, el patrón de circulación de los vientos es desde el occidente. Nubosidad La nubosidad representa la cantidad en octavos de cielo cubierto en la zona de observación, por lo tanto tienen estrecha relación inversa: a mayor nubosidad menor brillo solar. Esta característica limitante debe tomarse en cuenta para la planificación de investigaciones futuras. La nubosidad media es de 5/8 y que varía mensualmente entre 3/8 y 7/8, observándose claramente la variación estacional, en donde el período de menor cantidad de nubes está definido por el mes de agosto. Heliofanía La insolación media anual presenta 5.0 horas/día; los meses con el mayor valor se presentan en agosto con 7.3 horas/día, y septiembre con 6.8 horas/día, mientras que febrero presenta 2.4 horas/día considerado como el mes más nublado del año. Evaporación Se presenta 1746.9 mm como valor medio anual. La curva de variación mensual presenta un mínimo de 120.3 mm en febrero para luego subir hasta llegar al máximo en el mes de octubre con 271.8 mm. Del cual decrece hasta llegar al punto bajo y de esta forma completar el ciclo. Evapotranspiración La evapotranspiración potencial anual (ETP) es de 1555.9 mm, de los cuales el valor pico corresponde a octubre con un valor de 158.1 mm.

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Balance Hídrico Climático El Balance Hídrico Climático (B.H.C.), vinculada al crecimiento de los cultivos, es importante en la determinación de la humedad del suelo y de la atmósfera; pues el conocimiento de la precipitación no determina de por sí que una región o sitio puntual sea húmedo o seco, sino que es imprescindible establecer la cantidad de agua que las plantas requieren en un cierto período. Para el área de estudio el período mayo-enero presenta un déficit acumulado de 989.1 mm; mientras que el exceso se hace presente solo en el mes de marzo con un valor de 82.0 mm., por su parte el almacenamiento presenta 87.7 mm, en los meses de febrero y abril. Clasificación climática De acuerdo a la clasificación climática de Köppen, se tiene que la zona de influencia del área de estudio está caracterizada de la siguiente manera: La clasificación climática analizada según Köppen y que la clasifica al área de estudio como Zona Geográfico-climática (B), Seco o Tropical árido, con un tipo de clima de Estepa o Semi árido (BS), caracterizado por lluvias en verano menor a dos temperaturas más catorce (BSw).

Clasificación ecológica. Su determinación se realizó en base a la Clasificación de Formaciones Vegetales de Zonas de Vida Natural del Mundo de L. R. Holdridge, misma que considera a la biotemperatura y la temperatura como elementos básicos que inciden en la supervivencia y formación de las especies vegetales que, conjugada con los pisos altitudinales, determinan las características ecoclimáticas de una zona de vida. Holdridge resume en un diagrama triangular las regiones polares hasta el Ecuador y que se denominan regiones latitudinales, que son: Tropical, Subtropcial, Templada, Fría, Boreal, Subpolar y Alpina. Clasificación: Bosque muy seco tropical (BMS–T), que se caracteriza por lo siguiente: Temperatura = Mayor a 24°C Precipitación = 500 - 1000 mm PE/p = 2,00 - 4,00°C/ mm Altitud = 0,0 - 850 msnm Piso térmico = Caliente

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Geología.2 Geología regional El cantón Macara, perteneciente a la Provincia de Loja se enmarca en la Sierra austral del Ecuador, cuya característica es el terreno montañoso, con altitudes que oscilan entre los 400 a 1200 m.s.n.m. El río principal drenaje lo constituye el río Macara, el cual desemboca en el Océano Pacífico. Geológicamente en la región existe una predominancia de las rocas metamórficas y volcánicas intruídas por cuerpos graníticos que son las más difundidas, sedimentos terciarios ocupan las depresiones falladas. Serie Tahuin. (Precambrico- Paleozoico superior) Las rocas pertenecientes al grupo Tahuìn han sido interpretadas por Kennerley como Esquistos Capiro y Gneis San Roque, de edades significativamente diferentes. Gneis de alto grado y esquistos de la formación San Roque pueden en parte ser de precambrico al Paleozoico inferior. Afloran al sur del grupo Piedras con el que puede estar asociado. Esquistos y filitas de bajo grado de la Formación Capiro, constituida por esquistos micáceos meteorizados, esquistos cuarcíferos y cuarcitas. Estas rocas forman el basamento del sur y son fácilmente visibles en el cauce del río Jubones, al sur de la falla del Jubones y al norte de la falla de Arenillas-La palma Caracterizada por ser una potente secuencia inferenciada de esquistos moscovíticos, bióticos, llegándose a determinar hacia el este paragneises y gneises meta somáticos. Formación Piñón Ubicada al oeste de Nambacola y se constituye en Andesitas porfiríticas verdosas que contienen fenocristales feldespáticas de 6mm de diámetro. Existen afloramientos aislados de lutitas negras; de varios metros de espesor interestratificadas en los volcánicos de la Formación Piñón, a lo largo de la Q. Santal. Formación Rio Playas. Se encuentra ocupando la mayor parte de la depresión del río Playas al oeste de Catacocha y contiene arcillas consolidadas, limolitas, areniscas y conglomerados, con rocas volcánicas interestratificadas. Los conglomerados son conspicuos a lo largo de las márgenes de depresión y contienen guijarros de lutita negra calcárea,

2 Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Macará, 2011.

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derivas del grupo Alamor del cretáceo superior. A esta formación se la puede comparar con los sedimentos de la cuenca de Loja y Malacatos que son considerados de edad terciaria. Formación Sacapalca. (Cretácico superior) Se localiza en el sector oeste de la población de Nambacola, está conformada por lavas andesíticas con capas piroplásticas intercaladas y rellena una fosa tectónica alineada N-S. Las lavas son andesíticas porfiriticas de coloración castaño gris, son ricas en fenocristales de andesina-labradorita, pudiéndose encontrar algunas lavas basálticas. Los piroclastos son tobas andesíticas con tobas aglomeraticas y aglomerados subordinados de coloración café. Y se encuentran buzando en sentido este y su potencia es desconocida por estar determinado por fallamientos Formación Cazaderos. (Aptiano albiano campaniano)

Conformada principalmente por lutitas negras calcáreas que contienen grandes concreciones y capas de calizas fosilíferas cristalinas de 1 a 3m. De grosor, que aparecen como rasgos prominentes en las fotografías aéreas. Encontrándose también depósitos conglometraticos con guijarros bastante grandes de 10 cm. De granito meta sedimentario y cuarzo de vetas, en una matriz de grauvaca.

Formación Ciano. Consistente en sedimentos volcánicos intercalados. Los sedimentos son finamente laminados, lutitas y limonitas multicolores. Las rocas volcánicas consisten en lavas y piroclastos, las lavas son andesiticas leucocraticas porfiriticas y alteradas, de las cuales una capa al este de Alamor muestra una estructura de almohada en su base y ha endurecido los sedimentos subyacentes. Los piroclastos son más abundantes que las lavas y se encuentran como tobas conteniendo fragmentos líticos, vítreos y cristales. El feldespato andesinooligoclasa es común entre los clastos, pero los clinopiroxenos son pocos. Formación Zapotillo. Consiste principalmente en grauvaca y lutitas negras con conglomerados locales de capas que varían de 0.5 cm. A 3m, de grosor, Las grauvacas son de color café amarillento y contienen concreciones esferoidales. Son comunes los hundimientos intraformacionales y estratificación gradada los cuales indican inestabilidad y corrientes de turbidez durante la depositación. Las lutitas negras son muy uniformes contienen moldes de inoceramus el único fósil reconocible de la Formación. Las lutitas ocupan terrenos bajos y son de resistencia mínima a la erosión que las grauvacas.

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Al sur de la población de La Ceiba afloran conglomerados de andesitas porfiriticas que constan de componentes metamórficos e ígneos de Bolaspamba que indica su origen diferente. Geología local3. En el esquema geológico local del Proyecto se define las siguientes unidades litológicas. Volcánicos Célica Consiste de una potente secuencia volcaniclástica de composición intermedia- ácida, con ocurrencia de tobas líticas gruesas andesíticas, tobas polimícticas; alternadas con tobas ácidas finas ricas en cristales, y sedimentos tobáceos finos parcialmente carbonatados. Ocasionalmente esta secuencia volcánica presenta algunos cuerpos de andesita inter-estratificada. Esta unida se atribuye de edad cretácico inferior (BGS-CODIGEM, 1993). Gran parte de esta secuencia tiene un rumbo 270/30N, localmente con rumbo NE y buzamientos de gran ángulo hacia el NW. La litoestratigrafía de la zona consiste en:

Sedimentos tobáceos finos inter-estratificados color blanco-crema a gris oscuros, los cuales se presentan moderadamente carbonatados; localizados en la parte noroeste del área Macará, sector de las labores de el Ceibo con espesores estimados de 10m.

Tobas lapilli de cristales bien estratificadas con matriz retrabajada, clastos sub-redondeados a sub-angulosos hasta 3cm de diámetro, en matriz de feldespato, hornblendas subeuhedrales +/- biotita y magnetita fina diseminada.

Brechas volcánicas, matriz andesítica y clastos redondeados a sub-redondeados a veces polimíctica, con tamaño centimétrico; localizados en el sector Este del área Macará, hacia la base de la secuencia volcaniclástica, con espesores métricos potentes.

Lavas afaníticas a porfiríticas de composición andesito-basálticas color gris verdoso a gris oscuro, con presencia de plagioclasa y magnetita diseminada; se localizan en niveles inferiores de la secuencia, en las proximidades del contacto con el pórfido hornbléndico denominado Laguar.

Geomorfología.

La morfología del sector se define en dos sectores claramente diferenciados, la primera conformada por las zonas elevadas caracterizada por una morfología 3 Información generada por el Equipo Consultor (Componente geológico).

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moderada con un sistema colinado que no sobrepasa los 900 m.s.n.m. y pendientes suavizadas, desde estos sectores se puede dominar toda el área del Proyecto. El segundo sector se encuentra conformado por una zona semi-plana la cual se encuentra en la cota 600 m.s.n.m hasta la cota 400m.s.n.m. que es la cota más baja en el río Macará. La topografía del área es de tipo regular.

Suelos Tipo y composición del suelo. Los suelos en el área motivo de estudio pertenecen a las órdenes de Entisoles, Alfisoles según la clasificación de US Soil Taxonomy (CATER 1996). En los sectores bajos y secos el suelo se clasifica como orthents: son Entisoles primarios, formados sobre superficies de erosión reciente de origen geológica o antropológica, generalmente poco fértiles sostienen una vegetación escasa o efímera. En la parte central y alta del área de estudio, se encuentran suelos clasificados como udalfs/ ustalfs. Son Alfisoles, suelos desarrollados sobre superficies antiguas o jóvenes y estables, lo cual ha permitido la traslocación de arcillas dando lugar a la diferenciación de una capa superior ócrico eluvial sobre un horizonte argílico iluvial. Su buena fertilidad les hace aptos para cultivos, pastizales y bosques. Los principales limitantes pueden ser la susceptibilidad a la erosión en el horizonte argílico la poca infiltración de agua el bajo porcentaje de agua aprovechable y problemas para el desarrollo radicular se distingue entre udalfs, que se presentan en áreas húmedas que no permanecen secos ni siquiera noventa días al año o sesenta días acumulativas. Bajo clima templado o cálido, esos suelos de textura arcillosa (alto contenido de caolinita) presenta un Ph ligeramente ácido. Los ustalfs se presentan en áreas secas y semi-aridas con estación lluviosa, en donde la estación seca solo permite una vegetación de tipo xerofitico. Tienen una textura arcillosa y un Ph neutro o ligeramente alcalino. Propiedades físicas y químicas de los suelos En el siguiente cuadro se observa los resultados de la muestra de suelo tomada

en el sitio donde se realizaran labores de extracción de minerales no metálico. En

el Anexo podremos encontrar los resultados de Laboratorio.

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Cuadro 1. Propiedades físicas y químicas del suelo del área de influencia del Proyecto.

PARAMETRO UNIDAD DATOS DE LA

MUESTRA LIMITE MAXIMO

PERMISIBLE CRITERIO DE RESULTADOS

Conductividad eléctrica (CE) uS/cm 1174 2000 CUMPLE

Potencial de hidrógeno UpH 4,73 6 - 8 NO CUMPLE

Textura(*) % P/P

Franco arcilloso %Arena 59,1 %Arcilla 10,6 %Limo 30,3 NO APLICA NO APLICA

Cobre mg/kg 26,5 30 CUMPLE

Mercurio mg/kg <0,1 0,1 CUMPLE

Plomo mg/kg 21,7 25 CUMPLE

Fósforo total mg/kg 631 NO APLICA NO APLICA

Nitrógeno total mg/kg 589 NO APLICA NO APLICA

Potasio mg/kg >1252 NO APLICA NO APLICA

Azufre mg/kg < 16.7 250 CUMPLE

Materia orgánica % 1,12 NO APLICA NO APLICA

Fuente: Informe de resultados, Protocolo No. 05152106 CORPLABEC. 28 de mayo de 2015.

La muestra fue enviada al Laboratorio CORPLABEC, certificado por el Organismo de Acreditación Ecuatoriano. Luego de la recepción de los análisis de laboratorio correspondientes y de la revisión de los datos obtenidos, se compararon los resultados obtenidos con los datos del Texto Unificado de Legislación Ambiental TULSMA, Libro VI Anexo 2, Tabla 2. Criterios de Calidad del Suelo, esto con la finalidad de identificar la calidad actual de los suelos del área de influencia de la concesión minera. Interpretación de los resultados Los suelos del área de estudio son ligeramente ácidos, de acidez moderada con un rango muy variable y medianamente aptos para la producción de cultivos, por tal razón el resultado obtenido de la muestra colectada no cumple con los parámetros establecidos por la Normativa Ambiental. Existen parámetros como conductividad eléctrica, cobre, mercurio, plomo y azufre que se encuentran dentro de los parámetros normales; además podemos mencionar que existen parámetros con niveles muy representativos como fósforo y potasio, que son valores muy importantes, mientras que parámetros como materia orgánica y nitrógeno, son parámetros que están por debajo de los requerimientos que exigen los cultivos para un óptimo desarrollo. Del cuadro anterior podemos observar que los suelos en donde se realizará la actividad minera presentan una textura de Franco arcillosa.

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Uso actual del suelo.

La parte seca y caliente comprende el 85% (casi 50.000 has) de la superficie cantonal. Gran parte de ella: 31.000 has, equivalente al 54 % del área cantonal en 1983, está cubierta de vegetaciones naturales, que en su gran mayoría consiste en bosque seco y bosque seco abierto, esta vegetación es usada para el pastoreo de ganado bovino y caprino. Los principales cultivos en esta zona son: maíz, yuca, caña (para aguardiente), que ocupan unas 11.400 has (casi el 20 % de la superficie cantonal), maíz y fréjol en las zonas más secas (ocupando el 7.5 % del área cantonal). Los principales cultivos son el maíz, maní, caña, poroto, zarandaja, yuca, guineo, considerándose como más representativo el cultivo del maíz, maní, poroto y yuca. Estos cultivos, en su mayor parte sirven para el consumo familiar, a continuación se detalla un cuadro explicativo del uso actual del suelo en la provincia de Loja. Entorno paisajístico.

En el sector existen dos tipos de paisajes predominantes. Paisaje de colinas y llanuras. Se define como las partes más elevadas que generalmente van desde los 550–900 m.s.n.m. Este tipo de paisaje, común no solo en el área, sino en la región, se define como panorámico despejado y vistoso en época de verano y levemente nubloso en invierno. Analizando los parámetros escala como espacio y forma; las elevaciones permiten visualizar ampliamente los sectores de pendiente y plana, dando visualización a las panorámicas.

Paisaje de pendientes y quebradas. Esta disposición morfológica se obtiene desde las cotas 320–520 m s.n.m. hasta niveles inferiores del río Macará. Pendientes que oscilan entre 25 y 45º, generalmente con presencia de poca vegetación arbustiva y herbácea y una gran cantidad de arbórea representada por Ceibos. Su coloración mantiene de café clara (partes áridas) hasta verde amarillenta (ceibos y vegetación). La estética paisajística ha sido modificada y alterada en parte por efectos del conflicto limítrofe entre Ecuador y Perú y por la actividad agrícola y ganadera en la zona provocando deforestación y cambios en el hábitat natural.

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Hidrología El principal afluente ubicado en el área de influencia directa del área minera se denomina Rio Macará, el sistema de drenaje es de carácter dendrítico en consecuencia el ancho de los causes son variables. Calidad del agua Se tomaron las muestras antes de iniciada la concesión y finalizada el área de la misma. En el siguiente cuadro se presentan los resultados. En el anexo respectivo podremos observar los resultados de Laboratorio. Cuadro 2. Resultados de la calidad del agua del área en donde inicia la

concesión minera.

PARÁMETRO ANALIZADO UNIDAD RESULTADO LÍMITE

PERMISISBLE CRITERIO DE RESULTADO

Aceites y grasas mg/l <20 0,3 ----------

Hidrocarburos totales de petróleo mg/l <0,2 0,5 CUMPLE

Materia flotante (*) ausencia / presencia Ausencia AUSENCIA CUMPLE

Mercurio mg/l < 0,002 0,0002 ----------

Antimonio mg/l < 0,50 NO APLICA NO APLICA

Arsénico mg/l 0,0044 0,05 CUMPLE

Cadmio mg/l < 0,02 0,001 ----------

Cobre mg/l < 0,10 0,02 ----------

Coliformes fecales(*) NMP/100ml 2,3x105 200 NO CUMPLE

Demanda bioquímica de oxígeno mg/l 109 NO APLICA NO APLICA

Demanda química de oxígeno mg/l 260 NO APLICA NO APLICA

Hierro mg/l 5,30 (a)

0,3 NO CUMPLE

Sulfatos mg/l 16,7 NO APLICA NO APLICA

Nitratos mg/l < 1,0 NO APLICA NO APLICA

Potencial de hidrógeno UpH 7,8 6,5-9 CUMPLE

Sólidos totales mg/l 240 NO APLICA NO APLICA

Fuente: Informe de resultados, Protocolo No. 05152105 CORPLABEC. 28 de mayo de 2015.

Cuadro 3. Resultados de la calidad del agua del área en donde finaliza la concesión minera.

PARÁMETRO ANALIZADO UNIDAD RESULTADO LÍMITE

PERMISISBLE CRITERIO DE RESULTADO

Aceites y grasas mg/l <20 0,3 ----------

Hidrocarburos totales de petróleo mg/l <0,2 0,5 CUMPLE

Materia flotante (*) ausencia / presencia Ausencia AUSENCIA CUMPLE

Mercurio mg/l < 0,002 0,0002 ----------

Antimonio mg/l < 0,50 NO APLICA NO APLICA

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Arsénico mg/l 0,0044 0,05 CUMPLE

Cadmio mg/l < 0,02 0,001 ----------

Cobre mg/l < 0,10 0,02 ----------

Coliformes fecales(*) NMP/100ml 2,3x105 200 NO CUMPLE

Demanda bioquímica de oxígeno mg/l 109 NO APLICA NO APLICA

Demanda química de oxígeno mg/l 260 NO APLICA NO APLICA

Hierro mg/l 5,30 (a)

0,3 NO CUMPLE

Sulfatos mg/l 16,7 NO APLICA NO APLICA

Nitratos mg/l < 1,0 NO APLICA NO APLICA

Potencial de hidrógeno UpH 7,8 6,5-9 CUMPLE

Sólidos totales mg/l 240 NO APLICA NO APLICA

Fuente: Informe de resultados, Protocolo No. 05152106 CORPLABEC. 28 de mayo de 2015.

La muestra colectada fue enviada al Laboratorio CORPLABEC certificado por el Organismo de Acreditación Ecuatoriano. Luego de la recepción de los análisis de laboratorio correspondientes y de la revisión de los datos obtenidos, se compararon los resultados obtenidos con los datos, Libro VI. Anexo 1. Tabla 3. Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas del TULSMA, esto con la finalidad de identificar la calidad actual del agua del río Macará. Interpretación de los Resultados Previo al análisis de los resultados obtenidos, es importante que aclarar que en la actualidad no se realizan actividad o labores de extracción de los materiales pétreos, la idea de este muestreo antes y después de la concesión, es el de analizar las actuales condiciones del agua del Río Macará que atraviesa por la concesión, como un dato dentro de la línea base del Proyecto, para luego una vez efectuado el monitoreo en la fase de explotación ver si estas condiciones son afectadas por las actividades del proyecto minero. Efectuando el análisis de los resultados de las muestras del agua del Río Macará tanto aguas arriba como aguas abajo de la Concesión Belén, podemos determinar que en su gran mayoría los parámetros analizados se encuentran dentro de la norma, es decir, los parámetros como hidrocarburos totales de petróleo, materia flotante, arsénico, y pH están por debajo de los límites máximos permisibles o llamándolo de otra forma entre los rangos permitidos. Por el contrario existen dos parámetros (coliformes fecales y hierro), que se encuentran fuera de norma el primero ligado a la presencia de ganado vacuno y caprino en zonas altas de la cuenca lo que permite que las aguas se contaminen principalmente con desechos fisiológicos (heces y orines) de estos animales, y, por ende se alteren los resultados de contenido de coliformes fecales en las muestras tomadas.

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El río estudiado presentó concentraciones de hierro de 5.3(a), está concentración es superior al estándar permitido por la norma ambiental ecuatoriana. El hierro puede aparecer en el agua en sus distintos estados de oxidación, no se considera tóxico para el hombre aunque puede dar origen a problemas de olor o sabor, incluso a bajas concentraciones. El hierro puede depositarse como hidróxido y obturar las branquias de los organismos, disminuyendo su potencial respiratorio. Los huevos y las larvas cultivadas son más sensibles a estos metales, produciéndose entonces su muerte. El hierro en el medio acuático no es nocivo al estar en bajo contenido, pero suele serlo en presencia de altas concentraciones. Para las truchas, con valores de pH en agua de 6,5 a 7,5 y concentraciones de 0,9 ppm de hierro, es de efecto mortal (debe ser oxidado). Los metales pesados pueden presentarse en forma de trazas en las aguas de abastecimiento superficiales, su toxicidad puede llegar a ser alta y es aumentada por diversos factores, entre ellos principalmente el pH, el oxígeno disuelto y la temperatura. El ingreso a los cultivos se produce a través del agua de abastecimiento y como consecuencia de operaciones industriales efectuadas por el hombre (papeleras, extracción de minerales, curtiembres, etc.) , o bien porque son producto del arrastre de las aguas. El principal problema radica en que son bioacumulables, afectan el sistema neuromuscular y pueden llegar a ser letales. Este análisis nos indica que existen actividades externas al proyecto minero que han afectado las condiciones de idoneidad del agua del río Macará, punto importante a analizar al momento de realizar la Auditoría Ambiental de Cumplimiento cuando el proyecto se encuentre en la fase de explotación.

Uso y calidad del agua.4

El agua es utilizada para riego y ganadería de los terrenos aledaños. Es importante mencionar que el caudal del rio se ve contaminado; ya que recibe descargas de factores contaminantes, además se observa sólidos en suspensión de acuerdo al análisis visual. Aire La contaminación atmosférica constituye uno de los problemas ambientales de la ciudad de Macará; el acelerado incremento del parque automotor y la concentración de las actividades en el casco céntrico de la ciudad, han originado

4 Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Macará, 2011.

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el incremento del tráfico que genera una gran cantidad de gases contaminantes, producto de la combustión vehicular, que deterioran la calidad del aire de la ciudad. Estos gases nocivos se dividen en: Contaminantes primarios, que son aquellos emitidos directamente por las actividades humanas y representan aproximadamente un 85 %; y Contaminantes secundarios, los cuales son generados por interacción de los contaminantes primarios, ayudados por factores atmosféricos como lluvia, temperatura, humedad, etc. Los principales contaminantes primarios son: material particulado fino (PM 2,5), monóxido de carbono (CO), dióxido de carbono (CO²), hidrocarburos (HC), óxidos de nitrógeno (NOX), dióxido de azufre (SO²), y oxidantes fotoquímicos expresados como ozono (O³), todos estos derivan en la ciudad de Macará, fundamentalmente de los procesos de combustión del parque automotor privado y público. La concesión minera se encuentra en una zona rural en donde la presencia de tráfico vehicular se limita al tránsito de volquetes que transportan materiales pétreos de concesiones artesanales cercanas, y, de vehículos livianos (camionetas) que transportan los productos agrícolas que se producen en la zona. Este leve tráfico vehicular es muy eventual y de baja intensidad, lo que significa una generación de material particulado muy bajo, es importante mencionar que existen actividades pecuarias además en zonas aledañas, mismas que no causan mayor polución en la zona de estudio. Ruido Es aquel sonido no deseado que altera la audición e impide la concentración. Es un elemento del medio ambiente urbano, que aún no ha sido bien estudiado ni analizado a profundidad en la ciudad de Macará. De acuerdo con la intensidad del ruido se considera: de 0 a 60 decibeles (dB) moderado; de 60 a 90 dB fuerte; de 90 a 110 dB muy fuerte; y sobre los 110 dB peligroso para el oído humano. Los límites permisibles en la ciudad son: en áreas residenciales 60 dB, en zonas comerciales 70 dB y en los sectores industriales 80 dB. Niveles de ruido ambiente La medición de los niveles de ruido se efectuó de conformidad con los

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procedimientos y normas contenidas tanto en la fase metodológica del presente estudio como en el Anexo 5 del Libro VI del TULSMA, referente a Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas, fuentes móviles y vibraciones. Cuadro 4. Valores de ruido obtenidos en el área de implantación del proyecto [2].

PUNTO UBICACIÓN DEL PUNTO

MUESTREO VALOR

OBTENIDO (dB) FUENTE

GENERADORA

P1 Inicio de concesión 60,50 Ruido Ambiente

P2 Parte media de la concesión 64,60 Ruido Ambiente

P3 Fin de la concesión 62,00 Ruido Ambiente

P4 Centro poblado más cercano 82,30 Ruido Ambiente

Nota: [2]

Mediciones realizadas con Sonómetro AMPROBE, modelo SM-70.

Elaboración: Equipo Consultor, 2015.

Al analizar los resultados obtenidos se puede mencionar que los niveles actuales de ruido en el área minera tanto en su interior como en el centro poblado más cercano son fuertes, es decir, se encuentran dentro de los rangos de 60 a 90 dB, establecido por la normativa. Vibraciones Ningún equipo o instalación podrá transmitir, a los elementos sólidos que componen la estructura del recinto receptor, los niveles de vibración superiores a los señalados a continuación: Cuadro 5. Límite de transmisión de vibraciones

USO DE EDIFICACIÓN PERÍODO CURVA BASE

Hospitalario, Educacional y Religioso

Diurno 1

Nocturno 1

Residencial Diurno 2

Nocturno 1,4

Oficinas Diurno 4

Nocturno 4

Comercial Diurno 8

Nocturno 8

Fuente: TULSMA, Libro VI, Anexo 5.

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6.2.2. Diagnóstico Biótico

6.2.2.1. Caracterización florística INTRODUCCIÓN

Los bosques del sur del Ecuador han sido utilizados ancestralmente para la obtención de recursos, pero con tal celeridad que la cobertura vegetal de bosques nativos ha sido reducida considerablemente. La expansión agrícola, una creciente población humana y el desarrollo de la infraestructura vial, contribuyeron en el proceso de destrucción de los bosques naturales (Dodson & Gentry, 1991; Gavilanes et al., 2000 en Aguirre et al., 2001). El cantón Macara está ubicado en la Región Sur del Ecuador, al sur occidente de la Provincia de Loja, Su cobertura vegetal se encuentra conformada principalmente por Bosque húmedo denso, Bosque húmedo intervenido, Matorral húmedo alto, Matorral húmedo degradado, Bosque seco denso, Bosque seco semidenso, Bosque seco ralo, Matorralseco alto, Matorral seco bajo, Pasto natural, Cultivos asociados subtropicales, Cultivos de arroz y Asociaciones pasto-matorral. (Cueva y Chalan 2010). La caracterización florística de la región proporciona una panorámica ambiental de las especies presentes en el sector, así mismo el estado de conservación en que se encuentran, donde la mayor parte de vegetación natural ha sido remplazada por cultivos baja riego El presente trabajo se basa en la caracterización de la cobertura vegetal aledaña a los sitios de Explotación de Materiales Pétreos ubicadas en los márgenes del Río Macara en el área de influencia directa e indirecta de la concesión “Belén”, Código 600946 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ÁREA DE ESTUDIO

Localización El estudio florístico se lo realizó en el área de la concesión minera “Belén”, localizada en el cantón Macará, provincia de Loja. Tipo de formación vegetal del área de estudio La zona de estudio no representa según el sistema de clasificación de los ecosistemas del Ecuador MAE (2012), al Bosque deciduo de tierras bajas del Jama – Zapotillo, sin embargo los remanentes de vegetación se concentran en la rivera del Rio Catamayo, con individuos de formación secundaria, colonizando

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espacios donde no interviene el ser humano. La siguiente figura muestra el tipo de cobertura vegetal de la zona de estudio.

Fotografía 1. Cobertura vegetal de la zona de estudio.

Fotografía 2. Identificación de especies in situ

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RESULTADOS Caracterización de la cobertura vegetal

Dentro de las formaciones existentes de la zona de estudio se pueden distinguir los siguientes tipos de cobertura vegetal, las mismas que se encuentran en el área de influencia directa e indirecta del proyecto: Matorral seco bajo degradado

En la siguiente figura se muestra el tipo de cobertura matorral intervenido localizado en la zona de estudio, el cual constituye un tipo de vegetación que se ha desarrollado luego de sufrir una alteración causada por procesos naturales (inundación de los márgenes del río), o por los seres humanos (acciones antrópicas), que incluyen tala y limpieza del bosque maduro para convertirlo en áreas de cultivos de arroz.

Fotografía 3. Cobertura vegetal presenta en el margen del río Macará (área de

estudio). Cultivos de arroz

En zonas aledañas de la Concesión “Belén” Código 600946 (área de influencia indirecta) el uso del suelo está destinado a la producción agrícola, con cultivos de arroz, éstos se localizan en las zonas planas y en lugares con pendiente suave formando terrazas, se producen bajo riego con alta dependencia de agroquímicos. En la figura 5 se muestra una panorámica de los cultivos de arroz en zonas bajas.

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Fotografía 4. Cultivos de arroz ubicados en áreas de influencia indirecta de la

concesión. Composición florística del matorral seco degradado a) Estrato arbóreo

En el área de estudio se registró un total de 4 especies perteneciente a 4 géneros y 4 familias, esto en el estrato arbóreo. El cuadro siguiente muestra la densidad absoluta y relativa de los individuos arbóreos. Cuadro 6. Especies arbóreas registradas en la cobertura bosque de galería, con

su respectiva abundancia.

Familia Nombre Científico Nombre Común

Densidad Absoluta

Densidad Relativa

Asteraceae Tessaria integrifolia Pájaro bobo 11 40,74

Fabaceae Erythrina smithiana Porotillo 5 18,52

Mimosaceae Acacia macracantha Faique 9 33,33

Sterculiaceae Guazuma sp. Guásimo 2 7,41 Fuente: Equipo Consultor, 2015.

Tessaria integrifolia (Pájaro bobo) es la especie con mayor número de individuos en la zona de estudio con el 40,7 %, seguido de Acacia macracantha (Faique) con 33,3 %.

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b) Estrato arbustivo

En el estrato arbustivo se registraron 2 especies, 2 géneros y 2 familias botánicas. El siguiente cuadro dos indica las especies arbustivas presentes en el área de estudio. Cuadro 7. Abundancia de las especies arbustivas registradas en la cobertura

bosque de galería.

Familia Nombre Científico Nombre Común

Abundancia

1 2 3

Poaceae Gynerium sagitatum Pindo

x

Mimosaceae Pictademia flava Sierrilla x 3= abundante; 2= comunes y 1= raro

Fuente: Equipo Consultor, 2015.

La especie más abundante que se desarrolla en el estrato arbustivo de la zona de estudio es Gynerium sagitatum (Pindo). c) Estrato herbáceo Dentro del estrato herbáceo encontramos 4 especies, 3 géneros y 2 familias botánicas. El cuadro tres muestra las especies herbáceas identificadas en la zona de estudio. Cuadro 8. Abundancia de las especies herbáceas registradas en la cobertura

bosque de galería.

Familia Nombre Científico Nombre Común

Abundancia

1 2 3

Poaceae Chloris radiata

x

Cyperaceae Schoenoplectus californicus Totora x

Poaceae Pennisetum purpureum Pasto elefante x

Poaceae Pennisetum clandestinum Kikuyo x 3= abundante; 2= comunes y 1= raro

Fuente: Equipo Consultor, 2015.

La especie más abundante que se desarrolla en el estrato herbáceo de la zona de estudio es Pennisetum purpureum (Pasto elefante), en menor cantidad Pennisetum clandestinum (Kikuyo) y Schoenoplectus californicus (Totora).

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Cultivos

Los principales cultivos que se desarrollan en el área de influencia directa e indirecta son: arroz (Oriza sativa) y en menor porcentaje se cultiva maíz (Zea mays), cebolla (Allium cepa) y caña de azúcar (Saccharum officinarum). Los productos especialmente arroz son comercializados a las provincias de Loja y El Oro, otros productos cultivados en menor cantidad ayudan al sustento familiar de los pobladores locales. El cuadro cuatro indica las especies cultivadas asociadas a sistemas agroforestales. Cuadro 9. Especies nativas y cultivadas que se encuentran asociadas a los

cultivos de arroz.

Descripción Familia Nombre Científico Nombre Común

Abundancia

1 2 3

Cultivos

Poaceae Oryza sativa Arroz

x

Poaceae Saccharum officinarum Caña de azúcar

x

Poaceae Zea mays Maíz

x Alliaceae Allium cepa Cebolla x

x

Euphorbiaceae Manihot sculenta Yuca

x Cercas

vivas Mimosaceae Acacia macracantha Faique

x

Fabaceae Erytrhina smithiana Porotillo

x

Frutales

Anacardiaceae Manguiferaindica Mango

x

Mimosaceae Inga sp. Guaba x Caricaceae Carica papaya Papaya

x

Arecaceae Cocus nucifera Coco

x 3= abundante; 2= comunes y 1= raro

Fuente: Equipo Consultor, 2015.

Endemismo y categoría de amenaza En la zona de estudio se registró 1 especie endémica: Erytrhina smithiana (Porotillo), la cual se encuentra en la categoría Preocupación Menor (LC). En el cuadro siguiente se presenta la especie endémica registrada con su respectiva categoría de amenaza, hábito de crecimiento y tipo de cobertura vegetal donde se localiza.

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Cuadro 10. Registro de la especie endémica localizada en la zona de estudio de la Concesión Belén.

Familia Nombre Científico Nombre Común

Hábito Crecimiento

Categoría de

Amenaza

Cobertura vegetal

Fabaceae Erytrhina smithiana Porotillo Árbol LC Matorral seco degradado y

Agroecosistemas Fuente: Equipo Consultor, 2015.

CONCLUSIONES

En el área de estudio se determinaron los siguientes tipos de cobertura vegetal: Matorral intervenido y Agroecosistemas con cultivos de arroz.

No existen remanentes de bosques importantes o frágiles en la zona de influencia de la Concesión, debido a que la mayoría de la vegetación ha sido alterada.

Los pequeños relictos de vegetación situados en los márgenes del río Macará (zona de influencia de la Concesión) se constituyen en un importante proveedor de protección y regulación hídrica.

La especie que registran mayor número de individuos dentro del estrato arbóreo es Tessaria integrifolia (Pájaro bobo) con el 40,7 %, considerada una especie pionera que se regenera rápidamente luego de una intervención.

Dentro de los Agroecosistemas el arroz (Oryza sativa) es el principal cultivo de producción de la zona.

En la zona de influencia de la Concesión se registró una especie endémica Erytrhina smithiana (Porotillo), esta se encuentra en la cobertura vegetal Matorral seco degradado y en Agroecosistemas para cercas vivas, la cual se presenta en la categoría de amenaza (LC) Preocupación Menor.

6.2.2.2. Caracterización Faunística ESPECIES PRESENTES Y ABUNDANCIA Aves En total se obtuvo registros de 24 especies de aves que corresponde al 1,48% del total de la ornitofauna ecuatoriana (1616 - Ridgely, et al., 2006), este bajo porcentaje, se debe a las características de alteración a la que ha sido sometida el área de estudio. Debido a las características ecológicas de las aves (locomoción, capacidad de dispersión y rangos de acción) y al diseño de la investigación

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establecido para este grupo, se presentan los resultados en forma global para toda el área de estudio considerada ya que el transecto de observación abarco los diferentes tipos de hábitats que presentó el área del proyecto minero. La evaluación del componente ornitológico en el área de estudio reporto los siguientes datos: El orden más representativo fue el de los Passeriformes, con 14 especies y un porcentaje del 59%, seguido de los órdenes Falconiformes, Columbiformes y Cuculiformes con dos especies y un porcentaje del 9% y 8% y por último los órdenes Ciconiiformes, Psittasiformes, Apodiformes y Piciformes con una especie cada uno y un porcentaje del 4%, como se muestra en la siguiente figura:

Figura 1. Porcentaje por órdenes

Elaborado: Equipo Consultor, 2015.

Las aves registradas se agrupan en 16 familias y 8 órdenes. Las familias más representativas fueron: Tyrannidae y Emberizidae con 3 especies cada un 12,5% y Columbidae, Cuculidae, Thraupidae e Ictiridae con dos especies cada un 8,33% el resto de familias presentaron una especie (Ver tabla siguiente).

Cuadro 11.Número de especies registradas por Familia.

Familia # de

Especies Porcentaje

Cathartidae 1 4,16%

Accipitridae 1 4,16%

Falconidae 1 4,16%

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Columbidae 2 8,33%

Psittasidae 1 4,16%

Cuculidae 2 8,33%

Apodidae 1 4,16%

Picidae 1 4,16%

Furnariidae 1 4,16%

Tyrannidae 3 12,5%

Turdidae 1 4,16%

Hirundinidae 1 4,16%

Troglodytidae 1 4,16%

Thraupidae 2 8,33%

Emberizidae 3 12,5%

Icteridae 2 8,33% TOTAL 24 100%

Elaborado: Equipo Consultor, 2015.

Mamíferos Las técnicas que mayor información proporciono en el presente estudio fueron la Identificación de huellas, otros rastros y por medio de observaciones directas. - Riqueza y Diversidad

El área en estudio, se registraron un total de 6 especies de mamíferos, pertenecientes a 6 familias y 5 órdenes. Las especies registradas equivalen al 5% del total de especies del Piso Tropical Suroccidental (n=120 – Tirira 2007); y el 1,4% del total de la mastofauna Ecuatoriana (n=407 – Tirira 2011).

De acuerdo al número de especies el orden más representativo fue Rodentia con 2 especies (33%) y Didelphimorphia, Cingulata, Carnívora y Lagomorpha con tan solo una especie (16,67%).

Cuadro 12. Órdenes, número de especies y porcentaje de Mamíferos presentes en el área de estudio.

ÓRDENES Nº

ESPECIES PORCENTAJ

E DIDELPHIMORPHIA 1 16,67 %

CINGULATA 1 16,67 %

LAGOMORPHA 1 16,67 %

RODENTIA 2 33,33 %

CARNÍVORA 1 16,67 %

TOTAL 6 100 %

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Elaborado: Equipo consultor, 2015.

Figura 2. Porcentaje Por Órdenes

Elaborado: Equipo consultor, 2015.

- Especies de Mamíferos registradas por encuestas e información en el

área de estudio (formuladas a personas).

Las especies reconocidas por los habitantes de la localidad mediante la revisión de la guía de campo de mamíferos fueron: la guanchaca (Didelphis albiventris), el conejo de monte (Sylvilagus brasiliensis) la guatusa de la costa (Dasyprocta punctata), y, la ardilla (Sciurus stramineus).

Anfibios y Réptiles - Diversidad y abundancia relativa En los sitios de muestreo, se registró un total de tres especies de anfibios y una de réptiles. Los anfibios corresponden al orden Anura agrupado en tres familias, tres géneros y tres especies. Las tres familias aportan con una especie cada una a este grupo herpetofaunístico, y para los réptiles se registró a un orden, una familia y una especie. En la siguiente figura se indica la abundancia por órdenes de las especies de herpetofauna registradas.

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Figura 3. Porcentaje por órdenes

Elaborado: Equipo consultor, 2015.

ASPECTOS ECOLÓGICOS Aves - Nicho trófico Como se puede apreciar en la siguiente tabla las especies del gremio alimenticio de los frugívoros (7) y las especies insectívoras (10) fueron las más representativas, esto debido a la variedad de ecosistemas presentes dado por la alteración a la que ha sido expuesta la zona de estudio, le siguen los demás gremios registrados en el presente estudio, cada uno con una y dos especies respectivamente. Cuadro 13. Nicho trófico de las especies de aves registradas.

Nicho # de especies Porcentaje

Carnívoros 2 8,33% Carroñeros 1 4,16%

Frugívoros 7 29,1% Insectívoros 10 41,6%

Omnívoros 2 8,33%

Semilleros 2 8,33%

Total 24 100% Elaborado: Equipo Consultor, 2015.

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Mamíferos Los Principales aspectos ecológicos estudiados en el presente trabajo fueron el nicho trófico y la sensibilidad de especies como indicadoras del estado de conservación o condiciones ambientales del área de estudio. Los mismos determinan que la presencia mínima de mamíferos indicadores de buen hábitat o buen bosque se debe a la presencia humana y áreas de cultivos, a la vez que incide de manera directa algunos caminos de acceso, siendo así que atraviesan por el área de estudio. Las especies de Frugívoros son las más representativas con un 33,3% del total de especies registradas, mientras que las especies de los gremios Carnívoros, Herbívoros, Insectívoros y Omnívoros son las de menos registros con tan solo el 16,6% respectivamente (Ver la siguiente Tabla). Cuadro 14. Nicho trófico de las especies de mamíferos registradas.

Nicho Número de especies

Porcentaje

Carnívoros 1 16,6%

Frugívoros 2 33,3%

Herbívoros 1 16,6%

Insectívoros 1 16,6%

Omnívoros 1 16,6%

Total 6 100% Elaborado: Equipo Consultor, 2015.

- Sensibilidad de las Especies De las seis especies registradas, cuatro de ellas corresponden a especies de sensibilidad baja, esto dado por su ecología y por su gran capacidad de adaptabilidad a ecosistemas intervenidos o alterados por diferentes actividades humanas que han influenciado de manera directa en el cambio de cobertura vegetal en el área de estudio y se registraron dos especies de sensibilidad media, a pesar de ser de sensibilidad media éstas aún resisten los niveles de alteración a los que ha sido expuesta el área de estudio.

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Anfibios y Réptiles - Modos y Patrones reproductivos en anuros Ya que los anfibios son más notables y mejor estudiados que los réptiles, el análisis de los aspectos reproductivos se limita solo a este grupo. Duellman (1978), reconoce 11 modos reproductivos, de estos se reconocen 2 para los anuros registrados durante la presente investigación. Modo 1.- Este modo se caracteriza por presentar el desarrollo de huevos y larvas estrictamente asociados a cuerpos de agua. Duellman (1978) destaca que los huevos y larvas, en toda situación acuática, especialmente en grandes cuerpos de agua permanente, son sujeto de predación por insectos acuáticos, serpientes, pájaros y peces. Se conoce además que la ovada de las especies restringidas a este modo presenta muchos huevos pequeños. Se registraron dos especies correspondientes a las familias Bufonidae e Ranidae, bajo este modo reproductivo: Rhinella marina. El modo reproductivo dominante fue ovoposición y desarrollo de renacuajos en aguas lénticas o temporales, lo que sugiere que el hábitat presenta sitios abiertos y alterados. En cuanto a los réptiles observados, todos son especies ovíparas, pero se desconocen sus patrones reproductivos. - Preferencias de hábitats En cuanto a la preferencia de hábitat, el 50% son pioneras, las cuales habitan en bosques secundarios adaptándose a bosques intervenidos y el 50% son especies colonizadoras. - Distribución por estratos El 75% son especies que desarrollan su historia natural en el estrato bajo del bosque, en la hojarasca o perchando en hojas a alturas inferiores a un metro, el 25% restante agrupa a especies cuya historia natural se desarrolla en el sotobosque, a alturas superiores a 1 – 1,50 metros. - Preferencias alimenticias El 100% de las especies registradas basan su dieta en invertebrados como insectos y arácnidos.

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ESTADO DE CONSERVACIÓN Mamíferos En la siguiente tabla se observa el estado de conservación de las especies de mamíferos registrados en el área de estudio. Según la Lista Roja de Ecuador ninguna especie se encuentra ubicada dentro de sus categorías de amenaza. De acuerdo con la CITES, una especie se encuentran en el Apéndice III y una especie en el Apéndice I y II. Mientras que para la UICN, una de las especies que se registraron está dentro de la categoría de amenaza Casi Amenazada NT, según esta organización. Cuadro 15. Estado de Conservación de los Mamíferos registrados.

Especies Lista Roja Ecuador

CITES UICN

Dasyprocta punctata --- III ---

Puma yagouaroundi --- I/II NT

CITES 2013 Apéndice I = Especies en peligro de extinción Apéndice II = Especies no amenazadas, pero que puedan serlo si su comercio no es controlado, o especies generalmente no comercializadas Apéndice III = Especies de comercio permitido, siempre y cuando la autoridad administrativa del país de origen certifique que la exportación no perjudica la especie y que los animales fueron obtenidos legalmente. UICN: NT (casi amenazada)

Elaborado: Equipo Consultor, 2015.

Herpetofauna De acuerdo con la lista roja de Anfibios y Reptiles del Ecuador, ninguna especie ha sido registrada en alguna de las categorías de amenaza según esta organización. Ornitofauna - Especies Singulares Dentro de las especies registradas en el área de estudio, ninguna se encuentra dentro de la categoría de amenaza según la UICN.

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- CITES El “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres” (CITES), ampara a unas 5 000 especies de animales y 28 000 especies de plantas contra la explotación excesiva debido al comercio internacional. Este listado permite observar las especies que se encuentran amparadas por la CITES y están incluidas en uno de sus tres apéndices, según el grado de protección que necesiten. Cuadro 16. Especies de aves que se encuentran en los Apéndices CITES.

Nombre Científico Nombre en Español Apéndice

Elanoides forficatus Elanio Tijereta II

Caracara cheriway Caracara Crestado Norteño II

Aratinga wagleri Perico Frentiescarlata II

Elaborado: Equipo consultor, 2015.

ESPECIES SINGULARES E INDICADORAS Aves

Cuadro 17. Sensibilidad de las especies de aves registradas.

Sensibilidad # de

especies Porcentaje

Alta 0 0%

Media 3 12,5%

Baja 21 87,5%

Sin datos de Sensibilidad 0 0%

Total 24 100% Elaborado: Equipo Consultor, 2014.

El alto número de especies de sensibilidad baja (21) y el de sensibilidad media (3), son indicadores del estado de alteración en el que se encuentra la zona en la que se efectuó el estudio. Tomando en cuenta la recomendación de Stotz. et. al., 1996, que establece tres categorías (alta, media y baja), determinándose así las aves bioindicadoras y las especies para la realización de monitoreos. Para ello, se debe anotar que las especies de alta sensibilidad son aquellas que prefieren hábitats en buen estado de conservación, bosques primarios o secundarios de regeneración antigua y dependiendo de sus rangos de acción, también pueden adaptarse a remanentes de bosque natural intervenidos. Especies de sensibilidad media, especies que

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pueden soportar ligeros cambios ambientales y pueden encontrarse en áreas de bosque en buen estado de conservación y/o en bordes de bosque o áreas con alteración ligera y especies de baja sensibilidad que son capaces de adaptarse y colonizar zonas alteradas. Mamíferos Los mamíferos considerados especies singulares o indicadoras generalmente son especies grandes que poseen un rango ecológico grande, es decir que necesitan de bebederos, comederos, saladeros, dormideros, etc., se puede decir que con la presencia de estas especies se pueden catalogar el estado de conservación de un bosque. Especies Indicadoras Todas las especies que se registraron son indicadoras de sitios alterados, de características generalistas y que toleran en cierta medida la modificación de su hábitat. Anfibios y Réptiles No es posible monitorear todas las especies de anfibios y réptiles, pues la mayoría se presentan con bajas densidades o son evasivas, de acuerdo al método de muestreo que se emplee. En la mayor parte de la fauna silvestre, se requiere consideraciones especiales para su estudio debido a sus bajas densidades, dificultad de detección mediante métodos estándar de muestreo o de identificación segura en el campo, por lo que se recomienda trabajar con indicadores biológicos. En la categoría de especies indicadoras de ambientes previamente alterados (que son las que dominan el área de influencia) se identificó a Rhinella marina, como la principal. Algo muy particular de estas especies es que presentan un modo reproductivo simple, que consiste en ovoposición y desarrollo de renacuajos en aguas lénticas (Duellman, 1978; Crump, 1992). Este modo reproductivo favorece los procesos de migración y colonización de anfibios de características generalistas, e influyen en la alta densidad de las poblaciones en áreas previamente alteradas. ESPECIES ENDÉMICAS Se registró una especie endémica para el componente aves, estas es: el hornero del pacífico (Furnarius cinnamomeus).Para mamíferos, anfibios y réptiles no se registraron especies endémicas dentro del área de influencia del proyecto minero.

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DETERMINACIÓN DE ÁREAS SENSIBLES Y ÁREAS DE INFLUENCIAS

Zonas de sensibilidad media Debido a la presencia de cultivos y vegetación esporádica, aún se encuentran sitios donde aún se conserva vegetación y donde se refugian algunas de las especies registradas, a éstos sitios se los considera como zonas de sensibilidad media. Zonas de sensibilidad baja. Teniendo en cuenta que el área de estudio está rodeada por áreas deforestadas y árboles dispersos se lo puede considerar una zona de sensibilidad baja, ya que se en estos hábitats se registraron especies comunes y de sensibilidad baja adaptados a éste tipo de ecosistema. 6.2.3. Diagnóstico socioeconómico. Población5 La concentración de la población del cantón Macará, se da en su cabecera cantonal representando el 62.57% de la población total del mismo (Censo 2010). La migración afecta al 70% de la población del cantón y al 28.95% de la población de la ciudad, hecho que incide en el desmembramiento del núcleo social como lo es la familia; de igual forma afecta al 36.90% de las familias en esta ciudad de las cuales por lo menos a emigrado un miembro de las mismas. Podemos concluir que la emigración en los últimos tiempos ha disminuido según investigación realizada tenemos que hace menos de 7 meses han emigrado 4.25%, lo cual es una cifra alentadora para nuestra base económica y social. La composición familiar en la cabecera cantonal de Macará es de 4.4 miembros por familia. Las densidad neta que presenta la ciudad es de 52.65 habitantes/hectáreas, encontrándose dentro de la categoría de densidades bajas de 0 a 150 hab/ha. Esta realidad se reparte de igual forma en las diferentes manzanas que conforman el área urbana, obteniendo que solo el 1.24% de las manzanas poseen una densidad neta alta de 250 hab/ha en adelante, el 9.92% de las manzanas una densidad media de 151 a 250 hab/ha y el 88.84% de las manzanas una densidad baja entre 0

5 Censo de población y vivienda. 2010 INEC.

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a 150 hab/ha, aspecto muy importante a considerar en las nuevas propuestas de distribución de la población en esta espacio urbano. La actividad económica de Macará pertenece principalmente a las actividades terciaria y primaria, con un 52.94% y 22.87% respectivamente, girando en torno al comercio, agricultura y ganadería, en un porcentaje mínimo aparece la industria con un 13.76% representando siempre a pequeñas industrias como carpinterías, mecánicas; no podemos dejar de mencionar el otro lado de la realidad como lo es el comercio ilícito de productos hacia el Perú, principalmente de gasolina y gas El 82.70% de los macareños trabaja en la ciudad y el 17.30% en el área rural. Los ingresos de los macareños están por debajo de la canasta familiar. Vivienda6 Dentro de los usos de suelo, tenemos que el mayormente representativo desde el punto de vista cuantitativo es el de vivienda con un 87.56%, es decir de cada 10 viviendas, 9 poseen el uso de vivienda, pudiendo además compartir el uso con otros como comercio, producción artesanal y agrícola lo que le da una característica singular en la estructura de la ciudad. Las condiciones del relieve topográfico han determinado que en las áreas que se encuentran en proceso de consolidación se hayan asentado en forma dispersa, por lo que no se ha logrado una consolidación uniforme en la ciudad. Es un hecho preocupante, que la mayor parte de manzanas no alcance los límites de densidades mínimas de población y vivienda, pues esto produce un aumento notable en los costos de dotación, mantenimiento y operación de infraestructura y servicios básicos, por habitante, familia o vivienda. Los materiales predominantes en la construcción de viviendas son: en cuanto a estructura la autosoportante y hormigón armado; en paredes la mayor parte son mixtas de ladrillo y adobe (en bloques separados), mientras que en las cubiertas predominan la teja y el asbesto. La tenencia de la vivienda principalmente es propia en un 74.94%, sin embargo también se encuentra un 15.40% de viviendas arrendadas y un 4% de viviendas prestadas. De acuerdo a los servicios básicos que poseen las viviendas, respecto a cuarto de cocina, baño y número de dormitorios, así como también disponibilidad de servicios

6 Censo de Población y Vivienda, 2010.

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de infraestructura; se puede decir que no existe tendencia al hacinamiento en grandes proporciones, sin embargo no se debe olvidar el número de viviendas propensas a esto, siendo en un porcentaje aproximado del 20% el total de las viviendas. Se puede concluir que la participación del sector público en la producción de la vivienda en esta cabecera cantonal, es poco protagónica con un 10.57% del total de viviendas apoyadas por estas instituciones. La oferta de la vivienda nueva en la ciudad de Macará, corresponde a una fracción muy pequeña de la demanda total, enfocada a la clase social media alta de la población. Infraestructura urbana7 Agua potable

Existe un déficit de cobertura del 32% de la población total, la misma que adquiere el líquido vital mediante los carros taques repartidores. Actualmente Macará muestra un déficit bien marcado, debido a que la comunidad es abastecida en tiempo restringido y corto, por lo tanto el servicio es deficiente en cantidad y calidad, debido a que gozan de 45 litros de agua/persona/día, siendo su necesidad según normativas para climas calurosos como el que presenta esta ciudad de 200 litros de agua/persona/día; mostrando un déficit de 1572162 litros de agua para abastecer a toda la población por día, volumen que se va incrementando según el transcurrir del tiempo y aumento de la población. Alcantarillado Existe un déficit respecto del total del área urbana de 68.82 %, y respecto al área urbana consolidada el déficit es de 32.62%. No existe un adecuado sistema de alcantarillado pluvial, actualmente se cuenta con descargas rectangulares y con descargas a embaulados. Energía eléctrica y alumbrado público El servicio eléctrico que presta la EERSSA, representa la mayor parte del área urbana de la ciudad de Macará, su deficiencia se establece en los barrios urbano marginales.

7 Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Macará, 2011.

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La mayor parte del área urbana están servidas con el alumbrado público, pero por una continua falta de mantenimiento, existen luminarias que no se encuentran funcionando correctamente, producto del deterioro o del tiempo cumplido en su vida útil. Educación8 El 91.17% de la población en edad estudiantil primaria (correspondiente de 5 a 6 años) se encuentra estudiando, siendo acogida por los diferentes establecimientos, además se ha considerado a los alumnos de primer año de básica de las escuelas; y en cuanto a la calidad, esta se define por el servicio que ofrece cada institución en particular. En la ciudad de Macará los Centros Educativos Primarios, acogen al 95.98% de la población total de habitantes que se encuentran en edad estudiantil primaria, siendo esta cobertura admisible de acuerdo a la demanda establecida. Del total de población apta para estudiar el nivel secundario, el 86.05% de esta población se encuentra asistiendo permanentemente a clases. Existe un déficit que caracteriza a la mayoría de establecimientos, éste se refiere al mantenimiento físico de los establecimientos, dotación de material didáctico, talleres, laboratorios y en algunos casos de equipamiento sanitario. Salud Las enfermedades de mayor frecuencia son las infecciones respiratorias agudas, la parasitosis, y las enfermedades diarreicas. A nivel del Hospital en la ciudad de Macará ya se podría hablar de un déficit de camas, este déficit continuaría aumentando de seguir las cosas de esta manera; sin embargo no se puede desestimar el gran esfuerzo que se está haciendo para la construcción del nuevo hospital. Hoy en día Macará cuenta con un dispensario médico funcionando, el del Hospital, aunque existe infraestructura para otro dispensario no se lo está utilizando por falta de médicos, por lo tanto a corto plazo se necesitará a parte de esta dos unidades más y a largo plazo una, dándonos un total de cinco dispensarios con los que actualmente se cuenta, según normativa adoptada.

8 Censo de Población y Vivienda, 2010.

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Asistencia social En la ciudad de Macará, existen once locales de asistencia social, ocho guarderías infantiles, un albergue, un centro de cuidado para niños especiales y un asilo de ancianos, atendiendo a 377 personas. De la población comprendida dentro del rango de edad que participa en los centros de desarrollo infantil, se encuentran servidos un 37.55%, de la población total de 0 a 4 años, habrá que sustraer aquellos niños cuyas madres forman parte de la población inactiva, lo cual repercutiría en este porcentaje positivamente. Según las normas adoptadas, seis de las ochos guarderías presentan un alto déficit de la superficie de terreno, en relación al área construida. Deportivo El equipamiento deportivo debe cubrir el 55% de la población total, la normativa utilizada especifica la relación de 1.0 m2/ habitante, correspondiendo a un total de 5580 m2 de área destinada para recreación activa, por tanto, si bien es cierto que las canchas deportivas de otras instituciones privadas ayudan a aminorar la demanda existente, tomaremos para éste análisis únicamente las canchas de uso público bajo la administración municipal, bajo éste punto de vista encontramos un déficit de 2036 m2 de espacio destinado a áreas de recreación activa, es decir se está sirviendo actualmente al 36.5% de la población total.

Recreación pasiva: Parques La normativa adoptada indica que su cobertura deberá enfocarse al 100% de la población, correspondiéndole según normativa 6 m2 por habitante para satisfacer el requerimiento mínimo, la situación actual de las áreas verdes de la ciudad de Macará, presentan un déficit estimado de 4.76m2 por persona, es decir en la actualidad se está cubriendo solamente a un 21% de toda la población. Esta situación ha obligado a que los usuarios de éstos servicios subutilicen otros áreas (específicamente la pista de aterrizaje del aeropuerto), cuya función obviamente no está destinada a recreación y esparcimiento, sino debido a que su espacio físico presta condiciones favorables se adapta su requerimiento en la satisfacción de sus actividades, cumpliéndose jornadas de recreación en éste equipamiento urbano mayor. El déficit cualitativo es generalizado en los parques manifestado en su mantenimiento y en la dotación del mobiliario urbano adecuado.

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Comercio y abastecimiento Mientras el mercado Modelo se encuentra saturado de puestos tanto formales como informales (lo que nos haría pensar en la presencia de déficit), el mercado San Sebastián se encuentra ocupado apenas en un 26%, por lo cual al comparar éstas dos realidades nos hace pensar en una compensación de números de puestos.

La existencia de déficit se presenta en relación a la calidad del servicio que presta principalmente el mercado Modelo, que no reúne los requisitos indispensables para garantizar una adecuada higiene y venta de productos al público. Respecto al Centro Comercial, se debe pensar en programas que revitalicen su funcionamiento que puede ser productivo y a la vez comercial. Culto En el área urbana de Macará, encontramos dos iglesias y dos capillas de tipo católico, que es la religión de mayor aceptación dentro de la comunidad, además existen 3 iglesias de tipo evangélico. El déficit que encontramos en éstos centros, está dado por el escaso personal de la iglesia católica en ésta ciudad por lo que el uso de frecuencia de las iglesias, exceptuando la iglesia matriz de Macará es mínimo. Cementerio

El cementerio de esta ciudad, viene funcionando desde 1943 aproximadamente, y alberga a 3400 fosas y nichos, actualmente la parte del terreno utilizada de 1.14 ha se encuentra saturado, sin embargo existe otra parte del terreno que puede ser utilizada, sin embargo su déficit se presenta a nivel de incompatibilidad de uso y mantenimiento del mismo. Seguridad pública9 Cuerpo de bomberos

Respecto al Cuerpo de Bomberos, encontramos que en cuanto a la unidad de servicio se encuentra dentro de la normativa mínima de 1 autobomba; sin embargo existe déficit dentro del área de terreno disponible en primer lugar por ser un local arrendado que no presenta la funcionalidad que se requiere, en segundo lugar por no tener espacio suficiente para guardar la autobomba produciendo varios

9 Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Macará, 2011.

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contratiempos en la función del servicio, y en tercer lugar por no existir el suficiente personal.

Policía nacional El Comando de Policía Nacional, presenta un superávit en cuanto a la superficie del terreno, de igual forma respecto al área de construcción, sin embargo la funcionalidad de éste es deficiente, además presenta déficit en lo referido al número de policías que prestan éste servicio a la ciudadanía; según la normativa adoptada la ciudad debe contar con un personal estimado de 3 policías/1000 ha, y actualmente cuenta con 2 policías/1000 hab. Vialidad y transporte En Macará, cuantitativamente al momento está dotada de las suficientes vías en relación al flujo vehicular, en cambio la calidad de las mismas es deplorable, en razón de que en el invierno se vuelven intransitable y difíciles, generalmente el tratamiento que se les da no es el mejor. Sus anchos no están definidos, por lo que presenta algunas irregularidades en su trama urbana. En lo concerniente a las longitudes de tramo cabe señalar que las ninguna de las vías cumplen con las normas de jerarquización vial, hoy en día no se presenta mayor problema ya que el tráfico vehicular es bajo. En cuanto a su capa de rodadura hay sectores en donde el adoquín esta en 40 % de su totalidad deteriorado. Macara presenta deficiencias en la planificación de estacionamientos públicos lo que produce que las vías sean parqueaderos públicos y que por cuya sección de la misma provoca conflictos de tránsito vehicular. Existen algunas líneas de transporte intercantonal que sirven a la ciudad de Macara como los son la Cooperativa de Transportes Loja, Unión Cariamanga, entre las principales.

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7. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA, PROYECTO, ACTIVIDAD ECONÓMICA O PRODUCTIVA Y ANALISIS DE ALTERNATIVAS

7.1. Ubicación El Proyecto denominado “Concesión para materiales de construcción BELÉN CÓDIGO 600946”, que comprende una superficie de 28.31 Ha., se encuentra ubicada en la provincia de Loja, cantón Macará, parroquia Macará, sector Las Mallas. Geográficamente el área en mención se localiza en la zona geográfica 17, inscrita entre los vértices definidos por las siguientes coordenadas:

SHAPE X Y TIPO DESCRIPCION

1 618400 9514700 polígono intersecta con terreno

2 618400 9514483 polígono intersecta con terreno

3 617400 9514384 polígono intersecta con rio

4 617400 9514700 polígono intersecta con rio

5 618400 9514700 polígono intersecta con terreno

7.2. Información particularizada del área 1. La Dirección Regional de Minería de Loja, otorgó a favor de Julio Alberto

Tenorio Córdova el Título de Concesión de Explotación de Materiales de Construcción del área Belén Código 600946, protocolizado el 2 de febrero de 2005 e inscrito en el Registro de la Propiedad del cantón Macará el 2 de febrero de 2005.

2. El Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, resuelve sustituir el Título de Concesión de Explotación de Materiales de Construcción del área Belén Código 600946 por el Título de Concesión para Materiales de Construcción, a favor de Georgina Moreno Mora, mediante el cual se confiere en legal y debida forma el derecho personal, para la exploración y explotación de las arcillas superficiales, arenas, rocas y demás materiales de empleo directo en la industria de la construcción.

3. Mediante Resolución MRNNR-SRM-S-L-2014-0168-RES, el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables a través de la Subsecretaria Regional de Minas Sur Zona 7, resuelve calificar al área Belén Código 600946 bajo el Régimen de Pequeña Minería.

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7.3. Descripción de la actividad minera Zona de extracción: 28.31 Ha que se encuentran ubicadas en la provincia de Loja, cantón Macará, parroquia Macará. La actividad que desarrollará la proponente en el área minera consistirá básicamente en la explotación de materiales áridos y pétreos de empleo directo en la industria de la construcción. Esta explotación se la realizará en las terrazas y lecho de río, con el uso de maquinaria pesada y herramientas manuales, siguiendo el siguiente proceso: Obtención directa del material Esta actividad se la realizará en las terrazas aluviales formadas en el río Macará, aquí se construirán trampas de áridos (tajamares). La explotación de los materiales pétreos se la realiza con ayuda de maquinaria pesada y herramientas manuales. Cribado de material con uso de zarandas. El cribado con zaranda permite clasificar el material pétreo por tamaño, con ello se permite asegurar el tamaño de las partículas para llevar el material a un proceso terciario como es el caso de la actividad que se desarrollará en el área Belén. Zona de cribado: Corresponde a un espacio de aproximadamente 100m2, junto a la playa del río. Clasificación del material El proceso de extracción de pétreos en el lecho del río y su posterior clasificación permitirá obtener productos finales como arena, grava y piedra. Área de stock Se mantendrá un área de stock con todas las clases de materiales clasificados, mismos que serán posteriormente comercializados. Área de stock y comercialización: 600 m2.

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7.4. Áreas complementarias Como obras complementarias dentro del área minera Belén se tienen planificadas las siguientes obras menores:

Se construirá una pequeña vivienda para la administración de 5x5 m2, dentro de esta área se ubicará una habitación con un cubeto para el almacenamiento temporal de combustible como insumo para la maquinaria pesada, misma que tendrá todas las condiciones especiales para el almacenamiento de este insumo.

Batería sanitaria de 2x2 m2, misma que será conectada a un pozo séptico ya que en el área no encontramos alcantarillado sanitario.

Estas dos áreas nos dan una superficie total de 29 m2. 7.5. Personal Para el correcto desarrollo de las actividades de extracción y comercialización de materiales pétreos se utilizará el siguiente personal:

Concesionario (Administrador).

Personal obrero (Dos personas)

Operario de la maquinaría (Una persona). 7.6. Plano de implantación del Proyecto. A continuación presentamos un plano de implantación de las obras y áreas específicas del área minera Belén.

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8. DETERMINACIÓN DE LAS ZONAS DE INFLUENCIA (ZIA). Para realizar la delimitación del área de influencia del proyecto minero se consideró la extensión superficial del proyecto, incluyendo la totalidad de los componentes ambientales que resulten afectados por las actividades de explotación. El área de influencia social se determinó de acuerdo al tipo de población existente en la proximidad del proyecto, además se estableció una relación entre la información primaria y secundaria (bibliográfica y en el territorio), derecho sobre el territorio que se va a intervenir, y de acuerdo a criterios de ubicación geográfica, considerando los siguientes aspectos:

Límites del proyecto: tiempo, espacio y alcance de las actividades

Se definirán en mapa temático las áreas de influencia

Se determinarán las áreas de sensibilidad socio – económica 8.1. Área de influencia directa (AID) El área de impacto directo del área minera, se determinará bajo dos consideraciones principales:

- La proximidad de elementos sensibles (ríos, quebradas, esteros, caminos, bosques), infraestructura (canales de riego, torres de energía eléctrica, puentes, viviendas) al área minera y,

- El alcance o consecuencia que se estima, podrían tener algunas de las afectaciones resultantes de las actividades de la extracción del material.

Adoptando como parámetro de medida, la distancia horizontal y vertical de 100 metros, a partir de los vértices más extremos del área minera. El AID de las actividades operacionales del proyecto, se enmarca dentro del perímetro del área minera; en donde se desarrollarán la totalidad de las actividades proyectadas, en la cual se afectará al sector Las Mallas, en especial serán afectaciones sufridas debidas al recorrido permanente de los equipos móviles y a la extracción del material de construcción. Esta AID se considera como de tipo local. Se encuentran también dentro del área de influencia directa las vías que dirigen hacia el área minera, sin embargo, estas vías no cuentan con pavimentación. Los criterios más importantes para la determinación del área de influencia directa son:

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- El constante ruido que se producirá con los trabajos del extracción y cargado.

- El material particulado generado por las actividades de extracción, transporte que afectan a la vegetación y a la salud del personal.

La relación social directa proyecto-entorno social se da en por lo menos dos niveles de integración social: unidades individuales (fincas, viviendas y sus correspondientes propietarios) y organizaciones de primer y segundo orden (comunidades, recintos, barrios y asociaciones de organizaciones). No es el caso de una interacción con organizaciones de segundo nivel, se constató que existe un grupo de finqueros o parcelarios que conforman el barrio Las Mallas, mismo que se encuentra influenciado por la concesión mencionada y que está cercano a las zonas donde se pretende iniciar los trabajos. Estos parcelarios recibirán un impacto directo de los trabajos a realizarse dentro del proyecto y deben ser tomados en cuenta para acciones de compensación. El sector que se encuentra dentro del área de influencia directa de la concesión minera es el sector Las Mallas. Listado de Actores Calificados que fueron entrevistados en el AID: Cuadro 18. Listado de actores calificados propietarios de los terrenos donde se

asienta la concesión.

LISTADO DE ACTORES CALIFICADOS ENTREVISTADOS PROPIETARIOS DE LOS TERRENOS DONDE SE ASIENTA LA CONCESION

Nro. Fecha Nombre del

Entrevistado Institución /

Organización Cargo Comunidad

1 11/05/2015 Ing. Luis Castillo

Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

2 11/05/2015 Ing. Vicente Román Crespo

Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

3 11/05/2015 Sr. Mauricio Gallo Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

4 11/05/2015 Sr. Luis Vega Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

5 11/05/2015 Sr. José Solano Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

6 11/05/2015 Sr. Rubén Moreno Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

7 11/05/2015 Sr. Luis Cordero Terreno donde se asienta la concesión

Propietario Las Mallas

Fuente: Equipo Consultor, 2015.

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8.2. Área de influencia indirecta (AII) Los aspectos que se consideraron para definir el AID fueron: - Tipo de proyecto - Influencia de las acciones del proyecto al medio físico y socio económico.

En cuanto a estos aspectos se ha considerado un radio de influencia indirecta comprendido en 100 m a partir del límite del Área de Influencia Directa. 8.3. Entorno Socioeconómico Desde el punto de vista socioeconómico, el AII considera a aquella área de asentamiento humano más cercano al lugar de implementación del proyecto y será los alrededores del sector Las Mallas, donde por efectos secundarios por siniestros como colapsamiento del sistema se pueden afectar las condiciones de salubridad, y molestias. Está definida en base a la relación del proyecto con las unidades político - territoriales donde se desarrolla el proyecto con las unidades político – administrativas del Cantón Macará, a continuación se detalla en la siguiente tabla: Cuadro 19. Área de influencia socioeconómica indirecta.

Área de influencia socioeconómica indirecta

Infraestructura o actividad a desarrollar

Parroquia, territorio de nacionalidades indígenas,

etc.

Otras jurisdicciones: Cantón, Provincia, etc.; (dependerá del

alcance del Proyecto)

Proceso de explotación de minerales no metálicos (pétreos) del Área Minera Belén Código 600946.

Parroquia Macará (no existen comunidades indígenas).

Cantón Macará, provincia de Loja.

Fuente: Equipo Consultor, 2015.

8.4. Áreas de sensibilidad

a) Sensibilidad Abiótica En el área del proyecto minero en estudio se han identificado a los suelos como elementos sensibles altos, ya que un derrame de combustible, aceites o grasas, se contaminaría. En función del análisis del caudal hídrico, el Río Macará que atraviesa el proyecto minero presenta una sensibilidad media; en caso de un posible derrame de combustibles, aceites o grasas.

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b) Sensibilidad biótica El proyecto se encuentra en una sensibilidad media, debido a la presencia de pastos y cultivos, además cuenta con una vegetación secundaria. El cuerpo de agua encontrado en el lugar (Río Macrá), presenta una sensibilidad media al ser catalogado como bebedero y sitio de reproducción de ciertas especies de anfibios como también fuente de alimento para aves y mamíferos. c) Sensibilidad socioeconómica y cultural En cuanto al componente social la sensibilidad tanto en salud, demografía, organización y conflictividad social, educación y cultura es baja, mientras que en economía es de sensibilidad media.

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9. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. 9.1. Introducción A continuación se procede a identificar y evaluar los potenciales impactos ambientales que pueden ser ocasionados por las actividades del proyecto. Para ello se requiere el conocimiento previo de la Línea Base y la descripción del Proyecto, que ya han sido detallados anteriormente y que a su vez, se constituye en una herramienta preventiva que permite anticipar los impactos positivos o negativos que se producirán sobre los componentes ambientales como consecuencia de la ejecución del proyecto en el área escogida para tal fin. El proceso de identificación y evaluación de impactos ambientales tiene como propósito final el diseño de medidas o acciones tendientes a la prevención, mitigación y compensación de los impactos negativos y la potenciación de los impactos positivos que, agrupadas en programas y proyectos conforman el Plan de Manejo Ambiental a implementarse en la zona de estudio. 9.2. Identificación general de impactos ambientales Por impacto ambiental se entiende la alteración, positiva o negativa, que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente e incluso sobre la propia salud humana. La ejecución de todo proyecto genera impactos de diversa índole sobre los factores físicos, biológicos y socio económicos-culturales, ya sea debido al desarrollo de obras civiles, como a la movilización, uso de maquinaria y/o procesos productivos, entre otras actividades. La mayor afectación generalmente, se da en las fases constructivas disminuyendo la intensidad de los impactos en las fases operativas. Se estima que el 80% de estos impactos medioambientales se determina durante la fase de diseño de los mismos. 9.2.1. Objetivo Identificar las causas y efectos de las actividades a desarrollarse en la ejecución del proyecto minero. 9.2.2. Alcance Los impactos ambientales se identificaron en toda el área de estudio, tanto en la zona de influencia del proyecto y en las diferentes fases del proyecto, como son operación y cierre.

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Adicionalmente, se han priorizado los impactos de mayor magnitud e importancia, determinándose su severidad; los mismos que serán considerados para la aplicación de las medidas correctivas. 9.2.3. Factores ambientales potencialmente afectados por la

explotación y Cierre La ejecución del Proyecto podría tener incidencia en ciertos factores ambientales, como los que se exponen en la siguiente tabla:

Cuadro 20. Factores ambientales potencialmente afectados.

MEDIO FACTORES

AMBIENTALES SUBFACTORES

ABIÓTICO

Agua Calidad Físico-Química

Suelo Calidad del suelo

Uso del suelo

Aire Calidad

Ruido

Paisaje Alteración del paisaje

BIÓTICO

Flora Bosque secundario

Cultivos y pastizales

Fauna

Mamíferos

Aves

Réptiles y anfibios

Insectos

SOCIO-ECONÓMICO

Social Seguridad y salud ocupacional

Salud poblacional

Económico Empleo

Economía local

9.2.4. Identificación de actividades de proyecto Incidentes sobre el

Medio Ambiente El proceso de la identificación y evaluación de impactos ambientales incluye: la descripción de las actividades y posibles fuentes de contaminación asociados al proyecto, desde el funcionamiento hasta el cierre del proyecto. En base a la descripción del proyecto se determinaron las actividades que de alguna manera generarán impactos directos o indirectos en el área de estudio. Estas acciones se agruparon dentro de actividades principales, en función de sus características y los impactos que generarían. A continuación se describen las actividades; estas serán analizadas más adelante en las matrices de evaluación de impactos.

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Cuadro 21. Actividades del proyecto.

FASES ACTIVIDADES

ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN

Apertura de accesos.

Apertura de plataformas y trincheras

Excavación y cargado

Manejo de residuos sólidos

OPERACIÓN DE CAMPAMENTO Manejo de residuos sólidos ( no peligrosos y líquidos peligrosos)

Manejo de aguas residuales (aguas grises y negras)

ABANDONO Abandono de plataformas

Rehabilitación Ambiental

9.3. Calificación de impactos ambientales El proceso de la evaluación de los impactos ambientales incluye: la descripción de las actividades y posibles fuentes de contaminación o alteración en los componentes asociados al proyecto. Para la evaluación de los impactos potenciales se utilizó una matriz causa-efecto, donde se escogieron los factores ambientales más importantes dentro del área del proyecto y las actividades que generan o podrían generar impactos a los factores analizados. Para la identificación de los impactos se presenta una matriz de interrelación factor - acción, y sobre ésta, se valora la importancia del factor y la magnitud del impacto asociado a dicha interacción, con la finalidad de obtener la intensidad del impacto ambiental de las actividades del proyecto sobre cada uno de los factores ambientales analizados. 9.3.1. Importancia de los Factores Ambientales El análisis de los factores ambientales, se basa en la información de la caracterización del área de estudio. En función de esta información se seleccionaron los factores ambientales que son o pueden ser afectados por las actividades como: Apertura de accesos, plataformas y trincheras, excavación y cargado, manejo de residuos sólidos, movimiento de tierras, compactación del suelo, obras civiles (cunetas, canales de agua), manejo de residuos sólidos (no peligrosos y líquidos peligrosos), manejo de aguas residuales (aguas grises y negras), abandono de plataformas, demolición de infraestructura y traslado de escombros, campamento. A cada factor ambiental escogido para el análisis se establece un valor de importancia, en función de la calidad de cada uno de los factores antes del

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desarrollo del proyecto, según el criterio técnico y experiencia del equipo de profesionales a cargo de la elaboración del Estudio, obteniendo al final un valor promedio de la importancia de cada factor analizado. Este valor se presenta en un rango de uno a diez. En la siguiente tabla se establecen los valores promediados de la importancia de los factores ambientales.

Cuadro 22. Importancia relativa de los Factores Ambientales.

MEDIO FACTORES

AMBIENTALES SUB FACTORES TOTAL

ABIÓTICO

Agua Calidad Físico-Química 10,0

Suelo Calidad del suelo 10,0

Uso del suelo 10,0

Aire Calidad 9,0

Ruido 9,0

Paisaje Alteración del paisaje 9,0

BIÓTICO

Flora Pérdida de vegetación 10,0

Cultivos y pastizales 10,0

Fauna

Mamíferos 10,0

Aves 10,0

Reptiles y anfibios 10,0

Insectos 8,0

SOCIO – ECONÓMICO

Social Seguridad y salud ocupacional 10,0

Salud poblacional 10,0

Económico Empleo 8,0

Economía local 8,0

9.3.2. Magnitud (M) Para la valoración de la magnitud de los impactos, con el objeto de disminuir su subjetividad, se definieron seis características, que se detallan en la siguiente tabla, con su respectiva valoración. Cuadro 23. Valores de las Características de los Impactos. NATURALEZA PROBABILIDAD DURACIÓN FRECUENCIA INTENSIDAD EXTENSIÓN

Benéfico= +1 Poco probable= 0,1

A corto Plazo= 1

Eventual= 1 Baja= 1 Puntual= 1

Decrimente= -1

Probable= 0,5 A largo Plazo= 2

Frecuente= 2 Media= 2 Local= 2

Cierto= 1 Alta= 3 Regional= 3

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Naturaleza: La naturaleza o carácter del impacto puede ser positiva (+), negativa (-). Por tanto, cuando se determina que un impacto es adverso o negativo, se valora como “-1” y cuando el impacto es benéfico, “+1”.

Intensidad: La implantación del proyecto y cada una de sus acciones, puede tener un efecto particular sobre cada componente ambiental.

- Alto: si el efecto es obvio o notable. - Medio: si el efecto es verificable con acciones de monitoreo. - Bajo: si el efecto es sutil, o casi imperceptible.

Duración: Corresponde al tiempo que va a permanecer el efecto en el ambiente dependiendo de su capacidad de revertir el impacto.

- A corto plazo: Permanece en el ambiente por lapsos menores a un año. - A largo plazo: Permanece en el ambiente por lapsos mayores a un año.

Extensión: Corresponde a la extensión espacial y geográfica del impacto con relación al área de estudio. La escala adoptada para la valoración fue la siguiente:

- Regional: si el efecto o impacto sale de los límites del área del proyecto - Local: si el efecto se concentra en los límites de área de influencia del

proyecto - Puntual: si el efecto está limitado a un sitio específico.

Frecuencia: Es el número de veces que el impacto se presenta a lo largo de las fases del proyecto.

- Eventual (Temporal): Impacto que se presenta en forma intermitente. - Frecuente (Permanente): Impacto que se presenta en forma continua.

Probabilidad: Se entiende como el riesgo de ocurrencia del impacto y demuestra el grado de certidumbre en la aparición del mismo.

- Poco Probable: el impacto tiene una baja probabilidad de ocurrencia. - Probable: el impacto tiene una media probabilidad de ocurrencia. - Cierto: el impacto tiene una alta probabilidad de ocurrencia.

Los valores de magnitud (M) se determinaron de acuerdo a la siguiente expresión: M=Naturaleza * Probabilidad * (Duración + Frecuencia + Intensidad + Extensión)

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De acuerdo a estos criterios y a la metodología de evaluación, la magnitud de los impactos positivos más altos tendrán un valor de 10 cuando se trate un impacto benéfico, cierto, a largo plazo, frecuente, de intensidad alta y regional; o, -10 cuando se trate de un impacto de similares características pero más bajo o negativo. 9.3.3. Nivel de afectación global (NAG) Una vez valorados la importancia y la magnitud de los impactos ambientales, se determina el nivel de afectación global con la siguiente expresión. NAG=Imp*M De esta forma, el valor total de la afectación se dará en un rango de 1 a 100, ó, de -1 a -100 que resulta de multiplicar el valor de importancia del factor por el valor de magnitud del impacto, permitiendo de esta forma una Jerarquización de los impactos en valores porcentuales; entonces; el valor máximo de afectación al medio estará dado por la multiplicación de 100 por el número de interacciones encontradas en cada análisis. Una vez trasladados estos resultados a valores porcentuales, son presentados en rangos de significancia de acuerdo a la siguiente tabla: Cuadro 24. Rango Porcentual y Nivel de Significancia de los Impactos.

RANGO SÍMBOLO SIGNIFICANCIA

81-100 +MS (+) Muy Significativo

61-80 +S (+) Significativo

41-60 +MEDS (+) Medianamente Significativo

21-40 +PS (+) Poco Significativo

0-20 +NS (+) No Significativo

RANGO SÍMBOLO SIGNIFICANCIA

(-) 0-20 -NS (-) No Significativo

(-) 21-40 -PS (-) Poco Significativo

(-) 41-60 -MEDS (-) Medianamente Significativo

(-) 61-80 -S (-) Significativo

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(-)81-100 -MS (-) Muy Significativo

9.4. Evaluación de los impactos ambientales La contrastación de las acciones del proyecto con los factores ambientales como parte de la identificación y valoración cualitativa de impactos, arroja interacciones en las dos fases: con sus componentes abiótico, biótico y socioeconómico. El procedimiento de análisis desarrollado para las interacciones del proyecto consiste en una matriz que contiene la calificación que comprende la asignación de valores a cada impacto en base a la escala de valores ya señalados en la tabla que se muestra a continuación.

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Cuadro 25. Matriz de Identificación de Impactos

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Cuadro 26. Matriz de Evaluación de Impactos Ambientales (Numérica)

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Cuadro 27. Matriz de Evaluación de Impactos Ambientales.

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9.5. Descripción y análisis de los impactos identificados 9.5.1. Resumen de impactos ambientales Se ha estimado que el área minera tendrá un impacto global del 31,4% por lo que se lo considera poco significativo, este proyecto involucra diferentes etapas: la etapa de explotación con un impacto de 68,8% (significativo), la etapa de operación del campamento tiene un rango de 31,2% (poco significativo) y la etapa de cierre donde existe impactos positivos beneficiosos para el proyecto. Durante las actividades de explotación es donde mayor énfasis tendrá el Plan de Manejo Ambiental para mitigar de mejor manera cualquier impacto negativo que pudiere suscitarse, durante estas actividades los impactos con mayor significancia están relacionados con la apertura de trochas y trincheras, instalación de plataformas, manejo de residuos sólidos (no peligrosos peligrosos), manejo de aguas residuales (aguas grises y negras). 9.5.2. Etapa de explotación y operación del campamento 9.5.2.1. Impactos sobre el medio físico

- Agua Con respecto a la calidad del agua las actividades que provocan la contaminación del agua superficial serán, la apertura de trochas, apertura de plataformas y montaje del campamento, presentando una magnitud de significativo a medianamente significativo.

- Suelo En general el suelo es uno de los más afectados tanto en las actividades de apertura de trochas, plataformas y trincheras, manejo de residuos sólidos, movimiento de tierras, compactación del suelo, obras civiles (cunetas, canales de agua), manejo de residuos sólidos (no peligrosos y líquidos peligrosos), manejo de aguas residuales (aguas grises y negras), siendo los impactos medianamente significativos a significativos. Las actividades de apertura de trochas temporales, apertura de plataformas pueden provocar erosión del suelo, compactación del suelo, y contaminación del suelo provocado por las actividades vinculantes a esta actividad como son: el mantenimiento de equipos, almacenamiento temporal de combustibles, así como la generación de desechos sólidos. El impacto se podría producir por derrames de

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combustible y por el manejo inadecuado de los desechos, generando impactos significativos.

- Aire Las actividades del proyecto producen impactos muy significativos, los principales impactos a generarse son: Generación de emisiones gaseosas.- La etapa de explotación se emplearan máquinas y equipos lo cual generará emisiones gaseosas a la atmosfera lo cual puede provocar impacto de magnitud e importancia moderado de severidad severa considerando que la afectación será puntual y por un periodo de tiempo determinado. Emisión de material particulado.- Las actividades que provocarán la emisión de material particulado serán la apertura de trochas temporales y apertura de plataformas debido al desbroce y remoción del suelo. Ruido.- Las actividades que provocarán la emisión de ruido serán el uso de equipo caminero, mismas que generan un impacto moderado.

- Cambio del Paisaje El cambio en el paisaje es poco significativo debido a que las actividades que se desarrollarán en la fase de explotación son puntuales y se homogenizan con actividades similares de mineros artesanales. 9.5.2.2. Impactos sobre el medio biótico

- Flora Las actividades que provocarán la alteración del hábitat y posible pérdida de especies serán la apertura de trochas temporales, apertura de plataformas debido al desbroce y remoción del suelo y actividades vinculantes a estas, como son la generación de desechos sólidos. El impacto se generará únicamente en el área de implicación, por lo que la magnitud e importancia del impacto será poco significativo. Cabe recordar que el área de la concesión minera está mayormente ocupada por la actividad agrícola.

- Alteración de Endemismo, Diversidad y Abundancia El desbroce de cobertura vegetal en el área del proyecto; la instalación de maquinaria y equipos; campamento, provocará la alteración de endemismo,

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diversidad y abundancia de las especies herbáceas y arbustos presentes en la zona intervenida, el nivel de impacto es poco significativo, ya que se trata de un área previamente intervenida por la actividad agrícola y ganadera y porque el proyecto no implicará la remoción vegetal de gran magnitud.

- Fauna Casi todas las actividades de explotación ocasionan una alteración a los hábitats, produciendo cambios en la composición florística y faunística a excepción de actividades que se realicen en sitios previamente intervenidos. El impacto producido por las actividades, adecuación de vías, retiro de la cobertura vegetal, área de recepción de materiales y las actividades que aquí se ejecutan producen alteración del hábitat, pese a eso su impacto es poco significativo, pues se registraron únicamente especies de baja sensibilidad. 9.5.2.3. Impactos socioeconómicos En cierto modo la evaluación de impactos sociales, económicos y culturales tiende a subordinarse a los criterios utilizados en el análisis de impactos sobre los componentes físico y biótico. Estos criterios se basan en una apreciación específica significativamente determinada por el factor espacial. Este modo de identificar y valorar impactos arroja algunos resultados interesantes sobre las afectaciones al ámbito social, pero resulta insuficiente ya que deja de lado la cuestión central de que los impactos sobre el componente socioeconómico tienen lugar en el ámbito de las formas de reproducción social y los esquemas de relaciones sociales. Ciertamente, el análisis de impactos debe ceñirse a una definición más precisa del ámbito social sobre el que se trabaja, en ese sentido el criterio básico de sistematización y evaluación de los impactos sociales se encuentra delimitada por el área de influencia. Aunque la perspectiva de evaluación se centra allí, esto no excluye los vínculos con efectos más amplios como los que se pueda evidenciar con las organizaciones por ejemplo. En relación con esto es muy importante mencionar que, conceptualmente, los impactos que puedan ocurrir son identificados y valorados sin tomar en consideración medidas de mitigación y prevención específicas. Aunque la evaluación de impactos se organiza de acuerdo a factores generales y específicos es indispensable no perder de vista que existe una naturaleza interrelacionada de los impactos, lo que hace que deban ser analizados siempre en una perspectiva que los vincula mutuamente.

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A diferencia de lo establecido para evaluación de impactos ambientales, el análisis de los impactos relacionados con el componente socioeconómico no se enfoca en la valoración de interacciones, sino de impactos específicos organizados por factores. En consecuencia, el proceso de calificación se realiza sobre los impactos y no sobre las interrelaciones. Aunque se mantiene el concepto de relaciones causa-efecto, el objeto de valoración cambia. El criterio en el que se sustenta esta evaluación radica en la naturaleza del componente social. La dinámica socioeconómica impide una diferenciación de la influencia de un proyecto sobre estructuras sociales a partir de las actividades del mismo. Este modo de analizar los impactos sociales tiende a distorsionar aquella dinámica. Por lo tanto, los impactos sobre el componente socioeconómico no son el resultado de interacciones de sus factores con actividades específicas, sino más bien, de una interacción permanente con todo el ciclo del proyecto, entendido este como una dinámica económica integral. En sentido amplio se trata de dos dinámicas sociales que construyen un área común de interrelación. Es por este motivo que las interacciones, que son el punto de partida para la determinación de impactos específicos, se organizan vinculando el proceso del proyecto, entendido como el despliegue de una dinámica social y no como un programa de ejecución de actividades, y los factores socioeconómicos de la dinámica social local. Ahora bien, por cada factor se definen ciertos impactos generales que agrupan a los impactos específicos. La valoración se aplica a estos últimos y el resultado final es una medida promedio del factor. Predicción y evaluación de impactos a ser generados por el proyecto Con la finalidad de sistematizar la valoración de impactos socioeconómicos se ha generado una matriz causa - efecto que interrelaciona el proceso del proyecto con los factores del componente; los cuales se desagregan en varios impactos generales que, a su vez, se descomponen en impactos específicos. La valoración se aplica sobre estos últimos. Para la valoración de los impactos específicos se aplican los mismos criterios utilizados en la evaluación de impactos ambientales. Respecto de cada impacto específico se obtiene un valor de magnitud con la misma fórmula utilizada para los impactos ambientales, la cual incluye los criterios de naturaleza, probabilidad, duración, frecuencia, probabilidad y extensión. De estas medidas parciales de magnitud se calcula una magnitud promedio correspondiente a todo el factor, resultado que se multiplica por la importancia del factor para obtener el Nivel de Afectación Global (NAG) por factor socioeconómico

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en la etapa del proceso del proyecto, es decir durante las diferentes actividades del proyecto. Los rangos aplicados al nivel de afectación son los mismos de la evaluación ambiental de impactos. El valor de importancia de cada factor tiene relación con el grado de sensibilidad de cada variable o factor y con magnitud o grado de complejidad del proyecto, es decir, que la importancia es igual al resultado del análisis de sensibilidad de las variables sociales, económicas y culturales con lo cual se trata de reducir el grado de subjetividad que tienen este tipo de análisis.

Cuadro 28. Importancia relativa de los factores ambientales.

FACTORES SOCIO-AMBIENTALES

TOTAL

Salud 10

Economía 8

Organización Social 9

Infraestructura 8

Identificación y evaluación de impactos - Salud El principal impacto que puede afectar a trabajadores como a la población es el ruido provocado por las actividades realizadas en la fase de operación, y específicamente en las actividades de recepción de materiales. Todas las actividades laborales donde se utilice equipo pesado, herramientas o se trabaje en condiciones difíciles, son propensas a riesgos laborales, estas actividades en las que se incluye uso de equipo pesado, herramientas para apertura de trincheras, etc., generan un impacto bajo.

- Economía Empleo.- Durante las actividades del proyecto se estima la contratación de personal técnico calificado y trabajadores de manera permanente, las plazas de trabajos estarán destinadas principalmente para las personas que habitan en áreas circundantes al proyecto y en dependencia de los requerimientos de especialización o no.

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- Cambio en el uso del suelo El cambio en el uso del suelo en las actividades de explotación es media ya que en el área existen cultivos y pastos en superficies importantes, entonces la afectación se viene a determinar por el cambio de cobertura vegetal a suelo deforestado ocupado por infraestructura y pequeñas plataformas de trabajo, vías de acceso, actividades de desbroce, por lo que le impacto se considera medianamente significativo.

- Infraestructura Por la circulación de maquinaria cuando el proyecto esté en plena operación serían afectadas las vías internas.

- Organización socio-política El área minera generará empleo directo e indirecto para la población del área; además, se encuentra impulsando reuniones a través del área de relaciones comunitarias para dar a conocer sobre dicho proyecto. 9.5.3. Etapa de abandono Esta etapa presentará un impacto negativo no significativo a medianamente significativo durante las actividades de retiro de maquinarias, y demolición de infraestructura y traslado de escombros; sin embargo, en las actividades de rehabilitación ambiental se observa un impacto positivo a los diferentes factores evaluados. 9.6. Resultados finales De la matriz de identificación de impactos resulta que se verifican un total de 51 interacciones entre las actividades a desarrollarse en el proyecto y los factores ambientales identificados.

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Figura 4. Número de Impactos por Rango Porcentual

De acuerdo a la metodología anteriormente descrita, el máximo valor de afectación negativa al medio sería de -5000 unidades (-100 unidades * 50 interacciones) cuando todos los impactos presenten las características más adversas y la valoración del factor ambiental fuera de 10 para todos los factores. Luego del análisis de los impactos identificados se obtuvo un valor de afectación al ambiente de -1600 puntos, lo que representa una afectación porcentual de menos 32 %, que corresponde al rango de impactos poco significativos, de acuerdo a la metodología empleada.

Figura 5. Número de Impactos por Rango de Actividad

0

5 6

0 0 0 2

26

12

0

0123456789

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(+) No Significativo

(-) No Significativo

(+)PS

(-)PS

(+) MEDS

(-)MEDS

(+)S

(-)S

(+) MS

(-)MS

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Durante las actividades de explotación es donde mayor énfasis deberá ponerse en el Plan de Manejo Ambiental para mitigar de mejor manera cualquier impacto negativo que pudiere suscitarse, durante estas actividades los impactos con mayor significancia están relacionados con la apertura de accesos, trochas, plataformas, trincheras, manejo de residuos sólidos, movimiento de tierras, compactación del suelo, obras civiles (cunetas, canales de agua), manejo de residuos sólidos (no peligrosos y líquidos peligrosos), manejo de aguas residuales (aguas grises y negras). De acuerdo a la siguiente tabla, la fase que representa la mayor afectación es la de exploración (68,8%), seguida por la fase de operación del campamento (31,2%) y la fase de cierre es de impactos positivos. Cuadro 29. Rango Porcentual de Afectación por Fases.

DETALLE GLOBAL EXPLOTACIÓN OPERACIÓN

CAMPAMENTO CIERRE

% de

Afectación 32%, 68,8% 31,2%

Fase con impactos positivos

para el proyecto

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10. ANALISIS LEGAL E INSTITUCIONAL APLICABLE A LA OBRA, PROYECTO, ACTIVIDAD ECONOMICA O PRODUCTIVA.

De acuerdo a lo que consta en los antecedentes del presente estudio, los peticionarios mineros, disponen de la totalidad de los derechos de la concesión minera denominada “Belén Código 600946”, la misma que será destinada a la explotación de materiales de construcción, título debidamente otorgado por el estado ecuatoriano, por intermedio del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, la Subsecretaria de Minas de Zamora Chinchipe. (Ver anexo Título Minero) Conocedores de las obligaciones, han cumplido y cumplirán con todos los requisitos y otros aspectos que disponen la Ley de Minería y su Reglamento General de Aplicación. Además el peticionario minero se enmarca en el cumplimiento de las siguientes Leyes, Reglamentos, Normas y Decretos de la Legislación Ecuatoriana.

Constitución de la República Del Ecuador - Publicada en el Registro Oficial (R. O.) No. 449 del 20 de octubre de 2008

Este cuerpo legal en el Artículo 3, numeral 7, establece como un deber primordial del Estado el “Proteger el patrimonio natural y cultural del país”, premisa de acuerdo a la cual se formularon varios artículos de corte ambiental así como otros referentes a los sectores y recursos estratégicos, como se describen a continuación: Artículo 14.- reconoce el: “Derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir”. Artículo 15.- establece que: “El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria ni afectará el derecho al agua”. El Artículo 66.- numeral 27 establece que: “el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza”. El Capítulo Séptimo trata de los derechos de la naturaleza, donde algunos artículos establecen el derecho a que se respete integralmente su existencia, el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos, pudiendo toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad exigir a la autoridad pública el cumplimiento de estos derechos.

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El Artículo 72 señala que: “La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. El Artículo 73 menciona que: “El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales”. El Capítulo Noveno trata de los deberes y responsabilidades de los ecuatorianos y, entre ellos, el numeral 6 del Artículo 83 establece que se debe: “Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible”. El Artículo 313 establece que: “El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia. El Artículo 318 establece que: “El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable e imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la existencia de los seres humanos. Se prohíbe toda forma de privatización del agua”. El Capítulo de Biodiversidad y Recursos Naturales (Artículo 395) establece los principios ambientales: “El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. El Artículo 396 señala que: “El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas”. El Artículo 397 establece que: “En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas.

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Ley Orgánica de Salud - Suplemento del Registro Oficial No. 423 del 22 de diciembre de 2006

Esta Ley tiene como finalidad regular las acciones que permitan efectivizar el derecho universal a la salud, consagrado en la Constitución Política de la República y la ley. Se rige por los principios de equidad, integralidad, solidaridad, universalidad, irrenunciabilidad, indivisibilidad, participación, pluralidad, calidad y eficiencia; con enfoque de derechos, intercultural, de género, generacional y bioética. La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias. En el Capítulo III, Derechos y deberes de las personas y del Estado en relación con la salud, (en el Artículo 7, literal c), se establece que toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene, en relación a la salud, derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. Se establece de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano, por lo que toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, y las fuentes y cuencas hidrográficas, que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua, descargar o depositar aguas servidas y residuales en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente. Respecto de los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, se establece que deben ser tratados técnicamente, previamente a su eliminación, y el depósito final se realizará en los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país. La autoridad sanitaria nacional dictará las normas para el manejo, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos especiales. Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

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La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Laborales y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, establecerá las normas de salud y seguridad en el trabajo, para proteger la salud de los trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.

Ley Orgánica de Participación Ciudadana - Emitida por la Asamblea Nacional y publicada en el R. O. Suplemento No. 175 de 20 de abril de 2010

El objetivo de esta Ley conforme lo señala el Artículo 1 es, “…propiciar, fomentar y garantizar el ejercicio de los derechos de participación de las ciudadanas y los ciudadanos, colectivos, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afro-ecuatorianos y montubio, y demás formas de organización lícitas, de manera protagónica, en la toma de decisiones que corresponda, la organización colectiva autónoma y la vigencia de las formas de gestión pública con el concurso de la ciudadanía; instituir instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de deliberación pública entre el Estado, en sus diferentes niveles de gobierno, y la sociedad, para el seguimiento de las políticas públicas y la prestación de servicios públicos, fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión; y, sentar las bases para el funcionamiento de la democracia participativa, así como, de las iniciativas de rendición de cuentas y control social.” Es así, que esta ley es de aplicación obligatoria para todas las personas en el territorio ecuatoriano, así como para los ciudadanos en el exterior, las instituciones públicas y privadas que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público; siendo sujetos de derechos de participación ciudadana todas las personas antes mencionadas, al igual que para todos quienes esta ley atribuye derechos de participación en su Artículo 1. El Artículo 82 establece: “Consulta ambiental a la comunidad.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, para lo cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes.” El Segundo inciso de la Disposición General Segunda establece que “cuando otra Ley establezca instancias de participación específicas, éstas prevalecerán sobre los procedimientos e instancias establecidas en la presente Ley.”

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En concordancia con esta disposición y lo que contempla la Ley de Gestión Ambiental en su Artículo 28: “Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado.” Se expidió el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, D.E. No. 1040, que reglamenta los mecanismos de participación social.

Ley de Minería - Emitida y publicada en el R. O. Suplemento No. 517 de 29 de enero de 2009, teniendo una última reforma, publicada el 10 de febrero de 2014

Esta Ley, regula el ejercicio de los derechos soberanos del Estado para administrar, regular, controlar y gestionar el sector estratégico minero, de conformidad con los principios de sostenibilidad, precaución, prevención y eficiencia. El Estado será el encargado de administrar, regular, controlar y gestionar el desarrollo de la industria minera, priorizando el desarrollo sustentable y el fomento de la participación social. Institucionalmente, el sector minero estará estructurado por el Ministerio Sectorial a cargo de esta rama de la industria, la Agencia de Regulación y Control Minero, el Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico, la Empresa Nacional Minera, y las municipalidades en las competencias que les correspondan. La Agencia de Regulación y Control Minero es el órgano técnico administrativo encargado de la vigilancia, la auditoría, la intervención y el control de las fases de la actividad minera. Se declara de utilidad pública la actividad minera, en todas sus fases, dentro y fuera de las concesiones mineras. Además, la Ley de Minería establece que son de propiedad inalienable, imprescriptible, inembargable e irrenunciable del Estado los recursos naturales no renovables y, en general, los productos del subsuelo, los minerales y sustancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo, incluso los que se encuentren en las áreas cubiertas por las aguas del mar territorial. El dominio del Estado sobre el subsuelo se ejercerá con independencia del derecho de propiedad sobre los terrenos superficiales que cubren las minas y yacimientos. La actividad minera nacional se desarrolla por medio de empresas públicas, mixtas o privadas, comunitarias, asociativas y familiares, de auto gestión o personas naturales, de conformidad con esta ley. El Estado ejecuta sus actividades mineras por intermedio de la Empresa Nacional Minera y podrá

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constituir compañías de economía mixta. Las actividades mineras públicas, comunitarias o de autogestión, mixtas y privadas o de personas naturales, gozan de las mismas garantías que les corresponde, y merecen la protección estatal, en la forma establecida en la Constitución y en la Ley de Minería. El Estado podrá, excepcionalmente, delegar la participación en el sector minero a través de las concesiones. La concesión minera es un acto administrativo, que otorga un título minero, sobre el cual el titular tiene un derecho personal, que es transferible previa la calificación obligatoria de la idoneidad del cesionario de los derechos mineros, por parte del Ministerio Sectorial, y sobre éste se podrán establecer prendas, cesiones en garantía y otras garantías previstas en las leyes, de acuerdo con las prescripciones y requisitos contemplados en la Ley de Minería y su reglamento general. La explotación de los recursos naturales y el ejercicio de los derechos mineros, se ceñirán a los principios del desarrollo sustentable y sostenible, de la protección y conservación del ambiente y de la participación y responsabilidad social, debiendo respetar el patrimonio natural y cultural de las zonas explotadas. Por otro lado, la Ley de Minería establece que, en todas las fases de la actividad minera está implícita la obligación de la reparación y remediación ambiental, tomando en cuenta que cualquier daño ambiental genera responsabilidad objetiva. Para todos los efectos de regulación y control ambiental de las actividades de los concesionarios mineros; la autoridad competente es el Ministerio del Ambiente. Si la actividad minera requiere de trabajos que obliguen el retiro de la capa vegetal y la tala de árboles, será obligación del titular del derecho minero proceder a la revegetación y reforestación de dicha zona, preferentemente, con especies nativas, conforme lo establecido en la normativa ambiental y al plan de manejo ambiental. Para ejecutar las actividades mineras se requieren, de manera obligatoria, actos administrativos otorgados previamente por varias autoridades e instituciones, según sea el caso, pero es imprescindible la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y del Informe Sobre la Afectación a Áreas Protegidas, por parte del Ministerio del Ambiente. Igualmente, para el aprovechamiento económico del agua, la Ley de Minería establece que el proponente del proyecto minero deberá obtener la autorización correspondiente ante la Secretaría Nacional del Agua. Del Ministerio de Defensa dentro de recintos militares, áreas adyacentes o límites de fronteras de lugares destinados a depósitos de materiales explosivos o inflamables.

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El Capítulo II del Título IV de la Ley de Minería, De Las Obligaciones de los Titulares Mineros, trata de la Preservación del Medio Ambiente. El Artículo 78 de esta Ley señala que: “(…) bajo el régimen de pequeña minería, la licencia ambiental deberá otorgarse para operaciones de exploración /explotación simultáneas debiendo contarse para el efecto con estudios ambientales específicos y simplificados (…)”. El Capítulo III del Título IV de la Ley de Minería, De Las Obligaciones de los Titulares Mineros, trata de la Gestión Social y Participación de la Comunidad y del derecho de la comunidad de ser informada. Establece que el Estado es el responsable de la ejecución de los procesos de participación y consulta social, determinándose además que, si de un proceso de consulta resulte una oposición mayoritaria de la comunidad, la decisión de desarrollar el proyecto será adoptada por resolución motivada del Ministro Sectorial. Respecto a la seguridad e higiene minera-industrial, la Ley de Minería establece que los titulares de derechos mineros tienen la obligación de preservar la salud mental y física y la vida de su personal técnico y de sus trabajadores. Con la aplicabilidad de estas normas, dotando a sus trabajadores de servicios de salud y atención permanentes, además de condiciones higiénicas y cómodas de habitación en los campamentos estables de trabajo, según planos y especificaciones aprobados por la Agencia de Regulación y Control Minero y el Ministerio de Relaciones Laborales. Los concesionarios mineros están obligados a tener aprobado, y en vigencia, un Reglamento Interno de Salud Ocupacional y Seguridad Minera, sujetándose a las disposiciones del Reglamento de Seguridad Minera y demás reglamentos pertinentes que para el efecto dictaren las instituciones correspondientes. Por otro lado, la Ley de Minería establece que el Estado, por intermedio del Ministerio Sectorial, podrá otorgar concesiones para el aprovechamiento de arcillas superficiales, arenas, rocas y demás materiales de empleo directo en la industria de la construcción, con excepción de los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras. En el marco del Artículo 264 de la Constitución Política de la República del Ecuador, cada gobierno municipal asumirá las competencias para regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, lagunas, playas de mar y canteras, de

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acuerdo al Reglamento Especial que establecerá los requisitos, limitaciones y procedimientos para el efecto.

Ley de Gestión Ambiental - La Codificación a la Ley de Gestión Ambiental fue publicada en el Suplemento del R. O. No 418 de 10 de septiembre de 2004

Esta Ley es la norma marco respecto a la política ambiental del Estado Ecuatoriano y de todos los que ejecutan acciones relacionadas con el ambiente en general. Esta ley determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación, límites permisibles, controles, y sanciones en la gestión ambiental en el país. La ley orienta hacia los principios universales del desarrollo sustentable, contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de 1992, sobre Medio Ambiente y Desarrollo, así como a las políticas generales de desarrollo sustentable para la conservación del patrimonio natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que establezca el Presidente de la República al aprobar el Plan Ambiental Ecuatoriano. La ley establece los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje, reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas sustentables, y respeto a las culturas y prácticas tradicionales. En el aspecto institucional se crean y determinan una serie de instancias y competencias y se establece que la autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del Ambiente que actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan otras instituciones del Estado. Respecto a la obligatoriedad de contar con Estudios Ambientales, la ley determina que toda obra pública, privada o mixta y los proyectos de inversión públicos o privados, que puedan causar impactos ambientales, deben ser calificados previamente a su ejecución por los organismos descentralizados de control, de conformidad al Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), cuyo principio rector será el precautelatorio. Asimismo, los proyectos deben contar con una Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del ramo. La Ley de Gestión Ambiental establece la estructura básica y contenidos mínimos que deben tener los referidos estudios, teniendo el Estado la potestad de evaluar los mismos en cualquier momento. Con relación a la evaluación del cumplimiento de los Planes de Manejo Ambiental aprobados, esto se realiza a través de la ejecución de auditorías ambientales.

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La Ley de Gestión Ambiental establece como instrumentos de aplicación de las normas ambientales a: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios, y otros que serán regulados en el respectivo reglamento. Para proteger los derechos ambientales, sean individuales o colectivos, la Ley concede acción pública para denunciar la violación de las normas al ambiente y establece que cualquier acción u omisión dañosa, que genere impactos negativos ambientales, es susceptible a demandas por daños y perjuicios, así como por el deterioro causado a la salud y al ambiente.

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental - La Codificación a esta Ley fue publicada en el Suplemento del R.O. Nº 418 de 10 de septiembre de 2004

En esta Ley se contemplan disposiciones que son puntos importantes a tomarse en cuenta para su aplicación: Artículo 1.- Prohibición de Contaminar el Aire Artículo 2.- Fuentes Potenciales de Contaminación del Aire Artículo 6.- Prohibición de Contaminar las Aguas Artículo 10.- Prohibición de Contaminar los Suelos Artículo 11.- Fuentes Potenciales de Contaminación de Suelos Artículo 12.- Los Ministerios de Agricultura y Ganadería y del Ambiente, limitarán, regularán o prohibirán el empleo de substancias, tales como plaguicidas, herbicidas, fertilizantes, detergentes, materiales radioactivos y otros, cuyo uso pueda causar contaminación.

Ley de Aguas - La Codificación a la Ley de Aguas (Ley No. 2004-016), fue publicada en el R. O. No. 339 del 20 de mayo de 2004

Las disposiciones de la presente Ley regulan el aprovechamiento de las aguas marítimas, superficiales, subterráneas y atmosféricas del territorio nacional, en todos sus estados físicos y formas. El Artículo14 establece que sólo mediante concesión de un derecho de aprovechamiento, pueden utilizarse las aguas, a excepción de las que se requieran para servicio doméstico. El derecho de aprovechamiento es la autorización administrativa, para el uso de las aguas con los requisitos prescritos en la Ley y estará condicionado a las disponibilidades del recurso y a las necesidades reales del objeto al que se destina.

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El beneficiario de un derecho de aprovechamiento de aguas, está obligado a construir las obras de toma, conducción, aprovechamiento y las de medición y control para que discurran únicamente las aguas concedidas, las mismas que no podrán ser modificadas ni destruidas cuando ha concluido el plazo de la concesión, sino con la autorización correspondiente. La limitación y regulación del uso de las aguas a los titulares de un derecho de aprovechamiento, corresponde a la Secretaría Nacional del Agua (SENAGUA). La Ley establece como obras de carácter nacional, la conservación, preservación e incremento de los recursos hidrológicos y respecto a las acciones que deterioren la calidad del agua, prohíbe toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna.

Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre Publicada en el Suplemento del R. O. No. 418 del 10 de septiembre de 2004

Establece que la administración del patrimonio forestal del Estado está a cargo del Ministerio del Ambiente. La Ley Forestal establece que las tierras exclusivamente forestales o de aptitud forestal de dominio privado que carezcan de bosques serán obligatoriamente reforestadas, estableciendo bosques protectores o productores, en el plazo y con sujeción a los planes que el Ministerio del Ambiente les señale y en caso de incumplimiento de esta disposición, las tierras podrán ser expropiadas, revertidas o extinguido el derecho de dominio, previo informe técnico, sobre el cumplimiento de estos fines. Declara obligatoria y de interés público la forestación y reforestación de las tierras de aptitud forestal, tanto pública como privada y se prohíbe su utilización en otros fines. El Ministerio del Ambiente será el encargado de vigilar todas las etapas primarias de producción, tenencia, aprovechamiento y comercialización de materias primas forestales, para ello se requerirá de la correspondiente guía de circulación expedida por el Ministerio del Ambiente. Se establecerán puestos de control forestal y de fauna silvestre de atención permanente, los cuales contarán con el apoyo y presencia de la fuerza pública. La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al Ministerio del Ambiente su conservación, protección y administración, para lo cual ejerce el control referente a la caza, recolección, aprehensión, transporte y tráfico de animales y otros elementos de la fauna y flora silvestres; la Prevención y control de la contaminación del suelo y de las aguas, así como la degradación del medio ambiente.

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La Ley establece que quien pode, tale, descortece, destruya, altere, transforme, adquiera, transporte, comercialice, o utilice los bosques de áreas de mangle, los productos forestales o de vida silvestre o productos forestales diferentes de la madera, provenientes de bosques de propiedad estatal o privada, o destruya, altere, transforme, adquiera, capture, extraiga, transporte, comercialice o utilice especies pertenecientes a áreas naturales protegidas, sin el correspondiente contrato, licencia o autorización de aprovechamiento a que estuviera legalmente obligado, o que, teniéndolos, se exceda de lo autorizado, será sancionado con multas equivalentes al valor de uno a diez salarios mínimos vitales generales y el decomiso de los productos, semovientes, herramientas, equipos, medios de transporte y demás instrumentos utilizados en estas acciones. Igualmente establece que serán sancionados con multas que van de uno a cinco salarios mínimos vitales generales y el decomiso del producto, quienes transporten madera, productos forestales diferentes de la madera y productos de la vida silvestre, sin sujetarse a las normas de movilización establecidas en la Ley y el Reglamento.

Ley de Patrimonio Cultural - Codificación 27 del R. O. Suplemento 465 del 19 de Noviembre de 2004

Esta Ley establece las funciones y atribuciones del Instituto de Patrimonio Cultural (INPC) para precautelar la propiedad del Estado sobre los bienes arqueológicos que se encontraren en el suelo o el subsuelo, y en el fondo marino del territorio ecuatoriano, según lo señalado por el Artículo 9 de esta ley. El literal a) del Artículo 7 de la Ley de Patrimonio Cultural considera bienes pertenecientes al patrimonio cultural a: “Los monumentos arqueológicos muebles e inmuebles, tales como: objetos de cerámica, metal, piedra o cualquier otro material perteneciente a la época prehispánica y colonial; ruinas de fortificaciones, edificaciones, cementerios y yacimientos arqueológicos en general; así como restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con las mismas épocas”. En su Artículo 22, dicha ley establece que: “los bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural que corrieren algún peligro podrán ser retirados de su lugar habitual, temporalmente por resolución del Instituto, mientras subsista el riesgo”. El Artículo 9 establece que: “A partir de la fecha de vigencia de la presente Ley, son patrimonio del Estado los bienes arqueológicos que se encontraren en el suelo o el subsuelo y en el fondo marino del territorio ecuatoriano sean estos objetos de cerámica, metal, piedra o cualquier otro material perteneciente a las épocas prehispánica y colonial, incluyéndose restos humanos o de la flora y de la fauna relacionados con las mismas épocas, no obstante el dominio que tuvieren

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las instituciones públicas o privadas, comprendiendo a las sociedades de toda naturaleza o particulares, sobre la superficie de la tierra donde estuvieren o hubieren sido encontrados deliberadamente o casualmente”. El Artículo 28 de la Ley de Patrimonio Cultural prevé que: “Ninguna persona o entidad pública o privada puede realizar en el Ecuador trabajos de excavación arqueológica o paleontológica, sin autorización escrita del Instituto de Patrimonio Cultural. La Fuerza Pública y las autoridades aduaneras harán respetar las disposiciones que se dicten en relación a estos trabajos”. Según el Artículo 30 de la Ley de Patrimonio Cultural se establece que: “En toda clase de exploraciones mineras, de movimientos de tierra para edificaciones, para construcciones viales o de otra naturaleza, lo mismo que en demoliciones de edificios, quedan a salvo los derechos del Estado sobre los monumentos históricos, objetos de interés arqueológico y paleontológico que puedan hallarse en la superficie o subsuelo al realizarse los trabajos. Para estos casos, el contratista, administrador o inmediato responsable dará cuenta al Instituto de Patrimonio Cultural y suspenderá las labores en el sitio donde se haya verificado el hallazgo”.

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Publicado en el Primer Suplemento del R. O. No. 303 de 19 de octubre de 2010

Con la expedición de este Código quedan derogadas la Ley Orgánica de Régimen Municipal, la Ley Orgánica de Régimen Provincial, la Ley Orgánica de Juntas Parroquiales Rurales; la Ley de Descentralización del Estado y Participación Social, entre otras disposiciones y leyes que constan en el listado y cualquier otra que sea contraria al presente Código. Este Código establece la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio; el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes.

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Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria. Para la organización del territorio el Estado ecuatoriano se organiza territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales. La región es la circunscripción territorial conformada por las provincias que se constituyan como tal, de acuerdo con el procedimiento y requisitos previstos en la Constitución, este Código y su estatuto de autonomía. Las provincias son circunscripciones territoriales integradas por los cantones que legalmente les correspondan. Los cantones son circunscripciones territoriales conformadas por parroquias rurales y la cabecera cantonal con sus parroquias urbanas, señaladas en su respectiva ley de creación, y por las que se crearen con posterioridad, de conformidad con la presente ley. Las parroquias rurales constituyen circunscripciones territoriales integradas a un cantón a través de ordenanza expedida por el respectivo concejo municipal o metropolitano.

Código Integral Penal. Artículo 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Artículo 251.- Delitos contra el agua.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes.

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Artículo 252.- Delitos contra suelo.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes. Artículo 253.- Contaminación del aire.- La persona que, contraviniendo la normativa vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. SECCIÓN TERCERA Delitos contra la gestión ambiental Artículo 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas. La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. SECCIÓN CUARTA Disposiciones comunes Artículo 256.- Definiciones y normas de la Autoridad Ambiental Nacional.- La Autoridad Ambiental Nacional determinarán para cada delito contra el ambiente y la naturaleza las definiciones técnicas y alcances de daño grave. Así también establecerá las normas relacionadas con el derecho de restauración, la identificación, ecosistemas frágiles y las listas de las especies de flora y fauna silvestres de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias. Artículo 257.- Obligación de restauración y reparación.- Las sanciones previstas en este capítulo, se aplicarán concomitantemente con la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas y la obligación de compensar, reparar e indemnizar

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a las personas y comunidades afectadas por los daños. Si el Estado asume dicha responsabilidad, a través de la Autoridad Ambiental Nacional, la repetirá contra la persona natural o jurídica que cause directa o indirectamente el daño. La autoridad competente dictará las normas relacionadas con el derecho de restauración de la naturaleza, que serán de cumplimiento obligatorio.

Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). En vigencia a partir de su publicación en el R. O. No. 725 del 16 de diciembre de 2002 y ratificado mediante Decreto Ejecutivo 3516 publicado íntegramente en la Edición Especial del R. O. No. 51 del 31 de Marzo de 2003

De acuerdo al TULSMA, la gestión ambiental es responsabilidad de todos y su coordinación está a cargo del Ministerio del Ambiente, a fin de asegurar una coherencia nacional entre las entidades del sector público y del sector privado en el Ecuador, sin perjuicio de que cada institución atienda el área específica que le corresponde dentro del marco de la política ambiental. Esta unificación de legislación ambiental persigue identificar las políticas y estrategias específicas y guías necesarias para asegurar, por parte de todos los actores involucrados en el desarrollo del proyecto, una adecuada gestión ambiental permanente, dirigida a alcanzar el desarrollo sustentable. El Libro III Del Régimen Forestal, establece que se sujetarán al Régimen Forestal, todas las actividades relativas a la tenencia, conservación, aprovechamiento, protección y manejo de las tierras forestales, clasificadas así agrologicamente, de los bosques naturales o cultivados y de la vegetación protectora que haya en ellas, así como de los bosques naturales y cultivados existentes en tierras de otras categorías agrológicas; de las áreas naturales y de la flora y la fauna silvestres. Al Ministerio del Ambiente le corresponde la delimitación de las áreas que constituyen el Patrimonio Forestal del Estado y entre sus funciones está mantener la integridad del Patrimonio Forestal del Estado y administrarlo de acuerdo con la Ley, las normas y las técnicas de manejo. El Título IV trata de los Bosques y Vegetación Protectores estableciéndose que como aquellas formaciones vegetales, naturales o cultivadas, arbóreas, arbustivas o herbáceas, de dominio público o privado, que estén localizadas en áreas de topografía accidentada, en cabeceras de cuencas hidrográficas o en zonas que por sus condiciones climáticas, edáficas e hídricas no son aptas para la agricultura o la ganadería. Sus funciones son las de conservar el agua, el suelo, la flora y la fauna silvestre, y la declaratoria podrá efectuarse de oficio o a petición de parte interesada.

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Prevé también que el sistema de áreas naturales del Estado y el manejo de la flora y fauna silvestres, tiene como objetivos la conservación de los recursos naturales renovables acorde con los intereses sociales, económicos y culturales del país. El Libro VI, el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), constituye la estructura reglamentaria matriz para cualquier sistema de evaluación ambiental a nivel nacional. El SUMA tiene como principios de acción “el mejoramiento, la transparencia, la agilidad, la eficacia y la eficiencia así como la coordinación interinstitucional de las decisiones relativas a actividades o proyectos propuestos con potencial impacto y/o riesgo ambiental, para impulsar el desarrollo sustentable del país.” Mediante AM 161 de 31 de agosto de 2011 se reforma el Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales y se deroga el Anexo 7 que contenía el Listado de Productos Químicos Prohibidos, Peligrosos y de Uso Severamente Restringido que se utilizan en el Ecuador. Entre las Disposiciones de este nuevo Reglamento se establece: Que para proyectos o actividades en funcionamiento deberán obtener el registro de desechos peligrosos y especiales en un plazo máximo de 90 días contados a partir de la expedición del Reglamento. El importador formulador y/o acondicionador, así como el titular y/o propietario de las sustancias químicas peligrosas deben responder en caso de incidentes que involucren manejo Inadecuado, contaminación y/o daño ambiental de manera solidaria, irrenunciable y extendida. Todo generador de desechos peligrosos y especiales es titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final Los desechos peligrosos o especiales deben permanecer envasados, almacenados y etiquetados aplicando para el efecto las normas técnicas pertinentes establecidas por el MAE, INEN u otras aplicables dentro del país. Los envases empleados en el almacenamiento deben ser utilizados únicamente para este fin los importadores, fabricantes, formuladores de sustancias químicas peligrosas tienen la obligación de presentar ante el MAE el programa de devolución, eliminación y/o disposición final de envases vacíos de sustancias químicas peligrosas, productos caducados o fuera de especificaciones. La actividad de transporte de sustancias químicas peligrosas y/o desechos peligrosos a nivel nacional debe poseer licencia ambiental, la cual estará sujeta a la presentación de la AAC e incluirá la declaración anual. Los únicos sitios en los cuales está permitido el vertido de desechos peligrosos, bajo condiciones técnicamente controladas, son aquellos que cuentan con licencia

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ambiental. Las instalaciones de eliminación y/o disposición final de desechos peligrosos o especiales no deben ubicarse en zonas que existan fallas geológicas, en zonas inundables, dentro del perímetro urbano. El TULSMA cuenta con numerosos anexos específicos para cada matriz (agua, suelo, aire, entre otros) y sector, los cuales definen normas de calidad contenidas con respecto a las cuales se basa el análisis de los datos obtenidos en campo cuando aplique: Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Agua de Efluentes: Recurso Agua.- Se encuentra expuesta en el Libro VI, Anexo 1. Determina los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para las descargas en cuerpos hídricos o sistemas de alcantarillado municipal, establece los criterios de calidad de las aguas en función de sus diferentes usos y presenta los métodos y procedimientos para determinar la presencia de contaminantes en el agua. Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados.- Establece las normas de aplicación general para suelos de distintos usos, establece los criterios de calidad del suelo, presenta los criterios para la remediación de suelos contaminados. Esta norma se encuentra expuesta en el Libro VI, Anexo 2. Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustión.- Contenida en el Libro VI, Anexo 3; esta norma determina los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para emisiones de contaminantes del aire desde fuentes fijas de combustión y establece los métodos y procedimientos destinados a la determinación de cantidad de contaminantes emitidas al aire desde este tipo de fuentes. Norma de Calidad del Aire Ambiente.- Reformada mediante Acuerdo Ministerial No. 50, suscrito el 4 de Abril de 2011 y publicado en el Registro Oficial No. 464 de 7 de Junio de 2011. La presente norma tiene como objeto principal el preservar la salud de las personas, la calidad del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general. Para cumplir con este objetivo, esta norma establece los límites máximos permisibles de contaminantes no convencionales en el aire ambiente a nivel de suelo. La norma también provee los métodos y procedimientos destinados a la determinación de las concentraciones de contaminantes en el aire ambiente. Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles, y para Vibraciones.- Se presenta en el Libro VI, Anexo 5, y determina los

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niveles permisibles de ruido en el ambiente provenientes de fuentes fijas y vehículos automotores. Establece los niveles permisibles de vibraciones en edificaciones y presenta los métodos y procedimientos destinados a la determinación de los niveles de ruido. Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos No Peligrosos.- Expuesta en el Libro VI, Anexo 6, determina las responsabilidades y prohibiciones en el manejo de los desechos sólidos y estableces las normas técnicas generales para la gestión de los desechos sólidos en todas sus fases.

Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) – Libro IV De la Biodiversidad, Título II: De la Investigación, Colección y Exportación de Flora y Fauna Silvestre.

Art. 5.- Le compete al Ministerio del Ambiente en materia de investigación científica sobre vida silvestre las siguientes funciones: a) Proponer políticas y estrategias que fomenten la investigación de la vida silvestre.

b) Definir prioridades nacionales de investigación de la vida silvestre. c) Sistematizar y difundir la información y el manejo de la base de datos sobre proyectos de investigación de vida silvestre dentro del territorio nacional.

d) Organizar, normar y supervisar las investigaciones que sobre vida silvestre se realicen dentro del territorio nacional.

e) Promover la investigación sobre vida silvestre en entidades públicas y privadas, especialmente en los centros de educación superior.

f) Organizar y auspiciar cursos de capacitación a sus funcionarios en el manejo de bases de datos sobre la vida silvestre con entidades públicas y privadas, especialmente con centros de educación superior.

Art. 6.- Toda investigación científica relativa a la flora y fauna silvestre a realizarse en el Patrimonio Nacional de Áreas Naturales por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, requiere de la autorización emitida por el Distrito Regional correspondiente. Fuera del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales, no se requiere autorización de investigación, salvo que el proyecto respectivo implique la recolección de especímenes o muestras. Art. 7.- El Ministerio del Ambiente dará un tratamiento diferenciado, facilitando o restringiendo las actividades planteadas en los proyectos de investigación científica de flora o fauna silvestres, entre otros en relación con los siguientes aspectos:

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a) El estado de conservación (estatus poblacional) de la (s) especie (s) sujeto (s) de investigación, b) El nivel de manipulación experimental o de otra índole sobre los individuos, las poblaciones o sus hábitats o su potencial impacto directo e indirecto sobre ellos, La sensibilidad ecológica y biológica de los organismos objeto de investigación y de los hábitats naturales donde se llevará a cabo la investigación Art. 8.- Los proyectos deberán contener la siguiente información: - Nombre del proyecto - Área precisa donde se llevará a cabo la investigación - Justificación - Objetivos - Técnicas de observación - Sitios de muestreo y toma de muestras - Justificación de la cantidad de especies y especímenes a colectarse - Tipos de manipulación - Tipo de marcas - Métodos de transporte de los especímenes - Museo o herbario en el cual se depositarán los duplicados. - Tipo y forma de manejo del hábitat - Materiales y equipos - Resultados esperados - Impactos ambientales potenciales del proyecto - Hoja de vida de los investigadores principales - Cronograma de trabajo, incluyendo fecha de entrega de los informes parciales, cuando la investigación tiene más de un año de duración, y del informe final Art. 9.- Además del proyecto, los requisitos que deben cumplir tanto investigadores nacionales como extranjeros, para realizar actividades de investigación con el recurso flora y fauna silvestre son los siguientes: a) Solicitud del investigador dirigida al Director del Distrito Regional correspondiente, conteniendo datos generales como nombres completos, número de cédula de identidad, pasaporte, domicilio y objetivos de la investigación. b) Aceptación del compromiso de entregar al Ministerio del Ambiente dos copias en formato impreso, disquete o disco compacto de los resultados de la investigación, en idioma castellano. Para los estudios de tesis de licenciatura, doctorados u otros títulos profesionales, de investigadores nacionales, se deberá entregar el informe final de los resultados correspondientes. Adicionalmente, el investigador deberá entregar una copia de los resultados de su trabajo, a cada una de las Áreas Protegidas o Distritos Regionales donde se realizó la investigación.

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La falta en la entrega de los resultados finales o informes parciales de avance, será causa suficiente para que el investigador no pueda continuar sus actividades de investigación en el país. c) Los investigadores extranjeros no residentes en el Ecuador, adicionalmente a los requisitos anteriormente señalados presentarán la siguiente documentación: - Compromiso de incorporar a un investigador ecuatoriano quien actuará como contraparte nacional en el proyecto de investigación en todas sus fases. - Carta de auspicio al investigador, conferida por una universidad, escuela politécnica o institución de investigación de su país, de reconocida trayectoria en la investigación del recurso silvestre. - Certificación de auspicio al investigador, otorgada por una universidad, escuela politécnica o institución de investigación nacional de reconocida trayectoria en la investigación del recurso silvestre, que tendrá responsabilidad por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el investigador. d) El investigador se compromete entregar al Ministerio del Ambiente el registro de las especies objeto de su investigación, en formato digital, incluyendo la localización exacta de los especímenes observados o colectados, con las coordenadas geográficas y otra información según el formato de la base de datos del Ministerio del Ambiente. Art. 10.- El Ministerio del Ambiente tiene la facultad privativa de aprobar, negar y autorizar la cantidad de especímenes a colectarse y el lugar en el cual se debe depositar los duplicados, así como los holotipos de las especies nuevas. Art. 11.- Cuando el Ministerio del Ambiente considere necesario, los proyectos de investigación serán sometidos a conocimiento y evaluación de especialistas designados por el Ministerio del Ambiente. Art. 12.- La autorización de exportación de especímenes de flora y fauna silvestre que otorgará el Ministerio del Ambiente, en relación con proyectos de investigación científica, será exclusivamente de acuerdo a los fines establecidos en el proyecto correspondiente. Art. 13.- Los proyectos de investigación en los cuales se requiera de la colección de materiales o especímenes para identificación taxonómica serán limitados dentro de las áreas protegidas, y el número de especímenes a colectarse podrá ser consultado con especialistas. Art. 14.- El Ministerio del Ambiente únicamente autorizará la colección de especímenes vivos de especies silvestres consideradas amenazadas de extinción o que consten en los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, C.I.T.E.S., en caso de que

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los especímenes vayan a ser utilizados en programas de cría o reproducción en cautiverio. Art. 15.- Los proyectos de investigación que se refieran a especies silvestres amenazadas pueden darse en dos niveles: a) A través de proyectos de investigación de manejo ex situ, por manipulación directa de la población, por medio de programas de crianza en cautiverio y repatriación; b) A través de proyectos de investigación de manejo in situ, que tenga por objeto la protección y conservación de dichas especies y sus hábitats. Art. 16.- Los proyectos de investigación que tengan por objeto el estudio sobre especies silvestres amenazadas deben contener un componente sobre monitoreo del tamaño poblacional y la estructura de edades de la población. Art. 17.- Todo proyecto de investigación respecto a especies silvestres amenazadas debe tener como objetivo la determinación de los factores que causan la extinción de las especies y las convierten en amenazadas, y recomendaciones sobre las medidas de protección correspondientes. Art. 18.- En los casos en los cuales se solicite renovación de autorizaciones, se dará previo el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas por el investigador. Art. 19.- Todos los proyectos de investigación que tengan como objetivo actividades de bioprospección, deberán enmarcarse en el procedimiento establecido en la Resolución 391 de la CAN, referente al Régimen Común de Acceso a los Recursos Genéticos. De la importación Art. 20.- Toda importación de especímenes de flora y fauna silvestres, sus productos derivados y elementos constitutivos, debe ser solicitada al Ministerio del Ambiente, independientemente de que los especímenes sujetos a la importación estén contemplados en los apéndices de la C.I.T.E.S. El Ministerio del Ambiente autorizará dicha importación en concordancia con la legislación sanitaria vigente en el país. Art. 21.- La importación de especies tanto de flora como fauna se lo hará conforme al principio de precaución, impidiendo que se introduzcan especies invasoras que amenacen a ecosistemas, hábitat o especies nativas.

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Art. 22.- Para la re-exportación de ejemplares provenientes de importaciones temporales, de las especies contempladas en los apéndices I, II y III de la C.I.T.E.S., se atenderá según lo dispuesto en el texto de esta Convención. Art. 23.- Toda solicitud de permisos de importación deberá presentarse con una evaluación del impacto ambiental, la que, para los efectos de este Reglamento, se considerará documento público y deberá incluir los siguientes requisitos: a) Objetivos de la introducción. b) Comportamiento. c) Potencial reproductivo. d) Enfermedades y parásitos. e) Potencial de la especie como depredador. f) Potencial de la especie como plaga. g) Potencial de la especie como competidor por recursos o espacio con las especies nativas. h) Potencial de hibridación con especies nativas. i) Potencial de dispersión a partir del sitio de introducción. j) Métodos de control de la población para la especie. k) Experiencias de introducción de la especie en otros países. Art. 24.- Estos requisitos no se aplican para el caso de introducción de animales con fines de compañía, transportadas por su dueño, obtenidos legalmente. Art. 25.- En caso de importaciones ilegales de especímenes vivos, los mismos se incautarán y en última instancia podrán ser sometidos a eutanasia. En caso de importaciones ilegales de flora, se incautarán los especímenes, los mismos que en última instancia podrán ser incinerados. Art. 26.- El Ministerio del Ambiente fomentará, en coordinación con instituciones de investigación, el estudio de especies que constituyan plagas. También debe fomentarse el uso de técnicas ambientalmente inocuas para controlar plagas. De la exportación Art. 27.- La exportación con fines comerciales de especímenes de fauna y flora silvestres, sus productos derivados y elementos constitutivos debe ser solicitada al Ministerio del Ambiente, que autorizará dicha exportación siempre y cuando se demuestre que los especímenes provienen de centros de tenencia y manejo autorizados. Art. 28.- Le corresponde al Ministerio del Ambiente fijar las modalidades de exportación de flora y fauna silvestres y determinar los grupos taxonómicos sujetos a restricciones de exportación.

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Art. 29.- La exportación de especímenes de flora y fauna silvestres, sus productos y elementos constitutivos provenientes directamente de su hábitat natural debe realizarse solamente con fines científicos, hacia instituciones científicas y de conservación, o con fines comerciales cuando provengan de programas de manejo in situ debidamente autorizados. En ningún caso se autorizará la exportación de animales vivos para estudios de su comportamiento, los mismos que se realizarán únicamente dentro del territorio nacional. Art. 30.- La exportación de especímenes de flora y fauna silvestres y sus productos derivados por parte de centros de tenencia y manejo, podrá realizarse a partir de la segunda generación, siempre y cuando los mecanismos de producción hayan demostrado su eficacia y continuidad. Las cuotas de exportación serán definidas por el Ministerio del Ambiente en función de la real capacidad de producción de los centros de tenencia y manejo de vida silvestre. Art. 31.- El control de exportaciones de fauna y flora silvestres estará coordinado por el Ministerio del Ambiente, mediante la cooperación de otros órganos de control como la Autoridad Aduanera, Policía Nacional, INTERPOL, la Aviación Civil, Fuerzas Armadas, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA) y la Empresa Nacional de Correos. Para el efecto, el Ministerio del Ambiente propiciará las correspondientes actividades de capacitación. En caso de aeropuertos y puertos marítimos, el Ministerio del Ambiente informará a las compañías aéreas y navieras sobre el contenido del presente Reglamento. Art. 32.- Los ejemplares a transportarse deben ser acondicionados en módulos de transporte según las normas y regulaciones IATA. Art. 33.- El Ministerio del Ambiente, como Autoridad Administrativa de la C.I.T.E.S., consultará con las respectivas Autoridades Científicas Nacionales de esta Convención, en todo lo relacionado a la aplicación de la misma, especialmente sobre la comercialización de las especies incluidas en los Apéndices de la C.I.T.E.S. Art. 34.- El incumplimiento de las disposiciones de la C.I.T.E.S. será sancionado de acuerdo a la legislación nacional vigente sobre la materia, incluyendo el comercio ilegal de especies no nativas que constan en los Apéndices de esta Convención. Art. 35.- Está prohibida la movilización de especímenes de la vida silvestre desde o hacia el país, por parte de diplomáticos, sin los correspondientes permisos.

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Del comercio interno Art. 36.- En el caso del paso transitorio por aeropuertos o puertos marítimos y fluviales internacionales, el tránsito de especímenes, sus productos derivados y elementos constitutivos, será considerado como tránsito legal si cuenta con los respectivos permisos de exportación del país de procedencia. En el caso de tránsito por carreteras se deberá contar adicionalmente con la guía de movilización del Ministerio del Ambiente. Art. 37.- Los Gobiernos Seccionales ejercerán el control de los lugares y locales de posible tráfico y venta ilegal de vida silvestre, tales como tiendas de mascotas, locales comerciales de los aeropuertos, puertos aéreos y marítimos, entre otros. Art. 38.- El Ministerio del Ambiente y los Gobiernos Seccionales deberán informar continuamente a través de los medios de comunicación sobre los peligros que puede ocasionar la compra y venta de animales víctimas del tráfico. Art. 39.- La compraventa de especímenes de vida silvestre, es aplicable entre centros de tenencia y manejo ex situ legalmente establecidos, sobre la base de especímenes provenientes de reproducción de estos centros. Del decomiso de ejemplares Art. 40.- Compete al Ministerio del Ambiente realizar o delegar a otras instituciones estatales las actividades de decomiso, en concordancia con lo establecido en el Artículo 81 de la Ley Forestal. Art. 41.- Quien trate de atravesar fronteras o salir de los puertos del territorio ecuatoriano con elementos de flora o fauna silvestres, sin los correspondientes permisos, será sancionado con el decomiso, en cumplimiento de lo que establecen las Leyes vigentes sobre la materia. Además, está estrictamente prohibida la alteración de los permisos de exportación, importación o re-exportación. Art. 42.- Quien sea encontrado en posesión de especímenes de vida silvestre sin patente o autorización, será sancionado de acuerdo a lo establecido en la Ley Forestal vigente y el Código Penal. Se prohíbe la adquisición de especímenes de fauna silvestre extraídos directamente de su hábitat natural, para su uso como mascotas o para su venta. Art. 43.- El Ministerio del Ambiente organizará y capacitará al personal encargado de realizar los decomisos en los puertos del país.

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Art. 44.- El Ministerio del Ambiente deberá capacitar a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y otros agentes de control, para optimizar las actividades de control del tráfico ilícito. Art. 45.- De igual manera el Ministerio del Ambiente, con la colaboración de otras instituciones y organizaciones, deberá capacitar a los inspectores honoríficos de vida silvestre, a fin de que constituyan un apoyo al personal encargado de realizar decomisos en los puertos y fronteras del territorio ecuatoriano. Art. 46.- Los especímenes decomisados serán enviados a los centros de rescate para su custodia, o en los casos respectivos, podrán ser reintroducidos en su hábitat natural, eutanasiados o incinerados, o donados a zoológicos, museos, jardines botánicos, herbarios o instituciones de investigación, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la C.I.T.E.S. Art. 47.- Los Distritos Regionales deberán establecer el registro de los especímenes y especies decomisados, en donde consten los siguientes datos: nombre científico, sexo, origen del espécimen, persona o entidad que lo decomisó, condiciones del espécimen el momento del decomiso y disposición final. De los inspectores honoríficos de vida silvestre Art. 48.- Toda persona natural de nacionalidad ecuatoriana o extranjero residente en el país, que desee obtener un carnet que lo acredite como inspector honorífico de vida silvestre, debe cumplir los siguientes requisitos: 1. Solicitud al Director del Distrito Regional correspondiente 2. Hoja de vida y certificados respectivos 3. Dos cartas de honorabilidad 4. Tres fotografías tamaño carnet a color 5. Fotocopia de cédula de identidad y papeleta de votación 6. Récord policial actualizado Art. 49.- Para la renovación del carnet de inspector honorífico de vida silvestre, se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Solicitud al Director del Distrito Regional correspondiente 2. Informe anual de actividades realizadas 3. Récord policial actualizado 4. Dos fotografías tamaño carnet a color 5. Carnet anterior

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Art. 50. - El carnet de inspector honorífico solamente podrá ser utilizado para el decomiso de especímenes de vida silvestre en lugares públicos, para lo cual el inspector podrá solicitar la ayuda de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas. Art. 51.- La no presentación del informe anual de actividades de los inspectores honoríficos de vida silvestre al Distrito Regional correspondiente, será causa suficiente para no emitir nuevamente y de manera definitiva un nuevo carnet. De la introducción de especies Art. 52.- El Ministerio del Ambiente no autorizará proceso alguno de extracción de especímenes si de los estudios presentados se determina que la población de la especie tiene un riesgo potencial de disminuir. Art. 53.- Para la ejecución de las actividades de extracción, translocación, reintroducción, repatriación, repoblación, control y erradicación de especies introducidas, el interesado deberá obligatoriamente presentar un estudio de factibilidad ambiental y económica, el mismo que deberá ser aprobado por parte del Ministerio del Ambiente y el respectivo Gobierno Seccional, previamente a iniciarse cualquier acción contenida en los mismos. Art. 54.- Los especímenes de flora y fauna silvestres, a ser usados en las actividades de translocación deberán ser genéticamente compatibles. Esta actividad deberá ser justificada únicamente con fines de recuperación de las poblaciones. Art. 55.- El objetivo de la reintroducción será el establecimiento de una población viable y libre de especies o subespecies nativas extirpadas en el ecosistema que le corresponda. Se prohíbe expresamente la reintroducción de poblaciones cimarronas que hayan desaparecido de los ecosistemas en los cuales se establecieron. Art. 56.- Excepcionalmente se permitirá la reintroducción para recuperar una población, procedimiento que se aprobará cuando de los análisis demográficos y/o genéticos se sugiera la posibilidad de recuperación de la población de una especie que haya sido severamente reducida por causas no naturales. Art. 57.- Los programas de reintroducción deberán contemplar el aspecto genético, debiendo los especímenes reintroducidos corresponder a la misma población de aquellos que fueron extirpados, o son similares genéticamente. Art. 58.- Todo proceso de reintroducción deberá ser aprobado por el Ministerio del Ambiente, que para el efecto se fundamentará en información detallada sobre:

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a) La relación filogenética de la especie/variedad a reintroducirse con la especie/variedad extirpada, b) El estado poblacional, la ecología y biología de la especie a reintroducirse, c) El plan de manejo poblacional y de hábitat, determinando las necesidades críticas para cada especie en particular; y, d) El sistema de monitoreo a ser implementado, posterior a su reintroducción. Art. 59.- Los especímenes criados en cautiverio y que serán reintroducidos, previamente deberán ser sometidos a procesos de rehabilitación y adiestramiento, evaluados por el Ministerio del Ambiente, así como a tratamientos sanitarios. Art. 60.- Las especies amenazadas deben formar parte de programas de conservación ex situ preferiblemente asociados a programas de conservación in situ. Art. 61.- Quedan legalmente protegidas las especies constantes en los libros rojos de especies amenazadas del Ecuador, cuyo contenido podrá ser modificado y oficializado mediante Resolución Ministerial, conforme se disponga de información complementaria, particularmente sobre su situación poblacional. Art. 62.- Se prohíbe la liberación intencional en todo el territorio nacional de todo espécimen de vida silvestre cualquiera que fuese su origen y procedencia. Las personas naturales y jurídicas que deseen liberarse de la custodia de algún espécimen de flora o fauna deberán notificar al Ministerio del Ambiente. Igualmente, la liberación accidental deberá ser notificada al Ministerio del Ambiente. Entiéndase por liberación al mero hecho de soltar los animales en el medio natural. Art. 63.- El Ministerio del Ambiente promoverá programas dedicados a impedir la propagación de especies exóticas invasoras. Dentro de estos programas deben considerarse también las especies domésticas en estado cimarrón que afecten a la supervivencia de especies nativas, a las especies translocadas a diferentes zonas geográficas y a las especies nativas que al modificarse su hábitat natural se convierten en plaga en relación con otras especies nativas. Art. 64.- Para efectos de determinar las acciones y actividades relacionadas con la introducción de especies exóticas, el Ministerio del Ambiente contemplará como criterios técnicos su potencial reproductivo y adaptabilidad que las haga susceptibles de convertirse en especies invasoras.

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Art. 65.- Toda la documentación adjunta a las solicitudes de introducción de especímenes de flora y fauna silvestres no nativas del país, y de manera especial el documento de evaluación de impacto ambiental, deberán ser suscritos por el solicitante o su representante legal. Art. 66.- El Ministerio del Ambiente no aprobará el documento de evaluación de impacto ambiental referido en el Art. 52, y por lo tanto no permitirá la importación de especímenes de la vida silvestre no nativas del país, si no se comprueba que los mismos no generarán: a) Una dispersión incontrolable, b) Una alteración significativa o destrucción de ecosistemas y hábitat de especies nativas locales, c) Transmisión de enfermedades, así como la hibridación con las especies nativas. Art. 67.- En el caso de aprobarse la introducción de especímenes de flora y fauna silvestres no nativas del país, el interesado deberá presentar semestralmente al Ministerio del Ambiente un reporte sobre la marcha adecuada del establecimiento de manejo. El Ministerio efectuará inspecciones respecto a la marcha del Proyecto en cualquier momento. Art. 68.- En caso que el Ministerio del Ambiente clausure el centro de tenencia y manejo que mantiene especímenes de flora y fauna silvestres no nativas del país, cuya introducción se haya aprobado, los especímenes existentes en el mismo serán sometidos a eutanasia a costa del importador de los mismos. Art. 69.- En todos los casos de solicitudes de introducción de especímenes de flora y fauna silvestres no nativas del país, así como en los procesos de manejo de los mismos, el Estado aplicará el principio precautelatorio, es decir, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces. Art. 70.- Para cada especie introducida que represente alguna amenaza para la flora o fauna silvestres, el Ministerio del Ambiente deberá elaborar una norma técnica de manejo, cuya aplicación será supervisada por el Ministerio del Ambiente, y su incumplimiento será motivo suficiente para la clausura inmediata del correspondiente centro de tenencia y manejo.

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Reglamento General de La Ley de Minería El Reglamento General de la Ley de Minería fue publicado en R. O. No. 67 de 16 de noviembre de 2009 mediante Decreto Ejecutivo 119

Este Reglamento General tiene como objeto, establecer la normativa necesaria para la aplicación de la Ley de Minería, determinándose que le corresponde al Presidente de la República la definición y dirección de la política minera nacional y para su ejecución y aplicación, el Estado obrará por intermedio del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, y las entidades y organismos que se determinan en la Ley de Minería y este Reglamento, teniendo como atribuciones aprobar en coordinación con la entidad rectora de planificación nacional los planes anuales y plurianuales de gestión en el sector minero, celebrar y mantener convenios de coordinación y cooperación con instituciones públicas o privadas, universidades, nacionales o extranjeras para la promoción de la actividad minera, la investigación e innovación tecnológica. Establece la creación de los Consejos consultivos que permitan la participación ciudadana para la toma de decisiones en la definición de las políticas mineras a fin de promover el desarrollo sustentable del sector en todas las fases de la actividad minera mediante la realización de procesos de información pública y recolección de criterios y observaciones en reuniones informativas, talleres centros de información pública, audiencias públicas. Otro organismo es la Agencia de Regulación y Control Minero que se establece como organismo técnico-administrativo, encargado del ejercicio de la potestad estatal de vigilancia, inspección, auditoría y fiscalización, intervención, control y sanción en todas las fases de la actividad minera y entre sus atribuciones se contempla la expedición del Estatuto Orgánico Funcional que permita vigilar, inspeccionar, auditar, intervenir, sancionar y controlar la actividad minera. El Registro Minero constituye el sistema de información e inscripción de títulos, autorizaciones, contratos mineros y de toda decisión administrativa o judicial, que hubiere causado estado en materia minera, respecto de los procesos de otorgamiento, concesión, modificación, autorización y extinción de los derechos mineros, contemplados en la Ley, que permita a las entidades la supervisión y control de esta información para su adecuado empleo en la planificación y distribución del territorio. Se establece que las atribuciones del Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico son la elaboración y publicación de la carta geológica nacional, realizar estudios regionales de geología aplicada y geología ambiental, recopilar, interpretar y sistematizar la información geológico ambiental en apoyo a los estudios de línea base ambiental, efectuar investigaciones y proponer planes para el aprovechamiento de sustancias minerales.

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Este Reglamento trata de los derechos mineros y las condiciones para acceder a una concesión minera y de las distintas modalidades contractuales, de los pagos de regalías y obligaciones tributarias, y de las multas y sanciones en caso de infracciones a lo establecido en la Ley y Reglamentos referentes al área minera.

Reglamento General de la Ley de Patrimonio Cultural Decreto Ejecutivo N° 641, publicado en el R.O. No. 178 de 26 de septiembre de 2007 donde se reforma el Artículo 5 de este Reglamento

Reforma el Artículo 5 de este Reglamento: “El Director Nacional del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural es su representante legal y será funcionario de libre nombramiento y remoción por parte del Directorio del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural” El Reglamento en el Artículo 19 establece que cualquier persona debe informar al Instituto sobre la existencia de bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación que deban ser incluidos en el Inventario donde deberá constar la descripción detallada escrita, gráfica o audiovisual de sus características esenciales. Según el Artículo 39 de este Reglamento, los municipios o entidades públicas o privadas deberán ordenar la suspensión o derrocamiento de obras que atenten al patrimonio cultural de la nación y en caso de que formen parte de un entorno ambiental éstas deberán ser restituidas. El Artículo 63 establece que para realizar trabajos de prospección arqueológica se deberá solicitar al INPC una autorización en la que se deberá incluir hojas de vida de los investigadores, Plan de Trabajo y entidad responsable de su financiamiento. El permiso para la prospección tendrá una duración igual al período indicado en el respectivo proyecto, pudiendo ser renovado mediante informe favorable del Departamento Nacional respectivo del Instituto de Patrimonio Cultural. El Artículo prevé que no se podrán presentar solicitudes para obtener permisos de excavación sin antes haber justificado los trabajos de prospección arqueológica del área a excavarse ante el INPC. El permiso para la excavación tendrá una duración igual al período indicado en el respectivo proyecto, pudiendo ser renovado mediante informe favorable del Departamento Nacional respectivo del Instituto de Patrimonio Cultural. El Instituto Nacional de Patrimonio Cultural proporcionará a los investigadores formularios y reglamentos detallados para la excavación. El Artículo 66 establece que todo el material arqueológico procedente de la excavación será inventariado por un funcionario del Departamento Nacional correspondiente, y los bienes no

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podrán salir del país, salvo el caso de los fragmentos de bienes que se consideren de interés para ser analizados en laboratorios del exterior; en este caso el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural extenderá un permiso especial para su salida.

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo. Publicado en el R. O. No. 565 de 17 de noviembre de 1986

Las disposiciones de este Reglamento se aplican a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos de trabajo y el mejoramiento del ambiente de trabajo. Las obligaciones y prohibiciones que se señalan en este Reglamento deben ser acatadas por los empleadores, subcontratistas y en general, todas las personas que den o encarguen trabajos para una persona natural o jurídica. Se determina también las obligaciones para los trabajadores.

Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Incluido dentro del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. Decreto Ejecutivo No. 3516 del 28 de diciembre de 2002, publicado íntegramente en R. O. No. 51 del 31 de marzo de 2003

Este reglamento establece las normas generales, aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental y de los impactos ambientales negativos de las actividades definidas por la Clasificación Ampliada de las Actividades Económicas de la versión vigente de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), adoptada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos; las normas técnicas nacionales que fijan los límites permisibles de emisión, descargas y vertidos al ambiente, y los criterios de calidad de los recursos agua, aire y suelo, a nivel nacional. El Artículo 42 de este reglamento establece objetivos específicos: a) Determinar, a nivel nacional, los límites permisibles para las descargas en cuerpos de aguas o sistemas de alcantarillado, emisiones al aire incluyendo ruido, vibraciones y otras formas de energía, vertidos, aplicación o disposición de líquidos, sólidos o combinación, en el suelo; y b) Establecer los criterios de calidad de un recurso y criterios u objetivos de remediación para un recurso afectado.

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Reglamento de Aplicación de la Ley de Aguas El Reglamento General de Aplicación de la Ley de Aguas es parte del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Título IV) D.E. 3609 publicado en la Edición Especial del R. O. del 20 de marzo de 2003

Este Reglamento establece los procedimientos y la forma de ejecutar las acciones relacionadas con el uso del recurso agua, en este caso particular, por la operación que ejecuta la Compañía. Respecto a disposiciones ambientales, este reglamento establece varias disposiciones legales relacionadas directamente con el recurso agua, las mismas que tienen relación con acciones que se deben ejecutar para evitar la contaminación del agua.

Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidas en la Ley de Gestión Ambiental D.E. 1040. Publicado en el Registro Oficial No. 332 del 8 de mayo de 2008, Decreto 1040

La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente, la población directamente afectada por una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental; lo anterior, siempre y cuando los criterios sean técnica y económicamente viables, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar la condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases. La participación social es un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente, las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental. La gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad, definiéndose como un esfuerzo tripartito entre los siguientes actores: a) Las instituciones del Estado; b) La ciudadanía; y, c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto. El Decreto 1040 establece que la participación social se efectuará de manera obligatoria por la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental. La Primera Disposición Final del Decreto 1040 establece que este Reglamento es aplicable a actividades y proyectos nuevos o estudios de impacto ambiental definitivos. Para los Estudios de Impacto, el Decreto establece la obligatoriedad por parte del proponente de difundir los resultados del Estudio a los sujetos de participación social del área de influencia.

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Acuerdos Ministeriales, Normas y Procedimientos

Acuerdo Ministerial 037 – Reforma al Reglamento Ambiental de Actividades Mineras (RAAM). Publicado mediante Registro Oficial No. 213 del 27 de marzo de 2014

Este reglamento regula la gestión ambiental en las actividades mineras en todas sus fases con el fin de prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y reparar los impactos ambientales y sociales derivados de las actividades mineras. La autoridad ambiental nacional en el ámbito minero la ejerce el Ministerio del Ambiente quien ejerce las potestades ambientales de seguimiento, evaluación, monitoreo y control de las actividades mineras, para ellos deberá llevar adelante los procesos para la elaboración de los términos de referencia de los estudios de impacto ambiental, los planes de manejo ambiental y auditorías y los concursos para la elaboración de estos instrumentos de gestión ambiental. Establece que los titulares mineros serán responsables civil, penal y administrativamente por las actividades y operaciones de sus contratistas ante el Estado Ecuatoriano, por lo tanto será de su directa y exclusiva responsabilidad la aplicación de todos los subsistemas de naturaleza ambiental establecidos en la normativa vigente y en particular las medidas de prevención, mitigación, compensación, control, rehabilitación, reparación, cierres parciales, y, cierre y abandono de minas, sin perjuicio de la que solidariamente tengan los contratistas. El Capítulo III trata del proceso de Categorización y Licenciamiento ambiental, el mismo que inicia con la categorización del proyecto a ejecutarse, posteriormente se continúa con la de un consultor para el proceso de licenciamiento ambiental de la fase minera a ejecutar, en base al Registro de Consultores Ambientales del Ministerio del Ambiente. El estudio de impacto ambiental deberá presentarse previo al inicio de cualquier actividad minera, el mismo que deberá identificar, describir y valorar, de manera precisa y en función de las características del proyecto los efectos previsibles que la ejecución del proyecto minero producirá sobre los distintos aspectos socioeconómico - ambientales. El estudio de impacto ambiental incluirá además el correspondiente plan de manejo ambiental, que contemple acciones requeridas para prevenir, mitigar, controlar, compensar, corregir y reparar los posibles efectos o impactos ambientales negativos, o maximizar los impactos positivos causados en el desarrollo de la actividad minera, con su respectivo cronograma y presupuesto.

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El plan de manejo ambiental comprenderá también aspectos de seguimiento, evaluación, monitoreo, y los de contingencia, cierres parciales de operaciones y cierre y abandono de operaciones mineras, con sus respectivos planes, cronogramas y presupuestos. Su artículo 132 “De la pequeña minería”, textualmente señala: “El titular minero bajo el régimen especial de pequeña minería, deberá obtener necesariamente una licencia ambiental para sus operaciones de exploración/explotación simultáneas debiendo contar para el efecto con estudios ambientales específicos y simplificados, para lo cual la licencia ambiental será de categoría IV. Los promotores del proyecto deberán presentar un estudio unificado para actividades de exploración y explotación simultánea y podrán ser incluidas las fases de beneficio o procesamiento cuando el mineral provenga de la misma concesión minera. (…)”.

Acuerdo Ministerial 139 del Ministerio del Ambiente. Suscrito el 30 de diciembre de 2009 y publicado en el R. O. No. 164 de 5 de abril de 2010

El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto establecer los procedimientos administrativos para autorizar el aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables de los bosques naturales húmedo, andino y seco; de los bosques cultivados: plantaciones forestales, árboles plantados, árboles de la regeneración natural en cultivos; las formaciones pioneras; de los árboles en sistemas agroforestales; y, los productos forestales diferentes de la madera.

Acuerdo Ministerial 076 del Ministerio del Ambiente. Suscrito el 04 de julio de 2012 y publicado en el R. O. No. 766 de 14 de agosto de 2012

El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto expedir la reforma al Artículo 96 del Libro III y Artículo 17 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, Acuerdo Ministerial 041 publicado en el Registro Oficial No. 401 del 18 de agosto de 2004; y Acuerdo Ministerial No. 139 publicado en el Registro Oficial No. 164 del 5 de abril de 2010. El Acuerdo Ministerial 076 reforma tres textos legales: TULAS, AM 041 sobre el Derecho de aprovechamiento de madera en pie y el AM139 que establece el procedimiento para autorizar el aprovechamiento y corta de madera. Básicamente este Acuerdo Ministerial establece que en los proyectos que requieran de licencia ambiental y en aquellos casos en que la cobertura vegetal nativa sea removida por la ejecución de obras o proyectos públicos, se deberá

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incluir en el Estudio de Impacto Ambiental, un capítulo que contenga un Inventario de Recursos Forestales. Aplica para estudios de Impacto Ambiental, Ex post, Reevaluaciones, Alcances y Adéndums. Según sea el caso, el Informe de Inventario de Recursos Forestales será elaborado por la Dirección Nacional Forestal del MAE o las Direcciones Provinciales en el término de 8 días previos a la aprobación del EIA. Este Inventario Forestal que deberá contar con su respectivo Informe, sustituye a la Licencia de Aprovechamiento Forestal Especial, que se la obtenía una vez emitida la Licencia Ambiental.

Acuerdo Ministerial 134 del Ministerio del Ambiente. Publicado en el Registro Oficial No. 812 de 18 de octubre de 2012

Este Acuerdo reforma al Acuerdo Ministerial No. 076 publicado en el Registro Oficial No. 766 del 14 de agosto 2012, mediante el cual se expide la reforma al Artículo 96 del Libro III y Artículo17 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, Acuerdo Ministerial 041 publicado en el Registro Oficial No. 401 del 18 de agosto de 2004; y Acuerdo Ministerial No. 139 publicado en el Registro Oficial No. 164 del 5 de abril de 2010. Mediante esta reforma se agrega que para aquellos casos de cobertura vegetal nativa a ser removida por la ejecución de “las obras o proyectos públicos y estratégicos ejecutados por personas naturales o jurídicas públicas y privadas” que requieran de licencia ambiental y que la corta de madera no sea con fines comerciales y se requiera cambio de uso de suelo, excepcionalmente en el Estudio de Impacto Ambiental y demás estudios contemplados en la normativa ambiental que sean aplicables según el caso se deberá incluir un capítulo que contenga un Inventario de Recursos Forestales.” Adicionalmente se incluye que los “Los costos de valoración por cobertura vegetal nativa a ser removida, en la ejecución de obras o proyectos públicos y estratégicos realizados por persona naturales o jurídicas públicas y privadas, que requieran de licencia ambiental, se utilizará el método de valoración establecido en el Anexo 1 del presente Acuerdo Ministerial” El método de valoración que se incluye en el Acuerdo Ministerial establece la metodología que deberá aplicarse para calcular el aporte económico de los bosques en los casos que por actividades extractivas o de cambio de uso de suelo, se proceda al desbroce de cobertura vegetal.

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Para calcular este aporte económico se menciona, que se ha tomado como base la metodología desarrollada por el Instituto de Políticas para la Sostenibilidad 1 (IPS) sobre la evaluación de bienes y servicios ambientales como aportes del patrimonio natural al desarrollo económico y social. Para esta metodología se requiere identificar los principales bienes y servicios que de manera directa e indirecta contribuyen en la generación de aportes económicos, obtener un precio de mercado para cada uno de esos bienes y servicios identificados, y; Cuantificar dichos bienes y servicios en la actividad económica en que están participando.

Acuerdo Ministerial 026 del Ministerio del Ambiente. Publicado en el segundo suplemento del Registro Oficial 334, publicado el 12 de mayo del 2008

Establece los procedimientos para el registro de los generadores de desechos peligrosos, gestores y transportadores de desechos peligrosos.

Acuerdo Ministerial 066 del Ministerio del Ambiente R. O. No.036 del día lunes 15 de julio de 2013, Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en el Decreto Ejecutivo No. 1040

Dicho Instructivo establece los procedimientos de Participación Social (PPS), que se debe aplicar para todos los proyectos o actividades que requieran de Licencia Ambiental tipo II, III y IV.

Acuerdo Ministerial 068 del Ministerio del Ambiente. Publicado el 31 de julio del 2013 mediante R.O. 033, que reforma al Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA), Libro VI, Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)

Dicho documento mantiene artículos para la acreditación de Gobiernos Autónomos Descentralizados y Seccionales, ante el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). Establece a la herramienta informática SUIA (Sistema Único de Información Ambiental) como mecanismo para la obtención de permisos ambientales ante la entidad ambiental reguladora. Finalmente establece a la Categorización Ambiental Nacional en cuatro distintos niveles dependiente de la alteración ambiental generada por el proyecto propuesto, siendo estas categorías las siguientes:

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Categoría I: Certificado de Registro Ambiental: proyectos que impliquen un impacto ambiental no significativo. Categoría II: Licencia Ambiental Categoría II: proyectos con presencia de impacto ambiental bajo. Categoría III: Licencia Ambiental Categoría III: proyectos con presencia de impactos ambientales medianos. Categoría IV: Licencia Ambiental Categoría IV: proyectos con presencia de impactos ambientales altos.

Acuerdo Ministerial 006 del Ministerio del Ambiente. Suscrito el 18 de febrero de 2014, mediante Acuerdo Ministerial No. 068, publicado en el R. O. No. 033 el 31 de julio de 2013 y al Acuerdo Ministerial No. 74 del 21 de agosto de 2013

Por otro lado también se sustituyó los Anexos: I, II, III, IV y los Anexos 1, 2, 3, 4 del Acuerdo Ministerial 068, por los Anexos establecidos en el A.M 006. Cabe señalar que el presente Acuerdo entró en vigencia a partir de su suscripción, sin necesidad de su publicación en el Registro Oficial.

Acuerdo Ministerial 061. Reforma del libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria, publicado en el Registro Oficial 316 del 04 de mayo de 2015.

Art. 1 Ámbito.- El presente Libro establece los procedimientos y regula las actividades y responsabilidades públicas y privadas en materia de calidad ambiental. Se entiende por calidad ambiental al conjunto de características del ambiente y la naturaleza que incluye el aire, el agua, el suelo y la biodiversidad, en relación a la ausencia o presencia de agentes nocivos que puedan afectar al mantenimiento y regeneración de los ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos de la naturaleza. Art. 2 Principios.- Sin perjuicio de aquellos contenidos en la Constitución de la República del Ecuador y las leyes y normas secundarias de cualquier jerarquía que rijan sobre la materia, los principios contenidos en este Libro son de aplicación obligatoria y constituyen los elementos conceptuales que originan, sustentan, rigen e inspiran todas las decisiones y actividades públicas, privadas, de las personas naturales y jurídicas, pueblos, nacionalidades y comunidades respecto a la gestión sobre la calidad ambiental, así como la responsabilidad por daños ambientales.

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TÍTULO II RECTORÍA Y ATRIBUCIONES EN CALIDAD AMBIENTAL Art. 4 Rectoría.- El Ministerio del Ambiente ejerce las potestades de Autoridad Ambiental Nacional y como tal ejerce la rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, del Sistema Único de Manejo Ambiental y sus instrumentos, en los términos establecidos en la Constitución, la legislación ambiental, las normas contenidas en este Libro y demás normativa secundaria de aplicación. Art. 5 Atribuciones de la Autoridad Ambiental Nacional.- En materia de Calidad Ambiental le corresponden las siguientes atribuciones: a) Ejercer la rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental; b) Ejercer la rectoría del Sistema Único de Manejo Ambiental; c) Fomentar procesos de producción limpia y consumo sostenibles considerando los ciclos de vida del producto; d) Desarrollar incentivos para aplicación de principios de prevención, optimización en el uso de recursos y de reducción de la contaminación; e) Ejercer la rectoría en materia de gestión de desechos; f) Ejercer la rectoría en materia de energías alternativas en el componente ambiental, en coordinación con la autoridad rectora del tema energético; g) Expedir las políticas públicas de obligatorio cumplimiento en los ámbitos en los que ejerce rectoría; h) Ejercer la potestad de regulación técnica a través de la expedición de normas técnicas y administrativas establecidas en la legislación aplicable y en particular en este Libro; i) Ejercer la potestad pública de evaluación, prevención, control y sanción en materia ambiental, según los procedimientos establecidos en este Libro y la legislación aplicable; j) Emitir los permisos ambientales que le son asignadas de acuerdo a las disposiciones establecidas en la legislación de la materia regulada en este Libro; k) Ejercer la potestad de control y seguimiento de cumplimiento de las normas legales, administrativas y técnicas así como de los parámetros, estándares, límites permisibles y demás; l) Ejercer la potestad de control y seguimiento al cumplimiento de las obligaciones que se desprenden del ejercicio del régimen de autorizaciones administrativas en materia de calidad ambiental; m) Ejercer la potestad de sanción al incumplimiento de las normas de cualquier naturaleza que rigen la actividad reglamentada en este Libro; n) Acreditar y verificar el cumplimiento de la acreditación a nivel nacional; o) Ejercer la calidad de contraparte nacional científica o técnica de las convenciones internacionales ambientales, sin perjuicio de las facultades que la ley de la materia confiere a la Cancillería ecuatoriana;

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p) Verificar y evaluar los daños y pasivos ambientales e intervenir subsidiariamente en la remediación de éstos; repetir contra el causante en los casos determinados en la normativa aplicable. Para el efecto, establecerá sistemas nacionales de información e indicadores para valoración, evaluación y determinación de daños y pasivos ambientales; así como mecanismos para la remediación, monitoreo, seguimiento y evaluación de daños y pasivos ambientales, sin perjuicio de las facultades que el ordenamiento jurídico confiera a otras entidades en el ramo social; q) Fijar mediante Acuerdo Ministerial toda clase de pagos por servicios administrativos que sean aplicables al ejercicio de sus competencias; r) Ejercer la jurisdicción coactiva, en los términos establecidos en la normativa aplicable; s) Sancionar las infracciones establecidas en la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y en la Ley de Gestión Ambiental; así como los incumplimientos señalados en el presente Libro; y, t) Las demás que determine la Ley. CAPÍTULO III DE LA REGULARIZACIÓN AMBIENTAL Art. 21 Objetivo general.- Autorizar la ejecución de los proyectos, obras o actividades públicas, privadas y mixtas, en función de las características particulares de éstos y de la magnitud de los impactos y riesgos ambientales. Art. 22 Catálogo de proyectos, obras o actividades.- Es el listado de proyectos, obras o actividades que requieren ser regularizados a través del permiso ambiental en función de la magnitud del impacto y riesgo generados al ambiente. Art. 23 Certificado ambiental.- Será otorgado por la Autoridad Ambiental Competente a través del SUIA, sin ser de carácter obligatorio, a los proyectos, obras o actividades considerados de mínimo impacto y riesgo ambiental. Para obtener el certificado ambiental, el promotor deberá llenar en línea el formulario de registro asignado, conforme al procedimiento acorde a los lineamientos que establezca la Autoridad Ambiental Nacional. Art. 24 Registro Ambiental.- Es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental Competente mediante el SUIA, obligatorio para aquellos proyectos, obras o actividades considerados de bajo impacto y riesgo ambiental.

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CAPÍTULO IV DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES Art. 27 Objetivo.- Los estudios ambientales sirven para garantizar una adecuada y fundamentada predicción, identificación, e interpretación de los impactos ambientales de los proyectos, obras o actividades existentes y por desarrollarse en el país, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y sus riesgos; el estudio ambiental debe ser realizado de manera técnica, y en función del alcance y la profundidad del proyecto, obra o actividad, acorde a los requerimientos previstos en la normativa ambiental aplicable. Art. 28 De la evaluación de impactos ambientales.- La evaluación de impactos ambientales es un procedimiento que permite predecir, identificar, describir, y evaluar los potenciales impactos ambientales que un proyecto, obra o actividad pueda ocasionar al ambiente; y con este análisis determinar las medidas más efectivas para prevenir, controlar, mitigar y compensar los impactos ambientales negativos, enmarcado en lo establecido en la normativa ambiental aplicable. CAPÍTULO V DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Art. 44 De la participación social.- Se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo de las Instituciones del Estado, la ciudadanía y el sujeto de control interesado en realizar un proyecto, obra o actividad. La Autoridad Ambiental Competente informará a la población sobre la posible realización de actividades y/o proyectos, así como sobre los posibles impactos socioambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar. Con la finalidad de recoger sus opiniones y observaciones, e incorporar en los Estudios Ambientales, aquellas que sean técnica y económicamente viables. El proceso de participación social es de cumplimiento obligatorio como parte de obtención de la licencia ambiental. Art. 45 De los mecanismos de participación.- Son los procedimientos que la Autoridad Ambiental Competente aplica para hacer efectiva la Participación Social. Para la aplicación de estos mecanismos y sistematización de sus resultados, se actuará conforme a lo dispuesto en los Instructivos o Instrumentos que emita la Autoridad Ambiental Nacional para el efecto. Los mecanismos de participación social se definirán considerando: el nivel de impacto que genera el proyecto y el nivel de conflictividad identificado; y de ser el caso generaran mayores espacios de participación.

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Acuerdo Ministerial 001 – Registro Oficial 819 – del 29 de Octubre de 2012

Acuerdan: Art. 1.- Expedir los siguientes lineamientos para la aplicación de la compensación por afectaciones socio-ambientales dentro del marco de la política pública de reparación integral. Art. 2.- La aplicación de los lineamientos para la compensación por afectaciones socio-ambientales son de carácter nacional y en relación a todas las actividades económicas estratégicas en las que los Ministerios de Ambiente y de Recursos Naturales No Renovables comparten competencias en el control, que asegura una adecuada operación de dichas actividades y la conservación de los recursos naturales asociados a las mismas. Art. 3.- La compensación se reconoce como el género que incluye a la indemnización como la especie; la primera aplicable al nivel colectivo, concretada a través de obras o planes de compensación; la segunda aplicable al nivel individual (singular o colectivo), de carácter pecuniario. Art. 4.- La compensación toma en cuenta tres niveles de aplicabilidad: 1) Compensación anticipada de afectaciones potenciales; 2) Compensación aplicada a la gestión de impactos ambientales; y, 3) Compensación aplicada a la gestión de pasivos ambientales. Art. 5.- El sustento teórico y los procesos metodológicos para cada uno de los niveles de aplicación de la compensación se detallan en el documento anexo al presente Acuerdo Interministerial y forma parte integral del mismo. Aplicabilidad de la Compensación: 1. Primer nivel de aplicabilidad: compensación anticipada de afectaciones potenciales Previo al inicio de las actividades de un proyecto se deberán identificar las condiciones de la zona en la que se implantará, con la finalidad de disminuir la vulnerabilidad/sensibilidad ambiental y social. El proponente deberá caracterizar las condiciones de la zona sobre la que se implementará su proyecto, tomando en cuenta, al menos:

- Componentes ecológicos; dinámicas, procesos. - Componentes socioeconómicos, dinámicas, procesos.

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- Variables de vulnerabilidad/sensibilidad social y ambiental.

Los factores socio-ambientales se confrontarán con los componentes del proyecto, entre otros:

- Políticas ambientales. - Modelo de operación. - Demandas de servicios. - Demandas de recursos que el operador requiere de la zona. - Condiciones/dinámica demográfica. - Actividad económica del proyecto.

El resultado será la identificación y análisis de los posibles/potenciales impactos negativos que se puedan generar en factores ambientales y sociales. El proponente y sus auspiciantes en el proceso de levantamiento de la información en campo, deberán asegurar un adecuado grado de concordancia entre las expectativas de la comunidad respecto al proyecto y los alcances del proceso de compensación que derive de la evaluación. 2. Segundo nivel de aplicabilidad: la compensación en la etapa de gestión de impactos El proponente del Proyecto deberá caracterizar al nivel de detalle los posibles impactos que su actividad generará, a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que asegure la evaluación integral, tanto de los componentes ambientales y sociales del entorno, como de los componentes del proyecto. En función del análisis integral de impactos se establecerán en el Plan de Manejo Ambiental (PMA) las medidas que prevengan, controlen, mitiguen impactos que por sus alcances e intensidad admitan su reversión, o compensen las pérdidas asociadas a impactos irreversibles. Si durante el proceso de monitoreo y control que realiza la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, SCA-MAE a la operadora, se da un evento (accidente) o se detecta que en componentes claves de los entornos social y natural, los parámetros reportados están fuera de los límites permisibles que establece la norma ambiental vigente, se activará el plan de contingencia, para luego realizar una caracterización y valoración de los daños a los componentes ambientales y sociales. Una vez que el daño está valorado, se deberá generar el plan de restauración integral, el cual deberá desarrollar las acciones de remediación, compensación e indemnización.

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La aplicación de los criterios técnicos que definen la dimensión del daño permitirá determinar si se requiere aplicar acciones de compensación o indemnización, adicionales a la ejecución de los procesos de remediación. En todo caso, el proceso de toma de decisiones se guiará en función de la naturaleza del daño y de la factibilidad de restauración del factor afectado, y no solo en función del criterio del afectado o grupo de afectados o del operador responsable del proyecto. El cálculo del costo de la compensación o de los montos de la indemnización deberá hacerse tomando como referencia los criterios metodológicos desarrollados por el MAE a través del PRAS. La gestión de los daños será responsabilidad del proponente del proyecto; por lo tanto, éste estudiará y determinará las medidas preventivas a emplear antes del inicio de actividades y las medidas correctivas durante la fase operativa, claramente especificados en el EIA, PMA y Plan de Monitoreo, para que no se transformen en daños. Solamente en casos en los que el proponente no fuera identificado o no tuviera la capacidad económica de responder, el Estado actuará en forma subsidiaria de acuerdo al artículo 397 de la Constitución. Las medidas compensatorias son aquellas destinadas a restituir o resarcir las pérdidas asociadas a los daños identificados y valorados. Se deberá asegurar la rehabilitación, sustitución o adquisición de un equivalente de los recursos naturales dañados en el lugar originalmente dañado o en otro diferente. Las condiciones claves en el proceso son:

- Aplicación del enfoque de integralidad ambiental y social en el Estudio de Impacto Ambiental. Esto incluye la definición y evaluación integral de las unidades espaciales de análisis en las que se implantará el proyecto.

- El análisis de los efectos de cada una de las etapas del proyecto, no solo en cada uno de los componentes ambientales o sociales en forma independiente, sino también en los sistemas y procesos que los relacionan.

- A través de la evaluación integral del estado de los componentes y sistemas socio-ambientales, se podrá diseñar un sistema más adecuado de monitoreo de indicadores, el diseño de modelos, proyecciones, estudios multitemporales y demás herramientas que aseguren una mayor capacidad de gestión ambiental del proyecto, con menor probabilidad de generación de daños o de pasivos.

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3. Tercer nivel de aplicabilidad: la compensación aplicada a pasivos Un pasivo ambiental se configura cuando en el proceso de desarrollo de un proyecto se ha cumplido una de las siguientes condiciones:

- Existen impactos no identificados, ni declarados en el EIA, por ende, sin planes de gestión en el PMA.

- Impactos o daños que habiendo sido identificados en el EIA, no han sido adecuadamente manejados, existiendo evidencia de la persistencia de afectaciones a los componentes ambientales o sociales relacionados.

- Eventos o accidentes que generaron daños pero que no fueron manejados en forma efectiva, y de la misma forma, que evidencian la persistencia de afectaciones a los componentes ambientales o sociales relacionados.

Las medidas compensatorias deben buscar la determinación del valor de uso de los componentes/servicios ambientales o sociales afectados, degradados, alterados o perdidos y además, tratar de devolver su funcionalidad. Adicionalmente, se debe precisar un valor que repare el valor intangible y las estrategias que procuren restituir el daño inmaterial o al menos lo aminoren. La compensación al nivel de pasivos se aplica al ámbito comunitario. La compensación se entiende como parte de la restitución de derechos colectivos y se enfoca en las medidas que satisfagan a las poblaciones afectadas por las fallas en el desarrollo de un proyecto. Para los casos de daños a particulares se aplicarán los mecanismos de indemnización que serán detallados en un documento particular, pero que se configura como una forma particular de compensación. En caso de perjuicios económicos, de daño moral y lucro cesante, en lo posible se identificarán las acciones que los rehabiliten y se tomarán acciones indemnizatorias. Los daños inmateriales o intangibles son considerados como un ámbito especial y aparte por su relevancia cultural y social. Las acciones de compensación en cada ámbito se establecen luego de un análisis de las condiciones de la zona y de las afectaciones recibidas de forma integral y completa, identificando los elementos que se afectaron negativamente en las relaciones ecosistémicas y sinérgicas de los individuos y poblaciones debido a fallas en la gestión de impactos de una actividad económica. En casos de compensación por pasivos, se realizará una evaluación socio-ambiental que permita calcular el valor de las pérdidas como un costeo de:

- Cálculo de las pérdidas de materia primas y productos de consumo final

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- Costos de acciones de protección y seguridad de abastecimiento de bienes y servicios

- Costos por daños a la salud de la población - Costos de afectación al patrimonio intangible - Otros costos asociados (servicios ambientales, costos de los estudios,

laboratorios, logística, de gestión institucional, entre otros).

Toda vez que se ha caracterizado y valorado la pérdida, la aplicación de la compensación puede darse en los ámbitos natural; natural y social o natural, social e intangible, los cuales se detallan a continuación. Ámbitos de Aplicación de la Compensación a nivel de Pasivos Ámbito natural Se entiende en el marco de los derechos de la naturaleza y la obligación que tiene el causante de restituir las condiciones de los sistemas de tal forma que vuelvan a operar los procesos naturales. Se aplica cuando las labores de remediación no han sido suficientes para restaurar el recurso afectado y se deben tomar medidas y acciones que devuelvan el recurso, estas medidas deben ser proporcionales al daño causado. Entre las medidas se encuentran:

- Reforestación de un área similar a la afectada - Creación de reservas para la protección de fauna sensible - Fomento a la investigación científica y la publicación de resultados - Promover la creación de corredores biológicos entre las zonas ya

protegidas - Fomento al manejo integral del patrimonio natural. - Diseño y aplicación de un sistema de monitoreo que permita un control y

seguimiento de los cambios esperados en el ambiente - Declaración de una zona como área de protección ambiental

La aplicación de las medidas detalladas en el párrafo anterior dependerá de las características específicas de cada sitio que ha sido alterado o dañado, por lo que pueden existir otras. Ámbito natural y social La compensación a este nivel implica que se tomen las medidas descritas en el ámbito anterior más las medidas por daños y afectaciones a los servicios ambientales (patrimonio ecológico) y al componente social.

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La compensación es este ámbito se enfoca en la restitución del valor de uso del bien natural que utiliza la población. Dentro de los servicios ambientales tenemos, entre otros:

- Fijación de carbono (producción de oxígeno) - Protección de la biodiversidad (caza, pesca, recolección de frutos

silvestres, medicina) - Provisión de agua - Belleza escénica y paisajística (uso recreacional, turístico, lúdico).

Las medidas para restituir este valor de uso de los servicios ambientales son, entre otras:

- Restitución de las fuentes de agua de la población - Restitución del componente perceptual (paisaje/ recreación) - Restitución de las fuentes de alimentos.

Al nivel social, las afectaciones y daños generados por la actividad, vulneran los derechos de las poblaciones en lo económico, cultural y político, por lo que deben ser compensados para restituirlos. Algunas medidas son:

- Proyectos productivos que disminuyan la dependencia económica de la actividad o proyecto

- Proyectos en salud, agua segura y saneamiento básico. - Proyectos en educación – capacitación - Fomento a la atención integral a las mujeres y a los grupos de atención

prioritaria con enfoque de género, generacional, familiar, comunitario e intercultural.

- Promoción del uso de medicina ancestral e investigación científica de la misma tomando en consideración los derechos de patente de los principios activos y el recurso biogenético.

- Mejoramiento de las relaciones comunidad – empresa - Mejoramiento de las relaciones laborales con la empresa

Ámbito natural, social e intangible La compensación a este nivel implica que se tomen las medidas descritas en los ámbitos anteriores más los daños inmateriales o intangibles.

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Los daños intangibles son las afectaciones, lesiones, detrimentos, menoscabo, de la espiritualidad, cultura, moral, tradición, etc., de una población. Para reparar estos daños se debe utilizar, entre otras, las siguientes medidas:

- Generación y aplicación de un plan de fortalecimiento cultural para conservar/restituir la memoria histórica de una comunidad afectada, o de ser el caso promover procesos de preservación, valoración, fortalecimiento, control y difusión de la memoria colectiva y del patrimonio cultural.

- Medidas simbólicas como elaboración de murales, eventos periódicos o libros que conserven/restituyan la memoria histórica de una comunidad afectada.

- Impulsar el conocimiento, la valoración y la afirmación de las diversas

identidades socioculturales.

- Creación de centros para preservar la cultura/tradición y el idioma de las poblaciones vulneradas.

Libro IV: Título I: Del Sistema Único De Manejo Ambiental. Art. 1.- Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto presentará el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el artículo 20, literal b) de este reglamento. La AAAr a su vez y de conformidad con lo establecido en el título I del presente reglamento, coordinará la participación de las instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso. La revisión del estudio se efectuará a través de un equipo multidisciplinario que pueda responder técnicamente y a través de sus perfiles profesionales y/o experiencia a las exigencias múltiples que representan los estudios de impacto ambiental y aplicando un sistema de calificación para garantizar la objetividad de la revisión. La revisión del estudio se documentará en el correspondiente informe técnico. El licenciamiento ambiental comprenderá, entre otras condiciones, el establecimiento de una cobertura de riesgo ambiental, seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicación, como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de

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manejo ambiental o contingencias, de conformidad con la guía técnica específica que expedirá la autoridad ambiental nacional, luego de los respectivos estudios técnicos. La participación de las instituciones cooperantes (AAAc) en este proceso son las siguientes:

Gobierno Provincial de Loja.

Gobierno Autónomo Descentralizado de Macará.

Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM)

Secretaría del Agua (SENAGUA)

Ministerio del Ambiente – Loja. Estas instituciones participaran activamente en la obtención tanto de concesiones, permisos o licencias especiales para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales.

Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 288:2000 Esta norma expedida por el Instituto Ecuatoriano de Normalización en 1999 presenta medidas para Etiquetado de Precaución de Productos Químicos Industriales Peligrosos.

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11. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA). 13.1. Introducción El presente Plan de Manejo Ambiental (PMA) ha sido diseñado en concordancia con las especificaciones técnicas de las autoridades competentes, además se tomaron en cuenta las especificaciones del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA), en especial lo establecido en el Libro IV de la Biodiversidad y el Libro VI de la Calidad Ambiental y las últimas actualizaciones relacionadas con las Normas Técnicas Ambientales para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental para los Sectores de Saneamiento. El Plan de Manejo Ambiental (PMA) se diseñó en base a la evaluación de los potenciales impactos ambientales a ocasionarse durante las fases de operación y cierre, definiendo acciones para minimizar, compensar y mitigar dichas afecciones. Para el efecto se formula, analiza y describe la propuesta de manejo ambiental conforme a las estipulaciones vigentes en el país, que incluye las recomendaciones de prevención, control, mitigación y compensación, que deben ser ejecutadas por el promotor del proyecto, a corto, mediano o largo plazo, a fin de que el proyecto sea ambientalmente viable. El Plan de Manejo Ambiental está conformado por programa y actividades a tomar de acuerdo a las interacciones ambientales que puedan presentarse, adicionalmente, se plantean medidas de información, comunicación a la comunidad y participación ciudadana. 13.2. Objetivos Definir las acciones a realizar para prevenir, controlar, mitigar y/o compensar

los impactos biofísicos y socio-ambientales a generar por la operación del proyecto.

Establecer las especificaciones técnicas para implementar las medidas

ambientales determinando procedimientos operativos, diseños, rubros y costos referenciales.

13.3. Alcances El Plan de Manejo Ambiental está diseñado para la operación y cierre del

proyecto.

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Considerar las especificaciones técnicas de la operación y cierre, lo analizado en la línea base, los impactos analizados y la experiencia del equipo colaborador en los lineamientos de este plan de manejo.

Este PMA orienta los lineamientos y recomendaciones para la aplicación de

medidas de prevención y mitigación de impactos ambientales, para el manejo y disposición de desechos, lineamientos para respuesta a emergencias, rehabilitación de áreas afectadas, procedimientos para capacitación ambiental, seguimiento y monitoreo ambiental, lineamientos para la participación ciudadana y procedimientos para el abandono y entrega del área.

13.4. Estructura del Plan de Manejo El presente Plan de Manejo Ambiental es diseñado sobre la base de la estructura sugerida por la legislación ambiental nacional vigente. Por lo tanto, los programas ambientales considerados para su implementación son: Plan de Prevención y Mitigación de Impactos Ambientales. Plan de Manejo de Desechos. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental. Plan de relaciones comunitarias. Plan de contingencias. Plan de seguridad industrial y salud ocupacional. Plan de monitoreo y seguimiento. Plan de rehabilitación de áreas afectadas. Plan de cierre, abandono y entrega del área.

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13.4.1. Plan de Prevención y Mitigación de Impactos.

PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE RUIDO Y VIBRACIONES

OBJETIVOS: Prevenir, evitar y reducir los impactos ambientales negativos (Ruido) en la concesión minera. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PPCI - 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

AIRE SOCIAL

Reducir o atenuar el ruido y vibraciones entre la fuente emisora y el receptor, a fin de que no superen los niveles máximos permitidos por la normativa ambiental vigente.

Al incrementarse el tráfico vehicular y debido al uso de herramientas y equipos se incrementa también el ruido en la zona. Esta medida será manejada mediante disposiciones administrativas que deberán contemplar: 1. Exigir el uso de

silenciadores en los escapes de equipos, vehículos y maquinaria

2. La maquinaria que origine vibraciones, deberán ser usadas en horarios específicos con la finalidad de no causar molestias a los moradores del área de influencia.

3. Uso obligatorio para los trabajadores de tapones auditivos.

A partir del inicio de los trabajos se entregarán los tapones auditivos para todos los trabajadores y se inspeccionaran tanto en los equipos y maquinarias el uso correcto de silenciadores.

Facturas de compra de materiales.

Archivo fotográfico.

Doce

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PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE DESBROCE VEGETATIVO Y CUIDADO DE LA FAUNA LOCAL

OBJETIVOS: Minimizar los impactos sobre la vegetación y fauna. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PPCI - 02

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

FLORA FAUNA

Atenuar el daño efectuado al componente biótico.

El Proponente deberá controlar que el desbroce de vegetación en el área del Proyecto sea el mínimo requerido, evitando dañar la flora de los terrenos aledaños. Está terminantemente prohibido el corte de árboles para abastecer la necesidad de material adicional en la fase de explotación del Proyecto. Bajo ninguna circunstancia, el personal podrá cortar ningún tipo de vegetación, además no podrán llevar plantas a sus hogares, ya que estaría afectando el ecosistema. Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie ya sea en el área minera y centros poblados aledaños. También estará Prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales en el área de

Al momento de iniciados los trabajos de explotación en el área minera se analizará las áreas directas e indirectas de influencia y se verificará la no afectación de los hábitats adyacentes.

Fotografías de las actividades de explotación.

Registro de incidentes con vecinos del Proyecto.

Doce

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influencia del Proyecto y sus alrededores.

PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE GASES

OBJETIVOS: Evitar el nivel alto de gases en la concesión minera.

Crear conciencia en el uso de equipos de seguridad. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946 RESPONSABLE: Representante legal

PPCI - 03

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

AIRE SOCIAL

Molestias y afectaciones a la salud de los trabajadores del área del proyecto.

Contaminación del aire.

En cada una de las maquinas que laboran en la concesión minera es necesario que haya un sistema de escape correcto, que no haya fugas ni roturas a lo largo del sistema, que el diseño de los mismos sea adecuado y este sea el primer filtro para controlar la emisión de gases; en caso que sea necesario se colocaran en los desfogues terminales de la maquinaria filtros para evitar la acción de los gases.

A partir del inicio de los trabajos se inspeccionaran los filtros para controlar las emisiones gaseosas.

Constatación directa.

Facturas de compra de materiales.

Archivo fotográfico.

Doce

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PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE GASES

OBJETIVOS: Evitar el nivel alto de gases en la concesión minera. Crear conciencia en el uso de equipos de seguridad. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946 RESPONSABLE: Representante legal

PPCI - 03

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

AIRE SOCIAL

Molestias y afectaciones a la salud de los trabajadores del área del proyecto.

Contaminación del aire.

En cada una de las maquinas que laboran en la concesión minera es necesario que haya un sistema de escape correcto, que no haya fugas ni roturas a lo largo del sistema, que el diseño de los mismos sea adecuado y este sea el primer filtro para controlar la emisión de gases; en caso que sea necesario se colocaran en los desfogues terminales de la maquinaria filtros para evitar la acción de los gases.

A partir del inicio de los trabajos se inspeccionaran los filtros para controlar las emisiones gaseosas.

Facturas de compra de materiales.

Archivo fotográfico.

Doce

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PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE REDUCCION DE GENERACION DE POLVO

OBJETIVOS: Reducir la contaminación del aire con polvo por tráfico de vehículos y manejo de materiales pétreos. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946 RESPONSABLE: Representante legal.

PPCI - 04

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

AIRE SOCIAL

Molestias y afectaciones a la salud de los trabajadores del área del proyecto.

Contaminación del aire por partículas en suspensión.

Mediante la utilización de una manguera, se distribuirá agua de modo uniforme en las superficies expuestas. La cantidad de aplicación estará entre los 0,9 y 2,0 l/m

2, con la finalidad de

controlar la generación de polvo. En el caso de almacenamiento de materiales áridos, éstos deberán estar cubiertos por un plástico para evitar que sean arrastrados a causa del viento o lluvia. El transporte de pétreos se realizara mediante el uso de volquetes, en los cuales los conductores deberán cubrir la carga con carpas, esto con la finalidad de evitar derrames en las vías así como ocasionar posibles accidentes personales, vehiculares o a la propiedad privada al llevar a cabo esta actividad.

A partir del inicio de los trabajos se regarán las superficies que generen polvo y se cubrirán los sitios de almacenamiento de materiales.

Facturas de compra de materiales.

Registro fotográfico.

Doce

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13.4.2. Plan de manejo de desechos y vertidos

PLAN DE MANEJO DE DESECHOS Y VERTIDOS PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS

OBJETIVOS: Identificar, clasificar y disponer los desechos sólidos de manera adecuada mediante la utilización de métodos alternativos aplicables y compatibles con el ambiente dentro de la concesión minera. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PMDV- 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

PERCEPTUAL AGUA

SUELO

Pérdida de la calidad escénica por la generación de desechos

Contaminación de suelo y agua

Manejo de desechos de construcción y escombros. El manejo tiende a minimizar la producción y a disponer adecuadamente estos desechos mediante la adopción de técnicas, procedimientos y comportamientos adecuados, para lo cual debe realizarse las siguientes acciones: - Concienciar a los

trabajadores a NO abandonar desechos generados en el frente de obra.

- Ubicar en un solo sitio los desechos (junto a la guachimanía para evitar que estos se encuentren a la intemperie), hasta su transporte o disposición final.

- Cubrir los desechos con lona para evitar su transporte por el viento o el agua.

A partir de emitida la respectiva licencia ambiental se procederá a construir e instalar recolectores de desechos sólidos dentro de la concesión. Tratamiento adecuado de los desechos.

Archivo fotográfico

Facturas de adquisición de recipientes

Registro de entrega a gestores calificados.

Doce

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Manejo de desechos sólidos: Basados en la NORMA INEN 2841 – 2014-03. Se debe minimizar la producción de desechos mediante la adopción de técnicas, procedimientos y comportamientos adecuados, como son:

- Concienciar a los trabajadores a no abandonar desechos generados en las instalaciones, utilizando los basureros y papeleras localizadas en el sitio de la obra.

- Se deberá destinar un sitio para ubicar los desechos sólidos, hasta proceder a su recolección y transporte al relleno sanitario o entregarlos a los recolectores.

En cuanto a los desechos sólidos reciclables, se los reutilizara de la mejor manera, ya que evitaría en transformarse en chatarra. Para el almacenamiento temporal se utilizará la guachimanía, sitio apropiado con cubierta, protegido de la

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intemperie, estos recipientes deberán estar etiquetados, indicando el tipo de desecho. Mantener la limpieza del área de almacenamiento de desechos para evitar la atracción de vectores. En las instalaciones se dispondrán los desechos generados, según la siguiente clasificación: Para la recolección de desechos producidos, se utilizará recipientes adecuados que serán ubicados en un sitio estratégico. - Recipiente rojo para residuos

sólidos PELIGROSOS. - Recipiente anaranjado para

escombros y asimilables a escombros, neumáticos, muebles, electrónicos.

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140

- Recipiente azul para todo material susceptible a ser reciclado, reutilizado (vidrio, plástico, papel, cartón, entre otros).

- Recipiente verde para

residuos sólidos BIODEGRADABLES.

- - Recipiente negro para

residuos sólidos NO DEGRADABLES y no reciclable.

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PLAN DE MANEJO DE DESECHOS Y VERTIDOS PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS LIQUIDOS

OBJETIVOS: Prevenir, mitigar y minimizar riesgos e impactos sobre los diferentes componentes ambientales en el área del proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante Legal.

PMDV- 02

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

PERCEPTUAL SUELO

Contaminación de agua y suelo con residuos fisiológicos.

Para el manejo de los desechos fisiológicos (orinas y heces humanas), se construirá una letrina la cual estará por obvias razones conectada a una fosa séptica en donde se trataran de forma anaerobia los desechos antes indicados.

A la primera semana de iniciados los trabajos en la concesión minera, se cuenta con una letrina construida y operando.

Registros fotográficos

Obras construidas.

Facturas de compra de materiales.

Tres

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142

13.4.3. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental

PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN

OBJETIVOS: Capacitar al personal del Proyecto para la ejecución de las actividades considerando los aspectos de conservación, seguridad y ambiente. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante Legal.

PCCEA-01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

SOCIAL SUELO AGUA

Afecciones a la salud de las personas que manejan los residuos sólidos.

Capacitación en manejo de desechos sólidos.

Al primer trimestre de aprobado el PMA a través de una capacitación se manejan adecuadamente los desechos sólidos.

Fotografías

Memoria técnica.

Listado de asistentes

Tres

SOCIAL Afecciones a la salud de las personas y accidentes

Importancia del uso de Equipo de Protección Personal.

Al primer trimestre de aprobado el PMA a través de una capacitación los trabajadores y operarios utilizan correctamente el Equipo de Protección Personal.

Fotografías

Memoria técnica.

Listado de asistentes

Tres

SOCIAL AIRE

Posible conato de incendio que puede afectar al personal que labora en el Proyecto y público en general.

Manejo de extintor de incendio y tipo de extintores.

Al primer trimestre de aprobado el PMA a través de una capacitación los trabajadores y vecinos del Proyecto, pueden utilizar los extintores existentes.

Fotografías

Memoria técnica.

Listado de asistentes

Tres

SOCIAL FLORA FAUNA

Afectaciones a la flora y fauna del sitio

Charla sobre Deforestación, caza, pesca y tráfico de especies silvestres

Al primer trimestre de aprobado el PMA a través de una charla, los trabajadores y vecinos sabrán los riesgos sobre la fauna y flora del sitio.

Fotografías

Memoria técnica.

Listado de asistentes.

Tres

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143

13.4.4. Plan de relaciones comunitarias

PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS Y MEDIDAS COMPENSATORIAS

OBJETIVOS: Disminuir las molestias a los vecinos causados por los trabajos de construcción del Proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante Legal.

PRC - 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

SOCIAL Molestias a los habitantes del área del proyecto

Como parte del programa de recuperación de las áreas intervenidas, se tomará en consideración la indemnización y la restitución; la primera contempla el pago de un valor en moneda o especies al afectado como consecuencia de los impactos causados en su propiedad, en el presente caso, este tipo de medidas pueden darse, debido a que la propiedad de la tierra pertenece a habitantes del sector y con los duales se han tenido acuerdos para solucionar estos conflictos. Las medidas de restitución, involucran la ejecución de ciertas acciones auxiliares tendientes a dejar el ambiente y las condiciones de vida de la población en circunstancias bastante similares a las condiciones a las que se registraban antes de la

A partir de la ejecución de la obra se realizaran las medidas compensatorias.

Fotografías.

Firmas de entrega – recepción.

Doce

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144

ejecución del proyecto. Creemos que una medida de restitución es la que se relaciona con actividades de calidad de vida, complementándose con las medidas de seguridad industrial.

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145

PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE CAPACITACIÓN AL PERSONAL EN RELACIONES COMUNITARIAS

OBJETIVOS: Definir las especificaciones técnicas ambientales y los procedimientos operacionales para una correcta convivencia de los trabajadores de la obra y los pobladores del área de influencia del proyecto. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946.. RESPONSABLE: Representante legal.

PRC - 02

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

SOCIAL Molestias a los vecinos del área de influencia.

Este programa considera las buenas prácticas de convivencia que se deben mantener entre el personal de la concesión (técnicos, trabajadores, subcontratistas y proveedores de insumos) en el sitio del proyecto y los moradores del sector donde se implanta el proyecto. Se ubicaran letreros ambientales o de seguridad industrial dependiendo del sitio a ubicar o la necesidad para información tanto para los trabajadores como para los transeúntes. Se deberán considerar las siguientes acciones: - Estricto cumplimiento de la

limpieza del sector (letreros de: no botar basura, restos de comida, desperdicios, fogatas, etc.)

Previo a la ejecución de la obra se capacitara a los trabajadores a través de una charla. Ubicación de letreros de prohibición (ambientales o de seguridad industrial).

Listado de asistencia a la charla de inicio de actividades.

Fotografías.

Uno

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- Prohibición total de beber alcohol en el área de trabajo o sectores aledaños.

- Respeto a los moradores y transeúntes.

- Evitar el uso de equipos de sonido a volúmenes altos.

- Los obreros no deberán cambiarse la ropa de trabajo en sitios abiertos y visibles desde el exterior de la concesión (guachimanía).

Estas normas deberán ser indicadas mediante una charla de corta duración a todo el personal, previo al inicio de los trabajos.

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147

13.4.5. Plan de contingencias

PLAN DE CONTINGENCIAS PROGRAMA DE CONTINGENCIAS

OBJETIVOS: Mantener un área de trabajo segura, en donde las acciones para evitar y resolver accidentes estén planificadas y coordinadas de forma que se puedan evitar daños permanentes al medio ambiente, los trabajadores y la población asentada en la zona de influencia. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante Legal.

PC- 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

SOCIAL Accidentes imprevistos en el personal.

- Se deberá adquirir un botiquín de primeros auxilios para atender accidentes leves como: cortes, golpes, torceduras, quemaduras, picaduras de insectos, etc.

- Se adquirirán dos extintores

para controlar imprevistos moderados como pequeños incendios, en áreas de guachimanía así como de posibles accidentes como choques o volques de maquinarias y vehículos.

- Así mismo se adquirirán

materiales para control de derrames de combustibles y lubricantes como son: aserrín, guaipes, sílice, geles, espumas, etc., los cuales se colocaran sobre las áreas afectadas y una vez

Previo al inicio de los trabajos se contara con extintores, botiquín y personal capacitado en cómo actuar frente a este tipo de eventualidades.

Registro de emergencias.

Normas de seguridad. colocadas en lugares visibles.

Extintor y botiquín colocados en lugares visibles.

Doce

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148

controlados se dispondrán en recipientes herméticos o serán transportados por gestores calificados.

- Además se deberá contar con una lista de las áreas de asistencia a los cuales acudir en caso de accidentes (hospital, bomberos, policía, etc.).

- Dicha lista deberá contener todos los datos para contactarlos, los cuales son: nombre de la persona o contacto, números telefónicos, dirección y horarios de servicio.

- Para ayudar al personal a recordar la información de seguridad se colocará en un lugar visible un rótulo que contenga: o Los números telefónicos de

hospitales, bomberos y policía.

o Instrucciones generales a efectuar en caso de accidentes y eventualidades como choques, volques, atropellos, etc.

o Mantener la salud de los trabajadores es primordial, por tal razón el promotor o contratista deberá asegurar

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149

al personal que labore en el proyecto, así como cumplir con todos los beneficios de Ley (código de trabajo, remuneraciones, seguro social, vacaciones, etc.).

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150

13.4.6. Plan de seguridad laboral y salud ocupacional

PLAN DE SEGURIDAD LABORAL Y SALUD OCUPACIONAL PROGRAMA DE SEGURIDAD LABORAL Y SALUD OCUPACIONAL

OBJETIVOS: Minimizar los riesgos laborales, mediante el uso de Equipo de Protección Personal (EPP) por parte de los

trabajadores. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante Legal.

PSSO - 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

SOCIAL Riesgo de accidentes laborales.

El Representante Legal, será el responsable de la salud y seguridad de los trabajadores, y deberá contar con un sistema de comunicación, el cual le permita identificar ciertos riesgos e incidentes que se pueden dar en cada una de las actividades desarrolladas en la construcción de la subestación. o En caso de accidentes y

emergencia médica de algún trabajador se deberá proceder de la siguiente manera:

- Evaluación de los

síntomas de la víctima. - Suministrar primeros

auxilios en caso de ser necesario.

- Identificar los medios de traslado.

- Identificar las

Personal capacitado a través de una charla y EPP proporcionado.

Factura de compra de los EPP.

Lista de asistencia a charla.

Memoria del taller.

Hojas de registro de entrega – recepción de EPP.

Planillas de pago de obligaciones patronales.

Doce

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instalaciones médicas más cercanas

o Además, se sujetará a los

siguientes aspectos principales, los mismos que deberán ser incluidos en los contratos a suscribirse con sus trabajadores: - Responsabilidades de

los trabajadores con respecto al uso de equipo básico de seguridad laboral.

- Riesgos específicos del trabajo

- Precauciones de seguridad

- Responsabilidades del trabajo.

o Se deberá suministrar a

cada trabajador y visitante dentro de la subestación, un equipo completo de protección personal, que conste de: casco, guantes, tapones auditivos, botas, mascarillas, lentes de protección, pantalones largos, impermeables, chaleco reflectivo y cualquier otro implemento considerado necesario por el Representante Legal y

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dependiendo de la actividad a desempeñar.

Se realizará la revisión de por lo menos una vez al mes de lo siguiente:

- Estado de los EPP. - Estado de los

implementos de seguridad laboral.

- Cumplimiento de las normas de seguridad laboral.

o Disponer de un sitio higiénico para guardar los equipos de protección personal en condiciones óptimas.

o Se deberá organizar y contratar a una persona especializada para que dicte una charla en aspectos de salud y seguridad para el personal que deberán detallar la importancia y concientización del uso del EPP.

o Así también el Representante Legal tendrá que llenar una hoja de registro de entrega de equipo de protección con la finalidad de garantizar la entrega y constancia de uso para el seguimiento del

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cumplimiento de la medida. o Es obligatorio por parte del

Representante Legal asegurar a todos sus trabajadores ante el IESS, además de que estas personas gocen de todos los beneficios de ley como vacaciones, décimos, etc.

o • Independiente del tiempo de labores los trabajadores deberán gozar de todos los beneficios que la ley exige.

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PLAN DE SEGURIDAD LABORAL Y SALUD OCUPACIONAL PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN PREVENTIVA Y DELIMITACIÓN DE LA CONCESIÓN MINERA

OBJETIVOS: Prevenir incidentes o accidentes de obreros y terceros en el sitio de la concesión minera mediante delimitación de las áreas de trabajo. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PSSO - 02

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

SOCIAL Riesgo de accidentes laborales y peatonales.

Actividades tendientes a delimitar y señalizar las áreas de trabajo de tal forma que se generen todas las condiciones de seguridad en la Concesión minera, los rótulos que se colocaran serán los siguientes:

Rotulación identificativa en áreas de máquinas de la concesión minera.

Rotulación áreas de precaución y peligro.

Los sistemas de protección colectiva que deberán ser utilizados, tienen la finalidad de identificar y localizar situaciones de peligro y mecanismos e instalaciones de protección y de auxilio en caso de emergencia. Todo lo concerniente a la señalización y rotulación horizontal y vertical de advertencia (color amarillo), prohibición (rojo), obligación

A partir de emitida la licencia ambiental se realizaran las actividades de seguridad laboral.

Archivo fotográfico.

Facturas de compra de materiales.

Letreros.

Doce

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(color azul), información (color verde) y emergencia en el interior y exterior de las instalaciones, vías de evacuación, entradas y salidas, etc., estarán debida y claramente señalizadas bajo la normativa del INEN 3864-1: 2013. Señalización de advertencia Símbolo gráfico que avisa la existencia de un peligro. Tienen forma triangular con el pictograma negro sobre fondo amarillo y bordes negros. Señalización de obligación Símbolo gráfico que impone la observancia de un comportamiento determinado. Tiene forma redonda, con el pictograma blanco sobre fondo azul.

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Señalización de peligro – prohibición Símbolo gráfico que no permite un comportamiento susceptible de provocar un peligro. Tiene forma redonda, con el pictograma rojo sobre fondo blanco. Señalización de evacuación – condición de seguridad Símbolo gráfico que proporciona indicaciones relativas a las salida de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento con el pictograma blanco sobre fondo verde

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Otras señales consideradas en la concesión minera: El Representante Legal está en la obligación de colocar señalización ambiental y señalización relacionada con la seguridad. En cada área de la Concesión minera se colocará la señalización indicando donde se deben depositar los desechos. Cada área de trabajo debe tener señalización indicando la importancia del uso del EPP.

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158

13.4.7. Plan de reposición de áreas afectadas

PLAN DE REPOSICION DE AREAS AFECTADAS PROGRAMA DE REPOSICION DE ÁREAS AFECTADAS

OBJETIVOS: Reforestar las áreas afectadas con especies nativas. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PRAA- 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

PERCEPTUAL SUELO AGUA FLORA

Calidad del Paisaje y erosión.

Prevención de la erosión Este trabajo consistirá en la preparación de los taludes y otras áreas a sembrarse, la incorporación de la tierra vegetal y la siembra o plantación en las zonas indicadas, con el objeto de prevenir la erosión en partes de los taludes. Los trabajos para prevenir la erosión deberán hacerse cuando se haya terminado por completo de utilizar dicha zona alterada. Área sembrada

Este trabajo consiste en la siembra mediante semillas de los sitios susceptibles de erosión y de recuperación ambiental, tales como taludes, áreas degeneradas en las

Al finalizar la construcción se tendrán revegetadas todas las áreas desprovistas de esta cobertura dentro del Proyecto.

Adquisición de plántulas y semillas.

Fotografías.

Facturas de adquisición de materiales y herramientas manuales.

Informe de la revegetación (Pasos seguidos, hectáreas revegetadas).

Doce

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cuales el suelo queda desnudo y es necesario protegerlo con una capa vegetal. Análisis y preparación de las áreas a tratarse.

Los trabajos para prevenir la erosión y recuperar los sitios intervenidos, deberán hacerse una vez que se hayan culminado los trabajos de explotación del área minera. El representante legal deberá tener en cuenta los siguientes trabajos de preparación del terreno previo a la siembra: o Proporcionar un buen

drenaje o Descompactar el medio

donde se instalará la vegetación para permitir un correcto desarrollo del enraizamiento.

o Eliminación de elementos tóxicos

o Aumentar el suministro de nutrientes esenciales para el crecimiento (fertilización).

o Integrar la morfología del terreno en el paisaje circundante.

El representante legal puede

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descompactar el suelo mediante escarificado, subsolado y ripiado. Si lo hace mediante escarificado la profundidad de tratamiento estará comprendida entre 10 – 35 cm mientras que para el ripiado y subsolado entre 35-75 cm. Todas las áreas destinadas a la siembra, luego de la descompactación, deberán proporcionar un lecho razonablemente firme pero desmenuzable de una profundidad mínima de 15 cm en terreno llano y de 10 cm en ladera. Deberán además, estar exentas de malezas, piedras mayores de cinco centímetros de diámetro, desechos y escombros. Fertilización

La fertilización o enmiendas edáficas son de gran importancia para la preparación del suelo y se lo puede hacer a través de aportes de materia orgánica, fertilización orgánica (tierra vegetal, humus, residuos domésticos) o fertilizantes inorgánicos (complejos minerales tales como nitrato amónico, urea, sulfato de

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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amonio y ácido fosfórico o fosfatos de amonio). En áreas que presentan inestabilidad y riesgo de erosión se sugiere suministrar productos orgánicos, distribuidos uniformemente. Los fertilizantes orgánicos e inorgánicos deberán esparcirse uniformemente sobre el área de siembra, con una densidad entre 6 y 8 kg por hectárea, empleando equipo adecuado o procedimientos manuales. Siembra

El representante legal, procederá conforme lo estipulen las especificaciones ambientales o en su caso, dependiendo de la pendiente del terreno: En hileras (<15

o), o al voleo

(<20 o).

Área plantada El trabajo deberá consistir en proveer, entregar y plantar árboles, arbustos y hierbas, con especies identificadas en el inventario botánico para cada

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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162

uno de los estratos. Este trabajo lo hará el representante legal durante las temporadas de lluvia. Se debe utilizar especies nativas y/o introducidas para sembrar en torno a las cercas con el fin de mejorar el entorno paisajístico. Siembra de especies arbóreas que sirvan de barrera visual entre el entorno natural y el área del proyecto minero.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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Revegetación

Riego

El representante legal protegerá y cuidará a su costo las áreas sembradas y plantadas, las mantendrá húmedas,

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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arreglando o reponiendo por su cuenta las áreas que no presenten un crecimiento satisfactorio, hasta la recepción definitiva de la obra. El riego deberá hacerse mediante bombeo con manguera u otro equipo aprobado que permita regar a presión con rociadores. El agua se distribuye uniformemente y sin que cause erosión; será aplicada con la frecuencia y en la cantidad suficiente para garantizar la sobrevivencia de las plántulas.

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165

13.4.8. Plan de monitoreo y seguimiento ambiental

PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

OBJETIVOS: Monitorear el cumplimiento de las medidas planteadas dentro del PMA. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PMSA- 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

PERCEPTUAL AIRE AGUA

SUELO FLORA

Contaminación de aire, agua, suelo y flora.

Verificación del cumplimiento del PMA El Representante legal de la Concesión minera Belén Código 600946, supervisará y asegurará el cumplimiento del PMA. Además, se deberá verificar la aplicación del marco legal del presente proyecto y las regulaciones internas del proponente, relativas a control ambiental, seguridad laboral, salud ocupacional y de relaciones con la comunidad, durante la operación y cierre de las diferentes actividades del proyecto en estudio. Instruir a todos sus trabajadores y operarios del Proyecto, acerca del presente estudio ambiental y otras guías más específicas relativas a conservación del Ambiente, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que guiarán

Monitoreos ambientales anuales, tanto de agua, suelo, ruido, maquinaria. Monitoreo trimestral para el Plan de Reposición de áreas afectadas

Talleres efectuados.

Materiales y equipos adquiridos.

Personal capacitado.

Fotografías y entrevistas realizadas.

Informes de cumplimiento.

Resultados de los monitoreos ambientales.

Informes de cumplimiento trimestral sobre el Programa de Reposición de Áreas Afectadas.

Doce

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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sus actividades. Monitoreos anuales ambientales tanto de agua, suelo, ruido y maquinaria por parte del representante legal, realizado por un laboratorio acreditado. Monitoreo trimestral para el Plan de Reposición de áreas afectadas.

SOCIAL AIRE AGUA

SUELO FLORA FAUNA

No se cumplan las medidas estipuladas en el Plan de manejo

Contratar un profesional a medio tiempo para la ejecución y cumplimiento del PMA.

Elaboración semestral de informes por parte del Profesional sobre el cumplimiento del PMA.

Factura de pago.

Informes de cumplimiento.

Doce

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13.4.9. Plan de cierre, abandono y entrega del área

PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL AREA PROGRAMA DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL AREA

OBJETIVOS: Generar condiciones ambientales y sociales, adecuadas al entorno natural en que se encuentra la concesión minera. LUGAR DE APLICACIÓN: Concesión Minera Belén Código 600946. RESPONSABLE: Representante legal.

PCA- 01

ASPECTO AMBIENTAL

IMPACTO IDENTIFICADO

MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE

VERIFICACIÓN PLAZO (meses)

PERCEPTUAL

Alteración al medio perceptivo.

Las actividades que se realizarán en la concesión minera, tendrán una duración según el título minero de 25 años, luego se pedirá una ampliación de plazo para continuar con el proceso, sin embargo esta área explotada será sometida a un proceso de cierre, una vez que cesen las actividades de explotación; por parte del concesionario hay la predisposición y el compromiso por realizar un plan de cierre, el mismo que lo resumimos a continuación: Al finalizar la construcción del Proyecto se plantean acciones que deberán ser consideradas y adaptadas al momento, como son: o Diagnóstico ambiental o Desalojo de escombros

Al cierre del proyecto se contará con un ambiente acorde al entorno en el que se emplaza el proyecto.

Constatación directa.

Archivo fotográfico.

Uno

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

DEL ÁREA MINERA BELÉN CÓDIGO 600946

168

o Limpieza y descontaminación

o Estabilización o Revegetación

Al concluir en su totalidad las actividades de la concesión minera, se procederá a desmantelar las instalaciones, retirando la totalidad de la infraestructura utilizada, así como los desechos y escombros que se encuentren en estos sectores, los mismos que finalmente serán transportados a las escombreras y relleno sanitario. Finalmente se procederá a revegetar con especies nativas según los requerimientos de cada sector.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

DEL ÁREA MINERA BELÉN CÓDIGO 600946

169

14. CRONOGRAMA

ACTIVIDAD MES

1 MES

2 MES

3 MES

4 MES

5 MES

6 MES

7 MES

8 MES

9 MES 10

MES 11

MES 12

EXPLOTACIÓN (OPERACIÓN)

Reducción de Ruido y Vibraciones

Instalación de filtros

Reducción de polvo

Disposición de desechos sólidos

Disposición de desechos líquidos

Capacitación al personal

Medidas compensatorias

Buenas prácticas de convivencia

Programa de Contingencias

Entrega y uso de EPP

Señalización preventiva, informativa y obligatoria

Revegetación

Monitoreo y seguimiento ambiental

Contratación de un profesional en el área ambiental

CIERRE

Desmontaje de equipos

Desalojo y limpieza de áreas

Estabilización del suelo

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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ACTIVIDAD MES

1 MES

2 MES

3 MES

4 MES

5 MES

6 MES

7 MES

8 MES

9 MES 10

MES 11

MES 12

EXPLOTACIÓN (OPERACIÓN)

PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE RUIDO Y VIBRACIONES

Uso de Protectores auditivos

Mantenimiento de maquinarias

PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE CONTROL DE GASES

Incorporación de filtros para la maquinaria

PLAN DE PREVENCION Y CONTROL DE IMPACTOS PROGRAMA DE REDUCCIÓN DE GENERACIÓN DE POLVO

Riego de superficies que generen material particulado

Cubrimiento de materiales

PLAN DE MANEJO DE DESECHOS Y VERTIDOS PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS

Disposición de desechos sólidos

PLAN DE MANEJO DE DESECHOS Y VERTIDOS PROGRAMA DE MANEJO DE DESECHOS LÍQUIDOS

Desechos fisiológicos

PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACION Y EDUCACION AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACION

Capacitación en manejo de desechos sólidos y líquidos

Importancia del uso de Equipo de Protección Personal

Manejo de extintor de incendios y tipos de extintores.

Deforestación, caza, pesca y tráfico de especies silvestres

PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS Y MEDIDAS COMPENSATORIAS

Medidas compensatorias e indemnizaciones

PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE CAPACITACIÓN AL PERSONAL EN RELACIONES COMUNITARIAS

Buenas prácticas de convivencia entre trabajadores y vecinos

PLAN DE CONTINGENCIAS PROGRAMA DE CONTINGENCIAS

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX ANTE Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

DEL ÁREA MINERA BELÉN CÓDIGO 600946

171

Plan de Contingencias

Adquisición de botiquín, extintores, materiales de control de derrames y listado de áreas de asistencia.

PLAN DE SEGURIDAD LABORAL Y SALUD OCUPACIONAL PROGRAMA DE SEGURIDAD LABORAL Y SALUD OCUPACIONAL

Dotación de equipo de protección personal

Señalización preventiva y prohibitiva

Charla de seguridad industrial y salud ocupacional

PLAN DE SEGURIDAD LABORAL Y SALUD OCUPACIONAL PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN PREVENTIVA Y DELIMITACIÓN DE LA CONCESIÓN MINERA

Señalización de áreas de trabajo y delimitación

PLAN DE REPOSICIÓN DE ÁREAS AFECTADAS PROGRAMA DE REPOSICION DE AREAS AFECTADAS

Revegetación de áreas afectadas

PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

Monitoreo ambiental

Contratación de un profesional a medio tiempo

CIERRE

Cierre y Abandono

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15. CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

ACTIVIDAD MES

1 MES

2 MES

3 MES

4 MES

5 MES

6 MES

7 MES

8 MES

9 MES 10

MES 11

MES 12

Presupuesto

EXPLOTACIÓN (OPERACIÓN)

Plan de Prevención y Control de Impactos X X X X X X X X X X X X 1,500.00

Plan de Manejo de Desechos y Vertidos X X X X X X X X X X X X 250.00

Plan de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental

X X X 1,000.00

Plan de Relaciones Comunitarias X X X X X X X X X X X X 500.00

Plan de Contingencia X X X X X X X X X X X X 500.00

Plan de Seguridad Laboral y Salud Ocupacional X X X X X X X X X X X X 500.00

Plan de Reposición de Áreas Afectadas X X X X X X X X X X X X 1,500.00

Plan de Monitoreo y Seguimiento Ambiental X X X X 3,000.00

Plan de Cierre, Abandono y Entrega del área 000.00

TOTAL 8,750.00

EL COSTO TOTAL DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ES DE OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA CON 00/100.

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16. BIBLIOGRAFIA

Aguirre Z. y Aguirre, N. 1999. Guía para el estudio de comunidades vegetales. Revista Herbario LOJA. Nº8. Universidad Nacional de Loja. 70 p.

Aguirre Z. y Yaguana C. 2012. Guía para estudios de composición florística, estructura y diversidad de la composición natural. Universidad Nacional de Loja, Ecuador. 78 p.

Cerón, C. 1993. Manual de Botánica Ecuatoriana, Sistemática y métodos de estudio. Editorial Ayala. Quito, Ecuador. 315p.

Cueva J. y Chalan L. 2010. Informe Técnico Cobertura Vegeta; Y Uso Actual del Suelo de la Provincia de Loja.

Gentry, A. H. 1988. Changes in plant community diversity and floristic composition on environmental and geographical gradients. Annals of the Missouri Botanical Garden.

IUCN. Red List of Threatened Species. Versión 2014.

Jorgensen, P. M., S. León–Yánez. 1999. Catálogo de Plantas Vasculares del Ecuador. Missouri Botanical Garden.

Ministerio del Ambiente del Ecuador. 2013. Sistema de Clasificación de los Ecosistemas del Ecuador Continental, Subsecretaria del Patrimonio Natural, Quito, Ecuador.

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17. ANEXOS / APÉNDICES Anexo 1. Flora registrada en la zona de estudio.

Tessaria integrifolia (Pájaro bobo) Erytrhina smithiana (Porotillo)

Gynerium sagitatum (Pindo) Schoenoplectus californicus (Totora)

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Pennisetum purpureum (Pasto elefante) Oryza sativa (Arroz)

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Anexo 2. Resultados de la muestra de suelos.

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Anexo 3. Resultados de la muestra de agua.

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Anexo 4. Mapas temáticos.

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