- procedimiento abierto - pliego de clÁusulas … · precios presentada por el adjudicatario y...

22
- PROCEDIMIENTO ABIERTO - PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS SERVICIO DE CONSULTORIA SEONúmero de Expediente: 2018-002 PLAZO DE PRESENTACIÓN: FECHA LÍMITE EL 7 de marzo de 2018. Horario de entrega de 9:00 a 15:00 horas LUGAR DE PRESENTACIÓN: INFORMA D&B, S.A.U. (S.M.E.) Avda. de la Industria, 32 - 28108 Alcobendas Madrid Entregar en Recepción a la atención de Junta de Compras INFORMA Consultas: Durante los 10 primeros días desde la fecha de publicación, vía correo electrónico: [email protected] Fecha Publicación: 9 de febrero de 2018

Upload: others

Post on 26-Apr-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

- PROCEDIMIENTO ABIERTO -

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS

“SERVICIO DE CONSULTORIA SEO”

Número de Expediente: 2018-002

PLAZO DE PRESENTACIÓN: FECHA LÍMITE EL 7 de marzo de 2018. Horario de entrega de 9:00 a 15:00 horas LUGAR DE PRESENTACIÓN: INFORMA D&B, S.A.U. (S.M.E.) Avda. de la Industria, 32 - 28108 Alcobendas Madrid Entregar en Recepción a la atención de Junta de Compras INFORMA

Consultas: Durante los 10 primeros días desde la fecha de publicación, vía correo electrónico: [email protected]

Fecha Publicación: 9 de febrero de 2018

2

ÍNDICE I. ASPECTOS GENERALES .......................................................................................... 3

1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 3

1.1. PODER NO ADJUDICADOR ................................................................................................ 3

1.2. ORGANO DE CONTRATACION .......................................................................................... 3

2. NORMATIVA APLICABLE ............................................................................................... 4

3. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................... 4

4. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ................................................... 4

5. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES. FORMA Y CONTENIDO

DE LAS PROPOSICIONES. ................................................................................................... 5

6. IMPORTE Y PAGO DEL PRECIO ................................................................................... 9

7. REVISION DE PRECIOS ................................................................................................. 10

8. RESOLUCION DEL CONTRATO ..................................................................................... 10

9. JURISDICCION COMPETENTE ..................................................................................... 11

II. CRITERIOS DE VALORACIÓN ........................................................................... 11

1. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA DEL LICITADOR ...... 11

1.1. REQUISITOS ......................................................................................................................... 12

1.1.1. Solvencia Económica y Financiera ........................................................................ 12

1.1.2. Solvencia Técnica o Profesional ............................................................................ 12

1.2. MEDIOS DE ACREDITACIÓN ............................................................................................ 12

1.2.1. Solvencia Económica y Financiera ........................................................................ 12

1.2.2. Solvencia Técnica o Profesional ............................................................................ 13

2. PESOS Y PUNTUACION DE LOS DISTINTOS CRITERIOS DE VALORACIÓN . 13

III. ADJUDICACION ..................................................................................................... 14

IV. CONTRATO ............................................................................................................... 15

1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................. 15

2. EJECUCIÓN DEL CONTRATO ........................................................................................ 16

3

I. ASPECTOS GENERALES 1. INTRODUCCIÓN

INFORMA D&B, S.A.U. (S.M.E.) (en adelante INFORMA o la Compañía) está interesada en la contratación de los servicios profesionales para el posicionamiento en buscadores (SEO) de los diferentes dominios de la empresa en sus marcas Informa y e-informa, relacionados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

1.1. PODER NO ADJUDICADOR INFORMA D&B, S.A.U. (SME) Avda. de la Industria, 32 28108 Alcobendas MADRID (ESPAÑA) A la atención de: Junta de Compras INFORMA Teléfono N.º 91 661 71 19 Correo electrónico: [email protected] Direcciones Internet Acceso al perfil del contratante y dirección del poder no adjudicador: https://www.informa.es/politica-de-contratacion Entregas Las ofertas deberán presentarse hasta el 7 de marzo de 2018, entre las 9:00 y las 15:00 horas en INFORMA D&B S.A.U (S.M.E) Avda. de la Industria, 32 Alcobendas MADRID. Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido del presente pliego. Consultas Durante los 10 primeros días desde la fecha de publicación, vía correo electrónico: [email protected]

1.2. ORGANO DE CONTRATACION

La aprobación del Contrato queda reservada al Órgano de Contratación competente, a propuesta de la Mesa de Contratación. Se constituirá una Mesa de Contratación de conformidad con lo previsto en el artículo 3.1. de la Normas de Contratación aprobadas por la Compañía. Dicha mesa estará compuesta por:

• Un presidente, que tendrá la categoría de director de la Compañía, siendo en este caso, el Director General Técnico (D. Carlos Fernandez).

• Cuatro Vocales, que serán: - El Director General Comercial (D. Valentín Arce)

4

- El Director Adjunto al Consejero Delegado (Dª Beatriz Oliete) - Un letrado de los Servicios Jurídicos (Dª Itziar Urquiola) - El Director de E-informa (D. Karim Kaidi)

En caso de ausencia del presidente será sustituido por uno de los vocales. Los vocales suplentes que sustituirán a los vocales ausentes serán los siguientes:

• Un letrado de los Servicios Jurídicos de CESCE (D. Jaime de Miguel) • El director de Internacional (D. Jose Antonio Teijelo) • El director de Producción (Luis Bourgon). • El director de Informatica (D. Alberto Gonzalez). • El director de Marketing (D. Conrado Martínez)

Cuando así lo estime el presidente, podrán asistir a la Mesa en calidad de invitados con voz, pero sin voto otros miembros de la organización.

2. NORMATIVA APLICABLE

La contratación del servicio se regirá por lo establecido en este pliego y sus Anexos, lo contenido en las “Normas internas de procedimiento aplicables a la adjudicación de contratos” publicadas en la web de INFORMA www.informa.es y desarrolladas de acuerdo con lo dispuesto en Texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público RDL 3/2011 de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP) El régimen jurídico aplicable al Contrato es el propio de Derecho privado. En su consecuencia, la relación contractual entre INFORMA y el adjudicatario seleccionado se regirá por el presente pliego y sus Anexos, por la oferta técnica y económica de precios presentada por el adjudicatario y seleccionada por INFORMA y por el contrato que se ajustará al contenido de este Pliego, cuyas cláusulas forman parte integrante del Contrato y prevalecerán en caso de duda y, con carácter supletorio, lo dispuesto en la legislación civil y mercantil españolas y demás leyes especiales.

3. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO

1. Se establecerá un plazo de vigencia del contrato de 3 años.

4. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

El procedimiento de adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto en base a las “Normas internas de procedimiento aplicables a la adjudicación

5

de contratos” publicadas en el área de Contratación de Proveedores de la página web de INFORMA (www.informa.es). INFORMA podrá requerir al licitador las aclaraciones que considere necesarias y solicitar los documentos que considere conveniente, siempre que con ello no se modifiquen las condiciones básicas y esenciales de la oferta inicialmente presentada y sin que ello signifique que se está requiriendo la presentación de una nueva oferta o que se esté aceptando tácita o expresamente la presentada. El Órgano de contratación se reserva el derecho de rechazar aquellas Ofertas que a su juicio no cumplan las condiciones solicitadas.

INFORMA no tendrá ninguna responsabilidad por la recepción o preparación de una Oferta, por lo que todos los Oferentes deberán asumir los costes y gastos asociados a la misma; así como tampoco tendrá ningún tipo de responsabilidad en caso de desechar una o todas las Ofertas presentadas ni por declarar desierta la Petición de Oferta correspondiente.

5. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.

Las ofertas o proposiciones se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 145 y 146 de la TRLCSP. Podrán formular proposiciones para que se adjudique el servicio de referencia, las personas naturales o jurídicas, autorizadas para operar en España, ya sean españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se encuentren en ninguna de las prohibiciones que menciona el artículo 60 de la TRLCSP. Ningún licitador podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La contravención de lo anterior dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarte a lo previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas particular y su presentación supone la aceptación incondicional por parte del licitador de todas las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna. Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación del objeto del contrato. Los documentos que se presenten por los licitadores podrán ser copias, si bien el adjudicatario deberá aportar o acreditar los mismos previamente a la firma del Contrato y como condición previa al mismo, siendo originales o tener la consideración de auténticos según la legislación vigente, pudiendo tratarse de copias autenticadas notarialmente según los requisitos que establece el Reglamento Notarial respecto de

6

la legalización y legitimación o mediante copias administrativamente compulsadas en los términos exigidos por la normativa de aplicación. Los licitadores que participen en la presente licitación deberán entregar su oferta en mano o remitir vía correo certificado siempre que pueda acreditarse indubitadamente la fecha de envío y recepción, así como de su contenido íntegro y se identifique correctamente el remitente y el destinatario. Solo se admitirán los envíos por correo certificado si se anuncia su presentación por este procedimiento mediante correo electrónico a ([email protected]) antes de expirar el plazo límite establecido, recibiéndose posteriormente la oferta dentro de los 2 días naturales siguientes. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío y recepción por el órgano de contratación) no será admitida la proposición con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Los documentos se presentarán en castellano. Las empresas extranjeras que contraten en España presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano y con los requisitos exigidos en la normativa vigente para ser fehacientes. Se entregarán 4 sobres cerrados con indicación de la razón social de la empresa licitadora y el número de expediente al que se hace referencia la siguiente documentación: • Sobre A): Documentación administrativa

Deberá presentarse cerrado y firmado indicándose en lugar visible que contiene la “Documentación Administrativa” con los documentos que se relacionan seguidamente:

a) Índice enunciando numéricamente la documentación contenida en el sobre con indicación de la persona de contacto, teléfono y dirección de correo electrónico.

b) Copia de las escrituras de constitución o modificación en su caso inscritas en el Registro Mercantil, que deberán incluir en su objeto social mención o referencia a las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren.

c) Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (en adelante, UTE), en su caso: Cuando dos o más empresas acudan a una licitación agrupadas en UTE, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios, y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a INFORMA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE.

d) Poder notarial del que resulten las facultades representativas del firmante de la proposición inscritos en el Registro Mercantil, excepto cuando dichas facultades se deduzcan de la escritura mencionada anteriormente.

7

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I. o del documento que, en su caso, haga sus veces.

e) Copia de la tarjeta de Identificación Fiscal de la sociedad.

f) Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.

g) Aquellas personas jurídicas que hayan inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE) los actos correspondientes a su personalidad y capacidad de obrar, podrán aportar certificación expedida por el citado Registro en la que se acredite la capacidad de obrar, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación alguna.

h) Cuando los licitadores sean empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, la capacidad de obrar se acreditará por su inscripción en el Registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación en los términos exigidos en los artículos 58 y 72 de TRLCSP.

i) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 de TRLCSP, firmada por el representante del mismo

j) Copia del último balance de la compañía.

k) Certificaciones acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social. La fecha de expedición de estos certificados no podrá ser anterior a la fecha de publicación de este pliego.

l) Copia de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) donde se pueda apreciar que la actividad del licitador se corresponde con la del servicio licitado.

m) En caso de contar con ellos, certificados de calidad y cumplimiento de las normas

ISO.

n) Certificación de haber adaptado un Sistema de Gestión de Cumplimiento mediante un Código Ético, Plan de Prevención de riesgos penales o similar, o en caso de no disponer de ello, declaración de conocer y aceptar el Código Ético del Grupo CESCE.

o) Póliza de responsabilidad civil. Incluirá copia del recibo del pago de la prima correspondiente

p) Documentación solicitada en el punto II. 1.2.1

• Sobre B): Oferta económica

8

Se expresará de forma clara e inequívoca el número de expediente a que se refiere. Deberá presentarse cerrado y firmado indicándose en lugar visible que contiene la “Oferta Económica” con el documento de Oferta Económica que se relacionan seguidamente: • Se presentará la oferta económica tal y como se indica en el Anexo I – Modelo

de Proposición Económica, expresando el precio de su oferta, IVA excluido.

• El contenido de la oferta económica se ajustará estrictamente al modelo que figura como Anexo I.

• Cualquier oferta que supere el importe máximo de licitación no será tomada en

consideración en el procedimiento de adjudicación.

• Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero esta podrá comprender cuantas variantes distintas considere oportuno ofrecer en relación con el objeto de la licitación.

• La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a

máquina, expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última. Los precios ofertados incluyen todos los conceptos, recargos, etc., así como todos los gastos derivados del contrato, incluso los gastos asociados a la entrega y prestación de los servicios en el lugar convenido.

• Sobre C): Oferta técnica. En este sobre se incluirá la documentación o información relativa a la oferta técnica con especificación detallada de las características técnicas de los servicios objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas. Deberá presentarse cerrado y firmado indicándose en lugar visible que contiene la “Propuesta Técnica” con los documentos que se relacionan seguidamente:

a) Índice enunciando numéricamente la documentación contenida en el sobre con indicación de la persona de contacto, teléfono y dirección de correo electrónico.

b) Características detalladas en el pliego técnico, de los equipos ofertados. Recursos Humanos y materiales, así como la organización del Servicio que se propone, con el fin de atender las necesidades especificidad.

Se deberá especificar, de la forma más detallada y precisa posible, su propuesta y plan de trabajo para ambas marcas, a fin de conseguir una alta calidad de servicio.

9

c) Factores complementarios y mejoras. El licitador incluirá en este apartado toda la información que considere como factor complementario y/o mejora para la prestación del servicio.

d) Documentación solicitada en el punto 1.2.2. de los Criterios de Valoración

• Sobre D): Soporte Electrónico.

La documentación incluida en los sobres A): Documentación Administrativa y C): Oferta Técnica anteriores, se entregará en formato electrónico (memoria USB, cd, dvd o similar). Este sobre D) NO incluirá la información del Sobre B): Oferta Económica.

6. IMPORTE Y PAGO DEL PRECIO El importe total máximo de la licitación para el periodo del servicio, asciende a: 195.000 euros, sin incluir el IVA. En este importe se incluyen todos los gastos que el/los adjudicatario/s deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, sin que puedan ser repercutidos como partida independiente otros conceptos. Todas las cantidades serán facturadas por meses vencidos y se verán gravadas con los impuestos correspondientes. Las facturas serán pagadas por el Cliente en el plazo máximo de treinta (30) días contados desde la fecha de emisión de las mismas, el día 20 del mes que corresponda. Se deja expresa advertencia de que el presupuesto máximo de la presente licitación es máximo y estimativo, sin que dicho importe máximo suponga compromiso económico para INFORMA. En consecuencia, INFORMA abonará al Adjudicatario de acuerdo con la efectiva realización de los servicios o suministro en su caso, en atención a los requerimientos de INFORMA, por lo que la demanda de INFORMA y efectiva dedicación del Adjudicatario podrán ser diferentes a los estimados en los presentes Pliegos. La modificación del contrato podrá ser realizada en función de la evolución de las necesidades de INFORMA y consistirá en un incremento de las prestaciones o suministros contratados. En todo caso dicha modificación no podrá exceder del 20% del precio del contrato, y deberá adecuarse a los requisitos previstos al efecto en la LCSP.

10

7. REVISION DE PRECIOS

Con carácter general no procederá la revisión de precios durante la duración del contrato marco.

8. RESOLUCION DEL CONTRATO

INFORMA podrá resolver de pleno derecho el contrato en el supuesto de que la empresa adjudicataria incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Pliego y/o en el Contrato. Dicha resolución contractual se entenderá sin perjuicio del derecho que ostenta INFORMA a exigir la indemnización de todos los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento. Serán motivos de resolución anticipada del contrato, además de las previstas en el art. 223 y 308 del TRLCSP , y sin perjuicio de lo que se indica además en el apartado 1.11: 1. Concurso del adjudicatario 2. La absorción o fusión del adjudicatario por otra compañía, en cuyo caso INFORMA podrá optar por la continuidad o la resolución anticipada. Si la opción fuera continuar, la empresa resultante de la fusión deberá comprometerse a continuar prestando los servicios en las mismas condiciones pactadas. 3. La falta de pago por parte de INFORMA con mora superior a 3 meses, siempre que el retraso en el pago no sea debido a objeciones y disputas sobre las facturas planteadas de buena fe por INFORMA. 4. El incumplimiento grave por parte del adjudicatario de las obligaciones establecidas en el Contrato y en los presentes Pliegos. 5. Haber alcanzado el límite máximo de gasto previsto conforme al precio adjudicado (incluido el importe previsto para variaciones del contrato). Asimismo. INFORMA podrá desistir del Contrato, sin necesidad de justa causa y a su conveniencia mediante preaviso escrito dirigido al adjudicatario con una antelación mínima de 60 días naturales, sin obligación de satisfacer indemnización ninguna por el desistimiento, si bien abonará al adjudicatario la totalidad de los pagos pendientes y gastos del Servicio prestado por el adjudicatario debidamente acreditados y aprobados por INFORMA, hasta la fecha efectiva de terminación. Igualmente, INFORMA podrá desistir parcialmente de singulares prestaciones del Contrato, sin necesidad de justa causa y a su conveniencia mediante preaviso escrito dirigido al adjudicatario con una antelación mínima de 60 días naturales sin obligación de satisfacer indemnización ninguna por el desistimiento parcial, si bien abonara al adjudicatario la totalidad de los pagos pendientes y gastos del Servicio a que se refiera

11

el desistimiento debidamente acreditados y aprobados por INFORMA hasta la fecha efectiva de terminación parcial, continuando el Contrato y prestaciones a las que no se refiera el parcial desistimiento bajo los mismos términos y condiciones previstos en el Contrato.

9. JURISDICCION COMPETENTE

Las Partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someterán, para la resolución de cuantas controversias puedan surgir en orden a la interpretación, ejecución o extinción del este Contrato, a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. No obstante, lo anterior, ambas partes manifiestan su voluntad expresa e inequívoca de aceptar la elección del arbitraje por la parte que en su caso actúe como demandante como procedimiento para dirimir toda controversia acerca de la aplicación, ejecución e interpretación del presente Contrato Marco, sus Anexos y/o Contratos de Adhesión. Y a tal efecto, convienen explícitamente que, en tal caso, con renuncia a ejercitar su derecho ante la jurisdicción ordinaria , se someterán a arbitraje de derecho administrado por la Corte Española de Arbitraje con sede en Madrid, de conformidad con su Reglamento y Estatuto y con arreglo al procedimiento en ellos establecido, estipulando que encomendaran a dicha Corte la administración del arbitraje y la designación de un solo árbitro y se obligan a cumplir tanto las resoluciones interlocutorias como el laudo que finalmente se dicte.

II. CRITERIOS DE VALORACIÓN

1. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA DEL LICITADOR Podrán concurrir a la licitación de este contrato, por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 54 a 59 del TRLCSP, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

12

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de su actividad a tenor de lo que dispongan sus estatutos o reglas fundacionales. Las empresas licitadoras acreditarán, por los medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional, conforme a los artículos 75 del TRLCSP, sin perjuicio de la presunción a que se refiere el anexo del pliego relativo a las empresas extranjeras.

1.1. REQUISITOS

1.1.1. Solvencia Económica y Financiera

Tener una cifra global media de negocios en los tres últimos ejercicios de al menos 292.500 de euros.

1.1.2. Solvencia Técnica o Profesional a) La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse

teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por la experiencia en realización de servicios similares descritos en el pliego técnico.

b) Acreditar una antigüedad mínima de 3 años desde la fecha de constitución.

c) Acreditar pertenencia a Google Partner Premier.

1.2. MEDIOS DE ACREDITACIÓN

1.2.1. Solvencia Económica y Financiera

La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras.

b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro

oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.

13

c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

Esta documentación debe incluirse en el sobre “A” Documentación Administrativa.

1.2.2. Solvencia Técnica o Profesional

• Una relación de los principales servicios y suministros realizados en los

últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

• Se deberá documentar con la firma del representante legal que se dispone

de una organización de elementos materiales y personales suficientes para la ejecución del trabajo ofertado.

• Asimismo, se facilitará cualquier otra documentación que el licitador

considere necesaria para demostrar su solvencia técnica y profesional, como el certificado de Google con la insignia Google Partner Premier

• Serán igualmente válidos los medios acreditativos que resulten idóneos

previstos en el artículo 78 del TRLCSP.

Esta documentación debe incluirse en el sobre “C” Oferta técnica.

2. PESOS Y PUNTUACION DE LOS DISTINTOS CRITERIOS DE VALORACIÓN

A los efectos de lo previsto en el artículo 192 del RDL 3/2011, la valoración de las ofertas recibidas se realizará de acuerdo con la siguiente tabla de pesos y puntos.

• Criterios de valoración no evaluables mediante fórmulas matemáticas: hasta 40

puntos. (Documentación que se adjuntara al sobre “C”de oferta Técnica).

14

• Estrategia SEO Keywords Core: hasta 12 puntos. • Estrategia SEO Long Tail en directorios: hasta 12 puntos. • Propuesta de Linkbuilding: hasta 5 puntos. • Experiencia /Case studies con clientes B2B: hasta 6 puntos. • Mejoras: hasta 5 puntos.

• Criterios de valoración mediante fórmulas matemáticas: hasta 60 puntos.

(Documentación que se adjuntara al sobre “B” oferta económica).

A) Oferta económica: hasta 60 puntos.

Las agencias deberán presentar su oferta para este apartado teniendo en cuenta que la puntuación de la comisión de agencia se calculará a partir de la fórmula de la Oferta más baja: P=PM x OMB/O Donde P es la puntuación de cada oferta, PM es la puntuación máxima (60), OMB la cantidad a la que asciende la oferta más baja y O es la oferta a puntuar. Se debe tener en cuenta que el presupuesto máximo de la licitación debe incluir los costes de inversión en linkbuilding o herramientas de control SEO

III. ADJUDICACION

Reunida la Mesa de Contratación, se adjudicará en el plazo máximo de 30 días hábiles en la Comunidad de Madrid, desde el cierre del plazo de presentación. La adjudicación recaerá en la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el punto anterior. El Órgano de Contratación, sin responsabilidad indemnizatoria a su cargo ni deber de resarcimiento alguno, podrá motivadamente renunciar a la celebración del contrato o desistir del proceso de contratación en cualquier momento antes de la adjudicación, notificando la renuncia o desistimiento y su causa. Especialmente, dicha facultad podrá ser ejercitada para el caso de cualquier ausencia o defecto en sus procedimientos internos de preparación y aprobación del contrato. La adjudicación podrá no recaer en la oferta económicamente más ventajosa si, a la vista del informe técnico, se considera que contiene valores desproporcionados o anormales. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la Mesa de Contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada (art. 85.6 Reglamento Ley de Contratos de las Administraciones Públicas).

INFORMA podrá solicitar a los licitadores que expliquen el precio o los costes propuestos en la oferta cuando las ofertas parezcan anormalmente bajas para los

15

servicios o suministros de que se trate. Las aclaraciones y justificaciones de los licitadores deberán presentarse en un plazo de audiencia no superior a 2 días. La licitación podrá declararse desierta si ninguna de las proposiciones presentadas fuera admisible con arreglo a la propuesta técnica y a los criterios de capacidad y solvencia del presente pliego, o si ninguna de las proposiciones presentadas se considera adecuada. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa será requerido para que en el plazo de cinco días hábiles presente la documentación original o copia compulsada que le hubiera sido requerida. De no cumplimentarse adecuadamente en el plazo indicado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. PUBLICIDAD ADJUDICACION.

La adjudicación del presente concurso se comunicará a través de la Plataforma de Contratación del Estado.

IV. CONTRATO

INFORMA firmará un contrato con el adjudicatario que contendrá, al menos, todas las condiciones reflejadas en el pliego de licitación junto con la propuesta que resultare adjudicada. Si el adjudicatario no hubiera presentado los documentos anteriores y no comparece en el lugar, día y hora previstos para la formalización del contrato, podrá adjudicarse el contrato al licitador o licitadores siguientes por el orden en que hayan quedado clasificadas su oferta, siempre que el nuevo adjudicatario preste su conformidad y presente los documentos en el plazo que se le señale para la formalización. El contrato tiene carácter privado y la naturaleza propia de un contrato de prestación de servicios. El contrato se regirá en su preparación y adjudicación por el presente pliego de condiciones, por el pliego de prescripciones técnicas, por las Normas de Contratación aprobadas por INFORMA y por la normativa mercantil y administrativa aplicable.

1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato se formalizará en documento privado, o cuando así lo exija el adjudicatario, en escritura pública, por INFORMA.

16

Serán de cuenta del adjudicatario los gastos derivados de la formalización del contrato, incluidos los tributos y todos los demás exigibles por las disposiciones vigentes que origine la adjudicación. Sin los requisitos de la previa formalización por escrito del contrato no podrá iniciarse la previa ejecución del mismo. En el supuesto de que el adjudicatario opte por formalizar el contrato en documento público notarial, realizará las actividades precisas para el otorgamiento de la escritura pública en que se formalice el contrato, corriendo en este caso, de su cuenta, todos los gastos que suponga el otorgamiento de la escritura notarial. El adjudicatario entregará una copia autorizada y una copia simple por cada sociedad interviniente a INFORMA. El documento de formalización del contrato, junto con el pliego de cláusulas administrativas y el de prescripciones técnicas, tendrá naturaleza contractual.

2. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

1.- El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que, en su caso, para su interpretación diere al adjudicatario el órgano de contratación. 2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica del servicio y suministro que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para INFORMA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 3.- Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen tanto a INFORMA, como a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP. 4.- Ejecución defectuosa.

4.1.- En el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, se requerirá la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones económicas que se convengan y/o de la eventual resolución del contrato a instancias de INFORMA con indemnización de daños y perjuicios causados en todo caso.

4.2.- En caso de incumplimiento, por causa imputable al adjudicatario, INFORMA podrá rechazar la prestación efectuada quedando exenta de la obligación de pago y tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho y a la indemnización de los daños y perjuicios causados para el caso de resolución.

5.- Obligaciones de las partes.

17

5.1.- Además de los derechos y obligaciones generales derivados del régimen jurídico del presente contrato, se atenderá especialmente a las siguientes obligaciones:

5.1.1.- El adjudicatario queda obligado, con respecto al personal que emplee a su costa para atender a sus obligaciones en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes y de las que puedan promulgarse durante la ejecución del mismo. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo las sociedades auditadas totalmente ajenas a dichas relaciones laborales.

5.1.2.- El adjudicatario se obliga, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia tributaria, relaciones laborales, Seguridad Social y cualesquiera otras de carácter general.

5.2.- Seguridad y confidencialidad.

Tanto la empresa adjudicataria, como el personal asignado por ésta a prestar servicio se comprometerán a guardar absoluta reserva y secreto sobre las instalaciones, procedimientos, incidencias, así como cualesquiera informaciones, documentos, datos y asuntos. Igualmente se obligarán a guardar absoluto secreto y reserva sobre cualquier información o dato que pudieran conocer del personal del centro o de sus usuarios, y en general de cualquier persona relacionada con éste, estando obligados a no hacer públicos ni comunicar a terceros cuantos datos conozcan como consecuencia de la ejecución de su labor. La empresa adjudicataria y el personal por ella asignado se obligan a mantener el indicado deber de secreto y reserva no sólo durante la vigencia del contrato, sino incluso tras la conclusión del mismo, cualquiera que sea la causa de terminación. El adjudicatario se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. Una falta en este sentido, podrá influir en la cesación del servicio, ello sin perjuicio de las acciones legales que pudieran proceder.

5.2.1.- El adjudicatario queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el responsable del contrato.

El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140.2 del TRLCSP.

5.2.2.- El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros datos alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación.

18

El adjudicatario adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.

5.2.3.- El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.

A estos efectos, el adjudicatario podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.

5.2.4.- Como efecto de la adjudicación del presente contrato, el adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por lo que como consecuencia de la celebración del mismo, el adjudicatario adquiere la condición de Encargado de Tratamiento, y queda obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio.

El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros de cualquiera de las sociedades para la prestación del servicio objeto del contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en el Artículo 12 de la LOPD. Por lo que, como consecuencia, el adjudicatario queda obligado específicamente a:

• Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente contrato.

• Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el Artículo 9 de la LOPD y desarrolladas reglamentariamente en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (RDLOPD), aplicando de esta manera, las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función del tipo de datos a tratar conforme al contenido del Artículo 81 del RDLOPD.

• Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del contrato, así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.

• No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.

• Comunicar al personal, que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento, el deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del

19

contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.

• Destruir o devolver a la sociedad correspondiente, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.

• La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario, será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como responsable del Fichero, sobre los daños y perjuicios que, en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de las mismas. Estas obligaciones que se extienden durante la ejecución del contrato, seguirán vigentes una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto.

5.2.5.- La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.

6.- Imposibilidad de cesión del contrato y subcontratación. El adjudicatario no podrá ceder el contrato en todo o en parte, ni los derechos derivados del mismo, ni podrá subcontratar su cumplimento o ejecución. A estos efectos no tendrá la consideración de subcontratación los trabajos realizados por terceras empresas que formen parte del grupo empresarial al que pertenezca el adjudicatario. La empresa adjudicataria del contrato será, en todo momento, ante INFORMA, la responsable y la interlocutora de las actividades ejecutadas. Por otra parte, en cualquier momento y sin otro requisito que la comunicación al adjudicatario con 30 días de antelación junto con la aceptación por escrito por parte del cesionario de los términos y condiciones de este Contrato, INFORMA podrá ceder su posición jurídica y los derechos y obligaciones derivados de este Contrato a cualquier Sociedad en la que INFORMA D&B S.A (S.M.E.). ostente directa o indirectamente una participación mayoritaria en su capital social o la sociedad matriz de la propia INFORMA D&B, S.A.(S.M.E.)

7.- Extinción

El contrato se extinguirá cuando concluya el plazo de duración pactado. INFORMA tendrá además las facultades de terminación a su conveniencia indicadas en el apartado I.8. del presente pliego. 8.- Medios Medios Humanos

20

El adjudicatario se compromete a asignar a los servicios objeto de este pliego al personal compuesto por los perfiles profesionales y el equipamiento técnico que se describen en la descripción de los servicios a prestar. El personal del adjudicatario estará compuesto por profesionales expertos en la realización de las funciones específicas que deban realizar, siendo del adjudicatario la total responsabilidad respecto a la selección de estos profesionales para la correcta prestación del servicio. Será responsabilidad del adjudicatario la formación de su personal. Medios Técnicos

La ejecución del contrato de servicios implicará la dotación de infraestructura suficiente a los equipos humanos. Será responsabilidad exclusiva del adjudicatario la dotación de todos los recursos necesarios, salvo aquellos que en los que esté explícitamente la responsabilidad de INFORMA recogida en el contrato.

9.- Responsabilidad El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos, prestaciones, suministros y/o servicios que realice en ejecución del contrato que se formalice, así como de las consecuencias que se deduzcan para INFORMA, o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Servicio. El adjudicatario responderá de los daños y perjuicios directos e indirectos causados a INFORMA o a terceros, que traigan su causa en una conducta negligente o culposa del adjudicatario o se deriven del incumplimiento de las obligaciones que le incumben, a tenor de lo señalado en el contrato de servicio.

21

ANEXO I

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Las proposiciones económicas que presenten los licitadores se ajustarán al siguiente modelo: D/Dª. .........................................................., domiciliado en ............................ C/............................................................................., N.º ........., distrito postal................. con DNI N.º ........................ expedido en ................................ actuando (en nombre propio o en representación de) .........................................................................., con CIF N.º ........................... se compromete a realizar el contrato de servicios a que se refiere el pliego con N.º de Expediente 2018-002, con sujeción a las condiciones y requisitos que se determinan en dicho pliego, todo ello desglosado por los conceptos e importes siguientes:

Honorarios de agencia por consultoría SEO Informa Fee mensual Fijo ……………………………………………………………………………………€

En .........................a.........................de............................de..........

(Firma y sello de la empresa)

22

Información de Empresas w w w. i n f o r m a . e s

Servicio de Atención al Cliente

[email protected]

� 902 176 076