protocolo* de prevenciÓn y actuaciÓn ante el covid-19 · protocolo como al material divulgativo...
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COMISIÓN ESPECIAL COVID-19 - COMISIÓN VASCA DE DEPORTE ESCOLAR 1
ANEXO I.B
PROTOCOLO* DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN
ANTE EL COVID-19
SD EIBAR S.A.D.
* Este protocolo ha de ser adaptado a la realidad y funcionamiento de cada entidad deportiva, respetando, eso sí, las Normas Generales de Actuación que han establecido las instituciones para el deporte escolar, así como las Normas Específicas de aquellas disciplinas o actividades deportivas que desarrolle la entidad.
De hecho, existen algunos elementos que han de ser desarrollados íntegramente por la entidad, dado que están estrechamente vinculados al funcionamiento interno y a las instalaciones que utiliza la entidad deportiva.
Asimismo, es un protocolo que, con pequeñas adaptaciones, puede ser adoptado tanto por las entidades que únicamente posean actividades de deporte escolar (centros escolares, AMPAS…) como por aquellas entidades deportivas que posean también otro tipo de actividades (federadas, recreativas, etc.).
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JUSTIFICACIÓN, OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
JUSTIFICACIÓN
El curso escolar 2020-2021 va a ser sin duda especial, dadas la situación tan excepcional y
novedosa en la que nos encontramos, haciendo frente al COVID-19 desde todos los ámbitos.
El deporte escolar no es ajeno a esta situación, ni mucho menos. Tenemos claro que es
fundamental asegurar la práctica deportiva de nuestros/as menores. Y no solo porque realizar
ejercicio físico es necesario para los niños y niñas, desde un punto de vista de salud, de
socialización o de diversión, sino que, además, practicarlo con regularidad ayuda a fortalecer el
sistema inmunitario, lo cual favorece la prevención de la enfermedad y el alivio de la
sintomatología.
Las características propias de la actividad físico-deportiva escolar (instalaciones, materiales,
contactos, desplazamientos y pernoctaciones grupales, edad de las y los deportistas) confieren
una gran complicación a la hora de hacer “convivir” los programas de deporte escolar con
situaciones de crisis sanitarias como la actual.
Por ello, todas las entidades deportivas deben establecer una serie de procedimientos que
posibiliten la minimización del riesgo de contagio entre las y los deportistas, del personal técnico
y demás agentes que intervienen en su desarrollo. Estos procedimientos, plasmados en el
presente protocolo, modifican las condiciones de práctica deportiva para otorgarnos una mayor
seguridad frente a la pandemia, como no puede ser de otra forma.
Así, es fundamental la comprensión de deportistas, familias, personal técnico y resto de agentes
de la entidad. Estamos en un año especial, con una serie de actividades adaptadas o diferentes,
y hemos de concienciarnos entre todas y todos que estas son las únicas y mejores condiciones
posibles si queremos desarrollar actividades físico-deportivas ante la realidad en la que nos
encontramos.
Hay que tener presente que las medidas plasmadas en el presente protocolo siguen las normas
y directrices establecidas por las autoridades sanitarias y por las administraciones deportivas, y
que éstas, en función de la incidencia de la pandemia y de las decisiones que adopten las
instituciones competentes, pueden ser modificadas.
Por último, la correcta aplicación del presente protocolo y, por lo tanto, el desarrollo de unas
actividades deportivas seguras, requiere de un alto compromiso de todas las personas
implicadas en el mismo: familias, deportistas, personal técnico, personas responsables de la
entidad, etc. Resulta fundamental una responsabilidad individual y colectiva de todas y cada una
de las personas de la entidad en la aplicación de las medidas a adoptar.
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OBJETIVOS
El objetivo principal que tiene la entidad con el presente protocolo es:
- Organizar las actividades deportivas de la entidad en unas condiciones de seguridad,
estableciendo las medidas de prevención e higiene oportunas, así como las pautas de
actuación ante la detección de casos o situaciones vinculadas al COVID-19.
Para alcanzar dicho objetivo resulta fundamental un objetivo secundario:
- Informar, sensibilizar y concienciar de la importancia de la responsabilidad individual y
colectiva de todas las personas que forman la entidad deportiva, ofreciendo pautas para
prevenir riesgos y actuar ante un caso.
Así, resulta fundamental una adecuada comunicación/difusión de los objetivos, medidas y
orientaciones del presente protocolo, así como evaluación permanente de las mismas que
permitan un seguimiento continuo y una, adaptación en su caso, a las circunstancias tan
variables y novedosas a las que nos enfrentamos.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente protocolo ha de aplicarse a todo tipo de actividades organizadas por la entidad que
se desarrollen en el marco de los Programas de Deporte Escolar de la diputación foral:
actividades de competición, de enseñanza, de detección, recreativas o deportivo-culturales.
Asimismo, será de aplicación para aquellas actividades que organice la entidad al margen del
Programa de Deporte Escolar y que cuente con autorización de la diputación foral.
PERSONAS Y ÓRGANOS RESPONSABLES DEL PROTOCOLO
1. RESPONSABLE* DE SALUD DE LA ENTIDAD
La entidad ha de designar una persona responsable de salud. Se adjunta un modelo en el Anexo
III.
Esta persona será la responsable técnica del protocolo y velará por su dinamización y buen
funcionamiento.
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Esta persona ha de contar obligatoriamente con la formación desarrollada por las instituciones
a través de la Escuela Vasca del Deporte para esta figura. Sus funciones, de una forma más
específica, son las siguientes:
- Dar traslado a todas las personas trabajadoras y/o voluntarias que actúen en el seno de la
entidad, así como a las familias de las y los deportistas menores, de las medidas preventivas,
de actuación y, en su caso, disciplinarias. Tanto la información original, como cualquier
modificación posterior.
- Supervisar que ningún o ninguna menor comience la actividad sin que su familia haya
firmado y remitido a la entidad el documento de conocimiento, aprobación y compromiso.
Igual situación con el personal técnico y arbitral previamente al inicio de sus actividades.
- Desarrollar una supervisión permanente de las actividades de la entidad, con el fin de
asegurarse de que se cumplen todas las medidas de prevención e higiene incorporadas en
el protocolo y con cualquier otra norma establecida por parte de las autoridades
competentes.
- Coordinar la actuación y desarrollar las comunicaciones oportunas con las autoridades
sanitarias y/o con las familias o personas afectadas ante la detección de un caso de COVID19,
o de una persona que presenta síntomas durante el desarrollo de las actividades.
- Desarrollar propuestas de incorporación al Reglamento de Régimen Interno o Disciplinario
de la entidad de infracciones vinculadas a riesgos provocados por el cumplimiento de las
medidas de prevención frente al COVID-19 y remitirlas al órgano rector o de gobierno para
su aprobación. (Según el tipo de entidad, es posible que estas funciones correspondan al
Órgano Rector o de Gobierno de la entidad (Asamblea, Consejo Escolar del Centro, etc.)
- Proponer la aplicación de las correspondientes medidas disciplinarias a adoptar por el
órgano directivo o de administración de la entidad en caso de incumplimiento del protocolo.
(Junta Directiva, Presidencia, Equipo Directivo, Comisión de Deportes, etc., según tenga
establecido el tipo de entidad.)
- Realizar las gestiones oportunas para que la información vinculada al protocolo así esté
incorporada en la web de la entidad. Tanto la información original, como cualquier
modificación posterior.
- Establecer las excepciones oportunas en relación al uso de vestuarios, de permiso de acceso
a acompañantes u otros similares.
- Atender cualquier solicitud de información en relación al protocolo.
- Realizar una evaluación permanente del protocolo y remitir, en su caso, propuestas de
ajustes al órgano directivo o de administración de la entidad.
En la actualidad, la persona responsable de salud de la entidad es la siguiente:
- Honorio Martínez (Jefe Servicios Médicos)
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2. ÓRGANO DIRECTIVO O DE ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD
El órgano directivo o de administración de la entidad tendrá las siguientes funciones:
- Designar a la persona responsable de salud de la entidad
- Aprobar el protocolo, y, en su caso, las posteriores modificaciones.
- Aprobar, en su caso, las propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interno o
Disciplinario de la entidad en relación a infracciones vinculadas a riesgos provocados por el
cumplimiento de las medidas de prevención frente al COVID-19.
- Aplicar las correspondientes medidas disciplinarias en caso de incumplimiento del
protocolo.
3. OTROS AGENTES IMPLICADOS
Resulta indispensable también para una correcta y segura aplicación del protocolo del resto de
personas que integran la entidad deportiva (personal técnico, deportistas, familias, cuerpo
arbitral, responsable de deporte escolar).
Las funciones y otros aspectos a tener en cuenta por estas personas se encuentran en los anexos,
en el material informativo que se ha generado para cada una de estas figuras o colectivos.
ELEMENTOS DE PREVENCIÓN
1. MEDIDAS DE PREVENCIÓN E HIGIENE GENERALES
- Los espacios e instalaciones deportivas que deseen ser utilizadas para los programas de deporte escolar, sean propias o de terceros, deberán respetar en todo caso las medidas establecidas en las Normas Generales de Actuación para el deporte escolar 2020-2021.
- En el caso de uso de instalaciones de terceros, en algunos puntos de este apartado se deberán recoger las medidas establecidas por la entidad titular de las instalaciones, mientras que otros deberán ser rellenados en función de la organización propia de la entidad.
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a. MEDIDAS ORGANIZATIVAS PARA EVITAR LAS AGLOMERACIONES
- Las “Normas Generales de Actuación” establecen lo siguiente: • La instalación de entrenamiento será el campo de fútbol Anexo de Ipurua. • El acceso se realizará por la calle Santainés (Puerta 8 de Ipurua), de forma escalonada a
través de subgrupos.
• Cada subgrupo irá acompañado por un monitor, que tomará la temperatura y se responsabilizará de que cada deportista se limpie las manos con gel hidroalcohólico antes del acceso al campo de entrenamiento.
• Los subgrupos serán estancos y siempre estarán con el mismo monitor.
b. HIGIENE DE MANOS
- En el campo de entrenamiento habrá permanentemente a disposición de los deportistas gel hidroalcohólico, además de una zona de lavado (agua, jabón y papel para secado).
- Si fuera necesario, se realizará un descanso para el lavado de manos de los deportistas.
c. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
- Se cuidará especialmente la limpieza y desinfección con un programa intensificado, teniendo especial incidencia en los objetos y superficies que estén en contacto frecuente con las manos de
diferentes personas. Se tendrá en cuenta la ORDEN de 2 de abril de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas en materia de limpieza y desinfección de superficies y otras medidas higiénicas debido a la pandemia causada por el SARS-CoV-2 (Covid-19), y sus
instrucciones técnicas.
- Asimismo, se proveerán elementos para desechar de forma adecuada los materiales de protección utilizados (mascarillas).”
d. VENTILACIÓN DE ESPACIOS E INSTALACIONES
- La actividad se desarrollará al aire libre y no estará permitido el uso de espacios cerrados (salas reuniones, vestuarios…)
2. USO DE LAS MACARILLAS
El uso de mascarillas deberá ajustarse en todo momento a lo establecido por las autoridades
sanitarias.
No será obligatorio su uso durante la práctica deportiva por parte de las y los deportistas, salvo
en aquellas disciplinas o actividades en las que la intensidad de la actividad física es limitada.
En las charlas técnicas las y los deportistas deberán usar obligatoriamente mascarillas, salvo en
aquellas que se den en el transcurso de entrenamientos o competiciones como pudieran ser las
explicaciones grupales o los tiempos muertos, en las que tendrán que respetar en todo momento
la distancia interpersonal de seguridad.
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Asimismo, deberá usarse en aquellas situaciones en las que la o el deportista, una vez comenzada
la competición o actividad, está esperando el inicio de su participación, o en aquellas en las que
ha finalizado su intervención, pero la competición o actividad todavía no ha concluido. En
aquellas actividades en las que las actuaciones de las y los deportistas son intermitentes
(cambios con derecho a reincorporación a la competición, turnos rotatorios de participación,
etc.), según la casuística, se podrá establecer para los espacios de descanso o de no práctica
deportiva el uso obligatorio de mascarillas o bien mecanismos para asegurar la distancia
interpersonal, este último caso si el uso de mascarilla no es aconsejable.
El personal técnico y las y los jueces y árbitros deberán llevar permanentemente mascarilla, salvo
en aquellas actividades o situaciones en las que deban realizar un considerable esfuerzo físico
para poder desarrollar de forma adecuada su actividad.
Fuera del espacio de tiempo utilizado para la práctica físico-deportiva en las sesiones de las
actividades, entrenamientos o competiciones, el uso de mascarilla será obligatorio tanto por
parte de deportistas y miembros del equipo técnico, como de otras personas que se encuentren
en todo el recinto de las instalaciones o espacios deportivos.
Estas obligaciones no serán exigibles para aquellos supuestos autorizados por las autoridades
sanitarias (problemas respiratorios, discapacidades, etc.).
En los desplazamientos, pernoctaciones, comedores y otras circunstancias vinculadas a las
actividades deberá respetarse en todo momento lo establecido por las autoridades sanitarias
para tales ámbitos.
Las y los deportistas, el personal técnico y el personal arbitral, en los casos en los que deban
retirarse la mascarilla para realizar la actividad, durante toda la actividad o parcialmente,
deberán portar a las actividades y competiciones una bolsa de tela o similar con su nombre
incorporado para introducir en la misma su mascarilla individual, con el fin de evitar confusiones.
3. ACTIVIDADES: SESIONES, ENTRENAMIENTOS Y COMPETICIONES
MINIMIZACIÓN DE CONTACTOS
Las sesiones o entrenamientos, con el fin de reducir el número de contactos, se desarrollarán,
en la medida de lo posible:
- Con el menor número de personas posible y siempre, en grupos o subgrupos de hasta un
máximo de quince personas, incluido el personal técnico necesario para llevar a cabo la
actividad.
- De la manera más individualizada posible e intentando, a poder ser, que en los ejercicios a
desarrollar se mantenga la distancia de seguridad mínima interpersonal (en la actualidad es
de 1,5 metros).
- El personal técnico establecerá subgrupos estables de trabajo en el seno de los propios
grupos o equipos, respetando, en la medida de lo posible, los grupos estables de las aulas.
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ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE
Siempre que resulte posible, las actividades se realizarán al aire libre. USO DE MATERIALES
En la medida de lo posible, se evitará el uso compartido de materiales. Cada deportista usará su
ropa deportiva individual, incluido el peto.
A los materiales de uso común imprescindibles para la actividad se les aplicarán las medidas de
higiene y limpieza recomendadas, antes y después de la sesión.
No podrá compartirse en ningún caso botellines de agua, debiendo cada deportista, en su caso,
portar su botellín individual, marcando de forma destacada su nombre en el mismo de cara a
evitar confusiones. De igual forma deberá procederse con cualquier otro material deportivo o
complementario de uso individual (toallas, petos, etc.) que deba usarse durante la sesión y
pueda provocar confusiones entre las y los deportistas. Tampoco podrán compartirse alimentos
u otro tipo de bebidas, pañuelos o elementos similares que tendrán que ser en todo caso de uso
individual. En aquellas actividades en las que las y los deportistas suden, expiren, o saliven de
una forma importante sería recomendable que cada deportista lleve una toalla a la actividad y
que, de forma periódica, el personal técnico realizara un descanso para la limpieza.
Cuando se use material de botiquín, la persona que realiza la cura deberá portar en todo
momento guantes desechables.
VESTUARIOS
Queda prohibido el uso de vestuarios salvo para aquellas situaciones en la que las circunstancias
así lo aconsejen (condiciones meteorológicas adversas, niños/as que residen en otras
poblaciones y que requieren de desplazamientos largos, actividades acuáticas, etc.). Será la
persona responsable de salud quien establezca las excepciones a esta medida.
En el caso de que tengan que ser utilizados, el personal técnico de la actividad establecerá un sistema que respete las normas de protección y la distancia física interpersonal. Se tendrán en cuenta los subgrupos estables establecidos para el desarrollo de las actividades en caso de realizar turnos.
Así, las charlas técnicas que pudieran querer organizarse previamente, durante o después de los
entrenamientos o competiciones, se desarrollarán siempre y cuando las condiciones lo
permitan, en el mismo terreno de juego o en los graderíos de las instalaciones deportivas, sin
necesidad de desarrollarlos en los vestuarios o en otros espacios más reducidos.
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PERSONAS ACOMPAÑANTES O ESPECTADORAS
No estará permitida la asistencia de espectadores/as u otras personas que no formen parte de
los grupos de participantes de la actividad ni en competiciones ni en las sesiones o
entrenamientos.
Únicamente podrán acceder al espacio deportivo deportistas y personal técnico que tenga
licencia escolar o esté inscrito oficialmente en la actividad correspondiente, las y los jueces y
árbitros y el personal de organización en el caso de las actividades de competición, las personas
responsables de salud y las personas responsables de deporte escolar de las entidades
deportivas así acreditadas en la administración correspondiente, personal trabajador de las
instalaciones deportivas en las que se celebren las actividades u otras personas autorizadas por
las administraciones públicas.
Las y los menores deportistas deberán permanecer en los espacios deportivos únicamente en el
espacio de tiempo de las actividades. Una vez finalizadas las actividades, no podrán quedarse en
el espacio deportivo correspondiente.
Las personas que acompañen a menores a las actividades deberán dejarlos/as o recogerlos/as
en las puertas de acceso a las instalaciones o espacios. En aquellos casos que las y los menores
precisen inexorablemente algún tipo de ayuda para cambiarse de ropa o similar, las personas
acompañantes deberán de ponerse en contacto con la persona responsable de salud para
obtener el correspondiente visto bueno.
Cualquier persona que desee acceder a los espacios deportivos en competiciones deberá
acreditar la condición que le da acceso mediante la licencia o certificado.
AFORO PARA LA PRÁCTICA DEPORTIVA
En las instalaciones deportivas, el aforo máximo permitido para la práctica deportiva será del
60% de su capacidad autorizada.
El aforo máximo de la instalación estará expuesto en la entrada a la misma. Será responsabilidad
de la persona responsable de salud el supervisar que la planificación diaria de actividades
asegure no superar en ningún momento el límite del aforo. De todos modos, será el personal
técnico el que controlará el aforo del espacio deportivo en el que se desarrolla sus actividades,
de forma que este no sea superado en ningún momento.
SALUDOS Y CELEBRACIONES
No se permitirán aquellas formas de saludo y/o despedida o de celebraciones que impliquen
contacto físico. El personal técnico de los diferentes grupos propondrá que las y los deportistas
generen alternativas sin contacto a estas situaciones.
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4. OTROS ELEMENTOS CONEXOS A LAS ACTIVIDADES
DESPLAZAMIENTOS
Se recomienda que, siempre que sea posible, los desplazamientos se hagan de forma activa
(andando, bicicleta, patinete), preferentemente de forma individual, o, en su defecto, por
unidad familiar.
En caso de usar vehículos en los que se desplacen personas de distintas unidades familiares, se
deberán cumplir las normas establecidas por la administración competente en el ámbito de los
desplazamientos.
OTRAS ACTIVIDADES PARALELAS
No estará permitida la organización de actividades lúdicas o comerciales paralelas a las
actividades o competiciones. (Por ejemplo: bares, stands comerciales, hinchables y otras
actividades lúdicas, etc.
PROTECCIÓN DE LOS COLECTIVOS EN DESVENTAJA SOCIAL
La entidad, en la medida de sus posibilidades, establecerá medidas para que las familias con
menos recursos y que se hayan visto afectadas económicamente por la pandemia del COVID-19
puedan seguir desarrollando la actividad deportiva.
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE CASOS DE COVID-19
1. ACTUACIÓN DE LAS FAMILIAS Y DEL RESTO DEL PERSONAL
Las y los deportistas y el resto del personal de la entidad que experimente alguno de los síntomas
más comunes compatibles con COVID-19, tales como fiebre superior a 37º, escalofríos, tos,
sensación de falta de aire, disminución del olfato y del gusto, dolor de garganta, dolores
musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea o vómitos no deberán acudir a la
actividad, así como aquellas personas que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de
COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con
alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.
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Los padres/madres o personas tutoras de las y los deportistas que actúan en las entidades
participantes deberán verificar y asegurarse cada día de la actividad deportiva de que,
previamente al inicio de la misma, no presentan ninguno de los síntomas del COVID-19.
Asimismo, deberán alertar a la entidad deportiva y a su centro de salud de referencia si alguien
en su hogar (la o el menor u otra persona) ha sido diagnosticado con COVID-19 y, en ese caso,
mantener a su hijo/a o menor a cargo en casa. Si es fuera de horario laboral, y se necesita
asistencia urgente, los teléfonos de Emergencias de Osakidetza son: Araba: 945 244444; Bizkaia:
944 10000; Gipuzkoa: 943 461111.
Las familias, al inicio de curso, se comprometerán por escrito con la entidad deportiva para el
cumplimiento de estos aspectos. Las instituciones adjuntan un modelo que puede ser utilizado
por las entidades. Este mismo requisito, y compromiso por escrito, se exigirá al personal técnico,
a las personas del cuerpo arbitral y el resto de personas involucradas en las actividades de
deporte escolar de la entidad. Las instituciones adjuntan un modelo que puede ser utilizado por
las entidades
2. ACTUACIÓN DE LA ENTIDAD DEPORTIVA
CASOS CONFIRMADOS DE COVID-19
Cuando una o un deportista o personal de la entidad deportiva dé positivo a Covid-19, la o el
responsable de la entidad designado/a para el cumplimiento del protocolo derivará el caso a los
servicios de Osakidetza para la aplicación de los correspondientes protocolos de salud.
Asimismo, la persona responsable de salud de la entidad se pondrá a disposición de la autoridad
sanitaria (rastreadores/as) y facilitar, en su caso, la información de personas de contacto.
SÍNTOMAS COVID-19 PREVIAMENTE A LA ACTIVIDAD
Como principio de precaución, en aquellos casos en los que una persona de un grupo o equipo
deportivo tenga fiebre o presente síntomas evidentes del COVID-19 previamente al comienzo
de un entrenamiento, sesión o competición, se establecerá que:
- Las sesiones o entrenamientos quedarán suspendidos hasta el visto bueno de la persona
responsable de salud de la entidad, tras comunicación con las autoridades sanitarias.
- En el caso de que suceda previamente a un partido de un deporte de equipo, la persona
responsable de salud de la entidad participante informará al otro equipo/entidad de su
suspensión forzada. Asimismo, con la mayor celeridad posible, informará también a la
entidad organizadora para su conocimiento y, en su caso, actuación.
- En el caso de que suceda previamente a una competición de deporte individual, la persona
responsable de salud de la entidad participante informará a la persona responsable de salud
de la entidad organizadora que las personas que forman parte del grupo deportivo de la
persona en cuestión no participarán en la competición.
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SÍNTOMAS COVID-19 DURANTE LA ACTIVIDAD
Ante la sospecha de síntomas de la enfermedad durante la actividad deportiva (fiebre, tos,
dificultad respiratoria, etc.), el personal técnico de la actividad informará a la persona
responsable de salud de la entidad. Ésta, a su vez, avisará a la familia para que recoja a la o el
deportista. La familia contactará con su centro de salud, donde se valorará la situación. Hasta su
valoración, se mantendrá a la persona aislada. Si se presentan los síntomas de la enfermedad en
el resto del personal de la entidad deportiva, deberán irse también a su domicilio y seguir las
mismas recomendaciones.
La persona responsable de salud de la entidad, según la situación, valorará si la actividad ha de
suspenderse en ese mismo momento, o si podrá seguir desarrollándose. En este segundo caso,
trasmitirá al personal técnico de la actividad de que extreme al máximo las medidas de
prevención e higiene: actividades sin contacto y con distancias interpersonales aún mayores, uso
de la mascarilla obligatorio (desarrollo de actividades de baja intensidad), mayor frecuencia de
higiene de manos y otros elementos corporales, etc. El personal técnico deberá adoptar estas
medidas extremas de “motu proprio” ante la más mínima duda de posibilidad o riesgo de
contagio.
COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS U OTRAS PERSONAS DE LA ENTIDAD
Ante un caso o situación vinculada a COVID-19 sucedido en el seno de la entidad y que requiera
de comunicación a las familias u otros agentes de la entidad, ésta será realizada, según el caso,
bien por las autoridades sanitarias, bien por la propia entidad deportiva. En este segundo caso,
será siempre la persona responsable de salud la persona encargada de tal función (no el personal
técnico).
MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y CONTROL DE SU CUMPLIMIENTO
La entidad deportiva ha incorporado al Reglamento de Régimen Interno una serie de infracciones
vinculadas al incumplimiento de las normas establecidas en el presente protocolo, así como de
otras vinculadas a comportamientos o actitudes que facilitan la posibilidad de contagio.
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Las infracciones son las siguientes:
- Infracciones leves:
o No cumplir en la actividad o en los espacios deportivos con lo establecido por las
autoridades y la entidad en relación al uso de la mascarilla.
o No desarrollar la higiene de manos y otros elementos corporales establecido para la
actividad.
o Estornudar sin utilizar el mecanismo de protección establecido de forma
inintencionada. o Escupir, lanzar saliva, mucosidades o similares de forma
inintencionada de forma reiterativa al suelo u otras superficies de la instalación.
o Utilizar o compartir material deportivo personal de otra persona, cuando se haya esta
circunstancia se haya prohibido.
o Utilizar o compartir materiales de uso individual de riesgo especial (botellines de
agua, toallas, pañuelos, etc.) de otra persona de forma inintencionada.
o Realizar un saludo, despedida o celebración con contacto de forma inintencionada.
o Permanecer en la instalación deportiva fuera del espacio de tiempo de las
actividades que le corresponden.
o Usar los vestuarios sin tener autorización, de forma intencionada.
- Infracciones graves:
o No cumplir en la actividad o en los espacios deportivos con lo establecido por las
autoridades y la entidad en relación al uso de la mascarilla, de forma reiterada. o
No desarrollar la higiene de manos y otros elementos corporales establecido para la
actividad de una forma reiterada. o Estornudar sin utilizar el mecanismo de
protección establecido de forma intencionada o de forma reiterada.
o Tocar o aproximarse de forma excesiva y voluntaria a otra persona en situaciones
en las que no es necesario según la práctica deportiva y contra su voluntad.
o Utilizar material deportivo personal de otra persona cuando se haya esta
circunstancia se haya prohibido y sin su consentimiento.
o Utilizar o compartir materiales de uso individual de riesgo especial (botellines de
agua, toallas, pañuelos, etc.) de otra persona de forma intencionada.
o No cumplir con las instrucciones directas del personal técnico, del cuerpo arbitral o
de cualquier responsable de la entidad deportiva en situaciones que pueden
suponer cierto riesgo de contagio.
o Realizar saludos, despedidas o celebraciones con contacto de forma intencionada o
reiterativa.
o Permanecer en la instalación deportiva fuera del espacio de tiempo de las
actividades que le corresponden de una forma reiterativa.
o Usar los vestuarios sin tener autorización, de forma intencionada. o Burlarse o
menospreciar a un niño/a u otra persona por sufrir o haber padecido el COVID-19.
o Acumular cinco infracciones leves.
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- Infracciones muy graves:
o No cumplir en la actividad o en los espacios deportivos con lo establecido por las
autoridades y la entidad en relación al uso de la mascarilla, de forma reiterada e
intencionada.
o Estornudar, escupir o lanzar saliva, mucosidades o similares de forma voluntaria a
otra persona.
o Tocar o aproximarse de forma excesiva y voluntaria a otra persona en situaciones
en las que no es necesario según la práctica deportiva y contra su voluntad de forma
reiterada.
o Utilizar materiales de uso individual de riesgo especial (botellines de agua, toallas,
pañuelos, etc.) de otra persona y sin informarle de tal situación de una forma
intencionada.
o No cumplir con las instrucciones directas del personal técnico, del cuerpo arbitral,
del responsable de salud o de cualquier otro responsable de la entidad deportiva en
situaciones susceptibles de riesgo alto de contagio.
o Acudir a la actividad deportiva con síntomas vinculados al COVID-19, sin haber
tomado las precauciones oportunas o sin cumplir los compromisos adquiridos. o No
comunicar a la entidad deportiva que la persona que pertenece a la entidad
deportiva u otra persona de la unidad de convivencia está contagiado o con
síntomas vinculados al COVID-19.
o Hacer acoso o bullying a un niño/a u otra persona por sufrir o haber padecido el
COVID-19 o por difundir un bulo sobre esta situación.
o Acumular tres infracciones graves.
Las sanciones a establecer son las ya recogidas por el Régimen Interno para cada tipo de
infracción.
Asimismo, en el caso de infracciones de personas vinculadas laboralmente, se adoptará lo
dispuesto en el convenio colectivo de aplicación o instrumento negociado equivalente.
La persona responsable de salud dará a conocer estas infracciones, y las correspondientes
sanciones, a las familias, al personal técnico y al personal arbitral. Asimismo, el personal técnico
se las explicará a las y los deportistas, informándoles de la importancia y del valor educativo del
cumplimiento de las normas.
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DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL PROTOCOLO Y LAS MEDIDAS
ADOPTADAS
Es absolutamente necesario garantizar el conocimiento de este Protocolo y de las diferentes
medidas a adoptar por parte de todas las personas afectadas por el mismo. Para ello, los medios
que utilizará la entidad para su divulgación y conocimiento serán los siguientes:
DIFUSIÓN GENERAL
- De forma general, se remitirá un correo electrónico a todas las familias de las y los
deportistas, así como a todas las personas que forman parte de la estructura de la entidad,
laboralmente o de forma voluntaria, informando de la aprobación del presente Protocolo
y solicitando su colaboración para una aplicación efectiva. Se adjuntará un enlace tanto al
Protocolo como al material divulgativo creado para las familias, deportistas, personal
técnico y el cuerpo arbitral. Podrá divulgarse el material divulgativo creado por las
instituciones tal cual, o si la entidad lo considera oportuno, este mismo adaptado a las
circunstancias de la entidad (y/o cualquier otro documento que la entidad considere).
- Se incorpora en la web de la federación, en un lugar destacado, un espacio específico que
facilite:
o La identificación de la Persona Responsable de Salud de la entidad y la forma de
contacto directo con ella (teléfono y correo electrónico).
o El Protocolo y el material informativo creado para las familias, deportistas, personal
técnico, cuerpo arbitral, responsable de salud y responsable de entidad, así como
cualquier otra documentación vinculada que se considere oportuno.
- Se colocarán en la entrada de los espacios deportivos, en los vestuarios y en otros lugares
especialmente estratégicos, carteles orientados a la sensibilización en la prevención y la
higiene. En este caso, siempre y cuando la instalación o espacio deportivo fuera propio.
En caso de no ser propio, podrá planteársele a su titular la colocación de los mismos.
Enlace web a diferentes carteles generados por el Departamento de Salud del Gobierno
Vasco.
- Las instituciones han generado unos modelos que pueden descargarse desde sus webs.
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COMUNICACIONES/SENSIBILIZACIONES ESPECÍFICAS
Se enlazan modelos de referencia de tanto los materiales informativos para cada tipo de agente
o colectivo, como de los documentos de compromiso a firmar por las familias, personal técnico
y personal arbitral.
- Familias, previamente al comienzo de las actividades:
o Se remitirá mediante correo electrónico:
▪ Protocolo de la entidad.
▪ Material informativo creado para las familias, de cara a conocer sus
obligaciones, responsabilidades y derechos.
▪ Material informativo creado para las y los deportistas, de cara a que las
familias se lo den a conocer a las y los menores y colaboren con la entidad
deportiva en su sensibilización.
▪ Documento de conocimiento, aceptación y compromiso con las medidas de
prevención y condiciones de participación. Deberá ser firmado y entregado
a la entidad previamente al inicio de las actividades.
o Se realizarán reuniones telemáticas por grupos de actividades para dar a conocer
todas las medidas, explicar su papel y lo fundamental de su compromiso y aclarar
dudas o preocupaciones de las familias.
- Personal técnico de la entidad, previamente al comienzo de las actividades:
o Se remitirá mediante correo electrónico:
▪ Protocolo de la entidad.
▪ Material informativo creado para el personal técnico, de cara a conocer sus
obligaciones, responsabilidades y derechos.
▪ Material informativo creado para las y los deportistas, de cara a que el
personal técnico se lo dé a conocer a las y los deportistas a su cargo en la
primera sesión/entrenamiento.
▪ Documento de conocimiento, aceptación y compromiso con las medidas
personales de higiene y prevención obligatorias. Deberá ser firmado
previamente al inicio de las actividades.
o Se realizarán reuniones telemáticas con el personal técnico para dar a conocer todas
las medidas, explicar su papel y lo fundamental de su actuación y compromiso,
informar de las sanciones oportunas en caso de incumplimiento y aclarar posibles
dudas.
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- Deportistas:
o Previamente al comienzo de las actividades:
▪ Las familias les sensibilizarán en la importancia de cumplir con las medidas
de prevención e higiene, basándose en el material informativo de las y los
deportistas.
o El primer día de la actividad:
▪ Explicación detallada por parte del personal técnico de todas las medidas de
prevención e higiene, basándose en el material informativo de las y los
deportistas.
- Personal arbitral de la entidad:
o Previamente a las actividades de competición, se les remitirá mediante correo
electrónico o entregará en físico, los siguientes documentos:
▪ Material informativo creado para el cuerpo arbitral, de cara a conocer sus
obligaciones, responsabilidades y derechos.
▪ Documento de conocimiento, aceptación y compromiso con las medidas
personales de higiene y prevención obligatorias. Deberá ser firmado
previamente al inicio de la actividad.
Cualquier modificación del protocolo, bien sea por voluntad de la entidad, bien sea por nuevas
normas o directrices de las autoridades competentes, se dará a conocer a todas las personas
afectadas, al menos, mediante correo electrónico. Asimismo, si las modificaciones fueran de
especial relevancia o modificaran sustancialmente las medidas inicialmente adoptadas, podrán
convocarse reuniones telemáticas para su explicación/difusión. Posteriormente, estas
modificaciones deberán de darse a conocer a las y los deportistas, directamente a través de las
familias y del personal técnico.
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EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROTOCOLO
Dada la novedad de la situación resulta fundamental que se desarrolle un seguimiento y una
evaluación permanente de las medidas adoptadas y de las actitudes y comportamientos que se
observan. Así se plantearán reuniones o valoraciones grupales a todos los niveles de la entidad.
REUNIONES DEL ÓRGANO DIRECTIVO
La persona responsable de salud formará parte de las reuniones del órgano directivo o de
administración de la entidad, en las que, obligatoriamente, habrá un punto del orden del día de
valoración de la situación y actuaciones de la entidad frente al COVID-19.
Dado la excepcionalidad de la situación de este curso, se desarrollará, como mínimo, una reunión
mensual. Podrán convocarse reuniones extraordinarias en cualquier momento o con una mayor
periodicidad, si así se considerara oportuno, especialmente al principio de curso.
REUNIONES CON EL PERSONAL TÉCNICO
Una vez comenzado el curso escolar, se desarrollarán reuniones telemáticas con el personal
técnico para realizar una valoración de la situación, asegurar una correcta aplicación de las
medidas, ajustarlas en su caso, y resolver las dudas que pudieran tener. Para ello, se plantearán,
como mínimo, las siguientes reuniones:
- A la semana del comienzo de las actividades.
- Al mes del comienzo de las actividades.
- Al comienzo del 2º trimestre.
- Al comienzo del 3º trimestre.
REUNIONES DEL PERSONAL TÉCNICO CON LAS Y LOS DEPORTISTAS
El primer día de sesión de la semana el personal técnico planteará, una breve valoración grupal,
participativa, del funcionamiento de las medidas al COVID-19 y, en su caso, de corrección de
actitudes y comportamientos.
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