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Propuesta de la Comisión Europea de Marco Financiero
Plurianual 2014-2020
COMISIÓN EUROPEA
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Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2011
ISBN 978-92-79-21287-1doi:10.2761/76310
© Unión Europea, 2011
Reproducción autorizada, con indicación de la fuente bibliográfica
Printed in Belgium
Using environmental print technology
La publicación recoge información básica sobre la propuesta de marco financiero plu-rianual 2014-2020, presentada el 29 de junio de 2011. La primera edición se publicó en noviembre de 2011. Esta versión actualizada incluye las modificaciones propuestas por la Comisión Europea el 6 de julio de 2012 (COM(2012) 388 final).
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Propuesta de la Comisión Europea de Marco Financiero Plurianual 2014-2020
Guía básica del Marco Financiero PlurianualEl Marco Financiero Plurianual (MFP, anteriormente «perspectivas financieras») no es el presupuesto de la Unión Europea durante siete años. Es un mecanismo para garantizar que el gasto de la UE es previsible y, al mismo tiempo, está sujeto a una estricta disciplina presupuestaria. Define los importes máximos («techos») disponibles para cada ámbito importante de gasto («rúbrica») del presupuesto de la Unión. Dentro de ese marco, el Parlamento Europeo y el Consejo, que son la «Autoridad Presupuestaria» de la Unión, tienen que negociar cada año el presupuesto del ejercicio siguiente. En realidad, el presupuesto anual adoptado siempre se sitúa por debajo del techo global del MFP.
El MFP establece de facto las prioridades políticas para los próximos años y constituye, por lo tanto, un marco tanto presupuestario como político («¿en qué ámbitos debe invertir la UE más o menos en el futuro?»).
Las propuestas detalladas para las diferentes políticas (cohesión, agricultura, investigación e innovación, educación, etc.) del próximo período serán adoptadas por la Comisión antes de finales de 2011. El actual período del MFP se inició en 2007 y finalizará en 2013.
Comparación entre los marcos financieros plurianuales de 2007-2013 y 2014-2020
(en precios de 2011)
En precios de 2011 2007-2013 2013 2014-2020
Créditos de compromiso en miles de millones de euros 993,6 146,6 1033,0
en porcentaje de la RNB 1,12% 1,15% 1,08%
Créditos de pago en miles de millones de euros 942,8 138,3 988,0
en porcentaje de la RNB 1,06% 1,08% 1,03%
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
CAPÍTULO 2
MARCO FINANCIERO PLURIANUALArtículo 312
1. El marco financiero plurianual tendrá por objeto garantizar la evolución ordenada de los gastos de la Unión dentro del límite de sus recursos propios. Se establecerá para un período mínimo de cinco años. El presupuesto anual de la Unión respetará el marco financiero plurianual.
2. El Consejo adoptará con arreglo a un procedimiento legislativo especial un reglamento que fije el marco financiero plurianual. El Consejo se pronunciará por unanimidad, previa aprobación del Parlamento Europeo, que se pronunciará por mayoría de los miembros que lo componen.El Consejo Europeo podrá adoptar por unanimidad una decisión que permita al Consejo pronunciarse por mayoría cualificada cuando adopte el reglamento contemplado en el párrafo primero.
3. El marco financiero fijará los importes de los límites máximos anuales de créditos para compromisos, por categoría de gastos, y del límite máximo anual de créditos para pagos. Las categorías de gastos, cuyo número deberá ser limitado, corresponderán a los grandes sectores de actividad de la Unión. El marco financiero establecerá cualesquiera otras disposiciones adecuadas para el buen desarrollo del procedimiento presupuestario anual.
4. Si, al vencimiento del marco financiero anterior, no se ha adoptado el reglamento del Consejo por el que se establece un nuevo marco financiero, se prorrogarán los límites máximos y las demás disposiciones correspondientes al último año de aquél hasta que se adopte dicho acto.
5. Durante el procedimiento conducente a la adopción del marco financiero, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión adoptarán todas las medidas necesarias para facilitar dicha adopción.
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Cifras globales de la propuesta de la Comisión
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Marco Financiero Plurianual 2014-2020
48 % - Crecimiento inteligente e integrador
37 % - Desarrollo sostenible: recursos naturales
2 % - Seguridad y ciudadanía
7 % - Una Europa global
6 % - Administración
El techo de compromiso global propuesto por la Comisión para el período 2014-2020 es de 1 033,2 millones EUR. Este importe equivale al del último año del actual Marco Financiero Plurianual (2013) multiplicado por 7 (años). Supone asimismo el1,08 % de la renta nacional bruta (RNB) de la UE frente al 1,12 % en el caso del actual MFP. El techo de los pagos es igual al 1,03 % de la RNB (1,06 % para 2007-2013).
Estas cifras no incluyen diversos instrumentos de flexibilidad, que quedan tradicionalmente fuera del MFP porque no son «programables» (reserva de ayuda de emergencia, Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, Fondo de Solidaridad, Instrumento de Flexibilidad). Sin embargo, si, en caso de emergencia, la Autoridad Presupuestaria decide activar fondos adicionales, estos se consignan en el presupuesto anual de la UE. Además, el Fondo Europeo de Desarrollo se financia independientemente del presupuesto debido a una clave de financiación diferente.
La propuesta de la Comisión excluye también al ITER (Reactor Termonuclear Experimental Internacional) y al GMES (Programa Europeo de Vigilancia de la Tierra) del MFP porque su dimensión a gran escala, los retos tecnológicos que implican y el hecho de que no solo afectan a los actores de la UE, generarían incertidumbres respecto al presupuesto de la UE.
Los gastos fuera del MFP no podrán superar el 0,06% de la RNB de la U.E.
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Novedades en relación con el crecimiento, el empleo y la cohesión El Mecanismo «Conectar Europa» es un nuevo instrumento para financiar determinadas infraestructuras prioritarias de transporte, energía y tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) de interés paneuropeo. Será gestionado de modo centralizado por la Comisión Europea y financiado (40 000 millones EUR, a los que se añaden 10 000 millones EUR procedentes de la política de cohesión) con cargo a una nueva sección del presupuesto. Los índices de cofinanciación del presupuesto de la UE serán más elevados cuando las inversiones tengan lugar en las regiones más pobres de Europa.
Los instrumentos de financiación innovadores se proponen acelerar y garantizar mayores inversiones, lo cual solo puede lograrse mediante financiación pública, en particular, eurobonos para la financiación de proyectos.
La Comisión propone englobar al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión en un Marco Estratégico Común, que también cubrirá el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
La Comisión propone celebrar contratos de cooperación con cada Estado miembro con el fin de lograr una programación más orientada hacia los resultados. Estos contratos de cooperación podrían incluir también condiciones macroeconómicas para mejorar la coordinación de las políticas económicas de los Estados miembros.
La financiación de la cohesión seguirá concentrándose en las regiones y los Estados miembros menos desarrollados. Sin embargo, con el fin de permitir una mejor transición desde las regiones «de reducción progresiva» del objetivo de convergencia y las regiones con un nivel similar de prosperidad en un plano de igualdad, se establecerá una nueva categoría de regiones en transición (cuyo PIB per capita se sitúe entre el75 % y el 90 % de la media de la UE).
La financiación de la cohesión se centrará en las inversiones que contribuyan a alcanzar los objetivos cuantificados establecidos en la Estrategia Europa 2020 apoyada por normas de condicionalidad específicas. La condicionalidad adoptará la forma tanto de condiciones previas, que deben ser anteriores al desembolso de los fondos, como de condiciones posteriores, que subordinarán la liberación de fondos adicionales a la consecución de resultados predeterminados. Las prioridades y condiciones de financiación, incluida la creación de un sistema para supervisar los progresos realizados
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en la consecución de los objetivos fijados, será parte de los «contratos de cooperación» que se acuerden entre la Comisión y cada uno de los Estados miembros.El Fondo Social Europeo proporcionará acciones estructurales para la cohesión económica, social y territorial a través de cuatro grandes polos de inversión: empleo, educación, integración social, mejora de la administración pública.
Además, la ejecución se verá simplificada a fin de reducir la carga administrativa de los Estados miembros.
El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización va a seguir proporcionando ayuda a los trabajadores despedidos como consecuencia de un importante cambio estructural. Además, ampliará su ámbito de aplicación para reducir el impacto de los nuevos acuerdos comerciales sobre los agricultores.
Novedades en materia de investigación e innovaciónLos tres principales regímenes de financiación para investigación y desarrollo (Programa para la Innovación y la Competitividad, 7º Programa Marco y el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología) quedarán englobados en el marco de la iniciativa Horizonte 2020: un marco estratégico común con el fin de eliminar la fragmentación y evitar la duplicación de esfuerzos.
Se normalizarán y simplificarán los regímenes de financiación. Del mismo modo, habrá una única serie de normas para la participación, las auditorías, las estructuras de apoyo, la difusión de los resultados y los sistemas de reembolso en todos los regímenes de financiación.
Por lo que se refiere a la financiación, los instrumentos financieros innovadores, como las asociaciones de los sectores público y privado, contribuirán a la movilización de las inversiones privadas.
Novedades en relación con la agricultura y el medio ambienteEcologización del 30 % de los pagos directos a los agricultores: para garantizar que la Política Agrícola Común (PAC) ayuda a la UE a cumplir sus objetivos en materia
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de medio ambiente y acción por el clima, el 30 % de los pagos directos se harán condicionándolos a un conjunto de mejores prácticas medioambientales más allá de las obligaciones de condicionalidad existentes.
Convergencia de los pagos: los niveles de ayuda directa por hectárea se irán adaptando progresivamente (teniendo en cuenta al mismo tiempo las diferencias que aún existen en los niveles salariales y los costes de los factores de producción), a fin de asegurar una distribución más equitativa de los pagos directos entre agricultores europeos. Antes de 2020, los Estados miembros cuyo nivel de pagos directos sea inferior al 90 % de la media de la UE deberán recortar en un tercio la diferencia entre su nivel actual y el 90 % de la media de la UE. Esta convergencia será financiada proporcionalmente por todos los Estados miembros con pagos directos por encima de la media de la UE.
Nivelación de los pagos directos limitando el nivel básico de la ayuda directa a la renta que pueden recibir las grandes explotaciones agrícolas, teniendo en cuenta las economías de escala de las grandes estructuras y el empleo directo que crean dichas estructuras. La propuesta permitirá que los ahorros sean reutilizados en la asignación presupuestaria para el desarrollo rural y, por lo tanto, sean mantenidos dentro de las dotaciones nacionales de los Estados miembros de los que procedan.
La asignación de los fondos de desarrollo rural se basará en varios criterios objetivos y estará mejor orientada a la consecución de los objetivos de la política. Con ello se ofrecerá un trato más justo a los agricultores que desarrollan actividades idénticas.
Novedades en materia de medio ambiente y acción por el climaLas prioridades de la política de medio ambiente y las acciones por el clima se integrarán en todos los instrumentos principales de financiación de la UE, incluidas la cohesión, la agricultura, las políticas pesquera y marítima, la investigación y la innovación, así como en los programas de ayuda exterior.
El objetivo es aumentar la proporción de gastos relacionados con el clima al 20 % como mínimo, quedando supeditadas las contribuciones procedentes de distintas políticas a las pruebas de evaluación del impacto. Este enfoque contribuirá también a evitar una proliferación de programas y minimizar la carga administrativa.
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Se va a continuar el programa LIFE+ y se incluirá una mayor parte de acciones por el clima. Un subprograma Acción por el Clima se centrará en proyectos piloto y proyectos de demostración a pequeña escala. Se utilizarán proyectos integrados, por ejemplo, para promover estrategias de adaptación transfronterizas en zonas propensas a las inundaciones. El futuro programa debe seguir gestionándose de forma centralizada, pero algunas tareas podrían delegarse a una agencia ejecutiva ya existente.
Novedades en materia de justicia, seguridad y saludEl Instrumento de Financiación de la Protección Civil (IPC) se renovará para abordar los diferentes aspectos de la gestión de catástrofes, a saber, una respuesta más coherente y mejor integrada en caso de emergencia, la mejora de la preparación para hacer frente a las catástrofes y acciones innovadoras para reducir el riesgo de catástrofe.
En asuntos de interior, el número de Fondos se reducirá a dos: un Fondo de Migraciones y Asilo y el Fondo de Seguridad Interior. Ambos Fondos tendrán una dimensión exterior para garantizar la continuidad de la financiación, empezando en la UE y continuando en terceros países.
La Comisión también prevé pasar de una programación anual a una programación plurianual basada en los resultados, reduciendo así la carga administrativa de todas las partes implicadas.
Los distintos programas existentes en materia de justicia se combinarán en un programa Justicia y un programa Derechos y Ciudadanía con el fin de simplificar las modalidades de financiación y facilitar más la coherencia y consistencia de todo el conjunto de actividades financiadas.
El nuevo programa Salud para el Crecimiento se orientará hacia acciones con un claro valor añadido de la UE, en consonancia con las prioridades de Europa 2020. El principal objetivo es colaborar con los Estados miembros para proteger a los ciudadanos frente a las amenazas transfronterizas para la salud, aumentar la sostenibilidad de los servicios de salud y mejorar la salud de la población, fomentando al mismo tiempo la innovación en materia de salud.
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Novedades en relación con la escena internacionalUn único instrumento integrado de preadhesión para reflejar los Fondos Estructurales, el Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Sustitución de los programas en los países industrializados y los países emergentes por un nuevo Instrumento de Asociación para apoyar iniciativas diplomáticas y enfoques comunes, la promoción del comercio y de la convergencia de la reglamentación.
La creación de un Instrumento Panafricano para apoyar la aplicación de la estrategia conjunta África–Europa centrándose en distintas actividades interregionales y continentales.
Novedades en materia de administración de la UELa Comisión ha propuesto cambios importantes en el actual Estatuto de los funcionarios. Estos cambios tienen por objeto, en particular, la reducción del personal de la UE en un 5%, lo que obliga a todas las instituciones, órganos y agencias a realizar mejoras en materia de eficiencia y de ahorro, al tiempo que se garantiza un servicio civil de la UE del máximo nivel.
Esta reducción del personal debería compensarse con un aumento del tiempo de trabajo del personal en 2,5 horas por semana sin compensación mediante ajustes salariales.
Hace solo siete años, la Comisión Europea emprendió una importante reforma de su administración. Esto suponía unos sueldos más bajos de contratación de personal, la creación de una categoría de agente contractual con sueldos más bajos, una mayor edad de jubilación, una reducción de los derechos de pensión y unas cotizaciones más elevadas al régimen de pensiones. Esta reforma ya ha permitido ahorrar 3 000 millones EUR al contribuyente de la UE, y se espera que genere un ahorro de otros 5 000 millones EUR de aquí a 2020.
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Novedades en relación con la financiación del presupuesto de la UESe propone una reforma del sistema de recursos propios mediante la supresión del actual recurso propio basado en el IVA y la creación de dos nuevos recursos propios basados, respectivamente, en una parte de los ingresos procedentes de un impuesto sobre las transacciones financieras y en los ingresos nacionales procedentes del IVA. El propósito es no incrementar el presupuesto general de la UE, sino contribuir a los esfuerzos de consolidación presupuestaria nacionales reduciendo las contribuciones directas de los presupuestos de los Estados miembros. Las modificaciones propuestas simplificarán también las actuales contribuciones al presupuesto y aumentarán el vínculo entre las políticas de la UE y su financiación.
El 28 de septiembre de 2011 se propuso una Directiva sobre el impuesto sobre las transacciones financieras de la UE. El impuesto sobre las transacciones financieras se aplicará en los territorios de los veintisiete Estados miembros, pero no afectará a las transacciones que impliquen a particulares o pequeñas y medianas empresas (PYME), tales como hipotecas, préstamos bancarios a las PYME o contratos de seguro. Las operaciones de cambio de divisas y la obtención de capital por parte de las empresas u organismos públicos no estará sujeta tampoco a gravamen. Ya existe tal imposición en diez Estados miembros, pero es más apropiado actuar en el ámbito de la UE para evitar distorsiones y reducir la fragmentación del mercado interior.
Las estimaciones preliminares indican que, en función de las reacciones del mercado, los ingresos por este impuesto podrían ascender a 57 000 millones EUR al año en el conjunto de la UE. Parte de los ingresos pueden ser utilizados como recursos propios para el presupuesto de la UE y, por lo tanto, reducir las contribuciones nacionales al presupuesto de la UE, lo que supone una menor carga para las tesorerías nacionales.
El nuevo recurso propio IVA creará un vínculo real entre el nivel nacional y el de la UE y estimulará la armonización complementaria de los regímenes nacionales de IVA. Aportará a la Unión Europea ingresos estables e importantes, y los gastos administrativos y de observancia del impuesto serían limitados para las administraciones nacionales y las empresas.
Cuando se trata de recursos propios, el Consejo debe adoptar una decisión por unanimidad y previa consulta al Parlamento Europeo. Esta decisión ha de ser ratificada por todos los Estados miembros de conformidad con sus respectivas normas constitucionales.
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Ingresos presupuestos UE — 1958-2011
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1958 1963 1968 1973 1978 1983 1988 1993 2003 2008 2011
Otros recursos y superávits
Recursos basados en la RNB
Recursos basados en el IVA
Recursos propios tradicionales (derechos de aduanas y cotizaciones por azúcar)
Contribuciones financieras
(en porcentaje de la RNB de la UE)
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Novedades relativas a los mecanismos de correcciónSe ha previsto también una simplificación de los mecanismos de corrección sustituyendo el complejo sistema actual por un sistema sencillo de reducciones a tanto alzado de las contribuciones basadas en la RNB que pagan los Estados miembros. La reforma propuesta se basa en los principios acordados en Fontainebleau en 1984 según los cuales: «Todo Estado miembro que soporte una carga presupuestaria excesiva en relación con su prosperidad relativa puede beneficiarse de una corrección en el momento oportuno».
Cantidades a tanto alzado ajustadas a la prosperidad relativa
En millones EUR, a precios corrientes Cantidad a tanto alzado anual 2014-2020Importe bruto
Alemania 2 500
Países Bajos 1 050
Suecia 350
Reino Unido 3 600
TOTAL 7 500
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Qué nos aguarda en el futuro
Una vez que todas las propuestas legislativas relacionadas con las políticas de la Unión sean presentadas por la Comisión, corresponderá al Parlamento Europeo y al Consejo, que constituyen las dos ramas de la Autoridad Legislativa, negociar, modificar y decidir sobre estas propuestas. Con el fin de poner en marcha las reformas y comenzar la ejecución de los nuevos programas a tiempo, la adopción del MFP debe producirse antes de finales de 2012.
Hoja de ruta
2011: La Comisión publicó su propuesta el 29 de junio
2013: Adopción, por el procedimiento de codecisión, de las nuevas bases jurídicas
2012: Acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el nuevo MFP
Para más información sobre las propuestas de la Comisión en relación con el Marco Financiero Plurianual 2014-2020:
http://ec.europa.eu/budget/reform/commission-proposals-for-the-multiannual-financial-framework-2014-2020/index_en.htm
Para más información sobre la programación financiera y el presupuesto de la UE:
http://ec.europa.eu/budget/index_en.cfm
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KV-31-12-884-ES-N
doi:10.2761/21974