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MEJORAS Y RENOVACIÓN DE REDES CICLO INTEGRAL ALFONSO MORENO-CAÑAVATE SANTOS. ARQUITECTO. PLAZA CASTILLEJOS, 1 LOCAL - 2. MARACENA. (GRANADA). TFNO. 958-41-53-61 / 607-96-12-03 [email protected] MEMORIA PROYECTO DE MEJORAS Y RENOVACIÓN DE REDES CICLO INTEGRAL CALLE: JORGE GUILLÉN, MARACENA (GRANADA) AUTOR: ALFONSO MORENO-CAÑAVATE SANTOS. ARQUITECTO

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MEMORIA

PROYECTO DE MEJORAS Y RENOVACIÓN DE REDES CICLO INTEGRAL

CALLE: JORGE GUILLÉN, MARACENA (GRANADA)

AUTOR: ALFONSO MORENO-CAÑAVATE SANTOS. ARQUITECTO

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MEMORIA

DOCUMENTOS DEL PROYECTO

1. MEMORIA DESCRIPTIVA

2. ANEXO DE CÁLCULO

3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO NORMAS ACCESIBILIDAD

4. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

5. ESTUDIO DE GESTION DE RESIDUOS

6. RELACIÓN DE PLANOS

7. MEDICIONES Y PRESUPUESTOS

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1. MEMORIA DESCRIPTIVA

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MEMORIA

OBJETO

El presente proyecto consiste en la remodelación y mejora de la Calle Jorge Guillén de Maracena (Granada). Esta actuación tiene como finalidad la mejora y renovación de las redes de la mencionada calle en relación al abastecimiento y saneamiento de la misma, además de, mejorar su configuración urbanística y calidad medioambiental. Todo ello propiciará un mejor uso y disfrute de los ciudadanos.

Las obras objeto de esta memoria consisten en la mejora de las redes y vías públicas, en la que se proponen una serie de actuaciones, las cuales consistirán en la renovación de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento de la calle, que incluye la renovación de las acometidas y la instalación de imbornales. Se realizará una instalación de electr icidad y alumbrado público para mejorar el existente (no se incluye en este proyecto la colocación de luminarias) . Por otro lado, se modificará el ancho existente de las aceras ampliando las mismas. Todo lo anteriormente recogido, se recoge en la documentación gráfica que incluye el proyecto. Se procederá a eliminación de barreras arquitectónicas así como ordenación de los espacios para uso y disfrute de los ciudadanos y cumplimiento de normativa. Debiendo entregarse todas las instalaciones tramitadas y legalizadas por el contratante.

SITUACIÓN: Calle Jorge Guillén

ESTADO ACTUAL

La calle sobre la que se pretende actuar presenta una superficie total de 3.842,74 m2. Está formada por un vial de dos direcciones para el tráfico rodado en su mayoría, a excepción de un tramo que es de una sola dirección y aceras estrechas e irregulares que incumplen la normativa en su mayor parte. La calle se encuentra conformada por calzada de asfalto y acerado de baldosas hidráulicas, cuyas dimensiones incumplen normativa de accesibilidad y dificulta el tránsito peatonal. Las pavimentaciones de calzada y acera, presentan irregularidades, baches, utilización heterogénea de materiales. Los aparcamientos, vados, pasos de minusválidos y aceras no están

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correctamente delimitados, tienen diferentes soluciones, niveles y dimensiones. Hay también problemas puntuales de cumplimiento de la normativa de accesibilidad que deberán ser arreglados.

Alumbrado público

En algunas zonas, el alumbrado público se encuentra, disponiendo de lámparas de vapor de mercurio de bajo rendimiento. En esta intervención, se va a proceder a la instalación para la renovación del alumbrado público. Ver documentación gráfica que se adjunta.

Situación de compañías particulares Los cables de electricidad y telefonía están grapeados a la fachada y enterrados. Durante el curso de las obras, las instalaciones de las distintas empresas instaladoras se irá adecuando y ejecutando en función de la colaboración, gestión y asunción de costes por parte de las mismas. En planos se representan la posición de las redes de electricidad y telefonía actuales.

SOLUCIÓN ADOPTADA:

Todos los acerados existentes se van a demoler cambiando las secciones de la calle existente, siendo de 1.50 m. como mínimo su ancho para el cumplimiento de la normativa vigente de accesibilidad.

La terminación del viario, que se muestra más detalladamente en la documentación gráfica que se adjunta a la presente memoria, es el siguiente: ACERADO:. La calzada se realizará de asfalto y las aceras de baldosa de terrazo con la disposición y sección que se especifica en la documentación gráfica. Ver sección tipo en la documentación gráfica. Subbase: 15 cm de zahorra artificial compactada al 98% P.M. Base: 15 cm de hormigón HM-20/P/20/IIa, mortero de cemento MH-300. Pavimento: Baldosa terrazo en relieve de 40*40 cm. Calzada: Subbase: 30 cm de zahorra artificial compactada al 98% P.M. Capa intermedia: Riego de imprimación ECI-1 y 4 cm. de capa intermedia S-20 semidensa. Base: Riego de adherencia ECR-1 y 4 cm. de capa de rodadura G-12, densa. Línea central de recogida de aguas con colocación de imbornales. SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO Dada problemática existente con la evacuación de aguas debido a las pendientes actuales y a la falta de imbornales que las recojan, se opta por realizar la ejecución de la calzada con dos líneas de agua laterales, con imbornales sifónicos de fundición para la recogida de aguas. Las obras proyectadas consisten en: - Abastecimiento: La instalación de una tubería de Fundición de 200 mm por el centro de la calle y tuberías de 63mm de polietileno con las conexiones necesarias a las redes actuales, y provista de varias válvulas de corte en los extremos, En paralelo, se renuevan todas las acometidas existentes, incluyendo arquetas de registro con llave de corte en acera, así como la colocación de dos bocas de riego. Se mantendrán algunas canalizaciones existentes (Ver documentación gráfica). - Saneamiento: Se renuevan las acometidas de saneamiento. Por otro lado, se instalará un colector principal de 500mm de PVC, el cual se instala a una pendiente similar a la actual. Además se proyecta un colector

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de 315mm de PVC, según documentación gráfica y se instalarán, asimismo, los pozos de registro necesarios para las distintas conexiónes, tanto con las redes laterales existentes, como con los nuevos colectores proyectados e imbornales, para una explotación adecuada de la nueva red. (Ver documentación gráfica). DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS DE SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO Las unidades de obras más significativas incluidas en la obra se detallan a continuación: EXCAVACIONES De forma general, la red de abastecimiento proyectada va alojada en zanja a una profundidad media de 1,10 metros y la red de saneamiento a 2,5 metros. Ambas redes tanto saneamiento como abastecimiento irán apoyadas sobre camas de arena de unos 10 cm., de espesor, arriñonado la zanja lateralmente y relleno de arena hasta 10 cm., por encima de la generatriz superior. En todas las fases de las obras se producen tres tipos de excavaciones. Excavación en zanja mediante retroexcavadora, excavación en desmonte en vaciado de cajeos para la construcción de los pozos, y excavación en desmonte en vaciado de cajeos para la formación de la explanada de los viales. En nuestro caso solo contamos con el primer tipo de excavación y se realizará de la siguiente manera: - Replanteo eje de la zanja.

- Localización de todos los servicios del entorno incluido del abastecimiento y saneamiento, además

de los servicios urbanos.

- Corte solera o pavimento por medios mecánicos.

- Demolición de pavimento por medios mecánicos con retroexcavadora, con o sin compresor.

- Excavación de zanja asistido mediante entibado metálico a partir de 1.50 m de profundidad y con

transporte a vertedero en caso en que la zanja atraviese zonas pavimentadas actualmente.

- Rasante y nivelación del fondo de la zanja mediante una capa de 10 cm de arena pareja.

- Colocación de las canalizaciones.

- Recubrimiento con arena pareja hasta 10 cm por encima de la generatriz superior del tubo.

- Colocación de cinta de balizamiento sobre el eje de la conducción.

- Relleno de zanja con materiales procedentes de préstamo mediante tongadas de 30

cm al 95% proctor modificado hasta nivel de cimiento de la pavimentación.

- Transporte a vertedero del material sobrante de la excavación aplicando a la cubicación de tierras

un coeficiente de esponjamiento del 1.20.

- Reposición del pavimento con la sección de firme indicada.

Durante todo el proceso se deberá vallar correctamente toda la longitud de la zanja y no se permitirá dejar un tramo de zanja mayor de 30 m abierto durante la noche y ninguno durante los fines de semana. SERVICIOS AFECTADOS A pesar de haber hecho especial hincapié en el trazado de las zanjas, es posible la afección de algún servicio no visible. Es por ello, por lo que es necesaria la notificación del comienzo de las obras a las distintas compañías gestoras de los distintos servicios urbanos existentes en las inmediaciones.

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RIEGO

Se ha proyectado una red de riego para las jardineras y alcorques que se ejecutarán. Acometida general mediante tubería de fundición a Modulo de Contador, centro de mando y regulación en arqueta existente, desde la cual se distribuye la red de distribución de polietileno reticulado de alta densidad presión de 16 atm, con sus correspondientes válvulas de corte. En zona de césped el riego se realizará a través de tubo polietileno con goteros incorporados enterrado; y en jardinera se colocará tubo de polietileno superficial con goteros incorporados. Para el riego de alcorques se colocarán goteros de 8 litros/h. Todo el sistema de riego estará comandado desde el programador, con opción de manual o automático. Para su correcto funcionamiento se deberá proceder al saneado e impermeabilización de dicha arqueta según indicaciones de la D.F.

ALUMBRADO PÚBLICO

En el presente apartado se va a proceder a la renovación de la instalación de alumbrado público.

Nota: Este proyecto no incluye la colocación luminarias.

1. OBJETO, El objeto del presente anejo es el de exponer ante los Organismos Competentes que la red de alumbrado público que nos ocupa reúne las condiciones y garantías mínimas exigidas por la reglamentación vigente, con el fin de obtener la Autorización Administrativa y la de Ejecución de la instalación, así como servir de base a la hora de proceder a la ejecución de dicha red. La red de alumbrado proyectada es la referida a la Calle Jorge Guillén – Granada. REGLAMENTACION Y DISPOSICIONES OFICIALES Y PARTICULARES. El presente proyecto recoge las características de los materiales, los cálculos que justifican su empleo y la forma de ejecución de las obras a realizar, dando con ello cumplimiento a las siguientes disposiciones: - Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias (Real

Decreto 842/2002 de 2 de Agosto de 2002). - R.D 1.890/2008 de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia energética

en instalaciones de Alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-02.

- Reglamento 357/2010 de 3 de Agosto por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medeas de ahorro y eficiencia energética.

- Normas particulares y Condiciones Técnicas y de Seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica, Endesa Distribución, S.L.U., en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas)

- Normas UNE 20.324 y UNE-EN 50.102 referentes a Cuadros de Protección, Medida y Control. - Normas UNE-EN 60.598-2-3 y UNE-EN 60.598-2-5 referentes a luminarias y proyectores para

alumbrado exterior. - Real Decreto 2642/1985 de 18 de diciembre (B.O.E. de 24-1-86) sobre Homologación de columnas

y báculos. - Real Decreto 401/1989 de 14 de abril, por el que se modifican determinados artículos del Real

Decreto anterior (B.O.E. de 26-4-89). - Orden de 16 de mayo de 1989, que contiene las especificaciones técnicas sobre columnas y báculos

(B.O.E. de 15-7-89).

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- Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica.

- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre de 1.997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y

salud en las obras. - Real Decreto 485/1997 de 14 de abril de 1997, sobre Disposiciones mínimas en materia de

señalización de seguridad y salud en el trabajo. - Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud

para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. - Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo de 1997, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud

relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Ordenanzas Municipales.

2. SUMINISTRO DE LA ENERGIA.

La energía se le suministrará a la tensión de 400/230V., des tres centros de mando independientes, para lo cual se ha de disponer de sendas peticiones de suministro.

3. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA Se contempla el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, en vigor desde el 1 de abril de 2009, en las ITC’s de aplicación a la situación de proyecto, y se propone el uso de un punto de luz tipo viario acorde con el entorno en el que se realizará la instalación. Vial funcional Calle 1, tramo 2 con aceras de 1,5 aparcamientos de 2,2 y calzada de 3 m Se les supone clasificación B1 ME4b para el tramo de vial de tráfico rodado E1 S1 las aceras a lo largo de las vías, según ITC-EA-02. Viales ambientales. Se les supone clasificación E2 CE2, según ITC-EA-02. Siguiendo las premisas del Reglamento, se proponen en el estudio el uso de leds altamente eficientes con potencias ajustadas a los requerimientos lumínicos, que permitan su regulación según ITC-EA-02, y luminarias cuyo rendimiento lumínico cumple con la ITC-EA-05 (rendimiento superior al 65% en viales funcionales y 55% en viales ambientales), así como un apurado control de la luz, que minimice su impacto en el cielo nocturno (ITC-EA-03) Para la Calle Jorge Guillén se dispondrá luminarias tipo led de 96 w en columnas de 96 w.

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4. CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA (Rd 1890/08)

Cumplimiento ITC-EA-02 Niveles Lumínicos

Para el cálculo de la instalación, se han considerado los siguientes parámetros de clasificación de vías y selección de clases de alumbrado, según ITC-EA-02 del RD1890/08: Para los viales de uso FUNCIONAL se consideran los siguientes requerimientos:

En base a los parámetros descritos anteriormente los parámetros de calidad de la instalación serían:

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Para los viales de uso AMBIENTAL se consideran los siguientes requerimientos:

En base a los parámetros descritos anteriormente los parámetros de calidad de la instalación serían: Para aceras

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A continuación se indica un resumen de los resultados del cálculo luminotécnico realizado por ordenador a partir de la matriz de intensidad luminosa de las luminarias adoptadas, el nivel de iluminación sobre la superficie de estudio, así como el promedio de esos valores y el grado de uniformidad media y extrema.

En la obtención de los valores de iluminación puntuales intervienen todas las luminarias que se relacionan en el listado, lográndose así los parámetros de calidad de la instalación.

Al haber considerado un factor de depreciación y mantenimiento de la instalación del 80%, los resultados lumínicos en servicio son: C/ Jorge Guillen

Acera 1:

Calzada:

Acera 2:

Cumplimiento ITC-EA-01 Clasificación Energética

Se valoran en este apartado su clasificación energética.

- Instalación Alumbrado Vial Funcional

-

El Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior pretende minimizar el uso irracional de la energía y la contaminación lumínica.

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Para ello establece en su ITC-EA-01, el método para evaluar la eficiencia energética de la

instalación proyectada y poder categorizar la instalación en siete diferentes niveles.

Se define Eficiencia Energética de una instalación como:

Y el Índice de Eficiencia Energética como:

Donde ER es la eficiencia de Referencia que viene tabulada en función de la Iluminancia media de Proyecto. Finalmente se define el Indice de Consumo Energético

Que da lugar a la clasificación energética de la instalación.

Tanto los parámetros EL que es función de las lámparas y equipos eléctricos, como fm que está tabulado en el propio Reglamento son conocidos y no suponen un problema poder determinarlos.

El factor clave en el método es la evaluación del parámetro que estima la fracción del flujo útil

procedente de las luminarias que llega a la zona de estudio respecto al flujo emitido por las lámparas. Dado que actualmente los programas de software no están diseñados para su cálculo, y mientras

se implementa esta nueva variable en el software, hasta que el Ministerio de Industria no edite la Guia Técnica para su Interpretación u otros organismos competentes se pronuncien al respecto, se considera que el factor fu puede ser estimado de forma aproximada mediante la siguiente expresión, de la cual se conocen todos los parámetros:

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MEMORIA

lamparasarialu

proyectada AreaEmFu

min

Antes de calcular el valor de eficiencia, deberemos tomar como referencia las siguientes premisas:

- Para el caso de los leds el factor de mantenimiento oscilará entre 0.8 y 0,85, habiéndose escogido el valor más desfavorable.

80,0 FDLUFSLFDFLFm

equipopotlumpot

lumL

..

lamparasarialu

proyectada AreaEmFu

min

umL ff

Calle Iluminancia Media (lux )

Nº de Luminarias

Pot.Unit.Conjunto (w)

P.Instalada Total (w)

Superficie a Iluminara en m2

Calle Jorge Guillen 13 18 96 1.728 3.843

Calle E ER IE ICE CALIFICACION ENERGETICA

Calle Jorge Gillen 28,91 23 1,26 0,80 A

Cumplimiento ITC-EA-03. Resplandor luminoso

Según la información facilitada, la zona de estudio tiene una clasificación:

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Las luminarias utilizadas tienen una clasificación:

Luminaria Clasificación

E

NATH MX E1

Cumplimiento ITC-EA-04. Componentes instalaciones

La potencia eléctrica máxima consumida por el conjunto auxiliar y lámpara de descarga, no superará los valores de la siguiente tabla:

La regulación del nivel luminoso se consigue mediante telegestión de cada pto de luz con equipos electrónicos 1 a 10V

Cumplimiento ITC-EA-06. Mantenimiento eficiencia Energética.

Las consideraciones relativas al factor de mantenimiento a tener en cuenta para el cumplimiento de esta ITC están reflejadas en apartado de cumplimiento de la ITC-EA-01

5. TIPO DE LUMINARIA.

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Las luminarias utilizadas en el alumbrado exterior serán conformes a la norma UNE-EN 60.598-2-3 y la UNE-EN 60.598-2-5 en el caso de proyectores de exterior, en este caso se utilizarán luminarias Marca Simon, expresadas. La conexión se realizará mediante cables flexibles, que penetren en la luminaria con la holgura suficiente para evitar que las oscilaciones de ésta provoquen esfuerzos perjudiciales en los cables y en los terminales de conexión, utilizándose dispositivos que no disminuyan el grado de protección de luminaria IP X3 según UNE 20.324. Los equipos eléctricos de los puntos de luz para montaje exterior poseerán un grado de protección mínima IP54 según UNE 20.324, e IK 8 según UNE-EN 50.102, montados a una altura mínima de 2,5 m sobre el nivel del suelo. Cada punto de luz deberá tener compensado individualmente el factor de potencia para que sea igual o superior a 0,90.

6. SOPORTES. Las luminarias descritas en el apartado anterior irán sujetas sobre columnas-soporte de forma cilíndrica de simple y brazos de 4,5 m y 6 m, conforme a lo expresado en planos y que se ajustarán a la normativa vigente (en el caso de que sean de acero deberán cumplir el RD 2642/85, RD 401/89 y OM de 16/5/89). Serán de materiales resistentes a las acciones de la intemperie o estarán debidamente protegidas contra éstas, no debiendo permitir la entrada de agua de lluvia ni la acumulación del agua de condensación. Los soportes, sus anclajes y cimentaciones, se dimensionarán de forma que resistan las solicitaciones mecánicas, particularmente teniendo en cuenta la acción del viento, con un coeficiente de seguridad no inferior a 2,5. Las columnas irán provistas de puertas de registro de acceso para la manipulación de sus elementos de protección y maniobra, por lo menos a 0,30 m. del suelo, dotada de una puerta o trampilla con grado de protección IP 44 según UNE 20.324 (EN 60529) e IK10 según UNE-EN 50.102, que sólo se pueda abrir mediante el empleo de útiles especiales. Igualmente dispondrán de puerta de registro de las mismas características en su parte superior para alumbrado festivo. En su interior se ubicará una tabla de conexiones de material aislante, provista de alojamiento para los fusibles y de fichas para la conexión de los cables.

La sujeción a la cimentación se hará mediante placa de base a la que se unirán los pernos anclados en la cimentación, mediante arandela, tuerca y contratuerca.

7. CANALIZACIONES. 7.1. REDES SUBTERRANEAS. Se emplearán sistemas y materiales análogos a los de las redes subterráneas de distribución reguladas en la ITC-BT-07. Los cables se dispondrán en canalización enterrada bajo tubo, a una profundidad mínima de 0,4 m del nivel del suelo, medidos desde la cota inferior del tubo, y su diámetro no será inferior a 60 mm. No se instalará más de un circuito por tubo. Los tubos deberán tener un diámetro tal que permita un fácil alojamiento y extracción de los cables o conductores aislados. El diámetro exterior mínimo de los tubos en función del número y sección de los conductores se obtendrá de la tabla 9, ITC-BT-21. Los tubos protectores serán conformes a lo establecido en la norma UNE-EN 50.086 2-4. Las características mínimas serán las indicadas a continuación. - Resistencia a la compresión: 250 N para tubos embebidos en hormigón; 450 N para tubos en suelo ligero; 750 N para tubos en suelo pesado.

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MEMORIA

- Resistencia al impacto: Grado Ligero para tubos embebidos en hormigón; Grado Normal para tubos en suelo ligero o suelo pesado. - Resistencia a la penetración de objetos sólidos: Protegido contra objetos D > 1 mm. - Resistencia a la penetración del agua: Protegido contra el agua en forma de lluvia. - Resistencia a la corrosión de tubos metálicos y compuestos: Protección interior y exterior media. Se colocará una cinta de señalización que advierta de la existencia de cables de alumbrado exterior, situada a una distancia mínima del nivel del suelo de 0,10 m y a 0,25 m por encima del tubo. En los cruzamientos de calzadas, la canalización, además de entubada, irá hormigonada y se instalará como mínimo un tubo de reserva.

A fin de hacer completamente registrable la instalación, cada uno de los soportes llevará adosada una arqueta de fábrica de ladrillo cerámico macizo (cítara) enfoscada interiormente, con tapa de fundición de 37x37 cm.; estas arquetas se ubicarán también en cada uno de los cruces, derivaciones o cambios de dirección. La cimentación de las columnas se realizará con dados de hormigón en masa de resistencia característica Rk= 175 Kg/cm², con pernos embebidos para anclaje y con comunicación a columna por medio de codo.

8. CONDUCTORES. Los conductores a emplear en la instalación serán de Cu, multiconductores o unipolares, tensión asignada 0,6/1 KV, enterrados bajo tubo o instalados al aire. La sección mínima a emplear en redes subterráneas, incluido el neutro, será de 6 mm². En distribuciones trifásicas tetrapolares, para conductores de fase de sección superior a 6 mm², la sección del neutro será conforme a lo indicado en la tabla 1 de la ITC-BT-07. Los empalmes y derivaciones deberán realizarse en cajas de bornes adecuadas, situadas dentro de los soportes de las luminarias, y a una altura mínima de 0,3 m sobre el nivel del suelo o en una arqueta registrable, que garanticen, en ambos casos, la continuidad, el aislamiento y la estanqueidad del conductor. La instalación de los conductores de alimentación a las lámparas se realizará en Cu, bipolares, tensión asignada 0,6/1 kV, de 2x2,5 mm² de sección, protegidos por c/c fusibles calibrados de 6 A. El circuito encargado de la alimentación al equipo reductor de flujo, compuesto por Balastro especial, Condensador, Arrancador electrónico y Unidad de conmutación, se realizará con conductores de Cu, bipolares, tensión asignada 0,6/1 kV, de 2,5 mm² de sección mínima. Las líneas de alimentación a puntos de luz con lámparas o tubos de descarga estarán previstas para transportar la carga debida a los propios receptores, a sus elementos asociados, a las corrientes armónicas, de arranque y desequilibrio de fases. Como consecuencia, la potencia aparente mínima en VA, se considerará 1,8 veces la potencia en vatios de las lámparas o tubos de descarga. La máxima caída de tensión entre el origen de la instalación y cualquier otro punto será menor o igual que el 3 %.

9. SISTEMAS DE PROTECCION. En primer lugar, la red de alumbrado público estará protegida contra los efectos de las sobreintensidades (sobrecargas y cortocircuitos) que puedan presentarse en la misma (ITC-BT-09, apdo. 4), por lo tanto se utilizarán los siguientes sistemas de protección: - Protección a sobrecargas: Se utilizará un interruptor automático o fusibles ubicados en el cuadro de mando, desde donde parte la red eléctrica (según figura en anexo de cálculo). La reducción de sección para los circuitos de alimentación a luminarias (2,5 mm²) se protegerá con los fusibles de 6 A existentes

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MEMORIA

en cada columna. - Protección a cortocircuitos: Se utilizará un interruptor automático o fusibles ubicados en el cuadro de mando, desde donde parte la red eléctrica (según figura en anexo de cálculo). La reducción de sección para los circuitos de alimentación a luminarias (2,5 mm²) se protegerá con los fusibles de 6 A existentes en cada columna. En segundo lugar, para la protección contra contactos directos e indirectos (ITC-BT-09, apdos. 9 y 10) se han tomado las medidas siguientes: - Instalación de luminarias Clase I o Clase II. Cuando las luminarias sean de Clase I, deberán estar conectadas al punto de puesta a tierra, mediante cable unipolar aislado de tensión asignada 450/750 V con recubrimiento de color verde-amarillo y sección mínima 2,5 mm² en cobre. - Ubicación del circuito eléctrico enterrado bajo tubo en una zanja practicada al efecto, con el fin de resultar imposible un contacto fortuito con las manos por parte de las personas que habitualmente circulan por el acerado. - Aislamiento de todos los conductores, con el fin de recubrir las partes activas de la instalación. - Alojamiento de los sistemas de protección y control de la red eléctrica, así como todas las conexiones pertinentes, en cajas o cuadros eléctricos aislantes, los cuales necesitarán de útiles especiales para proceder a su apertura (cuadro de protección, medida y control, registro de columnas, y luminarias que estén instaladas a una altura inferior a 3 m sobre el suelo o en un espacio accesible al público). - Las partes metálicas accesibles de los soportes de luminarias y del cuadro de protección, medida y control estarán conectadas a tierra, así como las partes metálicas de los kioskos, marquesinas, cabinas telefónicas, paneles de anuncios y demás elementos de mobiliario urbano, que estén a una distancia inferior a 2 m de las partes metálicas de la instalación de alumbrado exterior y que sean susceptibles de ser tocadas simultáneamente. - Puesta a tierra de las masas y dispositivos de corte por intensidad de defecto. La intensidad de defecto, umbral de desconexión de los interruptores diferenciales, será como máximo de 300 mA y la resistencia de puesta a tierra, medida en la puesta en servicio de la instalación, será como máximo de 30 Ohm. También se admitirán interruptores diferenciales de intensidad máxima de 500 mA o 1 A, siempre que la resistencia de puesta a tierra medida en la puesta en servicio de la instalación sea inferior o igual a 5 Ohm y a 1 Ohm, respectivamente. En cualquier caso, la máxima resistencia de puesta a tierra será tal que, a lo largo de la vida de la instalación y en cualquier época del año, no se puedan producir tensiones de contacto mayores de 24 V en las partes metálicas accesibles de la instalación (soportes, cuadros metálicos, etc). La puesta a tierra de los soportes se realizará por conexión a una red de tierra común para todas las líneas que partan del mismo cuadro de protección, medida y control. En las redes de tierra, se instalará como mínimo un electrodo de puesta a tierra cada 5 soportes de luminarias, y siempre en el primero y en el último soporte de cada línea. Los conductores de la red de tierra que unen los electrodos deberán ser: - Desnudos, de cobre, de 35 mm² de sección mínima, si forman parte de la propia red de tierra, en cuyo caso irán por fuera de las canalizaciones de los cables de alimentación. - Aislados, mediante cables de tensión asignada 450/750 V, con recubrimiento de color verde-amarillo, con conductores de cobre, de sección mínima 16 mm² para redes subterráneas, y de igual sección que los conductores de fase para las redes posadas, en cuyo caso irán por el interior de las canalizaciones de los cables de alimentación. El conductor de protección que une cada soporte con el electrodo o con la red de tierra, será de cable unipolar aislado, de tensión asignada 450/750 V, con recubrimiento de color verde-amarillo, y sección mínima de 16 mm² de cobre.

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MEMORIA

Todas las conexiones de los circuitos de tierra se realizarán mediante terminales, grapas, soldadura o elementos apropiados que garanticen un buen contacto permanente y protegido contra la corrosión. En tercer lugar, cuando la instalación se alimente por, o incluya, una linea aérea con conductores desnudos o aislados, será necesaria una protección contra sobretensiones de origen atmosférico (ITC-BT-09, apdo. 4) en el origen de la instalación (situación controlada). Los dispositivos de protección contra sobretensiones de origen atmosférico deben seleccionarse de forma que su nivel de protección sea inferior a la tensión soportada a impulso de la categoría de los equipos y materiales que se prevé que se vayan a instalar. Los descargadores se conectarán entre cada uno de los conductores, incluyendo el neutro, y la tierra de la instalación. Los equipos y materiales deben escogerse de manera que su tensión soportada a impulsos no sea inferior a la tensión soportada prescrita en la tabla siguiente, según su categoría. Tensión nominal de la instalación (V) Tensión soportada a impulsos 1,2/50 (kV) Sistemas III / Sistemas II Cat. IV / Cat. III / Cat. II / Cat. I 230/400 230 6 4 2,5 1,5 Categoría I: Equipos muy sensibles a sobretensiones destinados a conectarse a una instalación fija (equipos electrónicos, etc). Categoría II: Equipos destinados a conectarse a una instalación fija (electrodomésticos y equipos similares). Categoría III: Equipos y materiales que forman parte de la instalación eléctrica fija (armarios, embarrados, protecciones, canalizaciones, etc). Categoría IV: Equipos y materiales que se conectan en el origen o muy próximos al origen de la instalación, aguas arriba del cuadro de distribución (contadores, aparatos de telemedida, etc). Los equipos y materiales que tengan una tensión soportada a impulsos inferior a la indicada en la tabla anterior, se pueden utilizar, no obstante: - en situación natural (bajo riesgo de sobretensiones, debido a que la instalación está alimentada por una red subterránea en su totalidad), cuando el riesgo sea aceptable. - en situación controlada, si la protección a sobretensiones es adecuada. 10. COMPOSICION DEL CUADRO DE PROTECCION, MEDIDA Y CONTROL. La envolvente del cuadro proporcionará un grado de protección mínima IP55, según UNE 20.324 e IK10 según UNE-EN 50.102, y dispondrá de un sistema de cierre que permita el acceso exclusivo al mismo, del personal autorizado, con su puerta de acceso situada a una altura comprendida entre 2 m y 0,3 m. Cada uno de los cuadros estará compuesto por los siguientes elementos. - 1 Ud. armario de poliéster prensado, protección IP-669, de 1250x750x300 mm., con departamento separado para equipo de medida. - 3 Ud. base fusible de 40 A. con fusibles de 40 A. - 4 Ud. contactor 40 A. - 4 Ud Magnetotérmicos de 20 A IV - 4 Ud. interruptor diferencial IV, 25 A., 30 mA. - 1 Ud. célula fotoeléctrica. - 1 Ud. interruptor horario. - 1 Ud. interruptor magnetotérmico II 10 A. - 1 Ud. Interruptor diferencial II , 25 A, 30 mA

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MEMORIA

- 1 Ud. Protección contra sobretensiones permanentes y transitorias - C/c fusibles para protección de circuitos a células y contactores de 6 A. - Electrónica de telegestión 11. PREVISIÓN DE CARGAS

Calle Jorge Guillen, dos circuitos con una potencia total instalada de: 2.278 w 12. ARQUETAS DE ALUMBRADO PÚBLICO Elementos para el registro de las canalizaciones de protección de las líneas, que se disponen en los cambios bruscos de dirección, en los puntos intermedios de los tramos de longitud excesiva y en los extremos de cruces de calzadas. La distribución de las mismas se detallan en la documentación gráfica. Dispondrán de marco y tapa de fundición dúctil clase C-250, con sus correspondientes inscripciones identificativas, de alumbrado y logotipo del Ayuntamiento de Maracena. Las dimensiones de estos elementos se ajustarán a las definidas en los detalles representados en planos. 13. BASAMENTOS Se refiere esta unidad a los dados de hormigón sobre los que se fijan las columnas y báculos. Están comprendidos además del dado, los pernos de anclaje y los tubos en forma de codo que enlazan las canalizaciones con las bases de los soportes. Las dimensiones de las cimentaciones de estos elementos se ajustarán a las definidas en los detalles representados en planos y/o instrucciones del fabricante. La cara superior de las cimentaciones será lisa y horizontal, y situada a una cota tal que permita la disposición correcta del pavimento sobre ella. SEÑALIZACIÓN Las obras de señalización, comprenden las marcas viales que señalan los carriles de circulación y pasos de peatones del nuevo trazado diseñado. Así como las placas de señalización vertical, para la regulación de la circulación viaria urbana

DESCRIPCION DE LA ACTUACIÓN

Las obras, en principio y sin perjuicio de que una vez comenzadas las mismas, el Director de Obra pueda cambiar, si las circunstancias así lo requieren, el orden de ejecución de las mismas, se desarrollarán según se especifica a continuación:

Demoliciones calzada y acerados.

Movimiento de tierras.

Instalación de saneamiento y abastecimiento.

Instalación de Suministro Eléctrico.

Instalación de Alumbrado público

Pavimentación

Jardinería y riego

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PLAZO DE EJECUCIÓN.

La duración total prevista para la ejecución de las obras será de tres meses, contados desde la firma del Acta de Comprobación del Replanteo. El plazo de garantía previsto para las obras contempladas en el presente proyecto es de UN AÑO, contando a partir de la fecha de recepción de las obras. CONDICION DE EJECUCION DE OBRAS: Materiales: Los materiales se colocaran en obra previa autorización por la Dirección Facultativa. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA Atendiendo a la naturaleza y alcance de las obras proyectadas la empresa contratista deberá ostentar la oportuna clasificación que será objeto de reflejo en el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de conformidad con el Artículo 64 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO. El Promotor está obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de Seguridad y Salud o un Estudio Básico de Seguridad y Salud dependiendo del volumen de obra a realizar, con objeto de dar cumplimiento legal al Apartado 1 del Artículo 4 del Real Decreto 1.627/1.997, del 24 de Octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. El Estudio de Seguridad y Salud, será un análisis inicial de los posibles riesgos laborales que se puedan generar durante la ejecución material de las obras y establecerá una serie de medidas técnicas preventivas, sistemas de protección colectiva y equipos de protección individual para evitar dichos riesgos, o en su caso minimizarlos. Servirá igualmente, para dar las directrices básicas a la empresa constructora en la elaboración del Plan de Seguridad y Salud según se establece en el apartado 1 del artículo 7, para llevar a cabo sus obligaciones en el campo de prevención de riesgos laborales, bajo el control del coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, nombrada a tal efecto por el promotor de la misma, de acuerdo con el Real Decreto 1627/1.997 de 24 de Octubre. Se adjunta el Estudio de Seguridad y Salud.

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MEMORIA

RESUMEN PRESUPUESTO

RESUMEN DE PRESUPUESTO

Calle Jorge Guillén

CAPITULO RESUMEN EUROS

___________________________________________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________________________________ 1 DEMOLICIONES Y TRABAJOS PREVIOS........................................................................................................................... 26.566,08 2 PAVIMENTOS ....................................................................................................................................................................... 185.181,63 3 SEÑALIZACIÓN ..................................................................................................................................................................... 2.019,31 4 JARDINERÍA Y RIEGO ......................................................................................................................................................... 3.674,76 5 ALUMBRADO PÚBLICO Y ELECTRICIDAD ........................................................................................................................ 35.905,30 6 SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO ................................................................................................................................ 64.142,06 7 SEGURIDAD Y SALUD ......................................................................................................................................................... 4.952,48

TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 322.441,64 13,00 % Gastos generales ............................ 41.917,41

6,00 % Beneficio industrial .......................... 19.346,50

SUMA DE G.G. y B.I. 61.263,91

21,00 % I.V.A. .................................................................................. 80.578,17

TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 464.283,72

Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS con SETENTA Y DOS CÉNTIMOS

Maracena, a Enero 2015.

Consorcio para el Desarrollo Vega-Sierra Elvira Alfonso Moreno-Cañavate Santos

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2. ANEXO DE CÁLCULO

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CÁLCULOS LUMINOTÉCNICOS. CALLE JORGE GUILLEN

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CUADRO RESUMEN CLASIFICACIÓN ENERGÉTICA

Calle Iluminancia Media (lux )

Nº de Luminarias

Pot.Unit.Conjunto (w)

P.Instalada Total (w)

Superficie a Iluminara en m2

Calle Jorge Guillen 13 18 96 1.728 3.843

Calle E ER IE ICE CALIFICACION ENERGETICA

Calle Jorge Gillen 28,91 23 1,26 0,80 A

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MEMORIA

3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO

NORMAS ACCESIBILIDAD

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PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN

MEJORAS Y RENOVACIÓN DE REDES CICLO INTEGRAL. CALLE JORGE GUILLÉN DE MARACENA (GRANADA)

VIAS URBANAS. ESPACIOS PÚBLICOS.

3.842,74 m2

CALLE JORGE GUILLÉN DE MARACENA (GRANADA)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARACENA

CONSORCIO PARA EL DESARROLLO VEGA- SIERRA ELVIRA

ALFONSO MORENO-CAÑAVATE SANTOS(ARQUITECTO)

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* LAS OBRAS A REALIZAR SE LLEVAN A CABO EN SUELO URBANO CONSOLIDADO, PORLO QUE LAS ACTUACIONES ESTÁN CONDICIONADAS POR LAS ALINEACIONES Y RASANTES YAEXISTENTES, DEBIDO A ELLO EXISTEN ESTRECHAMIENTOS PUNTUALES EN EL ACERADO SIN LLEGAR EN NINGUNCASO A SER MENOR DE 0,80 m.

GRANADA 15 ENERO 2015

ALFONSO MORENO-CAÑAVATE SANTOS

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Pavimentos de itinerarios accesiblesMaterial: TERRAZOColor: BLANCO Y GRISResbaladicidad: 3

Pavimentos de rampasMaterial:Color:Resbaladicidad:

Pavimentos de escalerasMaterial:Color:Resbaladicidad:

Material:Color:

Se cumplen todas las condiciones de la normativa aplicable relativas a las características de los materiales empleados y la construcción de lositinerarios en los espacios urbanos. Todos aquellos elementos de equipamiento e instalaciones y el mobiliario urbano (teléfonos, ascensores, escalerasmecánicas...) cuya fabricación no depende de las personas proyectistas, deberán cumplir las condiciones de diseño que serán comprobadas por ladirección facultativa de las obras, en su caso, y acreditadas por la empresa fabricante.

No se cumple alguna de las condiciones constructivas, de los materiales o del equipamiento, lo que se justifica en las observaciones de la presenteFicha justificativa integrada en el proyecto o documentación técnica.

Carriles reservados para el tránsito de bicicletas

FICHA I. INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO*

* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para laaccesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y lasinstrucciones para su cumplimentación. (BOJA núm. 12, de 19 de enero).

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(Rgto. art. 15, Orden VIV/561/2010 arts. 5 y 46)Ancho mínimo 1,80 m (1) 1,50 m >=1,50m *

Pendiente longitudinal 6,00 % -- <6%

Pendiente transversal 2,00 % 2,00 % <=2%

Altura libre 2,20 m 2,20 m

Altura de bordillos (serán rebajados en los vados). -- 0,12 m <= 0,12m

Abertura máxima de los alcorques de rejilla,y de las rejillas en registros.

En itinerarios peatonales Ø 0,01 m -- <=0,01m

En calzadas Ø 0,025 m -- <=0,025m

Iluminación homogénea 20 luxes -- >=20luxes

(1) Excepcionalmente, en zonas urbanas consolidadas se permite un ancho 1,50 m, con las condiciones previstas en la normativa autonómica.

(Rgto art.16, Orden VIV/561/2010 arts. 20,45 y 46)

Pendiente longitudinal del plano inclinadoentre dos niveles a comunicar

Longitud 2,00 m 10,00 % 8,00 % <=8%

Longitud 2,50 m 8,00 % 6,00 %

Pendiente transversal del plano inclinado entre dos niveles a comunicar 2,00 % 2,00 % <=2%

Ancho (zona libre enrasada con la calzada) 1,80 m 1,80 m >=1,80m

Anchura franja señalizadora pavimento táctil = 0,60 m = Longitud de vado = longitud vado

Rebaje con la calzada 0,00 cm 0,00 cm 0,00cm

(Rgto art.16, Orden VIV/561/2010 arts. 13,19,45 y 46)Pendiente longitudinal en tramos < 3,00 m = Itinerario peatonal 8,00 % = It. peatonal

Pendiente longitudinal en tramos 3,00 m -- 6,00 %Pendiente transversal = Itinerario peatonal 2,00 % = It. peatonal

(Rgto art. 17, Orden VIV/561/2010 arts. 21, 45 y 46)

Anchura (zona libre enrasada con la calzada) Vado de peatones Vado de peatones = vado peatones

Pendiente vado 10% P 8%. Ampliación paso peatones. 0,90 m --

Señalización enla acera

Franja señalizadora pavimento táctildireccional

Anchura = 0,80 m -- =0,80m

Longitud= Hasta línea fachada o

4 m -- fachada o 4m

Franja señalizadora pavimento táctilbotones

Anchura = 0,60 m -- =o,60m

Longitud = Encuentro calzada-vado o zona peatonal -- =zona peatonal

(Rgto art. 17, Orden VIV/561/2010 arts. 22, 45 y 46)

Anchura Paso peatones 1,80 m

Fondo 1,50 m 1,20 m

Espacio libre ---- ----

Señalización en laacera

Nivel calzada (2-4 cm)

Fondo dos franjas pav.Botones = 0,40 m --

Anchura pavimentodireccional = 0,80 m --

Nivel aceradoFondo dos franjas pav.Botones = 0,60 m --Anchura pavimentodireccional = 0,80 m --

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Pendiente transversal del itinerario peatonal 2,00 % 2,00 %

Iluminación permanente y uniforme 20 lux --

Franja señalizadora pav. táctil direccionalAnchura -- = Itin. peatonal

Longitud -- = 0,60 m

Barandillas inescalables.Coincidirán con inicio y final Altura 0,90 m

1,10 m (1) 0,90 m

1,10 m (1)

(1) La altura será mayor o igual que 1,10 m cuando el desnivel sea superior a 6,00 m

Pasamanos. Ambos lados, sin aristas ydiferenciados del entorno. Altura 0,65m y 0,75 m

0,95 m y 1,05 m0,65 m y 0,75 m0,90 m y 1,10 m

Diámetro del pasamanos De 0,045 m a 0,05 m De 0,045 m a 0,05 m

Separación entre pasamanos y paramentos 0,04 m. 0,04 m.

Prolongación de pasamanos al final de cada tramo 0,30 m --

(Rgto art. 20, Orden VIV/561/2010 art. 5)En los pasos subterráneos se complementan las escaleras con rampas, ascensores.

Anchura libre de paso en tramos horizontales 1,80 m 1,60 m

Altura libre en pasos subterráneos 2,20 m 2,20 m

Pendiente longitudinal del itinerario peatonal 6,00 % 8,00 %

Pendiente transversal del itinerario peatonal 2,00 % 2,00 %

Iluminación permanente y uniforme en pasos subterráneos 20 lux 200 lux

Franja señalizadora pav. táctil direccionalAnchura -- = Itin. peatonalLongitud -- = 0,60 m

(Rgto art. 23, Orden VIV/561/2010 arts. 15, 30 y 46)

Directriz Trazado recto Generatriz curva. Radio -- R 50 m

Número de peldaños por tramo sin descansillo intermedio 3 N 12 N 10

Peldaños

Huella 0,30 m 0,30 m

Contrahuella (con tabica y sin bocel) 0,16 m 0,16 m

Relación huella / contrahuella 0,54 ≤ 2C+H ≤ 0,70 --

Ángulo huella / contrahuella 75º 90º --

Anchura banda señalización a 3 cm. del borde = 0,05 m --

Ancho libre 1,20 m 1,20 m

Ancho mesetas Ancho escalera Ancho escalera

Fondo mesetas 1,20 m 1,20 mFondo de meseta embarque y desembarque al inicio y final de escalera -- 1,50 m

Círculo libre inscrito en particiones de escaleras en ángulo o las partidas -- 1,20 m

Franja señalizadora pavimento táctildireccional

Anchura = Anchura escalera = Anchura escalera Longitud = 1,20 m = 0,60 m

Barandillas inescalables.Coincidirán con inicio y final Altura 0,90 m

1,10 m (1) 0,90 m

1,10 m (1)

(1) La altura será mayor o igual que 1,10 cuando el desnivel sea superior a 6,00 m

(Rgto art. 19, Orden VIV/561/2010 arts. 5 y 30)En los pasos elevados se complementan las escaleras con rampas o ascensores

Anchura libre de paso en tramos horizontales 1,80 m 1,60 m

Altura libre 2,20 m 2,20 m

Pendiente longitudinal del itinerario peatonal 6,00 % 8,00 %

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Ascensores

Espacio colindante libre de obstáculos Ø 1,50 m --

Franja pavimento táctil indicadordireccional

Anchura = Anchura puerta --

Longitud = 1,20 m --

Altura de la botonera exterior De 0,70 m a 1,20 m --

Espacio entre el suelo de la cabina y el pavimentoexterior

0,035 m --

Precisión de nivelación 0,02 m --

Puerta. Dimensión del hueco de paso libre 1,00 m --

Dimensionesmínimas interioresde la cabina

Una puerta 1,10 x 1,40 m --

Dos puertas enfrentadas 1,10 x 1,40 m -- Dos puertas en ángulo 1,40 x 1,40 m

Tapices rodantes Franja pavimento táctilindicador direccional

Anchura = Ancho tapiz --

Longitud = 1,20 m --

Escaleras mecánicas Franja pavimento táctilindicador direccional

Anchura = Ancho escaleras -- Longitud = 1,20 m --

(Rgto art. 22, Orden VIV/561/2010 arts. 14, 30 y 46)Se consideran rampas los planos inclinados con pendientes > 6% o desnivel > 0,20 m.

Radio en el caso de rampas de generatriz curva -- R 50 mAnchura libre 1,80 m 1,50 mLongitud de tramos sin descansillos (1) 10,00 m 10,00 m 9,00 m

Pendiente longitudinal (1) Tramos de longitud 3,00 m 10,00 % 10,00 % Tramos de longitud > 3,00 m y 6,00 m 8,00 % 8,00 % Tramos de longitud > 6,00 m 8,00 % 6,00 %

(1) En la columna O. VIV/561/2010 se mide en verdadera magnitud y en la columna DEC.293/2009 (RGTO) en proyección horizontal

Pendiente transversal 2,00 % 2,00 %

Ancho de mesetas Ancho de rampa Ancho de rampa

Fondo de mesetas yzonas de desembarque

Sin cambio de dirección 1,50 m 1,50 m

Con cambio de dirección 1,80 m 1,50 m

Franja señalizadora pavimentotáctil direccional

Anchura = Anchura rampa = Anchura meseta

Longitud = 1,20 m = 0,60 mBarandillas inescalables.Coincidirán con inicio y final Altura(1) 0,90 m

1,10 m 0,90 m 1,10 m

(1) La altura será mayor o igual que 1,10 m cuando el desnivel sea superior a 6,00 mPasamanos continuos. A ambos lados, sin aristas ydiferenciados del entorno Altura

0,65m y 0,75 m0,95 m y 1,05 m De 0,90 a 1,10 m

Diámetro del pasamanos De 0,045 m a 0,05 m De 0,045 m a 0,05 m

Prolongación de pasamanos en cada tramo 0,30 m 0,30 m

En rampas de ancho 4,00 m se disponen barandillas centrales con doble pasamanos.

--

Pasamanos continuos. A ambos lados, sinaristas y diferenciados del entorno. Altura.

0,65m y 0,75 m0,95 m y 1,05 m De 0,90 a 1,10 m

Diámetro del pasamanos De 0,045 m a 0,05 m De 0,045 m a 0,05 mProlongación de pasamanos en embarques y desembarques 0,30 m --

En escaleras de ancho 4,00 m se disponen barandillas centrales con doble pasamanos.

(Rgto art. 24, Orden VIV/561/2010 arts. 16, 17 y 46)

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(Rgto)

(Rgto art. 27, Orden VIV/561/2010 arts. 30, 39 y 46)

Vallas Separación a la zona a señalizar -- 0,50 m >=0,50m

Altura -- 0,90 m >=0,90m

Andamios o estabilizadores defachadas con túneles inferiores

Altura del pasamano continuo 0,90 m --

Anchura libre de obstáculos 1,80 m 0,90 m

Altura libre de obstáculos 2,20 m 2,20 m

Señalización

Si invade itinerario peatonal accesible, franja depav. táctil indicador direccional provisional. Ancho

= 0,40 m ------ =0,40m

Distancia entre señalizaciones luminosas deadvertencia en el vallado 50 m -- <=50m

Contenedores de obrasAnchura franja pinturareflectante contornosuperior

– 0,10 m >=0,10m

(Rgto)

(Rgto art. 30, Orden VIV/561/2010 arts. 35 y 43) Dotación de aparcamientos accesibles 1 de cada 40 o fracción 1 cada 40 o fracción 3

Dimensiones

Batería o diagonal

Línea

5,00 x 2,20 m + ZT(1) --

5,00 x 2,20 m + ZT(1) --

(1) ZT: Zona de transferencia: - Zona de transferencia de aparcamientos en batería o en diagonal. Zona lateral de ancho 1,50 m y longitud igual a la de la plaza. - Zona de transferencia de aparcamientos en línea. Zona trasera de anchura igual a la de la plaza y longitud 1,50 m Se permite que la zona de transferencia se comparta entre dos plazas

(Rgto)

(Rgto arts. 34 y 56 Orden VIV/561/2010 arts. 7 y 26 )Los caminos y sendas reúnen las condiciones generales para itinerarios peatonales (ver cuadro correspondiente), y además:

Compactación de tierras 90 % Proctor modif. 90 % Proctor modif. 90% Proctor modif.

Altura libre de obstáculos -- 2,20 m >=2,20m

Altura mapas, planos o maquetas táctiles en zona de acceso principal -- De 0,90 a 1,20 m

Se debe rellenar el apartado correspondiente de la Ficha justificativa II. Edificios, establecimientos o instalaciones

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Mesas de juegosaccesibles

Altura 0,85 m --

Espacio libreinferior

Alto 0,70 m --

Ancho 0,80 m --

Fondo 0,50 m --

Espacio libre (sin interferir con los itinerarios peatonales) Ø 1,50 m --

(Rgto)

Itinerarios accesibles sobre la arena de la playa

Itinerario accesibledesde todo puntoaccesible de la playahasta la orilla

Superficie horizontal al final del itinerario 1,80 x 2,50 m 1,50 x 2,30 m

Anchura libre de itinerario 1,80 m 1,50 m

PendienteLongitudinal 6,00 % 6,00 %

Transversal 2,00 % 1,00 %

(Rgto)

Altura del borde inferior de elementos volados (señales, iluminación...) 2,20 m 2,20 m >2,20m

Altura del suelo a la que se deben detectar los elementos de mobiliariourbano 0,15 m – <=0,15m

Altura de pantallas que no requieran manipulación (serán legibles) -- 1,60 m

Distancia de elementos al límite del bordillo con calzada 0,40 m --

Kioscos y puestoscomerciales

Altura de tramo de mostrador adaptado De 0,70 m a 0,75 m De 0,70 m a 0,80 m

Longitud de tramo de mostrador adaptado 0,80 m 0,80 m

Altura de elementos salientes (toldos…) 2,20 m 2,20 m Altura información básica -- De 1,45 m a ,75 m

Semáforos Pulsador

Altura De 0,90 m a 1,20 m De 0,90 m a 1,20 m

Distancia al límite de paso peatones 1,50 m --

Diámetro pulsador 0,04 m --

Zonas de descanso

Distancia entre zonas 50,00 m 50,00 m

DotaciónBanco Obligatorio Obligatorio

Espacio libre Ø 1,50 m a un lado 0,90 m x 1,20 m >=1,50m

Rejillas

Resalte máximo -- Enrasadas enrasadas

Orificios en áreas de uso peatonal Ø 0,01 m -- >=0,01m

Orificios en calzadas Ø 0,025 m -- >=0,025m

Distancia a paso de peatones 0,50 m -- >=0,50m

Los sectores de juegos están conectados entre sí y con los accesos mediante itinerarios peatonales, y cumplen:

0,80 mAnchura del plano de trabajo --

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Espacio libre no barrido por las puertas Ø 1,50 m --

Anchura libre de hueco de paso 0,80 m --

Altura interior de cabina 2,20 m --

Altura del lavabo (sin pedestal) 0,85 m --

Inodoro

Espacio lateral libre al inodoro 0,80 m --

Altura del inodoro De 0,45 m a 0,50 m --

Barras deapoyo

Altura De 0,70 m a 0,75 m --

Longitud 0,70 m --

Altura de mecanismos 0,95 m --

Ducha Altura del asiento (40 x 40 cm.) De 0,45 m a 0,50 m -- Espacio lateral transferencia 0,80 m --

Bancos accesibles

Dotación mínima 1 de cada 5 o fracción 1 cada 10 o fracción

Altura asiento De 0,40 m a 0,45 m De 0,43 m a 0,46 m

Profundidad asiento De 0,40 m a 0,45 m De 0,40 m a 0,45 m Altura Respaldo 0,40 m De 0,40 m a 0,50 m Altura de reposabrazos respecto del asiento -- De 0,18 m a 0,20 m Ángulo inclinación asiento- respaldo -- 105º Dimensión soporte región lumbar -- 15 cm. Espacio libre al lado del banco Ø 1,50 m a un lado 0,80 x 1,20 m

Espacio libre en el frontal del banco 0,60 m --

Bolardos (1)

Separación entre bolardos -- 1,20 m

Diámetro 0,10 m --

Altura De 0,75 m a 0,90 m 0,70 m

(1) Sin cadenas. Señalizados con una franja reflectante en coronación y en el tramo superior del fuste.

Paradas deautobuses (2)

Altura información básica -- De 1,45 m a 1,75 m

Altura libre bajo la marquesina -- 2,20 m

(2) Cumplirán además con lo dispuesto en el R.D. 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y nodiscriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Contenedores deresiduos

Enterrados Altura de boca De 0,70 a 0,90 m --

No enterrados Altura parte inferior boca 1,40 m --

Altura de elementosmanipulables

0,90 m --

Cabinas de aseopúblico accesibles

Máquinasexpendedoras einformativas,cajerosautomáticos,teléfonos públicos yotros elementos.

Espacio frontal sin invadir itinerario peatonal 1,50 m --

Altura dispositivos manipulables De 0,70 m a 1,20 m 1,20 m Altura pantalla De 1,00 m a 1,40 m -- Inclinación pantalla Entre 15 y 30º --

Repisa en teléfonos públicos. Altura hueco librebajo la misma. -- 0,80 m

Papeleras y buzones Altura boca papelera De 0,70 m a 0,90 m De 0,70 m a 1,20 m 0,70-0,90m

Altura boca buzón -- De 0,70 m a 1,20 m

Fuentes bebederas

Altura caño o grifo De 0,80 m a 0,90 m --

Área utilización libre obstáculos Ø 1,50 m --

Anchura franja pavimento circundante -- 0,50 m

Dotación de aseos públicos accesibles (en el casode que existan) 1 de cada 10 o fracción --

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Se cumplen todas las prescripciones de la normativa aplicable.

Se trata de una actuación a realizar en un espacio público, infraestructura o urbanización existente y no se puede cumplir alguna prescripción específicade la normativa aplicable debido a las condiciones físicas del terreno o de la propia construcción o cualquier otro condicionante de tipo histórico, artístico,medioambiental o normativo, que imposibilitan el total cumplimiento las disposiciones.En el apartado “Observaciones” de la presente Ficha justificativa se indican, concretamente y de manera motivada, los artículos o apartados de cada

normativa que resultan de imposible cumplimiento y, en su caso, las soluciones que se propone adoptar. Todo ello se fundamenta en la documentacióngráfica pertinente que acompaña a la memoria. En dicha documentación gráfica se localizan e identifican los parámetros o prescripciones que no sepueden cumplir, mediante las especificaciones oportunas, así como las soluciones propuestas.En cualquier caso, aún cuando resulta inviable el cumplimiento estricto de determinados preceptos, se mejoran las condiciones de accesibilidad

preexistentes, para lo cual se disponen, siempre que ha resultado posible, ayudas técnicas. Al efecto, se incluye en la memoria del proyecto, la descripcióndetallada de las características de las ayudas técnicas adoptadas, junto con sus detalles gráficos y las certificaciones de conformidad u homologacionesnecesarias que garanticen sus condiciones de seguridad.No obstante, la imposibilidad del cumplimiento de determinadas exigencias no exime del cumplimiento del resto, de cuya consideración la presente Fichajustificativa es documento acreditativo.

* LAS OBRAS A REALIZAR SE LLEVAN A CABO EN SUELO URBANO CONSOLIDADO, POR LOQUE LAS ACTUACIONES ESTÁN CONDICIONADAS POR LAS ALINEACIONES Y RASANTES YA EXISTENTES, DEBIDOA ELLO EXISTEN ESTRECHAMIENTOS PUNTUALES EN EL ACERADO SIN LLEGAR EN NINGUN CASO A SER MENOR DE 0,80 m.

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MEMORIA

4. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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1. CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS 1.1. CONDICIONES GENERALES 1.2. CONDICIONES FACULTATIVAS 1.2.1. AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA 1.2.1.1. PROMOTOR 1.2.1.2. CONTRATISTA 1.2.1.3. DIRECCIÓN FACULTATIVA 1.2.2. DOCUMENTACIÓN de OBRA 1.2.3. REPLANTEO y ACTA de REPLANTEO 1.2.4. LIBRO de ÓRDENES 1.2.5. RECEPCIÓN de la OBRA 1.3. CONDICIONES ECONÓMICAS 1.3.1. FIANZAS y SEGUROS 1.3.2. PLAZO de EJECUCIÓN y SANCIÓN por RETRASO 1.3.3. PRECIOS 1.3.4. MEDICIONES y VALORACIONES 1.3.5. CERTIFICACIÓN y ABONO 1.3.6. OBRAS CONTRATADAS POR LAS AA.PP. 1.4. CONDICIONES LEGALES 2. NORMATIVA GENERAL 3. DESCRPCION DE LAS OBRAS 4. CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS MATERIALES 5. UNIDADES DE OBRA 6. PRESCRIPCION DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

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1. CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS 1.1. CONDICIONES GENERALES El objeto del presente pliego es la ordenación de las condiciones facultativas, técnicas, económicas y legales que han de regir durante la ejecución de las obras de construcción del proyecto. La obra ha de ser ejecutada conforme a lo establecido en los documentos que conforman el presente proyecto, siguiendo las condiciones establecidas en el contrato y las órdenes e instrucciones dictadas por la dirección facultativa de la obra, bien oralmente o por escrito. Cualquier modificación en obra, se pondrá en conocimiento de la Dirección Facultativa, sin cuya autorización no podrá ser realizada. Se acometerán los trabajos cumpliendo con lo especificado en el apartado de condiciones técnicas de la obra y se emplearán materiales que cumplan con lo especificado en el mismo. Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente especialmente a la de obligado cumplimiento. Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos. Como documento subsidiario para aquellos aspectos no regulados en el presente pliego se adoptarán las prescripciones recogidas en el Pliego General de Condiciones Técnicas de la Edificación publicado por los Consejos Generales de la Arquitectura y de la Arquitectura Técnica de España. Las instalaciones de suministro eléctrico y alumbrado público serán entregadas legalizadas, corriendo a cargo de contratista dicha legalización y tramites ante los organismos correspondientes estando incluidos los gastos en el presupuesto del presente proyecto. 1.2. CONDICIONES FACULTATIVAS 1.2.1. AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA 1.2.1.1. PROMOTOR Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación objeto de este proyecto. Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendrá también la consideración de contratista a los efectos de la Ley 32/2006. A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendrá la consideración de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto. Tendrá la consideración de productor de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008. Son obligaciones del promotor:

Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él.

Nombrar a los técnicos proyectistas y directores de obra y de la ejecución material.

Contratar al técnico redactor del Estudio de Seguridad y Salud y al Coordinador en obra y en proyecto si fuera necesario.

Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo.

Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de la obra.

Suscribir los seguros exigidos por la Ley de Ordenación de la Edificación.

Facilitar el Libro del Edificio a los usuarios finales. Dicho Libro incluirá la documentación reflejada en la Ley de Ordenación de la Edificación, el Código Técnico de la Edificación, el certificado de eficiencia energética del edificio y los aquellos otros contenidos exigidos por la normativa. 1. Incluir en proyecto un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. En obras de

demolición, rehabilitación, reparación o reforma, hacer un inventario de los residuos peligrosos que se generarán, que deberá incluirse en el estudio de gestión, así como prever su retirada selectiva y asegurar su envío a gestores autorizados de residuos peligrosos.

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2. Disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción y demolición han sido debidamente gestionados según legislación.

3. En su caso constituir la fianza o garantía financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en relación con los residuos de construcción y demolición de la obra.

1.2.1.2. CONTRATISTA Contratista: es la persona física o jurídica, que tiene el compromiso de ejecutar las obras con medios humanos y materiales suficientes, propios o ajenos, dentro del plazo acordado y con sujeción estricta al proyecto técnico que las define, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección Facultativa y a la legislación aplicable. Tendrá la consideración de poseedor de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008. Son obligaciones del contratista:

La ejecución de las obras alcanzando la calidad exigida en el proyecto cumpliendo con los plazos establecidos en el contrato.

Tener la capacitación profesional para el cumplimiento de su cometido como constructor.

Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra, tendrá la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra y permanecerá en la obra a lo largo de toda la jornada legal de trabajo hasta la recepción de la obra. El jefe de obra, deberá cumplir las indicaciones de la Dirección Facultativa y firmar en el libro de órdenes, así como cerciorarse de la correcta instalación de los medios auxiliares, comprobar replanteos y realizar otras operaciones técnicas.

Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.

Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el contrato.

Firmar el acta de replanteo y el acta de recepción de la obra.

Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada.

Suscribir las garantías previstas en el presente pliego y en la normativa vigente.

Redactar el Plan de Seguridad y Salud.

Designar al recurso preventivo de Seguridad y Salud en la obra entre su personal técnico cualificado con presencia permanente en la obra y velar por el estricto cumplimiento de las medidas de seguridad y salud precisas según normativa vigente y el plan de seguridad y salud.

Vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditación e inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carácter indefinido aspectos regulados en el artículo 4 de dicha Ley y al régimen de la subcontratación que se regula en el articulo 5.

Informar a los representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la ejecución de la obra de las contrataciones y subcontrataciones que se hagan en la misma.

Estará obligado a presentar al promotor un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra.

Cuando no proceda a gestionar por sí mismo los residuos de construcción y demolición estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión.

Estará obligado a mantener los residuos de construcción y demolición en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación.

PLAZO de EJECUCIÓN y PRÓRROGAS En caso de que las obras no se pudieran iniciar o terminar en el plazo previsto como consecuencia de una causa mayor o por razones ajenas al Contratista, se le otorgará una prórroga previo informe favorable de la Dirección Facultativa. El Contratista explicará la causa que impide la ejecución de los trabajos en los plazos señalados, razonándolo por escrito.

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La prórroga solo podrá solicitarse en un plazo máximo de un mes a partir del día en que se originó la causa de esta, indicando su duración prevista y antes de que la contrata pierda vigencia. En cualquier caso el tiempo prorrogado se ajustará al perdido y el Contratista perderá el derecho de prórroga si no la solicita en el tiempo establecido. MEDIOS HUMANOS y MATERIALES en OBRA Cada una de las partidas que compongan la obra se ejecutará con personal adecuado al tipo de trabajo de que se trate, con capacitación suficientemente probada para la labor a desarrollar. La Dirección Facultativa, tendrá la potestad facultativa para decidir sobre la adecuación del personal al trabajo a realizar. El Contratista proporcionará un mínimo de dos muestras de los materiales que van a ser empleados en la obra con sus certificados y sellos de garantía en vigor presentados por el fabricante, para que sean examinadas y aprobadas por la Dirección Facultativa, antes de su puesta en obra. Los materiales que no reúnan las condiciones exigidas serán retirados de la obra. Las pruebas y ensayos, análisis y extracción de muestras de obra que se realicen para cerciorarse de que los materiales y unidades de obra se encuentran en buenas condiciones y están sujetas al Pliego, serán efectuadas cuando se estimen necesarias por parte de la Dirección Facultativa y en cualquier caso se podrá exigir las garantías de los proveedores. El transporte, descarga, acopio y manipulación de los materiales será responsabilidad del Contratista. INSTALACIONES y MEDIOS AUXILIARES El proyecto, consecución de permisos, construcción o instalación, conservación, mantenimiento, desmontaje, demolición y retirada de las instalaciones, obras o medios auxiliares de obra necesarias y suficientes para la ejecución de la misma, serán obligación del Contratista y correrán a cargo del mismo. De igual manera, será responsabilidad del contratista, cualquier avería o accidente personal que pudiera ocurrir en la obra por insuficiencia o mal estado de estos medios o instalaciones. El Contratista instalará una oficina dotada del mobiliario suficiente, donde la Dirección Facultativa podrá consultar la documentación de la obra y en la que se guardará una copia completa del proyecto, visada por el Colegio Oficial en el caso de ser necesario, el libro de órdenes, libro de incidencias según RD 1627/97, libro de visitas de la inspección de trabajo, copia de la licencia de obras y copia del plan de seguridad y salud. SUBCONTRATAS Subcontratista es la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra. El Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra, bajo su responsabilidad, previo consentimiento del Promotor y la Dirección Facultativa, asumiendo en cualquier caso el contratista las actuaciones de las subcontratas. Será obligación de los subcontratistas vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditación e inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carácter indefinido aspectos regulados en el artículo 4 de dicha Ley y al régimen de la subcontratación que se regula en el articulo 5. Tendrán la consideración de poseedores de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008. RELACIÓN con los AGENTES INTERVINIENTES en la OBRA El orden de ejecución de la obra será determinada por el Contratista, excepto cuando la dirección facultativa crea conveniente una modificación de los mismos por razones técnicas en cuyo caso serán modificados sin contraprestación alguna. El contratista estará a lo dispuesto por parte de la dirección de la obra y cumplirá sus indicaciones en todo momento, no cabiendo reclamación alguna, en cualquier caso, el contratista puede manifestar por escrito su disconformidad y la dirección firmará el acuse de recibo de la notificación.

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MEMORIA

En aquellos casos en que el contratista no se encuentre conforme con decisiones económicas adoptadas por la dirección de la obra, este lo pondrá en conocimiento de la propiedad por escrito, haciendo llegar copia de la misma a la Dirección Facultativa. DEFECTOS de OBRA y VICIOS OCULTOS El Contratista será responsable hasta la recepción de la obra de los posibles defectos o desperfectos ocasionados durante la misma. En caso de que la Dirección Facultativa, durante las obras o una vez finalizadas, observara vicios o defectos en trabajos realizados, materiales empleados o aparatos que no cumplan con las condiciones exigidas, tendrá el derecho de mandar que las partes afectadas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, antes de la recepción de la obra y a costa de la contrata. De igual manera, los desperfectos ocasionados en fincas colindantes, vía pública o a terceros por el Contratista o subcontrata del mismo, serán reparados a cuenta de éste, dejándolas en el estado que estaban antes del inicio de las obras. MODIFICACIONES en las UNIDADES de OBRA Las unidades de obra no podrán ser modificadas respecto a proyecto a menos que la Dirección Facultativa así lo disponga por escrito. En caso de que el Contratista realizase cualquier modificación beneficiosa (materiales de mayor calidad o tamaño), sin previa autorización de la Dirección Facultativa y del Promotor, sólo tendrá derecho al abono correspondiente a lo que hubiese construido de acuerdo con lo proyectado y contratado. En caso de producirse modificaciones realizadas de manera unilateral por el Contratista que menoscaben la calidad de lo dispuesto en proyecto, quedará a juicio de la Dirección Facultativa la demolición y reconstrucción o la fijación de nuevos precios para dichas partidas. Previamente a la ejecución o empleo de los nuevos materiales, convendrán por escrito el importe de las modificaciones y la variación que supone respecto al contratado. Toda modificación en las unidades de obra será anotada en el libro de órdenes, así como su autorización por la Dirección Facultativa y posterior comprobación. 1.2.1.3. DIRECCIÓN FACULTATIVA PROYECTISTA Es el encargado por el promotor para redactar el proyecto de ejecución de la obra con sujeción a la normativa vigente y a lo establecido en contrato. Será encargado de realizar las copias de proyecto necesarias y, en caso necesario, visarlas en el colegio profesional correspondiente. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales o documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto. El proyectista suscribirá el certificado de eficiencia energética del proyecto a menos que exista un proyecto parcial de instalaciones térmicas, en cuyo caso el certificado lo suscribirá el autor de este proyecto parcial. DIRECTOR de la OBRA Forma parte de la Dirección Facultativa, dirige el desarrollo de la obra en aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Son obligaciones del director de obra:

Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno.

Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.

Elaborar modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra .

Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como

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MEMORIA

conformar las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas.

Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.

Suscribir el certificado de eficiencia energética del edificio terminado. DIRECTOR de la EJECUCIÓN de la OBRA Forma parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado. Son obligaciones del director de la ejecución de la obra:

Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.

Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.

Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.

Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas.

Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.

Suscribir el certificado de eficiencia energética del edificio terminado. 1.2.2. DOCUMENTACIÓN de OBRA En obra se conservará una copia integra y actualizada del proyecto para la ejecución de la obra incorporando el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. Todo ello estará a disposición de todos los agentes intervinientes en la obra. Tanto las dudas que pueda ofrecer el proyecto al contratista como los documentos con especificaciones incompletas se pondrán en conocimiento de la Dirección Facultativa tan pronto como fueran detectados con el fin de estudiar y solucionar el problema. No se procederá a realizar esa parte de la obra, sin previa autorización de la Dirección Facultativa. La existencia de contradicciones entre los documentos integrantes de proyecto o entre proyectos complementarios dentro de la obra se salvará atendiendo al criterio que establezca el Director de Obra no existiendo prelación alguna entre los diferentes documentos del proyecto. Una vez finalizada la obra, el proyecto, con la incorporación en su caso de las modificaciones debidamente aprobadas, será facilitado al promotor por el director de obra para la formalización de los correspondientes trámites administrativos. A dicha documentación adjuntará el Promotor el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación y aquellos datos requeridos según normativa para conformar el Libro del Edificio que será entregado a los usuarios finales del edificio. SEGURIDAD Y SALUD. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico. El Contratista, antes del inicio de las obras, exigirá la presentación de dicho Plan de Seguridad, cuyas disposiciones está obligado a conocer y a hacer cumplir, además de todo las de carácter oficial citado ya en este Pliego y de las particulares reglamentarias de su empresa. El Contratista deberá completar el Plan de Seguridad en todas las ampliaciones o modificaciones que sean pertinentes, ulterior y oportunamente, durante el desarrollo de las obras y siempre con la aprobación del Director de las Obras.

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1.2.3. REPLANTEO y ACTA de REPLANTEO El Contratista estará obligado a comunicar por escrito el inicio de las obras a la Dirección Facultativa como mínimo tres días antes de su inicio. El replanteo será realizado por el Constructor siguiendo las indicaciones de alineación y niveles especificados en los planos y comprobado por la Dirección Facultativa. No se comenzarán las obras si no hay conformidad del replanteo por parte de la Dirección Facultativa. Todos los medios materiales, personal técnico especializado y mano de obra necesarios para realizar el replanteo, que dispondrán de la cualificación adecuada, serán proporcionadas por el Contratista a su cuenta. Se utilizarán hitos permanentes para materializar los puntos básicos de replanteo, y dispositivos fijos adecuados para las señales niveladas de referencia principal. Los puntos movidos o eliminados, serán sustituidos a cuenta del Contratista, responsable de conservación mientras el contrato esté en vigor y será comunicado por escrito a la Dirección Facultativa, quien realizará una comprobación de los puntos repuestos. El Acta de comprobación de Replanteo que se suscribirá por parte de la Dirección Facultativa y de la Contrata, contendrá, la conformidad o disconformidad del replanteo en comparación con los documentos contractuales del Proyecto, las referencias a las características geométricas de la obra y autorización para la ocupación del terreno necesario y las posibles omisiones, errores o contradicciones observadas en los documentos contractuales del Proyecto, así como todas las especificaciones que se consideren oportunas. El Contratista asistirá a la Comprobación del Replanteo realizada por la Dirección, facilitando las condiciones y todos los medios auxiliares técnicos y humanos para la realización del mismo y responderá a la ayuda solicitada por la Dirección. Se entregará una copia del Acta de Comprobación de Replanteo al Contratista, donde se anotarán los datos, cotas y puntos fijados en un anexo del mismo. 1.2.4. LIBRO de ÓRDENES El Director de Obra facilitará al Contratista al comienzo de la obra de un libro de Órdenes, Asistencias e Incidencias que se mantendrá permanente en obra a disposición de la Dirección Facultativa. En el libro se anotarán:

Las contingencias que se produzcan en la obra y las instrucciones de la Dirección Facultativa para la correcta interpretación del proyecto.

Las operaciones administrativas relativas a la ejecución y la regulación del contrato.

Las fechas de aprobación de muestras de materiales y de precios nuevos o contradictorios.

Anotaciones sobre la calidad de los materiales, cálculo de precios, duración de los trabajos, personal empleado...

Las hojas del libro serán foliadas por triplicado quedando la original en poder del Director de Obra, copia para el Director de la Ejecución y la tercera para el contratista. La Dirección facultativa y el Contratista, deberán firmar al pie de cada orden constatando con dicha firma que se dan por enterados de lo dispuesto en el Libro. 1.2.5. RECEPCIÓN de la OBRA La recepción de la obra es el acto por el cual el constructor, una vez concluida ésta, hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por éste. Podrá realizarse con o sin reservas y deberá abarcar la totalidad de la obra o fases completas y terminadas de la misma. La recepción deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la notificación al promotor del certificado final de obra emitido por la Dirección Facultativa y consignarse en un acta firmada, al menos, por el promotor y el constructor, y en la misma se hará constar: las partes que intervienen, la fecha del certificado final de la obra, el coste final de la ejecución material de la obra, la declaración de recepción de la obra con o sin reservas, especificando, en su caso, éstas de manera objetiva y el plazo en que deberán quedar subsanados los defectos observados y las garantías que en su caso se exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades. Una vez subsanados los defectos, se hará constar en un acta aparte, suscrita por los firmantes de la recepción.

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Asimismo, se adjuntará el certificado final de obra suscrito por el director de obra y el director de la ejecución de la obra. El promotor podrá rechazar la recepción de la obra por considerar que la misma no está terminada o que no se adecua a las condiciones contractuales. El rechazo deberá se motivado por escrito en el acta, en la que se fijará el nuevo plazo para efectuar la recepción. La recepción se entenderá tácitamente producida si transcurridos los 30 días el promotor no hubiera puesto de manifiesto reservas o rechazo motivado por escrito. El cómputo de los plazos de responsabilidad y garantía establecidos se iniciará a partir de la fecha en que se suscriba el acta de recepción, o cuando se entienda ésta tácitamente producida según lo previsto en el apartado anterior. El Contratista deberá dejar el edificio desocupado y limpio en la fecha fijada por la Dirección Facultativa, una vez que se hayan terminado las obras. El Propietario podrá ocupar parcialmente la obra, en caso de que se produzca un retraso excesivo de la Recepción imputable al Contratista, sin que por ello le exima de su obligación de finalizar los trabajos pendientes, ni significar la aceptación de la Recepción. 1.3. CONDICIONES ECONÓMICAS El Contratista debe percibir el importe de todos los trabajos ejecutados, cuando hayan sido realizados de acuerdo con el Proyecto, al contrato firmado con el promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección y a las Condiciones generales y particulares del pliego de condiciones. 1.3.1. FIANZAS y SEGUROS A la firma del contrato, el Contratista presentara las fianzas y seguros obligados a presentar por Ley, así mismo, en el contrato suscrito entre Contratista y Promotor se podrá exigir todas las garantías que se consideren necesarias para asegurar la buena ejecución y finalización de la obra en los términos establecidos en el contrato y en el proyecto de ejecución. El Contratista está obligado a asegurar la obra contratada mientras dure el plazo de ejecución, hasta su recepción. 1.3.2. PLAZO de EJECUCIÓN y SANCIÓN por RETRASO Si la obra no está terminada para la fecha prevista, el Propietario podrá disminuir las cuantías establecidas en el contrato, de las liquidaciones, fianzas o similares. La indemnización por retraso en la terminación de las obras, se establecerá por cada día natural de retraso desde el día fijado para su terminación en el calendario de obra o en el contrato. El importe resultante será descontado con cargo a las certificaciones o a la fianza. El Contratista no podrá suspender los trabajos o realizarlos a ritmo inferior que lo establecido en el Proyecto, alegando un retraso de los pagos. 1.3.3. PRECIOS No se admitirán precios contradictorios. PROYECTOS ADJUDICADOS por SUBASTA o CONCURSO Los precios del presupuesto del proyecto serán la base para la valoración de las obras que hayan sido adjudicadas por subasta o concurso. A la valoración resultante, se le añadirá el porcentaje necesario para la obtención del precio de contrata, y posteriormente, se restará el precio correspondiente a la baja de subasta o remate. 1.3.4. MEDICIONES y VALORACIONES El Contratista de acuerdo con la Dirección Facultativa deberá medir las unidades de obra ejecutas y aplicar los precios establecidos en el contrato entre las partes, levantando actas correspondientes a las mediciones parciales y finales de la obra, realizadas y firmadas por la Dirección Facultativa y el Contratista.

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Todos los trabajos y unidades de obra que vayan a quedar ocultos en el edificio una vez que se haya terminado, el Contratista pondrá en conocimiento de la Dirección Facultativa con antelación suficiente para poder medir y tomar datos necesarios, de otro modo, se aplicarán los criterios de medición que establezca la Dirección Facultativa. El Contratista entregará una relación valorada de las obras ejecutadas en los plazos previstos, a origen, a la Dirección Facultativa, en cada una de las fechas establecidas en el contrato realizado entre Promotor y Contratista. La medición y valoración realizadas por el Contratista deberán ser aprobadas por la Dirección Facultativa, o por el contrario ésta deberá efectuar las observaciones convenientes de acuerdo con las mediciones y anotaciones tomadas en obra. Una vez que se hayan corregido dichas observaciones, la Dirección Facultativa dará su certificación firmada al Contratista y al Promotor. ABONO de ENSAYOS y PRUEBAS Los gastos de los análisis y ensayos ordenados por la Dirección Facultativa, serán a cuenta del Contratista cuando el importe máximo corresponde al 1% del presupuesto de la obra contratada, y del Promotor el importe que supere este porcentaje. 1.3.5. CERTIFICACIÓN y ABONO Las obras se abonarán a los precios de ejecución material establecidos en el presupuesto contratado para cada unidad de obra, tanto en las certificaciones como en la liquidación final. Las obras no terminadas o incompletas no se abonarán o se abonaran en la parte en que se encuentren ejecutadas, según el criterio establecido por la Dirección Facultativa. Las unidades de obra sin acabar, fuera del orden lógico de la obra o que puedan sufrir deterioros, no serán calificadas como certificables hasta que la Dirección Facultativa no lo considere oportuno. Las certificaciones se remitirán al Propietario, con carácter de documento y entregas a buena cuenta, sin que supongan aprobación o recepción en obra, sujetos a rectificaciones y variaciones derivadas de la liquidación final. El Promotor deberá realizar los pagos al Contratista o persona autorizada por el mismo, en los plazos previstos y su importe será el correspondiente a las especificaciones de los trabajos expedidos por la Dirección Facultativa. 1.3.6. OBRAS CONTRATADAS POR LAS AA.PP. Las obras contratadas por los entes, organismos y entidades del sector público definidos en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se regirán por lo dispuesto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares redactados al efecto. Dichos Pliegos incluirán los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato y las demás menciones requeridas por la Real Decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sus normas de desarrollo de carácter estatal o autonómico. Por tanto este documento no incorpora las condiciones económicas que regirán la obra y se remite al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de la obra para cualquier aspecto relacionado. 1.4. CONDICIONES LEGALES Tanto la Contrata como a Propiedad, asumen someterse al arbitrio de los tribunales con jurisdicción en el lugar de la obra. Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos. El contratista será el responsable a todos los efectos de las labores de policía de la obra y del solar hasta la recepción de la misma, solicitará los preceptivos permisos y licencias necesarias y vallará el solar cumpliendo con las ordenanzas o consideraciones municipales. todas las labores citadas serán a su cargo exclusivamente. Podrán se causas suficientes para la rescisión de contrato las que a continuación se detallan:

Muerte o incapacidad del Contratista.

La quiebra del Contratista.

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Modificaciones sustanciales del Proyecto que conlleven la variación en un 50 % del presupuesto contratado.

No iniciar la obra en el mes siguiente a la fecha convenida.

Suspender o abandonar la ejecución de la obra de forma injustificada por un plazo superior a dos meses.

No concluir la obra en los plazos establecidos o aprobados.

Incumplimiento de las condiciones de contrato, proyecto en ejecución o determinaciones establecidas por parte de la Dirección Facultativa.

Incumplimiento de la normativa vigente de Seguridad y Salud en el trabajo. Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente la de obligado cumplimiento entre las que cabe destacar: 2. NORMATIVA GENERAL LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN (LOE) • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado BOE Nº 666 06-11-1999 • Modificación de la Ley 38/1999. Artículo 105 de la Ley 53/2002 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de la Jefatura del Estado BOE Nº 313 31-12-2002 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda. Partes I y II, en la Parte I se establecen las Exigencias Básicas que han de cumplirse aplicando la Parte II. (El R.D. incluye cuatro disposiciones transitorias y una disposición derogatoria) BOE Nº 074 28-03-2006 • Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CTE, en su disposición final segunda. BOE Nº 254 23-10-2007 • Corrección de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación BOE Nº 022 25-01-2008 CONGLOMERANTES. CEMENTOS Y CALES CEMENTOS. RC-08 • Real Decreto 956/2008 del Ministerio de la Presidencia, de 6 de Junio. BOE Nº 0148 19-06-2008 (Deroga a• REAL DECRETO 1797/2003 del Ministerio de la Presidencia, de 26 de Diciembre. BOE Nº 014 16-01-2004) OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS • Real Decreto 1313/1988, de 28-OCT, del Ministerio de Industria y Energía BOE Nº 265 04-11-1988 ORDEN PRE/3796/2006 • Orden PRE/3796/2006, de 11 de diciembre, por la que se modifican las referencias a normas UNE que figuran en el anexo al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados. BOE Nº 298 14-12-2006 CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN DE CONTROL DE PRODUCCIÓN DE LOS HORMIGONES FABRICADOS EN CENTRAL. • Orden de 21 de diciembre de 1995, del Mº de Industria y Energía. BOE Nº 008 09-01-1996 • Corrección de errores BOE Nº 032 06-02-1996 • Corrección de errores BOE Nº 058 07-03-1996 CONTROL DE CALIDAD REGLAMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA CALIDAD Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL • Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. 06-02-1996 DISPOSICIONES PARA LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN • Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la directiva 89/106/CEE. BOE Nº 034 09-02-1993 • Real decreto 1328/1995, por el que se modifica el R.D. 1630/1992. BOE Nº 198 19-08-1995 • Corrección de errores del R.D. 1328/1995. BOE Nº 240 07-10-1995 DEMOLICIONES R.D. 105/2008 QUE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN

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• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición BOE Nº 038 13-02-2008

Pliego de Prescripciones Técnicas Generales “P.P.T.G.” aprobado por Orden Ministerial de 21 de Enero de 1.998 (B.O.E. de 3 de Febrero de 1.998)

“EHE-08” Instrucción de Hormigón Estructural (Real Decreto 1247/2008, de 18 de Julio)

“RC-08” Instrucción para la recepción de Cementos (R.D. 956/2.008 de 6 de Junio. B.O.E. de 19-6-2.008)

Homologación obligatoria de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados. (R.D. 1313/1988 de 28 de Octubre. B.O.E. 4-11-1989)

Normas U.N.E. de cumplimiento obligatorio en el Ministerio de Obras Públicas. (O.M. de 5 de Julio de 1967. B.O.E. 12-12-1967 y 29-05-1971).

“RL-99”. Pliego General de Condiciones para la recepción de los ladrillos cerámicos en las obras de construcción. (O.M. de 27 de Julio de 1.988. B.O.E. 3-8-1988).

“RB-90”. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la recepción de los Bloques de Hormigón en las obras de construcción. (O.M. de 4 de Julio de 1.990. B.O.E. 11-7-1990).

“NCSR-02” Norma de Construcción Sismorresistente: Parte General y Edificación (R.D. 997/2002 de 27 de Septiembre. B.O.E. 11-10-2002).

“NCSP-07” Norma de Construcción Sismorresistente: Puentes (RD 637/2007 de 18 de Mayo. BOE 2-6-207).

Orden Circular de enero de 1.999 sobre la “Instrucción para el diseño de firmes de la red de Carreteras” de competencia de la Junta de Andalucía.

INSTRUCCIÓN para el diseño de firmes de la red de carreteras de Andalucía /Consejería de Obras Públicas y Transportes. - Sevilla: Consejería de Obras Públicas y Transportes, 2007. INSTRUCCIÓN DE CARRETERAS (I.C.).

Real Decreto 1812/94 Reglamento General de Carreteras.

Orden 16 dic. 1997 Regulan los accesos a las carreteras del estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicios de carreteras .

Norma 6.1-IC Secciones de firme.

Norma 6.3-IC Rehabilitación de firmes.

Norma 8.1-IC Señalización vertical.

Norma 3.1-IC Trazado.

Ley 39/2003 Del sector ferroviario.

Real Decreto 2387/04 Reglamento del sector ferroviario

Orden Circular de 17 de Febrero de 2.000 sobre “Geotecnia Vial en lo referente a materiales para la construcción de explanaciones y drenaje”.

Normas N.L.T. de ensayo del Laboratorio del Transporte y Mecánica del Suelo. Instrucciones 5.2.I.C. de "Drenaje Superficial". (O.M. de 14 de Mayo de 1.990. B.O.E. 23-5-1990)

Máximas lluvias diarias en la España Peninsular (Año 2007).

Isolíneas de Precipitaciones Máximas en 24 h. hasta 1970. (Año 1978)

Instrucciones 8.1.IC sobre señalización vertical de Julio 1990.

Instrucciones 8.2.IC sobre Marcas Viales. (O.M. de 16 de Julio de 1987. B.O.E. 04-08 y 29-09-1987)

Instrucciones 8.3.IC sobre señalización de Obras. (O.M. de 31 de agosto de 1987. B.O.E. 18-09-1987)

Catálogo de Señales Verticales de Circulación. TOMOS I Y II. (M.O.P.T. Junio 1992)

Señalización Móvil de Obras. (Ministerio de Fomento. D.G.C. 1997)

Orden Ministerial de 28 de diciembre de 1.999 sobre “Señalización, balizamiento y defensas de contención de vehículos”.

Recomendaciones para el control de Calidad en Obras de Carreteras. MOPU 1983.

Pliego de Prescripciones técnicas generales para Obras de Carreteras y puentes (O.M. 6/2/76. BOE 7/7/6). ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO.

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto de 2002 B.O.E. nº 224 de 18 de Septiembre de 2002).

Recomendaciones de la Comisión Internacional de Iluminación (CIE).

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Resolución de 5 de Mayo de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, por la que se aprueban las Normas Particulares y condiciones Técnicas de Seguridad de la empresa distribuidora de energía eléctrica, Endesa Distribuidora, SLU, en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía.

R.D. 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y autorización de instalaciones.

RD 1890/2008 de 14 de Noviembre de 2008 por el que aprueba el Reglamento de Eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

Decreto 357/2010 de 3 Agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de las medidas de ahorro y eficiencia energética.

Decreto 6/2012, de 17 Enero, por el que aprueba el Reglamento de Protección de la Calidad del Cielo contra la contaminación acústica en Andalucía y se modifica el Decreto 357/2010. de 3 Agosto, por el que se aprueba el reglamento para la protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.

CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HE 3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda. Partes I y II, en la Parte I se establecen las Exigencias Básicas que han de cumplirse aplicando la Parte II. (El R.D. incluye cuatro disposiciones transitorias y una disposición derogatoria) BOE Nº 074 28-03-2006

Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CTE, en su disposición final segunda. BOE Nº 254 23-10-2007

Corrección de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación BOE Nº 022 25-01-2008 ABASTECIMIENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO.

Orden del Ministerio de Obras Públicas. Pliego de Prescripciones Técnicas para tuberías de abastecimiento de agua (O.M. de 28 de Julio de 1974.B.O.E. 2,3 y 30-10-1974)

Orden del Ministerio de Obras Públicas. Pliego de Prescripciones Técnicas para tuberías de Saneamiento de Poblaciones (B.O.E. 23 de Septiembre de 1.986).

Normas de AGUASVIRA sobre instalaciones de tuberías de agua.

Reglamento de Abastecimiento de Agua y Saneamiento de Aguas Vega-Sierra Elvira.

Normas para la Instalaciones Interiores de suministro de Agua por contador.

Orden del MOP, Normas Básicas para las Instalaciones Interiores de suministros de Agua (OM de 9 de Diciembre de 1975).

Orden del MOPU, Contadores de Agua Fría (OM de 28 de Diciembre de 1988).

CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS-4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda. Partes I y II, en la Parte I se establecen las Exigencias Básicas que han de cumplirse aplicando la Parte II. (El R.D. incluye cuatro disposiciones transitorias y una disposición derogatoria) BOE Nº 074 28-03-2006

Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CTE, en su disposición final segunda. BOE Nº 254 23-10-2007

Corrección de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación BOE Nº 022 25-01-2008

CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS-5 SALUBRIDAD, EVACUACIÓN DE AGUAS

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda. Partes I y II, en la Parte I se establecen las Exigencias Básicas que han de cumplirse aplicando la Parte II. (El R.D. incluye cuatro disposiciones transitorias y una disposición derogatoria) BOE Nº 074 28-03-2006

Modificación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CTE, en su disposición final segunda. BOE Nº 254 23-10-2007

Corrección de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación BOE Nº 022 25-01-2008

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS

Real Decreto de 20-JUL-01, del Ministerio de Medio Ambiente BOE Nº 176 24-07-2001

Real Decreto -Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas BOE Nº 090 14-04-2007

REGLAMENTO DEL SUMINISTRO DOMICILIARIO DE AGUA

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MEMORIA

Decreto de 11 de junio de 1991 de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía B.O.J.A. 081 10-09-1991 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales BOE Nº 269 10-11-1995 • Ley 54/2003, de 12 de Diciembre de la Jefatura del Estado por la que se modifica algunos artículos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Riesgos Laborales. BOE Nº 298 13-12-2003 • Real decreto 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de riesgos Laborales BOE Nº 027 31-01-2004 • Real Decreto 39/1997 de 17-ENE del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales BOE Nº 027 31-01-1997 • Real Decreto 780/1998, de 30-ABR-98 del Ministerio de la Presidencia, por el que se modifica R.D.39/1997 de 17-ENE-1997 BOE Nº 104 01-05-1998 • Real Decreto 604/2006 que modifica el R.D 39/1977 por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención y el R.D. 1627/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE Nº 127 29-05-2006 • Real Decreto 485/1997, de 14-ABR.-97 del Ministerio de Trabajo BOE Nº 097 23-04-1997 • Real Decreto 486/1997, de 14-ABR.-97 del Ministerio de Trabajo BOE Nº 097 23-04-1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgo, en particular dorsolumbares, para los trabajadores • Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. BOE Nº 097 23-04-1997 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo • Real Decreto 664/1997 de 12-MAY de Ministerio de Presidencia BOE Nº 124 24-05-1997 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo • Real Decreto 665/1997 de 12-MAY de Ministerio de Presidencia BOE Nº 124 24-05-1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual • Real Decreto 773/1997 de 30-MAY de Ministerio de Presidencia BOE Nº 140 12-06-1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo • Real Decreto 1215/1997 de 18-JUL, del Ministerio de la Presidencia BOE Nº 188 07-08-1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción • Real Decreto 1627/1997, de 24-OCT-97 del Ministerio de la Presidencia. BOE Nº 256 25-10-1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal • Real Decreto 216/1999, de 5-FEB-99 del Ministerio de Trabajo. BOE Nº 47 24-02-1999 Registros provinciales de delegados de prevención y órganos específicos que los sustituyan. • Orden de 8 de marzo de 1999, de la Cª de Trabajo e Industria. BOJA Nº 038 30-03-1999 Registro andaluz de servicios de prevención y personas o entidades autorizadas para efectuar auditorías o evaluaciones de los sistemas de prevención • Orden de 8 de marzo de 1999, de la Cª de Trabajo e Industria. BOJA Nº 038 30-03-1999 Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo • Real Decreto 374/2001 de 6-ABR del Ministerio de la Presidencia BOE Nº 104 01-05-2001 Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico • Real Decreto 614/2001 de 8-JUN del Ministerio de la Presidencia BOE Nº 148 21-06-2001 • Real Decreto 2177/2004 de 12-NOV, del Ministerio de la Presidencia. BOE Nº 274 13-11-2004, por el que se modifica parte del real decreto 1215/1997, de 18 de julio, y parte del R.D. 1627/1997 de 24 de octubre. • Real Decreto 1311/2005 de 4-NOV del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales BOE Nº 265 05-11-2005 • Real Decreto 286/2006, de 10 de Marzo de 2006 del Mº de la presidencia. BOE Nº 060 11-03-2006. • Ley 32/2006, de 18-OCT-2006 de la Jefatura del Estado BOE Nº 250 19-10-2006 • Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. BOE Nº 218 25-08-2007

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MEMORIA

• Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. BOE Nº 108 05-05-2007.

LEY 20/2007. Estatuto del trabajo autónomo.

Real Decreto L 5/2000 Aprueba Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social.

Resolución de 1/8/07 de la Dirección General de Trabajo, IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción. (Incluye modificaciones)

NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. • Decreto 293/09 de 7 de julio de la Consejería de la Presidencia; BOJA Nº140 de 21.7.2009. • Decreto 298/1995, de 26 de diciembre, de la Cª de Trabajo y Asuntos Sociales. BOJA Nº 018 06-02-1996

ORDEN de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación.

Orden VIV/561/2010, de 1 de Febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios urbanizados. BOE nº61 11/03/2010.

Real Decreto 505/07 Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

Real Decreto 314/06 CÓDIGO TÉCNICO de la EDIFICACIÓN DB-SUA: Seguridad de Utilización y Accesibilidad.

ORDENANZAS DEL EXCENTISIMO AYUNTAMIENTO DE MARACENA Y CUALQUIER OTRA NORMATIVA QUE RESULTE DE APLICACIÓN EN CADA MOMENTO. 3. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS. En la memoria se describen las obras que comprenden el presente proyecto. Condiciones generales de ejecución: Todos los trabajos, incluidos en el presente proyecto se ejecutarán esmeradamente, con arreglo a las buenas prácticas de la construcción y cumpliendo estrictamente las instrucciones recibidas por la Dirección Facultativa, no pudiendo por tanto servir de pretexto al contratista la baja subasta, para variar esa esmerada ejecución ni la primerísima calidad de las instalaciones proyectadas en cuanto a sus materiales y mano de obra, ni pretender proyectos adicionales. Materiales: Los materiales se colocaran en obra previa autorización por la Dirección Facultativa. 4. CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS MATERIALES GENERALIDADES. Los materiales que se empleen en obra habrán de reunir las condiciones mínimas establecidas en el presente Pliego. Los materiales deberán cumplir las condiciones que sobre ellos se especifiquen en los distintos documentos que componen el Proyecto. Asimismo sus calidades serán acordes con las distintas normas que sobre ellos estén publicadas y que tendrán un carácter de complementariedad al presente Pliego. Tendrán preferencia en cuanto a su aceptabilidad, aquellos materiales que estén en posesión de Documento de Idoneidad Técnica que avalen sus cualidades, emitido por Organismos Técnicos reconocidos. El Contratista tiene libertad para obtener los materiales precisos para las obras de los puntos que estime conveniente, sin modificación de los precios establecidos. Los procedimientos que han servido de base para el cálculo de los precios de las unidades de obra, no tienen más valor, a los efectos de este Pliego, que la necesidad de formular el Presupuesto, no pudiendo aducirse por la Contrata adjudicataria que el menor precio de un material componente justifique una inferior calidad de éste. Todos los materiales habrán de ser de primera calidad y serán examinados antes de su empleo por la Dirección Facultativa, quien dará su aprobación por escrito, conservando en su poder una muestra del

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MEMORIA

material aceptado o lo rechazará si lo considera inadecuado, debiendo, en tal caso, ser retirados inmediatamente por el Contratista, siendo por su cuenta los gastos ocasionados por tal fin. Por parte del Contratista debe existir obligación de comunicar a los suministradores las cualidades que se exigen para los distintos materiales, aconsejándose que previamente al empleo de los mismos, sea solicitado informe sobre ellos a la Dirección Facultativa y al Organismo encargado del Control de Calidad. El Contratista será responsable del empleo de materiales que cumplan con las condiciones exigidas. Siendo estas condiciones independientes, con respecto al nivel de control de calidad para aceptación de los mismos que se establece en el apartado de Especificaciones de Control de Calidad. Aquellos materiales que no cumplan con las condiciones exigidas, deberán ser sustituidos, sea cual fuese la fase en que se encontrase la ejecución de la obra, corriendo el Contratista con todos los gastos que ello ocasionase. En el supuesto de que por circunstancias diversas tal sustitución resultase inconveniente, a juicio de la Dirección Facultativa, se actuará sobre la devaluación económica del material en cuestión, con el criterio que marque la Dirección Facultativa y sin que el Contratista pueda plantear reclamación alguna. CEMENTOS. En el marco de la Instrucción EHE-08, podrán utilizarse aquellos cementos que cumplan la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos, correspondan a la clase resistente 32,5 o superior y cumplan las limitaciones establecidas en la tabla 26.1. El cemento deberá ser capaz de proporcionar al hormigón las cualidades que al mismo se exigen en el Artículo 30. Los cementos comunes y los cementos para usos especiales se encuentran normalizados en la UNE 80301:96 y la UNE 80307:96, respectivamente. En la tabla 26.1, la utilización permitida a los cementos comunes, para cada tipo de hormigón, se debe considerar extendida a los cementos blancos (UNE 80305:96) y a los cementos con características adicionales (de resistencia a sulfatos y/o al agua de mar, según la UNE 80303:96, y de bajo calor de hidratación, según la UNE 80306:96) correspondientes al mismo tipo y clase resistente que aquéllos. Con respecto al contenido de ión cloruro, se tendrá en cuenta lo expuesto en 30.1. A los efectos de la presente Instrucción, se consideran cementos de endurecimiento lento los de clase resistente 32,5, de endurecimiento normal los de clases 32,5R y 42,5 y de endurecimiento rápido los de clases 42,5R, 52,5 y 52,5R. Suministro A la entrega del cemento, el suministrador acompañará un albarán con los datos exigidos por la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos, que establece las condiciones de suministro e identificación que deben satisfacer los cementos para su recepción. Cuando el suministro se realice en sacos, el cemento se recibirá en los mismos envases cerrados en que fue expedido de fábrica, punto de expedición, centro de distribución o almacén de distribución. El cemento no llegará a la obra u otras instalaciones de uso excesivamente caliente. Se recomienda que, si su manipulación se va a realizar por medios mecánicos, su temperatura no exceda de 70ºC, y si se va a realizar a mano, no exceda de 40ºC. Cuando se prevea que puede presentarse el fenómeno del falso fraguado, deberá comprobarse, con anterioridad al empleo del cemento, que éste no presenta tendencia a experimentar dicho fenómeno, realizándose esta determinación según la UNE 80114:96. Almacenamiento Cuando el suministro se realice en sacos, éstos se almacenarán en sitio ventilado y defendido, tanto de la intemperie como de la humedad del suelo y de las paredes. Si el suministro se realiza a granel, el almacenamiento se llevará a cabo en silos o recipientes que lo aíslen de la humedad. Aún en el caso de que las condiciones de conservación sean buenas, el almacenamiento del cemento no debe ser muy prolongado, ya que puede meteorizarse. El almacenamiento máximo aconsejable es de tres meses, dos meses y un mes, respectivamente, para las clases resistentes 32,5, 42,5 y 52,5. Si el período de almacenamiento es superior, se comprobará que las características del cemento continúan siendo adecuadas. Para ello, dentro de los veinte días anteriores a su empleo, se realizarán los ensayos de determinación de principio y fin de fraguado y resistencia mecánica inicial a 7 días (si la clase es 32,5) ó 2 días (todas las demás clases) sobre una muestra representativa del cemento almacenado, sin excluir los terrones que hayan podido formarse. De cualquier modo, salvo en los casos en que el nuevo período de fraguado resulte incompatible con las condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la idoneidad del cemento en el

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momento de su utilización vendrá dada por los resultados que se obtengan al determinar, de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 88º, la resistencia mecánica a 28 días del hormigón con él fabricado. AGUA. El agua utilizada, tanto para el amasado como para el curado del hormigón en obra, no debe contener ningún ingrediente dañino en cantidades tales que afecten a las propiedades del hormigón o a la protección de las armaduras frente a la corrosión. En general, podrán emplearse todas las aguas sancionadas como aceptables por la práctica. Cuando no se posean antecedentes de su utilización, o en caso de duda, deberán analizarse las aguas. Con respecto al contenido de ión cloruro, se tendrá en cuenta lo previsto en 30.1. ÁRIDOS. La naturaleza de los áridos y su preparación serán tales que permitan garantizar la adecuada resistencia y durabilidad del hormigón, así como las restantes características que se exijan a éste en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Como áridos para la fabricación de hormigones pueden emplearse arenas y gravas existentes en yacimientos naturales, rocas machacadas o escorias siderúrgicas apropiadas, así como otros productos cuyo empleo se encuentre sancionado por la práctica o resulte aconsejable como consecuencia de estudios realizados en laboratorio. En cualquier caso, el suministrador de áridos garantizará documentalmente el cumplimiento de las especificaciones que se indican en 28.3 de la EHE2008 hasta la recepción de éstos. Los áridos deben ser transportados y acopiados de manera que se evite su segregación y contaminación, debiendo mantener las características granulométricas de cada una de sus fracciones hasta su incorporación a la mezcla. Por su parte, el fabricante de hormigón, que está obligado a emplear áridos que cumplan las especificaciones señaladas en 28.3, deberá en caso de duda, realizar los correspondientes ensayos. En cuanto a designación, tamaño, prescripciones y ensayos, condiciones físico-químicas, Granulometría y forma del árido. Suministro Antes de comenzar el suministro, el peticionario podrá exigir al suministrador una demostración satisfactoria de que los áridos a suministrar cumplen los requisitos establecidos en 28.3. El suministrador notificará al peticionario cualquier cambio en la producción que pueda afectar a la validez de la información dada. Cada carga de árido irá acompañada de una hoja de suministro que estará en todo momento a disposición de la Dirección de Obra, y en la que figuren, como mínimo, los datos siguientes: - Nombre del suministrador. - Número de serie de la hoja de suministro. - Nombre de la cantera. - Fecha de entrega. - Nombre del peticionario. - Tipo de árido. - Cantidad de árido suministrado. - Designación del árido (d/D). - Identificación del lugar de suministro. Almacenamiento Los áridos deberán almacenarse de tal forma que queden protegidos de una posible contaminación por el ambiente y, especialmente, por el terreno, no debiendo mezclarse de forma incontrolada las distintas fracciones granulométricas. Deberán también adoptarse las necesarias precauciones para eliminar en lo posible la segregación, tanto durante el almacenamiento como durante el transporte. Otros componentes del hormigón También pueden utilizarse como componentes del hormigón los aditivos y adiciones, siempre que se justifique mediante los oportunos ensayos, que la sustancia agregada en las proporciones y condiciones previstas produce el efecto deseado sin perturbar excesivamente las restantes características del hormigón ni representar peligro para la durabilidad del hormigón ni para la corrosión de las armaduras. Con respecto al contenido de ión cloruro, se tendrá en cuenta lo prescrito en 30.1.EME.

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MEMORIA

El empleo de adiciones no podrá hacerse en ningún caso sin el conocimiento del peticionario y la expresa autorización de la Dirección de Obra. En cuanto a los aditivos, se estará a lo dispuesto en 69.2.8. Arena de nivelación

La capa de arena de asiento realiza una función de apoyo del adoquín permitiendo su correcta compactación y nivelación, y desempeñando además una función drenante, especialmente en el caso de disponer en el firme de una capa de base, impermeable, de hormigón magro. El espesor final de la capa de arena, una vez colocados los adoquines y vibrado el pavimento, debe ser de 3 cm, por lo que el espesor de arena a colocar será de 4-5 cm antes de compactar. Su contenido máximo de materia orgánica y arcilla debe ser inferior al 3%, con una proporción reducida de finos en su granulometría. Para evitar problemas de friabilidad y desgaste del árido, se recomienda evitar la utilización de áridos calizos. No obstante, se podrá utilizar cualquier árido que satisfaga las siguientes limitaciones:

Friabilidad de la arena (FA) ≤ 40 (ensayo micro-Deval UNE EN 1097-1)

Resistencia al desgaste de la grava ≤ 40 (ensayo de Los Ángeles UNE EN 1097-2).

Arena de sellado

Las juntas entre adoquines se sellarán con una arena fina, cuya influencia en el comportamiento estructural del pavimento es muy notable, por cuanto que confina los adoquines y ayuda a trasmitir las cargas verticales, al tiempo que proporciona cierta impermeabilidad disminuyendo la infiltración de agua a las capas subyacentes. Su tamaño máximo debe ser de 1,25 mm, con un cernido máximo de un 8-10% en masa por el tamiz de 0,063 mm. En el momento de la colocación la arena de sellado deberá estar seca. HORMIGONES. La composición elegida para la preparación de las mezclas destinadas a la construcción de estructuras o elementos estructurales deberá estudiarse previamente, con el fin de asegurarse de que es capaz de proporcionar hormigones cuyas características mecánicas, reológicas y de durabilidad satisfagan las exigencias del proyecto. Estos estudios se realizarán teniendo en cuenta, en todo lo posible, las condiciones de la obra real (diámetros, características superficiales y distribución de armaduras, modo de compactación, dimensiones de las piezas, etc.). Los componentes del hormigón deberán cumplir las prescripciones incluidas en los Artículos 26º, 27º, 28º y 29º. De la EHE2008. Los hormigones que se utilicen en la obra cumplirán las prescripciones impuestas en los Artículos 30, 37, y 68 de la vigente Instrucción para (EHE-2008). El hormigón que se prescriba deberá ser tal que, además de la resistencia mecánica, asegure el cumplimiento de los requisitos de durabilidad (contenido mínimo de cemento y relación agua/cemento máxima) correspondientes al ambiente del elemento estructural, reseñados en 37.3. Los hormigones utilizados para regulación y limpieza de la excavación realizada para las obras de fábrica, alcanzarán una resistencia característica mínima de 15 N/mm2 en obra a los 28 días. Los hormigones en masa, alcanzarán una resistencia característica mínima de 20 N/mm2, en obra a los 28 días. Los hormigones que se utilicen en estructuras armadas alcanzarán una resistencia mínima de 25 N/mm2, en la obra a los 28 días. Se podrán realizar ensayos de rotura a compresión si así lo estima en Ingeniero Director de las Obras, realizado sobre probeta cilíndrica de 15 cm de diámetro por 30 cm de altura, a los 28 días de edad fabricadas, y conservadas con arreglo al método de ensayo UNE 7240 y rotas por compresión según el mismo ensayo. Las características mecánicas de los hormigones empleados en obra deberán cumplir las condiciones impuestas en la EHE. Para establecer la dosificación, el contratista deberá recurrir a ensayos previos, con objeto de conseguir que el hormigón resultante satisfaga las condiciones que se exigen en este Pliego. Tipos de hormigones Los tipos de hormigones a emplear en obra serán los definidos para las distintas unidades de obra.

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MEMORIA

Se deja a criterio de la Dirección Facultativa el empleo de aditivos resistentes contra la agresión química de los sulfatos. Entrega y recepción del hormigón Cada carga de hormigón fabricado en central, irá acompañada de una hoja de suministro que se archivará en la oficina de obra y que estará en todo momento a disposición de la Dirección Técnica, y en la que deberán figurar, como mínimo, los siguientes datos: • Nombre de la central de fabricación de hormigón. • Número de serie de la hoja de suministro. • Fecha de entrega. • Nombre del peticionario y del responsable de la recepción. • Especificación del hormigón:

-Designación de acuerdo con el apartado 39.2 de la Instrucción EHE. -Contenido de cemento en kilos por metro cúbico (kg/m3) de hormigón, con una tolerancia de ±15 Kg. -Relación agua /cemento del hormigón, con una tolerancia de ± 0,02. -Tipo, clase y marca del cemento. -Consistencia. -Tamaño máximo del árido. -Tipo de aditivo, según UNE-EN 934-2:98, si lo hubiere, y en caso contrario indicación expresa de que no contiene. -Procedencia y cantidad de adición (cenizas volantes o humo de sílice) si la hubiere y, en caso contrario, indicación expresa de que no contiene.

• Designación específica del lugar del suministro (nombre y lugar). • Cantidad del hormigón que compone la carga, expresada en metros cúbicos de hormigón fresco. • Identificación del camión hormigonera (o equipo de transporte) y de la persona que proceda a la descarga. • Hora límite de uso para el hormigón. ADITIVOS PARA HORMIGONES. Se denomina aditivo para hormigón a un material diferente del agua, de los áridos y del cemento, que es añadido a la mezcla inmediatamente antes o durante el amasado, con el fin de mejorar o modificar algunas propiedades del hormigón fresco, del hormigón endurecido, o de ambos estados. Cualquier aditivo que se vaya a emplear en los hormigones deberá ser previamente autorizado por el Ingeniero Director de las Obras. Es obligado el empleo de producto aireante en la confección de todos los hormigones que deben asegurar la estanqueidad. La cantidad de aditivo añadido no superará el 4 % en peso de la dosificación de cemento y será la precisa para conseguir un volumen de aire ocluido del 4 % del volumen del hormigón fresco. Deberá cumplirse con lo especificado en el artículo 29.1 de Instrucción EHE-2008. Podrán utilizarse plastificantes y aceleradores del fraguado, si la correcta ejecución de las obras lo aconseja. Para ello se exigirá al Contratista que realice una serie de ensayos sobre probetas con el aditivo que se pretenda utilizar, comprobándose en que medida las sustancias agregadas en las proporciones previstas producen los efectos deseados. En particular los aditivos satisfarán las siguientes exigencias: 1º.- Que la resistencia y la densidad sean iguales o mayores que las obtenidas en hormigones fabricados sin aditivos. 2º.- Que no disminuya la resistencia a las heladas. 3º.- Que el producto de adición no represente un peligro para las armaduras. MORTEROS Y LECHADAS DE CEMENTO. Se definen los morteros de cemento como la masa constituida por árido fino, cemento y agua. Se define la lechada de cemento como la pasta muy fluida de cemento y agua y eventualmente adiciones, utilizada principalmente para inyecciones de terrenos, cimientos, recibido de juntas y en general relleno de oquedades que precisen refuerzo. Tipos y dosificaciones

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MEMORIA

Los tipos y dosificaciones de morteros de cemento Portland serán los definidos en los distintos proyectos específicos, los cuales responderán, en general a los tipos siguientes: M-5/CEM, y M-7,5/CEM serán los morteros usados más frecuentemente. La Dirección Facultativa podrá modificar la dosificación, en más o en menos, cuando las circunstancias de la obra lo aconsejen y justificándose debidamente mediante la realización de los estudios y ensayos oportunos. La proporción en peso en las lechadas, del cemento y del agua variará desde el uno por ocho (1/8) hasta el uno por uno (1/1) de acuerdo con las exigencias de la unidad de obra. Los morteros empleados para asiento de las baldosas contendrá antes de su empleo toda el agua necesaria para su fraguado, no necesitando aporte extra de agua. Aditivos: Los productos de adición que se utilicen para mejorar alguna de las propiedades de los morteros, deberán ser previamente aprobados por la Dirección Facultativa. REDONDOS PARA ARMADURAS. Las armaduras pasivas para el hormigón serán de acero y estarán constituidas por: - Barras corrugadas. - Mallas electrosoldadas. -Los diámetros nominales de las barras corrugadas se ajustarán a la serie siguiente:

6 - 8 - 10 - 12 - 14 - 16 - 20 - 25 - 32 y 40 mm. Los diámetros nominales de los alambres corrugados empleados en las mallas electrosoldadas se ajustarán a la serie siguiente:

5 - 5,5 - 6 - 6,5 - 7 - 7,5 - 8 - 8,5 - 9 - 9,5 - 10 - 10,5 - 11 - 11,5 - 12 y 14 mm. Las barras y alambres no presentarán defectos superficiales, grietas ni sopladuras. La sección equivalente no será inferior al 95,5 por 100 de su sección nominal. A los efectos de esta Instrucción, se considerará como límite elástico del acero, fy, el valor de la tensión que produce una deformación remanente del 0,2 por 100. En las obras correspondientes al presente Proyecto, se utilizará acero (barras corrugadas) tipo B-500S Y B-500Tserá de fabricación homologada con el sello de conformidad CIETSID. Barras corrugadas, son las que cumplen los requisitos técnicos establecidos en la UNE 36068:94, entre ellos, llevar grabadas las marcas de identificación establecidas en el Apartado 12 de la UNE 36068:94, relativas al tipo de acero (geometría del corrugado), país de origen (el indicativo correspondiente a España es el número 7) y marca del fabricante (según el código indicado en el Informe Técnico UNE 36811:98). Los redondos estarán exentos de pelos, grietas, sopladuras, mermas de sección u otros defectos perjudiciales a la resistencia del acero. Las barras en las que se aprecien defectos de laminación, falta de homogeneización, manchas debidas a impurezas, grietas o cualquier otro defecto, serán desechadas sin necesidad de someterlas a ninguna clase de pruebas. Las barras corrugadas se almacenarán separadas del suelo y de forma que no estén expuestas a una excesiva humedad, ni se manchen de grasa, ligante, aceite o cualquier otro producto que pueda perjudicar la adherencia de las barras al hormigón. La toma de muestras, ensayos y contraensayos de recepción, se realizará de acuerdo con lo prescrito por la Norma UNE-36088. Los aceros en redondos para armaduras serán suministrados en barras rectas, cualquiera que sea su longitud, no admitiéndose el transporte en lazos o barras dobladas. TAPAS Y MATERIALES DE FUNDICIÓN. Las fundiciones a emplear en rejillas, tapas, etc., serán de fundición dúctil y cumplirán la norma UNE 124 y las siguientes condiciones: La fractura presentará un grano fino y homogéneo. Deberán ser tenaces y duras, pudiendo, sin embargo, trabajarlas con lima y buril. No tendrán bolsas de aire o huecos, manchas, pelos u otros defectos que perjudiquen a la resistencia o a la continuidad y buen aspecto de la superficie. Los agujeros para los pasadores o pernos, se practicarán siempre en taller, haciendo uso de las correspondientes máquinas y herramientas. La resistencia mínima a la tracción será de 500 Mpa., con un límite elástico convencional de 320 Mpa. Y un alargamiento mínimo del 7%. Las barras de ensayo se sacaran de la mitad de la colada correspondiente, o vendrán fundidas con las piezas moldeadas.

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MEMORIA

En calzadas y en aceras el cerco y las tapas serán de fundición dúctil y dispondrán de cierre de seguridad, según UNE 124 , tendrán las dimensiones marcadas en los planos y se ajustarán al modelo definido por el Ayuntamiento o las Compañías suministradoras. Se empleará en aceras fundición del tipo C-250 y D-400, y en calzadas D-400. La fundición será de segunda fusión. La fractura presentará un grano fino y homogéneo. Deberá ser tenaz y dura pudiendo, sin embargo, trabajarla con lima y buril. No tendrá bolsas de aire y huecos, manchas, pelos y otros defectos que perjudiquen a su resistencia, a la continuidad y buen aspecto de la superficie. Las tapas y rejillas tendrán las dimensiones marcadas en los planos y se ajustarán al modelo definido por las Compañías suministradoras del servicio. MADERA. Cualquiera que sea su procedencia, la madera que se emplee, tanto en construcciones definitivas como en los provisionales o auxiliares que exige la construcción de aquéllas, tales como cimbras, andamios, encofrados, entibaciones, etc., deberán reunir las condiciones siguientes: Estará desprovista de nudos, vetas e irregularidades en sus fibras y sin indicios de las enfermedades diversas que padece este material y que ocasionan la descomposición del sistema leñoso. En el momento de su empleo estará seca y en general especialmente la que se destine a la ejecución de obras definitivas contendrá poca altura. En las obras permanentes el Director de la obra determinará en cada caso la especie más adecuada y sus dimensiones precisas, cuando no estén especificadas en los planos del proyecto o las correspondientes cubicaciones. MATERIALES CERÁMICOS Y AFINES. Se definen como tales, los ladrillos cerámicos o pretensados de arcilla cocida, en forma de paralepípedo a una arista, cuyo volumen total no exceda al cinco por ciento del total aparente; o rebajados en el grueso siempre que éste se mantenga íntegro en un ancho mínimo de dos centímetros (2 cm.) de una soga y de los tizones; que el área rebajada sea menor que el 40% de la total; y que el grueso mínimo no sea menor de un tercio del nominal. Los ladrillos de arcilla cocida se regirán por la norma UNE 67.019 y deberán cumplir las condiciones exigidas en la misma según su tipo y clase. Deberá cumplir las siguientes condiciones:

Ser homogéneo, de grano fino y uniforme, de textura compacta, y capaces de soportar, sin desperfectos, una presión mínima de 200 kg/cm2.

Carecer de manchas, eflorescencias, quemados grietas, coqueras, planos de exfoliación y materias extrañas que puedan disminuir su resistencia y duración. Darán sonido claro al ser golpeados con una martillo, y serán inalterables al agua.

De corte fácil y suficiente adherencia a los morteros.

Introducidos en agua durante 24 horas su peso no debe aumentar en más de un 14 %.

Los ladrillos macizos estarán perfectamente cortados y presentarán aristas vivas y caras planas, sin imperfecciones ni desconchados aparentes. Sus dimensiones serán: - Veinticuatro centímetros de soga. - Once centímetros y medio de tizón. - Cuatro centímetros de grueso. Se aceptarán tolerancias, en más o menos, de hasta cinco milímetros en su soga; cuatro milímetros en su tizón; y solamente dos milímetros en su grueso. Como desviación máxima de la línea recta se admitirá en toda arista o diagonal superior a once milímetros y medio la de tres milímetros y de dos milímetros las inferiores. Control de ladrillos

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MEMORIA

Cada 500 m2 de fábrica o fracción se realizarán los siguientes ensayos, sobre muestras tomadas según UNE 67022. - Comprobación dimensional y de forma según UNE 67030. - Absorción de agua según UNE 67027. - Heladicidad según UNE 67028. - Eflorescencia según UNE 67029, si procede. - Succión según UNE 67031. - Resistencia a la compresión según UNE 67026. Los controles a realizar y su número serán los especificados en las Normas Tecnológicas NTE R. Resistencia a la intemperie. La resistencia a la intemperie de los ladrillos de arcilla cocida se comprobará mediante la Norma UNE 7062.

BALDOSA DE CEMENTO

Las baldosas de cemento son placas de forma geométrica fabricadas con hormigón, mortero, o pasta de cemento que se definen por su tamaño y/o composición. Las baldosas de cemento para pavimentos se regirán por la norma UNE 41.008 y deberán cumplir las condiciones exigidas para la clase de dicha norma. Definición por su tamaño Baldosines: Son las baldosas de área inferior a un decímetro cuadrado. Losetas: Son las baldosas de área no inferior a 1 dm2 y no superior a 10 dm2. Losas: Son las baldosas de área superior a 10 dm2. Definición por su composición: Baldosa hidráulica.- Se compone de:

Cara constituida por la capa de huella, de mortero rico en cemento arena muy fina y, en general, colorantes.

Capa intermedia que puede faltar a veces, de un mortero y, en general sin colorantes.

Capa de base, de mortero menos rico en cemento y arena más gruesa que constituye el dorso.

Baldosa de pasta.- Se compone de una sola capa de pasta de cemento con colorantes, y a veces, con una pequeña cantidad de arena muy fina.

Baldosa de terrazo.- Se compone de:

Cara constituida por la capa de huella, de hormigón o mortero de cemento, triturado de mármol u otras piedras y, en general, colorantes.

Capa intermedia, que puede faltar a veces, de mortero rico en cemento y árido fino.

Capa de base, de mortero menos rico en cemento y arena gruesa, que constituye el dorso. La cara o capa de huella puede ser pulida o lavada.

Pigmentos Los pigmentos cumplirán los requisitos especificados en la Norma UNE 41060. En la capa de huella de las losetas de color se utilizará cemento blanco y el pigmento adecuado, sin que se vean afectadas las características mecánicas y de calidad exigidas. Se le añadirá a la capa de huella el pigmento necesario en tipo y cantidad para conferir a la citada capa una tonalidad uniforme que se comprobará por comparación visual de las losetas. En las losetas normales está tonalidad será gris claro. La capa base estará siempre sin colorear. Las losetas artísticas se fabricarán con los materiales que se indiquen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares el cual recogerá, asimismo, la forma y el dibujo de la capa superior.

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MEMORIA

CARACTERÍSTICAS Y DIMENSIONES Las baldosas estarán perfectamente moldeadas y su forma y dimensiones serán las señaladas en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Tolerancias: Las tolerancias admisibles en las medidas nominales de los lados serán de ± 0.3%. Dimensiones y espesores: El espesor de una baldosa medido en distintos puntos de contorno, con excepción de los rebajos de la cara o del dorso, no variará en más del 8% del espesor máximo y no será inferior a los valores indicados en la siguiente tabla:

TIPO DIMENSIONES (cm.)

ESPESOR MINIMO DE LA BALDOSA (cm.)

Baldosines hidráulicos (1) e < 10 1'6

Losetas hidráulicas 15 x 15 21 x 21

3'0

Baldosines y losetas de pasta

(1) e 6

6 < e 10

10 < e 15

0'5 0'8 1'0

Baldosas de terrazo

30x30 40x40 50x50 60x60

3'0

(1) Esta medida corresponde, según los casos a: a) Formas cuadradas: lado del cuadrado. b) Formas rectangulares: lado mayor del rectángulo. c) Otras formas: lado del mínimo cuadrado circunscrito. El espesor de la capa de huella, con excepción de los rebajos de alcara, será sensiblemente uniforme y no menor, en ningún punto, que 4 mm. en baldosines hidráulicos, 8 mm. en losetas y losas hidráulicas, y 8 mm. en baldosas de terrazo. Ángulos: La variación máxima admisible en los ángulos será de 0.4 mm. en más o menos, medidos sobre un arco de 20 cm. de radio, o por sus valores proporcionales. Rectitud de las aristas: La desviación máxima de una arista respecto a la línea recta será del uno por mil. Alabeo de la cara: La separación de un vértice cualquiera, con respecto al plano formado por otros tres, no será superior a 0,5 mm. en más o en menos. Planeidad de la cara. La flecha máxima no sobrepasará el tres por mil de la diagonal mayor en más o menos, no pudiendo esta medida sobrepasar, a su vez, de 2 mm. CARACTERISTICAS FISICAS Absorción de agua: El coeficiente de absorción de agua, máximo admisible determinado según la Norma UNE 7008, será del 10% en peso. Heladicidad: En el caso de baldosas para exteriores, ninguna de las tres baldosas ensayadas, de acuerdo con la Norma UNE 6003, presentará en la cara o capa de huella señales de rotura o de deterioro. Resistencia al desgaste: Realizando el ensayo según la Norma UNE 7015, con un recorrido de 250 m. la pérdida máxima de altura permitida será de 3 mm.

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MEMORIA

Resistencia a flexión: Determinada según la Norma UNE 7034, como media de cinco piezas la tensión aparente de rotura no será inferior a la indicada en la siguiente tabla:

TIPO

TENSION APARENTE DE ROTURA (kgf/cm2)

Cara en tracción Dorso en tracción

Baldosas hidráulicas 50 30

Baldosas de terrazo 60 40

Cara vista: Las baldosas deberán cumplir la condición inherente a la cara vista. Esta condición se cumple en el momento de efectuar el control de recepción hallándose éstas en estado seco, esta cara resulta bien lisa y no presenta un porcentaje de defectos superior a los márgenes que se señalan a continuación: Se admite el 2% en baldosas sobre la partida en concepto de hendiduras, grietas, depresiones, abultamientos o desconchados en la superficie de la baldosa, visibles a simple vista y desde la altura normal de una persona, después de mojadas con un trapo húmedo pueden aparecer grietas o fisuras (rectilíneas o reticuladas) pero éstas deberán de ser visibles a simple vista, y desde la altura de una persona, una vez secas. Se admite el 3% en baldosas sobre la partida en concepto de despostillado de aristas, de longitud superior a 4 mm. o al tamaño máximo del árido si este excede de dicha medida desbordando sobre la cara vista y de una anchura superior a 2 mm. Se admite el 2% en baldosas sobre la partida en concepto de despuntado de baldosas, cuyas esquinas estén matadas en una longitud superior a 2 mm. Se admite el 1% en baldosas sobre la partida en concepto de huellas de muela en baldosas pulimentadas. En ningún caso la suma de porcentajes excederá de 5. Las baldosas en seco podrán presentar ligeras eflorescencias (salitrado), así como algunos poros, invisibles a distancia de 0'5 m. después del mojado. Colorido: El color o colores de un pedido serán uniformes y de acuerdo con los de la muestra o modelo elegido. Estructura: La estructura de cada capa será uniforme en toda la superficie de fractura, sin presentar exfoliaciones ni poros visibles. CONTROL EN BALDOSAS DE CEMENTO

Cada 500 m2 o fracción se realizarán los siguientes ensayos: - Absorción de agua según UNE 7008. - Heladicidad según UNE 7033. - Resistencia al desgaste según UNE 7015. - Resistencia a la flexión según UNE 7034. Los controles a realizar y su número serán los especificados en las Normas Tecnológicas NTE R. ADOQUINES Los adoquines se ajustarán a lo especificado en la norma UNE-EN 1338:2004“Adoquines de hormigón. Especificaciones y métodos de ensayo”. En relación a sus características físicas y mecánicas se prescribirán los siguientes valores: Resistencia a rotura a tracción indirecta: Valor medio de 3,6 MPa, sin presentar valores individuales inferiores a 2,9 MPa.

Resistencia a la abrasión: huella inferior o igual a 20 mm.

Resistencia al deslizamiento/resbalamiento: índice USRV superior a 60.

Resistencia a las heladas: Absorción de agua inferior o igual al 6% en masa.

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MEMORIA

En cualquier caso, las caras superiores de los adoquines no presentarán defectos tales como grietas, delaminaciones o exfoliaciones. En el caso de adoquines bicapa no deben producirse separaciones entre las capas. Para tráficos tipo T4 espesores del adoquín habrán de ser de de 8 cm, respectivamente. En todos los casos deberán emplearse adoquines machiembrados con imbricación en planta, salvo para tráficos T4 en que dicha prescripción tendrá carácter optativo. Los adoquines se colocarán con un interespaciado de 1 a 2 mm. La disposición en planta de los adoquines será mediante aparejo en forma de espina de pez. TUBERIAS

Tubería de PVC Los tubos de P.V.C. serán elaborados a partir de resina de cloruro de polivinilo pura, obtenida por el proceso de suspensión y mezcla posterior extensionada. Serán de tipo liso según DIN-9662 y UNE-53.112 y se soldarán según las instrucciones de las normas DIN-16930. Estarán timbrados con las presiones normalizadas, de acuerdo con el T.P.C. Cumplirán las condiciones técnicas y de suministro según las normas DIN-8062 y no serán atacables por roedores.

Tubería de Acero

El material de las tuberías de acero será del tipo A 410 según la norma UNE 36.080 Los accesorios, como bridas, codos, reducciones, etc, serán construidos de acuerdo con la norma DIN, siendo las bridas planas. El cálculo del espesor de las tuberías se justificará en función de los esfuerzos a que estará sometida y la carga de trabajo admisible para el material, de acuerdo con las normas indicadas en el P.P.T.G. para Tuberías del M.O.P.T. El sobreespesor que se adopte para tener en cuenta los efectos de corrosión no será inferior, en ningún caso, a dos milímetros. La relación de diámetro de tubería a espesor de la chapa será superior a 200 y el espesor será siempre igual o mayor a cinco mm. en tuberías de diámetro igual o menor de 300 mm. El radio mínimo de los codos será vez y media el radio interior de la tubería. La longitud de los codos será como mínimo siete veces la diferencia de los diámetros máximo y mínimo de los conos. Los entronques de tuberías de diámetro superior a 300 mm. se rigidizarán con refuerzos a base de baberos. Como mínimo el espesor del babero será cuatro veces el de la tubería de mayor espesor. Los entronques de tubería de diámetros inferiores a 300 mm., o si una de las tubería es de diámetro inferior a 300 mm., se rigidizará con refuerzos planos cuyo espesor no será inferior al de la chapa de la tubería de mayor diámetro. No se permitirá soldadura directa de codos, conos, reducciones, etc, a bridas. La unión se hará mediante un carrete cilíndrico, cuya longitud no será inferior a cien (100)

Tubería de fundición

Los tubos a emplear serán de fundición dúctil fabricados por centrifugado, serán rectos y tendrán sección circular, los extremos acabarán en sección perpendicular al eje y sin rebabas. En una sección de rotura, el grano será fino, regular y compacto. Cada tubo tendrá marcados de forma indeleble y fácilmente legibles los siguientes datos: La marca del fabricante

Año de fabricación

La indicación "fundición dúctil"

El diámetro nominal Las características de los tubos serán las siguientes : Mecánicas: Resistencia mínima a tracción: 420 MPa

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MEMORIA

Alargamiento mínimo a la rotura: 10 % Dureza Brinell máxima: 230

Rectitud : 0,125% longitud del tubo Ovalidad:

Diámetro nominal 200 - Misma tolerancia que Diámetro Exterior

Diámetro nominal 200 - 1%

Las piezas accesorias serán también de fundición y se fabricarán por colado en molde fijo de arena, los requerimientos que deben satisfacer estas piezas accesorias, son análogos a los exigidos a los tubos en los que van acoplados, aunque por el proceso constructivo su alargamiento a la rotura se reduce al 5%. Los tubos y piezas accesorias estarán protegidos frente a la corrosión mediante revestimiento externo con pintura epoxídica con espesor mínimo de 150 micras e interno con una capa de mortero de cemento aluminoso centrifugado. Ambos recubrimientos serán homogéneos, continuos en toda la superficie y deberán quedar bien adheridos. La superficie del recubrimiento de mortero, no tendrá incrustaciones, grietas ni coqueras. Se admitirán ligeros relieves, depresiones o estrías propias del proceso de fabricación.

Tubería de polietileno

El polietileno es una resina termoplástica. Los monómeros de etileno dan origen à macromoléculas lineales conocidas por polímeros. Ahí resulta el termoplástico que se designa por polietileno, el PE. De acuerdo con su grado de cristalinidad lo clasificamos de 3 formas: • PEBD - Polietileno de baja densidad • PEMD - Polietileno de media densidad • PEAD - Politileno de alta densidad Son productos que por sus extensos cadenas moleculares adquieren una gran ductilidad y tenacidad. Los fabricantes de materia prima han mejorado continuamente las características deI polietileno. Hasta hace poco tiempo la tubería era producida con PE 63 ( s = 5,0 MPa ), de acuerdo con la norma DIN 8074, UNE 53131. La evolución de las materias primas nos permite hoy utilizar la resina PE 80 ( s = 6,3 MPa ) que reduce significativamente el espesor sin alterar la capacidad de resistencia y comportamiento de la tubería. La resina PE 100 ( s = 8,0 MPa) es sin embargo la ultima palabra en este tema, posibilitando producir tuberías hasta una presión nominal de 3,2 MPa. con la norma prEN 12201. Características. Los tubos de polietileno (PE) se fabricarán en instalaciones especialmente preparadas con todos los dispositivos necesarios para obtener una producción sistematizada y con un laboratorio mínimo necesario para comprobar por muestreo, al menos las condiciones de resistencia y absorción exigidas al material. Las piezas especiales serán de latón tanto el cuerpo como las arandelas interiores o manguitos electrosoldables. Los tubos así obtenidos deberán cumplir la norma correspondiente para los tubos fabricados con polietileno reticulado (PE-R). Así como las normas en vigor referente a propiedades mecánicas y químicas de los tubos de PE o PE-R. Se empleará de baja densidad para diámetros menores o iguales a 63 mm, y de alta densidad para los superiores. Las características deberán ser conformes con lo especificado en la Norma UNE 53-131 las primeras y en UNE 53-133 las segundas. Las características mecánicas mínimas serán: Baja Densidad.- • Densidad(g/ml): 0,932 • Resistencia a la tracción(MPa): 16 • Módulo de elasticidad(MPa): 220 • Alargamiento mínimo a la rotura: 500% • Dureza (escala D): 45

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MEMORIA

Alta Densidad.- • Densidad(g/ml): 0,955 • Resistencia a la tracción(MPa): 27 • Módulo de elasticidad(MPa): 800 • Alargamiento mínimo a la rotura: 750% • Dureza (escala D): 64 En determinadas condiciones, las tuberías de 90, 110, etc., mm y en alta densidad, podrán emplearse para la instalación de conducciones viarias, uniéndose mediante manguitos electrosoldables o soldadura a tope. En su instalación se deberá tener en cuanta el alto coeficiente de dilatación por cambios de temperatura, formando para ello zig-zag suficiente que la absorben. Los accesorios serán de PE electrosoldables o soldados a tope. Todos los tubos llevarán las siguientes marcas: Diámetro Nominal, Tipo de unión, Material, Material, Presión de Trabajo, Fabricante, Año, Nº de Identificación. Los tubos se marcarán exteriormente y de manera visible con los siguientes datos mínimos:

Marca de fabricante.

Material y condiciones de trabajo.

Normas que corresponden a cada uno de ellos y fecha de fabricación.

Uso a que se destina (Agua Potable, Saneamiento o Alcantarillado) Sistemas de unión y piezas especiales La unión de tuberías entre sí, o entre éstas y el resto de piezas intercaladas en la instalación de las acometidas domiciliarias, se realizará mediante accesorios metálicos, de latón, bronce o fundición. El latón de estos fabricados corresponderá al grupo 2510 y el bronce al 3110 de aleaciones de cobre para moldeo, de acuerdo con lo especificado en las Normas UNE 37-101-75, UNE 37-102-84 y UNE 37-103-81. La fundición deberá ser nodular FGE 43-12 ó 50-7 de UNE 36-118. Los accesorios y uniones destinados a ser usados con tuberías de polietileno deben estar diseñados para prestar en la práctica, el mismo servicio de funcionamiento a largo plazo que las propias tuberías. En cada caso, se deberá comprobar con las indicaciones del fabricante si la resistencia del accesorio se corresponde a la presión de trabajo de la instalación. Aparte de la función específica de todo accesorio, que es producir una unión estanca, determinados tipos permiten poder hacer trabajar la unión a tracción. Todos los accesorios de enlace han de ser fácilmente desmontables para permitir cualquier reparación o maniobra sin necesidad de sustituir ni cortar parte del tubo, quedando libre una vez montada la unión, así como permitir la corrección de una posible fuga por la simple manipulación de aquéllos, sin necesidad de sustituirlos, si la fuga se produce por falta de ajuste de sus elementos o de éstos con el tubo de polietileno. Los accesorios cuya unión a la instalación en alguno de sus extremos sea roscada, las roscas serán conformes con las definidas en la Norma UNE 19-009, que concuerda con DIN 259 y corresponde a la denominada rosca Withworth. Así mismo, para que su utilización sea admisible deberá cumplir lo especificado en las Normas UNE 53-405-86 - Ensayos de estanquidad a la presión interior, UNE 53-406-86 -Ensayos de estanquidad a la depresión interior, UNE 53-408-88 - Ensayo de resistencia al arrancamiento entre tubería y enlace, UNE 53-407-86 - Ensayo de estanquidad a la presión interior con tubos sometidos a curvatura, y el ensayo de desmontaje después de haber sido sometido el accesorio al ensayo de presión interior. Los tubos se clasificarán por su diámetro exterior (diámetro nominal) y la presión máxima de trabajo (Pt) definida en kilogramos por centímetro cuadrado. Dicha presión de trabajo se entiende para cincuenta (50) años de vida útil de la obra y veinte grados centígrados (20ºC) de temperatura de uso del agua. Cuando dichos factores se modifiquen se definirán explícitamente el período útil previsto y la temperatura de uso. Para plazos menores de cincuenta (50) años, se justificarán detalladamente las causas que fuerzan la consideración de un período de utilización más corto. La presión de trabajo será de 10 atm como mínimo. El material de los tubos estará exento de grietas, granulaciones, burbujas o faltas de homogeneidad de cualquier tipo. Las paredes serán suficientemente opacas para impedir el crecimiento de algas o bacterias, cuando las tuberías queden expuestas a la luz solar. Las condiciones de funcionamiento de las juntas y uniones deberán ser justificadas con los ensayos realizados en un laboratorio oficial, y no serán inferiores a las correspondientes al propio tubo.

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MEMORIA

PINTURAS Condiciones generales Los materiales constitutivos de la pintura serán todos de primera calidad, finamente molidos y el procedimiento de obtención de la misma garantizará la bondad de sus condiciones. La pintura tendrá la fluidez necesaria para aplicarse con facilidad a la superficie, pero con la suficiente coherencia para que no se separen sus componentes y que puedan formarse capas de espesor uniforme, bastante gruesas. No se extenderá ninguna mano de pintura sin que esté seca la anterior, debiendo de transcurrir entre cada mano de pintura el tiempo preciso, según la clase, para que la siguiente se aplique en las debidas condiciones. Cada una de ellas, cubrirá la precedente con espesor uniforme y sin presentar ampollas, desigualdades ni aglomeración de color. Según el caso, la Dirección Facultativa señalará la clase de color de la pintura, así como las manos o capas que deberán darse. Las distintas manos a aplicarse deberán realizarse también en distintos colores. La pintura será de color estable, sin que los agentes atmosféricos afecten sensiblemente a la misma. En función de las características del soporte se elegirá el tipo de pintura adecuado para evitar la reacción química entre ambos. Antes de procederse a la pintura de los materiales, se efectuará, indispensablemente, la limpieza y secado de la superficie de los mismos. Serán de aplicación, así mismo, las especificaciones contenidas en las "Normas de Pintura del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial" (INTA). Pinturas de minio de plomo Se definen como pinturas de minio de plomo, para imprimación anticorrosiva de superficies de materiales férreos. Las pinturas en cuestión se clasifican en los siguientes tipos: - Tipo I: Pintura de minio de plomo al aceite de linaza. - Tipo II: Pintura de minio de plomo-óxido de hierro - Tipo III: Pintura de minio de plomo con barniz gliceroftálico. - Tipo IV: Pintura de minio de plomo con barniz fenólico. Pinturas de cromato de cinc-óxido de hierro Se definen como pinturas de cromato de cinc-óxido de hierro, para imprimación anticorrosiva de superficies de materiales férreos. Las pinturas en cuestión se clasificarán en los siguientes tipos: Tipo I: Pintura de cromato de cinc-óxido de hierro, con vehículo constituido por una mezcla, a partes iguales, de resina gliceroftálica y aceite de linaza crudo, disuelta en la cantidad conveniente de disolvente volátil. Tipo II: Pintura de cromato de cinc-óxido de hierro, con vehículo constituido por una solución de resina gliceroftálica, modificada con aceites vegetales, con la cantidad adecuada de disolvente volátil. Tipo III: Pintura de cromato de cinc-óxido de hierro, con vehículo constituido por un barniz de resina fenólica. Pinturas a base de resinas epoxi Se define como pintura de imprimación de minio de plomo a base de resina epoxi la formada por un componente resinoso de tipo alfaepoxi y un agente de curado en frío (poliamida). El pigmento, conteniendo al menos un 75% de minio de plomo, deberá estar dispersado de forma adecuada sólo en el componente de la resina. TIERRA VEGETAL. Se utilizará tierra vegetal con textura suelta, desprovista de piedras y semillas o bulbos extraños. Será algo arenosa y con una proporción de arcilla no superior al 25%. En caso contrario se le añadirá arena de río para conseguir este límite. No contendrá sal. A esta tierra vegetal se le añadirá estiércol. El estiércol a emplear será de cuadra, preferentemente de ganado equino aunque también puede estar mezclado con el procedente de ganado porcino siempre que este último sea viejo y perfectamente hecho.

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El estiércol deberá estar fermentado y desprovisto de piedras u otros elementos extraños así como suficientemente limpio de paja. La tierra franca tendrá una proporción en peso de 50% de arena, un 20% de caliza, y un 15% de humus. Deberá estar desprovista de piedras, semillas extrañas y de sal. PLANTAS. Todas las plantas a emplear serán de primera calidad, exentas de enfermedades criptogámicas o plagas de insectos. En general se emplearán las definidas en el presupuesto, con las características que en él se especifican. La situación de los arbustos, palmeras y otras plantas se ajustarán a los planos. Una vez marcadas sobre el terreno las formas y dimensiones de las distintas zonas, se procederá primeramente a la apertura de hoyos y plantación de palmeras y arbustos. A continuación se extenderá y mezclará la tierra vegetal con sus aditivos de estiércol y enmiendas que procedan, mezclándose íntimamente. La plantación se realizará de acuerdo con las buenas prácticas de la jardinería pudiendo servir de orientación las recomendaciones dadas por viveros de garantía. Se procurará que la fecha de plantación sea la más adecuada a cada especie. El contratista cuidará la conservación de los jardines durante el plazo de garantía, respondiendo de las pérdidas que se produzcan durante este tiempo que deberá reponer. MATERIALES NO ESPECIFICADOS EN EL PRESENTE PLIEGO. Los materiales cuyas características no estén especificadas en este Pliego cumplirán las prescripciones de los pliegos, Instrucciones o Normas, aprobadas con carácter oficial en los casos en que dichos documentos sean aplicables. Para recabar la aprobación de todos aquellos materiales no incluidos en la presente Especificación Técnica el Contratista deberá presentar a la Dirección cuantos catálogos, muestras, informes y certificados de los correspondientes fabricantes y suministradores sean necesarios para justificar la aptitud de su empleo. Si la información no la considera suficiente, la Dirección podrá exigir al contratista los ensayos oportunos de los materiales a utilizar. En todo caso la Dirección podrá rechazar aquellos materiales que no reúnan a su juicio, la calidad y condiciones necesarias al fin a que han de ser destinados, y sin que el Contratista tenga derecho en tal caso a reclamación alguna. Todo material no especificado en esta Especificación Técnica y aprobado por la Dirección quedará reflejado en los Planos del Proyecto, y otros documentos contractuales. CASO DE QUE LOS MATERIALES NO REÚNAN LAS CONDICIONES EXIGIDAS. Podrán desecharse todos aquellos materiales que no satisfagan las condiciones expuestas en este Pliego para cada uno de ellos en particular. El Contratista se atendrá, en todo caso, a lo que por escrito ordene el Director de las obras para el cumplimiento de las prescripciones del presente Pliego y la Prescripciones Generales. El Director de la obra podrá señalar al Contratista un plazo breve para que retire de los terrenos de la obra los materiales desechados. En caso de incumplimiento de esta orden, procederá a retirarlos por cuenta y riesgo del Contratista. ENSAYOS Y RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES. Una vez realizados los ensayos o pruebas a que se refiere los artículos y párrafos correspondientes, y si procede, se dará la aprobación de los materiales. El examen y aprobación de los materiales no implicará la recepción definitiva. En consecuencia las responsabilidades del Contratista no cesarán hasta que se haya extendido el acta de recepción definitiva de la obra en que se hayan empleado. 5. UNIDADES DE OBRA

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DEMOLICIÓN DE HORMIGÓN EN CALZADAS Y ACERAS. DEFINICIÓN Esta unidad comprende la demolición de hormigón en calzadas, aceras y otros elementos, incluyendo la base y subbase del mismo, bordillos, rigolas y corte de pavimentos, limpieza y así como la carga y transporte a vertedero y la descarga, canon de vertido en el mismo de los productos resultantes. EJECUCIÓN Una vez realizada la retirada del mobiliario y otros materiales existentes se procederá a la demolición. Las operaciones se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones próximas a las aceras a demoler. Durante las demoliciones, si aparecen grietas en los edificios cercanos, se colocarán testigos a fin de observar los posibles efectos de la demolición y efectuar su apuntalamiento o consolidación si fuera preciso. Se evitará la formación de polvo regando ligeramente la zona de trabajo. La reposición de elementos deteriorados durante estas operaciones correrá a cuenta del Contratista. MEDICIÓN Y ABONO Se abonará por m², comprende la demolición de obras de hormigón en calzadas y aceras y otros elementos, incluyendo la base y sub-base del mismo, bordillos, rigolas y baldosas, hasta un espesor de 20 cm. y retirada de escombros y canon de vertido, a vertedero autorizado. No siendo objeto de abono independiente los trabajos necesarios para salvar las arquetas y tapas de los servicios existentes que haya que mantener, ni los cortes en el pavimento. El precio incluye la totalidad de las operaciones necesarias para la ejecución completa de la unidad. DEMOLICIÓN DE FIRME FLEXIBLE DE CALZADAS. DEFINICIÓN Incluye la demolición y levantamiento de aquellas capas de los firmes de calzadas, constituidas por materiales a base de mezclas bituminosas o capas granulares, así como la carga y transporte a vertedero y la descarga en el mismo de los productos resultantes así como canon de vertido, incluso parte proporcional de corte con disco de diamante necesario. EJECUCIÓN Se protegerán los elementos de servicio público que puedan ser afectados por la demolición, incluyendo tapas de pozos y arquetas, sumideros, árboles, farolas y otros elementos del mobiliario urbano. Las operaciones de demolición se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones próximas. En este sentido, se atenderá a lo que ordene la Dirección Técnica, que designará y marcará los elementos que haya que conservar intactos. Durante las demoliciones, si aparecen grietas en los edificios cercanos, se colocarán testigos a fin de observar los posibles efectos de la demolición y efectuar su apuntalamiento o consolidación si fuera preciso. Se evitará la formación de polvo regando ligeramente la zona de trabajo. Al finalizar la jornada no deben quedar elementos inestables, de forma que el viento, las condiciones atmosféricas u otras causas puedan provocar su derrumbamiento. Los materiales de derribo que hayan de ser utilizados en la obra se limpiarán, acopiarán y transportarán en la forma y a los lugares que señale la Dirección Técnica. La reposición de elementos deteriorados durante estas operaciones correrá a cuenta del Contratista. MEDICIÓN Y ABONO Se abonará por metros cúbicos, inmediatamente después de finalizar la misma, no siendo objeto de abono independiente los trabajos necesarios para salvar las arquetas y tapas de los servicios existentes que haya que mantener. El precio incluye el corte de pavimento y la totalidad de las operaciones necesarias para la ejecución completa de la unidad. Se separarán las unidades de obra de demolición de hormigón en calzada y demolición de mezcla bituminosa en calzada.

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EXCAVACIÓN APERTURA DE CAJA. DEFINICIÓN Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para excavar y nivelar las zonas donde se asienta el vial y aceras. También se incluyen las operaciones de carga, con o sin selección, carga de los productos excavados, transporte a vertedero autorizado y canon de vertido. EJECUCIÓN Quedará a criterio y por cuenta del Contratista la utilización de los medios de excavación que considere precisos, siempre que se garantice una producción adecuada a las características, volumen y plazo de ejecución de las obras. Deben ser tenidas en cuenta las distancias de seguridad a tendidos aéreos de conducción de energía eléctrica. Durante la ejecución de las obras se tomarán las precauciones adecuadas para no disminuir la resistencia del terreno no excavado. En especial, se tomarán las medidas necesarias para evitar los siguientes fenómenos: inestabilidad de taludes, deslizamientos ocasionados por el descalce del pie de la excavación, erosiones locales y encharcamientos debidos a un drenaje defectuoso de las obras. El Contratista deberá asegurar la estabilidad de los taludes y paredes de todas las excavaciones que realice, y aplicar oportunamente los medios de sostenimiento, entibación, refuerzo y protección superficial del terreno apropiados a fin de impedir desplazamientos y deslizamientos que pudieran ocasionar daños a personas o a las obras, aunque tales medios no estén definidos en el Proyecto, ni hubieran sido ordenados por la Dirección Técnica. Con independencia de ello, la Dirección Técnica podrá ordenar la colocación de apeos, entibaciones, refuerzos o cualquier otra medida de sostenimiento o protección en cualquier momento de la ejecución de las obras. El Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar la entrada de agua y mantener libre de agua la zona de las excavaciones; a estos fines, construirá las protecciones, zanjas y cunetas, drenajes y conductos de desagüe que sean necesarios. El agua de cualquier origen que sea y que, a pesar de las medidas tomadas, irrumpa en las zonas de trabajo o en los recintos ya excavados y la que surja en ellos por filtraciones, será recogida, encauzada y evacuada convenientemente, y extraída con bombas u otros procedimientos si fuera necesario. Tendrá especial cuidado en que las aguas superficiales sean desviadas y encauzadas antes de que alcancen las proximidades de los taludes o paredes de la excavación, para evitar que la estabilidad del terreno pueda quedar disminuida por un incremento de presión del agua intersticial, y para que no se produzcan erosiones de los taludes. Cuando así se requiera, se evitará la formación de polvo regando ligeramente la zona de trabajo o de circulación de vehículos. MEDICIÓN Y ABONO Se abonará por metros cúbicos, inmediatamente después de finalizar la misma, no siendo objeto de abono independiente los trabajos necesarios para salvar las arquetas y tapas de los servicios existentes que haya que mantener. El precio incluye la totalidad de las operaciones necesarias para la ejecución completa de la unidad. Excavación en zanjas. DEFINICIÓN Esta unidad consiste en el conjunto de operaciones necesarias para abrir zanjas y pozos. Su ejecución incluye las operaciones de: - Excavación. - Nivelación y evacuación del terreno. - Colocación de la entibación, si fuese necesaria - Agotamiento de la zanja o pozo, si fuese necesario. - Transporte de los productos sobrantes removidos a vertedero, depósito o lugar de empleo. Las excavaciones de zanjas y pozos del presente Proyecto, serán excavaciones sin clasificar (en cualquier clase de terreno).

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EJECUCIÓN Los productos sobrantes procedentes de la excavación se transportarán a vertedero cuya gestión y utilización correrán de cuenta del Contratista, no habiendo lugar a abonos adicionales. El Contratista de las obras, hará sobre el terreno un replanteo general del trazado de la conducción y del detalle de las obras de fábrica, marcando las alineaciones y rasantes de los puntos necesarios, para que con auxilio de los planos, pueda el Contratista ejecutar debidamente las obras. Será obligación del Contratista la custodia y reposición de las señales que se establezcan en el replanteo. Las zanjas para colocación de tuberías tendrán el ancho de la base, profundidad y taludes que figuren en el Proyecto o indique la Dirección Técnica de las obras. Cuando se precise levantar un pavimento existente para la ejecución de las zanjas, se marcarán sobre la superficie de este el ancho absolutamente imprescindible, que será el que servirá de base para la medición y el abono de esta clase de obra. La reposición del citado pavimento se hará empleando los mismos materiales obtenidos al levantarlo, sustituyendo todos los que no queden aprovechables y ejecutando la obra de modo que el pavimento nuevo sea de idéntica calidad que el anterior. Para ello, se atenderán cuantas instrucciones dé la Dirección Técnica. La ejecución de las zanjas para emplazamiento de las tuberías, se ajustará a las siguientes normas: a) Se replanteará el ancho de las mismas, el cual es el que ha de servir de base al abono del arranque y reposición del pavimento correspondiente. Los productos aprovechables de este se acopiarán en las proximidades de las zanjas. b) El Contratista determinará las entibaciones que habrán de establecerse en las zanjas atendiendo a las condiciones de seguridad, así como los apeos de los edificios contiguos a ellas. c) No se autorizará la circulación de vehículos a una distancia inferior a 3 m del borde de la excavación para vehículos ligeros, y de 4 m para vehículos pesados. Los productos procedentes de la excavación se acopiarán a una distancia de la coronación de los taludes siempre en función de la profundidad de la zanja con el fin de no sobrecargar y aumentar el empuje hacia las paredes de la excavación. En caso de que no exista forma de evitar tal acopio, el empuje se tendrá en cuenta para el cálculo y dimensionamiento de la entibación. d) Los productos de las excavaciones se depositarán a un solo lado de las zanjas, dejando una banqueta de sesenta (60) centímetros como mínimo. Estos depósitos no formarán cordón continuo, sino que dejarán paso para el tránsito general y para entrada a las viviendas afectadas por las obras, todos ellos se establecerán por medios de pasarelas rígidas sobre las zanjas. e) El Contratista pondrá en práctica cuantas medidas de protección, tales como cubrición de la zanja, barandillas, señalización, balizamiento y alumbrado, sean precisas para evitar la caída de personas o de ganado en las zanjas. Estas medidas deberán ser sometidas a la conformidad de la Dirección Técnica, que podrá ordenar la colocación de otras o la mejora de las realizadas por el Contratista, si lo considerase necesario. f) Se tomarán las precauciones precisas para evitar que las lluvias inunden las zanjas abiertas g) Deberán respetarse cuantos servicios se descubran al abrir las zanjas, disponiendo los apeos necesarios. Cuando hayan de ejecutarse obras por tales conceptos, lo ordenará la Dirección Técnica de las obras. La reconstrucción de servicios accidentalmente destruidos, será de cuenta del Contratista. h) Durante el tiempo que permanezcan las zanjas abiertas, establecerá el Contratista señales de peligro, especialmente por la noche. El Contratista será responsable de los accidentes que se produzcan por defectuosa señalización. No se levantarán los apeos establecidos sin orden de la Dirección Técnica. j) La Dirección Técnica podrá prohibir el empleo de la totalidad o parte de los materiales procedentes de la demolición del pavimento, siempre que a su juicio hayan perdido sus condiciones primitivas como consecuencia de aquella. k) Se comprobará la ausencia de gases y vapores nocivos antes de comenzar la jornada laboral. En caso de existencia de éstos, se ventilará la zanja adecuadamente. l) Se instalarán antepechos de protección a una distancia de 0,60 m como mínimo del borde de la zanja. También se instalarán topes adecuados como protección ante el riesgo de caídas de materiales u otros elementos. m) Deberá disponerse al menos una escalera portátil por cada equipo de trabajo, que deberá sobrepasar al menos un metro el borde de la zanja, y disponiendo al menos de una escalera cada 30 m de zanja. n) Cualquier achique que sea necesario efectuar por la presencia de aguas que afloren en el interior de las zanjas se hará de manera inmediata.

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ñ) Los fondos de las excavaciones se limpiarán de todo el material suelto o flojo y sus grietas y hendiduras se rellenarán adecuadamente. Asimismo, se eliminarán todas las rocas sueltas o desintegradas y los estratos excesivamente delgados. Cuando los cimientos apoyen sobre material cohesivo, la excavación de los últimos treinta centímetros (30 cm) no se efectuará hasta momentos antes de construir aquellos, y previa autorización del Director de Obra. MEDICIÓN Y ABONO Se abonará por metros cúbicos, determinados a partir de las secciones tipo representadas en planos. No serán de abono los desprendimientos de las zanjas ni los agotamientos, si son necesarios. Tampoco serán de abono las entibaciones, si su inclusión está expresamente considerada en la definición de la unidad. SUBBASE DE ZAHORRA ARTIFICIAL. DEFINICIÓN Se define como zahorra el material granular, de granulometría continua, utilizado como capa de firme. Se denomina zahorra artificial al constituido por partículas total o parcialmente trituradas, en la proporción mínima que se especifique en cada caso. Su ejecución incluye las siguientes operaciones: - Preparación y comprobación de la superficie de asiento. - Aportación del material. - Extensión, humectación si procede, y compactación de cada tongada. - Refino de la superficie. MATERIALES La zahorra artificial es una mezcla de áridos, total o parcialmente machacados, en la que la granulometría del conjunto de los elementos que la componen es de tipo continuo. Los materiales serán áridos procedentes de machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural, escorias o suelos seleccionados, o materiales locales exentos de arcilla, margas u otras materias extrañas. El árido comprenderá elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable, exentos de polvo, suciedad, arcillas u otros materiales extraños. El equivalente arena según la UNE-EN 933-8 deberá ser mayor de 40. El coeficiente de desgaste, medido por en Ensayo de Los Ángeles, según La UNE-EN 1097-2, será inferior a treinta y cinco ( 30 ). El material será no plástico para todos los tipos de tráfico según UNE 103104 y su índice de lajas de las distintas fracciones del árido grueso deberá ser inferior a 35 y el porcentaje mínimo de partículas trituradas, según la UNEEN 933-5, será del setenta y cinco por ciento (75%). La compactación de las zahorras se efectuará a la humedad óptima definida en el ensayo Proctor modificado y se alcanzará el 98 % de la densidad establecida. EJECUCIÓN Preparación de la superficie de asiento. La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de calidad y forma previstas, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, la Dirección Técnica podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto. Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerancias, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra. Extensión de la tongada. Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones, en una tongada de 15 cm. Antes de extender una tongada se procederá, si fuera necesario, a su homogeneización y humectación. Se podrán utilizar para ello la prehumidificación en central u otros procedimientos sancionados por la práctica que garanticen, a juicio de la Dirección Técnica, la correcta homogeneización y humectación del material.

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La humedad óptima de compactación, deducida del ensayo "Próctor Modificado" según la Norma NLT 108/98, podrá ser ajustada a la composición y forma de actuación de equipos de compactación, según los ensayos realizados en el tramo de prueba. Todas las operaciones de aportación de agua tendrán lugar antes de la compactación. Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. Compactación de la tongada. Conseguida la humedad más conveniente, la cual no deberá rebasar a la óptima en más de un 1 por ciento (1%), se procederá a la compactación de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad especificada más adelante en este mismo Artículo. Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de paso o desagüe, muros o estructuras, no permitieran el empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando, se compactarán con medios adecuados a cada caso, de forma que las densidades que se alcancen cumplan las especificaciones exigidas a la zahorra en el resto de la tongada. El valor del módulo de compresibilidad en el segundo ciclo de carga del ensayo e carga con placa (Ev2 ) según NLT-357 será como mínimo 180 MPa. Además, el valor de la relación de módulos Ev2 / Ev1 será inferior a 2,2. Densidad La compactación de la zahorra artificial se continuará hasta alcanzar una densidad no inferior a la que corresponda al 98% de la máxima obtenida en el ensayo "Próctor modificado", según la Norma NLT 108/98 ,efectuando las pertinentes sustituciones de materiales gruesos. Tolerancias geométricas de la superficie acabada. Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los planos, se comprobará la superficie acabada con la teórica que pase por la cabeza de dichas estacas. La citada superficie no deberá diferir de la teórica en ningún punto en más de quince milímetros (15 mm). Se comprobará el espesor de la capa extendida, que en ningún caso deberá ser inferior al teórico deducido de la sección-tipo de los planos. Las irregularidades que excedan de las tolerancias especificadas se corregirán por el Contratista, a su cargo. Para ello se escarificará en una profundidad mínima de quince centímetros (15 cm), se añadirá o retirará el material necesario y de las mismas características, y se volverá a compactar y refinar. CONTROL DE CALIDAD Se someterá al material empleado al siguiente conjunto de ensayos para asegurar la calidad de ejecución de la unidad:

Equivalente de arena (según ensayo NLT 113/87): 1 por cada 1000 m³

Próctor Modificado (según ensayo NLT 108/98): 1 por cada 1000 m³

Granulométrico (según ensayo NLT 104/91): 1 por cada 1000 m³

Límites de Atterberg (según ensayos NLT 105/98 y 106/98): 1 por cada 1000 m³

Coeficiente de desgaste Los Ángeles(según NLT 149/91): 1 por cada 2000 m³

Proporción de árido grueso que presenta dos o más caras de fractura por machaqueo (NLT 358/90): 1 por cada 2000 m³

La compactación de la capa de zahorra artificial será objeto de la siguiente comprobación:

Densidad y humedad “in situ”: 5 puntos por cada 1000 m² en calzadas, 5 por cada 500 m² en aceras o aparcamientos.

Ensayo con Placa de carga 1 cada 3500 m² en calzadas, o fracción diaria.

MEDICIÓN Y ABONO Se abonará por metros cúbicos (m³). El precio incluye la totalidad de los materiales y las operaciones necesarias para la ejecución completa de la unidad. Relleno de zanjas para instalación de tuberías En el caso de zanja serán de aplicación los apartados anteriores en tanto en cuanto no contraríen a lo expuesto en este apartado, en otro caso será de aplicación lo aquí expuesto.

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La decisión sobre la cama de apoyo de la tubería en el terreno, granular o de hormigón, y su espesor, dependerá del tipo de tubo y sus dimensiones, la clase de juntas y la naturaleza del terreno, vendrá definida en el Proyecto o, en su defecto, será establecida por el Director de Obra. Una vez realizadas, si procede, las pruebas de la tubería instalada, para lo cual se habrá hecho un relleno parcial de la zanja dejando visibles las juntas, se procederá al relleno definitivo de la misma, previa aprobación del Director de Obra. El relleno de la zanja se subdividirá en dos zonas: la zona baja, que alcanzará una altura de unos treinta centímetros (30 cm) por encima de la generatriz superior del tubo y la zona alta que corresponde al resto del relleno de la zanja. En la zona baja el relleno será de material no plástico, preferentemente granular, y sin materia orgánica. El tamaño máximo admisible de las partículas será de cinco centímetros (5 cm), y se dispondrán en capas de quince a veinte centímetros (15 a 20 cm) de espesor, compactadas mecánicamente hasta alcanzar un grado de compactación no menor del noventa y ocho por ciento (98 %) del Proctor Modificado. En el caso de zanjas excavadas en terraplenes o en rellenos todo-uno la densidad obtenida después de compactar el relleno de la zanja habrá de ser igual o mayor que la de los materiales contiguos. En el caso de zanjas sobre terrenos naturales o sobre pedraplenes este objetivo habrá de alcanzarse si es posible; en caso contrario, se estará a lo indicado por el Proyecto o, en su defecto, por el Director de Obra, pero en ningún caso, por debajo de los valores mínimos de densidad indicados en los párrafos anteriores del presente Pliego. Se prestará especial cuidado durante la compactación de los rellenos, de modo que no se produzcan ni movimientos ni daños en la tubería, a cuyo efecto se reducirá, si fuese necesario, el espesor de las tongadas y la potencia de la maquinaria de compactación. Cuando existan dificultades en la obtención de los materiales indicados o de los niveles de compactación exigidos para la realización de los rellenos, el Contratista podrá proponer al Director de Obra, una solución alternativa sin sobrecosto adicional. EJECUCIÓN No se procederá al relleno de zanjas sin autorización de la Dirección Técnica. El relleno se efectuará extendiendo los materiales en tongadas sucesivas sensiblemente horizontales y de un espesor tal que, con los medios disponibles, se obtenga en todo su espesor el grado de compactación requerido, no superando en ningún caso los veinte (20) centímetros. El grado de compactación a alcanzar, si la Dirección Técnica no establece otro, será del 98% del determinado en el ensayo Próctor normal. Esta unidad ha de ser ejecutada cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a dos (2) grados centígrados. MEDICIÓN Y ABONO Los rellenos se abonarán por metros cúbicos (m3). OBRAS DE HORMIGÓN EN MASA O ARMADO. DEFINICIÓN Se definen como obras de hormigón en masa o armado, aquellas en las cuales se utilizan como material fundamental el hormigón reforzado en su caso con armadura de acero que colaboran con el hormigón para resistir los esfuerzos. FABRICACIÓN Y TRANSPORTE A OBRA DEL HORMIGÓN Hormigón fabricado en central (Art.69.2 EHE2008) -Almacenamiento de materias primas (69.2.2) -Instalaciones de dosificación (69.2.3) -Dosificación de materias primas (69.2.4) -Equipos de amasado (69.2.5) -Amasado (69.2.6) -Transporte (69.2.7) - Designación y características (69.2.8) - Entrega y recepción

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Hormigón no fabricado en central (Art.69.3 EHE2008) EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Puesta en obra del hormigón( Art. 70 EHE2008 ) - Colocación (70.1) - Compactación (70.2) - Técnicas especiales (70.3) Juntas de hormigonado ( Art. 71 EHE2008 ) Hormigonado en tiempo frio( Art. 72 EHE2008 ) Hormigonado en tiempo caluroso ( Art. 73 EHE2008 ) Curado del hormigón ( Art. 74 EHE2008 ) Descimbrado, desencofrado y desmoldeo ( Art. 75 EHE2008 ) Acabado de superficies ( Art. 76 EHE2008 ) En caso de hormigón armado será necesario previo a la elaboración del hormigón: Elaboración de ferralla y colocación de las armaduras pasivas ( art.66 EHE2008) -Disposición de separadores (66.2) -Doblado de las armaduras pasivas (66.3) -Distancias entre barras de armaduras pasivas (66.4) -Anclaje de las armaduras pasivas (66.5) -Empalme de las armaduras pasivas (66.6) HORMIGÓN EN MASA EN SOLERAS. Las soleras, sus juntas se realizaran cumpliendo normativa de aplicación. El mallazo se colocará antes de verter el hormigón y tendrá los separadores convenientes para guardar los recubrimientos. El hormigón se vibrará por medio de vibradores ya sean de aguja o con reglas vibrantes. La superficie de acabado se enrasará por medio de reglas metálicas, corridas sobre rastreles también metálicos perfectamente nivelados con las cotas del Proyecto. Las tolerancias de la superficie acabada no deberá ser superior a cinco milímetros ( 5 mm.) cuando se compruebe por medio de reglas de tres metros (3 m.) de longitud en cualquier dirección y la máxima tolerancia absoluta de la superficie de la solera en toda su extensión no será superior a un centímetro (1 cm.). MEDICIÓN Y ABONO La solera se abonará por metros cuadrados (m2). RIEGOS DE ADHERENCIA E IMPRIMACIÓN. DEFINICIÓN Estas unidades consisten en la aplicación de un ligante bituminoso sobre una capa bituminosa o no, previamente a la extensión sobre ésta de una capa bituminosa, cuando se trata de riegos de adherencia o imprimación respectivamente. MATERIALES El ligante a emplear en riegos de adherencia será una emulsión asfáltica del tipo ECR-1 con dotación de 0,50 Kg/m² (quinientos gramos/metro cuadrado). Para riegos de imprimación sobre capas granulares se utilizarán emulsiones especiales de imprimación ECI con una dotación aproximada de 1 Kg/m2. Además de lo anteriormente expuesto se tendrán en cuenta las especificaciones reflejadas en el Art. 213 y del Pliego General PG 3. EJECUCIÓN Su ejecución incluye las operaciones siguientes: - Preparación de la superficie existente. - Aplicación del ligante bituminosos. Para esta unidad regirá los artículos 530 y 531 del PG-3. Inmediatamente antes de proceder a la aplicación del ligante hidrocarbonado, la superficie a tratar se limpiará de polvo, suciedad, barro, y materiales sueltos o perjudiciales. Para ello se utilizarán barredoras mecánicas o máquinas de presión; en los lugares inaccesibles a estos equipos se podrán emplear escobas de mano. Se cuidará especialmente la limpieza de los bordes de la zona a tratar.

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Para los riegos de imprimación se regará con agua la superficie a imprimar un par de horas antes de su aplicación, para favorecer la penetración por capilaridad. Durante la ejecución, se tomarán las medidas necesarias para evitar al máximo que los riegos afecten a otras partes de obra que hayan de quedar vistas, en especial aquellos bordillos que limiten el vial sobre el que se aplican, mediante pantallas adecuadas o cualquier otro sistema. Será de aplicación a esta unidad de obra lo especificado en el artículo 530 y 531 del PG 3, y su posterior revisión en la O. M. 27/12/99 emulsiones bituminosas. LIMITACIONES DE EJECUCIÓN La ejecución de las unidades correspondientes a este artículo se podrá realizar sólo cuando la temperatura ambiente sea superior a cinco grados Celsius (5ºC), y no exista temor de precipitaciones atmosféricas. Se prohibirá todo tipo de circulación sobre el riego hasta que haya terminado la rotura de la emulsión. MEDICIÓN Y ABONO Estas unidades serán de abono por metro cuadrado realmente ejecutado, la medición y abono será independiente para el riego de imprimación y para el riego de adherencia. El precio de las unidades incluye la totalidad de las operaciones necesarias como son la fabricación, transporte, puesta en obra, barrido del terreno, preparación de la superficie y protección de los bordillos. MEZCLA BITUMINOSA EN CALIENTE. DEFINICIÓN Se define como mezcla bituminosa en caliente la combinación de un ligante hidrocarbonado, áridos (incluido el polvo mineral) y, eventualmente, aditivos, de manera que todas las partículas del árido queden recubiertas por una película homogénea de ligante. Su proceso de fabricación implica calentar el ligante y los áridos (excepto, eventualmente, el polvo mineral de aportación) y su puesta en obra debe realizarse a una temperatura muy superior a la ambiente. Su ejecución incluye las operaciones siguientes: - Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo. - Fabricación de la mezcla de acuerdo con la fórmula de trabajo propuesta. - Transporte de la mezcla al lugar de empleo. - Preparación de la superficie que va a recibir la mezcla. - Extensión y compactación de la mezcla. MATERIALES Será de aplicación a estas unidades de obra la nueva redacción del artículo 542 del PG-3, así como lo indicado en la FOM/891/04 y su posterior Corrección de erratas. Para las distintas capas a ejecutar se utilizarán mezclas bituminosas en caliente del tipo D-12 para rodadura, S-20 en intermedia Y G-12 en base. ÁRIDOS Serán calizos en la capa intermedia y silíceos en la de rodadura. Los áridos se producirán o suministrarán en fracciones granulométricas diferenciadas, que se acopiarán y manejarán por separado hasta su introducción en las tolvas en frío. Antes de pasar por el secador, el equivalente de arena del árido obtenido combinando las distintas fracciones de los áridos (incluido el polvo mineral) según las proporciones fijadas en la fórmula de trabajo, deberá ser superior a cincuenta (50) según la norma NLT 113/72 . De no cumplirse esta condición su índice de azul de metileno deberá ser inferior a uno (1) según la norma NLT 171/86 y simultáneamente el E.A>40. Árido grueso Según lo referido en los Artículos 541 y 542 del PG-3, se define como árido grueso la fracción del mismo que queda retenida en el tamiz 2 UNE-EN 933-2. El árido grueso procederá del machaqueo y trituración de piedra de cantera o de grava natural, en cuyo caso, el rechazo del tamiz 5 UNE deberá contener, como mínimo, un ciento por ciento (100%) en peso, de elementos machacados que presenten dos (2) o más caras de fractura.

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El árido grueso a emplear en mezclas bituminosas se ajustará a lo especificado en los citados Artículos 541 y 542 del PG-3, según el caso, respecto a su calidad, coeficiente de pulido acelerado, forma, adhesividad, etc., excepto en lo que se refiere a las especificaciones recogidas a continuación: -El valor del coeficiente de desgaste de Los Ángeles (UNE-EN 1097-2) no será superior a treinta (30) en la capa inferior, y a veinte (20) en la capa de rodadura. -El coeficiente de pulido acelerado (UNE-EN 146130) del árido empleado en capa de rodadura no será inferior a 0,50. -El índice de lajas de las distintas fracciones del árido grueso no deberá ser superior a veinticinco (25) según UNE-EN 933-3. Árido fino Según lo indicado en los Artículos 541.2.2. y 542.2.2. del PG-3, se define como árido fino la fracción del árido que pasa por el tamiz 2 mm y queda retenido en el tamiz 0,063mm de la UNE-EN 933-2. El árido fino a emplear en mezclas asfálticas, procederá de la trituración de la piedra de cantera en su totalidad. y deberá estar exento de terrones de arcilla, materia vegetal, marga y otras materias extrañas. El árido fino a utilizar en mezclas bituminosas se ajustará a lo especificado en los referidos Artículos 541.2.2. y 542.2.2. del PG-3, según el caso, respecto de su calidad, adhesividad, etc., excepto en lo que se refiere a las especificaciones recogidas a continuación: - Los valores de equivalente de arena, medidos en todos y cada uno de los acopios individualizados que existan, serán superiores a cincuenta (50). - Su naturaleza y características serán iguales a las del árido grueso. - Tendrán módulos de finura con oscilaciones inferiores al 0,3% del promedio de cada acopio, considerándose los áridos con valores por encima de este margen como de otro acopio, con necesaria separación del mismo. Filler De acuerdo con lo prescrito en los Artículos 541 y 542 del PG-3, ya citados anteriormente, se define como filler la fracción mineral que pasa por el tamiz 0,063 mm UNE- EN 933-2. En la capa de rodadura el filler será totalmente de aportación, excluido el que quede inevitablemente adherido a los áridos. Este filler de aportación será cemento tipo Portland con adiciones activas, categoría 350, y designación PA- 350. Las proporciones mínimas de polvo mineral de aportación no serán inferiores a el cien por cien (100 %) en rodadura y al cincuenta por ciento (50%) en capas inferiores (% en masa del resto del polvo mineral, excluido el inevitablemente adherido a los áridos). El Director de las obras podrá autorizar el uso de otro polvo mineral, artificial comercial, previos los pertinentes ensayos de laboratorio que aseguren que sus características son iguales o superiores a la del cemento indicado Betunes El ligante bituminoso a emplear para capa de rodadura y siguientes será, betún asfáltico tipo B-60/70. Deberá cumplir lo especificado en el artículo 211 del PG-3. Los betunes asfálticos deberán presentar un aspecto homogéneo y estar prácticamente exentos de agua, de modo que no formen espuma cuando se calienten a temperatura de empleo. El betún asfáltico a emplear en las mezclas bituminosas en caliente, será el B-60/70, que designa el valor mínimo y máximo admisible de penetración, medida según la Norma NLT- 124/84, distinguiéndose los tipos recogidos en el Artículo 211 del PG 3. El betún asfáltico será transportado a granel. El contratista deberá presentar a la aprobación del Director de las obras, con la debida antelación, el sistema que vaya a utilizar. El betún asfáltico se almacenará en uno o varios tanques, adecuadamente aislados entre sí, que deberán estar provistos de bocas de ventilación para evitar que trabajen a presión, y que contarán con los aparatos de medida y seguridad necesarios, situados en puntos de fácil acceso. A la recepción de cada partida en obra, y siempre que el sistema de transporte y almacenamiento cuenten con la aprobación del Director de las obras, se llevará a cabo una toma de muestras, según la Norma NLT-124. Tipo y composición de la mezcla El tipo de mezcla a utilizar en función del tipo y espesor de la capa serán los siguientes: • Rodadura: D-12 de 6cm de espesor.

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• Intermedia: S-20 de 4cm de espesor. • Base : G-12 de 4 cm de espesor. La dotación mínima de ligante hidrocarbonado será: • Rodadura : 4,75 %. • Intermedia: 4,00 %. • Base : 3,50 %. Relación ponderal entre el contenido de de polvo mineral / ligante hidrocarbonado será la que sigue: • Rodadura: 1,30 • Intermedia: 1.20 • Base : 1,10 EJECUCIÓN Se utilizará Mezcla bituminosa en caliente tipo G-12 con áridos calizos, en capas de base, incluso betun, Se aplicará mezcla bituminosa en caliente tipo S-20, con áridos silíceos en capa intermedia, incluso betún y filler de aportación. En la capa de rodadura se empleará mezcla bituminosa en caliente tipo D-12, con áridos silíceos, incluso betún y filler de aportación. Fabricación Las mezclas bituminosas en caliente se fabricarán por medio de centrales de mezcla continua o discontinua, capaces de manejar simultáneamente en frío el cuatro fracciones de árido. Transporte La mezcla bituminosa en caliente se transportará de la central de fabricación a la extendedora, en camiones. Para evitar su enfriamiento superficial, deberá protegerse durante el transporte mediante lonas u otros cobertores adecuados. Extensión de la mezcla Todos los pozos y arquetas o sumideros localizados en la zona de actuación habrán de estar colocados a su cota definitiva con antelación a la extensión de la mezcla, con el fin de evitar posteriores cortes y remates en el pavimento. Antes de la extensión de la mezcla se preparará adecuadamente la superficie sobre la que se aplicará, mediante barrido y riego de adherencia o imprimación según el caso, comprobando que transcurre el plazo de rotura adecuado. La extendedora se regulará de forma que la superficie de la capa extendida quede lisa y con un espesor tal que una vez compactada, se ajuste a la sección transversal, rasante y perfiles indicados en planos, con las tolerancias establecidas en el presente artículo. A menos que se indique otra cosa, la colocación comenzará a partir del borde de la calzada en las zonas a pavimentar con sección bombeada, o en el lado inferior en las secciones con pendiente en un sólo sentido. La mezcla se colocará en franjas del ancho apropiado para realizar el menor número de juntas longitudinales, y para conseguir la mayor continuidad de la operación de extendido, teniendo en cuenta el ancho de la sección, las necesidades de tráfico, las características de la extendedora y la producción de la planta. Cuando sea posible se realizará la extensión en todo el ancho a pavimentar, trabajando si es necesario con dos o más extendedoras ligeramente desfasadas. En caso contrario, después de haber compactado la primera franja, se extenderá la segunda y siguientes y se ampliará la zona de compactación para que incluya quince centímetros (15 cm) de la primera franja. Las franjas sucesivas se colocarán mientras el borde de la franja contigua se encuentra aún caliente y en condiciones de ser compactado fácilmente. De no ser así, se ejecutará una junta longitudinal. La colocación de la mezcla se realizará con la mayor continuidad posible, vigilando que la extendedora deje la superficie a las cotas previstas con objeto de no tener que corregir la capa extendida. En caso de trabajo intermitente se comprobará que la temperatura de la mezcla que quede sin extender, en la tolva de la extendedora y debajo de ésta, no baja de la prescrita. Tras la extendedora deberá disponerse un número suficiente de obreros especializados, añadiendo mezcla caliente y enrasándola, según se precise, con el fin de obtener una capa que, una vez compactada, se ajuste enteramente a las condiciones impuestas en este artículo. Compactación de la mezcla

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La densidad a obtener mediante la compactación de la mezcla será del 98% (noventa y ocho por ciento) de la obtenida aplicando a la fórmula de trabajo la compactación prevista en el método Marshall según la Norma NLT-159. La compactación deberá comenzar a la temperatura más alta posible y nunca inferior a 120ºC. Tan pronto como se observe que la mezcla puede soportar la carga a que se somete sin que se produzcan desplazamientos indebidos. Una vez compactadas las juntas transversales, las juntas longitudinales y el borde exterior, la compactación se realizará de acuerdo con un plan propuesto por el Contratista y aprobado por la Dirección Técnica. Los rodillos llevarán su rueda motriz del lado cercano a la extendedora, sus cambios de dirección se harán sobre mezcla ya apisonada, y sus cambios de sentido se efectuarán con suavidad. La compactación se continuará mientras la mezcla se mantenga caliente y en condiciones de ser compactada, hasta que se alcance la densidad especificada. Esta compactación irá seguida de un apisonado final, que borre las huellas dejadas por los compactadores precedentes. En los lugares inaccesibles para los equipos de compactación normales, la compactación se efectuará mediante máquinas de tamaño y diseño adecuados para la labor que se pretende realizar. La compactación deberá realizarse de manera continua durante la jornada de trabajo, y se complementará con el trabajo manual necesario para la corrección de todas las irregularidades que se puedan presentar. Se cuidará que los elementos de compactación estén siempre limpios, y si es preciso, húmedos. Por norma general los finales de obra serán rematados a la misma cota que el pavimento original previo serrado y levantamiento de la capa de rodadura existente, no obstante cuando dichos pavimentos no hayan de quedar a igual cota, el final de la obra se rematará en cuña en una longitud de 1,00 m a 1,50 m. Cuando estas diferencias de cota correspondan a juntas de trabajo, tanto los escalones frontales como los escalones laterales se señalizarán adecuadamente. Tolerancias de la superficie acabada La superficie acabada de la capa de rodadura no presentará irregularidades de más 5 mm (cinco milímetros) cuando se mida con una regla de 3 m (tres metros) aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la zona pavimentada. La superficie acabada de la capa intermedia no presentará irregularidades mayores de 8 mm, (ocho milímetros) cuando se comprueba con una regla de 3 m (tres metros) aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la zona pavimentada. En todo caso la superficie acabada de la capa de rodadura no presentara discrepancias mayores de cinco milímetros (5 mm) respecto a la superficie teórica. En las zonas en las que las irregularidades excedan de las tolerancias antedichas, o que retengan agua sobre la superficie, deberán corregirse de acuerdo con lo que sobre el particular ordene la Dirección Técnica. En todo caso la textura superficial será uniforme, exenta de segregaciones. Limitaciones de la ejecución La fabricación y extensión de aglomerados en caliente se efectuará cuando las condiciones climatológicas sean adecuadas. Salvo autorización expresa de la Dirección Técnica, no se permitirá la puesta en obra de aglomerados en caliente cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea inferior a cinco grados centígrados (5º C) con tendencia a disminuir, o se produzcan precipitaciones atmosféricas. Con viento intenso, la Dirección Técnica podrá aumentar el valor mínimo antes citado de la temperatura ambiente, a la vista de los resultados de compactación obtenidos. En caso necesario, se podrá trabajar en condiciones climatológicas desfavorables, siempre que lo autorice la Dirección Técnica, y se cumplan las precauciones que ordene en cuanto a temperatura de la mezcla, protección durante el transporte y aumento del equipo de compactación para realizar un apisonado inmediato y rápido. Terminada la compactación y alcanzada la densidad adecuada, podrá darse al tráfico la zona ejecutada, tan pronto como haya alcanzado la capa la temperatura ambiente. CONTROL DE CALIDAD Se someterá el material empleado al siguiente conjunto de ensayos para asegurar su calidad : -Ensayo Marshall (según ensayo NLT 159): 1 por cada 500 Tm -Contenido de ligante en mezclas bituminosas (según NLT 164):1 por cada 500 Tm

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-Análisis granulométrico de los áridos recuperados de las mezclas bituminosas (según ensayo NLT 165/90): 1 por cada 500 Tm -Control de la compactación y del espesor de la capa Testigos: 4 por cada 500 Tm MEDICIÓN Y ABONO La fabricación y puesta en obra de las mezclas bituminosas en caliente se abonará por toneladas (Tm) realmente ejecutadas. En ningún caso se pagará un exceso superior al 5% sobre las toneladas teóricas de la sección tipo. La densidad se determinará en base a la densidad medida de los testigos extraídos, y al volumen obtenido a partir de la superficie de la capa extendida medida en obra y del espesor teórico de la misma, siempre que el espesor medio de los testigos no sea inferior a aquél en más de un 10%, en cuyo caso se aplicará este último, sin descontar el tonelaje de ligante, incluyendo el betún y filler de aportación, extendido y compactado. Los cortes de juntas necesarios para la correcta ejecución se consideran incluidos en la presente unidad no dando lugar a abono independiente. PAVIMENTO DE ADOQUINES DE HORMIGÓN PREFABRICADOS. DEFINICIÓN La presente unidad se refiere a los solados constituidos por adoquines prefabricados de hormigón. EJECUCIÓN Los adoquines prefabricados de hormigón se asienta sobre una capa de arena de 4 cm de espesor cuidadosamente nivelada, sobre el cimiento que será una capa de 20 cm de hormigón HM-20/P/20/IIa ligeramente armado con mallazo 15x15x6mm. La transmisión de los esfuerzos verticales ocasionados por las cargas del tráfico se efectúa por rozamiento, a través de una arena fina de sellado que se coloca en las juntas entre adoquines. Debe desaconsejarse el uso de mortero para sellar las juntas entre adoquines, puesto que éste, debido a la retracción y a variaciones termohigrométricas, terminaría por agrietarse dejando los adoquines sueltos y reduciéndose en gran medida la capacidad de transmisión de cargas. Por otra parte, para garantizar la respuesta a las acciones horizontales, el pavimento debe estar confinado lateralmente, mediante elementos rígidos (bordes de confinamiento). Otros factores como la disposición en planta de los adoquines, su forma y grado de trabazón también condicionan la transmisión de esfuerzos horizontales. Siempre que la anchura de extendido de la base supere los 7 m, se practicarán en ella juntas longitudinales y transversales, ya sea en fresco o mediante serrado del material endurecido. En ambos casos se alcanzará una profundidad comprendida entre la tercera y la cuarta parte del espesor de la capa. La distancia entre las juntas no superará los 4 m. Bordes de confinamiento (encintado pieza 40x20x6) Los pavimentos de adoquines requieren obligatoriamente de bordes de confinamiento en el perímetro para evitar el desplazamiento de las piezas, la apertura de las juntas y la pérdida de trabazón entre los adoquines. En general, los bordes de confinamiento deben presentar un paramento vertical y es conveniente que se materialicen mediante elementos prefabricados de hormigón recibidos con mortero. Deben tener una profundidad de, al menos, 15 cm bajo el plano de apoyo de los adoquines. En ningún caso se permitirá la apertura al tráfico antes de finalizar la ejecución de los bordes de confinamiento y la operación de sellado y compactación de los adoquines Ejecución: Ejecución de los bordes de confinamiento: se realizará antes de colocar los adoquines y tiene como objeto contener el empuje hacia el exterior que ejerce el pavimento y evitar la dispersión de la arena. Para garantizar la fijación del borde de confinamiento debe enterrarse 15 cm. Mínimo del nivel inferior de adoquines. Extensión y nivelación de la capa de arena: capa de arena de 4 cm de espesor con un nivel de humedad del 6-8%, sobre la que se colocan los adoquines.Se recomienda trabajar sobre tramos de 3 ó 4 m2, extender la capa de arena e ir colocando los adoquines desde el pavimento terminado, de forma que

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no se pude pisar nunca la capa de arena. Los tramos de arena que se extiendan deben de terminarse el mismo día para evitar que la arena pierda la humedad. Sobre esta capa de asiento se colocarán a mano los adoquines previamente humectados, golpeándolos con un martillo de goma, quedando bien asentados y con su cara vista en la rasante prevista en los planos. Los adoquines quedarán colocados en hiladas rectas con las juntas encontradas y el espesor de estas será de dos a tres milímetros (2-3 mm). La alineación de las juntas se asegurará tendiendo cuerda constantemente. Esta operación será completamente imprescindible cuando se trate de ejecutar cenefas y, en todo caso, siempre que así lo solicite la Dirección Técnica. Los cortes se realizarán con sierra, y la ejecución de remates y cuchillos se realizarán según las indicaciones de la Dirección Técnica. La colocación de los adoquines se realizará dejando juntas cuyo ancho esté comprendido entre 2 y 3 mm. El correcto remate del adoquinado con los bordes de confinamiento y con el contorno de tapas de registros, requerirá el corte de piezas que será realizado con disco. Si la distancia entre el adoquín y dicho borde es inferior a 4 cm, no se usarán trozos de ese tamaño, sino que se cortará la pieza previa un tercio aproximadamente para poder introducir un trozo mayor. Cuando el borde de confinamiento sea perfectamente rectilíneo, el ajuste al mismo de los adoquines se realizará dejando una junta de 2 ó 3 mm de espesor. En caso contrario, el limite del adoquinado será rectilíneo, dejando entre este y el borde de confinamiento una junta del menor espesor posible, que posteriormente se rellenará con mortero. Una vez terminada la colocación de los adoquines en una zona, o cuando se vaya a suspender el trabajo, es necesario proceder a la compactación de la superficie adoquinada. En el caso de que los adoquines carezcan de resaltes laterales, es preciso proceder al recebo parcial de la junta con mortero seco, para evitar que en el proceso de compactación los adoquines se desplacen lateralmente y las juntas se cierren. La compactación se realizará con bandeja vibrante recubierta con una placa protectora que evitará deterioros en los adoquines y garantizará una mayor uniformidad en el vibrado. En el caso de que por el avance de la puesta en obra se esté compactando una zona en cuyo límite los adoquines no están confinados lateralmente, esta actividad deberá realizarse tan sólo hasta un metro de dicho límite, para evitar desplazamientos laterales de los adoquines. Posteriormente a la compactación se procederá al sellado de juntas con mortero seco. Con la ayuda de cepillos se llenarán las juntas para posteriormente realizar un vibrado final que asegure su mejor sellado. El mortero sobrante sobre el pavimento debe retirarse mediante barrido. No debe terminarse la jornada sin completar el vibrado y sellado del adoquinado realizado. Las zonas que presenten cejas o que retengan agua deberán corregirse de acuerdo con las indicaciones de la Dirección Técnica. Se ejecutarán en primer lugar los encintados o hiladas principales de apoyo. Una vez colocadas las piezas de pavimento se procederá a regarlas abundantemente y después al relleno de las juntas mediante arena fina que se extenderá mediante barrido de la superficie. El pavimento terminado no se abrirá al tránsito hasta pasados tres (3) días desde su ejecución. Limitaciones de la ejecución En general, se suspenderá el adoquinado y puesta en obra del mortero siempre que se prevea que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes puede descender la temperatura ambiente por debajo de los cero grados centígrados (00). CONTROL DE CALIDAD Se someterá al material empleado al siguiente conjunto de ensayos:

Dimensionales 1 por cada 1000 m²

Resistencia a flexión 1 por cada 1000 m²

Carga de rotura 1 por cada 1000 m²

Resistencia al desgaste 1 por cada 1000 m²

Absorción : 1 por cada 1000 m²

MEDICIÓN Y ABONO Se abonará por metros cuadrados (m²) de superficie de pavimento.

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El precio unitario incluye la totalidad de los materiales y demás de las operaciones necesarias para la ejecución completa de la unidad, así como la colocación a nueva cota de tapas o rejillas(en el caso necesario). BORDILLO DE HORMIGÓN. DEFINICIÓN Se definen como bordillos aquellos elementos prefabricados de hormigón de doble capa, rectos, de forma prismática, macizos, y con una sección transversal condicionada por las superficies exteriores de distinta naturaleza, a las que delimita. MATERIALES El bordillo por un núcleo de hormigón y una capa de mortero de acabado en su cara vista (doble capa), estando esta completamente unida al hormigón del núcleo. Para los bordillos prefabricados de hormigón, en su fabricación se utilizarán hormigones con áridos procedentes de machaqueo, cuyo tamaño máximo será de veinte (20 ) milímetros, y con cemento CEM-I/32.5. y cumplirán las condiciones exigidas en la Norma UNE 1340. Los bordillos no presentarán coqueras, desportilladuras, exfoliaciones, grietas ni rebabas en la cara vista. La forma y dimensiones de los bordillos serán las señaladas en los Planos. Serán de calidad: “Doble capa”, de los tipos definidos en los planos y presupuesto del proyecto. En cuanto a absorción de agua deberán cumplir: • El valor medio del coeficiente de absorción de agua de la muestra CA, no será mayor que el 9% en masa. • El valor individual del coeficiente de absorción de agua de cada probeta que compone la muestra Ca, no será mayor que el 11,0 % en masa. Los bordillos serán de clase 2 marcado T de resistencia característica a flexión 5 Mpa. Se comprobará el desgaste por abrasión según Norma UNE 1340 siendo el resultado satisfactorio cuando ninguno de los tres bordillos que compone una muestra dé un valor individual mayor de 23mm. La longitud mínima de las piezas será de un (1) metro. No se admitirá la utilización de piezas partidas, salvo por indicación expresa de la Dirección de Obra. EJECUCIÓN Los bordillos a utilizar entre acerado y calzada será del tipo 10x20, con cimiento de hormigón HM-20/P/30/IIb, y unidos por medio de junta de mortero de cemento M-7,5/CEM. Una vez determinadas y replanteadas las alineaciones y rasantes en que hayan de situarse, se procederá a su colocación sobre el cimiento de hormigón manteniendo un espacio entre piezas no superior a 1,5 cm. Su rejuntado se efectuará con anterioridad a la ejecución del pavimento que delimiten. Los cortes que se realicen en los bordillos lo serán por serrado. Se extremará el cuidado, en todo caso, para asegurar la adecuada limpieza de las piezas colocadas. CONTROL DE CALIDAD Cuando los bordillos suministrados estén amparados por un sello o marca de calidad oficialmente reconocida por la administración, la Dirección de Obra podrá simplificar el proceso de control de recepción, hasta llegar a reducir el mismo a la observación de las características de aspecto, y a la comprobación de marcado. La comprobación de aspecto se realizará de la forma especificada en la Norma UNE 1340. Cuando las piezas suministradas no estén amparadas por sello o marca de calidad oficialmente homologada por la administración, serán obligatorias las pruebas de recepción indicadas a continuación, salvo instrucción expresa de la dirección de obra: − Comprobación del marcado − Comprobación de aspecto y acabado − Características geométricas − Absorción de agua − Resistencia a flexión − Resistencia a compresión del hormigón del cimiento: 1 por cada 500 m La comprobación de estas características debe cumplir con lo especificado en la Norma UNE 1340, así como sus condiciones de aceptación o rechazo.

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En caso de aceptación de un suministro, queda condicionada la aceptación de cada uno de los lotes que a continuación se vayan recibiendo en obra, al resultado de los ensayos de control. El plan de control se establecerá determinando tantas tomas de muestras como número de lotes se hayan obtenido. Los ensayos de control se realizarán con muestras al azar sobre los suministros y sus pruebas han de cumplir también con lo especificado en la Norma UNE 1340. Si los resultados obtenidos cumplen las prescripciones exigidas para cada una de las características, se aceptará el lote y de no ser así, el Director de Obra decidirá su rechazo o depreciación a la vista de los resultados de los ensayos realizados. MEDICIÓN Y ABONO Se abonarán los metros lineales realmente colocados y medidos en obra, incluyéndose en el precio contratado el replanteo, el hormigón de cimiento, el mortero de rejuntado y la limpieza. IMBORNALES SIFÓNICOS. DEFINICIÓN Elementos de la red de saneamiento, constituidos por una arqueta cubierta por una rejilla, que tienen como finalidad reunir las aguas superficiales para su incorporación a la red. MATERIALES El modelo que se empleará cumplirá que el cajón sea prefabricado de hormigón fck 40 N/mm2, y las dimensiones 67/25/57, el cerco y la rejilla articulada serán de fundición dúctil CLASE C-250 Según UNE-EN 124, compatible con superficie de adoquín, abatible y antirrobo, enrasada al pavimento y conexionada a la red general. EJECUCIÓN Las características geométricas de los imbornales son las que figuran en el correspondiente plano de detalles. Están comprendidas en la ejecución de esta unidad la excavación por cualquier medio requerida para la construcción de la arqueta y la retirada a vertedero de las tierras extraídas y conexionado a red. La completa ejecución de esta unidad comprende la de los oportunos remates y la colocación de la rejilla a la cota definitiva. MEDICIÓN Y ABONO Los imbornales se abonarán por unidades. El precio de estas unidades comprende el elemento completo, excavación y retirada de tierras, arqueta y rejilla, incluso conexión con la red existente. ACOMETIDA A LA RED EXISTENTE ABASTECIMIENTO DE AGUAS. DEFINICIÓN Esta unidad consiste en el conjunto de operaciones necesarias para la implantación de la conducción de acometida de un usuario a la red de abastecimiento MATERIALES Y EJECUCIÓN Acometida a tubería de abastecimiento de diámetro 1” a ½”, hasta una longitud de unos 5 metros, incluyendo excavación, arqueta de registro, válvula de cuadradillo y conexionado a red existente. MEDICIÓN Y ABONO Las acometidas se abonarán por unidades. ELEMENTOS ESPECÍFICOS DE LA RED DE RIEGO. DEFINICIÓN

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Se refiere este artículo a aquellos elementos propios de la red de riego que no son objeto de regulación en otros artículos de este Pliego, y son los siguientes: - Elementos de control y distribución: Programadores y electroválvulas - Elementos para el riego localizado: mangueras de goteo. - Elementos para el riego no localizado: Difusores. - Otros elementos necesarios ACEPTACIÓN E INSTALACIÓN Antes de instalar cualquier elemento de la red de riego se deberá contar con la conformidad de la Dirección Técnica, de acuerdo con los criterios que establezca el Servicio Municipal de Parques y Jardines. La instalación de estos elementos se efectuará de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Terminada la instalación de la red de riego se deberá comprobar el correcto funcionamiento de todos sus elementos. MEDICIÓN Y ABONO Se abonarán las partidas presupuestarias correspondientes a unidades de obra , correctamente instaladas y probadas, medidas según las unidades de medición expresadas en las definiciones que constan en el presupuesto. APERTURA DE ZANJA PARA LA INSTALACION DE CANALIZACIONES DE ALUMBRADO ALUMBRADO. Todos materiales empleados en la ejecución de alumbrado cumplirán normas y especificaciones que le sean de aplicación. DEFINICIÓN Se refiere la presente unidad a la apertura de zanjas y a la instalación de canalizaciones de protección de las líneas de alimentación de los puntos de luz. Como norma general se instalará un tubo de protección en aceras, paseos y zonas peatonales, y dos en cruces de calzadas, salvo que en los planos se establezca un número distinto. MATERIALES Cumplirán lo especificado en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Serán de tubos corrugados de doble pared, lisa interiormente y corrugada al exterior, estarán fabricados con polietileno de alta densidad. Su diámetro exterior será de 110 mm. Serán de color normalizado rojo. Las uniones se realizarán mediante manguitos de unión. Cumplirán la Norma NFV 68.171. El polietileno de alta densidad cumplirá las siguientes especificaciones: - Peso específico: 0,95 kg/dm³. - Resistencia de rotura a la tracción: 18 Mpa. - Alargamiento a la rotura: 350%. - Módulo de elasticidad: 800 N/mm². - Resistencia a los productos químicos: según Norma UNE 53389 En el exterior deberán llevar impresa la marca, así como las características y norma bajo la cual están fabricados. Se dispondrán en tramos rectos, debiendo instalarse una arqueta de registro cuando se cambie de dirección o de altura en el trazado de la canalización. EJECUCIÓN El replanteo de las canalizaciones será efectuado por el Contratista, siendo preceptiva su posterior aprobación por la Dirección Técnica. Se dejarán las marcas precisas para que en todo momento sea comprobable que la obra ejecutada se corresponde con el replanteo aprobado, correspondiendo la responsabilidad del mantenimiento de las marcas al Contratista. Las zanjas tendrán la sección tipo representada en el plano de detalles correspondiente, no procediéndose a su excavación hasta que estén disponibles los tubos. La apertura, relleno y compactación de las zanjas se ajustará a lo establecido en los correspondientes apartados de este pliego.

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Los tubos de polietileno de Ø 110 mm. estarán protegidos por hormigón tipo HM- 20/P/20/IIa, con los recubrimientos de 30 cm. de espesor representados en los planos, UTILIZANDOSE SEPARADORES. El tendido de tubos se efectuará asegurándose que en la unión un tubo penetre en el otro al menos ocho centímetros (8 cm). Los tubos se colocarán completamente limpios por dentro y durante la obra se cuidará de que no entren materias extrañas, por lo que deberán taparse de forma provisional las embocaduras desde las arquetas. MEDICIÓN Y ABONO Las canalizaciones de protección de líneas subterráneas se abonarán por metros. El precio de esta unidad comprende el suministro y colocación de los tubos, la protección de éstos, la excavación de la zanja por medios mecánicos o manuales, la retirada a vertedero de productos extraídos y el relleno con zahorra artificial compactada. ARQUETAS DE ALUMBRADO PÚBLICO. DEFINICIÓN Elementos para el registro de las canalizaciones de protección de las líneas, que se disponen en los cambios bruscos de dirección, en los puntos intermedios de los tramos de longitud excesiva y en los extremos de cruces de calzadas. MATERIALES Las arquetas de alumbrado serán de hormigón prefabricado de dimensiones: - Arquetas de paso, derivación o toma de tierra: 0,40x0,40 m. - Arquetas para cruce de calzada: 0,60x0,60 m. Dispondrán de marco y tapa de fundición dúctil clase C-250, con sus correspondientes inscripciones identificativas, de alumbrado y logotipo del Ayuntamiento de Maracena. Las condiciones relativas a todos estos materiales están establecidas en los correspondientes apartados de este pliego. EJECUCIÓN La ubicación de las arquetas se establecerá al efectuar el replanteo de las canalizaciones. Las dimensiones de estos elementos se ajustarán a las definidas en los detalles representados en planos. Dispondrán de drenaje en el fondo. MEDICIÓN Y ABONO Las arquetas se abonarán por unidades. CIMENTACIÓN DE COLUMNAS Y BÁCULOS. DEFINICIÓN Se refiere esta unidad a los dados de hormigón sobre los que se fijan las columnas y báculos. Están comprendidos en esta unidad, además del dado, los pernos de anclaje y los tubos en forma de codo que enlazan las canalizaciones con las bases de los soportes. MATERIALES Sus condiciones son las que se establecen en el correspondiente aparatado de este pliego. El tubo que constituye los codos será de las mismas características que el del resto de canalizaciones. El acero utilizado para los pernos de anclaje será del tipo F-III según las Normas UNE 10083-1, “Aceros para temple y revenido. Parte 1: Condiciones técnicas de suministro de aceros de calidad no aleados” y Norma UNE 10083-2 “Aceros para temple y revenido. Parte 2: Condiciones técnicas de suministro de aceros de calidad no aleados”. Será perfectamente homogéneo y carecerá de sopladuras, impurezas y otros defectos de fabricación. La rosca de los pernos de anclaje será realizada por el sistema de fricción, según la Norma UNE 17704-02. EJECUCIÓN La ubicación de las cimentaciones de puntos de luz se establecerá al efectuar el replanteo de las canalizaciones.

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Las dimensiones de las cimentaciones de estos elementos se ajustarán a las definidas en los detalles representados en planos y/o instrucciones del fabricante. La cara superior de las cimentaciones será lisa y horizontal, y situada a una cota tal que permita la disposición correcta del pavimento sobre ella. La disposición y número de las canalizaciones de entrada y salida se ajustará a las necesidades del trazado de las líneas. MEDICIÓN Y ABONO Las cimentaciones de puntos de luz se abonarán por unidades. CANALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. DEFINICIÓN Se refiere la presente unidad a la apertura de zanjas y la instalación de canalizaciones de protección y conducción de los cables para energía eléctrica. Nos encontraremos con varios tipos de canalizaciones formadas por 2,3,4,6 y 8 tubos corrugados de doble pared de polietileno Ø 160 mm. , ejecutados conforme a las normas particulares de Endesa. EJECUCIÓN El replanteo de las canalizaciones será efectuado por el Contratista, siendo preceptiva su posterior aprobación por la Dirección Técnica. Se dejarán las marcas precisas para que en todo momento sea comprobable que la obra ejecutada se corresponde con el replanteo aprobado, correspondiendo la responsabilidad del mantenimiento de las marcas al Contratista. Las zanjas tendrán la sección tipo representada en el plano de detalles correspondiente, no procediéndose a su excavación hasta que estén disponibles los tubos. La apertura, relleno y compactación de las zanjas se ajustará a lo establecido en los correspondientes apartados de este pliego. Los tubos corrugados de doble pared de polietileno de Ø 160 mm. estarán protegidos por refuerzo de hormigón tipo HM-20/B/20/IIa, de 30 cm. de espesor, con separadores y tapones en los no utilizados en arqueta e hilo guía. El tendido de tubos se efectuará asegurándose que en la unión un tubo penetre en el otro al menos ocho centímetros (8 cm). Los tubos se colocarán completamente limpios por dentro y durante la obra se cuidará de que no entren materias extrañas, por lo que deberán taparse de forma provisional las embocaduras desde las arquetas. Se colocará la cinta de señalización homologada según se indica en los planos de detalle. El relleno de zanja se efectuará con zahorra artificial. MEDICIÓN Y ABONO Las canalizaciones de protección y conducción de los cables de energía eléctrica se abonarán por metros. El precio de esta unidad comprende el suministro y colocación de los tubos, el refuerzo de hormigón de éstos, la excavación de la zanja por medios mecánicos o manuales, la retirada a vertedero de productos extraídos y el relleno con zahorra compactada. RED DE TELECOMUNICACIONES. DEFINICIÓN La obra civil correspondiente a la red de telecomunicaciones consiste en el conjunto de canalizaciones, arquetas y cámaras necesarias para el posterior tendido de los cables de telecomunicaciones y otros elementos auxiliares, conforme las recomendaciones de Telefónica de España S.A.U. Canalizaciones pueden ser : - Canalización de Telecomunicaciones formada por dos tubos corrugados de doble pared de polietileno Ø 110 mm. en zanja de 40x40 cm. - Arquetas de hormigón prefabricado tipo “H” con cerco y tapa. MATERIALES

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Los tubos y tapas de arquetas serán los solicitados por Telefónica, para otros materiales deberán consultarse los artículos de este pliego relativos a hormigones, ladrillos, acero en redondos corrugados, acero laminado, fundición, encofrados, morteros de cemento, etc. EJECUCIÓN En el caso de paralelismo entre canalizaciones telefónicas y las tuberías o conductos de otros servicios tales como riego, alumbrado, gas y otras redes de comunicación la separación entre ambos será como mínimo de 30 cm. Cuando la canalización telefónica se cruza con canalizaciones o conducciones de otros servicios, se deberá dejar el suficiente espacio entre ambas, de manera que, de modo fácil, se puedan retocar las uniones, efectuar reparaciones o tomar derivaciones. Dicha distancia deberá ser, como mínimo, de 30 cm. La nivelación de las zanjas de la canalización telefónica se hará de modo que siempre haya pendiente hacia una de las arquetas que se encuentren en los extremos de la canalización. Las curvas en el trazado de las canalizaciones han de ser sencillas para simple cambio de dirección, pudiéndose efectuar curvas tanto en el plano horizontal como en le vertical. En las canalizaciones se podrán realizar curvas directamente con los tubos siempre que el radio de curvatura sea superior a 25 m. Cuando el radio de curvatura no pueda alcanzar ese valor mínimo, habrá que utilizar codos para realizar los cambios de alineación. Caso de emplear codos, éstos deberán tener un radio mínimo de 5 m. Al objeto de eliminar perturbaciones en los cables telefónicos, se procurará evitar el paralelismo entre éstos y las líneas eléctricas de alta tensión, distanciando ambos servicios el máximo posible, según lo expuesto en el anterior apartado. La distancia mínima entre la parte superior del prisma y la rasante del terreno de la calle será de 50 cm. Cuando la canalización discurra bajo calzada, la distancia mínima entre pavimento y el techo del prisma será de 70 cm. Los conductos donde se alojarán los cables telefónicos tendrán el diámetro exterior indicado en las secciones tipo representadas en planos. La separación exterior entre conductos no será inferior a 3 cm. Los conductos irán embebidos en hormigón en masa, HM-20/B/20/IIa de 30 cm. de espesor, formando un prisma continuo, tal como se indica en los planos de detalle. Las arquetas donde se alojen los empalmes o derivaciones de los cables telefónicos han de ser construidas de acuerdo con los detalles representados en planos. Las canalizaciones laterales proyectadas desde cámaras o arquetas hasta los edificios deben finalizarse en puntos tales que la conexión con los armarios para distribución de la red interior sea de la menor longitud posible, es decir, la entrada a los edificios deberá realizarse en un punto próximo al previsto para la instalación del citado armario. Si la fase de construcción de los edificios no permite terminar las citadas canalizaciones laterales en el interior de los mismos, se acabarán los conductos en unas arquetas de señalización de ladrillo, desde donde, en su día, se prolongarán hasta los armarios de distribución de la red interior. Se comunicará a la empresa Telefónica la fecha de comienzo de las obras para su supervisión y vigilancia como medida previa a su posterior aceptación. MEDICIÓN Y ABONO Las canalizaciones se abonarán por metros ejecutados e implantados, a los precios establecidos para cada una de las secciones tipo proyectadas. Estos precios incluyen la excavación de las zanjas, cualquiera que sea el método adoptado para su ejecución, la instalación y hormigonado de tubos, el relleno compactado del resto de zanja con productos procedentes de la excavación y la retirada a vertedero de los sobrantes. Las arquetas se abonarán por unidades y completamente rematadas, a los precios establecidos para cada tipo proyectado. Estos precios incluyen además de la arqueta y tapas, la excavación previa, cualquiera que sea el método seguido para su realización, y la retirada a vertedero de los productos extraídos. SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL: MARCAS VIALES. DEFINICIÓN

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Se definen como marcas viales aquellas líneas, palabras o símbolos que se disponen sobre el pavimento, bordillos u otros elementos de las vías que sirven para regular el tráfico de vehículos y de peatones. MATERIALES Pinturas a emplear en marcas viales. De acuerdo con lo especificado en Norma 8.2 I.C. y la Orden Circular n_ 269/76 C y E de la Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales (M.O.P.U.), la pintura a emplear en marcas viales, a excepción de algunos casos referentes a bordillos, será de color blanco. El color blanco correspondiente será el definido en la Norma UNE 48103 (Referencia B-118). La pintura a aplicar en la señalización horizontal de viales será de dos componentes y de larga duración. Las pinturas se ajustarán en cuanto a composición, características de la pintura líquida y seca, coeficiente de valoración, toma de muestras para los ensayos de identificación de los suministros y ensayos de identificación, a lo indicado en normativa de aplicación. Microesferas de vidrio a emplear en marcas viales reflexivas. EJECUCIÓN Es condición indispensable para la ejecución de marcas viales sobre cualquier superficie, que ésta se encuentre completamente limpia, exenta de material suelto o mal adherido, y perfectamente seca. Para eliminar la suciedad, y las partes sueltas o mal adheridas, que presenten las superficies de morteros u hormigones, se emplearán cepillos de púas de acero; pudiéndose utilizar cepillos con púas de menor dureza en las superficies bituminosas. La limpieza del polvo de las superficies se llevará a cabo mediante un lavado intenso con agua, continuándose el riego de dichas superficies hasta que el agua escurra totalmente limpia. Las marcas viales se aplicarán sobre las superficies rugosas que faciliten su adherencia, por lo que las excesivamente lisas de morteros u hormigones se tratarán previamente mediante chorro de arena, frotamiento en seco con piedra abrasiva de arenilla gruesa, o solución de ácido clorhídrico al cinco por ciento (5%), seguida de posterior lavado con agua limpia. Si la superficie presentara defectos o huecos notables, se corregirán los primeros, y se rellenarán los últimos, con materiales de análoga naturaleza que los de aquélla. En ningún caso se ejecutarán marcas viales sobre superficies de morteros u hormigones que presenten eflorescencias. Para eliminarlas una vez determinadas y corregidas las causas que las producen, se humedecerán con agua las zonas con eflorescencias que se deseen limpiar, aplicando a continuación con brocha una solución de ácido clorhídrico al veinte por ciento (20%) ; y frotando, pasados cinco minutos con un cepillo de púas de acero; a continuación se lavará abundantemente con agua. Antes de proceder a ejecutar marcas viales sobre superficies de mortero u hormigones, se comprobará que se hallan completamente secas y que no presentan reacción alcalina. En todo caso se tratará de reducirla, aplicando a las superficies afectadas una solución acuosa al dos por ciento (2%) de cloruro de cinc, y a continuación otra, también acuosa, de ácido fosfórico al tres por ciento (3%), las cuales se dejarán secar completamente antes de extender la pintura. Antes de iniciarse la ejecución de marcas viales, el Contratista someterá a la aprobación del Director los sistemas de señalización para protección del tráfico, personal, materiales y maquinaria durante el período de ejecución, y de las marcas recién pintadas durante el periodo de secado. Antes de la ejecución de las marcas viales, se efectuará su replanteo topográfico que deberá contar con la aprobación de la Dirección Técnica. Será de aplicación la norma 8.2 IC “Instrucción de carreteras. Marcas viales”. La ejecución de marcas con pintura no podrá llevarse a cabo en días de fuerte viento o con temperaturas inferiores a cinco grados centígrados (5ºC). La aplicación de material termoplástico en caliente podrá realizarse de forma manual o mediante máquina automática, usando los métodos de “spray” o de extrusión, sin que en ambos casos se sobrepasen los límites de temperatura fijados por el fabricante para dichas aplicaciones. La superficie producida será de textura y espesor uniforme y apreciablemente libre de rayas y burbujas. Siempre que no se especifique otra cosa por parte de la Dirección Técnica, el material que se aplique a mano tendrá un espesor mínimo de 3 mm y si se aplica automáticamente a “spray” el espesor mínimo será de 1,5

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mm. El gasto de material oscilará entre 2,6 y 3,0 kg/m² cuando el espesor sea de 1,5 mm. No se aplicará material termoplástico en caliente cuando la temperatura de la calzada esté por debajo de diez grados centígrados. Para la aplicación del material termoplástico en frío de dos componentes habrán de seguirse fielmente las instrucciones del fabricante. Se aplicará con una llana, extendiendo el material por el interior de la zona que previamente ha sido delimitada con cinta adhesiva. La calzada estará perfectamente seca y su temperatura comprendida entre diez y treinta y cinco grados centígrados. El gasto de material será aproximadamente de 2 kg/m² para un espesor de capa de 2 mm. MEDICIÓN Y ABONO Las marcas viales de ancho constante, tanto continuas como discontinuas se abonarán por metros lineales. Los estarcidos en cebreados, flechas, textos y otros símbolos se abonarán por metros cuadrados. En los precios correspondientes a las marcas viales se consideran comprendidos la preparación a la superficie a pintar, el material, el premarcaje y los medios necesarios para su completa ejecución, incluidos los medios precisos para la señalización del tajo y la protección de las marcas ejecutadas. SEÑALIZACIÓN VERTICAL. DEFINICIÓN Y NORMATIVA DE APLICACIÓN Elementos formados por una placa o un panel vertical con símbolos o inscripciones y sustentados por un soporte. Su función puede ser regular el uso de una vía, advertir de peligros o informar de diversas circunstancias. La normativa de aplicación en cuanto a dimensiones, colores y composición serán el “Catálogo de Señales de Circulación” del Ministerio de Fomento MATERIALES Se tendrá en cuenta lo especificado en la Orden de 28 de Diciembre de 1.999 BOE de 28 de Enero de 2.000. Las formas, dimensiones, colores y símbolos serán los especificados en el Código de Circulación vigente, así como la Norma de carreteras 8.3 IC. SEÑALES: Las señales estarán constituidas íntegramente en aluminio extrusionado con perfil perimetral de 35 mm., ancho en cola de Milano y dos chapas de 1,2 mm de espesor formando cajón cerrado. Rotuladas según normas con acabado reflectante nivel 2, y con lámina antigraffiti de protección. SOPORTES: Los elementos de sustentación serán postes de tubo de aluminio de 3,30 m., 3,50 m ó 4,00 m. de altura, Ø 76 y 5 mm de espesor, con abrazaderas de aluminio y tornillería de acero inoxidable. La cimentación de los soportes variará según sea el firme de apoyo. En los casos en los que el pavimento esté formado por zonas terrizas, una vez colocado el soporte se rellenará con hormigón en masa HM-20, en un volumen mínimo de 40x40x40 cm. En el resto de supuestos, el anclaje al firme se realizará mediante la apertura de hueco en solera de hormigón con taladro con corona de 100 mm de diámetro y 500 mm de profundidad, y posterior relleno del hueco restante con mortero M-40, totalmente nivelado y aplomado INSTALACIÓN Antes de la instalación de las señales el Contratista entregará a la Dirección Técnica documentación acreditativa de la certificación de su conformidad a norma, y de sus características técnicas. En caso contrario, el Contratista entregará un expediente realizado por un laboratorio oficial o acreditado, donde figuren las características tanto de los materiales empleados, como de las señales terminadas. El replanteo preciso que de la señalización se realice antes de ser instalada, será sometido a la aprobación de la Dirección Técnica. Durante la instalación se adoptarán las medidas precisas para que las señales no sufran deterioro alguno. Los elementos auxiliares de fijación han de ser de acero galvanizado.

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MEDICIÓN Y ABONO Los elementos de la señalización vertical se abonarán por unidades. Se medirán de forma independiente las señales y los soportes, salvo que en la unidad de las señales vaya incluido el precio del soporte. El precio de las señales, incluye los anclajes necesarios a poste o farola con abrazaderas de aluminio y tortillería de acero inoxidable, siguiendo las indicaciones de la sección de tráfico de Ayto. de Maracena, aplomado y montaje. El precio de los soportes incluye además, la cimentación al pavimento que podrá ser de hormigón si el anclaje es en zonas de terrizo ó mediante la apertura de hueco en solera de hormigón con taladro, y posterior relleno del hueco restante con mortero M- 40, si el anclaje es en zonas no terrizas, se incluye todas las actuaciones precisas para su completa instalación. MANTO DE TIERRA VEGETAL FERTILIZADA. DEFINICIÓN Se da el nombre de manto de tierra vegetal fertilizada a la capa superficial del suelo, de quince centímetros (20 cm) de espesor, como mínimo, que cumple con las prescripciones señaladas en el presente artículo a fin de que presente buenas condiciones naturales para ser sembrada o plantada. MATERIALES Se considerarán aceptables los que reúnan las condiciones siguientes: - Menos del 20 por 100 de arcilla. - Aproximadamente un cincuenta por ciento (50%) de arena (o más en céspedes). - Aproximadamente un treinta por ciento (30%) de limo (o menos en céspedes). - Menos del dos por ciento (2%) de carbonato cálcico total. - Conductividad inferior a 2 miliohms/cm. - Menos de ciento treinta y ocho (138) ppm de cloruros. - Relación C/N aproximadamente igual a diez (10). - Mínimo del cinco por ciento (5%) de materia orgánica. - Mínimo de trescientas setenta (370) ppm de nitrógeno nítrico. - Mínimo de cincuenta (50) ppm de fósforo (expresado en PO4). - Mínimo de ciento diez (110) ppm de potasio (expresado en K2O). - Aproximadamente ciento cuarenta (140) ppm de calcio. - Aproximadamente cincuenta y dos (52) ppm de magnesio. - Granulometría: Para céspedes y flores, ningún elemento mayor de un centímetro (1 cm.) y veinte a veinticinco por ciento (20-25%) de elementos entre 2 y 10 milímetros (2-10 mm.). Para plantaciones de árboles y arbustos, ningún elemento mayor de cinco centímetros (5 cm.) y menos del tres por ciento (3%) entre uno y cinco centímetros (1-5 cm.). Abonos orgánicos Se definen como abonos orgánicos las sustancias orgánicas de cuya descomposición, causada por los microorganismos del suelo, resulta un aporte de humus y una mejora en la textura y estructura del suelo. Todos estos abonos estarán razonablemente exentos de elementos extraños y, singularmente, de semillas de malas hierbas. Es aconsejable, en esta línea, el empleo de productos elaborados industrialmente. Se evitará, en todo caso, el empleo de estiércoles pajizos o poco hechos. La utilización de abonos distintos a los que aquí reseñamos sólo podrá hacerse previa autorización de la Dirección Técnica. Pueden adoptar las siguientes formas:

Estiércol, procedente de la mezcla de cama y deyecciones del ganado (excepto gallina y porcino) que ha sufrido posterior fermentación. El contenido en nitrógeno será superior al tres coma cinco por ciento (3,5%); su densidad será aproximadamente de ocho décimas (0,8).

Compost, procedente de la fermentación de restos vegetales durante un tiempo no inferior a un año o del tratamiento industrial de las basuras de población. Su contenido en materia orgánica

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será superior al veinticinco por ciento (25%) sobre materia seca, y su límite máximo de humedad, del cuarenta por ciento (40%).

Mantillo, procedente de la fermentación completa del estiércol o del compost. Será de color muy oscuro, pulverulento y suelto, untuoso al tacto y con el grado de humedad necesario para facilitar su distribución y evitar apelotonamientos. Su contenido en nitrógeno será aproximadamente del catorce por ciento (14%).

Abonos minerales Son productos desprovistos de materia orgánica que proporcionan al suelo uno o más elementos fertilizantes. Deberán ajustarse en todo a la legislación vigente. EJECUCIÓN La ejecución del manto de tierra vegetal fertilizada incluye las siguientes operaciones: Preparación del soporte del manto comprendiendo, si fuera necesario, el subsolado y laboreo del mismo a fin de proporcionar una capa inferior adecuada a la penetración de las raíces. Acabado y refinado de la superficie del soporte de modo que quede adaptada al futuro perfil del terreno. Extensión y configuración de los materiales del manto en función del espesor del material prefijado. Recogida, transporte y vertido de los componentes inadecuados y de los sobrantes, en escombrera. Cuando el suelo no reúna las condiciones mencionadas o las específicas para alguna determinada especie, a juicio de la Dirección Técnica, se realizarán enmiendas tanto de la composición física, por aportaciones o cribados, como de la química, por medio de abonos minerales u orgánicos. La ejecución de cualquiera de las operaciones anteriores habrá de ajustarse a unas condiciones de laborabilidad adecuadas, en especial a lo que al exceso de humedad en los materiales manejados se refiere, fundamentalmente por causa de las lluvias. Todos los materiales habrán de manejarse en un estado de humedad en que ni se aterronen ni se compacten excesivamente, buscando unas condiciones de friabilidad, en sentido mecánico, que puedan hallarse, para los materiales indicados, en las proximidades del grado de humedad del llamado punto de marchitamiento. En estas condiciones puede conseguirse tanto un manejo de los materiales de los suelos, como una mezcla suelo-estiércol, o suelo-compost, en condiciones favorables. El tipo de maquinaria empleada, y las operaciones con ella realizadas, debe ser tal que evite la compactación excesiva del soporte y de la capa del manto vegetal. Las propiedades mecánicas de los materiales, la humedad durante la operación y el tipo de maquinaria y operaciones han de ser tenidas en cuenta conjuntamente para no originar efectos desfavorables. Es precisa una revisión final de las propiedades y estado del manto vegetal fertilizado eliminando los posibles defectos (elementos extraños o inconvenientes en los materiales), desplazamientos o marcas de erosión en los taludes causados por la lluvia y cualquier imperfección que pueda repercutir sobre el desarrollo de las futuras siembras y plantaciones. CONTROL DE CALIDAD La Dirección Técnica podrá ordenar la realización de aquellos ensayos y pruebas que juzgue oportunos para verificar el cumplimiento de las especificaciones exigidas en el presente artículo. MEDICIÓN Y ABONO La medición y abono del extendido de la tierra vegetal fertilizada se hará por metros cúbicos (m3). PLANTACIONES. DEFINICIONES Se define como plantación el procedimiento de repoblación artificial consistente en colocar en el terreno, previas las operaciones necesarias, una planta más o menos desarrollada, nacida y crecida en otro lugar. EJECUCIÓN DE LAS PLANTACIONES

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La iniciación de la plantación exige la previa aprobación por parte de la Dirección Técnica del momento de iniciación y del plazo o plazos para realizar sus diferentes etapas. La ejecución de las obras exige la previa aprobación por parte de la Dirección Técnica del replanteo de posiciones de las diferentes especies. El replanteo se efectuará con cinta métrica colocando las consiguientes estacas y referencias que faciliten el trabajo de apertura de hoyos y la colocación de las plantas. En los casos de combinación de siembras y plantaciones sobre una misma superficie se programará, con la debida antelación, cada una de las operaciones de los dos sistemas a realizar a fin de que no haya interferencias evitables y se limiten al mínimo las perturbaciones sobre la obra ya realizada. Cuando la plantación no pueda efectuarse inmediatamente después de recibir las plantas hay que proceder a depositarlas. La apertura de hoyos se efectuará con la mayor antelación posible a la plantación, con el fin de favorecer la meteorización del suelo. Las enmiendas y abonos se incorporarán al suelo con el laboreo, extendiéndolos sobre la superficie antes de empezar a labrar. Plantación de árboles especiales de gran porte. Los árboles especiales vendrán provistos del cepellón correspondiente o sistema radicular bien cortado de las dimensiones especificadas en los presupuestos. La plantación comprende: a) Apertura de hoyo cuyas dimensiones sean como mínimo de cincuenta centímetros (50 cm) más (de alto y ancho), que las del cepellón o sistema radicular. b) Cambio del total o parte de la tierra del mismo si por la Dirección Técnica se estima necesario, con retirada a vertedero de la sobrante. a) Mezcla y abono de la tierra resultante. c) Transporte al hoyo y plantación del árbol. d) Primeros riegos hasta su asentamiento. e) Fijación del árbol mediante «vientos». f) Confección de alcorque de riego. Los árboles que, en el transporte u operaciones de plantación, hayan sido dañados, deberán ser sustituidos a cargo del Contratista, inmediatamente, si así lo ordenara la Dirección Técnica. Plantación de plantas con cepellón Comprende las mismas operaciones que el apartado anterior, referidas siempre las dimensiones del cepellón. Plantación de plantas a raíz desnuda Comprende las operaciones indicadas en el primer apartado, referidas a las dimensiones del sistema radicular. Plantación de planta vivaz y de temporada en maceta o a raíz desnuda Comprende apertura de hoyo, plantación propiamente dicha, retacado y riego, dejando el terreno repasado y eliminando piedras y material sobrante. Afianzamiento de plantas con tutor Cuando así se especifique en Proyecto se afianzarán las plantas por medio de tutores. Estos deberán penetrar en el terreno por lo menos unos veinticinco centímetros (25 cm.) más que la raíz de la planta. Tendrán resistencia y diámetro superior al fuste de aquella. En los puntos de sujeción de la planta al tutor, que serán dos como mínimo, se protegerá previamente la planta con una venda de saco o lona y para el atado se utilizará alambre cubierto con macarrón de plástico corrugado o cualquier otro material resistente siguiendo las directrices de la Dirección Técnica. Afianzamiento de planta con «vientos» Consiste en la sujeción de la planta mediante tres alambres o cables que la mantengan en posición vertical. Los cables se amarrarán al suelo mediante estacas bien firmes situadas en los tres vértices de un triángulo equilátero, cuyo lado sea por lo menos igual a uno coma cinco (1,5) veces la altura de la planta. El atado a la planta se hará en la parte superior del fuste, protegiendo previamente ésta con vendas de saco o lona y atando con alambre cubierto con macarrón de plástico.

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MEDICIÓN Y ABONO La medición y abono de la plantación de elementos vegetales se hará por unidades, incluido el transporte, la apertura de hoyos, el aporte de tierra vegetal fertilizada, la plantación y el primer riego. 6. PRESCRIPCIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN Y REPRESENTANTE DE LA CONTRATA. El adjudicatario dará a la Dirección de las Obras y a sus representantes toda clase de facilidades para los replanteos, reconocimiento y mediciones, así como para la inspección de la obra durante su ejecución con objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en este Pliego y permitiendo en todo momento el libre acceso a todas partes de la misma e incluso a talleres o fábricas donde se produzcan o preparen los materiales o se realicen trabajos para las obras. A pie de obra, siempre deberá existir una persona, perfectamente identificada con el Proyecto, que actúe como representante ante la Dirección de las obras en calidad de Director de la Contrata y que deberá estar representado permanentemente en Obra por persona o personas con poder bastante para disponer sobre todas las cuestiones relativas a las mismas, para lo cual deberán poseer los conocimientos técnicos suficientes. Durante el horario laboral, del que el Director de la Contrata dará conocimiento al Director de Obra, habrá siempre en obra un representante del Contratista facultado para recibir documentos o tomar razón de órdenes de la Administración, sin perjuicio de que se pueda acordar para la entrega normal de documentos algún otro lugar, como la Oficina del Contratista, su Oficina de Proyectos, etc. Durante horas de parada de la obra habrá un vigilante que tendrá medios materiales a su disposición para que sean tomadas las medidas de emergencia oportunas ante cualquier eventualidad que lo exija. ENTORNO DE LA OBRA Y DISMINUCIÓN DE MOLESTIAS A LOS VECINOS. En todo momento el Contratista deberá cuidar el aspecto exterior de la obra y sus proximidades, a la vez que pondrá en práctica las oportunas medidas de precaución, evitando montones de tierra, escombros y acopios de materiales a almacenamiento de útiles, herramientas y maquinaria. Deberá atenerse a las instrucciones que reciba del Director de la Obra, en lo referente al empleo de maquinaria y organización de los trabajos en orden a la disminución de molestias a los vecinos, como ruidos, polvo, etc. Se obliga expresamente a mantener el tráfico peatonal en las debidas condiciones de seguridad, manteniendo los accesos a los edificios y locales comerciales. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. El Contratista estará obligado a evitar la contaminación del aire, cursos de agua, embalses, y en general, cualquier clase de bien público o privado que pudiera producir la ejecución de las obras, la explotación de canteras, los talleres y demás instalaciones auxiliares, aunque estuviesen situadas en terrenos de su propiedad. Los límites de contaminación admisibles serán los definidos como tolerables, en cada caso, por las disposiciones vigentes o por la Autoridad Competente. El Contratista estará obligado a cumplir las órdenes del Director de las Obras para mantener los niveles de contaminación, dentro de la zona de obras, bajo los límites establecidos por la normativa vigente. En particular, se evitará la contaminación atmosférica por la emisión de polvo en las operaciones de transporte y manipulación del cemento, en los procesos de producción de árido y clasificación de terrenos, y en la perforación en seco de las rocas. Asimismo, se evitará la contaminación de las aguas superficiales por el vertido de aguas sucias, en particular las procedentes del lavado de áridos y del tratamiento de arenas, del lavado de los tajos de hormigonado y de los trabajos de inyecciones de cemento y de las fugas de éstas.

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La contaminación producida por los ruidos ocasionados por la ejecución de la obras, se mantendrá dentro de los límites de frecuencia e intensidad tales que no resulten nocivos para las personas ajenas a la obra ni para las personas afectas a las mismas, según sea el tiempo de permanencia continuada bajo el efecto del ruido o la eficacia de la protección auricular adoptada, en su caso. En cualquier caso, la intensidad de los ruidos ocasionados por la ejecución de las obras se mantendrá dentro de los límites admitidos por la normativa vigente. Igualmente se tomarán medidas en la organización de los trabajos para no perturbar las condiciones de la circulación urbana RESPETO DE SERVIDUMBRE Y TRASLADO DE SERVICIOS. Durante la ejecución de las obras el Contratista deberá respetar las servidumbres de paso de cuantas conducciones de servicios públicos o privados (teléfono, gas, agua, alcantarillado, etc.) caminos o vías puedan encontrarse afectados por el emplazamiento y ejecución de las obras, evitando cuidadosamente la perturbación, interrupción, daño o deterioro de los mismos, de la cual será responsable, corriendo a su cuenta cuantos perjuicios pudieran derivarse del incumplimiento de estas prescripciones. En los casos previstos en el presente proyecto de modificación o traslado de servicios existentes o en los eventuales que pudieran presentarse durante la ejecución de las obras, se responsabilizará de la tramitación y obtención de los permisos oportunos ante los organismos interesados. En el proyecto se incluirán, de forma específica en su caso, las afecciones a las redes generales de infraestructura de la ciudad, (saneamiento, red de agua, electricidad, alumbrado público, teléfono y gas canalizado). En su caso, también se contemplarán en el proyecto las correspondientes partidas alzadas a justificar relativas al mantenimiento de acometidas domiciliarias, reparaciones, incidencias no previstas etc.

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5. ESTUDIO DE GESTION DE RESIDUOS

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ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS (SEGÚN REAL DECRETO 105/2008)

Identificación de la Obra

Fase de proyecto BÁSICO Y EJECUCIÓN

Titulo PROYECTO DE MEJORAS Y RENOVACIÓN DE REDES CICLO INTEGRAL

Provincia MARACENA- GRANADA

C. Postal 18.200

CONTENIDO DEL DOCUMENTO

De acuerdo con el RD 105/2008, por el que se regula la Producción y Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (RCDs) y las obligaciones establecidas para el productor en su Art.4.1, se redacta el presente Estudio de Gestión de Residuos, que deberá incluirse en el Proyecto de Ejecución, con el siguiente contenido:

1- INFORMACIÓN PREVIA

2- IDENTIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS (SEGÚN OMAM/304/2002) Y ESTIMACIÓN DE

LA CANTIDAD QUE SE GENERARÁ (EN TN Y M3).

3- MEDIDAS DE SEGREGACIÓN “IN SITU”.

4- PREVISIÓN DE OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN EN LA MISMA OBRA U OTROS

EMPLAZAMIENTOS.

5- DESTINO PREVISTO PARA LOS RESIDUOS.

6- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN, EN RELACIÓN CON EL ALMACENAMIENTO, MANEJO, SEPARACIÓN Y, EN SU CASO, OTRAS OPERACIONES DE GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN DENTRO DE LA OBRA.

7- VALORACIÓN DEL COSTE PREVISTO PARA LA CORRECTA GESTIÓN DE LOS RCDS,

QUE FORMARÁ PARTE DEL PRESUPUESTO DEL PROYECTO.

1 - INFORMACIÓN PREVIA

1.1 El Productor

El productor está obligado a disponer de la documentación que acredite que los residuos y demolición realmente producidos en sus obras han sido gestionados, en su caso, en obra o entregados a una instalación de valorización o eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado, en los términos recogidos en el RD 105/2008 y, en particular, en el Plan de Gestión de Residuos de la obra o en sus posteriores modificaciones. La documentación correspondiente a cada año natural deberá mantenerse durante los cinco años siguientes. En el caso de las obras sometidas a licencia urbanística, el productor de residuos está obligado a constituir, cuando proceda, en los términos previstos en la legislación de las comunidades autónomas, la fianza o garantía financiera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicha licencia en relación con los residuos de construcción y demolición de la obra.

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1.2 El Poseedor

En el artículo 5 del RD 105/2008 establece las obligaciones del poseedor de RCD’s, en el que se indica que la persona física o jurídica que ejecute la obra está obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje como llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los RCD’s que se vayan a producir en la obra. El plan, una vez aprobado por la dirección facultativa, y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra. El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a gestionar los residuos por sí mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado, estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y demolición se destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de valorización.

La responsabilidad administrativa en relación con la cesión de los residuos de construcción y demolición por parte de los poseedores a los gestores se regirá por lo establecido en el artículo 33 de la Ley 10/1998, de 21 de abril.

El poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación.

El poseedor de los residuos de construcción y demolición estará obligado a sufragar los correspondientes costes de gestión y a entregar al productor los certificados y demás documentación acreditativa de la gestión de los residuos a que se hace referencia en el apartado 3, así como a mantener la documentación correspondiente a cada año natural durante los cinco años

siguientes.

1.3 El Gestor

El gestor, según el artículo 7 del Real Decreto, cumplirá con las siguientes obligaciones:

a) En el supuesto de actividades de gestión sometidas a autorización por la legislación de residuos, llevar un registro, en el que, como mínimo figure la cantidad de residuos gestionados, expresada en toneladas y en metros cúbicos, el tipo de residuos, codificadas con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero, o norma que la sustituya, la identificación del productor, del poseedor y de la obra de donde proceden, o del gestor, cuando procedan de otra operación anterior de gestión, el método de gestión aplicado, así como las cantidades, en toneladas y en metros cúbicos, y destinos de los productos y residuos resultantes de la actividad.

b) Poner a disposición de las administraciones públicas competentes, a petición de las mismas, la información contenida en el registro mencionado en la letra a). La información referida a cada año natural deberá mantenerse durante los cinco años siguientes.

c) Extender al poseedor o al gestor que le entregue residuos de construcción y demolición, en los términos recogidos en el real decreto, los certificados acreditativos de la gestión de los residuos recibidos, especificando el productor y, en su caso, el número de licencia de la obra de procedencia. Cuando se trate de un gestor que lleve a cabo una operación exclusivamente de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, deberá además transmitir al poseedor o al gestor que le entregó los residuos, los certificados de la operación de valorización o de eliminación subsiguiente a que fueron destinados los residuos.

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d) En el supuesto de que carezca de autorización para gestionar residuos peligrosos, deberá disponer de un procedimiento de admisión de residuos en la instalación que asegure que, previamente al proceso de tratamiento, se detectarán y se separarán, almacenarán adecuadamente y derivarán a gestores autorizados de residuos peligrosos aquellos que tengan este carácter y puedan llegar a la instalación mezclados con residuos no peligrosos de construcción y demolición. Esta obligación se entenderá sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir el productor, el poseedor o, en su caso, el gestor precedente que haya enviado dichos residuos a la instalación.

1.4 Ubicación y descripción de las obras objeto de este estudio

1.4.1 Características generales

En la memoria, se recogen las características de la ejecución, para la mejora y renovación de redes ciclo integral. Calle Jorge Guillén de Maracena (Granada). La superficie total es de 3.842,74 m2. La distribución de usos se detalla en el proyecto de ejecución. Emplazamiento de la obra:

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1.4.2 Descripción de las obras

Las obras, en principio y sin perjuicio de que una vez comenzadas las mismas, el Director de Obra pueda cambiar, si las circunstancias así lo requieren, el orden de ejecución de las mismas, se desarrollarán según se especifica a continuación:

Demoliciones calzada y acerados.

Movimiento de tierras.

Instalación de saneamiento y abastecimiento.

Instalación de Suministro Eléctrico.

Instalación de Alumbrado público

Pavimentación

Jardinería y riego

2.- IDENTIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS A GENERAR, CODIFICADOS CON ARREGLO A LA LISTA EUROPEA DE RESIDUOS PUBLICADA POR ORDEN MAM/304/2002 DE 8 DE FEBRERO.

La definición de los Residuos de Construcción y Demolición RCDs, es la contemplada en la LER (Lista Europea de Residuos), de aplicación desde el 1 de enero de 2002, que ha sido transpuesta al derecho español en la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, y que posteriormente la misma definición adopta el R.D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Clasificación y descripción de los residuos

Para proceder al estudio, identificación y valorización de los residuos en la obra, los clasificamos en dos categorías, tal como se observa en la tabla siguiente.

Clasificación por Niveles de los Residuos de Construcción y Demolición (RCD)

Nivel I

En este nivel clasificamos los residuos generados por el desarrollo de las obras de infraestructura de ámbito local o supramunicipal contenidas en los diferentes planes de actuación urbanística o planes de desarrollo de carácter regional, siendo resultado de los excedentes de excavación de los movimientos de tierra generados en el transcurso de dichas obras. Se trata, por tanto, de las tierras y materiales pétreos, no contaminados, procedentes de obras de excavación.

Nivel II

En este nivel, clasificamos los residuos generados por las actividades propias del sector de la construcción tanto de edificación como de obra civil, demolición, reparación domiciliaria y de la implantación de servicios (abastecimiento y saneamiento, telecomunicaciones, suministro eléctrico, gasificación y otros). Son residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Los residuos inertes no son solubles ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna otra manera, ni son ni afectan negativamente a otras materias con las que entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. Se contemplan los residuos inertes procedentes de obras de construcción y demolición, incluidos los de obras menores de construcción y reparación domiciliaria sometidas a licencia municipal o no.

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MEMORIA

IDENTIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS GENERADOS EN LA OBRA (SEGÚN ORDEN MAM/304/2002) Los residuos generados serán tan solo los marcados a continuación de la Lista Europea establecida en la Orden MAM/304/2002. No se consideraran incluidos en el cómputo general los materiales que no superen 1m³ de

aporte y no sean considerados peligrosos y requieran por tanto un tratamiento especial.

Tabla 1: Identificación de los residuos generados en la obra (según Orden MAM/304/2002)

A.1 Residuos Construcción y Demolición: Nivel I

A.1.1 Tierras y pétreos de la excavación

1. Tierras y pétreos de la excavación

X 17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03

17 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05

17 05 08 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07

A.2 Residuos Construcción y Demolición: Nivel II

A.2.1 Residuos de naturaleza no pétrea

1. Asfalto

x 17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01

2. Maderas

X 17 02 01 Madera

3. Metales

17 04 01 Cobre, bronce, latón

17 04 02 Aluminio

17 04 03 Plomo

17 04 04 Zinc

17 04 05 Hierro y Acero

17 04 06 Estaño

x 17 04 06 Metales mezclados

17 04 11 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10

4. Papel

x 20 01 01 Papel

5. Plástico

x 17 02 03 Plástico

6. Vidrio

17 02 02 Vidrio

7. Yeso

17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código 17 08 01

A.2.2 Residuos de naturaleza pétrea

1. Arena grava y otros áridos

01 04 07

Residuos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la transformación física y química de minerales no metálicos

x 01 04 09 Residuos de arena y arcillas

01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04 07

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MEMORIA

2. Hormigón

x 17 01 01 Hormigón

3. Ladrillos, azulejos y otros productos cerámicos

17 01 02 Ladrillos

17 01 03 Tejas y materiales cerámicos

x 17 01 07 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las especificadas en el

código 1 7 01 06.

4. Piedras

x 17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03

A.2.3 Residuos potencialmente peligrosos y otros

1. Basuras

20 02 01 Residuos biodegradables

20 03 01 Mezcla de residuos municipales

2. Potencialmente peligrosos y otros

17 01 06 Mezclas de hormigón, ladrillos , tejas y materiales cerámicos con sustancias peligros as (SP's )

17 02 04 Madera, vidrio o plástico con sustancias peligros as o contaminadas por ellas

17 03 01 Mezclas bituminosas que contienen alquitrán de hulla

17 03 03 Alquitrán de hulla y productos alquitranados

17 04 09 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas

17 04 10 Cables que contienen hidrocarburos , alquitrán de hulla y otras SP's

17 06 01 Materiales de aislamiento que contienen Amianto

17 06 03 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas

17 06 05 Materiales de construcción que contienen Amianto

17 08 01 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP's

17 09 01 Residuos de construcción y demolición que contienen mercurio

17 09 02 Residuos de construcción y demolición que contienen PCB's

17 09 03 Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP's

17 06 04 Materiales de aislamientos distintos de los 17 06 01 y 03

17 05 03 Tierras y piedras que contienen SP's

17 05 05 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligros as

17 05 07 Balastro de vías férreas que contienen sustancias peligrosas

15 02 02 Absorventes contaminados (trapos ,…)

13 02 05 Aceites usados (minerales no clorados de m otor,…)

16 01 07 Filtros de aceite

20 01 21 Tubos fluorescentes

16 06 04 Pilas alcalinas y salinas

16 06 03 Pilas botón

X 15 01 10 Envases vacíos de metal o plástico contaminado

x 08 01 11 Sobrantes de pintura o barnices

14 06 03 Sobrantes de disolventes no halogenados

07 07 01 Sobrantes de desencofrantes

x 15 01 11 Aerosoles vacios

16 06 01 Baterías de plomo

13 07 03 Hidrocarburos con agua

17 09 04 RDCs mezclados distintos códigos 17 09 01, 02 y 03

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MEMORIA

PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN DE LA OBRA

ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN QUE SE GENERARÁ EN LA OBRA, EN TONELADAS Y METROS CÚBICOS

La estimación de los residuos de esta obra se realizará clasificada en función de los niveles establecidos anteriormente: RCDs de Nivel I y Nivel II.

Edificación Obra nueva planta

Se estima a partir de datos estadísticos, 10 cm. de altura máxima de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad tipo del orden de 1,5 a 0,5 Tn/m³, es decir con una densidad media de 1,0 Tn/m³.

Rehabilitación

Se estima a partir de datos estadísticos, 27 cm. de altura máxima de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad tipo del orden de 1,5 a 0,5 Tn/m³, es decir con una densidad media de 1,0 Tn/m³.

Obra Civil

Se estima a partir de datos estadísticos, 15 cm. de altura de mezcla de residuos por m² de superficie afectada por las obras, con una densidad tipo del orden de 1,5 a 0,5 Tn/m³, es decir con una densidad media de 1,0 Tn/m³.

Demolición total

En caso de demolición los datos pueden variar, atendiendo principalmente a la tipología de edificio y por supuesto a los materiales de construcción del mismo, no obstante y a título orientativo, se estima entre 90 cm. de altura de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad igualmente del orden entre el 1,5 y 0,5 Tn/m³.

Demolición parcial

En caso de demolición los datos pueden variar, atendiendo principalmente a la tipología de edificio y por supuesto a los materiales de construcción del mismo, no obstante y a título orientativo, se estima 73 cm. de altura de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad igualmente del orden entre el 1,5 y 0,5 Tn/m³.

Obra Civil: En ausencia de datos más contrastados se manejan parámetros estimativos estadísticos de 15 cm de altura de mezcla de residuos por m² construido, con una densidad tipo del orden de 1,5 a 0,5 Tn/m³.En base a estos datos, la estimación completa de residuos en la obra es:

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MEMORIA

Estimación de Residuos Construcción y Demolición (RCD)

Volumen de tierras estimado de la excavación 730,13 m3

Superfície total considerada ( incluyendo en su

caso la superficie de Demolición, Edificación y de O.Civil)

3.842,74 m2

Presupuesto estimado de la obra 322.441,64 €

Presupuesto estimado movimiento tierras 6.155 €

Toneladas de residuos generados 288,21 Tn

Densidad media de los residuos (Estimada entre 0,5 y 1,5 T/m3)

0,50 T/m3

Volumen total de resíduos (s x 0,15m) 576,41 m³

Tabla 3: Estimación de los pesos y volúmenes de los Residuos de Construcción y Demolición generados

A.1 Residuos Construcción y Demolición: Nivel I

A.1.1 Tierras y pétreos de la excavación

Tipología de RCD Clasificación de RCD agrupados por tipología

Tn Toneladas de

RCD

D Densidad en

T/m3

V Volumen en

m3

1. Tierras y pétreos de la excavación 803,14 1,10 730,13

A.2 Residuos Construcción y Demolición: Nivel II

A.2.1 Residuos de naturaleza no pétrea

Tipología de RCD Clasificación de RCD agrupados por tipología

% De peso

Tn Toneladas de

RCD

D Densidad en

T/m3

V Volumen en

m3

1. Asfalto 0,347 100,01 1,30 76,93

2. Maderas 0,040 11,53 0,60 19,21

3. Metales 0,020 5,76 1,50 3,84

4. Papel 0,003 0,86 0,90 0,96

5. Plástico 0,010 2,88 0,90 3,20

6. Vidrio 0,000 0,00 1,50 0,00

7. Yeso 0,000 0,00 1,20 0,00

TOTAL estimación 0,420 121,05 104,15

A.2.2 Residuos de naturaleza pétrea

Tipología de RCD Clasificación de RCD agrupados por tipología

% De peso

Tn Toneladas de

RCD

D Densidad en

T/m3

V Volumen en

m3

1. Arena grava y otros áridos 0,080 23,06 1,50 15,37

2. Hormigón 0,240 69,17 1,50 46,11

3. Ladrillos, azulejos y otros productos cerámicos 0,150 43,23 1,25 34,58

4. Piedras 0,100 28,82 1,50 19,21

TOTAL estimación 0,570 164,28 115,28

A.2.3 Residuos potencialmente peligrosos y otros

Tipología de RCD Clasificación de RCD agrupados por tipología

% De peso

Tn Toneladas de

RCD

D Densidad en

T/m3

V Volumen en

m3

1. Basuras 0,000 0,00 0,90 0,00

2. Potencialmente peligrosos y otros 0,010 2,88 0,50 5,76

TOTAL estimación 0,010 2,88 5,76

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MEMORIA

3.- MEDIDAS DE SEGREGACIÓN "IN SITU" PREVISTAS (CLASIFICACIÓN/SELECCIÓN).

En base al artículo 5.5 del RD 105/2008, los residuos de construcción y demolición

deberán separase en fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades:

Hormigón 160,00 T

Ladrillos, tejas, cerámicos 80,00 T

Metales 4,00 T

Madera 2,00 T

Vidrio 2,00 T

Plásticos 1,00 T

Papel y cartón 1,00 T

Medidas empleadas (se marcan las casillas según lo aplicado):

Eliminación previa a cualquier operación de aquellos elementos desmontables y/o peligrosos (por ejemplo recuperación de tejas, equipamiento de ascensores y salas de máquinas, transformadores, equipamiento de calderas, Pararrayos, Instalaciones, etc...)

Derribo separativo / segregación en obra nueva (por ejemplo separación de materiales pétreos, madera, metales, plásticos, cartón, envases, etc...), en caso de superar alguna de las fracciones establecidas en el artículo 5.5 del RD 105/2008 (ver tabla superior).

x

Separación parcial. Recogida de escombros, y posterior tratamiento en planta. Separación exclusivamente de residuos potencialmente peligrosos y residuos sólidos urbanos.

Derribo integral o recogida de escombros en obra nueva “todo mezclado”, y posterior tratamiento en planta.

Los contenedores o sacos industriales empleados cumplirán las especificaciones establecidas a tal fin por la normativa vigente.

4.- PREVISIÓN DE OPERACIONES DE REUTILIZACIÓN EN LA MISMA OBRA O EN EMPLAZAMIENTOS EXTERNOS

Previsión de operaciones Destino

X

No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado los siguientes RCDs:

Hormigón

Ladrillos, tejas, cerámicos

Metales

Madera

Vidrio

Plásticos

Papel y cartón

Externo a obra

-- Reutilización de tierras procedentes de la excavación

-- Reutilización de residuos minerales o pétreos en áridos reciclados o en urbanización

--

-- Reutilización de materiales cerámicos --

-- Reutilización de materiales no pétreos: madera, vidrio… --

-- Reutilización de materiales metálicos --

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MEMORIA

Identificación del destino previsto externo a la obra:

Datos del Gestor al que se envían los RCDs generados en las operaciones de la obra

Razón social

Nº de autorización

Denominación del centro

N.I.F.

Dirección

Localidad

Provincia

Previsión de operaciones de valorización “in situ” de los residuos generados. Se marcan las operaciones previstas y el destino previsto inicialmente para los materiales (propia obra o externo)

OPERACIÓN PREVISTA

x No hay previsión de reutilización en la misma obra o en emplazamientos externos, simplemente serán transportados a vertedero autorizado

Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía

Recuperación o regeneración de disolventes

Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que utilizan no disolventes

Reciclado o recuperación de metales o compuestos metálicos

Reciclado o recuperación de otras materias orgánicas

Regeneración de ácidos y bases

Tratamiento de suelos, para una mejora ecológica de los mismos

Acumulación de residuos para su tratamiento según el Anexo II.B de la Comisión 96/350/CE

Otros (indicar)

5.- DESTINO PREVISTO PARA LOS RESIDUOS NO REUTILIZABLES NI VALORIZABLES "IN SITU" (INDICANDO CARACTERÍSTICAS Y CANTIDAD DE CADA TIPO DE RESIDUOS).

Terminología:

RCD: Residuos de la Construcción y la Demolición RSU: Residuos Sólidos Urbanos RNP: Residuos NO peligrosos RP: Residuos peligrosos

Tabla 4: Destino previsto para los residuos no reutilizables ni valorizables "in situ" (indicando características y

cantidad de cada tipo de residuos)

A.1 Residuos Construcción y Demolición: Nivel I

A.1.1 Tierras y pétreos de la excavación

1. Tierras y pétreos de la excavación

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 05 04 Tierras y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03

VERTEDERO RESTAURACION/VERTEDERO

803,14

17 05 06 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05

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MEMORIA

A.2 Residuos Construcción y Demolición: Nivel II

A.2.1 Residuos de naturaleza no pétrea

1. Asfalto

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 03 02 Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01

RECICLADO PLANTA

RECICLAJE RCD 100,01

2. Maderas

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 02 01 Madera Reciclado Gestor autorizado

RNPs 11,53

3. Metales

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 04 01 Cobre, bronce, latón

17 04 02 Aluminio

17 04 04 Zinc

17 04 06 Metales Mezclados VERTEDERO GESTOR

AUTORIZADO RNPS

5,76

4. Papel

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

20 01 01 Papel RECICLADO

GESTOR AUTORIZADO

RNPS 0,86

5. Plástico

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 02 03 Plástico RECICLADO GESTOR

AUTORIZADO RNPS

2,88

6. Vidrio

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 02 02 Vidrio

7. Yeso

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 08 02 Materiales de construcción a partir de yeso distintos a los del código 17 08 01

A.2.2 Residuos de naturaleza pétrea

1. Arena grava y otros áridos

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

01 04 07 Residuos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la transformación física y química de minerales no metálicos

01 04 09 Residuos de arena y arcillas RECICLADO PLANTA

RECICLAJE RCD 23,06

01 04 08 Residuos de grava y rocas trituradas distintos

de los mencionados en el código 01 04 07

2. Hormigón

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 01 01 Hormigón VERTEDERO

PLANTA RECICLAJE RCD

69,17

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MEMORIA

3. Ladrillos, azulejos y otros productos cerámicos

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 01 02 Ladrillos

17 01 03 Tejas y materiales cerámicos

17 01 07 Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y

materiales cerámicos distintas de las

especificadas en el código 1 7 01 06.

RECICLADO PLANTA

RECICLAJE RCD 43,23

4. Piedras

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

17 09 04 RDCs mezclados distintos a los de los códigos 17 09 01, 02 y 03

RECICLADO GESTOR

AUTORIZADO RNPS

28,82

A.2.3 Residuos potencialmente peligrosos y otros

1. Basuras

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

20 02 01 Residuos biodegradables

20 03 01 Mezcla de residuos municipales

2. Potencialmente peligrosos y otros

Código MAM Descripción Tratamiento Destino Cantidad

08 01 11 Sobrantes de pintura o barnices Depósito/ Tratamiento

Gestor autorizado RPs

0,58

15 01 11 Aerosoles vacios Depósito/ Tratamiento

Gestor autorizado RPs

0,14

15 01 10

Envases vacíos de metal o plastico contaminado

Depósito/ Tratamiento

Gestor autorizado RPs

2,16

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MEMORIA

6.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO.

Con carácter General:

Prescripciones en relación con el almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición en obra.

Gestión de residuos de construcción y demolición

Gestión de residuos según RD 105/2008, realizándose su identificación con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores. La segregación, tratamiento y gestión de residuos se realizará mediante el tratamiento correspondiente por parte de empresas homologadas mediante contenedores o sacos industriales.

Certificación de los medios empleados

Es obligación del contratista proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a la Propiedad de los certificados de los contenedores empleados así como de los puntos de vertido final, ambos emitidos por entidades autorizadas y homologadas.

Limpieza de las obras

Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto.

Con carácter Particular:

Prescripciones técnicas del proyecto (se marcan aquellas que sean de aplicación a la obra)

Para los derribos: se realizarán actuaciones previas tales como apeos, apuntalamientos,

estructuras auxiliares…para las partes o elementos peligroso, referidos tanto a la propia obra como

a los edificios colindantes

Como norma general, se procurará actuar retirando los elementos contaminados y/o peligrosos tan

pronto como sea posible, así como los elementos a conservar o valiosos (cerámicos, mármoles…).

Seguidamente se actuará desmontando aquellas partes accesibles de las instalaciones, carpinterías

y demás elementos que lo permitan.

x

El depósito temporal de los escombros, se realizará bien en sacos industriales iguales o

inferiores a 1m³, contadores metálicos específicos con la ubicación y condicionado que establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de residuos

El depósito temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra…)

que se realice en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un modo adecuado.

x

Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad,

especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de al

menos 15cm a lo largo de toso su perímetro.

En los mismos deberá figurar la siguiente información: Razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor / envase y el número de inscripción en el registro de transportistas de residuos. Esta información también deberá quedar reflejada en los sacos industriales y otros medios de contención y almacenaje de residuos.

x El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las medidas

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MEMORIA

necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los contadores

permanecerán cerrados, o cubiertos al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el

depósito de residuos ajenos a la obra a la que prestan servicio.

x

En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y

procedimientos para la separación de cada tipo de RCD.

Se atenderán los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condiciones de

licencia de obras…), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores de RCDs adecuados. La Dirección de Obra será la responsable de tomar la última decisión y de su justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes.

x

Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs que el destino final

(planta de reciclaje, vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización

autonómica de la Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente. Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales de retirada y entrega final de cada transporte de residuos

x

La gestión tanto documental como operativa de los residuos peligrosos que se hallen en

una obra de derribo o de nueva planta se regirá conforme a la legislación nacional y autonómica vigente y a los requisitos de las ordenanzas municipales. Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas, envases…) serán gestionados acorde con los preceptos marcados por la legislación y autoridad municipal correspondiente.

Para el caso de los residuos con amianto se seguirán los pasos marcados por la Orden

MAM/304/2002 de 8 de febrero por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos para poder considerarlos como peligroso o no peligrosos. En cualquier caso siempre se cumplirán los preceptos dictados por el RD 108/1991 de 1 de febrero sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto, así como la legislación laboral al respecto.

x Los restos de lavado de canaletas / cubas de hormigón serán tratadas como escombros

x

Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los

plásticos y restos de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos

Las tierras superficiales que pueden tener un uso posterior para jardinería o

recuperación de los suelos degradados serán retiradas y almacenadas durante el menor tiempo posible en caballones de altura no superior a 2 metros. Se evitará la humedad excesiva, la manipulación y la contaminación con otros materiales.

Otros

MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE RESIDUOS EN LA OBRA GESTIÓN EN LA PREPARACIÓN DE LOS RESIDUOS EN LA OBRA

La gestión correcta en la preparación de los residuos en la obra sirve para evitar que se produzcan pérdidas debidas a derrames o contaminación de los materiales, para lo cual se trata de implantar sistemas y procedimientos adecuados que garanticen la correcta manipulación de las materias primas y los productos, para que no se conviertan en residuos, es decir para minimizar el volumen de residuos generados. En este sentido, reviste una gran importancia el análisis frecuente de los diferentes residuos que se generan para poder determinar con precisión sus características, conocer las posibilidades de reciclaje o recuperación, y definir los procedimientos de gestión idóneos. La buena gestión se reflejará por:

la implantación de un registro de los residuos generados

la habilitación de una zona o zonas de almacenamiento limpia y ordenadas, con los sistemas precisos de recogida de derrames, todo ello según establece la legislación en materia de residuos.

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MEMORIA

SEGREGACIÓN EN EL ORIGEN

Es la práctica de minimización más simple y económica, y la que evidentemente se va a utilizar de modo generalizado en la obra, ya que puede emplearse con la mayor parte de los residuos generados y normalmente requiere cambios mínimos en los procesos. Hay que considerar que la mezcla de dos tipos de residuos, uno de ellos peligroso, obliga a gestionar el volumen total como residuo peligroso. En consecuencia la mezcla de diferentes tipos de residuos dificulta y encarece cualquier intento de reciclaje o recuperación de los residuos y limita las opciones posteriores de su tratamiento. Esta obra, como productora de este tipo de residuos está obligada, a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que incluya estas operaciones:

Como productor o poseedor de escombros sufragará los costes de gestión de los residuos generados.

Hasta su retirada, se adquiere el compromiso de mantener los residuos en condiciones de higiene y seguridad mientras éstos se encuentren en la misma.

Los productos de un residuo susceptible de ser reciclado o de valorización deberá destinarlo a estos fines, evitando su eliminación en todos los casos que sea posible.

En la obra está prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos y toda mezcla o dilución de estos que dificulte su gestión.

Por último se adquiere el compromiso de segregar todos los residuos que sea posible, con el fin de no generar más residuos de los necesarios o convertir en peligrosos los residuos que no lo son al mezclarlos.

RECICLADO Y RECUPERACIÓN

Una alternativa óptima de gestión consiste en aprovechar los residuos generados (por ejemplo las tierras excavadas de la obra), reciclándolas en la misma obra (rellenos, explanaciones o pactos en préstamo) o en otra obra. Esta técnica en la obra reduce los costes de eliminación, reduce las materias primas y proporciona ingresos por la venta de este tipo de residuos. La eficacia dependerá de la capacidad de segregación de los residuos recuperables de otros residuos del proceso, lo que asegurará que el residuo no esté contaminado y que la concentración del material recuperable sea máxima. RECEPCIÓN Y MANIPULACIÓN DE MATERIALES EN LA OBRA

Se tomarán en la recepción en obra de los materiales, las siguientes acciones y medidas que tratarán de influir en la protección del medio ambiente:

Se revisará el estado del material cuando se reciba un pedido, esto evitará problemas de devoluciones y pérdidas por roturas de envases o derrames, materias fuera de especificación, etc.

Se reutilizarán bidones en usos internos, es más barato que comprar bidones nuevos y además se generan menos residuos.

Se mantendrán las zonas de transporte limpias, iluminadas y sin obstáculos para evitar derrames accidentales.

Se mantendrán cerrados los contenedores de materias para evitar derrames en el transporte.

En caso de fugas se realizarán informes en los que se analicen las causas, al objeto de tomar medidas preventivas.

Se evitarán y en su defecto se recogerán los derrames de productos químicos y aceites con ayuda de absorbentes en lugar de diluir en agua, a fin de evitar vertidos.

No se almacenarán sustancias incompatibles entre sí, para ello se exigirán a los productos que disponga de las fichas de seguridad de al objeto de ser consultadas las incompatibilidades. Por ejemplo, el ácido sulfúrico en presencia de amoníaco reacciona vigorosamente desprendiendo una gran cantidad de calor.

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MEMORIA

Se establecerá en el Plan de Emergencia o Actuaciones de Emergencia de la obra las actuaciones y las normas de seguridad y cómo actuar en caso de emergencia, además se colocarán en lugar visible. A este fin, cabe recordar que la obra como todo lugar de trabajo deberá disponer (conforme a la LPRL 31/1995) de unas Actuaciones de Emergencia, que deberán reflejarse en el Estudio de Seguridad y posteriormente en el correspondiente Plan de Seguridad.

Se colocarán sistemas de contención para derrames en tanques de almacenamiento, contenedores, etc., situándolos en áreas cerradas y de acceso restringido.

Se controlarán constantemente los almacenes de sustancias peligrosas y se colocarán detectores necesarios, con el objeto de evitar fugas y derrames.

ABASTECIMIENTO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN EN EL LUGAR DE PRODUCCIÓN

El depósito temporal de estos residuos se podrá efectuar de las formas siguientes, salvo que los Servicios Municipales determinen condiciones específicas:

Mediante el empleo de sacos industriales, elementos de contención o recipientes flexibles, reciclables, con una capacidad inferior o igual a 1 metro cúbico.

En contenedores metálicos específicos, ubicados de acuerdo con las ordenanzas municipales.

Acopiados en la zona de obras, en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de los residuos.

ALMACENAMIENTO DE MATERIALES EN LA OBRA

Se seguirán las especificaciones de almacenamiento, tratamiento y uso de los materiales, siguiendo las instrucciones del proveedor y fabricante, para evitar deterioros en el almacenamiento, en especial cuando se trate de productos químicos o tóxicos.

Los contenedores para el almacenamiento en el lugar de producción y el transporte de los residuos de construcción y demolición deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad, especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de, al menos, 15 centímetros a lo largo de todo su perímetro. En los mismos deberá figurar, en forma visible y legible, la siguiente información:

- Razón social, CIF y teléfono del titular del contenedor/ envase. - Número de inscripción en el Registro de Transportistas de Residuos

El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los contenedores permanecerán cerrados o cubiertos, al menos, fuera del horario de trabajo, para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra a la que prestan servicio.

Cuando se utilicen sacos industriales y otros elementos de contención o recipientes, se dotarán de sistemas (adhesivos, placas, etcétera), en los que figurará la información indicada en el apartado anterior.

Los contenedores de productos tóxicos, químicos o en especial de residuos de amianto, deberán estar perfectamente señalizados, identificados y limitado el acceso a los mismos, pudiendo solo acceder el personal especializado o autorizado.

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MEMORIA

MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA LA SEPARACIÓN DE LOS RESIDUOS EN OBRA PRODUCTOS QUÍMICOS

Etiquetado La utilización de los productos químicos en la obra va en aumento, pero los productos químicos deben estar etiquetados y sus suministradores deben proporcionar las fichas de seguridad, que permiten tomar acciones frente a accidentes de diversa naturaleza, pero también frente al almacenamiento y vertido residual de los mismos. Es el RD 363/1995 Notificación de sustancias nuevas clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, el que regula el estos conceptos. La etiqueta identifica el producto y al responsable de su comercialización, así como, aporta información sobre los riesgos que presenta, principalmente desde el punto de vista de la seguridad y de las vías de entrada al organismo en caso de exposición, tal como se observa en la figura siguiente:

Los peligros más significativos están identificados por los símbolos (pictogramas) e indicaciones de peligro que se especifican en la imagen siguiente: La descripción del riesgo del producto y las medidas preventivas se recogen en las Frases R (Risc) y S (Safety):

Frases R: La explicación y descripción de estos riesgos, como puede ser la vía de entrada o si el efecto es crónico o agudo, se realiza mediante las frases “R”. También se identifican por las frases “R” el efecto cancerígeno, el efecto mutágeno o los efectos sobre la reproducción. Frases S: Mediante las frases “S” se indican determinadas recomendaciones para su utilización y actuación en caso de incidentes o de accidentes.

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MEMORIA

Para conseguir unas adecuadas medidas específicas en la obra respecto a los productos químico, se establecen los siguientes sistemas de comunicación e información relativos a los riesgos químicos:

Relación de medidas específicas adoptadas en esta obra respecto a los productos químicos

Informar sobre los pictogramas anteriores a todos los trabajadores de la obra

X

Señalización de todos aquellos lugares en que se utilicen los productos químicos

X

Obligatoriedad de comunicación por escrito de toda empresa en la obra que utilice productos químicos, indicando en la comunicación

su naturaleza y tipo

X

Información a todos los trabajadores sobre la naturaleza de los productos y sustancias químicas utilizadas en la obra

X

Limitación de accesos a las zonas de utilización de productos químicos

X

Limitación de actividades con el manejo de productos y sustancias químicas que puedan ocasionar riesgos a otros trabajadores

X

Otros --

Es necesario etiquetar todos los productos que se manipulen, ya sean productos de partida, intermedios o de reacción, incluidos los residuos. Almacenamiento El almacenamiento de productos químicos se trata en el RD 379/2001 Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias. Las medidas preventivas que deberán tenerse en cuenta para almacenar los productos químicos en obra son:

Relación de medidas específicas adoptadas en esta obra respecto al almacenamiento de productos químicos

Se ha preparado en la obra un lugar adecuado para almacenar los productos químicos, disponiendo de los medios de extinción correctos según los productos para evitar que se

produzcan accidentes X

Almacenar las sustancias peligrosas debidamente separadas, agrupadas por el tipo de riesgo que pueden generar (tóxico, de incendio, etc.) y respetando las incompatibilidades que existen

entre ellas; por ejemplo, las sustancias combustibles y reductoras deben estar separadas de las oxidantes y de las tóxicas

X

Guardar en los lugares de trabajo las cantidades de productos químicos que sean estrictamente necesarias. De este modo, es más fácil aislar y disminuir los peligros que se derivan de su

manipulación y dotar a las instalaciones y locales de los medios de seguridad adecuados X

No guardar los líquidos peligrosos en recipientes abiertos. Los envases adecuados para tal fin se deben cerrar después de ser usados o cuando queden vacíos

X

Elegir el recipiente adecuado para guardar cada tipo de sustancia química y tener en cuenta el posible efecto corrosivo que pueda tener sobre el material de construcción del envase. Los

recipientes metálicos son los más seguros X

Tener en cuenta que el frío y el calor deterioran el plástico, por lo que este tipo de envases deben ser revisados con frecuencia y mantenerse protegidos del sol y de las bajas temperaturas. Los

envases empleados para guardar sustancias peligrosas deben ser homologados X

Disponer de una buena ventilación en los locales, especialmente en los lugares donde se almacenan sustancias tóxicas o inflamables, así como sistemas de drenaje que ayuden a

controlar los derrames que puedan producirse (rejillas en el suelo, canalizaciones, etc.)

Dividir las superficies de los locales de almacenamiento en secciones distanciadas unas de otras, que agrupen los distintos productos, identificando claramente que sustancias son (siempre con etiqueta normalizada) y su cantidad. Esto permite en el caso de una fuga, derrame o incendio, conocerse con precisión la naturaleza de los productos almacenados y actuar con los medios

adecuados

X

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MEMORIA

Evitar realizar trabajos que produzcan chispas o que generen calor (esmerilar, soldar, amolar, etc.) cerca de las zonas de almacenamiento, así como el trasvasar sustancias peligrosas

X

Los locales en los que se almacenen sustancias químicas inflamables deberán, además, cumplir con una serie de requisitos básicos: evitar la existencia de los focos de calor; disponer de

paredes de cerramiento resistentes al fuego y con puerta metálica; contar con una instalación eléctrica anti-deflagrante; tener una pared o tejado que actúe como paramento débil para que en

caso deflagración se libere la presión a un lugar seguro; y disponer de medios de detección y protección contra incendios.

X

Seguir procedimientos seguros en las operaciones de manipulación y almacenamiento. Las personas que trabajan con sustancias químicas han sido informadas y formadas sobre los

riesgos que comporta trabajar con ellas. X

Los proveedores indican que sus productos no se pueden trasvasar a otros recipientes, pero a veces es necesario pasar un producto a un envase más pequeño para poder trabar de forma más cómoda. Es aquí cuando se pueden producir accidentes ya que podemos confundir un recipiente

con otro y producirse manipulaciones indebidas que son causa de accidentes. En tales casos deberán extremarse las precauciones

X

No trasvasar nunca a recipientes que puedan confundir con líquidos que se pueden beber (Botellas de agua, refrescos, zumos, etc.)

X

Etiquetar correctamente los envases para evitar confusiones no solo en la utilización del producto sino en las consecuencias derivadas de su incorrecta identificación

X

Respetar las incompatibilidades de almacenamiento de sustancias peligrosas que se ofrece en la tabla siguiente:

+ se puede almacenar conjuntamente o solamente podrán almacenarse juntos, si se adoptan ciertas medidas de

prevención - no deben almacenarse juntos

X

AD - En definitiva se ha de considerar siempre que la gestión de los productos químicos en la obra alcanza incluso la propia gestión de sus residuos.

Relación de Medidas específicas para la separación de los productos químicos del resto de RCDs de la obra

Debido a la diversa procedencia y a la multitud de productos químicos, en la gestión de los residuos se seguirán las especificaciones de las fichas de seguridad de los productos utilizados, que indican la forma apropiada de deshacerse de los residuos que se forman al terminar de usarlos ya que pueden comprometer, no solo el medio ambiente, sino también y lo que es más importante, la seguridad de los trabajadores. No obstante en dicha separación se tendrán en cuenta los criterios establecidos anteriormente.

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MEMORIA

VALORACIÓN DEL COSTE PREVISTO DE LA GESTIÓN CORRECTA DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, COSTE QUE FORMARÁ PARTE DEL PRESUPUESTO DEL PROYECTO EN CAPÍTULO APARTE.

A continuación se desglosa el capítulo presupuestario correspondiente a la gestión de los residuos

de la obra, repartido en función del volumen de cada material.

6.- ESTIMACIÓN DEL COSTE DE TRATAMIENTO DE LOS RCDs (calculo sin fianza)

Tipología RCDs

Estimación

(m³)

Precio gestión

en Planta /

Vertedero /

Cantera /

Gestor (€/m³)

Importe (€)

RCDs Nivel I

Tierras y pétreos de la

excavación 730,13 2,50 1.825,33

Orden 2690/2006 CAM establece límites entre 40 - 60.000 €

RCDs Nivel II

RCDs Naturaleza Pétrea 115,28 4,00 461,13

RCDs Naturaleza no Pétrea 104,15 4,00 416,59

RCDs Potencialmente peligrosos 5,76 10,00 57,64

Presupuesto aconsejado límite mínimo del 0,2% del prepuesto de la obra

.- RESTO DE COSTES DE GESTIÓN

6.1.- % Presupuesto hasta cubrir RCD Nivel I 0,00

6.2.- % Presupuesto hasta cubrir RCD Nivel II 0,00

6.3.- % Presupuesto de Obra por costes de gestión, alquileres,etc… 300,93

TOTAL PRESUPUESTO PLAN GESTION RCDs 3.061,61€

Para los RCDs A1 se utilizarán los datos de proyecto de la excavación, mientras que para los A2 se emplean los datos del apartado 1.1 del Estudio de Gestión.

El contratista posteriormente se podrá ajustar a la realidad de los precios finales de contratación y

especificar los costes de gestión de los RCDs si así lo considerase necesario.

Se establecen en el apartado “B.- RESTO DE COSTES DE GESTIÓN” una estimación del porcentaje del presupuesto de obra del resto de costes de la Gestión de Residuos, tales como alquileres, portes, maquinaria, mano de obra y medios auxiliares en general.

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MEMORIA

6. RELACIÓN DE PLANOS

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MEMORIA

Nº ORDEN

Nº PLANO TITULO

00 00 SITUACIÓN DE LA ACTUACIÓN

01 01 EMPLAZAMIENTO DE LA ACTUACIÓN

02 02 ZONIFICACIÓN SEGÚN LAS NN.SS

03 03 ESTADO ACTUAL

04 04 TOPOGRÁFICO

05 05 INFRAESTRUCTURA DE ELECTRICIDAD EXISTENTE

06 06 INFRAESTRUCTURA DE GAS NATURAL EXISTENTE

07 07 INFRAESTRUCTURA DE ABASTECIMIENTO EXISTENTE

08 08 INFRAESTUCTURA DE SANEAMIENTO EXISTENTE

09 09 DEMOLICIÓN Y GESTION DE RESIDUOS

10 10 DISTRIBUCIÓN Y PAVIMENTACIÓN

11 11 ACOTADOS

12 12 JUSTIFICACIÓN DE ACCESIBILIDAD

13 13 SEÑALIZACIÓN VIAL

14 14 INFRAESTRUCTURA DE ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO PROYECTADA

15 15 INFRAESTRUCTURA DE RIEGO PROYECTADA

16 16 INFRAESTRUCTURA DE ABASTECIMIENTO PROYECTADA

17 17 INFRAESTRUCTURA DE SANEAMIENTO PROYECTADA

18 18 DETALLES DE ELECTRICIDAD BAJA TENSIÓN

19 19 DETALLES DE ALUMBRADO PÚBLICO

20-21 20 A y B DETALLES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO

22-23 21 A y B DETALLES CONSTRUCTIVOS

24 22 SEGURIDAD Y SALUD

25 23 SEGURIDAD Y SALUD DETALLES

Maracena a Enero de 2.015

Fdo.: Alfonso Moreno-Cañavate Santos.

Arquitecto. Nº 3.866 COAG.