programa de apoyo a la cadena productiva de los productores de maz y frijol fifonafe/i. reglas...

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PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 1 PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc 1 pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 1

    PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

  • PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    I N D I C E :

    No.- C O N T E N I D O Pag.

    I CONSIDERACIONES GENERALES. 2

    II OBJETIVO GENERAL Y ESPECÍFICOS, ESTRATEGIA. 4

    III POBLACIÓN OBJETIVO. 5

    IV CRITERIOS Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD. 5

    V COBERTURA. 6

    VI MODALIDADES DE APOYO. 7

    VII COMPONENTES DE APOYO. 9

    VIII DE LA HABILITACIÓN, CERTIFICACIÓN, ACOMPAÑAMIENTO Y CAPACITACIÓN DEL PRESTADOR DE SERVICIOS PROFESIONALES (ASESOR TÉCNICO).

    17

    IX SISTEMA DE INFORMACIÓN EN LÍNEA. 17

    X GASTOS DE DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN, OPERACIÓN Y EVALUACIÓN. 18

    XI DE LOS PROYECTOS ESPECIALES. 18

    XII DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PRODUCTORES. 18

    XIII DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y OPERACIÓN. 20

    XIV MECÁNICA OPERATIVA. 21

    XV GLOSARIO. 26

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 2pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

  • PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    I.- CONSIDERACIONES GENERALES:

    El Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF) de la SAGARPA es parte de las acciones para la competitividad de maíz y frijol que impulsa el gobierno mexicano para incrementar la producción y abasto de alimentos suficientes, sanos, inocuos y a precios accesibles.

    Con este propósito el PROMAF 2009 confirma su carácter de proyecto integral que favorece la producción en escala y otorga apoyos para la adquisición de los avíos, la asistencia técnica, la infraestructura productiva, el fortalecimiento de las organizaciones y la elaboración de los proyectos. En esta integralidad radica gran parte de su éxito en el cumplimiento de los objetivos.

    En años anteriores la operación del proyecto arrojó como resultado que los productores apoyados incrementaran su producción hasta en un 33% (Evaluación final PROMAF 2007, COLPOS). Por primera vez en el año 2008 se introdujo la modalidad de apoyo denominada “riesgo compartido” misma que hoy se refrenda porque se reveló como un instrumento muy útil para fortalecer las fuentes de financiamiento del sector social tales como: cooperativas de préstamo, de ahorro y préstamo, organizaciones sociales productivas que además operan como intermediarios financieros rurales, etc., y, así mismo, permitió que las organizaciones que no obstante contar con fondos de garantía no resultaban susceptibles de ser acreditables por la Banca de todo tipo, obtuvieran financiamiento dando así el primer paso en su tránsito hacia la bancarización.

    En el PROMAF 2009 se introduce la modalidad de apoyo para la “agricultura de alto rendimiento” con el propósito de acelerar el cumplimento del objetivo de incrementar la producción nacional a precios competitivos. La experiencia de algunos productores sobre todo del estado de Jalisco que durante años han venido esforzándose por alcanzar gradualmente una producción en terrenos de temporal de hasta 15 toneladas por hectárea y que en el año 2008 lograron la meta de 15 toneladas, nos permite concluir que tal meta es totalmente posible y que su experiencia es y debe de ser replicable a nivel nacional, a condición de que haya productores que se lo propongan y cuenten con los apoyos necesarios para hacerlo.

    Con el propósito de mejorar el ingreso de los productores y disminuir los riesgos en la producción, eficientar los usos del suelo y el agua e incrementar la producción de maíz y frijol y optimizar los recursos presupuestales, el PROMAF 2009 orienta sus acciones de apoyo a productores que posean superficies agrícolas con mediano y alto potencial productivo, según la clasificación hecha por el Instituto Nacional de Investigaciones, Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP), correspondiendo a los gobiernos de los estados apoyar al resto de productores con los recursos presupuestales de coejercicio etiquetados para estas cadenas.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 3pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    El campo mexicano en general y la producción de maíz y de frijol en particular no pueden quedar al margen del internet como uno de los grandes avances científico tecnológicos por lo que se ha instituido un nuevo instrumento de apoyo denominado “Sistema en Línea de Información para la Producción” (SURI – FIRCO) que servirá como una herramienta útil no solamente para hacer llegar a los productores y sus consultores información e instrumentos de capacitación de manera oportuna para la producción sino que, además, servirá para que se establezca con el Agente Técnico del PROMAF 2009 una vía de comunicación directa, accesible y en tiempo real fortaleciendo con ello el diálogo fructífero entre las instituciones públicas y los ciudadanos.

    Para el diseño del PROMAF 2009 y la elaboración de sus lineamientos operativos se ha contado con la valiosa opinión de las instituciones participantes en la CRyS, de la estructura operativa del FIRCO al nivel nacional y en cada uno de los estados y, así mismo, con sustanciales aportaciones tanto de los Sistemas Producto como de las organizaciones sociales productivas de maíz y/o frijol, así como de la banca social y privada, en un esfuerzo por perfeccionar un instrumento de política pública de cara a los actores participantes.

    Bajo este contexto, las principales acciones de mejora concebidas para el PROMAF 2009 son:

    a. Integración del Proyecto Estratégico

    Recuperar la integralidad del PROMAF conformando una sola bolsa de recursos;

    Garantizar el acompañamiento técnico de los proyectos aprobados;

    Promover el acceso a servicios financieros de la población objetivo del PROMAF, mediante una coordinación permanente con la Banca de Desarrollo.

    Para optimizar los recursos y cumplir con las metas de producción, focalizar los recursos a los productores de medio y alto potencial productivo;

    Mantener la posibilidad de emplear recursos de coejercicio estableciendo desde la firma de los anexos técnicos los montos asignados por estado.

    b. Nuevo marco normativo

    Establecer como criterio acreditar la propiedad ó posesión de la superficie (Artículo 13, Fracción II, Numeral II.2.1, inciso 1. de las Reglas de Operación de la SAGARPA 2009);

    Establecer un formato de solicitud única.

    c. Ventanillas de recepción de solicitudes

    Aperturar las ventanillas antes del inicio de los ciclos productivos P-V 2009 y O-I 2009/2010 (23 enero – 20 febrero);

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 4pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

  • PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    Establecer que las Delegaciones Estatales de la SAGARPA (Subdelegación Agropecuaria) y las Gerencias Estatales del FIRCO sean las ventanillas para la recepción de solicitudes, se simplifican los trámites (criterios de elegibilidad, número de formatos y sistema en línea de información, etc.).

    II.- OBJETIVOS GENERAL Y ESPECÍFICOS, ESTRATEGIAS.

    II. 1.- Objetivo general:

    Incrementar la producción y productividad de maíz y frijol, fortalecer las cadenas productivas, garantizar el abasto nacional y mejorar el ingreso de los productores.

    II.2.- Objetivos específicos:

    1. Incrementar el rendimiento de maíz y frijol en toneladas por hectárea, así como el margen de utilidad (productividad y competitividad), mediante la inducción de mejores tecnologías de producción y acompañamiento técnico.

    2. Promover la cultura de la organización, fortalecer a las organizaciones de productores de maíz y de frijol, fomentar su capitalización y apoyar su proceso de acceso al financiamiento formal.

    3. Inducir el ordenamiento de la producción y comercialización de maíz y frijol de acuerdo a las preferencias en consumo y demanda regional.

    4. Consolidar las acciones realizadas en ejercicios anteriores.

    II.3.- Estrategias:

    Para alcanzar los objetivos se implantarán las siguientes estrategias:

    1. Ofrecer apoyos a proyectos integrales que consideren simultáneamente el fortalecimiento de la organización, paquetes tecnológicos, e infraestructura básica productiva, según sus requerimientos.

    2. Promover el acceso a servicios financieros de la población objetivo del PROMAF, mediante una coordinación permanente con la Banca de Desarrollo.

    3. Incrementar la productividad mediante el uso de densidad de siembra, semillas mejoradas, materiales locales y fertilización adecuada.

    4. Fomentar el uso de los biofertilizantes como una alternativa gradual de la disminución de la fertilización química y de preservación del entorno ecológico.

    5. Focalizar el apoyo a proyectos de agricultura en superficies de medio y alto potencial productivo, según la clasificación hecha por el INIFAP.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 5pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    6. Favorecer la agricultura de alto rendimiento.

    7. Dar prioridad al desarrollo de la región sur-sureste del país.

    8. Fomentar y fortalecer la organización de los productores y la formación de empresas propias, proveedoras de bienes y servicios que posibiliten economías de escala.

    9. Instrumentar un esquema de apoyos a corto y mediano plazo con base en planes de incrementos sostenidos en la productividad y rentabilidad, coadyuvando a mejorar los niveles de vida de las familias rurales.

    10. Promover la capitalización de los productores a través de esquemas de organización económica y de recuperación en su propio beneficio de los apoyos otorgados como subsidios, constituyendo fondos de garantía.

    11. Mejora continua de las formas de producir mediante el incremento sostenido de las capacidades productivas de los productores y el acceso a las mejoras tecnológicas.

    III- POBLACIÓN OBJETIVO:

    Organizaciones económicas legalmente constituidas e integradas por productores mexicanos de maíz y/o frijol, en propiedad ó posesión de superficie agrícola con medio y alto potencial productivo, conforme a la clasificación del INIFAP.

    IV.- CRITERIOS Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD,

    1. Sólo se apoyarán proyectos cuya superficie cuente con potencial productivo medio y alto, conforme a la clasificación del INIFAP.

    2. Sólo serán elegibles para apoyos del PROMAF 2009 productores que hayan cultivado maíz y/o frijol en el ciclo homólogo anterior, en este sentido serán elegibles los productores que se encuentren en el padrón de PROCAMPO como productores de tales granos; quienes no se encuentren en estos padrones, pero que si se ubiquen en áreas de medio o alto potencial productivo, firmarán una manifestación bajo protesta de decir verdad de que en el ciclo homólogo anterior para el que solicitan los apoyos establecieron en dichas superficies cultivos de maíz y/o frijol, apercibidos que en caso de declarar con falsedad, se harán acreedores a las sanciones que establecen los presentes Lineamientos y los que señalan las leyes mexicanas.

    3. Los apoyos se otorgarán a productores de maíz y/o frijol que estén incorporados como socios de pleno derecho y obligaciones en organizaciones económico-productivas constituidas como personas morales conforme a las leyes mexicanas.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 6pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

  • PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    Cuando presenten solicitud de apoyo con productores que no hayan sido incorporados formalmente a la organización, podrán presentar carta-constancia bajo protesta de decir verdad, expedida por el órgano de dirección y gobierno de la organización, haciendo constar que el productor reúne todos los requisitos para ser admitido como socio de pleno derecho y que esta admisión se formalizará en la asamblea respectiva inmediata posterior. En este último caso la organización que no formalice la admisión del socio a más tardar dentro del primer trimestre del año fiscal posterior, dicha persona moral no podrá recibir más apoyos del PROMAF y adicionalmente se obliga a reintegrar a la TESOFE, a través del FIRCO, los recursos otorgados para tal productor.

    4. Que cuenten con un proyecto de inversión para la producción de maíz y/o frijol en el que, entre otros, se precisen: metas de rendimiento superiores a los del ciclo homólogo anterior; alcanzar costos de producción por tonelada menores al precio del producto de venta en el mercado; y, los factores de la producción en los que se basan para alcanzar las metas propuestas.

    5. Los productores que hayan recibido apoyos del PROMAF en los años 2007 o 2008 sólo se les apoyará si en esos años:

    a) Recibieron apoyos bajo las modalidades de aportaciones directas o riesgo compartido.

    b) Demostrar haber recuperado al menos el 60% de los apoyos recibidos para el avío.

    c) Estén constituidos o incorporados a una organización económico-productiva (figura moral).

    d) Sus predios se encuentren ubicados en zonas con potencial productivo medio y alto, conforme a la clasificación del INIFAP.

    6. Presentar solicitud de apoyo en la Gerencia Estatal del FIRCO o en la Subdelegación Agropecuaria de la Delegación de la SAGARPA que le corresponda dentro del plazo establecido para tal efecto.

    7. Cuando se soliciten apoyos para todas las componentes, presentar proyecto de inversión para la producción de maíz y/o frijol; cuando solamente se aspire a recibir apoyos para avío (paquete tecnológico), asistencia técnica y fortalecimiento de la organización se podrá utilizar el proyecto de inversión simplificado.

    8. Presentar listado de productores con la superficie para la cual solicitan apoyo en la que aparezcan estampadas las firmas de cada uno de ellos, acompañado con la copia

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 7pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    de la credencial de elector y la copia de la CURP. En caso de no contar con esta última, presentar acta de nacimiento para tramitarla.

    9. Comprobar la propiedad ó posesión legal o la propiedad de los terrenos a nombre del productor y para el caso de infraestructura básica productiva (obra civil), a nombre de la organización. Los productores apoyados en los años 2007 y 2008, y los nuevos que aparezcan en los padrones de PROCAMPO se les tendrá por reconocida la propiedad ó posesión.

    10. Presentar testimonio del protocolo del acta constitutiva de la organización con sus modificaciones, en original y sólo para efectos de cotejo, así como una copia fotostática; de igual manera deberá presentar los poderes de quienes representan a la sociedad legal.

    11. Los documentos adicionales que se señalan en cada componente de apoyo.

    V.- COBERTURA:

    El PROMAF 2009 tendrá cobertura nacional y se aplicará en las áreas con medio y alto potencial productivo para los cultivos de maíz y/o frijol conforme a la clasificación del INIFAP.

    VI- MODALIDADES DE APOYO:

    VI.1.- Apoyos Directos:

    1. Mediante esta modalidad se apoyará el complemento al pago de las componentes de “Acompañamiento Técnico”, “Acompañamiento al Fortalecimiento de la Organización”, “Formulación y Elaboración de Proyectos” e “Infraestructura básica productiva”, así como el pago total del apoyo a “Profesionistas recién egresados” (becarios).

    2. La CRyS Central del PROMAF 2009, tomando en cuenta la relevancia del proyecto, la suficiencia presupuestal y respetando la naturaleza del programa fuente del recurso, podrá aprobar modalidades, importes y porcentajes de apoyo, distintos a los indicados en los presentes Lineamientos.

    VI.2.- Garantías Liquidas:

    1. Las organizaciones de productores podrán obtener del Programa de Inducción y Desarrollo del Financiamiento al Medio Rural de SAGARPA (PIDEFIMER) apoyos para constituir garantías liquidas mismas que deberán solicitar a la Banca de Desarrollo en los términos de las reglas de operación respectivas, y para lo cual podrán contar con la orientación del FIRCO.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 8pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    2. Las organizaciones que demuestren haber obtenido una línea de crédito para la producción de maíz y/o frijol podrán obtener apoyos para las componentes complementarias del PROMAF 2009 (acompañamiento técnico, acompañamiento al fortalecimiento de la organización y formulación de proyecto o plan de negocios).

    VI.3.- Riesgo compartido:

    Se entenderá por “riesgo compartido” la definición mencionada en el numeral 27 del glosario de términos incluido en los presentes Lineamientos y aplicará para apoyar a productores nuevos, es decir que participan por primera vez en el PROMAF y productores de segundo año que opten por esta modalidad.

    VI.3.1.- Requisitos para operar la modalidad de Riesgo Compartido:

    1. Podrán operar la modalidad de riesgo compartido:

    a. Las cooperativas cuyo objeto social sea brindar servicios de préstamo o de ahorro y préstamo;

    b. Las organizaciones económico-productivas integradas por productores de maíz y/o frijol que además de dedicarse a la producción prestan servicios de financiamiento únicamente a sus socios de pleno derecho y obligaciones, mismas que deberán contar con el reconocimiento de la Banca Comercial o de Desarrollo como Dispersor de Crédito, Agente Procrea o Parafinancieras, según corresponda;

    c. En ningún caso podrán operar esta modalidad empresas cuyo negocio sea colocar créditos o vender insumos a productores con los que establecen una relación de clientes aún en el caso de que cuenten con el reconocimiento de la Banca Comercial o de Desarrollo como Dispersor de Crédito, Agente Procrea o Parafinancieras, según corresponda.

    2. La afiliación de los productores a las cooperativas de ahorro y préstamo podrán ser en forma individual (personas físicas) o colectiva (persona moral), en el marco que para tal efecto señala la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

    VI.3.2.- De la forma de operar la modalidad de Riesgo Compartido:

    1. Los organismos cooperativos podrán optar por operar solamente el financiamiento a sus socios cooperativistas.

    2. También podrán optar por representar a los productores en su solicitud y tramitación respectiva para obtener los apoyos del PROMAF 2009. En este caso la cooperativa no sólo prestará servicios de financiamiento sino que además deberá prestar servicios de apoyo a la producción, para lo cual recibirá en administración los apoyos recibidos para tales componentes.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 9pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    3. Podrá además recibir apoyo para infraestructura básica productiva misma que será propiedad exclusiva de los socios beneficiados por el PROMAF 2009. Con ellos la cooperativa formará una comisión especial para que dentro de su organización y en el marco de la Ley General de Sociedades Cooperativas, administre los servicios de infraestructura o equipamiento. También podrá optar, en lugar de esta comisión, promover la formación de una persona moral diferente a la cooperativa, donde los beneficiados con esos apoyos sean los socios y directivos de la misma y se le transfiera los activos adquiridos con los apoyos recibidos.

    VI.3.3.- Obligaciones de las Organizaciones:

    1. Expedir, en un plazo no mayor de 90 (noventa) días naturales a partir de la fecha en que recibió el depósito los apoyos del PROMAF 2009, certificados de aportación individual o documento equivalente, donde se hagan constar los derechos de cada uno de los productores derivado de los apoyos recibidos a través de dicho proyecto estratégico.

    2. Para el caso de organizaciones que reciban apoyo para la componente de infraestructura básica productiva, deberá de expedir el reglamento de administración de tales recursos en un plazo no mayor a 30 (treinta) días naturales a partir de su adquisición.

    VII- COMPONENTES DE APOYO:

    Los productores a través de sus organizaciones y previa presentación del proyecto o plan de negocios correspondiente, podrán recibir simultáneamente las siguientes componentes:

    1. Paquete Tecnológico (Avío).

    2. Acompañamiento Técnico.

    3. Acompañamiento para el Fortalecimiento de La Organización.

    4. Formulación de Proyectos y Plan de Negocios.

    5. Infraestructura Básica Productiva.

    La componente de Apoyo a Profesionistas Recién Egresados (Becarios), será otorgada a través de las “agencias receptoras” definidas en el capítulo de Glosario de Términos de los presentes Lineamientos.

    La componente de Paquetes Pedagógicos Audiovisuales (PPAV), será convenida a nivel central entre el INCA-Rural y el FIRCO.

    VII. 1.- Paquete Tecnológico (Avío):

    VII.1.1.- Aspectos generales

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 10pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

  • PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    1.- El paquete tecnológico será elaborado por el prestador de servicios profesionales contratado para el Acompañamiento Técnico con la participación de los productores, mismo que preferentemente partirá de un análisis de suelo y deberá tener el visto bueno del INIFAP.

    2.- Para su aprobación, el solicitante deberá presentar como parte de su proyecto el sistema de producción o paquete tecnológico que utilizó en el ciclo productivo homólogo anterior y, asimismo, el que proyecta aplicar con los apoyos del PROMAF 2009, poniendo de manifiesto cual es el cambio tecnológico que le permitirá alcanzar los rendimientos esperados para el ciclo agrícola para el cual solicita los apoyos del PROMAF 2009.

    VII.1.2.- Montos de apoyo para maíz y para frijol.

    1. Para los productores de primer año (que participan por primera vez en el PROMAF), el apoyo será el equivalente al 25% del costo del paquete tecnológico propuesto y hasta $1,100.00/ha para maíz y hasta $800.00/ha para el cultivo del frijol.

    2. Para los productores de segundo año (que ya han participado en el PROMAF), el apoyo será del 10% del costo del paquete tecnológico y hasta $500.00/ha para maíz y hasta $400.00/ha para el frijol.

    VII.1.3.- Superficie susceptible de apoyo para maíz y frijol:

    La superficie máxima de apoyo por productor será de hasta 20 has de temporal o hasta 5 de riego para maíz y frijol, sin importar la superficie que posea.

    VII.2.- Acompañamiento Técnico:

    VII.2.1.- Aspectos Generales:

    1.- Se apoyarán servicios de asistencia técnica especializada mismos que comprenderán las actividades propias desde la preparación para el establecimiento del cultivo hasta las de postcosecha, la selección del técnico (PSP) será responsabilidad única e indelegable de los productores beneficiarios quienes se sujetarán a lo dispuesto en la circular No. 001/2008 “Requisitos de Elegibilidad de los Prestadores de Servicios Profesionales que participan en el Componente de Capacitación y Asistencia Técnica del Programa de Soporte de la SAGARPA" del 29 de febrero de 2008, emitida por la Dirección General de Servicios Profesionales para el Desarrollo Rural.

    2.- Los técnicos (PSP) que hayan sido contratados en ciclos anteriores solamente podrán ser contratados de nueva cuenta si su desempeño fue calificado como “acreditado” o “acreditado condicionado” por el COLPOS.

    3.- Ningún técnico (PSP) podrá prestar servicios de asistencia con apoyos del PROMAF 2009 en superficies mayores a 500 hectáreas.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 11pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    VII.2.3- Para gestionar la componente de “acompañamiento técnico”, se deberá de adjuntar:

    1.- Contrato de prestación de servicios profesionales suscrito entre la organización solicitante y el técnico o despacho, en el cual entre otros aspectos, se deberá precisar: el periodo de contratación, el importe total por la prestación del servicio, los objetivos y metas a alcanzar en cada etapa del proceso productivo y las acciones que deberá realizar; la obligación de que el técnico o despacho presente informes de actividades y de los productos especificados en estos Lineamientos, conforme a la periodicidad del calendario de pagos por el servicio y la entrega de recibo de honorarios que cumpla con los requerimientos fiscales vigentes.

    Sobre esto último, se precisa que el último pago que se realice no podrá ser menor al 30% del total y estará condicionado a un desempeño satisfactorio del prestador de servicios, de acuerdo al dictamen favorable de la instancia de evaluación correspondiente.

    2.- Programa y calendario de actividades acorde a las acciones consideradas en el proyecto en el cual se brinda el servicio de acompañamiento técnico.

    3.- Carta compromiso para participar en un programa de capacitación operado por el INCA-Rural en coordinación con el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) y el Colegio de Postgraduados (COLPOS).

    VII.2.4.- Montos de Apoyo:

    La aportación del PROMAF 2009 corresponderá al 70% del costo del servicio y hasta $260.00/ha y máximo $130,000.00/técnico/año agrícola.

    Para fines de presupuesto la Gerencia Estatal del FIRCO deberá adicionar el 8% del monto, el cual se cubrirá al Centro de Evaluación que para tal efecto se determine.

    VII.3.- Acompañamiento al Fortalecimiento de la Organización:

    VII.3.1.- Aspectos Generales:

    1.- Los recursos de esta componente están destinados a fortalecer el desarrollo empresarial de las organizaciones y se podrán aplicar para la contratación de prestadores de servicios o despachos multidisciplinarlos de asesoría, capacitación y consultoría, para que auxilien en la elaboración y acompañen la ejecución de planes de mejora de la organización y/o el desarrollo de nuevas áreas que aumente la capacidad administrativa y de servicio a los productores.

    2.- Estos planes tendrán como base un autodiagnóstico donde los miembros de la organización localicen sus problemas u oportunidades así como sus causas, diseñen sus objetivos, estrategias, metas y líneas de acción, así como el calendario de ejecución que guiará la aplicación del plan respectivo.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 12pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    Como parte de los planes se podrán contemplar:

    a. Apoyo a la Gestión Organizativa.

    b. Asesoría en la administración de recursos para la adquisición de insumos y activos.

    c. Asesoría para la comercialización de la producción.

    d. Cubrir los gastos de gestión de créditos, seguimiento y supervisión de la aplicación de los mismos.

    e. Formulación y gestión de planes de crecimiento y desarrollo.

    VII.3.2.- La organización deberá incluir como parte del proyecto los siguientes documentos:

    1. Contrato de prestación de servicios profesionales suscrito entre la organización solicitante y el técnico o despacho, en el cual se deberá precisar entre otros aspectos, el periodo de contratación, el importe total por la prestación del servicio de asesoría o capacitación, las acciones que se realizarán y el compromiso de que el técnico o despacho presente informes conforme a la periodicidad del calendario de pagos por el servicio y la entrega de recibos de honorarios que cumplan con los requisitos fiscales vigentes.

    2. Programa de asesoría, capacitación o consultoría que desarrollará el Prestador de Servicios Profesionales generado a partir de la aplicación de la Cédula de Autodiagnóstico (disponible en la página: (www.sagarpa.gob.mx/soporteAT/consolidacion/autodiagnostico.xls) en el que se determinen actividades encaminadas a resolver las variables críticas de la organización.

    3. Los consultores o despachos que presten estos servicios deberán demostrar por lo menos dos años de experiencia en los servicios para los cuales se les contrata o, en su defecto, contar con la acreditación de la SAGARPA para tal efecto. En ambos casos deberá someterse durante la prestación de este servicio a la evaluación de la instancia que se designe para tal efecto. Estas actividades y productos deberán estar comprometidos en el programa de trabajo formulado por el prestador del servicio y acordado con la organización.

    VII.3.3.- Montos De Apoyo:

    La aportación del PROMAF 2009 corresponderá al 70% del costo del servicio y hasta por $60,000.00/organización.

    Para fines de presupuesto la Gerencia Estatal del FIRCO deberá adicionar el 8% del monto, el cual se cubrirá al Centro de Evaluación que para tal efecto se determine.

    VII.4.-Formulación de Proyecto y Plan de Negocios:

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 13VII.4.1.- Aspectos Generales: pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    1.- La contratación del profesionista o despacho que opere como facilitador para que la organización elabore el proyecto o en su caso el plan de negocios, será responsabilidad única e indelegable de los beneficiarios y se deberá considerar lo establecido en la circular 001/2008 “Requisitos de Elegibilidad de los Prestadores de Servicios Profesionales que participan en el Componente de Capacitación y Asistencia Técnica del Programa de Soporte de la SAGARPA”, del 29 de febrero de 2008.

    2.- Para la elaboración del proyecto o del plan de negocios, las Gerencias Estatales del FIRCO propondrán una guía de los aspectos que podrán considerarse, enfatizando que dicha guía no será de observancia obligatoria y solamente servirá como una orientación general ya que cada proyecto o plan de negocios deberá ser un instrumento concreto referido a una realidad específica y demostrar, con la documentación soporte, su viabilidad técnica y económica así como su aceptación por los productores participantes.

    VII.4.2.- Montos de apoyo:

    1.- No se apoyará para el pago de la formulación de proyectos cuando estos sean simplificados.

    2.- Para la elaboración del proyecto de inversión el apoyo será del 4% del importe que el PROMAF 2009 aporte como apoyo para las componentes de avío e infraestructura básica productiva, hasta por $50,000.00/proyecto.

    El apoyo para el pago de esta componente, se realizará vía reembolso.

    VII.5.- Infraestructura Básica Productiva:

    VII.5.1.- Orientaciones Generales:

    1.- Los apoyos de infraestructura básica productiva sólo se otorgarán cuando se justifique dentro del proyecto de inversión y se demuestre su vinculación con las acciones orientadas a incrementar los rendimientos (aplicación de paquete tecnológico).

    2.- Los apoyos del PROMAF 2009 sólo se aplicarán para la adquisición de maquinaria y/o equipo nuevo.

    3.- La infraestructura, maquinaria o equipamiento que se adquiera con apoyos del PROMAF 2009 estará condicionada a permanecer como propiedad social de los productores administrada por sus organizaciones por un periodo no menor a 5 (cinco) años, por lo que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia podrá asignarse a algún productor en lo individual. La violación a esta disposición tendrá, entre otras, la sanción de que tales organizaciones no reciban más apoyos del PROMAF. El convenio de concertación que se firme con las organizaciones de productores establecerá claramente esta condición.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 14pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    4.- Las organizaciones de productores podrán permutar sus activos productivos durante el periodo al que se obligan a mantenerlos, siempre y cuando existan causas justificadas y que teniendo características técnicas distintas sean de igual o mayor valor y se notifique previamente al FIRCO de tal cambio.

    5.- A los beneficiarios que recibieron apoyos para esta componente en pasados ejercicios fiscales y que nuevamente lo soliciten, sólo se les podrá apoyar para complementos o para superficies diferentes y deberán describir dentro del proyecto de inversión, el estado físico en que se encuentra la anteriormente apoyada, adjuntando la bitácora de operación y mantenimiento de cada uno de los equipos apoyados.

    6.- Para solicitar los apoyos para este concepto los beneficiarios deberán integrar al cuerpo del proyecto de inversión las cotizaciones en original y con la razón social de al menos dos de las probables empresas constructoras de la infraestructura que se construirá, rehabilitará o modernizará y/o de las empresas proveedoras de la maquinaria y/o equipos que proponen adquirir con los apoyos del PROMAF 2009. En dichos documentos deberá encontrarse el programa y calendario de realización de acciones, las especificaciones y planos para la construcción, rehabilitación y/o modernización de la infraestructura, el suministro de los equipos a adquirir con el reglamento interno a que se sujetará su uso y administración, y el costo desglosado por rubro de gasto de las acciones a realizar.

    7.- Las situaciones no previstas en los presentes Lineamientos se resolverán aplicando lo previsto en las Reglas de Operación vigentes del Programa para la Adquisición de Activos Productivos de la SAGARPA.

    8.- En los proyectos que presenten los beneficiarios se autorizará la adquisición de Activos Productivos Estratégicos, con la siguiente prioridad:

    a. Infraestructura y equipo de acopio, manejo y conservación de la cosecha.

    b. Equipos para cosecha y postcosecha.

    c. Infraestructura básica (excepto oficinas y vehículos) e hidroagrícola.

    d. Equipos de producción primaria, y

    e. Equipo de cómputo y sistemas que complementen la componente de “acompañamiento al fortalecimiento de la organización” y estén vinculadas con el plan respectivo.

    VII.5.2.- Montos y porcentajes de apoyo

    1.- En Aportación Directa, el monto de apoyo será del 70% del costo del proyecto para productores ubicados en localidades de alta y muy alta marginación; para los productores ubicados en media o baja marginación será del 50%; en ambos casos hasta $2’000,000.00/proyecto y la marginación conforme a la clasificación CONAPO.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 15pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    2.- Como parte de esta componente se podrá solicitar apoyo para la adquisición de equipo informático que complemente la componente de “acompañamiento al fortalecimiento de la organización” y esté vinculado con el plan respectivo. Para solicitar este apoyo será necesario presentar diagnóstico del equipamiento informático con que se cuenta, justificación de los equipos solicitados y cotización en papel membretado del proveedor. Su adquisición será responsabilidad única e indelegable de los productores beneficiados.

    3.- Quedan excluidos de los apoyos del PROMAF 2009, la adquisición de los siguientes conceptos: renta de fotocopiadoras, papelería y artículos de oficina, equipo o pago de renta por servicios de transporte o de telefonía de cualquier tipo; construcción, rehabilitación o renta de oficina, pago de nóminas.

    VII.6.- Apoyo a Profesionistas Recién Egresados (Becas).

    VII.6.1.- Aspectos Generales:

    1.- Con los recursos para esta componente, el PROMAF 2009 otorgará apoyos a profesionistas recién egresados (Becarios) de Escuelas e Instituciones de Educación Superior para que contribuyan al desarrollo rural.

    2.- Los Becarios prestarán sus servicios profesionales en un despacho o institución cuya actividad esté vinculada a la asistencia técnica para la producción rural y su entorno. Con este apoyo se pretende encauzar el desarrollo de las aptitudes profesionales de los participantes y para su autorización se seguirán las bases normativas que se integran dentro del Apartado A de los presentes Lineamientos.

    3.- Los apoyos de esta componente se otorgarán a profesionistas que hayan obtenido un promedio no menor a 8.0 ó equivalente y egresado después del primero de junio de 2008.

    4.- El Becario deberá desarrollar únicamente actividades propias de su profesión y en ningún caso se desempeñará como ayudante de los técnicos contratados por las organizaciones apoyadas con recursos del PROMAF 2009 para realizar labores de la componente de “acompañamiento técnico” para la producción de maíz y/o frijol, ni como auxiliares de investigadores para el desarrollo de sus proyectos.

    5.- El apoyo se autorizará a cada becario por única vez y por un plazo de hasta 6 meses naturales (enteros) sin que rebase el 31 de marzo de 2010.

    VII.6.2.- Montos de apoyo:

    1.- Cuando sus actividades las desarrollen en beneficio de organizaciones ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación (clasificación CONAPO) se les otorgará una beca de $7,500.00/mes y, para las organizaciones ubicadas en el resto de las localidades será de $5,000.00/mes. Adicionalmente se deberá cubrir un 8% del monto total del apoyo autorizado para el Centro de Evaluación que corresponda por concepto de la evaluación del desempeño “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 16pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    tanto del becario como de la agencia receptora. Además el agente técnico podrá disponer hasta un 2% para gastos de dispersión por servicios bancarios.

    VII.7.- Paquetes Pedagógicos Audiovisuales.

    VII.7.1.- Aspectos Generales:

    1.- Esta componente se utilizará para apoyar el desarrollo de las habilidades y capacidades del Prestador de Servicios Profesionales (PSP) que realice el acompañamiento técnico en las organizaciones de productores para garantizar la adopción tecnológica a fin de que los productores apoyados por el PROMAF 2009 dispongan de las capacidades para identificar los alcances, conceptos y mecanismos establecidos en el paquete tecnológico y los puedan aplicar correctamente en su unidad productiva.

    2.- Los contenidos de los paquetes pedagógicos serán definidos por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRyS) Central del PROMAF 2009.

    VII.7.2.- Monto de Apoyo:

    1.- El monto de los apoyos que se destinen para la realización de esta componente será determinado por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRyS) Central del PROMAF 2009 y éstos serán convenidos por el Agente Técnico con el INCA-Rural, quien se responsabilizará de su correcta aplicación.

    VIII.- DE LA HABILITACIÓN, CERTIFICACIÓN, ACOMPAÑAMIENTO Y CAPACITACIÓN DEL ASESOR TÉCNICO.

    Las orientaciones e instrumentos metodológicos para el desarrollo de las actividades del asesor técnico, así como la debida integración de los productos, será responsabilidad del INCA-Rural, quien con la colaboración del INIFAP y el COLPOS realizarán la capacitación correspondiente, misma que sustentará la acreditación de los asesores como prestadores de servicios profesionales como lo establecen los “Requisitos de Elegibilidad de los Prestadores de Servicios Profesionales que participan en el Componente de Capacitación y Asistencia Técnica del Programa de Soporte de la SAGARPA”. Los criterios sobre los cuales se elaborarán tales orientaciones e instrumentos metodológicos los elaborará la CRyS Central del PROMAF 2009 a propuesta del agente técnico y se insertarán en el convenio de colaboración interinstitucional que para tal efecto se firme.

    El COLPOS y/o quien determine la CRyS Central del PROMAF 2009, será la instancia a través de la cual se llevará a cabo el acompañamiento, supervisión y evaluación de las acciones de la componente de “acompañamiento técnico”, conforme a los términos de referencia que al efecto apruebe la CRyS Central del PROMAF 2009.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 17pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    IX- SISTEMA DE INFORMACIÓN EN LÍNEA PARA LA PRODUCCIÓN (SURI – FIRCO):

    Con el propósito de incorporar la información y la capacitación en línea para la producción y favorecer el ejercicio de la contraloría social y la transparencia, mediante esta herramienta se pondrá a disposición de los productores y sus organizaciones toda la información pertinente respecto al PROMAF 2009 y aquella otra que favorezca la producción: consulta en línea en tiempo real; consulta del estado que guarda el tramite de su solicitud; montos, conceptos de apoyo a organizaciones y productores; prestadores de servicios habilitados con sus especialidades; experiencias exitosas, difusión de nuevas tecnologías; instrumentos de capacitación y adiestramiento etc.

    X- GASTOS DE DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN, OPERACIÓN Y EVALUACIÓN.

    X.1.- Aspectos Generales:

    1.- Con el objeto de dar a conocer a la población objetivo del PROMAF 2009 y a la sociedad en general, el esquema de apoyos que implementa la SAGARPA para los productores de maíz y frijol, se llevarán a cabo acciones de difusión y promoción de este proyecto estratégico.

    2.- Los gastos tienen por objeto garantizar la adecuada operación y seguimiento de los apoyos del PROMAF 2009, incluyendo la mejora en el servicio a la población rural y la sistematización de los procesos y servicios.

    3.- A fin de conocer los resultados, impactos y propuestas de mejora del PROMAF 2009 en su esquema operativo, se llevará a cabo una evaluación externa de consistencia y resultados, la cual será realizada conforme a lo establecido en los “Lineamientos generales para la evaluación externa de los Programas Federales de la Administración Pública Federal”, emitidos por la SHCP, SFP y CONEVAL (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social) y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y sus modificaciones del 9 de octubre de 2007.

    X.2.- Monto y porcentajes:

    1. Para las acciones de difusión y promoción, se podrá reservar hasta el 0.3% de los recursos, los cuales serán aplicados por el Agente Técnico en coordinación con el área de difusión del nivel central de la SAGARPA.

    2. De los recursos asignados para la implementación del PROMAF 2009 se podrá aplicar para gastos de operación hasta el 4%, con la siguiente distribución:

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 18pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    • 3% corresponderán al FIRCO en su carácter de agente técnico, quién podrá convenir con dependencias e instancias gubernamentales y/o de educación superior, acciones de apoyo para el control, administración, seguimiento y supervisión del PROMAF 2009.

    • 0.75% al FIRCO por su actividad como ventanilla receptora.

    • 0.25% a las Delegaciones de la SAGARPA como ventanilla receptora.

    3. Para los trabajos de evaluación externa se podrá disponer de hasta el 0.7% de los recursos de ejecución directa los cuales serán aplicados por el área específica que para la evaluación externa de sus programas determine el nivel central de la SAGARPA.

    XI.- DE LOS PROYECTOS ESPECIALES.

    Como parte de las estrategias que le permitan cumplir con los objetivos del PROMAF 2009, la CRyS Central del PROMAF 2009, a propuesta del agente técnico, podrá aprobar proyectos especiales de apoyo a los productores de maíz y de frijol. Para ello elaborará, en su caso, los lineamientos particulares y podrá modificar montos y porcentajes de apoyo para cada una de las componentes de acuerdo a las condiciones específicas de tales proyectos.

    XII- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES.

    XII.1.- Derechos:

    1. Obtener respuesta por escrito debidamente fundada y motivada a la solicitud presentada.

    2. Recibir la información y orientación que comedidamente solicite, respecto a sus derechos y obligaciones estipulados en los presentes lineamientos.

    3. Recibir los apoyos que los órganos de dirección y operación del PROMAF 2009 autoricen, conforme a los presentes Lineamientos.

    XII.2.- Obligaciones:

    1. Las organizaciones que reciban apoyo durante el año 2009 deberán demostrar que sus productores apoyados lograron la meta de rendimiento por hectárea propuesta en su proyecto de inversión, salvo que la meta no la hayan alcanzado por causas no imputables a ellos o por circunstancias de fuerza mayor a juicio de la CTE.

    2. Suscribir un convenio de concertación con el FIRCO que tendrá como propósito formalizar en un instrumento jurídico los objetivos y montos de apoyo del PROMAF 2009,

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 19pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    plazos para su realización, así como los derechos y obligaciones de las partes, entre otros.

    3. Las organizaciones presentarán los testimonios de las actas protocolizadas de las asambleas donde se consigne que el productor que representa ante el Agente Técnico para la tramitación de los apoyos del PROMAF 2009 es socio de pleno derecho ó en su defecto, la carta-constancia que se señala en el segundo párrafo del numeral IV.3.

    4. Por causas plenamente justificadas y mediando solicitud por escrito, obtener autorización previa de la CTE para cualquier cambio en el proyecto autorizado, misma resolución que deberá estar debidamente fundada y motivada. De ser procedente la Gerencia Estatal del FIRCO responderá en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales y elaborará y suscribirá conjuntamente con los beneficiarios el convenio modificatorio al convenio de concertación.

    5. Recuperar los apoyos recibidos para la adquisición de avíos y con ellos constituir fondos de garantía en su favor y mantenerlos cuando menos por 3 (tres) años consecutivos, los cuales serán utilizados única y exclusivamente para obtener financiamientos para la producción.

    6. En un plazo que no exceda los 90 (noventa) días naturales a partir de que la organización reciba los apoyos del PROMAF 2009, se obliga a entregar certificados de participación o documento equivalente comprobatorio, que ampare el importe que le corresponde a cada productor de los apoyos recibidos.

    XIII - DE LOS ORGANOS DE DIRECCIÓN Y OPERACIÓN.

    Para la dirección y ejecución del PROMAF 2009 se contará con una Comisión de Regulación y Seguimiento (CRyS) y una Comisión Técnica Estatal (CTE) en cada una de las entidades federativas donde existan ventanillas de recepción para la atención de proyectos de inversión con apoyos del PROMAF 2009.

    XIII.1.- De la CRyS Central del PROMAF 2009:

    1.- La CRyS Central del PROMAF 2009 se integrará por los Subsecretarios de Agricultura (Presidente), de Desarrollo Rural, de Fomento a los Agronegocios y el Coordinador General de Delegaciones, de la SAGARPA, así como por los Directores Generales del FIRCO (Presidente Suplente y Secretario Técnico), INIFAP e INCA-Rural, quienes podrán nombrar a un suplente.

    2.- Dirigirá y coordinará el proyecto a nivel nacional y será la instancia encargada de tomar las decisiones que competan a la buena marcha del PROMAF 2009 en el país y, en su caso,

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 20pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    interpretar sus lineamientos específicos, resolver los casos no previstos en los mismos y aprobar las solicitudes que rebasen el apoyo de cinco millones de pesos.

    3.-Podrá aprobar proyectos específicos de apoyo a los productores de maíz y de frijol para lo cual elaborará los lineamientos específicos particulares y podrá modificar los montos y porcentajes de apoyo establecidos en estos lineamientos para cada una de las componentes.

    XIII.2.- De la Comisión Técnica Estatal (CTE):

    1.- La Comisión Técnica Estatal (CTE) será el órgano técnico colegiado a nivel de cada entidad federativa, auxiliar para la operación del PROMAF 2009 y para la autorización de los apoyos, se integrará por el Delegado Estatal de la SAGARPA (Presidente), el Director de Vinculación del INIFAP, el Gerente Estatal del FIRCO (Presidente Suplente y Secretario Técnico), el Secretario de la SEDAGRO o su equivalente y a un funcionario del Gobierno Estatal al que éste designe para el efecto. Cada uno de ellos podrá acreditar un suplente.

    2.- Dentro de sus funciones se encuentran las de ejecutar los acuerdos de la CRyS Central del PROMAF 2009, coordinar y dar seguimiento a la operación del PROMAF 2009 en el estado, validar el proyecto de planeación estatal, autorizar las solicitudes de apoyo a los proyectos de hasta cinco millones de pesos y emitir opinión de aquellos que rebasen esa cantidad; asimismo emitir opinión de aquellas cuestiones que le sean planteadas en su ámbito de operación pero que sean competencia de la CRyS Central resolver. En ningún caso tendrá facultades para interpretar los presentes Lineamientos o para modificar lo en ellos establecido.

    XIII.3. Ventanillas:

    La Gerencia Estatal del FIRCO y la Delegación de la SAGARPA a través de la Subdelegación Agropecuaria serán las únicas ventanillas para la recepción de solicitudes de apoyo del PROMAF 2009. Cuando ambas oficinas se ubiquen en el mismo edificio, edificio anexo o cercano uno del otro, ambas instancias podrán acordar que la Gerencia Estatal del FIRCO funja como ventanilla única. En este contexto, las solicitudes que no se presenten en las ventanillas señaladas se darán como NO recepcionadas.

    XIV. MECÁNICA OPERATIVA:

    XIV .1.- Aspectos Generales:

    1. Durante el mes de enero se celebrará sesión de instalación de la CTE en la que, entre otros asuntos, se validará por dicho órgano colegiado la planeación estatal de operación del PROMAF 2009 y se tomará nota de los municipios del estado donde operará, conforme a la clasificación hecha por el INIFAP por su potencial productivo medio y alto.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 21pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    2. En esta sesión se aprobará el plan de difusión y promoción del PROMAF 2009 en el estado, definiendo con claridad la responsabilidad de cada institución integrante de la CTE en la realización de esta tarea.

    3. Asimismo, podrá conocerse la disposición del ejecutivo estatal manifestada a través de la SEDAGRO o equivalente, de participar con recursos de coejercicio dentro de la estrategia del PROMAF 2009, acción susceptible de emprenderse, siempre que dichos recursos se integren a una sola bolsa que sea administrada por la Gerencia Estatal del FIRCO, previa autorización de la CTE y la suscripción del instrumento jurídico correspondiente.

    4. A partir de la instalación de la CTE, y a convocatoria de su Secretario Técnico y/o de su Presidente, se reunirá preferentemente cada ocho días de manera ordinaria y, de manera extraordinaria, cuando cualquiera de los dos la convoque. Bastará la mayoría simple para que exista el quórum legal para sesionar válidamente.

    5. Las notificaciones de los acuerdos emitidos serán notificados a las organizaciones por “estrados” y a través de la página del SURI-FIRCO y, de aportar correo electrónico el interesado, se hará también por esta vía.

    XIV .2.- De la solicitud:

    Las solicitudes de apoyo para las componentes del PROMAF 2009 podrán presentarse juntas o por separado, según sea el caso:

    a. Para avío, acompañamiento técnico y acompañamiento al fortalecimiento de la organización. Toda organización que solicite avío deberá solicitar para acompañamiento técnico, sin la cual la primera será improcedente.

    b. Para Infraestructura Básica Productiva y formulación de proyectos de inversión. En cumplimiento al numeral VII.5.1.1 de estos Lineamientos, esta solicitud será improcedente si no obtienen apoyo para avío.

    c. Para profesionistas recién egresados de Centros de Educación Superior, solo a través de agencias receptoras.

    XIV .3.- De las ventanillas:

    1. Las ventanillas para recibir las solicitudes de apoyo para avío y acompañamiento técnico y becarios estarán abiertas del día 23 de enero al día 20 de febrero inclusive, en este mismo periodo se podrán recibir los proyectos ó pre-solicitudes para la componente de “infraestructura básica productiva”, para recibir la documentación complementaria de los proyectos correspondiente a esta última componente, se aperturarán las ventanillas del 15 de abril al 15 de mayo, inclusive. Los apoyos para la componente de “infraestructura básica productiva” se otorgarán sólo a proyectos que cumplan con lo señalado en el numeral VII.5.1.1.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 22pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    2. La Gerencia del FIRCO y la Delegación de la SAGARPA (Subdelegación Agropecuaria) fungirán como únicas ventanillas para la recepción de solicitudes. Cuando ambas oficinas se ubiquen en el mismo edificio, edificio anexo o cercano uno del otro, ambas instancias podrán acordar que la Gerencia Estatal de el FIRCO funja como ventanilla única.

    3. La organización deberá presentar la solicitud en el formato que para tal efecto ponga a su disposición el agente técnico, acompañada de la documentación general y la que se requiera para cada componente. La Gerencia del FIRCO expedirá formal recibo de la documentación entregada, dando cuenta en su caso de la faltante.

    4. Si falta documentación la organización, según la componente y conforme a lo señalado en el numeral 1 de este apartado, tendrá un plazo que no podrá exceder el último día en que las ventanillas estarán abiertas, advertida de que entre tanto se atenderán otras solicitudes y que por lo tanto, la suya estará condicionada a la suficiencia presupuestal, aún en el caso de completar la documentación.

    5. Referente a la revisión para determinar el potencial medio ó alto de las áreas de apoyo, éste se verificará por el INIFAP en el momento en que la Comisión Técnica Estatal del PROMAF 2009 analice, evalúe y, en su caso, autorice el proyecto respectivo.

    XIV.4.- De los documentos:

    XIV.4.1.- Para la solicitud de avío:

    XIV.4.1.1.- Para productores NUEVOS

    1. Proyecto de inversión simplificado.

    2. Listado de productores con la superficie para la cual solicita el apoyo, debidamente firmada por cada uno y acompañada con la copia de una identificación oficial (credencial IFE) y la CURP, de no contar con esta última deberá acompañar copia del acta de nacimiento reciente (tres meses) expedida por el Registro Civil, a fin de que se le tramite dicha clave (CURP).

    3. Acta constitutiva en original para efectos de compulsa, acompañada de copia respectiva, incluyendo en su caso, las actas de modificaciones.

    Si en la relación anterior la organización incluye productores que no estén incorporados como socios de plenos derechos en alguna de las actas presentadas, deberá acompañar el documento que se señala en el numeral XII.2.3 de estos Lineamientos Operativos.

    4. De igual manera se presentarán los documentos que acreditan los poderes de quien la representa así como copia de su identificación oficial.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 23pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    5. En su caso, constancia firmada por el órgano de dirección donde, bajo protesta de decir verdad, se afirma que los productores cuya formalidad de admisión a la organización que está pendiente de cubrirse, han reunido los requisitos que la organización establece para tal caso y que su incorporación se formalizará en la asamblea inmediata posterior. En este documento se hará constar que es sabedor de las sanciones a que la organización se hace acreedora en los términos de los presentes Lineamientos.

    6. Copia del contrato de la cuenta bancaria con su respectiva CLABE interbancaria donde se deberán depositar los recursos del PROMAF 2009; en su caso, carta mandato, para que por su cuenta y orden de la organización se depositen en la entidad que opere “riesgo compartido”.

    7. Documento que acredite la legal propiedad ó posesión de los predios. (título de propiedad, contrato de arrendamiento, certificado de derechos agrarios, contrato de comodato, constancia de propiedad ó posesión expedida por autoridad competente, etc.).

    8. Copia de la Cédula de identificación fiscal de la organización.

    XIV.4.1.2.- Para productores de SEGUNDO AÑO

    1. Proyecto de inversión simplificado.

    2. Listado de productores con la superficie para la cual solicita el apoyo, debidamente firmada por cada uno, y en su caso la CURP, de no contar con esta última deberá acompañar copia del acta de nacimiento reciente (tres meses) expedida por el Registro Civil, a fin de que se le tramite dicha clave (CURP).

    3. En su caso, modificaciones al acta constitutiva en original para efectos de compulsa, acompañada de copia respectiva.

    Si en la relación anterior la organización incluye productores que no estén incorporados como socios de plenos derechos en alguna de las actas presentadas, deberá acompañar el documento que se señala en el numeral XII.2.3 de estos Lineamientos Operativos.

    4. En caso de modificaciones, se presentarán los documentos que acreditan los poderes de quien representa a la organización, así como copia de su identificación oficial.

    5. En su caso, constancia firmada por el órgano de dirección donde, bajo protesta de decir verdad, se afirma que los productores cuya formalidad de admisión a la organización que está pendiente de cubrirse, han reunido los requisitos que la organización establece para tal caso y que su incorporación se formalizará en la asamblea inmediata posterior. En este documento se hará constar que es sabedor de

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 24pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

  • PROMAF 2009 LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN

    las sanciones a que la organización se hace acreedora en los términos de los presentes Lineamientos.

    6. Copia del contrato de la cuenta bancaria con su respectiva CLABE interbancaria donde se deberán depositar los recursos del PROMAF 2009; en su caso, carta mandato, para que por su cuenta y orden de la organización se depositen en la entidad que opere “riesgo compartido”.

    7. Documento reciente (máximo 30 días naturales anteriores a la fecha en que se reciba la solicitud) que demuestre la recuperación de los apoyos recibidos para avío, desglosando la información por productor.

    8. Para el caso de solicitudes de apoyo en la modalidad de “riesgo compartido”, que sean presentadas por productores apoyados con el PROMAF en el 2008 y cuyas recuperaciones se encuentren en proceso, éstos podrán entregar al FIRCO, a través del representante legal de la organización a que pertenecen, constancia bajo protesta de decir verdad, de que se encuentra en proceso la recuperación de los recursos recibidos para avío, documento que será complementado por los solicitantes a través de su organización al FIRCO, previo a la entrega de los recursos del PROMAF 2009, por el que emita el intermediario financiero no bancario al cual se incorporó y que lo habilitó para complementar las inversiones requeridas para la aplicación del paquete tecnológico considerado en el proyecto apoyado. En este último documento se consignará el monto de las recuperaciones, que para el caso de ser sujetos de apoyos del PROMAF 2009, éstas no deberán ser menores del 60% respecto del monto de apoyo otorgado en avío.

    Es de señalar que para productores atendidos en 2007 ó 2008 a través de la modalidad de “aportaciones directas”, la organización deberá presentar el “Estado de Cuenta” que permita verificar el cumplimiento de las recuperaciones de 2007, y podrá presentar constancia bajo protesta de decir verdad, de que se encuentran en proceso de recuperación de los recursos recibidos en 2008, documento que será entregado por los solicitantes a través de su organización al FIRCO, previo a la entrega de los recursos del PROMAF 2009.

    XIV.4.2.- Para la solicitud de acompañamiento técnico:

    1. El nombre del o los técnicos, así como copia de su CURP para efectos de validación por el COLPOS.

    2. Copia del contrato de prestación de servicios.

    3. Documentación que soporte los requisitos del perfil profesional que establecen los Lineamientos.

    4. Plan y programa de trabajo.

    XIV.4.3.- Para acompañamiento al fortalecimiento de la organización:

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 25pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    1. Diagnóstico de la situación organizativa - administrativa de la organización o del área que se pretenda fortalecer con el respectivo plan de acción para resolverlo y el presupuesto.

    2. Nombre y copia de la CURP del profesionista o registro fiscal del despacho que acompañará en el plan respectivo, así como documentación que soporte los requisitos de perfil profesional que establecen los presentes Lineamientos.

    3. Copia del contrato de prestación de servicios.

    XIV.4.4.- Para infraestructura básica productiva:

    1. Proyecto de Inversión Integral. (avío y refaccionario).

    2. Dos cotizaciones de empresas diferentes en los términos del numeral VII.5.1.5 de estos Lineamientos.

    3. En caso de obra civil, acreditación de la propiedad de los terrenos a nombre de la organización.

    XIV.-4.5.- Para Formulación de Proyecto o Plan de Negocios.

    1.- Recibo ó factura del pago del proyecto.

    XIV.5.- Del proceso de la dictaminación y autorización de la solicitud de avío:

    1. Recibida la solicitud se dará de alta en el SURI-FIRCO y se le asignará un número de folio que la identificará.

    2. La Gerencia del FIRCO, en el orden en que reciba la solicitud con la documentación completa, elaborará un dictamen de viabilidad fundado y motivado.

    3. La Gerencia del FIRCO presentará a la consideración de la CTE en su sesión inmediata los dictámenes positivos para que resuelva lo conducente.

    4. La Gerencia del FIRCO, en el orden en que la CTE emita acuerdos de autorización, citará a la organización interesada para que, en su caso, presente información adicional ó acudan a la firma del convenio de concertación respectivo.

    5. En el caso de que la CTE resuelva que la solicitud no es susceptible de apoyo, el acuerdo será notificado por la Gerencia del FIRCO a la organización solicitante.

    XIV.6.- De la dictaminación de las solicitudes para infraestructura básica productiva.

    1.- La dictaminación y autorización de solicitudes de apoyo para esta componente se hará una vez que se haya cerrado el periodo de recepción de las mismas ponderando todas ellas en su conjunto para asegurar el apoyo en el orden de prelación que señala el numeral VII.5.1.7 de estos Lineamientos. La Gerencia Estatal del FIRCO elaborará un dictamen que,

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 26pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    de resultar positivo, lo someterá a la consideración de la CTE para que determine lo conducente.

    XIV.7.- De la aprobación de las solicitudes de apoyo para profesionistas recién egresados (Becarios):

    Una vez presentada la propuesta de profesionistas por la agencia receptora ó institución cuya actividad esté vinculada directamente a la asistencia técnica para la producción rural y su entorno, la Gerencia Estatal del FIRCO elaborará un dictamen que, de resultar positivo, lo someterá a la consideración de la CTE para que determine lo conducente.

    XIV.8.- Del procedimiento de pago:

    El pago se efectuará una vez firmado el convenio de concertación y previa entrega de la siguiente documentación:

    1. Recibo que ampara los apoyos, expedido por la organización con los requisitos fiscales respectivos.

    2. Solicitud para que por su cuenta y orden se deposite los recursos en la cuenta bancaria respectiva.

    3. Constancia del depósito hecho por la cantidad que le corresponde aportar en efectivo, según el convenio firmado.

    4. En su caso, contrato de apertura de crédito o constancia de la fuente de financiamiento de que es acreedor al crédito respectivo.

    XIV.9.- De la verificación de acciones para la aplicación de los recursos.

    1.- La Gerencia Estatal del FIRCO verificará la ejecución de las acciones consideradas en los proyectos apoyados, así como la correcta aplicación de los recursos autorizados, de manera muestral en cuando menos en el 10% de ellos. De los proyectos verificados se levantará acta circunstanciada misma que firmarán los representantes de la organización y el o los funcionarios que participen en la misma.

    XIV.10.- Del finiquito:

    1.- Finalizadas las acciones convenidas, se levantará un acta- finiquito haciendo constar este hecho, misma que será acompañada con la documentación que ampara la compra-venta de los productos o el pago de los servicios necesarios para la realización del proyecto apoyado.

    XV.- GLOSARIO DE TÉRMINOS:

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 27

    1. ACOMPAÑAMIENTO AL FORTALECIMIENTO DE LA ORGANIZACIÓN: conjunto de acciones orientadas a constituir, desarrollar y fortalecer las áreas organizativa,

    pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    administrativa, financiera, comercial y operativa de la organización, para llevar a cabo una gestión empresarial de calidad en beneficio de sus socios.

    2. ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO: Componente mediante la cual se apoya a los productores beneficiarios del PROMAF 2009 para cubrir los costos por la prestación de servicios profesionales a fin de que se les asesore en la aplicación de nuevas tecnologías.

    3. AGENCIA RECEPTORA de BECARIOS: Las instituciones públicas o despachos de prestación de servicios que operan en el medio rural, con por lo menos dos años de experiencia en el área o región donde desarrollará sus actividades el Becario.

    4. APORTACIONES DIRECTAS.- Recursos públicos que en calidad de subsidio se otorgarán a través del PROMAF 2009, que se utilizarán para que el productor complemente la inversión requerida para llevar a la práctica su proyecto de inversión o plan de negocio, y que el beneficiario de los mismos se compromete a recuperar en su propio beneficio como condición para participar en el PROMAF en años subsecuentes.

    5. APOYOS.- Subsidios que otorga el Gobierno Federal por conducto de la SAGARPA a través del FIRCO en su calidad de agente técnico, en los términos de los presentes Lineamientos.

    6. BENEFICIARIOS.- Los productores de maíz y/o frijol que una vez reunidos los requisitos de los presentes Lineamientos, reciben apoyo del PROMAF 2009.

    7. CAMBIO TECNOLÓGICO.- Conjunto de nuevas prácticas y/o insumos y/o instrumentos que se aplican a la producción para alcanzar un rendimiento por hectárea superior al del ciclo homólogo anterior.

    8. CENTRO ESTATAL DE EVALUACIÓN (CEE).- Entidad responsable de verificar la calidad de los servicios profesionales, establecer la satisfacción del cliente y elaborar las listas de desempeño de los profesionistas que prestan servicios de asesoría técnica para la producción de maíz y de frijol, así como de los profesionales que prestan servicios de capacitación y asesoría en la componente de acompañamiento para el fortalecimiento de la organización, a becarios y agencias receptoras de los mismos.

    9. CGD.-Coordinación General de Delegaciones de la SAGARPA.

    10. COMISIÓN TÉCNICA ESTATAL (CTE).- Órgano Colegiado a nivel de cada estado, auxiliar para la operación del PROMAF y encargado de la autorización de los apoyos, integrado conforme a los presentes Lineamientos.

    11. CRyS Central del PROMAF 2009.- Comisión de Regulación y Seguimiento del PROMAF 2009, instancia encargada de tomar las decisiones que competan a la buena marcha del PROMAF 2009 en el país con base en los presentes Lineamientos.

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que 28pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente” Versión autorizada por la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) Central del PROMAF 2009, en su 2a Sesión Ordinaria realizada el 19 de enero de 2009. LINEAMIENTOS PROMAF III (2a CRYS) 190109.doc

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    12. DELEGACIÓN.-Delegación Estatal de la SAGARPA.

    13. FIRCO.-Fideicomiso de Riesgo Compartido y Agente Técnico del PROMAF 2009.

    14. FUNDADO Y MOTIVADO.- Es el conjunto de razonamientos que soportan una decisión misma que debe estar apoyada en las facultades que establecen los Lineamientos del PROMAF.

    15. GARANTÍAS LÍQUIDAS.- Recursos públicos que se otorgarán a través del PIDEFIMER, que el beneficiario utilizará para complementar la constitución de una garantía líquida.

    16. INCA-Rural.-Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural A.C.

    17. INFRAESTRUCTURA BÁSICA PRODUCTIVA.-: Maquinaria, equipo, infraestructura u obras de carácter económico-productivo cuya adquisición, construcción, rehabilitación y/o modernización es apoyada con recursos del PROMAF 2009, aplicadas en la productividad de la actividad agrícola de maíz y/o frijol.

    18. INIFAP.-Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias.

    19. INTERMEDIARIO FINANCIERO RURAL.- Sociedades cooperativas de préstamo, de ahorro y préstamo u organizaciones de productores de maíz y/o frijol que además prestan el servicio de financiamiento a sus socios vinculados con la banca de primer piso o comercial como agentes procrea, parafinancieras o dispersores de crédito.

    20. NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS: Comunicación que se hará a los solicitantes de los apoyos del PROMAF 2009 de los acuerdos recaídos dentro del proceso respectivo, consistente en la publicación de todo o de su síntesis, fijándola en el espacio físico que para ello designe el FIRCO en la puerta principal de su oficina.

    21. NUEVOS.-Se referirá a los productores que su pa