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"Año del Buen Servicio al Ciudadano" Tumbes, 11 de Abril del 2017. CARTA N° 004.2017-MIDIS/PNCMIUT.TUMBES Sr: AQUINO ENGELBERTO ZURITA GUERRERO RESPONSABLE REGIONAL DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y VIGILANCIA CIUDADANA TUMBES Presente.- COMITE DE T1ANS ARENCIA Y Asunto: Respuesta a ALERTA CASO 005.2017-CTVC/TUM y t.ANCIA CIUDADANA • TUMIES Ref. . OFICIO N° 009.2017•CTVC/TUMBES L ` ~ RECI6~ De nuestra consideración: HORA t ~.3! F RM~_ Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y al mismo tiempo brindar información sobre las acciones efectuadas en relación a la alerta del Caso: N° 003-2017-CTVC/TUMBES, emitida por el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana que preside: CASO N° 002.2017-CTVC/TUM Manifiesta, que el Señor Aquino Engelberto Zurita Guerrero, responsable regional del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana de Tumbes, realizó la veeduría al centro de cuidado diurno denominado "Nuevo Amanecer 1, II, III, IV, V y VI, perteneciente al Comité de Gestión "Señora del Cisne", encontrando los siguientes puntos críticos: 1 Niños inscritos no asisten al servicio 2 Local no tiene baños para niñas/os (wáter o tasa pequeña con tapa). 3 Bacines para niñas/os están dentro de la sala de juego. 4 Local no tiene lavaderos pequeños para niñas/os. 5 Alimentos no son servidos de acuerdo a la edad del niño. 6 Comité de Gestión no utiliza y/o mantiene desactualizado el cuaderno de distribución de raciones, 7 Comité de Gestión no informa a población los avances, resultados y rendición de cuentas. Al respecto, de la evaluación de los puntos críticos alertados, informo lo siguiente: PRIMERO: En relación al Primer Punto Crítico: La RDE N° 485-2014-MIDIS/PNCM señala: "La Madre Cuidadora registra en la ficha 09 los motivos de la inasistencia de niños y niñas, a fin que el Acompañante Técnico comunique a la Especialista de salud de los casos registrados. El Especialista en Salud se encarga del seguimiento de la niña o niño con enfermedad y coordina con la madre guía las visitas a la familias, asegurando que en la medida de lo posible que se le brinde los cuidados por parte de su familia, comunicando al servicio alimentario si requiere la alimentación correspondiente". Unidad Territorial Tumbes AV Mariscal Castilla N° 307 2do Piso T: 072-521081

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"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Tumbes, 11 de Abril del 2017.

CARTA N° 004.2017-MIDIS/PNCMIUT.TUMBES

Sr: AQUINO ENGELBERTO ZURITA GUERRERO RESPONSABLE REGIONAL DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y VIGILANCIA CIUDADANA TUMBES Presente.-

COMITE DE T1ANS►ARENCIA Y

Asunto: Respuesta a ALERTA CASO 005.2017-CTVC/TUM y t.ANCIA CIUDADANA • TUMIES

Ref. . OFICIO N° 009.2017•CTVC/TUMBES L ̀~ RECI6~

De nuestra consideración: HORA t~.3! F ► RM~_

Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y al mismo tiempo brindar información sobre las acciones efectuadas en relación a la alerta del Caso: N° 003-2017-CTVC/TUMBES, emitida por el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana que preside:

CASO N° 002.2017-CTVC/TUM Manifiesta, que el Señor Aquino Engelberto Zurita Guerrero, responsable regional del Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana de Tumbes, realizó la veeduría al centro de cuidado diurno denominado "Nuevo Amanecer 1, II, III, IV, V y VI, perteneciente al Comité de Gestión "Señora del Cisne", encontrando los siguientes puntos críticos:

1 Niños inscritos no asisten al servicio 2 Local no tiene baños para niñas/os (wáter o tasa pequeña con tapa). 3 Bacines para niñas/os están dentro de la sala de juego. 4 Local no tiene lavaderos pequeños para niñas/os. 5 Alimentos no son servidos de acuerdo a la edad del niño. 6 Comité de Gestión no utiliza y/o mantiene desactualizado el cuaderno de distribución de raciones, 7 Comité de Gestión no informa a población los avances, resultados y rendición de cuentas.

Al respecto, de la evaluación de los puntos críticos alertados, informo lo siguiente:

PRIMERO: En relación al Primer Punto Crítico: La RDE N° 485-2014-MIDIS/PNCM señala: "La Madre Cuidadora registra en la ficha 09 los motivos de la inasistencia de niños y niñas, a fin que el Acompañante Técnico comunique a la Especialista de salud de los casos registrados. El Especialista en Salud se encarga del seguimiento de la niña o niño con enfermedad y coordina con la madre guía las visitas a la familias, asegurando que en la medida de lo posible que se le brinde los cuidados por parte de su familia, comunicando al servicio alimentario si requiere la alimentación correspondiente".

Unidad Territorial Tumbes AV Mariscal Castilla N° 307 2do Piso T: 072-521081

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"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

En este caso, los motivos de la inasistencia de los niños, ha sido por las lluvias frecuentes, en las fechas del 17 al 20 de Febrero, por lo que las familias informaron en su momento. Actualmente, desde el componente de Trabajo con familias, se viene sensibilizando a las familias en el cumplimiento de sus compromisos asumidos con el Programa, en cuanto a" informar oportunamente a la madre Cuidadora en caso de inasistencia del niño o niña y presentar la debida justificación". El Centro de Cuidado Diurno, cuenta con un cuaderno de ocurrencias, en el cual se registra la justificación de Inasistencia; para el caso de Enfermedad, la familia alcanza copia de la receta médica y ésta es anexada a dicho cuaderno. Además, la Madre guía de Apoyo realiza la visita para saber el motivo de la inasistencia.

SEGUNDO: En relación al Segundo Punto Crítico: En cuanto a este punto, el local cuenta con baño exclusivo para madres cuidadora y en el caso de los niños, en el mismo ambiente se ha acondicionado bacines con tapa, para lo cual las madres cuidadoras realizan la limpieza y desinfección de los mismos, después de cada uso. Asimismo se viene reforzando el cumplimiento de las Prácticas de Hábitos de Higiene y Desinfección.

TERCERO: En relación al Tercer Punto Crítico: Respecto a este punto, no se ha evidenciado bacines en sala, ya que como lo indicado en el punto anterior , dentro de los servicios higiénicos se ha acondicionado bacines con tapa, para lo cual las madres cuidadoras realizan la limpieza y desinfección de los mismos, después de cada uso.

Sin embargo, en las visitas realizadas por el Equipo no se ha evidenciado lo señalado en su visita, sin embargo, se ha orientado a las Madres Cuidadoras sobre la importancia de los Hábitos de Higiene y desinfección.

CUARTO: En relación al Cuarto Punto Crítico: En cuanto a este punto, si bien es cierto el local no cuenta con lavaderos pequeños para el uso de los niños el Comité ha implementado pedestales de fierro con baldes de agua de 20 litros y con agua dorada, además de tinas de material resistente, para que se pueda realizar oportuna y adecuadamente las prácticas de cuidado saludables.

QUINTO: En relación al Quinto Punto Crítico: En cuanto a este punto, por disposiciones de la sede central y de acuerdo a los procedimientos descritos en la tabla 213 acerca de las características de la alimentación según el grupo etano en el SCD del PNCM, se dispuso que el grupo etano de 9 a 11 meses, ya se incluye alimentos sólidos (arroz, menestras y guisos), pero de manera triturada o aplastada, y que tenga consistencia pastosa.

SEXTO: En relación al Quinto Punto Crítico: En cuanto a este punto, el cuaderno de registro de las distribuciones diarias de alimentos de los niñas/os, si se encuentran al día, ya que diariamente una de las socias de cocina, al mismo tiempo que distribuye los refrigerios de la mañana en los CCD Amanecer Nuevo, Mis tiernos niños y Mi bella ilusión, registra la asistencia de los niñas/os, para así proceder a la prepara ración del almuerzo y refrigerio de media tarde según el grupo etano. As¡ mismo mencionamos que la sumatoria de los niñas/os de manera horizontal.

Unidad Territorial Tumbes AV Mariscal Castilla N° 307 2do Piso T: 072-521081

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"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

SETIMO: En relación al Quinto Punto Crítico: La RDE 493-2014•MIDIS/PNCM, señala, como una de las responsabilidades de la Tesorera del Comité de Gestión, lo siguiente: "Informar conjuntamente con la/el presidenta/e a la representación comunal, a la población y de ser el caso, a los aliados estratégicos, el balance de los recursos transferidos para el funcionamiento del Servicio de Cuidado Diurno".

En este caso, se ha socializado con la Directiva del Comité de Gestión, a fin de dar cumplimiento a los Lineamientos para la Implementación del Modelo de Cogestión Comunal del Servicio de Cuidado Diurno del Programa Nacional Cuna Más y para la Transferencia de Recursos Financieros a sus Comités de Gestión, realizándose un cronograma de las diferentes actividades que se llevarán a cabo durante el período 2017, donde se ha considerado reuniones con la comunidad, con la finalidad de tratar los avances y resultados de las gestiones, la cual se llevará a cabo en el mes de Abril del 2017.

OCTAVO: En el marco de proceder a la implementación de las sugerencias, desde la UT consideramos que la Alerta del Caso N N° 007-2017-CTVC/TUMBES, en relación a los puntos 1 tiene carácter de Fundada en parte, toda vez que la inasistencia de los niños ha sido por caso fortuito, como se responder en los párrafos precedentes.

De otro lado, se tiene por FUNDADO, los puntos 2, 3, 4 y 7; los mismos que se han tomado acciones para implementación de sugerencias.

Asimismo, tiene carácter de INFUNDADO los puntos 5 y 6, los mismos que se responden con los criterios técnicos señalados en los párrafos precedentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para expresarle mis mayores consideraciones de estima personal.

Atentamente

U EL! Coord;nadoro

R!TORlAr° Programa Nacional Cuna MO

M i b 1 S

Se adjuntan: Copia de INFORME N° 012— 2017/MIDIS.PNCM-UT PIURA/OCT/TUMBES,

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e Inclusión Social___ .. Programa Nacio4l 2 1

Cuna Más

"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO 2=~

rn

Ho ra

A : YENNY ARACELY BENITES OCAMPO Coordinadora Oficina de Coordinacion Territorial Tumbes

De : PROF. ANITA E. CORONADO SALAZAR ACOMPAÑANTE TECNICO PEDAGOGICO

Asunto Informe del CASO N ° 005-2017-CTVC/TUM

Fecha : TUMBES 21 DE MARZO DEL 2017

Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarla cordialmente y a la vez alcanzar el informe de la inspección realizada por el comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana al CIAI AMANECER NUEVO del CG Señora del Cisne del distrito de San Jacinto Provincia de Tumbes donde realizo la visita el día 21/02/2017. - Primer caso en mención hace referencia de 01 puno crítico. - Según el caso en mención hace referencia 07 puntos críticos.

PRIMER CASO

01.- LOCAL DE CUIDADO DIURNO CON CONDICIONES INHABITABLES

Este local dejo de ser utilizado por contar con observaciones de servicio de mantenimiento, Así como también fue afectado por las constantes lluvias el mismo que ha sido notificado de acuerdo a la Carta N° 01-2016-MIDIS/PNCMA/CG SDC.UT-TUMBES

Así mismo dicho local ha recibido mantenimiento para levantar las observaciones encontradas Y a la vez este local ya se encuentra activo desde el día 03/04/2017.

SEGUNDO CASO

01.- NIÑOS INSCRITOS NO ASISTEN AL SERVICIO

RESPUESTA:

El día 21 de febrero solo asistieron 27 niños de los 40 niños inscritos. El motivo de las inasistencias de los niños y niñas fue por suspensión del servicio por las constantes lluvias que se presentaron por esos días durante la noche y parte de la mañana por tener inconvenientes en accesos ya que el Programa Nacional Cuna Mas vela por la integridad del niño y niña, la asistencia de los niños y niñas son permanentes, así mismo se les dio permiso a 05 niños que tenían su control CRED con su respectiva justificación en el cuadro (Aviso Importante).

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- Pv nisteic de Desarrollo Vicemln,steno ProgramaiFTrflI PERU e Inclusión Social dePrestadonessodales Cuna Más

2.- LOCAL NO TIENE BAÑO PARA NIÑOS/AS (CON WATER O TASA PEQUEÑA CON TAPA)

Respuesta: De acuerdo a la RDE 477-2014 MIDIS/PNCM (14-05-15) lineamientos y procedimientos de operación del sistema Nacional de alertas y medidas de seguridad y atención inmediata de niños y niñas usuarias del SCD del PNCM directiva 009-2014-MIDIS/PNCM. Espacios se evidencia salúdales: Mantener los servicios higiénicos, letrinas y bacines limpios ordenados y apartados de la sala de los niños y niñas. Los bacines que se encuentran en el local están limpios y ubicados dentro del baño que es un lugar exclusivo para los niños y niñas, así mismo contamos con baña exclusivo para el uso de las madres cuidadoras.

3.- BACINES PARA NIÑOS/AS ESTAN DENTRO DE LA SALA DE JUEGO Y CUIDADO

No sé a evidenciados bacines en sala ya que por ello se encuentran implementado en los servicios higiénicos, un espacio exclusivo para los bacines de los niños/as y un espacio exclusivo para las madres cuidadoras. Sin embargo se cuenta con un cambiador de pañal en la sala de Bebes y Gateadores que son bebes de 06 meses hasta los 18 meses de edad el cambiador de pañal esta implementado en esa sala por tener bebes que usan pañal, donde la madre cuidadora no puede salir de sala y dejar alas bebes solos lo tiene que cambiar en sala ya que los bebes no se pueden dejar solos sin perder de vista a los demás bebes para evitar cualquier accidente.

- Se recomienda que las evidencias sean de tipo fotográfica para analizar los puntos críticos de lo mencionado ya que en las salas de los juegos de los niños las no utilizamos bacines.

4.- LOCAL NO TIENE LAVADORO PEQUEÑOS PARA LOS NIÑOS /AS

La directiva 477-2014 MIDIS/PNCM Espacios se evidencian saludables: lavaderos, pedestal de fierro, balde con caño, tinas limpias y ubicadas en un lugar adecuado y seguro. En el local se puede tener un pedestal de fierro con balde de 20 litros, y con agua dorada (dos gotas de agua por litro) una tina con agujeros para el lavado de manos y otra tina para recojo del agua sucia y pueda ser botada por las madres cuidadoras, nos permite enseñarle a los niños/as a que se laven las manos antes y después de los alimentos enseñándole el lavado adecuado de sus manos, este material si está permitido que esté en el espacio donde reciben sus alimentos diarios. Cuenta con servicio de agua potable, en el distrito de San Jacinto el servicio del agua potable llega temprano donde las madres cuidadoras llenan el agua en tres baldes de 80 litros cada uno para el uso diario del servicio.

5.- ALIMENTOS NO SON SERVIDOS DE ACUERDO A LA EDAD DEL NIÑO.

Por disposición de la Sede Central de Lima y de acuerdo a los procedimientos descritos en la tabla 2B a cerca de las características de la alimentación según el grupo etano en el SCD del PNCM, se dispuso que al grupo etano de 9 a limeses, ya se incluye alimentos sólidos (arroz, menestras y guisos) pero de manera triturada o aplastada, que tenga consistencia pastosa este procedimiento lo realiza la madre cuidadora.

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PERÚ e Inclusión SodaI 1v!rYriTflI

6.-COMITÉ DE GESTION NO UTILIZA Y/O MANTIENE DESACTUALIZADO EL CUADERNO DE DISTRIBUCION DE RACIONES.

Manifiesta que el cuaderno de raciones diarias de los niños se encuentra desactualizado y que además no registran la cantidad total de raciones que se preparan y distribuyen. El cuaderno de registro de las distribuciones diarias de alimentos de los niños/as si está al día ya que una de las socias de cocina se encarga de distribuir las raciones de los refrigerios de la mañana, a la vez registra la asistencia de los niños/as que han llegado a los CCD para la preparación del almuerzo y refrigerio de media tarde según grupo etano, la sumatoria de los niños y niñas lo realizan por grupo etano en forma horizontal.

7.- COMITÉ DE GESTION NO INFORMA A LA POBLACION DE LOS AVANCES, RESULTADOS Y RENDICION DE CUENTAS

Se ha realizado un cronograma de las diferentes actividades que se realizaran durante el año 2017 en presencia de los miembros de la junta directiva del C.G Señora del Cisne don hay se está considerando las reuniones con la comunidad para para tratar los avances y resultados de las gestiones la misma que se realizara fin de mes de Marzo.

Es todo cuanto tengo que informar.

Adjunto: fotos

Atentamente,

~,0 Acompañante Técnico Pedagógico

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Programa Nacional Cuna Más

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau"

CARTA N° 001-2016-MIDIS/PNCNIC.G. "SEÑORA DEL CISNE"- U.T.TUMBES.

Tumbes, 21 de Noviembre del 2016

SEÑOR: Elías Vásquez Harold Jamppier Contratista. Obra: Mejoramiento del proyecto "LOCAL COMUNAL LUCIA MOGOLLON, DEL DISTRITO DE SAN JACINTO, PROVINCIA Y REGIÓN TUMBES" PRESENTE Estimado señor:

Luego de haber revisado los argumentos de descargo que nos hace llegar a nuestro despacho, en el

cual dice:

Las fisuras presentes en los muros de los diferentes ambientes son producto del material (Ladrillo King Kong Corriente) utilizado. la cual está estipulado en planos (ESTRUCTURA E- 01 y ARQUITECTURA A - 01) y ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS DE ARQUITECTURA en la partida 01 01.01, la pared ha fallado a compresión al no soportar su propio peso, por ende no es falle de proceso constructivo

Por lo que, consideramos que no son objeto de eximirlo de responsabilidad dado que Ud., firmó un

contrato con nosotros (Comité de Gestión 'SEÑORA DEL CISNE") y en ese contrato se especifica

claramente lo siguiente:

CLÁUSULA PRIMERA: LAS PARTES:

EL CONTRATISTA es la persona natural o jurídica que se encargará de ejecutarlos servicios que se especifican en este contrato y de asegurar la calidad de los materiales empleados y del producto entregado.

Análisis: Usted en ningún momento nos hizo saber que los materiales que se iban a utilizar en la obra eran corrientes, y si fue así debió presentar un documento a fin de que nosotros como comité de gestión podamos reclamar ante la Unidad Territorial, para que se utilice otro tipo de materiales, por lo tanto su argumento no es válido.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS

EL CONTRATISTA garantiza la calidad del servicio prestado como de los materiales utilizados en su ejecución, por lo cual ofrece una garantía de Doce (12) meses, contados desde la fecha del acta de

término del mantenimiento.

Análisis: Usted al firmar dicho contrato nos garantizó como dice en esta cláusula: la calidad del servicio prestado como de los materiales utilizados en su ejecución, por lo tanto no lo exime de responsabilidad

alguna a la fecha dado que aún tenemos un periodo de garantía de obra y más aún si a la fecha no hemos

utilizado dichas instalaciones.

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Programa Nacional Cu ~a Más

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Consolidación del Mar de Grau"

CLÁUSULA DÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La conformidad de recepción de la prestación por parte de EL COMITÉ no enerva su derecho a

reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.

Análisis: En esta cláusula lo dice claramente que nosotros como comité de gestión "SEÑORA DEL CISNE" podemos y estamos en nuestro derecho de reclamar por defectos o vicios ocultos posteriores.

Por lo tanto, y en el afán de solucionar lo antes posible notificamos a Ud., a que realice las correcciones

respectivas en un plazo no mayor a 10 días contados a partir de la fecha de notificación, de lo contrario

estaremos tomando las acciones legales correspondientes, dado que es una obra donde se han utilizado

recursos públicos y más aún nos está retrasando la atención de los niños, objeto para el cual fue construido

dicho local.

A esperas de su comunicación, quedamos de usted,

A,~LG 07

ANGELITA MARIYOVI SERNA

YOVANI YANET ZARATE SEMINARIO Presidenta CG. Señora del Cisne

Tesorera CG. Señora del Cisne

Adj.

1. Contrato suscrito entre el Contratista y el C.G "Señora del Cisne".

2. CARTA N° 007-2016-MIDIS/PNCN/UT.T/RCHT/E.I y E.

3. Carta S/N, de descargo del contratista.

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FORMATO IB

CONTRATO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE EJECUCION

MANTENIMIENTO DEL LOCAL CLUB DE MADRES"LUCIA MOGOLLON"

(Sujeto a ser adecuado de acuerdo a cada caso con asistencia del Componente de Iniraestruclura y Equipamiento)

EL COMITÉ DE GESTIÓN

Petl Del Pilar Cabrera Pardo Identificado(a) con

identificado(a) con D.N.I. N 00251541reconocldos

469-2014-MIDIS/PNCM a quien en adelanté se

con RUC N° 10003692880 con domicilió

Asiento N" del Registro de

debidamente representado por su Director, , con

según poder Inscrito en la Ficlia N" Asiento N" del Registro de Personas

,a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATISTA" en los términos y condiciones siguientes:

Personas Jurídicas de

D.N.I. N"

Jurídicas de

Conste por el presente documento, la contratación de servicios que celebra de una parte

"SEÑORA DEL CISNE' representada por su Presidente

D.N.I.N° 41389365 y su Tesorero(a) Maria Baca Espinoza

por el Programa Nacional Cuna Más mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva N. 5

le llamará "EL COMITÉ"; y de la otra parle CARLOS CAMPAÑA PRECIADO

legal en REALENGAL JR. JOSE OLAVA N° 104 , Inscrita en la Ficha N"

CLÁUSULA PRIMERA: LAS PARI ES

EL COMITÉ es la Instancia de representación de la comunidad que tiene la responsabilidad de promover acciones que favorezcan el cuidado y aprendizaje de los niños y niñas mayores de 6 meses y menores de 36 meses de edad. Esta representación es propuesta y aprobada en una asamblea comunal, delegando a cinco de ellos la responsabilidad da gestionar los servicios que promueve el Programa Nacional Cuna Más. En esa

linea, gestiona, utiliza y rinde cuente de los recursos que el Estado le transfiere para el funcionamiento del servicio. EL CONTRATISTA es la persona natural o jurídica que se encargará de ejecutar los servicios que se especifican en este contrato y de asegurar la calidad de los materiales empleados y del producto entregado.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

El objeto del presente documento es contratar los servicios específicos de EL CONTRATISTA para el Mantenimiento del Centro de Cuidado

Diurno MANTENIMIENTO DEL LOCAL CLUB DE MADRES"LUCIA MOGOLLON' sito en la localidad de SAN JACINTO

Distrito de SAN JACIN FO Provincia de TUMBES Departamento de TUMBES

El servicio se ejecutará según el expediente aprobado y documentos técnicos de la propuesta adjudicada, realizando los trabajos especificados

en los mismos.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a Si. 3,801.32

Nuevos Soles, a lodo Costo, Incluido IGV. Este monto comprende el costo del servicio, transportes, seguros a impuestos ,asl como todo aquello que sea necesario pare la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAC,fl

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FORMATO 18

ÁIJSULAOCTAVA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN

r.

/ existIr observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose a EL CONTRATISTA un plazo fçLrdencial para su subsanación, en función a la complejidad de las observaciones.

El plazo será entre Un (01) hasta Quince (15) días calendarios.

Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsarreclón, EL COMITÉ podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso EL COMITÉ no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

CLÁUSULA NOVENA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, sujetándose a las sanciones contempladas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La conformidad de recepción de la prestación por parte de EL COMITÉ no enerva su derecho a reclamar poslerlormenle por (¡efectos o vicios ocultos.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA; PENALIDADES

Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, EL COMITÉ le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente. En todos los casos, la penalidad se aplicará automátIcamente y se calculará de acuerdo a la siguiente tórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto 0.40 x Plazo en días

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, EL COMITÉ podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago fuel o en la liquidación final.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Sin perjuicio de la Indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar:

El postor manifiesta su compromiso de:

Asumir todo tipo de obligaciones laborales respecto al personal que asignará al servicio del mantenimiento.

• ' Asumir todos los daños y perjuicios ocasionados por su personal o por trabajos delecluosos realizados por ellos miamos 1 a las Instalaciones, equipos y demás bienes. 1.

• Será responsabilidad del contratista tener vigente la póliza de seguro contra todo riesgo del personal durante el tiempo que dure el mantenimiento.

• Entregar al finalizar el mantenimiento , el Informe técnico final del ni ante¡ intiento donde incluya los planos • replanteo mantenimiento.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO

Sólo en lo no previsto en este contrato, en las directivas que se emita y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado..

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DEL COMITÉ DE GESTIÓN: SAN JACINTO Distrito SAN JACINTO Provincia TUMBES DOMICILIO DEL CONTRATISTA: REALENGAL iR. JOSE OLAYA N 104 Distrito CORRALES Provincia TUMBES

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de diez (10) días calendarios.

De acuerdo con la propuesta técnica y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado

en señal de conformidad en el distrito de SAN JACINTO provincia de TUMBES y departamento de TUMBES

siendo el lunes, 04 de julio cia 2016

Nombra: CARLOS CAMPAÑA

DNI N» 003692e8

51lO4 ¿

1ut.l

Nombre:

DNI N

j)

E(A) DEL COMITÉ DE GESTIÓN

PetI Del Pilar Cabrera Pardo

41389365

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(fi It.

TEsQERplp MITÉ DE GESTIÓN

Nombre: Marta Baca Espinosa

DNI N 00251541

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JE. Gskn SENORA DEL CIS!E pr3. el M.errjriCoto riel pro "LOCAL

COMUNAL LUCIA MOGOLLN I DEL DISTRITO DE SAN JACINTO PROVINCIA Y

REGIO1 TUMBES1 - fei I kl ieicon epie1as vnces en

pirs íie Io rnbene. arITa5 nbW?O qke -e .p 3prena íu

Dado que es un hxI rcuev y a Iiech au no na 5dc utilizado por el çioçr'ma \JC

iu no etah ciado el osaJ i acenas andu dfl) UCI )i) de QWntii de

u tecr e ie nofic. para qu \ & rnrm plW posibt rea¡ las corec,nes —rifa a

isi el IoCapLiei ;er utilIzado y ,. a que a la fecha tenemos niños que esperan ser atendidos.

T;,moiri ie apTe .Cia iq E-O fl 'oumindo Çfl errao de Idri1I n I muro

vçja clIii. lo que ha pa tici que ks iadrorte • roben \a

Vistas Fotqgráfic.aj de Fisura de los rnus y pi!sos de tos afl biento

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En estías Vistas Fooq.rafkas se observa que no se ha i•ermirdo de asentar Ladrflo,

Jc quE h ¿)rmttdo que- iccn ks 4ones -y s hen laEoctrotuma ce ¡qw.

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%p'c•ilíiø ('FI fnfn;rv(ruI -iur(I 1 LJI4ifUffJIi('/i1() J\( j U. T Lambayeque - Piura * Tumbes y Amazonas.

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SERVICID MANTENIMIENTO DEL CENTRO DE CUIDADO

K ARO LD .L ELIAS DIURNO DEL PROGRAMA NACIONAL CUNA MAS DE MADRES LUCIA. 1 DEL LOCAL COMUNAL CLUB-

VASQLJEZ tOGOU0N, DISTRITO DE SAN JACINTO, - PROViNCIA DE Tu,ES REGiOr.TuivBE5

Tumbes, 08 de Noviembre del 2016.

Señores C.G. Señora del Cisne. Presente. -

Atención Yenni Araceli Benites Ocampo Jefe de la U.T. o Coordinador del Servicio de cuidado diümo de la U.T ArqE.Miguel Reyes. Supervisor Ing. Robespier Chinchay Tineo Especialista en Infraestructura y Equipamiento PNCM

Presente.-

Asunto : RESPUESTA A CARTA N° 007-2016-MIDIS!PNcN!UT.TIRCHTIEJ YE. Ref. 4AN7EN1MIEWTO DEL CE1VTRO DE CUIDADO DTURtO DEL PROGRAMA NACIONAL CUNA MAS DEL LOCAL COMUNAL CLUB DE MADRES LUCIA M000LLON. DISTRITO DE SAN JACINTO, PROVINCIA DE TUMBES, REGION TUMBES."

Estimados señores:

Por medio de la presente, me dirijo a usted para saludarle y a la vez

informarle, que habiendo revisado detalladamente el informe emitido por su

despacho, procedo a realizar el descargo correspondiente:

PRIMERO:

Los trabajos realizados en la ejecución de la obra, fueron de acuerdo al

EXPEDIENTE TECNI.CO respetando los PLANOS y ESPECIFICACIONES

TÉCNICAS. 7

SEGUNDO: ING CIVIL Cte No 1341

Las fisuras presentes en los muros de los diferentes ambientes son producto del

material (Ladrillo King Kong Corriente) utilizado, la cual está estipulado en

pianos (ESTRUCTURA E- 01 y ARQUITECTURA A - .01) y ANÁLISIS DE

COSTOS UNITARIOS DE ARQUITECTURA en la partida 01.01.01, la pared

(1)!) tLSí&iv

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Programa Nacional Cuna Más

CASO N° 01

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W - Ministerio de Desarrollo Viceministerio ._. PERIU e Inclusión Social de Prestaciones Sociales

jjj AVISO IMPORtANTE !!! Ccttt01 de ÇrKt y D

keci*rda u .0 p'mo

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Así VIOd(6R0 qis tu liño o fliflO CrC.4co 50110v rodr.s destrr o ______ No olvidos trger los Mutft Micronutrientes y lo tarleto CRED de$péi de co'o

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- Ministerio de Desarrollo Viceministerio PERU e Inclusión Social de Prestaciones Sociales :

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PERÚ Ministerio de Desarrollo

Prestaciones Sociales Inclusión 1 de

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Ministerio de DesarrolloViceministerio a. PERU e Inclusión Social de Prestaciones Sociales

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Sociales

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Ministerio de Desarrollo Vicerninisterio

PERU e Inclusión Social de Prestaciones Sociales

IVAN ,M/lJ

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