proceso de certificación. acuerdo de asociación entre centroamérica y la unión europea

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UNIDAD DE ORIGEN PROCESO DE CERTIFICACIÓN Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea

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Economy & Finance


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UNIDAD DE ORIGENPROCESO DE CERTIFICACIÓN

Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea

El AACUE

* Regla que se rompe en RD-CAFTA

• “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre

Centroamérica, por un lado, y la Unión Europea y sus Estados

miembros, por otro”, Ley No. 9154 del 03 de julio de 2013,

publicada en el Alcance Digital No. 120 del Diario Oficial La Gaceta

No. 133 del 11 de julio de 2013 (en adelante, Acuerdo)

• Vigente para Costa Rica a partir del 1 de octubre de 2013

• En materia de origen hay que revisar el Anexo II, relativo a la

definición del concepto de productos originarios y métodos de

cooperación administrativa. Pagina www.comex.go.cr

5,8%

S.A. 0804.30

ACUERDO

0%

NMF

¿Para qué?

El origen de una mercancía

Son los requisitos que se

negociaron en el marco del

AACUE, para determinar que

mercancías tienen derecho a

recibir un tratamiento arancelario

preferencial:

De proceso productivo

Sobre el tránsito

por otros países

Documentales

Sobre la

emisión de

certificados

¿Qué es?

El origen de una mercancía

¿Cómo se

considera una piña

originaria ?

El proceso de siembra y

cosecha en nuestro territorio,

confiere origen.

Esto es lo que hay que

comprobar para obtener las

preferencias arancelarias

Aspectos para

comprobar siembra y

cosecha

La Certificación de origen

¿Qué pretende?

Comprobar documentalmente que una mercancía califica como originaria en el

marco del AACUE.Permite al importador solicitar a sus autoridades aduaneras las preferencias arancelarias, para las

mercancías sujetas a importación.

Posibilita a la autoridad aduanera del país importador, a verificar durante el control inmediato o “a posteriori”, si la

mercancía cumple con los requerimientos de origen negociados en el Acuerdo.

La certificación: ¿Objetivo?

* Regla que se rompe en RD-CAFTA

Solo las mercancías originarias tienen derecho a recibir el trato arancelario preferencial negociado en el Tratado

Históricamente en Costa Ricase han utilizado dos sistemaspara certificar el origen delas mercancías:

Proceso de auto-certificación

Certificación controlada: es aquella certificación emitida o avalada por una autoridad pública o privada

A partir de la publicación del Decreto 36651-COMEX (14/07/2011)

Certificación controlada Auto-certificación

PROCOMER Exportador / productor

SGP Unión Europea Centroamérica

SGP Rusia México

SGP Japón Chile

SGP Australia Rep. Dominicana

CARICOM Canadá

Venezuela Panamá

China

Peru

AACUE

EFTA DR-CAFTA*

En el sistema de auto-certificación, el exportador (e importador en DR-CAFTA) llena, firma y, de ser requerido, sella el certificado de origen, procediendo a remitirlo de forma directa a su cliente en el país de importación, sin

necesidad de obtener autorización o aval de ninguna entidad en el país de exportación.

Auto-certificación

Acuerdos basados en el principio de buena

fe

¿Por qué

PROCOMER?

-» Articulo 1»-

(Definiciones), del Anexo II

Relativo a la Definición del

Concepto de “Productos

Originarios” y Métodos de

Cooperación Administrativa:

Autoridad pública competente:

“Para Costa Rica la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica

(PROCOMER), o su sucesor”

¿Por qué

PROCOMER?

¿En donde se pueden

encontrar los

procedimientos

utilizados para la

certificación de Origen?

www.procomer.com

Proceso de verificación de origen (1)

Empresa

exportadoraNotario público Unidad de Origen

Inicio

Consultar

Procedimiento

Descargar

cuestionario

Autenticación

firma Repr. Legal

Remitir a Unidad

de Origen

Completar

cuestionario

Análisis del

cuestionario

Visita

Notificar intención

y fecha de visita

No

Visita de

inspección

Proceso de verificación de origen (2)

Empresa

exportadoraNotario público Unidad de Origen

Empresa exportadoraOriginario

Oficio

Conclusión

Fin

Notificación a

empresa

Empresa

exportadoraUnidad de Origen / VUCE

Inicio

Completa

EUR 1 (incluye solicitud)

Verifica información

del EUR 1 en el sistema

Confirma datos de la

factura contra EUR 1

Se firma

y sella EUR 1.

Se archiva solicitud y

fot .de factura

Proceso de certificación de origen

Certificado de circulación de mercancías EUR.1.

Certificado EUR 1

El exportador lo completa,

junto al formulario de solicitud,

y PROCOMER lo refrenda.

Debe ser emitido en

cuando se efectúe, o esté

asegurada, la exportación.

Validez hasta doce

meses, a partir de la

fecha en que es

expedido.

Se puede emitir en el idioma

del país exportador pero las

autoridades aduaneras

pueden exigir una traducción.

Debe ser emitido en

territorio de CR.

Certificado EUR 1

Puede ser emitido

después de realizada

la exportación

únicamente:

a) Si no se expidió en el momento de la exportación por

errores, omisiones involuntarias o circunstancias

especiales.

b) Se demuestra que no fue aceptado en el momento

de la importación por motivos técnicos.

PROCOMER solo podrá expedir un EUR.1 a posteriori, después de verificar

que la información suministrada en la solicitud del exportador, coincide con la

figura del expediente correspondiente.

Declaración en

facturaPuede ser emitido

por un exportador

autorizado por

autoridad

competente

Ver Apéndice IV del Anexo

II al AACUE.

Declaración en

factura

Declaración en

factura

El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización aduanera o de la autoridad pública competente nº ... (1)) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial ... (2).

(1) Cuando la declaración en factura se efectúe por un exportador autorizado en el sentido de lo dispuesto en el artículo 20 del anexo II, el número de autorización del exportador autorizado deberá consignarse en este espacio. Cuando la declaración en factura no la efectúe un exportador autorizado deberán omitirse las palabras entre paréntesis o deberá dejarse el espacio en blanco.(2) Indíquese el origen de los productos. Cuando la declaración en factura se refiera, en su totalidad o en parte, a productos originarios de Ceuta y Melilla en el sentido del artículo 34 del anexo II, el exportador deberá indicarlo claramente en el documento en el que efectúe la declaración mediante el símbolo «CM».(3) Estas indicaciones podrán omitirse si el propio documento contiene ya la información .(4) Véase el artículo 19, apartado 5, del anexo II. En los casos en que no se requiera la firma del exportador, la exención de firma también implicará la exención del nombre del firmante

…..…….…............................................. (3)

(Lugar y fecha)

….………................................................ (4)

(Firma del exportador; además deberá

indicarse de forma legible el nombre de

la persona que firma la declaración)

ResponsabilidadExportador

Artículo 15, Anexo II del AACUE

Artículo 12 Decreto N° 36651-COMEX

1. La autoridad pública competente de la Parte exportadora expedirá un certificado de circulación EUR.1 a petición escrita del exportador o, bajo la

responsabilidad de este, de su representante autorizado.

Para todos los efectos, el exportador será el único responsable frente al importador en

caso de suministro de datos incorrectos, falsos o no reales en cualquiera de los documentos, declaraciones o cuestionarios otorgados para

emitir el certificado de origen de las mercancías

ResponsabilidadExportador

De comprobar el origen

ProductorIntermediario

Agencia aduanasTransportista

Cooperación administrativa

PROCOMER, como autoridad pública competente,

deberá prestar asistencia mutua en la verificación de

origen solicitada por las autoridades aduaneras de la UE.

PROCOMER, está facultada para exigir

cualquier tipo de prueba e inspeccionar la

contabilidad del exportador, o llevar a cabo

cualquier otra comprobación relacionada

con el origen, y de conformidad con los

procedimientos de la legislación

costarricense.

Deberes de la

empresa ante una

investigación:

Tener claro que aunque no sea

productor, toda la responsabilidad

por certificación y verificación de

origen, recaen sobre el

exportador.

Si utiliza proveedores de servicios

(agentes de aduanas, navieras,

transportistas), tener control sobre las

operaciones que estos desarrollan.

Minor Corrales

[email protected]

(506) 2505-4808Fabián Monge

[email protected]

(506) 2505-4718

Luis Chacón

[email protected]

(506) 2505-4719

Ventanilla Única de Comercio Exterior

Unidad de origen

Muchas Gracias