proyecto de presupuesto de gastos y recursos 2015 de san isidro
DESCRIPTION
Ingresado en la sesión ordinaria del HCD San Isidro del 5 de noviembre de 2014. El cálculo estimado es de $2.588.747.000 y corresponde a cada jurisdicción: 1. Sec. Gral. de Gobierno y Adm., Privada Hac. y Prod. $318.965.486,00 2. Subsecretaria Gral. de Insp., Plan. Urb.y Tránsito $286.569.645,00 3. Secretaria de lnteg. Como y de la Niñez, Adol.y Flia. $363.102.217,00 4. Secretaria de Obras Públicas $251.694.793,00 5. Subsecretaria Gral. de Espacio Público $531.618.465,00 6. Secretaria de Salud Pública $635.406.607,00 7. Partidas no Asignables a Programas $135.805.000,00 8. Honorable Concejo Deliberante $65.584.787,00TRANSCRIPT
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UlO DE RECURSOS Y PRESUPUESTO DE GASTOS
PARA El EJERCICIO 2015
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TITULO I
PARTE GENERAL
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ARTicULO 1._ Clculo de Recursos.
Estimase en la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho Millones SetecientosCuarenta y Siete Mil el Clculo de Recursos de la Municipalidad de San Isidro para el Ejercicio2015, de acuerdo al resumen que se indica a continuacin y a los Cuadros y Anexos que seadjuntan y forman parte integrante de la presente Ordenanza.-
Clasificacin Econmica
CARCTER ECONOMICO MONTO
Recursos Corrientes 2.538.597.000.00
Recursos de Capital 50.150.000,00
Totales 2.588.747.000,00
Clasificacin por Rubros
RUBRO MONTO
Ingresos Tributarios 787.716.000,00Ingresos No Tributarios 1.620.260.000.00Rentas de la Propiedad 950.000,00Transferencias Corrientes 129.671.000,00
Subtotal 2.538.597.000,00
Recursos propios de Capital 25.150.000,00
Subtotal 25.150.000,00
Transferencias de Capital 25.000.000,00
Subtotal 25.000.000,00
TOTALES 2.588.747.000,00
ARTICULO 2._ Presupuesto de Gastos.
Fijase en la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho Millones SetecientosCuarenta y Siete Mil el Presupuesto General de Gastos de la Municipalidad de San Isidro parael Ejercicio 2015 y aprubase los Cuadros y Anexos que se adjuntan y forman parte integrantede la presente Ordenanza.
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n Econmica
CARCTER ECONMICO
Gastos Corrientes
Gastos de Capital
Aplicaciones Financieras
TOTALES
Clasificacin por Jurisdiccin
MONTO
2.280.503.000,00
172.579.000,00
135.665.000,00
2.588.747.000,00
JURISDICCiN MONTO
1. Seco Gral. de Gobierno y Adm., Privada Hac. y Prod. 318.965.486,00
2. Subsecretaria Gral. de Insp., Plan. Urb.y Trnsito 286.569.645,00
3. Secretaria de lnteg. Como y de la Niez, Adol.y Flia. 363.102.217,00
4. Secretaria de Obras Pblicas 251.694.793,00
5. Subsecretaria Gral. de Espacio Pblico 531.618.465,00
6. Secretaria de Salud Pblica 635.406.607,00
7. Partidas no Asignables a Programas 135.805.000,00
8. Honorable Concejo Deliberante 65.584.787,00
TOTALES 2.588.747.000,00
ARTCULO 3._ Procedencia de los Recursos
Estimase la procedencia de los recursos definidos en el articulo 1, de acuerdo alsiguiente origen:
ORIGEN LIBRE AFECTADOS TOTALES
2015 DISPONIBILIDAD
Origen Municipal 1.646.360.000,00 190.000,00 1.646.550.000,00Origen Provincial 771.266.000,00 96.446000,00 867.712.000,00Origen Nacional 6.000.000,00 30.660.000,00 36.660.000,00Otros OriQenes 37.525.000,00 300.000,00 37.825.000,00
TOTALES 2.461.151.000,00 127.596.000,00 2.588.747.000,00
ARTCULO 4._ Nomencladores
Ad6ptase los catlogos y descripciones de las cuentas de los clasificadorespresupuestarios, adjuntos a los Anexos 12 a 22 del Decreto 2.980100.-
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TITULO 11
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
CAPITULO I - PLANTA PERMANENTE
ARTICULO 5._ Personal Superior.-
Establcese el sueldo del Intendente Municipal, en el minimo indicado en el articulo 125de ia Ley Orgnica de las Municipalidades.-
Fijase ios sueldos bsicos en los porcentajes del sueldo del Intendente Municipal paracada caso, como a continuacin se indica:
Secretario General de Gobierno y AdministracinAsesor GeneralSecretarioSecretario PrivadoAsesor Opto. EjecutivoSubsecretario General
SubsecretarioContador GeneralSub Contador General
Tesorero GeneralSub Tesorero GeneralDirector General de ComprasDirector GeneralAsesor LegalJuez de FaltasAsesor Seco Gral. Gob. y Adm.-
ARTCULO 6._ Planta Estable
45%45%40%40%35%35%
31%33%17%
33%17%27%27%27%30%20%
Establcese los agrupamientos, sueldos bsicos expresados en cantidad de mdulos ycategorias que a continuacin se detallan:
NIVELES AGRUPAMIENTOS-CLASES
CAT CIREG.HORARIO 2 - 3 - 4 . 5 - 6 - 7 -
35 HS 40 48 HS JERARQUICO PROF TECNtCO ADMINISTRATIVO SERVICIOSh. OBRERO
15 11138 11 DIRECTOR
14 8004111.
SUBDIRECTOR
13 5898IV - JEFE DE
I I I IOEPTO
12 4057 5562 5562 11 11 11 11 1 I VIII
11 3794 S203 5203 111 111 111 111 11 11 IX
10 3414 4680 4680 IV IV IV IV 111 111 X
9 3234 4436 4436 V V V V IV IV XI
8 3088 4235 4235 VI VI VI VI V V XII
7 3002 3431 4117 VII VII VII VII VI VI XIII
6 2782 3179 3814 VIII VII VII XIV
ARTICULO 7.-Personal Ingresante.-
Al personal que haya ingresado en la categoria 6, transcurrido un ao en la plantaestable y habiendo sido confirmado en el cargo, se proceder a la asignacin automtica de lacategora mfnima (7).-
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- Personal Menor 18 aos.
Establcese para el personal menor de 18 aos de edad, las categorias y cantidad demdulos que a continuacin se detalla:
Catego,la Edad Cantidad de Mdulos
4 Hasta 18 aos 813
3 Hasta 17 aos 748
2 Hasta 16 aos 650
1 Hasta 15 aos 570
Las promociones a la escala superior sern automticas y regirn a partir del primer dladel mes siguiente a aquel en que el agente cumpla la edad correspondiente.
El sueldo del personal comprendido en este Articulo se imputar a cargos vacantes de laplanta que se aprueba por la presente. Los decretos de designacin debern mencionar elcargo contra el que se imputa el gasto y disponer que se destinen los sobrantes resultantes aeconomia por no inversin.
ARTicULO 9._ Bonificacin por Antigedad.
Para la determinacin de esta bonificacin se reconocern los aos de serviciosprestados en la Administracin Pblica Nacional, Provincial o Municipal, excluidos aqullos porlos cuales se hubiere obtenido una jubilacin o retiro. La misma se calcular aplicando sobre elSueldo Bsico y las Bonificaciones por Jornada Prolongada, por Mayor Dedicacin Horaria. porDisposicin Permanente y por Funcin, un uno por ciento (1 %) por cada ao de servicioreconocido.
A los agentes con relacin laboral vigente al 31 de diciembre de 1995. la bonificacin seles determinar de la siguiente manera, por cada ao trabajado:--dos por ciento (2%) para aquellos que revisten en categoria 13 o superiores.---dos y medio por ciento (2,5%) para aquellos que revisten en categorla inferiores a la 13.-
En lo referente al cargo de Intendente, se aplicar el mismo criterio establecido en losprrafos anteriores, incluyendo en su base de clculo los Gastos de Representacin.-
ARTicULO 10.- Gastos de Representacin.
Establcese la compensacin por Gastos de Representacin, sin cargo de rendicin decuentas, del Sr. Intendente Municipal, cuya medida mensual ser equivalente al 60% de susueldo bsico.
ARTICULO 11._ Horas Suplementarias.
El agente que se desempee en categoria 12 o inferiores, que deba cumplir laboresfuera de su horario normal recibir, por cada hora trabajada, una retribucin equivalente a:-Para el rgimen de 35 hs.: la 1/154 parte, para el rgimen de 40 hs. del personal deenfermerla: 1/211,20.- parte.-y para el rgimen de 48 hs. la 1/211,20 parte, en todos los casosdel sueldo bsico de la categorla de revista y de la bonificacin del Articulo 16 inciso c)-apartado 7 al 12 inclusive) y d) -apartado 5 al 19 inclusive- y de su bonificacin porantigedad, que se indica en el siguiente cuadro:
Al 100 % AL 150 % AL 200 %
- HORAS TRABAJADAS EN OlAS. HORAS TRABAJADAS EN OlAS SABAoas. - HORAS TRABAJADAS EN OlASLABORABLES SIN EXCEDER LA . HORAS TRABAJADAS EN OlAS DOMINGOS, FERIADOS NACIONA.JORNADA TOTAL DE 9 HORAS. LABORABLES EXCEDIENDO LA lES Y OlAS NO lABORABLES.
JORNADA TOTAL DE 9 HORAS
ARTicULO 12._ Tareas Especiales.
Las remuneraciones de las tareas especiales realizadas en cumplimiento de funcionesdistintas de las que son propias de un cargo, sern determinadas por la indole de la tarea acumplir. quedando el Departamento Ejecutivo facultado a fijar el valor por hora o por cantidadde trabajo.
ARTicULO 12 bis.- Bonificacin por Productividad:
Facultase al Departamento Ejecutivo a establecer bonificaciones por productividad en lasdependencias que estime corresponder.-
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os siguientes incisos, diferencia entre la categorla de revista y la
6) Jefe de enfermeria 13
7) Supervisor de enfermerla 127 bis) -Supervisor/a Licenciado/a Enfermeria: 20% del sueldobsico.-8) Supervisor de Tcnicos 129) Licenciado/a en Bioimgenes 12
10) Enfermero encargado de sala o turno
11) Supervisor de Mucamas
12) Mucama encargada de sector o turno13) Supervisor control de vectores(zoonosis)
14) Radioperador de SEM15) Administrativos del servicio GAE
d) Dependencias Varias.
11
11
10
12
910
Diferencia entre la categoria de revista y la detallada para cada caso, y/o los mdulosque se especifican:
1) Supervisor Gral. de Inspectores de Inspeccin2) Coordinador General3) Supervisor de Zona de Inspeccin Gral. y Espectculos Pblicos
4) Supervisor de Obras Particulares
5) Supervisor de Turno de Trnsito
6) Supervisor de Servicios y Vla Pblica
7) Supervisor de Plagas de Bromatologla
8) Supervisor Administrativo de Bromatologia
9) Jefe de Informantes de Inspectores
10) Capataz General10 bis) Supervisor Gral. Administrativo11) Supervisor Administrativo
12) Supervisor de Inspectores de Transito12 bis) Inspectores de Cuidados Comunitarios13) Capataz
14) Supervisor de Servicios Contratados
15) Encargado de Cuadrilla/Limpieza y/o mantenimiento
16) Encargado de Celadores (Accin Social)
17) Cajeros de Tesoreria
18) Guardavidas
19) Personal Tcnico de Mantenimiento de Centros Asistenciales, debiendoestar disponible para la atencin de emergencias
19 bis) Personal del Centro de Atencin al Vecino y Reclamos20) Secretaria de Juzgado de Faltas21) Supervisor General de Trnsito y/o Cuidado Comunitario22) Personal de Barrido- Tareas turno noche
e) Cajeros o Recaudadores:
14141313
12
12
12
12
12
121312
101010
10
08
08
0850% de su
sueldo bsico
360 mdulos
455 mdulos1515650
1170 mdulos2080 mdulos
1) El personal de la Tesorerla General podr percibir de acuerdo a su jornada lossiguientes mdulos:--media jornada--jornada completa
2) El personal del rea de trnsito que cumpla funciones de cajero o recaudadorpodr percibir en tal concepto 800 mdulos.-
3) El resto del personal afectados a funciones de cajero o recaudador podr percibir
en tal concepto 520 mdulos.-
-
--Operador de terminales de seguridad:
--Encargado de turno de monitoreo terminales de seguridad:
g) Defensa del Consumidor
-- Jefe de Sumarios-- Supervisor de Sumarios y Audiencias-- Audiencista abogado o pral. en Cs. Econmicas-- Audiencista sin lflulo
ARTCULO 17"._ : Bonificacin Funcin Personal Superior, y Jerrquico
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780 mdulos.- .-
1820 mdulos.-
1040 mdulos910 mdulos650 mdulos390 mdulos
Desde Secretario hasta Director, percibirn el dieciocho por ciento (18%) delsueldo bsico, y Subdirector a Jefe de Departamento hasta el cuarenta y seis (46%). EstaBonificacin ser percibida en la medida en que el agente cumpla efectivamente funcinjerrquica.
Esta bonificacin alcanzar tambin a 105 casos incluidos en ei arlfculo 16" incisod) Apartado 1). 2). 3), 4) Y 20) Y 21) de la presente Ordenanza.
El personal que revista en el cargo de Subsecretario y el Contador GeneralMunicipai podr percibir adems, a criterio del Departamento Ejecutivo, una bonificacin cuyomximo no podr ser superior a la diferencia existente entre su sueldo bsico y el sueldo bsicodel cargo de Secretario.-
ARTCULO 18"._ Otras Bonificaciones por Funcin,
Establcese para 105 agentes de Inspeccin General que cumplan funciones en el GrupoMvil, una bonificacin que ascender a quince (15) mdulos diarios y su percepcin serincompatible con el cobro de horas extras o mayor dedicacin horaria.
Establcese una compensacin especial en concepto de refrigerio, para el personal confunciones de Inspectores de Trnsito de hasta treinta (30) mdulos diarios, cuando desarrollentareas fuera de su horario habitual.
Establcese una compensacin especial en concepto de refrigerio, para el personal quereviste entre las categorias 6 y 12 Y que cumplen funciones en la Direccin General deOperaciones del Servicio de Proteccin y Defensa Civil, de hasta treinta (30) mdulos diarios,cuando desarrollen tareas fuera de su horario habitual.
Establcese una compensacin especial en concepto de refrigerio, de hasta quince (15)mdulos diarios, para el personal que reviste entre las categorias 6 y 12 inclusive y el personalmensualizado comprendido en el articulo 24 o inciso a) apartado 4) de la presente ordenanza,que cumplan funciones o pertenezca a 105 agrupamientos profesional, tcnico, administrativo,obrero y/o de servicio, en las distintas reas de la Comuna, excepto los establecidos en elprrafo anterior, cuando desarrollen tareas fuera de su horario habitual.
Establcese una compensacin especial en concepto de refrigerio, para el personal quereviste entre las categorlas 6 y 12 Y que cumplan funciones en la Direccin de VerificacinParque Automotor, de hasta treinta (30) mdulos diarios, cuando desarrollen tareas fuera de suhorario habitual.-
Establcese una compensacin especial de 300 mdulos diarios al personal de laSubsecretaria Gral. de Inspecciones, Registros Urbanos y Trnsito que desarrolle tareas detramitacin y entrega de Licencias de Conducir, como as tambin el personal de servicioafectado, 105 fines de semana y feriados, que el Departamento Ejecutivo determine.-
Establcese una compensacin especial de 200 mdulos diarios al personal del TribunalMunicipal de Faltas que desarrolle guardias 105 fines de semana y feriados, con una cargahoraria de cinco (5) horas o ms.-
Establcese una compensacin especial de 200 mdulos diarios para el personaldependiente de la Subsecretara Gral. de Espacio Pblico, que realice guardias 105 dassbados y domingos afectados a la tarea de "limpieza de la costa".-
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Est lcese una compensacin especial de 1170 mdulos para el personal que o"lJlnpJ~~-funcione! e chofer en los mviles pertenecientes al rea de Cuidados Comunitarios.-
Establcese una compensacin especial de 700 mdulos para el personal que cumplafunciones de inspector/a de Trnsito, dependientes de la Sub Secretaria General deInspecciones, Registros Urbanos y Trnsito.-
ARTicULO 19._ Bonificacin por Titulo.
Establcese una bonificacin por Titulo que beneficiar a todo funcionario o agentecomprendido en este Capitulo, cualquiera sea su situacin de revista. que acredite mediantecopia certificada, poseer titulo Universitario de estudios superiores de nivel terciario o titulosecundario, reconocidos por el Ministerio de Educacin de la Nacin u organismoscompetentes, de acuerdo a las siguientes normas:
a) Tltulos universitarios o de estudios superiores con planesque demanden cuatro o ms aos de estudios de tercer nivel:
b) Titulos universitarios o de estudios superiores con planesque demanden de uno a tres aos de estudios de tercer nivel:
c) Titulos de estudios secundarios o certificados de estudiossecundarios con habilitacin tcnica o profesional con unaduracin mlnima de tres aos:
d) Titulo de auxiliar contable expedido por el Consejo Nacionalde Educacin Tcnica (C.O.N.E.T.):
650 mdulos
390 mdulos
260 mdulos
65 mdulos
Los titulos universitarios o de estudios superiores que acrediten habilitacin para unamisma incumbencia profesional se bonificarn en igual forma, aun cuando hubieran sidoobtenidos con arreglo a planes de estudio de distinta duracin, teniendo en cuenta la mximaprevista para la carrera.
Los tltulos cuya posesin se invoque, sern reconocidos a partir del mes siguiente a lafecha de presentacin de las certificaciones respectivas.
No podr bonificarse ms de un titulo por agente, reconocindose en todos los casosaquel al que le corresponda una bonificacin mayor.
ARTICULO 20._ Bonificacin Especial Remunerativa no Bonificable.
Establcese una bonificacin por este concepto. sujeta a retenciones y aportes, para elpersonal que reviste en las categorias 6 a 12 inclusive, acorde al siguiente detalle, acorde a surgimen horario:
Categorias Mdulos 35 hs Md.40 hs Mds Enferm. Mdulos 48 hs
6 1476 1686 767
7 1345 1537 564
8 1326 559 559
9 1279 484 484
10 1207 381 381
11 1078 183 183
12 991 64 64
ARTicULO 21._ Bonificacin por Asistencia Perfecta.
Establcese una bonificacin por Asistencia Perfecta que alcanzar a los agentesdependientes de la Secretaria de Salud Pblica que a continuacin se detalla, indicndose paracada caso la medida mensual de la misma:
1) Mdicos de Guardia
2) Tcnicos de Guardia
3) Enfermeros y Auxiliares de Enfermera
4) Mucamas
190 Mdulos
90 Mdulos
75 Mdulos
65 Mdulos
Esta bonificacin se abonar a mes vencido a todos aquellos agentes que hayanobservado asistencia perfecta. Se entender por asistencia perfecta la efectiva y personal
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servicio, no devengndose la misma en los supuestos de inas(sten~a~-: c.(justificadas o, ni durante los periodos de licencias de cualquier naturaleza. .....~
En los casos del personal comprendido en los puntos 1) Y 2) se computar a los fines deeste Articulo solamente la asistencia a las guardias correspondientes.
En los casos en que el uso integro, sin fraccionamiento de las vacaciones paradescanso anual abarque periodos de ms de un mes calendario, el cobro de la bonificacinestablecida en este articulo se ver afectado nicamente en el mes de inicio de la licencia.
Establcese una "Bonificacin por asistencia perfecta" que alcanzar a los agentes quecumplen funciones de Operadores y lo Encargados de Terminales de Seguridad, dependientesde la Subsecretaria de Trnsito y Cuidado Comunitario, con la siguiente medida mensual:
Operadores de Terminales de Seguridad 980 mdulosEncargados de Turno Monitoreo de Terminales de Seguridad 1300 mdulosEsta Bonificacin se abonar a mes vencido a aquellos agentes que hayan observado
"asistencia perfecta", en la prestacin de sus servicios.-En el caso que se ausenten a un solo dla de su prestacin, esta Bonificacin se abonar
en el 50% del valor mencionado.-
zaz
ARTicULO 22,- Bonificacin por Presentismo.
Establcese una bonificacin de seiscientos mdulos (600) mensuales que comprenderexclusivamente al personal que reviste en las categorlas 6 a 14 inclusive y al personalencuadrado en el articulo 24 inciso f), que no registre inasistencias, licencias, o ms de tres(3) impuntualidades injustificadas mayores de quince (15) minutos, en el mes calendarioanterior y que se abonar por mes vencido.
No sern computadas, a tales efectos las franquicias o licencias que obedezcan a lascausales previstas por los Artlculos 40, 41 Y 45 incisos a) b) d) Y e) del Estatuto para elPersonal de las Municipalidades Ley N 11.757.
El uso de licencia para descanso anual, por enfermedad mayor de treinta (30) diascorridos, o menores habiendo mediado internacin, intervencin quirrgica o fractura seadebidamente acreditadas, por accidente de trabajo, maternidad, adopcin, o dlas de examen,no afectarn el cobro de la bonificacin que se establece por este articulo, siempre y cuando elagente hubiere percibido la misma durante cuatro meses, como minimo, dentro del semestreanterior al inicio de la respectiva licencia.
Fuera de los casos contemplados en los prrafos anteriores, cuando el agente registrareuna sola inasistencia, y estuviere justificada, percibir el cincuenta por ciento (50%) de labonificacin establecida.
La presente bonificacin tendr el carcter de no remunerativa y no bonificable y, por noser de carcter permanente, no estar sujeta a los descuentos previstos por las LeyesPrevisionales y Asistenciales, como asl tampoco a las retenciones de cuotas sindicales, niservir de base de clculo para la determinacin de cualquier otro tipo de concepto.
En los casos de enfermedad del agente, o de familiar a su cargo, que se encuentredebidamente justificada por el Servicio de Reconocimientos Mdicos, el agente podr optar porcompensar dichas ausencias, al solo efecto de evitar el descuento de la bonificacin porpresentismo. El agente compensar hasta un mximo de dos (2) dlas, sin perjuicio del total deausencias. Esta opcin deber ser requerida a su superior inmediato, quin podr autorizarla,de acuerdo con las necesidades de la reparticin, y en caso de aprobacin, ser elevada a laDireccin General de Personal, dentro de los dos (2) dias hbiles siguientes al reintegro delagente a sus tareas, indicndose los dias y horario en que se producir la compensacin. Elsilencio se interpretar en sentido de que el agente no har uso de la opcin y/o que le ha sidodenegado.
ARTicULO 23.-
Establcese la siguiente tabla de equivalencias, a los fines determinar parmetrosfehacientes con las bonificaciones que percibla el personal de planta permanente y que fueronmodificando su denominacin en las distintas ordenanzas presupuestarias, a los efectos de unajusta liquidacin de los haberes jubilatorios:
- Inspector Profesional de 1ra. de Obras Particulares diferencia a categoria 11
- Inspector Especializado de Obras Particulares diferencia a categoria 11
- Inspector Especializado de Industria diferencia a categoria 9
- Inspector diferencia a categora 8
- Maquinista Vial o Compresorista diferencia a cate90ra 9
- Encargado de Vestuario de Campo de Deportes diferencia a categora 7
- Telefonista diferencia a categora 8
- Chofer de 1ra. (Camin o Tractor) diferencia a categorla 8
- Chofer de 2da. diferencia a categora' 7
- Celadores diferencia a categorla 7
- Cajeros diferencia a categora 8
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CAPITULO 11 - PLANTA TEMPORARIA
ARTCULO 24._ Remuneraciones Bsicas.
Establcese para la determinacin de las remuneraciones bsicas del personalcomprendido en Retribuciones Globales la cantidad de mdulos que a continuacin se detalla:
a) Personal Mensualizado.
1) Docentes: segn Capitulo IV de la presente Ordenanza
2) Otras Funciones: Los agentes destinados a realizar tareas especificas, porun periodo determinado, se retribuirn de acuerdo a la cantidad de mdulosque al afecto determine el Departamento Ejecutivo.
3) El personal perteneciente a las distintas reas de la Subsecretaria deDeportes, (profesional: mdico, profesor, regente, y/o personal de servicio:preceptor), percibir una remuneracin mensual en mdulos por horasemanal de trabajo.-
4) El personal mensualizado perteneciente a los agrupamientos: jerrquico,administrativo, tcnico, obrero y/o de servicio, destinado a cubrir vacantescircunstanciales, cuya remuneracin sea equivalente al rango comprendidoentre las categorlas 6 y 16 inclusive, (de la Planta Permanente) serretribuido conforme la siguiente tabla, y se incluir en su retribucin loestablecido en los artfculos 21 y 22' de la presente Ordenanza
Agrupamiento Superior
Categorla Reg. Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
2502 35 hs 34032.59 34292.59 34422.59 34682.59
1601 35 hs 21022.20 21282.20 21412.20 21672.20
1602 35 hs 25857.30 26117.30 26247.30 26507.30
1603 35 hs 30692.41 30952.41 31082.41 31342.41
1604 35 hs 24806.19 25066.19 25196.19 25456.19
1605 35 hs 29641.29 29901.29 30031.29 30291.29
1606 35 hs 34476.40 34736.40 34866.40 35126.40
1607 35 hs 27106.19 27366.19 27496.19 27756.19
Agrupamiento jerrquico
Categorla Reg. Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
1304 35 hs 6959.64 7219.64 7349.64 7609.64
1305 35 hs 8316.18 8576.18 8706.18 8966.18
1306 35 hs 9672.72 9932.72 10062.72 10322.72
1401 35 hs 8004 8264 8394 8654
1402 35 hs 9844.92 10104.92 10234.92 10494.92
1403 35 hs 11685.84 11945.84 12075.84 12335.84
1404 35 hs 9444.72 9704.72 9834.72 10094.72
1405 35 hs 11285.64 11545.64 11675.64 11935.64
1406 35 hs 13126.56 13386.56 13516.56 13776.56
1501 35 hs 11138 11398 11528 11788
1502 35 hs 13699.74 13959.74 14089.74 14349.74
1503 35 hs 16261.48 16521.48 16651.48 16911.48
1504 35 hs 13142.84 13402.84 13532.84 13792.84
1505 35 hs 15704.58 15964.58 16094.58 16354.58
1506 35 hs 18266.32 18526.32 18656.32 18916.32
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P, 05 40hs 10447,51206 40 hs 9335,1
1241 40 hs 8222,7
Agrupamiento obrero
Categorla Reg. Clase A Clase B Clase C Clase Ohorario
601 35 hs 4258 4518
701 35 hs 4347 4607
801 35 hs 4414 4674
901 35 hs 4513 4773
903 35 hs 4513 4773
1001 35 hs 4621 4881
1101 35 hs 4872 5132
1201 35 hs 5048 5308
Agrupamiento servicio
Categorla Reg. Clase A Clase B Clase C Clase Ohorario
601 35 hs 4258 4518 4648
602 48 hs 4581 4841
603 48 hs 5061 5321 5451 5711
604 48 hs 4581 4841 4971
605 48 hs 4581 4841 4971
606 35 hs 4878 5138
607 35 hs 5092.6 5352.6
608 48 hs 5231.7 5491.7
609 48 hs 5509.9 5769,9
610 48 hs 5881.7 6141.7
611 48 hs 6159.9 6419.9
702 48 hs 4681 4941 5071
703 35 hs 4347 4607
704 35 hs 4347 4607
705 35 hs 4637 4897
706 48 hs 5061 5321
800 35hs 5314 5574
801 35 hs 4414 4674
803 35 hs 4414 4674 4804 5064
805 35 hs 4414 4674 4804 5064
901 35 hs 4513 4773
902 40 hs 5418.52 5678.52 5808,52 6068,52
904 35 hs 4513 4773 4903 5163
905 35 hs 4513 4773 4903 5163
1001 35 hs 4621 4881 5011 5271
-
fe 1I0
~ :1335 hs 6425.2 6685.2 6815.2 7075. '1;;
.1013 35 hs 7465.2 7725.2 7855.2 81152 -.-
1101 35 hs 4872 5132 5262 5522
1201 35 hs 5048 5308 5438 5698
b) Personal Jornalizado.-
1) Guardia Mdica (guardia 24 hS.-dia de semana)
2) Guardia Mdica (guardia 24hs-sbado y domingo)
3) Guardia Anestesistas24hs. dfas de semana24hs. dlas sbados24hs. das domingo
4) Guardia Mdica terapista (guardia 24hs.-dla semana)5) Guardia Mdica terapista (guardia 24 hS.-fin de semana)
6) Guardia mdica neonatologia (24 hs. da de semana)
7) Guardia mdica neonatologia (24 hs. fin de semana)
8) Guardia Tcnica (guardia 24 hs.)
2250 Mdulos
2500 Mdulos
7390 Mdulos8076 Mdulos8765 Mdulos
2680 Mdulos2980 Mdulos
2680 Mdulos
2980 Mdulos
802 Mdulos
En circunstancias excepcionales, sea por estacionalidad u otros motivos debidamentejustificados, el Departamento Ejecutivo podr otorgar una bonificacin de hasta 275 mdulos, alos profesionales reemplazantes de Guardia en todos los centros de salud municipales. Elotorgamiento de dicha bonificacin se concretar previa solicitud de la Secretaria de SaludPblica en la que se fundamenten las circunstancias descriptas precedentemente.-
c) Horas Ctedra Cultura.
1) Escuela de Ajedrez (por sesin)
2) Maestras Especializadas (por hora semanal)
d) Personal de Deportes, y Tiempo Libre
40 mdulos
43 mdulos
Ser retribuido mediante la cantidad de mdulos que se determinen de acuerdo,cada caso, a las tareas a desempear.
e) Personal de la Secretaria Salud Pblica-Horas ctedra.-
El personal que se desempee en la Escuela de Instrumentacin, Instructores deResidentes y en la Escuela de Enfermeria, y Carrera Docente del Hospital Central deSan Isidro, sern retribuidos mediante la aplicacin de la normativa vigente para losdocentes del nivel de enseanza similar, de la Provincia de Buenos Aires.-
f) Residencias Mdicas.
Las remuneraciones del personal que cumple funciones de "mdicos residentes" en lasreas dependientes de la Secretaria de Salud Pblica, se efectuarn conforme el siguienteescalafn salarial (sueldos bsicos):
RESIDENTE 1 AO-SOLTERO
RESIDENTE 1 AO- CASADO
RESIDENTE 2 AO- SOLTERO
RESIDENTE 2 AO-CASADO
RESIDENTE 3 AO- SOLTERO
RESIDENTE 3 AO-CASADO
RESIDENTE 4 AO-SOLTERO
RESIDENTE 4 AO- CASADO
JEFE RESIDENTES -SOLTERO
JEFE RESIDENTES- CASADO
7826 mdulos
8013 mdulos
8140 mdulos
8326 mdulos
8452 mdulos
8641 mdulos
8641 mdulos
8827 mdulos
9391 mdulos
9577 mdulos
-Se incluir en su retribucin el articulo 22 de la presente Ordenanza Presupuestaria, con unvalor de 330 mdulos.-
-Los profesionales dependientes del Ministerio de Salud Pblica de la Nacin, que cumplanfunciones de mdicos residentes dentro de los centros asistenciales de la Comuna, podrnpercibir una compensacin no salarial fija mensual conforme a la siguiente tabla:
-
RE"OENTE).0_'0' TERORESIDENTE 1 AO- CASADO
RESIDENTE 2 AO- SOLTERO
RESIDENTE 2 AO-CASADO
RESIDENTE 3 AO- SOLTERO
RESIDENTE 3 AO-CASADO
RESIDENTE 4 AO-SOLTERO
RESIDENTE 4 AO- CASADO
JEFE RESIDENTES -SOLTERO
JEFE RESIDENTES- CASADO
g) Personal Colonia de Vacaciones.
2101
2195
2258
2379
2441
2535
2535
2629
2910
3004
La designacin para la prestacin de servicios temporarios en las Colonias de Veranopodr recaer en agentes municipales, en cuyo caso se considerar suspendida de plenoderecho la relacin atinente a sus funciones habituales.
h) Personal Destajista.
1) Personal del paseo de bicicletas - Acassuso(por jornada trabajada)
2) Personal del paseo de bicicletas - Boulogne(por jornada trabajada)
3) Arbitros de Ftbol (Por evento trabajado)
4) Cuadrilla de demolicin (por jornada trabajada)
i) Personal de Obras.
260 Mdulos
160 mdulos
120 mdulos
1220 mdulos
Personal especializado para la realizacin de obras de construccin cuya remuneracinser fijada de acuerdo a las tareas a desempear, por la cantidad de mdulos que fijeoportunamente la Secretaria de Obras Pblicas, teniendo una jornada de labor diaria deocho (8) horas (48 horas semanales) y el cmputo y pa90 de horas suplementarias serealizar conforme lo dispuesto por el articulo 21 de la Ley 11.757, retribuyndosecomo Personal Mensualizado.-
j) Adecuacin del Personal Mensualizado.-
Facltase al Departamento Ejecutivo a realizar contrataciones de personal temporariocon remuneraciones bsicas diferentes a las contenidas en ei inciso a) del presentepunto.-
A los efectos de considerar el valor de los sueldos bsicos especificados en elformulario 6 "Detalle de Cargos" relacionados con el Objeto 1.2 Personal Temporario, setom en consideracin el promedio general contenido en los sueldos bsicos de cadaestructura programtica.
ARTICULO 25._
Al personal mensualizado del Departamento Ejecutivo que realice horasSuplementarias, le sern retribuidas conforme con el articulo 11, debindose al momento desu designacin establecer la categoria en virtud de las cuales sern liquidadas.
-
CAPITULO 111 - PROFESIONALES DE SALUD
ARTCULO 26._ Carrera Profesional Hospitalaria.
las remuneraciones del personal de la Carrera Profesional Hospitalaria se determinarnmediante la aplicacin de la normativa vigente para los dependientes de la Provincia de BuenosAires.
ARTCULO 27._ Otras Bonificaciones.
a) Establcese para la totalidad el personal comprendido en el presente una bonificacinsimilar, a la fijada por el Articulo 22 de la presente Ordenanza, con un valor de 330 mdulos.-
b) Los Directores de Carrera Mdica Hospitalaria, con funciones de 48 horas, percibirnuna bonificacin equivalente a 1500 mdulos y una bonificacin remunerativa no bonificable de61.50 mdulos.-
c) El personal profesional mdico de Planta Permanente que cumpla guardiasadicionales a su dedicacin horaria ordinaria, ser retribuido con un suplemento remuneratoriosimilar al establecido en el inciso b) del articulo 24 de la presente Ordenanza.
d) Presentismo de guardia 24 hs: Todos los mdicos comprendidos en el rgimen de laCarrera Mdica Hospitalaria, que cumplan efectivamente 4 y/o 5 guardias mensuales de 24horas, percibirn una bonificacin equivalente a 1500 (mil quinientos) mdulos.-
e) Compensacin 5 guardia: todo el personal comprendido en la Carrera MdicaHospitalaria, que realice la 5 guardia del mes, percibir un adicional de 1100 (mil cien)mdulos en concepto de "compensacin por 5 guardia".
-Dicho personal ser informado mensualmente en listado emitido por la Secretaria deSalud Pblica.-
CAPITULO IV - PERSONAL DOCENTE
ARTICULO 28._ Rgimen Remuneraciones.
Las remuneraciones del personal docente que presta servicios en Jardines de InfantesMunicipales. ERIPLA, Escuelas Malvinas Argentinas e Instituto de Formacin Tcnico SuperiorNO6003, Centro Municipal de Adultos, o aquellos que cumplan su funcin en establecimientoseducativos del distrito, se determinarn mediante la aplicacin de la normativa vigente para losdependientes de la Provincia de Buenos Aires.
Establcese para el personal docente una bonificacin similar en sus alcances a lafijada por el Articulo 22 de la presente Ordenanza, con un valor de 110 mdulos.-
El personal comprendido en el presente Capitulo, percibir una bonificacinremunerativa no bonificable de 111,50 mdulos.
ARTICULO 29._ Fondo Nacional de Incentivo Docente
El Fondo Nacional de Incentivo Docente se abonar a los docentes no subvencionadosconforme lo establecido por la ley 25.053 la Legislacin Nacional vigente en la materia, en laproporcin en que la perciban aquellos docentes subvencionados.
ARTicULO 30._ Otras Retribuciones.
Fijase en concepto de Garanlia Salarial para el Personal Docente la suma de PesosCien ($ 100,00) monto que ser igual para todos los cargos de este Capitulo, con excepcin delos remunerados por Horas Ctedra, en cuyo caso se determinar en forma proporcional, nopudiendo superar la suma antes mencionada.
Fijase en concepto de Ajuste salarial para el Personal Docente perteneciente al InstitutoMunicipal de Formacin Superior, la suma que surja en cada caso, tanto sea en formaremunerativa y/o no remunerativa, como consecuencia de la diferencia entre los haberespercibidos al 31 de diciembre de 2010 y los que percibirn en adelante, ante su nuevaadecuacin en el cargo correspondiente.El presente Ajuste salarial, ser reabsorbido y/o quedar sujeto a los sucesivos incrementossalariales que surjan ante la aplicacin de la normativa vigente para los dependientes de laProvincia de Buenos Aires.-
-
TITULO 111
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
CAPITULO I - PLANTA PERMANENTE
ARTCULO 31._ Concejales.
Establcese la dieta de los Seores Concejales en el mximo establecido en el articulo92 de la ley Orgnica de las Municipalidades.-
ARTCULO 32._ Bonificacin por Jornada Prolongada.
los agentes a los que la Presidencia asigne una jornada semanal de trabajo que excedaa la normal establecida, percibirn por tal concepto una bonificacin equivalente al porcentajede su sueldo bsico que seguidamente se detalla:
39 horas semanales44 horas semanales48 horas semanales
ARTjCUlO 33._ Bonificacin por Funcin,
10,39 %23,37 %34 %
Esta bonificacin se devengar mientras el agente tenga asignada la respectivafuncin, modalidad laboral o tarea, indicndose a continuacin para cada caso la medidamensual de la misma:
1) Taguigrafos: Diferencia entre su categorla de revista y la categorla 13.2) Conductores: Diferencia entre su categorla de revista y la categorla 08.3) Relatores de Comisin: Diferencia entre su categora de revista y la categorla 13.4) La bonificacin establecida en el articulo 17, alcanzar nicamente a los
agentes que la Presidencia determine.
CAPITULO 11- PLANTA TEMPORARIA
ARTCULO 34._ Rgimen de Remuneraciones.
Establcese para la determinacin de las remuneraciones del personal mensualizado, lacantidad de mdulos que a continuacin se detalla:
a) Personal Politico (Articulo 2, Ley N 11757)
1) Categoria 65-Secretario de Bloque2) Categorla 66-Secretario Privado3) Categorla 72- Auxiliar de Bloque4) Categorla 64- Auxiliar de Bloque5) Categoria 70-Asesor Legislativo6) Categorla 78-Asesor Legislativo7) Categora 80-Asesor Legislativo8) Categorla 79- Asesor Legislativo9) Categorla 67- Asesor Legisativo10) Categorla 68- Asesor Legislativo
b) Resto del Personal
11) Categora 77- Recepcionsta12) Categorla 62- Auxiliar de Administracin13) Categoria 63-Auxiliar de Administracin14) Categora 73-Auxiliar de Administracin15) Categora 75-Auxiliar de Servicio16) Categoria 76- Auxiliar de Servicio
4438 mdulos5042 mdulos3960 mdulos3630 mdulos10272 mdulos15718 mdulos8250 mdulos3002 mdulos6483 mdulos5247 mdulos
4438 mdulos5181 mdulos4933 mdulos4860 mdulos3729 mdulos3399 mdulos
Establcese para el personal mensual izado cuyo haber bsico no supere los 5100mdulos una Bonificacin Extraordinaria no Bonificable de 1075 mdulos.-
-
ARTCULO 35 .- Disposiciones Varias
Sern de aplicacin para el personal comprendido en 105 Capitulas I y II del HonorableConcejo Deliberante. las disposiciones de 105 Artculos 5, 6, 7. 9, 11, 14, 15, 16 inc. a),17, 18 (prrafo 4), 19,22,24 inciso a) apartado 2),24 inciso j), 32, 33. 36 Y 37" de lapresente Ordenanza.
Asimismo, el artculo 20 de la presente Ordenanza, ser de aplicacin para el personalcomprendido en el Capitulo I-Planta Permanente- Titulo 111.-
TITULO IV
DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL
ARTicULO 36._ Valor del Mdulo.
Las remuneraciones bsicas, bonificaciones y/o suplementos mencionados en lapresente Ordenanza resultarn de multiplicar la cantidad de mdulos que en cada caso seindica por el valor unitario del mismo que a tales efectos se fija en un peso ($ 1,00).
ARTCULO 37._ Asignaciones Familiares.
Las Asignaciones Familiares se abonarn conforme la Legislacin Nacional en lamateria, de acuerdo lo dispuesto por el Arl. 23 de la Ley 11.757
ARTCULO 38._ Equivalencias de Cargos.
Mantnganse a los fines previsionales las equivalencias de cargos previstas en elArticulo 23 de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 39._ Saldos de Cuentas de Recursos con Afectacin.
Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de recursos con afectacinsern transferidos al ejercicio siguiente, incorporndolos al Clculo de Recursos por Decretodel Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzandolos crditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En todos los casosse respetar el destino al que deben ser aplicados.-
ARTICULO 40._ Creacin y Supresin de cargos.
Facltase al Departamento Ejecutivo a crear cargos presupuestarios en la planta depersonal permanente, cuando simultneamente se proceda a la supresin de idntica cantidadde mdulos como mlnimo, utilizando para ello exclusivamente economlas del inciso Gastos enPersonal.-
ARTCULO 41._ Transferencias de Crditos.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar ampliaciones y/o modificaciones en loscrditos presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza, financiados con la disminucinde otros crditos presupuestarios. Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuaradaptaciones, ya sea creaciones, modificaciones o bajas, en las unidades ejecutoras y en laspartidas del Presupuesto General de Gastos de Ejercicio.-
ARTCULO 42._ Compromisos Plurianuales
Autorizase al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos de ms de unejercicio en Licitaciones de Obras Pblicas, Contratos de Locacin de Inmuebles y Licitacionesde adquisicin o contratacin de Bienes y Servicios.-
ARTCULO 43._ Cheques Diferidos
Autorizase al Departamento Ejecutivo a emitir cheques de pago diferido cuyovencimiento operen con posterioridad a la finalizacin del Ejercicio 2014.-
-
)ARTCULO 44._ Ampliaciones Presupuestarias
:.", J...... .....
,". '4.i'~~ ...t~ .-lg ~,":~. -1._ ....I\, .
Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer ampliaciones en el Clculo deRecursos y en los Crditos Presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza, originadoscon motivos de los casos contemplados en el articulo 120 de la ley Orgnica Municipal y lo conel incremento de los recursos con afectacin especifica de cualquier origen, que se produzcanen el transcurso del Ejercicio 2015.-
ARTCULO 45._ Anexos (R.A.F.A.M.1
Aprubense y pnganse en vigencia. el detalle del Clculo de Recursos y PresupuestoGeneral de Gastos, Formularios, Cuadros y Anexos efectuados en los trminos del DecretoProvincial 2.980/00 detallados en este expediente y que forman parte integrante de la presenteOrdenanza.-
ARTCULO 46._ Venta de Rodados.-
Facltase al Departamento Ejecutivo a efectuar ventas de rodados que por sudepreciacin y/o amortizacin estime prudente realizar, los que debern ser enajenados pormedio del procedimiento establecido en la Ley Orgnica de las Municipalidades y sus normascomplementarias.-
ARTICULO 47._ Dergase lo dispuesto por la Ordenanza N' 8744/13.-
ARTCULO 48._ Comuniquese al Departamento Ejecutivo, registrese y publlquese.-
-
EXPOSICIN DE MOTIVOS
PRESUPUESTO GENERAL 2015
Se eleva a consideracin de ese Alto Cuerpo el Proyecto de Ordenanza de
Presupuesto General para el Ejercicio 2015, integrado por el Clculo de Recursos con la
correspondiente Programacin de los Recursos, el Presupuesto General de Gastos con su
Estructura Programtica y Descripcin de los Programas, detalle de Recursos Humanos
por objeto del Gasto y por Cargo, descripcin de Compras de Bienes y Servicios, detalle
de la Programacin Fsica y Financiera de los Proyectos, Gestin y Administracin de la
Deuda y Programacin de las Transferencias.-
ANALlSIS DE CONTEXTO MACROECONMICO
Sector Pblico Nacional- Recaudacin Tributaria
El sistema tributario nacional argentino contempla un esquema de coparticipacin
de tributos administrados por el Gobierno Nacional que son girados a cada provincia, y
posteriormente las provincias transfieren a los Municipios.- En este marco, resulta
oportuno sealar que la recaudacin impositiva Nacional crec en Septiembre de este ao
un 37,48% en trminos interanuales, logrando llegar a los $98.719 millones en ese mes,
alcanzando un acumulado (Enero-Septiembre) de $ 854.641 millones. Este incremento se
encuentra justificado bsicamente por la inflacin, el crecimiento del consumo y el
aumento del comercio exterior.- La recaudacin del IVA, el impuesto a las ganancias y los
derechos de exportacin explican el incremento del total de lo recaudado en el mes de
Septiembre.- Comparando, en este mes (Septiembre) del ao la recaudacin acumul
$98.719 millones, siendo el mejor Septiembre del ciclo histrico por encima de los
$71.805 millones del ao 2013 y los $57.375 millones del 2012.-
Del anlisis de la evolucin en el gasto pblico, se pueden resaltar los siguientes
conceptos:
Prestaciones de la seguridad social, debido a mayor movilidad e
incremento en los beneficiarios,
-
.',
20
Transferencias corrientes al sector privado, fundamentados por el sistema
denominado "Asignacin Universal por Hijo para Proteccin Social" que
comenz regir en Noviembre de 2009.
Transferencias de Capital, debido al Fondo Federal Solidario, que
establece la coparticipacin del 30% del producido de los derechos de
exportacin de la Soja, como as tambin por transferencias para
construccin y mejora de rutas,
Remuneraciones, debido al incremento en los sueldos otorgados a los
empleados pblicos,
Subsidios a cmpresas de servicios pblicos.-
Transferencia de fondo de financiamiento educativo, el acumulado a
Septiembre fue de $ 23.244.927,19.- destinado a obras de infraestructura y
mantenimiento de escuelas, buscando mejorar las instituciones y fomentar
la mejora en el contexto pedaggico.
Como perspectiva para el ao prximo, podemos mencIOnar que el Ejecutivo
Nacional envi un proyecto de Presupuesto para el ao 2015, que fue aprobado en la
Cmara de Diputados el pasado 9 de octubre. El proyecto prev una inflacin de 15,6 por
ciento y un dlar a 9,45 pesos, adems de un crecimiento del 2,8 por ciento, con
crecimientos tanto del consumo como de la inversin. Segn las estimaciones oficiales,
habr un supervit comercial de 9.197 millones de dlares.
La recaudacin tributaria sera en 2015 un 28,1 por ciento superior a la estimada para este
ao, ya que sera de casi un milln quinientos mil millones de pesos. De ese total, el 22,4
por ciento corresponde a impuesto a las Ganancias; el 27,7 por ciento al IVA y el 25,4 por
ciento a los aportes de contribuciones de la seguridad social. Otro 10,6 por ciento se
deriva del comercio exterior y un 6,6 por ciento del denominado "impuesto al Cheque",
entre otros.
Evolucin de los Niveles de Precios
Segn el INDEC el ndice de precios al consumidor correspondiente al mes de
Agosto pasado ascendi al 1.3%, y la inflacin acumulada (Enero-Agosto) alcanz un
valor de 18.2%.- Sin embargo los registros de fuentes no oficiales en la actualidad
discrepan con los clculos del INDEC. En algunos casos se publican valores que duplican
-
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a los del mencionado organismo, como por ejemplo, el ndice anunciado por el Congreso
que midi para el mes de Agosto una inflacin del 2,65% (la ms alta de los ltimos
cuatro meses) de acuerdo con el promedio de las consultoras difundido por diputados de la
oposicin, que a su vez dieron a conocer que la tasa anual proyectada se ubicar por arriba
del 40 por ciento.
Cabe mencionar que la mayora de las estimaciones privadas para los ltimos
meses, ubican el ndice de precios al consumidor con mucha discrepancias con respecto al
organismo oficial. Es importante destacar que se dio a conocer un informe acadmico
sobre la evolucin del ndice de precios al consumidor, elaborado por un consejo
integrado por varas universidades nacionales. Dicho informe present serias crticas
respecto de lo actuado por el INDEC del 2007 al 2012, especialmente en lo vinculado con
la conformacin de los precios de la canasta bsica.-
finalmente cabe sealar que actualmente existen otros instrumentos que inciden en
la composicin de precios tales como el control de cambio establecido sobre el mercado
de divisas y la consecuente cotizacin informal del dlar paralelo, y la disminucin de los
subsidios otorgados oportunamente para contener los precios de servicios pblicos como
la energa y el transporte.- Existen otras tensiones inflacionarias tales como los aumentos
registrados en servicios , tales como la educacin privada, cobertura medica privada,
distribucin de TV por cable, expensas, etc.-
E VOLUCiON DEL EJERCiCiO MUNiCiPAL 20i4
Recursos Tributarios de Origen Provincial Ejercicio 20i4
Durante el corriente ao, lo transferido a las provincias a Septiembre por la
recaudacin de coparticipacin y los recursos de leyes especiales fue de $220.268
millones. Por su parte, el Jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, destac el mejoramiento de
la transferencia de recursos de jurisdiccin nacional para las provincias, por
coparticipacin ms otros recursos, que llegaron en junio ltimo a $27.617 millones, lo
que significa un 31,49% ms que lo transferido en el mismo perodo del ao pasado.
Tambin se incrementaron los niveles de transferencia del Fondo federal Solidario
(que proviene de las exportaciones de soja) con $1640 millones, frente a los $725
-
transferidos el ao anterior, con el
infraestructura en las provincias.
Por su parte, la Ministra de Economa de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Silvina
Batakis, anunci que las transferencias diarias y automticas a los 135 Municipios, en
concepto de Coparticipacin, Fondo Solidario Provincial y Fondo de Financiamiento
Educativo, alcanzaron los $19.609 millones en los primeros nueve meses del ao (Enero -
Septiembre). Destacando que el Fondo Solidario proveniente de la soja fue a Septiembre
de $781.673.806,80.- destinando a nuestro partido la suma de $16.681.467,86.-
Del anlisis realizado localmente, los fondos correspondientes a la Coparticipacin
Bruta hasta Septiembre ha sido de $408.255.460.- y se estima que superarn los
$430.000.000.-
Asimismo, de acuerdo a los datos aportados por la Direccin Provincial de
Coordinacin Federal y Municipal dependiente de la Secretaria de Poltica y Coordinacin
Econmica, para el corriente ejercicio, se estima percibir en el Fondo para el
Fortalecimiento de Recursos Municipales $3.900.000.- adicional a lo presupuestado
originalmente, al igual que Fondo Municipal de Inclusin Social, en $2.700.000.-
Por su parte, los recursos provenientes de Descentralizacin Tributaria, tales como
Ingresos Brutos (pequeos contribuyentes) y el Impuesto Automotor (Ley N 13.010), han
incrementado su evolucin en lo que va del ao, superando la proyeccin realizada
oportunamente.-
Recursos Tributarios de Origen Municipal Ejercicio 2014
En lo relacionado con los Tributos de Origen Municipal, es oportuno destacar que
la evolucin de la recaudacin en las principales tasas y derechos, ha superado
considerablemente las estimaciones previstas para el corriente ejercicio.-
La tasa de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Reconstruccin de la Va Pblica
presenta incrementos en el monto percibido a Septiembre de 2014 Y su comparacin con
lo estimado para el Ejerccio 2014 ($472.200.000,00).-, surge un incremento en la
proyeccin de la recaudacin de esta Tasa de $139.600.000,00.-
Dicho incremento se vio originado en alguna medida, por el aumento de nuevas
cuentas tributarias producto del efecto de las inversiones inmobiliarias observadas en el
-
Partido de San Isidro recientemente, y por los ajustes tcnicos introducidos, a efectos'tle
evitar el retraso nominal, producto de la corriente inflacionaria percibida a la fecha.-
Por su parte, el incremento producido en el monto percibido de la Tasa por
Inspeccin de Comercios e Industrias a Septiembre dc 2014 Y su comparacin con lo
cstimado para el Ejercicio 2014 ($ 279.700.000,00).-, por lo cual surge un incremento en
la proyeccin dc la recaudacin de esta Tasa de $121.800.000,00.-
La evolucin de esta tasa evidencia el incremento en los niveles de actividad y de
la capacidad contributiva de los titulares de negocios e industrias radicados en el Partido.
Cabe destacar que a partir del ejercicio en curso se modific la base imponible para el
clculo de la referida tasa. Actualmente se incluye la variable del ingreso en la base
imponible a fin de que permita acompaar la depreciacin de la moneda. De esta forma se
incorpor una nueva categora de contribuyentes cuya base imponible considera la
aplicacin de una alcuota directa sobre los Ingresos l3rutos devengados por la actividad.-
En lneas generales, la recaudacin correspondiente a todo el capitulo de ingresos
municipales denominado ''Tasas'' logr superar de manera significativa para los primeros
nueve meses lo presupuestado originalmente.
Evolucin del Gasto 20i4
Inicialmente es importante destacar que el incremento en los niveles de precios
producto de la inflacin real sufrida, ha ocasionado aumentos nominales en los precios de
los bienes y servicios que la Comuna adquiere para su normal funcionamiento. Durante el
corriente ao, la mayora de los sindicatos que agrupan a trabajadores de las distintas
actividades, han logrado conseguir importantes aumentos de salarios que luego son
trasladados al precio de los bienes que adquiere el Municipio.
Podemos mencionar como ejemplo, el ranking de aumentos publicado por el
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, liderado por Dr. Carlos Tomada. "En
base a la informacin estudiada, la tabla qued de la siguiente manera: Qumicos (37 por
ciento); Produccin de Alimentos (35 por ciento); Sanidad (34); Camioneros y
Maestranza (33); Calzado y Pasteleros (32); Grficos, indumentaria y Transporte de
Pasajeros (3i); Carne, Entidades Deportivas y Civiles, Metalrgicos, Plsticos y Textiles
(30); Bancarios y Construccin (29); Administracin Pblica (28), y Comercio (27 por
ciento). "
-
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Sin perjuicio de lo expuesto, la gestin del gasto pblico local durante los ~rimeros ~
nueve meses del corriente ejercicio estuvo controlada, ajustndose su evolucin a las
metas presupuestarias establecidas oportunamente para cada dependencia.-
En lo que a la Comuna respecta, el Departamento Ejecutivo ha procurado siempre,
en la medida de lo posible, mantener actualizado el poder adquisitivo de los salarios de los
agentes del Municipio. De la evolucin observada en los precios de los bienes de primera
necesidad, surge que se han producido importantes incrementos en la mayora de los
rubros y que dichos aumentos resultan ser de pblico y notorio conocimiento, lo que ha
hecho necesario procurar establecer una recomposicin salarial, a efectos de mitigar el
impacto que la inflacin produce en las economas de las familias del personal municipal
durante el corriente Ejercicio se realiz una recomposicin salarial en dos etapas.
Se otorg un incremento sobre los sueldos bsicos y sobre la Bonificacin
Remunerativa no Bonificable, equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir de Abril de
2014.- Asimismo en una segunda etapa se otorga un incremento salarial sobre los sueldos
bsicos y sobre la Bonificacin Remunerativa no Bonificable, (clculo que se efecta
sobre los haberes del mes de Marzo 2014) equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir
del mes de Agosto.- Asimismo se otorg un aumento en la bonificacin por presentismo
para todo el personal comprendido entre la categoras seis a catorce, pasando a ser de
$330 a $600.-
El mismo criterio se aplic en cuanto a las pautas y fechas mencionadas al personal
de Planta Temporaria y Mensualizados. Adems se incorporaron los aumentos definidos
en las paritarias de los empleados de la Provincia de Buenos Aires que revisten en la
Carrera Mdica Hospitalaria y Docentes.-
En el transcurso del presente Ejercicio, se continuaron realizando todas las polticas
pblicas locales que el Gobierno Municipal desarrolla constantemente para mejorar la
calidad de vida de todos los vecinos de la Comuna, manteniendo un adecuado equilibrio
de las finanzas locales.- La Municipalidad de San Isidro ha logrado no solo conservar,
sino tambin en algunos casos, ampliar la estructura de servicios que brinda a la
Comunidad, en materia de Seguridad, Salud Pblica, Obras Pblica, Educacin, Cultura y
Deportes, entre otros. En particular se ha evidenciado el incremento en las inversiones
realizadas en materia de seguridad, tendientes a la instalacin de tecnologa necesaria para
combatir la inseguridad, a travs de la instalacin de cmaras de video en la via publica,
ampliacin de la sala de monitoreo, incorporacin de nuevos mviles en el patrullaje
local, contratacin de una mayor cantidad de horas de policia adicional, entre otras.-
-
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i . 2,5 ;l. '& -'" --' - .~ \~ o,,-
Finalmente es importante destacar que durante el presente Ejercicio, el Go ~rno:- - '
Municipal no ha nccesitado recurrir al uso del crdito ni mantiene deudas financieras ni
emprstitos con ninguna entidad bancaria o financiera externa.-
CALCULO DE RECURSOS EJERCICIO 2015
El Clculo de Recursos quc se somete a consideracin para el Ejercicio 2015
alcanza la suma de pesos Dos mil quinientos ochenta y ocho millones, setecientos
cuarenta y siete mil ($ 2.588.747.000,00-). Su composicin detallada obra en el
Formulario N 2 del presente Proyecto de Ordenanza.
El presente Clculo de Recursos se elabor sobre la base de los promedios actuales
de recaudacin, la informacin recibida de entes y/u organismos competentes y
considerando que se mantendrn los actuales niveles de tributacin.-
En lo que respecta a su composicin, la misma se distribuye de la siguiente manera:
RUBRO MONTO %
Ingresos Tributarios de Origen Provincial/Nacional $ 787.716,000.00 30.42%Ingresos de Origen Municipal $ 1,620,260,000.00 62.58%Rentas de la Propiedad $ 950,000.00 0.04%Transferencias Corrientes S 129,671,000.00 5.01%Recursos propios de Capital $ 25,150,000.00 0.98%Transferencias de Caoital S 25,000,000.00 0.97%
TOTALES $ 2,588,747,000.00 100.00%
Del cuadro expuesto precedente, surge que la principal fuente de financiamiento
municipal es aquella derivada de la recaudacin de Tributos Municipales que representa
un 62.58% del total del presupuesto municipal. De esta forma, pueden desarrollarsc y
profundizarse las distintas polticas publicas propias con mayor grado de independencia,
atento a que se exhibe una adecuada desagregacin en la percepcin de fondos.- Las
estimaciones formuladas en el presente Clculo de Recursos para el Ejercicio 2015 fue
realizada tomando como base, la recaudacin real evidenciada a la fecha sobre los
distintos tributos comunales.-
La estimacin introducida, relacionada con los recursos provenientes de
coparticipacin de la Provincia de Buenos Aires, se ha realizado considerando la
-
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comunicaci oficial emitida por la Direccin Provincial de
Municipal dependiente de la Subsecretaria de Politica y Coordinacin Econmica del
Ministerio de Economa de la Provincia de Buenos Aires.- Los valores contenidos en
dicha comunicacin oficial fueron incorporados en el capitulo pertinente en el Clculo de
Recursos para el Ejercicio 2015.-
En este sentido es importante destacar que los principales fondos provinciales
creados por las distintas leyes provinciales, fueron mantenidos en la actualidad. De lo
expuesto en la comunicacin oficial mencionada precedentemente, surge que seguirn
desarrollndose durante el prximo ao.-
En cuanto a los Recursos de Capital, tal como fuera desarrollado en el Proyecto de
Presupuesto del Ao 2014, se ha realizado con prudencia la estimacin de ingresos por
Ventas de Activo Fijo, considerando que se encontraran asegurados con la enajenacin de
inmuebles que el Municipio no utiliza ni tiene previsto emplear en el futuro y que, no
obstante ello, debe soportar los gastos correspondientes a su mantenimiento.-
Durante el Ejercicio 2015 se continuar aplicando y desarrollando las politicas
pblicas locales mantenidas hasta el presente, para mejorar los niveles de recaudacin, y
que estn relacionados con efectuar un seguimiento detallado de la evolucin y
comportamiento fiscal de los grandes contribuyentes locales, como as tambin beneficiar
a los contribuyentes que realizan esfuerzos para cumplir en tiempo con sus obligaciones
tributaras. Se continuarn realizando controles constantes de la evolucin de los distintos
indicadores de gestin, analizando los principales desvos y procurando mejorar la
eficiencia de la Administracin Tributaria. Se tomarn las medidas necesarias para
disminuir el efecto la depreciacin de la moneda producto de los actuales niveles de
inflacin.-
Finalmente resulta necesario adicionar que manteniendo, perfeccionando y
profundizando esta metodologa, que ha permitido generar una sostenida tendencia en el
crecimiento del sistema tributario local, se lograr cumplir con los objetivos de
recaudacin fijados tanto para los tributos corrientes, como para aquellos correspondientes
a ejercicios anteriores.-
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PR~UES1V DE GASTOS EJERGGO 20/ j
Las erogaciones totales previstas para el Ejercicio 2015, ascienden a la suma de
Pesos Dos mil quinientos ochenta y ocho millones setecientos cuarenta y siete mil
($ 2.588.747.000,00-) Y su composicin detallada obra en los correspondientes Anexos,
Cuadros y Detalles del presente Proyecto de Ordenanza.-
Respecto a la estimacin del Gasto para el Ejercicio 2015, se ha proyectado un
incremento que se encuentra fundamentado en las estimaciones de inflacin para el
prximo ao, realizadas por distintas instituciones de estudios econmicos.
La composicin del presupuesto de gastos, en funcin a la apertura realizada por
objeto del gasto, se comporta de acuerdo al cuadro que a continuacin se detalla:
Concepto Importe
Recursos Humanos $ 911.963,408.00Bienes de Consumo $ 258,583.500.00Servicios No Personales $ 957,169.092.00Bienes de Uso $ 147,579,000.00Transferencias $ 177,647.000.00Servicios de la Deuda y Disminucin de Otros Pasivos $ 135.805,000.00
TOTALES $ 2 588 747 000.00
En lo concerniente al Gasto en Personal, se mantiene la escala vigente a Agosto del
corriente ejercicio para la grilla de la categora 6 hasta la categora 15.-
Resulta oportuno considerar que el total del gasto en personal representa un
35,22% del presupuesto total, los Bienes de Consumo representan un 9.99%, los servicios
un 36,97%, los bienes de uso un 5,70%, las transferencias un 6,87% y los servicios de la
deuda un 5,25%.-
La distribucin funcional del gasto se compone de acuerdo al esquema que a
continuacin se detalla:
Jurisdiccin 1 - Seco Gral. de Gobierno y Administracin, Hacienda, Privada
y Produccin; representa alrededor del 12.32% del total del Presupuesto. Contempla
asimismo las reas de Ceremonial y Protocolo, Prensa, Tribunal de Faltas, Difusin,
-
Defensora Municipal, Direccin Gral. de Rentas, Asesoria Legal,
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Defensa "&rVil~)!'
Descentralizacin Tributaria, Direccin General de Compras, Contadura General, y
Tesorera, entre otras. El gasto realizado en la rbita de la Direccin de Cementerios y la
nueva Escuela para la polica local, tambin componen el presupuesto de esta
Jurisdiccin.-
Jurisdiccin 2 - Subsec. Gral. de Inspecciones, Registros Urbanos y Trnsito;
representa alrededor del 11.07% del total del Presupuesto. Esta compuesta por las reas de
Inspeccin General, Registros Urbanos, Trnsito, y Seguridad y Cuidados Comunitarios.
En esta jurisdiccin se incluyen las inversiones en materia de seguridad que esta
realizando la Comuna para combatir la delincuencia. El aumento se encuentra fundado en
la provisin de recursos adicionales que sern destinados para combatir la inseguridad en
nuestro distrito y que permitirn ampliar la instalacin de cmaras de video en la va
pblica, incrementar la dotacin de patrulleros municipales y aumentar las horas de
vigilancia, entre otras medidas.-
Jurisdiccin 3 - Secretara de Integracin Comunitaria y Seco de la Niez,
Adolescencia y Familia; equivale al 14,02% del total del Presupuesto. Contempla las
inversiones realizadas en las reas de Educacin, Deportes, Relaciones Vecinales, Accin
Social Directa, Minoridad, Hogar Infantil Municipal y Mesa de Integracin Social, entre
otras.-
Esta Jurisdiccin incluye tambin, las erogaciones correspondientes al Fondo de
Fortalecimiento de Programas Sociales (Ley N 13.163), ayuda a indigentes, pensiones
graciables, ajuares correspondientes al plan comadres, entre otros.-
Jurisdiccin 4 - Secretaria de Obras Pblicas; representa alrededor del 9,73%
del total del Presupuesto. Dentro de este presupuesto, se contemplan las obras que se
proyectan realizar durante el Ejercicio 2015. Entre ellas, podemos mencionar a las
relacionadas con la ampliacin y mejoramiento de la red vial local tales como cruces
carreteros, las obras tendientes a terminar de mejorar el rea del Centro de Boulogne;
reconstruccin de la Va Pblica; repavimentaciones; el desarrollo y recuperacin de
Espacios Pblicos como el de la Costa de San Isidro; la apertura, urbanizacin, y
-
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ejecucin de obras
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de infraestructura de barrios carenciados y la recuperaclOn y
saneamiento de la Ribera y Ro Reconquista, entre otros.- Se planea culminar, en
coordinacin con el Gobierno Nacional, la realizacin de los aliviadores y de las
conexiones anexas de la calle Pavn y Paran.-
Asimismo, se deben adicionar a lo expuesto anteriormente, los trabajos de
mantenimiento que se realizan todos los aos tales como el mantenimiento de la red vial
local, el mantenimiento de la Defensa Costera, el mantenimiento de los Edificios
Municipales y el mantenimiento de napas freticas, entre otros.-
Jurisdiccin 5 - Subsecretara General de Espacio Pblico; representa alrededor
del 20,53% del total del Presupuesto. Resulta importante destacar que en esta jurisdiccin,
se ha comenzado a instalar el sistema de recoleccin de residuos por medio de la provisin
de contenedores dispuestos en la va pblica en zonas comerciales y determinados sectores
del partido de San Isidro. Para el prximo ejercicio se prev seguir continuando con la
campaa de raleas, podas en altura y mantenimiento de espacios verdes en todo el partido
de San Isidro. Asimismo se continuar con el incremento de la frecuencia de la limpieza y
desobstruccin de sumideros. Se encuentra previsto continuar con la campaa de
recoleccin de material reciclable.-
Jurisdiccin 6 - Secretara de Salud Pblica; representa alrededor del 24,54%
del total del Presupuesto. El incremento observado responde principalmente al
crecimiento de los servicios de Salud Pblica que se brinda a la Comunidad relacionados
con el funcionamiento y con la ampliacin de todos los centros de atencin.- Asimismo, se
contnuar mejorando con el centro de diagnostico por imgenes en el Hospital Central de
San Isidro. Se realizarn inversiones de equipamiento en todos los Hospitales del Partido
dotndolos de instrumentos de alta tecnologa.-
Es importante sealar que se han contemplado los aumentos que se observarn en
los precios de insumas y servicios hospitalarios, de acuerdo a la evolucin de la inflacin.
Asimismo, se prev que la Provincia de Buenos Aires, autorice nuevas subas salariales
correspondientes al personal de Carrera Mdica.
Todos los aspectos sealados precedentemente fueron considerados para estimar la
inversin que la Municipalidad de San Isidro deber realizar en materia de Salud Pblica
durante el prximo Ejercicio.-
-
Conforme a lo que establece el Decreto 2980100, relacionado con la normativa
RAFAM, en el Presupuesto de Gastos fueron incluidos los fondos correspondientes a la
deuda flotante.-
De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, se solicita la aprobacin del Proyecto
de Presupuesto General de Gastos y Clculo de Recursos para el Ejercicio 2015 que se
adjunta y que se estima altamente satisfactorio, toda vez que permitir desarrollar
ampliamente las acciones y polticas pblicas locales en materia de Salud Pblica,
Seguridad, Educacin, Cultura, Deportes y Recreacin, Accin Social, Servicios y Obras
Pblicas en el Partido de San Isidro, manteniendo asimismo, un adecuado equilibrio de las
finanzas pblicas locales.-
San Isidro, 31 de Octubre de 2014
-
~~s~N/C/PALlDAD DE SAN ISIDROVPRESUPUESTO 2015
DESCRIPCIN DE POLTICAS PRESUPUESTARIAS (F1)
SECRETARA PRIVADA Y ENLACE
A travs del rea de Ceremonial y Protocolo se continuar en 2015 con el
vinculo entre el intendente y las instituciones, los vecinos, las entidades
intermedias y el resto de la comunidad.
Ceremonial y Protocolo
Es la dependencia encargada de la organizacin y coordinacin de actos,
ceremonias y recepciones de carcter oficial y pblico con la participacin
del Ejecutivo Municipal.
SUBSECRETARA DE COMUNICACIN Y CULTURA
Direccin de Difusin
Difusin de las actividades de todas las reas municipales. Edicin de
publicaciones, produccin de contenidos audiovisuales y de publicidad.
Recepcin de consultas y mensajes de vecinos. Comunicacin directa con
los vecinos. Campaas de via pblica. Administracin de pgina web, redes
sociales y circuito cerrado de TV.
Direccin de Prensa
Su tarea es brindar informacin a los vecinos sobre las obras, servicios y
acciones del gobierno municipal, y de las actividades culturales, deportivas
y sociales realizadas por instituciones intermedias y de bien pblico que
resulten de inters comunitario a travs de medios de comunicacin.
Direccin General de Cultura
Promueve la participacin de la comunidad generando espacios en los
cuales los vecinos puedan expresarse y crecer; promueve el acceso a las
diferentes manifestaciones artisticas, facilitando su comprensin y goce.
Adems de la Casa de la Cultura, los espacios municipales dedicados al
quehacer cultural son: el Centro Civico Cultural de Beccar, el Centro Civico
Cultural Boulogne, y las Casas de la Cultura de Villa Adelina, San Isidro,
Martinez Este, y Martinez Centro. Dependen de esta rea el Archivo
Histrico Municipal "Beccar Varela" que funciona en la remozada quinta
v..~~:: r L ~: :' #
I~ 3i. ,-\ '-- .
-
"Los Ombes", el Museo Pueyrredn, el Museo Municipal del Juguete, el
Centro Municipal de Exposiciones y el Teatro del Viejo Concejo.
La Direccin General de Cultura interacta con todas las reas municipales
brindndoles apoyo en la realizacin de eventos de distinto tipo; adems
auspicia acontecimientos culturales de otras instituciones, fortaleciendo de
esta manera las iniciativas de la comunidad.
Por otra parte, incorpora en sus talleres a ciudadanos y ciudadanas que
necesitan un espacio de creatividad, derivados de los servicios de Salud
Pblica y Accin Social.
Cursos y talleres de la Direccin de Cultura en las 7 casas de cultura;
organizacin de muestras de artistas plsticos, organizacin de
espectculos al aire libre, organizacin de concurso literario, concurso de
poesia, promocin de la participacin de la tercera edad con el programa
"Abuelos de cuento", talleres de lectura, visitas guiadas en los Museos,
talleres de ajedrez, programas educativos en nivel polimodal, programas
educativos en nivel inicial y primario, muestra anual de talleres, ciclos de
cine, muestra anual de artes plsticas, espectculos de vacaciones de
invierno, espectculos en Teatro del Viejo Concejo, espectculos en otros
espacios, festival anual de tango, festival de jazz, festival de cine y msica,
festival de vacaciones de invierno, programas de verano en plazas, eventos
generales, asistencia a instituciones de la sociedad civil, actos en
dependencias municipales, fiestas en localidades, eventos e inauguraciones
en localidades. Fiestas patronales, fiestas de carnaval
Casa de la Juventud
Es un espacio abierto de encuentro y convivencia para el desarrollo de las
actividades creativas, culturales, educativas, de recreacin y de uso del
tiempo libre, orientado a los jvenes.
La expresin artistica encuentra en la Casa un mbito propicio a travs de
talleres de teatro, danza, dibujo, pintura, fotografia, cine y literatura.
Los chicos y chicas que tienen inclinacin por la comunicacin cuentan con
una infraestructura que les permite el acercamiento al cine, video, a la
fotografia y a la prctica periodistica.
Tambin existe un Centro Integral de Capacitacin con Orientacin Laboral.
Organiza el ciclo anual "San Isidro en Vivo", promocionando las bandas
locales en todas las localidades.
Infojoven
Oficina dedicada a brindar informacin, orientacin y recepcin de datos
sobre servicios y actividades para jvenes. Tiene a su cargo la Tarjeta San
Isidro Joven para que todos los jvenes del partido de entre 14 y 30 aos
-
r~
~\~
:~p\~ ngan descuentos y beneficios en los comercios e instituciones
~heridos al Programa.
Tribunal de Faltas
Juzga todo lo relacionado con el Cdigo de Trnsito (Adhesin provincial a
Ley Nacional 24.449) y expide certificados de libre deuda por multas; con la
aplicacin del Cdigo de Faltas de la Provincia de Buenos Aires (Ley
8.751/77); con el Cdigo Contravencional Municipal de San Isidro (Ord.
5182); recibe denuncias sobre estas materias.
SECRETARA GENERAL DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIN
La Secretaria General de Gobierno y Administracin es la encargada de
coordinar, supervisar y controlar las tareas desarrolladas por las dems
secretarias. Bajo su rbita directa se encuentra la Subsecretaria General de
Gobierno de la cual dependen, entre otras, las siguientes reas que
continuarn con sus tareas durante el 2015:
Direccin de Relaciones Institucionales y Tercera Edad
Mantiene el registro de las tareas que desarrollan las entidades intermedias
y las Organizaciones No Gubernamentales dentro del distrito para potenciar
las actividades de estos organismos asesorndolos en el manejo de
estatutos, asambleas, actas, etc. Se trabaja con estas instituciones para
potenciar y desplegar una mayor tarea social.
Programa Juventud Prolongada. El Programa de la tercera edad
denominado "Juventud Prolongada" rene a unos 15.000 asistentes por mes
por medio de 84 centros de jubilados que se suman a esta propuesta y
concentran sus actividades en la sede central que est junto al rio Puerto
Libre. Ese predio de 5 hectreas cuenta con un natatorio diseado con las
condiciones ms apropiadas para los mayores, 2 salones de uso mltiple,
sala de video, comedor, quincho, sala de gimnasia, canchas de bocha, tejo,
newcom, playn y biblioteca. Entre las acciones realizadas figuran las
recreativas, deportivas, culturales y turisticas. A su vez, funciona el Centro
de Gimnasia, al que acuden todos los que por indicacin de los mdicos
necesitan realizar ejercicios de recuperacin.
-
Mesa general de entradas. Recepcin de notas, pedidos, denuncias y
correspondencia enviados por los vecinos. Iniciacin de expedientes.
Entrega de formularios. Recepcin de oficios judiciales.
Informtica. Ingenieria de desarrollo de software, gestin de proyectos e
integracin de sistemas y soluciones. Implementacin y administracin de
servidores y de la red de datos municipal. Instalacin y mantenimiento del
equipamiento informtico.
Personal. Administracin y desarrollo de los recursos humanos del
municipio y delegacin previsional ante ellPS ljubilaciones y pensiones).
Despacho y Legislacin. Lleva el registro de todas las normas emitidas por
el municipio. Publica el Boletin Oficial de la comuna en forma digitalizada.
Implementacin del digesto a travs del sitio web de la comuna.
Asesoria Legal. Asesora al Departamento Ejecutivo sobre todas las
cuestiones de indole legal, lleva adelante todas las causas legales
correspondientes al mismo y se encarga de los juicios de apremio. Tambin
efecta la tramitacin de Bien de Familia. Funciona en una nueva sede.
Defensa de Consumidores y Usuarios. Asesora al vecino sobre sus derechos
constitucionales como usuarios y consumidores. Recibe denuncias de los
consumidores y convoca primeramente a una instancia concilatoria donde
el solicitante podr encontrar una rpida solucin de la empresa a su queja.
Si la empresa no resuelve el problema generado y se acredita el
incumplimiento a la ley de Defensa del Consumidor el organismo
administrativo local debe sustanciar el procedimiento a fin de aplicar las
sanciones que pudieran corresponder. Realiza controles de oficio para
controlar el cumplimiento de las normas que protegen a los consumidores
(controlando la publicidad engaosa, exhibicin de precios, clusulas
abusivas, etc.). Promueve la educacin al consumidor en mbitos educativos
y sociales, procurando la accin de un consumo critico y sustentable, y
alentando la participacin de los consumidores en asociaciones de
consumidores que fortalezca la difusin de derechos y los mecanismos de
su efectivo cumplimiento. Presenta un informe trimestral sobre las
denuncias efectuadas y su tramitacin lo que permite disponer de una
radiografia sobre el conflcto generado en el mercado de consumo y sobre el
desempeo empresario. Se produce la sustanciacin de reclamos ante
empresas de comunicacin, empresas mdicas prepagas, bancos, cadenas
de electrodomsticos entre otros.
-
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6. '. s-~ '" ",_"3.
Direccin de Cementerios. Realiza los servicios para la comunidad en los '. .' ... -:;./dos cementerios municipales con inhumaciones, exhumaciones, traslado
interno de restos y traslados a cremacin.
Direccin General de Rentas. Administracin de las cuentas de los
contribuyentes de las Tasas por Alumbrado, Limpieza, Conservacin y
Reconstruccin de la Via Pblica; Inspeccin de Comercios e Industrias y
otras tasas. Atencin de la gestin de los trmites referidos a impuestos
provinciales cuya gestin toma el municipio.
Delegaciones Municipales: cuenta con una coordinacin con nueva sede.
Fueron creadas para acercar al vecino Centros de Pago, informacin y
reclamos. En las Delegaciones se reciben todo tipo de reclamos que no
dependen necesariamente de la Secretaria, dndole trmite a las solicitudes
y acercndole la respuesta al vecino.
Direccin General de Registro de la Poblacin: En 2015 se seguir
entregando una tarjeta a los vecinos de San Isidro para facilitar el acceso a
los servicios.
SECRETARA DE HACIENDA
Hacienda. Coordinacin de la programacin, ejecucin financiera y control
del Presupuesto General de Gastos y Clculo de Recursos del Municipio
procurando mantener equilibradas las finanzas pblicas locales.
Coordinacin de las actividades operativas de las reas de Contaduria
General, Compras, Tesoreria y Rentas. Arbitra los mecanismos necesarios
para el cumplimiento de legalidad de los procesos y actividades
administrativas que son auditados por el Honorable Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Buenos Aires.
Contaduria. Organismo de contralor. Interviene por ley en todas las
cuestiones econmico-financieras del municipio. Efecta la contabilidad y
los balances.
-
/ Tesoreria y Cajas. Tiene a su cargo valores, cajas del municipio, cobro de
tasas, control de recaudacin y la atencin y pago a proveedores.
Compras. Es una dependencia establecida por la Ley Orgnica de las
Municipalidades, que realiza las adquisiciones y contrataciones de bienes y
servicios en base a los mejores estndares de calidad y precio, logrando de
esta forma maximizar los servicios que reciben los contribuyentes.
SECRETARIA DE PRODUCCIN
En la rbita de esta Secretaria se encuentran las reas de Ecologia y
Conservacin de la Biodiversidad, Produccin, Turismo y Ribera que se
ocupa de la recuperacin y el mantenimiento de la costa en la cual se
realizan tareas de limpieza y recuperacin de sectores costeros, de la
reserva natural, del vivero municipal, y de los paisaje y las barrancas
protegidas, trabajos que proseguirn en 2015.
Produccin. Atencin personalizada a empresarios de la zona, orientndolos
hacia la resolucin de sus problemas, ya sea en nivel de mercado,
financiero, personal, etc., asi como la introduccin a los instrumentos
disponibles en el campo gubernamental y privado.
Instrumentacin de planes como el Programa Nacional de Desarrollo Local y
Economia Social "Manos a la Obra". Coordinacin de las tareas de la
Direccin de Ecologia.
Turismo. Continuarn las diversas promociones del distrito como destino
turistico con participacin en ferias y exposiciones, encuentros y cursos de
capacitacin.
SUBSECRETARA GENERAL DE INSPECCIONES, REGISTROS URBANOS Y
TRNSITO
El rea de trnsito se encarga del ordenamiento vial, del control vehicular,
del sealamiento vial y semafrico y de todas las tareas relacionadas con el
cumplimiento de las normas viales en el distrito. Tambin tiene a su cargo la
tramitacin de licencias de conducir, con la tramitacin online de los turnos,
la habltacin de taxis-remises, transporte escolar y comunal y las clases de
Educacin Vial que se brindan en los colegios pblicos y privados de todo el
-
'artido, la instalacin de seales viales, las habilitaciones de micros
escolares, habilitacin de taxis y remises y coordinacin de los inspectores
de trnsito. Todas estas tareas continuarn en el 2015 adems de las
siguientes:
Gras e inspectores. Su tarea se concentra en el ordenamiento vial,
intervencin ante obstruccin de garage, coches abandonados. Atiende las
denuncias de los vecinos sobre automviles mal estacionados, obstruyendo
garajes, salidas para personas con capacidades distintas, etc. son resueltas
por el servicio de la gra municipal que ante cada denuncia libera las zonas
afectadas llevando los automviles que se encuentran en infraccin a la
playa de caucin de la calle Alsina en San Isidro. Se reciben tambin
denuncias sobre coches abandonados y otros que con el tiempo y el
abandono se fueron convirtiendo en chatarra.
En el 2015 la oficina de Inspeccin General pretende continuar siendo la
herramienta del comerciante o industrial, para que entre ambas partes se
logre el ptimo funcionamiento de su empresa, dentro de las medidas de
seguridad aceptables, y con los condicionamientos que la reglamentacin
establece para que dicha actividad logre el objetivo de ofrecer el mejor
servicio que se traduzca en un beneficio reciproco entre el prestador y el
vecino.
A fin de lograr este objetivo la oficina cuenta con una unidad de
asesoramiento. Las denuncias tambin son recibidas por esta oficina para lo
cual cuenta con un plantel de administrativos e inspectores, para brindar
respuesta a las inquietudes de los vecinos al respecto.
Para formalizar las denuncias se encuentran habilitadas lineas telefnicas,
por las que adems se informa el resultado de las actuaciones realizadas al
respecto.
Tambin corresponden a este Departamento las consultas, anlisis y
aprobacin de toda la publicidad con que cuenten los negocios, como toda
la publicidad que se realice en la via pblica, fija o con sistema de
promocin.
Por otra parte corresponde a la Direccin de Bromatologia, dependiente de
Inspeccin General, la reinspeccin veterinaria, como asi tambin el control
de los alimentos que llegan a la poblacin, los lugares donde se elaboran o
expenden, las condiciones de higiene de los alimentos asi como su
manipulacin.
Gestin Ambiental. Tiene por objetivo la proteccin, conservacin,
mejoramiento y restauracin del sistema ambiental, con el principio de
desarrollo sustentable con el fin de lograr una adecuada calidad de vida,
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38 previniendo o mitigando los problemas ambientales. Le corresponde a esta '\'" .t,oficina la preservacin, verificacin y conservacin del medio ambiente, " . !:.,../
contando con los elementos adecuados para actuar en casos de cualquier
accin o accidente que pueda alterarlo.
Luego de recibidas las denuncias, stas son derivadas al rea que
corresponde. Se le otorga al vecino un nmero de trmite con el que podr
informarse sobre el estado de la misma, para lo cual se le solicita al
denunciante sus datos personales.
De tratarse de denuncias que deban diligenciarse en el momento, mviles
municipales se encuentran a disposicin.
Otros de los trmites que se llevan a cabo en esta rea son:
Habilitaciones, Habilitaciones Comerciales, Anexos de Rubros, Ampliaciones
de Espacio Fisico, Reduccin de Espacio Fisico, Cambio de Titularidad, Baja
de Rubro y/o de Habilitacin del Comercio, Consulta de Habilitacin,
Habilitaciones Industriales, Habilitaciones de Depsitos, Trmites de
Instalacin Elctrica Correspondientes a viviendas y locales, Instalacin de
ascensores-montacargas, Instalaciones elctricas de Menor Potencial de
11kw, Instalaciones Elctricas de Mayor Potencia Instalada a 11kw,
Instalacin de ascensores y montacargas.
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD Y CUIDADO COMUNITARIO
En cuanto al apoyo a la seguridad, el Programa de Cuidado Comunitario,
atiende situaciones de emergencia que puedan afectar a los vecinos tanto en
la via pblica como en sus hogares, contando para ello con mviles propios
blindados y equipados y un servicio de emergencia que funciona las 24
horas. Si bien por ley la seguridad de los bonaerenses es una facultad y
obligacin del gobierno de la Provincia de Buenos Aires que debe cumplirse
por medio de la Policia, San Isidro desarrolla una politica de apoyo a la
seguridad que en los ltimos aos ha permitido: el mantenimiento de
patrullas, entrega de mviles para seguridad y prevencin, compra de
equipos, construccin de comisarias y otras sedes policiales, adicionales y
participacin comunitaria, programa de cuidado comunitario, construccin
de fiscalias.
A todos estos aportes, se debe agregar la instalacin de cmaras de
vigilancia que se extienden por toda la geografia del municipio. La comuna
realiza su propio tendido de una red de fibra ptica, para conectar las
cmaras a la central de monitoreo que la Municipalidad mont en su sede
administrativa.
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~ . .SUBSECRETARIA DE PREVENCION CIUDADANA
Se encarga de atender denuncias de vecinos y de cogestionar polticas de
prevencin en materia de seguridad.
SUBSECRETARA DE PLANEAMIENTO URBANO
Atiende y asesora en la aplicacin e interpretacin del Cdigo de
Ordenamiento Urbano.
Contempla las direcciones de Registros Urbanos y la de Obras Particulares,
y la Direccin de Catastro, que otorga la visacin municipal a los planos de
mensura, unificacin, divisin y anexin.
SECRETARA DE NIEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Concentra bajo su rbita las siguientes reas y servicios que continuarn
desarrollndose en el 2015:
Educacin. 12 Jardines de Infantes, la Escuela Malvinas Argentinas (primaria
y secundaria) y ERIPLA -para hipoacsicos-. La educacin pblica recibi
diversos apoyos para un mejor funcionamiento por medio del Programa
Municipal de Talleres Extraprogramticos, asi 15.000 alumnos del distrito
tomaron clases de ingls, folklore, informtica, etc. En 20 aos que llevan los
Talleres Extraprogramticos tuvieron 250.300 alumnos. A travs de estos
talleres son beneficiados alumnos de distintos niveles de educacin: inicial,
primaria y secundaria.
Se colabora tambin con las escuelas pblicas brindndoles subsidios;
micros para el traslado a eventos o visitas guiadas; facilitndoles equipos de
audio y escenarios para los actos y realizando tareas edilicias o de
mantenimiento, como desagotes de pozos ciegos.
Se otorgan becas. En el Instituto Municipal de Formacin Superior se dictan
las carreras terciarias de Tcnico Superior en Instrumentacin Quirrgica y
enfermeria Profesional, de tcnico Superior en Mantenimiento Industrial, de
Analista en Comercio Internacional y de Tcnico Superior en Administracin
Pblica Municipal. Tambin se brindan de