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PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL TLAXCALA SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017 SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS PÁGINA 1 DE 80 PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LA-017000989-E12-2017 CONVOCATORIA PARA EL “SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS” PARA EL EDIFICIO SEDE DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA DÍA: 21 DE MARZO DE 2017 HORA: 13:00 HORAS. LUGAR: SALA DE JUNTAS DE LA SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DÍA: 28 DE ABRIL DE 2017 HORA: 13:00 HORAS. LUGAR: SALA DE JUNTAS DE LA SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA. DIRECCIÓN: AV. INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL No. 48, COL. SAN DIEGO METEPEC, C.P. 90110, TLAXCALA, TLAXCALA.

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LA-017000989-E12-2017

CONVOCATORIA PARA EL

“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS”

PARA EL EDIFICIO SEDE DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA

DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA

DÍA: 21 DE MARZO DE 2017 HORA: 13:00 HORAS.

LUGAR: SALA DE JUNTAS DE LA SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DÍA: 28 DE ABRIL DE 2017 HORA: 13:00 HORAS.

LUGAR: SALA DE JUNTAS DE LA SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA.

DIRECCIÓN: AV. INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL No. 48, COL. SAN DIEGO METEPEC, C.P.

90110, TLAXCALA, TLAXCALA.

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ÍNDICE

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017 PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS PARA LA SEDE DE LA

DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

CONS. C O N T E N I D O No. PAG.

GLOSARIO. 5

I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. 7

II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN. 7

2.1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. 7

2.2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. 8

2.3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA. 8

2.4. PLAZO Y LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. 8

2.5. INICIO Y PLAZO DE LA ENTREGA DEL SERVICIO. 9

2.6. CANTIDAD REQUERIDA. 9

2.7. CANTIDADES ADICIONALES QUE PODRÁN REQUERIRSE. 9

2.8. CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA. 9

2.9. CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACIÓN. 10

2.10. CONSULTA DE LA CONVOCATORIA. 10

2.11. MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN. 10

2.12. VISITA A INSTALACIONES. 10

2.13. PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. 10

III. DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO. 11

3.1. ANTICIPOS. 11

3.2. FORMA DE PAGO. 11

3.3. IMPUESTOS Y DERECHOS. 12

3.4. GARANTÍA DEL SERVICIO. 12

3.5. GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y LINEAMIENTOS. 12

3.6. PENAS CONVENCIONALES. 14

IV EVENTOS Y ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. 14

4.1. JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA. 15

4.2. ACTO DE PRESENTACIÓN, APERTURA DE PROPUESTAS Y DOCUMENTACION LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

15

4.2.1 PROPUESTA TÉCNICA. 19

4.2.2 PROPUESTA ECONÓMICA. 21

4.3 PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPUESTAS. 22

4.4 INSTRUCCIONES GENERALES PARA ELABORAR LAS PROPUESTAS. 23

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V CRITERIOS DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁN PARA DICTAMINAR EL PRONUNCIAMIENTO DEL FALLO.

24

5.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 25

5.2. DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. 27

5.3. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. 27

5.4 SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN. 28

5.5. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, PARTIDA O CONCEPTOS. 28

5.6. DICTAMEN PREVIO AL FALLO. 28

VI DEL PRONUNCIAMIENTO DEL FALLO. 29

6.1. TIPO Y MODELO DE CONTRATO. 29

6.2. DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FISCAL PARA FORMALIZAR EL CONTRATO. 29

6.3. FIRMA DEL CONTRATO. 32

6.4. VIGENCIA DEL CONTRATO. 33

6.5. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. 33

6.6. CASOS EN QUE PROCEDE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO Y EL RECLAMO DE LA GARANTÍA CONSISTENTE EN LAS FIANZAS RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

33

6.7. DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. 34

6.8. CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN. 34

6.9. TERMINACIÓN ANTICIPADA. 35

VII NULIDADES, INCONFORMIDADES, CONTROVERSIAS Y SANCIONES. 35

7.1. NULIDADES. 35

7.2. INCONFORMIDADES. 35

7.3. CONTROVERSIAS. 35

7.4. APLICACIÓN DE SANCIONES. 36

VIII DEL DESARROLLO DE LOS ACTOS. 36

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RELACIÓN DE ANEXOS

RELACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DE LOS LICITANTES.

39

RELACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES EN EL SOBRE DE SU PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA.

41

ANEXO 1 FORMATO A PARA PERSONA MORAL. 43

FORMATO B PARA PERSONA FÍSICA. 44

ANEXO 2 45

ANEXO 3 46

ANEXO 4 47

ANEXO 5 48

ANEXO 6 49

ANEXO 7 50

ANEXO 8 51

ANEXO 9 52

ANEXO 10 53

ANEXO 11 54

ANEXO TÉCNICO. 55

TIPO Y MODELO DE CONTRATO. 56

FORMA DE REDACCIÓN DE LAS PÓLIZAS QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

77

NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE).

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GLOSARIO

Para efectos de la presente Convocatoria, se entenderá por:

Administrador del Contrato:

La Subdelegación Administrativa, a través de la Jefatura del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, las cuales tendrán el carácter de responsables de la administración y verificación del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, en particular en lo que corresponde a los términos condiciones y alcances del Anexo Técnico de la Presente Convocatoria.

Anexo Técnico: El apartado de la presente Convocatoria que contiene las especificaciones técnicas y características del Servicio objeto de la presente Licitación.

Convocatoria: El documento que contiene los conceptos y criterios que regirán y serán aplicados para la contratación objeto del presente procedimiento licitatorio.

DOF: El Diario Oficial de la Federación.

Identificación Oficial Vigente:

La credencial de elector expedida por el Instituto Nacional Electoral; la cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública; el Pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, o la Cartilla del Servicio Militar Nacional expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional.

Internet: La red mundial de comunicaciones electrónicas.

IVA: El Impuesto al Valor Agregado.

Ley: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Licitación: Licitación Pública Nacional LA-017000989-E12-2017

Participante (s): Las personas físicas o morales que participan en el presente procedimiento de Licitación.

Participante (s) Adjudicado (s):

El Participante que cumpla con todos los requisitos técnicos, administrativos y legales, y que presente ofertas económicamente solventes conforme a los criterios de adjudicación de la presente Convocatoria, en cuyo favor se resuelva otorgar y formalizar el contrato de servicios a que se refiere la licitación.

POBALINES: Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

Oferta Económica:

El documento que contiene la información económica proporcionada por los participantes y que contiene precios motivo de la oferta del participante en el procedimiento de licitación formulado conforme a los términos y condiciones contenidos en la convocatoria y su anexo técnico.

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Oferta Técnica: El documento que contiene la información técnica proporcionada por cada participante y

en el que se señalan las características y especificaciones de la adquisición que ofertan para efectos del presente procedimiento de Licitación, mismo que deberá realizarse conforme a los términos y condiciones contenidos en la presente Convocatoria y su Anexo Técnico.

OIC: El Órgano Interno de Control en la Procuraduría General de la República.

Contrato (s): El (los) instrumento (s) jurídico (s) que regulará (n) los derechos y obligaciones entre las áreas solicitantes y el Participante que resulte adjudicado en la Licitación.

Proposiciones o propuestas:

Conjunto integrado por la Oferta Técnica y la Oferta Económica que presente (n) el (los) Participante(s).

Reglamento: El Reglamento de la Ley.

SFP: Secretaría de la Función Pública de la Administración Pública Federal.

TESOFE: Tesorería de la Federación.

MIPYMES: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de Nacionalidad Mexicana.

SAT: Sistema de Administración Tributaria.

CFF: Código Fiscal Federal.

RFC: Registro Federal de Contribuyentes.

Para efectos de la presente Licitación Pública Nacional, el significado otorgado a las definiciones contenidas en

el Glosario antes plasmado, se entenderán indistintamente en plural o singular.

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I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

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SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Av. Instituto Politécnico Nacional No. 48, colonia San Diego Metepec, C.P. 90110, Tlaxcala, Tlax..

Tel.- 01 246 465 22 38 ó, 01246 465 22 04 [email protected] y [email protected]

DE CONFORMIDAD CON LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL PARA EJERCER EN EL AÑO FISCAL 2017, SE

CONVOCA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017, PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS PARA LA SEDE DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA DE LA PROCURADURÍA

GENERAL DE LA REPÚBLICA

II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

La Procuraduría General de la República, a través de la Delegación Estatal Tlaxcala con domicilio en Av. Instituto Politécnico Nacional No. 48 Col. San Diego Metepec, C.P. 90110, en Tlaxcala, Tlax., con teléfonos 01 246 465 22 38 ó, 01246 465 22 04, y correos electrónicos [email protected] y [email protected], en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, 25, 26, fracción I, 26 Bis fracción I, 28 fracción I, 29, 30, 33, 34, 48 y 51 de la Ley, así como 1, 39, 42, 44, 45, 51, de su reglamento.

C O N V O C A

A las personas físicas o morales que no se encuentren inhabilitados por resolución de la Secretaría de la Función Pública en términos de “La Ley”, cuya actividad u objeto social sea, entre otros, la prestación del SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS, y que se interesen en participar en la Licitación Pública Nacional No. LA-017000989-E12-2017, conforme a las siguientes:

B A S E S

2.1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL En la presente Licitación Pública Nacional podrán participar personas físicas o morales de Nacionalidad Mexicana.

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Con fundamento en lo que establecen los artículos 26 Bis, fracción I, de la Ley, la presente licitación pública será Presencial de carácter Nacional, por lo que las reuniones de la junta de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo así se celebrarán. Para esta convocatoria se informa de conformidad con el artículo 39, fracción I inciso b) del Reglamento de la Ley, que NO se recibirán proposiciones enviadas a través de Servicio Postal o Mensajería. Los licitantes deberán elaborar y presentar sus proposiciones en original, en idioma español, considerando los aspectos Técnicos y Económicos, con apego a la presente convocatoria.

2.2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. El detalle de las características, especificaciones y alcances de la contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo al Parque Vehicular para la Sede de la Delegación Estatal en Tlaxcala, de la Procuraduría General de la República, objeto de la presente Licitación Pública Nacional se señala en el Anexo Técnico. 2.3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA. Para cubrir las erogaciones que se deriven de la presente Licitación, se cuenta con la suficiencia presupuestaria autorizada en las partidas 22102, 22104 y 22106, de acuerdo al artículo 25 de la Ley. 2.4. PLAZO Y LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El participante que resulte adjudicado con motivo de ésta Licitación Pública Nacional se obligará a prestar el servicio a partir del 01 de mayo de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, conforme a lo establecido en el anexo técnico de ésta convocatoria. La ejecución de los servicios será por cuenta y riesgo del proveedor, quien prestará los servicios para guardias, detenidos y personal administrativo que se encuentren en las instalaciones de la Sede Delegacional de la Procuraduría General de la República en Tlaxcala. En caso de requerir cualquier información respecto del servicio, se deberá dirigir a la Jefatura del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Subdelegación Administrativa con números de teléfono: 01 246 465 22 38 ó, 01246 465 22 04. El participante que resulte adjudicado realizará los servicios objeto de ésta licitación bajo la coordinación y supervisión de la Subdelegación Administrativa de la Delegación Estatal en Tlaxcala.

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2.5. INICIO Y PLAZO DE ENTREGA DEL SERVICIO. A partir del 01 de mayo de 2017 y hasta el día 31 de diciembre de 2017. 2.6. CANTIDAD REQUERIDA. De acuerdo a las necesidades de la convocante especificadas en el anexo técnico, las que podrán variar de acuerdo a las características del servicio y a las necesidades del Contratante, por el que se establece un monto mínimo y un monto máximo, cuyos recursos se encuentran afectos a las partidas presupuestales 22102, 22104 y 22106 de acuerdo a lo siguiente:

MONTOS A EJERCER EN 2017

MONTO MÍNIMO: MONTO MÁXIMO:

$ 40,000.00

(CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)

$ 100,000.00

(CIENTO MIL PESOS 00/100 M.N.)

Monto que incluye el IVA De conformidad a lo dispuesto en el artículo 39, fracción II, inciso f), del reglamento, el contrato será abierto. 2.7. CANTIDADES ADICIONALES QUE PODRÁN REQUERIRSE. Con fundamento en el artículo 52 de la Ley, y bajo su responsabilidad la Convocante podrá dentro de su presupuesto aprobado y disponible, realizar las modificaciones a sus contratos vigentes de acuerdo a sus necesidades, siempre que las mismas no rebasen, en conjunto, el veinte por ciento del monto o cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los servicios pactados originalmente. 2.8. CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA. Las condiciones contenidas en esta convocatoria a la licitación pública, así como las propuestas presentadas por los licitantes NO PODRÁN SER NEGOCIADAS, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, séptimo párrafo, de la Ley. A los actos del procedimiento de licitación podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

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2.9. CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. A) El objeto social o actividad comercial o profesional del licitante deberá estar relacionado con la

prestación de los servicios requeridos en esta licitación. B) No podrán participar las personas físicas y/o morales inhabilitadas por resolución de la

Secretaría de la Función Pública, y aquellas que se encuentren en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley.

C) Se considerarán solventes aquellas ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en la

presente convocatoria. 2.10. CONSULTA DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria de esta licitación estará disponible a través del sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNet para su consulta y obtención gratuita en el sitio http://www.compranet.gob.mx, o bien hasta el séptimo día natural anterior al acto de presentación y apertura de propuestas en Av. Instituto Politécnico Nacional No. 48, colonia San Diego Metepec, C.P. 90110, Tlaxcala, Tlax., teléfonos 01 246 465 22 38 ó 01246 465 22 04, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas. 2.11. MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN.

Las modificaciones a la convocatoria de la licitación serán conforme al artículo 33 de la Ley, y podrán hacerse a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones. Así mismo, cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberán de ser consideradas por los licitantes en la elaboración de su proposición. 2.12. VISITA A INSTALACIONES. La convocante se reserva el derecho de que se realicen en cualquier momento, visitas a las instalaciones de la convocante, con la finalidad de resguardar la seguridad de la misma. 2.13. PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. Los licitantes asumirán la responsabilidad total en caso de que infrinjan la legislación relativa a patentes, marcas, derechos de autor, y todas aquellas que resulten aplicables, eximiendo de toda responsabilidad a la convocante, conforme lo establece el artículo 45 en su fracción XX de la Ley.

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III. DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO.

3.1. ANTICIPOS. En la contratación del servicio a que se refiere el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional no se otorgarán anticipos. 3.2. FORMA DE PAGO. Conforme lo establecido en el artículo 51 de la Ley, cualquier pago que se genere con motivo de la adquisición del servicio se realizará en moneda nacional. Los pagos se efectuarán dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación del comprobante fiscal digital por internet (CFDI), respectiva, en las oficinas del Departamento de Recursos Financieros, la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes. Todo pago se efectuará por servicios efectivamente prestados y a satisfacción de la Subdelegación Administrativa a través del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84, último párrafo, y 89, primer párrafo, del Reglamento. Para la validación referida en el párrafo anterior, la Subdelegación Administrativa será responsable de comprobar, supervisar y certificar que los servicios materia del contrato se prestaron en el periodo respectivo conforme a lo pactado en el contrato y sus anexos. De no existir reclamo alguno, el receptor de los servicios validará con la firma de conformidad en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente, que acredita la aceptación del servicio. El procedimiento de pago será mediante transferencia electrónica por la Tesorería de la Federación a través de los sistemas de pagos SICOP y SIAFF, a la cuenta bancaria del proveedor. El licitante adjudicado deberá presentar a la Delegación Estatal en Tlaxcala, toda la documentación necesaria de la cuenta bancaria a su nombre para efectuar los depósitos correspondientes. El proveedor acepta expresamente que del pago que solicite, se le hagan las deducciones por concepto de penas convencionales o compensaciones por cobros en exceso, sin perjuicio de que el incumplimiento pueda dar lugar a la recisión y en su caso al cobro de la garantía de cumplimiento. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, este deberá reintegrar además de las cantidades recibidas, los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales.

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Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Procuraduría General de la República. Los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), deberán contar con los siguientes requisitos:

A. Los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), deberán elaborarse a nombre de la Procuraduría General de la República con domicilio fiscal ubicado en Avenida Paseo de la Reforma número 211-213, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06500, R.F.C. PGR850101-RC6.

B. El original del comprobante fiscal digital por internet (CFDI), deberá reunir los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación aplicable en los Estados Unidos Mexicanos, en la que se indiquen, la descripción de los servicios, precio unitario y precio total, así como el número de contrato que ampara dicha contratación a nombre de la Procuraduría General de la República.

3.3. IMPUESTOS Y DERECHOS.

Los impuestos y derechos locales y federales que se generen con motivo de la prestación de los servicios que deriven de la presente licitación, correrán a cargo del licitante adjudicado, la convocante será responsable de pagar, además del precio pactado, la cantidad que resulte por concepto del IVA. En caso de que el licitante adjudicado presente sus comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 89 del Reglamento. 3.4. GARANTÍA DEL SERVICIO. El participante que resulte adjudicado se compromete a prestar el servicio, garantizando durante la vigencia del contrato la correcta y oportuna prestación del mismo, ofreciendo garantía por los servicios de mantenimiento realizados así como de las piezas instaladas, conforme a las características y condiciones establecidas en el anexo técnico. 3.5. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y LINEAMIENTOS. El licitante que resulte adjudicado deberá garantizar el cumplimiento del contrato, mediante fianza expedida por Institución autorizada legalmente para ello, por el importe del 10% (diez por ciento)

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del monto máximo del contrato, sin considerar el impuesto al valor agregado, a nombre de la TESOFE, la cual deberá entregarse en el domicilio de la Subdelegación Administrativa al cual se ha hecho referencia con anterioridad. En caso de modificaciones a los contratos, el licitante adjudicado deberá entregar la modificación a la fianza de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo estipulado en el artículo 91 del reglamento. La fianza presentada para garantizar el cumplimiento del contrato que se derive de la presente licitación, no será liberada hasta en tanto no se cumpla la vigencia del contrato y todos y cada uno de los servicios pactados, previo visto bueno por parte de la convocante. La garantía relativa al cumplimiento del contrato, deberá constituirse por el proveedor ganador, mediante alguna de las formas establecidas en las Políticas, Bases y Lineamientos (POBALINES) numeral 5.22. Garantías, que dice:

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los contratos o pedidos derivados de los procedimientos de contratación, preferentemente se solicitará a los proveedores fianza expedida por una institución autorizada. LINEAMIENTOS

A. En casos justificados, las áreas requirentes podrán solicitar que el cumplimiento de los contratos o pedidos se garantice mediante alguna de las siguientes opciones:

I. Cheque certificado o de caja;

II. Depósito de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito, expedido por institución de crédito autorizada;

III. Depósito de dinero constituido ante la TESOFE, o IV. Carta de crédito irrevocable.

La vigencia de las fianzas deberá quedar abierta para permitir que cumpla su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato y actos administrativos.

Con fundamento en el artículo 48, fracción II, último párrafo, de la Ley, esta garantía deberá ser entregada dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, la no entrega de la garantía será motivo de la rescisión del contrato de la presente licitación pública.

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La fianza deberá redactarse en la forma y términos establecidos en el Anexo 31. 3.6. PENAS CONVENCIONALES.

El proveedor pagará a la procuraduría, como pena convencional, el 1.0% (uno por ciento) por cada día natural de atraso sobre el importe de los servicios no realizados en los plazos establecidos en el programa correspondiente.

La acumulación de esta penalización no podrá exceder el importe de la garantía de cumplimiento relativa al 10% (diez por ciento) del monto total del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La aplicación de la pena convencional, se ejecutará a través del descuento que realice la Procuraduría General de la República de la Delegación Estatal Tlaxcala, al pago que se señala en la Cláusula Tercera del presente Instrumento Legal, del comprobante fiscal digital por internet (CFDI), presentada por el proveedor, que ampara la prestación de los servicios objeto del presente convenio, lo anterior de conformidad con el Numeral 6.27. Términos, condiciones y procedimientos, para aplicar retenciones y penas convencionales, de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Procuraduría, vigentes a partir del 18 de diciembre de 2012; en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización. Además de las sanciones anteriormente mencionadas, serán aplicables las diversas disposiciones legales vigentes en la materia. IV.- EVENTOS Y ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Los eventos y actos de la presente licitación, se llevarán a cabo de forma presencial conforme a lo dispuesto en el artículo 26 bis, fracción I, de la Ley, los cuales se desarrollarán en el edificio sede de la Delegación Tlaxcala de la Procuraduría General de la República, cuyo domicilio se ha especificado con anterioridad. Podrán asistir a los diferentes actos de la presente licitación, cualquier persona física o moral, así como los representantes de las cámaras, colegios o asociaciones profesionales u otras organizaciones no gubernamentales, bajo la condición de registrar anticipadamente su asistencia al acto y fungir únicamente como observadores, absteniéndose de intervenir en cualquier forma en los mismos, de conformidad a lo establecido en el artículo 26, penúltimo párrafo de la Ley.

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4.1. JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA. La junta de aclaraciones a la convocatoria se llevará a cabo el día 21 de abril de 2017 a las 13:00 horas, en la cual se dará respuesta a las dudas o cuestionamientos que formulen los participantes sobre la convocatoria conforme a lo dispuesto en el artículo 33 Bis de la Ley. Para asistir a dicha junta, los solicitantes deberán presentar un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y en su caso del representante, y que reúnen los requisitos del artículo 36 de la Ley, se levantará acta del evento y una vez firmada el contenido formará parte integral de la convocatoria y deberá ser considerada por los participantes en la elaboración de sus proposiciones. Los licitantes podrán presentar sus solicitudes de aclaraciones en el domicilio de la convocante en días hábiles en el horario comprendido de las 10:00 a las 15:00 horas, y de las 18:00 a las 20:00 horas, a más tardar hasta veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, con fundamento en el artículo 33 Bis de la Ley y 45, séptimo párrafo del Reglamento. La asistencia a la junta de aclaraciones es optativa para los licitantes. Cabe señalar que las solicitudes de aclaración que no se reciban en el plazo antes señalado no serán contestadas por resultar extemporáneas conforme a lo dispuesto por el artículo 46, fracción VI, del Reglamento. 4.2. ACTO DE PRESENTACIÓN, APERTURA DE PROPUESTAS Y DOCUMENTACION LEGAL Y ADMINISTRATIVA. (SOBRE ÚNICO CERRADO) El acto de presentación de proposiciones y apertura de propuestas y documentación legal y administrativa, se llevará a cabo a las 13:00 horas del día 28 de abril de 2017, en la Sala de Juntas de la Delegación Estatal en Tlaxcala, ubicada en Av. Instituto Politécnico Nacional No. 48, colonia San Diego Metepec, C.P. 90110, Tlaxcala, Tlax.; los participantes deberán presentar una identificación oficial con fotografía (pasaporte mexicano, cédula profesional, cartilla del servicio militar, Credencial del INE) al ingresar a las instalaciones del edificio y para su registro de asistencia al acto, este acto iniciará con la participación de los licitantes presentes a la hora señalada. Una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones con los licitantes presentes, no se permitirá el acceso a ningún otro, al igual que a ningún observador, según lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento. En ese acto, los licitantes deberán entregar sus propuestas técnica y económica en un solo sobre debidamente cerrado, el cual contendrá la oferta técnica y económica, dirigido a la Procuraduría General de la Republica de manera impresa, en el que además se incluirá la documentación legal y administrativa, apegándose al Artículo 50 del Reglamento de la Ley.

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La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. Esta previsión se indicará en la convocatoria a la Licitación Pública. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición en el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición. Dentro de los licitantes que hayan asistido al evento de apertura de ofertas, se elegirá uno que en forma conjunta con el servidor público que presida el acto, rubricarán todas las hojas de las propuestas. La persona que concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá entregar carta poder simple para participar en dicho acto, así como una copia de las identificaciones oficiales del otorgante, del apoderado y de los testigos, en la carta poder se deberá señalar el nombre, domicilio, teléfono y firma de las personas que intervienen en el otorgamiento del poder. Se procederá a la revisión cuantitativa de acuerdo a la descripción de los documentos que se encuentren en su interior de acuerdo al listado de documentos requeridos, sin emitir juicio de valor, por ser su análisis y valoración cualitativa la materia de una etapa posterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 47, octavo párrafo, del Reglamento. En el interior del sobre cerrado se contendrá: DOCUMENTACIÓN LEGAL.

a) Escrito bajo protesta de decir verdad que el suscriptor (representante legal, administrador único, presidente del consejo de administración, director general, gerente) manifieste, que se cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir a nombre de su representada (en los casos de personas morales, Anexo 1 Formato A). Tratándose de personas físicas, escrito bajo protesta de decir

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verdad, que se cuenta con capacidad para obligarse en los términos de la convocatoria. (Anexo 1 Formato B).

b) Original o copia certificada, acompañada de copia simple, de la cédula o de una constancia de inscripción al RFC del proveedor.

c) Documento en original y copia simple, del escrito en el que se señale bajo protesta de decir verdad la ubicación del domicilio fiscal y del establecimiento o domicilio en el Estado de Tlaxcala para oír y recibir cualquier notificación relacionada con la licitación y en su caso del contrato (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa), así como los datos de comunicación como teléfono y correo electrónico.

d) Tratándose de personas morales, documento en original o copia certificada, acompañado de copia simple, del testimonio de la escritura pública donde conste el acta constitutiva y de aquellos instrumentos públicos en el que conste el objeto social y la denominación actual de la sociedad, así como de la designación del apoderado, representante legal de la persona que suscribe la documentación del proceso de licitación. Los documentos originales como alta o constancia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes y los testimonios de escrituras serán devueltos al finalizar la reunión una vez que se compulsen con la copia simple exhibida.

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.

e) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que el licitante manifieste que no se

encuentra en los supuestos establecidos en los artículos, 50 y 60 penúltimo párrafo de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Sector Público (Anexo 2).

f) Documento solo en original del currículum vitae de la empresa o negociación, el cual deberá contener: descripción de la empresa o negociación; en su caso el nombre y cargo de sus principales funcionarios o responsables; descripción de los servicios que presta; experiencia en el ramo con relación de sus principales clientes señalando sus domicilios y teléfonos así como las fechas en las que les otorgó sus servicios. El documento deberá llevar en la carátula y en la última hoja el nombre y la firma de la persona responsable de la empresa o negociación, incluir otros registros y constancias con los que cuente el Licitante. (Incluir Copias).

g) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste su conformidad con el contenido y criterios de adjudicación de las presentes bases. (Anexo 3).

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h) Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta legal de decir verdad que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera para suministrar y prestar los servicios materia de la licitación (Anexo 4).

i) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el licitante que los impuestos y derechos que le correspondan, derivados de la celebración del contrato respectivo, serán cubiertos por el licitante (Anexo 5).

j) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que el licitante manifieste que responderá por el uso indebido de patentes o viole registros de derecho de autor en que pudiere incurrir al momento de prestar el servicio (Anexo 6).

k) Escrito bajo protesta de decir verdad, en que el firmante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada en el presente procedimiento de licitación (Anexo 7).

l) Escrito bajo protesta de decir verdad que tiene aperturada una cuenta bancaria en territorio nacional a nombre de la persona moral o física o en su caso, que suscribirá el contrato, señalando número de cuenta, número de clave bancaria estandarizada (CLABE) a 18 dígitos. Este documento deberá acompañarse en su caso, de un documento expedido por la institución bancaria a efecto de corroborar el número de cuenta.

m) Documento solo en copia simple, de la cédula o constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) en caso de que el licitante sea una persona física.

n) Escrito bajo protesta de decir verdad del licitante, en donde manifieste la declaración de integridad, por sí o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas con las que induzca a servidores públicos de la Procuraduría General de la República para que otorguen condiciones ventajosas con relación a los demás participantes, de acuerdo a lo señalado en el artículo 29, fracción IX de La Ley. (Anexo 8).

Todos los documentos a que se refiere este apartado de la documentación administrativa, deberán contener la firma y nombre de la persona facultada para obligar al licitante. Será obligación del licitante ganador, tratándose de una persona moral, presentar al día siguiente hábil del evento del fallo, y para la formalización del contrato, original o copia certificada y copia simple para su cotejo de los documentos que acrediten la legal existencia de la empresa o sociedad y de su denominación y objeto social.

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La falta de algún escrito requerido en la documentación Legal-Administrativa (salvo los indicados expresamente en el inciso correspondiente), será causa de desechamiento de la misma, cuando a partir de la evaluación cualitativa no se localice algún documento que subsane la omisión que corresponda. 4.2.1. PROPUESTA TÉCNICA DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO La propuesta técnica deberá contener información completa y detallada de los servicios ofertados, así como la información adicional que permita a la convocante verificar y valorar las características solicitadas en las bases. Adicionalmente, el proveedor deberá manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:

A) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que garantiza que sus servicios

cumplen satisfactoria y cabalmente las especificaciones requeridas en estas bases y en caso de ser adjudicados dichos servicios, cumplirán con las mismas características de los ofertados y en el que se obliga a guardar con toda confidencialidad la información que le sea proporcionada por la Procuraduría General de la República, con motivo de la presente Licitación Pública Nacional, deslindando de cualquier responsabilidad penal o civil a la Institución convocante.

B) Escrito bajo protesta de decir verdad que el suscriptor (representante legal, administrador único, presidente del consejo de administración, director general, gerente) manifieste que tanto él como su representada son de nacionalidad mexicana (en los casos de personas morales). Tratándose de personas físicas, escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que es de nacionalidad mexicana, y que los bienes que oferta y proporcionará son en su totalidad producidos en México y contendrán un grado de contenido nacional de por lo menos el 50%. (Anexo 9).

C) Escrito bajo protesta de decir verdad de compromiso para responder por los daños que sus trabajadores provoquen por dolo, descuido o negligencia a los bienes o instalaciones de la Procuraduría General de la República, así como para resarcir el daño dentro de un plazo no mayor de 24 horas, contadas a partir de la notificación por escrito que se le realice.

D) Escrito en el que manifieste que cuenta con suficiente personal capacitado y con un sistema de supervisión para prestar los servicios materia de la presente

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licitación así como garantizar la calidad de los alimentos, y en el caso de que no sean de calidad se compromete a sustituirlos en un plazo no mayor de una hora sin costo adicional.

E) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que cuenta con el personal y los medios necesarios para la entrega de los alimentos en condiciones de temperatura e higiene a la convocante.

F) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que en caso de que algún empleado del proveedor cause algún daño a instalaciones o bienes de la procuraduría, el proveedor se comprometerá a efectuar la reposición o reparación del bien, sin costo alguno para la convocante dentro de un plazo no mayor de 24 horas, contadas a partir de la notificación por escrito hecha por el funcionario responsable.

G) Escrito bajo protesta de decir verdad mediante el que manifieste que cuenta con

el personal y medios, para la entrega de los alimentos todos los días incluyendo sábados, domingos y días festivos, sin costo adicional para la Institución, por lo que la transportación de los alimentos, objeto de este servicio será por cuenta y riesgo del proveedor.

H) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que los alimentos se elaborarán al momento, en condiciones de higiene, temperatura y contenido nutricional de acuerdo a lo solicitado por la convocante.

I) Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que para el caso de alimentos para detenidos, utilizará empaque desechable sin proporcionar cuchara, tenedor o cuchillo, debiendo sustituir estos con pan o tortillas a efecto de evitar que los detenidos atenten contra su integridad.

J) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que cuenta con el espacio adecuado para la preparación de los alimentos en condiciones de higiene para realizar los trabajos objeto de ésta Licitación Pública Nacional, al que deberá acompañar de fotografías.

K) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que proporcione menú con un mínimo de 10 desayunos, 10 comidas y 10 cenas diferentes para proporcionar al personal de la procuraduría.

L) Escrito en el que manifieste que entregará en un los alimentos materia de la presente licitación debidamente preparados y en los empaques apropiados en un

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horario de 07:00 a 10:00 horas para desayunos, de 15:00 a 16:00 horas para comidas y de 19:00 a 20:00 horas para cenas.

M) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que en caso de resultar ganador se compromete a proporcionar los alimentos para detenidos, personal de guardia y personal administrativo en labores extraordinarias en la cantidad y calidad solicitada por la convocante de lunes a domingo y días festivos en los horarios estipulados en el modelo de contrato.

N) Presentar formato de estratificación, o escrito bajo protesta de decir verdad que especifique el tamaño de la empresa así como con el sector al que pertenece, de acuerdo al artículo 34 del Reglamento de la Ley, o de ser el caso, el participante presentará escrito manifestando que dichos rangos no aplican para su representada. (Anexo 10).

La falta de algún documento en la propuesta Técnica, será causa de desechamiento de la misma, en aquellos casos en los que a partir de la evaluación cualitativa no se localice algún documento que subsane la omisión que corresponda.

4.2.2 PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica deberá presentarse mediante escrito dirigido a la Procuraduría General de la República, dentro de un sobre cerrado, indicando el número de la licitación pública, descripción del servicio de acuerdo al anexo técnico, en idioma español, en forma impresa, sin tachaduras ni enmendaduras, con firma autógrafa de la persona que tenga poder legal para tal efecto, de ser posible en papel con el membrete de la empresa y se expresarán las cantidades en moneda nacional de preferencia en número y letra. Se deberá precisar la oferta económica por cada alimento, desayuno, comida o cena, conforme al Anexo Técnico. En la propuesta económica se hará constar la siguiente información:

La cotización de los servicios objeto de la presente licitación. La cotización deberá describir el servicio ofertado y señalar el precio o costo unitario por cada alimento sin incluir el impuesto al valor agregado. (Anexo 11).

Los precios deberán expresarse en números absolutos y firmes y estarán vigentes durante todo el tiempo que dure el contrato que se celebre.

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Entre los participantes que hayan asistido al evento de apertura de proposiciones, se elegirá uno que en forma conjunta con el servidor público que presida el acto, rubrique todas las hojas de las propuestas. Cabe señalar que en el caso de existir una discrepancia entre el precio unitario y el total de la partida se considerará como válido el precio unitario ofertado, el proveedor ganador cotizará los servicios que se requieran de manera correctiva, como primera opción, marcando los costos con el máximo de descuento que el mismo pueda otorgar, lo anterior en observancia a los lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura, en la que se harán constar las propuestas recibidas para su posterior evaluación así como el importe de la oferta económica de cada una de ellas. El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición copia de la misma. La falta de firma de algún participante no invalidará su contenido y efectos. A partir de la fecha de celebración, quedará una copia del acta para consulta y notificación a disposición de cualquier licitante que lo solicite. Al final del acta se señalará la hora y fecha en que se dará a conocer el fallo de la licitación pública. Los precios ofertados de los servicios y/o bienes serán fijos durante la vigencia del contrato respectivo.

4.3. PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPUESTAS.

Para el caso de los licitantes que no se encuentren en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley y opten por la presentación conjunta de proposiciones, deberán cumplir con lo siguiente: Tendrán derecho de participar cuando alguno de los integrantes del grupo presente al momento del acto de junta de aclaraciones un escrito simple, bajo protesta de decir verdad, en el que exprese su interés en participar en la licitación y que señale los datos que están contenidos en el artículo 48 fracción V del reglamento de la Ley. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que al menos, se establezcan con precisión los aspectos siguientes: Nombre, domicilio y RFC de las personas integrantes, identificando en su caso los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.

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Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación. La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de esta licitación, mismo que firmará la proposición. La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y estipulación expresa de que cada uno de los firmantes queda obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato, ello con fundamento en lo establecido en el artículo 34, cuarto párrafo, de La Ley. 4.4. INSTRUCCIONES GENERALES PARA ELABORAR LAS PROPUESTAS. Las propuestas deberán presentarse mediante escrito dirigido a la Procuraduría General de la República, en idioma español, en forma impresa, sin tachaduras ni enmendaduras, con firma autógrafa de la persona que tenga poder legal para tal efecto, de preferencia en papel con membrete, dentro de un sobre cerrado (con cinta adhesiva además deberá incluir sellos y firma del representante). Las propuestas deberán indicar el número de la licitación, así como la descripción y especificaciones de los servicios, objeto de esta licitación conforme al “Anexo Técnico”, la cual deberá contar con firma autógrafa del representante o apoderado legal. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que el licitante entregue. La omisión del folio a lo antes mencionado NO será causa de desechamiento con fundamento en el párrafo tercero del artículo 50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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V. CRITERIOS DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁN PARA DICTAMINAR EL PRONUNCIAMIENTO DEL FALLO.

A. Se empleará en primer término el criterio de evaluación binario (cumple/no cumple) en la

presente licitación, dado que las especificaciones técnicas solicitadas están perfectamente determinadas y estandarizadas, y los posibles licitantes ofertarán únicamente sobre los servicios con estas características.

B. La convocante hará el recuento de los licitantes que reúnan los requisitos y documentos

exigidos en la documentación legal, administrativa y técnica, posteriormente, de estimarlo necesario, podrá verificar la veracidad de la información contenida en el currículum de los licitantes y las referencias de sus anteriores clientes. Posteriormente evaluará aquellas que se acerquen más a los valores de referencia para establecer la idoneidad de la oferta, verificando que los licitantes cumplan con las condiciones y requerimientos de ésta convocatoria. Luego evaluará entre estas aquellos cuyo precio resulte ser más bajo. Se indicaran las proposiciones que no fueron evaluadas en razón de que sus precios no resultaron los más bajos, y del o los actos de aclaraciones. En ningún caso se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes. Si una de ellas no resulta solvente, la evaluación continuará con la siguiente proposición que le siga y así sucesivamente de conformidad a lo señalado en los artículo 36, párrafo segundo, de la Ley.

Artículo 36 Bis. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la convocatoria a la licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y, en su caso:

I. La proposición haya obtenido el mejor resultado en la evaluación combinada de puntos y porcentajes, o bien, de costo beneficio;

II. De no haberse utilizado las modalidades mencionadas en la fracción anterior, la proposición hubiera ofertado el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante, y

III. A quien oferte el precio más bajo que resulte del uso de la modalidad de ofertas subsecuentes de descuentos, siempre y cuando la proposición resulte solvente técnica y económicamente

Precio conveniente: es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a éste se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamientos.

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C. La convocante se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información y documentación presentada por el licitante. En caso, de que éste haya proporcionado información o declaración falsa, o que actúe con dolo o mala fe, su propuesta será desechada y en su caso procederá a las sanciones que indican los artículos 59 y 60 de la Ley.

D. Cuando se presente un error de cálculo, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la

convocante siempre y cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancias entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados éstos podrán corregirse, lo que se hará constar en el fallo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma. Lo anterior, con fundamento en el artículo 55 del Reglamento.

E. Para determinar un precio no aceptable, la convocante realizará el cálculo conforme a lo

siguiente:

1.- Obtendrá el resultado de sumar un 10% a la media entre los precios obtenidos en la investigación de mercado hecha para la contratación; u 2.- Obtendrá el resultado de sumar un 10% al promedio de las ofertas presentadas en la propia licitación.

F. Se entenderá por precio no aceptable, aquel que resulte superior al resultado obtenido en

las anteriores fórmulas. G. Una vez hecha la evaluación de las propuestas, se tendrán como solventes aquéllas que

reúnan todos los requisitos establecidos en ésta convocatoria y cumplan con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y por lo tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36 Bis de la Ley.

5.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

Los servicios objeto de la presente licitación serán adjudicados por partida única; al participante cuya propuesta económica haya reunido todas las condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas requeridas y presente el costo conveniente más bajo, y que garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato respectivo, tal como se indica en el primer párrafo del artículo 36 Bis de la Ley.

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Si derivado de la evaluación económica se obtuviere un empate en igualdad de condiciones en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará en términos de lo dispuesto por el artículo 54 del Reglamento. En caso de persistir un empate en el precio de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la cual se extraerá el boleto del licitante ganador, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento.

Los criterios que se aplicarán para evaluar las capacidades legal, administrativa, técnica y económica de cada participante, serán los siguientes:

1. La evaluación de las propuestas presentadas se desarrollará verificando que los licitantes cumplan con todas las condiciones y requerimientos de estas bases y del o los actos de aclaraciones.

2. Se revisará el currículum de los licitantes y se podrá corroborar con la relación de clientes que indique que efectivamente se hayan proporcionado servicios similares a los de la presente licitación y que hayan sido prestados a satisfacción.

3. Se procederá a dictar el fallo correspondiente teniendo un sentido de equidad en la valoración objetiva de las ofertas presentadas por los licitantes. 4. En todo momento se procurará asegurar para la Institución las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. 5. Serán comparadas en forma equitativa y cualitativa las condiciones de cada uno de los licitantes, se considerarán elegibles aquellas ofertas que cumplan en su totalidad con las condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas establecidas en las bases y si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen en su totalidad los requisitos exigidos, se seleccionará al licitante que presente el precio conveniente más bajo. 6. Se observarán en todo momento los criterios establecidos en la Ley. 7. Una vez hecha la evaluación de las propuestas, se determinarán solventes aquellas que reúnan todos los requisitos establecidos en estas bases y cumplan con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante.

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El señalamiento de las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario contar para la adquisición o arrendamiento de bienes y prestación de los servicios correspondientes, cuando sean del conocimiento de la dependencia o entidad. 5.2 DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS. Serán causas de desechamiento: El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en esta convocatoria, que afecte directamente la solvencia de las proposiciones. La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes, como se establece en el numeral 29, fracción XV, de la Ley. Los precios ofertados se encuentren por debajo del precio conveniente, de conformidad con el apartado V. inciso B. (CRITERIOS DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁN PARA DICTAMINAR EL PRONUNCIAMIENTO DEL FALLO). La falta de la presentación de los documentos que se deben acompañar en la proposición, según se indica en el artículo 39, párrafo penúltimo del Reglamento. La convocante se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información presentada por el licitante, en caso de que el licitante haya proporcionado información o declaración falsa, o que actúe con dolo o mala fe, se dará parte al Órgano Interno de Control, para que en su caso proceda conforme a las sanciones previstas en los Artículos 59 y 60 penúltimo párrafo de la Ley. 5.3. DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. La licitación se declarará desierta de conformidad con lo establecido en los artículos 38, párrafo primero, de la Ley y 58 de su Reglamento, cuando: Vencido el plazo de venta de las bases de licitación, ningún interesado las haya adquirido o no se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura. Al analizar las propuestas técnicas no se cuente con alguna que cumpla con todos los requisitos establecidos en estas bases y la documentación que la integra. Que los precios de las propuestas económicas no fueran aceptables para la convocante.

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5.4. SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. El procedimiento de licitación se podrá suspender temporalmente por la Secretaría de la Función Pública, conforme a lo establecido en los artículos 70 de la Ley. Asimismo la convocante una vez que se haya emitido la resolución por parte de la secretaría notificará por escrito la continuación o resolución correspondiente a todos los involucrados. 5.5. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, PARTIDAS O CONCEPTOS.

Se podrá cancelar la presente licitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, de conformidad con lo establecido en el artículo 38, párrafo cuarto, de la Ley cuando:

A. Existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación, se pudieran ocasionar daños o perjuicios a la convocante.

B. Por caso fortuito o fuerza mayor.

En la resolución de cancelación se precisará el acontecimiento que de motivo a la decisión, misma que se notificará a los licitantes. 5.6. DICTAMEN PREVIO AL FALLO.

Posterior al acto de presentación y apertura de proposiciones, la convocante emitirá el resultado técnico y económico, en el que se hará constar el resultado del análisis cualitativo de las propuestas presentadas y se hará mención de aquéllas que en su caso fueron desechadas, así como los motivos para su desechamiento. Asimismo, la convocante emitirá un dictamen que servirá como base para el fallo de la presente licitación, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas, asimismo se indicarán las proposiciones que no fueron evaluadas en razón de que sus precios no resultaron los más bajos, nombre de los licitantes cuyas proposiciones fueron evaluadas por ofertar el precio más bajo, nombre del licitante que resulte adjudicado, información para firma del contrato, en caso de que se determine que el precio de una proposición no es aceptable se deberá anexar copia de la investigación de precios realizada, de conformidad con lo estipulado en el artículo 36 Bis, último párrafo de la Ley y 51 del Reglamento.

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VI. DEL PRONUNCIAMIENTO DEL FALLO. El acto de fallo de la presente licitación se llevará a cabo el día 28 de abril de 2017, a las 18:00 horas, el cual tendrá verificativo en la Sala de Juntas de la Delegación Estatal en Tlaxcala, ubicada en Avenida Instituto Politécnico Nacional No. 48, Colonia San Diego Metepec, C. P. 90110, Tlaxcala, Tlaxcala, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 fracción III y 37 de la Ley. El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse, siempre y cuando no exceda de 20 veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente de conformidad con el artículo 35, fracción III, de la Ley. Con la notificación del fallo serán exigibles, los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato de la presente convocatoria, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo. 6.1. TIPO Y MODELO DE CONTRATO. Los derechos y obligaciones que se deriven de la presente licitación se formalizarán mediante contrato abierto, cuya elaboración será de conformidad con lo indicado en el artículo 45 de la Ley y su Reglamento, la presente convocatoria y las demás disposiciones legales aplicables, cuyo modelo se anexa a la presente convocatoria como parte integrante de las mismas. (Anexo 30)

6.2. DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FISCAL PARA FORMALIZAR EL CONTRATO.

A).- Para personas morales: la escritura pública en la que conste que cuenta con facultades legales para suscribir la propuesta, el número y domicilio del notario público ante el cual fue otorgada, y en su caso modificaciones otorgadas ante fedatario público, así como la documentación con la que acredite tener su residencia legal en el territorio nacional. B).- Para personas físicas: acta de nacimiento o en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, y constancia de domicilio.

C).- Formato A o B, debidamente requisitado, a que se refiere el punto 4.2 inciso a), según corresponda. D).- Registro Federal de Contribuyentes. (RFC). E).- En su caso, poder otorgado ante notario o fedatario público en el que se faculte al representante legal para suscribir contratos.

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F).- Identificación oficial vigente de la persona facultada para suscribir el contrato. G).- Conforme a lo establecido por el artículo 39 fracción VI, inciso j, del Reglamento de la Ley, el Licitante Adjudicado deberá presentar el acuse de consulta al SAT sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de acuerdo a la miscelánea fiscal para 2015, publicada en el DOF con fecha 23 de diciembre de 2015, en su numeral 2.1.31, denominado “Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas”, así como al numeral 2.1.39. Denominado “Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales”, el participante que resulte adjudicado deberá realizar la Consulta al SAT a efecto de que este emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, dicha consulta deberá realizarse preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo, debiendo exhibirla a la convocante en el término de 5 días. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de Impuestos Internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

I. Ingresarán al Portal del SAT, con su clave en el RFC y Contraseña o FIEL.

II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

III. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico de INFOSAT, o bien, por correo electrónico a la dirección [email protected] la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano desconcentrado para efectos de la FIEL.

IV. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente hay autorizado, para lo cual ingresarán al Portal del SAT, en el que autorizará al tercero para que este último utilizando su FIEL, consulte la opinión del cumplimiento del contribuyente quien lo autorizó.

La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en

los siguientes sentidos:

Positiva.- Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.

Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.

No inscrito.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.

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Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.

a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará

que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento y que la clave en el RFC esté activa.

2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de las declaraciones anuales del ISR e IETU correspondientes a los cuatro últimos ejercicios.

Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como de los pagos definitivos del IVA y del IEPS; incluyendo las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 5.2.2., 5.2.13., 5.2.15., 5.2.17., 5.2.18., 5.2.19., 5.2.20., 5.2.21., 5.2.24. y 5.2.26., así como el artículo 31-A del CFF.

Las declaraciones informativas trimestrales a que se refiere la regla 5.2.24., corresponden a los ejercicios fiscales de 2011 a 2013.

3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos de ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla 2.14.5.

5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra

al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:

1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido

revocada. 2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.

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3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.

Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias con

las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través del buzón tributario; tratándose de aclaraciones con su situación en el padrón del RFC, sobre créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantía, la autoridad resolverá en un plazo máximo de tres días; en el caso de aclaraciones en el cumplimiento de declaraciones fiscales, la autoridad deberá resolver en un plazo máximo de cinco días, una vez que se tenga la respuesta de que ha quedado solventada, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al

otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración conforme al procedimiento descrito en el párrafo anterior; la ADR resolverá en un plazo máximo de tres días.

La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de treinta días naturales a partir de la fecha de emisión.

Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados. No se requerirá la solicitud de opinión al SAT en el caso de ampliación de contratos. Para la formalización del contrato será obligación del licitante ganador presentar al día siguiente hábil del evento del fallo, original o copia certificada, y copia simple para su cotejo, de los documentos descritos en éste punto (6.2). H).- Solicitud de opinión del cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social al Instituto Mexicano del Seguro Social ante la delegación que corresponda al domicilio de “LA CONVOCANTE”.

6.3. FIRMA DEL CONTRATO. En base a lo ordenado en el numeral 46 de la Ley, quien resulte ganador o ganadores y/o su representante legal deberá presentarse a firmar el contrato el día 28 de abril de 2017 a las 20:00 horas, en la Sala de Juntas de la Delegación Estatal en Tlaxcala, con domicilio en Avenida

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Instituto Politécnico Nacional No. 48, Colonia San Diego Metepec, C.P. 90110, Tlaxcala, Tlax. en el caso de tener el carácter de representante legal, deberá presentar original y/o copia certificada, y copia simple del acta constitutiva, y en su caso de sus modificaciones de ésta, el poder notarial para suscribir propuestas y contratos y su Registro Federal de Contribuyentes. En caso de que el o los licitante (s) adjudicado (s) no presente(n) la documentación mencionada en la fecha indicada, el retraso en la formalización del contrato y la no formalización del instrumento contractual en el término establecido será responsabilidad de éste los daños y perjuicios que se ocasionen a la convocante. 6.4. VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del contrato será a partir del 01 de mayo al 31 de diciembre de 2017. 6.5. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. El contrato que se derive de esta Licitación Pública, solo se podrá modificar conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley y 91 de su Reglamento. Cuando se convenga el incremento en los servicios objeto de la presente licitación, el licitante adjudicado deberá entregar la modificación respectiva de la garantía de cumplimiento del contrato, conforme a lo señalado en el artículo 91, primer párrafo, del Reglamento. La modificación del plazo estipulado para la prestación de los servicios por parte del proveedor, sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a la convocante, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente del procedimiento conforme a lo dispuesto por el artículo 91 del reglamento de la Ley, en el entendido de que toda solicitud de prórroga atribuible a un caso fortuito o fuerza mayor deberá acreditarse documentalmente. 6.6. CASOS EN QUE PROCEDE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO Y EL RECLAMO DE LA GARANTÍA CONSISTENTE EN LAS FIANZAS RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: De acuerdo a lo señalado en el artículo 54 de la ley y 98 de su Reglamento, la convocante podrá rescindir administrativamente en cualquier momento los contratos que se deriven de esta licitación, por las siguientes causas:

A).- Cuando el proveedor decline a favor de terceros las obligaciones derivadas del contrato o manifieste no estar en posibilidades de cumplir con lo establecido en dicho instrumento.

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B).- Si los servicios no se proporcionan a satisfacción de la Procuraduría General de la República. C).- Cuando incurra en mora o incumplimiento de las disposiciones del contrato respectivo. Además de las sanciones anteriormente mencionadas, serán aplicables las diversas disposiciones legales vigentes. D).- Cuando el proveedor incumpla las obligaciones contraídas en el contrato bajo las condiciones solicitadas por la Procuraduría General de la República. E).- De conformidad con lo establecido en el artículo 46, último párrafo de la Ley, los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán ser transferidos por el proveedor en favor de cualquier otra persona.

6.7. DE LA RESCISIÓN ADMINSTRATIVA DEL CONTRATO. La Procuraduría General de la República, con fundamento en lo ordenado en el artículo 54 de la Ley, podrá rescindir administrativamente el contrato que como consecuencia del presente proceso fuere adjudicado, sin necesidad de declaración judicial, cuando los proveedores incumplan alguna de las obligaciones derivadas de la Ley: 6.8. CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN. A).- Opera la rescisión del contrato a partir de que se le (s) haga saber por escrito al (a los) proveedor (s) el incumplimiento en que haya (n) incurrido, teniendo derecho a manifestar lo que a su interés convenga y ofrezca las pruebas que estime pertinentes en un plazo de cinco días hábiles. La comunicación escrita podrá ser realizada en el domicilio del proveedor o por conducto de cualquiera de los supervisores que tenga asignados en las instalaciones de la Procuraduría. B).- Transcurrido el plazo para manifestar lo que a su derecho convenga y para ofrecer pruebas, la dependencia en un plazo de quince días dictará la resolución en la que se determine sobre la procedencia o no de la rescisión del contrato. C).- Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar la dependencia o entidad por concepto de los bienes recibidos o los servicios prestados hasta el momento de la rescisión se procederá a llevar a cabo el finiquito correspondiente y en su caso, se procederá a formular el reclamo de la fianza de cumplimiento de contrato.

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6.9. TERMINACIÓN ANTICIPADA. La Procuraduría General de la República en cualquier tiempo podrá dar por concluido anticipadamente el contrato, cuando existan razones de interés general, o en su defecto cuando se extingan las necesidades de requerir los bienes o servicios originalmente contratados y se demuestren que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones, se ocasionaría algún daño o perjuicio al estado. En estas hipótesis la dependencia reembolsará al proveedor o proveedores los gastos no recuperables que se hayan generado, en el que haya incurrido siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis de la Ley. VII. NULIDADES, INCONFORMIDADES, CONTROVERSIAS Y SANCIONES.

7.1. NULIDADES.

Como lo establece el artículo 15 de la Ley, los actos jurídicos, contratos y convenios celebrados por la dependencia en contravención a lo establecido en la Ley, serán nulos, previa resolución de la autoridad competente. 7.2. INCONFORMIDADES.

Conforme a lo dispuesto por los artículos 65 y 66 de la Ley, Artículo 116 y 117 de su Reglamento las personas interesadas que hayan manifestado su interés por participar en el procedimiento de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 Bis de la Ley, podrán presentar inconformidad por escrito en la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur 1735, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón o bien, ante el Órgano Interno de Control en la Procuraduría General de la república, ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos Número 101, Col. Tizapan San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01090, en la Ciudad de México, por cualquier acto del procedimiento de contratación que contravenga las disposiciones de la Ley y su reglamento. La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a lo dispuesto en los artículos 59 y 60 fracción IV de la Ley y los demás que resulten aplicables. 7.3. CONTROVERSIAS. Para la resolución de las controversias que pudieran derivar de la interpretación o cumplimiento del contrato, las partes se someterán a los tribunales federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que le pudiera corresponder, en virtud de su domicilio presente o futuro.

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7.4. APLICACIÓN DE SANCIONES. De conformidad con lo indicado en los artículos 59 y 60 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, aplicará sanciones en los siguientes casos:

1.- Cuando los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el contrato adjudicado por la convocante, cuyo monto no exceda de cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, se les sancionará con multa equivalente a la cantidad de diez hasta cuarenta y cinco veces el salario mínimo general vigente en dicha entidad federativa, en el día de la infracción. 2.- Los proveedores que se encuentran en el supuesto de la fracción III del artículo 50 de la Ley. 3.- Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia; así como, aquellos que entreguen bienes con especificaciones distintas de las convenidas. 4.- Los proveedores que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.

VIII.- DEL DESARROLLO DE LOS ACTOS.

El acto de presentación y apertura de proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida en esta convocatoria. Una vez iniciado el acto no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos o de licitantes, razón por la que se recomienda su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida. Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de ésta licitación, no se permitirá el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen. Los actos que deriven de esta licitación serán presididos por el servidor público designado por la convocante, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y su Reglamento.

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En el acto de presentación y apertura de proposiciones, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, sin entrar al análisis detallado de su contenido, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar para participar en dicho acto carta poder simple firmada por dos testigos, así como presentar original y copia por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía tales como: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, no será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. Sí algún licitante no ha identificado su sobre conforme a lo señalado en esta convocatoria, se le permitirá que lo haga al inicio del acto de la presentación y apertura de proposiciones. En términos del penúltimo párrafo del artículo 26 de la Ley, a los actos de procedimiento de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma de los mismos. Las condiciones contenidas en la convocatoria a la licitación pública e invitación a cuando menos tres personas y en las proposiciones, presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas.

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ANEXOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LA-017000989-E12-2017

“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE

GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES EXTRAORDINARIAS”

DE LA SEDE DE LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

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DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES RELACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DE

LOS LICITANTES

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N° DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PUNTOS EN EL

QUE SE SOLICITA SI

PRESENTA NO

PRESENTA

01

Escrito bajo protesta legal de decir verdad que el suscriptor (representante legal, administrador único, presidente del consejo de administración, director general, gerente) manifieste, que se cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir a nombre de su representada (en los casos de personas morales, Anexo 1 Formato A).Tratándose de personas físicas, escrito bajo protesta legal de decir verdad, que se cuenta con capacidad para obligarse en los términos de la convocatoria. (Anexo 1 Formato B).

4.2 inciso a)

02 Original o copia certificada, acompañada de copia simple, de la cédula o de una constancia de inscripción al RFC del proveedor.

4.2 inciso b)

03

Documento en original y copia simple, del escrito en el que se señale bajo protesta de decir verdad la ubicación del domicilio fiscal y del establecimiento o domicilio en el Estado de Tlaxcala para oír y recibir cualquier notificación relacionada con la licitación y en su caso del contrato (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, entidad federativa), así como los datos de comunicación como teléfono y correo electrónico.

4.2 inciso c)

04

Tratándose de personas morales, documento en original o copia certificada, acompañado de copia simple, del testimonio de la escritura pública donde conste el acta constitutiva y de aquellos instrumentos públicos en los que conste el objeto social y la denominación actual de la sociedad, así como de la designación del apoderado o representante legal de la persona que suscribe la documentación del proceso de licitación.

4.2 inciso d)

05

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que el licitante manifieste que no se encuentra en los supuestos establecidos en los artículos, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Anexo 2).

4.2 inciso e)

06

Documento solo en original del currículum vitae de la empresa o negociación, el cual deberá contener: descripción de la empresa o negociación; en su caso el nombre y cargo de sus principales funcionarios o responsables; descripción de los servicios que presta; experiencia en el ramo con relación de sus principales clientes señalando sus domicilios y teléfonos así como las fechas en las que les otorgó sus servicios. El documento deberá llevar en la carátula y en la última hoja el nombre y la firma de la persona responsable de la empresa o negociación.

4.2 inciso f)

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07 Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste su conformidad con el contenido y criterios de adjudicación de las presentes bases. (Anexo 3).

4.2 inciso g)

08

Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta legal de decir verdad que cuenta con la capacidad legal, técnica y financiera para suministrar y prestar los servicios materia de la licitación (Anexo 4).

4.2 inciso h)

09

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste el licitante que los impuestos y derechos que le correspondan, derivados de la celebración del contrato respectivo, serán cubiertos por el licitante (Anexo 5).

4.2 inciso i)

10

Escrito bajo protesta de decir verdad donde el licitante responderá por el uso indebido de patentes o viole registros de derecho de autor en que pudiere incurrir al momento de prestar el servicio (Anexo 6).

4.2 inciso j)

11

Escrito bajo protesta de decir verdad en que el firmante manifieste que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada en el presente procedimiento de licitación (Anexo 7).

4.2 inciso k)

12

Escrito bajo protesta de decir verdad que tiene aperturada una cuenta bancaria en territorio nacional a nombre de la persona moral o física en su caso, que suscribirá el contrato, señalando número de cuenta, número de clave bancaria estandarizada (CLABE) a 18 dígitos. Este documento deberá acompañarse en su caso, de un documento expedido por la institución bancaria a efecto de corroborar el número de cuenta.

4.2 inciso l)

13 Documento solo en copia simple, de la cédula o constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) en caso de que el licitante sea una persona física.

4.2 inciso m)

14

Escrito bajo protesta de decir verdad del licitante, en donde manifieste la declaración de integridad, por sí o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas con las que induzca a servidores públicos de la Procuraduría General de la República para que otorguen condiciones ventajosas con relación a los demás participantes, de acuerdo a lo señalado en el artículo 29, fracción IX de La Ley. (Anexo 8)

4.2 inciso n)

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RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES EN EL SOBRE DE SU PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

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N° DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PUNTOS EN EL

QUE SE SOLICITA

SI PRESENTA

NO PRESENTA

01

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que se garantiza que los servicios cumplen satisfactoria y cabalmente las especificaciones requeridas en las bases y que en caso de ser adjudicado los servicios, cumplirán con las mismas características de los ofertados y en el que se obliga a guardar la confidencialidad de la información que le sea proporcionada por la Procuraduría General de la República con motivo de la presente Licitación Pública Nacional, deslindando de cualquier responsabilidad penal o civil a la institución convocante.

4.2.1 INCISO A)

02

Escrito bajo protesta de decir verdad que el suscriptor (representante legal, administrador único, presidente del consejo de administración, director general, gerente) manifieste que tanto él como su representada son de nacionalidad mexicana (en los casos de personas morales). Tratándose de personas físicas, escrito bajo protesta legal de decir verdad en el que manifieste que es de nacionalidad mexicana, y que los bienes que oferta y proporcionará son en su totalidad producidos en México y contendrán un grado de contenido nacional de por lo menos el 50%. (Anexo 9).

4.2.1 INCISO B)

03

Escrito bajo protesta de decir verdad donde asume el compromiso de responder por los daños que sus trabajadores provoquen por dolo, descuido o negligencia a bienes e instalaciones de la Procuraduría General de la República, así como para resarcir el daño dentro de un plazo no mayor de 24 horas, contadas a partir de la notificación por escrito que se le realice.

4.2.1 INCISO C)

04

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que el licitante manifieste que cuenta con suficiente personal capacitado y con un sistema de supervisión, para prestar los servicios materia de la presente licitación así como garantizar la calidad de los alimentos, y en el caso de que no sean de calidad se compromete a sustituirlos en un plazo no mayor de una hora sin costo adicional.

4.2.1 INCISO D)

05

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que cuenta con el personal y los medios necesarios para la entrega de los alimentos en condiciones de temperatura e higiene a la convocante.

4.2.1 INCISO E)

06 Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que 4.2.1 INCISO F)

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en caso de que algún empleado del proveedor cause algún daño a instalaciones o bienes de la Procuraduría, el proveedor se comprometerá a efectuar la reposición o reparación del bien, sin costo alguno para la convocante dentro de un plazo no mayor de 24 horas, contadas a partir de la notificación por escrito hecha por el funcionario responsable.

07

Escrito bajo protesta de decir verdad mediante el que manifieste que cuenta con el personal y medios, para la entrega de los alimentos todos los días incluyendo sábados, domingos y días festivos, sin costo adicional para la Institución, por lo que la transportación de los alimentos, objeto de este servicio será por cuenta y riesgo del proveedor.

4.2.1 INCISO G)

08

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que los alimentos se elaborarán al momento, en condiciones de higiene, temperatura y contenido nutricional de acuerdo a lo solicitado por la convocante.

4.2.1 INCISO H)

09

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que para el caso de alimentos para detenidos, utilizará empaque desechable sin proporcionar cuchara, tenedor o cuchillo, debiendo sustituir estos con pan o tortillas a efecto de evitar que los detenidos atenten contra su integridad.

4.2.1 INCISO I)

10

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que cuenta con el espacio adecuado para la preparación de los alimentos en condiciones de higiene para realizar los trabajos objeto de esta Licitación Pública Nacional, al que deberá acompañar de fotografías.

4.2.1 INCISO J)

11 Escrito bajo protesta de decir verdad en el que proporcione menú con un mínimo de 10 desayunos, 10 comidas y 10 cenas diferentes para proporcionar al personal de la procuraduría.

4.2.1 INCISO K)

12

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que entregará los alimentos materia de la presente licitación debidamente preparados y en los empaques apropiados en un horario de 07:00 a 10:00 horas para desayunos, de 15:00 a 16:00 horas para comidas y de 19:00 a 20:00 horas para cenas.

4.2.1 INCISO L)

13

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste que en caso de resultar ganador se compromete a proporcionar los alimentos para detenidos, personal de guardia y personal administrativo en labores extraordinarias en la cantidad y calidad solicitada por la convocante de lunes a domingo y días festivos en los horarios estipulados en el modelo de contrato.

4.2.1 INCISO M)

14

Presentar formato de estratificación, o escrito bajo protesta de decir verdad que especifique el tamaño de la empresa así como con el sector al que pertenece, de acuerdo al artículo 34 del reglamento de la ley, o de ser el caso, el participante presentará escrito manifestando que dichos rangos no aplican para su representada. (Anexo 10)

4.2.1 INCISO N)

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ANEXO 1 FORMATO A PARA EL LLENADO DEL ANEXO 1 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

PERSONA MORAL NOMBRE DEL REPRESENTANTE. MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LOS DATOS AQUÍ ASENTADOS, SON CIERTOS Y HAN SIDO DEBIDAMENTE VERIFICADOS, ASÍ COMO QUE CUENTO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE (PERSONA MORAL)_ N° DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL:

REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO FRACCIONAMIENTO: DELEGACIÓN O MUNICIPIO: CÓDIGO POSTAL: ENTIDAD FEDERATIVA: TELÉFONOS: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: N° DE LA ESCRITURA O INSTRUMENTO JURÍDICO EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA: FECHA: NÚMERO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO: FECHA: NOMBRE, NÚMERO Y LUGAR DEL NOTARIO O FEDATARIO PÚBLICO ANTE EL CUAL SE DIO FE DE LA MISMA: RELACIÓN DE ACCIONISTAS: APELLIDO PATERNO: APELLIDO MATERNO: NOMBRES: DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL: REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO: NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE: DATOS DEL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES: ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO: FECHA: NOMBRE NÚMERO Y LUGAR DEL NOTARIO PÚBLICO ANTE EL CUAL SE OTORGÓ:

(LUGAR Y FECHA)

PROTESTO LO NECESARIO NOMBRE Y FIRMA

NOTA: ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PRESENTADO PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

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ANEXO 1 FORMATO B PARA EL LLENADO DEL ANEXO 1

No. LA-017000989-E12-2017

PERSONA FÍSICA NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LOS DATOS AQUÍ ASENTADOS, SON CIERTOS Y HAN SIDO DEBIDAMENTE VERIFICADOS, ASÍ COMO QUE CUENTO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. N° DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL:

REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: CURP: DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO: FRACCIONAMIENTO: DELEGACIÓN O MUNICIPIO: CÓDIGO POSTAL: ENTIDAD FEDERATIVA: TELÉFONOS: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL: NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

(LUGAR Y FECHA) PROTESTO LO NECESARIO

NOMBRE Y FIRMA

NOTA: ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PRESENTADO PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE.

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ANEXO 2 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

FORMATO DE MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- ____________________________________________ EN MI CARÁCTER DE

__________________________________, MANIFIESTO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” QUE MI

REPRESENTADA, SUS ACCIONISTAS Y ASOCIADOS, NO SE ENCUENTRAN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS

ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS

DEL SECTOR PÚBLICO.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL NOTA: EN EL SUPUESTO DE QUE EL LICITANTE SE TRATE DE UNA PERSONA FÍSICA, SE DEBERÁ AJUSTAR EL PRESENTE FORMATO EN SU PARTE CONDUCENTE.

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ANEXO 3 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

MANIFESTACIÓN DE QUE HA LEÍDO LA CONVOCATORIA Y ESTA CONFORME CON EL CONTENIDO DE LA MISMA, CON LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y CON TODOS Y CADA UNO DE LOS PUNTOS QUE EN ESTA SE SEÑALAN.

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- ____________________________________________, MANIFIESTO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”

QUE HE LEÍDO LA PRESENTE CONVOCATORIA Y ESTOY CONFORME CON EL CONTENIDO DE LA PRESENTE

CONVOCATORIA ASÍ COMO CON LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, ASÍ COMO CON TODOS Y CADA UNO DE

LOS PUNTOS QUE EN ESTAS SE SEÑALAN, ESTE ESCRITO NO EXIME A MI REPRESENTADA DE LA ENTREGA DE

CUALQUIER OTRO DOCUMENTO SOLICITADO.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL NOTA: ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PRESENTADO PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE.

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EXTRAORDINARIAS

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ANEXO 4

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017

MANIFESTACIÓN DE QUE SE CUENTA CON LA CAPACIDAD LEGAL TÉCNICA Y FINANCIERA PARA PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN.

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- C.___________________________________ REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE_____________________________________ SEGÚN SE ACREDITA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL O INSTRUMENTO JURÍDICO NO. _______________ DE FECHA ________________________ OTORGADO ANTE EL NOTARIO PÚBLICO NO. ______________________ DE LA CIUDAD DE __________________, DECLARO QUE LA EMPRESA QUE REPRESENTO CUENTA CON LA CAPACIDAD LEGAL, TÉCNICA Y FINANCIERA PARA SUMINISTRAR LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN. EN EL ENTENDIDO DE QUE DE NO MANIFESTARME CON VERACIDAD, ACEPTO QUE ELLO SEA CAUSA DE LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA: ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PRESENTADO, PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE.

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ANEXO 5

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017

MANIFESTACIÓN DE QUE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS SERÁN CUBIERTOS POR EL LICITANTE.

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- ____________________________________________, MANIFIESTO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” QUE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS QUE PROCEDAN, DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO RESPECTIVO, SERÁN CUBIERTOS POR MI O MI REPRESENTADA.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO 6

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017

GARANTIA POR EL USO INDEBIDO DE PATENTES O DERECHOS DE AUTOR EN QUE PUDIERE INCURRIR AL MOMENTO DE PRESTAR EL SERVICIO.

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- ____________________________________________, MANIFIESTO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” QUE RESPONDERÉ POR EL USO INDEBIDO DE PATENTES O DE DERECHOS DE AUTOR EN QUE PUDIERE INCURRIR AL MOMENTO DE PRESTAR EL SERVICIO.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO 7 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

MANIFESTACIÓN DE QUE CONTAR CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SI O A SU REPRESENTADA EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- ____________________________________________, MANIFIESTO QUE CUENTO CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERME POR MÍ O POR MI REPRESENTADA EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO 8

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017

DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.- C.________________________________________________, REPRESENTANTE LEGAL DE

_________________________, QUIEN PARTICIPA EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. XXXXXXXXXXXXXXXXXX, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE POR MI O POR

INTERPÓSITA PERSONA, NOS ABSTENDREMOS DE ADOPTAR CONDUCTAS, EN LA QUE LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE

LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES

MAS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES, DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL

ARTÍCULO 29, FRACCIÓN IX DE LA LEY.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL NOTA: ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PRESENTADO, PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE.

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ANEXO 9 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

FORMATO DE MANIFESTACIÓN DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.-

C.________________________________________________, REPRESENTANTE LEGAL DE

_________________________, QUIEN PARTICIPA EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. XXXXXXXXXXXXXXXXXX, EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 35 DEL REGLAMENTO DE LA

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

QUE LOS QUE SUSCRIBIMOS LA PRESENTE SOMOS DE NACIONALIDAD MEXICANA Y QUE LOS BIENES QUE

OFERTA Y PROPORCIONARÁ SON EN SU TOTALIDAD PRODUCIDOS EN MÉXICO Y CONTENDRÁN UN GRADO DE

CONTENIDO NACIONAL DE POR LO MENOS EL 50%.

A T E N T A M E N T E

_________________________________________ NOMBRE, CARGO Y FIRMA

DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA: ESTE ESCRITO DEBERÁ SER PRESENTADO, PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE.

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ANEXO 10

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017

FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN (EN SU CASO)

_______________DE___________________DE________________.

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA P R E S E N T E.-

Me refiero al procedimiento., No. .en el que mi representada, la empresa . _______ participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre. Al respecto y en los términos de lo previsto por los “Lineamientos para fomentar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal” Declaro Bajo Protesta de decir Verdad, que mi representada pertenece al Sector ________________, cuenta con __________ empleados de planta registrados ante el IMSS y con _____________ personas subcontratadas y que el monto de ventas anuales de mi representada es de ______________ obteniendo en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una ________ empresa atendiendo lo siguiente:

*TOPE MÁXIMO COMBINADO = (TRABAJADORES) X 10% + (VENTAS ANUALES) X 90%. El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos, el tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: puntaje de la empresa = (número de trabajadores) x 10% (monto de ventas anuales) x 90% el cual debe ser igual o menor al tope máximo combinado de su categoría. Así mismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es: _________________________ y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante (s) de los bienes que integran mi oferta es: __________________________.

A T E N T A M E N T E _________________________

NOMBRE, CARGO Y FIRMA

ESTRATIFICACIÓN

TAMAÑO

SECTOR

RANGO DE NÚMERO DE TRABAJADORES

RANGO DE MONTO DE VENTAS ANUALES (MDP)

TOPE MÁXIMO COMBINADO

MICRO TODAS HASTA 10 HASTA $4 4.6

PEQUEÑA

COMERCIO DESDE 11 HASTA 30

DESDE $4.01 HASTA $100

93

INDUSTRIA Y SERVICIOS DESDE 11 HASTA 50

DESDE $4.01 HASTA $100

95

MEDIANA

COMERCIO DESDE 31 HASTA 100

DESDE $100.01 HASTA $250 235

SERVICIOS DESDE 51 HASTA 100

INDUSTRIA DESDE 51 HASTA 250

DESDE $100.01 HASTA $250

250

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ANEXO 11 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA

LOS PRECIOS SE ENCUENTRAN EXPRESADOS EN NÚMEROS ABSOLUTOS, EN MONEDA NACIONAL Y SERÁN FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO QUE DERIVE DE ESTE PROCESO.

OFERTA ECONÓMICA

CONCEPTO IMPORTE

DESAYUNO

COMIDA

CENA

SUBTOTAL.

IMPORTE DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.).

IMPORTE DE LA OFERTA.

LOS PRECIOS SE ENCUENTRAN INDICADOS EN PESOS.

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017

ANEXO TÉCNICO

No. PARTIDA D E S C R I P C I Ó N 1

SE SOLICITA EL SERVICIO DE ALIMENTOS PARA PERSONAS, LOS CUALES SERÁN ENTREGADOS EN LA DELEGACIÓN TLAXCALA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA UBICADA EN AVENIDA INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL NÚMERO CUARENTA Y OCHO, SAN DIEGO METEPEC, TLAX.

DESAYUNO (PRESENTAR CATALOGO DE MINIMO 10 MENÚS)

COMIDA (PRESENTAR CATALOGO DE MÍNIMO 10 MENÚS)

CENA (PRESENTAR CATALOGO DE MÍNIMO 10 MENÚS) EL SERVICIO SE RALIZARA EN FORMA DIARIA EN LA CANTIDAD QUE LA CONVOCANTE LO SOLICITE EN LOS SIGUIENTES HORARIOS: 7:00 A 10:00HRS DESAYUNO 14:00 A 16:00HRS COMIDA 19:00 A 20:00HRS CENA PARA EL CASO DE PERSONAL DE GUARDIA, SE PROPORCIONARÁN DOS ALIMENTOS DIARIOS PUDIENDO SER DESAYUNO, COMIDA O CENA A ELECCIÓN DEL PERSONAL DE GUARDIA QUE SE ENCUENTRE EN ESE MOMENTO, DEBIENDO PARA ELLO FIRMAR EL VALE CORRESPONDIENTE CONTRA LA ENTREGA DE LOS ALIMENTOS EN EL QUE SE CONSIGNARÁ DE FORMA LEGIBLE NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO, EL ALIMENTO PROPORCIONADO (DESAYUNO, COMIDA O CENA), Y FIRMA Y EN SU CASO SELLO DE RECEPCIÓN POR PARTE DEL PERSONAL DE GUARDIA. PARA EL CASO DE ALIMENTOS PARA DETENIDOS LOS MISMOS SERÁN SOLICITADOS POR EL PERSONAL DE GUARDIA AL PROVEEDOR EN LA CANTIDAD NECESARIA, DEBIENDO PARA ELLO FIRMAR EL VALE CORRESPONDIENTE CONTRA LA ENTREGA DE LOS ALIMENTOS EN EL QUE SE CONSIGNARÁ DE FORMA LEGIBLE NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO, EL ALIMENTO PROPORCIONADO (DESAYUNO, COMIDA O CENA) ASÍ COMO LA CANTIDAD PROPORCIONADA, FIRMA Y EN SU CASO SELLO DE RECEPCIÓN POR PARTE DEL PERSONAL DE GUARDIA. PARA LOS ALIMENTOS SOLICITADOS PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO EN ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS, LOS MISMOS SÓLO PODRÁN SER SOLICITADOS POR EL SERVIDOR PÚBLICO FACULTADO PARA ELLO, YA SEA EL O LA TITULAR DE LA SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA O EN SU DEFECTO EL O LA TITULAR DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, DEBIENDO PARA ELLO FIRMAR EL VALE CORRESPONDIENTE CONTRA LA ENTREGA DE LOS ALIMENTOS EN EL QUE SE CONSIGNARÁ DE FORMA LEGIBLE NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO, EL ALIMENTO PROPORCIONADO (DESAYUNO, COMIDA O CENA) ASÍ COMO LA CANTIDAD PROPORCIONADA, FIRMA Y EN SU CASO SELLO DE RECEPCIÓN POR PARTE DEL PERSONAL AUTORIZADO. EN TODOS LOS CASOS LOS VALES DEBERÁN ADJUNTARSE A LA FACTURA A EFECTO DE SERVIR COMO COMPROBACIÓN POR LOS ALIMENTOS EFECTIVAMENTE PROPORCIONADOS NO DEBIENDO TENER TACHADURAS NI ENMENDADURAS EN LOS MISMOS. LOS ALIMENTOS DEBERAN CUMPLIR CON LOS PARAMETROS DE HIGIENE, CALIDAD, NUTRICIÓN Y CONTENIDO DE PROTEINAS A SATISFACCION DE LA CONVOCANTE.

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TIPO Y MODELO DE CONTRATO

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CONTRATO NO.

LA-017000989-E12-2017

Contrato de Adquisición de Alimentos para Personal de Guardia, Detenidos, Repatriados y Personal Administrativo en Actividades Extraordinarias que celebran por una parte la Procuraduría General de la República Delegación Tlaxcala, a quien en lo sucesivo se le denominara “LA PROCURADURÍA”, representada por el XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, Delegado Estatal de la Procuraduría General de la República en Tlaxcala, y por la otra parte XXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien para efectos del presente contrato se le denominara “EL PROVEEDOR”, quienes se sujetaran a las siguientes declaraciones y cláusulas.

D E C L A R A C I O N E S:

“LA PROCURADURÍA” DECLARA QUE:

I.- Es una institución del Poder Ejecutivo Federal, a la que le corresponden los asuntos que le confieren

los artículos 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 y 10° fracción VII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y demás disposiciones legales aplicables.

II.- El Delegado Estatal en Tlaxcala tiene capacidad legal para contraer obligaciones, así como para

contratar con personas físicas y morales, en términos de lo dispuesto en los artículos 102 y 103 fracción XVI del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

III.- Que tiene establecido su domicilio en Avenida Instituto Politécnico Nacional número 48, colonia San Diego Metepec, Tlaxcala C.P. 90110, en la Ciudad de Tlaxcala, Tlaxcala, mismo que señala para todos los efectos legales.

IV.- Que la xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Subdelegada Administrativa de la Delegación Estatal de la

Procuraduría General de la República en Tlaxcala, interviene en el presente contrato como administradora del mismo, siendo responsable de la coordinación, supervisión y verificación del cumplimiento del presente instrumento legal.

V.- Que el presente contrato se adjudica a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de conformidad con el fallo de la Licitación Pública Nacional de fecha xxxxxxxxxxxxxxxxxx, bajo la modalidad de contrato abierto

VI.- Que para cubrir las erogaciones derivadas del presente contrato cuenta con la disponibilidad presupuestal en las partidas 22102, 22104 y 22106 debidamente autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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EXTRAORDINARIAS

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“EL PROVEEDOR” DECLARA QUE:

I. Que está dado de alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal

de Contribuyentes número xxxxxxxxxxxxxxxxxx, que señala como su domicilio para los efectos del presente contrato el ubicado en carretera xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, teléfonos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, que señala para fines y efectos legales del presente contrato.

II. Que es una persona física legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas como lo

acredita en términos de la Cédula de Identificación Fiscal xxxxxxxxxxxxxxx de fecha xxxxxxxxxxxxxxxxx con clave del Registro Federal de Contribuyentes número xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.

III. Que su objeto social entre otros es el de proporcionar servicio de cocina económica. IV. Que participa en la celebración del presente contrato xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en su

calidad de “EL PROVEEDOR”, quien se identifica con su credencial para votar expedida por el instituto federal electoral número de folio xxxxxxxxxxxxxxxxx.

V. que no tiene impedimento legal alguno para contratar con la administración pública federal,

por lo que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos por el artículo 50 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público (anexo 3), ni participan con él personas físicas o morales que se encuentran inhabilitadas por la secretaría de la función pública, en términos del artículo 60 de la citada ley (anexo 3).

VI. Que cuenta con la capacidad técnica, los recursos humanos y financieros para la prestación

de los servicios objeto del presente contrato. VII. Que señala como su domicilio para los efectos del presente contrato el ubicado en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Por lo antes expuesto, ambas partes se obligan al tenor de las siguientes:

C l a u s u l a s

I.- Objeto.

El objeto del presente contrato, es la Adquisición de Alimentos para Personal de Guardia, Detenidos, Repatriados y Personal Administrativo en el Desarrollo de Actividades Extraordinarias dentro de las Instalaciones, que serán entregados por “EL PROVEEDOR” en las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, con domicilio en avenida Instituto Politécnico

Nacional número 48, san diego Metepec, Tlaxcala. II.- Descripción del servicio.

La prestación del servicio objeto del presente contrato se realizará por parte de “EL PROVEEDOR” en forma inmediata a la firma del presente contrato en el domicilio de “LA PROCURADURÍA”, ubicado en avenida Instituto Politécnico Nacional número 48 colonia San Diego Metepec, código postal 90110 Tlaxcala, Tlaxcala, contra entrega de vales por parte de “LA PROCURADURÍA” por cada uno de los servicios de desayuno, comida o cena según sea el caso, los que deberán ser proporcionados en condiciones de higiene, temperatura, calidad y contenido nutricional a satisfacción de “LA PROCURADURÍA” para personal de guardia de la Policía Federal Ministerial, quienes podrás solicitar solo dos alimentos al día pudiendo ser desayuno, comida o cena, mientras que para detenidos ,repatriados y personal administrativo que se encuentre desarrollando actividades extraordinarias, se proporcionaran en la cantidad que sea necesaria, de acuerdo a lo siguiente:

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Guardia de la Policía Federal Ministerial Horario de prestación del servicio

Desayuno 07:00 a 10:00 horas

Comida 14:00 a 16:00 horas

Cena 18:00 a 20:00 horas

Para el caso de que se encuentren personas detenidas o repatriadas “LA PROCURADURÍA” indicará previamente a “EL PROVEEDOR” con al menos treinta minutos de anticipación el número de platillos requeridos, los que se entregarán en el siguiente horario:

Detenidos Horario de prestación del servicio

Desayuno 07:00 a 10:00 horas

Comida 14:00 a 16:00 horas

Cena 18:00 a 20:00 horas

Los horarios de prestación del servicio aplicarán para el personal de guardias de la Policía Federal Ministerial, detenidos, repatriados y personal administrativo en actividades extraordinarias dentro de las instalaciones. Así mismo, y con la autorización previa por parte de la subdelegación administrativa, se proporcionarán alimentos para el personal que se encuentre desarrollando actividades extraordinarias en su área de trabajo y que por lo mismo requieran alimentos, en este caso “LA PROCURADURÍA” dará aviso a “EL PROVEEDOR” con al menos treinta minutos de anticipación. “EL PROVEEDOR” deberá estar disponible de lunes a domingo y días festivos para realizar suministros de emergencia, en caso de presentarse este supuesto, “EL PROVEEDOR”, con previa autorización de la subdelegación administrativa deberá tener una capacidad de respuesta no mayor a dos horas. “EL PROVEEDOR” deberá observar en todo momento la norma oficial mexicana NOM-093-SSA1-1994, bienes y servicios, prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos, misma que puede consultarse en la siguiente dirección electrónica:

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/093ssa14.html III.- Vigencia.

Ambas partes convienen que la vigencia de este contrato será a partir del xxxxxxxxxxxxxxx al 31 de diciembre del 2017.

IV.- Precio.

Por la prestación de los servicios objeto del presente contrato y a entera satisfacción de “LA PROCURADURÍA”, se pagará a “EL PROVEEDOR” la cantidad máxima de $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 m.n.) IVA incluido, el monto mínimo a ejercer será de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 m.n.) IVA incluido, considerando un costo por platillo de $xx.00 (pesos 00/100 m.n.) IVA incluido. Se hace notar que los precios serán fijos durante la vigencia del contrato.

V.- Forma de pago.

Conforme a lo establecido en el artículo 51 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público (anexo 3), el pago que se genere con motivo de la prestación de los servicios se realizará dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura debidamente requisitada, en moneda nacional, en pagos mensuales vencidos, y una vez aceptado el servicio a satisfacción y aprobación de la subdelegación administrativa.

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LA-017000989-E12-2017 SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA DETENIDOS, PERSONAL DE GUARDIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO EN LABORES

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El procedimiento de pago se efectuará a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR” conforme al acuerdo por el que se establecen los lineamientos relativos al funcionamiento, organización y requerimientos de operación del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2002, en su capítulo III del “catálogo de beneficiarios y cuentas bancarias”. El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales o bien a los descuentos de las penas convencionales que se realicen a cada factura presentada.

Beneficiario: Banco: Sucursal: Número de cuenta de cheques: Clave bancaria estandarizada:

Las facturas deberán contar con los siguientes requisitos: A. Las facturas deberán elaborarse a nombre de la Procuraduría General de la República con domicilio fiscal ubicado en avenida Paseo de la Reforma número 211-213, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Distrito Federal, C.P. 06500, RFC: PGR850101-RC6. B. El original de las facturas deberá reunir los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29 a del código fiscal de la federación aplicable en los estados unidos mexicanos (anexo 3) C. “El Proveedor” deberá presentar las facturas en las oficinas de la subdelegación administrativa de “LA PROCURADURÍA”, cita en av. Instituto Politécnico Nacional no. 48 col. San Diego Metepec, C.P. 90110, Tlaxcala, Tlaxcala., y deberá ser enviada a los correos electrónicos [email protected] y [email protected] En caso de errores o deficiencias en la factura se indicará por escrito al prestador del servicio dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción para que sea corregida.

VI.- OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”

“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar el servicio según las especificaciones siguientes:

A. Los alimentos deberán ser entregados por cuenta y riesgo de “EL PROVEEDOR” en las instalaciones de “LA PROCURADURÍA”, ubicadas en av. Instituto Politécnico Nacional no. 48 col. San Diego Metepec, C.P. 90110. Tlaxcala y en el Centro de Operación Estratégica con domicilio en avenida de las Torres número 3303, colonia Jardines de Apizaco, en Apizaco, Tlaxcala.

B. Los alimentos deberán entregarse en condiciones de higiene, temperatura, calidad y contenido

nutricional a satisfacción de “LA PROCURADURÍA”, obligándose a sustituir los alimentos que

resulten en mal estado o no cumplan con la calidad o cantidad ofertada de acuerdo al anexo 1 de este contrato.

C. Proporcionará alimentos a personas detenidas o repatriadas que se encuentren en la

delegación. D. Proporcionará diariamente 2 alimentos al personal de la Policía Federal Ministerial.

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E. Proporcionará alimentos para el personal administrativo que se encuentre en el desarrollo de actividades extraordinarias dentro de las instalaciones y para eventos especiales con previa autorización de la Subdelegación Administrativa.

F. Cumplir cabal y satisfactoriamente con todas y cada una de las cláusulas contenidas en el

presente instrumento legal

G. Disponer para la ejecución de los servicios objeto del presente contrato, con los recursos materiales y humanos adecuados y calificados que garanticen la realización de los mismos.

H. Sujetarse a las normas de acceso y seguridad que fije “LA PROCURADURÍA” para ingresar a

las instalaciones de la misma.

I. No subcontratar ni ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a terceros.

J. “EL PROVEEDOR” proporcionará un número telefónico a fin de que se le notifique por parte de la Policía Federal Ministerial el número de platillos requeridos en caso de que haya personas detenidas.

K. “EL PROVEEDOR” entregará los alimentos para detenidos y repatriados en empaque

desechable, el cual será previamente autorizado por “LA PROCURADURÍA”.

L. “EL PROVEEDOR” entregará los alimentos para el personal de guardia de la policía federal ministerial en recipientes de plástico, los cuáles serán previamente autorizados por “LA PROCURADURÍA”.

M. Así mismo se deberá requisitar un vale al momento de la entrega de los alimentos a “LA PROCURADURÍA”, mismo que deberá acompañar la factura a fin de que proceda el pago por el servicio recibido.

VII.- OBLIGACIONES DE “LA PROCURADURÍA”

A) “LA PROCURADURÍA” pagara oportunamente el precio pactado en la cláusula cuarta del

presente contrato, siguiente a la presentación de las facturas correspondientes debidamente requisitadas con la aceptación del área requirente, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).

B) Coordinar y vigilar que “EL PROVEEDOR” cumpla con todas y cada una de las

disposiciones señaladas en el presente contrato, haciendo las observaciones pertinentes por escrito a través del servidor público autorizado para tales efectos.

C) Cumplir con las obligaciones que a su cargo se establecen en el clausulado del presente

instrumento legal.

VIII.- Caso fortuito o fuerza mayor.

Ambas partes convienen que los derechos y obligaciones derivados del presente contrato podrán suspenderse temporalmente por caso fortuito o fuerza mayor, los mismos podrán reestablecerse en el momento en que se supere la causa que hubiese dado origen a dicha suspensión.

IX.- Fianza.

A FIN DE GARANTIZAR EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS CONTENIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO

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POR LOS ARTÍCULOS 48 FRACCIÓN II Y 49 FRACCIÓN I, AMBOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (ANEXO 4), “EL PROVEEDOR” ENTREGARÁ A “LA PROCURADURÍA” A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO, FIANZA EMITIDA POR INSTITUCIÓN AUTORIZADA POR LAS LEYES MEXICANAS, CONSTITUIDA A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN POR UN IMPORTE CORRESPONDIENTE AL 10% DEL MONTO MÁXIMO DEL PRESENTE CONTRATO SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. ESTA GARANTÍA DEBERÁ SER ENTREGADA DENTRO DE LOS 10 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO Y ESTAR VIGENTE, DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MISMO, A LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA. AUNADO A LO ESTABLECIDO EN EL CITADO ARTÍCULO 103 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (ANEXO 4), LA PÓLIZA DE FIANZA DEBERÁ CONTENER LAS SIGUIENTES DECLARACIONES EXPRESAS DE LA AFIANZADORA QUE LA OTORGUE: • EXPEDIRSE A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN; • LA INDICACIÓN DEL IMPORTE TOTAL GARANTIZADO CON NÚMERO Y LETRA; • REFERENCIA DE QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES

CONTENIDAS EN EL CONTRATO; LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE AL NÚMERO DEL CONTRATO, SU FECHA DE FIRMA, ASÍ COMO LA ESPECIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS; • EL SEÑALAMIENTO DEL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE “EL PROVEEDOR” • LA VIGENCIA DE LA FIANZA DEBERÁ QUEDAR ABIERTA PARA PERMITIR QUE CUMPLA CON

SU OBJETIVO, DE FORMA TAL QUE NO PODRÁ ESTABLECERSE O ESTIPULARSE PLAZO ALGUNO QUE LIMITE SU VIGENCIA, LO CUAL NO DEBERÁ CONFUNDIRSE CON EL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTO, EN EL CONTRATO Y ACTO ADMINISTRATIVO GARANTIZADOS. • LA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE EN CASO DE QUE SE OTORGUE PRÓRROGA AL

CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, SALVO QUE LAS PARTES OTORGUEN EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE; • LA AFIANZADORA DEBERÁ ACEPTAR EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE

EJECUCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA; PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA, QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, • PARA LIBERAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA

Y POR ESCRITO DE "LA PROCURADURÍA". SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, CUANDO LA REALIZACIÓN DE LOS

SERVICIOS NO SE REALICE EN LAS FECHAS SEÑALADAS O QUE LOS MISMOS NO CUMPLAN CON LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO Y SU ANEXO TÉCNICO Y UNA VEZ AGOTADO EL PROCEDIMIENTO AL QUE ALUDE EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES. (ANEXO 2) EN CASO DE MODIFICACIONES AL PRESENTE CONTRATO "EL PROVEEDOR" DEBERÁ TRAMITAR LA

MODIFICACIÓN DE LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 91 ÚLTIMO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (ANEXO 4).

X.- CAUSAS DE RESCISIÓN.

Ambas partes manifiestan que cuando “LA PROCURADURÍA” decida rescindir el presente contrato, operaran sin declaración judicial, si “EL PROVEEDOR” es el que decide rescindirlo será necesario

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que sea por declaración judicial; así como acuerda que podrá rescindirse este instrumento legal por las causas que a continuación se señalan: A) Cuando “EL PROVEEDOR” no brinde el servicio objeto del presente contrato a satisfacción de

“LA PROCURADURÍA”.

B) Cuando “EL PROVEEDOR” no cumpla con las cláusulas estipuladas en el presente contrato en

forma injustificada. C) Si “EL PROVEEDOR” se declara en quiebra o cede los derechos del presente contrato a

terceros.

D) Cuando “EL PROVEEDOR” niegue o se oponga a la facultad que tiene “LA PROCURADURÍA” de intervenir en la inspección, vigilancia y supervisión de la prestación de

los servicios objeto de este contrato.

XI.- Pena convencional.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (anexo 3), cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con las obligaciones

derivadas del contrato por causas imputables a ella, se le aplicarán las siguientes penas: En caso de que “EL PROVEEDOR” no entregue los alimentos en la fecha y hora estipulada, o

estos no se entreguen en condiciones de higiene, temperatura, calidad y contenido nutricional a satisfacción, cubrirá a “LA PROCURADURÍA”, el 1.0% (uno punto cero por ciento) sobre el

importe de la factura mensual presentada para su cobro por cada alimento no entregado en las condiciones pactadas. Estas penas se deducirán administrativamente de los saldos pendientes de pago que tuviese la convocante con “EL PROVEEDOR”.

Lo anterior con independencia de las acciones legales que le corresponda realizar a “LA PROCURADURÍA”.

XII.- “EL PROVEEDOR” manifestará por escrito con posterioridad dentro de los cinco días siguientes

de la firma del contrato lo siguiente:

Que está al corriente en el pago de sus impuestos y que no presenta adeudo alguno ante la secretaria de hacienda y crédito público.

XIII.- Responsabilidad.

“EL PROVEEDOR” será responsable respecto de que sus trabajadores no afecten, ni dañen la operación del personal adscrito a “LA PROCURADURÍA” y de igual forma cuidará la discreción en su trabajo por la importancia y personalidad jurídica de “LA PROCURADURÍA”, siendo responsabilidad

del mismo los daños que causen a terceros con motivo de la prestación del servicio.

XIV.- Competencia.

Para la interpretación y cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del presente contrato, las partes se regirán por las disposiciones relativas contenidas en el Código Civil para el Distrito Federal en Materia Federal, por lo que se someterán a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México; por lo tanto, “EL PROVEEDOR” renuncia al fuero que pudiera corresponderle por

razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.

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Enteradas las partes del contenido y alcance del presente contrato lo ratifican y firman de conformidad en la Ciudad de Tlaxcala, Tlaxcala, el día XX de XXXXXX de 2017.

POR “LA PROCURADURÍA”

___________________________________ DELEGADO ESTATAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE

LA REPÚBLICA EN TLAXCALA.

POR “EL PROVEEDOR”

___________________________________ C.

TESTIGOS

______________________________ SUBDELEGADA ADMINISTRATIVA

__________________________________ JEFE DE DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

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ANEXO 1 CONTRATO NO.

Menú de desayunos, comidas y cenas que proporcionará “EL PROVEEDOR” a “LA PROCURADURÍA”, en las cantidades que esta le solicite y de acuerdo a los horarios establecidos en el presente instrumento legal.

Desayuno Comida Cena

Indicar en todos los casos si los alimentos van acompañados de café, agua, pan, leche, té, etc., según corresponda.

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VALE POR:

CONCEPTO: CANTIDAD:

DESAYUNO

COMIDA

CENA

PARA: GUARDIA DE LA POLICÍA FEDERAL MINISTERIAL.

COSTO:

FIRMA Y SELLO DE AUTORIZACIÓN

NOMBRE COMPLETO: _________________________________

MARIAM PAMELA CORTÉS ESPERÓN

FECHA: _____________________

VALE POR:

CONCEPTO: CANTIDAD:

DESAYUNO

COMIDA

CENA

PARA: PERSONAL ADMINISTRATIVO O MINISTERIOS PUBLICOS

COSTO:

FIRMA Y SELLO DE AUTORIZACIÓN

NOMBRE COMPLETO: _________________________________

MARIAM PAMELA CORTÉS ESPERÓN

FECHA: _____________________

VALE POR:

CONCEPTO: CANTIDAD:

DESAYUNO

COMIDA

CENA

PARA: DETENIDOS DE LA POLICÍA FEDERAL MINISTERIAL.

Nº DE A.P.

1.-

2.-

3.-

4.-

5.-

COSTO TOTAL:

FIRMA Y SELLO DE AUTORIZACIÓN

NOMBRE P.F.M : _________________________________

MARIAM PAMELA CORTÉS ESPERÓN

FECHA: _____________________

6.-

NOMBRE:

ANEXO 2 CONTRATO NO.

Formato de vales que deberán llenarse para la entrega de alimentos para guardias, detenidos, repatriados y personal administrativo.

VALE DE ALIMENTOS PARA GUARDIA DE POLICÍA FEDERAL MINISTERIAL

VALE DE ALIMENTOS PARA DETENIDOS Y REPARIADOS

VALE DE ALIMENTOS PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO O MINISTERIOS

PÚBLICOS ANEXO 3

CONTRATO

SE COLOCARA LA CANTIDAD DE ALIMENTOS ENTREGADOS

SE CONSIGNARA EL IMPORTE DE LOS ALIMENTOS CON IVA.

SE COLOCARA LA CANTIDAD DE ALIMENTOS ENTREGADOS

SE COLOCARA EL NOMBRE DE LOS DETENIDOS Y EL NÚMERO DE EXPEDIENTE.

SE CONSIGNARA FECHA, NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE ADEMÁS DEL SELLO.

SE CONSIGNARA FECHA, NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE ADEMÁS DEL SELLO.

SE CONSIGNARA EL IMPORTE DE LOS ALIMENTOS CON IVA.

SE COLOCARA LA CANTIDAD DE ALIMENTOS ENTREGADOS

SE CONSIGNARA EL IMPORTE DE LOS ALIMENTOS CON IVA.

SE CONSIGNARA FECHA, NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE ADEMÁS DEL SELLO.

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MARCO JURÍDICO

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público:

Artículo 42.- Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, cuando el importe de cada operación no exceda los montos máximos que al efecto se establecerán en el presupuesto de egresos de la federación, siempre que las operaciones no se fraccionen para quedar comprendidas en los supuestos de excepción a la licitación pública a que se refiere este artículo. Artículo 48.- los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta ley deberán

garantizar:

II. El cumplimiento de los contratos.

Para los efectos de este artículo, los titulares de las dependencias o los órganos de gobierno de las entidades, fijarán las bases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse, considerando los antecedentes de cumplimiento de los proveedores en los contratos celebrados con las dependencias y entidades, a efecto de determinar montos menores para éstos, de acuerdo a los lineamientos que al efecto emita la secretaría de la función pública. En los casos señalados en las fracciones ii, iv, v, xi y xiv del artículo 41 y 42 de esta ley, el servidor público que deba firmar el contrato, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar al proveedor, de presentar la garantía de cumplimiento del contrato respectivo.

Artículo 49.- Las garantías que deban otorgarse conforme a esta ley se constituirán en favor de:

I. La tesorería de la federación, por actos o contratos que se celebren con las dependencias;

Artículo 50.- Las dependencias y entidades se abstendrán de recibir proposiciones o adjudicar

contrato alguno en las materias a que se refiere esta ley, con las personas siguientes: I. Aquellas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de

contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate;

II. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y especifica de la secretaría de la función pública;

III. Aquellos proveedores que, por causas imputables a ellos mismos, la dependencia o entidad

convocante les hubiere rescindido administrativamente más de un contrato, dentro de un lapso de dos años calendario contados a partir de la notificación de la primera rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante por el plazo que se establezca en las políticas, bases y lineamientos a que se refiere el artículo 1 de esta ley, el cual no podrá ser superior a dos años calendario contados a partir de la notificación de la rescisión del segundo contrato;

IV. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la secretaría de la función pública en los términos del título quinto de este ordenamiento y título sexto de la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas;

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V. Los proveedores que se encuentren en situación de atraso en las entregas de los bienes o en la prestación de los servicios por causas imputables a ellos mismos, respecto de otro u otros contratos celebrados con la propia dependencia o entidad, siempre y cuando estas hayan resultado gravemente perjudicadas;

VI. Aquellas que hayan sido declaradas sujetas a concurso mercantil o alguna figura análoga; VII. Aquellas que presenten proposiciones en una misma partida de un bien o servicio en un

procedimiento de contratación que se encuentren vinculadas entre si por algún socio o asociado común.

Se entenderá que es socio o asociado común, aquella persona física o moral que en el mismo procedimiento de contratación es reconocida como tal en las actas constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones de dos o más empresas licitantes, por tener una participación accionaria en el capital social, que le otorgue el derecho de intervenir en la toma de decisiones o en la administración de dichas personas morales;

VIII. Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente hayan realizado o se encuentren realizando, por si o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de análisis y control de calidad, preparación de especificaciones, presupuesto o la elaboración de cualquier documento vinculado con el procedimiento en que se encuentran interesadas en participar, cuando con motivo de la realización de dichos trabajos hubiera tenido acceso a información privilegiada que no se dará a conocer a los licitantes para la elaboración de sus proposiciones;

IX. Aquellas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial pretendan ser contratadas para elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando estos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean parte;

X. Las que celebren contratos sobre las materias reguladas por esta ley sin estar facultadas para hacer uso de derechos de propiedad intelectual;

XI. Las que hayan utilizado información privilegiada, proporcionada indebidamente por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y, por afinidad hasta el cuarto grado, o civil;

XII. Las que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas

en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por sí o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación;

XIII. Aquellos licitantes que injustificadamente y por causas imputables a ellos mismos, no hayan

formalizado un contrato adjudicado con anterioridad por la convocante. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia dependencia o entidad convocante por el plazo que se establezca en las políticas, bases y lineamientos a que se refiere el artículo 1 de esta ley, el cual no podrá ser superior a un año calendario contado a partir del día en que haya fenecido el término establecido en la convocatoria a la licitación o, en su caso, por el artículo 46 de esta ley, para la formalización del contrato en cuestión, y

XIV. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de

ley.

El oficial mayor o su equivalente de la dependencia o entidad, deberá llevar el registro, control y difusión de las personas con las que se encuentren impedidas de contratar, el cual será difundido a través de comprante.

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Artículo 51.- La fecha de pago al proveedor estipulada en los contratos quedara sujeta a las

condiciones que establezcan las mismas; sin embargo, no podrá exceder de veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato.

En caso de incumplimiento en los pagos a que se refiere el párrafo anterior, la dependencia o entidad, a solicitud del proveedor, deberá pagar gastos financieros conforme a la tasa que será igual a la establecida por la ley de ingresos de la federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularan sobre las cantidades no pagadas y se computaran por días naturales desde que se venció el plazo pactado, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del proveedor.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor, este deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computaran por días naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.

En caso de rescisión del contrato, el proveedor deberá reintegrar el anticipo y, en su caso, los pagos progresivos que haya recibido más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en este artículo. Los intereses se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado y pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.

Las dependencias y entidades podrán establecer en sus políticas, bases y lineamientos, preferentemente el pago a proveedores a través de medios de comunicación electrónica. Artículo 53.- las dependencias y entidades deberán pactar penas convencionales a cargo del

proveedor por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del servicio, las que no excederán del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, y serán determinadas en función de los bienes o servicios no entregados o prestados oportunamente. En las operaciones en que se pactare ajuste de precios, la penalización se calculará sobre el precio ajustado. Los proveedores quedarán obligados ante la dependencia o entidad a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable. Los proveedores cubrirán las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia, pudiere estar sujeta la importación de bienes objeto de un contrato, y en estos casos no procederán incrementos a los precios pactados, ni cualquier otra modificación al contrato. Artículo 54. Las dependencias y entidades podrán en cualquier momento rescindir

administrativamente los contratos cuando el proveedor incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme al procedimiento siguiente: I. Se iniciará a partir de que al proveedor le sea comunicado por escrito el incumplimiento en

que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes; II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, la dependencia o entidad

contará con un plazo de quince días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que

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hubiere hecho valer el proveedor. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al proveedor dentro dicho plazo, y III. Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer

constar los pagos que deba efectuar la dependencia o entidad por concepto de los bienes recibidos o los servicios prestados hasta el momento de rescisión. Iniciado un procedimiento de conciliación las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán suspender el trámite del procedimiento de rescisión. Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere entrega de los bienes o se prestaren los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la dependencia o entidad de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes. La dependencia o entidad podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes. Al no dar por rescindido el contrato, la dependencia o entidad establecerá con el proveedor otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de esta ley. Cuando por motivo del atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, o el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que hubiere sido adjudicado el contrato, la dependencia o entidad convocante podrá recibir los bienes o servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo modificarse la vigencia del contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en este artículo se considerará nulo.

Artículo 60.- la secretaría de la función pública, además de la sanción a que se refiere el primer

párrafo del artículo anterior, inhabilitara temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes: I. Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen dos

o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en el plazo de dos años calendario, contados a partir del día en que haya fenecido el termino para la formalización del primer contrato no formalizado;

II. Los proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años;

III. Los proveedores que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables

a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a la dependencia o entidad de que se trate; así como, aquellos que entreguen bienes o servicios con especificaciones distintas de las convenidas;

IV. Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún

procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad;

V. Las que se encuentren en el supuesto de la fracción xii del artículo 50 de este ordenamiento

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VI. Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de esta ley.

La inhabilitación que se imponga no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzara a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que la secretaria de la función pública la haga del conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva en el diario oficial de la federación y en compranet. Si al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación a que se refiere el párrafo que antecede el sancionado no ha pagado la multa que hubiere sido impuesta en términos del artículo anterior, la mencionada inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente. Las dependencias y entidades dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de esta ley, remitirán a la secretaría de la función pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de la infracción. En casos excepcionales, previa autorización de la secretaría de la función pública, las dependencias y entidades podrán aceptar proposiciones de proveedores inhabilitados cuando resulte indispensable por ser estos los únicos posibles oferentes en el mercado.) Reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público

Artículo 91.- en los casos a que se refiere el párrafo primero del artículo 52 de la ley, las

dependencias y entidades podrán solicitar al proveedor incrementar la cantidad de bienes adquiridos o arrendados o de los servicios contratados, para que se entreguen o presten dentro del plazo originalmente convenido o, si el área contratante lo considera conveniente, ampliar la vigencia del contrato. En caso de que el proveedor acepte, la dependencia o entidad convendrá con el mismo el incremento del monto del contrato.

Cuando la dependencia o entidad requiera ampliar únicamente el plazo o la vigencia del contrato y esto no implique incremento en el monto total contratado o de las cantidades de bienes adquiridos o arrendados o de servicios contratados, si cuenta con el consentimiento del proveedor, se podrá suscribir el convenio modificatorio para ampliar la vigencia. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los bienes o la prestación del servicio sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a la dependencia o entidad, la cual deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo.

En los supuestos previstos en el párrafo anterior no procederá aplicar al proveedor penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por el proveedor o la dependencia o entidad de que se trate.

Para las cantidades o conceptos adicionales se reconocerá, en su caso, el ajuste de precios en los términos pactados en el contrato.

Las modificaciones en monto, plazo o vigencia a los contratos conllevarán el respectivo ajuste a la garantía de cumplimiento cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por la garantía originalmente otorgada, para lo cual deberá estipularse en el convenio modificatorio respectivo el plazo para entregar la ampliación de garantía, el cual no deberá exceder de diez días naturales siguientes a la firma de dicho convenio, así como la fecha de entrega de los bienes o de la prestación del servicio para las cantidades adicionales. Tratándose de fianza, el ajuste correspondiente se realizará conforme a lo dispuesto por la fracción ii y el último párrafo del artículo 103 de este reglamento.

Artículo 103.- los proveedores podrán otorgar las garantías a que se refiere la ley y este

reglamento, en alguna de las formas previstas en el artículo 137 del reglamento de la ley del

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servicio de tesorería de la federación en el caso de dependencias, o en las disposiciones aplicables tratándose de entidades.

Cuando la forma de garantía sea mediante fianza, se observará lo siguiente:

I. La póliza de la fianza deberá contener, como mínimo, las siguientes previsiones:

A) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;

B) Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las

obligaciones contractuales;

C) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y

continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y

D) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución

previstos en la ley federal de instituciones de fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por mora, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 95 de la citada ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por mora lo dispuesto en el artículo 95 bis de dicha ley;

II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al proveedor para el cumplimiento de sus

obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza;

III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del

pago en forma incondicional, las dependencias y entidades deberán cancelar la fianza respectiva, y

IV. Cuando se requiera hacer efectivas las fianzas, las dependencias deberán remitir a la tesorería de

la federación, dentro del plazo a que hace referencia el artículo 143 del reglamento de la ley del servicio de tesorería de la federación, la solicitud donde se precise la información necesaria para identificar la obligación o crédito que se garantiza y los sujetos que se vinculan con la fianza, debiendo acompañar los documentos que soporten y justifiquen el cobro, de conformidad con lo dispuesto por el reglamento del artículo 95 de la ley federal de instituciones de fianzas, para el cobro de fianzas otorgadas a favor de la federación, del distrito federal, de los estados y de los municipios distintas de las que garantizan obligaciones fiscales federales a cargo de terceros; tratándose de entidades la solicitud se remitirá al área correspondiente de la propia entidad.

Las modificaciones a las fianzas deberán formalizarse con la participación que corresponda a la afianzadora, en términos de las disposiciones aplicables.

Código fiscal de la federación

Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales

por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de

contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a

través de la página de internet del servicio de administración tributaria. Las personas que adquieran

bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren

retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por internet respectivo.

Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior deberán cumplir con las obligaciones

siguientes:

I. Contar con un certificado de firma electrónica avanzada vigente.

II. Tramitar ante el servicio de administración tributaria el certificado para el uso de los sellos

digitales.

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Los contribuyentes podrán optar por el uso de uno o más certificados de sellos digitales que

se utilizarán exclusivamente para la expedición de los comprobantes fiscales mediante documentos

digitales. El sello digital permitirá acreditar la autoría de los comprobantes fiscales digitales por

internet que expidan las personas físicas y morales, el cual queda sujeto a la regulación aplicable al

uso de la firma electrónica avanzada.

Los contribuyentes podrán tramitar la obtención de un certificado de sello digital para ser

utilizado por todos sus establecimientos o locales, o bien, tramitar la obtención de un certificado de

sello digital por cada uno de sus establecimientos. El servicio de administración tributaria

establecerá mediante reglas de carácter general los requisitos de control e identificación a que se

sujetará el uso del sello digital de los contribuyentes.

La tramitación de un certificado de sello digital sólo podrá efectuarse mediante formato

electrónico que cuente con la firma electrónica avanzada de la persona solicitante.

III. Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 29-a de este código.

IV. Remitir al servicio de administración tributaria, antes de su expedición, el comprobante

fiscal digital por internet respectivo a través de los mecanismos digitales que para tal efecto

determine dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general, con el objeto de que

éste proceda a:

A) Validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29-a de este código.

B) Asignar el folio del comprobante fiscal digital.

C) Incorporar el sello digital del servicio de administración tributaria.

El servicio de administración tributaria podrá autorizar a proveedores de certificación de

comprobantes fiscales digitales por internet para que efectúen la validación, asignación de folio e

incorporación del sello a que se refiere esta fracción.

los proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales por internet a que se

refiere el párrafo anterior deberán estar previamente autorizados por el servicio de administración

tributaria y cumplir con los requisitos que al efecto establezca dicho órgano desconcentrado

mediante reglas de carácter general.

el servicio de administración tributaria podrá revocar las autorizaciones emitidas a los

proveedores a que se refiere esta fracción, cuando incumplan con alguna de las obligaciones

establecidas en este artículo, en la autorización respectiva o en las reglas de carácter general que

les sean aplicables.

Para los efectos del segundo párrafo de esta fracción, el servicio de administración tributaria

podrá proporcionar la información necesaria a los proveedores autorizados de certificación de

comprobantes fiscales digitales por internet.

V. Una vez que al comprobante fiscal digital por internet se le incorpore el sello digital del

servicio de administración tributaria o, en su caso, del proveedor de certificación de comprobantes

fiscales digitales, deberán entregar o poner a disposición de sus clientes, a través de los medios

electrónicos que disponga el citado órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general, el

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archivo electrónico del comprobante fiscal digital por internet y, cuando les sea solicitada por el

cliente, su representación impresa, la cual únicamente presume la existencia de dicho comprobante

fiscal.

VI. Cumplir con las especificaciones que en materia de informática determine el servicio de

administración tributaria mediante reglas de carácter general.

Los contribuyentes podrán comprobar la autenticidad de los comprobantes fiscales digitales

por internet que reciban consultando en la página de internet del servicio de administración

tributaria si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si

al momento de la emisión del comprobante fiscal digital, el certificado que ampare el sello digital se

encontraba vigente y registrado en dicho órgano desconcentrado.

En el caso de las devoluciones, descuentos y bonificaciones a que se refiere el artículo 25

de la ley del impuesto sobre la renta, se deberán expedir comprobantes fiscales digitales por

internet.

El servicio de administración tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá

establecer facilidades administrativas para que los contribuyentes emitan sus comprobantes

fiscales digitales por medios propios, a través de proveedores de servicios o con los medios

electrónicos que en dichas reglas determine. De igual forma, a través de las citadas reglas podrá

establecer las características de los comprobantes que servirán para amparar el transporte de

mercancías.

Artículo 29-a. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este código,

deberán contener los siguientes requisitos:

I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en

que tributen conforme a la ley del impuesto sobre la renta. Tratándose de contribuyentes

que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o

establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.

II. El número de folio y el sello digital del servicio de administración tributaria, referidos en la

fracción iv, incisos b) y c) del artículo 29 de este código, así como el sello digital del contribuyente

que lo expide.

El lugar y fecha de expedición.

III. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

Cuando no se cuente con la clave del registro federal de contribuyentes a que se refiere

esta fracción, se señalará la clave genérica que establezca el servicio de administración tributaria

mediante reglas de carácter general. Tratándose de comprobantes fiscales que se utilicen para

solicitar la devolución del impuesto al valor agregado a turistas extranjeros o que amparen ventas

efectuadas a pasajeros internacionales que salgan del país vía aérea, terrestre o marítima, así

como ventas en establecimientos autorizados para la exposición y ventas de mercancías

extranjeras o nacionales a pasajeros que arriben al país en puertos aéreos internacionales,

conjuntamente con la clave genérica que para tales efectos establezca el servicio de administración

tributaria mediante reglas de carácter general, deberán contener los datos de identificación del

turista o pasajero y del medio de transporte en que éste salga o arribe al país, según sea el caso,

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además de cumplir con los requisitos que señale el servicio de administración tributaria mediante

reglas de carácter general.

IV. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del

servicio o del uso o goce que amparen.

Los comprobantes que se expidan en los supuestos que a continuación se indican, deberán

cumplir adicionalmente con lo que en cada caso se específica:

A) Los que se expidan a las personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por

conducto del coordinado, las cuales hayan optado por pagar el impuesto individualmente de

conformidad con lo establecido por el artículo 73, quinto párrafo de la ley del impuesto sobre

la renta, deberán identificar el vehículo que les corresponda.

B) Los que amparen donativos deducibles en términos de la ley del impuesto sobre la renta,

deberán señalar expresamente tal situación y contener el número y fecha del oficio

constancia de la autorización para recibir dichos donativos o, en su caso, del oficio de

renovación correspondiente. Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos

previamente, para los efectos del impuesto sobre la renta, se indicará que el donativo no es

deducible.

C) Los que se expidan por la obtención de ingresos por arrendamiento y en general por otorgar

el uso o goce temporal de bienes inmuebles, deberán contener el número de cuenta predial

del inmueble de que se trate o, en su caso, los datos de identificación del certificado de

participación inmobiliaria no amortizable.

D) Los que expidan los contribuyentes sujetos al impuesto especial sobre producción y servicios

que enajenen tabacos labrados de conformidad con lo establecido por el artículo 19, fracción

ii, último párrafo de la ley del impuesto especial sobre producción y servicios, deberán

especificar el peso total de tabaco contenido en los tabacos labrados enajenados o, en su

caso, la cantidad de cigarros enajenados.

E) Los que expidan los fabricantes, ensambladores, comercializadores e importadores de

automóviles en forma definitiva, cuyo destino sea permanecer en territorio nacional para su

circulación o comercialización, deberán contener el número de identificación vehicular y la

clave vehicular que corresponda al automóvil.

El valor del vehículo enajenado deberá estar expresado en el comprobante correspondiente en

moneda nacional.

Para efectos de esta fracción se entiende por automóvil la definición contenida en el artículo 5

de la ley federal del impuesto sobre automóviles nuevos.

Cuando los bienes o las mercancías no puedan ser identificados individualmente, se hará el

señalamiento expreso de tal situación.

V. El valor unitario consignado en número.

Los comprobantes que se expidan en los supuestos que a continuación se indican, deberán

cumplir adicionalmente con lo que en cada caso se especifica:

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A) Los que expidan los contribuyentes que enajenen lentes ópticos graduados, deberán separar

el monto que corresponda por dicho concepto.

B) Los que expidan los contribuyentes que presten el servicio de transportación escolar,

deberán separar el monto que corresponda por dicho concepto.

C) Los relacionados con las operaciones que dieron lugar a la emisión de los documentos

pendientes de cobro de conformidad con lo establecido por el artículo 1o.-c, fracción iii de la

ley del impuesto al valor agregado, deberán consignar la cantidad efectivamente pagada por

el deudor cuando los adquirentes hayan otorgado descuentos, rebajas o bonificaciones.

VI. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente:

A) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, en el momento en que se

expida el comprobante fiscal digital por internet correspondiente a la operación de que se

trate, se señalará expresamente dicha situación, además se indicará el importe total de la

operación y, cuando así proceda, el monto de los impuestos trasladados desglosados con

cada una de las tasas del impuesto correspondiente y, en su caso, el monto de los impuestos

retenidos.

Los contribuyentes que realicen las operaciones a que se refieren los artículos 2o.-a de la

Ley del Impuesto al Valor Agregado; 19, Fracción II de la Ley del Impuesto Especial sobre

producción y servicios, y 11, tercer párrafo de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles

nuevos, no trasladarán el impuesto en forma expresa y por separado, salvo tratándose de la

enajenación de los bienes a que se refiere el artículo 2o., fracción i, incisos A), F), G), I) y J)

de la ley del impuesto especial sobre producción y servicios, cuando el adquirente sea, a su

vez, contribuyente de este impuesto por dichos bienes y así lo solicite.

Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la

prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.

B) Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante

fiscal digital por internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se

realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por internet por cada uno de los pagos que

se reciban posteriormente, en los términos que establezca el servicio de administración

tributaria mediante reglas de carácter general, los cuales deberán señalar el folio del

comprobante fiscal digital por internet emitido por el total de la operación, señalando además,

el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los

impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con

las excepciones precisadas en el inciso anterior.

C) Señalar la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de

fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas

monederos electrónicos que autorice el servicio de administración tributaria.

VII. Tratándose de mercancías de importación:

A) El número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano.

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B) En importaciones efectuadas a favor de un tercero, el número y fecha del documento

aduanero, los conceptos y montos pagados por el contribuyente directamente al proveedor

extranjero y los importes de las contribuciones pagadas con motivo de la importación.

VIII. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a conocer el

servicio de administración tributaria, mediante reglas de carácter general.

Los comprobantes fiscales digitales por internet que se generen para efectos de amparar la

retención de contribuciones deberán contener los requisitos que determine el servicio de

administración tributaria mediante reglas de carácter general.

Las cantidades que estén amparadas en los comprobantes fiscales que no reúnan algún

requisito de los establecidos en esta disposición o en el artículo 29 de este código, según sea el

caso, o cuando los datos contenidos en los mismos se plasmen en forma distinta a lo señalado por

las disposiciones fiscales, no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente.

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FORMA DE REDACCIÓN DE LAS PÓLIZAS QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

ES A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN; PARA GARANTIZAR A “NOMBRE DE LICITANTE GANADOR” EL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS ESTIPULACIONES CONFERIDAS EN EL CONTRATO, POR EL IMPORTE DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO MÁXIMO DEL MISMO SIN INCLUÍR IVA, Y EL CUMPLIMIENTO DE CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LA-017000989-E12-2017 POR EL MONTO DE $_________________.(NÚMERO Y LETRA)

CON RELACIÓN A LA REDACCIÓN DE LA GARANTÍA SE DEBERÁN TRANSCRIBIR LAS

SIGUIENTES CLÁUSULAS:

“ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA. ASIMISMO, ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL PRESTADOR DEL SERVICIO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.”

“LA VIGENCIA DE LA FIANZA DEBERÁ QUEDAR ABIERTA PARA PERMITIR QUE CUMPLA SU OBJETIVO, DE FORMA TAL QUE NO PODRÁ ESTABLECERSE O ESTIPULARSE PLAZO ALGUNO QUE LIMITE SU VIGENCIA, LO CUAL NO DEBE CONFUNDIRSE CON EL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTO EN EL CONTRATO Y ACTOS ADMINISTRATIVOS.”

“LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 93, 94, 95 Y 118 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DEL COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.”

“LA PRESENTE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO ÚNICAMENTE PODRÁ SER LIBERADA MEDIANTE ESCRITO, POR LA DELEGACIÓN ESTATAL EN TLAXCALA, DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA”.

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NOTA INFORMATIVA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. LA-017000989-E12-2017

NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE).

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del Gobierno Federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, inició en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación–la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

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SUBDELEGACIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

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Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para

otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución

de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se

encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar

a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la Ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días de multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.” * Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx