propuesta de polÍtica comercial para el terminal portuario ... · es por ello que es de vital...
TRANSCRIPT
1
“PROPUESTA DE POLÍTICA COMERCIAL PARA EL
TERMINAL PORTUARIO DE YURIMAGUAS - NUEVA
REFORMA”
ELABORADO POR:
Mayo, 2018
2
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 3
ANTECEDENTES......................................................................................................................... 5
JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA............................................................................................. 7
REGLAMENTO GENERAL DE TARIFAS ....................................................................................... 10
Artículo 37°: Aplicación de ofertas, descuentos y promociones en general .......................... 10
Artículo 38°: Carácter opcional de ofertas, descuentos y promociones ................................ 11
Artículo 39°: Plazo de Vigencia de ofertas, descuentos y promociones ................................ 11
POLÍTICA COMERCIAL DEL TPY-NR........................................................................................... 13
I. SERVICIOS ESTÁNDAR: ................................................................................................. 13
a. A la nave. ................................................................................................................. 13
b. A la carga. ................................................................................................................ 13
c. Al pasajero............................................................................................................... 15
CONCLUSIONES ....................................................................................................................... 15
MODELO DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO “EL PERUANO” ........................................................ 16
ANEXOS .................................................................................................................................. 17
Anexo 1A: Descuentos sobre la Tarifa del Servicio a la Nave ................................................ 17
Anexo 1B: Descuentos sobre la Tarifa del Servicio a la Carga ............................................... 19
A. A LA CARGA GENERAL .............................................................................................. 19
B. A LA CARGA CONTENERIZADA.................................................................................. 22
Anexo 1C: Descuentos sobre la Tarifa de Servicio al Pasajero .............................................. 25
3
INTRODUCCIÓN
El nuevo Terminal Portuario de Yurimaguas – Nueva Reforma (TPY-NR) se encuentra ubicado en
el margen izquierdo del río Huallaga en la localidad de Nueva Reforma, ciudad de Yurimaguas,
provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto. El TPY-NR es el último eslabón del Eje
Multimodal Amazonas Norte, con lo cual la infraestructura está conectada con el Puerto de Paita
y cuenta con un acceso terrestre directo por la carretera Paita- Tarapoto – Yurimaguas. Este
sistema de transporte multimodal va a permitir en un mediano plazo aumentar la actividad
comercial con los países vecinos de Colombia, Ecuador y Brasil.
El 31 de mayo de 2011, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) entregó en
concesión el TPY – NR a la Concesionaria Puerto Amazonas S.A. (COPAM) por un periodo de 30
años bajo la modalidad de cofinanciamiento, siendo este proyecto la primera experiencia de
concesión cofinanciada en el sector portuario peruano. Una concesión cofinanciada, no genera
los ingresos necesarios que permitan cubrir la magnitud de la inversión y los costos de operación
y mantenimiento, es decir, el flujo de demanda (flujo de carga y pasajeros) es mínimo. Por lo
tanto, el Estado debe desembolsar un monto de cofinanciamiento que permita cubrir dichos
costos; de este modo, se logra que el servicio sea brindado de forma continua y opere de manera
eficiente por parte del sector privado. Asimismo, esta modalidad de concesión se encuentra bajo
el marco de las Asociaciones Público Privadas (APP) promocionado por parte del sector público
en los últimos años.
Esta concesión tiene el objetivo de dotar de infraestructura y equipamiento portuario moderno
a la zona amazónica, ya que, se esperaba que a partir de la puesta en marcha de este proyecto
se mejoren las condiciones del servicio de transporte fluvial en la zona. Por su ubicación
estratégica, sirve como conexión de intercambio comercial entre la zona norte y la región
amazónica. Además, con la ejecución del proyecto Hidrovía Amazónica1, la cual otorgará buenas
condiciones de navegabilidad en el río Huallaga, el río Marañón y el Amazonas, se dinamizará el
comercio internacional del Perú con Brasil, Sudamérica, Europa y Asia.
El problema de la informalidad en la zona de influencia del TPY-NR es latente y requiere ser
atendido por el Estado. Esto es de común conocimiento de la comunidad portuaria de
Yurimaguas, ante dicha situación la Autoridad Portuaria Nacional (APN) en conjunto con COPAM
ha venido realizando Pruebas Operativas con autorización del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones2 (MTC o CONCEDENTE) con el fin de atender la “carga mixta” existente, la cual
representa cerca del 70% del total movilizado en Yurimaguas, cuya atención y movilización es
realizado básicamente por estibadores.
1 El 07 de Setiembre del 2017 se firmó el Contrato de Concesión del proyecto “Hidrovía Amazónica”. La empresa
encargada de la administración de este proyecto es COHIDRO S.A., y estima iniciar con las operaciones de dragado aproximadamente año 2022.
2 Pruebas realizadas entre el 09 y 28 de Octubre del 2017, con previa autorización del MTC mediante Oficio N° 3939-2017-MTC/25.
4
Dentro del periodo de las Pruebas Operativas autorizadas por el MTC, el desembocadero La Boca
estuvo cerrado, y las autoridades, entre ellas la APN3 y DICAPI4, han mostrado voluntad de
mantener esta disposición en adelante con el objetivo de detener el crecimiento de la
informalidad en Yurimaguas e incentivar las buenas prácticas que se vienen realizando en el TPY-
NR brindando servicios de calidad y seguridad en beneficio de los usuarios.
La Propuesta de Política Comercial que se ha diseñado responde a la solicitud y preocupación
por parte de la Comunidad Portuaria con respecto al elevado nivel de las Tarifas Estándar del
Terminal Portuario de Yurimaguas – Nueva Reforma, el cual ha evidenciado mediante las
estadísticas operativas una gran brecha existente entre la demanda atendida por el TPY-NR con
lo proyectado por PROINVERSION, además de lo atendido por ENAPU.
Las razones de la existencia de esta brecha, básicamente responde al problema de informalidad
en la zona de influencia, y a los elevados niveles de las tarifas con las que cuenta el TPY-NR en
comparación con los terminales administrados por ENAPU y con los precios casi nulos presentes
en los desembocaderos informales.
Es por ello que es de vital importancia la implementación de la Política Comercial la cual se
pasará a detallar en el desarrollo del presente documento.
3 Comunicados N° 001-2017-APN/OD-YURIMAGUAS y N° 002-APN/OD-YURIMAGUAS. 4 Aviso de Capitanía N° 022-2017-MGP/DGCC.
5
ANTECEDENTES
Actualmente, el TPY-NR cuenta con las Tarifas Fijadas para los Servicios Estándar y para los
Servicios Especiales, aprobados de acuerdo a los procedimientos del Reglamento General de
Tarifas de OSITRAN.
Mediante la Resolución N° 043-2016-CD-OSITRAN, se aprueban las Tarifas para los Servicios
Estándar a prestarse en el Terminal Portuario de Yurimaguas. Los servicios incluidos en esta
resolución son las siguientes:
- Servicio a la Nave. - Servicio a la Carga.
o Fraccionada o Rodante o Sólida a granel o Líquida a granel o Contenedor con carga de 20’ o Contenedor sin carga de 20’ o Contenedor con carga de 40’ o Contenedor sin carga de 40’
- Servicio al pasajero.
El 13 de junio del 2017, mediante Carta N° 0363-2017-GG-COPAM, COPAM solicitó la precisión
de las unidades de medida de los Servicios Estándar, en específico, las unidades del servicio a la
nave (metro eslora-hora) y el servicio al pasajero (por pasajero), señalando, para el primer caso,
hacer viable el cobro por metro de manga-hora y, para el segundo caso, dirigir el cobro solo al
pasajero embarcado.
El 17 de julio del 2017, mediante Carta N° 0430-2017-GG-COPAM5, COPAM comunicó al
Concedente la intención de implementar una Política Comercial que permita asegurar la
competitividad del TPY-NR; así como posicionarlo como un actor relevante dentro del comercio
interregional mediante la implementación de un mecanismo de descuentos acorde a las
actividades y servicios portuarios que se brindan en la zona.
El 25 de julio del 2017, mediante Oficio N° 070-17-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulación y
Estudios Económicos del OSITRAN, realizó un requerimiento de información respecto a lo
solicitado por COPAM en la Carta N° 0363-2017-GG-COPAM. Dicho requerimiento del OSITRAN,
fue atendido por COPAM el 11 de agosto del 2017 mediante Carta N° 0475-2017-GG-COPAM.
El 05 de setiembre del 2017, mediante Carta N° 0530-2017-GG-COPAM, con el fin de incentivar
la demanda, COPAM solicitó al MTC autorización de una operación libre de costo dentro del TPY-
NR, y a su vez, reiteró la intención de implementar una Política Comercial.
El 20 de setiembre del 2017, fue notificada a COPAM la respuesta del OSITRAN mediante Oficio
N° 082-17-GRE-OSITRAN, en el cual señalaba que, respecto a la precisión de la unidad de medida
5 Esta carta fue remitida en copia a la DGCT-MTC (Carta N° 0431-2017-GG-COPAM), a la APN (Carta N° 0432-2017-
GG-COPAM) y al OSITRAN (Carta N° 0433-2017-GG-COPAM).
6
del servicio al pasajero, la Tarifa fijada mediante Resolución N° 043-2016-CD-OSITRAN,
consideró como alcance del Servicio Estándar a los pasajeros las facilidades para el embarque y
desembarque de pasajeros que utilizan en el Terminal Portuario de Yurimaguas – Nueva
Reforma y como unidad de cobro el pasajero, sin distinguir si se trata de un pasajero embarcado
o uno desembarcado. Sin embargo, respecto a nuestra consideración de que en la práctica
portuaria común la tarifa se cobra sólo al pasajero embarcado, OSITRAN nos señaló que esta
precisión podría ser incorporada dentro de la Política Comercial del TPY-NR, siguiendo con el
procedimiento descrito en el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN.
Por otro lado, mediante la Resolución N° 032-2017-CD-OSITRAN, se aprueban las Tarifas para el
primer grupo de los Servicios Especiales, los cuales entraron en vigencia desde el 06 de
Noviembre del 2017. Con esta resolución se deja de aplicar la tarifa de Almacenamiento del 4to
día en adelante para la carga sólida a granel, y se retira del primer grupo de servicios especiales.
Además, en el artículo 6 de dicha resolución, el Consejo Directivo del OSITRAN dispone la
publicación de la resolución y de la Exposición de Motivos en el Diario Oficial El Peruano y en el
Portal Institucional de OSITRAN.
Mediante Carta N° 0701-2017-GG-COPAM, del 06 de noviembre del 2017, se solicitó al Ositran
la Aplicación de una Política Comercial para el Terminal Portuario de Yurimaguas, para lo cual se
remitió la Propuesta de Política Comercial en dicha comunicación.
Mediante Carta N° 0752-2017-GG-COPAM, del 04 de diciembre del 2017, se calculó el Reajuste
de las Tarifas de acuerdo a la Cláusula 9.7 del Contrato de Concesión, el cual fue corroborado
por el OSITRAN mediante Oficio N° 105-17-GRE-OSITRAN.
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 33 y 34 del Reglamento General de Tarifas del
OSITRAN, se procedió a realizar la publicación en el diario “El Peruano” y en nuestra web el día
15 de diciembre del 2017, la cual fue notificada a OSITRAN mediante Carta N° 0780-2017-GG-
COPAM.
Mediante Carta N° 0769-2017-GG-COPAM se presentó la Propuesta Tarifaria de Nuevos
Servicios Especiales para el TPY-NR ante el OSITRAN.
Mediante Oficio N° 104-17-GRE-OSITRAN, del 12 de Diciembre del 2017, OSITRAN da respuesta
a la Carta N° 701-2017-GG-COPAM, mediante la cual notifica precisiones y recomendaciones
sobre la Propuesta de Política Comercial, las mismas que fueron consideradas en la Propuesta
presentada el 02 de marzo del 2018 mediante Carta N° 0146-2018-GG-COPAM6.
Mediante Oficio N° 029-18-GRE-OSITRAN, notificado a COPAM el 03 de Abril del 2018, OSITRAN
solicita precisiones y mayor detalle en la forma de aplicación de nuestra Política de Descuentos,
los cuales han sido abordados y explicados a detalle en la presente Propuesta de Política
Comercial.
6 Carta referenciando el cargo de la Carta N° 0145-2018-GG-COPAM presentado el 02 de marzo del 2018 al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
7
JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
El TPY inició operaciones el 15 de Diciembre del 2016. De los datos estadísticos se puede verificar
que la movilización de carga ha sido reducida e incluso durante tres meses fue nula.
A continuación se muestra la evolución de la carga atendida en el TPY.
Gráfico 1: Carga movilizada en el Terminal Portuario de Yurimaguas – Nueva Reforma (Toneladas)
Fuente: Elaboración Propia.
En el mismo periodo se observa que el terminal operado por ENAPU muestra un movimiento de
carga muy similar al periodo anterior, con lo cual se nota que la entrada en operación del nuevo
terminal no afectó la carga movilizada por el terminal de ENAPU.
Gráfico 2: Carga movilizada en el Terminal Portuario de Yurimaguas – ENAPU (Miles de Toneladas)
La demanda real a la que se enfrenta el TPY-NR no es la que PROINVERSION había proyectado
como demanda, tal como se aprecia en el gráfico 3 y 4.
-
234
73 - - -
886
611
93 142
42
302
746
-
200
400
600
800
1,000
dic-16 ene-17 feb-17 mar-17 abr-17 may-17 jun-17 jul-17 ago-17 sep-17 oct-17 nov-17 dic-17
5
8
12
8
5 6
5 5 5 4
6 5
15
13
19
11
4
6 7
6 7
6
14
17
-
2
4
6
8
10
12
14
16
18
20
ene-
16
feb
-16
mar
-16
abr-
16
may
-16
jun
-16
jul-
16
ago
-16
set-
16
oct
-16
no
v-1
6
dic
-16
ene-
17
feb
-17
mar
-17
abr-
17
may
-17
jun
-17
jul-
17
ago
-17
sep
-17
oct
-17
no
v-1
7
dic
-17
8
Gráfico 3: Tráfico de Naves en la ciudad de Yurimaguas
Fuente: Elaboración Propia.
Gráfico 4: Carga movilizada en la ciudad de Yurimaguas
(Toneladas)
Fuente: Elaboración Propia.
La brecha existente entre lo proyectado por PROINVERSION y lo atendido realmente por el TPY-
NR, principalmente, podría deberse a las siguientes razones identificadas:
Permanencia de los 8 Embarcaderos informales en la ciudad de Yurimaguas, en especial
La Boca y el Abel Guerra, que deberían ser los primeros en cerrar.
Funcionamiento de Terminal de ENAPU.
Permanencia de la infraestructura de Yuriport, cuya demolición fue ordenada por la APN
pero no se ha ejecutado y podría ser utilizada a futuro ya que se encuentra a solo 500
metros del acceso al Nuevo TPY-NR.
Demora en el proyecto de Hidrovía Amazónica, imposibilidad de internacionalización
del TPY – NR, para acceder al desarrollo de actividades de comercio exterior con los
países vecinos de Perú.
1
8
4
0 0 0
19 18
58
45
2118
26
31 3032
23
18
1417 16
19
8
32
37
13 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15 15
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
dic-16 ene-17 feb-17 mar-17 abr-17 may-17 jun-17 jul-17 ago-17 sep-17 oct-17 nov-17 dic-17
COPAM ENAPU PROINVERSIÓN
- 234 73 - - -886 611 93 142 42 302 746
5,171
14,851
12,547
19,130
10,935
4,492 5,509
7,131 6,375 7,185
5,554
13,883
16,528
27,114
29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754 29,754
-
5,000
10,000
15,000
20,000
25,000
30,000
35,000
dic-16 ene-17 feb-17 mar-17 abr-17 may-17 jun-17 jul-17 ago-17 sep-17 oct-17 nov-17 dic-17
COPAM ENAPU PROINVERSIÓN
9
Sin embargo, solucionar estos 4 puntos detallados anteriormente no sería suficiente para
incentivar y dirigir la demanda de la comunidad portuaria de Yurimaguas al TPY-NR.
La Exposición de Motivos presentada junto a la Resolución N°032-2017-CD-OSITRAN, demuestra
la preocupación de la comunidad portuaria por la situación actual del TPY-NR. Muchos de los
comentarios recibidos estuvieron relacionados a las Tarifas Estándar, las cuales no fueron
motivo de agenda en la Audiencia Pública realizada el 08 de Setiembre del 2017, sin embargo,
fueron consideradas por el OSITRAN y, a continuación se mencionan:
Consejo Nacional de Usuarios de Puertos (CUP).
Manifestó su preocupación por la sostenibilidad del proyecto en el tiempo a la luz del
escaso movimiento de carga en el TPY-NR, que no condice con las proyecciones
realizadas por PROINVERSION para el proyecto. Esta misma preocupación fue
transmitida al Ministerio de Transportes y Comunicaciones por parte de la Gerencia de
Atención al Usuario del OSITRAN, mediante Oficio N° 076-2017-GAU-OSITRAN el 18 de
Setiembre del 2017.
Consejo Regional de Usuarios de Loreto/San Martín.
Cuestionaron sobre las acciones que está realizando el Estado para incentivar la
atención de carga a través del TPY-NR.
Melchor Meza/Agencia Naviera Pirámide
Manifestó su preocupación respecto al elevado nivel de las tarifas de servicios a la nave
y a la carga rodante respecto al del Terminal Portuario de Iquitos administrado por
ENAPU.
Gary Ruiz/Agencia Fluvial Dos Mil
Manifestó su preocupación respecto al elevado nivel de la tarifa de servicio a la carga
fraccionada frente al que se cobra en el Terminal Portuario de Yurimaguas, administrado
por ENAPU. Asimismo indicó que el OSITRAN en conjunto con el MTC debería adoptar
medidas para reducir los precios que se cobran en el TPY-NR.
Por otro lado, indicó que la tarifa del Servicio Estándar al pasajero es muy alta y se cobra
por embarcar y desembarcar, por esta razón las naves y usuarios no utilizan este
terminal.
Bartolomé Tanchiva/FENTENAPU
Indicó que la tarifa del Servicio al Pasajero no debería cobrarse al pasajero
desembarcado, tal como se hace en los terminales administrados por ENAPU ya que el
pasajero ya pagó en el terminal de embarque.
Tito Vargas/COPAM
Manifestó que la tarifa de los Servicios Estándar debería tener una revisión porque no
están funcionando. Al respecto, la adopción de una Política Comercial que le compete
más al Estado que a COPAM porque impacta en el Cofinanciamiento.
10
Frente a estos comentarios, OSITRAN manifestó e hizo expreso en el documento de “Exposición
de Motivos”, lo siguiente:
“(…) es importante indicar que el Concesionario tiene la facultad de implementar una
política comercial a fin de brindar descuentos a las tarifas fijadas por el Regulador. Dada
la naturaleza cofinanciada de la concesión, la referida política deberá contar con la
aprobación del Concedente ya que podría tener algún impacto en el monto del
cofinanciamiento.”
Al respecto, si bien es cierto, la Política Comercial tiene un impacto en el Cofinanciamiento por
efecto precio, pero también tiene un impacto por efecto demanda y lo que principalmente se
busca en esta propuesta de política comercial es que el efecto demanda supere al efecto precio.
Por todo lo expuesto anteriormente, es de vital importancia la implementación de una Política
Comercial, la cual debe estar dirigida en un esquema de descuentos sobre las tarifas estándar la
cual se desarrollará en un siguiente segmento del presente documento.
REGLAMENTO GENERAL DE TARIFAS
La presente propuesta de Política Comercial se encuentra enmarcada dentro de lo regulado en
el Reglamento General de Tarifas y no contraviene en ningún aspecto lo establecido en los
artículos del 37° al 39°, contenidos dentro del Capítulo 3 del Título III.
ARTÍCULO 37°: APLICACIÓN DE OFERTAS, DESCUENTOS Y PROMOCIONES EN GENERAL
“Artículo 37: En los casos en que existan condiciones equivalentes, las Entidades Prestadoras podrán ofrecer como parte de su política comercial, con carácter general y de manera temporal o permanente; ofertas, descuentos y promociones en condiciones económicas más ventajosas a las normalmente aplicadas. Para tal efecto las ofertas, los descuentos y bonificaciones deberán responder a prácticas comerciales generalmente aceptadas, que respondan a circunstancias compensatorias, tales como pago anticipado, monto, volumen u otras. Las políticas comerciales de las Entidades Prestadoras que incluyan las ofertas, descuentos y promociones deberán indicar el plazo de vigencia previsto para su aplicación, así como las prácticas generalmente aceptadas o las circunstancias compensatorias que sustentan su aplicación, con la suficiente descripción que permita a los Usuarios y a OSITRAN conocer sus características y condiciones. En el caso de las Concesiones Cofinanciadas, la Entidad Prestadora deberá cumplir con la publicación en el plazo de diez (10) Días previos a la fecha propuesta de entrada en vigencia.”
La política de descuentos estará dirigido al cliente que cumpla con los requisitos en función a la
frecuencia de utilización de las instalaciones portuarias, y/o en función al volumen de carga
movilizado, y/o en función de la cantidad de arribos por parte de las naves y pasajeros.
11
ARTÍCULO 38°: CARÁCTER OPCIONAL DE OFERTAS, DESCUENTOS Y PROMOCIONES
“Artículo 38: Corresponde a los Usuarios el derecho de aceptar las ofertas, descuentos y promociones cuando estas condiciones impliquen la imposición de obligaciones adicionales o limitaciones a sus derechos.”
Los descuentos serán otorgados a aquellos clientes que cumplan con los requisitos detallados
dentro de la Política Comercial y no estarán obligados a aceptar dichos descuentos, siendo de
su propia voluntad el acceso a estos.
ARTÍCULO 39°: PLAZO DE VIGENCIA DE OFERTAS, DESCUENTOS Y PROMOCIONES
“Artículo 39: Las Entidades Prestadoras están obligadas a comunicar el carácter temporal o permanente de sus ofertas, descuentos y promociones.
En los casos en que la Entidad Prestadora decida poner fin a la vigencia de una oferta, descuento o promoción, antes del término del plazo establecido en su respectivo Tarifario, deberá publicarla para conocimiento de los Usuarios y público en general en los locales de la Entidad Prestadora donde se brinda el servicio correspondiente, así como en su página Web, con al menos cinco (05) días de anticipación a la fecha de término.
Asimismo, la Entidad Prestadora deberá comunicar a OSITRAN las modificaciones en ofertas, descuentos y promociones con al menos cinco (05) días de anticipación a la fecha de término. De no cumplir con dicho plazo la Entidad Prestadora no podrá aplicar la modificación.
En aquellos casos en los que la modificación de la oferta, descuento o promoción, corresponda a la modificación de tarifas por debajo de los niveles máximos, el plazo arriba indicado podrá ser de tres (03) días.”
La vigencia de la presente Política Comercial está evaluada para un periodo de un año, de acuerdo a la Línea de Tiempo adjunta en el Gráfico 5, esta Política Comercial entraría en vigencia diez (10) días después de la publicación de la Política Comercial en nuestro Portal Web y en un diario de amplia circulación.
12
Gráfico 5. Línea de Tiempo: Política Comercial
Fuente: Elaboración Propia.
(a) De acuerdo al Artículo 23 del RETA
“Artículo 23. Establecimiento de Tarifas
(…)
En el caso de Contratos de Concesión Co financiadas, la Entidad Prestadora deberá comunicar, con veinte (20) Días previos
a su aplicación, al OSITRAN y al CONCEDENTE, las ofertas, los descuentos y promociones. Dicha comunicación deberá
contener por lo menos la motivación de las prácticas, así como el plazo de vigencias de las mismas. El concedente de
considerarlo pertinente podrá limitar la aplicación de estas tarifas y/o promociones”.
[El subrayado es nuestro.]
(b) De acuerdo al Artículo 33 del RETA
“Artículo 33. Obligación de publicar el Tarifario y sus modificaciones
(…)
En los casos en que modifique el Tarifario, la Entidad Prestadora deberá publicar la materia de modificación en su página
web y en un diario de amplia circulación. Adicionalmente, la publicación en el diario debe contener la dirección de la
página web del tarifario actualizado. Dicha publicación deberá efectuarse con una anticipación no menor a diez (10) Días
a la fecha de entrada en vigencia correspondiente. Del mismo modo, la publicación deberá efectuarse dentro del área en
donde está ubicada la Infraestructura, en la que se aplica la tarifa o la política comercial que es materia de modificación”.
[El subrayado es nuestro.]
Comunicado a OSITRAN y
CONCEDENTE
•Fecha del Comunicado conteniendo la Propuesta de Política Comercial
Publicación de la Política Comercial
•Diez (10) días previos a la Entrada en Vigencia.
Entrada en Vigencia
•Diez (10) días después de la Publicación en un diario
de amplia circulación.
13
POLÍTICA COMERCIAL DEL TPY-NR
La Política Comercial del TPY - NR, estará enfocada en celebrar Acuerdos Comerciales con
clientes y usuarios (armadores, agencias fluviales, consignatarios directos de las cargas, agencias
de estiba, agencias logísticas, y transportistas), la cual estará basada en brindar descuentos que
estarán en función a la demanda del servicio, otorgándose mayores descuentos a aquellos
clientes y usuarios que cumplan las condiciones que a continuación se detallarán. Este modelo
de Acuerdo Comercial está adjunto en el Anexo 2 de la presente Propuesta.
Es pertinente mencionar el carácter opcional de esta Política Comercial, es decir, los clientes que
cumplan con los requisitos necesarios para acceder a los descuentos, no estarán obligados a
contar con dicho beneficio, siendo de su propia voluntad el acceso a estos.
La vigencia de esta propuesta de Política Comercial será de un año, entraría en aplicación el 31 de mayo de 2018.
I. SERVICIOS ESTÁNDAR:
A. A LA NAVE.
Esta se dará en función a la frecuencia de arribos al mes, y los descuentos se harán
efectivos sobre el total sin igv por el servicio.
Nota: La tarifa descontada a aplicarse es referencial. El descuento se aplica sobre el
importe sin igv.
Se otorgará un descuento del 10% sobre el importe a pagar (sin igv) a aquella nave que
arribe más de 4 veces al mes, inclusive. Es decir, a partir del 4to arribo en adelante, la
nave se hará acreedora de un descuento del 10% sobre el importe a pagar (sin igv).
Un ejemplo aplicativo a este descuento está detallado en el Anexo 1A.
B. A LA CARGA.
i. Carga General.
Este descuento se dará en función al volumen de carga, medida en toneladas.
Nota: Las tarifas descontadas mostradas en el cuadro son referenciales.
Actual
Servicios a la Nave Metro de eslora-hora 0.74 [4 a + / mes]
10%Servicio Unidad
Tarifas
0.67
[10 a 30 > [30 a 50 > [50 a +TON >
5% 10% 15%
Fraccionada Por tonelada 16.94 16.09 15.25 14.40
Rodante Por tonelada 76.43 72.61 68.79 64.97
Sólida a Granel Por tonelada 16.85 16.01 15.17 14.32
Líquida a Granel Por tonelada 9.35 8.88 8.42 7.95
Servicios a la Carga Unidad Actual
14
Dichos descuentos se harán efectivos en base a los intervalos determinados para
volúmenes de carga en embarque/descarga por cliente, la cual es medida en
toneladas, y se aplicarían las tarifas referenciales mostradas en la tabla adjunta.
Una vez se alcancen y supere el nivel de toneladas por tipo de carga durante un mes,
se aplicará el descuento pertinente en todas las operaciones del servicio en referencia
al siguiente mes de forma independiente del volumen de carga. Es decir, el descuento
a aplicarse en la facturación tras la prestación del Servicio a la Carga dependerá del
total de volumen de carga que se le facturó al cliente el mes anterior7.
Estas tarifas descontadas son referenciales dado que estos descuentos se harán
efectivos sobre el importe a facturar (sin igv).
Un ejemplo aplicativo a este descuento está detallado en el Anexo 1B-A.
ii. Contenedores.
Este descuento se dará en función a la cantidad de contenedores atendidos por cliente.
Nota: Las tarifas mostradas en el cuadro son referenciales.
Dichos descuentos se harán efectivos en base a los intervalos determinados para
cantidad de contenedores medida en BOX (Contenedor) en embarque/descarga.
Una vez se alcancen y supere el número de contenedores durante un mes8, se aplicará
el descuento pertinente en todas las operaciones del servicio en referencia al siguiente
mes de forma independiente a la cantidad de contenedores a atenderse en este mes.
Es decir, el descuento a aplicarse en la facturación tras la prestación del Servicio a la
Carga Contenerizada dependerá del total de la cantidad de contenedores que se le
facturó al cliente el mes anterior9.
Estas tarifas descontadas son referenciales dado que estos descuentos se harán
efectivos sobre el importe a facturar (sin igv), y está sujeto al efecto del redondeo a
dos decimales.
Vale mencionar que el recargo adicional por tratamiento de carga peligrosa, carga
proyecto o carga sobredimensionada se mantiene constante.
Un ejemplo aplicativo a este descuento está detallado en el Anexo 1B-B.
7 La forma de aplicación está detallada en el Anexo 1B-A. 8 Para contabilizar el número de contenedores este será un conteo simple sin discriminar entre contenedores de 20 pies o 40 pies, ni lleno o vacío. 9 La forma de aplicación está detallada en el Anexo 1B-B.
[2 a 3] BOX [4 a 5] BOX [6 a +> BOX
5% 10% 15%
Contenedor con carga de 20 pies Por contenedor 244.46 232.24 220.01 207.79
Contenedor sin carga de 20 pies Por contenedor 94.43 89.71 84.99 80.27
Contenedor con carga de 40 pies Por contenedor 328.25 311.84 295.43 279.01
Contenedor sin carga de 40 pies Por contenedor 113.24 107.58 101.92 96.25
Servicios a la Carga Unidad Actual
15
C. AL PASAJERO.
Se otorgará descuentos a los pasajeros embarcados en función al número de pasajeros
embarcados al mes10.
Se otorgará un descuento del 10% sobre la tarifa actual de pasajero embarcado11 a las
agencias fluviales de pasajeros que hayan arribado más de tres (3) veces dentro de un
mes. Es decir, a partir de la cuarta vez de arribo de la embarcación (siempre dentro del
mismo mes) para embarque de pasajeros en el TPY-NR este recibirá el beneficio de
una tarifa reducida a S/. 9.64 (referencial) por pasajero embarcado únicamente. Esta
tarifa descontada es referencial dado que el descuento de 10% se hará efectivo sobre
el importe a facturar (sin igv), y está sujeto al efecto del redondeo a dos decimales.
Es pertinente aclarar que el cobro se hará únicamente al pasajero embarcado.
Un ejemplo aplicativo está detallado en el Anexo 1C.
CONCLUSIONES
La propuesta de COPAM de la aplicación de una Política Comercial, se materializaría con la
celebración de Acuerdos Comerciales con plazos definidos y en cumplimiento de los parámetros
de descuento detallados en este documento, con el fin de:
a. Generar acuerdos comerciales anuales, con aplicación de la política comercial que
garanticen mayor número de naves, toneladas y contenedores.
b. La finalidad de incentivar la demanda en el TPY-NR es la generación, a la vez, de una mayor
recaudación de ingresos a favor del Cofinanciamiento.
10 Cabe mencionar que, de acuerdo al Oficio N° 082-2017-GRE-OSITRAN, el OSITRAN indicó que COPAM puede
incorporar la precisión respecto al cobro de la Tarifa al Pasajero como parte de la Política Comercial. 11 No se realizará el cobro de la tarifa al pasajero desembarcado.
Actual
Servicios a los Pasajeros Por pasajero embarcado 10.71 [4 a + / mes9.64
Servicio UnidadTarifas
10%
16
MODELO DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO “EL PERUANO”
En cumplimiento de los artículos 23, 33 y 39 del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN,
Concesionaria Puerto Amazonas S.A. (COPAM) comunica al Público en General, la Política
Comercial de Descuentos a ser brindados en el Terminal Portuario de Yurimaguas – Nueva
Reforma, las cuales se aplicarán a partir del 31 de Mayo del 2018, y tendrá un año de vigencia.
ITEM NOMBRE DEL SERVICIO ESTÁNDAR UNIDAD DE MEDIDA CONDICIÓN DESCUENTO
SOBRE LA TARIFA1 (%)
1 1 1.1 Servicio a la Nave ESLORA HORA [4 a más arribos al mes] 10%
1 2 1.2 Servicio a la Carga Fraccionada TONS
[ 10 a 30 > 5%
[ 30 a 50 > 10%
[ 50 a más > 15%
1 3 1.3 Servicio a la Carga Rodante TONS
[ 10 a 30 > 5%
[ 30 a 50 > 10%
[ 50 a más > 15%
1 4 1.4 Servicio a la Carga Sólida Granel TONS
[ 10 a 30 > 5%
[ 30 a 50 > 10%
[ 50 a más > 15%
1 5 1.5 Servicio a la Carga Líquida A Granel TONS
[ 10 a 30 > 5%
[ 30 a 50 > 10%
[ 50 a más > 15%
1 6 1.6 Servicio a la Carga Contenedor Con Carga de 20 Pies
CONT
[ 2 a 3 ] BOX 5%
[ 4 a 5 ] BOX 10%
[ 6 a más ] BOX 15%
1 7 1.7 Servicio a la Carga Contenedor Vacío de 20 Pies
CONT
[ 2 a 3 ] BOX 5%
[ 4 a 5 ] BOX 10%
[ 6 a más ] BOX 15%
1 8 1.8 Servicio a la Carga Contenedor Con Carga De 40 Pies
CONT
[ 2 a 3 ] BOX 5%
[ 4 a 5 ] BOX 10%
[ 6 a más ] BOX 15%
1 9 1.9 Servicio a la Carga Contenedor Vacío de 40 Pies
CONT
[ 2 a 3 ] BOX 5%
[ 4 a 5 ] BOX 10%
[ 6 a más ] BOX 15%
1 10 1.10 Servicios Pasajeros PASAJERO EMBARCADO [4 a más arribos al mes] 10%
Nota 1: Los descuentos serán aplicados sobre los importes a facturar sin IGV, producto de la aplicación de las tarifas estándar vigentes.
Nota 2: Todas las ventas mayores a S/. 700.00 están sujetas a detracción del 10% del monto facturado.
Para mayor detalle, visitar nuestra Web Oficial: www.copam.com.pe
Ing. Carmen Benítez Hernández
Gerente General
CONCESIONARIA PUERTO AMAZONAS S.A.
POLÍTICA COMERCIAL DE DESCUENTOS AL PÚBLICO EN GENERAL
17
ANEXOS
ANEXO 1A: DESCUENTOS SOBRE LA TARIFA DEL SERVICIO A LA NAVE
La motonave “Kiara I posee una eslora de 59.95m, y ha tenido los siguientes arribos al TPY-NR:
- 1er Arribo: Jueves 01 de febrero del 2018 (8h)
- 2do Arribo: Martes 06 de febrero del 2018 (3h)
- 3er Arribo: Miércoles 14 de febrero del 2018 (7h)
Ruc de la Empresa a Facturar: 20493620721 Nombre de la Nave: M/F Kiara I – 59.95 eslora Tipo de Operación: Embarque directo / Cabotaje de Salida N° de Registro: 161 Agencia Fluvial: Agencia Naviera Pirámide E.I.R.L Personal Autorizado: Melchor II Meza Rodríguez / DNI: 05610996
Ha solicitado espacio en el muelle para acoderarse el jueves 22 de febrero del 2018, siendo este su 4to arribo en el mes.
Dado que es su 4to arribo en el mes, este sería beneficiado con el descuento del 10% sobre el
importe resultante (base impositiva).
La proforma de esta operación es tal como se muestra:
EMPRESA TIPO DE SERVICIO UNIDAD DE
MEDIDA TARIFA
BASE IMPOSITIVA
IGV TOTAL
Joseph S.A.C. Servicio a la Nave 59.95m 05h 0.74 199.64(*) 35.94 235.58
(*) Detalle: Descuento obtenido por ser su 4to arribo al mes en el muelle del TPY-NR.
18
Al finalizar la operación, se conoce que la nave ha permanecido acoderada cinco (05) horas. En esta ocasión, la proforma coincide con lo que se facturará12:
12 En los casos en que el valor proformado no coincide con lo facturado se emiten Notas de Crédito o Débito, según corresponda.
19
ANEXO 1B: DESCUENTOS SOBRE LA TARIFA DEL SERVICIO A LA CARGA
A. A LA CARGA GENERAL
Los descuentos son aplicados en función al volumen total de carga atendida el mes anterior.
Supongamos que el cliente “Empresa de Transportes y Servicios D.J.A.X S.R.L” cuenta con el
siguiente registro de carga atendida desde que se firmó el Acuerdo Comercial.
En el mes 1 posterior a la firma del Acuerdo, el cliente tuvo un total de 25TN de carga
atendida en el TPY-NR.
Dado que en el mes 1, se atendió 25TN, para el Mes 2 el cliente obtuvo un descuento
de 5%.
Dado que en el mes 2, se atendió 40TN, para el Mes 3 el cliente obtuvo un descuento
de 10%.
Dado que en el mes 3, se atendió 5TN, para el Mes 4 el cliente no obtuvo ningún
descuento.
En el mes 4, se atendió 30TN, por lo tanto, para el Mes 5, el cliente será beneficiado con
un descuento del 10% en sus operaciones de Servicio a la Carga.
Los descuentos obtenidos por el cliente estarán de acuerdo al cuadro adjunto que también
forma parte de cuerpo de la Política Comercial.
TN
25 TN
Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4
40 TN
30 TN
5 TN
Mes 5
Dscto.
5 %
Dscto.
10 %
Dscto.
0 %
10 %
[10 a 30 > [30 a 50 > [50 a +TON >
5% 10% 15%
Fraccionada Por tonelada 16.94 16.09 15.25 14.40
Rodante Por tonelada 76.43 72.61 68.79 64.97
Sólida a Granel Por tonelada 16.85 16.01 15.17 14.32
Líquida a Granel Por tonelada 9.35 8.88 8.42 7.95
Servicios a la Carga Unidad Actual
Gráfico 6. Registro de Carga Atendida de "Empresa de Transportes y Servicios
D.J.A.X S.R.L"
20
Así, en el mes 5, el cliente “Empresa de Transportes y Servicios D.J.A.X S.R.L” ha solicitado el
servicio para su Carga Fraccionada de 45 toneladas.
Ruc de la Empresa a Facturar: 20494187362
Descripción de carga: Cajas de Madera con Accesorios de Motos – Honda
Tipo de Operación: Embarque directo / Cabotaje de Salida
Cod. de Doc: 932
Agencia Fluvial: Agencia Naviera Pirámide E.I.R.L
Personal Autorizado: Melchor II Meza Rodríguez / DNI: 05610996
Por ejemplo, la carga solicitada es para 45Tn, por lo tanto, sería merecedor del 10% de
descuento. La proforma de esta operación es tal como se muestra:
Al finalizar la operación, se conoce que la carga de la proforma coincide con lo que se facturará13:
13 En los casos en que el valor proformado no coincide con lo facturado se emiten Notas de Crédito o Débito, según corresponda.
EMPRESA TIPO DE
SERVICIO UNIDAD DE
MEDIDA TARIFA
BASE IMPOSITIVA
IGV TOTAL
Empresa de Transportes y Servicios D.J.A.X S.R.L
Servicio a la Carga Fraccionada
45 Tn 16.94 686.07(*) 123.49 809.56
(*) Detalle: <30-50> Mes Anterior - Dscto. Del 10%
21
22
B. A LA CARGA CONTENERIZADA
Los descuentos son aplicados en función a la cantidad total de contenedores (BOX) atendidos el
mes anterior. Supongamos que el cliente “Don Pollo Loreto S.A.C” cuenta con el siguiente
registro de carga atendida desde que se firmó el Acuerdo Comercial.
En el mes 1 posterior a la firma del Acuerdo, el cliente tuvo un total de 3 BOX de carga
atendida en el TPY-NR.
Dado que en el mes 1, se atendió 3 BOX, para el Mes 2 el cliente obtuvo un descuento
de 5%.
Dado que en el mes 2, se atendió 6 BOX, para el Mes 3 el cliente obtuvo un descuento
de 15%.
Dado que en el mes 3, se atendió 1 BOX, para el Mes 4 el cliente no obtuvo ningún
descuento.
En el mes 4, se atendió 5 BOX, por lo tanto, para el Mes 5, el cliente será beneficiado
con un descuento del 10% en sus operaciones de Servicio a la Carga.
Los descuentos obtenidos por el cliente estarán de acuerdo al cuadro adjunto que también
forma parte de cuerpo de la Política Comercial.
BOX
3 BOX
Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4Mes 5
6 BOX
5 BOX
1 BOX
Dscto.
5 %
Dscto.
15 %
Dscto.
0 %
10 %
[2 a 3] BOX [4 a 5] BOX [6 a +> BOX
5% 10% 15%
Contenedor con carga de 20 pies Por contenedor 244.46 232.24 220.01 207.79
Contenedor sin carga de 20 pies Por contenedor 94.43 89.71 84.99 80.27
Contenedor con carga de 40 pies Por contenedor 328.25 311.84 295.43 279.01
Contenedor sin carga de 40 pies Por contenedor 113.24 107.58 101.92 96.25
Servicios a la Carga Unidad Actual
Gráfico 7. Registro de Contenedores Atendidos de " Don Pollo Loreto S.A.C "
23
Así, en el mes 5, el cliente “Don Pollo Loreto S.A.C” ha solicitado el servicio para Contenedores
Vacíos de 40 pies.
Ruc de la Empresa a Facturar: 20451060393 Descripción de carga: 2 Contenedores Vacíos de 40 pies Tipo de Operación: Embarque directo / Cabotaje de Salida Cod. de Doc: 932 Agencia Fluvial: Agencia Fluvial Carolina E.I.R.L Personal Autorizado: Darix Salas del Aguila / DNI: 80656142
Por ejemplo, el servicio solicitado es para 2 BOX, por lo tanto, sería merecedor del 10% de
descuento. La proforma de esta operación es tal como se muestra:
Al finalizar la operación, se conoce que la carga de la proforma coincide con lo que se facturará14:
14 En los casos en que el valor proformado no coincide con lo facturado se emiten Notas de Crédito o Débito, según corresponda.
EMPRESA TIPO DE
SERVICIO UNIDAD DE
MEDIDA TARIFA
BASE IMPOSITIVA
IGV TOTAL
Don Pollo Loreto S.A.C
Servicio al Contenedor Vacío de 40 pies
2 BOX 113.24 203.83 (*) 36.69 240.52
(*) Detalle: <4 a 5> Mes Anterior - Dscto. Del 10%
24
25
ANEXO 1C: DESCUENTOS SOBRE LA TARIFA DE SERVICIO AL PASAJERO
Se sabe que la nave Eduardo VIII, ha tenido tres arribos en el mes y está solicitando un 4to arribo
y anuncia llegar con 40 pasajeros.
Ruc de la Empresa a Facturar: 20600119321 Nombre de la Nave: M/F Eduardo VIII Tipo de Operación: Embarque directo / Cabotaje de Salida N° de Registro: 162 Agencia Fluvial: Agencia fluvial Dos Mil E.I.R.L Personal Autorizado: Gary Franes Ruiz Ruiz / Dni: 70895885
La proforma de esta operación es tal como se muestra:
Al finalizar la operación, se conoce que la cantidad de pasajeros es 40. En esta ocasión, la
proforma coincide con lo que se facturará15:
15 En los casos en que el valor proformado no coincide con lo facturado se emiten Notas de Crédito o Débito, según corresponda.
EMPRESA TIPO DE
SERVICIO UNIDAD DE
MEDIDA TARIFA
BASE IMPOSITIVA
IGV TOTAL
Transportes Gladys S.A.C
Servicio al Pasajero 40 10.71 385.56 69.40 454.96
26