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Protocolo de Atención Inicial a Casos de Violencia de Género de la Universidad de Guanajuato

Su objetivo es establecer de manera clara y sencilla, los procesos para la atención, orientación, acompañamiento, seguimiento y canalización de personas que presentan una denuncia por violencia de género y que se relacionen con integrantes de la comunidad universitaria.

Todo lo anterior, en el marco de actuación y de respeto a los derechos humanos de las personas involucradas dis-puesto en el orden jurídico general.

Ámbitos de aplicación del instrumento

Actos entre integrantes de la comunidad universitaria, ya sean cometidos en espacios universitarios o fuera de ellos.

Actos cometidos por personas externas a la Universi-dad en contra de integrantes de la comunidad univer-sitaria, con independencia del lugar donde se cometan.

Los casos de personas que no pertenezcan a la comu-nidad universitaria y que resientan violencia de género por parte de quienes la integran.

Cuando la persona afectada no sea mujer, se considera-rá el caso conforme a un principio de simetría e igualdad de género en lo que sea aplicable, cubriendo también toda la diversidad en orientación sexual tal como hete-rosexual, lésbica, gay, bisexual o transexual (LGBT).

¿Quién puede interponer la denuncia?

La denuncia podrá ser presentada directamente por la persona que manifiesta ser afectada, o por una tercera persona. En este segundo supuesto, se corroborará la de-nuncia con la persona probablemente afectada.

¿Cómo se interpone la denuncia?

Acudiendo a la Ventanilla UGénero, ubicada enCalzada de Guadalupe No. 40; Zona Centro; C.P. 36000, Guanajuato, Gto.

Por correo electrónico a la cuenta [email protected]

Toda autoridad académica o administrativa universitaria auxiliará para la canalización ante la Ventanilla UGénero.

Una vez valorada la denuncia, un integrante del Equipo UGénero contactará a la persona afectada para desa-rrollar la primera cita de atención inicial.

¿Cómo se actúa en casos de emergencia?

Se deberá ofrecer a la persona afectada la atención mé-dica, psicológica, jurídica o social de urgencia que se re-quiera, conforme a los recursos institucionales al alcance, o gestionar lo conducente ante las instancias internas o externas respectivas. También se le deberá proporcionar la orientación para su eficaz atención y protección.

¿Quién proporciona la atención inicial?

La propia Universidad a cargo del Equipo UGénero, in-tegrado por personal profesional en el área de medicina, psicología, legal o trabajo social, debidamente capacitado en temas de género, derechos humanos, violencia, y téc-nicas de intervención en situaciones de crisis.

Cuando en la Universidad no existan los medios y meca-nismos requeridos, se gestionarán ante las instancias ex-ternas competentes.

Plan de atención inicial

Derivado de la primera cita de intervención profesional, se establecerá un plan de atención inicial aceptado por la persona afectada para orientarla, brindarle alternativas, ofrecerle acompañamiento y generar condiciones para la resolución personal del conflicto y su empoderamiento.

Plan de seguridad En los casos de atención derivados de violencia física o puesta en riesgo de su vida o su integridad física, se debe-rá elaborar, en conjunto con la persona afectada, un plan de seguridad personalizado.

Seguimiento externo

De considerarse necesario, el Equipo UGénero:

Referirá la atención a la instancia pública, social o pri-vada respectiva.

Asesorará y acompañará a la persona afectada para denunciar ante instancias del sistema de justicia.

Canalizará a instancias universitarias para la instaura-ción del procedimiento de responsabilidad respectivo, en caso de consecuencias sancionadoras a las perso-nas aparentemente responsables.

Dará seguimiento y acompañamiento a las personas afectadas para que, de conformidad con la normativi-dad aplicable y ante las instancias correspondientes, se tramite lo relativo a la reparación del daño en el marco de la capacidad institucional, todo ello conforme a la resolución emitida por la autoridad competente.

Son instancias competentes para conocer de las posibles responsabilidades, en el ámbito de sus competencias:

Las Comisiones de Honor y Justicia de los Órganos Académicos Colegiados.La Contraloría General de la Universidad.La Dirección de Recursos Humanos.