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1 1 1 Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil . ÓRGANO JURISDICCIONAL TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL Número de expediente Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la sentencia dd/mm/aaaa Fecha del auto que declare que causó ejecutoria dd/mm/aaaa 36/2007 JURISDICCION VOLUNTARIA DE INFORMACION TESTIMONIAL EXTRAVIO DE DOCUMENTOS PARA ACREDITAR PROPIEDAD DE VEHICULO 30 DE ENERO DE 2008 14 DE FEBRERO DE 2008 Puntos resolutivos PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias; SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer por sus propios derechos; TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta; CUARTO.- El señor *****, demostró el extravío de los documentos que acreditan la propiedad del vehículo marca *****, modelo *****, color *****, serie *****, con placas *****, regularizada; QUINTO.- Notifíquese personalmente. Número de expediente Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la sentencia dd/mm/aaaa Fecha del auto que declare que causó ejecutoria dd/mm/aaaa 83/2007 JURISDICCION VOLUNTARIA ACREDITAR CONCUBINATO 14 DE FEBRERO DE 2008 20 DE NOVIEMBRE DE 2008

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Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. ÓRGANO JURISDICCIONAL

TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

36/2007

JURISDICCION VOLUNTARIA DE INFORMACION TESTIMONIAL

EXTRAVIO DE DOCUMENTOS

PARA ACREDITAR PROPIEDAD DE

VEHICULO

30 DE ENERO DE 2008 14 DE FEBRERO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias;

SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer por sus propios derechos;

TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta;

CUARTO.- El señor *****, demostró el extravío de los documentos que acreditan la propiedad del vehículo marca *****, modelo *****, color *****, serie *****, con placas *****, regularizada; QUINTO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

83/2007 JURISDICCION VOLUNTARIA

ACREDITAR CONCUBINATO

14 DE FEBRERO DE 2008 20 DE NOVIEMBRE DE 2008

Page 2: PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las … naranjo/el... · Este juzgado es competente para conocer del presente juicio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias;

SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer por sus propios derechos;

TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta;

CUARTO.- La promovente ***** no acredito sus extremos, como consecuencia se declara improcedentes las presentes diligencias;

QUINTO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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12/2008 JURISDICCION VOLUNTARIA

ACREDITAR DEPENDENCIA ECONOMICA

3 DE ABRIL DE 2008 21 DE ABRIL DE 2008

Puntos resolutivos PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer de las presentes diligencias; SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer pro sus propios derechos; TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta; CUARTO.- El promovente *****, acreditó que su hija *****, depende económicamente de él, como consecuencia se declaran procedentes las presentes diligencias; QUINTO.- Notifíquese personalmente.

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Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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14/2008 JURISDICCION VOLUNTARIA

ACREDITAR PROPIEDAD DE

VEHICULO 26 DE SEPTIEMBRE 2008. 4 DE NOVIEMBRE DE 2008

Puntos resolutivos PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer de las presentes diligencias; SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer pro sus propios derechos; TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta; CUARTO.- El señor *****, demostró el extravío de los documentos que acreditan la propiedad del vehículo de motor marca *****, de la., línea pick-up, modelo *****, color rojo, con número de serie *****, con placas de circulación *****; QUINTO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

50/2008 JURISDICCION VOLUNTARIA

ACREDITAR DEPENDENCIA ECONOMICA

4 DE DICIEMBRE DE 2008. 24 DE DICIEMBRE DE 2008

Puntos resolutivos PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer de las presentes diligencias; SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer pro sus propios derechos; TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta; CUARTO.- El señor *****, demostró ser padre del difunto ***** y/o *****, asimismo que DEPENDIA ECONOMICAMENTE de él;; QUINTO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia Fecha del auto que declare que

causó ejecutoria

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52/2008 JURISDICCION VOLUNTARIA

EXTRAVIO DE DOCUMENTOS QUE ACRETAN PROPIEDAD DE VEHICULO DE

MOTOR

28 DE OCTUBRE DE 2008 25 DE NOVIEMBRE DE 2008

Puntos resolutivos PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer de las presentes diligencias; SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer pro sus propios derechos; TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta;

CUARTO.- La señora *****, demostró el extravió de los documentos que acreditan la el vehículo marca *****, Línea *****, modelo *****, color *****, número de serie *****, placas de circulación *****, del Estado de *****;

QUINTO.- Notifíquese personalmente. SEXTO.- “En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 23 fracción III de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se hace del conocimiento de las partes, que la Sentencia que en definitiva se dicte en el presente asunto, y que haya causado ejecutoria, estará a disposición del publico para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, así también el derecho que les asiste, para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que sus datos personales señalados en el articulo Tercero fracción XV, de la ley en cita, se incluyan en la publicación, en la inteligencia de que la falta de oposición, presume su conocimiento a ello, lo anterior sin perjuicio de la protección de oficio que al respecto opere a su favor.”

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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58/2008 JURISDICIION VOLUNTARIA

RESTITUCION DE MENORES

15 DE DICIEMBRE DE 2008

14 DE ENERO DE 2009

Puntos resolutivos

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PRIMERO.- Este Juzgado fue competente para conocer del presente asunto;

SEGUNDO.- Por las razones señaladas en el Considerando Cuarto de la presente resolución, se DECLARA IMPROCEDENTE LA

PETICION DE RESTITUCION DE LOS MENORES ***** y *****, de apellidos *****, solicitada por el señor *****, por conducto del

Departamento de Estado. Oficina de Asuntos Menores. Autoridad Central de los Estados Unidos de América a través de la Dirección

General de Protección y Asuntos Consulares. Dirección de Derechos de Familia de la Secretaría de Relaciones Exteriores de nuestro País.

TERCERO.- En consecuencia, se levanta la medida cautelar decretada en este procedimiento, y se ordena la reinstalación inmediata de los

citados menores a su domicilio señalado en autos, por conducto de la Autoridad Central, carácter con el que se ostento la Procuraduría de la

Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, en este procedimiento.

CUARTO.- Notifíquese personalmente a todas y cada una de las autoridades que intervinieron en este asunto.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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62/2006 EXTRAORDINARIO

CIVIL

OTORGAMIENTO Y FIRMA DE

ESCRITURA 15 DE ENERO DE 2008 30 DE ENERO DE 2008

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PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Este Juzgado fue competente. La vía elegida fue la correcta, compareciendo las partes con personalidad;

SEGUNDO.- *****, no probo su acción de OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA, y la demandada ***** no contesto la Instancia y el Juicio siguió en su rebeldía; en consecuencia.

TERCERO.- Se ABSUELVE a la parte demandada ***** de la acción ejercitada por la parte actora;

CUARTO.- Se condena a la actora al pago de costas y gastos que se originaron con la tramitación de este Juicio, conforme los dispone el numeral 135 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

QUINTO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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22/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 29 DE ABRIL DE 2008 26 DE MAYO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente juicio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

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TERCERO.- El actor *****, acreditó su acción y el demandado *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena al demandado *****, a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $****.00 (***** pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena al demandado a pagar los intereses moratorios devengados desde la mora, hasta el pago total del adeudo, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena a la parte demandada al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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40/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 4 DE DICIEMBRE DE 2007 5 DE FEBRERO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y la demandada *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

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CUARTO.- En consecuencia, se condena a la demandada ***** a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena a la demandada a pagar los intereses moratorios devengados desde la mora, hasta el pago total del adeudo, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena a la demandada al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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42/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 7 DE ABRIL DE 2008 25 DE ABRIL DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y el demandado *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

Page 9: PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las … naranjo/el... · Este juzgado es competente para conocer del presente juicio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

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CUARTO.- En consecuencia, se condena al demandado *****, a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena al demandado a pagar la suma de $*****.00 (****** pesos 00/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios devengados desde la mora, hasta la presentación de la demanda, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena al demandado al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

46/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 28 DE MAYO DE 2008 16 DE JUNIO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

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TERCERO.- El actor *****, acreditó su acción y el demandado *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena al demandado *****, a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena al demandado a pagar los intereses moratorios devengados desde la mora, hasta el pago total del adeudo, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena al demandado al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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61/2007 JURISDICCION VOLUNTARIA

ACREDITAR LA PROPIEDAD DE VEHICULO DE

MOTOR

30 DE ABRIL DE 2008 19 DE NOVIEMBRE DE 2008

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PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias;

SEGUNDO.- La personalidad del promovente no fue motivo de controversia alguna al comparecer por sus propios derechos;

TERCERO.- La Vía de Jurisdicción Voluntaria fue la correcta;

CUARTO.- La promovente *****, no acredito sus extremos, como consecuencia se declaran improcedentes las presentes diligencias;

QUINTO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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71/2007 ORDINARIO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 12 DE MARZO DE 2008 24 DE ABRIL DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado resultó competente para conocer del presente juicio, así como procedente la Vía Ordinaria Mercantil, compareciendo las partes con el carácter respectivo;

SEGUNDO.- Por lo razonamientos señalados en el considerando cuarto de esta resolución, se declara la nulidad del presente juicio, dejando a salvo los derechos de la actora ***** para que los haga valer en la vía y forma establecidos por la ley de la materia;

TERCERO.- No se hace especial condena en costas de acuerdo al considerando quinto de este fallo;

CUARTO.- Notifíquese personalmente.

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Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

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Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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77/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 29 DE BARIL DE 2008 13 DE JUNIO DE 2008

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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90/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 2 DE SEPTIEMBRE DE

2008 13 DE OCTUBRE DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor *****, acreditó su acción y el demandado *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena al demandado *****, a pagar al beneficiario de los documentos base de la acción, la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena al demandado a pagar la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 m.n.) por concepto de intereses moratorios devengados desde la mora a la presentación de la demanda, y hasta el pago total del adeudo, a razón del 15% quince por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena a la parte demandada al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del

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presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal de que en caso contrario se sacará a remate los bienes embargados en el presente juicio;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

92/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 6 DE JUNIO DE 2008 25 DE JUNIO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y la demandada *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena a la demandada *****, a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena a la demandada a pagar la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios devengados desde la mora, hasta la presentación de la demanda, además de los que se sigan venciendo hasta el pago total del adeudo, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena a la demandada al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su

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regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

93/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 9 DE JUNIO DE 2008 25 DE JUNIO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y la demandada *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena a la demandada *****, a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $*****.00 (***** 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena a la demandada a pagar la cantidad de $*****.00 (***** pesos 00/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios devengados desde la mora, hasta la presentación de la demanda, además de los que se sigan venciendo hasta el pago total del adeudo, a razón del 15% quince por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena a la demandada al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

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SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

94/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 9 DE JUNIO DE 2008 25 DE JUNIO DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y la demandada *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena a la demandada *****, a pagar al beneficiario del documento base de la acción, la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena a la demandada a pagar la cantidad de $*****.00 (******pesos 00/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios devengados desde la mora, hasta la presentación de la demanda, además de los que se sigan venciendo hasta el pago total del adeudo, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en el documento base de la acción;

SEXTO.- Se condena a la demandada al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados

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a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

95/2007 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 5 DE SEPTIEMBRE DE

2008 24 DE SEPTIEMBRE DE 2008

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

dd/mm/aaaa

4/2008 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 7 DE ABRIL DE 2008 29 DE ABRILK DE 2008

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y el demandado *****, no compareció a juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena al demandado *****, a pagar al beneficiario de los documentos base de la acción, la cantidad de $*****,000.00 (***** pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena al demandado a pagar la suma de $*****.00 (***** pesos 00/100 M.N.) por concepto de

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intereses moratorios devengados desde la mora, hasta la presentación de la demanda, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en los documentos base de la acción;

SEXTO.- Se condena al demandado al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Número de expediente

Naturaleza del juicio Objeto de la litis Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó ejecutoria

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24/2008 EJECUTIVO MERCANTIL

PAGO DE PESOS 22 DE OCTUBRE DE 2008 19 DE DICIEMBRE DE 2008

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Este juzgado es competente para conocer del presente negocio y la Vía Ejecutiva Mercantil es la correcta;

SEGUNDO.- Las partes tienen personalidad para comparecer al presente juicio;

TERCERO.- El actor Licenciado *****, acreditó su acción y el demandado *****, compareció a juicio en forma extemporánea a este juicio, juzgándose en su rebeldía;

CUARTO.- En consecuencia, se condena al demandado *****, a pagar al beneficiario de los documentos base de la acción, la cantidad de $*****,000.00 (***** pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal;

QUINTO.- Se condena al demandado a pagar la suma de $*****.00 (***** pesos 00/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios devengados desde la mora, hasta la presentación de la demanda, a razón del 10% diez por ciento mensual convenido en los documentos base de la acción;

SEXTO.- Se condena al demandado al pago de costas y gastos originados con motivo del trámite del presente juicio, previa su regulación;

SEPTIMO.- Para hacer el pago de las prestaciones reclamadas, se concede a la parte demandada el término de 3 tres días contados a partir de la fecha en que la presente resolución cause ejecutoria, con el apercibimiento legal;

OCTAVO.- Notifíquese personalmente.

Elaboró: LIC. SONIA MARGARITA LOPEZ ALVARADO SECRETARIA DE ACUERDOS

Validó: LIC. JUAN MIRANDA PALAU. JUEZ MENOR MIXTO

Fecha de elaboración: 28 DE ENERO DE 2009.

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Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en Materia Penal. ÓRGANO JURISDICCIONAL

TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL

Número de la causa

Delito por el que se procesa1 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado

dd/mm/aaaa

7/2006

CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (en

su modalidad de conducir vehículos de motor en estado de

ebriedad)

3 DE ABRIL DE 2007 8 DE ENERO DE 2008

1

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Resultó penalmente responsable *****, en la comisión del delito de CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (en su modalidad de manejar vehículos de motor en estado de ebriedad), cometido en agravio de la *****.

SEGUNDO.- Se condena a sufrir una pena de prisión de 6 seis meses, misma que deberá compurgar en el establecimiento que para tal efecto determine el Ejecutivo del Estado.

TERCERO.- Se condena al pago de la cantidad de $450.81 (CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS 81/100 M.N.) , por concepto de Sanción Pecuniaria, equivalente a 10 diez días de salario mínino vigente al momento de la comisión del delito, a razón de $45.81 (CUARENTA Y CINCO PESOS 81/100 M.N.).

CUARTO.- Se le concede al sentenciado ***** el beneficio de la suspención Condicional de la pena

QUINTO.- Se absuelve al pago de la reparación del daño, SEXTO.- Amonéstese al sentenciado *****, en los términos de ley, SÉPTIMO.- Notifíquese personalmente a las partes, hágase saber a las partes el derecho y término de cinco días que la Ley les concede para apelar la presente resolución si caso la misma no fueron conformes.

Número de la causa

Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado

dd/mm/aaaa

5/2007 ROBO CALIFICADO 19 DE FEBRERO DE 2008 13 DE MARZO DE 2008

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de ROBO CALIFICADO, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISON ORDINARIA DE 1 UN AÑO 4 CUATRO MESES, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $5,712.00 (Cinco mil setecientos doce pesos) que deberá de enterar en este juzgado para que se incorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se SOBRESEE la presente causa en favor del procesado *****, por el delito de DAÑO EN LAS COSAS, en virtud del Perdón otorgado en autos por la parte ofendida, y que fue debidamente aceptado, Sobreseimiento que una vez que cause estado, surtirá los efectos de sentencia absolutoria en favor del citado procesado, con valor de cosa juzgada;

CUARTO.- Se absuelve al procesado del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamientos señalados en el considerando Cuarto de esta resolución;

QUINTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $4,000.00 (Cuatro mil pesos), más la Sanción Pecuniaria impuesta;

SEXTO.- Amonéstese al procesado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEPTIMO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

OCTAVO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

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Número de la causa

Delito por el que se procesa2 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

7/2007 ROBO

20 DE NOVIEMBRE DE 2007 6 DE DICIEMBRE DE 2007

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

10/2007 LESIONES POR CULPA 3 DE DICIEMBRE DE 2007 13 DE DICIEMBRE DE 2007

Número de la causa Delito por el que se procesa3 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

15/2007

CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (en su modalidad de conducir vehículos de motor en estado de ebriedad)

11 DE DICIEMBRE DE 2007 7 DE ENERO DE 2008

2 3

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (En su

modalidad de manejar vehículos de motor en estado de ebriedad), así como la responsabilidad penal en su comisión de *****

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a ****** la PENA DE PRISON

ORDINARIA DE 9 NUEVE MESES, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y

INHABILITACION PARA CONDUCIR VEHICULOS DE MOTOR POR EL DOBLE DEL TERMINO DE LA PENA DE PRISION, y SANCION PECUNIARIA

POR LA CANTIDAD DE $782.00 (Setecientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) suma que se incorporara al Fondo de Apoyo para la Administración de

la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la

cantidad de $1,000.00 (Un mil pesos 00/100 M.N.);

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la sentencia

dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

18/2007 CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHICULOS( en su modalidad de conducir vehículos de motor en estado de ebriedad)

31 DE ENERO DE 2008 13 DE MARZO DE 2008

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de CONTRA LA

SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (En su modalidad de manejar vehículos de motor en estado

de ebriedad), así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le

impone a *****, la PENA DE PRISON ORDINARIA DE 10 DIEZ MESES, que deberá de compurgar en el

establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y INHABILITACION PARA CONDUCIR

VEHICULOS DE MOTOR POR EL DOBLE DEL TERMINO DE LA PENA DE PRISION, y SANCION

PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $782.00 (Setecientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.) suma que se

incorporara al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los

razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena

impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $*****.00 (*****pesos 00/100 M.N.) mas la Sanción

Pecuniaria impuesta para que se reincorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber

de las penas a las que queda expuesto;

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Número de la causa Delito por el que se procesa4 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

21/2007

ULTRAJES A LA AUTORIDAD, A LAS INSTITUCIONES PUBLICAS DEL ESTADO Y A LAS INSIGNIAS

PUBLICAS

7 DE DICIEMBRE DE 2007 4 DE ENERO DE 2008

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

22/2007 LESIONES 27 DE FEBRERO DE 2008 10 DE MARZO DE 2008

4

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26 2

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de LESIONES, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISION ORDINARIA DE 1 UN MES que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $700.00 (Setecientos pesos );

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa5 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

1/2008 DAÑO EN LAS COSAS POR CULPA

27 DE MAYO DE 2008 11 DE JUNIO DE 2008

5

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Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de DAÑO EN LAS COSAS POR CULPA, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $1,000.00 (UN MIL PESOS ), que deberá de enterar en este juzgado para que se reincorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

QUINTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEXTO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

4/2008 LESIONES 2 DE MAYO DE 2008 19 DE MAYO DE 2008

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28 2

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de LESIONES, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****.

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a ***** la PENA DE PRISION, ORDINARIA DE 1 MES CON 10 DIEZ DIAS, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado.

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $1,200.00(Un mil doscientos pesos);

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa6 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

5/2008 LESIONES

26 DE MAYO DE 2008 9 DE JUNIO DE 2008

6

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29 2

Puntos resolutivos

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de LESIONES, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISION ORDINARIA DE 1 UN MES que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede a la sentenciada *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $500.00 (Quinientos pesos );

QUINTO.- Amonéstese a la sentenciada en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesta;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

6/2008 LESIONES 24 DE JUNIO DE 2008 10 DE JULIO DE 2008

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PUNTOS RESOLUTIVOS.

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de LESIONES, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales de la infractora, se le impone a *****, la PENA DE PRISION ORDINARIA DE 7 SIETE MESE, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $714.00 (Setecientos catorce pesos) que deberá de enterar a este juzgado para que se reincorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia.

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando tercero;

CUARTO.- Se le concede a la sentenciada *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $1,200.00 (Un mil doscientos pesos) además de la Sanción Pecuniaria impuesta;

QUINTO.- Amonéstese a la sentenciada en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesta;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad; SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

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31 3

Número de la causa Delito por el que se procesa7 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

7/2008 INCUMPLIMIENTO DE LAS

OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR

19 DE MAYO DE 2009 4 DE JUNIO DE 2008

PUNTOS RESOLUTIVOS.

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISION ORDINARIA DE 1 UN AÑO, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $851.00 (Ochocientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.)

TERCERO.- Se condena a *****, al pago de la cantidad de $13,395.00 (Trece mil trescientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.) por concepto de pago de la reparación del daño proveniente del delito, según los razonamiento señalados en el considerando cuarto de esta resolución;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $1,200.00 (Un mil doscientos pesos ), además de la Sanción Pecuniaria y la reparación del daño proveniente del delito;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la sentencia

dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado

dd/mm/aaaa

8/2008 ROBO CALIFICADO 21 DE OCTUBRE DE 2008 31 DE OCTUBRE DE 2008

7

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32 3

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de ROBO CALIFICADO, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISION ORDINARIA TOTAL DE 10 DIEZ MESES CON 15 QUINCE DIAS, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $1,190.00 (Un mil ciento noventa pesos 00/100 M.N.) suma que se incorporara al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando Segundo;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $1,310.00 (Un mil trescientos diez pesos 00/100 M.N.) mas la Sanción Pecuniaria;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase. Y “En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 23, fracción III de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se hace del conocimiento de las partes, que la Sentencia que en definitiva se dicte en el presente asunto, y que haya causado ejecutoria, estará a disposición del publico para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, así también el derecho que les asiste, para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que sus datos personales señalados en el articulo Tercero fracción XV, de la ley en cita, se incluyan en la publicación, en la inteligencia de que la falta de oposición, presume su conocimiento a ello, lo anterior sin perjuicio de la protección de oficio que al respecto opere a su favor”

Número de la causa Delito por el que se procesa8 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

10/2008 FRAUDE

26 DE NOVIEMBRE DE 2008 5 DE DICIEMBRE DE 2008

8

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PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de FRAUDE ESPECIFICO, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISION ORDINARIA DE 1 UN AÑO 2 DOS MESES, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $2,762.00 (Dos mil setecientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.) suma que se incorporara al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando Tercero;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N.), además de la Sanción Pecuniaria;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la sentencia

dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

11/2008

CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHICULOS (en su modalidad de

conducir vehículos de motor en estado de ebriedad)

11 DE SEPTIEMBRE DE 2008. 24 DE SEPTIEMBRE DE 2008

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PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (En su modalidad de manejar vehículos de motor en estado de ebriedad), así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISON ORDINARIA DE 9 NUEVE MESES, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y INHABILITACION PARA CONDUCIR VEHICULOS DE MOTOR POR EL DOBLE DEL TERMINO DE LA PENA DE PRISION, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $990.00 (Novecientos noventa pesos 00/100 M.N.) suma que se incorporara al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) mas la Sanción Pecuniaria impuesta para que se reincorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase. Y “En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 23, fracción III de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se hace del conocimiento de las partes, que la Sentencia que en definitiva se dicte en el presente asunto, y que haya causado ejecutoria, estará a disposición del publico para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, así también el derecho que les asiste, para manifestar, hasta

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Número de la causa Delito por el que se procesa9 Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

12/2008

CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS ( en su modalidad de conducir vehículos de motor en estado de ebriedad)

1 DE AGOSTO DE 2008 14 DE AGOSTO DE 2008.

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PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRANSITO DE VEHÍCULOS (En su modalidad de manejar vehículos de motor en estado de ebriedad), así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISON ORDINARIA DE 9 NUEVE MESES, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y INHABILITACION PARA CONDUCIR VEHICULOS DE MOTOR POR EL DOBLE DEL TERMINO DE LA PENA DE PRISION, y SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $841.50 (Ochocientos cuarenta y un pesos 50/100 M.N.) suma que se incorporara al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando cuarto;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la cantidad de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) mas la Sanción Pecuniaria impuesta para que se reincorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesto;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad; SEPTIMO.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Número de la causa Delito por el que se procesa Fecha en que se dictó la

sentencia dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

14/2008 LESIONES 4 DE DICIEMBRE DE 2008 16 DE DICIEMBRE DE 2008

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PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente el cuerpo del delito del tipo penal de LESIONES, así como la responsabilidad penal en su comisión de

*****;

SEGUNDO.- Por la comisión del citado ilícito, circunstancias de ejecución y personales del infractor, se le impone a *****, la PENA DE PRISION

ORDINARIA DE 1 UN AÑO 3 TRES MESES, que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto designe el Ejecutivo del Estado, y

SANCION PECUNIARIA POR LA CANTIDAD DE $1.485.00 (Un mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos) que deberá de enterar a este juzgado para

que se reincorpore al Fondo de Apoyo para la Administración de la Justicia.

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la reparación del daño proveniente del delito, por los razonamiento señalados en el considerando Tercero;

CUARTO.- Se le concede al sentenciado *****, el beneficio de la Suspención Condicional de la pena impuesta, una vez que deposite fianza por la

cantidad de $1,500.00 (Un mil quinientos pesos) además de la Sanción Pecuniaria impuesta;

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos de Ley a efecto de que no reincida, haciéndole saber de las penas a las que queda expuesta;

SEXTO.- Hágase saber a las partes el derecho y plazo que tienen para impugnar la presente resolución en caso de inconformidad;

SEPTIMO.- “En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 23, fracción III de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se hace del conocimiento de las partes, que la Sentencia que en definitiva se dicte en el presente asunto, y que haya causado ejecutoria, estará a disposición del publico para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, así también el derecho que les asiste, para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que sus datos personales señalados en el articulo Tercero fracción XV, de la ley en cita, se incluyan en la publicación, en la inteligencia de que la falta de oposición, presume su conocimiento a ello, lo anterior sin perjuicio de la protección de oficio que al respecto opere a su favor” Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

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Número de la causa Delito por el que se procesa10 Fecha en que se dictó la sentencia

dd/mm/aaaa

Fecha del auto que declare que causó estado dd/mm/aaaa

16/2008 HOMICIDIO POR CULPA

12 DE NOVIEMBRE DE 2008 25 DE NOVIEMBRE DE 2008

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se comprobó plena y legalmente los elementos del cuerpo del delito del tipo penal de HOMICIDIO POR CULPA, así como la responsabilidad penal en su comisión de *****;

SEGUNDO.- Por la comisión del delito de HOMICIDIO POR CULPA, circunstancias de ejecución y personales del procesado, se le impone a *****, LA PENA DE PRISION ORDINARIA DE 1 UN AÑO 3 TRES MESES, pena que deberá de compurgar en el establecimiento que para tal efecto señale el ejecutivo del Estado;

TERCERO.- Se absuelve a *****, del pago de la Reparación del Daño proveniente del delito, como lo señala el considerando Tercero de esta resolución;

CUARTO.- Se le concede al procesado *****, el beneficio de la Suspensión Condicional de la pena impuesta, mediante fianza que deposite ante este juzgado por la cantidad de $4,000.00 (Cuatro mil pesos);

QUINTO.- Amonéstese al sentenciado en los términos que señala la ley de la materia, haciéndole saber las penas a las que queda expuesto en caso de reincidir;

SEXTO.- “En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 23, fracción III de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se hace del conocimiento de las partes, que la Sentencia que en definitiva se dicte en el presente asunto, y que haya causado ejecutoria, estará a disposición del publico para su consulta, cuando así lo soliciten, conforme al procedimiento de acceso a la información, así también el derecho que les asiste, para manifestar, hasta antes de que se dicte el fallo, su voluntad de que sus datos personales señalados en el articulo Tercero fracción XV, de la ley en cita, se incluyan en la publicación, en la inteligencia de que la falta de oposición, presume su conocimiento a ello, lo anterior sin perjuicio de la protección de oficio que al respecto opere a su favor.”.- Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

Elaboró: LIC. SONIA MARGARITA LOPEZ ALVARADO.

SECRETARIA DE ACUERDOS

Validó: LIC. JUAN MIRANDA PALAU JUEZ MENOR MIXTO

Fecha de elaboración: 28 DE ENERO DE 2009.

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