procesos constituyentes en américa

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Nombre : Daniel González Castro. Profesor : Gonzalo Águila V. Cátedra : Historia del Derecho. Fecha : 10 de junio de 2015. Procesos Constituyentes En América La “Participación Real y Amplia” fundado en la Asamblea Constituyente expresado en el Referéndum la creación de una Constitución Política. Se hará referencia al Proceso Constituyente de Venezuela: Causas: Una democracia representativa constituida por dos partidos políticos Comité de Organización Política Electoral Independiente (COPEI) y Acción Democrática (AD), en el denominado “Pacto de Punto Fijo” en el año 1958, generan una gran crisis en cuanto a la corrupción, exclusión política, social y económica de la mayoría de la población, donde solo era la elite la que tomaba las grandes decisiones del país, y además se beneficiaba del cambio de modelo económico pasando a uno neoliberal, que llevaron a una gran manifestación en el año 1989, llamado “Caracazo” 1 . El modelo de estado rentista generado a partir de la Explotación del Petróleo genera riqueza para un sector determinado y desigualdad para la población venezolana, haciendo un sistema de política Clientelista. Además se minimizo a un sector de la economía basado solo en los ingresos del petróleo hicieron caer la 1 Bizarro, L., Moricz, M., & González, M. (2009). Los procesos de las Asambleas Constituyentes de Bolivia, Ecuador y Venezuela: la institucionalización de otros paradigmas.

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Trabajo de Historia del Derecho

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Nombre: Daniel Gonzlez Castro. Profesor: Gonzalo guila V.Ctedra: Historia del Derecho. Fecha: 10 de junio de 2015.Procesos Constituyentes En AmricaLa Participacin Real y Amplia fundado en la Asamblea Constituyente expresado en el Referndum la creacin de una Constitucin Poltica. Se har referencia al Proceso Constituyente de Venezuela: Causas: Una democracia representativa constituida por dos partidos polticos Comit de Organizacin Poltica Electoral Independiente (COPEI) y Accin Democrtica (AD), en el denominado Pacto de Punto Fijo en el ao 1958, generan una gran crisis en cuanto a la corrupcin, exclusin poltica, social y econmica de la mayora de la poblacin, donde solo era la elite la que tomaba las grandes decisiones del pas, y adems se beneficiaba del cambio de modelo econmico pasando a uno neoliberal, que llevaron a una gran manifestacin en el ao 1989, llamado Caracazo[footnoteRef:1]. El modelo de estado rentista generado a partir de la Explotacin del Petrleo genera riqueza para un sector determinado y desigualdad para la poblacin venezolana, haciendo un sistema de poltica Clientelista. Adems se minimizo a un sector de la economa basado solo en los ingresos del petrleo hicieron caer la economa venezolana y crear un paquete de medidas econmicas al inicio del Gobierno de Carlos Andrs Prez, el cual no se sostuvo debido al hasto de la corrupcin y la marginacin poltica de los ciudadanos, se da en un contexto de violencia popular masivo. [1: Bizarro, L., Moricz, M., & Gonzlez, M. (2009). Los procesos de las Asambleas Constituyentes de Bolivia, Ecuador y Venezuela: la institucionalizacin de otros paradigmas.]

Efectos: A travs del mecanismo de Asamblea constituyente, el cual no estaba previsto en la Constitucin de 1961, que slo contemplaba la posibilidad de reforma general, condicionada a la sancin del Congreso y a un referndum aprobatorio. Chvez sostuvo una tesis distinta valindose de la posibilidad de llamar a referndum consultivo sobre asuntos de especial trascendencia nacional, fundado en el artculo 181 de la Ley Orgnica del Sufragio y Participacin Poltica[footnoteRef:2], Todo este proceso se ratific mediante un referndum constitucional el 15 de diciembre de 1999, con un 71,78% de aprobacin y un 56% de abstencin. Finalmente, el nuevo texto constitucional se public el 24 de marzo de 2000. Los artculos 347, 348 y 349 regulan la Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurdico y redactar una nueva Constitucin. [2: Hernndez (2011), pp. 140-155, y Brewer-Caras (2009), pp. 317-353.]

Postura si se est a favor o en contra de una reforma constituyente: realmente no se considera necesario desde el punto de vista poltico-institucional-social, crear una Asamblea constituyente para la manifestacin ms pura de lo que es obtener una carta fundamental hecha por la manifestacin de la voluntad soberana, ya que nuestra CPR, es una de las cartas que ha tenido mayores modificaciones despus de la vuelta a la democracia siendo las ms importantes las de los aos 1989 y 2005 respectivamente, existen claras seales de que Chile es un pas con una estabilidad constitucional que ningn otro pas de Latinoamrica a tenido, en cuanto a que la CPR que existe hasta el da de hoy se remonta desde el ao 1980, se supone que el Estado debe otorgar mayores libertades a las personas y no restringirlas ni tampoco creando trajes a la Medida teniendo una visin de corto plazo en cuanto a la obtencin de una carta fundamental, es decir, que sta nueva CPR pueda sufrir modificaciones conforme las contingencias sociales o institucionales, como a las que se ha visto expuesto Chile en los ltimos aos, lo que se puede sealar con claridad que ser el acuerdo concreto de un eventual proyecto de reforma constitucional el que manifieste un consenso que entregue garantas de inclusin a todos los sectores polticos. Es, en consecuencia, un debate poltico el que definir el destino de la viabilidad de la eventual Asamblea Constituyente.Reforma Constitucional: En el catalogo de derechos fundamentales de la CPR, Capitulo de los Derechos y Deberes Constitucionales, asegurar de forma explcita el acceso a oportunidades y mejores condiciones de vida de las personas en situacin de extrema pobreza y el hambre, siendo ste un tema sensible en cuanto a las problemticas sociales de la poblacin, sustentado sobre la base de un desarrollo equitativo y participativo de las personas como ciudadanos, a la cooperacin mutua, siendo seres sociales que tengan una vida en comunidad civilizada.Procedimiento de Concrecin: lo hara conforme a lo sealado en el captulo de reforma de la CPR, del artculo 129 que sera a travs de un plebiscito convocado al efecto por el Presidente de la Repblica, para que as la modificacin sea una expresin de la comunidad en beneficio de todos los que estn de acuerdo para obtener mejores condiciones y oportunidades para todos los integrantes de la nacin.