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PROTOCOLOS DE IMPLEMENTACIÓN PROTOCOLOS DE IMPLEMENTACIÓN PROTOCOLOS DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE DEL SISTEMA REGIONAL DE DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA PRIMERA INFANCIA PRIMERA INFANCIA GOBIERNO REGIONAL DE PIURA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL SUBGERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

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PROTOCOLOS DE IMPLEMENTACIÓN PROTOCOLOS DE IMPLEMENTACIÓN PROTOCOLOS DE IMPLEMENTACIÓN

DEL SISTEMA REGIONAL DEDEL SISTEMA REGIONAL DEDEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIAPRIMERA INFANCIAPRIMERA INFANCIA

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

SUBGERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

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En el úl�mo proceso electoral, uno de los acuerdos fue trabajar por la primera infancia de la región Piura, con énfasis en salud, educación, nutrición y protección, como condiciones indispensables para asegurar su desarrollo integral. Este derecho inalienable de las niñas y niños quedó plasmado en el Pacto de Gobernabilidad por el Desarrollo Regional 2014 - 2018, suscrito por los candidatos al Gobierno Regional, y ra�ficado una vez que asumí la conducción del gobierno.

Como Gobierno Regional, nos complace sobremanera cumplir con la promesa de trabajar con ahínco por mejorar la calidad y ampliar la cobertura de los servicios públicos de atención integral a la primera infancia, para lo cual, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, estamos fortaleciendo el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia (SIREPI) creado por Ordenanza Regional N° 223-2011/GRP-CR, del 14 de octubre de 2011.

El SIREPI se cons�tuye en el órgano rector que dirige la formulación, implementación, seguimiento y evaluación concertada de polí�cas públicas regionales y locales dirigidas a la atención integral de la primera infancia en salud, iden�dad, nutrición y protección. Promueve sinergias regionales y locales para garan�zar la ar�culación y coordinación de los proveedores de servicios públicos locales des�nados a los niños y niñas y sus familias.

Consideramos importante la implementación de un Sistema de Seguimiento y Evaluación del Desempeño, para visualizar el trabajo que realizan las en�dades del Estado, y deberá ser complementado con el desarrollo de mecanismos de par�cipación ciudadana y vigilancia social, tales como audiencias públicas, encuestas periódicas, transparencia y el acceso a información per�nente, entre otras, que contribuyan a la generación de alertas y tomar decisiones de manera oportuna.

En este documento, se explican los protocolos para la implementación del SIREPI en las provincias, distritos y centros poblados de la región Piura; como una polí�ca pública bajo el liderazgo de los gobiernos locales.

Es imprescindible, para consolidar el proceso, la existencia de una relación clara entre los diversos actores del territorio. Los gobiernos locales deben impulsar procesos y asignar recursos durante la ejecución del ejercicio y durante la formulación del presupuesto del ejercicio fiscal siguiente, para la mejora de los servicios públicos de atención a la primera infancia, como prioridad.

Finalmente, convoco a las autoridades, ins�tuciones públicas, ins�tuciones privadas, familias, comunidades y organizaciones de la sociedad civil, a par�cipar de manera ar�culada y concertada, en la construcción de una región más justa, inclusiva y equita�va, generando mejores condiciones de vida para las niñas, niños, gestantes y familias de la región Piura.

Ing. Reynaldo Hilbck GuzmánGobernador Regional de Piura

PRESENTACIÓN

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN - SIREPI

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Sistema Regional de Atencion Integral de la Primera Infancia

(SIREPI)

Es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobierno Local, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la Región Piura. (Ord.Reg. N° 223-2011/GRP-CR)

Para el logro de sus resultados, el SIREPI cuenta con 4 niveles de organización:El órgano rector es el Consejo Direc�vo de la Primera Infancia, presidido por el Gobernador Regional e integrado por los gerentes regionales. El órgano técnico es la Dirección Ejecu�va del SIREPI, adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

Impulsar y fortalecer la ar�culación y concertación entre el Gobierno Regional, Gobierno Local y Gobierno Nacional, para mejorar la calidad de vida de niñas y niños de la primera infancia de la región Piura.

Como se organiza?

Objetivo

?

Acciones dear�culación yconcentración

GobiernoRegional Gobierno

Nacional

GobiernosLocales

Sectorprivado

ONG ycooperación

Organizacionessociales

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1.1 ACTIVIDADES PREVIAS:• Priorización de provincias y distritos a intervenir

en base a los resultados esperados del SIREPI especificados en el documento técnico. Esta ac�vidad estará a cargo del Equipo Técnico Regional del SIREPI y la Dirección Ejecu�va del SIREPI.

• Coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social y la Subgerencia para la instalación del Consejo Direc�vo Regional de la Primera Infancia.

• Coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social y la Subgerencia para la instalación del Comité Regional de la Primera Infancia.

• Coordinación entre la Dirección Ejecu�va del SIREPI, la Dirección Regional de Salud Piura y la Dirección Regional de Educación Piura, para establecer la responsabilidad del contacto inicial con los alcaldes de las provincias y distritos donde se iniciará la implementación del SIREPI.

• Coordinar la instalación del Consejo Direc�vo de la Primera Infancia, presidido por el Gobernador Regional.

• Coordinar la instalación del Comité Regional de la Primera Infancia, como soporte técnico de apoyo del SIREPI.

• Elaboración del plan opera�vo de la Dirección Ejecu�va del SIREPI.

1.2. RECTORÍA DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA

El SIREPI se encuentra bajo la rectoría de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, administra�vamente depende de la Subgerencia Regional de Desarrollo Social, como órgano encargado de la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas públicas regionales de atención integral de la primera infancia. Para tales fines, cuenta con los siguientes órganos:

a) El Consejo Direc�vo de la Primera Infancia

De acuerdo a la Ordenanza Regional N° 223-2011/GRP-CR, en su ar�culo tercero, establece que el Consejo Direc�vo es la máxima instancia delibera�va, norma�va y de coordinación de acciones del Sistema Regional de Atención Integral de la Primaria Infancia, y está integrada por:1. Gobernador Regional2. Vice Gobernador3. Gerente General Regional4. Gerente Regional de Desarrollo Social5. Gerente Regional de Desarrollo Económico6. Gerente Regional de Recursos Naturales y

Ges�ón del Medio Ambiente7. Gerente Regional de Planeamiento, Presu-

puesto y Acondicionamiento Territorial.

Funciones:• Proponer polí�cas públicas regionales para el desarrollo

integral de la primera infancia.• Aprobar el plan opera�vo de la dirección ejecu�va del

Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia.

• Coordinar con los sectores bajo su responsabilidad, la implementación de estrategias y el cumplimiento de planes y acciones encaminadas al desarrollo integral de la primera infancia.

• Monitorear y evaluar a los sectores bajo su responsa-bilidad, la implementación de estrategias y el cumplimiento de planes y acciones encaminadas al desarrollo integral de la primera infancia

• Proponer y aprobar normas que contribuyan al logro de los resultados esperados del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia.

• Proponer y/o aprobar programas y proyectos que contribuyan al logro de los resultados esperados del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia.

• Proponer al Presidente Regional o Consejo Regional, la suscripción de convenios con organismos públicos y

TÍTULO I

IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA A NIVEL REGIONAL

CAPITULO IProtocolo para implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia (SIREPI)

Nivel Regional

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privados, nacionales o internacionales, para el desarrollo integral de la primera infancia.

• Lo preside el/la Gobernador/a Regional de Piura y el Secretario/a Técnico/a es el/la Director/a Ejecu�va del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia.

b) Dirección Ejecu�va del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, es el órgano técnico, ejecu�vo, adscrito a la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

Funciones: a. Conducir la organización, funcionamiento y

fortalecimiento del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia.

b. Establecer y ges�onar la ar�culación interguber-namental del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y gobiernos locales, en materia de las polí�cas públicas de atención integral de la primera infancia.

c. Conducir y ges�onar procesos de concertación y ar�culación interins�tucional local y regional para implementar polí�cas públicas de atención integral de la primera infancia.

d. Establecer y ges�onar la ar�culación intersectorial entre las en�dades del Gobierno Regional, en la ejecución de polí�cas, programas, proyectos y ac�vidades que inciden en la atención integral de la primera infancia.

e. Monitorear y evaluar el logro de los resultados y metas distritales y regionales, dando cuenta sobre avances en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia.

f. Monitorear, acompañar y evaluar a las ins�tuciones del Gobierno Regional que ges�onan los servicios locales de atención de la primera infancia, incidiendo en la mejora con�nua de la calidad de los servicios públicos.

g. Implementar un sistema integrado de información regional sobre los indicadores de la primera infancia y los servicios públicos relacionados a ella.

h. Organizar, acompañar y brindar soporte técnico a las instancias de concertación y ar�culación a nivel comunal, local, subregional y regional del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, para su fortalecimiento organizacional y desarrollado de sus funciones.

i. Promover e impulsar la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de programas y proyectos de inversión pública de atención de la primera infancia.

j. Organizar y coordinar la formulación e implemen-tación de planes de fortalecimiento de capacida-des de los gestores regionales y locales de los servicios públicos relacionados a la atención integral de la primera infancia.

k. Formular, ejecutar, monitorear y evaluar progra-mas de atención integral de la primera infancia, ar�culados a los gobiernos locales y los sectores de salud y educación.

l. Velar por el cumplimiento de las normas legales y las demás disposiciones legales vigentes de alcance regional sobre la atención integral de la primera infancia.

m. Otras que le sean asignadas de acuerdo a su competencia.

CAPÍTULO IIEL COMITÉ REGIONAL DE LA PRIMERA INFANCIA

Es la primera instancia del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia-SIREPI y está conformado por:

• Gobierno Regional Piura: Gerencias regionales y direccio-nes regionales sectoriales;

• Gobierno Nacional: RENIEC, INEI, MIDIS-Piura, Programa Juntos, Programa Nacional de Saneamiento Rural-PNSR, Programa Nacional de Saneamiento Urbano-PNSU, Oficina Descentralizada del Seguro Integral de Salud-ODSIS, FONCODES, Programa Qaliwarma, Programa Cuna Más, Agro Rural, y otros programas nacionales vinculados con la materia.

• Sociedad Civil: MCLCP, ONG, organizaciones sociales representa�vas y otras en�dades privadas.

2.1. Funciones:• Concierta la formulación e implementación de las

polí�cas regionales de primera infancia, generando las condiciones y compromisos interins�tucionales e intergubernamentales.

• Impulsa la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de Primera Infancia-SIREPI en la región.

• Formula de manera concertada el Plan Regional de Atención de la Primera Infancia 2015 - 2018, en el cual se plantea los resultados y metas prioritarias así como las estrategias y mecanismos de seguimiento y evaluación a par�r de los planes y programas existentes.

• Prioriza los ámbitos territoriales donde se iniciará la

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implementación de la propuesta sobre la base de criterios de equidad.

• Ges�ona sinergias interins�tucionales de los deciso-res regionales, en la implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas públicas relacionadas a la atención de la primera infancia.

• Monitorea el funcionamiento del SIREPI y el logro de los resultados de atención integral de la primera infancia.

• Iden�fica y plantea propuestas para que los gobier-nos locales y Gobierno Regional, así como ins�tuciones privadas y de la cooperación, imple-menten propuestas para mejorar la calidad de ges�ón y cobertura de los servicios locales de atención de la primera infancia.

• Incide para que el Gobierno Regional formule y apruebe proyectos de inversión pública relaciona-dos con la primera infancia, así también, ges�one

ante diversas instancias.• Incide en la implementación e ins�tucionalización de

las polí�cas públicas de primera infancia, promo-viendo su priorización e incorporación en los instrumentos de ges�ón de las ins�tuciones locales (Plan de desarrollo concertado, planes estratégicos ins�tucionales, planes opera�vos ins�tucionales, proyecto educa�vo local, presupuesto ins�tucional y otros).

• Promueve el fortalecimiento de capacidades técnicas de los recursos humanos involucrados en la organi-zación y ges�ón de los servicios clave, equipamiento e infraestructura de los servicios.

• Desarrolla incidencia polí�ca ante ins�tuciones gubernamentales regionales e ins�tuciones priva-das para lograr mejoras de los servicios públicos a favor de la primera infancia.

TÍTULO II

IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA A NIVEL PROVINCIAL

CAPITULO IProtocolo para la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia (SIREPI)

Nivel Provincial

1.1 ACTIVIDADES PREVIAS:• Priorización de provincias a intervenir en base a los

resultados esperados del SIREPI especificados en el documento técnico. Esta ac�vidad estará a cargo del Equipo Técnico Regional del SIREPI.

• Coordinación entre la Dirección Ejecu�va del SIREPI, la Dirección Regional de Salud Piura y la Dirección Regional de Educación Piura, para establecer la responsabilidad del contacto inicial con el alcalde/sa de la provincia donde se iniciará la implementación del SIREPI.

• Solicitud formal a través de un documento oficial, a cargo de la Dirección Ejecu�va del SIREPI. (anexo 1: Modelo de Oficio)

• Programación de la primera reunión de coordina-ción con el alcalde y sus principales funcionarios (Gerente Municipal, Gerente de Desarrollo Social, Gerente de Desarrollo Económico, Oficina de Registro Civil, DEMUNA, Oficina del Programa del Vaso de Leche y otras dependencias vinculadas con la atención de la primera infancia).

Cabe indicar que, desde el primer contacto con el gobierno local, es imprescindible la par�cipación de representantes de la Dirección Ejecu�va, Salud y Educación.

1.2 PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN:• Una vez logrado el compromiso del alcalde, el

gobierno local emite la Ordenanza Municipal que establece la implementación del SIREPI en la provincia, previo informe del Gerente de Desarrollo Social y del responsable del Área de Asesoría Legal. (Anexo 2: modelo de ordenanza)

• El gobierno local, en coordinación con el responsable de los sectores de salud y de educación, asume la conducción de ese proceso y por lo tanto, es el responsable de convocar a las ins�tuciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, cuyo trabajo está vinculado con la atención de la primera infancia, y que formarán parte del SIREPI en el nivel local.

• El alcalde convoca a las ins�tuciones y organiza-ciones para la presentación del SIREPI, y abordar

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la situación de la primera infancia en la provincia. • La presentación del SIREPI está a cargo de la

Dirección Ejecu�va, mientras que Salud y Educación �enen a cargo la presentación del diagnós�co de la situación de la primera infancia, según sus competencias.

• Al finalizar la presentación, las ins�tuciones presentes, lideradas por la municipalidad, acuerdan la fecha de instalación del Comité Provincial de la Primera Infancia.

• La instalación del Comité Provincial de la Primera Infancia debe estar presidida por el alcalde provincial y contar con la presencia de los/as máximos/as representantes a nivel local de las ins�tuciones que deben conformar dicho Comité (Anexo 3: Integrantes del comité provincial).

• Al finalizar la instalación del Comité Provincial de la Primera Infancia, las ins�tuciones integrantes, lideradas por la municipalidad, acuerdan la fecha de reunión para dar inicio a la elaboración del Plan Provincial Ar�culado Anual.

• La municipalidad emite una resolución de alcaldía para el reconocimiento del Comité Provincial de la Primera Infancia y Equipo Técnico Local. (Anexo 4: Modelo de resolución).

• La municipalidad emite una resolución de alcaldía para la designación del Secretario Técnico del Comité Provincial de la Primera Infancia. (Anexo 5: Modelo de resolución).

1.3 FUNCIONES DEL COMITÉ PROVINCIAL DE LA PRIMERA INFANCIA

a) Formula de manera par�cipa�va y concertada el Plan Provincial Ar�culado Anual de la Primera Infancia (de carácter opera�vo), en el que se plantea: indicadores de productos clave, resultados y metas prioritarias, acciones ar�culadas, así como las estrategias y mecanismos de seguimiento y evaluación.

b) Incide en la implementación e ins�tucionalización de las pol í�cas públ icas de Primera Infancia, promoviendo su priorización e incorporación en los instrumentos de ges�ón de las ins�tuciones locales (Plan de desarrollo concertado, planes estratégicos ins�tucionales, planes opera�vos ins�tucionales, proyecto educa�vo local, presupuesto par�cipa�vo, presupuesto ins�tucional de apertura-PIA y otros).

c) Acciones estratégicas de seguimiento a los servicios públicos locales de atención de la Primera Infancia y del logro de los resultados y metas provinciales y distritales.

d) Ges�ona sinergias interins�tucionales locales, mediante mecanismos de ar�culación y concertación de los servicios públicos locales. Para ello, ar�cula capacidades y recursos ins�tucionales en el desarrollo de acciones estratégicas ar�culadas en la ges�ón y provisión de los servicios públicos en el

territorio.e) Promueve el fortalecimiento de capacidades

técnicas de los recursos humanos involucrados en la organización y ges�ón de los servicios clave, equipamiento e infraestructura de los servicios.

f) Desarrolla incidencia polí�ca ante ins�tuciones gubernamentales regionales, ONG e ins�tuciones privadas para lograr mejoras de los servicios locales a favor de la primera infancia.

g) Priorización de distritos y comunidades (Centro poblado, asentamiento humano, etc.) de acuerdo a los indicadores relacionados con los productos claves, que afectan a la primera infancia.

h) Seguimiento a los acuerdos que asumen los actores que operan en el territorio para la mejora de los servicios, iden�ficando nudos crí�cos y generando alertas para la toma de decisiones oportunas.

i) Incide para que los gobiernos locales distritales, gobierno local provincial y Gobierno Regional, implementen propuestas de mejoras de calidad y cobertura de los servicios locales de atención de la Primera Infancia.

j) Fomenta el fortalecimiento ins�tucional de las instancias de ges�ón provincial, distrital y comunal, de los servicios públicos relacionados a la atención de la Primera Infancia.

k) Organización y fortalecimiento de los comités distritales y comités comunales de la Primera Infancia, en coordinación con el Equipo Técnico Provincial.

l) Proponen la suscripción de convenios y alianzas estratégicas para la mejora de la calidad y cobertura de los servicios de atención a la Primera Infancia.

1.4 FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO DEL COMITÉ PROVINCIAL DE LA PRIMERA INFANCIA• Ges�ona las sinergias de los servicios públicos

locales de atención integral de la primera infancia. • Elabora y diseña estrategias de implementación y

seguimiento de POA.• Diseñar, actualizar y validar el sistema de

información sobre los procesos de ges�ón y el logro de los resultados.

• Elabora informes semestrales del cumplimiento de acuerdos en virtud del POA.

• Fortalece la comunicación entre el nivel comunal, local y regional.

• Propone mejoras en la ges�ón y provisión de los servicios locales de atención integral de la primera infancia.

• Hace seguimiento a los proceso de ges�ón local de los servicios y resultados.

• Ges�ona información sobre los procesos de ges�ón y el logro de los resultados.

• Generar alertas sobre nudos crí�cos o “cuellos de botella” para la toma de decisiones de manera oportuna.

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1.5 FUNCIONES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ PROVINCIAL DE LA PRIMERA INFANCIA:

Es designado por el alcalde, mediante resolución de alcaldía (Anexo 5: resolución), de acuerdo al perfil del cargo. Sus funciones son:

• Impulsar la formulación y aprobación de los documentos norma�vos y de ges�ón que demande la implementación del SIREPI en el nivel provincial.

• Convocar a todas las ins�tuciones que conforman el Comité Provincial de la Primera Infancia, para las ac�vidades programadas (reuniones de trabajo, talleres, encuentros, etc.).

• Redactar las actas, cuidar el libro respec�vo y el archivo del Comité, incluyendo informes y evidencias del cumplimiento del Plan Provincial Ar�culado Anual, tanto en medios �sicos como digitales.

• Informar al alcalde, autoridades y funcionarios municipales involucrados, acerca de los avances, acuerdos y compromisos del Comité Provincial.

• Conducir, en representación del alcalde, el proce-so de elaboración del Plan Provincial Ar�culado Anual, y su ejecución respec�va.

• Proveer la información de las diferentes áreas a cargo de la municipalidad, que se requiera en el proceso de formulación del Plan Provincial Ar�culado Anual y en la implementación del SIREPI en la provincia.

• Realizar seguimiento de los compromisos asumidos por la municipalidad, en el marco del Plan Provincial Ar�culado Anual, y otros que surjan en el proceso de implementación del SIREPI en la provincia.

• Monitorear el cumplimiento del Plan Provincial Ar�culado Anual

• Elaborar informes con la periodicidad acordada por el comité, generando alertas respecto a dificultades, problemas o cualquier �po de situación que genere retrasos en el cumplimiento del plan, o en la implementación del SIREPI en la provincia.

• Coordinar la instalación de Comités Comunales de la Primera Infancia, de acuerdo a la priorización de espacios territoriales realizado por el Comité Provincial de la Primera Infancia.

1.6 PERFIL DEL SECRETARIO TÉCNICO:• Contar con formación profesional o técnica

superior.• Tener experiencia en proyectos o programas de

desarrollo social.• Tener conocimiento de la realidad y problemá�ca

de la infancia en la provincia.• Manejo de los programas de Windows Office.• Preferentemente, con experiencia en procesos de

concertación en el nivel local.• Con predisposición al trabajo en equipo.• Personal nombrado de ser posible.

CAPITULO IIProtocolo para la elaboración del Plan Provincial ar�culado anual

2.1 PASOS PREVIOS: a) Reunión de trabajo para revisión de documentos: L a Dirección Ejecu�va del SIREPI y representantes de

los sectores de Salud y Educación de la provincia, proveerán información respecto de las metas logradas el año anterior para cada uno de los productos claves propuestos por este equipo y plantear las nuevas metas anuales en el marco del Plan Provincial Ar�culado Anual.(ver Documento Técnico: Productos Clave).

b) Mapeo de las organizaciones /ins�tuciones que intervienen en el nivel local:

Para la elaboración de este documento, los represen-tantes de la Dirección Ejecu�va del SIREPI, los/as representantes de la municipalidad provincial, salud y educación en la provincia iden�ficarán a las ins�tuciones públicas, privadas, programas y proyectos vinculados a la primera infancia, que

operan en la zona, información que será consolidada en una matriz.

c) Acopio de información sobre los indicadores de los productos claves priorizados:

Para acopiar esta información los representantes de l a D i re c c i ó n E j e c u � va d e l S I R E P I , l o s /a s representantes de la municipalidad provincial, salud y educación proveerán información relacionada con indicadores de resultados para el logro de productos claves para el desarrollo de la Primera Infancia. La relación de indicadores se encuentra en el Documento Técnico del SIREPI.

2.2 ELABORACIÓN DEL PLAN PROVINCIAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA: a) Talleres de elaboración del Plan: La Municipalidad

Provincial asume la convocatoria para ejecución de tres (3) talleres de trabajo con el Comité Provincial y miembros del equipo técnico local, debiendo asegurar la par�cipación del Establecimiento de

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Salud, especialistas del Sector Educación y operadores de los programas sociales. Los talleres serán facilitados por el/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia del Gobierno Regional y el secretario técnico.

b) Aspectos metodológicos a considerar:1. Se presentará la Matriz de Planificación

(Anexo 6: modelo de matriz) y se pondrá a consideración de los presentes, los productos claves priorizados y las metas logradas el año anterior. De ser necesario, a propuesta de los par�c ipantes , se incorporarán otros productos claves, previo consenso.

2. Se establecerá con los par�cipantes, las nuevas metas de los productos claves priorizados.

3. Determinar las acciones estratégicas para el logro de los productos claves priorizados.

La municipalidad emite una resolución de alcaldía para la aprobación del Plan Provincial Ar�culado Anual de la Primera Infancia, cuando esté terminado. (Anexo 7: Modelo de resolución).

2.3 EJECUCIÓN DEL PLAN PROVINCIAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA

Las ins�tuciones y/o actores comprome�dos en el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Provincial Ar�culado Anual de la Primera Infancia, deberán ejecutar las ac�vidades previstas, según los compromisos asumidos. El secretario/a técnico/a del Comité Provincial, de manera conjunta con las máximas autoridades de salud y educación en el territorio serán los responsables de monitorear la ejecución y cumplimiento del Plan Provincial Ar�culado Anual.

2.4 SEGUIMIENTO DEL PLAN PROVINCIAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA

El monitoreo del Plan, incluye las siguientes ac�vidades:

a) Programación de reuniones de trabajo: Se programarán reuniones bimensuales, para monitorear los avances en el cumplimiento del plan; para tal fin, los integrantes del Comité Provincial establecerán un cronograma de reuniones a lo largo del año, en las cuales se revisará el cronograma de ejecución de ac�vidades programados y el avance en el cumplimiento de las metas establecidas. Los responsables llevarán a la reunión una copia de los informes elaborados para sus ins�tuciones, fotos, videos y audios y dejarán una copia al Secretario/a Técnico/a. Según los resultados, se hará los ajustes

necesarios y se dará las recomendaciones per�-nentes para mejorar procesos y asegurar el cumpli-miento. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional brindará asistencia técnica para el cumplimiento de esta ac�vidad y par�cipará en las reuniones.

b) Seguimiento y acompañamiento a ac�vidades del Plan: El Secretario Técnico/a con los demás integrantes del Comité de Seguimiento, realizarán el seguimiento permanente al cumplimiento de las ac�vidades, por diferentes medios (teléfono, correo electrónico, etc.) y generará las alertas frente a las dificultades o incumplimiento de las ac�vidades. Además, de manera conjunta con las máximas autoridades de salud y educación en el territorio, seleccionarán algunas ac�vidades previstas en el plan y realizarán visitas para verificar el desarrollo de la ac�vidad. Al final de la visita, elaborarán un breve reporte, acompañado de evidencias fotográficas y/o documentarias. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional par�cipará en estas ac�vidades de ser necesario. (Anexo 8: Reporte de Acompañamiento).

c) Reunión de evaluación de proceso: Se realizará la primera semana de diciembre y tendrá como finalidad evaluar el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la provincia, considerando un informe del cumplimiento, el que estará a cargo del Secretario/a Técnico/a y las máximas autoridades en salud y educación de la provincia, destacando los logros, dificultades, lecciones aprendidas en el proceso de ar�culación y los desa�os y recomendaciones para el siguiente año. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional par�cipará y brindará asistencia técnica en la preparación y desarrollo de la reunión. (Anexo 9: Esquema de Reunión).

d) Reunión de evaluación de resultados: Se realizará durante el mes de diciembre y tendrá como obje�vo evaluar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Ar�culado Provincial Anual, así como, los indicadores relacionados con el desarrollo de la Primera Infancia priorizados por el Comité Provincial, previo a la elaboración del Plan. Serán responsables de esta ac�vidad, el secretario/a técnico/a y las máximas autoridades de salud y educación en la provincia, quienes se reunirán previamente para acopiar y procesar la información. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional brindará asistencia técnica durante la preparación y realización de la reunión. (Anexo 10: formato de Informe)

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TÍTULO III

IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA A NIVEL DISTRITAL

CAPÍTULO IProtocolo para implementación del Sistema Regional de

Atención Integral de la Primera Infancia (SIREPI)Nivel Distrital

1.1 ACTIVIDADES PREVIAS• Priorización de distritos a intervenir en base a los

resultados esperados del SIREPI especificados en el documento técnico. Esta ac�vidad estará a cargo del Equipo Técnico Regional del SIREPI.

• Coordinación entre la Dirección Ejecu�va del SIREPI, la Dirección Regional de Salud Piura y la Dirección Regional de Educación Piura, para establecer la responsabilidad del contacto inicial con el alcalde/sa del distrito donde se iniciará la implementación del SIREPI.

• Solicitud formal a través de un documento oficial, a cargo de la Dirección Ejecu�va del SIREPI. (Anexo 11: Modelo de Oficio)

• Programación de la primera reunión de coordina-ción con el alcalde y sus principales funcionarios (Gerente Municipal, Gerente de Desarrollo Social, Gerente de Desarrollo Económico, Oficina de Registro Civil, DEMUNA, Oficina del Programa del Vaso de Leche y otras dependencias vinculadas con la atención de la primera infancia).

Cabe indicar que, desde el primer contacto con el gobierno local, es imprescindible la par�cipación de representantes de la Dirección Ejecu�va, Salud y Educación.

1.2 PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN• Una vez logrado el compromiso del alcalde, el

gobierno local emite la Ordenanza Municipal que establece la implementación del SIREPI en el distrito, previo informe del Gerente de Desarrollo Social y del Asesor Legal. (Anexo 12: modelo de ordenanza)

• El gobierno local, en coordinación con el responsable de los sectores de Salud y Educación, asume la conducción de ese proceso y por tanto, es el responsable de convocar a las ins�tuciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, cuyo trabajo está vinculado con la atención

de la primera infancia, que formarán parte del SIREPI en el nivel local.

• El alcalde convoca a las ins�tuciones para la presentación del SIREPI y la situación de la primera infancia en el distrito.

• La presentación del SIREPI está a cargo de la Dirección Ejecu�va, mientras que Salud y Educación �enen a cargo la presentación del diagnós�co de la situación de la primera infancia, según sus competencias.

• Al finalizar la presentación, las ins�tuciones presentes, lideradas por la municipalidad, acuerdan la fecha de instalación del Comité Distrital de la Primera Infancia.

• La instalación del Comité Distrital de la Primera Infancia debe estar presidida por el alcalde distrital y contar con la presencia de los/as máximos/as representantes a nivel local de las ins�tuciones que deben conformar dicho Comité (Anexo 13: Integrantes del comité distrital).

• Al finalizar la instalación del Comité Distrital de la Primera Infancia, las ins�tuciones integrantes, lideradas por la municipalidad, acuerdan la fecha de reunión para dar inicio a la elaboración del Plan Distrital Ar�culado Anual.

• La municipalidad emite una resolución de alcaldía para el reconocimiento del Comité Distrital de la Primera Infancia y Equipo Técnico Local. (Anexo 14: modelo de resolución).

1.3 FUNCIONES DEL COMITÉ DISTRITAL DE LA PRIMERA INFANCIA

El Comité Distrital de la Primera Infancia �ene como funciones:• Formula de manera concertada el Plan Ar�culado

Distrital Anual de la Primera Infancia (de carácter opera�vo), en el que se plantea: indicadores de

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productos clave, resultados y metas prioritarias, acciones ar�culadas, así como las estrategias y mecanismos de seguimiento y evaluación.

• Incide en la implementación e ins�tucionalización de las polí�cas públicas de primera infancia, promoviendo su priorización e incorporación en los instrumentos de ges�ón de las ins�tuciones distritales (Plan de desarrollo concertado, planes estratégicos ins�tucionales, planes opera�vos ins�tucionales, proyecto educa�vo local, presupuesto ins�tucional y otros).

• Monitoreo de los servicios públicos locales de atención de la Primera Infancia y del logro de los resultados y metas distritales.

• Ges�ona sinergias interins�tucionales locales, mediante mecanismos de ar�culación y concertación de los servicios públicos distritales. Para ello, coordina el uso y disponibilidad de recursos humanos, materiales y presupuestales para mejorar la efec�vidad de los servicios a favor de la Primera Infancia.

• Promueve el fortalecimiento de capacidades técnicas de los recursos humanos involucrados en la organización y ges�ón de los servicios clave, equipamiento e infraestructura de los servicios.

• Desarrolla incidencia polí�ca ante ins�tuciones gubernamentales regionales e ins�tuciones privadas para lograr mejoras de los servicios locales a favor de la primera infancia.

• Monitoreo de los acuerdos que asumen los miembros del comité distrital para la mejora de los servicios.

• Priorización de centros poblados/asentamientos humanos de acuerdo a los indicadores relacionados con los productos claves, que afectan a la primera infancia.

• Organización y fortalecimiento de los Comités comunales de Primera Infancia.

1.4 FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO DEL COMITÉ DISTRITAL DE LA PRIMERA INFANCIA

• Elabora y diseña estrategias de implementación y seguimiento de POA.

• Diseñar, actualizar y validar el sistema de información sobre los procesos de ges�ón y el logro de los resultados.

• Elabora informes semestrales del cumplimiento de acuerdos en virtud del POA.

• Fortalece la comunicación entre el nivel comunal, local y regional.

• Ges�ona las sinergias de los servicios locales de atención integral de la Primera Infancia.

• Propone mejoras en la ges�ón y provisión de los servicios locales de atención integral de la Primera Infancia.

• Hace seguimiento a los proceso de ges�ón local de los servicios y resultados.

• Ges�ona información sobre los procesos de ges-�ón y el logro de los resultados.

• Genera alertas sobre nudos crí�cos para la toma de decisiones de manera oportuna.

1.5 FUNCIONES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ DISTRITAL DE LA PRIMERA INFANCIA

Es designado por el alcalde, mediante resolución de alcaldía (Anexo 15: resolución), de acuerdo al perfil del cargo. Sus funciones son:

• Impulsar la formulación y aprobación de los documentos norma�vos y de ges�ón que demande la implementación del SIREPI en el nivel distrital.

• Convocar a todas las ins�tuciones que conforman el Comité Distrital de la Primera Infancia, para las ac�vidades programadas (reuniones de trabajo, talleres, encuentros, etc.).

• Redactar las actas, cuidar el libro respec�vo y el archivo del Comité, incluyendo informes y evidencias del cumplimiento del Plan Ar�culado Distrital Anual, tanto en medios �sicos como digitales.

• Informar al alcalde, autoridades y funcionarios municipales involucrados, acerca de los avances, acuerdos y compromisos del Comité Distrital.

• Conducir, en representación del alcalde, el proceso de elaboración del Plan Ar�culado Distrital Anual, y su ejecución respec�va.

• Proveer la información de las diferentes áreas a cargo de la municipalidad, que se requiera en el proceso de formulación del Plan Ar�culado Distrital Anual y en la implementación del SIREPI en el distrito.

• Realizar seguimiento de los compromisos asumidos por la municipalidad, en el marco del Plan Ar�culado Distrital Anual, y otros que surjan en el proceso de implementación del SIREPI en el distrito.

• Monitorear el cumplimiento del Plan Distrital Ar�culado Anual

• Elaborar informes con la periodicidad acordada por el comité, generando alertas respecto a dificultades, problemas o cualquier �po de situación que genere retrasos en el cumplimiento del plan, o en la implementación del SIREPI en el distrito.

• Coordinar la instalación de Comités Comunales de la Primera Infancia, de acuerdo a la priorización de espacios territoriales realizada por el Comité Distrital de la Primera Infancia.

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CAPÍTULO IIProtocolo para la elaboración del Plan Distrital Ar�culado Anual

2.1 PASOS PREVIOS: • Reunión de trabajo para revisión de documentos: La Dirección Ejecu�va del SIREPI y representantes de

los sectores de Salud y Educación del distrito, proveerán información respecto de las metas logradas el año anterior para cada uno de los productos claves propuestos por este equipo y plantear las nuevas metas anuales en el marco del Plan Distrital Ar�culado Anual.(ver Documento Técnico: Productos Clave).

• Mapeo de las organizaciones / ins�tuciones que intervienen en el nivel local:

Para la elaboración de este documento, los represen-tantes de la Dirección Ejecu�va del SIREPI, los/as representantes de la municipalidad distrital, Salud y Educación en el distrito, iden�ficarán a las ins�tuciones públicas, privadas, programas y proyectos vinculados a la primera infancia, que operan en la zona, información que será consolidada en una matriz.

• Acopio de información sobre los indicadores para los productos claves priorizados: Para acopiar esta información los representantes de la Dirección Ejecu�va del SIREPI, los/as representantes de la municipalidad distrital, Salud y Educación proveerán información relacionada con indicadores de resultados para el logro de productos claves para el desarrollo de la primera infancia. La relación de indicadores, se encuentra en el Documento Técnico del SIREPI.

2.2 ELABORACIÓN DEL PLAN DISTRITAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA • Talleres de elaboración del Plan: La Municipalidad

Distrital asume la convocatoria para ejecución de tres (3) talleres de trabajo con el Comité Distrital y miembros del Equipo Técnico Local, debiendo asegurar la par�cipación del Establecimiento de Salud, especialistas de Educación y operadores de los programas sociales. Los talleres serán facilitados por el/la responsable territorial de la dirección ejecu�va del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia del Gobierno Regional y el secretario técnico.

• Aspectos metodológicos a considerar:1. Se presentará la Matriz de Planificación

(Anexo 16: matriz) y se pondrá a considera-ción de los presentes los productos claves

priorizados y las metas logradas el año anterior. De ser necesario, a propuesta de los par�cipantes, se incorporarán otros productos claves previo consenso.

2. Se establecerá con los par�cipantes, las nuevas metas de los productos claves priorizados.

3. Determinar las acciones estratégicas para el logro de los productos claves priorizados.

La municipalidad emite una resolución de alcaldía para la aprobación del Plan Distrital Ar�culado Anual de la Primera Infancia, cuando esté terminado. (Anexo 17: Modelo de resolución).

2.3 EJECUCIÓN DEL PLAN DISTRITAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA

Las ins�tuciones y/o actores comprome�dos en el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Distrital Ar�culado Anual de la Primera Infancia, deberán ejecutar las ac�vidades previstas, según los compromisos asumidos. El secretario/a técnico/a del Comité Distrital, de manera conjunta con las máximas autoridades de Salud y Educación en el distrito, serán los responsables de monitorear la ejecución y cumplimiento del Plan Ar�culado Distrital Anual.

2.4 SEGUIMIENTO DEL PLAN DISTRITAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA

El seguimiento del Plan, incluye las siguientes ac�vidades:a. Reuniones bimensuales, para monitorear los

avances en el cumplimiento del plan, para tal fin, los integrantes del Comité Distrital establecerán un cronograma de reuniones a lo largo del año, en las cuales se revisará el cronograma de ejecución de ac�vidades programados y el avance en el cumplimiento de las metas establecidas. Los responsables llevarán a la reunión una copia de los informes elaborados para sus ins�tuciones, fotos, videos y audios y dejarán una copia al secretario/a técnico/a. Según los resultados, se hará los ajustes necesarios y se dará las recomendaciones per�nentes para mejorar procesos y asegurar el cumplimiento. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional brindará asistencia técnica para el cumplimiento de esta ac�vidad y par�cipará en las reuniones.

b. Seguimiento y acompañamiento a ac�vidades del

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Plan. El secretario técnico/a, conjuntamente con los demás miembros del Comité de Seguimiento, h a rá n u n s e g u i m i e nto p e r m a n e nte a l cumplimiento de las ac�vidades, por diferentes medios (teléfono, correo electrónico, etc.) y generará las alertas frente a las dificultades o incumplimiento de las ac�vidades. Además, de manera conjunta con las máximas autoridades de salud y educación en el distrito, seleccionarán algunas ac�vidades previstas en el plan y realizarán visitas para verificar el desarrollo de la ac�vidad. Al final de la visita, elaborarán un breve reporte, acompañado de evidencias fotográficas y/o documentarias. El/la responsable territorial de la dirección ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional par�cipará en estas ac�vidades de ser necesario.

(Anexo 18: Reporte de Acompañamiento).c. Reunión de evaluación de proceso, se realizará la

primera semana de diciembre y tendrá como finalidad evaluar el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el Distrito, considerando un informe del cumplimiento, el que estará a cargo del Secretario/a Técnico/a y las máximas

autoridades en Salud y Educación del distrito, destacando los logros, dificultades, lecciones aprendidas en el proceso de ar�culación y los desa�os y recomendaciones para el siguiente año. El/la responsable territorial de la dirección ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional par�cipará y brindará asistencia técnica en la preparación y desarrollo de la reunión. (Anexo: Esquema de reunión).

d. Reunión de evaluación de resultados, se realizará durante el mes de diciembre y tendrá como obje�vo evaluar el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Ar�culado Distrital Anual, así como, los indicadores relacionados con el desarrollo de la primera infancia priorizados por el Comité Distrital previo a la elaboración del plan. Serán responsables de esta ac�vidad el secretario/a técnico/a y las máximas autoridades de Salud y Educación en el distrito, quienes se reunirán previamente para acopiar y procesar la información. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional brindará asistencia técnica durante la preparación y realización de la reunión.

(Anexo 19: formato de Informe).

TÍTULO IV

IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA

A NIVEL COMUNAL

CAPÍTULO IProtocolo para implementación del Sistema Regional de

Atención Integral de la Primera Infancia (SIREPI) en el Nivel Comunal

Este nivel es un espacio territorial (caserío, centro poblado, villa, anexo, asentamiento humano u otro) priorizado por el Comité Distrital de la Primera Infancia, donde se organiza un Comité Comunal de la Primera Infancia, el cual es liderado por la máxima autoridad local (Alcalde de la municipalidad de centro poblado o teniente gobernador), de manera conjunta con el jefe/a del Establecimiento de Salud y del sector Educación, al cual se encuentra adscrito.

La priorización de estos espacios territoriales es realizada por el Comité Distrital de la Primera Infancia, de acuerdo a los indicadores de los productos claves para el desarrollo infan�l temprano, especificados en el documento técnico del SIREPI. Coordina sus ac�vidades con el Comité Distrital de la Primera Infancia, en el marco del Plan Ar�culado Distrital Anual.

1.1 ACTIVIDADES PREVIAS:• El Comité Distrital de la Primera Infancia prioriza

los espacios territoriales donde se conformará los comités comunales, en base a indicadores de los productos claves para el desarrollo infan�l temprano-DIT, especificados en el documento técnico del SIREPI.

• El alcalde/sa designa un/a regidor/a para la implementación y seguimiento de los Comités Comunales de la Primera Infancia.

• Coordinación entre el/la Secretario/a Técnico/a, el alcalde de la municipalidad del centro poblado o teniente gobernador y el jefe/a del estableci-miento de salud y del sector educación del espacio territorial priorizado.

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• Mapeo de actores comunales a cargo del Secretario/a Técnico/a o miembro del Comité Distrital de la Primaria Infancia designado, el alcalde de la municipalidad del centro poblado o teniente gobernador y el jefe/a del establecimien-to de salud y de educación.

• Programación de la primera reunión de presenta-ción del SIREPI

1.1 PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN• La Municipalidad Distrital, a través del regidor

designado y el secretario técnico convoca a los actores comunales iden�ficados en el mapeo, a la primera reunión de presentación del SIREPI y exponen la situación de la Primera Infancia en el Distrito.

• La presentación del SIREPI está a cargo del secretario técnico o la persona delegada por el Comité Distrital.

• Al finalizar la presentación, se instala el Comité Comunal de la Primera Infancia, el cual será juramentado por el alcalde, regidor designado o un representante del Comité Técnico Distrital.

• La instalación del Comité Comunal de la Primera Infancia debe estar presidida por el teniente gobernador acompañado de los/as actores comunales (Anexo 20: Integrantes del Comité Comunal).

• Al finalizar la instalación del Comité Comunal de la Primera Infancia, los integrantes acuerdan la fecha de reunión para dar inicio a la elaboración del Plan Ar�culado Comunal Anual.

• La municipalidad emite una resolución de alcaldía para el reconocimiento del Comité Comunal de la Primera Infancia. (Anexo 21: modelo de resolución).

1.2 FUNCIONES DEL COMITÉ COMUNAL DE LA PRIMERA INFANCIA:• Elaboran y actualiza una base de datos única de las

familias y niños de 0 a 5 años del sector, basada en los sistemas ins�tucionales existentes.

• Iden�fican las brechas de cobertura y calidad de los servicios públicos (salud, educación, iden�dad, nutrición, agua y saneamiento, protección), en base al padrón nominal.

• Formulan de manera par�cipa�va su plan comu-nal de la Primera Infancia, estableciendo las metas sobre la cobertura de los servicios, así como las acciones con los diversos actores de la comunidad.

• Cada ins�tución/organización que provee determinados productos (bienes y servicios),

coordina con las demás, para que sus par�cipantes o usuarios accedan a los servicios comunales existentes de manera integral (En paquete).

• Ar�cular capacidades y recursos interins�tu-cionales en el desarrollo de acciones estratégicas ar�culadas en la ges�ón y provisión de los servicios públicos.

• Formulan y ges�onan mejoras de los servicios públicos esenciales (fortalecimiento de capacidades técnicas, organización y ges�ón de los servicios, equipamiento e infraestructura de los servicios).

• De manera concertada con sus pares, propone ideas de proyectos de inversión pública para la mejora de los servicios relacionados con la atención de la primera infancia (salud, educación, agua-saneamiento, nutrición, etc.), en el marco del presupuesto par�cipa�vo distrital.

• Realizan seguimiento comunitario (sistema de vigilancia comunal) a las familias, gestantes, niños y niñas de 0 a 5 años, sobre su acceso a servicios y estado socioeconómico (nutrición, salud materna, educación, iden�dad, salud, protección).

• Informa mensualmente del cumplimiento de sus ac�vidades al Comité Distrital de la Primera Infancia.

1.3 FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO COMUNAL DE LA PRIMERA INFANCIA:• Planifican los servicios que proveerán en térmi-

nos de resultados, procesos y metas a alcanzar.• Plantean la ges�ón y provisión de los servicios

con criterios de equidad, calidad, eficacia, transparencia y par�cipación.

• Plantean demandas de mejoras de los servicios en términos de capacidades ins�tucionales, equipamiento e infraestructura.

• Monitorean a gestantes, niñas y niños y sus familias, respecto a los avances en el acceso y uso de los servicios sociales.

• Evalúan a gestantes, niñas y niños y sus familias, respecto al logro de los resultados y metas propuestas.

• Establecen relaciones interins�tucionales de coordinación y concertación para impulsar la atención integral de la Primera Infancia.

• Establecen sinergias de negociación colec�va.• Generan alertas para la toma de decisiones de

manera oportuna.

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CAPÍTULO IIPROTOCOLO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN ARTICULADO COMUNAL ANUAL

2.1 PASOS PREVIOS:• ACOPIO DE INFORMACIÓN SOBRE LOS INDICADORES

PARA LOS PRODUCTOS CLAVES PRIORIZADOS: Para acopiar esta información, los representantes de los servicios públicos a nivel comunitario proveerán información relacionada con indicadores de resultados, para el logro de productos claves dirigidos a la primera infancia. La relación de indicadores, se encuentra en el Documento Técnico del SIREPI.

2.2 ELABORACIÓN DEL PLAN ARTICULADO COMUNAL ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA

A. Talleres de elaboración del Plan: El regidor designado o un representante del Comité Distrital asume la convocatoria para ejecución de 2 talleres de trabajo con el Comité Comunal, debiendo asegurar la par�cipación de los actores claves y representantes de los servicios públicos.

B. Aspectos metodológicos a considerar:• Se presentará la Matriz de Planificación

( A n exo 2 2 : m at r i z ) y s e p o n d rá a consideración de los presentes los productos claves priorizados y las metas a lograr. Asimismo, se tomará en cuenta la inclusión de nuevas metas como producto clave.

• Se determinará las acc iones y los responsables directos para el logro de los productos claves priorizados.

• La municipalidad emite una resolución de alcaldía para la aprobación del Plan Distrital Ar�culado Anual de la Primera Infancia, cuando esté terminado. (Anexo 23: Modelo de resolución).

2.3 EJECUCIÓN DEL PLAN COMUNAL ARTICULADO ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA

Los actores claves y responsables de los servicios en el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Ar�culado Anual de la Primera Infancia, deberán ejecutar las ac�vidades previstas, según los compromisos asumidos. El regidor designado y el secretario técnico del Comité Distrital de manera conjunta con el alcalde centro poblado, teniente gobernador y las máximas autoridades de Salud y Educación en la comunidad, serán los responsables de monitorear la ejecución del Plan Ar�culado Comunal Anual.

2.4 SEGUIMIENTO DEL PLAN ARTICULADO COMUNAL ANUAL DE LA PRIMERA INFANCIA El seguimiento del Plan, incluye las siguientes ac�vidades:a. Reuniones mensuales, para monitorear los avances en el cumplimiento del plan, para tal fin, los integrantes del Comité Comunal establecerán un cronograma de reuniones a lo largo del año, en las cuales se revisará el cronograma de ejecución de ac�vidades programados y el avance en el cumplimiento de las metas establecidas. Los responsables presentarán en la reunión sus avances en el marco del Plan Ar�culado Comunal Anual. Según los resultados, se hará los ajustes necesarios y se dará las recomendaciones per�nentes para asegurar el cumplimiento. La Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional en coordinación con el Comité Distrital brindarán asistencia técnica para el cumplimiento de esta ac�vidad.

b. Seguimiento y acompañamiento a ac�vidades del Plan Ar�culado, el regidor designado y el secretario técnico del Comité Distrital harán el seguimiento permanente al cumplimiento de las ac�vidades, por diferentes medios (teléfono, correo electrónico, etc.) y generarán las alertas frente a las dificultades o incumplimiento de las ac�vidades. Además, de manera conjunta con las máximas autoridades de Salud y Educación de la comunidad, seleccionarán algunas ac�vidades previstas en el plan y realizarán visitas para verificar el desarrollo de la ac�vidad. Al final de la visita, elaborarán un breve reporte, acompañado de evidencias fotográficas y/o documentarias. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional par�cipará en estas ac�vidades de ser necesario. (Anexo 24: Reporte de acompañamiento).

c. La úl�ma semana de noviembre el Comité Comunal realizará una reunión de balance con la finalidad de evaluar el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia SIREPI en la comunidad, destacando los logros, dificultades, lecciones aprendidas, desa�os en e l proceso de ar�culac ión y recomendaciones para el siguiente año. El/la responsable territorial de la Dirección Ejecu�va del SIREPI del Gobierno Regional brindará asistencia técnica en la preparación y desarrollo de la reunión (Anexo 25: formato de Informe).

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ANEXOS

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A. Implementación del SIREPI a nivel de Provincial

ANEXO 1MODELO DE OFICIO

MODELO DE OFICIO PARA LA CONVOCATORIA“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

................., 14 de Marzo del 2015

OFICIO N° -2015-MPS-A. SEÑOR: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ALCALDE PROVINCIAL DE ......................

ASUNTO: REUNIÓN DE INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE LA PRIMERA INFANCIA -------------------------------------------------------------------------------------------------------

Es grato dirigirme a Ud. para hacerle llegar el cordial saludo a nombre del Gobierno Local Provincial de Sechura y del mío propio, y al mismo �empo, manifestarle que en coordinación con el Gobierno Regional Piura se viene promoviendo el trabajo ar�culado y concertado con los diferentes niveles de gobierno, los sectores y la sociedad civil organizada, para la mejora de la calidad de vida de niñas y niños entre los 0 y 5 años de edad, a través de la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia (SIREPI), como una polí�ca pública a favor de la primera infancia.

En ese sen�do, le invitamos a par�cipar en la reunión de instalación del Comité Provincial de la Primera Infancia de Sechura y su Equipo Técnico Local, a realizarse el día 6 de mayo del presente, a las 10 a.m., en el local municipal.

Es propicia la ocasión para reiterarle las muestras de mi especial consideración y es�ma personal.

Atentamente,

………………………………………………

*Ver adjunto a los posibles miembros del comité y equipo técnico, según sea el caso.

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ANEXO 2:MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL PARA IMPLEMENTACIÓN DEL SIREPI

A NIVEL PROVINCIAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

ORDENANZA N°……2015-MPS

..................., 28 de abril del 2015.

El Alcalde de la Municipalidad Provincial de xxxxxxxxx;

POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial de Sechura, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de

abril del 2015, acordó la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la Provincia de Sechura, y;

CONSIDERANDO:Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N°

30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad;

Que, el Estado Peruano asumió durante la úl�ma década una serie de compromisos para incrementar los servicios de nutrición, salud y educación para la primera infancia y mejorar su calidad de atención. Entre tales responsabilidades figuran el Acuerdo Nacional, en el Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia, el Proyecto Nacional por la Educación, y recientemente el Pacto Social por la Primera Infancia;

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Que, la atención de la primera infancia es una polí�ca de Estado que compromete a todas las ins�tuciones públicas de nuestra localidad, con par�cipación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efec�vizar resultados inmediatos y generar polí�cas reales en la región; garan�zando la protección, la defensa y promoción de los derechos de los niños y las niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral;

Que, con Ordenanza Regional N° 223-2011/GRP-CR del 30 de Octubre de 2011, se crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobierno Local, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral;

Que, la norma regional mencionada, en su ar�culo tres señala que el Sistema Regional de la Primera Infancia, está conformado por un Comité Distrital de la Primera Infancia, responsables de la implementación y efec�vidad del Sistema y requiere el compromiso de diversos actores; por un lado decisores en la ges�ón de los servicios y la ges�ón de las polí�cas locales regionales de la primera infancia; y por otro lado, de actores de la sociedad civil que contribuyan concertadamente en la toma de decisiones gubernamentales e implementación de las polí�cas públicas y la mejora de los servicios;

Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los comités provinciales, distritales y comunales de la primera infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón;

Que, mediante Informe N° 001-2015-MPS-GDS-G, del fecha 25 de marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad, emite opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la provincia, como una polí�ca pública local, que conlleve a priorizar acciones estratégicas a favor de la primera infancia, siendo necesario su aprobación mediante Ordenanza Municipal;

Que, mediante Informe N° 0010-2015-MPS-MAMA-ALE, del fecha 25 de marzo de 2015, el asesor legal externo de esta municipalidad, emite su opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la provincia mediante Ordenanza Municipal, y que debe ser aprobada mediante Acuerdo de

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Concejo Municipal, como una polí�ca pública local a favor de la primera infancia;Que, el Concejo Municipal cumple su función norma�va, entre otras atribuciones, a

través de las ordenanzas, que son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura norma�va municipal, conforme a lo establecido en el ar�culo 40° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades;

Por lo expuesto y con el voto unánime de los miembros del Pleno del Concejo Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas en el Ar�culo 9° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2015-MPSORDENANZA QUE IMPLEMENTA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL

DE LA PRIMERA INFANCIA

ARTÍCULO 1°.- Implementar en la provincia de Sechura, el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, como polí�ca pública local, orientado hacia una atención integral en iden�dad, salud, nutrición, seguridad alimentaria, desarrollo de capacidades y buen trato de niñas y niños desde la gestación hasta los cinco años de edad.

ARTICULO 2°.- Tanto a nivel provincial como a nivel distrital se organiza el Comité de la Primera Infancia, liderado por el Gobierno Local, como responsable de la ges�ón concertada y ar�culada de los servicios públicos locales de la primera infancia, el mismo que está conformado por direc�vos de las ins�tuciones públicas de los tres niveles de gobierno (Responsables de los servicios de salud, educación, nutrición, iden�dad y otros), representantes de organizaciones representa�vas de la sociedad civil y el sector privado, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 3°.- El Comité Provincial y/o Distrital de la Primera Infancia �ene como obje�vo general: Impulsar y fortalecer la ar�culación y la concertación entre Gobierno Local, Gobierno Regional, y las ins�tuciones y programas del Gobierno Nacional, para mejorar la calidad de vida de los niños y las niñas en la localidad; y, como obje�vos específicos:

a) Promueve la ar�culación intergubernamental para el logro de los resultados en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia, con una ac�va par�cipación de la sociedad civil, el sector privado y organismos cooperantes;

b) Fortalecer en el territorio, la ar�culación de las instancias de ges�ón descentralizada de Salud, Educación, Agricultura, entre otros, mejorando sus procesos de ges�ón para el logro de los resultados que redunde en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia;

c) Focalizar la demanda de los servicios y ges�onar la oferta con criterios de calidad, cobertura y equidad;

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e) Impulsar la par�cipación ac�va de la sociedad civil en la ges�ón, seguimiento y vigilancia de los servicios públicos locales.

ARTICULO 4°.- Reconocer al Equipo Técnico Local, como soporte técnico del Comité Provincial y/o Distrital de la primera Infancia, y que está conformado por funcionarios y representantes de las ins�tuciones públicas, sociedad civil y sector privado, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 5°.- El Alcalde designa al Secretario Técnico del Comité de la Primera Infancia, mediante resolución de alcaldía, como responsable de ges�onar la formulación y aprobación de los documentos norma�vos y de ges�ón que demande la implementación del SIREPI en el territorio. Así también, es el responsable de las convocatorias y conducción de las ac�vidades programadas (reuniones de trabajo, talleres, encuentros, etc.), redactar las actas, ges�onar el cumplimiento de los compromisos asumidos, monitorear el cumplimiento del Plan Ar�culado Anual, elaborar informes, entre otros.

ARTICULO 6°.- A nivel comunal, se conforman los Comités Comunales de la Primera Infancia, bajo el liderazgo de los sectores de Educación y Salud, en coordinación con el Secretario Técnico y está conformado por direc�vos de las ins�tuciones públicas (Responsables de los servicios de salud, educación, nutrición, iden�dad, etc.), representantes de organizaciones de la sociedad civil y el sector privado. Son reconocidos mediante resolución de alcaldía, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 6°.- Los representantes de los organismos públicos, privados y representantes de la sociedad civil que forman parte del comité provincial, distrital y comunal, son designados en función al cargo, y no de persona.

ARTICULO 7°.- Los Comités provinciales, distritales y comunales, elaboran de manera par�cipa�va su Plan Ar�culado Anual, fijando metas a lograr, y dando cuenta a la Dirección Ejecu�va del SIREPI sobre los logros obtenidos. El Plan es aprobado mediante resolución de alcaldía, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 9°.-. Encargar a la Gerencia Municipal la adecuación de los documentos de ges�ón que permitan la implementación y funcionamiento el sistema en la localidad en un plazo de 30 días calendáricos, a par�r de la vigencia del presente acuerdo.

POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.

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ANEXO 03: INTEGRANTES DEL COMITÉ PROVINCIAL DE LA PRIMERA INFANCIA Y SU EQUIPO

TÉCNICO:

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ANEXO 04:MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA EL RECONOCIMIENTO

DEL COMITÉ PROVINCIAL“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

..................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MPS-“A”.

VISTO: El Informe N° 001-2015-MPS-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, presentado por el Sr. …………………………………….…- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial dexxxxxxxxxxxxxxxxx – Región Piura.

CONSIDERANDO: Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia.Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad. Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo

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y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral. Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Provinciales, Distritales y Comunales de la Primera Infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón. Que, mediante Informe N° 002-2015-MPS-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Sechura – Región Piura, emite opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la provincia, siendo necesario la instalación del Comité Provincial de la Primera Infancia y su Equipo Técnico Local, como soporte técnico del comité, y efectuar su reconocimiento mediante resolución de alcaldía. Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR Y RECONOCER al Comité Provincial de la Primera Infancia de la Provincia de Sechura-Región Piura, periodo 2015-2018, como a con�nuación se detalla:

1°- Alcalde Provincial: Sr. ……………………………………………………………..…2°.- Gobernador Polí�co de Sechura: Sr. …………………………………………………3°.-

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR Y RECONOCER al Equipo Técnico Local, soporte técnico del comité antes mencionado, como a con�nuación se detalla:Por parte de la Municipalidad:

• Gerente Municipal: Sr…………………………………………………………………….• Gerente de Desarrollo Económico: Sr. …………………………………………………

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR a los integrantes del Comité Provincial de la Primera Infancia de Sechura y miembros del Equipo Técnico Local para su conocimiento, y a las instancias administra�vas de la municipalidad, para los fines per�nentes.REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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ANEXO 05:

MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA LA DESIGNACIÓN DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ PROVINCIAL DE LA PRIMERA INFANCIA

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

.................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MPS-“A”.

VISTO:El Informe N° 002-2015-MPS-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, presentado por el Sr. …………………………………….………………………….- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de xxxxxxxxxxxxxx – Región Piura.

CONSIDERANDO: Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad. Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el

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adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral. Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Provinciales, Distritales y Comunales, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón. Que, mediante Informe N° 002-2015-MPS-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Sechura – Región Piura, sugiere que en el proceso de la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la Provincia, es necesario la designación de un Secretario Técnico para el Comité Provincial de la Primera Infancia. Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR a par�r de la fecha, al Sr. …………………………………………….., como Secretario Técnico del Comité Provincial de la Primera Infancia de Sechura-Región Piura.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al designado, y hacer de su conocimiento a los integrantes del Comité Provincial de la Primera Infancia de Sechura y a su Equipo Técnico Local, y a las instancias administra�vas de la Municipalidad, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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ANEXO 06:

MATRIZ DE PLANIFICACIÓN DE PRODUCTOS CLAVES MATRIZ DE PLANIFICACIÓN -

PLAN PROVINCIAL ARTICULADO ANUAL

Provincia: …………………………………………………. Región: …………………………………….

Fecha: ……………………………………………

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ANEXO 07:MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA APROBACIÓN DEL

PLAN PROVINCIAL ARTICULADO ANUAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

....................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MPPS-“A”.

VISTO:El Informe N° 004-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, presentado por el Sr. …………………………………….…- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de xxxxxxxxxxxxx – Región Piura”.

CONSIDERANDO: Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad. Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región

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Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral. Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Provinciales, Distritales y Comunales, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón. Que, mediante Informe N° 003-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Sechura – Región Piura”, hace saber que en el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la primera Infancia, se ha elaborado de manera par�cipa�va el Plan Provincial Ar�culado Anual, siendo necesario efectuar su reconocimiento mediante resolución de alcaldía. Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR Y RECONOCER el Plan Ar�culado Anual del Comité Provincial de la Primera Infancia de Sechura 2015, que forma parte del anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al Secretario Técnico del Comité Provincial para la ges�ón y ejecución del mismo, dando cuenta de los avances respec�vos, mediante informes mensuales.

ARTÍCULO TERCERO.- HACER SABER a los integrantes del Comité Provincial, al Equipo Técnico Local y a las instancias administra�vas de la municipalidad provincial, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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ANEXO 8:

REPORTE DE ACOMPAÑAMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES/PRODUCTOS CLAVE/ NIVEL PROVINCIAL

Denominación de la actividad:

Institución/área organizadora

FECHA HORA LUGAR

PARTICIPANTES (Institución)

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ANEXO 9:

ESQUEMA DE REUNIÓN DE EVALUACIÓN DE PROCESO COMITÉ PROVINCIALEn el mes de diciembre el Comité Provincial y el Equipo Técnico se reúnen para evaluar las acciones desarrolladas en función a lo programado en el plan ar�culado.

• OBJETIVO

Evaluar el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la provincia.

• AGENDA1. Exposición del informe del cumplimiento de las ac�vidades del Plan Ar�culado

Provincial Anual, por producto clave, a cargo de los responsables de los sectores, en la provincia.

2. Análisis del nivel de ar�culación logrado en la implementación del SIREPI: Logros, dificultades, lecciones aprendidas, desa�os y recomendaciones para el siguiente año.

3. Aprobación del informe y firma de acta.

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ANEXO 9:ESQUEMA DE REUNIÓN DE EVALUACIÓN DE PROCESO COMITÉ PROVINCIAL

En el mes de diciembre el Comité Provincial y el Equipo Técnico se reúnen para evaluar las acciones desarrolladas en función a lo programado en el plan ar�culado.

• OBJETIVO

Evaluar el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en la provincia.

• AGENDA

1. Exposición del informe del cumplimiento de las ac�vidades del Plan Ar�culado Provincial Anual, por producto clave, a cargo de los responsables de los sectores, en la provincia.

2. Análisis del nivel de ar�culación logrado en la implementación del SIREPI: Logros, dificultades, lecciones aprendidas, desa�os y recomendaciones para el siguiente año.

3. Aprobación del informe y firma de acta.

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ANEXO 10MODELO DE FORMATO DE INFORME ANUAL/ NIVEL PROVINCIAL

INFORME N° 00 -2015-MDM-CPPI-ST

SEÑOR : …………………………………………………Sub Gerente Regional de Desarrollo Social.

DEL : ………………………………………………….. Secretario Técnico del Comité provincial de la primera Infancia

ASUNTO : INFORME ANUAL DE LOS AVANCES DEL SIREPI

FECHA : Sechura, …. de Diciembre del 2015------------------------------------------------------------------------------------------------ Es grato dirigirme a Ud. para hacerle llegar el cordial saludo y al mismo �empo, informarle lo relacionado al trabajo realizado por el Comité Distrital de Primera Infancia de Montero, sus metas logradas y el avance respecto a lo programado en el presente año, y que a con�nuación detallo:

PRODUCTOS A NIVEL DISTRITAL

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B. Organización del SIREPI a nivel de Distrital

ANEXO 11

MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL PARA IMPLEMENTACIÓN DEL SIREPI A NIVEL DISTRITAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMEINTO DE LA EDUCACIÓN”

ORDENANZA N°……2015-MDM

DISTRITO XXX, XX de XXX del 201X.

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de XXXX;

POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Montero en Sesión Extraordinaria de fecha XX de

XXX del 201X, acordó la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la

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primera Infancia en el Distrito, y;

CONSIDERANDO: Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia;Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad; Que, el Estado Peruano asumió durante la úl�ma década una serie de compromisos para incrementar los servicios de nutrición, salud y educación para la primera infancia y mejorar su calidad de atención. Entre tales responsabilidades figuran el Acuerdo Nacional, en el Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia, el Proyecto Nacional por la Educación, y recientemente el Pacto Social por la Primera Infancia; Que, la atención de la Primera Infancia es una polí�ca de Estado que compromete a todas las ins�tuciones públicas de nuestra localidad, con par�cipación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efec�vizar resultados inmediatos y generar polí�cas reales en la región; garan�zando la protección, la defensa y promoción de los derechos de los niños y las niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral; Que, con Ordenanza Regional N° 223-2011/GRP-CR del 30 de Octubre de 2011, se crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobierno Local, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la Región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral;

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Que, la norma regional mencionada, en su ar�culo tres señala que el Sistema Regional de la Primera Infancia, está conformado por un Comité Distrital de la Primera Infancia, responsables de la implementación y efec�vidad del Sistema, y requiere el compromiso de diversos actores; por un lado decisores en la ges�ón de los servicios y la ges�ón de las polí�cas locales regionales de la Primera Infancia; y por otro lado, de actores de la sociedad civil que contribuyan concertadamente en la toma de decisiones gubernamentales e implementación de las polí�cas públicas y la mejora de los servicios; Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Distritales y Comunales de la Primera Infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón; Que, mediante Informe N° 001-2015-MDM-GDS-G, del fecha XX de XXXX de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad, emite opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el distrito, como una polí�ca pública local, que conlleve a priorizar acciones estratégicas a favor de la Primera Infancia, siendo necesario su aprobación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe N° 0010-2015-MDM-MAMA-ALE, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Asesor legal Externo de esta municipalidad, emite su opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el distrito mediante Ordenanza Municipal y que debe ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal, como una polí�ca pública local a favor de la Primera Infancia;Que, el Concejo Municipal cumple su función norma�va, entre otras atribuciones, a través de las ordenanzas, que son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura norma�va municipal, conforme a lo establecido en el Ar�culo 40° de la Ley N° 27972-Ley orgánica de Municipalidades; Por lo expuesto y con el voto unánime de los miembros del pleno del Concejo municipal, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas en el Ar�culo 9° de la Ley N° 27972-Ley orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL N° XXX-2015-MDM

ORDENANZA QUE IMPLEMENTA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA

ARTÍCULO 1°.- Implementar en el Distrito de Montero, el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, como polí�ca pública local, orientado hacia una atención integral en iden�dad, salud, nutrición, seguridad alimentaria, desarrollo de

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capacidades y buen trato de niñas y niños desde la gestación hasta los cinco años de edad. ARTICULO 2°.- A nivel distrital se organiza el Comité Distrital de la Primera Infancia, liderado por el Gobierno Local, como responsable de la ges�ón concertada y ar�culada de los servicios públicos locales de la Primera Infancia, el mismo que está conformado por direc�vos de las ins�tuciones públicas de los tres niveles de gobierno (Responsables de los servicios de salud, educación, nutrición, iden�dad y otros), representantes de organizaciones representa�vas de la sociedad civil y el sector privado, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. ARTICULO 3°.- el Comité Distrital de la Primera Infancia �ene como obje�vo general: Impulsar y fortalecer la ar�culación y la concertación entre Gobierno Local, Gobierno Regional, y las ins�tuciones y programas del Gobierno Nacional, para mejorar la calidad de vida de los niños y las niñas en la localidad; y , como obje�vos específicos:

a) Promueve la ar�culación intergubernamental para el logro de los resultados en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia, con una ac�va par�cipación de la sociedad civil, el sector privado y organismos cooperantes;

b) Fortalecer en el territorio, la ar�culación de las instancias de ges�ón descentralizada de Salud, Educación, Agricultura, entre otros, mejorando sus procesos de ges�ón para el logro de los resultados que redunde en la mejora de la calidad de vida de la primera Infancia;

c) Focalizar la demanda de los servicios y ges�onar la oferta con criterios de calidad, cobertura y equidad;

d) Fortalecer las capacidades de ges�ón ins�tucional y la concertación interins�tucional entre los gestores de los servicios públicos, los actores de la sociedad civil y el sector privado, para emprender acciones estratégicas a favor de la primera Infancia;

e) Impulsar la par�cipación ac�va de la sociedad civil en la ges�ón, seguimiento y vigilancia de los servicios públicos locales.

ARTICULO 4°.- Reconocer al Equipo Técnico Local, como soporte técnico del Comité Distrital de la Primera Infancia, y que está conformado por funcionarios y representantes de las ins�tuciones públicas, sociedad civil y sector privado, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. ARTICULO 5°.- El Alcalde designa al Secretario Técnico para el Comité Distrital de la Primera Infancia, mediante resolución de alcaldía, como responsable de ges�onar la formulación y aprobación de los documentos norma�vos y de ges�ón que demande la implementación del SIREPI en el nivel distrital. Así también, es el responsable de las convocatorias y conducción de las ac�vidades programadas (reuniones de trabajo, talleres, encuentros, etc.), redactar las actas, ges�onar el cumplimiento de los compromisos asumidos, monitorear el cumplimiento del Plan Distrital Ar�culado Anual, elaborar informes, entre otros.

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ARTICULO 6°.- A nivel comunal, se conforman los Comités Comunales de la Primera Infancia, bajo el liderazgo de los sectores de Educación y Salud, en coordinación con el Secretario Técnico y está conformado por direc�vos de las ins�tuciones públicas (Responsables de los servicios de salud, educación, nutrición, iden�dad, etc.), representantes de organizaciones de la sociedad civil y el sector privado. Son reconocidos mediante resolución de alcaldía, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. ARTICULO 7°.- Los representantes de los organismos públicos, privados y representantes de la sociedad civil que forman parte del comité distrital o comité comunal, son designados en función al cargo y no de persona. ARTICULO 8°.-Los Comités Distritales y Comités Comunales, elaboran de manera par�cipa�va su Plan Ar�culado Anual, fijando metas a lograr, y dando cuenta a la Dirección Ejecu�va del SIREPI sobre los logros obtenidos. El Plan es aprobado mediante resolución de alcaldía, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. ARTICULO 9°.-. Encargar a la Gerencia Municipal la adecuación de los documentos de ges�ón que permitan la implementación y funcionamiento el sistema en la localidad en un plazo de 30 días calendáricos, a par�r de la vigencia del presente acuerdo.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

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B. Organización del SIREPI a nivel de Distrital

ANEXO 12

MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL PARA IMPLEMENTACIÓN DEL SIREPI A NIVEL DISTRITAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

ORDENANZA N°……2015-MDM

......................., 28 de Marzo del 2015.

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de xxxxxxxxxxxxxxx;

POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Montero en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de

Abril del 2015, acordó la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la primera Infancia en el Distrito, y;

CONSIDERANDO:Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N°

30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir en sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad;

Que, el Estado Peruano asumió durante la úl�ma década una serie de compromisos para incrementar los servicios de nutrición, salud y educación para la primera infancia y mejorar su calidad de atención. Entre tales responsabilidades figuran el Acuerdo Nacional,

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el Plan de Acción por la Infancia y la Adolescencia, el Proyecto Nacional por la Educación, y recientemente el Pacto Social por la Primera Infancia;

Que, la atención de la Primera Infancia es una polí�ca de Estado que compromete a todas las ins�tuciones públicas de nuestra localidad, con par�cipación del sector privado en donde socialmente le compete; y con la intención de efec�vizar resultados inmediatos y generar polí�cas reales en la región; garan�zando la protección, la defensa y promoción de los derechos de los niños y las niñas como personas y ciudadanos plenos, así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos, generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral;

Que, con Ordenanza Regional N° 223-2011/GRP-CR del 30 de Octubre de 2011, se crea el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobierno Local, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral;

Que, la norma regional mencionada, en su ar�culo tres señala que el Sistema Regional de la Primera Infancia, está conformado por un Comité Distrital de la Primera Infancia, responsable de la implementación y efec�vidad del Sistema, y requiere el compromiso de diversos actores; por un lado decisores en la ges�ón de los servicios y la ges�ón de las polí�cas locales regionales de la Primera Infancia; y por otro lado, de actores de la sociedad civil que contribuyan concertadamente en la toma de decisiones gubernamentales e implementación de las polí�cas públicas y la mejora de los servicios;

Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Distritales y Comunales de la Primera Infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón;

Que, mediante Informe N° 001-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad, emite opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el distrito, como una polí�ca pública local, que conlleve a priorizar acciones estratégicas a favor de la primera infancia, siendo necesario su aprobación mediante Ordenanza Municipal;

Que, mediante Informe N° 0010-2015-MDM-MAMA-ALE, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Asesor legal Externo de esta municipalidad, emite su opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el

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distrito mediante Ordenanza Municipal y que debe ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal, como una polí�ca pública local a favor de la primera infancia;

Que, el Concejo Municipal cumple su función norma�va, entre otras atribuciones, a través de las ordenanzas, que son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura norma�va municipal, conforme a lo establecido en el Ar�culo 40° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades;

Por lo expuesto, y con el voto unánime de los miembros del pleno del Concejo municipal, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas en el Ar�culo 9° de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2015-MDM

ORDENANZA QUE IMPLEMENTA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA

ARTÍCULO 1°.- Implementar en el Distrito de Montero, el Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia, como polí�ca pública local, orientado hacia una atención integral en iden�dad, salud, nutrición, seguridad alimentaria, desarrollo de capacidades y buen trato de niñas y niños desde la gestación hasta los cinco años de edad.

ARTICULO 2°.- A nivel distrital se organiza el Comité Distrital de la Primera Infancia, liderado por el Gobierno Local, como responsable de la ges�ón concertada y ar�culada de los servicios públicos locales de la primera infancia, el mismo que está conformado por direc�vos de las ins�tuciones públicas de los tres niveles de gobierno (Responsables de los servicios de salud, educación, nutrición, iden�dad y otros), representantes de organizaciones representa�vas de la sociedad civil y el sector privado, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 3°.- El Comité Distrital de la Primera Infancia �ene como obje�vo general: Impulsar y fortalecer la ar�culación y la concertación entre Gobierno Local, Gobierno Regional, y las ins�tuciones y programas del Gobierno Nacional, para mejorar la calidad de vida de los niños y las niñas en la localidad; y , como obje�vos específicos:

a) Promueve la ar�culación intergubernamental para el logro de los resultados en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia, con una ac�va par�cipación de la sociedad civil, el sector privado y organismos cooperantes;

b) Fortalecer en el territorio, la ar�culación de las instancias de ges�ón descentralizada de Salud, Educación, Agricultura, entre otros, mejorando sus procesos de ges�ón para el logro de los resultados que redunde en la mejora de la calidad de vida de la primera infancia;

c) Focalizar la demanda de los servicios y ges�onar la oferta con criterios de calidad, cobertura y equidad;

d) Fortalecer las capacidades de ges�ón ins�tucional y la concertación

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interins�tucional entre los gestores de los servicios públicos, los actores de la sociedad civil y el sector privado, para emprender acciones estratégicas a favor de la primera Infancia;

e) Impulsar la par�cipación ac�va de la sociedad civil en la ges�ón, seguimiento y vigilancia de los servicios públicos locales.

ARTICULO 4°.- Reconocer al Equipo Técnico Local, como soporte técnico del Comité Distrital de la Primera Infancia, y que está conformado por funcionarios y representantes de las ins�tuciones públicas, sociedad civil y sector privado, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 5°.- El Alcalde designa al Secretario Técnico para el Comité Distrital de la Primera Infancia, mediante resolución de alcaldía, como responsable de ges�onar la formulación y aprobación de los documentos norma�vos y de ges�ón que demande la implementación del SIREPI en el nivel distrital. Así también, es el responsable de las convocatorias y conducción de las ac�vidades programadas (reuniones de trabajo, talleres, encuentros, etc.), redactar las actas, ges�onar el cumplimiento de los compromisos asumidos, monitorear el cumplimiento del Plan Distrital Ar�culado Anual, elaborar informes, entre otros.

ARTICULO 6°.- A nivel comunal, se conforman los Comités Comunales de la Primera Infancia, bajo el liderazgo de los sectores de Educación y Salud, en coordinación con el Secretario Técnico y está conformado por direc�vos de las ins�tuciones públicas (Responsables de los servicios de salud, educación, nutrición, iden�dad, etc.), representantes de organizaciones de la sociedad civil y el sector privado. Son reconocidos mediante resolución de alcaldía, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 7°.- Los representantes de los organismos públicos, privados y representantes de la sociedad civil que forman parte del comité distrital o comité comunal, son designados en función al cargo y no de persona.

ARTICULO 8°.-Los Comités Distritales y Comités Comunales, elaboran de manera par�cipa�va su Plan Ar�culado Anual, fijando metas a lograr, y dando cuenta a la Dirección Ejecu�va del SIREPI sobre los logros obtenidos. El Plan es aprobado mediante resolución de alcaldía, conforme al anexo que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.

ARTICULO 9°.-. Encargar a la Gerencia Municipal la adecuación de los documentos de ges�ón que permitan la implementación y funcionamiento el sistema en la localidad en un plazo de 30 días calendáricos, a par�r de la vigencia del presente acuerdo.

POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.

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ANEXO 13:

INTEGRANTES DEL COMITÉ DISTRITAL DE LA PRIMERA INFANCIA Y EQUIPO TÉCNICO LOCAL

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ANEXO 14:

MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA EL RECONOCIMIENTODEL COMITÉ DISTRITAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

.........................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MDM-“A”.

VISTO:El Informe N° 001-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, presentado

por el Sr. …………………………………….…- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de xxxxxxxxxxxxxxxx, Provincia de xxxxxxxxxx – Región Piura”.

CONSIDERANDO:Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N°

30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los

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órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad.

Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral.

Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Distritales y Comunales de la Primera Infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón.

Que, mediante Informe N° 002-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Montero, Provincia de Ayabaca – Región Piura”, emite opinión favorable sobre la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la primera Infancia en el distrito, siendo necesario la instalación del Comité Distrital de la Primera Infancia y al Equipo Técnico Local, como soporte técnico del comité, y efectuar su reconocimiento mediante resolución de alcaldía.

Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

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SE RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR Y RECONOCER al Comité Distrital de la Primera Infancia del Distrito de Montero-Provincia de Ayabaca-Región Piura, periodo 2015-2018, como a con�nuación se detalla:

1°- Alcalde del Distrito de Montero: Sr. …………………………………………………2°.- Gobernador Polí�co de Montero: Sr. …………………………………………………3°.-

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR Y RECONOCER al Equipo Técnico Local, como soporte técnico del comité antes mencionado, como a con�nuación se detalla:Por parte de la Municipalidad:

· Gerente Municipal: Sr…………………………………………………………………….·

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR a los integrantes del Comité Distrital de la Primera Infancia de Montero y miembros del Equipo Técnico Local para su conocimiento y a las instancias administra�vas de la Municipalidad, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ANEXO 15:

MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA LA DESIGNACIÓN DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ DISTRITAL DE LA PRIMERA INFANCIA

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

................................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MDM-“A”.

VISTO:El Informe N° 002-2015-MDM-GDS-G, de fecha 25 de Marzo de 2015,

presentado por el Sr. …………………………………….………………………….- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de xxxxxxxxx, Provincia de xxxxxxxxxxxx – Región Piura”.

CONSIDERANDO:Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N°

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PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN - SIREPI

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30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad.

Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral.

Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Distritales de la Primera Infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón.

Que, mediante Informe N° 002-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Montero, Provincia de Ayabaca – región Piura, hace saber que en el proceso de la implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el distrito, es necesario la designación de un Secretario Técnico para el Comité Distrital de la Primera Infancia.

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Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR a par�r de la fecha, al Sr. ...................................…………………………………………….., como Secretario Técnico del Comité Distrital de la

Primera Infancia del Distrito de Montero-Provincia de Ayabaca-Región Piura.ARTÍCULO SEGUNDO.-NOTIFICAR al designado, y hacer de su conocimiento a los

integrantes del Comité Distrital de la Primera Infancia y a su Equipo Técnico Local, y a las instancias administra�vas de la Municipalidad, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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ANEXO 16:

MATRIZ DE PLANIFICACIÓN DE PRODUCTOS CLAVESMATRIZ DE PLANIFICACIÓN - PLAN DISTRITAL ARTICULADO ANUAL

Distrito:………………………………………. Provincia: ………………………… Región: Piura

Fecha: …………………………………….

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MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA APROBACIÓN DEL PLAN DISTRITAL ARTICULADO ANUAL

ANEXO 17:

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

......................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MDM-“A”.

VISTO:El Informe N° 004-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015,

presentado por el Sr. …………………………………….…- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de xxxxxxxxxxx-Provincia de xxxxxxxxxxx – Región Piura”.

CONSIDERANDO:Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley

N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Ar�culo VII del Título Preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad.

Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación,

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implementación, seguimiento y evaluación de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral.

Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Provinciales, Distritales y Comunales, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón.

Que, mediante Informe N° 003-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad de Montero, hace saber que en el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la primera Infancia, se ha elaborado de manera par�cipa�va el Plan Distrital Ar�culado Anual, siendo necesario efectuar su reconocimiento mediante resolución de alcaldía.

Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR Y RECONOCER el Plan Ar�culado Anual del

Comité Distrital de la Primera Infancia de Montero 2015, que forma parte del anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al Secretario Técnico del Comité Distrital para la ges�ón y ejecución del mismo, dando cuenta de los avances respec�vos, mediante informes mensuales.

ARTÍCULO TERCERO.- HACER SABER a los integrantes del Comité Distrital, al Equipo Técnico Local y a las instancias administra�vas de la municipalidad distrital, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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ANEXO 18:

REPORTE DE ACOMPAÑAMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES/PRODUCTOS CLAVE/ A NIVEL DISTRITAL

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ANEXO 19:

ESQUEMA DE REUNIÓN DE EVALUACIÓN DE PROCESO COMITÉ DISTRITAL

En el mes de diciembre el Comité Distrital y el Equipo Técnico se reúnen para evaluar las acciones desarrolladas en función a lo programado en el plan ar�culado.

• OBJETIVOEvaluar el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia en el Distrito.

• AGENDA1. Exposición del informe del cumplimiento de las ac�vidades del Plan Ar�culado

Distrital Anual, por producto clave, a cargo de los responsables de los sectores, en el distrito.

2. Análisis del nivel de ar�culación logrado en la implementación del SIREPI: Logros, dificultades, lecciones aprendidas, desa�os y recomendaciones para el siguiente año.

3. Aprobación del informe y firma de acta.

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ANEXO 20:

MODELO DE INFORME ANUAL/ NIVEL DISTRITAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

INFORME N° 00 -2015-MDM-CDPI-ST.

SEÑOR : ……………………………………………….Sub Gerente Regional de Desarrollo SocialGobierno Regional Piura.

DEL : Sr. ……………………………………………………………. Secretario Técnico del Comité Distrital de Primera Infancia de xxxxxxxx.

ASUNTO : INFORME ANUAL DE AVANCES DEL SIREPI DEL DISTRITO DE FECHA : xxxxxxxxxxxx, … Diciembre del 2015------------------------------------------------------------------------------------------------ Es grato dirigirme a Ud. para hacerle llegar el cordial saludo y al mismo

�empo, informarle lo relacionado al trabajo realizado por el Comité Distrital de Primera Infancia de Montero, sus metas logradas y el avance respecto a lo programado en el presente año, y que a con�nuación detallo:

PRODUCTOS A NIVEL DISTRITAL:

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C. Organización del SIREPI a nivel de Centro Poblado

ANEXO 21:INTEGRANTES DEL COMITÉ COMUNAL DE LA PRIMERA INFANCIA

INSTITUCIÓN TITULAR

Alcalde del Centro Poblado Alcalde

Teniente Gobernador Teniente Gobernador/a

Salud Responsable del Establecimiento de Salud/Puesto de

Salud

Educación Directora de la I.E. Inicial

Promotora de PRONOEI

ONG Operador/ facilitador/Técnico de Campo

Programa Juntos Madre líder

Gestor local de Juntos

Programa Cuna Más Acompañante Comunitario

Promotor Comunal

Programa Regional de Atención Temprana

–PRAT

Acompañante Distrital

Promotor/a Comunal

Comité de Desarrollo Comunal-CODECO Presidente y/o representante designado

Programa Vaso de Leche Presidenta o la designada por la asamblea

Comedor popular Presidenta o la designada por la asamblea

JASS Presidente o el designado por la asamblea

Junta de usuarios Presidente o su representante designado

Rondas campesinas Presidente o su representante designado

Juntas vecinales Presidente o su representante designado

Otras organizaciones y/o instituciones

representativas (Iglesias, organizaciones

juveniles, organizaciones de mujeres y

otras)

Presidente (a) y/o representante designado

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ANEXO 22:

MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA EL RECONOCIMIENTO DEL COMITÉS COMUNALES

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

.........................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MDM-“A”.

VISTO:El Informe N° 003-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, presentado por el Sr. …………………………………….…- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de xxxxxxxxxxxxx, Provincia de xxxxxxxxxxxx – Región Piura”.

CONSIDERANDO: Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad. Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación

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de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la Región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral. Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Distritales de la Primera Infancia, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón. Que, mediante Informe N° 003-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Montero, Provincia de Ayabaca – región Piura”, hace saber que en el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la primera Infancia en el distrito, se han instalado Comités Comunales de la Primera Infancia, siendo necesario efectuar su reconocimiento mediante resolución de alcaldía. Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR Y RECONOCER al Comité Comunal de la Primera Infancia de centro poblado de Marmas Alto- Distrito de Montero, periodo 2015-2016, como a con�nuación se detalla:

1°- Alcalde del Centro Poblado de Marmas Alto: Sr. ……………………………………2°.- Teniente Gobernador: Sr. …………………………………………………3°.-Directora de la I.E. :………………………………………………………..4°.-

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR Y RECONOCER su Plan Opera�vo Ar�culado, como instrumento de ges�ón del mencionado comité.

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR a los integrantes del Comité antes mencionado para su conocimiento, al Secretario Técnico del Comité Distrital de la primera Infancia y a las instancias administra�vas de la Municipalidad, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

……………………………………….

*Se emi�rá una resolución por cada Comité Comunal.

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ANEXO 23:

MODELO DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PARA APROBACIÓN DEL PLAN COMUNAL ARTICULADO ANUAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

.........................., 28 de Marzo del 2015

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0 -2015-MDM-“A”.

VISTO:

El Informe N° 004-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, presentado por el Sr. …………………………………….…- Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de xxxxxxxxxxxxx-Provincia de xxxxxxxxxxxxx – región Piura”.

CONSIDERANDO: Que, el Ar�culo 191° de la Cons�tución Polí�ca del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que los gobiernos regionales �enen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Y en su Ar�culo 194° de la misma ley, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el Ar�culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía polí�ca, económica y administra�va en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Cons�tución Polí�ca del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administra�vos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Ar�culo VII del Título preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la relación entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad. Que, en Sesión Extraordinaria N° 23-2011, de fecha 14-10-2011, el Consejo Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones , aprueban la ORDENANZA REGIONAL N° 223-2011/ GRP-CR-ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA REGIONAL DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA, el cual es un sistema intergubernamental e intersectorial (Gobiernos Locales, Gobierno Regional y Gobierno Nacional) que ges�ona de manera concertada y ar�culada, la formulación, implementación, seguimiento y evaluación

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de las polí�cas regionales y locales de atención integral de la primera infancia de la región Piura, cuya finalidad es garan�zar la protección, defensa y promoción de los derechos de las niñas y niños como personas y ciudadanos plenos; así como asegurar el adecuado desarrollo y la expansión de sus capacidades como individuos; generando el acceso efec�vo a oportunidades de desarrollo integral. Que, a pesar de ello, hasta la actualidad existen indicadores en salud, nutrición, iden�dad, integridad y educación que aún son preocupantes, por lo que se hace necesario redoblar esfuerzos sobre la base de los aprendizajes y trabajar de manera organizada a través de los Comités Provinciales, Distritales y Comunales, como espacios de ar�culación y concertación, que viene implementando el Gobierno Regional Piura en la presente ges�ón. Que, mediante Informe N° 003-2015-MDM-GDS-G, del fecha 25 de Marzo de 2015, el Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad de Montero, hace saber que en el proceso de implementación del Sistema Regional de Atención Integral de la primera Infancia, se ha elaborado de manera par�cipa�va el Plan Comunal Ar�culado Anual de Nogal-Montero, siendo necesario efectuar su reconocimiento mediante resolución de alcaldía. Por los fundamentos expuestos en la parte considera�va, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Ar�culo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR Y RECONOCER el Plan Ar�culado Anual del Comité Comunal de la Primera Infancia de Nogal-Montero 2015, que forma parte del anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al Secretario Técnico del Comité Distrital para la ges�ón y ejecución del mismo, dando cuenta de los avances respec�vos, mediante informes mensuales.

ARTÍCULO TERCERO.- HACER SABER a los integrantes del Comité Comunal de la Primera Infancia y a las instancias administra�vas de la municipalidad distrital, para los fines per�nentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

………………………………..

*En una resolución se puede aprobar todos los planes comunales de la primera infancia.

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ANEXO 25:

REPORTE DE ACOMPAÑAMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES/PRODUCTOS CLAVE/ NIVEL COMUNAL

Denominación de la actividad:

Institución/área organizadora

FECHA HORA LUGAR

PARTICIPANTES (Institución)

OBJETIVO DE LA ACTIVIDAD

Objetivo:

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

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ANEXO 24:

MATRIZ DE PLANIFICACIÓN DE PRODUCTOS CLAVESMATRIZ DE PLANIFICACIÓN -PLAN COMUNAL ARTICULADO ANUAL

Centro Poblado: ……………………….. Distrito: ……………………. Provincia:……………………..

Fecha: ………………………………………..

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ANEXO 26:

MODELO DE INFORME ANUAL/ NIVEL DISTRITAL

“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”

INFORME N° 00 -2015-MDM-CDPI-ST.

SEÑOR : ……………………………………………….Sub Gerente Regional de Desarrollo SocialGobierno Regional Piura.

DEL : Sr. ……………………………………………………………. Secretario Técnico del Comité Distrital de Primera Infancia de xxxxxxxxx.

ASUNTO : INFORME ANUAL DE AVANCES DEL SIREPI DEL DISTRITO DE MONTERO

FECHA : xxxxxxxxxxxxx, … Diciembre del 2015------------------------------------------------------------------------------------------------ Es grato dirigirme a Ud. para hacerle llegar el cordial saludo y al mismo �empo, informarle lo relacionado al trabajo realizado por el Comité Distrital de Primera Infancia de Montero, sus metas logradas y el avance respecto a lo programado en el presente año, y que a con�nuación detallo:

PRODUCTOS A NIVEL DISTRITAL:

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