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2º INFORME con OBSERVACIONES al PROYECTO de RECOMENDACIÓN TÉCNICA Nº 3 “PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” Y RECOMENDACIÓN TÉCNICA Nº 1 “MARCO CONCEPTUAL CONTABLE PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” Comisión Nacional de Sector Público - FACPCE. Buenos Aires, 5 y 6 de Agosto 2.011. Cra. Sommadossi Vanesa Maria Neuquén, 03 de Julio 2.011

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2º INFORME con OBSERVACIONES al

PROYECTO de

RECOMENDACIÓN TÉCNICA Nº 3

“PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES

PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

Y

RECOMENDACIÓN TÉCNICA Nº 1

“MARCO CONCEPTUAL CONTABLE PARA LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

Comisión Nacional de Sector Público - FACPCE. Buenos Aires, 5 y 6 de Agosto 2.011.

Cra. Sommadossi Vanesa Maria

Neuquén, 03 de Julio 2.011

Proyecto RTSP Nº 3 – “Presentación de Estados Contables para el Sector Público” FACPCE

Sommadossi Vanesa M. – Provincia de Neuquén 2 de 22

Proyecto RTSP Nº 3 “ Presentación de Estados Contables”

El presente trabajo bosqueja algunos comentarios y/o observaciones respecto

del Proyecto de la RTSP Nº 3 “Presentación de Estados Contables”, para compartir en su análisis. No obstante ello incluye algunas consideraciones de la RTSP Nº 1. El texto base fue tomado del borrador resultante de la reunión realizada el 11 y 12 de Marzo del 2.011 de la Comisión Nacional de Sector Público de la FACPCE. Lo que se consigna dentro del recuadro es el texto del Proyecto. 1.- Objetivo 4. Para alcanzar el objetivo, la Recomendación establece consideraciones generales para la presentación de los estados contables, contenidos mínimos, estructura y a modo de guía se adjunta el Cuadro de Cuentas del plan de cuentas contable indicativo (Anexo A) 1. 1 …a modo de guía se adjunta el Cuadro de Cuentas del plan de cuentas contable indicativo (Anexo A)

En esta versión del Proyecto ya no se contempla el Plan de Cuentas, fue

eliminado anteriormente. Lo que sí permanece como guía son los modelos de EECC plasmados en los Anexos. Asimismo se debe modificar el Índice que aun referencia al Plan de Cuentas. 2.- Alcance 5. La presente Recomendación deberá aplicarse a los estados contables que se preparen por parte de todos los Entes Contables de la Administración Pública. 6. Los Entes Contables son organismos con personalidad jurídica, administradores de un patrimonio, con presupuesto propio de gastos y de recursos, de cuya ejecución debe rendir cuenta, siendo responsables de la gestión y de la preservación patrimonial. 7. Esta Recomendación no es de aplicación a las entidades públicas organizadas bajo la forma de empresas, cualquiera sea su forma jurídica u objeto, comercial, industrial, de servicios públicos, entes financieros2, etc.

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2 Entes financieros: La oración finaliza describiendo clases de objetos (comerciales, industriales, de servicios públicos, etc.) y luego hace mención no a un objeto sino a un tipo de ente (entes financieros). Por ello para unificar podría reemplazarse la frase “entes financieros” por el termino “financiero”. 3.- Responsabilidad en la emisión de los estados contables 3.

8. La responsabilidad en la emisión de los estados contables es del titular del ente.

5.- Consideraciones generales Identificación de los estados contables 18. Los estados contables deben estar claramente identificados, y distinguirse de cualquier otra información publicada. Además, la siguiente información se mostrará en lugar destacado, y se repetirá cuantas veces sea necesario para una correcta comprensión de la información presentada: identificación y firma del contador público5 interviniente. Identificación del responsable del ente4.

3 Responsable de la emisión de los EECC

Aquí se habla de quién es el “responsable de emitir EECC”, el titular, no acerca de quién/es es/son el/los firmante/s de los mismos o responsable del ente.

4 Identificación del responsable del ente En este apartado del texto se menciona que se debe identificar al “responsable del ente”. Se refiere al mismo responsable de la emisión de EECC aunque no lo diga?. Se podría precisar en el texto?

5 Identificación y firma del contador público En esta Sección y en la Sección siguiente “4 – Intervención de los Estados

Contables”, se hace referencia a quién firmará los EECC y se menciona solo

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al Contador Publico. Acaso el/los responsables del ente y emisión de los EECC no firmarán los mismos? Por otra parte, “intervención” quiere dar alusión a “firma”?

CASO PRACTICO: Ente público, un Municipio. Titular del ente: solo el Intendente? Responsable del ente: solo el Intendente? Responsable de la emisión de los EECC: solo el Intendente?

Firmantes de los EECC: solo el contador público?, los responsables no? En el caso -por ejemplo- de la Provincia de Neuquén, la normativa vigente para municipios de primera categoría establece como firmantes y luego por consiguiente se vuelven responsables, al Intendente, Secretario de Hacienda, Tesorero Municipal, Contador Municipal o quienes hagan sus veces. 4 – Intervención de los Estados Contables 9. Los estados contables deben ser intervenidos por un Contador Público6.

6 Contador Público:

El contador público debe ser independiente o vinculado al ente con algún cargo o función?.

Si uno de los “responsables en firmar” los EECC llegara a ser CPN, estaría cubierta la exigencia?.

El contador público deber estar matriculado?. En caso de no ser independiente muchos de los profesionales que trabajan en la administración pública no están matriculados y es un gran dilema para los Consejos, la FACPCE y la profesión

en sí por hacer uso del titulo y no estar matriculado.

Entiendo que es una oportunidad para aclarar estos temas y jerarquizar la profesión dentro del ámbito público.

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Oportunidad de Presentación 21. Un ente debe estar en posición de emitir sus estados contables dentro de los tres (3) meses posteriores a esta fecha. La complejidad de las operaciones de un ente no es una razón suficiente para no informar con oportunidad 7. 7 Es necesario mencionar discrecionalmente un supuesto motivo por el cuál se

supone podrían argumentar la no presentación a tiempo de los EECC?, o acaso sí pueden justificar con otra razón?

Si en la primera oración dice “debe” presentar, entonces “debe” presentar, sin ningún argumento para no hacerlo, sea el que se expresa u otro.

Plan de Cuentas Contable 30. Los grupos son los siguientes: A continuación de este punto en el Proyecto se menciona no solo a los Grupos de Cuentas (Activo, Pasivo, PN y Resultados) sino que se los conceptualiza transcribiendo la RTSP N º1. Es necesario repetir el concepto en una Recomendación de exposición cuando ya fue tratado en la Recomendación del Marco Conceptual?

Esta consideración es independiente de las observaciones ya formuladas (Informe presentado en Octubre 2.010) a los conceptos de Activo, Pasivo y Patrimonio Neto plasmados en este Proyecto y en la RTSP Nº 1. Estado contable de Situación Patrimonial 32. Tiene por finalidad exponer los bienes y derechos con que cuenta la Administración Pública para hacer frente a los servicios que brindará a la comunidad, y sus obligaciones. Este concepto, esgrimido tanto en el presente Proyecto como en la RTSP Nº 1 ya fue observado en el Informe de Octubre 2.010, ya que dicho Estado no tiene por finalidad exponer lo que se indica al contener errores conceptuales.

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Distinción entre corriente y no corriente 33. Dentro del estado de situación patrimonial del ente o presentará sus activos corrientes y no corrientes, así como sus pasivos corrientes y no corrientes 8, como categorías separadas, por lo cual expondrá para cada línea del grupo de activo y pasivo, que se espere recuperar o cancelar (a) dentro de los doce meses posteriores a la fecha sobre la que se informa y (b) después de este intervalo de tiempo 9. Esta distinción sirve, entre otras, para poner de manifiesto tanto los activos que se esperan realizar como los pasivos que se deben liquidar en el ejercicio, a efectos de evaluar la liquidez y la solvencia del ente.10

8 Pasivos corrientes y no corrientes

Acá se expresa que se clasificarán a los Activos y Pasivos en Corriente y No Corriente, pero la RTSP Nº 1, Punto 7.1.2.1 no ha quedado en concordancia porque para los Pasivos y no así para los Activos dice que, “Los pasivos se deben clasificar según su exigibilidad en Pasivo a Corto Plazo y a Largo Plazo”, no en corriente y no corriente. 9 Que se espera recuperar o cancelar: (a) dentro de los doce meses posteriores a la fecha sobre la que se informa y (b) después de este intervalo de tiempo. Aquí se describe lo que es Corriente y No Corriente, sin embargo luego para

los Activos, en el siguiente Punto 34. se expresa por Corriente otro concepto, en el que considera cuatro criterios y no uno como aquí. Este apartado pareciera referirse al primer criterio del Punto 34. aunque tampoco lo es, ya que no es lo mismo “recuperar” un activo dentro de los doce meses posteriores a la fecha que se informa, a que dicho activo se “convierta en efectivo o equivalente” en ese periodo, como hace mención el Punto 34. 10 Esta distinción sirve, entre otras, para poner de manifiesto tanto los activos

que se esperan realizar como los pasivos que se deben liquidar en el ejercicio a efecto de evaluar la liquidez y la solvencia del ente.

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No obstante lo dicho precedentemente, se presenta en este párrafo más contradicciones:

a) En primer lugar persiste el error conceptual que Activo Corriente es todo lo que “se espera realizar…”; como ya se expresó anteriormente debe realizarse de un modo determinado, no comprende -por ejemplo- la venta de un bien del que se reciba como forma de pago otro bien que se pretenda seguir usando y sin embargo lo estoy realizando dentro del ejercicio siguiente.

b) Por otra parte al solo mencionar los activos que se esperan realizar, no considera como Corriente a los que ya representan efectivo o su equivalente, con lo cual, Caja, Banco, Valores Corrientes de 3º, etc. pasarían a ser Activos No Corrientes. De ahí que la parcialización del concepto Activo Corriente (un criterio) en este Punto 33 del Proyecto (mas allá de su error conceptual) no es coherente con la conceptualización que luego se realiza (cuatro criterios) en el Punto 34.

c) Respecto de los Pasivos, al expresar “que se deba liquidar”, excluye la posibilidad de incorporar a las Previsiones corrientes dentro de los

Pasivos Corrientes (lo mismo ocurre erróneamente con el Punto 7.1.2.1 de la RTSP Nº 1), ya que de las mismas no se posee una fecha conocida por lo tanto no se sabe con certeza cuando de debe liquidar.

d) Del mismo modo que se mencionara en el inciso b) para los Activos, le cabe la misma consideración a los Pasivos, solo considera Corrientes a los que se liquiden dentro de …, pero excluye de este modo a las obligaciones ya vencidas (que sí se incluye en el Punto 7.1.2.1 de la RTSP Nº 1), clasificándolas en consecuencia como Pasivos No Corrientes.

e) Tanto para los Activos y Pasivos Corrientes se menciona que se deban realizar y liquidar “en el ejercicio” y dentro del Ejercicio siguiente no?.

f) Finalmente se expresa que esta clasificación sirve para evaluar la liquidez y solvencia del ente, pero el ratio que se obtendría estaría distorsionado y no representaría la misma. Vale decir que para obtener dicho ratio, ya no se considerará al Activo Corriente y al Pasivo Corriente (AC/PC) propiamente dicho, ya que el

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Activo Corriente definido comprende algunos Activos No Corrientes y excluye algunos Activos Corrientes y por parte de los Pasivos Corrientes excluye a algunos de ellos.

Activos corrientes. 34. Un activo deberá clasificarse como corriente cuando satisfaga alguno de los siguientes criterios: • se espera convertir en efectivo o equivalente, o se mantiene para vender11 o consumir, en el transcurso del ejercicio siguiente; 11 Se mantiene para vender en el transcurso del ejercicio siguiente. Le cabe la misma consideración ya expresada anteriormente, la venta de un bien no significa que necesariamente el producto de su intercambio sea efectivo o equivalente si no se aclara de modo específico. Rubros del activo. 36. Dentro del activo los rubros se expondrán ordenados según grado decreciente de liquidez. Convendría aclarar “Dentro de cada grupo del activo los rubros se expondrán…..”, para hacer alusión que se clasificaran y ordenaran en primer

lugar en Activo Corriente y No Corriente y dentro de cada de ellos según el grado de liquidez.

41. Bienes de uso.

42. Arrendamientos financieros.

Estos son dos Rubros conceptualizados, diferenciados entre sí y que se le otorga la misma jerarquía en el Proyecto, sin embargo en el Anexo A – Guía de

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Estructura de Presentación del Estado Contable de Situación Patrimonial, se expone al Rubro Bienes de Uso en un nivel superior y dentro de este al Rubro Arrendamiento Financiero. Por otra parte cabe mencionar otras de las subclasificaciones que presenta el Rubro Bienes de Uso en el Anexo A: - Propiedad, Planta y Equipo: este era un Rubro que se encontraba en el

anterior texto del Proyecto en concordancia con las Normas Internacionales, pero el mismo fue eliminado según se desprende del texto

del Proyecto a Marzo 2.011. - Amortizaciones Acumuladas de Bienes de Uso (Nota..): El monto total que

se expone para el Rubro Bienes de Uso acaso no es neto de las amortizaciones acumuladas?, y estas se detallan en la Nota o Anexo del propio rubro y no en el cuerpo del Estado?; de lo contrario el Rubro Bienes Intangibles también podría tener Amortizaciones Acumuladas y sin embargo no se especifica, al igual que el Rubro Arrendamiento Financiero. Además, si bien siempre se ha utilizado el termino “amortización”, el mismo es incorrecto devenido de una mala traducción idiomática, correspondiendo

“depreciación”.

44. Bienes de patrimonio histórico, artístico y/o cultural.

Este Rubro no se expone en el Anexo A – Guía de Estructura de Presentación del Estado Contable de Situación Patrimonial.

45. Bienes de Dominio Público.

49. Bienes de Dominio Público Natural.

51. Bienes de Dominio Público Artificial.

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52. Bienes de Infraestructura.

Todos estos se especifican como Rubros, están en el mismo nivel en el Proyecto, sin embargo dado los conceptos los últimos tres son clasificaciones del primero. Por lo tanto se debe estructurar de tal modo que no presente, por un lado,

confusión a la hora de exponer en el ESP y por otro lado, incoherencia con el Anexo A – Guía de Estructura de Presentación del Estado Contable de Situación Patrimonial. Esto último se menciona porque en el Anexo A se bosqueja lo siguiente: - No se encuentran todos en el mismo nivel, sino que aparece en primer

lugar Bienes de Dominio Publico y dentro de éste clasificados los Bienes de Dominio Publico Natural y Artificial.

- No se expone en ningún lugar al Rubro Bienes de Infraestructura.

Por otra parte el Rubro 45. Bienes de Dominio Público, expresa a su vez que se pueden clasificar según su afectación, de uso común o de uso especial y ello en el Anexo A no esta plasmado.

Activos Intangibles 43. Son los bienes que por sus características intrínsecas no son cuantificables físicamente, como ser los derechos de uso de la propiedad comercial, industrial, intelectual y otros de similares características, pero que son capaces de producir beneficios para el ente público en varios períodos determinables, durante el ejercicio de su administración o cometido estatal.

Solo un comentario, si se quiere asemejar a las Normas Internacionales, el costo de investigación y por parte de las Normas Internacionales para Pymes también el costo de desarrollo, no son considerados activos.

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Pasivos corrientes 54. Son las obligaciones ya vencidas y las que tienen vencimiento dentro de los doce mese posteriores al cierre de período, con o sin orden de pago (RTSP 1, acápite 7.1.2.1) Como ya se mencionó en el Informe de Octubre 2.010, esta definición solo clasifica como Corriente a las obligaciones, vale decir a las deudas ciertas ya sean estas determinadas o determinables (provisiones), pero excluye a las contingencias (previsiones). Claro está que el defecto también se encuentra en

la RTSP Nº 1. Debe recordarse que sin embargo la definición de Pasivo en la RTSP Nº 1 incluye no solo a las deudas ciertas sino también a las previsiones. Por otra parte las previsiones nunca podrán estar acompañadas de la expresión “ya vencidas”, dado que si lo están no son previsiones, sino obligaciones y tampoco de la mención “las que tienen vencimiento dentro ….”, ya que de las mismas no se conoce su vencimiento en virtud de no ser deudas. Pasivos no corrientes. 55. Son las obligaciones con vencimiento12 superior a los doce meses posteriores al cierre del período, incluyendo la deuda consolidada13, que surge de los contratos de préstamos, conversión, reestructuración y/o renegociación de obligaciones anteriores. 12 Son las obligaciones con vencimiento superior a los doce meses. Respecto a esta expresión, vale la misma aclaración que en el punto anterior,

las previsiones nunca se expondrán en el ESP como Corriente ni como No Corriente con esta redacción. 13 …Incluyendo la deuda consolidada, que surge ... Los pasivos Corrientes y No Corrientes se clasifican en tal según su exigibilidad en un periodo determinado de tiempo, no por el objeto o el origen del mismo. No debe hacerse mención a un Pasivo en particular, porque de lo contrario tendríamos que mencionar a otros y del mismo modo en los Corrientes.

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Por otra parte de esta manera se esta encuadrando a las deudas consolidadas como No Corrientes únicamente y ello no es así; o acaso ninguna cuota de amortización será Corriente? Nuevamente, claro esta que el defecto también lo posee la RTSP Nº 1. Al respecto se agrega también que en el Punto anterior 54. se hace mención a un acápite de la RTSP Nº1 y en este Punto no, sin embargo también tiene la misma procedencia.

Rubros del pasivo 56. Dentro del pasivo los rubros se expondrán ordenados según grado decreciente de exigibilidad. En primer lugar los rubros del Pasivo se expondrán en Pasivos Corrientes y No Corrientes, dado que no se ha mencionado aun, los Puntos 54. y 55. del Proyecto solo los conceptualiza. Y por otra parte, luego los rubros se ordenarán dentro de cada grupo en Deudas y Previsiones. Si se ordenan de acuerdo al grado de exigibilidad, se quita la posibilidad de

clasificar a las previsiones que aun no son exigibles. Otras desagregaciones. 68. La apertura del pasivo corriente en “con orden de pago” y “sin orden pago” contemplada en la RTSP nº 1, como asimismo la del tipo de acreedor en Remuneraciones y Cargas Sociales, Proveedores, Contratistas y Otros. Este punto se encuentra al final de la descripción de cada uno de los rubros; no quedaría mejor contextualizado si estuviera a continuación del Punto 56. cuando se habla de clasificación?, o dentro del mismo Punto 54. que habla de la distinción en “con o sin orden de pago”?.

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Deudas Operativas 57. Son las obligaciones contraídas por el ente público, generadas en

operaciones relacionadas con la adquisición de bienes y servicios, con el cumplimiento de los regímenes laborales, previsionales y fiscales14, con el acceso a financiamiento externo al ente, con transferencias y donaciones otorgadas y con operaciones diversas que impliquen el reconocimiento de deudas ciertas y eventuales, derivadas del desarrollo de la actividad administrativa o cometido estatal.

Otros pasivos 67. Son de las obligaciones contraídas por el ente público con terceros, durante el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal, originadas en recursos anticipados, débitos fiscales15, cheques vencidos, ingresos a apropiar, montos cuyo destino o asignación definitiva aún no ha sido determinada y otras obligaciones del ente público, que por sus características específicas no se encuentran incluidas en las definiciones correspondientes a los grupos de pasivos anteriormente expuestos. Las obligaciones originadas por los regimenes fiscales14 que se encuadran en

el Rubro Deudas Operativas, no son las mismas que las obligaciones originadas por debitos fiscales15 comprendidas en el Rubro Otros pasivos?. Deuda por colocación pública 61. Son las obligaciones emergentes de la suscripción pública de títulos a plazos superiores al año.

No se debe hacer referencia en los conceptos de los rubros a cuestiones que inciden en la clasificación de Corriente y No Corriente (“...a plazos superiores al año.”) Esta definición no se encuadra en el Rubro 60. Endeudamiento Público del Proyecto?. 65. y 66. Previsiones16 Son aquellas partidas que, a la fecha a la que se refieren los estados contables representan importes estimados para hacer frente a situaciones contingentes que probablemente originan17 obligaciones para el ente. En las previsiones,

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las estimaciones incluyen el monto probable de las obligaciones contingentes y la posibilidad de su concreción. 16 Previsiones, concepto que se encuentra repetido en estos dos Puntos, 65 y 66. 17 El termino “originan” lo reemplazaría por “originen” u “originarán”.

Créditos 39. ……………Asimismo comprende los derechos a cobrar originados por la constitución de fideicomisos en las condiciones previstas por la norma legal de creación. Se menciona solo en Activos a los fideicomisos y no en Pasivos. Considero que si existe un crédito originado por la operatoria de la constitución de un fideicomiso, puede existir en consecuencia una obligación. Al celebrase un contrato entre partes se generan indudablemente derechos y obligaciones y ambos entonces deben estar reflejados o contemplados y no solo uno. Por lo tanto en el marco del Art. 1º de la Ley 24.441, -por ejemplo- si el fiduciante se ha comprometido a transmitir la propiedad de bienes al fiduciario para constituir un fideicomiso y luego no lo hace o lo realizara parcialmente se genera sin duda una obligación.

Por último, antes de concluir Pasivos, se remite al Anexo A- Guía de Presentación de Estado Contable de Situación Patrimonial a los efectos de corroborar la coherencia de lo plasmado en dicho Modelo con el texto del Proyecto, ya que no fue revisado luego de la introducción de las modificaciones al texto del Proyecto en Marzo 2.011, como así también la compatibilización con el Anexo F- Estado de Evolución del Pasivo.

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69. Patrimonio Neto

70. Patrimonio Institucional. Inicial

71. Patrimonio Institucional Actual

72. Resultados Acumulados Todo lo contemplado en los Puntos 69. hasta el 72. no debe estar en este apartado de Patrimonio Neto, dado que estamos ubicados en el Estado de Situación Patrimonial y siendo una Recomendación de exposición, el Patrimonio Neto solo se muestra o se expone en una línea referenciado su composición en el Estado de Evolución del PN. Esto es lo único que debería mencionarse aquí, otro agregado ver su encuadre en el Punto 89. del Proyecto.

Información a presentar en el Estado de Resultado 75. En el Estado de Resultados se incluirán, como mínimo:

Se menciona la expresión “como mínimo” y luego se detalla la composición que se debería exponer. El “como mínimo” me obliga a que aunque no posea algún elemento que detalla la Recomendación lo debería exponer igual y en cero pesos, lo cual entiendo no es el objetivo ni la intención.

Estado Contable de Flujo de Efectivo 95. Tiene por finalidad informar la totalidad de saldos de efectivo y equivalentes de efectivo al inicio y al cierre del periodo y los flujos presupuestarios o no presupuestarios que ocasionaron las variaciones… 97. Los movimientos se clasificaran según procedan de actividades de operación, de inversión y de financiación, especificando en todos los casos si su origen son transacciones de orden presupuestario o no presupuestario.

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Aquí se enuncia que se debe clasificar las transacciones según su origen presupuestario y no presupuestario, más allá de la clasificación en actividades operativas, de inversión y financiación. Sin embargo el Anexo D – Guía de Estructura de Presentación del Estado Contable de Flujos de Efectivo, solo prevé esta última clasificación no así la primera. 96. La información sobre los flujos de efectivo es útil a los usuarios de los estados financieros a efectos de evaluar dichos flujos, el cumplimiento de la normativa vigente, la rendición de cuentas y para la toma de decisiones.

En esta Recomendación de exposición es oportuno mencionar para que “es útil” este Estado en particular?, porque en los demás nunca se mencionó para que era útil. Acaso la presentación del resto de los Estados no es útil “para la toma de decisiones”?, para “la rendición de cuentas”?. Para evaluar “el cumplimiento de la normativa vigente”, a qué se refiere?. Transacciones no monetarias. 120. Las operaciones de inversión o financiación, que no han supuesto el uso de efectivo o equivalentes al efectivo, deben excluirse del estado de flujo de efectivo. No obstante, tales transacciones deben exponerse dentro de los estados contables. Por qué mencionar que debe excluirse operaciones en las que no interfieran fondos, si ya en los puntos anteriores del Proyecto se menciona que movimientos se exponen en un EFE?. Y en caso de querer reafirmarlo porqué solo mencionar a las operaciones de inversión o financiación?; acaso las actividades operativas que no impliquen flujos de fondos sí se pueden incluir?

Componentes de la partida efectivo y equivalente al efectivo. 121. El ente o debe exponer los componentes de la partida de efectivo y equivalentes al efectivo, y debe presentar una conciliación de los saldos que figuran en su estado de flujo de efectivo con las partidas equivalentes en el estado de situación financiera o estado de situación patrimonial18.

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18 Estado de situación financiera o estado de situación patrimonial

Debería expresarse en forma precisa y taxativa la denominación del Estado al que se pretende referenciar de acuerdo a la denominación establecida en este Proyecto como así también coincidente con la RTSP Nº 1.

Estado Contable de Ejecución Presupuestaria. 125. Se encuentra desarrollado en la Recomendación Técnica del Sector Público Nº 2.

Cuadro Contable de Conciliación 126. Se encuentra desarrollado en la RTSP Nº 2 Si bien tanto para el Estado de Ejecución Presupuestaria como para el Cuadro de Conciliación se entrevé que se encuentran a un mismo nivel, desarrollado en la RTSP Nº 2, solo el Estado de Ejecución Presupuestaria se desarrolló ya que el Cuadro de Conciliación solo se presentó dentro del Anexo como Guía de Implementación - Ejemplos ilustrativos que acompañan a la RTSP Nº 2, pero no forma parte de la misma como allí se menciona.

Estado Contable de Situación del Tesoro

130. Se considerarán activos exigibles las disponibilidades de caja y banco y los créditos que se encuentren en situación de cobro; y no exigibles los derechos a realizar en el transcurso de los doce meses siguientes, a partir de la fecha a que corresponda el Estado.

Según esta definición dentro de los Activos Exigibles y No Exigibles (más allá de las Disponibilidades) se incluye solo al Rubro Créditos de acuerdo a las características que se menciona. Sin embargo en el Anexo E – Guía de Estructura de Presentación del Estado Contable de Situación del Tesoro, se considera además a las Inversiones Financieras, no mencionadas aquí.

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Estado Contable de Evolución del Pasivo Objetivo 132. Tiene por finalidad informar el pasivo al inicio y al cierre del período19, y los movimientos producidos durante el mismo. Expone todas las obligaciones20 contraídas por la Administración Pública, agrupadas según el tipo de obligación21, exigibilidad, naturaleza, tipo de moneda y ente acreedor. (RTSP Nº 1 Marco Conceptual Contable para la Administración Pública) 19Informar el pasivo al inicio y al cierre del período Vs. 21 Expone todas las obligaciones. Hay una contradicción en este Estado al mencionar que se expone todas las obligaciones, ya que quedarían excluidas las Contingencias (Previsiones) y sin embargo al mencionar que se informa el Pasivo al inicio y al cierre, sí se las esta incluyendo.

Por lo tanto se debería corregir el término “obligación” y/o “deuda” en los subíndices 20 , 21 y en los siguientes apartados:

135. Los movimientos se clasificarán reflejando el origen de la deuda, tipo de ente acreedor, y si provienen de transacciones de orden presupuestario y no presupuestario. 136. Los rubros integrantes de las obligaciones deben clasificarse y resumirse de acuerdo al momento de exigibilidad en corrientes y no corrientes. De esta forma se evitaría ser contradictorio con lo que se desea exponer ya que es un Estado de Evolución del Pasivo, no de Obligaciones o Deudas, más allá que el párrafo del Punto 132. es copia fiel del Apartado 7.8 de la RTSP Nº 1, que por supuesto también posee el error conceptual.

138. Los rubros del pasivo corriente 22 se podrán discriminar para una mejor evaluación del impacto en:

Deudas Operativas Retenciones Acreedores por recursos con afectación específica Endeudamiento público a corto plazo Fondos de terceros y donaciones de fondos con cargos

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Fondos en garantía Previsiones Otros pasivos a corto plazo Otras desgravaciones

139. Los rubros del pasivo no corriente 22 se discriminarán para una mejor evaluación del impacto en: DEUDA POR COLOCACIÓN PÚBLICA Título público s/Ley nº PRESTAMOS Préstamos de Organismos Financieros Multilaterales Bilaterales Banca Privada Prestamos de Organismos Diversos Préstamo de *** Provisiones y reservas técnicas a largo plazo Otros pasivos a largo plazo 22 Rubros del Pasivo Corriente y No Corrientes El detalle de la composición de los rubros en Corrientes y No Corrientes quedó de la estructura que poseía el Estado de Situación Patrimonial en este Proyecto antes de las modificaciones introducidas en la reunión de la CNSP de Marzo 2.011 y que en el actual texto no es coincidente ya que se eliminó la clasificación y mención especifica de rubros en Corrientes y No Corrientes, solo se conceptualiza.

Por ende esta clasificación posee errores conceptuales, tales como agrupar a los Préstamos y las Provisiones solo como No Corrientes, las Previsiones, solo como Corrientes, etc. Cabe aclarar además que si bien el Punto 138. dice “se podrán discriminar”, el Punto 139. expresa obligatoriedad al decir “se discriminarán”.

Este error se traslada a su vez en el Anexo F – Guía de Estructura de

Presentación del Estado Contable de Evolución del Pasivo, según se refleja en el contenido de la primera columna. Por otra parte el “título” de dicha

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columna también es erróneo al expresar “Rubro de las Obligaciones”, ya que no son solo deudas lo que se expone sino también contingencias.

132. Tiene por finalidad informar el pasivo al inicio y al cierre del período, y los movimientos producidos durante el mismo. Expone todas las obligaciones contraídas por la Administración Pública, agrupadas según el tipo de obligación, exigibilidad, naturaleza, tipo de moneda y ente acreedor23. (RTSP Nº 1 Marco Conceptual Contable para la Administración Pública) 135. Los movimientos se clasificarán reflejando el origen de la deuda, tipo de ente acreedor23, y si provienen de transacciones de orden presupuestario y no presupuestario. 23 Los movimientos se clasificarán reflejando… tipo de ente acreedor… …agrupadas según …. tipo de moneda y ente acreedor. Continuando con la estructura del Estado, en estos Apartados se consigna que además se debe clasificar a los Pasivos según el “tipo de moneda” y el “ente acreedor”, pero el Anexos F – Guía de Estructura de Presentación del Estado

Contable de Evolución del Pasivo no muestra esa clasificación.

Notas a los Estados Contados Contables Estructura 146. Las notas como mínimo24 abarcarán los siguientes aspectos: . …… ……. Información adicional considerada necesaria para la evaluación de la gestión incluyendo, entre otros, aspectos referidos a: ……….. ……….. Rendiciones de cuentas no presentadas y/o presentadas sin aprobar25;

24Las notas como mínimo abarcarán….

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Respecto de la expresión “como mínimo” le cabe la misma mención realizada para el Punto 75. de este trabajo, adecuando dicha consideración para el concepto de Notas. 25 Rendiciones de cuentas no presentadas y/o presentadas sin aprobar. La expresión se alude en plural; pero se quiere hacer mención solo al Ejercicio por el cual se esta presentando los EECC?, o a este y a otros de Ejercicios anteriores que abarca la gestión?, o solo a retroactivos?

Si se refiere a los EECC del periodo actual el mismo debe prepararse dentro de los tres meses sobre el cual se esta informando de acuerdo al Punto 21. del Proyecto. Por lo tanto al momento de elaborar y emitir los EECC, esos EECC aun no se presentaron ante ningún organismo, no pudo ser tratado para su aprobación o desaprobación. Rendiciones no presentadas o presentadas sin aprobar, ante quién?, a un órgano de contralor, externo, interno?, al Tribunal de Cuentas, al Concejo

Deliberante, al Poder Legislativo, a una Sindicatura, y si se debe presentar a mas de un organismo?

147. Las notas se presentarán, en la medida en que sea practicable, de una forma sistemática en cada uno de los estados que corresponda, y en el orden establecido en el punto anterior26.

26 Las notas se presentarán …de una forma sistemática en cada uno de los estados que corresponda, y en el orden establecido en el punto anterior. Se refiere a las Notas de cada Estado para indicar la composición de cada Rubro?, ejemplo Créditos, Inversiones, etc. del Anexo A – Presentación del Estado Contable de Situación Patrimonial?, pero dice “en el orden establecido

en el punto anterior”, y en el Punto anterior 146. no se estableció ningún orden, mas allá de que tampoco se hace mención a estas Notas.

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Organización de la información o estructura del Proyecto RTSP Nº 3. Por último, una apreciación acerca de la organización de la información o estructura contenida en el presente Proyecto. El Proyecto de la RTSP Nº 3 se estructura: - En 1º lugar presentando a cada uno de los Estados Contables. - En 2º lugar al desarrollar cada Estado Contable se esbozan Subtítulos

como factor común, a saber: Objetivo, Estructura e Información a revelar en Notas.

Respecto de ello y al efecto de mantener cierta uniformidad cabría la revisión en cada Estado ya que en algunos de ellos dichos Subtítulos no están aunque el contenido o su desarrollo sí. Solo para mencionar algún ejemplo: - ESP, EST y EFE no presentan el Subtitulo Estructura y en el ER en vez de

emplearse este término se utiliza “Información a presentar en el Estado de Resultado”.

- ESP falta el Subtitulo Objetivo. - EEPN, EEP, ESP no se presenta el Subtítulo de Información a revelar en

Notas.

Neuquén, Julio 2011.