propuesta de proyecto de hermanamiento jaén perú españa

37
1 P P R R O O P P U U E E S S T T A A P P A A R R A A I I M M P P L L E E M M E E N N T T A A R R E E L L P P R R O O Y Y E E C C T T O O D D E E H H E E R R M M A A N N A A M M I I E E N N T T O O E E N N T T R R E E L L A A S S C C I I U U D D A A D D E E S S D D E E J J A A E E N N D D E E P P E E R R U U Y Y J J A A E E N N D D E E E E S S P P A A Ñ Ñ A A . . Presentado por: Víctor Yuri Díaz Torres Responsable de la “Asociación Cultural Hijos de Jaén” Abogado - Especialista en Derechos Humanos. Graduado en el Centro de Post Grado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela Jaén, 12 de marzo de 2011.

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Presentado por:

Víctor Yuri Díaz Torres

Responsable de la “Asociación Cultural Hijos de Jaén”

Abogado - Especialista en Derechos Humanos.

Graduado en el Centro de Post Grado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

de la Universidad Central de Venezuela

Jaén, 12 de marzo de 2011.

22

INDICE

I. INTRODUCCION

II. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS:

III. DIAGNOSTICO DEL HERMANAMIENTO

A. Antecedentes:

1) Internacionales:

a. Estados Unidos

b. Organización de las Naciones Unidas

c. Comunidad Europea

2) Nacionales (Locales)

a. Clero Local

b. Gobierno del Alcalde Walter Prieto Maître.

c. Gobierno del Alcalde Jaime Vílchez Oblitas

B. Clases de Cooperación Internacional

1) Cooperación Internacional Centralizada.

2) Cooperación Internacional Descentralizada.

C. Definición de Cooperación Descentralizada.

D. ¿Que se Entiende por Hermanamiento?

E. Importancia del Hermanamiento

F. Ámbitos de Participación

G. Marco Normativo Nacional

1) Constitución del Perú

2) Ley Orgánica De Gobiernos Regionales

3) Ley Orgánica De Municipalidades

IV. APLICACIÓN Y EJECUCIÓN - FASES DEL HERMANAMIENTO

A. Etapa De Iniciación

1) Selección de la Ciudad.

33

2) Carta de Intención.

3) Monografía Municipal.

B. Etapa de Formalización

1) Suscripción del Acuerdo de Hermanamiento

2) Celebración del Hermanamiento.

C. Etapa de operatividad

1) Consideraciones previas

2) Elaboración de un Programa de Intercambio de Hermanamiento.

D. Etapa de Fortalecimiento institucional

1) Creación de una oficina de asuntos internacionales, o Adaptar una

oficina ya existente, en un “área internacional”

a. Revisión de las fortalezas y debilidades del Municipio

b. Creación De Una Oficina Municipal De Relaciones Internacionales

c. Adaptación De Una Ya Existente

2) Comité de Participación Ciudadana.

V. FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE HERMANAMIENTO

A. Recursos propios o estatales:

B. Organizaciones No Gubernamentales (Ongs)

C. Comunidad Europea:

1) Proyectos Premiados Forjados Por El Hermanamiento De Ciudades

VI. DATOS DE INTERÉS

VII. BIBLIOGRAFIA

VIII. ANEXOS,

1) Mapas y escudos

a) Jaén - Perú

b) Jaén - España

44

I. INTRODUCCION

La Asociación Cultural Hijos De Jaén, de Perú, con sede en Madrid,

pretende convertirse en un puente a fin de acercar a ambas ciudades hispanas

(Jaén de Perú y de España) en un proceso de hermanamiento teniendo en

cuenta la cierta similitud como: nombre, idioma, categoría, religión. Por tales

motivos, creemos que dicho proceso de hermanamiento deberá concretizarse

ya que servirá para estrechar lazos de amistad y solidaridad, así como para

construir la paz y las buenas relaciones de amistad, como una forma de

cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio desarrollado por las

Naciones Unidas.

De otro lado la ausencia de un marco normativo especifico, a diferencia

de otros estados como México1, que reconozca y regule este tipo de

situaciones jurídicas de carácter internacional llevadas a cabo frecuentemente,

no puede ser visto como algo negativo o limitativo de la esperanza de

nuestros pueblos por llegar a insertarse en el entorno mundial, ya que el

llamado proceso de descentralización, reconocido también en nuestra carta

magna en el Titulo IV, Capitulo XIV abre una puerta de posibilidades para

celebrar otras formas de cooperación bajo la forma vínculos amistosos y de

intercambio cultural, las relaciones asistenciales donante-receptor,

capacitación, las relaciones de asistencia técnica y financiera, los intercambios

comerciales, los hermanamientos de ciudades, las relaciones de cooperación

descentralizada horizontal y vertical, la cooperación descentralizada en red,

la cooperación transfronteriza, la cooperación oficial descentralizada, entre

otras, como “…una forma de organización democrática y …política

permanente del estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo

fundamental el desarrollo integral del país”.2

De igual forma se puede sostener con autoridad que pese a que los

gobiernos locales de derecho (jure) no son sujetos de derecho internacional

1 Véase Ley sobre celebración de Tratados, Publicada en el Diario Oficial de la Federación, jueves 2 de enero

de 1992 2 Constitución política del Perú, Articulo 188° Descentralización.

55

público, de hecho (facto) participan en la vida internacional por el hecho de

constituir la base de la división político-administrativa y jurídica del Estado-

nación, con lo cual se encuentran en posibilidad de establecer contactos

formales e informales con sus homólogas en el extranjero; así como por

constituir una expresión de la capacidad decisoria como gobiernos

autónomos y la idea del beneficio mutuo.

66

II. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS:

A. Objetivo General.

Nuestra asociación luego de evaluar los hechos considero como

objetivo primordial el siguiente:

Hermanar las ciudades hispanas de Jaén de Perú y Jaén de España

con el fin de avanzar hacia la construcción de relaciones de

cooperación más consolidadas.

B. Objetivos Específicos

Entre los objetivos específicos identificados señalamos los siguientes:

Promover el acercamiento entre ambas ciudades mediante el

intercambio de experiencias a nivel económico, político, social,

cultural y ambiental.

Fomentar los lazos de amistad, solidaridad y de buenas

costumbres entre nuestros ciudadanos.

Fortalecimiento de la administración pública municipal, en

especial la oficina de cooperación técnica internacional.

Promoción de la participación ciudadana entre la sociedad civil

antes, durante y después del proceso de hermanamiento.

77

III. DIAGNOSTICO DEL HERMANAMIENTO

A. Antecedentes:

Por décadas, ciudades de todo el mundo han promovido lazos y

mecanismos de acercamiento para fomentar relaciones de amistad,

colaboración y solidaridad a fin de evitar conflictos bélicos. Por ello el

presente capitulo tiene por objetivo conocer una practica mundial en

temas de cooperación internacional a fin de dar sustento histórico y

jurídico internacional a este proceso de hermanamiento al cual nos hemos

embarcado y del cual aún desconocemos.

1) Internacionales

Comprende desde la etapa de la posguerra a la segunda guerra

mundial, momento en el cual entre municipalidades europeas

comenzaron a desarrollarse vínculos con intenciones de estrechar lazos

de amistad y mutuo conocimiento entre Estados no aliados (durante

las guerras mundiales) dando lugar a la creación de la figura de

hermanamiento de ciudades.3

a. Estados Unidos:

El Programa de Ciudades Hermanas se generó por la iniciativa

del entonces presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, el

general Dwight D. Eisenhower, quien en el año de 1959 convocó a

un programa masivo de comunicación entre los norteamericanos y

los demás habitantes del hemisferio, este programa se llamo

People to People (pueblo a pueblo).

Teniendo como principios básicos el entendimiento entre los

pueblos del mundo y la preservación de la paz.

Su idea fue restablecer relaciones recíprocas entre los pueblos a

fin de crear un mejor entendimiento y estar en condiciones de

3 Cooperación Oficial Descentralizada: una nueva competencia del gobierno municipal en apoyo al desarrollo

local.

88

preservar la Paz. Fue así como concretizó la creación y

funcionamiento de los Comités de Ciudades Hermanas.4

b. Organización de las Naciones Unidas

El 16 de diciembre de 1965, la XX Asamblea General de la

Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Resolución

2058, en la que reconocía el hermanamiento de ciudades como uno

de los medios de cooperación que la ONU debía fomentar de

manera permanente. El acuerdo retomaba las consideraciones de la

Primera Conferencia Africana de Cooperación Mundial

Intercomunal, celebrada en Dakar, Senegal, en abril de 1964, en la

que se reconoció a los hermanamientos como instrumentos que

fomentaban la cooperación internacional descentralizada.

El tema sería expuesto de nueva cuenta ante el máximo órgano

de las Naciones Unidas en ocasión de la XXVI Asamblea General.

En aquella oportunidad, la Resolución 2861, aprobada por el Pleno

de la Asamblea el 20 de diciembre de 1971, solicitaba al entonces

Secretario General de la ONU, U Thant (1961 – 1971), explorar los

mecanismos que renovaran los métodos de cooperación existentes,

con la finalidad de facilitar “la participación de las colectividades

locales y regionales en el desarrollo”.5

1ra Conf. Africana de Cooperación Mundial Intercomunal –

1964.

XX AG-UN – 16 de dic. 1965

Resolución Nº 1028 de 1964, que reconoció al

hermanamiento como un instrumento de entendimiento

entre los pueblos.

4 CEDEMUN, “Como promover el Hermanamiento de Ciudades”, Colima, Col, Marzo del 2007.

5 Secretaria de Relaciones Exteriores de México; Programa Mexicano de Hermanamientos y Cooperación

Descentralizada P R O M E H C I D, México. 2006.

99

Resolución Nº 2058, involucró a UNESCO en el fomento de

los hermanamientos de ciudades.

XXVI AG-NU -1971-

“El hermanamiento de ciudades como medio de cooperación

internacional”

Resolución Nº 2861, de 1971, relaciones complementarias a

la cooperación interestatal .

“el hermanamiento de ciudades representaba un

mecanismo de cooperación de un valor excepcional,

porque ponía en contacto entre los países, no solamente a

los dirigentes locales, sino a poblaciones enteras”

“la cooperación internacional de las colectividades locales

puede desempeñar una función importante en la unión de

los pueblos”

“cooperación intermunicipal mundial como un

complemento natural de la cooperación de los estados y de

las organizaciones intergubernamentales”

La apertura a la representación de las entidades locales en la

Organización de Naciones Unidas, se concretó a través del

reconocimiento del Comité Consultivo de Autoridades locales o

United Nations Advisory Committee on Local Authorities

(UNACLA) declarado como el interlocutor formal de los gobiernos

locales del mundo ante la ONU”.

c. Comunidad Europea

En la década de los 80, la Comunidad Europea comenzó a

desarrollar como parte de su política de cooperación con los países

subdesarrollados, principalmente, con las ex-colonias africanas la

práctica de relaciones de cooperación descentralizada se instituyó

en la IV Convención de Lomé de 1989. Inicialmente, las

1100

condiciones bajo las cuales se desarrollaron estas relaciones se

basaron en un enfoque asistencial de parte de la CE con las

naciones del países subdesarrollados, poco a poco este esquema se

ha ido modificando.

La institucionalización a nivel mundial de esta práctica es

todavía asunto en proceso, la Unión Europea ha realizado un

esfuerzo importante a través de la emisión de reglamentos sobre

Cooperación Descentralizada, entre los cuales destaca:

Reglamento del Consejo (CEE) no. 443/92, del 25 de febrero de

1992, en el que se estableció la política de ayuda financiera,

técnica y de cooperación económica con los países en vías de

desarrollo de América Latina y Asia. Para tal efecto, en 1992 se

abrió la línea presupuestaria B7-6430.

En 1998, se dio a conocer un nuevo Reglamento del Consejo

de la Unión Europea sobre Cooperación Descentralizada

no.1659/98, en el que se señala a los agentes beneficiaros de la

cooperación europea descentralizada, los montos de co-

financiamientos, el tipo de acciones e iniciativas co-financiables

y un periodo de vigencia de 3 años hasta 2001.

El documento fue adicionado y prorrogado a través del

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (CE) no.

955/2002 vigente hasta 2003, finalmente, el Reglamento del

Parlamento Europeo y del Consejo (CE) no 625/2004, hace la

prorroga extensiva hasta 2006 con las adiciones presupuestales

correspondientes ampliando la gama de actores locales y las

acciones financiables.

2) Nacionales (Locales)

A nivel local nunca existió una intención formal de

hermanamiento entre las ciudades de Jaén de Perú y Jaén de España.

1111

Los antecedentes que pueden registrarse se dieron a nivel de

solicitudes de ayuda, por ello el presente subcapítulo pretende

describir aquellas iniciativas que podrían considerarse como los

albores de un hermanamiento formal.

a. Clero Local.

En 1980, la religiosa María Luisa Calero, hizo llegar una carta al

ayuntamiento de Jaén de España, logrando solo una ayuda para un

colegio público, sin embargo no se ha podido identificar a que

institución educativa fue dirigida dicha ayuda.

b. Gobierno del Alcalde Walter Prieto Maître.

En 1998, el ex alcalde Walter Prieto Maître, se puso en contacto

con el ayuntamiento de Jaén de España con el fin de solicitar

ayuda, logrando una donación para la construcción del colegio de

Trabajadores MANTHOC.

c. Gobierno del Alcalde Jaime Vílchez Oblitas.

En enero del 2010, la Asociación Cultural “Hijos de Jaén” con

sede en Madrid, se pone en contacto con la asesora de la alcaldesa,

Sra. María Dolores Ocaña y una concejala a fin de iniciar un

proceso de hermanamiento formal con la ciudad de Jaén de Perú.

Posterior a ello un grupo de periodistas del Diario Jaén de

España conocedores de un posible proceso de hermanamiento

hacen una visita a nuestra ciudad de Jaén de Perú con el fin de

hacer un reportaje y conocer sobre nuestra historia.

Producto de dicha visita el señor Jaime Vílchez emite un oficio

el 20 de mayo del 2010, expresando su saludo institucional a su

homologa del ayuntamiento de Jaén de España, el reconocimiento

de nuestra institución cultural y su intención de estrechar lazos de

amistad y cooperación entre ambas ciudades.6

6 Oficio Nº 176-2010-MPJ/A

1122

Dicho oficio, podría considerarse actualmente la llamada Carta

de intención en un proceso de hermanamiento, documento que

fue acogido con mucho beneplácito por los concejales del

ayuntamiento de Jaén de España para dar inicio a este proceso de

hermanamiento que hoy en día se encuentra en su etapa de

formalización.

B. Clases de Cooperación Internacional

Para poder entender correctamente el tema expuesto, es menester

ingresar a definir aspectos básicos relacionados a la cooperación

internacional, debido a que la formalización de los hermanamientos de

ciudades, al igual que los vínculos amistosos y de intercambio cultural,

las relaciones asistenciales donante-receptor, capacitación, las relaciones

de asistencia técnica y financiera, los intercambios comerciales, los

hermanamientos de ciudades, las relaciones de cooperación

descentralizada horizontal y vertical, la cooperación descentralizada en

red, la cooperación transfronteriza, la cooperación oficial descentralizada,

entre otras, devienen acciones de cooperación oficial descentralizada.

1) Cooperación Internacional Centralizada.

Es la desarrollada usualmente por el estado por intermedio de

sus tres poderes convencionales (ejecutivo legislativo y judicial) y

organismos autónomos (Consejo Nacional de la Magistratura,

Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo) amparado en la carta

magna y leyes específicas.

Sin embargo, el proceso de descentralización, reconocido

también en nuestra carta magna – titulo IV, Capitulo XIV) abre una

puerta para celebrar acuerdos de hermanamiento como lo

desarrollamos en la parte referida al marco jurídico nacional.

2) Cooperación Internacional Descentralizada.

Es el proceso de cooperación desarrollado por los gobiernos

1133

regionales o estatales y gobiernos locales o municipales con otras

regiones o ciudades, sean nacionales o extranjeras, o con

organizaciones interestatales (Naciones Unidas) u No Gubernamental

(ONGs), con el propósito de generar proyectos que promuevan el

desarrollo local en diversos ámbitos.

C. Concepto de Cooperación Descentralizada.

Aunque no exista una definición aceptada ampliamente que

comprenda en su totalidad la realidad de los gobiernos locales en el

mundo. El término de uso común difundido inicialmente por la

Comunidad Europea (hoy Unión Europea) ha sido el de Cooperación

Descentralizada.

“...Las relaciones formales que se establecen entre homólogos gobiernos locales de cualquier parte del mundo o bien de un gobierno local con organismos internacionales gubernamentales; ...( basados) en el principio de reciprocidad, beneficio mutuo y co-financiamiento de las acciones convenidas, ejecutadas y evaluadas de manera conjunta, con fines de desarrollo local...”7

Sin embargo, se le ha nombrado también cooperación internacional

municipal, cooperación intermunicipal mundial, cooperación

descentralizada directa e indirecta y cooperación oficial descentralizada,

entre otras más.

D. ¿Que se Entiende por Hermanamiento?

Los procesos de hermanamientos de ciudades constituyen una de las

múltiples formas de insertar a los gobiernos locales en el entorno mundial

y de establecer relaciones de diversa índole con el exterior. Todo ello con

el objeto de mejorar las condiciones de vida de la población de las

localidades e impactar positivamente en las condiciones de vida de los

habitantes de las localidades.

7 Óp. Cit. 3; Págs. 3 y 4.

1144

En ese sentido por hermanamiento se entiende como “…la relación

formal establecida de manera directa entre entidades locales de cualquier parte del

mundo con fines y motivaciones diversos”8

Producto de los acuerdos de hermanamiento devienen acciones de

cooperación oficial descentralizada.

E. Importancia del Hermanamiento

El hermanamiento es importante porque produce:

Inserción del gobierno local al entorno mundial.

Consolida el proceso de descentralización administrativa, financiera y

el reconocimiento de la autonomía local.

Promueve el intercambio de experiencias y recursos, a fin de fortalecer

procesos integrales de desarrollo local, mediante proyectos específicos.

Promueve la amistad y cordialidad entre Municipios o Pueblos de

diferentes países reconociéndose como “ciudades hermanas” echando

por tierra las barreras de color, credo y clase social.

Fomenta el conocimiento de las bellezas de ambos municipios,

mediante el turismo, intercambio cultural, entre otros.

Intercambia experiencias a nivel económico, educativo, político, social

y cultural.

Profundiza el entendimiento que un país tiene del otro y por ende el

conocimiento entre las naciones y los integrantes de sus comunidades.

Reducción de los riesgos de guerra

F. Ámbitos de Participación

Sin perjuicio de los ámbitos de participación señalados en la Ley

Orgánica de Municipalidades - Titulo V, Competencias y Funciones

8 Ídem.

1155

Específicas De Los Gobiernos Locales, el ámbito de participación en un

proceso de hermanamiento también puede comprender los siguientes:

Por Ejemplo:

Administración municipal.

Medio Ambiente

Educación, Cultura, Deporte.

Seguridad pública

Turismo (Aventura, religioso, educativo).

Comercio, Promoción empresarial, Promoción Exterior. Intercambio

de productos de bandera.

Salud

Calidad en los servicios públicos.

Gobierno Electrónico.

Ciencia y Tecnología.

G. MARCO NORMATIVO NACIONAL

Dentro del marco normativo nacional, no existe un cuerpo legal

específico que permita o por lo menos reconozca un proceso de

hermanamiento de ciudades, sin embargo pese a que los gobiernos

locales de jure no son sujetos de derecho internacional público, de facto

participan en la vida internacional por el hecho de constituir la base de la

división político-administrativa y jurídica del Estado-nación, con lo cual

se encuentran en posibilidad de establecer contactos formales e

informales con sus homólogas en el extranjero

De igual forma dicha legitimidad se sustenta por el hecho de

constituir una expresión de la capacidad decisoria como gobierno

autónomo y descentralizado y la idea del beneficio mutuo.

1) Constitución Política del Perú

Dentro el principal cuerpo normativo del estado dicha legitimidad y

1166

posibilidad de consolidar un proceso de hermanamiento se encuentra

sustentado en la autonomía y descentralización que le corresponde a

un gobierno regional u local.

Así tenemos que el Titulo IV, Capitulo XIV abre una puerta de

posibilidades para celebrar otras formas de cooperación bajo la forma

vínculos amistosos y de intercambio cultural, las relaciones

asistenciales donante-receptor, capacitación, las relaciones de

asistencia técnica y financiera, los intercambios comerciales, los

hermanamientos de ciudades, las relaciones de cooperación

descentralizada horizontal y vertical, la cooperación descentralizada

en red, la cooperación transfronteriza, la cooperación oficial

descentralizada, entre otras.

Art. 188° “La descentralización es una forma de organización

democrática y constituye una política permanente del estado,

de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el

desarrollo integral del país

Art. 195°.- Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la

economía local,... en armonía con las políticas y planes

nacionales y regionales de desarrollo

7. Fomentar la competitividad, las inversiones y el

financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de

infraestructura local.

2) Ley Orgánica De Gobiernos Regionales (Ley Nº 27867 – Mod. Ley Nº

27902)

A diferencia de la constitución del estado, la ley orgánica de

gobiernos regionales sí reconoce la cooperación internacional como un

medio para lograr el desarrollo social e igualdad de oportunidades

dentro de su jurisdicción.

Art. 60º.- Funciones en materia de desarrollo social e igualdad

1177

de oportunidades

e) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación

internacional y las empresas privadas en los programas de

lucha contra la pobreza y desarrollo social.

3) Ley Orgánica De Municipalidades (Ley 27972 – Mod.)

De igual forma que la norma regional anterior, la ley orgánica de

municipalidades si reconoce y promueve la cooperación internacional

como se aprecia en los dispositivos normativos siguientes:

Cabe señalar que un hermanamiento de ciudades no constituye un

acto de cooperación internacional en sentido estricto, sino el inicio de

una serie de acciones para lograr dicho cometido.

Art. 9º.- Atribuciones Del Concejo Municipal

26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e

internacional y convenios interinstitucionales.

Art. 73º.- Materias De Competencia Municipal

7. Prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas

7.2. Promover convenios de cooperación internacional para la

implementación de programas de erradicación del

consumo ilegal de drogas.

1188

IV. APLICACIÓN Y EJECUCION - FASES DEL HERMANAMIENTO

Todo proceso de hermanamiento contiene tiene una serie de etapas

que se deben cumplir a efectos de lograr el cometido. Sin embargo, en la

práctica estas fases o etapas no necesariamente se cumplen debido a

desconocimiento de los funcionarios encargados o por la falta de una

legislación especifica que la regule, como el caso de México. Sin perjuicio se

exponen dichas fases o etapas, las cuales en caso de vacio o deficiencia se

pueden subsanar en el trayecto del proceso de hermanamiento.

Etapa de Iniciación

Selección de la ciudad (es)

Carta de Intención

Perfil o Monografía Municipal

Etapa de Formalización

Suscripción del Acuerdo de Hermanamiento

Celebración del Hermanamiento.

Etapa de Operatividad

Elaboración de un Programa de Intercambio de Hermanamiento –

Programa Operativo Anual (México)

Etapa de Fortalecimiento Institucional

Creación de una oficina de asuntos internacionales, o Adaptar una oficina ya existente, en un “área internacional”.

Comité de Participación Ciudadana.

1199

A. Etapa De Iniciación

Consiste en elaborar documentos que facilitarán la promoción misma

del municipio y encaminará los trabajos que fortalezcan la relación de

hermanamiento, por ejemplo:

1) Selección de la Ciudad.

Es la selección de la ciudad considerando su similitud en

características históricas, geográficas, densidad de población,

climatológica, económica, sociocultural.

Esto permitirá conocer, analizar y estudiar la ciudad con

perspectiva para establecer lazos de hermanamiento facilitando la

elección adecuada.

También se recomienda contemplar aquellas ciudades en las que

exista un mayor número de emigrantes del propio municipio.

2) Carta de Intención.

La carta de intención la dirige el alcalde de la ciudad a su

homólogo manifestándole el interés por estrechar lazos de amistad e

intercambio con la comunidad que representa.

3) Monografía Municipal.

Constituye la carta de presentación del municipio ante la

ciudad con que desea hermanarse, por lo que deberá detallar las

características del municipio, plasmado claramente la situación del

mismo y completando con fotografías. La sugerencia es detectar todo

los atractivos y ventajas que el municipio puede ofrecer estableciendo

textos específicos y cortos y enriqueciéndose con imágenes que

permitan la apreciación del mismo.

2200

B. Etapa de Formalización

1. Suscripción del Acuerdo de Hermanamiento

Al obtener respuesta favorable por parte de la ciudad a la cual

se le solicitó el establecimiento formal del hermanamiento, el

presidente municipal y el consejo municipal deberán de poner a

consideración del Ayuntamiento la aceptación de la hermandad, con la

finalidad de dar seguimiento al proceso.

2. Celebración del Hermanamiento.

Con la aceptación del Ayuntamiento, se invita a la ciudad

hermana a la celebración mediante una sesión solemne del

Ayuntamiento para la firma del convenio, haciéndose oficial la

relación.

C. Actividades Y Protocolo

Lista de Asistentes

Bienvenida

Himno Nacional de ambos países

Himno de cada ciudad

Lectura del dictamen de hermanamiento

Entrega de Placas o recuerdos.

Palabras del Alcalde anfitrión

Palabras del Alcalde visitante

Condecoraciones y entrega de presentes.

Brindis de Honor, con vino español y pisco sour.

2211

Grafico N° 01

PERFIL MUNICIPAL

Nombrados los Funcionarios encargados, se les solicita elaborar un Perfil Municipal, donde se destaquen las características de la localidad, así como las prioridades del Plan Municipal de Desarrollo y los programas de gobierno en curso

LOCALIZACIÓN DE CIUDADES HERMANAS O

CONTRAPARTES EXTRANJERAS

EL Municipio identifica las áreas de oportunidad que desea potenciar con el acuerdo, lo que facilita la tarea de identificación de ciudades en el extranjero.

La búsqueda se efectúa por cuenta propia del Municipio o sociedad civil.

SELECCIÓN DE CIUDAD O CONTRAPARTE EXTRANJERA

Una vez identificadas las áreas de oportunidad, Funcionario Municipal con ayuda de la sociedad civil eligen una ciudad extranjera, de acuerdo a las fortalezas y debilidades que en materia internacional tenga el Municipio.

EL MUNICI PIO ENTRA EN CONTACTO

El Municipio elabora su Carta de Intención que dirige al Alcalde de la ciudad extranjera. La APCI o MRE puede fungir como conducto, si así lo solicita el Municipio.

LA CIUDAD ACEPTA

El Municipio elabora su proyecto de Acuerdo Hermanamiento, que negocia con la ciudad. extranjeraFIRMA DEL ACUERDO

Posterior a la firma, envía el Acuerdo a la APCI para su inscripción al RAI

LA CIUDAD NO ACEPTA

Concluye el proceso.

Selección de una nueva ciudad extranjera

2222

C. Etapa de operatividad

El Programa de Intercambio de Hermanamiento (PIH) o Programa

Operativo Anual (POA) responde al objetivo de planificar las actividades

de cooperación que sean implementadas con una ciudad o entidad

hermana. Su elaboración y ejecución implica la coordinación de acciones

internas para una mejor y más ordenada presencia internacional del

Municipio o el Estado. Con éste, se aprovechan los recursos humanos,

técnicos y financieros con los que la ciudad podrá desarrollar proyectos

de cooperación internacional.

1) Consideraciones previas

Para la elaboración de un Programa de Intercambio de

Hermanamiento, vale la pena tomar en consideración los siguientes

elementos:

Cada Acuerdo de Hermanamiento celebrado implica la

elaboración de un PIH, por lo que si un Municipio ha firmado

acuerdos con 5 localidades, por ejemplo, tendrá entonces la

necesidad de generar 5 Programas Operativos Anuales.

Para la elaboración del PIH, el área encargada debe consultar al

resto de las oficinas de la estructura administrativa municipal

(Seguridad Pública; Parques y Jardines; Seguridad ciudadana,

Desarrollo Económico, Turismo, etc.) en torno a las actividades de

cooperación que tengan interés en desarrollar con las ciudades o

entidades hermanas. Cada una de las actividades que sean

propuestas, deberán considerarse como “proyectos”, por lo que se

sugiere que el área encargada solicite detalles específicos del

proyecto.

Si el Municipio cuenta con un Comité de Participación Ciudadana

de Hermanamientos (conocidos también como “Comités de

Ciudades Hermanas (CCH)”) en donde participen por igual

2233

funcionarios públicos y ciudadanos, el área encargada deberá

consultar a sus integrantes sobre los proyectos de cooperación que

propongan desarrollar con la ciudad hermana.

Una vez que el área encargada recopile los proyectos que hayan

propuesto tanto las diversas oficinas municipales como el CCH,

seleccionará aquellos que sean considerados prioritarios, de

acuerdo a los objetivos del Acuerdo de Hermanamiento, de las

observaciones del Alcalde Municipal o de las posibilidades

presupuestales del gobierno local, entre otras valoraciones.

De acuerdo a la capacidad del Municipio (en recursos financieros,

humanos, etc.), el área encargada elaborará el PIH, al cual se

integrará la selección de los proyectos propuestos por las diversas

oficinas que se hayan consultado. El área encargada presentará el

PIH al Alcalde Municipal para su aprobación.

Al contar el PIH con el visto bueno del Alcalde Municipal la

oficina encargada enviará una copia del documento a la ciudad o

entidad hermana, a efecto de solicitar sus comentarios y

valoraciones.

En caso de que la ciudad hermana extranjera tenga proyectos de

cooperación distintos a los propuestos, el área encargada deberá

consultar a las oficinas competentes del Municipio o a los

integrantes del Comité de participación ciudadana, sobre la

viabilidad de desarrollarlos. Es decir, que si es recibido un

proyecto, por ejemplo, para que una oficina reciba capacitación a

través de una visita a la localidad extranjera, el área encargada

deberá consultar a la Oficina encargada si es de su interés

participar en dicha actividad.9

9 Óp. Cit. 5.

2244

2) Elaboración de un Programa de Intercambio de Hermanamiento.

Una vez definido los propósitos y el área de interés que se desee

compartir y enriquecer con la ciudad hermana se planteará el

programa de intercambio, el cual puede ser de aspecto cultural,

económico, social, educativo, etcétera; como ejemplo podemos

mencionar los siguientes:

1. Intercambio de visitantes, funcionarios, ciudadanos prominentes,

músicos, estudiantes, maestros, profesionistas, reporteros de

medios de comunicación, grupos de baile folclórico, empresarios,

industriales, etc.

2. Intercambio de promoción turística, en la cual pueden participar

prestadores de servicios turísticos y la autoridad competente de la

ciudad.

3. Intercambio de información a través de grupos de

radioaficionados, quienes pueden entablar conversaciones con los

ciudadanos de la ciudad hermana e intercambiar información con

respecto a las actividades que vienen desarrollando los comités de

ambas ciudades.

4. Exhibición de artesanía, representativa de la ciudad.

5. Intercambio de información entre las cámaras de comercio de

ambas ciudades, realización de misiones con empresarios e

industriales, apoyo al comercio exterior.

6. Intercambio de información entre los gobiernos de ambas

ciudades, con la finalidad de beneficiar las relaciones entre sus

respectivos países.

7. Intercambio de programas de salud tanto pública como privada; en

éste, podrán participar las diversas instituciones de servicios

médicos de ambas ciudades.

2255

8. Intercambio de arte y cultura. Presentación de exposiciones y

exhibiciones de artesanía, fotografías, pintura, escultura, etc.

Formación de talleres de grupos musicales, bailes folclóricos, etc.

9. Intercambio de programas de atención y servicios a la comunidad,

por ejemplo: bomberos, aseo público, alumbrado, atención a niños,

personas de la tercera edad, minusválidos, programas para

drogadictos, etc.

10. Intercambio de programas ecológicos y medio ambiente.

11. Creación de jardines decorativos que lleven el nombre de la ciudad

hermana.

12. Programar en fechas especiales de la ciudad la visita oficial para

presentar y conocer hábitos y costumbres, además de los

productos originales de la comunidad.

2266

Grafico N° 02

RASTREO DE ÁREAS DE OPORTUNIDAD

La oficina municipal designada en el AH como responsable de la operación del convenio, retoma las áreas de cooperación incluidas en el acuerdo, y solicita al resto de las oficinas municipales y al Comité de participación ciudadana, proponer actividades y proyectos de colaboración para trabajar con la contraparte extranjera.

ESPECIFIC ACIÓN DE LOS PROYECTOS

La oficina responsable orienta al resto de las oficinas sobre los detalles que deben especificarse para generar un proyecto, o bien para impulsar una actividad de colaboración.

APROBA CIÓN INTERNA

El Alcalde Municipal y/o el Ayuntamiento, dan su autorización a la bolsa de proyectos incluidos en el primer borrador de Programa de intercambio u Operativo Anual (POA) o Plan de Trabajo Anual (PTA) del Acuerdo.

AUTORIZA CIÓN DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y

DEL AYUNTAMIENTO

El área responsable negocia los proyectos y actividades con la ciudad hermana.

LA CIUDAD EXTRANJERAAPRUEBA LOS PROYECTOS

Se genera el primer borrador de l PIH o POA o PTA y el área responsable da seguimiento a los trabajos y acciones que desarrollen las oficinas municipales involucradas

EL ALCALDE MUNICIPAL Y EL AYUNTAMIENTO

APRUEBAN ALGUNOS PROYECTOS

El área responsable negocia los proyectos autorizados con la ciudad.

EL ALCALDE MUNICIPAL Y/O EL AYUNTAMIENTO NO AUTORIZAN LOS PROYECTOS

Se generan nuevos proyectos o propuestas de actividades

2277

D. Etapa de Fortalecimiento institucional

1. Creación de una oficina de asuntos internacionales, o Adaptar una

oficina ya existente, en un “área internacional”.

La creación de una oficina de asuntos internacional o la

adaptación de una oficina con mayor proyección internacional

constituye una alternativa para trabajar y consolidar cualquier proceso

de hermanamiento que inicie cualquier municipalidad del Perú. Sin

embargo su implementación y adaptación constituye un trabajo que

deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

a. Revisión de las fortalezas y debilidades del Municipio

Esta etapa resulta necesaria debido a que se podrá

identificar las fortalezas y debilidades del municipio antes o

después del proceso del hermanamiento. Para ello es necesario

plantearse los siguientes puntos:

Preguntas clave:

• ¿Tiene Reglamento Interior?

• ¿Cuál es su estructura orgánica?

• Tradicionalmente, ¿qué funcionario ha tenido bajo su

responsabilidad los asuntos internacionales?

• ¿Existen funcionarios que hablen inglés u otro idioma?

b. Creación De Una Oficina Municipal De Relaciones

Internacionales

La creación de una oficina de cooperación técnica

internacional o la adaptación de una ya existente constituye una

de las alternativas más viables para trabajar e implementar un

proceso de hermanamiento. Para ello es necesario identificar los

siguientes puntos clave:

Puntos Clave:

Dónde ubicarla en el organigrama municipal;

2288

Personal que deberá asignársele;

Modificaciones al Reglamento Interno de la

municipalidad.

Notificación al resto de la administración pública local.

c. Adaptación De Una Ya Existente

Al igual que el acápite anterior, la adaptación de una oficina

ya existente en materia de cooperación técnica internacional,

también resulta una opción viable para trabajar un proceso de

hermanamiento, por ello antes de su adaptación sería necesario

identificar los siguientes puntos clave:

Puntos clave:

• Identificar la oficina con mayor proyección internacional

y con mejor lugar en el organigrama;

• Definir funciones;

• Modificaciones al Reglamento Interior;

• Notificación al resto de la administración.

2. Comité de Participación Ciudadana

Este comité estará encabezado por el presidente o alcalde

municipal como presidente honorario; además, deberán considerar un

presidente ejecutivo, un coordinador general, un secretario, los

responsables de comisiones y los subcomités, los cuales podrán ser

elegidos por votación de mayoría por los integrantes de dicho comité.

La estructura puede variar, dependiendo de la capacidad, el

interés y los objetivos que se acuerden por sus integrantes. La forma de

organización del comité será tan amplia como el trabajo lo requiera, a

fin de cumplir con los propósitos de intercambio que se tengan con la

ciudad a hermanarse.

El presidente o alcalde municipal designa dentro de su

estructura a los miembros de las comisiones, siendo éstos los

2299

responsables de dar a conocer a la ciudadanía las afiliaciones y el

hermanamiento que se logren en beneficio de la comunidad que

representan.

Un punto que facilitará la toma de decisiones de los integrantes

del comité es el contar con un inventario de los recursos humanos y

físicos de la comunidad, así como tener presente las potencialidades de

desarrollo que existen en el municipio para poder realizar proyectos

productivos.

Estructura del Comité de Participación Ciudadana

Presidente Honorario

Alcalde Municipal

Presidente Ejecutivo

Coordinador General

Secretario

Miembros

3300

Gráfico N° 03

ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO

El Municipio desarrolla un diagnóstico sobre los pasos que deben darse para implementar cada una de las dos estrategias de esta etapa:

Fortalecimiento de la Administración Pública Municipal

Promoción de la participación ciudadana

REVISIÓN DE LAS FORTALEZAS DEBILIDADES DEL MUNICIPIO

Preguntas clave:

• ¿Tiene Reglamento Interior?

• ¿Cuál es su estructura orgánica?

• Tradicionalmente, ¿qué funcionario ha tenido bajo su responsabilidad los asuntos internacionales?

• ¿Existen funcionarios que hablen inglés u otro idioma?

REVISIÓN DE LAS FORTALEZAS Y DEBILIDADES DEL MUNICIPIO

Preguntas clave:

• ¿Existe ya un Comité constituido?

• ¿Tiene aprobado un Reglamento de Participación Ciudadana?

• ¿Existen otros Comités reglamentados de Participación Ciudadana?

ELABORACIÓN DE DIAGNÓSTICO ELABORACIÓN DE DIAGNÓSTICO

CREACIÓN DE UNA OFICINA MUNICIPAL DE

RELACIONES INTERNACIONALES

ADAPTACIÓN DE UNA YA EXISTENTE

Puntos clave:• Dónde ubicarla en el

organigrama;• Personal que deberá

asignársele;• Modificaciones al

Reglamento Interior;• Notificación al resto

de la administración pública local.

ADAPTACIÓN DE UNA OFICINA YA EXISTENTE

Puntos clave:

• Identificar la oficina con mayor proyección internacional y con mejor lugar en el organigrama;

• Definir funciones;• Modificaciones al

Reglamento Interior;• Notificación al resto de

la administración

CREACIÓ N DE UN NUEVO COMITÉPuntos clave:• En caso de que ya exista un Comité

AC, definir propuesta para invitar a sus integrantes a participar en el Comité Reglamentado que será creado y el oficialmente reconocido por el gobierno municipal;

• Definir organigrama;• Elaborar propuesta de Reglamento y

presentarlo a consideración del Municipio.

• Definir Comisiones.• Lanzar convocatoria.• Definir titularidad.

ADAPTACIÓN DE LAS FUNCIONES A UN COMITÉ YA

CONSTITUIDOPuntos clave:• Elaborar propuesta de

adaptación, para integrar funciones, titulares, organigrama, Comisiones y la fórmula para lanzar convocatoria;

• Proponer las adecuaciones al marco normativo existente.

3311

V. FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE HERMANAMIENTO

El financiamiento del proyecto de hermanamiento se encuentra

supeditado a forma como la administración pública local municipal en

coordinación con el pleno del consejo municipal acuerde. Por ejemplo

A. Recursos propios o estatales:

Los ingresos propios de la municipalidad constituye el primer actor

de financiamiento en todo proceso de hermanamiento debido a que no

existe un fondo gubernamental que impulse dichos proyectos.

Sin embargo, una gestión adecuada ante instituciones

gubernamentales centrales como el Fondo Intergubernamental para la

Descentralización (Fide) podría obtenerse un financiamiento parcial o

total para el presente proyecto.

B. Organizaciones No Gubernamentales (Ongs)

Las organizaciones no gubernamentales (Ongs) de alcancen

nacional o internacional también constituyen una forma de lograr el

financiamiento de un proceso de hermanamiento de ciudades, con el

inconveniente de poder estar condicionados al otorgamiento de

beneficios al momento de formular proyectos de desarrollo social.

C. Comunidad Europea:

Para el caso de la comunidad europea existe un presupuesto que es

otorgado para financiar estos tipos de proyectos de hermanamientos de

ciudades con el fin de superar conflictos comunes que aquejan a las

gobiernos locales y unificar fuerzas para la realización de numerosos

proyectos de desarrollo social. Dicho apoyo fue establecido formalmente

en 1989.

Por ejemplo en el años 2003 se planificó un presupuesto de

alrededor de 12 millones de euros anuales para financiar 1.300 proyectos

de hermanamiento de ciudades europeas.10

10

Para mayor información véase http://es.wikipedia.org/wiki/Hermanamiento_de_ciudades

3322

El programa «Europa con los ciudadanos» (1989) El programa

≪Europa con los ciudadanos≫ promueve la ciudadanía europea activa y

se dirige a las autoridades locales, las organizaciones de la sociedad civil

y otros participantes dispuestos a desarrollar actividades que permitan a

los ciudadanos trabajar conjuntamente en la construcción de Europa.

Las ≪Estrellas de Oro≫ son el reconocimiento anual de proyectos

que se han visto especialmente coronados por el éxito y que, por lo tanto,

pueden servir de ejemplo y ser una fuente de inspiración para otros.11

1) Proyectos Premiados Forjados Por El Hermanamiento De

Ciudades12

Conservación de la energía y los recursos naturales, y su

repercusión en la vida diaria de los europeos (municipio de

Nether Kellet, Reino Unido)

Hijos del país, padres de Europa: una misma ciudadanía, pese a

la distinta procedencia (municipio de Coudray-Saint-Germer,

Francia)

Ciudadanos unidos, sin fronteras (municipio de Tekovské

Lužany, Eslovaquia)

Semana Europea (municipio de Hennef, Alemania)

Jornadas Europeas 2006. Solidaridad en Europa, cientos de

ideas, miles de amigos (municipio de Wągrowiec, Polonia).

11

Comisión Europea; Ciudadanía europea activa. Estrellas de Oro 2007 Luxemburgo: Oficina de

Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas 2008 – 16 pp. – 21 x 29,7 cm, ISBN 978-92-79-07733-3 12

Ídem, pág. 1.

3333

VI. DATOS DE INTERES

Si bien es cierto que ambas ciudades son hispanas, pero hay algunas

diferencias en el léxico, y esto serviría para identificar rápidamente, a quienes

nos estamos refiriendo, como:

GENTILICIO:

Al poblador de Jaén-España, su gentilicio es: JIENENSE, mientras que

al poblador de Jaén-Perú, su gentilicio es: JAENÉS o JAENENSE.

INSTITUCIONES:

A la corporación Municipal en España, se le dice AYUNTAMIENTO.

En Perú, se le dice MUNICIPALIDAD

CARGOS:

A los integrantes del cuerpo Municipal, en España, se le dice:

CONSEJAL, en Perú, se le dice: REGIDOR.

GEOGRAFIA:

En la división política y geográfica, en España, se llaman:

COMUNIDADES AUTONOMICAS, y en Perú, se les conoce como:

DEPARTAMENTOS

DISTRIBUCIÓN POLITICA:

La distribución Política de Jaén en Perú, se llama DISTRITO y en Jaén España,

se llama COMARCA.

3344

VII. BIBLIOGRAFIA

1) CEDEMUN, “Como promover el Hermanamiento de Ciudades”, Colima,

Col, Marzo del 2007.

2) Comisión Europea; Ciudadanía europea activa. Estrellas de Oro 2007

Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades

Europeas 2008 – 16 pp. – 21 x 29,7 cm, ISBN 978-92-79-07733-

3) Constitución política del Perú.

4) Cooperación Oficial Descentralizada: una nueva competencia del

gobierno municipal en apoyo al desarrollo local.

5) Enciclopedia Libre Wiki pedía,

http://es.wikipedia.org/wiki/Hermanamiento_de_ciudades

6) Ley Orgánica De Gobiernos Regionales – Perú.

7) Ley Orgánica De Municipalidades – Perú.

8) Ley sobre celebración de Tratados, Publicada en el Diario Oficial de la

Federación, jueves 2 de enero de 1992

9) Oficio Nº 176-2010-MPJ/A

10) Secretaria de Relaciones Exteriores de México; Programa Mexicano de

Hermanamientos y Cooperación Descentralizada P R O M E H C I D.

3355

VIII. ANEXOS, MAPAS, SIMBOLOS, FOTOS Y OTROS

A. Mapas y Escudos

1) Jaén-Perú Departamento de Cajamarca Provincia de Jaén

BBaannddeerraa EEssccuuddoo EEssccaarraappeellaa

BBaannddeerraa ddee JJaaéénn EEssccuuddoo ddee JJaaéénn

3366

2) Jaén-España

RReeiinnoo ddee EEssppaaññaa

CCoommuunniiddaadd ddee AAnnddaalluuccííaa

3377

AAyyuunnttaammiieennttoo ddee JJaaéénn

BBaannddeerraa ddee EEssppaaññaa BBaannddeerraa ddeell AAyyuunnttaammiieennttoo ddee JJaaéénn

BBaannddeerraa ddee llaa CCoommuunniiddaadd ddee AAnnddaalluuccííaa