procedimiento hcm reembolso o carta aval

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Procedimiento para validar reposos Cuando un trabajador se encuentra en incapacidad temporal por una enfermedad o accidente, debe presentar en la unidad de Recursos Humanos el reposo médico correspondiente ya validado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) (…si es superior a 4 días…) Para validar el reposo médico debe seguir los siguientes pasos: Solicitar la cita en el Seguro Social mas cercano a su domicilio y presentar: Constancia de Registro del Trabajador (Emitida por Recursos Humanos) y Cuenta Individual, (página web del IVSS). www.ivss.gov.ve / Consultas / Cuenta Individual / ingresar número de cédula de identidad y fecha de nacimiento. Es obligatorio que el paciente acuda a cumplir la cita, ya que es indispensable el interrogatorio y el examen clínico por parte del médico. La certificación de incapacidad (reposo) debe ser presentada durante las 72 horas siguientes a la fecha de su emisión o en caso de que ello no sea posible, en un período no mayor de 6 días. En el reposo es necesario que esté asentado en forma clara: Diagnóstico Nombre de la institución pública o clínica privada. Nombre, cédula y código del MSDS del médico otorgante. Fecha de inicio y conclusión de incapacidad. No debe tener enmiendas. En caso de tener estudios radiológicos, ecosonográficos y resultados de exámenes de laboratorio, que corroboren el diagnóstico debe llevarlos a la cita.

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Procedimiento HCM Reembolso o Carta Aval

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Procedimiento para validar reposos

Cuando un trabajador se encuentra en incapacidad temporal por unaenfermedad o accidente, debe presentar en la unidad de RecursosHumanos el reposo médico correspondiente ya validado por el InstitutoVenezolano de los Seguros Sociales (IVSS) (…si es superior a 4 días…)

Para validar el reposo médico debe seguir los siguientes pasos:

Solicitar la cita en el Seguro Social mas cercano a su domicilio ypresentar: Constancia de Registro del Trabajador (Emitida porRecursos Humanos) y Cuenta Individual, (página web del IVSS).

www.ivss.gov.ve / Consultas / Cuenta Individual / ingresar número decédula de identidad y fecha de nacimiento.

Es obligatorio que el paciente acuda a cumplir la cita, ya que esindispensable el interrogatorio y el examen clínico por parte del médico.

La certificación de incapacidad (reposo) debe ser presentada durantelas 72 horas siguientes a la fecha de su emisión o en caso de que ello nosea posible, en un período no mayor de 6 días.

En el reposo es necesario que esté asentado en forma clara:DiagnósticoNombre de la institución pública o clínica privada.Nombre, cédula y código del MSDS del médico otorgante.Fecha de inicio y conclusión de incapacidad.

No debe tener enmiendas.

En caso de tener estudios radiológicos, ecosonográficos y resultadosde exámenes de laboratorio, que corroboren el diagnóstico debe llevarlosa la cita.

Procedimiento para validar reposos

Los reposos sucesivos debe gestionarlos el propio paciente, serconformado por el mismo médico (de institución pública o clínica privada)quien inició la conformación de los mismos.

Sólo en caso de pacientes en post-operatorio inmediato, incapacitadosu hospitalizados, puede ser tramitado por otra persona, con la debidaautorización del paciente ó médico tratante (si el paciente estáincapacitado de forma absoluta). En estos casos es necesarios presentarla identificación correspondiente del asegurado y la respectiva constanciade la condición del hospitalizado, incluyendo los exámenes que seanrequeridos.

Requisitos para trámite de pago de reposos

Para solicitar el pago del reposo debe entregar en la Oficina dePrestaciones del centro asistencial (IVSS) donde validó el reposo, lossiguientes recaudos:

Copia de la cédula de identidad. Copia de reposo previamente conformado en el Formato 14-73. Constancia de Registro del Trabajador. Original de la Forma 14-52 (Datos del Patrono), con sello de la empresasolicitar en la unidad de Recursos Humanos. Cuenta Individual. Copia del Certificado de Nacimiento del bebé, en caso de Pre y Post-Natal (ambos se tramitan después de vencidos).

Sin excepción, a efectos del pago los reposos solo se podrán tramitardespués de vencidos.