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ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE VILLARRICA - TOLIMA REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAUCA. PROYECTO DE ACUERDO N° __DE 2006 ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE FLORENCIA CAUCA. FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE. MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. MAVDT. Eliminado: ALCALDÍA MUNICIPAL Eliminado: ATACO Eliminado: SANTA ISABEL Con formato Eliminado:

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ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE VILLARRICA - TOLIMA

REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DEL CAUCA.

PROYECTO DE ACUERDO N° __DE 2006 ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE FLORENCIA CAUCA.

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE.

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIAL. MAVDT.

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ALCALDÍA MUNICIPAL DE FLORENCIA

ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

EVELIO MUÑOZ CERON ALCALDE POPULAR 2004-2007

AGUSTÍN MURCIA Secretario de Planeación

GERARDO CHAVARRO MUÑOZ I.F.

CONSULTOR

GRUPO DE APOYO FCO. JAVIER CARDOZO BERMUDEZ. I. F. GERMAN EDUARDO BONILLA - GEOLOGO

BALMORES SILVA MOLINA. Adm. EMPRESAS. LAURA BONILLA. ARQUITECTA.

CESAR GARCIA. DIGITADOR PLANOS. DIEGO MAURICIO CARDOZO. APOYO EDICION TEXTOS.

Mayo de 2006

TABLA DE CONTENIDO

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Pág.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 16

ARTÍCULO 1 ADOPCIÓN DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. 20

ARTÍCULO 2 VIGENCIA. 20

PRIMERA PARTE ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO I PRINCIPIOS Y OBJETIVOS GENERALES 20

ARTÍCULO 3 CONCEPTO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. 20

ARTÍCULO 4 ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL 20

ARTÍCULO 5 PRINCIPIOS DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. 21

ARTÍCULO 6 OBJETIVOS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL UNICIPAL. 21

ARTÍCULO 7 POLITICAS DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. 23

ARTÍCULO 8 ARTÍCULO 8. ESTRATEGIAS DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. 26

ARTÍCULO 9 INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN. 32

ARTÍCULO 10 INSTRUMENTOS TÉCNICOS. 32

ARTÍCULO 11 METODOLOGÍA DE REVISIÓN DEL ESQUEMA. 32

ARTÍCULO 12 EL SISTEMA DE INFORMACIÓN MUNICIPAL 33

ARTÍCULO 13 INSTRUMENTOS FINANCIEROS. 33

ARTÍCULO 14 INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL 34

SEGUNDA PARTE

COMPONENTE GENERAL

CAPÍTULO II EL TERRITORIO MUNICIPAL 35

ARTÍCULO 15 JURISDICCIÓN TERRITORIAL MUNICIPAL. 35

ARTÍCULO 16 CLASIFICACIÓN DEL SUELO. 36

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ARTÍCULO 17 ARTÍCULO 17. SUELO URBANO.

36 36

ARTÍCULO 18 PERÍMETRO URBANO DE LA CABECERA MUNICIPAL. 37

ARTÍCULO 19 Suelo de Expansión 38

ARTÍCULO 20 SUELO RURAL. 38

CAPÍTULO III DIVISIÓN ADMINISTRATIVA 39

ARTÍCULO 21 VEREDAS 39

ARTÍCULO 22 REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS VEREDAS. 40

CAPÍTULO IV SISTEMA DE ÁREAS PROTEGIDAS 40

ARTÍCULO 23

AREAS DE RESERVA PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES (ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL) 40

ARTÍCULO 24 Áreas de Especial Significancia Ambiental con Bosques (AESAb) 40

ARTÍCULO 25 Áreas de Especial Significancia Ambiental Humedales (AESAhu) 41

ARTÍCULO 26 Áreas de Especial Significancia Ambiental Belleza Escénica (AESAbe) 41

ARTÍCULO 27 ÁREAS DE AMENAZA NATURAL Y RIESGOS (AMNR) 42

ARTÍCULO 28 Áreas de Amenaza Natural Alta por Procesos de Remoción en Masa (AMNRArm) 42

ARTÍCULO 29

Áreas Que Hacen Parte De Los Sistemas De Aprovisionamiento De Servicios Públicos Y Para La Disposición Final De Residuos Sólidos Y Líquidos. 42

ARTÍCULO 30 Áreas de Especial Significancia Ambiental de Microcuencas Abastecedoras de Acueductos (AESAch) 43

ARTÍCULO 31 Áreas de Recuperación Ambiental Erosionadas (ARAe) 43

ARTÍCULO 32 Área de Recuperación Ambiental Desprotegidas (ARAd) 43

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ARTÍCULO 33 Áreas de Recuperación Ambiental Contaminadas (ARAc) 43

ARTÍCULO 34

REGLAMENTACIÓN PARA LOS USOS DEL SUELO EN AREAS DE RESERVA PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES (ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL) 44

ARTÍCULO 35 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL CON BOSQUES (AESAb) 44

ARTÍCULO 36 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL CON HUMEDALES (AESAhu) 45

ARTÍCULO 37 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AREAS DE BELLEZA ESCÉNICA (AESABE) 45

ARTÍCULO 38

REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL DE MICROCUENCAS ABASTECEDORAS DE ACUEDUCTOS (AESACH) 45

ARTÍCULO 39 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL EROSIONADAS (ARAE) 46

ARTÍCULO 40 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREA DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL DESPROTEGIDAS (ARAD) 46

ARTÍCULO 41 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL CONTAMINADAS (ARAC) 46

ARTÍCULO 42 REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AMENAZA ALTA POR FLUJOS VOLCÁNICOS (AMNAFV). 47

ARTÍCULO 43

REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE AMENAZA NATURAL ALTA POR PROCESOS DE REMOCIÓN EN MASA (AMNRARM) 47

CAPÍTULO V 48

ARTÍCULO 44 DETERMINACIÓN DE USOS GENERALES DEL SUELO URBANO. 48

ARTÍCULO 45 DETERMINACIÓN DE USOS EN ZONA RESIDENCIAL URBANA 48

ARTÍCULO 46 DETERMINACIÓN DE USOS EN ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE 48

ARTÍCULO 47 DETERMINACIÓN DE USOS EN ZONA DE ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 49

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ARTÍCULO 48 DETERMINACIÓN DE USOS GENERALES DEL SUELO RURAL.

ARTÍCULO 49 DETERMINACIÓN DE USOS EN ÁREAS DE PRODUCCIÓN ECONÓMICA MODERADA 50

ARTÍCULO 50 DETERMINACIÓN DE USOS EN ÁREAS DE PRODUCCIÓN ECONÓMICA AGROPECUARIA BAJA 50

ARTÍCULO 51 DETERMINACIÓN DE USOS EN ÁREAS DE PRODUCCIÓN ECONÓMICA FORESTAL 51

CAPÍTULO VI 52

DETERMINACIÓN DE CARACTERÍSTICAS BASICAS DIMENSIONES Y LOCALIZACIÓN DE LOS SISTEMAS ESTRUCTURANTES DEL TERRITORIO MUNICIPAL. 52

ARTÍCULO 52 SISTEMA VIAL MUNICIPAL. 52

ARTÍCULO 53 INFRAESTRUCTURA VIAL REGIONAL. 52

RTÍCULO 54 ESPECIFICACIONES VIALES Y SUPERVISIÓN SOBRE LAS VIAS. 52

ARTÍCULO 55 EVALUACIÓN AMBIENTAL EN OBRAS VIALES. 52

ARTÍCULO 56 ACCIONES PARA PRESERVAR Y MEJORAR EL SISTEMA VIAL 53

CAPÍTULO VII SISTEMAS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES, EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS, ESPACIO PÚBLICO Y VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL 55

ARTÍCULO 57 SISTEMA MUNICIPAL PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES. 55

ARTÍCULO 58 ACCIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES 55

ARTÍCULO 59 SISTEMA MUNICIPAL PARA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DOMICILIARIOS. 56

ARTÍCULO 60 ACCIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DOMICILIARIOS 56

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ARTÍCULO 61 SISTEMA MUNICIPAL DE EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS. 58

ARTÍCULO 62 ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS 58

ARTÍCULO 63 SISTEMA MUNICIPAL DE ESPACIO PÚBLICO 59

ARTÍCULO 64 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS NATURALES, CONSTRUIDOS Y COMPLEMENTARIOS DEL ESPACIO PÚBLICO. 59

ARTÍCULO 65 DESTINO DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO. 60

ARTÍCULO 66 ADMINISTRACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. 60

ARTÍCULO 67 USO DEL ESPACIO PÚBLICO POR ENTIDADES PRIVADAS Y DOMINIO PÚBLICO 60

ARTÍCULO 68 PERMISOS DE OCUPACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. 65

ARTÍCULO 69 COMPENSACIÓN DE LAS ÁREAS DEL ESPACIO PÚBLICO. 65

ARTÍCULO 70 GENERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO EN ÁREAS DESARROLLADAS. 65

ARTÍCULO 71 UTILIZACIÓN DEL ESPACIO ÁEREO O DEL SUBSUELO DE INMUEBLES PÚBLICOS POR PARTICULARES. 65

ARTÍCULO 72 UTILIZACIÓN DEL ESPACIO AÉREO O DEL SUBSUELO DE INMUEBLES PÚBLICOS POR EL MUNICIPIO. 66

ARTÍCULO 73 CERRAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO. 66

ARTÍCULO 74 ACCIÓN POPULAR PARA LA DEFENSA DEL ESPACIO PÚBLICO. 66

ARTÍCULO 75 COMPETENCIA PARA LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS URBANAS DE CONSTRUCCIÓN. 66

ARTÍCULO 76 SANCIONES POR USO INDEBIDO DEL ESPACIO PÚBLICO. 67

ARTÍCULO 77 ACCIONES PARA LA PRESERVACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. 67

ARTÍCULO 78 DEFINICIÓN DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. 68

ARTÍCULO 79 SISTEMA MUNICIPAL DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. 68

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ARTÍCULO 80 ELEMENTOS INTEGRANTES DEL SISTEMA MUNICIPAL DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL 68

ARTÍCULO 81 PROTECCION DE SECTORES EN ZONA DE PROCESOS DE REMOCION EN MASA DE TIPO ALTO. 69

ARTÍCULO 82 MEJORAMIENTO DE VIVIENDA. 69

TERCERA PARTE COMPONENTE RURAL 70

CAPÍTULO VIII

SUELO RURAL 70

ARTÍCULO 83 ACCIONES PARA EL USO DEL SUELO 70

ARTÍCULO 84 ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LA EDUCACIÓN 71

ARTÍCULO 85 ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS 72

ARTÍCULO 86 ACCIONES PARA LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LIQUIDOS 72

ARTÍCULO 87 ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS EQUIPAMIENTOS 72

ARTÍCULO 88 PAUTAS PARA LA EXPEDICIÓN DE NORMAS PARA LA PARCELACIÓN DE PREDIOS RURALES 73

CUARTA PARTE COMPONENTE URBANO 75

CAPÍTULO IX

SISTEMA VIAL URBANO 75

ARTÍCULO 90 CLASIFICACION DE LAS VIAS URBANAS. 75

ARTÍCULO 91 EJES VIALES PRIMARIOS O ESTRUCTURANTES. 75

ARTÍCULO 92 EJES VIALES SECUNDARIO O SECTORIALES. 76

ARTÍCULO 93 EJES VIALES TERCIARIOS O LOCALES. 76

ARTÍCULO 94 EJES VIALES PEATONALES. 76

ARTÍCULO 95 PERFILES VIALES. 77

ARTÍCULO 97 DISPOSICIONES GENERALES. 77

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ARTÍCULO 98 DISPOSICIONES PARA LOS ANDENES. 78

ARTÍCULO 99 CESIONES EN NUEVAS URBANIZACIONES. 78

FORMAS DE OBTENCIÓN DE TERRENOS PARA NUEVAS VÌAS URBANAS Y RURALES POR PARTE DEL MUNICIPIO.

ARTÍCULO 100 CONSTRUCCIÓN DE VÍAS MUNICIPALES. 79

ARTÍCULO 101 ORGANIZACIÓN DEL TRÁFICO URBANO. 79

ARTÍCULO 102 CONSTRUCCIÓN DE VÍAS Y DE REDES DE SERVICIOS. 79

ARTÍCULO 103 ACCIONES PARA EL MEJORAMIOENTO DELPLAN VIAL 79

CAPÍTULO X SERVICIOS PÚBLICOS 80

ARTÍCULO 104 ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS - ACUEDUCTO. 80

ARTÍCULO 105 ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS - ALCANTARILLADO. 82

ARTÍCULO 106 ARTÍCULO 106. ACCIONES PARA EL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. 82

ARTÍCULO 107 ACCIONES PARA EL MANEJO DE RESÍDUOS SÓLIDOS. 83

ARTÍCULO 108 ACCIONES PARA EL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES. 84

ARTÍCULO 109 ACCIONES EN EL CORTO PLAZO PARA EL USO DEL ESPACIO PÚBLICO. 85

ARTÍCULO 110 ACCIONES PARA LA COMPLEMENTACIÓN, EL MEJORAMIENTO Y USO DEL EQUIPAMIENTO MUNICIPAL. 86

ARTÍCULO 111 ACCIONES PARA DISEÑO Y EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL URBANA. 87

ARTÍCULO 112 ACCIONES A TENER EN CUENTA PARA AMENAZAS Y RIESGOS. 88

ARTÍCULO 113 ACCIONES A TENER EN CUENTA PARA AMENAZA SISIMICA. 88

ARTÍCULO 114 ACCIONES A TENER EN CUENTA EN AMENAZA POR INESTABILIDAD POTENCIAL. 88

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ARTÍCULO 115 ACCIONES A TENER EN CUENTA EN AMENAZA POR INESTABILIDAD. 89

CAPÍTULO XI 89

NORMAS URBANÍSTICAS ESTRUCTURALES 89

ARTÍCULO 116 NORMAS URBANÍSTICAS ESTRUCTURALES 89

RTÍCULO 117 PRINCIPIOS PARA LA ZONIFICACIÓN URBANA (ZONAS HOMOGENEAS) 89

ARTÍCULO 118 ZONIFICACIÓN URBANA. 89

ARTÍCULO 119 ZONA RESIDENCIAL URBANA (ZRU). 90

ARTÍCULO 120 ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE (ZAM). 90

ARTÍCULO 121 ZONA DE ACTIVIDAD INSTITUCIONAL (ZAI). 91

ARTÍCULO 122 ARTÍCULO 122. ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE RECREATIVA (ZAMR). . 91

ARTÍCULO 123 ZONA DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN AMBIENTAL (ZPCA). 92

ARTÍCULO 124 ZONA DE EXPANSIÓN (ZEU). 92

ARTÍCULO 125 REGLAMENTOS, INTENSIDAD DE USOS DEL SUELO Y CLASIFICACION DE LAS EDIFICACIONES POR SU USO. 93

ARTÍCULO 126 CLASIFICACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS SEGÚN EL USO COMERCIAL GRUPO 1 94

ARTÍCULO 127 CLASIFICACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS SEGÚN EL USO COMERCIAL Grupo 2. 94

ARTÍCULO 128 CLASIFICACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS SEGÚN EL USO COMERCIAL Grupo 3. 95

ARTÍCULO 129 REGULACION DE LOS USOS Y AUTORIZACIONES DE USO Y FUNCIONAMIENTO 95

NORMAS URBANÍSTICAS GENERALES. 96

ARTÍCULO 130 TRATAMIENTOS SUELO URBANO CABECERA MUNICIPAL. 96

ARTÍCULO 131 TRATAMIENTO DE DESARROLLO RESIDENCIAL URBANO (TDRU ). 96

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RTÍCULO 132 TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN URBANA (TCU). 96

ARTÍCULO 133 TRATAMIENTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL (TMI) 97

ARTÍCULO 134 TRATAMIENTO DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN (TPC). 9*7

CAPITULO XII REGALMENTO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS URBANÍSTICOS Y PROYECTOS V.I.S. 97

97

ARTÍCULO 135 DESARROLLOS URBANÍSTICOS PLANES PROGRAMAS Y PROYECTOS V. I. S. 97

ARTÍCULO 136 NORMAS URBANAS PARA PROYECTOS. 97

NORMAS COMPLEMENTARIAS 102 ARTÍCULO 137 PLANES PARCIALES 102

CAPÍTULO XIII NORMAS TÉCNICAS GENERALES PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN 103

ARTÍCULO 138 REQUISITO DE CUMPLIMIENTO. 103

ARTÍCULO 139 MAMPOSTERÍA. 103

ARTÍCULO 140 EXCAVACIONES. 104

ARTÍCULO 141 REGLAMENTACIÓN TÉCNICA MÍNIMA PARA CIMENTACIONES. 104

ARTÍCULO 142 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE MUROS. 106

ARTÍCULO 143 ELEMENTOS DE CONCRETO REFORZADO. 107

ARTÍCULO 144 PISOS. 108

ARTÍCULO 145 ENTREPISOS 108

ARTÍCULO 146 TECHOS. 108

ARTÍCULO 147 ILUMINACION Y VENTILACION. 110

ARTÍCULO 148 ALTURAS MÍNIMAS INTERIORES. 110

CAPÍTULO XIV NORMAS MINÍMAS DE INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y 110

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SANITARIAS

ARTÍCULO 150 REDES DE AGUA POTABLE. 110

ARTÍCULO 151 DISTRIBUCIÓN Y SUMINISTRO DE AGUA. 111

ARTÍCULO 152 SUMINISTRO PRIVADO. 111

ARTÍCULO 153 CONCESIÓN DE AGUAS. 111

ARTÍCULO 154 TUBERÍAS DE AGUA POTABLE Y DE DESAGÜE. 111

ARTÍCULO 155 ELEMENTOS ESTRUCTURALES. 111

ARTÍCULO 156 SISTEMA DE DESAGÜE. 111

ARTÍCULO 157 SOLUCIONES LOCALES DE ALCANTARILLADO. 111

ARTÍCULO 158 CONDICIONES TECNICAS DE LOS DESAGÜES. 112

ARTÍCULO 159 CRUCE DE TUBERÍAS. 112

ARTÍCULO 160 CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS RAMALES DE DESAGÜE. 112

ARTÍCULO 161 RELLENO DE ZANJAS. 112

ARTÍCULO 162 DESCOLE DE ALCANTARILLADO PÚBLICO 112

ARTÍCULO 163 DESAGÜE DE AGUAS LLUVIAS. 113

ARTÍCULO 164 APARATOS DE FONTANERÍA. 113

ARTÍCULO 165 NORMAS GENERALES PARA LA INSTALACIÓN DE LOS APARATOS DE FONTANERÍA. 114

ARTÍCULO 166 NORMAS PARA LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS. 114

ARTÍCULO 167 RESPONSABILIDADES EN LAS INSTALACIONES. 114

ARTÍCULO 168 INTERRUPTOR GENERAL DE PROTECCION. 115

CAPÍTULO XV

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 115

ARTÍCULO 169 PERMISO DE CONSTRUCCIÓN PARA EDIFICACIONES PUNTUALES. 115

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ARTÍCULO 170 DE LAS LICENCIAS. 115

CAPÍTULO XVI SANCIONES 120

ARTÍCULO 171 INICIACIÓN DE OBRAS SIN AUTORIZACIÓN. 120

ARTÍCULO 172 DEBERES QUE IMPLICA LA EXPEDICIÓN DEL PERMISO O LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. 120

ARTÍCULO 173 ACTOS ILEGALES DE LOS PROFESIONALES. 120

ARTÍCULO 174 RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS. 121

ARTÍCULO 175 PROHIBICIÓN DE CONSTRUCCIONES SOBRE COLECTORES. 121

ARTÍCULO 176 CONSTRUCCIÓN DE ANDENES. 122

ARTÍCULO 177 AREAS DE CESIONES. 122

CAPÍTULO XVII PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES 122

ARTÍCULO 178 INSTANCIAS DE GESTIÓN DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. 122

ARTÍCULO 179 INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN. 122

ARTÍCULO 180 LICENCIAS. 123

ARTÍCULO 181 INSCRIPCIÓN DE PROFESIONALES Y PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS. 123

ARTÍCULO 182 AUTORIZACIÓN DE USO Y FUNCIONAMIENTO. 123

ARTÍCULO 183 INSPECCION DE OBRAS POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 123

ARTÍCULO 184 POLIZA DE ESTABILIDAD. 124

ARTÍCULO 185 OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR Y/O CONSTRUCTOR. 124

ARTÍCULO 186 DISEÑO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA. 125

ARTÍCULO 187 SANCIONES. 125

ARTÍCULO 188 REVISIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LOS ACTOS 126

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DE LOS ALCALDES.

ARTÍCULO 189 FIRMAS DE RESOLUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN. 127

ARTÍCULO 190 DERECHOS DE DESARROLLO Y CONSTRUCCION. 127

ARTÍCULO 191 DESOCUPACIÓN DE PREDIOS OCUPADOS DE HECHO. 127

ARTÍCULO 192 DESOCUPACIÓN DE LOTES NO APTOS PARA SER OCUPADOS. 127

ARTÍCULO 193 DEMOLICIÓN DE INMUEBLES CONSTRUIDOS SIN AUTORIZACIÓN. 127

ARTÍCULO 194 EJECUCIÓN DE OBRAS EN EL TIEMPO AUTORIZADO. 127

ARTÍCULO 195 COMUNICACIÓN DE SANCIONES A GREMIOS DE PROFESIONALES. 128

ARTÍCULO 196 COMUNICACIÓN DE MEDIDAS A LAS EMPRESAS PÚBLICAS 128

ARTÍCULO 197 ANUNCIOS PARALELOS A LAS FACHADAS. 128

ARTÍCULO 198 AVISOS PINTADOS SOBRE LA PARED.. 128

ARTÍCULO 199 OTROS AVISOS NO PERMITIDOS. 128

ARTÍCULO 200 PARASOLES O MARQUESINAS. 129

CAPÍTULO XVIII GESTION Y FINANCIACION 129

ARTÍCULO 201 INSTRUMENTOS DE GESTION Y FINANCIACION. 129

RTÍCULO 202 PRIORIDADES Y PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES. 129

ARTÍCULO 203 ENTIDADES RESPONSABLES 130

CAPÍTULO XIX ADOPCIÓN DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN 130

ARTÍCULO 204 PROGRAMA DE EJECUCIÓN. 130

ARTÍCULO 205 CAPACIDAD DE INVERSIÓN. 131

ARTÍCULO 206 DISTRIBUCIÓN DE LA INVERSIÓN POR SECTORES. 131

ARTÍCULO 207 INVERSIONES EN EL CORTO Y MEDIANO PLAZO.

131

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ARTÍCULO 208 ENTIDADES COFINANCIADORAS.

132

CAPÍTULO XIX PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

ARTÍCULO 209 COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

139

ARTÍCULO 210 FACULTADES ESPECIALES..

139

ARTÍCULO 211

APROBACIÓN DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL POR PARTE DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CAUCA C.R.C . . 139

ARTÍCULO 212 VIGENCIA DEL PRESENTE ACUERDO.

140

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ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE VILLARRICA - TOLIMA

16

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La República de Colombia desde la aprobación de la Constitución de 1991 ha ingresado en un proceso de modernización del Estado, donde hacen parte la descentralización, la autonomía territorial y la planeación territorial integral, herramientas fundamentales que les permitirá a los Municipios asumir el reto de orientar su desarrollo futuro. Se establece en forma general, que el Municipio colombiano no cuenta con suficientes instrumentos normativos y de planificación que le permitan regular y adelantar en forma ordenada, equitativa, sostenible y competitiva el desarrollo e integración de su territorio. La Constitución Política faculta a los Municipios para orientar el desarrollo de sus territorios como el Artículo 311 que regula los usos del suelo, Artículo 313; Ley 136 de 1994 Artículo 33; la Ley 152 de 1994 Artículo 41 prevé que además del Plan de Desarrollo, los Municipios contarán con un Plan de Ordenamiento Territorial. La Ley 99 de 1993 Artículo 65-8 establece que los municipios deberán dictar sus propias normas sobre ordenamiento territorial y reglamentación del uso del suelo, de conformidad con la Constitución y la Ley. La Ley 388 de 1997, que modifica la Ley 9 de 1989, establece la obligación de los municipios de expedir el plan de ordenamiento territorial en concordancia con el plan de desarrollo municipal. El Ordenamiento Territorial, como política de Estado y como instrumento de planificación, permite orientar el proceso de ocupación y transformación del territorio, mediante la formulación del Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, que prevé el desarrollo integral del Municipio bajo los principios de equidad, sostenibilidad y competitividad, de tal forma que garanticen el mejoramiento de la calidad de vida de la población. El EOT, como herramienta de gestión administrativa está fundamentada en las políticas, objetivos, estrategias de desarrollo y ordenamiento territorial Municipal, Departamental, Regional y Nacional. Los objetivos del Ordenamiento Territorial representan el modelo territorial deseado para el desarrollo futuro del Municipio. Por eso este se ocupa de la zonificación y reglamentación de usos de suelo para las áreas urbanas y rurales, establece las normas urbanísticas y propone las bases de los planes específicos complementarios, como el plan vial, los planes de servicios públicos y demás disposiciones y facultades especiales necesarias para que la administración municipal fortalezca su capacidad de gestión para ejecutar el EOT.

Eliminado: ALCALDÍA MUNICIPAL

Eliminado: ATACO

Eliminado: SANTA ISABEL

Eliminado: descentralización

Eliminado: y

Eliminado: :

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El proyecto de acuerdo que se somete a consideración presenta una estructura normativa que en forma secuencial permite acceder fácilmente a su contenido: la primera parte hace referencia a los aspectos generales del ordenamiento territorial como son los principios que orientan ese proceso, los objetivos buscados, las políticas establecidas y las estrategias a desarrollar; La segunda parte o componente general, en primer lugar se ocupa de la jurisdicción territorial, división administrativa, además se ocupa de la clasificación del suelo; De las áreas con que presentan algún tipo de amenazas naturales. Así mismo identifica las actividades y usos del suelo y los sistemas municipales de servicios sociales, equipamientos colectivos, espacio público y Vivienda de Interés Social. La tercera parte se refiere al componente rural, a las políticas de ocupación y fomento del sector agrario y las normas de parcelación. La cuarta parte se refiere al componente urbano en lo relacionado con las acciones a tener en cuenta en los diferentes sectores, zonas (residencial, comercial, institucional, recreacional y de expansión) y los planes urbanos de infraestructura vial y de servicios; los programas de vivienda de interés social y las normas urbanísticas y arquitectónicas, procedimientos administrativos y sanciones. Parte integrante de este proyecto de acuerdo lo constituyen los estudios técnicos ambientales y socio-económicos, referenciados en el documento técnico de soporte y la cartografía temática rural y urbana respectiva, todos ellos solicitados por la Ley 388 de 1997 y los Decretos reglamentarios en el Esquema de Ordenamiento Territorial Municipal.

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REPUBLICA DE COLOMBIA

MUNICIPIO DE FLORENCIA - CAUCA

PROYECTO DE ACUERDO Nº DE 2006

POR EL CUAL SE ADOPTA EL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL, SE DEFINEN LOS USOS DEL SUEL O PARA LAS DIFERENTES ZONAS DE LOS SECTORES RURAL Y URBANO Y S E ESTABLECEN LAS REGLAMENTACIONES URBANISTICAS CORRESPONDIENTES. El Concejo Municipal de Florencia, en uso de las atribuciones que le confieren los Artículos 311 y 313 de la Constitución Nacional, la Ley 99 de 1993, los Artículos 32 y 33 de la Ley 136 de 1994, el Artículo 41 de la Ley 152 de 1994, y la Ley 388 de 1997 y Decreto reglamentario 879 de 1998.

CONSIDERANDO Que la Constitución Política faculta a los municipios para orientar el desarrollo de sus territorios (Artículo 311) y regular los usos del suelo (Artículo 313). Que la Ley 152 de 1994 (Artículo 41) prevé que además del Plan de Desarrollo, los municipios contarán con un Plan de Ordenamiento Territorial. Que la Ley 99 de 1993 Artículo 65-68 establece que los Municipios deberán dictar sus propias normas sobre ordenamiento territorial y reglamentación del uso del suelo, de conformidad con la Constitución y la Ley. Que la Ley 388 de 1996, que modifica la Ley 9 de 1989, establece la obligación de los Municipios de expedir el plan de ordenamiento territorial en concordancia con el plan de desarrollo municipal. Que el Esquema de Ordenamiento Territorial -EOT- como política de Estado y como instrumento de planificación, permite orientar el proceso de ocupación y transformación del territorio del Municipio, mediante la formulación del Esquema de Ordenamiento Territorial Municipal -EOT-, que prevé el desarrollo integral del

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Municipio bajo los principios de equidad, sostenibilidad y competitividad, de tal forma que garanticen el mejoramiento de las condiciones de vida de la población. Que el Esquema de Ordenamiento Territorial Municipal, como herramienta de gestión administrativa, se fundamenta en las políticas, objetivos y estrategias de desarrollo y ordenamiento territorial municipal, departamental, regional y nacional. Que los objetivos del Ordenamiento Territorial, representan el modelo territorial deseado para el futuro desarrollo municipal, en tal sentido se ocupará de la zonificación y reglamentación de usos de suelo para las áreas urbanas y rurales, establecerá las normas urbanísticas, y propondrá las bases de los planes específicos complementarios, como el plan vial, el plan de gestión ambiental, los planes de servicios públicos y demás disposiciones y facultades especiales necesarias para que la administración municipal fortalezca su capacidad de gestión para ejecutar el E.O.T. Municipal. En la primera parte de este Proyecto de Acuerdo se presentan las directrices que establecen la visión, objetivo o escenario deseado del desarrollo integral del territorio municipal, los objetivos o metas y las estrategias para alcanzarlos; en segundo lugar trata los aspectos relacionados con el contenido estructural, las relaciones al exterior e interior del Municipio, su jurisdicción y su división territorial, e igualmente se ocupa de la clasificación y zonificación del territorio, de las áreas con régimen territorial especial y las de amenazas naturales. Así mismo identifica las actividades y usos del suelo y los sistemas municipales de infraestructura física y equipamientos colectivos (vial, de servicios públicos sociales y domiciliarios). La segunda parte se refiere al componente urbano en lo relacionado con las políticas, objetivos y estrategias de ocupación y expansión urbana, la clasificación y ocupación del suelo urbano y de los planes urbanos de infraestructura vial y de servicios, los programas de vivienda de interés social. La tercera parte se refiere al componente rural, igualmente a las políticas de ocupación y fomento del sector agropecuario, de la clasificación y zonificación del suelo rural, de los planes rurales de infraestructura y equipamientos colectivos (vial, de servicios públicos sociales y domiciliarios) y las normas de parcelación. Que de acuerdo a la Ley 388 de 1997 en su Artículo 9 literal C a los municipios con población inferior a los 30.000 habitantes, los planes de Ordenamiento Territorial se denominarán Esquemas de Ordenamiento Territorial E.O.T.

A C U E R D A

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ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. Adóptese el Esquema de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Florencia, consignado en el presente Acuerdo con una vigencia del año 2006 al año 2017 (12 años). Hacen parte integral del mismo los mapas temáticos (22 rurales escala 1:25000 y 18 urbanos escala 1:1000 y 2 Mapas Centro Poblado Rural Marsella escala 1:1000) y 4 documentos como el documento técnico de soporte (Diagnostico), formulación, proyecto de acuerdo y documento resumen. ARTÍCULO 2. VIGENCIA. El Esquema de Ordenamiento Territorial hace parte del proceso de planificación y ordenamiento del territorio municipal, por lo tanto señala la vigencia de sus componentes y contenidos a corto, mediano y largo plazo, equivalentes a uno (1), dos (2) y tres (3) períodos constitucionales del Alcalde Municipal, respectivamente.

PRIMERA PARTE

ASPECTOS GENERALES

CAPÍTULO I

PRINCIPIOS Y OBJETIVOS GENERALES ARTÍCULO 3. CONCEPTO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El Ordenamiento Territorial es la política de Estado e instrumento de planificación que permite orientar el proceso de ocupación y transformación del territorio mediante la localización adecuada y racional de los asentamientos humanos, las actividades socioeconómicas, la infraestructura física y los equipamientos colectivos, preservando los recursos naturales y el ambiente, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población. ARTÍCULO 4. ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El Esquema de Ordenamiento Territorial, es el instrumento básico de planificación para adelantar y desarrollar el proceso de ordenamiento del territorio municipal, articulando y dinamizando el Plan de Desarrollo y los distintos planes sectoriales. ARTÍCULO 5. PRINCIPIOS DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. El proceso de formulación y gestión del Esquema de Ordenamiento Territorial, se adelanta bajo los principios de:

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• Coordinación administrativa e interinstitucional. • Participación social. • Equidad. • Sostenibilidad. • Competitividad. • Equilibrio del desarrollo territorial. • Función social y ecológica de la propiedad. • Prevalencia del interés general sobre el interés particular. ARTÍCULO 6. OBJETIVOS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL . El desarrollo territorial municipal se adelantará bajo los principios anteriormente expuestos y contribuirá al proceso de modernización del Estado, la descentralización y autonomía territorial y propenderá por el cumplimiento de los siguientes objetivos: a. INTEGRACIÓN REGIONAL • Motivar, mejorar y consolidar las relaciones de funcionalidad con los demás Municipios buscando un mejor desarrollo económico y social, como se observa en el Anexo 16, Mapa Relaciones Funcionales, donde se hace una descripción de los flujos y desplazamiento de la población de este Municipio con los Municipios vecinos como Bolívar, Mercaderes, el Bordo, en el Cauca y con los municipios la Unión y san Pablo Nariño, también de la cabecera municipal con todas las veredas, así como el flujo que se presenta desde las veredas hasta el centro poblado rural Marsella y el nucleado el Rosario; además se observa el desplazamiento de población de estos municipios hacia Florencia, mostrando un flujo de tipo alto, medio y/o bajo dependiendo del tipo de servicio requerido por la población. • Impulsar y mejorar la conectividad e integración con el entorno regional, fortaleciendo y consolidando al Municipio como Centro Urbano, elevando su jerarquía para posicionarlo como eje abastecedor de bienes y servicios en conformidad con el potencial agropecuario y cultivos destacados que posee. b. USO SOSTENIBLE DEL SUELO

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Eliminado: Motivar, mejorar y consolidar las relaciones de funcionalidad con los demás Municipios buscando un mejor desarrollo económico y social, como se observa en el Anexo 18, Mapa Visión Urbano Regional, donde se hace una descripción del flujo y desplazamiento de la población de este Municipio con los Municipios vecinos como Cunday, Dolores e incluso Cabrera Cundinamarca, también de la cabecera municipal con las veredas aledañas y las veredas más alejadas, así como el flujo que se presenta desde las veredas hasta los centros poblados rurales Los Alpes, La Colonia y Puerto Lleras, mostrando un grado de tipo alto, medio y/o bajo dependiendo del tipo de servicio requiera la población.¶¶<#>Impulsar y mejorar la conectividad e integración con el entorno regional, fortaleciendo y consolidando al Municipio como Centro Urbano, elevando su jerarquía para posicionarlo como eje abastecedor de bienes y servicios en conformidad con el potencial agropecuario y

Eliminado: <#>¶<#>Motivar y mejorar las relaciones con los demás Municipios buscando un mejor desarrollo económico y social, como se observa en el Anexo Eliminado: ¶<#>Promover la conectividad e integración con el entorno regional, fortaleciendo y consolidando al Municipio como Centro Urbano que permita

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• Encaminar el uso del territorio de acuerdo a la clasificación del suelo buscando lograr el desarrollo sostenible, basado en el potencial ambiental que presenta y en el respeto por los recursos naturales y del medio ambiente.

• Declarar las zonas de las quebradas las Palmas y las Minas en áreas de

emergencia ambiental. c. GENERACIÓN DE VALOR AGREGADO DE LAS ACTIVIDADES

PRODUCTIVAS • Utilizar los recursos que posee el Municipio para convertirlo en un polo

productivo y competitivo en las actividades agropecuarias, mejorando la tecnología para el cultivo de productos como la caña panelera, el café tecnificado y frutales, generando un valor agregado y fortaleciendo el mercado apropiado para la distribución de estos productos.

d. FORTALECER Y CONSOLIDAR EL ÁREA URBANA • Mejorar la calidad de vida en la cabecera municipal, mediante la ejecución de

acciones urbanísticas integrales y eficaces que permitan el mejoramiento y adecuación de las vías, el transporte, prestación de servicios públicos, espacio público adecuado, construcción y mejoramiento de vivienda y adecuación y construcción de equipamientos colectivos.

e. MEJORAR Y ELEVAR LA CALIDAD DE VIDA EN EL MUNICI PIO • Optimizar el recurso humano existente alcanzando unos mayores niveles de

integración social, una distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios de desarrollo a los grupos más vulnerables de la población.

• Mejoramiento y fortalecimiento de la presencia institucional con la prestación

de los servicios básicos de salud, educación, de los servicios públicos, construcción y mejoramiento de la vivienda y mantenimiento periódico de las principales vías.

f. PREVENCIÓN DE DESASTRES EN ASENTAMIENTOS HUMANOS • Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos mediante el

programa de prevención de desastres ante eventos de amenazas y/o riesgos de origen natural o antrópico.

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Eliminado: Encaminar el uso del territorio de acuerdo a la clasificación del suelo buscando lograr el desarrollo sostenible, basado en el potencial ambiental que presenta y en el respeto por los recursos naturales y del medio ambiente.

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Eliminado: Encaminar el uso del territorio de acuerdo a la clasificación del suelo buscando lograr el desarrollo sostenible, basado en el potencial ambiental y el respeto por el medio ambiente.Eliminado: ¶

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Eliminado: Optimizar el recurso humano existente Eliminado: ¶<#>Optimizar el recurso Eliminado: Disminuir el desplazamiento de la población Eliminado: ¶<#>ERRADICACIÓN DE Eliminado: Adoptar el modelo

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• Establecer actividades de prevención, mitigación y atención de las amenazas

identificadas bajo los principios de solidaridad regional, subsidiaridad y coordinación.

• Implantar los recursos técnicos, humanos y financieros que se requieran para

un programa de prevención y atención de desastres. • Garantizar los recursos económicos suficientes para que el municipio cuente

con un plan de contingencia para la prevención y atención de desastres según la Ley 19 de 1989..

g. ESPACIO PUBLICO EN EL MUNICIPIO. • Aplicación de normas que permitan proteger y recuperar el paisaje degradado

de montañas y cerros. • Proteger y conservar los sitios que ofrecen belleza escénica y que son

visitados frecuentemente • Proteger y descontaminar las fuentes hídricas que son un elemento constitutivo

del espacio público. • Mantener y adecuar los escenarios deportivos ubicados en los nucleados

poblados rurales y veredas. ARTÍCULO 7. POLITICAS DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIA L MUNICIPAL. Para lograr la ejecución del Esquema de Ordenamiento Territorial, la Administración Municipal de Villarrica tendrá en cuenta por lo menos las siguientes políticas: a. POLÍTICAS PARA LA INTEGRACIÓN REGIONAL • Adecuar y consolidar un sistema de vías y transporte en concordancia con las necesidades del Municipio, la región y la Nación. • Crear nuevos equipamientos colectivos y fortalecer los existentes para crear una afinidad en el ámbito municipal y regional, mejorando las actividades agropecuarias. • Fortalecer la participación ciudadana con la utilización de mecanismos mediadores de la gestión pública.

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Eliminado: Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos mediante el programa de prevención de desastres ante eventos de amenazas y/o riesgos de origen natural o antrópico.¶¶<#>Establecer actividades de prevención, mitigación y atención de las amenazas identificadas bajo los principios de solidaridad regional, subsidiaridad y coordinación.¶¶<#>Implantar los recursos técnicos, humanos y financieros que se requieran para un programa de prevención y atención de desastres.¶¶

Eliminado: Aplicar de normas que permitan proteger y recuperar el paisaje degradado de montañas y cerros.¶Eliminado: Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos mediante el programa de prevención de desastres Eliminado: <#>Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos a través del programa

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• Motivar, mejorar y consolidar las relaciones con el entorno regional y municipal para lograr un mejor desarrollo económico y social y convierta al municipio en un centro regional abastecedor de productos, bienes y servicios. b. POLÍTICAS PARA EL USO SOSTENIBLE DEL SUELO • Favorecer la protección del medio ambiente para crear un desarrollo

sostenible de los recursos naturales con actividades que eviten el deterioro de los diferentes recursos que posee el municipio.

• Integrar al Municipio a los sistemas de información ambiental regional y

nacional, que permita conocer y difundir el estado de las riquezas naturales que posee.

• Cumplir con las normas que regulan los usos del suelo, según los resultados

obtenidos en los diferentes estudios como suelos, uso y cobertura, zonificación ambiental y clasificación del suelo, que conforman el E.O.T.

• Fortalecer la capacidad de gestión municipal, promoviendo con la entidad

ambiental departamental acciones que regulen el cuidado de los recursos naturales.

c. POLÍTICAS PARA LA GENERACIÓN DE VALOR AGREGADO D E LAS

ACTIVIDADES PRODUCTIVAS • Intensificar los niveles de productividad y competitividad económica y social,

utilizando nuevos procesos tecnológicos en concordancia con las políticas municipales.

• Reactivar e incentivar el sector agropecuario con la utilización de tecnologías

que promuevan el desarrollo económico y social de la población, utilizando las políticas nacionales de apoyo.

• Mejorar las cadenas productivas de cultivos como el café tecnificado, la caña

panelera y los frutales, con el objetivo de buscar un mejor desarrollo, con el apoyo de las fuerzas sociales, económicas y gremiales que interactúan en el Municipio y con las entidades del orden nacional e internacional.

d. POLÍTICAS PARA FORTALECER Y CONSOLIDAR AL MUNICI PIO COMO

CENTRO URBANO

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Eliminado: <#>Adecuar y consolidar un sistema de vías y transporte en concordancia con las necesidades del Municipio, la región y la Nación.¶¶<#>Crear nuevos equipamientos colectivos y fortalecer los existentes para crear una afinidad en el ámbito municipal y regional, mejorando las actividades agropecuarias.¶¶<#>Fortalecer la participación ciudadana con la utilización de Eliminado: <#>Adecuar y consolidar un sistema de vías y transporte en concordancia con Eliminado: Mejorar y consolidar un adecuado

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• Planificar el centro urbano como un centro que posea un crecimiento ordenado y equitativo, dotándolo de una excelente cobertura en servicios públicos, equipamientos colectivos y espacio público.

• Consolidar el sector urbano desarrollando proyectos prioritarios dentro de los

criterios de densificación, productividad urbana y optimización de los recursos. • Incentivar la recuperación de los valores culturales, sociales, educativos y

religiosos que permitan lograr una armonía entre los diferentes sectores presentes en el municipio.

• Optimizar la infraestructura existente para complementar y promover las

actividades que se presentan en la región. e. POLÍTICAS MEJORAR Y ELEVAR LA CALIDAD DE VIDA EN EL

MUNICIPIO • Incentivar la integración social por medio de las políticas de la Administración

Municipal para mejorar la inversión social, ofreciendo a la sociedad espacios que garanticen el mejoramiento de la calidad de vida, desarrollo y bienestar de la población.

• Fortalecer las actividades culturales, deportivas y educativas, construyendo un

escenario adecuado que permita la ejecución de programas y proyectos. • Aprovechar la condición de vulnerabilidad que presenta la región, utilizando la

ayuda y cooperación que la comunidad internacional ha establecido para las zonas de conflicto

f. PREVENCIÓN DE DESASTRES EN ASENTAMIENTO HUMANOS • Priorizar la seguridad de los asentamientos humanos integrando esfuerzos

institucionales y técnicos evitando en la Cabecera Municipal la construcción de urbanizaciones en áreas determinadas en el estudio de zonificación preliminar de amenazas como zonas potencialmente inestables, inestables. Lo mismo que en la zona rural donde se determinaron amenazas altas por procesos de remoción en masa.

• Establecer actividades que permitan la prevención, mitigación y atención a las

amenazas identificadas tanto en la zona urbana como en la zona rural.

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Eliminado: Planificar el centro urbano como un centro que posea un crecimiento ordenado y equitativo, dotándolo de una excelente cobertura en servicios públicos, equipamientos colectivos y espacio público.¶¶<#>Consolidar el sector urbano desarrollando proyectos prioritarios dentro de los criterios de densificación, productividad urbana y optimización de los recursos.¶Eliminado: <#>Planificar el centro urbano como un centro que posea un crecimiento ordenado y equitativo, Eliminado: <#>Planificación del centro urbano, utilizando métodos que permitan el

Eliminado: Incentivar la integración social por medio de las políticas de la

Eliminado: ¶<#>Incentivar la integración social por medio de las políticas de la Administración Municipal Eliminado: <#>Incentivar la integración social por medio de las políticas de la Administración Municipal en la Eliminado: ¶<#>Erradicación de Cultivos Ilícitos¶¶Eliminado: <#>Respaldar los Planes, Programas y Proyectos liderados por las entidades competentes que dirigen el

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• Establecer los recursos, técnicos, humanos y financieros que se requieran para establecer el plan local de emergencias.

g. ESPACIO PUBLICO EN EL MUNICIPIO • Proteger y recuperar el paisaje degradado de montañas y cerros mediante la

aplicación de la normatividad e inversión de obras que hagan posible esta actividad

• Promover el interés de la comunidad por los sitios que ofrecen belleza

escénica mediante la protección y conservación de los mismos • Obtener recursos con la finalidad de realizar proyecto que permitan proteger y

descontaminar las fuentes hídricas. • Estimular el uso de los escenarios deportivos ubicados en el centro poblado

rural Marsella, nucleado el Rosario y veredas buscando además educar a las personas para que protejan estos escenarios.

ARTÍCULO 8. ESTRATEGIAS DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENT O TERRITORIAL. Para lograr los objetivos propuestos se deben tener en cuenta las siguientes estrategias territoriales. a. Estrategias Para Lograr La Integración Regiona l • Elaborar con la comunidad el concepto de “Construcción de Región”, utilizando

las expresiones autóctonas y/o populares, para lograr el espacio geográfico requerido.

• Sostener el crecimiento y el desarrollo de la economía, escogiendo los mejores

puntos del mercado, para los inversionistas que deseen trabajar en la región. • Mejorar y fortalecer la infraestructura vial y de servicios públicos que posee el

Municipio, para alcanzar una mayor jerarquía urbana dentro de la región. • Fortalecer la participación ciudadana, para medir la gestión pública y el

crecimiento ciudadano. • Gestionar y ejecutar el proyecto para la pavimentación de la vía de carácter

intermunicipal Higuerones – cabecera municipal – municipio san Pablo y la Unión Nariño, que permitirá mejorar la conectividad de estos sectores.

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Eliminado: Priorizar la seguridad de los asentamiento humanos integrando esfuerzos institucionales y técnicos evitando en la Cabecera Municipal la construcción de urbanizaciones en áreas determinadas en el estudio de Aptitud Urbanística como zonas potencialmente inestables, inestables y zonas de inundación. Lo mismo que en la zona rural donde se determinaron amenazas altas por procesos de remoción en masa e inundación.¶¶<#>Establecer actividades que permitan la prevención, mitigación y atención a las amenazas identificadas tanto en la zona urbana como en la zona rural.¶¶Establecer los recursos, técnicos , humanos y financieros que se requieran para establecer el plan local de emergencias.

Eliminado: Proteger y recuperar el paisaje degradado de montañas y cerros mediante la aplicación de la normatividad e inversión de obras que hagan posible esta actividad¶¶ ... [52]

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• Fortalecer la estructura vial existente, jerarquizándola para que permita lograr el objetivo de integrar las diferentes zonas y veredas en el municipio.

• Gestionar los diferentes proyectos viales en el ámbito municipal para disminuir

tiempo y costos en el transporte de los productos agrícolas, haciéndolos más atractivos y competitivos en los mercados.

• Potencializar y categorizar al Municipio como generador de productos tipo

exportación y servicios a nivel urbano - regional. b. Estrategias Para Lograr El USO SOSTENIBLE DEL S UELO • Lograr la planificación ambiental, productiva y social propuesta en la

clasificación del territorio presentada en el esquema de ordenamiento territorial. • Articular al Municipio con los sistemas de información local, regional y nacional,

que le permitan conocer el estado de los recursos naturales y a su vez facilite los procesos de investigación.

• Mejorar la educación como un pilar fundamental del cambio cultural requerido

para construir una sociedad que conozca sus valores y el respeto por sus conciudadanos.

• Fortalecer la capacidad de negociación y cooperación con entidades

nacionales e internacionales para hacer frente y reducir las diferentes amenazas que se presentan y pueden deteriorar el medio ambiente.

• Lograr el uso eficiente del agua por parte de la población y los sectores

productivos estableciendo mecanismos apropiados que permitan cuantificar y medir este recurso

• Establecer un sistema de tasas retributivas para la utilización de los recursos

hídricos por parte de los usuarios. • Favorecer el cambio de uso del suelo, en las áreas en donde se presenten

conflictos, adecuándolas a su uso principal, en concordancia a las directrices establecidas en el Esquema de Ordenamiento Territorial.

• Gestionar la compra y adquisición por parte de la Entidad Territorial Municipal

de los terrenos localizados en zonas estratégicas para la producción de agua, según Articulo 111 de la Ley 99, destinando el municipio el 1.0% de los recursos propios para dicho fin.

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• Reducir la contaminación hídrica y ambiental, mediante la construcción de plantas de tratamiento en la cabecera municipal, centro poblado rural Marsella y el nucleado el rosario, adecuando y protegiendo además el sitio final de disposición de residuos sólidos y adecuando la planta de tratamiento del acueducto urbano.

• Promover la conservación y el uso sostenible de los bosques, incentivando su

restauración ecológica, protección y manejo racional. • Elaborar planes de manejo para los humedales presentes en el municipio con

el fin de garantizar su recuperación, adecuación, protección y mantenimiento de sus características ecológicas y la oferta de bienes y servicios ambientales.

• Incorporar criterios ambientales para el manejo y conservación de los

humedales en los procesos de planificación. • Fomentar la conservación, uso sostenible y restauración de los humedales del

municipio de acuerdo a las características ecológicas y socioeconómicas que presentan.

• Adoptar una producción más limpia en los sectores productivos del Municipio. • Protección de las fuentes hídricas que abastecen acueductos urbanos y rurales

mediante proyectos de la compra, reforestación y aislamiento en las zonas de nacimientos y a lo largo de las mismas.

c. Estrategias Para Lograr La Generación Del Valor Agregado De Las Actividades Productivas • Mejorar la actividad agropecuaria con la adopción de tecnología apropiada, que

favorezca el desarrollo de la misma. • Transformar y mejorar las cadenas productivas que permitan optimizar la

producción de los diferentes productos apoyados por la administración Municipal, Departamental y Nacional.

• Implementar el proceso de transformación de frutales como la guayaba en

productos secundarios como bocadillo, dándole valor agregado a este producto, lo que incrementaría el nivel de recursos financieros obtenidos, en las veredas Campamento, Angosturas e Higuerones.

• Montaje de una planta de embotellamiento de agua en el nucleado el Rosario. • Montaje de una microempresa tostadora de café y harinas de plátano.

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• Creación de microempresas artesanales de confecciones, calzado, iraca y

arcilla. • Incentivar la capacitación y la investigación, que permitan mejorar los procesos

de comercialización utilizados por los campesinos productores, para obtener mejores beneficios económicos.

• Impulsar alianzas estratégicas a nivel municipal y regional, con el objetivo de

gestionar proyectos que promuevan el desarrollo económico y social. • Desarrollar una visión estratégica de mercadeo y comercialización de los

productos generados en las actividades agropecuarias. • Crear las instituciones del orden municipal que oriente y lidere el manejo

económico del Municipio a mediano y largo plazo para que ejerzan las funciones de sostener segmentos nacientes de la economía municipal.

• Desarrollar la infraestructura física y comercial del Municipio como base para

reducir costos de producción e integrar las actividades económicas y potenciar el desarrollo municipal.

• Elaborar un plan integral de micro, pequeños y medianos empresarios. d. Estrategias Para Fortalecer Y Consolidar El Área Urbana • Fortalecer las gestiones de la Administración Municipal, que conducen a la

ejecución de inversiones económicas y sociales. • Estimular la inversión en el Municipio, mediante tratamientos rentísticos

especiales que garanticen esa inversión. • Promover la ocupación del suelo en el área urbana, legalizando los ejidos

existentes y exigiendo la construcción de las obras en el corto plazo. • Promover la construcción en la zona urbana aprovechando el uso múltiple

permitido que puede tener un predio, como es el de casa de habitación, comercio, pequeña industria y servicios.

• Aprovechamiento de la infraestructura de servicios públicos básicos existentes

en la Cabecera Municipal, para la consolidación del área urbana. • Densificar el área urbana del Municipio apoyando y gestionando la

construcción de viviendas acorde a las características del Municipio.

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• Elaborar un plan de mejoramiento de espacio público. • Orientación hacia la gerencia estratégica en el manejo de los servicios públicos

domiciliarios a cargo de la empresas COOSERFLO E.S.P. • Disminuir el déficit cualitativo y cuantitativa de vivienda en la Cabecera

Municipal, mediante la utilización de los terrenos destinados para vivienda de interés social.

e. Estrategias Para Mejorar Y Elevar La Calidad De Vida En El Municipio • Fortalecer el sector educativo y cultural, apoyando a las instituciones mediante

programas y proyectos. • Comprometer a los diferentes actores del Municipio con los proyectos de

inversión y mejoramiento de los servicios públicos y de equipamientos. • Participación de la población en gremios y asociaciones que permitan su

desarrollo. • Mejorar la calidad de vida de los grupos socialmente vulnerables para

integrarlos al desarrollo. • Mejorar la infraestructura y eficiencia de los servicios de salud, educación,

cultura, recreación y deportes. • Dotar y mejorar de equipos y personal paramédico, los puestos de salud que

se encuentren en la zona rural. • Promover programas de construcción de vivienda nueva y mejoramiento de

vivienda de interés social en la zona urbana y rural. • Implementar un plan de racionalización de la educación de tal forma que

integre factores de cobertura y calidad. • Optimizar el consumo de agua potable y reducir las pérdidas que se presentan,

mediante la utilización adecuada de micro - medidores. • Continuar con los programas de prevención para evitar que se presente, ya

que hasta la fecha no hay problemas por emisiones atmosféricas o problemas generados por ruido en lugares comerciales o en viviendas.

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f. Estrategias Para La Prevención De Desastres En Asentamientos Humanos • Protección de las zonas de amenazas naturales identificadas en el estudio de

zonificación preliminar de amenazas determinada para el área urbana y espacializada en el Anexo 28, así como las zonas de amenazas identificadas en el estudio de zonificación preliminar de amenazas en la zona rural y especializada en el Anexo 7.

• Reglamentar y aplicar acciones tendientes al manejo de las zonas

determinadas como de amenaza natural tanto en la zona urbana como rural del Municipio.

• Establecer el plan local de emergencias con los recursos propios destinados

por el municipio. • Construir y adecuar el cuerpo de bomberos y cruz roja, para contar con

cuerpos de socorro en el caso que se presenten emergencias. • Implementar y fortalecer el comité local de emergencias en la cabecera

municipal. • Realizar acciones de mitigación ambiental en las zonas de amenaza natural de

grado bajo, integrando esfuerzos públicos y privados para la adecuada prevención y atención de estas.

• Realización del análisis de vulnerabilidad por parte de los entes públicos o

privados que permitan determinar la probabilidad de desastres por causa de actividades económicas o naturales y así mismo, la capacidad y disponibilidad para atenderlas.

• Establecer el sistema de información municipal referente a la prevención de

desastres naturales y/o antrópicos. g. Estrategias Para Lograr El Espacio Publico En El Municipio • Estimular la creación de programas de arborización y ornato en los centros

educativos del centro poblado rural Marsella, nucleado el Rosario y veredas. • Elaborar un plan integral que permita proteger y recuperar el paisaje

degradado que se presenta en la zona rural. • Dictar talleres de educación ambiental en los centros educativos que estimulen

el aprecio por la naturaleza.

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• Promover el interés de la comunidad por los sitios que ofrecen belleza escénica mediante la protección y conservación de los mismos

• Promover la protección y uso adecuado de los escenarios deportivos ubicados

en el centro poblado rural Marsella, nucleado el Rosario y veredas. ARTÍCULO 9. INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN. El Plan de Desarrollo Municipal y el Esquema de Ordenamiento Territorial Municipal, son los principales instrumentos de planificación para el desarrollo municipal y se deberán gestionar en coordinación y armonía, bajo el principio de complementariedad. ARTÍCULO 10. INSTRUMENTOS TÉCNICOS. La información técnica presentada en los documentos, mapas y base de datos que hacen parte del presente acuerdo y demás que lleguen a conformar el Sistema de Información Municipal se constituyen en el instrumento técnico para la gestión del Esquema de Ordenamiento Territorial. ARTÍCULO 11. METODOLOGÍA DE REVISIÓN DEL ESQUEMA. La vigencia de los contenidos del Esquema y las condiciones que ameritan su revisión se darán bajo los siguientes parámetros: 1. El contenido estructural del Esquema tendrá una vigencia de largo plazo, (20

años), sin embargo, será de estricto cumplimiento para el tiempo que corresponderá como mínimo a tres (3) períodos constitucionales de la administración municipal; el momento de revisión deberá coincidir con el inicio de un nuevo período para estas administraciones.

2. El contenido urbano de mediano plazo tendrá una vigencia mínima de dos (2)

períodos constitucionales de la administración municipal o mayor si se requiere para que coincida con el inicio de un nuevo período de la administración.

3. Los contenidos urbanos de corto plazo y los programas de ejecución regirán

como mínimo un (1) período constitucional de la administración municipal. 4. Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto para su

aprobación y deberán sustentarse en parámetros e indicadores de seguimiento relacionados con cambios significativos en las previsiones sobre población urbana; la dinámica de ajustes en usos o intensidad de los usos del suelo; la necesidad de ejecutar proyectos de impacto en materia de transporte masivo, infraestructuras, expansión de servicios público o proyectos de renovación urbana; así mismo la ejecución de macroproyectos de infraestructura regional que generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal, así como

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Eliminado: ¶

Eliminado: ¶<#>Priorizar la seguridad de los asentamiento humanos integrando esfuerzos institucionales y técnicos evitando en la Cabecera Municipal la construcción de urbanizaciones en áreas determinadas en el estudio de Aptitud Urbanística como zonas potencialmente inestables e inestables. Lo mismo que en la zona rural donde se determinaron amenazas por procesos de remoción en masa e hídricas.¶¶<#>Establecer actividades que permitan la prevención, mitigación y atención a las amenazas identificadas tanto en la zona urbana como en la zona rural.¶

Eliminado: <#>Priorizar la seguridad de los asentamiento humanos integrando esfuerzos institucionales y técnicos para implementar la investigación científica y la aplicación de medidas necesarias para la prevención de desastres en todo el Municipio.¶

Eliminado: ¶

Eliminado: 7

Eliminado: 8

Eliminado: planos,

Eliminado: s

Eliminado: ¶

Eliminado: 9

Eliminado: ¶

Eliminado: las administración municipal

Eliminado: las administración municipal

Eliminado: durante dos

Eliminado: 2

Eliminado: s

Eliminado: es

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en la evaluación de sus objetivos y metas del presente Esquema de Ordenamiento Territorial.

Si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha adoptado un nuevo Esquema de Ordenamiento Territorial, seguirá vigente el ya adoptado. ARTÍCULO 12. EL SISTEMA DE INFORMACIÓN MUNICIPAL. Para el adecuado manejo, procesamiento y uso de la información municipal se crea el Sistema de Información Municipal, compuesto por los archivos estadísticos, documentos y cartografía que contienen la información de los estudios del análisis territorial. El responsable del Sistema de Información Municipal será la Secretaría de Planeación Municipal, oficina que suministrará la información necesaria a las entidades del orden municipal, departamental y nacional de acuerdo con las instrucciones que fije el alcalde. ARTÍCULO 13. INSTRUMENTOS FINANCIEROS. Los recursos económicos y financieros necesarios para la ejecución del Esquema de Ordenamiento Territorial Municipal se incorporarán al Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo Municipal mediante el Programa de Ejecución. PARÁGRAFO 1. El Programa de Ejecución define con carácter obligatorio las actuaciones sobre el territorio previstas en el Esquema de Ordenamiento que serán ejecutadas durante el período de la correspondiente administración municipal de acuerdo con lo definido en el respectivo Plan de Desarrollo, señalando las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos. PARÁGRAFO 2. El Programa de ejecución se integrará al Plan de Inversiones de tal manera que conjuntamente con éste será puesto a consideración del Concejo Municipal por el Alcalde, y su vigencia se ajustará a los períodos de las administraciones municipales. ARTÍCULO 14. INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL. Para garantizar la realización y ejecución del Esquema de Ordenamiento Territorial del Municipio y la continuidad, así como legitimación del proceso de ordenamiento territorial, se implementarán los mecanismos e instrumentos de participación y control social e institucional para establecer una veeduría ciudadana, la cual como mínimo estará conformada por: • Personero Municipal. • Secretario de Planeación Municipal.

Eliminado: ¶

Eliminado: 10

Eliminado: y/o la oficina de

Eliminado: POTM

Eliminado: EOTM

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Eliminado: n

Eliminado: ¶¶

Eliminado: 11

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Eliminado: 12

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• Un representante del Concejo Municipal. • Un representante del Consejo Territorial de Planeación Municipal. • Un representante del Consejo Municipal de Desarrollo Rural. • Un representante de los gremios y/o Asociaciones. • Un representante de la Asociación Municipal de Juntas de Acción Comunal. • El delegado ambiental en el municipio de la Corporación Autónoma Regional

del Cauca CRC.

SEGUNDA PARTE

COMPONENTE GENERAL

CAPÍTULO II

EL TERRITORIO MUNICIPAL ARTÍCULO 15. JURISDICCIÓN TERRITORIAL MUNICIPAL. Los límites del municipio de Florencia en conformidad con la ordenanza 001 de enero 4 de 1993, artículos 1, 2, 3, esta dado con los municipios de mercaderes y Bolívar Cauca, la Unión y san Pablo Nariño, estos límites son los siguientes: ORIENTE : Municipio de Bolívar NORTE : Municipio de mercaderes OCCIDENTE : Municipio de mercaderes SUR : Departamento de Nariño (municipios dé la unión y san pablo) Linderos Especiales:

Con formato

Eliminado: Consejo

Eliminado: comerciantes

Eliminado: <#>Un representante de las Juntas Administradoras Locales de l os corregimientos Santiago Pérez.¶

Eliminado: <#>¶

Eliminado: <#>¶

Eliminado: Tolima

Eliminado: CORTOLIMA

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶ARTÍCULO 13. VIGENCIA. El Esquema de Ordenamiento Territorial hace parte del proceso de planificación y ordenamiento del territorio municipal, por lo tanto señala la vigencia de sus componentes y contenidos a corto, mediano y largo plazo, equivalentes a uno (1), dos (2) y tres (3) períodos constitucionales del Alcalde Municipal, respectivamente. ¶¶¶¶¶¶

Eliminado: ¶¶

Eliminado: 14

Eliminado: El

Eliminado: Santa Isabel

Eliminado: Villarrica

Eliminado: comprendido

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• ORIENTE: Partiendo del cruce del Río Hato Viejo con el Limite entre los municipios

de Bolívar y Mercaderes se sigue en dirección sur por este lindero hasta encontrar la frontera entre los Departamentos de Nariño y Cauca.

• SUR: Del anterior punto, siguiendo la frontera entre Nariño y Cauca, hasta la

desembocadura de la quebrada la Honda sobre el río Mayo. • OCCIDENTE: Desde el anterior punto de aguas arriba por la quebrada la

honda hasta encontrar el puente en la vía que une a Mercaderes y La Unión. De este puente en línea recta y la distancia más corta hasta alcanzar la quebrada las Palmas y de este punto en línea recta y por la distancia más corta hasta encontrar los límites de las veredas buena vista y hato viejo continuando por el limite entre estas dos veredas hasta encontrar el Río hato Viejo.

El accidente natural que diferencia el alto Buena vista y La planada de la vereda Hato Viejo, constituido por el filo de una Peña a una altura aproximada de 1200 m.s.n.m. servirá de referente (Para que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi) detalle en esta parte los límites entre estos dos Municipios. • NORTE: Desde el punto anterior por el Río Hato Viejo, aguas arriba hasta

encontrar el punto de partida. LIMITES CATASTRALES En cuanto a los límites catastrales el Instituto Geográfico Agustín Codazzi toma como base la delimitación catastral la información contenida en la Ordenanza No. 001 de Enero 4 de 1993. ARTÍCULO 16. CLASIFICACIÓN DEL SUELO. El territorio del Municipio de Florencia se clasifica en suelo urbano y suelo rural. El suelo urbano y el suelo rural se zonifican de acuerdo con sus características de uso, como se detalla posteriormente (Ver Anexo 17, Mapa de Clasificación del Suelo, componente general). ARTÍCULO 17. SUELO URBANO. El Suelo Urbano se define como el área del Municipio destinada a usos urbanos, por el Esquema de Ordenamiento Territorial, se caracteriza por poseer infraestructura vial, plan de servicios públicos como acueducto y alcantarillado, redes primarias de energía, para posibilitar su urbanización y edificación según lo ordene su estatuto urbano. También pueden pertenecer a esta categoría aquellas zonas con procesos de urbanización incompletos, comprendidos en áreas consolidadas con edificación

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Eliminado: por los límites del Municipio en conformidad en lo dispuesto en el Decreto 803 de 1940, Decreto Reglamentario de la Ley 62 de 1939 sobre el deslinde y amojonamiento de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios de República y ratificados para el departamento del Tolima, según ordenanza de mayo de 1988, Anexo 1, mapa base, estos límites son los siguientes:¶¶¶a. Con el Municipio de Cunday¶¶El límite con este municipio parte de Cielo Roto, nacimiento de la quebrada Mundo Nuevo, lugar de concurso de los territorios de Icononzo, Villarrica y Cunday en el límite con el departamento de Cundinamarca; se continua por toda la divisoria que separan las aguas que van al río Vichía del Cuinde Blanco; por la citada Eliminado: ¶a. Con el Municipio de Líbano ¶¶Eliminado: Los limites del Municipio de Ataco, en conformidad con los artículos 13 y 17 del Decreto 803 de Eliminado: 15

Eliminado: Y ZONIFICACIÓN GENERAL DEL TERRITORIO

Eliminado: Ataco

Eliminado: Santa Isabel

Eliminado: Villarrica

Eliminado: 2

Eliminado: 1

Eliminado: 0

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶

Eliminado: 16

... [53]

... [55]

... [54]

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que se definan como áreas de mejoramiento integral en el Esquema de Ordenamiento Territorial. Este suelo está determinado por la Ley 388/97 Artículo 31. El perímetro urbano coincide con el perímetro de los servicios públicos y sanitarios, donde el área de la Cabecera Municipal es de 7.740 Has que equivalen al 0.137 del área total del municipio, con unas coordenadas planas que están referenciadas en la Tabla 1 y en el Anexo 38, Mapa de Normas Urbanísticas. En el suelo urbano se presenta: • Suelo urbano de Protección. Dentro del suelo urbano, se presenta el Suelo

Urbano de Protección que corresponde a la Zona de Protección Ambiental constituida por amenazas naturales de inestabilidad, por las áreas deportivas y de recreación, con un área de 1.15 Has. que equivalen al 0.020 del área total del municipio

ARTÍCULO 18. PERÍMETRO URBANO DE LA CABECERA MUNICIPAL. El suelo urbano de la Cabecera Municipal de Florencia se encuentra delimitado por las coordenadas que se encuentran en la Tabla 1. (Ver Anexo 38, Mapa de Normas Urbanísticas). Tabla 1 Coordenadas del Perímetro Urbano de la Cabecera Municipal de Florencia Cauca.

PUNTO X Y PUNTO X 1 1000371,507 678020,155 26 1000538,583 2 1000393,117 678003,455 27 1000532,510 3 1000441,079 677976,156 28 1000532,947 4 1000482,183 678025,557 29 1000526,612 5 1000496,058 678032,272 30 1000524,161 6 1000611,414 677968,127 31 1000498,833 7 1000594,080 677915,790 32 1000497,713 8 1000793,589 677805,618 33 1000433,235 9 1000782,824 677776,240 34 1000431,254

10 1000831,680 677765,550 35 1000431,999 11 1000814,845 677687,486 36 1000392,786 12 1000765,942 677698,533 37 1000391,648 13 1000678,066 677665,256 38 1000363,949 14 1000670,202 677600,121 39 1000362,862 15 1000659,497 677612,821 40 1000351,310 16 1000616,298 677630,822 41 1000351,325 17 1000601,195 677634,252 42 1000341,401

Con formato: Numeración yviñetas

Eliminado: 0

Eliminado: 31.5

Eliminado: 070%

Eliminado: 37

Eliminado: perímetro propuesto Cabecera Municipal

Eliminado: e inundación

Eliminado: 9.0

Eliminado: . en la Cabecera Municipal.

Eliminado: ¶<#>Suelo de Expansión urbana este suelo es el área del territorio municipal destinado a la expansión urbana que se habilitara para el uso urbano durante la vigencia del EOT. Estas áreas se presentan debido a las condiciones de crecimiento y de reubicación de viviendas originadas por problemas de amenazas por inestabilidad y por inundación, además éstas Eliminado: Se define como

Eliminado: ,

Eliminado: .

Eliminado: donde la Cabecera

Eliminado: ¶¶Eliminado: 17

Eliminado: Ataco

Eliminado: Santa Isabel

Eliminado: Villarrica

Eliminado: siguientes

Eliminado: :

Eliminado: 22

Eliminado: 37

Eliminado: 8

Eliminado: Base

Eliminado: Perímetro Propuesto Cabecera MunicipalEliminado: ¶

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶¶Eliminado: ¶

Eliminado: Villarrica

Eliminado: - Tolima

... [56]

... [58]

... [61]

... [57]

... [62]

... [60]

... [59]

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18 1000589,676 677635,395 43 1000334,559 19 1000568,975 677634,642 44 1000320,805 20 1000578,135 677669,701 45 1000313,692 21 1000607,083 677678,341 46 1000320,047 22 1000587,949 677684,079 47 1000317,701 23 1000557,252 677668,576 48 1000320,399 24 1000555,256 677662,860 49 1000371,507 25 1000536,428 677662,909

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Fuente: Municipio de Florencia Cauca. (cabecera municipal)

ARTÍCULO 19. Suelo de Expansión. Este suelo es el área del territorio municipal destinado a la expansión urbana que se habilitara para el uso urbano durante la vigencia del EOT. Estas áreas se presentan debido a las condiciones de crecimiento; éstas áreas deben dotarse de servicios públicos domiciliarios, parques, áreas libres y equipamientos colectivos (Ley 388 del 97 Articulo 32), presentan un área de 2.0 Has que corresponde a 0.035 % del área total del municipio.

ARTÍCULO 20. SUELO RURAL. El suelo rural está constituido por los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad o por su destinación a usos agrícolas, pecuarios, forestales, de conservación, de explotación de recursos naturales y actividades análogas, determinado por la Ley 388/97 Artículo 33, este suelo presenta un área de 4235.61 Has. que equivalen al 75.25% del área total del municipio Está comprendido entre el perímetro urbano y los límites del Municipio en conformidad con la ordenanza 001 de enero 4 de 1993, artículos 1, 2, 3, esta dado con los municipios de mercaderes y Bolívar Cauca, la Unión y san Pablo Nariño ver articulo 15. En el suelo rural se presenta: • SUELO RURAL DE PROTECCION. El suelo rural de protección se define como el suelo que debe ser protegido porque corresponde a áreas de bosques, humedales, miradores, sitios turísticos (Charcos), áreas de microcuencas abastecedoras de acueductos, áreas de amenaza natural alta por remoción en masa y flujos volcánicos; así como por las áreas de recuperación ambiental. Este suelo esta determinado por la Ley 388/97, presenta un área de 1392.89 Has. que equivalen al 24.74% del área total del municipio.

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CAPÍTULO III

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

ARTÍCULO 21. VEREDAS. Para mejorar la prestación de los servicios y asegurar la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos públicos de carácter local, el Municipio de Florencia está organizado en la zona rural en 20 Veredas, el centro poblado rural Marsella y el nucleado el rosario con juntas de acción comunal constituidas por ley y con su personería jurídica correspondiente. (Ver Tabla 2 y Anexo 2, Mapa Veredal). Tabla 2. Corregimientos, Veredas y Centro Poblado Rural que conforman el Municipio de Florencia Cauca.

Vereda Y/O Centro Poblado

Población Total Área (Ha) Densidad

(hab. / Ha)

Centro poblado rural Marsella

492 189.03

2.6

nucleado El Rosario 130 7.09 18.33 Vereda la Esperanza 170 472.78 0.35 Bellavista 199 728.20 0.27 Cerro Blanco 148 184.31 0.80 Yungilla 238 194.32 1.22 Los Árboles 312 182.67 1.70 El avión 93 89.31 1.04 Las Palmas 227 209.72 1.08 San Francisco 260 662.24 0.39 El Mirador 148 151.50 0.97 El Campo 414 472.55 0.87 El Diviso 127 276.94 0.45 El Placer 259 102.98 2.5 Las Cuchillas 107 138.95 2.5 Angostura 257 197.09 1.30 Campamento 99 306.87 0.32 Higuerones 26 318.74 0.08 El Hato 267 198.67 1.34

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Cuchilla del Hato 216 157.73 1.36 La Betania 105 150.78 0.69 El Rosario 489 240.00 2.03 TOTAL 4785 5602.40 100

. FUENTE: Municipio De Florencia Cauca. ARTÍCULO 22. REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS VEREDAS. Para la creación de una nueva Vereda en el Municipio se deben cumplir con los siguientes requisitos: - Contar con el visto bueno de al menos el 60% de la población mayor de edad

localizada en el área que conforma la nueva vereda. - La nueva vereda debe contar por lo menos con un área de cincuenta (50 Has). - La(s) Vereda(s) de la(s) que sé desengloben (n) deben quedar por lo menos

con las mismas condiciones establecidas para las veredas que estén funcionando.

- Los equipamientos básicos de la Vereda o de las Veredas que son objeto de

división deberán permanecer en ellas y la nueva Vereda demostrará, previamente, que requiere la dotación de nuevos equipamientos.

CAPÍTULO IV

SISTEMA DE ÁREAS PROTEGIDAS

ARTICULO 23. AREAS DE RESERVA PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES (ÁREAS DE ESPE CIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL) Son áreas que por su vocación proteccionista, por la oferta bienes y servicios, deben ser conservadas y protegidas, debido a la biodiversidad que presentan (Ver Mapa 18 Localización Áreas de Reserva Para la Conservación y protección del medio ambiente y los recursos naturales. ARTICULO 24. Áreas de Especial Significancia Ambie ntal con Bosques (AESAb)

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Son áreas identificadas en el Municipio con presencia de bosque secundario que deben ser protegidos y conservados por la riqueza florística que presenta y por que protegen los nacimientos de cauces naturales. Estas áreas se encuentran en las veredas las Palmas, San Francisco, el Mirador, Marsella, Cuchilla del Hato y el Campo con un área de 322.06 Has, que corresponden al 5.72% del área total del municipio. ARTICULO 25. Áreas de Especial Significancia Ambien tal Humedales (AESAhu) Son cuerpos naturales de aguas lacustres, que ofrecen gran belleza natural y paisajística en el entorno donde se encuentra, está ubicada únicamente en la vereda san Francisco. Estos humedales presentan problemas por que sus aguas han sido desviadas y utilizadas para fines agropecuarios. ARTICULO 26. Áreas de Especial Significancia Ambie ntal Belleza Escénica (AESAbe) Estas áreas comprenden los miradores de Bellavista, Cerro Cruz de Helecho y los Charcos la piedrita y el Burro. • Mirador de Bellavista . Corredor situado en la vereda Bellavista, ofrece una excelente panorámica hacia el municipio de Mercaderes y Florencia, además es utilizado para el encuentro interinstitucional de cometas artesanales. • Geológicamente se encuentra en la formación Esmita, en la unidad de paisaje de relieve montañoso estructural erosiona, en montañas monoclinales. • Mirador Cerro Cruz de helecho . Este mirador esta situado en la vereda san Francisco, ofrece una excelente panorámica hacia puntos equidistantes, Geológicamente se encuentra en la formación Esmita, en la unidad de paisaje de relieve montañoso estructural erosional. Mirador Cerro De La Amatista . Este mirador esta situado en la vereda san Francisco, ofrece una excelente panorámica hacia las veredas San Francisco, el Mirador, Marsella y el Rosario. Se encuentra en la formación Esmita, de la unidad de paisaje relieve montañoso estructural erosional. ARTICULO 27. ÁREAS DE AMENAZA NATURAL Y RIESGOS (A MNR) Son áreas que pueden sufrir perjuicio o daño a vidas humanas y bienes en un lugar y en un periodo de tiempo; en el Municipio estas áreas corresponden a

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sectores que presentan amenaza natural alta por procesos de remoción en masa. como los siguientes: ARTICULO 27. Amenaza Alta Por Flujos Volcánicos (A MNAFV). Esta amenaza comprende fenómenos de flujos Piroclásticos, nubes ardientes y flujos laharicos, que en su mayoría se encuentran sobre los valles y drenajes adyacentes al edificio volcánico y tributarios cercanos al cauce del río mayo, donde se encuentran localizadas las Veredas Yunguilla, El Avión, El Placer, Las cuchillas, Angosturas, Campamento e Higuerones; donde la densidad poblacional es relativamente baja limitada a unas pocas fincas. ARTICULO 28. Áreas de Amenaza Natural Alta por Pro cesos de Remoción en Masa (AMNRArm) Relacionada a zonas de fuertes pendientes en donde el factor antrópico es el detonante principal de este tipo de fenómenos, no obstante se identificaron zonas que a pesar de no presentar evidencias de deslizamientos recientes, constituyen por la pendiente asociada una alta probabilidad de ocurrencia de este tipo de sucesos en caso de ser intervenidas por la actividad humana, principalmente deforestación y reemplazamiento por cultivos de porte bajo que disminuyen la capacidad de cohesión de los suelos. Estas áreas se encuentran en las Veredas Bellavista, la Betania, el Rosario, las Palmas, Cuchilla del Hato, el Diviso y el Campo. ARTICULO 29. Áreas Que Hacen Parte De Los Sistemas De Aprovisionamiento De Servicios Públicos Y Para La D isposición Final De Residuos Sólidos Y Líquidos. Estas áreas corresponden a las áreas de microcuencas abastecedoras de acueductos, áreas Para La Disposición Final De Residuos Sólidos Y Líquidos como la planta de tratamiento de los residuos sólidos en la vereda Cuchillas, donde incluye el área de reciclaje, trituración, compostaje y área de protección ambiental para disminuir los conflictos de uso que se puedan presentar, la planta de tratamiento de aguas residuales para el manejo de estos en la cabecera municipal, la escombrera municipal, la construcción del matadero en la vereda cuchillas, cierre del actual basurero en la vereda el Placer, también comprende as áreas de recuperación ambiental como las áreas erosionadas, desprotegidas y contaminadas

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ARTICULO 30. Áreas de Especial Significancia Ambie ntal de Microcuencas Abastecedoras de Acueductos (AESAch) Estas áreas corresponden a las microcuencas y nacimientos de quebradas que abastecen los acueductos de la Cabecera Municipal y Veredales, así como las bocatomas, que deben ser protegidos, utilizándolos adecuadamente y ejerciendo un control necesario sobre la intervención antrópica que puede generar algún tipo de contaminación. Estas áreas corresponden a las microcuencas de las quebradas Las Palmas, Arrugas, Marsella o Dos Ríos, las Minas, el Placer, san Luises, la Trocha, el Salado y el Hato. ARTICULO 31. Áreas de Recuperación Ambiental Erosi onadas (ARAe) Estas zonas son áreas completamente erosionadas desprovistas de cobertura vegetal, donde se producen procesos degradacionales como erosión superficial en surcos. Los sectores mas afectados por este tipo de fenómenos se encuentran de manera regular sobre la vía que conduce de la cabecera municipal del Municipio de Florencia a las veredas Rosario, Marsella y las Palmas donde se manifestaron deslizamientos activos. También se presenta erosión en cárcavas, donde se incrementan los procesos erosivos y fenómenos de remoción en masa asociados. Estos se manifiestan en la vía que conduce de la cabecera municipal a las veredas Rosario, Marsella y las Palmas; La causa principal de origen de las cárcavas es la deforestación ya que se genera perdida de la cohesión del suelo y por ende un bajo agarre del material. Estas zonas erosionadas se presentan un área de 51.15 Ha, que corresponde a 0.91% del área total del municipio. ARTICULO 32. Área de Recuperación Ambiental Despr otegidas (ARAd) Estas áreas corresponden a sitios o lugares de alta fragilidad que se encuentran en fuertes pendientes sin protección como la loma san Luis en la vereda el Diviso . ARTICULO 33. Áreas de Recuperación Ambiental Conta minadas (ARAc) Son áreas del Municipio que se encuentran contaminadas principalmente por la acumulación de residuos sólidos y vertimiento de aguas residuales de alcantarillados en drenajes naturales. Se encuentra en las Veredas El Rosario, Marsella y al Placer.

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ARTÍCULO 34. REGLAMENTACIÓN PARA LOS USOS DEL SUEL O EN AREAS DE RESERVA PARA LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES (ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL) Para efectos de la determinación de uso en las areas de reserva para la conservación de los recursos naturales en el Municipio de Florencia, se presentan cuatro clases: Uso Principal, Uso Compatible, Uso Condicionado y Uso prohibido. a. El uso principal es aquel uso recomendado que coincide con la función específica del área, y que ofrece las mejores ventajas o eficiencias desde los puntos de vista ambiental y socioeconómico. b. Los usos compatibles son aquellos que no se oponen al principal y concuerdan con la potencialidad productiva y protección del suelo y demás recursos naturales renovables c. Los usos condicionados son aquellos que presentan algún modo de incompatibilidad con el uso principal, y ciertos riesgos permisibles y controlables para la protección del suelo y demás recursos renovables. d. Los usos prohibidos son aquellos incompatibles con el uso principal de una zona o unidad, con las características biofísicos de los suelos, con los propósitos de preservación ambiental, de planificación, o que entrañan graves riesgos de tipo ecológico y/o social. ARTICULO 35. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AREAS DE ES PECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL CON BOSQUES (AESAb) Estas áreas presentan los siguientes usos: Uso principal: recuperación y conservación forestal. Uso compatible: rehabilitación ecológica y la investigación, establecimiento de especies forestales protectoras en áreas desprovistas de vegetación nativa. Uso condicionado: aprovechamiento persistente de productos forestales secundarios. Uso prohibido: agropecuarios, industriales, urbanos, institucionales y minería.

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ARTICULO 36. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AREAS DE ES PECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL CON HUMEDALES (AESAhu) Estas áreas presentan los siguientes usos: Uso principal: conservación de suelos y restauración de la vegetación. Uso compatible: recreación pasiva o contemplativa. Uso condicionado: construcción de infraestructura de apoyo para actividades de recreación. Uso prohibido: agropecuarios, industriales, urbanos e institucionales. ARTICULO 37. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AREAS DE BE LLEZA ESCÉNICA (AESABE) Estas áreas presentan los siguientes usos: Uso principal : protección y preservación de los recursos naturales. Uso compatible: actividades de recreación contemplativa y restauración ecológica. Uso condicionado: infraestructura básica para usos compatibles. Uso prohibido: industriales, urbanísticos e institucionales. ARTICULO 38. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE E SPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL DE MICROCUENCAS ABASTECEDOR AS DE ACUEDUCTOS (AESACH) Los usos para estas áreas son: Uso principal: conservación de suelos y la restauración de la vegetación adecuada para la protección del recurso. Uso compatible: recreación pasiva o contemplativa. Uso condicionado: captación de aguas o la incorporación de vertimientos que no afecten el recurso agua, la construcción de infraestructura de apoyo para recreación, extracción de material de arrastre y minería, puentes y obras de adecuación.

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Uso prohibido: agropecuarios, industriales, urbanos y suburbanos, construcción de vivienda y disposición de residuos sólidos. ARTICULO 39. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL EROSIONADAS (ARAE) Los usos para estas áreas son los siguientes: Uso principal: restauración ecológica. Uso compatible: actividades agrosilvolpastoriles y obras mecánico - vegetativas. Uso condicionado: vías de comunicaciones, infraestructura de servicios y minería. Uso prohibido: actividades que generen o acentúen los procesos erosivos como las quemas, rocería, tala rasa y usos urbanos. ARTICULO 40. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREA DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL DESPROTEGIDAS (ARAD) los usos para estas áreas son los siguientes: Uso principal: conservación y protección de la vegetación protectora. Uso compatible: recreación pasiva o contemplativa. Uso condicionado: ninguno. Uso prohibido: agropecuarios e industriales. ARTICULO 41. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL CONTAMINADAS (ARAC) Presentando los siguientes usos: Uso principal: recuperación ambiental y restauración geomorfológica. Uso permitido: reforestación con especies nativas. Uso condicionado: vías de comunicación e infraestructura de servicios. Uso prohibido: agropecuarios, industriales y urbanos.

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ARTICULO 42. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA AMENAZA A LTA POR FLUJOS VOLCÁNICOS (AMNAFV). Los usos son los siguientes: Uso principal: protección y conservación. Uso permitido: establecimiento de obras civiles menores. Uso condicionado Actividad agropecuaria con arreglos agroforestales para manejo de suelos y minería. Uso prohibido: obras civiles mayores y construcción de nucleados para asentamientos humanos. ARTICULO 43. REGLAMENTACIÓN DE USO PARA ÁREAS DE AMENAZA NATURAL ALTA POR PROCESOS DE REMOCIÓN EN MASA (AMNR ARM) Los usos son los siguientes: Uso principal: protección. Uso permitido: revegetalización y obras civiles para mitigación. Uso condicionado: ninguno. Uso prohibido: obras industriales, urbanismo, quemas y minería.

CAPÍTULO V

DETERMINACIÓN DE USOS GENERALES DEL SUELO ARTICULO 44. DETERMINACIÓN DE USOS GENERALES DEL SU ELO URBANO.

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Comprende los usos para zona residencial, comercial (actividad múltiple) e institucional. ARTICULO 45. DETERMINACIÓN DE USOS EN ZONA RESIDENC IAL URBANA Esta zona se encuentra ubicada en sectores determinados en el mapa de zonificación preliminar de amenazas como zonas estables y corresponde a los asentamientos humanos distribuidos en los barrios Nuevo Horizonte, la Plaza, el pedregal, el centro, la Cadena, san Juan y la Portada, los usos son los siguientes: • Uso principal: residencial. • Uso compatible: comercial de bajo impacto. • Uso condicionado: comercial Grupo II que no tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuero, ferreterías y electrodomésticos.

• Uso prohibido: Comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación y

lavado de vehículos, ventas de maquinaria pesada e industria. ARTICULO 46. DETERMINACIÓN DE USOS EN ZONA DE ACTIV IDAD MÚLTIPLE Es aquella zona donde se desarrollan simultáneamente diversas actividades comerciales, económicas, residenciales y de servicios, principalmente de cobertura municipal. Entre los usos comerciales y de servicios se encuentran aquellos que por su bajo impacto ambiental son compatibles con la vivienda como las tiendas, droguerías, papelerías, fotocopiadoras, fruterías, cafeterías, misceláneas, zapaterías, oficinas de profesionales y consultorios, otros servicios como peluquerías, lavanderías, confecciones, calzada, artículos de cuero, billares, clubes sociales, hoteles y supermercados. Este tipo de actividades no se presentan concentradas sino que generalmente se desarrollan en diversos sectores, principalmente sobre las vías principales o estructurantes. Los usos son los siguientes: • Uso principal: residencial. • Usos compatibles: comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico como

tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios, peluquerías, comercial Grupo II que tienen un moderado impacto ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuero,

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ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

• Uso condicionado: Comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

• Uso prohibido: industrial. ARTICULO 47. DETERMINACIÓN DE USOS EN ZONA DE ACTIV IDAD INSTITUCIONAL Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganización espacial de uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR-98 Los usos son los siguientes: • Uso principal: institucional. • Uso compatible: ninguno. • Uso condicionado: comercial estacionario. • Uso prohibido: residencial e industrial. ARTICULO 48. DETERMINACIÓN DE USOS GENERALES DEL SU ELO RURAL. Comprende los usos para uso agropecuario moderada, uso agropecuario bajo y uso forestal. ARTICULO 49. DETERMINACIÓN DE USOS EN ÁREAS DE PRO DUCCIÓN ECONÓMICA MODERADA Son áreas en donde es necesario realizar actividades previas de adecuación del suelo para ser utilizadas en cultivos y/o actividades agropecuarias, permitiendo una mecanización. En el municipio se establecen cultivos de café tecnificado, caña panelera y platano.

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Estas áreas se encuentran en las Veredas el campo, el Diviso, el Placer, la Betania, las Cuchillas y el Hato. Los usos para este tipo de producción son los siguientes: Uso principal: agropecuario tradicional a semi - mecanizado y forestal. Uso compatible: construcciones de establecimientos institucionales de tipo rural, granjas avícolas y vivienda del propietario. Uso condicionado: cultivo de flores, granjas porcinas, minería, recreación general, vías de comunicación, infraestructura de servicios y parcelaciones rurales. Uso prohibido: urbanos y suburbanos, industriales y el loteo con fines de construcción de vivienda. ARTICULO 50. DETERMINACIÓN DE USOS EN ÁREAS DE PR ODUCCIÓN ECONÓMICA AGROPECUARIA BAJA Estas áreas presentan explotaciones agropecuarias tradicionales, de bajos rendimientos, sin tecnología adecuada y bajas condiciones sociales, son áreas susceptibles a procesos erosivos de grado ligero a moderado. Presentando cultivos de maíz tradicional, yuca, fríjol, lulo y cultivos de subsistencia y ganadería extensiva de doble propósito. Se deben realizar arreglos agroforestales como silvopastoril, agrosilvopastoril y silvoagricola. En el Municipio se encuentran en las Veredas las Palmas, el Rosario, san Francisco, Cuchilla del Hato, la Betania, Cerro Blanco, Bellavista, la Esperanza, Higuerones, Campamento, Angusturas, el Avión, los Árboles, Yunguilla, Las Cuchillas y el Mirador. Los usos para estas áreas son los siguientes: Uso principal: sistemas agrícolas y Forestales. Uso compatible: construcción de vivienda del propietario, establecimientos institucionales de tipo rural y granjas avícolas. Uso condicionado: granjas porcinas, vías de comunicación, infraestructura de servicios, parcelaciones rurales y minería.

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Uso prohibido: agricultura mecanizada, usos urbanos y suburbanos y la industria de transformación y manufacturera. ARTICULO 51. DETERMINACIÓN DE USOS EN ÁREAS DE PR ODUCCIÓN ECONÓMICA FORESTAL Estas áreas presentan explotaciones forestales manejadas en bosques ubicados en la vereda san Francisco y en parcelas reforestadas con pino en las veredas Campamento, Higuerones, Angosturas y Cuchillas. Los usos para estas áreas son los siguientes: Uso principal: enriquecimiento con especies nativas y exóticas. Uso compatible: protección. Uso condicionado: explotación controlada. Uso prohibido: agricultura, usos urbanos y suburbanos.

CAPÍTULO VI

DETERMINACIÓN DE CARACTERÍSTICAS BASICAS DIMENSIONE S Y LOCALIZACIÓN DE LOS SISTEMAS ESTRUCTURANTES DEL TER RITORIO

MUNICIPAL.

SISTEMA VIAL MUNICIPAL

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ARTÍCULO 52. SISTEMA VIAL MUNICIPAL. El sistema vial municipal está conformado por el conjunto de vías que integran la red o malla que permite la intercomunicación vial al interior y al exterior del municipio. Hacen parte de esta, las vías intermunicipales, urbanas e interveredales. ARTÍCULO 53. INFRAESTRUCTURA VIAL REGIONAL. Está conformada por las vías secundarias y terciarias según clasificación departamental y que comunican el Municipio con la ciudad de Popayán, con los Municipios de Mercaderes, Bolívar y el Bordo en el Cauca y los municipios la Unión y San Pablo en el Departamento de Nariño.

ARTÍCULO 54. ESPECIFICACIONES VIALES Y SUPERVISIÓN SOBRE LAS VIAS. La rectificación, mejoramiento y pavimentación de cualquiera de los tipos de vías antes relacionadas deberá conservar las especificaciones dadas en la tabla 3. Toda obra vial que se realice por parte de cualquiera entidad deberá ser informada previamente de su realización a la Secretaría de Planeación Municipal para verificar su correspondencia con el Esquema de Ordenamiento Territorial. ARTÍCULO 55. EVALUACIÓN AMBIENTAL EN OBRAS VIALES. Cuando una obra vial requiera de estudios de impacto ambiental y de la viabilidad correspondiente, será la autoridad ambiental competente, la que defina los criterios de evaluación y ejecución de la obra. Tabla 3. Especificaciones viales y condiciones técnicas de diseño para las vías nacionales.

TIPO DE VÍA PERFIL DE LA VÍA RETIROS CONDICIONES TÉCNICAS DE

DISEÑO

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Secundaria

El que defina la secretaría de Obras Públicas departamentales o la entidad nacional competente.

A partir del borde externo de la cuneta o berma, no se permitirán nuevas construcciones de edificaciones sobre taludes con pendientes mayores al 40%; en lotes cuya pendiente sea menor del 40%, se dejará un retiro de por lo menos 5 metros a partir del borde externo de la cuneta o berma para la construcción de nuevas edificaciones. Dicha franja podrá destinarse a zona verde o parqueadero.

Las que defina la Secretaría de Obras Públicas Departamentales o la entidad nacional competente.

Terciaria

En la optimización de dichas vías el ancho mínimo de la calzada será de 4 metros Se dotarán de cunetas para el manejo de aguas de escorrentía y lluvias.

A partir del borde externo de la cuneta, no se permitirán nuevas construcciones de edificaciones sobre taludes con pendientes mayores al 40%; en lotes cuya pendiente sea menor del 40%, se dejará un retiro de por lo menos 3 metros a partir del borde externo de la cuneta para la construcción de nuevas edificaciones. Dicha franja podrá destinarse a zona verde o parqueadero.

Pendientes no mayores al 40%

FUENTE: INVIAS ARTÍCULO 56. ACCIONES PARA PRESERVAR Y MEJORAR EL SISTEMA VIAL • Pavimentación de la vía Higuerones – cabecera municipal – municipios la

Unión y san Pablo Nariño, que permitirá reducir el tiempo entre estas poblaciones.

• Mantenimiento y adecuación de la malla vial secundaria y de las obras de arte

que la conforman y recuperación de la malla vial en aquellos sectores que presenten deterioro.

• Mejoramiento y mantenimiento de las calles de la Cabecera Municipal con la

conformación, adecuación y mantenimiento de andenes. • Señalización de vías urbanas y rurales. • Recuperación y mantenimiento de vía principal:

• Vía cabecera municipal – vereda Higuerones (Vía intermunicipal). • Recuperación y mantenimiento de las siguientes vías terciarias: • Vía cabecera municipal – Nucleado el Rosario – Centro Poblado Rural Marsella

vereda las Palmas. • Vía cabecera municipal – vereda san Francisco. • Vía cabecera municipal – vereda el Diviso.

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• Vía cabecera municipal – veredas los Árboles - Yunguilla. • Vía vereda los Árboles - vereda el Avión. • Vía Vereda los Árboles – vereda Bellavista. • Vía Vereda Bellavista – Vereda Cerro Blanco. • Vía Punto Cuchilla Del Hato – Vereda La Betania.

• Construcción de vías y puentes

• Es necesario crear en el futuro un anillo vial que comunica a las dos vías principales, una que comunica la cabecera municipal con san Francisco y la vía cabecera municipal - Las Palmas en el punto de intersección del Mirador con la carreteable El Rosario - Marsella con el fin de evitar un posible bloqueo de estas regiones productivas. Esta apertura no es mayor en extensión a los 2 Km.

• La vereda El Campo se debe unir en 2 km de longitud y la vereda El Diviso en

3 km de extensión con el punto de intersección de la vía cabecera municipal - El Mirador con el fin de facilitar el libre transito y funcionalidad de estas zonas.

• En la vía que conduce de Bellavista a La Esperanza, se debe optar por rehabilitar los 2 km existentes de vía y realizar la apertura de 4 km. Mas.

• Construcción y pavimentación de la vía central en el nucleado el rosario,

reconstrucción y adecuación de la vía que conduce a la vereda la Betania. También se requiere mantenimiento de los caminos veredales. Además se requiere la pavimentación y adecuación de la malla vial del centro poblado rural Marsella.

• Lograr la sostenibilidad económica que permita realizar el mantenimiento

adecuado y continuo a todas las vías del Municipio. • Realizar la pavimentación de las calles cuando se presente la reposición de

redes de alcantarillado. • Realizar el expediente vial, inventario, numeración y señalización de vías

urbanas.

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CAPÍTULO VI I

SISTEMAS MUNICIPALES DE SERVICIOS SOCIALES, EQUIPAM IENTOS

COLECTIVOS, ESPACIO PÚBLICO Y VIVIENDA DE INTERÉS S OCIAL ARTÍCULO 57. SISTEMA MUNICIPAL PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES. Para lograr una prestación eficiente de los servicios sociales de salud, educación, cultura, recreación y deporte se organizan como un sistema que está conformado por su infraestructura física o instalaciones y el manejo o funcionamiento. Se articularán funcionalmente las instalaciones en todo el Municipio con el fin de alcanzar cobertura geográfica y poblacional total y obtener la mejor calidad posible. ARTICULO 58. ACCIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SER VICIOS SOCIALES • Mejoramiento de la infraestructura del hospital Nivel I de Florencia y de los dos

puestos de salud ubicados en el centro poblado rural Marsella y en la vereda higuerones.

• Mantenimiento y mejoramiento de las infraestructuras de las escuelas que se

encuentran en la zona rural. • Capacitación del personal docente del Municipio. • Capacitación a la comunidad para conformar cadenas productivas en el sector

agropecuario. • Mantenimiento de las escuelas del sector rural. • Sostenimiento de la infraestructura y personal asistente para la atención de los

servicios públicos, salud y educación en el Municipio. ARTÍCULO 59. SISTEMA MUNICIPAL PARA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIO S DOMICILIARIOS. Para una adecuada prestación de los servicios domiciliarios de agua potable, alcantarillado, aseo público, energía eléctrica y telecomunicaciones, se organizan como sistemas los que están conformados por su infraestructura física y por el manejo o funcionamiento. Se articularán funcionalmente sus instalaciones dentro y fuera del Municipio para alcanzar cobertura geográfica y poblacional total y con la mejor calidad posible.

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ARTICULO 60. ACCIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SER VICIOS DOMICILIARIOS • Diseño y construcción de la planta de tratamiento de residuos sólidos, según

estudio del PGIRS, cerca de la cabecera municipal. • Determinar el perímetro urbano, que no podrá exceder al perímetro de

servicios públicos, donde es técnica y económicamente posible extender la cobertura de servicios públicos.

• Realizar la caracterización periódica, fisicoquímica y bacteriológica de las

fuentes hídricas que abastecen acueductos y otras corrientes hídricas utilizadas por la población para determinar la calidad de la misma.

• Definir en el primer año del corto plazo (de 1 a 3 años) los predios a adquirir

donde se encuentran fuentes abastecedoras de acueductos, según Artículo 111 de la Ley 99 de 1993.

• Destinar en el segundo año del corto plazo el 1% de los recursos del municipio

para la compra de predios donde se encuentran fuentes abastecedoras de acueductos, según Artículo 111 de la Ley 99 de 1993 .

• Identificación de impactos, daños y sobrecostos de actividades que deterioran

el recurso hídrico. • Manejo integral de las microcuencas importantes del Municipio (quebradas las

Palmas y las Minas), mediante el diseño de programas que permitan la protección, regulación y abastecimiento de las fuentes hídricas superficiales.

• Legalización de las captaciones de aguas que abastecen acueductos de las

Veredas del Municipio por parte de las Juntas administradoras de Acueductos, previo compromiso con la Alcaldía Municipal.

• Implementar programas sectoriales que permitan el uso eficiente del agua. • Programa de aplicación de tasas retributivas por contaminación hídrica. • Aplicación de tecnología apropiada en tratamiento de aguas residuales en la

Cabecera Municipal, en el centro poblado rural Marsella, nucleado el Rosario y Zona Rural.

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• Creación de un sistema de información del recurso hídrico superficial que contenga como mínimo inventario hidrológico por cuencas e inventario de saneamiento básico específicos.

• Educación ambiental a la población urbana y rural con el fin de utilizar y

proteger adecuadamente los recursos naturales, especialmente el recurso hídrico.

• Realizar el aislamiento de 46 Ha en las microcuencas de las quebradas las

Arrugas, Marsella o Dos Ríos, las Minas, las Palmas, el Salado, el Hato, el Placer y san luises, abastecedoras de acueductos urbano y Veredales.

• Reforestación, control y vigilancia en los nacimientos y márgenes de las

fuentes hídricas. • Educación ambiental a la población urbana y rural con el fin de utilizar y

proteger adecuadamente los recursos naturales, especialmente el recurso hídrico.

• Mejoramiento y ampliación de la cobertura de las líneas telefónicas, en el área urbana.

• Implementar y promover el uso de la señal satelital. • Instalación de antena receptora para mejorar el servicio de la señal telefónica

celular. • Dotación de la emisora paraíso estereo de cabina, computador, consolas,

digitalizador, instalaciones propias y recursos. • Lograr la cobertura del servicio de comunicaciones en un 100% en número de

líneas telefónicas comerciales, públicas y residenciales en la cabecera municipal.

• Lograr la cobertura y el mejoramiento de otros servicios de comunicaciones

como son la telefonía celular en la zona rural. • Mejorar la prestación del servicio de aseo en la cabecera municipal. • Mejorar la prestación del servicio eléctrico con la instalación de redes postes y

aditamentos en las veredas que lo requieran. ARTÍCULO 61. SISTEMA MUNICIPAL DE EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS. Los equipamientos o servicios colectivos están constituidos por las plazas de mercado, mataderos, hospitales, centros educativos, unidades deportivas cementerios,

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templos, atención de emergencias (Bomberos, organismos de socorro), y en general, por todos aquellos establecimientos que pueden ser utilizados por la comunidad. La administración municipal velará y evaluará periódicamente la eficacia y eficiencia en la prestación de estos servicios, la calidad de sus infraestructuras y su funcionalidad espacial para alcanzar la mayor cobertura geográfica y/o poblacional posible. PARÁGRAFO. De acuerdo con la Ley 388 de 1997, todos los equipamientos colectivos que se construyan o en los existentes que se adecuen y remodelen en el Municipio a partir de la aprobación del presente acuerdo, deberán diseñarse y construirse en tal forma que garanticen el acceso de las personas discapacitadas. ARTICULO 62. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS • Mantenimiento y mejoramiento de la plaza de mercado. • Mejoramiento de la Biblioteca Pública Municipal. • Mejoramiento y dotación de los planteles educativos del sector urbano. • Construir una planta de sacrifico en la zona rural para disminuir la

contaminación que se presenta y cumplir con lo estipulado en la ley. • Terminar la construcción de la sede principal del hospital Nivel I de Florencia,

para reagrupar las dependencias en un solo lugar, ya que en la actualidad se encuentran en tres sedes distintas.

• Dotar al hospital Unidad nivel I Florencia de una ambulancia medica y de un

sótano para alojar al personal medico como a pacientes en el caso de que ocurra un ataque de grupos al margen de la ley al Municipio.

• Dotar al hospital Unidad nivel I Florencia de equipos para sala de urgencias,

sala de partos, sala de rayos X, sala de pediatría, laboratorio clínico y sala de odontología.

• Construcción de un equipamiento adecuado para la morgue. • Construcción de la estación de Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja y comité local

de emergencias con dotación de equipo técnico y logística. • Utilización adecuada de micromedidores en el servicio de acueducto.

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• Ejecución de proyecto de pavimentación de vías urbanas y conformación y

consolidación de los ejes viales principales. • Construcción y dotación de polideportivos zonales y locales. • Mejoramiento de la cobertura de espacio público efectivo, mediante la

construcción de parques y zonas verdes. ARTÍCULO 63. SISTEMA MUNICIPAL DE ESPACIO PÚBLICO. Se entiende por espacio público el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados destinados por su naturaleza, usos o afectación a la satisfacción de las necesidades urbanas colectivas que trascienden los límites de los intereses individuales de los habitantes. PARÁGRAFO. De acuerdo con la Ley 388 de 1997, todos los espacios públicos que se generen o en la adecuación y remodelación de los existentes en el Municipio a partir de la aprobación del presente acuerdo deberán diseñarse y construirse en tal forma que garanticen el acceso de las personas discapacitadas. ARTÍCULO 64. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS NATURALES, CONSTRUIDOS Y COMPLEMENTARIOS DEL ESPACIO PÚBLICO. Se declaran los siguientes elementos constitutivos naturales y construidos del espacio público tanto en la zona urbana como en la zona rural, relacionados en las Tablas 4, 5 y 6. ARTÍCULO 65. DESTINO DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO. El destino de los bienes de uso público incluidos en el espacio público no podrá ser variado sino por el Concejo Municipal a través del Esquema de Ordenamiento Territorial o de los instrumentos que lo desarrollan aprobados por la autoridad competente, siempre que sean sustituidos por otros de características y dimensiones equivalentes o superiores. La sustitución debe efectuarse atendiendo criterios de calidad, accesibilidad y localización. ARTÍCULO 66. ADMINISTRACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. Se faculta al Alcalde Municipal para que, en caso de considerarlo necesario, cree una entidad responsable de la administración, desarrollo, mantenimiento y apoyo financiero del espacio público. Igualmente, podrá contratar con entidades privadas la administración, mantenimiento y aprovechamiento económico para el municipio del espacio público, sin que impida de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito.

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ARTÍCULO 67. USO DEL ESPACIO PÚBLICO POR ENTIDADES PRIVADAS Y DOMINIO PÚBLICO. En las áreas públicas de uso activo o pasivo, en especial parques, plazas y plazoletas el municipio podrá autorizar su uso por parte de entidades privadas para usos compatibles con la condición del espacio mediante contratos. En ningún caso estos contratos generarán derechos reales para las entidades privadas y deberán dar estricto cumplimiento a la prevalencia del interés general sobre el particular. PARAGRAFO 1. Los elementos complementarios del espacio público no podrán ser utilizados por los particulares con fines de colocación de avisos publicitarios de cualquier índole (comercial, política, social), sin previa autorización de la administración municipal. La utilización indebida de estos elementos causará iguales sanciones que las establecidas para el espacio público, sin perjuicio de las sanciones legales que se puedan originar. PARAGRAFO 2. Queda prohibido la utilización de parlantes, megáfonos, equipos de sonido y cualquier otro medio eléctrico y electrónico en el espacio público con fines publicitarios de cualquier índole, salvo cuando se trate de su utilización con fines sociales (sirenas, avisos de prevención de riesgos, salud pública, entre otros), en cuyo caso sólo podrá ser realizado por la entidad competente como bomberos, policía, Cruz Roja, Defensa Civil, etc. PARAGRAFO 3. La administración municipal podrá autorizar la utilización de estos medios de comunicación por tiempo y espacio definido, previa solicitud del interesado, especialmente para la realización de actividades culturales, educativas y deportivas en espacios públicos del Municipio, siempre y cuando se conserven las disposiciones que sobre contaminación por ruido establezcan las normas y la Autoridad Ambiental.

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Tabla 4. Elementos Constitutivos Naturales Municipio Florencia Cauca.

CUCHILLAS CERROS MONTAÑAS RÍOS QUEBRADAS SITIOS TURÍSTICOS

Las Arrugas Marsella

San Francisco Cerro blanco Loma el Hato

Las Minas Muñoz

Las Palmas

Mirador de Bellavista

La Trocha las lajas Loma alto de Mayo

El Salado El placer

Hato viejo

San Luises La clara Loma las Cuchillas

Mirador la Amatista

Loma el Campo Mirador cruz de helecho

Charco la piedrita

La Amatista y cruz de helecho

De Bellavista Loma de san Luis

Mayo La Honda

Charco el burro

.FUENTE: Municipio De Florencia Cauca

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Tabla 5. Elementos Constitutivos Artificiales o Construidos y Complementarios

del Espacio Público.

ÁREAS

DESCRIPCIÓN

Áreas integrantes de los sistemas de circulación peatonal y vehicular

Componentes de los perfiles viales como las áreas de control ambiental, zonas de mobiliario urbano y señalización, puentes peatonales, escalinatas, rampas para discapacitados, andenes, sardineles, cunetas, ciclo pistas, ciclo vías, estacionamiento para bicicletas y motocicletas, estacionamientos bajo espacio público, bermas, separadores, reductores de velocidad, calzadas y carriles. Componentes de los cruces como esquinas, glorietas, orejas y puentes vehiculares.

Áreas articuladoras del espacio público y de encuentro

Parques urbanos, zonas de cesión gratuita al Municipio, plazas, plazoletas, escenarios deportivos, escenarios culturales y de espectáculos al aire libre.

Áreas para la conservación y preservación de las obras de interés público

Elementos urbanísticos, arquitectónicos, históricos, culturales, recreativos, artísticos y arqueológicos, que pueden ser sectores, manzanas, costados de manzanas, inmuebles individuales, murales, esculturas, fuentes ornamentales y zonas arqueológicas.

Elementos arquitectónicos espaciales y naturales de propiedad privada

Que por su localización y condiciones ambientales y paisajísticas, sean incorporadas como tales en los planes de ordenamiento territorial y los instrumentos que lo desarrollen, tales como cubiertas, paramentos, pórticos, antejardines y aislamientos.

Componentes de la vegetación natural e intervenida

Componentes de la vegetación natural e intervenida.

Componentes del amoblamiento urbano

- Elementos de comunicación como mapas de localización, planos de inmuebles históricos, informadores de temperatura, contaminación ambiental, decibeles y mensajes, teléfonos, carteleras locales, pendones, pasacalles y buzones. - Elementos de ambientación como luminarias peatonales y vehiculares, protectores y rejillas de árboles, materas, bancas, relojes, parasoles, esculturas y murales. - Elementos de recreación como juegos para adultos y niños. - Elementos de servicio como parquímetros, bicicleteros, surtidores de agua, casetas de ventas y casetas de turismo. - Elementos de salud e higiene como baños públicos y canecas para recolectar las basuras. - Elementos de seguridad como barandas, pasamanos, cámaras de televisión para seguridad, sirenas, hidrantes, equipos contra incendios. - Elementos de nomenclatura domiciliaria o urbana. - Elementos de señalización vial para prevención, reglamentación, información, marcas y varias.

FUENTE: DECRETO 1504 /98, LEY 388/ 97

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Tabla 6. Elementos Constitutivos Artificiales o Construidos y Complementarios del Espacio Público. Municipio de Florencia Cauca.

ÁREAS

DESCRIPCIÓN

Áreas Integrantes De Los Sistemas De Circulación

Peatonal Y Vehicular

Perfiles Viales Vías Urbanas.

Áreas articuladoras del espacio público y de encuentro

- Parques:

Parque central Parque iglesia Nuestra señora de los Dolores

- Zonas verdes Zona verde 1. Zona verde escuela. Zona verde imagen. - Escenarios deportivos:

Polideportivo central Cancha escuela niñas Cancha de fútbol institución educativa sede colegio Cancha escuela de varones Centro recreacional (piscinas y tobogán)

Casa de la cultura

Áreas para la conservación y preservación de las obras de interés público

Marco del Parque central e Iglesia.

Elementos arquitectónicos espaciales y naturales de propiedad privada

Paramentos, Antejardines y Cerramientos.

Componentes de la vegetación natural e intervenida

- Arborización en parque Central Cabecera municipal - Arborización Zonas Verdes - Arborización General de las Vías y Antejardines.

Componentes del amoblamiento urbano

- Mobiliario:

- Elementos de ambientación: Luminarias de vías peatonales y vehiculares. Protectores de árboles zonas verdes y bombillos parque central. Postes de Energía e Iluminación pública. Elementos de recreación

- Señalización: Elementos de nomenclatura domiciliaria o urbana. Elementos de señalización vial para prevención, reglamentación e información.

Fuente: Municipio De Florencia Cauca. Decreto 1504/98 Y Ley 388/97

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ARTÍCULO 68. PERMISOS DE OCUPACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. Cuando para la provisión de servicios públicos se utilice el espacio aéreo o el subsuelo de inmuebles o áreas pertenecientes al espacio público, el municipio establecerá mecanismos para la expedición del permiso o licencia de ocupación y utilización del espacio público y para el cobro de tarifas. Dichos permisos o licencias serán expedidos por la Secretaría de Planeación Municipal o por la autoridad municipal que cumpla sus funciones. Las autorizaciones deben obedecer a un estudio de factibilidad técnica y ambiental y del impacto urbano de la construcción propuesta, así como de la coherencia de las obras con el Esquema de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen. ARTÍCULO 69. COMPENSACIÓN DE LAS ÁREAS DEL ESPACIO PÚBLICO. Cuando las áreas de cesión para las áreas verdes y servicios comunales sean inferiores a las mínimas exigidas por las normas urbanísticas, o cuando su ubicación sea inconveniente para el Municipio, o cuando existan espacios públicos de ejecución prioritaria, se podrá compensar la obligación de cesión en dinero u otros inmuebles, en los términos que reglamente el Concejo Municipal a iniciativa del Alcalde Municipal. Si la compensación es en dinero o en otros inmuebles se asignará su valor a la provisión del espacio público en los lugares apropiados según lo determina el Esquema de Ordenamiento Territorial. Los antejardines, aislamientos laterales y paramentos de retroceso de las edificaciones no podrán ser compensados en dinero ni canjeados por otros inmuebles. ARTÍCULO 70. GENERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO EN ÁREAS DESARROLLADAS. Para generar espacio público en áreas desarrolladas, el Municipio podrá crear áreas generadoras de derechos transferibles de construcción y desarrollo para ser incorporadas como elementos del espacio público al Esquema de Ordenamiento Territorial. ARTÍCULO 71. UTILIZACIÓN DEL ESPACIO ÁEREO O DEL SUBSUELO DE INMUEBLES PÚBLICOS POR PARTICULARES. La utilización por los particulares del espacio aéreo o del subsuelo de inmuebles públicos pertenecientes al espacio público para efectos de enlace entre bienes privados y elementos del espacio público tales como puentes peatonales o pasos subterráneos podrá realizarse previo estudio, aprobación y cobro de tarifas por parte de la Secretaría de Planeación Municipal o la autoridad municipal y la autoridad ambiental que cumpla sus funciones. Esta autorización no generará derechos reales para los particulares y deberá dar estricto cumplimiento a la prevalencia del interés general sobre el particular.

Con formato

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶

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Eliminado: 1504 DE 1998¶

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Eliminado: Tabla 5.

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Eliminado: 45. DESTINO DE LOS BIENES DE USO Eliminado: s

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Eliminado: ¶ARTÍCULO Eliminado: 49

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Eliminado: 47. USO DEL ESPACIO PÚBLICO POR

Eliminado: L

Eliminado: as áreas públicas de uso activo o pasivo, en

... [136]

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ARTÍCULO 72. UTILIZACIÓN DEL ESPACIO AÉREO O DEL SUBSUELO DE INMUEBLES PÚBLICOS POR EL MUNICIPIO. El Municipio podrá utilizar el espacio aéreo o el subsuelo de inmuebles públicos pertenecientes al espacio público para generar elementos de enlace urbano. Una vez construidos los elementos de enlace urbano podrá utilizarse su uso para usos compatibles con la condición del espacio, en especial los institucionales. La construcción de este tipo de enlaces implica la expedición de una licencia por parte de la autoridad competente, que deberá realizar un estudio de factibilidad técnica y de impacto urbano, además de verificar la coherencia de las zonas propuestas con el Esquema de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollan. ARTÍCULO 73. CERRAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO. Los parques y zonas verdes que tengan el carácter de bienes de uso público no podrán ser encerrados en forma tal que priven a la ciudadanía de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito. Para el caso de parques y zonas verdes de barrios o Veredas que tengan el carácter de uso público, la entidad competente de su uso administrativo podrá encargar a organizaciones particulares sin ánimo de lucro y que representen los intereses del barrio o la Vereda, la administración, mantenimiento y dotación siempre y cuando garanticen el acceso al mismo de la población, en especial la permanencia de su área de influencia. ARTÍCULO 74. ACCIÓN POPULAR PARA LA DEFENSA DEL ESPACIO PÚBLICO. Los elementos constitutivos del espacio público y del medio ambiente tendrán para su defensa la acción popular consagrada en el artículo 1005 del Código Civil y regulada a través de la Ley 472 de 1997. Esta acción también podrá dirigirse contra cualquier persona pública o privada, para la defensa de la integridad y condiciones de uso, goce y disfrute visual de dichos bienes mediante la remoción, suspensión o prevención de las conductas que comprometieren el interés público o la seguridad de los usuarios. ARTÍCULO 75. COMPETENCIA PARA LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS URBANAS DE CONSTRUCCIÓN . La competencia para la expedición de licencias para todo tipo de intervención y ocupación del espacio público, es exclusiva de la Secretaría de Planeación Municipal. ARTÍCULO 76. SANCIONES POR USO INDEBIDO DEL ESPACIO PÚBLICO. La ocupación en forma permanente de los parques públicos, zonas verdes y demás bienes de uso público, el encerramiento sin la debida autorización de las autoridades municipales, la realización de intervenciones en áreas que formen parte del espacio público sin la debida licencia o contraviniéndola y la ocupación temporal y permanente del espacio con cualquier tipo de amoblamiento o

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶PARÁGRAFO. Los elementos objeto de este artículo que existen actualmente en el municipio deberá ajustarse a las previsiones contenidas en el presente acuerdo.¶¶¶

Eliminado: A

Eliminado: 54

Eliminado: 5

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Eliminado: ¶

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Eliminado: 55

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Eliminado: 9

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Eliminado: permanente

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Eliminado: 56

Eliminado: 60

Eliminado: 54

Eliminado: ¶

Eliminado: El incumplimiento de las órdenes que expida el juez en desarrollo de las acciones de que trata el inciso anterior configuran la conducta prevista en el Artículo 184 del Código Penal de “fraude a resolución judicial”.¶¶

Eliminado: La acción popular de que trata el artículo 1005 del Eliminado: ¶

Eliminado: 57

Eliminado: 61

Eliminado: 55

Eliminado: Municipal

Eliminado: en el corto plazo y

Eliminado: ¶

Eliminado: 58

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... [141]

... [142]

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instalaciones, darán lugar a la imposición de las sanciones urbanísticas que señala el Artículo 104 de la Ley 388 de 1997. ARTÍCULO 77. ACCIONES PARA LA PRESERVACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. • Mantenimiento de los escenarios deportivos localizados en el centro poblado

rural Marsella, nucleado el Rosario y veredas. • Educación ambiental dirigida a la comunidad con la finalidad de crear

conciencia para la protección de los recursos naturales. • Ejecución de programas de arborización y ornato en el centro poblado rural

Marsella, nucleado el Rosario y veredas. • Recuperación de recursos naturales deteriorados por el mal uso de los mismos • Continuar con las campañas educativas que sigan concientizando a la

población para la protección de los recursos naturales. • Ejecutar un plan integral que permita proteger y recuperar el paisaje degradado

que se presenta en la zona rural. • Creación de parques lineales y mejoramiento de andenes. Recuperar el espacio público en la Cabecera Municipal, en las zonas consolidadas, teniendo en cuenta el usos de calles y andenes por parte de locales comerciales, invasión de las vías por todo tipo de construcciones no paramentadas, aislamientos, ubicación del mobiliario urbano y elementos complementarios. • Establecer normas para incentivar las tasas tributarias y compensaciones que

permitan generar espacio público. • Por normativa urbana, destinar áreas de cesión para el espacio público, la

recreación, los aislamientos para protección y conservación en la zonas de Consolidación y Desarrollo residencial.

• Generar programas de Arborización y Ornato y reglamentación de los usos y

actividades en el Parque central. • Elaborar y ejecutar un programa de recuperación, conformación y

mantenimiento de las zonas verdes residuales del tejido urbano, antejardines y conformación de andenes.

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Eliminado: ¶

Eliminado: 59

Eliminado: 63

Eliminado: 57

Eliminado: Para garantizar la conservación, mejoramiento y ampliación del espacio público tanto urbano como rural, el Municipio realizará en el corto plazo por lo menos las siguientes acciones:¶

Eliminado: ¶<#>¶Igualmente se debe crear normas para establecer las tipologías y características de: Diseño de vías peatonales, andenes y escaleras; tipología de la arborización urbana, diseño y tipología del mobiliario urbano y elementos complementarios del espacio público.¶

Eliminado: <#>Clasificar y declarar como espacio público en la zona urbana, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1504 de 1998 los elementos que se encuentran en las Tablas 2, 3 y 4.¶

Eliminado: la independencia y en el parque divino niño.

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• Mantenimiento de los escenarios deportivos y zonas verdes ubicadas en la

Cabecera Municipal. ARTÍCULO 78. DEFINICIÓN DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. Se entiende por vivienda de interés social aquella que se desarrolle para garantizar el derecho a la vivienda de los hogares de menores ingresos, según los criterios establecidos por el Gobierno Nacional en cuanto al tipo y precio máximo de las soluciones destinadas a estos hogares. ARTÍCULO 79. SISTEMA MUNICIPAL DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. Los programas de vivienda de interés social (VIS) estarán encaminados a la construcción y mejoramiento de vivienda en coordinación con otras entidades de distinto orden territorial. En la cabecera municipal los programas de vivienda de interés social se localizarán en la zona de expansión urbana 1, 2, 3 y 4 con un proyecto para la construcción de 70 viviendas en el corto plazo con aportes del gobierno nacional y municipal, también se deben construir 90 viviendas en el mediano y largo plazo para suplir el déficit. En la zona rural se deben construir 47 viviendas en el corto plazo y 139 en el mediano palazo para reducir el déficit existente con aportes de la nación y el municipio. ARTÍCULO 80. ELEMENTOS INTEGRANTES DEL SISTEMA MUNICIPAL DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. El Sistema Municipal de Vivienda de Interés Social está integrado por los elementos institucionales, programáticos, territoriales, organizativos, financieros y normativos que le definen al Municipio su gestión en este campo. • Los elementos institucionales comprenden todas las entidades de distinto

orden territorial que financian, asesoran y definen políticas para la vivienda de interés social.

• Los elementos programáticos están constituidos por los programas formulados

por el Gobierno Nacional, la Administración Municipal, las comunidades y otras entidades para desarrollar planes y programas de vivienda de interés social.

• Los elementos territoriales están conformados por la oferta del suelo urbano y

de expansión urbana tanto de propiedad del Municipio como de las comunidades y de los particulares para desarrollar los programas de vivienda de interés social.

Con formato: Numeración yviñetas

Eliminado: ¶Destinar recursos necesarios Eliminado: ¶

Eliminado: <#>¶<#>¶Eliminado: <#>Recuperación del espacio público Eliminado: <#>tanto

Eliminado: <#>en la Cabecera

Eliminado: <#> Municipal como en el Corregimiento Eliminado: <#>, en las zonas consolidadas, teniendo en Eliminado: <#>, ampliación y adecuación del Parque Minero Eliminado: <#>Cabecera

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Eliminado: <#>, de acuerdo a

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Eliminado: <#>6.¶¶Eliminado: <#>Declarar como espacio público las zonas de Eliminado: <#>Generar programas de Arborización y Eliminado: <#>tanto

Eliminado: <#>en la Cabecera MunicipalEliminado: <#> como en el Corregimiento Santiago PérezEliminado: <#>. ¶¶Eliminado: <#>e

Eliminado: <#>es ubicadas, una en la calle 8ª con carrera Eliminado: <#> en la vía que conduce al cementerio en la Eliminado: <#>¶

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Eliminado: <#>Mantenimiento

Eliminado: <#>s

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Eliminado: <#>El Batallón, Martín Pomala, Las Brisas Eliminado: <#>y el Polideportivo central ubicado Eliminado: <#>Y la cancha de fútbol y el polideportivo del Eliminado: <#>¶

Eliminado: ¶

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Eliminado: desarrollo urbano

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... [164]

... [146]

... [170]

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• Los elementos organizativos están definidos por las distintas organizaciones

comunitarias y sociales legalmente constituidas que promueven planes de vivienda de interés social o que gestionan ante la Administración Municipal su realización.

• Los elementos financieros están constituidos por todos los recursos y fuentes

de financiación para adelantar programas de vivienda de interés social ya sean de cualquier nivel territorial o internacional así como los recursos propios de las comunidades expresados en bienes inmuebles, capacidad de trabajo o recursos monetarios.

• Los elementos normativos están constituidos por las normas definidas por el

Gobierno Nacional para programas de vivienda de interés social y por las normas definidas en el Esquema de Ordenamiento y las que lo desarrollan en relación con los programas de vivienda de interés social.

• ARTÍCULO 81. PROTECCION DE SECTORES EN ZONA DE PROCESOS DE

REMOCION EN MASA DE TIPO ALTO . Para la protección de los sectores rurales donde se presentan procesos de remoción en masa de alto riesgo se cumplirán las normas siguientes:

• Control y prohibición por parte de la Administración Municipal a la ocupación

para uso de vivienda en las zonas declaradas como de remoción en masa. • Gestión por parte de la Administración Municipal para la consecución de

recursos ante entidades competentes en otros niveles territoriales con destino al diseño y ejecución de programas que permitan proteger las zonas que presentan este tipo de amenaza.

ARTICULO 82. MEJORAMIENTO DE VIVIENDA . Se implementaran las siguientes acciones: • Diseño y ejecución de programas de mejoramiento de vivienda equivalentes a

un 40% es decir 120 viviendas en la Cabecera Municipal, realizando un mejoramiento de 40 viviendas en el corto plazo, 40 viviendas en el mediano plazo y 40 viviendas en el largo plazo.

• Diseño y ejecución de programas de mejoramiento de vivienda equivalentes a

un 50% es decir 479 viviendas en la zona rural, realizado el mejoramiento de 170 viviendas en el corto plazo, de 160 viviendas en el mediano plazo y 149 viviendas en el largo plazo.

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato

Con formato

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato: Numeración yviñetas

Con formato

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Eliminado: <#>¶<#>¶Eliminado: ¶

Eliminado: 63

Eliminado: 6

Eliminado: 7

Eliminado: 1

Eliminado: REUBICACIÓN VIVIENDAS EN Eliminado: S…ALTO RIESGO

Eliminado: reubicación

Eliminado: <#>¶

Eliminado: (Anexo 5)

Eliminado: alto riesgo

Eliminado:

Eliminado: en este Acuerdo.¶<#>¶Eliminado: <#>Gestión por parte de la Administración Eliminado: <#>de reubicación de viviendas de zonas de alto Eliminado: <#>.¶

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Eliminado: Reubicación de

Eliminado: quince

Eliminado: cinco (

Eliminado: 15

Eliminado: 5) viviendas en la vereda La Pava¶Eliminado: ¶

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Eliminado: 64

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Eliminado: ¶<#>Apoyo y gestión ante

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TERCERA PARTE

COMPONENTE RURAL

CAPÍTULO VIII

SUELO RURAL Este Componente esta orientado a garantizar una adecuada interacción entre los asentamientos rurales y la Cabecera Municipal, así mismo la utilización racional y equilibrada del suelo rural y las actuaciones públicas tendientes al suministro de la infraestructura y equipamientos básicos para el servicio de la población rural. ARTICULO 83. ACCIONES PARA EL USO DEL SUELO • Implementar la agricultura limpia utilizando tecnología apropiada, productos

orgánicos y controles biológicos. • Fomentar en la zona rural la autosuficiencia alimentaria utilizando los

excedentes generados a partir de la comercialización de productos agrícolas a nivel regional.

• Fomentar y sostener la diversidad agrícola, mejorando la producción teniendo

en cuenta las potencialidades que presenta y las condiciones de oferta y demanda de productos en los distintos mercados.

• Realizar el mejoramiento del pie de cría de ganado bovino, con el manejo de

razas, control fitosanitario y manejo de praderas. • Promover la reforestación protectora - productora, con especies nativas y el

aislamiento de fuentes hídricas abastecedoras de acueductos. • Realizar con la comunidad talleres de educación ambiental sobre el uso

sostenible y manejo ambiental de los recursos naturales. • Construcción de 150 beneficiaderos ecológicos para el beneficio del café. • Apoyo a grupos asociativos de productores de caña para la implementación de

tecnologías limpias.

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• Realizar el plan de manejo de 98 Has que posee el municipio en las veredas el

Miador y San francisco. • Adecuar el área de Bellavista (zona del mirador) como centro agroturistico. • Reforestación de áreas en las veredas los Árboles, el Avión, el Hato, Cerro

Blanco y Bellavista. • Realizar el plan integral de manejo de las microcuencas de las quebradas las

Minas y las Palmas. • Realizar el aislamiento de 46 Ha en las microcuencas de las quebradas las

Arrugas, Marsella o Dos Ríos, las Minas, las Palmas, el Salado, el Hato, el Placer y san luises, abastecedoras de acueductos urbano y Veredales.

• Realizar con la comunidad talleres de educación ambiental sobre el uso

sostenible y manejo ambiental de los recursos naturales. • Fomentar y sostener la diversidad agrícola, mejorando la producción teniendo

en cuenta las potencialidades que presenta y las condiciones de oferta y demanda de productos en los distintos mercados.

• Apoyo a grupos asociativos de productores de caña para la implementación de

tecnologías limpias. ARTICULO 84. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LA S ALUD • Realizar el mantenimiento y la dotación del puesto de salud Higuerones y del

puesto de salud Marsella. • Control de vectores veredas Higuerones, Campamento, Angosturas, el

Rosario, Cuchilla del Hato, Cerro Blanco y Bellavista. • Programas de Promoción y prevención veredas las Palmas, Marsella, el

Placer, el Diviso, las Cuchillas y el Campo. ARTICULO 85. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LA E DUCACIÓN • Mejoramiento infraestructura escuelas la esperanza, la Betania, el Rosario,

Campamento, las Palmas, Angosturas . • Terminación restaurante escolar san Francisco y Yunguilla.

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• Dotación material didáctico en las escuelas del municipio. ARTICULO 86. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS • Terminación acueducto san Francisco. • Mejoramiento y adecuación de acueducto interveredal el rosario, la Esperanza,

los Árboles, Yunguilla y el Hato, Higuerones, Campamento, Angosturas, el Diviso, el Placer y las Palmas.

• Ampliación redes acueducto Marsella. ARTICULO 87. ACCIONES PARA LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Y LIQUIDOS • Ejecutar las actividades establecidas dentro del estudio del plan para la gestión

integral de residuos sólidos (PGIRS), en donde deben tenerse en cuenta los componentes de este servicio dados para la recolección, transporte, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, trasferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final; Esta planta de aprovechamiento se pretende instalar en la vereda las Cuchillas, dotándola con una infraestructura apropiada que permita manejar correctamente los residuos sólidos generados sin crear conflictos de tipo técnico y ambiental, para reducir los impactos producidos por esta actividad.

• Adquisición de equipo especial para la recolección de las basuras. • Reforestación y manejo ambiental que comprende la descontaminación y

protección del área circunvecina al sitio de disposición final. • Realizar programas de educación ambiental a la comunidad para el manejo

adecuado de los residuos sólidos. • Conformación y asesoría para el reciclaje de residuos sólidos y compostaje. • Manejo técnico y adecuado de los escombros generados en el municipio en el

sitio de disposición final ubicado en la vereda Las Cuchillas, sitio que contara con las disposiciones reglamentarias para este tipo de actividad para evitar que se presenten conflictos de uso.

• Realizar un plan de manejo para el tratamiento de los residuos sólidos

generados en el proceso del beneficio del café y actividades agropecuarias afines, que permitan disminuir los niveles de contaminación y a la vez

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convertirlo en abono orgánico, utilizando un sitio adecuado donde se pueda establecer una barrera ambiental que evite formarse conflictos de uso.

• Disminuir el vertimiento generado en el proceso del beneficio de café con la

instalación de trampas y pozos sépticos adecuados • Construcción de las plantas de tratamientos para el manejo adecuado de

aguas residuales en el centro poblado rural Marsella y nucleado el Rosarios. • Fomentar y realizar campañas que permitan a los sectores productivos realizar

actividades económicas manejando apropiadamente los residuos que estos producen.

• Realizar campañas que permitan fomentar la producción limpia en todos los

sectores productivos en la zona rural. • Construcción de pozos sépticos, para el manejo de aguas residuales en las

Veredas del Municipio. ARTICULO 88. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS EQUIPAMIENTOS • Dotación casa de la cultura san francisco. • Terminación salón cultural vereda el Mirador. • Construcción salón cultural vereda las Cuchillas, el Rosario y Yunguilla. • Terminación salón cultural vereda el Campo. • Adecuación salón cultural vereda el Placer. • Mejoramiento casa de la cultura vereda el avión. • Construcción matadero vereda las cuchillas. ARTICULO 89. PAUTAS PARA LA EXPEDICIÓN DE NORMAS PA RA LA PARCELACIÓN DE PREDIOS RURALES Estas normas están sujetas a la legislación Agraria y Ambiental vigente en el país e información predial catastral suministrada por el IGAC.

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El municipio presenta el cálculo de la UAF promedio municipal (Unidad Agrícola Familiar), teniendo en cuenta la zona homogénea agrícola y Zona homogénea ganadera. La unidad agrícola familiar (UAF) es una estimación del área que requiere una familia del sector rural para su sostenimiento económico. Para la parte agrícola, se debe tener en cuenta que el gobierno nacional presenta como valores estándares áreas de 5.00 Ha para la parte agrícola y máximo de 15 Has para la parte ganadera. En la estimación de la UAF se tiene en cuenta el numero de personas por familia que corresponde aproximadamente a 5 personas por núcleo familiar, que permite establecer el grado de densidad, como se observa en la tabla 7. Tabla 7. Rangos establecidos a partir del tamaño de la UAF Municipio de Florencia Cauca.

Grado de densidad N° personas / N° UAF Muy bajo < 5 personas / 2UAF

Bajo Entre 5 personas / 1 ¼ UAF y 5 personas / 2UAF

Medio Entre 5 personas / ¾ UAF y 5 personas /1 ¼ UAF

Alto Entre 5 personas / ½ UAF y 5 personas / 3/4 UAF

Muy alto > 5 personas / ½ personas

Fuente: Alcaldía municipal Florencia Cauca. La alcaldía municipal estima que la UAF promedio para el municipio es de 5.00 Ha, y para parcelación de vivienda rural es de 3,0 Has por finca, donde se considera área de construcción de vivienda para el dueño de la finca y área de construcción de vivienda para el administrador.

CUARTA PARTE

COMPONENTE URBANO

CAPÍTULO IX

SISTEMA VIAL URBANO ARTICULO 90. CLASIFICACION DE LAS VIAS URBANAS. El sistema vial urbano establece la localización, jerarquización, clasificación y la dimensión de la infraestructura vial, el sistema de transporte y la adecuada

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conectividad del área urbana entre sí, articuladas mediante ejes viales con las poblaciones y ciudades a nivel departamental, regional y nacional. El área urbana se articula por vías que de acuerdo al uso e importancia de la misma en el transcurso del tiempo, reciben la clasificación de vías primarias o estructurantes, vías secundarias o sectoriales, vías terciarias o locales y vías peatonales (Ver Anexo 36, Mapa plan Vial Urbano.) ARTICULO 91. EJES VIALES PRIMARIOS O ESTRUCTURANTES . Es la vía destinada a soportar los flujos de tránsito originados por el transporte interurbano de bienes y personas. Sirven de conectantes con las vías intermunicipales e interdepartamentales. PARAGRAFO 1. Las principales vías primarias de la Cabecera Municipal y sus respectivos tramos son las siguientes: Los ejes viales primarios de la Cabecera están constituidos por:

- Toda la calle 3ª desde la carrera 1 hasta la carrera 5. - Carrera 1ª vía hacia Higuerones y vía san Pablo Nariño. - Calle 3 con Carrera 3ª .

ARTÍCULO 92. EJES VIALES SECUNDARIO O SECTORIALES. Es el conjunto de vías direccionales que por su función comunican los ejes estructurantes con grandes sectores de la zona urbana y pueden soportar tránsitos ocasionados por el transporte público colectivo. PARÁGRAFO 1: Se identifican como ejes viales secundarios o sectoriales en la Cabecera Municipal, los siguientes:

- Calle 4ª con Careras 4ª . - Carrera 2ª entre calles 3ª y 4ª . - Calle 5ª entre carreras 1 y 2.

- Carrera 3ª entre calle 5ª y casa de la cultura .

- Carrera 5 via veredas los Árboles y san Francisco.

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ARTÍCULO 93. EJES VIALES TERCIARIOS O LOCALES. Se identifican como estos ejes las vías urbanas de tipo vehicular que comunican entre diferentes barrios y manzanas que no son secundarias ni primarias.

- Carrera 4ª con calles 4ª y 5ª

- Carrera 3ª con calles 2ª y 3ª. - Carrera 3ª con calles 4ª y 5ª. - Carrera 2ª con calles 4ª y 5ª. - Vía interna barrio la portada

ARTICULO 94. EJES VIALES PEATONALES. Consolidar el sistema peatonal urbano, mejorando y adecuando los sectores en donde se requieren.

- Barrio nuevo horizonte entre carrera 5 con calle 5.

- Calle 2ª con carrera 4ª es quina, contigua a la institución educativa sede escuela de varones.

- Esquina de la calle 3 con carrera 5 en la vía que conduce a san Francisco.

ARTICULO 95. PERFILES VIALES. Para un mejor logro en la ampliación del plan vial y una precisa coordinación entre lo existente y lo propuesto, se adoptan secciones transversales de vías ya construidas, bajo las siguientes especificaciones: • PARÁGRAFO 1. ANCHO DE VÍAS Y ANDENES. Las calles de la cabecera municipal presentan un ancho promedio de 6 mts y de 4 mts en la calle 4 entre carreras 2 y 4, ancho que aplica a las vías principales, secundarias y terciarias. Los andenes presentan un ancho irregular de 4 mts, 3 mts, 2 mts y 1 mts medidas que aplica a las vías principales, secundarias y terciarias. Los ejes Peatonales Se deben mantener por que comunican calles y carreras y permiten el desarrollo de la zona residencial y la zona de actividad múltiple recreativa.

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ARTÍCULO 96. DISPOSICIONES GENERALES. Toda construcción a desarrollarse en el área urbana, ya sea cerramiento, ampliación, remodelación o construcción inicial, debe respetar el perfil vial. Los proyectos urbanísticos para la Zona de Desarrollo Residencial deben articularse a la malla vial actual garantizando la articulación con la malla vial existente. La vía que siendo vehicular y por las condiciones topográficas no pueda tener continuidad. Debe rematar como mirador en espacio público o de lo contrario se proyectará como peatonal. Para la pavimentación de una vía, se requiere que la empresa de servicios públicos municipales certifique el buen estado de las redes de servicios públicos (acueducto, alcantarillado y otras). ARTÍCULO 97. DISPOSICIONES PARA LOS ANDENES. El área de anden hace parte del espacio público, por lo tanto son de uso peatonal exclusivo y no se permite la invasión o uso del mismo por locales comerciales, ni la ubicación de cualquier tipo de aviso comercial. Para su intervención se debe cumplir las siguientes disposiciones: Se debe mantener la dimensión y continuidad constante, con cambios de nivel en los casos que el terreno así lo exija, presentando las mejores soluciones de empate. Los materiales deben ser de alta resistencia a la abrasión y antideslizantes aun en condiciones de humedad y cumplir con las especificaciones técnicas que defina la Secretaría de planeación del Municipio. En los casos en que existe la franja verde localizada entre la calzada y el área de circulación peatonal, debe mantenerse como tal. Se permite su arborización según lo establecido sobre revegetalización y Paisajismo. Cuando sea necesario romper los andenes en razón de llevar a cabo las instalaciones de acometidas de servicios públicos o similares, estos deben ser reparados a las condiciones originales y serán realizadas por los autores de las obras referidas inmediatamente estas sean terminadas. ARTÍCULO 98. CESIONES EN NUEVAS URBANIZACIONES . Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar una urbanización, parcelación o cualquier tipo de construcción deberá ceder a título gratuito y por escritura pública al municipio, el área de vías que resulte del Esquema de Ordenamiento Territorial

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otorgado por la Secretaría de Planeación Municipal y del diseño de la urbanización o parcelación incluyendo andenes o de estacionamiento para transporte público cuando sea el caso. ARTÍCULO 99. FORMAS DE OBTENCIÓN DE TERRENOS PARA NUEVAS VÌAS URBANAS Y RURALES POR PARTE DEL MUNICIPIO. La obtención de los terrenos necesarios para la construcción de nuevas vías urbanas y rurales, se hará por intermedio de los siguientes procedimientos realizando una previa indemnización de los afectados: Por enajenación voluntaria. Por cesión obligatoria al desarrollar los predios aledaños. Por expropiación, según lo determina la Ley. ARTÍCULO 100. CONSTRUCCIÓN DE VÍAS MUNICIPALES. Las obras correspondientes a la construcción de nuevas vías urbanas y rurales necesarias para garantizar el adecuado crecimiento y desarrollo de la cabecera municipal será adelantado por el sistema de concertación entre el municipio y la comunidad. No obstante, la administración municipal también podrá ejecutar el proyecto vial y su costo se recuperará por el sistema de contribución por valorización para lo cual se deberá elaborar previamente un estatuto de valorización. ARTÍCULO 101. ORGANIZACIÓN DEL TRÁFICO URBANO. La administración municipal adelantará los estudios relacionados con la organización del tráfico dentro del área urbana, y establecerá la señalización requerida y las áreas de parqueo sobre vías y tendrá por lo menos los siguientes criterios: Cantidad y flujo de tráfico. Ancho de vías y características de su diseño. Preservación del área de conservación y las áreas residenciales. Características de los usos según sectores y generación de tráfico vehicular y peatonal. Condiciones geológicas, sísmicas y ambientales ARTÍCULO 102. CONSTRUCCIÓN DE VÍAS Y DE REDES DE SERVICIOS. Cuando la construcción de nuevas vías involucre la instalación de redes de servicios

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públicos, su costo se sumará a la inversión para los efectos de recuperación. La Secretaría de Planeación Municipal en coordinación con la Empresa de Servicios Públicos, fijarán por resolución las normas técnicas para la construcción de las vías y las redes de servicios públicos. ARTICULO 103. ACCIONES PARA EL MEJORAMIOENTO DELPLA N VIAL • Conformación y consolidación de vías existentes. • Establecer un plan para la elaboración de los diseños de los diferentes tramos

de vías a construirse según el programa de ejecución. • Coordinar con la oficina de Planeación y de Servicios Públicos, la ejecución de

los proyectos de las redes de servicios públicos, estableciendo prioridades en los trabajos de consolidación, construcción, pavimentación y mantenimiento de la malla vial.

• Realizar el expediente vial, inventario, numeración y señalización de vías. • Diseño de plan de pavimentación a nivel urbano. • Mantenimiento y pavimentación de la actual red vial. • Pavimentación de vías urbanas faltantes. • Mejoramiento y mantenimiento de las vías ya consolidadas. • Unificación de diseños y construcción de andenes, teniendo en cuenta las

normas que establecen los niveles y tipos de material a utilizar. • Recuperación y mantenimiento de los ejes viales primarios y secundarios. • Definir y paramentar las construcciones que se encuentren dentro de los

perfiles establecidos para las correspondientes vías primarias, secundarias y terciarias.

• Construir los elementos del espacio públicos que corresponden a sardineles y

andenes, que ayuden a conformar y consolidar los ejes viales primarios, secundarios y terciarios existentes.

• Consolidar el sistema vial proyectado a través de la integración de los ejes

viales estructurantes con los ejes viales secundarios y terciarios. • Mantenimiento e implementación de la malla vial.

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CAPÍTULO X

SERVICIOS PÚBLICOS Por medio de acciones el Municipio debe optimizar la prestación de los diferentes servicios públicos, administrados por COOSERFLO E.S.P. para que gestione e invierta los recursos en obras que beneficien a la población. ARTÍCULO 104. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS - ACUEDUCTO . Se realizarán las siguientes acciones: • Legalización de las captaciones de aguas que abastecen acueductos de las

Veredas del Municipio por parte de las Juntas administradoras de Acueductos, previo compromiso con la Alcaldía Municipal.

• Mejorar la calidad del agua con la adecuación de la infraestructura existente y

cambio de redes en tubería cemento asbesto a tubería PVC. En sectores donde se amerite para optimizar la prestación de este servicio.

• Construcción de una nueva bocatoma con la finalidad de mejorar la calidad en

la prestación del servicio. • Utilización adecuada de los Micro - medidores. • Dotación y funcionamiento de la planta de tratamiento para ofrecer procesos de

potabilización del agua a la población para disminuir los niveles de contaminación que se presenta según estudio de caracterización de aguas superficiales.

• Lograr la cobertura total en la prestación del servicio con Adecuación y

mejoramiento de las redes de conducción, aducción, distribución y componentes del sistema de acueducto

• Elaborar y ejecutar el Programa Quinquenal de Uso Eficiente y Ahorro del

agua, según la Ley 377/97, para estimular el uso racional del agua potable. • Diseñar e implementar el Manual de Procedimientos para el manejo de la

planta de tratamiento.

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Eliminado: ACCIONES EN EL CORTO PLAZO PARA EL SERVICIO DE ACUEDUCTO

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• Elaborar un plan de acción que permita el control de calidad del agua suministrada a la población de la Cabecera Municipal.

• Implementación de sectores del servicio de acueducto que esté delimitado

físicamente en el área urbana, con el fin de regular y controlar el servicio. • Todos los sistemas de abastecimiento deberán garantizar en todo momento el

suministro de agua potable, acorde con las características organolépticas establecidas en el Decreto 475 del 10 de marzo de 1998.

• Implementar la instalación de cinco Hidrantes en la Cabecera municipal. • Lograr consolidar una cultura ciudadana mediante procesos educativos, para el

buen uso de las fuentes hídricas, así mismo el control y ahorro del agua. • Protección de las fuentes hídricas que abastecen acueductos urbanos y rurales

mediante proyectos de reforestación y aislamiento en las zonas de nacimientos y a lo largo de las mismas.

• Realizar campañas educativas con los habitantes que viven a lo largo del área

que drena la fuente hídrica especialmente en las zonas mas altas y el nacimiento de las mismas.

• Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio. ARTÍCULO 105. ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS - ALCANTARILLADO. Se realizarán las siguientes acciones: • Adquirir los predios para la construcción del sistema de las plantas de

tratamiento para el manejo de aguas residuales. • Ejecución del Plan Maestro de Alcantarillado, obra que permitirá el

mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio de alcantarillado urbano, realizando cambio de redes, construyendo colectores para las aguas servidas y aguas lluvias, construcción de plantas de tratamiento que permita el manejo de las aguas residuales y obras complementarias que se requieran.

• Todos los vertimientos deben contar con sistemas de tratamiento de aguas

residuales que garantice, dependiendo del uso de la corriente superficial, los criterios de calidad establecidos y las remociones en el Decreto 1594 del 26 de junio de 1984.

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Eliminado: ¶<#>Legalización de las captaciones de aguas que abastecen acueductos de las Veredas del Municipio por parte de las Juntas administradoras de Acueductos, previo compromiso con la Alcaldía Municipal.¶¶<#>Mejorar la calidad del agua con la adecuación de la infraestructura existente y Cambio de redes en sectores donde se amerite para optimizar la prestación de este servicio¶¶<#>Implementación del programa de instalación de Micro medidores.¶¶<#>Dotación y funcionamiento de la planta de tratamiento para ofrecer procesos de potabilización del agua a la población.¶¶

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• Establecer como lo exige la Ley 388 de 1998, zonas de protección o barreras ambientales en los sistemas de tratamiento de aguas residuales para evitar posteriores conflictos de uso.

• Lograr una continuidad y calidad en la prestación del servicio de alcantarillado

equivalente al 100%. • Optimizar toda la red actual de alcantarillado. ARTÍCULO 106. ACCIONES PARA EL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Se realizarán las siguientes acciones: • Cambio de redes de alta tensión en San Fernando municipio de mercaderes

sector la balastrera. • Mejoramiento de redes actuales en la cabecera municipal. • Realizar un inventario de redes y postería, para reubicar líneas que interfieran

los perfiles viales definidos. • Lograr la cobertura al 100% de alumbrado publico sobre las vías principales,

secundarias y en las zonas de desarrollo de vivienda. • Implementación y ejecución del proyecto de Repotencialización del alumbrado

público. • Consolidación y ejecución del sistema de redes y postería del alumbrado

público. • Sostenibilidad del servicio y mantenimiento de redes. • Optimizar la red eléctrica en todo el área urbana. ARTÍCULO 107. ACCIONES PARA EL MANEJO DE RESÍDUOS SÓLIDOS. Se realizarán las siguientes acciones: • Ejecución de las actividades establecidas dentro del estudio del plan para la

gestión integral de residuos sólidos (PGIRS), de acuerdo a este deben tenerse en cuenta los componentes de este servicio dados para la recolección, transporte, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, trasferencia, tratamiento,

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aprovechamiento y disposición final; Esta planta de aprovechamiento se pretende instalar en la vereda las Cuchillas, dotándola con una infraestructura apropiada que permita manejar correctamente los residuos sólidos generados sin crear conflictos de tipo técnico y ambiental, para reducir los impactos producidos por esta actividad.

• Adquisición de equipo especial para la recolección de las basuras. • Reforestación y manejo ambiental que comprende la descontaminación y

protección del área circunvecina al sitio de disposición final. • Realizar programas de educación ambiental a la comunidad para el manejo

adecuado de los residuos sólidos. • Conformación y asesoría para el reciclaje de residuos sólidos y compostaje. • Diseñar y establecer el plan de Aseo y barrido de las vías, parques, plazas y

plazoletas e igualmente el mantenimiento e implementación de las zonas verdes y de la arborización urbana.

• Dotar de un sistema de almacenamiento adecuado de las basuras a la plaza

de mercado. • Manejo técnico y adecuado de los escombros generados en el municipio en el

sitio de disposición final ubicado en la vereda Las Cuchillas, sitio que contara con las disposiciones reglamentarias para este tipo de actividad para evitar que se presenten conflictos de uso.

• Sostenimiento y mantenimiento ambiental de la planta de aprovechamiento de

los residuos sólidos. • Sostenibilidad del servicio de aseo. • Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio de aseo. • Consolidar una cultura del reciclaje y aumentar la participación ciudadana para

lograr desarrollar una cultura de aseo y limpieza. ARTÍCULO 108. ACCIONES PARA EL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES. Se realizarán las siguientes acciones:

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• Mejoramiento y ampliación de la cobertura de las líneas telefónicas, en el área urbana.

• Implementar y promover el uso de la señal satelital. • Instalación de antena receptora para mejorar el servicio de la señal telefónica

celular. • Dotación de la emisora paraíso estereo de cabina, computador, consolas,

digitalizador, instalaciones propias y recursos. • Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio en el área urbana. • Lograr la cobertura y el mejoramiento de otros servicios de comunicaciones

como son la telefonía celular y el Internet. ARTÍCULO 109. ACCIONES EN EL CORTO PLAZO PARA EL USO DEL ESPACIO PÚBLICO. Se realizarán las siguientes acciones: • Recuperar el espacio público en la Cabecera Municipal, en las zonas

consolidadas, teniendo en cuenta el uso de calles y andenes por parte de locales comerciales, invasión de las vías por todo tipo de construcciones no paramentadas, aislamientos, ubicación del mobiliario urbano y elementos complementarios.

• Igualmente se debe crear normas para establecer las tipologías y

características de: Diseño de vías peatonales, andenes y escaleras; tipología de la arborización urbana, diseño y tipología del mobiliario urbano y elementos complementarios del espacio público.

• Clasificar y declarar como espacio público en la zona urbana, de acuerdo a lo

establecido por Ley los elementos que se encuentran en las Tablas 2, 3 y 4. • Establecer normas para incentivar las tasas tributarias y compensaciones que

permitan generar espacio público. • Destinar áreas de cesión para el espacio público, la recreación, los

aislamientos para protección y conservación en las zonas de Consolidación y Desarrollo residencial.

• Generar programas de Arborización y Ornato y reglamentación de los usos y

actividades en el Parque central y zonas verdes.

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• Elaborar y ejecutar un programa de recuperación, conformación y mantenimiento de las zonas verdes residuales del tejido urbano, antejardines y conformación de andenes.

- Mantenimiento de los escenarios deportivos y zonas verdes ubicadas en la

Cabecera Municipal. ARTÍCULO 110. ACCIONES PARA LA COMPLEMENTACIÓN, EL MEJORAMIENTO Y USO DEL EQUIPAMIENTO MUNICIPAL. Las acciones formuladas con respecto al equipamiento, están orientadas al mantenimiento, instrumentación y unificación de lo ya existente, mediante el un aprovechamiento eficiente de los recursos se realizarán las siguientes acciones: • Relocalización de la planta de Sacrificio en la zona rural del municipio (vereda

Cuchillas) para disminuir el conflicto generado por este en la cabecera municipal.

• Mantenimiento y mejoramiento de la Plaza de Mercado de la Cabecera

Municipal. • Dotar de mobiliario, material audiovisual y elementos complementarios

pedagógicos a la institución educativa José Toribio Paz Moncayo (sedes colegio y escuela) ubicados en la Cabecera Municipal.

• Recuperación, adecuación y mantenimiento de la casa de la cultura. • Dotación de equipos mobiliarios en la biblioteca municipal. • Terminar la construcción de la sede principal del hospital Nivel I de Florencia,

para reagrupar las dependencias en un solo lugar, ya que en la actualidad se encuentran en tres sedes distintas.

• Dotar al hospital Unidad nivel I Florencia de una ambulancia medica y de un

sótano para alojar al personal medico como a pacientes en el caso de que ocurra un ataque de grupos al margen de la ley al Municipio.

• Dotar al hospital Unidad nivel I Florencia de equipos para sala de urgencias,

sala de partos, sala de rayos X, sala de pediatría, laboratorio clínico y sala de odontología.

• Construcción de un equipamiento adecuado para la morgue.

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• Implementar en la estación de servicio ubicada en la carrera 2 entre calles 4 y

5, Cabecera Municipal el manejo de los residuos de hidrocarburos, grasas y aceites. Lo mismo que la estación de servicio que esta en proceso de instalación sobre la carrera 1.

• Construcción y dotación de una sede para el cuerpo de Bomberos, Defensa

Civil Y Comité Local De Emergencias. • Mejoramiento del edificio de la alcaldía municipal. • Creación de una barrera ambiental alrededor del cementerio como lo establece

la ley. • Mejoramiento y mantenimiento del centro recreacional. • Construcción de las instalaciones de la policía. • Mantenimiento del polideportivo central. • Mantenimiento y adecuación de la Biblioteca Pública. • Construcción de un parque en la Cabecera Municipal. ARTÍCULO 111. ACCIONES PARA DISEÑO Y EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL URBANA . Para garantizar en el futuro la adecuada localización y optimización de la vivienda, se realizará como mínimo las siguientes acciones: • Ampliar la cobertura de vivienda de interés social para los estratos 1 y 2

en el sector urbano. • Priorizar la construcción de 70 Viviendas, en la zona de tratamiento de

desarrollo urbano (zonas de expansión – corto plazo). • Mejoramiento integral de 40 viviendas de los estratos 1 y 2 ubicados en la en la

Cabecera Municipal (corto plazo). • Elaboración del expediente urbano. • Legalización de los terrenos ejidos. • Incentivar el ahorro programado.

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• Disminuir el déficit de vivienda de acuerdo al crecimiento demográfico presentado y al faltante en este plazo que corresponde a la construcción de 46 Viviendas de Interés Social (mediano plazo).

• Mejoramiento integral de 40 viviendas de los estratos 1 y 2 ubicados en la en la

Cabecera Municipal (mediano plazo). • Remodelación y mantenimiento de viviendas existentes con el cumplimiento de

normas de sismorresistencia (NSR98). • Ejecutar totalmente un proyecto de vivienda de interés social V.I.S. para suplir

definitivamente el déficit de vivienda para el año 2017 correspondiente a la construcción de 44 Viviendas de Interés Social (largo plazo).

• Mejoramiento integral de 40 viviendas de los estratos 1 y 2 ubicados en la en la

Cabecera Municipal (largo plazo). • Unificación de la tipología apropiada de vivienda para el Municipio y

mejoramiento estético en las fachadas. ARTÍCULO 112. ACCIONES A TENER EN CUENTA PARA AMENA ZAS Y RIESGOS. En el estudio de zonificación preliminar de amenazas en la cabecera municipal, muestra que se presentan procesos de inestabilidad e inestabilidad potencial y amenaza sísmica intermedia, por lo que se deben formular las acciones correspondientes. ARTICULO 113. ACCIONES A TENER EN CUENTA PARA AMENA ZA SISIMICA. Las acciones son las siguientes. • Exigir en el diseño de construcciones de cualquier proyecto, los parámetros

exigidos por el Código Colombiano de Construcciones Sismorresistentes Ley 400 y la del Código NSR-98, teniendo en cuenta también los valores de Aceleración Efectiva (Aa) y el umbral de daños (Ud) determinados por Ingeominas para este Municipio. Concertar en el ámbito regional, la evaluación de la amenaza sísmica regional, con base en estudio de sismicidad histórica e instrumental y análisis de neotectónica.

ARTICULO 114. ACCIONES A TENER EN CUENTA EN AMENAZA POR INESTABILIDAD POTENCIAL. Las acciones son las siguientes

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Eliminado: <#>Ampliar la cobertura de vivienda de interés social para los estratos 1 y 2 en el sector urbano.¶¶<#>Priorizar la construcción de 115 Viviendas de Interés Social (V.I.S.),incluyendo las 56 viviendas que deben ser reubicadas, 46 por problemas de amenazas naturales y 10 viviendas del barrio obrero que se encuentran en medio de dos equipamientos de tipo negativo, en la zona de tratamiento de desarrollo urbano (zona de expansión 1 y 2) y en los Eliminado: ¶<#>Ampliar la cobertura de Eliminado: <#>Ampliar la cobertura de vivienda de Eliminado: ¶

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• Realizar estudios geotécnicos detallados que permitan conocer las características especificas de los suelos.

• En sectores ya construidos se deben realizar obras de drenaje y

encauzamiento de aguas superficiales con reforestación de laderas evitando su uso para desarrollo urbano masivo.

ARTICULO 115. ACCIONES A TENER EN CUENTA EN AMENAZA POR INESTABILIDAD. Las acciones son las siguientes • No se debe construir ningún tipo de vivienda, ya que se presentan fenómenos

de reptación y desplazamientos que causan inestabilidad en las construcciones, fenómeno que es altamente visible en el lote para la cancha de fútbol.

• Es necesario un estudio detallado de las zonas inestables e inestables

potenciales a fin de prevenir fenómenos de remoción en masa mediante la construcción de obras geotécnicas de protección; estas deberán llevarse a cabo en conjunto con tareas de reforestación y manejos apropiados de aguas.

CAPÍTULO XI

ARTÍCULO 116. NORMAS URBANÍSTICAS ESTRUCTURALES Son las que aseguran la consecución de los objetivos y estrategias adoptadas en el componente general del Plan y en las políticas y estrategias de mediano plazo del componente urbano. Prevalecen sobre las demás normas, en el sentido de que las regulaciones de los demás niveles no pueden adoptarse ni modificarse contraviniendo lo que en ellas se establece, y su propia modificación sólo puede emprenderse con motivo de la revisión general del Plan o excepcionalmente a iniciativa del alcalde municipal o distrital, con base en motivos y estudios técnicos debidamente sustentados. Por consiguiente, las normas estructurales incluyen entre otras:

ARTÍCULO 117. PRINCIPIOS PARA LA ZONIFICACIÓN URBANA (ZONAS HOMOGENEAS). La zonificación del perímetro urbano responderá a las políticas de crecimiento y desarrollo urbano, a la vocación de las diferentes zonas, a la preservación del equilibrio de funcionamiento espacial, al estado de consolidación y uso, y a la protección del medio ambiente.

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Eliminado: <#>Ejecutar totalmente un proyecto de vivienda de interés social V.I.S., para suplir definitivamente el déficit de vivienda para el año 2012 correspondiente a la construcción de 132 Viviendas de Interés Social, incluyendo los diseños de urbanismo, las áreas de cesión, las dimensiones y área mínima del lote tipo, el plan de servicios públicos, plan vial, los equipamientos colectivos, los diseños estructurales y los requisitos expuestos en la normativa urbana.¶¶<#>Alcanzar una cobertura del 100% de demanda de vivienda.¶¶<#>Unificación de la tipología apropiada de vivienda para el Municipio y mejoramiento estético en las fachadas.¶¶

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ARTÍCULO 118. ZONIFICACIÓN URBANA . La intensidad de usos y la ocupación del suelo urbano se realiza mediante la Zonificación, teniendo en cuenta condiciones ambientales, disponibilidad de servicios públicos, infraestructura vial, riesgos y amenazas geológicas, aptitud indicativa del terreno para la construcción, índices de ocupación. Se definen las siguientes zonas urbanas. • Z R U Zona Residencial Urbana • Z A M Zona de Actividad Múltiple. • Z A I Zona de Actividad Institucional. • Z A M R Zona de Actividad Múltiple Recreativa. • Z PCA Zona de Protección y Conservación Ambiental. • Z E U Zona de expansión urbana. ARTÍCULO 119. ZONA RESIDENCIAL URBANA (ZRU). Esta zona se encuentra ubicada en sectores determinados en el mapa de zonificación preliminar de amenazas como zonas estables y corresponde a los asentamientos humanos distribu8idops en los barrios Nuevo Horizonte, la Plaza, el pedregal, el centro, la Cadena, san Juan y la Portada, El uso predominante es el residencial con vivienda unifamiliar de una o dos plantas, donde solo se permitirá los usos compatibles con la vivienda y los demás usos deben ser prohibidos. Estos terrenos en su gran mayoría son lotes ejidales, que se caracterizan por tener áreas muy grandes, bajo índice de ocupación constructivo e infraestructura de servicios públicos. Los usos son los siguientes: • Uso principal: residencial. • Uso compatible: comercial de bajo impacto. • Uso condicionado: comercial Grupo II que no tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuero, ferreterías y electrodomésticos.

• Uso prohibido: Comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación y

lavado de vehículos, ventas de maquinaria pesada e industria. ARTÍCULO 120. ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE (ZAM). Es aquella zona donde se desarrollan simultáneamente diversas actividades comerciales, económicas, residenciales y de servicios, principalmente de cobertura municipal. Entre los usos comerciales y de servicios se encuentran aquellos que por su bajo impacto ambiental son compatibles con la vivienda como las tiendas, droguerías, papelerías, fotocopiadoras, fruterías, cafeterías, misceláneas, zapaterías, oficinas de profesionales y consultorios, otros servicios como peluquerías, lavanderías, confecciones, calzada, artículos de cuero, billares, clubes sociales, hoteles y

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supermercados. Este tipo de actividades no se presentan concentradas sino que generalmente se desarrollan en diversos sectores, principalmente sobre las vías principales o estructurantes. Los usos son los siguientes: • Uso principal: residencial. • Usos compatibles: comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico como

tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios, peluquerías, comercial Grupo II que tienen un moderado impacto ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuero, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

• Uso condicionado: comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación

y lavado de vehículos, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada. • Uso prohibido: industrial. ARTÍCULO 121. ZONA DE ACTIVIDAD INSTITUCIONAL (ZAI) . Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganización espacial de uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR-98 Los usos son los siguientes: • Uso principal: institucional. • Uso compatible: ninguno. • Uso condicionado: comercial estacionario. • Uso prohibido: residencial e industrial. ARTÍCULO 122. ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE RECREATIV A (ZAMR). En estas zonas se puede desarrollar la recreación activa y pasiva, los usos complementarios y compatibles con estas actividades, complementando la deficiencia de espacio público presentada en el área urbana, a través de la utilización de terrenos baldíos ubicados en diferentes sectores dejados por los procesos de urbanización en diferentes barrios y terrenos perimetrales. La recreación activa o deportiva está compuesta por todos los equipamientos recreativos activos, parques deportivos, canchas múltiples, polideportivos y demás escenarios para recreación activa, donde se permitirá desarrollar usos compatibles

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a estas actividades como parqueaderos, comercio menor, oficinas y toda la infraestructura necesaria para este tipo de eventos. En la recreación pasiva o cultural se desarrollarán actividades recreativas pasivas o culturales como teatro al aire libre, conciertos, exposiciones de arte, y ferias educativas, agropecuarias con su respectiva adecuación y dotación. Se incluye igualmente los usos complementarios. • Uso principal: recreación activa y pasiva. • Uso compatible: deportiva. • Uso condicionado: comercial estacionario. • Uso prohibido: residencial, comercial e industrial. ARTÍCULO 123. ZONA DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN AMB IENTAL (ZPCA). Son zonas que por presentar amenaza por remoción en masa por inestabilidad, tienen restringida la posibilidad de urbanizarse. Los usos son los siguientes: • Uso principal: protección y conservación. • Uso compatible: investigación. • Uso condicionado: turismo ecológico. • Uso prohibido: residencial, comercial e industrial. ARTÍCULO 124. ZONA DE EXPANSIÓN (ZEU). Estas áreas se encuentran localizadas, una cerca del polideportivo central, otra cerca del Hospital Nivel I Florencia, otra área de expansión cerca a la casa de la cultura y otra área cerca al cementerio a la vía que conduce a san Francisco; estas zonas según el estudio preliminar de amenazas se determinaron como zonas estables, en donde se pueden desarrollar proyectos de vivienda masivos, debe dotarse en el corto plazo de los servicios publico domiciliarios. Los usos son los siguientes:

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• Uso principal: residencial, comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico como tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

• Uso compatible: comercial Grupo II que tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuero, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

• Uso condicionado: Comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos. • Uso prohibido: industrial. ARTICULO 125. REGLAMENTOS, INTENSIDAD DE USOS DEL SUELO Y CLASIFICACION DE LAS EDIFICACIONES POR SU USO. Para los reglamentos e intensidades de uso del suelo se debe regular su uso y ocupación, clasificando las actividades a desarrollar y dando prioridad mediante la clasificación de los usos, dada de la siguiente forma: • USOS RESIDENCIALES Son aquellos destinados a la satisfacción de las

necesidades básicas de habitación. Dentro de esta actividad se identifican las siguientes modalidades como Unifamiliar, Bifamiliar. Y multifamiliar en agrupaciones o conjuntos.

• USO COMERCIAL. Son aquellos destinados al intercambio de bienes y

servicios. Para determinar su impacto se clasifican en tres grupos: • INSTITUCIONALES Son aquellos destinados a prestar los diferentes servicios requeridos como soporte de las actividades de la población. Según el tipo de servicio que prestan pueden ser: asistenciales, educativos, administrativos, culturales, recreativos, de seguridad, de culto o de abastecimiento. • INDUSTRIALES Los usos de industria son aquellos destinados a la transformación de materia prima o elaboración de productos. Dentro de los usos industriales de bajo impacto están por ejemplo: Fábricas, en menor escala de dulces, de ponqués, panadería,

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Eliminado: 5, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo Eliminado: ¶¶Eliminado: Z R U Zona Residencial Urbana¶Eliminado: Z R Zona Residencial.¶Eliminado: ¶ARTÍCULO 1Eliminado: 27

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sastrería, modistería, cerámica, joyería, cestería, carpintería, ornamentación, lácteos y quesos, embutidos y depósitos de gas. ARTÍCULO 126. CLASIFICACION DE LOS ESTABLECIMIENTO S SEGÚN EL USO COMERCIAL GRUPO 1. En este grupo se clasifican aquellos usos comerciales que por su bajo impacto ambiental y urbanístico son compatibles con la vivienda, no requieren de la especialización de la edificación en que se localizan. Corresponden a la venta de bienes y servicio de consumo domestico requeridos por la comunidad residente de un sector: • Locales comerciales con usos como tiendas, droguerías, papelerías,

fotocopiadoras, fruterías, heladerías, cafeterías, misceláneas y productos lácteos.

• Talleres de servicio como zapaterías y publicidad. • Oficinas de profesionales y consultorios anexos a la vivienda. • Otros servicios como peluquerías, salón de belleza y tiendas de video. ARTICULO 127. CLASIFICACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS SEGÚN EL USO COMERCIAL Grupo 2. En este grupo se clasifican aquellos usos comerciales que tienen algún impacto ambiental y urbanístico. Aunque no requieren de la especialización total de la edificación en que se localizan, corresponden a la venta de bienes y servicios que suplen demandas especializadas, generadas por la comunidad de una zona urbana: • Local comercial con artículos manufacturados como telas, confecciones,

calzado, artículos de cuero, musicales, ópticas, librerías, fotografía, joyerías, platerías, ferreterías, electrodomésticos, muebles y artículos para el hogar.

• Oficinas de profesionales, consultorios y estudios especializados de sistemas. • Venta de servicios como centros de capacitación. • Actividad financiera como Sucursales y agencias bancarias. • Recreación como Billares y salones sociales. • Actividad hotelera como hoteles y hospedajes.

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• Supermercados, sala y ventas de materiales de construcción y salas de

velación. ARTICULO 128. CLASIFICACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS SEGÚN EL USO COMERCIAL Grupo 3. En este grupo se clasifican aquellos usos comerciales que tienen gran impacto ambiental y urbanístico y requieren de la especialización de la edificación en que se localizan. Corresponden a la venta de bienes y servicios mediante oferta concentrada de los mismos, y serán evaluados por planeación municipal dependiendo del impacto que produzca en su entorno y su tratamiento, se le dará la viabilidad respectiva: • Bares, tabernas, discotecas. • Servicios automotores: reparación y lavado de vehículos. • Estaciones de servicio ARTICULO 129. REGULACION DE LOS USOS Y AUTORIZACION ES DE USO Y FUNCIONAMIENTO Los usos permitidos están regulados en la presente reglamentación, de acuerdo a la zona en que se localice el predio. Los usos institucionales deben cumplir con las normas vigentes a escala nacional o departamental sobre salud, educación, seguridad, recreación, abastecimiento y transporte. Estos deben ser estudiados por la oficina de Planeación Municipal y para adelantar intervenciones mayores en inmuebles o para construir con usos institucionales, se debe tener el estudio previo aprobado por Planeación Municipal del impacto Urbanístico sobre el sector en que se localizan o localizarían, y acogerse a las normas generales y especificas de la zona. Los usos relacionados con el abastecimiento y el transporte deben obtener el visto bueno de la Oficina de Planeación, previa presentación del estudio urbanístico sobre el sector en que se localizan: Central de Acopio y Plaza de mercado, etc. Para obtener licencia de funcionamiento se debe cumplir ante la oficina de Planeación Municipal los siguientes requisitos: • Formato oficial con la solicitud explicativa del tipo de Uso a desarrollar. • Recibo de pago del impuesto predial respectivo.

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• Si el solicitante no fuere el propietario, la autorización del propietario del

inmueble o local para el uso propuesto. • Que el uso sea consecuente con la zonificación hecha por el Esquema de

Ordenamiento territorial. ARTICULO 129. NORMAS URBANÍSTICAS GENERALES. Son aquellas que permiten establecer usos e intensidad de usos del suelo, así como actuaciones, tratamientos y procedimientos de parcelación, urbanización, construcción e incorporación al desarrollo de las diferentes zonas comprendidas dentro del perímetro urbano y suelo de expansión (ver anexo 37 mapa Normas Urbanísticas: Zonas Morfológicas Homogéneas y anexo 38 mapa Normas Urbanísticas: tratamientos y Planes Parciales). Por consiguiente, otorgan derechos e imponen obligaciones urbanísticas a los propietarios de terrenos y a sus constructores, conjuntamente con la especificación de los instrumentos que se emplearán para que contribuyan eficazmente a los objetivos del desarrollo urbano y a sufragar los costos que implica tal definición de derechos y obligaciones. En razón de la vigencia de mediano plazo del componente urbano del Plan, en ellas también debe establecerse la oportunidad de su revisión u actualización e igualmente, los motivos generales que a iniciativa del alcalde permitirán su revisión parcial. Estas normas serán detalladas en la normativa urbana ARTICULO 130. TRATAMIENTOS SUELO URBANO CABECERA MU NICIPAL. Los tratamientos que se plantean para el suelo urbano de la Cabecera Municipal del Municipio se observan en el Anexo 37, Mapa de Normas Urbanísticas Tratamientos y planes parciales. • T D R U Tratamiento de Desarrollo Residencial Urbano • T C U Tratamiento de Consolidación Urbana • T M I Tratamiento de Mejoramiento Integral • T PC Tratamiento de Protección y Conservación ARTICULO 131. TRATAMIENTO DE DESARROLLO RESIDENCIAL URBANO (TDRU ). Son aquellas áreas del Municipio donde se pueden desarrollar proyectos de construcción inmediata de vivienda de interés social (V.I.S) en el corto plazo, el uso principal será residencial, comprende las cuatro áreas de expansión urbana determinadas. Es importante realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas. ARTICULO 132. TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN URBANA ( TCU). Estas áreas presentan las mejores condiciones de estabilidad, son urbanizables y están

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dotadas de servicios públicos e infraestructura vial, el uso principal será para vivienda la cual puede ser compatible con usos múltiples y actividades complementarias no contaminantes donde se podrá realizar un comercio complementario con la vivienda. Comprende los sectores de la calle 3ª con carreras 4ª, 3ª, 2ª y 1ª, calle 5 con carrera 1ª, carrera 2 con calle 4ª y carrera 4ª con calle 2ª, parte de los barrios la Cadena, san Juan, el Centro y la plaza. ARTICULO 133. TRATAMIENTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL (TMI). Son áreas de la Cabecera Municipal donde se presenta desarrollo incompleto, malla vial deteriorada y sin pavimento, equipamientos inadecuados, deficiente alumbrado publico y algunas viviendas deterioradas. ARTICULO 134. TRATAMIENTO DE PROTECCIÓN Y CONSERVAC IÓN (TPC). Son aquellas áreas de la Cabecera que deben ser protegidas porque presentan problemas de inestabilidad y también comprende las áreas de espacio público como parques, canchas, zonas verdes y las áreas aledañas al perímetro urbano.

CAPITULO XII

REGALMENTO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS URBANÍST ICOS Y PROYECTOS V.I.S.

ARTICULO 135. DESARROLLOS URBANÍSTICOS PLANES PROGR AMAS Y PROYECTOS V. I. S. El desarrollo urbanístico en el corto plazo, debe ser propuesto en las cuatro áreas de expansión urbana determinadas El procedimiento de urbanización para la Vivienda de Interés Social (V.I.S.) se llevará de acorde con la necesidad inmediata de solucionar la demanda actual, teniendo en cuenta los procedimientos para el loteo, el tamaño del lote, densidad, Índices de Ocupación e Índice de construcción, plan vial y demás disposiciones. ARTICULO 136. NORMAS URBANAS PARA PROYECTOS. Todos los proyectos a construir dentro del área urbana deben incluir en sus diseños la normativa correspondiente a Tamaño del Lote, Densidad, Índices de Ocupación e Índice de construcción. • TAMAÑO DEL LOTE: El tamaño mínimo de lote para vivienda de Interés Social es de 6 m. frente x 12 m. de fondo (72 m2).

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El tamaño mínimo de lote para edificación de 3 pisos 9 m. de frente x 20 m. de fondo (190m2) El tamaño mínimo de lote para urbanización es de 1.000 m2. • DENSIDAD MÁXIMA. El índice de densidad Residencial se dará por la

aplicación del índice de habitabilidad, el equipamiento comunal y Volumetría permitida.

• ÍNDICE DE HABITABILIDAD - 30 m2 para viviendas de una alcoba

- 60 m2 para viviendas de dos alcobas

- 90 m2 para viviendas de tres alcobas • EQUIPAMIENTO COMUNAL Todo proyecto urbanístico de vivienda debe prever con carácter obligatorio un área para equipamientos de 10 m2 por cada 80 m2 de área construida; se destinará en su orden para uso Recreativo, Espacio Público, Educativo, Asistencial y Administrativo. • VOLUMETRÍA Será la resultante de la aplicación de las normas sobre, alturas, aislamientos, retrocesos y equipamientos comunales. • INDICE MÁXIMO DE OCUPACIÓN Es la resultante dada por la resta del Área total de construcción en el primer piso al Área total del lote. - Lote de vivienda de interés Social: Índice máximo de ocupación 63 m2. - Lote de vivienda Bifamiliar: Índice máximo ocupación 120 m2. - Lote de edificación de 3 pisos: Índice máximo ocupación 135 m2.

- Lotes para Urbanizar: Índice máximo construcción 70% del lote • ÍNDICE MÁXIMO DE CONSTRUCCIÓN

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Es la resultante correcta de la aplicación de normas como alturas, empalmes aislamientos, retrocesos, dimensiones del lote, bonificaciones y equipamiento comunal y esta dada por la suma total de área construida sobre el total del área del lote. - Vivienda de interés social: El I.M.C. 120 m2 - Vivienda Bifamiliar: El I.M.C. 230 m2. - Edificaciones hasta tres pisos: El I.M.C. 230 m2. • CESIONES COMUNALES Serán sesiones comunales en urbanizaciones nuevas el 40% mínimo del lote, el cual conformará el Plan vial, los antejardines, los parqueaderos, los parques, las zonas verdes y zonas para equipamiento comunal. • REVEGETALIZACIÓN OBLIGATORIA Los procesos de reforestación, arborización y ornato de estas zonas debe responder a un estudio y diseño, proponiéndose especies aptas para sembrar en ambiente y espacio urbano. La reforestación y arborización obligatoria con especies nativas se aplicará en los bordes de quebradas, nacimientos, canales abiertos, descoles de alcantarillado, antejardines, parques, plazoletas y zonas verdes. • ALTURA MÁXIMA - La altura máxima será de tres pisos y cada piso no superior a 3 m. para lotes

que tengan un frente mínimo de 8 m. - Edificaciones con frente de lote menor a 8 m podrán construir hasta una altura

máximo de dos pisos, cada piso no superior a 2.50 m. - Para cualquiera de estos casos la pendiente de cubierta no debe ser mayor al

35% con el objeto de establecer las alturas máximas de cumbreras. • AISLAMIENTOS - Para vivienda de interés social se debe tener un aislamiento mínimo posterior

de 3m x 3m.

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- Para viviendas de un solo nivel, aislamiento posterior con lado mínimo de 3 m. - Para viviendas de dos niveles, aislamiento posterior con lado mínimo de 5 m. - Para vivienda de tres niveles, aislamiento posterior con lado mínimo de 5 m. - Patios interiores con lado mínimo de 3 m. • EMPATES Es la armónica interacción de los paramentos, voladizos, planos de fachada y cubiertas de una edificación con las contiguas. Para los empates de andenes debe tenerse en cuenta la línea de la calzada, la altura promedio de los andenes, las rampas si las hay, el voladizo y la inclinación de las cubiertas. • SOTANOS Y SEMISÓTANOS Los sótanos y semitonos deben tener ventilación directa, rampas que no excedan una pendiente del 15% y su nivel dependería de la cota mínima de alcantarillado, o en caso excepcional deberá estar acompañado por un proyecto que contenga especificaciones de extracción mecánica de aguas. • VOLADIZOS Los voladizos en placa de concreto que sirvan como base a un segundo o tercer piso sobre él andén, tendrán una dimensión máxima de 0.80 m. • CERRAMIENTOS Y CULATAS No se permiten cerramientos en parques ni zonas verdes; en las calles se prohíbe el uso de talanqueras o de cualquier otro cerramiento que impida el libre transito de los peatones y vehículos. Los cerramientos provisionales o en predios en construcción, deben localizarse sobre la línea de propiedad y deben construirse en materiales establecidos por la administración que no revistan peligro para los transeúntes. • SERVIDUMBRE En ningún caso se permiten las servidumbres de vista sobre predios vecinos a menos de 3 metros del lindero. Se considera que causa servidumbre cualquier tipo

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de vano para ventilación o iluminación que este por encima del muro medianero, el cual no puede tener mas de 3 metros de altura. • AMOBLAMIENTO Se permite su localización en las avenidas parques y andenes, siempre y cuando no obstaculice la libre circulación de peatones y corresponda al programa de la administración sobre el manejo del espacio publico. El amoblamiento urbano esta compuesto por elementos como postes, faroles teléfonos públicos, bancas, semáforos, señalización, hidrantes, paraderos, etc. • ANTENAS La instalación de antenas de comunicaciones de gran tamaño como parabólicas, telefonía celular y radiodifusión, deben ser autorizadas por la oficina de planeación para lo cual, de acuerdo al caso, expedirá los requisitos mínimos a cumplir para su instalación. • ESTACIONAMIENTO EN ESPACIO PÚBLICO Se prohíbe el parqueo sobre las calles y los alrededores de parques y plazas. • SISTEMAS CONSTRUCTIVOS Cualquier sistema constructivo que se utilice deberá cumplir con las Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo - Resistente, Ley 400 del 97 y Decretos reglamentarios. Como requisito para las licencias de construcción se exigirá planos estructurales con cálculos basados en las Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo-Resistente, Ley 400 del 97 y Decretos reglamentarios. • PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO LOCAL MUEBLE E INMUEBLE Para las construcciones nuevas o antiguas que deseen conservar la tipología de arquitectura colonial o tradicional en madera, podrá concertar con Planeación Municipal, los beneficios especiales de tipo tributario que compense en parte los sobre costos que estas edificaciones generen comparándolas con las construcciones de arquitectura convencional. Se debe conservar y mantener los monumentos, archivos eclesiásticos, municipales y edificios como la Alcaldía, concertada y acorde con los monumentos nacionales.

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Eliminado: Villarrica se observan en el Anexo 3Eliminado: 7

Eliminado: 6, Mapa de

Eliminado: <#>T R U Tratamiento de Eliminado: Los tratamientos

Eliminado: ¶ARTÍCULO 1Eliminado: 42

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Cualquier intervención tiene que hacerse por personas avaladas por el Ministerio de Cultura, con Experiencia en Restauración. ARTICULO 137. NORMAS COMPLEMENTARIAS Son aquellas áreas del Municipio donde se pueden desarrollar proyectos de construcción inmediata de vivienda de interés social (V.I.S) en el corto plazo, el uso principal será residencial, comprende las cuatro áreas de expansión urbana determinadas. Es importante realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas. ARTICULO 137. PLANES PARCIALES Los planes parciales son los instrumentos mediante los cuales se desarrollan v complementan las disposiciones de los planes dé ordenamiento, para áreas determinadas del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos y otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la Ley 388 de 1997. El plan parcial o local incluirá por lo menos los siguientes aspectos: • La delimitación y características del área de la operación urbana o de la unidad mínima de actuación urbanística contemplada en el plan parcial o local. • La definición precisa de los objetivos y las directrices urbanísticas específicas que orientan la correspondiente actuación u operación urbana, en aspectos tales como el aprovechamiento de los inmuebles: el suministro. Ampliación o mejoramiento del espacio público, la calidad del entorno, las alternativas de expansión, el mejoramiento integral o renovación consideradas; los estímulos a los propietarios e inversionistas para facilitar procesos de concertación. integración inmobiliaria o reajuste de tierras u otros mecanismos para garantizar el reparto equitativo de las cargas y los beneficios vinculadas al mejor aprovechamiento de los inmuebles; los programas y proyectos urbanísticos que específicamente caracterizan los propósitos de la operación y las prioridades de su desarrollo, todo ello de acuerdo con la escala y complejidad de la actuación o de la operación urbana contemplada. • Las normas urbanísticas específicas para la correspondiente unidad de actuación o para el área específica objeto de la operación urbana objeto del Plan como la definición de usos específicos del suelo, intensidades de ocupación y construcción, retiros, aislamientos, empates y alturas.

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Eliminado: s. PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO: Todo hallazgo de tipo arqueológico tendrá que ser notificado a la alcaldía el cual, lo notificara al Instituto Arqueológico Colombiano o al Ministerio de Cultura.¶¶

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• La definición del trazado y características del espacio público y las vías y especialmente en el caso de las unidades de actuación de la red vial secundaria; de las redes secundarias de abastecimiento de servicios públicos domiciliarios; la localización. De equipamientos colectivos de interés público o social como templos, centros docentes y de salud, espacios públicos y zonas verdes destinados a parques, complementarios del contenido estructural del Esquema de Ordenamiento. • Los demás necesarios para complementar el planeamiento dé las zonas determinadas, de acuerdo con la naturaleza, objetivos y directrices de la operación o actuación respectiva. • La adopción de los instrumentos de manejo del suelo, captación de plusvalías, reparto de cargas y beneficios, procedimientos de gestión, evaluación financiera de las obras de urbanización y su programa de ejecución, junto con el programa de financiamiento.

CAPÍTULO XII I

NORMAS TÉCNICAS GENERALES PARA DISEÑO Y CONSTRUCCI ÓN

ARTICULO 138. REQUISITO DE CUMPLIMIENTO. Las normas técnicas de diseño se establecen como el requisito que deben cumplir todas las edificaciones que se proyecten en la cabecera municipal del municipio. El cumplimiento de estas normas es requisito indispensable para la obtención del permiso o licencia de construcción. ARTÍCULO 139. MAMPOSTERÍA. El presente aparte sólo hace referencia a las estructuras en mampostería arriostrada, por ser el sistema más empleado en el Municipio y a la vez ser permitidos por las construcciones de uno y dos pisos en zonas de alto riesgo sísmico, conforme a la Ley 400 de 1997 y al Decreto 33 de 1998 (Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismoresistente). Son estructuras en mampostería arriostrada aquellas construidas en ladrillo o bloques de cemento ensambladas mediante pega, rigidizadas con vigas y columnas de concreto reforzado.

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ARTÍCULO 140. EXCAVACIONES. Cuando la excavación se extiende bajo el nivel de los andenes o de la cimentación de edificios adyacentes, la persona o entidad responsables de la excavación deberá realizar a sus expensas la cimentación de las construcciones respectivas. Todo daño en las propiedades vecinas o a la propiedad pública deberá ser reparado por la persona o entidad responsable de la excavación. Los sobrantes resultantes, tanto del descapote como de la excavación, deben ser transportados y depositados en sitios señalados previamente por la Secretaría de Planeación Municipal o por la dependencia encargada del control urbano. ARTÍCULO 141. REGLAMENTACIÓN TÉCNICA MÍNIMA PARA CIMENTACIONES. • Fundaciones de muros de carga: La fundación de los muros de carga y de los muros perimetrales consistirá como mínimo en una zapata contigua de concreto ciclópeo con las siguientes dimensiones:

Ancho: 0.60 m. Altura: 0.40 m.

La proporción ancho sobre altura deberá mantenerse menor o igual a 1.5. • Cimentaciones de muros divisorios: La fundación de los muros divisorios (no cargueros) consistirá en una zapata continua en concreto ciclópeo manteniendo las siguientes dimensiones:

Ancho: 0.30 m. Altura: 0.30 m.

• Concreto Ciclópeo: El concreto ciclópeo debe prepararse en las siguientes proporciones: Concreto 1: 2: 3: en un 60 %. Piedra de río en un 40 %. • Viga de amarre de la cimentación: Se construirá una viga contigua de amarre de la cimentación de los muros de carga y de los muros perimetrales, con el fin de rigidizar el apoyo de la mampostería, con los siguientes requisitos: Dimensiones mínimas:

Ancho: espesor del sobrecimiento o del muro.

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Altura: 0.20 m. Armadura mínima:

Cuatro varillas de 3/8 “ Flejes de ¼ “ cada 0.20 m.

El concreto de la viga debe ser en proporción 1:2:3. La viga se construirá apoyada en el cimiento, si la altura del sobrecimiento es menor o igual a 4 veces su espesor. La viga se construirá apoyada en el remate superior del sobrecimiento si la altura de este es mayor a 4 veces su espesor. En este caso la viga tendrá el ancho del sobrecimiento. • El sobrecimiento. El sobrecimiento, o porción de muro entre el nivel de fundación y el nivel del primer piso útil, deberá construirse de acuerdo con los siguientes requisitos: 1. Materiales: Ladrillo o bloque de cemento, macizos. 2. Espesores mínimos: Igual al espesor del muro soportado, siempre y cuando la altura del sobrecimiento sea menor o igual a 4 veces el espesor del muro. Igual a 2 veces el espesor del muro soportando si la altura del sobrecimiento es mayor 4 veces al espesor del muro. Si la altura del sobrecimiento es mayor de 1.50 metros, este deberá llenar los requisitos sobre columnas de amarre aplicables a los muros de carga. La porción del sobrecimiento en contacto con el suelo deberá impermeabilizarse mediante alguno de los siguientes procedimientos: Revoque con mortero que incluya impermeabilizante integral. Aplicación de recubrimiento bituminoso. Revoque con mortero de muy buena calidad, según las recomendaciones.

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ARTÍCULO 142. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DE MUROS. • Espesor de los muros: Los muros de carga y los muros perimetrales tendrán un espesor mínimo de 0.15 m. sin incluir el revoque. Los muros divisorios, o sea los muros no cargueros, tendrán un espesor mínimo de 0.10 m. con vigas de amarre y columnas. • Longitudes, altura y confinamiento: Los tramos no soportados por intersección con otros muros tendrán una longitud en planta no mayor de 4.50 m. La altura máxima de entrepisos no excederá de 3.00 m. Las aberturas en los muros confinados de carga y transversales que hagan parte del sistema de resistencia sísmica, deben cumplir: • Pega de ladrillos o bloques: Las hiladas deberán conservarse perfectamente horizontales. El mortero de pega deberá tener una proporción mínima de 1: 3. La intersección de muros se efectuará trabando las piezas. Las juntas de mortero deberán tener 1,5 cm., aproximadamente. La traba en la intersección de muros debe hacerse en lo posible en ángulo recto. • Dinteles en vanos de puertas y ventanas: En los vanos de puertas y ventanas se debe construir una viga ( dintel) de tal manera que sus extremos se apoyen sobre la parte superior del muro, en una

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longitud igual a la mitad de la longitud horizontal del vano, pero nunca inferior a 0.50 m. El dintel tendrá las siguientes características: Ancho: igual al ancho del muro. Altura: 0.20 m. Armadura: 4 varillas de 3/8 “ Flejes: ¼ “ cada 0.15 m. ARTÍCULO 143. ELEMENTOS DE CONCRETO REFORZADO. • Vigas de amarre: Se construirán vigas de amarre en los siguientes sitios: En el remate de los muros de carga del primer piso, para apoyar el entrepiso. En el remate de todos los muros del segundo piso (o del primer piso cuando la construcción es de un piso) para apoyar la estructura del techo. A mitad de la altura del tramo del muro si su altura excede 3.00 m. Estas vigas de amarre deberán llenar los siguientes requisitos: • Materiales Concreto: 1:2:3 Armadura mínima: 4 varillas de ½ “ en toda la longitud. Flejes: ¼ “ cada 0.15 m. c. Dimensiones mínimas: Ancho: espesor del muro. Altura: 0.20 m. Las vigas de amarre deben configurar un anillo cerrado sobre los muros perimetrales, sean o no de carga.

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Las armaduras de vigas que se interceptan deberán traslaparse una en la otra con una longitud mínima de 0.40 m. incluyendo un gancho a 90º de 0.10 m. • Columnas de amarre: Se construirán columnas de amarre en los siguientes sitios: En todas las intersecciones de muros de carga y / o transversales. A la mitad de la longitud del muro, a una separación tal que este no exceda los límites de 25 veces el espesor del muro de carga de o 30 veces el espesor del muro transversal. Las columnas de amarre deben llenar los siguientes requisitos: • Materiales: Concreto 1: 2: 3. Armadura mínima: 4 varillas de ½ “ en toda su longitud. Flejes: ¼ “ cada 0.15 m. - b. Dimensiones mínimas: Paralela al muro: 0.20 m. Perpendiculares al muro: Espesor del muro. Se construirán desde la viga de amarre de cimentación y hasta la viga de amarre del remate superior del muro del segundo piso. La armadura deberá anclarse en la parte inferior de la cimentación y en la viga de amarre superior, así como con la vigas intermedias con las cuales se intercepta. En los extremos los anclajes se harán con ganchos de 0.30 m a 90º .

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El concreto de las columnas de amarre se vaciará después de construidos los tramos de muros contiguos y cuyo borde vertical de contacto con la columna deberá configurarse dentado con salientes y entrantes. ARTÍCULO 144. PISOS. Todo piso en el primer nivel deberá estar debidamente impermeabilizado y construido sobre terreno firme y adecuadamente compactado. ARTÍCULO 145. ENTREPISOS. Podrán construirse en madera, prefabricados de concreto o concreto reforzado vaciado en sitio. • Entrepisos de madera: se construirán apoyados sobre la viga de amarre de los muros de carga del primer piso, atendiendo los siguientes requisitos mínimos: Dar arrostramiento perpendicular a las vigas con una separación mínima de un metro. Anclar las vigas de madera a la viga de amarre, la madera deberá ser inmunizada. • Entrepisos en concreto: Este tipo de entrepiso debe ser calculado y supervisado en construcción por un ingeniero civil. Los entrepisos de prefabricados de concreto o de concreto reforzado vaciado en sitio se construirán monolíticamente con la viga de amarre de los muros de carga del primer piso. El diseño y construcción estarán de acuerdo con un plano detallado firmado por un Ingeniero Civil y aprobado por la Secretaría de Planeación Municipal. ARTÍCULO 146. TECHOS. La estructura del soporte de la cubierta deberá conformar un sistema estable con base en cerchas homogéneas y fuertes, ancladas a la viga de amarre que les sirve de apoyo y arriostradas entre ellas para resistir la tendencia al volcamiento que el producirá un temblor en dirección perpendicular a su plano. ARTÍCULO 147. ILUMINACION Y VENTILACION . Todos los espacios habitables y útiles destinados a salón, comedor, cocina y alcobas o cualquier otro espacio destinado a la actividad humana, tendrá vanos destinados a proporcionar iluminación natural y localizados hacia espacios exteriores aceptados legalmente como tal.

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Para los cuartos de baño se aceptará una ventilación por medio de un buitrón cuya área libre no podrá ser menor de 0.30 m2, siempre y cuando no exista otra alternativa de diseño. La superficie de los vanos o ventana de iluminación no será interior al 15% de la superficie en planta del espacio o recinto correspondiente. La distancia entre cualquier punto de un espacio interior habitable y el vano más cercano no podrá ser mayor de 6.00 m. ARTÍCULO 148. ALTURAS MÍNIMAS INTERIORES. la altura mínima interior de un espacio destinado a vivienda será de 2.40 m.; la altura mínima interior de un espacio destinado a uso público será de 2.60 m..

CAPÍTULO XIV

NORMAS MINÍMAS DE INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANIT ARIAS ARTÍCULO 149. NORMAS BASICAS A SEGUIR . Todas las instalaciones hidráulicas y sanitarias tanto domiciliarias como industriales y comerciales para edificaciones ubicadas en el perímetro urbano deben cumplir con las disposiciones de la norma ICONTEC 1500 o Código Colombiano de Fontanería. ARTÍCULO 150. REDES DE AGUA POTABLE . Todas las edificaciones destinadas a vivienda, a centros educativos, a oficinas, a fabricas, etc., deberán estar dotadas de un sistema de suministro de agua potable que no ofrezcan peligro de contaminación y de un sistema de evacuación de las aguas usadas, con pendientes y diámetros adecuados. ARTÍCULO 151. DISTRIBUCIÓN Y SUMINISTRO DE AGUA . Toda edificación ubicada dentro de un área servida por un sistema de suministro público de agua, debe estar obligatoriamente conectada al mismo, en el mismo en el plazo y en las condiciones que señale la entidad del servicio. ARTÍCULO 152. SUMINISTRO PRIVADO. Cuando no exista sistema de suministro público de agua, o cuando este no se encuentre en condiciones de prestar un servicio adecuado ya sea en calidad o en cantidad, se permitirá el uso de un abastecimiento privado de agua a condición de que la fuente y el

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sistema de potabilización que se vayan a utilizar sean satisfactorios a juicio de la autoridad sanitaria. ARTÍCULO 153. CONCESIÓN DE AGUAS . De acuerdo con las disposiciones legales, es la Corporación Autónoma Regional del Cauca, C.R.C, la entidad encargada de expedir la correspondiente concesión de aguas. ARTÍCULO 154. TUBERÍAS DE AGUA POTABLE Y DE DESAGÜE . Cuando las tuberías de distribución de agua potable vayan enterradas, deberán alejarse hasta donde más se pueda de la tubería de desagüe de aguas residuales. Por ningún motivo esta distancia será inferior a un metro, medida horizontalmente ni inferior a 25 cm. por encima de la tubería de desagüe. Cuando las tuberías de distribución de agua potable crucen una tubería de desagüe deberán colocarse siempre por encima de ésta y a una distancia vertical no menos de 25 cm. ARTÍCULO 155. ELEMENTOS ESTRUCTURALES . Las tuberías se instalarán en forma tal que no debiliten la resistencia de los elementos estructurales y que se cumpla con las disposiciones del subcapítulo C. 63 del Código Colombiano de Construcciones Sismo - resistentes, Decreto 1400 de 1984. ARTÍCULO 156. SISTEMA DE DESAGÜE . Toda edificación ubicada dentro de un área servida por un sistema de alcantarillado público debe estar obligatoriamente conectada al mismo en el plazo y en las condiciones que señale las Empresas Públicas Municipales. ARTÍCULO 157. SOLUCIONES LOCALES DE ALCANTARILLADO . Cuando no exista sistema de alcantarillado público, se permitirá utilizar soluciones locales, previa autorización de la autoridad competente. ARTÍCULO 158. CONDICIONES TECNICAS DE LOS DESAGÜES . Los desagües finales se colocarán en línea recta. Los cambios de dirección o de pendiente se harán por medio de cajas de inspección. Los desagües finales no podrán quedar a menos de un metro de distancia de los muros del edificio y de los linderos del terreno. ARTÍCULO 159. CRUCE DE TUBERÍAS . Cuando un desagüe final cruce la tubería de agua potable, esta pasará por encima a una distancia no inferior de 10 cm., entre la parte inferior de la tubería de agua y la superficie del desagüe final.

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ARTÍCULO 160. CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS RAMALES DE DESAGÜE. Los empalmes del desagüe final y de los ramales de desagüe se harán a un ángulo no mayor de 45º. La pendiente de los ramales de desagüe será uniforme y no menor de 1%. Cuando su diámetro sea igual o menor a 7.62 cm. ( 3”), la pendiente mínima de estos será de 2%. Al calcular el diámetro de los ramales de desagüe y de los bajantes, se tendrá en cuenta lo siguiente: • El diámetro mínimo del tubo que recibe la descarga de un inodoro será de 10 cm. ( 4”). • El diámetro de un bajante no podrá ser menor que el de cualquiera de los ramales horizontales que descargan en él. • El diámetro de un ramal horizontal de desagüe no podrá ser menor que el de cualquiera de los orificios de salida de los aparatos que descargan en él. ARTÍCULO 161. RELLENO DE ZANJAS . No se procederá al relleno de las zanjas mientras las tuberías no hayan sido inspeccionadas y sometidas, con resultados satisfactorios, a las pruebas correspondientes. ARTÍCULO 162. DESCOLE DE ALCANTARILLADO PÚBLICO . El descole al alcantarillado público debe hacerse bajo las siguientes condiciones: La conexión se hará en forma de YE, en dirección de la corriente, cuando el diámetro del colector sea menor de 45 cm. En caso de ser mayor , podrá hacerse a 90º . La junta se sellará con mortero de buena calidad y en forma que quede completamente estanca. La pendiente del tubo que se va a conectar estará comprendida entre el 1% y el 10%. El tubo de desagüe que se va a conectar al alcantarillado público atravesará la cerca con una profundidad mayor de 80 cm. El diámetro mínimo de la conexión al colector de será de 15 cm ( 6”).

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ARTÍCULO 163. DESAGÜE DE AGUAS LLUVIAS. Donde existen alcantarillados públicos separados para aguas residuales y para aguas lluvias, el desagüe de aguas lluvias deberá ir a la calzada para que éstas sean recolectadas por los sumideros y llevadas al alcantarillado respectivo.. Si no existe alcantarillado separado, las aguas lluvias se llevarán a la calzada y se dejarán correr por las cunetas. Si el alcantarillado público es combinado, se unirán los desagües en la ultima cámara de inspección del edificio y se conectarán a la red de alcantarillado público. En todos los casos se instalarán siempre en las edificaciones dos sistemas de desagüe independientes así: uno para aguas negras o servidas y otro para aquellas lluvias. ARTÍCULO 164. APARATOS DE FONTANERÍA . El número y tipo de aparatos que deberán ser instalados en los baños, cuartos de aseo, cocinas y otras dependencias de un edificio o local, serán proporcionales al número de personas servidas y según el uso a que se les destina, de acuerdo con lo que se establece a continuación: • Vivienda: Toda vivienda o apartamento estará dotado por lo menos de un baño, con un sanitario, de un lavamanos y de una ducha o bañera, La cocina dispondrá de un lavaplatos y en sitio aparte deberá instalarse un lavadero para ropas. • Oficinas y locales para comercio: En cada local con área de hasta 60 m2 se dispondrá de por lo menos, un cuarto dotado de sanitario y lavamanos. En locales con área mayor de 60 m2, se dispondrá de baños separados para hombres y mujeres de acuerdo al TÍTULO III, norma ICONTEC 1500. • Restaurantes, cafeterías, bares, fuentes de soda y similares: Los locales con capacidad para no más de 15 personas, tendrán como mínimo un cuarto de aseo dotado de un sanitario y de un lavamanos. Cuando la capacidad sobrepase de 15 personas, dispondrán de baños separados para hombre y mujeres, de acuerdo al título III de la norma ICONTEC 1500.

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Eliminado: En el caso de edificios con apartamentos de un dormitorio o tipo estudio, podrá omitirse el lavadero, siempre que se instalen estos aparatos en sitio techado dentro del edificio, en proporción no menor de uno por cada 3 apartamentos.¶¶¶b.

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ARTÍCULO 165. NORMAS GENERALES PARA LA INSTALACIÓN DE LOS APARATOS DE FONTANERÍA. Todo aparato de fontanería llevará su correspondiente sifón con sello de agua. Los aparatos de fontanería deberán instalarse en ambientes adecuadamente ventilados. Se prevendrán los espacios mínimos necesarios para su correcto uso, limpieza, reparación e inspección. En los locales de aseo para uso público, los sanitarios deberán instalarse en espacios cerrados de carácter privado. ARTÍCULO 166. NORMAS PARA LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS . Todas las instalaciones eléctricas tanto domiciliarias como industriales y comerciales para edificaciones en el Departamento del Cauca, deben cumplir con los requisitos establecidos por CEDELCA. Las instalaciones eléctricas domiciliarias deberán cumplir con las disposiciones de la norma ICONTEC 950. ARTÍCULO 167. RESPONSABILIDADES EN LAS INSTALACIONES . La ejecución de las acometidas, los materiales requeridos y los gastos de mantenimiento correrán por cuenta del interesado, del propietario del inmueble o del consumidor. La conexión al sistema de distribución primaría será efectuada por ENERTOLIMA, a cuenta del interesado. ARTÍCULO 168. INTERRUPTOR GENERAL DE PROTECCION . Todo edificio deberá contar con un interruptor general de protección, además de fusibles generales especificados de acuerdo con la carga total calculada para el edificio. Para cada circuito deberá existir un interruptor automático. Cada unidad de vivienda, negocio, trabajo o reunión tendrán un contador independiente, sus fusibles generales y su tablero de interruptores automáticos internos.

CAPÍTULO XV

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

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ARTÍCULO 169. PERMISO DE CONSTRUCCIÓN PARA EDIFICACIONES PUNTUALES . A partir de la fecha toda persona natural o jurídica que pretenda adelantar un proyecto de construcción nueva o de reforma mayor localizado dentro del perímetro urbano, deberá presentar una solicitud de Permiso de Construcción ante la Secretaría de Planeación Municipal o la dependencia que haga sus veces. ARTÍCULO 170. DE LAS LICENCIAS. La licencia es el acto por el cual se autoriza a solicitud del interesado la adecuación de terrenos o la realización de obras. • Clases de licencias: Las licencias podrán ser de urbanismo o de construcción. • Licencia de urbanismo y sus modalidades: Se entiende por licencia de urbanismo, la autorización para ejecutar en un predio la creación de espacios abiertos públicos o privados y las obras de infraestructura que permitan la construcción de un conjunto de edificaciones acordes con el plan de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas del municipio o distrito. Son modalidades de la licencia de urbanismo las autorizaciones que se concedan para la parcelación de un suelo rural o de expansión urbana, para el loteo o subdivisión de predios para urbanización o parcelación y el cerramiento temporal durante la ejecución de las obras autorizadas. • Licencia de construcción y sus modalidades: Se entiende por licencia de construcción la autorización para desarrollar un predio con construcciones, cualquiera que ellas sean, acordes con el plan de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas del municipio o distrito. Son modalidades de la licencia de construcción las autorizaciones para ampliar, adecuar, modificar, cerrar y demoler construcciones. • Obligatoriedad: Para adelantar obras de construcción, ampliación, modificación y demolición de edificaciones, de urbanización y parcelación en terrenos urbanos de expansión urbana y rurales, se requiere la licencia correspondiente expedida por la persona o autoridad competente antes de la iniciación. Igualmente se requerirá licencia para el loteo o subdivisión de predios para urbanizaciones o parcelaciones en toda clase de suelo, así como para la ocupación del espacio público con cualquier clase de amoblamiento. • Titulares de licencias: Podrán ser titulares de licencias los titulares de derechos reales principales, los poseedores, los propietarios del derecho de dominio a título de fiducias y los fideicomitentes de las mismas fiducias, de los inmuebles objeto de la solicitud.

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Eliminado: Las licencias de construcción y sus modalidades están sujetas a prórroga y modificaciones.¶¶d.

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• Solicitud de licencias: El estudio, tramite y expedición de licencias, se hará sólo a solicitud de quienes puedan ser titulares de las mismas. La expedición de licencias no conlleva pronunciamiento alguno acerca de la titularidad de derechos reales ni de la posesión sobre el inmueble o inmuebles objeto de ella. Las licencias recaen sobre uno o más inmuebles y producen todos sus efectos aun cuando sean enajenados. • Documentos que debe acompañar la solicitud de licen cia: toda solicitud de licencia debe acompañarse de los siguientes documentos: Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, cuya fecha de expedición no sea anterior en más de tres (3) meses a la fecha de la solicitud. Si el solicitante de la licencia fuera una persona jurídica, deberá acreditarse la existencia y representación de la misma mediante el documento legal idóneo. Copia de recibo de pago del último ejercicio fiscal del impuesto predial del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud donde figure la nomenclatura alfanumérica del predio. Plano de localización e identificación del predio o predios objeto de la solicitud. La relación de la dirección de los vecinos del predio o predios objeto de la solicitud y si fuere posible el nombre de ellos. Se entiende por vecinos las personas titulares de derechos reales, poseedoras o tenedoras de los inmuebles colindantes con el predio o predios sobre los cuales se solicita la licencia de urbanismo o construcción o alguna de sus modalidades. La constancia de pago de la plusvalía si el inmueble o inmuebles objeto de la solicitud se encontrara afectado por ese beneficio. La manifestación de sí el proyecto sometido a consideración se destinará o no a vivienda de interés social, de lo cual se dejara constancia en el acto que resuelva la licencia.

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• Documentos adicionales para la licencia de urbanism o: Cuando se trate de licencia de urbanismo deberán tenerse en cuenta los documentos exigidos en la Ley 9 de 1989 y en el Decreto Ley 2550 de 1995 acompañado de: Tres (3) juegos de las memorias de los diseños estructurales, de las memorias de otros diseños no estructurales y los estudio geotécnicos y de suelo que sirvan para determinar la estabilidad de la obra, en conformidad con las Normas de Construcción Sismoresistentes vigentes al momento de la solicitud, es especial las contenidas en el Capítulo A.11 del Decreto 33 de 1998. Tres (3) copias heliográficas del proyecto arquitectónico, firmado por un arquitecto. Certificación expedida por la autoridad o autoridades municipal o distrital competente, acerca de la disponibilidad de servicios públicos en el predio o predios objeto de la licencia, dentro del término de vigencia de la licencia. • Documentos adicionales para la licencia de construc ción: Para las solicitudes de licencia de construcción, además de los documentos señalados en la Ley 9 de 1989 y en el Decreto Ley 2550 de 1995, deberá acompañarse: 1. Tres (3) juegos de la memoria de los cálculos estructurales, de los diseños estructurales, de las memorias de otros diseños no estructurales y de los estudios geotécnicos y de suelos que sirvan para determinar la estabilidad de la obra, elaborados de conformidad con las normas de construcción sismorresistentes vigentes al momento de la solicitud, en especial las contenidas en el capítulo A. 11 del título A del decreto 33 de 1998, debidamente firmados o rotulados con un sello seco por los profesionales facultados para ese fin, quienes se harán responsables legalmente de los diseños y de la información contenidos en ellos; 2. Tres (3) copias heliográficas del proyecto arquitectónico debidamente firmadas o rotuladas por un arquitecto, quien se hará responsable legalmente de los diseños y de la información contenidos en ellos. • Exigencia y vigilancia de las normas de construcció n sismorresistentes: De conformidad con lo establecido por las leyes 388 y 400 de 1997, los curadores urbanos y las entidades municipales competentes para el estudio, trámite y expedición de licencias, tendrán la función de exigir y vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en las normas de construcción sismorresistentes vigentes.

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Eliminado: los numerales 1 a 7 del artículo 10 del presente decreto

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• Transito de normas de construcción sismorresistente s: Las licencias solicitadas en debida forma y aquellas aprobadas bajo el régimen de construcciones sismorresistentes previsto en el Decreto 1400 de 1984, continuarán rigiéndose por esa norma, aun cuando la licencia se prorrogue, se modifique, se adicione o se requiera una nueva licencia por vencimiento de la anterior. • Término para la expedición de licencias: Las entidades competentes, tendrán un término de cuarenta y cinco (45) días hábiles para pronunciarse sobre las solicitudes de licencia, contados desde la fecha de solicitud. Planeación Municipal entidad encargada de estudiar, tramitar y expedir las licencia, deberán indicar al titular entre otras, las siguientes obligaciones relacionadas con el proceso de construcción: Que la construcción debe someterse a una supervisión técnica en los términos que señalan las normas de construcción sismorresistentes vigentes. Que tiene la obligación de realizar los controles de calidad para los diferentes materiales estructurales y elementos no estructurales que señalan las normas de construcción sismorresistentes vigentes. Que las obras autorizadas deben contar con la instalación de los equipos, sistemas e implementos de bajo consumo de agua, establecidos en la ley 373 de 1997 y los decretos que la reglamenten. • Sujeción al esquema de ordenamiento territorial: De acuerdo con el numeral segundo del artículo 99 de la Ley 388 de 1997, las licencias se otorgarán con sujeción al Esquema de Ordenamiento Territorial, planes parciales y a las normas urbanísticas que los desarrollan y complementan y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y en sus reglamentos. • Vigencia y prórroga: Las licencias tendrán una vigencia máxima de veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de su ejecutoria. La solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el urbanizador o constructor responsable certifique la iniciación de la obra. • Transito de normas urbanísticas: Cuando una licencia pierda su vigencia por vencimiento del plazo o de la prórroga, el interesado deberá solicitar una

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Eliminado: y los curadores urbanos, según el caso

Eliminado: , siempre que la licencia comprenda una construcción de una estructura de más de tres mil (3.000) metros de área

Eliminado: , siempre que la licencia comprenda construcción de una estructura menor a tres mil (3.000) metros de área

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Eliminado: No se requerirá licencia o plan de manejo ambiental, cuando el Plan de Ordenamiento Territorial haya sido expedido de conformidad con lo dispuesto en la Ley 388 de 1998.

Eliminado: n.

Eliminado: ñ.

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nueva licencia ajustándose a las normas urbanísticas vigentes al momento de la nueva solicitud. • Identificación de las obras: En desarrollo de las normas previstas en el Capitulo XI de la Ley 388 de 1997, el titular de cualquiera de las licencias está obligado a instalar una valla con una dimensión mínima de dos metros por un metro, en lugar visible de la vía pública más importante sobre la cual tenga frente o límite el desarrollo o la construcción que haya sido objeto de la licencia. En caso de obras menores se instalará un aviso de cincuenta (50) centímetros por setenta (70) centímetros. En la valla o aviso deberá indicar al menos: La clase de licencia. El número o forma de identificación de la licencia, expresando la entidad o curador que la expidió. La dirección del inmueble. Vigencia de la licencia. El nombre o razón social del titular de la licencia. El tipo de obra que se esté adelantando, haciendo referencia especialmente al uso o usos, metros de construcción, altura total de las edificaciones, número de unidades habitacionales, comerciales o de otros usos. La valla se instalará a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la fecha de expedición de la licencia y en todo caso antes de la iniciación de cualquier tipo de obra, emplazamiento de campamentos, maquinaria, entre otros, y deberá permanecer durante todo el tiempo de la obra.

CAPÍTULO XVI

SANCIONES ARTÍCULO 171. INICIACIÓN DE OBRAS SIN AUTORIZACIÓN . La persona natural o jurídica que inicie o realice una urbanización o construcción, así como reforme u ordene la demolición de la totalidad o parte de una edificación existente, sin el respectivo permiso o licencia, será sancionada de acuerdo a las

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Eliminado: ¶¶p. Reconocimiento de Construcciones: Reparto de las licencias de los proyectos de las entidades estatales. Las solicitudes de licencias que presentan las entidades estatales deberán someterse a reparto entre los distintos curadores urbanos del Municipio, distrito, asociación o convenio.¶¶Dentro de los treinta (30) días siguientes de la publicación de este decreto, los curadores urbanos de cada municipio o distrito o asociación o convenio conjuntamente deberán elaborar su propio reglamento de reparto y lo aprobarán por unanimidad. Copia de ese reglamento deberá ser publicada en un diario de amplia circulación en el municipio o distrito correspondiente por radio y por publicación en cartelera municipal.

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disposiciones del Decreto 0525 de 1982 o Código Departamental de Policía, TÍTULO VI, Capítulo XIII. PARÁGRAFO . Toda citación, notificación e imposición para autorizar o sancionar según el artículo anterior, se regirá por el Decreto 01 de 1984, Código Contencioso Administrativo. ARTÍCULO 172. DEBERES QUE IMPLICA LA EXPEDICIÓN DEL PERMISO O LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN . El permiso o licencia de construcción implica para el beneficiario la obligación de efectuar los trabajos de conformidad con las disposiciones que contienen las normas del presente acuerdo. En consecuencia, cualquier violación a estas normas se considera como desconocimiento del permiso otorgado y será sancionada de conformidad con el Código Nacional de Policía. ARTÍCULO 173. ACTOS ILEGALES DE LOS PROFESIONALES . Los actos de los profesionales de la ingeniería o la arquitectura que violen las normas contenidas en el presente Acuerdo serán sancionados, previa motivación por parte de la Secretaría de Planeación Municipal o de la dependencia que haga sus veces de la siguiente manera: Por primera vez, con suspensión del Registro Profesional Municipal por un término de 3 a 6 meses, según la gravedad de la falta. Por segunda vez, con la suspensión del Registro Profesional Municipal por un término de 6 meses a una año, según la gravedad de la falta, y notificación a la Secretaría de Planeación Departamental. Por tercera vez, con la cancelación del Registro Profesional Municipal y notificación al respectivo Consejo Profesional que haya expedido la matrícula. En este caso podrá solicitarse nueva inscripción transcurridos 3 años desde la fecha en que la resolución respectiva queda ejecutoriada. PARÁGRAFO . El profesional considerado responsable será el que aparece como “Director de la obra” en el formulario de solicitud de permiso o licencia de construcción. ARTÍCULO 174. RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS . Los funcionarios de la Secretaría de Planeación Municipal o los que laboran en la dependencia administrativa encargada del cumplimiento de este Acuerdo Municipal, que detecten la comisión de actos que constituyen una violación a las

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Eliminado: Artículo 125 del Decreto 1355 de 1970

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normas de dicho acuerdo están en la obligación de dar traslado a las autoridades o entidades competentes a fin de que se impongan la sanciones respectivas. PARÁGRAFO . La violación del presente artículo será causal de mala conducta por parte del respectivo funcionario, sancionable de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes. ARTÍCULO 175. PROHIBICIÓN DE CONSTRUCCIONES SOBRE COLECTORES. A partir de la sanción del presente Acuerdo, no podrá construirse sobre colectores por considerarse estos como parte del espacio público. Las construcciones existentes a la fecha no podrán ampliarse y solamente se autorizarán reparaciones menores para mantenimiento, en caso de ser necesario. En caso de remodelaciones o de nuevas construcciones, la distancia mínima del eje del colector será entre 10 y 15 metros, dependiendo del radio del colector, la pendiente y otros criterios técnicos que defina la Secretaría de Planeación Municipal. ARTÍCULO 176. CONSTRUCCIÓN DE ANDENES. El constructor de cualquier vivienda individual o en urbanización deberá construir el andén respectivo de acuerdo con las especificaciones dadas por la oficina de Planeación Municipal. ARTÍCULO 177. AREAS DE CESIONES . Toda urbanización que se adelante, cederá al municipio a título gratuito y mediante escritura pública el 30 % del área bruta del lote, con destino a espacio público. Esta área no podrá ser en terrenos inundables, inestables geológicamente o con pendientes mayores del 40%. Las urbanizaciones en predios de menor extensión al anotado, en zonas consolidadas, de expansión o por consolidación en la zona urbana, pagarán en dinero en compensación el equivalente a esta área, según tarifas que fije para ello la administración municipal.

CAPÍTULO XVI I

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES ARTÍCULO 178. INSTANCIAS DE GESTIÓN DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL. Son instancias de gestión del Esquema: • El Alcalde Municipal es el principal gestor del esquema.

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• El Consejo de Gobierno conformado por las secretarías del despacho, es el organismo de consulta que asesora al ejecutivo en materia de planeación y ordenamiento territorial. • La Secretaría de Planeación Municipal, es la entidad coordinadora del proceso y responsable directa de los aspectos técnicos y operativos del plan. • El Concejo Municipal, regula el proceso de formulación y gestión del plan mediante su adopción normativa. ARTÍCULO 179. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN. Es instancia de participación el Consejo Municipal de Planeación, que podrá ser ampliado con las personas que a juicio del Alcalde puedan hacerlo. ARTÍCULO 180. LICENCIAS. La Secretaría de Planeación expedirá permisos o licencia para adelantar cualquier actividad en las Zonas Urbana y Rural del Municipio así: Licencia de construcción. Es el permiso para adelantar las obras de construcción, ampliación, modificación y reparación de edificaciones. Licencias de demolición de edificaciones. Licencias para obras de urbanización o parcelación. Es el permiso para iniciar obras de urbanismo en un predio. ARTÍCULO 181. INSCRIPCIÓN DE PROFESIONALES Y PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS. Para adelantar obras de urbanismo, edificaciones y/o modificaciones de las mismas, se requiere la inscripción previa en la Secretaría de Planeación Municipal, de las empresas constructoras y/o urbanizadoras y de los Ingenieros y/o arquitectos responsables de su diseño, dirección, interventoría y coordinación. Para efectuar esta inscripción es requisito indispensable la presentación de la respectiva matrícula profesional y/o certificado de constitución o gerencia expedido por la Cámara de Comercio. PARÁGRAFO. Los técnicos y maestros de obra, requieren estar inscritos en la Secretaría de Planeación, la cual certificara a través del Consejo de Profesionales de la Ingeniería la calificación, clasificación y experiencia y les concederá el respectivo carnet para adelantar obras en la jurisdicción del Municipio.

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Eliminado: los clasificará y calificará de acuerdo a su experiencia

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ARTÍCULO 182. AUTORIZACIÓN DE USO Y FUNCIONAMIENTO . Para conceder autorización de uso y funcionamiento, la Secretaría de Planeación deberá efectuar la respectiva demarcación sobre el uso permitido cuando la construcción sea nueva y emitir concepto cuando se trate de cambio de uso en una edificación ya establecida, de acuerdo a las normas fijadas en el presente Acuerdo. La Secretaría de Planeación Municipal a solicitud de los interesados expedirá constancias del contrato, de uso para los predios Rurales según lo estipulado en el presente acuerdo ARTÍCULO 183. INSPECCION DE OBRAS POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. Durante la ejecución de las obras aprobadas la Administración Municipal por intermedio de la Secretaría de Planeación, las entidades prestadoras de los servicios y la autoridad ambiental, efectuaran las inspecciones necesarias para constatar el desarrollo de la obra de acuerdo con las normas y parámetros estipulados. ARTÍCULO 184. POLIZA DE ESTABILIDAD. Todo vendedor de vivienda nueva estará obligado a constituir una póliza para garantizar la estabilidad y la buena calidad de la vivienda. El notario público ante quien se efectúe la venta exigirá la protocolización de una copia de la póliza en la escritura correspondiente. ARTÍCULO 185. OBLIGACIONES DEL URBANIZADOR Y/O CONSTRUCTOR. Todo urbanizador o constructor está obligado a observar los siguientes aspectos: Los propietarios pueden proponer a la Secretaría de Planeación Municipal, la construcción de las obras de urbanización por etapas, siempre que las redes matrices de acueducto y alcantarillado se construyan en la primera etapa y bajo las especificaciones que determine la empresa de servicios públicos, o quien desempeñe sus funciones. Los propietarios pueden proponer las obras de urbanización simultánea con la construcción de las obras de arquitectura a la Secretaría de Planeación Municipal, siempre que no se afecte el buen funcionamiento de las vías. Esta modalidad no exime de la tramitación de obligaciones previstas para la construcción por urbanización. El interesado debe construir de común acuerdo con la Secretaría de Planeación las calzadas de las vías que afecten el predio a desarrollar.

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Terminada la construcción de las obras de urbanización, el propietario traspasará las áreas de cesión, las redes y las obras destinadas al uso público, al Municipio. Esto se hará a título gratuito y mediante escritura pública, las minutas serán preparadas por la Administración Municipal quien conservará y archivará las escrituras correspondientes. Cuando se permita industria o cualquier actividad que pueda causar contaminación o riesgos a la población se debe presentar los estudios y obtener conceptos favorables sobre los sistemas de control o mitigación de contaminación o eliminación de cualquier tipo de riesgo requeridos por las entidades competentes previos a la expedición del concepto de uso y de las licencias de construcción y de funcionamiento por parte del Municipio. Cuando se trate de actividades residenciales, comerciales, institucionales, industriales, o de cualquier subdivisión, agrupación, construcción o parcelación que se realice en la zona rural en los sectores donde el uso sea permitido por este Acuerdo, el interesado debe presentar: Estudios técnicos de solución de servicios públicos acordes con la densidad y/o intensidad de uso a desarrollar y condiciones de su mantenimiento. Concepto favorable a la propuesta de desarrollo por parte de la Junta de Planeación. Concepto favorable previo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca C.R.C., sobre el control de efectos ambientales, disposición de residuos, y la aceptación para el uso y vertimientos de agua. Autorización y aprobación del proyecto por parte de la Secretaría de Planeación Municipal. ARTÍCULO 186. DISEÑO DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA. Los diseños de acueducto y alcantarillado para las nuevas urbanizaciones y asentamientos, serán elaborados de acuerdo con las normas y parámetros nacionales y las indicaciones especiales que recomiende la entidad encargada de prestar el servicio; para el alcantarillado se mantendrán las redes independientes para aguas negras y para aguas lluvias; lo anterior sin perjuicio de que el urbanizador pueda presentar diseños y sistemas innovadores que, buscando la economía, cumplan el mismo propósito y se ajusten al sistema actual. Los diseños de vías para las nuevas urbanizaciones se ajustarán a las normas técnicas en cuanto a su estructura y a la clasificación establecida en el presente

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Eliminado: (Ministerio de Salud, de Minas, Medio Ambiente o CORTOLIMA, etc.),

Eliminado: Las normas señaladas en la Licencia Ambiental serán exigidas para cumplir con dichos controles junto con las especificadas del presente Acuerdo. Prevalece la norma de eliminación del Impacto Ambiental.¶¶

Eliminado: ¶¶

Eliminado: Tolima

Eliminado: (

Eliminado: ORTOLIMA)

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Acuerdo o al sugerido en el futuro por el Plan vial Municipal. Las vías se entregarán pavimentadas y con sus respectivos sardineles, andenes, zonas verdes y arborización. Y los diseños para los servicios mencionados en los literales anteriores, deberán ser aprobados por las entidades prestadoras de los servicios y el visto bueno de la Secretaría de Planeación Municipal. ARTÍCULO 187. SANCIONES. El Alcalde podrá imponer las siguientes sanciones urbanísticas graduándolas según la gravedad de la infracción: Multas sucesivas que oscilarán entre un (1) salario mínimo legal mensual y cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales cada una, para quienes dando uso diferente al suelo, parcelen, urbanicen o construyan sin licencia, requieriéndola o cuando esta haya caducado, o en contravención a lo preceptuado en ella, además de la orden policiva de suspensión y sellamiento de la obra y la suspensión de los servicios públicos, excepto cuando exista prueba de la habitación permanente de personas en el predio. Multas sucesivas que oscilarán entre un (1) salario mínimo legal mensual y cincuenta (50) salarios mínimo mensuales legales cada una, para quienes usen o destinen un inmueble a un fin distinto al previsto en la respectiva licencia o patente de funcionamiento, o para quienes usen un inmueble careciendo de esta, estando obligados a obtenerla, además de la orden policiva de sellamiento del inmueble y suspensión de servicios públicos, excepto cuando exista prueba de la habitación permanente de personas en el predio. La demolición total o parcial del inmueble construido sin licencia y en contravención a las normas urbanísticas, y a la demolición de la parte del inmueble no autorizada en contravención a lo previsto en la licencia. Multas sucesivas que oscilarán entre un (1) salario mínimo legal mensual y cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales, cada una, para quienes ocupen de forma permanente los parques públicos, zonas verdes y bienes de uso públicos, o los encierren sin autorización de las autoridades de planeación o las administrativas en su defecto, además de la demolición del cerramiento. La autorización de cerramiento podrá darse únicamente para los parques y zonas verdes, por razones de seguridad, siempre y cuando la transparencia del cerramiento sea de un 90% como mínimo, de suerte que se garantice a la ciudadanía el disfrute visual del parque o zona verde.

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No obstante las anteriores sanciones y de acuerdo a la gravedad del hecho, el alcalde puede aplicar las sanciones establecidas en la Ley 388 de 1997. ARTÍCULO 188. REVISIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LOS ACTO S DE LOS ALCALDES. Los actos del Alcalde que hace mención el artículo anterior, así como aquellos mediante los cuales se ordena la suspensión de la obra, y la restitución de vías públicas de que trata el Código Nacional de Policía, serán susceptibles de las acciones contencioso administrativas previstas en el respectivo Código, en primera instancia ante el Consejo de Estado. Estas acciones no suspenderán los efectos de los actos administrativos demandados, salvo el caso de la suspensión provisional. ARTÍCULO 189. FIRMAS DE RESOLUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN. Las presentes sanciones se impondrán por medio de resoluciones administrativas firmadas por el Alcalde, el cual deberá ser notificado con anterioridad, por escrito de dichas anomalías por el Secretario o Director de la Secretaría de Planeación Municipal. ARTÍCULO 190. DERECHOS DE DESARROLLO Y CONSTRUCCION. El Consejo Municipal determinará y reglamentará, la forma de transferir los derechos de desarrollo y construcción entre aquellos inmuebles sometidos a regímenes urbanísticos especiales restrictivos del uso, densidad o altura y aquellos otros cuyos propietarios deseen bonificación en altura o densidad. ARTÍCULO 191. DESOCUPACIÓN DE PREDIOS OCUPADOS DE HECHO. El Alcalde de oficio o a solicitud de cualquier ciudadano directamente o por conducto de la Personería Municipal, podrá iniciar las acciones policivas tendientes a ordenar la desocupación de predios y el lanzamiento de ocupantes de hecho cuando el propietario o tenedor no haya invocado la acción a que se refiere la Ley; siempre que la ocupación o los asentamientos legales que se hayan efectuado, se están llevando a cabo o sea posible determinar que se efectuarán, a juicio del Alcalde, atenten o puedan presentar riesgo para la comunidad o cualquier ciudadano o vayan contra las normas de urbanismo y planeación del Municipio. ARTÍCULO 192. DESOCUPACIÓN DE LOTES NO APTOS PARA SER OCUPADOS. El Alcalde o quien haga sus veces, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9 de la Ley 11 de 1986, podrá iniciar la acción a que se refiere el Artículo anterior cuando se presenten ocupaciones de hecho o asentamientos ilegales, en las cuales, de conformidad con los reglamentos de uso del suelo o las condiciones físicas del terreno, no está permitido adelantar construcciones, no sean aptas para ello o de alguna forma presenten riesgos para la seguridad, la tranquilidad o la salubridad de la comunidad.

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Eliminado: PARAGRAFO 1 : Las multas se impondrán sucesivamente hasta que el infractor subsane la violación de la norma y se

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Eliminado: adecue a ella. ¶¶El producto de estas multas ingresará a la Tesorería Municipal y se destinará para la financiación de programas de reubicación de los habitantes en zona de alto riesgo, o de no existir este caso, en programas de mejoramiento de vivienda localizadas en las zonas más deprimidas. ¶¶La violación de las Eliminado: ¶

Eliminado: PARAGRAFO 2 : Se sancionarán las Eliminado: ¶¶Eliminado: 212

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ARTÍCULO 193. DEMOLICIÓN DE INMUEBLES CONSTRUIDOS SIN AUTORIZACIÓN. Las autoridades a que se refieren los artículos anteriores al expedir las ordenes de desocupación o lanzamiento, podrán ordenar la demolición de los bienes que se hayan construido sin permiso de autoridad competente, así como también la ejecución de las obras de conservación o restauración del bien inmueble que se estimen necesarias. ARTÍCULO 194. EJECUCIÓN DE OBRAS EN EL TIEMPO AUTORIZADO. Las obras que se disponga realizar de conformidad con lo dispuesto en el presente Acuerdo serán por cuenta del propietario del predio; en el evento que éste no las ejecute en el plazo otorgado por el Alcalde, la Administración podrá disponer su ejecución y el costo de las mismas, adicionando en un 10% por concepto de administración, se incluirá en los respectivos recibos de impuesto predial, pudiendo cobrarse por jurisdicción coactiva, si es el caso. Lo dispuesto en este artículo se aplicará sin perjuicio de imposición de las demás sanciones a que se refiere el presente Capítulo, así como también de las civiles y penales a que haya lugar. ARTÍCULO 195. COMUNICACIÓN DE SANCIONES A GREMIOS DE PROFESIONALES. En toda resolución que imponga sanciones por contravención del gravamen de la licencia, permiso o autorización previsto en este Acuerdo, se ordenará dar aviso a las autoridades que vigilan las profesiones de Arquitecto, Ingeniero, Constructor o Maestro de obra para la aplicación de las medidas que sean pertinentes. ARTÍCULO 196. COMUNICACIÓN DE MEDIDAS A LAS EMPRESAS PÚBLICAS. Siempre que se imponga medidas de suspensión o corrección de obra se comunicará a la entidad encargada de la prestación de servicios públicos, para que se abstenga de instalar los servicios en las construcciones que dieron lugar a la medida. La instalación de los servicios con violación de lo dispuesto en este Artículo hará incurso al responsable con causal de mala conducta, que se sancionará con la destitución del empleo. ARTÍCULO 197. ANUNCIOS PARALELOS A LAS FACHADAS. Deberán integrarse al ritmo existente de vanos ya sea de manera vertical u horizontal, sin alterar el mismo, dejando libre el zócalo. No podrán cubrir elementos constructivos ni decorativos permitiéndose solo en el primer piso. En todas las edificaciones se permiten únicamente avisos de identificación de locales, a razón de máximo uno por cada local. Cuando éste se encuentra en esquina, se permite un aviso de identificación para cada costado que posea acceso. ARTÍCULO 198. AVISOS PINTADOS SOBRE LA PARED. Podrán ser pintados directamente sobre la pared sin interferir con la decoración. Las letras serán de un solo color y sin color de fondo. Podrán utilizarse solo en primeros pisos.

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ARTÍCULO 199. OTROS AVISOS NO PERMITIDOS. No se permitirá pintar y/o instalar avisos en árboles, andenes, calzadas, zonas verdes, postes de alumbrado público o colocar cualquier objeto que obstaculice el tránsito de peatones, exceptuando las señales de tránsito, la nomenclatura urbana y los avisos colocados por las empresas de servicios públicos. Igualmente no se permitirá la instalación de pasacalles para cualquier tipo de publicidad en forma permanente, así como el uso de culatas para publicidad y el uso de avisos sobre tejados o cubiertas que alteren la volumetría y silueta del espacio público urbano. Igualmente sé prohíben los avisos de neón en las construcciones Nivel Uno (1) y Nivel Dos (2). ARTÍCULO 200. PARASOLES O MARQUESINAS. Se prohíbe la utilización de parasoles en los inmuebles, que alteren el orden original y composición de las mismas.

CAPÍTULO XVIII

GESTION Y FINANCIACION

ARTÍCULO 201. INSTRUMENTOS DE GESTION Y FINANCIAC ION. La gestión y financiación se realizara en el largo plazo y expone las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables de la evaluación preliminar de recursos respectivos, en los sectores de integración regional, infraestructuras, equipamientos, sistema de comunicación, mitigación de riesgos, medio ambiente, recursos naturales, servicios públicos domiciliarios y espacio publico.

ARTICULO 202. PRIORIDADES Y PROGRAMACIÓN DE ACTIVI DADES. Las prioridades a tener en cuenta están encaminadas a mejorar la integración regional con los municipios de Mercaderes, san Pablo y la Unión Nariño mejorando la conectividad vial, realizando el mantenimiento y adecuación de las vías que los intercomunican, ademas mejorando los canales de comercializacion para la venta y compra de productos. De igual manera se debe realizar el mantenimiento y dotación de las diferentes instituciones educativas, unidades de salud, mantenimiento de los parques escenarios deportivos y zonas verdes, así como incentivar el apoyo a las actividades culturales, deportivas y lúdicas.

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Eliminado: PARÁGRAFO. Sé prohíben los avisos promocionales o de publicidad de cualquier tipo en todas las edificaciones.¶¶

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Eliminado: 10. ELEMENTOS DE CIERRE DE VANOS. Para todas las edificaciones de Valor Cultural, el cambio de los elementos de cierre de sus vanos debe estar debidamente justificado y su reemplazo deberá hacerse teniendo en cuenta las especificaciones, materiales y tipologías originales.¶

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Realizar el mantenimiento de las vías terciarias que permiten una mejor comunicación entre las veredas y la cabecera municipal, lo mismo que el mantenimiento de las vías urbanas. En cuanto a servicios públicos se debe seguir realizando el mantenimiento a los acueductos Veredales y acueducto urbano con respecto a bocatomas, tanques desarenadores, tanques de almacenamiento, plantas de tratamiento y estudios físico – químicos - bacteriológicos con la finalidad de controlar y revisar la calidad del agua consumida. Con respecto al medio ambiente se debe continuar con la reforestación de microcuencas abastecedoras de acueducto, con talleres de educación ambiental dirigidos a la población, para la protección y manejo adecuado de los recursos naturales, se debe continuar con el comité local de prevención y atención de desastres.

ARTÍCULO 203. ENTIDADES RESPONSABLES. Para la ejecución de los proyectos priorizados para ejecutar en el largo plazo, la alcaldía municipal debe gestionar los recursos respectivos y necesarios que se requieren, ante entidades como el Ministerio de Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial, FOSYGA, ETESA, Ministerio De Protección Social, Presidencia De La Republica, ICBF, INVIAS, La Corporación Autónoma Regional Del Cauca (CRC), Comité De Cafeteros, Fondo Ganadero, FINDETER, FINAGRO Y Gobernación Del Cauca, entidades cofinanciadoras que pueden ayudar a la inversión, desarrollo y ejecución del Esquema de Ordenamiento Territorial en esa etapa.

CAPÍTULO XIX ADOPCIÓN DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN

ARTÍCULO 204. PROGRAMA DE EJECUCIÓN. En este se definen los proyectos que se realizaran en el corto plazo por parte de la administración y expone las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables, los recursos respectivos y el esquema de gestión, financiación, ejecución y seguimiento de esas iniciativas en concordancia con el plan de inversiones del municipio, principalmente en los siguientes temas o líneas de acción: • Infraestructuras y equipamientos de a poyo a actividades económicas (sector primario, secundario y terciario) y actividades sociales (educación, salud, cultura y recreación y deporte). • Sistemas de comunicación (vías y transporte).

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• Mitigación y reducción de riesgos y acciones de prevención de desastres. • Medio ambiente y los recursos naturales. • Servicios públicos domiciliarios. • Espacio público ARTÍCULO 205. CAPACIDAD DE INVERSIÓN. El Municipio presenta una capacidad de inversión para el año 2003 de $ 2.079.436.000, para el año 2004 de $ 1.752.282.000, para el año 2005 de $1.948.670.000; para el año 2006 de $ 2.096.306.000, para el año 2007 de $ 2.222.227.000, para el año 2008 de $ 2.311.506.000, para el año 2009 de $ 2.427.258 y para el año 2010 de $ 5.537 millones. Según el proceso de formulación del Esquema de Ordenamiento Territorial, es necesario la ejecución prioritaria de 39 proyectos en el corto plazo en la cabecera municipal y 72 proyectos en la zona rural, en algunos de ellos el tiempo de ejecución alcanza el mediano plazo. ARTÍCULO 206. DISTRIBUCIÓN DE LA INVERSIÓN POR SEC TORES. En la distribución de la inversión por sectores se presentan los sectores de la Salud, Educación, Servicios Públicos, Saneamiento Básico, Electrificaron, Equipamientos, Espacio Publico, Vivienda, Social, Apoyo Al Deporte, Producción Agropecuaria, Vías Y Ambiental. Tabla 2. Distribución de la Inversión por Sectores, Municipio Florencia - Cauca.

Proyectos Por Sector Costos Salud 86.000.000 Educación 76.600.000 Servicios Públicos 103.000.000 Saneamiento Básico 661.000.000 Electrificación 32.500.000 Equipamientos 350.800.000 Espacio Publico 170.500.000 Vivienda 1.090.000.000 Social y Apoyo Al Deporte 412.000.000 Producción Agropecuaria 310.000.000 Vías 145.500.000 Ambiental 1.070.000.000

Fuente: municipio de Florencia cauca.

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ARTÍCULO 207. INVERSIONES EN EL CORTO Y MEDIANO PL AZO. Teniendo en cuenta el costo aproximado de los proyectos por sectores el programa de inversiones para el corto plazo es de $4.512.900.000 distribuidos en el 2006, 2007, 2008 y el 2009. Ver tabla 3. En el mediano plazo se presupuesta una inversión de 2.376.000.000 distribuidos en los años 2010, 2011, 2012 y 2013 los recursos para complementar el programa de ejecución propuesto deben gestionarse por cofinanciacion en los sectores publico y privado. ARTÍCULO 208. ENTIDADES COFINANCIADORAS. Las entidades cofinanciadoras que pueden ayudar a la inversión del Esquema de Ordenamiento Territorial son el Ministerio de Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial, Ministerio De Protección Social, Presidencia De La Republica, ICBF, INVIAS, La Corporación Autónoma Regional Del Cauca (CRC), Comité De Cafeteros, Fondo Ganadero, FINDETER, FINAGRO, Gobernación Del Cauca, FOSYGA Y ETESA.

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Tabla 3. Programa De Ejecución De Proyectos En El Corto Plazo En El Municipio De Florencia Cauca.

No. PROYECTOS POR SECTORES COSTO TOTAL 2006 2007 2008 2009

1.0. SALUD

CABECERA MUNICIPAL

1.1. Mantenimiento y adecuación infraestructura Hospital 5.000.000 2.500.000 2.500.000

1.2. Dotación de infraestructura hospitalaria Hospital 15.000.000 2.000.000 10.000.000 3.000.000

1.3. Promoción de salud, promoción de enfermedad y control de factores

27.000.000 12.000.000 10.000.000 5.000.000

ZONA RURAL

1.4. Mantenimiento Y dotación del puesto de salud Higuerones 6.000.000 3.000.000 2.000.000 1.000.000

1.5. Mantenimiento Y dotación del puesto de salud Marsella 6.000.000 3.000.000 3.000.000

1.6. Control de vectores veredas Higuerones, Campamento, Angosturas, el Rosario, Cuchilla del Hato, Cerro Blanco y Bellavista.

12.000.000 6.000.000 6.000.000

1.7. Programas de Promoción y prevención veredas las Palmas, Marsella, el Placer, el Diviso, las Cuchillas y el Campo. 15.000.000 6.000.000 4.000.000 3.000.000 2.000.000

2.0. EDUCACIÓN

CABECERA MUNICIPAL

2.1 Mantenimiento escuela Antonia Santos. 1.500.000 1.500.000

2.2 Mejoramiento infraestructura Hogar múltiple grado Cero 4.000.000 2.000.000 1.000.000 1.000.000

2.3 Mantenimiento escuela de varones. 1.500.000 750.000 750.000

2.4 Mantenimiento sala de informática colegio. 1.500.000 750.000 750.000

2.5 Mejoramiento infraestructura colegio. 15.000.000 3.000.000 3.000.000 6.000.000 3.000.000

ZONA RURAL

2.6 Mejoramiento infraestructura escuelas la esperanza y la Betania. 6.000.000 2.000.000 2.000.000 2.000.000

2.7 Mejoramiento infraestructura escuela el Rosario 1.500.000 750.000 750.000

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2.8 Mejoramiento infraestructura escuelas veredas Campamento, las Palmas, Angosturas. 7.600.000 2.600.000 2.500.000 2.500.000

2.9 Apoyo transporte escolar estudiantes. 27.000.000 7.000.000 8.000.000 8.000.000 4.000.000

2.10 Terminación restaurante escolar san Francisco y Yunguilla. 8.000.000 3.000.000 3.000.000 2.000.000

2.11 Dotación material didáctico escuelas. 3.000.000 3.000.000

3.0. SERVICIOS PÚBLICOS

CABECERA MUNICIPAL

3.1 Mejoramiento acueducto en captación y redes. 10.000.000 2.000.000 3.000.000 3.000.000 2.000.000

instalación de hidrantes, cabecera municipal 10.000.000 3.000.000 3.000.000 4.000.000

3.2 Mejoramiento sistema de potabilizacion. 20.000.000 10.000.000 10.000.000

ZONA RURAL.

3.3 Terminación acueducto san Francisco. 5.000.000 5.000.000

3.4 Mejoramiento y adecuación de acueducto interveredal el rosario. 24.000.000 14.000.000 5.000.000 5.000.000

3.4 Mejoramiento de acueducto la Esperanza. 5.000.000 2.500.000 2.500.000

3.5 Mantenimiento acueducto los Árboles, Yunguilla y el Hato. 9.500.000 1.500.000 3.000.000 3.000.000 2.000.000

3.6 Mantenimiento acueducto Higuerones, Campamento, Angosturas,

5.000.000 1.000.000 2.000.000 2.000.000

3.7 Mantenimiento acueducto el Diviso, el Placer y las Palmas. 2.500.000 750.000 750.000 1.000.000

3.8 Ampliación redes acueducto Marsella. 2.000.000 2.000.000

3.9 ahorro y uso eficiente del agua 10.000.000 4.000.000 3.000.000 3.000.000

SANEAMIENTO BASICO

CABECERA MUNICIPAL

3.10 construcción de alcantarillado urbano 80.000.000 40.000.000 40.000.000

3.11 Construcción plantas de tratamiento. 30.000.000 20.000.000 10.000.000

ZONA RURAL 0

3.12 Programas de saneamiento viviendas 100.000.000 40.000.000 30.000.000 30.000.000

3.13 Construcción de alcantarillado nucleado el Rosario fase 1. 25.000.000 10.000.000 10.000.000 5.000.000

3.14 Mejoramiento alcantarillado Marsella. 30.000.000 10.000.000 10.000.000 10.000.000

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3.15 Saneamiento Higuerones. 3.000.000 3.000.000

4.0 RESIDUOS SÓLIDOS 0

4.1 Cierre y manejo de botadero actual 20.000.000 20.000.000

4.2 Adquisición lote planta de aprovechamiento de residuos 20.000.000 10.000.000 10.000.000

4.3 Instalación planta de aprovechamiento. 273.000.000 130.000.000 100.000.000 43.000.000

4.4 Adquisición lote para relleno veredas el Rosario y Marsella. 10.000.000 10.000.000

4.5 Manejo rellenos veredas el Rosario y Marsella. 70.000.000 35.000.000 35.000.000

5.0. ELECTRIFICACIÓN

CABECERA MUNICIPAL

5.1 Mantenimiento y mejoramiento alumbrado publico 6.000.000 6.000.000

ZONA RURAL.

5.3 Terminación electrificación la Esperanza y Yunguilla. 7.000.000 3.500.000 3.500.000

5.4 Terminación electrificación las Cuchillas, Angosturas, los Árboles y el Avión.

10.000.000 4.000.000 4.000.000 2.000.000

5.5 Ampliación electrificación Cerro Blanco. 2.500.000 2.500.000

5.6 Ampliación electrificación Marsella 2.000.000 2.000.000

5.7 Construcción redes eléctricas la Betania. 5.000.000 2.000.000 2.000.000 1.000.000

6. EQUIPAMIENTOS

CABECERA MUNICIPAL

6.1 Mantenimiento y adecuación edificio municipal 3.000.000 1.500.000 1.500.000

6.2 Compra de vehículos para transporte de carnes 70.000.000 70.000.000

6.3 Mejoramiento de plaza de mercado de la Cabecera Municipal 2.000.000 2.000.000

6.4 Creación y dotación de los cuerpos de socorro 30.000.000 10.000.000 10.000.000 10.000.000

6.5 Adecuación casa de la cultura 20.000.000 10.000.000 10.000.000

6.6 Dotación biblioteca municipal 10.000.000 5.000.000 5.000.000

ZONA RURAL

6.6 Dotación casa de la cultura san francisco. 1.500.000 750.000 750.000

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6.7 Terminación salón cultural vereda el Mirador 2.000.000 1.000.000 1.000.000

6.8 Construcción salón cultural vereda las Cuchillas, el Rosario y Yunguilla.

6.000.000 1.000.000 2.000.000 2.000.000 1.000.000

6.9 Terminación salón cultural vereda el Campo. 3.300.000 1.000.000 2.300.000

6.10 Adecuación salón cultural vereda el Placer. 2.000.000 2.000.000

.611 Mejoramiento casa de la cultura vereda el avión. 1.000.000 1.000.000

6.12 Construcción matadero vereda las cuchillas. 200.000.000 100.000.000 100.000.000

7.0 ESPACIO PÚBLICO

7.1 CABECERA MUNICIPAL

7.2 mejoramiento parque central 3.000.000 3.000.000

7.3 Mejoramiento y dotación de canchas. 6.000.000 2.000.000 2.000.000 2.000.000

7.4 construcción de parques y zonas verdes. 7.000.000 3.000.000 3.000.000 1.000.000

7.5 mejoramiento de zonas verdes 5.000.000 2.000.000 2.000.000 1.000.000

7.6 Construcción cancha de fútbol. 100.000.000 50.000.000 50.000.000

7.7 Construccio0n parques lineales y senderos ecológicos. 30.000.000 2.000.000 10.000.000 10.000.000 8.000.000

ZONA RURAL

7.8 Dotación canchas escuela Bella vista, el mirador, las Palmas, los Árboles y el Hato.

10.500.000 3.500.000 3.000.000 4.000.000

7.9 Adecuación y mejoramiento cancha el Rosario. 5.000.000 2.500.000 2.500.000

7.10 Adecuación cancha vereda el Placer. 4.000.000 2.000.000 2.000.000

8.0 VIVIENDA

CABECERA MUNICIPAL

8.1 Construcción de 70 viviendas para reducir el déficit existente 560.000.000 200.000.000 200.000.000 160.000.000

8.2 Adecuación de 40 viviendas. 50.000.000 20.000.000 20.000.000 10.000.000

ZONA RURAL

8.3 Construcción de 70 viviendas para reducir el déficit existente 400.000.000 135.000.000 140.000.000 125.000.000

8.4 Mejoramiento de 170 viviendas. 80.000.000 30.000.000 30.000.000 20.000.000

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9.0 SOCIAL

9.1 programa de atención integral a la familia, niñez, adolescencia, tercera edad, madres cabeza de familia y población discapacitada

300.000.000 20.000.000 100.000.000 100.000.000 80.000.000

9.2 participación comunitaria 100.000.000 20.000.000 40.000.000 40.000.000

9.3 Mejoramiento emisora paraíso estereo. 5.000.000 5.000.000

10 Apoyo al deporte

10.1 Programas de capacitación deportiva. 6.000.000 6.000.000

10.2 Apoyo a los campeonatos de fútbol en Marsella, el rosario, Angosturas, san francisco y el mirador. 4.000.000 4.000.000

10.3 Apoyo a los campeonatos de fútbol en la cabecera municipal. 2.000.000 2.000.000

11.0 PRODUCCIÓN AGROPECUARIA

11.1 Desarrollo competitivo del sector pecuario 40.000.000 20.000.000 10.000.000 10.000.000

11.2 Fomento piscícola 20.000.000 10.000.000 5.000.000 5.000.000

11.3 Creación de microempresas (planta de embotellamiento, empresas artesanales) 100.000.000 40.000.000 20.000.000 40.000.000

11.4 Asistencia técnica. 20.000.000 5.000.000 10.000.000 3.000.000 2.000.000

11.5 Montaje planta procesamiento y abonos orgánicos 100.000.000 50.000.000 50.000.000

11.6 Capacitación en cultura empresarial. 30.000.000 10.000.000 10.000.000 10.000.000

12.0 VIAS

CABECERA MUNICIPAL

Reposición pavimento calle 4 entre carreras 3 y 4. 12.1

Carrera 4 entre calles 3 y 4. y carrera 3 entre calles 3 y 4. 40.500.000 10.500.000 10.000.000 10.000.000 10.000.000

Construcción vía calle 5ª entre carreras 4 y 5.

Calle 2 con carreras 4 y 5.

Carrera 2 con calle 2.

30.000.000 20.000.000 10.000.000

12.2 Mantenimiento via Cuchilla del Hato – la Betania. 2.000.000 2.000.000

12.3 Adecuación vía Florencia – el Diviso. 5.000.000 2.000.000 2.000.000 1.000.000

12.4 Mantenimiento vía Florencia el Rosario, Marsella, las Palmas. 14.000.000 1.000.000 4.000.000 4.000.000 5.000.000

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12.5 Mantenimiento vía Florencia san Francisco. 6.000.000 1.000.000 2.000.000 2.000.000 1.000.000

12.6 Mantenimiento vía Florencia Bellavista, los Árboles, el Avión, Yunguilla y el Campo.

12.000.000 1.500.000 4.500.000 3.000.000 3.000.000

12.7 Adecuación vía Florencia el Diviso. 5.000.000 1.000.000 2.000.000 1.000.000 1.000.000

12.8 Construcción puente la esperanza. 10.000.000 5.000.000 5.000.000

12.9 Construcción puente el Rosario los Planes. 8.000.000 4.000.000 4.000.000

12.10 Adecuación del camino el Rosario, la Vega. 5.000.000 1.000.000 3.000.000 1.000.000

12.11 Construcción de batea sobre la quebrada vía las palmas – esmeraldas. 8.000.000 4.000.000 4.000.000

13.0 AMBIENTAL

13.1 Reforestación protectora de nacimientos y quebradas que abastecen acueductos rurales

520.000.000 50.000.000 100.000.000 200.000.000 170.000.000

13.2 Compra de predios de nacimientos de quebradas y microcuencas 200.000.000 40.000.000 80.000.000 40.000.000 40.000.000

13.3 Recuperación de áreas afectadas por deslizamientos 100.000.000 40.000.000 40.000.000 20.000.000

13.4 Elaboración del plan local para la prevención y atención de desastres 50.000.000 50.000.000

13.5 Manejo integral de las microcuencas de las quebradas las palmas y las Minas. 50.000.000 20.000.000 20.000.000 10.000.000

13.6 Plan de manejo de los humedales 30.000.000 15.000.000 15.000.000

13.7 Realización de estudio geotécnico cabecera municipal 30.000.000 30.000.000

13.8 Plan de manejo de residuos del café 70.000.000 30.000.000 30.000.000 10.000.000

13.9 Construcción de escombrera municipal 20.000.000 20.000.000

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CAPÍTULO XIX

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES ARTÍCULO 209. COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL . Corresponde a la Alcaldía Municipal de Florencia, a través de sus organismos y dependencias especializadas pertinentes: • La ejecución, control y supervisión de la presente reglamentación. • Aplicar la presente norma, para efectos de expedir las licencias que son de su competencia en el Área de Conservación y en las áreas de influencia de los inmuebles aislados ubicados por fuera de la misma, de conformidad con la Ley y con la presente Reglamentación. • Ejercer las funciones de control urbano, ordenando la suspensión de toda obra o construcción que carezca de aprobación o que poseyéndola, se aparte de las obras o planos aprobados, o contravenga lo dispuesto en la presente reglamentación, así como autorizarla para su apertura cuando se compruebe que cumple con los requisitos que señala el presente acuerdo. • Aplicar las sanciones urbanísticas que determine el presente Acuerdo y la Ley, según el tipo de contravención efectuada en el Área de Conservación, en las áreas de influencia y en los inmuebles de Valor Cultural. ARTÍCULO 210. FACULTADES ESPECIALES. Facultase al Alcalde Municipal para que adelante los trámites institucionales y contrataciones pertinentes que sean necesarios para la puesta en marcha y ejecución del presente Esquema de Ordenamiento Territorial Municipal. ARTÍCULO 211. APROBACIÓN DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL POR PARTE DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA RE GIONAL DEL CAUCA C.R.C . La aprobación del Esquema de Ordenamiento Territorial del Municipio de Florencia, por parte de la C.R.C. esta registrada con la Resolución No. y con fecha .

Con formato: Numeración yviñetas

Eliminado: XVIII

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶

Eliminado: 226

Eliminado: 21

Eliminado: 5

Eliminado: 1

Eliminado: Ataco

Eliminado: Santa Isabel

Eliminado: Villarrica

Eliminado: ¶

Eliminado: Area

Eliminado: Area

Eliminado: ¶

Eliminado: 227

Eliminado: 21

Eliminado: 6

Eliminado: 2

Eliminado: ¶¶¶¶¶¶¶¶¶¶¶Eliminado: ¶

Eliminado: 228

Eliminado: 21

Eliminado: 7

Eliminado: 3

Eliminado: TOLIMA

Eliminado: - CORTOLIMA

Eliminado: Municpio

Eliminado: Ataco

Eliminado: Santa Isabel

Eliminado: Villarrica

Eliminado: CORTOLIMA,

Eliminado:

Eliminado:

Eliminado: ,

... [481]

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ARTÍCULO 212. VIGENCIA DEL PRESENTE ACUERDO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y deroga expresamente las disposiciones que le son contrarias. Expedido en el Municipio de Florencia a los______ del mes de____ de 2006. PRESIDENTE CONCEJO MUNICIPAL DE FLORENCIA VICEPRESIDENTE CONCEJO MUNICIPAL DE FLORENCIA SECRETARIA CONCEJO MUNICIPAL DE FLORENCIA

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶¶

Eliminado: 229

Eliminado: 21

Eliminado: 8

Eliminado: 4

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶

Eliminado: Ataco

Eliminado: Santa Isabe

Eliminado: Villarrica

Eliminado: l

Eliminado:

Eliminado:

Eliminado: 2002

Eliminado: 3

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶¶¶¶¶¶

Eliminado: ¶

Eliminado: CONSEJO

Eliminado: ATACO

Eliminado: SANTA ISABEL

Eliminado: VILLARRICA

Eliminado: ¶

Eliminado: ¶¶

Eliminado: CONSEJO

Eliminado: ATACO

Eliminado: VILLARRICA

Eliminado: SANTA ISABEL

Eliminado: ¶¶

Eliminado: O

Eliminado: CONSEJO

Eliminado: ATACO

Eliminado: VILLARRICA

Eliminado: SANTA ISABEL

Eliminado: ¶¶

... [482]

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Página 2: [1] Eliminado JAVIER 27/06/2006 22:35:00

Página 2: [2] Eliminado *** 05/10/2003 18:29:00

Página 2: [3] Eliminado JAVIER 27/06/2006 22:35:00

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2003 ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE

Página 2: [4] Eliminado *** 05/10/2003 18:29:00

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Página 2: [5] Eliminado JAVIER 27/06/2006 22:35:00

IBAGUÉ,

Página 21: [6] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:34:00

Motivar, mejorar y consolidar las relaciones de funcionalidad con los demás Municipios buscando un mejor desarrollo económico y social, como se observa en el Anexo 18, Mapa Visión Urbano Regional, donde se hace una descripción del flujo y desplazamiento de la población de este Municipio con los Municipios vecinos como Cunday, Dolores e incluso Cabrera Cundinamarca, también de la cabecera municipal con las veredas aledañas y las veredas más alejadas, así como el flujo que se presenta desde las veredas hasta los centros poblados rurales Los Alpes, La Colonia y Puerto Lleras, mostrando un grado de tipo alto, medio y/o bajo dependiendo del tipo de servicio requiera la población. Impulsar y mejorar la conectividad e integración con el entorno regional,

fortaleciendo y consolidando al Municipio como Centro Urbano, elevando su jerarquía para posicionarlo como eje abastecedor de bienes y servicios en conformidad con el potencial agropecuario y cultivos destacados que posee.

Página 21: [7] Eliminado *** 03/10/2003 0:19:00

Motivar y mejorar las relaciones con los demás Municipios buscando un mejor

desarrollo económico y social, como se observa en el Anexo 18, Mapa Visión Urbano Regional, donde se hace una descripción del flujo y desplazamiento de la población de este Municipio con los Municipios vecinos e internamente, mostrando un grado alto, medio y bajo dependiendo del tipo de servicio que se requiera.

Impulsar la conectividad e integración con el entorno regional, fortaleciendo y

consolidando al Municipio como Centro Urbano, elevando su jerarquía para posicionarlo como eje abastecedor de bienes y servicios en conformidad con el potencial agropecuario que posee.

Página 21: [8] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:34:00

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Promover la conectividad e integración con el entorno regional, fortaleciendo y consolidando al Municipio como Centro Urbano que permita elevar su jerarquía y lo posicione como eje abastecedor de bienes y servicios en conformidad con su potencial agropecuario.

Incentivar las relaciones con los demás Municipios para buscar un mejor

desarrollo económico y social, como se puede observar en el Anexo 19, Mapa Visión Urbano Regional, donde se hace una descripción del grado de relación que tiene este Municipio con los Municipios aledaños e internamente, mostrando un grado alto, medio y bajo dependiendo del tipo de servicio que se requiera.

Página 22: [9] Eliminado *** 03/10/2003 0:23:00

Encaminar el uso del territorio de acuerdo a la clasificación del suelo buscando lograr el desarrollo sostenible, basado en el potencial ambiental y el respeto por el medio ambiente.

Página 22: [10] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:34:00

Orientar el uso del territorio acorde a la clasificación del suelo buscando lograr el desarrollo sostenible, basado en el potencial ambiental y el respeto por el patrimonio ecológico y el medio ambiente.

Página 22: [11] Cambio JAVIER 23/06/2006 10:37:00

Numeración y viñetas con formato

Página 22: [12] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:37:00

Utilizar los recursos que posee el Municipio para convertirlo en un polo productivo y competitivo en las actividades agropecuarias, mejorando la tecnología para el cultivo de productos como el banano bocadillo, la guayaba, la pitaya, la gulupa (maracuya rojo), creando y mejorando la mentalidad exportadora que posee el municipio con respecto al banano bocadillo, generando un valor agregado y fortaleciendo el mercado apropiado para la distribución de estos productos.

Página 22: [13] Eliminado *** 03/10/2003 0:20:00

Utilizar los recursos que posee el Municipio para convertirlo en un polo productivo y competitivo en las actividades agropecuarias, mejorando la tecnología para el cultivo de productos, crear una mentalidad exportadora, generando un valor agregado y un mercado apropiado para la distribución de los diversos productos.

Página 22: [14] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:34:00

Utilizar los recursos con que cuenta el Municipio para convertirlo en un polo productivo y competitivo en las actividades agropecuarias, mediante la diversificación de productos, mentalidad exportadora, generación de valor

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agregado y la introducción de prácticas innovadoras de tecnología y mercadeo apropiadas.

Página 22: [15] Eliminado MI PC 11/08/2003 16:38:00

Página 22: [16] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 22: [17] Cambio JAVIER 23/06/2006 10:37:00

Numeración y viñetas con formato

Página 22: [18] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:37:00

Mejorar la calidad de vida en el Casco Urbano, mediante la ejecución de acciones urbanísticas integrales y eficaces que permitan el mejoramiento y adecuación de las vías, el transporte, prestación de servicios públicos, espacio público adecuado, construcción y mejoramiento de vivienda y adecuación y construcción de equipamientos colectivos.

Página 22: [19] Eliminado *** 03/10/2003 0:23:00

Mejorar la calidad de vida en Casco Urbano, mediante la ejecución de acciones urbanísticas integrales y eficaces que permitan el mejoramiento y adecuación de las vías, el transporte, prestación de servicios públicos, suficiente espacio público, vivienda y equipamientos colectivos.

Página 22: [20] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:35:00

Mejorar la calidad de vida en la Cabecera Municipal y el Corregimiento Santiago Pérez, mejorando el desarrollo del sector urbano, mediante la ejecución de acciones y actuaciones urbanísticas integrales y eficaces que permitan logros como la atención de vías y transporte, prestación de servicios públicos eficientes y suficiente espacio público, vivienda y equipamientos colectivos.

Página 22: [21] Cambio JAVIER 23/06/2006 10:37:00

Numeración y viñetas con formato

Página 22: [22] Cambio *** 03/10/2003 0:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 22: [23] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:37:00

Optimizar el recurso humano existente alcanzando unos mayores niveles de integración social, una distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios de desarrollo a los grupos más vulnerables de la población.

Reducir el desplazamiento de la población hacia otros Municipios, mejorando y

fortaleciendo la presencia institucional, la prestación de los servicios básicos de salud, educación, prestación de los servicios públicos, construcción y mejoramiento de la vivienda y mantenimiento periódico de las principales vías

Página 22: [24] Eliminado *** 03/10/2003 0:23:00

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Optimizar el recurso humano existente alcanzando unos mayores niveles de

integración social, una distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios de desarrollo a los grupos más vulnerables de la población.

Reducir el desplazamiento de la población hacia otros Municipios, mejorando

la prestación de los servicios básicos de salud, educación, prestación de los servicios públicos, construcción y mejoramiento de la vivienda y mantenimiento periódico de las principales vías.

Página 22: [25] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:35:00

Disminuir el desplazamiento de la población hacia otros Municipios, mejorando la cobertura y la calidad de los servicios básicos de salud, educación, prestación de los servicios públicos, así como la construcción y mejoramiento de la vivienda, y mantenimiento de las principales vías. Mejorar el recurso humano existente alcanzando unos mayores niveles de integración social, una distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios de desarrollo a los grupos más vulnerables de la población.

Página 22: [26] Eliminado *** 03/10/2003 0:21:00

ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS Acoger el modelo de Sustitución de Cultivos Ilícitos establecido por las

entidades que manejan Planes de Desarrollo Alternativo, orientando y asesorando a las familias productoras, con el objetivo de incorporarlas en sistemas de producción adecuados a sus necesidades.

Reducir la presión que se ejerce sobre los diferentes recursos naturales

estableciendo cultivos alternos diferentes a los cultivos ilícitos.

Página 22: [27] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:36:00

Adoptar el modelo de Sustitución de Cultivos Ilícitos liderado por las entidades que manejan Planes de Desarrollo Alternativo, para orientar y asesorar a las familias productoras, a fin de incorporarlas en sistemas de producción adecuados a sus necesidades. Disminuir, mediante la sustitución de estos cultivos la presión ejercida sobre las diferentes fuentes de abastecimiento hídrico y demás recursos naturales.

Página 22: [28] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:26:00

Numeración y viñetas con formato

Página 22: [29] Cambio JAVIER 23/06/2006 10:38:00

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Numeración y viñetas con formato

Página 23: [30] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:38:00

Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos mediante el programa de prevención de desastres ante eventos de amenazas y/o riesgos de origen natural o antrópico.

Establecer actividades de prevención, mitigación y atención de las amenazas

identificadas bajo los principios de solidaridad regional, subsidiaridad y coordinación.

Implantar los recursos técnicos, humanos y financieros que se requieran para

un programa de prevención y atención de desastres. Garantizar los recursos económicos suficientes para que el municipio cuente con

un plan de contingencia para la prevención y atención de desastres según la Ley 19 de 1989

Página 23: [31] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:38:00

Aplicar de normas que permitan proteger y recuperar el paisaje degradado de montañas y cerros.

Proteger y conservar los sitios que ofrecen belleza escénica y que son

visitados frecuentemente Proteger y descontaminar las fuentes hídricas que se constituyen como un

elemento constitutivo del espacio público. Mantener y adecuar los escenarios deportivos ubicados en los centros poblados

rurales y veredas

Página 23: [32] Eliminado *** 03/10/2003 0:24:00

Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos mediante el programa de prevención de desastres ante eventos de amenazas y/o riesgos de origen natural o antrópico. Establecer actividades de prevención, mitigación y atención de las amenazas

identificadas bajo los principios de solidaridad regional, subsidiaridad y coordinación.

Implantar los recursos técnicos, humanos y financieros que se requieran para

un programa de prevención y atención de desastres.

Página 23: [33] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:37:00

Procurar por la seguridad de los asentamientos humanos a través del programa de prevención de desastres ante eventos de amenazas y/o riesgos de origen natural o antrópico.

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Página 24: [34] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:38:00

Adecuar y consolidar un sistema de vías y transporte en concordancia con las necesidades del Municipio, la región y la Nación.

Crear nuevos equipamientos colectivos y fortalecer los existentes para crear

una afinidad en el ámbito municipal y regional, mejorando las actividades agropecuarias.

Fortalecer la participación ciudadana con la utilización de mecanismos

mediadores de la gestión pública. Motivar, mejorar y consolidar las relaciones con el entorno regional y municipal

para lograr un mejor desarrollo económico y social y convierta al municipio en un centro regional abastecedor de productos, bienes y servicios.

Página 24: [35] Eliminado *** 03/10/2003 0:26:00

Adecuar y consolidar un sistema de vías y transporte en concordancia con las necesidades del Municipio, la región y la Nación.

Crear nuevos equipamientos colectivos y fortalecer los existentes para crear

una afinidad en el ámbito municipal y regional, mejorando las actividades agropecuarias.

Fortalecer la participación ciudadana con la utilización de mecanismos

mediadores de la gestión pública. Mejorar y motivar las relaciones con el entorno regional y municipal que

permita lograr un mejor desarrollo económico y social que convierta al municipio en un centro regional abastecedor de productos, bienes y servicios.

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Mejorar y consolidar un adecuado sistema de vías y transporte en correspondencia con el Municipio, la región y la Nación. Creación y fortalecimiento de nuevos equipamientos colectivos que permitan crear una afinidad en el ámbito municipal y regional, y así mismo, mejorar las actividades agropecuarias. Fortalecimiento de la participación ciudadana mediante mecanismos mediadores y participativos de la gestión pública.

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Promover las relaciones con el entorno regional y municipal para lograr un mejor desarrollo económico y social que permita convertir a Ataco en un centro regional abastecedor de productos agrícolasservicios..

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Favorecer la protección del medio ambiente para crear un desarrollo sostenible de los recursos naturales con actividades que eviten el deterioro de los diferentes recursos que posee el municipio.

Definir en el primer año del corto plazo (de 1 a 3 años) los predios a adquirir

donde se encuentren fuentes abastecedoras de acueducto según Artículo 111 de la Ley 99 de 1993

Realizar caracterizaciones periódicas, fisicoquímica y bacteriológica de las

fuentes hídricas que abastecen acueductos y otras corrientes hídricas utilizadas por la población para determinar la calidad de la misma.

Destinar en el segundo año del corto plazo el 1% de los recursos del municipio

para la compra de predios donde se encuentran fuentes abastecedoras de acueductos, según Artículo 111 de la Ley 99 de 1993 .

Integrar al Municipio a los sistemas de información ambiental regional y

nacional, que permita conocer y difundir el estado de las riquezas naturales que posee.

Cumplir con las normas que regulan los usos del suelo, según los resultados

obtenidos en los diferentes estudios como suelos, uso y cobertura, IPH, evaluación ambiental, zonificación ambiental y clasificación del suelo, que conforman el E.O.T.

Fortalecer la capacidad de gestión municipal, promoviendo con la entidad

ambiental departamental acciones que regulen el cuidado de los recursos naturales.

Página 24: [38] Eliminado *** 03/10/2003 0:27:00

Favorecer la protección del medio ambiente para crear un desarrollo

sostenible de los recursos naturales con actividades que eviten el detrimento de los diferentes recursos que posee el municipio.

Integrar al Municipio a los sistemas de información ambiental regional y

nacional, que permita conocer y difundir el estado de las riquezas naturales que posee.

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Cumplir con las normas que regulan los usos del suelo, según los resultados de los estudios que conforman el E.O.T.

Fortalecer la capacidad de gestión municipal, promoviendo con la entidad

ambiental departamental acciones que regulen el cuidado de los recursos naturales.

Página 24: [39] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:39:00

Propiciar un territorio sostenible con la protección del medio ambiente mediante la conservación y recuperación de este, utilizando mecanismo y actividades que no permiten el agotamiento de los recursos naturales ni el deterioro de este. Integrar al Municipio a los sistemas de información ambiental regional y nacional, que permita conocer y difundir el estado de las riquezas naturales que posee. Cumplir con las normas que regulan los usos del suelo, según los resultados de los estudios que conforman el E.O.T. Fortalecimiento de la capacidad de gestión municipal, promoviendo con la entidad ambiental departamental acciones que regulen el cuidado de los recursos naturales.

Página 24: [40] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:39:00

Página 24: [41] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:41:00

Intensificar los niveles de productividad y competitividad económica y social, utilizando nuevos procesos tecnológicos en concordancia con las políticas municipales. Reactivar e incentivar el sector agropecuario con la utilización de tecnologías

que promuevan el desarrollo económico y social de la población, utilizando las políticas nacionales de apoyo.

Mejorar las cadenas productivas de cultivos como el banano bocadillo,

guayaba, pitaya y gulupa, con el objetivo de buscar un mejor desarrollo, con el apoyo de las fuerzas sociales, económicas y gremiales que interactúan en el Municipio y con las entidades del orden nacional e internacional.

Página 24: [42] Eliminado *** 03/10/2003 0:27:00

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Intensificar los niveles de productividad y competitividad económica y social, utilizando nuevos procesos tecnológicos en concordancia con las políticas municipales.

Reactivar e incentivar el sector agropecuario con la utilización de tecnologías

que promuevan el desarrollo económico y social de la población, utilizando las políticas nacionales de apoyo.

Mejorar las cadenas productivas con el objetivo de buscar un mejor desarrollo,

con el apoyo las fuerzas sociales, económicas y gremiales que interactúan en el Municipio.

Página 24: [43] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:39:00

Intensificar los niveles de productividad y competitividad económica y social, utilizando nuevos procesos educativos y tecnológicos en la parte administrativa, técnica en concordancia con las políticas municipales. Reactivar e incentivar el sector agropecuario mediante la adopción de tecnologías que estimulen el desarrollo, utilizando las políticas nacionales de apoyo hacia este sector. Transformar las cadenas productivas con el propósito de buscar un mejor desarrollo, con el apoyo las fuerzas que interactúan en el Municipio.

Página 25: [44] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:41:00

Planificar el centro urbano como un centro que posea un crecimiento ordenado y equitativo, dotándolo de una excelente cobertura en servicios públicos, equipamientos colectivos y espacio público. Consolidar el sector urbano desarrollando proyectos prioritarios dentro de los

criterios de densificación, productividad urbana y optimización de los recursos. Incentivar la recuperación de los valores culturales, sociales, educativos y

religiosos que permitan lograr una armonía entre los diferentes sectores presentes en el municipio.

Optimizar la infraestructura existente para complementar y promover las

actividades que se presentan en la región.

Página 25: [45] Eliminado *** 03/10/2003 0:27:00

Planificar el centro urbano como un centro que posea un crecimiento ordenado y equitativo, dotándolo de una excelente cobertura en servicios públicos, equipamientos colectivos y espacio público.

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Consolidar el sector urbano desarrollando proyectos prioritarios dentro de los criterios de densificación, productividad urbana y optimización de los recursos.

Incentivar la recuperación de los valores culturales, que permitan lograr una

armonía entre los sectores que se encuentran en la zona. Optimizar la infraestructura existente para complementar y promover las

actividades que se presentan en la región.

Página 25: [46] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:40:00

Planificación del centro urbano, utilizando métodos que permitan el crecimiento ordenado y equitativo, dotándolo de una excelente cobertura en servicios públicos, equipamientos colectivos y espacio público.

Consolidación del sector urbano para desarrollar proyectos prioritarios dentro de

los criterios de densificación, productividad urbana y optimización de los recursos.

Incentivar la recuperación de los valores culturales, que permitan lograr una

armonía entre los sectores presentes en la zona. Mejorar y optimizar la infraestructura existente para complementar y promover las

actividades de la zona.

Página 25: [47] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:42:00

Incentivar la integración social por medio de las políticas de la Administración Municipal para mejorar la inversión social, ofreciendo a la sociedad espacios que garanticen el mejoramiento de la calidad de vida, desarrollo y bienestar de la población. Reubicar 25 viviendas que se encuentran en las zonas declaradas en el

estudio de aptitud urbanística como de inestabilidad por procesos de remoción en masa y por inundación de la quebrada el botadero.

Adecuar y reconstruir el sector anteriormente afectado por los problemas de

orden publico, que incluyo la sede donde funcionaba el Banco Cafetero, puesto de policía y casas aledañas.

Fortalecer las actividades culturales, deportivas y educativas, construyendo un

escenario adecuado que permita la ejecución de programas y proyectos. Aprovechar la condición de vulnerabilidad que presenta la región, utilizando la

ayuda y cooperación que la comunidad internacional ha establecido para las zonas de conflicto.

Página 25: [48] Eliminado *** 03/10/2003 0:30:00

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Incentivar la integración social por medio de las políticas de la Administración Municipal para mejorar la inversión social, ofreciendo a la sociedad espacios que garanticen el mejoramiento de la calidad de vida, desarrollo y bienestar de la población.

Fortalecer las actividades culturales y educativas, construyendo un escenario

adecuado que permita la ejecución de programas y proyectos. Aprovechar la condición de vulnerabilidad que presenta la región, utilizando la

ayuda y cooperación que la comunidad internacional ha establecido para las zonas de conflicto.

Página 25: [49] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:40:00

Incentivar la integración social por medio de las políticas de la Administración Municipal en la inversión social con las estrategias territoriales que ofrezcan a la sociedad espacios que garanticen el mejoramiento de la calidad de vida, contribuyendo así mismo al desarrollo y bienestar de la población.

Fortalecer las actividades culturales y educativas, que permita construir un

escenario propicio para la ejecución de programas y proyectos. Aprovechar la condición de vulnerabilidad que presenta la zona, utilizando la

ayuda y cooperación que la comunidad internacional ha establecido para las zonas de conflicto.

Página 25: [50] Eliminado *** 03/10/2003 0:31:00

Erradicación de Cultivos Ilícitos Respaldar los Planes, Programas y Proyectos liderados por las entidades

competentes que dirigen el desarrollo alternativo, tendiente a favorecer el crecimiento productivo regional.

Mejorar el desarrollo socioeconómico del sector rural, disminuyendo la

marginalidad a la que está sometida la población. Concertar con el Gobierno Nacional, Regional y Departamental el desarrollo de

proyectos viales y de servicios que favorezcan el establecimiento de los cultivos alternativos.

Mejorar las condiciones sociales y económicas de la población afectada por

este problema, teniendo en cuenta la participación activa de ellos, para buscar y realizar los cambios requeridos que lleven a un futuro mejor.

Página 25: [51] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:40:00

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Respaldar los Planes, Programas y Proyectos liderados por las entidades competentes que dirigen el desarrollo alternativo, tendiente a favorecer el crecimiento productivo regional.

Gestionar el desarrollo socioeconómico de la zona rural, para unir el campo con la

ciudad, disminuyendo la marginalidad a la que está sometida la población. Concertar con los diferente actores como el Gobierno Nacional, Regional y

Departamental el desarrollo de proyectos de viales y de servicios que favorezcan el establecimiento de los cultivos alternativos.

Mejorar las condiciones sociales y económicas de la población afectada por este

problema, teniendo en cuenta la participación activa de ellos, para buscar y realizar los cambios requeridos que lleven a un futuro mejor.

Página 26: [52] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:43:00

Proteger y recuperar el paisaje degradado de montañas y cerros mediante la aplicación de la normatividad e inversión de obras que hagan posible esta actividad

Promover el interés de la comunidad por los sitios que ofrecen belleza

escénica mediante la protección y conservación de los mismos Obtener recursos con la finalidad de realizar proyecto que permitan proteger y

descontaminar las fuentes hídricas. Estimular el uso de los escenarios deportivos ubicados en los centros poblados

rurales y veredas buscando además educar a las personas para que protejan estos escenarios

Página 35: [53] Eliminado JAVIER 23/06/2006 10:59:00

por los límites del Municipio en conformidad en lo dispuesto en el Decreto 803 de 1940, Decreto Reglamentario de la Ley 62 de 1939 sobre el deslinde y amojonamiento de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios de República y ratificados para el departamento del Tolima, según ordenanza de mayo de 1988, Anexo 1, mapa base, estos límites son los siguientes: a. Con el Municipio de Cunday El límite con este municipio parte de Cielo Roto, nacimiento de la quebrada Mundo Nuevo, lugar de concurso de los territorios de Icononzo, Villarrica y Cunday en el límite con el departamento de Cundinamarca; se continua por toda la divisoria que separan las aguas que van al río Vichía del Cuinde Blanco; por la citada divisoria en dirección general Noroeste (NO), pasando por los altos El

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Roble, La Isla, El Diviso, El Cielo hasta encontrar el Alto del Santo; en la cuchilla el Ventorrillo o filo Cubillos que mas adelante toma el nombre de Morro de Buenavista; se continua en dirección general Suroeste (SO) por el citado Morro; hasta su terminación en el río Cuinde Negro; se continua por el río Cuinde Negro aguas arriba hasta su nacimiento en el filo la Montañita o filo Montoso, se continua por este filo en dirección general Suroeste (SO) hasta encontrar el nacimiento de la quebrada Las Bajas, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Purificación, Cunday y Villarrica. b. Con el Departamento de Cundinamarca El límite con este Departamento parte del lugar de Cielo Roto, nacimiento de la quebrada Mundo Nuevo, lugar de concurso de los territorios de Icononzo, Villarrica y Cunday; continúa por la cuchilla Altamizal hasta el nacimiento del río Riachón, aguas debajo de esta fuente hídrica hasta encontrar el límite con el Municipio de Dolores y Departamento de Huila. C. Con el Departamento del Huila El Límite con este Departamento se establece en el sector del río Riachón, donde se encuentra el límite del municipio de Dolores con el municipio de Villarrica y el mismo departamento. d. Con El Municipio de Dolores El límite con este municipio parte de la confluencia de la quebrada Siete Pasos en el río Negro, lugar de concurso de los territorios de los Municipios de Prado, Villarrica y Dolores; se continua por el río Negro, aguas arriba, hasta encontrar el filo de Wolf; por este filo en dirección Sur (S) hasta el filo el Café; por el mismo filo en dirección Sureste (SE) hasta la cuchilla Altamizal; por esta cuchilla en dirección Noreste (NE) hasta encontrar el nacimiento del río Riachón, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Dolores y Villarrica en el límite con el departamento del Huila. e. Con El Municipio de Prado El límite con este municipio parte del salto de Aco con el filo Cebollal, lugar de concurso de los municipios de Purificación, Villarrica y Prado; se continua por el filo Cebollal en dirección general Suroeste (SO), hasta encontrar el nacimiento de la quebrada Siete Pasos; por esta Quebrada agua abajo, hasta su confluencia con el río Negro, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Prado, Villarrica y Dolores. f. Con el Municipio de Purificación

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El límite con este municipio parte del nacimiento de la quebrada Las Bajas en el filo de la Montañita o Montoso, lugar de concurso de los municipios de Cunday, Villarrica y Purificación; se continua en dirección Suroeste (SO) por el mismo filo hasta el filo El Cebollal; por este filo en dirección general Suroeste (SO) hasta el salto de Aco, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Prado, Purificación y Villarrica.

Página 35: [54] Eliminado *** 03/10/2003 0:35:00

a. Con el Municipio de Líbano Este límite parte de la terminación de la loma Caracolíes en el río la Yuca, lugar de concurso de los municipios de Venadillo, Santa Isabel y Líbano; se continua por el río la Yuca, aguas arriba, hasta el encuentro con la desembocadura del rió Manso en el río La Yuca, lugar de concurso de los municipios de Líbano, Murillo y Santa Isabel.

b. Con el municipio de Venadillo El límite con este municipio parte de la terminación de la loma Caracolíes en el río la Yuca, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Santa Isabel, Líbano y Venadillo; se continua por la loma Caracolíes en dirección Sur (S)hasta encontrar el camino de las Brisas – el Corozo. Se continua por el borde oriental y en dirección Suroeste (SO) hasta encontrar el borde oriental de la carretera que une a Santa Isabel con la Inspección de Junín, por el borde oriental de la citada carretera y en dirección general Suroeste (SO) hasta encontrar la quebrada San Antonio; se continua en dirección suroeste (SO) bordeando el centro poblado San Rafael, quedando en jurisdicción del municipio de Santa Isabel, hasta el alto del cementerio en la cordillera de San José del Corozo; por la cordillera citada en dirección general Suroeste (SO) hasta el alto de San José, se continua por dicha cuchilla en dirección Suroeste (SO) hasta encontrar el borde sur de la carretera que une a Santa Isabel con el centro poblado San Rafael; se continua por el borde sur de la citada carretera en dirección suroeste (SO) hasta encontrar el borde sur del camino que une la Congoja con el sitio la Pava; se continua por el borde sur y en dirección Sureste (SE) por el citado camino el cual pasa al occidente de los cerros llamados El Salto y El Machín, hasta encontrar el borde oriental del camino la Congoja – Santa Isabel, por el borde oriental y en dirección general Sur (S) del citado camino hasta su encuentro con el camino de Campo Hermoso en la cordillera la Congoja; se continua por este filo en dirección general Sureste (SE) incluyendo la escuela La Congoja en el municipio de Santa Isabel hasta su encuentro con el río Totare, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Venadillo, Anzoátegui y Santa Isabel.

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c. Con el Municipio de Anzoátegui Límite que se inicia del Nevado del Quindío en la cordillera central, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Anzoátegui y Santa Isabel, en el límite entre los departamentos de Quindío y Tolima; se continua en dirección general Este (E) por el nevado del Quindío; hasta encontrar el nacimiento más cercano del río Totare; por este río aguas abajo, hasta su encuentro con la cuchilla la Congoja, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Venadillo, Anzoátegui y Santa Isabel. d. Con El Municipio de Murillo El límite con este municipio se inicia a partir de la desembocadura del rio Manso en el río La Yuca, lugar de concurso de los municipios de Líbano, Murillo y Santa Isabel, se continua agua arriba por el río La Yuca hasta su nacimiento, luego se continua en dirección Noroeste (NO) por toda la divisoria que separa las aguas que van del río azul con las del río Totarito hasta el nevado de Santa Isabel en la cordillera central, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Murillo y Santa Isabel en los límites con el departamento de Risaralda. Con El Departamento de Risaralda

Este límite parte del nevado de Santa Isabel en la cordillera central, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Murillo y Santa Isabel en los límites con el departamento de Risaralda, continua por toda la cordillera central hasta encontrar el nevado del Quindío, lugar de concurso de los territorios de los municipios de Anzoátegui y Santa Isabel en los límites con el departamento de Risaralda.

Página 35: [55] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:48:00

Los limites del Municipio de Ataco, en conformidad con los artículos 13 y 17 del Decreto 803 de 940, reglamentario de la Ley 62 de 1939, "Sobre deslinde y amojonamiento de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios de la República" y ratificados para el Departamento del Tolima por el Proyecto dela Ordenanza de mayo de 1988, son los siguientes (Anexo 1, Mapa Base Rural). POR EL NORTE MUNICIPIOS DE CHAPARRAL, COYAIMA Y RÍO BLANCO Chaparral: parte de la desembocadura Chiparco, lugar de concurso de los

territorios de los Municipio de Ataco, Chaparral y Coyaima. Se continúa aguas arriba hasta donde le confluye la quebrada Paipa, de esta hasta donde le confluye la quebrada Batatas. De esta quebrada continúa aguas arriba hasta donde le confluye la quebrada De Pole en dirección Noroeste, de esta hasta

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donde le confluye el río Atá, continúa aguas arriba hasta la desembocadura del río Mendarco, lugar de concurso de los Municipios de Chaparral, Ataco y Río Blanco.

Coyaima: este límite se establece partiendo de la desembocadura Chiparco,

lugar de concurso de los territorios de los Municipio de Ataco, Chaparral y Coyaima, se continúa por la quebrada Chiparco aguas arriba, hasta donde le confluye la quebrada Guasimal. Por esta aguas arriba hasta su nacimiento en la loma del Santuario, por esta loma y en dirección Sudeste hasta el alto del Santuario, de allí hasta el nacimiento de la quebrada el Pantano, por esta aguas abajo hasta su desembocadura en quebrada Amarilla, por esta aguas abajo hasta su desembocadura en la quebrada El Chocho, por esta aguas abajo hasta donde confluye la quebrada Beltrán, por esta aguas arriba hasta donde le confluye la quebrada Rovira, por esta aguas arriba hasta su nacimiento y luego por la quebrada La Vega aguas abajo hasta su desembocadura en el río Anchique.

Río Blanco: este límite parte de la del sitio donde confluye el río Mendarco al río

Saldaña, lugar de concurso de los Municipios de Chaparral, Ataco y Río Blanco. Se continúa aguas arriba por el río Saldaña hasta la desembocadura de la quebradas Las Cruces lugar de concurso de los Municipios Ataco, Río Blanco y Planadas.

POR EL ORIENTE MUNICIPIO DE NATAGAIMA El límite con el Municipio se establece partiendo de la desembocadura de la quebrada la Vega en el río Anchique, lugar de concurso de los territorios de las Municipio de Ataco, Coyaima y Natagaima, se continúa por el cauce del río Anchique aguas arriba hasta su nacimiento hasta el filo de Muñoz, de este filo en dirección Sudeste hasta el alto de Muñoz; de allí en dirección general Noroeste a coger el primer nacimiento de la quebrada La Montaña, por esta aguas abajo hasta su desembocadura en la quebrada los pasos, por esta quebrada aguas abajo hasta su desembocadura en la quebrada Canoas, por esta aguas abajo hasta su desembocadura en el río Patá, lugar de concurso de los Municipios de Ataco y Natagaima en el límite con el Departamento del Huila. POR EL OCCIDENTE MUNICIPIO PLANADAS Parte de la desembocadura de la quebrada Las Cruces al río Saldaña, lugar de concurso de los Municipios Ataco, Río Blanco y Planadas. Se continúa en dirección Oriente hasta encontrar el río Atá, de este se continúa aguas arriba hasta donde le desemboca el río Claro, este aguas arriba hasta la confluencia de la quebrada La Guajira, lugar de concurso del Municipio de Planadas y Ataco en el

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límite con el Departamento del Huila. POR EL SUR CON EL DEPARTAMENTO DEL HUILA Desde la confluencia de la quebrada La Guajira en el río Claro, lugar de concurso del Municipio de Planadas, Ataco y el Departamento del Huila, continúa en dirección Oriente hasta encontrar el río Patá, de este se continúa hasta la confluencia con la quebrada La Vieja, se continúa aguas abajo por el río Patá hasta donde le confluye a este río la quebrada Canoas, lugar de concurso de los Municipios de Ataco, Natagaima en el límite del Departamento del Huila.

Página 36: [56] Eliminado JAVIER 23/06/2006 11:38:00

Suelo de Expansión urbana este suelo es el área del territorio municipal

destinado a la expansión urbana que se habilitara para el uso urbano durante la vigencia del EOT. Estas áreas se presentan debido a las condiciones de crecimiento y de reubicación de viviendas originadas por problemas de amenazas por inestabilidad y por inundación, además éstas áreas debe dotarse de servicios públicos domiciliarios, parques, áreas libres y equipamientos colectivos (Ley 388 del 97 Articulo 32). con un área de 2.9 Has. que corresponde a 6.60 % del área total de la cabecera.

Página 36: [57] Eliminado *** 03/10/2003 0:40:00

Se define como suelo urbano aquella área del territorio municipal destinado a usos urbanos, por el Esquema de Ordenamiento Territorial que se caracteriza por poseer infraestructura vial, servicio de acueducto, alcantarillado, redes primarias de energía, para posibilitar su urbanización y edificación según lo ordene su estatuto urbano. También pueden pertenecer a esta categoría aquellas zonas con procesos de urbanización incompletos, comprendidos en áreas consolidadas con edificación que se definan como áreas de mejoramiento integral en el Esquema de Ordenamiento Territorial. Este suelo está determinado por la Ley 388/97 Artículo 31. El perímetro urbano coincide con el perímetro de los servicios públicos y sanitarios

Página 36: [58] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:49:00

donde la Cabecera Municipal presenta un perímetro de 5.544 m., lineales.

Página 36: [59] Eliminado *** 03/10/2003 12:48:00

Página 36: [60] Eliminado JAVIER 23/06/2006 11:07:00

Perímetro Propuesto Cabecera Municipal

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Página 36: [61] Eliminado JAVIER 23/06/2006 11:41:00

Página 36: [62] Eliminado *** 03/10/2003 12:39:00

Página 38: [63] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:50:00

Coordenadas del Perímetro Urbano de la Cabecera Mun icipal de Ataco Tolima

No. X Y No. X Y 1 854997 889563 18 855507 888907 2 854868 889506 19 855486 888918 3 854698 889361 20 855580 889069 4 854549 889246 21 855449 889056 5 854604 889040 22 855428 889206 6 854677 889038 23 855347 889188 7 854751 888710 24 855337 889309 8 854812 888688 25 855330 889345 9 854900 888701 26 855317 889348

10 855175 888431 27 855285 889400 11 855213 888402 28 855246 889447 12 855329 888383 29 855233 889485 13 855384 888271 30 855218 889541 14 855518 888392 31 855055 889519 15 855518 888557 32 855022 889513 16 855481 888606 33 855021 889552 171 855412854997 888748889563 17 855397 888775 12 854997854868 889563889506 181

8 855507855580 888907889069 23 854868854698 889506889361 191

9 855486855449 888918889056 34 854698854549 889361889246 202

0 855580855428 889069889206 45 854549854604 889246889040 212

1 855449855347 889056889188 56 854604854677 889040889038 222

2 855428855337 889206889309 67 854677854751 889038888710 232 855347855330 889188889345

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Coordenadas del Perímetro Urbano de la Cabecera Mun icipal de Ataco Tolima

No. X Y No. X Y 3

78 854751854812 888710888688 2424 855337855317 889309889348

89 854812854900 888688888701 2525 855330855285 889345889400

910 854900855175 888701888431 2626 855317855246 889348889447

1011

855175855213 888431888402 2727 855285855233 889400889485

1112

855213855329 888402888383 2828 855246855065 889447889458

1213

855329855384 888383888271 2929 855233855065 889485889520

1314

855384855518 888271888392 3030 855218855022 889541889513

1415

855518855518 888392888557 3131 855055855021 889519889552

1516

855518855481 888557888606 32 855022 889513

16 855481 888606 33 855021 889552

Página 38: [64] Eliminado *** 03/10/2003 0:36:00

Tabla 1 . Perímetro Urbano Cabecera Municipal. Municipio de Santa Isabel, Tolima. No. X Y No. X Y

1 886234.6385 1013220.3059 47 887176.8078 1012781.6379 2 886335.5222 1013228.5260 48 887156.8640 1012766.9240 3 886335.5270 1013178.1520 49 887143.8046 1012796.5628 4 886381.8295 1013144.4833 50 887132.5986 1012852.7559 5 886478.0982 1013148.8640 51 887142.8773 1012854.9017 6 886497.7461 1013239.4485 52 887128.0136 1012943.0032 7 886596.2947 1013244.0917 53 887125.0760 1012998.4079 8 886614.7076 1013324.4679 54 887102.6256 1013022.9881 9 886690.6469 1013321.8187 55 887081.4053 1013033.5884

10 886730.6953 1013297.5491 56 887076.6384 1013014.0778 11 886744.3348 1013263.9035 57 887016.8694 1013032.8196 12 886779.5542 1013256.4638 58 887008.5658 1013007.1640 13 886810.7304 1013244.5581 59 886911.4682 1013016.5406 14 886812.7002 1013254.6803 60 886908.3928 1013006.4013 15 886858.0360 1013244.1594 61 886836.0403 1013024.5457 16 886866.5462 1013302.1026 62 886808.6399 1012934.3737 17 886885.1024 1013299.9698 63 886806.1735 1012911.0857 18 886883.2001 1013287.6153 64 886811.7131 1012862.1546 19 886944.7860 1013296.8812 65 886793.0862 1012802.6828 20 886955.7240 1013283.8139 66 886809.0783 1012796.6914

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21 886945.2608 1013219.3113 67 886768.4445 1012700.4472 22 887021.1136 1013207.1944 68 886735.2301 1012715.8098 23 887008.9954 1013139.6599 69 886753.2365 1012761.1985 24 887104.9349 1013128.1837 70 886770.6125 1012791.7702 25 887124.1903 1013136.9596 71 886795.6519 1012865.2054 26 887114.5575 1013162.1683 72 886790.1990 1012906.7897 27 887132.2141 1013169.3855 73 886721.2836 1012908.1322 28 887152.9471 1013112.6576 74 886723.2033 1012943.4208 29 887147.4214 1013104.3753 75 886686.0797 1012945.2672 30 887178.6601 1013031.9359 76 886686.6556 1012956.9661 31 887202.6007 1013045.6164 77 886656.1332 1012958.3086 32 887245.1463 1013046.8050 78 886657.0931 1012976.3364 33 887244.9495 1013055.6570 79 886686.8476 1012974.8022 34 887365.8057 1013055.8416 80 886698.7588 1013061.0170 35 887389.3479 1013049.4263 81 886653.3409 1013057.7470 36 887384.1311 1013029.7794 82 886648.3498 1013017.0884 37 887358.0474 1013037.7986 83 886617.6354 1013017.8556 38 887204.8773 1013037.3681 84 886621.6667 1013045.6645 39 887151.9074 1013005.2916 85 886509.2751 1013048.0324 40 887158.8492 1012913.0335 86 886513.8822 1013093.2938 41 887182.8266 1012802.3001 87 886349.8880 1013092.8493 42 887245.3205 1012761.7809 88 886304.3829 1013127.8384 43 887255.4458 1012749.8259 89 886318.0088 1013140.6811 44 887270.8084 1012720.7628 90 886277.0054 1013193.9000 45 887252.2454 1012711.4133 91 886233.3084 1013196.2968 46 887227.7866 1012749.7219

Página 38: [65] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:56:00

ARTÍCULO 18. PERÍMETRO URBANO DEL CORREGIMIENTO SA NTIAGO PÉREZ. El suelo urbano del Corregimiento Santiago Pérez se encuentra delimitado por las siguientes coordenadas: (Ver Anexo 23, Mapa Base Cabecera Municipal)

Página 38: [66] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:50:00

Coordenadas del Perímetro Urbano del Corregimiento Santiago Pérez. Municipio Ataco Tolima

No. X Y No. X Y 11 830293830293 867803867803 171

6 829992829935 867364867358 22 830278830278 867780867780 181

7 830005830063 867259867370 33 830195830195 867808867808 191

8 830083830154 867270867387 44 830189830189 867792867792 201

9 830072830171 867372867444 55 830099830099 867835867835 212 830154830392 867387867310

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0 66 830041830041 867886867886 222

1 830171830431 867444867415 77 829983829983 867787867787 232

2 830392830442 867310867496 88 829876829876 867824867824 242

3 830431830439 867415867513 99 829794829794 867782867782 252

4 830442830422 867496867513 101

0 829734829734 867651867651 262

5 830439830423 867513867552 111

1 829790829790 867569867569 272

6 830422830414 867513867596 121

2 829836829836 867528867528 282

7 830423830388 867552867597 131

3 829822829822 867439867439 292

8 830414830374 867596867686 141

4 829865829865 867378867378 302

9 830388830369 867597867781 151

5 829890829890 867392867392 31

830374 867686 16 829935 867358 32 830369 867781

Página 38: [67] Eliminado JAVIER 23/06/2006 11:09:00

en lo dispuesto en el Decreto 803 de 1940, Decreto Reglamentario de la Ley 62 de 1939 sobre el deslinde y amojonamiento de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios de República y ratificados para el departamento del Tolima, según ordenanza de mayo de 1988, estos límites están definidos en el Articulo 14 de este acuerdo.

Página 38: [68] Eliminado *** 03/10/2003 0:40:00

Este suelo rural está constituido los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad o por su destinación a usos agrícolas, pecuarios, forestales, de conservación, de explotación de recursos naturales y actividades análogas, determinado por la Ley 388/97 Artículo 33.

Página 40: [69] Eliminado MI PC 11/08/2003 9:53:00

VEREDAS QUE CONFORMAN EL MUNICIPIO DE ATACO, TOLIM A

PERSONERIA JURIDICA VEREDAS No. DÍA MES AÑO

ÁREA (Has.) ÁREA (%)

Aceituno 467 9 03 1978 491.65 0.49 Agua Dulce 1027 30 07 1979 366.055 0.37 Agua Fría 1275 29 01 1972 840.32 0.84 Altamira 212 10 09 1993 481.65 0.48

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VEREDAS QUE CONFORMAN EL MUNICIPIO DE ATACO, TOLIM A

PERSONERIA JURIDICA VEREDAS No. DÍA MES AÑO

ÁREA (Has.) ÁREA (%)

Andes Estrella 1292 8 02 1972 641.62 0.64 Balsillas 978 10 2 1970 5444.62 5.46 Balso 5759 05 12 1989 108.07 0.11 Beltrán 1348 23 08 1972 1274.12 1.28 Berlín 1487 15 12 1972 1389.98 1.39 Buenos Aires 029 21 01 1983 742.97 0.75 Betania 660 14 03 1983 452.35 0.45 Brillante 1158 09 07 1974 346.86 0.35 Brisas 526.33 0.53 Buenavista 1776 12 11 1974 796.37 0.80 Canoas Copete 1552 6 04 1976 2649.89 2.66 Canoas La Vaga 1506 22 01 1973 5127.57 5.14 Canoas San Roque 1037 08 05 1978 991.17 0.99 Casa de Zinc 386 02 07 1982 1110.3 1.11 Cupilicua 2009 30 07 1979 9258.54 9.29 El Darién 093 08 09 1992 307.66 0.31 Diamante 657 14 05 1983 785.92 0.79 El Agrado 4768 17 12 1986 580.81 0.58 El Aguila 460 17 12 1986 438.7 0.44 El Cairo 2338 06 06 1990 640.38 0.64 El Cóndor 1195 15 05 1985 803.82 0.81 El Edén 171 17 01 1986 199.36 0.20 El Jazmín 4934 10 10 1989 194.31 0.19 El Progreso 1395 02 10 1987 310.91 0.31 Ensillada 358 19 09 1995 2112.05 2.12 La Cabaña 3919 20 12 1978 285.65 0.29 La Dorada 3212 27 10 1978 631.82 0.63 La Esperanza 484 21 02 1986 364.09 0.37 La Jazminia 1513 12 02 1973 994.02 1.00 Las Blancas 859 14 03 1983 535.63 0.54 Jesús María Oviedo 1039 08 05 1978 332.35 0.33 La Lindoza 1340 09 15 1997 425.64 0.43 El Jordán 1030 08 05 1978 1077.86 1.08 El Limón 1393 01 10 1997 356.6 0.36 Monteloro 979 10 11 1970 646.85 0.65 El Neme 823 28 08 1968 236.52 0.24 Madroñal 2951 19 06 1989 921.8 0.92 Las Morras 364 19 09 1995 285.056 0.29 Mirolindo 1041 08 05 1978 72.26 0.07

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VEREDAS QUE CONFORMAN EL MUNICIPIO DE ATACO, TOLIM A

PERSONERIA JURIDICA VEREDAS No. DÍA MES AÑO

ÁREA (Has.) ÁREA (%)

La Miranda 327 27 06 1995 425.38 0.43 El Porvenir 1279 24 01 1971 402.61 0.40 Los Mangos 1414 18 09 1972 325.42 0.33 Potrerito 1159 09 07 1971 1287.64 1.29 Palestina 995 20 03 1970 1819.49 1.83 Pando La Soledad 279 13 07 1994 247.5 0.25 La Rivera 1028 08 05 1978 275.83 0.28 Pomarroso 3280 30 10 1978 417.87 0.42 El Roble 242 14 01 1994 743.35 0.75 San Sebastián 148 05 03 1993 871.63 0.87 Moras 1777 12 11 1974 1427.2 1.43 Mesa de Pole 151 28 11 1983 510.84 0.51 Paipa 3112 04 10 1982 3295.6 3.31 Quindío 347 02 08 1995 217.93 0.22 Las Señoritas 4939 10 10 1989 767.85 0.77 El Triunfo 362 30 09 1995 1011.45 1.01 San José 2111 28 04 1976 1088.47 1.09 Pescado 678 1 03 1990 385.39 0.39 El Salado 1477 5 12 1972 1262.9 1.27 El Sinaí 029 16 01 1984 596.18 0.60 Tribuna 1138 8 07 1971 420.48 0.42 Pensilvania 2037 19 01 1976 613.54 0.62 Totumal 1697 7 05 1994 804.03 0.81 Chilirco 1542 3 04 1973 5963.35 5.98 La Unión 1160 9 09 1971 688.51 0.69 Campo Hermoso 1385 23 08 1972 553.29 0.56 Convenio 402 13 02 1992 555.3 0.56 La Nueva Reforma 076 19 05 1992 653.03 0.66 Polecito 340 9 12 1964 517.26 0.52 Las Cruces 4821 29 12 1983 947.42 0.95 Casa Verde 190 13 03 1964 455.46 0.46 Las Perlas 659 14 03 1983 386.56 0.39 La Nueva Aurora 1774 27 06 1974 273.59 0.27 Pueblo Nuevo 170 17 01 1986 627.72 0.63 Viso 3658 13 10 1983 6039.2 6.06 Pastalito 920 16 07 1979 720.88 0.72 El Paujil 1040 8 05 1978 957.09 0.96 San Antonio de Pole 1280 24 01 1972 1203.51 1.21 San Pedro 1201 22 08 1971 631.76 0.63

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VEREDAS QUE CONFORMAN EL MUNICIPIO DE ATACO, TOLIM A

PERSONERIA JURIDICA VEREDAS No. DÍA MES AÑO

ÁREA (Has.) ÁREA (%)

La Florida 1589 29 05 1984 387.26 0.39 Filadelfia 5884 10 09 1991 646.56 0.65 San Pablo 4827 29 12 1983 2601.72 2.61 Cascarillo 2286 30 08 1979 1610.92 1.62 Carrusel 2097 4 08 1978 669.7 0.67 Versalles 025 21 01 1983 423.34 0.42 La Fortaleza 1374 16 05 1984 498.45 0.50 El Horizonte 1375 16 05 1984 319.9 0.32 Salado Negro 1399 29 7 1972 1680.62 1.69 Vega Larga 3893 20 12 1978 359.88 0.36 La Holanda 1278 24 01 1978 1009.64 1.01 Santa Rita La Mina 4935 10 10 1989 601.84 0.60 Las Palmas 679 1 07 1990 877.97 0.88 La Ceiba 605.2 0.61 La Cristalina 326.03 0.33 La Primavera 90.01 0.09

ARTÍCULO 21. REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS CORREGIMIENTOS. Para la creación de un nuevos Corregimiento se debe cumplir con los siguientes requisitos: Debe estar constituido al menos por quince Veredas. Contar con el visto bueno de al menos el 50% de la población mayor de edad

que habiten las Vereda que aspiran a conformar el nuevo Corregimiento. Contar con un asentamiento sede del nuevo Corregimiento, con un mínimo de 200 viviendas nucleadas y un población no inferior a 1000 habitantes. El sector nucleado debe contar al menos con accesibilidad vial, con infraestructura mínimas de aguas, alcantarillado, energía, salud, educación y establecimientos comerciales que garanticen el establecimiento a sus pobladores. Las Veredas del nuevo Corregimiento deben contar con una población mínima de 5000 habitantes.

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ARTÍCULO

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21. ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICACION AMBIENTAL (AESA ). Son áreas que por su vocación proteccionista merecen ser conservadas y protegidas por la biodiversidad que presenta, así mismo por los suelos, flora y fauna

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Se declaran como unidades de especial significación ambiental las áreas de vocación proteccionista y merecen ser conservadas y protegidas por razón de su bíodiversidad, flora, fauna, suelos, entorno histórico - cultural

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. (Ver Anexo 19, Mapa de Zonificación Ambiental). Se tienen las siguientes categorías de manejo:

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22. Áreas de Especial Significancia Ambiental Bosqu es (AESAb)

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ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL CON BOSQU ES (AESAb)

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. Son áreas identificadas en el Municipio con presencia de bosque natural y secundario que deben ser protegido y conservados por la riqueza floristica que presenta, además protegen los nacimientos. Estas áreas se encuentran en las Veredas Marayal, El Darien, Bajo Roble, Puerto Lleras Y El Crucero

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Son áreas identificadas en el Municipio con especies de flora importantes que permiten la protección del suelo y nacimientos de ríos y quebradas; éstas especies de están en peligro de extinción debido a la presión que ejercen los colonos, por tal razón deben ser protegidas y conservadas. Estas áreas se encuentran en las Veredas Bolívar, Buenavista, El Brasil, La Humareda, La Pava, Las Damas, Las Palomas, Vallecitos Y La Estrella

Página 51: [78] Eliminado MI PC 11/08/2003 10:23:00

Son áreas identificadas en el Municipio con vegetación protectora de nacimientos de ríos y quebradas, con especies de flora en peligro de extinción, que deben ser protegidas y conservadas por la diversidad que presentan. Estas áreas se encuentran en las Veredas Balsillas, Santa Rita La Mina, Cupilicua, Chilirco, El Jordán, El Aguila, Cascarillo, El Limón, El Porvenir, Madroñal, La Jazmínia, Las Palmas, Casa Verde, San José, El Porvenir y Las Cruces

Página 51: [79] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 9:36:00

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ZONAS ECOLÓGICAS (ZE). Dentro de esta categoría se definen las áreas de especial significancia ambiental con Bosques y concentración de fauna (AESAbcf).

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ARTÍCULO

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23. Áreas de Especial Significancia Ambiental Humed ales (AESAhu)

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ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL CON

Página 51: [83] Eliminado *** 03/10/2003 0:50:00

CONCENTRACIÓN DE FAUNA (AESA

Página 51: [84] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

Son áreas que constituyen un sistema de humedales que ofrecen una gran riqueza hídrica, deben ser protegidos y conservados para evitar su deterioro son de origen lacustre como el lago ubicado en el sector el castillo y los origen palustre como los humedales que se encuentran en la vereda Galilea. Estas áreas constituyen un sistema estratégico importante por los recursos que posee Los humedales se encuentran en las Veredas El Castillo y Galilea

Página 51: [85] Eliminado *** 03/10/2003 0:50:00

Áreas identificadas en el Municipio con vegetación protectora que es utilizada por las comunidades de fauna para su concentración, conservación y reproducción por eso deben ser protegidas y conservadas. Estas áreas se encuentran en las Veredas La Pava, Guamaral, Buenavista Y Bolivar.

Página 51: [86] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

Página 51: [87] Eliminado MI PC 11/08/2003 10:23:00

Áreas identificadas en el Municipio con vegetación protectora en ríos y quebradas, con especies de flora y fauna nativas, que deben ser protegidas y conservadas por la diversidad biológica que presentan. Estas áreas se encuentran en las Veredas Chilirco, EL Jordán, El Águila, El Limón, El Porvenir, La Jazmínia, Las Palmas, Casa de Zinc y San José.

Página 51: [88] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 9:37:00

Áreas identificadas en el Municipio con vegetación protectora de nacimientos de ríos y quebradas, con especies de flora y fauna nativas, que deben ser protegidas y conservadas por la diversidad biológica que presentan.

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Estas áreas se encuentran en las Veredas Balsillas, Santa Rita La Mina, Cupilicua, Chilirco, EL Jordán, El Aguila, Cascarillo, EL Limón, El Porvenir, Madroñal, La Jazmínia, Las Palmas, La Fortaleza, Casa Verde, San José, El Porvenir y Las Cruces. Estas áreas presentan los siguientes usos:

Página 51: [89] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

ARTÍCULO 24. ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIEN TAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO (AESAeq-e). Son áreas establecidas en el Municipio que permiten el equilibrio ecológico ya que establecen una regulación climática e hídrica, en donde se deben establecer prácticas para la conservación, la utilización y la misma regulación de estos recursos naturales. En el Municipio se encuentran en las Veredas La Manzanita y San Joaquín

Página 51: [90] Eliminado *** 02/12/2003 23:07:00

Áreas de Especial Significancia Ambiental Ecosiste ma Estratégico Zona Amortiguadora (AESAee) Estas son áreas identificadas en el Municipio como la zona amortiguadora donde se establece un ecosistema estratégico por la biodiversidad que presenta, por eso debe ser protegida y conservada para evitar su deterioro paulatino y así mismo el deterioro del Parque Natural Los Nevados. Estas áreas se encuentran en las Veredas La Estrella Y Totalito

Página 51: [91] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

ARTÍCULO 25 Áreas de Especial Significancia Ambient al de Cuencas Hidrográficas (AESAch) Estas áreas corresponden a las cuencas y nacimientos de ríos y quebradas que abastecen los acueductos de la Cabecera Municipal y veredales, que deben ser protegidos, utilizandolos adecuadamente y ejerciendo un control necesario sobre la intervención antrópica que puede generar algún tipo de contaminación. Estas áreas corresponden a las microcuencas de las quebradas Las Delicias, La Isla, La Volcana, Cucuana, La Esmeralda y La Lejia

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. Áreas de Especial Significancia Ambiental Humeda les (AESAh) Áreas identificadas en el Municipio con sistemas de lagos naturales permanentes que se constituyen en humedales con una gran riqueza hídrica que también debe ser protegida y conservada. En el municipio estos se encuentran como lagunas con el nombre de Totarito, La Plazuela, Agua Blanca, Morro Negro, Del Ocho y La Noria. Estas áreas se encuentran en las Veredas Totarito, La Estrella Y Vallecitos

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Página 51: [93] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

ARTÍCULO 26. Áreas de Especial Significancia Ambie ntal Bosque municipal de Galilea (AESAbmg) Esta área es de vital importancia porque se constituye como el bosque municipal de Galilea que es una gran reserva natural de bosque primario intervenido que por su riqueza faunistica y floristica que posee debe ser protegido, manejado y conservado para evitar su deterioro, además por que aporta la conservación y preservación de la biodiversidad, abastecimientos de agua para la demanda del Tolima, fijación y retención del CO2 de la atmósfera. Sin embargo en esta área posiblemente se encuentran hidrocarburos según estudios preliminares exploratorios, no obstante, aunque los recursos del subsuelo son propiedad de la nación y no del municipio, para realizar algún tipo de explotación, se deben tomar en cuenta las características que posee este bosque, haciendo que los usos sobre este tipo de explotación sean condicionados, sujetos a las exigencias ambientales establecidas por el Ministerio de Medio Ambiente, haciéndolas cumplir al pie de la letra con auditoria, vigilancia y normas jurídicas. Se plantea esta situación debido a que en el área, en el municipio e incluso en el exterior se tienden a generar expectativas de todo tipo creando confusión y malos entendidos sobre el manejo, protección y conservación de esta gran área

Página 51: [94] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 9:37:00

ZONAS CON BIENES Y SERVICIOS AMBIENTALES (ZBSA). En esta categoría de manejo se definieron las áreas de especial significancia ambiental de cuencas hidrográficas (AESAch). Y áreas de especial significancia ambiental de belleza escénica (AESAbe).

Página 51: [95] Eliminado *** 03/10/2003 0:52:00

ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL DE EQUILI BRIO ECOLÓGICO (AESAeq-e). Son áreas establecidas en el Municipio que permiten el equilibrio ecológico ya que establecen una regulación climática e hídrica, en donde se deben establecer prácticas para la conservación, la utilización y la misma regulación de estos recursos naturales. En el Municipio se encuentran en las Veredas Totarito, Vallecitos y Las Damas.

Página 51: [96] Eliminado MI PC 11/08/2003 10:27:00

Son áreas establecidas en el Municipio que permiten el equilibrio ecológico ya que establecen una regulación climática e hídrica, en donde se deben establecer prácticas para la conservación, la utilización y la misma regulación de estos recursos naturales. En el Municipio se encuentran en las Veredas Moras, El Roble y San Pablo

Página 51: [97] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

ARTÍCULO

Página 51: [98] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

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27. Áreas de Especial Significancia Ambiental de Be lleza Escénica (AESAbe) En el Municipio estas áreas corresponden al instituto agropecuario Luis Bustamante y a la cascada ubicada en la quebrada la isla , se encuentra en las Veredas La Colonia y la Isla

Página 51: [99] Eliminado *** 03/10/2003 0:53:00

ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL DE CUENCA S HIDROGRÁFICAS (AESAch). Estas áreas corresponden a las microcuencas y nacimientos de ríos y quebradas que abastecen los acueductos de la Cabecera Municipal y veredales, que deben ser protegidos, utilizandolos adecuadamente y ejerciendo un control necesario sobre la intervención antrópica que puede generar algún tipo de contaminación. Estas áreas corresponden a las microcuencas de las quebradas Santo Domingo, El Cairo Y Las Mellizas.

Página 51: [100] Eliminado MI PC 11/08/2003 10:28:00

Estas áreas corresponden a las microcuencas y nacimientos de ríos y quebradas que abastecen los acueductos de la Cabecera Municipal y las Veredas, las cuales se deben preservar, utilizar adecuadamente y ejercer el control necesario sobre la intervención antrópica que puede generar algún tipo de contaminación. Estas áreas corresponden a las microcuencas de las quebradas Paipita, Pelagallina, El Oro, Montesitos, El Neme, Filadelfia, Filandia, El Paujil y El Dovio.

Página 51: [101] Eliminado JAVIER 24/06/2006 10:21:00

Página 51: [102] Eliminado *** 03/10/2003 0:54:00

ARTÍCULO

Página 51: [103] Eliminado *** 03/10/2003 0:54:00

28. ÁREAS DE ESPECIAL SIGNIFICANCIA AMBIENTAL DE B ELLEZA ESCÉNICA (AESAbe). En el Municipio estas áreas corresponden a la fuente termal ubicada en el rió la yuca en la Vereda La Yuca.

Página 51: [104] Eliminado MI PC 11/08/2003 10:28:00

En el Municipio estas áreas corresponden a la cascada Pozo de la Dicha, los balnearios naturales de Tres Piedras, río Saldaña y quebrada De Pole, Charco El Mohán y alto de La Cruz y Cerro de La Virgen. se encuentran en las Veredas El Viso, Potrerito, EL Triunfo, Balsillas y El Viso.

Página 51: [105] Eliminado *** 03/10/2003 0:54:00

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8. REGLAMENTACIÓN PARA LOS USOS DEL SUELO EN LAS U NIDADES DE ESPECIAL SIGNIFICACIÓN AMBIENTAL. Para efectos de la determinación de uso en las diversas unidades de zonificación del de jurisdicción del Municipio de

Página 52: [107] Eliminado *** 03/10/2003 1:08:00

Página 52: [108] Eliminado *** 03/10/2003 1:08:00

Tabla 3. Malla Vial, Municipio De Santa Isabel, TOLIMA

Página 52: [109] Eliminado MI PC 11/08/2003 10:42:00

MALLA VIAL, MUNICIPIO DE ATACO, TOLIMA

No. VÍA

No. VÍA

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1

Ataco - Coyaima

15

El Horizonte - Polecito

2

Ataco - Santiago Pérez

16

La Cabaña - El Balso

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3

Santiago Pérez - Planadas

17

Las Brisas - Altamira

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4

Buenavista - Balsillas - La Ye

18

Casa de Zinc - Pensilvania - Andes Estrella - Santa Rita

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5

Ataco - Paipa - Potrerito - Canoa San Roque - Filandia - Monte Frío - N

19

Pensilvania - Santa Rita

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6

Canoas San Roque - La Ye - Canoas La Va

20

Santiago Pérez - Pando La Soledad - Campo Hermoso - Jesús María Oviedo

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7

Balsillas - Santa Rita La Mina

21

Jesús María Oviedo - La Miranda

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8

La Floresta - Los Pasos - Monte Frío

22

Pando La Soledad - Los Mangos

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9

Bocas de San Pedro - Chilirco - Palestina - Buenavista - Moras - Mesita

23

Buenos Aires - Versalles - La Ensillada

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10

El Neme - San Pedro - Palestina

24

Jesús María Oviedo - El Brillante - El Paujil - La Betania - Monte Loro

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11

La Hamaca - Los Olivos - Las Cruces - San Antonio - Andes Estrella - Sa

25

El Cóndor - Monte Loro

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12

Los Olivos - Agua Fría- La Holanda - Buenavista

26

La Jazminia - Los Colorados - Planadas

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13

Chilirco - Río Patá

27

Berlín - El Crimen - Puerto Saldaña - Río Blanco

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Santiago Pérez - Las Palmas - Cascarillo - Casa Verde - El Balso - La C

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No. VÍA

1 Vía principal Desde Las Brisas – Cabecera Municipal

2 vía Santa Isabel – Alto Bonito (Vereda La Estrella)

3 Sector Las Brisas - Río La Yuca

4 Vereda Santa Bárbara - Centro Poblado Rural San Rafael

5 Puerto Colón – río La Yuca

6 Puerto Colón – Centro Poblado Rural Colón

7 Alto San José – Centro Poblado Rural Colón

8 Casco Urbano Santa Isabel – Vereda La Congoja

9

Sector Alto de la Palma – Vereda La Cristalina

10 Sector La Tolda – Veredas La Rica y San Carlos – Río Totare

11 Casco Urbano – Vereda Buena Vista – Río La yuca

12 Casco Urbano – Vereda El Brasil

13

Carretera que conduce Vereda La Yuca - un km. antes de llegar al Centro Poblado Rural Bolívar

14 Escuela Vallecitos en el Sector Alto Bonito – Escuela Las Damas

15

Centro Poblado Rural Bolívar - Veredas La Humareda y Las Palomas – Río Totare

FUENTE: OFICINA DE PLANEACIÓN MUNICIPIO DE SANTA ISABEL -TOLIMA

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FUENTE : MUNICIPIO DE VILLARRICA - TOLIMA . 2003Salto de sección (Página siguiente)

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Tabla 2 Elementos Constitutivos Artificiales o Construidos y Complementarios

del Espacio Público.

ÁREAS

DESCRIPCIÓN

Áreas integrantes de los sistemas de circulación

peatonal y vehicular

Componentes de los perfiles viales como las áreas de control ambiental, zonas de mobiliario urbano y señalización, puentes peatonales, escalinatas, rampas para discapacitados, andenes, sardineles, cunetas, ciclo pistas, ciclo vías, estacionamiento para bicicletas y motocicletas, estacionamientos bajo espacio público, bermas, separadores, reductores de velocidad, calzadas y carriles. Componentes de los cruces como esquinas, glorietas, orejas y puentes vehiculares.

Áreas articuladoras del espacio público y de

encuentro

Parques urbanos, zonas de cesión gratuita al Municipio, plazas, plazoletas, escenarios deportivos, escenarios culturales y de espectáculos al aire libre.

Áreas para la conservación y preservación de las obras de

interés público

Elementos urbanísticos, arquitectónicos, históricos, culturales, recreativos, artísticos y arqueológicos, que pueden ser sectores, manzanas, costados de manzanas, inmuebles individuales, murales, esculturas, fuentes ornamentales y zonas arqueológicas.

Elementos arquitectónicos espaciales y naturales de

propiedad privada

Que por su localización y condiciones ambientales y paisajísticas, sean incorporadas como tales en los planes de ordenamiento territorial y los instrumentos que lo desarrollen, tales como cubiertas, paramentos, pórticos, antejardines y aislamientos.

Componentes de la vegetación natural e

intervenida Componentes de la vegetación natural e intervenida.

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Tabla 2 Elementos Constitutivos Artificiales o Construidos y Complementarios del Espacio Público.

ÁREAS

DESCRIPCIÓN

Componentes del amoblamiento urbano

- Elementos de comunicación como mapas de localización, planos de inmuebles históricos, informadores de temperatura, contaminación ambiental, decibeles y mensajes, teléfonos, carteleras locales, pendones, pasacalles y buzones. - Elementos de organización como bolardos, paraderos y semáforos. - Elementos de ambientación como luminarias peatonales y vehiculares, protectores y rejillas de árboles, materas, bancas, relojes, parasoles, esculturas y murales. - Elementos de recreación como juegos para adultos y niños. - Elementos de servicio como parquímetros, bicicleteros, surtidores de agua, casetas de ventas y casetas de turismo. - Elementos de salud e higiene como baños públicos y canecas para recolectar las basuras. - Elementos de seguridad como barandas, pasamanos, cámaras de televisión para seguridad, sirenas, hidrantes, equipos contra incendios. - Elementos de nomenclatura domiciliaria o urbana. - Elementos de señalización vial para prevención, reglamentación, información, marcas y varias.

FUENTE: DECRETO

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Página 64: [115] Eliminado JAVIER 26/06/2006 10:41:00

1504 DE 1998

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Tabla 3. Elementos Constitutivos Artificiales o Construidos y Complementarios del Espacio Público. Municipio de Villarrica Tolima

ÁREAS DESCRIPCIÓN

Áreas integrantes de los sistemas de circulación

peatonal y vehicular

Perfiles Viales Vías urbanas.

Áreas articuladoras del espacio público y de

encuentro

- Parques:

Parque la Independencia Cabecera Municipal Parque El Divino Niño Parque Infantil

Zonas Verdes 1 , 2 y 3 Cabecera Municipal - Escenarios deportivos:

Polideportivo Central Tres (3) Polideportivos Institución Educativa Francisco Pineda López. Cancha de fútbol Polideportivo Colegio Adventista

Areas para la conservación y preservación de las obras de

interés público

Marco del Parque de la Independencia y parque el Divino niño Cabecera Municipal e Iglesia Central.

Elementos arquitectónicos espaciales y naturales de

propiedad privada Paramentos, Antejardines y Cerramientos.

Componentes de la vegetación natural e

intervenida

- Arborización en parque de la Independencia Cabecera municipal - Arborización en parque El Divino Niño - Arborización Zonas Verdes 1 , 2 y 3

Arborización General de las Vías y Antejardines.

Componentes del amoblamiento urbano

- Mobiliario:

Elementos de comunicación Teléfono público (1) ubicado en Telecom

- Elementos de ambientación: Luminarias de vías peatonales y vehiculares. Protectores de árboles zonas verdes y bombillos parque de la Independencia, parque el Divino Niño y parque infantil. Postes de Energía e Iluminación pública. Elementos de recreación

- Señalización: Elementos de nomenclatura domiciliaria o urbana. Elementos de señalización vial para prevención, reglamentación e información.

FUENTE: MUNICIPIO DE VILLARRICA, TOLIMA. DECRETO 1504/98 Y LEY 388/97

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Tabla 5. Elementos Constitutivos Artificiales O Construidos Y Complementarios Del Espacio Público. Municipio De

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Santa Isabel TOLIMA

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ÁREAS DESCRIPCIÓN Areas integrantes de los sistemas de circulación

peatonal y vehicular

Perfiles Viales Vías urbanas.

Areas articuladoras del espacio público y de

encuentro

- Parques: Parque Central Cabecera Municipal y Corregimiento Santiago Pérez Parque Minero Parque La Ye Corregimiento Santiago Pérez Zona Verde Cabecera Municipal y Corregimiento Santiago Pérez

- Escenarios deportivos: Cancha de Fútbol El Batallón. Cancha de Fútbol Martín Pomala. Cancha de Fútbol Barrio Las Brisas. Polideportivo. Cancha de Fútbol Santiago Pérez. Polideportivo Santiago Pérez.

Areas para la conservación y preservación de las obras de

interés público

Marco del Parque Central Cabecera Municipal y Santiago Pérez. Iglesia Central

Elementos arquitectónicos espaciales y naturales de

propiedad privada Paramentos, Antejardines y Cerramientos.

Componentes de la vegetación natural e

intervenida

- Arborización en la plaza central Cabecera y Santiago Pérez. - Arborización Parque Minero. - Arborización Zona Verde.

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- Arborización General de las Vías y Antejardines.

Componentes del amoblamiento urbano

- Mobiliario: Elementos de comunicación Teléfonos públicos (1)

- Elementos de ambientación: Luminarias de vías peatonales y vehiculares. Protectores de árboles zonas verdes y bombillos parque central. Postes de Energía e Iluminación pública. Elementos de recreación

- Señalización: Elementos de nomenclatura domiciliaria o urbana. Elementos de señalización vial para prevención, reglamentación e información.

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FUENTE: MUNICIPIO DE

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SANTA ISABEL, TOLIMA. DECRETO 1504/98 Y LEY 388/97

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Tabla 6. Elementos Constitutivos Naturales Municipio De

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Santa Isabel TOLIMA

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CUCHILLAS CERROS MONTAÑAS RÍOS QUEBRADAS

El Cobre Balsillas Los Cauchos Paipa

La Manuela

Cascada Pozo de

De Pole

Las Tórtolas

Los Ángeles

San Pablo Saldaña

Chilirco Batatas

Cerro de la Virgen

El Salado Santa Elena Montalvo La Vieja Paipita

Loma de Aponte

Guacharaco

El Mirador Atá

La Resbalosa Canoas

Pela Gallina Pelagallina El Aguila El Paujil Holanda

Betania

Las Cruces

Las Lagunas Patá

Agua Clara Zanja Honda

Miraflores Pan de Azúcar San Antonio

Palestina Las Monas

La Ensillada

El Moreno

Los Tigres Anchique

El Viso

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FUENTE: MUNICIPIO DE

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SANTA ISABEL, TOLIMA. 2002.

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.FUENTE: MUNICIPIO DE

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45. DESTINO DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO. El destino de los bienes de uso público incluidos en el espacio público no podrá ser variado sino por el Con

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cejo Municipal a través del Esquema de Ordenamiento Territorial o de los instrumentos que lo desarrollan aprobados por la autoridad competente, siempre que sean sustituidos por otros de características y dimensiones equivalentes o superiores. La sustitución debe efectuarse atendiendo criterios de calidad, accesibilidad y localización. ARTÍCULO

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46. ADMINISTRACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. Se faculta al Alcalde Municipal para que, en caso de considerarlo necesario, cree una entidad responsable de la administración, desarrollo, mantenimiento y apoyo financiero del espacio público. Igualmente, podrá contratar con entidades privadas la administración, mantenimiento y aprovechamiento económico para el municipio del espacio público, sin que impida de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito.

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ARTÍCULO

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47. USO DEL ESPACIO PÚBLICO POR ENTIDADES PRIVADAS Y DOMINIO PÚBLICO. En l

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Con formato

Página 64: [139] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:45:00

as áreas públicas de uso activo o pasivo, en especial parques, plazas y plazoletas

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el municipio podrá autorizar su uso por parte de entidades privadas para usos compatibles con la condición del espacio mediante contratos. En ningún caso estos contratos generarán derechos reales para las entidades privadas y deberán dar estricto cumplimiento a la prevalencia del interés general sobre el particular. PARAGRAFO 1. Los elementos complementarios del espacio público no podrán ser utilizados por los particulares con fines de colocación de avisos publicitarios de cualquier índole (comercial, política, social), sin previa autorización de la administración municipal. La utilización indebida de estos elementos causará iguales sanciones que las establecidas para el espacio público, sin perjuicio de las sanciones legales que se puedan originar. PARAGRAFO 2. Queda prohibido la utilización de parlantes, megáfonos, equipos de sonido y cualquier otro medio eléctrico y electrónico en el espacio público con fines publicitarios de cualquier índole, salvo cuando se trate de su utilización con

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fines sociales (sirenas, avisos de prevención de riesgos, salud pública, entre otros), en cuyo caso sólo podrá ser realizado por la entidad competente como bomberos, policía, Cruz Roja, Defensa Civil, etc. PARAGRAFO 3. La administración municipal podrá autorizar la utilización de estos medios de comunicación por tiempo y espacio definido, previa solicitud del interesado, especialmente para la realización de actividades culturales, educativas y deportivas en espacios públicos del Municipio, siempre y cuando se conserven las disposiciones que sobre contaminación por ruido establezcan las normas y la Autoridad Ambiental.

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La acción popular de que trata el artículo 1005 del Código Civil podrá interponerse en cualquier tiempo.

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en el corto plazo y para el mediano plazo será suplida por una curaduría regional, en común acuerdo con los Alcaldes vecinos

Página 67: [143] Cambio *** 03/10/2003 1:28:00

Numeración y viñetas con formato

Página 67: [144] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:54:00

Destinar recursos necesarios para ejecutar proyectos que permitan incrementar el espacio publico en la cabecera municipal

Página 67: [145] Eliminado MI PC 11/08/2003 16:44:00

Página 67: [146] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

Recuperación del espacio público

Página 67: [147] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:21:00

Municipal como en el Corregimiento Santiago Pérez

Página 67: [148] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

, en las zonas consolidadas, teniendo en cuenta el usos de calles y andenes por parte de locales comerciales, invasión de las vías por todo tipo de construcciones no paramentadas, aislamientos, ubicación del mobiliario urbano y elementos complementarios.

Igualmente se debe crear normas para establecer las tipologías y

características de: Diseño de vías peatonales, andenes y escaleras; tipología de la arborización urbana, diseño y tipología del mobiliario urbano y elementos complementarios del espacio público.

Mantenimiento del parque central en la

Página 67: [149] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:22:00

, ampliación y adecuación del Parque Minero en la

Página 67: [150] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

Cabecera Municipal.

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Página 67: [151] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

Clasificar y declarar como espacio público en la zona urbana

Página 67: [152] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:23:00

(Cabecera Municipal y Corregimiento Santiago Pérez)

Página 67: [153] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

, de acuerdo a lo establecido por Ley los elementos que se encuentran en las Tablas

Página 67: [154] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

6. Establecer normas para incentivar las tasas tributarias y compensaciones que

permitan generar espacio público. Por normativa urbana, destinar áreas de cesión para el espacio público, la

recreación, los aislamientos para protección y conservación en la zonas de Consolidación y Desarrollo residencial.

Página 67: [155] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:23:00

Declarar como espacio público las zonas de Actividad Múltiple Recreativa para incrementar el promedio de 1.87 m2 por habitante en la Cabecera Municipal y de 3.09 m2 por habitante en el Corregimiento Santiago Pérez a 15 m2 por habitante, dando así cumplimiento con el Decreto reglamentario 1504/98.

Página 67: [156] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

Generar programas de Arborización y Ornato, y reglamentación de los usos y actividades en el Parque Central para la conservación de su entorno

Página 67: [157] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

en la Cabecera Municipal

Página 67: [158] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:23:00

como en el Corregimiento Santiago Pérez

Página 67: [159] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

. Acondicionamiento y mejoramiento de las Zonas Verd

Página 67: [160] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

es ubicadas, una en la calle 8ª con carrera 3ª y la otra en la urbanización los fundadores en la carrera 1ª con calle 4ª.

Página 67: [161] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:24:00

en la vía que conduce al cementerio en la Cabecera Municipal.

Página 67: [162] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

Elaborar y ejecutar un programa de recuperación, conformación y

mantenimiento de las zonas verdes residuales del tejido urbano, antejardines y conformación de andenes.

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Página 67: [163] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:25:00

Página 67: [164] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

Mantenimiento de la

Página 67: [165] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:25:00

El Batallón, Martín Pomala, Las Brisas

Página 67: [166] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

y el Polideportivo central ubicado en laa calle 6ª con carrera 3ª en la Cabecera Municipal.

Página 67: [167] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:26:00

Y la cancha de fútbol y el polideportivo del colegio en el Corregimiento Santiago Pérez.

Página 67: [168] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:57:00

Los programas de vivienda

Página 67: [169] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

s

Página 67: [169] Eliminado *** 03/10/2003 1:28:00

s

Página 67: [170] Eliminado *** 03/10/2003 1:29:00

desarrollo urbano que comprende la urbanización los fundadores

Página 67: [170] Eliminado *** 03/10/2003 1:29:00

48

Página 67: [171] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:57:00

56

Página 67: [171] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:57:00

que se deben reubicar, 46 por problemas de inestabilidad e inundación originada por la quebrada el botadero y 10 viviendas del barrio obrero que encuentran en medio de dos equipamientos de tipo negativo y en zona de influencia de la quebrada el botadero por un valor de $840’000.000.oo realizadas

Página 67: [171] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

municipal

Página 67: [172] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 9:49:00

del perímetro urbano

Página 67: [173] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

,

Página 67: [173] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

59

Página 67: [173] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

nuevas

Página 67: [173] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

corto p

Página 67: [174] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

déficit

Página 67: [174] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:58:00

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existente mediante aportes de la nación por valor de $885’000.000.oo

Página 67: [175] Eliminado JAVIER 26/06/2006 11:59:00

Además se deben construir 130 nuevas viviendas en el mediano plazo para reducir el déficit existente mediante aportes de la nación por valor de $1950’000.000.oo, y 164 viviendas en el largo plazo mediante aportes de la nación por valor de $2.460’000.000.oo en los sectores vacíos de manzanas de los barrios Higinio Patiño y Jorge Eliécer Gaitan, alto miraflores y Andalucía

Página 68: [176] Cambio Unknown

Numeración y viñetas con formato

Página 68: [177] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:27:00

Página 68: [178] Con formato JAVIER 26/06/2006 12:24:00

Con formato

Página 68: [179] Eliminado *** 04/12/2003 15:33:00

REUBICACIÓN

Página 68: [179] Eliminado *** 04/12/2003 15:35:00

VIVIENDAS EN

Página 68: [180] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:28:00

S

Página 68: [180] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:28:00

ALTO RIESGO

Página 68: [181] Eliminado *** 04/12/2003 15:33:00

reubicación

Página 68: [181] Eliminado *** 04/12/2003 15:36:00

viviendas

Página 68: [181] Eliminado *** 04/12/2003 15:36:00

en zonas

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Numeración y viñetas con formato

Página 68: [183] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:01:00

en este Acuerdo.

Página 68: [184] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:19:00

Gestión por parte de la Administración Municipal para la consecución de recursos ante entidades competentes en otros niveles territoriales con destino al diseño y ejecución de programas que permitan proteger las zonas que presentan este tipo de amenaza

Página 68: [185] Eliminado *** 04/12/2003 15:37:00

de reubicación de viviendas de zonas de alto riesgo

Página 68: [186] Eliminado *** 03/10/2003 1:29:00

5) viviendas en la vereda La Pava

Página 68: [187] Con formato JAVIER 26/06/2006 12:26:00

Con formato

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Página 68: [188] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:13:00

Apoyo y gestión ante entidades competentes de otros niveles territoriales para

avanzar en el mejoramiento de vivienda y futuros planes dentro del proceso de reconstrucción del municipio.

Página 68: [189] Con formato JAVIER 26/06/2006 12:24:00

Con formato

Página 68: [190] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:34:00

y 43%

Página 68: [190] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:34:00

y el Corregimiento Santiago Pérez respectivamente

Página 68: [191] Eliminado *** 03/10/2003 1:35:00

20%

Página 68: [191] Eliminado *** 03/10/2003 1:36:00

un

Página 68: [192] Eliminado Mauricio Huertas 08/07/2003 16:54:00

para nuevas áreas identificadas en el transcurso de la ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial y del Plan de Desarrollo Municipal

Página 68: [193] Cambio Unknown

Numeración y viñetas con formato

Página 68: [194] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:02:00

688

Página 68: [194] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:03:00

240

Página 68: [195] Eliminado *** 03/10/2003 1:36:00

un 30%

Página 68: [195] Eliminado *** 03/10/2003 1:37:00

un 25%

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Página 68: [196] Eliminado *** 03/10/2003 1:37:00

un 15%

Página 68: [197] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:03:00

228

Página 68: [197] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:02:00

Página 73: [198] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:04:00

En esta zonificación y reglamentación del suelo rural s

Página 73: [199] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:04:00

las políticas y las acciones en el corto y mediano plazo del componente general, mediante la aplicación de

Página 73: [200] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:04:00

política, acciones y normas, con el propósito de garantizar la adecuada interacción entre

Página 73: [201] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 9:52:00

los asentamiento rurales

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Página 73: [202] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:04:00

los asentamientos rurales y el área urbana del Municipio así como la conveniente utilización del suelo rural.

Página 73: [203] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

3. POLÍTICAS EN EL CORTO PLAZO. En el área rural se seguirán las siguientes políticas en el corto plazo. Construcción de acueductos rurales en cinco veredas que no cuentan con

este sistema para lograr una mayor cobertura en la prestación de este servicio en la zona rural.

Potabilización del agua consumida en los diferentes sistemas de acueductos veredales

Construcción de plantas de tratamiento para la disposición de aguas

servidas de los centros poblados rurales Los Alpes, La Colonia y Puerto Lleras

Mejorar la infraestructura de los servicios públicos, especialmente

acueducto y saneamiento básico correspondiente al manejo de aguas servidas de alcantarillados rurales.

Dotación con material y personal idóneo en los puestos de salud, en los

centros educativos y mejoramiento en los escenarios deportivos rurales. Incentivar y fortalecer la participación de las comunidades apoyando a las

distintas formas de organización veredal. Capacitar a las Juntas Administradoras de los acueductos veredales. Ejecutar programas de construcción de pozos sépticos y de unidades

sanitarias. Recolección y manejo de los residuos sólidos en los centros poblados

rurales. Fomentar en cada finca el manejo integral de los residuos sólidos. Fomentar el proceso de vacunación del sector pecuario.

Página 73: [204] Eliminado *** 03/10/2003 1:38:00

Implementar la agricultura limpia utilizando tecnología apropiada, productos orgánicos y controles biológicos. Fomentar en la zona rural la autosuficiencia alimentaria utilizando los

excedentes generados a partir de la comercialización de productos agrícolas a nivel regional y nacional.

Fomentar y sostener la diversidad agrícola, mejorando la producción

teniendo en cuenta las potencialidades que presenta y las condiciones de oferta y demanda de productos en los distintos mercados.

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Realizar el mejoramiento del pie de cría de ganado bovino, con el manejo

de razas, control fitosanitario y manejo de praderas. Promover la reforestación protectora- productora, con especies nativas. Realizar con la comunidad talleres de educación ambiental sobre el uso

sostenible y manejo ambiental de los recursos naturales.

Página 73: [205] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:37:00

Mejorar la infraestructura de los servicios públicos, especialmente acueducto y saneamiento básico correspondiente al manejo de aguas servidas de alcantarillados rurales. Alcanzar una mayor cobertura en la prestación del servicio de acueducto en la zona rural. Mejoramiento y dotación de los equipamientos de salud, educación y recreación. Incentivar y fortalecer la participación de las comunidades apoyando a las distintas formas de organización veredal. Capacitar a las Juntas Administradoras de los acueductos veredales. Ejecutar programas de construcción de pozos sépticos y de unidades sanitarias. Recolección y manejo de los residuos sólidos en los Caseríos. Fomentar en cada finca el manejo integral de los residuos sólidos. Fomentar el proceso de vacunación del sector pecuario.

Página 73: [206] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

64. POLÍTICAS EN EL MEDIANO Y LARGO PLAZO. En el área rural se seguirán las siguientes políticas en el mediano plazo:

Página 73: [207] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

Alcanzar la cobertura de población del 100% en la prestación del servicio de

acueducto, y mejorar la calidad del agua con la construcción de plantas de tratamiento para cumplir con el Decreto 475 del 10 de marzo de 1998, Decreto que establece que todo sistema de abastecimiento deberá garantizar en todo momento, en la presión y en la calidad requerida el suministro de agua potable acorde a las características organolépticas establecidas,

Construir pozos sépticos para el manejo de aguas servidas y excretas.

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Fortalecer, mejorar e incentivar el sistema de producción agrícola. Mejorar el sistema de producción pecuario. Mantenimiento y recuperación del sistema vial.

Página 73: [208] Eliminado *** 03/10/2003 1:39:00

Mantenimiento de los pozos sépticos construidos para el manejo y tratamiento de aguas residuales. Construcción en la Cabecera Municipal de plantas de tratamiento de aguas

residuales.

Página 73: [209] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:37:00

Aumentar la cobertura de los acueductos rurales y mejorar la calidad del agua. Fomentar e incentivar la construcción de pozos sépticos para el manejo de aguas servidas y excretas. Fortalecer, mejorar e incentivar el sistema de producción agrícola. Mejorar el sistema de producción pecuario. Mantenimiento y recuperación del sistema vial.

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65. ZONIFICACION DEL SUELO RURAL. El suelo rural del Municipio de

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Villarrica se zonifica en las siguientes unidades, según la oferta ambiental, el uso potencial y los usos recomendados: Unidades de Especial Significación

Ambiental (AESA), Área de Amenaza Natural (AMN), Áreas de Recuperación Ambiental (ARA), Áreas de Producción Económica (APE) y Áreas de

asentamientos humanos

Página 73: [212] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

). Urbanos y rurales Ver Anexo

Página 73: [213] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

19, Mapa de Zonificación Ambiental.

Las áreas de especial sig

Página 73: [214] Con formato *** 02/12/2003 23:27:00

Con formato

Página 73: [215] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

nificancia ambiental (AESA

Página 73: [216] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

) con zonas ecológicas y naturales (ZEN) de bosques, humedales, equilibrio ecológico y cuencas

Página 73: [217] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

hidrográficas y la zona de alta fragilidad ecológic a (ZAFE) como el bosque municipal de Galilea y las zonas de belleza escéni ca se definieron el

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Capitulo IV como sistemas de áreas protegidas en lo s Artículos 21 al 34; por tal razón en este Capitulo no se vuelven a definir .

Página 73: [218] Eliminado *** 02/12/2003 23:24:00

de Amenaza Natural (AMN) se definieron el Capítulo IV, Sistemas de Áreas Protegidas.

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ARTÍCULO 66. Áreas de Amenaza Natural Alta por Pro cesos de Remoción en Masa (AMNArm) . Son áreas del Municipio que presentan amenaza natural alta por procesos de remoción en masa generadas por deslizamientos, flujos y caída de rocas. Estas áreas se encuentran en las Veredas El Castillo, San Joaquín , La Manzanita, Guanacas, El Paraíso, Cuatromil y Galilea ARTÍCULO 67 Áreas de Amenaza Natural Alta por Inund acion (AMNAi). Son áreas del Municipio que presentan amenaza natural alta por inundación generada por el rió cuinde blanco. Estas áreas de inundación se presenta en las Veredas El Darien, La Arcadia, La Samaria, Bajo Bélgica, El Recuerdo, Guanacas y Cuinde Blanco ARTÍCULO 68. Usos Del Suelo En Las Áreas De Amenaza Natural Alta Por Procesos De Remoción En Masa (AMNArm) Los usos establecidos para estas áreas son los siguientes: Uso principal: protección. Uso permitido: revegetalización y obras civiles para mitigación. Uso condicionado: ninguno. Uso prohibido: obras industriales, urbanismo, quemas y minería. ARTÍCULO 69. Usos Del Suelo En Las Áreas de Amenaz a Natural Alta por Inundacion (AMNAi). Uso principal: protección y conservación. Uso permitido: establecimiento de obras civiles para mitigar los efectos

producidos. Uso condicionado: ninguno. Uso prohibido: obras industriales, urbanismo, quemas y minería

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ARTÍCULO

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0. ÁREAS DE RECUPERACIÓN AMBIENTAL (ARA). Son áreas que han sufrido un deterioro paulatino, presentando diferentes tipos de degradación por factores antrópicos y/o naturales, correspondientes a áreas erosionadas, desprotegidas y contaminadas. Entre estas áreas se encuentran las siguientes:

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Son áreas que han sufrido un deterioro paulatino, presentando diferentes tipos de degradación por factores antrópicos y/o naturales, correspondientes a áreas erosionadas, desproteguidasdesprotegidas y contaminadas. Entre estas áreas se encuentran las siguientes:

Página 73: [223] Eliminado JAVIER 26/06/2006 12:17:00

ARTÍCULO

Página 75: [224] Cambio JAVIER 27/06/2006 14:49:00

Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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Numeración y viñetas con formato

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ARTÍCULO

Página 75: [234] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:48:00

5. CLASIFICACIÓN DE LAS VÍAS URBANAS . El área urbana se articula por vías que de acuerdo al uso e importancia de la misma en el transcurso del tiempo, reciben la clasificación de vías primarias o estructurantes, vías secundarias o sectoriales, vías terciarias o locales y vías peatonales (Ver Anexo

Página 75: [235] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:56:00

, Mapa Vial Cabecera

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Municipal y Corregimiento Santiago Pérez

Página 75: [237] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:56:00

.)

Página 75: [238] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:48:00

86. EJES VIALES PRIMARIOS O ESTRUCTURANTES. Es la vía destinada a soportar los flujos de tránsito originados por el transporte interurbano de bienes y personas. Sirven de conectantes con las vías intermunicipales e interdepartamentales. PARAGRAFO 1. Las principales vías primarias de la Cabecera Municipal y sus respectivos tramos son las siguientes:

Página 75: [239] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:00:00

Carrera 3ª con calles 8 a y 8. Carrera 3ª con calles 6ª, 4ª,3ª,2ª hasta la calle 1ª . Carrera 3ª con calle 10. Carrera 6ª con calles 6ª y 5ª .

Carrera 6ª con calle 5ª hasta la vía que conduce al centro poblado rural la aurora (Cunday)

Página 75: [240] Eliminado *** 03/10/2003 1:51:00

Carrera 2ª con calle 6 hasta carrera 1a. Carrera 2ª con calle 4ª y 5ª hasta carrera 3ª . Carrera 2ª hasta el sector el embarcadero via al núcleo y via al bosque. Carrera 2ª hasta la calle 10 y salida a venadillo. Calle 6ª hasta la carrera 1ª.

Calle 6ª hasta la carrera 3ª.

Página 75: [241] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:55:00

Carrera 5 entre la calle 4 y 9. Carrera 2 entre calle 7 y 6.

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Carrera 4 entre calle 9 y 7. Carrera 8 entre calle 8 y 6. Vía perimetral que conduce desde el cementerio hasta el puente sobre la quebrada Paipa. Calle 6 entre carrera 8 y 2. Calle 7 entre carrera 5 y 2. Calle 8 entre carrera 4 y 8. Calle 9 entre carrera 5 y 9.

Página 75: [242] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:55:00

PARAGRAFO 2. Las principales vías primarias del Corregimiento Santiago Pérez y sus respectivos tramos son las siguientes:

Calle 8 o vía Perimetral.

Calle 7 entre carrera 4 y 6.

Calle 6 entre carreras 3 y 5.

Carrera 4 y 5 entre calles 6 y 8.

Página 75: [243] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:00:00

ARTÍCULO

Página 75: [244] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:59:00

87. EJES VIALES SECUNDARIO O SECTORIALES. Es el conjunto de vías direccionales que por su función comunican los ejes estructurantes con grandes sectores de la zona urbana y pueden soportar tránsitos ocasionados por el transporte público colectivo. PARÁGRAFO 1

Página 75: [245] Eliminado JAVIER 27/06/2006 14:59:00

: Se identifican como ejes viales secundarios o sectoriales en la Cabecera Municipal, los siguientes:

Página 75: [246] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:00:00

Calle 5ª entre Careras 3ª y 4ª . Calle 4ª con carrera 2ª y calle 3ª . Carrera 1ª desde la calle 5ª hasta la salida al centro poblado rural Puerto

lleras

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Desde la Calle 1ª con carrera 2ª hasta la salida que conduce a la vereda

Cuinde Blanco .

En la Carrera 6ª por las vías que conducen a los centros poblados la Aurora (cunday) y la Colonia .

Página 75: [247] Eliminado *** 03/10/2003 1:52:00

Calle 10ª vía anzoategui. Calle 7ª hasta carrera 1ª. Carrera 1ª con calle 5ª. Calle 5ª con carrera 3ª entre calles 4ª y 6ª . Carrera 1ª con carrera 3ª . Carrera 1ª con Calle 2ª hasta carrera 2ª. Calle 1ª hasta calle 2ª vía sector circunvalar. Carrera 4ª hasta carrera 3ª.

Página 75: [248] Eliminado MI PC 11/08/2003 11:56:00

Carrera 3 entre calle 6 y 7; calle 7 y 9. Carrera 4 entre calle 9 y transversal 11. Carrera 4 entre calle 4 y 7. Carrera 5 entra calle 9 y 11. Carrera 6 entre calle 4 y transveersal 11. Calle 4 entre carrera 8 y 4. Calle 7 entre carrera 5 y 8. Calle 8 entre carreras 3 y 4. Calle 9 entre carrera 3 y 4. Transversal 11 entre carrera 4 y vía perimetral.

PARÁGRAFO 2: Se identifican como ejes viales secundarios o sectoriales en el Corregimiento Santiago Pérez, los siguientes:

Calle 6 entre carreras 5 y 6.

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Calle 5 entre carrera 3 y 5.

Calle 4 vía a la Vereda Campo Hermoso.

Carrera 5 entre calles 8 y vía a la Vereda Polecito.

Carrera 3 entre calles 5 y 6.

Carrera 4 entre calle 6 y vía a la Vereda Ensillada.

Carrera 5 entre calle 4 y 6.

Carrera 6 entre calle 6 y 7.

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88. EJES VIALES TERCIARIOS O LOCALES. Se identifican como estos ejes las vías urbanas de tipo vehicular que comunican entre diferentes barrios y manzanas que no son secundarias ni primarias.

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PARÁGRAFO 1: Se identifican como ejes viales terciarios en la Cabecera Municipal, las siguientes vías:

Calles 8ª A y 8ª con carrera 3ª

Calle 7ª entre carreras 6ª y 3ª . Calle 6ª entre carreras 3ª y 6ª , Calle 5ª con carreras 4ª y 5ª. Carrera 5ª hasta la salida de la vía que conduce al centro poblado La

Aurora Calles 4ª y 3ª con carrera 4ª .

Calle 2ª con Carrera 4ª

Calle 1ª con carreras 4ª y 2ª

Calle 7ª entre carreras 1ª y 3ª

Vías internas de los barrios Andalucía e Higinio Patiño

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Calle 9ª hasta carrera 3ª

Calle 8ª y 7ª hasta carrera 3ª.

Calle 3ª entre carreras 1ª y 2ª , Calle 3ª sur urbanización los fundadores.

Calle 8ª sector villa marlen la pista hasta carrera 1ª. Carrera 3ª hasta sector la circunvalar.

Calle 1ª desde la carrera 2ª hasta la vía que conduce a Guaimaral.

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Carrera 2 entre calle 4 y 6. Carrera 2 entre calle 7 y transversal 11. Carrera 3 entre calle 3 y 6. Carrera 3 entre calle 9 y 10. Carrera 4 y 4A entre calle 4 y 2. Carrera 5 entre calle 4 y 2. Carrera 6 entre calle 4 y 3. Carrera 7 entre calle 4 y 3; calle 6 y 11. Carrera 8 entre calle 8 y 11. Calle 2 entre carreras 5 y 4A. Calle 3 entre carrera 7 y 3. Calle 5 entre carrera 6 y 1. Calle 6 entre carreras 6 y 8. Calle 7 entre carreras 8 y vía perimetral. Calle 8 entre carrera 2 y 3. Calle 9 entre carrera 2, 3, 5 y vía perimetral.

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Calle 10 entre carrera 2 y vía perimetral. Calle 1e entre carrera 5 y vía perimetral. Transversal 11 entre carrera 2 y 3.

PARÁGRAFO 2: Se identifican como ejes viales terciarios en el Corregimiento Santiago Pérez, las siguientes vías:

Calle 9 entre carreras 4 y 6.

Calle 7 con carrera 4.

Calle 5 con carrera 3 y límite.

Calles 4 y 5 entre carreras 5 y 6.

Calle 2 y 3 entre carreras 4 y 6.

Página 75: [254] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:02:00

ARTICULO

Página 75: [255] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:01:00

89. EJES VIALES PEATONALES. Consolidar el sistema peatonal urbano, mejorando y adecuando los sectores en donde se requieren.

Calle 10ª con calle 8ªA

Calle 8ªA con carrera 6ª . Carrera 6ª con calle 6ª

Calle 8ª con carrera 6ª

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Calle 7ª desde la carrera 3ª hasta el sector el kinder. Calle 5ª entre carreras 3ª y 4ª. Calle 4ª desde carrera 3ª hasta carrera 4ª. Calle 2ª hasta calle 3ª Carrera 3ª desde calle 3ª hasta la calle 4ª.

Calle 1ª desde la carrera 3ª hasta la circunvalar.

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PARÁGRAFO: Para la construcción de los ejes peatonales en la Cabecera Municipal y el Corregimiento Santiago Pérez se deben ejecutar como mínimo las siguientes acciones: Estructurar y construir un sistema de andenes sobre los ejes viales

estructurantes y secundarios proyectados. Construir, mejorar y recuperar los andenes existentes sobre los ejes viales

reconocidos actualmente. Recuperar el espacio público peatonal en todos los andenes sobre las vías

estructurantes. Consolidar un programa de recuperación, mantenimiento y construcción de

andenes a nivel de barrios.

Página 75: [258] Con formato JAVIER 27/06/2006 15:05:00

Con formato

Página 76: [259] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:03:00

Se debe recuperar, ampliar y construir el sistema de andenes sobre los ejes viales estructurantes. Los diseños para escaleras o escalinatas que se desarrollen sobre terrenos con pendientes, deben tener tramos de máximo 15 escalones seguido de un descanso. Cada escalón debe llevar como mínimo una huella de 0.30 m y contrahuella de 0.17 m. Se debe mantener la dimensión y continuidad, con cambios de nivel en los casos que el terreno así lo exija, presentando las mejores soluciones de empate. Los materiales de construcción deben ser de alta resistencia a la abrasión y antideslizantes aun en condiciones de humedad y en el caso que se requiera, se instalaran pasamanos.

Página 76: [260] Eliminado *** 03/10/2003 1:56:00

Se deben mantener los ejes viales o vías peatonales que comunican calles y carreras para permitir el desarrollar de la zona residencial y la zona de actividad múltiple recreativa. Se debe recuperar, ampliar y construir el sistema de andenes sobre los ejes viales estructurantes. Los diseños para escaleras o escalinatas que se desarrollen sobre terrenos con pendientes, deben tener tramos de máximo 15 escalones seguido de un descanso. Cada escalón debe llevar como mínimo una huella de 0.30 m y contrahuella de 0.17 m. Se debe mantener la dimensión y continuidad, con cambios de nivel en los casos que el terreno así lo exija, presentando las mejores soluciones de empate. Los materiales de construcción deben ser de alta resistencia a la abrasión y antideslizantes aun en condiciones de humedad y en el caso que se requiera, se instalaran pasamanos.

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Página 76: [261] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:05:00

Se deben implementar ejes o vías peatonales a nivel de zonas y barrios que permitan desarrollar la zona residencial y la zona de actividad múltiple recreativa tanto en la Cabecera Municipal y en el Corregimiento Santiago Pérez. Se debe recuperar, ampliar y construir el sistema de andenes sobre los ejes viales estructurantes. Los diseños para escaleras o escalinatas que se desarrollen sobre terrenos con pendientes, deben tener tramos de máximo 15 escalones seguido de un descanso. Cada escalón debe llevar como mínimo una huella de 0.30 m y contrahuella de 0.17 m. Se debe mantener la dimensión y continuidad, con cambios de nivel en los casos que el terreno así lo exija, presentando las mejores soluciones de empate.

Página 76: [262] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:06:00

Los materiales de construcción deben ser de alta resistencia a la abrasión y antideslizantes aun en condiciones de humedad y en el caso que se requiera, se instalaran pasamanos.

Página 76: [263] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 76: [264] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 76: [265] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 76: [266] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 76: [267] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 76: [268] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 76: [269] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:08:00

En los casos de acceso vehicular, el nivel del andén debe ser superado con una rampa que tiene máximo 5 m. de avance sobre el andén o sobre la franja verde si existe y con un ancho máximo de 3 m..

Página 76: [270] Cambio Ferney Huertas 09/12/2002 17:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [271] Cambio JAVIER 27/06/2006 15:30:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [272] Cambio JAVIER 27/06/2006 15:30:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [273] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:27:00

Lograr la cobertura total en el servicio con la adecuación y mejoramiento de las redes de conducción, aducción, distribución y componentes del sistema de acueducto

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Elaborar y ejecutar el Programa Quinquenal de Uso Eficiente y Ahorro del

agua, según la Ley 377/97 y Resolución 687/98 de CORTOLIMA, para estimular el uso racional del agua potable.

Diseñar e implementar el Manual de Procedimientos para el manejo de la

planta de tratamiento. Elaborar un plan de acción que permita el control de calidad del agua

suministrada a la población de la Cabecera Municipal. Implementación de sectores del servicio de acueducto que estén

delimitados físicamente en el área urbana, con el fin de regular y controlar el servicio.

Todos los sistemas de abastecimiento deberán garantizar en todo momento

el suministro de agua potable, acorde con las características organolécticas establecidas en el Decreto 475 del 10 de marzo de 1998.

Implementar la instalación de cinco hidrantes en la Cabecera municipal. Lograr consolidar una cultura ciudadana mediante procesos educativos,

para el buen uso de las fuentes hídricas, el control y ahorro del agua. Protección de la fuentes hídricas que abastecen acueductos urbano y

rurales mediante proyectos de reforestación y aislamiento en los zonas de nacimientos y a lo largo de las mismas.

Realizar campañas educativas con los habitantes que viven a lo largo del

área que drena la fuente hídrica especialmente en las zonas mas altas y el nacimiento de las mismas.

Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio. Compra y adquisición del predios del área de influencia del acueducto de la

Cabecera Municipal.

Página 81: [274] Eliminado *** 03/10/2003 1:58:00

Dotación y funcionamiento de la planta de tratamiento para ofrecer procesos de potabilización del agua a la población.

Elaborar y ejecutar el Programa Quinquenal de Uso Eficiente y Ahorro del

agua, según la Ley 377/97 y Resolución 687/98 de CORTOLIMA, para estimular el uso racional del agua potable.

Diseñar e implementar el Manual de Procedimientos para el manejo de la

planta de tratamiento. Elaborar un plan de acción que permita el control de calidad del agua

suministrada a la población de la Cabecera Municipal.

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Implementación de sectores del servicio de acueducto que estén delimitados físicamente en el área urbana, con el fin de regular y controlar el servicio.

Todos los sistemas de abastecimiento deberán garantizar en todo momento

el suministro de agua potable, acorde con las características organolécticas establecidas en el Decreto 475 del 10 de marzo de 1998.

Implementar la instalación de cinco hidrantes en la Cabecera municipal. Adecuación y mejoramiento de las redes de conducción, aducción,

distribución y componentes del sistema de acueducto. Realizar la caracterización periódica, fisicoquímica y bacteriológica de las

fuentes hídricas que abastecen acueductos para determinar la calidad de la misma.

Destinar el 1% de los recursos del municipio para la compra de predios

donde se encuentran fuentes abastecedoras de acueductos, según artículo 111 de la Ley 99 de 1993.

Realizar un inventario para conocer los distintos predios donde se

encuentran fuentes hídricas abastecedoras de acueductos.

Página 81: [275] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:14:00

Dotación y funcionamiento de la planta de tratamiento para ofrecer procesos de potabilización del agua a la población.

Construcción de un nuevo acueducto utilizando las aguas de la quebrada Pirama por el sistema de gravedad con el fin de disminuir los bajos niveles de continuidad que actualmente ofrece el acueducto.

Elaborar y ejecutar el Programa Quinquenal de Uso Eficiente y Ahorro del agua, según la Ley 377/97 y Resolución 687/98 de CORTOLIMA, para estimular el uso racional del agua potable.

Declarar como área de protección las áreas de influencia de la bocatoma, el tanque de almacenamiento y la planta de tratamiento.

Diseñar e implementar el Manual de Procedimientos para el manejo de la planta de tratamiento.

Elaborar un plan de acción que permita el control de calidad del agua suministrada a la población de la Cabecera Municipal y Corregimiento Santiago Pérez.

Realizar cursos de capacitación en operación y mantenimiento de la planta de tratamiento y fontanería.

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Implementación de sectores del servicio de acueducto que estén delimitados físicamente en el área urbana, con el fin de regular y controlar el servicio.

Implementar acciones de protección establecida por la Ley 99/93, de 30 m., sobre el cauce de la quebrada La Paipita.

Todos los sistemas de abastecimiento deberán garantizar en todo momento el suministro de agua potable, acorde con las características organolécticas establecidas en el Decreto 475 del 10 de marzo de 1998.

Implementar la instalación de cinco hidrantes en la Cabecera Municipal y cinco hidrantes en el Corregimiento Santiago Pérez.

Página 81: [276] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:27:00

100. ACIONES EN EL MEDIANO PLAZO PARA EL SERVICIO DE ACUEDUCTO. Se realizarán las siguientes acciones: Continuidad del programa del ahorro y uso eficiente del agua según la Ley

377/97 y Resolución 687/98 de CORTOLIMA. Elaborar el Plan de Abastecimiento Sostenible del Agua para evitar la escasez de este líquido vital para la vida.

Página 81: [277] Eliminado *** 03/10/2003 1:58:00

Implementación del programa de instalación de Micro medidores. Continuidad del programa del ahorro y uso eficiente del agua según la Ley

377/97 y Resolución 687/98 de CORTOLIMA. Elaborar el Plan de Abastecimiento Sostenible del Agua para evitar la escasez de este líquido vital para la vida.

Página 81: [278] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:28:00

Página 81: [279] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:14:00

Implementación del programa de instalación de Micro medidores. Adecuación y mejoramiento de las redes de conducción, aducción, distribución

y componentes del sistema de acueducto. Continuidad del programa del ahorro y uso eficiente del agua según la Ley

377/97 y Resolución 687/98 de CORTOLIMA. Elaborar el Plan de Abastecimiento Sostenible del Agua para evitar la escasez

de este líquido vital para la vida.

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Página 81: [280] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:28:00

1. ACCIONES EN EL LARGO PLAZO PARA EL SERVICIO DE ACUEDUCTO. Se realizarán las siguientes acciones: Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio.

Sostenibilidad de la oferta de agua y calidad de la misma para consumo humano.

Compra y adquisición del predios del área de influencia del acueducto de la Cabecera Municipal.

Página 81: [281] Eliminado *** 03/10/2003 1:59:00

Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio.

Sostenibilidad de la oferta de agua y calidad de la misma para consumo humano.

Compra y adquisición del predios del área de influencia del acueducto de la

Cabecera Municipal. Lograr consolidar una cultura ciudadana mediante procesos educativos,

para el buen uso de las fuentes hídricas, el control y ahorro del agua.

Página 81: [282] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:15:00

Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio.

Sostenibilidad de la oferta de agua y calidad de la misma para consumo humano.

Compra y adquisición del predios del área de influencia del acueducto de la

Cabecera Municipal. Lograr consolidar una cultura ciudadana mediante procesos educativos, para el

buen uso de las fuentes hídricas, el control y ahorro del agua.

Página 81: [283] Eliminado *** 03/10/2003 1:59:00

Página 81: [284] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:29:00

2. ACCIONES EN EL CORTO PLAZO PARA EL SERVICIO DE ALCANTARILADO. Se realizarán las siguientes acciones:

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Cambio de la red de alcantarillado en los sectores donde presente mal estado o que halla cumplido su vida útil, dando prioridad a las redes que se encuentren en las vías primarias.

Implementar el plan maestro de alcantarillado y Saneamiento básico. Construir el sistema de colectores e interceptores. Construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales. Consolidar y estructurar el sistema de las redes de alcantarillado en las

zonas de desarrollo residencial. Diseñar y ejecutar un plan de saneamiento hídrico a nivel domiciliario. Adquirir los predios para la construcción del sistema de planta de

tratamiento para el manejo de aguas residuales. Estructurar y consolidar el sistema de las redes de alcantarillado en las

zonas de desarrollo residencial, en proyección o en consolidación. Todos los vertimientos deben contar con sistemas de tratamiento de aguas

residuales que garantice, dependiendo del uso de la corriente superficial, los criterios de calidad establecidos y las remociones en el Decreto 1594 del 26 de junio de 1984.

Implementar el sistema de redes separadas para el alcantarillado y aguas

lluvias. Establecer como lo exige la Ley 388 de 1998, zonas de protección o

barreras ambientales en los sistemas de tratamiento de aguas residuales para evitar posteriores conflictos de uso.

Página 81: [285] Eliminado JAVIER 27/06/2006 15:31:00

Página 81: [286] Eliminado *** 03/10/2003 1:59:00

Cambio de la red de alcantarillado en los sectores donde presente mal estado o que halla cumplido su vida útil, dando prioridad a las redes que se encuentren en las vías primarias.

Implementar el plan maestro de alcantarillado y Saneamiento básico. Gestionar recursos con las entidades promotoras de los programas de plan

de saneamiento hídrico, recuperación y descontaminación de aguas. Diseñar y ejecutar un plan de saneamiento hídrico a nivel domiciliario. Adquirir los predios para la construcción del sistema de planta de

tratamiento para el manejo de aguas residuales.

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Estructurar y consolidar el sistema de las redes de alcantarillado en las

zonas de desarrollo residencial, en proyección o en consolidación. Todos los vertimientos deben contar con sistemas de tratamiento de aguas

residuales que garantice, dependiendo del uso de la corriente superficial, los criterios de calidad establecidos y las remociones en el Decreto 1594 del 26 de junio de 1984.

Establecer como lo exige la Ley 388 de 1998, zonas de protección o

barreras ambientales en los sistemas de tratamiento de aguas residuales para evitar posteriores conflictos de uso.

Página 81: [287] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:15:00

Cambio de la red de alcantarillado en los sectores donde presente mal estado o que halla cumplido su vida útil, dando prioridad a las redes que se encuentren en las vías primarias.

Implementar el plan maestro de alcantarillado y Saneamiento básico. Gestionar recursos con las entidades promotoras de los programas de plan de

saneamiento hídrico, recuperación y descontaminación de aguas. Diseñar y ejecutar un plan de saneamiento hídrico a nivel domiciliario. Adquirir los predios para la construcción del sistema de lagunas de oxidación

para el tratamiento de aguas residuales. Comenzar el saneamiento de fuentes hídricas importantes como el Río

Saldaña y la quebrada La Paipa, eliminando los descoles que vierten las aguas residuales a estos, conducidas a través del sistema de alcantarillado a la planta de tratamiento de aguas residuales.

Diseñar los sistemas de recolección de aguas lluvias, especialmente en los

barrios Campo Alegrae y Subestación. Estructurar y consolidar el sistema de las redes de alcantarillado en las zonas

de desarrollo residencial, en proyección o en consolidación. Todos los vertimientos deben contar con sistemas de tratamiento de aguas

residuales que garantice, dependiendo del uso de la corriente superficial, los criterios de calidad establecidos y las remociones en el Decreto 1594 del 26 de junio de 1984.

Establecer como lo exige la Ley 388 de 1998, zonas de protección o barreras

ambientales en los sistemas de tratamiento de aguas residuales para evitar posteriores conflictos de uso.

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Página 81: [288] Cambio *** 03/10/2003 2:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [289] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:45:00

3. ACIONES EN EL MEDIANO PLAZO PARA EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO. Se realizarán las siguientes acciones: Ejecución del Plan Maestro de Alcantarillado y Plan de Saneamiento Hídrico

en el 100%. Optimizar las redes para conducción de aguas residuales.

Página 81: [290] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:45:00

Terminar la construcción en un 100% de las instalaciones físicas y mecánicas de la planta del sistema de tratamiento de aguas negras y lagunas de oxidación.

Ejecutar el 100% del plan de saneamiento hídrico en lo que respecta al

sistema de redes de colectores e interceptores, y la red de conducción hasta las lagunas de oxidación.

Lograr una cobertura, continuidad y calidad en la prestación del servicio de

alcantarillado equivalente al 100%.

Página 81: [291] Eliminado *** 03/10/2003 2:00:00

Construir el sistema de colectores e interceptores. Construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales. Ejecutar la construcción del plan maestro de alcantarillado elaborado para el

Municipio. Consolidar y estructurar el sistema de las redes de alcantarillado en las

zonas de desarrollo residencial.

Página 81: [292] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:16:00

Construir el sistema de colectores e interceptores en los sitios adecuados para mejorar la prestación del servicio de alcantarillado.

Construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales. Ejecutar la construcción del plan maestro de alcantarillado elaborado para el

Municipio. Consolidar y estructurar el sistema de las redes de alcantarillado en las zonas

de desarrollo residencial. Canalizar el caño que atraviesa el Corregimiento Santiago Pérez de Norte a

Este y que se constituye en fuente de contaminación.

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Página 81: [293] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:45:00

EL LARGO PLAZO PARA EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO. Se realizarán las siguientes acciones.

Página 81: [294] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:19:00

Ejecución del Plan Maestro de Alcantarillado y Plan de Saneamiento Hídrico en el 100%.

Optimizar las redes para conducción de aguas residuales. Optimizar toda la red actual de alcantarillado. Terminar la construcción en un 100% de las instalaciones físicas y mecánicas

de la planta del sistema de tratamiento de aguas negras y lagunas de oxidación.

Ejecutar el 100% del plan de saneamiento hídrico en lo que respecta a el

sistema de redes de colectores e interceptores, y la red de conducción hasta las lagunas de oxidación.

Lograr una cobertura, continuidad y calidad en la prestación del servicio de

alcantarillado equivalente al 100%. Implementar el sistema de redes separadas para el alcantarillado y aguas

lluvias.

Página 81: [295] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:45:00

Continuar con una cobertura y calidad en la prestación del servicio de

alcantarillado equivalente al 100%.

Página 81: [296] Eliminado *** 03/10/2003 2:00:00

Ejecución del Plan Maestro de Alcantarillado y Plan de Saneamiento Hídrico

en el 100%. Optimizar las redes para conducción de aguas residuales. Optimizar toda la red actual de alcantarillado. Terminar la construcción en un 100% de las instalaciones físicas y

mecánicas de la planta del sistema de tratamiento de aguas negras y lagunas de oxidación.

Ejecutar el 100% del plan de saneamiento hídrico en lo que respecta al

sistema de redes de colectores e interceptores, y la red de conducción hasta las lagunas de oxidación.

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Lograr una cobertura, continuidad y calidad en la prestación del servicio de alcantarillado equivalente al 100%.

Implementar el sistema de redes separadas para el alcantarillado y aguas

lluvias.

Página 81: [297] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:45:00

5.

Página 81: [297] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:46:00

EN EL CORTO PLAZO PARA E

Página 81: [298] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:51:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [299] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:51:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [300] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:51:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [301] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:51:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [302] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:51:00

Numeración y viñetas con formato

Página 81: [303] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:51:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [304] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [305] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [306] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [307] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [308] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [309] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [310] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [311] Con formato JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Con formato

Página 82: [312] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [313] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [314] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [315] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:53:00

Numeración y viñetas con formato

Página 82: [316] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:53:00

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Ejecución del plan de manejo integrado de residuos sólidos como lo establece el Articulo 8 del Decreta 1753 de agosto 6 de 2002, con la adecuación, manejo y reestructuración técnica y ambiental del sitio actual de disposición final, que esta ubicado en el sector la meseta vereda el Darien, dotándola con una infraestructura apropiada que permita manejar correctamente los residuos sólidos generados sin crear conflictos de tipo técnico y ambiental reduciendo los impactos producidos por esta actividad.

Reforestación y manejo ambiental que comprende la descontaminación y

protección del área circunvecina al sitio de disposición final. Dotar de un sistema de almacenamiento adecuado para almacenamiento de

las basuras en la plaza de mercado. Educación ambiental a la comunidad sobre manejo adecuado de los

residuos sólidos. Conformación y asesoría para el reciclaje de residuos sólidos y compostaje. Manejo técnico y adecuado de los escombros generados en el municipio en

el sitio de disposición final ubicado en la vereda marayal, sitio que contara con las disposiciones reglamentarias para este tipo de actividad para evitar que se presenten conflictos de uso.

Adquisición de equipo especial para la recolección de las basuras. Diseñar y establecer el plan de Aseo y barrido de las vías, parques, plazas y plazoletas e igualmente el mantenimiento e implementación de las zonas verdes y de la arborización urbana.

Página 82: [317] Eliminado *** 03/10/2003 2:02:00

Construcción de una planta de reciclaje de residuos sólidos. Dotar de un sistema de almacenamiento adecuado para almacenamiento de

las basuras en la plaza de mercado. Adquisición e instalación de hornos incineradores para el manejo de los

residuos hospitalarios. Educación ambiental a la comunidad sobre manejo adecuado de los

residuos sólidos. Conformación y asesoría para el reciclaje de residuos sólidos y compostaje.

Página 82: [318] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:21:00

Construcción del relleno sanitario municipal. Dotar de un sistema de almacenamiento adecuado para almacenamiento de

las basuras en la plaza de mercado.

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Adquisición e instalación de hornos incineradores para el manejo de los residuos hospitalarios.

Educación ambiental a la comunidad sobre manejo adecuado de los residuos

sólidos. Conformación y asesoría para el reciclaje de residuos sólidos y compostaje.

Página 82: [319] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:54:00

09. ACCIONES EN EL MEDIANO PLAZO PARA EL MANEJO DE RESÍDUOS SÓLIDOS. Se realizarán las siguientes acciones: Continuar con talleres de educación ambiental dirigidos a la comunidad para

seguir manejando adecuadamente los residuos sólidos. Sostenimiento y mantenimiento ambiental de la planta para el manejo de los

residuos sólidos.

Página 82: [320] Eliminado *** 03/10/2003 2:02:00

Educación ambiental a la comunidad sobre manejo adecuado de los residuos sólidos.

Sostenimiento y mantenimiento ambiental de la planta para el manejo de los

residuos sólidos. Adquisición de equipo especial para la recolección de las basuras. Diseñar y establecer el plan de Aseo y barrido de las vías, parques, plazas y

plazoletas e igualmente el mantenimiento e implementación de las zonas verdes y de la arborización urbana.

Página 82: [321] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:21:00

Educación ambiental a la comunidad sobre manejo adecuado de los residuos sólidos.

Sostenimiento y mantenimiento ambiental del relleno sanitario municipal. Adquisición de equipo especial para la recolección de las basuras. Diseñar y establecer el plan de Aseo y barrido de las vías, parques, plazas y

plazoletas e igualmente el mantenimiento e implementación de las zonas verdes y de la arborización urbana.

Página 82: [322] Eliminado *** 03/10/2003 2:02:00

Página 82: [323] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:54:00

10. ACCIONES EN EL LARGO PLAZO PARA EL MANEJO DE RE SÍDUOS SÓLIDOS. Se realizarán las siguientes acciones: Sostenibilidad del servicio de aseo.

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Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio de aseo. Consolidar una cultura del reciclaje. Consolidar la participación ciudadana para lograr desarrollar una cultura de

aseo y limpieza.

Página 82: [324] Eliminado *** 03/10/2003 2:03:00

Sostenibilidad del servicio de aseo. Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio de aseo. Consolidar una cultura del reciclaje. Consolidar la participación ciudadana para lograr desarrollar una cultura de

aseo y limpieza.

Página 82: [325] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:22:00

Sostenibilidad del servicio de aseo. Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio de aseo. Consolidar una cultura del reciclaje. Consolidar la participación ciudadana para lograr desarrollar una cultura de

aseo y limpieza.

Página 82: [326] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:54:00

EN EL CORTO PLAZO

Página 83: [327] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:55:00

Promover el uso de la señal satelital Promover el mejoramiento de la señal telefónica celular. Mejoramiento y ampliación de la cobertura de las líneas telefónicas, en el

área urbana.

Página 83: [328] Eliminado *** 03/10/2003 2:03:00

Mejoramiento y ampliación de la cobertura de las líneas telefónicas, en el área urbana.

Promover el mejoramiento de la señal telefónica celular.

Página 83: [329] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:22:00

Mejoramiento y ampliación de la cobertura de las líneas telefónicas, en el área urbana en coordinación con la empresa de telefonía.

Promover el mejoramiento de la señal telefónica celular con la instalación

señales en puntos estratégicos del Municipio..

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Página 83: [330] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:55:00

2. ACCIONES EN EL MEDIANO Y LARGO PLAZO PARA EL SER VICIO DE TELECOMUNICACIONES. Se realizarán las siguientes acciones: Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio en el área urbana. Lograr la cobertura del servicio en un 100% en número de líneas telefónicas

comerciales, públicas y residenciales. Lograr la cobertura y el mejoramiento de otros servicios de comunicaciones

como son la telefonía celular, y el Internet.

Página 83: [331] Eliminado *** 03/10/2003 2:03:00

Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio en el área urbana. Lograr la cobertura del servicio en un 100% en número de líneas telefónicas

comerciales, públicas y residenciales. Lograr la cobertura y el mejoramiento de otros servicios de comunicaciones como son la telefonía celular, y el Internet

Página 83: [332] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:22:00

Lograr la cobertura del 100% en la prestación del servicio en el área urbana con la entrega de líneas telefónicas a los solicitantes.

Lograr la cobertura del servicio en un 100% en número de líneas telefónicas

comerciales, públicas y residenciales. Lograr la cobertura y el mejoramiento de otros servicios de comunicaciones

como son la telefonía celular, y el Internet con la instalación .de oficinas que presten este servicio.

Página 83: [333] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 10:23:00

ACCIONES PARA EL USO DEL ESPACIO PÚBLICO. Para garantizar en futuro la adecuada utilización del espacio público en el Municipio se realizarán las siguientes acciones en el corto, mediano y largo plazo: ARTÍCULO 115.

Página 83: [334] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Numeración y viñetas con formato

Página 83: [335] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Numeración y viñetas con formato

Página 83: [336] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Numeración y viñetas con formato

Página 83: [337] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Numeración y viñetas con formato

Página 83: [338] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Numeración y viñetas con formato

Página 83: [339] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

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Numeración y viñetas con formato

Página 84: [340] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [341] Cambio *** 03/10/2003 2:04:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [342] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Recuperar el espacio público en la Cabecera Municipal, en las zonas consolidadas, teniendo en cuenta el usos de calles y andenes por parte de locales comerciales, invasión de las vías por todo tipo de construcciones no paramentadas, aislamientos, ubicación del mobiliario urbano y elementos complementarios. Igualmente se debe crear normas para establecer las tipologías y

características de: Diseño de vías peatonales, andenes y escaleras; tipología de la arborización urbana, diseño y tipología del mobiliario urbano y elementos complementarios del espacio público.

Clasificar y declarar como espacio público en la zona urbana, de acuerdo a

lo establecido por Ley los elementos que se encuentran en las Tablas 2, 3 y 4.

Establecer normas para incentivar las tasas tributarias y compensaciones

que permitan generar espacio público. Por normativa urbana, destinar áreas de cesión para el espacio público, la

recreación, los aislamientos para protección y conservación en la zonas de Consolidación y Desarrollo residencial.

Generar programas de Arborización y Ornato y reglamentación de los usos

y actividades en el Parque la independencia y en el parque divino niño. Elaborar y ejecutar un programa de recuperación, conformación y

mantenimiento de las zonas verdes residuales del tejido urbano, antejardines y conformación de andenes.

Mantenimiento de los escenarios deportivos y zonas verdes ubicadas en la

Cabecera Municipal. Destinar recursos necesarios para ejecutar proyectos que permitan

incrementar el espacio publico en la cabecera municipal

Página 84: [343] Eliminado *** 03/10/2003 2:04:00

Recuperar el espacio público en la Cabecera Municipal, en las zonas consolidadas, teniendo en cuenta el usos de calles y andenes por parte de locales comerciales, invasión de las vías por todo tipo de construcciones no paramentadas, aislamientos, ubicación del mobiliario urbano y elementos complementarios.

Igualmente se debe crear normas para establecer las tipologías y

características de: Diseño de vías peatonales, andenes y escaleras;

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tipología de la arborización urbana, diseño y tipología del mobiliario urbano y elementos complementarios del espacio público.

Clasificar y declarar como espacio público en la zona urbana, de acuerdo a

lo establecido por Ley los elementos que se encuentran en las Tablas 2, 3 y 4.

Establecer normas para incentivar las tasas tributarias y compensaciones

que permitan generar espacio público. Por normativa urbana, destinar áreas de cesión para el espacio público, la

recreación, los aislamientos para protección y conservación en la zonas de Consolidación y Desarrollo residencial.

Generar programas de Arborización y Ornato, y reglamentación de los usos

y actividades en el Parque Central de la Cabecera. Acondicionamiento y mejoramiento de la Zonas Verdes uno y dos ubicada

en la calle 8ª entre carreras 3ª y 2ª y urbanización los fundadores. Elaborar y ejecutar un programa de recuperación, conformación y

mantenimiento de las zonas verdes residuales del tejido urbano, antejardines y conformación de andenes.

Mantenimiento de la cancha de fútbol y el Polideportivo central ubicados en

la Cabecera Municipal.

Página 84: [344] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:23:00

Recuperación del espacio público tanto en la Cabecera Municipal como en el Corregimiento Santiago Pérez, en las zonas consolidadas, teniendo en cuenta el usos de calles y andenes por parte de locales comerciales, invasión de las vías por todo tipo de construcciones no paramentadas, aislamientos, ubicación del mobiliario urbano y elementos complementarios. Igualmente se debe crear normas para establecer las tipologías y

características de: Diseño de vías peatonales, andenes y escaleras; tipología de la arborización urbana, diseño y tipología del mobiliario urbano y elementos complementarios del espacio público.

Mantenimiento, ampliación y adecuación del Parque Minero en la Cabecera

Municipal.. Clasificar y declarar como espacio público en la zona urbana (Cabecera

Municipal y Corregimiento Santiago Pérez), de acuerdo a lo establecido por Ley los elementos que se encuentran en las Tablas 3 y 4.

Establecer normas para incentivar las tasas tributarias y compensaciones que

permitan generar espacio público.

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Por normativa urbana, destinar áreas de cesión para el espacio público, la recreación, los aislamientos para protección y conservación en las zonas de Consolidación y Desarrollo residencial.

Declarar como espacio público las zonas de Actividad Múltiple Recreativa para

incrementar el promedio de 1.87 m2 por habitante en la Cabecera Municipal y de 3.09 m2 por habitante en el Corregimiento Santiago Pérez a 15 m2 por habitante, dando así cumplimiento con el Decreto reglamentario 1504 de 1998..

Generar programas de Arborización y Ornato, y reglamentación de los usos y

actividades en el Parque Central para la conservación de su entorno tanto en la Cabecera Municipal como en el Corregimiento Santiago Pérez.

Acondicionamiento y mejoramiento de la Zona Verde ubicada en la calle 8 en la

vía que conduce al cementerio en la Cabecera Municipal. Elaborar y ejecutar un programa de recuperación, conformación y

mantenimiento de las zonas verdes residuales del tejido urbano, antejardines y conformación de andenes.

Mantenimiento de las canchas de fútbol El Batallón, Martín Pomala, Las Brisas

y el Polideportivo en la Cabecera Municipal. Y la cancha de fútbol y el polideportivo del colegio en el Corregimiento Santiago Pérez.

Página 84: [345] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:56:00

4. ACCIONES EN EL MEDIANO PLAZO PARA EL USO DEL ESP ACIO PÚBLICO. Se realizarán las siguientes acciones:

Página 84: [346] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:56:00

Adecuación, recuperación y construcción de andenes. Implementación, Recuperación, mejoramiento y dotación del espacio

público en vías primarias y secundarías, parques y polideportivos. Actualizar la nomenclatura urbana, señalización y mobiliario urbano. Creación de parques de recreación pasiva y activa en las áreas de actividad

múltiple recreativa, zonas de protección y aislamiento ambiental.

Página 84: [347] Eliminado *** 03/10/2003 2:04:00

Adecuación, recuperación y construcción de andenes. Implementación, Recuperación, mejoramiento y dotación del espacio

público en vías primarias y secundarías, parques y polideportivos. Actualizar la nomenclatura urbana, señalización y mobiliario urbano. Creación de parques de recreación pasiva y activa en las áreas de actividad múltiple recreativa, zonas de protección y aislamiento

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Página 84: [348] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:24:00

Adecuación, recuperación y construcción de andenes. Implementación, Recuperación, mejoramiento y dotación del espacio público

en vías primarias y secundarías, parques y polideportivos. Actualizar la nomenclatura urbana, señalización y mobiliario urbano. Creación de parques de recreación pasiva y activa en las áreas de actividad

múltiple recreativa, zonas de protección y aislamiento ambiental.

Página 84: [349] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:56:00

ARTÍCULO 11

Página 84: [350] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:56:00

5. ACCIONES EN EL LARGO PLAZO PARA EL USO DEL ESPAC IO PÚBLICO. Se realizarán las siguientes acciones: Ejecución y consolidación del programa de recuperación del espacio

público. Consolidar el programa de implementación, mejoramiento y dotación del

espacio público y así mismo el programa de Arborización y Ornato.

Página 84: [351] Eliminado *** 03/10/2003 2:05:00

Ejecución y consolidación del programa de recuperación del espacio público.

Consolidar el programa de implementación, mejoramiento y dotación del espacio público y así mismo el programa de Arborización y Ornato

Página 84: [352] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:24:00

Ejecución y consolidación del programa de recuperación del espacio público. Consolidar el programa de implementación, mejoramiento y dotación del espacio público y así mismo el programa de Arborización y Ornato.

Página 84: [353] Eliminado JAVIER 27/06/2006 22:25:00

Página 84: [353] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:00:00

1

Página 84: [354] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:00:00

16

Página 84: [354] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:58:00

.

Página 84: [355] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:58:00

17. ACCIONES EN EL CORTO PLAZO PARA EL USO DEL EQUI PAMIENTO. S

Página 84: [356] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [357] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

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Numeración y viñetas con formato

Página 84: [358] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [359] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [360] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [361] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [362] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [363] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 84: [364] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [365] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [366] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [367] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [368] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [369] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [370] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [371] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [372] Cambio JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [373] Cambio *** 03/10/2003 2:05:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [374] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:57:00

Relocalización de la planta de Sacrificio en la zona rural del municipio par disminuir el conflicto generado por este. Mantenimiento y mejoramiento de la Plaza de Mercado de la Cabecera

Municipal. Dotar de mobiliario, material audiovisual y elementos complementarios

pedagógicos a la institución educativa Francisco Pineda López ubicado en la Cabecera Municipal.

Mantenimiento de la Casa del Anciano.

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Implementar en la estación de servicio ubicada en la Cabecera Municipal el manejo de los residuos de hidrocarburos grasas y aceites.

Creación de una barrera ambiental alrededor del cementerio como lo

establece la ley Construcción y dotación de una sede para el cuerpo de Bomberos, Defensa

Civil Y Comité Local De Emergencias Mantenimiento de la infraestructura del hospital La Milagrosa

Página 85: [375] Eliminado *** 03/10/2003 2:05:00

Elaboración de estudios y diseño para la relocalización de la planta de Sacrificio ubicada en la Cabecera Municipal.

Mantenimiento y mejoramiento de la Plaza de Mercado de la Cabecera

Municipal. Mantenimiento del Palacio Municipal. Dotar de mobiliario, material audiovisual y elementos complementarios

pedagógicos al Instituto educativo Santa Isabel ubicado en la Cabecera Municipal.

Mantenimiento de la Casa del Anciano. Implementar en la estación de servicio ubicada en la Cabecera Municipal el

manejo de los residuos de hidrocarburos grasas y aceites.

Página 85: [376] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:25:00

Elaboración de estudios y diseño para la rehubicaciónlocalización de la planta de Sacrificio ubicadas tanto en la Cabecera Municipal, así como en el Corregimiento Santiago Pérez.

Mantenimiento y mejoramiento de la Plaza de Mercado de la Cabecera

Municipal. Mantenimiento y mejoramiento del Terminal de Transportes que está localizado

de la Cabecera Municipal. Remodelación y adecuación del Palacio Municipal. Gestionar proyecto para la dotación de mobiliario, sala de computadoras y

elementos complementarios pedagógicos del Instituto Técnico Empresarial Martín Pomala en la Cabecera Municipal.

Elaboración de un programa para mejoramiento de infraestructura educativa y

dotación pedagógica, para las escuelas Camilo Torres y Nuestra Señora de Lourdes en la Cabecera Municipal.

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Dotación de mobiliario, sala de computadoras y elementos didácticos y complementarios pedagógicos al colegio Jesús María Oviedo y escuela en el Corregimiento Santiago Pérez.

Mantenimiento de la Casa del Anciano. Implementar en las estaciones de servicios el manejo de los residuos de

hidrocarburos y aceites en la Cabecera Municipal y en el Corregimiento Santiago Pérez.

Página 85: [377] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 10:58:00

Reactivación de la planta de procesamiento, para la transformación del plátano en harina en el Corregimiento Santiago Pérez.

Página 85: [378] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:57:00

18. ACCIONES EN EL MEDIANO Y LARGO PLAZO PARA EL US O DEL EQUIPAMIENTO. Se realizarán las siguientes acciones: Mantenimiento de la Plaza de Ferias. Mantenimiento y adecuación de la Biblioteca Pública. Construcción de un parque en la Cabecera Municipal.

Página 85: [379] Eliminado *** 03/10/2003 2:05:00

Mantenimiento de la Plaza de Ferias. Construcción de la Estación de Bomberos y Cruz Roja. Mantenimiento y adecuación de la Biblioteca Pública. Mantenimiento del hospital Carlos Torrente Llano. Construcción de un parque en la Cabecera Municipal.

Página 85: [380] Eliminado JAVIER 27/06/2006 18:59:00

Página 85: [381] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:26:00

Construcción de la Plaza de Ferias Coliseo de Ferias. Construcción de la Estación de Bomberos y Cruz Roja. Construcción de la Biblioteca Pública. Terminación de la Casa de la Cultura. Mantenimiento del hospital Nuestra Señora de Lourdes y el Centro de Salud. Mantenimiento de los cementerios y de la morgue de la Cabecera Municipal y

el Corregimiento Santiago Pérez..

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Construcción de la plaza de mercado en el Corregimiento Santiago Pérez. Construcción de un puesto de Policía en el Corregimiento Santiago Pérez. Construcción de un centro recreacional tanto en la Cabecera Municipal como

en el Corregimiento Santiago Pérez.

Página 85: [382] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 10:58:00

ARTICULO

Página 85: [383] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:00:00

0. ACCIONES EN EL CORTO PLAZO PARA DISEÑO Y EJECUCI ÓN DE LOS PLANES DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL URBANA. Se realizarán las siguientes acciones:

Página 85: [384] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [385] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [386] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [387] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [388] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 85: [389] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Numeración y viñetas con formato

Página 86: [390] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:00:00

Ampliar la cobertura de vivienda de interés social para los estratos 1 y 2 en el sector urbano.

Priorizar la construcción de 115 Viviendas de Interés Social

(V.I.S.),incluyendo las 56 viviendas que deben ser reubicadas, 46 por problemas de amenazas naturales y 10 viviendas del barrio obrero que se encuentran en medio de dos equipamientos de tipo negativo, en la zona de tratamiento de desarrollo urbano (zona de expansión 1 y 2) y en los espacios vacíos de manzana en los barrios Jorge Eliécer Gaitan e Higinio Patiño ubicados en la cabecera municipal.

mejoramiento integral de 105 viviendas de los estratos 1 y 2 ubicados en la

en la Cabecera Municipal. Elaboración del expediente urbano. Legalización de los terrenos ejidos. Incentivar el ahorro programado.

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Formulación de proyectos para el Plan Colombia destinados a vivienda.

Página 86: [391] Eliminado *** 03/10/2003 2:06:00

Ampliar la cobertura de vivienda de interés social para los estratos 1

y 2 en el sector urbano. Priorizar la construcción de 48 Viviendas de Interés Social (V.I.S.), en la

urbanización los fundadores, localizada en la Cabecera Municipal. Gestionar recursos ante las diferentes entidades de nivel territorial

competentes, para el mejoramiento integral del 60% de las viviendas de estratos 1 y 2 en la Cabecera.

Elaboración del expediente urbano. Legalización de los terrenos ejidos. Incentivar el ahorro programado. Formulación de proyectos para el Plan Colombia destinados a vivienda. Solución del déficit cualitativo de las viviendas mediante proyectos de

remodelación.

Página 86: [392] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:27:00

Ampliar la cobertura de vivienda de interés social para los estratos 1 y 2 en el sector urbano.

Dar prioridad a los proyectos de vivienda de vivienda V.I.S., como es el proyecto de 60

viviendas que se ubicará en el barrio la sSubestación y Campolegre en la Cabecera Municipal y el proyecto de 60 viviendas ubicado en la urbanización Villa Café en el Corregimiento Santiago Pérez, para disminuir el déficit de vivienda actual de 534y otro proyecto de vivienda de interés social en el barrio el Porvenir con igual número de viviendas.

Gestionar recursos ante las diferentes entidades de nivel territorial competentes, para

el mejoramiento integral del 42% de las viviendas de estratos 1 y 2 en la Cabecera Municipal y del 43% de las viviendas en el Corregimiento Santiago Pérez.

Elaboración del expediente urbano. y Llegalización de los terrenos ejidos. Incentivar el ahorro programado. Formulación de proyectos para el Plan Colombia destinados a vivienda. Solución del déficit cualitativo de las viviendas mediante proyectos de remodelación. Construcción de dos planes de vivienda localizados en la Cabecera Municipal y un

plan de vivienda en el Corregimiento Santiago Pérez.

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Página 86: [393] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:03:00

1. ACCIONES EN EL MEDIANO PLAZO PARA DISEÑO Y EJECU CIÓN DE LOS PLANES DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL URBANA. Se realizarán las siguientes acciones: Disminuir el déficit de vivienda de acuerdo al crecimiento demográfico

presentado y al faltante en este plazo que corresponde a la construcción de 130 Viviendas de Interés Social.

Remodelación y mantenimiento de viviendas existentes con el cumplimiento

de normas de sismorresistencia (NSR98).

Página 86: [394] Eliminado *** 03/10/2003 2:06:00

Disminuir el déficit de vivienda de acuerdo al crecimiento demográfico

presentado y al faltante en este plazo que corresponde a la construcción de 120 Viviendas de Interés Social.

Remodelación y mantenimiento de viviendas existentes con el cumplimiento

de normas de sismorresistencia (NSR98).

Página 86: [395] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:29:00

Disminuir el déficit de vivienda de acuerdo al crecimiento demográfico presentado y al faltante en este plazo que corresponde a la construcción de 200 Viviendas de Interés Social.

Suplir el déficit de vivienda de acuerdo al crecimiento demográfico y del faltante ejecutado a corto plazo.

Remodelación y mantenimiento de viviendas existentes con el cumplimiento de

normas de sismorresistenciasismo resistencia (NSR98).

Página 86: [396] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:03:00

2. ACCIONES EN EL LARGO PLAZO PARA DISEÑO Y EJECUCI ÓN DE LOS PLANES DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL URBANA. Se realizarán las siguientes acciones: Ejecutar totalmente un proyecto de vivienda de interés social V.I.S., para

suplir definitivamente el déficit de vivienda para el año 2012 correspondiente a la construcción de 164 Viviendas de Interés Social, incluyendo los diseños de urbanismo, las áreas de cesión, las dimensiones y área mínima del lote tipo, el plan de servicios públicos, plan vial, los equipamientos colectivos, los diseños estructurales y los requisitos expuestos en la normativa urbana.

Alcanzar una cobertura del 100% de demanda de vivienda. Unificación de la tipología apropiada de vivienda para el Municipio y

mejoramiento estético en las fachadas.

Página 86: [397] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:06:00

Numeración y viñetas con formato

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Página 87: [398] Eliminado JAVIER 27/06/2006 22:26:00

Página 87: [399] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:31:00

Ejecutar totalmente un proyecto de vivienda de interés social V.I.S., para suplir definitivamente el déficit de vivienda para el año 2011 correspondiente a la construcción de 207 Viviendas de Interés Social, incluyendo los diseños de urbanismo, las áreas de cesión, las dimensiones y área mínima del lote tipo, el plan de servicios públicos, plan vial, los equipamientos colectivos, los diseños estructurales y los requisitos expuestos en la normativa urbana. Ejecutar totalmente un proyecto de vivienda de interés social V.I.S., para suplir

definitivamente el déficit de vivienda para el año 2011, incluyendo los diseños de urbanismo, las áreas de cesión, las dimensiones y área mínima del lote tipo, el plan de servicios públicos, plan vial, los equipamientos colectivos, los diseños estructurales y los requisitos expuestos en la normativa urbana.

Alcanzar una cobertura del 100% de demanda de vivienda. Unificación de la tipología apropiada de vivienda para el Municipio y

mejoramiento estético en las fachadas.

Página 91: [400] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:18:00

Numeración y viñetas con formato

Página 91: [401] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:18:00

Numeración y viñetas con formato

Página 91: [402] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:18:00

Numeración y viñetas con formato

Página 91: [403] Cambio JAVIER 27/06/2006 19:24:00

Numeración y viñetas con formato

Página 91: [404] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:22:00

ARTÍCULO 12

Página 91: [405] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:17:00

5. ZONIFICACIÓN URBANA EN LA CABECERA MUNICIPAL. Se definen para la Cabecera Municipal las siguientes zonas, ver Anexo

Página 91: [406] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:17:00

5, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo Cabecera Municipal. Z R U Zona Residencial Urbana Z A M Zona de Actividad Múltiple. Z A I Zona de Actividad Institucional. Z A M R Zona de Actividad Múltiple Recreativa. Z I Zona Industrial. Z P C A Zona de Protección y Conservación Ambiental. ZEU Zona de expansión urbana

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Página 91: [407] Eliminado *** 15/12/2003 20:04:00

Página 91: [408] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:39:00

Z R U Zona Residencial Urbana Z A M Zona de Actividad Múltiple. Z A I Zona de Actividad Institucional. Z A M R Zona de Actividad Múltiple Recreativa. Z U P Zona de Utilidad Pública. Z I Zona Industrial. Z P C A Zona de Protección y Conservación Ambiental.

Página 91: [409] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 10:29:00

Z R Zona Residencial. Z D Zona de Desarrollo. Z C U Zona de Consolidación Urbana. Z U I Zona de Uso Institucional. Z U M Zona de Uso Múltiple. Z A M R Zona de Actividad Múltiple Recreativa. Z U P Zona de Utilidad Pública. Z E U Zona de Expansión Urbana. Z I Zona Industrial. Z P A Zona de Protección Ambiental.

Página 91: [410] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:22:00

ARTÍCULO 1

Página 91: [411] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:16:00

26. Zona Residencial Urbana (ZRU). Esta zona se encuentra ubicada en sectores determinados en el mapa de aptitud urbanística como estables y sectores de inestabilidad potencial, se consideran estos segundos sectores como zona residencial urbana por que en las mismas recomendaciones dadas por INGEOMINAS establece que en sectores ya construidos es conveniente realizar obras de drenaje superficial y subterráneo, como las que realizó CORTOLIMA en 1992, para eliminar el exceso de agua y estabilizar el suelo, sin embargo se deben prohibir nuevos asentamientos urbanísticos (mapa de aptitud urbanística ZIP). Las redes de acueducto y alcantarillado deben ser revisados periódicamente, es decir se debe realizar un manejo adecuado de estos sectores con obras que mitiguen el impacto producido, lo que si se debe evitar es realizar desarrollo urbano masivo. También se deben realizar en estas áreas estudios geotécnicos detallados y manejo de aguas superficiales

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para diseñar el tipo de obra o vivienda que puede soportar el terreno, de lo contrario se deben utilizar estas áreas para proyectos de reforestación, con especies que absorban altas cantidades de agua El uso predominante es el residencial con vivienda de tipo progresivo, donde solo se permitirá los usos compatibles con la vivienda y los demás usos deben ser prohibidos. Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Estos terrenos en su gran mayoría son lotes ejidales, que se caracterizan por tener áreas muy grandes, bajo índice de ocupación constructivo e infraestructura de servicios públicos. Los usos son los siguientes: Uso principal: residencial. Uso compatible: comercial de bajo impacto. Uso condicionado: comercial Grupo II que no tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías y electrodomésticos.

Uso prohibido: comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación y

lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio, ventas de maquinaria pesada y minería.

Página 91: [412] Con formato *** 22/10/2003 22:26:00

Con formato

Página 91: [413] Eliminado *** 03/10/2003 2:08:00

Zona Residencial Urbana (ZRU). El uso predominante es el residencial con vivienda de tipo progresivo, donde solo se permitirá los usos compatibles con la vivienda y los demás usos deben ser prohibidos. Son áreas donde se presenta la posibilidad de construcción de viviendas nuevas y adecuadas y remodelación de las existentes, en su mayoría con espacios vacíos en el borde y centros de manzanas y están dotadas de servicios públicos. Ver anexo 36, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Estos terrenos en su gran mayoría son lotes ejidales, que se caracterizan por tener áreas muy grandes, bajo índice de ocupación constructivo e infraestructura de servicios públicos, por lo que se propone para algunas de estas áreas incluirlas dentro de las áreas de consolidación. Los usos son los siguientes:

Página 91: [414] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:40:00

El uso predominante es el residencial con vivienda de tipo progresivo, donde solo se permitirá los usos compatibles con la vivienda y los demás usos deben ser prohibidos. Son áreas donde se presenta la posibilidad de construcción de viviendas nuevas y adecuadas y remodelación de las existentes, en su mayoría con espacios vacíos en el borde y centros de manzanas y están dotadas de servicios públicos. Ver anexo 46, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Estos terrenos en su gran mayoría son lotes ejidales, que se caracterizan por tener áreas muy grandes, bajo índice de ocupación constructivo e infraestructura de servicios públicos, por lo que se propone para algunas de estas áreas incluirlas dentro de las áreas de consolidación. Los usos son los siguientes:

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Página 91: [415] Eliminado *** 03/10/2003 2:08:00

Uso principal: residencial. Uso compatible: comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico como

tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso condicionado: comercial Grupo II que no tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

Uso prohibido: comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación y

lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

Página 91: [416] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:40:00

Uso principal: residencial. Uso compatible: comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico como

tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso condicionado: comercial Grupo II que no tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

Uso prohibido: comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación y

lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

Página 91: [417] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:22:00

ARTÍCULO 1

Página 91: [418] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:22:00

27. Zona de Actividad Múltiple (ZAM) Es aquella zona donde se desarrollan simultáneamente diversas actividades comerciales, económicas, residenciales y de servicios, principalmente de cobertura municipal. Entre los usos comerciales y de servicios se encuentran aquellos que por su bajo impacto ambiental son compatibles con la vivienda como la tiendas, droguerías, papelerías, fotocopiadoras, fruterías, cafeterías, misceláneas, zapaterías, oficinas de profesionales y consultorios, otros servicios como peluquerías, lavanderías, confecciones, calzada, artículos de cuero, billares, clubes sociales, hoteles y supermercados. Este tipo de actividades no se presentan concentradas sino que generalmente se desarrollan en diversos sectores, principalmente sobre las vías principales o estructurantes. Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes:

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Uso principal: residencial. Usos compatibles: comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico

como tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías, comercial Grupo II que tienen un moderado impacto ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

Usos condicionados: comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

Uso prohibido: industrial.

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Zona de Actividad Múltiple (ZAM). Es aquella zona donde se desarrollan simultáneamente diversas actividades comerciales, económicas, residenciales y de servicios, principalmente de cobertura municipal. Entre los usos comerciales y de servicios se encuentran aquellos que por su bajo impacto ambiental son compatibles con la vivienda como la tiendas, droguerías, papelerías, fotocopiadoras, fruterías, cafeterías, misceláneas, zapaterías, oficinas de profesionales y consultorios, otros servicios como peluquerías, lavanderías, confecciones, calzada, artículos de cuero, billares, clubes sociales, hoteles y supermercados. Este tipo de actividades no se presentan concentradas sino que generalmente se desarrollan en diversos sectores, principalmente sobre las vías principales o estructurantes. Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes:

Uso principal: residencial, comercial de bajo impacto ambiental y

urbanístico como tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso compatible: comercial Grupo II que tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

Uso condicionado: comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

Uso prohibido: industrial.

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Es aquella zona donde se desarrollan simultáneamente diversas actividades comerciales, económicas, residenciales y de servicios, principalmente de cobertura municipal. Entre los usos comerciales y de servicios se encuentran aquellos que por su bajo impacto ambiental son compatibles con la vivienda

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como la tiendas, droguerías, papelerías, fotocopiadoras, fruterías, cafeterías, misceláneas, zapaterías, oficinas de profesionales y consultorios, otros servicios como peluquerías, lavanderías, confecciones, calzada, artículos de cuero, billares, clubes sociales, hoteles y supermercados. Este tipo de actividades no se presentan concentradas sino que generalmente se desarrollan en diversos sectores, principalmente sobre las vías principales o estructurantes. Ver anexo 46, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: residencial, comercial de bajo impacto ambiental y

urbanístico como tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso compatible: comercial Grupo II que tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

Uso condicionado: comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

Uso prohibido: industrial.

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ARTÍCULO 1

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28. Zona de Actividad Institucional (ZAI) Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganización espacial de uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR-98 Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: institucional. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial e industrial

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Zona de Actividad Institucional (ZAI

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). Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganización espacial de uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR-98 Ver anexo 46, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: institucional. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial e industrial.

Página 91: [426] Eliminado *** 03/10/2003 2:09:00

). Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganización espacial de uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR-98 Ver anexo 36, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: institucional. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial e industrial

Página 91: [427] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:22:00

29. Zona de Actividad Múltiple Recreativa (ZAMR) En estas zonas se puede desarrollar la recreación activa y pasiva, los usos complementarios y compatibles con estas actividades, complementando la deficiencia de espacio público presentada en el área urbana, a través de la utilización de terrenos baldíos ubicados en diferentes sectores dejados por los procesos de urbanización en diferentes barrios y terrenos perimetrales del casco urbano. La recreación activa o deportiva está compuesta por todos los equipamientos recreativos activos, parques deportivos, canchas múltiples, polideportivos y demás escenarios para recreación activa, donde se permitirá desarrollar usos compatibles a estas actividades como parqueaderos, comercio menor, oficinas y toda la infraestructura necesaria para este tipo de eventos. Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. En la recreación pasiva o cultural se desarrollarán actividades recreativas pasivas o culturales como teatro al aire libre, conciertos, exposiciones de arte, y ferias educativas, agropecuarias con su respectiva adecuación y dotación. Se incluye igualmente los usos complementarios. Uso principal: recreación activa y pasiva. Uso compatible: deportiva. Uso condicionado: comercial estacionario.

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Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

Página 91: [428] Eliminado *** 03/10/2003 2:10:00

Zona de Actividad Múltiple Recreativa (ZAMR). En estas zonas se puede desarrollar la recreación activa y pasiva, los usos complementarios y compatibles con estas actividades, complementando la deficiencia de espacio público presentada en el área urbana, a través de la utilización de terrenos baldíos ubicados en diferentes sectores dejados por los procesos de urbanización en diferentes barrios y terrenos perimetrales del casco urbano.

La recreación activa o deportiva está compuesta por todos los equipamientos recreativos activos, parques deportivos, canchas múltiples, polideportivos y demás escenarios para recreación activa, donde se permitirá desarrollar usos compatibles a estas actividades como parqueaderos, comercio menor, oficinas y toda la infraestructura necesaria para este tipo de eventos. Ver anexo 36, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. En la recreación pasiva o cultural se desarrollarán actividades recreativas pasivas o culturales como teatro al aire libre, conciertos, exposiciones de arte, y ferias educativas, agropecuarias con su respectiva adecuación y dotación. Se incluye igualmente los usos complementarios. Uso principal: recreación activa y pasiva. Uso compatible: deportiva. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

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En estas zonas se puede desarrollar la recreación activa y pasiva, los usos complementarios y compatibles con estas actividades, complementando la deficiencia de espacio público presentada en el área urbana, a través de la utilización de terrenos baldíos ubicados en diferentes sectores dejados por los procesos de urbanización en diferentes barrios y terrenos perimetrales del casco urbano.

La recreación activa o deportiva está compuesta por todos los

equipamientos recreativos activos, parques deportivos, canchas múltiples, polideportivos y demás escenarios para recreación activa, donde se permitirá desarrollar usos compatibles a estas actividades como parqueaderos, comercio menor, oficinas y toda la infraestructura necesaria para este tipo de eventos. Ver anexo 46, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo.

En la recreación pasiva o cultural se desarrollarán actividades recreativas

pasivas o culturales como teatro al aire libre, conciertos, exposiciones de arte, y ferias educativas, agropecuarias con su respectiva adecuación y dotación. Se incluye igualmente los usos complementarios.

Uso principal: recreación activa y pasiva.

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Uso compatible: deportiva. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

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Página 91: [431] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:44:00

ARTÍCULO 131. Zona de Utilidad Pública (ZUP). Es la zona utilizada para aprovisionamiento de servicios públicos domiciliarios, donde se localiza infraestructura (tres pozos de bombeo) que abastecen el acueducto de la Cabecera Municipal. Los usos son los siguientes: Uso principal: protección. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: recreación pasiva. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

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0. Zona Industrial (ZI) Esta zona se establece fuera del perímetro urbano cerca de la vía que conduce al centro poblado la Aurora, en esta se establecerá una industria menor de bajo impacto, relacionada con la explotación de materia prima, fabricación, manufacturación y transformación de productos. Los usos son los siguientes: Uso principal: industrial. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial y comercial

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Zona Industrial (ZI). Esta zona se establece fuera del perímetro urbano cerca de la vía que conduce a Guamimaral, en esta se establecerá una industria menor de bajo impacto, relacionada con la explotación de materia prima, fabricación, manufacturación y transformación de productos. Los usos son los siguientes: Uso principal: industrial. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario.

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Uso prohibido: residencial y comercial.

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Esta zona se establece fuera del perímetro urbano cerca de la vía cerrada que conecta con la vía principal que conduce al Municipio de Coyaima, en esta se establecerá una industria menor de bajo impacto, relacionada con la explotación de materia prima, fabricación, manufacturación y transformación de productos. Los usos son los siguientes: Uso principal: industrial. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial y comercial.

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ARTÍCULO 13

Página 91: [436] Eliminado JAVIER 27/06/2006 19:22:00

1. Zona de Protección y Conservación Ambiental (ZP CA)Son zonas que por presentar amenaza por remoción en masa por inestabilidad y por inundación, tienen restringida la posibilidad de urbanizarse. Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: protección y conservación. Uso compatible: investigación. Uso condicionado: turismo ecológico. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial ARTÍCULO 132. Zona de Expansión Urbana 1 y 2 (ZEU) Estas áreas están ubicadas, una en la salida hacia el municipio de cunday y la otra entre los barrios Higinio Patiño y Jorge Eliécer Gaitan en las zonas determinadas en el mapa de aptitud urbanística (anexo 24) como estable s y en donde se pueden desarrollar proyectos de vivienda masivos, debe dotarse en el corto plazo de los servicios publico domiciliarios Ver anexo 35, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: residencial, comercial de bajo impacto ambiental y

urbanístico como tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso compatible: comercial Grupo II que tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

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Uso condicionado: comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos. Uso prohibido: industrial.

Página 91: [437] Con formato *** 15/12/2003 21:22:00

Con formato

Página 91: [438] Con formato JAVIER 27/06/2006 19:31:00

Con formato

Página 99: [439] Cambio JAVIER 27/06/2006 20:33:00

Numeración y viñetas con formato

Página 99: [440] Cambio JAVIER 27/06/2006 20:34:00

Numeración y viñetas con formato

Página 99: [441] Cambio JAVIER 27/06/2006 20:34:00

Numeración y viñetas con formato

Página 99: [442] Cambio JAVIER 27/06/2006 20:34:00

Numeración y viñetas con formato

Página 99: [443] Eliminado *** 03/10/2003 2:11:00

Zona de Protección y Conservación Ambiental (ZPCA). Son zonas que por sus características paisajísticas, ambientales, geográficas, o por formar parte de la zona de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras de servicios públicos domiciliarios o por estar en áreas de amenaza denominadas de inestabilidad, tienen restringida la posibilidad de urbanizarse. Ver anexo 36, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: protección y conservación. Uso compatible: investigación. Uso condicionado: turismo ecológico. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

Página 99: [444] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:45:00

Son zonas que por sus características paisajísticas, ambientales, geográficas, o por formar parte de la zona de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras de servicios públicos domiciliarios o por estar en áreas de amenaza como por inestabilidad potencial, por deslizamiento y por inundación potencial (Anexo 26) tienen restringida la posibilidad de urbanizarse. Ver anexo 46, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: protección y conservación. Uso compatible: investigación. Uso condicionado: turismo ecológico. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

Página 99: [445] Eliminado MI PC 11/08/2003 12:45:00

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ARTÍCULO 12834. ZONIFICACIÓN URBANA EN EL CORREGIM IENTO SANTIAGO PÉREZ. Se definen para el Corregimiento Santiago Pérez las siguientes zonas, ver Anexo 478, Mapa de Zonificación y Uso del Suelo Corregimiento Santiago Pérez. Z R U Zona Residencial Urbana Z A M Zona de Actividad Múltiple. Z A I Zona de Actividad Institucional. Z A M R Zona de Actividad Múltiple Recreativa. Z I Zona Industrial. Z P C A Zona de Protección y Conservación Ambiental.

Z R Zona Residencial. Z U I Zona de Uso Institucional.

Z U M Zona de Uso Múltiple.

Z A M R Zona de Actividad Múltiple Recreativa.

Z E U Zona de Expansión Urbana. Z I Zona Industrial. Z P A Zona de Protección Ambiental.

ARTÍCULO 135. Zona Residencial Urbana (ZRU). En esta zona el uso predominante es el residencial, donde solo se permitirá los usos compatibles con la vivienda y los demás usos deben ser prohibidos. Presentan la posibilidad de construcción de viviendas nuevas, adecuadas y remodelación de las existentes, en su mayoría con espacios vacíos en el borde y centros de manzanas y están dotadas de servicios públicos. Estos terrenos en su gran mayoría son lotes ejidales, que se caracterizan por tener áreas muy grandes, bajo índice de ocupación constructivo e infraestructura de servicios públicos, por lo que se propone para algunas de estas áreas incluirlas dentro de las áreas de consolidación; ver anexo 47, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: residencial. Uso compatible: comercial de bajo impacto ambiental y urbanístico como

tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso condicionado: comercial Grupo II que no tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

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Uso prohibido: comercio de Grupo III como bares, discotecas, reparación y lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

ARTÍCULO 136. Zona de Actividad Múltiple (ZAM). Es aquella zona donde se desarrollan simultáneamente diversas actividades comerciales, económicas, residenciales y de servicios, principalmente de cobertura municipal. Entre los usos comerciales y de servicios se encuentran aquellos que por su bajo impacto ambiental son compatibles con la vivienda como la tiendas, droguerías, papelerías, fotocopiadoras, fruterías, cafeterías, misceláneas, zapaterías, oficinas de profesionales y consultorios, otros servicios como peluquerías, lavanderías, confecciones, calzada, artículos de cuero, billares, clubes sociales, hoteles y supermercados. Este tipo de actividades no se presentan concentradas sino que generalmente se desarrollan en diversos sectores, principalmente sobre las vías principales o estructurantes. Ver anexo 47, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: residencial, comercial de bajo impacto ambiental y

urbanístico como tiendas, droguerías, papelerías, fruterías, misceláneas, zapaterías, consultorios y peluquerías.

Uso compatible: comercial Grupo II que tienen un moderado impacto

ambiental y urbanístico como confecciones, calzado, artículos de cuelo, ferreterías, electrodomésticos, oficina de profesionales, consultorios, centros de capacitación, tipografías y agencias bancarias y también institucional.

Uso condicionado: comercio de Grupo III como bares, discotecas,

reparación y lavado de vehículos, moteles, estaciones de servicio y ventas de maquinaria pesada.

Uso prohibido: industrial. ARTÍCULO 137. Zona de Actividad Institucional (ZAI ). Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganización espacial de uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR-98 Ver anexo 47, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: institucional. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial e industrial. ARTÍCULO 138. Zona de Actividad Múltiple Recreativ a (ZAMR). En esta zona se puede desarrollar la recreación activa o deportiva y pasiva o cultural, donde los usos complementarios son compatibles con estas actividades,

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complementando la deficiencia de espacio público presentada en el área urbana, a través de la utilización de terrenos baldíos ubicados en diferentes sectores dejados por los procesos de urbanización en diferentes barrios y terrenos perimetrales del casco urbano. Ver anexo 47, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: recreación activa y pasiva. Uso compatible: deportiva. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial. ARTÍCULO 139. Zona Industrial (ZI). Esta zona se establece fuera del perímetro urbano cerca de la vía que conduce a Polecito, en esta se establecerá una industria menor de bajo impacto, relacionada con la explotación de materia prima, fabricación, manufacturación y transformación de productos. Los usos son los siguientes: Uso principal: industrial. Uso compatible: ninguno. Uso condicionado: comercial estacionario. Uso prohibido: residencial y comercial. ARTÍCULO 140. Zona de Protección y Conservación Am biental (ZPCA). Esta zona por presentar características paisajísticas, ambientales, geográficas, o por formar parte de la zona de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras de servicios públicos domiciliarios o por estar en áreas de amenazas por inestabilidad potencial, por deslizamiento y por inundación potencial (Anexo 27) tienen restringida la posibilidad de urbanizarse. Ver anexo 47, Mapa de Zonificación y Usos del Suelo. Los usos son los siguientes: Uso principal: protección y conservación. Uso compatible: investigación. Uso condicionado: turismo ecológico. Uso prohibido: residencial, comercial e industrial.

Página 99: [446] Eliminado Mauricio Huertas 05/05/2003 10:34:00

ARTICULO 129. ZONA RESIDENCIAL (ZR) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Son las áreas de suelo urbano donde se presenta la posibilidad de construcción de viviendas nuevas y adecuadas y remodelación de las existentes, en su mayoría son espacios vacíos en el borde y centros de

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manzanas, están dotadas de servicios públicos y no es afín con otros usos diferentes a la vivienda. ARTÍCULO 130. ZONA DE DESARROLLO (ZD) EN LA CABECE RA MUNICIPAL. Esta zona corresponde al área donde se establecerá un proyecto para 60 viviendas que contarán con todos los servicios públicos domiciliarios y donde deberá realizarse un plan parcial cuando comience a ejecutarse la obra. ARTÍCULO 131. ZONA DE CONSOLIDACIÓN URBANA (ZCU) E N LA CABECERA MUNICIPAL. Esta zona corresponde al área donde actualmente se encuentra el barrio El Porvenir, que es una vivienda de interés social y donde se presenta un incipiente grado de consolidación, ya que falta llenar los espacios y consolidar las manzanas existentes. ARTÍCULO 132. ZONAS DE USO INSTITUCIONAl (ZUI) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganizacion espacial del uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR - 98. ARTÍCULO 133. ZONAS DE USO MÚLTIPLE (ZUM) EN LA CA BECERA MUNICIPAL. Esta zonas se desarrollan sobre los ejes primarios y secundarios, alrededor del Parque Central y Plaza de Mercado, presenta un uso compatible con actividades económicas como droguerías, restaurantes, hoteles, panaderías, cacharrerías y uso residencial. Los uso múltiples son compatibles con la vivienda siempre y cuando se tomen medidas para que no se generen conflictos y halla una utilización indebida del espacio público. ARTÍCULO 134. ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE RECREATIVA (ZAMR) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Son las zonas de espacio público actual cuyo tratamiento es el mejoramiento, y las zonas nuevas de espacio público que se generen al utilizar los centros de manzanas vacíos, las zonas verdes sin conformar y los corredores periféricos que vinculen los usos recreativos y las secciones de las nuevas urbanizaciones en las zonas de expansión. ARTÍCULO 135. ZONA DE UTILIDAD PÚBLICA (ZUP) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Es la zona para aprovisionamiento de servicios públicos domiciliarios, se localiza infraestructura que abastece el acueducto de la Cabecera Municipal, como es la zona de tres pozos profundos. ARTÍCULO 136. ZONA DE EXPANSIÓN URBANA (ZEU) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Son las zonas propuestas parar el desarrollo futuro de planes de vivienda para suplir el déficit del Municipio y se proponga la oferta regional del

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mismo para recreación; para su integración y por su tamaño es necesario formular una unidad de actuación. ARTÍCULO 137. ZONAS INDUSTRIAL (ZI) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Esta zona se establece fuera del perímetro urbano cerca donde también se establecerá la planta de sacrificio y donde se podrá establecer una industria de bajo impacto que este relacionado con este uso. ARTÍCULO 138. ZONAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL (ZPA) EN LA CABECERA MUNICIPAL. Son las zonas de alta sensibilidad ambiental como la ronda de la quebrada Paipa y márgenes del río Saldaña y las zonas que presentan amenaza de inundación e inestabilidad potencial. Ver Anexo 26, Mapa de Aptitud Urbanística Cabecera Municipal. Como se observa: Zona Estable ( ZE): Es la de mejores condiciones topográficas y de estabilidad, por lo que es la zona recomendable para desarrollo urbano futuro, requiriéndose análisis geomecánicos locales para diseño de cimentaciones de edificación de más de dos plantas. Tiene una superficie plana a levemente inclinada, alejada de los lugares que pueden resultar afectados por inundaciones y está formada por depósitos aluviales antiguos del río Saldaña y depósitos coluviales. No presenta problemas para llevar a cabo planes de urbanización. Sin embargo, debe tenerse especial cuidado en el diseño de obras de recolección y entrega de aguas lluvias y servidas, así como las de escorrentía, para que no originen procesos de erosión (surcos y cárcavas). Zona de Inestabilidad Potencial ( ZIP): Se caracteriza por presentar una topografía montañosa formada por depósitos coluviales con erosión en cárcavas, terrazas antiguas y Formación Gualanday Inferior. Se recomienda establecer planes de revegetalización y manejo de aguas de escorrentía, que posteriormente pueden ocasionar fenómenos de remoción en masa. Es conveniente desestimular el uso de esta zona para cualquier obra civil. Zona de Inundación Potencial ( ZUP): Involucra el área de los depósitos de llanura de inundación de la quebrada Paipa y del río Saldaña. Se incluye una franja de 10 m como protección del área estable de la socavación e inundación por el caño Río Verde (hacia el río Saldaña), ver Anexo 5. No se recomienda su uso para proyectos de desarrollo urbano. En los escarpes identificados deben reservarsen franjas para llevar a cabo planes de revegetalización, con especies protectoras y de diseño de obras que minimicen efectos por socavación o inundación. Zona Inundable (ZU): Es el área que ocupan los materiales de arrastre del río Atá. Esta zona es de total y normal dominio de las corrientes fluviales. Es prioritario llevar a cabo estudios hidrológicos del río Atá, para orientar el diseño de las obras de protección contra las inundaciones eventuales.

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ARTÍCULO 139. ZONA RESIDENCIAL (ZR) EN EL CORREGIM IENTO SANTIAGO PÉREZ. Áreas del suelo urbano donde se presenta la posibilidad de construcción de viviendas nuevas y adecuadas y remodelación de las existentes, en su mayoría son espacios vacíos en el borde y centros de manzanas, están dotadas de servicios públicos y no es afín con otros usos diferentes a la vivienda. ARTÍCULO 140. ZONA DE USO INSTITUCIONAL (ZUI) EN E L CORREGIMIENTO SANTIAGO PÉREZ. Estas zonas están definidas para el mantenimiento, conservación y reorganizacion espacial del uso institucional y es inminente la intervención para su actualización y cumplimiento del NSR - 98. ARTÍCULO 141. ZONA DE USO MÚLTIPLE (ZUM) EN EL COR REGIMIENTO SANTIAGO PÉREZ. Esta zonas se desarrollan sobre los ejes primarios y secundarios, desde la ebtrada al Corregimiento hasta el parque Central y salida para el Municipio de Planadas, presenta un uso compatible de vivienda con actividades económicas como droguerías, restaurantes, hoteles, panaderías y cacharrerías. Los uso múltiples son compatibles con la vivienda siempre y cuando se tomen medidas para que no se generen conflictos y halla una utilización indebida del espacio público. ARTÍCULO 142. ZONA DE ACTIVIDAD MÚLTIPLE RECREATIV A (ZAMR) EN EL CORREGIMIENTO SANTIAGO PÉREZ. Son las zonas de espacio público actual cuyo tratamiento es el de mejoramiento y las zonas nuevas de espacio público que se generen al utilizar los centros de manzanas vacías, las zonas verdes sin conformar y los corredores periféricos que vinculen los usos recreativos y las secciones de las nuevas urbanizaciones en las zonas de expansión. ARTÍCULO 143. ZONA DE EXPANSIÓN URBANA (ZEU) EN EL CORREGIMIENTO SANTIAGO PÉREZ. Es la zona propuesta para el desarrollo de un plan de vivienda para suplir el déficit del Municipio, se propone este sitio porque ya se encuentran las bases y la división entre cada una de ellas y generará 60 viviendas de interés social. Como es una zona de inestabilidad potencial es necesario realizar obras de manejo que mitiguen esta infraestructura. ARTÍCULO 144. ZONA INDUSTRIAL (ZI) EN EL CORREGIMI ENTO SANTIAGO PÉREZ. Es la zona donde existe la fabrica de transformación del plátano en harina para comercializar y que en el momento se encuentra cerrada.

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ARTÍCULO 145. ZONA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL (ZPA) E N EL CORREGIMIENTO SANTIAGO PÉREZ. Son las zonas de alta sensibilidad ambiental del río Atá que presentan amenaza por inundación, sectores donde se presenta inestabilidad potencial, zona de inestabilidad probable y zona de inundación potencial. Ver Anexo 27, Mapa de Aptitud Urbanística Corregimiento Santiago Pérez. En la zona de inundación potencial esta involucrado el área de los depósitos de llanura del río Atá, donde es necesario establecer un manejo y control debido a que esta zona es de uso residencial. En la zona de inestabilidad potencial se encuentran viviendas, centro de salud y otros equipamientos, por eso es necesario realizar obras que mitiguen este tipo de acciones. Y en la zona de inestabilidad probable, también se encuentran viviendas por lo que se hace necesario realizar también obras de mitigación.

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3. TRATAMIENTOS SUELO URBANO CABECERA MUNICIPAL. Los tratamientos que se plantean para el suelo urbano de la Cabecera Municipal del Municipio de

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Villarrica se observan en el Anexo 3

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6, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal y se describen así: T D R U Tratamiento de Desarrollo Residencial Urbano T C U Tratamiento de Consolidación Urbana T M I Tratamiento de Mejoramiento Integral TPC Tratamiento de Protección y Conservación

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T R U Tratamiento de Renovación Urbana T C Tratamiento de Conservación

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Los tratamientos que se plantean para el suelo urbano de la Cabecera Municipal del Municipio de Ataco se observan en el Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal y se describen así: T D R U Tratamiento de Desarrollo Residencial Urbano T C U Tratamiento de Consolidación Urbana T M I Tratamiento de Mejoramiento Integral T R U Tratamiento de Renovación Urbana T C Tratamiento de Conservación

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ARTÍCULO 1

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4. TRATAMIENTO DE DESARROLLO RESIDENCIAL URBANO (T DRU)

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Es aquella área del Municipio donde se pueden desarrollar proyectos de construcción inmediata de vivienda en el corto plazo, el uso principal será residencial y se podrá establecer la vivienda de interés social para el suplir el déficit de vivienda en el corto plazo y comprende el sector denominado de expansión urbana. Es importante realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas, ver Anexo 36, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Es aquella área del Municipio donde se pueden desarrollar proyectos de construcción inmediata de vivienda en el corto plazo, el uso principal será residencial y se podrá establecer la vivienda de interés social para el suplir el déficit de vivienda en el corto plazo y comprende la urbanización los fundadores, para la construcción de 48 viviendas. Es importante realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas, ver Anexo 37, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Tratamiento de Desarrollo Residencial Urbano (TDRU1 y 2). Es aquella área del Municipio donde se pueden desarrollar proyectos de construcción inmediata de vivienda en el corto plazo, el uso principal será residencial y se podrá establecer la vivienda de interés social para el suplir el déficit de vivienda en el corto plazo y comprende dos sectores en el barrio Subestación, este es un proyecto para construcción de 40 viviendas. Es importante realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas, ver Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal. Tratamiento de Desarrollo Residencial Urbano (TDRU3 ). Esta área está destinada a construir vivienda de interés social en el corto plazo para suplir el déficit de vivienda, localizada en el barrio Campoalegre. Se debe realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas, ver Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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ARTÍCULO 1

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5. TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN URBANA (TCU). Estas áreas presentan las mejores condiciones de estabilidad, son urbanizables y están dotadas de servicios públicos e infraestructura vial, el uso principal será para vivienda la cual puede ser compatible con usos múltiples y actividades complementarias no contaminantes donde se podrá realizar un comercio complementario con la vivienda. Comprende los sectores de la calle 1ª y calle 2ª con carrera 3ª y carrera 3ª con calles 3ª, 4ª , 5ª y 6ª por la carrera 2ª y desde la calle 8ª hasta la salida al municipio cunday en el barrio Higinio Patiño ; ver Anexo 36, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Estas áreas presentan las mejores condiciones urbanizables, están dotadas de servicios públicos e infraestructura vial, el uso principal será para vivienda la cual puede ser compatible con usos múltiples y actividades complementarias no contaminantes donde se podrá realizar un comercio complementario con la vivienda. Comprende los sectores comprendidos entre la carrera 2ª con calles 9ª hasta la 1ª incluyendo la salida a Venadillo y el sector del embarcadero; ver Anexo 37, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Estas áreas presentan las mejores condiciones urbanizables, están dotadas de servicios públicos e infraestructura vial, el uso principal será para vivienda la cual puede ser compatible con usos múltiples y actividades complementarias no contaminantes donde se podrá realizar un comercio complementario con la vivienda. Comprende los sectores de la calle 5, 6, 7 y parte de la 8 con carreras 4A, 5, 6 y 7; ver Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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ARTÍCULO 1

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6. TRATAMIENTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL (TMI). Son áreas de la Cabecera Municipal que presentan procesos de inestabilidad potencial y en donde se deben realizar obras de drenaje que mitiguen los impactos producidos, además presenta desarrollo incompleto, malla vial incompleta, falta de mejor equipamiento, legalización de predios y deterioro de las viviendas; ver Anexo 36, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Son áreas de la Cabecera Municipal que presentan deficientes condiciones por desarrollos incompletos, malla vial incompleta, falta de mejor equipamiento, legalización de predios y deterioro de las viviendas, se localizan por la calle 2ª en el sector la circunvalar y por la calle 1ª ; ver Anexo 37, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Son áreas de la Cabecera Municipal que presentan deficientes condiciones por desarrollos incompletos, malla vial incompleta, falta de mejor equipamiento, legalización de predios y deterioro de las viviendas, se localizan en el barrio Porvenir y transversal 8; ver Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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ARTÍCULO 14

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0. TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA (TRU). Son áreas de la Cabecera Municipal que por la carencia de servicios públicos, susceptibilidad a procesos de inundación y malla vial incompleta requieren de la recuperación, manejo e inversión. Están localizadas en la carrera 3ª con carrera 4ª , calle 7ª y 8ª ; ver Anexo 37, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Son áreas de la Cabecera Municipal que por la carencia de servicios públicos, susceptibilidad a procesos de inundación y malla vial incompleta requieren de la recuperación, manejo e inversión. Están localizadas en la transversal 11 con diagonal 7, calle 4 y 5 con carreras 2 y 3; ver Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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ARTÍCULO 1

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37. TRATAMIENTO DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN (TPC)

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TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN (TC

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). Son aquellas áreas de la Cabecera que deben ser protegidas porque presentan problemas de inestabilidad e inundación y también comprende las áreas de espacio público como parques, canchas, zonas verdes y las áreas aledañas al perímetro urbano, ver Anexo 36, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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Son aquellas áreas de la Cabecera que deben ser protegidas porque presentan problemas de inestabilidad y comprende áreas de espacio público como parques, canchas, zonas verdes y las áreas aledañas al perímetro urbano, ver Anexo 37, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal.

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). Son aquellas áreas de la Cabecera que deben ser protegidas porque presentan problemas de inundación e inestabilidad potencial y áreas de espacio público como parques, canchas, zonas verdes y las áreas aledañas al perímetro urbano, ver Anexo 48, Mapa de Tratamientos Cabecera Municipal. ARTÍCULO 147. TRATAMIENTOS SUELO URBANO CORREGIMIE NTO SANTIAGO PÉREZ. Los tratamientos que se plantean para el suelo urbano del Corregimiento Santiago Pérez del Municipio de Ataco se observan en el Anexo 49, Mapa de Tratamientos Corregimiento Santiago Pérez y se describen así: T D R U Tratamiento de Desarrollo Residencial Urbano T C U Tratamiento de Consolidación Urbana T M I Tratamiento de Mejoramiento Integral T R U Tratamiento de Renovación Urbana T C Tratamiento de Conservación ARTÍCULO 148. TRATAMIENTO DE DESARROLLO RESIDENCIA L URBANO (TDRU). Es aquella área del Corregimiento donde se pueden desarrollar proyectos de construcción inmediata de vivienda en el corto plazo,

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el uso principal será residencial y se podrá establecer la vivienda de interés social para el suplir el déficit de vivienda en el corto plazo y comprende el sector de la urbanización Villa Café. Se debe realizar un plan parcial que permita la construcción de las viviendas teniendo en cuenta los objetivos, alcances y metas, ver Anexo 49, Mapa de Tratamientos. ARTÍCULO 149. TRATAMIENTO DE CONSOLIDACIÓN URBANA (TCU). Estas áreas presentan las mejores condiciones urbanizables, están dotadas de servicios públicos e infraestructura vial, el uso principal será para vivienda la cual puede ser compatible con usos múltiples y actividades complementarias no contaminantes donde se podrá realizar un comercio complementario con la vivienda. Comprende los sectores cercanos al parque Central por la calle 7, 8 y 6 y un sector del barrio El Centro; ver Anexo 49, Mapa de Tratamientos. ARTÍCULO 150. TRATAMIENTO DE MEJORAMIENTO INTEGRAL (TMI). Son áreas de la Cabecera Municipal que presentan deficientes condiciones por desarrollos incompletos, malla vial incompleta, falta de mejor equipamiento, legalización de predios y deterioro de las viviendas, se localizan en el barrio El Centro; ver Anexo 49, Mapa de Tratamientos. ARTÍCULO 151. TRATAMIENTO DE RENOVACIÓN URBANA (TR U). Son áreas de la Cabecera Municipal que por la carencia de servicios públicos, susceptibilidad a procesos de inundación y malla vial incompleta requieren de la recuperación, manejo e inversión. Están localizadas en el barrio Las Acacias con calles 3, 4 y 5 carreras 5, 4 y 3; ver Anexo 49, Mapa de Tratamientos. ARTÍCULO 152. TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN (TC). Son aquellas áreas de la Cabecera que deben ser protegidas porque presentan problemas de inundación e inestabilidad potencial y áreas de espacio público como parques, canchas, zonas verdes y las áreas aledañas al perímetro urbano, ver Anexo 49, Mapa de Tratamientos.

Página 99: [475] Eliminado JAVIER 27/06/2006 20:34:00

CAPÍTULO XI

REGLAMENTACIÓN DEL SUELO URBANO

Página 99: [476] Eliminado JAVIER 27/06/2006 20:34:00

ARTICULO 1

Página 124: [477] Eliminado JAVIER 27/06/2006 21:20:00

adecue a ella. El producto de estas multas ingresará a la Tesorería Municipal y se destinará para la financiación de programas de reubicación de los habitantes en zona de alto riesgo, o de no existir este caso, en programas de mejoramiento de vivienda localizadas en las zonas más deprimidas.

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La violación de las reglamentaciones sobre usos del suelo en zonas de reserva agrícola, se regirá por el Decreto Ley 1333 de 1986 (Código de Régimen Municipal artículos 57-60). Certificado de usos del suelo y contravenciones de policía, respectivamente.

Página 124: [478] Eliminado JAVIER 27/06/2006 21:20:00

PARAGRAFO 2 : Se sancionarán las ocupaciones de vías sin el respectivo permiso, con una multa de diez salarios mínimos diarios legales.

Página 124: [479] Eliminado *** 15/12/2003 20:24:00

Página 124: [480] Eliminado *** 15/12/2003 21:13:00

a los cuales se refiere

Página 136: [481] Eliminado MI PC 11/08/2003 17:02:00

Página 137: [482] Eliminado MI PC 11/08/2003 17:03:00