proceso legislativo

8
PROCESO LEGISLATIVO. El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Upload: celia-reyes

Post on 12-Apr-2017

137 views

Category:

Law


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PROCESO LEGISLATIVO

PROCESO LEGISLATIVO.

El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Page 2: PROCESO LEGISLATIVO

ETAPASPara que una Ley sea considerada como tal se requiere el cumplimiento de

formalidades exigidas en un proceso legislativo:

INICIATIVA DISCUSIÓN APROBACIÓN

SANCIÓNINICIO DE LA VIGENCIA PUBLICACIÓN

Page 3: PROCESO LEGISLATIVO

I. INICIATIVA

• Es la facultad de presentar un proyecto de Ley a la consideración del Congreso de la Unión. Las Cámaras deliberan acerca de éstos, con la finalidad si deben aprobarlos o no.

Page 4: PROCESO LEGISLATIVO

II. DISCUSIÓN.

Las cámaras realizan un ejercicio deliberativo sobre las distintas iniciativas de Ley. La discusión se realiza con base en un debate. Los Diputados y Senadores hacen uso de la tribuna para exponer sus argumentos en pro o en contra de un proyecto de Ley.

Page 5: PROCESO LEGISLATIVO

III. APROBACIÓN

• Una vez que ha sido discutido le sigue la Aprobación. Esta etapa del proceso tiene por objeto la aceptación total o parcial del antedicho proyecto de Ley. La Aprobación deberá hacerse en la cámara de origen y después a la revisora.

Page 6: PROCESO LEGISLATIVO

IV. SANCIÓN

• Es la etapa en la que el Presidente de la República acepta o desecha un proyecto de Ley. Derecho de veto: que consiste en una serie de observaciones que el ejecutivo realiza, No corrige el proyecto de Ley.

Page 7: PROCESO LEGISLATIVO

V. PROMULGACION Y PUBLICACION

• Acto por el cual el Ejecutivo aprueba con su firma y autoridad que se han cumplido las formalidades anteriores, y ordena su publicación. Federación (Diario Oficial de la Federación) Estatal (Periódico Oficial).

Page 8: PROCESO LEGISLATIVO

VI. INICIACION DE VIGENCIA.

• Es la determinación del momento específico en que una ley comenzará a surtir sus efectos. Existen dos sistemas para que la Ley inicie su vigencia: Sucesivo, ordena que la ley entrará en vigor, para los lugares donde se publica el diario oficial, tres días después de su promulgación. En los lugares distintos se conceden otros días en función de la distancia. A los tres primeros días uno mas por cada cuarenta kms. O fracción que exceda la mitad. Sincrónico, establece que la ley entrará en vigor, en todas partes, el día preciso que la propia ley fije.