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PROCU U~A GENERAL DE lA NACION MEMORANDO No. 005 DE: PROCURADOR DELEGADO AMBIENTALES Y AGRARIOS PARA ASUNTOS PARA: DIRECTORES DE CORPORACIONES AUTO NOMAS REGIONALES, CORPORACIONES DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y AUTORIDADES AMBIENTALES URBANAS ASUNTO: EVALUACION y SEGUIMIENTO - APLICACiÓN DE LA LEY 1333 DE 2009, SANCIONATORIO AMBIENTAL Y ADOPCION HERRAMIENTA EXCEL FECHA: 14 DE MARZO DE 2013 En ejercicio de la función preventiva consagrada en los artículos 277 y 278 de la Constitución Politica de Colombía, yen el Decreto Ley 262 del 2000, es competencia de la Procuraduría General de la Nación dar cumplimiento a lo consagrado en los articulos 55 y 56 de Ley 1333 de 2009 (Upar la cual se establece el procedimiento sanciona torio ambiental y se dictan otras disposiciones'), especialmente en lo que tiene que ver con los procesos sancionatoríos de contenido ambiental. Para realizar la evaluación y seguimiento, la Procuraduria diseñó un instrumento de medicíón y análisis, de la aplicación de la Ley 1333 que permitírá establecer el nivel de eficiencia de las autorídades ambientales y hacer las recomendaciones que les permita la adopción de estrategias y planes de acción necesarios, para fortalecer su capacidad de respuesta a la comunidad, en defensa del medio ambiente y de los recursos naturales. Igualmente, se pretende, que a través de este mecanismo se cumpla por parte de las autoridades ambientales, la obligación de comunicar a la Procuraduria lo pertinente a los procesos sancionatoríos, tal como lo consagra el articulo 56 de la Ley 1333 de 2009. 1. Obligación de comunicar a los Procuradores Judiciales Ambientales y Agrarios, los actos administrativos. De conformidad con lo señalado en el articulo 56 de la Ley 1333 de 2009, le compete a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, u••• Velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Polltica, las leyes, decretos, actos administrativos y demás actuaciones relacionadas con la protección del medio ambiente y utilización de los recursos naturales ... U. I'ROClJRAlJlllUA DELEGADA PARA ASUNTOS AMBIENTALES Y AGRARIOS Cam ..'ra5" No. 15 -80 Piso 14 Tcléf<lOO: 5X7X750 Ext. 11401- Fa.\:. 114<)5

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PROCU U~AGENERAL DE lA NACION

MEMORANDO No. 005

DE: PROCURADOR DELEGADOAMBIENTALES Y AGRARIOS

PARA ASUNTOS

PARA: DIRECTORES DE CORPORACIONES AUTO NOMASREGIONALES, CORPORACIONES DE DESARROLLOSOSTENIBLE Y AUTORIDADES AMBIENTALES URBANAS

ASUNTO: EVALUACION y SEGUIMIENTO - APLICACiÓN DE LA LEY1333 DE 2009, SANCIONATORIO AMBIENTAL YADOPCION HERRAMIENTA EXCEL

FECHA: 14 DE MARZO DE 2013

En ejercicio de la función preventiva consagrada en los artículos 277 y 278de la Constitución Politica de Colombía, yen el Decreto Ley 262 del 2000, escompetencia de la Procuraduría General de la Nación dar cumplimiento a loconsagrado en los articulos 55 y 56 de Ley 1333 de 2009 (Upar la cual seestablece el procedimiento sanciona torio ambiental y se dictan otrasdisposiciones'), especialmente en lo que tiene que ver con los procesossancionatoríos de contenido ambiental.

Para realizar la evaluación y seguimiento, la Procuraduria diseñó uninstrumento de medicíón y análisis, de la aplicación de la Ley 1333 quepermitírá establecer el nivel de eficiencia de las autorídades ambientales yhacer las recomendaciones que les permita la adopción de estrategias yplanes de acción necesarios, para fortalecer su capacidad de respuesta a lacomunidad, en defensa del medio ambiente y de los recursos naturales.

Igualmente, se pretende, que a través de este mecanismo se cumpla porparte de las autoridades ambientales, la obligación de comunicar a laProcuraduria lo pertinente a los procesos sancionatoríos, tal como loconsagra el articulo 56 de la Ley 1333 de 2009.

1. Obligación de comunicar a los Procuradores Judiciales Ambientalesy Agrarios, los actos administrativos.

De conformidad con lo señalado en el articulo 56 de la Ley 1333 de 2009, lecompete a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios,u••• Velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la ConstituciónPolltica, las leyes, decretos, actos administrativos y demás actuacionesrelacionadas con la protección del medio ambiente y utilización de losrecursos naturales ... U.

I'ROClJRAlJlllUA DELEGADA PARA ASUNTOS AMBIENTALES Y AGRARIOSCam ..'ra5" No. 15 -80 Piso 14 Tcléf<lOO: 5X7X750 Ext. 11401- Fa.\:. 114<)5

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En consecuencia, se hace necesario, que las autoridades ambientalescumplan con la obligación señalada en el párrafo final del articulo 56 ibídem,que señala que: ".. .Las autoridades que adelanten procesos sanciona toriosambientales deberán comunicar a los Procuradores Judiciales Ambientales yAgrarios los autos de apertura y terminación de los procesos sancionatoriosambientales ... ".

Para dar cumplimiento al artículo 56 de la Ley 1333, se seguirá comunicandoa la Procuraduría, utilizando la herramienta en Excel adoptada por la PGN ya la cual se podrá acceder a través de la página Web de la ProcuraduríaGeneral de la Nación. Por lo tanto, en adelante no se remitirán los actosadministrativos en documento físico a los Procuradores JudicialesAmbientales y Agrarios del país.

2. Principio de prevención, fundamento de la potestad sancionatoriade las Corporaciones Autónomas.

La Ley 1333 de 2009 radica en cabeza de las autoridades ambientales, comouna de sus competencias principalísimas, la potestad sancionatoria, que lepermite cumplir con las finalidades que les son propias.

Esta potestad sancionatoria es desarrollo del "principio de prevención",(complementario del principio de precaución), que se basa en elconocimiento del riesgo y la obligación de adoptar medidas paraneutralizarlo. Esta potestad se ejerce a través de:

a. Medidas preventivas que "tienen como función prevenir, impedir oevitar la continuación de la ocurrencia de un hecho, la realización deuna actividad o la existencia de una situación que atente contra elmedio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana".

b. Medidas sancionatorias que "tienen una función preventiva, correctivay compensatoria, para garantizar la efectividad de los principios y finesprevistos en la Constitución, los Tratados Internacionales, la ley y elReglamento".

En consecuencia, la Procuraduria analizará tanto las medidas preventivasadoptadas, como el resultado de los procesos sancionatorios.

3. De las medidas preventivas consagradas en la Ley 1333 de 2009.

Los artículos 4°, 12 Y 32 de la Ley 1333, establecen el procedimiento para laaplicación de las medidas preventivas, señalando que surten efectosinmediatos, y que su objeto es "...prevenir o impedir la ocurrencia de unhecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que

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atente contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la saludhumana ... "

No obstante la relevancia que la ley concede a las medidas preventivas, lasautoridades ambientales son renuentes a decretarias, en especial las desuspensión de obra, proyecto o actividad, regulada en el articulo 39 ibídem.

4. De las medidas sancionatorias consagradas en la Ley 1333.

En igual forma, la Ley 1333 regula el procedimiento sancionatorio ambiental,prescribiendo en su articulo 4° que la función de la sanción en materiaambiental es de carácter "... preventiva, correctiva y compensatoria, paragarantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución,los Tratados Internacionales, la ley y el Reglamento ... "

El artículo 40 de la ley tantas veces señalada, establece las medidassancionatorias que las autoridades ambientales pueden imponer al infractor,siendo decisivas para el logro de los fines de la ley, las consagradas en losnumerales 2 y 4 Y desarrolladas en los artículos 44 y 46, esto es "...cierretemporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio" y "demoliciónde obra ... ".

5. Herramienta diseñada por la Procuraduria para rendir la información.

Para llevar a cabo el seguimiento y control a todas las autoridadesambientales del país, la Procuraduria diseñó un instrumento en Excel,utilízando el sistema de lista desplegable para escoger de las opcionesofrecidas, la respuesta. Sólo existen unos pocos campos para digitar lainformación solicitada (Acto administratívo, fechas), conforme se explica en elinstructivo que se anexa al presente memorando.

La herramienta en Excel está disponible en la página Web de la ProcuraduríaGeneral de la Nación, en el link de la Procuraduría Delegada para AsuntosAmbientales y Agrarios, o se puede solicitar enviando un correo a la direcciónde correo electrónico indicada en el numeral 7° del presente memorando.

6. Seguimiento y aplicación de la Ley 1333 por parte de la ProcuraduriaGeneral de la Nación.

Es deber de la Procuraduría General de la Nación, vigilar la gestión de lasautoridades ambientales y velar por la aplicación eficiente y eficaz de la Ley1333, propendiendo por una mayor conciencia y efectividad en la politicadefensora del medio ambiente, por parte de las autoridades ambientales.

Por lo anterior se hace necesario activar en esfera preventiva, el seguimientoy control a una de las más importantes competencias de la autoridad

I'IWClIRADllRlA lJELU;AJ)A l'ARA ASlINTOS AMIlIENTALES y AGRARIOSCarrera 5" No. 15.}(O Piso l-t Tcl¡,\lhno: 5H7X750 Ex!. 11401- Fa.\:. 11495

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ambiental, como es el caso de las medidas preventivas y sancionatorias,cuyo fundamento está contenido en el "principio de prevención".

La Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, será ladependencia encargada de hacer el seguimiento al cumplimiento delpresente memorando y formulará las recomendaciones y establecerá el plande acción que resulte de la evaluación de la información.

La doctora FANNY HENRIQUEZ GALLO, Procuradora 1" Ambiental y Agrariade Antioquia, con sede en la ciudad de Medellín, quien fuera revestida decompetencias en el territorio nacional, mediante Resolución número 259 del8 de julio de 2011, suscrita por el Procurador General de la Nación, encumplimiento de los artículos 55 y 56 de la Ley 1333, realizará la tabulacióny análisis de la información remitida. En consecuencia, tendrá facultadespara solicitar de manera personal, escrita o telefónica, las aclaraciones omodificaciones pertinentes de la información entregada.

7. Fechas de entrega y dirección electrónica para el envío de laInformación solicitada.

Una vez se diligencie la herramienta en Excel deberá enviarse unlca yexclusivamente al correo electrónico [email protected],enlas fechas que se señalan a continuación:

7.1. La primera información que se solicita por el presente memorando,diligenciado en la herramienta de Excel, corresponde al año 2011, (Actosadministrativos radicados entre el 1° de enero de 2011 hasta el 31 dediciembre de 2011), contentivos de medidas preventivas y las sancionatorias,la cual deberá ser remitida a más tardar el día 15 de abril de 2013.

7.2. La información relacionada con los actos administrativos expedidos apartir del 1° de enero del 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, deberá serentregada a más tardar el día 22 de abril de 2013.

7.3 En lo sucesivo la información correspondiente al año 2013 como de losaños posteriores, se enviará trimestralmente al correo electrónico citadoarriba, asi:

- Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del mes de mayo de 2013, seremitirá la información correspondiente a los meses de enero, febrero ymarzo del mismo año.

- Dentro de los cinco (5) primeros dias hábiles del mes de agosto de 2013,se remitirá la información correspondiente a los meses de abril, mayo y juniodel mismo año.

PROCl IRAIJl.lRIA DELEGADA PARA ASUNTOS AMBIENTALES Y AGRARIOSCarrcra5"No. 15-S0 Piso 1-1 TclCtono: 5S7X750 Ext.II ..Wlw Fnx. 11--l95

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- Dentro de los cinco (5) primeros dias hábiles del mes de noviembre de2013, se remitirá la información correspondiente a los meses de julio, agostoy septiembre del mismo año.

- Dentro de los quince (15) primeros hábiles dias del mes de enero de 2014,se remitirá la información correspondiente a los meses de octubre,noviembre y diciembre.

Se reitera, que con el diligenciamiento de esta herramienta de Excel secumple por parte de las autoridades ambientales, la obligación de comunicara la Procuraduría lo pertinente a los procesos sancionatorios y medidaspreventivas, en cumplimiento del articulo 56 de la ley. Como ya se dijo, no seenviarán los documentos físicos a la Procuraduría.

8. Verificación de la información por el Procurador Judicial Ambientaly Agrario de cada departamento.

El Procurador Judicial Ambiental y Agrario de cada departamento, sedesplazará a la autoridad ambiental respectiva a verificar selectivamente laexactitud de la información que se reporta, para lo cual deberáproporcionársele los expedientes que soportan la información. En el eventoen que encuentre alguna inexactitud deberá reportarla inmediatamente a laDelegada Ambiental, diligenciando el informe con fines disciplinarios yanexando las pruebas correspondientes.

9. Conclusiones.

Con el fin de dar estricto cumplimiento a lo estipulado en los artículos 55 y 56de la Ley 1333 de 2009, se hace necesario activar en esfera preventiva elseguimiento y control de los actos administrativos e impulsar las medidaspreventivas, propendiendo por una mayor consciencia y efectividad en lapolítica defensora del medio ambiente y de los recursos naturales.

En razón de lo anterior, se solicita tener en cuenta las siguientesconsideraciones:

1. A cada una de las autoridades ambientales del territorio nacionaldestinatarias del presente memorando, se les formula un respetuosollamado para atender los plazos y las condiciones señaladas para eldiligenciamiento del instrumento en Excel, que permitirá que laProcuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios realiceun adecuado seguimiento a la Ley 1333 de 2009.

2. Tanto la información correspondiente al año 2013 como de los añosposteriores, se enviará trimestralmente en las fechas señaladas en elnumeral 7.3 del presente memorando.

PROCURAI>lIRIA IJELI'GAIJA PARA ASUNTOS AMBIENTAI.ES y AGRARIOSCarrera 5" No. 15 -so Piso 14 Teléfono: 5N7X750 EXL 11401- Fax. 11495

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3. La información solicitada, deberá consignarse única y exclusivamenteen el instrumento de seguimiento adoptado por la ProcuraduriaGeneral de la Nación, ciñéndose a las instrucciones impartidas en elpresente memorando yen el instructivo anexo.

4. Una vez diligenciado el instrumento de Excel, se remitirá al correoelectrónico [email protected]. Tanto las medidaspreventivas como las sancionatorias se consignarán única yexclusivamente las indicadas en los numerales 3 y 4 del presentememorando y reguladas en la Ley 1333 en sus artículos 39, 44 Y 46,respectivamente.

5. En consecuencia, no se remitirán los actos administrativos endocumento físico.

6. Analizada la información remitida, la Procuraduría Delegada paraAsuntos Agrarios y Ambientales, formulará las recomendaciones eninstancia preventiva y establecerá los planes de acción para cadaautoridad ambiental.

Atentamente,

OSCAR~~ANAVASProcurador Delegado

Proyectó! FHenrlquez GafloRevisó: Osear Amaya Navas

Anexo: Instructivo difigenciamiento herramienta

I'ROCIIRA\)IIRI A DELEGADA l' ARA ASIINTOS AMIlIENT ALES y AGRARIOSCam:m 5" No. 15 -XO Piso 14 Teléfono: 587X750 Ext 11401- Fax. 11-11);