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1 PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION PARA LA MUJER Y LA NIÑEZ, EN CONTRA DEL ABANDONO Y EL INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS. FORMULARIOS DE APOYO PARA LA GESTIÓN GRATUITA Y ASEGURAMIENTO DE ALIMENTOS, EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

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PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION PARA LA MUJER Y LA NIÑEZ, EN CONTRA DEL ABANDONO Y EL

INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS.

FORMULARIOS DE APOYO PARA LA GESTIÓN GRATUITA Y ASEGURAMIENTO DE ALIMENTOS, EN EL ESTADO DE NUEVO

LEÓN.

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INDICE INTRODUCCIÓN PRESENTACIÓN

CAPÍTULO PRIMERO DERECHO DE FAMILIA

Página

1. Derecho de Familia 16 2. Los alimentos 18 3. La obligación alimenticia 18

CAPÍTULO SEGUNDO FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LAS OBLIGACIONES

ALIMENTICIAS Y SUS CARACTERÍSTICAS

1. La fundamentación jurídica de los alimentos 21 2. Características de la obligación alimenticia 22

CAPÍTULO TERCERO CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA

Y FORMAS DE EXTINCIÓN 1. Personas a quienes corresponde la obligación de suministrar

alimentos 26 2. Personas a quienes corresponde el derecho de solicitar alimentos 26 3. Cumplimiento de la obligación alimenticia 27 4. Formas de extinción de la obligación alimenticia 28

CAPÍTULO CUARTO PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE PENSIÓN ALIMENTICIA

1. Las partes 31 2. Juicio de Alimentos 32 3. Actos procesales 33 a) Escrito inicial de demanda 33 - Rubro 34 - Tribunal ante el cual se promueve 35 - Prestaciones 36 - Capítulo de hechos 36 - Capítulo de pruebas 36

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- Medios de prueba 36 - Medidas provisionales 41 - Capítulo de Derecho 42 - Puntos petitorios 42 - La frase “Protesto lo necesario” 42 - Lugar y fecha 42 - Firmas 43 b) El auto admisorio 43 c) El emplazamiento 44 d) Acuse de rebeldía 44 e) Apercibimiento de ley 44 f) La contestación a la demanda 45

Excepciones y defensas 45 g) Audiencia 46 h) Período de alegatos 49 i) Citación para sentencia 49 j) Recurso de apelación 49 Presentación esquemática de los actos procesales 52

CAPÍTULO QUINTO JURISPRUDENCIA

Nota aclaratoria al capítulo de jurisprudencia 54 Alimentos. Son una cuestión de orden público y deben ser satisfechos inmediatamente (Legislación del Estado de Jalisco), con relación al Artículo 952 del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León. 56

Alimentos. La excónyuge debe probar la insuficiencia de sus ingresos para que se le proporcionen por su exesposo (Legislación del Estado de México), con relación al Artículo 288 del Código Civil para el Estado de Nuevo León. 57

Alimentos. Cesa la obligación de proporcionarlos, cuando el acreedor alimentario ha terminado una carrera profesional y pretende cursar estudios de posgrado (Legislación del Estado de Veracruz), con relación al Artículo 308 del Código Civil para el Estado de Nuevo León. 58 Alimentos. Obligación de la autoridad judicial de preservar

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el derecho de los menores a los. (con relación al Artículo 952 del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León). 59

Alimentos. La prueba idónea para acreditar el cumplimiento de la obligación de proporcionarlos mediante depósito judicial, es la documental.(criterio general) 60 Alimentos. Obligación del juzgador de proveer de oficio respecto de ellos, al dictar sentencia en cualquier instancia, aun cuando no se hubiesen solicitado en vía de excepción o reconvención. (con relación al Artículo 952 del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León). 61

Alimentos. Su fijación en porcentaje resulta legal y correcta cuando se desconozcan los ingresos reales del deudor (Criterio general). 62 Alimentos, carga de la prueba (Legislación del Estado de Puebla) con relación al Artículo 724 del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León. 63 Alimentos. Para fijar la pensión debe atenderse a las circunstancias particulares de cada caso. (con relación al Artículo 311 del Código Civil de Nuevo León). 65 Alimentos. Sólo pueden demandarse éstos a los hermanos, cuando plenamente quedó acreditado que el acreedor alimentario no tiene padres ni ascendientes, o bien, que existiéndolos, se encuentran impedidos física o materialmente para otorgárselos. (con relación a los Artículos 305 y 306 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 66 Alimentos. La carga de la prueba recae sobre la acreedora cuando resulte insuficiente la pensión fijada (Legislación del Estado de México). Criterio General. 67 Alimentos, aseguramiento de los. Se garantiza con el embargo parcial del sueldo del deudor alimentista (Legislación del Estado de México), con relación a los Artículos 165 y 317 del Código Civil para el Estado de Nuevo León. 68 Alimentos en el divorcio voluntario (Legislación del Estado de México), con relación al Artículo 273 del Código Civil para el

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Estado de Nuevo León. 69 Alimentos. La esposa debe contribuir con esa obligación si se demuestra que tiene una fuente de ingresos (Legislación del Estado de México), con relación a los Artículos 301 y 302 del Código Civil para el Estado de Nuevo León. 70

Alimentos. La presunción de necesitarlos no es exclusiva de la cónyuge mujer.(con relación a los Artículos 165, 166 y 302 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 71 Alimentos. Presunción de necesitarlos. (con relación al artículo 724 del Código de ProcedimientosCiviles para el Estado de Nuevo León). 73 Alimentos procedencia del pago de, tratándose de la excónyuge inocente del divorcio (Legislación del Estado de Puebla), con relación al Artículo 288 del Código Civil para el Edo. de Nuevo León. 74

Concubinato. Los derechos que proceden entre los concubinos sólo duran mientras la relación subsista. (con relación al Artículo 302 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 75 Alimentos, proporcionalidad de los, cuando hay varios acreedores (Legislación del Estado de Puebla), con relación al Artículo 311 del Código Civil para el Estado de Nuevo León. 76 Alimentos su proporcionalidad cuando ambos deudores trabajan (Legislación del Estado de Guerrero), con relación al Artículo 311 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 77 Alimentos provisionales. Valoración de pruebas en la reclamació (Legislación del Estado de Veracruz), con relación al Artículo del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León). 79

Alimentos, forma de fijarse el monto de la pensión. (con relación al Artículo 311 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 81 Alimentos. Para determinar sobre su concesión deben examinarse las circunstancias particulares implicadas, tratándose de hijos mayores de edad. (con relación al Artículo 308 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 82

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Alimentos. Constituye una acción independiente y no subsidiaria de la diversa de divorcio. (con relación a los Artículos 275 y 282 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 84 Apelación. Es improcedente contra la sentencia interlocutoria dictada en el incidente sobre reducción de pensión alimenticia promovido por el obligado a cubrirla, porque para éste es inapelable la resolución en que se decretó (Legislación del Estado de Michoacán). 85 Alimentos. Cuando cesa la obligación del deudor alimentista de proporcionarlos. (con relación al Artículo 320 del Código Civil para el Estado de Nuevo León). 87

CAPÍTULO SEXTO FORMULARIOS

Formato No.1 Escrito inicial de demanda en la que la cónyuge solicita alimentos para ella y sus menores hijos. 89 Formato No. 2 Escrito inicial de demanda en la que la concubina solicita alimentos. 96 Formato No. 3 Escrito inicial de demanda en la que la cónyuge solicita el pago de pensiones alimenticias vencidas. 103 Formato No. 4 Escrito en el que se desahoga una prevención decretada en el auto admisorio de la demanda. 109 Formato No. 5 Escrito solicitando se fije la pensión alimenticia 111 provisional. Formato No. 6 Escrito solicitando se gire atento oficio al Represen- tante Legal de la empresa donde preste sus servicios el demandado a efecto de que informe sobre el monto total de sus percepciones, nombramiento y antigüedad 113 Formato No. 7 Escrito en el que se solicita se gire oficio a la asociación, agrupación o sindicato a que pertenezca el demandado. 115 Formato No. 8 Modelo de promoción solicitando se realice el cómputo para la contestación de la demanda. 117 Formato No. 9 Modelo de promoción solicitando se declare

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la rebeldía. 119 Formato No. 10 Escrito de contestación a la demanda en la que la cónyuge solicita alimentos. 121 Formato No. 11 Escrito de contestación a la demanda en que la concubina solicita alimentos. 127 Formato No. 12 Escrito de contestación con allanamiento a la demanda. 132 Formato No. 13 Escrito en el que la actora solicita al Juez se sirva señalar fecha para que tenga verificativo la Audiencia de Pruebas y Alegatos. 135 Formato No. 14 Escrito de convenio elaborado por las partes en el juicio de alimentos promovido por la cónyuge 136 Formato No. 15 Escrito en el que la actora desahoga la vista a las excepciones invocadas por el demandado en su escrito de contestación de demanda. 140 Formato No. 16 Modelo de sobre en el que se exhibe el pliego de posiciones. 143 Formato No. 17 Escrito en el que se ofrece pliego de posiciones. 144 Formato No. 18 Escrito que contiene pliego de posiciones que se anexa a la demanda de alimentos interpuesta por la cónyuge. 146 Formato No. 19 Escrito que contiene pliego de posiciones que se anexa a la demanda de alimentos interpuesta por la concubina. 148 Formato No. 20 Escrito que contiene el interrogatorio que deberá absolver el testigo. 150 Formato No. 21 Escrito en el que se solicita se declare confeso al demandado. 151 Formato No. 22 Escrito en el que se formulan conclusiones de alegatos. 153 Formato No. 23 Escrito en el que se solicita al C. Juez dicte

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sentencia. 155 Formato No. 24 Modelo de la promoción al que se anexa el recurso de apelación. 156 Formato No. 25 Modelo de la promoción que contiene los agravios del recurso de apelación. 158 Formato No. 26 Escrito de denuncia por el delito de abandono de persona. 161 Problemáticas específicas que se presentan en la práctica y propuestas para su atención. 164 Supuestos: 1. Caso en el que el deudor manifiesta un salario menor al que realmente percibe. 165 2. Supuesto en el que dolosamente el deudor alimenticio se coloca en estado de insolvencia. 166 3. Caso en el que el demandado incumple injustificadamente la obligación alimenticia. 168 4. Cuando el demandado es trabajador independiente. 169 5. Supuesto en el que el deudor alimentario cambia de domicilio y no es posible localizarlo. 170 Bibliografía. 171

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PRESENTACIÓN Una de las principales obligaciones del Estado reside en buscar el bien común de su población, objetivo siempre inacabado. Problemas tan complejos como la desintegración familiar, la extrema pobreza, la falta de una conciencia basada en la corresponsabilidad familiar, y la ausencia de valores, son comunes a muchas sociedades contemporáneas. Aunado a ello, se encuentra la falta de oportunidades para allegarse el sustento día a día, así como el abandono de que son víctimas muchas personas, siendo quienes más resienten esa situación, grupos específicos de la población, entre los que se encuentran mujeres, niños, personas discapacitadas y de edad avanzada Sin embargo, la realización de un diagnóstico social, permitirá instrumentar acciones específicas, dirigidas a encontrar alternativas de solución, respecto a estas problemáticas, para así, apuntar hacía un avance real y paulatino en este rubro. La Coordinación del Programa sobre Asuntos de la Mujer, la Niñez y la Familia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), interesada en proporcionar alternativas y apoyo a esos grupos, diseñó el Programa Nacional de “Protección para la Mujer y la Niñez en contra del Abandono y el Incumplimiento de Obligaciones Alimenticias”, a través del cual se buscará volver más accesible el trámite judicial necesario, para que esta población ejercite su acción y obtenga la pensión alimenticia a que tiene derecho. La suma de esfuerzos institucionales se presenta como una estrategia exitosa, misma que permitirá incidir favorablemente, en la atención de diversas problemáticas sociales. En ese sentido se logró la participación del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos y de los DIF Estatales, a fin de llevar a cabo acciones conjuntas que favorezcan el logro del objetivo planteado. La participación de las Facultades y Escuelas de Derecho a las cuales se invitará a integrarse, para que coadyuven con la CNDH y el DIF apoyando la realización del trámite judicial en el que se solicita el pago de la pensión alimenticia hasta su total conclusión, de manera gratuita, es sin duda parte fundamental de este Programa.

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La integración de prestadores de servicio social a estos trabajos, resulta básica, ya que su fuerza de trabajo permitirá llevar a cabo el trámite judicial, a través del cual se otorgue este beneficio al mayor número de personas. Asimismo, se favorecerá tanto la atención como el seguimiento de los casos de manera personalizada, con el consiguiente beneficio para la población usuaria, con lo que se recuperará la confianza del público que acuda a solicitar el servicio. Considerando la diversidad del Derecho, así como la preferencia que algunos alumnos tienen por ramas específicas como la civil o familiar, a través de la instrumentación de este Programa, se favorecerá la adquisición de conocimiento, destreza y experiencia en estos juicios, pudiendo también obtener así la liberación de su servicio social obligatorio por parte de las instituciones académicas a que pertenezcan, al cubrir un requisito indispensable para su titulación. Un beneficio adicional para los alumnos, lo representa la supervisión que de sus trabajos hará un Licenciado en Derecho, el cual los instruirá en torno a las acciones más pertinentes que deban realizar, según el caso que se les presente. Al participar activamente en procedimientos judiciales, los alumnos adquirirán experiencia, así como confianza en sí mismos, situación que favorecerá a corto plazo su desempeño como profesionales. Considerando la importancia del objetivo planteado por este Programa, y tratando de proporcionar el mayor apoyo posible a los prestadores del Servicio Social o pasantes que coadyuven en la tramitación de estos juicios, la Coordinación de Asuntos de la Mujer, la Niñez y la Familia, se dio a la tarea de analizar la legislación Civil y Procesal Civil vigente en el Estado de Nuevo León, con la finalidad de integrar un documento, cuyo contenido sirviera de guía al trabajo de los estudiantes de la Licenciatura en Derecho, que se incorporen al desarrollo de este Programa, en su entidad, obteniendo como resultado el presente volumen de “FORMULARIOS DE APOYO PARA LA GESTIÓN GRATUITA Y ASEGURAMIENTO DE ALIMENTOS PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN”. En estos formularios, el estudiante encontrará las etapas en que se divide el juicio, las actividades que las partes realizan, enfatizando en la actividad de la actora, con la finalidad de que se determine en un primer momento, la asignación de una pensión alimenticia provisional digna y suficiente, y en su oportunidad definitiva.

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Dicha pensión alimenticia se decretará una vez agotados los trámites legales, a favor de todas aquellas personas impedidas para satisfacer por sí mismas sus necesidades alimenticias básicas, por parte de quienes de conformidad con la Ley, tiene obligación de suministrárselas, debido a que se encuentran relacionados con ellos, por algún parentesco o vínculo familiar. COORDINACIÓN DEL PROGRAMA SOBRE ASUNTOS DE LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA FAMILIA.

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INTRODUCCIÓN Puede afirmarse que en todas las sociedades, uno de los objetivos más importantes consiste en crear una conciencia diferente, educando en la idea de la responsabilidad, sensibilizando a los miembros de este grupo llamado familia, respecto a los valores que deben regir sus relaciones, como la solidaridad y la corresponsabilidad, de forma tal, que situaciones tan fundamentales como poder solicitar la asignación de una pensión alimenticia a cargo de quien debe darla y a favor de quien tiene derecho a recibirla; sea un derecho que pueda ejercerse plenamente. Lo anterior permitirá cambiar la creencia respecto a que proporcionar alimentos es una potestad, cuyo cumplimiento dependerá de si se tiene o no voluntad para hacerlo. Muchas personas desconocen que tienen derecho a recibir por parte de su cónyuge, concubino o parientes, una pensión alimenticia digna y suficiente. Entre los grupos más afectados por este desconocimiento, se encuentran mujeres, niños, ancianos y personas discapacitadas, a quienes, por sus propias condiciones, se les dificulta ejercer plenamente sus derechos, es así, que en el caso concreto, su acceso a los juzgados es restringido. Gran número de las personas que acuden a solicitar una pensión alimenticia, ignoran las instituciones ante las cuales deben acudir para recibir asesoría y patrocinio, cuando sea necesario realizar el trámite judicial para obtener lo necesario para sobrevivir, así como los requisitos que han de cubrir para que su petición sea atendida por un Juez. La legislación de un Estado refleja entre otras cosas, su grado de avance, sin embargo, no basta con que una legislación recoja derechos fundamentales, de las personas, también, es menester contar con los mecanismos necesarios que permitan que ésta sea aplicada eficazmente, para beneficio de toda la sociedad, incluidos aquellos sectores más desprotegidos. Partiendo de estas premisas, resulta necesario el trabajo conjunto de todas aquellas instituciones vinculadas por la inquietud y preocupación de proporcionar apoyo y atención a la familia y sus miembros, buscando que las relaciones que se establezcan entre sus integrantes, sean las más satisfactorias. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia signaron un Convenio General de Colaboración, a través del cual conjuntarán esfuerzos e instrumentarán acciones tendentes a lograr el otorgamiento y aseguramiento de pensiones

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alimenticias para aquellas personas que se vean en la necesidad de solicitarla por la vía judicial. Considerando que no todas las personas que requieren este trámite, cuentan con ingresos suficientes para costear un juicio, se buscó la participación de alumnos de la Licenciatura en Derecho, de las Escuelas y Facultades de los Estados, quienes se encargarán de realizar el trámite judicial, hasta su total conclusión, de forma gratuita. Sólo la suma de esfuerzos entre las instituciones participantes (CNDH, DIF Nacional, DIF Estatales, Comisiones Estatales de Derechos Humanos y Escuelas y Facultades de Derecho), permitirán al público usuario de este servicio, ejercitar su derecho respecto a la obtención del pago de la pensión alimenticia. La Coordinación del Programa Sobre Asuntos de la Mujer, la Niñez y la Familia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a fin de apoyar y orientar la labor de los prestadores de servicio social participantes, elaboró este volumen de Formularios de Apoyo para la Gestión Gratuita y Aseguramiento de Alimentos para el Estado de Nuevo León. A lo largo del trabajo se analizan de manera sistemática, los siguientes apartados: En el capítulo primero se plantean conceptos básicos como ¿Qué es el Derecho de Familia?, ¿Qué son los alimentos? y ¿Cómo se integran?. El fundamento legal y las características de los alimentos se analizan a lo largo del segundo capítulo. Asimismo, en el tercer capítulo se señala a qué personas corresponde cumplir con esta obligación, se prevén las formas de cumplimiento y las formas de extinción de la obligación alimenticia. A lo largo del capítulo cuarto, se menciona a las personas en quienes recae la obligación alimenticia, señalando el orden de cumplimiento que establece la legislación vigente en el Estado de Nuevo León, refiriendo en general las partes que participan en el procedimiento judicial, resaltando las principales actividades procesales que cada una deberá realizar, las condiciones, requisitos y tiempos para efectuarlas, así como su regulación jurídica. El tema de la demanda es abordado, desarrollando y explicando sus generalidades, se detallan de manera sucinta las partes que la integran, los

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medios de prueba aceptados por la Ley, así como aquellos requisitos que deberán cumplirse para ser admitidas por el Juzgador. Se destacan también, los principales actos procesales que realizan las partes, las etapas que integran el procedimiento; el desarrollo de la audiencia, los alegatos, la sentencia y en su caso la apelación. Otro material de apoyo para los estudiantes lo constituye el contenido del capítulo quinto integrado por la Jurisprudencia y las recientes tesis en materia de alimentos, emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las cuales robustecerán y darán sustento a las pretensiones que las usuarias demanden en el juicio y que sean invocadas por los pasantes que participen en la gestión gratuita de estos trámites. Se incluyen tesis y ejecutorias de diversos Estados, las cuales guardan grandes similitudes e inclusive sus contenidos corresponden a lo establecido en la normatividad vigente en el Estado de Nuevo León. Como ya se ha mencionado, en este volumen se ejemplifican diferentes escritos, que según el caso, podrán ser consultados por los prestadores de servicio social quienes llevarán a cabo la gestoría y trámite de las pensiones. Este capítulo sexto está integrado por 23 escritos que a manera de ejemplo, pueden ser consultados por los pasantes, al momento de realizar una actuación, de conformidad con el desarrollo mismo del juicio. Se describe la forma en que se relaciona cada uno de los escritos, para facilitar el seguimiento de los casos, lo que se logra a través de una nota de referencia. Documentos que se encuentran correlacionados, de tal forma, que dependiendo de las diversas etapas procedimentales, se podrá acudir al formulario que corresponda. Finalmente con la intención de presentarles un abanico más amplio de supuestos, este volumen incluye en capítulo séptimo, diversas situaciones comunes que se presentan cotidianamente, y algunos obstáculos que pueden presentarse en el desarrollo del juicio, así como recomendaciones prácticas que pueden resultar de utilidad a quienes los consulten, con motivo de la tramitación de juicios de alimentos. La bibliografía consultada se integra al final del trabajo, y pretende que los prestadores de servicio social puedan tenerla de referencia y consultarla en caso de dudas o interés de profundizar en algún tema en particular.

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CAPÍTULO PRIMERO DERECHO DE FAMILIA.

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CAPÍTULO PRIMERO

DERECHO DE FAMILIA. La familia al ser considerada tradicionalmente, como la célula básica de toda sociedad, ha experimentado diversas transformaciones, que la han llevado a ser por naturaleza una institución cambiante, que se adapta a las condiciones históricas, sociales y culturales que se presentan en cada grupo social. Entre las funciones que ha desarrollado se encuentran la regulación de las relaciones sexuales, la reproducción de la especie; la producción y consumo de bienes y servicios a su interior; la transmisión de valores, la función socializadora y la afectiva. El papel que la familia desempeña en la sociedad moderna, es sin duda muy diferente al que tuvieron otros tipos de familia en épocas anteriores. No obstante el cambio de estructura que el núcleo familiar ha sufrido, el surgimiento de derechos y obligaciones que se dan a su interior, con base en las relaciones de parentesco, sigue vigente. Considerando las funciones socializadora, afectiva y de transmisión de valores, puede afirmarse que su papel es el de un órgano regulador de las relaciones que se establecen entre sus diferentes miembros. Así pues, encontramos que entre las principales obligaciones que deben cumplir los integrantes de las familias, se encuentran la ayuda y asistencia mutua, el respeto que deben guardarse todos sus miembros, la satisfacción de necesidades básicas de aquellos que lo requieran y que por condiciones especiales como la edad, su estado de salud, o condición económica, no puedan hacerlo por sí mismos.

1.- El Derecho de Familia. Doctrinariamente se define como “el conjunto de instituciones jurídicas de orden personal y patrimonial que gobiernan la fundación, la estructura, la vida y la disolución de la familia”. Sara Montero Duhalt, en su obra Derecho de Familia afirma que es “el conjunto de normas jurídicas de derecho privado y de interés público que regulan la constitución, la organización y la disolución de las relaciones familiares, consideradas las mismas como de interés público”.

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Existen numerosos intentos de definirlo con mayor exactitud, los cuales no han logrado cabalmente su propósito, porque en el intento de precisar el concepto los estudiosos del derecho deben recurrir a nociones controvertidas tales como su contenido y su ubicación en las diferentes ramas del derecho. Podría parecer que el derecho de familia es especialmente promotor, ya que sus normas son fundamentalmente de orden público e interés social. Aunque esas normas son obligatorias, su obligatoriedad emana del deber moral y de los principios naturales en que se funda, como la institución humana más antigua y como elemento clave para la comprensión y funcionamiento de la sociedad, ya que a través de ella, la comunidad no sólo se provee de sus miembros, sino que se encarga de prepararlos para que cumplan satisfactoriamente el papel social que les corresponde. El derecho reconoce las relaciones que se establecen entre los diferentes miembros de un grupo familiar, como las surgidas entre los cónyuges, padres e hijos y demás familiares en general. Incluye también las reglas para contraer matrimonio, fija la filiación, establece los derechos y obligaciones de los miembros de la familia, así como también las formas de disolver el vínculo matrimonial y por lo tanto las consecuencias y obligaciones que surgen cuando ese vínculo se rompe, señala a quién le corresponde cumplir con la obligación alimenticia entre otras cosas. De lo anterior se deduce que el derecho de familia tiene como fin normar las relaciones familiares así como delimitar los derechos y obligaciones de cada sujeto integrante del núcleo familiar. El Jurista Díaz de Guijarro, en su Tratado de Derecho de Familia define a la familia como “la institución social, permanente y natural, compuesta por un grupo de personas ligadas por vínculos jurídicos emergentes de la relación intersexual y de la filiación”. A mayor abundamiento, vemos que el Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León establece en su Artículo 952 que, todas las cuestiones inherentes a la familia se considerarán de orden público, por constituir aquella la base de la integración de la sociedad Si bien es cierto, que al interior de la familia se generan a través del matrimonio, relaciones de parentesco, también lo es, que otros tipo de uniones como el concubinato, o las relaciones de hecho (uniones temporales), generan relaciones paterno filiales, razón por la cual la Ley ha de regular su constitución y los derechos y obligaciones que de ellas se deriven, uniones que finalmente producen consecuencias jurídicas.

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2.- Los alimentos. La palabra alimentos proviene del latín alimentum, que significa comida, o sustento, dícese también de la asistencia que se da para el sustento en caso de incapacidad. Sara Montero Duhalt en su obra Derecho de Familia, Ed. Porrúa, 5ª edición, México, D.F., 1992, define a los alimentos como el “deber que tiene un sujeto llamado deudor alimentario de ministrar a otro, llamado acreedor, de acuerdo con las posibilidades del primero y las necesidades del segundo, en dinero o en especie, lo necesario para subsistir”. De conformidad a lo dispuesto por el numeral 308 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, “ los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Respecto a los menores de edad los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria y secundaria, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos, y adecuado a su sexo y circunstancias personales”. La obligación de dar alimentos no comprende la de proveer capital a los hijos para ejercer el oficio, arte o profesión a que se hubieren dedicado, según se desprende del artículo 314 del Código Civil para el Estado de Nuevo león. El concepto de alimentos como ya se vio, sobrepasa a la simple acepción de comida, es decir, son derechos de tipo económico que permiten al ser humano obtener su sustento en los aspectos biológico, social, moral y jurídico, de ahí que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que los alimentos son materia de orden público e interés social. Véase tesis ALIMENTOS. SON UNA CUESTIÓN DE ORDEN PÚBLICO Y DEBEN SER SATISFECHOS INMEDIATAMENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO). PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo: VII, Abril de 1998. Tesis: III.1º.C.71 C. Página 720. (pág. --). 3.- La obligación alimenticia. La obligación alimentaria encierra un profundo sentido ético pues significa la preservación del valor primario: la vida. En nuestro derecho positivo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado lo siguiente: “La razón filosófica de la obligación alimentaria tiene su origen en la naturaleza misma de las relaciones sociales y el sentimiento de

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altruismo que debe existir entre todos los miembros de la sociedad en que vivimos, por ello el legislador, estimando que la Asistencia Pública no sería posible extenderla a todos los desvalidos que existen en el conglomerado social, ha impuesto la obligación a los parientes más cercanos y en determinados casos, a los que fueran decisivos para determinar la necesidad alimentaria de las personas...” (Anales de Jurisprudencia, T. XCV, p. 120). Esta obligación surge de la necesidad que tiene a su favor una persona que por sus condiciones particulares (edad, condición física o mental disminuida) requiere que le sean proporcionados comida, vestido, vivienda, gastos médicos y educación por otra persona llamada deudor, siempre que se encuentren ligados por vínculos de parentesco. Es decir, la obligación alimenticia tiene su origen en las relaciones familiares: • Por la propia naturaleza de la relación, por ejemplo entre esposos,

concubinos, padres e hijos, adoptado y adoptante, por señalar algunos. • Por disposición de la Ley, cuando la misma legislación establece los casos

en que existe el deber de proporcionar alimentos.

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CAPÍTULO SEGUNDO

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LAS OBLIGACIONES ALIMENTICIAS Y SUS CARACTERÍSTICAS.

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CAPÍTULO SEGUNDO FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LAS OBLIGACIONES

ALIMENTICIAS Y SUS CARACTERÍSTICAS.

1.- Fundamentación Jurídica de los Alimentos. La doctrina sostiene que la obligación alimenticia es un deber derivado del derecho a la vida que tiene el acreedor alimentario y gravita sobre el grupo familiar, tratándose de cónyuges, ésta deriva del deber de auxilio y asistencia mutua que nace entre ellos, a través de la relación conyugal. El fundamento jurídico de la obligación alimenticia es el estado de necesidad de una persona que no puede cubrir por sí misma los gastos necesarios para su subsistencia; la posibilidad de otro sujeto de cubrir esas necesidades y determinando nexo jurídico que une a ambas. De acuerdo a lo anterior están obligados a proporcionar los alimentos: los cónyuges y concubinos entre sí; los padres respecto de los hijos, a falta o por imposibilidad de ellos, la obligación recae en los ascendientes más próximos en ambas líneas, los hijos respecto de los padres, en caso de que las circunstancias así lo requieran, a falta o por imposibilidad de ellos, son deudores los descendientes más próximos en grado; a falta o por imposibilidad de los ascendientes o descendientes, la obligación alimentaria recae en los hermanos. Esta obligación de hermanos y demás parientes colaterales está vigente en tanto el menor no alcance la mayoría de edad o cuando se trate de incapaces. Así también el adoptante y el adoptado están obligados a proporcionarse alimentos, como en el supuesto de los padres a los hijos y viceversa, según lo previsto por los Artículos 302 al 307 del Código Civil para el Estado de Nuevo León. Como se puede observar la relación acreedor y deudor respecto de esta obligación es cambiante, coincidiendo con cada persona de la relación de parentesco y dependiendo de las posibilidades y necesidades de cada una. Los artículos 302 y 303 del Código Civil del Estado, mencionan que tratándose de los cónyuges la obligación surge como parte del deber que tienen de contribuir al sostenimiento de la familia. La obligación de los padres respecto de los hijos nace de la filiación.

La Organización de las Naciones Unidas menciona respecto a esta importante obligación que: “El derecho de todo ser humano a los alimentos, es uno de los derechos inherentes a la persona humana, la obligación de proporcionarlos no

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es sólo de los parientes, sino del Estado, a falta de éstos, y aun de la Comunidad Internacional en los casos de desastre en los que el propio Estado se encuentre imposibilitado de auxiliar a sus nacionales”. Así también, se han establecido en torno al tema de alimentos, criterios que se ven reflejados en diversos documentos internacionales, tales como: • La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la

Asamblea General de la ONU, en París, en 1948, estableció en su artículo 16 que “la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado”.

• La Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en el Dominio Social”,

adoptada por la Asamblea General el 11 de diciembre de 1969, se consideró que “La familia como elemento básico de la sociedad y como medio natural de crecimiento y bienestar de todos sus miembros, en especial de los niños y jóvenes, debe ser ayudada y protegida para que pueda asumir plenamente las responsabilidades que tiene con la comunidad...” (Resolución 25642 [XXIV], artículo 4).

Esta misma Declaración contiene otros principios tutelares de los intereses familiares, relativos a vivienda y protección para la madre y el niño. Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo cuarto dispone: “El varón y la mujer son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”

2.- Características de la obligación alimenticia. * Es de orden público: por constituir la familia la base de la integración de la sociedad, y porque la misma es un organismo cuya vida, desarrollo y garantía interesa mayormente al Estado, que cada día se preocupa más por ella, otorgándole la connotación de orden público, según se desprende de lo estipulado en el artículo 952 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. * Es recíproca: esto quiere decir que quien tiene la obligación de dar alimentos, también tiene el derecho de pedirlos y recibirlos (Artículo 301del Código Civil de Nuevo León)

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* Es personal e intransmisible: esta obligación es personalísima, en razón de las circunstancias individuales del deudor y del acreedor, los alimentos se asignan y confieren a una persona determinada atendiendo a sus necesidades y la obligación de darlos se impone igualmente a otra persona determinada tomando en consideración sus posibilidades económicas, siempre y cuando exista entre el deudor y el acreedor una relación de parentesco admitido y determinado por la Ley. Para la autora Sara Montero Duhalt esta naturaleza la adquieren por surgir de una relación familiar que existe entre los sujetos de la obligación. Las calidades de cónyuge o pariente son esencialmente personales e intransmitibles, por ello, los efectos derivados de la relación familiar, especialmente la obligación de alimentos adquieren esta característica. De la lectura efectuada a lo dispuesto por el Código Civil del Estado de Nuevo León, en sus artículos 302 al 307 se desprende claramente quienes son los indicados para cumplir con la obligación alimenticia, así como el carácter personal de la misma. * Es proporcional: de acuerdo a lo establecido por el Artículo 311 del ordenamiento legal antes citado, los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que deba darlos y a las necesidades del que deba recibirlos. Determinados por convenio o sentencia, los alimentos tendrán un incremento automático mínimo equivalente al aumento porcentual del salario diario general vigente en el Estado, salvo que el deudor alimentario demuestre que sus ingresos no aumentaron en igual proporción; en este caso, el incremento de los alimentos se ajustará al que realmente hubiese obtenido el deudor. Estas prevenciones deberán expresarse siempre en la sentencia o convenio correspondiente. * Es imprescriptible e irrenunciable: ya que quien está obligado a darlos no se libera de la obligación con el paso del tiempo, el derecho a recibir los alimentos no puede renunciarse y no está sujeto a transacción. Como la obligación de dar alimentos no tiene tiempo fijo de nacimiento ni de extinción, no es posible que corra la prescripción, ya que surge cuando coinciden los dos elementos de necesidad de un sujeto y la posibilidad de otro, relacionados entre sí por lazos familiares. Lo anterior significa que el derecho de recibir alimentos no es renunciable, ni puede ser objeto de transacción, compensación o convenio que establezca

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modalidad o reducción alguna de acuerdo al Artículo 321 del Código Civil de Nuevo León). * Es de orden sucesivo: el Código Civil para el Estado de Nuevo León en sus artículos 302 al 307 determina la obligación conforme a cierta graduación de parentesco, es decir, establece una jerarquía de deudores, así primero los cónyuges, como deber imperioso y superior a todos los demás; luego los padres y sus descendientes; los hijos y sus ascendientes; los hermanos y adoptante y adoptado. * Es subsidiaria: ya que el artículo 305 establece la obligación a cargo de los parientes en forma colateral, cuando los parientes cercanos no puedan cumplirla. * Es contínua: toda vez que el cónyuge que se haya separado del otro sigue obligado a cumplir con los gastos inherentes al hogar (Artículos 322 y 323 del Código Civil de Nuevo León). * Es divisible: ya que como lo establece el Artículo 312 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, si fueren varios los que deben dar alimentos y todos tuvieren la posibilidad de hacerlo, el Juez repartirá el importe entre ellos en proporción a sus haberes. * Es inembargable: ya que son de orden público, y su finalidad consiste en proporcionarlos para la subsistencia del acreedor. El derecho a alimentos tiene como fundamento, el derecho a la vida del alimentista, mismo que no puede ser objeto de comercio, es decir no es susceptible de gravamen alguno, en virtud de la naturaleza misma de la necesidad alimenticia del acreedor. * Es garantizable y de derecho preferente: ya que se trata de una obligación que debe ser asegurada mediante hipoteca, prenda, fianza, o depósito de cantidad bastante a cubrir los alimentos del acreedor alimentista (Artículo 317 del Código Civil para el Estado de Nuevo León).

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CAPÍTULO TERCERO CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA Y SUS

FORMAS DE EXTINCIÓN

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CAPÍTULO TERCERO CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA Y SUS

FORMAS DE EXTINCIÓN

1.- Personas a quienes corresponde la obligación de suministrar alimentos. De conformidad a lo dispuesto en los Artículos 302 al 307 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, la obligación alimenticia corresponde a los cónyuges, los concubinos, los ascendientes, los padres y a falta o por imposibilidad de los mismos, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en grado, los descendientes, los parientes colaterales, los parientes colaterales con relación a incapaces, el adoptante y el adoptado. Como se puede observar la relación acreedor y deudor respecto de esta obligación es cambiante, coincidiendo con cada persona de la relación y dependiendo de las posibilidades y necesidades de cada una. Tratándose de los cónyuges, la obligación surge como parte del deber que tienen de contribuir al sostenimiento de la familia de conformidad con el Artículo 302 del Código Civil de Nuevo León. Esa obligación también se deriva del propio vínculo matrimonial que los une, ya que como lo dispone el artículo 164 del Código Civil, que establece que “los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a tal efecto solventarán sus alimentos y los de sus hijos, sin perjuicio de distribuirse la carga económica en la forma y proporción que acuerden según sus posibilidades...”. La obligación de los padres respecto de los hijos nace de la filiación, tratándose de menores de edad, no es necesario que se pruebe la necesidad de recibir alimentos. Cuando el hijo ha adquirido la mayoría de edad deberá probar la necesidad para exigir judicialmente el cumplimiento de la obligación. 2.- El derecho de solicitar los alimentos. Corresponde al acreedor alimentario, al ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad; al tutor; a los hermanos y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado; y al Ministerio Público (Artículo 315 del Código Civil de Nuevo León).

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Las personas enunciadas son quienes tienen la facultad para ejercitar la pretensión de aseguramiento de alimentos. 3.- Cumplimiento de la obligación alimenticia. Los acreedores tendrán derecho preferente sobre los ingresos y bienes del deudor para hacer efectiva esta obligación a cargo del mismo. El Código Civil para el Estado de Nuevo León señala en su artículo 165 que “la mujer tendrá siempre el derecho preferente sobre los productos de los bienes del marido y sobre sus sueldos, salarios o emolumentos, por las cantidades que correspondan para la alimentación de ella y sus hijos menores También tendrá derecho preferente sobre los bienes propios del marido para la satisfacción del mismo objeto. La mujer puede pedir el aseguramiento de bienes para hacer efectivo estos derechos ” De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 309 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, el obligado a dar alimentos cumple con su obligación asignando una pensión suficiente al acreedor alimentario esto es, mediante una pensión en efectivo, la cual debe ser realmente en efectivo y no en especie; también se cumple al incorporar al acreedor alimentista a la familia del deudor, si el acreedor se opone a ser incorporado, corresponde al Juez, según las circunstancias, fijar la manera en que se han de ministrar los alimentos. El deudor alimentista no podrá pedir que se incorpore a su familia el que deba recibir los alimentos, cuando se trata de un cónyuge divorciado que reciba alimentos del otro cónyuge, y cuando haya inconveniente legal para hacer esa incorporación, lo anterior de conformidad al Artículo 310 del Código Civil del Estado. Así también el deudor alimentista ante su negativa de proporcionar los alimentos es responsable de pagar las deudas que el acreedor alimentista contraiga para cubrir esa exigencia, pero sólo hasta la cuantía estrictamente necesaria para ese objeto y siempre que no se trate de gastos suntuarios, como por ejemplo cuando el acreedor alimentista solicita dinero prestado a un tercero con el objeto de sufragar sus gastos de subsistencia, aún sin el consentimiento del deudor (Artículos 322 y 323 del Código Civil del Estado de Nuevo León). Toda vez que esta obligación alimenticia es de orden público, debe satisfacerse y cumplirse en forma continua, regular, permanente e inaplazable,

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por lo que la Ley prevé formas de aseguramiento, garantías que podrán consistir en una hipoteca, prenda, fianza, fideicomiso, o depósito de cantidad bastante para cubrir los alimentos (Artículo 317 del Código Civil de Nuevo León ). En este sentido los acreedores tendrán derecho preferente sobre los ingresos y bienes del deudor para hacer efectiva esta obligación a cargo del mismo. 4.- Formas de extinción de la obligación alimenticia. La Ley, en su Artículo 320 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, señala los casos en que cesa esta obligación: Fracción I.- “Cuando el que la tiene carece de medios para cumplirla”, es decir, cuando el deudor no tiene ingresos fijos o trabajo remunerado, ni bienes, lo que constituye una insolvencia económica, en estos casos el deudor deberá demostrar fehacientemente tales circunstancias, pues su sola negativa no acredita la falta de cumplimiento. Fracción II.- “Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos”, esto es que ha cumplido la mayoría de edad, no continua estudiando y cuenta con medios bastantes para su subsistencia. La obligación subsiste en caso de incapacidad o por continuación de los estudios del acreedor alimentario, en este caso hasta los veinticinco años de edad. Fracción III.- “En caso de injuria, falta o daños graves inferidos intencionalmente por el alimentista contra el que deba prestarlos”, en esta situación se toma en cuenta la gratitud que debe existir en la persona que recibe los alimentos, en virtud de los lazos de cariño, afecto y gratitud. Fracción IV.- “Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta delictuosa, ilícita o viciosa del acreedor alimentario mientras subsistan esas causas”, ya que los alimentos son para la subsistencia, no para sufragar vicios. Fracción V.- “Si el alimentista, sin conocimiento del que deba dar los alimentos, abandona la casa de éste sin justificación”, en este caso cesa la obligación toda vez que presupone que el acreedor no necesita de los mismos. Fracción VI.- Cuando el alimentista sea condenado por violencia familiar en contra de quien debía prestárselos.

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El cese de la obligación de dar alimentos sólo afectará al que hubiere dado lugar a ello, continuando vigente la obligación de dar alimentos que el acreedor alimentista tuviere con sus demás deudores alimentistas.

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CAPÍTULO CUARTO PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE ALIMENTOS

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CAPÍTULO CUARTO PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE ALIMENTOS

1.- Las partes. El Artículo 6 del Código Procesal Civil dispone que el ejercicio de la acción motiva la iniciación del procedimiento aún cuando en la demanda no se mencione el nombre de aquella siempre que se determine con claridad la prestación que se exige del demandado y el título o causa en que se funde. Las partes podrán disponer de sus derechos controvertidos en el proceso, salvo en aquellos casos en que dichos derechos sean irrenunciables de acuerdo con la propia Ley. De conformidad con el Artículo 9 del ordenamiento legal citado, “todo el que conforme a la Ley, esté en pleno ejercicio de sus derechos civiles, puede comparecer a juicio. Por los que no se hallen en el caso anterior, comparecerán sus representantes legítimos, con excepción de los casos específicos que el Código Civil contempla, en los casos de menores, ausentes o incapaces. En los juicios tendrán el carácter de partes, quienes ejercitan por sí mismas una acción o aquella persona frente a la cual es deducida. Para poder participar en un procedimiento judicial, es menester contar con la capacidad procesal. A saber, las partes en un juicio son: Actor y Demandado. Actor o demandante: Es la palabra latina que designa a “la persona que ejercita una acción procesal mediante la interposición de una demanda ante un órgano jurisdiccional o aquel a cuyo nombre se interpone" (Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Tomo I). El actor tiene la facultad de promover por su propio derecho, esto es, ejercitar la acción procesal por sí mismo, o por medio de apoderado; cuando se trate de una persona moral, promoverá a través de su representante. En los casos en que quien deba ejercer la acción sea una persona menor de edad o incapaz, podrá deducir su acción a través de su Representante Legal.

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Demandado: Es aquella persona en contra de quien se entabla una demanda a través del ejercicio de la acción procesal, a fin de que cumpla con su obligación y proporcione los medios de subsistencia a las personas con las que se encuentra obligado, hijos, cónyuge, padre, madre, hermanos, etc. En los procesos familiares, como en el caso de la solicitud de aseguramiento de alimentos, tendrá intervención el Ministerio Público en su calidad de Representante Social (Artículo 315 del Código Civil). De conformidad con el Artículo 955 del Código Procesal Civil, será optativo para las partes acudir asesoradas. El asesoramiento deberá recaer siempre en Licenciados en Derecho con cédula profesional. En caso de que una de las partes se encuentre asesorada y la otra no, se solicitarán de inmediato los servicios de un defensor de oficio, el que deberá acudir, desde luego, a enterarse del asunto, disfrutando para ello de un término que no podrá exceder de tres días, en cuyo caso se prorrogará, el término que se hubiese concedido para el ejercicio de algún derecho. En los juicios de alimentos, el actor al ejercitar su acción, espera que al demandado se le condene a una conducta determinada, para el caso concreto el pago de una cantidad suficiente para obtener los satisfactores necesarios para su subsistencia. 2.- Juicio de alimentos. Los asuntos en que la pretensión principal sea el pago y aseguramiento de alimentos se tramitarán de conformidad con el Libro Segundo De la Jurisdicción Contenciosa, Título Segundo De los Juicios, Capítulo Quinto denominado “Del Juicio Sumario de Alimentos”. La aplicación de las reglas generales del Juicio Ordinario Civil se dará de manera supletoria a este procedimiento, cuando así se requiera.

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3.- Actos procesales. - La demanda Francisco José Contreras Vaca, en su obra Derecho Procesal Civil. Vol.1, Editorial Oxford, señala que “es el acto procesal en virtud del cual una persona física, personalmente o por conducto de apoderado, o el representante de una persona jurídica inicia un proceso jurisdiccional, planteando con claridad y precisión sus pretensiones al juzgador y solicitándole que, en su oportunidad, dicte una sentencia favorable a sus intereses, para que haga efectivo, constituya o declare la existencia de un derecho, o resuelva una obligación. Escrito inicial de demanda. Todo juicio comenzará por la demanda del actor. Según se desprende del artículo 612 del Código de Procedimientos Civiles del Estado la demanda contendrá: I. La designación del Juez ante quien se entable; II. El nombre y apellidos, domicilio, nacionalidad, edad, profesión u oficio

del actor y de las personas físicas que lo representen, en su caso, expresándose la naturaleza de la representación;

III. El nombre, apellidos y domicilio del demandado; IV. El objeto u objetos que se reclaman con sus accesorios; V. La exposición clara y sucinta, en párrafos numerados, de los hechos

que motivan la demanda, incluyendo la descripción de los hechos contenidos en las grabaciones de audio o video que o discos de computadora; y de los fundamentos de derecho en que se apoyen.

VI. La enumeración precisa y concreta, consignada en la conclusión de las

peticiones que se formulen al Tribunal. VII. El valor de la suerte principal si de ello depende la competencia del

Juez. Cabe mencionar que conjuntamente a la presentación de la demanda, deberán ser exhibidos todos y cada uno de los documentos esenciales en que la parte

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funde su derecho tal como lo establece el Artículo 614 del Código Procesal Civil. Fracción I. El documento o documentos que acrediten el carácter con el que el litigante se presenta a juicio, en el caso de tener la representación legal de alguna persona física o moral; Fracción II. El poder que acredite la personalidad del mandatario cuando éste intervenga; Fracción III. Los documentos en que fundamenten su acción y todos los demás que quieran utilizar como prueba; Fracción IV. Tantas copias simples o fotostáticas siempre que sean legibles a simple vista, cuantas fueren las personas demandadas, del escrito de demanda y todos los documentos que acompañe, para el efecto de correr traslado. V. Cuando se acompañen grabaciones de audio o video o discos de computadora, para que se imponga de ellos, se exhibirá un duplicado certificado por notario público de los mismos para ser entregado a la parte demandada a corrérsele traslado. Dado que la obligación de proporcionar alimentos es consecuencia directa del parentesco, es menester que el actor acompañe copia certificada de las constancias del Registro Civil que prueben la existencia de la filiación o relación de parentesco respecto del deudor alimentista. - El Rubro Contiene los datos de identificación del expediente. Consuetudinariamente se ha estilado colocarlo en el ángulo superior derecho de la primera hoja, el cual contendrá: Nombre del actor o promovente, usualmente iniciando por el apellido paterno, materno y nombre o nombres. • Posteriormente y dependiendo del carácter del asunto, se pondrá la letra

“a”, tratándose de una jurisdicción voluntaria, cuya finalidad es dejar constancia judicial de algún aviso o notificación.

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• La letra “y”, se utiliza en los casos en que no existe controversia y ambas partes están interesadas en regularizar, definir o dar por terminada alguna situación judicial.

• Mientras que en los asuntos contenciosos se anotará la expresión “versus”

abreviado “vs”; que significa contra y que implica que estamos frente a un procedimiento de índole contencioso.

- Nombre del demandado; - Tipo de juicio; - Datos de clasificación del expediente: número y Secretaría. - También deberá señalarse el Tribunal ante el que se promueve, en este sentido, es necesario dirigir el escrito inicial ante el Juez de lo Familiar, que se encuentre en turno, ya que será la autoridad competente, para conocer de estos asuntos, o del Juez Civil en su caso, lo que se hace usualmente, abajo y del lado izquierdo del escrito. - Proemio Es la parte de la demanda en la que se especifica el nombre del promovente y el carácter en el que promueve, el cual puede ser por propio derecho o por conducto de apoderado o Representante legal. Además, en esta parte se expresará claramente el domicilio del despacho, oficina o casa particular en el que habrá de recibir notificaciones y documentos. De la misma forma, deberá mencionarse la persona o personas que se autorizan para oír y recibir toda clase de notificaciones, documentos e inclusive recoger valores a nombre del actor. - Cuerpo de la demanda En este apartado se señalarán: - El fundamento legal con el que se promueve; - El nombre de la persona a quien se demanda;

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- Las prestaciones que se reclaman, especificándolas claramente; este concepto se refiere a “todo lo que se pide; son aquellas cosas o conductas que el actor reclama del demandado”.

En los juicios de alimentos, estas prestaciones son los propios alimentos, así como aquellos accesorios que se hayan generado. Así pues, podrá solicitarse como prestación un porcentaje o cantidad a cargo del demandado, y como accesorio el pago de los alimentos que han dejado de otorgarse, así como el pago de las deudas que haya contraído el acreedor alimenticio, a raíz del incumplimiento del deudor. - Capítulo de hechos En este apartado se narrarán sucinta, clara y precisamente, las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se establece la relación, hasta el momento del propio incumplimiento; esto es, los hechos en los que el actor funda sus peticiones, de manera que el demandado pueda producir su contestación y defensa. - Capítulo de pruebas Este capítulo es relevante para hacer efectivo el derecho a obtener el pago y aseguramiento de los alimentos; así como para demostrar los hechos que son materia de la litis, o aquellos que cada una de las partes alegó; las pruebas representan el único medio de acreditar todo lo que ha afirmado ante el juzgador, para que el actor obtenga sus pretensiones, o el demandado logre ser absuelto de ellas. - Medios de prueba (Artículo 239 del Código Procesal Civil). Las partes en un juicio tendrán libertad para ofrecer como medios de prueba todos aquellos instrumentos que estimen conducentes para demostrar los hechos en que funden sus acciones y excepciones, mientras que sean adecuados para lograr convicción en el juzgador. De conformidad con el artículo 226 del Código de Procedimientos Civiles el Tribunal debe admitir las pruebas que le presenten las partes siempre que estén permitidas por la Ley y se refieran a hechos controvertidos. La confesional El procesalista José Contreras Vaca en su obra Derecho Procesal Civil Volumen I, señala que la confesión consiste en el reconocimiento expreso o

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tácito que hace una de las partes de hechos propios y que se relacionan con los puntos controvertidos en el juicio y que le son perjudiciales y agrega que es el instrumento probatorio a través del cual una de las partes en el proceso, en virtud de las preguntas que le articula su contraparte y que deben satisfacer los requisitos que exige la Ley, responde afirmativa o negativamente a las aseveraciones que sobre hechos propios del absolvente aduce de ciertos la contraria. El mismo autor señala que el ofrecimiento de la confesional puede darse en el escrito inicial de demanda o al momento de dar contestación a la misma, quien deba absolver posiciones deberá ser citado personalmente, apercibido que de no comparecer sin justa causa, será declarado confeso. Tipos de confesión: Confesión expresa: es aquella que se hace clara y de manera diferente a las demás probanzas, al dar contestación a la demanda, al absolver posiciones o en cualquier momento del proceso. La confesión tácita es “la que se produce por falta de comparecencia del confesante, o por omisión en las respuestas del absolvente, o en el caso en que se conteste con evasivas o dijere ignorar hechos que le son propios, o por la falta de respuestas categóricas, ya sea en sentido afirmativo o negativo”. Esta prueba se regula en los Artículos 261 y 262 del Código Procesal Civil, en los siguientes términos: Artículo 261:“es judicial la confesión que se hace en juicio al preparar o promover la demanda, al contestar ésta, al absolver posiciones, en cualquier escrito que presenten las partes y en cualquier otro acto del juicio aunque no intervenga el Juez”. Artículo 262: “se considera extrajudicial la confesión que se hace ante cualquier otra autoridad que no sea el Juez de los autos”. Es importante señalar que de conformidad al artículo 271 del ordenamiento citado, no se procederá a citar a alguno para que absuelva posiciones, sino después de haber sido presentado el pliego que las contenga. Si el pliego hubiese sido presentado en sobre cerrado, éste deberá guardarse en el secreto del juzgado. La persona que haya de absolver posiciones, de conformidad con el artículo 265 del Código Procesal Civil para el Estado, habrá de ser citada

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personalmente, a más tardar el día anterior al señalado para la diligencia, bajo el apercibimiento de que si dejare de comparecer sin justa causa, será tenido por confeso. Una vez que se ha tomado la protesta de decir verdad, a quien haya de absolver posiciones, el juez procederá al interrogatorio, asentando literalmente las respuestas y concluida la diligencia, la parte absolvente firmará el pliego de posiciones (artículo 273 del Código Procesal Civil). El artículo 274 señala que “ en ningún caso se permitirá a la parte que ha de absolver un interrogatorio de posiciones esté asistida por su abogado, apoderado, ni de ninguna otra persona, ni se le dará traslado ni copia de las posiciones, ni término para que se aconseje; si el absolvente no supiere hablar castellano, podrá asistirle un intérprete. Su desahogo lo realizará el absolvente sin la asistencia de su abogado, estarán presentes el articulante y el Secretario o en su caso el Juez. Las contestaciones que se den deberán ser categóricas, en sentido positivo o negativo, pudiendo hacer algunas aclaraciones; si al contestar se hiciera con evasivas, el Juez podrá prevenirlo de declararlo confeso de aquellos hechos sobre los que sus respuestas no fueren categóricas o terminantes (Artículo 275 del Código Procesal Civil). Ninguna persona podrá ser declarada confesa, sino fue apercibida legalmente, ya que así lo establece el artículo 281 del ordenamiento citado. Documentos públicos y privados. El autor Francisco José Contreras Vaca en su obra Derecho Procesal Civil. Volumen 1, Editorial Oxford, señala que etimológicamente este término deriva del vocablo “documentum”, que significa enseñanza o lección. La concepción de documento ha evolucionado y ahora no sólo son considerados documentos los textos escritos, sino que de manera funcional también se considera cualquier objeto mueble cuya finalidad consiste en representar cualquier hecho o idea no necesariamente en lenguaje escrito, tales como cintas magnetofónicas, registros dactiloscópicos, videocintas, etc. Los documentos se clasifican en públicos y privados. Los primeros son aquellos que han sido otorgados ante profesionistas dotados con fe pública o por funcionarios públicos en ejercicio de sus atribuciones legales.

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Tendrán ese carácter tanto los originales como los testimonios y copias certificadas que autoricen o expidan dichos profesionales y funcionarios con facultades para ello; por testimonio se entiende la copia de una escritura pública expedida por el notario ante quien se otorgó (Artículo 288 del Código Procesal Civil). Son auténticos de conformidad con el artículo 289, aquellos documentos que están autorizados y firmados por servidores públicos que tiene derecho a certificar y a imprimir el sello de la oficina respectiva. Los documentos privados son aquellos que no han sido expedidos por dependencias o instituciones públicas ni por funcionarios con fe pública, sino por personas físicas que en el ejercicio de sus funciones o por sus conocimientos los extienden, como por ejemplo la receta o un expediente expedido por médico particular, recibos de pago del deudor alimenticio, expedidos por la empresa en que labora; recibos de gastos educativos que originan los menores hijos; recibos de honorarios por concepto de gastos odontológicos, etc. (Artículo 290 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León). Los documentos ya sean públicos o privados, se enuncian en el escrito inicial de demanda o en el de contestación, ya que se constituyen en documentos base de la acción que se intenta o como sustento de las excepciones y defensas del demandado. Respecto a los documentos privados, se recomienda ofrecer su ratificación, y no olvidar que si no son objetados en tiempo tendrán valor probatorio pleno. Aquellos documentos que se encuentren en otro idioma, necesariamente deberán acompañarse de su traducción (Artículo 293 del Código Procesal Civil). En los juicios de alimentos será necesario presentar en original o en copia certificada, los documentos que sean base de la acción que se ejercita, así como todos aquellos que apoyen el dicho de las partes. En este orden de ideas, las copias certificadas de actas de nacimiento de los hijos y el acta de matrimonio (si las partes se encuentran unidas bajo ese vínculo), tendrán que ser exhibidas, acompañando el escrito inicial de demanda, lo anterior considerando que todo lo que se dice en un juicio, debe ser probado y que la legislación de Nuevo León al igual que muchas otras, reconoce que los alimentos surgen como derecho y obligación, a través de la filiación, el parentesco o el matrimonio.

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Prueba pericial. La prueba pericial es el instrumento probatorio a través del cual las partes pretenden acreditar ante el juzgador la verdad de sus afirmaciones de carácter científico o técnico, mediante la información de personas ajenas al proceso que poseen conocimientos especializados en la materia controvertida. Perito es la persona física llamada al proceso para informar al juzgador sobre hechos cuya apreciación se relaciona con los conocimientos especializados que posee sobre una ciencia o arte. El artículo 309 del Código de Procedimientos Civiles, establece que el juicio de peritos tendrá lugar cuando para conocer o apreciar algún hecho materia de prueba, sean necesarios conocimientos especiales en alguna ciencia, arte u oficio y en los casos en que expresamente lo prevengan las leyes. En términos del artículo 310 del mismo ordenamiento, cada parte dentro del tercer día nombrará un perito a no ser que se pusieren de acuerdo en el nombramiento de uno solo; el tercero en discordia será nombrado por el Juez. El oferente de la prueba señalará con toda precisión la ciencia, arte, técnica oficio o industria sobre la cual deba practicarse la prueba; los puntos sobre los que versará y las cuestiones que se deberán resolver en la pericial, así como la cédula profesional, calidad técnica, artística o industrial del perito que se proponga, nombre, apellidos y domicilio de éste, con la correspondiente relación de tal prueba con los hechos controvertidos. Si faltare cualquiera de los requisitos anteriores, el Juez apercibirá al oferente para que subsane la omisión dentro del término de veinticuatro horas, de no hacerlo así, se desechará la prueba en cuestión. Inspección judicial. También llamada reconocimiento, su ofrecimiento se encuentra previsto en el Artículo 321 del Código Procesal Civil del Estado, en el que se establece que el reconocimiento se practicará siempre previa citación de las partes, fijándose día, hora y lugar. Las partes, sus representantes o abogados pueden concurrir a la inspección y a hacer las observaciones que estimen oportunas. También podrán concurrir a ellas los testigos de identidad o peritos que fueren necesarios. Esta prueba consiste en la inspección o reconocimiento de lugares, cosas, muebles o inmuebles o de personas.

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Prueba testimonial. Para el autor Francisco José Contreras Vaca en su obra Derecho Procesal Civil. Volumen 1, Editorial Oxford, la testimonial es el medio probatorio, a través del cual se pretende acreditar al juzgador, la veracidad de los hechos sostenidos por las partes valiéndose de la información proporcionada por personas ajenas al juicio; que reúnen las características que marca la Ley, y a las que les consta de manera directa, la totalidad o parte de los hechos que han sido controvertidos. De conformidad con el artículo 324 del Código Procesal Civil “todo el que no tenga impedimento legal está obligado a declarar como testigo”.

Presunciones. Presunción es la consecuencia que la Ley o el Juez deducen de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido, la primera se llama legal y la segunda humana (Artículo 355del Código Procesal Civil). La presunción legal se origina cuando expresamente así se ha establecido por la Ley o cuando nace como consecuencia directa o inmediata de ella. La presunción humana, se presenta cuando de un hecho debidamente probado se deduce otro que es consecuencia ordinaria de aquel (Artículo 356 del ordenamiento citado). Quien invoca una presuncional legal, sólo está obligado a probar el hecho en que se funda tal presunción. Estas presunciones, podrán deducirse de oficio por el juzgador, aunque no sean invocadas por las partes. Esta prueba al igual que las demás debe ofrecerse desde el escrito inicial de la demanda o de la contestación. Medidas provisionales. En el escrito de demanda también puede solicitarse al Juez que decrete Medidas Provisionales, las cuales tienen como base la petición que hace el actor al Juez, en torno a situaciones que deben resolverse en forma inmediata por su carácter urgente. En el juicio de alimentos, este apartado refleja la justa

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pretensión del actor de obtener a la brevedad posible la satisfacción de sus necesidades alimenticias, que de no atenderse ponen en riesgo la subsistencia. - Capítulo de Derecho. Es una parte indispensable en toda demanda, ya que en él se va a fundar la petición que haga el actor; este apartado se incluye tanto en el escrito inicial de demanda, como en la contestación a la misma. En él, las partes invocan los preceptos legales que consideran aplicables y que sirven de base a sus pretensiones, excepciones o defensas, según sea el caso. - Puntos Petitorios. La demanda debe ser clara y precisa respecto a lo que se le solicita al Juez, esto se verá reflejado en los puntos petitorios, los cuales pueden considerarse como un resumen de aquello que una de las partes solicita a la otra, o bien, las actuaciones que se espera realice el tribunal. Es costumbre insertar estos puntos prácticamente al final del escrito, como una forma sintetizada de expresar lo que se demanda. - La frase “Protesto lo necesario”. Tanto el escrito inicial de demanda como todos aquellos que se presenten ante el tribunal, concluirán con la expresión “Protesto lo necesario”, frase que significa que todo lo manifestado o vertido en los documentos presentados por las partes, es cierto y además como una forma de reafirmar la verdad de su contenido. - Lugar y fecha. Al finalizar cualquier escrito es imprescindible que se señale el lugar, ya que es una de las circunstancias en que ocurren los actos procesales; por otro lado es de vital importancia señalar la fecha exacta en que se promueve, pues a partir de ella es que se realizarán los cómputos correspondientes, además sin duda alguna también es necesaria para evitar la prescripción. A este respecto cabe señalar que en materia de alimentos no hay prescripción. Al realizar cualquier acto judicial, el lugar es el presupuesto de la actividad jurisdiccional, con base en él se determinarán los actos o actividades a realizarse, de igual forma la competencia se fijará por el lugar donde se ubique el tribunal, o por el domicilio del demandado, etc.

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El lugar influye también en la validez de los actos, ya que hay casos en que la dispone donde deberán realizarse, por ejemplo el emplazamiento a juicio, el cual debe realizarse en el domicilio del demandado, para evitar la nulidad, así como la caducidad de la instancia. - Firmas. Por firma se entiende la representación gráfica del nombre de alguna persona, hecha por su propio puño y letra, en forma habitual y características, a través de la cual reconoce o acepta el contenido de algún documento que lo obliga. En este sentido, es necesario que al finalizar el contenido del escrito inicial de demanda, así como todos los documentos que se presentan ante el juzgado, éstos sean firmados por quienes los presentan; en los casos en que el promovente no sabe firmar, la Ley autoriza a que otra persona lo haga a su ruego, ante dos testigos de asistencia que den fe del acto, y señalando esta situación, o lo faculta para que estampe su huella digital ante dos testigos, con la misma finalidad. a) Auto admisorio. Una vez presentada la demanda inicial con todos los requisitos anteriormente expuestos, corresponderá la actividad al órgano jurisdiccional, a través de la emisión del llamado auto admisorio, el cual es entendido como la resolución judicial que se dicta dentro del proceso, y la cual sin estar destinada a resolver el fondo del asunto, sirve para preparar la decisión, pudiendo recaer sobre la personalidad de las partes, la competencia del Juez o la procedencia o no a la admisión de pruebas. Presentada que ha sido la demanda, el Juez dará cuenta de ella y ordenará que se proceda a formar el expediente respectivo y a su registro en el libro de gobierno del juzgado. En caso de admitirla, con las copias simples que exhibió el actor, procederá a ordenar se emplace al demandado a través del actuario del Juzgado, para que en el término de tres días comparezca a dar contestación a la demanda, de conformidad con el artículo 726 del Código Procesal Civil.

En el Estado de Nuevo León la Ley en su artículo 724 establece los requisitos para la obtención de alimentos. Sólo en caso de que el Juez encontrara la demanda oscura, incompleta o irregular, procederá a prevenir al actor para que la aclare, corrija, o complete,

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señalando en concreto sus defectos, hecho lo cual se le dará curso (Artículo 616 del Código Procesal Civil). c) Emplazamiento. Habiendo sido dictado el auto admisorio de la demanda, se procederá a llevar a cabo el emplazamiento, lo que significa dar un plazo, citar a una persona; ordenar su comparecencia ante el Juez o Tribunal respectivo; llamar a juicio al demandado, según se desprende del Artículo 624 del Código Procesal Civil De conformidad con el Artículo 78 del Código Procesal Civil, todas las notificaciones que por disposición de la Ley o por decisión del juzgador deban hacerse personalmente, se entenderán con el interesado, su representante, mandatario, o apoderado legalmente autorizado, mediante cédula que se entregará en el domicilio del interesado, y que deberá contener los siguientes requisitos: número de expediente, el nombre y apellidos del promovente, el objeto y naturaleza de la promoción, el del Juez o Tribunal que mande practicar la diligencia, copia íntegra de la determinación que se mande notificar, la fecha y hora en que se entregue el instructivo y el nombre y apellido de la persona a quien se entrega De conformidad con el Artículo 65 del código en cita, las notificaciones, emplazamientos y citaciones se efectuarán a más tardar al día siguiente al en que se dicten las resoluciones que las prevengan, cuando el Juez o la Ley no dispusieran otra cosa.

d) Rebeldía. Para el procesalista José Contreras Vaca, es el acto procesal por medio del cual el Juez sanciona a la parte que se ha abstenido de realizar alguna actuación procesal a su cargo, a efecto de continuar el proceso hasta su desenlace. La abstención más grave consiste en dejar de contestar la demanda. e) Apercibimiento de ley. Por apercibimiento de Ley se entiende la amonestación o conminación que hace el Juez a determinada persona, respecto de las consecuencias desfavorables que puede acarrearle la realización de ciertos actos u omisiones (Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Tomo 1).

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f) Contestación de la demanda. Con base en el artículo 629 del Código Procesal Civil, el demandado formulará su contestación en los términos prevenidos para la demanda, debiendo hacer valer en el juicio sus excepciones y defensas, con la finalidad de impedir el curso de la acción o para destruirla, pudiendo también reconvenir y oponer la compensación. El demandado se referirá a las peticiones y a cada uno de los hechos aducidos por el actor en la demanda, confesándolos o negándolos y expresando los que ignore por no ser propios. Las excepciones y defensas que tenga, cualquiera que sea su naturaleza, se harán valer en la contestación y nunca después, a menos que fueran supervenientes. El demandado expondrá en forma clara y sucinta los hechos en que funde sus excepciones y defensas. De conformidad con el artículo 631 del Código Procesal Civil, transcurrido el término de Ley, y no habiendo contestación o habiéndola no llena los requisitos necesarios, la demanda se entenderá contestada en sentido negativo. - Excepciones y defensas. En su obra Derecho Procesal Civil, Tomo I, el autor José Francisco Contreras Vaca señala que: “son los medios que tiene el demandado para oponerse a las pretensiones del actor, ya sea que éstas afecten la validez de la relación procesal o contradigan las afirmaciones del actor, procurando con ello un pronunciamiento favorable a sus intereses en cuanto a la forma o el fondo del asunto”. Excepción y defensa no son sinónimos. En la excepción no se discute la certeza de los hechos o el derecho manifestado por el actor, no obstante, al demandado le asiste alguna disposición jurídica que los hace ineficaces. En la defensa, se discute la veracidad de los hechos o el derecho invocado por la contraparte. Ambas deben hacerse valer en el escrito de contestación a la demanda a excepción de la incompetencia por inhibitoria y las consideradas como supervenientes ya que deben resolverse en el momento de dictar sentencia, a menos que se trate de excepciones procesales y con ellas se debe dar vista a la parte actora para que manifieste lo que a su derecho convenga.

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- Tipos de excepciones A saber las excepciones se clasifican en: Incompetencia por declinatoria. Si en la contestación se opone esta excepción, deberá substanciarse sin suspensión del procedimiento. Litispendencia. Procede cuando un Juez conoce ya del mismo negocio sobre el cual el procesado es el mismo demandado. Conexidad. Tiene por objeto la remisión de los autos en que se opone al juzgado que previno en el conocimiento de la causa conexa. La cosa juzgada. Excluye la posibilidad de volver a tratar en cualquier otro proceso o medio de impugnación la cuestión ya resuelta por sentencia firme. La excepción de falta de legitimación de las partes. Puede subsanarse para encauzar legalmente el desarrollo del proceso, en cualquier estado del juicio hasta antes de que se dicte resolución en la audiencia. El artículo 9 del Código Procesal señala que “el juez examinará de oficio la personalidad de las partes, y ordenará en su caso corregir cualquier deficiencia que sea subsanable al respecto, para lo cual otorgará el plazo improrrogable de seis días a las partes para que la subsanen. g) Audiencia. El Código Procesal Civil establece las reglas a que deben sujetarse las audiencias.

El Juez es la autoridad que tiene a su cargo el desarrollo de la audiencia. En la práctica se estila que sea el Secretario de Acuerdos quien lo haga, ya que las excesivas cargas de trabajo de tribunales, impiden al Juez estar presente en todas las audiencias. La frase “Abierta la audiencia por el C. Juez...” indica el inicio de la misma. El Juez deberá depurar el procedimiento aplicando las reglas contenidas en el Código de la materia, examinará la legitimación procesal de las partes, lo anterior de conformidad con el artículo 9 del ordenamiento citado. Los Jueces de lo Familiar en los asuntos de su competencia, siempre podrán exhortar a los interesados a la conciliación y a resolver sus diferencias

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mediante convenio, lo anterior de conformidad con el artículo 954 del Código Procesal. La resolución que dicte el juzgador en la audiencia, será apelable en ambos efectos si los deniega, mientras que la que los concede será apelable en efecto devolutivo (Artículo 729 del Código Procesal Civil). La primera prueba que se desahoga es la confesional por parte de ambos, posteriormente se continuará con las documentales públicas, privadas y científicas; dictámenes periciales, inspección judicial, testimoniales, etc., de conformidad con lo establecido en el Código Procesal Civil para el Estado. * Confesional y su desahogo. En caso de que el citado a absolver posiciones comparezca, el Juez abrirá el pliego y calificará aquellas que cumplan los requisitos de ley; por su parte el absolvente firmará el pliego o estampará su huella digital, antes de iniciar el interrogatorio. El desahogo se realizará con asistencia sólo del articulante, del absolvente, del juzgador, del Secretario y demás personal judicial necesario de conformidad con el Artículo 274 del Código Procesal Civil. En la práctica se estila que el articulante se encuentre acompañado de su abogado patrono.

En caso de que el absolvente no comparezca, se solicitará al Juez que lo declare confeso, por no haber asistido a la audiencia de desahogo de pruebas, a pesar de haberle sido notificado legalmente la fecha de la misma. Las posiciones que se articulen tendrán que estar relacionadas con los hechos objetos del litigio, de lo contrario serán desechadas. * Desahogo de la prueba documental. Una vez que han sido ofrecidas y admitidas las documentales públicas, privadas o científicas, enseguida se procederá a su desahogo, de igual forma se hará con los planos, croquis o esquemas presentados. Las partes de manera sencilla y clara podrán explicarle al Juez el contenido del documento en que funden su derecho, mostrándoselo y leyéndolo en lo conducente; por su parte el Juez podrá hacer las preguntas necesarias, en torno a dicho documento. En el acta se asentarán dichas explicaciones y preguntas. Las partes sólo podrán impugnar de falsos los documentos durante el término probatorio, tratándose de los presentados hasta entonces. Aquellos

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documentos que se exhiban posteriormente, ya que la Ley así lo permite, deberán impugnarse dentro de los tres días siguientes, los que se contarán desde la fecha en que se decretó el auto en que las admite, lo cual se hará por vía incidental, así lo dispone el artículo 301 del citado código. La frase “Atento a su propia y especial naturaleza...” se refiere a que las documentales ya sean públicas o privadas que no fueron objetadas en tiempo y forma, se desahogarán oficiosamente; cabe mencionar que los documentos integrados a la demanda o contestación aunque no sean ofrecidos como pruebas, serán considerados al momento de emitir sentencia. *Testimonial y su desahogo. Una vez identificados los testigos se asentará la razón en el acta de los documentos o medios que sirvieron para ese fin, se pasará a la protesta de decir la verdad y al examen de los testigos, que se hará en presencia de las partes que concurrieren (Artículo 337 del Código Procesal Civil). También se recabarán los generales de los testigos y se les preguntará si tienen alguna relación personal con su oferente.

En el acta constará el nombre, edad, estado civil, domicilio y ocupación, si es pariente por consanguinidad o afinidad y en que grado, de alguno de los litigantes, si es dependiente o empleado de su presentante o tiene con él sociedad o alguna relación de intereses, si tiene interés directo o indirecto en el pleito, si es amigo íntimo o enemigo de alguno de los litigantes, posteriormente será interrogado. - Requisitos de los interrogatorios de los testigos. El artículo 326 señala que el examen de los testigos se hará con base en los interrogatorios que presenten las partes por escrito con copia para la contraria, de no cumplir este requisito, no se admitirá la prueba; el Juez podrá aplicar las preguntas y respuestas de una manera discrecional. El Juez al examinar a los testigos podrá hacerles más preguntas, siempre y cuando se encuentren relacionadas con los hechos contenidos en los interrogatorios. El Juez tendrá cuidado de calificar adecuadamente los interrogatorios, con apego a lo establecido en el Código Procesal, contra su decisión a este respecto, no procederá recurso alguno.

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Los testigos serán examinados en forma separada, evitando que se comuniquen. h) Período de alegatos. Una vez que se agotó el período probatorio y que no hay pruebas pendientes que desahogar, continua la etapa de alegatos en la que el tribunal ordena que las partes aleguen lo que a su derecho convenga, por sí o por sus abogados, primero el actor y luego el demandado; también podrá alegar el Ministerio Público, cuando el asunto así lo requiera, procurando todos, ser breves y concisos. El juez ordenará poner los autos a la vista de las partes, por un término común de tres días, para que aleguen de buena prueba, lo anterior de conformidad con el artículo 398. i) Citación para sentencia. Concluida la audiencia de pruebas y alegatos, en ese acto el Juez cita a las partes para oír sentencia definitiva que resuelva el fondo del asunto ante él planteado. La sentencia se dictará en la misma audiencia o dentro de los cinco días siguientes. Sentencia. De acuerdo al tratadista Eduardo Couture la sentencia entendida como resolución judicial, es el acto judicial en virtud del cual el tribunal resuelve los puntos litigiosos sometidos a debate, en uso de la facultad jurisdiccional delegada por el Estado. Asimismo como documento es la pieza emitida por el órgano jurisdiccional que contiene el texto escrito de la decisión tomada en el litigio objeto del proceso. Si resuelven el fondo del asunto las sentencias se denominan definitivas, si resuelven una cuestión incidental se llaman interlocutorias. Las sentencias que emitan los órganos jurisdiccionales deberán apegarse a lo establecido en los Artículos 19, 402, 403 y 405 del Código Procesal Civil del Estado de Nuevo León. j) Recurso de apelación. El término apelación proviene del latín apellare que significa pedir auxilio. Es el medio impugnativo ordinario a través del cual una o ambas partes llamada

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apelante) solicita que un tribunal de segundo grado (ad quem) examine una resolución dictada dentro del proceso (materia judicandi) por el Juez que conoce la primera instancia (a quo) expresando sus inconformidades al momento de interponerlo (agravios), con la finalidad de que el superior jerárquico, una vez que las analice y sin que pueda suplir sus deficiencias (en estricto derecho), corrija sus defectos (errores in procedendo), modificándola o revocándola (Derecho Procesal Civil Vol. 2. Contreras Vaca, José Francisco). De conformidad con el artículo 423 del Código Procesal, la apelación es el recurso que tiene por objeto que el Tribunal de segunda instancia confirme, revoque o modifique, a solicitud de parte agraviada, las resoluciones dictadas en la primera. El recurso puede interponerse por la parte que cree haber recibido un agravio con la resolución dictada; los terceros que hayan intervenido en el juicio, o cualquier persona interesada y a la que perjudique la resolución emitida. Tribunal de Alzada. También llamado Tribunal de Apelación, de esta manera se designa al superior jerárquico que conocerá de la apelación.

Las apelaciones son de dos tipos y se tramitan en : - Efecto devolutivo. Significa que el procedimiento no se suspende en tanto se resuelva el recurso de apelación y; - Efecto suspensivo. Aquella que tiene como finalidad suspender el procedimiento, hasta tener la sentencia que resuelva la materia de la apelación (artículo 428 del ordenamiento citado). El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León rige el procedimiento a seguir en materia de apelaciones, en sus Artículos 423 al 429, 432 al 434, 436 al 441, 446, 449, y 450 al 452, estableciendo que : • El término para interponerla es de nueve días si se trata de sentencias

definitivas; y de cinco días para apelar contra autos y sentencias interlocutorias.

• El escrito en que se interponga el recurso deberá contener los agravios que

le causa la resolución impugnada al recurrente, quien deberá exhibir una

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copia del mismo, la cual se agregará al expediente, y copias para cada una de las partes.

Para el caso que nos ocupa, el pago y aseguramiento de alimentos, la apelación será admitida en el efecto devolutivo y cuando condene al pago de alimentos se ejecutará sin fianza. En este escrito deberán expresarse los agravios los cuales deberán contener una relación clara y precisa de los puntos de la resolución impugnada que el apelante considere le lesionen; los conceptos de violación que a su juicio se hayan cometido y, las leyes, interpretación jurídica o principios generales de Derecho que estime han sido violados, o por inexacta aplicación o falta de aplicación. Igualmente podrá ser motivo de agravio el hecho de que en la sentencia se haya dejado de estudiar alguno de los puntos litigiosos o de las pruebas rendidas, o bien que aquella no sea congruente con la demanda y la contestación y las demás cuestiones debatidas en el proceso. También podrán expresarse agravios con relación a las normas esenciales del procedimiento que se estimen cometidas durante el mismo, siempre y cuando hayan sido impugnadas oportunamente. En el escrito de expresión de agravios deberá, además, indicarse si el apelante desea ofrecer pruebas, precisando los puntos sobre los que deberá versar cada una de las probanzas, los que nunca serán extraños a la cuestión debatida.

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PRESENTACIÓN ESQUEMÁTICA DE LAS ETAPAS PROCESALES

*Escrito inicial de demanda. *Auto admisorio. *Notificación (emplazamiento) *Contestación a la demanda. Audiencia Sentencia Recursos ordinarios (se tramitan ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia.) *Por depurar el procedimiento se entiende, la actividad que el Juez realiza al revisar que todas y cada una de las actuaciones, se hayan realizado de conformidad con lo establecido por la Ley; que se hayan cubierto los requisitos y cumplido los tiempos. Verbigracia, verificar que la notificación se haya realizado adecuadamente, para evitar que se promueva su nulidad.

Personal

Por edictos

Excepciones y Defensas.

-*Depuración del procedimiento. - Legitimación procesal de las partes. - Período probatorio (Desahogo de pruebas). - Período de alegatos. - Citación para sentencia. -

Apelación

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CAPÍTULO QUINTO JURISPRUDENCIA

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La jurisprudencia ha sido definida como aquella “disciplina que versa sobre las cosas divinas y humanas”, en las que se incluye el estudio de éstas, desde la perspectiva jurídica. El término jurisprudencia ha sido utilizado como sinónimo de sabiduría y conocimiento de la Ciencia del Derecho. La jurisprudencia constituye una de las principales fuentes del Derecho, que compila las determinaciones y criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Originalmente el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estaba integrado por 25 Ministros, que funcionaban en cinco Salas, “cuyas resoluciones constituyen jurisprudencia, siempre que lo resuelto en ellas se sustente en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, y que hayan sido aprobadas por lo menos por catorce Ministros, si se trata de jurisprudencia del Pleno, o por cuatro Ministros en los casos de Jurisprudencia de las Salas”, de conformidad con el artículo 192 de la Ley de Amparo (misma que no ha sido reformada). Actualmente el Pleno se integra por 11 Ministros, pero bastará la presencia de siete de ellos, para que pueda funcionar, con la excepción hecha al Artículo 105 fracción I, penúltimo párrafo y fracción II Constitucional, según se desprende del artículo cuarto de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, cuya modificación fue efectuada el día 7 de noviembre de 1996. Cabe mencionar que algunas de las tesis, criterios y jurisprudencias que se integran en el capítulo quinto de este documento, fueron emitidas con anterioridad a la reestructuración señalada. También constituyen jurisprudencia las resoluciones surgidas de los Tribunales Colegiados de Circuito, y finalmente las que resuelven las contradicciones de tesis de los Tribunales Colegiados de Circuito que se presentan ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Por ello se considera necesario señalarlas para orientar y lograr convicción en el criterio del Juzgador, al momento de emitir su resolución. A continuación se enumeran algunas tesis, criterios y jurisprudencias que si bien es cierto son invocadas en legislaciones de distintos Estados, se citan en virtud de que sus contenidos normativos corresponden a lo establecido en la legislación vigente en el Estado de Nuevo León, tal y como se especifica en el índice y por ende, la interpretación constitucional o legal de dichos preceptos realizada por los Organos Jurisdiccionales, Constitucionales o Federales es perfectamente aplicable.

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Obligatoriedad de la jurisprudencia. A) Tratándose de jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia:

es obligatoria para las mismas Salas, para los Tribunales Unitarios, para los Colegiados de Circuito, para los Juzgados de Distrito, y Tribunales Militares y Judiciales del orden común de los Estados, Distrito Federal y Tribunales Administrativos y del Trabajo locales o federales.

B) Tratándose de jurisprudencia de las Salas de la Suprema Corte de Justicia:

es obligatoria para los Tribunales Unitarios, para los Colegiados de Circuito, Juzgados de Distrito, Tribunales Militares y Judiciales del orden común de los Estados, Distrito Federal y Tribunales Administrativos y del Trabajo locales y federales (Artículo 192 de la Ley de Amparo.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VII, Abril de 1998 Tesis: III.1o.C.71 C Página: 720 ALIMENTOS. SON UNA CUESTIÓN DE ORDEN PÚBLICO Y DEBEN SER SATISFECHOS INMEDIATAMENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO). El espíritu que animó al legislador para conservar la regulación de los alimentos en un lugar privilegiado de la , obedeció a que quiso evitar, en lo posible, cualquier táctica tendiente a entorpecer o dilatar el cumplimiento del deudor alimentista en la satisfacción de los alimentos para sus hijos; necesidad que debe procurarse satisfacer inmediatamente con las bases que se obtengan en el juicio de primera instancia, pero no esperar a que se aporten en ejecución de sentencia para cuantificar la pensión definitiva por el citado concepto; de ahí que con mayor razón la responsable debe fijar en la sentencia el monto de la pensión por alimentos que se reclamen al deudor alimentario. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO. Amparo directo 1481/97. Linet Padilla Barba. 16 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Arturo García Aldaz.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XII, Julio de 2000 Tesis: II.2o.C.228 C Página: 735 ALIMENTOS. LA EXCÓNYUGE DEBE PROBAR LA INSUFICIENCIA DE SUS INGRESOS PARA QUE SE LE PROPORCIONEN POR SU EXESPOSO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). Al decretarse un divorcio por la causal alusiva a la separación por más de dos años de los consortes, normalmente inexiste un cónyuge culpable y, por ende, al exesposo le resulta la obligación de suministrar alimentos, siempre y cuando se demuestre por la exconsorte que los ingresos que percibe donde presta sus servicios no le bastan para satisfacer sus necesidades alimentarias indispensables; de ahí que subsista a su cargo la obligación de probar la insuficiencia de sus remuneraciones, con el fin de que su exesposo le proporcione alimentos. En tales condiciones, para que proceda la condena a ese respecto debe patentizarse la necesidad de una pensión alimenticia, por dicha insuficiencia de ingresos, según la posibilidad económica del obligado a ello. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 1268/99. Margarita Robles Ramírez. 2 de mayo de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEPTIMO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XII, Noviembre de 2000 Tesis: VII.1o.C.64 C Página: 858 ALIMENTOS. CESA LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLOS, CUANDO EL ACREEDOR ALIMENTARIO HA TERMINADO UNA CARRERA PROFESIONAL Y PRETENDE CURSAR ESTUDIOS DE POSGRADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ). El Artículo 239 del Código Civil para el Estado de Veracruz establece, en lo conducente, que respecto de los menores los alimentos comprenden, entre otros elementos, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentario y para proporcionarle un oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo. Por tanto, la interpretación lógica del citado numeral, aplicado a contrario sensu, conduce a establecer que si el acreedor alimentario es mayor de edad, ha terminado una carrera profesional y cursa estudios de posgrado, debe entenderse que el mismo posee la preparación suficiente para emplearse y allegarse la alimentación necesaria para su subsistencia, así como para procurarse los estudios de especialización que realiza o pretende efectuar, y por ende que el deudor alimentista ha cumplido con la obligación que le impone el precepto invocado en tratándose de los menores de edad, y no hay base legal para que tal carga subsista respecto de quien ya está preparado profesionalmente para obtener los alimentos por sí mismo. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. Amparo directo 331/2000. Ángel Enrique Ascencio Vázquez. 6 de abril de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretaria: Lilia Mariche de la Garza. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, julio de 1997, página 348, tesis XIV.2o.51 C, de rubro: "ALIMENTOS. CUANDO EL ACREEDOR CONCLUYE SU PREPARACIÓN PROFESIONAL Y PRETENDE ESTUDIAR UN POSGRADO, EL DEUDOR YA NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CAMPECHE).".

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Novena Epoca Instancia: NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VIII, Noviembre de 1998 Tesis: I.9o.C.55 C Página: 501 ALIMENTOS. OBLIGACIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL DE PRESERVAR EL DERECHO DE LOS MENORES A LOS. Conforme con los Artículos 941 del Código de Procedimientos Civiles y 283 del Código Civil, ambos para el Distrito Federal, la autoridad judicial tiene la obligación de preservar, entre otros, el derecho de los menores en relación con los alimentos, pero de ninguna manera su obligación es la de preservar los derechos que emanen de convenios celebrados ante autoridades judiciales extranjeras en los que el deudor alimentario pacte la forma en que cumplirá su obligación alimenticia, pues en caso de que el acreedor alimentario pretenda hacer cumplir al deudor el convenio celebrado en el extranjero, debe acudir ante la autoridad con quien celebraron el mismo para que lo obliguen a cumplir dicho convenio, y en caso de incumplimiento la autoridad judicial podrá hacer uso de las instituciones de la cooperación procesal internacional para obligar al rebelde. NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 7159/98. Ana María Rodríguez López Domingo. 10 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: José Castro Aguilar. Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XI, Abril de 2000 Tesis: XXI.1o.98 C Página: 930 ALIMENTOS. LA PRUEBA IDÓNEA PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLOS MEDIANTE DEPÓSITO JUDICIAL, ES LA DOCUMENTAL. La prueba documental es la idónea para acreditar el cumplimiento de la obligación de proporcionar alimentos, cuando el deudor alimentista tiene la obligación de depositar periódicamente el importe respectivo ante una autoridad judicial, ya que tratándose de la entrega de un numerario líquido, participa de las mismas características que tiene cualquier transmisión de dinero en general, y por ende, la prueba más eficaz para acreditar ese hecho, es la constancia escrita obtenida a cambio, por ser el medio más común en que el deudor se apoya para liberarse de un adeudo determinado, por lo que es lógico que toda entrega de dinero, exija la expedición de quien lo recibe, de un documento en el que conste esa transmisión; por tanto, el medio de convicción que por sí solo es susceptible de acreditar el oportuno y eficaz cumplimiento de proporcionar alimentos, en los términos señalados, es la prueba documental. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 566/99. Antonio Cuevas Pérez. 2 de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos García José. Secretario: Fernando Rodríguez Escárcega.

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Novena Epoca Instancia: SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIII, Enero de 2001 Tesis: I.6o.C.226 C Página: 1680 ALIMENTOS. OBLIGACIÓN DEL JUZGADOR DE PROVEER DE OFICIO RESPECTO DE ELLOS, AL DICTAR SENTENCIA EN CUALQUIER INSTANCIA, AUN CUANDO NO SE HUBIESEN SOLICITADO EN VÍA DE EXCEPCIÓN O RECONVENCIÓN. En los asuntos del ámbito familiar, tanto el Juez de primer grado como la ad quem, están facultados para pronunciarse de oficio y proveer en la sentencia de divorcio y declaración de custodia de menores, sobre los alimentos de éstos, así como de suplir en su favor la deficiencia de sus planteamientos, porque es imprescindible y de suma preferencia que en la sentencia que resuelva la situación que van a guardar dichos menores, se decida lo relativo a su derecho de recibir alimentos, no siendo óbice a lo anterior, la circunstancia de que no se hubiesen solicitado en vía de excepción al contestar la demanda o reconvenido su pago, toda vez que es de explorado derecho que la figura jurídica de los alimentos es una cuestión de orden público y de urgente necesidad, que quedaría sin satisfacerse plenamente si se obligara a los acreedores a ejercitar una nueva acción para obtenerlos. SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 2336/2000. María Petra Herrera Varela. 21 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: Alfonso Avianeda Chávez.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XI, Marzo de 2000 Tesis: II.2o.C.212 C Página: 965 ALIMENTOS. SU FIJACIÓN EN PORCENTAJE RESULTA LEGAL Y CORRECTA CUANDO SE DESCONOZCAN LOS INGRESOS REALES DEL DEUDOR. Cuando en un juicio de divorcio se condene al pago de pensión alimenticia, y no existan datos que permitan determinar los ingresos del deudor alimentista, es correcto fijar el monto de la pensión en un porcentaje de los ingresos del obligado, suficientes para cubrir los gastos indispensables para la subsistencia de los acreedores, a efecto de que la referida pensión resulte verdaderamente proporcional a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos. Ello cuando no queden probados dichos ingresos reales del deudor alimentista. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 656/99. Marisa Gómez Fernández y coags. 1o. de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Everardo Shain Salgado.

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Novena Epoca Instancia: TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Diciembre de 1999 Tesis: VI.3o.C. J/32 Página: 641 ALIMENTOS, CARGA DE LA PRUEBA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). Conforme a lo dispuesto por el Artículo 1144 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, aplicado por analogía para la condena al pago de alimentos definitivos, se necesita: "I. Que se exhiban documentos comprobantes del parentesco o del matrimonio, el testamento o el contrato en el que conste la obligación de dar alimentos; II. Que se acredite la necesidad que haya de los alimentos; III. Que se justifique la posibilidad económica del demandado.". De tales elementos se deduce que corresponde al acreedor alimenticio demostrar el primero y el tercero, es decir, el derecho que tiene a percibir alimentos y la posibilidad económica que tiene el demandado para proporcionarlos; no así probar el segundo de dichos elementos, esto es, la necesidad que haya de los alimentos, toda vez que tiene esa presunción a su favor y dejarle la carga de la prueba sería obligarlo a probar hechos negativos, lo cual es ilógico y antijurídico, por lo que en este caso la carga de la prueba corresponde al deudor. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 236/89. Gaudencio Juárez Gutiérrez. 22 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Brito Velázquez. Secretario: José Manuel Torres Pérez. Amparo directo 434/90. Emeterio Isidoro Guerra y otro. 20 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Brito Velázquez. Secretaria: Luz del Carmen Herrera Calderón. Amparo directo 208/93. José Enrique López Roque. 13 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretaria: Florida López Hernández. Amparo directo 332/94. José de Jesús Méndez Lozada. 18 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Olivia Heiras de Mancisidor. Secretaria: Elia Flores Hernández.

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Amparo en revisión 521/99. Martín Cordero García. 14 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Omar Losson Ovando. Secretaria: Ma. Luisa Pérez Romero.

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Novena Epoca Instancia: CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Noviembre de 1999 Tesis: I.4o.C.31 C Página: 953 ALIMENTOS. PARA FIJAR LA PENSIÓN DEBE ATENDERSE A LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DE CADA CASO. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 311 del Código Civil para el Distrito Federal, los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad de quien debe recibirlos, por lo cual para su fijación se debe tomar en consideración la situación individual de los acreedores en relación a sus necesidades personales y la capacidad económica del deudor, pues en cada caso concreto, los acreedores pueden estar en diversas circunstancias y por ende, no tener las mismas necesidades económicas; por ejemplo, no existe la misma necesidad en dos menores que tengan igual edad pero uno de ellos sufra un padecimiento que requiere atenciones especiales, o entre un menor de cinco años, y otro de dieciséis; por tanto el porcentaje que se fije debe atender en cada caso a esas circunstancias concretas. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 3474/99. Griselda Cristina Gasca Rojas. 24 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretaria: Dalia Margarita Carlos Jiménez. Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis número 76/99, pendiente de resolver en la Primera Sala.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Octubre de 1999 Tesis: X.1o.20 C Página: 1234 ALIMENTOS. SÓLO PUEDEN DEMANDARSE ÉSTOS A LOS HERMANOS, CUANDO PLENAMENTE QUEDÓ ACREDITADO QUE EL ACREEDOR ALIMENTARIO NO TIENE PADRES NI ASCENDIENTES, O BIEN, QUE EXISTIÉNDOLOS, SE ENCUENTRAN IMPEDIDOS FÍSICA O MATERIALMENTE PARA OTORGÁRSELOS. Los obligados directos o principales en dar alimentos a los hijos, son los padres y a falta o imposibilidad de éstos, los abuelos o demás ascendientes por ambas líneas más próximos en grado. Por tanto, la procedencia de la acción de pago de alimentos en contra de los hermanos, se condiciona a que se acredite plenamente la falta total de padres, abuelos o ascendientes más próximos por ambas líneas o, en su caso, la imposibilidad física, material o económica de éstos para cubrirlos, que indiscutiblemente les impida realizar alguna actividad con la cual puedan cumplir con su obligación. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO. Amparo en revisión 52/99. Florinda Torres González. 13 de agosto de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Soto Martínez. Secretaria: Yolanda Islas Hernández.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: X, Julio de 1999 Tesis: II.2o.C.179 C Página: 838 ALIMENTOS. LA CARGA DE LA PRUEBA RECAE SOBRE LA ACREEDORA CUANDO RESULTE INSUFICIENTE LA PENSIÓN FIJADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). El Artículo 294 del Código Civil aplicable en la entidad establece que los alimentos han de ser proporcionales a la posibilidad del que deba darlos y a la necesidad del que deba recibirlos. De acuerdo con dicho precepto es indiscutible que la proporcionalidad a que alude no se refiere en sí al número de acreedores y de deudores alimentarios, sino a la necesidad del acreedor y a la posibilidad económica del deudor; por tanto, cuando se demande la ampliación de la pensión fijada porque ya resulte insuficiente, es menester que la acreedora justifique de modo convincente tal situación; en tal virtud, si no se aporta prueba alguna para demostrar que la pensión alimenticia es insuficiente y la existencia de una necesidad mayor respecto del porcentaje fijado como pensión definitiva, es evidente que la acción que se ejercite será improcedente. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 1343/98. Silvia Cuenca Pichardo. 18 de mayo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Miguel Ángel Antemate Chigo.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tesis: II.2o.C.175 C Página: 927 ALIMENTOS, ASEGURAMIENTO DE LOS. SE GARANTIZA CON EL EMBARGO PARCIAL DEL SUELDO DEL DEUDOR ALIMENTISTA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). El aseguramiento de los alimentos consiste en garantizar su pago en favor de la persona o personas que deban recibirlos, lo cual recae sobre los bienes y productos de quien debe otorgarlos, con lo que se protege la puntual, regular y periódica entrega de los satisfactores indispensables para sufragar las necesidades alimentarias de aquéllos. Por ello, aun cuando el Artículo 300 del Código Civil para el Estado de México establece de manera limitativa que el aseguramiento podrá consistir en hipoteca, prenda, fianza o depósito de cantidad bastante a cubrir los alimentos; sin embargo, existe la posibilidad de que pueda garantizarse por un medio diverso a los establecidos en el precepto legal invocado, máxime que es una garantía individual de los menores, según la parte final del Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la obligación de los padres de preservar el derecho de los hijos menores a la satisfacción de sus necesidades. De ese modo, el aseguramiento de que el acreedor alimentista tenga los medios de subsistencia indispensables para allegarse sus necesidades alimentarias, se puede realizar, aparte de los supuestos referidos, mediante el descuento del porcentaje o cantidad acordada de las percepciones que tenga el deudor como trabajador de una empresa; de tal manera, se garantiza la puntual, regular y periódica entrega de dichos alimentos como satisfactores de las necesidades básicas que los menores requieren de parte de su progenitor. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 1328/98. Guillermo Gabriel Hernández Cortés. 20 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Rabanal Arroyo, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Agustín Archundia Ortiz.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: IX, Abril de 1999 Tesis: II.1o.C.177 C Página: 490 ALIMENTOS EN EL DIVORCIO VOLUNTARIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). De conformidad con el Artículo 271 del Código Civil del Estado, en el divorcio voluntario, los cónyuges no tienen derecho a percibir alimentos, salvo pacto en contrario, por lo que los alimentos estipulados por convenio entre los cónyuges no se rigen por las disposiciones relativas a los alimentos legales, sino por la voluntad de las partes. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 832/98. Héctor Iván Hernández Ramírez. 12 de febrero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Romero Vázquez. Secretaria: Adriana de los Ángeles Castillo Arceo. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen CXXIII, Cuarta Parte, página 29, tesis de rubro: "DIVORCIO VOLUNTARIO. ALIMENTOS CONVENCIONALES ENTRE LOS CÓNYUGES.".

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: IX, Enero de 1999 Tesis: II.2o.C.145 C Página: 823 ALIMENTOS. LA ESPOSA DEBE CONTRIBUIR CON ESA OBLIGACIÓN SI SE DEMUESTRA QUE TIENE UNA FUENTE DE INGRESOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO). De una objetiva interpretación del Artículo 150 del Código Civil para el Estado de México, se desprende que la obligación de proporcionar alimentos por regla general y en principio corresponde al marido, pues debe otorgarlos a la mujer y a los hijos realizando todos los gastos necesarios para el sostenimiento del hogar; pero si la esposa tiene bienes propios, ejerce alguna profesión, oficio o comercio, debe contribuir a su vez con los gastos de la familia, siempre que la parte que le corresponda no exceda de la mitad de éstos, y sólo cuando se demuestre que el marido estuviese imposibilitado para trabajar o careciere de bienes propios, la cónyuge cubrirá tales gastos. Por consiguiente, es de concluir que cuando la mujer demanda el pago de alimentos, al consorte varón incumbe la obligación de demostrar que los proporciona, o en su defecto probar que aquélla no los necesita, bien porque tenga bienes propios o porque desempeñe algún trabajo o profesión, oficio o comercio que le permita percibir ingresos, pues sería injusto dejar la carga de la prueba al respecto a la esposa; por ello, si se omite justificar lo anterior, la cónyuge no tiene la obligación de contribuir para los gastos propios de la familia en términos de lo antes señalado, máxime si quedó acreditada la capacidad económica del deudor alimentista. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 610/98. Rodrigo Benito Ruiz Alejandro. 17 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.

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Novena Epoca Instancia: QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: IX, Enero de 1999 Tesis: I.5o.C.84 C Página: 824 ALIMENTOS. LA PRESUNCIÓN DE NECESITARLOS NO ES EXCLUSIVA DE LA CÓNYUGE MUJER. De los Artículos 162, 164, 301 y 302 del Código Civil para el Distrito Federal, deriva la obligación de los cónyuges de socorrerse mutuamente, de contribuir económicamente al sostenimiento del hogar y de proporcionarse alimentos en forma recíproca; lo anterior confirma, de principio, una equiparación legal en ese rubro entre el hombre y la mujer. Originalmente, en los Códigos Civiles de 1870 (Artículos 200 y 202) y de 1884 (Artículos 191 a 193), el marido debía proteger y dar alimentos a la mujer y a ésta correspondía atender lo doméstico, la educación de los hijos y la administración de los bienes y sólo cuando la mujer tuviera bienes propios debía dar alimentos al marido, cuando éste careciera de aquéllos y estuviere impedido para trabajar. Con diferente redacción pero con el mismo perfil fue adaptado ese contenido en el Artículo 42 de la sobre Relaciones Familiares, señalando que el marido debía dar alimentos a la mujer y hacer todos los gastos necesarios para el sostenimiento del hogar. El Código Civil de 1928 siguió los mismos lineamientos en su Artículo 164. Sin embargo, en la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, se modificó radicalmente la redacción del Artículo 164 referido, bajo la inspiración de la igualdad jurídica, política, económica y social de la mujer con el hombre, pues ahora se estableció que era a cargo de los cónyuges (tanto él como ella) la contribución económica para el sostenimiento del hogar, su propia alimentación y la de sus hijos, sin perjuicio de distribuirse esa carga en la forma y proporción que ellos convengan y de acuerdo con sus respectivas posibilidades. De ello se sigue, que actualmente ya no se deja a cargo del marido la carga alimentaria, sino que se solidariza con la obligación de la mujer si ésta tiene posibilidades económicas. Por tanto, si bien sigue rigiendo la presunción de que la esposa necesita alimentos porque ordinariamente en la familia mexicana el hombre es quien aporta los medios económicos para sufragar los gastos del hogar, ello no excluye al hombre quien también tiene en su favor esa presunción de necesitar alimentos cuando precisamente los demanda.

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Lo anterior sin dejar pasar por alto, que la presunción que deriva de la obligación solidaria que se comenta, no resistiría de acreditarse que la necesidad de los alimentos que demanda el marido emana de su falta de aplicación al trabajo; pues en tal evento tendría vigencia la hipótesis prevista en el Artículo 320, fracción IV, del Código Civil para el Distrito Federal. QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 6815/98. Julio César Tinoco Oros. 29 de octubre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Ramírez Sánchez. Secretario: José Manuel Quistián Espericueta.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VIII, Agosto de 1998 Tesis: VI.2o. J/142 Página: 688 ALIMENTOS. PRESUNCIÓN DE NECESITARLOS. Por regla general, la promoción de un juicio a efecto de exigir suministro de alimentos, lógicamente presupone la imperiosa necesidad de recibirlos. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 102/89. Francisco Espinosa Carriles. 27 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván. Amparo en revisión 326/95. Fernando Hidalgo Trujillo. 21 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretario: Gonzalo Carrera Molina. Amparo directo 173/97. Alberto Huerta Hernández. 16 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Amparo directo 80/98. José Othón Martínez Ruiz. 12 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Amparo directo 242/98. Alejandro Roberto Téllez Roa. 18 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Gonzalo Carrera Molina. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 73, Cuarta Parte, página 15, tesis de rubro: "ALIMENTOS. PRESUNCIÓN DE NECESITARLOS.".

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VII, Junio de 1998 Tesis: VI.2o.160 C Página: 611 ALIMENTOS. PROCEDENCIA DEL PAGO DE, TRATÁNDOSE DE LA EXCÓNYUGE INOCENTE DEL DIVORCIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). De la recta interpretación del Artículo 473, fracción I del Código Civil para el Estado de Puebla, se concluye que la excónyuge inocente del divorcio tiene derecho a reclamar alimentos de su exconsorte siempre que se ubique en cualquiera de las siguientes hipótesis: cuando carezca de bienes, o que durante el matrimonio se haya encargado del cuidado del hogar o de sus hijos o en caso de que se encuentre imposibilitada para trabajar, lo anterior constituye una excepción a la regla general que rige en tratándose de la obligación alimentaria, consistente en acreditar los extremos relativos a la necesidad del acreedor y la posibilidad del deudor alimentistas; por tanto, la sentencia que declara improcedente la acción de alimentos ejercitada por la excónyuge inocente de la disolución del vínculo matrimonial con base en que ella es propietaria de bienes es ilegal cuando también se encuentra acreditado que aquélla se dedicó al cuidado del hogar y de los hijos durante la vigencia del matrimonio, ya que en este supuesto es evidente que se satisfacen dos de las hipótesis establecidas en la disposición legal citada. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 138/98. Cristina Torres Lorenzo. 14 de mayo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXVI, página 2269, tesis de rubro: "ALIMENTOS POR CAUSA DE DIVORCIO.".

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Novena Epoca Instancia: CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VII, Junio de 1998 Tesis: I.4o.C.20 C Página: 626 CONCUBINATO. LOS DERECHOS QUE PRODUCE ENTRE LOS CONCUBINOS SÓLO DURAN MIENTRAS LA RELACIÓN SUBSISTA. A diferencia de lo que ocurre con el matrimonio, relación civil en que los cónyuges se unen con el propósito de constituir una familia, de forma permanente, tanto así que para crearlo o disolverlo se requiere seguir ciertas formas establecidas por el derecho, y sólo puede conseguirse si lo sanciona una autoridad competente, el concubinato es la relación que se crea entre un hombre y una mujer, por el hecho de vivir como marido y esposa durante un término preestablecido por la , la que no puede dejar de reconocer que también de esta forma se constituyen lazos familiares de afecto y ayuda mutua, sobre todo si se procrean hijos; pero esta clase de vínculo sólo es reconocida por el derecho, mientras perdure la situación de hecho así creada. En este sentido, Marcel Planiol y Georges Ripert sostienen en el libro Derecho Civil, Editorial Harla, 3a. edición, Librería General del Derecho Jurisprudencial, París, 1946, página 8, que: "Quien vive en estado de concubinato, puede ponerle fin según su voluntad, sin que la otra persona con quien viva en este estado pueda invocar esa ruptura como fuente de daños y perjuicios.". Por tanto, los efectos que emanan del concubinato, tales como el derecho a heredar o a recibir alimentos, sólo se producen si esa relación subsiste al momento del deceso de uno de ellos, o al en que se solicitan los alimentos. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 9374/97. Pedro Antonio López Ríos. 12 de febrero de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretaria: Georgina Vega de Jesús. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XXV, Cuarta Parte, página 96, tesis de rubro: "CONCUBINA, ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA EJERCITADA POR LA.".

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VII, Abril de 1998 Tesis: VI.2o. J/134 Página: 591 ALIMENTOS, PROPORCIONALIDAD DE LOS, CUANDO HAY VARIOS ACREEDORES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). De acuerdo con el Artículo 503 del Código Civil del Estado, los alimentos han de ser proporcionales a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos, por lo que, de ser varios los acreedores, no hay duda de que uno de los elementos que es necesario tomar en consideración para determinar la proporcionalidad de los alimentos, es el número de aquéllos, pues cada uno requiere de comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad y educación. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 571/91. Herminia Ida Cuéllar García. 22 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Amparo directo 118/93. Constantina Sarmiento Michiman. 26 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Amparo directo 173/97. Alberto Huerta Hernández. 16 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Amparo directo 339/97. María del Socorro Toxqui Herrera y otras. 18 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Gonzalo Carrera Molina. Amparo directo 25/98. María del Carmen Juárez Neri y otro. 12 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: VI, Diciembre de 1997 Tesis: XXI.1o. J/9 Página: 558 ALIMENTOS. SU PROPORCIONALIDAD CUANDO AMBOS DEUDORES TRABAJAN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO). De conformidad con el Artículo 397 del Código Civil del Estado de Guerrero, la proporcionalidad de los alimentos es la que debe existir entre las posibilidades del deudor y las necesidades del acreedor; en tal circunstancia, si en el juicio natural queda demostrado que ambos padres perciben un salario, luego entonces, conforme a tal disposición, debe repartirse equitativamente la carga alimentaria de acuerdo a los ingresos obtenidos, pues en términos del precepto 392 del invocado ordenamiento, los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos, ya que si bien la posibilidad del deudor alimentista depende del monto de su salario o ingresos, o el valor de sus bienes, los que han de ser bastantes para cubrir la pensión alimenticia que le corresponde, también debe atenderse a sus propias necesidades, sobre todo cuando aquél se encuentra separado de sus acreedores alimentarios, lo que obviamente ocasiona que los mismos sean mayores, pues las necesidades de los alimentistas han de establecerse atendiendo de manera preferente a los conceptos que se comprenden bajo la palabra alimentos, en los términos dispuestos en los Artículos 387 y 388 del referido Código Civil. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 328/95. Carlos Bello Suástegui. 10 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Salvador Vázquez Vargas. Amparo directo 712/96. Óscar Javier Victoria Galeana. 23 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Salvador Vázquez Vargas. Amparo directo 54/97. Sofía Campos Díaz y otros. 20 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Ernesto Jaime Ruiz Pérez.

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Amparo directo 270/97. Nelly Rosa Pineda Giles. 30 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Salvador Vázquez Vargas. Amparo directo 483/97. Armando Bravo Alarcón. 28 de agosto de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Ignacio Cuenca Zamora.

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Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEPTIMO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XII, Septiembre de 2000 Tesis: VII.1o.C. J/10 Página: 603 ALIMENTOS PROVISIONALES. VALORACIÓN DE PRUEBAS EN LA RECLAMACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ). Al establecer el Artículo 210 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz, que el Juez que conozca de una demanda de alimentos podrá fijar una pensión alimenticia provisional y decretar su aseguramiento en el auto admisorio, a petición de parte, atendiendo a las circunstancias particulares del caso, y que contra esa medida, el deudor alimentista en su escrito de contestación de demanda podrá promover reclamación, se le está concediendo un medio de defensa para tratar de equilibrar la cantidad o el porcentaje que como pensión alimenticia provisional haya decretado el Juez natural, quien pudo tomar como base únicamente los datos expresados por la actora en su demanda, reclamación que debe declararse procedente si el deudor alimentista aporta pruebas documentales que el propio juzgador no tuvo en consideración al señalar la pensión provisional y que sean idóneas para tal fin. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. Amparo en revisión 317/96.-María Victoria Herrera Urcid, por sí y en representación de su menor hijo Samir Alán Bautista Herrera.-29 de mayo de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Omar Losson Ovando.-Secretario: José Ángel Ramos Bonifaz. Amparo en revisión 401/97.-María Gudelia Xotlanihua de Colohua, por sí y en representación de sus menores hijas Eva Araceli y Rocío Magdalena, las dos de apellidos Colohua Xotlanihua.-20 de junio de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Omar Losson Ovando.-Secretario: Alejandro Gabriel Hernández Viveros. Amparo en revisión 943/98.-María Elena González Espinoza, por sí y en representación de sus menores hijos Jaime y Ángel Alan, los dos de apellidos Del Moral González.-7 de diciembre de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: Omar Losson Ovando.-Secretario: Alejandro Gabriel Hernández Viveros.

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Amparo en revisión 1095/98.-Andrea Hernández Hernández, por sí y en representación de su menor hijo Gerardo Joaquín Nieves Hernández.-4 de febrero de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: Omar Losson Ovando.-Secretaria: Patricia Montelongo Guerrero. Amparo directo 421/2000.-María de Lourdes González Saucedo, por sí y en representación de su menor hija Yesenia Esbeidy Salas González.-22 de junio de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Adrián Avendaño Constantino.-Secretaria: Lilia Mariche de la Garza.

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Novena Epoca Instancia: TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: IV, Septiembre de 1996 Tesis: XX. J/34 Página: 451 ALIMENTOS, FORMA DE FIJARSE EL MONTO DE LA PENSION. Para fijar el monto de la pensión, en términos generales debe dividirse el ingreso del deudor alimentista entre los acreedores alimentarios y el mismo deudor, dividiendo el cien por ciento del ingreso entre estos últimos y el propio deudor, por tanto, si al deudor alimentista se le cuenta "como dos personas", tal razonamiento resulta correcto ya que debe atender a sus propias necesidades que por sus circunstancias personales, son mayores frente a sus acreedores. TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO. Amparo directo 356/91. María Elena Santiago Mancilla. 19 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez. Amparo directo 446/93. Guadalupe Eleria García y otros. 2 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Noé Gutiérrez Díaz. Amparo directo 66/95. José Aldo Zúñiga Villanueva. 27 de abril de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Luis Armando Mijangos Robles. Amparo directo 44/96. Florinda López Reyes. 6 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Rafael León González. Amparo directo 385/96. Carmen Gallegos López. 8 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Víctor Alberto Jiménez Santiago.

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Novena Epoca Instancia: SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XII, Julio de 2000 Tesis: I.6o.C.212 C Página: 736 ALIMENTOS. PARA DETERMINAR SOBRE SU CONCESIÓN DEBEN EXAMINARSE LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES IMPLICADAS, TRATÁNDOSE DE HIJOS MAYORES DE EDAD. Es verdad que en términos de lo dispuesto por el Artículo 303 del Código Civil para el Distrito Federal, los padres están obligados a dar alimentos a los hijos, de donde se colige que ciertamente, en principio, existe en su favor la presunción de necesitarlos. Sin embargo, si éstos han alcanzado la mayoría de edad conforme al Artículo 646 de dicho ordenamiento y si no existe disposición expresa que obligue a los progenitores a proporcionarlos por no haber una causa justificada, puede derivarse de la ratio legis del primer precepto en comento, que en tanto los hijos hayan rebasado la mayoría de edad, por ese hecho y tomándose en cuenta las circunstancias particulares implicadas, están obligados a demostrar la necesidad de obtenerlos, dado que su afirmación hace imprescindible que justifiquen ser estudiantes, que el grado de escolaridad que cursan es el adecuado a su edad, o bien que tienen una incapacidad física tal, que los hace depender económicamente de sus padres; de suerte que, la sola afirmación de que necesitan todavía la ministración de alimentos porque carecen de trabajo, no es causa suficiente para dejar de observar que están en plena edad para buscarlo, a fin de satisfacer sus necesidades, máxime si en autos se encuentra fehacientemente demostrada la avanzada edad de quien ha tenido la calidad de deudor alimentista. Entonces, atento a lo previsto por el Artículo 311 del señalado ordenamiento, en cuanto a que los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien debe recibirlos, no sería jurídico ni equitativo condenar a quien ha tenido el carácter de deudor alimentista, para que los suministre a sus descendientes que ya han rebasado la referida mayoría de edad, sin que siquiera comprueben que realizan estudios que corresponden a su edad, o que son incapaces físicamente o por alguna de las causas enumeradas en la propia .

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Acorde a los razonamientos apuntados, es de atenderse que en la especie, la litis debe centrarse en la premisa de proporcionalidad señalada en el citado Artículo 311 del Código Civil en cuanto al deudor y a sus todavía pretendidos acreedores y de ninguna manera puede ser soslayada en aras de acoger criterios no aplicables, en virtud de que es de atenderse ante todo, al principio de determinación jurídica para cubrir alimentos contenidos en dicho precepto. SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 4436/99. Rubén Antonio Pérez Baeza y otros. 28 de marzo de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XI, Junio de 2000 Tesis: II.2o.C.220 C Página: 559 ALIMENTOS. CONSTITUYE UNA ACCIÓN INDEPENDIENTE Y NO SUBSIDIARIA DE LA DIVERSA DE DIVORCIO. La fijación de una pensión alimenticia no depende de la acreditación o no de la causal de divorcio ejercitada, porque constituye una acción autónoma y no subsidiaria de ésta, en razón a la independencia del derecho que las origina, una de rescindir el vínculo matrimonial que une a los consortes, y otra de obtener de los ascendientes o cónyuge obligado el sustento necesario para cubrir los satisfactores que la establece. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 464/99. Lauro Tobías Mejía Soriano. 8 de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Humberto Venancio Pineda. Secretario: Gerardo Daniel Gatica López.

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Novena Epoca Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIII, Mayo de 2001 Tesis: XI.2o.103 C Página: 1083 APELACIÓN. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DICTADA EN EL INCIDENTE SOBRE REDUCCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA PROMOVIDO POR EL OBLIGADO A CUBRIRLA, PORQUE PARA ÉSTE ES INAPELABLE LA RESOLUCIÓN EN QUE SE DECRETÓ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN). El Artículo 1196 del Código de Procedimientos Civiles del Estado establece que: "Las resoluciones dictadas en jurisdicción voluntaria son apelables en ambos efectos, si el recurso lo interpusiere el promovente de las diligencias, o un tercero; pero respecto de este último, sólo cuando no se admita su oposición presentada en tiempo hábil, o cuando ésta fuere desestimada en la resolución que apruebe las diligencias. ..."; de lo que se sigue que las resoluciones pronunciadas en jurisdicción voluntaria son apelables para un tercero, con la salvedad anotada; sin embargo, tratándose de una resolución interlocutoria que decida un incidente sobre reducción de pensión alimenticia, y no de cualquier resolución dictada en jurisdicción voluntaria, no obstante que dicho incidente se haya tramitado dentro de las propias diligencias que se promovieron sobre pago de alimentos provisionales, no debe estarse a aquella disposición general prevista para la jurisdicción voluntaria, porque tal resolución constituye una sentencia interlocutoria, sino a la específica contemplada en el Artículo 911, que se encuentra dentro del capítulo I, del título décimo segundo, del invocado enjuiciamiento civil, intitulado: "De los incidentes en general", conforme al cual la sentencia de los incidentes será apelable en los casos en que lo fuere la sentencia en lo principal; y como ésta es la que decretó los alimentos provisionales, contra la cual, en términos de lo dispuesto en el numeral 1295, segundo párrafo, del referido cuerpo normativo, no cabe recurso alguno cuando lo interpusiere el obligado a pagarlos, se concluye que la sentencia en lo principal no es apelable para el deudor alimentista y, por consecuencia, en contra de la aludida sentencia interlocutoria que decidió el incidente sobre reducción de pensión alimenticia, tampoco procede ese recurso ordinario. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Amparo en revisión (improcedencia) 358/2000. Rafael García Sánchez. 10 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretaria: Ireri Amezcua Estrada.

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Novena Epoca Instancia: TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: V, Febrero de 1997 Tesis: XXII.27 C Página: 702 ALIMENTOS. CUANDO CESA LA OBLIGACION DEL DEUDOR ALIMENTISTA DE PROPORCIONARLOS. La sola circunstancia de que el acreedor alimentista adquiera la mayoría de edad, no implica que cesa la obligación del deudor para proporcionarle alimentos, cuando aquél acredita que se encuentra estudiando y que el grado escolar que cursa es adecuado a su edad; sin embargo, cuando dicho acreedor alimentista interrumpe sus estudios, en ese acto cesa la obligación del deudor para proporcionarle alimentos, máxime si, además de ello, se acreditó que obtenía ingresos suficientes como producto del desempeño de un trabajo, lo que pone de manifiesto que aunque posteriormente continuara con sus estudios, ya no necesita de pensión alimenticia por estimarse que con el producto de su trabajo, es capaz de cubrirlos. TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO. Amparo directo 928/96. Abad Maciel Déciga. 16 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Augusto Benito Hernández Torres. Secretaria: Leticia Morales García. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo IV, Materia Civil, tesis 36, pág. 24.

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CAPÍTULO SEXTO FORMULARIOS

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ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE UNA ESPOSA RECLAMANDO ALIMENTOS PARA ELLA Y SUS MENORES HIJOS

(Formato No. 1) NOMBRE_______________________________

Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE___________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

___________________________________________ , promoviendo por propio derecho y Nombre de la actora

en representación de mis menores hijos de matrimonio _____________________________ nombre de los hijos

__________________________________________________ , de apellidos

_______________________________________ , señalando como domicilio para oír

notificaciones y toda clase de documentos , el despacho número ______ de las calles

de____________________ en la Colonia __________________________ , de la ciudad de anotar domicilio del despacho que la representará

__________________________ , Código Postal ________, autorizando para oírlas y

recibirlas a mi nombre al Licenciado en Derecho ________________________________ , Nombre del abogado patrono

con cédula profesional No. ___________________ y a los

CC.___________________________________________________ , indistintamente, ante Nombre de los pasantes o prestadores de Servicio Social

Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en el Capítulo V del Código de

Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, en vía de Juicio Sumario de

Alimentos, vengo a demandar de mi cónyuge el Señor

____________________________ , quien puede ser emplazado en___________________ Nombre del demandado anotar domicilio completo

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________________ , Número ______ de la Colonia ______________, en la Ciudad de

____________________ , Código Postal ________, lugar en el que labora, en virtud de

que ha abandonado el domicilio conyugal, y es el caso que la suscrita desconoce el actual

domicilio de mi cónyuge, solicitando desde este momento a su Señoría se gire atento oficio

al Representante Legal de dicha empresa, a fin de que informen a este juzgado acerca de

las percepciones ordinarias y extraordinarias que el demandado obtiene mensualmente al

prestar ahí sus servicios como ___________________________________ , a efecto de que anotar último puesto

pueda Usted, estar en aptitud de decretar una pensión alimenticia, primero provisional y en

su oportunidad definitiva a favor de la suscrita y nuestros menores hijos, asimismo para

reclamarle las siguientes :

PRESTACIONES:

A) El pago de una pensión alimenticia, tanto provisional como definitiva, la primera

consistente en el ____________________________ por ciento del total de los ingresos que anotar porcentaje con número y letra

percibe el demandado y que deberá descontarse del sueldo que percibe como

contraprestación al trabajo que desempeña; la segunda al dictar sentencia, misma que

deberá ser suficiente para cubrir las necesidades alimenticias de nuestros menores hijos de

matrimonio y de la suscrita.

B) El aseguramiento de la pensión alimenticia, en los términos previstos por la Ley. C) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine. Lo anterior con base en las siguientes consideraciones de hecho y derecho.

HECHOS 1.- Como lo acredito con las copia certificada del acta del Registro Civil, la suscrita y el

demandado contrajimos matrimonio civil el día ____________________________ , ante la anotar con letra la fecha exacta

presencia del Juez número ______ , de la ciudad de ______________________________ . Anotar la ciudad en que se realizó el matrimonio

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2.- Durante nuestro matrimonio procreamos cuatro hijos de nombres _________________ anotar nombres

__________________ , todos de apellidos _____________________________________ . anotar apellidos completos

quienes a la fecha cuentan con _______ y ____ años de edad respectivamente, situación

que se acredita con las copias certificadas de sus actas de nacimiento, mismas que se

anexan a este escrito.

3.- Para tal efecto establecimos nuestro domicilio conyugal en ______________

__________________________________________________ , de esta ciudad.

4.- El domicilio conyugal en la actualidad es habitado por la suscrita y nuestros cuatro

menores hijos de matrimonio, ya que el demandado nos abandonó desde

_________________ , sin que hasta el momento sepamos su nuevo domicilio. anotar fecha exacta del abandono

5.- Desde que contrajimos matrimonio, mi cónyuge decidió que la suscrita no podía seguir

trabajando, argumentando que debería hacerme cargo total de la atención, cuidado y

educación de mis menores hijos, así como al cuidado del hogar y la atención del hoy

demandado. Es por esta razón que a la fecha la suscrita no cuenta con un empleo

remunerado, por lo que estoy imposibilitada para sufragar mis gastos de manutención y los

de nuestros hijos.

Mi cónyuge trabaja en ______________________________________ , la cual se ubica en Anotar nombre o razón social de la empresa

el número _____ de la Calle ____________________ , Colonia ______________ , código

postal _____________ , de esta Ciudad, percibiendo un ingreso mensual aproximado de

_____________________ moneda nacional. anotar cantidad con número y letra

Asimismo bajo protesta de decir verdad, manifiesto que es dueño de un departamento

ubicado en ___________________________________________________________ , por Anotar domicilio completo

cuyo arrendamiento recibe mensualmente la cantidad de __________________________ . anotar cantidad con número y letra

tal y como se desprende del contrato que al efecto exhibo.

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6.- Es el caso, que desde el día ___________________ mi cónyuge abandonó el domicilio anotar fecha exacta

conyugal, dejándonos a la suscrita y mis menores hijos en abandono físico y económico.

Ante esta situación, me he visto obligada a pedir ayuda a mi hermana y a su cónyuge, de

nombres ___________________________________________ , quienes tiene su domicilio anotar nombres completos

en _____________________________________________________________________ , anotar domicilio completo

y desde la fecha en que fuimos abandonados, nos proporcionan de comer, a la suscrita y a

mis menores hijos, así como también se han hecho cargo de nuestros gastos médicos.

Personas de las que desde ahora ofrezco su testimonio y a quienes me comprometo a

presentar el día y hora que al efecto se señale.

Sin embargo como esta ayuda no ha sido suficiente, me he visto en la necesidad de vender

algunos muebles que formaban parte del menaje de casa.

7.- No obstante lo anterior, y en virtud de que las cantidades obtenidas no fueron

suficientes para sufragar los gastos alimenticios, me he visto en la imperiosa necesidad de

buscar apoyo con mis padres los señores ___________________________________ y

_____________________________________ , a quienes les he encargado el cuidado anotar los nombres completos de dos de mis menores hijos de nombres _________________ y ____________________ , anotar nombres completos

quienes tienen su domicilio en ________________________________________ , hasta en

tanto la suscrita consigue un empleo que le permita sufragar adecuadamente los gastos de

manutención.

El domicilio de mis padres se encuentra ubicado en ______________________________ , anotar domicilio completo de las testigos

y desde este momento ofrezco su testimonio, para acreditar la urgente necesidad que

tenemos mis hijos y la suscrita de recibir alimentos.

DERECHO Son aplicables en cuanto al fondo, lo dispuesto por el Código Civil en sus Artículos 302,

303 y demás relativos y aplicables.

El procedimiento se rige a lo dispuesto en los Artículos 724 al 732 del Código de

Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León.

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Desde luego, ofrezco de mi parte las siguientes:

PRUEBAS:

1.- LA CONFESIONAL, a cargo del demandado señor ___________________________ , nombre del demandado

al tenor del pliego de posiciones que se le articularán, para lo cual en su preparación,

solicito se le cite personalmente en el domicilio de su lugar de trabajo, con el

apercibimiento de Ley, de ser declarado confeso de aquellas que sean declaradas legales, si

deja de comparecer sin justa causa. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los

hechos de mi escrito de demanda y con ella pretendo acreditar el abandono de que somos

objetos mis menores hijos y la suscrita, así como la necesidad de recibir alimentos.

2.- DOCUMENTALES PÚBLICAS, consistentes en:

a) La copia certificada del acta de matrimonio civil, que celebramos el demandado y la

suscrita, la cual anexo a este escrito. Esta prueba acredita que la relación de matrimonio

entre el demandado y la suscrita es vigente.

b) Copias certificadas de las actas de nacimiento de nuestros cuatro menores hijos de

matrimonio, con las cuales se acredita la filiación entre el hoy demandado y éstos. Esta

prueba se anexa y se relaciona con el hecho ____ de mi demanda.

3.- DOCUMENTALES PRIVADAS.- Consistentes en:

a) Dos sobres de pago del demandado, con los cuales se acreditan los ingresos que obtiene,

y en los que se contiene el nombre de la empresa, el nombramiento y cargo que

desempeña, así como la vigencia de su relación laboral. Esta prueba la relaciono con el

hecho __________ de mi escrito inicial de demanda.

b) El informe que rinda el Representante Legal de la empresa en que labora el demandado.

Con esta prueba se pretende acreditar la capacidad económica del mismo. Esta prueba se

relaciona con el hecho ___ de mi demanda.

b) Copia del contrato de arrendamiento del departamento propiedad de mi cónyuge. Esta

prueba la relaciono con el hecho ______ de mi demanda, con ella también se pretende

acreditar la capacidad económica del demandado.

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4.-TESTIMONIALES:

a) A cargo de los señores ___________________________________________________ , notar nombre completo de los testigos con domicilio en _________________________________________ , y quienes nos han

proporcionado alimentación y cubierto algunos de los gastos médicos de nuestra familia.

Personas a quienes me comprometo a presentar el día y hora que se fije para tal efecto.

b) A cargo de mis padres, los señores _________________________________________ y

________________________________________________________________________ , nombre de los testigos

con domicilio en ____________________ , a quienes presentaré el día y hora que al efecto

se señale, personas que deberán rendir su testimonio en torno a los hechos que se debaten.

Esta prueba pretende acreditar el abandono en que tanto la suscrita como mis menores

hijos nos encontramos, así como la necesidad urgente de que se nos otorgue una pensión

alimenticia suficiente.

5.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo lo que favorezca a los intereses de la suscrita. 6.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, en los mismos términos de la prueba que

antecede.

Por lo antes expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ, Atentamente pido se sirva : PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos de este escrito y documentos que

acompaño, tener por señalado el domicilio para oír y recibir notificaciones y por

autorizados a los profesionistas que menciono.

SEGUNDO.- Admitir la demanda y con las copias simples, ordenar se corra traslado al

demandado, para que en el término de Ley produzca su contestación.

TERCERO.- Fijar una pensión alimenticia provisional a cargo del demandado, suficiente

para sufragar los gastos alimenticios de la suscrita y los menores hijos de matrimonio, la

cual una vez que haya sido decretada, deberá entregarse a la suscrita, previa identificación

y expedición del recibo correspondiente.

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CUARTO.- Ordenar se gire atento oficio al Representante Legal de la empresa en que

labora el demandado, a fin de que informe acerca de sus ingresos. Asimismo para que

realice el descuento correspondiente, decretado por su Señoría, por concepto de alimentos

provisionales.

QUINTO.- Girar atento oficio a la oficina de _______________________ , a efecto de que anotar nombre de la oficina informe respecto a la inscripción y vigencia del contrato de arrendamiento mencionado en

el cuerpo de este escrito.

SEXTO.- Tener por ofrecidas y relacionadas todas y cada una de las pruebas presentadas

de mi parte, admitirlas y ordenar su desahogo, ya que no son contrarias a la moral ni al

derecho.

SÉPTIMO.- Previos trámites de Ley, se condene al demandado primero, al pago de una

pensión alimenticia provisional y posteriormente a la definitiva, así como a todas y cada

una de las prestaciones solicitadas por la suscrita.

PROTESTO LO NECESARIO LUGAR Y FECHA NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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MODELO DE ESCRITO INICIAL EN EL QUE LA CONCUBINA SOLICITA PENSIÓN ALIMENTICIA A SU CONCUBINO PARA ELLA Y SUS HIJOS

(Formato No. 2)

NOMBRE___________________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre o nombres

VS.

NOMBRE___________________________________ Demandado, apellido paterno, materno y nombre o nombres

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

________________________________ , por mi propio derecho y en representación nombre de la actora de mis menores hijos de nombres ______________________________________ y ___________________ , ambos de apellidos ____________________________________ nombre de los menores hijos apellidos _____________________________ , señalando como domicilio para oír y recibir

toda clase de notificaciones documentos e incluso valores, el despacho ubicado en

_________________________________________________________________________ domicilio del despacho de los abogados que la representarán

Colonia __________________ , Código Postal _____________ , Ciudad ___________ , autorizando para oír y recibir en mi nombre toda clase de notificaciones, documentos e

incluso valores al Licenciado en Derecho ______________________________ con cédula nombre del abogado patrono

profesional número ____________________ y a los CC. Pasantes de la Licenciatura en

Derecho ________________________________________________________________ , nombre de los pasantes de derecho y/o prestadores de servicio social

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indistintamente, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en el Capítulo V del Código de

Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, en vía de Juicio Sumario de

Alimentos, vengo a demandar del señor _____________________________ , quien puede Nombre del demandado

ser emplazado en _______________________________ , y es padre de mis menores hijos, Domicilio en que se encuentre el demandado

las siguientes prestaciones:

PRESTACIONES:

A) El pago de una pensión alimenticia tanto provisional como definitiva, equivalente al

_________ por ciento de los ingresos del demandado, la cual deberá descontarse del sueldo anotar con letra el porcentaje

que como mecánico de la compañía ___________________________________________ , Anotar nombre o razón social

Obtiene y cuyos ingresos aproximadamente ascienden a ___________________________ Anotar cantidad con número y letra

moneda nacional, mensualmente, la segunda posteriormente, misma que deberá ser

suficiente a efecto de cubrir las necesidades de la suscrita y nuestros menores hijos.

B) El aseguramiento de la pensión alimenticia en cualquiera de las formas previstas por la

Ley.

C) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.

Lo anterior con fundamento en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.

HECHOS:

1.- En fecha __________ a petición del hoy demandado señor ______________________ , anotar fecha exacta nombre del demandado

acepte ser su concubina.

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2.- De común acuerdo y para tal efecto establecimos nuestro domicilio en

________________________________________________________________________ , anotar último domicilio

de esta ciudad.

3.- De nuestra unión y vida en común, hemos procreado _____________ hijos que viven y Anotar número de hijos

responden a los nombres de__________________________________________________ , nombre de los menores hijos

de apellidos__________________________ y quienes a la fecha cuentan con __________ apellidos de los menores hijos edades de los hijos

respectivamente por lo que se deduce que todos son menores de edad, lo que se acredita

con las copias certificadas de las actas de nacimiento que se anexan.

4.- Desde que iniciamos nuestra vida en común, manifiesto a su Señoría que la suscrita se

ha dedicado a la atención, cuidado y educación de nuestros menores hijos, así como al

cuidado y atención de mi concubino.

5.- Además de su trabajo como empleado en la compañía citada, el ahora demandado

realiza actividades de serigrafía por su cuenta en nuestro propio hogar, obteniendo ingresos

mensuales, que ascienden a la cantidad de ________________________________ moneda Anotar cantidad con número y letra nacional, aproximadamente.

6.- Bajo protesta de decir, verdad manifiesto que a pesar de que mi concubino se encuentra

viviendo con la suscrita y nuestros menores hijos, y pese a los múltiples requerimientos

que le he hecho, desde hace _______ meses, se ha negado sistemáticamente a aportar

cantidad alguna para sufragar los gastos alimenticios de nuestra familia. Es por esta razón

que me veo precisada a demandarle en la vía y forma que lo hago.

7.- De este incumplimiento se han derivado una serie de situaciones que afectan a nuestra

familia, ya que el más pequeño de nuestros hijos se encuentra enfermo, razón por la cual he

tenido la necesidad de solicitar que sea atendido a través de una institución privada de

asistencia social, en donde hasta ahora me han exentado del pago de consultas y me han

proporcionado algunos medicamentos, aunque existen otros que no he podido comprar.

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Este hecho le consta a mis vecinos, de nombres ________________________________ , y

a ___________________ , personas cuyos domicilios se encuentran en_______________ nombre de los testigos anotar domicilio completo

y en ______________________ respectivamente, ofreciendo desde ahora su testimonio y

quienes declararan sobre los hechos que se controvierten.

8.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que también como resultado del abandono

que mi familia y la suscrita sufrimos, estamos a punto de ser desalojados del domicilio que

habitamos, ya que se adeudan varios meses de renta, situación que a pesar de ser del

conocimiento de mi concubino, no ha sido solucionada.

DERECHO

Son aplicables, por cuanto al fondo del asunto, lo contenido por los Artículos 302, 303 y

demás relativos del Código Civil para el Estado de Nuevo León.

El procedimiento se rige a lo dispuesto en los Artículos del 724 al 732 y demás relativos y

aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León.

PRUEBAS

Desde ahora, ofrezco como pruebas de mi parte las siguientes:

1.- LA CONFESIONAL, a cargo del demandado, al tenor del pliego de posiciones que

anexo a mi escrito inicial de demanda y en cuya preparación solicito se cite al

señor_____________________________ en el domicilio señalado para su emplazamiento nombre del demandado

con el apercibimiento de Ley respectivo, para que comparezca personalmente y no por

conducto de apoderado legal alguno a absolver todas aquellas posiciones que sean

previamente calificadas de legales y que se le articularán en la audiencia que al efecto se

señale para su desahogo. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos de

esta demanda, con ella pretendo acreditar el incumplimiento de sus obligaciones

alimenticias en que ha venido incurriendo el ahora demandado respecto a nuestros menores

hijos y la suscrita.

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2.- LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS, consistentes en las actas del Registro Civil, que

acreditan los nacimientos de los hijos habidos en el concubinato, menores de edad, de

nombres___________________________________________________________ y

__________________________ todos de apellidos______________________ y que se

anexan en copia certificada, con las cuales se acredita lo expuesto en el hecho número

_____ del presente escrito, además de acreditar la filiación con el demandado y que a la

fecha todos necesitan alimentos, por ser menores de edad.

3.- LA DOCUMENTALES PRIVADAS, consistentes en :

a) El contrato de arrendamiento de la vivienda que habitamos, número

_____________________ , a nombre del demandado, así como las copias de los avisos en

los que se solicita el pago correspondiente a los meses de

__________________________________________________________________ , que se Anotar con letra encuentran aún, sin ser cubiertos por mi concubino. Esta prueba pretende acreditar el

incumplimiento que por parte del demandado existe, así como el riesgo en el que nuestra

familia se encuentra de ser desalojada. Dicha probanza se relaciona con el hecho _____ de

mi demanda.

b) El informe que rinda el Representante Legal de la empresa en el que labora el

demandado, en el cual manifieste los sueldos, percepciones y demás ingresos que obtenga

en dicha negociación, así como su antigüedad. Esta prueba la relaciono con el hecho ____

de mi escrito de demanda a fin de acreditar el ingreso monetario de mi concubino y su

capacidad para proporcionar la pensión alimenticia solicitada.

c) El talonario de recibos que mi concubino extiende a sus clientes por los trabajos de

serigrafía que realiza. Esta prueba se relaciona con el hecho _____ de mi demanda y con

ella pretendo acreditar que el demandado cuenta con un medio de trabajo propio, además

del que desempeña en la empresa en que labora, el cual le permite la capacidad económica

suficiente para sufragar los gastos alimenticios de nuestros hijos.

d) Constancia expedida por el área de Trabajo Social de la institución privada de asistencia

social ______________________________________________________________ , en la anotar nombre de la institución

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que se exenta a la suscrita del pago de consultas y medicamentos para mi menor hijo. Con

ella se pretende acreditar la urgente necesidad que ha enfrentado un miembro de mi

familia, de recibir atención médica, que mi cónyuge al incumplir su obligación alimenticia,

nos ha negado.

4.- TESTIMONIAL, consistente en las declaraciones que deberán rendir las señoras

_________________________ y ______________________________ , con domicilios en anotar nombre de las testigos

________________________ y en _______________________________ respectivamente anotar domicilios completos

personas a las que manifiesto bajo protesta de decir verdad, estar imposibilitada de

presentarlas personalmente, por lo cual solicito a este H. Juzgado se les cite por los

conductos legales, en sus respectivos domicilios. Esta prueba la relaciono con el hecho

_____ de mi demanda, y con ella se pretende acreditar el abandono en que nos

encontramos la suscrita y mis menores hijos, por parte del demandado.

5.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo lo que beneficie a los intereses

de la suscrita.

6.- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANA, que se

derive de todo lo actuado y que beneficie a la suscrita en todo lo que se demanda en el

presente juicio.

Por lo expuesto y fundado.

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos de este escrito, con las copias

certificadas y demás documentos que acompaño, tener por señalado domicilio para oír y

recibir notificaciones y por autorizados a los profesionistas citados.

SEGUNDO.- Admitir la demanda en la vía y forma propuestas, y se ordene correr traslado

al demandado señor ___________________ en el domicilio señalado, a efecto de que se le

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notifique la presente demanda y se le emplace para que produzca su contestación en los

términos de Ley.

TERCERO.- Solicito atentamente de su Señoría tenga a bien decretar de inmediato una

pensión alimenticia provisional, equivalente al ______________ por ciento de los ingresos anotar el porcentaje con letra

del demandado, a favor de nuestros menores hijos.

CUARTO.- Ordenar se gire atento oficio a la empresa en que labora el demandado, a

efecto de que el Representante Legal rinda el informe solicitado en el cuerpo de este

escrito, a fin de poder decretar la pensión alimenticia a cargo del demandado.

QUINTO.- Tener por ofrecidas, todas y cada una de las probanzas que se relacionan en el

apartado correspondiente, admitirlas y en el momento procesal oportuno ordenar su

desahogo, en virtud de que no son contrarias a la moral ni al derecho. Respecto a la prueba

confesional, a cargo del demandado, solicito que en su preparación, se le cite

oportunamente, con el apercibimiento de Ley, para que comparezca en el día y hora que al

efecto se señale.

SEXTO.- Por lo que hace a la testimonial ofrecida, solicito se cite a las testigos

mencionadas, en sus respectivos domicilios, a través de este H. Juzgado, a efecto de que se

presenten a rendir su declaración en el día y hora que al efecto se señale.

SÉPTIMO.- Previos trámites de Ley, dictar sentencia definitiva en que se condene al

demandado al pago de todas y cada una de las prestaciones demandadas.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO INICIAL EN EL QUE LA CÓNYUGE SOLICITA EL PAGO DE PENSIONES ADEUDADAS.

(Formato No. 3)

NOMBRE___________________________________

Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS.

NOMBRE___________________________________

Demandado, apellido paterno, materno y nombre

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

_____________________________________ , por mi propio derecho y en representación nombre de la actora

de mis menores hijos de nombres ____________________________ , y señalando para oír

y recibir toda clase de notificaciones el despacho ubicado en

_________________________________________________________________________ anotar domicilio del despacho de abogados que la patrocinan

y autorizando para oírlas en mi nombre y recibir toda clase de documentos, al Licenciado

_________________________________ , con cédula profesional número ____________________________ ,

anotar nombre del abogado patrono

y a los CC. Pasantes en derecho ______________________________________________ , anotar nombre completo de los prestadores de servicio social

indistintamente, ante Usted, con el debido respeto para exponer:

Que con fundamento en lo dispuesto en el capítulo V del Libro Segundo, del Código de

Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, en la vía de juicio Sumario de

Alimentos, vengo a demandar a mi cónyuge el señor __________________________ ,

quien puede ser emplazado en el domicilio ubicado en ___________________________ ,

las siguientes:

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PRESTACIONES:

A) El pago de una pensión alimenticia tanto provisional como definitiva, la cual deberá

consistir en ___________________________________________ , cantidad que deberá ser anotar cantidad o porcentaje solicitado

descontada del sueldo que el hoy demandado percibe al realizar su trabajo y que previa

identificación y recibo que proceda, deberá ser entregada a la suscrita.

B) El aseguramiento de la pensión alimenticia a que me refiero en el inciso que antecede, a

través de cualquiera de las formas que establece la Ley.

C) El pago de cuatro meses de pensiones alimenticias adeudadas.

D)El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.

HECHOS

1.- Como lo acredito con la copia certificada del acta de matrimonio, la suscrita y el señor

_________________, contrajimos matrimonio civil el día ___________________ , ante la nombre del demandado anotar fecha del matrimonio

presencia del C. Juez _______________ de la ciudad de __________________________ ,

bajo el régimen de __________________ . anotar régimen matrimonial

2.- Para tal efecto constituimos nuestro domicilio conyugal en _______________________ anotar último domicilio conyugal

________________________________________ , de esta ciudad.

3.- De nuestra unión procreamos ______ hijos de nombres ________________________ , anotar nombre completo de los hijos

quienes actualmente cuentan con ___________________ de edad, como se acredita con las anotar años cumplidos

copias certificadas de las actas de nacimiento, que se anexan a esta demanda, de lo que se

desprende que sólo uno de ellos, es ya mayor de edad.

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4.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que la suscrita por problemas de salud no ha

podido encontrar un trabajo remunerado, por lo que me he dedicado durante toda mi vida

matrimonial, al cuidado, educación y atención de nuestros hijos, así como a la atención de

mi cónyuge, quien actualmente se desempeña como ______________________________ , anotar ocupación

en _____________________________ , ubicada en________________________________

anotar nombre de la empresa o institución anotar domicilio completo

de esta ciudad, por lo que desde ahora solicito a su Señoría, ordene se gire atento oficio a

los Representante Legal de dicha institución, a fin de que se sirvan informar el sueldo

líquido y demás prestaciones que obtiene el demandado, con la finalidad de que pueda ser

fijada una pensión alimenticia a cargo del demandado a favor de la suscrita y nuestros

menores hijos.

5.- Desde el día ___________________________ , mi cónyuge sin razón aparente salió del

anotar fecha exacta

domicilio conyugal, diciéndome que realizaría un viaje de trabajo, asegurando que

regresaría a la semana siguiente. Sin embargo, han transcurrido ya cuatro meses desde que

se fue, sin que tengamos noticias de él. Cabe mencionar que por medio de algunos amigos

en común, me entere que nunca salió de viaje y que actualmente se encuentra viviendo en

casa de su familia de origen. Ante esta situación, la suscrita se presentó al domicilio de sus

familiares, con el fin de solicitar información sobre el paradero de mi cónyuge.

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto a su Señoría que su familia negó saber su

paradero, más aún, me dijeron que dejara de molestarlo, que si se había ido, era porque

estaba cansado de mantener a una enferma y a sus hijos. Toda vez que no cuento con

apoyo alguno, he tenido que solicitar la ayuda del mayor de mis hijos

__________________________ , quien ya trabaja, y sostiene sus estudios. Anotar nombre completo

También bajo protesta de decir verdad, manifiesto que he tenido que solicitar varios

préstamos a dos amigas de nombres ___________________ y

______________________________________________ quienes tienen sus domicilios anotar nombres completos

en _______________________ , personas a quienes les consta la situación de abandono anotar domicilios completos

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que vivimos mi familia y yo, y de quienes ofrezco su testimonio, a efecto de que declaren

sobre la necesidad que tenemos de recibir alimentos la suscrita y mis menores hijos, a

causa del abandono material y económico de que somos víctimas.

DERECHO

El fondo se rige por lo dispuesto en los Artículos 302, 303, 311, 317, 322 , 323 y demás

relativos y aplicables del Código Civil del Estado de Nuevo León.

El procedimiento se establece en los Artículos 724 a 732 del Código Procesal Civil para el

Estado de Nuevo León.

PRUEBAS

Desde ahora, ofrezco de imparte las siguientes:

1.- LA CONFESIONAL, a cargo del demandado, al tenor del pliego de posiciones que

oportunamente exhibiré en el momento procesal oportuno, para la preparación de esta

probanza, solicito a su Señoría ordene se le cite a través del actuario adscrito a este H.

Juzgado, para que apercibido en términos de Ley, comparezca a absolver personalmente y

no por conducto de apoderado, las posiciones que sean calificadas de legales, en la

audiencia que para el efecto se señale. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los

hechos de mi escrito de demanda.

2.- DOCUMENTALES PÚBLICAS, consistentes en:

a) La copia certificada del acta de matrimonio que celebramos el demandado y la suscrita,

la cual anexo a este escrito. Esta prueba acredita el vínculo matrimonial que nos une y del

cual se desprende la obligación alimenticia del hoy demandado y se relaciona con el hecho

___ de mi demanda.

b) Las copias certificadas del acta de nacimiento de nuestros menores hijos de matrimonio,

con las cuales se acredita la filiación entre ellos y mi cónyuge. Esta prueba se relaciona con

el hecho ___ de mi demanda.

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3.- DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en el informe que rinda el Representante

Legal de la empresa en que labora actualmente el demandado, para el efecto, solicito se les

gire atento oficio acompañado de los anexos correspondientes. Esta prueba se relaciona

con el hecho ___ de mi demanda y con ella pretendo acreditar la capacidad económica del

demandado para sufragar los gastos alimenticios de la suscrita y nuestros menores hijos.

4.- TESTIMONIAL, a cargo de las señoras ________ y ___________________________ , anotar nombres de las testigos

quienes tienen su domicilio en ____________________________________________ y en

_________________________________________________ , respectivamente, y a anotar domicilio completo

quienes me comprometo a presentar el día y hora que al efecto se señale. Esa prueba la

relaciono con el hecho ___ de mi demanda y con la que se acreditará el abandono de que

somos víctimas mis menores hijos y la suscrita, así como la manera en que he tenido que

allegarme recursos para nuestro sostenimiento.

5.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo lo que favorezca a los intereses de la

suscrita.

6.- PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANA, esta probanza

se ofrece en los mismos términos de la prueba anterior.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos de este escrito, documentos y copias

que acompaño, por autorizados a los profesionales que menciono, así como por autorizado

el domicilio para oír y recibir notificaciones.

SEGUNDO.- Admitir la demanda en la vía y forma propuesta, ordenar que se corra

traslado al demandado, en el domicilio señalado al efecto, a fin de que se le notifique la

presente demanda y en el acto se le emplace para que en el término de Ley dé contestación.

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TERCERO.- Decretar una pensión alimenticia provisional a favor de la suscrita y mis

menores hijos de matrimonio equivalente al _______________ del ingreso mensual del Anotar con número y letra el porcentaje

demandado.

CUARTO.- Ordenar se gire atento oficio al Representante Legal de las empresa en que

labora el demandado, a fin de que informe sobre sus percepciones ordinarias y

extraordinarias, así como para que realice el descuento correspondiente, ordenado por este

órgano jurisdiccional, y cuya cantidad que resulte, sea entregada a la suscrita, previa

identificación y recibo que proceda.

QUINTO.- Tener por ofrecidas todas y cada una de las probanzas que se relacionan en el

apartado correspondiente de este ocurso, señalando fecha para su desahogo. En

preparación de la prueba confesional a cargo del demandado, ordenar se le cite por

conducto del actuario adscrito al juzgado, para que comparezca a absolver las posiciones

que se le formularán, apercibido de ser declarado confeso de aquellas que sean declaradas

previamente de legales, si deja de comparecer sin justa causa.

SEXTO.- Previos trámites de Ley, dictar sentencia en la que se condene al demandado al

cumplimiento de todas las prestaciones que se reclaman en mi demanda.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO EN EL QUE SE DESAHOGA UNA PREVENCIÓN DECRETADA EN EL AUTO ADMISORIO

(Formato No. 4 ) Nota: escrito que se relaciona con los formatos 1, 2 y 3.

NOMBRE___________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE ___________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ __________________DE LO FAMILIAR Anotar número de juzgado

______________________________ en mi carácter de actora, personalidad que tengo anotar nombre de la actora

debidamente acreditada en los autos del juicio al rubro citado, ante Usted con el debido

respeto comparezco para exponer :

Que por medio del presente escrito y con fundamento en el Artículo 616 del Código de

Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, vengo a desahogar en tiempo y

forma la prevención que se me hizo en auto de fecha ______________________________ Fecha del auto

En los siguientes términos:

_________________________________________________________________________

________________________________________________________________________ . utilizar el espacio para hacer la aclaración correspondiente

Por lo antes expuesto,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

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ÚNICO.- Tener por desahogada la prevención hecha a la suscrita, en los términos de este

escrito.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO SOLICITANDO SE FIJE LA PENSIÓN ALIMENTICIA PROVISIONAL

(Formato No. 5) Nota: escrito que se relaciona con el formato 1.

Nombre _______________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE _____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ ___________________ DE LO FAMILIAR Anotar número de juzgado

_______________________________, promoviendo por propio derecho, en mi carácter de anotar nombre de la actora

actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del juicio al rubro

indicado, ante Usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar nuevamente, se decrete una pensión

alimenticia provisional a cargo del demandado señor

____________________________________ , y a favor de la suscrita y mis menores hijos, anotar nombre del demandado hasta en tanto se determina una pensión alimenticia definitiva, misma que ha de ser

suficiente para sufragar los gastos alimenticios, de atención médica y demás necesidades

de subsistencia de nuestra familia, de acuerdo a lo dispuesto los artículos 724 del Código

de Procedimientos Civiles y 311 del Código Civil del Estado de Nuevo León, lo anterior en

virtud de que el auto admisorio de fecha _______ fue omiso al respecto de esta prestación. Anotar con letra fecha del auto

Por lo antes expuesto,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

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ÚNICO.- Acordar de conformidad lo solicitado en el cuerpo de este escrito, ordenando al

efecto, una pensión alimenticia provisional a cargo del demandado.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

• Aunque en la práctica no es tan común que el auto admisorio sea omiso respecto a la pensión

alimenticia provisional que se solicita en la demanda, este formulario se anexa con la finalidad

de contar con un ejemplo, respecto al escrito que tendría que realizarse.

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ESCRITO SOLICITANDO SE GIRE ATENTO OFICIO AL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA EN QUE LABORA EL DEMANDADO, A EFECTO DE

QUE INFORME SOBRE EL TOTAL DE SUS PERCEPCIONES, NOMBRAMIENTO Y ANTIGÜEDAD.

(Formato No. 6) Nota: escrito que se relaciona con los formatos 1 y 2 y 3.

Nombre _______________________________

Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE _____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ _________________________ DE LO FAMILIAR Número del juzgado

______________________________ por derecho propio, en mi carácter de actora y Nombre de la actora

en representación de mis menores hijos, personalidad que tengo debidamente acreditada en

los autos del juicio al rubro citado, ante Usted C. Juez respetuosamente comparezco y

expongo:

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar de nueva cuenta, tenga a bien ordenar

se giren atentos oficios al Representante Legal de la institución

_______________________________ ubicada en _______________________________ , Nombre de la empresa o institución Domicilio completo del lugar de trabajo

para que informen a este H. Juzgado respecto al puesto, nivel, antigüedad, así como los

ingresos ordinarios y extraordinarios que percibe el demandado señor

__________________________________ , apercibido que en caso de incumplimiento, se Nombre del demandado

le impondrá la medida de apremio que corresponda.

Lo anterior toda vez que a pesar de haberlo solicitado en mi escrito inicial de demanda, aún

no se ha efectuado, esta solicitud se hace con la finalidad de proporcionar elementos

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suficientes a su Señoría y pueda así, estar en aptitud de decretar, primero una pensión

alimenticia provisional y en su oportunidad definitiva para la suscrita y sus menores hijos.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos de este escrito, solicitando se gire el

oficio a que hago referencia.

SEGUNDO.- Apercibir al Representante Legal para que en el término de Ley y a la

brevedad posible, rinda ante este H. Juzgado el informe solicitado.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA.

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ESCRITO DE LA ACTORA EN EL QUE SOLICITA SE GIRE OFICIO A LA ASOCIACIÓN, AGRUPACIÓN O SINDICATO A QUE PERTENEZCA EL

DEMANDADO (Formato No. 7)

Nota: este escrito deberá llenarse cuando el demandado se encuentre en este supuesto.

Nombre _______________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE _____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ _________________________ DE LO FAMILIAR Número del juzgado

_____________________________________ por propio derecho, en mi carácter de actora Nombre de la actora

personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del juicio al rubro citado, ante

Usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito, vengo a solicitar, se gire atento oficio al Representante

Legal de la Asociación ______________________________________________ , ubicada

en _________________________________ , para que se sirva informar a este H. Juzgado

respecto de la filiación o pertenencia del demandado señor _____________________ , a

esa agrupación, de igual forma el tiempo que ha pertenecido a ella, en la calidad de qué

participa, las actividades que desempeña, la temporalidad con que lo hace, y el monto de

las percepciones que por ello obtiene. Dicha información servirá para que este órgano

jurisdiccional cuente con elementos que le permitan fijar una pensión alimenticia digna y

suficiente para la suscrita y mis menores hijos.

De las constancias que obran en autos, se desprende que a la fecha no ha sido realizado, a

pesar de que dicha solicitud fue hecha desde mi escrito inicial de demanda.

Por lo antes expuesto,

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A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

ÚNICO.- Tenerme por presentada en los términos de este escrito, acordando de

conformidad lo solicitado en él. PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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MODELO DE PROMOCIÓN SOLICITANDO SE REALICE EL CÓMPUTO PARA LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA

(Formato No. 8)

Nota: este escrito se relaciona con el acuerdo que recae a los formatos 1, 2 y 3.

Nombre ______________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE _____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ _________________________ DE LO FAMILIAR Número del juzgado

________________________________ , promoviendo por mi propio derecho en mi nombre de la actora

carácter de actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del juicio

en que se promueve, ante Usted C. Juez, respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito vengo a solicitar a su Señoría solicite a la Secretaría de

Acuerdos, realice el cómputo correspondiente a efecto de que el hoy demandado esté en

aptitud de producir su contestación. Toda vez que a fojas ___________________ consta la anotar el número que corresponda

razón actuarial de la que se desprende que el emplazamiento se hizo legalmente por el

actuario adscrito a este juzgado, el día _______________ , por lo que el plazo con que

cuenta el demandado para dar contestación a la demanda es de tres días, de conformidad a

lo dispuesto por el Artículo 726 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de

Nuevo León, mismo que se inició el día ________________ y concluyó ______________ . anotar las fechas exactas

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

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ÚNICO.- Ordenar se compute el término para que el demandado produzca su contestación.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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MODELO DE PROMOCIÓN EN QUE SE SOLICITA SE HAGA LA DECLARACIÓN DE REBELDIA EN QUE INCURRIÓ EL DEMANDADO

(Formato No. 9) Nota: escrito que se relaciona con el formato No. 8.

NOMBRE __________________________ Nombre de la actora

VS.

NOMBRE __________________________ Nombre del demandado

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ ___________ DE LO FAMILIAR Número de juzgado

_______________________________ , por mi propio derecho, y en representación de mis Nombre completo de la actora

menores hijos, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos

del juicio al rubro indicado, ante Usted C. Juez con el debido respeto comparezco para

exponer:

Que por medio del presente escrito y toda vez que en autos no obra escrito de contestación

a la demanda interpuesta por la suscrita, a pesar de que de la razón del actuario se

desprende que el demandado fue notificado y emplazado en forma, según lo previsto en el

artículo 631 del Código Procesal Civil, constando asimismo que el cómputo realizado por

la Secretaría señala que el plazo para contestar la demanda se inicio el

día_________________________ y concluyó el día ___________________, por lo que

solicito a su Señoría ordene se declare la rebeldía en que incurrió el demandado, con todas

las consecuencias legales que ella conlleva, es decir que todas las resoluciones que en

adelante recaigan en el juicio y cuantas citaciones deban hacérsele al demandado, aún las

personales, se hagan por medio de Boletín Judicial.

Por lo antes expuesto,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido se sirva:

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Único.- Acordar de conformidad lo solicitado en el cuerpo de este ocurso.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EN LA QUE LA CÓNYUGE SOLICITA ALIMENTOS

(Formato No.10 ) Nota: escrito que se relaciona con el formato No. 1.

NOMBRE_________________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS.

NOMBRE_______________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ __________________DE LO FAMILIAR número de juzgado

________________________ , por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír Nombre del demandado y recibir toda clase notificaciones, documentos y valores el despacho ubicado en

________________________________, autorizando para oírlas y recibirlas en mi nombre domicilio del despacho que lo representa al Licenciado en Derecho _____________________con cédula profesional No._________

Nombre del abogado patrono número de su cédula y a los CC. Pasantes en Derecho _______________________________, indistintamente, Nombres de lo Pasantes de Derecho

ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 726 del Código de Procedimientos

Civiles de Nuevo León, encontrándome dentro de los tres días que en derecho me

corresponden, en tiempo y forma doy contestación a la improcedente e injustificada

demanda presentada en mi contra por la actora, en los siguientes términos:

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CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES

A) No es procedente el pago de las pensiones que solicita la actora, ya que, en todo

momento el suscrito ha cumplido con la obligación alimentaria respecto a ella y mis

menores hijos procreados en el matrimonio, lo que acreditaré en el momento procesal

oportuno.

B) Es improcedente la prestación solicitada, toda vez, que como ya he manifestado, no he

dado motivo para que me sea reclamada cantidad alguna y menos aún el aseguramiento

requerido, ya que en todo momento he cumplido con mis deberes como padre y esposo,

y más aun siendo esta una prestación accesoria resulta notoriamente improcedente, al

igual que la principal.

C) También es improcedente la prestación solicitada en el correlativo que se contesta, en

virtud de que el suscrito no ha dado motivo para la realización del presente juicio.

CONTESTACIÓN A LOS HECHOS

I.- Este hecho es cierto.

II.- Este hecho es cierto.

III.- Este hecho es cierto.

IV.- Este hecho es falso, lo cierto es que el suscrito por cuestiones de trabajo ha tenido que

salir de viaje al interior de la República, habiéndose prorrogado mi estancia, por motivos

estrictamente laborales. Sin embargo, bajo protesta de decir verdad manifiesto que desde el

lugar en que me encuentre, he enviado a través de giros telegráficos, las cantidades

correspondientes a la manutención de mi cónyuge y mis menores hijos, correspondientes a

los meses de ______________________________________situación que acredito con los anotar con letra

comprobantes de los _________ giros telegráficos que anexo a este escrito de contestación. Anotar con letra

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V.- Lo referido en la primera parte de este hecho es falso, ya que mi cónyuge antes de

casarnos trabajaba, pero desde que nos unimos en matrimonio, dice siempre estar enferma,

argumento que es falso y a través del cual se justifica para no atender a nuestros hijos y

menos al suscrito, siendo yo, cuando me encuentro en casa, quien se encarga de cuidar y

alimentar a dichos menores. Las anteriores situaciones les constan a mis vecinos, los

Señores_________________________________________________________________ y

_______________________________________________ , quienes tiene su domicilio en Nombre de los testigos

_____________________________________________. Domicilio de los testigos

Lo referido por la actora en torno a mi trabajo, es parcialmente cierto, ya que si trabajo

para esa empresa, sin embargo no es verdad que el suscrito perciba

_______________________________ , la verdad es que mi ingreso es menor y asciende a Anotar cantidad con número y letra

_______________________ moneda nacional, mensualmente. Anotar cantidad con número y letra

Respecto a que el suscrito es dueño de un departamento, por cuyo arrendamiento percibe

otro ingreso, tal aseveración es totalmente falsa, lo cierto es que el departamento es

propiedad de mi señora madre la señora ____________________ , quien me pidió que

fuera yo quien apareciera como arrendador, ya que ella por su avanzada edad, no deseaba

verse involucrada en ese tipo de trámites. Es en este sentido que las rentas se entregan a mi

madre una vez que el suscrito las cobra, por lo que no forman parte de mis ingresos.

VI.- Como ya he manifestado, es totalmente falso el abandono, lo cierto es que por

cuestiones de trabajo he tenido que ausentarme, sin que ello implique en ningún momento,

que he dejado de cumplir cabalmente mis obligaciones alimenticias. A mayor

abundamiento, manifiesto que mi cónyuge no tiene necesidad alguna de pedir apoyo a sus

familiares, ya que yo aporto lo necesario para ella y mis hijos.

VII.- Este hecho es falso, ya que nuevamente reitero que el suscrito a pesar de encontrarse

viajando por motivos laborales, he cumplido con todas y cada una de las obligaciones para

con mi cónyuge e hijos, asimismo lo señalado por mi esposa respecto a que se vio en la

necesidad de dejar a dos de nuestros hijos al cuidado de sus padres, es sólo un pretexto

para no hacerse cargo de ellos, como lo acreditaré en su momento procesal oportuno.

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MEDIDAS PROVISIONALES

Es improcedente la medida provisional solicitada por la actora, consistente en la solicitud

de una pensión alimenticia provisional, en virtud de que cumplo oportunamente, en la

medida de mis posibilidades, con dicha obligación.

Desde luego, opongo de mi parte, las siguientes:

EXCEPCIONES Y DEFENSAS

1.- La falta de acción y derecho de la hoy actora para demandar el pago correspondiente a

la pensión alimenticia, ya que el suscrito se encuentra al corriente de sus obligaciones

alimenticias para mi cónyuge y nuestros menores hijos de matrimonio, lo que se acreditará

en el momento procesal oportuno.

2.- Opongo como excepciones y defensas todas las que se deriven de mi escrito de

contestación de demanda.

DERECHO

Al ser improcedente la demanda instaurada por la actora en contra del suscrito, resulta

inaplicable el capítulo de Derecho que invoca.

PRUEBAS

Desde este momento ofrezco como pruebas de mi parte, las siguientes:

1.- LA CONFESIONAL, a cargo de la actora, quien deberá absolver de manera personal y

no por apoderado, las posiciones que oportunamente se le articularán, el día y hora que

para el efecto se señale, con el apercibimiento que de no comparecer sin justa causa será

declarada fíctamente confesa de aquellas posiciones que previamente hayan sido

calificadas de legales, esta prueba se relaciona con todos hechos de mi contestación, y a fin

de acreditar que la actora incurre en falsedad por lo que hace tanto al abandono de hogar,

como al supuesto incumplimiento de la obligación alimenticia, por parte del suscrito.

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2.- DOCUMENTALES PRIVADAS, consistentes en:

a) Los oficios de fechas ____________ , en los que constan las instrucciones de mi jefe

directo, para que el suscrito viajara a ________ para cumplir la comisión que se me dio. anotar nombre de la ciudad

Esta prueba se relaciona con el hecho ___ de mi contestación de demanda, con ella

acreditaré que no hubo abandono alguno del domicilio conyugal, por parte del suscrito,

sino acatamiento a una orden emitida por mi superior, en el ámbito laboral. Para el caso de

que dichas documentales fueran objetadas, ofrezco desde este momento su ratificación por

parte de mi jefe el señor _________________________ . arotar nombre completo

b) Asimismo ofrezco los comprobantes de los _______________________________ giros anotar con número y letra

telegráficos que el suscrito envió puntualmente cada mes, a mi cónyuge, por concepto de

pensión alimenticia para ella y nuestros hijos.

3.- TESTIMONIALES, a cargo de los Sres. ____________________________________ y anotar nombre de los testigos

_______________________________________ , quienes tienen su domicilio en

____________________________ y en _________________________ , respectivamente, Anotar domicilio completo

personas a quienes me comprometo a presentar el día y hora que al efecto se señale. Esta

prueba se relaciona con el hecho ____ de mi contestación, a fin de acreditar que mi

cónyuge no ha tenido la necesidad de solicitar ayuda a su familia, ya que a dichas personas

les consta el envío de los giros a que me refiero en mi escrito de contestación.

4.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo lo que favorezca a los intereses

del suscrito.

5.-LA PRESUNCIONAL LEGAL y HUMANA, en los mismos términos de la probanza

que antecede.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido se sirva:

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PRIMERO.- Tenerme por presentado contestando en tiempo y forma la demanda

presentada en mi contra, en los términos del presente ocurso y por exhibidos los

documentos que acompaño.

SEGUNDO.- Por señalado el domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y por

autorizados a los profesionales que señalo.

TERCERO.- Tener por opuestas las excepciones y defensas que hago valer.

CUARTO.- En su oportunidad, previos trámites de Ley, dictar sentencia absolutoria

respecto a las prestaciones que reclama la actora.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DEL DEMANDADO

Nota aclaratoria: este formato se presenta con la intención de que el prestador de

Servicio Social tenga una idea, de lo que puede argumentar el demandado para eludir

el pago de la pensión alimenticia y además, para que vistas las posibilidades de

oposición para el pago de dicha pensión, el prestador esté en aptitud de trazar una

estrategia de respuesta que anule las argumentaciones expuestas, que tienen por

objeto incumplir con un deber legal y humano.

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ESCRITO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EN QUE LA CONCUBINA SOLICITA ALIMENTOS

(Formato No.11)

Nota: este escrito se relaciona con el formato 2.

NOMBRE ________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE_________________________ Demandado, nombre y apellidos JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ _________________ DE LO FAMILIAR Anotar número de Juzgado

_________________________________________ promoviendo por propio derecho, en el nombre del demandado

expediente al rubro citado, y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de

notificaciones el ubicado en_________________________ y autorizando para oírlas en mi domicilio del despacho de abogados que lo represente

nombre al C. Lic.______________________ con cédula profesional No. ______________ nombre del abogado

y a los CC. ___________________________________ indistintamente, ante Usted con el nombre de los pasantes o prestadores de Servicio Social

debido respeto comparezco y expongo:

Que con fundamento en lo establecido por el Artículo 726 del Código de Procedimientos

Civiles para el estado de Nuevo León, y encontrándome dentro el término de tres días que

me fue fijado para contestar la demanda instaurada en mi contra, vengo a hacerlo en los

siguientes términos:

PRESTACIONES

A) Es improcedente la pensión alimenticia que solicita mi concubina, en virtud de que el

suscrito cumple cabalmente con el pago de todos los gastos de mi familia.

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B) Al no haber incumplimiento alguno de mi parte, también resulta improcedente la

prestación reclamada en el correlativo que se contesta.

C) También es improcedente el pago de gastos y costas, en virtud de que el suscrito no dio

motivo para la realización del presente juicio.

HECHOS

1.- El hecho que se contesta es cierto. 2.- Este hecho también es cierto.

3.- Este hecho también es cierto.

4.- Este hecho es parcialmente cierto, ya que mi concubina cuida y atiende a nuestros

menores hijos, sin embargo no prodiga ningún cuidado y atención al suscrito, y mucho

menos a mi señora madre. Asimismo manifiesto a su Señoría que es falso que la actora

carezca de ingresos propios, ya que es copropietaria de una tienda de abarrotes, la cual

administran sus hermanas las señoras ___________________ y ____________________ , anotar nombres completos

quienes tiene su domicilio en ________________________________________________ , anotar domicilio completo

de esta ciudad, personas de las cuales ofrezco desde este momento su testimonio a fin de

acreditar que mi contraria también tiene la obligación y capacidad suficiente para

coadyuvar a la manutención de nuestros hijos.

5.- Este hecho es parcialmente cierto, aunque aclarando que sólo he realizado dos trabajos

de serigrafía, por los cuales no he cobrado cantidad alguna, ya que fueron para familiares

nuestros, por lo que no es cierto que el suscrito obtenga otros ingresos, situación que

demuestra la mala fe de mi concubina, quien trata de sorprender a su Señoría.

6.- Lo referido en el correlativo que se contesta es falso totalmente, la verdad es que la

actora no aporta cantidad alguna para la manutención de nuestra familia, sino que además

siempre me exige cantidades excesivas de dinero, las cuales yo he tratado de cubrir, sin

embargo mi capacidad económica ya no me lo permite, razón por la cual ella se ha negado

a recibirme las cantidades que le ofrezco y me he visto obligado a consignar las cantidades

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correspondientes a la pensión alimenticia, que no me han sido aceptadas por ella. Este

hecho se acredita con las boletas de consignación que anexo a esta contestación.

7.- El hecho que se contesta es totalmente falso, ya que el suscrito nunca ha dejado de

cumplir con la obligación alimenticia hacía mi concubina y mis menores hijos. Cabe

señalar que respecto a la atención médica, el suscrito es derechohabiente del Instituto

Mexicano del Seguro Social, y tengo inscritos a mis hijos, por lo que resulta ilógico lo

manifestado por mi contraria. Esta situación la acredito con el original de la constancia de

registro de beneficiarios, que anexo a esta contestación.

8.- El hecho que se contesta es falso, toda vez que el suscrito paga puntualmente la renta de

nuestra vivienda, situación que le consta a los señores _____________________ y

____________________ , propietario y conserje, respectivamente, del inmueble que

habitamos mi familia y yo, personas de quienes ofrezco su testimonio, con la finalidad de

acreditar que el suscrito no ha puesto en riesgo de quedar sin hogar, a mi familia.

DERECHO

En virtud de que la demanda interpuesta en mi contra es improcedente, también resulta

inaplicable el capítulo de Derecho que invoca la actora.

PRUEBAS

Ofrezco como pruebas, desde este momento, las siguientes:

A) CONFESIONAL, a cargo de la actora, al tenor de las posiciones que se le articularán el

día y hora que se señale, en preparación de la cual, solicito se le cite por conducto de este

H. Juzgado, con el apercibimiento de ser declarada confesa de aquellas que sean

previamente calificadas de legales, si deja de comparecer sin justa causa.

Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos de mi escrito de contestación

de demanda, a fin de acreditar que no ha habido abandono o incumplimiento alguno de mi

parte hacía la actora y nuestros hijos.

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B) DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en:__________________________________

________________________________________________________________________. señalar todos documentos públicos con los que cuente el demandado y relacionarlos con los puntos controvertidos

C) DOCUMENTALES PRIVADAS, consistentes en:

a) Los recibos de pago, por concepto de arrendamiento, correspondientes a los meses de

________________________________________ , firmados por el dueño del inmueble anotar con letra los meses cubiertos que habitamos mi familia y yo, con los que se acredita que el suscrito cumple

puntualmente con su obligación de proporcionarles un lugar para vivir. Esta probanza se

relaciona con el hecho ____ del escrito de contestación de demanda.

b) Las boletas de consignación de pensión alimenticia, correspondientes a los meses de

______________________________________________. Anotar los meses respectivos

D) TESTIMONIAL, consistente en las declaraciones de los Señores __________________

___________________________________ y ____________________________________ nombres de los testigos

quienes tienen su domicilio en __________________ y en _________________ ,

respectivamente y a quienes me comprometo a presentar el día y hora que ordene este

Tribunal. Esta prueba la relaciono con el hecho ____ de mi escrito de contestación de

demanda. Con esta probanza pretendo acreditar que el suscrito cumple puntualmente con la

pensión alimenticia de mis hijos.

E) INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo lo que favorezca a mis intereses.

F) PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, en todo lo que beneficie a los intereses del

suscrito.

Por lo antes expuesto,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos de este escrito y documentos que

acompaño, dando contestación en tiempo y forma a la improcedente demanda instaurada

en mi contra.

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SEGUNDO.- Tener por ofrecidas las pruebas, admitirlas y ordenar su desahogo. TERCERO.- Tener por señalado el domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y por autorizados a los profesionistas que menciono.

CUARTO.- En preparación de la prueba confesional a cargo de la actora, ordenar se le cite

por conducto del actuario adscrito a este juzgado a fin de que comparezca a absolver

personalmente y no por conducto de apoderado, las posiciones que se le articularán,

apercibida de ser declarada confesa de aquellas que hayan sido calificadas de legales, si

deja de comparecer sin motivo justificado.

QUINTO.- Previos trámites de Ley, dictar sentencia en la que se absuelva al suscrito de

todas las prestaciones solicitadas por la actora.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DEL DEMANDADO.

(*) Ver nota aclaratoria página (126).

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ESCRITO DE CONTESTACIÓN CON ALLANAMIENTO (*) A LA DEMANDA

(Formato No.12) Nota: escrito que puede relacionarse con los formatos Nos. 1, 2 y 3.

NOMBRE____________________________

Actor, apellido paterno, materno y nombre VS

NOMBRE _____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ ___________ DE LO FAMILIAR

anotar número de Juzgado ______________________________________________promoviendo por propio derecho, nombre del demandado

en el expediente al rubro citado, y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase

de notificaciones el ubicado en_________________________________________ anotar domicilio del despacho de abogados que lo representa

y autorizando para oírlas en mi nombre al C. Lic.

___________________________________________ con cédula profesional No. anotar nombre del abogado _____________ y a los CC. _____________________________________ indistintamente,

nombre de los pasantes o prestadores de Servicio Social

ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y encontrándome en el término de tres días que me fue

_________________________________________________________________________________________________

(*) Allanamiento es el acto procesal en virtud del cual el demandado acepta cumplir con todas las

pretensiones del actor, lo que se traduce en un allanamiento total sin embargo en materia civil

existe el allanamiento parcial, respecto de solo algunas de las pretensiones del actor.

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fijado para contestar la demanda instaurada en contra del suscrito por mi contraria la C.

_______________________________________________________ , en este acto vengo a nombre de la actora

allanarme a la demanda en todas y cada una de sus partes.

Por lo anterior, solicito se gire atento oficio al Representante Legal de la empresa

___________________________________________________________________ la cual nombre de las empresas o instituciones en que labora el demandado

se encuentra ubicada en _____________________________________________________ anotar domicilio completo

a efecto de que se realice el descuento correspondiente al ________ por ciento de los

ingresos del suscrito, decretado como pensión alimenticia provisional, que fue fijado por

este H. Juzgado, con la finalidad de que sea entregado a la hoy actora, como pensión

alimenticia definitiva para sufragar sus gastos de alimentación y los de nuestros menores

hijos, previa la entrega del recibo correspondiente.

Toda vez que se ha dado el allanamiento por parte del suscrito, ofrezco desde este

momento la ratificación del mismo, para lo cual solicito de este órgano jurisdiccional se

sirva señalar día y hora para el efecto.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos de este ocurso, allanándome a la

demanda instaurada en mi contra.

SEGUNDO.- Girar atento oficio al Representante Legal de la empresa mencionada en el

cuerpo de este escrito, a efecto de que efectúen el descuento correspondiente, para que se

destine al pago de la pensión alimenticia decretada por su Señoría.

TERCERO.- Señalar día y hora para que tenga lugar la ratificación de mi escrito de

allanamiento.

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CUARTO.- Previos trámites de Ley dictar sentencia conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DEL DEMANDADO

** En muchas ocasiones, el demandado se allana a las pretensiones de la actora, con la finalidad de

evitar la condenación en costas.

Cuando el demandado se coloca en alguno de los supuestos establecidos en la Ley, el Juez puede

condenarlo a cubrir los gastos que origine el juicio.

Este formulario se anexa para el caso en que el demandado considere conveniente aceptar cubrir

todas las prestaciones que la actora solicita en su escrito inicial de demanda, aun cuando en el

Código de Procedimientos Civiles no exista artículo exprofeso que señale esta situación.

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ESCRITO EN EL QUE LA ACTORA SOLICITA AL JUEZ SE SIRVA SEÑALAR FECHA PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE PRUEBAS Y

ALEGATOS (Formato No. 13)

Nota: este escrito se relaciona con los formatos 1, 2 y 3.

NOMBRE______________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS NOMBRE ______________________________

Demandado, nombre y apellidos JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ _________DE LO FAMILIAR . Anotar número del Juzgado

______________________________________ , en mi carácter de actora, personalidad que anotar nombre de la actora

tengo acreditada en los autos del juicio al rubro indicado, ante Usted con el debido respeto

comparezco para exponer:

Que con fundamento en el artículo 642 del Código de Procedimientos Civiles para el

Estado de Nuevo León, por medio del presente escrito, y toda vez que como se desprende

de las constancias que obran en autos, ya se ha producido la contestación por parte del

demandado, vengo a solicitar a su Señoría que se sirva señalar día y hora para que tenga

verificativo la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos.

Por lo antes expuesto,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

ÚNICO.- Acordar de conformidad lo solicitado en el cuerpo de este ocurso.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA.

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ESCRITO DE CONVENIO ELABORADO POR LAS PARTES EN EL JUICIO DE ALIMENTOS PROMOVIDO POR LA CÓNYUGE

(Formato No.14 )

Nota: escrito que se relaciona con el formato 1.

NOMBRE _____________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE _____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos Expediente número

C. JUEZ __________________ DE LO FAMILIAR Anotar número de Juzgado

___________________________ y ___________________________________________ , nombre de la actora nombre del demandado

promoviendo por propio derecho en nuestro carácter de actora y demandado

respectivamente, personalidad que tenemos debidamente acreditada en los autos del juicio

al rubro citado, ante Usted con el debido respeto comparecemos para exponer:

Que con fundamento en el artículo 954, y habiendo sido exhortados a realizar pláticas

conciliatorias, ambas partes hemos acordado celebrar el presente convenio, a fin de dar por

terminada la controversia planteada en el expediente en que se actúa, para tal efecto nos

obligamos al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

1.- Ambas partes declaran que se encuentran unidas en matrimonio desde hace

______________ , bajo el régimen de ___________________________ . anotar fecha exacta anotar régimen matrimonial

2.- Ambas partes declaran que para tal efecto establecieron su domicilio conyugal en

____________________________________________ . anotar el último domicilio conyugal

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3.- Las partes declaran que de esa unión procrearon ________________________ hijos de anotar el número de hijos

nombres ________________________________________________ , quienes actualmente

cuentan con ________________________ años de edad respectivamente. anotar las edades de los hijos

4.- Ambas partes declaran que es su voluntad libre y expresa, dar por terminado el juicio de

alimentos , bajo el expediente No. _________________________ en que se actúa través de

anotar número de expediente

la firma del presente convenio, al tenor de las siguientes :

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Ambas partes se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan.

SEGUNDA.- Ambas partes continuarán ejerciendo la patria potestad sobre sus menores

hijos de matrimonio ________________________________________________________ nombres de los hijos

___________________ todos de apellidos _____________________________________ , anotar apellido paterno y materno

de ________________ años de edad respectivamente, quienes continuarán bajo el cuidado

de su madre, la actora en este juicio, señora ________________________________ , en el nombre de la actora

que ha sido el domicilio conyugal.

TERCERA.- Las partes ____________________________ reconocen que por condiciones Anotar nombre de la actor y el demandado

estrictamente de trabajo, el demandado, continuará viajando al interior de la República,

situación que hacen del conocimiento de este H Juzgado, manifestando su conformidad.

CUARTA.- El demandado señor ___________________________ dará cumplimiento a su nombre del demandado

su obligación alimenticia , otorgando la cantidad de _______________________________ anotar cantidad con número y letra

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mensuales, equivalente al _____________ de sus ingresos, los cuales le serán descontados anotar el porcentaje correspondiente

de su sueldo.

QUINTA.- Ambas partes manifiestan que los días _____ y _______ de cada mes, serán los anotar fechas exactas de días de pago

días en que la actora recogerá la cantidad asignada por concepto de pensión alimenticia, ya

que esas fechas corresponden a los días de pago del demandado. La entrega de dicha

cantidad se hará en las instalaciones de las empresa ______________________________ , nombre de la primera empresa

ubicada en ________________________________________________________________

anotar domicilio completo

previa identificación de la actora y expedición del recibo correspondiente.

SEXTA.- Ambas partes solicitan se gire atento oficio al Representante Legal de la

empresa________________________________________________________ a fin de que nombre de la empresas

de inmediato, se haga efectivo el descuento acordado por concepto de pensión alimenticia.

SÉPTIMA.- Ambas partes se comprometen a ratificar el presente convenio ante la

presencia judicial, para los efectos legales a que haya lugar, solicitando a este Tribunal se

fije día y hora para hacerlo.

OCTAVA.- Ambas partes solicitan la aprobación del presente convenio, en virtud de no

contener cláusulas en contra de la moral ni el Derecho, así como de proteger el interés

superior de sus hijos.

NOVENA.- Ambas partes, una vez aprobado el convenio se obligan a estar y pasar por él

como si se tratase de sentencia ejecutoriada.

DÉCIMA - Ambas partes manifiestan que para la interpretación, modificación o aclaración

al presente convenio se someten a los Tribunales de la ciudad de

__________________________ , renunciando al fuero que por su domicilio futuro pudiera Anotar nombre de la ciudad en que se actúa

corresponderles.

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PROTESTAMOS LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

FIRMA DE LA ACTORA FIRMA DEL DEMANDADO

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ESCRITO EN EL QUE LA ACTORA DESAHOGA LA VISTA A LAS EXCEPCIONES INVOCADAS POR EL DEMANDADO EN SU ESCRITO DE

CONTESTACIÓN DE DEMANDA (Formato No. 15 )

Nota: escrito que se relaciona con los formatos 2 y 11.

NOMBRE___________________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS.

NOMBRE___________________________________ Demandado, apellido paterno, materno y nombre

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

______________________________________ , por mi propio derecho y en mi carácter de nombre de la actora

actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del expediente en que

se actúa, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, vengo en tiempo y forma a desahogar la vista que

ordenó se me diera, en auto de fecha ____________________________ , de acuerdo a lo anotar fecha del auto

previsto por el artículo 635 con relación al artículo 624 del Código Procesal Civil, en los

siguientes términos:

1.- En lo relativo al capítulo de hechos, es falso que la suscrita sea copropietaria de una

tienda de abarrotes, lo que se acreditará con el testimonio que rindan mis hermanas las CC.

________________________ y ________________________________ . anotar nombres completos de las testigos

2.- Respecto al abandono de que hemos sido víctimas tanto la suscrita como nuestros hijos,

reitero que esta situación es real, aunque el demandado permanece a nuestro lado en el

domicilio familiar, la verdad es que se niega a proporcionar cantidad alguna para sufragar

los gastos alimenticios de nuestros hijos. A mayor abundamiento, la constancia de

inscripción de beneficiarios en el Seguro Social, como puede apreciarse de su lectura, es de

fecha posterior a la presentación de mi escrito de demanda, misma situación ocurre con los

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recibos de pago que por concepto de arrendamiento, realizó mi contraria, con lo que se

demuestra la mala fe con la que se conduce el hoy demandado.

3.- En este acto, reitero que a la suscrita le asiste la razón y el derecho para promover este

juicio en contra del demandado, tal y como lo establecen los Artículos 302, 303 y demás

relativos y aplicables del Código Civil, así como a lo preceptuado en el artículo 952 del

Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León.

MEDIDAS PROVISIONALES

Toda vez que los alimentos son de orden público, y con fundamento en lo establecido en

los Artículos 952 y demás relativos y aplicables del Código Procesal Civil, si es procedente

que se haya fijado una pensión alimenticia provisional a cargo del demandado, ya que éste

con su incumplimiento, está afectando el normal desarrollo de nuestros hijos y su

integridad, asimismo al carecer la suscrita de bienes propios y un ingreso suficiente para

sufragar dichos gasto, deberá el demandado contribuir de acuerdo a sus posibilidades a

cubrir los gastos de manutención de nuestra familia.

EXCEPCIONES Y DEFENSAS

Respecto a las excepciones y defensas hechas valer por el demandado, son improcedentes,

en tanto que:

1.- A la suscrita, de conformidad con lo establecido en los Artículos 164, 165, 302, 303 y

demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Nuevo León, le asiste el

derecho para ejercitar la acción intentada e interponer este juicio, dado el incumplimiento

injustificado en que ha incurrido el hoy demandado.

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OBJECIÓN DE DOCUMENTOS (*)

Desde este momento objeto las documentales privadas ofrecidas por mi contrario _____________________________________________________________ , anotar los documentos que se objetan

en su escrito de contestación de demanda, tanto en cuanto a su alcance, como al valor

probatorio que el demandado pretende darles, en virtud de que dichas documentales son de

fecha posterior al inicio de este juicio, como respuesta del demandado a las peticiones que

por la vía judicial me vi en la necesidad de hacerle.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos de este escrito, desahogando en

tiempo y forma la vista ordenada en auto de fecha ___________________________. anotar fecha del auto en que se dio vista

SEGUNDO.- Tener por objetadas las documentales a que me refiero en el cuerpo de este

ocurso.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

(*) Es importante señalar que el prestador de Servicio Social al objetar documentos debe exponer la

causa en virtud de la cual lo hace.

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MODELO DE SOBRE EN EL QUE SE EXHIBE EL PLIEGO DE POSICIONES EL CUAL SE ANEXA A LA DEMANDA INICIAL.

(Formato No. 16 ) Nota: este escrito se relaciona con los formatos 17, 18 y 19.

Nombre de la actora__________________ VS

Nombre del demandado ______________ JUICIO DEL ORDEN FAMILIAR ALIMENTOS No. de expediente ___________________

SOBRE QUE CONTIENE PLIEGO DE POSICIONES QUE DEBERÁ ABSOLVER EL DEMANDADO SEÑOR _______________ EN EL JUICIO DEL ORDEN FAMILIAR DE ALIMENTOS, BAJO EL EXPEDIENTE No. _______________

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ESCRITO EN EL QUE SE OFRECE PLIEGO DE POSICIONES

(Formato No. 17)

NOMBRE___________________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS.

NOMBRE___________________________________ Demandado, apellido paterno, materno y nombre

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

________________________________________ , por mi propio derecho y mi carácter de nombre de la actora actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del juicio en el que se

actúa, indicado, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que con fundamento en el Artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles para el

Estado de Nuevo León, por medio del presente escrito, vengo a exhibir, sobre cerrado que

contiene el pliego de posiciones que deberá absolver el demandado Señor

____________________________________________ previa su calificación de legales, de Nombre del demandado

manera personal y no por conducto de apoderado legal alguno, con el apercibimiento que

de no comparecer sin justa causa, a pesar de haber sido legalmente notificado será

declarado fíctamente confeso de las posiciones que hayan sido calificadas de legales,

solicitando que dicho sobre se guarde en el Seguro del Juzgado.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido:

PRIMERO.- Tener por exhibido el sobre que contiene el pliego de posiciones que habrá de

absolver el demandado en el presente juicio.

SEGUNDO.- Ordenar que se guarde en el Secreto del Juzgado, hasta su desahogo.

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PROTESTO LO NECESARIO

FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO QUE CONTIENE PLIEGO DE POSICIONES QUE SE ANEXA A LA DEMANDA DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR LA CÓNYUGE

(Formato No.18 )

Nota: este escrito se relaciona con los formatos 1, 10 y 17.

PLIEGO DE POSICIONES QUE DEBERÁ ABSOLVER PERSONALMENTE EL

DEMANDADO SR. _______________________ EN EL JUICIO SUMARIO DE

“ALIMENTOS”, SEGUIDO ANTE ESTE JUZGADO POR LA ACTORA, SEÑORA.

_________________________________.

Bajo protesta de decir verdad y habiendo señalado sus generales, DIRÁ SI ES CIERTO

COMO LO ES:

1.- Que Usted contrajo matrimonio civil con la Señora _________________________ y

que dicho vínculo matrimonial aun está vigente.

2.- Que el domicilio conyugal lo establecieron de común acuerdo en _______________. 3.- Que Usted sin motivo alguno abandonó el domicilio conyugal en fecha __________________. Anotar fecha exacta

4.- Que Usted ha dejado de proporcionar cantidad suficiente para sufragar los gastos

alimenticios de su esposa y de sus hijos, desde ________________. Anotar fecha exacta

5.- Que la actora en reiteradas ocasiones le ha solicitado recursos económicos para sufragar

sus gastos y los de sus menores hijos.

6.- Que sus respuestas a lo solicitado por ella han sido negativas.

7.- Que usted sabe que la actora para obtener dinero para los gastos de manutención de sus

menores hijos, ha tenido que solicitar apoyo de su hermana y cuñado,

_____________________. Anotar los nombres completos

8.-Que Usted sabe y le consta que también ha solicitado apoyo de su padres los señores

__________________________ y ____________________.

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9.- Que la actora le ha informado de las deudas contraídas y usted se niega a pagarlas.

10.- Que Usted se ha hecho cargo de cumplir su obligación alimenticia, a partir de que le

fue solicitada por la vía judicial.

LUGAR Y FECHA NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA.

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ESCRITO QUE CONTIENE PLIEGO DE POSICIONES QUE SE ANEXA A LA DEMANDA DE ALIMENTOS INTERPUESTA POR LA CONCUBINA

(Formato No.19 )

Escrito que se relaciona con los formatos 2, 11 y 17.

PLIEGO DE POSICIONES QUE DEBERÁ ABSOLVER PERSONALMENTE EL

DEMANDADO SR. _______________________ EN EL JUICIO SUMARIO DE

“ALIMENTOS”, SEGUIDO ANTE ESTE JUZGADO POR SU CONCUBINA LA C.

_________________________________. Anotar nombre de la actora

Habiendo rendido su protesta de decir verdad y señalado sus generales, DIRÁ SI ES

CIERTO COMO LO ES:

1.- Que Usted y la actora viven en concubinato desde _________________________ . anotar fecha en que iniciaron a vivir juntos

2.-Que de esa relación ha procreado _____ hijos, de nombres _____________________________________________________________ . 3.- Que el domicilio común lo establecieron en calle _________________________

de la Colonia______________________________ en esta ciudad.

4.- Que de esa unión han procreado ______ hijos.

5.- Que usted es dueño de un departamento ubicado en __________________.

6.- Que Usted realiza trabajos de serigrafía.

7.- Que dichos trabajos le reportan ingresos que ascienden a la cantidad de ________.

9.- Que desde ________ se ha abstenido de sufragar los gastos alimenticios de sus hijos.

10.- Que la actora lo ha requerido en múltiples ocasiones para que cumpla con la

obligación alimenticia hacía sus hijos, sin que Usted lo haya hecho.

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11- Que es hasta que inició el presente juicio que Usted ha realizado depósitos para que

sean cubiertas las necesidades alimenticias de su familia.

12.- Que Usted tiene ____ años trabajando en la empresa _______________________ . anotar antigüedad en años nombre o razón social de la empresa

13.-Que desde entonces, Usted cuenta con Seguro Social.

14.- Que en diversas ocasiones la actora le solicitó que la inscribiera a ella y a sus menores

hijos, negándose Usted a hacerlo.

15.- Que la madre de Usted vive en el domicilio familiar, junto con la actora y sus menores

hijos.

LUGAR Y FECHA NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA.

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ESCRITO EN EL QUE SE FORMULA INTERROGATORIO QUE DEBERÁ

ABSOLVER EL TESTIGO

(Formato No. 20)

INTERROGATORIO AL TENOR DEL CUAL EL SEÑOR _______________________ , Anotar nombre del testigo

DESAHOGARÁ LA PRUEBA TESTIMONIAL OFRECIDA A SU CARGO EN EL

JUICIO SUMARIO DE ALIMENTOS, BAJO EL EXPEDIENTE No. _________ , QUE

SE PROMUEVE ANTE ESTE JUZGADO, CON RUBRO ________________________ . Anotar rubro completo

* Previa la toma de sus generales, DIRÁ EL TESTIGO SI SABE Y LE CONSTA:

1.- Conoce a las partes en este juicio.

2.- Desde cuándo las conoce.

3.- Si sabe y le consta que relación existe entre ellos.

4.- Que si sabe y le consta que el demandado, señor _______________ vive actualmente

con la actora, señora ______________________.

5.- Que si sabe y le consta si de esa unión se han procreado hijos.

6.- Que si sabe y le consta el número de hijos.

7.- Sabe y le consta la persona que se hace cargo de la manutención de los hijos de la

actora y el demandado.

8.-Si sabe y le consta la forma en que su oferente ha sufragado los gastos alimenticios de

sus hijos y los propios.

* El servidor público que intervenga en esta diligencia, previo a su desahogo deberá identificar y

preguntar al testigo, si existe relación de amistad, dependencia económica o laboral con su

oferente, asimismo si tiene algún interés en que su presentante gane el juicio, las anteriores

consideraciones servirán para que el Juez le otorgue el valor probatorio que amerite el testimonio.

En caso de que el testigo conteste afirmativamente a estas preguntas, podrá ser sujeto de tacha, ya

que la otra parte puede invocar la parcialidad con que se maneja, y restar así valor a su testimonio.

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ESCRITO EN EL QUE SE SOLICITA AL C. JUEZ DECLARE CONFESO AL

DEMANDADO

(Formato No. 21)

Nota: escrito que deberá utilizarse en caso de la incomparecencia injustificada del

absolvente

NOMBRE___________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS

NOMBRE ____________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ ___________________ DE LO FAMILIAR anotar número de Juzgado

_________________________________ , promoviendo por propio derecho en mi carácter nombre de la actora

de actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del juicio al rubro

citado, ante Usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en el artículo 280 del Código de

Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, y toda vez que consta en autos que a

pesar de haberse notificado en tiempo y forma al demandado, para que compareciera al

desahogo de la prueba confesional ofrecida y admitida a su cargo, y habérsele protestado

en términos de Ley, vengo a solicitar a su Señoría lo declare confeso de todas aquellas

posiciones que previamente fueron calificadas de legales, ya que a pesar de haberlo

esperado un tiempo razonable, éste no se presentó al desahogo de dicha prueba.

Por lo antes expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ , Atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Acordar de conformidad lo solicitado.

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PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO EN EL QUE SE FORMULAN CONCLUSIONES DE ALEGATOS

(Formato No. 22 )

Nota: este escrito se realizará una vez que haya concluido el desahogo de todas las

pruebas.

NOMBRE__________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS.

NOMBRE__________________________ Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ ___________DE LO FAMILIAR Número del juzgado

______________________________________________ por mi propio derecho, Nombre de la actora

en mi carácter de actora, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en

los autos del juicio al rubro citado, ante Usted con el debido respeto comparezco para

exponer:

Que con fundamento en lo establecido en el Artículo 398 del Código de Procedimientos

Civiles para el Estado de Nuevo León, y habiéndose concluido el período probatorio, a

través de este escrito vengo a producir las siguientes conclusiones de:

ALEGATOS

1.- En primer término reproduzco y ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito

inicial de demanda así como las pruebas ofrecidas por esta parte.

2.- Por lo que hace a la parte contraria trató de desvirtuar mis manifestaciones aduciendo

en mi perjuicio situaciones que finalmente no acreditó y si retardaron el procedimiento.

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3.- El demandado también ofreció como pruebas las documentales consistentes en

________________________________________________________________________ , anotar tipo de documentos

mismas que como se desprende de su sola lectura, son de fecha posterior a la instauración

de mi demanda, con lo que se acredita que realizó el pago de los meses adeudados por el

arrendamiento de nuestra vivienda, con la intención de presentarlos en el juicio, sin

embargo también son de fecha posterior a la presentación de mi demanda.

4.- Otro razonamiento dirigido a desestimar el valor del testimonio es que la actora si

acreditó a través de las declaraciones de _________________________________ y

______________________ , que el demandado a pesar de encontrarse viviendo con la Nombre de los testigos

suscrita y nuestros menores hijos, abandonó su obligación alimenticia hacía nosotros.

En razón de las conclusiones presentadas, solicito a su Señoría que al momento de dictar

sentencia sean valoradas todas y cada una de las pruebas aportadas y tomadas en cuenta las

manifestaciones expuestas por esta parte.

Por lo antes expuesto,

A USTED, C. JUEZ, Atentamente pido:

ÚNICO.– Tener por formuladas las conclusiones con carácter de alegatos que se contienen

en este ocurso para todos los efectos legales ha que haya lugar.

PROTESTO LO NECESARIO LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO EN EL QUE SE SOLICITA AL C. JUEZ DICTE SENTENCIA (Formato No. 23 )

Nota: este escrito se relaciona con los formatos 1, 2 y 3.

NOMBRE______________________________ Actor, apellido paterno, materno y nombre

VS NOMBRE _____________________________

Demandado, nombre y apellidos

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ ___________________ DE LO FAMILIAR anotar número de Juzgado

_________________________________ , promoviendo por propio derecho en mi carácter nombre de la actora

de actora, personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del juicio al rubro

citado, ante Usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito, y toda vez que se ha realizado la audiencia de pruebas

y alegatos, con fundamento en el artículo 726 del Código de Procedimientos Civiles, vengo

a solicitar a su Señoría cite a las partes para sentencia.

Por lo antes expuesto y fundado:

A USTED C. JUEZ , Atentamente pido se sirva:

ÚNICO.- Acordar de conformidad lo solicitado.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA * El artículo 726 del Código de Procedimientos Civiles señala que una vez realizada la audiencia de Pruebas

y Alegatos, el Juez estará en posibilidad de dictar sentencia en el término de cinco días. Este formato se

integra al formulario con la finalidad de servir de muestra para el caso en que se requiera llenarlo.

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MODELO DE LA PROMOCIÓN A LA QUE SE ANEXA EL RECURSO DE APELACIÓN

(Formato No. 24 )

Nota: escrito que se relaciona con la sentencia que se dicte en la primera instancia.

NOMBRE____________________ Nombre y apellidos de la actora

VS.

NOMBRE____________________ Nombre y apellidos del demandado

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Expediente número

C. JUEZ _____________ DE LO FAMILIAR Anotar el número de juzgado

______________________________ , promoviendo por mi propio derecho, en mi carácter nombre y apellidos de la actora

de actora y en representación de mis menores hijos, personalidad que tengo debidamente

acreditada y reconocida en los autos del juicio al rubro citado, ante Usted C. Juez con el

debido respeto comparezco para exponer:

Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 423 y 424, 426, 427, 432, 446, y

demás relativos y aplicables del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León, en

tiempo y forma vengo a interponer el recurso de apelación en contra de la sentencia de

fecha ______________ , misma que me fue notificada el día _______________________ . fecha de la sentencia fecha de notificación de la sentencia

Por estimar que me causan los agravios que en el documento se contienen, solicitando a su

Señoría los remita al Tribunal de Alzada para su substanciación, anexando el expediente

que al rubro se indica por ser actuaciones concluidas.

Por lo antes expuesto,

A USTED C. JUEZ, Atentamente pido se sirva:

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PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos del presente escrito, anexando el

recurso de apelación aludido.

SEGUNDO.- Remitir dicho recurso y expediente al Tribunal de Alzada, para su

substanciación y,

TERCERO.- Anexar las actuaciones procesales derivadas del presente litigio, por estar

ofrecidas como pruebas en el recurso de apelación y por tratarse de actuaciones concluidas.

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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MODELO DE LA PROMOCIÓN QUE CONTIENE LOS AGRAVIOS DEL RECURSO DE APELACIÓN

(Formato No. 25 )

Nota: este escrito se relaciona con la sentencia dictada en primera instancia.

NOMBRE____________________ Nombre y apellidos de la actora

VS.

NOMBRE____________________ Nombre y apellidos del demandado

JUICIO SUMARIO DE: Alimentos

Toca número

H. _____________ SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Anotar el número de sala

______________________________ , promoviendo por mi propio derecho, en mi carácter nombre y apellidos de la actora

de actora y en representación de mis menores hijos, personalidad que tengo debidamente

acreditada y reconocida en los autos del juicio al rubro citado, ante Usted C. Juez con el

debido respeto comparezco para exponer:

Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 426, 427, y demás relativos y

aplicables del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León, en tiempo y forma

vengo a promover el recurso de apelación en contra de la sentencia de fecha

___________________________________________ , misma que me fue notificada el día Fecha de la sentencia

_________________________ , por causarme los razonamientos que el A Quo utilizo para fecha de notificación de la sentencia

dictar sentencia, con base en las razones que a continuación me permito referir:

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FUENTE DEL AGRAVIO

Fuente del agravio es la Sentencia definitiva, dictada por _______________________ con Anotar la autoridad correspondiente

fecha ___________________________ , la cual me fue notificada personalmente en fecha anotar fecha exacta

__________________________________. Anotar fecha de la notificación

A G R A V I O S

PRIMERO.- Me causa agravio la inexacta aplicación que el A Quo hizo respecto a los

Artículos _________ , del Código Procesal Civil para el Estado de Nuevo León, ya que anotar número de artículo que corresponda

del estudio de las constancias que obran en autos, se desprende que

__________________________________________________, en virtud, de que de la Anotar razonamiento aducido

exposición de sus razonamientos, claramente se observa que interpretó de manera

incorrecta lo establecido en los preceptos mencionados, situación que vulnera mi derecho a

recibir una pensión digna y suficiente para la suscrita y mis menores hijos.

SEGUNDO.- También vulnera mi esfera jurídica la inexacta aplicación del artículo ______

del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, ya que el Juez del conocimiento, hizo

caso omiso de lo establecido en él, en virtud de que los testigos presentados por el

demandado, se encuentran comprendidos entre los que pueden ser tachados, debido a que

manifiestamente declararon tener interés en el juicio, situación que el Juez debió

considerar y no concederles un valor probatorio que no tenían.

TERCERO.- De la misma forma el A Quo al emitir su resolución, dejo de aplicar lo

establecido expresamente por el Artículo _________ del Código de Procedimientos Civiles anotar número de artículo violado

para el Estado de Nuevo León, ya que de conformidad con dicho Artículo, debió condenar

al demandado al pago de la cantidad solicitada y decretada provisionalmente, como

pensión alimenticia, toda vez que la suscrita acreditó la capacidad económica del

demandado, la filiación entre él y mis hijos, así como la relación de matrimonio que nos

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une, cumpliendo así con lo solicitado por la legislación vigente, para obtener dicha

prestación, sin embargo, el A Quo al dictar la sentencia definitiva en el procedimiento,

redujo considerablemente el monto de la pensión, ignorando las necesidades alimenticias

que fueron acreditadas durante el procedimiento, causando agravio tanto a la suscrita como

a mis menores hijos, dejándonos en completo estado de indefensión.

Por lo antes expuesto y fundado,

A ESTA H. SALA, atentamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentada con los agravios que anteceden.

SEGUNDO.- Con la copia simple exhibida correr traslado a la contraria para que

manifieste lo que a su derecho e interés convengan.

TERCERO.- En su oportunidad revocar la sentencia recurrida y determinar que la parte

demandada no probó su dicho, ni acreditó sus excepciones y defensas, por lo que se le

deberá condenar a todas y cada una de las prestaciones reclamadas por la suscrita, a favor

de nuestros menores hijos de matrimonio __________________ y ___________________

____________________. Nombres y apellidos de los hijos

PROTESTO LO NECESARIO

LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA ACTORA

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ESCRITO DE DENUNCIA POR EL DELITO DE ABANDONO DE FAMILIA* (Formato No. 26)

Formato que se relaciona con el supuesto No. 3 del capítulo de Problemáticas

específicas.

DENUNCIA DE HECHOS

C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO.

__________________________________________ promoviendo por propio derecho y en nombre de la denunciante

representación de mis menores hijos, señalando como domicilio para oír y recibir toda

clase de notificaciones, el ubicado en

________________________________________________________________________ , anotar completo el domicilio

ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que con fundamento en el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, por medio del presente escrito vengo a hacer de su conocimiento hechos que

posiblemente constituyen un delito, para lo cual manifiesto lo siguiente:

1.- La suscrita _____________________________, se encuentra casada desde hace _____

años con el señor ________________________, bajo el régimen de _______________, tal

y como lo acredito con la copia certificada del acta de matrimonio, que exhibo en este acto.

2.- De esta relación hemos procreado _____ hijos, de nombres___________________

_________________________________________________, quienes actualmente cuentan anotar nombres completos

con _____________ años de edad, lo cual acredito con las copias certificadas de sus actas

de nacimiento.

3.- Es el caso que desde __________________________________, mis menores hijos y la anotar fecha exacta

*Este formato se incluye con la finalidad de que el prestador del Servicio, tenga un referente, para el caso de que el

asunto que se ventile, involucre la comisión del delito de abandono de familia, y la actora decida hacer este hecho del

conocimiento de la autoridad competente.

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suscrita, nos encontramos en total abandono, por parte de mi cónyuge el señor

_______________________________ , quien abandonó el domicilio conyugal, persona nombre del probable responsable

que actualmente puede ser localizado en _________________________________. Anotar domicilio completo

4.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que al desconocer el actual domicilio de mi

cónyuge, me he visto en la necesidad de presentarme al domicilio en que se encuentra

ubicada la empresa para la cual mi cónyuge labora, para solicitarle en diversas ocasiones

que cumpla con su obligación alimenticia, sin embargo todas sus respuestas han sido

negativas y en la última ocasión, amenazó con agredirme si no dejaba de pedirle dinero

para la manutención de mis hijos.

5.- Ante esta situación, y temiendo que cumpla su amenaza, he solicitado el apoyo de otros

familiares, quienes me ayudaron algunos meses, pero al pasar el tiempo, me han

manifestado su imposibilidad para seguir contribuyendo al sostenimiento de la suscrita y

mis menores hijos.

6.- A la fecha, mi cónyuge no ha regresado al domicilio conyugal, y tampoco ha enviado

cantidad alguna para la manutención de nuestros menores hijos y la suscrita, situación que

pone en riesgo el desarrollo integral de dichos menores.

7.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que desde que me case, no cuento con un

trabajo remunerado, por lo que estoy imposibilitada para atender mis necesidades

económicas propias y las de mis hijos, señalando que adeudo

_____________________________________________________________________ , anotar claramente las deudas contraídas debido a estas circunstancias, la suscrita se ha enfermado de los nervios, situación que

compruebo con el dictamen médico emitido por el Doctor ___________________ , con

cédula profesional________________ , de fecha _________________ que anexo a este

escrito, y del cual ofrezco su ratificación. En virtud de lo anterior la suscrita se ve en la

necesidad de denunciar estos hechos ante la autoridad competente.

Por lo antes expuesto y fundado,

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A USTED, C. PROCURADOR,

Atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentada en los términos de esta denuncia de hechos con los

documentos originales y copias simples que acompaño, los cuales después de haber sido

cotejados habrán de devolverse a la suscrita, querellándome en contra de mi cónyuge el C.

_______________________________________________ , por el delito o delitos que

resulten como consecuencia del abandono en que ha incurrido, en contra de la suscrita y

nuestros menores hijos de matrimonio.

SEGUNDO.- Ordenar se inicie la averiguación previa correspondiente a fin de determinar

la responsabilidad en que ha incurrido mi cónyuge.

TERCERO.- Previos trámites de Ley , proceder al ejercicio de la acción penal en contra

del probable responsable.

CUARTO.- En su oportunidad solicitar la reparación del daño en términos del

ordenamiento penal.

ATENTAMENTE LUGAR Y FECHA

NOMBRE Y FIRMA DE LA DENUNCIANTE

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PROBLEMÁTICAS ESPECÍFICAS QUE SE PRESENTAN EN LA PRÁCTICA Y PROPUESTAS PARA SU MANEJO.

El Código Civil para el Estado de Nuevo León establece en sus artículos 164 y 165, entre otras obligaciones para los cónyuges, la asistencia y ayuda mutua, condiciones que son básicas para la convivencia diaria, que se da como resultado del propio matrimonio y de la vida en común que a través de él se establece. El Artículo 301 del citado ordenamiento establece el derecho recíproco que ambos cónyuges tienen para recibir alimentos, derecho que se traduce también en la obligación correspondiente de otorgarlos. Esta obligación se traduce en la acción concreta de proporcionar oportunamente a cada uno de los miembros de la familia, aquellos satisfactores básicos que requieren para subsistir. Lo anterior no es más que el reflejo del deber moral y jurídico indispensable para dar cumplimiento cabal a la obligación de ayuda mutua. Dos de los criterios básicos que deben ser considerados al dar cumplimiento a esta obligación, son por un lado la necesidad de quien tiene derecho a recibirlos, y por el otro, la posibilidad de quien está obligado a proporcionarlos. No obstante, que como ya se ha dicho, los alimentos son una cuestión de orden público, existen personas que injustificadamente dejan de cumplir con esa obligación, que no sólo es moral, sino como ya se dijo, también jurídica. Es en estos casos, en los que las personas que no pueden allegarse por sí mismas su sustento, entre ellas niños, mujeres, ancianos y discapacitados, deben recurrir ante la autoridad competente, para poder hacer valer este derecho. Es común encontrar que cuando una persona que tiene derecho a recibir alimentos, se presenta ante el Juez, puede enfrentar diversos obstáculos que le impiden obtener una pensión digna y suficiente. A continuación se plantean algunos de los problemas, que con mayor frecuencia, enfrentan las personas que realizan un trámite judicial para obtener el pago y aseguramiento de una pensión alimenticia. Considerando que es importante conocer estos problemas prácticos, pero lo es aún más conocer alternativas que puedan darles solución, las cuales pueden ser orientadoras para el quehacer del prestador del servicio social, quien diseñará la estrategia que corresponda, según el caso, para lograr el fin deseado.

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Supuesto No. 1. • En este supuesto encontramos que el demandado obtiene mayores ingresos

de los que manifiesta. Esta es una de las situaciones más comunes, ya que la falta de conciencia respecto al deber que se tiene para con los dependientes económicos prevalece en un gran número de personas. Uno de los requisitos a satisfacer en un procedimiento judicial, consiste en acreditar todo lo que las partes afirman, así pues, una persona para acreditar su pretensión, deberá ofrecer los medios de prueba que estime conducentes. En este supuesto, a pesar de que la actora manifiesta ante el Juzgador que el demandado (o deudor alimenticio), cónyuge, concubino o padre de sus hijos, obtiene una percepción mayor a la que éste dolosamente manifiesta, aun bajo protesta de decir verdad, el deudor insiste en que sus ingresos son más bajos de lo que realmente percibe. La actora promoviendo por propio derecho o en representación de sus menores hijos, deberá solicitar desde su escrito inicial de demanda por primera vez, o de nueva cuenta, si lo solicitó ya, y en el expediente no obra constancia de que se haya realizado, que a través del Juzgado se solicite mediante atento oficio al Representante Legal de la empresa o institución en que labora el demandado, un informe en el que se señale a cuánto asciende el total de sus percepciones ordinarias y extraordinarias, el puesto que desempeña, así como su antigüedad. Esta información una vez recabada, servirá para que el Juzgador tenga elementos suficientes para normar su criterio y así decretar la pensión alimenticia provisional y en su oportunidad definitiva. En este supuesto, necesariamente el deudor deberá ser trabajador que preste sus servicios a un patrón cierto y determinado. En los casos en que el demandado sea una persona que no cubra con esta condición o simplemente no trabaja, pero cuente con bienes de su propiedad, la alternativa consistirá en investigar acerca de la existencia y propiedad de dichos bienes inmuebles, con la finalidad de que puedan ser ofrecidos como medio para garantizar el pago de alimentos. El Código Civil para el Estado de Nuevo León establece este mecanismo de aseguramiento, en su Artículo 317.

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La actora podrá ocurrir ante el Registro Público de la Propiedad en el Estado, a efecto de solicitar que se informe al juzgado, acerca de la propiedad de bienes inmuebles del demandado, así como de los gravámenes que sobre ellos pudieran pesar. Es importante recordar que la pensión alimenticia al ser de orden público, tiene preferencia con relación a otros créditos contraídos por el demandado. Por otro lado, y en virtud de que algunos deudores se encuentran obligados a presentar su declaración de ingresos ante la Oficina de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la Entidad, también se sugiere solicitar se gire oficio a esta dependencia a fin de que informe el monto de los ingresos declarados por el obligado a proporcionar alimentos. Durante el procedimiento, también podrá realizarse otra acción que apoye las anteriores y consiste en integrar al interrogatorio que se realice en la confesional, a cargo del demandado, posiciones relacionadas con este punto. Se sugiere orientar las posiciones de forma tal, que se dirijan a demostrar que el demandado tiene más ingresos de los que en realidad manifiesta. Esta situación podrá inferirse, si de las respuestas que el demandado dé al interrogatorio, se desprende que las cantidades que eroga para cubrir sus gastos corrientes son mayores a los ingresos que hasta ese momento ha manifestado, de esta manera se podrá establecer su verdadera capacidad económica. También es importante, relacionar sus gastos con las actividades que realiza, es decir aquellas que puedan resultar superfluas, tales como gastos suntuosos, diversiones, viajes, etc. Supuesto No. 2. • En esta hipótesis el deudor alimenticio se coloca dolosamente en estado de

insolvencia. Uno de los problemas más comunes que se presenta en la práctica, es que quienes son deudores alimenticios realizan actividades tendentes a quedar temporalmente en estado de insolvencia, al vender, gravar, donar o realizar cualquier acto de dominio en sus bienes, con la finalidad de incumplir su obligación alimenticia, aduciendo precisamente la falta de capacidad económica. Si este llegara a ser el caso, se deberán intentar otro tipo de acciones.

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Es muy común que a este respecto, los deudores alimenticios recurran a “prestanombres”, personas quienes a través de un pago o algún privilegio, aparecen como dueños de propiedades de las cuales el deudor es titular. En este punto, se deberá acreditar que el deudor al enterarse de que sería requerido por vía judicial, respecto al pago de la pensión alimenticia para sus acreedores, se dedicó a deshacerse de sus bienes, o en el mejor de los casos a ponerlos a nombre de otras personas. Respecto a los bienes inmuebles, a través del informe que se solicite rinda el Registro Público de la Propiedad en el Estado, se podrán ubicar las fechas en que se realizaron los actos de dominio, y relacionarlas con el trámite de pensión alimenticia intentado por la actora, con la finalidad de obtener el pago y aseguramiento de los alimentos a cargo del demandado. De la misma forma, la información relativa a los movimientos realizados con los inmuebles propiedad del demandado y las fechas en que se hicieron permitirán saber si aun es titular de algunos otros inmuebles, la situación de éstos y si con ellos se puede garantizar el pago de la pensión alimenticia. Con lo anterior se acreditará la forma dolosa en que el deudor se conduce. Por lo que hace a los bienes muebles, resulta más difícil acreditar que se ha dispuesto de ellos con la finalidad de desamparar a la familia, sin embargo, si se considera que quien generalmente permanece en el hogar es la mujer, será ella quien en un determinado momento pueda disponer del menaje de casa. Algunos deudores amenazan frecuentemente a la actora con no entregarle cantidad alguna para sufragar los gastos alimenticios, si se decide a promover una pensión, así como con abandonar su empleo, sin embargo no debemos olvidar que ellos también deben allegarse su sustento, y que aunque en algunos casos si llegan a renunciar a su trabajo, existen otras alternativas que la Ley contempla, y de las cuales la actora puede hacer uso. Ahora bien, cuando la actora ya cuenta con su sentencia, podrá hacerla valer ante cualquier empresa, institución o patrón para el cual preste el demandado sus servicios. Si llegase a presentarse el caso, podrían realizarse las siguientes acciones: • En caso de que en su escrito de contestación de demanda, el demandado

ofrezca pruebas documentales privadas, se deberán objetar en cuanto a su alcance y valor probatorio, esto al momento de contestar la vista a las

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excepciones opuestas por él, señalando la razón o causa por la cual se objetan.

De la misma forma, durante la audiencia se podrán formular posiciones dirigidas a esclarecer los ingresos del demandado y la forma en que solventa sus gastos. Respecto a la manera en que pueden ser denunciados estos hechos, es importante no olvidar la labor del Ministerio Público, quien por Ley tiene la facultad para intervenir en algunos asuntos del orden familiar, y en su momento ser quien conozca inicialmente de la denuncia de abandono de familia que está cometiendo el demandado. Supuesto No. 3 (Ver formato No. 26). • Caso en el que sin que exista causa alguna para no aportar la pensión

alimenticia, el demandado se rehusa a cubrirla. En este supuesto, se ha declarado ya la rebeldía en que incurrió el demandado, ya que a pesar de que de la razón del actuario se desprende que fue notificado en tiempo y forma en el domicilio en que se encontraba, transcurrió el plazo para contestar sin que lo hubiera hecho. Por otro lado la actora desconoce el lugar en el que el deudor alimenticio presta actualmente sus servicios, y a pesar de los esfuerzos realizados, no ha logrado investigarlo. Cuando de manera dolosa el deudor alimenticio se coloca en estado de insolvencia, está rehusando dar cumplimiento a su obligación, causando daño a sus acreedores alimenticios, es en este sentido que con su conducta, entra al ámbito penal, ya que está cometiendo el delito de abandono de familia, establecido en el Código Penal para el Estado de Nuevo León, en el Artículo 280. A través del parentesco y de la relación de matrimonio o concubinato, surge para el demandado, la obligación de cuidar y asistir a su familia, por lo que no es optativo hacerlo. Partiendo de estas premisas, y ante la actitud de abandono del demandado, para con quienes está obligado a proporcionar alimentos, paralelamente puede procederse a iniciar una averiguación previa por el delito antes mencionado, el cual tiene una sanción que va de dos a cinco años de prisión, así como privación de los derechos de familia, para quien resulte responsable.

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De conformidad con el artículo 281 del Código Penal, este delito se persigue sólo a petición de parte ofendida, por lo que la querella deberá presentarse ante el Ministerio Público del lugar en el que ocurran los hechos. La querella puede hacerse por comparecencia personal o por escrito, además debe recordarse que en diversos asuntos del orden familiar tendrá intervención el Ministerio Público adscrito al Juzgado, por lo que se puede solicitar que se le dé vista y sea él quien tome inicialmente, conocimiento del asunto, como ya se señaló. Supuesto No. 4. • Al momento de decretar una pensión alimenticia, resulta de gran ayuda

que el deudor alimenticio sea un trabajador a las órdenes de un patrón cierto y determinado, pero no en todos los casos es así.

Cuando se trata de trabajadores que desempeñan de manera independiente su trabajo, como en el caso de quienes tienen un oficio (plomero, carpintero, albañil, taxista, etc.), resulta aun más difícil acreditar a cuánto ascienden sus ingresos, lo que resulta un obstáculo para la realización del trámite; si bien en algunos Estados el Juez apercibe al demandado para que manifieste bajo protesta de decir verdad cuánto gana, lo cierto es, que usualmente se oculta la verdad y se manifiestan ingresos menores a los reales. La actora podrá solicitar que se gire el oficio antes mencionado, cuando se conoce al empleador para que se informe del puesto, actividades, percepciones y antigüedad que tiene el demandado en ese lugar. En estos casos, resulta recomendable investigar si el deudor alimenticio pertenece a alguna asociación, agrupación o sindicato, con la finalidad de solicitar al Juez que gire atento oficio a dicho organismo para que informen de los ingresos de su agremiado o miembro Esta información debe ser solicitada bajo el apercibimiento de Ley, señalando la responsabilidad en que incurren quienes teniendo la obligación de informar al órgano jurisdiccional que se los solicite, no lo hagan. El informe que se rinda, podrá ser ofrecido como prueba con la que se acreditarán los ingresos del demandado y su capacidad económica para otorgarlos. Dicho documento deberá ser ratificado por la persona que lo signe en el momento procesal oportuno. Respecto a las acciones a realizarse en la audiencia, pueden articularse posiciones relacionadas con el contenido del informe antes mencionado.

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Algunas de estas posiciones podrían ser:

• Diga Usted, si es cierto como lo es : 1. Que se dedica a _____________________________________ . 2. Que dicha actividad la realiza cada ______________________ . 3. Que obtiene ingresos aproximados por ___________________ . 4. Que pertenece a la ___________________________________ .

mencionar el nombre de la agrupación, asociación, etc.

5. Que en dicha asociación ostenta el cargo de _______________________________ .

señalar el último cargo o puesto

*Si en el pliego de posiciones ya exhibido, no se formularon las posiciones suficientes en torno a este punto, podrán realizarse de manera oral las anteriores posiciones con la finalidad de fortalecer el dicho de la actora. Supuesto No. 5. • Caso en el que el demandado cambia de domicilio, sin que se le haya

podido localizar. Un presupuesto procesal indispensable para que pueda darse entrada a una demanda es señalar en ella el lugar en que puede ser notificada la persona a quien se le demanda algo. En algunas ocasiones, cuando el deudor alimenticio se entera que se va a entablar una demanda en su contra, decide abandonar su domicilio habitual, e inclusive el de su trabajo, dejando imposibilitada a la actora para señalarlo en su escrito inicial, o a veces ocurre que se señala un domicilio en el que se sabe se encuentra el demandado, sin embargo por diversas circunstancias, no es posible emplazarlo. Ante esta situación, el auxilio que otras autoridades puedan proporcionar es muy valioso, ya que a través del oficio correspondiente, el Juez puede obtener la información respectiva al lugar en que se encuentra el demandado. Entre las instituciones que podrían aportar este tipo de información se encuentran, la Policía del Estado o la Oficina Estatal del Instituto Electoral, quienes cuentan con registros y padrones en los que pueden verificar lo solicitado.

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BIBLIOGRAFÍA

• BAÑUELOS SÁNCHEZ, FROYLAN; Práctica Civil Forense, volumen I y II, Ed. Cárdenas, México, D.F., 1982.

• BELLUSCIO, AUGUSTO CESAR: Derecho de Familia, Depalma,

Buenos Aires, 1979. • CONTRERAS VACA, FRANCISCO JOSÉ; Derecho Procesal Civil,

volumen 1, Ed. Oxford, University Press, México, D.F., 2001. • CHÁVEZ ASCENCIO, MANUEL F.; La Familia en el Derecho, Ed.

Porrúa, 2ª edición, México, D.F., 1992. • DÍAZ DE GUIJARRO, ENRIQUE: Tratado de Derecho de Familia, t. I

(único publicado), Buenos Aires, 1953. • Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la

Universidad Nacional Autónoma de México, Ed. Porrua, S.A., febrero 1991.

• IBARROLA, ANTONIO DE; Derecho de Familia, Ed. Porrúa, 4ª edición,

México, D.F., 1993. • LAFAILLE, HÉCTOR: Curso de Derecho de Familia, compilación de

Pedro Frutos e Isauro P. Argüello, Buenos Aires, 1930. Tratado de las Obligaciones, 2 ts., Buenos Aires, 1950.

• MONTERO DUHALT, SARA; Ed. Porrúa, 5ª edición, México, D.F.,

1992. • PÉREZ DUARTE Y ÑORONA, ALICIA; Derecho de Familia, Instituto

de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México, D.F. • PÉREZ DUARTE Y ÑORONA, ALICIA; Derecho de Familia, Fondo de

Cultura Económica, Colección Popular, México, D.F • PINA, RAFAEL DE; Diccionario de Derecho, Ed. Porrúa, 23 edición,

México, D.F., 1991. • ROJINA VILLEGAS, RAFAEL; Derecho Civil Mexicano, Ed. Porrúa,

México, D.F., 1996.

Page 172: PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION PARA LA …200.33.14.34:1008/material/formularios/nuevoleon.pdf · del Código Procesal Civil para ... agrupación o sindicato a que pertenezca el

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LEGISLACIÓN: • Código Civil para el Estado de Nuevo León. • Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. • Código Penal del Estado de Nuevo León.