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PROVINCIA DEL NEUQUÉN REPÚBLICA ARGENTINA AÑO XVC Neuquén, 02 de Octubre de 2015 EDICIÓN Nº 3489 Dirección y Administración: M. Belgrano 439 0299-4422704/4495419/4495555 - Int. 6116 (8300) Neuquén (Cap.) Directora: Sra. Contreras Gladys Noemí www.neuquen.gov.ar E-mail: boletinofi[email protected] GOBERNADOR: Dr. JORGE AUGUSTO SAPAG VICEGOBERNADORA: Dra. ANA MARÍA PECHEN Ministro de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo: Dr. CLAUDIO GABRIEL GASTAMINZA Ministro de Gobierno y Educación: Ministro de Economía y Obras Públicas: Cr. OMAR GUTIÉRREZ Ministro de Desarrollo Territorial: Prof. ELSO LEANDRO BERTOYA Ministro de Desarrollo Social: Sr. MARIANO GAIDO Ministro de Salud: Dr. RUBÉN OMAR BUTIGUÉ Ministro de Energía y Servicios Públicos: Ing. ALEJANDRO ABEL NICOLA Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sostenible: Téc. RICARDO ESQUIVEL

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PROVINCIA DEL NEUQUÉNREPÚBLICA ARGENTINA

AÑO XVC Neuquén, 02 de Octubre de 2015 EDICIÓN Nº 3489

Dirección y Administración:M. Belgrano 439 0299-4422704/4495419/4495555 - Int. 6116(8300) Neuquén (Cap.)

Directora:Sra. Contreras Gladys Noemí

www.neuquen.gov.arE-mail: [email protected]

GOBERNADOR: Dr. JORGE AUGUSTO SAPAG

VICEGOBERNADORA: Dra. ANA MARÍA PECHEN

Ministro de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo: Dr. CLAUDIO GABRIEL GASTAMINZA

Ministro de Gobierno y Educación:

Ministro de Economía y Obras Públicas: Cr. OMAR GUTIÉRREZ

Ministro de Desarrollo Territorial: Prof. ELSO LEANDRO BERTOYA

Ministro de Desarrollo Social: Sr. MARIANO GAIDO

Ministro de Salud: Dr. RUBÉN OMAR BUTIGUÉ

Ministro de Energía y Servicios Públicos: Ing. ALEJANDRO ABEL NICOLA Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sostenible: Téc. RICARDO ESQUIVEL

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PAGINA 2 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

AÑO 2015

1822 - Autoriza al Presidente de la Comisión de Fomento de Chorriaca, a formalizar un contra-to administrativo.

1849 - Transfiere y convierte 56 cargos, incor-pora a la planta del Personal del Escalafón Único, Funcional y Móvil del Consejo Provincial de Edu-cación del Ministerio de Gobierno y Educación y designa personal como Auxiliar de Servicios en diferentes Centros Educativos.

1851 - Ratifica en un todo la Disposición Nº 0056/15 y su Anexo I, dictada por la Subsecreta-ría de Obras Públicas.

1852 - Convalida el pago a favor de la Firma Grupo Seguridad y Servicios S.A. por el servicio de Seguridad y Vigilancia del depósito de Zapala, perteneciente a la Unidad Ejecutora Provincial.

1879 - Establece el ascenso de 2º a 1º cate-goría de la Escuela Provincial de Educación Téc-nica Nº 17 de Neuquén Capital, transformando los respectivos cargos en la planta funcional.

1883 - Transforma en la planta funcional del Instituto de Enseñanza Superior Cruz Roja Ar-gentina, Filial Plaza Huincul, diferentes cargos y crea horas cátedra.

1884 - Autoriza el llamado a Licitación Públi-ca para la adquisición 3 servidores, 2 switch, un sistema de almacenamiento externo, destinados a la Dirección Provincial de Hidrocarburos y un servidor para la Dirección Provincial de Adminis-tración, ambas pertenecientes al Ministerio de Energía y Servicios Públicos.

1886 - Designa como Personal Mensualizado por Programa, en los puestos que en cada caso se especifica, para cumplir funciones en depen-dencias de la Subsecretaría de Salud.

1887 - Aprueba la nómina de los profesionales que ingresarán al primer año de la Residencia en

DECRETOS SINTETIZADOSlos Hospitales Provincial Dr. Eduardo Castro Ren-dón y Dr. Horacio Heller.

1888 - Designa como Personal Mensualizado por Programa, a personas varias en los puestos que en cada caso se especifica, para cumplir fun-ciones en dependencias de la Subsecretaría de Salud.

1895 - Autoriza para el periodo septiembre 2015, un incremento de los fondos asignados al Programa Subsidio Social Transitorio, aprobado por Decreto Nº 0209/15.

1896 – Declara Ciudadano Ilustre de la Pro-vincia del Neuquén al señor Américo Astete, en su calidad de habitante de la Provincia y por su trayectoria como poblador de la localidad de San Martín de los Andes.

1897 - Convalida las creaciones de los Pro-fesorados que se encuentran incorporados en el Nomenclador Curricular Provincial, en los IFD Nº 2, 3, 4, 13 y 14.

1898 - Aprueba el modelo de contrato y la contratación de profesionales, bajo la modalidad de locación de servicios a Plazo Fijo, en el ámbito de la Subsecretaría de Familia, Niñez y Adoles-cencia.

1899 - Convalida en todos sus términos la Resolución Nº 1730/15, suscripta por el Subse-cretario de Educación y Presidente del Consejo Provincial de Educación.

1901 - Autoriza la creación de 17 vacantes presupuestarias en el ámbito de la Subsecretaría de Salud, designando personal en los diferentes Hospitales Provinciales y Centros de Salud de la Provincia.

1903 - Otorga un Aporte Económico No Reinte-grable al Centro de Jubilados y Pensionados “Re-membranzas” de la ciudad de Junín de los Andes, destinado a la obra de edificación del techo de la cancha de bocha.

1904 - Otorga a la Municipalidad de Lonco-pué, un Aporte No Reintegrable para financiar la

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PAGINA 3Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

dia Nivel Medio de la ciudad de Neuquén, incor-porada a la Enseñanza Oficial.

1921 - Crea un 1 cargo de Maestro de Nivel Inicial en la planta funcional de la Escuela Prima-ria Nº 144 de Aguada San Roque.

1922 - Crea el Anexo de la Escuela Provincial de Educación Agropecuaria Nº 1 de Las Ovejas en la localidad de Manzano Amargo, con sus res-pectivos cargos.

1923 - Crea 27 horas cátedra en la planta fun-cional del Instituto de Formación Docente Nº 2 de la localidad de Chos Malal.

1924 - Transforma y transfiere el cargo de Vicedirector de Escuela Especial de la Escuela Especial Nº 3, en un cargo de Director de 2º Ca-tegoría Escuela Especial a la Escuela Especial Nº 22, ambas de la ciudad de Neuquén.

1925 - Designa con carácter de Titular, a diferentes docentes, en los cargos de Maestro Especiales de Educación Física, de Escuela Pri-marias Comunes de la Provincial del Neuquén, como resultado de la Convocatoria de Concurso de Ingreso efectuada mediante Resolución Nº 1828/14.

1926 - Crea en la planta funcional de la Es-cuela Primaria Nº 240 de la ciudad de Plottier, 2 cargos de Maestro de Grado y Maestro de Apoyo y un cargo de Maestro de Grado.

1927 - Crea 11 horas cátedra de Enseñanza Artística de Nivel Medio, en la planta funcional de la Escuela de Música de Plottier.

1928 - Crea en la planta funcional de la Es-cuela de Música de Plottier, Nivel Medio, un cargo de Vicedirector y 2 cargos de Preceptor.

1929 - Crea en la planta funcional del Centro Provincial de Enseñanza Media Nº 89 de Rincón de los Sauces, 24 horas cátedra.

1930 - Crea un (1) cargo de Preceptor, en la planta funcional del Centro de Iniciación Artística Nº 3 de la localidad de Junín de los Andes.

contratación de artistas con motivo de la celebra-ción de los 100 años de la localidad de Lonco-pué.

1906 - Crea en la planta funcional de la Es-cuela Provincial de Educación Agrotécnica Nº 3 de San Patricio del Chañar, 6 horas cátedra de Educación Física.

1907 - Crea un cargo de Maestro Materia Complementaria Educación Física Educación Es-pecial, en la planta funcional de la Escuela Espe-cial Nº 15 de la ciudad de Neuquén.

1908 - Establece el ascenso de 2º a 1º Cate-goría de la Escuela Primaria Nº 356 de Neuquén, transformando los cargos respectivos.

1909 - Crea un cargo de Maestro Especial de Educación Física Educación Inicial, en la Planta Funcional del Jardín de Infantes Nº 66 de la ciu-dad de Neuquén.

1910 - Designa con carácter de Titular, a los docentes en los cargos de Maestro, en Escuelas para Adultos, Centros de Enseñanza para Adultos y Centros de Formación Profesional, como resul-tado de la Convocatoria a Concurso de Títulos y Antecedentes de ingreso a la Docencia, efectua-da mediante Resolución Nº 1472/13.

1915 - Autoriza y aprueba la renovación del contrato de locación del inmueble donde funcio-na la Fiscalía de Estado de la Provincia del Neu-quén. 1916 - Crea un cargo de Maestro de Grado, en la planta funcional de la Escuela Primaria Nº 273 de la localidad de San Patricio del Chañar.

1918 - Crea en la planta funcional del Institu-to de Formación Docente Nº 5 de Plottier, una Coordinación de Definición Institucional.

1919 - Crea en la planta funcional del Instituto de Formación Docente Nº 4 de Educación Espe-cial de Neuquén, una Coordinación de Definición Institucional y una Secretaría de Investigación.

1920 - Crea 60 horas cátedra en la planta fun-cional de la Escuela Nuestra Señora de la Guar-

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PAGINA 4 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

1931 - Crea en las diferentes plantas fun-cionales de los Jardines de Infantes, cargos de Maestro de Nivel Inicial y cargos de Maestro Pre-ceptor de Nivel Inicial.

1932 - Crea en la planta funcional del Centro Educativo Provincial Integral Nº 1 de la ciudad de Neuquén, 25 horas cátedra.

1933 - Crea en la planta funcional del Centro Educativo Provincial Integral Nº 1 de la ciudad de Neuquén, 75 horas cátedra en el Complejo Seni-llosa y 25 horas cátedra en el Complejo Junín de los Andes.

1934 - Crea en la planta funcional de la Es-cuela Provincial de Educación Técnica Nº 12 de la ciudad de San Martín de los Andes, 34 horas cátedra.

1935 - Acepta la renuncia presentada por la Cabo Primero Mariné Campoy, con encuadre le-gal en el Artículo 12 inciso a) de la Ley 715.

1936 - Acepta la renuncia presentada por la Agente Nuevo Cuadro Yoanna Micaela Quiroga, con encuadre legal en el Artículo 12, inciso a) de la Ley 715.

1937 - Acepta la renuncia presentada por el Sargento Carlos Alberto Cerda, con encuadre le-gal en el Artículo 12, inciso a) de la Ley 715.

1938 - Acepta la renuncia presentada por el Agente Nuevo Cuadro Maximiliano Daniel Odrio-zola, con encuadre legal en el Artículo 12, inciso a) de la Ley 715.

1939 - Acepta la renuncia presentada por el Empleado Civil Carlos Isaac Comuzzi a la Insti-tución Policial, conforme lo previsto en el Artículo 126, inciso a) del Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial, atento haberse acogido a los beneficios jubilatorios de ANSES.

1940 - Acepta la renuncia del Empleado Civil Carlos Oscar de Caso, de Planta Permanente de Jefatura de Policía, para acogerse a los benefi-cios de la Jubilación Ordinaria, con encuadre le-gal dado por el Artículo 123 inciso a) del Estatuto

del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

1941 - Dispone la cesación de los servicios del Comisario Inspector Néstor Hugo Lepén, para pasar a situación de retiro obligatorio.

1942 - Acepta la renuncia presentada por el Empleado Civil Carlos Alberto Ulloa, con encua-dre legal en el Artículo 12 inciso a) de la Ley 715.

1943 - Designa como Escribano Titular en los Registros de Contratos Públicos, a la señora An-tonelli Fabiana Scaramella en el Registro Notarial Nº 1 de Andacollo y al señor Gustavo Adolfo Sin-ner en el Registro Notarial Nº 2 de Plaza Huincul.

1944 - Desafecta del dominio Público el tramo de la calle identificada como Lote 1a2; 1b2 y 1c2 y ochavas adyacentes del Paraje Varvarco.

1945 - Ratifica en todos sus términos el Con-venio suscripto entre la Provincia del Neuquén y el Gobierno Nacional, en el marco del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas.

1950 - Rechaza en todos sus términos el re-curso administrativo interpuesto por la señora Ju-lia Beatriz Canales.

1951 - Aprueba las actuaciones correspon-dientes a la Licitación Pública, mediante el cual se tramita la contratación correspondiente al servicio de limpieza con destino al edificio don-de funciona la Dirección Provincial de Rentas y la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial, dependiente de la Subsecretaria de In-gresos Públicos.

1953 - Dispone que las Letras del Tesoro bajo el “Programa Letras Vto. 2015”, creado, apro-bado y complementado conforme Decretos Nros. 203/15, 766/15 y 1703/15, se podrán emitir con o sin garantía, de acuerdo con lo que especifique el Ministerio de Economía y Obras Públicas en su carácter de Autoridad de Aplicación, al emitir la Resolución que oportunamente apruebe la emi-sión de las mismas. Las garantías de las “Letras Vto. 2015”, podrán ser cualesquiera de las permi-tidas por la normativa aplicable.

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PAGINA 5Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

“De la Protección Ambientalpara la Actividad Minera”

Título XIII, Sección 2º del Código de Minería(T.O. Decreto N°456/97)

Se encuentra a disposición de los interesados a los fines previstos en el Art. 9º inc. 1) del Decreto Nº 3699/97, en la sede de la Dirección General de Minería, calle Elena de la Vega Nº 472 de la ciudad de Zapala, Tel. 02942-431438, el Informe de Impacto Ambiental realizado por el Analista I.A. Diego A. Oringo, Matrícula RePPSA Nº 237/11, DNl Nº 27.987.064, con domicilio real y legal en Mariano Moreno Nº 413 y domicilio especial en la calle Av. Juan B. Justo Nº 1.543, 3º Piso, Depto. “B”, Neuquén. Presentado por Chiargmin S.R.L., de la Cantera de Dolomita, mineral de tercera categoría, para la etapa de explotación según el Anexo III tramitado en dicha Dirección bajo el Expediente Minero Nº 2042/2003 e IIA Expte. Nº 4802-002042/2003-00001/2009, “De la Protección Ambiental para la Actividad Minera”. El emprendi-miento cuyas tareas de explotación se darán co-mienzo de aprobarse el Informe, se ubica sobre el Lote 12, Sección XlII, Departamento Picunches. Titular Dominio Superficiario: Provincia del Neu-quén. La explotación se localiza en la intersec-ción de las Coordenadas Gauss Krüger Posgar 94 VN: X: 5730183 Y: 2414412. A dicho lugar se accede: Por la Ruta Provincial Nº 14, tras reco-rrer unos 40 km. desde la localidad de Zapala en dirección al Paraje Bajada del Agrio, ingresando por mano derecha a la huella minera que ingresa a la cantera, distando desde allí unos 5 km. más hacia el SE para llegar a la misma. Características del Proyecto: En el proyecto se utilizarán caminos existentes. La explotación se realizará por medio de bancos de extracción, realizando una reme-diación simultánea a medida que se avance con los trabajos de extracción. Acopiando el descarte para la remediación, suavizando los taludes, es-carificando la superficie compactada que se vaya abandonando. Las observaciones y comentarios del Informe de Impacto Ambiental serán recibidos dentro de los 20 (veinte) días de publicado el pre-

sente en la Dirección mencionada en horario de atención al público. Fdo. Dr. Darío Damián Signo-rile, Director Legal, Autoridad Minera en Primera Instancia.

1p 02-10-15

DIRECCIÓN PROVINCIALDE MINERÍA

CONTRATOS

LAVINDUS S.R.L.

Contrato de Cesión deCuotas Sociales y Modificación

En la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén, a los 25 días del mes de agosto de 2015, con modificación del día 11 de septiembre de 2015, entre los señores Pozzebon Mauro Mar-tín, D.N.I. 32.922.155, nacido el 18 de febrero de 1987, soltero, argentino, comerciante, CUIT N° 20-32922155-6, con domicilio en San Martín N° 2.151 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, y Domínguez Marianella Jackeline, D.N.I. 33.952.639, nacida el 09 de enero de 1989, soltera, comerciante, argentina, CUIL N° 27-33952639-2, con domicilio en Río Negro N° 1.100 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; ambos en su calidad de socios de LAVINDUS S.R.L., con domicilio en Río Negro N° 1.100 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, ins-cripta en el Registro Público de Neuquén, bajo el N° 422, Fº 3181/3191, Tº XIV S.R.L., Año 2012, ti-tulares de 35 cuotas sociales, cada uno, de la mis-ma y que representan el 100% del total del capital social, en adelante los cedentes, por una parte; y Pozzebon Alejandro Guido, D.N.I. 14.349.831, casado en primeras nupcias con Marcela Silvia Domínguez, D.N.I. 17.439.836; nacido el 21 de diciembre de 1961, de nacionalidad argentina, comerciante, con domicilio en Maestro Don Juan Espinoza N° 2.711 de la ciudad de Cipolletti, Pro-vincia de Río Negro y Domínguez Marcela Silvia, DNI 17.439.836, casada en primeras nupcias con Alejandro Guido Pozzebon, D.N.I. 14.349.831; ar-gentina, nacida el 01 de marzo de 1965, empleada, con domicilio en San Martín N° 2.155 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, en adelante el cesionario, por la otra parte, todos hábiles para contratar, convienen en celebrar el presente con-trato de cesión de cuotas sociales sujeto a las si-guientes cláusulas: Primera: Los cedentes trans-

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PAGINA 6 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

fieren la cantidad de 70 (setenta) cuotas sociales de las que son titulares en LAVINDUS S.R.L., que representan el 100% de su participación en dicha sociedad y a su vez, el 100% del capital social de la misma de la siguiente manera: Pozzebon Mau-ro Martín, transfiere 35 (treinta y cinco) cuotas so-ciales a Domínguez Marcela Silvia; y Domínguez Marianella Jackeline, transfiere 35 (treinta y cinco) cuotas sociales a Pozzebon Alejandro Guido. El valor de cada cuota es de pesos mil ($1.000,00), por lo que el monto de esta cesión es de pesos setenta mil ($70.000,00). Segunda: Los aportes de los cedentes se encuentran totalmente inte-grados a la fecha del presente contrato. Tercera: Los cedentes se desvinculan de la sociedad en su calidad de socios, renunciando a todo derecho u obligación que surja de sus cuentas particulares a partir del 25 de agosto de 2015. Cuarta: Los ce-sionarios declaran conocer el activo y pasivo de la razón social, haciéndose cargo del mismo a partir de la suscripción de la presente. Los cedentes no serán responsables de eventuales pasivos origi-nados con anterioridad al 25 de agosto de 2015 y declaran no estar inhibidos para disponer de sus bienes. Quinta: De esta manera y luego de la ce-sión de cuotas sociales, la composición del capital social y la participación de cada socio en el mismo queda conformado como se detalla seguidamen-te: “El capital social se fija en la suma de setenta mil pesos ($70.000,00); dividido en setenta cuotas de pesos mil ($1.000,00) valor nominal cada una, totalmente suscripto e integrado por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: Pozze-bon Alejandro Guido, suscribe (35) treinta y cinco cuotas por pesos treinta y cinco mil ($35.000,00) y Domínguez Marcela Silvia suscribe (35) trein-ta y cinco cuotas por pesos treinta y cinco mil ($35.000,00). El capital se encuentra totalmente integrado”. Sexta: Para todos los efectos judicia-les y extrajudiciales, las partes constituyen los do-micilios indicados ut-supra, donde tendrán efecto todas las notificaciones. Séptima: Para cualquier cuestión judicial derivada del presente instrumen-to, todos sus firmantes acuerdan en someterse a la justicia ordinaria de la Provincia del Neuquén con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. Octava: El monto imponible de este contrato a los efectos de la Ley de Sellos, será abonado por par-tes iguales por cedente y cesionario. Décima: En este acto los socios acuerdan: a) Designar Geren-te a Pozzebon Alejandro Guido, D.N.I. 14.349.831,

quien acepta el cargo en este mismo acto y, b) Autorizar a la Contadora Graciela Fabiana Díaz, D.N.I. 14.736.407 y/o a la Contadora Jimena Ailén Garrido, D.N.I. 34.088.360, para que procedan a tramitar la inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio con facultades de aceptar modificaciones, otorgar los instrumentos que resulten necesarios, acompañar y solicitar desglose de documentación.

1p 02-10-15________________

B&F S.R.L.

Contrato Social

Se hace saber que por instrumento original de fecha 12 de agosto de 2015 e instrumento modi-ficatorio de fecha 03 de septiembre de 2015, se ha constituido una sociedad bajo la denomina-ción: “B&F S.R.L.”. Socios: Sr. Silvano Cuevas, argentino, nacido el 25 de diciembre de 1954, DNI 11.640.999, de profesión comerciante, ca-sado en primeras nupcias con la Sra. Hebe Án-gela Ambrosio, DNI 11.742.965, domiciliado en calle Andalgalá N° 231 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, por otra el Sr. Milton Ger-mán Cuevas, argentino, nacido el 22 de mayo de 1982, DNI 29.386.973, de profesión comercian-te, casado en segundas nupcias con Amaike de la Zerda Mena, DNI 32.986.810, domiciliado en calle Andalgalá N° 231 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y por la otra el Sr. Elías Raúl Hernando, argentino, nacido el 07 de abril de 1980, DNI 28.079.245, de profesión comerciante, soltero, domiciliado en calle Paimún N° 820, Torre 9, Depto. 2 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Domicilio de la Sociedad: La so-ciedad tendrá su domicilio en la ciudad de Neu-quén Capital, constituyendo domicilio de la sede social en la calle Paimún N° 820, Torre 9, Depto. 2. Objeto: El objeto social será el de realizar por cuenta propia o de terceros o asociada con otras personas o entidades o tomando participación en otra empresa que se dedique a ellas: Operaciones financieras mediante la compra y venta de crédi-tos y tomar y prestar dinero con o sin interés. En todos los casos con medios propios o de terce-ros, sin recurrir al ahorro público, que implique la autorización de funcionamiento como entidad fi-nanciera sujeta a contralor estatal. Capital Social:

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PAGINA 7Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

El capital social se establece en la suma de pe-sos doscientos setenta y dos mil cien ($272.100). Plazo de Duración: El plazo de duración será de noventa y nueve años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Administra-ción y Representación Legal: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de un socio Gerente, quien actuará en forma indivi-dual por el término de tres años, pudiendo ser re-elegido por Asamblea de Socios. Gerente: Milton Germán Cuevas, DNI 29.386.973. Fiscalización: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquie-ra de los socios o persona designada al efecto, pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás documentos de la sociedad, exigiendo en su caso, la realización de balances parciales y rendiciones de cuentas especiales. Fecha de Cierre del Ejerci-cio: El ejercicio cierra el 30 de junio de cada año.

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GEMAS S.A.

Se hace saber que por Asamblea General Or-dinaria Unánime de Accionistas de fecha 30 de di-ciembre de 2013 de GEMAS S.A., se resolvió por unanimidad fijar en dos el número de Directores titulares y en uno el número de Directores suplen-tes, resultando electos como Presidente: Edgardo Alberto Phielipp, D.N.I. N° 7.570.187, domiciliado en calle Santiago del Estero N° 667 de la ciudad de Neuquén, como Vicepresidente: Oscar Ber-nardo Ilundain, D.N.I. N° 8.430.650, domiciliado en calle Talero N° 733 de la ciudad de Neuquén y como Director suplente: José Luis Villafranca, D.N.I. N° 10.932.979, domiciliado en Tte. Ibáñez N° 556 de la ciudad de Cipolletti, Río Negro, los que habiéndose encontrado presentes, aceptaron su designación. Asimismo, con fecha 12 de mar-zo de 2014 el Directorio toma conocimiento de la renuncia presentada por el Director suplente José Luis Villafranca. Por Asamblea General Extraor-dinaria Unánime de Accionistas de fecha 12 de agosto de 2014, se resolvió cubrir el cargo vacan-te, designando a Ezequiel Gregorio Cejas Bestard como Director suplente, hasta finalizar el mandato original, quien habiéndose encontrado presente aceptó el cargo conferido.

1p 02-10-15

HUELLA PATAGÓNICA SRL

Publicación Artículo Nº 10de la Ley Nacional Nº 19550 y suModificatoria Ley Nacional 22903

Socios: Cintia Lorena Mansilla, argentina, Do-cente, casada con Ariel Alberto Vairolatte, (DNI Nº 25.822.018), nacida el 29/05/1979, DNI Nº 27.409.266, domiciliada en el Boulevard Finca Nº 6.459, ciudad Jardín, Lomas del Palomar, Provincia de Buenos Aires y Lidia Angélica Calvet, argenti-na, Licenciada en Turismo, casada con José Luis Tropea, (DNI Nº 21.729.788), nacida el 21/12/1974, DNI Nº 24.272.696, domiciliada en Perito Moreno Nº 1.298 de la ciudad de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén. Fecha del Instrumento de Constitución: Instrumento Privado: 21/08/2015. Fecha del Instrumento Modificatorio: 23/09/2015. Denominación de la Sociedad: HUELLA PATAGÓ-NICA SRL. Domicilio de la Sociedad: Calle Perito Moreno Nº 1.298 de la ciudad de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto social la compra y ven-ta, representación, consignación y distribución de ropas, prenda de vestir, indumentarias, calzados, fibras, tejidos, hilados y todos sus accesorios. A tal fin la sociedad tiene capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato social. Plazo de Duración: El plazo de duración de esta sociedad será de noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital Social: El capital lo constituye la suma de pesos sesenta y ocho mil ($68.000,00), representados por sesenta y ocho cuotas sociales de pesos mil ($1.000,00) cada una, suscriptas por los socios de la siguiente forma: Cintia Lorena Mansilla, suscribe la cantidad de treinta cuatro (34) cuotas sociales de pesos mil ($1.000,00), valor nominal cada una y Lidia Angéli-ca Calvet, suscribe la cantidad de treinta cuatro (34) cuotas sociales de pesos mil ($1.000,00), valor no-minal cada una. Las cuotas sociales son suscriptas íntegramente en dinero en efectivo y en este acto se integra el veinticinco por ciento del capital social, obligándose los socios a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad en el Regis-tro Público de Comercio. Composición del Órgano

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de Administración y Fiscalización: La sociedad será dirigida y administrada por dos Gerentes socios o no y usarán en forma individual su firma procedi-da del sello de la razón social con las más amplias facultades, con la sola prohibición de usar la firma social en garantía o fianza a terceros, ventas de bienes registral y operaciones que superen la can-tidad de pesos doscientos mil uno ($200.001,00), para la cual se necesitarán la firma conjunta de los Gerentes. Los Gerentes deberán prestar como ga-rantía de su gestión y mientras se mantengan las mismas, la suma de pesos mil ($1.000,00), en di-nero en efectivo, títulos públicos o pagaré a la vista a la orden de la sociedad. La sociedad prescinde de la Sindicatura de acuerdo a lo establecido por la última parte del Artículo Nº 284 de la Ley Nacional Nº 19550 y su modificatoria Ley Nacional Nº 22903. Cuando la sociedad por aumento del capital social resultare comprendida dentro de lo que establece el Artículo Nº 299 de la Ley Nacional Nº 19550 y su modificatoria Ley Nacional Nº 22903, la Asamblea que así lo resolviere, deberá designar Síndico sin que sea necesario reforma de estatuto. Cierre del Ejercicio Social: Anualmente, el treinta y uno de oc-tubre cada año se realizará un balance e inventario general, sin perjuicio de los que puedan realizarse de comprobación de saldos en cualquier momento. Fdo. Cintia Lorena Mansilla y Lidia Angélica Calvet, Gerentes.

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V.M. CONSTRUCCIONES S.R.L.

Cesión Cuotas SocialesModificación Contrato Social

Inscripción: Registro Público de Comercio, Pro-vincia del Neuquén, Número 9, Tomo I de S.R.L., Ex-pediente 20908/14, el 5/2/2015. Instrumento: Escri-tura 43, Folio 121 del 27/04/2015. Registro Notarial 11, Neuquén Capital, Provincia del Neuquén. Ce-dentes: Graciela Lilian Aires, arg., DNI 11.987.156, nacida el 20/5/1956, comerciante, casada en 1º nup-cias con Luis Manuel Palacio, domiciliada en Barrio Rincón Club de Campo, UF 240, ciudad Neuquén; Lucas Bisceglia, arg., soltero, DNI 27.729.158, na-cido el 14/9/1979, comerciante, domiciliado en Los Maitenes 350, Torre 2, Planta Baja “C”, ciudad Neu-quén; y Sebastián Agüero, arg., casado 1º nupcias

con Emily Teresa Nelson, DNI 28.169.261, nacido el 23/5/1980, comerciante, domiciliado en Conra-do Villegas 886, 2º Piso “B”, ciudad de Neuquén. Cesionarios: Natalia Andrea Palacio, arg., soltera, DNI 26.716.412, nacida el 3/10/1980, comercian-te, domiciliada en Los Maitenes 350, Torre 2, P.B. “C”, ciudad de Neuquén; Félix Ezequiel Palacio, arg., soltero, DNI 27.768.892, nacido el 5/9/1979, comerciante, domiciliado en Uspallata 575, ciudad de Neuquén. Participación Capital Social: Graciela Lilian Aires suscribió (5) cuotas sociales de $1.000 cada una, o sea la suma de $5.000; Lucas Bisce-glia, treinta (30) cuotas sociales de $1.000 cada una, o sea la suma de $30.000; y Sebastián Agüe-ro suscribió treinta (30) cuotas sociales de $1.000 cada una, o sea la suma de $30.000. Cesión: Gra-ciela Lilian Aires, y Sebastián Agüero, ceden la to-talidad de sus cuotas sociales a los cesonarios, por lo que se retiran de la sociedad, y el socio Lucas Bisceglia cede a los cesionarios solo cinco cuotas sociales. Los cesionarios Natalia Andrea Palacio y Félix Ezequiel Palacio, adquieren de los cedentes la cantidad de veinte (20) cuotas sociales cada uno. Quedan como únicos socios de la sociedad los se-ñores: Luis Manuel Palacio; Natalia Andrea Palacio; Félix Ezequiel Palacio y Lucas Bisceglia, quienes representan la totalidad del capital social, aceptan la cesión y modifican la cláusula cuarta del contra-to social originario por la siguiente: “Cuarta: Capital Social, Suscripción: El capital social asciende a la suma de pesos cien mil ($100.000,00), dividido en cien (100) cuotas iguales de pesos mil ($1.000,00), valor nominal cada una, suscriptas en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: El se-ñor Luis Manuel Palacio, veinticinco (25) cuotas de pesos mil cada una, o sea la suma de pesos vein-ticinco mil ($25.000); Natalia Andrea Palacio, vein-ticinco (25) cuotas de pesos mil cada una, o sea la suma de pesos veinticinco cinco mil ($25.000); Félix Ezequiel Palacio, veinticinco (25) cuotas de pesos mil cada una, o sea la suma de pesos veinticinco mil ($25.000); Lucas Bisceglia, veinticinco (25) cuo-tas de pesos mil cada una, o sea la suma de pesos veinticinco mil ($25.000)”.

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PANQUI S.R.L. Por Instrumento Privado de fecha 26/08/2015

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y modificación de fecha 09/09/2015, se constitu-yó una sociedad bajo la denominación de “PAN-QUI S.R.L.”. Socios: Gonzalo Darío Sabatini, ar-gentino, nacido el 02/01/1973, DNI 22.779.528, CUIT/CUIL 20-22779528-0, soltero, de profesión empleado, con domicilio en calle Roca núme-ro 1.526 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro; Jorge Ariel Pierucci, argentino, nacido el 01/02/1971, DNI 21.975.076, CUIT/CUIL 20-21975076-6, soltero, de profesión empleado, con domicilio en calle San Juan número 2.151 de la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre; Gustavo Alejandro D’Amato, ar-gentino, nacido el 20/05/1973, DNI 22.816.801, CUIT/CUIL 20-22816801-8, casado en primeras nupcias con Ximena Frank, DNI 23.918.878, de profesión Contador Público, con domicilio en calle Roca número 474 de la ciudad de Neuquén, Capi-tal de la Provincia del mismo nombre; Pablo Emer-son Voria, argentino, nacido el 02/01/1973, DNI 22.816.606, CUIT/CUIL 20-22816606-6, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle El Mar número 3.310 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, y Fernando José García, argentino, nacido el 16/01/1972, DNI 22.473.468, CUIT/CUIL 23-22473468-9, soltero, de profesión Productor Asesor de Seguros, con domicilio en calle Roca 335, Piso 3º, Departamento “B” de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro. Do-micilio Legal: Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Plazo de Duración: 99 años contados desde su constitución. Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: Locación, arrendamiento, explotación, administra-ción de bienes inmuebles, propios o de terceros. Capital: $67.000, dividido en 670 cuotas iguales de $100 valor nominal cada una, las cuales han sido suscriptas por los socios en la siguiente pro-porción: El socio Gonzalo Darío Sabatini, 134 cuo-tas de $100 cada una, o sea la suma de $13.400; el socio Jorge Ariel Pierucci, 134 cuotas de $100 cada una, o sea la suma de $13.400; el socio Gustavo Alejandro D’Amato, 134 cuotas de $100 cada una, o sea la suma de $13.400; el socio Pa-blo Emerson Voria, 134 cuotas de $100 cada una, o sea la suma de $13.400; y el socio Fernando José García, 134 cuotas de $100 cada una, o sea la suma de $13.400. La integración se realiza en dinero en efectivo por el 25% del capital social,

debiéndose integrar el saldo restante en dinero en efectivo dentro del plazo de dos años a partir del día de la fecha. Administración: La administración y representación legal y uso de la firma social es-tará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, por tiempo indeterminado. A tal efecto los Geren-tes en forma individual e indistinta, tendrán todas las facultades para realizar los actos y contratos de administración tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. Pueden, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades credi-ticias oficiales y privadas; comprar, vender, gravar y locar toda clase de bienes muebles e inmuebles; constituirse en acreedores hipotecarios y prenda-rios y en general, realizar toda actividad vincula-da al logro de los fines sociales o necesaria para tales fines. Les queda prohibido comprometer la firma social en actos extraños al objeto social. Como aval de su gestión, cada Gerente deposi-tará en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad la suma de pesos cinco mil ($5.000), o un título del Estado. Dicho monto podrá ser actualizado cuando las circunstancias así lo aconsejen. Dicho depósito deberá asegu-rar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. Gerencia: Se designa Gerente al socio Pablo Emerson Voria. Fiscalización: La sociedad prescinde de Sindicatura. Cuando por aumento del capital social, la sociedad quedara comprendida en el monto del inciso 2) del Artículo 299 de la Ley 19550, anualmente los socios debe-rán elegir Síndico titular y suplente. Fecha Cierre de Ejercicio Económico: 31 de diciembre de cada año. El presente edicto fue ordenado en autos ca-ratulados: “PANQUI S.R.L. s/Inscripción de Con-trato Social”, (Expte. 21871/15). Subdirección, 22 de septiembre de 2015. Fdo. María Lis Mansilla Albores, Subdirectora Subrogante, D.G.R.P.C., Poder Judicial Neuquén.

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D Y E PATAGÓNICA S.R.L.

En la ciudad de Neuquén, a los 26 días del mes de agosto de 2015, reunidos el Sr. Gonzá-

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lez Soto Daniel, chileno, 67 años de edad, DNI 92.503.239, comerciante, soltero, con domicilio en calle Tucumán 466, Piso 7º, Dpto. “3” de la ciu-dad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y Pérez Torres Elenice Claudelina, paraguaya, 29 años de edad, DNI 94.291.844, empresaria, soltera, con domicilio en calle Fernández Oro 42, Piso 1º, Dpto. “A” de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, en su carácter de socios de la firma “D Y E PATÁGÓNICA S.R.L.”, resolvieron modificar el artículo 1 del contrato social, quedando redac-tado de la siguiente manera: “Artículo 1: Déjase constituida por los firmantes una sociedad comer-cial bajo la denominación de “D Y E PATAGÓNI-CA S.R.L.”, con domicilio legal y administrativo en calle Entre Ríos Nº 959 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. La sociedad podrá tras-ladar este domicilio y podrá instalar sucursales, agencias y depósitos en el país”. En este estado y quedando subsistentes las demás cláusulas del estatuto social que no han sido modificadas por el presente, se firman tres ejemplares del mismo tenor y al mismo efecto en el lugar y fecha indica-dos.

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VAFA SRL Por instrumento constitutivo de fecha 04 de mayo de 2015 y modificatorio del 04 de junio de 2015, las siguientes personas celebraron el con-trato social de VAFA SRL: Cavilla Carlos Horacio, DNI 25.113.799, nacido el 16 de abril de 1976, con domicilio en calle Diagonal España 497 de la ciu-dad de Neuquén, Provincia del Neuquén, de 39 años de edad, argentino, de estado civil soltero, de profesión Diseñador y Rosana Beatriz Neira, DNI 16.060.979, nacida el 08 de abril de 1962, con domicilio en calle Honduras 7.040 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, de estado civil divorciada, argentina, de profesión empleada, de 54 años de edad. Domicilio de la Sociedad: Ciu-dad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Siendo la dirección de la sede social: En calle Cacique Manquel 711, Casa 102 de la ciudad de Neuquén. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicar-se por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros en cualquier lugar de la Argentina o del extranjero: Constructora: Ejecución, dirección,

administración de proyectos y obras, de carácter público o privado, civil o militar, como obras viales de apertura, mejoras y pavimentación de calles y rutas; construcción de diques, embalses, cana-lización, purificación y potabilización de aguas, desagües y redes de desagües; instalación y ten-dido de redes de gas natural, tanto domiciliaria como industrial; obras de electrificación, tendido de líneas eléctricas y redes de alta tensión, cons-trucción de usinas, subusinas, redes de retransmi-sión, instalaciones de protección contra incendio e inundaciones, construcción de estructuras e in-fraestructuras de hormigón o metálicas para puen-tes, pistas de aterrizajes y puertos, demolición y construcciones civiles, gasoductos, oleoductos, diques, usinas, edificios y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura. Plazo de Duración: Su plazo de duración será de noventa y nueve (99) años, contados a partir de su inscripción en el Re-gistro Público de Comercio. Este plazo podrá pro-rrogarse o disolverse la sociedad por resolución de los socios. Capital: El capital social se fija en la suma de pesos sesenta y siete mil ($67.000), representado en seiscientas setenta cuotas de pesos cien ($100) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de conformidad con el siguiente detalle: El señor Cavilla Carlos Horacio, 350 cuotas por un total de pesos treinta y cinco mil ($35.000) y la señora Neira Rosana Beatriz, 320 cuotas por un valor de pesos treinta y dos mil ($32.000). Las cuotas se integran en un 25 por ciento en dinero efectivo en este acto, por la suma de pesos dieciséis mil setecientos cincuenta ($16.750). Administración: La dirección, adminis-tración y representación legal de la sociedad será ejercida por un Gerente que puede ser socio o no, y su firma, seguida del sello social obligará a la sociedad ante terceros. El Gerente durará en su cargo hasta que la Reunión de Socios le revoque el mandato o en caso de muerte o renuncia. En tal carácter tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el Artículo 1881 del Código Civil y Art. 9º del Decreto Ley 5965/63. Podrá también otorgar po-deres, celebrar contratos, suscribir instrumentos públicos y privados, operar en cuentas corrientes bancarias o comerciales, librar cheques, pedir estados de cuentas, efectuar depósitos, operar con cualquier banco, nacional, provincial, priva-

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do o cooperativo del país o del exterior, como así también cualquier otra entidad financiera. Actuar ante todos los organismos públicos nacionales, provinciales o municipales y ejecutar cuanto acto sea necesario para la realización del objeto social, efectuar pagos, cobrar y percibir todo crédito que tenga la sociedad, otorgando recibos, poderes generales, especiales, judiciales o extrajudiciales con las facultades que estime necesarias, inclu-sive para querellar criminalmente, representando a la sociedad en cualquier juicio como actora o demandante, cualquiera sea el fuero o jurisdic-ción. La enumeración precedente no es taxativa sino enunciativa, pudiendo realizar todos los ac-tos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Asimismo podrá percibir una remuneración por sus funciones y la misma será fijada oportunamente en Reunión de Socios. Ge-rencia: A cargo del Sr. Carlos Horacio Cavilla, DNI Nº 25.113.799. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios en los términos del Artículo 55 de la Ley 19550. Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: El 31 de di-ciembre de cada año se confeccionarán los esta-dos contables de acuerdo a las normas técnicas y legales vigentes.

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PONCI y SPADARO S.R.L.

Se hace saber por un día la constitución de PONCI y SPADARO S.R.L.. Designación: PON-CI y SPADARO S.R.L.. Fecha del instrumento de constitución: 17 del mes de junio de 2015. Fechas de los instrumentos modificatorios: 10 días del mes de julio de 2015. Socios: Spadaro Esteban Daniel, DNI 29.287.546, argentino, soltero, de 33 años de edad, de profesión Contador Público Na-cional, domiciliado en Pehuenches Nº 1.098 de la ciudad de Villa Regina, Provincia de Río Ne-gro; Ponci Sebastián Alberto, DNI 28.947.707, argentino, soltero, de 33 años de edad, de pro-fesión Contador Público Nacional, domiciliado en San Juan N° 133, Torre B1, 1º “D” de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Domicilio de la Sociedad: Sede Social: Tucumán N° 335 de la ciu-dad de Neuquén, Departamento Confluencia, Pro-vincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad

tendrá como objeto dedicarse por cuenta propia a la siguiente actividad dentro y/o fuera del país: Servicios de administración contable, impositiva y laboral. Los servicios prestados serán realizados por profesionales con título habilitante matricula-dos. Plazo de Duración: La sociedad tendrá una duración de cincuenta (50) años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo se podrá prorrogar con el acuerdo del cincuenta y uno por ciento (51%) del capital so-cial. Capital Social: El capital social es de pesos ochenta mil ($80.000,00), dividido en cien (100) cuotas sociales de pesos ochocientos ($800,00) cada una, que los dos socios suscriben en par-tes iguales, o sea pesos cuarenta mil ($40.000), representativos en 50 cuotas de ochocientos pe-sos ($800) cada una, de las que integran en di-nero en efectivo, en este acto el veinticinco por ciento (25%), es decir un total de pesos veinte mil ($20.000,00), representando pesos diez mil ($10.000) cada socio en este acto, obligándose a completar el saldo en un plazo máximo de un (1) año desde la fecha de suscripción del presente contrato. Dirección, Representación y Adminis-tración: La dirección, administración y uso de la firma social estará a cargo de uno o más socios en forma individual e indistinta por el término de 3 ejercicios, siendo reelegibles en la Asamblea de Asociados, quien ejercerá la representación legal de la sociedad y revestirá el carácter de Gerente, siendo los designados el socio Spadaro Esteban Daniel y el socio Ponci Sebastián Alberto, quienes constituirán un seguro de caución de pesos diez mil como garantía. Fiscalización: Estará a cargo de los propios socios, quienes podrán examinar los libros y papeles sociales y recabar los infor-mes que estimen pertinentes. Fecha de Cierre de Ejercicio: El ejercicio económico financiero de la sociedad finalizará el 31 de mayo de cada año. El presente edicto ha sido ordenado por la señora Directora General a cargo del Registro Público de Comercio de esta Provincia, Dra. Graciela Noemí Mercau, en autos caratulados: “PONCl y SPADA-RO S.R.L. s/lnscripción Contrato Social”, (Expte. Nº 21659/15). Subdirección, 14 de septiembre de 2015. Fdo. María Lis Mansilla Albores, Subdirec-tora Subrogante, D.G.R.P.C., Poder Judicial Neu-quén.

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INSTITUTO LIENSSOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Cesión de Cuotas Partes y Modificacióndel Artículo Cuarto del Contrato Social

En la ciudad de Neuquén, inscripta en el Re-gistro Público de Comercio bajo Nº 194, Folio 1285/1289, Tomo VI-S.R.L., Año 2008, con fecha 25 de junio de 2008. Por instrumento privado de fecha 12 de julio de 2013, el señor Mariano An-drés Bourquin, Documento Nacional de Identidad Nº 25.630.935, CUIT/L 20-25630935-2, argentino, nacido el 6 de febrero de 1977, de profesión co-merciante, soltero, domiciliado en calle José Carol 2.613, Manzana 8, Casa 102, Barrio 14 de Oc-tubre de esta ciudad; y Rubén Darío Bobadilla, Documento Nacional de Identidad Nº 22.005.358, CUIT/L 20-22005358-0, argentino, nacido el 29 de enero de 1971, de profesión comerciante, solte-ro, domiciliado en Manzana 10, Casa 123, Barrio Maronese de esta ciudad; en adelante “La parte Cedente”; y por otra parte el señor Oscar Alfredo Carvajal, titular del Documento Nacional de Iden-tidad Nº 16.333.440, CUIT/CUlL 20-16333440-3, argentino, nacido el 02 de junio de 1963, de pro-fesión comerciante, casado en primeras nupcias con Ana María del Carmen Parra Navarro, domici-liado en calle Alberdi Nº 1.351 de la ciudad de Plot-tier, Provincia del Neuquén, en adelante “La parte Cesionaria”. El señor Mariano Andrés Bourquin y el señor Rubén Dario Bobadilla, son socios de la sociedad que gira en plaza bajo la denominación social de “Instituto Liens Sociedad de Respon-sabilidad Limitada”, con sede social en calle Las Camelias, Casa Nº 167, Barrio Alta Barda de esta ciudad, Provincia del Neuquén. En este acto el se-ñor Rubén Darío Bobadilla, cede a favor del señor Oscar Alfredo Carvajal, ciento veinticinco (125) cuotas, cediendo la totalidad de cuotas que po-see en la sociedad por un valor nominal de pesos doce mil quinientos ($12.500) y el señor Mariano Andrés Bourquin, cede a favor del señor Oscar Al-fredo Carvajal, ciento veinticinco (125), cediendo el 25% de las cuotas que posee en la sociedad por un valor nominal de pesos doce mil quinientos ($12.500). En virtud de la cesión formalizada por el señor Rubén Darío Bobadilla queda desvincula-do de la sociedad, declarando que no tiene recla-mo alguno que formular a la misma, que renuncia

a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores. Cuarto: Asimismo y en este acto las partes de común acuerdo resuelven mo-dificar el artículo cuarto del contrato social, que queda redactado de la siguiente manera: “Artícu-lo Cuarto: El capital social es de pesos cincuenta mil ($50.000), dividido en quinientas (500) cuotas iguales de pesos cien ($100) cada una, suscriptas de la siguiente forma: Mariano Andrés Bourquin, la cantidad de doscientas cincuenta (250) cuotas por la suma de pesos veinticinco mil ($25.000), representando el 50% del capital social, integrado oportunamente en un veinticinco por ciento (25%) en efectivo, y el señor Oscar Alfredo Carvajal, la cantidad de doscientas cincuenta cuotas (250) por la suma de pesos veinticinco mil ($25.000), repre-sentando el 50% del capital social, integrado opor-tunamente en un veinticinco por ciento (25%), en efectivo. El capital social se podrá incrementar cuando se estime conveniente mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de Socios aprobará las condiciones del aumento en cuanto a montos y plazos de integración. Al aumentarse el capital se guardará la proporción de cuotas de cada que cada socio era titular al momento de la decisión”. Quinto: El socio Mariano Andrés Bourquin presta conformidad a la cesión de cuotas formalizada, y a su vez en su carácter de socio Gerente toma conocimiento de la misma, cumpliéndose con los recaudos del Artículo 152 de la Ley de Socieda-des. Sexto: Los socios, la Escribana Titular del Registro Notarial Tres de esta ciudad, Emy Aria-na Villalobos y la señora Ana Gallegos, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 25.113.815, quedan autorizados para realizar en forma con-junta, alternada e indistinta todas las gestiones tendientes a la inscripción del presente convenio de cesión de cuotas y reforma del contrato social ante la Dirección del Registro Público de Comer-cio, con facultades suficientes de suscribir las aclaraciones y/o rectificaciones que la autoridad de contralor requiera. Acompañar y desglosar do-cumentación y/o fondos dinerarios. En caso de diferendo las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Neuquén Capital, siendo válidos los domicilios precedentemente enunciados. En prueba y conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. El presente edicto es librado por orden de la Sra. Directora del Registro Público de Comercio

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PAGINA 13Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

de la Provincia del Neuquén, Graciela N. Mercau, en autos caratulados: “INSTITUTO LlENS SOCIE-DAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/Ins-cripción de Cesión de Cuotas y Modificación del Artículo Cuarto referido al Capital Social”, (Expte. 21728/15). Subdirección, 09 de 09 de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Dirección Gene-ral del Registro Público de Comercio, Poder Judi-cial de la Provincia del Neuquén.

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RADIADORES NEUQUÉN S.A. Se comunica que por resolución de la Asam-blea General Ordinaria Unánime Rectificativa Nº 51 de fecha 31 de agosto de 2015, se rectificaron los nombres de los Directores electos en la Asam-blea General Ordinaria Nº 50 del 29 de enero de 2015, siendo los Directores titulares designados los siguientes: Berardi Roberto; Berardi Joaquín Juan; Caparros Gladys Mirta; Berardi Lidia María; Berardi Roberto Marcelo.

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ECO GESTIÓN S.R.L.

Edicto de Actas de SociosNº 139 y Nº 140

Se hace saber que por Acta de Socios Nº 139: En la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, a los 28 días del mes de abril de 2014, siendo las 09:00 hs., en el domicilio de la sede social, sito en calle Teodoro Planas número 4.401, se re-únen los señores Carlos Enrique Munarin, D.N.I. Nº 16.954.879; Juan Carlos Neschisi, D.N.I. N° 16.653.668 y la señora María del Carmen Núñez, D.N.I. N° 17.140.192, en carácter de socios de la firma “ECO GESTION S.R.L.”, representando el cien por ciento del capital social y de los votos. El señor socio Gerente Juan Carlos Neschisi, da por iniciada la Asamblea y expresa que se puede co-menzar a considerar los puntos del Orden del Día: 1) Designación de tres socios para firmar y apro-bar el Acta. Al respecto el señor Juan Carlos Nes-chisi, en razón de la composición de la sociedad invita a la totalidad de los socios, manifiesta que deben suscribir el Acta los mismos, en prueba de conformidad de lo actuado. 2) Designación y Ra-

tificación de Gerentes: Los socios por unanimidad resuelven fijar en tres (3) el número de Gerentes y designar como Gerentes a: Juan Carlos Neschi-si como socio Gerente Administrativo Financiero, cuyos datos identificatorios son: DNI 16.653.668, argentino, Ingeniero Civil, domiciliado en Anaya 2.424, UF 77, Bº Club de Campo La Zagala de la ciudad de Neuquén, casado en primeras nupcias con María Rosa Nuñez, DNI 18.560.883; Carlos Enrique Munarin como socio Gerente Comercial, DNI 16.964.879, argentino, Veterinario, domicilia-do en Anaya 2.424, UF 86, Bº Club de Campo La Zagala de la ciudad de Neuquén, casado en primeras nupcias con María Luz Cerrudo; y Juan Pablo Aguilera como Gerente no socio operativo, DNI 24.724.223, nacido el 28/06/75, argentino, casado, Licenciado en Ciencias Ambientales, do-miciliado en la calle Anaya 2.424, UF 116, Bº Club de Campo La Zagala de la ciudad de Neuquén. Los Gerentes designados aceptan los cargos en este acto firmando al pie, y fijan domicilio especial en la calle Teodoro Planas Nº 4.401 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 10:00 hs., se da por terminada la Asamblea en el lugar y fecha indicado, previa lectura y ratificación del Acta que firman los asistentes. Acta Nº 140: En la ciudad de Neuquén, Provincia del mismo nombre, a los 20 días del mes de marzo de 2015, siendo las 18 horas, en el domicilio de la sede social, sito en calle Teodoro Planas número 4.401, se reú-nen los señores Munarin Carlos Enrique, D.N.I. Nº 16.954.879; Neschisi Juan Carlos, D.N.I. Nº 16.653.668 y la Sra. Núñez María del Carmen, D.N.I. Nº 17.140.192, en carácter de socios de la firma “ECO GESTIÓN S.R.L.”, representando el cien por ciento del capital social y de los votos. Contando además con la presencia del señor Ge-rente Aguilera Juan Pablo. El señor socio Geren-te Neschisi Juan Carlos da por iniciado el acto y expone que la reunión tiene por objeto tratar el siguiente y único punto del Orden del Día: “Rectifi-catoria del Acta N° 139”. Continuando con la pala-bra el señor Neschisi Juan Carlos, expone que es necesario rectificar lo expuesto en Acta N° 139 de fecha 28 de abril de 2014, según lo solicitado por la Dirección General del Registro Público de Co-mercio, para lo cual expone que los Gerentes de-signados actuarán en el cargo en forma individual e indistinta, como así lo dispone la cláusula sexta del contrato social. Luego de un amplio cambio de

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opiniones se decide aprobar la moción por una-nimidad. Quedando la Gerencia conformada de la siguiente manera: Apellido y Nombre: Neschisi Juan Carlos. Tipo Documento: D.N.I. 16.653.668. Cargo: Gerente. Apellido y Nombre: Munarin Car-los Enrique. Tipo Documento: D.N.I. 16.964.879. Cargo: Gerente. Apellido y Nombre: Aguilera Juan Pablo. Tipo Documento: D.N.I. 24.724.223. Car-go: Gerente. Sin otros temas que tratar y siendo las 19:00 horas, se cierra la sesión con la firma de los presentes. Fdo. Neschisi Juan Carlos; Munarin Carlos Enrique; Nuñez María del Carmen y el Sr. Aguilera Juan Pablo.

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DON DANIEL S.R.L. Se hace saber que por instrumento de fecha 21 de abril de 2015, y modificatorio de fecha 22 de mayo de 2015, los señores Alonso Rosana Bea-triz, de nacionalidad argentina, DNI Nº 22.631.750, CUIL Nº 27-22631750-9, nacida el 07 de abril de 1972, con domicilio real en calle F. Quiroga y Ur-quiza s/n, Parque La Hoya, Chos Malal, Departa-mento Chos Malal, Provincia del Neuquén, de pro-fesión jubilada de estado civil divorciada; Alonso Daniela Inés, de nacionalidad argentina, DNI Nº 17.293.611, CUIL Nº 27-17293611-9, nacida el 28 de abril de 1965, con domicilio real en calle Barrio Jardín s/n, Chos Malal, Departamento Chos Malal, Provincia del Neuquén, de profesión empleada, de estado civil divorciada; Alonso Amalia Dulia, de nacionalidad argentina, DNI Nº 16.005.930, CUIL Nº 27-16005930-9, nacida el 12 de junio de 1964, con domicilio real en calle General Paz Nº 128, Chos Malal, Departamento Chos Malal, Provincia del Neuquén, de profesión empleada, de estado civil divorcida; y Alonso Claudio Rafael, de nacio-nalidad argentina, DNI Nº 18.390.974, CUIL Nº 20-18390974-7, nacido el 11 de enero de 1967, con domicilio real en calle Juan Manuel de Rosas Nº 45, Chos Malal, Departamento Chos Malal, Pro-vincia del Neuquén, de profesión Docente, casado en primeras nupcias con Nieto Silvia Beatriz, DNI Nº 21.699.609, CUIL Nº 27-21699609-2, de nacio-nalidad argentina, nacida el 21 de julio de 1970, con domicilio real en calle Juan Manuel de Rosas Nº 45, ciudad de Chos Malal, Departamento Chos Malal, Provincia del Neuquén, de profesión Do-cente; han convenido constituir una Sociedad de

Responsabilidad Limitada denominada DON DA-NIEL S.R.L., fijando su domicilio en la jurisdicción de la ciudad de Chos Malal, Provincia del Neu-quén. Duración: Se fija en 99 años. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto social realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el exterior, las siguientes activi-dades: A) Agropecuaria: Explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, gana-deros, agrícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compraventa y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas, caza, pesca, siembra, recolec-ción de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración de productos lácteos o de ganadería o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos, así como la compra, distribución, venta, importación y expor-tación de todas la materias primas derivadas de la explotación agrícola ganadera; B) Hotelería y Turismo: Explotación, administración, represen-tación y gerenciamiento de hoteles, hosterías, cabañas, hospedajes, condominios residenciales-turísticos, restaurantes, bares, casas de comida, confiterías, pubs, casas de té. Capital Social: El capital social es de pesos ciento treinta y cuatro mil ($134.000), dividido en 1.340 cuotas de pesos cien ($100,00) de valor nominal cada una. El mis-mo es suscripto en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones: La Sra. Alonso Ro-sana Beatriz, el 25% equivalente a ($33.500), es decir 335 cuotas; la Sra. Alonso Daniela Inés, el 25% equivalente a ($33.500), es decir 335 cuotas; la Sra. Alonso Amalia Dulia, el 25% equivalente a ($33.500), es decir 335 cuotas, y el Sr. Alonso Claudio Rafael, el 25% equivalente a ($33.500), es decir 335 cuotas. Las cuotas se integran en este acto por los socios en un veinticinco por ciento (25%) del capital social en dinero efectivo, obligándose los socios a integrar el saldo restante dentro del plazo de 24 meses a partir de la fecha de inscripción del presente instrumento contrac-tual en la Dirección General del Registro Público de Comercio. Administración - Dirección: La ad-ministración, representación y el uso de la firma estará a cargo de uno o más Gerentes en forma individual e indistinta y podrá recaer en alguno de los socios o en una tercera persona. El Gerente será elegido en Asamblea mediante el acuerdo de

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PAGINA 15Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

los socios y durará en su mandato hasta tanto se le revoque el mismo por decisión de los socios ex-presada en Asamblea. Quienes ejerzan el cargo de Gerente y por ende la representación legal de la sociedad, cuya sola firma obliga a la misma, po-drá constituir toda clase de derechos reales, per-mutar, ceder, tomar en locación bienes muebles e inmuebles, nombrar agentes, otorgar poderes generales o especiales, realizar todo acto o con-trato por el cual se adquieran o enajenen bienes, solicitar créditos, abrir y cerrar cuentas corrientes, efectuar cobranzas y toda clases de operaciones con cualquier institución bancaria, sean naciona-les, provinciales, municipales, privadas o mixtas, extranjeras, dejando constancia que la enuncia-ción precedente no es taxativa, sino simplemente enunciativa, pudiendo realizar los actos y contra-tos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social. Los Gerentes, socios o no, debe-rán prestar garantía del ejercicio de sus funciones, con la suma de pesos un mil ($1.000) cada uno, conforme al Art. 157 de la Ley 19550 a favor de la sociedad. Asambleas: Los socios se reunirán en Asamblea por lo menos una vez al año, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejer-cicio en la sede social. Fiscalización: La sociedad prescinde de la fiscalización en los términos de los Arts. 158 y 284 de la Ley 19550, reservándose los socios el contralor en los términos del Art. 55 de la citada norma. Contabilidad - Balance: Cerrará su ejercicio económico el día 31 de marzo de cada año. A esa fecha se realizará un balance general a fin de determinar las ganancias y pérdidas. Se designa como Gerente al Sr. Alonso Claudio Ra-fael y se fija la sede social en calle General Paz Nº 1.124, ciudad de Chos Malal, Departamento Chos Malal, Provincia del Neuquén. El presen-te edicto fue ordenado en autos: “DON DANIEL S.R.L. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte Nro. 21511/15). Subdirección, 11 de septiembre de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Direc-ción General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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FEGAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Fecha de instrumento de constitución: 3 de julio de 2015, FEGAMA SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Ciudad de Neuquén, Provincia del

Neuquén. Sede Social: Salta Nº 285, ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Socios: Luis Alberto Ferrari, argentino, de estado civil divor-ciado, nacido el 2 de junio de 1973, Documento Nacional de Identidad número 23.362.964, CUIT 20-23362964-3, empresario, domiciliado en calle Gobernador Denis 454 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; el señor Lucas Fernando Ferrari, argentino, de estado civil soltero, nacido el 06 de junio de 1986, Documento Nacional de Iden-tidad número 32.293.173, CUIT 20-32293173-6, empresario, domiciliado en calle Gobernador De-nis 454 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; el señor Jorge Alberto Ferrari, argenti-no, nacido el día 6 de junio de 1956, titular del D.N.I. número 12.071.739, CUIT 20-12071739-2, de estado civil divorciado, empresario, domiciliado en calle Gobernador Denis N° 454 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y el señor Mauricio Alfredo Caputo, argentino, nacido el día 12 de enero del año 1980, titular del D.N.I. número 27.981.021, CUIT 20-27981021-0, de estado civil soltero, empresario, domiciliado en calle Uspallata número 220, Barrio Jardín de la ciudad de Neu-quén, Provincia del Neuquén. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros a la actividad fiduciaria en la República Argentina y en el exte-rior, pudiendo celebrar contratos de fideicomiso bajo la normativa vigente y aplicable, actuando como fiduciario, fiduciante, beneficiario y fideico-misario con fines de administración, inversión, de-sarrollo, gestión, garantía, explotación comercial y organización de cosas y bienes que recibirá bajo titularidad de dominio fiduciario. Podrá actuar en fideicomisos de inversión y administración que se constituyan para desarrollar proyectos en fideico-misos ordinarios de cualquier clase, tipo y destino, incluyendo a los que tengan por objeto la cons-trucción, compra, venta, permuta, administración, desarrollo, locación, fraccionamiento, loteo y/o explotación de edificios, urbanizaciones, barrios privados o cerrados, hospedajes, hoteles o cual-quier otro proyecto inmobiliario urbano o rural, bajo cualquier régimen jurídico, incluso el com-prendido en el régimen de Propiedad Horizontal de la Ley 13512. Capital Social: El capital social es de pesos ciento dos mil ($102.000), represen-tado por seiscientas (600) acciones ordinarias es-criturales de valor nominal pesos ciento setenta ($170) cada una y con derecho a un voto cada

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PAGINA 16 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

acción. Duración: La sociedad tendrá una dura-ción de cincuenta años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Administración, Fiscalización y Representación Legal: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea General de Accio-nistas, entre un mínimo de uno y un máximo de diez, con mandato por tres (3) ejercicios, siendo reelegibles indefinidamente y su designación re-vocable exclusivamente por la Asamblea. En caso de ausencia, cualquier impedimento, vacancia en el Directorio o renuncia de un Director titular lo reemplazará el Director suplente que haya sido designado en primer término. La representación de la sociedad corresponderá al Presidente del Directorio y al Vicepresidente en caso de renun-cia, ausencia o impedimento del Presidente, pre-via aprobación del Directorio o de la Asamblea. El uso de la firma social estará a cargo del Presi-dente. Director titular y Presidente: Jorge Alberto Ferrari; Director suplente: Luis Alberto Ferrari. No encontrándose la sociedad incluida en el Artículo 299 de la Ley 19550, no se designarán Síndicos, quedando facultados los accionistas a realizar la fiscalización según lo prescripto por el Artículo 55 de la mencionada Ley. Cierre de Ejercicio: El día 30 de junio de cada año. El presente edicto ha sido ordenando por la Sra. Directora a cargo de la Dirección General del Registro Público de Comercio de esta Provincia, en los autos caratu-lados: “FEGAMA S.A. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. Nº 21913/15). Subdirección, 29 de septiembre de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Pú-blico de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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CB SPORT SRL

Se hace saber por un día en el Boletín Oficial la constitución en la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, de la presente Sociedad de Respon-sabilidad Limitada, según contrato de constitución de fecha 05/08/2015. Socios: Arsenia Bárbara Paola Baeza, argentina, nacida el 01/02/1977, soltera, empleada, DNI N° 25.725.260, CUIL Nº 23-25725260-4, domiciliada en calle Cacique Lau-

taro N° 46, Barrio Norte de la ciudad de Piedra del Águila, Provincia del Neuquén; y Claudio Eduardo Bobadilla, argentino, nacido el 12/02/1975, solte-ro, empresario, DNI Nº 23.718.529, CUIL N° 20-23718529-4, domiciliado en calle Corrientes N° 745 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén. Denominación: CB Sport S.R.L.. Domicilio Social: Chubut N° 430 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Duración: 99 años. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o terceros o asociada a terceros en participación o en comisión o de cualquier otra manera en cualquier parte de la República o del extranjero, las actividades de explotación de gim-nasios y canchas de: Tenis, squash, padel, tenis, fútbol y otras actividades deportivas. Capital So-cial: $70.000,00 (pesos setenta mil), dividido en 70 (setenta) cuotas de $1.000,00 (pesos mil) cada una. Dirección y Administración: A cargo de uno o más Gerentes en forma individual e indistinta, so-cios o no, por el término de tres ejercicios, siendo reelegibles. Fiscalización: Por cualquiera de los socios o por personas que éstos designen. Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año. En el mismo acto se designa a Claudio Eduardo Boba-dilla como Gerente.

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RINCÓN SODA SOCIEDAD ANÓNIMA

Designación de Directorio

Se hace saber que la firma RINCÓN SODA SOCIEDAD ANÓNIMA, en su sede social sito en calle Primeros Pobladores Nº 906 de la localidad de Rincón de los Sauces, Provincia del Neuquén, procedió a renovar sus autoridades por venci-miento de sus mandatos mediante Acta de Asam-blea Nº 14 del 30/05/2014, designando un nuevo Directorio, el que quedará integrado de la siguien-te forma: Presidente: Raúl Eugeni y Director su-plente: Dora Mabel Delgado.

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CENTRO ESTÉTICO QUIRÚRGICOSOCIEDAD ANÓNIMA

Fecha del instrumento de constitución: 3 de ju-

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PAGINA 17Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

lio de 2015. Denominación: CENTRO ESTÉTICO QUIRÚRGICO SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Sede Social: Córdoba N° 126, ciudad de Neuquén, Pro-vincia del Neuquén. Socios: Luis Alberto Ferrari, argentino, de estado civil divorciado, nacido el 2 de junio de 1973, Documento Nacional de Iden-tidad número 23.362.964, CUIT 20-23362964-3, empresario, domiciliado en calle Gobernador De-nis 454 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; el señor Lucas Fernando Ferrari, ar-gentino, de estado civil soltero, nacido el 06 de junio de 1986, Documento Nacional de Identidad número 32.293.173, CUIT 20-32293173-6, em-presario, domiciliado en calle Gobernador Denis 454 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neu-quén; el señor Jorge Alberto Ferrari, argentino, nacido el día 6 de junio de 1956, titular del D.N.I. número 12.071.739, CUIT 20-12071739-2, de es-tado civil divorciado, empresario, domiciliado en calle Gobernador Denis N° 454 de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén; y el señor Mau-ricio Alfredo Caputo, argentino, nacido el día 12 de enero del año 1980, titular del D.N.I. número 27.981.021, CUIT 20-27981021-0, de estado civil soltero, empresario, domiciliado en calle Uspallata número 220, Barrio Jardín de la ciudad de Neu-quén, Provincia del Neuquén. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros a la prestación de servicios de asistencia y orientación médica, organización, instalación y explotación de sanato-rios, clínicas y demás instituciones similares, ser-vicios de atención e internación domiciliaria, abar-cando todas las especialidades que se relacionen directa o indirectamente con aquellas actividades médicas, ofreciendo y prestando toda clase de tratamientos en tal sentido, respetando siempre las reglamentaciones en vigor y llevando adelante las prestaciones con título profesional habilitante cuando ello fuera requerido. Capital Social: El ca-pital social es de pesos ciento dos mil ($102.000), representado por seiscientas (600) acciones ordi-narias escriturales de valor nominal pesos ciento setenta ($170) cada una y con derecho a un voto cada acción. Duración: La sociedad tendrá una duración de cincuenta años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Administración, Fiscalización y Representación Legal: La administración de la sociedad estará a

cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea General de Accio-nistas, entre un mínimo de uno y un máximo de diez, con mandato por tres (3) ejercicios, siendo reelegibles indefinidamente y su designación re-vocable exclusivamente por la Asamblea. En caso de ausencia, cualquier impedimento, vacancia en el Directorio o renuncia de un Director titular lo re-emplazará el Director suplente que haya sido de-signado en primer término. La representación de la sociedad corresponderá al Presidente del Di-rectorio y al Vice-Presidente en caso de renuncia, ausencia o impedimento del Presidente, previa aprobación del Directorio o de la Asamblea. El uso de la firma social estará a cargo del Presidente. Director titular y Presidente: Jorge Alberto Ferrari; Director suplente: Luis Alberto Ferrari. No encon-trándose la sociedad incluida en el Artículo 299 de la Ley 19550, no se designarán Síndicos, quedan-do facultados los accionistas a realizar la fiscali-zación según lo prescripto por el Artículo 55 de la mencionada Ley. Cierre de Ejercicio: El día 30 de junio de cada año. El presente edicto ha sido ordenando por la Sra. Directora a cargo de la Di-rección General del Registro Público de Comercio de esta Provincia, en los autos caratulados: “CEN-TRO ESTÉTICO QUIRÚRGICO S.A. s/Inscripción de Contrato Social”, (Expte. Nº 21914/15). Subdi-rección, 29 de septiembre de 2015. Fdo. Mariela J. Dupont, Subdirectora, Dirección General del Registro Público de Comercio, Poder Judicial de la Provincia del Neuquén.

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LICITACIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA

NACIONAL DE AEROPUERTOS(ORSNA)

Licitación Pública Nacional Nº 9/2015(ORSNA - Fideicomiso)

Expediente ORSNA Nº 291/11 CUDAP: Expte. S02: 0059718/2011

Objeto: Llamado a Licitación Pública Nacional para la Rehabilitación Pista 06-24, calle de Rodaje y Plataforma, Nuevo Sistema de Balizamiento del Aeropuerto “Aviador Carlos Campos” de la ciudad

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PAGINA 18 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

Logístico y de Servicios de la ciudad de Neuquén. Venta de Pliegos: Desde el 30 de septiembre y hasta el día 23 de octubre de 2015, en horario de 8:30 a 13:30 hs., en la Tesorería del Ministerio, Belgrano Nº 398 - 1º Piso de la ciudad de Neu-quén Capital y en la Casa del Neuquén, sito en calle Maipú Nº 48, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 14:00 hs.. Valor del Pliego: $10.000,00 (pesos diez mil). Apertura de Sobres: El día 27 de octubre de 2015 a la hora 11:00, en Salón de Actos del Mi-nisterio de Desarrollo Territorial, Belgrano 398 - 8º Piso de Neuquén Capital. Consultas: En la Secretaría Técnica y Pro-yectos Especiales del Ministerio de Desarrollo Te-rritorial de la Provincia del Neuquén - Tel.: 0299-4495128 - Belgrano Nº 398 - Piso 7º, Neuquén Capital - E-mail: [email protected].

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PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

ARGENTINA UN PAÍS CON BUENA GENTE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MUNICIPALIDAD DESAN MARTÍN DE LOS ANDES

Licitación Pública Nº 04/2015

Objeto: Construcción de Jardín Maternal Bº Chacra 30 S.M. Andes. Presupuesto Oficial: $7.862.251,20. Garantía de Oferta Exigida: 1% del presup. oficial. Fecha de Apertura: 03/11/15 - Hora: 10:00. Lugar: Salón Municipal, sito en calles Roca y Rosas. Plazo de Entrega: 10 meses. Valor del Pliego: $2.000. Venta de Pliegos: Desde el 23/09/15 al 23/10/15, de 8 a 13 hs.. Lugar de Adquisición del Pliego: Municipali-dad de S.M. Andes - Dpto. de Compras y Almace-nes.

de San Martín de los Andes, Provincia del Neuquén. Presupuesto Oficial: Pesos ciento veinte millo-nes setecientos ochenta y cinco mil ($120.785.000,00), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido. Monto de la Garantía: Pesos un millón doscien-tos siete mil ochocientos cincuenta ($1.207.850,00). Sistema de Contratación: Ajuste Alzado. Plazo de Ejecución de la Obra: Doscientos cuarenta (240) días corridos. Consulta y Venta de Pliegos: ORSNA, De-partamento de Compras y Contrataciones (Dr. Ro-dolfo Vultaggio), Av. Corrientes 441, Planta Baja, C.A.B.A., desde el día 21 de septiembre de 2015 al 21 de octubre de 2015, en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 15:00 a 17:00 hs. También el pliego podrá ser consultado en: www.orsna.gov.ar. Presentación de las Ofertas: ORSNA, De-partamento de Compras y Contrataciones, Av. Co-rrientes 441, Planta Baja, C.A.B.A., en días hábiles administrativos en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 15:00 a 17:00 hs. y hasta las 12:00 hs. del día 17 de noviembre de 2015. Nota: La presentación se hará personalmente o a través de persona autorizada por la empresa. No se aceptarán envíos por correo ni propuestas fuera de plazo. Visita a Obra: Hasta el día 2 de noviembre de 2015; coordinar con la Gerencia de Ejecución y Control de la Infraestructura Aeroportuaria del ORS-NA. Comunicarse al (011) 4327-3054/3037 (Arq. Jorge Leggieri). Lugar de Acto de Apertura de Ofertas: ORS-NA, Av. Corrientes 441, Planta Baja, Ciudad Autó-noma de Buenos Aires. Fecha de Apertura: 17 de noviembre de 2015 - Hora: 12:00 hs.. Valor del Pliego: Pesos ciento veinte mil sete-cientos ochenta y cinco ($120.785,00). Forma de Pago del Pliego: Comunicarse con Tesorería al 4327-1044/1035.

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PROVINCIA DE NEUQUÉN

MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL

Licitación Pública Nacional Nº 05/2015

Objeto: Construcción y Desarrollo del Parque

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PAGINA 19Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

Consultas: Dpto. de Compras. Tel. 02972-422390. Horario: De 7 a 14 hs.. Correo Electrónico: [email protected]

2p 02 y 09-10-15________________

PROVINCIA DE NEUQUÉN

MINISTERIO DE COORDINACIÓN DEGABINETE, SEGURIDAD Y TRABAJO

PROGRAMA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS

IPVU

Licitación Pública Nº 11/15 Proyecto: 20 Viviendas Cooperativa M.T.D. Junín de los Andes, Provincia del Neuquén. Presupuesto Oficial: $13.220.046,89 (pesos trece millones doscientos veinte mil cuarenta y seis con 89/100). Plazo de Ejecución: 360 días corridos. Modalidad: Ajuste Alzado. Valor del Pliego: $12.000. Retiro de Pliegos y Consultas: Alejandro Aguado Nº 2.130, desde el 06/10/15 al 09/10/15. Lugar y Fecha de Apertura: Oficinas Admi-nistrativas de la ADUS, sitas en calle Alejandro Aguado N° 2.130 de la ciudad de Neuquén - 20/10/2015 a las 13:00 hs..

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MINISTERIO DE ENERGÍAY SERVICIOS PÚBLICOS

ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN

(E.P.E.N.)

Segundo LlamadoLicitación Pública Nº 59/14

Objeto: Obra: Normalización de la Estación Transformadora Colonia Valentina 132/33/13,2 KV, en la Provincia del Neuquén, República Ar-gentina. Presupuesto Oficial: $83.263.485,56 más I.V.A..

Fecha de Apertura: 12 de noviembre del 2015 a las 10:00 hs., en la Sede de la Comisión de Obras, sito en Av. Madero N° 942 - Piso 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultas de las Bases: A partir del día 30 de septiembre de 2015, en los websites: www.epen.gov.ar; www.argentinacompra.gov.ar; www.energia-comision1.gov.ar.

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PROVINCIA DEL NEUQUÉN

MINISTERIO DE ENERGÍA, AMBIENTEY SERVICIOS PÚBLICOS

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN YSERVICIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD

Licitación PúblicaBienes de Capital Nº 08/15 (Sobre Único)

Adquisición: 3 (tres) camiones, tipo cisterna. Presupuesto Oficial: $3.000.105,00 (tres mi-llones ciento cinco). Fecha de Apertura: 07 de octubre de 2015 - Hora: 10:00. Lugar: Mayor Torres 250, Zapala (Neuquén). Valor del Pliego: $15.000,52 (pesos quince mil con cincuenta y dos centavos). Pliegos e Informes: Mayor Torres 250, Zapa-la - Teléfono: 02942-431527 - Interno: 207. • Los pliegos estarán para su venta a partir del día 28 de septiembre de 2015 y hasta la finaliza-ción del horario administrativo del día hábil inme-diato anterior a la fecha de apertura, en la Teso-rería y consultas en la División Compras, ambas de la Sede Central de la Dirección Provincial de Vialidad: Mayor Torres 250, Zapala (Nqn.). Su ad-quisición será aceptada en efectivo (pesos) o con cheque certificado o depósito bancario en Cuenta N° 117-17 del Banco de la Provincia del Neuquén, Sucursal Zapala, con boleta especial para depó-sitos a entes oficiales, debiendo enviar previo al retiro del pliego, fotocopia simple certificada por autoridad competente, de dicha boleta del depósi-to efectuado a la Tesorería de la D.P.V.N..

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PAGINA 20 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIALPR

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PAGINA 21Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

BIBLIOTECA POPULAR HULLICHES

Asamblea General Ordinaria

La Comisión Directiva de la Biblioteca Popular Huilliches, convoca a sus asociados a la Asam-blea General Ordinaria a realizarse el día sábado 10 de octubre a las 18 horas, en la sede social de la Biblioteca, sito en calle San Martín Nº 4.512 de la ciudad de Neuquén, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1º) Designación de dos socios para refrendar el Acta. 2º) Exposición de motivos del llamado fuera de término. 3º) Tratamiento y aprobación de los Estados Contables, Cuadros y Anexos, correspondientes a los Ejercicios Nº 10, año 2013 y Nº 11, año 2014. 4º) Renovación de autoridades. Fdo. Luis A. Aguilera, Presidente; José E. Pé-rez, Secretario.

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SOCIEDAD DE PEDIATRÍA DELALTO VALLE DE RÍO NEGRO Y NEUQUÉN

Personería Jurídica 384/07de la Pcia. del Neuquén

Asamblea Anual Ordinaria

Asamblea Anual Ordinaria a realizarse el día 21 de octubre de 2015 a las 11:00 hs..

ORDEN DEL DÍA

Considerar: Convocatoria a Asamblea Anual Ordinaria para renovación de autoridades de la Comisión Directiva. Lugar: Diagonal España 467 - 1º Piso. Telefax: 0299-4437072. Código Postal: 8300 - Neuquén. E-mail: [email protected] Fdo. Dr. Alberto Videla, Presidente; Dr. Raúl Colombino, Tesorero.

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CONVOCATORIAS EDICTOS

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neu-quén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Calfiqueo Victoria s/Apremio”, (Expte. Nº 499475/13), Sr/a. Calfiqueo Victoria, DNI 6.401.006, para que dentro de los 10 (diez) días a contarse desde la última publica-ción, comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 21 de agosto de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Secretaria.

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El Juzgado de Juicios Ejecutivos N° 1 a cargo del Dr. Javier H. Ghisini, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Lucrecia Varni, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso, Neuquén Capital, co-munica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Seguel Alegría Domingo Venancio, (Expte. Nº 439516/11), Sr/a. Seguel Alegría Do-mingo Venancio, para que dentro de los 10 (diez) días a contarse desde la última publicación, com-parezca a tomar la intervención que le correspon-de en este proceso, bajo apercibimiento de desig-narle Defensor Oficial de Ausentes, para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 12 de agosto 2015. Fdo. María Lucrecia Varni, Secretaria.

5p 04, 11, 18, 25-09 y 02-10-15____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos N° 1 a cargo del Dr. Javier H. Ghisini, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Lucrecia Varni, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso, Neuquén Capital, co-munica al demandado, en los autos: “Provincia del Neuquén c/I.P.S. SAIC Y F s/Apremio”, (Expte. Nº 387629/9), Sr./a. I.P.S. SAIC Y F, para que dentro de los 10 (diez) días a contarse desde la última publicación, comparezca a tomar la inter-

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PAGINA 22 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito en Diago-nal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capi-tal, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Borquez Manuel Humberto s/Apremio”, (Expte. Nº 431351/10), Sr/a. Borquez Manuel Humberto, DNI 21.352.984, para que den-tro de los diez (10) días a contarse desde la última publicación, comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo aper-cibimiento de designarle Defensor Oficial de Au-sentes para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 3 de julio de 2015. Fdo. Dra. Dolores Josefina De-fferrari, Prosecretaria Relatora.

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El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2 a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Úni-ca a cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Pro-vincia del Neuquén c/Calabrano Montenegro Héctor s/Apremio”, (Expte. Nº 462805/12), Sr/a. Calabrano Montenegro Héctor, DNI 92.651.235, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publicación, comparezca a tomar la inter-vención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edic-tos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secre-taría, 27 de agosto de 2015. Fdo. Ayelén Ruffa, Prosecretaria.

5p 11, 18, 25-09; 02 y 09-10-15____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2 a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a cargo del Dr. Javier Alarcón, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Arriagada Aguero Juan Carlos s/Apremio”, (Expte. Nº 385055/9), Sr/a. Arriagada Aguero Juan Carlos, DNI 92.441.668, para que dentro de los 10 (diez) días a contarse desde la última publicación comparezca a tomar la inter-vención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de

vención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes, para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 10 de agosto de 2015. Fdo. Nicolás Isamel Tadeo, Prosecretario Relator.

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El Juzgado de Juicios Ejecutivos N° 1 a cargo de el Dr. Javier H. Ghisini, Secretaría Única a car-go de la Dra. María Lucrecia Varni, sito en Diago-nal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso, Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Sandoval Cid Luis Alberto s/Apre-mio”, (Expte. Nº 484142/12), Sr./a. Sandoval Cid Luis Alberto, DNI Nº 92.469.664, para que dentro de los 10 (diez) días a contarse desde la última publicación, comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo aper-cibimiento de designarle Defensor Oficial de Au-sentes, para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 24 de julio 2015. Fdo. Nicolás Isamel Tadeo, Prosecreta-rio Relator.

5p 04, 11, 18, 25-09 y 02-10-15_______________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos N° 1 a cargo de el Dr. Javier H. Ghisini, Secretaría Única a car-go de la Dra. María Lucrecia Varni, sito en Diago-nal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso, Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Garay José Belen s/Apremio, (Exp-te. Nº 435685/11), Sr./a. Garay José Belen, DNI 3.017.321, citándose a los herederos del causan-te, Garay José Belen, para que dentro de los 10 (diez) días a contarse desde la última publicación, comparezca a tomar la intervención que le corres-ponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes, para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); median-te la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 11 de agosto 2015. Fdo. Margarita L. Ruíz, Prosecretaria.

5p 04, 11, 18, 25-09 y 02-10-15 El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a cargo de la Dra. María I.T. Focaccia, Secretaría Única a

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PAGINA 23Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

Ausentes para que lo represente en él (Art. 118 del Código Fiscal); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Se-cretaría, 27 de agosto de 2015. Fdo. Ayelén Ruffa, Prosecretaria.

5p 11, 18, 25-09; 02 y 09-10-15 El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secre-taría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neu-quén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Fernández Silvina Lorena s/Apremio”, (Expte. Nº 491056/13), Sr/a. Fernández Silvina Lorena, DNI 28.003.232, para que dentro de los diez (10) días a contarse desde la última publicación comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este pro-ceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que la represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 6 de mayo de 2015. Fdo. Dra. Dolores Josefina Defferrari, Prosecretaria Relatora.

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El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica a los eventuales herederos del demandado en autos: “Provincia del Neu-quén c/Correnti Natalia s/Apremio”, (Expte. Nº 433888/11), Sr/a. Correnti Natalia, L.C. 9741587, para que dentro de los diez (10) días a contarse desde la última publicación comparezcan a tomar la intervención que le corresponde en este pro-ceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que la represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 27 de agosto de 2015. Fdo. Dra. Vani-na Forquera, Secretaria.

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El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén

Capital, comunica al demandado en autos: “Pro-vincia del Neuquén c/Gutiérrez Norberto s/Apremio”, (Expte. Nº 490055/13), Sr/a. Gutiérrez Norberto, DNI 7.575.519, para que dentro de los diez (10) días a contarse desde la última publica-ción comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 13 de agosto de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Secretaria.

5p 18, 25-09; 02, 09 y 16-10-15_____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica a los eventuales herederos en autos: “Provincia del Neuquén c/Suceso-res de Sabatel Marco s/Apremio”, (Expte. Nº 489095/13), Sr/a. Sucesores de Sabatel Marco, DNI 3.430.578, para que dentro de los 5 días a contarse desde la última publicación comparez-ca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo repre-sente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 28 de agosto de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Secretaria.

5p 18, 25-09; 02, 09 y 16-10-15___________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Pro-vincia del Neuquén c/Elgueta José Clemente s/Apremio”, (Expte. Nº 476605/12), Sr/a. Elgueta José Clemente, DNI 93.353.066, para que dentro de los diez (10) días a contarse desde la última publicación comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo aper-cibimiento de designarle Defensor Oficial de Au-sentes para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 24

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PAGINA 24 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

de julio de 2015. Fdo. Dolores Josefina Defferrari, Prosecretaria Relatora.

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El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secreta-ría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Pro-vincia del Neuquén c/Fonseca Marcelino s/Apremio”, (Expte. Nº 497565/13), Sr/a. Fonseca Marcelino, DNI 11.363.294, para que dentro de los diez (10) días a contarse desde la última publica-ción comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 07 de agosto de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Secretaria.

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Dra. Gloria Anahí Martina, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Familia y Jui-cios Ejecutivos Nº 2, Zapala, sito en Etcheluz Nº 650 de esta ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén de la Tercera Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría de Juicios Ejecutivos a mi cargo, en los autos caratulados: “Provincia del Neuquén c/Ran Manuela s/Apremio”, (Expte. Nº 11099/10), cita y emplaza a los sucesores de Ran Manuela, DNI 876.238 y/o quienes se consi-deren con derecho, para que en plazo de diez (10) días comparezcan a tomar intervención en autos, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes para que los represente. Publíquen-se edictos por (5) cinco días en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Gloria Anahí Martina. Juez.Secretaría, 20 de agosto de 2015. Fdo. Dr. Ezequiel N. Signo-rile, Prosecretario.

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Dra. Gloria Anahí Martina, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Familia y Jui-cios Ejecutivos Nº 2, Zapala, sito en Etcheluz Nº 650 de esta ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén de la Tercera Circunscripción Judicial

de Neuquén, Secretaría Ejecutivos a mi cargo, en los autos caratulados: “Provincia del Neuquén c/Catrileu Rosa Nélida s/Apremio”, (Expte. Nº 14725/11), cita a los herederos de Catrileu Rosa Nélida, DNI 0.558.694 y/o a quien se considere con derecho, para que en el plazo de diez (10) días comparezcan a tomar intervención en autos, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes para que la represente. Publíquen-se edictos por (5) cinco días en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. gloria Anahí Martina, Juez. Secretaría, 28 de agosto de 2015. Fdo. Dr. Ezequiel N. Signo-rile, Prosecretario.

5p 18, 25-09; 02, 09 y 16-10-15_______________

Dra. Gloria Anahí Martina, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Familia y Juicios Ejecutivos Nº 2, Zapala, sito en Etcheluz Nº 650 de esta ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén de la Tercera Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría de Juicios Ejecutivos a mi cargo, en los autos caratulados: “Provincia del Neuquén c/Ruíz Emelina del Carmen s/Apremio”, (Expte. Nº 22922/13), cita y emplaza a los sucesores de Ruíz Emelina del Carmen, DNI 12.763.087, y/o quienes se consideren con derecho, para que en plazo de diez (10) días comparezcan a tomar in-tervención en autos, bajo apercibimiento de de-signar Defensor Oficial de Ausentes para que los represente. Publíquense edictos por (5) cinco días en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Gloria Anahí Marti-na, Juez. Secretaría, 14 de agosto de 2015. Fdo. Dr. Ezequiel N. Signorile, Prosecretario.

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El Juzgado de Juicio Ejecutivos Nº 2, a cargo de la Dra. María Victoria bacci, Secretaría Única a cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Apaolaza Mónica B. s/Apremio”, (Expte. Nº 494611/13). Sr./a Apaolaza Mónica Beatriz, DNI 22.752.827, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publicación comparezca a tomar la intervención que le corres-ponde en este proceso bajo apercibimiento de de-signarle Defensor Oficial de Ausentes, para que la represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante

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PAGINA 25Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

la publicación de edictos en el Boletín oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 27 de agosto de 2015. Fdo. Ayelen Ruffa, Prosecretaria.

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Dr. Javier Hernán Ghisini, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Juicios Ejecu-tivos Nº 1, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital de esta ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén de la Primera Circunscripción Judicial de Neuquén, Secretaría Única, a mi cargo en los autos caratulados: “Pro-vincia del Neuquén c/Mercapidez Mario César s/Apremio”, (Expte. Nº 456451/2011), cita al Sr. Mercapidez Mario César, DNI 05.516.371, para que dentro del plazo de diez días comparezcan a tomar intervención en autos, bajo apercibimien-to de designar Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente. Publíquese edictos por cinco días en el Boletín Oficial. Neuquén, 4 de septiem-bre de 2015. Fdo. Nicolás Ismael Tadeo, Prose-cretario Relator.

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La Dra. Ana Virginia Mendos, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 5 de la 1ra. Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, sito en calle Rivadavia 205/211, Piso 7 de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única, cita y emplaza a todos los que se consideren con dere-cho a los bienes dejados por la causante Muñoz De Toro Soledad Teresa, para que dentro de los treinta días lo acrediten en los autos caratulados: “Muñoz de Toro Soledad Teresa s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 508443/2015). El presente deberá publicarse por tres días en el Boletín Ofi-cial y en el Diario La Mañana del Neuquén. Secre-taría, 07 de septiembre de 2015. Fdo. Yanina V. Griffouliere, Prosecretaria.

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Dra. Gloria Anahí Martina, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Familia y Juicios Ejecutivos Nº 2, Zapala, sito en Etcheluz Nº 650 de esta ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén, de la Tercera Circunscripción Judicial de Neu-quén, Secretaría de Juicios Ejecutivos a mi cargo,

en los autos caratulados: “Provincia del Neu-quén c/Vanerio Marcelo Erasmo s/Apremio”, (Expte. Nº 23565/13), cita y emplaza a los suce-sores de Vanerio Marcelo Erasmo, DNI 5.779.237, y/o quienes se consideren con derecho, para que un plazo de diez (10) días comparezcan a tomar intervención en autos, bajo apercibimiento de de-signar Defensor Oficial de Ausentes para que los represente. Publíquense edictos por cinco (5) días en el Boletín Oficial. Fdo. Dra. Gloria Anahí Mar-tina, Juez. Secretaría, 15 de septiembre de 2015. Fdo. Dr. Ezequiel N. Signorile, Prosecretario.

5p 25-09; 02, 09, 16 y 23-10-15____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2 a cargo de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a cargo del Dr. Javier Alarcón, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Castro Marenco Carlos Ángel de Jesús s/Apremio”, (Expte. Nº 475668/12), Sr/a. Castro Marenco Carlos Ángel de Jesús, DNI 6.953.178, para que dentro de los 10 días a con-tarse desde la última publicación comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle De-fensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publica-ción de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 7 de septiembre de 2015. Fdo. Ayelén Ruffa, Prosecretaria.

5p 25-09; 02, 09, 16 y 23-10-15____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secretaría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica a los herederos del demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Suceso-res de Cifuentes Nemesio s/Apremio”, (Exp-te. Nº 432183/10), Sr/a. Cifuentes Nemesio, DNI 7.290.181, para que dentro de los diez (10) días a contarse desde la última publicación comparez-can a tomar la intervención que les corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designar-les Defensor Oficial de Ausentes para que los re-presente en él (Art. 343 del C.P.C. y C.); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5

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PAGINA 26 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

(cinco) días. Secretaría, 7de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Secretaria.

5p 25-09; 02, 09, 16 y 23-10-15____________

El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 3 a car-go de la Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Secretaría Única a cargo de la Dra. Vanina Forquera, sito en Diagonal 25 de Mayo Nº 51, 2º Piso de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos: “Pro-vincia del Neuquén c/Serafini Roberto s/Apre-mio”, (Expte. Nº 501893/13), Sr/a. Sucesores de Serafini Roberto, DNI 5.446.360, para que dentro de los 10 días a contarse desde la última publica-ción comparezcan a tomar la intervención que les corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarles Defensor Oficial de Ausentes para que los represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría, 10 de sep-tiembre de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Se-cretaria.

5p 02, 09, 16, 23 y 30-10-15____________

El Dr. Jorge Alberto Videla a cargo del Juz-gado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral de Minería y Familia, Secretaría Civil, Comercial, Laboral, de Minería y Familia, sito en Pascotto N° 325 de Villa La Angostura, Provincia del Neuquén, en autos caratulados: “Hermosilla Oscar s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 7354, Año 2015), cita a todos aquellos que se consi-deren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten en el término de treinta (30) días y se presenten a juicio (Art. 725 del CPCCyC). Publicación por tres días en el Boletín Oficial y el Diario Río Negro. Villa La Angostura, 01 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Carolina Amarilla, Secretaria.

1p 02-10-15____________

La Dra. Paula I. Stanislavsky, Juez a car-go del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Uno de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única de la I Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, en autos caratulados: “Soto Stella Maris s/Sucesión ab-intestato”, (Expediente N° 508035/2015), cita y

emplaza por el término de treinta (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Doña Soto Stella Maris. Publíquese por tres días. Neuquén, 09 de sep-tiembre de 2015. Fdo. Dra. Natalia Betsabé Ra-mos, Prosecretaria.

1p 02-10-15____________

La Dra. Paula Irina Stanislavsky, Jueza a car-go del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Número Uno, Secretaría Única de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, sito en calle Rivadavia Nº 205/211, 2° Piso de la ciudad de Neuquén, cita por treinta (30) días a herederos, sucesores y acreedores de González Emilia Fernanda, en au-tos caratulados: “González Emilia Fernanda s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 502029/14). Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén, 10 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Natalia Betsabé Ramos, Pro-secretaria.

1p 02-10-15____________

Dra. Paula I. Stanislavsky, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Co-mercial y de Minería Nº 1 de la ciudad de Neu-quén, Secretaría Única, con asiento en Rivadavia 205/211, Piso 2º, hace saber que en los autos: “Anchava Sonia Alicia s/Sucesión ab-intesta-to”, (Expte. 509229), se cita y emplaza por treinta (30) días a todos los que se consideren con de-recho a los bienes dejados por la causante Sonia Alicia Anchava, DNI 10.120.306, para que lo acre-diten y comparezcan en los autos citados. Publí-quense edictos por tres días en el Boletín Oficial. Neuquén, 24 de septiembre de 2015. Fdo. Martín Peliquero, Secretario.

1p 02-10-15____________

Dr. Gustavo R. Belli, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única, con asiento en Rivadavia 205/211, Piso 4º, hace saber que en los autos: “Cayuman Levi-queo Manuel s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 465881), se cita y emplaza por treinta (30) días

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PAGINA 27Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Manuel Cayuman Leviqueo, para que lo acrediten y comparezcan en los autos citados. Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial. Neuquén, 24 de 09 de 2015. Fdo. Dra. Alejandra Márquez, Secretaria.

1p 02-10-15_____________

La Dra. Alejandra Bozzano, Juez, a cargo del Juzgado de Primer Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 2 de Neuquén, Secretaría Única, sito en calle Rivadavia 211, 5° Piso de la ciudad de Neuquén, declara abierto el juicio sucesorio en autos: “Garreton Miguel Ramón s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 508740/2015), citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten. PubIíquese edictos por tres (3) días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén, 23 de septiembre de 2015. Fdo. Daiana Correa Kronemberger, Pro-secretaria.

1p 02-10-15____________

La Dra. Alejandra Bozzano a cargo del Juz-gado Civil Nº 2, Secr. Única, sito en calle Riva-davia Nº 205, 5º Piso de Neuquén, cita, llama y emplaza por treinta (30) días a los herederos y acreedores de Don Pinilla Gerardo del Pilar, DNI 7.561.434, para que comparezcan a estar a de-recho en los autos caratulados: “Pinilla Gerardo del Pilar s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 505951/2014). Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y Diario LM Neuquén. Fdo. Dra. Alejandra Bozzano, Juez. Secretaría, Neu-quén, 18 de septiembre de 2015. Fdo. Daiana Co-rrea Kronemberger, Prosecretaria.

1p 02-10-15____________

La Sra. Juez a cargo del Juzgado Primera Ins-tancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 4 de la ciudad de Neuquén, Dra. María Eugenia Grimau, Secretaría Única a cargo de la Dra. Isasi Nora Ju-liana, sito en calle Rivadavia 205/11, Palacio de Tribunales de la ciudad de Neuquén, en los autos caratulados: “Parada Lizama Roberto y Otro s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 507673/15),

cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Roberto Para-da Lizama, CI 2.417 y Aurora Aranda Viere, DNI 9.746.238, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten. Neuquén, 7 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Nora J. Isasi, Secretaria.

1p 02-10-15_____________

La Dra. Elizabeth García Fleiss, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Co-mercial Nº 6, sito en calle Rivadavia 205, 3º Piso de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza a estar a derecho por el término de treinta (30) días a here-deros y acreedores de María del Carmen Cottet, en autos: “Cottet María del Carmen s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 508673/15). Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. “Neuquén, 30 de julio de 2015. Fdo. Dra. Elizabeth García Fleiss, Juez”. Fdo. Fla-via Cecilia García, Secretaria.

1p 02-10-15_____________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº Cuatro de la I Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, a cargo de la Dra. María Eugenia Grimau, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Nora J. lsasi, sito en calle Rivadavia 205/211, 6º Piso, cita y emplaza a los que se consideren con derechos a los bienes dejados por Horacio Rubén Sturze, DNI 4.622.111, para que en el tér-mino de treinta (30) días lo acrediten en autos: “Sturze Horacio Rubén s/Sucesión ab-intesta-to”, (Expte. Nº 509171/15). Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario La Mañana de Neuquén. Secretaría, 17 de septiem-bre de 2015. Fdo. Dra. María Eugenia Grimau, Juez. Fdo. Dra. María Luisa Ponchiardi, Prosecre-taria.

1p 02-10-15_____________

El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comer-cial y de Minería Nº 1 a cargo de la Dra. Paula I. Stanislavsky, Secretaría Única, con domicilio en calle Rivadavia Nº 205, 2º Piso de Neuquén, cita y emplaza a herederos y acreedores de Marta Esther Seage (DNI 9.741.385) y de Don Carlos Al-berto Zárate (DNI 8.377.892), para que dentro de

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PAGINA 28 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

los 30 días lo acrediten en los autos caratulados: “Zárate Carlos Alberto y Otro s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 507787/2015). Publíquen-se edictos en el Boletín Oficial y en el Diario La Mañana de Neuquén. Neuquén, 21 de septiembre de 2015. Fdo. Martín Peliquero, Secretario.

1p 02-10-15____________

El Dr. Andrés Daniel Luchino, Juez Titular del Juzgado de 1a Instancia en lo Civil, Comercial, La-boral y de Minería Nº 2 de la IV Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Junín de los Andes, Secretaría a cago del Dr. Santiago Mon-torfano, cita y emplaza por el término de treinta días a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante Irma Estela Herrera, D.N.I. F. 3.781.303 y acreditarlo en autos: “Herrera Irma Estela s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 41220, Año 2015). Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial. Junín de los Andes, 25 de agosto del año 2015. Fdo. Dr. Santiago A. Montorfano, Secretario.

1p 02-10-15____________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de Neuquén Capi-tal, a cargo de la Dra. Paula I. Stanislavsky, Juez, sito en calle Rivadavia 205, cita y emplaza por el término de treinta días (30) a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Alicia Susana Marcos, en autos cara-tulados: “Marcos Alicia Susana s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 508053). Publíquese edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén, 07 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Natalia Betsabé Ramos, Prosecretaria.

1p 02-10-15________________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Seis de Neuquén Ca-pital, a cargo de la Dra. Elizabeth García Fleiss, Juez, sito en calle Rivadavia 205, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Luis Fermín Labourdette y Manue-la Alegre, en autos caratulados: (506830/2015), “Labourdette Luis Fermín y Otro s/Sucesión

ab-intestato”. Publíquese edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario La Mañana de Neuquén, 10 de marzo de 2015. Fdo. Fernanda Raimondo, Prosecretaria.

1p 02-10-15________________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 6 de Neuquén Capi-tal, a cargo de la Dra. Elizabeth García Fleiss, Juez, sito en calle Rivadavia 205, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Zidek Emilio, en autos caratula-dos: “Zidek Emilio s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. (508052). Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén, 05 de junio de 2015. Fdo. Flavia Cecilia García, Secretaria.

1p 02-10-15________________

El Dr. Gustavo R. Belli, Juez a cargo del Juz-gado Civil, Comercial y de Minería Nº Tres, sito en Rivadavia 205/2011, Piso 4º de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única, cita a quienes se con-sideren con derecho a los bienes dejados por la Sra. Tecker María Luisa y el Sr. Miranda Luis Al-berto, para que dentro de 30 (treinta) días lo acre-diten en autos caratulados: “Miranda Luis Al-berto y Otro s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 508822). Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén, 23/09/2015. Fdo. Alejandra Serritella, Prosecreta-ria.

1p 02-10-15_________________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5, sito en calle Rivada-via Nº 205/211, 7º Piso de la ciudad de Neuquén a cargo de la Dra. Mendos Ana Virginia, Juez, Se-cretaría Única, cita y emplaza por el término de 30 días a herederos y acreedores de Don Salas José Oscar, C.I. 18.977 y Doña Reucan Juana, DNI Nº 875.430, para que hagan valer sus derechos en autos: “Salas José Oscar y Otro s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 503676/2014). Publíquese edictos por tres días en el Boletín Oficial y en La Mañana Neuquén. Secretaría, 23 de septiembre

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PAGINA 29Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

de 2015. Fdo. Dra. Gabriela Beatriz Lavilla, Pro-secretaria.

1p 02-10-15_______________

El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Co-mercial y de Minería Nº Uno, sito en Rivadavia 205/210 de la ciudad de Neuquén, a cargo de la Dra. Stanislavsky Paula Irina, Secretaría Única a cargo del Dr. Peliquero Martín Enrique, cita a todos los que consideren con derecho a los bie-nes dejados por Pugliese Antonio Salvador, DNI 11.527.293, causante, para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten en autos: “Puglie-se Antonio Salvador s/Sucesión ab-intestato”, (508687/15). Secretaría, 15 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Natalia Betsabé Ramos, Prose-cretaria.

1p 02-10-15_________________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la V Circuns-cripción Judicial, con asiento en la ciudad de Chos Malal, Pcia. del Neuquén, sito en calle 9 de Julio y Sarmiento, a cargo del Dr. Carlos Choco, Se-cretaría Civil a mi cargo, cita y emplaza por 30 días a todos los aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Villanueva José Narciso, DNI 1.511.563 y Muñoz Albertina del Carmen, DNI 2.047.302, para que lo acrediten en el término de treinta días en los au-tos caratulados: (Expte. 19609/14), “Villanueva José Narciso y Muñoz Albertina del Carmen s/Sucesión ab-intestato”. El presente deberá ser publicado por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén. Chos Malal, 15 de sep-tiembre de 2015. Fdo. Dra. Ivanna Daniela Negre-te, Secretaría Civil.

1p 02-10-15_______________

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la V Circuns-cripción Judicial, con asiento en la ciudad de Chos Malal, Pcia. del Neuquén, sito en calle 9 de Julio y Sarmiento, a cargo del Dr. Carlos Choco, Secre-taría Civil a mi cargo, cita y emplaza por 30 días a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Gutiérrez

César Manuel, DNI 7.294.395 y Castillo Elsa Vi-talina, DNI 4.251.128, para que lo acrediten en el término de treinta días en los autos caratulados: (Expte. 19684/2014), “Gutiérrez César Manuel y Castillo Elsa Vitalia s/Sucesión ab-intestato”. El presente deberá ser publicado por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén. Chos Malal, 15 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Ivanna Daniela Negrete, Secretaría Civil.

1p 02-10-15_________________

El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 2 a cargo de la Dra. Alejandra Cristina Bozza-no, Jueza, Secretaría Única, sito en Rivadavia 205/211, 5º Piso de la ciudad de Neuquén, en autos caratulados: “Reyes Sandra Ester s/Suce-sión ab-intestato”, (Expte. 508074/2015), cita, llama y emplaza por el término de 30 (treinta) días a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. Reyes Sandra Ester, DNI 27.986.927, para que así lo acrediten. Publí-quense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el Diario “La Mañana Nqn.”. Neuquén, 24 de septiembre de 2015. Fdo. Agustín Abad García, Prosecretario.

1p 02-10-15______________

La Dra. Ana Virginia Mendos, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comer-cial y de Minería Nro. Cinco de la ciudad de Neu-quén, con domicilio en Rivadavia 205/211, Piso 7º, Secretaría a cargo de la Dra. Silvia Inés De Glee, cita, llama y emplaza por el término de trein-ta días a herederos y acreedores y/o a los que se consideren con derechos a los bienes dejados por Don Alberto Baggio a que se presenten a hecer valer sus derechos en los autos caratulados: “Ba-ggio Alberto s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 508570/2015). Publíquese por tres días en el Bo-letín Oficial. Neuquén, 15 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Inés De Glee, Secretaria.

1p 02-10-15_______________

El Juzgado de Primera Instancia Civil y Co-mercial Nº 6 a cargo de la Dra. Elizabeth García Fleiss, Secretaría Única, sito en Rivadavia Nº 205, P. 3º de Neuquén, en autos: “De la Cal Marta Su-

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PAGINA 30 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

sana s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 507746, Año 2015), cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten. Publicar por 3 días en el Diario La Mañana del Neuquén y 1 día en el Boletín Oficial. Neuquén, 25 de septiembre de 2015. Fdo. Flavia Cecilia Gar-cía, Secretaria.

1p 02-10-15_______________

El Juz. Civ., Com., Lab. y de Min. N° 1 de la ciudad de Zapala a cargo de la Dra. Ivonne San Martín, comunica por 2 días en autos: “Santaju-lianacelia c/Dionis Claudia s/Daños y Perjui-cios Resp. Contractual Particulares”, (Expte. N° 7620, Año 200), Sec. N° 1, que el Martillero Público Sr. Juan Carlos Sarquis, rematará el día jueves 15 de octubre de 2015, a la hora 11:00, en Avda. Roca N° 69 de la ciudad de Zapala: Un inmueble identificado como: Dpto. Catán Lil, Secc. XXX, Lotes 10 y 11, pl. DGC. 2704-3027/78. Su-perficie 164 Has. 1581 m2.. Medidas: N. 275,62 m.; E. 630,20 m., 980,10 m., 99,76 m., 79,46 m., 46,71 m., 116,98 m., 112,73 m., 192,75 m., 65 m., 410,20 m., 540,15 m., 1147,69 m.; S. 300 m.; O. 1.000 m., 689,15 m., 1.219,50 m, 587,20 m.. Lin-deros: N. lote de Estancia Maulonas SCA; E. Ruta Prov. 24, Lote A y Ruta Nac. 40; S. Lote Of. 11; O. Río Catán Lil, Matrícula 33, Catán Lil, Nom. Cat. N° 11-RR-19-2774, Lote E, con todo lo en él edifi-cado, plantado y demás adherido al suelo. Ubica-do entre las rutas: Provincial N° 24 y Nacional N° 40. Consta de: Alambrado perimetral completo en regular estado, canal principal y canales de riego en regular estado, corral con manga de carga y corrales de engorde en mal estado de conserva-ción, en la parte Sur una cantera de ripio y arena abandonada, una vivienda para peón de material tradicional, una vivienda principal, paredes de adobe; cortina de álamos y sauces; una chacra de aprox. 30 Has. emparejada y alambrada. Es-tado de ocupación: Por el Sr. Carlos Gómez, su esposa y un hijo menor, en calidad de empleado. Condiciones de Venta: Base: $1.621.368,10; 30% al contado y mejor postor, 70% a los 5 días de aprobada la subasta. Comisión: 3% a cargo del comprador y a favor del Martillero. Deudas: Direc-ción Provincial de Rentas Impuesto Inmobiliario al 15/04/15 $2.498,16. El adquirente deberá tributar

el Impuesto de Sellos dentro de los 10 días há-biles posteriores a la aprobación de la subasta, bajo la alícuota del 1,4% sobre el instrumento suscripto en el remate, caso contrario será pasi-ble de sanciones por mora al momento de escritu-rar, debiendo tributar además la alícuota del 1,6% para completar el Impuesto de Sellos por trans-ferencias de Inmuebles. Los impuestos, tasas y contribuciones que pesen sobre el inmueble, origi-nados con posterioridad a la fecha de toma de po-sesión, deberán ser soportados por el comprador en subasta. Remate sujeto a aprobación judicial. Exhibición: Concretar entrevista con anticipación con el Martillero. Informes: Oficina del Martillero, sito en Avda. San Martín N° 720 de Zapala, Tel.: 02942-15661552. Publíquense edictos por 2 días en el Diario Río Negro y Boletín Oficial. Zapala, 21 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Analía Suárez, Secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 2 de la IV Cir-cunscripción Judicial, sito en Félix San Martín esq.Lamadrid de Junín de los Andes a cargo del Dr. Andrés Luchino, Secretaría Única a cargo del Dr. Santiago Montorfano, en autos caratulados: “Pa-rra Marcos s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 35144/13), cita y emplaza por el término de treinta días a herederos, acreedores y a todos los que se consideraren con derecho a los bienes de-jados por el señor Parra Marcos, Doc. Ident. M. 7.295.622. Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial. Junín de los Andes, 3 de sep-tiembre de 2015. Fdo. Dr. Santiago A. Montorfano, Secretario.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Ofi-cina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Firme Nº 37 de fecha 16 de marzo de 2015, dictada en MPFNQ, Legajo Nº 36955, Año 2015, caratulado: “C.C - Soazo Jesús Emanuel s/Robo Calificado por el Uso de Armas”, se condenó a Jesús Ema-nuel Soazo, DNI 39.523.513, de nacionalidad ar-gentina, estado civil soltero, nacido el día 31 de

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marzo del año 1996, en Neuquén Capital, hijo de Felipe Soazo y Jacqueline Campos, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional con más costas, por haberlo hallado autor penalmente responsable de los delitos de tenencia ilegal de arma de uso civil, abuso de armas y robo califica-do por el uso de armas cuya aptitud para el dispa-ro no pudo acreditarse en concurso real (Arts. 189 bis inc. 2° y 4°, 104, 166 inc. 2° tercer supuesto y 55 del C.P.). La condenación se tendrá por no pronunciada si dentro del término de cuatro años, contados a partir de la sentencia firme, el conde-nado no cometiere un nuevo delito (Art. 27 párrafo primero C.P.). Oficina de Seguimiento y Ejecución de la Pena: Neuquén, 14 de septiembre de 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Oficina Judicial de Se-guimiento y Ejecución Penal.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Ofici-na de Seguimiento y Ejecución Penal de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Nº 198/15, dictada en fecha 27 de agosto de 2015, respecto a Ceballos Francisco René, DNI N° 14.481.083, sin apodos ni sobrenombres, nacio-nalidad argentina, nacido el 09/02/1962, en Tu-cumán, Provincia de Tucumán, hijo de Leonardo René y Mercedes Santillán, de estado civil se-parado, de ocupación peón rural, fue declarado responsable del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el dis-paro no pudo ser acreditada a la pena de tres (3) años de prisión de cumplimiento condicional más las reglas de conducta del Art. 27 bis. Fecha en que agota la pena de prisión de cumplimiento condicional: El 27 de agosto de 2018. Of. de Se-guimiento y Ejecución de la Pena de Neuquén Ca-pital, 11 de septiembre de 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Asistencia a Garantías y Juicio OFIJU Neuquén.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Ofi-cina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Firme Nro. 141/15, dictada el 24 de junio de 2015, la Sra. Juez de Garantías, Dra. Mara Suste condenó a

Benavides Pablo Ezequiel, DNI Nro. 35.165.529, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, nacido el día 22 de septiembre del año 1990, en Centenario, Provincia del Neuquén, hijo de Héctor José Benavidez y de Noemí Chávez, a la pena de seis (6) meses de prisión en suspenso, por haber-lo hallado autor penalmente responsable de la co-misión del delito de delito de abuso sexual simple (Arts. 119, párrafo 1ero.), imponíendosele la prohi-bición de contacto durante todo este periodo con el menor víctima Germán Gastón Curiñil Saldias. Agotará la pena impuesta el día 23 de enero de 2016. Of. de Seguimiento y Ejecución de la Pena de Neuquén Capital, 11 de septiembre del 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Oficina Judicial de Se-guimiento y Ejecución Penal.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Firme N° 118 de fecha 20/05/2015, dictada en MPFNQ, Legajo 21356 Nº 21356, Año 2014, caratulado: “Colipan Marín Leonel Marcelo s/Inv. Muerte en Acc. de Tránsito”, la Sra. Juez de Garantías, Dra. Carina Álvarez, condenó a Leonel Marcelo Colipan Ma-rín, DNI Nro. 18.869.641, de nacionalidad chilena, estado civil soltero, nacido el día 16 de junio del año 1971, en Villarrica (Chile), hijo de José Arte-mio Colipan y de Fidelina del Carmen Marín, a la pena de tres (3) años de ejecución condicional e inhabilitación por el término de cinco (5) años para conducir todo tipo de vehículo automotor, por ha-berlo hallado autor penalmente responsable de la comisión del delito de homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor (Arts. 84 y 45 del Código Penal). La inhabilitación para con-ducir todo tipo de vehículo rige hasta el día 20 de mayo de 2020. Of. de Seguimiento y Ejecución de la Pena de Neuquén Capital, 11 de septiembre del 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Oficina Judicial de Seguimiento y Ejecución Penal.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Ofici-na de Seguimiento y Ejecución Penal de la Prime-ra Circunscripción Judicial de la ciudad de Neu-

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quén, hace saber que por Sentencia Firme Nro. 95/15, dictada el 14 de mayo de 2015, la Sra. Juez de Garantías, Dra. María Antonieta Gagliano, en Legajo MPFNQ, Legajo N° 14328, Año 2014, ca-ratulado “S.P - Orellano Jonathan Gabriel; Gomez Maximillano; Zúñiga, Oscar Esteban s/Robo Cali-ficado”, condenó a Zúñiga Oscar Esteban, DNI Nro. 28.981.271, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, nacido el día 25 de septiembre del año 1981, en Catriel (Río Negro), hijo de José Zúñiga y Rosa Burgos, a la pena de 2 meses de efectivo cumplimiento. Transformándola en tres-cientas sesenta (360) horas de tareas comunita-rias a cumplir en el término de seis (6) meses, por haberlo hallado autor penalmente responsable de la comisión del delito de encubrimiento (Art. 277 inc. 2) del C.P.). El plazo para el cumplimiento de ello operará el 1 de diciembre de 2015. Oficina de Seguimiento y Ejecución de la Pena: 16 de sep-tiembre de 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Ofici-na Judicial de Seguimiento y Ejecución Penal.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Ofici-na de Seguimiento y Ejecución Penal de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que el Tribunal de Jui-cio integrado por los Jueces Penales Dres. Mau-ricio Zabala, Richard Trinchera y Héctor Rimaro, por Sentencia Condenatoria Nº 98, dictada el 17 de noviembre del 2014 y la Sentencia Nº 13, dicta-da el 02 de febrero de 2015, en el Legajo MPFNQ Nº 19223, Año 2014, caratulado: “Comisaría 35 RDLS s/Inv. Robo Agravado por Uso de Armas”, Fernández Nicolás Gustavo, D.N.I. 35.596.221, hijo de Marcelo Brizuela y de Patricia Verónica Fernández, nacionalidad argentina, nacido el 17 de julio de 1990, en Cinco Saltos, Pcia. de Río Ne-gro, de estado civil soltero, fue condenando como coautor del delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda, con lesiones graves y mediante la utilización de un arma de fuego apta para el disparo (Arts. 166 ic. 1º primer supuesto, en función del Art. 90, 166 inc. 2, segun-do párrafo, 167 inc. 2, 41 bis, 54 y 45 del Código Penal), a la pena de 7 años de prisión de efectivo cumplimiento, con la accesoria de inhabilitación absoluta por el tiempo de la efectiva privación de libertad y demás del Art. 12 del Código Penal, con costas. Fecha en que quedaron firmes las senten-

cias: 06 de mayo del 2015. Agota la condena: El 03 de junio de 2021 a las doce horas; cumplirá la mitad de la condena: El 03 de diciembre del 2017 (Art. 17 Ley 24660); podrá gozar del beneficio de libertad condicional a partir del 03 de febrero del año 2019 (Art. 13 inc. 1ro. y último párrafo del C.P.); y de la libertad asistida: El 03 diciembre de 2020. Neuquén, 14 de septiembre del año 2015. Fdo. Dr. Néstor Alberto Estebenet, Funcionario OFIJU.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Nº 12/15, dictada en fecha 08 de octubre de 2014, respecto de Antiñir Diego Néstor, sin apodos ni sobrenombres, nacionalidad argentina, DNI 38.812.092, nacido el 14 de noviembre de 1992, en Neuquén, Pcia. del Neuquén, hijo de Néstor Isidoro y de Fani Sambueza Castillo, estado civil concubinato, de profesión lava-coches, fue declarado autor penalmente responsa-ble del delito de robo simple (dos hechos) Arts. 164, 42 y 45 del Cód. Penal, imponiendo la pena única de dos (2) años y diez (10) meses de prisión de cum-plimiento efectivo. Fecha en que agota la pena de prisión e inhabilitación: El día 09 de julio de 2016 a las doce horas. Of. de Seguimiento y Ejecución de la Pena de Neuquén Capital, 04 de junio de 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Asistencia a Garantías y Juicio OFIJU Neuquén.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Ofici-na de Seguimiento y Ejecución Penal de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Nº 198/15, dictada en fecha 27 de agosto de 2015, respecto a Uncos Ángel Javier, sin apodos ni sobrenombres, nacionalidad argentina, DNI 31.902.185, sin apodos ni sobrenombres, nacio-nalidad argentina, nacido el 22/06/1986, en Bura-yacun, Provincia del Neuquén, hijo de Herminia Uncos, de estado civil concubinato, de ocupación peón rural, fue declarado responsable del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acredita-da a la pena de tres (3) años de prisión de cumpli-miento condicional más las reglas de conducta del Art. 27 bis. Fecha en que agota la pena de prisión

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de cumplimiento condicional: El 27 de agosto de 2018. Of. de Seguimiento y Ejecución de la Pena de Neuquén Capital, 11 de septiembre del 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Asistencia a Garantías y Juicio OFIJU Neuquén.

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La Dra. Raquel Gass, Sra. Juez de esta Oficina de Seguimiento y Ejecución Penal de la Primera Cir-cunscripción Judicial de la ciudad de Neuquén, hace saber: Que por Sentencia Firme Nro. 117 de fecha 13 de junio de 2015, dictada en MPFNQ, Legajo Nº 11947, Año 2014, caratulado: “C.C - Muñoz Ricardo Rubén s/Amenazas Calificadas”, se condenó a Ri-cardo Rubén Muñoz, DNI 26.541.213, de naciona-lidad argentina, estado civil soltero, nacido el día 14 de mayo del año 1978, en Neuquén Capital, hijo de Teobaldo Muñoz (Fdo.) y Ofelia Torres, a la pena de tres (3) años de prisión en suspenso y demás ac-cesorias legales previstas en el Art. 12 del C.P., con más las reglas del Art. 27 bis del Código Penal, por haberlo hallado autor penalmente responsable del delito de coerción agravada por el uso de arma de fuego (Art. 45, 149 bis 2° párrafo y 149 ter 1º párrafo del C.P.), pena compresiva de la impuesta en el Le-gajo 10489/14, caratulado: “Muñoz Teobaldo Sócra-tes; Muñoz Ricardo Rubén; Méndez Daniel s/Robo Doblemente Calificado”, condenado a la pena de 2 años y ocho meses de prisión de cumplimiento en suspenso, la que adquirió firmeza el 16 de septiem-bre de 2014. Agotará la pena impuesta: El día 16 de septiembre de 2017. Oficina de Seguimiento y Ejecu-ción de la Pena: 14 de septiembre de 2015. Fdo. Dr. Néstor Estebenet, Oficina Judicial de Seguimiento y Ejecución Penal.

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El Dr. Jorge Alberto Videla, Juez, a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Laboral de Minería y Familia de Villa La Angostura, Secretaría Civil a cargo de la Dra. María Carolina Amarilla, con asiento de funciones en Bv. Pascotto N° 325 de la ciudad de Villa La Angostura, Provincia del Neuquén, en autos: “Gutierrez Juan Carlos s/Rectificación de Partida”, (Expte. 7436/2015), cita a comparecer a la Sede Judicial en el plazo legal de quince (15) días a quienes pudieran for-mular oposición de la solicitud de rectificación de

partida solicitada por el Sr. Gutiérrez Juan Carlos, DNI 18.907.985, de sus hijos Patricia Verónica y Daniel Ignacio, en la parte donde dice: Datos del padre, el DNI 18.907.985, en lugar de 28.485.663. Se hace saber que el plazo de presentación corre a partir del último día de la publicación del pre-sente. Publíquese edictos en el Boletín Oficial una vez por mes por el plazo de dos meses. En Villa la Angostura, 9 de septiembre de 2015. Fdo. Dra. Carolina Amarilla, Secretaria.

2p 02-10 y 06-11-15

NORMAS LEGALES

CONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA, GEOLOGÍA E

INGENIERÍA DEL NEUQUÉN

Resolución Nº 388/15

Neuquén, 02 de septiembre de 2015.

VISTO: Visto las Resoluciones: 378/14 que reglamen-ta el proceso de inscripción y suspensión de ma-triculados y empresas, por medio de la cual unifi-caron los criterios empleados en sus antecesoras; 248/96, 302/03, 337/06 y 353/10; y

CONSIDERANDO: Que a posteriori de la sanción de la Resolu-ción antedicha surgieron cambios en materia de Legislación Nacional, que afectan el tratamien-to de los derechos de cobro y su tratamiento en cuanto a plazos de prescripción. Que resulta necesario clarificar el proceder vi-gente. Que es imprescindible implementar un meca-nismo de suspensiones de matrícula ante la mora en el cumplimiento de las obligaciones de pago.

Por ello:

EL CONSEJO PROFESIONAL DEAGRIMENSURA, GEOLOGÍA E INGENIERÍA

DEL NEUQUÉN EMITE LA SIGUIENTERESOLUCIÓN

Artículo Primero: Establecese que a partir de la vigencia de la presente norma, la solicitud de

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PAGINA 34 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

matriculación de cada peticionante será conside-rada en reunión de Mesa Directiva. Dicha solicitud deberá ser acompañada de la documentación y datos requeridos en el Anexo I de la presente, los cuales podrán ser presentados en cualquier Dele-gación de CPAGIN. Una vez aprobada la solicitud se comunicará al interesado y el carácter de matriculado será con-cretado en el momento en que se produzca el pago del derecho de inscripción, la entrega del carnet pertinente y la intervención del presidente del CPAGIN o de cualquier Consejero titular en el título original. El trámite de matriculación deberá ser realizado personalmente por el peticionante en la sede central del Consejo.Por ningún motivo se entregarán certificados de trámite iniciado o de matriculación en trámite. Artículo Segundo: Establécese que a partir de la vigencia de la presente norma el cese volun-tario del estado de matriculado será resuelto por la Mesa Directiva del CPAGIN, previa solicitud del interesado presentada conforme al modelo que se adjunta como Anexo II, en el que manifieste que no ofrecerá ni ejecutará actos de ejercicio profe-sional en la Provincia del Neuquén. La suspen-sión podrá ser por plazo indeterminado o por el plazo que requiera el matriculado, pero nunca será inferior a un año. Solamente cuando razones excepcionales lo hicieren procedente a juicio del CPAGIN, se rehabilitará al profesional antes de transcurrido el período de un año de suspensión, y previo pago del valor de matrícula que se hubie-re devengado si no hubiera estado suspendido. La suspensión tendrá efectos retroactivos al día en que la solicitud fue interpuesta, salvo que el peticionante requiera que tenga efectos a partir de determinada fecha en el futuro. La notificación del otorgamiento de la suspensión deberá ser efec-tuada en forma fehaciente y se dejará constancia en el legajo del profesional. Para que sea otorgada la suspensión en el carácter de matriculado, éste no deberá adeudar al momento de su requerimiento ningún monto al Consejo en concepto de matrícula, y deberá de-volver tanto el carnet de matrícula como el cer-tificado que lo habilita para trabajar en Higiene y Seguridad en el Trabajo, si se le hubiere otorgado. Artículo Tercero: Establécese que a partir de la vigencia de la presente norma, el registro de empresas en los términos de los Arts. 8º y 27 de

la Ley 708, será determinado por acta emanada de reunión Mesa Directiva del CPAGIN, quien de-berá analizar a dicho fin la Solicitud de Registro que con los datos requeridos como Anexo III se adjunta a la presente y la Declaración Jurada con-junta del Representante Técnico designado y del Representante Legal de la empresa, que como Anexo IV se agregan. El carácter de empresa registrada se obtendrá con la notificación del Acta de la reunión en que se le otorgó el mismo, el pago del derecho de ins-cripción y la recepción del certificado pertinente por parte de la empresa. En caso de que por cualquier razón que fuere -rescisión anticipada del contrato de representa-ción técnica, vencimiento del mismo, fallecimiento o inhabilitación del representante técnico, u otra cualquiera- la empresa quedara sin representante técnico, deberá designar uno nuevamente dentro de los diez días hábiles de haber tenido noticia del hecho generador de la vacancia. En caso que así no lo hiciere quedará de pleno derecho inha-bilitada para la realización de actos relacionados con la agrimensura, geología, ingeniería y demás actividades técnicas afines. En los casos en que la rescisión del contrato sea en forma unilateral se deberá presentar la constancia de notificación a la otra parte. Establécese que a partir de la vigencia de la presente norma el cese voluntario del estado de empresa matriculada será resuelto por la mesa Di-rectiva del CPAGIN, previa solicitud del interesa-do presentada conforme al modelo que se adjunta como Anexo V, en el que se manifieste que la em-presa no ofrecerá ni realizará actos relacionados con las profesiones reglamentadas en la ley 708. La suspensión podrá ser por plazo indeterminado o por el plazo que requiera la empresa, pero nun-ca será inferior a un año. Solamente cuando razo-nes excepcionales lo hicieren procedente a juicio del CPAGIN se rehabilitará a la empresa antes de transcurrido el período de un año de suspensión, y previo pago del valor de matrícula que se hubie-re devengado si no hubiera estado suspendido. La suspensión tendrá efectos retroactivos al día en que la solicitud fue interpuesta, salvo que el peticionante requiera que tenga efectos a partir de determinada fecha en el futuro. La notificación del otorgamiento de la suspensión deberá ser efec-tuada en forma fehaciente y dejarse constancia en

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PAGINA 35Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

el legajo de la empresa. Para que se le otorgue la suspensión en el registro de empresas, ésta no deberá adeudar al momento de su requerimiento ningún monto al Consejo en concepto de matrícula anual. Artículo Cuarto: A efectos de la completa im-plementación del registro de datos en el sistema informático, establécese la necesidad de actua-lizar los datos correspondientes a las empresas y profesionales que a la fecha estén registrados o matriculados, lo que deberá ser efectivizado al momento en que cada uno de ellos realice la presentación de una encomienda o el pago de la respectiva cuota anual o mensual. Artículo Quinto: De acuerdo con lo estableci-do en el inc. 9 del Art. 12 de la Ley 708, la Mesa Directiva fijará antes del 31 de diciembre de cada año el valor del Derecho de Inscripción de Em-presas, Profesionales Universitarios, Técnicos e Idóneos. El cual entra en vigencia desde el primer día del año siguiente. Estos valores podrán ser ajustados durante el año si, a juicio de la Mesa Directiva, la situación económica justificara su ac-tualización o en función de sus propias necesida-des de recaudación y funcionamiento. Artículo Sexto: El monto correspondiente a la matricula anual de Profesionales se dividirá en doce cuotas con vencimiento el 10 día de cada mes. En caso de que la misma sea cancelada en su totalidad antes del último día hábil del mes de marzo de cada año, se realizara una bonificación equivalente a dos cuotas.El monto correspondiente a la matrícula de em-presas, deberá ser cancelado en un solo pago, operando su vencimiento el día diez de abril de cada año. Si una Empresa requiriera un servicio del Consejo con anterioridad a la fecha antedicha, deberá tener pago el año corriente.Los pagos efectuados fuera de los plazos estable-cidos precedentemente, generarán el derecho de cobro de los correspondientes intereses. Artículo Séptimo: El Derecho de Inscripción se incrementará en un 50% para las empresas que tengan domicilio de constitución en las pro-vincias limítrofes y en un 100% para las que lo tengan en las restantes.

MATRÍCULA PROFESIONAL EN MORA Artículo Octavo: Se establece un período máximo de noventa días (tres cuotas) de mora en

el pago de derecho de Matrícula de Profesionales. Sobre ellos se fijará un recargo mensual a partir de su fecha de vencimiento el que será fijado por la Mesa Directiva antes del 31 de diciembre de cada año. El punto de inicio de la mora será el día once del mes correspondiente a la tercera cuota impaga. Artículo Noveno: Cumplido el plazo estable-cido en el Art. 10° de la presente resolución, se notificara a los matriculados que hubieran incu-rrido en mora, otorgándose un plazo de 10 días hábiles para salvar tal situación.

SUSPENSIÓN POR MORA DE LA MATRÍCULA PROFESIONAL:

Artículo Décimo: Vencido el plazo estableci-do en el artículo anterior, se suspenderá sin más trámite a los matriculados que no cumplieran con esta obligación.

REHABILITACIÓN DE LA MATRÍCULA PROFE-SIONAL:

Artículo Decimoprimero: La rehabilitación de la matricula suspendida por mora, se producirá por el pago de la correspondiente multa, la cual será equivalente a dos veces el valor obtenido de multiplicar el valor de la matricula mensual vigen-te, por la cantidad de meses transcurridos desde el inicio de la mora, o un máximo de tres veces el valor de la matrícula anual. El importe de la multa resultante, no podrá ser cancelado por medio de planes de pago.

MATRÍCULA EN MORA DE EMPRESAS:

Artículo Decimosegundo: Se establece un período máximo de noventa días de mora en el pago de derecho de Matrícula anual de empresas. Sobre ellos se fijará un recargo mensual a partir de su fecha de vencimiento el que será fijado por la Mesa Directiva antes del 31 de diciembre de cada año. El punto de inicio de la mora será el día once del mes correspondiente al vencimiento de la matrícula anual impaga. Artículo Decimotercero: Cumplido el plazo establecido en el Art. 12 de la presente resolución, se notificará a las empresas que hubieran incu-rrido en mora, otorgándose un plazo de 10 días

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PAGINA 36 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

hábiles para salvar tal situación.

SUSPENSIÓN POR MORA DE LA MATRÍCULA DE EMPRESAS:

Artículo Decimocuarto: Vencido el plazo es-tablecido en el artículo anterior, se suspenderá sin más trámite a las empresas que no cumplieran con esta obligación.

REHABILITACIÓN DE LA MATRÍCULA EMPRE-SAS:

Artículo Decimoquinto: La rehabilitación de la matrícula suspendida por mora, se producirá por el pago de la correspondiente multa, la cual será equivalente a:

• Si la rehabilitación es solicitada dentro del mismo año calendario en el cual fue sus-pendida la matricula, deberá abonar el im-porte correspondiente a la matricula fijada para ese período con más un incremento del cincuenta (50) por ciento.

• Si la rehabilitación es solicitada luego de finalizado el año calendario en el cual se produjo la suspensión, la multa será equi-valente a dos veces el valor de la matricula anual con un máximo de tres veces el valor de la matrícula anual. El importe de la mul-ta resultante, no podrá ser cancelado por medio de planes de pago.

Artículo Decimosexto: Establécese que para obtener el visado de trabajos presentados ante el CPAGIN el profesional matriculado y la empresa no deberán tener deudas en concepto de matrí-cula, registración o previstos en el Art. 40 inc. a) Ley 708; debiéndose abonar en forma previa a la obtención del visado el total del monto adeudado o adherirse a los planes de pago que eventual-mente haya implementado el Consejo. Artículo Decimoséptimo: Apruébase como único modelo de documento de implementación de plan de pago que deberán suscribir los deudo-res de matrícula el que se adjunta como Anexo VI. Artículo Decimooctavo: Bonificación: El de-recho de matrícula de un determinado año calen-dario será bonificado con los aportes efectuados por el profesional de acuerdo al Art. 40, inc. b) Ley 708, en el año inmediato anterior.Los parámetros por medio de los cuales se de-

terminaran los porcentajes de bonificación, serán fijados en la misma resolución en la cual se deter-minen los valores de matrícula anual.Los beneficios contemplados en el presente artí-culo, podrá ser modificados o dejados sin efecto ante situaciones presupuestarias adversas a cri-terio de la Mesa Directiva. Artículo Decimonoveno: Derógase la Reso-lución N° 378. Artículo Vigésimo: Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, Archívese.

Resolución aprobada por la Mesa Directiva con fecha 02 de septiembre de 2015 (Acta Nº 2070).

ANEXO I

REQUISITOS PARA OBTENER MATRÍCULA PROFESIONAL

EN GENERAL•• Original del documento de identidad, y 2 fotoco-pias de 1ª y 2ª hojas y de los cambios de domicilio, con último folio en blanco.•• Dos fotografías de 3 x 3 color en papel fotográ-fico.•• Constancia AFIP Nº de CUIT o CUIL.•• Si trabaja en relación de dependencia exclusiva deberá presentar un certificado del empleador con fecha de ingreso y el último recibo de sueldo.Completar:•• Solicitud de inscripción y presentar en las ofici-nas del Consejo Profesional

PARA PROFESIONALES (CON TÍTULO UNI-VERSITARIO):•• Diploma legalizado por el Ministerio del Interior de la Nación (Original) y 2 fotocopias tamaño A4 de ambas caras del diploma

PARA TÉCNICOS:•• Egresados de Escuelas Técnicas / Industria-les: Diploma o Certificado Analítico, certificado por CONET-INET o Consejo Prov. de Educación correspondiente (Original) y 2 fotocopias tamaño A4 de ambas caras del diploma•• Egresados de Institutos Técnicos No Univer-sitarios: Diploma o Certificado Analítico, certificado por CONET-INET correspondiente (Original) y 2 foto-copias tamaño A4 de ambas caras del diploma.

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PAGINA 37Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

•• Maestro Mayor de Obras, si lo tuviera, Certifi-cado de Curso de Estructuras Sismorresistentes (Original) y fotocopia tamaño A4 de ambas caras del diploma, además de la documental que acredi-te su título habilitante para matricularse.

PARA RESIDENTES EN LA PROV. DEL NEU-QUÉN:

Si el último domicilio registrado en el DNI es en la Provincia del Neuquén, debe afiliarse a la Caja Previsional Ley 2045. El Consejo tiene la función de informarle sobre su obligación y comunicarle que se notificará a la Caja su matriculación. Para la inscripción deberá cumplir los requisitos exigidos por la caja provisional a tal fin.

ANEXO II

Señor Presidente del Consejo Profesional de Agri-mensura, Geología e Ingeniería del NeuquénS/D Con motivo de no ejercer la profesión dentro de la Provincia del Neuquén a partir de la fecha, solicito a Ud. tenga a bien concederme la suspen-sión transitoria de mi matrícula a partir de la pre-sentación de la presente. A tal fin, declaro no tener a la fecha compromisos profesionales pendientes -ni aún bajo relación de dependencia- y que tam-poco los ofertaré en el futuro, reconociendo que el ejercicio o la oferta de servicios profesionales, manteniendo la matrícula suspendida, constituye ejercicio ilegal de la profesión. Asimismo declaro no adeudar monto alguno en concepto de matrícula a la fecha. Atentamente.

Firma...................................Nombre:……………………..Apellido:……………………..Domicilio:…………………....Email:……………………......

ANEXO III

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Quien suscribe la presente, en su carácter de repre-sentante legal de la Empresa ………………………solicita su inscripción en el registro de empresas

del CONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSU-RA, GEOLOGÍA E INGENIERÍA DEL NEUQUÉN (Arts. 8º y 27 Ley 708) A tal fin, declara bajo juramento:1- Titular de la empresa.........................................(Colocar el nombre de la persona física o persona jurídica que es titular o representante de la empre-sa.(indicar condición). El nombre de fantasía de la empresa no se corresponde con el titular jurídico de la empresa). 2- Domicilio real.....................................................Localidad.......................................Prov.................(El domicilio real es aquel que surge del contrato social)3- Domicilio legal constituido................................. Localidad........................ Prov...............................4- Teléfono.................. e-mail.................................(El domicilio constituido es aquel que la empresa debe habilitar para recibir todas las notificaciones que se le remitan con efecto jurídico desde este Consejo Profesional. Debe estar en la Provincia de Neuquén. Puede coincidir con el domicilio real estipulado más arriba, pero ello no es necesario)5- Tipo de Empresa..................................................(Sociedades Anónimas. Sociedades de responsa-bilidad limitada, en comandita, comerciales colec-tivas: deberán presentar contrato social (auten-ticado y certificado por escribano). (Sociedades cooperativas: Deberán presentar contrato social (autenticado y certificado por escribano). Cons-tancia inscripción en Instituto de Acción Coopera-tiva.(Sociedades en formación: Se le otorgará una inscripción provisoria por seis meses, a cuyo ven-cimiento la Empresa deberá presentar la finaliza-ción del trámite que por su tipo le corresponda quedando inhabilitada ante su incumplimiento o no presentación de la documentación.(Sociedades de Hecho: Contrato, si lo hubiere (autenticado y certificado por escribano. En las sociedades de hecho toda la documentación debe ser firmada por todos los integrantes).Cuando se trate de un conjunto de empresas ac-tuando en sociedad UTE se requerirá el contrato celebrado entre ellas. El contrato con el represen-tante técnico deberá se celebrará con la ute espe-cificando claramente el alcance del mismo.Empresas Unipersonales: Fotocopia DNI del titular.6- Constancia inscripción en IERIC. Constancia situación ante la AFIP y número de CUIT. Fotoco-

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pia DNI del Titular o Apoderado.7- Fecha de constitución de la sociedad................(Es la fecha en que se constituyó la sociedad, conforme surge de su contrato constitutivo. Solo debe ser completado si el titular de la empresa NO ES UNA PERSONA FÍSICA).8- Fecha de inicio de actividad en la Provincia del Neuquén.................................................................9- Objeto social………………………………………(El objeto social es la enunciación de rubros en los cuales la empresa está habilitada para actuar según su contrato constitutivo. Se debe transcribir de las cláusulas pertinentes de dicho instrumento. Solo debe ser completado si el titular de la empre-sa NO ES UNA PERSONA FÍSICA).10- Ramo de actividad o especialidad en que ope-rará.........................................................................(Atento que el objeto social que figura en el con-trato social puede ser muy amplio, e incluir distinto tipo de actividades a desarrollar, en este punto se debe detallar concretamente la actividad a la que se aplicará la empresa. Si el titular de la empresa es una persona física, debe indicar las tareas con-cretas que pretende desarrollar. La especialidad del representante técnico designado debe corres-ponder al ramo de actividad en que operara la em-presa. En caso que dicho ramo requiera de varias especialidades o que se enuncien varios campos en que operara la empresa, deberá designar aná-logo número de representantes técnicos).11- Representante Técnico designado para dicha(s) rama(s) o especialidad(es)………….........(Para el caso de que, en función de la especia-lidad o especialidades enunciadas en el punto anterior, sean necesarios varios representantes técnicos, se los debe identificar a todos y adjuntar las declaraciones juradas previstas en el Anexo IV, firmadas por cada uno de los designados).11- Fecha de inicio de la vinculación con el Repre-sentante Técnico……............................................12- Fecha prevista de cese de la vinculación con el Representante Técnico………………………......

Tener en cuenta que:

1) Si el titular de la empresa NO ES UNA PERSONA FÍSICA debe adjuntar la copia certificada del contrato de constitución de la sociedad.

2) Si en ese mismo contrato no se designó a

quien suscribe la solicitud como represen-tante legal de la empresa, se debe adjun-tar el instrumento posterior de donde surge que el firmante es representante legal de la empresa (Los apoderados deberán pre-sentar poder otorgado por Directorio de la Empresa autenticado y certificado por Es-cribano).

13- Fecha, firma y aclaración del solicitante.14- Certificación de firma y documentación pre-sentada por agente CPAGIN:

ANEXO IV

DECLARACIÓN JURADA DEL REPRESENTAN-TE TÉCNICO DESIGNADO

En la ciudad de Neuquén Capital, a los …….........días del mes de ……... de ......, el señor …………, D.N.I………, con título de ..........., inscripto en el Consejo Profesional de Agrimensura, Geología e Ingeniería de la Provincia de Neuquén bajo la matrícula Nro. .........., constituyendo domicilio en ................… de la de la localidad de……………Provincia del Neuquén, en adelante el PROFE-SIONAL, declara bajo juramento de ley que:Primero: LA EMPRESA..................... lo ha con-tratado para que, conforme las estipulaciones pre-vistas en la Ley 708 y demás leyes y reglamentos de aplicación, asuma el carácter de REPRESEN-TANTE TÉCNICO en el ámbito de sus incumben-cias profesionales en todas las locaciones de obra o prestación de servicios realizadas por la misma en la Provincia de Neuquén, asumiendo en con-secuencia frente a este Consejo y demás órganos públicos y privados pertinentes las obligaciones y responsabilidades derivadas de tal carácter.Segundo: Que sin perjuicio de mantener el carác-ter de REPRESENTANTE TÉCNICO permanente, la empresa sabe y conoce, por habérselo mani-festado el suscripto, que se mantiene obligada a contratar cuantos otros representantes técnicos sean necesarios en función de la especialidad de la locación de obra prevista en aquellos casos en que la incumbencia profesional del representante técnico no sea suficiente, como asimismo que la empresa mantiene la facultad de contratar otros representantes técnicos de la misma especialidad que el suscripto cuando lo estime conveniente en virtud de la importancia, magnitud u otra caracte-

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rística de la obra a ejecutar.Tercero: Que se compromete a realizar los apor-tes previstos en el Art. 40 inc. b) Ley 708 o en las normas reglamentarias que dicte el Consejo.Cuarto: Que el plazo de vigencia de la relación de representación técnica con la empresa vence el día ………………… En caso de resolución anti-cipada de dicha relación profesional, EL PROFE-SIONAL comunicará al comitente y al CONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSURA, GEOLOGÍA E INGENIERÍA DE NEUQUÉN tal evento, com-prometiéndose a continuar con la tarea de repre-sentación técnica hasta diez días hábiles después de producida dicha comunicación a cada uno de los entes. Asimismo declara por la presente que deja sin efecto cualquier contrato de representa-ción técnica que hubiere celebrado con la empre-sa a efectos de acreditar la relación de represen-tación técnica y habilitar el registro de la empresa ante este Consejo, sin tener nada que reclamar al comitente ni al Consejo en función de dicho acto de resolución.Quinto: Que conoce y acepta que las declara-ciones anteriores se hicieron bajo carácter de de-claración jurada, por lo cual la constatación de su falsedad le hará incurrir en las infracciones pre-vistas en la Ley 708, Código de Ética local y ti-pos previstos en el Código Penal Nacional, siendo pasible de aplicación las sanciones previstas en cada cuerpo normativo.

FIRMA DEL PROFESIONAL

Certificación agente interviniente DECLARACIÓN JURADA DEL REPRESENTAN-TE LEGAL DE LA EMPRESA

En la ciudad de Neuquén Capital, a los …… días del mes de …… de ............., el señor …………………., D.N.I. ……, en su carácter de …………… de la empresa ………………, confor-me consta acreditado en la Solicitud de Inscrip-ción, declara bajo juramento de ley que ha desig-nado al matriculado ………………………………Para representar a la empresa conforme al ámbito de sus incumbencias profesionales en las presta-ciones de servicios o ejecución de obras que la misma oferte o ejecute. Bajo igual juramento de-clara:

Primero: Que la empresa sabe y acepta que sólo podrá ofertar o ejecutar obras o servicios relacio-nados con la especialidad del representante téc-nico designado ante el Consejo, como asimismo que la empresa mantiene la facultad de contratar otros representantes técnicos de la misma espe-cialidad que el suscripto cuando lo estime conve-niente en virtud de la importancia, magnitud u otra característica de la obra a ejecutar. En todo acto de ejecución de servicios para los cuales deba estar registrada la empresa, deberá intervenir ne-cesariamente el representante técnico designado.Segundo: Que la empresa sabe y acepta que para cada una de las obras o servicios que realice debe contar con un representante técnico y que en caso de que éste sea distinto al designado en esta Declaración, el mismo debe ser presentado ante el CPAGIN para realizar las correspondien-tes Declaraciones Juradas de la Empresa y del Representante Técnico .Tercero: Que la empresa sabe y acepta que el re-presentante técnico comprometerá su responsa-bilidad ante el comitente, y que su firma en cues-tiones de carácter técnico obligan a la empresa. Asimismo que conoce las cualidades, aptitudes y títulos habilitantes del representante técnico que lo avalan para el ejercicio de dicha función.Cuarto: Que en caso de que por cualquier razón que fuere -rescisión anticipada del contrato de representación técnica, vencimiento del mismo, fallecimiento o inhabilitación del representante- la empresa quedara sin representante técnico, deberá designar uno nuevamente dentro de los diez días hábiles de haber tenido noticia del he-cho generador de la vacancia, bajo apercibimiento de tenerse por no habilitada hacia el futuro para realizar tareas controladas por el Consejo Profe-sional. Asimismo declara por la presente que deja sin efecto cualquier contrato de representación técnica que hubiere celebrado con el representan-te designado a efectos de acreditar la relación de representación técnica y habilitar el registro de la empresa ante este Consejo, sin tener nada que reclamar al profesional ni al Consejo en función de dicho acto de resolución.Quinto: Que conoce y acepta que las declara-ciones anteriores se hicieron bajo carácter de de-claración jurada, por lo cual la constatación de su falsedad le hará incurrir en las infracciones pre-vistas en la Ley 708, Código de Ética local y ti-

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pos previstos en el Código Penal Nacional, siendo pasible de aplicación las sanciones previstas en cada cuerpo normativo.

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

Certificación por agente interviniente

ANEXO V

Señor Presidente del Consejo Profesional de Agri-mensura, Geología e Ingeniería del NeuquénS/D

Con motivo de no ejercer actividad rela-cionada con las profesiones reguladas en la Ley 708 dentro de la Provincia del Neuquén a par-tir de la fecha, solicito a Ud. tenga a bien conce-der la suspensión de la matrícula de la empresa ………… a partir de la presentación de la presen-te. A tal fin, declaro que la empresa que represen-to no tiene a la fecha obligaciones pendientes que impliquen el desarrollo de actividad relacionada con dichas profesiones, y que tampoco las oferta-rá en el futuro, reconociendo que el ejercicio o la oferta de dichos servicios, manteniendo la matrí-cula suspendida, es ilegal a la luz de los Arts. 8º y 27 de la Ley 708. Asimismo declaro que la empresa que represento no adeuda monto alguno en concepto de matrícula a la fecha. Atentamente.

Firma:.................................Nombre:……………………........Apellido:…………………..........Domicilio:………………….........Email:……………………….........

ANEXO VI

RECONOCIMIENTO DE DEUDA

En la ciudad de ……… Provincia del Neuquén, a los ……… días del mes de ……… del año ……….. el profesional que suscribe la presente …………… Mat Nº……………, reconoce adeudar al CPAGIN la suma de pesos: ………… ($.......), en carácter de capital de matrícula anual no cancelada más

intereses resarcitorios que se compromete a pa-gar en ………… cuotas iguales, mensuales con-secutivas de pesos: ……… cada una ($.........), cancelándose en este acto la primera de ellas, venciendo cada una de las restantes el día diez de cada mes a partir del siguiente del de la firma de la presente. En caso de no abonarse una cuota, el presente convenio se considera caído de pleno derecho pudiendo el consejo iniciar acciones judi-ciales de cobro por el total adeudado, sirviendo a tal fin el presente como suficiente título ejecutivo. A los efectos derivados del presente el profesional fija domicilio en ……………......... de la localidad de ………….. Provincia de ………………..............

_________________

PROVINCIA DEL NEUQUÉN

ORDENANZAS SINTETIZADAS AÑO 2015

MUNICIPALIDAD DE VISTA ALEGRE

723 - Procedimiento de Remoción: El Juez de Faltas Municipal podrá ser removido por mayoría simple del Concejo Deliberante y por las causa-les establecidas en el Artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 435/7, previa formación, tramitación, conclusión y requerimiento de cargo en un su-mario labrado desde el Área de Legales, por or-den del Poder Ejecutivo. La investigación podrá ser promovida por denuncia de cualquier vecino, como así también, funcionario o empleado muni-cipal. Las causales de remoción serán evaluadas prudencialmente por el Cuerpo en única y públi-ca instancia administrativa, otorgándole derecho al encartado a alegar en su defensa. Promulgada por Decreto Municipal Nº 3214/15. 724 - Crea el Tribunal Municipal de Faltas Nº 2; designa al actual Tribunal Municipal de Faltas como Tribunal Municipal de Faltas Nº 1; el Tribu-nal Municipal de Faltas Nº 2 es competente para conocer y juzgar las faltas cometidas dentro del ejido municipal de la ciudad de Vista Alegre en re-lación con las contravenciones de tránsito y trans-porte de vehículos en general, previstas en las Ordenanzas y Disposiciones Municipales, con el procedimiento establecido en el Código Municipal de Faltas. Promulgada por Decreto Municipal Nº 3331/15.

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MUNICIPALIDAD DE SENILLOSA

1751 - Modifíca el Artículo 5º, punto b) y Art. 16 de la Ordenanza Nº 809, nuevo valor del módulo de infracción. Promulgada por Decreto Municipal Nº 767/MS/15.

Decretos Sintetizados Año 2015

MUNICIPALIDAD DESAN PATRICO DEL CHAÑAR

231 - Dispone y aprueba el llamado a Con-curso de Precios N° 021/15, para la compra de cubiertas, destinadas al parque automotor del Mu-nicipio. 232 - Dispone la baja del Inventario Municipal del elemento Art. 1657, sin condiciones de uso. 233 - Dispone el llamado a Concurso de Pre-cios N° 022/15 para la compra de 11.000 litros de combustible tipo Gas Oil Ultra Diesel, precintado por destilería de origen. 234 - Otorga a la Sra. Mendoza Sonia Alicia, una ayuda social, según la evaluación realizada por el equipo técnico de la Secretaria de Desarro-llo Social. 236 - Adjudica el Concurso de Precios N° 021/15 a la empresa Kalito S.A., conforme lo esta-blecido en el respectivo pliego de bases y condi-ciones. 237 - Otorga al Sr. Saavedra Ortiz Alejandro, una ayuda en materiales, en virtud de los conside-randos expuestos. 238 - Dispone el Concurso de Precios N° 023/15, para la culminación de los trabajos y eje-cución final de la obra: Sector I y II Red de Gas. 239 - Adjudica el Concurso de Precios N° 022/15, a la empresa Petrolera San Andrés SRL.. 240 - Otorga a la Sra. Analía Verón, un Aporte Reintegrable, en razón de los considerandos an-tes expuestos. 241 - Adjudica la Licitación Pública N° 002/15, a la propuesta presentada por el Sr. Pedro Alejan-dro Palacios Giménez. 242 - Dispone la compensación entre las par-tidas presupuestarias de gastos correspondientes al presupuesto 2015. 243 - Otorga un aporte No Reintegrable, al Centro Recreativo de Jubilados y Pensionados “Sol de Día” de San Patricio del Chañar, según los

antecedentes expuestos en los considerandos del presente. 244 - Dispone la transferencia de fondos del Banco Provincia del Neuquén S.A., Cta. Cte. N° 109468/2 a la Cta. Cte. N° 109468/3. 245 - Incorpora al Programa de Becas y Pa-santías a la Srta. Brites Ortíz Andrea Ramona. 246 - Adjudica el Concurso de Precios N° 023/15, a la firma Damgas. 248 - Otorga a la Sra. Epuin Angélica Beatriz, una Ayuda Social, según la evaluación realizada por el equipo técnico de la Secretaría de Desarro-llo Social Municipal. 249 - Otorga a la Sra. Silva Lidia del Carmen, una Ayuda Social destinada para su hija menor de edad, según la evaluación realizada por el equipo técnico de la Secretaria de Desarrollo Social Mu-nicipal. 250 - Procede a la Contratacion Directa de la firma Utopia, para llevar adelante el servicio de actualización de pagina web Municipal Oficial. 251 - Otorga al Sr. Raúl Ricardo Álvarez, un Aporte No Reintegrable, en razón de los conside-randos aquí expuestos. 253 - Dispone el llamado a Concurso de Pre-cios Nº 024/15, para la contratación del servicio de traslado de (50) bateas de calcáreo, para el rellenado de calles del ejido urbano Municipal. 254 - Dispone el llamado a Licitación Privada N° 006/15, para la ejecución de la obra: Pavimen-tación urbana.

ACUERDOS DEL TRIBUNALDE CUENTAS

ACUERDO JR-8872. En la ciudad de Neu-quén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil quince, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén … para dic-tar Resolución en relación a los autos caratulados: “Municipalidad de Villa El Chocón - Rendición de Cuentas Ejercicio 2008 - Actuación Suma-rial”, (Expte. Nº 2600-46807/2008 - Alc. 1), en trámite por ante este Tribunal … Visto: … Conside-rando: … Resuelve: Artículo 1º: Absolver de res-ponsabilidad administrativa patrimonial a los Sres. Nicolás Di Fonzo (DNI 24.865.171), María Ester

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PAGINA 42 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

Barbagiovanni (DNI: 29.861.622) y Mirta Betsabé González (DNI 17.632.912) -quienes se desempe-ñaron durante el Ejercicio 2008 como Intendente y Tesoreras del Municipio- respecto a la observacio-nes que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad ordenado por Acuerdo JR-8467 y contenidas en el Anexo I del Informe Nº 3579/09-D.M. y ratificadas en el Informe Nº 3775/11-D.M., correspondiente a la Rendición de Cuentas Ejer-cicio 2008 del Municipio de Villa El Chocón que se individualizan como: Observación Nº 1, -en sus incisos 12, 13, 21 a 24, 26, 28, 33, 41, 44, 45, 46 (parcialmente por $2.000,00), 47, 49, 53, 56, 57, 58, 60 y 61-, Observación Nº 2, -en sus incisos 9 y 42 a 49-, Observación Nº 3 y Observación Nº 4. Artículo 2º: Declarar la responsabilidad adminis-trativa patrimonial de los Sres. Nicolás Di Fonzo (DNI 24.865.171) y María Ester Barbagiovanni (DNI 29.861.622) -quienes se desempeñaron du-rante el ejercicio 2008 como Intendente y Secreta-ria Tesorera hasta el 16/04/2008 respectivamente- respecto de las observaciones que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabilidad or-denado por Acuerdo JR-8467, contenidas en el Anexo I del Informe Nº 3579/09-D.M. y ratificadas en Informe Nº 3775/11-D.M. correspondiente al Ejercicio 2008 de la Municipalidad de Villa El Cho-cón; que se individualizan como: Observaciones Nº 1 -en sus incisos 1 a a 10, 14 a 20, 25, 27, 29 a 32 y 34 a 36 y Nº 2 en sus incisos 1 a 41, 162 a 172 y 214. Artículo 3º: Condenar a los Sres. Nico-lás Di Fonzo (DNI 24.865.171) y María Ester Bar-bagiovanni (DNI 29.861.622), en forma solidaria, al pago de la suma de Pesos trescientos dos mil setecientos quince con 32/100 ($302.715,32), con más la suma de pesos ciento trece mil ciento se-tenta y ocho con 00/100 ($113.178,00) en concep-to de intereses calculados desde el 31/12/2008 al 31/08/2015 -Tasa Pasiva del Banco Provincia de Neuquén- conforme planilla de liquidación adjunta practicada por Secretaría; lo que totaliza la suma de pesos cuatrocientos quince mil ochocientos noventa y tres con 32/100 ($415.893,32). Asimis-mo, se les hace saber que en el plazo de vein-te (20) días deberán depositar el total resultante

en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadavia- y presentar el comprobante emitido por el Banco en la sede de este Tribunal ubicada en calle Roca Nº 73 de la ciudad de Neuquén. De no cumplir con esto, una vez vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito, se librará testimonio de la sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecución por vía de apremio conforme Artículo 119 de la Ley Provincial Nº 2141. Artículo 4º: Declarar la responsabilidad administrativa patrimonial de los Sres. Nicolás Di Fonzo (DNI 24.865.171) y Mirta Betsabé Gonzá-lez (DNI 17.632.912) -quienes se desempeñaron durante el Ejercicio 2008 como Intendente y Se-cretaria Tesorera desde el 17/04/2008 respectiva-mente- respecto de las observaciones que fueran objeto del Juicio Administrativo de Responsabili-dad ordenado por Acuerdo JR-8467 contenidas en el Anexo I del Informe Nº 3579/09D.M y ratifica-das en Informe Nº 3775/11-D.M., correspondiente al Ejercicio 2008 de la Municipalidad de Villa El Chocón; que se individualizan como: Observacio-nes Nº 1 en sus incisos 37 a 40, 42, 43, 46, 48, 50 a 52 y 55; Nº 2 en sus incisos 42 a 161 y 173 a 213 y Nº 5. Artículo 5º: Condenar a los Sres. Nicolás Di Fonzo (DNI 24.865.171) y Mirta Betsabé Gonzá-lez (DNI 17.632.912), en forma solidaria, al pago de la suma de pesos doscientos sesenta y sie-te mil novecientos cincuenta y nueve con 67/100 ($267.959,67), con más la suma de pesos cien mil ciento ochenta y tres con 70/100 ($100.183,70), en concepto de intereses calculados desde el 31/12/2008 al 31/08/2015 -Tasa Pasiva del Ban-co Provincia del Neuquén- conforme planilla de liquidación adjunta practicada por Secretaría; lo que totaliza la suma de pesos trescientos sesen-ta y ocho mil ciento cuarenta y tres con 37/100 ($368.143,37). Asimismo se les hace saber que en el plazo de veinte (20) días deberán depositar el total resultante en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Ban-co Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadavia- y presentar el comprobante emitido por el Banco en la sede de este Tribunal ubicada en calle Roca Nº

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PAGINA 43Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

LEY 2955

POR CUANTO:

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°: Objeto. Créase el Régimen Pro-vincial de Hogares de Niñas, Niños y Adolescen-tes, en el marco de la Ley 2302, de Protección Integral de los Derechos del Niño y del Adoles-cente, y la Ley Nacional 26061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 2°: Fines. Los hogares de niñas, ni-ños y adolescentes tienen a su cargo el cumpli-miento de la medida excepcional de protección, ordenada por la autoridad de aplicación de la pre-sente Ley. La medida adoptada debe ser dictada median-te acto jurídicamente fundado, debiendo notificar fehacientemente dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, la decisión a la autoridad judicial com-petente en materia de familia.

Artículo 3°: Definición. Se entiende por ho-

gar de niñas, niños y adolescentes el dispositi-vo institucional público o privado, que tiene por finalidad brindar cobertura integral a los requeri-mientos básicos esenciales (alojamiento, alimen-tación, educación, atención integral de la salud, recreación, apoyo afectivo y psicológico, entre otros) a las niñas, niños y adolescentes que estén separados de su medio familiar. La separación del niño de su núcleo familiar constituye una medida judicial excepcional, de úl-timo recurso y de aplicación restringida, cuando, de acuerdo con las circunstancias del caso y en virtud del interés superior de niñas, niños y ado-lescentes, resulte la mejor solución para resolver, en forma inmediata, la amenaza y/o vulneración de sus derechos.

Artículo 4°: Población. Son albergados en un hogar como medida de protección excepcional de derechos las niñas, niños y adolescentes en edades comprendidas entre cero (0) y dieciocho (18) años, residentes en la Provincia, en cuyas situaciones la autoridad competente haya evalua-do como pertinente y necesaria la adopción de tal medida. Las niñas y niños menores de tres (3) años deben ser incorporados prioritariamente a la mo-dalidad de Familias Alternativas y/o programas que la sustituyan, debido a los perjuicios que ge-nera la separación de la familia y la instituciona-lización en las etapas tempranas del desarrollo infantil, circunstancias que afectan de por vida a los sujetos que las han padecido y que dejan se-cuelas físicas y en la salud mental. En el caso de hermanos de diversas edades, deben permanecer juntos, aun cuando se trate de menores de tres (3) años de edad, primero en una Familia Alternativa y solo cuando esto no sea posible, pueden permanecer en un hogar.

Artículo 5º: Plazo máximo en hogares. El albergue en hogares de niñas, niños y adolescen-tes no puede exceder el plazo de ciento ochenta (180) días. Si se vence dicho plazo máximo, sin revertirse las causas que motivaron la medida, la

73 de la ciudad de Neuquén. De no cumplir con esto, una vez vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito, se librará testimonio de la sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecu-ción por vía de apremio conforme Artículo 119 de la Ley Provincial Nº 2141. Artículo 6º: Regístrese, notifíquese, publíquese y, oportunamente, Archí-vese. … Fdo.) Dr. Hugo R. Acuña (Presidente), Cra. Ana C. Esteves (Vocal), Cra. María Vaqueiro (Vocal), Dra. Laura M. Serrano (Vocal), Dr. Anto-nio A. Di Maggio (Vocal), Dr. Fernando G. Correa Uranga (Prosecretario a/c Secretaría).

LEYES DE LA PROVINCIA

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PAGINA 44 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

autoridad de aplicación de la presente Ley debe dictaminar inmediatamente sobre la situación de adoptabilidad. Dicho dictamen se debe comuni-car al juez interviniente dentro del plazo de veinti-cuatro (24) horas.

Artículo 6º: Organización y clasificación de los hogares. Las niñas y niños deben ser alber-gados conforme a su edad, y los adolescentes, conforme a su personalidad y sexo. En caso de ser hermanos de diferentes edades, el principio que rige es que se mantengan unidos.

Los hogares se clasifican en:

1) Hogares para niñas y niños desde cero (0) a doce (12) años de edad.

2) Hogares para adolescentes mujeres, con y sin hijos, y embarazadas.

3) Hogares para adolescentes varones.4) Hogares para adolescentes mujeres y

para adolescentes varones, con arresto excepcional. Están destinados al alber-gue de adolescentes que se encuadran bajo la medida judicial de arresto excep-cional, con alto grado de exposición a situaciones de riesgo vinculadas con el delito, en cuyos casos interviene la Jus-ticia Penal Juvenil. Los hogares deben ser adecuados, no tener estructura car-celaria y asegurar que los adolescentes no tengan contacto con personal alguno de seguridad.

5) Hogar convivencial de atención espe-cializada. Están destinados al albergue de niñas, niños y adolescentes que pa-dezcan patologías complejas y requie-ran de mayor contención y seguimiento profesional, pero sin que sea necesaria la internación en un establecimiento de salud.

Artículo 7º: Condiciones para trabajar en los hogares. Quienes se desempeñen en los hogares de niñas, niños y adolescentes, deben

acreditar certificado de aptitud psicofísica y so-cial, formación y capacitación en la temática de niñez y adolescencia, e idoneidad en la función, que debe ser comprobada a través de concurso de antecedentes y oposición.

No pueden desempeñarse en los hogares quienes:

a) Estén inscriptos en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios y Morosos.

b) Estén en el Registro Nacional de Rein-cidencia y Estadística Criminal y Carce-laria, por haber cometido: Delitos contra las personas, contemplados en el Libro Segundo, Título I, Capítulos I, II, III, V y VI del Código Penal; delitos contra la in-tegridad sexual, contemplados en el Li-bro Segundo, Título III del Código Penal; delitos contra el estado civil, contempla-dos en el Libro Segundo, Título IV, Ca-pítulo II del Código Penal, o delitos con-tra la libertad, contemplados en el Libro Segundo, Título V, Capítulo I del Código Penal.

c) Tengan antecedentes penales y/o con-travencionales, según el Certificado de Antecedentes personales expedido por la Policía Provincial y Federal.

Artículo 8º: Del personal de los hogares. Cada hogar debe contar con el siguiente perso-nal:

a) Un (1) Director. b) Un (1) Subdirector. c) Un (1) equipo técnico de profesionales

compuesto por asistente social y psicó-logo.

d) Personal administrativo. e) Educadores de niñas, niños y adoles-

centes.f) Talleristas de desarrollo integral.g) Profesores de enseñanza escolar.h) Personal de cocina.i) Personal de mantenimiento.

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PAGINA 45Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

Los talleristas de desarrollo integral y los pro-fesores de enseñanza escolar deben ser aporta-dos por el Consejo Provincial de Educación. En estos casos, las partes deben celebrar un conve-nio.

Artículo 9º: Autoridades y funciones. Las autoridades y el personal de los hogares deben cumplir los siguientes roles y funciones:

a) Director: Es la máxima autoridad de la institución, su referente y responsable de garantizar la restitución de los dere-chos a las niñas, niños y adolescentes albergados en hogares. Debe acreditar título universitario o terciario afín a la actividad o, en su defecto, acreditar ex-periencia laboral en tareas o actividades análogas. En caso de no acreditar título, debe certificar experiencia laboral en ta-reas o actividades iguales o relaciona-das. La reglamentación de la presente Ley debe determinar el plazo mínimo de actividad laboral en tareas afines, que debe acreditar para ocupar el cargo.

Sus funciones son:

1) Cumplir las disposiciones internas y de las autoridades superiores.

2) Planificar, anualmente los objetivos y metas institucionales.

3) Elaborar informes de gestión para pre-sentar ante las autoridades superiores.

4) Organizar administrativamente el esta-blecimiento, de acuerdo a sus objetivos y necesidades.

5) Convocar a reuniones de personal. 6) Distribuir los horarios y las funciones del

personal. 7) Garantizar la presencia y asistencia ins-

titucional en cualquier momento de la actividad laboral.

8) Realizar las gestiones necesarias para garantizar la atención integral de las ni-

ñas, niños y adolescentes albergados (vestimenta, medicación, alimentación y educación, entre otros).

9) Autorizar las salidas institucionales, de acuerdo a las sugerencias del equipo técnico.

10) Trabajar en forma conjunta con el equi-po técnico en el abordaje institucional.

11) Participar en entrevistas de orden insti-tucional y según los requerimientos pro-fesionales, cuando sea necesario.

12) Otras que contribuyan al cumplimiento del cargo.

b) Subdirector: Debe acreditar especializa-ción en temas de infancia y, en caso de no contar con ello, debe acreditar expe-riencia laboral relacionada con la temáti-ca.

Sus funciones son:

1) Remplazar al Director en su ausencia. 2) Estar en contacto directo con las nece-

sidades del personal y con las de la po-blación albergada.

3) Articular y coordinar con todos los acto-res institucionales del hogar para llevar adelante el proyecto institucional satis-factoriamente.

c) Equipo técnico de profesionales:

1) Abordar, de manera integral, las necesi-dades de las niñas, niños y adolescen-tes que reciba la institución, en un tra-bajo articulado con el resto del personal del hogar.

2) Confeccionar el legajo individual de cada niña, niño y adolescente o recibirlo y completarlo cuando provenga de otra institución.

3) Confeccionar el diagnóstico psicosocial y diseñar estrategias de intervención para abordar en cada caso.

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PAGINA 46 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

4) Realizar entrevistas individuales y fa-miliares, tanto en el hogar como en los domicilios particulares.

5) Elaborar informes de situación de las ni-ñas, niños y adolescentes albergados.

6) Responder los oficios judiciales.7) Articular y coordinar, con otras institu-

ciones, actividades que favorezcan el desarrollo de la población del hogar.

8) Participar de ateneos y reuniones inter-disciplinarias e interinstitucionales.

9) Elaborar propuestas de egreso, revincu-lación, y reinserción familiar y eventual situación de adoptabilidad.

d) Personal administrativo: Realizar tareas administrativas, como gestión de trámites, expedientes y responder las consultas de los educadores, entre otras.

e) Educadores de niñas, niños y adoles-centes: Constituyen el primer nivel de atención y de resolución de las distintas necesidades cotidianas de las niñas, niños y adolescentes albergados y son quienes deben promover su desarrollo físico, psí-quico y social. Para ocupar este puesto, se debe contar con título secundario y poseer capacitación en la temática de la niñez y adolescencia y/o experiencia de trabajo acreditada con niñas, niños y adolescen-tes.

Sus funciones, entre otras, son:

1) Acompañar en forma permanente a las niñas, niños y adolescentes en sus dife-rentes tareas: Higiene personal, tareas es-colares, vestimenta, entrevistas médicas, ingreso y egreso a la escuela.

2) Establecer vínculos afectivos y de conten-ción con las niñas, niños y adolescentes albergados.

3) Intervenir en situaciones de crisis. 4) Conformar los equipos de trabajo y asistir

a las reuniones que disponga la Dirección.5) Promover actividades recreativas.6) Evaluar la situación escolar de cada niña,

niño y adolescente, garantizando la restitu-

ción y sostenimiento del derecho a la edu-cación.

7) Evaluar a la niña, niño y adolescente en su estado nutricional y de salud, y articular con los organismos de Salud.

Las funciones de los subincisos 6) y 7), deben ser realizadas por referentes de Educación y de Salud, respectivamente.Para desempeñar estas funciones, los educado-res deben demostrar compromiso, solidaridad, empatía, autocontrol, capacidad de relacionarse de manera positiva con el otro y apertura para vincularse afectivamente con las niñas, niños y adolescentes albergados.

f) Talleristas de desarrollo integral: Sus fun-ciones son:

1) Realizar actividades artísticas, recreati-vas, deportivas y culturales con las ni-ñas, niños y adolescentes.

2) Planificar y organizar actividades ade-cuadas para el desarrollo físico, psíquico y social de las niñas, niños y adolescen-tes albergados, tales como campamen-tos, salidas recreativas y exposiciones, entre otras.

g) Profesores de enseñanza escolar: Son quienes deben colaborar y asistir a las ni-ñas, niños y adolescentes en sus tareas y deberes escolares.

h) Personal de cocina: Es el encargado de:

1) Elaborar los menúes de comida progra-mados para cada hogar, con el asesora-miento de un profesional de la nutrición.

2) Mantener y conservar los alimentos, se-gún las normas de calidad vigentes.

3) Cuidar la higiene de la cocina y utensi-lios.

4) Coordinar su tarea con el equipo directi-vo del hogar.

5) Participar en la decisión de las compras de los insumos.

i) Personal de mantenimiento: Es el encar-

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PAGINA 47Neuquén, 02 de Octubre de 2015 BOLETIN OFICIAL

gado de:

1) Realizar el mantenimiento edilicio (jardi-nería, plomería, electricidad, entre otros).

2) Informar oportunamente sobre las nece-sidades de refacción de daños produci-dos, elementos y/o artefactos de la ins-titución (grifería, calefactores, enchufes, cocina, entre otros).

3) Cuidar y mantener las herramientas y de-más elementos de mantenimiento.

Artículo 10º: Asistencia permanente. Los hogares de niñas, niños y adolescentes deben brindar asistencia en forma permanente, durante las veinticuatro (24) horas del día, los doce (12) meses del año, y contar, como mínimo, con un (1) educador por turno cada cuatro/cinco (4/5) niños, de acuerdo con su perfil y edades de los mismos. En caso de ser modalidad mixta, el hogar debe contar con un (1) operador para cada sexo, por turno.

Artículo 11: Supervisión del personal. A los efectos de resguardar la seguridad física y men-tal de las niñas, niños y adolescentes albergados, el personal debe ser evaluado y supervisado, al menos, una vez al año, mientras se desarrolla en su función, en su aptitud biopsicosocial, a través de una comisión de profesionales externa que la autoridad de aplicación debe conformar para ese fin. El Ministerio de Desarrollo Social, por su par-te, debe realizar supervisiones técnicas a los equipos de profesionales que se desempeñen en los hogares. Artículo 12: Capacitación del personal que se desempeñe en hogares. Es competencia de la autoridad de aplicación la capacitación y forma-ción permanente del personal que se encuentre al cuidado de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 13: Espacios mínimos de los ho-gares. Los hogares de niñas, niños y adolescen-tes, deben contar, como mínimo, con los siguien-tes espacios:

a) Una (1) oficina para la Dirección o la Ad-ministración del establecimiento.

b) Una (1) sala de estar, que puede utilizar-se como comedor cuando no se cuente con otro espacio específico.

c) Un (1) área común para actividades re-creativas o lúdicas.

d) Un (1) área de cocina. e) Sanitarios para las niñas, niños y ado-

lescentes. f) Sanitarios para el personal.g) Dormitorios, de acuerdo con la cantidad

y el sexo de la población alojada. h) Un (1) depósito para comestibles. i) Un (1) depósito para ropa. j) Un (1) espacio para realizar actividades

físicas. Sin perjuicio de poseer este lu-gar, se debe posibilitar el desarrollo de actividades físicas y deportivas en clu-bes y centros deportivos, a fin de refor-zar los lazos de inserción social.

Artículo 14: Espacios para pertenencias. Los hogares de niñas, niños y adolescentes de-ben garantizar un espacio propio para cada niña, niño o adolescente, donde puedan guardar sus pertenencias.

Artículo 15: Acceso para niñas, niños y adolescentes con discapacidades. Los hoga-res de niñas, niños y adolescentes deben ga-rantizar las medidas necesarias para que puedan acceder niñas, niños y adolescentes con discapa-cidades.

Artículo 16: Medidas de seguridad. Los ho-gares deben contar con las siguientes medidas de seguridad:

a) Matafuegos suficientes de capacidad ade-cuada.

b) Señalización y avisos de protección. c) Rutas de evacuación señalizadas, verifi-

cándose diariamente que se encuentren despejadas de obstáculos que impidan su utilización.

d) Detectores de humo. e) Las demás que, en materia de seguridad y

protección, establezcan las normas aplica-bles.

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PAGINA 48 Neuquén, 02 de Octubre de 2015BOLETIN OFICIAL

CORREO ARGENTINO - Cuenta Nº 0000012930F0052 | Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 5205004Tipeado, Compaginado, Armado e Impreso en la Dirección del Boletín Oficial y Archivo

Articulo 17: Presupuesto. El Poder Ejecuti-vo debe garantizar las partidas presupuestarias específicas para el cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 18: Autoridad de aplicación. Es au-toridad de aplicación de la presente Ley el Minis-terio de Desarrollo Social o el organismo que, en el futuro, lo remplace.

Artículo 19: Comuníquese al Poder Ejecuti-vo.

DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los trece días de agosto de dos mil quince.

Fdo.) Dra. Ana María PechenPresidenta

H. Legislatura del Neuquén

Lic. María Inés ZingoniSecretaria

H. Legislatura del NeuquénRegistrada bajo número: 2955

Promulgada “Ipso Jure” conforme el Artí-culo 192 de la Constitución de la Provincia del Neuquén, a los 07 días del mes de septiembre de 2015.

SUMARIOEdición de 48 Páginas

Decretos Sintetizados - Pág. 2 a 4

Dirección Pcial. de Minería - Pág. 5

Contratos, Licitaciones, Convocatorias y Edictos - Pág. 5 a 33 y 48

Normas Legales - Pág. 33 a 41

Acuerdos del Tribunal de Cuentas - Pag. 41 a 43

Leyes de la Provincia. Pág. 43 a 482955 - Créase el Régimen Provincial de

Hogares de Niñas, Niños y Adoles-centes, en el marco de la Ley 2302, de Protección Integral de los Dere-chos del Niño y del Adolescente, y la Ley Nacional 26061, de Protec-ción Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

A NUESTROS USUARIOS

Se comunica que, con motivo del feriado del día lunes 12-10-15 “Día del Respeto de la Diversidad Cultural”, se recepcionará la documentación para la Edición Nº 3491 de fecha 16-10-15, hasta el día 09-10-15. Asimismo se informa que tendrán prioridades los documentos con vencimientos impuestos.

SIN EXCEPCIÓNLa Dirección

El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. 1 de la ciudad de Neuquén, a cargo de la Dra. Pau-la I. Stanislavsky, sito en Rivadavia 205/211, 2º Piso, en autos caratulados: “Sandoval Germán s/Ausencia con Presunción de Fallecimien-to”, (Expte. Nº 474043/13), cita y emplaza al Sr. Sandoval Germán, para que dentro del plazo de diez días comparezca a tomar intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de delcarar la presunción de su fallecimiento en los término del Artículo 24 de la Ley 14394; a cuyo efecto se publicarán edictos una (1) vez por mes

EDICTOS

durante el lapso de seis meses en el Boletín Ofi-cial. Secretaría, 20 de agosto de 2015. Fdo. Mar-tín Peliquero, Secretario.

6p 04-09; 02-10; 06-11; 04-12-15;08-01 y 05-02-16